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1 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018-2022

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018-2022 · 2 corporaciÓn municipal de educaciÓn escuela padre alberto hurtado cruchaga punta arenas. Índice reseña histórica

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

2018-2022

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CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN

ESCUELA PADRE ALBERTO HURTADO CRUCHAGA

PUNTA ARENAS.

ÍNDICE

Reseña Histórica ……………………………………………………………………... 5

Ficha del establecimiento ……………………………………………………………... 7

Organigrama de la escuela ……………………………………………………………. 8

La Comunidad Educativa ……………………………………………………………... 9

Horario de clases ……………………………………………………………………... 13

Reglamento de Convivencia Interno ………………………………………………….. 14

I. Introducción ………………………………………………………………………... 14

II. Fundamentación ………………………………………………………………….. 20

Visión ………………………………………………………………………… 20

Misión ………………………………………………………………………… 20

III. Marco Conceptual para la Convivencia Escolar ………………………………… 23

Definiciones …………………………………………………………………... 23

IV. Deberes y derechos de la Comunidad Escolar Padre Hurtado …………………... 26

V. Medidas o Acciones Preventivas …………………………………………………. 41

VI. De los alumnos …………………………………………………………………... 43

Derechos de los estudiantes …………………………………………………. 43

Deberes de los alumnos ………………………………………………………. 43

VII. De los Padres y Apoderados …………………………………………………… 63

VIII. Protocolos de Actuación ………………………………………………………. 67

Frente a Conductas de Riesgo ………………………………………………………… 67

Frente a denuncias de abuso sexual ………………………………………….. 67

Frente a casos de violencia escolar o bullying ……………………………….. 68

Medidas y sanciones en caso de una situación de violencia escolar …………. 69

Frente a violencia física de un docente o asist. de la educación a estudiante ... 70

3

Ante violencia psicológica de un docente o asist. de la educación a estudiante 70

Frente a violencia escolar entre un apoderado y un estudiante ……………… 70

Protocolo Situaciones de Consumo de Alcohol, otras Drogas y Tráfico …….. 71

Protocolo de Detección de Riesgo, Intento y Consumación de Suicidio ……..

IX. Protocolo de Accidente Escolar …………………………………………………..

Al interior del establecimiento ………………………………………………..

Fuera del establecimiento …………………………………………………….

Accidente en trayecto: desde y hacia la escuela ……………………………....

X. Protocolo frente a una emergencia ………………………………………………..

XI. Protocolo frente a una estudiante embarazada …………………………………...

XII. Reglamento Interno ……………………………………………………………...

Disposiciones Generales ……………………………………………………...

De las Sanciones a los estudiantes …………………………………………….

XIII. Manual de Procedimientos ……………………………………………………...

XIV. Protocolo de actividades complementarias y/o extraescolares ………………….

Plan de Seguridad Escolar …………………………………………………………….

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MANUAL INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2018 – 2022

Este documento es elaborado considerando el Proyecto Educativo Institucional del

establecimiento educacional.

Convivencia Escolar:

Política de Convivencia Escolar. MINEDUC. 2012

“Es la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que

supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los

objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”

Ley sobre Violencia Escolar Art. 16 A

“Es la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad,

sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación

armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad

Educativa”

Objetivo del Manual de Convivencia.

Orientar las acciones e iniciativas que regulen las relaciones de convivencia escolar como

herramienta educativa y pedagógica, fomentando actitudes y valores relacionados con la

participación, tolerancia, la diversidad, inclusión, en un marco de equidad de género que

garantice el ejercicio y cumplimiento de deberes y derechos de cada uno de los actores del

proceso educativo.

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Punta Arenas, marzo 2018.

1. Reseña Histórica:

La escuela Padre Alberto Hurtado Cruchaga, abre sus puertas a la comunidad de

Punta Arenas un día 01 de marzo del año 1995, para ser inaugurada el 04 de abril del

mismo año con la presencia del Ministro de Educación don Sergio Molina Silva.

Se da inicio a éste proyecto con una matrícula de 526 estudiantes, distribuidos en 15

cursos de Pre-básica, básica y 1 Grupo Diferencial, con una planta funcionaria de 1

director, Sr. Juvenal Henriquez J., 1 Jefe Técnico, 1 orientador, 18 docentes y 6 asistentes

de la educación. Se obtuvo el reconocimiento oficial el 22 de marzo de 1995.

Sus primeros alumnos provenían de distintos establecimientos educacionales de la

comuna, tanto de dependencia municipal, como particular, con todo tipo de dificultades y

problemáticas tanto de carácter académico, como sicosocial.

Frente a ésta realidad, el equipo directivo de la época junto al cuerpo docente, dan

inicio a un proceso de búsqueda de recursos y de incorporación de distintas estrategias

metodológicas, que permitieran nivelar y superar las carencias pedagógicas que

presentaban los alumnos. Poco a poco, la escuela Padre Alberto Hurtado fue diseñando y

proyectado en la comunidad un modelo pedagógico distinto, basado esencialmente en el

desarrollo de habilidades y competencias de tipo musical y artístico, sobre la base del

legado y ejemplo de vida del Padre Alberto Hurtado.

En este contexto, cabe señalar que prontamente llegan al establecimiento los aportes

económicos de la empresa privada y de particulares que permiten la creación de las

orquestas de bronce-cuerda, banda de honor y la estación de meteorológica. Además, se

obtiene y desarrollan con mucho éxito una serie de proyectos como el P-900, Enlace,

Medio Ambiente, Becas Teleduc, Cai, Audiovisuales Forcap del Gobierno Regional, entre

otros.

En el ámbito sico-social se desarrollan también una variedad de programas,

dirigidos a los alumnos y padres y apoderados como de Prevención de la Drogadicción y

Alcoholismo, Alfabetización, Escuela para Padres, Ahorrando Construyo mi Futuro, Grupo

Scout, Teatro, Cruz Roja, danza, salud, peluquería, cocina, modas, artesanía entre otros

tantas actividades.

La escuela Padre Alberto Hurtado, también ha sido pionera en muchos aspectos

como el primer establecimiento educacional de la Región en incorporarse a la Jornada

Escolar Completa (agosto del 1998), convirtiéndose así en un referente para los demás

escuelas de la comuna. Este cambio en la modalidad de trabajo dio pie a la ampliación del

edificio, aumentando en 10 las salas de clases. Además, se instaló la primera estación

meteorológica escolar con modernos instrumentos, reconocida y asesorada por la Dirección

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de Aeronáutica Civil como observadores meteorológicos escolares Posteriormente, se

crearon las orquestas de cuerda, bronce y banda instrumental, las que con el correr del

tiempo se han transformado en el orgullo y parte importante de la identidad de la escuela.

En el año 2006 se obtiene la certificación a la calidad de la Gestión Escolar, que

otorga el Consejo Nacional de Evaluación de la Gestión Escolar, de la mano de la

Fundación Chile, logro que se convirtió posteriormente en modelo para otras instituciones

escolares de la región.

La escuela, también ha sido merecedora durante los períodos 2004 al 2014 del

SNED, Sistema Nacional de Evaluación del Desempeño de Establecimientos

Educacionales (Excelencia Académica), con un 100% de asignación. Igualmente, se ha

obtenido por largos períodos la Certificación Ambiental a nivel inicial, de parte de la

Seremía de Medio Ambiente y la Certificación en Prevención de drogas y Alcohol del

Programa Nacional de Certificación de Establecimientos Preventivos-SENDA, 2013-2014.

A sí mismo, la escuela desde el año 2008 pertenece a la Red de Escuela Líderes en

contexto de Pobreza de la Fundación Chile. Integración que le ha permitido a sus directivos

y docentes participar cada año en diversos seminarios de perfeccionamiento y de

intercambio de experiencias con otros establecimientos educacionales de la red y de las

distintas zonas del país.

En febrero del 2013 se aleja de la dirección del establecimiento don Juvenal

Henríquez Jelincic, quien dirigió el establecimiento desde sus inicios y por largos y

fructíferos 18 años, para acogerse a un merecido descanso, después de más de 40 años de

labor docente y directiva. Lo sucede en la dirección la docente y ex-directora de la Escuela

Pedro Sarmiento de Gamboa Srta. Hilda Marlene Cárcamo Vera, por un período de 5 años

(2013-2017) para posteriormente continuar con la dirección del establecimiento por el

periódo 2018-2022.

En la actualidad, la escuela Padre Alberto Hurtado se proyecta como una institución

llena de desafíos e inquietudes y con un fuerte compromiso con la educación pública,

espera seguir siendo una oportunidad de calidad en la formación de los estudiantes y en la

difusión de la cultura en la comuna y en la región, como lo demuestran el sin número de

presentaciones que anualmente realizan las orquestas en diversas salas y escenarios tanto de

la comuna, como de la región, el país y el extranjero.

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2. Ficha del establecimiento.

Nombre del Establecimiento Escuela Padre Alberto Hurtado Cruchaga.

Dirección Eusebio Lillo 2472.

Fundación 1 de marzo de 1995

Fecha Aniversario 18 de agosto.

Teléfono Fijo

Celular Inspectoría

Celular Dirección

612265904.

61416571.

85498863.

Correo electrónico [email protected]

[email protected]

Nombre del Director Hilda Marlene Cárcamo Vera.

Equipo de Gestión Director: Hilda Cárcamo Vera

Inspector General: Verónica Sánchez Ovando.

Jefe Unidad Técnica: Sandra Gallegos Díaz.

Orientación: Ciro Cárcamo Vera.

Encargado de Convivencia: Patricio Oyarzo Ojeda.

E. de Convivencia Escolar Patricio Oyarzo Ojeda

E. de activ. Extra-programática Encargada Acle: Melissa Moya Tréllez

Tipo de Enseñanza Pre- Básico y Enseñanza Básica.

Total de Matrícula. Pre-Básica: 146 alumnos. Enseñanza Básica : 589

alumnos

Total de docentes Pre-Básica: 5 Educadoras de Párvulos.

Enseñanza Básica: 34

Proyecto Integración: 16

Total de asistentes de la

educación

Asistentes Pre-básica: 3

Asistentes auxiliares: 6

Asistentes apoyo inspectoría:4

Asistentes administrativos: 3

Asistentes PIE:5

Presid. C. General de Padres. Ana María Silva Silva

Jornada Escolar Completa 1° a 8° Básico

Horarios de clases 08.00 a 13.00 hrs y de 14.30 a 16.00 hrs.

Proyectos y/o programas

Internos

Proyecto de Mejoramiento Educativo PME.

Programa Habilidades para la Vida.

Programa de Integración Escolar.

Programa PAE y útiles escolares Junaeb.

Plan de Gestión de Convivencia Escolar (Interno)

Proyecto Fae del Ministerio de las culturas y las Artes y

el Patrimonio.

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3. Organigrama de la escuela.

La escuela como organización escolar, requiere de una estructura de funcionamiento que es

posible resumirla en un organigrama. De este modo todos los integrantes de la comunidad

escolar puede reconocer quienes trabajan en ella y que funciones cumplen. A continuación se

presenta el organigrama de esta unidad educativa:

Junto con la descripción de la estructura de la organización es importante que se expliciten las

funciones que desarrolla el personal que trabaja y participa en el establecimiento y de esa

manera sea un aporte a una adecuada convivencia:

EQUIPO DE

GESTIÓN

CONSEJO

ESCOLAR

CONSEJO DE

PROFESORES

CENTRO

GENERAL DE

PADRES

CENTRO DE

ALUMNOS

SECRETARIO

DE DIRECCIÓN

DIRECTORA

INSPECTORA

GENERAL

UNIDAD

TÉCNICA

PEDAGÓGICA

EXTRAESCOLAR

MONITORES

ACLES

DOCENTES

EDUCACIÓN

PRE-BÁSICA

INS. PASILLO

AUX. SER. MEN

ENLACES

CRA

ORIENTACIÓN ENCARGADO

DE

CONVIVENCIA

PROFESORES

JEFES

DOCENTES

EDUCACIÓN

GRAL BÁSICA

ALUMNOS

PROYECTO DE

INTEGRACIÓN

MICROCENTROS

22 CURSOS

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4. La Comunidad Educativa.

Dirección del Establecimiento: Dirigir, administrar, supervisar y coordinar todas las acciones

del establecimiento. Liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional. La Dirección debe

conducir los procesos que incidan en la convivencia escolar, modificar o adaptar el medio

escolar a las características propias de sus estudiantes. Debe generar y promover mecanismos de

participación e información para integrar a todos los actores de la comunidad escolar, cautelar

que se cumplan los derechos y deberes de todos, asumir responsabilidades y afrontar los

acontecimientos que afecten la buena convivencia de la comunidad escolar, organizar y liderar a

todos para que se desarrolle un trabajo colaborativo, escuchar, validar, respetar y acoger a toda la

comunidad educativa.

Sub-director: Coordinar y establecer funciones y horarios del personal asistentes de educación,

supervisión y control del mantenimiento de la escuela.

Inspectoría General: Es el encargado de velar para que las actividades del establecimiento se

desarrollen en un ambiente seguro, de disciplina, bienestar y sana convivencia en concordancia

con el Proyecto Educativo Institucional. Coordina y promueve el normal desarrollo de las

actividades diarias en un clima de orden, trabajo y respeto entre docentes y alumnos; a su vez,

estimula a cumplir sus obligaciones con responsabilidad. Vela por el conocimiento y la correcta

aplicación del Reglamento de Convivencia Interno. Resuelve con criterio educativo los

conflictos suscitados en la convivencia cotidiana.

Jefatura Técnico Pedagógica: Conducir y liderar el equipo docente desde el punto de vista

Técnico Pedagógico para el logro de procesos y resultados de aprendizaje de todo el alumnado.

Es el profesor especializado, responsable de planificar, supervisar y evaluar las actividades de

aprendizaje y velar por el cumplimiento de los objetivos pedagógicos propuestos por la

institución, siendo capaz de alinear el curriculo con los valores establecidos en el PEI,

organizando los recursos e implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el

desempeño y los procesos de aprendizaje.

Orientación: Animador (a) del proceso del orientación, responsable de las actividades de

orientación educacional vocacional, profesional de programas especiales del establecimiento

vinculados con orientación. Además le corresponderá coordinar las funciones del departamento

psicosocial del establecimiento.

Equipo de Gestión: Es el órgano que, presidido por la dirección del establecimiento, reúne a los

responsables de cada uno de las áreas y procesos internos: Pedagógico, Convivencia y apoyo y

orientación en vista al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Docentes del establecimiento: Educa a los alumnos para que sean capaces de vivir en los

valores propuestos en el PEI. Conoce y está comprometido con el Proyecto Educativo

Institucional. Conoce y aplica en forma permanente y razonable el Reglamento de Convivencia

Escolar. Tiene la Obligación de denunciar y dar a conocer, a la autoridad competente, la

comisión de un hecho que tenga carácter de falta grave o delito, cualquiera sea su medio de

comisión, ya seas por o en contra de unos de los integrantes de la comunidad.

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Los docentes deben ser respetados escuchados y recibir un buen trato, tener oportunidades de

perfeccionamiento y actualización, recibir información oportuna sobre las orientaciones y

normativas que regulen la convivencia escolar y la formación de los/las estudiantes, ser

considerada su opinión en la toma de decisiones y participar en procesos formativos de

autocuidado.

Profesor Jefe: Debe entregar una educación de calidad que incorpore la formación para la

convivencia, creer en las capacidades de sus estudiantes e incentivar sus logros y validad sus

opiniones, entregar información oportuna sobre situaciones que afecten la convivencia escolar,

preparar y entregar clases bien planificadas, con metodologías que les permitan desarrollar

habilidades para convivir con otros, ser autocriticos y proactivos, trabajar en equipo con sus

pares y estudiantes, etc.

Alumno: Esta dispuesto a aceptar y vivir la formación que se le entrega. Acepta sus derechos y

deberes. Dialoga y se compromete con su formación en la autodisciplina. Aporta activamente en

la creación del ambiente de respeto, tolerancia, de sana convivencia escolar. Conoce el

Reglamento de Convivencia Escolar y como miembro activo y principal de la comunidad

escolar, es el primer obligado a cumplir todas las disposiciones contenidas en él.

Padres y Apoderados: Como primer responsable y desde su rol específico de padre, madre o

tutor, apoya desde la visión familiar la formación educativa de su hijo o pupilo que le entrega la

escuela en relación con su Proyecto Educativo Institucional. Desde el momento que matricula a

su hijo/a en el establecimiento, asume el rol de corresponsabilidad con todas las disposiciones

contenidas en este reglamento y con todas las directrices dictadas por quienes tiene bajo su

custodia, formación y educación a los niños-estudiantes de la escuela. Conocer el Proyecto

Educativo Institucional, el Reglamento de Convivencia Escolar y colabora para que el alumno

viva y respete las normas establecidas por la escuela, a la vez, se involucra positivamente en el

proceso de formación de su pupilo/a.

Coordinación del Programa Integración Escolar: Liderar y conducir las acciones inherentes

al Programa para el buen logro educativo de los estudiantes que lo requieren.

Coordinación y/o encargado de las actividades extra-escolares: El profesional responsable de

este cargo deberá coordinar y supervisar las actividades curriculares de libre elección del

establecimiento.

Director Musical : Docente a cargo de coordinar, dirigir y acompañar, las actividades artístico-

musicales de la orquesta de bronce, cuerda, banda de honor, banda de rock y otros grupos

artísticos presente en el establecimiento.

Asesor del Centro de Alumnos: Docente encargado de la coordinación y formación líderes

capaces de promover y canalizar las inquietudes e interés de sus compañeros estudiantes de

manera respetuosa y organizada en los estamentos correspondiente.

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Asistentes de la Educación: Un asistente de la educación es aquel trabajador que realiza algunas

de las siguientes funciones: a) de carácter profesional, que es aquella que realizan los

profesionales no afectos al Estatuto Docente, para cuyo desempeño deberán contar con el título

respectivo; b) de paradocencia, que es aquella de nivel técnico, complementaria a la labor

educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje,

incluyendo las labores administrativas que se lleven a cabo en las distintas unidades educativas.

Para el ejercicio de esta función deberán contar con licencia media y, en su caso, con un título de

nivel técnico otorgado por un establecimiento de educación media técnico-profesional o por una

institución de educación superior reconocida por oficialmente por el Estado, y c) de servicios

auxiliares, que es aquella que corresponde a las labores de cuidado, protección y mantención de

los establecimientos, para cuyo desempeño se deberá contar con licencia de educación media.

Asistentes Profesionales (Trabajadora social, psicóloga, fonoaudióloga): Los Asistente

profesionales son aquellas personas que cuentan con un título profesional y que cumplen roles y

funciones de apoyo a la función educativa que realiza el docente con los alumnos y sus familias

Los profesionales corresponden a las áreas de salud, social u otras.

Asistente de aula: El o la Asistente de Aula es quien apoya a docentes de Educación Parvularia

y Educación Básica en las distintas etapas de la planificación y preparación de sus clases, siendo

un aporte en la elaboración de material didáctico y la gestión de los recursos pedagógicos (TIC).

Aportan al docente en la construcción de un clima apropiado para el desarrollo de la clase,

favoreciendo además, la atención a la diversidad.

Asistente de Inspectoría: Los inspectores o asistentes de Inspectoría son personas que asumen

actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor

dirigida a apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de los diversos

departamentos de los establecimientos de acuerdo a instrucciones entregadas por el jefe directo.

Los asistentes cuentan con licencia de educación media o título de técnico y/o administrativo.

Encargada Biblioteca CRA: Ofrecer a los alumnos nuevas oportunidades de aprendizaje en lo

que refiere al uso de las fuentes de información y el acceso a la lectura como forma de

entretenimiento y medio de enriquecimiento personal. La persona asignada como Bibliotecaria

debe asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos

documentales y de la biblioteca del establecimiento, manteniendo absolutamente operativo el

CRA, tanto en sus recursos bibliográficos, audiovisuales, de espacios de trabajo y consulta, como

con una información actualizada a los docentes, alumnos y alumnas.

Auxiliares de servicio: Los Auxiliares de Servicio son los funcionarios que desarrollan labores

de cuidado, mantención y limpieza de los bienes e instalaciones de la infraestructura del

establecimiento educacional, además de otras tareas de servicios menores que le son

encomendadas.

Manipuladora de alimentos: Las manipuladoras de alimentos son aquellas personas encargadas

de la preparación, fabricación, transformación, elaboración, distribución y suministro de

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alimentos dentro del establecimiento educacional, procedimientos enmarcados dentro de la

normativa vigente y la promoción de la vida saludable en los niños y niñas.

Mediador y/o Encargado de Convivencia Escolar: Conducir y liderar la gestión escolar en

materia de convivencia escolar. Rol del Encargado/a de Convivencia Escolar. En nuestro

establecimiento esta tarea será desempeñada por un profesional de la educación debidamente

acreditado en materia de Convivencia Escolar, quien una vez recepcionada una derivación de

jefatura(s), denuncia directa y/o develamiento indirecto en materia de acoso escolar o bullying,

maltrato en sus diferentes formas y de cualquier conducta contraria a la buena convivencia,

deberá informar al equipo directivo e investigar los casos que correspondan según protocolo y

ejecutando el plan de acción indicado para el manejo de situaciones de bullying.

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5. Del horario de clases.

Nivel Jornada mañana Jornada Tarde

Pre-básica 08:00 a 12.30 122:30 horas 13:30 a 18:00 horas

Enseñanza Básica 08:00 a 13.00 horas 14.30 a 16.00 horas.

Los horarios referidos a los recreos diferidos son los siguientes:

Ciclos Inicio 1°

recreo

Término 1°

recreo

Inicio 2°

recreo

Término 2° recreo

Preescolar 09:15 09:30 11:00 11:15

1° ciclo 09:30 09:45 11:15 11:30

2° ciclo 09:30 09:45 11:15 11:30

Con respecto a los horarios de desayuno y almuerzo escolar son:

Ciclos Desayuno/ Once Almuerzo

Pre- Kínder Jornada

Mañana 09:00 12:00 -12:15

Pre- Kínder Jornada

Tarde 15.30 13:30-13:45

Kínder Jornada Mañana 09:00 12:00 -12:15

Kínder Jornada Tarde 15.30 13:30 -13:45

1° ciclo 09:30 13:00-13:30

2° ciclo 09:30 13:00-13:30

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Reglamento de Convivencia Interno.

“Un espacio para vivenciar, discernir y crear”

I. Introducción.

Art.1: La educación tiene por propósito fundamental asistir a nuestra infancia y adolescencia en

el desarrollo de sus talentos y sus capacidades físicas y mentales hasta el máximo de sus

posibilidades, enseñarles el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y al

mismo tiempo prepararles para asumir una vida responsable y plena. En este marco, los

establecimientos educacionales contribuyen significativamente en este proceso de construcción

puesto que son espacios privilegiados para que nuestros niños, niñas y jóvenes aprendan a vivir

juntos y en cada nivel educativo expresen sus logros hasta alcanzar sus máximas competencias

sociales que les permitan convertirse en ciudadanos y ciudadanas.

De esta forma, la existencia del Manual de Convivencia, no solo da cumplimiento a la

legislación educativa actual, sino que asume el requerimiento de entregar lineamientos y

protocolos desde una óptica formativa/pedagógica comunes para todas las comunidades

educativas que están bajo la administración del Municipio y al mismo tiempo valorar la

importancia de que las comunidades complementen sus contenidos a partir de sus propios

proyectos educativos vigentes.

El Manual propuesto cuenta con un marco jurídico y conceptual, explicita los deberes y

responsabilidades de sus actores, muestra la gradualidad del debido proceso pedagógico y por

cierto mediante las evidencias del mismo, se fijan las medidas pedagógicas y protocolos de

actuación ante comportamientos que constituyen faltas a la buena convivencia escolar,

graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad.

Un aspecto relevante del presente Manual es proponer a la comunidad educativa

procedimientos de trabajo común basado en la Ley 20.536 que establece la existencia obligatoria

de un Encargado/a de Convivencia Escolar en cada establecimiento, quien será responsable de

proponer/elaborar un Plan de Acción (inciso 3° del art. 15) para poner en práctica las

recomendaciones del Consejo Escolar.

Art.2: La escuela en conformidad a la Ley N° 20.536, Art. 15, inciso 3°, cuenta con un

Encargado de Convivencia y/o mediador escolar. Su responsabilidad es asumir su rol primario en

la implementación de las medidas de convivencia escolar que determine el Consejo Escolar o el

Equipo de Gestión.

Atribuciones del Encargado de Convivencia Escolar.

Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Consejo

Escolar.

Elaborar el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar.

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Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la

elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas

y disciplinarias que fomenten la buena convivencia.

Proponer a Inspectoría General y adoptar las medidas y acciones conducentes al sano

clima escolar.

Aplicar medidas correctivas y de reparación /o sanciones en los casos fundados de

incumplimiento del Manual de Convivencia Interno.

Coordinar las iniciativas de capacitación para la promoción de la buena convivencia y

manejo de situaciones en conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad

escolar.

Comité de Convivencia Escolar.

El comité de Convivencia escolar, es un organismo interno, que busca servir con

objetividad en la solución, acertada del conflicto escolar y garantizar la justa aplicación

del Manual de Convivencia.

Integrantes del Comité de Convivencia Escolar.

Encargado y mediador de Convivencia Escolar.

Departamento de Orientación. Orientador y dupla sicosocial.

Inspectoría General.

1. Actualización y difusión del Manual de Convivencia Escolar.

Art. 3: El presente Reglamento de Convivencia Escolar, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 9 de

la Ley General de Educación 20.370 es actualizado anualmente, con la participación de de los

distintos estamentos que componen la Comunidad Educativa Padre Alberto Hurtado. Es

sometido a la aprobación del Consejo Escolar, de profesores, centro de alumnos-padres para

posteriormente ser presentado al Departamento Provincial para su conocimiento y respaldo.

1. El Manual de Convivencia Escolar, está disponible en una sección especial del sitio

web www.ephcormupa.cl para la lectura de los padres y apoderados, antes de la firma del

compromiso de aceptar las normas establecidas en el presente manual.

2. Está impreso en la Agenda del Alumno para conocimiento de los estudiantes, docentes

y asistentes de la educación, padres y apoderados.

3. Está en la página www.ephcormupa.cl para descarga y conocimiento de la comunidad

en general.

2. Plan Anual de Gestión en Convivencia Escolar.

Art. 4: Cada año, se procede a elaborar el Plan Anual de Gestión en Convivencia Escolar,

considerando aportes del Consejo Escolar y de Profesores, Equipo de Gestión, Centro General de

Padres y de Alumnos.

A su vez, se realiza Seguimiento y Monitoreo del Plan de Gestión de acuerdo al cronograma

propuesto por Encargada/o de Convivencia junto al Equipo Directivo.

Por último, se realiza evaluación de la ejecución del mismo, quedando plasmado el proceso,

logros y evidencias recogidas mediante un Informe Final de cierre del año escolar.

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El presente Plan Anual de Gestión en Convivencia Escolar 2018, se encuentra en tabla anexa

para detalle de las acciones a implementarse en torno a esta materia

3. Consejo Escolar.

Art. 5: En la escuela existe y funciona el Consejo Escolar, en conformidad a lo establecido en la

Ley 20.536, Art. 15 párrafo 3° del 17 de septiembre de 2011. El objetivo de esta instancia, es

estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo,

promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica,

agresiones u hostigamientos.

De igual manera, en las demás áreas que estén dentro del ámbito de sus competencias, y al cual

la dirección podrá informar y/o consultar por situaciones derivadas de la disciplina y convivencia

escolar, entre otras materias.

Este consejo tiene carácter de consultivo y no resolutivo, según lo indicado en su propio

reglamento interno. Participan de él:

Representante del sostenedor.

Dirección de la escuela.

Un docente elegido por los docentes de la escuela.

Presidente del Centro General de Padres.

Presidente del Centro de Alumnos.

Encargado de Convivencia Escolar.

Representante de los Asistentes de la Educación.

Secretario del Consejo Escolar, nombrado por la Dirección.

Atribuciones del Consejo Escolar en relación a la buena convivencia escolar :

Proponer o adaptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima

escolar sano.

Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en la escuela.

Informar y capacitar a los integrantes de la comunidad educativa acerca de las

consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de

conducta contraria a la buena convivencia.

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia

escolar cuando corresponda.

Opinar en forma general si así se estima conveniente sobre faltas y/o situaciones

conflictivas relacionadas con la convivencia al interior de la comunidad educativa.

4. Centro de alumnos

Art. 6: Su finalidad es servir a sus miembros, en función de los propósitos de la escuela, y dentro

de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento

reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción, de formarlos para la vida democrática y de

prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

La supervisión será responsabilidad de la Directora y Docente asesor y tiene las siguientes

competencias:

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1.- Debe tener la asamblea General

2.- El Directorio

3.- El consejo de delegados de curso

4.- El consejo de curso

5.- Convocar a elecciones de Centro de Alumnos y Alumna

6.- Organizarse democráticamente en la escuela

7.- Dirigir y administrar el Centro de Alumnos y Alumnas

8.- Elaborar y ejecutar el plan de trabajo

9.- Elaborar el reglamento interno

10.- Informar y estudiar las propuestas de los distintos cursos y grupos de estudiantes

11.- Representar al Centro de Alumnos Alumnas ante distintas autoridades y organismos

El derecho de los estudiantes a constituir un Centro de Alumnos, está garantizado en la

Constitución Política, la cual establece la libertad de asociación (Art. 19 Nº 15) y está regulado

por el Decreto Nº 524 de 1990 (modificado el 2006).

5. Centro de padres y/o apoderados

Art.7: Son organismos que comparten y colaboran en los propósitos educativos y sociales de la

escuela. Orientan sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico pedagógico que

competen exclusivamente a la escuela, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre los

miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas de la escuela y estimularán el

desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar.

Dentro de su organización tendrá los siguientes organismos:

1.- La asamblea General

2.- El Directorio

3.- Los Sub centros

Además debe:

Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus

hijos(as) y pupilos(as) y, en consonancia con ello, promover las acciones de estudio y

capacitación que sean convenientes para el mejor cometido de las responsabilidades

educativas de la familia.

Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores, e

ideales educativos comunes, canalizando para ello las aptitudes, intereses y capacidades

personales de cada uno.

Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y la escuela y que faciliten la comprensión y el

apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol corresponde desempeñar a

los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que

la educación fomenta en los alumnos y alumnas.

Apoyar la labor educativa de la escuela, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el

desarrollo integral del alumno y alumna

Proyectar acciones hacia la comunidad en general, difundir los propósitos e ideales del

Centro de Padres, promover la cooperación de las instituciones y agentes comunitarios en las

18

labores de la escuela, y cuando corresponda participar en todo aquellos programas de

progreso social que obre en beneficio de la educación protección y desarrollo de la niñez y

juventud

Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la comunidad, iniciativas

que favorezcan la formación integral de los alumnos y alumnas, en especial aquellas

relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas, culturales, sociales y de

salud que puedan afectar las oportunidades y desarrollo de los alumnos y alumnas.

Mantener comunicación permanente con los directivos de la escuela tanto para obtener y

difundir entre sus miembros la información relativa a las políticas, programas y proyectos

educativos de la escuela como para plantear, cuando corresponda, las inquietudes,

motivaciones y sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y vida escolar.

Supervisión Directa Directora y Docente asesor

6. Consejo de profesores

Art. 8: De los deberes y funcionamiento: 1. Todo docente del Establecimiento tiene la obligación de asistir con puntualidad a todos los

consejos de profesores y reuniones técnicas que cite la Dirección o la Unidad Técnica de la

escuela. Para ello, se debe destinar parte del horario de colaboración del profesor.

2. En las diferentes reuniones de profesores, se debe mantener por parte de sus integrantes una

actitud acorde al nivel, evitando distracciones de todo tipo.

3. El Consejo de Profesores se reunirá en forma semanal, además de las reuniones

extraordinarias que cite la Dirección.

4. Las reuniones técnicas de profesores se realizarán semanalmente, en día y horario que fije la

Dirección del Establecimiento.

5. Cuando, por motivos justificados, se suspenda una reunión técnica, los profesores deben

permanecer en el Establecimiento en el horario que corresponda, desarrollando algún trabajo

técnico-pedagógico, designado por la UTP o el que necesite realizar en función de su labor

profesional.

6. El Consejo de Profesores será presidido por la Directora del establecimiento y en su ausencia

por quien le secunde en el cargo, quien deberá guiar la sesión mediante una tabla de puntos a

tratar.

7. Las reuniones técnicas serán dirigidas por el Jefe de la Unidad Técnica del Establecimiento,

quien se basará en tabla de puntos o pauta de trabajo.

8. Tanto para el Consejo de Profesores como para la Reunión Técnica se elegirá de los mismos

integrantes del consejo un(a) Secretario(a) para que levante acta de cada reunión y darle lectura

en la reunión siguiente para su aprobación y análisis.

Art.9: De los derechos y facultades.

1. Cada integrante del Consejo de Profesores tiene derecho a voz y a voto dentro del Consejo y a

exigir que su opinión quede explícitamente registrada en el acta cuando así lo considere,

cautelando el correcto lenguaje y el respeto hacia los demás.

2. Es facultad del Consejo de Profesores resolver situaciones de tipo técnico-pedagógicas, las

que en todo caso deben sujetarse a la legalidad vigente y a los reglamentos del Establecimiento.

19

3. Toda situación que requiera ser resuelta por el Consejo de Profesores deberá contar con el

respaldo del 50% más 1 de los profesores presentes en el Consejo.

4. La Directora del Establecimiento deberá informar al Consejo de Profesores de su gestión y de

la marcha de la escuela.

Art.10: Del control de asistencia

1. La asistencia, tanto al Consejo de Profesores como a las demás reuniones, debe quedar

registrada con nombre y firma de cada integrante.

2. Las ausencias a reuniones deben ser justificadas debidamente ante la Dirección del

Establecimiento, quien evaluará su pertinencia.

3. Las ausencias o atrasos injustificados ameritarán medidas por parte de la Dirección que irán

desde llamados de atención verbal, llamados de atención por escrito, descuento por el tiempo que

corresponda, observaciones de incumplimiento en la hoja de vida.

7. Mecanismos de coordinación con instancias tales como Centro de Padres, Centro de

alumnos y Consejo Escolar

Art. 11: La gestión de un proceso educativo de calidad, requiere del compromiso y la

participación de todos los integrantes de la comunidad educativa. Para que esto sea posible las

escuelas y liceos cuentan con distintas instancias formales de participación, tales como:

Consejo de Profesores

Centro de padres, madres y apoderados

Centro de alumnos

Consejos escolares o Comité de buena convivencia

Comité de Seguridad Escolar

Otros espacios de participación que el establecimiento disponga

Estas instancias de participación tendrán un trabajo efectivo en la medida que existan confianzas

mutuas y se generen espacios reales de encuentro en donde se respeten los aportes, las

experiencias y las atribuciones del rol que compete a cada integrante.

20

II. Fundamentación.

Art. 12: En Chile, a partir de la Reforma Educacional, y de acuerdo a la detección de una serie

de conductas discriminatorias, abusivas y violentas que se venían produciendo al interior de las

escuelas, el tema de la convivencia escolar tomó especial relevancia, surgiendo así la

formulación de la Política de Convivencia Escolar, la cual ha sido complementada con la

promulgación de la ley 20.536.

1: Enfoque Formativo -Pedagógico del Proyecto Educativo Institucional.

Art.13: Lo que se destaca en ambos instrumentos es el rol formativo de parte de la gestión

escolar, lo cual tiene que ser expresado en un conjunto de acciones, relacionadas entre sí, a cargo

de los diferentes actores de una comunidad para promover y posibilitar la consecución de la

intencionalidad pedagógica en - con - y para la comunidad educativa.

La coherencia entre cada una de las declaraciones y propuestas de trabajo de cómo lograr nuestro

desafío pedagógico se ve expresado en la comprensión de la convivencia escolar como un

proceso. El paso por la escuela debe abrir las puertas a los estudiantes en su participación en

sociedad. Una escuela inclusiva y además, exigente, que enseñe los contenidos establecidos, que

considere los intereses de su comunidad, busque alternativas para que todos aprendan y sigan

aprendiendo en el futuro propiciará el desarrollo de un pensamiento propio, sustentado en un

ideal democrático.

Por esta razón se considera muy relevante que el desempeño educativo sea coherente en todas

sus definiciones y prácticas cotidianas. Por esta razón, a continuación se solicita que se incorpore

la siguiente información del PEI / Plan de Gestión del establecimiento;

2. Lema Institucional

“Un espacio para vivenciar, discernir y crear”

Visión: Nos proyectamos hacia la formación de personas con espíritu crítico y creador, con altas

expectativas sobre sí mismo, capaz de resolver los desafíos con una mirada amplia, flexible y

pluralista de la sociedad en que vive, unido a una gran sensibilidad estética y humana al estilo y

legado del Padre Alberto Hurtado Cruchaga.

Misión: Somos una escuela comprometida con una formación académica de calidad, diversa e

inclusiva, basado en altas expectativas sobre nuestros estudiantes. Orientada a la enseñanza y

desarrollo de las habilidades artísticos musicales y sustentado en el valor de la responsabilidad,

perseverancia, solidaridad y optimismo como ejes fundamentales para la formación integral de

los educandos.

21

3. Objetivos estratégicos en convivencia escolar.

Art.14

1: Desarrollar estrategias que propicien una adecuada gestión de la convivencia, que redunde en

un mejoramiento de los objetivos en esta área.

2: Fortalecer las prácticas pedagógicas en lo relacionado a la resolución pacífica de los

conflictos.

3: Formar el Comité para la Buena Convivencia Escolar y explicitar sus funciones a la

Comunidad Educativa.

4: Gestionar en conjunto con el Departamento de Orientación diversos talleres formativos y

recreativos dirigidos a la promoción de la sana convivencia escolar con el apoyo y participación

de las redes relacionadas con el tema.

5: Fortalecer la alianza familia-escuela a través del desarrollo de diferentes actividades y

temáticas formativas como escuela padres y otras.

4. Legislación y Normativa presente en la Gestión de la Convivencia Escolar.

Art.15: El presente Manual de Convivencia Escolar es factible de ser mejorado asumiendo las

recomendaciones que surjan desde la vivencia de las comunidades educativas y considerando

todas y cada una de las leyes y normas atingentes. Por lo anterior, el presente Manual tiene como

fuente los siguientes documentos legales:

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Convención sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas, 1990)

Constitución Política de la República de Chile

Ley General de Educación N°20.370

Estatuto de los Profesionales de la Educación Ley N° 19.070

Decreto N° 313/73 Sobre Seguro Escolar.

Res. Exenta N° 51 04/01/2001 Plan Integral de Seguridad Escolar.

Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

D.L N° 19.925. Ley de Alcoholes.

Ley N°20.248 de Subvención Escolar Preferencial

Decreto 524 y reformulación 2006 Centros de Alumnos

Decreto N° 565/90 Reglamento General Centro de Padres y Apoderados

D.F.L. Nº2 de 1998 Sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

(ART. 6º letra d) exige como requisito a los establecimientos educacionales para que

puedan impetrar la subvención: “Que cuenten con un reglamento interno que rija las

relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los padres y apoderados. En dicho

reglamento interno se deberán señalar: las normas de convivencia en el establecimiento;

las sanciones y reconocimientos que origina su infracción o destacado cumplimiento; los

procedimientos por los cuáles se determinarán las conductas que los amerita; y las

instancias de revisión correspondientes.”

D.F.L. Nº 20.248, del 3 de abril del 2008, sobre Subvención Escolar Preferencial para

alumnos prioritarios (LEY SEP)

Ley 19.979 de 2004, que modifica la Ley de Jornada Escolar Completa.

22

La Ley 20.084 Responsabilidad Penal Juvenil

Política de Participación de Padres y Apoderados en el Sistema Educativo. MINEDUC /

2000.

Criterios para actualizar Reglamento Interno del Establecimiento Educacional. Mineduc

Año 2012.

Marco para la Buena Enseñanza, Mineduc Año 2001.

Política Nacional de Convivencia Escolar, Mineduc 2011.

Ley Nº 19532 / 97 Art. 2 letra d. Sobre Jornada Escolar Completa Diurna.

Ley N° 19.688/2000, Derecho de Estudiantes Embarazadas.

Ley Nº 20.000 o Ley de Drogas, sanciona en tráfico ilícito de drogas y entró en vigencia

el 16/02/2005. (Reemplaza a la Ley Nº 19.366)

Ley 19.284 Integración social de las personas discapacitadas.

Ley 20.201 sobre NEE de carácter transitorio

Ley 20.536 sobre violencia escolar

Ley 20.609 antidiscriminación

Decreto 215 Mineduc Reglamento uso de uniforme 2009.

Política comunal de afectividad y transversalidad referidos a los objetivos fundamentales

transversales. Política de participación de padres y apoderados en el sistema educativo.

Mineduc 2000.

Ley 19.617. Delitos Sexuales

Normativa que regula los reglamentos internos de los establecimientos educacionales.

Ley de INCLUSIÓN Ley 20.845

23

III. Marco Conceptual para la Convivencia Escolar.

Art.16: La ley 20.536 sobre violencia escolar incorpora esta responsabilidad a la gestión escolar.

Debido a las tareas que le son asignadas se requiere un profesional competente para liderar la

concreción y ejecución de un Plan de Gestión Anual de Convivencia y la implementación de

medidas y sanciones implicadas en el debido proceso pedagógico que plantea el Manual de

Convivencia. Para su mejor proceder tiene que contar con un equipo de apoyo formado por

actores de la propia comunidad. Finalmente, otra tarea que tiene es presentar al Consejo Escolar

los informes y reportes de avance del Plan y actualizar y velar por el cumplimiento de lo

dispuesto en el Manual de Convivencia.

A continuación se indican los principales conceptos a tener en cuenta para la gestión educativa

en materia de convivencia escolar;

Definiciones

Convivencia Escolar: La convivencia escolar forma parte de la formación integral de las

personas por lo tanto, a la base se encuentra una construcción colectiva y dinámica donde

todos los niños y niñas, padres y apoderados son sujetos de derechos y deberes, en donde

el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en relación con otros de acuerdo a los

roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa, privilegiándose el respeto y

la protección de la vida privada y pública de las personas y su familia.

Comunidad Educativa: es aquella agrupación de personas que, inspiradas en un

propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas,

padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación,

equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

Sana Convivencia Escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el

respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo, que contribuye a un proceso

educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia (real y simbólica).

Orientados como Institución Educativa a que cada integrante de la Comunidad pueda

desarrollarse plenamente en sus dimensiones personal y social, ejerciendo sus derechos y

cumpliendo los deberes correlativos.

Disciplina escolar consiste en la comprensión y el respeto mutuo entre todos los

integrantes de la comunidad educativa, la confianza en el logro de las metas propuestas y

el paso progresivo hacia la autodisciplina. La disciplina debe presentarse con caracteres

constructivos, enfatizando su aspecto humano y de requisito de convivencia social. En

esta perspectiva debe propiciarse que los integrantes de la comunidad educativa

desarrollen un auto-control efectivo, asuman responsabilidades y se superen cada día.

La Resolución Pacífica de Conflictos, se puede describir como la intención y voluntad

de las personas en resolver una disputa que involucra mirar de frente los conflictos, es

decir, hacerlos visibles en la interacción interpersonal y/o grupal, lo que facilitará ponerle

nombre a la situación y Tomar una posición frente a los conflictos y las personas, es

24

decir, abordarlos o no y de qué manera. La resolución pacífica de conflictos es una

habilidad social que contribuye y enriquece la vinculación entre las personas. Para la

comunidad educativa asumir un proceso de resolución de conflictos requiere, Reconocer

igualdad de derechos y oportunidades entre las partes en conflicto y re-establecer la

relación y posibilitar la reparación si fuere necesario.

Debido proceso, es un principio escolar, según el cual, todo integrante de la comunidad

educativa tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado

justo y equitativo dentro del proceso de investigación frente a situaciones que alteran la

sana convivencia escolar, especialmente frente a hechos de maltrato u otras causas

tipificadas como graves. Este derecho implica la aplicación gradual y el uso de criterios

de aplicación de sanciones y al mismo tiempo el debido registro (evidencias), que son en

definitiva lo que permite ponderar y tomar decisiones. A la base de este concepto se

encuentran una serie de pautas de registro que describen un proceso en el tiempo

relacionado con la formación de un alumno/a.

1. Valores Sustantivos para la Convivencia Interna.

Art. 17: Respeto: Es uno de los valores más importantes del ser humano, pues es fundamental

para lograr una armoniosa interacción social. Una de las premisas más importantes sobre el

respeto es que para ser respetado es necesario saber o aprender a respetar, a comprender al otro,

a valorar sus intereses y necesidades. En este sentido, el respeto debe ser mutuo, y nacer de un

sentimiento de reciprocidad. Respeto se trata de no discriminar ni ofender a esa persona por su

forma de vida y sus decisiones, siempre y cuando dichas decisiones no causen ningún daño, ni

afecten o irrespeten a los demás.

Tolerancia: aquella virtud, de enorme importancia en la convivencia escolar, que implica

respeto y consideración hacia la diferencia, como una disposición a admitir en los demás, en los

otros, una manera de ser y de obrar distinta a la propia, pero legítima y válida. Por consiguiente,

se entiende la aceptación de la diversidad de opinión, social, étnica, cultural y religiosa; es la

capacidad de saber escuchar y aceptar a los demás, valorando las distintas formas de entender y

posicionarse en la vida, siempre que no atenten contra los derechos fundamentales de las

personas.

Honestidad es otro valor fundamental para la buena convivencia escolar y se refiere a dos

aspectos: a) aquella virtud que consiste, en actuar siempre con base en la verdad, es una forma de

vivir coherentemente entre lo que se piensa y la conducta que se observa hacia el prójimo,

generando confianza, sinceridad, credibilidad en las personas, discreción ante las confidencias

personales y secretos profesionales. b) El respeto por la propiedad o bienes de otros, ya sean

públicos o privados.

Justicia es, a nuestro entender, un valor irrenunciable en todo grupo humano que desee vivir en

armonía y paz con sus semejantes, pues demanda una voluntad constante de dar a cada uno lo

que le corresponde, en un marco de equidad y respeto por los derechos de los demás.

25

Responsabilidad es la virtud que consiste, tanto en la capacidad para comprometerse con el

cumplimiento de los deberes y las propias decisiones, como también asumir las consecuencias

que éstas pueden generarle tanto a la persona en sí como a quienes lo rodean. En síntesis, la

responsabilidad es un “responder por…”, un “hacerse cargo de…” mis decisiones, acciones y

consecuencias que estas generen, tanto hacia sí mismo como hacia el otro. Al igual que la

honestidad y la tolerancia, la responsabilidad es un pilar fundamental para la sana convivencia de

una comunidad escolar.

2. Perfil del Estudiante.

Art. 18: A nivel de Educación Parvularia la Escuela Padre Alberto Hurtado, orienta la formación

de sus niños(as), hacia los siguientes aspectos:

• Seguros de sí mismos, conscientes de sus posibilidades.

• Responsable de sus actos y respetuosos consigo mismo y el medio ambiente.

• Creativos e integrados que distingan lo esencial de lo accidental, lo real de lo aparente, lo

permanente de lo transitorio, etc.

• Solidario con su grupo de pares y demás integrantes de la comunidad.

• Sensibles a la belleza expresada en todas sus manifestaciones.

• Autónomos y resilientes, positivos ante la vida, que vivan alegremente cualesquiera que sean

las dificultades que encuentren en su camino.

A nivel de Educación Básica nos orientamos a la formación de los estudiantes para que se

caractericen por ser personas que:

• Posean la dignidad y el orgullo de pertenecer a la Escuela Padre Alberto Hurtado Cruchaga,

representándola con entusiasmo, compromiso y responsabilidad en todo tipo de eventos.

• Reconozcan en las actividades artísticas un aspecto importante y valioso para una formación

académica de excelencia y que con esfuerzo y dedicación pueden alcanzar grandes resultados.

• Demuestren aptitudes relevantes de razonamiento y comprensión verbal y matemática y

capacidad de aprendizaje continuo de acuerdo a su etapa de desarrollo.

• Sean respetuosos de sí mismo, de los demás y del medio en el que se encuentran, apreciando

su propia cultura e historia personal, valorando las tradiciones, emblemas y símbolos

regionales y patrios, abiertos a otras culturas, tradiciones, creencias o puntos de vista

diferentes.

• Sean conscientes de sus derechos y deberes tanto al interior como fuera del establecimiento,

respetando y haciendo respetarlas normas institucionales, como las establecidas en el

Reglamento de Convivencia Interna.

• Posean capacidad de interactuar responsablemente con los medios y recursos pedagógicos y

tecnológicos que la escuela ponga a su alcance, en beneficio de los aprendizajes y de la

formación integral de los estudiantes.

• Posean buenos hábitos de estudio y disciplina, que le permitan lograr aprendizajes efectivos y

el desarrollo de sus capacidades.

26

IV. Deberes y Derechos de la Comunidad Escolar Padre Hurtado.

Art.19: La convivencia escolar es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad

educativa. Una buena convivencia escolar es el resultado de crear una atmósfera de respeto, de

acogida y protección, generada por la acción y disposición de todos los participantes de la

comunidad educativa, en un entorno fraterno, colaborador y formador. Para ello, es necesaria la

participación activa de todos, tanto individual como grupal, de modo tal, que la inter- relación en

el día a día, estampe huellas de valor tendientes al crecimiento permanente e integral de la

persona.

Se expresa en distintos espacios formativos: el aula. Las salidas pedagógicas, los recreos, los

talleres, los actos académicos, la biblioteca, así como también en los espacios de participación,

los Consejos Escolares, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centro de Alumnos,

Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados.

El director de la escuela es la primera autoridad administrativa y docente del establecimiento,

tiene la responsabilidad de lograr que la institución ofrezca una educación adecuada para que

tanto alumnos como docentes, logren realizar los objetivos trazados en el proyecto educativo

institucional.·El directivo docente debe organizar, planear, ejecutar, controlar y evaluar el

proceso que se da dentro del establecimiento

De los derechos

Art.20: Todo docente, sin importar su función dentro del establecimiento (docente, docente jefe,

docente directivo, etc.) posee los siguientes derechos:

A ser respetado, recibiendo un trato adecuado y a ser valorado por la comunidad educativa, y

por la sociedad en general, en el ejercicio de sus funciones.

A que se respeten sus indicaciones en el cumplimiento de las normas, de acuerdo con lo

establecido en el Plan de convivencia y en las normas de convivencia.

A recibir colaboración por parte de los miembros de la comunidad educativa con el objetivo

de beneficiar un adecuado clima de convivencia escolar.

A tener libertad para tomar las decisiones necesarias durante el desarrollo de las actividades

lectivas, complementarias y extraescolares, en el marco de lo establecido en el Plan de

convivencia y en las normas de convivencia.

A desarrollarse en un ambiente educativo adecuado, en el cual sean respetados sus derechos.

A participar en los órganos y estructuras en los que tenga atribuciones en el ámbito de la

convivencia escolar.

A manifestar su opinión acerca del clima de convivencia en el establecimiento, así como

también a realizar propuestas para mejorarlo.

Art. 21: Los asistentes de la educación, asistentes profesionales, asistentes de aula, asistentes de

inspectoría, bibliotecaria y auxiliares de servicio tienen derecho a trabajar en un ambiente

enmarcado en la tolerancia y respeto mutuo, tienen derechos a que se le respete su integridad

física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos degradantes o vejatorios, tienen derechos a

27

recibir un trato respetuoso y cordial de parte de los demás miembros de la comunidad educativa,

a participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles

para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

Art.22: Los docentes y asistentes de la educación poseen derechos de asociarse, siendo este un

derecho fundamental del ser humano, y como tal, en la medida que tenga fines lícitos, es

considerado como un derecho reconocido universalmente. En la Constitución Política de 1980 se

reconoce el derecho de asociación libre. Ello supone el derecho de asociarse sin permiso previo.

En tales términos está consagrado en el artículo 19 Nº 15 de la Carta Fundamental.

Art.23: Un/a manipulador/a de alimentos tiene derecho a contar con la infraestructura,

equipamiento y utensilios de trabajo en buenas condiciones que permitan el correcto desarrollo

de sus funciones y no coloquen en riesgo su integridad física, también tienen derecho a contar

con ropa de trabajo y de protección personal en buena condiciones, a disponer de casilleros para

guardar su pertenecías personales durante la jornada laboral, a recibir la alimentación

correspondiente durante la ejecución del servicio y a ser capacitados en materias de: prevención

de riesgos y rol del personal manipulador en el Programa de Alimentación Escolar.

Art.24: Los alumnos de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente

sano, que permita resguardar su ingreso y permanencia durante toda su trayectoria escolar. En

caso que dicho ambiente no se cumpla tiene derecho a exigir que sus demandas sean atendidas en

resguardo de sus derechos.

De los deberes

Los integrantes de la comunidad educativa, también poseen deberes:

Art. 25: Un Inspector General debe:

1) Alinear el curriculum con los valores declarados en el Proyecto Educativo Institucional.

2) Articular e implementar un PEI asegurando la participación y el apoyo de la comunidad

3) Planificar, coordinar y ejecutar el Plan de Convivencia Interna en conjunto con la docente

encargada de orientación.

4) Administrar la disciplina y promover un buen clima de convivencia escolar de acuerdo a los

lineamientos emanados del Manual de Convivencia Interna y demás protocolos existentes al

respecto.

5) Cuidar el orden, supervisar el cumplimiento del horario de entrada y salida del personal y

alumnado de acuerdo a los lineamientos del Manual de Convivencia y de procedimientos

interno. (Confeccionar las cargas horarias del personal de la escuela, determinando horas de

colaboración en caso de los docentes).

6) Velar que los alumnos estén debidamente asistidos en cada una de las actividades que se

realizan al interior de la escuela: sala de clases, patio, gimnasio, comedor, biblioteca, otros.

7) Comunicar oportunamente a los miembros de la comunidad educativa, los cambios de

actividades según corresponda dentro del horario de clases.

28

8) Mantener informado al Director, Unidad Técnica, Orientación y Profesores sobre aquellas

observaciones relevantes que inciden en el que-hacer educativo (positivas y negativas).

9) Mantener la información completa y actualizada de los datos y observaciones de alumnos en

diversas situaciones: asistencia (ambas jornadas), atrasos, uso de la agenda, situaciones

destacadas y problemáticas

10) Supervisar y coordinar en conjunto con el docente encargado de Acle las actividades extra-

programáticas y de otros grupos organizados al interior de la escuela.

11) Generar condiciones adecuadas que permiten realizar en forma efectiva el proceso de

evaluación y desarrollo del personal de los alumnos como también de: carpeta de atención de

apoderados, registro y estadística de resultados de asistencia mensual, semestral y anual por

ciclos y niveles de enseñanza.

12) Programar, coordinar y controlar las labores de los paradocentes y auxiliares de servicio.

13) Organizar delegaciones para Actos Públicos de carácter cívico, patriótico y académico.

14) Colaborar en la organización y coordinación del proceso de pre-matrícula y matrícula,

distribución de salas de clases de acuerdo a las necesidades e inducción de los alumnos.

15) Gestionar los recursos para un efectivo aseo, limpieza y mantenimiento de cada una de las

dependencias del interior y exterior de la escuela.

16) Velar por la correcta presentación personal de los alumnos y demás integrantes de la

comunidad escolar de acuerdo al reglamento vigente.

17) Controlar retiros anticipados de los alumnos en su jornada de clases asegurándose de la

autorización del apoderado.

18) Exigir el correcto uso del mobiliario, materiales y dependencias de la escuela, sancionando

faltas a esta norma de acuerdo a lo señalado en el reglamento interno.

19) Proteger la seguridad física de los integrantes de la comunidad educativa, precaviendo por sí,

o por el personal a su cargo, los lugares de accidente (pavimentos, escaleras, instalaciones

eléctricas defectuosas, otros).

20) Recepcionar licencias médicas de los educandos, informando de esto a la U.T.P, y Dirección.

21) Emitir informes de accidentes escolares, de acuerdo al registro de ellos.

22) Mantener una vigilancia permanente de las dependencias de la escuela, panel de llaves, buen

uso de los servicios básicos, otros.

23) Controlar el correcto registro diario de los libros de clase, donde se consignan los

antecedentes relacionados con la supervisión escolar y llevar el control del registro de

asistencia al SIGE, Hoja de Vida, firmas de asistencia del profesor, planilla de subvención

escolar.

24) Participar activamente en desarrollo efectivo de los Consejos de profesores, desarrollando y

proponiendo temas de interés del profesorado.

25) Mantener al día la información y documentación a objeto de supervisión por parte de la

Super-Intendencia de Educación: Antecedentes del personal docente, asistente de la

educación, auxiliar y de apoyo, certificados de nacimiento pre-básica y primero básico, entre

otros.

29

Art. 26: Un Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica debe:

1) Ser capaz de alinear el currículo con los valores declarados en el PEI.

2) Articular e implementar un PEI asegurando la participación y el apoyo de la comunidad.

3) Monitorear la evolución de indicadores de efectividad correspondiente al área técnico-

pedagógica.

4) Diseñar, realizar seguimiento y evaluación del Plan de Mejoramiento Educativo

5) Seleccionar y administrar información relevante, generando un sistema de comunicación

fluido y eficaz.

6) Participar activamente de los consejos de profesores a través del desarrollo de talleres de

reflexión pedagógica y de análisis de resultados escuela.

7) Generar condiciones adecuadas que permiten realizar en forma adecuada los procesos de

selección, evaluación y desarrollo del personal.

8) Llevar registro de evidencias: Recepción de planificaciones, monitoreo al aula, de contenidos

en el libro de clases y de todas aquellas relacionadas con el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

9) Organizar las actividades de su área, determinando objetivos y metas alineadas con las de la

institución.

10) Actualizar la información diagnóstica, los resultados mensuales y semestrales de los

alumnos, con énfasis en los subsectores priorizados.

11) Diseñar, monitorear y evaluar el desarrollo del Plan Lector y Matemático de la escuela.

12) Organizar los recursos implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el

desempeño y los procesos de aprendizaje

13) Ser capaz de alinear y orientar el trabajo de los docentes por nivel y de depto.

14) Realizar talleres de reflexión pedagógica con los docentes y niveles de enseñanza

15) Asegurar la completa implementación en el aula de los programas de casa subsector de

aprendizaje.

16) Verificar la coherencia de las estrategias didácticas con los objetivos de aprendizaje,

contenidos para lograr aprendizajes significativos

17) Coordinar, implementar, evaluar y optimizar el proceso de evaluación por desempeño

docente.

18) Coordinar las actividades curriculares para que se alineen con los objetos del PEI.

19) Supervisar la plena cobertura de los programas del establecimiento.

20) Asesorar a los profesores en la aplicación de estrategias de manejo grupal para permitir

desarrollar clases efectivas.

21) Diseñar, coordinar, implementar y evaluar proyectos de innovación educativa para mejorar la

práctica educativa.

22) Formar y analizar información banco de datos y estadística de resultados de aprendizaje por

nivel ciclo y asignaturas para la toma de decisiones con el fin de mejorar procesos y

resultados.

23) Regularizar los casos de atrasos pedagógicos, junto con diseñar estrategias de reforzamiento

y/o nivelación que permitan a todos los alumnos avanzar en el proceso pedagógico.

30

24) Coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades extraescolares de manera que

respondan efectivamente a los interese de los alumnos y objetivos de la escuela.

Art.27: Un Orientador debe:

1) Ser capaz de alinear el currículo con los valores declarados en el PEI.

2) Articular e implementar un PEI asegurando la participación y el apoyo de la comunidad

3) Seleccionar y administrar información relevante, generando un sistema de comunicación

fluido y eficaz.

4) Organizar las actividades de su área- Plan de Trabajo Anual, determinando objetivos y metas

alineadas con las de institución.

5) Proponer a la dirección de la escuela las temáticas a desarrollar en el Consejo de Profesores

en conjunto con la dirección.

6) Organizar los recursos implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el

desempeño y los procesos de aprendizaje.

7) Detectar necesidades de su área, selecciona objetivos, actividades, obtiene recursos y genera

metas e indicadores de logro.

8) Diagnosticar, planificar, ejecutar y evaluar las actividades de orientación vocacional y

atender problemas de orientación a nivel grupal e individual

9) Asesorar a los profesores en la aplicación de manejo grupal para permitir desarrollar clases

efectivas.

10) Analizar la información y toma decisiones con el fin de mejorar procesos y resultados.

11) Apoyar y supervisar la realización de la planificación de orientación, desarrollo y registro de

la misma, por parte de los profesores jefes, al igual que la completación de la ficha escolar

acumulativa.

12) Coordinar la aplicación de los planes complementarios, a saber: valores, alcoholismo,

drogadicción, educación al amor y la sexualidad.

13) Efectuar reuniones técnicas sobre normativas, programas generales y programas especiales.

14) Recolección de información y confección de instrumentos evaluativos sobre: habilidades,

intereses y destrezas de alumnos y alumnas.

15) Recolección de información y confección de instrumentos evaluativos sobre: habilidades,

intereses y destrezas de alumnos y alumnas.

16) Aplicación de instrumentos elaborados con su respectiva tabulación y análisis de resultados.

17) Relacionar al colegio con organismos e instituciones de la comunidad.

18) Informar a los padres y apoderados de los roles que deben cumplir frente a sus hijos e hijas o

pupilos (as) en situaciones que lo aconsejen.

19) Participar, cuando se lo soliciten o el caso lo requiera a reuniones de padres y/o apoderados.

20) Coordinar las derivaciones a profesionales de la salud.

21) Supervisar y atender cada uno de los programas que lleva adelante la Junaeb en el

establecimiento: PAE- Tarjeta TNE.

22) Coordinar el desarrollo del Plan psico-educativo de la escuela, con la profesional contratada

para dicha función.

31

23) Supervisar la correcta entrega de raciones PAE, llevar estadística diaria y mensual.

24) Elaborar, coordinar y ejecutar los proyectos relacionados con la propuesta educativa de la

escuela respecto a Salud, Medio Ambiente

Art.28: Un Encargado de Convivencia Escolar debe:

1) Diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión de la Convivencia Interna.

2) Diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de

trabajo (por niveles, por cursos, etc.) y la estrategia de implementación del Plan de Gestión.

3) Incorporar las medidas sugeridas por el Consejo Escolar al Plan de Convivencia Escolar.

4) Conocer y aplicar el protocolo de actuación frente a situaciones de violencia escolar, entre

pares o de adultos de la comunidad escolar a estudiantes, el cual debe constar en el

Reglamento Interno.

5) Evaluar, actualizar y aplicar los protocolos relacionados con la función de Convivencia

Escolar.

6) Promover y evaluar acciones que propicien un clima escolar que promuevan la buena

convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar (Alumnos, padres y

apoderados Docentes asistentes de la Educación).

7) Promover y evaluar capacitaciones para docentes y asistentes de educación sobre promoción

y prevención en convivencia escolar y de todo tipo de acoso escolar.

8) Articular con los distintos estamentos directivos de la escuela y redes sociales charlas,

talleres formativos en convivencia escolar para estudiantes, padres y apoderados.

9) Preparar junto al departamento sicosocial unas cartillas mensuales relacionadas con temáticas

formativas relacionadas con ambas áreas.

Art. 29: Un docente debe:

1) Realizar las tareas de registro, ingreso, organización, actualización y entrega de la

información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso curricular.

2) Mantener actualizada la información académica de los estudiantes e informado al equipo

directivo el estado de avance del proceso, tomando decisiones para mejorar los aprendizajes

3) Diseñar la enseñanza ordenando las actividades en un plazo determinado, con el fin del

alcanzar los objetivos del programa de la asignatura.

4) Organizar y programar las actividades de la clase de acuerdo a los objetivos de la asignatura.

5) Crear un clima de trabajo y administrar el espacio y las relaciones interpersonales, de modo

tal que los estudiantes se sientan motivados para emprender.

6) Presentar la información a los alumnos de manera que tenga sentido, le interese, pueda

recordar y aplicar a situaciones nuevas.

7) Reformular constantemente la metodología de trabajo con el fin de lograr que todos los

alumnos aprendan.

8) Determinar el nivel de logro de los aprendizajes con el fin de tomar decisiones que permiten

instalar aprendizajes significativos.

32

9) Analizar la información y tomar decisiones con el fin de mejorar procesos y resultados.

10) Diseñar, coordinar, implementar y evaluar proyectos de innovación educativa para mejorar la

práctica educativa.

11) Trabajar coordinadamente con el jefe de U.T.P., para alcanzar los objetivos propuestos.

12) Fijar y respetar el calendario de atención de apoderados en el que debe informar a éstos sobre

rendimiento académico y comportamiento de su pupilo

13) Preocuparse de los alumnos (as) con N.E.E. y atrasados (as) pedagógicamente para que

reciban la atención del grupo diferencial y otros profesionales.

14) Cumplir con los compromisos de eventos artísticos, culturales y otros que organiza la escuela

y recae en su responsabilidad.

15) Planificar clase a clase y semestralmente coordinando está función con U.T.P

16) Integrar su acción docente a la labor de otros profesionales y especialistas, con el propósito

de desarrollar programas de equipos multidisciplinario

17) Participar en reuniones técnicas generales y de perfeccionamiento relacionadas con el

desempeño de su función específica.

18) Participar activamente en el acompañamiento de los alumnos en el Buenos Días, actos

masivos y en eventos programados por la escuela y la dirección del establecimiento.

19) Registrar las evaluaciones de su asignatura en forma oportuna y sistemática en el libro de

clases. Previa revisión junto a sus alumnos las calificaciones de las pruebas antes de

registrarlas en el libro de clases para evitar errores en el traspaso de notas.

20) Informar a UTP y profesor jefe toda corrección de notas y/o cambio efectuados en el libro y

consignar al pie de página la observación correspondiente.

21) Frente a un alto porcentaje de rendimiento deficitario, debe buscar junto a UTP y profesor

jefe las instancias remédiales para el logro de los objetivos académicos.

22) Fomentar el interés por el estudio a través de uso de los recursos educativos y tecnológicos

que dispone el establecimiento.

23) Registrar las inasistencias de los alumnos en la hoja de vida subvenciones al término de la

segunda hora de clases.

24) Asistir a las reuniones de departamento y consejo de profesores aportando con su capacidad

creativa a mejorar la calidad del proceso enseñanza-aprendizaje.

Art.30: Un profesor jefe debe:

1) Ser capaz de programar, coordinar y comunicar las diversas actividades de los estudiantes de

su curso, facilitando el desarrollo personal y académico, en conjunto con los diferentes

apoyos que presta el establecimiento y en estrecha comunicación con padres y apoderados.

2) Generar en los apoderados una actitud comprometida con los valores y actividades de la

institución.

3) Promocionar los valores y comportamientos que permitan a los alumnos hacerse cargo de su

autocuidado y de una sana convivencia escolar.

4) Generar en los estudiantes una actitud comprometida con los valores y actividades de la

institución.

33

5) Asesorar, motivar y hacer presencia efectiva y creativa en las distintas iniciativas generadas

por los diferentes comités de curso.

6) Confeccionar al inicio del año escolar un panorama del curso, efectuando un diagnóstico de

los alumnos, asesorado por orientación.

7) Coordinar con la Jefatura Técnica lo referente a horarios y talleres de su curso.

8) Preocuparse de todo lo concerniente a los derechos que tienen los alumnos (as) de su curso y

que los reciban satisfactoriamente (textos, alimentación, actividades extraescolares,

computación y otros).

9) Comunicar a U.T.P., orientación y/o estamentos de los alumnos (as) que presenten algún

tipo de discapacidad N.E.E., para que sean atendidos por el o los profesionales pertinentes.

10) Permitir y realizar una adecuada organización interna del curso, siguiendo los lineamientos

de la dirección de la escuela.

11) Mantener toda la documentación actualizada de sus alumnos (as), como hoja de observación,

ficha acumulativa del alumno, fotos nombres, direcciones y firmas

12) Además de los temas tratados en el Consejo de curso.

13) Colaborar con inspectoría y acompañar al curso en actos masivos realizados en el patio

cubierto, gimnasio, otros.

14) Velar por el éxito académico de sus alumnos (as), buscando instancias alternativas para el

logro de aprendizajes.

15) Registrar en la hoja de observaciones de los alumnos su participación en las actividades

ACLE.

16) Relacionarse con los inspectores, oportunamente, para informar los casos graves de

conducta e inasistencia y buscar en conjunto situaciones remédiales

17) Realizar y mantener al día las planificaciones consignadas en el libro de clases.

18) Mantener informado al apoderado del rendimiento académico y del desarrollo formativo de

su hijo en forma oportuna y sistemática a través de las reuniones de curso e entrevista

individual. (El profesor jefe se entrevistará a lo menos una vez al semestre con cada uno de

los padres y apoderado de su jefatura).

19) Organizar y asesorar a la directiva de padres y apoderados del curso, orientando las formas

de trabajo que le permitan un adecuado funcionamiento

20) Incentivar a la participación de los padres y apoderadas de las actividades organizadas por la

escuela

21) Registrar las asistencias de los apoderados a las reuniones ordinarias y extra-ordinarias.

22) Gestionar en forma oportuna la problemática social de sus respectivos grupo curso, para

brindarles los apoyos correspondiente: almuerzo escolar, ropero escolar, otros.

23) Participar activamente en los eventos que organiza el establecimiento y que cita la dirección

24) Participar en reuniones técnicas generales, de jefaturas de curso y de perfeccionamiento

relacionadas con el desempeño de su función específica.

Art.31: Un asistente de la educación debe ejercer su función de forma idónea y responsable,

enmarcada dentro de un compromiso ético-social, debe respetar las normas existentes dentro del

establecimiento educacional, responsabilizarse del cuidado, mantención y uso de los libros de

clases y recogerlos al final de la jornada de clases guardándolos en el lugar destinados para tales

efectos y finalmente, debe relacionarse de manera respetuosa con los demás miembros de la

comunidad educativa.

34

Art.32: Los asistentes profesionales (Psicólogo, Asistente Social y Psicópedagogo), poseen los

siguientes deberes según su función:

DEBERES

Psicólogo Asistente Social Fonoaudiólogo

Los deberes del psicólogo son:

1) Planificar y coordinar las

actividades de orientación

educacional, vocacional y

profesional del

establecimiento, de acuerdo

con el jefe de UTP. 2) Ayuda a

buscar soluciones a los

problemas tanto académicos

como conductuales que surgen

en niños y adolescentes. 3)

Orienta al pedagogo, a los

docentes y directivos escolares

sobre las estrategias que puede

utilizar para solucionar los

problemas que se presenten en

las instituciones educativas y

en el proceso de enseñanza-

aprendizaje. 5) Busca

soluciones junto a la parte

directiva sobre problemas de

disciplina, respeto y tolerancia.

6) Procura dar una formación

permanente y colectiva

(talleres, diálogos)

relacionados con la formación

académica a todos los agentes

educativos, incluyendo a los

padres de familia. 7) Participa

en el diseño de programas

educativos en los diferentes

niveles, desde la educación

infantil hasta la educación

Los deberes del asistente social

son: 1) Recibe, orienta, educa a

personas, familias, grupos y

comunidades en la solución

pacífica de sus conflictos a

través de una cultura de

diálogo y concertación. 2)

Realiza investigaciones

sociales que contribuyen a

identificar e interpretar las

causas de los fenómenos

sociales que se presentan en

cualquier contexto planteando

alternativas de solución a las

mismas. 3) Participa en la

gestión, formulación,

ejecución, evaluación de

planes, programas y proyectos

sociales dirigidos a mejorar las

condiciones de vida de la

comunidad tanto con

instituciones públicas como

privadas. 4) Participa en el

diseño, administración de

programas de personal,

bienestar laboral, seguridad

social y salud ocupacional. 5)

Gerencia programas y

proyectos de desarrollo social

con organismos

gubernamentales y no

gubernamentales. 6) Forma

parte de equipos

Los deberes del fonoaudiólogo

son: 1) Realizar diagnósticos a

estudiantes con necesidades

educativas, a grupos de

estudiantes y a las familias de

acuerdo a necesidades y

normativa. 2) Aplicar

instrumentos de evaluación de

acuerdo a su especialidad, a las

necesidades y requerimientos

de atención y normas vigentes.

3) Elaborar informes de

resultados de evaluaciones de

acuerdo a especialidad y

formatos que correspondan. 4)

Aportar sugerencias específicas

al establecimiento, a los

docentes y familias de acuerdo

a resultados del diagnóstico. 5)

Decidir y planificar las

acciones de apoyo al

establecimiento, a los alumnos

y sus familias.

35

profesional, promoviendo

estrategias pedagógicas

centradas en el aprendizaje. 8)

Asesorar a padres y apoderados

para que contribuyan

eficazmente al proceso de

orientación de sus hijos o

pupilos.

interdisciplinarios que trabajan

por el mejoramiento de la

calidad de vida de la

comunidad educativa a través

de procesos socioeducativos de

promoción y prevención. 7)

Seguimiento a los alumnos con

problema de asistencia

reiterada. 8) Realizar

entrevista y registrar ficha de

postulación a los alumnos de 8º

Años. 9) Mantener al día el

registro de asistencia de

alumnos integrados,

prioritarios y usuarios del

transporte escolar municipal.

Art.33: Un asistente de aula, debe vigilar y supervisar a los alumnos y alumnas de las

actividades programáticas, extra programáticas, recreos, todo esto sin perjuicio de las

responsabilidades y funciones propias del docente, recibir a los alumnos y alumnas a su llegada y

colaborar en la salida de los mismos, asistir a los educandos en la hora de colación y almuerzo

escolar, incentivar y participar con los alumnos y alumnas en su período de recreación y juego,

asistir y apoyar en sus aprendizajes y quehaceres escolares a los alumnos y /o alumnas en la sala

de clases y en la sala de recursos, apoyar el trabajo pedagógico del profesor en relación al Simce

correspondiente al nivel en que se desempeña y colaborar en la gestión docente, con énfasis en

los alumnos que presentan necesidades NEE, prioritarios y preferentes.

Art.34: Los deberes de los asistentes de inspectoría son cumplir con las funciones acordadas con

sus superiores, apoyar en trabajo en sala de clases en ausencia de profesores, orientados y

guiados por el Jefe de UTP y/o Inspector General, realizar tareas administrativas de atención al

público, organización de documentación, elaboración de documentación, registros varios, etc.,

asistir al docente en el desarrollo de clases, actividades de aprendizaje en terreno, comedor

escolar, patios escolares, etc., colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de

escenografías, exposiciones, etc., cumplir con turnos de atención a los alumnos en comedor

escolar, patios, portería y ayudar en la vigilancia de los alumnos (as) en cuanto a

comportamiento y presentación personal.

Art.35: Un/a Bibliotecaria/o debe establecer un Plan de Trabajo para la Biblioteca Cra, el cual

debe estar plenamente integrado al Proyecto Educativo Institucional, difundir todo tipo de

información pedagógica y cultural en los distintos canales que posee la escuela, confeccionar y

hacer cumplir el reglamento de trabajo y uso del CRA, tener actualizado un inventario especial

del CRA, realizando una adecuada difusión a los usuarios de las altas y bajas ocasionadas e

36

informando por escrito de esto al JEFE(A) de UTP, promocionar la lectura como medio de

información y de entretenimiento de modo favorecer el acercamiento del alumno al libro, junto

con colaborar en el desarrollo y afianzamiento de hábitos de lectura y atender a los alumnos que

utilicen el CRA, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles

sobre su utilización.

Art.36: Los deberes del auxiliar de servicio son mantener el aseo y orden en la totalidad del

recinto escolar, responsabilizarse de la mantención, cuidado, almacenamiento y uso de los

recursos que se le asignan para realizar sus funciones, realizar tareas y labores extraordinarias

asignadas por su jefe directo, informar y comunicar a sus jefe directo, irregularidades que

observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento y entregar y retirar documentación u

otros recursos en dependencias al exterior del establecimiento de acuerdo a indicación de jefes

superiores.

Art.37: Una manipuladora de alimentos deberá cumplir con las normas de higiene en cuanto a a

actitudes, hábitos y comportamiento, conocer y cumplir las instrucciones de trabajo establecidas

por la empresa (JUNAEB), para garantizar la seguridad y salubridad de los alimentos, cumplir

con la minuta asignada por la empresa, la cual se basa en la mantención de la vida saludable de

los alumnos y mantener un grado elevado de aseo personal, llevar su vestimenta limpia y de uso

exclusivo y utilizar, cuando procesa, ropa protectora, cubrecabeza y calzado adecuado.

Art.38: Los alumnos, a su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de

situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa

y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Art. 39: Se entiende por maltrato escolar cualquier omisión intencional, ya sea física o

psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos,

en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que

se cometa, siempre que pueda:

1. Producir el temor razonable de sufrir menoscabo considerable en su integridad física o

psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

2. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o dificultar o

impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral

intelectual, espiritual y físico.

3. De ocurrir un hecho de maltrato escolar en cualquiera de sus formas, entre cualquiera de

los integrantes de la comunidad educativa con independencia del lugar en que se cometa.

Art.40: Protocolo de acción: Maltrato escolar entre pares.

Fases de la Intervención en caso de Violencia Escolar

Protocolo de Actuación

Cuando se ha producido un conflicto grave que requiere la adopción de una medida inmediata,

(Agresión grave, falta de respeto grave a la autoridad de un adulto, daño físico grave, destrozo

grave de las instalaciones del centro, intrusión de personas ajenas al centro educativo con riesgo

37

para los miembros de la comunidad, caso grave de maltrato entre compañeros, etc.) es necesario

poner en acción los protocolos que tienen la función de disminuir la improvisación y el actuar en

torno a criterios disímiles. A continuación se determinan las fases básicas de acción ante sucesos

de Violencia y/o acoso Escolar.

1º. Control y contención.

Primera medida urgente que requiere comenzar por frenar la actividad motivo de conflicto si

es que en ese momento se está produciendo.

Trasladar al alumno a un lugar apartado y siempre bajo la supervisión de un adulto:

Inspector, profesor de Aula etc.

Este es un momento donde los sentimientos pueden estar a flor de piel, en especial puede

haber gran abundancia de ira, enfado, agresividad por ello es preciso tener especial cautela en

la forma en la que se aborda esta primera toma de contacto.

2º. Recogida de información: primera recogida de información sobre el incidente y aviso al

encargado de convivencia.

Siempre que sea posible, en su caso, el profesor involucrado en el conflicto, informará sobre lo

acontecido antes que el alumno, así se legitima la autoridad del docente, además de obtener datos

que contribuyan a precisar aspectos y matices de interés para el análisisdel conflicto.

Aviso al encargado de convivencia y/o profesor jefe inmediatamente, dado que este es el

mejor conocedor de las circunstancias personales del alumno y además la gestión de los

conflictos es una de sus funciones. Se debe realizar una primera entrevista con el alumno

invitándole a reflexionar sobre lo sucedido.

Se recopila información sobre el alumno o alumnos implicados en el conflicto. Para ello en el

departamento de convivencia o coordinación de mediación debe existir un fichero de

alumnos en el que consten datos personales, académicos y familiares, así como una

referencia si el alumno tiene informe en el Departamento de Orientación etc.

Se determina si es necesario iniciar un proceso a través de la comisión de convivencia y la

intervención directa del director. En caso afirmativo se pasa al siguiente punto

3°Información al Director

Una vez recogida toda la información por parte del encargado de convivencia y valorada la

gravedad y alcance del problema, se informara con detalle al director que será quien deberá

determinar con asesoramiento del equipo de gestión, orientación, coordinador del Equipo de

Mediación y Tratamiento de conflictos, respecto a las medidas urgentes a tomar: convocatoria de

la comisión de convivencia, primeras medidas disciplinarias, etc. En todo caso en no menos de

48 horas se deberá reunir el Equipo de Mediación para recibir información y adoptar las medidas

sobre el caso. También se puede favorecer una conciliación en caso que el apoderado acceda a

esta opción.

38

4° Comunicación a la familia.

El encargado de convivencia avisa inmediatamente a la familia del menor afectado, que debe

presentarse en el centro educativo a la menor brevedad. Este aspecto ya habrá sido

comunicado previamente a todos los padres en las reuniones iniciales.

En la primera comunicación con los padres se les informa sobre lo sucedido y sobre la

inmediata aplicación de una corrección o medida que será comunicada al alumno en el menor

tiempo posible.

Se podrá valorar en esta entrevista la actitud de la familia en cuanto a la reparación de los

daños acontecidos. Así se pueden encontrar al menos las siguientes situaciones:

Familias dispuestas a colaborar.

Familias que adoptan una actitud defensiva, si bien capaces de reconocer parte del daño

acontecido.

Familias que adoptan una actitud agresiva que imputa las causas de los hechos de

forma unilateral a la otra parte que no es su hijo y muestra agresividad hacia el

tratamiento que realiza la escuela.

Se deberá buscar el acuerdo y comprensión de las familias con las decisiones finales

procurando su implicación, con el objeto de que se produzca una respuesta coherente y

unificada. En todo caso habrá que informarles de los cauces legales, derechos y obligaciones

que marca la legislación al respecto.

En caso de no comparecer la familia se deberá hacer una comunicación por correo certificado

en el que conste la convocatoria y la gravedad de los hechos con referencia al apartado del

Reglamento de Convivencia que haya sido el caso de infracción.

Siempre deberá constar registro por escrito de esta primera entrevista con una breve

descripción de la causa que lo ha suscitado.

En todo caso se deberá contactar con las familias de la víctima y los agresores para el trabajo

conjunto y primeras medidas cautelares. Las entrevistas con las familias también nos servirán

para completar nuestra información en lo que se refiere al contexto social si es posible puede

ser oportuno orientar a las familias de los afectados.

5°. Reunión urgente de la Comisión de Convivencia o Equipo de mediación para medidas

urgentes.

Esta comisión podría estar formada por el equipo de gestión. Se sugiere que en caso de

contar con un trabajador social en el centro, este forme parte de la comisión. También en

caso de contar con un equipo de Tratamiento de conflictos sería aconsejable que el

coordinador del mismo forme parte a su vez de dicha comisión. En ella se conocen las

primeras medidas adoptadas por la dirección del centro, y se analiza el conflicto sucedido, los

antecedentes y situación actual del alumno, y se decide la corrección más adecuada, la

derivación a otras entidades o la actuación del equipo de mediación. Algunas consideraciones

en relación con estas medidas son:

a) Las correcciones deben tener un carácter recuperador, así se pueden proponer las

siguientes:

Trabajos reparadores por escrito.

39

Trabajos de servicio a la comunidad dentro y fuera del centro en caso de haberse

realizado algún convenio con entidades locales o redes.

Marginaciones dentro del centro educativo.

Expulsiones fuera del centro educativo (Se deberán considerar las condiciones familiares

y sociales del alumno y en todo caso revisar el nivel de riesgo social que puede suponer

esta medida)

Cualquier otra medida que se considere que restaure la relación y repare el daño.

Participación en algunos de los programas extraescolares con los que cuente el

centro.Programas específicos de habilidades sociales, resolución de conflictos y

desarrollo personal en general.

Apoyo al estudio interno o externo.

Otros.

b) Derivación a otras entidades pertenecientes a la red o actividades del centro Centro de

salud.

Servicios Sociales.

Apoyo al estudio interno o externo.

Efectivos Policiales.

Asistencia Social.

Asociaciones de Tiempo Libre y Ocio.

Otras entidades que puedan favorecer un tratamiento de inserción y ajuste del

involucrado

c) Abrir un diálogo a través de la negociación y la mediación para la resolución del

conflicto buscando la reconciliación y reparación del daño.

Negociación y diálogo directo entre las partes y acuerdos sobre la implicación de cada

una de ellas en la resolución del conflicto.

Solicitar un proceso de mediación, si hubiera tal servicio en el centro. Este procedimiento

se descartará en el caso de que el Director aprecie motivadamente que en la acción

infractora concurre en hechos de especial y notoria gravedad o cuando los padres o

representantes legales, no comuniquen su disposición a acogerse al procedimiento.

Cuando sobre el conflicto que se está realizando una mediación haya en curso -o esté

pendiente- una sanción, a la vista de los acuerdos alcanzados en la mediación, el órgano

competente para imponer dicha sanción podrá reconsiderarla para modificarla o anularla.

El procedimiento de mediación se aplicara cuando concurran en el alumno infractor las

siguientes circunstancias: que reconozca la falta cometida o el daño causado, que exista

disposición a reparar el daño y de cumplir los acuerdos a los que se llegue.

6°. Aplicación de la corrección y/o de los acuerdos de mediación.

El alumno, que durante todo este tiempo permanece aislado y/o sin participar en las actividades

del centro, si fuera el caso, recibe la comunicación de la corrección por parte del Director.

Igualmente los padres reciben esa comunicación de forma oral y por escrito. Deberá arbitrarse la

organización interna que facilite la supervisión de la corrección en caso de realizarse dentro del

40

centro y el derecho a la evaluación continua y el aprendizaje del alumno con la recogida de

trabajos por parte del tutor para que el alumno pueda continuar con tareas escolares mientras

proceda su exclusión del centro. En la ficha del alumno se anota la incidencia en el apartado

reservado a tal efecto.

7°. Información al equipo de profesores.

Es muy importante que los profesores que impartan docencia al alumno tengan conocimiento

de la incidencia y de la corrección o consecuencias aplicadas.

En caso de suspensión temporal el encargado de convivencia coordinará que los distintos

profesores le den al alumno una serie de tareas a realizar en ese periodo.

Se deberá comunicar por escrito los acuerdos finales de la comisión de convivencia dado que

algunas de las medidas pueden tener repercusión directa con la asistencia, trabajo curricular y

otras colaboraciones con la actividad docente del centro.

8°. Entrevista con el alumno una vez realizada la corrección, expulsión u otras medidas.

En el caso de una expulsión es muy importante vigilar y controlar muy estrechamente la

vuelta del alumno a clase después del periodo de corrección. En este sentido, el encargado de

convivencia tendrá una entrevista con el alumno el mismo día de la reincorporación y se

encargara de coordinar este proceso, recabando información del resto de profesores.

También es recomendable una entrevista con el Departamento de Orientación (Orientador o

Sicólogo según sea el caso) en la semana del retomo del alumno a las actividades regladas en

su grupo aula.

9° Entrevista final y contacto con la familia.

El encargado de convivencia en un plazo de una semana desde el retorno del alumno al grupo

aula, deberá mantener un encuentro final con los padres, y posteriormente deberá informar a

Jefatura técnica sobre la marcha del proceso de seguimiento.

En esta entrevista se informará a la familia sobre la actitud que mantiene su hijo/a tras

realizar y pasar el tiempo indicado de la corrección o consecuencias.

Consideramos importante consignar los acuerdos y conclusiones en el apartado final de la

“ficha del alumno" dedicado a la relación de entrevistas además de rellenar que se guardara

con el resto de la documentación.

Se indagará sobre su percepción de la situación del alumno y sobre necesidades que puedan

surgir para mantener un plan a largo plazo para el cambio deseado.

Se plantearán nuevos encuentros tras la finalización de la intervención para indagar sobre la

marcha del alumno.

41

V. Medidas o Acciones Preventivas.

Art.41: Los estímulos del medio constantemente inducen a situaciones de imprudencia,

impulsividad y acciones con fuerte acentos de violencia y/o agresividad. Se observa cada vez

más complejo que los estudiantes, por si mismos identifiquen los límites de sus propias

acciones, razón por la cual necesitan apoyo y conducción que se les pueda entregar desde el

mundo y la experiencia de los adultos. Es ahí donde se convierte en nuestro deber actuar en

coherencia a nuestra formación y cualificación pedagógica para anticiparnos a toda posible

conducta violenta, corregir usando los medios adecuados y que motiven cambios efectivos y ser

interlocutores para generar todos los canales de comunicación con las personas que puedan

apoyar esta labor especialmente desde la familia.

1. Procedimientos Preventivos en los Diferentes Ambientes del Trabajo Escolar.

Art. 42: Entendemos por procedimientos preventivos todas aquellas prácticas, acciones y

operaciones que habitual y sistemáticamente deberán cumplirse y/o ejecutarse para evitar que

ocurra cualquier episodio de violencia escolar entre pares.

1. El docente tienen la obligación de permanecer junto al curso y acompañarlo durante la

formación, actos o celebraciones (según corresponda por horario), y de asistir hasta la

sala de clases cuidando que se mantenga un desplazamiento ordenado y respetuoso.

2. El docente debe estar puntualmente en la sala del curso con el cual le corresponde la clase

y recibir a los alumnos cuando éstos ingresan. Igualmente, es el último en salir de la sala

al momento de los recreos, cuidando que ningún alumno permanezca dentro del aula para

evitar que ocurra algún tipo de conflicto en ausencia de los adultos.

3. El docente debe permanecer siempre en la sala de clases donde desarrolla su actividad.

Si ocurre una situación inesperada o excepcional, enviará a buscar al Inspector por medio

del Inspector del pasillo o alumno que forma parte de la Directiva y sólo podrá retirarse

cuando se asegure que el curso sigue acompañado por un educador.

4. Durante las horas de clase, el primer responsable de todos los sucesos y situaciones al

interior del aula es el docente que se encuentra desarrollando la clase o acompañando al

curso (ya sea en calidad de reemplazante u otra determinada por la escuela).

Por lo tanto, deberá estar muy atento a todo lo que ocurra dentro de la sala.

Intervenir rápidamente ante cualquier conflicto aislado asociado al buen clima

escolar (en caso de acoso escolar existe un protocolo de procedimientos diferenciados, ver

anexo adjunto). Ante la constatación de hechos que altere la convivencia escolar, se debe citar

inmediatamente al alumno o los alumnos involucrados, proceder al correspondiente encuadre de

las normas de convivencia escolar y sus debidas consecuencias, dejando en claro los motivos que

indican que la conducta no es adecuada ni corresponde a un comportamiento dentro de la

escuela.

Registrar en la hoja de observaciones personales del libro de clases de cada involucrado. Si no es

posible identificar al o los responsable/s, debe informar al inspector correspondiente.

El profesor responsable del curso propiciará un espacio o momento de toma de conciencia para

que todos los alumnos, reflexionen sobre la gravedad de lo vivido.

42

2. Procedimientos de Inspectoría General y Asistente de Apoyo al proceso.

Art.43: Inspectoría General debe cumplir los turnos de recreo que le corresponde cubrir en

conjunto con las (os) asistentes. Durante el transcurso de los mismos, con un apoyo proactivo

que beneficie la asistencialidad efectiva en todo el establecimiento.

Para esto se sugiere:

a. Acercarse ante cualquier situación o hecho que altere la normalidad del recreo.

b. Prestar atención e intervenir inmediatamente cuando los alumnos desarrollen algún juego

que implique violencia, golpes o revista algún peligro, haciendo ver que estas acciones no

constituyen juego.

c. Actuar de forma inmediata ante la ocurrencia de una conducta violenta o agresiva por

parte de un alumno hacia otro, o una situación de conflicto que involucra a dos o más

estudiantes, informando a los responsables que velan por el cumplimiento del

Reglamento de Convivencia.

d. Al recibir la acusación de un alumno que indica que está siendo agredido o molestado por

un compañero, debe llamar inmediatamente al o los estudiantes señalados y solicitar la

correspondiente explicación de lo ocurrido. Este procedimiento debe efectuarse en el

mismo momento que el estudiante lo hace presente al educador, informando a Inspectoría

General, para proceder según lo establecido en el presente Reglamento de Convivencia.

3. Instancias de formación a la preventividad.

Art. 44: La Escuela Padre Alberto Hurtado en su quehacer educativo dispone de diversas

instancias de formación a la preventividad, tales como:

a. Charlas sobre la ley 20.536 de Violencia Escolar dictadas para los diferentes actores

Comunidad Escolar.

b. Charlas y talleres sobre temáticas especializadas tales como: cyber-bullying, grooming,

violencia en el pololeo, y todas aquellas que, de acuerdo a nuestro Proyecto Educativo

favorezcan el buen desarrollo del clima escolar.

c. Reflexión por ciclos, niveles y/o cursos ante situaciones que alteren el buen desarrollo de

las actividades escolares.

d. Temas de formación para Padres que se desarrollan en las reuniones mensuales de

Apoderados.

e. Entrevistas individuales a todos los Padres/Apoderados de los estudiantes a lo menos una

vez por semestre y cuando este lo requiera.

f. Entrevistas con Padres/Apoderados de aquellos estudiantes que requieren

acompañamiento por parte de inspectoría, encargado de convivencia y/o educadores.

g. Entrevistas con alumnos, sujetos a alguna medida disciplinar para acompañamiento

escolar de parte de psicóloga SEP de la escuela Padre Alberto Hurtado.

h. Talleres de formación para los educadores y personal del establecimiento.

i. Orientación y Consejo de curso de acuerdo a sus planes y programas.

43

VI. De los alumnos.

1. Derechos de los estudiantes.

Art.45: Al matricularse los alumnos adquieren los siguientes derechos:

1. A conocer el Proyecto Educativo y su Reglamento de Convivencia Escolar (presente en la

Agenda Escolar, y en el sitio web www.ephcormupa.cl)

2. Recibir una educación de calidad que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo

integral, pudiendo recibir los beneficios que le corresponde como estudiante de la Educación

Pública.

3: A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de presentar alguna necesidad

educativa especial, la que considera una posibilidad de realizar una evaluación diferenciada si

fuera necesario.

4. A recibir un trato digno, no discriminatorio arbitrariamente por salud, condición social,

económica, sexual, religiosa y/o étnico-racial, ni por embarazo.

5. A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, donde sea escuchada y apoyada por

los miembros de la comunidad escolar.

6. A expresar su opinión con responsabilidad tolerancia y honestidad.

7. A ser respetado en su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o

acciones carentes de los valores aludidos.

8. A ser informado de las pautas evaluativas y a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un

sistema objetivo y transparente, de acuerdo al Reglamento de Evaluación y Promoción Interno.

9. A participar en la vida artística-musical, cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

10: A participar en la elección de los integrantes del Centro de Alumnos como en otras

decisiones que les corresponda como estudiantes.

11. A disponer de los beneficios del Seguro Escolar para casos de accidentes sufridos en el

establecimiento y de trayecto.

2. Deberes de los alumnos

2.1 De la responsabilidad con los estudios. Art.46: La primera y gran tarea que tiene el alumno es la de estudiar, por lo tanto, procurará

hacerlo en forma responsable, siendo constante en sus compromisos académicos y demás

deberes que implique su educación, asistiendo diariamente a clases, respetar los horarios de

trabajo, cumplir con sus obligaciones escolares.

2. Al momento de matricularse en el establecimiento, todos los alumnos reciben la lista de útiles

y materiales que utilizarán durante el periodo lectivo en todas las asignaturas. No obstante, la

escuela no exigirá ni promoverá marcas determinadas, calidades u otros.

3. Es responsabilidad del alumno, presentarse a clases con todos los útiles escolares necesarios

para el trabajo del día, materiales de trabajo.

Por consiguiente, tanto en la Portería como en la Inspectoría NO se recibirán útiles escolares,

dineros, colaciones u otras especies.

4. Los alumnos deben participar en todas las instancias educativas que ofrece la escuela para su

formación y superación de su rendimiento como academias de Música, Talleres Acle, Refuerzo

Educativo, otros.

44

5. El alumno deberá asistir a todas las instancias de reforzamiento pedagógico, cuando presente

un bajo rendimiento escolar. Su inasistencia, se considerará como una falta al cumplimiento de

sus deberes escolares y deberá ser consignada en la hoja de vida del estudiante como

“constancia escrita”, por el profesor responsable del reforzamiento, y notificar a la Inspectoría

General para que el apoderado sea citado para su conocimiento.

6. Colaborar en la convivencia escolar, empleando la mediación, el dialogo respetuoso como

medio de solución pacífica y constructiva de cualquier conflicto.

2.2 La Agenda Escolar.

Art.47

La Agenda Escolar es para uso de los alumnos. Se busca formar en ellos el sentido de

responsabilidad y ejercitar habilidades de organización y planificación. La Agenda es,

por otra parte, el medio de comunicación oficial que sirve de nexo permanente entre la

escuela y el apoderado y viceversa.

Es deber y obligación de cada alumno portarla diariamente, siendo exigible en toda

actividad escolar que la escuela disponga, y debe mantenerse en forma ordenada, limpia y

bien presentada, con todos los datos que en ella se piden y las firmas correspondientes.

2.3 De la Higiene, Presentación Personal ( Uso del Uniforme).

Art. 48: Los alumnos, deben vestir el uniforme oficial de la escuela, cuidando su higiene y orden

en su presentación personal, que refleje una cuidadosa preocupación individual y familiar, dentro

y fuera del establecimiento.

Especificaciones:

Alumnos desde Primero Básico hasta Octavo Año Básico

Damas Varones

Parka institucional – burdeos con

insignia oficial.

Falda escocesa y panty burdeos

Pantalón gris corte recto (temporada

invernal)

Polera y/o polerón gris piqué

institucional

Zapatos negros

Colet burdeos

Gorro y bufanda burdeos.

Parka institucional – burdeos

con insignia oficial.

Pantalón gris corte recto

Polera y/o polerón gris piqué

institucional, fuera del pantalón.

Zapatos negros

Gorro y bufanda burdeos.

Alumnos de Primer y Segundo Nivel de Transición

Buzo Oficial de la escuela.

Cotona oficial de la escuela para proteger el uniforme.

En caso de actividades de tipo prácticas (salidas a terreno u otras)

Se permitirá el uso del buzo oficial de la escuela. (Incluyendo polera del Colegio), previa

45

autorización de inspectoría.

Uso de parka institucional obligatoria

Uniforme para Educación Física

Polera piqué, manga corta, reglamentarias del colegio, para la realización de la

clase y para el cambio (obligatorio). En el caso de no contar con la polera del

establecimiento, puede utilizar una alternativa para la clase de Educación Física.

Shorts burdeos del colegio con ribetes grises (varones) y calzas burdeos (damas).

Calzado deportivo.

El extravió del uniforme de Educación Física o parte de este es responsabilidad del

alumno.

Todo el material debe estar debidamente marcado y llevarse dentro de un bolso.

(útiles de aseo: jabón, toalla y desodorante).

Del uso del uniforme de Educación Física.

Para las actividades medio ambientalistas se informará oportunamente si el alumno

debe presentarse con su Uniforme Oficial o de Educación Física en aquellas

oportunidades que lo ameriten.

Este uniforme deberá ser utilizado solamente en las clases de Educación Física y/o

Taller Deportivo. Usarlo otro día sin previa justificación significa una falta, la que

será avisada al padre y/o apoderado.

Si por alguna eventualidad, el alumno no puede realizar la asignatura, deberá

presentar justificación correspondiente por escrito o Certificado Médico al profesor

de la Asignatura.

Si el alumno, por razones de fuerza mayor, se ve impedido de usar el uniforme, el

apoderado, vía agenda deberá comunicar al Inspector la causal respectiva.

Art. 49. En relación a la higiene y presentación personal, el cabello del alumno debe ser corto

tradicional, limpio, peinado, sin patillas, ni teñido.

El aviso del corte de cabello, se notificará a los alumnos verbalmente, se les otorgará un

plazo de tres días para hacer efectiva esta normativa, vencido éste plazo, si el alumno no

ha cumplido, Inspectoria General avisará al apoderado para que dé solución al punto

indicado.

En actividades del colegio, dentro o fuera del establecimiento, aún sin uniforme, no está

permitido el uso de piercing, expansiones, pulseras, anillos u otros adornos ajenos al

quehacer estudiantil.

2.4 De la Asistencia Puntualidad y Jornada Escolar de Clases.

Art.50: Dado que los alumnos se están educando para enfrentar las exigencias propias de la vida

estudiantil y laboral, deben desempeñarse bajo estrictos estándares de asistencia y de puntualidad

en mérito de lo cual, la asistencia diaria y puntualmente a todas las actividades curriculares y/o

46

extracurriculares son obligatorias para todos los alumnos (clases, talleres, acles, reforzamientos,

actos oficiales y actividades artístico-recreativas).

Art. 51: 1: Toda inasistencia a cualquier actividad de la escuela debe ser justificada personalmente por el

apoderado, con el Inspector General en el horario estipulado para tal efecto.

El alumno debe asistir obligatoriamente a clases, desde el primer hasta el último día del

período lectivo. Los alumnos deben cumplir con el porcentaje mínimo exigido en el

Decreto Exento Nº 511, Decreto Exento Nº 112, Decreto Exento Nº 83 que aprueban el

Reglamento de Evaluación y Promoción (85%).

Cuando la ausencia a clases por enfermedad del estudiante, supere los 3 días

consecutivos, el apoderado deberá justificar a su pupilo, presentando certificado médico

ante el Inspector de turno.

El ingreso tardío por exámenes médicos se hará en compañía del apoderado o bien

presentando el certificado médico que justifique el atraso.

Del trabajo pedagógico en el aula: El trabajo pedagógico en el aula debe estar enmarcado

dentro de los horarios establecidos por inspectoría, por lo que, todo docente debe

preocuparse de comenzar y terminar sus clases dentro del tiempo delimitado.

Al inicio de las clases, se deben realizar las rutinas de aula, las cuales poseen como

objetivo instaurar hábitos diarios en los alumnos y alumnas, los cuales beneficiaran su

proceso de aprendizaje.

Los contenidos trabajados durante las clases, ya sean guías, lecturas o alguna otra

actividad, deben ser revisadas antes de su evaluación, de manera tal, que los estudiantes

puedan tener conocimiento de sus errores y poder mejorar antes de ser evaluados.

Durante el trabajo pedagógico en aula, se realizará monitoreo de lectura y gramática a

todos los alumnos del grupo curso, dado que se esa manera se tendrá un registro de los

avances de los estudiantes en relación a estos aspectos.

2: La inasistencia a clases motivada por representar al colegio en eventos, cívicos, culturales, y

deportivos, ambientales, otros, de carácter local, regional o nacional es regulada por la Secretaría

Regional Ministerial de Educación permitiendo que el alumno quede presente, previa

autorización firmada por el apoderado.

3: Las inasistencias a actos obligatorios, programados por la escuela deben ser justificados

personalmente por el apoderado al día siguiente que se produzcan.

4: Si por razones justificadas (enfermedad u otras causas imprevistas) el alumno no puede asistir

a alguna obligación escolar prefijada (trabajos, pruebas, disertaciones, interrogaciones), el

apoderado deberá justificarlo personalmente con el Inspector de turno, quien comunicará a la

Unidad Técnica Pedagógica para la aplicación del reglamento de evaluación.

5: La escuela no autoriza el retiro de los alumnos durante la jornada de clases.??????

En caso de enfermedad o por otras causas imprevistas, el alumno tiene que ausentarse del

establecimiento, el Inspector General autorizará la salida del establecimiento, solamente si el

apoderado personalmente lo retira, (o bien por un adulto responsable que éste haya designado

por escrito) . En el libro “Registro de Salida” quedará consignado el motivo, hora de salida y la

firma de quien lo retira.

47

6: Por la dinámica actividad de los niños, en ocasiones alguna prenda de ropa puede descoserse o

romperse, por lo cual para garantizar la dignidad de los estudiantes se solicitará al apoderado

que asista al colegio a cambiar la prenda. De ningún modo el alumno estará autorizado a retirarse

a su domicilio y abandonar las clases.

Dicha situación podría generarse también cuando por alguna razón de fuerza mayor algún

estudiante sufra algún percanse biológico, en estos casos el estudiante si podrá ser retirado del

establecimiento.

2.5 De los atrasos a clases

Art. 52: Puntualidad, se entiende como cualidad adquirida por los seres humanos, que es

considerada como la virtud de cumplir con la entrega de una tarea o cumplir con una

obligación, dentro del tiempo estipulado y totalmente comprometido a la realización de ésta.

Considerando lo anterior los alumnos de la escuela Padre Alberto Hurtado deben asistir puntual y

regularmente a clases a su jornada de trabajo de clases formales, Acles y actividades propias del

colegio que impliquen este valor.

a. Los alumnos deben llegar al Colegio a cumplir con sus tareas y obligaciones antes de

cada toque de timbre que indica el inicio de cada jornada normal de trabajo.

b. El horario de ingreso de la mañana es a las 08:00 horas, para la jornada de la mañana y a

las 14:30 horas para la jornada de la tarde. El ingreso posterior a este horario se

considerará “atraso” y será consignada en su agenda y registros internos, a menos que

sea por una situación excepcional que deberá justificar el apoderado en forma personal.

c. Las actividades escolares se inician en los horarios establecidos, debiendo los

alumnos(as) estar en ese momento en el lugar de trabajo que le corresponde, según la

actividad indicada en su horario de clases.

d. Se considera atraso el ingreso a la Escuela después de cinco minutos del horario

establecido, es decir después de las 08.00 hrs y las 14.30 hrs.

e. Un alumno atrasado no puede ingresar a clases en un cambio de hora, a menos que lo

haga con un pase emitido por inspectoría donde se señala la hora y causa. El inspector se

reserva el derecho de comunicar la falta al apoderado y dejarlo consignado en la hoja de

vida del alumno.

f. Los alumnos que lleguen atrasados deberán esperar en portería, donde quedará

consignado en el registro de los atrasos con agenda.

g. El alumno que llegue atrasado a cualquier actividad del Colegio deberá ser previamente

autorizado por Inspectoría para integrarse a la misma.

h. Al tercer atraso en el semestre, se avisará al apoderado mediante la agenda, señalando

que esto corresponde a una falta leve de acuerdo a nuestro reglamento de convivencia.

i. La acumulación de atrasos constituye una falta grave.

j. Si el domicilio de un estudiante se encuentra en la ruralidad se podrá extender un pase de

larga distancia, que debe ser gestionado a través de Inspectoría General.

2.6 Del retiro temporal de alumnos

Art. 53: Si un alumno necesita acudir a algún control o examen médico, en primer lugar el

apoderado deberá solicitarlo a través de la agenda escolar, el alumno a su vez deberá presentar

esta solicitud al inspector para su aprobación. El apoderado, al momento de retirar al alumno

firmará el registro de salida en inspectoría. Si el alumno tuviera un evento calendarizado el día

48

de su retiro, tendrá la responsabilidad de preocuparse de cumplir previamente con la evaluación.

En caso contrario, el educando no será autorizado; excepto que manifieste o sufra una

emergencia.

Los alumnos de Educación Pre-Básica (Pre kínder, Kínder); y Enseñanza Básica (desde

1º hasta 6º Básicos), deberán ser retirados oportuna y personalmente por su apoderado,

según horario establecido como término de la jornada. Ante la eventualidad que el

apoderado no pudiese retirar a su pupilo, debe dar aviso al profesor del curso y/o

inspector, debiendo además, identificar a la persona que asumirá esa responsabilidad.

Si un alumno debe ausentarse del colegio por un tiempo prolongado, su apoderado,

deberá informar por escrito, a la Dirección especificando el motivo y las fechas de salida

y de reingreso a la escuela. . Es responsabilidad del apoderado, calendarizar- reprogramar

sus actividades en conjunto con el Jefe de UTP del establecimiento

2.7 Del Respeto a los demás, a la Comunidad y a Sí mismo. Art. 54: Los momentos de descanso son necesarios para la salud, para un trabajo más

productivo, y un excelente espacio para divertirse sanamente con los amigos. Por consiguiente,

durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en las salas de clases o lugares no

destinados a la recreación.

a. Los alumnos de nuestro establecimiento tienen el deber de comportarse en forma correcta

acorde a los valores propios que instruye el colegio, es decir correcta y dignamente, en

coherencia con los valores que se inculcan en nuestra comunidad educativa, dentro y

fuera del Colegio, con o sin uniforme, demostrando respeto por las personas, sean de la

propia comunidad o externas a ella, especialmente en la vía pública, actos oficiales, y en

representación del Establecimiento.

b. Es deber del alumno relacionarse con todos sin descalificar, ni ofender, ni discriminar a

ninguna persona, por ninguna razón, de ningún modo y por ningún medio: Ley 20.536,

aceptando de buen grado las indicaciones que tanto sus educadores como pares les den al

respecto.

c. Nuestra comunidad ofrece una educación que tiene al Padre Hurtado como modelo de

vida, por ende, se invita a asumir como norma el respeto a los demás y a sí mismo;

construir una comunidad caracterizada por la buena convivencia, el diálogo, la confianza,

la corrección fraterna, y el servicio mutuo es responsabilidad de todos.

Por lo tanto está prohibido incitar, participar o asistir, incluso como mero espectador

a cualquier tipo de pelea, riña, pendencia tanto en el interior del establecimiento.

Es deber de todo alumno que tiene conocimiento de la posible realización de un acto de

esta naturaleza, avisar oportunamente a los educadores para que, con su intervención, se

prevengan situaciones que lamentar.

d. De la relación entre estudiante y asistente: El asistente de aula será el encargado del

cuidado y protección de los alumnos y alumnas del establecimiento, estando pendiente a

las necesidades de los y las estudiantes dentro y fuera de la sala.

Al interior de la sala, deberá procurar que los estudiantes realicen las actividades

propuestas por el profesor de asignatura, centrándose principalmente en aquellos alumnos

que se encuentra más descendidos en su rendimiento.

49

Fuera de la sala, en horario de recreo, el asistente de aula deberá preocuparse de que los

estudiantes beneficiarios del desayuno escolar retiren su porción, para posteriormente

acompañar a los estudiantes durante el recreo, estando pendiente de las situaciones

problemáticas que podrían generarse durante ese horario.

Durante el horario de almuerzo, igualmente el asistente de aula guiará a los alumnos para

que estos reciban su porción de almuerzo, y se preocupará de aquellos alumnos que traen

almuerzo de forma particular, ayudándolos a calentar su comida en el microondas para

evitar accidentes.

El trato entre asistente y alumno debe ser en todo momento cordial, basado en el buen

trato y respeto entre las partes.

Art. 55: El respeto por la vida y dignidad de toda la persona es un valor central en nuestro

proyecto educativo, queda por tanto, prohibido usar internet para:

1. El ingreso, porte, intercambio, producción (entendiéndose por ella el registro audiovisual

o gráfico de cualquier situación entre miembros de la comunidad, graben situaciones de

ofensas, connotación o explícitamente sexuales aun entre pares),

2. Distribución (entendiéndose como tal la transferencia de archivos y/o carga en páginas

web o correos electrónicos o redes sociales),

3. Difusión y/o uso de todo tipo de material pornográfico, dentro del colegio u otros medios

similares que atenten contra la moral y la dignidad de las personas. Igualmente ingresar a

páginas web pornográficas en el establecimiento.

4. Presentar como propios trabajos copiados de internet.

5. Subir a las redes sociales fotografias y/o audios que involucren a cualquier integrante de

la comunidad educativa, excepto si es con autorización escrita de Dirección y/o UTP.

Art.56: La escuela Padre Alberto Hurtado persigue como misión brindar a sus estudiantes una

educación de calidad. Por lo tanto está prohibido en la escuela:

1. Usar material que entorpezca el normal desarrollo de las actividades escolares, tales

como reproductores de música, juegos electrónicos, cartas, etc. De ser así los objetos

serán retirados enviados a la Inspectoría, donde sólo el apoderado podrá recuperarlos.

2. El uso del celular queda categóricamente prohibido en horas de clases actividades

académicas, religiosas, y/o culturales, excepto que sea utilizado con fines pedagógicos.

De lo contrario deberá mantenerse apagado; se ha de usar exclusivamente fuera de la

clase y para comunicación. Será responsabilidad del profesor que esté impartiendo la

clase en ese momento, hacer cumplir este artículo.

3. La escuela no se hará responsable por pérdida, extravíos, hurtos o daños de objetos

ajenos a la actividad escolar o de uso personal (relojes, celulares, reproductores de

música y/o video, notebook, Tablet, dinero, u otros).

4. Realizar acciones que impidan el normal desarrollo de la clase o de la jornada escolar, en

lugares destinados al trabajo escolar. Será responsabilidad del profesor que esté

impartiendo la clase en ese momento, hacer cumplir este artículo.

Art.57: Educamos a nuestros alumnos en el respeto, el autocuidado, el bien común, el resguardo

de la salud y en el esfuerzo permanente por forjar la voluntad. Por consiguiente está

absolutamente prohibido:

50

1. Fumar dentro del Colegio.

2. La introducción, consumo o comercialización en el colegio de bebidas alcohólicas,

alucinógenos, drogas, estupefacientes u otras sustancias dañinas para la salud.

3. Si se detecta presencia de pediculosis en algún estudiante, la familia será avisada

directamente, para aplicar de inmediato el tratamiento de salud que corresponde. El

estudiante queda liberado de asistir al establecimiento ya que su regreso debe ser solo

cuando este libre de pidiculosis. También se informará al curso para que los apoderdos

tomen las medidas que correspondan.

Art.58: Los alumnos deben tener un especial cuidado por su integridad física y también por las

de sus compañeros, por lo que respetarán las normas de seguridad de cualquier espacio de trabajo

o de recreación y participarán disciplinadamente en los operativos de Seguridad Escolar que la

escuela considera en su planificación anual.

2.8 Del cuidado de Bienes y pérdida de los materiales.

Art.59: Todos los integrantes de esta comunidad educativa son corresponsables del buen uso de

los recursos que son patrimonio del Colegio, aportando al bien común y su entorno.

1. Cualquier deterioro deberá ser reparado o restituido por él o los apoderados de los

causantes. En el caso de no establecerse responsabilidades individuales, el curso o el

grupo asumirán el pago de la reparación o de la restitución, previa valorización en la

administración cuando corresponda. El profesor jefe o bien el profesor responsable del

grupo en el momento de ocurrido el hecho, velará para que se cumpla lo anteriormente

descrito conjuntamente con Inspectoría General.

2. Cada alumno, es responsable del cuidado de sus prendas de vestir, así como del cuidado

del resto de sus materiales, el colegio no se responsabiliza de objetos perdidos, dañados u

olvidados por el alumno, ya sea materiales escolares o del uniforme.

3. Es también responsabilidad de los alumnos mantener limpio todas las dependencias del

establecimiento para favorecer un ambiente formativo y acogedor.

4. El profesor que imparte clases en el curso es responsable de entregar la sala limpia y

ordenada para las siguientes clases.

Modos de regulación

Art. 60: Del uso de los baños

El establecimiento educacional cuenta con siete baños disponibles para el uso del alumnado, tres

destinados para mujeres, tres para hombres y uno dirigido a los alumnos/as de pre-básica.

Los baños se encuentran divididos según grupo de edad, por lo que existen baños para primer

ciclo, segundo ciclo y pre-básica de manera diferenciada.

El uso de los baños será de manera prioritaria durante el horario de recreo de los alumnos y

alumnas, no obstante, en casos de necesidad, los estudiantes podrán solicitar permiso para ir al

baño durante las horas de clases.

Los asistentes de la educación, docentes y demás miembros de la comunidad educativa cuentan

con baños diferenciados a los de los estudiantes, por lo que, ningún adulto deberá hacer uso del

baño destinado para niños/as.

51

Los asistentes de la educación del establecimiento se cerciorarán de que los baños sean utilizados

adecuadamente por los alumnos.

Art. 61: Del uso de comedores

Los alumnos podrán hacer uso del comedor del establecimiento durante el horario de recreo para

consumir sus colaciones. Aquellos alumnos con beneficio de alimentación, recibirán su desayuno

en el comedor durante el primer recreo, cada alumno deberá esperar su desayuno de forma

ordenada haciendo una fila. Este desayuno/almuerzo deberá consumirse dentro del comedor,

procurando dejar el lugar en el que se alimentaron limpio y ordenado.

La utilización del comedor se encuentra organizada según nivel, los primeros en hacer uso del

espacio para su desayuno son la pre-básica, posteriormente el primer ciclo básico y finalmente el

segundo ciclo básico.

El uso de este espacio estará limitado para el consumo de alimentos, no se permitirá que los

estudiantes jueguen dentro del comedor ni realicen alguna otra actividad que perturbe la

tranquilidad de dicho espacio.

Art. 62: Del uso de camarines

Los camarines del establecimiento se encuentran ubicados dentro del gimnasio de la escuela,

siendo su uso limitado únicamente en los horarios en los que se utilice el gimnasio para la

realización de clases de educación física o algún ACLE relacionado.

Existe un camarín destinado para los hombres y uno destinado a las mujeres.

Los estudiantes deberán utilizar los camarines para cambiarse de ropa y guardar sus cosas

mientras dura la clase en cuestión.

Una vez finalizadas las actividades, deberán retirar todos sus utensilios personales de los

camarines y el profesor de la asignatura tendrá que asegurarse de que todos los alumnos se

retiraron del lugar y deberá cerrar la puerta de los camarines con llave.

Art. 63: De las colaciones

Los alumnos pueden consumir su colación durantes los recreos de la jornada de la mañana.

Deben dejar los restos en los papeleros que se encuentran en los pasillos y mantener a buen

resguardo los envases en las que traen la colación.

Si algún alumno se las quita o se los pide de mala manera, deben denunciar este acto a los

asistentes de educación, profesor jefe o algún adulto que se encuentre cerca de el/ella. Será

responsabilidad del apoderado la calidad de la colación en cuantro a que sea saludable para el

alumno.

Art. 64: De los paseos de curso y salidas pedagógicas

Toda salida deberá contar con la ficha de salida y las autorizaciones firmadas de los padres y

apoderados.

La ficha debe tener los siguientes datos: el lugar de destino, dirección, hora de salida del colegio

y hora de regreso desde el lugar. Identificación de los profesores (as) que irán a cargo de la

52

delegación, incluyendo su RUT, número de telefonía celular vigente. De igual forma, debe

detallarse el listado de alumnos que tomarán parte de la actividad, incluyendo nombre completo,

RUT y curso. Cada alumno debe ser autorizado por sus apoderados, de acuerdo al formato único

entregado por el establecimiento educacional. En caso que la salida incluya a algún apoderado,

debe incluirse en la nómina con nombre completo y rut.

En toda salida pedagógica deberán acompañar a la delegación de alumnos, profesor/es o

funcionario/os responsables del Establecimiento.

En caso de que una salida este fuera de la programación anual, la solicitud de bus y resolución,

siempre se deberá hacer a lo menos con dos semanas de anticipación, de lo contrario no se

autorizará la salida.

Si la salida se realiza en bus particular; contratado o dispuesto por alguna entidad externa, se

deberá informar en la respectiva ficha, señalando la empresa, datos del conductor y bus número

de patente y seguro vigente.

Cada Establecimiento deberá informar a la Dirección Provincial de Educación las salidas

pedagógicas que se realicen fuera de la comuna.

Art. 65: Del ingreso de personas externas al establecimiento

Toda persona que no sea funcionario del establecimiento, deberá informar en portería el objetivo

o causa de su llegada a la escuela y esperar en ese sector la información y/o respuesta a su

interrogante. Le esta estrictamente prohibido pasar al interior del establecimiento si no es

acompañada por un asistente o directivo.

Art. 66: Del servicio de transporte escolar

El uso de los buses del transporte escolar particulares son de esclusiva responsabilidad de los

padres y apoderados que los contratan.

El bus de nuestro establecimiento tiene sus horarios de salidas y llegadas definidos. Al salir a

buscar a los alumnos a sus casas, estos deben esperar en lugares previamente determinados y de

conformidad con los apoderados, al llegar el bus a la escuela los alumnos deben ingresar de

inmediato a la unidad educativa. El bus cuenta con un auxiliar que debe velar por el orden y

cuidado de alumnos y bus. Cualquier anomalía debe ser informada de inmediato a la inspectora

del establecimiento para aplicar el Reglamento Interno de Convivencia, si procede.

Se avisará oportunamente a los apoderados, vía teléfono, las suspensiones de los viajes del bus

escolar, ya sea por desperfecto mecánico o de personal.

Art. 67: De las reuniones de apoderado

Los padres y apoderados tienen una reunión mensual, la que corresponde, por lo general, al

último jueves de cada mes. Se avisa a través de comunicaciones escritas. La ausencia a esta

reunión significa que el apoderado debe acercarse a inspectoría a justificar su ausencia. La

reunión de padres es para entregar información general de la marcha del establecimiento, los

problemas particulares son tratados a través de entrevistas personales.

53

3. Medidas Disciplinarias, Procedimientos y Gradación de Sanciones.

Art. 68: Las medidas disciplinarias que se apliquen en virtud de este Manual, tendrán

únicamente por objetivo posibilitar a los alumnos que se encuentren con algún grado de

dificultad de naturaleza conductual, superar dichas situaciones, y en todas ellas deberán ser

aplicadas mediante procedimientos justos y equitativos, y sólo respecto de infracciones a las

normas de conductas previamente establecidas, y siempre en forma proporcional a la

complejidad de la situación.

Los procedimientos disciplinarios considerarán los siguientes pasos:

Art.69: 1. Diálogo personal pedagógico: el educador dialoga con el alumno y le hace ver la falta

cometida, la necesidad de cambio de conducta, y la reparación necesaria, si así corresponde. Es

una advertencia y un compromiso para enmendar el comportamiento deficiente.

2. Diálogo grupal reflexivo: el o los educadores dialogan con un grupo de alumnos que hayan

incurrido en alguna falta y hayan sido afectados por ella, para hacer ver la gravedad de la falta, la

necesidad del cambio oportuno, la reparación que corresponde hacer.

3. Llamado de Atención Verbal: llamado de atención (corrección) por parte de algún miembro

de la Comunidad Educativa por algún rasgo negativo de la conducta del alumno.

Cuando el llamado de atención es reiterado se dejará constancia por escrito en su hoja de vida.

4. Constancia Escrita: Llamado de atención (corrección) por parte de algún miembro de la

comunidad educativa por algún rasgo negativo de la conducta del alumno, la cual se indica por

escrito en su hoja de vida (Libro de clases, hoja de observaciones).

5. Comunicación al apoderado: Por medio de una comunicación escrita en la agenda del

Establecimiento, se informa al apoderado de la falta cometida por su pupilo. Si el hecho

cometido amerita una falta grave o muy grave, la comunicación al apoderado será inmediata y se

requerirá, en el tiempo inmediato, su presencia en el establecimiento.

6. Citación al apoderado: El apoderado es citado para una entrevista personal con el

Inspector u otro educador, con el fin de que conozca la falta cometida por su pupilo y juntos

puedan llegar a establecer la reparación necesaria para bien del alumno como del afectado.

7. Derivación psicosocial: Atención psicosocial individual, familiar, grupal; talleres de

reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la buena convivencia escolar.

El establecimiento se reserva, según los antecedentes del alumno, exigir de su Padres y

Apoderados la evaluación y tratamiento psicológico o psiquiátrico, cuando las conductas

contrarias a la Buena convivencia, sean reiteradas en el tiempo.

8. Suspensión: consiste en solicitar al Padre o Apoderado que se abstenga de enviar al alumno a

clases durante un período de tiempo corto. La duración de la sanción dependerá de la falta

cometida.

9. Amonestación Escrita: medida disciplinaria que impide al alumno representar al colegio en

actos oficiales o extraordinarios, a la vez, no puede postular a cargos representativos del curso ni

del colegio, tampoco puede ser propuesto para recibir algún reconocimiento público.

54

10. Condicionalidad: Es una medida disciplinaria que se expresa en un documento escrito que

firman en Inspectoría General los padres del alumno, debiendo superar su comportamiento de

otro modo, no podrá continuar en la escuela.

11. Expulsión: Es una medida extrema y excepcionalísima, en circunstancias particulares en que

efectivamente la falta consista en una conducta que atente contra la integridad física y

psicológica de un miembro de la comunidad educativa. (Se debe tener las evidencias). Será

facultad del Director tomar esta decisión, previa consulta al Equipo de Gestión, Encargado de

Convivencia y/o profesor(a) jefe e informado y acordado con el padre y/ apoderado.

No se podrá expulsar o cancelar la matricula de un estudiante en un periodo de un año escolar

que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional. Lo anterior

no será aplicable cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad

física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar.

Se debe considerar que la expulsión.

No es aplicable argumentando rendimiento escolar, repitencia, situación económica o

NEE.

Debe garantizar el derecho a defensa por parte del estudiante, familia o apoderado.

Debe ser informada a la Dirección Regional de la Superintendencia para que revise la

aplicación de la sanción.

Art.70: Para que pueda ser impuesta alguna de estas medidas disciplinarias o sanciones es

menester que el afectado haya incurrido en alguna infracción al presente Reglamento de

Convivencia Escolar, de forma que se dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o

colectivo, en el aspecto moral, social o disciplinario, tanto dentro como fuera del

establecimiento, y las sanciones deberán ser impuestas atendiendo la mayor o menor extensión o

entidad de la falta cometida y de los efectos causados. La aplicación de sanciones en el proceso

educativo no debe ser contradictoria con la esencia de su objetivo final, esto es, ser una instancia

que eduque y forme a los niños y jóvenes.

Art.71: No se considerará motivo de sanciones tales como expulsión, suspensión y/o cancelación

de matrícula para aquellos alumnos que presentan bajo rendimiento durante el año académico

correspondiente.

Art.72: No se considerará causal para la no renovación de matrícula a los alumnos de 1º hasta

6to año básico, por bajo rendimiento escolar.

Art.73: En situaciones de repitencia de curso, la escuela garantiza la continuidad del alumno en

el establecimiento a lo menos una vez en cada nivel de enseñanza. En caso de producirse una

segunda repitencia, la permanencia del alumno quedará sujeta a:

1. Disponibilidad de vacantes en el curso que corresponda.

2. Informes personales : Profesor Jefe, Inspectoría General, Orientación u otros.

3. Solicitud escrita a la dirección por parte del apoderado.

Art.74: Todo integrante de la Comunidad Educativa , debe denunciar cualquier acción u omisión

que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como

55

lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de

sustancias ilícitas u otros.

Se debe denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del

Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome

conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del

Código Procesal Penal.

Art.75: Si una persona o institución, en forma responsable y por escrito, presenta un reclamo en

contra de un alumno por algún comportamiento reñido con lo que este Manual establece se hará

la investigación necesaria y, de ser el caso, se aplicarán las medidas que correspondan de

acuerdo al presente instrumento.

4. Faltas específicas al Reglamento de Convivencia Escolar y sus sanciones.

Art. 76: Se entiende por «falta» cualquier comportamiento individual o colectivo que dificulte o

entorpezca el proceso educativo o la convivencia escolar, ya sea en el orden moral, religioso,

social, como en el pedagógico y/o disciplinario.

Este comportamiento no se limita sólo a las horas de clases, sino que debe reflejarse en cualquier

actividad que se esté desarrollando en el establecimiento educacional o en cualquier lugar, en

que el alumno esté representando a la escuela. A continuación se establecen los siguientes

criterios de graduación de faltas.

Art. 77: Faltas Leves: entendidas como aquellas actitudes y comportamientos que alteren la

convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la

comunidad, ni contravengan con los valores y actitudes contenidas en el PEI.

1: Manifestar una presentación personal que no se ajusta con las exigencias de este

Reglamento.

2: No cumplir con los deberes escolares.

3: No portar la agenda escolar.

4: No colaborar con la disciplina de las actividades escolares que exijan concentración y

silencio. (No saber escuchar ni manejar el silencio, conversar reiteradamente durante las

horas de clases, ponerse de pie, interrumpir innecesariamente)

5: No comunicar al apoderado cuando este sea requerido por alguna autoridad del

establecimiento.

6: No presentar comunicación y/o documento firmado si la escuela así lo requiere.

7: No devolver los libros de la Biblioteca en el plazo establecido.

8: Llegar atrasado a las actividades escolares, estando en la escuela.

9: Promover desórdenes que alteren significativamente el clima escolar , en la sala de

clases, pasillos, comedor, baños, biblioteca, duchas, gimnasio, laboratorios, otros

Estas faltas podrán ser sancionadas siempre y cuando estén debidamente registradas en el libro

de clases.

Derecho de Apelación: Todo estudiante involucrado en algunas de las situaciones contempladas

en este reglamento, tiene derecho a apelar a las sanciones impuestas. Esta apelación debe seguir

el siguiente procedimiento:

56

a) El estudiante, mediante su apoderado, debe manifestar por escrito su disconformidad con

la medida impuesta, exponiendo sus fundamentos para solicitar la revisión de la misma.

El documento debe remitirse a la Dirección del establecimiento, dentro de los 5 días

hábiles siguientes a la toma de conocimiento por parte del apoderado de la sanción

impuesta.

b) La Directora citará, dentro de los 5 días hábiles siguientes, de manera extraordinaria al

consejo escolar para conocer de la apelación presentada. A éste se le entregarán todos los

antecedentes que sustenten la aplicación de la medida. El Consejo procederá a confirmar

la sanción o modificarla, dejando acta por escrito de la decisión adoptada.

c) La Directora, dentro de los 3 días hábiles siguientes informará la decisión tomada al

apoderado, mediante comunicación escrita.

Sanciones a faltas leves:

1.- Conversación con el alumno (os) para solucionar el problema sin que medie una sanción.

2.- Amonestación verbal y por escrito, en el libro de clases, por parte del profesor jefe, profesor

u otra autoridad del establecimeinto.

3.- A la tercera falta leve, se citara al apoderado para que tome conocimiento de la situación de

su pupilo y firme la hoja de vida del alumno.

4.- Si nuevamente el alumno reincide en faltas leves, será suspendido por un día, pero deberá

cumplir con sus tareas y/o trabajos académicos, en las asignaturas en las cuales esté ausente.

5.- Derecho de Apelación: Todo estudiante involucrado en algunas de las situaciones

contempladas en este reglamento, tiene derecho a apelar a las sanciones impuestas. Esta

apelación debe seguir el siguiente procedimiento:

d) El estudiante, mediante su apoderado, debe manifestar por escrito su disconformidad con

la medida impuesta, exponiendo sus fundamentos para solicitar la revisión de la misma.

El documento debe remitirse a la Dirección del establecimiento, dentro de los 5 días

hábiles siguientes a la toma de conocimiento por parte del apoderado de la sanción

impuesta.

e) La Directora citará, dentro de los 5 días hábiles siguientes, de manera extraordinaria al

consejo escolar para conocer de la apelación presentada. A éste se le entregarán todos los

antecedentes que sustenten la aplicación de la medida. El Consejo procederá a confirmar

la sanción o modificarla, dejando acta por escrito de la decisión adoptada.

f) La Directora, dentro de los 3 días hábiles siguientes informará la decisión tomada al

apoderado, mediante comunicación escrita.

Art. 78: Faltas Graves: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad de la

comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la

convivencia y/o los valores contenidos en el PEI.

1: No llegar al establecimiento (cimarra) y/o abandonar el colegio sin permiso, eludiendo

el compromiso de los horarios de clases.

2: Insubordinarse o desobedecer a los educadores de la escuela, siempre y cuando lo que

se pida esté dentro del margen del Reglamento de Convivencia Escolar.

3: Copiar o prestar ayuda a un compañero en una prueba; presentar trabajos de otro

alumno como suyo; negarse a contestar una prueba o un trabajo en clase.

3: Tres inasistencias a evaluaciones calendarizadas sin justificación médica.

57

4: Fumar en las inmediaciones de la escuela

5: Falsificar comunicaciones o firmas del apoderado.

6: Introducir o usar textos, revistas u otro material que vaya en contra de la moral y las

buenas costumbres.

7: Dañar las pertenencias de sus compañeros.

8: Uso de vocabulario, grosero, soez o de connotación sexual hacia los demás.

9: Cometer cualquier acto deshonesto en evaluación académica.

10: Acumular tres faltas leves las que han de estar debidamente registradas en el libro de

clases.

Sanciones faltas graves

1.- Para todas las faltas estipuladas existirán instancias de diálogos y acuerdos entre las partes.

2.- Se inicia proceso formativo: Consignación de la falta en la hoja de vida, citación apoderado

por parte de inspectoría y/o Convivencia Escolar, dentro de las siguientes 48 horas, acuerdos

reparatorios escritos y firmados.

3.- Suspensión de clases por 2 o tres días, según gravedad de la falta, además deberá cumplir con

las tareas y deberes escolares de las asignaturas en las cuales no esté presente.

4.- Si se reitera falta grave, se cita apoderado al establecimiento, dejando constancia escrita de la

entrevista y se aplicará condicionalidad y/o suspensión de 3 a 5 días de acuerdo a la hoja de

observaciones personales del alumno. Se evalúa derivación a redes de apoyo internas.

Art. 79: Faltas muy graves: actitudes y comportamientos que atenten contra el respeto, la

honradez, la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa,

agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito, y aquellas que por su

naturaleza puedan significar un evidente y serio perjuicio al establecimiento.

1: Atentar contra la propiedad ajena (robo, hurto), del establecimiento, de sus alumnos o

funcionarios, por apropiación o retención ilegítima.

2: Ingresar a cualquier dependencia de la escuela fuera del horario de clases y sin la

respectiva autorización.

3: Participar, o promover acciones dentro o fuera del establecimiento que atenten contra

la integridad de cualquier persona o dañen la propiedad pública y/o privada.

4: Ser autor material o intelectual de la falsificación de la documentación oficial del

colegio o alterar calificaciones y demás anotaciones del mismo rango.

5: Deteriorar o dañar las instalaciones y patrimonio tanto del colegio y sus alrededores,

como de los integrantes de la comunidad educativa.

6: Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes de igual manera

generar juegos, bromas, burlas, dibujos con significado sexual que ofendan a cualquier

persona, miembro o no de nuestra comunidad educativa.

7: Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de cualquier persona,

miembro o no de nuestra comunidad educativa;

8: Participar o involucrarse en peleas, riñas, pendencias ya sea como participante,

promotor o mero espectador.

9: Agredir verbal o psicológicamente a cualquier persona, miembro o no de nuestra

comunidad educativa;

58

10: Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de cualquier

persona, miembro o no de nuestra comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);

11: Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia;

12:Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de

la comunidad educativa o cualquier persona ajena a ella, a través de chats, blogs,

fotolog’s, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos

o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o

electrónico;

13: Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato

escolar;

14: Realizar acoso o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean sustitutivos de

delitos.

15: Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o

contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando se haya hecho

uso de ellos.

16: Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o

sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, interior del establecimiento.

17: Presentarse en el establecimiento en estado de embriaguez o con hálito alcohólico

y/o drogado o con síntomas de haberlo estado.

18: No cumplir con las sanciones disciplinarias que le fueren impuestas.

19: No cumplir con las sanciones disciplinarias que le fueren impuestas.

20: Acumular tres faltas graves.

Sanciones faltas muy graves:

1.- Suspensión de clases de 4 a 5 días, además de cumplir con sus actividades académicas en las

asignaturas a las cuales faltase por la suspensión.

2.- Se evalúa derivación a redes de apoyo externas del establecimiento educacional y se deja por

escrito que se evaluará su continuidad en el establecimeinto (utilizando el debido proceso, para

aplicarlas de manera racional, justa y equitativa y enmarcada en este reglamento). Se firmará

condicionalidad entre las partes (escuela – apoderado). De no producirse un cambio significativo

en el alumno que realizó las faltas, el establecimiento podrá cancelar la matrícula previa consulta

a los entes relacionados. Para informar dicha sanción, se citará al apoderado y se le entregará

documento de la medida adoptada.

59

5. Procedimientos para la aplicación de las medidas disciplinarias

Art. 80: Para la aplicación de las sanciones impuestas por el presente Reglamento de

Convivencia Escolar existen dos procedimientos:

1. El Ordinario, a la aplicación por parte de Inspectoría General.

2. El Extraordinario que se desarrollará entre Inspectoría General y el Equipo de Gestión

cada vez que un alumno haya incurrido en una falta muy grave, cuya aplicación se

ajustará a lo establecido en este Reglamento de Convivencia Escolar.

5.1. Procedimiento Ordinario (Semestral) Art. 81: Este procedimiento contempla dos instancias:

1. Primera instancia: Presentación, por parte del profesor jefe o profesor de asignatura del

caso en cuestión a Inspectoria General. De acuerdo a la gravedad del caso el Inspector

General podrá solicitar el acompañamiento del alumno por parte del Equipo Sicosocial

del establecimiento.

2. Segunda instancia: Presentación del caso determinado con su respectiva sanción por parte

del Inspector de General a la dirección, quien confirma o sugiere otra sanción, de

acuerdo a los antecedentes, los que han de incluir el testimonio del alumno afectado y su

apoderado.

3. Tercera instancia: Una vez comunicada por escrito la determinación, en documento ad

hoc, el apoderado podrá apelar por escrito a la sanción aplicada a su pupilo. El Consejo

de Convivencia Escolar en un plazo máximo de 72 horas comunicará la determinación

definitiva.

5.2 Procedimiento Extraordinario (Emergente)

Art. 82: Todo reclamo por faltas muy graves podrá ser presentado, responsablemente, en forma

escrita, por cualquier integrante de la comunidad educativa, ante cualquier autoridad del

establecimiento, la que deberá dar cuenta a el Consejo de Convivencia Escolar, dentro de un

plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. En la medida de lo posible o de lo

que dependa de quien realice la indagación, se resguardará la identidad del reclamante y no se

podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su

reclamo. Pero si dicho reclamo no tiene asidero, se han de tomar las medidas correspondientes

por su falta de diligencia y la responsabilidad sobre sus dichos.

Art. 83: Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de

las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

Art. 84: En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la

posibilidad de impugnarlas. El alumno afectado recibirá también apoyo e información durante

todo el proceso.

60

Art. 85: El encargado de convivencia y /o mediador escolar, deberá llevar adelante la

investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o

disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

Art. 86: Si la falta tiene relación con la convivencia escolar, y puede ser solucionada por medio

de un acuerdo entre los involucrados, una vez recibidos los antecedentes por el Consejo de

Convivencia Escolar, el encargado de convivencia escolar, citará a las partes y, en su caso, a los

padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá

como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el

tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

Art. 87: El Consejo de Convivencia Escolar, a la luz de todos los antecedentes recogidos durante

la investigación, de los descargos de las partes involucradas, deberá resolver si se cumplen los

requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar

constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser

notificada a todas las partes.

Art. 88: En la resolución, si así corresponde, se deberá especificar también las medidas

reparatorias adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo

cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas,

restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente

determine.

Art. 89: La aplicación de la medida disciplinaria será comunicada por escrito al apoderado del

alumno sancionado por el Inspector General, en entrevista personal.

Art. 90: Si fuese el caso (amonestación escrita, condicionalidad), al finalizar el semestre se

deberá proceder como indica el reglamento interno de convivencia.

Art. 91: Si la falta cometida no puede ser solucionada por medio de un acuerdo de las partes, el

Consejo de Convivencia Escolar establece las sanciones necesarias y actúa siguiendo el

procedimiento establecido.

5.3 Criterios de aplicación de una sanción

Art 92: Toda sanción o medida será entendida como la última razón a la hora de lograr un

comportamiento acorde de los involucrados y debe tener un carácter claramente formativo para

todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la

gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor

protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Art. 93: Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los

siguientes criterios:

1. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

2. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

3. La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

61

a) La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

b) El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

c) Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento

4. La conducta anterior del responsable;

5. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

6. La discapacidad o indefensión del afectado.

Toda sanción o medida deberá estar fundada en el respeto absoluto a la dignidad de todas las

personas. Tener sentido formativo, es decir, establecer una aspiración respecto del

comportamiento que se espera aprendan los miembros de la comunidad. Considerar la edad y las

distintas etapas de desarrollo de la infancia y la adolescencia, así como los roles de los

involucrados: a mayor edad, mayor responsabilidad; a mayor jerarquía, mayor responsabilidad.

Ser claras, realistas y conocidas por toda la comunidad educativa para que su cumplimiento sea

efectivo.

6. Acompañamiento de un alumno sancionado

Art. 94: Con el alumno afectado por una sanción disciplinaria, tal como amonestación escrita o

condicionalidad se realizará un trabajo de acompañamiento que contemplará los siguientes

procedimientos:

1. Entrevista del Profesor-Jefe con el alumno, con el fin de hacerle notar sus errores,

desafíos o ayudarle a avanzar en su proceso formativo. Quedará constancia de esta

entrevista en su hoja de vida y/o Ficha de Atención de Apoderados Interna.

2. Entrevista del Profesor Jefe con el apoderado, para informarle los avances y debilidades

de su pupilo, comprender sus comportamientos y dirigir en conjunto las acciones

remediales frente a estos. Quedará constancia de esta entrevista en su hoja de vida y/o

Ficha de Atención de Apoderados Interna.

3. El alumno si así lo amerita la situación, recibirá el acompañamiento del especialista que

corresponda (orientador, psicólogo, Programa PIE), con el fin de ayudarle

profesionalmente en la superación de sus desafíos. Cada especialista dejará constancia del

acompañamiento realizado.

4. En caso de condicionalidad del alumno, el Inspector General y/o Encargada de

Convivencia realizará un acompañamiento con el propósito de superar la

condicionalidad. El inspector dejará constancia en el registro de inspectoría.

7. Del Proceso de admisión

Art. 95: Esta materia se encuentra regulada en el artículo 13 del DFL N°2, del año 2009 del

Mineduc y la Ley de Inclusión entrada en vigencia el 1° de marzo de 2016. Los padres y

apoderados tienen el derecho preferente de elegir el establecimiento educacional para sus hijos.

62

Normas Generales que regulan el Proceso de Admisión.

Al sostenedor-establecimiento deberá informar, en los casos que corresponda y de conformidad a

la ley, sobre:

a) Número de vacantes en cada nivel.

b) Criterios generales de admisión.

c) Plazo de postulación y fecha de publicación de los resultados.

d) Requisitos de los postulantes, antecedentes y documentación a presentar.

e) Proyecto Educativo y Reglamento de Convivencia del Establecimiento.

Realizado el proceso de admisión, la escuela publicará en un lugar visible y en la página web

ephcormupa.cl la lista de los alumnos admitidos

8. Mecanismos de Reconocimiento y Estímulo para la Comunidad Escolar.

Art.96: A los estudiantes;

Nuestra Comunidad Educativa como una manera de incentivar a todos los alumnos a desarrollar

al máximo en sus potencialidades, destaca a aquellos que de una u otra manera han hecho un

esfuerzo notable por superarse y asemejarse siempre más al perfil del alumno de la escuela Padre

Alberto Hurtado.

Representación de la escuela.

Art.97: Abanderado. Se distingue como abanderado a los alumnos de octavo año básico, que

cumplan con los siguientes requisitos:

Qué tenga una trayectoria en la escuela de a lo menos 2 años de permanencia en el

establecimiento; no haber incurrido en alguna falta muy grave durante el año escolar,

tener un promedio general mínimo de 5,5, que se destaque por su compromiso hacia el

establecimiento y cuente con el consentimiento del padre-apoderado.

Participarán de esta selección los docentes del segundo ciclo básico y el cuerpo directivo

del establecimiento: Dirección, Inspectoría General, Jefe Unidad Técnica Pedagógica,

Orientación, Mediadora Escolar, liderados por la docente encargada del Plan de

Formación Ciudadana.

8.1. Premiaciones Anuales por Curso Art. 98:

Distinción Mejor Rendimiento, es la distinción que se otorga a un alumno por curso,

que reúne todas las condiciones en lo educativo. Los criterios de distinción es tener el

promedio general más alto de su curso. Se distinguirán los estudiantes desde primero a

octavo año básico.

Distinción a la Solidaridad: es una distinción que se otorga al alumno de primero a

octavo año básico elegido por sus pares como mejor compañero, solidario y de una

calidad humana destacada. Para ser elegido debe manifestar también respeto por todos los

integrantes de la Comunidad Educativa.

Distinción al Esfuerzo y Superación: que se otorga al alumno de primero a octavo año

básico que sin tener el mejor promedio, demuestra esfuerzo y superación. Tiene una

63

buena calificación; es responsable con sus deberes escolares; demuestra superación y

constancia en sus compromisos escolares.

Distinción Acle: que se confiere a los alumnos que más se han destacado en sus

respectivas ACLES, demostrando participación activa, servicio desinteresado en favor de

la propia actividad, asistencia, responsabilidad, aptitud y habilidades, calidad humana y la

representación de la escuela en algún evento relacionado con su actividad.

Distinción a la Asistencia y puntualidad: que se confiere a los alumnos de primero a

octavo año básico que más se han destacado en la constancia y responsabilidad,

demostrado en su excelente asistencia y puntualidad.

Distinción Conducta: se otorga a un alumno de primero a octavo año básico que, haya

manifestado calidad humana, respeto por sus compañeros, educadores y demás

miembros de la comunidad educativa.

Premio Padre Alberto Hurtado: Máxima distinción para un alumno que egresa de

Octavo año básico que cumpla con el perfil del alumno de la escuela, junto con alcanzar

la excelencia académica y una actitud coherente con el Proyecto Educativo Institucional,

y tener, en lo posible, 8 años de permanencia en nuestro establecimiento.

VII. De los Padres y Apoderados.

Deberes y derechos.

Art 99: Los padres, que son los principales formadores y educadores de sus hijos, y han

depositado su confianza en la escuela Padre Alberto Hurtado, como colaboradora en su misión

formadora, están llamados a participar activamente y responsablemente en la comunidad

educativa, procurando un trabajo mancomunado entre escuela-familia.

Esta comunión se expresa en la aceptación libre de los derechos y deberes que se desprenden del

Proyecto Educativo, regulado por este Reglamento de Convivencia. Son apoderados los padres

del alumno o tutor que éstos nombren. En el caso de un apoderado tutor éste deberá ser mayor de

21 años.

Art. 100: Los padres y apoderados tiene los siguientes derechos.

1. Conocer el Proyecto Educativo, Reglamento de Convivencia Escolar y el

Reglamento de Evaluación y Promoción de la escuela Padre Alberto Hurtado.

2. Desempeñar funciones, cargos y participar de los sub-centros y Centro General de Padres

y Apoderados del establecimiento según las indicaciones propias de los Estatutos del

mencionado estamento.

3. Solicitar al educador correspondiente y en los horarios dispuestos para ello, la atención e

información del desempeño académico, disciplinario, formativo u otros que realice su

pupilo.

4. Solicitar apoyo de los especialistas cuyo servicio ofrece la escuela en beneficio de los

alumnos.

5. Recurrir a las instancias correspondientes para manifestar sus inquietudes y obtener las

respuestas necesarias.

6. Conocer la normativa contenida en el presente Manual de Convivencia Interno.

64

Art.101: Los padres de la escuela Padre Alberto Hurtado tienen los siguientes deberes.

1. Justificar personalmente las inasistencias de su pupilo.

2. Revisar diaria o semanalmente la Agenda Escolar de su pupilo, tomando conocimiento,

bajo firma, de las informaciones relativas a él, contenidas en cada una de sus secciones,

siendo la Agenda el único medio oficial de comunicación.

3. Mantener una comunicación frecuente con el profesor jefe e inspector general, para

conocer la situación de su pupilo.

4. Presentar al inicio del año escolar o con la debida antelación todo tipo de información

relativa a la salud de su pupilo, y situaciones referidas a diagnósticos de dificultades de

aprendizaje, tratamientos neurológicos, psicológicos u otros.

5. Tener una actitud y trato deferente, positivo y respetuoso con todos los miembros de la

Comunidad Escolar.

6. Firmar los diversos compromisos de sanción y acompañamiento que amerite su pupilo.

7. Cumplir activamente con su rol padre y apoderado en cuanto a: Acompañar a su pupilo

en el proceso educativo que está realizando, en consideración que en su calidad de padre-

apoderado, es el primer responsable de su educación, y por lo mismo, responder por sus

acciones ante la escuela, cuando así se le requiera.

8. Asumir las indicaciones que un profesional del establecimiento haga en beneficio del

desarrollo del estudiante.

9. Participar en las actividades que programe el Centro General de Padres y Apoderados,

en beneficio de los alumnos, y cumplir con los compromisos adquiridos con dicho

estamento.

10. Asistir puntualmente y en forma obligatoria a todas las reuniones y citaciones que

convoque la dirección del establecimiento, encargados de procesos, profesor jefe.

Cualquier justificación deberá efectuarse previo a la realización de la actividad.

11. Responder y cancelar los costos reparación o reposición ocasionados por la pérdida y/o

deterioro de libros, instrumental, equipos o implementos propiedad de la escuela, en los

que pudiera tener responsabilidad su hijo o pupilo, individual y colectivamente.

12. Retirar a su pupilo dentro del horario estipulado en el reglamento.

13. Retirar a su pupilo en caso de enfermedades.

En el caso de ocurrir violencia escolar entre un alumno y/o apoderado a un funcionario del

establecimiento

Art. 102: Si un apoderado y/o alumno incurre en una falta muy grave contra la buena

convivencia escolar podrá ser sancionado con la obligación de designar un nuevo apoderado,

previa presentación del caso y aprobación por parte del Consejo Escolar.

Art.103: Esta sanción no podrá ser impuesta si antes no se ha seguido el siguiente

procedimiento:

1. Todo reclamo por faltas muy graves contrarias a la buena convivencia escolar debe ser

presentado por escrito, por cualquier integrante de la comunidad educativa ante el

encargado de Convivencia del establecimiento, el que deberá dar cuenta a la Inspectora

General dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. Se

deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

65

2. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

3. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos

propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo.

No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a

excepción de la autoridad pública competente.

4. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados,

el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la

posibilidad de impugnarlas.

5. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los

reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo

cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

6. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes, o agotada la investigación, el

encargado deberá presentar un informe ante el Consejo Escolar, para que éste recomiende

la aplicación de una sanción ( Art. 102).

7. Una vez recibidos los antecedentes por el Consejo Escolar, el Inspector General en

conjunto con el orientador citará a las partes a una reunión que tendrá como principal

finalidad buscar un acuerdo.

8. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación,

exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de

tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por

cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. Si no hubiere acuerdo, se

deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que

estimen necesarios..

9. De no existir acuerdo, el Consejo Escolar, a la luz de todos los antecedentes recogidos

durante la investigación, de los descargos de las partes involucradas, del análisis y la

recomendación presentada por el Consejo Escolar, deberá resolver si se cumplen los

requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá

quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha

resolución debe ser notificada a todas las partes.

10. En la resolución, se deberá especificar también las medidas de reparación adoptadas a

favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento.

Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas,

restablecimiento de efectos personales, u otras que la autoridad competente determine.

11. Una vez comunicada por escrito la determinación, en documento firmado por el

apoderado tiene como plazo máximo 3 días hábiles para presentar su Apelación por

escrito al Consejo de Convivencia Escolar, quien en un plazo máximo de 5 días hábiles

comunicará la determinación definitiva.

12. La aplicación de la medida disciplinaria será comunicada por escrito al apoderado o tutor

por el Inspector General, en entrevista personal.

13. Se entregará una copia de los antecedentes a la Corporación Municipal de Educación.

66

Reconocimiento al apoderado de Octavo Básico

Art. 104: Premio al Reconocimiento: Máxima distinción para un apoderado (a) de octavo

básico que se destaca por su compromiso, participación, apoyo y colaboración hacia la escuela,

además de ser apreciado por sus pares por su calidad humana.

67

VIII. Protocolos de Actuación: Frente a conductas de riesgo.

Art. 105: Bajo esta perspectiva, la escuela cuenta con diversas instancias que acompañan el

proceso de crecimiento de nuestros alumnos, según los lineamientos del Proyecto Educativo

Institucional. Es de especial relevancia destacar, la necesidad de contar con el apoyo de las

familias que forman parte de la comunidad educativa.

Para tal propósito, el presente documento describirá algunos protocolos que orientan el proceder

del establecimiento considerando el contexto escolar, cultural y social.

Art.106: Sobre la obligación de denunciar frente a sospecha de grave vulneración de derechos a

menores.

a. Obligación de denunciar hechos constitutivos de delito. Están en la obligación de denunciar los hechos constitutivos delitos los Policías,

Fiscales, empleados públicos, profesionales de la salud, de educación y en general las personas

que tengan contacto directo con niños.

a. Denuncia de la situación de grave vulneración de derechos. Los artículos 175 y 177 del Código Procesal Penal contemplan la obligatoriedad de

denunciar a la autoridad competente hechos de esta naturaleza y en lo contrario, además de

posiblemente prolongar la situación de vulneración al niño o adolescente, pudiera constituirse en

delito/falta de aquel que teniendo conocimiento de grave vulneración, omita su denuncia.

1. Frente a denuncias de abuso sexual

Art. 107: Procedimiento:

1. Cualquier persona mayor de 18 años, funcionario del establecimiento que tome

conocimiento (sea por un afectado directo, por el relato de un compañero no afectado

directamente o por el relato de un adulto relacionado o no con la supuesta víctima), de

una posible situación de abuso sexual cuya ocurrencia haya sido dentro o fuera del

Colegio que involucre a un adulto, deberá comunicar inmediatamente la situación a la

Dirección/Inspectoria General, aun cuando no cuente con todos los antecedentes que le

parezcan suficientes o necesarios.

2. Para ello, y en forma inmediata la persona que ha tomado conocimiento del hecho, con la

colaboración de uno de los integrantes del Equipo de Apoyo sicosocial, redactará un

informe detallado apegándose lo más posible a lo relatado por el niño o por el adulto que

refiere un supuesto abuso de un menor.

3. Se debe dejar en claro que dicho informe versará estrictamente sobre lo relatado

originalmente por el menor, quedando bajo prohibición someterlo a cualquier experiencia

que le obligue a repetir el relato que moviliza este protocolo. (Evitar revictimización).

4. Con los antecedentes formalmente remitidos, en forma inmediata se procederá a realizar

la denuncia correspondiente; la que no puede exceder de las 24 horas de haberse tomado

conocimiento de los hechos. Dicha denuncia podrá ser realizada en cualquiera de las

siguientes instituciones: Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Ministerio

Público.

68

5. En ausencia de la Directora del establecimiento, cualquier persona que tenga

conocimiento de estos hechos podrá hacer la denuncia, con conocimiento y apoyo de su

superior jerárquico y en ausencia de éste lo podrá hacer directamente.

6. Cualquiera sea el caso, las autoridades de la escuela deberán contactarse con los

apoderados correspondientes, tanto del supuesto abusador como de la víctima, para

dejarles en antecedentes de las circunstancias del caso e informar sobre la denuncia

2. Frente a casos de Violencia Escolar y Bullying

Art.108: La violencia escolar ha sido definida como “comportamientos deliberados de uno o

más individuos que, abusando de su poder o fuerza, dañan a otro en un contexto escolar”. Una

situación de violencia puede responder a un episodio aislado y, por lo tanto, no constituye un

fenómeno de acoso permanente o bullying.

El bullying o acoso escolar es una forma específica y particular de agresión entre estudiantes. Se

caracteriza por el uso intencional y repetido de la violencia por parte de un estudiante para

intimidar u hostigar a otro, que se presente en el marco de una relación asimétrica e invariable de

poder y que se caracteriza por la presencia de una o más víctimas que son incapaces de salir del

circulo de la victimización.

Art.109: La Ley sobre Violencia Escolar (LSVE) establece que es obligatorio contar con

protocolos para enfrentar situaciones de violencia escolar. Ellos definen los pasos a seguir y a los

responsables de implementar las medidas requeridas para enfrentar situaciones conflictivas.

Este protocolo se activa frente a la detección o sospecha de las siguientes situaciones:

Agresión entre estudiantes: física, psicológica y/o relacional.

Agresión dentro y fuera del establecimiento educacional, que afecte a estudiantes de la

comunidad educativa.

Agresión a través de medios tecnológicos, ejercida o que afecte a estudiantes del

establecimiento educacional.

Agresión que constituya delito.

Pasos del Protocolo de actuación casos de violencia escolar y bullying

a. Detener el conflicto.

Art.110: Cualquier adulto de la comunidad educativa que presencie hechos de violencia entre

estudiantes es responsable de detener el conflicto evitando el peligro para todos los involucrados

en la situación. En caso de que el conflicto sea menor y no se constaten lesionados, se debe

69

intentar resolver el conflicto mediante el acuerdo entre las partes implicadas. En el caso de no

lograr acuerdo por ambas partes se considerará reportar a la persona encargada.

b. Reportar la situación de violencia escolar.

Art.111: El reporte debe ser presentado de manera inmediata por cualquier miembro de la

comunidad educativa que haya presenciado o sospeche de una situación de violencia escolar

entre estudiantes a la persona encargada.

c. Establecer si es necesario el traslado al centro asistencial.

Art.112: Si se produjo o se sospecha de una lesión como resultado de la situación de violencia,

la persona encargada debe acompañar al/los estudiantes al centro asistencial más cercano para

que sea examinado, y debe permanecer junto al estudiante mientras llega el apoderado. Es

importante tener presente que existen lesiones que tardan en manifestarse o en mostrar síntomas.

En primera instancia, se llamará a Servicio de Salud (SAMU) para solicitar traslado de/los

estudiantes. Sin embargo, una ambulancia puede tardar en llegar al establecimiento y la familia

puede estar inubicable o no tener posibilidad de presentarse de inmediato para hacerse cargo de

llevar a su hijo/a al centro asistencial, lo cual no puede ser obstáculo para que éste reciba

atención médica oportuna. Por lo anterior, será el encargado del protocolo quien llevará al/los

estudiantes al centro asistencial.

d. Ayudar y acompañar a quién fue agredido.

Art.113: La persona encargada, un profesional que cuente con formación y manejo ante

situaciones de crisis, o un profesional cercano al estudiante, debe garantizarle protección y apoyo

a la víctima, haciéndole ver que no está solo/a. se le debe comunicar que se determinarán los

pasos a seguir una vez conocidos todos los antecedentes para adoptar una medida proporcional a

los hechos.

e. Ayudar y acompañar al quien cometió la agresión.

Art.114: La persona encargada, un profesional que cuente con formación y manejo ante

situaciones de crisis, o un profesional cercano al estudiante, debe transmitirle a quien cometió la

agresión que se recopilaran antecedentes para identificar y entender las razones de su

comportamiento. Conocer las razones ayuda a diferenciar los pasos a seguir y las medidas a

adoptar, ya que algunas agresiones pueden ser una estrategia de autodefensa o un acto de

impulsividad aislado.

70

f. Informar a las familias (tanto del agredido/a como del agresor/a).

Art.115: La persona encargada, o a quien éste designe en cada caso, debe tomar contacto con el

apoderado o familiar, tanto del agredido, como del agresor en un plazo no superior a 24 horas de

haber recibido el reporte. Es importante separar los espacios de conversación, teniendo claro que

existen instancias y/o temas que se deben conversar entre adultos y otros en que los niños o

adolescentes pueden estar presentes. Por lo tanto, se sugiere disponer de un primer momento para

conversar privadamente con ls adultos, y luego incorporar al estudiante.

g. Recopilar información respecto a la situación de violencia escolar.

Art.116: La persona encargada, o a quien este designe en cada caso, debe conocer en detalle los

antecedentes respecto a la situación de violencia escolar que se haya tomado conocimiento. Para

esto, se deberá proceder a la recopilación de antecedentes entrevistando a todos los involucrados

en el caso. Esto deberá llevarse a cabo en un plazo no superior a 48 horas desde ocurrido el

evento, por lo cual, la persona encargada puede solicitar apoyo a algún profesional del

establecimiento educacional.

Si resulta pertinente, se puede citar a espectadores o testigos que pudieses conocer los hechos sin

haber participado directamente de ellos, por ejemplo, personal asistente de la educación, personal

administrativo, compañeros de curso, etc., dejando registro escrito de los antecedentes brindados.

h. Determinar si es un caso de bullying.

Art.117: La recopilación de información por medio de entrevistas con el agredido, el agresor y

los espectadores o testigos, permitirá determinar si se trata de un hecho de violencia escolar o de

un caso de bullying.

Respecto de la resolución del caso, ésta debe ser dada a conocer tanto a los estudiantes

involucrados en el hecho de violencia, como a sus profesores y apoderados o familiares.

i. Definir medidas pedagógicas.

Art.118: Se recomienda que la persona encargada realice una reunión con el Equipo de

Convivencia y los profesionales del área psicosocial con el fin de diseñar un plan de acción que

contemple las medidas pedagógicas pertinentes al aso, los responsables de aplicarlas y los plazos

de ejecución. Es importante incluir medidas para el agredido y para el agresor, tanto de manera

individual como conjunta, como también para los espectadores o testigos.

71

Para el agredido

La dupla psicosocial del establecimiento aplicara medidas reparatorias para la víctima y su

familia, que tienden al fortalecimiento de la autoestima y la confianza.

Para el agresor

Se aplicarán medidas y/o sanciones formativas, siguiendo los lineamientos que el Reglamento

Interno de Convivencia Escolar posee para este tipo de casos. Junto con eso también se realizará

derivación al área psicosocial y se evaluará la aplicación de alguna otra medida como: Trabajo

de investigación respecto al tema, dialogo personal pedagógico, dialogo grupal reflexivo, etc.

Para el agredido y el agresor

Si se confirma un caso de bullying, se realizará seguimiento de la situación ocurrida, esto incluye

la asunción de compromisos de parte del agresor, para asegurarse que no se repitan los actos.

Para los testigos/espectadores

Se definirán estrategias de trabajo formativo y pedagógico de promoción de la convivencia

escolar con el grupo de pares de los estudiantes implicados en la situación de violencia o

bullying. Esto será útil para sensibilizar acerca de esta problemática y sus efectos, además de

fomentar el rol de los espectadores en la detección e intervención de los hechos.

j. Comunicación con los profesores.

Art.119: Se realizará un consejo de profesores del curso al que pertenecen los involucrados, el

cual tendrá como propósito definir estrategias de información y/o comunicación con el resto de

los compañeros, además de dar a conocer las medidas pedagógicas que se llevarán a cabo.

k. Comunicación con las familias en general.

Art.120: Ante situaciones que se evalúen como especialmente graves, se ampliará la información

al resto de las familias de la comunidad educativa, a fin de evitar rumores o situaciones de

desconfianza respecto del rol protector del establecimiento. Estas instancias serán llevadas a

cabo durante las reuniones de padres y apoderados por curso o mediante la entrega de circulares

informativas, cuyo objetivo se centrara en explicar la situación ocurrida en términos generales,

sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles, comunicar y explicar las medidas y

acciones que se están implementando y/o se implementaran en la comunidad educativa tras el

hechos y solicitar colaboración y apoyo de parte de los padres y apoderados en la labor formativa

del establecimiento, en torno a la necesidad de fortalecer las buena convivencia y prevenir la

violencia escolar y el bullying.

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l. Establecer si se requiere derivación y consulta.

Art.121: Algunas situaciones pueden requerir de una intervención especializada, que excede las

competencias del establecimiento educacional. Para lo anterior es importante identificar las

instancias de derivación y consulta, elaborando un catastro de redes de apoyo disponible a nivel

local, y estableciendo acuerdos y compromisos de colaboración que optimicen los procesos de

consulta y derivación.

Una vez tomada la decisión de derivación, se realizará seguimiento de esta de parte del

establecimiento.

m. Establecer si es necesario efectuar una denuncia (en caso de delito).

Art.122: Es importante hacer la diferencia entre un acto de violencia y un delito. Este último es

una violación a la ley penal e incluye acciones contra la propiedad (robos, hurtos, destrucción de

mobiliario, entre otros) y/o contra las personas (agresiones con resultado de lesiones, amenaza,

intimidación con armas, abuso sexual, maltrato corporal relevante que no necesariamente

produce lesiones, trato degradante/humillante que afecta la dignidad humana, etc.), los delitos se

encuentran descritos en el Código Procesal Penal y en la Ley de Responsabilidad Penal

Adolescente.

Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito y que afecta a los estudiantes o

que tuvo lugar en el establecimiento educacional, se debe considerar la obligación de denunciar

que le asiste al director, inspectores y docentes. La denuncia debe realizarse ante el Ministerio

Publico, Policía de Investigaciones o Carabineros.

n. Evaluar reporte a la Superintendencia de Educación Escolar.

Art.123: En el caso de que las situaciones de violencia escolar o bullying involucren lesiones de

gravedad o mediana gravedad o agresiones que constituyen delito, el establecimiento remitirá a

la Superintendencia de Educación Escolar un reporte, siempre y cuando la situación podría

ameritar que esta institución realice posteriormente seguimiento de lo ocurrido.

No toda situación de violencia escolar requiere ser informada a la Superintendencia de

Educación.

73

o. Generar un informe de actuación.

Art. 124: La persona encargada emitirá un informe sobre las acciones realizadas y se lo

entregará a la Dirección del establecimiento educacional. Para lo anterior es relevante que se

mantenga registro de todos los pasos seguidos desde el reporte de la situación de violencia

escolar o bullying, el plan de acción, y las medidas adoptadas para la resolución del caso.

3. Medidas y sanciones en caso de una situación de violencia escolar

Art. 125: Se realiza en primer lugar la entrevista individual, alumno y apoderado. Se le

informará la forma de proceder del establecimiento, sanciones que el alumno arriesga y apoyos

de profesionales en caso de ser necesario.

Amonestación verbal, si el estudiante no presenta situaciones similares.

Amonestación por escrito con registro en la hoja de vida del estudiante, si el alumno

presenta conductas disruptivas.

Derivación a Encargado de Convivencia Escolar.

Derivación a la Unidad de Orientación, en primera instancia con el área de psicología.

Suspensión temporal de clases, con un máximo de 3 días, lo que se determinará

considerando ciertos criterios de aplicación, debiendo desarrollar un trabajo pedagógico

que el alumno deberá entregar al regreso a clases.

En el caso de que un alumno presentará patrones conductuales disruptivos reiterados en

la sala de clases de agresión y violencia hacia sus pares y profesores la escuela podrá

requerir la atención certificada de un profesional de la salud mental que acredite el

diagnóstico correspondiente a modo de poder encauzar la instancia de contención hacia el

alumno. En caso de que el apoderado se rehusará a la evaluación de un profesional de la

salud, la escuela se resguarda el derecho de salvaguardar los derechos y seguridad de los

demás estudiantes y cuerpo docente. Por ende hará la denuncia del caso en las

instituciones correspondientes (OPD).

Condicionalidad de matrícula del alumno, si el estudiante continua con situaciones

disciplinarias de violencia escolar.

No renovación de matrícula del alumno al término del año escolar, si persistiese en la

conducta aplicable en caso de especial gravedad; y debidamente justificadas, y luego de

haber agotado todas las medidas correctivas.

4. En caso de ocurrir violencia física de un docente o asistente de la educación a

estudiante.

Art. 126:

1. Para estos casos se conformará una comisión integrada por la Directora de la escuela,

Encargado de Convivencia y/o Mediador Escolar, Inspector General y Profesor Jefe del

estudiante con el propósito de llevar a cabo las indagaciones del caso.

2. En caso de violencia física, se solicitará la constatación de lesiones en el Servicio de

Salud correspondiente.

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3. El equipo de mediación citará al apoderado del estudiante para informar sobre la

situación ocurrida y de las medidas que llevará adelante la escuela.

4. En caso de violencia física de un docente o paradocente a un estudiante, que sea

pesquisada en el establecimiento de forma flagrante, la dirección de la escuela informará

vía oficio del hecho acontecido al Secretario General de la Corporación Municipal para

que se tomen las medidas del caso.

5. El alumno (a) que sea víctima de violencia física, contará con el apoyo de la Unidad de

Orientación del establecimiento para el acompañamiento y seguimiento correspondiente.

5. En caso de ocurrir violencia psicológica de un docente o asistente de la educación a

estudiante.

Art. 127:

1. El Equipo de Convivencia Escolar realizará una entrevista individual con el o los

afectados, registrando fielmente lo hechos en la ficha interna de casos.

2. Se informará la situación al director del establecimiento vía oral y escrita.

3. El equipo de mediación citará al apoderado del o los estudiantes para informar sobre la

situación ocurrida y de las medidas que llevará adelante la escuela.

4. La dirección en conjunto con el Equipo de Convivencia procederá a entrevistarse con el

funcionario para que tome conocimiento de la situación que lo involucra.

5. En el caso que el funcionario no reconozca los hechos, se procederá a citar a las partes :

apoderado (s), funcionario denunciado, equipo de convivencia y dirección a fin de aclarar

los hechos y establecer acuerdos si el caso así lo amérita.

6. El alumno (a) o alumnos que sea (n) víctima(s) de violencia psicológica, contará con el

apoyo de la Unidad de Orientación del establecimiento para el acompañamiento y

seguimiento correspondiente.

7. De ser reiterativa la situación la dirección comunicará vía oficio al Secretario General de

de la Corporación Municipal respecto a los hechos para que se tomen las medidas del

caso.

6. En caso de ocurrir violencia escolar entre un apoderado y estudiante.

Art. 128:

El Equipo de Convivencia Escolar o dirección del establecimiento procederá a solicitar la

presencia de Carabineros o Policía de Investigaciones, para cursar la denuncia.

7. Protocolo de Abordaje de Situaciones de Consumo de Alcohol, otras Drogas y Tráfico

Art.129: Poder identificar y ponderar adecuada y oportunamente la problemática de consumo de

drogas que presenta un estudiante, es uno de los factores determinantes en el éxito de las

intervenciones que podamos realizar en el establecimiento educacional. Con esto, podremos

determinar no sólo el tipo de ayuda que se requiere, sino también su intensidad y frecuencia.

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Los niveles de consumo de drogas los podemos agrupar en dos grandes categorías: las primeras

corresponden a un consumo no problemático y las segundas configuran un consumo

problemático.

1. Consumo no problemático.

1.1. Consumo experimental

Art.130: El adolescente tiene contacto inicial con una o varias drogas, las que puede abandonar

o continuar consumiendo. Las motivaciones más frecuentes son la curiosidad, presión del grupo,

atracción por lo prohibido, lo desconocido y el riesgo, búsqueda de placer.

El adolescente desconoce los efectos de la droga, su consumo se realiza generalmente en el

contexto de un grupo que le invita a probarla, lo más común, en fines de semana o en fiestas.

1.2. Consumo ocasional

Art.131: El adolescente continúa utilizando la droga en grupo, su frecuencia de consumo es

esporádica y no sigue una rutina determinada.

Las motivaciones principales para el consumo son: facilitar la comunicación o relaciones

interpersonales. Búsqueda de placer y sensación de “relajo”. Transgredir normas.

Aunque el adolescente es capaz de llevar a cabo las mismas actividades sin necesidad de

consumir drogas, ya conoce la acción de la misma en su organismo y por este motivo la usa. De

este modo, aprovecha las ocasiones para consumir, no las busca directamente; se relaciona con

grupos o personas que pueden proveerlo, generalmente no compra.

1.3. Consumo habitual

Art.132: El adolescente ha incorporado la droga en sus rutinas, conoce el precio, la calidad y

efecto de las drogas (solas o combinadas), las busca y las compra. Se establece un hábito de

consumo, cuya frecuencia puede inicialmente llegar a ser semanal, obedeciendo a una rutina

individual o grupal, que puede conducirlo a otras formas de consumo, dependiendo de la

sustancia de que se trate, la frecuencia con que se emplee, las características de la persona y el

contexto cercano.

Entre las motivaciones para mantener el uso de la droga se encuentran: Intensificar sensaciones

de placer o “bienestar”. Sentimiento de pertenencia de grupo y necesidad de reconocimiento

dentro de éste. Mitigar sentimientos de soledad, aburrimiento, ansiedad. Reafirmar su

independencia. Reducir el hambre, el frío o cansancio, entre otras.

Es altamente probable que los consumidores no problemáticos requieran participar de programa

preventivos, que aumente la percepción de riesgo al consumo, aumentes sus factores protectores

y disminuyan sus factores de riesgo.

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2. Consumo problemático.

2.1. Consumo abusivo

Art.133: El adolescente consume en situaciones grupales o individuales en forma concertada

para ese propósito. El consumo es selectivo de una o más drogas, conoce su calidad y busca

impulsivamente los efectos tanto físicos como psicológicos de las sustancias (solas o

combinadas).

Consume en situaciones de riesgo o peligro para sí mismo o para otros y no dimensiona las

consecuencias de su conducta. Se generan cambios en su desempeño y en sus relaciones

interpersonales, presentando consecuencias negativas en su funcionamiento familiar,

educacional, social, etc. Pero aún no presenta los fenómenos de tolerancia y síndrome de

abstinencia.

2.2. Consumo dependiente

Art.134: El adolescente utiliza drogas en mayor cantidad o por períodos más largos, aumentando

la dosis para obtener los mismos efectos (tolerancia), con dificultad para controlar su uso.

Realiza actividades ligadas a la obtención de drogas, con intoxicación frecuente y síndrome de

abstinencia (la persona presenta síntomas físicos y psicológicos de dependencia cuando no está

consumiendo), se recurre a la droga para aliviar el malestar que provoca su falta.

Hay reducción considerable o abandono de actividades sociales, educativas o recreativas y un

uso continuado de la droga, pese a estar consciente de los problemas que le está causando.

Presenta incapacidad de abstenerse o detenerse, con problemas físicos asociados.

Es altamente probable que los consumidores problemáticos de drogas requieran de programa de

tratamiento especializados.

Protocolo de Acción

1. Sospecha de consumo de alcohol y otras drogas.

Art.135: En caso de contar con claras sospechas de una situación de consumo de alcohol y otras

drogas por parte de un/a estudiante:

a. El integrante de la comunidad educativa (profesor, asistente de la educción, estudiante y

apoderados) que detecte la situación canalizará la información hacia el equipo de

convivencia, este realizará una entrevista con el estudiante y el apoderado con el fin de dar a

conocer las sospechas, corroborará la información y se le solicitarán algunos antecedentes

que permitan determinar si estamos ante una situación de consumo.

Si el estudiante y el apoderado niegan el hecho y no se corroboran las sospechas, se respetará y

se procederá a dar orientaciones y a mantener un seguimiento de la situación.

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Confirmación de situación de consumo de alcohol y otras drogas

Art.136: Si la sospecha se confirma y se determina que es una situación de consumo, el proceder

es el siguiente:

1) El Equipo de Convivencia debe informar de manera inmediata al director, entregando

detalles de la situación.

2) Posteriormente profesionales del Equipo de Convivencia realizarán la entrevista de

acogida inicial con el estudiante y apoderado, de tal manera abordar el tema y de recoger

información de primera mano que permita la identificación de los hábitos y tipos de

consumo, así como los alcances y consecuencias que éste ha tenido.

Durante este espacio el apoderado y el estudiante serán acogidos manifestándole que el

establecimiento les brindará todo el apoyo, pues el objetivo es colaborar y buscar

alternativas de solución al problema.

Se elaborará en conjunto un Plan de Acompañamiento; este considerará acciones y

compromisos a nivel individual, familiar y escolar, así como la derivación más

pertinente. Se redactará un documento que será firmado por todos los intervinientes.

De acuerdo a lo evaluado en dicha entrevista el equipo de convivencia deberá activar las

redes de apoyo internas y/o externas, derivando si fuese necesario, a programas

institucionales como OPD, SENDA-Previene, Centro de Salud Familiar (CESFAM) al

que corresponda, para intervenir con el estudiante y su familia.

Si no asiste el apoderado, a la tercera citación o llamada, el Plan de Acompañamiento de

todas maneras de activará y se derivará y en caso de contar con más antecedentes estos de

remitirán a Tribunal de Familia.

3) Por otra parte, el Equipo de Convivencia aplicará el Manual, concretando la sanción más

acorde a la falta, asegurando el derechos que tienen todos los/las estudiantes a dar

continuidad a sus estudios.

4) La dupla psicosocial del establecimiento debe apoyar el proceso de derivación, realizando

seguimiento y acompañamiento al estudiante, mediante encuentros con este, reuniones

con profesores, reuniones con la familia y programas externos que se encuentren

interviniendo. Todo lo anterior para evaluar el logro de los objetivos del Plan de

Acompañamiento. Luego el equipo presentará un informe de las gestiones realizadas ante

consejo de profesores y donde se podrán sugerir modificaciones, mejoras y/o proyección

de seguimiento y fin de la intervención.

5) El Director del establecimiento entregará los antecedentes a las policías (Briant-OS7),

con el fin de que se determine si esta situación corresponde además a una situación de

tráfico en la que pueda estar involucrado el adolescente.

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2. Estudiante bajo los efectos del consumo de alcohol y otras drogas.

Art.137: En caso que un estudiante asista o se encuentre bajo efectos del consumo de alcohol y

otras sustancias:

a. El integrante de la comunidad educativa que sorprenda a un/a estudiante con evidentes signos

de estar bajo la influencia de alguna sustancia, debe dirigirse y transmitir dicha información

al Equipo de Convivencia.

b. El Equipo de Convivencia debe informar de manera inmediata al Director, entregando

detalles de la situación.

c. Debe llamar al apoderado, para informar de la situación, y retirar si corresponde. Además, si

fuese necesario, debe comunicarse con el Sistema de Atención Médica de urgencias SAMU,

con el objeto de que se traslade al o los estudiantes para su evaluación médica y

desintoxicación seguir sus orientaciones telefónicas. Sin embargo, una ambulancia puede

tardar en llegar al establecimiento y la familia estar inubicable o no tener posibilidad de

presentarse de inmediato para hacerse cargo de llevar a su hijo/a al centro asistencial, lo cual

no debiera ser obstáculo para que éste/a reciba atención médica oportuna.

Por lo anterior, es importante tener presente que siempre se debe privilegiar el derecho a la

vida del estudiante, debiendo hacerse responsable de su traslado al Hospital Clínico, el

director o quien este designe. Para estos efectos, es necesario solicitar apoyo al 133 de

Carabineros de Chile, para ser escoltado desde el establecimiento al servicio de salud,

informando de manera paralela a la familia.

Si el estudiante no presenta pulso, y se observa compromiso total de conciencia, no debe ser

movilizado, debiendo esperar para su traslado al SAMU.

Posteriormente (al día siguiente) el Equipo de Convivencia realizará una entrevista con el

estudiante y apoderado, de tal manera abordar el tema y de recoger información con los

involucrados, que permita la identificación de los hábitos de consumo, así como los alcances

y consecuencias que éste ha tenido.

Durante este espacio el apoderado y el estudiante serán acogidos manifestándole que el

establecimiento les brindará todo el apoyo, pues el objetivo es colaborar y buscar alternativas

de solución a la problemática que afecta al adolescente. Se elaborará en conjunto un Plan de

Acompañamiento; este considerará acciones y compromisos a nivel individual, familiar y

escolar, así como la derivación más pertinente y que será firmado por todos los

intervinientes.

De acuerdo a lo evaluado en dicha entrevista el Equipo de convivencia deberá activar las

redes de apoyo internas y/o externas , derivando si fuese necesario al programa “Actuar a

Tiempo” y/o a programas institucionales como OPD, SENDA-Previene, Centro de Salud

Familiar (CESFAM) al que perteneces, para intervenir con el estudiante y su familia.

Si no asiste el apoderado al ser citado en reiteradas ocasiones, de todas maneras, se iniciarán

acciones tendientes a apoyar al/la adolescente.

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d. Por otra parte, el Equipo de Convivencia aplicará el Manual, concretando la sanción más

acorde a la falta, asegurando el derecho que tienen todos los estudiantes a dar continuidad a

sus estudios.

e. Luego será la dupla psicosocial del establecimiento quien debe apoyar el proceso de

derivación, realizando seguimiento y acompañamiento al estudiante, mediante encuentros

con éste, reuniones con profesores, reuniones con la familia y programas externos que se

encuentren interviniendo. Todo lo anterior para evaluar el logro de los objetivos del Plan de

Intervención. Luego la dupla presentará un informe de las gestiones realizadas ante Consejo

de Profesores y donde se podrán sugerir modificaciones, mejoras y/o proyección de

seguimiento y fin de la intervención.

f. Se mantendrá un registro actualizado de todas las acciones realizadas (entrevistas, reuniones,

derivaciones) de esta forma se podrá evaluar el avance del caso, hacer seguimiento y

respaldar el proceso.

g. El Equipo de Convivencia debe llevar un registro de todas las situaciones de consumo

detectadas, con el fin de contar con una estadística periódica y actualizada, la cual, se enviará

de manera mensual al Área de Atención al Menor.

3. Sospecha y/o detección de tráfico de drogas.

Art.138: En caso de que un integrante de la comunidad educativa posea sospechas de que un/a

estudiante realice una actividad de tráfico de drogas en el establecimiento o en cercanías de este,

debe de manera inmediata poner en conocimiento al Directo(a), entregando todos los

antecedentes posibles de manera reservada y oportuna que privilegie y resguarde el principio de

inocencia del o los/as estudiantes que resulten involucrados.

a. El Director(a) del establecimiento deberá efectuar la denuncia a Policía de Investigaciones o

Carabineros, para informar del posible delito que se está cometiendo, para ellos posee un

plazo de 24 horas.

b. De manera simultánea el Director(a) informará al Equipo de Convivencia, quienes deben

contactar de manera inmediata al apoderado y solicitarle que se presente en el

establecimiento para una entrevista y poder acompañar el procedimiento efectuado por las

policías.

c. PDI o Carabineros se presentará en el establecimiento realizando los procedimientos

correspondientes tales como: toma de declaraciones de testigos, incautación de la droga si

corresponde y pesaje de esta. De ser necesaria una entrevista con el adolescente esta debe ser

efectuada en compañía de un adulto (primer o segundo apoderado, profesor más cercano).

d. El Director recopilará el máximo de antecedentes para entregarlos a las Policías, quienes

pondrán dicha información a disposición y conocimiento directo del Fiscal del Ministerio

Público correspondiente, con el objeto de que se inicie una investigación, la que debe

enmarcarse en un contexto que garantice, de la mejor manera posible, los derechos de los

estudiantes que pudiesen aparecer involucrados/as en redes de tráfico, así como los de sus

compañeros/as expuestos/as al tráfico desplegado en dependencias del establecimiento.

80

e. Si se comprueba y determina que el estudiante tiene grado de responsabilidad en el hecho y

que es sancionado bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolecente, el Equipo de

Convivencia realizará la entrevista de acogida inicial con el estudiante y apoderado, de tal

manera acordar el tema, así como clarificar los alcances y posibles consecuencias del hecho.

Durante este espacio el apoderado y el estudiante serán acogidos manifestándole que el

establecimiento les brindará el apoyo, pues el objetivo es colaborar y buscar alternativas de

solución al problema. Se realizará en conjunto un Plan de Acompañamiento; este considerará

acciones y compromisos a nivel individual, familiar y escolar, así como la derivación más

pertinente.

f. Considerando la necesidad de proteger los derechos de los estudiantes, frente a los adultos

responsables implicados en la actividad ilícita, la dupla psicosocial, solicitará el apoyo de

redes institucionales a nivel local, tales como SENDA-Previene y OPD (SENAME). De esta

manera se brindarán las medidas de protección, atención y tratamiento más acorde para los

estudiantes que posiblemente se vean involucrados.

g. Por otra parte, el Equipo de Convivencia (de acuerdo a manual) aplicará la sanción más

acorde a la falta, asegurando el derecho que tienen todos los estudiantes a dar continuidad a

sus estudios. En caso de que Fiscalía compruebe la existencia del delito y cuando la sanción

no sea privativa de libertad, el establecimiento proporcionará las condiciones que faciliten el

cumplimiento de las medidas decretadas y que aseguren la continuidad de su proceso escolar.

h. La dupla psicosocial debe realizar el seguimiento y acompañamiento al estudiante posterior a

la derivación, si este fue el caso, mediante encuentros con éste, reuniones con profesores,

reuniones con la familia y con los programa externos que se encuentren interviniendo. Todo

lo anterior para evaluar el logro de objetivos del Plan de Intervención Individual. Luego el

Equipo presentará un informe de las gestiones realizadas ante el consejo de profesores y

donde se podrán sugerir modificaciones, mejoras y/o proyecciones de seguimiento.

En el caso de existir reiteradas denuncias de consumo y tráfico de drogas, el director, deberá

solicitar al Coordinador de Plan Comunal de Seguridad Publica, incorporar el caso como

parte de los temas a tratar y abordar prioritariamente por el Consejo Comunal de Seguridad

Publica.

i. Si las sospechas asociadas a la posibilidad de situación de tráfico no son comprobadas y la

investigación determina que no existe responsabilidad de parte del o los estudiantes, de todas

maneras, el Equipo de Convivencia considerará pertinente la derivación a una instancia

preventiva, a través de la participación de talleres a cargo de profesionales del

establecimiento o con apoyo de externos (Senda, OS7).

8. Protocolo de Detección de Riesgo, Intento y Consumación de Suicidio

Art.139: El suicidio ha sido definido por distintos autores en distintas épocas. Scneidman (1985)

lo definió como “el acto consciente de auto aniquilación, que se entiende como un malestar

pluridimensional en un individuo que percibe este acto como la mejor solución”. Actualmente, se

81

considera que, el suicida pretende acabar más bien, el dolor psicológico y no la propia vida

(Martínez, 2008).

Art.140: Todos los establecimientos educacionales están legalmente obligados a contar con un

Reglamento Interno (Ley General de Educación, Art.46), el cual debe regular las relaciones entre

el establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa. Esto constituye lo que se

denomina Reglamento de Convivencia Escolar. Así el Reglamento de Convivencia da forma a

los encuadres necesarios para que toda la comunidad se desenvuelva con fluidez y sin poner en

riesgo los climas institucionales que aseguran la buena convivencia escolar.

Protocolos de Actuación

1. Detección de estudiantes con riesgo de suicidio

Art.141: Los pensamientos suicidas pueden ser parte del proceso de desarrollo de la infancia y

adolescencia. Sin embargo, se vuelven anormales cuando la realización de estos pensamientos

parece ser la única salida para las dificultades del niño/a o joven. Existe entonces un serio riesgo

de suicidio (OMS, 2001). La ideación suicida no debe ser ignorada o desvalorizada, por lo que es

importante detectar a los estudiantes que la presentan.

Pasos a seguir:

a. Evaluación de riesgo de suicidio

Se debe considerar que el suicidio es multidimensional, es decir, convergen múltiples

factores de riesgo, y resulta indispensable identificar a los estudiantes que los presentan.

Esta evaluación debe ser realizada por distintos profesionales o técnicos del

establecimiento educacional y debe basarse en el ANEXO 2 del documento emitido por

la Corporación Municipal llamado “Protocolo de Detección de Riesgo, Intento y

Consumación de Suicidio”.

b. Reporte de la situación a la persona encargada

En caso de identificarse un estudiante con riesgo de suicidio, el reporte debe ser

presentado durante el mismo día a la persona encargada. El establecimiento educacional

debe dar a conocer a los adultos del establecimiento educacional los conductos regulares

para reportar situaciones de estudiantes con riesgo de suicidio.

c. Citación a los padres y/o apoderados

Para los casos en que se considere la existencia de riesgo de suicidio, es un deber del

establecimiento educacional comunicarlo a los padres y/o apoderados del estudiante, en

un máximo de 12 horas. Se debe aprovechar esta instancia para recomendarles recibir

82

ayuda profesional, y ofrecer dentro del contexto familiar escucha y apoyo emocional al

estudiante. Además se debe recomendar a los familiares retirar los medios para el

suicidio de la proximidad del niño/a o joven (por ejemplo, mantener medicamentos,

cuchillos y/o pesticidas bajo llave).

d. Derivación a profesional área salud mental

En caso de recibir un reporte de un estudiante con riesgo suicida, la persona encargada

debe derivar el caso al Programa Salud Mental del Centro de Salud Familiar (CESFAM)

correspondiente para evaluar si se encuentra en una posible crisis suicida. Existe también

la posibilidad de que la familia haga la derivación a salud correspondiente, siempre y

cuando ésta se realice de manera inmediata.

e. Acompañamiento psicosocial

Una estrategia complementaria a la atención por parte de profesionales del área de la

salud mental, es el acompañamiento psicosocial, el cual consiste en un espacio de

escucha dentro del establecimiento educacional, el cual será brindado por un profesional

con formación, capacitación y/o manejo de situaciones de crisis: Encargado de

Convivencia Escolar, Orientador, Psicólogo, Trabajador Social, u otro.

2. Intento de suicidio

Art.142: Los pasos a seguir en el caso de intento de suicidio pueden diferir si el intento de

suicidio ocurrió dentro o fuera del establecimiento educacional.

Art.143: Pasos a seguir para un intento dentro del establecimiento educacional:

a. Intervención en crisis

En el caso de encontrarse en una situación en que un estudiante intente suicidarse, se

realizará intervención en crisis. Esta intervención deberá ser realizada por un profesional

del área psicosocial, o bien por un profesional cercano al estudiante y que cuente con las

habilidades necesarias para intervenir.

b. Traslado al centro asistencial

Frente a un riesgo inminente de suicidio, la persona encargada deberá solicitar ayuda en

forma inmediata. Llamar en primera instancia al Sistema de Atención Médica de

urgencia (SAMU) para solicitar el traslado del estudiante y seguir sus orientaciones

telefónicas. Sin embargo, una ambulancia puede tardar en llegar al establecimiento y la

familia estar inubicable o no tener posibilidad de presentar de inmediato para hacerse

cargo de llevar a su hijo/a al centro asistencial, lo cual no debiera ser obstáculo para que

éste/a reciba atención oportuna.

83

Por lo anterior, es importante tener presente que siempre se debe privilegiar el derecho a

la vida del estudiante, debiendo hacerse responsable de su traslado al Hospital Clínico, el

director o quien éste designe. Para estos efectos, se solicitará apoyo al 133 de

Carabineros de Chile para ser escoltado desde el establecimiento al servicio de salud,

informando de manera paralela a la familia.

Si el estudiante no presenta pulso, y se observa compromiso total de conciencia, no debe

ser movilizado, debiendo esperar para su traslado al SAMU.

Se deben considerar las siguientes recomendaciones:

No dejar al estudiante solo. Debe permanecer junto al estudiante mientras llega el

apoderado.

No hacerle sentir culpable.

No desestimar sus sentimientos.

Expresarle apoyo y comprensión.

Permitirle la expresión de sentimientos.

Art.144: Pasos a seguir para un intento fuera del establecimiento educacional:

a. Reporte del intento de suicidio al establecimiento educacional.

El establecimiento educacional dará a conocer a la comunidad educativa los conductos

regulares para reportar situaciones de intento de suicidio ocurridos fuera del

establecimiento educacional. El reporte debe ser presentado de manera inmediata por

cualquier miembro de la comunidad educativa que haya presenciado o esté en

conocimiento de un intento de suicidio por parte de un estudiante a la persona encargada.

b. Reunión o visita domiciliaria a la familia del estudiante

En aquellos casos en que las condiciones del establecimiento lo permitan, y la familia

esté de acuerdo, el contacto directo puede ser de utilidad para prevenir futuras

repeticiones del intento suicida. La visita será realizada por la persona encargada,

profesor jefe y otro profesional de la institución educativa cercano a la familia del

estudiante, y se debe centrar en prestar apoyo tanto al estudiante como a su familia,

mostrar disponibilidad, e indagar si se requiere alguna ayuda adicional por parte del

establecimiento educacional.

Esta intervención tiene un efecto preventivo y representa para el estudiante un gesto de

apoyo importante.

c. Derivación profesional área salud mental

Ante un intento de suicidio, el equipo directivo del establecimiento educacional

conseguirá que el estudiante sea atendido por un profesional de la salud, preferiblemente

un psiquiatra o psicólogo. Por lo anterior, una vez realizada la intervención en crisis, la

persona encargada se comunicará con las siguientes entidades:

84

Centro de Salud Mental (COSAM), si el evento ocurrió recientemente o hace

menos de tres meses.

Programa Salud Mental del Centro de Salud Familiar (CESFAM)

correspondiente, si el evento ocurrió hace tres meses o más.

Existe también la posibilidad de que la familia haga la derivación a salud directamente,

siempre y cuando ésta se realice de manera inmediata.

d. Informar a las instituciones de Educación Municipal y Salud

La persona encargada debe informar tanto al sostenedor del establecimiento educacional

como a la Seremi de Salud y Servicio de Salud respecto a lo acontecido, con la finalidad

de recibir apoyo y orientación respecto a los pasos a seguir por parte de la institución.

e. Acompañamiento psicosocial

Una estrategia complementaria a la atención por parte de profesionales es el

acompañamiento psicosocial, el cual consiste en un espacio de escucha dentro del

establecimiento educacional.

f. Información a la comunidad educativa

El tema del intento de suicidio será abordado con los docentes, compañeros, padres y/o

apoderados del curso del estudiante que haya intentado suicidarse, con la finalidad de

prevenir suicidios en cadena. El efecto contagioso proviene de la tendencia de los

niños/as y jóvenes suicidas a identificarse con las soluciones destructivas adoptadas por

personas que intentaron o cometieron suicidio. Dependiendo del impacto del suceso en

la comunidad educativa, se informará a los docentes, estudiantes y padres y/o

apoderados de todo el establecimiento educacional. Para lo anterior, se hará uso del

espacio que brindan los consejos de profesores, consejos de curso, reuniones de

apoderados, etc.

g. Intervención grupal de carácter preventivo en el aula

La persona encargada, o el profesor jefe del curso al cual pertenece el niño/a o joven que

intentó suicidarse, realizará un taller sencillo, el cual puede contener estos tres momentos

clave:

Los estudiantes reflexionan y hacen un inventario en pequeños grupos sobre las

distintas prácticas autodestructivas (cortarse la piel en las muñecas u otras zonas

del cuerpo, ingerir medicamentos o drogas ilegales de manera abusiva, exponer

la integridad física en juegos peligrosos o prácticas sexuales inseguras, etc.)

Los estudiantes evalúan quienes corren un mayor riesgo: si aquellos “expertos”

que realizan estas prácticas de manera cotidiana, o los principiantes que las

85

practican en un momento determinado con el fin de provocar culpa, o como un

llamado de atención.

El docente hace una conclusión orientada a advertir que en las prácticas

autodestructivas que cierto grupo de jóvenes realizan, el mayor riesgo lo corren

siempre los inexpertos y principiantes.

3. Suicidio

Art.145: Pasos a seguir:

a. Información a los estudiantes

La comunicación directa de cada profesor con su respectivo curso es esencial. En el caso

del curso al cual pertenecía el estudiante que cometió el suicidio, junto al profesor jefe

también estará presente uno o dos profesionales del área psicosocial.

Este espacio será destinado para que los estudiantes puedan conocer, reflexionar sobre lo

ocurrido y expresar sus sentimientos, temores y vivencias. Esto ayudará al grupo a

aliviar el dolor, a elaborar el evento y permitirá al docente identificar a los estudiantes

afectados, para buscar apoyo profesional si lo requieren.

El docente puede animar a sus estudiantes a que expresen sus sentimientos, dando

espacio a las demostraciones de tristeza

b. Generar informe de lo ocurrido

La persona encargada debe formular un informe, el cual podría ser solicitado por

instituciones externas que apoyen el proceso de acompañamiento a la comunidad

educativa. El informe debe contemplar los siguientes datos:

Individualización del estudiante: nombre, rut, fecha de nacimiento, edad,

previsión, nombre de los padres y/o apoderados, y sus datos de contacto

(dirección y teléfono).

Antecedentes del hecho ocurrido.

Antecedentes previos.

Medidas adoptadas por el establecimiento educacional

En caso de que los medios de comunicación requieran información acerca de lo

acontecido en el establecimiento educacional, deberá solicitar asesoría directa al Área de

Comunicaciones de la Corporación Municipal.

c. Informar a las instituciones de Educación Municipal y Salud

La persona encargada debe informar tanto al sostenedor del establecimiento educacional

como a la Seremi de Salud, y Servicio de Salud respecto a lo acontecido, con la finalidad

de recibir apoyo y orientación respecto a los pasos a seguir por parte de la institución.

86

Los directivos deben generar el tiempo y el espacio para reunirse con los profesionales

de las instituciones mencionadas dentro de las 24 horas próximas al evento.

d. Intervención, en pequeños grupos, de los estudiantes más afectados por el impacto

emocional del suicidio

La actividad académica cotidiana y los espacios de conversación pueden permitir al

docente detectar algunos de los estudiantes que hayan sido más afectados por el suicidio

reciente de uno de sus compañeros. El docente debe poner atención en las siguientes

características para detectar a los estudiantes que pudieran requerir mayor atención:

El estudiante que se culpa por lo sucedido al compañero.

El que lo valora como acto heroico o ejemplo a seguir.

Aquel que demuestra alta agresividad, ira contenida o molestia evidente, que se

manifiestan mediante actos o palabras.

El estudiante que permanece aislado y no participa en la actividad.

El objetivo de crear grupos pequeños es que los estudiantes puedan exteriorizar lo que

están sintiendo y pensando, en un ambiente confiable, el cual debiese ser guiado por un

profesional del área psicosocial, acompañado por el profesor jefe. Estos espacios

permitirán a los estudiantes verbalizar sus emociones y elaborar el evento. Por otro lado,

el profesional podrá detectar si alguien requiere apoyo individual.

Si el taller es realizado por una institución externa (COSAM o CESFAM), uno o dos

profesionales del área psicosocial del establecimiento educacional se encontrarán

presentes en todo momento, con la finalidad de dar continuidad a la intervención en el

tiempo.

e. Conversación con los padres y/o apoderados del estudiante en riesgo

Esta conversación está orientada a informar y recomendar la ayuda profesional para el

estudiante. A los familiares, se les puede hacer recomendaciones muy simples, como

procurar que los días siguientes el estudiante este acompañado por personas de su

confianza, y crear espacios propicios para que pueda hablar del evento y expresar sus

sentimientos.

f. Derivación de estudiantes en riesgo a profesional área salud mental

Si se detecta algún estudiante que requiera apoyo profesional individual a raíz del

suicidio de un compañero, la persona encargada debe procurar que el estudiante sea

atendido por un profesional de la salud, preferiblemente un psiquiatra o psicólogo. Por lo

anterior, debe comunicarse con el Programa Salud mental del Centro de Salud Familiar

(CESFAM) correspondiente.

87

g. Acompañamiento psicosocial

Una estrategia complementaria a la atención por parte de profesionales es el

acompañamiento psicosocial, el cual consiste en un espacio de escucha dentro del

establecimiento educacional.

h. Información a los docentes

Se realizará un Consejo de Profesores con la totalidad de los docentes del

establecimiento educacional. Este Consejo tiene como propósito definir estrategias de

información y/o comunicación con los padres y apoderados, además de dar a conocer las

medidas que se llevarán a cabo, tanto con el curso del estudiante que cometió suicidio,

como con los demás cursos del establecimiento educacional.

i. Información a los padres y/o apoderados del curso del estudiante que cometió

suicidio

Se realizará una convocatoria abierta a los padres que quieran participar de este tipo de

espacio.

Principalmente, se invitará al grupo de padres del curso de estudiante que cometió

suicidio para compartir una charla reflexiva sobre los factores de riesgo y de protección

en el ámbito familiar.

j. Comunicación del equipo directivo a la comunidad educativa

El Equipo Directivo del establecimiento deberá realizar alguna de las siguientes acciones

para ayudar a la comunidad educativa a elaborar el evento, así como prevenir futuros

incidentes:

Carta a los docentes.

Carta a los padres y/o apoderados.

Mensaje a los estudiantes.

Informe final para casos de detección de riesgo, intento o consumación de suicidio

Informe de actuación

Art.146: La persona encargada emitirá un informe sobre las acciones realizadas y se entregará a

la Dirección del establecimiento educacional. Para lo anterior, será relevante que se mantenga

registro de todos los pasos seguidos desde que se reporta un caso de riesgo de suicidio, o se toma

conocimiento del intento o consumación de suicidio, y las medidas adoptadas para cada caso.

88

IX. Protocolo de Accidente Escolar:

1. Al interior del establecimiento.

Art. 147:

1. En caso de accidentes (caídas, tropiezos, golpes con objetos contundentes), el profesor a

cargo del estudiante, conducirá al alumno accidentado a la Inspectoria General para

prestar las primeras atenciones.

2. Inspectoria General se comunicará con el apoderado y/o padres, vía telefónica, para

informar la situación.

3. Si el accidente reviste cierta importancia se solicitará la ambulancia para el traslado del

estudiante al Hospital Clínico, y se les comunicará prontamente a sus padres del hecho.

4. En caso de arribo de la ambulancia y sus padres no se han hecho presentes en la escuela,

el alumno (a) será acompañado por un Asistente de Apoyo - Inspectoría, portando el

respectivo certificado de accidente escolar.

5. La escuela estará en comunicación con los padres y/o apoderado para informarse del

estado de salud del estudiante.

2. Fuera del establecimiento

Art. 148:

a) En caso de accidente de algún alumno (a) fuera del establecimiento, cuando este se

encuentre realizando alguna actividad en representación o propia en su calidad de

estudiante, será atendido por el docente y/o apoderado que en ese momento lo

acompañan.

b) El docente deberá informar prontamente al Director del establecimiento o a otro directivo

para seguir los procedimientos ya descritos.

3. Accidente en trayecto: desde y hacia la escuela.

Art. 149:

1. En caso de accidente en trayecto hacia y desde el establecimiento, el alumno

y/o apoderado deberá comunicar el hecho en forma inmediata a algún directivo o docente

de la escuela.

2. La escuela, en la persona del Director, del profesor jefe o de algún otro directivo o

responsable, recabará toda la información al respecto.

3. Se tomaran todas las medidas necesarias para prestar la ayuda que corresponde al alumno

y hacerle llegar el certificado de accidente escolar respectivo para que sea beneficiado

con el seguro escolar contra accidentes.

4. La escuela estará informándose permanentemente del estado de salud del alumno

accidentado.

89

X. Protocolo frente a una emergencia.

1. En caso de incendio, temblor, temporal u otros.

Art.150:

1. La alarma, el sonar de una campana puede darse en cualquier instante para ello se deben

seguir cuidadosamente las instrucciones del docente a cargo de los estudiantes.

2. EL estudiante ubicado cerca de la puerta debe abrirla rápidamente para dar inicio al

desplazamiento de los estudiantes de la sala de clases.

3. Los estudiante deben abandonar la sala en forma ordenada.

4. Es el profesor velará que no quede ningún alumno en la sala y debe llevar consigo el

libro de clases.

5. El desplazamiento de los estudiantes por los pasillos y escaleras debe realizarse en forma

serena y cautelosa, evitando los sectores con vidrios.

6. La evacuación debe realizarse con paso rápido y firme, sin correr, a los lugares

previamente determinados como vías de escape.

7. Los estudiantes no deben llevar objetos en la boca ni en las manos.

8. Los alumnos, no podrán retroceder en busca de objetos olvidados.

9. Los alumnos juntos a al educador deberá dirigirse a la zona de seguridad que le

corresponda.

10. En caso de corte de luz, se encenderán las luces de emergencia.

11. Los alumnos deberán permanecer junto a sus compañeros y profesores, hasta que se de la

señal de retorno o se entreguen a sus apoderados si la situación lo amerita.

12. El profesor deberá constatar en la medida de lo posible la lista de sus alumnos.

13. Dependiendo del tipo de emergencia, la o las personas previamente determinados por el

plan de seguridad del establecimiento, deberán llamar según corresponda a: ambulancia,

bomberos, carabineros, etc.

1. Frente a temporales de viento.

Art.151:

Si existe alerta de temporal y ráfagas de vientos de alto riesgo la dirección del

establecimiento junto al encargado de seguridad escolar determinan las medidas del caso.

Si la situación amerita un riesgo alto de incidentes, la Dirección del establecimiento junto

con el Encargado de Seguridad escolar deberá evaluar la continuidad de las clases,

avisando de la situación a la Corporación Municipal. Será esta entidad la que tome la

decisión final de suspender las actividades escolares.

A Inspectoria General le corresponderá el rol de comunicar a los padres y apoderados la

situación de emergencia producida.

3. Amenaza de fuga de gas.

Art.152:

El olor característico del gas en el entorno, nos indicará que se está produciendo una fuga de gas

en la escuela.

El Inspector General instruirá respecto:

Corte de luz en el establecimiento y nulo accionar de interruptores eléctricos, ni

encendido de fósforos.

90

Corte de inmediato el paso de gas desde el medidor principal

Desalojar el sector con problemas y movilizar a los estudiantes hacia la zona de

seguridad.

Avisar a la Dirección del establecimiento o un docente directivo para que se comunique

con las Unidades de emergencia que correspondan.

Si la emergencia continúa, se aplicará el plan de evacuación, saliendo de las aulas en

forma calmada y ordenada hacia las zonas de seguridad del establecimiento.

Evite que se enciendan vehículos en el área de estacionamiento.

Si el problema continúa, se dará aviso a la Corporación Municipal, para que evalué la

opción de suspender las clases.

Si la corporación Municipal dispone del término de la jornada de clases, se deberá utilizar

los medios de comunicación (radio, televisión), para avisar a los padres y apoderados

que concurran a la escuela a retirar a sus pupilos.

4. Corte de gas en el establecimiento.

Art. 153:

Si en el establecimiento ocurre un corte de gas prolongado en el tiempo, se procederá a avisar al

Sostenedor de la situación, para que evalué el problema y se tomen las decisiones que

correspondan al problema.

5. Problemas con las calderas.

Art. 154:

La Inspectora General informará de inmediato a la Corporación Municipal de la situación que

afecta al establecimiento, ya que esto es sinónimo de falta de calefacción en las salas de clases.

Una vez que los funcionarios de la Corporación Municipal den a conocer el diagnóstico de la

situación se procederá a tomar las decisiones que correspondan.

Si no es de gravedad el problema de las calderas y si se soluciona dentro de la jornada, las clases

continuarán normalmente, si es de mayor complejidad el problema, se informará al sostenedor

para tomar las medidas que el caso amerite.

6. Problemas de inundaciones.

Art.155:

La dirección del establecimiento, más las personas encargadas de la Seguridad Escolar, darán

aviso de inmediato a la Corporación Municipal, si la situación lo amerita (gravedad del

problema), para en conjunto tomar las decisiones que sean necesarias. Traslados de alumnos a

otras salas de clases, suspensión de clases, etc.

7.- Hurtos, robos y riñas.

Art.156:

Se avisará de inmediato al Plan Cuadrante de Carabineros de Chile, que corresponda al sector del

establecimiento, para que ellos tomen las medidas necesarias en cada situación.

91

TELÉFONOS DE EMERGENCIA.

Ambulancia 131

Bomberos 132

Carabineros de Chile

Plan Cuadrante del sector

133

Aguas Magallanes 612280028

Edelmag 612714000

Gasco Magallanes 612208020

Onemi 612226733-

612242371

Departamento de Mantención de

Corporación Municipal de Educación.

Zonas de Seguridad en caso de Emergencias

La zona de seguridad de la escuela, se encuentran en el exterior del establecimiento,

específicamente en calle Pablo de Rocka, ubicada en el costado sur-poniente.

Cada profesor debe conducir a su curso hacia allá, en completo orden. SIN CORRER,

caminando en forma rápida, sin empujones y sin provocar desorden con sus compañeros.

Los profesores serán los responsables de mantener en silencio y en forma ordenada a

todos los alumnos de su curso.

Los cursos situados en el segundo piso, deben bajar en orden por las escalas asignadas

para tal efecto, evitando correr y/o empujar a los compañeros con el fin de evitar

accidentes

Los profesores que no estén en aula deberán prestar ayuda a aquellos que se encuentren

en dificultad o que deban asumir otras responsabilidades.

92

XI. Protocolo frente a una estudiante embarazada.

Art.157: Ante una revelación espontánea de una niña o adolescente a algún integrante de la

comunidad educativa se deben seguir los siguientes pasos:

1. Escuchar y acoger el relato (es necesario que el relato se haga una vez y delante de una

sola persona, evitando victimización secundaria).

2. No poner en duda el relato, crea lo que se dice y hágalo saber.

3. No culpabilizar a la estudiante de la situación.

4. Hágale saber lo importante que es no guardar el secreto y que necesita de otras personas

para ayudarla.

5. Brindar apoyo y protección y apoyo durante el proceso.

6. Es sumamente importante resguardar la confidencialidad respecto a antecedentes

personales de la familia y estudiante involucrada.

Derechos de la estudiante embarazada.

Art.158:

1. La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan

en el establecimiento.

2. La estudiante tiene derecho a participar en todas las actividades de la escuela, como en

licenciatura o actividades extra-escolares.

3. La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia

menor a lo establecido en el Reglamento de Evaluación Interno.

4. Tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a su condición de embarazo.

5. Cuando el hijo o hija nazca, tiene derecho a amamantarlo, para esto podrá de la escuela

en horarios previamente acordados.

Deberes de la estudiante embarazada.

Art.159:

1. La estudiante deberá justificar los controles de embarazo y atención de niño sano con

la tarjeta de salud o certificado del médico tratante.

2. La estudiante deberá justificar las inasistencia a clases por problemas de salud, con

certificado médico y mantener informado/a al profesor jefe.

3. La estudiante deberá asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así

como eximida en caso de ser necesario.

4. La estudiante deberá realizar todos los esfuerzos para cumplir con sus obligaciones

escolares correspondientes.

93

XII. REGLAMENTO INTERNO:

Orquesta de Bronces, Cuerda y Banda de Honor.

La Orquesta de Cuerdas Jorge Sharp Corona, la Orquesta de Bronce y la Banda de Honor

pertenecientes a la Escuela Padre Alberto Hurtado Cruchaga de Punta Arenas, tiene un carácter

pedagógico en donde los alumnos aprenden las nociones básicas respecto a lectura musical e

interpretación de un instrumento musical. Gran parte de éste trabajo se realizará durante la

jornada normal de clases, los alumnos serán evaluados de acuerdo al Reglamento Interno de

Evaluación y Promoción por cuanto ésta actividad se adscribe a la asignatura de Educación

Musical.

Disposiciones Generales.

Art.1: El presente reglamento se enmarca en el contexto del Proyecto Educativo Institucional y

Manual de Convivencia de la Escuela Padre Alberto Hurtado.

Art.2: Para los efectos del presente reglamento, las siguientes disposiciones se entienden por:

Audición: Es la convocatoria interna emitida por los directores de las bandas, a efecto de llevar a

cabo la selección de los alumnos para la incorporación a dichos grupos en cada uno de sus

niveles.

Semillero: Se refiere a los alumnos iniciales, de nulo o escaso conocimiento musical e

instrumental.

Nivel Intermedio: Alumnos con un manejo musical e instrumental de nivel elemental.

Nivel Avanzado: Nivel adecuado de lectura musical y capacidad instrumental.

De los Integrantes de la Orquesta.

Art. 3: Para integrar las bandas se deben cumplir los siguientes requisitos:

a. Ser alumno en cualquiera de sus niveles de la Escuela Padre Alberto Hurtado.

b. Participar y aprobar las audiciones de admisión.

c. Presentar un promedio general de notas igual o superior a 5.0.

d. Estar en conocimiento del presente Reglamento y solicitar por escrito su incorporación.

De los Derechos y Obligaciones de Alumnos Integrantes de las Bandas.

Art. 4: Los alumnos integrantes de la banda del establecimiento tendrán los siguientes derechos:

1. Contar con la dirección y asesoría de un maestro calificado.

2. A utilizar para su aprendizaje los instrumentos disponibles en el establecimiento en los

tiempos que el docente y la escuela determinen.

3. A participar de los ensayos y de todos los conciertos o presentaciones que tengan la

orquesta.-banda.

Son obligaciones de los alumnos de las bandas lo siguiente:

Art. 5: 1. Cumplir con el calendario de trabajo establecido por la escuela.

2. Respetar las normas de convivencia estipuladas en el Manual de Convivencia Escolar.

94

3. En los ensayos, conciertos y presentaciones seguir la guía y ejecución musical del

Director.

4. Presentarse puntualmente a los ensayos, presentaciones, conciertos, con sus instrumentos,

partituras y vestimenta-uniforme adecuado a la presentación.

5. Estudiar de manera individual las partituras que le fueran entregadas, así como la

ejecución del instrumento.

6. Comportarse con el debido respeto y decoró en los ensayos, presentaciones, conciertos.

7. Atender el cambio de horarios de ensayos y presentaciones que determine el Director y la

escuela.

8. Mantener un rendimiento acorde a las exigencias musicales acorde a un alumno de la

orquesta-banda.

9. En el caso que, por motivos de fuerza mayor, enfermedad u otros no pudiese asistir a

alguna presentación previamente fijada e informada, el alumno-apoderado deberá

acreditar mediante certificado médico u otro informe la justificación correspondiente.

10. No causar daño o perjuicio tanto a los instrumentos como los bienes del establecimiento

como terceros en escenarios externos a la escuela.

De los Directores de Bandas. Son facultades de la Dirección de la Escuela Padre Alberto Hurtado.

Art. 6:

1. Planear y organizar conciertos, presentaciones y actuaciones especiales para las bandas.

2. Postular a proyectos para la mantención, renovación de los instrumentos, vestimenta de

las orquesta-banda.

3. Aplicar en conjunto con el Encargado de Convivencia y/o Inspectoría General las

sanciones a los alumnos de acuerdo al Manual de Convivencia Interno.

4. Aplicar las sanciones procedentes a los directores de la orquesta de bronce, cuerda y

banda de honor y a sus respectivos instructores y/o monitores de acuerdo al Manual de

Convivencia Interna y responsabilidades docentes.

5. Seleccionar al o los directores de banda e instructores para ocupar el cargo de director

cuando éste se encuentre vacante.

6. Designar un coordinador administrativo para las orquestas.

Son obligaciones de la Escuela Padre Alberto Hurtado.

Art. 7:

1. Promover el desarrollo de las respectivas bandas de la escuela.

2. Promover las presentaciones de las orquestas tanto a nivel interno como externo.

3. Proveer dentro de sus posibilidades lo necesario para el buen desempeño de las bandas.

4. Procurar ante la Corporación Municipal la cancelación de las remuneraciones de los

directores e instructores de las bandas.

Son facultades del Director de Orquesta.

Art. 8:

1. Modificar en conjunto con la Coordinadora de bandas el horario y los días de ensayos,

cuando el caso lo amerite.

95

2. Proponer a la escuela las fechas para la celebración de conciertos, presentaciones y

temporadas.

3. Seleccionar el repertorio de los conciertos y presentaciones.

Son obligaciones del Director de la Orquesta–Banda.

Art. 9:

1. Respetar el Manual de Convivencia Interno de la Escuela.

2. Conducir los ensayos y las presentaciones o conciertos programados por la escuela.

3. Programar con anticipación el repertorio de los ensayos y de las presentaciones.

4. Programar ensayos en conjunto con el resto de las bandas.

5. Reportar a Inspectoría General las tanto los méritos como las faltas e indisciplina

realizadas por los alumnos, a efecto que sean destacados o sancionados.

6. Llevar registro de actividades y de asistencia y evaluación de los alumnos.

7. Velar por el cuidado y mantención de los instrumentos y otros recursos a su cargo.

De las Sanciones a los estudiantes. Art. 10:Todas las violaciones al presente reglamento serán sancionadas, según sea la gravedad

del caso, ya sea con una amonestación o suspensión de la orquesta-banda

Art. 11: Serán motivo de amonestación las siguientes conductas:

1. Llegar tarde a los ensayos sin causa médica debidamente justificada.

2. Bajo rendimiento y dedicación en los ensayos.

3. Llegar a los ensayos sin el instrumento de manera reiterada.

4. El no mostrar una buena actitud y disciplina hacia el director y en el desarrollo de los

ensayos.

Art.12: Serán motivo de suspensión las siguientes conductas:

1. Reincidir en cualquiera de las conductas previstas en el Art. 12° de este ordenamiento.

2. Llegar tarde o no asistir a las presentaciones y conciertos, sin causa médica debidamente

justificada.

3. No atender las indicaciones del director de orquesta-banda.

Art.13: Serán motivo de expulsión de la orquesta–banda.

7. La renuncia expresa del alumno y apoderado.

8. Las faltas de respeto graves a sus compañeros, al director de la orquesta-banda y al personal

de la escuela.

9. Alterar gravemente la disciplina del lugar en que se desarrollan los ensayos, presentaciones y

conciertos.

10. Destruir deliberadamente los instrumentos-vestimenta y/o equipamiento de la orquesta-

banda.

96

XIII. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS (Extracto)

Ausencia prolongada a las actividades escolares.

El apoderado, con al menos una semana de anticipación, deberá entregar en la secretaría

de dirección una carta, indicando las razones por lo cual solicita la autorización para una

ausencia prolongada de su pupilo.

Posteriormente la escuela se contactará con el apoderado para reprogramar los

compromisos de evaluación escolar del alumno con el respectivo Jefe de la UTP.

El apoderado deberá firmar un compromiso asumiendo la responsabilidad de velar por las

tareas y deberes escolares de su pupilo durante la ausencia del estudiante.

Certificados de alumno regular, matricula, informe parcial de notas, concentración de

notas.

El interesado, solicita el documento en la Oficina de la Secretaria.

Se le entregará en un plazo máximo de dos días hábiles.

Certificado de Informe de Personalidad.

El interesado, solicita el documento en la oficina de la Secretaria Mateo Net.

Se le entregará en un plazo máximo de dos días hábiles.

Certificados de Participación en actividades de la escuela.

El interesado en tener un certificado que acredite su participación en alguna actividad de

la escuela, debe solicitar el certificado en la Oficina de la Secretaria Mateo Net.

Cierre anticipado del semestre.

El apoderado que necesite, por un motivo justificado, que a su pupilo se le cierre el

semestre, deberá entregar la solicitud según formulario correspondiente en la oficina de

la Secretaria Mateo Net.

La dirección, de acuerdo a los antecedentes determinará la respuesta.

El secretario de dirección hará entrega, por escrito, de la respuesta al interesado, en un

plazo máximo de cinco días.

Entrevista con Directivos.

El apoderado, por medio de la agenda escolar, solicita la entrevista sugiriendo fecha, hora

y razones.

Entrevista con Profesor.

El apoderado, por medio de la agenda escolar, solicita la entrevista sugiriendo fecha, hora

y razones.

Entrevista con el director.

El apoderado, por medio de la agenda escolar, telefónicamente o personalmente, con el

secretario de dirección, sugiriendo fecha, hora y razones.

El secretario de dirección establece la hora y fecha de la entrevista, en un plazo máximo

de tres días.

97

Ingreso al establecimiento por parte de persona ajena al establecimiento.

Toda persona que, sin ser funcionario ni alumno de la escuela, por alguna razón desea

ingresar al establecimiento, en la portería deberá indicar nombre y la persona con la que

desea hablar o el trámite que quiere realizar.

Inscripción para participar en las Acle.

Iniciado el proceso de inscripción, el alumno lleva el formulario para ser llenado en el

hogar consignar la autorización del apoderado.

Justificación por inasistencia del alumno a Actividades de la escuela.

El apoderado, personalmente, justifica la inasistencia de su pupilo a alguna actividad de

la escuela.

Participación en actividades Acle.

Para participar en alguna competencia el alumno debe cumplir con los requisitos

establecidos en el Reglamento de Convivencia Interno, y con la autorización del

apoderado si implica faltar a clases.

Si es el caso reprogramar evaluaciones.

Participación Acles fuera de la ciudad.

Para participar en alguna competencia el alumno debe cumplir con los requisitos

establecidos en el Reglamento de Convivencia Interno, y con la autorización del

apoderado si implica faltar a clases.

Si es el caso reprogramar evaluaciones.

Debe tener la autorización por escrito del apoderado para salir de la ciudad según

formulario entregado por la dirección de la escuela.

Recuperación de objetos requisados.

El educador que requisa al alumno objetos que impiden el normal desarrollo de la clase,

deja la constancia en el libro de clases.

Hace entrega del objeto al Inspector General, dejando constancia por escrito en la

bitácora de “Objetos requisados”

El apoderado en entrevista con el Inspector General retira los objetos con el compromiso

firmado de un uso correcto de los mismos por parte de su pupilo.

Reparación de deterioro o destrozos de recursos de la escuela.

El o los alumnos responsables del deterioro o destrozo, explican el hecho en Inspectoria

General.

El Inspector General cita al apoderado del o los alumnos responsables, le informa la

situación y el costo de la reparación.

El apoderado cancela el costo de la reparación en secretaría de dirección, recibiendo el

respectivo el recibo correspondiente.

98

Uso de los libros del Cra.

Los libros de lectura podrán ser llevados por un plazo de siete días, siendo renovable por

un período similar.

Los libros de consulta sólo podrán ser usados en la sala de lectura.

El apoderado del alumno deberá hacerse cargo de la pérdida o deterioro del libro

facilitado para la lectura domiciliaria.

99

XIV. Protocolo Actividades Complementarias y/o Extraexcolares.

1: Objetivo General.

Potenciar la oferta educativa de la escuela a través de la incorporación de actividades de

tipo cultural, artístico - musical, deportivas y medio ambientales, con carácter

voluntario y en horario de tarde, que contribuyan a la formación integral del alumnado,

(que) le ayuden a organizar su tiempo libre y mejoren su vinculación (identidad) con la

escuela.

2: Objetivos específicos.

1. Promover en el estudiante un sentimiento positivo de pertenencia e identidad con el

establecimiento.

2. Conseguir que adquiera una mayor autonomía y responsabilidad en la organización de su

tiempo libre.

3. Fortalecer la autoestima y motivación escolar de nuestros estudiantes

4. Mejorar las relaciones entre los alumnos y ayudarles a adquirir habilidades sociales y de

comunicación.

5. Favorecer la sensibilidad, la curiosidad y la creatividad del alumnado.

6. Posibilitar el acceso a las actividades culturales, deportivas y ambientales a todos los

niños, niñas y jóvenes, ampliando su horizonte cultural.

Actividades complementarias se refiere al trabajo que realizan las academias de viento y

cuerdas para la preparación y formación de los músicos de las orquestas de bronce y cuerdas de

la escuela. Estas actividades forman parte del Plan de Estudio y se encuentran organizadas

durante la jornada de clases. Los alumnos de estas academias quedan exceptuados de las clases

de Educación Artística, Religión y Educación Tecnológica previa autorización y /o

consentimiento de los padres-apoderados, desde primero a octavo básico.

Actividades extraescolares las encaminadas hacia la formación integral del estudiante. Serán

por tanto, un instrumento para potenciar valores y actitudes para la convivencia: Respeto,

Solidaridad, Responsabilidad,…Estas actividades se realizan fuera del horario lectivo, tendrán

carácter optativo para el alumnado y buscarán la implicación activa de todos los estudiantes.

Taller Acle: Conjunto de actividades extra curriculares de libre elección, de carácter deportivo,

recreativo, cultural y artístico, que complementan la educación del alumno.

Participantes: Pueden incorporarse los alumnos del establecimiento, en forma libre y voluntaria,

con la autorización de sus padres y de acuerdo a los horarios disponibles en cada caso.

Horarios: Los horarios de los ACLES se inician, según el grupo curso, al término de la jornada

normal de clases.

Continuidad: En caso de disminuir la cantidad de participantes a menos de lo establecido, el

taller se podrá cerrarse o cambiar por otra actividad de similares característica.

100

Funcionamiento de los talleres.

Será responsabilidad de la coordinadora extra- escolar, presentar a Dirección la batería de

talleres para la aprobación durante la tercera semana de marzo a partir de la encuesta realizada a

los alumnos.

Las ACLE interrumpen sus actividades regulares en las siguientes fechas: Día del

Alumno, Día del Profesor, semana previa a las vacaciones de invierno (trabajo

pedagógico de los profesores), aniversario de la escuela entre otras fechas relevantes.

Durante el año, no hay cambio de ACLE debido a la planificación anual de cada

actividad. En el caso de presentarse una situación de excepción, se procederá a revisar los

resultados para ver la factibilidad de realizar el cambio.

Las Actividades Curriculares de Libre Elección, finalizan con una presentación que

muestra el trabajo realizado durante el año, por lo cual, es obligación que los alumnos(as)

asistan y participen en la Muestra Final de ACLE.

De los talleres impartidos, se realizará un informe de carácter semestral con el objetivo de

realizar las adecuaciones necesarias para el desarrollo de las actividades.

Las actividades que el alumno realiza fuera del colegio, ya sea competencias deportivas,

concursos, academias artísticas, academias científicas y otras, no se consideran para

validar actividades de ACLE, pues, las horas destinadas a estas actividades son parte del

plan de estudio anual y corresponde(n) al número de hora semanal que el alumno debe

cumplir en la escuela

Las planificaciones u proyectos serán realizadas por cada profesor o monitor a cargo durante la

primera semana de abril con una matriz diseñada (Anexo Nº 1).

Programación y Difusión.

Se ejecutará entre la tercera y última semana de marzo, a través de circular informativa y

web.( Anexo Nº2) se hará extensiva a todos los alumnos de la escuela para su inscripción en

algunos de los talleres que ofrece el establecimiento.

Será responsabilidad del coordinador – extraescolar, comunicar la parrilla de talleres según

corresponda en los ficheros y medios de comunicación internos del establecimiento.

Inscripción

Se realiza durante la úlltima y segunda semana de abril, a través de la ficha de

Inscripción (Anexo Nº 3), firmada por el/la apoderado(a), recolectada por coordinador

extra- escolar, En caso de concretarse el taller, esta ficha se constituye en un compromiso

de participación del estudiante obligatorio.

De los Talleres.

Los talleres se realizarán entre los meses de abril a noviembre.

Los talleres impartidos deben incluir a lo menos 15 alumnos

El estudiante puede participar en un máximo en dos actividades y/o talleres.

101

Entre la primera y segunda semana de abril el/la coordinador(a) extra- escolar establece

los talleres que cumplen con los requisitos especificados e informa a los apoderados de la

incorporación de sus alumnos (as) al taller / grupo, a través de nóminas oficiales de cada

taller generadas por el coordinador extra- escolar.(Anexo Nº4)

De la Evaluación

Al término del proceso nuestros estudiantes serán capaces de demostrar logros de aprendizajes

en los diferentes ámbitos de participación y por sobre todo identificación con la escuela, trabajo

en equipo, superación, convivencia. Se espera que los estudiantes puedan proyectarse como

futuros músicos, artistas, científicos, deportistas en el ámbito interno, externo y preparase para la

enseñanza media.

Acciones de Seguimiento.

Cada profesor o monitor será entrevistado mensualmente por la coordinadora extra-

escolar, de lo que quedará el registró de cada entrevista. (anexo Nº 6) con lo cual se

elabora una carpeta de entrevista del personal Acle. Al término del semestre el

coordinador dará cuenta de este programa en el Consejo de Evaluación Semestral.

En el mes de Noviembre se realizará una evaluación del proceso a los estudiantes (Anexo

Nº 7) y a los profesores y/o monitores y los resultados a modo de feedback teniendo

conocimiento de esto, se entregaran a la Dirección del colegio.

La coordinadora extra- escolar elabora durante la primera quincena del mes de diciembre

el Informe de Evaluación Anual de los talleres y los resultados relevantes

La evaluación se realizará sobre los siguientes indicadores que se pueden ir readecuando

durante el año dependiendo de las necesidades de cada taller:

Logros obtenidos,

asistencia del monitor / profesor,

desarrollo de contenidos en relación a las edades y de acuerdo con el curriculum

porcentaje de asistencia de los alumnos al taller,

intereses de los estudiantes.

Las evaluaciones parciales de las Academias Musicales (orquesta de cuerdas y bronces)

serán registradas por los docentes a cargo de la actividad en el área artístico-musical del

curso correspondiente de cada estudiante.

IV. De la presentación

Los alumnos asisten a las actividades de ACLE con el uniforme institucional, a excepción

de los talleres deportivo – recreativos que lo harán con el uniforme institucional de

Educación Física; permitiéndose el uso del uniforme de fútbol y jardinería solamente en

esos horarios.

102

CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN

ESCUELA PADRE HURTADO.

PLAN SE SEGURIDAD ESCOLAR

Escuela Padre Alberto Hurtado

El mejor sistema de seguridad es la prevención, con ella podemos minimizar los riesgos en el

plantel escolar y su contexto más próximo, evitando innumerables factores de riesgo con los que

se pudiera afectar a la comunidad educativa, pero existen imponderables que rebasan las medidas

de prevención y es necesario afrontarlas para salvaguardar la integridad física y mental de los

alumnos, docentes y personal en general.

Las reglas básicas en seguridad son: mantener la calma, actuar con prontitud y apegarse a un

plan de acción previamente establecido y ensayado. Se ha comprobado que una persona bajo

estrés o temor, difícilmente tendrá la objetividad para tomar una decisión acertada, muchas veces

de ésta depende la seguridad física y emocional de todos los actores de la escuela; por eso en

todos los manuales, protocolos y asesorías en materia de seguridad, el primer paso es mantenerse

calmados, no en estado de shock, como maestros y padres de familia debemos saber cómo actuar

ante una eventualidad y los principios básicos de primeros auxilios.

Identificación

a) Establecimiento : Escuela Padre Alberto Hurtado

b) Dirección : Eusebio Lillo 2472

c) Teléfono : 612265904

d) Matricula : 694 alumnos

e) Rol Base Datos : 24318 – 3

f) Aspectos Generales

Objetivos General

Sensibilizar a los integrantes de la comunidad escolar respecto a procedimientos, forma

de reaccionar y de actuar frente a situaciones de emergencias, en relación a la

importancia de la Seguridad Escolar y del autocuidado de los estudiantes y demás

personal de la escuela.

Objetivos Específicos

Desarrollar la cultura de la prevención y seguridad en la comunidad escolar, en todos los

estamentos de la institución, mediante el conocimiento, práctica y funcionamiento del

plan integral de seguridad escolar.

Promover en forma permanente, la importancia de la prevención y seguridad, para el

mejor desarrollo de todas las actividades de la institución.

Mantener informado a la comunidad escolar respecto a los protocolos de seguridad

activados en el establecimiento.

103

Crear conciencia de la importancia de conocer las maniobras de evacuación.

Capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa para reaccionar

adecuadamente ante eventuales emergencias.

Fomentar en los alumnos la conciencia por un actuar más cauteloso y seguro frente a

situaciones de riesgo.

Aumentar la participación activa y permanente de todos los estamentos de la comunidad

escolar, de acuerdo a sus funciones y roles dentro del plan integral de seguridad escolar.

Analizar permanente de la ejecución y resultados en la aplicación y práctica del plan

integral de seguridad escolar, de forma tal de evaluar, readecuar y mejorar aspectos pa

Zonas de Riesgo

Riesgo y/o

Punto crítico

Interno /

Externo

Ubicación

Exacta

Impacto

Eventual

Soluciones

Posibles

Recursos

Necesarios

Escaleras Externas Bajada de 2°

y 3° piso

pabellón

norte

Derrumbe /

colapso

Construcción

escala

metálica en

sector este del

2° piso

Proyección /

financieros

Puerta

acceso

Entrada y

Salida

Externo Entrada

escuela

Accidente por

aglomeración

de personas

Abrir portón

acceso por

calle Luis

Cruz

Martínez

Recursos

Humanos

Equipos e implementos en caso de emergencia.

Extintores de incendio:

La escuela cuenta con 05 extintores de incendio de PQS (Polvo Químico Seco) ubicados en

pasillos del establecimiento.

Luces de Emergencias:

Se encuentra instalado un sistema de luces de emergencia que abarca todos los sectores de la

escuela

104

Funciones de los integrantes del comité de seguridad.

NOMBRE ESTAMENTO ROL

Hilda Cárcamo Vera Dirección Responsable de dirigir que en el

colegio exista, se ejecute y funcione

el Plan Integral de Seguridad

Escolar (PISE)

Verónica Sanchez Inspector General

Coordinador PISE

Coordinador General, responsable

de organizar y ejecutar activación

del Plan Integral de Seguridad

Escolar y posterior restablecimiento

de las actividades de la escuela.

María Berta Cárdenas

Apoyo Inspectoria General

Responsable de activar la alarma.

Se responsabilizará de activar la

alarma acústica y llamar a los

servicios de emergencia de acuerdo

al siguiente listado:

Bomberos 132

Carabineros 133

Ambulancia 131

Suministros Básicos.

Gas 612208020

Electricidad 612714000

Agua 612280028

Pamela González

Luis González

Javier Vivar

Profesores

Ed. Física / asistentes de

educación

Coordinar evacuación en escalas de

pabellones norte y sur- gimnasio-

patio de juegos.

Orlando Mancilla Secretario de la escuela. Responsable de comunicar a las

entidades respectivas, de acuerdo al

tipo de emergencia (Carabineros,

Bomberos, Hospital, etc.)

Cuerpo Docente Profesores, Asistente de Aula y

profesionales PIE

Coordinar la evacuación de los

alumnos y despacho - entregar los

niños apoderados en los niveles que

corresponda.

Hugo Alonso

Ximena Veli

Puerta Principal.

Frente a los baños de damas y

varones del sector sur.

105

Ximena Vely

Emir Meneses

Responsable de dirigir la

evacuación del 2° piso.

Corte de luz ,agua y gas.

Actividades para el desarrollo del Plan Integral de Seguridad Escolar.

La escuela con el propósito de difundir y desarrollar el conocimiento de la prevención y

seguridad en todos nuestros docentes y alumnos, ha planificado las siguientes actividades:

N° ACTIVIDADES FECHAS

01 Realización de charla teórica – práctica a personal del

establecimento para socializar los protocolos de Seguridad

Escolar.

Mayo

02 Realización de charlas a alumnos (as) sobre autocuidado y

protocolos del Plan de Seguridad Escolar.

Mayo

03 Realización de ejercicios de simulación con el fin de evaluar el

funcionamiento del Plan Integral de Seguridad Escolar.

Junio – noviembre

04 Proyección de ppt y videos de enseñanza e información Junio – noviembre

05 Mantener señalización adecuada Permanente

06 Mantener bitácora de actividades Permanente

07 La evaluación del Plan de Seguridad se aplicará en forma directa

junto con el desarrollo de simulaciones o simulacros por una

comisión formada por integrantes (uno o más) de cada estamento

del establecimiento.

Al término de cada

uno de los ensayos.

Definiciones

Alerta

Estado anterior a la ocurrencia de un desastre declarado con el fin de tomar precauciones

específicas debido a un probable evento destructivo.

Alarma

Es la señal o el aviso sobre algo que va suceder en forma inminente o que ya está ocurriendo. Por

lo tanto, su activación significa ejecutar las instrucciones para las acciones de respuesta.

Amago de incendio

Fuego de pequeña proporción que es extinguido en los primeros momentos por personal con los

elementos que cuentan antes de la llegada de bomberos.

106

Escape

Medio alternativo de salida, razonablemente seguro, complementario de las vías de evacuación.

Escalera

Parte de una vía de circulación de un edificio, compuesta de una serie de peldaños o escalones

horizontales colocados a intervalos verticales iguales.

Emergencia

Es la combinación imprevista de circunstancias que podrán dar por resultado peligroso para la

vida humana o daño a la propiedad.

Evacuación

Es la acción de desalojar un local o edificio en que ha declarado un incendio u otro tipo de

emergencia (sismo,escape de gas, incendio, etc).

Extintor

Extintor como un aparato atónomo, diseñado como un cilindro, que puede ser desplazado por

una sola persona y que, usando un mecanismo de impulsión bajo presión de un gas o presión o

presión mecánica, lanza un agente extintor hacia la base del fuego, para lograr extinguirlo.

Incendio

Es un gran fuego descontrolado de grandes proporciones el cual no puede ser extinguido en sus

primeros minutos que puede provocar daños a las personas y a las instalaciones.

Peligro

Fuente, situación o acto con el potencial de daño en términos de lesiones o enfermedades o bien ,

la combinación de ellas.

Plan de emergencia

Es la implementación de procedimientos para actuar de manera segura y coordinada en caso de

una emergencia.

Punto de reunión

Lugar de encuentro, tránsito o zona de transferencia de las personas, donde se decide la vía de

evacuación más expedita para acceder a la zona de seguridad establecida.

Riesgo

Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un evento o exposición peligrosa y la severidad

de las lesiones, daños o enfermedades que puede provocar el evento o la exposición.

Señalización

Conjunto de estímulos que condicionan la actuación del individuo frente a circunstancias

(riesgos, protecciones necesarias a utilizar, emergencias, etc.) que se pretenden resaltar.

Vía de evacuación

Camino expedito, continuo y seguro que desde cualquier punto habitable de una edificación

conduzca a un lugar seguro.

Zona de seguridad

Lugar de refugio temporal al aire libre, que debe cumplir con las características de ofrecer

seguridad para la vida de quienes lleguen a ese punto, para su designación se debe considerar que

no existan elementos que puedan producir daños por caídas (árboles, cables eléctricos,

estructuras contiguas, etc.)

107

TIPOS DE EMERGENCIAS

La ejecución del plan de emergencia, forma parcial o total, va a estar principalmente orientado a

las situaciones:

Incendio

Tsunami

Inundaciones.

Accidentes: Cortes de algún suministro básico, otros.

TIPOS DE ALARMA

En la escuela se utiliza megáfono ante cualquier emergencia.

Otras situaciones:

Entrada de los estudiantes

1.- El ingreso de los estudiantes al establecimiento, se realizará por la puerta principal.

2.- Deben presentarse con el uniforme completo, según reglamento interno, el cual será

supervisado al ingreso al establecimiento.

3.- La Puerta Principal se habilitará a contar de las 7:30 hrs. al igual que la puerta de acceso

de párvulos, quienes ingresan a las 8:00 a clases.

4.-La supervisión de alumnos durante el ingreso estará a cargo de inspectores, quienes

acompañarán a los alumnos hasta el toque de timbre o formación, según corresponda.

5.-Se exigirá que el ingreso al establecimiento sea de manera ordenada, y respetando las

normas de seguridad establecidas por nuestro reglamento de convivencia.

6.-El alumno que ingrese al establecimiento después de las 08:10 A.M se registrará como

alumno atrasado.

7.-El alumno que presente tres atrasos se citara apoderado para informar de la situación.

8.-El alumno que llegue atrasado luego del recreo, deberá ingresar a la sala con un

documento firmado y timbrado denominado “pase”. El profesor deberá dejar consignado en

la hoja de vida el atraso correspondiente.

Salida de Estudiantes.

El horario de salida de los estudiantes se efectuará según el siguiente detalle:

1.- Los alumnos de educación parvularia, a las 12:00 hrs., por la puerta que da acceso a

la prebásica.

2.- Los alumnos de Primeros a octavos años a las 13:00 hrs., por la puerta principal.

3.- Para la jornada de la tarde, la entrada será a la 14:30 para los alumnos de 1eros a 8vos

años y a las 14:00 horas para la educación parvularia, exceptuando a los Pre Kinder que

entran a las 13:30, debido al almuerzo.

108

4.-Durante la hora de clases los estudiantes deben permanecer en la sala, no pudiendo salir de

ella sin permiso expreso del profesor. Las salidas al baño deben ser de a uno y controladas

por el profesor. Ningún estudiante podrá salir del establecimiento antes del horario

establecido, salvo que sea solicitado por el apoderado titular, en forma personal en

Inspectoría General,( se registrará el día, la hora el motivo y la firma del apoderado, en el

libro de salidas), o por motivo de enfermedad del estudiante que se encuentra en clases.

5.-En caso de que el apoderado titular no pueda realizar el retiro, este lo podrá realizara un

adulto responsable, previa autorización de Inspectoría General.

6.-En el horario de término de la jornada, los educadores deben cumplir con la obligación de

entregar al alumno a sus apoderados. Esta normativa se encuentra especialmente dirigida a

alumnos de pre-básica y Primeros años básicos.

7.-En caso de registrarse alguna eventualidad (corte de agua, incendio, sismo u otros

acontecimientos relevantes), que cumpla la característica de “salida de emergencia” en un

horario distinto a la jornada normal, será Inspectoría General la encargados de informar a los

apoderados, para así realizar el retiro de los alumnos de manera expedita y rápida. Una vez

que los apoderados lleguen al establecimiento los alumnos se entregarán en las puertas de

acceso delimitadas para este efecto.

8.-En caso de que algún apoderado se retrase en retirar a su pupilo (15 minutos después de la

jornada), será contactado telefónicamente para saber el motivo del atraso Este retraso se

registrará en el libro de salidas que se encuentra en inspectoría

9.-Durante el proceso de salida de los alumnos, se dispondrá de Asistentes de la Educación

en las puertas principales quienes supervisarán el orden y acompañamiento

10.-Los alumnos que se movilicen en el bus del establecimiento, deben esperar a la Sra.

Auxiliar del bus dentro del recinto escolar.

Desayunos, almuerzos y onces.

1.- Los alumnos de 1ero. A 8vos. años toman desayuno a las 9:30 (inicio primer

recreo) al igual que los alumnos de Prebásica. (09:00 horas).

2.- Los almuerzos son de las 12:50, para los alumnos de los primeros y a las 13:00 de

segundos a octavos años.

3.- Los alumnos de Pre básica (Pre kinder) almuerzan a las 13:30 horas

4.- La once para los alumnos de Pre básica y de 1ero. a octavos años es a las 16:00

horas.

Interrupciones a clases

1.- Se privilegiará que cada docente realice sus clases sin interrupciones, de ser necesario

se buscará la forma que esta acción sea lo menos invasiva posible y previa autorización

del docente que se encuentre al interior del aula. Por lo tanto la entrega de documentos,

comunicaciones, información se entregarán durante el recreo o cuando el docente este sin

clases.

109

Control de asistencia

1.- La asistencia de los alumnos debe ser tomada por el docente del curso y/o de la

asignatura que corresponda, en el control de asignatura.

2.- Se debe registrar la asistencia al término de cada hora y hora a hora, los números de

lista de los alumnos ausentes, alumnos atrasados y en el recuadro respectivo el total de

alumnos presentes, además, debe registrar la firma del docente que realiza la clase.

3.- En caso de ausencia del docente que le correspondiera dictar una clase, la asistencia

del curso podrá ser tomada por otro docente que se determine. Lo importante es que la

asistencia siempre se encuentre tomada en los libros de clases. 4.- La asistencia se

entenderá por tomada cuando estén llenos todos los campos descritos en el punto anterior,

si falta uno de ellos, se entenderá para todos los efectos, sin asistencia, salvo que en el

control de subvenciones se encuentren registrados los alumnos presentes, alumnos

ausentes y sus totales.

5.- Los alumnos del PIE que salen de la sala de clases habitual al aula de recursos quedan

presentes y se debe registrar en observaciones el n° del alumno y la situación que lo

afecta.

Desplazamientos en pasillos y salas de clases.

1.- Todo el personal del establecimiento debe estar atento a los desplazamientos de los

alumnos, (salas, pasillos, gimnasio, baños, comedor), deben estar atentos cuando los

alumnos lo hagan corriendo o realizando alguna maniobra que pueda ser causal de

accidente.

2.- Cuando los alumnos salen de sus salas comunes a otra dependencia lo deben hacer

caminando y en silencio para respetar a sus compañeros que están en clases.

Formaciones especiales

1.- Los días lunes se realizará la formación por ciclos en el Hall de establecimiento, en

dicha oportunidad se resaltarán la o las efemérides correspondiente, fijadas en el calendario

interno de la escuela, las recomendaciones respecto a la convivencia escolar estarán a cargo de

Inspectoría General.

2.- Los profesores jefes o de asignatura acompañaran a sus respectivos grupos cursos

en forma activa, velando por el orden y comportamiento de los estudiantes.

110

Extravío de prendas u otros objetos

1.- Las prendas de vestir que los estudiantes usen deben venir marcadas con su nombre

completo, para evitar extravíos.

2.- El extravío de prendas es de exclusiva responsabilidad del estudiante.

3.- Está prohibido usar: celulares, mp3, mp4, ipod y cualquier otro tipo de equipamiento

electrónicos o tecnológicos que puedan ser extraviados y/o que distraigan al estudiante de

sus tareas dentro de la sala de clases.

4.- En caso de que un estudiante no cumpla con esta condición, deberá entregar el objeto

al docente que se lo solicite, el docente lo entregara a inspectoría para que sea

devuelto exclusivamente al apoderado, dejando registro de ello en la hoja de vida del

estudiante.

El extravío de cualquier objeto, mencionado en párrafo anterior es de exclusiva

responsabilidad de su dueño(a

111