3
-- GOBIERNO DE ROJAS Tel. 02475-462002/462007/462015 Bmé. Mitre N° 428 - 2705 Rojas Rojas(B), 12 de Febrero de 2014.- VISTO: La Ordenanza 2649/02 (t.o. modificaciones Ordenanzas 2651/02; 2655/02; 2672/02; 2716/03; 2979/06 Y 3309/12), decretos promulgatorios y el dictamen 433/13 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos .. Aires (Expediente 4095-433/13);y CONSIDERANDO .¡, citada resulta de la de las las en la designación Orgánica como así Ley y la Ordenanza vigente por la Constitución cargos, que importa un exceso Honorable Concejo Deliberante; interp~tación de la normativa la creación de de Que la Que lo normado por a lo dispuesto de Buenos Aires 2} 1) Municipalidades, ya facultades propias del contrario Provincia resulta que de los dentro de exclusiva de la funcionarios qu.e .ocuparán los mismos, siempre la órbita del Departamento Ejecutivo, es función y excluyente del Intendente Municipal, escapando órbita de conocimiento del Honorable' Concejo Deliberantes;

RED VIAL RURAL MUNICIPAL - ROJAS - DEROGACIÓN SUSTANCIAL DE DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 2649/2002

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Iniciativa del Intendente Municipal de Rojas. Proyecto que vacía de contenido una ordenanza municipal que instrumenta un participativo sistema de gestión pública del servicio de mantenimiento y reparación del servició público de red vial rural integrando el ordenamiento hídrico del Partido de Rojas. La ordenanza que pretende modificarse incluye aspectos de modernos criterios de control social de la gestión de fondos públicos y reglamenta principios de idoneidad técnica para el funcionario titular de la gestión, todos estos principios integrantes del objetivo de modernización del Estado. La Ordenanza 2649 que pretende vaciarse de contenidos esenciales, fue votado por unanimidad por HCD de Rojas en 2002, entre ellos por el hoy Intendente Municipal, impulsor de las derogaciones, cuando se desempeñaba como concejal municipal .

Citation preview

Page 1: RED VIAL RURAL MUNICIPAL - ROJAS - DEROGACIÓN SUSTANCIAL DE DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 2649/2002

--

GOBIERNO DE ROJASTel. 02475-462002/462007/462015

Bmé. Mitre N° 428 - 2705 Rojas

Rojas(B), 12 de Febrero de 2014.-

VISTO:

La Ordenanza 2649/02 (t.o. modificaciones

Ordenanzas 2651/02; 2655/02; 2672/02; 2716/03; 2979/06 Y

3309/12), decretos promulgatorios y el dictamen 433/13 del

Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos..Aires (Expediente 4095-433/13);y

CONSIDERANDO

.¡,

citada

resulta

de lade las

lasen

la designación

Orgánica

como así

Leyy

la Ordenanza vigente

por la Constitución

cargos,

que importa un exceso

Honorable Concejo Deliberante;

interp~tación de la normativala

creación de

deQue

la

Que lo normado por

a lo dispuesto

de Buenos Aires

2}

1)

Municipalidades, ya

facultades propias del

contrario

Provincia

resulta que

de losdentro de

exclusiva

de la

funcionarios qu.e .ocuparán los mismos, siempre

la órbita del Departamento Ejecutivo, es función

y excluyente del Intendente Municipal, escapando

órbita de conocimiento del Honorable' Concejo

Deliberantes;

Page 2: RED VIAL RURAL MUNICIPAL - ROJAS - DEROGACIÓN SUSTANCIAL DE DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 2649/2002

3) Que lo antedicho también resulta del dictamen

emitido por el Honorable Tribunal de Cuentas de la

provincia de Buenos Aires, y se funda en las funciones que

asisten a cada Órgano del Estado, vinculado con el

principio de división de funciones del Estado¡-,'

4) Por su parte, la referida Ordenanza 2649/02

(t.o. modificaciones Ordenanzas 2651/02¡ 2655/02¡ 2672/02¡

2716/03¡ 2979/06 y 3309/12) presenta un régimen de

asignación de recursos percibidos en concepto de Tasa por

cOGservación, reparación y mejorado de la red vial

municipal distinto al de las demás tasas vigentes en el

Municipio, extremo éste que requiere su inmediata

adecuación y equiparación¡

5) Que entendiendo necesario adecuar la Ordenanza

citada a las consideraciones indicadas precedentemente¡

Por ello el señor Intendente Municipal del Partido de

Rojas eleva el siguiente

,¡¡J:

Page 3: RED VIAL RURAL MUNICIPAL - ROJAS - DEROGACIÓN SUSTANCIAL DE DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 2649/2002

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO l°: Deróganse los artículos 1, 2, 3, inciso g)

c), d), e), h), i) Y último

la Ordenanza 2649/13 (t.o.

2651/02; 2655/02; 2672/02;

2716/03; 2979/06 Y 3309/12)

ARTÍCULO 2°: Incorpórese al artículo

cual quedará redactado en los siguientes

"toda otra función no enumerada

del artículo 4, 5, 6, incisos

párrafo del artículo 14 de

el

tal

h)

de

relacione

incisoel

que se

desempeño

4

términos:

delpropiastareaslas

Ordenanzas

con

modificaciones

directamente

cargo" .

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese yarchívese."",..

_ ~~~~~V

\~ff[--_...;:'.¡~~~~~'~:':'~:?_~~'C~~;'to.~::.:;. ~