4
R EGLAMENTO DE ELECCIONES – FENTASE REGIÓN ANCASH CAPITULO I.- FINALIDAD ART 1° : el presente reglamento tiene por finalidad establecer excepcionalmente las normas y procedimientos de organización, coordinación y fiscalización del proceso electoral de la Federación de Trabajadores Administrativos del Sector Educación de la Región Ancash. ART. 2° : las elecciones se llevaran a cabo con total autonomía e independencia por el Comité Electoral y podrán resolver asuntos de competencia electoral. ART. 3°.- El Comité Electoral, está constituido por: a) Presidente. b) Secretario. c) Relator. CAPITULO II.- OBJETIVOS Y NORMAS ELECTORALES ART. 4° : las elecciones en la Federación de Trabajadores Administrativos del Sector Educación de la Región Ancash tienen por objeto elegir a los integrantes del Comité Ejecutivo Regional, estando sujetos a las siguientes normas: a. voto personal, directo y obligatorio b. acto electoral ininterrumpido.

REGLAMENTO DE ELECCIONES fentase ancash.docx

Embed Size (px)

Citation preview

REGLAMENTO DE ELECCIONES FENTASE REGIN ANCASHCAPITULO I.- FINALIDADART 1: el presente reglamento tiene por finalidad establecer excepcionalmente las normas y procedimientos de organizacin, coordinacin y fiscalizacin del proceso electoral de la Federacin de Trabajadores Administrativos del Sector Educacin de la Regin Ancash.ART. 2: las elecciones se llevaran a cabo con total autonoma e independencia por el Comit Electoral y podrn resolver asuntos de competencia electoral.ART. 3.- El Comit Electoral, est constituido por: a) Presidente.b)Secretario. c) Relator.CAPITULO II.- OBJETIVOS Y NORMAS ELECTORALESART. 4: las elecciones en la Federacin de Trabajadores Administrativos del Sector Educacin de la Regin Ancash tienen por objeto elegir a los integrantes del Comit Ejecutivo Regional, estando sujetos a las siguientes normas:a. voto personal, directo y obligatorio b. acto electoral ininterrumpido.c. votacin mediante listas o lista de consensod. escrutinio y resultados inmediatos.

CAPITULO III.- DE LOS DERECHOS ELECTORALESART. 5: Para Que los delegados puedan ejercer sus derechos electorales, estos debern encontrarse: a.-en calidad de Delegado Pleno, inscrito a la Convencin Regional. CAPITULO IV.- DE LOS CANDIDATOSART.6: para ser candidatos los delegados, debern estar en calidad de Delegado Pleno, inscrito a la Convencin Regional. ART. 7.- para ser elegido(a) dirigente del Comit Ejecutivo Regional, se requiere estar acreditado(a) como delegado(a) pleno a la Convencin Regional desde su base de origen, adems de no estar impedidos por lo dispuesto en el presente reglamento.ART. 8.- De Los Delegados a la convencin: son los elegidos en asambleas de los sindicatos bases, debidamente acreditados mediante credenciales. ART. 9.- las bases provinciales constituidas, podrn acreditar hasta 03 delegados a la convencin regional, entendindose como representatividad provincial.CAPITULO V.- DEL PROCESO ELECCIONARIOART. 10: las elecciones se efectuaran por listas, las mismas que debern estar conformadas por los siguientes cargos:01.- secretario general02.- sub secretario general03.- secretario de organizacin04.- sub secretario de organizacin05.- secretario de defensa06.- sub secretario de defensa07.- secretario de actas y archivo08.- secretario de economa y finanzas09.- secretario de promocin de la mujer10.- secretario de formacin sindical11.- secretario de derechos humanos12.- secretario de cultura y deportes 13.- secretario de prensa y propaganda14.- secretario de disciplinaART. 11.- la conformacin del comit ejecutivo regional estar integrada como mnimo por un 30% de mujeres.ART. 12.- en caso de que no se inscribieran dos listas - como minimo - se proceder a elegir al consejo directivo por consenso, para el periodo 2015 - 2017CAPITULO VI.- DEL SUFRAGIOART. 13: En caso de listas ser se realizara por sufragio y si es por lista de consenso sera a credencial alzada.CAPITULO VII.- DEL ESCRUTINIOART. 14.- terminado el acto de sufragio se proceder al escrutinio de votos.

CAPITULO VIII.- DE LA PROCLAMACIONART.15.-terminado el escrutinio de los votos, se proceder a proclamar como ganador a la lista que haya alcanzado la mayor cantidad de votos o de los candidatos cargo por cargo y si es por consenso se proclamara de inmediato.CAPITULO IX.- DE LA JURAMENTACIONART. 16.- una vez proclamada, el presidente del comit electoral juramentara a todos los miembros electos del comit ejecutivo regional con lo cual terminara el proceso electoral.

Chimbote, 21 marzo de 2015

Comit Electoral