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LOCAL
Vicente Gallardo GarcíaInstituto Andaluz de PrevenciInstituto Andaluz de Prevencióón de Riesgos laboralesn de Riesgos laborales
Consejería de Empleo. Junta de Andalucía
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ÍNDICE
Presentación del I.A.P.R.L.
La prevención y su base legalObjeto de la prevención
La ley de Prevención de Riesgos Laborales
Legislación aplicable
Codificaciones: CNAE
El accidente de trabajo
La enfermedad profesional
Costes de los accidentes de trabajo
La vigilancia de la salud
Codificaciones de los accidentes y las enfermedades profesionales
Cuestionario
Herramienta
Coloquio
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LOCAL CONSEJERÍA DE EMPLEO
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- Fomentar la Cultura Preventiva en Andalucía.
- Análisis y Estudios de las Condiciones de Seguridad y Salud Laborales.
- Promoción y Apoyo de la mejora de las mismas, con especial atención a las Pymes, a trabajadores autónomos y se ctores de mayor riesgo.
FINES GENERALES:
Se crea por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, com o Agencia Administrativa de la Junta de Andalucía, con person alidad jurídica y patrimonio propios.
Dinamizador de la salud laboral como objetivo prior itario de las políticas públicas.
Participación de todos los sectores de la sociedad implicados, especialmente interlocutores sociales.
Promover la creación, difusión, fomento y desarroll o de iniciativas de todo tipo que han de llegar a la población laboral y deben alcanzar al conjunto de la sociedad.
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a) Fomentar la cultura preventiva en Andalucía, difusión y enriquecimiento de la misma.
b) Análisis y estudio de condiciones de trabajo , sin perjuicio de las atribuidas a la Administración competente.
c) Análisis y estudio de siniestralidad laboral, acc identalidad y enfermedades profesionales.
d) Actividades de formación en materia de P.R.L ., implantación de programas de formación en sectores productivos, con especial atención a PYMES, colecti vos mayor riesgo, y trabajadores autónomos.
e) Organización de campañas de difusión de la cultura de la prevención en el á mbito laboral entre empresas y trabajadores.
f) Creación de foros de encuentro de agentes implicados en seguridad y salud laborales, para debates, propuest as y consultas.
Funciones del IAPRL
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g) Acciones de información y asesoramiento en P.R.L. en sectores productivos, especial atención a PYMES y colectivos en situación de mayor riesgo, así como trabajadores autónomos.
h) Establecimiento de canales de estudio e inves tigación soporte de la política pública andaluza de seguridad y salud l aborales.
i) Apoyo de iniciativas y programas de interés s ocial en materia de seguridad y salud laborales.
j) Seguimiento de la incidencia de las enfermeda des profesionalesen Andalucía. .
k) Divulgación de recomendaciones de carácter técnico.
l) Formación de nuevos empresarios. .
m) Cualquiera otra que, por su naturaleza o final idad, pudiera o debiera ser asumida por el mismo.
n) Las restantes que puedan serle atribuidas por la normativa aplicable.
Funciones del IAPRL
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ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO :
A) Órganos de Gobierno:• La Presidencia• El Consejo General• La Dirección-Gerencia
B) Órgano de asesoramiento y formación:• Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO GENERAL:
EN PLENO:
• Sesión ordinaria: mínimo cada 6 meses, previa convocatoria del titular de la presidencia con una antelación de 10 días como mínimo.
• Sesión extraordinaria: se convocará con una antelación mínima de 72 horas
EN COMISIÓN PERMANENTE:• Sesiones: mínimo cada 3 meses, previa convocatoria del titular de la
presidencia con una antelación de 5 días como mínimo.
Integrada por:• La Presidencia.• 4 vocales de la Administración.• 2 vocales en representación de las organizaciones empresariales.• 2 vocales en representación de las organizaciones sindicales.
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CONSEJO GENERAL
Presidencia: - Consejero de Empleo Vicepresidencia: - D.G. de Seguridad y Salud Laboral
Vocales en representación de la Administración.- Director Gerente del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.- Directora General de Formación para el Empleo.- Director General de Inspección y Evaluación de los Servicios, de la Consejería de Justicia y AP.
- Secretaria General Técnica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.- Secretaria General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud.- Director General de Profesorado y Gestión de RR.HH. de la Consejería de Educación.- Presidenta del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.- Director Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Andalucía.
Vocales Miembros de las organizaciones empresariales- Adjunto al Secretario General de CEA.- Presidente de la Comisión de Prevención Riesgos Laborales de CEA.
- Presidenta de ANEPA (Asociación Andaluza de Entidades Preventivas Acreditadas).- Departamento de Relaciones Laborales de CEA.
Vocales Miembros de las organizaciones sindicales- Secretario Salud Laboral de CC.OO.- Secretaria de la Mujer de CC.OO.- Secretario de Salud Laboral, Medio Ambiente y Adicciones de UGT.- Secretaria de Acción Sindical y Relaciones Laborales de UGT.
Secretario- Jefe de servicio de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral.
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DIRECCIDIRECCIÓÓN GENERAL DE SEGURIDAD y SALUD LABORALN GENERAL DE SEGURIDAD y SALUD LABORAL
SERVICIO DE PROMOCISERVICIO DE PROMOCIÓÓN DE LA N DE LA CULTURA PREVENTIVACULTURA PREVENTIVA
SC. PROMOCISC. PROMOCIÓÓNNSC. SC.
FORMACIFORMACIÓÓN N PREVENTIVAPREVENTIVA
SERVICIO DE FOMENTO Y PLANES SERVICIO DE FOMENTO Y PLANES DE ACTUACIDE ACTUACIÓÓNN
DP. FOMENTO Y DP. FOMENTO Y PROMOCIPROMOCIÓÓN DE N DE PROGRAMASPROGRAMAS
DIRECCIDIRECCIÓÓN GERENCIA I. A. P. R. L.N GERENCIA I. A. P. R. L.
DP. PLANES DE DP. PLANES DE ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO Y FORMACIY FORMACIÓÓNN
2 ASESOR TCO 2 ASESOR TCO –– PLANES Y PROGRPLANES Y PROGR
UNIDAD DE GESTIUNIDAD DE GESTIÓÓNN
PUESTOS BASE: AUXILIAR DE GESTIPUESTOS BASE: AUXILIAR DE GESTIÓÓN (1)N (1)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (1), ORDENANZA (1), CONDUCTOR (1)AUXILIAR ADMINISTRATIVO (1), ORDENANZA (1), CONDUCTOR (1)
UN. GESTIUN. GESTIÓÓN (2)N (2)UN. UN.
TRAMITACITRAMITACIÓÓNN
SECRETARSECRETARÍÍA DIRECTOR GERENTEA DIRECTOR GERENTE
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LOCAL www.ladep.es
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PRINCIPALES APARTADOS DE LA ENCUESTA
• ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN
• ACTIVIDADES PREVENTIVAS
• CONDICIONES DE SEGURIDAD
• CONDICIONES AMBIENTALES
• DISEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO
• CARGA FÍSICA DE TRABAJO
• CARGA MENTAL DE TRABAJO
• FACTORES PSICOSOCIALES
• DAÑOS PARA LA SALUD
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0,0%
3,3%
1,1%
2,8%
2,8%
0,0%
2,2%
2,2%
3,9%
5,0%
11,6%
12,2%
7,7%
18,2%
19,9%
21,5%
34,3%
27,6%
35,9%
0,0% 5,0% 10,0% 15,0% 20,0% 25,0% 30,0% 35,0% 40,0%
Daños por causas meteor ologicas
Contactos eléctr icos
Pr oyeccion de par ticulas
Desplomes o der r umbamientos
Atr acos, agr esiones f isicas
Quemadur as
Intoxicacion pr oductos toxicos
Accidentes de tr af ico
Atr opel los...por vehículos
Atr apamientos...con maquinar ia
Caidas de objetos, mater iales...
Caidas de per sonas desde al tur a
Daños pr oducidos por animales
Daños por exposicion al sol
Caidas de per sonas mismo nivel
Sobr eesf uer zos por car gas
Ninguno
Golpes
Cor tes y pinchazos
Muj er
Hombr e
Principales riesgos de accidente
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OBJETO DE LA PREVENCIOBJETO DE LA PREVENCI ÓÓNN
Evitar o minimizar los riesgos para los trabajadores
Evaluar los riesgos queno se pueden evitar
Combatir los riesgos en su origen
Adaptar el trabajo
a la persona
Mejorar el funcionamientode la empresa
Fomentarla mejora continua
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LEY DE PREVENCILEY DE PREVENCIÓÓN DE RIESGOS LABORALESN DE RIESGOS LABORALES
PARTICIPACIÓNPARTICIPACIÓNINFORMACIÓNINFORMACIÓN
PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD
PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD
CONSULTACONSULTA
VIGILANCIA DE SU ESTADO DE SALUD
VIGILANCIA DE SU ESTADO DE SALUD
DERECHO DEL TRABAJADOR
A UNA PROTECCIÓN EFICAZ
DERECHO DEL TRABAJADOR
A UNA PROTECCIÓN EFICAZ
FORMACIÓNFORMACIÓN
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LEGISLACIÓN APLICABLEO.G.S.H.T. (9/3/71) (derogada)
LEY 31/1995 (LA LEY)
LEY 38/1999 (ORDENACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN)
R.D. 1627/1997 (CONSTRUCCIÓN)
R.D. 39/1997 (EL REGLAMENTO)
R.D. 485/1997 (SEÑALIZACIÓN)
R.D. 486/1997 (LUGARES DE TRABAJO)
R.D. 487/1997 (MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS)
R.D. 773/1997 (EPI´S)
R.D. 1215/1997 (EQUIPO DE TRABAJO)
R.D. 245/1989 (POTENCIA ACÚSTICA EN MAQUINAS CONST. Y OP)
R.D. 664/1997 (AGENTES BIOLÓGICOS)
REGLAMENTACIÓN DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
OTROS REGLAMENTOS (PLOMO, AMIANTO, RUIDO, ETC)
R.D.L. 5/2000 (INFRACCIONES Y SANCIONES)
LEY 54/2003 MODIFICACIÓN L 31/95 Y LISOS
D. 171/2004 DESARROLLO ART. 24
R.D. 2177/2004 ESCALERAS, TRABAJOS VERTICALES Y ANDAMIOS
R.D. 1311/2005 VIBRACIONES
R.D. 286/2006 RUIDO
R.D. 314/2006 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
R.D. 396/2006 AMIANTO
R.D. 604/2006 MODIFICACIÓN SERVICIOS PREVENCIÓN
Ley 32/2006 REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN
RD 1109/2007 LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN desarrolla la Ley 32/2006
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El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos
laborales.
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La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) definieron (en 1950 y revisado por el Comité Conjunto de Salud Ocupacional OIT/OMS en 1995) la salud ocupacional como la enfocada a:
• La promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestarfísico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
• La prevención de daños a la salud causados por sus condiciones de trabajo.
• La ubicación y mantenimiento de trabajadores en un ambiente de trabajo adaptado a sus capacidades fisiológicas y psicológicas
• La adaptación del trabajo al hombre, y de cada hombre a su tarea.
Salud Ocupacional
OMS - OIT
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PREVENCIÓN: Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
CONDICIONES DE TRABAJO: Características que puedan tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
POTENCIALMENTE PELIGROSOS:Son los procesos, actividades, operaciones, equipos o productos que, en ausencia de medidas preventivas específicas , originan riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.
DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.El daño es la actualización de un riesgo, su concreción o materialización; es decir, la consecuencia producida por un riesgo sobre la salud de las personas.
RIESGO: Probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Se debe valorar la gravedad del daño según la severidad del daño y la probabilidad de que se produzca.El riesgo se puede diferenciar del peligro mediante el ejemplo incluido en la guía de desarrollo del RD 1215/97: los elementos móviles de una máquina generan peligro. Cuando alguien se aproxima, la probabilidad de que se produzca un daño se incrementa: pasa a ser un riesgo .
Terminología básicaLPRL – art. 4
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Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con mo tivo u ocasión del trabajo.Accidentes de trabajo, Enfermedades profesionales, Enfermedades derivadas del trabajo y Otras patologías inespecífi cas derivadas del trabajo:Son patologías en las que el factor laboral puede no ser el único presente pero en las que supone, indudablemente un elemento sustancial.
Las consecuencias que se derivan de los factores de riesgo se dividen también en estos cuatro grupos; así nos encontramos las consecuencias derivadas de:
• Factores o condiciones de seguridad
• Factores o condiciones medioambientales (de origen físico, químico o biológico)
• Factores derivados de las características del traba jo o carga de trabajo.
• Factores derivados de la organización del trabajo
Daños derivados del trabajo
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Son las lesiones que suelen dar lugar a los accidentes de trabajo y pueden estar originadas por:
• elementos móviles de las máquinas o materiales desprendidos
• herramientas manuales o mecánicas
• golpes con objetos
• atrapamientos
• aplastamientos
• caídas
• contactos eléctricos
Daños derivados del trabajo
Factores o condiciones de seguridad
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OLLO
LOCAL Ley de Prevención de Riesgos Laborales Ley 31/1995
Artículo 4. Concepto del accidente de trabajo.
Daños derivados del trabajo como las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasíón del trabajo.
Ley General de la Seguridad Social R. D. L. 1/1994
Artículo 115. Concepto del accidente de trabajo.
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Desde un punto de vista técnico-preventivo:
Accidente de trabajo: resultado de un alteración brusca e imprevista de la continuidad del trabajo que puede provocar lesiones inmediatas a las personas y otro tipo de daños materiales.
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LOCAL
FUENTES CONDUCTAS
CAUSAS
ORDEN, LUGAR, TIEMPO
ACCIDENTE
LESIONES DAÑOS MATERIALES AMBOS
ACCIDENTE DE TRABAJO
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TIPO
CONSECUENCIAS
DAÑOS LESIONES
ACCIDENTE SI SI
ACCIDENTE RARO NO SI
ACCIDENTE BLANCO SI NO
INCIDENTE NO NO
CONSECUENCIAS DE UN ACCIDENTE
Combinaciones entre Daños y Lesiones
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LOCAL
RIESGO ELÉCTRICO
TOMAS DE TIERRA
GFCI
TOMAS DE TIERRA
GFCI
RD 614/2001
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Pueden dar lugar a accidentes de trabajo o, en la mayoría de los casos, a enfermedades profesionales ; se derivan de origen:
Agentes físicos: exposición a:• presiones sonoras excesivas (hipoacusia o sordera)• a elevadas o bajas temperaturas de forma continuada (quemaduras por calor o frío, golpe de calor)• a radiaciones ionizantes (cáncer) o no ionizantes (quemaduras en los ojos)
Agentes químicos: exposición a contaminantes tóxicos, cuyos efectos pueden ser:• corrosivos cancerígenos• irritantes sistémicos….• asfixiantes
Agentes biológicos: exposición a contaminantes biológicos:• bacterias parásitos• virus hongos
Daños derivados del trabajo
Factores o condiciones medioambientales
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LOCAL CONTAMINANTES QUÍMICOS
LOCALES
SISTÉMICOS
CorrosivosIrritantesNeumoconióticosAsfixiantesAnestésicosSensibilizantes
Dosis (concentración x tiempo)
Efecto
Homeostasis
Efectos reversibles
Efectos irreversibles
Valor límite umbral
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LOCAL
Artículo 116. Concepto de la enfermedad profesional.
Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
Ley General de la Seguridad SocialReal Decreto Legislativo 1/1994
Desde un punto de vista preventivo:
Enfermedad profesional: patología o deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, provocado por una exposición crónica a agentes físicos, químicos o biológicos presentes en al ambiente de trabajo o por la forma en que estéorganizado.
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OLLO
LOCAL Cuadro de enfermedades profesionales
R. D. 1299/2006 (Decreto 1995/1978)
Lista de enfermedades profesionales con las relaciones de las principales actividades capaces de producirlas
Enfermedades profesionales producidas por los agentes químicos (43)
Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados (2)
Enfermedades profesionales provocadas por la inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados (6)
Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias (4)
Enfermedades profesionales producidas por agentes físicos (7)
Enfermedades sistémicas. (9)
Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el q ue se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la S eguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registr o.
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LOCAL
Confusión con enfermedades comunes al compartir síntomas y etiología
• Concentración del agente en el ambiente de trabajo
• Tiempo de exposición
• Características personales
• Relatividad de la salud
• Presencia conjunta de varios contaminantes
Factores causantes de la aparición de una
enfermedad profesional:
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LOCAL
FACTOR DIFERENCIADOR
ACCIDENTE DE TRABAJO
ENFERMEDAD PROFESIONAL
PRESENTACION Inesperada Esperada
INICIACION Súbita, brusca Lenta
MANIFESTACION Externa y única Interna y repetida
RELACION CAUSA-EFECTO
Fácil Difícil
TRATAMIENTO Quirúrgico Médico RELACION CAUSA-EFECTO
Accidente de Trabajo
Enfermedad
profesio
nalEfecto
Tiempo
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LOCAL
Factores derivados de las características del traba jo o carga de trabajo.Pueden dar lugar a accidentes de trabajo o a la fatiga física o mental (cansancio, falta de energía, irritabilidad, dolores de cabeza, depresión, insomnio...); se derivan principalmente de:
• la posición o postura de trabajo• el nivel de atención que exige la tarea...
Factores derivados de la organización del trabajoSon factores que pueden dar lugar a accidentes de trabajo o a la fatiga física o mental (cansancio, falta de energía, irritabilidad, dolores de cabeza, depresión, insomnio...); se derivan principalmente de:
• la automatización de los procesos • la introducción de nuevas tecnologías• la falta de comunicación• las nuevas formas de organización del trabajo
Daños derivados del trabajo
Factores derivados de la carga y organización
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PSICOLOGICOS
SOCIALES
TRABAJO
ORGANICOS
MECANICOS
FISICOS
QUIMICOS
BIOLOGICOS
TRAUMATOLOGIA
ENF. AGENTES FISICOS
ENF.AGENTES QUIMICOS
ENF.AGENTESBIOLOGICOS
INSATISFACCION, ESTRÉS, ETC.
FATIGA
ENVEJECIMIENTO PREMATURO
TRABAJO FACTORES AMBIENTALES PATOLOGIA DEL TRABAJO
DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO
ACCIDENTE DE TRABAJO
ENFERMEDAD PROFESIONAL
INSATISFACCION, ESTRÉS, ETC.
FATIGA
ENVEJECIMIENTO PREMATURO
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CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTESCONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES
LESIONES
CANTIDADES A DESEMBOLSAR
I.T.
75% masasalarial + 25% convenio
I.P.P.
24mensua-lidades
I.P.T.
pensión 55%base salarial
I.P.A.
pensión por vida 100%base salarial
G.I.
Pensiónpor vida 100%
base salarial incremento
50%
MUERTE
Pensión de
viudedad y
orfandad
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COSTOS SOPORTADOS PORCOSTOS SOPORTADOS POR
• Costos Humanos
– Dolor y sufrimiento físico
– Pérdida de la capacidad de trabajo o profesión
– Problemas familiares– Marginación social del
incapacitado
• Costos Económicos
– Pérdida de los ingresos temporal o definitivamente
– Gastos adicionales
TRABAJADORES EMPRESA
• Costos Humanos
– Pérdida de recursos humanos
– Problemas derivados de juicios, condenas, etc.
– Presiones sociales y psicológicas
• Costos Económicos
– Costes directos
– Costes indirectos
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LOCAL
X X
disposición de los trabajadores para asumir riesgos
tecnología existente
nueva tecnología
R.Óptimo
con equilibrio
dinámico
R.Óptimo
con equilibrio
estático
RIESGO
COSTE
INFLUENCIA DE LA TECNOLOGINFLUENCIA DE LA TECNOLOG ÍÍAA
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LOCAL
La salud en el trabajo es un derecho del trabajador , que se corresponde con la obligación de la empresa en cuanto a poner los medios necesarios para que este derecho pueda ser ejercido por el trabajador.
La revisión de la salud es un acto voluntario salvo en los 3 casos siguientes:
• Cuando la realización de los reconocimientos médicos sea imprescindible para evaluar las repercusiones de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
• Cuando los reconocimientos se hagan para verificar si su estado de salud puede constituir un riesgo para el propio trabajador o para sus compañeros o para terceros.
• También se vigilará su salud cuando esté establecido en una disposición legal o en las reglamentaciones aplicables a la empresa, en relación con riesgos específicos o actividades especialmente peligrosas
VIGILANCIA DE LA SALUDVIGILANCIA DE LA SALUD
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Establecidos por la autoridad sanitaria (MSyC) para determinados riesgos:
1. AGENTES ANESTÉSICOS INHALATORIOS
2. AGENTES BILÓGICOS
3. AGENTES CITOSTÁTICOS (CANCERÍGENOS)
4. ALVEOLITIS ALÉRGICA EXTRÍNSECA
5. AMIANTO 6. ASMA LABORAL
7. CLORURO DE VINILO MONÓMERO
8. DERMATOSIS LABORALES
9. MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS
10. MOVIMIENTOS REPETIDOS
11. NEUROPATÍAS
12. ÓXIDO DE ETILENO13. PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN DE DATOS
14. PLAGUICICDAS
15. PLOMO
16. POSTURAS FORZADAS
17. RADIACIONES IONIZANTES
18. RUIDO 19. SILICOSIS Y OTRAS NEUMOCONIOSIS
http://www.msc.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/saludLaboral/vigiTrabajadores/protocolos.htm
Vigilancia de la saludProtocolos específicos
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VIGILANCIA Y CONTROL PREVENTIVO DE LA SALUD
CONTROL AMBIENTAL CONTROL BIOLÓGICO
¡ NO A LOS CHEQUEOS RUTINARIOS !
¡ SI A LOS PROTOCOLOS ESPECÍFICOS !
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LOCAL TIPOS DE RESPONSABILIDADTIPOS DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
PENAL
CIVIL
LABORAL
• Sanción económica hasta 600.000 € (100 millones ptas.)
• Se impone por la Autoridad Laboral, a propuesta de la Inspección de Trabajo
• Revisables en vía judicial
• Incompatible con sanción penal, = sujeto.
• Personas físicas o jurídicas
• Solidaridad empresa principal y subcontrata
• PUBLICIDAD sanciones por infracciones muy graves.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVARESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
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LOCAL
• Es también sanción : pena privativa de libertad/multa
• Sólo personas ffíísicassicas
• Delitos
de puesta en peligro
de resultado
• Juzgados de lo penal
RESPONSABILIDAD PENALRESPONSABILIDAD PENAL
Carácter indemnizatorio : a la víctima/reparación
Tres tipos :
- derivada del ilícito penal (arts. 116 a 120 CP)
- contractual (art. 1101 CC)
- extracontractual (art. 1902 CC)
Juzgados civil/social
RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL
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OLLO
LOCAL
• Carácter indemnizatorio/sancionador
• Recargo del 30 al 50% prestaciones económicas derivadas de AT o EP
• Sin posibilidad de aseguramiento
• Compatible con otras responsabilidades
• INSS (revisable ante Juzgado Social)
RESPONSABILIDAD LABORALRESPONSABILIDAD LABORAL
R.D.Legislativo. 5/2000, de 4 de agostoTexto Refundido de la Ley de Infracciones y Sancione s
en el Orden Social
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LOCAL
INFRACCIONES: calificaciINFRACCIONES: calificaci óón art.11, 12 y 13n art.11, 12 y 13
INFRACCIONES LEVES:•Falta de limpieza sin riesgo grave.•Falta de notificación de los accidentes de trabajo (y E.P.) leves.•Falta de comunicación de apertura/reanudación de ce ntro de trabajo no calificado.•Incumplimiento intrascendente de la normativa de pr evención.
INFRACCIONES GRAVES:•Falta de evaluación.•Falta de reconocimientos médicos.•Falta de notificación de A.T. y E.P. graves.•Falta de registro y/o archivo de los datos evaluado s.•Falta de comunicación de apertura de centro de trab ajo calificado.•Falta de Plan de Seguridad.•Incumplimiento de normativa de prevención, con tras cendencia grave.•Falta de auditoría o evaluación externa.•No informar empresario titular a otras empresas en el centroINFRACCIONES MUY GRAVES:•No observar normas sobre protección embarazo y lact ancia.•Idem protección trabajo menores.•No paralizar o suspender de forma inmediata a reque rimiento de la Inspección los trabajos peligrosos.•Adscripción de trabajadores a puestos de trabajo in adecuados, con riesgo grave e inminente.•Falta de confidencialidad en los datos sobre salud trabajadores.•Superar los límites de exposición a agentes nocivos , con riesgo grave e inminente.•Impedir el derecho de paralización a los trabajador es.•Incumplimiento normativa de prevención con riesgo g rave e inminente.
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LOCAL
CRITERIOS DE GRADUACICRITERIOS DE GRADUACI ÓÓNN
Peligrosidad de las actividades desarrolladas.
Permanencia o transitoriedad del riesgo.
Gravedad de los daños producidos o potenciales.
Número de trabajadores afectados.
Medidas adoptadas por el empresario.
Incumplimiento advertencias o requerimientos previo s de ITSS.
Inobservancia de las propuestas del SP/DDP/CSS.
Conducta general del empresario
Art. 53.- SUSPENSIÓN O CIERRE DEL CENTRO DE TRABAJO
Art. 54.- LIMITACIONES A LA FACULTAD DE CONTRATAR CO N LA ADMINISTRACIÓ N
OTRAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONESOTRAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
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OLLO
LOCAL
(Según sus posibilidades y con arreglo a su formación y a las instrucciones recibidas del empresario):
• Velar por cumplir las medidas de PRL establecidas tanto por su propia salud y seguridad como por las de otras personas que pudieran resultar afectadas porsus actos u omisiones en el trabajo.• Usar adecuadamente todos los medios, máquinas, aparatos, herramientas,
sustancias y productos peligrosos y equipos de trabajo con los que desarrollasus trabajo.• Utilizar correctamente, según las instrucciones recibidas, todos los medios yequipos de protección facilitados por el empresario.• Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los equipos de trabajo y en los lugares de trabajo relacionados
con su actividad y NO ELIMINARLOS, ANULARLOS O PONERLOS FUERA DEFUNCIONAMIENTO.• Informar DE INMEDIATO a su superior jerárquico directo, a los trabajadoresdesignados para las tareas de prevención e incluso al S.P., de las situaciones que, a su juicio y por motivos razonables, puedan entrañar un riesgo.
• Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condicionesde trabajo seguras y el cumplimiento de lo establecido en la normativa de PRL.
El incumplimiento de sus obligaciones en materia de PRL se considera legalmente como
incumplimiento laboral (Artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores)
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
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CCÓÓDIGO NACIONAL DE ACTIVIDADES ECONDIGO NACIONAL DE ACTIVIDADES ECON ÓÓMICASMICAS
ACTIVIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIACTIVIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCI ÓÓNN
Acabado de edificios433
Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de
construcción432
Demolición y preparación de terrenos431
Construcción de otros proyectos de ingeniería civil429
Construcción de redes422
Construcción de carreteras y vías férreas, puentes y túneles421
Construcción de edificios412
Promoción inmobiliaria411
C.N.A.E. -93 y 2009 a tres cifras
Alquileres de equipos de construcción455
Construcción de redes454
Instalaciones de edificios y obras453
Construcción general de inmuebles452
Preparación de obras451
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OLLO
LOCAL
45111 Demolición y excavaciones.
45112 Grandes movimientos de tierras.
45120 Perforaciones y sondeos.
45211 Construcción de edificios.
45212 Obras singulares de ingeniería civil en superficie y en altura.45213 Obras singulares de ingeniería civil subterránea.
45214 Construcción de redes.
45215 Construcción de tendidos eléctricos.
45216 Construcción de líneas de telecomunicaciones.
45217 Otros trabajos de construcción.
45221 Construcción de cubiertas y tejados.
45222 Trabajos de impermeabilización.
45231 Construcción y reparación de vías férreas.
45232 Construcción de carreteras, autopistas, aeródromos e instalaciones deportivas.
45240 Obras hidráulicas.45251 Montaje de armazones y estructuras metálicas.
45252 Cimentaciones y pilotaje.
45253 Otras obras especializadas.
45310 Instalaciones eléctricas.
45320 Aislamiento térmico, acústico y antivibratorio.
45331 Fontanería.
45332 Instalación de climatización.
45340 Otras instalaciones de edificios y obras.
45410 Revocamiento.
45421 Carpintería de madera y materias plásticas.45422 Carpintería metálica. Cerrajería.
45430 Revestimiento de suelos y paredes.
45441 Acristalamiento.
45442 Pintura.
45450 Otros trabajos de acabado de edificios y obras.
45500 Alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operario.
C.N.A.E. -93 a cinco cifras
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LOCAL
Desde un punto de vista técnico-preventivo:
La técnica no médica de prevención cuya finalidad se centra en la lucha contra los accidentes de trabajo, evitando y controlando sus consecuencias
Evitar los accidentes de trabajo
•Evaluación inicial de riesgos
•Actualizaciones EIR
•Investigación de accidentes
•Planificación de actividadesPrevención: actuar sobre causasProtección: actuar sobre los equipos o personas
OBJETO DE LA PREVENCIOBJETO DE LA PREVENCI ÓÓNN
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LOS CUATRO MÉTODOS FUNDAMENTALES PARA ELIMINAR LOS RIESGOS PROFESIONALES
ELIMINAR EL RIESGO1º
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AISLAMIENTO DEL RIESGO
PROTECCIÓN COLECTIVA
2º
LOS CUATRO MÉTODOS FUNDAMENTALES PARA ELIMINAR LOS RIESGOS PROFESIONALES
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LOCAL
ALEJAMIENTO DEL TRABAJADOR
PROTECCIÓN COLECTIVA
3º
LOS CUATRO MÉTODOS FUNDAMENTALES PARA ELIMINAR LOS RIESGOS PROFESIONALES
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USO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
PROTECCIÓN INDIVIDUAL
4º
LOS CUATRO MÉTODOS FUNDAMENTALES PARA ELIMINAR LOS RIESGOS PROFESIONALES
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CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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LOCAL
POBLACIPOBLACI ÓÓN OCUPADA Y TOTAL DE ACCIDENTESN OCUPADA Y TOTAL DE ACCIDENTESEN LA PROVINCIA DE SEVILLA 2007EN LA PROVINCIA DE SEVILLA 2007
POBLACIÓN ACTIVA
428540; 70%
59520; 10%
79960; 13%
46020; 7%
AGRICULTURA INDUSTRIA CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
Fuente: Base de datos Siniestralidad. CPRL de Sevilla
TOTAL ACCIDENTES
2054; 5%8400; 21%
13609; 34%
16092; 40%
AGRICULTURA INDUSTRIA CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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OLLO
LOCAL EVOLUCIÓN DE ÍNDICES DE
INCIDENCIA AÑOS 1996-2008
135,2
30,7
AGRICULTURA INDUSTRIA6 CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
49,15
101,9
0
20
40
60
80
100
120
140
160
180
1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008
Fuente: Base de datos Siniestralidad. CPRL de Sevilla
CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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LOCAL
Investigación de accidentes
CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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OLLO
LOCAL
LA HERRAMIENTA
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OLLO
LOCAL
ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS
ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS
ASUNCIÓN POR EL
EMPRESARIO
ASUNCIÓN POR EL
EMPRESARIO
DESIGNACIÓN DE UNO O
VARIOS TRABAJADORES
DESIGNACIÓN DE UNO O
VARIOS TRABAJADORES
SERVICIO DE PREVENCIÓN
PROPIO
SERVICIO DE PREVENCIÓN
PROPIO
SERVICIO DE PREVENCIÓN
AJENO
SERVICIO DE PREVENCIÓN
AJENO
SERVICIO DE PREVENCIÓN
MANCOMUNADO
SERVICIO DE PREVENCIÓN
MANCOMUNADO
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OLLO
LOCAL Articulo 16 Ley 31/95 INTEGRACIÓN
Implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales
1. Evaluación de riesgos laborales
2. planificación actividad preventiva
¿Qué incluye este plan?
• Estructura organizativa
• Responsabilidades
• Procedimientos
• Funciones
• Practicas
• Procesos
• Recursos necesarios para llevarla acabo
Definir y establecer procesos de planificaciDefinir y establecer procesos de planificacióón, organizacin, organizacióón y controln y control
¿Que hay que hacer? ¿Cómo y cuando? ¿ Cuales son los recursos que pueden y deben aplicarse? ¿Toma de decisiones? ¿Estructura organizativa? Recursos humanos: ¿Funciones y Personas para asumirlas: selección?¿Orden jerárquico y autoridad? ¿Control y evaluación de actuaciones?
Relaciones, necesidades de los empleados y buen hacer
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OLLO
LOCAL E
VALUACIÓN
DE
RIESGOS
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OLLO
LOCAL
EVALUACIÓNDE RIESGOS
consideraciones
PLANIFICACIÓNejemplo
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LOCAL
• Actas de la Inspección de Trabajo.• Informes de auditorías internas y externas.
• Registro y control de la siniestralidad• Investigaciones de accidentes de trabajo acaecidos.
Relación de accidentes de trabajo y EEPP
• Plan de vigilancia de la salud.• Certificados de aptitud, de los recon. médicos inic iales y periódicos.
Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores
• Proyectos de instalaciones y equipos con sus autori zaciones.• Manuales de instrucciones de fabricantes de equipos de trabajo.• Instrucciones de trabajo en tareas críticas y norma s de seguridad.• Plan o medidas de emergencia.• Documentación referente a los EPI.• Fichas de seguridad de productos químicos.• Revisiones de instalaciones, equipos y lugares de t rabajo.• Actas de reuniones de prevención.
Medidas y material de protección y prevención a adoptarResultados de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores
• Planificación para el control de riesgos • Manual de Gestión de la Prevención y procedimientos documentados • Documentación sobre la organización preventiva.• Plan de formación.• Seguimiento y control de las acciones correctoras.• Previsiones frente a cambios • Documentación de información, consulta y participac ión a trabajadores.• Programa anual de prevención de riesgos laborales.• Reglamentación específica que afecta a la empresa.
Planificación de la actividad Preventiva
• Evaluación de riesgos.• Actualización de la evaluación de riesgos.
Evaluación de riesgos
DOCUMENTOS ESPECÍFICOS BÁSICOSArt. 23.1 LPRL DOCUMENTACIÓN
DOCUMENTACIÓN
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LA ADMINISTRACIÓN LABORAL ANDALUZA
CONSEJERÍA DE EMPLEOCONSEJERÍA DE EMPLEO
DELEGACIONES PROVINCIALESDELEGACIONES PROVINCIALES
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
LABORAL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
LABORAL INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
CENTRO DE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES
CENTRO DE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO
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LOCAL
http://www.cem.junta-andalucia.es/empleo/www/empleo/escuelastaller.php?n av=1&valnav=2&idreg=27
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http://www.cem.junta-andalucia.es/empleo/www/oficin a_virtual/guia_servicios_y_tramitesDetalle.php?id=1 56?nav=1&valnav=2&idreg=106
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LOCAL
-----24 meses-----Unidad de Promoción y Desarrollo (UPD)
Contrato formación: 12 meses6-12 meses> 25Taller de Empleo (TE)
Beca formación: 6 mesesContrato formación: 6 meses
12 meses16-25Casa de Oficios (CO)
Beca formación: 6 mesesContrato formación: 18 meses
12-24 meses16-25Escuela Taller (ET)
ETAPASDURACIÓNEDADTIPO PROYECTO
PROGRAMAS DE ET/CO/TE Y UPD
LA PROTECCIÓN DE LOS JÓVENES EN EL TRABAJO• Decreto de 26 de julio de 1957, (Trabajos prohibidos) aún en vigor• Directiva 94/33/CE
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LOCAL
599 37 653414883143826368202169
8 1 00910000UPD
409 26 537343802629519255161286TE
108 7 363121121322201CO
74 3 8049641225812682ET
ALUMN.PROY.ALUMN.PROY.ALUMN.PROY.ALUMN.PROY.ALUMN.PROY.ALUMN.PROY.ALMERIA
CONV 2009CONV 2008CONV 12 2006CONV 11 2005 CONV 10 2005CONV 05 2004
2 25 4 4 3 1 21 1 3 7 6
16
1926
34 26
0
0
1
0
1
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
2004 2005 2005 2006 2008 2009
UPD
TE
CO
ET
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LOCAL
ALUMNOS EN LOS PROYECTOS
0 100 200 300 400 500 600 700
2004
2005
2005
2006
2008
2009
ET
CO
TE
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LOCAL
CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DE P.R.L.
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LOCAL
CUESTIONARIOCONOCIMIENTO SITUACIÓN ACTUAL EN MATERIA DE PRL
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CUESTIONARIOCONOCIMIENTO SITUACIÓN ACTUAL EN MATERIA DE PRL
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LOCAL OBJETIVO
-Conocer los conceptos básicos sobre seguridad y salud laboral. -Conocer e identificar los riesgos laborales que se consideran generales y el procedimiento para su prevención.-Identificar los riesgos laborales de la actividad profesional correspondiente al curso ocupacional que se realiza y conocer la normativa aplicable.
FORMACIÓN TEÓRICAA) Conceptos básicos sobre seguridad y salud labora l.El trabajo y la salud: riesgos profesionales. Factores de riesgoLos accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.Marco normativo básico en materia de prevención de Riesgos Laborales.B) Riesgos generales y su prevención .Riesgos relacionados con las condiciones de seguridadRiesgos relacionados con el medio ambiente de trabajoLa carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboralSistemas de control de riesgoPlanes de emergencia y evacuaciónPrincipios generales de la acción preventivaPrimeros auxiliosCon carácter general, medidas de protección individual y colectivaC) Riesgos específicos y prevención en el sector co rrespondiente a la actividad que se dirige el curso .Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad de la actividad específicaRiesgos relacionados con el medio ambiente de trabajo de la actividad específicaEquipos de protección colectiva específicos del móduloEquipos de protección individual específicos del móduloNormativa aplicable
MÓDULO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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LOCAL
Formación PrácticaEn un caso de simulación:Realizar un reconocimiento de los riesgos laborales generales y de los específicos de cada módulo y establecer un sistema de prevención.De igual forma identificar el procedimiento de actuaciones ante una situación de siniestro o accidente, con carácter general y particular para cada caso.Interpretar correctamente la norma básica de prevención de riesgos laborales.
Duración del módulo: 30 horasPara un mejor desarrollo de los contenidos, se podría dividir la duración total de la siguiente manera:Apartado A)............ 4 horas
“ B)...........15 ““ C)..........11 “
MÓDULO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
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FOLLETOS INFORMATIVOS ESPECFOLLETOS INFORMATIVOS ESPEC ÍÍFICOSFICOSArt. 18 de la Ley de PRLArt. 18 de la Ley de PRL
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LOCAL
ACCIDENTES EN ANDALUCACCIDENTES EN ANDALUC ÍÍA EN 2006A EN 2006
ACCIDENTES MENORES 18 AÑOS EN 2006
866 32%
199 7%
726 27%
917 34%
AGRICULTURA INDUSTRIA CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
Fuente: Base de datos Siniestralidad. DGSSL
TOTAL ACCIDENTES EN 2006
6%18%
34%
42%
AGRICULTURA INDUSTRIA CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
2.684 Leves, 22 Graves y 2 Mortales 160.309 Leves, 2.157 Graves y 146 Mortales
TIPOS DE CONTRATOS
421 Temporal Formación 1.014401 Obra o Servicio 915402 Eventual circuns. producción (T completo) 402502 Eventual circuns. producción (T parcial) 169
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Entidad Promotora:
Responsable de la entidad promotora
Nº Expediente
Fecha inicio Fecha fin
Direcc ión del centro
Direcc ión del objeto de ac tuación(en su caso)
Sexo Mujeres Hombres
Técnico/a de prevenciónServicio Vigilancia de la Salud
Modalidad preventiva elegida
Servicio de Prevención Ajeno
OBSERVACIONES
DATOS DEL PROYECTO
Nº Participantes
Nombre del proyecto
Registro Puestos de Trabajo Especialidades Impartidas
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Entidad Promotora:
Responsable de la entidad promotora
Nº Expediente
Fecha inicio Fecha fin
Direcc ión del centro
Direcc ión del objeto de ac tuación(en su caso)
Sexo Mujeres Hombres
Técnico/a de prevenciónServicio Vigilancia de la Salud
Modalidad preventiva elegida
Servicio de Prevención Ajeno
OBSERVACIONES
DATOS DEL PROYECTO
Nº Participantes
Nombre del proyecto
Registro Puestos de Trabajo Especialidades Impartidas
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ORGANIGRAMA
ORGANIGRAMA
La Entidad Promotora del Proyecto, conforme al compromiso aportado junto a la Solicitud de Proyecto, tiene la obligación de establecer los medios humanos y técnicos necesarios para dotar al Proyecto de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo de la organización preventiva con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Si la designación de uno o varios trabajadores fuera insuficiente para la realización de las actividades de prevención, en función del tamaño de la Entidad Promotora, de los riesgos a que están expuestos los trabajadores/as, o de la peligrosidad de las actividades desarrolladas, con el alcance que se establezca en las disposiciones a que se refiere la letra e) del apartado 1 del artículo 6 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, se deberá recurrir a uno o varios servicios de prevención propios o ajenos a la empresa, que colaborarán cuando sea necesario.Para el establecimiento de estos servicios en las Administraciones Públicas se tendrá en cuenta su estructura organizativa y la existencia, en su caso, de ámbitos sectoriales y descentralizados.
En el caso de que el Proyecto desarrolle actividades a las que sea de aplicación el RD 1627/1997 deberá contar con una Dirección Facultativa y Coordinador/a de Seguridad en la obra, que podrán coincidir en los casos que establece la ley. Debiendo contar con el Nombramiento del Coordinador/a,
Aprobación del Plan de Seguridad y Salud y Proyecto de Ejecución.
Responsable Entidad Promotora
Director/a Proyecto
MODALIDAD PREVENTIVA
Trabajador/aDesignado/a
Servicio Prevención
Propio
Servicio Prevención
Ajeno
Servicio Prevención
Mancomunado
Personal Administrativo
Personal de Apoyo
Monitores/as Especialidad
AlumnadoAlumnado Trabajador
Trabajadores/as Participantes
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ORGANIGRAMA
ORGANIGRAMA
La Entidad Promotora del Proyecto, conforme al compromiso aportado junto a la Solicitud de Proyecto, tiene la obligación de establecer los medios humanos y técnicos necesarios para dotar al Proyecto de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo de la organización preventiva con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Si la designación de uno o varios trabajadores fuera insuficiente para la realización de las actividades de prevención, en función del tamaño de la Entidad Promotora, de los riesgos a que están expuestos los trabajadores/as, o de la peligrosidad de las actividades desarrolladas, con el alcance que se establezca en las disposiciones a que se refiere la letra e) del apartado 1 del artículo 6 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, se deberá recurrir a uno o varios servicios de prevención propios o ajenos a la empresa, que colaborarán cuando sea necesario.Para el establecimiento de estos servicios en las Administraciones Públicas se tendrá en cuenta su estructura organizativa y la existencia, en su caso, de ámbitos sectoriales y descentralizados.
En el caso de que el Proyecto desarrolle actividades a las que sea de aplicación el RD 1627/1997 deberá contar con una Dirección Facultativa y Coordinador/a de Seguridad en la obra, que podrán coincidir en los casos que establece la ley. Debiendo contar con el Nombramiento del Coordinador/a,
Aprobación del Plan de Seguridad y Salud y Proyecto de Ejecución.
Responsable Entidad Promotora
Director/a Proyecto
MODALIDAD PREVENTIVA
Trabajador/aDesignado/a
Servicio Prevención
Propio
Servicio Prevención
Ajeno
Servicio Prevención
Mancomunado
Personal Administrativo
Personal de Apoyo
Monitores/as Especialidad
AlumnadoAlumnado Trabajador
Trabajadores/as Participantes
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Trabajador/a designado/aNombre y apellidos Titulación
Técnico/a de Prevención Nombre y apellidos Titulación
Dirección facultativa
Coordinador/a de seguridad y salud en fase de ejecu ción
EN OBJETOS DE ACTUACION SOMETIDOS A RD 1627/1997
La dirección facultativa asumirá la función de coordinador/a cuando no fuera necesaria la designación del mismo/a.
RESPONSABILIDADES PREVENTIVAS
Teléfono email
Teléfono
Teléfono
Nombre y apellidos Titulación
Nombre y apellidos TeléfonoTitulación
Las funciones a desarrollar son las que se estimen según el carácter y las especialidades del proyecto y según lo
establecido en el RD 39/97. Hacer especial hincapié en la normativa específica desarrollada , en particular respecto equipos de trabajo, sustancias, y otros factores de riesgo (RD 1215/97, RD 375/01, etc.). Asesoramiento
y apoyo:a) Evaluación inicial de los riesgos.
b) Planificación de la actividad preventivac) Seguimiento de la planificación.
d) Procedimientos de revisión y corrección de fallos del sistema.
Los Servicios de Prevención, a través de Técnicos/as de Prevención, deberán estar en condiciones de
proporcionar al Responsable de la Entidad Promotora el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:
a) El diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales adaptado al proyecto.b) La evaluación de riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores.
c) La planificación coordinada de la actividad preventiva, priorización de medidas y plazos de actuación y la vigilancia de su eficacia.
d) La información y formación de los/as trabajadores/as y participantes sobre medidas de seguridad y salud y los riesgos del Centro y los puestos de trabajo.
e) La elaboración y puesta en marcha de las medidas y planes de emergencia
a) Coordinar las activ idades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los
trabajadores/as autónomos/as apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o activ idades referidas en el artículo 10 del RD
1627/97. b) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el Ente Promotor y, en su caso, las modificaciones
introducidas en el mismo. c) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
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Trabajador/a designado/aNombre y apellidos Titulación
Técnico/a de Prevención Nombre y apellidos Titulación
Dirección facultativa
Coordinador/a de seguridad y salud en fase de ejecu ción
EN OBJETOS DE ACTUACION SOMETIDOS A RD 1627/1997
La dirección facultativa asumirá la función de coordinador/a cuando no fuera necesaria la designación del mismo/a.
RESPONSABILIDADES PREVENTIVAS
Teléfono email
Teléfono
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Nombre y apellidos Titulación
Nombre y apellidos TeléfonoTitulación
Las funciones a desarrollar son las que se estimen según el carácter y las especialidades del proyecto y según lo
establecido en el RD 39/97. Hacer especial hincapié en la normativa específica desarrollada , en particular
respecto equipos de trabajo, sustancias, y otros factores de riesgo (RD 1215/97, RD 375/01, etc.). Asesoramiento y apoyo:
a) Evaluación inicial de los riesgos.b) Planificación de la actividad preventiva
c) Seguimiento de la planificación.d) Procedimientos de revisión y corrección de fallos del sistema.
Los Servicios de Prevención, a través de Técnicos/as de Prevención, deberán estar en condiciones de
proporcionar al Responsable de la Entidad Promotora el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:
a) El diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales adaptado al proyecto.b) La evaluación de riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores.
c) La planificación coordinada de la actividad preventiva, priorización de medidas y plazos de actuación y la
vigilancia de su eficacia.d) La información y formación de los/as trabajadores/as y participantes sobre medidas de seguridad y salud y los
riesgos del Centro y los puestos de trabajo.e) La elaboración y puesta en marcha de las medidas y planes de emergencia
a) Coordinar las activ idades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores/as autónomos/as apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva
durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades referidas en el artículo 10 del RD
1627/97. b) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el Ente Promotor y, en su caso, las modificaciones
introducidas en el mismo. c) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
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Dirección facultativa
Coordinador/a de seguridad y salud en fase de ejecu ción
EN OBJETOS DE ACTUACION SOMETIDOS A RD 1627/1997
La dirección facultativa asumirá la función de coordinador/a cuando no fuera necesaria la designación del mismo/a.
RESPONSABILIDADES PREVENTIVAS
Teléfono email
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Nombre y apellidos Titulación
Nombre y apellidos TeléfonoTitulación
Las funciones a desarrollar son las que se estimen según el carácter y las especialidades del proyecto y según lo
establecido en el RD 39/97. Hacer especial hincapié en la normativa específica desarrollada , en particular
respecto equipos de trabajo, sustancias, y otros factores de riesgo (RD 1215/97, RD 375/01, etc.). Asesoramiento y apoyo:
a) Evaluación inicial de los riesgos.b) Planificación de la actividad preventiva
c) Seguimiento de la planificación.d) Procedimientos de revisión y corrección de fallos del sistema.
Los Servicios de Prevención, a través de Técnicos/as de Prevención, deberán estar en condiciones de
proporcionar al Responsable de la Entidad Promotora el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:
a) El diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales adaptado al proyecto.b) La evaluación de riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores.
c) La planificación coordinada de la actividad preventiva, priorización de medidas y plazos de actuación y la
vigilancia de su eficacia.d) La información y formación de los/as trabajadores/as y participantes sobre medidas de seguridad y salud y los
riesgos del Centro y los puestos de trabajo.e) La elaboración y puesta en marcha de las medidas y planes de emergencia
a) Coordinar las activ idades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores/as autónomos/as apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva
durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades referidas en el artículo 10 del RD
1627/97. b) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el Ente Promotor y, en su caso, las modificaciones
introducidas en el mismo. c) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
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Director/a de ET/CO/TE/UPD
Inicio Fin Especialidad Observaciones
RESPONSABILIDADES PREVENTIVAS
Nombre y apellidos
Teléfono
Observaciones
Fecha Contrato
Fecha Inicio Contrato Fecha fin Contrato
Personal Docente y Técnicos/as UPDNombre y Apellidos
El director/a es e l gestor/a de la Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo y por tanto entre sus competencias destacamos la gestión de la prevención en el proyecto. Las funciones que tendrá que desempeñar son, entre otras:
a)Garantizar la comunicación a la Autoridad Laboral Competente y al Servicio Andaluz de Empleo de los accidentes y enfermedades re lacionadas con el trabajo.
b)Planificar las acciones preventivas en colaboración con el Técnico/a de Prevención y el Responsable de la Entidad Promotora.
c)Coordinar y realizar un seguimiento de las acciones necesarias para implicar en el diseño y puesta en marcha del Plan de Prevención a todo el personal de l Proyecto.
d)Garantizar a todo el personal del Proyecto el derecho a ser informado, formado y consultado sobre los riesgos
y las medidas preventivas en el Centro y en el puesto de trabajo.
e)Archivar y registrar toda la documentación administrativa referente a la prevención de riesgos laborales
Como el resto del personal de l centro están implicados/as en el desarrollo integrado del Plan de Prevención así como en la formación y seguimiento de los alumnos-as, alumnas trabajadores o trabajadores/as participantes:a) Participar en las reuniones referentes a prevención que se convoquen a lo largo del desarrollo del proyecto.
b) Vigilar, informar y formar a todos/as las participantes sobre las medidas de prevención de riesgos laborales y el cumplimiento de las mismas,con especial atención a aque llos que por sus circuntancias personales se consideren personal sensible: menores, embarazadas, mujeres en periodo de lactancia, discapacitados... a los que se realizará un nivel de vigilancia personalizada, estableciendo todas aquellas acciones necesarias para garantizar su seguridad y salud.c) Informar a la dirección de cua lquier riesgo o condición insegura que detecte y de los cambios en las condiciones o equipamientos de trabajo en el desarrollo de las tareas de su módulo.
d) Usar y enseñar su uso adecuado de los equipos de trabajo y protección, en las zonas en las que sea obligatorio y en el desarrollo de sus tareas a los/as partic ipantes.
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Inicio Fin Especialidad Observaciones
RESPONSABILIDADES PREVENTIVAS
Nombre y apellidos
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Observaciones
Fecha Contrato
Fecha Inicio Contrato Fecha fin Contrato
Personal Docente y Técnicos/as UPDNombre y Apellidos
El director/a es e l gestor/a de la Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo y por tanto entre sus competencias destacamos la gestión de la prevención en el proyecto. Las funciones que tendrá que desempeñar son, entre otras:
a)Garantizar la comunicación a la Autoridad Laboral Competente y al Servicio Andaluz de Empleo de los accidentes y enfermedades re lacionadas con el trabajo.
b)Planificar las acciones preventivas en colaboración con el Técnico/a de Prevención y el Responsable de la Entidad Promotora.
c)Coordinar y realizar un seguimiento de las acciones necesarias para implicar en el diseño y puesta en marcha del Plan de Prevención a todo el personal de l Proyecto.
d)Garantizar a todo el personal del Proyecto el derecho a ser informado, formado y consultado sobre los riesgos
y las medidas preventivas en el Centro y en el puesto de trabajo.
e)Archivar y registrar toda la documentación administrativa referente a la prevención de riesgos laborales
Como el resto del personal de l centro están implicados/as en el desarrollo integrado del Plan de Prevención así como en la formación y seguimiento de los alumnos-as, alumnas trabajadores o trabajadores/as participantes:a) Participar en las reuniones referentes a prevención que se convoquen a lo largo del desarrollo del proyecto.
b) Vigilar, informar y formar a todos/as las participantes sobre las medidas de prevención de riesgos laborales y el cumplimiento de las mismas,con especial atención a aque llos que por sus circuntancias personales se consideren personal sensible: menores, embarazadas, mujeres en periodo de lactancia, discapacitados... a los que se realizará un nivel de vigilancia personalizada, estableciendo todas aquellas acciones necesarias para garantizar su seguridad y salud.c) Informar a la dirección de cua lquier riesgo o condición insegura que detecte y de los cambios en las condiciones o equipamientos de trabajo en el desarrollo de las tareas de su módulo.
d) Usar y enseñar su uso adecuado de los equipos de trabajo y protección, en las zonas en las que sea obligatorio y en el desarrollo de sus tareas a los/as partic ipantes.
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Normativa
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LISTADO DE NORMATIVA
Normativa general de aplicación al Proyecto
Normativa específica de aplicación a la Especialida d
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Norma tiva
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LISTADO DE NORMATIVA
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