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COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL SISTEMA DETELEVISION COMUNITARIA DE EL CARMEN DE VIBORAL VIBORAL TELEVISION ACUERDO No. 001 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA INSCRIPCION Y ELECCION DE DELEGADOS PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS DE LA COOPERATIVA VIBORAL TELEVISION. EL CONSEJO DE ADMINISTRACION EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y EN ESPECIAL DE LO ESTABLECIDO EN EL PARAGRAFO DEL ARTÍCULO 40 DE LOS ESTATUTOS. ACUERDA: ARTICULO 1º. Para efectos de la delegataria se tendrá en cuenta que por cada ciento veinte (120) asociados se elegirá un Delegado. Para Delegados suplentes se tomará el 20% de los Delegados principales. ARTICULO 2º. REQUISITOS: Para aspirar a ser Delegado debe estar asociado a la Cooperativa, como mínimo un (1) año, al momento de la inscripción, reunir conocimientos básicos de cooperativismo y estar a paz y salvo por todo concepto con la Cooperativa. ARTICULO 3º. INSCRIPCIONES: Las inscripciones para Delegados se llevarán a efecto del 15 al 30 de septiembre de 2013; éstas se realizarán en las oficinas de la cooperativa a través de las taquillas de atención al asociado. PARAGRAFO: Los empleados de la Cooperativa que sean asociados tendrán derecho a inscribir y elegir un Delegado. ARTICULO 4º. ELECCIONES: Habiendo sido inscritos un mínimo de setenta y dos (72) candidatos a DELEGADOS, numero suficiente para realizar la elección de sesenta (60) Delegados principales y doce (12) suplentes, la elección se realizará del 21 al 28 de octubre de 2013 con la participación directa de todos los asociados hábiles, cuyo

Reglamento de inscripcion y eleccion de delegados 2013

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Page 1: Reglamento de inscripcion y eleccion de delegados 2013

COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL SISTEMA DETELEVISION COMUNITARIA DE EL CARMEN DE VIBORAL

VIBORAL TELEVISION

ACUERDO No. 001

POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA INSCRIPCION Y ELECCION DE DELEGADOS PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS DE LA COOPERATIVA VIBORAL TELEVISION.

EL CONSEJO DE ADMINISTRACION EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y EN ESPECIAL DE LO ESTABLECIDO EN EL PARAGRAFO DEL ARTÍCULO 40 DE LOS ESTATUTOS.

ACUERDA:

ARTICULO 1º. Para efectos de la delegataria se tendrá en cuenta que por cada ciento veinte (120) asociados se elegirá un Delegado. Para Delegados suplentes se tomará el 20% de los Delegados principales.

ARTICULO 2º. REQUISITOS: Para aspirar a ser Delegado debe estar asociado a la Cooperativa, como mínimo un (1) año, al momento de la inscripción, reunir conocimientos básicos de cooperativismo y estar a paz y salvo por todo concepto con la Cooperativa.

ARTICULO 3º. INSCRIPCIONES: Las inscripciones para Delegados se llevarán a efecto del 15 al 30 de septiembre de 2013; éstas se realizarán en las oficinas de la cooperativa a través de las taquillas de atención al asociado.PARAGRAFO: Los empleados de la Cooperativa que sean asociados tendrán derecho a inscribir y elegir un Delegado.

ARTICULO 4º. ELECCIONES: Habiendo sido inscritos un mínimo de setenta y dos (72) candidatos a DELEGADOS, numero suficiente para realizar la elección de sesenta (60) Delegados principales y doce (12) suplentes, la elección se realizará del 21 al 28 de octubre de 2013 con la participación directa de todos los asociados hábiles, cuyo número asciende a 7.200 asociados según listados publicados y verificados por la Junta de Vigilancia y la Revisoría Fiscal. Los Delegados serán elegidos por el sistema de nominaciones, votando cada asociado hábil por el número y/o nombre de un (1) candidato; el periodo de los DELEGADOS será de tres (3) años.

Las elecciones se efectuarán en los siguientes horarios:

Octubre 21 al 28 inclusive; de lunes a viernes. Entre las 8:00 am y las 6:00p.m. En jornada continua.Sábado 26 de octubre Entre las 8:00 a.m. y la 1:30 p.m.Domingo 27 de octubre Entre las 9:00 a.m. y 12:00 m.Cada asociado hábil, deberá concurrir a las urnas ubicadas en las oficinas de la Cooperativa en los horarios establecidos anteriormente, identificándose con

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cedula de ciudadanía en forma adecuada y confrontar su nombre con el de los listados, diligenciando su voto en la papeleta proporcionada por los jurados de votación y votando por uno (1) de los candidatos que se encuentran debidamente registrados en la lista de postulados.

ARTICULO 5º. COMISION DE ESCRUTINIOS Y FUNCIONES: Las urnas se cerraran el día 28 de octubre de 2013 a las 6:00 P.M. Para la realización del escrutinio, al cierre de las urnas de votación, se ha designado una comisión de escrutinios conformada por el Revisor Fiscal y dos (2) miembros de la Junta de Vigilancia. Dicha comisión procederá a la apertura de las urnas y al conteo de los votos, acto en el cual podrán tener presencia en calidad de veedores, un máximo de doce (12) representantes de los candidatos a Delegados con previa inscripción ante la Junta de Vigilancia; los escrutinios se realizarán en las mismas oficinas de la Cooperativa; la comisión deberá elaborar el acta de escrutinios el mismo día y a la terminación del mismo. En el contenido del acta deberá constar:Nombre de la Cooperativa: actos que se hacen constar en el acta: fecha, hora y lugar del escrutinio; nombre de los asistentes por la comisión y los que representan a los candidatos en calidad de testigos o veedores; número total de votos depositados; número de votos nulos y en blanco; los nombres de todos los candidatos con su respectivo numero en la lista, numero de votos obtenidos por cada candidato; hora de terminación de los escrutinios firmas de todos los asistentes al escrutinio, encabezadas por las de los miembros de la comisión. Copias del acta deberán ser puestas en carteleras de la Cooperativa y a disposición de los candidatos elegidos y no elegidos.

ARTICULO 6º. INFORMACION Y CONVOCATORIA A LOS DELEGADOS: A partir del resultado del escrutinio y conocida el acta, se notificará a cada uno de los Delegados sobre su elección y sus responsabilidades como representantes de los Asociados de base. Todos los Delegados deberán participar en las actividades de capacitación e información que organice la Cooperativa, deberán conocer los estatutos en forma especial, así como el proyecto de reforma de los mismos si los hubiere, los estados financieros y demás informes que serán presentados a la Asamblea General de Delegados.

ARTICULO 7º. DEBERES, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS DELEGADOS: Los Delegados elegidos, son representantes no sólo de sus electores, sino de toda la base social de la Cooperativa, a nombre de la cual tomarán todas las decisiones que competen a la Asamblea General de Delegados con arreglo a los principios cooperativos, a los valores solidarios, a la legislación vigente y a los estatutos de la Cooperativa. Serán deberes y responsabilidades de los Delegados:1. Conocer e interpretar en forma adecuada el espíritu y las necesidades de la colectividad de asociados y usuarios, velando por el mejor desarrollo y el cumplimiento de los objetivos de la Cooperativa.2. Servir como puente de comunicación (vocero, orientador, canalizador de información, inquietudes, propuestas), entre los Asociados, la dirección y la administración de la Cooperativa y viceversa.3. Promover reuniones con los Asociados que representan con el fin de comunicar las decisiones de la Asamblea General de Delegados, así como la

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información sobre los servicios y programas de la organización, recogiendo las inquietudes de la base social y tramitándolas ante las instancias pertinentes.4. Defender el proyecto de la organización, del cooperativismo y de la economía solidaria en su conjunto, capacitándose primero en los programas formativos que se programen en la Cooperativa e investigando por su cuenta. Debe ser el multiplicador de la propuesta cooperativa y solidaria. 5. Debe ser un motivador de los servicios y las ventajas de la organización cooperativa, de los servicios de Viboral Televisión. Propiciando el acercamiento de la organización con la comunidad del entorno.6. Vivir y promover la cooperación, la ayuda mutua y la solidaridad, como valores que caracterizan un estilo de vida.7. Difundir el proyecto cooperativo de Viboral Televisión y el sentido asociativo cooperativo, trabajando porque todos los Asociados tengan sentido de pertenencia a partir del conocimiento de su organización, sus deberes y los estatutos donde se encuentra consignados.8. En relación con la toma de decisiones, los delegados deben participar con derecho a voz y voto en la Asamblea General de Delegados, para trazar las orientaciones generales y estratégicas de Viboral Televisión.9. Ejercer la democracia participativa, en representación de todos los Asociados deliberando y tomando las decisiones en la Asamblea General de Delegados, aprendiendo los procesos parlamentarios y utilizándolos en forma adecuada en la toma de decisiones.10. Tener disponibilidad para participar en forma activa en las actividades de formación, capacitación, información y en las reuniones a que sean citados.PARAGRAFO 1: Los Delegados Principales que no puedan asistir a la Asamblea General de Delegados, deberán informar por escrito sobre las razones de su inasistencia con 24 horas de anticipación a la realización de la Asamblea para la cual hayan sido convocados; si su ausencia se da por caso fortuito o razón de fuerza mayor no previsible, deberán informar por escrito sobre las razones que le impidieron asistir, dentro de las 24 horas siguientes a la realización de la reunión, a fin de que no le sean aplicadas las sanciones establecidas en las normas de la Cooperativa.PARAGRAFO 2: Los suplentes serán convocados a todas las reuniones,(asambleas, actividades de capacitación), para que estén siempre informados y dispuestos a reemplazar a los principales que no asistan; tendrán derecho a voz dentro de la reunión, pero no a voto, a no ser que estén actuando dentro ella en calidad de principales, de lo cual deberá quedar constancia en el acta, previo aviso a la mesa directiva de la Asamblea General de Delegados por parte de la Junta de Vigilancia desde el inicio de las deliberaciones.

ARTICULO 8º. PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.A los Delegados les está prohibido o les es incompatible: 1- Utilizar el nombre, la imagen, los bienes y recursos de la Cooperativa en su propio beneficio o en forma incorrecta.2- Promover o realizar acciones que vayan en contra de los principios y valores cooperativos y solidarios o en contra de la imagen y la integridad de la Cooperativa, sus Asociados, Directivos, Empleados y servicios.3. Los Delegados que sean empleados de la Cooperativa, no podrán ser elegidos como miembros de los organismos de dirección, control y vigilancia.

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4- Los Delegados que tengan parentescos hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil, y sean candidatos en forma simultanea para organismos de elección, deberán acordar cual o cuales de ellos renuncian a su postulación, a fin de que no se presenten obstáculos posteriores ni en la Asamblea General ni en el cumplimiento de los requisitos estatutarios y legales para ser miembros de los organismos de dirección, control y vigilancia.5- Los Delegados que sean elegidos y antes de la convocatoria a alguna reunión que con carácter de Asamblea General de Delegados, hayan incurrido en causales de inhabilidad, no podrán participar en la misma.ARTICULO 9. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Consejo de Administración de la Cooperativa en el Carmen de Viboral al primer (1) día del mes de agosto de 2013.

ALFREDO HENAO PATIÑO LEON ANTONIO GOMEZ GOMEZPresidente Secretario