Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    1/13

     

    REGLAMENTO

    Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias – INDECOPI

    Calle De la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú

    REGLAMENTO DE COMITES TÉCNICOS DE NORMALIZACIÓN

    Rules for technical committees of standardization

    2008-12-23

    3ª Edición

    Resolución Nro. 048-2008//CNB-INDECOPI Publicado en El Peruano 2009-01-25

    Descriptores: normas, normalización, comités técnicos, reglamento.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    2/13

     

    REGLAMENTO1 de 12

    REGLAMENTO DE COMITÉS TÉCNICOS DE NORMALIZACIÓN

    CAPÍTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1° El presente Reglamento establece las disposiciones que deben cumplirse para la

    conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización del INDECOPI.

    Artículo 2º  La aprobación de las Normas Técnicas Peruanas es de competencia exclusivadel INDECOPI, a través de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de BarrerasComerciales no Arancelarías, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, deacuerdo a lo dispuesto por el artículo 28º del Decreto Legislativo 1033, el Decreto Legislativo1030 y el artículo 7º del Decreto Supremo 081-PCM.

    En todos los casos en que el presente Reglamento haga referencia a la Comisión, se entenderá por esta a la Comisión de Normalización y Fiscalización de Barreras Comerciales noArancelarías del INDECOPI.

    Artículo 3º  La elaboración de las Normas Técnicas Peruanas está a cargo de los ComitésTécnicos de Normalización, los cuales son creados por la Comisión para campos de actividadclaramente definidos, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.

    En todos los casos en que el presente Reglamento haga referencia a los CTN, se entenderá porestos a los Comités Técnicos de Normalización y cuando se haga referencia a SC, se entenderá por estos a los Sub Comités Técnicos de Normalización.

    CAPÍTULO II

    DEFINICIONES

    Artículo 4º  Para los propósitos de este Reglamento son de aplicación las definicionescontenidas en la Guía Peruana GP-ISO/IEC 002, en el Reglamento de Elaboración yAprobación de Normas Técnicas Peruanas y adicionalmente las siguientes:

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    3/13

     

    REGLAMENTO2 de 12

    Comités Técnicos de Normalización(CTN): Cuerpos colegiados creados por la Comisión o por entidades públicas y privadas por encargo de esta, conformados por representantes de lossectores involucrados en una actividad definida, que bajo la supervisión de la Comisión,elaboran Proyectos de Normas Técnicas Peruanas relacionados con su campo de actividad.Estos pueden clasificarse en:

    -Comités Técnicos Permanentes: Comités Técnicos, que desarrollan sus funciones duranteun periodo indefinido.

    -Comités Técnicos Especializados: Comités Técnicos, que desarrollan sus funciones durante

    un periodo específico. Estos comités pueden solicitar su cambio de calificación a ComitésTécnicos Permanentes.

    Comité Espejo: Comité Técnico de Normalización, permanente o especializado, que esequivalente al existente en alguna Organización Internacional o Regional de Normalización,debido a que desarrolla paralelamente a nivel nacional, el plan de trabajo del comitéinternacional o regional

    Sub Comités Técnicos de Normalización (SC): Grupos creados por la Comisión a sugerenciao no de los Comités Técnicos de Normalización, conformados por representantes de lossectores involucrados en una actividad definida, que bajo la supervisión del Comité Técnico,

    elaboran una o varias partes concretas de su programa de trabajo, lo que incluye la elaboraciónde proyectos de Normas Técnicas Peruanas.

    Grupos de Trabajo de Comités Técnicos de Normalización: Grupos creados por losComités Técnicos o Sub Comités Técnicos, conformados por sus miembros, que bajo lasupervisión del Comité Técnico o Sub Comité Técnico, elaboran una parte de su programa detrabajo, que puede incluir la elaboración de una parte de un proyecto de Norma TécnicaPeruana.Cuando los Grupos de Trabajo realicen sus actividades representando a una región del país, sedenominarán Grupos de Trabajo Regionales.

    Secretaría de Comité Técnico de Normalización: Organismo, institución, gremio,asociación de carácter representativo de alguno(s) de los sectores involucrados (producción,consumo, técnico) que es nombrado por la Comisión, sobre la base de un perfil definido porésta, para asumir la responsabilidad de ejecutar las actividades de conducción del CTN de sucompetencia.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    4/13

     

    REGLAMENTO3 de 12

    Presidente y Vicepresidente de Comité Técnico: Persona designada por el Comité Técnico,mediante votación por mayoría simple de sus miembros, para representarlo, conducir y dirigirlas sesiones. Le corresponde al Vicepresidente sustituir al Presidente en su ausencia ycolaborar con este y con el secretario para el mejor cumplimiento de los fines del comité.

    Secretario de Comité Técnico: Persona propuesta por la Secretaría del Comité Técnico ynombrada por la Comisión, sobre la base de un perfil definido por ésta, para la ejecucióndirecta de las actividades técnicas y administrativas del Comité Técnico.

    CAPÍTULO III

    SECRETARÍA DE UN COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN (CTN)

    Articulo 5º La Secretaría de un CTN, tiene las siguientes obligaciones y derechos:

    Obligaciones:

    a) Brindar facilidades logísticas para la realización de las sesiones ordinarias, asícomo para los trabajos por correspondencia del CTN.

     b) Facilitar las labores del Secretario en la preparación de información que el CTN

    y/o SC requiera, mediante la impresión, reproducción y de ser necesario latraducción de los documentos.

    c) Mantener comunicación constante con la Comisión sobre la ejecución ycumplimiento del Plan de Trabajo del CTN.

    d) Recepcionar y despachar oportunamente la correspondencia entre la Comisión y elSecretario.

    e) Enviar a la Comisión las Carpetas de Proyectos de Normas Técnicas, previacoordinación con el Secretario.

    f) Solicitar a la Comisión, previa justificación, la ampliación o reducción del campode actividad del CTN a su cargo, la conformación de un SC, la necesidad decambio de un SC a CTN, o el cambio del Secretario.

    g) Enviar a la Comisión el Plan de Trabajo Anual del CTN, en directa coordinacióncon el Presidente y Secretario, e informar sobre el estado de sus miembros respectoa su actividad en el CTN.

    h) Realizar labores de difusión de las Normas Técnicas Peruanas, en directacoordinación con la Comisión.

    i) Asumir junto con los miembros del CTN los costos que demande el funcionamientodel mismo.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    5/13

     

    REGLAMENTO4 de 12

    Derechos

    a)  Presentar propuestas sobre, lo que a su juicio considere, las prioridades de Normalización de su sector.

     b) 

    Estar informado sobre las avances en la normalización internacional en temasvinculados al CTN a su cargo.

    c)  Participar de proyectos de cooperación que el INDECOPI gestione para beneficiodel CTN a su cargo.

    d)  Hacer actividades conjuntas con la Comisión a través de convenios que fortalezcanla Normalización del sector respectivo.

    CAPÍTULO IV

    CONSIDERACIONES GENERALES PARA LOS COMITÉS TÉCNICOS

    Creación y conformación

    Artículo 6º Los CTN son creados, reestructurados y disueltos por la Comisión. El nombre ycampo de actividad de un CTN y/o SC es definido por la Comisión sobre la propuesta de laSecretaría del CTN respectivo. Para dar inicio a las labores de normalización los miembros de

    un nuevo CTN/SC deberán haber recibido capacitación previa sobre temas de Normalización ysobre el Sistema Peruano de Normalización.

    Artículo 7º  Cualquier persona natural o jurídica, con interés en un área de la Normalización, puede solicitar a la Comisión la constitución de un CTN. La conformación delos CTN es aprobada por la Comisión, la cual debe velar porque los sectores interesados en elárea de trabajo estén adecuadamente representados. Se procede a crear un nuevo CTN cuandoexista una solicitud sobre un tema que no pueda ser desarrollado específicamente por algunode los CTN existentes. La conformación de un CTN y/o SC debe cumplir con los procedimientos establecidos por la ComisiónLa existencia de un Comité Técnico en las Organizaciones Internacionales o Regionales de

     Normalización será considerada como un argumento favorable para la creación de un nuevoCTN, siempre que las necesidades del sector así lo requieran.

    Artículo 8º  Pueden ser miembros de los CTN las personas naturales y jurídicas, conespecialización en la materia a normalizar, ya sea a título personal o como representantes delas entidades involucradas en el área de trabajo a normalizar. Los miembros de los ComitésTécnicos deben provenir, en la medida de lo posible, de las áreas de producción, consumo y

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    6/13

     

    REGLAMENTO5 de 12

    técnica. El sector consumo puede incluir representantes del Estado, consumidoresrepresentativos y asociaciones de consumidores; el sector producción puede incluirrepresentantes del sector productivo primario y de manufactura, gremios y comercializadores;el sector técnico puede incluir especialistas, entidades académicas, asociaciones técnicas,laboratorios, organismos de evaluación de la conformidad, y colegios profesionales, entreotros.

    Artículo 9º  La solicitud para integrar un CTN puede ser presentada a la Comisión encualquier momento. La calidad de miembro solo es conferida por esta última..

    Designación

    Artículo 10º Los Comités Técnicos de Normalización se designan mediante la referencia“CTN….”, numerándose en orden correlativo según la fecha de su creación. Cuando un CTNdeja de funcionar, su número no será atribuido a otro CTN, salvo si se conforma para el mismocampo de actividad.

    Campo de actividad

    Artículo 11º  La competencia de los CTN está determinada por su campo de actividad.

    Artículo 12º La definición del campo de actividad  de un CTN debe estar precedida de las palabras "Normalización de ……" y redactada de la manera mas concisa posible, de forma quequede eliminada cualquier interpretación distinta al objetivo propuesto.

    Artículo 13º  La Secretaría de un CTN puede solicitar a la Comisión la modificación de sutítulo y campo de actividad, presentando para ello el sustento necesario.

    Composición

    Artículo 14º  Un CTN está compuesto por:

    - Presidente;- Vicepresidente (si se estima conveniente, a juicio del propio Comité Técnico;- Secretario;- Miembros.

    Artículo 15º  Anualmente, la Secretaría de cada CTN deberá informar a la Comisión el estadode sus miembros respecto a su participación, esto a través de la lista de sus representantes, así

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    7/13

     

    REGLAMENTO6 de 12

    como de cualquier cambio producido en su composición, con el objeto de manteneractualizada la misma. El informe de esta lista se hará junto con el Plan de Trabajo Anualrespectivo.

    Artículo 16º  La Comisión participará en las reuniones de los CTN cuando sea necesariodifundir, guiar y facilitar las actividades de normalización y para promover el cumplimiento delos reglamentos y procedimientos respectivos. En lo que respecta a votaciones, acuerdos ydefiniciones sobre requisitos técnicos de los proyectos de normas técnicas peruanas, podrá participar en calidad de observadora. Sin embargo, en los casos que la Comisión estimeconveniente, podrá tener una participación activa en función a encargos específicos.

    CAPÍTULO V

    ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO

    Artículo 17º  Para los efectos del artículo 8° las entidades miembros del Comité Técnicodeben inscribir ante la Comisión un delegado titular y un delegado suplente. Sin la inscripcióny confirmación respectiva por parte de la Comisión no podrá ejercer su derecho a opinión ovoto. Los delegados suplentes sólo pueden votar en caso de ausencia del primero. Esto no seaplica para los representantes a título personal, en virtud que no poseen un delegado suplente.

    En el caso que el Presidente o Vicepresidente represente a una entidad, esta podrá nominar aotro representante como delegado titular o suplente según corresponda. Ello con el objeto deque la entidad no pierda su derecho a voto, dado que las obligaciones del Presidente y/oVicepresidente exigen el mantener una estricta neutralidad en el ejercicio de sus funciones.

    Artículo 18º  Cualquier renuncia o cambio de los miembros, debe ser comunicada a laComisión. El Secretario del CTN puede proponer a la Comisión la separación de aquellosmiembros que injustificadamente no asistan o dificulten las labores del CTN.

    Artículo 19º  La Comisión designa a la Secretaría y al Secretario de cada Comité Técnico,quienes conjuntamente con el Presidente, actúan como órgano de enlace. La Secretaría o el

    Secretario pueden ser cesados de sus funciones por la Comisión, ante la renuncia de losmismos o ante el incumplimiento reiterado de sus funciones.

    Artículo 20º  A solicitud de la Secretaría de un CTN, la Comisión puede conformar SC paradesarrollar tareas específicas dentro del ámbito del CTN. La conformación de grupos detrabajo es potestad del CTN.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    8/13

     

    REGLAMENTO7 de 12

    Articulo 21º  El campo de actividad de un SC corresponderá a una o varias partes específicasdel campo de actividad del CTN. La designación de un SC se realizará mediante la referencia“CTN…./SC...” y se numerarán, en forma correlativa a su creación. En caso de disolución deun SC, el número de éste no será atribuido a ningún otro, con excepción de que esta disoluciónse produzca como consecuencia de la reorganización del CTN.

    Composición

    Un Sub Comité Técnico está compuesto por:

    - Presidente;- Vicepresidente (si se estima conveniente, a juicio del propio CTN);- Secretario;- Miembros.

    Los miembros del CTN tendrán derecho a pertenecer a cualquiera de sus SC. En lacomposición del SC, deberán tenerse en cuenta los criterios indicados en el Artículo 8º.

    Artículo 22º  Los CTN/SC podrán conformar Grupos de Trabajo los que tendrán uncoordinador, el cual será designado por el CTN/SC respectivo.

    Funciones de los Comités Técnicos y Sub comités técnicos

    Artículo 23º  Son funciones de los CTN y SC:

    a)  Elaborar los Proyectos de Normas Técnicas, de acuerdo al Reglamento deElaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y a los procedimientosestablecidos por la Comisión.

     b)  Proponer la elaboración, revisión y derogatoria de las Normas Técnicas Peruanas.c)  Elaborar y proponer a la Comisión su Plan de Trabajo anual, (dividido en

    semestres) de acuerdo a los lineamientos establecidos. Los planes de trabajo delos SC deberán ser presentados por el CTN correspondiente.

    d) 

    Participar activamente en el proceso de normalización internacional y regionale)

     

    Adoptar como normas nacionales las normas internacionales o regionales que asílo requieran como consecuencia del beneficio del país y los compromisosderivados de la participación del país en foros internacionales y regionales.

    f) 

    Designar o remover al Presidente y Vicepresidente del CTN o SC.g)  Propiciar, cuando sea conveniente, la conformación de SC y grupos de trabajo.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    9/13

     

    REGLAMENTO8 de 12

    h)  Proponer representantes para que asistan a las reuniones internacionales sobre Normalización, en el caso de Organismos Internacionales como ISO y IEC, yotros semejantes, Los representantes asistirán en calidad de delegados nacionales.

    i)  Estudiar los documentos nacionales y/o internacionales, que afecten a su ámbito y proponer las acciones oportunas.

     j)  Cumplir con los plazos de opinión sobre comentarios y/o votaciones de proyectosde normas técnicas o documentos de trabajo de carácter internacional y/o regional,en donde el INDECOPI esté suscrito como miembro. Los comentarios, propuestasy/ o votaciones serán evaluadas por la Comisión previo a su emisión respectivaante los organismos internacionales o regionales.

    k) 

    Estudiar y proponer las modificaciones de las Normas Técnicas Peruanas que a juicio de la Comisión deban ser revisadas.l)  Establecer, en directa coordinación con la Comisión, relaciones con otros CTN y

    con entidades de nivel nacional e internacional, cuando se juzgue de interés,m) Fomentar la aplicación, difusión y capacitación de las Normas Técnicas Peruanas

    y promover el desarrollo de la Normalización.n)

     

    Atender las consultas que le sean planteadas sobre temas de su competencia.o)  Proponer medidas que juzguen necesarias para el mejor desarrollo de sus

    actividades. p)

     

    Revisar anualmente su composición, proponiendo de ser el caso lasmodificaciones oportunas a la Comisión.

    q) 

    Cualquier otra función designada por la Comisión.

    Obligaciones de los miembros

    Artículo 24º  Son obligaciones de los miembros de los CTN y SC:

    a)  Asistir en forma continua a las reuniones convocadas. La ausenciainjustificada a tres reuniones consecutivas, podrá ser motivo de su retiro.

     b)  Participar activa y efectivamente en el trabajo del CTN/SC.c)  Desempeñar las funciones especiales que les solicité el CTN.d)

     

    Mantener la confidencialidad respecto a los acuerdos tomados en las

    reuniones, y no utilizar la información obtenida para fines personalese)  Asumir los costos que demande el funcionamiento del CTN.f)

     

    Participar en los foros de normalización internacional y regional, en directacoordinación con la Comisión

    g)  Estar actualizado en las guías, documentos y procedimientos de Normalización vigentes.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    10/13

     

    REGLAMENTO9 de 12

    Derechos de los miembros

    Artículo 25º Son derechos de los miembros de los CTN y SC:

    a) 

    Participar, con voz y voto, en los temas que se discutan en el CTN. b)  Recibir información actualizada y en forma oportuna. Para el cumplimiento de

    este fin, los Presidentes y Secretarios tendrán acceso al Centro deDocumentación e Información del INDECOPI, el cual les proporcionará lainformación necesaria relacionada con el trabajo del CTN.

    c) 

    Recibir la versión aprobada de la Norma Técnica Peruana, en la cualtrabajaron.

    Obligaciones del Secretario del CTN y SC

    Artículo 26º Son obligaciones del Secretario de CTN y SC: 

    a) 

    Preparar y convocar las sesiones ordinarias, y, de acuerdo al programa establecido,elaborar la agenda. La ausencia injustificada a tres reuniones consecutivas, podrá sermotivo del cese en sus funciones.

     b) 

    Preparar la documentación, antecedentes y demás información para consideración del

    CTN/SC.c)  Llevar las actas de cada sesión.d)

     

    Coordinar los Grupos de trabajo.e)  Comunicar a la Comisión, cualquier renuncia de miembros del CTN/SC.f)  Mantener una estricta neutralidad en el ejercicio de sus funciones, no emitiendo

    opinión en los procesos de votación.g)  Informar periódicamente a la Comisión respecto a la marcha del CTN /SC.h)  Fomentar la elaboración y cumplimiento del Plan de Trabajo anual del CTN/SCi)

     

    Elaborar la carpeta del Proyecto de Norma Técnica. j)  Elevar a la Comisión, través de la Secretaría del CTN, las carpetas de los Proyectos de

     Normas Técnicas.

    k) 

    Coordinar los trabajos de los SCl)  En coordinación con la Secretaría y el Presidente del CTN, remitir a la Secretaría

    Técnica de la Comisión el Plan de Trabajo anual.

    Las funciones citadas en los apartados j) a l) no aplican `para los Secretarios de los SC.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    11/13

     

    REGLAMENTO10 de 12

    Obligaciones del Presidente y Vicepresidente de Comité Técnico y Sub Comité Técnico

    Artículo 27º  Son obligaciones del Presidente y Vicepresidente de los CTN y SC:

    a) Representar al CTN/ SC. b) Presidir y conducir las sesiones. La ausencia injustificada a tres reuniones

    consecutivas, podrá ser motivo del cese en sus funciones.c) Convocar a las reuniones extraordinarias del CTN y/o SC.d) Conceder el derecho al uso de la palabra, permitiendo que todos los puntos de

    vista sean expresados.

    e) Fomentar la elaboración y cumplimiento del Plan de Trabajo anualf) En coordinación con la Secretaría y Secretario del Comité remitir a la SecretaríaTécnica de la Comisión el Plan de Trabajo anual.

    g) Mantener una estricta neutralidad en el ejercicio de sus funciones, no emitiendoopinión en los procesos de votación.

    Reuniones y acuerdos

    Artículo 28º  Los CTN y SC para iniciar sus sesiones verifican el quórum respectivo; debentomar, en la medida de lo posible, sus acuerdos por consenso. Si éste no fuera posible, se

     procede a la votación. Se toman los acuerdos por mayoría simple con la participación de por lomenos un representante por sector.

    Artículo 29º  El quórum, para dar inicio a las reuniones, se establece con la mitad más uno delos miembros del CTN/SC, siempre que estén presentes por lo menos un representante de cadasector, a los que hace referencia el artículo 8º.

    Artículo 30º  Se deben llevar actas de todas las sesiones, se consignará, como mínimo: lafecha de la sesión, los miembros asistentes, la verificación del quórum, los temas tratados, losacuerdos y las votaciones, de ser el caso. En el caso de haber votaciones para la aprobación deun Proyecto de Norma Técnica Peruana, se debe precisar el resultado de la misma, indicandolos votos favorables y en contra de los miembros.

    Artículo 31º  Los miembros del CTN/SC deben hacer constar en actas, su voto disconformerespecto a los acuerdos y a cualquier otro incidente relacionado con el incumplimiento de lasdisposiciones de este Reglamento y el Reglamento de Elaboración y Aprobación de NormasTécnicas Peruanas.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    12/13

     

    REGLAMENTO11 de 12

    Artículo 32º En el caso de requerir de votación para la aprobación de un proyecto de NormaTécnica Peruana o de una posición de país frente a un proyecto de norma internacional oregional se procederá de acuerdo al literal c del artículo 13º del Reglamento de Elaboración yAprobación de Normas Técnicas Peruanas.

    Artículo 33º Los proyectos de Normas Técnicas Peruanas, así como la opinión técnica y/ovotación sobre los proyectos de normas internacionales o regionales, propuestos por un SC,deberán ser ratificados por el Secretario del CTN correspondiente, antes de su presentación ala Comisión.

    Trabajos por correspondencia

    Artículo 34º  Los trabajos de los CTN, SC y Grupos de Trabajos se podrán realizar porcorrespondencia, para ello, el Secretario realizará las acciones necesarias con la finalidad deasegurar la transparencia en el estudio de las Normas Técnicas, según lo establecido en elliteral c del Art. 13º del Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas TécnicasPeruanas.

    Artículo 35º Los CTN/SC deciden sus acuerdos, sobre la oportunidad y duración de sussesiones, por mayoría simple, considerando por lo menos un miembro por sector.

    Suspensión

    Artículo 36º Cualquier Comité Técnico y/o Sub comité puede ser suspendido odisuelto  por decisión de la Comisión, por algunas de las siguientes causas:

    a)  Desviación de sus actividades, con respecto a las funciones señaladas al CTN/SC. b)   No haberse reunido en el plazo de un año sin la justificación debida.c)

     

    Reiterada e injustificada falta de cumplimiento de los plazos establecidos para eldesarrollo del Plan de Trabajo propuesto, incumplimiento del presente Reglamento, delReglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, y/o de los procedimientos establecidos por la Comisión.

    d) 

    A solicitud de la Secretaría del CTN por culminación total del programa de trabajo.e)  Irregularidades que afecten la organización y el desarrollo del trabajo del CTN y/o SC.f)

     

    A solicitud del propio CTN.

  • 8/17/2019 Reglamento de Comites Tecnicos Normaliz Ctn Vf1

    13/13

     

    REGLAMENTO12 de 12

    CAPITULO VI 

    DISPOSICION FINAL

    Artículo 37º La Comisión será responsable de:

    a) Conformar los CTN y/o SC asegurando la representación equilibrada de lossectores involucrados.

     b) Promover y apoyar actividades de capacitación para los miembros de los

    CTN/SC.c) Revisar las Carpetas de Normas Técnicas Peruanas, así como las observaciones presentadas durante el proceso de elaboración de las mismas.

    d) Revisar que el proceso de elaboración de Proyectos de Normas TécnicasPeruanas, cumpla con los requisitos establecidos, de acuerdo a los procedimientos vigentes.

    e) Revisar, aprobar o denegar la propuesta de opinión y/o voto de los CTN/ SC adocumentos o proyectos de normas internacionales y/o regionales.

    f) En función al cumplimiento de los requisitos establecidos, aprobar losProyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas(NTP).

    g) Supervisar el cumplimiento de los Planes de Trabajo de los CTN.h) Supervisar el cumplimiento del presente Reglamento.

    oooOooo