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1 Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma. Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. 8 de noviembre de 2.012. Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/ 1. Las casualidades de mi calendario académico y profesional han hecho que en los próximos días, desde mañana viernes hasta el martes 13, intervenga en varios foros donde se debatirá sobre diferentes cuestiones relacionadas con las políticas de inmigración. Por orden cronológico, la primera intervención tendrá lugar, como he dicho, mañana viernes en una jornada organizada por el Servicio de Empleo de Cataluña para presentar los resultados del estudio internacionalrealizado sobre “la lucha contra el trabajo doméstico no declarado”, en concreto en una mesa redonda que lleva por título “Las mejores políticas para combatir el trabajo doméstico no declarado”, y es bien conocido que una parte de ese “trabajo no declarado” es realizado por personas extranjeras extracomunitarias, en su gran mayoría trabajadoras. La segunda forma parte de mi actividad académica ordinaria, y se inscribe en el marco de la asignatura “La gestión social de la diversidad” que se imparte en cuarto curso del gradode Relaciones Laborales de la UAB, y en la que durante tres viernes, desde mañana, abordaré la temática de la inmigración desde diversas perspectivas y con especial y preferente atención a la jurídica, en el ámbito europeo, español y catalán. La tercera se llevará a cabo en el marco de la jornada sobre inmigración y cohesión social que se celebrará el sábado en Terrassa, organizada por la Confederación de Asociaciones de Vecinosde Cataluña, con una ponencia sobre cómo está afectando la crisis del empleo y la protección social a la situación de los inmigrantes y a la cohesión social. La cuarta, con ocasión del debate anual que celebramos en la Fundación Utopía sobre la inmigración, y mi participación el lunes 12, junto con representantes de organizaciones sociales. En fin, nuevamente una actividad académica el día 13 con la participación en el Máster de Derecho Internacional y Comunitario queorganiza el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y en el que he asumido la explicación del bloque dedicado a la libre circulación de trabajadores, en donde la política de inmigración de la UE tendrá un peso importante. 2. Estas obligaciones académicas, en unos casos, y mis intereses personales por abordar temas sociales, en otros, me llevan ahora a formular algunas reflexiones de carácter general sobre la inmigración que complementan y actualizan, en su caso, las que desde hace ya bastante tiempo vengo realizando en este blog, y las que he plasmado en varias publicaciones, en varias de ellas con la ayuda inestimable del catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Girona, y director de la Cátedra de Inmigración, derechos yciudadanía de la misma Universidad, Dr. Ferran Camas Roda, siempre tomando como punto de referencia el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que puede leerse que: "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y

Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma

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Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios

normativos, económicos y sociales sobre la misma.

Eduardo Rojo Torrecilla.

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad

Autónoma de Barcelona.

8 de noviembre de 2.012.

Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/

1. Las casualidades de mi calendario académico y profesional han hecho que en los

próximos días, desde mañana viernes hasta el martes 13, intervenga en varios foros

donde se debatirá sobre diferentes cuestiones relacionadas con las políticas de

inmigración. Por orden cronológico, la primera intervención tendrá lugar, como he

dicho, mañana viernes en una jornada organizada por el Servicio de Empleo de Cataluña

para presentar los resultados del estudio internacionalrealizado sobre “la lucha contra el

trabajo doméstico no declarado”, en concreto en una mesa redonda que lleva por título

“Las mejores políticas para combatir el trabajo doméstico no declarado”, y es bien

conocido que una parte de ese “trabajo no declarado” es realizado por personas

extranjeras extracomunitarias, en su gran mayoría trabajadoras. La segunda forma parte

de mi actividad académica ordinaria, y se inscribe en el marco de la asignatura “La

gestión social de la diversidad” que se imparte en cuarto curso del gradode Relaciones

Laborales de la UAB, y en la que durante tres viernes, desde mañana, abordaré la

temática de la inmigración desde diversas perspectivas y con especial y preferente

atención a la jurídica, en el ámbito europeo, español y catalán. La tercera se llevará a

cabo en el marco de la jornada sobre inmigración y cohesión social que se celebrará el

sábado en Terrassa, organizada por la Confederación de Asociaciones de Vecinosde

Cataluña, con una ponencia sobre cómo está afectando la crisis del empleo y la

protección social a la situación de los inmigrantes y a la cohesión social. La cuarta, con

ocasión del debate anual que celebramos en la Fundación Utopía sobre la inmigración, y

mi participación el lunes 12, junto con representantes de organizaciones sociales. En fin,

nuevamente una actividad académica el día 13 con la participación en el Máster de

Derecho Internacional y Comunitario queorganiza el Ilustre Colegio de Abogados de

Barcelona y en el que he asumido la explicación del bloque dedicado a la libre

circulación de trabajadores, en donde la política de inmigración de la UE tendrá un peso

importante.

2. Estas obligaciones académicas, en unos casos, y mis intereses personales por abordar

temas sociales, en otros, me llevan ahora a formular algunas reflexiones de carácter

general sobre la inmigración que complementan y actualizan, en su caso, las que desde

hace ya bastante tiempo vengo realizando en este blog, y las que he plasmado en varias

publicaciones, en varias de ellas con la ayuda inestimable del catedrático de Derecho del

Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Girona, y director de la Cátedra

de Inmigración, derechos yciudadanía de la misma Universidad, Dr. Ferran Camas

Roda, siempre tomando como punto de referencia el artículo 1 de la Declaración

Universal de Derechos Humanos, en el que puede leerse que: "todos los seres humanos

nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y

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conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. La puesta en

orden de mis reflexiones se ha producido mientras llegaba, afortunadamente, a mis

manos la tesis doctoral elaborada por un querido compañero de la Universidad de

Granada. L.A. Triguero, sobre los derechos sociales fundamentales de lostrabajadores

inmigrantes, dirigida por los profesores José Luis Monereo y José A. fernández Avilés,

El profesor Triguero consta con acierto que la nueva realidad económica y social lleva a

plantearse la gestión de la inmigración en España de forma distinta que en épocas de

llegadas de población inmigrante en gran número, pero enfatiza que ese cambio ha de

ponerse en marcha “sin descartar una de sus bases esenciales (de la política jurídica de

inmigración extranjera): el reconocimiento y atribución de derechos sociales

fundamentales a las personas extranjeras desde el actual modelo jurídico-legal y

constitucional en cuanto elemento nuclear favorecedor de la integración social”. Dicha

política ha de gestionar el reconocimiento, la presencia, la integración, e incluso el

retorno, de las personas inmigrantes, “pero humanitariamente, no mercantilizadamente”.

¡Ah!, y me quedo también, para compartirla, con su tajante afirmación de que las

personas extranjeras, en la UE y en España, “no son legales o ilegales: se encuentran en

situación administrativa regular o irregular”.

Por ser de carácter general esta reflexión no entro con detalle en algunos puntos

concretos que sí impactan, y mucho, en las políticas migratorias en algunos países,

como es por ejemplo el asunto de los menores extranjeros no acompañados, al que la

Comisión Europea ha dedicado un reciente informe sobre el grado de aplicación del

plan de acción, en el que se constata, y la referencia tiene especial interés para España

por su situación geográfica de frontera con África, que la llegada de estos menores a la

Unión Europea “no constituye un fenómenos temporal, sino una característica crónica

de la inmigración a la UE. Existe, y seguirá existiendo, la necesidad de un enfoque

común respecto a los menores no acompañados para poder continuar respondiendo, de

manera efectiva, y respetando plenamente los derechos de estos menores, a este desafío

complejo y transnacional tanto a escala nacional como europea”.

3. Formulo, en primer término varias ideas para debate.

A) Primera idea: Podemos y debemos ser muy críticos con todas aquellas tesis que

convierten el debate sobre la inmigración en puro simplismo de “buenos y malos”, y

que tienen en muchas ocasiones tintes racistas y xenófobos, y tenemos ejemplos

suficientemente conocidos en Cataluña. Pero, al mismo tiempo, hay que hacer una

explicación muy clara y didáctica de cuál es la realidad de la inmigración y de toda su

aportación a nuestro desarrollo económico y social, e intentar que las políticas que se

pongan en marcha por los poderes públicos redunden en beneficio de toda la

colectividad sin diferencias por razón de nacionalidad, y coincido aquí con la tesis

sindicales del poco sentido que tiene, cada vez más, “establecer políticas y actuaciones

administrativas diferenciadas para el colectivo de trabajadores extranjeros en su

conjunto”.

Por poner un ejemplo bien claro: las políticas de lucha contra la economía irregular

deben ir dirigidas contra todas aquellas empresas, y también trabajadores, que se

encuentran al margen de la ley, y si hay que poner más el acento en un sector u otro así

debe hacerse. Hago esta afirmación porque todavía tengo en mi memoria la intervención

de un asistente a una sesión sobre la reforma laboral de 2012, en la que tuve la

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oportunidad de participar, en la que planteaba, y estoy seguro que la hacía desde la

buena fe, si los mayores controles sobre la economía irregular en sectores y empresas

donde está la población extranjera podía tener un efecto positivo para reducir el

desempleo (supongo que se refería al de los autóctonos).

El profesorLorenzo Cachón ha destacado la importante presencia de la población

inmigrada en el mercado de trabajo y, al mismo tiempo, las peores condiciones que

tienen (salarios, puestos de trabajo, seguridad y salud) con respecto a los autóctonos, y

de ahí que defienda con buen criterio una política de igualdad y no discriminación

realmente efectiva, y la UGT destaca el papel positivo que ha tenido la inmigración para

la creación de empleo y elevación de la tasa de actividad (por ejemplo, facilitando la

incorporación de las mujeres españolas al mercado de trabajo), así como también que

“su mayor movilidad laboral ha contribuido a flexibilizar el mercado de trabajo”. Por

su parte, el documento e la Comisión de seguimiento del pacto nacional porla

inmigración de Cataluña destaca también la importancia de “Lluitar contra el racisme i

la xenofòbia mitjançant la difusió de dades públiques i oficials per contrarestar els

rumors vinculats a la immigració, i ajudar a “desmuntar tòpics”, tot implicant-hi al

conjunt d’agents socials i econòmics, així com als mitjans de comunicació i els partits

polítics. D’acord amb les Directives europees, elaborar una estratègia contra les

discriminacions, la igualtat de tracte i el suport a les víctimes”.

B) Segunda idea: Se necesitan recursos, perdónenme la perogrullada, para las políticas

de integración, o dicho de otra forma para políticas que refuerzan la cohesión social y

que interesan al conjunto de la sociedad, de políticas que en el tiempo presente, y así se

constata en el documento elaborado por la Comisión deseguimiento del pacto nacional

para la inmigración de Cataluña, refuercen “el procés d’acollida-convivència-cohesió i

inclusió social, per centrar les actuacions en les polítiques d’integració, enfront de la

davallada en el nombre d’arribades de nous immigrants”. En esta línea, y para el

conjunto del Estado, conviene recordar que el artículo 2 ter, 4 de la Ley Orgánica

4/2000(modificada) sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y

suintegración social, dispone que “De conformidad con los criterios y prioridades del

Plan Estratégico de Inmigración, el Gobierno y las Comunidades autónomas acordarán

en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar

la integración social de los inmigrantes. Tales programas serán financiados con cargo a

un fondo estatal para la integración de los inmigrantes, que se dotará anualmente, y que

podrá incluir fórmulas de cofinanciación por parte de las Administraciones receptoras

de las partidas del fondo”.

Pues bien, este año 2012 no hemos tenido dinero estatal para las políticas de integración

que gestionan las Comunidades Autónomas y las administraciones locales, y el proyecto

de ley de PGE para 2013 que se está tramitando en la actualidad mantiene la suspensión.

No deja de ser triste y curioso que mientras que la Comisión de Empleo y Seguridad

Social del Congreso de los Diputados aprobaba una moción el día 27 de marzo en

términos favorables al mantenimiento de este fondo, la Ley de PGE 2012 no dedica

partida alguna al fondo.

En efecto, en el texto aprobado en el Congreso se instaba al Gobierno a continuar

cooperando con las administraciones autonómicas y locales, justamente de conformidad

con lo previsto en el art 2 ter.4 de la LO 4/2000, “mediante la financiación de programas

en el marco del Fondo de apoyo a la acogida e integración de los inmigrantes,

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adoptando las medidas que permitan su financiación en el mercado de la disponibilidad

presupuestaria”. Pues bien, si alguien tuviera alguna duda de lo que estoy diciendo

respecto al fondo, leamos la disposición adicional cuadragésima quinta de la Ley de

PGE, que lleva por título “Suspensión normativa”: “Queda sin efecto en 2012 lo

previsto en el artículo 2 ter 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero”. En el ámbito

catalán, la suspensión del fondo fue muy criticada por las dos asociaciones

municipalistas, la Asociación Catalana de Municipios y la Federación deMunicipios de

Cataluña, que pidieron su restitución. Para la ACM, la desaparición de la partida

económica de 67 millones de euros “incrementará las dificultades para hacer políticas

de acogida” para la población inmigrantes, mientras que la FMC es del parecer que la

desaparición del fondo “puede afectar de manera irreparable la convivencia en nuestros

pueblos y ciudades, y es un claro descalabro económico para todos los ayuntamientos y

entes locales”. La crítica a la supresión o suspensión del Fondo también se produjo en

sede parlamentaria; en la Resolución aprobada por el Parlamento catalán el 12 de

abril,tras el debate celebrado “sobre el impulso de la reactivación económica y sobre la

incidencia de la actuación del gobierno en la calidad de los servicios públicos”, se

instaba al gobierno autonómico a “reclamar al gobierno del Estado el restablecimiento

del fondo de apoyo a la acogida, la integración y el refuerzo educativo de los

inmigrantes con una dotación equivalente a la de 2010, y la renovación de los planes

piloto para poderlos extender a todas las poblaciones con más de un 10 % de

inmigrantes”.

C) Tercera idea: una especial atención debe prestarse al aprendizaje de lo hecho en otros

países europeos en materia de integración de la población inmigrada, y también a las

propuestas de la UE plasmadas en la llamada “agenda europea para la integraciónde los

nacionales de terceros países”. La Comisión pide que Europa adopte una actitud

positiva frente a la diversidad y que cuente “con garantías claras con respecto a los

derechos fundamentales y a la igualdad de trato, sobre la base del respeto mutuo de las

diferentes culturas y tradiciones”, y que se tenga especial atención con los grupos más

vulnerables de la población inmigrada. Es muy importante destacar, como hace el

documento, que la agenda no puede solo aplicarse mediante instrumentos europeos, y

que requiere una implicación muy estrecha de todos los actores implicados en el

proceso de integración.

En la segunda parte del documento se analiza la integración como una responsabilidad

compartida, partiendo del planteamiento previo, en el marco jurídico vigente, que no es

la UE la que ha de determinar las estrategias nacionales de integración, pero sí que

puede (ex artículo 79.4 del Tratado) “proporcionar un marco para el seguimiento, la

evaluación comparativa y el intercambio de buenas prácticas, y establecer incentivos

mediante los instrumentos financieros adecuados”. Además, el resultado positivo de las

políticas de integración se valora, desde una perspectiva muy pragmático, como una

contribución relevante para alcanzar los objetivos marcados por la Estrategia Europea

2020 sobre incremento de la tasa de empleo (75 % de 20 a 64 años), reducción de las

tasas de abandono escolar (menos de 10 %), incremento de la población que supere la

educación terciaria (40 %), y reducir el número de personal en situación de pobreza y

exclusión social (20 millones menos).

Las medidas más concretas para incentivar la integración son las siguientes:

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a) En primer lugar, pasa por la mayor participación de los migrantes en las sociedades

de acogida. Ello requiere poner en marcha medidas de apoyo al aprendizaje de las

lenguas oficiales, políticas adecuadas de acceso al empleo (puede ser necesario poner en

marcha “programas de introducción” para que la persona migrante adquiera un previo

conocimiento del mercado laboral en el que va a operar, y aquí me viene ahora a la

mente la ley catalana de acogida de la población inmigrada), la educación y la

formación profesional, y la lucha decidida contra todo tipo de discriminación

(recuérdese los importantes instrumentos jurídicos europeos de protección contra todo

tipo de discriminación, incluyendo el que ocurre por raza o etnia).

b) La integración pasa por conseguir la igualdad de trato y un sentimiento de

pertenencia, desde el respeto de los valores universales y los derechos fundamentales

que están consagrados en el Tratado. La participación política y social cobra aquí pleno

sentido, con una llamada de la Comisión a que los Estados faciliten el derecho al voto

en las elecciones locales y la participación de representantes del colectivo migrante en

los diferentes órganos consultivos locales, regionales y nacionales. El pleno respeto del

principio de no discriminación es responsabilidad de los Estados, debiendo asegurarse

la Comisión de “la correcta y plena aplicación de las directivas existentes en el ámbito

de la no discriminación y de la migración legal”.

c) La atención a colectivos vulnerables, y a evitar la segregación por razón de

instalación en zonas urbanas desfavorecidas, es una de las medidas más importantes

para facilitar la integración, y así lo demuestran (aunque los resultados sean desiguales)

las políticas emprendidas por diversos Estados (España y Francia entre ellos). Se trata

de apoyar el desarrollo urbano y estimular la actividad económica y cultural, con el

objetivo de contribuir a la cohesión social. De ahí la importancia de los llamados

“pactos territoriales” con implicación de poderes públicos y organizaciones sociales,

con medidas de carácter urbanístico y de empleo, o lo que es lo mismo “con un enfoque

integrado, con objeto de evitar la segregación”. El apoyo de la Comisión a tales pactos

debe manifestarse a través del Fondo Europeo para la Integración de los Nacionales de

Terceros Países, fijándose unos objetivos claros en tales pactos para poder obtener

fondos europeos y que pasarían por incrementar, en el ámbito territorial de referencia,

las tasa de empleo, los niveles de educación, la inclusión social y la ciudadanía activa.

d) La integración no afecta sólo a las políticas que se adopten en los países de acogida.

Los países de origen también han de jugar un papel importante en el apoyo al proceso;

los inmigrantes deben tener información adecuada sobre todo aquello (idioma,

requisitos profesionales, documentación) que necesitan para su integración regular, y

también la UE puede ayudar a ello mediante la puesta en marcha del “portal UE sobre

Inmigración”. Deben producirse contactos entre las comunidades en el exterior y los

países de origen, y ahí las remesas de los inmigrantes y la transferencia de

conocimientos pueden jugar un papel de primera importancia en el desarrollo de los

países de origen y el fomento del espíritu empresarial. En fin, los países de origen

pueden preparar el retorno temporal (política de migración circular que reconozca los

derechos de las personas inmigradas y que no les dificulte, en el Estado de acogida, el

retorno) o definitiva de los migrantes. Para ello se requiere, y en general para toda la

política de integración, reforzar los mecanismos de cooperación, consulta y

coordinación entre los países de origen y los de acogida.

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El ComitéEconómico y Social Europeo aprobó, en su sesión plenaria del 28 de marzo,

un Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión que trata sobre la agenda de

integración, que valora positivamente si bien pide que dada la gravedad de la situación

económica y social “se establezcan instrumentos institucionales y concretos que

respalden los objetivos de la integración”, al mismo tiempo que destaca el énfasis de la

Comunicación en el papel que desempeñan los entes locales y regionales en las políticas

de integración pero crítica que “no queda claro cuáles son los incentivos para aumentar

su participación”. El CESE pide modificaciones en la normativa existente,

especialmente en el ámbito de la participación política, ya que es del parecer que el

objetivo principal del Tratado UE, y de las normas y propuestas posteriores, de construir

una Europa competitiva e inclusiva “no se puede conseguir si el 4 % de su población,

representada por los nacionales de terceros países, se queda atrás”, apoyando otorgar el

derecho de sufragio activo y pasivo a los nacionales de terceros países en “las

elecciones locales, regionales, nacionales y europeas”. El CESE es del parecer que los

inmigrantes realizan “una importante contribución a la sociedad, la economía y la

cultura de los países de acogida”, y pide, una vez más, que se tengan en cuenta muchas

cuestiones laborales para conseguir una efectiva integración, tales como “el

reconocimiento de cualificaciones previas, salarios, prestaciones, incluida su

transferencia, acceso a la formación profesional y seguridad en el empleo”, así como

también “la incorporación de mujeres al mercado laboral”.

D) Cuarta idea: acercarse a la realidad de la inmigración debe hacerse con especial

atención a los importantes cambios operados en los últimos años, tanto en términos de

menor presencia de los flujos de entrada como de una mayor consolidación jurídica de

la población inmigrada al ser cada vez más relevante el número de aquellas personas

que disponen de la residencia de larga duración. Tampoco conviene olvidar, por su

impacto sobre las políticas laborales dirigidas a la población inmigrada, el importante

número de personas que han adquirido la nacionalidad española en los últimos años

como consecuencia de la aplicación de la Ley52/2007 de 26 de diciembre, “por la que

se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes

padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura”, y más

concretamente de su disposición adicional 7ª relativa a la adquisición de la nacionalidad

española (“1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español

podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el

plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho

plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un

año.2. Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron

que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio”); en fin, en el

debate sobre las políticas de migración circular y las políticas de retorno, convendrá

recordar que buena parte de la población que ha abandonado España en los últimos tres

años posee la doble nacionalidad, y por consiguiente podrán reincorporarse al mercado

de trabajo español en igualdad de condiciones que aquellos residentes en nuestro país.

Al respecto, es interesante el dato hecho público por el Instituto Nacional de Estadística

sobre la población española residente en el extranjero, un total de 1.816.835 personas a

1 de enero de 2012, con un incremento de 114.057 (6,7 %) sobre la misma fecha del año

anterior, y más exactamente que “el 36 % de los españoles residentes en el extranjero

nacieron en España, el 58,2 % en su actual país de residencia, y el 5,1 % en otros

países” (654.395, 1.057.730 y 92.473, respectivamente), así como también que el 62,4

% (1.133.228 personas) tienen su residencia en América”.

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En relación con los “nuevos españoles”, aquí están los datos oficiales facilitados por

elMinisterio de Justicia el 30 de marzo: se han presentado un total de 503.439

solicitudes de opción a la nacionalidad española, y de ellas el 94,84% (477.462) de las

solicitudes presentadas en el mundo lo fueron en las Oficinas Consulares de España en

Iberoamérica. Por el tipo de solicitudes presentadas, el 92.34% del total (464.858)

corresponden a hijos de padre o madre originariamente español, mientras que el 6,32 %

(32.141) de las solicitudes corresponden a nietos de quienes perdieron o tuvieron que

renunciar a la nacionalidad española por motivo del exilio. El restante 1,28% (6.440)

“corresponde a las solicitudes de transformación en nacionalidad española de origen de

aquellos casos en que la opción dio lugar a una nacionalidad española no de origen”. El

Ministerio de Justicia aporta el dato de la aprobación de un 48,02 % de la solicitudes, es

decir 241.763 personas, al mismo tiempo que recuerda, y debemos tenerlo en cuenta,

que “Es preciso tener en cuenta que hay un número importante de solicitudes que se

encuentran en fase de estudio o pendientes de presentación de documentación, caso este

último no infrecuente al ser necesaria la presentación de documentación (especialmente

certificados de nacimiento de padres y abuelos) no siempre fácil de conseguir”.

Quinta idea: El debate sobre cómo articular una adecuada política migratoria adquiere

una gran importancia, tanto en el ámbito español como en el europeo e internacional,

pues parece muy difícil pensar que la inmigración se reducirá drásticamente o

desaparecerá aún cuando se establezcan numerosas medidas restrictivas y de control. Al

respecto, un informe de la prestigiosa Fundación Ceimigra expone que la baja natalidad,

el envejecimiento de la población y mantener el sistema de Seguridad Social hará que la

economía española necesite que lleguen unos 4,1 millones de inmigrantes en el año

2034.

El fenómeno migratorio es uno de los fenómenos más característicos encuadrables en el

proceso de globalización económica y que se ve seriamente afectado por los procesos de

transnacionalización, si bien se ha producido a lo largo de toda la historia e incluso en

muchas ocasiones impulsado por los gobiernos para evitar conflictos sociales y reducir

los niveles de desempleo. Hay que acercarse a este fenómeno sin creer que tiene

naturaleza básicamente temporal, pues la realidad nos demuestra que cada vez más tiene

una vocación de permanencia estable, tanto para el inmigrante como para la familia que

se incorporará después una vez que tenga derecho a ello, y las secuelas posteriores en

términos de generaciones de hijos e hijas de inmigrantes y que se encuentran

plenamente integradas en la sociedad que acogió a sus mayores. Cuestión diferente, y

cada vez de mayor importancia es cómo facilitar la migración circular y evitar la

pérdida de derechos para la población extranjera que abandone el país de acogida (en

este caso España) durante un determinado período de tiempo, a fin y efecto de que

pueda regresar cuando lo considere oportuno.

Con respecto a la integración laboral de las personas inmigrantes en España en la

primera década de este siglo, se ha publicado un interesante estudio de la Fundación

Primerode Mayo, dirigido por Jorge Aragón, del que extraigo algunas de las tesis que

me han parecido más relevantes: en nuestro país, y también en otros países europeos,

“los procesos migratorios se encuentran íntimamente ligados a las transformaciones y

demandas del mercado de trabajo, a los déficits de mano de obra y a los desajustes

registrados a lo largo de las últimas décadas”. Esto es muy importante porque “el acceso

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a los derechos y la integración social de las personas inmigrantes descansa, en parte, en

el acceso al mercado de trabajo y en la garantía de unas condiciones laborales dignas”.

Coincido plenamente con la importancia de la calidad del empleo como elemento clave

de la integración. La crisis (a partir de 2008) está afectando más intensamente a la

población extranjera que a la española y, por otra parte, la población inmigrante

“registra niveles de sobre cualificación superiores, un salario medio muy inferior y un

menor porcentaje de participación en formación continua que la población española”.

Justamente con ocasión de la crisis se constata que los inmigrantes han ampliado el uso

de los recursos que ofrecen los Servicios Públicos de Empleo, y ha superado a la

población española “en demandas de empleo, beneficiarios de prestaciones por

desempleo, contratación y formación ocupacional”. Desde una perspectiva

internacional, los estudios de la Organización Internacional del Trabajo siempre han de

sernos útiles como punto de referencia, y los dedicados a las migraciones laborales

internacionales contienen varias tesis que creo que son de utilidad: “la gobernanza

nacional e internacional de la migración laboral debería reconocer que la mayor parte de

los migrantes busca trabajo decente, y ofrecer mayores oportunidades legales para la

movilidad laboral; que las políticas deberían basarse en el reconocimiento de los

beneficios mutuos, tanto para los países de origen como para los de destino; que la

protección de los derechos de los migrantes es fundamental para que todas las partes

obtengan los beneficios de desarrollo que acarrea la migración; que son necesarios

enfoques integrales para la migración irregular, incluso que aborden sus causas

básicas”.

4. Pasemos ahora al estudio y análisis de todas las cifras y datos disponibles, para

entender la realidad actual de la inmigración en España.

A) Analicemos en primer lugar, los datos demográficos más generales. Según los datos

provisionales delpadrón municipal facilitados por el Instituto Nacional de Estadística,

que se hicieron públicos el mes de abril, del total de la población empadronada a 1 de

enero de 2012, 47.212.990 personas, con un incremento anual de 22.947, 5.711.040

personas son extranjeras, o lo que es lo mismo el 12,1 % del total de inscritos. Destaca

el descenso de la población extranjera en 40.447 personas (0,7 %), mientras que por el

contrario se incrementa la población autóctona en 62.944 (0,2 %), y también me parece

significativo (y creo que es tanto producto de la crisis como de la nacionalización de

una parte de la población que proviene de América del Sur) que la población no

comunitaria se haya visto reducida en 85.941 personas, quedándose en 3.270.188,

mientras que la comunitaria se ha incrementado en 45.494, siendo en la actualidad

2.440.852 personas. Para ayudar a confirmar esta apreciación, cabe destacar que la

población extranjera que ha experimentado un mayor crecimiento absoluto en 2011 ha

sido la rumana (30263 personas), mientras que el descenso más destacado se ha

producido en tres países latinoamericanos, Ecuador (54.330), Colombia (28.506) y

Bolivia (14.374). Como consecuencia de los cambios operados en la composición de la

población extranjera la presencia de la población europea comunitaria ha crecido del

41,6 % de 2011 al actual 42,7 %, y la sudamericana ha descendido desde el 24,8 al 22,6

%. En cuanto a las poblaciones africanas y asiáticas, el cambio positivo ha sido mínimo

(0,3 y 0,4 décimas respectivamente).

Por sexos, la distribución es bastante equilibrada, ya que la diferencia a favor de los

varones es de sólo 3,8 puntos (51,9 y 48,1 %, respectivamente), si bien sí se diferencia

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de la española en cuanto que en esta la presencia femenina supera en 1,4 puntos a la

masculina (50,7 y 49,3 %). La presencia extranjera en los tramos de edad vinculados a

la presencia en el mercado de trabajo es abrumadora (59,9 % en personas de 16 a 44

años, y 18,5 % entre las de 45 y 64), siendo también significativa la de los jóvenes

menores de 16 años (15,4 %) y mucho menos la de los comprendidos entre 65 y más

años (6,2%). La diferencia con la población autóctona es especialmente significativa en

la franja laboral (41,1 y 25,7 %), mientras que también lo es, pero en este caso porque el

porcentajes es muy superior, entre la población de mayor edad (17,4 %, es decir más de

11 puntos superior a la extranjera).

Por Comunidades Autónomas, destacan porcentualmente dos en las que el peso de la

población comunitaria es muy significativo, Islas Baleares (21,6 %) y Comunidad

Valenciana (17,2%), mientras que en la tercera en el ranking porcentual, la Región de

Murcia (16,1 %) sí que es significativa la presencia de personas de nacionalidades

extracomunitarias. Las dos Comunidades Autónomas con mayor presencia cuantitativa

de población extranjera, Cataluña y Madrid, ocupan los dos lugares posteriores en la

lista, con el mismo porcentaje, el 15,6 %.

Con respecto a la Comunidad Autónoma de Cataluña, según los datos facilitados por

IDESCAT, la población empadronada es de 7.655.603, con un incremento absoluto de

25.985 personas sobre 2011 y porcentual del 0,3 %. La población extranjera disminuye

por segundo año consecutivo, ahora en 1.945 personas, y es en la actualidad el 15,6 %

del total de la población, una décima menos que en 2011, siendo la cifra total de

1.183.907 personas.

Datos más recientes de los flujos migratorios enEspaña durante los meses de enero a

septiembre de 2012, también facilitados por el INE, ponen de manifiesto, y el impacto

de la crisis en estos datos es indudable, que aumenta la emigración y disminuye la

inmigración. Si el saldo entre las personas que abandonan España y las que llegan era

positivo para la inmigración en 47.362 y 62.156 personas en 2009 y 2010,

respectivamente, en 2.011 se han invertido los términos y han salido de España 50.990

personas más de las que han llegado. Además, la inmigración se ha reducido en un 19,4

%, ya que de los 314.191 inmigrantes llegados en los nueve primeros meses de 2011 se

ha pasado a 253.149 en el mismo período de 2012.

B) Detengámonos a continuación en los datos de extranjeros con certificado de registro

otarjeta de residencia en vigor a 30 de junio de 2012, publicados por el Observatorio

permanente de la inmigración del MEySS el 19 de septiembre. A 30 de junio de de 2012

había 5.333.805 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.597.754

personas acogidas al régimen comunitario y 2.736.051 al régimen general, con un

incremento en el primer grupo de 33.951 residentes respecto al trimestre anterior (1,32

%) y 121.420 personas en serie anual (4,90 %), y en el segundo de 5.144 y 68.116

autorizaciones (0,19 % en el trimestre y 2,55 % en serie anual, respectivamente). El

porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y

residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 48,70 % sobre el total (48,42 el

Page 10: Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma

10

trimestre anterior), frente al Régimen General que se sitúa en el 51,30 % % (51,58 % en

el primer trimestre de 2012).

a) En cuanto al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al

régimen comunitario (incluye ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega

y Suiza, y sus familiares), cabe decir que a 30.6.2012 hay un total de 2.597.754, con

121.420 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la

proporción de hombres y mujeres bastante equilibrada, 51,32 y 48,68 %,

respectivamente, si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de

ciudadanos comunitarios, ya que el 41,02 % son hombres y el 58,98 % mujeres. Del

total antes referenciado, 2.188.176 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA

(84,24 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles

con nacionalidad de un tercer país, un total de 409.460 (15,76 %), con un peso muy

importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera

posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar

con 908.769 personas, es decir el 34,98 % del total de las nacionalidades presentes en

este régimen comunitario (incremento trimestral del 1,19 % y aumento interanual del

4,90 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (243.058

personas, 9,36 % sobre el total), la italiana (186.868, 7,19 %) y la búlgara (174.784,

6,73 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante incremento

relativo en serie interanual, un 7,62 %, seguida de la italiana con un 7.20 %, y destaca

el importante aumento del número de familiares de República Dominicana, Marruecos y

Brasil de los ciudadanos comunitarios, con un 14,70, 10,58 y 7,19, respectivamente.

Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana agrupan a

más del 48 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera

(407.610), seguida de Barcelona (275.546), de tres provincias de la costa mediterránea

en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 189.661 -

-, Valencia – 150.096 -- y Málaga – 143.335 --) y de las Islas Baleares (134.839). En

tres Comunidades Autónomas (Canarias, Castilla y León, y Comunidad Valenciana), el

número de personas del régimen comunitario se sitúa por encima del 59 %.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.172.338

extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (83,62 % del total), con un

peso menor de los mayores de 65 años (190.560, 7,34 %) y de los menores de 16 años,

(234.856, 9,04 %). La edad media es de 37,1 años, 5 años mayor que la del régimen

general (32,1), destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,7 años) y

Noruega (51,5).

b) Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen

general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el

Régimen Comunitario”. A 30.6.2012 hay un total de 2.736.051, con un incremento del

2,55 % (68.116 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más diferencias entre

hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 53,45

y 46,55 %, si bien cabe destacar, como así lo hace el informe, el gradual incremento de

las mujeres, ya que en los últimos nueve años el porcentaje ha pasado del 40,70 % al

46,55 actual.

Page 11: Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma

11

La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de

todas las nacionalidades, con 819.249 personas, con un crecimiento del 0,67 y 3,56 %

en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 29,95 % del total de la

población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (364.605, 13,33

%), colombianos (221.797, 8,11 %), chinos (171.603, 6,27 %), bolivianos (147.905,

6,27 %) y peruanos (122.425, 4,48 %). Hay que destacar tanto sobre el trimestre

anterior como en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de las

principales nacionalidades, con las excepciones de Ecuador (-1,86 y – 3,74 %),

Colombia (-1,05 y -3,0 %), Perú (-1,40 y -1,57 %) y Argentina (-0,81 y 0,36 %),

dándose un importante incremento anual de la población paraguaya (19,93 %),

paquistaní (11,10 %), senegalesa (8,66 %) y boliviana (8,06 %). Por continentes, el peso

porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica (43,25 %) es superior en menos de 5

puntos al de los africanos (38,91 %) y de 30 al de los asiáticos (12,50 %), debiendo

destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 77 % del total de los

nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51 % del total de la

población asiática.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña (784.546 residentes), Madrid (504.672),

Andalucía (289.333) y Comunidad Valenciana (278.748), agrupan al 68 % de los

extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor

número de población extranjera, 550.216 y 504.672, respectivamente. De las restantes

provincias catalanas, Girona reúne a 106.301, Tarragona a 82-017 y Lleida a 46.012.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.191.351

extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (80,09 % del total), con un

peso muy limitado de los mayores de 65 años (38.756, 1,42 %) y mucho más

importante de los menores de 16 años, (505.944, 18,49 %). La edad media es de 32,1

años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 28,0 años, seguidos por los

pakistaníes y chinos con 29,3 y 29,8 años. Según la información oficial con la que estoy

ahora trabajando, es en Barcelona y Madrid donde se concentra el mayor número de

extranjeros en edad laboral.

De los extranjeros del régimen general, el 68.85 %, es decir 1.929.659 personas, (70,52

%, 1.880.218 personas en el trimestre anterior) disponen de autorización de residencia

de larga duración (con un elevado porcentaje, 44,66 y 37,88 % de ciudadanos africanos

y de América Central y del Sur, respectivamente), mientas que las autorizaciones

temporales (806.352) suponen el 29,48 % del total, habiéndose incrementado las

primeras en 190.753 (10,97 %) en serie interanual, y continuando la disminución de

las segundas, ya que han sido 122.637 autorizaciones menos con respecto al mismo

trimestre de 2011 (- 13,20 %).

De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 382.588 son por cuenta ajena y

6.892 por cuenta propia De las autorizaciones de residencia temporal, 216.468 son por

reagrupación familiar, 123.167 por residencia no lucrativa, 68.800 por circunstancias

excepcionales de arraigo, y 3.071 por “razones humanitarias y otras”. En el segundo

trimestre de 2012 se concedieron 277.950 autorizaciones iniciales, un 34,47 % (+ 2,66

% con respecto al trimestre anterior), 165.641 de primera renovación, un 20,54 % ( -

16,24 %) y 362.801 de segunda renovación, un 44,99 %.

Page 12: Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma

12

C) Preguntémonos a continuación cuál es la preocupación que la ciudadanía tiene sobre

el fenómeno migratorio en España, visto tanto desde la perspectiva más general como

de aquella que le afecta personalmente. Y podemos dar una primera respuesta con los

datos obtenidos del barómetro mensual del Centro de Investigaciones Sociológicas: el

retroceso indudable en su consideración de preocupación o problema. En apoyo de esta

respuesta aporto los datos del últimobarómetro disponible, correspondiente al mes de

octubre, hecho público en el día de hoy.

El barómetro constata un ligero aumento de la preocupación de los ciudadanos por el

paro y por la situación económica, y también que la inmigración reduce su importancia

como problema para España y que lo es todavía mucho menos a título personal por los

encuestados. La inmigración se considera el undécimo problema (posibilidad de tres

respuestas) que existe actualmente en España (4.4, 1.5 puntos menos que el mes de

septiembre), por detrás del desempleo (77.9, 1.4 puntos menos que el mes de

septiembre), los problemas de índole económica (43.4, 6,0 puntos más que en el

barómetro anterior), de "la clase política, los partidos políticos" (30,5, 3,6 puntos más

que en el barómetro de septiembre), de la sanidad (10.1, 1.0 puntos menos que el mes

anterior), de la corrupción y el fraude (9.2, 0.7 puntos más que el mes de septiembre),

de la educación (8.3), de los recortes (6.7), de otras respuestas (5.6), de los bancos (5.4),

y los problemas de índole social (4.6). Cuando se pregunta a los encuestados cuál es el

principal problema ahora en España, la inmigración se sitúa en el noveno lugar (0.8, 0.2

puntos menos que en el barómetro del mes de septiembre), por detrás del desempleo

(56.7, 1.3 puntos más que en el barómetro anterior), los problemas de índole económica

(16.2, 3.0 puntos menos que el mes de septiembre), de "la clase política, los partidos

políticos" (12.5), de "la corrupción y el fraude" (3.2), del "Gobierno, los políticos y los

partidos" (1.7), otras respuestas (1.4), los recortes (1.0), y la educación (0.9). Si se

pregunta cuáles son los problemas que afectan personalmente más a los encuestados

(posibilidad de tres respuestas), la inmigración se sitúa en el vigésimo primer lugar

(1.2, 0.1 puntos menos que en el barómetro de septiembre), por detrás del desempleo

(46.8) , los problemas de índole económica (37.2), la sanidad (11.3), la clase política,

los partidos políticos (8.8), la educación (8.8), "los recortes" (8.3), las pensiones (7.0),

"no sabe" (6.2), "no contesta" (5.7), los problemas relacionados con la calidad del

empleo (5.5), la subida del IVA (5.2), las preocupaciones y situaciones personales (4.2),

los problemas de índole social (4.2), otras respuestas (3.3), la vivienda (3.1), la

corrupción y el fraude (2.5), la inseguridad ciudadana (2.1), los bancos (2.0), los

problemas relacionados con la juventud (1.9), y la crisis de valores (1.3). Por último,

cuando se pregunta cuál es el problema que afecta personalmente más al encuestado, la

inmigración baja aún más, hasta el vigésimo segundo lugar (0.3, 0.1 puntos más que en

el barómetro anterior), por detrás del desempleo (37.2), los problemas de índole

económica (19.5), "no contesta" (5.7), "no sabe" (6.2), las pensiones (3.9), "la clase

política, los partidos políticos" (3.7), la sanidad (3.4), los recortes (3.3), los problemas

relacionados con la calidad del empleo (2.9), la educación (2.7), las preocupaciones y

situaciones personales (1.9), otras respuestas (1.4), el aumento del IVA (1.3), los

problemas de índole social (1.2), la corrupción y el fraude (0.8), los problemas

relacionados con la juventud (0.6), la vivienda (0.6), la inseguridad ciudadana (0.6), la

crisis de valores (0.4), el gobierno, los políticos y los partidos (0.4), y los bancos (04.).

No obstante, todos estos datos no deben hacernos olvidar que la crisis impacta sobre las

relaciones entre autóctonos e inmigrantes y cuestiona el mantenimiento de la cohesión

social. En este términos, un reciente estudio del Colectivo IOE para la Organización

Page 13: Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma

13

Internacional de las Migraciones (OIM) sobre “Impactos de la crisis sobre lapoblación

inmigrante en España”, pone de manifiesto el incremento de las diferencias laborales

(empleo, ingresos y protección social) entre ambos grupos en perjuicio del segundo, y

también “el deterioro del clima de la opinión pública con respecto a la inmigración

extranjera y el incremento de la preocupación entre entidades de solidaridad y de

colectivos inmigrantes”. El estudio destaca la polarización de la sociedad española en

tres grupos: de rechazo a la inmigración (37 %) de tolerancia (33 %) y de ambivalencia

(30 %), y al mismo tiempo enfatiza, con acierto a mi parecer, que “es necesario

abandonar la fantasía que el asunto se solucionará con la salida masiva de esta

población. Por el contrario, es necesario asumir su condición de ciudadano, y en tanto

que tales, atender las situaciones de precariedad que les afectan especialmente”. Otro

reciente estudio sobre el impacto social de la crisis,publicado por la Fundación La

Caixa, pone de manifiesto, con amplias referencias bibliográficas, que en el ámbito

europeo, y España no es ninguna excepción, “la condición flexible del colectivo

inmigrante en el espacio laboral – en especial las personas en situación irregular –

impulsa políticas destinadas a vetar el acceso – explícita o implícitamente – como forma

de paliar los efectos en el desempleo”, resaltando que entre estas medidas se

encontrarían “la reducción de entradas legales por motivos laborales, obstaculización

del reagrupamiento, incremento de la penalización por entrada ilegal o incentivación del

retorno”.

D) Vayamos ahora al examen de los datos sobre la presencia de la población inmigrante

en el mercado de trabajo español, y cómo le afecta (ya adelanto que mucho) la situación

de crisis. Podemos disponer para efectuar dicho análisis de la encuesta trimestral de

poblaciónactiva, y utilizaremos la del tercer trimestre de 2012, y los datos de empleo y

,desempleo y afiliación a la Seguridad Social que elabora mensualmente el Ministerio

de Empleo y Seguridad Social, estando disponibles los de octubre sobre desempleo y

afiliación a la Seguridad Social, y los de septiembre sobre las prestaciones por

desempleo.

Según los datos de la EPA, la población activa extranjera estaba integrada por

3.393.900 personas, con 2.211.500 ocupadas y 1.182.400 desempleadas, mientras que

1.151.400 personas estaban conceptuadas como inactivas. El número de personas

extranjeras de 16 y más años es de 4.545.300, con un descenso trimestral de 47.600 y en

serie interanual de 104.500 personas, y hay que hacer especial mención de este dato

porque sigue la línea de los cuatro trimestres anteriores. Si comparamos con los datos

del segundo trimestre de 2012, la población activa extranjera ha disminuido en 55.500

personas y en serie interanual la disminución es de 133.900, mientras que si nos fijamos

en los datos de la población autóctona la población activa ha aumentado en 43.500

personas sobre el trimestre anterior y en 97.700 en serie interanual. La tasa de actividad

es del 74.67%, 16,50 puntos superior a la de la tasa de la población activa española

(58.17%). En este trimestre, la tasa de actividad de los extranjeros ha disminuido un

12,43%, mientras que el aumento de la población española ha sido del 0.13%. En serie

interanual la tasa de actividad de la población autóctona experimenta un incremento del

0.23%, y la de la población extranjera disminuye en un 20.1%. La tasa de paro de la

población extranjera es del 34.84%, es decir 11:52 puntos por encima de la española

(23:32%). Durante el tercer trimestre de 2012 el desempleo autóctono creció en 136.00

personas, y entre la población extranjera en 51.000. Por último, durante el tercer

trimestre de 2012 hay que hacer especial mención al hecho de que el número de

trabajadores autóctonos ocupados ha experimentado un descenso de 92.500 personas, y

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el de extranjeros de 4.400 en relación con el trimestre anterior. En serie interanual la

población ocupada extranjera disminuye en 162.000 personas, la población parada sube

en 28.100 y la inactiva se incrementa en 29.400, mientras que la población ocupada

española disminuye en 673.900 personas, la población parada se incrementa en 771.600,

y la inactiva merma su número en 60.700 personas.

E) Analizo a continuación, como he indicado, los datos sobre demandantes de empleo,

paro registrado y contratos que corresponden al mes de octubre de2012, y las de

prestaciones correspondientes al mes de septiembre. Los datos más destacados son los

siguientes:

a) Número de trabajadores extranjeros en situación de desempleo: 605.959 (12,53% del

total). 189.554 son de países UE y 416.405 de países no UE. Se ha producido un

incremento mensual de 17.890 personas (13,95% del total), y un descenso interanual

9806 (el paro del total de la población ha crecido en 472.595 personas). En los datos del

mes de octubre destaca el crecimiento en el sector agrícola (15,64%, siendo el paro de

50.259), y el descenso en el sector de la construcción (1,56%, siendo el paro de 121.324

personas).

b) Número de trabajadores extranjeros en situación de paro en Cataluña: 134.992

(22,27% del total). 24.924 son de países UE y 110.068 de países no UE, con un

incremento mensual de 4.802 personas (26,84% del total), y un descenso interanual de

5.893 (60,09% del descenso en todo el Estado). El paro se concentra mayoritariamente

en el sector de los servicios en las cuatro demarcaciones territoriales catalanas (69.669),

y el paro en el sector de la construcción se sitúa en 31.298.

c) Número de trabajadores extranjeros beneficiarios de prestaciones por desempleo en el

mes de septiembre: 309.976, con un descenso interanual del 11,0%. 107.708 parados

son de países UE y 202.268 son de países no UE. Este número supone el 10,93% sobre

el total de beneficiarios, con un porcentaje del 10,64% si se trata de la prestación

contributiva, del 11,85% en caso de subsidio, 13,67% en la renta activa de inserción, y

1,81% para el subsidio para trabajadores eventuales agrarios.

Si comparamos los datos de septiembre con las de los once meses anteriores se observa

un descenso de la población acogida a prestación contributiva y del subsidio, y un

incremento de la perceptora de la renta activa de inserción. Hay otro dato que conviene

tener en consideración para analizar los cambios que se están produciendo en la

percepción de prestaciones por parte de los extranjeros: en serie interanual, la prestación

contributiva ha pasado del 12,12% al 10,64% (un descenso del 12,2% en serie

interanual), y el subsidio ha experimentado también un descenso, del 15,01 al 11,85%

(un 21,1% en serie interanual). Es decir, el número de parados extranjeros que cobran el

subsidio de desempleo sobre el total de la población perceptora (11,85%) supera 1,21

puntos si lo comparamos con el de quienes cobran la prestación contributiva (10,64% ).

Sin embargo, destaca el aumento de las personas perceptoras de la Renta Activa de

Inserción, el 13,67% del total de los perceptores y con un incremento del 1,7% en serie

interanual. De los datos del mes de septiembre hay que destacar que el porcentaje de

perceptores de la RAI es superior al de perceptores de las prestaciones contributivas y

de subsidio.

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15

Si analizamos qué desempleados parados cobran los diferentes tipos de prestaciones,

podemos comprobar que las contributivas suponen el 52% del extranjeros de países UE

y el 42,1% de los de países no UE, y que el número de perceptores del subsidio, RAI y

REASS, , supone el 48 y el 47,9% respectivamente. En cuanto a los datos del conjunto

de la población perceptora de prestaciones en el mes de septiembre, un total de

2.836.592, el 47% reciben prestaciones contributivas y el 53% prestaciones asistenciales

(40% subsidio, 8% renta activa de inserción, y 5% subsidio agrario). El porcentaje de

beneficiarios sobre el total de demandantes de empleo extranjeros es del 38,99% (72,60

y 58,93% en los meses de septiembre de 2010 y 2011 respectivamente). El gasto total

para los parados extranjeros es de 219.047 millones de euros, un 8,5% del gasto total

(disminución interanual del 15,8%). El 71,8% del gasto total de prestaciones (2.589.710

euros) se destina a la prestación contributiva, mientras que el porcentaje se sitúa en el

66,1% cuando se trata de parados extranjeros (62,4 y 64, 3% en los meses de septiembre

de 2010 y 2011, respectivamente).

d) En cuanto al número de perceptores extranjeros la provincia de Madrid mantiene el

primer lugar (16,46%), por delante de las de Barcelona (16,067%), Valencia (5,48%),

Alicante (4,47) , Murcia (4,25), Almería (3,99%), Málaga (3,17%), Tarragona (3,07%),

Girona (2,92%),%), Islas Baleares (2,73% ), Castellón (2,65 y Zaragoza (2,55%). Por

nacionalidades, los trabajadores marroquíes ocupan el primer lugar (64.093, 20,68%).

Los rumanos mantienen la segunda posición (54.713, 17,65%), y los ecuatorianos la

tercera (25.866, 8,35%). En cuarto lugar encontramos los colombianos (17.826, 5,75%),

en quinto los búlgaros (12.728, 4,11%), y en sexto los italianos (12.728, 3,04%).

La caída en la protección social de la población extranjera no es una realidad sólo

española, sino que opera en la mayor parte de países europeos como se constata en el

estudio antesreferenciado de la Fundación La Caixa, ciertamente con diferentes niveles

de intensidad, pero en cualquier caso sí es pacífico que “la población extranjera ha

asumido el papel de amortiguador de los efectos sociales de la crisis, cargando con la

mayor parte de los costes – desempleo, empobrecimientos, embargos..-. Esto se va a

convertir en un serio condicionante de los proceso de integración social, especialmente

de los sectores recién llegados”. Una integración para la que se requiere un efectivo

proceso de conocimiento de la realidad política, económica, jurídica y social española,

del que siempre he dicho que carecen muchos ciudadanos españoles; así se pone de

manifiesto en la Instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de

losRegistros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo

detramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española

porresidencia, en la que se remite a la doctrina jurisprudencial para enfatizar que “el

adecuado grado de integración en la sociedad española no se reduce a un conocimiento

aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de las instituciones,

costumbres y adaptación al modo y estilo de vida españoles”.

e) La media del número de trabajadores extranjeros afiliados a la Seguridad Social

durante el mes de octubre ha sido de 1.701.875, con una disminución de 26.961

personas sobre el mes anterior, prácticamente toda concentrada en el régimen general,

donde se ha producido un descenso de 26.109 personas. En el régimen de trabajadores

autónomos se ha producido una merma de la afiliación de 66 personas, rompiendo la

tendencia positiva de los nueve meses anterior del año 2012, siendo en la actualidad un

total de 217.125 afiliados, mientras que la afiliación total de la población autónoma ha

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16

disminuido en 5.953 personas, quedándose en 3.038.901. Durante el mes de octubre el

número medio de afiliados a la Seguridad Social se redujo en serie interanual en

623.586 personas, mientras que el de extranjeros se redujo en 83.487.

Un análisis mucho más detallado de la composición de la población extranjera a la

Seguridad Social se encuentra en los datos desagregados del mes de septiembre (los de

octubre aún no son públicos). En toda España, y con datos de la media del mes de

septiembre hay un total de 1.728. 836 afiliados (53,41% hombres y 46,59% mujeres), de

los cuales 651.429 son de países UE (350.485 hombres y 300.944 mujeres), y 1.077.406

son de países no UE (573.031 hombres y 504.375 mujeres). Es decir, se ha producido

un descenso anual del 4,83%. Cabe recordar que la media de afiliados del mes de

septiembre de 2011 era de 1.816.662. Es decir, en los últimos doce meses se ha

producido una disminución de 87.826 personas. Cabe destacar la disminución de la

afiliación en el régimen general, que ha perdido 19.457 afiliados (ya se han incorporado

los trabajadores de los regímenes agrario y del hogar familiar, y la disminución se

produce utilizando los mismos criterios estadísticos). En cuanto al régimen de

trabajadores autónomos, cabe mencionar el aumento de 313 afiliados, y en serie

interanual hemos pasado de los 209.374 del mes de septiembre de 2011 a los actuales

217.191. En el régimen especial del personal al servicio del hogar familiar, que se ha

extinguido el 30 de junio, todavía quedan 1.240 personas. Por regímenes, cabe destacar

la importante presencia de los trabajadores rumanos y marroquíes en lo general,

siguiendo los criterios estadísticos anteriores (154.907 y 103.115, respectivamente), del

chinos y rumanos en el de autónomos (38.901 y 23.930), los rumanos y marroquíes en

el agrario, siguiendo aún los criterios estadísticos anteriores (73.810 y 65.368), y los

bolivianos, rumanos y marroquíes en el del hogar familiar, también con los criterios

anteriores (188, 164 y 121). En los datos del personal al servicio del hogar familiar que

aparece ya en el régimen general, la presencia boliviana se mayoritaria (40.205),

seguida de la rumana (27.142) y paraguaya (17.201).

Por comunidades autónomas, y siempre con datos de la media del mes de septiembre,

Cataluña es la primera en número total de afiliados (390.280, 22,57%), seguida de

Madrid (362.243, 20,95%), Andalucía (201.787, 11,67%) y la Comunidad Valenciana

(170.146, 9,84%). En Cataluña el descenso en serie interanual ha sido de 20.218

personas, un 4,93%. Hace un año, Cataluña era también la primera en número total de

afiliados (410.499, 22,60%), seguida de Madrid (382.321, 21,05%), Andalucía

(205.262, 11,30%) y la Comunidad Valenciana (189.683, 10,44%).

Cabe destacar, en cuanto a la distribución de la población extranjera afiliada a la

Seguridad Social en los diferentes sectores de actividad, que la vigente clasificación

nacional de actividades económicas (CNAE), aprobada por el Real Decreto 475/2007 de

13 de abril, entró en vigor el mes de enero de 2.009, y esto introduce algunas

modificaciones de importancia en relación con la distribución realizada de acuerdo con

el anterior CNAE. Destaca en mi opinión la división de la anterior "actividad

inmobiliaria y de alquiler, y servicios empresariales", en "actividades inmobiliarias",

"actividades profesionales científicas y técnicas", y "actividades administrativas y

servicios auxiliares".

En el régimen general de la Seguridad Social (y poniendo de relieve que las

incorporaciones del régimen agrario y del personal al servicio del hogar familiar

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suponen el 15,17 y 14,13% del total de la afiliación, respectivamente) destaca el número

de afiliados en el sector de la hostelería, que ocupa a 273.740 personas (18,19%), de las

cuales 181.250 son de países no UE, y que ocupa la primera posición. Le sigue el sector

del comercio y reparación de vehículos a motor y bicicletas, que ocupa a 186.030

trabajadores, un 12,36%, de los cuales 123.190 son de países no UE, y en tercer lugar se

encuentran las actividades administrativas y servicios auxiliares, que agrupan a 119.180

trabajadores, un 7,92% del total, de los cuales 79.614 son de países no UE, la industria

manufacturera ocupa el cuarto lugar, con 97.353 afiliados, 6,47%, de los cuales 56.912

son de países no UE, el sector de la construcción se sitúa en el quinto puesto y ocupa a

90.161 personas, un 5,99% (por primera vez el porcentaje baja al 6%), de los cuales

52.393 son de países no UE. En el régimen especial de trabajadores autónomos, destaca

la presencia del sector del comercio y reparación de vehículos de motor y bicicletas

(65.887, 30,34%), del sector de la hostelería (44.587, 20,53%), y del sector de la

construcción (27.520, 12,67% del total y con una participación mayoritaria de los

ciudadanos de la UE, 19.738). Por países de procedencia, en todo el Estado, los

trabajadores rumanos ocupan la primera posición (280.111), y los marroquíes se sitúan

en la segunda posición con 196.334 trabajadores. Los ecuatorianos se encuentran en la

tercera posición (115.380), seguidos, los chinos con 87.185, los colombianos con

86.851, los bolivianos con 83.886, los italianos con 63.600, los peruanos con 57.440, los

búlgaros con 55.324, y de los trabajadores del Reino Unido con 52.357.

E) Sin ánimo de exhaustividad, otro dato importante a tomar en consideración para

conocer qué presencia tiene la inmigración en el mercado de trabajo español es la

Estructura Salarial. La última, conocida recientemente, es la del año 2010, que nos

aporta este dato general: El salario bruto medio anual en España fue de 22.790,20 euros

por trabajador, si bien la diferencia entre este salario medio y el salario más frecuente o

modal (16.489,96 euros) fue de más de 6.000 euros. El salario medio mensual bruto fue

de 1.701,62 euros (1.898,56 para los varones y 1.477,92 para las mujeres), mientras que

el salario neto mensual se queda en 1.345,44 euros (1.489,78 en el caso de los varones y

1.191,71 en el de las mujeres). En cuanto a la distribución de los salarios por

nacionalidad, la encuesta del INE pone de manifiesto lo siguiente: “Los trabajadores

españoles fueron los únicos que tuvieron un salario superior a la media. Para el resto de

trabajadores de la Unión Europea el salario fue inferior en un 18% al de la media,

mientras que las otras nacionalidades tuvieron un salario entre un 25% y un 35%

inferior a la media”.

6. Mi explicación no puede dejar tampoco de analizar un cambio jurídico, con indudable

trascendencia social, en materia de inmigración con una norma que impactará

gravemente en la pérdida de cohesión social y que puede provocar costes económicos y

sociales colaterales más importantes que el ahorro económico que pretende obtener el

gobierno con la medida, además de ser muy cuestionable su respeto a la normativa

internacional y europea y a nuestra Constitución. Me estoy refiriendo al derecho a la

sanidad y a las limitaciones que se introducen en forma de restricción para la población

en situación irregular, algo que no tiene nada que ver con el llamado “turismo sanitario”

que practican ciudadanos de países de la UE y que puede requerir de algún cambio

normativo ciertamente, pero sobre todo de una correcta aplicación de la normativa

comunitaria. Mi comentario es forzosamente breve porque sólo deseo destacar el

cambio producido, que ha generado un intenso debate jurídico sobre la

constitucionalidad de la medida

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La restricción del derecho a la sanidad se encuentra recogida en el Real Decreto-

ley16/2012,de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidaddel

Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de susprestaciones,

publicado en el BOE el día 24 y con entrada inmediata en vigor, si bien a los efectos de

mi exposición sobre los derechos de la población extranjera hay que acudir a la

disposición transitoria primera, que sólo puede entenderse después de leer la norma

citada en la misma, que dispone que “Las personas que, con anterioridad a la entrada en

vigor de este real decreto-ley, tuvieran acceso a la asistencia sanitaria en España, podrán

seguir accediendo a la misma hasta el día 31 de agosto de 2012 sin necesidad de

acreditar la condición de asegurado en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley

16/2003, de 28 de mayo”.

¿Cómo afecta el RDL a la población extranjera? En el preámbulo encontramos una

amplia justificación de la medida por el incumplimiento de la normativa comunitaria yel

coste económico que ello supone para el erario público español por “la imposibilidad de

garantizar los retornos de los gastos ocasionados por la prestación de los servicios

sanitarios y sociales a ciudadanos europeos”, pero no, al menos según mi parecer, al

motivo que justifica la pérdida del derecho general a la sanidad a las personas

extranjeras extracomunitarias que se encuentren empadronadas en el municipio en el

que vivan pero que no dispongan de autorización de residencia y en su caso de trabajo.

Vayamos en primer lugar a la disposición final tercera, que procede a la modificación

del artículo 12 de la LO 4/2000 (modificada), quedando ahora reconocido el derecho a

la asistencia sanitaria de los extranjeros “en los términos previstos en la legislación

vigente en materia sanitaria”. Para comprender mejor el alcance del cambio, recuerdo

que la redacción anterior del artículo 12 era la siguiente: “1. Los extranjeros que se

encuentren en España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su

domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones

que los españoles. 2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la

asistencia sanitaria pública de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera

que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.

3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España tienen

derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 4. Las

extranjeras embarazadas que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia

sanitaria durante el embarazo, parto y postparto”. Como el apartado 1 del artículo 12, en

la redacción anterior al 24 de abril, hace referencia a la inscripción en el padrón, es

conveniente recordar que el artículo 6.2 de la LO 4/2000 dispone que “Los extranjeros

residentes, empadronados en un municipio, tienen todos los derechos establecidos por

tal concepto en la legislación de bases de régimen local, pudiendo ser oídos en los

asuntos que les afecten de acuerdo con lo que disponga la normativa de aplicación”.

En definitiva, para conocer cuál será la regulación del acceso de la población extranjera

a la asistencia sanitaria habrá que conocer cuál es la legislación vigente en este ámbito,

y se trata de la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional

de Salud, cuyo artículo 3 es modificado por el RDL, siendo el cambio en el título del

precepto una clara y explícita manifestación de aquello que será inmediatamente

después su contenido, ya que en el texto originario se trataba de “titulares de los

derechos”, mientras que en la modificación se trata “De la condición de asegurado”.

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En la redacción anterior eran titulares de los derechos a la protección de la salud y la

asistencia sanitaria “a) Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional en

los términos previstos en el artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000. b) Los nacionales de

los Estados miembros de la Unión Europea que tienen los derechos que resulten del

derecho comunitario europeo y de los tratados y convenios que se suscriban por el

Estado español y les sean de aplicación. c) Los nacionales de Estados no pertenecientes

a la Unión Europea que tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y

convenios suscritos”. Con la reforma, será necesario bien estar afiliado a la Seguridad

Social, ser pensionista, perceptor de prestaciones por desempleo, o inscrito como

demandante de empleo tras haberlas agotado, ser familiar de estas personas en los

términos del apartado 4, bien carecer de recursos económicos si no se encuentran en

ninguno de los supuestos anteriores, o bien suscribir un convenio especial con la

Seguridad Social. Pero junto a este marco general la importancia del cambio, que ya es

mucha con el sólo artículo 3, radica en la incorporación a la Ley 16/2003 de un nuevo

artículo 3 ter que se refiere de forma clara y explícita a los extranjeros “no registrados ni

autorizados como residentes en España”, a los que sólo se reconoce una parcela de la

asistencia sanitaria, o por decirlo de forma más clara el empadronamiento ya no dará

derecho a recibir asistencia sanitaria en igualdad de condiciones que el resto de

personas, autóctonas o extranjeras residentes, ya que estos extranjeros que pueden estar

empadronados pero no ser residentes de acuerdo a la normativa vigente podrán recibir

asistencia sanitaria “de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea

su causa, hasta la situación del alta médica”, y también “de asistencia al embarazo, parto

y postparto”, salvo que se trate de menores de 18 años y en cuyo caso “recibirán

asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles”. Seguramente se

entenderá aún mejor con esta frase de un artículo publicado en La Razón el 23 de abril,

un diario bien cercano al gobierno: tras poner de manifiesto que “ningún inmigrante que

precise atención urgente se verá privado de ella, aunque no tenga papeles”, afirma bien

claro que “ya no bastará con empadronarse para disfrutar de todos los servicios de la

Sanidad Pública, sino que, además de residir en nuestro país, los extranjeros tendrán que

cotizar en la Seguridad Social y pagar impuestos aquí para tener acceso a la tarjeta

sanitaria” (¡Ah!, ¿pero es que no pagan religiosamente sus impuestos como todos los

restantes ciudadanos?)

Según los datos estadísticos de población extranjera la medida podría afectar a cerca

de150.000 personas, previendo que ello podría generar un ahorro teórico de 240

millones de euros “si se les aplican los 1.600 euros por persona que cuesta al año cada

español en sanidad”, ahorro que se convertiría en gasto por el impacto social de la

medida. Las reacciones sociales no se han hecho esperar y baste citar algunas

significativas. Para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, “exigir acreditar,

además del empadronamiento, un trabajo y la residencia fiscal, supone aumentar la

desprotección de las personas más perjudicadas por la crisis económica y el

desempleo”. Comisiones Obreras de Cataluña señala que la medida puede afectar no

sólo a quienes no dispongan originariamente de autorización de residencia, sino también

(y la situación actual de crisis, añado yo ahora, puede contribuir a ello) “a personas

regulares que han trabajado, que han cotizado a la Seguridad Social, pero que por causa

del desempleo no pueden renovar sus permisos de trabajo y caen en irregularidad”. Para

la UGT se pretende acabar con un derecho básico y fundamental para cualquier persona,

algo que supone “un incumplimiento del mandato constitucional de que los poderes

públicos han de garantizar y tutelar la salud pública del conjunto de la población”.

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7. Por último, ¿Qué hay que decir, algo nuevo para entendernos, sobre las migraciones

laborales y su impacto a escala internacional? En primer lugar, seguir destacando su

importancia para el futuro económico europeo, que se encuentra con una población

laboral en progresivo proceso de envejecimiento. Como destacaba el día 6 de noviembre

el comisario Lazlo Andor, refiriéndose a la importancia de la Estrategia Europa 2020 y

a las políticas de empleo que han de prestar especial atención a la población migrante

“The issue of economic migration needs to be adequately integrated in these policies

and investments since migrants represent an important share of the EU workforce.

However, at the EU level, we are still far from a satisfactory valorisation of the

available migrant human resources. In addition, Europe remains less attractive than the

USA, Canada or Australia when it comes to highly qualified migrants. The economic

crisis we are going through of course plays a role in this: Europe's major problem at

present is low demand for labour due to uncertainties companies face. But analysis of

economic and demographic trends clearly indicates that there is no contradiction

between the goal of mobilising the full EU employment potential and the need for a

more targeted economic migration policy that opens pathways for skilled migrants to

fill unsatisfied labour needs. The policy approach in this area as defined by the Europe

2020 Strategy underlines the need to make the best use of the potential of migrants

already legally residing in the EU while, at the same time, paving the way for new

economic migration in additional sectors in which labour and skills shortages are

emerging”.

De especial interés es el documento sobre las migraciones laborales presentado por la

Oficina Internacional de Trabajo para debate a la 316ª reunión del Consejo de

Administración de la OIT que se está celebrando en Ginebra desde el día 1 al 16 de este

mes de noviembre, del que destaca en especial a mi parecer la petición de que el diálogo

de alto nivel que debe llevarse a cabo en 2013 en la ONU sobre inmigración verse sobre

cuatro temas de indudable importancia a escala mundial: “la contribución de las

migraciones y los migrantes al desarrollo; la integración de la migración en el

desarrollo; la migración irregular, y las alianzas y la cooperación”, desde la

consideración previa e importante, que comparto plenamente, de que “los migrantes han

de ser tratados en calidad de trabajadores y no como factores de producción”, y también

que “es preciso centrar los análisis en las cuestiones relativas a la igualdad y definir el

desarrollo como algo más que el crecimiento del PIB”, por lo que cualquier debate

sobre inmigración ha de vincularse a cuestiones económicas y laborales, y no sólo

“guardar relación con factores de política interior o de seguridad”. La OIT insiste en la

importancia de prestar atención, y adoptar las medidas para corregirla, a la migración

irregular, que se calcula que supone entre un 10 y un 15 % del total, destacando algo

que es bien sabido en los países llamados desarrollados, que es la permanencia de los

migrantes en el país de acogida, aunque hayan perdido su empleo, por las sombrías

perspectivas laborales en caso de retornar al país de origen, por lo que hay que tomar las

medidas normativas y prácticas adecuadas, ya que “la persistencia de la migración

irregular y del trabajo no declarado que realizan los migrantes demuestran la existencia

de fallos generales” (recuérdese que los últimos datos globales disponibles sobre

migración son la presencia de alrededor de 214 millones de personas, 3,1 % de la

población mundial, que residen en un país distinto del de origen, de los que 104

millones son económicamente activas, y sumándoles sus familiares suponen el 90 % de

la población total migrante).

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En fin, la OIT no olvida, por su real impacto sobre el mundo migratorio, la importancia

de la aprobación del Convenio número 189, en la Conferencia General de 2011, sobre

las trabajadoras y los trabajadores domésticos. De dicho Convenio deseo destacar lo

siguiente: La información sobre las condiciones de trabajo, y la formalización de un

contrato por escrito en la que se recojan de forma detallada, es una de las principales

herramientas de las que puede disponer un trabajador doméstico para no quedar

sometido a la libre discrecionalidad del empleador (por cierto, a diferencia de la

terminología empleada en el Convenio para referirse a las personas trabajadoras,

incluyendo de forma expresa a “trabajadoras” y “trabajadores”, en el caso del personal

contratante sólo se utiliza la expresión masculina “empleador”, y creo que no hubiera

estado de más una equiparación, al menos formal, en el artículo del Convenio que

incluye las definiciones que después se utilizan en el texto). Pues bien, esa concreción y

detalle se encuentra en el artículo 7, complementado por el apartado 6.2 de la

Recomendación: datos personales, lugar o lugares de trabajo, fecha de inicio y en su

caso de finalización, reglas relativas a la finalización del contrato y al plazo de preaviso,

tipo de actividad, remuneración (con una petición a los Estados, en el apartado 16 de la

Recomendación, de aplicación de normas no menos favorables que al resto de

trabajadores para proteger sus créditos laborales en caso de fallecimiento o insolvencia

del empleador) y forma de pago (como mínimo una vez al mes), horario laboral y

períodos de descanso, posible manutención en especie (“en condiciones no menos

favorables que las que rigen generalmente para otra categorías de trabajadores”, y para

España recuérdese la modificación operada, en esta misma línea, en el artículo 26.1 de

la Ley del Estatuto de los trabajadores por la Ley 35/2010 de 17 de septiembre, de

medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo) período de prueba si así se

establece, y “las condiciones de repatriación cuando proceda” (no se olvide el

importante número de trabajadoras domésticas que trabajan en terceros países, muy

especialmente en algunos emiratos árabes).

Sobre este último apartado, la norma prevé la obligación (cuyo cumplimiento debería

ser uno de los objetivos fundamentales) de poner en conocimiento de todos los

trabajadores domésticos migrantes las condiciones contractuales en las que van a prestar

sus servicios, así como el derecho a poder regresar a su país de origen una vez

finalizada la relación laboral, y por ello tienen derecho a conservar sus documentos de

viaje e identidad (reconocimiento implícito por el Convenio, pues, de que a muchos

trabajadores se les retira de hecho dicha documentación mientras están trabajando al

servicio de un empleador en un tercer país, sin que exista ninguna base legal para ello).

En esta importante cuestión, la norma llama a los Estados a regular el funcionamiento

de las agencias privadas que contratan o colocan a trabajadores domésticos, a establecer

un mecanismo adecuado de presentación de quejas y reclamaciones (con independencia

de la existencia de un mecanismo general de resolución de conflictos en condiciones no

menos favorables que el de los trabajadores en general), y a sancionar a aquellas

agencias que vulneren la normativa, con una mención expresa a la adopción de medidas

apropiadas “para asegurar que los honorarios cobrados por las agencias de empleo

privadas no se descuenten de la remuneración de los trabajadores domésticos”.

Continuará…, seguro.