Rcd052 2013 Planefa Oefa 2014

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    IC OeUs tr

    Resolucin de Consejo Directivoo051 2013 OEFAICD

    Lima, 2 DIC 2 13CONSIDERANDOQue, mediante la Segunda Disposicin Complementaria Final del DecretoLegislativo N 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacin, Organizacin yFunciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluaciny FiscalizacinAmbiental - OEFA como organismo pblico tcnico especializado, con personera urdicade derecho pblico interno, constituyndoseen pliego presupuestal, adscrito al Ministeriodel Ambiente y encargado de la fiscalizacin, la supervisin, el control y la sancin enmateria ambiental;Que, el Numeral 8.1 del Artculo 8 de la Ley N 29325 - Ley del Sistema Nacionalde Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental determina que el Consejo Directivo del OEFA-como rgano mximo de la entidad- tiene entre sus principalesfuncionesdefinir la PolticaInstitucional as como aprobar el Plan Anual de Evaluaciny FiscalizacinAmbiental;Que, el Literal o) del Artculo 6 del Reglamento de Organizacin y Funciones delOEFA, aprobado por Decreto Supremo N 022-2009-MINAM, establece como funcingeneral del OEFA aprobar el Plan Anual de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental, el cualestar conformado por los planes de Evaluacin, Supervisin y Fiscalizacin, Sancin yAplicacin de Incentivos del OEFA;Que, en concordancia con lo anterior, el Literal c) del Artculo 8 del precitadoReglamento establece que es funcin del Consejo Directivo del OEFA aprobar el PlanAnualde Evaluacin y FiscalizacinAmbiental - PLANEFA de la entidad;Que, en este contexto, las Direcciones de Evaluacin, de Supervisin y deFiscalizacin, Sancin y Aplicacin de Incentivos, en coordinacin con la Oficina dePlaneamientoy Presupuesto,han formulado sus respectivos planes de intervencin para elejercicio 2014, los cuales han sido priorizados y programados para garantizar el ejercicioadecuado de las competencias asignadas al OEFA, habiendo presentado el proyecto delPlan Anual de Evaluaciny FiscalizacinAmbiental - PLANEFA para su debida aprobacinQue, mediante Acuerdo N o 061-2013 adoptado en la Sesin Ordinaria No 35-2013del 27 de diciembre de 2013, el Consejo Directivo del OEFA decidi aprobar el Plan Anualde Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluacin y

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    iscalizacinAmbiental - OEFA correspondiente al Ao 2014, por lo que resulta necesarioesteacuerdo medianteResolucin de ConsejoDirectivo, habindoseestablecidola exoneracindel Acta respectivaa fin de asegurar su vigencia inmediata;Contandocon lo~ isadosde la Secretara General, de la Direccin de Supervisin.de la Direccin de Evaluaciny de la Direccin de Fiscalizacin,Sancin y Aplicacin deIncentivos; as como de la Oficina de Administracin, la Oficina de Planeamiento yPresupuestoy la Oficinade Asesora Jurdica; yDe conformidadcon lo dispuesto en el Acuerdo No061-2013adoptado en la SesinOrdinaria No35-2013 del 27 de diciembre de 2013 y en ejercicio de las atribucionesconferidas en los Literales c) y n) del Artculo 8 del Reglamento de Organizacin yFuncionesdel OEFA, aprobado por Decreto Supremo N 022-2009-MINAM;

    SE RESUELVE:Artculo lo.probar el Plan Anual de Evaluacin y Fiscalizacin AmbientalLANEFA del Organismode Evaluaciny FiscalizacinAmbiental OEFA correspondienteaAo 2014, el que como Anexo forma parte integrante de la presenteResolucin.Artculo 2O . Disponer la publicacinde la presenteResolucinen el diario oficial ElPeruanoy en el Portal Institucionaldel Organismo de Evaluaciny FiscalizacinAmbiental- OEFA (www.oefa.gob.pe).Artculo 3O. Disponer la publicacin en el Portal Institucional del Organismo deEvaluaciny FiscalizacinAmbiental OEFA (www.oefa.gob.pe) del PLANEFA 2014 del

    OEFA, salvo lo relacionado a la respectiva programacinde acciones de fiscalizacin conla finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalizacin ambiental a cargo de la entidad.

    Regstrese comunques y publquese.

    Presidente del Consejo DirectivoOrganismo de Evaluaciny Fiscalizacin Ambiental OEFA

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    ORG NISMO DE EV LU CINY FISC LIZ CI~NMBlENT L

    Plan Anual de Evaluacin yFiscalizacin Ambiental

    PLANEFA OEFA 2 14Diciembre de 2 13

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    lnlsterlo8 mbient

    SUMARIO

    lan nual de Evaluacin y Fiscalizacionmbiental OEF 2014

    l Presentacin

    II Introduccin

    III Funciones de fiscalizacin ambiental directa del OEFA

    IV Seccin : Evaluacinde CalidadAmbientalCriterios para la determinacinde zonas para la evaluacin de calidad ambientalVigilancia ambiental a cargo del OEFAProgramacinde actividadesde monitoreosprogramados para el ao 2 14La funcin de identificacin de pasivos ambientales del sector hidrocarburos

    V Seccin II: Supervisin DirectaCriterios generales de priorizacin de intervencionesCriterios especficos de intervencin por actividad econmicasupervisada

    VI Seccin : Fiscalizacin sancinCriterios de priorizacinde actividades

    n primera instancian segunda instancia

    Estrategiasde ejecucin especficasVII Seccin IV: Supervisin a Entidades de Fiscalizacin Ambiental

    Actividades programadasTemas priorizados parael ejerciciode la funcin supervisora de EFAlmplementacinde recomendacionespor parte de las EFA

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    Plan Anual de Eva luac ion y Fiscal izacinAmbiental OEFA 2014inisteriodel Ambiente

    PLAN ANUAL DE EVALUACIN Y FISCALIZACIN AMBIENTALPLANEFA) OEFA 2014I PRESENTACI~N

    \ON y F~S El presente Plan Anual de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental en adelante,PLANEFA) constituye una herramienta de apoyo indispensable para laFiscalizacin Ambiental, permitiendo que el Organismo de Evaluacin y.-,EFW Fiscalizacin Ambiental OEFA efecte el seguimiento de su desempeoinstitucional a travs de la planificacin anticipada del ejercicio de sus funcionesde evaluacin, supervisin, fiscalizacin y sancin que ejercern sus rganos delnea durante el ao 2014.

    A diferencia del PLANEFA del OEFA correspondiente al ao 2013 en el cual sedetermin la planificacin de actividades de acuerdo a las atribuciones asignadasnormativamente a cada rgano de lnea de la entidad), a travs del presentePLANEFA se planifican las actividades institucionales de acuerdo a cada una delas funciones de fiscalizacin ambiental que ejerce el OEFA.Este nuevo enfoque de planificacin se forja a partir de la experiencia obtenidadurante el ao 2013, en el que se constat que nicamente ejerciendocoordinadamente las funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin y10sancin se puede lograr una proteccin eficaz de los componentes ambientales,recursos naturales y salud de las-personas. Es en esta lnea que el OEFA-havenido supervisandoel ejercicio de las funciones de fiscalizacin ambiental de lasEntidades de Fiscalizacin Ambiental EFA) nacionales, regionales y locales; esdecir, bajo el criterio de evaluar el desempeo en materia de fiscalizacinambiental d-e las entidades de la Administracin Pblicg, ms all de que dichasfunciones sean efectivamente ejercidas por una direccin u rgano de lnea enparticular.De esta manera, el PLANEFA permite conocer cules son los lineamientosgenerales que definen el ejercicio de las funciones antes mencionadas, susorientaciones, acciones estratgicas y actividades, que continen dndolefuncionalidad a la Entidad y, en consecuencia, permitan consolidar los procesosindispensables para que e l OEFA pueda cumplir sus funciones e6ciente yeficazmente.El presente documento contiene tambin la programacin y planificacin de lasupervisin de las EFA, lo que se desenvuelve en el marcode la rectoradel OEFAsobre el Sistema de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental SINEFA). De estemodo, se completa el espectro de las atribuciones que tiene el OEFA para darcumplimiento a la finalidad del citado Sistema, cual es asegurar el cumplimientode la legislacin ambiental por parte de todas las personas naturales o jurdicas,as como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacin, supervisin,fiscalizacin, control y potestadsancionadoraen materia ambiental,a cargo de lasdiversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, gily eficiente.La informacin que se genere como resultado de la accin planificada queemprenda el OEFA servir de base para implementar un sistema que permita

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    Ministe?odel AmbientePlan Anual de Evaluacin y Fiscalizacion

    Ambiental OEFA 2014

    crear indicadores que identifiquen potenciales conflictos socioambientales quepodran generarse en el pas como resultado del incumplimiento de lasobligacfones fiscalizables po? el OEFA. Dicho sistema permitir identificar laszonas sensibles donde la accin del Estado debera priorizar sus esfuerzos paraanticiparse al conflicto social. Ello tambin permitir al OEFA, de cara a laplanificacinde sus actividades para los siguientes aos, priorizar sus actividadesy ejercer mayor control sobre determinadaszonas.De este modo, el OEFA cumple con dar a conocer su PLANEFA para el ejercicio2014 como herramienta indispensable de segumiento de las funciones deevaluacin, supervisin, fiscalizacin y sancin a su cargo.Corresponde sealar que las actividades contempladas en el presenteinstrumento de planificacin sern revisadas cuando se efectivicen los ingresosinstitucionales provenientes del aporte por regulacin1.

    11 INTRODU I~NMediante la Segunda Disposicin Complementaria Final del Decreto LegislativoNo 1073 - Decreto Legislatho que aprueba la Ley de Creacin, Orgarizacin yFunciones del ~inister io el Ambiente se crea el OEFA como un organismopblico tcnico especializado con personera jurdica de derecho pblico interno,constituyndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente yencargado de la fiscalizacin, la supervisin, el control y la sancin en materiaambiental.Posteriormente, por Ley No 29325, modificada por la Ley No 30011, se crea elSINEFA cuya finalidad es asegurarel cumplimientode la legislacinambiental porp3rtedetodas las persQnasnaturalesojurdicas, as como supervisar y garantizarque las funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y potestadsancionadora en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estadose realicen de forma independiente, imparcial, gil y eficiente, de acuerdo con lodispuesto la Ley No 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de GestinAmbiental, la Ley No28611 - Ley GeneraldelAmbiente, en la Poltica Nacional delAmbiente, y dems normas, polticas, planes, estrategias, programas y accionesdestinados a coadyuvar en la existencia de ecosistemas saludables, viables yfuncionales, el desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamientosostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestin yproteccindel ambiente.

    .....l. 'y ElSINEFA se define como unsistemafuncional en los trminosde la Ley No291588 - Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, cuya rectora se ha asignado al OEFA. En*+-OE? P@ virtud de ello, le asisten al OEFA las atribuciones previstas en el Artculo 44 de laLey No 29158; es decir, se constituye en la autoridad tcnica normativa del/m- SINEFA a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientosS Q. relacionados con su mbito, coordina su operacin tcnica y supervisa el correctofuncionamiento del sistema bajo su rectora.. De confomidad can lo dispuesto en la Tercera Disposicin Complementaria Final de la Ley o 0011, lasfunciones de supervisin y fiscalizacin en materia ambiental relacionadas a las actividades de Energia y Mineria

    que desarrolla el Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA, se financian con cargo al Aportepor Regulacin a que se refiere el Articulo 10 de la Ley No27332 Ley Marco de los Organismos Reguladoresde la Inversin Privada en los Servicios Pblicos.

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    Plan Anual de Evaluacii i y Fiscal izacinAmbiental OEF 2014

    El Articulo 11 de la Ley No 29325, modificado por la Ley No3901 1, establece lasfunciones generalek asignadas al OEFA, tanto en su rol de ente fiscalizador comode ente rector del SINEFA, siendo estas las siguientes:Funcin evaluadora comprende las acciones de vigilancia, monitoreo yotras similares que realiza el OEFA para asegurar el cumplimiento de lasnormas ambientales.Funcin supervisora directa comprende la facultad de realizar accionesde seguimiento y verificacin con el propsito de asegurar el cumplimientode las obligaciones establecidas en la regulacin ambiental por parte de losadministrados. Adicionalmente, comprende la facultad de dictar medidaspreventivas. La funcin supervisora tiene como objetivo adicional promoverla subsanacin voluntaria.Funcin fiscalizadora sancionadora comprende la facultad deinvestigar la comisin de posibles infracciones administrativas sancionablesy la de imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones ycompromisos derivados de los instrumentos de gestin ambiental, de lasnormas ambientales, compromisos ambientales de contratos de concesiny de los mandatos o disposiciones emitidos por el OEFA. Adicionalmente,comprende la facultad de dictar medidas cautelares y correctivas.Funcin normativa comprende la facultad de dictar, en el mbito y enmateria de sus competencias, las normas que regulen el eje~ciciode lafiscalizacin ambiental en el marco del SINEFA, y otras de carcter generalreferidas a la verificacin del cumplimientode las obligaciones ambientalesfiscalizables de los administrados a su cargo; as como aquellas necesariaspara el ejercicio de la funcin de supeyisin de entidades de, fiscalizacinambiental, las que son de obligatorio cumplimientopara dichas entidadesenlos tres niveles de gobierno.Funcin supervisora de Entidades de FiscalizacinAmbiental comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento yverificacin del desempeo de las funciones de fiscalizacin a cargo deentidades de fiscalizacin ambiental nacional, regional o local.

    De las funciones indicadas, la funcin supervisora de EFA, en concordancia conla funcin normativa, guardan relacin con el rol del OEFA como ente rector delSINEFA, en la medida que a travs del ejercicio armnico de dichas funciones sepersigue que las EFA desarrollen sus atribuciones evaluando, supervisando y10sancionando ante la evidencia de casos que impliquen infracciones ambientalespor parte de los administrados,cuyas actividadesse encuentrancomprendidasenel mbito de supervisin de aquellas.Por otro lado, es importante referir que mediante Resolucin Ministerial No2472013-MINAM, el Ministerio del Ambiente aprob el Rgimen Comn deFiscalizacin Ambiental, estableciendo los lineamientos, principios y basescomunes de la fiscalizacin ambiental en el pas, as como las disposicionesgenerales que deben cumplir de manera obligatoria las EFA en el mbito delSINEFA, regulando su articulacin con el fin de asegurar el ejercicio armnico dela fiscalizacin ambiental a su cargo.

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    Plan Anual de Evaluacin y FiscalizacinAmbienta l OEFA 2 4

    De conformidad con el Artculo 6 de la Resolucin Ministerial No 247-2013-MINAM, las EFA planif icaisus labores de fiscaliacin ambiental a trai/s de susrespectivos PLANEFA, los que son definidos como instrumentos de planificacina travs de los cuales cada EFA programa las acciones a su cargo en materia defiscalizacin ambiental.En el caso particular del OEFA, para el desarrollo de las funciones que lecorresponden como autoridad de fiscalizacin ambiental en los mbitos de sucompetencia, esta entidad ejerce sus funciones de evaluacin, supervisin yfiscalizacin, conforme se explica en las siguientes secciones del presentedocumento.

    De acuerdo con su marco legal, el OEFA desarrolla actividades de fiscalizacinambiental directa en aquellos ambitos de competenciaque le han sido asignadaspor norma con rango de Ley o como resultado de los procesos de transferenciade funciones en materia de fiscalizacin ambientalde las entidades sectoriales enel marco de lo dispuestoGpora Primera Dispoiicin Complementaria Final de laLey No29325.En este orden, el OEFA tiene los siguientes ambitos de actuacin para ejercer susactividades de fiscalizacin ambiental:

    Minera med iana , gran minera)

    SECTORMINER~Mediana y gran.minera enexploracin,explotacin,transporte, laborgeneral, beneficioy almacenamientode concentrados.

    Mediante Resolucin de Consejo Directivo No003-2010-OEFAICD del 20 dejulio de 2010 se aprobaron los aspectos objeto de transferencia de lasfunciones de supervisin, fiscalizacin y sancin ambiental en materia deminera del OSlNERGMlN al OEFA, y se determin que la fecha en que elOEFA asumira estas funciones seria el 22 de julio de 2010.

    SECTORENERG~Subsectorbidrocarburos:exploracin,explotacin,transporte,refinacin,almacenamiento,distribucin ycomercializacin)Subsectorelectricidad:

    generacin,transmisin ydistribucin)

    SECTORPESQUER~Acuicultura demayor escala yprocesamientoindustrialpesquero

    SECTORINDUSTRISubsectorindustriamanufactureracerveza, papel,cemento ycurtiembre).

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    Plan Anual e Evaluacin FiscalizacinAmbiental OEFA 2 14iniiiisterlo- el Ambrente

    Hidrocarburos en general y electricidadMediante Resoluci N 001-2011-OEFNCD del 2 de marzo de 2011 seaprobaron los aspectos objeto de la transferencia de las funciones desupervisin, fiscalizacin y sancin ambiental en materia de hidrocarburosen general y electricidad entre OSINERGMIN y OEFA, y se determin quela fecha en que el OEFA asumira estas funciones seria el 4 de marzo de201 1.Pesquera (pesquera industr ial y acuicultura de mayor escala)Por Resolucin No 002-2012-OEFNCD del 16 de marzo de 2012 seaprobaron los aspectos objeto de la transferencia de las funciones deseguimiento, vigilancia, supervisin, control y sancin en materia ambientaldel Sector Pesquera del Ministerio de la Produccin PRODUCE al OEFAy se determin que la fecha en que el OEFA asumira estas funciones seriael 16 de marzo de 2012.lndustriaA travs de la Resblucin N 010-2012-OEFNCD del 30 de nbviembre de2012 se dispuso la ejecucin del proceso de transferencia de las funcionesde seguimiento, vigilancia, supervisin, fiscalizacin, control y sancin enmateria ambiental del subsector Industria del Ministerio de la Produccin(PRODUCE) al OEFA.De esta manera, mediante Resoluciones de Consejo Directivo nmeros 001201 3-OEFNCD, 004-2013-OEFNCD, 023-2013-OEFNCD y 033-2013OEFNCD, el OEFA asumi las funciones de seguimiento, supervisin,fiscaligacin, control y sancin en materia ambiental de los rubros Cerv~za,Papel, Cemento y Curtiembre, respectivamente.Organismos Vivos ModificadosPor efecto de la Primera Disposicin Complementaria Final del Reglamentode la Ley No2981 1 Ley que establece la moratoria al ingreso y produccinde organismos vivos modificados al territorio nacional por un perodo de 10aos, se ha transferido al OEFA las funciones de vigilancia, control,supervisin, fiscalizacin y sancin, otorgadas al MlNAM en cuanto alcumplimiento de los Artculos 4 y 7 de la Ley No 2981 1, las contenidas ensu Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N 008-2012-MINAM ydems disposiciones modificatorias y complementarias.

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    Plan nual de Evaluacion y Fiscalizacinmbiental OEF 2 14

    Seccin IEvaluacin de Calidad mbiental

    Funcin Evaluadora consiste en la determinacin del estado de la calidad dela travs del desarrollo de estudios ambientales especializados, monitoreosde los componentes ambientales (agua, aire, suelo, flora, fauna, entretambin el anlisis de factores externos que repercutiranen la calidada las actividadesque podran impactaren el ambienteen el marcofiscalizacin a cargo del OEFA.Enese contexto, tratndose de una funcin de naturalezatcnica y cientfica, supone eluso de informacin sistematizada como: (i) lneas base de las actividades fiscalizablespor parte del OEFA; (ii) actividades de monitoreo ambiental en la zona de estudio; (iii)

    o e p anlisis espectral con imgenes de satlites; (iv) estudios mineralgicos, geolgicos,geoqumicos, hidrolgicos e hidrogeolgicos; (v) inventario y balance del recursohdrico; (vi) dispersin de contaminantes atmosfricos; (vii) anlisis isotpicos,movilizacinde metales pesados; (viii) evaluaciones de paisaje de una zona geogrfica(cuencas, bahas, nodos energticos, sistemas aislados, entre otros); (ix) conocimientode los procesos de manufacturao produccinde las actividadeseconmicas, as comolas sustanciasqumicas que podrangenerarse; (x) riesgos ambientalesasociados a sunaturaleza intrnseca; y, (xi) las caractersticas propias de las actividades econmicasbajo la competencia del OEFA.Otro aGecto sustantivo es 1 determinacin del alcance de la evaluaci;; de la calidadambiental, que se encuentraenfuncin de las necesidadesinstitucionalesen su calidadde soporte a la funcin supervisora del OEFA, por lo que dicha determinacin deberser lo suficientemente amplia y flexible en su construccin, permitiendo delimitar laevaluacin a fin de conceritrar e tiempo y los r'ecursos financieros Bn reas donde~robablementee encuentre los potenciales impactos ambientales vinculados con lasactividades bajo la competenciadirecta del OEFA.La funcin evaluadora en el marco del procesode fiscalizacin ambientaltiene diversosobjetivos, entre ellos:

    Generacin de diagnsticos ambientales que contienen un anlisis integral delestado de los diversos componentes ambientales y las variables externas queinfluyenen ellos, que constituirn un insumo para la iscalizacin ambiental.Soporte de las accionesde supervisindirectay a entidades pblicas.

    8eb, &evisiny visto bueno a b s estudios, y otros similares, que sean exigidos comoproductode la funcin supervisora.Adicionalmente, la funcin evaluadora a cargo del OEFA se realiza a travs de unaplanificacindeterminada, segn la demanda de las intervencionespriorizadas en basea los criteriosdesensibilidadsocioambiental,connfasisen la prevencin. Este enfoquepuede abordar evaluaciones ambientales a nivel de cuenca hidrogrfica, bahas, reasde desarrollo energtico, lotes de explotacin o exploracin, entre otras, de acuerdo ala priorizacinque se determine, o de ser el caso circunscribir la evaluacin en zonasespecficas que por el carcter preventivo se necesiten realizar, precisando aquellas

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    zonas relacionadas con la funcin supervisora directa.La funcin evaluaora, a diferencia d la funcin supervi5ora -que verifica 61cumplimiento de parmetros especficos en un determinado momento- permiteestablecer el diagnstico de la calidad ambiental en forma integrada y continua connfasis en aquellas actividades fiscalizadas por el OEFA.Asimismo, en el ejercicio 2014, la evaluacinde la calidad ambiental tendr un enfoquesobre reas ms especficas como cuencas hidrogrficas, bahas, reas de desarrolloenergtico, lotes de explotacino exploracin, entre otras, de acuerdo a la priorizacinque se determine. Ello con la finalidad de brindar informacin para la adopcin demedidas que tengan como finalidad la retroalimentacin de los instrumentos de gestinambiental, generacin y10 actualizacin de normas ambientales y el fortalecimiento delas capacidadesinstitucionales en los tres niveles de gobierno.

    CRITERIOS PARA LA DETERMINACIN DE ZONAS PARA LA EVALUACINDE LA CALIDAD AMBIENTALLa planificacin y programacin de las acciones de evaluacin de la calidadambiental a realizarse durante el ejercicio 2014 se ha estructurado de acuerdoconlos requerimientos de apoyo efectuados por la Direccin de Supervisin,relacionados a las actividades de supervisin directa para el periodo 2014;requerimientos que tienen su base en:

    Nmero de reportes de situaciones conflictivas relacionadas con la posiblecontaminacin de componentesambientales;Determinacin de riesgosque generan deterioro de la calidad ambiental poractividades que son objeto de fiscalizacin directa por el OEFA;Seguimiento a los componentes ambientales afectados por emergenciasambientales;El nmero de denuncias relacionadas a la contaminacin ambientalreportadas en el Servicio de Informacin Nacional de DenunciasAmbientales SINADA);Zonas o reas conflictivas en asuntos socioambientales a nivel nacional,generadas por actividades econmicas que son objeto de fiscalizacindirecta por el OEFA; entre otros.

    A continuacinse detalla la proyeccinde las evaluacionesde calidad ambientala ser ejecutadas por la Direccin de Evaluacinpara el periodo 2014:econmicarelacionada

    Hidrocarburos

    sujetas a laevaluacin de lacalidadmbiental acargo del OEFP

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    Plan Anual de Evaluacin Fiscali~a~acinAmbie ntal EFk 2014

    VIGIL NCI MBIENT L C RGO DEL OEFLa vigilancia ambientala cargodel QEFA consisteenel desarrollode adIwidade8de monitoreode los componentec de calidadde agua, aire, rufdo, ndia~iones oionizantes y suelo en un detem[nadsl periodo de tiempo, en un mismo punto,permitiendoobtener data histrfca para eal sleguimientadel compoifamientode lacalidad del componente ambiental en reIacl o al desarrollo de ad iv idad~ uspodran ocasionar mpactos arrbienbles. La wigilarrc[a permite, ademfts, qontarcon un Instrumento de al a sobre poslble8 afectaciones al amk4ent-e ~ o m oconsecuencia de1 ~ ~ r r a l l oe dichas activtdades.

    I

    Para entender la firralfdad de la viglfan~i~iaebe tenerse en consideracin susdihei)etm can las acciunes de monitoras. h l mientras que el rnoni'EOreoaenspor objeto wrificar el estado de un dettxminado pai4metroen wn momentodadqla vigilancia permite determinar el comportamiento en el tiempo del parhrn~trucrftIco Ambas son insurnos para el dssarrroflo de mzrluacisners de calidad .arnbiental.

    Primer a1 cuartokAm8strePFimqr Gmartotrime tre~rGerauartotrimestreR mral cliarbtrimestre

    Primer al cuattat d m bPrimer al awrtotrrnwtm@un&@ al tprtpirnsmc

    lBThsralcoartatrhiresttePrERleralWtrimestre

    La infomacin que se obtenga de la vigilancia amhknbl en un mediano plazopermitir :

    Cuenca LdcumbaGuenm]del Rimtc mCuen~aie GhbaCuenca un jtneluyernto fa b Ia deSt~.humcuenca del San f i r r ~ f I i ~ S n d ~uhia deSamenoa]emnca M a n mZana acuf~alael dl6tn'u de Zarmilla@ariael Bsndib .B n a acutcak del distff-o:dnr Cmales.Zana acuiwladel chf ~ eTumbes

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    Ministerioda rmh i e Plan Anual d e Evaluacin y Fiscal izacinAmbiental OEFA 2 14

    monitoreos brindan informacin que luego ser un insumo para las evaluacionesde calidad ambiental en zonas priorizadas.Los monitoreos ambientales consignados en el presente Plan para el ao 2014permitirn contar con informacin para posibles estudios en el ao 2015 y aosposteriores, con la finalidad de mostrar la tendencia de los parmetrosambientales sujetos a evaluacin.Calidad de ireLa contaminacin del aire consiste en la presencia de sustancias qumicas ypartculas en la atmsfera que alteran su composicin, generando un efectodirecto en las personas y otros seres vivos. Genera adems un efecto indirecto enlas finanzas pblicas por el costo que demandan las atenciones en salud asociadoa la contaminacin de la calidad de aire y la recuperacin de la degradacinambiental.Con el propsito de definir un horizonte para el accionar del OEFA en materia decalidad del aire que se encuentren asociadas a las actividades bajo sucompetencia, se tiene previsto para el ao 2014 la ejecucin de las siguientesactividades:

    Monitoreo de la calidad del aire en ciudades y lugares ubicados en el mbitode influencia de actividades productivas. Dicho insumo es parte de lainformacin que se requiere para los procesos de evaluacin de la calidadambiental en zonas que se prioricen para el periodo 2015; y,Monitoreo de la calidad del aire realizada como producto de denuncias de lapoblacin tomando en cuenta la magnitud de la denuncia).

    Ruido ~ i b i e n t a lLa contaminacin por ruido genera una potencial amenaza a la salud y al bienestarde las personas. Esta problemtica se viene agravando cada vez ms en losltimos aos, debido a la creciente industrializacin y mayor concentracin deactividades de la poblacin en las ciudades.Los altos niveles de ruido producen efectos adversos, directos y acumulativos enel odo y en la salud de la poblacin, afectando el trabajo, ambientes deaprendizaje y ocasionando prdidas econmicas para los seres humanos.En ese contexto, la Direccin de Evaluacin tiene proyectado realizar para el ao2014, actividades de monitoreo de ruido ambiental en los distritos de Lima y Callaoy diversas ciudades al interior del pas, como insumo para la generacin de losplanes de control del ruido ambiental a cargo de las Municipalidades y de estamanera reforzar la rectora del OEFA en el marco del SINEFA y las acciones desupervisin a entidades de fiscalizacin ambiental.Residuos SlidosLa gestin de los residuos slidos constituye una gran problemtica ambiental, lacual a su vez se encuentra asociada a la falta de disponibilidad de infraestructura

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    Plan Anual de Evaluacin y FiscalizacinAmbiental OEFA 2014MinisterioI mL m+a

    para su disposicin final, los procesos para la aprobacin de sus permisos yautorizaciones, as como el porcentajeelevadode morosidaddel pago del serviciode c~lecta~~transportedisposicibn. Esta problemticaha generado la disposicinde los residuos slidos en botaderos que no son garanta de un manejo sanitarioy ambientalmente adecuado.Los riesgos al ambiente y a la salud se incrementan con el carcter acumulativo,txico y daino de las sustancias qumicas presentes en los residuos slidos,siendo las ms vulnerables a esta problemtica, las poblaciones aledaas que sonreceptores de problemas de salud y contaminacin ambiental.En ese sentido, se hace necesario elaborar un inventario relacionados a losbotaderos existentes a nivel nacional a efectos de realizar un anlisis de riesgo yresultados de monitoreo en el suelo y agua, ello con la finalidad de contar coninformacin que sirva de insumo para las acciones de supervisin de entidadesde fiscalizacin ambiental.Organismos Vivos Modificados OVMComprende la verificacin de la existencia de OVM en lugares no confinados,especficamente en especies agrcolas (distribucin y cultivos), en diversasionasdel territorio nacional. Esta actividad se realizar una vez que se cuente con loselementos tcnicos como los lineamientos y protocolos de intervencin en campo,habindose programado intervenciones para el periodo2014.

    PROGRAMACIN DE ACTIVIDADES DE MONITOREOS PROGRAMADOSPARA ELAO 2014La Direccin de, Evaluacin tiene prgyectado para el aq 2014 realizar lasactividades de monitoreo de acuerdo al cuadro adjunto:

    Lamkyeque, Apurmac, Moquegua, Aura, Tumbes, Cajamarca,Amacrc~aa,San Madin, Uwyali adre e Dios, Junn, Huclnuco;Arequipa, Huw csve l i , Puno, Ica Ayacucha, Pasw y UrnaModificados

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    LA FUNCIN DE IDENTIFICACI~N DE PASIVOS AMBIENTALES DELSUBSECTOR HIDROCARBUROS. .Mediante la Ley N 29134 - Ley que regula los PasivosAmbientalesdel SubsectorHidrocarburos se establecen las reglas aplicables a la gestin de los pasivosambientales en las actividades del subsector hidrocarburos, con la finalidad dereducir o eliminar sus impactos negativosen la salud, la poblacin,el ecosistemacircundantey la propiedad.A travs del Decreto Supremo No004-2011-EM se aprob el Reglamento de laLey N 29134, el cual desarrolla los alcances de la citada Ley, su mbito deaplicacin, las entidades competentes en materia de identificacin de pasivosambientales de hidrocarburos, la publicacin del inventario inicial, as como de lafiscalizacin y sancin respecto del cumplimientode las obligacionesambientales-. de las disposiciones indicadasen dicho Reglamento.Por medio de la Resolucin Ministerial No042-2013-MINAM, publicada el 19 defebrero de 2013, el Ministerio del Ambiente ha precisado que el Organismo deEvaluacin y Fiscalizacin Ambiental OEFA es competente para ejercer lafuncin de identificacinde pasivos ambientalesde hidrocarburos,en el marco delo'establecido en la LeyNo29134 y su Reglamento.Al respecto, segn la precisin establecida, las autoridades competentes que seencuentran involucradas en el proceso de identificacin de pasivos ambientalesdel subsector hidrocarburosson las siguientes:.1) Identificacin de pasivos ambientales, a cargo del OEFA.2) Identificacin del responsable, a cargo del Ministerio de Energia y Minas.3) Aprobacin del Plan de Abandono de rea, a cargo del Ministerio de Energiay Minas.4) Seguimiento de las obligaciones contenidas en el Plan de Abandono, acargo del OEFA.En ese contexto, mediante Resolucin de Consejo Directivo No 005-2013-OEFNCD, publicada el 20 de febrero de 2013, el Consejo Directivo del OEFAcumpli con aprobar el Plan de Identificacin de Pasivos Ambientales en elSubsector Hidrocarburos2013-2014, en virtud de lo dispuesto en el Artculo 2 dela mencionada Resolucin Ministerial.Asimismo, mediante Resolucinde Consejo Directivo No022-2013-OEFNCDdel22 de mayo de 2013, se aprob la Directiva N 001-2013-OEFNCD - Directivapara la identificacin de pasivos ambientales en el subsector hidrocarburos acargo del OEFA.En el marco del procedimiento establecido en la mencionada Directiva, el OEFAviene identificando pasivos ambientales del subsector hidrocarburos, tomandocomo primer insumo la informacin generada por Perupetro S.A. y el OrganismoSupervisor de la Inversin en Energiay Minera - OSINERGMIN.Adicionalmente,desarrolla inspeccionesen campo parael desarrollo de la evaluacin del entorno,y verifica las condiciones del posible pasivo ambiental reportadoy el desarrollo demonitoreo ambiental de considerarse necesario, con la finalidad de confirmar suidentificacin y obtener informacin sobre la estimacin de su nivel de riesgo enla salud, seguridad de la poblacin y calidad del ambiente a ser reportado al

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    Ministerio de Energa y Minas.En el ao 2002, ruPetro S.A. realkoun nventario en el tual estim 9 943 *pasivos ambientales del subsector hidrocarburos distribuidos de la siguientemanera: costa norte (8 196), sierra 7),zcalo (492), selva (245) y otras reas(1003).Un aspecto adicional que se est considerando para priorizar las visitas de campoes la ubicacin de las posibles zonas de fragilidad ambiental definida por la Leyo2861 1 y la gran preocupacin por los posibles riesgos asociados a la salud dela poblacin y al ambiente. En ese contexto, se ha previsto la verificacin encampo de 2000 posibles pasivos ambientales en las regiones de Tumbes, Piura.Punoy Loreto, incluyendo el zcalo continental donde corresponda.

    -I U E N T I F I C A C I ~ N E POSIB PASIVOSDEPAnT4MENTOS AMBIENTALES

    LORETO . . 1658 .PlURAPU O 14TUMBES. 151

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    . SeccinSupervisin Directa

    a supervisin directa es una funcin de fiscalizacin ambiental orientada a evaluar elde obligaciones ambientalesde los administradosen el desarrollo de suseconmicas,as como el desempeode los procesosproductivosasociadosa tales actividades, con la finalidad de garantizar una proteccin ambientalefectiva.Esta funcin exige un conocimiento previo de las obligaciones ambientales asumidaspor el administrado en sus respectivos instrumentosde gestin ambiental, as como delas obligaciones ambientales establecidas en la normativa ambiental o aquellasderivadas de las medidas administrativas dispuestas por el OEFA. Asimismo, requiereel cabal conocimientodel procesoproductivodesarrollado en cada caso, para identificaren l aquellos aspectos que resulten ambientalmentems crticos.Se busca fomentar la subsanacin de hallazgos para que los administrados tengan laoportunidad de adecuar sus actividades, de modo tal que ocasionen el menor daoposible al ambiente, lo que a suvez, conllevara que la poblacinresidenteen el mbitode influencia, pueda disponer de un ambiente ms saludable, contribuyndoseas amejorar su calidad de vida.Lg supervisin directa, a cargo del OEFA* se realiza a travs. de intervencionesprogramadas a las unidades productivas de los sectores de su competencia: unidadesmineras, lotes petroleros, plantas industriales, establecimientosindustriales pesqueros,etc.Las supervisiones se pueden desagregar por segmentos d actividades de losadministrados, tal como se muestran en el siguiente cuadro:

    lasificacinde unidades que pueden ser objeto de supervisin

    Plan de ierrede MinasPlan de ierrede PasivosAmbientales xMineros I I I I I I. .Lotes de Explotacin Unidades Mayores) xLotes de Exploracin Unidades Mayores) 1 x 1Plantas de Procesamiento o refinacin

    ductos Unidades

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    Para el ejercicio 2014, las funciones de supervisin del OEFA estarn orientadas averificar las obligacionesy los aspectosambientalmentems relevantesde los procesosproductivs,atendiendo a los coinponentes agua, aire, suelo) y recursosnaturalesquepueden ser impactadosen mayor grado, dependiendo de la naturaleza de la actividadeconmica supervisada.As por ejemplo, en el caso de actividades de exploracin y explotacin minera, elcomponente ambiental-que puede ser impactado en mayor grado es el agua; encontraste, en las actividades de fundicin de minerales, el aire es el componente quepuede tener mayores impactos. En el caso de las actividades extractivashidrocarburiferas, los componentesambientales que pueden sufrir mayor impacto son,el suelo y el agua, enfanto que en la refinacjn se agrega a dichos componentesel aire,por lo que las accionesde supervisindeben priorizar el monitoreo de emisiones.

    . Asimismo, en el ejercicio 2014, la supervisin directa del OEFA tendr un enfoque .orientado a evaluar de manera integral el desempeo de las unidades productivascorrespondientes a una misma actividad econmica y que operan en una misma zonageogrfica. Ello se ha previsto con la finalidad de que se pueda analizar en conjunto elimpacto generado en el ambiente por dichas unidades y para obtener resultados queluego puedanser empleados en el desarrollo de las funciones de evaluacinde calidadambiental. As por ejemplo, en el caso de actividades mineras, las acciones desupervisin se programarn por cuencas hidrogrficas, siguiendo la experienciaalcanzada en el segundo semestre del ao 2013; en el caso de actividades depesquero, el enfoque de intervencin se realizar por bahas en laspesca; en el caso de hidrocarburos,el enfoquede intervencinconsistirintegrales por lotes de explotacin y exploracin, evitando cofr elloparciales y la eventual afectacin del desarrollo ordinario de lasactividadessupervisadas.La planificacinde supervisionesdirectas a los administradosse efecta por unidadesproductivas que incluye la supervisin2)y no propiamente por administrados persona

    Por ejemplo estas supervisiones se ejecutan a unidades mineras lotes de exploracin lotes de explotacinplantas de refinacin centrales hidroelctricas centrales temioelctricas plantas de procesamiento industrialpesquero plantas industriales entre otras.

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    Ministerio401 m , , i n , Plaii Anual de Evaluacin y FiscalizacinAmbiental OEFA 2014

    natural o jurdica que desarrolla la actividad econmica supervisada). Un administradopuede contar con varias unidades productivas en distintos departamentos y provinciasdel pas, cada una de ellas gsneralmente cuenta o aebe contar con un inCtrumentodegestin ambiental propio, pues los impactos ambientales que puede generar unaactividad se evalan en funcin a la particular zona de influencia de cada unidadproductiva.

    el universode unidades productivas sujetas a la supervisin directa del OEFA, assu ubicacin en el territorio nacional, se prev desarrollar accionesde supervisinde manera desconcentrada, pero manteniendo la unidad de criterios de

    La proyeccinde supervisiones directas que planea ejecutar la Direccin de Supervisinpara el periodo 2014 se resume numricamente en el siguiente cuadro:

    El nmero de supervisiones especiales por cada sector constituye una proyeccinbasada en el nmero de emergenciasambientales suscitadasen el ao 2013.Finalmente, es oportuno sealar que se ha previsto la conformacin de grupos detrabajo especializados para los casos de nuevas competencias o funciones desupervisin directa que se determinen o asignen al OEFA durante el ejercicio 2014 yque impliquen su desarrollo de manera inmediata o en cronogramas y10 plazos cortosde implementacin(por ejemplo, cuando se concluya el proceso de transferencia entreel Ministerio de la Produccin al OEFA). Estas actividades, por su propia naturaleza, nopueden ser programadas en los instrumentos de planificacin, por lo que debernconsiderarsecomo casos de emergencia o actividades especiales .

    Para la implementacidn de esta medida, la Direccin de Supervisibn del OEFA realizar un trabajo coordinadocon las Oficinas Desconcentradasdel OEFA a nivel nacional, proporcionando supervisores tcnicos de mayorexperiencia para el desarrollo de determinadas actividades de supervisin directa en cada regin, con lo cualpersonal de cada Oficina Desconcentradaser entrenado en campo.. . Las 404 y 54 supervisiones a unidades mayores de hidrocarburos liquidas y gas natural, respectivamente)sern reunidas en intervenciones ntegrales por lotes. Asi por ejemplo, en el Lote Xll l de Olympic se realizarn8 supervisiones ocalizadas que sern agrupadas en 2 intervenciones ntegrales, una en el primer trimestre y otraen el tercer trimestre.

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    CRITERIOS GENERALES DE PRIORIZACIN DE INTERVENCIONESCon la finalidadde determinar las actividades que se desarrollarn durante el a62014, se ha efectuado la priorizacin de supervisiones ambientales utilizando losseis 6) criterios de priorizacin generales, aplicables a todos los subsectores, quese detallan a continuacin:

    Cuencas, bahas, polos energticos y reas de influencia de actividadeshidrocarburiferas en las que se ha advertido mayores riesgos de daoambiental.Conflictos socioambientales, frecuencia de supervisin ambiental.Situaciones de emergencia del periodo anterior.Ubicacinen proteccin de zonas de inters reas naturales protegidas).Hallazgos de menor trascendencia pendientes de subsanacin.Procedimientosadministrativos sancionadores iniciados y denuncias.Dimensin de la instalacin de la unidada supervisar.A continuacin se describe las estrategias de intervencin de las supervisiones encada uno de los subsectores de competencia de fiscalizacin directa a cargo delOEFA.CRITERIOSESPEC~FICOSDE PRIORIZACIN POR ACTIVIDAD ECONMICASUPERVISADAA continuacin se describe -las estrategias de intervencin de supervisionesdirectas en cada uno de los subsectores de competencia del OEFA.MEDIANA Y GRAN MINER~A~

    vEl componente ambiental que puede sufrir mayores impactos con el desarrollo deactividades mineras es el agua. Debido a ello, la supervisin en este sector serealizar bajo un enfoque de cuencas hidrogrficas. Se han identificado 100cuencas a nivel nacional que involucran 418 unidades productivas en los estratosde mediana y gran minera de competencia del OEFA. Este universo de unidadesproductivas se detalla en el Anexo 2, como universo de administrados. Lasunidades por cuencas hidrogrficas que sern supervisadas por trimestresdurante el ao 2014 tambin se detallan en el Anexo 2El primertrimestrecontempla la supervisinde unidades en la costa, a fin de evitarlos efectos del clima en la sierra, ubicacin natural de las unidades mineras.Se planteael desarrollo de supervisiones a unidades mineras, supervisiones a lasunidades que cuenten con un Plan de Cierre de Minas, as como a PasivosAmbientales Mineros que posean un Plan de Cierre de Pasivos Ambientales. Eneste extremo, la supervisin a la terminacin de actividades se focalizar averificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales que, en estricto, seencuentren vinculadas con esta terminacin. Esta supervisin considera criteriosde estabilidadgeoqumica y fsica, cuando le sea aplicable, a fin de garantizar unaproteccin ambiental efectiva.La base legalsectorial utilizada para e l ejercicio de supervisiones del periodo 2 14 est detallada en el Anexo 1.

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    Las unidades que desarrollan actividades en el subsector hidrocarburos lquidos yde gas han sido divididas en dos grandes grupos: (i) Unidades Mayores: lotes deexploracin, lotes de explotacin, plantas de procesamiento y refinacin,terminales de almacenamiento, transporte por ductos, distribucin por ductos; y(ii) Unidades Menores: plantas de comercializacin o estaciones de servicio (eluniverso de administrados en hidrocarburos se encuentra detallado en el Anexo2). Esta divisin se desarrolla en funcin de la magnitud de las instalaciones y losposibles impactos ambientales que puedan generarse en el desempeo de susactividades.Respecto de las unidades mayores correspondientes a las actividades deexplotacin y exploracin, estas se encuentran priorizadas, por implicar impactosambientales de mayor nivel que las dems actividades de hidrocarburos. Lasactividades de explotacin y exploracin sern agrupadas para una intervencinintegralde lotes. Se busca desarrollar la supervisin del 100 de los 24 lotes deexplotacin, as como del 100 de los lotes de exploracin en operacin7.Asimismo, 'se ejecutarn sup'ervisiones a 6 refineras, 6 plantas* deprocesamiento8,y 10 Actividades de Almacenamiento terminales (universototal), 2 en distribucin y 4 en transporte de hidrocarburos (ductos). Para lograrestas metas se han programado 488 supervisiones durante el ao 2014,organizadaspor lotes de exploraciny explotacin,adems de las unidadesantessealadas (Anexo 2)9.En lo referente a las unidades menores, estas no implican un riesgo ambientalmayor; motivo por el cual se tiene previsto realizar supervisiones a estas unidades,una vez cumplidas las supervision~s n las unidades mayores priorizadas.

    La supervisin se realiza en las instalaciones de las empresas elctricas(generacin, transmisin y distribucin), en sus distintas etapas: construccin,operacin y abandono.Las actividades de generacin elctrica pueden ser realizadas a travs decentrales hidroelctricas o a travs de centrales termoelctricas. En las centraleshidroelctricas el componente ambiental ms crtico es el agua y los suelos,La base leg al sectorial para el ejercicio de supervisiones del periodo 2014 esffi detallada en e l Anexo 1.El universo de lotes de e xploracin es 51; sin embargo, solo 1 5 se encuentran en operacin, por lo que se hanpriorizado supervisiones a tales lotes en el ao 2014. Adicionalmente se supervisar a otros 2 lotes deexploracin, que a pe sar de no enco ntrarse en actividad, tienen pend iente el cumplimiento de sus respectivosPlanes de Abandono. Lo anterior se debe a que las supervisiones tienen por finalida d verificar el cumplimientode o bligaciones ambientales fiscalizables y el dese mpe o del proceso productivo (aun cuando no encuentren subase en una obligacin); ve rificacin que resulta inaplicable cuando una unidad no se encuentra en operacin.De modo similar al caso anterior, la priorizacin se efectu tomando en consideracin las plantas dehidrocarburos en actividad; y de a quellas en actividad se prorizaron as que po dran generar mayores impactosambientales.Ver Nota al Pie N 4.La base legal sectorial utilizada para e l ejercicio de supervisiones del periodo 2014 es detallada en el Anexo 1.

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    principalmenteen la etapa de construccin, debido a los desvos del cauce de losros y por la extraccin de tierra y roca y la disposicin final de los mismos. En lascehtrales termoelctricaS el componente ambiental ms crtico es el aire por lasemisiones que dichas centrales generan. El impacto ambiental vara en funcindel combustible empleado en estas centrales gas natural, carbn, diesel, ocombustible residual).La priorizacin se realizar sobre la base de un enfoque de polos o nodosenergticos y en sistemas aislados para las actividades de generacin elctricaque son las de mayor impacto ambiental en este sub sector el universo de. administrados del sub sector electricidad se encuentra en el Anexo 2). Los polosenergticos implican una mayor capacidad de concentracin de generacin deenerga elctrica; en contraste con ello, los sistemas aislados son pequeossistemas elctricos que abastecen a un grupo de localidades, caracterizndosepor ser de menor envergadura.De otro lado, en el ao 2014, en las actividades de supervisin en el subsectorelctrico se prev efectuar el muestre0 de aceites dielctricos con contenido debifenilos policlorados PCB), sustancias qumicas cuya concentracin puedegenerar impactos crticos en la salud humana y que pueden dispersarse en elambiente. Estas sustancias suelen estar *presentes en los transformadoresempleados en las distintas actividades del subsector. Para ello se considerar laidentificacin efectuada en aos anteriores por la Direccin de Evaluacin delOEFA.Se ha efectuado la priorizacin de supervisiones ambientales a las empresas delSubsector de electricidad, utilizando dos 2) criterios adicionales a los generales,que son los siguientes:. rea Geogrfica por reginy estacjonalidad).- Actividad impactos de acuerdo al tipo de instalacin).Se supervisarn a los 5 polos energticos y los 4 sistemas aislados ms crticosen el subsector detallados en el Anexo 3. Los polos energticos priorizadosinvolucran 150 unidades en generacin, 10 en transmisin y 5 en distribucin.La supervisin a unidades autogeneradoras termoelctricase hidroelctricas) serealizar como parte de la supervisin a las actividades de mediana y granminera, de hidrocarburos, industria y pesca a cargo del OEFA.Se tiene previsto supervisar sistemas de Distribucin que incluye a pequeascentrales de generacin elctrica y subestaciones), lneas de transmisin,centrales de generacin menores a 20 MW, planes de abandono y denunciasambientales, de manera desconcentrada.;p sc

    dPI E IN PROCESAMIENTO INDUSTRIAL PESQUERO Y ACUICULTURA DE MAYOR;9? EV ESCALA.i.%+Y. .:...-- Los administrados a supervisar son de tres tipos:

    l La base legal sectorial utilizada para el ejercicio de supe~lsiones el periodo 2014 es detallada en el Anexo 1

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    Ainisteriole1 AmbientePlan Anual e Evaluacin y Fiscalizacin

    Ambiental OEFA 2014

    Establecimientos Industriales Pesqueros EIP): Actividades de elaboracinde harina y aceite de pescado, enlatados, congeladosy curados.Empresas accolas de mayor eScala: Actividades de maricultura yacuicultura en aguas continentales.Establecimientos industriales pesqueros movibles barcos factora):actividades de extraccin, elaboracin de harina de pescado, enlatados ycongelados.

    Las actividades de pesqueria industrial harina, congelado, enlatado y harinaresidual) se desarrollan en 26 zonas industriales pesqueras bahias) reconocidasen la costa del Per. Estas bahias se ubican en ocho departamentos,comprendiendo un total de 152 plantas de procesamientode harina y aceite, 73de enlatados y 115 de congelados el universo de administrados del sectorpesqueria se encuentraen el Anexo 2 .Un Establecimiento Industrial Pesquero EIP) puede comprender ms de unaplanta de procesamiento, y cada planta puede regirse por un instrumento degestin ambientalpropioaun cuando compartansistemasde tratamientocomunespara efluentes y el manejo de residuosslidos.Para priorizar las supervisiones de actividades pesqueras a ergo del OEFA seprev utilizar un enfoque de baha como unidad geogrfica que abarca unadeterminada zona industrial pesquera. De esta manera, despus de la aplicacinde otros criterios de priorizacin como la capacidad de produccin instalada,poblacin afectada, denuncias, etc., se ha determinado que son las bahaspriorizadas por haber sido impactadas ambientalmente en mayor. grado. Deacuerdo a ello, se ha previsto supervisar a un total de 144 EIP que comprendenun total de 200 plantas de procesamiento) que operan en dichas bahias. EstosEIP han sido elegidos sobre la base de los criterios generales de priorizacin,como la actividad ind-ustrial, la capacidad ipstalada, los mtodo3 de produccin,entre otros.Las bahas priorizadasque determinanel mbito prioritariode supervisinsobrelas actividades de pesquera industrial son las bahas de Paita Piura), SechuraPiura), Puerto Malabrigo La Libertad), Ferrol Ancash), Supe Puerto Lima),Chancay Lima), Callao Lima), Tambo de Mora Ica) y Paracas Ica). En dichasbahasse desarrollanactividadesde produccinde harinade pescado,congelado,enlatado y harina residual.Asimismo, se han priorizado 5 zonas crticas en las que operan estable~im~ientosacucolas de mayor escala. Lazona ubicada en los distritos de Tumbes, Zarumillay Corrales en el departamento de Tumbes, la baha de Sechura en eldepartamento de ~ iu ra , la baha de Samanco en el departamento de Ancash,cuyas actividades correspondenal cultivo de la especie langostino, y al cultivo dela especie de concha de abanico, previndose supervisar a 50 establecimientosacucolas en el ao 2014.El detalle de las plantas pesqueras priorizadas para el ao 2014 se encuentra enelAnexo 3, y la programacin rimestralde las supervisionesa efectuarseen dichoao se encuentra en el Anexo 4.Es oportuno sealar que en la supervisin de actividades que no cuenten conLmites Mximos Permisibles LMP) se efectuarn monitoreos referenciales que

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    permitan consolidar informacin sobre el desempeo ambiental de las unidadessupervisadas para recomendar la adopcin de LMP.. . .Se prev supervisar al 100 de los administrados que cuentan con instrumentosde gestin ambiental;esto es, a 16 plantas de curtiembre, 35 plantas de cemento,20 plantas de papel y 100 plantas de cerveza, en 15 regiones a nivel nacional.Paraello, se prevejecutar200 supervisionesdurante el periodo2014 (el universode administrados y las plantas industrialesque sern supervisadasen el ao 2014se detallan en el Anexo 2 .Dentro de las actividades de industria manufacturera transferidas al OEFA en elao 2013, la actividad de curtiembrees la ms critica ambientalmente, no slo porel impacto que generan los efluentes en el componente agua, sino tambin por elalto grado de informalidaden el desarrollode estas actividades, que se concentranen los departamentos de Lima, Arequipa y la Libertad. Solo 16 plantas decurtiembre cuentan con instrumentos de gestin ambiental, e incluso estos sonbsicamente Declaraciones Ambientales Preliminares (DAP). Se prev realizardos supervisiones ambientalesregularesa cada una de las plantasde curtiembresque cuehten con instrumento6 de gestin ambiental. La segunda actividad mscritica es la de cemento por generar mayor impacto ambiental en el componenteaire.La supervisin de plantas de curtiembres informales tendr dos fases: (i) laprimera, consistente en la identificacin de actividades efectivas y losadministrados responsable de las mismas; y, (ii) la segunda, vinculada a la fasede ejecucin de supervisiones directas que permita determinar el impactoambiental generado por la actividad, bsicamente del tratamiento de efluentes(cumplimiento de LMP) y el manejo de residuos s~lidos, ntre otras obligacionesambientales.

    *. .La supervisin de plantas de curtiembre informales se realizar de maneradesconcentrada.La ejecucin de supervisionesa las actividadesde cemento ser realizada a cadaplanta industrial; en el caso de cemento, se supervisara de forma conjunta (a lasplantas de cemento y a sus respectivas canteras) con la finalidad de obtener unpanoramacompleto de las acciones realizadas por la planta.Las plantas industriales de cemento son 9 a nivel nacional, y estn asociadas a41 canteras. La supervisin directa para esta actividad agrupara cada plantaindustrial con las canteras asociadas. Al igual que la actividad de curtiembp, serealizarndos supervisionesregularesa cada plantay canterasasociadasduranteel ao 2014.En el pas operan21 plantas industriales de papel, y el impactogenerado por estaactividad prioritariamenteafecta al componenteaire (por el material particulado) yel agua por las deficienciasque pueden presentarseen el tratamiento de efluentesque finalmente podra impactar en los cuerpos receptores.

    j La base legal sectorial utilizada para el ejercicio de supervisiones del periodo 2 14 se encuentra detallada en elAnexo 1

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    Ministeriodel AmbientePlan Anual de Evaluacin y Fiscalizaciri

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    En la industria de cerveza se cuenta con 10 plantas de produccin 9 de ellasperteneientes a un mismo administrado Durante 6 ano 2014 se reaizain dosintervencionespor planta de produccin.La programacin por trimestre en el sector industria se detalla en el Anexo 4.

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    PlanAnual e EvaFuacirr FisaalimairjnAjnt,iea adl- QEFA 201

    S G i n IIIFiscalizaciny sancinLa fiswfiz5ici6n y sancibn e8 una functn de fiscalizaei6n ambfental a trfvds de la cualinvestiga la comisin de poslMes infracciones. administreit'ias en las que pudieranincurrir los adminhtrado~s omo m~ultadoel desarrollo de la3 actividadesecc3nmicasque realkan en el brri.toflo nacional.Asimi@ma,e funcibn induye la posibilidadde m p e r saneunes c n inalidad dede~fn~enfivarn los administrados la corni~t6t-1de conductas infractoras, adem4s decontemplar lapmibilldadde imponermeslidasadrrrinictravasa efectosde cautdar tantode manera preventva como d~fintivaa proteccidn de los componentes amblmlales,las recursasnaturalesy a salud de las [email protected], a ffav ~e estafuncin,al OEF cuenta m n a facultad de dictar medidascautelaresy corre&vas3,Finalmente- esta fundt3n larnbib comprende la @laboracibn,a solidtud del MinisteroPYblieo,de opinio7iestt5cnicclssabre casas que puedan c~nstitulr elifm ambientalss.Debe resaltarse que esta funcin se desarrolla en el marco de un procedimientoadministrativo en el que debe resguardarse todas las garantas de un debidoprocedimiento, entre otros: derecho de defensa, presuncin de licitud, debidamotivacin, doble instancia.~reciiamente or ello debe entenderse que el desarrollo de la funci; fiscalizadora ysancionadoraincluye la labor de reexamenen segunda y ltima instanciaadministrativade los pronunciamientos emitidos por la primera instancia, pudiendo confirmarse,revocar o declarar la nulidad total o parcial de las sanciones administrativas, medidascdrrectivas y cautelares que correspondah en el marco de los procedimientossancionadores. De igual manera, el ejercicio de esta funcin tambin comprende laposibilidad de pronunciarse en ltima instancia de manera definitiva respecto de.mandatos de carcter particular o medidas preventivas dictadas por la Autoridad deSupervisin Directa en el ejerciciode sus funciones.En el OEFA, la tramitacin de los procedimientos administrativos en primera instanciase encuentra a cargo de la Direccin de Fiscalizacin, Sancin y Aplicacin deIncentivos. Por su parte, el Tribunal de Fiscalizacin Ambiental es el encargado de .realizar el reexamende los ~ronunciamientos n ltima instancia administrativa.

    La carga procesal acumulada a inicios del 2014 asciende a aproximadamente3800 expedientes, los cuales se encuentran en distintas etapas de tramitacin:evaluacin de inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador, emisin de laresolucin final en el procedimiento, etc. Para el ejercicio 2014, se han planificadolas siguientes metas:

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    MinisteriodelAmbientePlan Anual de Evaluacin y Fiscalizaciori

    Ambiental OEF 2 14

    Meta Al cierre del ejercicio 2014, el 100 de los expedientes provenientesde la Direccin de Supervisin estarn concluidos dentro de los cientoochenta (180) das hbiles; es decir, dentro del plazo regalestablecido para'su atencin.Meta 2: Atencin prioritaria de los expedientes provenientes de la Direccinde Supervisin vinculados a conflictos socioambientales (noventa dashbiles).Meta 3: Actualizacin permanente del Registro de Actos Administrativos(RAA) y del Registro de lnfractores Ambientales (RINA), como herramientasde difusin que permiten al pblico en general conocer las sanciones ymedidas correctivas impuestas por el OEFA.Meta 4: El 100 de las solicitudes del Ministerio Pblico respecto de laelaboracin de los informes tcnicos fundamentados sern atendidas en unplazo de 20 das hbiles.

    En segunda instancia:La carga procesal acumulada a inicibs del 2014 se encuentra en diversas etapa'sde tramitacin: revisin del expediente administrativo que contiene elProcedimiento Administrativo Sancionador, anlisis del caso a cargo de losVocales, emisin de la resolucin final en el procedimiento, entre otros. Para elejercicio 2014, se han planificado las siguientes metas:

    Meta : La totalidad de carga procesal acumulada del 2013 ser atendidaen los dos primeros trimestres del 2014.Meta 2: Los expedientes vinculados a conflictos socio~mbientales demenor complejidad sern atendidos en un plazo de ochenta (80) dashbiles.Meta 3: Al cierre del ejercicio 2014, el 100 de los expedientes en trmiteestarn dentro del plazo legal de noventa 90) das hbiles para su'resolucin.

    ESTRATEGIAS DE EJECUCIN ESPEC~FICASPara lograr que todos los expedientes de acusacin se encuentren dentro delplazo legal de resolucin se formarngrupos de trabajo que identificarn aquelloscasos de menor complejidad, por la naturaleza de la infraccin o por su mayorrecurrencia, con la finalidad de que sean atendidos cleremente para reducir lacarga procesal de manera efectiva.En coordinacin con las reas competentes de la institucin, se identificar laszonas de conflictos socioambientales para luego tomar las acciones que permitanatender aquellos procedimientos y10 recursos de apelacin de manera prioritaria.Para que las solicitudes presentadas por el Ministerio Pblico sean atendidasdentro de los plazos sealados se afianzarn los canales de coordinacin con losrganos de lnea que correspondan.

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    Ministeriodel AmbientePlan Anual de Evaluacin y Fiscalizacin

    Ambiental - OEF 2 14

    r a r a lograr que el 90 de los expedientes en segunda instancia sean atendidosdentro del plazo legal de resolucin, se formarn y fortalecern los grupos detrabalo multidisciplinarios specializados por se'ktores: energa, mineta, pesca,industria, etc.Asimismo, se ha determinado las siguientes etapas dentro del procedimiento ensegunda instancia:

    ETAPAS DE L PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ENSEGUNDA INSTANCIA

    Anlisis de la decisin que se impugna2 Anlisis del Recurso de Apelacin en pre-sesinAnlisis del caso a cargo de los Vocales del Tribunal de Fiscalizacin Ambiental3 en sesin4 Emisin de proyecto de resolucin final5 Aprobacin y emisin de la Resolucin6 Notificacin de la Resolucin

    Remisin de Resolucin a Ejecutora Coactiva8 Devolucin del Expediente a primera instancia

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    I Ministeriodel Ambiente Plan Anual e Evaluacin y FiscalizacinAmbiental OEFA 201

    . Seccin VSupervisin a Entidades de FiscalizacinAmbiental

    De conformidad con los Artculos 1 6 y el Numeral 11.2 del Articulo 11 de la LeyNo 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental,modificada por la Ley No 30011 (en adelante, Ley del SINEFA), el OEFA es el EnteRector del SINEFA y, como tal, ejerce las funciones normativa y de supervisin de lasEntidades de FiscalizacinAmbiental (en adelante, EFA).Mediante Resolucin Ministerial N' 247-2013-MINAM se aprob el Rgimen Comn deFiscalizacinAmbiental que contiene los lineamientos, principios y bases comunesquerigen el ejercicio de las funciones de las distintas EFA de nivel Nacional, Regional yLocal que conformanel SINEFA.El Rgimen Comn de Fiscalizacin Ambiental establece las caractersticas requeridaspara ser una EFA. Es as que si una entidad pblic*aejerceal menos unaGdeas diversasfunciones de la fiscalizacinambientalen sentido amplio I3ser considerada como unaEFA. De igual manera, seala que las obligaciones ambientales fiscalizablescomprenden obligaciones de hacer u obligaciones de no hacer relacionadas a laproteccin del medio ambiente, as como del aprovechamiento de los recursosnaturales, incluyendo los aspectos socio ambientalesI4. .En tal sentido, las EFA son pasibles de supervisin por el OEFA, en el marco de sufuncin de Supervisinde Entidadesde FiscalizacinAmbiental establecidaen el Literalb) del Numeral 11.2 del Articulo 1 oe la Ley del SINEFA15.

    Dentro de los lineamientos del Regimen Comn, el concepto de fiscalizacin ambiental se constituye como unelemento esencial, diferencindose entre fiscalizacinambiental en sentido estricto que implica la facultad deinvestigar la comisin de posibles infracciones administrativas sancionables y la de imponer sanciones; yfiscalizacin ambiental en sentido amplio , que comprende las acciones de vigilancia, control, monitoreo,seguimiento, verificacin,evaluacin, supervisin, y fiscalizacin en sentido estricto.Resolucin Ministerial N0247-2013-MINAMde fecha 27 de agosto de 2013. que aprueba el Rgimen Comnde Fiscalizacin Ambiental.'Articulo 29- mbi to d e Aplicacin

    f. .2 3 Las obligaciones ambientales fiscalizables se encuentranestablecidas en la legislacin ambiental emanadade los rganos competentes de las autoridades de los tres niveles de gobierno, en los instrumentos de gestin .ambiental; y, asimismo, en los mandatos y disposiciones emitidos por las EFA y el OEFA, entre otras fuentes deobligaciones. Pueden comprenderobligaciones de hacer u obligaciones de no hacer relacionadas a la proteccin c . ,del ambiente, as como al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, incluyendo los aspectossocioambientales.l Ley No 28325 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscal iracln Ambiental, modificado por la Ley30011.

    Art iculo lo. unciones Generales. )11 2 El OEFA, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacidn Ambiental(SINEFA), ejerce las siguientes funciones:f...b) Funcidn supervisora de Entidades de FiscalizacinAmbiental (EFA), nacional, regional o local: comprende lafacultad de realizar acciones de seguimiento y verificacin del desempeo de las funciones de fiscalizacin acargo de entidades de fiscalizacin ambiental nacional, regional o local a las que se refiere el articulo 7.

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    Ministerdel Ambie Plan Anual de Evaluacin y FiscalizacinAmbiental OEFA 2014

    De conformidad con lo dispuesto en el Numeral 11.2 del Articulo 11" de la Ley delSistema Nacional d'e Evaluacin y ~iscafizacinAmbiental, el*incumplimiento de la'kfunciones de fiscalizacin ambiental acarrea responsabilidad funcional, lo cual escomunicado a la Contralora General de la Repblica.

    ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCINSUPERVISORA DE LAS ENTIDADES DE FlSCALlZAClON AMBIENTALSupervisiones regularesDurante el ao 2014 se realizarn las siguientes supervisiones:

    Gobierno Nacional Se supervisar a 11 instituciones, entre Ministerios yorganismos pblicos (Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento;Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ministerio de Agricultura;Ministeriode Comercio Exterior y Turismo; Ministeriode Salud; MinisteriodeEnerga y Minas; Ministerio de la Produccin; Autoridad Nacional del Agua;Direccin General de Capitanas y Guardacostas del Per; Organismo deSupervisin de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; ServicioNacionalde SanidadAgraria .Gobierno Regional Se supervisar a los 25 Gobiernos Regionales (LaLibertad, Lambayeque, Ancash, Ica, Amazonas, San Martn, Hunuco,Huancavelica, Ucayali, Pasco, Lima, Tacna, Apurimac, Callao, Tumbes,Piura, Arequipa, Cajamarca, Junn, Cusco, Puno, Loreto, Moquegua,Ayacucho y Madre de Dios).Gobiernos Locales Se supervisar 195 EFA provinciales y 49 EFAdistritales de acuerdo al siguiente detalle:

    EFA Provinciales La Libertad (12 provincias), Lambayeque (3 ,provincias), Ancash (20 provincias), Ica (5 provincias), Amazonas (7 .provincias), San Martn (10 provincias), Hunuco (1 1 provincias),Huancavelica (7 provincias), Ucayali (4 provincias), Pasco (3provincias), Lima (10 provincias), Tacna (4 provincias), Apurmac (7provincias), Callao (1 provincia), Tumbes (3 provincias), Piura (8provincias), Arequipa (8 provincias), Cajamarca (13 provincias), Junn(9 provincias), Cusco (13 provincias), Puno (13 provincias), Loreto (7provincias), Moquegua (3 provincias), Ayacucho (11 provincias) yMadre de Dios (3 provincias).EFA Distritales Lima Metropolitana (43 distritos) y La provinciaConstitucional del Callao (6 distritos). En aquellos departamentosdonde el OEFA tiene oficinas desconcentradas, tambin realizarsupervisiones a las municipalidades distritales de su jurisdiccin.

    il N El OEFA en ejercicio de su funcin supelvisora puede establecer procedimientos para la entrega de repoflesinhrmes lcnicos y cualquier inhrmacin relativa al cumplimiento de las funciones a cargo de las Entidades deEl incumplimiento de las funciones antes indicadas acarrea responsabilidad funcional b cual escomunicadoalrgano competente del Sistema Nacional de Control.

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    Plan Anual de Eva luac in y Fiscal izacionAmbien ta l OEFA 2 14

    Supervisiones especiales.Ministeriodel Ambienti

    Las supervisiones especiales se realizan ante una denuncia presentada por unciudadano, o ante el requerimiento de una autoridad. En estos casos, el OEFAefecta una evaluacin del presunto incumplimiento del ejercicio de las funcionesde fiscalizacin ambiental por parte de la EFA competentey puede realizar visitasinopinadas o requerimientos de informacin.

    TEMAS PRIORIZADOS PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCINSUPERVISORA A EFA PARA EL ANO 2014A nivel de EFA regionales gobiernos regionales)Durante el ao 2013, el OEFA supervis el desempeo de los gobiernosregionales, priorizando la verificacin del cumplimiento de sus funciones defiscalizacin ambiental minera. Para el ao 2014, se prev continuar con elfortalecimiento del ejercicio de esta funcin, asistiendo tcnicamente a losfuncionarios responsables de la EFA respectiva, as como promoviendo laactivacin del Protocolo de Intervencin Conjunta ; aprobado medianteEDecretoSupremo No010-2012-MINAM.Por otro lado, para el 2014 se prev realizar supervisiones a las unidadesorgnicas de los gobiernos regionales que realizan labores de fiscalizacin*ambientalen el mbito de la salud pblica (a travs de las DireccionesRegionalesde Salud) y de la produccin (a travs de las Direcciones Regionales deProduccin).A nivel de EFA,locales municipalidadesprovinciales distritales)A nivel de gobiernos locales, el OEFA reunir esfuerzos para fortalecer lafiscalizacin ambiental del adecuado manejo de residuos slidos, saneamiento ytratamiento de aguas residuales domsticas.En ese sentido, por ejemplo, el OEFA no solo supervisar el desempeo de lasmunicipalidades provinciales en su adecuado -o inadecuado- manejo deresiduos slidos, sino que tambin coordinar con autoridades que no ostentenfunciones de fiscalizacin ambiental para coadyuvar a la solucin de laproblemtica (Defensora del Pueblo, el Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Proteccinde la Propiedad Intelectual, entre otras). . .IMPLEMENT CION DE RECOMENDACIONES POR PARTE DE LA EFAEl seguimiento al ejercicio de las funciones a cargo de las EFA plantea reforzarlas acciones de la Entidad, con la finalidad de aplicar de manera eficiente losinstrumentos de fiscalizacin ambiental, a travs de los cuales se facilite elejercicio transparente simplificado de sus funciones.En ese sentido, se ha previsto realizar el efectivo seguimiento de laimplementacin de las recomendaciones que se realicen en el marco de la

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    liiinisteriodel mbiente Plan nual e Eva l~ i ac i n Fiscal izacinmbiental OEF 2014supervisin a cada EFA con el permanente apoyo de las oficinasla entidad a nivel nacional.As por ejemplo si el personal de la Subdireccin de Supervisin a Entidadesrealiza una supervisin regular a la MunicipalidadProvincialde Trujillo en el primersemestre de 2014 el personal de la Oficina Desconcentrada del OEFA en LaLibertadse encargara de efectuar la asistencia tcnica a la EF supervisada parala correcta implementacinde las recomendaciones ormuladas en el marco de lasupervisin.

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    Plan Anual de Evaluacin y FiscalizacinAmbiental - OEFA 2014

    ANEXO 1: BASE LEGAL

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Base legal transversal a todas las funciones

    NORMA DESCRIPCIN

    Ley N 28611 Ley General del Ambiente

    Decreto Supremo N 004-2009-MINAM Aprueba el Reglamento del numeral 149.1 del Artculo 149 de la Ley N28611, Ley General del Ambiente, sobre el Informe Fundamentado

    Ley N 28804 Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental

    Decreto Supremo N 024-2008-PCMReglamento de la Ley N 28804, Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental

    Resolucin de Consejo Directivo N042-2013-OEFA/CD

    Tipifican las infracciones administrativas y establecen la escala de sancionesrelacionadas con la eficacia de la fiscalizacin ambiental, aplicables a lasactividades econmicas que se encuentran bajo el mbito de competenciadel OEFA

    Resolucin de Consejo Directivo N045-2013-OEFA/CD

    Aprueban Tipificacin de Infracciones y Escala de Sanciones relacionadas alincumplimiento de los Lmites Mximos Permisibles (LMP) previstos paraactividades econmicas bajo el mbito de competencia del OEFA

    Resolucin de Consejo Directivo N049-2013-OEFA/CD

    Tipifican infracciones administrativas y establecen escala de sancionesrelacionadas con los Instrumentos de Gestin Ambiental y el desarrollo deactividades en zonas prohibidas

    Decreto Supremo N 006-2013-MINAMAprueban Disposiciones Complementarias para la aplicacin de Estndar deCalidad Ambiental (ECA) de Aire

    Resolucin Ministerial N 205-2013-MINAM

    Establecen las Cuencas Atmosfricas a las cuales les ser aplicable losnumerales 2.2 y 2.3 del artculo 2 del D.S. N 006-2013-MINAM, queaprueba Disposiciones Complementarias para la Aplicacin del Estndar deCalidad Ambiental (ECA) de Aire

    Ley N 29338 Ley de Recursos Hdricos

    Decreto Supremo N 001-2010-AG Aprueban Reglamento de la Ley N 29338, Ley de Recursos Hdricos

    Decreto Supremo N 003-2010-MINAMAprueban Lmites Mximos Permisibles para los efluentes de Plantas deTratamiento de Aguas Residuales Domsticas o Municipales

    Resolucin Jefatural N 274-2010-ANA

    Dictan medidas para la implementacin del Programa de Adecuacin deVertimientos y Reso de Agua Residual - PAVER

    Ley N 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental

    Decreto Supremo N 008-2005-PCM Aprueban Reglamento de la Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacionalde Gestin Ambiental

    Ley N 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental

    Ley N 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental

    Decreto Supremo N 019-2009-MINAMAprueban Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin deImpacto Ambiental

    Decreto Supremo N 022-2009-MINAM Aprueban Reglamento de Organizacin y Funciones del OEFA

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Resolucin de Consejo Directivo 046-2013-OEFA/CD

    Aprueban Reglamento para la Subsanacin Voluntaria de Incumplimientosde Menor Trascendencia

    Resolucin de Consejo Directivo N015-2012-OEFA/CD

    Aprueban Directiva que promueve mayor transparencia respecto de lainformacin que administra el Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin

    Ambiental - OEFA

    Resolucin de Consejo Directivo N008-2013-OEFA/CD

    Aprueban Reglamento del Rgimen de contratacin de tercerosevaluadores, supervisores y fiscalizadores del Organismo de Evaluacin yFiscalizacin Ambiental.

    Decreto Legislativo N 1013 Literal k)Artculo 7

    Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacin, Organizacin yFunciones del Ministerio del Ambiente

    Ley N 26842 Ley General de Salud.

    Ley N 27314 Ley General de Residuos Slidos.

    Decreto Supremo N 057-2004-PCM Aprueba el Reglamento de la Ley General de Residuos Slidos.

    Ley N 28256 Ley que regula el t ransporte terrestre de materiales y residuos slidospeligrosos.

    Decreto Supremo N 021-2008-MTC Aprueba el Reglamento de la Ley que regula el transporte terrestre demateriales y residuos slidos peligrosos.

    Convenio de Basilea sobre el Controlde los Movimientos Transfronterizosde los Desechos Peligrosos y suEliminacin.Protocolo sobre Responsabilidad eIndemnizacin por Daos Resultantesde los Movimientos Transfronterizosde Desechos Peligrosos y sueliminacin.

    Componente aireCOMPONENTE NORMA DESCRIPCIN

    CALIDAD DELAIRE

    Literal k) del Artculo 7 delDecreto Legislativo N 1013

    Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacin,Organizacin y Funciones del Ministerio del Ambiente

    Decreto Supremo N 074-2001-PCM

    Aprueban Reglamento de los Estndares de Calidad Ambientalpara Aire.

    Decreto Supremo N 003-2008-MINAM

    Aprueba los Estndares de Calidad Ambiental para Aire.

    Decreto Supremo N 069-2003-PCM

    Establece el valor anual de concentracin de plomo.

    Componente suelo

    COMPONENTE NORMA DESCRIPCI N

    SUELODecreto Supremo N 002-2013-MINAM

    Estndares de Calidad Ambiental para Suelos

    Radiaciones no ionizantesCOMPONENTE NORMA DESCRIPCI N

    RADIACIONES NOIONIZANTES

    Decreto Legislativo N 1013, Literalk) del Artculo 7

    Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacin, Organizaciny Funciones del Ministerio del Ambiente

    Decreto Supremo N 010-2005-PCMAprueba los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental paraRadiaciones No Ionizantes

    Resolucin Ministerial N 965-2005-MTC/03

    Aprueba la Directiva de calificacin de equipos de medicin deRadiaciones No Ionizantes.

    Resolucin Ministerial N 613-2004-

    MTC-03

    Aprueba la Norma Tcnica sobre Protocolos de Medicin de

    Radiaciones No Ionizantes.

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Componente aguaCOMPONENTE NORMA DESCRIPCI N

    CALIDAD DELAGUA

    Decreto Legislativo. N 1147Regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en lascompetencias de la Autoridad Martima NacionalDireccinGeneral de Capitanas y Guardacostas.

    Decreto Supremo N 002-2008

    MINAM

    Aprueba los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para

    Agua.Decreto Supremo N 023-2009-MINAM

    Aprueba disposiciones para la implementacin de los EstndaresNacionales de Calidad Ambiental (ECA) para agua.

    Resolucin Jefatural N 182-2011-ANA

    Aprueba el Protocolo de Monitoreo de la Calidad de AguaSuperficiales.

    Resolucin Jefatural N 202-2010-ANA

    Aprueba la clasificacin de cuerpos de agua superficiales.

    Ruido

    COMPONENTE NORMA DESCRIPCI N

    CONTROL DE

    RUIDO

    Literal k) del Artculo 7 del DecretoLegislativo N 1013

    Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacin,Organizacin y Funciones del Ministerio del Ambiente

    Decreto Supremo N 085-2003-PCMAprueba los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental paraRuido.

    NTP 1996-1:2007 Descripcin, medicin y evaluacin del ruido ambiental. Parte 1:ndices bsicos y procedimientos de evaluacin.

    NTP 1996-2:2008Descripcin, medicin y evaluacin del ruido ambiental. Parte 2:determinacin de los niveles de ruido ambiental.

    Sustancias qumicas y materiales peligrosos

    COMPONENTE NORMA DESCRIPCI N

    SUSTANCIAS

    QUMICAS YMATERIALESPELIGROSOS

    Ley N 26842 Ley General de Salud.

    Ley N 29662Ley que prohbe el asbesto anfboles y regula el uso delasbesto crisotilo.

    Decreto Supremo N 016-2000-AG Aprueba el Reglamento para el registro y Control de PlaguicidasQumicos de Uso Agrcola.

    Decreto Supremo N 002-2011-AG,Modifica el Reglamento para el Registro y Control dePlaguicidas Qumicos de uso agrcola.

    Convenio De Rotterdam sobre elProcedimiento de ConsentimientoFundamentado Previo, Aplicable aciertos Plaguicidas Y ProductosQumicos Peligrosos Objeto deComercio Internacional.Convenio de Estocolmo sobreContaminantes OrgnicosPersistentes.

    Base legal para el ejercicio de la funcin supervisora directa

    Base legal transversal a la funcin supervisora

    NORMA DESCRIPCIN

    Resolucin de Consejo Directo N

    007-2013-OEFA/CD Aprueban Reglamento de Supervisin Directa

    Resolucin de Consejo Directivo N018-2013-OEFA/CD Aprueban Reglamento del Reporte de Emergencias Ambientales

    de las actividades bajo el mbito de competencia del Organismode Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA

    Resolucin de Consejo Directivo N

    026-2013-OEFA/CD

    Aprueban Reglamento Especial de Supervisin Directa para laTerminacin de Actividades bajo el mbito de competencia delOrganismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Base legal para el ejercicio de supervisiones en las actividades de Mediana y Gran Minera

    Base legal para el ejercicio de supervisiones en las actividades de hidrocarburos

    NORMA DESCRIPCIN

    Decreto Supremo N 015-2006-EM Aprueban Reglamento para la Proteccin Ambiental en lasActividades de Hidrocarburos y modificatorias.

    Decreto Supremo N 037-2008-PCM Establecen los Lmites Mximos Permisibles de Efluentes Lquidospara el Subsector Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N 002-2013-MINAM Estndares de Calidad Ambiental (ECA) para suelo

    Decreto Supremo N 014-2010-MINAM Lmites Mximos Permisibles para las Emisiones Gaseosas y dePartculas de las Actividades del Sub Sector Hidrocarburos

    Ley N 29134 Ley que regula los Pasivos Ambientales del SubsectorHidrocarburos.

    Decreto Supremo N 004-2011-EM Aprueban Reglamento de la Ley que regula los PasivosAmbientales en el Subsector Hidrocarburos.

    Resolucin Ministerial N 571-2008 MEM/DEMLineamientos de la Participacin Ciudadana en las actividades deHidrocarburos

    Decreto Supremo N 012-2008-EMAprueban Reglamento de participacin ciudadana para larealizacin de actividades de Hidrocarburos.

    NORMA DESCRIPCIN

    Ley N 28271 Ley que Regula los Pasivos Ambientales en la Actividad Minera.

    Ley N 29410 Ley que prorroga el plazo para el financiamiento y la culminacindel proyecto Planta de cido Sulfrico y Modificacin del Circuitodel Cobre del Complejo Metalrgico La Oroya

    Ley N 28090 Ley de Cierre de Minas

    Decreto Legislativo N 1048Regulacin minera ambiental de los Depsitos de Almacenamientode Concentrados de Minerales

    Decreto Supremo N 016-93-EMAprueban Reglamento del Ttulo Dcimo Quinto del Texto nicoOrdenado de la Ley General de Minera, sobre el Medio Ambiente.

    Decreto Supremo N 059-2005-EMAprueban Reglamento de Pasivos Ambientales de la ActividadMinera.

    Decreto Supremo N 075-2009-EM Aprueban Reglamento de la Ley N 29410

    Decreto Supremo N 020-2008-EM Aprueban Reglamento Ambiental para las Actividades deExploracin Minera

    Decreto Supremo N 010-2010-MINAM LMP para efluentes lquidos minero metalrgicos

    Decreto Supremo N 078-2009-EMImplementan medidas de remediacin ambiental a cargo del titularminero que haya realizado actividades y/o ejecutado proyectosrelacionados con actividades mineras previstas en la LGM

    Decreto Supremo N 035-2005-EM Aprueban Reglamento de la Ley N 28090

    Resolucin Ministerial N 304-2008-MEM/DE Norma que regula el proceso de participacin ciudadana en elSubsector Minero

    Resolucin Ministerial N 315-96-EM/VMM Niveles Mximos Permisibles de emisiones de gases y partculaspara las actividades minero-metalrgicas.

    Decreto Supremo N010-2011-MINAM

    integra los plazos para la presentacin de los instrumentos degestin ambiental de las actividades minerometalrgicas al ECApara agua y LMP para las descargas de efluentes lquidos deactividades minero- metalrgicas

    Decreto Supremo N 028-2008-EM Aprueba el Reglamento de Participacin Ciudadana en elSubsector Minero

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Base legal para el ejercicio de supervisiones en las actividades de electricidad

    NORMA DESCRIPCIN

    Decreto Supremo N 29-94-EMAprueban Reglamento de Proteccin Ambiental en lasActividades Elctricas.

    Resolucin Directoral N 008-97-EM/DGAA

    Niveles Mximos Permisibles para Efluentes Lquidos producto delas Actividades de Generacin, Transmisin y Distribucin deEnerga Elctrica.

    Decreto Ley N 25844 Ley de Concesiones Elctricas

    Decreto Supremo N 09-93-EM Aprueban Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas

    Resolucin de Consejo DirectivoN 028-2003-OS/CD.

    Tipificacin de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones deOSINERG

    Resolucin de Consejo DirectivoOSINERGMIN N 245-2007-OS/CD.

    Procedimiento para la Supervisin Ambiental de las EmpresasElctricas.

    Decreto Supremo N 001-2012-MINAM

    Aprueban el Reglamento Nacional para la Gestin y Manejo deResiduos de Aparatos Elctricos y Electrnicos

    Base legal para el ejercicio de supervisiones en las actividades pesquerasNORMA DESCRIPCIN

    Decreto Ley N 25977 Ley General de Pesca

    Decreto Supremo N 012-2001-PE Aprueban Reglamento de la Ley General de Pesca

    Decreto Supremo N 009-2011-MINAMAprueban el inicio del proceso de trasferencia de funciones enmateria ambiental de los Subsectores Industria y Pesquera delMinisterio de la Produccin al OEFA

    Resolucin de Consejo Directivo N002-2012-OEFA/CD

    Donde se aprueba los aspectos que son objeto de transferenciaen materia ambiental del sector Pesquera del Ministerio de laProduccin al Organismo de Evaluacin y FiscalizacinAmbiental-OEFA.

    Resolucin de Consejo Directivo N

    003-2013-OEFA/CD

    Declaracin de competencias de OEFA en el subsector Pesquera

    Ley N 27460 Ley de Promocin y Desarrollo de la Acuicultura

    Decreto Supremo N 030-2001-PEAprueban Reglamento de la Ley de Promocin y Desarrollo de laAcuicultura

    Decreto Supremo N 010-2008-PRODUCE

    Que aprueba los Lmites Mximos Permisibles (LMP) de efluentespara la industria de Harina y Aceite de Pescado y normascomplementarias.

    Decreto Supremo N 011-2009-MINAMDonde se aprueba los Lmites Mximos Permisibles (LMP) paralas emisiones de la industria de Harina y Aceite de Pescado yHarina de Residuos Hidrobiolgicos.

    Decreto Supremo N 019-2011-PRODUCE

    Aprueba el Texto nico Ordenado del Reglamento deInspecciones y Sanciones Pesqueras y Acucolas (RISPAC).

    Resolucin Ministerial N 871-2008-PRODUCE

    Que aprueba el documento denominado Gua para la elaboracinde Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en la actividad de

    Acuicultura de Mayor Escala.

    Resolucin Ministerial N 019-2011-PRODUCE

    Que modifica la Gua para la presentacin de Reportes deMonitoreo en Acuicultura, aprobada mediante ResolucinMinisterial N 168-2007-PRODUCE, en la seccin CondicionesBsicas para el Muestreo.

    Resolucin Ministerial N 090-2011-PRODUCE

    Que aprueba el modelo de Convenio de Conservacin, Inversin yProduccin Acucola que debern suscribir las personas naturaleso jurdicas que soliciten concesin para realizar actividades deacuicultura en terrenos o aguas pblicas.

    Resolucin Ministerial 273-2011-PRODUCE

    Que oficializa la ejecucin del Programa Descentralizado deVigilancia y Control de la Actividad Pesquera por la DireccinGeneral de Seguimiento, Control y Vigilancia.

    Resolucin Ministerial N 194-2010-PRODUCE

    Aprueban Protocolo para el Monitoreo de Emisiones Atmosfricasy de Calidad de Aire de la Industria de Harina y Aceite de Pescadoy de Harina de Residuos Hidrobiolgicos

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    PLAN ANUAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL PLANEFA OEFA 2014

    Resolucin Ministerial N 181-2009-PRODUCE

    Gua para la actualizacin del Plan de Manejo Ambiental para quelos titulares de los establecimientos industriales pesquerosalcancen el cumplimiento de los Lmites Mximos Permisiblesaprobados por Decreto Supremo N 010-2008-PR