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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Encargada de Convivencia Escolar ESCUELA RÍO QUILLEM GALVARINO, 2018 - 2019

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR · Art.1 El presente Reglamento de Convivencia unaEscolar es herramienta dinámica, elaborada y consensuada con la c omunidad educativa,

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

E n c a r g a d a d e C o n v i v e n c i a E s c o l a r

ESCUELA RÍO QUILLEM GALVARINO, 2018 - 2019

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Reglamento interno de Convivencia Escolar Escuela Río Quillem: “Todos hacemos la convivencia”

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INDICE

I. Antecedentes Generales ………………………………………………………………………………………………………Pag.3-4 II. Bases Normativas …………..…………………………………………………………………………............................Pag.4-5 III. Promoción, Publicación y Modificación del Manual y sus Protocolos…….……………………………..Pag.5-6 IV. Normativa Interna………………………………………………………………………………………………………………Pag.6-10 V. Conceptos Contemplados para la Comprensión de este Manual de Convivencia……………..Pag.10-13 VI. Del Funcionamiento de la Convivencia Escolar ……………………………..……………........................Pag.13-14 VII. Derechos y Deberes de los/las Estudiantes.…………………………………………...............................Pag.14-15 VIII. De los Derechos y Deberes de los Padres/Madres y Apoderados/as………………………………….….Pag.16 IX. Deberes y Derechos de los Adultos Pertenecientes a la Comunidad Educativa……………………….Pag.17 X. De las Conductas Destacadas Respecto a los Principios de este Reglamento…………………….Pag.17-18 XI. Falta y Graduación…………………………………………………………………………………………………………….Pag.18-22

a)Circunstancias Atenuantes y Agravantes………………………………………………………………………..Pag.18-19 b)Faltas Leves……………………………………………………………………………………………………………………Pag.19-20 c)Faltas Graves………………………………………………………………………………………………………………….Pag.20-21 d)Faltas Gravísimas…………………………………………………………………………………………………………..Pag.21-22

XII. Medidas Pedagógicas o Formativas ……………………..………………………………………………………….Pag.23-24 XIII. Medidas Disciplinarias …………………………………………………………...............................................Pag.24-27 XIV. Conductos Regulares………………………………………………………………………………………………………..Pag.27-28 XV. Activación de Protocolos ante Violencia Escolar ……………………………………………………………....Pag.28-33

a) Activación de Protocolo ante Violencia Escolar entre Pares…………………………………….....Pag.28-29 b) Activación de Protocolo ante Acoso Escolar………………………………………………………………..Pag.29-30 c) Activación de Protocolo ante Violencia o Acoso Ejercida desde un Funcionario de la Comunidad

Educativa hacia un Estudiante………………………………………………………………………………………….Pag.31 d) Activación de Protocolo ante Violencia Ejercida desde un Estudiante de la Comunidad Educativa

hacia un Funcionario……………………………………………………………………………………….………… pag.31-32 e) Activación de Protocolo ante Violencia Escolar Ejercida desde un Adulto (no Funcionario) de la

Comunidad Educativa hacia un Estudiante……………………………………………………………………….Pag.32 f) Activación de Protocolo ante Violencia Escolar Ejercida entre Adultos de la Comunidad

Educativa……………………………………………………………………………………………………………………Pag.32-33 XVI. Protocolos de Acción en Caso de Abuso y/o Violencia Sexual……………………………………….….Pag.33-38 XVII. Protocolo ante Sospecha o Situaciones de Maltrato Físico, Emocional, Negligencia, Abandono u Otro

Tipo de Vulneración de Derecho……………………………………………………………………………………Pag.38 XVIII. Protocolo de derivación en caso de delito………………………………………………………………………..Pag.38-40 XIX. Anexo I: Flujograma de Protocolos………………………………………………………………………………….…Pag.40-47 XX. Anexos: Funciones de los Miembros de la Comunidad Educativa……………………..………………Pag.48-78

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I. Antecedentes Generales

Art.1 El presente Reglamento de Convivencia Escolar es una herramienta dinámica, elaborada y

consensuada con la comunidad educativa, considerando el Proyecto Educativo Institucional de nuestro

establecimiento, las Políticas Educacionales y la Legislación vigente del Ministerio de Educación.

Art.2 La fundamentación de este manual se basa en principios rectores insertos en la Política Nacional

de Convivencia Escolar.

Se entiende por Convivencia Escolar desde un enfoque formativo, comprender

que las interrelaciones en una comunidad educativa constituye una importante oportunidad de

aprendizaje, tanto en la sana convivencia como en los conflictos y su respectiva resolución. Además,

Incorpora la visión de cada uno de los miembro de la comunidad educativa, asimismo declaramos que

nuestros estudiantes son sujeto de derecho, es decir un ser humano/a único/a y valioso del que debe

buscarse su máximo desarrollo potencial. De este modo, por medio de sus vivencias al vincularse con

otros, los/las estudiantes pueden comprender, resignificar y ejercitar su ciudadanía.

Busca ser un documento de Gestión Institucional que favorezca la planificación, desarrollo y

evaluación de acciones coordinadas que instalen, mejoren, promuevan y/o desarrollen interrelaciones

armónicas dentro de la Comunidad Escolar. Intencionando que dichas interrelaciones reconozcan y

valoren la riqueza de la diversidad y la oportunidad de aprendizajes que ello genera. Además se fijan

las normas de funcionamiento y se informan los procedimientos del establecimiento, permitiendo que

los integrantes de la comunidad educativa tengan claridad sobre sus derechos, deberes, funciones y la

conducta que se espera de ellos.

Comprendiendo que la dinámica de las interrelaciones se ve afectada por elementos sociales,

culturales y territoriales. Desde ahí, la importancia del enfoque de Gestión Territorial, que reconoce

como fundamental enriquecer el aprendizaje de nuestros/as niños/as con el conocimiento que ya

existe en los territorios y relevar los saberes de las propias comunidades.

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La comuna de Galvarino tiene la singularidad de un fuerte contexto intercultural, en donde

convergen miradas mapuche y no mapuche. El presente reglamento recoge el Conocimiento Mapuche

(Mapuche Kimün) vinculado, para potenciar la Convivencia Escolar.

Así también, este instrumento de gestión busca reconocer la necesidad de la promoción de un

ambiente basado en enfoques de derechos, fortaleciendo un clima inclusivo, tolerante, intercultural y

solidario que fomente en nuestros niños y niñas la adquisición de herramientas para la resolución de

sus conflictos, y que estas perduren en las diferentes etapas de su desarrollo personal.

Finalmente la escuela básica Rio Quillem de la Comuna de Galvarino se plantea como desafío

la promoción de valores, conductas y actitudes de convivir no violentas; solidarias, responsables,

tolerantes, colaborativas y participativas, contribuyendo así a una sociedad que aspira a vivir los

valores de la democracia, de la paz y del respeto por los otros. Establecida la importancia de la

Convivencia Escolar y conforme con la Política Nacional del Ministerio de Educación, se ha elaborado

el siguiente Manual de Convivencia Escolar que nos guiara durante el presente año 2018.

II. Bases Normativas sobre las que se Construye este Instrumento

Art. 3 La política del presente Reglamento, se fundamenta en un conjunto de normas y principios

legales vigentes en la República de Chile, entre las que destacan como importantes las siguientes:

1. Constitución Política de la República de Chile.

2. Ley General de Educación n° 20.370-2009 (en adelante LGE) y sus modificaciones.

3. Estatuto docente N° 19.070 de 1991 y sus modificaciones.

4. Código del Trabajo D.F.L. N°1 de 1994 y sus modificaciones.

5. Ley J.E.C.D. N° 19.979

6. Ley 19.532 sobre modificaciones a la Ley de Jornada Escolar Completa y otros textos legales.

7. Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente.

8. Reglamento tipo de Convivencia Escolar, Ministerio de educación 2010.

9. Declaración Universal de los Derechos Humanos.

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10. Convención sobre los Derechos de los Niños.

11. Ley 20.536 sobre Violencia Escolar.

12. Modificaciones en la ley 20.529, que establece el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de

la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

13. Ley 18.962, que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad y el

Reglamento n°79 que reglamentó el inciso tercero del artículo 2° de la Ley n° 18.962

14. Ley N° 20.845, 2016 del Ministerio de Educación, denominada “Ley de Inclusión”.

15. Decreto N° 506/2016. Ministerio de Educación que modifica decreto supremo N° 315, DE

2010. reglamento de centros general de apoderadas/os

16. Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento.

III. Promoción, Publicación y Modificación del Manual y sus Protocolos

Art. 4 El presente documento con sus respectivos protocolos se encontrarán disponible en su totalidad

en la página web del establecimiento www.escuelarioquillem.cl

Al inicio de cada año o durante el proceso de matrícula, se entregará por escrito a los

apoderados/as un resumen del Reglamento de Convivencia Escolar actualizado y de los protocolos que

indican a quien acudir en caso de detectar violencia y acoso escolar. Dicha comunicación incorporará

una colilla que debe ser firmada por los padres o apoderados del estudiante, se debe mantener el

registro de la colilla firmada por parte del apoderado.

En secretaría y biblioteca (CRA) del establecimiento se contará con una copia del reglamento

de convivencia Escolar, para apoderados/as y/o estudiantes que requieran consultar este instrumento.

Tanto el manual como sus protocolos serán promocionados en reuniones de apoderados a

comienzo de cada año escolar.

Entre los meses de marzo y abril se expondrán extractos del presente documento en lugares

visibles la escuela.

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La modificación del presente Reglamento se podrá generar de manera participa considerando

al consejo escolar o un diagnóstico base en función de nuevas necesidades detectadas en

conjunto con la Comunidad Educativa.

IV. Normativa interna:

a) Puntualidad

- El inicio de clases de lunes a viernes será a las 08:30 Horas, por lo tanto, los estudiantes deberán

estar antes de la hora señalada dentro del establecimiento.

- Los estudiantes que ingresen al establecimiento luego de este horario, serán registrados en

inspectoría general, éstos ingresarán al aula con autorización escrita emanada de Inspectoría

General. Cabe señalar que de ningún modo se podrá devolver al estudiante a su hogar en caso

de atraso.

b) Horario :

Cuadro de distribución horaria de Educación Básica

Bloque de actividades Hora Inicio Hora término

1° Hora de clases 08:30 09:15

2° Hora de clases 09:15 10:00

Recreo 10:00 10:20

3° Hora de clases 10:20 11:05

4° Hora de clases 11:05 11:50

Recreo 11:50 12:00

5° Hora de clases 12:00 12:45

6° Hora de clases 12:45 13:30

Almuerzo 13:30 14:45

7° Hora de clases 14:45 15:30

8° Hora de clases 15:30 16:15

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Cabe señalar que el cuadro anterior registra las actividades de lunes a jueves, el día viernes el término

de la jornada será a las 13:30 Horas.

Cuadro horario de Pre Básica

Curso Hora de entrada Hora de salida

Kínder 08:30 12:30

Pre kínder 08:30 12:30

c) Asistencia

- Es un deber de los estudiantes asistir (puntualmente) a todas las clases y a las actividades

pedagógicas programadas por el establecimiento (igualmente después de los recreos y

cambios de horas).

- Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado en

inspectoría general a no más de 48 horas o a través de la agenda.

- Se permite justificar las inasistencias en la agenda cuando la inasistencia es de 1 a 2 días.

Si la ausencia fuese de tres o más días, o cuando está establecido la aplicación de una

evaluación, el apoderado deberá acercarse a Inspectoría, para informar el motivo de la

inasistencia y hacer llegar el certificado médico cuando corresponda, en un plazo máximo

de 48 horas.

- Inspectoría no atenderá público en horarios de recreos y colación, momentos en que su

función es exclusivamente de resguardo y seguridad de los estudiantes.

- Se debe justificar en Inspectoría al día siguiente su inasistencia tanto a reuniones de

subcentro como de Centro General de Padres.

- En caso de hospitalización de los estudiantes, su apoderado deberá comunicar la situación

a la escuela dentro de las primeras 48 horas y presentar el correspondiente certificado

de salud una vez dado de alta.

- No se aceptarán certificados médicos fuera de los plazos establecidos.

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d) Retiros en Hora de Clases

En casos excepcionales se autorizará la salida del establecimiento de un estudiante antes del

término de la jornada y solo en presencia de su apoderado titular o suplente, con el siguiente

protocolo:

- El apoderado (personalmente o apoderado suplente) solicita el retiro de su estudiante en

Inspectoría General.

- En caso excepcional se aceptará el retiro de un tercero, pero se debe enviar una autorización

o notificar por teléfono.

- El inspector verifica si existe una evaluación programada para ese día, en cuyo caso no se

autorizará la salida, con excepción de fuerza mayor, lo cual será evaluado por el inspector

general.

- Se registrará en el libro de salidas: La fecha, el nombre del estudiante, curso, la hora, el

motivo y la firma del apoderado.

- Los estudiantes que deban salir de la escuela a una actividad en representación del

establecimiento (pedagógica, cultural, deportiva u otros), deberán presentar una

autorización firmada por su apoderado, la que permanecerá en Inspectoría General. El

inspector comunicará al profesor que corresponda la situación del estudiante, para el normal

registro de asistencia.

e ) Uniforme y Presentación Personal

Los estudiantes que asistan a clases regulares en la escuela Río Quillem, considerando que más

de un 80% pertenecen a la categoría de alumnos prioritarios, se sugiere que si tienen el uniforme,

usarlo diariamente, incluido el equipo de educación física. De no ser posible, debe presentarse limpio/a

y ordenado/a. Se sugiere el siguiente uniforme:

Mujeres:

- Polera institucional.

- Falda institucional o pantalón azul.

- Zapatos negros.

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- Pantys o calcetas plomas.

- Parka azul.

- Las mujeres que usan su cabello largo deben llevarlo ordenado y/o atado.

- Ausencia de todo maquillaje y joyas.

- Usar las uñas cortas, limpias y sin pintar. Se permite el uso de esmalte transparente en las uñas.

- Ausencia de todo tatuaje o piercing.

Hombres:

- Polera institucional.

- Pantalón color gris.

- Usar las uñas cortas y limpias.

- Zapatos negros.

- Parka Azul.

- Cabello limpio y corte escolar.

- Ausencia de todo tatuaje o piercing.

Importante:

- Los estudiantes de la escuela asistirán a clases de educación física o cualquier actividad de esta

índole con el buzo Institucional u otro y zapatillas.

- Durante el invierno se puede usar gorro, bufanda y guantes, siempre y cuando éstos no

presenten otras combinaciones de colores. Su uso se limitará a lugares abiertos.

- Ningún estudiante debe presentarse elementos de valor como celulares u otros equipos

tecnológicos. La pérdida o deterioro de estos elementos u otros que no correspondan al

uniforme o que no hayan sido solicitados por los docentes, no son responsabilidad del

establecimiento.

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V. Conceptos Contemplados para la Comprensión de este Manual de Convivencia

Art. 5 El presente Manual de Convivencia es comprendido como un conjunto de normas y disposiciones

que regulan la convivencia armónica dentro de la comunidad educativa. Cada persona que pertenezca

a la comunidad, independiente de su edad, rol y función debe adscribirse a los principios de esta

normativa.

El rol de los adultos desde esta mirada, apunta a que por medio de su comportamiento modelan

y forman la conducta de nuestros estudiantes.

Convivencia Escolar

Art. 6 Comprenderemos la Convivencia Escolar como la capacidad que tienen las personas de vivir con

otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación

armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

La convivencia es un aprendizaje, se enseña y se aprende y se ve expresada en distintos

espacios formativos.

Clima Escolar

Art. 7 El clima se vincula al cómo percibimos la existencia de un ambiente de respeto, organizado y

seguro en el establecimiento educativo, y desde ahí se relaciona con las actitudes que tienen los

actores de la comunidad educativa respecto de este ambiente.

Comunidad Educativa

Art. 8 Comprenderemos la comunidad educativa como aquella constituida por los diferentes actores

de la escuela (estudiantes, profesores, apoderados, directivos, asistente de la educación, educadores

tradicionales).

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Acoso Escolar

Art.9 Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión de agresión u hostigamiento reiterado,

realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o

colectiva, atenten en contra de otro/a estudiante, valiéndose para ello de una situación de

superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en éste último, maltrato,

humillación o fundado temor de verse expuesto a una situación de carácter grave, ya sea por medios

tecnológicos o cualquier otro, tomando en cuenta su edad y condición. Este acoso podrá darse de

manera directa entre estudiantes o de manera digital.

Violencia Escolar

Art.10 Este concepto incorpora todo tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier

medio, en contra de un/a estudiante o un integrante de la comunidad educativa, realizada por otro

miembro de la comunidad. Entre otras se puede encontrar:

- Proferir insultos, gestos groseros, ofensivos y discriminatorios

- Agredir físicamente o ejercer violencia física.

- Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

- Amenazar, atacar, injuriar o exhibir imágenes sin autorización que puedan afectar la integrante

de cualquier miembro de la comunidad educativa a través de redes sociales, videos,

fotografías, teléfonos u otro medio virtual o electrónico. Así mismo, si por dichas plataforma se

exhiba, trasmitan o difundan conductas de maltrato escolar.

- Cabe destacar que en este elemento también se incorpora la violencia de adultos ejercida hacia

estudiantes de la comunidad escolar, pudiendo ser esta violencia de carácter físico, psicológico

y sexual, tanto de manera directa como por medio de redes sociales.

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Maltrato Infantil:

Art. 11 Se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye

todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación

comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño,

o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o

poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato

infantil. Se puede clasificar principalmente en cuatro tipos:

a) Maltrato Físico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o

cuidadores/as que puede o no tener como resultado una lesión física o sea causal de

enfermedad en el niño/a o lo ponga en grave riesgo de padecerla, producto de un castigo único

o repetido, con magnitudes y características variables.

b) Maltrato Emocional: Consiste en la hostilidad hacia el niño o niña manifestada por ofensas

verbales habituales por medio de insultos, descalificaciones, críticas constantes,

ridiculizaciones, aislamiento, rechazo o indiferencia emocional y afectivo explícito o implícito.

También se puede incluir la falta de cuidados básicos, ser testigo de violencia, discriminación

sufrida en razón de raza, sexo, características físicas, capacidad mental.

c) Maltrato por Abandono o Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por

parte de quienes tienen el deber de hacerlo y las condiciones para ello. El cuidado infantil

implica satisfacer diversos ámbitos como son el afecto, la alimentación, la estimulación, la

educación, la recreación, la salud, el aseo, etc.

d) Abuso Sexual: El Abuso Sexual Infantil es el contacto o interacción entre un niño/a con un

adulto, en el cual el menor es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser

actos cometidos con niños/as del mismo o diferente sexo del agresor. Es un delito y se castiga

por la ley, ya que viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial cuando son

niños o niñas. Incluye la explotación sexual y la pornografía infantil.

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VI. Del Funcionamiento de la Convivencia Escolar

Encargado de Convivencia Escolar

Art. 12 El/la encargado/o de convivencia, será la responsable de la implementación de un Plan de

Gestión de la Convivencia Escolar y del seguimiento de las acciones planteadas en dicho plan.

Hará seguimiento pedagógico que determine con el Equipo de convivencia escolar para

enfrentar situaciones de violencia.

Fortalecerá acciones que visibilicen el ámbito de la convivencia escolar dentro y fuera de las

aulas.

Consejo Escolar

Art.13 Instancia en la cual docentes, estudiantes, asistentes de la educación, directivos, representante

del DAEM y centro de padres/madres y apoderados/as, a través de sus representantes participan, se

informan, proponen y opinan sobre materias relevantes para el mejoramiento de la calidad de la

educación en nuestra institución.

Su funcionamiento requiere al menos 4 sesiones en el año. En la primera sesión se definirá si

será informativo, consultivo, propositivo o resolutivo. Desde este consejo se fortalecerá el plan de

gestión en convivencia escolar, pudiendo favorecerá el desarrollo de un autodiagnóstico que le

permita establecer a la comunidad cuáles son sus necesidades y prioridades en relación a la

convivencia escolar.

Plan de Gestión

Art. 14 Es el plan generado con el apoyo del consejo escolar y cuyo responsable de velar por su

cumplimiento es el/la encargado/a de convivencia escolar.

El plan contendrá las iniciativas anuales de la comunidad para promover la convivencia y

prevenir la violencia escolar.

Se encontrará por escrito en la oficina de el/la encargado/a de Convivencia Escolar, quien se

encargará de su divulgación a todos los actores de la comunidad.

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Equipo de Convivencia Escolar

Art.15 Equipo constituido por el cuerpo directivo, un/a representante de los asistentes de educación,

del programa de integración escolar y de los docentes por ciclo y pre-Básica. Tiene por finalidad

trabajar de manera conjunta los protocolos de convivencia activos, detectar posibles problemáticas e

intentar abordarlas según los principios del presente manual y sus lineamientos.

VII. Derechos y Deberes de los Estudiantes

Art. 16 Según la ley general de educación en el Art.10. Los derechos de los y las estudiantes son los

siguientes:

a) Los/las estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para

su formación y desarrollo integral.

b) Los/las estudiantes tiene derecho a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de

tener necesidades educativas especiales.

c) Los/las estudiantes tiene derecho a no ser discriminados arbitrariamente.

d) Los/las estudiantes tienen derecho a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a

expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se

respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas, ideológicas y

culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.

e) Los/las estudiantes de igual modo (de manera directa o por intermedio de sus tutores) tienen

derecho a ser informados de las pautas evaluativas, a ser evaluados y promovidos de acuerdo

a un sistema objetivo y trasparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a

participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y asociarse entre ellos.

Art. 17 Según la ley general de educación en el Art.10. Los deberes de los y las estudiantes son los

siguientes;

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a) Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad

educativa.

b) Asistir a clases.

c) Esforzarse por alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades.

d) Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.

e) Cuidar la infraestructura educacional.

f) Respetar el proyecto educativo y el Manual de Convivencia de cada establecimiento.

g) No ingresar al colegio objetos cortos punzantes, armas de fuego o de fantasía u otro objeto

ajeno al quehacer educacional, que pueda generar daño o poner en riesgo la integridad física

o psíquica de personas.

VIII. De los Derechos y Deberes de los/las Padres/Madres y Apoderados/as

Art. 18 Son derechos de padres/madres y apoderados/as:

a) Participar activamente en el proceso de aprendizaje de su hijo o hija.

b) Recibir información sobre el desarrollo del proceso educativo de su hijo/hija.

c) Recibir un trato respetuoso por parte de todos los integrantes de la unidad educativa.

Art. 19 Son deberes de los padres/madres y apoderados/as:

a) Educar a sus hijos/as e informar sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del

establecimiento.

b) Procurar potenciar el máximo desarrollo en sus hijos, apoyando su proceso educacional y

fortalecer el cumplimiento a la normativa del establecimiento.

c) Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.

d) Respetar la normativa interna del colegio y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la

comunidad educativa.

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En caso de incumplimiento de los deberes del/la apoderado/a señalados la Dirección y/o

Encargado/a de Convivencia escolar del establecimiento podrá convocar a los tutores del niño/a

requiriéndoles a ser parte activa del proceso educativo y alinearse con el proyecto institucional,

estableciendo compromisos en función del bien superior del niño/a.

En caso de incumplimiento de esta medida el establecimiento deberá establecer si existe

posible vulneración de derechos, caso en que se derivará a instituciones externas.

Cuando el apoderado infrinja gravemente el reglamento de convivencia escolar, el

establecimiento puede solicitar cambio de apoderado, en función de restablecer la convivencia

armónica y resguardar tanto el bienestar físico como emocional de los miembros de la comunidad.

Dicha medida corresponde a Dirección del establecimiento.

IX. Deberes y Derechos de los Adultos Pertenecientes a la Comunidad Educativa

Art. 20

a) Recibir un trato digno y respetuosos de los/las estudiantes y de otros adultos de la comunidad

educativa.

b) Informar a las autoridades pertinentes (dentro de la escuela u organismos externos) de la

posibilidad de vulneración de derechos de un/a estudiante o de situaciones de riesgo a su

seguridad física o psíquica.

c) Otorgar un trato digno y respetuoso tanto a niños/niñas y otros adultos de la comunidad

educativa.

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X. De las Conductas Destacadas Respecto a los Principios de este Reglamento

Art.21 Se reconocerá públicamente a quienes se destaquen por la práctica de los valores y principios

que promueve nuestro Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento de Convivencia Escolar. Es

por esto, que como escuela hacemos declaración de intenciones en favor de la relevancia que damos

a nuestros/as estudiantes que destaquen, por convertir acciones cotidianas en aspectos que

favorezcan la armonía y disciplina. Los/las estudiantes serán destacados con acciones concretas tales

como:

Acción Reconocimientos Responsables

Atender a un compañero

accidentado.

-Felicitación verbal.

-Felicitación escrita en

libro de clases.

-Comunicación escrita de

felicitación a su

apoderado.

-Reconocimiento público

institucional por su

destacada conducta

valórica.

Profesor jefe- Inspectores

Facilitar cuadernos a un

compañero ausente por

enfermedad

Profesor jefe - Inspectores

Desarrollar trabajo como

monitor en el curso

Profesor jefe

Devolver dinero/objetos

encontrado al interior de la

escuela a inspectoría general.

Inspector general

Realizar trabajos en beneficio

de toda la comunidad

Director-Jefa UTP-Encargada de

convivencia escolar

Mejor asistencia anual (100 %

de asistencia).

Director- Inspector general

Estudiante integral Docentes

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XI. Falta y graduación

Art.22 El presente Reglamento comprende como falta, todo comportamiento que vaya en contra los

principios establecidos por este instrumento, afectando tanto a la persona que exhibe la conducta

inadecuada como a cualquier miembro de la comunidad educativa, perturbando la convivencia

armónica dentro de los miembros de la comunidad.

Art.23 Sin desmedro de lo anterior, el/la Encargado/a de Convivencia Escolar, el equipo de convivencia

escolar y el consejo de profesores podrán evaluar medidas pedagógicas, formativas o disciplinarias en

función del contexto en que se da la falta, considerando circunstancias atenuantes y agravantes:

Circunstancias atenuantes:

a) Desarrollo evolutivo inicial de los/las niños/as.

b) Que la falta se de en contexto de crisis emocional.

c) Que la falta se asocie a elementos diagnóstico de el/la niño/a, los que influyan directamente

en su conducta.

d) Haber observado buen comportamiento anterior.

Ante este tipo de situaciones, las medidas implicarán la búsqueda de apoyos al niño/a y su

familia, pudiendo establecer compromisos en búsqueda de la disminución gradual de la conducta

inapropiada.

Circunstancias Agravantes

a) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión y daño causado por factores como: La

pluralidad y grado de responsabilidad de los/las agresores/as; el carácter vejatorio o humillante

del maltrato.

b) Representatividad de el/la estudiante ante la comunidad educativa.

c) Haber actuado con premeditación.

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d) Repetición de una conducta negativa en particular, a pesar de la implementación de medidas

destinadas a incitar en el/la estudiante la reflexión y con un carácter educativo, enfatizando lo

que se espera de él/ella, el significado o importancia del valor trasgredido.

e) Haber aprovechado condiciones de debilidad de otros/as para cometer el hecho.

La graduación de las faltas respecto a elementos abordados en este manual serán las siguientes:

Art.24 Faltas leves: Se considerarán faltas leves, aquella que afecten la armonía del desarrollo de las

clases o actividades pedagógicas alterando el clima del aula, sin que ello genere un daño físico o

psicológico a miembros de la comunidad educativa.

Constituyen faltas leves especialmente las siguientes conductas:

a) No respetar las normas de la clase.

b) Excluirse de trabajos en equipo o de manera colaborativa

c) Incumplimiento de responsabilidades afectando el aprendizaje del grupo o del propio

aprendizaje.

d) Impedir o amedrentar la expresión de opinión de otros en espacios de clases, por medio de

risas o interrupciones.

e) Afectar el desarrollo de la clase, llegando atrasado o retirándose sin autorización del docente.

f) Promover desorden en la formación durante los actos cívicos o actividades extracurriculares.

g) Botar papeles y desperdicios en los lugares de uso común, y toda acción que vaya en contra de

la limpieza y decoro de las salas de clases e instalaciones de la escuela.

h) Utilizar celulares, notebooks, tablet u otros medios tecnológicos durante las clases, sin fines

pedagógicos.

i) Ausentarse de clases y no presentar justificativo médico o presencial de inasistencia.

j) Devolver fuera de plazo materiales, útiles, libros, equipos, etc. solicitados al establecimiento.

k) No presentarse a una evaluación escrita avisada con anterioridad y sin justificación médica.

l) Tener actitudes y/o demostraciones de relaciones sentimentales durante la jornada escolar.

m) Ventas comerciales para beneficio personal.

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Art.25 Faltas graves: Se entenderá como graves aquellas conductas que atenten contra los valores

fundamentales propiciados por la comunidad. Con dicha acción, se merma la integridad psicológica de

otro miembro de la comunidad educativa, se daña la convivencia armónica del grupo o afecta el bien

común.

Las siguientes conductas se tipificaran como faltas graves:

a) La reiteración de cualquier falta leve. (Más de tres veces en un mismo semestre).

b) Utilizar un lenguaje irrespetuoso hacia otro/a, ya sea de manera verbal, gestual o escrita con

carácter soez o con intención de humillar y denostar.

c) Faltar a la verdad, afectando con ello el clima del curso, iniciar rumores infundados que afecten

la honra de miembros de la comunidad, escritos o electrónicos.

d) Dañar intencionalmente el entorno en donde se emplaza el establecimiento y/o su inmobiliario.

e) Promover intencionadamente la no participación en actividades grupales de carácter

pedagógico o impedir que otro participe sin justificación con el docente.

f) Emitir expresiones discriminatorias hacia miembro de la comunidad por creencias, capacidades

diferentes, pertenencia étnica y orientación sexual o género.

g) Retirarse del establecimiento sin autorización.

h) Copiar o falsificar instrumentos de evaluación, afectando su propia valoración de aprendizaje.

i) Presentar un comportamiento inadecuado cuando se representa a la escuela en lugares y

ocasiones eventuales.

j) Cometer hurto o daño a los bienes o materiales de la escuela o de los miembros que se

encuentran en ella (estudiantes, profesores, auxiliares, directivos, entre otros).

Art.26 Faltas Gravísimas: Se entiende por faltas gravísimas al manual, aquellas que ponen en riesgo la

integridad física y/o psicológica de los integrantes de la comunidad y las conductas tipificadas como

delito.

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Las siguientes conductas se tipificaran como faltas gravísimas:

a) Reiteración de una falta grave (Más de tres veces en un mismo semestre).

b) Acoso Escolar: Tal como define en Art.9 se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión

de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento

educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro/a

estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión de él o la

estudiante afectado/a, que provoque en éste último/a, maltrato, humillación o fundado temor

de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro

medio, tomando en cuenta su edad y condición. Este acoso podrá darse de manera directa

entre estudiantes o de manera digital.

c) Violencia o maltrato escolar grave: Tal como hace mención el Art. 10 del presente manual, se

entenderá por violencia o maltrato, toda violencia física o psicológica, cometida por cualquier

medio, en contra de un/a estudiante o un/a integrante de la comunidad educativa, realizada

por otro miembro de la comunidad, generando daño físico o psicológico a quien ha sido

agredido.

- En esta tipificación se encuentran actos de discriminación o chantaje que busquen inducir a

situaciones de riesgo y autolesión, ejercer violencia física, realizar acoso o ataques de

connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

- Exhibir imágenes que puedan afectar la honra de las personas sin autorización de cualquier

integrante de la comunidad educativa a través de las redes sociales, videos, fotografías,

teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Así mismo, si por dichas

plataforma se exhiba, transmita o difunda conductas de maltrato escolar.

d) Portar y consumir estupefacientes en el contexto escolar. Se considera falta gravísima ingresar

drogas o alcohol al establecimiento educacional y/o su consumo.

e) Almacenar y/o divulgar pornografía infantil. Se considera una falta grave el poseer imágenes

con contenido sexual de menores de edad.

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f) Mantener una actitud permanente de riesgo que afecte la integridad física, personal y grupal

en actividades pedagógicas, dentro y fuera del establecimiento, incumpliendo la normativa o

instrucciones entregadas.

g) Facilitar o portar objetos corto punzantes, armas de fuego o de fantasía u otro objeto ajeno al

quehacer pedagógico que pueda generar daño o poner en riesgo la integridad física o psíquica

de personas.

h) Maltratar o ejercer violencia en cualquiera de sus formas al personal del establecimiento

educacional.

Se debe tener presente que el listado anterior constituye una referencia que nunca podrá

cubrir todas las posibles trasgresiones ni sus características particulares. La gravedad de toda otra

trasgresión no especificada en el mismo será determinada de acuerdo a los criterios definidos en el

presente documento.

XII. Medidas Pedagógicas o Formativas

El establecimiento visibiliza el conflicto o la falta de la normativa como una oportunidad de

aprendizaje. En ella hay que orientar al estudiante en función de ponerse en el lugar del otro/a y en

cómo, su conducta, puede afectar incrementando la problemática inicial. Busca que luego de vivido el

conflicto el estudiante posea mayores herramientas que antes de vivenciarlo.

Art.27 La medidas pedagógicas o formativas, tienen por fin, que el/la estudiante logre reflexionar sobre

su quehacer y, en función de ello, busque reparar el daño causado. Si bien esto puede ser mediado por

un adulto, debe nacer desde el propio estudiante, definir si está dispuesto/a a buscar una medida que

repare el daño, sin que ello implique necesariamente la extensión de una medida disciplinaria.

Art.28 Las medidas pedagógicas estarán mediadas por el/la estudiante y el/la docente y/o encargada

de Convivencia Escolar, considerando la edad del niño y sus competencias.

Art.29 Toda medida implementada no debe afectar la honra o dignidad de las/los estudiantes.

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Art.30 Las medidas pedagógicas deben estar en conocimiento de los padres. Esto puede hacerse por

escrito vía agenda o por entrevista personal.

Art.31 Las medidas reparatorias, pueden ser co-construida con el/la mismo/a estudiante, si estas

reparan directamente el daño. Sin desmedro de lo anterior, se consideran medidas formativas en este

manual las siguientes:

a) Diálogo Pedagógico/Formativo: en donde el adulto busca generar diálogo con el/la estudiante,

invitándolo/a a ponerse en la perspectiva del otro. Este dialogo se puede generar tanto

individualmente, como con un grupo de estudiantes debiendo en este último caso, garantizarse

escuchar la perspectiva de cada uno de ellos.

b) Firma de Compromiso: Se insta a la reflexión al estudiante de su conducta y falta cometida, en

donde el estudiante se pueda comprometer por escrito al cambio de esta conducta y

comprometer a no repetir la falta.

c) Actividad Pedagógica/Formativa: Actividad de apoyo hacia estudiante de niveles inferiores, en

donde el/la infractor/a expone la problemática asociada a la infracción y él/ella cómo los

niños/as puedan evitar vivenciar lo mismo. Ello tiene como restricción la aceptación del o la

estudiante de la medida y que ello vaya de la mano con sus aptitudes para el desarrollo de la

misma.

d) Servicio a la Comunidad: cuando la infracción se ha vinculado con daño a la infraestructura, o

incumplimiento en responsabilidades, el/la estudiante puede apoyar en servicios de biblioteca,

ayudantía a docentes en niveles menores, elaboración de material concreto para niños/as

menores, ayudantía a estudiantes menores en el desarrollo de actividades académicas.

XIII. Medidas Disciplinarias

Art.32 La infracción al reglamento puede ser sancionada con una o más medidas disciplinarias y/o

formativas. La infracción al presente reglamento debe quedar consignada como observación o

constancia en el libro de clases y/o registro de Inspectoría, con la respectiva medida aplicada.

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Art.33 El presente reglamento otorga al Equipo de Convivencia Escolar, la posibilidad de evaluar si el

contexto de la infracción está vinculada a elementos diagnósticos en un niño/a o crisis que requiera

vincular a organismos externos en su apoyo, sin ser la infracción consecutiva de delito. En función de

lo mismo se puede aplazar la aplicación de una medida por infracción leve o grave en función del

bienestar superior del niño/a.

Art.34 Son consideradas medidas disciplinarias:

a) Dialogo Personal o Grupal con actores encargados de la disciplina en la escuela como

inspectores. En este dialogo el adulto expone infracción al reglamento, invita a enmendar la

acción, dejando registro ene l libro de clases o registro de Inspectoría/Convivencia Escolar.

b) Amonestación Verbal, consiste en hacerle ver a el/la estudiante acerca de lo inadecuado de su

conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. En este dialogo se explicita al estudiante

la calidad de la amonestación de la conversación sostenida. Dejando registro en libro de clases,

consignando la amonestación verbal por falta a la normativa del establecimiento.

c) Amonestación por Escrito, el establecimiento entrega carta a estudiante, en donde se expone

que dada su conducta se otorga una amonestación de carácter escrito. Dicha carta se dirige al

estudiante y su apoderado. Dejando registro en el libro de clases de dicha medida.

d) Citación del Apoderado/a a Establecimiento. En donde se busca establecer consensos y

lineamientos comunes que insten al estudiante a un cambio conductual. El establecimiento

puede solicitar compromiso de apoyo a la familia, atingente a los problemas conductuales del

estudiante.

e) Suspensión Interna: Medida excepcional, por faltas graves o gravísimas en donde estudiante

realiza actividades escolares dentro del contexto escolar, pero alejado del grupo curso, por un

máximo de tres días hábiles, el estudiante trabaja en espacios observados por un adulto o en

biblioteca.

f) Suspensión Externa. Medida de carácter excepcional, por faltas graves o gravísimas, que

implican un riesgo físico o psicológico para algún miembro de la comunidad educativa. Se aplica

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por un máximo de 5 días hábiles, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar

una vez por igual periodo.

g) Condicionalidad de Matrícula. Medida excepcional por faltas graves o gravísimas. Busca ser

punto de inflexión en la vida escolar del estudiante. Cada fin de semestre se evaluarán los

avances del estudiante respecto de los compromisos asumidos y se procederá al levantamiento

de la medida si la evaluación es positiva. Los Padres serán informados oportunamente, vía

entrevista, de la medida. Ante inasistencias reiteradas de padres o apoderados, el

establecimiento puede hacer envío de carta certificada.

h) Expulsión o Cancelación de Matricula: La medida excepcionalísima de expulsión, se da en

contextos de falta gravísima que pone en riesgo el bienestar o la integridad de los miembros

de la comunidad educativa, afectando gravemente la convivencia escolar. Sanciona

infracciones expuestas en el artículo 26 del presente Manual.

La cancelación de matrícula se da, luego de haber expuesto a los padres, madres o apoderados,

la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones y habiendo

implementando medida de apoyo en bien de la reflexión del estudiante (Art. 27).

Esta medida excepcional tiene como limitaciones de aplicación:

- Cuando se haga imposible que el/la estudiante pueda ser matriculado en otro establecimiento

educacional.

- Cuando la infracción esté vinculada a la presencia de necesidades educativas especiales de

carácter permanente y transitorio en sus estudios, a menos que la permanencia del estudiante

en el establecimiento afecte gravemente la integridad psicológica o física de algún miembro de

la comunidad.

Al momento de aplicar estas medidas el establecimiento seguirá el siguiente procedimiento:

a) La decisión de expulsar o cancelar la matrícula será definida por la figura del Director del

establecimiento, previo consenso con el Equipo de Convivencia.

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b) La medida y su fundamentación será notificada verbalmente y por escrito al estudiante

afectado y a su padre, madre o apoderado/a.

c) El estudiante afectado o su padre, madre o apoderado, podrán pedir la reconsideración de la

medida dentro de quince días desde su notificación, ante el Director, quien resolverá previa

consulta al Consejo de Profesores y Equipo de Convivencia.

d) El Consejo de Profesores y el Equipo de Convivencia deberán pronunciarse por escrito,

debiendo tener a la vista el o los informes técnicos o psicosociales pertinentes.

e) El Director del establecimiento, una vez haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de

matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la

Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise,

el cumplimiento del procedimiento contemplado por la ley.

XIV. Conductos Regulares

Con el fin de mantener una adecuada convivencia, se definen los siguientes pasos ante la

resolución de un conflicto, ya sea por parte de los estudiantes y/o del apoderado con algún funcionario

de la escuela.

a) Curricular: En casos de presentar alguna inquietud en el ámbito curricular, el estudiante y/o

apoderado, debe recurrir en primera instancia al profesor de asignatura correspondiente; en

segunda instancia a su profesor jefe. En caso de no resolver la situación, el profesor jefe

derivará la problemática a UTP, previo requerimiento del estudiante y/o apoderado.

b) Docentes: Cuando el apoderado y/o el estudiante tengan dudas, inquietudes o reclamos en

relación a un profesor, deberán dirigirse, en primera instancia al docente respectivo, si en esa

demanda el problema no se resolviera, deberá reunirse con el profesor jefe y presentar su

inquietud. Si la inquietud persiste, se deberá dirigir a inspectoría general, si la situación

problemática continuara, el paso a seguir será finalmente la dirección de la escuela.

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c) Administrativos: Al presentar una situación problemática con algún administrativo por parte del

estudiante y/o apoderado, el proceder será entrevistarse con la persona involucrada, si en esa

instancia no se genera la solución del problema, el segundo paso es acudir a inspectoría general

y finalmente a dirección si fuese necesario.

Toda instancia que se realice una reunión con el estudiante y/o su apoderado con algún

representante de la escuela, se debe dejar registro escrito, con la firma de ambas partes.

XV. Activación de Protocolos ante Violencia Escolar

Art.35 Activación de Protocolo ante Violencia Escolar entre Pares

a) Cualquier miembro de la comunidad escolar que observe o tome conocimiento de hechos de

violencia escolar entre estudiantes del establecimiento o demás miembros de la comunidad

(adultos) debe informar o denunciar el hecho a el/la Encargado/ de Convivencia Escolar. En

caso de ausencia puede acoger la denuncia alguno de los miembros del equipo de convivencia

escolar. La Activación de dicho protocolo se registra en la hoja de vida de cada estudiante

involucrado. La denuncia debe recibirse en contexto de entrevista, dejando registro escrito.

b) Si la violencia se está ejerciendo en el momento de detección, Inspectores/as, docentes,

asistentes de la educación o el/la encargado/a de convivencia deben procurar reestablecer un

clima de no violencia, convocando a agentes externos en caso de la ocurrencia de un delito

(Carabineros, PDI, etc.)

c) El/la Encargado/a de Convivencia gestiona el apoyo del Equipo de Convivencia u otros docentes

del establecimiento para recabar los antecedentes. El plazo de investigación no deberá superar

los 10 días hábiles.

d) El/la Encargado/a de Convivencia y profesionales designado para el caso entrevistan a los

involucrados y testigos para conocer su perspectiva de los hechos. Informa a padres vía agenda

sobre la activación del protocolo y realización de entrevista, pudiendo citar a padres en caso

de considerarlo necesario. Los padres pueden solicitar entrevista con la encargada de

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convivencia escolar para conocer el proceso. Se informa al equipo de convivencia escolar los

resultados logrados.

e) El/la encargado/a de convivencia junto al equipo de convivencia escolar definirán medidas de

contención, reparatorias y de apoyo a la víctima.

f) El/la encargado/a de convivencia junto a equipo de convivencia escolar definirán medidas

formativas para el agresor/a o agresores/as e inspector general puede tomar medida

disciplinares. Encargado/a de convivencia e inspector/a informan medidas a padres y

estudiantes, pudiendo establecer compromisos con la familia y el estudiante.

g) El/la encargada de convivencia, informa al profesor jefe, quien realizara posterior seguimiento

del caso y aborda temática en hora de orientación.

h) Pasado un mes del hecho, se realiza seguimiento por parte de él/la profesor/a jefe, quien

informa a la encargada de convivencia de no haber nuevos hallazgos, quien cerrará el acaso.

i) En caso de haber nuevos hallazgo, se estudian medidas de parte del equipo de convivencia y

se define posible activación de Protocolo de Acoso Escolar

Art. 36 Activación de Protocolo de Acoso escolar

a) Cualquier miembro de la comunidad escolar puede informar de acoso escolar entre estudiantes

a el/la Encargado/a de Convivencia Escolar o en caso de ausencia algún miembros del equipo

de convivencia.

- La activación de dicho protocolo se registra en la hoja de vida de cada estudiante involucrado

- La denuncia debe recibirse en contexto de entrevista, dejando registro escrito de dicha

entrevista.

b) El/la Encargado/a de Convivencia gestiona apoyo de Equipo de Convivencia u otro profesional

del establecimiento para recabar antecedentes. El plazo de investigación es 15 días hábiles.

c) Encargado/a de Convivencia y/o profesionales designados para el caso Equipo entrevistaran a

involucrados y testigos para conocer su perspectiva de los hechos. Informa a padres vía

entrevista sobre activación de protocolo y realización de entrevista. La entrevista debe quedar

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registrada por escrito, con la fecha de realización, nombre y cargo de entrevistador. Además

de dejar registro en el libro de clases de su realización.

d) Encargado/a de Convivencia junto a quipo de convivencia escolar definirá medidas de

contención, reparatorias y de apoyo a la víctima.

e) Encargado/a de convivencia puede citar a consejo de profesores, para indagar temática y

definir lineamientos de seguimiento.

f) Encargado/a de Convivencia junto al equipo de convivencia escolar definen medidas

disciplinarias o formativas para agresor o agresores.

g) Se informa a padres y estudiantes las medidas definidas pudiendo establecerse en dicha

instancia acuerdos y compromisos en pos de la resolución del conflicto.

h) Encargado/a de Convivencia, informa a Profesor/a jefe, quien realiza posterior seguimiento del

caso y aborda temática en hora de orientación.

i) Luego de dos meses, se realiza seguimiento de parte de él/la Profesor/a jefe, quien, al no haber

nuevos hallazgos, informa a encargado/a de convivencia cerrando el caso.

j) En caso que se definan de mayor gravedad se puede convocar a reunión de padres con la

finalidad de abordar la problemática, explicando hechos en términos generales. Ello

resguardando la confidencialidad de los involucrados ni entregar detalles. El establecimiento

comunica y explica las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán

en la comunidad educativa a razón del hecho. En dicha instancia se solicita colaboración y

apoyo por parte de las familias y apoderados en la labor formativa que incorpora la buena

convivencia escolar.

k) El caso se mantiene en observación de la Encargado/a de Convivencia Escolar durante un

semestre como mínimo.

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Art.37 Activación de Protocolo ante Violencia o Acoso Ejercida desde un Funcionario de la Comunidad

Educativa hacia un Estudiantes

a) El/la Encargado/ de Convivencia Escolar o miembro del Equipo de Convivencia Escolar

recepciona, formalizando en hoja de entrevista.

b) Encargado/a de Convivencia Escolar inicia investigación con los participantes: Entrevistando a

apoderados, víctima, funcionario acusado y testigos relevantes (a lo menos 2 testigos). El plazo

de investigación es 10 días hábiles.

c) Se informa a Encargado DAEM del procedimiento activo.

d) Se adoptarán las medidas que sean pertinentes para reguardar la integridad del estudiante

supuestamente afectado durante el procedimiento.

e) En virtud de los resultados de la investigación, se decidirán las medidas administrativas o

judiciales a implementar.

Independientemente del resultado de la investigación dentro de las medidas adoptadas se

deberá incluir una medida que repare el daño causado y que restaure el vínculo entre profesor

y estudiante.

f) En caso de que los resultados de la investigación confirmen que existe acoso o maltrato escolar

por parte de un profesor o administrativo. El Director del establecimiento junto con la

Encargada de Convivencia hacen seguimiento durante un mes a la situación y se aseguran de

la resolución del conflicto.

g) Encargado DAEM Hace seguimiento de casos una vez al semestre.

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Art.38 Activación de Protocolo ante Violencia Ejercida desde un Estudiante de la Comunidad Educativa

hacia un Funcionario.

a) Encargado/a de Convivencia Escolar o miembro del equipo de convivencia recepciona,

antecedentes formalizado en hoja de entrevista. El plazo de investigación es 10 días hábiles.

b) Encargado/a inicia investigación con los participantes: entrevistando apoderados, funcionarios,

estudiante acusado y testigos relevantes (a lo menos 2 testigos). El plazo de investigación es 10

días hábiles.

c) Se informa DAEM del procedimiento activo.

d) Se adoptaran las medidas que sean pertinentes para resguarde la integridad de los miembros

de la comunidad que estén afectados.

e) En virtud de los resultados de la investigación se implementaran medidas disciplinares Y/o

formativas.

Art.39 Activación de Protocolo ante Violencia Escolar Ejercida desde un Adulto (no funcionario) de la

Comunidad Educativa hacia el Estudiante.

a) Encargado/a de Convivencia escolar recaba antecedentes (24 horas de plazo).

b) De ser confirmada la agresión se informa los antecedentes a las autoridades educacionales,

para ser presentados a carabineros, PDI o fiscalías a fin de realizar una denuncia.

c) Agredir a un estudiante o miembro de la comunidad educativa, constituye un fuerte quiebre a

la convivencia armónica, por lo que el establecimiento puede solicitar cambio de apoderados

si es que la presencia del adulto en el establecimiento compromete el bienestar físico o

psicológico de algún miembro de la comunidad educativa.

Art.40 Activación de Protocolo ante Violencia Escolar Ejercida entre Adultos de la Comunidad.

a) Encargado/a de convivencia escolar recaba antecedentes (24 horas de plazo).

b) De ser confirmada la agresión se informa caso a autoridades para presentar los antecedentes

a carabineros, PDI o fiscalía a fin de presentar la denuncia.

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c) Agredir a un funcionario, estudiantes o miembro de la comunidad educativa, constituye un

fuerte quiebre a la convivencia Armónica, por lo que el establecimiento puede solicitar cambio

de apoderados si es que la presencia del adulto en el establecimiento compromete el bienestar

físico o psicológico de algún miembro de la comunidad educativa. En caso de que el agresor

fuese un funcionario del establecimiento las medidas administrativas serán establecidas según

lineamientos del sostenedor DAEM Galvarino.

d) Exponer a niños/as a situaciones de violencia y agresión, constituye vulneración a sus derechos.

En función de lo mismo la Dirección del establecimiento establecerá canalización a DAEM para

posibles sanciones administrativas para funcionarios.

e) En caso que la agresión se genere entre apoderados, la dirección del establecimiento evaluará

si en ella hay posible vulneración de derechos hacia los/las niños/as del establecimiento.

XVI. Protocolos de Acción en Casos de Abuso y /o Violencia Sexual

Art.41 Protocolo de Actuación ante Situaciones de Abuso Sexual por Parte de una Persona Externa al

Establecimiento.

a) Cualquier miembro del establecimiento educacional que reciba información referente a alguna

situación que vulnere los derechos de nuestros/as estudiantes como lo es el abuso sexual por

parte de persona externa al establecimiento; debe derivar de forma inmediata a Dirección o a

el/la Encargado/a de Convivencia Escolar. El/la Encargada/o de Convivencia Escolar o la

Psicóloga PIE realizarán la entrevista indagatoria para tomar conocimiento del caso. Por ningún

motivo el funcionario que toma conocimiento del hecho, debe iniciar entrevista personal con

el/la estudiante afectado/a. Es importante destacar que se debe resguardar la identidad de

todos los(as) estudiantes involucrados, ya sean participantes activos, espectadores, etc.

b) Ante el relato de abuso sexual, será debe realizar la denuncia respectiva a carabineros de chile

o PDI dentro de las primeras 24 horas de conocido el hecho.

c) Si es posible, evidenciar o constatar físicamente lo referido por el/la estudiante, es muy

importante trasladar al niño/a a un centro asistencial, será acompañado en todo momento

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(traslado y sala de espera) por el inspector asignado y personal de confianza del estudiante,

quienes permanecerán a su lado mientras concurra el apoderado del estudiante.

d) Luego del relato del/la estudiante se debe citar inmediatamente a el apoderado/a para

comunicarle la situación ocurrida con el/la estudiante. No hacer de la entrevista un

interrogatorio sobre los hechos, es importante que el adulto tome conciencia de la situación, y

adopte un rol de protección a favor del estudiante (medidas legales, familiares u otras).

Informar que existe el presente protocolo de actuación y como escuela debemos garantizar la

protección del/la estudiante, lo que implica que la escuela debe realizar las denuncias o

derivaciones pertinentes, según sea el caso en las próximas 24 hrs.

Nota: Es importante precisar, que no se aplicará este paso si se estima que comunicarlo a los

padres o apoderado puede significar un riesgo para el/la estudiante, por ejemplo, ante la

sospecha de abuso sexual intrafamiliar y no se visualice alguna figura que lo/la pueda proteger,

se deberá acudir a los organismos correspondiente de manera inmediata.

Art. 42 Protocolo de Actuación ante Conductas de Connotación Sexual de un Estudiante a Otro.

Distinción por edad desarrollo: Cuando el/la estudiante victimario/a es menor de 14 años, se

habla de conducta de connotación sexual y no de abuso sexual infantil. Además, no constituye delito,

pero puede implicar medidas de protección. Acá se debe pedir una medida de protección para los

menores a través de la OPD de la comuna.

a) Si un apoderado o funcionario observa o recibe un relato de Conductas de Connotación Sexual

de un estudiante de nuestra escuela a otro, se debe informar a dirección o a el/la encargada

de convivencia escolar para dejar registro del relato (La escuela tiene 24 horas. para investigar

y entrevistar).

b) El/la Encargado/a de Convivencia Escolar o algún miembro del Equipo Directivo entrevistan a

los estudiantes involucrados siempre por separado, (agresor, víctima y testigos en caso de que

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existieran), nunca se contrastaran los relatos. Es importante destacar que se debe resguardar

la integridad de los estudiantes, por tanto se debe:

- resguardar la identidad de todos los estudiantes involucrados, ya sean participantes activos,

espectadores.

- Dar todo el tiempo que sea necesario.

- Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo.

- Demostrar empatía y contener.

- Resguardar la privacidad del relato de los/as estudiantes (Se debe dejar registro del relato).

c) Se entrevistará a los/las apoderados/as de los estudiantes involucrados de manera separada,

para recoger nuevos antecedentes, nunca contrastar argumentos (cambio en el estado anímico

del estudiante, comportamiento sexualizado, si se encuentra en algún programa de reparación

u otro ).En el caso de la familia del estudiante afectado se debe contener, garantizar el apoyo

de la escuela y transmitir tranquilidad.

d) Si el victimario tiene menos de 14 años será derivado a la institución especializada, en este

caso sería la OPD de la comuna.

e) Si el estudiante fuera mayor de 14 años se deberá realizar las denuncias a los organismos

legales correspondientes, fiscalía, PDI o carabineros.

f) Se citara a el Equipo de convivencia Escolar en donde en conjunto (Equipo Directivo y

Profesores del curso) recabaran antecedentes del estudiantes y tomaran medidas y sanciones

de acuerdo a cada caso en base al Manual de Convivencia existente.

g) Posteriormente se citara al estudiante y al apoderado/a a una entrevista con el Director/a o

el/la Encargado/a de Convivencia Escolar para informarle el procedimiento a seguir y firmar

sanción y/o acuerdo correspondiente, de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Convivencia.

Así como establecer la modalidad de seguimiento del estudiante en el caso de que este

permanezca en el establecimiento.

h) La Dirección del establecimiento determinará la necesidad de informar a los cursos

correspondientes de los/las estudiantes involucrados/as y/o citar o enviar un comunicado

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oficial a los apoderados de dichos cursos o a toda Comunidad Educativa en general de los

hechos que requieran de su conocimiento.

i) Se realizará seguimiento y acompañamiento de los niños y su familia por parte del Profesor/a

jefe y el/la Encargada de Convivencia Escolar.

ART.43 Protocolo ante Situaciones de Abuso de un Funcionario de la Escuela a un Estudiante.

a) Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que observa o tenga conocimiento de una

situación de abuso sexual infantil de parte de un funcionario debe informar inmediatamente a

el/la Encargado/a de Convivencia escolar o Dirección (Tienen 24 horas para entrevistar al

estudiante y funcionario).

b) Separar a la presunta víctima del presunto agresor.

c) El/la Encargada de Convivencia Escolar o la Psicóloga PIE entrevistarán al estudiante procurando

siempre resguardar la integridad de él/ella, por tanto se debe:

- Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo.

- Dar todo el tiempo que sea necesario.

- Demostrar empatía y contener.

- Se debe dejar un registro del relato (cuando haya terminado la entrevista). La persona que

habría cometido la agresión hacia el estudiante no debe tener contacto con él, para que no se

vea expuesto a su presencia o influencia.

d) Si es posible, evidenciar o constatar físicamente lo referido por el/la estudiante, es muy

importante trasladar al niño/a a un Centro Asistencial, será acompañado en todo momento

(traslado y sala de espera) por el Inspector asignado y/o personal de confianza del estudiante,

quienes permanecerán a su lado mientras concurra el apoderado del estudiante.

e) Se entrevistara al funcionario por parte de el/la Encargado/a de Convivencia Escolar y/o Dirección,

dejando un registro escrito de la situación. Para luego realizar las denuncias a los Organismos

Legales correspondientes, Fiscalía, PDI o Carabineros.

f) Luego de realizada la denuncia, el Director del establecimiento dará aviso al Departamento de

Educación, para que inicien un sumario administrativo.

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g) El/la Encargado/a de Convivencia Escolar convocara al Equipo de Convivencia, con el fin de

comunicar y analizar el caso. Se establecen medidas remediales y de protección al estudiante

involucrado en la denuncia.

h) Si la denuncia la realiza el apoderado, éste es entrevistado por el/la Encargado/a de Convivencia

Escolar o algún miembro del Equipo Directivo, quien recaba los antecedentes y solicita una

denuncia por escrito con el mayor detalle de hechos de los cuales se tenga conocimiento. Todos

los antecedentes se ponen a disposición de la Dirección del establecimiento.

Art.44 Protocolo ante Sospechas de Situaciones de Abuso Sexual

Si usted Sospecha que algún estudiante está siendo víctima de Abuso Sexual (no existe relato ni

evidencia, sólo señales o indicadores físicos, conductuales, afectivos y/o sexuales), se sugiere:

a) La persona que tiene indicio de sospecha se debe entrevistar con el/la Encargado/a de

Convivencia Escolar o Psicóloga PIE del establecimiento, quien asume la situación, recopila

antecedentes e informa a la Dirección del Establecimiento.

b) Se generan condiciones de cuidado y atención especial de la posible víctima, agudizando la

observación y acompañamiento.

c) Se recaba información relevante de las personas que tienen relación directa con la presunta

víctima (profesor jefe, profesores de ciclo u otros p profesionales del establecimiento.

d) Se cita a entrevista al apoderado o adulto responsable del niño o niña para conocer su situación

familiar, que pueda relacionarse con las señales observadas.

e) De acuerdo a los antecedentes recabados, y si fuese necesario, se solicita una e valuación

emocional de la presunta víctima, con la autorización del apoderado del mismo.

f) Se clarifican las sospechas con la información recabada: En caso de contar con sospecha

fundada se realiza derivación a OPD de Galvarino. Si las sospechas se corroboran se realiza la

denuncia en las instancias correspondiente (Carabineros, PDI, Fiscalía, etc.), y se activa el

protocolo.

g) Si se descarta la ocurrencia de Abuso Sexual, se debe poner énfasis en el acompañamiento para

superar la problemática que afecta el niño o niña.

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XVII. Protocolo ante Sospecha o Situaciones de Maltrato Físico o Emocional, Negligencia, Abandono u otro Tipo de Vulneración de Derechos.

a) Cualquier funcionario del establecimiento que tenga tengan en conocimiento, haya observado

o sospeche que algún estudiante este vivenciando situaciones de vulneración de derechos

debe informar a el/la Encargado/a de Convivencia Escolar o algún integrante del Equipo de

Convivencia para aplicar acciones oportunas que permitan detener o cambiar dicha situación.

b) El/la Encargado/a de Convivencia harán un seguimiento o evaluación emociona al estudiantes

en los casos en que se detectado riesgo o cuando los alumnos relaten una situación de

vulneración distinta al Abuso Sexual.

c) Si se verifica o se continúan con las sospecha que el niño vive situaciones Leves de Maltratos,

se citara a los padres, se entregaran pautas parentales y se establecerán compromiso de

cambios. Se informara que el establecimiento, por parte de la encargada de convivencia escolar

y docente jefe harán seguimiento al caso

d) En los casos que posterior a la intervención se mantengan conductas maltratadora o se

continúe con la sospecha se derivara a la OPD de Galvarino.

e) En caso que se estime que el niño/a se encuentre en situación de riesgo vivenciando situaciones

de Maltrato Grave, esto se deberá informar inmediatamente a Carabineros, PDI o Fiscalía, de

forma que se adopten las Medidas de Protección hacia el menor.

XVIII. Protocolo de derivación en caso de delito

Art. 45 Es importante tener presente que existen situaciones de violencia escolar que no pueden ser

abordadas sólo en forma interna por los establecimientos educacionales, ya que exceden su capacidad

de respuesta y sus facultades, pues si se trata de delitos, éstos deben ser denunciados a la autoridad

competente. Entre los delitos que contempla la ley, se encuentran:

- Lesiones - Agresiones sexuales

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- Amenazas (de muerte o, en general, de hacer un daño) - Porte o tenencia ilegal de armas - Robos - Venta y/o tráfico de drogas

Art.46 El Protocolo de derivación a organismo externo en caso de detectarse que una falta al

reglamento escolar pueda ser constitutiva de delito es la siguiente.

a) Equipo de convivencia escolar junto con el director del establecimiento sesionan

extraordinariamente en función de definir si la falta gravísima detectada es posiblemente

constitutiva de delito.

b) Se dirige con un acompañante en los casos necesarios a constatar lesiones al hospital de

Galvarino.

c) Ante la detección de que un acto sea posiblemente constitutivo de delito, es menester del

director del establecimiento comunicar a DAEM en Función de contar con el apoyo jurídico

para establecer denuncia. Para dicha comunicación el director del establecimiento tendrá 2

horas desde detectada la situación. El DAEM de Galvarino define si dicho proceder se informará

a superintendencia.

d) Si se define que la violencia es constitutiva de delito (Agresiones de carácter sexual, amenazas

que revista de muerte o daño físico significativo, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de

drogas, almacenamiento y divulgación de pornografía infantil, entre otros) el establecimiento

resguardara con acciones de seguimiento y acompañamiento a cada uno de los involucrados,

dado que son niños pertenecientes a la comunidad escolar.

e) En función de resguardar el bienestar superior del niño/niña, el establecimiento informará a

padres o tutores de las acciones. Intencionando el acompañamiento de figuras significativas

en el proceso del estudiante.

5° Al momento de tomarse conocimiento de la situación constitutiva de delito el establecimiento tiene

24 horas para derivar el acaso ante cualquier de los siguientes organismos: Ministerio Publico,

Carabineros de Chile o Policías de Investigaciones.

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Nota final: El establecimiento durante el año tomara medidas preventivas diversas ante situaciones

como la violencia y acoso escolar, maltrato infantil y abuso sexual, las cuales se establecerán en el plan

de gestión 2018 realizado por la Encargada de convivencia Escolar.

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XIX. Anexo I: Flujogramas (Protocolos)

a) Activación de Protocolo ante Violencia Escolar entre Pares

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b) Activación de Protocolo de Acoso escolar

Acoso Escolar

Denunciar: Cualquier miembro de la C.E.

Recibe denuncia: Encargada convivencia/ Equipo de convivencia

Activación protocolo

Encargada inicia protocolo

Puede gestionar apoyo de equipo docente

Informa a padres y apoderados involucrados/entrevista

con funcionarios convocados a investigación desarrollan

entrevistas

puede gestionar consejo de profesores/entrevistas

funcionarios para recabar antecedentes

Recabados los antecedentes

Medidas

Contención, reparatorias y seguimiento víctima

Disciplinarias y/o formativas para agresor/es

Se informan a apoderados y estudiantes

Docente realiza seguimiento Cierre caso

Si no existe nuevos antecedentes: 2

mes

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c) Protocolo ante Violencia Ejercida desde un Funcionario a Estudiante

Violencia Ejercida de Funcionarios a Estudiantes

Denunciar: Cualquier miembro de la C.E.

Recibe denuncia: Encargada convivencia/ Equipo de convivencia

Encargada de convivencia activa

protocolo/investigación

Informa a encargado DAEM procedimiento

activo

Si quien denuncia no es su apoderado, se le

informará la situación

Se adoptan medidas para resguardar integridad del

niño/a (Seguimiento/ acompañamiento)

Se puede gestionar apoyo de directivos para realización

entrevistas

Recabados los antecedentes

Equipo de convivencia

Medidas que favorezcan la restauración del vinculo

Dirección

Medidas disciplinarias

Medidas judiciales

Encargada

seguimiento por un mes

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d) Protocolo ante Violencia Ejercida desde un Estudiante hacia un Funcionario.

Violencia Ejercida de Estudiante a Funcionario

Denunciar: Cualquier miembro de la C.E.

Recibe denuncia: Encargada convivencia/ Equipo de

convivencia

Encargada de convivencia activa

protocolo/investigación

Se informa a apoderados del niño

involucrado/entrevista

Se adoptan medidas para

resguardar integridad del

funcionario/ niño

Se puede gestionar apoyo del equipo

de convivencia para realización

entrevistas

Recabados los antecedentes

Equipo de convivencia

Medidas que favorezcan la restauración del vinculo

Dirección

Medidas disciplinarias

y/o formativas

Encargada

seguimiento por un mes

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e) Protocolo ante Violencia ejercida de Adulto (No funcionario ) Hacia Estudiante en Contexto

Escolar

Violencia Ejercida de Adulto (no funcionario) hacia Estudiante en el Contexto Educativo

Denunciar: Cualquier miembro de la C.E.

Recibe denuncia: Encargada convivencia/ Equipo de convivencia

Se informa a apoderados del niño involucrado y se inicia proceso de

entrevista

De ser la agresión constitutiva de delito, se informa a autoridades

pertinente

Se confirma agresión constitutiva delito, equipo define medida de reguardo a la

convivencia.

Encargada seguimiento por un mes. Con seguimiento encargado

DAEM

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f) Protocolo ante Violencia entre Adultos en el Contexto escolar

Violencia Ejercida entre Adultos en el Contexto Escolar

Denunciar: Cualquier miembro de la C.E.

Recibe denuncia: Encargada convivencia/ Equipo de convivencia

De ser confirmada la agresión se informa a autoridades pertinentes

Equipo de convivencia define medidas y acciones y busca

restablecer el clima

Encargada hace seguimiento por un mes de la situación de conflicto. Con

seguimiento desde encargado de DAEM

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g) Protocolo de derivación en caso de delito

Protocolo de derivación en caso de delito

Equipo de convivencia escolar/director definen si la falta gravísima detectada es constitutiva de

delito.

Constatación de lesiones en casos

necesarios

Si acto es posiblemente

constitutivo de delito, director

comunicará DAEM

Apoyo jurídico para

establecer denuncia.

Define si dicho proceder se informará a

superintendencia.

Si se define que la violencia es constitutiva de

delito se resguardara con

acciones de seguimiento y

acompañamiento a cada uno de los

involucrados

Se informará a padres o tutores de las acciones. Intencionado el

acompañamiento de figuras

significativas en el proceso

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XX. Anexo II: Funciones de los miembros de la comunidad educativa

Todos los integrantes de la comunidad educativa: Directivos, Profesores, Padres y/o

Apoderados, Estudiantes, Profesionales de Apoyo, Asistentes de la Educación, Asistentes de Sala y

Monitores. Deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar su labor dentro de

un clima de respeto mutuo y aceptación.

a) Estamento directivo

1. Director/a

Es el docente responsable de la Gestión, la administración y funcionamiento del

Establecimiento, impulsando su funcionamiento general, de acuerdo a los objetivos planteados en

el PEI, en colaboración con todos los estamentos que la conforman. Deberá cumplir con los

estándares descritos en el “Marco de la Buena Dirección”, en las cuatro áreas de la acción directiva:

Liderazgo, Gestión Curricular, Gestión de Recursos Humanos, y Gestión de Clima Institucional y

Convivencia.

Funciones:

- Cautelar la vinculación y coherencia entre el Proyecto Educativo Institucional, y los

instrumento de gestión escolar, para asegurar que las acciones y estrategias. propuestas

fortalezcan el carácter formativo y preventivo de la convivencia escolar.

- Lograr las metas establecidas en el PME y PEI de la escuela, coordinando las acciones con

la comunidad educativa.

- Establecer las atribuciones y responsabilidad de los integrantes de la comunidad educativa

en la participación, toma de decisiones, seguimiento y evaluación de la convivencia escolar.

- Contemplar acciones destinadas a la implementación de estrategias de desarrollo

profesional docente y capacitaciones para los asistentes de la educación.

- Motivar el trabajo en equipo.

- Gestionar recursos materiales y financieros de manera de potenciar las actividades de

enseñanza, los resultados institucionales y los aprendizajes de calidad para todos los

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estudiantes.

- Abordar los problemas de convivencia, estimulando un sentido de solidaridad entre los/as

actores de la comunidad educativa y aprender a restablecer las relaciones sociales en un

ambiente de sana convivencia escolar.

- Favorecer en el establecimiento de un ambiente estimulante al trabajo, promoviendo

relaciones humanas basadas en el respeto, la confianza y el compromiso, que permitan una

convivencia armónica y un trabajo en equipo.

- Crear canales de comunicación expeditos y efectivos que favorezcan el mejoramiento del

proceso educativo.

- Convocar y presidir los Consejos Escolares, de profesores, administrativos, técnicos, de

evaluación y coordinación de los diferentes departamentos y redes de apoyo.

- Cautelar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Profesores.

- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del recinto

escolar.

- Gestionar una comunicación fluida entre la escuela, el sostenedor, MINEDUC y todas las redes

establecidas.

- Tomar decisiones frente a situaciones no contempladas en el presente reglamento y que

requieran una respuesta o intervención inmediata.

2. Inspector/a General

Tiene la responsabilidad de organizar, coordinar, y supervisar el trabajo del departamento a su

cargo, velando porque las actividades del colegio se desarrollen en un ambiente seguro, de disciplina,

bienestar y sana convivencia.

Funciones:

- Colaborar directa y personalmente con el Director, en organizar, coordinar y supervisar

actividades del establecimiento cautelando que se desarrollen en un ambiente de disciplina,

bienestar y sana convivencia.

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- Cautelar el cumplimiento del horario de trabajo de todo el personal.

- Revisar y verificar que el personal de la escuela firme el libro de asistencia, tanto de entrada

como de salida.

- Programar, coordinar y evaluar las labores de los inspectores de patio.

- Supervisar las labores del cuerpo de auxiliares.

- Supervisar diariamente el cuidado del mobiliario escolar o velar por su pronta reparación y/o

reposición.

- Coordinar acciones en caso de ausencia de paradocentes y auxiliares

- Revisar periódicamente los libros de clases cautelando su óptimo estado de uso por parte de

docentes.

- Velar por la limpieza, aseo y orden de la Escuela.

- Vincular la escuela con los organismos de la comunidad, previo conocimiento del director.

- Asesorar a dirección en el ámbito que le compete.

- Participar de las reuniones técnicas, administrativas y pedagógicas de la Escuela.

- Elaborar los informes solicitados por los organismos superiores.

- Integrar el equipo de convivencia escolar.

- Trabajar en conjunto con la encargada de convivencia escolar en protocolos y procedimientos

para la buena convivencia

- Supervisar la disciplina y controlar la asistencia de los estudiantes, fomentando la formación

de hábitos de puntualidad y respeto.

- Cautelar el cumplimiento de las normas de presentación personal, higiene y de seguridad de

los estudiantes.

- Promover y dar cumplimiento, a su rol asignado por el manual de convivencia, en articulación

con la encargada de convivencia escolar, aplicando las medidas establecidas en el Reglamento

de Convivencia.

- Informa a los estudiantes y apoderados acerca de las normas de convivencia del

establecimiento.

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- Supervisa el correcto cumplimiento de las normas por parte de los estudiantes.

- Llevar al día registro de anotaciones y medidas por estudiantes.

- Mantener una comunicación oportuna con los padres y apoderados para informar del

desarrollo de sus hijos o hijas, en el ámbito disciplinario.

- Mantener un registro actualizado por estudiantes de sus atrasos e inasistencias, con informe

al apoderado, cuando estas superen lo indicado en el reglamento.

- Revisar los libros de clases y supervisar la asistencia diaria, semanal y firmas en las asignaturas.

Informar al director, jefa técnica y/o a la encargada de convivencia escolar ante una posible

deserción escolar.

- Estar atento, tanto durante los recreos como en los eventos especiales que tenga la escuela,

para cautelar la ocurrencia de posibles problemas de indisciplina o accidentes escolares. En

este último caso se hará asesorar por el profesor/a y/o encargado de Salud.

- Velar porque sean remitidos oportunamente los estudiantes accidentados a un Centro

hospitalario, usando correctamente el seguro escolar y designando a un funcionario del

colegio, quien esperará a la persona que se haga responsable del accidentado.

- Autorizar el ingreso a clase de los estudiantes atrasados.

- Coordinar con las redes de apoyo la derivación de estudiantes que requieran una atención

específica.

- Autorizar la salida de los estudiantes y mantener al día el libro de registro de salida. Además de

verificar que las personas que retiran, sean las autorizadas.

- Coordinar y supervisar las labores prestadas por empresas externas.

- Mantener actualizado el inventario de la escuela.

- Disponer de personal asistente de la educación para la implementación y desarrollo de

actividades extra programáticas, culturales, actos académicos y eventos especiales.

- Supervisar el correcto uso y mantención de las dependencias del colegio en las actividades

culturales, sociales y deportivas.

- Supervisar el desarrollo de los simulacros de emergencia de acuerdo a la planificación del PISE.

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3. Jefe/a Técnico/a

Es la encargada de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico-pedagógicas

que se dan en el establecimiento tales como: Planificación curricular, supervisión pedagógica y

evaluación del aprendizaje. Facilitará el logro de los objetivos educacionales, optimizará el desarrollo

de los procesos técnico-pedagógicos. Además será el principal soporte técnico que lidera los cambios

y las acciones de mejoramiento al interior de la Unidad Educativa.

Funciones:

- Coordinar el reemplazo de los profesores cuando se encuentren ausentes por motivos

imprevistos y/ o permisos administrativos.

- Coordina reuniones con redes de apoyo.

- Coordinar y conducir los procesos de planificación curricular, evaluación y orientación.

- Articular el desarrollo y monitoreo del Proyecto de Mejoramiento Educativo de la Escuela.

- Detectar necesidades en el desempeño de los docentes y programar o sugerir su capacitación.

- Diseñar planes de reforzamiento para los aprendizajes deficitarios detectados en las

evaluaciones internas, externas y programar su seguimiento y evaluación. Procurando de esta

forma el mejoramiento permanente del proceso de aprendizaje.

- Supervisar el desarrollo de los contenidos programáticos y dar el apoyo correspondiente a los

profesores.

- Promover la aplicación de nuevos medios, métodos y técnicas de enseñanza que aseguren con

efectividad el aprendizaje de los educando y que hayan sido probados por organismos e

identidades competentes que cuenten con la aprobación de la Secretaría Ministerial y de

acuerdo a la realidad del establecimiento.

- Revisar los instrumentos de evaluación preparados por los profesores de cada asignatura y

realizar las observaciones para que sean reformuladas, si fuese necesario.

- Confeccionar los horarios sistemáticos y de colaboración siguiendo las directrices de la

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dirección.

- Programar y conducir los talleres técnicos de planificación, metodología, evaluación y

orientación.

- Coordinar los talleres por ciclos o por sectores de aprendizaje, conducentes a mejorar e

innovar las prácticas pedagógicas.

- Conducir los talleres de análisis y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto

de Mejoramiento Educativo y Reglamento de Evaluación.

- Informar y difundir los proyectos antes mencionados frente a la comunidad escolar.

- Revisar los libros de clase, para comprobar que se encuentren al día en actividades, objetivos,

calificaciones, fechas de las evaluaciones y exigir a los docentes el cumplimiento de esta

función, cuando proceda.

- Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso

enseñanza aprendizaje.

- Gestionar las evaluaciones externas y cautelar que sean conducentes a mejorar los

aprendizajes.

- Cautelar y coordinar acciones para dar cumplimiento a los compromisos asumidos con

asesorías externas.

- Atender las situaciones emergentes o programadas que tengan que ver con aspectos

pedagógicos y curriculares.

- Promover y estimular el uso adecuado de implementos informáticos, medios audiovisuales y de

biblioteca.

- Dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar las funciones de la unidad a su cargo, velando

para que los objetivos se cumplan.

- Representar a dirección cuando corresponda.

- Informar al director periódicamente sobre las actividades realizadas

- Velar para que los docentes conozcan las bases curriculares vigentes, como así mismo, toda la

información pedagógica emanada de las autoridades educacionales.

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- Supervisar la adecuada utilización e impulsar el incremento didáctico del establecimiento,

preocupándose de que los docentes intensifiquen el uso de dicho material.

- Visitar periódicamente el aula y otras dependencias en función del mejoramiento del proceso

de enseñanza aprendizaje.

- Velar porque se desarrolle una efectiva orientación educacional.

- Proponer para su resolución el calendario de efemérides y velar por su cumplimiento.

- Velar porque los canales de comunicación sean expeditos entre la dirección y el profesorado.

- Velar por el estricto cumplimiento del horario cronológico y pedagógico de los estudiantes.

- Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de aula,

- favoreciendo su creatividad personal y académica.

- Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de las diferentes asignaturas y

distintos planes.

- Coordinar y dirigir los consejos técnicos y reflexiones pedagógicas que le competen

- Elaborar el calendario anual de actividades de la escuela y participar en la elaboración del

horario de clases.

b) Estamento Docente

1. Docentes: Funciones

- Planificar en forma sistemática su trabajo, de manera que pueda optimizar el tiempo

dedicados a la formación de sus estudiantes.

- Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes a través de diseños

didácticos contextualizados.

- Establecer y conservar buenas relaciones laborales con docentes, asistentes, padres,

apoderados y estudiantes, favoreciendo la articulación pedagógica.

- Adecuar contenidos y evaluaciones, según las necesidades particulares de sus estudiantes,

favoreciendo el aprendizaje de todas y todos.

- Ver en sus estudiantes a personas en formación, que requieren de su ayuda para realizarse.

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- Reconocer los esfuerzos de sus estudiantes y no solamente sus éxitos.

- Crear en el aula un ambiente de trabajo respetuoso y solidario a través de una comunicación

franca, directa y afable con sus estudiantes.

- Generar y desarrollar estrategias pedagógicas y didácticas innovadoras y atractivas para

despertar el interés y la motivación para aprender.

- Fomentar estrategias participativas orientadas hacia la formación ciudadana de los estudiantes

dentro y fuera de la sala de clases.

- Contribuir a establecer una relación amistosa entre los y las estudiantes y los demás miembros

de la comunidad educativa, valorando las diferencias.

- Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia

respetuosa y solidaria entre los miembros de la comunidad educativa.

- Generar y desarrollar en el sentido de cumplir y hacer bien el trabajo escolar cotidiano como

parte de su desarrollo y crecimiento personal.

- Ser puntual con sus horarios de trabajo, tanto en el ingreso y retiro de la unidad educativa,

como en el cumplimiento de los horarios pedagógicos frente a estudiantes y/o en actividades

complementarias a las que es convocado.

- Cumplir rigurosamente con la implementación del currículo nacional, reflejado en la

planificación e implementación de sus clases.

- Mantener relaciones de comunicación con sus apoderados en forma fluida, favoreciendo el

proceso educativo de los estudiantes que atiende.

- Mantener la confidencialidad de la información entregada por apoderados y/u otros

profesionales del establecimiento, al menos que se requiera para la protección del estudiante

u otros.

- Desarrollar sus labores administrativas en forma sistemática, favoreciendo así, la gestión

global de la escuela.

- Cumplir con orientaciones directivas, en virtud del Proyecto Educativo Institucional y el normal

desarrollo de todas las actividades dentro de la escuela.

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- Dirigir, cuando le corresponda, los actos matinales de los días lunes y compartir las

efemérides, informando allí de las actividades de interés de la comunidad escolar realizadas

dentro y fuera del colegio.

2. Docente de Apoyo UTP

Docente de educación general básica, encargado/a del diagnóstico institucional, a través de la

aplicación y tabulación de análisis de datos.

Funciones:

- Monitorear aprendizajes, a través de la aplicación de pruebas diagnósticas.

- Apoyar la organización de talleres de refuerzos educativos de 1ro a 8vo básico.

- Apoyar en el trabajo a la UTP, en aspectos administrativos y pedagógicos (PEI, PME, otros).

3. Encargado/a CRA:

Es el funcionario(a) administrativo(a) responsable de organizar, mantener, cuidar, atender y

controlar la Biblioteca y del Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA).

Funciones:

- Aplicar los procesos técnicos pertinentes al funcionamiento de la biblioteca relacionada con la

revisión, registro, clasificación, enumeración y ordenamiento de los textos que forman el

archivo de la biblioteca o centro de recursos de aprendizaje. (C.R.A.)

- Confección y manejo de registro de presentación a los usuarios tanto a domicilio, como en la

biblioteca o C.R.A

- Conservar el inventario de bienes, muebles, útiles de la biblioteca, como otros enseres

propiamente de un C.R.A

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- Cautelar el buen estado de los libros, realizando una revisión de los mismos antes de prestarlos

al usuario y al momento de su devolución, con el fin de responsabilizar a quienes lo devuelven

deteriorados.

- Armar carpetas de consultas para facilitar el acceso a la información.

- Informar a la dirección o jefa de UTP del establecimiento acerca de las necesidades de empaste,

restauración de libros, con el objeto de prevenir su destrucción y prolongar su vida.

- Informar oportunamente acerca de las necesidades más urgentes en cuanto a textos, como a

materiales y elementos tecnológicos indispensables para el buen funcionamiento de la

biblioteca, C.R.A., dando cuenta de bajas por deterioros, perdida, hurtos, entre otros.

- Establecer y hacer cumplir el reglamento de biblioteca, C.R.A., del establecimiento.

- Control del aseo, orden y disciplina de los usuarios al interior de la biblioteca, C.R.A.

- Manejar, cuidar y facilitar los recursos tecnológicos, audiovisuales y didácticos del

establecimiento.

- Llevar al día registro de estudiantes atendidos. Además del curso y nombre del docente que los

envía.

- Llevar al día registro de préstamo de material, a profesores y estudiantes.

- Entregar informe semestral a UTP de estos registros.

- Velar para que los estudiantes enviados a la biblioteca realicen el trabajo encomendado por el

profesor.

- Ayudar a los estudiantes en sus deberes escolares, facilitando material bibliográfico existente

en la biblioteca o Internet.

- Organizar y realizar concursos literarios y actividades que fomenten el gusto por la lectura.

- Informar oportunamente situaciones ocurridas dentro de dicha dependencia.

- Controla el egreso y salida de equipos del C.R.A solicitados por funcionarios o por estudiantes.

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4. Encargado/a Salud:

Funciones:

- Coordinación con el departamento de educación para hacer funcionar el programa.

- Participar de instancia de capacitación por parte del programa JUNAEB.

- Traspasar información a los docentes.

- Pesquisar a estudiante para entrar al programa de salud de JUNAEB.

- Entregar y supervisar llenado de formulario (Otorrino, oftalmólogo y columna) de pesquisas

para docentes.

- Resumir el total de estudiantes pesquisado y se entrega la información al organismo

correspondiente.

- Informar a apoderados sobre citaciones de atenciones y controles médicas.

- Recepcionar y entregar los lentes a los estudiantes beneficiados.

- Manejar botiquín con elementos básicos y de primera necesidad para la atención de

estudiantes.

5. Encargado/a de Informática

Funcionario responsable de organizar, mantener, cuidar y atender los equipos y la sala de

computación.

Funciones:

- Programar y coordinar el uso de los laboratorios de computación por los profesores.

- Diseñar los proyectos de tecnología necesarios para el desarrollo de la comunidad educativa y

ponerlos en conocimiento del director para su gestión.

- Apoyar a los docentes y funcionarios en sus requerimientos respecto al uso de los recursos

tecnológicos disponibles.

- Abrir la sala de computación, según los horarios de los estudiantes.

- Entregar los equipos móviles requeridos por los profesionales de la unidad educativa.

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- Promover, especialmente a los docentes, el uso de equipos tecnológicos como recurso de

apoyo al trabajo en aula y al trabajo administrativo y asesorar el uso entre los demás

funcionarios.

- Investigar e informar acerca de nuevos usos y recursos tecnológicos de apoyo a la docencia y a

la mayor eficiencia administrativa de los equipos.

- Controlar, conjuntamente con el profesor, el adecuado uso de los equipos por las y los

estudiantes.

- Coordinar y administrar el mantenimiento y perfecto estado de uso de los equipos del

laboratorio.

- Asesorar, proponer y actuar como contrapartida técnica respecto de la adquisición,

renovación, adecuación y reparación de equipos.

- Capacitar a docentes y administrativos en el manejo de recursos computacionales.

- Imprimir, fotocopiar y multicopiar con la más absoluta privacidad instrumentos evaluativos,

guías u documentos de apoyo pedagógico autorizados por la UTP, cuando se le solicite.

- Imprimir y multicopiar documentos y circulares emanados de la dirección cuando corresponda.

- Mantener un registro de insumos solicitados y utilizados.

- Informar a la dirección sobre los insumos y mantenciones requeridos.

- Informar semestral y anualmente acerca del trabajo realizado en el laboratorio

- Llevar inventario de los elementos y equipos que componen el laboratorio de computación.

- Llevar registro de entrega y recepción de materiales y equipos.

- Llevar registro o bitácora del uso del laboratorio.

6. Docente Asesor del Centro de Estudiantes

Funciones

- Propiciar la participación democrática de todos los representantes de los distintos cursos del

establecimiento en el Centro de Alumnos.

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- Velar por el respeto y cumplimiento del Decreto Nº 524 referente a la organización y

funcionamiento de los Centros de Alumnos.

- Ejercer como articulador entre el Centro de Alumnos, la Dirección y el Consejo de Profesores.

- Cautelar que los propósitos y actividades del Centro de Alumnos se desarrollen en coherencia

con el Perfil del Proyecto Educativo Institucional.

- Velar porque el Centro de Alumnos participe en instancias institucionales, tales como:

elaboración del PEI, construcción y revisión del Reglamento de Convivencia, y otras que les

competan en su calidad de estudiantes.

- Velar por la participación responsable del Centro de Alumnos en organizaciones de gobiernos

estudiantiles comunales, zonales y/o nacionales.

7. Encargado/a PAE (Programa de Alimentación)

Funciones:

- Mantener actualizado el registro de estudiantes pertenecientes al sistema Chile Solidario.

- Entregar información a los potenciales beneficiarios sobre las fechas y requisitos de

postulación.

- Colaborar con la evaluación socioeconómica de los(as) estudiantes preseleccionados y

matriculados en la escuela.

- Monitorear la asistencia de los cursos.

- Pesquisar casos de ausentismo escolar reiterado.

- Elaborar e implementar el plan de acción para mejorar la asistencia del estudiante.

- Participar en la elaboración e implementación de proyectos de pro-retención escolar.

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c) Estamento Asistentes de la Educación

1. Inspectores/as de Patio

El asistente de la educación que tiene la labor de colaborar con la unidad de inspectoría,

encabezada por inspectoría general y desarrollar las funciones propias de su cargo. Además de apoyar

las actividades docentes y administrativas inherentes a la docencia que se les solicite.

Funciones

- Conocer y adherir a los valores, visión y misión de la Escuela Río Quillem propuestos en el perfil

del Proyecto Educativo.

- Promover y cautelar el cumplimiento de lo establecido en el manual de convivencia escolar.

- Apoyar la labor del inspector general.

- Colaborar en forma rápida y efectiva con inspectoría general, en caso de emergencia.

- Reemplazar en su función a inspectoría general, en caso de ausencia, en los aspectos que la

dirección determine.

- Mantener informado al inspector general de todo aquello que atente contra la buena

convivencia en los distintos estamentos.

- Apoyar la labor del superior jerárquico (Director, jefe UTP y docentes)

- Trabajar en equipo y manejar buenas relaciones con los demás integrantes de la comunidad

educativa.

- Iniciativa e idoneidad

- Atender en forma deferente y cortes a todos los miembros de la comunidad educativa y público

en general.

- Mantener una presentación personal sobria y austera.

- Ser un nexo efectivo entre inspectoría general, profesores(as) Jefes y de asignatura.

- Cuidar a los cursos en caso de ausencia de los profesores, conforme a indicaciones emanadas

de inspectoría general y UTP.

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- Apoyar al profesor de aula cuando se requiere en situaciones emergentes.

- Hacer ingresar al curso a la sala de clases, en espera del profesor asignado.

- Vigilar pasillos, patios, baños y toda la dependencia educativa de acuerdo a indicaciones de

Inspectoría General.

- Colabora con el inspector general en el resguardo del material y bienes muebles de la Escuela.

- Supervisión de los recreos de los estudiantes. Al término de éste o al cambio de hora

despejarán los patios para que los estudiantes reinicien sus actividades oportunamente.

- Respetar a todos los miembros de la comunidad, en cuanto su calidad de personas y a sus

respectivos roles, asimismo respetar la institución con sus símbolos y ceremonias.

- Proteger los derechos de los alumnos cuando estos sean vulnerados al interior de la familia y/o

del establecimiento, informando oportunamente a las autoridades pertinentes.

- Vigilar el comportamiento de los estudiantes, orientándolo en sus conductas y actitud, de

acuerdo, a lo establecido en el manual de convivencia escolar.

- Enfrentar problemas y dar solución oportuna a situaciones inherentes a su función.

- Intervenir como mediador frente a conflictos entre estudiantes.

- Vigilar los juegos de los niños durante los recreos.

- Fiscalizar a las y los alumnos que se encuentren fuera de clases.

- Fiscalizar el correcto uso del uniforme escolar y/ o el uso de vestuario adecuado.

- Fiscalizar la presentación personal adecuada y acorde al proceso de formación de las y los

estudiantes.

- Atender, cuando así lo amerite, la aplicación de primeros auxilios en caso de accidente escolar.

- Informar a los apoderados e inspector general en casos de estudiantes enfermos.

- Asistir y acompañar a los estudiantes en accidentes escolares al servicio de urgencia respectivo.

- Controlar atrasos, inasistencias, justificativos médicos, presentados por los estudiantes.

- Recibir estudiantes atrasados en portería y entregarlos al profesor del curso.

- Registrar a las y los estudiantes en el libro de salidas que son retirados por sus apoderados

durante la jornada de clases.

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- Cautelar el horario de almuerzo y uso del comedor.

- Colaborar en salidas a terreno si la persona a cargo se lo solicita

- Colaborar en la realización de los actos cívicos, eventos artísticos, culturales y/o deportivos del

Colegio.

- Cumplir su horario de trabajo. Firmar el libro de entrada y salida.

- Dar aviso dentro de las 24 hrs. al director e inspector general, si está enfermo o imposibilitado

de asistir a sus labores.

- Evitar hacer abandono de su lugar de trabajo o de sus funciones sin la autorización previa de

su jefe directo.

- Asistir a las citaciones que la autoridad realice: Consejos Generales, reuniones de trabajo, otras.

Colaborar y participar en las actividades académicas relacionadas con su función, organizadas

por la institución dentro del horario de trabajo.

- Conservar la debida confidencialidad de toda aquella información relacionada con la escuela y

los estudiantes.

Funciones de Portería:

- Su función principal es velar por las entradas y salidas de todos los miembros de la comunidad

Escolar.

- Solicitar información de identidad y trámite que desea efectuar a personas extrañas al colegio

y derivar a quien corresponda para su atención.

- Remitir recados y documentación que para que sea recibida en secretaría.

- Hacer pasar a los apoderados y entregar información importante de las situaciones de los

alumnos, al Inspector o autoridad cercana.

- Brindar una buena acogida a las visitas.

- Mantener la entrada y los lugares que se le hayan asignado limpios y cuidados.

- Impedir a los estudiantes permanecer en la entrada.

- Observar e informar todo accidente o caída de los estudiantes en la entrada.

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2. Auxiliares de Servicios

Funcionarios responsables directos de la vigilancia, cuidado y atención de la mantención de los

muebles, enseres o instalaciones del establecimiento escolar y demás funciones subalternas de índole

similar.

Funciones:

- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.

- Desempeñar, cuando proceda, funciones de portero del establecimiento.

- Retirar, repartir y entregar mensajes y correspondencia.

- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden.

- Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y maquinarias que se le

hubieren asignado.

- Cuidar y mantener jardines.

- Informar de las necesidades para el mantenimiento del local escolar.

- Dar cuenta de inmediato, a quien corresponda, de los daños detectados en las dependencias

del establecimiento.

- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del establecimiento.

- Asistir en el aseo de salas de clase, asignadas y cuando sea requerido.

- Abrir y cerrar el establecimiento y responsabilizarse de su seguridad.

- Manejar las llaves de las dependencias del establecimiento.

- Mantener una actitud de respeto y cordialidad con todos los componentes de la unidad

educativa a través de su vocabulario y presentación personal.

- Reparar llaves del agua, sistema de funcionamiento de estanques de los baños, colocar vidrios

y mobiliario.

- Estar a disposición de la escuela para actos públicos dentro o fuera de ésta.

- Colocar la bandera nacional los días lunes y otras fechas que estipule la normativa vigente, en

el mástil principal de escuela.

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- Guardar en inspectoría general cualquier prenda de vestir, paraguas, útiles escolares y otras

que quedasen olvidados por los estudiantes en las salas de clases e informar de ello al inspector

general.

- Habilitar la dependencia que se requiera para reuniones de subcentro de curso o centro

general de padres.

- Cuidar la circulación de estudiantes en los baños en horario de recreos.

- Responsabilizarse por el material de aseo que tiene a su cargo.

- Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas, antes de autorizar su

entrada.

- Tener presente en todo momento que es parte integrante de la comunidad educativa y

colabora en la educación de los estudiantes.

- Colaborar en los recreos, tocando la campana, instalando el equipo de audio y atendiendo a

los estudiantes en casos extraordinarios de accidentes u otros

- Brindar una buena acogida a las visitas.

- Impedir a los estudiantes que permanezcan en accesos de entrada, pasillos o en la calle,

cuidando con esto a los estudiantes más pequeños.

3. Secretario/a

Es la funcionaria administrativa responsable de la organización y ejecución de las directivas e

instrucciones administrativas emanadas de la dirección.

Funciones:

- Desarrollar su trabajo en estrecha y leal colaboración con la dirección, manteniendo la reserva

debida y necesaria sobre el contenido de asuntos de índole privado.

- Ser puntual y cumplir con los horarios establecidos de entrada y salida.

- Llevar al día documentación del establecimiento y mantener la reserva debida sobre su

contenido.

- Atender cordial y oportunamente del teléfono y derivar mensajes en forma oportuna a quien

corresponda.

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- Mantener una actitud de respeto y cordialidad con todas las personas con las cuales debe

interactuar reflejando identidad institucional.

- Confeccionar las citaciones a apoderados o reunión de apoderados, especialmente de los

niveles NT- 1eros años, cuando se le solicite.

- Digitar oportunamente el llenado de los boletines estadísticos mensuales.

- Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento, requiriendo de los docentes

los antecedentes necesarios.

- Cautelar la conservación, mantención y resguardo del mobiliario y material de su dependencia

de trabajo.

- Coordinar la revisión de los inventarios del establecimiento en conjunto con el inspector

general.

- Llevar al día los libros oficiales y libros auxiliares que se le ha encomendado.

- Realizar las funciones que les encomiende su superior jerárquico.

- Organizar, coordinar y controlar el almacenamiento y bodegaje de documentación.

- Coordinar, controlar e informar al director de las materias administrativas de personal referidas

a licencias médicas y días administrativos.

- Registrar las altas y bajas para su retiro en el libro de registro y comunicarlas a dirección.

- Organizar y mantener actualizados los registros de información, archivadores, correspondencia

interna y externa.

- Difundir las circulares oficiales del establecimiento a través de formatos de acuso recibo que

deberán ser firmados por el personal correspondiente.

- Recepcionar y archivar la correspondencia una vez revisada por dirección y/o UTP.

- Redactar cartas, oficios y circulares derivadas de dirección .

- Promover una comunicación fluida entre los diferentes estamentos al interior del

establecimiento.

- Fotocopiar y ordenar documentos solicitados por la dirección, inspectoría o UTP.

- Despachar correspondencia oficial a las instituciones o lugares señalados.

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- Confeccionar circulares, planillas, certificados y anotar en los registros pertinentes del caso.

- Responder por el uso de la información del computador de secretaría.

- Evitar hacer trabajos particulares a los docentes si no es autorizada, como tampoco a otros

entes educativos, sin la debida autorización de la Dirección.

- Mantener al día el sistema de gestión y control de la escuela, registrando antecedentes de los

estudiantes en el sistema computacional.

- Confeccionar informes semestrales, certificados anuales y actas finales, en estrecha

coordinación con U. T. P y dirección.

- Cerrar asistencia mensualmente en libro de clases.

- Sacar fotocopias solicitadas con la debida antelación y llevar un registro por curso.

- Realizar y actualizar matriculas, informando de manera oportuna al director.

- Entrega certificados de matrículas solicitados

- Dar de alta o baja de estudiantes en el SIGE previa información al director.

- Lleva el registro de estudiantes prioritarios y preferentes.

4. Periodista

Funciones:

- Es el encargado de hacer visible el trabajo pedagógico, administrativo y de gestión que realiza

la escuela.

- Administrar los sitios tecnológicos para la comunicación y publicación de actividades internas

y externas: Facebook, programas radiales, sitio web.

- Potenciar la imagen institucional mediante la publicidad.

- Ofrece el soporte tanto a la página web como a los correos institucionales.

- Capacitar a docentes, asistentes y estudiantes en el uso de plataformas virtuales.

- Apoyar y asesorar en actividades relevantes de la escuela.

- Elaborar agenda y material publicitario que releve el trabajo de la escuela.

- Desarrollar talleres de periodismo y comunicación para estudiantes y docentes.

- Realizar talleres del área digital, tecnológica y en manejo y uso de TICS.

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- Realizar clases en el laboratorio computación y entrega propuestas de trabajo para abordar las

áreas de tecnológica, SIMCE y uso del lenguaje.

- Registrar sus actividades en el libro de clases y compartirlo con el profesor del lenguaje.

- Apoyar el trabajo en el laboratorio de computación.

- Mantener operativa la red de internet.

- Contribuir al cuidado de equipos y ante algún imperfecto se informa al encargado.

5. Asistente de Aula

Es la funcionaria encargada de asistir a los estudiantes de 1° y 2° Básico, conforme a los

lineamientos entregados por la UTP y el profesor/a del curso.

Funciones

- Ejecutar las tareas que el docente le encomiende.

- Preparar material educativo, decorar la sala, entre otros.

- Atender responsablemente a los niños en el aula, patio y comedor.

- Atender al grupo curso en ausencia del profesor.

- Colaborar con el docente en el manejo conductual de los estudiantes.

6. Asistente de Párvulos:

Profesional con especialidad o título de auxiliar de párvulos, que otorga apoyo en forma

colaborativa a la educadora, con el fin de lograr un trabajo en equipo para favorecer aprendizajes

oportunos y pertinentes de los estudiantes, de acuerdo a sus características, necesidades e intereses.

Colabora en la preparación de material didáctico, ambientación, reforzando hábitos, normas y valores

con iniciativa, afecto, alegría y carácter lúdico.

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Funciones:

- Colaborar con las educadoras de párvulos en la atención de estudiantes de los niveles NT1 y

NT2.

- Apoyar a la educadora en la recepción y entrega de los estudiantes a los apoderados del curso,

al inicio y término de la jornada de clases.

- Guiar y estimular a los párvulos en el desarrollo de las actividades previamente planificadas y

preparadas por la educadora responsable del curso.

- Colaborar en la preparación de material didáctico, ambientación y preparación de material para

trabajo en el aula.

- Participar de las experiencias educativas que realice el nivel (paseos, visitas pedagógicas y

salidas a terreno).

- Participar activamente de los diferentes momentos de las experiencias de aprendizaje (inicio,

desarrollo, cierre).

- Colaborar con la educadora de párvulos en todos aquellos aspectos que ésta estime

conveniente asignarle.

- Velar por la seguridad del párvulo y prestarle los primeros auxilios, cuando corresponda, de

acuerdo a los protocolos sobre accidentes escolares.

- Informar a la educadora sobre situaciones que afecten a los estudiantes en materias

relacionadas con el aseo personal, estado de salud y estado emocional.

- Apoyar a la educadora en la formación de hábitos de los estudiantes.

- Participar de las capacitaciones.

- Atender de los niños en el patio, baño, comedor.

- Colaborar en el manejo conductual de los niños.

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d) Proyecto de Integración Escolar (P.I.E)

Es una estrategia inclusiva para el mejoramiento continuo de la calidad de la educación. Su

propósito es favorecer la presencia en la sala de clases de un o una profesional especializado en

problemas de aprendizaje que apoye con estrategias didácticas al docente de aula, abordando las

dificultades o barreras que experimentan las y los estudiantes que requieren para acceder y progresar

en el currículo y que, de no proporcionárselos, verían limitadas sus oportunidades de aprendizaje y

desarrollo.

Funciones:

- Establecer metas semestrales y anuales de aprendizajes, considerando la formación integral

del estudiante que presenta Necesidades Educativas Especiales (NEE), con especial énfasis en

las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemática, teniendo como referente

el currículo correspondiente al curso al que pertenece el estudiante.

- Implementar con el equipo multidisciplinario, un sistema de monitoreo permanente de

evaluación y seguimiento del progreso de los aprendizajes de los estudiantes que presentan

Necesidades Educativas Especiales (NEE) de carácter transitorio.

- Implementar estrategias para responder a la diversidad de las Necesidades Educativas

Especiales (NEE) de los estudiantes.

- Participar en los Equipos de coordinación tanto en el nivel comunal como de establecimiento,

y en ambos niveles educativos, de acuerdo a la planificación del PIE.

- Desarrollar un trabajo colaborativo con el profesor regular, proveyendo los apoyos de acuerdo

a sus competencias profesionales y a las NEE de los estudiantes, tanto dentro como fuera del

aula.

- Considerar la participación y colaboración de todo el equipo de aula y de la familia.

- Mantener un registro al día de lo concerniente a su función y documentos de sistematización

al día.

- Entrega de sugerencia, estrategias y apoyo a los padres y apoderados de los estudiantes con

necesidades especiales.

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- Realizar a evaluaciones y adecuaciones curriculares en conjuntos con docentes.

- Realizar procesos de devolución de resultados, entrega de sugerencias y estrategias tanto a

docentes como a padres y apoderados.

- Disponer y poner en práctica estrategias de sensibilización.

- Mantener informado a la dirección del accionar que se va desarrollando.

- Presentar una planificación cuando corresponda semanal, mensual, semestral y anual del

trabajo a desarrollar.

- Elaborar una planificación de trabajo que permita corregir y/o superar el déficit que se

presenten.

- Mantener sesiones de trabajo y/o acompañamiento directo cuando corresponda, según la

función de cada profesional

- Hacer entrega oficialmente por escrito de todo lo que se encuentre a su cargo, si se produjese

desafiliación contractual y/o traslado de establecimiento, incluyendo los antecedentes e

informes de desarrollo que no pudieron ser ejecutados, como también la información digital

que se tenga y que sea de propiedad del programa.

- Elaborar un plan de trabajo personalizado y/o grupal para los estudiantes pertenecientes al

programa cuando corresponda, el que deberá estar escrito e informado para su ejecución.

- Llevar un registro al día de la evolución que han tenido las pautas y/o los planes de acción

desarrollada.

- Establecer redes con instituciones de salud, con organizaciones empresariales y otros

organismos de la comunidad, entre otras tareas vinculadas al PIE.

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1. Coordinador/a PIE o profesor/a encargado/a

Funciones:

- Coordinar las distintas etapas y actividades comprometidas en el PIE, preparando las

condiciones para el desarrollo del programa, conocer la normativa vigente, conformar los

equipos técnicos y establecer funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes del

PIE, cautelando el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la normativa.

- Informarse de los diversos programas que el establecimiento está implementando y colaborar

con el equipo de gestión para articular el PIE con los diversos instrumentos de gestión (PME,

PEI, otros).

- Liderar la instalación de una nueva cultura de colaboración en el establecimiento educacional,

gestionando el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales.

- Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de los/las estudiantes con NEE,

gestionando la inclusión de dichos aspectos en el reglamento de evaluación del

establecimiento.

- Liderar procesos de formación de equipo de aula y trabajo colaborativo, como estrategias para

fortalecer y optimizar los aprendizajes de los y las estudiantes.

- Asumir en forma responsable todas las funciones que aseguren un óptimo funcionamiento del

programa a su cargo.

- Mantener actualizada cada carpeta individual del estudiante y de cada profesional, con toda la

documentación que la normativa exige.

- Coordinar y planificar las reuniones de trabajo del equipo PIE, como mínimo una vez al mes.

- Mantener una comunicación directa con la coordinadora comunal, para facilitar la información

a los equipos PIE de cada establecimiento.

- Velar por el cumplimiento de las estrategias PIE.

- Participar de las reuniones de trabajo colaborativo con los docentes de aula y los profesionales

de apoyo, generando estrategias de intervención en pos del aprendizaje de los/las estudiantes.

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2. Psicólogo/a (PIE)

Funciones:

- Realizar evaluaciones diagnósticas de los estudiantes derivados por el docente de aula.

- Redacción de informes psicométricos o psicológicos según corresponda e incorporar dicha

documentación a la carpeta individual del estudiante.

- Realizar seguimiento y atenciones individuales según el diagnóstico y las necesidades del

proceso.

- Realizar trabajo colaborativo con la docente PIE y el docente de aula, entregando lineamientos

en estrategias de intervención.

- Organizar y planificar semestralmente el plan de trabajo.

- Entregar orientaciones y herramientas a apoderados, en cuanto a estrategias de intervención,

de acuerdo al diagnóstico realizado para el afrontamiento de dificultades.

- Mantener actualizado el registro con cada una de las atenciones realizadas.

- Realizar talleres a los estudiantes, docentes y apoderados de los diferentes niveles, según las

necesidades que presente la comunidad escolar.

- Planificar, coordinar y llevar a cabo actividades técnicas y de apoyo al equipo PIE.

- Realizar derivaciones en los casos que sean necesarios

- Realizar trabajo con familia, ya sea de forma individual o apoyando el trabajo con familia que

debe realizar el docente PIE.

- Realizar reevaluaciones cuando corresponda de acuerdo a las NEE de los estudiantes.

- Integrar activamente el equipo interdisciplinario del establecimiento.

- Establecer canales de comunicación formales con los docentes y especialistas, para recoger

información acerca de los estudiantes que presentan NEE y entregar algunas sugerencias de

trabajo en la sala de clases según sea el caso.

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3. Educador/a diferencial

La Educador/a Diferencial es el profesional titulado, inscrito en el Registro Nacional de

Profesionales de la Educación Especial, para la evaluación y diagnóstico, conforme a normativa

vigente.

Funciones:

- Participar del proceso de evaluación y reevaluación integral, aplicando y analizando las pruebas

psicopedagógicas correspondiente.

- Vaciar la información que corresponda a su área en los informes y en los formularios de ingreso

o reevaluación y fírmalos en el caso de contar con registro Secreduc.

- Realizar la intervención a los alumnos con NEET y NEEP

- Aplicar autorización y anamnesis a cada estudiante.

- Planificar apoyos y estrategias educativas que se utilizaran, así como la atención en pequeños

grupos según las necesidades de los estudiantes.

- Registrar cada una de las actividades planificadas y realizadas, en el libro de clases, en el registro

de planificación y evaluación y en el plan de adecuación curricular individual (PACI).

- Contribuir a la optimización de la calidad de los aprendizajes de todos los alumnos del

establecimiento, especialmente de aquellos que presentan Necesidades Educativas Especiales

Transitorias o Permanentes.

- Apoyar el aprendizaje de los estudiantes en el aula común, realizando un trabajo colaborativo

entre el profesor de aula común y profesor especialista.

- Otorgar apoyo psicopedagógico con planes específicos a los estudiantes que lo requieran.

- Promover y planificar la incorporación activa de la familia de los y las estudiantes a la labor que

desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos.

- Integrar el Equipo de Gestión de la Unidad Educativa.

- Formar parte del equipo interdisciplinario del establecimiento y asistir a las reuniones que se

convoque.

- Mantener comunicación permanente con la UTP.

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- Participar de las reuniones comunales, convocadas por el profesional a cargo de la Educación

Especial.

- Acompañar y realizar un trabajo articulado con las docentes de aula.

4. Psicopedagogo/a

Profesional titulado de una entidad de Educación Superior acreditada. Estas

profesionales evalúan y realizan diagnóstico de los alumnos que presentan necesidades

educativas psicopedagógicas, derivando y/o realizando el apoyo psicopedagógico específico.

Funciones:

- Evaluar a los estudiantes en Velocidad, Comprensión lectora, Educación Matemática, Ciencias

Naturales e Historia y Geografía.

- Evaluar, diagnosticar, intervenir, reeducar y efectuar un seguimiento a estudiantes con

trastornos específicos del aprendizaje; en las áreas cognitivas, lectura- escritura y cálculo, no

adscritos al decreto 170/2010.

- Intervención psicopedagógica a los estudiantes que se encuentren descendidos en relación al

grupo curso, los cuales serán derivados por el profesor jefe, con ello se efectuará un diagnóstico

previo a una evaluación con instrumentos estandarizados en áreas cognitivas y/o

instrumentales.

- Elaborar informes psicopedagógicos de tal forma de entregar información y orientación a nivel

de establecimiento educacional, a padres, apoderados, familias y a otros profesionales del área.

- Mantener redes de comunicación permanente con equipo multidisciplinario del

establecimiento.

- Participar en reuniones del equipo multidisciplinario y reflexión pedagógica.

- Mantener comunicación permanente con la UTP.

- Mantener al día la documentación solicitada por la Jefa de UTP o coordinador del programa

integración escolar.

- Apoyo en intervenciones con material concreto.

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5. Fonoaudiólogo/a

Profesional titulado de la carrera de fonoaudiología, inscrito en el registro del Ministerio

de Educación conforme a la normativa vigente. Encargado de evaluar, diagnosticar prevenir-

intervenir en cuanto a las alteraciones en el habla, lenguaje y comunicación.

Funciones:

- Integrar activamente el equipo interdisciplinario del establecimiento.

- Realizar evaluaciones en los casos que se requiera, para un posible diagnóstico de TEL.

- Realizar evaluaciones complementarias en posibles casos de trastornos secundarios del

lenguaje y trastorno del habla.

- Llevar a cabo las reevaluaciones de los niños pertenecientes a PIE.

- Registrar la información obtenida en los procesos de evaluación (según área), en los

formularios que corresponda.

- Planificar la intervención fonoaudiológica, teniendo en cuenta las características propias de los

estudiantes, implementando planes de intervención de acuerdo a las necesidades

comunicativas y curriculares.

- Llevar registro de cada una de las actividades planificadas y realizadas.

- Retroalimentación y procesos de devolución para apoderados y profesores.

- Generan informes que evidencien los resultados y conclusiones obtenidas en la evaluación.

- Participar en la toma de decisiones respecto a las estrategias que se utilizaran en el ámbito

educativo con los estudiantes para fortalecer su progreso en el currículum.

- Realizar asesoramiento y colaboración con el equipo PIE, profesor especialista y/o profesor

regular, en el diseño de actividades, evaluación y trabajo en aula.

- Realizar informes de avance semestral de los procesos, aprendizajes y desarrollo del lenguaje

en los estudiantes integrados. Informando estos resultados a la educadora diferencial.

- Realizar trabajo con familia: entrevistas, reuniones, talleres, orientaciones del trabajo en el

hogar, reeducación fonoaudiológica, entre otras.

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- Mantener carpetas por estudiantes que contengan informes de evaluación, informes de avance

semestrales, plan de intervención y protocolos de evaluación

- Tener horarios de intervención individual una vez por semana informados a cada profesor.

- Mantener comunicación permanente con la UTP y coordinador del programa.

6. Técnico en educación diferencial

Se considera necesaria la presencia de un técnico en educación especial en el

establecimiento cuando existen diagnósticos o necesidades educativas especiales que

ameriten un acompañamiento constante del estudiante en el aula común, cuyas funciones

principales serán:

FUNCIONES:

- Integrar el/los equipo/s de aula.

- Acompañar los procesos de los estudiantes que presentan NEE, ya sea de carácter transitorio

o permanente en el aula común.

- Asistir técnicamente a los estudiantes que presenten dificultades para movilizarse en forma

autónoma.

- Implementar las acciones y estrategias planificadas por el equipo de aula para responder a la

NEE del estudiante.

- Implementar las ayudas técnicas necesarias para responder a las NEE de los estudiantes.

- Responder a las solicitudes de los docentes de aula o docente especialista, en relación a la

confección de material de apoyo específico.

- Participar de los procesos de toma de decisiones de equipo de aula, en relación a

capacitaciones, estrategias, evaluaciones, promociones, entre otras, referente a los

estudiantes con NEE.

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e) Centro de estudiantes

Es la organización formada por los estudiantes de 5º a 8º básico, que tiene como finalidad servir

a sus miembros, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la

voluntad de acción, de formarlos para la vida democrática y de prepararlos para participar en los

cambios culturales y sociales.

Funciones:

• Promover la creación e incremento de oportunidades para que los estudiantes manifiesten

democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.

• Promover en los estudiantes la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se

desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre

sus integrantes, basada en el respeto mutuo.

• Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante el Consejo

Escolar y las autoridades u organismos que correspondan.

• Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y los derechos humanos universales a través

de sus organismos, programas de trabajo y relaciones interpersonales.

• Participar, a través de la instancia pertinente, en la elaboración y revisión del Reglamento de

Convivencia.

f). Centro de padres

Organismo que comparte y colabora en el proceso educativo y social de la Escuela Rio Quillem.

De él se espera que apoye organizadamente las labores educativas del establecimiento y estimule el

desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar, en un ambiente de solidaridad y cohesión

grupal entre sus miembros.

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FUNCIONES:

• Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus hijos

y en consonancia con ello, promover las acciones que sean convenientes para el mejor

cometido de las responsabilidades educativas de la familia.

• Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento que faciliten la comprensión

y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol que corresponde

desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y

actitudes que la educación fomenta en los estudiantes.

• Apoyar la labor educativa del establecimiento aportando esfuerzos y recursos para favorecer

el desarrollo integral de los estudiantes.

• Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos del Centro de Padres;

promover la cooperación de las instituciones y agentes comunitarios en las labores del

establecimiento y, cuando corresponda, participar en todos aquellos programas de progreso

social que obren en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la niñez y juventud.

• Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del establecimiento tanto para

obtener y difundir entre sus miembros la información relativa a las políticas, programas y

proyectos educativos del establecimiento como para plantear, cuando corresponda, las

inquietudes, motivaciones y sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y vida

escolar.

• Participar, a través de sus representantes, en la elaboración y revisión del manual de

Convivencia Escolar.