5

Reglamento de Practicas

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Reglamento de Practicas

Citation preview

  • A i haber concluido satisfactoriamente el 6to ciclo o su equivalente m n i m o de 129 crditos aprobados, en cuyo caso el estudiante slo podr realizar un m x i m o de 300 horas y el resto lo comple ta r al concluir el 8vo ciclo.

    D E L A R E A L I Z A C I O N D E L A P R A C T I C A

    La realizacin de la prct ica pre profesional.se efectuar de la siguiente manera:

    Art Ia.- Los estudiantes que requieran acceder a las prcticas pre profesionales, debern presentar una solicitud dirigida al Director de la Escuela de Ingenier a de Sistemas, para que se le emita una Carta de Presentac in dirigida al encargado del rea en la empresa donde se efectuar la prctica.

    Art 8.- El estudiante que fue admitido en una empresa presentar el oficio que acredite dicha aceptacin. El nmero de horas para la prctica se c o m e n z a r a contar a partir de la fecha de Aceptac in por parte de la empresa.

    Art 9".- Los estudiantes que han sido admitidos en un centro de prticas debern presentar un Plan de Prct icas para su aprobacin y nombramiento de un docente asesor en el transcurso de los siguientes 15 das de haber sido admitidos.

    A r t 10.- El contenido de! Plan de Prct icas es el siguiente:

    a) Generalidades

    b) Formulac in del Problema

    e) Bibl iografas

    t) Presupuesto

    g) Cronograma de ejecucin

    Art 11".- La solicitud de aprobacin de prcticas podr ser presentado por un mx imo de 2 estudiantes.

    A r t 12.- El plan de prct icas ser revisado y evaluado por el docente Asesor, quien calificar dicho documento en un plazo .no mayor a 3 das calendarios, a partir del cul presentar los resultados con nota Aprobatoria o Desaprobatoria.

    c) Objetivos

    d) Metodologas

  • REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES

    Art 1".- Son requisitos indispensables para acceder a las prct icas pre profesionales en Ingeniera de Sistemas, los siguientes:

    Haber aprobado todas las asignaturas correspondientes a los ocho primeros ciclos acadmicos

    Haber acumulado como m n i m o 129 crditos del plan de estudios vigente.

    Haber sido aceptado en un Centro de Prct icas .

    D E L A P R A C T I C A P R E P R O F E S I O N A L

    Art 2.- La prctica pre profesional es el conjunto de experiencias que el estudiante deber realizar en una empresa pblica privada, en donde se apl icarn las metodologas especficas de la ingenier a de Sistemas.

    Art 3.- Son objetivos de las prct icas pre profesionales, las siguientes:

    Aplicar los conocimientos tericos y las habilidades y destrezas adquiridas en la solucin de problemas de la realidad en la que en el futuro el practicante trabajar como profesional. .

    Contribuir a travs de los practicantes, a la ejecucin de ios planes de desarrollo de la comunidad local, regional y nacional.

    Adquir ir experiencias de la realidad que puedan servir para mejorar el curriculo de la Escuela.

    Contribuir a la formacin integral del practicante mediante su part icipacin activa en la marcha de una comunidad.

    Estimular el trabajo interdisciplinario con profesionales de otras especialidades.

    Art 4.- La prctica pre profesional tendr una duracin de un m n i m o de 600 horas.

    Art 5".- Las prcticas pre profesionales se pueden realizar en las siguientes modalidades:

    A l haber concluido satisfactoriamente el 8vo ciclo de su plan de estudios vigente; en cuyo caso podr realizar hasta las 600 horas requeridas como mn imo .

  • \ A r t 13".- Los planes de prct icas que resultaran desaprobados sern devueltos con las observaciones correspondientes para que los estudiantes efecten las correcciones en un lapso no mayor de una semana.

    A r t 14.- S lo los planes de prct ica aprobados podrn ejecutarse.

    A r t 15".- Los estudiantes presentarn informes de avance de las prct icas segn el cronograma aprobado por el Asesor.

    A r t 16.- A l t rmino de la prctica pre profesional, los estudiantes presentarn el

    Informe Final, con el siguiente contenido:

    a) Presentacin

    b) int roduccin

    b . l Antecedentes

    b.2 Formulac in del problema

    b.3 Hiptesis

    b.4 Objetivos

    c) Materiales y m todos

    d) Discusin y Anl is is de resultados

    e) Conclusiones

    f) Sugerencias

    g) Bibliografa

    A r t 17".- De la Aprobac in de la Prct ica pre profesional

    a) El Asesor de la prct ica eva luar el informe final y presentar a la Direccin de la Escuela de Ingenier a de Sistemas un Acta.de Aprobac in indicando el total de horas acumulado en la prct ica pre profesional.

    b) Si el informe fue observado, el estudiante tendr una nueva oportunidad, que por nica vez se podr efectuar en un plazo no mayor a 2 semanas.

    c) Si en la segunda oportunidad, el estudiante no se presentara obtuviera nuevas observaciones, tendr que buscar una nueva prctica iniciar el proceso desde el principio, en el p rx imo semestre.

  • Art 18.- De la As ignac in de los Centros de prct icas

    a) La Direccin de la Escuela de ingeniera de Sistemas es tablecer convenios con Instituciones y/o empresas, con el objeto de lograr centros de prct icas para los estudiantes.

    b) Un mes antes de la iniciacin de las prct icas pre profesionales, la Escuela tendr un listado de las vacantes requeridas.

    c) La asignacin de centros de prcticas se har por orden de mri to , segn promedio ponderado.

    d) Los alumnos que no alcanzaran las plazas para la real izacin de sus prcticas podrn conseguir sus centros de prct icas por gest in personal.