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REDACCIÓN SINDICAL Nº 4/ Febrero - Marzo 2018 ı Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Sector Financiero, Seguros y Oficinas EDITORIAL Sigamos actuando contra el fraude de la “prolongación de jornada” INFO UGT firma el acuerdo del ERE en Bankia

REDACCIÓN SINDICAL€¦ · Convenio Colectivo de Seguros (2016-2019) C on la firma del Convenio de Seguros para los años 2016-2019, se da un giro muy im-portante a las que veníamos

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REDACCIÓN SINDICALNº 4/ Febrero - Marzo 2018 ı Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT

Sector Financiero, Seguros y Oficinas

EDITORIALSigamos actuando contra el fraude de la “prolongaciónde jornada”

INFOUGT firma el acuerdo del ERE en Bankia

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Nº 4febero / marzo -2018(periodicidad bimestral)

Redacción SindicalFSO

Boletín de información sindical del Sector Financiero, Seguros y Oficinas de FeSMC-UGT

EdiciónComisión Ejecutiva de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores

Dirección y coordinaciónRoberto Tornamira(Responsable del Sector FSO)Enrique Medina(Dirección Sectorial FSO)

Diseño y maquetaciónDepartamento de Comunicación de FeSMC-UGT

Datos de contactoAvenida de América, 257ª planta - Madrid 28002Tels.: 91 589 71 64 / 71 56Fax: 91 589 71 68

[email protected]

‘Redacción Sindical FSO’ no comparte, necesariamente, la opinión de sus colaboradores

Según datos de la EPA, en el ejercicio 2017 se trabajaron 2.720.000 horas a la semana, pero no se pagaron ni se com-pensaron a los trabajadores, no se tributaron a la Hacienda Pública ni, por supuesto, fueron cotizadas a la Seguridad

Social. En el cómputo anual se escamotearon, por parte de los em-presarios, 141,5 millones de horas productivas.

A pesar de que el Estatuto de los Trabajadores (E.T.), en su Artº 35.2 limita el número de horas extraordinarias a 80 anuales, en nuestro país se realizaron en 2017 más de 159 millones de horas extraordinarias; pagadas, estas sí. La suma de ambas magnitudes: 159 millones de horas extras retribuidas + 141 defraudadas da un total de 301 millones de horas fuera de la jornada establecida en los convenios. En un país que ha cerrado el año con 3,5 millones de desempleados y desempleadas; dato que al parecer sólo satisface al Gobierno de la nación. Y en un Sector, en el que desde el año 2008 a hoy se han destruido en torno a 90.000 puestos de trabajo.

Este problema de sobreexplotación lo sufrimos la mayoría de sectores de la actividad económica, pero desde hace mucho tiem-po, incluso antes de la crisis que comenzó a finales de 2007, lo padecemos los trabajadores y trabajadoras de las empresas finan-cieras: bancos, antiguas cajas, cajas rurales, etc., La UGT viene de-nunciando por todas las vías a nuestro alcance el citado fraude, conocido en el Sector como “Prolongación de Jornada”.

En un primer momento, fue el estiramiento –misma plantilla para más centros de trabajo– de las plantillas bancarias que tuvo lugar a lo largo de los años 90 del pasado siglo y finalizó con el pri-mer lustro del presente s. XXI; década y media en la que las entida-des se lanzaron a la apertura de oficinas por todo el territorio del Estado, pero sin contratar plantilla en la misma proporción. Fueron años en los que la ratio de trabajadores por oficina cayó en picado, pasando de los 9 trabajadores por oficina de antes de los 90 a los 3 de hoy, en números aproximados.

La expansión de las entidades, fue acompañada del cambio de perfil de los trabajadores y trabajadoras del sector; quedando rele-

ROBERTO TORNAMIRASecretario Federal (Sector FSO)

Sigamos actuando contra el fraude de la ’prolongación de jornada’

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En el cómputo anual se escamotearon, por parte de los empresarios, 141,5 millones de horas productivas

gado el perfil administrativo para fomentar el perfil comercial. El incremento de las campañas activas de venta de productos financieros y la escasez de plantilla fue el cóctel que dio lugar, de forma ge-neralizada, a la “prolongación de jornada” al verse “obligados” los trabajadores de la red de oficinas a quedarse por las tardes a realizar el trabajo que antiguamente hacía el cuerpo administrativo. Ade-más, por las tardes, fuera del horario establecido en convenio, hay que realizar llamadas telefónicas para ofertar los productos y campañas diseñados e indi-cados por la alta Dirección.

En estos años, a la carga de trabajo acumulado se ha sumado la costumbre de las direcciones te-rritoriales y de zona, de convocar por la tarde, prin-cipalmente a directores/as y subdirectores/as, para mantener reuniones en las que explicar nuevas cam-pañas y productos y presionar sobre la consecución de objetivos. Reuniones claro está fuera del horario laboral. De la misma manera, es por las tardes, fuera de horario, cuando se convoca en general a la planti-lla, a los trabajadores y trabajadoras de los servicios centrales también, para la asistencia a cursos de for-mación, que en muchas ocasiones no pasan de ser se-siones de adiestramientos en un producto concreto.

Por si la presión por la consecución de objetivos, reuniones, sesiones formativas, campañas etc., no fuera suficiente, desde la entrada en vigor, el pasado día 3 de enero, de la Directiva Comunitaria Mifid II, los trabajadores y trabajadoras de las entidades financie-ras, estamos obligados a realizar el Curso de Aseso-ramiento Financiero (CAF) y el Curso de Información Financiera (CIF), de 150 y 80 horas de duración res-pectivamente, más las horas de estudio y preparación. Dicha Directiva también obliga a recibir anualmente la actualización de conocimientos financieros.

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A todo lo anterior, hay que añadir la introducción de herramientas tecnológicas como tablet, portáti-les, Smartphone, etc., que las entidades entregan a los compañeros y compañeras, en los que reciben e-mails con petición de datos y/o se les hace segui-miento de trabajo, pero todo ello en su tiempo libre.

El resultado es que un trabajador del sector Fi-nanciero puede estar dedicando entre 250 y 400 horas anuales, horas productivas para la entidad, que ni cobra ni son compensadas en tiempo libre. Horas productivas que no son cotizadas y no com-putan al maltrecho sistema público de Pensiones.

En todos estos años, desde UGT hemos actuado contra este fraude flagrante: hemos insistido ante la Inspección de Trabajo, quien ha actuado levantado cientos de actas de infracción y de sanción; hemos acudido a los tribunales de justicia, hasta llegar a la Audiencia Nacional, alta instancia judicial dónde se nos dio la razón, concretamente contra Bankia.

Ha sido la Audiencia Nacional quien a instancias de los sindicatos, en la denuncia contra Deutsche Bank, ha elevado un auto al Tribunal de Justicia Eu-

ropeo, para que aclare si la ausencia de regulación y control del tiempo efectivo de trabajo, de control horario, en nuestra legislación, vulnera el derecho comunitario y por tanto el derecho de los trabaja-dores y trabajadoras a saber las horas trabajadas cada día.

También nos hemos dirigido a los grupos políti-cos en el Congreso de los Diputados, y celebramos que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) presentase una Proposición de Ley ante el pleno del Congreso, que en el pasado mes de octubre fue admitida a trámite parlamentario, al objeto de in-troducir cambios en la Ley, en particular en los artí-culos 34 y 35 del E.T., para que los trabajadores, la Administración, a través de la Inspección de Traba-jo, y los Representantes de los trabajadores, poda-mos tener conocimiento y control de la jornada real de trabajo.

Continuaremos trabajando para taponar el agu-jero legal por el que cada año se escapan sin abonar a los trabajadores y trabajadoras ni contribuir al era-rio público millones de horas productivas de trabajo.

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INFO / SINDICATO FINANCIERO 5

�e han firmado las nuevas tablas salariales para el año 2018 que supone un incremento del 1,3%, así como la actualización de los si-guientes conceptos: plus transporte, salidas y

dietas, gastos de locomoción, con efectos 1 de enero de 2018. Y el abono de una paga en función de los beneficios obtenidos en el ejercicio: si estos son po-

sitivos el 0,5% de las tablas salariales; si son superio-res al año anterior un 0,75% de las tablas salariales; si son superiores en dos dígitos un 1,2% para 2017. El Convenio Colectivo es garantía de nuestros dere-chos laborales y de subidas salariales, que pueden suponer incrementos medios acumulados entre el 2,6% y 5,2% al final del 2018.

Incrementos salariales en convenio deestablecimientosfinancieros de crédito

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INFO / SINDICATO FINANCIERO 6

En la mañana del sábado 10 de febrero, agotando el plazo legal para negociar, el 92% de la representación

sindical alcanzó un preacuerdo con la empresa.

Tras semanas de duras negocia-ciones, ante una actitud inmovi-lista de la empresa y las ansias de firmar casi “cualquier cosa” de los sindicatos de pluma fácil (Comisio-nes Obreras y ACCAM), UGT peleó todas las condiciones con propues-tas coherentes hasta llegar a buen puerto:

– Todas las salidas serán voluntarias.

– Reducción del número de sali-das a 1.585, desde las 2.510 ini-cialmente planteadas por la em-presa.

– Las medidas para solicitar la salida de la entidad, se aplicaran en todos

los territorios y no solo en aquellos donde existen duplicidades.

– Compensaciones por movilidad geográfica, y salida, en caso de no aceptar la movilidad, en condicio-nes muy superiores a las que mar-ca la Reforma Laboral.

– En los territorios donde el núme-ro de amortizaciones de puestos de trabajo sea superior que el nú-mero de trabajadores mayores de 55 años, se rebaja la edad de corte a 54 años para evitar despidos o movilidades geográficas.

– Respecto a la homologación de condiciones de trabajadores de BMN, hemos conseguido mejorar sustancialmente tanto en contenido económico como en plazo, incorpo-rándose a los sistemas de Bankia de Promoción Profesional (ascensos) y Sistema de Retribución Variable.

UGT firma el preacuerdo del ERE de Bankia

El pasado 1 de febrero el Comité Estatal de la Sección Sindical de UGT en Banco Popular eligió por unanimidad como nuevo Secre-tario General al compañero En-rique Medina Rodríguez, hasta ahora Secretario de Organización y miembro de la Dirección Secto-rial Estatal de FeSMC.El compañero será responsable de una de las Secciones Sindicales más grandes de UGT, con más de 140 delegados, tras conseguir los mejores resultados en el Sector Financiero en las últimas eleccio-nes sindicales.En este año en que UGT celebra su 130 aniversario, la Sección Sindical de Banco Popular es consciente de la importancia de la renovación de los cuadros sin-dicales para asegurar con éxito el futuro de la UGT y su adaptación a los nuevos tiempos y desafíos.

Enrique Medina será el nuevo responsable de la Sección Sindical de UGT en el Banco Popular

BANCO POPULAR

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INFO / SINDICATO DE SEGUROS8

La Previsión Social Complementaria en el nuevo Convenio Colectivo de Seguros (2016-2019)

Con la firma del Convenio de Seguros para los años 2016-2019, se da un giro muy im-portante a las que veníamos

llamando “pagas de jubilación”.En desarrollo del anterior conve-

nio se acordaron en el ámbito de la empresa la constitución de planes de pensiones; aproximadamente el 55 % de los trabajadores del Sector tienen a día de hoy planes de pensiones, el resto tienen la póliza de seguros.

Hasta este último convenio, estas pagas que podían llegar a ser 10 si alcanzabas 30 años de antigüedad en la empresa en el momento de la jubilación ordinaria, eran una expec-tativa de derecho, sólo se percibían si solicitabas la jubilación en ese mo-mento.

Era un sistema de prestación defi-nida, se instrumentaba en una póli-za de seguros que exclusivamente la empresa podía disponer, no era ex-traño que un buen número de traba-jadores que no alcanzaba la edad de jubilación ordinaria perdieran total o parcialmente estas cuantías como consecuencia de jubilaciones antici-padas, muerte, baja voluntaria en la empresa o despidos.

La diferencia fundamental es la transformación en un derecho con-solidado una vez transcurridos 10 años desde el ingreso del trabajador en la empresa; además de la consoli-dación, significa varios aspectos más que son de gran importancia:

• Es una póliza de seguros de apor-tación definida (se ha acordado una aportación anual del 1,9 % del salario base anual).

• Las cantidades económicas apor-tadas, se consolidan a los 10 años de antigüedad en la empresa.

• Si el trabajador se va de la empre-sa, se puede llevar las cantidades que tenga a otro sistema de pre-visión social.

• Si es despedido improcedente-mente el trabajador también se lleva lo que tenga aportado en ese momento a otro sistema de previsión social.

• En caso de fallecimiento, los he-rederos percibirán la cantidad que el trabajador o trabajadora que tenga aportada.

• Podrá rescatar cantidades según lo previsto en la Ley de Planes y Fondos de Pensiones.

• Tendrá derecho el trabajador a disponer de la información que la Ley de Planes y Fondos de Pen-siones prevé.

• En caso de incapacidad, percep-ción de las cantidades acumula-das.

• Percepción de las cantidades acu-muladas en caso de jubilación an-ticipada.

• En los casos de jubilación parcial, aportación por la empresa como si estuviera el trabajador a tiem-po completo.

• Sólo se dejaría de percibir en el caso de despido declarado pro-cedente y que el trabajador no se jubile cuando cumpla la edad ordinaria de jubilación.

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9SINDICATO DE SEGUROS / INFO 9

• El trabajador percibirá en el mo-mento de la jubilación la cuantía que tenga en la póliza en forma de renta mensual o de capital.

Los trabajadores actuales del Sec-tor podrán optar por mantenerse en el sistema actual o incorporarse a la nueva póliza. En caso de decidir su incorporación al nuevo sistema, ten-drán derecho a que se les aporte las cantidades que tengan en la póliza ac-tual y que anualmente se les abone el 1,9 % como al resto de trabajadores nuevos.

Los años de antigüedad que tenga cada trabajador se computan para la consolidación a los 10 años.

Para los nuevos contratados es de aplicación directa el nuevo sistema.

En las empresas que a la entrada en vigor del nuevo convenio tengan acordados otros sistemas de Previ-sión Social (planes de pensiones en casi todos los casos), se respetan es-tos acuerdos.

Es un sistema a medio camino en-tre la póliza anterior y un plan de pen-siones.

En el propio redactado del con-venio se establece la posibilidad de que en lugar de ir al nuevo sistema se avance hacia la constitución de planes de pensiones. Desde UGT ve-nimos hablando con nuestras Seccio-nes Sindicales y representantes en las empresas que están afectadas para que en las conversaciones que se tie-nen que mantener con las direccio-nes de las empresas se camine hacia

la constitución de Planes de Pensio-nes de Empleo.

Ante esta situación de apertura de negociaciones, desde el Sindicato Sectorial Federal hemos impulsado la realización de cursos de formación para dotar de conocimientos a los compañeros de nuestras Secciones Sindicales, para ello contamos con el apoyo de los compañeros de la Uni-dad de Previsión Social de la Comi-sión Ejecutiva Confederal y de la Se-cretaria Federal de Formación.

El primero de ellos se ha celebrado los días 14 y 15 de febrero en Madrid, dentro de nuestras posibilidades in-tentaremos ampliar estos cursos para que puedan acudir el mayor número posible de compañeros y compañeras de las empresas afectadas.

La diferencia básica es la transformación en un derecho consolidado una vez transcurridos 10 años desde el ingreso del trabajador

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INFO / SINDICATO DE SEGUROS10

En la reunión de Comisión Mix-ta del Convenio Sectorial de Seguros y Mutuas del pasado día 22 de enero de 2018 he-

mos procedido a la revisión de die-tas, kilometraje y compensación por comida en jornada partida, referido todo ello al año 2018.

Dieta completa. Continuando con los criterios que históricamente venimos utilizando, hemos aplicado al 70% de la dieta el IPC de Alojamiento de 2017 (3,8 %) y al 30 % restante se le aplica el IPC de Restauración y comedores de 2017 (el 1,7 %), por lo que la Dieta Completa para el año 2018 se esta-blece en 98,28 euros.

Media dieta. Igualmente, utilizando el mismo criterio histórico de apli-cación del IPC de Restauración y co-

medores en 2017(el 1,7 %), la Media Dieta para el año 2018 se establece en 19,90 euros.

Locomoción. Se han seguido aplican-do los criterios que históricamente venimos utilizando (40 % se le ha apli-cado la evolución del precio medio del gasóleo en 2017 y al 60 % restante se le ha aplicado el IPC de 2017), por lo que el kilómetro queda establecido en 0,37 euros.

Compensación por comida por jor-nada partida. De conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Convenio, la compensación que en el mismo se regula queda fijada en 11 euros para 2018, con efectos de 1 de enero.

Revisión Salarial para 2017 y tablas provisionales para 2018. La Revi-sión Salarial de 2017, de acuerdo al artículo 37 del convenio, se estable-cerá una vez conocido el PIB defini-tivo de 2017 (que previsiblemente será a finales del próximo mes de febrero), y teniendo en cuenta el in-cremento de IPC que se ha situado a 31 de diciembre de 2017 en el 1,1 %), momento en el que la Comisión Mixta procederá a la aprobación de las correspondientes tablas y con-

ceptos salariales resultantes de di-cha constatación.

El citado artículo 37 establece: “Si el PIB es igual o superior al 2,6% e igual o inferior al 3,5%, el incremen-to salarial base será del 2 %”.

La previsón es que el PIB esté en torno al 3,1 %.

Este incremento de PIB hay que relacionarlo con el crecimiento de IPC en el año 2017 que ha quedado según el INE en el 1,1 %.

El artículo 37 del Convenio esta-blece también: “Si el IPC es igual o superior al 1% e inferior al 2 %, no se aplicará corrector alguno al incre-mento salarial”

Con base en estos criterios y, teniendo en cuenta que se incre-mentaron los salarios desde el 1 de enero de 2017 en el 1 %, habría que incrementar los salarios en otro punto con efectos retroactivos del 1 de enero de 2017; los salarios de 2017 crecerán un 2 %.

Esta subida salarial significa una ganancia de poder adquisitivo del 0,9 % sobre el IPC de 2017.

Igualmente en la misma Comisión Mixta, en aplicación del artículo 38 del convenio y una vez aprobadas las tablas salariales definitivas de 2017, se procederá a aplicar el incremento provisional para 2018 del 0,8 %.

Revisión del precio del kilometro, ayuda de comida y dietas año 2018, previsiones de revision salarial 2017 y tablas provisionales 2018

CONVENIO DE SEGUROS

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11SINDICATO DE OFICINAS / INFO 11

El pasado mes de diciembre quedó constituida la Mesa de la Comisión Negociado-ra del XIX Convenio Estatal

de Empresas de Ingenierías y Ofi-cinas de Estudios Técnicos, tras la denuncia del convenio por UGT y CCOO ante la patronal Técniberia y el Ministerio de Empleo.

De los sindicatos convocados para la negociación han acudido a la mesa FeSMC-UGT, CCOO y un re-presentante de la CIG. Los sindica-tos ELA y LAB no han comparecido.

Desde este momento y hasta el 31 de diciembre de 2018 tenemos la obligación y la convicción de sa-car adelante un nuevo convenio que venga a mejorar las condicio-nes laborales de los trabajadores del sector y adecuar el mismo a la realidad y necesidad de todos.

Tenemos muy presente aún la negociación del anterior convenio y suponemos que también la pa-tronal, no solo los trabajadores del

sector sufren las consecuencias del inmovilismo de Tecniberia, esta pa-tronal pudo comprobar fehacien-temente cómo la actividad desre-gulada y la ausencia de un marco que establezcan las reglas del jue-go hacen peligrar también a las empresas en su conjunto, degra-dando el sector, poniendo en pe-ligro la viabilidad de muchas com-pañías y devaluando, por tanto, las condiciones de trabajo de todos.

La plataforma de negociación que FeSMC-UGT ha presentado recoge todos aquellos aspectos troncales del convenio, como son: clasificación profesional, contrata-ción, jornada, retribución, vaca-ciones y permisos retribuidos.

Se ha acordado mantener las reuniones necesarias para el avan-ce de las negociaciones, que serán fijadas de mutuo acuerdo, obser-vando siempre una periodicidad mensual o quincenal en el caso de que se requiera.

XIX Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Ingenierías

Desde este momento y hasta el 31 de diciembre de 2018 tenemos la obligación y la convicción de sacar adelante un nuevo convenio que venga a mejorar las condiciones laborales de los trabajadores del sector.

En cumplimiento del artículo 43 del Convenio Colectivo de Con-tact Center se aprobarán el próxi-mo día 25 las tablas salariales para el año 2018, aumentando todos los conceptos en 1,6 % (IPC de 2017 + 0,5 %). Por otro lado, se confirma que en 2017, al ha-ber aumentado nuestro salario el 1,6 % con la firma del convenio, se aumentó el poder adquistivo puesto que la subida fue mayor al IPC. La empresa ha sido cicatera a la hora de reducir el número de afectados y la cuantía económica ofrecida: comenzó ofreciendo 32 días laborables por año, con un máximo de 22 mensualidades, y se ha firmado un promedio de en torno a 55 días por año traba-jado, sin tope en el importe. Re-cordamos que, gracias al artículo 9 del convenio, el complemento ad personam (estar por encima de convenio) no podrá ser ab-sorbido por la subida salarial. El nuevo artículo 50 del convenio mejora sustancialmente la “re-tribución media en vacaciones”, y debe ser pagado en la nómi-na de enero. Las nuevas tablas salariales serán exigibles a par-tir de su publicación en el BOE.

Convenio Colectivode Contact Center

TABLAS SALARIALES DE 2018

IPC 2017: 1,1 %.Incremento salarial 2017: 1,6 %.(aumento del poder adquisitivo en 2017 de 0,5 %).Incremento salarial 2018: 1,6 % . (en 2019 la subida será del IPC de 2018 + 0,5%).

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