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ESCUELA COLONIA MANUEL RODRÍGUEZ
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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
ESCUELA COLONIA MANUEL RODRÍGUEZ ANGOL 2020
ESCUELA COLONIA MANUEL RODRÍGUEZ
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INDICE
IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA................................................................................. 4
CONSTANCIA............................................................................................................... 5
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR......................................................................... 6
TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES.................................................................. 8
TITULO II: DEFINICIONES............................................................................................. 9
TITULO III: DE LOS OBJETIVOS QUE NORMAN LA CONVIVENCIA............................... 10
TITULO IV: DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR…............................................... 11
TITULO V: DE LA PARTICIPACIÓN............................................................................... 13
TITULO VI: DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS............................................. 16
TITULO VII: DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES DEL PEI............................... 17
TITULO VIII: DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA.............................. 19
TITULO IX: DE LOS DEBERES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA.................................. 20
TITULO X: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA.................. 22
TITULO XI: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL............................................................. 24
TITULO XII: DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS..................................... 26
TITULO XIII: DEL DEBIDO PROCESO............................................................................ 27
TITULO XIV: DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS..............................27
TITULO XV: DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES................................................. 29
TITULO XVI: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES................................................ 30
TITULO XVII: DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y FORMATIVAS............................... 30
TITULO XVIII: ESTRATEGIAS DE APOYO..................................................................... 34
TITULO XIX: DEL RECURSO DE APELACION............................................................... 35
TITULO XX: DE LOS PADRES Y APODERADOS........................................................... 35
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TITULO XXI: DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE FUNCIONARIOS………………………..……… 36
TITULO XXII: DE LA CEREMONIA DE LICENCIATURA......................................................44
TITULO XXIII: CONSIDERACIONES FINALES....................................................................44
PROTOCOLOS DE ACCIÓN………………………………………………………………………….……..….… 46
CRITERIOS A CONSIDERAR............................................................................................48
Protocolo de Actuación Frente a Detección De Vulneración De Derechos de Est…....49
PROTOCOLO: ANTE AGRESIVIDAD Y VIOLENCIA ESCOLAR. ....................................... 52
1.1 Actuación del establecimiento frente a situaciones de abuso sexual
infantil…………………………………………………………………………………………........................... 54
1.2 ¿CÓMO ACTUAR FRENTE ACTOS DE VIOLENCIA ENTRE ADULTOS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA? ............................................................................................................... 58
1.3 INDICADORES PARA IDENTIFICAR QUE UN NIÑO/A ESTA SIENDO VÍCTIMA DE
VIOLENCIA ESCOLAR ………………………………………………………………………………………....…. 60
1.4 Pasos a seguir en un eventual caso de violencia escolar. ……………………………..….. 60
1.5 Orientaciones para la intervención directa con los afectados/as. …………..……….. 61
2.- PROTOCOLO DE EMERGENCIA EN SITUACIÓN DE ACCIDENTE...............................62
2.1 DEFINICIÓN ACCIDENTE ESCOLAR. .........................................................................62
3.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y DE RETENCIÓN DE ESTUDIANTES PADRES Y MADRES
ADOLESCENTES. (Embarazo Adolescente)……………………………………………….……………..…65
4.- PROTOCOLO PREVENCION DE DROGAS Y ALCOHOL…………….………………..………….. 66
4.1 PROTOCOLO DE ABORDAJE DEL CONSUMO Y PORTE DE DROGAS, ALCOHOL Y
TABACO……………………………………………………………………………………….………………..…………67
5. PROTOCOLO SALIDAS A TERRENO Y VIAJES DE ESTUDIO. .......................................70
FORMATOS DE PROTOCOLOS ......................................................................................76
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IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO
VISIÓN
Queremos una Escuela contextualizada a la realidad de nuestros estudiantes, que valore la
cultura y el medio que nos rodea. Ofrecer una educación que utilice medios
tecnológicos, estrategias de enseñanzas pertinentes, creando altas expectativas en ellos y
facilitar la incorporación de los estudiantes a la enseñanza media.
MISIÓN
Entregar a todos nuestros estudiantes, educación de calidad, utilizando distintas estrategias e innovando metodológicamente, de tal forma que se proyecte al estudiante a preservar sus valores y tradiciones, respetando las diferencias individuales y el medio ambiente, promoviendo expectativas de superación personal que le permita la continuidad de estudios.
Incentivar la participación de Padres y Apoderados en la educación de sus hijos e hijas, a través de una orientación familiar, además, de hacerlos participes en diversos talleres que promuevan la cultura local. Hacer uso en forma efectiva de la informática y la tecnología de las comunicaciones, en las distintas asignaturas impartidas en el establecimiento. SELLOS EDUCATIVOS
Estudiantes respetuosos de sí mismos y con su cultura. Comprometidos con su bienestar y
defensores del medio ambiente
“Valoro mi cultura y mi entorno”
Establecimiento: Esc. Colonia Manuel Rodríguez
Director: Eliana del Pilar Godoy Moya. Dirección del Establecimiento: Colonia Manuel Rodríguez
R.B.D: 5249-3 Comuna: Angol Fono celular: 997160523
E-mail: [email protected]
Dependencia: Municipal
Niveles de Ed. Que Imparte: NT1-NT2 – Enseñanza Básica
Coordinadora Convivencia Escolar: Prof. Marcia Loaiza González
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C O N S T A N C I A
Pilar Godoy Moya, Profesora Encargada de la Escuela Colonia Manuel Rodríguez,
de Angol, deja constancia que con fecha 04 de Marzo de 2020, se conformó el Equipo de
Convivencia Escolar, el cual quedó integrado por: Nancy Medina Toledo, RUT: 8.429.220-6
Coordinadora de Convivencia Escolar; y Dupla Psicosocial compuesta por Asistente Social y
Psicóloga del Establecimiento.
La encargada de convivencia será la responsable de la implementación de las
medidas que determine el equipo y de contar con un Plan de Gestión específico con las
sugerencias o iniciativas del equipo de Convivencia Escolar, tendientes a fortalecer la
convivencia escolar.
Así mismo, en conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una
estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión, como también, informar
al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación
del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa, los avances en la promoción de la
convivencia escolar y de la prevención de la violencia.
Esta constancia permite dar cumplimento a circular Nº 1 emanada de la
Superintendencia de Educación de la profesional a cargo de la convivencia escolar de la
Escuela Colonia Manuel Rodríguez de Angol
Pilar Godoy Moya Prof. Encargada
Esc. C. Manuel Rodríguez
Angol, 04 de Marzo de 2020.
ESCUELA COLONIA MANUEL RODRÍGUEZ
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MANUAL DE CONVIVENCIA
Nuestro Establecimiento sabe que es necesario enseñar a los niños, niñas y jóvenes a
“convivir con otros” en un marco de respeto y de solidaridad recíproca, tolerancia y
aceptación; en un contexto en el que niños, niñas y jóvenes sean vistos como personas,
con capacidad para desarrollar en plenitud su capacidad afectiva, emocional y social, y
aprender valores y principios éticos que contribuyan a la construcción de una sociedad
más justa y solidaria. El presente manual busca ser una orientación que permita a
cualquier miembro de la comunidad educativa saber cómo actuar, cuáles son sus
derechos y a quién recurrir cuando se presentan situaciones de conflicto o de violencia en
la institución escolar.
Actualmente podemos manifestar que el ambiente de enseñanza aprendizaje de nuestra
Escuela procura mantener una convivencia sana, es decir en armonía, equilibrio,
solidaridad, respeto, inclusión y de comunicación constante, a través de esta valiosa
herramienta que nos ayuda a todos a mejorar y fortalecer la convivencia y lograr mejores
aprendizajes en beneficio de la calidad de la educación de todos.
El Manual de convivencia en conformidad a la normativa vigente de los Establecimientos
educacionales y teniendo como base los principios que sustentan la actual Reforma
Educacional, el Proyecto Educativo Institucional y la Ley sobre Violencia Escolar. Siendo
actualizado según requerimientos legales y propios de la Escuela. Identifica mecanismos
y procedimientos para la prevención y resolución de conflictos de una manera creativa,
pacífica, justa, democrática y de una educación inclusiva. Este plan detalla las fases del
trabajo, como abordar, actividades a realizar, tiempos necesarios, los recursos a utilizar y
los responsables de cada actividad con el fin de orientar conductas que promuevan las
relaciones armoniosas, de tolerancia y aceptación a la diversidad también pacíficas tanto
en la escuela como en su entorno.
Este Manual de Convivencia está organizado por docentes, alumnos/as, padres y/o
apoderados, con el propósito de darle seguimiento a las diferentes propuestas que lleven
a una educación adecuada oportuna e inclusiva de prevención y resolución de conflictos
de manera efectiva. Intenta potenciar y fortalecer los aspectos señalados en la Misión y
Visión de nuestro establecimiento plasmados en nuestro PEI y articulados con el presente
Manual.
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MARCO LEGAL Y PRINCIPIOS
El Marco Legal y los principios en que está basado el presente Manual son los
siguientes:
Ley General de Educación (Ley Nº 20.370).
• Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y Adolescente (Ley Nº 20.084).
• Ley de Abuso sexual (Ley Nº 19.927).
• Legislación de Convivencia Escolar vigente.
• Proyecto Educativo de la Escuela Colonia Manuel Rodríguez • Reglamento Interno de la Escuela Colonia Manuel Rodríguez • Ley sobre violencia escolar (Ley Nº 20.536).
• Ley sobre violencia intrafamiliar (Ley Nª 20.066).
• Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño
La Escuela Colonia Manuel Rodríguez, no acepta la discriminación por Orientación
sexual, identidad de género, nacionalidad u origen racial, embarazo, maternidad, VIH,
origen o situación económica, razones de salud, discapacidad física, psíquica o
necesidades educativas especiales de ninguno de los entes de la comunidad
educacional puesto que el respeto es el principio de las buenas relaciones humanas lo
cual se fomenta de manera transversal y el incumplimiento de esta norma es
considerada dentro de la tipificación como falta gravísima.
VALORES Y ACTITUDES DECLARADOS EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA
La formación valórica es fundamental en nuestro trabajo como establecimiento, más aún tomando como referencia el entorno de nuestros estudiantes, que sean formados con valores y principios sólidos que nos les permitan ser influenciados negativamente por el entorno. Los valores que rigen nuestro establecimiento son:
Respeto Perseverancia. Empatía
Responsabilidad Honestidad Compañerismo
Tolerancia Confianza Autoestima
Solidaridad Disciplina Amistad
Compromiso
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TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES
Art.1 El presente Reglamento contiene las normas básicas, por las cuales toda/o
estudiante de la Escuela Colonia Manuel Rodríguez debe regirse y tienen que ver con un
sistema educativo de un enfoque Humanista Cristiano, donde consideramos las siguientes
competencias:
1.- Tarea preventiva
2.- Socialización
3.- Formación integral del alumno
4.- Garante de los derechos de niños, niñas y adolescentes
5.- Promotora de conductas saludables: para desarrollar y fortalecer la autoestima
en niños y niñas
6.- Manejo cotidiano de los concepto de “DERECHOS-DEBERES Y
RESPONSABILIDADES”
7.- Detección y derivación
8.- En el ámbito educativo es fundamental ofrecer al alumnado herramientas que
les permitan prevenir el abuso y la violencia en general, actuando desde lo que se
llama prevención primaria.
Dichas competencias se fortalecen a través de los distintos planes de gestión, donde se
plasman acciones que generan comportamientos que dan cuenta de lo que queremos
lograr como establecimiento.
Art. 2.- El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica
los siguientes cuerpos legales:
Ley General de Educación (Ley Nº 20.370). • Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y Adolescente (Ley Nº 20.084). • Ley de Abuso sexual (Ley Nº 19.927). • Legislación de Convivencia Escolar vigente. • Ley sobre violencia escolar (Ley Nº 20.536). • Ley sobre violencia intrafamiliar (Ley Nª 20.066). • Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño
Además tiene como referencia el Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento,
que incluye el perfil del alumno.
Art.3.- Nuestra educación está orientada al desarrollo armónico de los alumnos y
alumnas, por lo que el establecimiento velará, en todo momento, por el cultivo y
acrecentamiento de valores y actitudes de respeto mutuo, dignidad, veracidad y
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autodisciplina, fundamentales para que la comunidad escolar se vea favorecida con un
ambiente de sana convivencia escolar.
TITULO II: DEFINICIONES
Art. 4.- Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres
y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los
principios y valores que sustenta la institución.
Art. 5.- Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la
elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la
División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “Es la capacidad que tienen las
personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad
recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los
diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La
convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en
distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los
actos ceremoniales, la biblioteca, el trayecto en buses de la escuela, así como también en
los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de
Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)”
Art.6.- Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de
Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los
miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de
las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo
contribuye a un proceso educativo e implementado en un ambiente tolerante y libre de
violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente
su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes” Según la Ley 20536, la
buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los
miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre
ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que
propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
Art.7 De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y
revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación
General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y
que deben distinguirse entre ellas. A saber:
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a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de
enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una
amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.
b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo
debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.
c. Violencia: “Todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la
fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.
TITULO III: DE LOS OBJETIVOS QUE NORMAN LA CONVIVENCIA
Art. 8.- Establecer en nuestra comunidad educativa un clima de respeto, que permita el
crecimiento personal, desarrollo de habilidades, el logro de objetivos en un ambiente sano
y acogedor. Donde haya participación y colaboración de los apoderados en la formación
de sus hijos.
Art. 9.- Potenciar el trabajo colaborativo en todos los miembros de la comunidad
educativa y promover el uso innovador de estrategias de aprendizaje, implementando el
uso de la tecnología, reconociendo debilidades que permitan la capacitación constante.
Art. 10.- Otorgar a los estudiantes, distintas posibilidades de desarrollar habilidades
artísticas como la pintura, manualidades, música, deporte, teatro, etc. Dando la
posibilidad de desarrollar la creatividad y mejorar la autoestima de cada uno de ellos.
Art. 11.- Atender a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE), tanto en el
aula común como en el aula de recursos, y con las adecuaciones que sean necesarias para
sus necesidades individuales.
Art.12.- Resguardar el buen uso de la implementación de tecnología en el aula,
fortaleciendo el buen uso de ellos.
Art.13.- Potenciar el auto cuidado e higiene en los estudiantes, promoviendo hábitos y
conductas de prevención.
Art. 14.- Utilizar los recursos que recibe el establecimiento, de la mejor forma posible, en
pos del bienestar de los estudiantes y el desarrollo de clases con los recursos necesarios
para ello.
Art. 15.- Guiar a los estudiantes en la toma de decisiones y resolución de conflictos de
forma pacífica y en su formación integral.
Art.16.- Establecer protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, los que
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deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e
implementar medidas pedagógicas.
TITULO IV: DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Art.17 DE SU DEFINICION:
El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y
la sana convivencia de la comunidad escolar, creando e impulsando acciones que
fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la
gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento.
Art.18 DE SUS INTEGRANTES:
El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por:
Coordinadora de Convivencia Escolar del establecimiento, quien la preside y representa.
a. Profesora.
b. Asistente de la Educación
c. Educadora de Párvulos
d. }docente de aula
e. Dupla Psicosocial (Asistente Social – Psicóloga)
Art.17 DE SUS OBJETIVOS:
El Equipo tiene los siguientes objetivos:
1.- Generar instancias que permitan la motivación, participación democrática y el
compromiso de la familia en los procesos de enseñanza-aprendizaje de sus hijos e hijas en
un ambiente de respeto a la diversidad e inclusión. ley 20845 del 29 /05 /2015
2.- Lograr en el educando una formación pedagógica, social y cultural que le permita
continuar su educación formal, de acuerdo a los valores humanos universales y a las
normas legales vigentes.
3.-Fortalecer la prevención y resolución de conflictos de manera creativa, pacífica, justa y
democrática de los diferentes sectores: padres, madres, alumnos, alumnas, personal
docente y asistentes de la educación.
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4.- Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la
institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos
por el establecimiento en su Proyecto Educativo, en el marco de la Jornada Escolar y de la
Buena Enseñanza.
5.- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad
escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
6.- Regular y Establecer Protocolos de actuación ante:
- Prevención de Drogas y Alcohol,
- Protocolo de abordaje del consumo y porte de Drogas, Alcohol y Tabaco,
- Protocolo de actuación frente a la acción de estudiantes embarazadas, maternidad
y paternidad
- Protocolo de actuación y abordaje ante relatos o sospechas de Abuso sexual
infantil,
- Protocolo de actuación ante accidentes Escolares,
- Protocolo y abordaje ante conductas de mal trato adulto/ Estudiantes.
Art.18 DEL FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA
a. El Equipo de Convivencia Escolar es presidido por la coordinadora de Convivencia
Escolar
b. Sesionará mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que
se requiera, con a lo menos dos tercios de sus miembros.
c. Anualmente informará a la comunidad acerca de los planes preventivos para la
convivencia escolar. Después de cada sesión, el Encargado del equipo informará a
los profesores jefes de asignaturas y apoderados(as) sobre los alumnos y alumnas que
están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.
d. La coordinadora de convivencia debe informar en cada sesión del estado de avance del
trabajo con casos que han faltado al reglamento y de nuevos alumnos que presentan
dificultades en algún ámbito de la convivencia escolar.
e. La coordinadora de convivencia podrá reunirse con el Consejo Escolar, Centro de
Alumnos y/o el Centro General de Padres, para efectos de prevención y promoción de la
sana convivencia escolar y cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo
amerite.
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f. Dos veces por semestre realizará una sesión con el objetivo de revisar las normas del
reglamento interno y los procedimientos de difusión para que la comunidad escolar
participe de su elaboración, recepción de sugerencias y/o aprobación.
COMPROMISOS:
1.- Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia, en el establecimiento
2.- Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar que
disponga el establecimiento.
3.- Elaborar el Plan de Acción sobre Convivencia Escolar, en función de las indicaciones de
la Unidad Educativa.
4.- Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia
y manejo de situaciones de conflicto entre los diversos estamentos de la Comunidad
Escolar.
5.- Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la
elaboración, implementación y difusión de las políticas de prevención, medidas
pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia.
TITULO V: DE LA PARTICIPACIÓN
DEL CONSEJO ESCOLAR
“A través de las modificaciones aplicadas a la Jornada Escolar Completa, mediante la Ley
Nº 19.979 del 28/10/2004, en sus artículos 7°, 8° y 9°, se aprueba la formación de
los Consejos Escolares en todos los establecimientos educacionales subvencionados del
país, organismo integrado por representantes de los distintos estamentos de la
comunidad educativa, quienes serán informados, consultados y propondrán acciones que
conlleven al mejoramiento de la calidad de sus propios”
Su objetivo es acercar a los distintos actores que componen una comunidad educativa de
manera que puedan informarse, participar y opinar sobre temas relevantes para los
establecimientos. La Ley establece que en estos Consejos deberán estar
representadas todas las sensibilidades de la institución.(MINEDUC 2005)
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El Consejo Escolar está formado por un representante de los siguientes estamentos:
- Sostenedor - Director, quien lo presidirá - Un docente, elegido por los profesores del establecimiento - El Presidente del Centro General de Padres y Apoderados - Un representante de los Asistentes de la Educación. - Un representante del Centro de Alumnos.
El Consejo tiene carácter consultivo, no resolutivo y será consultado en los siguientes aspectos:
a. Proyecto Educativo Institucional. b. Programación Anual y actividades extracurriculares. c. Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos. d. No interviene en materias técnico pedagógicas o administrativas e. Serán informados a los menos de las siguientes materias:
- Logros de los aprendizajes de los alumnos. - Informe de Supervisiones y/o fiscalización del Ministerio de Educación. - Informe, una vez al año, de ingresos efectivamente percibidos. - Compromiso de velar por la permanencia de los alumnos en el Sistema Educacional privilegiando las instancias de aprendizaje. - Proyectos de Mejoramiento Educativos que realice el Establecimiento DEL CENTRO GENERAL DE APODERADOS
El principal rol que cumplen los padres y apoderados, es ser colaboradores y cooperadores
permanentes en la formación de normas, límites, valores y hábitos en sus hijos.
La organización de los padres y apoderados está definida de manera democrática,
mediante votación y elección popular de su directiva general. Se reúne una vez al mes,
tiempo en el cual se parcializa para realizar reunión general de padres y luego reuniones
por curso.
Los decretos Nº 565 y Nº 732 del Ministerio de Educación ofrecen un Reglamento
General de Centros de Padres y Apoderados, que estipula los derechos y deberes de
los miembros y proponen ciertas funciones a desarrollar:
• Promover el cumplimiento de las responsabilidades educativas de cada familia en
relación a la crianza y formación de los hijos.
• Integrar a los padres y canalizar sus aptitudes e intereses.
• Fomentar los vínculos entre la familia y la escuela.
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• Proyectar acciones hacia la comunidad local, creando alianzas que contribuyan con
el bienestar de los niños.
• Proponer y proyectar acciones para el desarrollo integral de los niños.
• Sostener un diálogo con las autoridades educativas.
Son derechos del Centro General de Padres y Apoderados:
1.- Integrar el Consejo Escolar. 2. Ser informado semestralmente de los recursos obtenidos por el colegio y de su utilización. 3. Ser informado de los logros de los aprendizajes de sus pupilos. 4. Conocer el Presupuesto anual de todos los ingresos y egresos del establecimiento. 5. Conocer el Informe de Gestión educativa, antes de presentarlo a la comunidad educativa. 6. Ser consultados en la elaboración y las modificaciones del Reglamento de Convivencia escolar. 7. Retirar la documentación de su pupilo sin restricción.
DEBERES DE LA DIRECTIVA GENERAL DE PADRES Y APODERADOS
1.- Organizar el Centro General de Padres y Apoderados. 2.- Convocar a la Asamblea General ordinaria y extraordinarias cuando se estime conveniente. Colaborar junto con la Dirección del Establecimiento en todas las actividades en pro del mejoramiento y progreso del colegio. 5. Informar oportunamente del estado financiero del Centro de Padres y de cualquier actividad que se realice a Micro centros y Apoderados en general. 6. Al finalizar el año lectivo deberá presentar una Memoria Anual, rindiendo cuenta detallada de la Tesorería. 7. Solicitar a la Asamblea General el máximo de apoyo en todas las actividades.
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DEL CENTRO GENERAL DE ESTUDIANTES
El Centro de Alumnos(as) es una instancia de participación estudiantil conformada por los
representantes de cada curso de la Escuela, a fin de apoyar los propósitos y actividades de
promoción de la convivencia escolar contemplando las normas del establecimiento.
TITULO VI: DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS
Art.19: Son alumnos(as) regulares del establecimiento cuyos apoderados(as) hayan
firmado el compromiso educativo y el reglamento correspondiente y cumplan con
los compromisos contraídos con éste al momento de formalizarla, a través de la
firma del apoderado(a) y por el profesor jefe o la representante del establecimiento.
Art.20. La matrícula significa para el alumno(a) la aceptación de los derechos,
deberes, beneficios que la escuela establece para los alumnos (as), y a la vez, el
compromiso de cumplir las disposiciones reglamentarias vigentes y las normas que
regulan la vida escolar.
Art.21: Los alumnos(as) de la escuela pueden repetir un curso sólo una vez en cada nivel
por rendimiento asistencia o madures, siempre y cuando no presenten problemas
disciplinarios.
Art.22: El plazo máximo para que un (una) alumno(a) se consigne como “Retirado(a)” la
escuela será el 30 de noviembre del año lectivo.
Art.23: Los alumnos(as) que se hayan retirado del establecimiento, por cualquier causa,
dejan de ser alumnos(as) regulares; por lo tanto, no podrán participar en
actividades oficiales y extraescolares de ningún tipo.
Art.24: Los alumnos(as) nuevos que se incorporan a la escuela, durante el primer año de
permanencia en éste, quedan en situación especial de Observación.
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TITULO VII: DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES DEL PEI
Se considera que el proceso de convivencia escolar de los estudiantes tanto individual
como colectivamente posee aspectos positivos que deben ser destacados, reforzados,
reconocidos y modelados para, de esta forma fomentar dichas conductas como parte del
proceso formativo valórico para la vida y para el desarrollo cognitivo de los estudiantes
así como para el mejor logro de los objetivos institucionales llevados adelante en la labor
docente.
Se considerarán aspectos valorados como positivos las siguientes conductas de parte de
los estudiantes tanto dentro como en el entorno inmediato del establecimiento:
Presentación personal acorde a lo establecido en el presente manual.
Conducta verbal basada en el respeto y el buen trato a los diversos miembros de la comunidad escolar.
Conducta corporal basada en el respeto y el buen trato a los diversos miembros de la comunidad escolar.
Responsabilidad en relación con los deberes escolares y otras obligaciones emanadas de su condición de miembro de la comunidad escolar.
Cuidado de materiales personales e institucionales así como la promoción entre sus pares de dicho proceder.
Conductas que expresen valores humanos positivos como solidaridad, inclusión, aceptación de la diversidad amabilidad, compañerismo, colaboración, pro actividad u otras conductas asociadas.
Como grupo curso aquellos que favorezcan una convivencia positiva basada en el respeto, aceptación, e inclusión y en un buen trato.
Rendimiento escolar destacado expresado en las notas.
Los estudiantes destacados en lo enunciado anteriormente, se harán merecedores de estímulos e incentivos periódicamente por sus logros alcanzados durante el proceso educativo, a saber:
- Reconocimiento verbal cotidiano y constante de parte de docentes en el aula.
- Reconocimiento verbal cotidiano y constante de parte de docentes y asistentes de la educación en lugares fuera del aula.
- Registro de reconocimiento en hoja de vida del estudiante en el libro de clases.
- Reconocimiento público a estudiantes en el acto de inicio de la semana lectiva destacando los valores presentados en la semana anterior.
- Inclusión en cuadro de honor de estudiantes destacados por lo valores mencionados
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- Reconocimiento semestral y anual según los aspectos académicos destacados.
En relación al respeto hacia las personas, y los valores, se espera que los estudiantes y
adultos de la escuela:
Art.25: Demuestren una actitud respetuosa frente a los principios y valores emanados del
Proyecto Educativo de nuestro establecimiento.-
Art.26: Desarrollen actitudes de respeto, tolerancia y lealtad, para con cada uno de
los miembros de la comunidad y para con la institución, considerando el valor de la
persona humana y de las correctas relaciones sociales. Por lo tanto, los estudiantes y/o
adultos que generen daño emocional, físico o social contra compañeros(as), profesores y a
otros funcionarios de la escuela en diferentes contextos (presenciales, virtuales u otros),
son consideradas faltas graves, y él o los responsables se exponen a la aplicación de
las medidas disciplinarias contenidas en el presente Reglamento. El respeto por el otro es
primordial y sello institucional de nuestro establecimiento.
Art.27: Respeten siempre los valores y símbolos institucionales, como asimismo, los
símbolos patrios que fundamentan el sustento de toda convivencia humana y lo más puro
y trascendente de nuestra institución y nación.
Art.28: No consuman alcohol, cigarrillos y/o drogas, como una forma de proteger su salud
física y mental y por respeto a sí mismo, a su entorno y a la Institución.
Art.29: Corrección en el lenguaje y buenos modales, tanto dentro como fuera del
establecimiento y una presentación personal acorde con el lugar y las circunstancias
en que les corresponde actuar.
Art.30: Como escuela mixta, las relaciones sentimentales que se pudieran establecer entre
alumnos y alumnas deben ajustarse a las normas del decoro, la prudencia y el respeto a sí
mismos y al resto de la comunidad escolar.
Art.31: La alteración de las actividades propias del establecimiento, como consecuencia
de conductas individuales o colectiva de alumnos(as) y, que atenten contra la integridad
física de terceros y de los bienes de propiedad de la escuela, será considerado como una
falta grave; por lo tanto, él o los responsables se exponen a las medidas
disciplinarias contempladas en este Reglamento.
Art.32: La escuela se reserva el derecho de tomar medidas disciplinarias ante
comportamientos externos de sus alumnos(as), durante el uso del servicio de los
furgones de la escuela, las actividades que realicen fuera del establecimiento,
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representando a éste, y frente a conductas externas personales o colectivas que
atenten contra los principios que persigue este reglamento.
TITULO VIII: DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA
Art. 33.- Los estudiantes tienen derecho a ser escuchados, a expresarse y ser atendidos sin
ningún tipo de discriminación.
Art.34.- Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación de calidad, a expresarse y
ser atendidos, sin ningún tipo de discriminación.
Art. 35.- Los estudiantes serán respetados en su privacidad, a la libertad de pensamiento y
religión en conformidad a los derechos del niño.
Art.36.- Los estudiantes tendrán derecho a organizarse, participar y constituir el centro de
alumnos, para lo cual se confeccionará un reglamento que norme los procedimientos de
elección, función de sus miembros y atribuciones.
Art. 37.- Los estudiantes podrán hacer uso de todos los materiales didácticos disponibles y
sus instalaciones para fines pedagógicos o recreativos autorizados por la dirección del
establecimiento, cautelando el buen uso de ellos.
Art. 38.- Los estudiantes podrán participar, en forma libre y voluntaria, en todas las
actividades extra programáticas que organice la escuela.
Art. 39.- Los estudiantes podrán organizarse para realizar de libre elección actividades en
el Día del Alumno u otras que la Dirección determine.
Art.40.- Los estudiantes tienen derecho a conocer sus evaluaciones parciales y finales
cuando lo requieran. Del mismo modo, a ser atendidos por los docentes en las diferentes
asignaturas en los horarios que corresponda.
Art.41.- Los estudiantes podrán acceder a los beneficios del PAE, u otros que la dirección
obtenga, según las especificaciones emanadas por organismos superiores o de otra
dependencia.
Art.42.- Los estudiantes tendrán derecho a solicitar orientación frente a sus problemas
conductuales, ya sea por el profesor u otro especialista que la escuela solicite, previa
autorización de su apoderado.
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Art.43.- Las estudiantes que durante el año escolar se embaracen, podrán terminar su año
escolar como alumna regular. La escuela tomará las medidas de seguridad para
salvaguardar el derecho a la vida y el normal desarrollo maternal.
Art.44.- Los estudiantes que cometan alguna acción de indisciplina, contemplada como
trasgresión a las normas de convivencia, podrán exponer junto al apoderado, aspectos
que justifiquen o expliquen su conducta, para ser considerados como atenuantes al
decidir, en conjunto la sanción respectiva, si es que lo amerita.
Art.45.- Recibir la enseñanza acorde a los Planes y Programas referidos, de parte
del personal calificado que la escuela designe.
Art.46: Conocer el resultado de sus evaluaciones y recibir los instrumentos
aplicados, conforme a las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación del
establecimiento para tal efecto.
Art.47: Participar en todas las actividades académicas curriculares propias de su
nivel, salvo por impedimentos específicos o prescripción médica, debida y
oportunamente informado y registrado o por encontrarse bajo medida disciplinaria,
contemplada en el Reglamento.
TITULO IX: DE LOS DEBERES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA
Art.48.- Todos los estudiantes deberán tener un apoderado.
Art. 50.- Todos los alumnos y alumnas deben respetar los horarios de funcionamiento:
De lunes a jueves de 08.40 horas a 16.00 horas
Los días viernes de 08.40 horas a 14.30 horas Art. 51.- Deben asistir a clases todos los días, conforme a su horario, con su uniforme y
útiles escolares necesarios. Asistir a todas las clases que corresponda en cada jornada.
Art.52.- Las inasistencias a clases deberán ser justificadas por el apoderado en forma oral
o escrita.
Art.53.- Cuando la inasistencia sea por motivos de enfermedad, deberá hacer llegar el
certificado médico a la brevedad.
Art.54.- Durante el desarrollo de la jornada de clases, el estudiante no podrá abandonar el
colegio, salvo a petición de su apoderado en forma presencial y con la autorización de la
dirección.
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Art.55.- Velar continuamente, a través de su comportamiento y actitud personal, por el
prestigio del establecimiento.
Art. 56.- Todos los estudiantes deben cuidar y preservar su escuela. Cuidar el mobiliario
escolar, los útiles escolares y los implementos deportivos de la escuela. Velar por el buen
uso del furgón escolar. Cooperar con la limpieza e higiene del medio ambiente y entorno
del establecimiento.
Art.57.- No se permite el uso de los teléfonos móviles, tablet, cámaras y/o equipos de
música (mp3 o mp4) en salas de clases, de ser detectados tales equipos, serán entregados
a la dirección del establecimiento para luego ser retirados por el apoderado. La escuela no
se hace responsable ante la pérdida de tales objetos, sólo se hace responsable ante la
pérdida de objetos que considere escolares.
Art.58.- Todos los estudiantes deben tener un buen comportamiento tanto dentro como
fuera del establecimiento como también cuando se viaje en el furgón escolar.
Art.59.- Todos los estudiantes de la escuela deben mantener una actitud de respeto
hacia sus compañeros o compañeras, profesores, funcionarios del establecimiento y
apoderados.
Art.60.- Todos los estudiantes tienen el deber de representar a su escuela cada vez que
sea solicitada su participación.
Art.61.- Todos los estudiantes deben mantener una actitud de respeto hacia los símbolos
patrios, tanto dentro como fuera del establecimiento.
Art.62.- Los estudiantes deben acatar las normas e instrucciones impartidas para la
prevención de riesgos y accidentes.
Art.63.- Los estudiantes que se trasladen en el furgón escolar, no podrán bajar o subir en
otro lugar que no sea el habitual. Salvo que sea autorizado por la dirección o a solicitud
del apoderado. Sin embargo, ante un imprevisto en el recorrido del furgón, el chofer
podrá despachar a los estudiantes a los hogares cercanos al lugar del incidente.
Art.64.-Todos los estudiantes del establecimiento recibirán la alimentación otorgado por
el Estado a través de la JUNAEB, por lo cual deberá permanecer en el establecimiento,
salvo que el apoderado exprese, por escrito que la alimentación será responsabilidad de la
familia en su hogar.
Art.65.- Se prohíbe accionar artefactos eléctricos y/o electrónicos, como así mismo,
encender o apagar estufas o medios de calefacción sin la autorización de un profesor.
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TITULO X: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA
Art.66.- De la Puntualidad
Considerando que la puntualidad es un hábito positivo de enorme significado en la
vida personal y ciudadana, se establecen los siguientes procedimientos para
contribuir a su logro.
a. El ingreso de los alumnos(as) al establecimiento es a las 08:40 hrs.
b. No se aceptarán alumnos atrasados entre horas de clases, salvo situaciones
justificadas debidamente evaluadas por la instancia correspondiente.
c. Si un alumno(a), se atrasa indebidamente entre horas de clases, o estando en la
escuela no asistiere a ellas, sin justificación válida, deberá realizar un trabajo
complementario en otra sala, en el día y hora asignado por la dirección o
profesor(a) correspondiente. Si el alumno(a) no se presenta a cumplir esta medida
disciplinaria, será notificado a su apoderado para que se presente en el establecimiento a
acordar un compromiso con su pupilo.
Art.67: De la Asistencia
Respecto de la asistencia, el Reglamento considera las siguientes responsabilidades:
a. Es obligación de los alumnos(as) asistir a todas las clases, talleres y otras actividades
programadas por el establecimiento.
b. Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por el apoderado ante la dirección, o
profesor jefe respectivo el día que el alumno(a) se reincorpora a clases.
c. Si el alumno(a), estando en la escuela, se retira de éste sin autorización, la
dirección, informará y citará al apoderado. Por considerarse esto como una falta
grave, el alumno(a) en primera instancia, será anotado. Si el alumno o alumna
reincidiera en la falta, quedará con Matrícula en Observación y si se hallare con
Matrícula en Observación quedará con Matrícula Condicional.
d. Ante una inasistencia por enfermedad, el alumno(a) deberá, a través de su
apoderado: Informar oportunamente a la dirección o profesor jefe, pues las
inasistencias superiores a un 15% del total de días trabajados, según calendario
escolar, afectará la promoción del (la) alumno(a).
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e. El alumno(a) debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada
escolar.
f. Si algún(a) alumno(a) requiere retirarse de la escuela antes de su término de horario
debe ser autorizado y/o retirado sólo por su apoderado, siempre y cuando no tenga que
rendir evaluaciones durante ese día.
g. Si un alumno(a) debe ausentarse para representar a la escuela en actividades oficiales
extra aula o por otras situaciones ponderadas por la autoridad correspondiente, la
Dirección deberá informar a los profesores de asignaturas respectivos.
Art.68 Del trabajo escolar:
a. Es responsabilidad del alumno(a) que ha faltado a clases informarse, sobre
materias tratadas, trabajos, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia.
b. Todo alumno(a) tiene la obligación de rendir las evaluaciones en las fechas
establecidas según calendario de cada asignatura.
c. El alumno(a) que falte a actividades evaluativas calendarizadas y su inasistencia
haya sido justificada en la subdirección, por motivos de enfermedad, por asistencia a
actividades en representación de la escuela u otros debidamente respaldados, el día que
se reintegra a clases deberá conversar con el profesor correspondiente para que éste
recalendarice las evaluaciones pendientes.
d. Si un alumno(a) falta a una de estas evaluaciones calendarizadas y no justifique su
inasistencia, tendrá que rendirla en la hora y día que fije el profesor (a) respectiva, en un
plazo que no supere los siete días hábiles, con un mayor nivel de exigencia. Si
habiendo sido citado no se presenta a la evaluación calendarizada y sin justificación, se
fijará una nueva fecha y la calificación máxima será cuatro (4.0).
e. La justificación de inasistencia a evaluaciones programadas debe hacerla el
apoderado al director antes o al inicio de la jornada escolar del día de la
evaluación. Si ésta hubiera sido hecha vía telefónica o por correo electrónico,
deberá ser ratificada por escrito.
f. El alumno(a) que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a
trabajos previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el
profesor, el que no debe exceder a 7 días hábiles después de su reintegro.
g. El alumno(a) que sin justificación válida no entregue trabajos asignados en las
fechas fijadas por el profesor, deberá presentarlo el día siguiente y será
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evaluado con un mayor nivel de exigencia. Pasado ese día, podrá optar como nota máxima
un 4.0 (cuatro coma cero).
h. Cuando un alumno(a) manifiesta una actitud deshonesta en la elaboración y
entrega de un trabajo asignado en alguna asignatura, el profesor(a) le solicitará
hacerlo de nuevo y deberá entregarlo durante las 24 horas siguientes a la fecha
programada y será calificado con nota máxima de un 4.0 (cuatro coma cero). Su
actitud será registrada por el profesor(a) respectivo en el Libro de Clases e
informará al Apoderado.
i. Si un(a) alumno(a) es sorprendido(a) copiando en una prueba, ésta se le retirará y se le
aplicará una nueva prueba, la que deberá rendir dentro de 48 horas fuera del horario de
clases. Ésta será calificada en forma proporcional, con una nota máxima de 4,0 (cuatro
coma cero). Además, su actitud se registrará en el Libro de Clases y se informará por
escrito a su apoderado. Si el alumno(a) es sorprendido en una segunda oportunidad,
además, será suspendido de clases. En caso de volver a reincidir en conductas de este
tipo, junto con lo anterior, quedará automáticamente con Matrícula en Observación y si se
encontrare en esta condición pasa a Matrícula Condicional.
TITULO XI: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
Art.69: Del Uniforme escolar, cuidado personal y uso de accesorios.
Es responsabilidad del alumno y de la alumna de la escuela:
Art. 70.- Los estudiantes deben destacarse por su correcta presentación personal. Para lo
cual se debe considerar las siguientes indicaciones:
Se permite el uso de joyas moderadas pertinentes al uniforme y contexto escolar
Los objetos de valor que el estudiante porte son de su absoluta responsabilidad debiendo propender a no asistir con dichos elementos al establecimiento.
Se prohíbe el maquillaje en general.
El cabello de los estudiantes debe ser corto y aseado.
El cabello de las estudiantes debe lucir ordenado y aseado. Art. 71.- Deben asistir a clases todos los días, conforme a su horario, con su uniforme y
útiles escolares necesarios. Asistir a todas las clases que corresponda en cada jornada.
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Art. 72.- Todos los estudiantes deben asistir a clases con su uniforme completo si lo
tuviese, además de vestir su equipo de gimnasia cuando le corresponda.
El uso del uniforme escolar permite apreciar una ordenada presentación personal, el cual
contempla las siguientes prendas de vestir:
DAMAS:
Polera Institucional o blusa blanca, falda azul marino con pliegues, pantalón azul marino, delantal, chaleco o polar azul marino, zapatos negros y calcetas azules.
VARONES:
Pantalón gris de corte recto, polera institucional o camisa blanca, chomba o polar azul marino, zapatos negros.
EQUIPO DE GIMNASIA:
Este comprende el uso de buzo y polera institucional o cualquier prenda de vestir que
sea diferente a su uniforme o ropa que emplee habitualmente en clases.
La exigencia del uniforme escolar se desatiende cuando las condiciones climáticas u otras
de fuerza mayor así lo indiquen.
Art. 73 Del entorno:
a. Hacer buen uso de las instalaciones y del mobiliario del establecimiento,
manteniéndolo en buenas condiciones y utilizándolo en forma correcta.
b. Responsabilizarse de cualquier deterioro que ocasionare, asumiendo el costo de
reposición o reparación que ello demanda y se le aplicará una sanción de acuerdo a la
gravedad de los hechos
c. Respetar el derecho y la propiedad privada de las demás personas.
d. Entregar al Profesor, o Asistente de la Educación todo objeto encontrado en el
establecimiento y que no sea de su propiedad.
e. Conducirse en forma correcta dentro, durante el transporte en furgón escolar y fuera
del Establecimiento. Si así no fuere será amonestado y/o sancionado según corresponda a
la gravedad de los hechos.
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f. Si durante la jornada escolar algún alumno(a) presentara un problema, debe
comunicarlo inmediatamente al Profesor Jefe, o Asistente de la Educación respectivo,
antes de llamar directamente a su apoderado.
TITULO XII: DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS
Art.74 Acciones generales de políticas de acompañamiento preventivo
Con el fin de contribuir a la existencia de una buena convivencia escolar se deben practicar las siguientes acciones: a.- Los conflictos se deben considerar como normales en la escuela los cuales se pueden dar a distinto nivel, pero todo conflicto debe enfrentarse a través de distintas formas con el fin de obtener un buen resultado. b.- Evitar cualquier situación de violencia como bromas ofensivas, juegos rudos, discriminación y normas autoritarias y arbitrariedad en su aplicación. c.- Proponer distintas alternativas que permitan solucionar un conflicto, a cualquier nivel respetando los intereses, opiniones y puntos de vista de ambas partes. d.- Cada dos meses, la coordinadora de convivencia escolar fomentará valores de acuerdo
al PEI, con material de difusión, a fin de que cada profesor realice reflexiones con su curso
diariamente para la internalización de los mismos.
e.- Charlas y talleres de capacitación grupales con profesionales y redes de apoyo para
asistentes de la educación y profesionales de la educación.
f.- Talleres de fortalecimiento del rol parental y de interés en reuniones de apoderados.
g. Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios de la escuela.
Por otro lado, de manera individualizada se realizarán:
a. Entrevistas del profesor jefe con sus alumnos(as) y profesores del curso, con la
finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos.
b. Entrevistas de profesor jefe con sus apoderados(as) para tratar temas relacionados con
sus hijos.
c. Entrevistas de alumnos nuevos con profesor (a) con la finalidad de detectar su grado
de adaptación a la escuela y luego solicitar el apoyo de otras instancias si existiese una
situación que requiere preocupación de la institución.
d. Entrevistas de alumnos nuevos con Psicóloga para ayudarlos en su inserción a la
escuela.
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TITULO XIII: DEL DEBIDO PROCESO
Art.75.- Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de
todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la
falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad.
Art.76.- El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho
de todos los involucrados.
Que sean escuchados.
Que sus argumentos sean escuchados
Que se presuma inocencia; y,
Que se reconozca su derecho a apelación.
TITULO XIV: DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
Art. 77.- Las faltas disciplinarias podrán ser sancionadas según gravedad e impacto social
con sus pares. Estas tendrán la siguiente gradualidad:
1.- Falta menos grave: amonestación verbal; anotación en la hoja de vida de libro de
clases, citación del apoderado, permanencia en recreos y colación en el comedor por un
día.
2.- Falta grave: comunicación al apoderado.
3.- Falta muy grave: comunicación al apoderado, de reiterarse la conducta, se evaluará la
cancelación de la misma.
Art. 78.- Se consideran faltas menos graves:
Conversar (interfiriendo la clase), reírse, masticar chicle y/o comer dentro del aula en periodos de clases.
Presentarse sin tareas en una o diferentes asignaturas o sin sus materiales o útiles escolares a clases.
Arrojar basura en pasillos, salas, comedor y patios.
Desatender su presentación personal. Pelo largo en los hombres y suelto en las damas. Además presentarse maquillada con adornos o joyas a clases.
Usar el uniforme incorrectamente; usar su vestimenta informal en forma inadecuada.
No asistir a los actos matinales, charlas o reuniones que la Dirección establezca o convoque el Centro de alumnos.
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Art. 79.- Se consideran faltas graves:
Interrumpir en forma reiterada el desarrollo normal de las clases pese a reiterados llamados de atención de parte del docente o asistente de la educación a cargo del curso.
Inasistencias deliberadas a pruebas notificadas con la debida antelación. Se considera como notificación una semana.
Usar equipos de audio y/o jugar con teléfonos celulares en el transcurso de la clase.
Permanecer en el establecimiento o en su entorno sin autorización una vez finalizada la jornada de clases.
Desobedecer indicaciones u órdenes dadas por el Director, profesor/a y/o asistente de la educación.
Comportarse en forma inadecuada o irrespetuosa en el bus escolar además de bajar o subir del bus escolar en otro lugar que no sea el habitual en su traslado cotidiano.
Incitar a situaciones de desorden o indisciplina.
Escribir groserías en paredes, baños, cuadernos, etc.
Art.80.- Se consideran faltas muy graves
Eludir clases, estando en la escuela o retirarse de ella sin la autorización respectiva.
Abandonar o ingresar a la escuela, sin autorización o con engaño.
Alterar o falsificar documentos escolares.
Falsificar notas o firma del apoderado.
Agredir de hecho o palabra a un compañero (a) o funcionario (a) de la escuela.
Apoderarse de objetos ajenos.
Presentar trabajos que no le correspondan.
Rayar o destruir el mobiliario, paredes o dependencias de la escuela.
Tomarse la escuela, salas o alguna dependencia incitando a las agresiones verbales o físicas hacia funcionarios del establecimiento.
Fumar en la escuela o en sus alrededores inmediatos.
Tener un comportamiento poco decoroso u obsceno con alumnos o alumnas, siendo un mal ejemplo frente a su comunidad escolar en general.
Traer a la escuela elementos corto-punzantes que puedan utilizarse como arma blanca.
Asistir a la escuela bajo los efectos del alcohol y/o drogas. Consumirlas dentro de la escuela. Portar y/o comercializar alcohol, drogas o elementos pornográficos.
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TITULO XV: DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes:
Art.81.- Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares y/o sociales del
alumno(a).
Art.82.- Reconocer por parte del alumno(a) la falta antes de la formulación de la medida,
lo que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.
Art.83.- Corregir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se haya
determinado la medida formativa.
Art.84.- Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.
Art.85.- Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.
TITULO XVI: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:
Art.86.- Reiteración de una conducta negativa en particular.
Art.87.- Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de
una conducta negativa en particular.
Art.88.- Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad
de la comunidad educativa.
Art.89.- Haber actuado con premeditación.
TITULO XVII: DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y FORMATIVAS
DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS.
Los procedimientos que se describen a continuación deben ser aplicados por personas
que manejen técnicas de resolución pacífica de conflictos, tales como: La
negociación, la mediación, y el arbitraje.
De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el alumno o por la alumna, se
aplicará alguna de las siguientes medidas, las cuales deben ser supervisadas estricta
y eficientemente a fin de otorgar el sentido formativo.
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Art.90.- Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de
reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto
con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima. “Las medidas
reparatorias consideran gestos y acciones que un “agresor” puede tener con la
persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño.
Estas acciones restituyen el daño causado y deben seguir del diálogo, del acuerdo y
de la toma de conciencia del daño ocasionado, no de una imposición externa,
porque pierde carácter formativo.”
“Los Objetivos de estas medidas son:
- Enriquecer la formación de las y los estudiantes.
- Desarrollar empatía.
- Cerrar los conflictos, por lo tanto, “liberar” las partes involucradas
- Enriquecer las relaciones.
- Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto.
- Reparar el vínculo.
- Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver conflictos.
- Restituir la confianza en la comunidad.”
Orientaciones. reglam. con. escolar.(P.13, 2013)
Art.91.- Amonestación verbal: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de
lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica,
además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que
mantenga una buena convivencia escolar.
Art.92.- Amonestación con constancia escrita en los documentos del
establecimiento: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado
de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de
la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una
buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos
oficiales del establecimiento. (Libro de clases, anexos reglamento escolar, hoja de vida del
alumno)
Art.93 Servicio Pedagógico: Consiste en una acción que el alumno o la alumna realiza y
que tiene un sentido de apoyo, como por ejemplo: obtener o elaborar material
pedagógico para alumnos de niveles inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor
en una o más clases, preparando material por éste indicado, ayudar en el trabajo de
biblioteca, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, de acuerdo a sus aptitudes.
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Art.94.- Servicio Comunitario: Implica que el/la estudiante realice alguna actividad
que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus
actos a través de un esfuerzo personal. Ejemplo: Limpiar algún espacio de la escuela,
ayudar a cuidar a niños de niveles parvularios o básicos, ayudar al aseo del patio, ayudar a
un alumno.
Art.95.- Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento: Esta medida
consiste en detener temporalmente al alumno o alumna de asistir a clases, debido
a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la
normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la
conducta. Mientras dure la suspensión, el alumno(a) no puede participar en
actividades de ningún tipo, programadas por la escuela ni en representación de éste.
Art.96.- Condicionalidad de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de
conductas graves, el alumno(a) queda en una situación especial que implica que al
reiterar sus faltas está expuesto a la cancelación de matrícula, debiendo comprometerse a
no recaer en el tipo de conducta efectuada u otra similar. Esta promesa debe ser firmada
por el alumno (a) y su Apoderado(a).
Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de condicionalidad, desde
meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de
ayuda que la escuela le otorgue.
Los alumnos(as) afectados(as) con esta medida, mientras esté vigente su condicionalidad,
no podrán participar en actividades que signifiquen representar a la escuela
(competencias deportivas, actos culturales, desfiles, salidas a terreno, entre otros).
La situación final del alumno(a) con Matrícula Condicional debe quedar resuelta antes del
proceso normal de matrícula, por cuanto ésta puede incidir o no en la renovación
de matrícula para el año siguiente.
Art.97.- Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado(a), para
solicitarle su presencia en la escuela debido a alguna conducta efectuada por el alumno o
alumna y que transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de
una comunicación escrita o vía telefónica, según sea la situación y la urgencia.
Art.98.- La aplicación de las medidas disciplinarias antes señaladas es una facultad
privativa de la escuela, bastando, para la acreditación de la falta, un informe escrito de
un funcionario del establecimiento que de fe de la existencia de la misma.
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Art.99 El Profesor Jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del
comportamiento disciplinario del alumno(a), y registrar en el “Formulario de Registro de
Entrevista” el compromiso acordado y lo conversado, el cual debe ser firmado por ambas
partes.
Art.100 Las medidas a aplicar según la falta son:
Gravedad de la falta
Medidas Funcionario facultado para disponer la
medida
Menos Grave
- Llamado de atención. - Amonestación verbal. - Acto reparador - Registro en el libro de clases. - Información al apoderado.
- Cualquier funcionario que presencie, dependiendo la falta. - Profesores, Equipo directivo y Asistentes de la Educación
Graves
- Registro en el libro de clases. - Citación al alumno(a) a subdirección - Comunicación y citación al apoderado. - Servicio comunitario. - Servicio pedagógico. - Suspensión temporal de clases. - Matrícula en Observación.
Profesores, Equipo Directivo, Asistentes de la Educación, Directora, previa consulta al equipo de Convivencia Escolar y al Consejo de Profesores, excepto en aquellos casos en que dicha medida disciplinaria es consecuencia de la reiteración de una falta. - La medida será comunicada al apoderado personalmente y la escuela se reserva el derecho de solicitar cambio de establecimiento.
Muy Graves
- Citación al apoderado. - Suspensión temporal de clases. - Compromiso y trabajo comunidad escolar y pedagógico. - Matrícula Condicional. - Suspensión total de clases con derecho a rendir evaluaciones.
- Profesor jefe. - Equipo ce Convivencia Escolar. - Director
Frente a una falta se aplicará una o más medidas, dependiendo de la gravedad de ésta.
“El Libro de Clases constituye una importante herramienta para registrar este tipo de
información relevante, lo que permite visualizar la progresión de los cambios observados
(por ejemplo consignar si se advierte un notorio cambio conductual o de ánimo en el niño
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que se mantiene en el tiempo) y, en caso de realizar una derivación a una institución
especializada o una denuncia, constituirá una fuente de información, que ayudará en la
investigación y/o el tratamiento, por lo tanto será responsabilidad de los profesores (Jefes
y de Asignatura) llevar un registro en la hoja personal del estudiante.
TITULO XVIII: ESTRATEGIAS DE APOYO
ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE CONDICIONALIDAD.
Art.101.- Cuando un(a) alumno(a) quede con matrícula Condicional se aplicará la siguiente
estrategia de apoyo:
Acción de apoyo Responsable Temporalización
Entrevista individual con el alumno(a), con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.
Coordinadora Conv. Escolar Psicóloga Trabajador Social
De acuerdo a evolución
Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.
Director Coordinadora Conv. Escolar
De acuerdo a evolución
Diagnóstico previo a alumnos que presenten Dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras
Psicóloga De acuerdo a evolución
Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos
Psicóloga Contacto cuando la situación lo amerite.
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TITULO XIX: DEL RECURSO DE APELACION
Art. 102.- En cualquier circunstancia en que existan faltas menos graves al Reglamento, el
alumno(a) tendrá la posibilidad de apelar, fundadamente, ante el profesor jefe, profesor
de asignatura o coordinador ante la resolución adoptada.
En casos en que existan faltas graves o muy graves al Reglamento, el o los
afectados tendrán la posibilidad de apelar, fundadamente, ante la resolución
adoptada dentro de un plazo de cinco días hábiles, presentando ésta por escrito ante la
Dirección, quien actuará como ente imparcial y someterá a estudio la apelación,
informando a su vez a quien apela, la falta cometida, registrada en el presente
reglamento. La apelación presentada será posteriormente expuesta al Consejo de
profesores. Una vez estudiado el recurso, en Dirección, se comunicarán
personalmente y por escrito a los padres, acerca de la resolución, sin posterior
recurso, debiendo quedar constancia de la recepción del escrito por ambas partes.
TITULO XX: DE LOS PADRES Y APODERADOS
Independientemente de lo establecido en el Reglamento del Centro de Padres y
Apoderados de la escuela, todo padre y/o apoderado debe tener presente que:
Art.103.- Será apoderado por derecho propio sólo el padre o la madre del alumno o su
tutor legal.
Art.104.- En casos justificados, la dirección podrá aceptar como apoderado a una persona
debidamente autorizada por los padres o el tutor legal, como así mismo podrá
aconsejar o solicitar un cambio de apoderado. En caso que la actitud del
apoderado(a) se contraponga a los principios y valores de la escuela, la Dirección
se reserva el derecho de pedir cambio de éste.
Art.105 No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del
apoderado oficial.
Art.106.- Debe conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y velar porque su pupilo(a)
cumpla con las disposiciones contenidas en éste.
Art.107.- Debe respetar el Compromiso escolar y el reglamento de convivencia y sus complementos firmado con la escuela al momento que le sea solicitado y que dice relación con las medidas disciplinarias establecidas en este Reglamento.
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Art.108.- Está obligado a respetar todas las normas de seguridad implementadas por la
escuela en bien de su pupilo(a) y de la comunidad educativa en general.
Art.109.- Está obligado a asistir a toda reunión programada y comunicada con
anticipación, ya sea por el profesor jefe o por la escuela.
Art.110.- Debe tener la disponibilidad de tiempo suficiente para concurrir a entrevistas a
que fuere citado por la escuela o por algún profesional de éste.
Art.111.- Es su responsabilidad conocer el horario de ingreso y de salida de su hijo(a) del
establecimiento, tanto de las actividades curriculares como extra programáticas.
Art.112.- Queda estrictamente prohibido que padres y/o apoderados entren e
interrumpan la actividad llevada por el profesor en el horario de clases. Para consultas al
profesor, deberá hacerlo fuera del horario regular de clases (En reunión de apoderados o
solicitando entrevista personal con el profesor (a) )
Art.113.- Es de su responsabilidad o de quien designe oficialmente, retirar a su hijo(a) del
establecimiento en el horario normal de salida, en todos los niveles que cursen Desde los
niveles pre-básico a 8 básico.
Art.114.- Es su responsabilidad avisar oportunamente al profesor respectivo toda ausencia
de su pupilo(a) a clases y dar la justificación correspondiente.
Art.115.- Debe asumir su responsabilidad, como tal, frente a cualquier conducta externa al
establecimiento, provocada por su hijo(a) y que vaya en desmedro de su persona y de los
principios de la escuela.
Art.116.- Es su responsabilidad respetar el conducto regular de la escuela.
Art.117.- Es de su responsabilidad respetar el Compromiso de apoderados contraído al
leer y enterarse de éste reglamento.
Art.118.-El apoderado deberá esperar la información oficial de la escuela frente a
cualquier situación especial que afecte a su pupilo(a) durante la jornada escolar.
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TITULO XXI .- DEBERES Y DERECHOS DE FUNCIONARIOS
Art 119.- DEBERES DEL DIRECTIVO:
1.- Tener capacidad para tomar decisiones. Actitud positiva ante la vida.
2.- Curiosidad intelectual, actualizada
3.- Flexibilidad en su forma de pensar, sentir y actuar.
4.- Capacidad de escuchar a la comunidad educativa y responder a las inquietudes o
consultas que surjan de estos.
5.- Actitud de cambio, visión de futuro que anticipa las demandas del entorno.
6.- Sistematizar los procesos de información y objetivos institucionales, que favorezca un
buen clima organizacional.
7.- Utilizar la información disponible para monitorear y evaluar los resultados de
aprendizajes de los estudiantes y otros.
8.- Tomar decisiones pertinentes que resuelvan problemas oportunamente.
9.- Asegurar una participación activa en la formulación del proyecto institucional, su
revisión y modificación permanente.
10.- Asegurar la implementación continúa del Marco Curricular Nacional y el Marco para la
buena enseñanza.
11.- Garantizar la coherencia de los planes y programas con el PEI. Asimismo el líder
procurará que el PEI guarde coherencia con su contexto socioeconómico y cultural de su
comunidad educativa.
12.- Asegurar la organización efectiva del tiempo y los espacios institucionales para el
desarrollo de organización curricular, preparación de la enseñanza, implementación del
aula y la evaluación de los procesos.
13.- Transmitir altas expectativas respecto a los aprendizajes de sus alumnos.
14.- Garantizar que la implementación curricular persiga una enseñanza de calidad.
15.- Asegurar el buen uso de los recursos financieros en beneficio de todos los ámbitos de
la comunidad escolar.
16.- Gestionar recursos adicionales, formando redes de colaboración acorde con las
necesidades de la escuela.
17.- Promover la participación de los padres y apoderados, como protagonistas del
proceso de aprendizaje de los estudiantes.
18.- Tener ante la Comunidad Educativa una conducta, acorde con los principios éticos
y morales de un educador.
19.- Participar y responsabilizarse de la elaboración e implementación del P.E.I y PME/SEP.
20.- Representar oficialmente al colegio frente a las autoridades educacionales y a su vez
cumplir las normas e instrucciones que emanan de ellas.
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Art.120.- DERECHOS DEL DIRECTOR
1.- Ser respetado por docentes, estudiantes, apoderados y personal de servicios
menores, en su calidad de Jefe del Establecimiento.
2. Ser informado oportunamente de problemas que se presenten dentro del
establecimiento a nivel de docentes, estudiantes, apoderados y asistentes de la
educación.
3. Disponer de tiempo para perfeccionarse.
4. Hacer uso de Permiso Administrativo.
5. Ausentarse momentáneamente del establecimiento por funciones propias del cargo y
ser reemplazado por: Jefe Técnico, Coordinadora Convivencia Escolar o Coordinadora PIE.
Art.121.- DEBERES DEL JEFE DE LA UNIDAD TECNICA.
1.- Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren,
canalicen y concentren los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los
docentes, en función del logro de los objetivos educacionales propuestos por el
establecimiento.
2.- Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente del aula, a través de acciones de
asesoría directa y apoyo efectivo, oportuno y pertinente.
3.- Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo, especialmente entre los
docentes de aula.
4.- Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización permanente
de los docentes.
5. Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de
aula, favoreciendo su creatividad personal y académica.
6.- Procurar la participación activa, responsable y comprometida de los docentes, en las
distintas instancias técnico-pedagógicas del establecimiento.
7.- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación educacional.
8.- Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes el proyecto educativo del
establecimiento.
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9.- Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanzas que favorezcan
el aprendizaje efectivo de los educandos.
10.- Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar.
11.- Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y de otras
actividades para enfrentar los problemas pedagógicos en función de una mayor calidad
educativa.
12.- Colaborar en la Planificación escolar: distribución de cursos, docentes, alumnos.
13.- Asesorar y/o confeccionar los horarios de clases.
14.- Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para
hacer más efectiva la acción educadora del establecimiento.
15.- Supervisión quincenal de la concordancia entre Planes y Programas, planificación
diaria, libro de clases y cuadernos de los alumnos.
16.- Acompañamiento en el aula, observando al docente y luego realizando la
retroalimentación necesaria para analizar las prácticas educativas.
17.- Organizar en conjunto con los profesores criterios a considerar en las Visitas de
Interés Pedagógicas.
18.- Verificar la correcta confección de documentos oficiales: certificados de estudios,
actas de evaluación, concentraciones de notas, etc.
19.- Confeccionar y proponer a la Dirección y al Equipo de Gestión Escolar, calendarios de
actividades pedagógicas semestrales y de fin de año.
20.- Planificar, implementar y monitorear, el PEI – PME y documentos oficiales del
establecimiento, en conjunto con los estamentos de la escuela,
20.- Autoevaluar su gestión en forma permanente.
Art.122.- DERECHOS DEL JEFE DE LA UNIDAD TECNICA
1.- Ser respetado en sus observaciones en relación a los Libros de Clases, planificaciones, evaluaciones y/o cualquier documento que sea necesario. 2. Contar con las facilidades y apoyo necesario para asistir a Reuniones Técnicas. 3. Ser reemplazado por otro docente en caso de ausencia prolongada. 4. Conocer oportunamente determinaciones emanadas de la Comunidad Educativa con su función de docente. 5. Tener acceso a toda la documentación técnica y administrativa inherente a
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Orientación educacional, vocacional y profesional. 6. Disponer de tiempo para perfeccionarse. 7. Hacer uso de Permiso Administrativo. 8. Ausentarse momentáneamente del establecimiento por funciones propias del cargo.
Art.123.- DEBERES DE LOS PROFESORES DE AULA.
1.- Comprometido con el aprendizaje de todos los estudiantes.
2.- Una persona afectiva, empática, creativa, alegre, tolerante y leal. Capaz de incorporar a
sus clases la alegría, humor, sensibilidad y los elementos lúdicos propios del nivel que
imparte.
3.- Respetuoso de su persona y de toda la comunidad educativa.
4.- Sustentador de valores espirituales, morales, sociales, culturales y éticos.
5.- Un profesional de la educación con alto dominio y manejo de contenidos en su práctica
pedagógica. Capacitándose permanentemente en las disciplinas que enseña, como de las
políticas vigentes.
6.- Con actitud y constante disposición al cambio.
7.- Emocionalmente equilibrado y de buen carácter.
8.- Comprensivo y justo.
9.- Cuidadoso de la puntualidad.
10.- Orientar a sus estudiantes en variadas materias de su interés.
11.- Tener una actitud de respeto y vocabulario adecuado hacia el resto de los integrantes
de la comunidad educativa, respetar a sus pares y superiores y jerarquías.
Art. 124.- DERECHOS DE LOS PROFESORES DE AULA.
1.- Ser respetado como Profesional por: Directivos, Colegas, Alumnos, Padres y
Apoderados, Auxiliares, dentro y fuera del establecimiento.
2.- Ser informado de la correspondencia que le compete en forma oportuna.
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3.- Ser oído por el Director del establecimiento en reclamos que efectúe en forma oral o
escrita.
4.- Facilidades para perfeccionarse, cuando éste no interfiera en sus labores
docentes.
5.- Recibir información oportuna de beneficios entregados por Mineduc,
Municipalidad u otros organismos.
6.- Ser respetado en el horario de trabajo establecido previamente por la Dirección y de
acuerdo al contrato estipulado por la Municipalidad.
7.- Solicitar permiso administrativo.
8.- Solicitar al personal asistente su colaboración cuando se requiera.
Art. 125.- DEBERES DE LOS PROFESIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACION
ESCOLAR.
1.- Evaluación diagnóstica y elaboración de informes psicopedagógicos.
2.- Realización de formularios.
3. - Realización de adecuaciones curriculares, planificación anual y registro de
actividades diarias en libro de clases.
4.- Atención grupal o individual diaria de los alumnos integrados, según opción y
horas.
5.- Entrega de información, material y/o asesoría a profesores y directivos de la U.E
6.- Atención individual de apoderados de alumnos integrados.
7.- Taller de Padres y Apoderados de alumnos integrados.
8.- Actividades de sensibilización con los alumnos de la U.E
9.- Reevaluación diagnóstica y elaboración de informes psicopedagógicos.
10.- Dupla psicosocial aborda necesidades derivadas de alumnos y participa activamente
en el equipo de convivencia escolar.
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Art. 126.- DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION E INSPECTORA
1.- Debe ser una persona que muestre una adecuada Presentación Personal en el trabajo.
2.- Capacidad para efectuar trabajos de rutina.
3.- Capacidad para seguir instrucciones
4.- Compromiso y dedicación genuinos por alumnos en situación de vulnerabilidad que
tienen un entorno rural.
5. Estar en poder de su licencia de 4to medio para desempeñarse en el cargo.(asistentes)
6.- Poseer capacitación en materias pertinentes a su función.
7.- Desempeñar su función con responsabilidad, en forma activa y organizada.
8.- Reservado(a) con la información que maneje.
9.- Tener capacidad de decisión en materias de su incumbencia o cargo.
10.- Ser colaborativos, participativos y poseer espíritu de superación.
11.- Manejar un lenguaje acorde a la función que desarrollan.
12.- Obtener conocimiento acerca de su función, siendo un aporte positivo al
establecimiento
Art. 127.- DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION.
1.- Respeto por el horario correspondiente a sus labores diarias.
2. Ser respetado en su dignidad como persona.
3. Solicitar permiso administrativo.
4. Ser respetado por alumnos, profesores, apoderados, auxiliares y sus pares.
Art. 128.- DEBERES DEL ASISTENTE DE LA EDUCACION DE APOYO A LA DIRECCION y
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
1.- Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento requiriendo de los
docentes los antecedentes necesarios.
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2.- Revisión y actualización del inventario del establecimiento.
3.- Clasificar y archivar la documentación oficial del establecimiento.
4.- Llevar al día los libros oficiales y libros auxiliares necesarios que le asigne la Dirección
del establecimiento.
5.- Codificar los libros con etiquetas distintivas según inventario.
6.- Coordinar junto con la UTP los horarios para el uso del Laboratorio de Computación y
desarrollo de las actividades anuales.
7.- Derivar los problemas de fallas técnicas al servicio del soporte correspondiente.
8.- Resolver problemas menores de funcionamiento de los computadores y mantener los
equipos en óptimas condiciones y con carga.
9.- Actualizar proyectos de Informática Educativa, el uso y existencia del diferente
software educativo que se encuentran en la escuela proyectando necesidades.
10.- Llevar un Registro de Uso de los computadores por los diferentes cursos.
11.- Asesorar técnicamente en el uso del computador a los docentes que lo requieran y
ofrecer y promover el uso los diferentes softwares educativos que se encuentran en el
establecimiento.
Art. 129.- DEBERES DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS MENORES
1.- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.
2.- Desempeñar, cuando proceda, funciones de portero del establecimiento.
3.- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden.
4.- Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas, equipos
electrónicos, que se le hubieren asignado.
5.- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del
establecimiento.
6.- Mantener un trato deferente con el personal, alumnos, padres y apoderados.
7.- Tocar la campana en el horario estipulado para recreos e ingreso a clases
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Art. 130.- DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION (AUXILIARES DE SERVICIOS
MENORES)
1.- Respeto por el horario correspondiente a sus labores diarias, dejando tiempo
disponible para la colación.
2.- Ser respetado como persona, ya sea en el saludo diario, como al pedir algún
favor.
3.- Solicitar permiso administrativo.
TITULO XXII: DE LA CEREMONIA DE LICENCIATURA
Art.131.-La Ceremonia de Licenciatura es una actividad que la Escuela
realiza para sus alumnos de kínder y octavo Año básico que hayan
cumplido con los requisitos de promoción y que no hubiesen ocasionado
problemas disciplinarios internos o externos a éste y que les impida ser
invitados a esta Ceremonia de finalización.
Art.132.- El alumno(a) deberá presentarse a la Ceremonia de Licenciatura
correctamente uniformado:
a) Damas: Polera institucional, falda, calcetas azul marino y zapatos negros.
b) Varones: Polera institucional, pantalón gris escolar y zapatos negros, pelo
corto y afeitados.
Art.133.- Dado que esta es una Ceremonia Interna, el Colegio, frente a
conductas muy graves, se reserva el derecho de aplicar medidas disciplinarias
contempladas en el presente Reglamento e incluso, si fuese necesario,
proceder a suspender tal Ceremonia cuando los alumnos (as) hayan
transgredido los principios que sustenta la institución.
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TITULO XXIII: CONSIDERACIONES FINALES
PROHIBICIONES GENERALES PARA TODO EL PERSONAL DE LA ESCUELA.-
Art. 134.- Queda estrictamente prohibidas las siguientes acciones o actividades para todo
el personal del establecimiento:
1.- Faltar al trabajo o abandonarlo, sin causa justificada o sin autorización.
2.- Alterar los recorridos de los furgones escolares y/o horarios de funcionamiento, sin la
autorización o atribución correspondiente.
3.- Suspender las labores o inducir a dejar el aula o actividades normales.
4.- Atrasarse en la hora de llegada, sin justificación.
5.- Presentarse al trabajo en estado de intemperancia o bajo la influencia del alcohol,
drogas o estupefacientes.
6.- Causar daño intencionalmente a muebles, material didáctico o infraestructura del
establecimiento.
7.- Efectuar comercio particular dentro del establecimiento.
8.- Tratar irrespetuosamente o en forma agresiva al Director(a), profesores, auxiliares,
alumnos/alumnas o apoderados.
9.-Efectuar beneficios dentro o fuera del establecimiento sin la autorización de la
Dirección.
10.- Efectuar actividades ajenas a su labor contractual, en horas de trabajo.
11.- Comentar situaciones personales del Director(a), profesor (as) auxiliares,
alumnos/alumnas o apoderados con personas o en lugares inadecuados que dañen sus
imágenes.
Al ser sorprendido el personal de la escuela, incurriendo en una falta contemplada en este
reglamento, este será sancionado como se indica:
Falta menos grave, siendo estas las enumeradas anteriormente: 1, 2, 4, 7 y 9 amonestación verbal y amonestación por escrito en su hoja de vida (DAEM)
Falta grave, siendo estas enumeradas anteriormente: 3, 5, 6, 8, 10, 11, informe escrito al Jefe DAEM, Investigación sumaria
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Art.135.- Es responsabilidad de todo el alumnado y personal de la escuela cumplir
con los Reglamentos Complementarios al Reglamento de Convivencia Escolar.
Art.136.- Es responsabilidad de toda la Comunidad Escolar de la escuela velar por el fiel
cumplimiento de este Reglamento de Convivencia Escolar.
Art.137.- Cada funcionario de la escuela tiene el deber de conocer, cumplir y
respetar el presente Reglamento, así como el de Higiene y Seguridad.
Art.138.- Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por
la Dirección del establecimiento, instancia que, si fuese necesario, se hará asesorar
por quien lo estime pertinente.
Angol, 2020.
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PROTOCOLOS DE ACCIÓN 2020
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ANGOL.
Los siguientes protocolos son parte integrante del Reglamento
Interno de Convivencia Escolar
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47
“Un modo de garantizar el justo procedimiento, es diseñando o elaborando
Protocolos de Actuación. En pocas palabras, un protocolo es un
conjunto de indicaciones, comportamientos o normas que orientan o
guían el modo de llevar a cabo una acción determinada, esas normas
y/o comportamientos deben ser conocidos y respetados por todos. Las
normas o indicaciones refieren a qué se debe hacer frente a un hecho
(de violencia, como ejemplo), a quién hay que avisarle, quién se debe
hacer cargo de la situación, con quiénes se debe hablar, qué se debe
hablar, quién debe tomar las decisiones, cómo se deben tomar las
medidas, cuáles son los pasos y quiénes intervienen según si la falta es leve,
grave o gravísima, etc.
Seguir un protocolo acordado y consensuado ayuda a todos a saber
cómo se deberá actuar frente a un hecho, permite estar preparado y
reconocer quién o quiénes deberán tomar las medidas en cada
circunstancia, a nadie lo sorprende desprevenido, ya se sabe de antemano
cómo se deben hacer las cosas. Es importante, después de algún tiempo,
revisar el o los protocolos para ser ajustados y precisados, aun cuando
es importante señalar que no es conveniente acomodarlos a las
circunstancias.”
Ministerio de Educación, Guía de reflexión técnica. 2013
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CRITERIOS A CONSIDERAR
El criterio básico para actuar frente a hechos de violencia entre estudiantes es que las
acciones deben estar encaminadas a que los/las estudiantes entiendan, reflexionen y
se apropien, es decir, hagan suyos los principios fundamentales de la convivencia
entre personas y para que tomen conciencia que toda forma de violencia es algo
indeseado socialmente y que la Comunidad Educativa expresamente rechaza.
Desde un punto de vista pedagógico, tanto la resolución pacífica de conflictos,
como las estrategias que se utilicen son un medio, no un fin en sí mismas. Es deseable que
todos los conflictos, siempre, se solucionen por un vía pacífica.
Sin embargo, lo central es cuánto de aquello se ha transformado en aprendizaje;
cuánto se ha podido identificar de los factores que han desencadenado el conflicto
para que los involucrados tengan la oportunidad de aprender de la experiencia
(darse cuenta de su funcionamiento y tener la capacidad para reorganizarse), de tal modo
que cada persona implicada pueda tomar decisiones respecto de cómo, en el futuro, estos
mismos factores no sigan siendo fuente de situaciones que afecten la relación y la
convivencia.
Un conflicto no sólo se puede resolver sino también prevenir. En la Comunidad
Escolar son los adultos los llamados a ser ejemplo y modelo respecto de cómo se pueden
enfrentar los conflictos de manera civilizada. Siempre es posible el diálogo, la
comunicación, pero eso supone la disposición de todos a escucharse y respetar las
opiniones disímiles; la disposición a construir en conjunto.
Se entiende que el adulto es una persona con criterio formado, con madurez emocional
e intelectual, capacitado para orientar a niños/as y jóvenes en el desarrollo de
pautas de comportamiento en la interrelación con otros. En particular, el grupo familiar
(padres, madres, u otros) y el equipo docente del establecimiento comparten
responsabilidades en el proceso formativo de jóvenes, niños y niñas.
La educación y la formación de un conjunto de niños, niñas y jóvenes como
ciudadanos de paz para un futuro mejor será el norte que guíe todas las acciones
y decisiones de la comunidad escolar. Esta es una gran responsabilidad.
Extractos recabados de MINEDUC 2011.
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PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A DETECCIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE
ESTUDIANTES
PRESENTACIÓN
La Escuela Colonia Manuel Rodríguez tiene claras orientaciones para la creación de las
condiciones educativas adecuadas para resguardar la integridad física y psicológica de los
estudiantes del establecimiento. Es así como la escuela, adscribe a los mandatos
establecidos en la “Convención de los Derechos del Niño”, siendo como establecimiento,
garantes de derechos, por lo que hemos asumido definir, en el presente documento, los
protocolos de actuación frente a las tres temáticas más frecuentes de vulneración de los
derechos de los estudiantes:
Maltrato físico
Maltrato emocional
Abandono o negligencia
Abuso sexual infantil
CONCEPTOS GENERALES
A continuación se definirán los principales conceptos relativos al maltrato infantil y la
vulneración de los derechos de los niños.
Maltrato Infantil: La convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en
su artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: “Toda forma de perjuicio o abuso físico
o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso
sexual, mientras el niño se encuentre bajo la tutela de sus padres, de un representante
legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. De acuerdo a la Ley de
Menores, N°16.618, podemos definir el maltrato infantil como: “Una acción u omisión que
produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los menores”. Todos los tipos de
maltratos constituyen una vulneración a los derechos del niño, los cuales están
consagrados como Ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la
Convención Internacional de los Derechos del Niño. Es así como se hacen diferencias
según el tipo de vulneración de derechos:
• Maltrato físico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o
cuidadores (as) que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño(a) o lo
ponga en grave riesgo de padecerla. Esta puede manifestarse a través de moretones,
cortes y/o quemaduras, especialmente si el estudiante no es capaz de explicar
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50
adecuadamente su(s) causa(s). Esto puede aparecer en patrones distintivos, tales como
marcas por agarrar o coger al estudiante con fuerza, marcas de mordeduras humanas,
quemaduras de cigarrillos o impresiones de otros instrumentos. Además es frecuente que
los menores presenten miedo de volver a casa o miedo del padre/madre, y temor ante la
posibilidad de que se cite a apoderados para informar de la situación del menor en el
colegio.
• Maltrato emocional o psicológico: El hostigamiento verbal habitual por medio de
insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo
explícito o implícito hacia el niño (a) o adolescente. Esto puede manifestarse a través de
conductas del estudiante tales como comportamiento destructivo, agresivo o disruptivo o
tener un patrón de comportamiento pasivo, aislado o sin emoción. A la vez se pueden
apreciar fragilidad emocional, la que se detecta debido a reacciones emocionales
desproporcionales a los estímulos del ambiente por parte del estudiante.
• Abandono y negligencia: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores
(as) estando en condiciones de hacerlo no dan el cuidado y protección tanto física como
psicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El abandono y la negligencia
se manifiesta por ejemplo a través de la mala nutrición, apatía o fatiga constante del
menor, conductas tales como robar o suplicar por comida, notoria falta de cuidado
personal (mala higiene personal, ropas rotas y/o sucias), falta de atención a necesidades
de optometría (lentes), odontológicas (dientes) u otras necesidades médicas, ausencia o
tardanza frecuente en la escuela y desatención inadecuada o falta de supervisión de un
niño(a).
• Abuso sexual: El abuso sexual infantil ocurre cuando un adulto, o alguien mayor que un
niño, abusa del poder, relación de apego o autoridad, que tiene sobre él o ella y/o se
aprovecha de la confianza y/o respeto para hacerlo participar de actividades sexualizadas
que el niño (a) no comprende y para las cuales es incapaz de dar su consentimiento.
1.- PROCEDIMIENTOS DE ACCIÓN – PROTOCOLO ANTE CASOS DE DETECCIÓN DE
VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
El presente protocolo debe ser de conocimiento de toda la comunidad Escolar: Docentes,
apoderados, directivos, centro de estudiantes, y estudiantes en general. Ya que esta es la
única manera de actuar adecuadamente frente a la vulneración de derechos de algún
estudiante del establecimiento, ya que la detección de dicha situación puede ser realizada
por cualquier miembro de la comunidad. Por lo que es necesario que toda la comunidad
educativa, y especialmente el cuerpo docente considere:
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51
- Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación
vulneración de derechos o considere la existencia de indicios claros, tiene la obligación de
dar a conocer esta situación de manera inmediata al director. Es necesario además
guardar confidencialidad sobre la situación, para de esta forma resguardar la intimidad del
estudiante afectado.
- Posterior a esto, el equipo (directora, encargada de convivencia escolar y psicóloga)
deberá realizar una indagación acerca de los antecedentes que existen en torno al caso,
por medio de entrevistas con profesor jefe, con el estudiante y citaciones a los respectivos
apoderados. Estas entrevistas deben ser debidamente registradas, siendo las entrevistas
con apoderados documentadas en el libro de entrevistas (Existe un protocolo específico
en caso de sospecha o detección de abuso sexual infantil.) con la respectiva firma del
apoderado. Es importante en este punto escuchar respetuosamente el relato del
estudiante que refiera haber sido maltratado, acosado o abusado/a sexualmente.
Registrar el relato espontáneo del niño, niña y/o adolescente: transcribir textualmente sus
palabras y especificar las circunstancias en las que realiza el relato. De igual forma es
necesario registrar todos aquellos datos e informaciones que puedan ser relevantes en la
determinación de las características del caso de manera lo más objetiva posible y sin
emitir juicios de valor.
- Se comunicarán los resultados de la investigación a dirección, y se tomará la decisión de
acuerdo a los resultados de la investigación.
- En caso de ser necesario, se realizarán las derivaciones o denuncias a las instituciones
pertinentes al caso. Ya sea tribunales de familia, Oficina de Protección de Derechos de la
Infancia de la comuna, derivación a programas ambulatorios SENAME, centros de salud
mental u otra.
- Se comunicará la resolución y los pasos a seguir según el caso a los apoderados del
estudiante, salvo si se valora que dicha información pone en riesgo la integridad del
estudiante (abuso sexual intrafamiliar, maltrato físico grave…). En estos casos debe
comunicarse la situación a las instituciones pertinentes.
- La psicóloga es la responsable de realizar seguimiento de la situación, ya sea con
apoderados y/o con institución a la cual se haya derivado al estudiante.
MEDIDAS DE APOYO PEDAGÓGICO
Nuestro establecimiento educacional realiza las siguientes acciones con carácter
preventivo y promocional de la salud mental, para detectar situaciones de vulneración de
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52
derechos y potenciar los factores protectores de la salud mental de los estudiantes y sus
familias:
- Capacitaciones y facilitación de instancias formativas para el cuerpo docente del
establecimiento en detección de situaciones de vulneración de derechos de menores, y
primera acogida.
- Facilitación de espacios pedagógicos en los cuales se aborden temáticas tales como
detección de violencia, derechos de los niños, sana convivencia entre pares. Estas
instancias se concentran especialmente en las asignaturas de orientación, instancias de
consejos de curso y de a través de los objetivos de aprendizaje transversales.
1 PROTOCOLO: ANTE AGRESIVIDAD Y VIOLENCIA ESCOLAR.
OBJETIVO: Generar confianza en los estudiantes, permitiendo con esto, identificar situaciones de abuso infantil, para tomar las decisiones oportunas en el momento preciso, logrando así protección de nuestros estudiantes.
COMPETENCIAS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
a) Tarea preventiva, b) Socialización, c) Formación integral del alumno, d) Garante de los derechos de niños, niñas y adolescentes, e) Promotora de conductas saludables: para desarrollar y fortalecer la autoestima en
niños y niñas, f) Manejo cotidiano de los concepto de “DERECHOS-DEBERES Y
RESPONSABILIDADES”, g) Detección y derivación, h) En el ámbito educativo es fundamental ofrecer al alumnado herramientas que les
permitan prevenir el abuso y la violencia en general, actuando desde lo que se llama prevención primaria.
1.1.- EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE VIOLENCIA Y AGRESIONES
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o
sicológica, realizada en forma verbal (oral y/o escrita) y/o no verbal (gestos),
presencialmente o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de
cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se
cometa.
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53
Para actuar frente al caso de conflictos, tomaremos en cuenta las tres
estrategias de resolución pacífica, dadas a conocer en “Orientaciones para abordar
la convivencia escolar en las comunidades educativas” 2011:
• Negociación: realizada entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de
terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una
solución aceptable a sus diferencias; la solución se explicita en un compromiso.
Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para
ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes.
Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en
asimetría jerárquica (un docente y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no
exista uso ilegítimo del poder por una de las partes.
• Arbitraje: este procedimiento será guiado por un adulto que proporcione
garantías de legitimidad ante la Comunidad Educativa, con atribuciones en la institución
escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e
intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas
partes. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos
los involucrados sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia
vivenciada en el conflicto.
• Mediación: una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los
involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer
sanciones ni culpables. El sentido de la mediación es que todos los involucrados
aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. Es
importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso
ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar
conductas de abuso.
Actuación del establecimiento frente a situaciones de abuso sexual infantil Al detectar una situación de abuso sexual infantil, implica que algún adulto de la comunidad educativa tome conocimiento o sospecha que un niño está siendo dañado por la acción u omisión de otro adulto, sea este un familiar o no. No es función de los profesionales de la educación investigar o diagnosticar estas situaciones, pero si estar alertas y actuar oportunamente, derivando a centros especializados y/o efectuando la denuncia correspondiente. Ante la sospecha o certeza de una situación de abuso sexual infantil, se debe proceder: 1.- Conversar con el niño(a) del posible abuso sexual, teniendo presente que:
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a) Si un niño entrega señales de comunicar un tema delicado, buscar lugar adecuado que resguarde la privacidad. b) Mantener la altura física del niño. c) No presionar al niño(a) a hablar, esperar a que relate lo sucedido espontáneamente, sin preguntar detalles. d) Considerar el estado de ánimo del niño. e) Tener una actitud empática, de no contagio emocional, ni extremo distanciamiento. f) No cuestionar el relato del niño, no enjuiciarlo, ni culparlo. g) No transmitir prejuicios o experiencias personales en relación a este tipo de delito. h) No inducir al relato del niño(a) con preguntas que sugieran quien es el abusador(a). i) Si el niño(a) no quiere hablar, no presionarlo y respetar su silencio. j) Registrar en forma textual el relato del niño(a), como medio de evidencia al momento de la denuncia. k) No exponer al niño(a) que ha sido abusado(a) a relatar reiteradamente la situación ocurrida, se debe procurar el cuidado y protección. 2.-Informar inmediatamente al Director(a) del Establecimiento, quien junto al equipo psicosocial definirán las líneas de acción a seguir (denuncia, derivación al hospital, redacción de informe, etc). En caso de dudas contactarse con O.P.D o SENAME. El director(a) deberá poner en conocimiento de los hechos y antecedentes de que disponga, a Carabineros de Chile, Investigaciones de Chile, Fiscalía con el fin de que tomen conocimiento de los hechos y coordinen las acciones pertinentes según el caso. Si hay un niño o niña con signos visibles o que permitan sospechar que ha sido maltratado/a físicamente o agredido/a sexualmente, el equipo psicosocial del establecimiento acompaña al adulto que recibió el relato al centro de salud más cercano para realizar una constatación de lesiones. Debe comunicarse también con el apoderado del niño/a para informarle la gestión a realizar. Si el abusador es funcionario del Establecimiento. 1.-Inmediatamente conocida una denuncia de abuso sexual infantil o que se tome conocimiento de los hechos, el funcionario deberá informar al Director(a). 2.-Dirección del Establecimiento debe hacer la denuncia a Carabineros de Chile, Fiscalía o PDI. 3.-Dirección debe adoptar las medidas para que se establezcan las eventuales responsabilidades y como medida de prevención separar al eventual responsable de su función directa con los alumnos y reasignarle labores que no tengan contacto directo con alumnos(as). Esta medida no solo tiende a proteger a los alumnos, sino también el denunciado(a), en tanto se clarifiquen los hechos. Si el abuso es entre alumnos del Establecimiento. 1.-Se informa a Dirección del Establecimiento. 2.-Dirección y equipo psicosocial entrevistan a los alumnos(as) por separado y simultáneamente de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de los alumnos.
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3.-Una vez corroborado el hecho, se procede a realizar la denuncia a las autoridades correspondientes. 4.-Paralelamente se toma testimonio escrito y firmado de puño y letra por cada alumno(a), como evidencia ante posible denuncia en tribunales. 5.-Resguardar la identidad de los alumnos involucrados, ya sean participantes activos o pasivos. 6.-Se cita a los apoderados para informarles sobre la situación. 7.-Dirección y Equipo de convivencia escolar y consejo de profesores recaban antecedentes de los alumnos(as) y toman medidas y medidas reparatorias de acuerdo al reglamento de Convivencia escolar. 8.-Se cita a entrevista personal al apoderado del alumno(a) involucrado con el fin de informar procedimientos a seguir. 9.-Si fuera necesario se citará a reunión de apoderados del curso para clarificar información de los hechos e informar procedimientos a seguir. Denuncias. En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil o cualquier otro delito, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal, establece la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal. Si el abusador no pertenece al establecimiento Si un adulto del colegio recibe un relato de que un estudiante ha sido o está siendo víctima de abuso sexual de parte de alguien externo al colegio. El adulto debe acoger, escuchar y apoyar al (la) estudiante, de modo que se sienta seguro(a) y protegido(a), no pedir detalles excesivos. Ante todo se le debe creer su relato. El adulto a quién se le reveló la información debe registrar por escrito todo lo relatado por el (la) estudiante, si es posible con frases “textuales” y guardar los antecedentes del caso. -El adulto a quien se le reveló la información, debe entregarla de inmediato a la directora y luego a la dupla psicosocial del colegio, quienes tendrán a cargo el seguimiento del caso, dicha información debe tratarse de manera discreta resguardando la identidad del estudiante. -Esta entrega de información quedara registrada en un documento firmado por quien informa a la directora. -No se debe hacer que el niño(a) vuelva a relatar lo ya dicho, ya que no es misión del colegio investigar los hechos. Esto le corresponde al tribunal y personal especializado.
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Responsable: directivo, docente o profesional que recibe la información. Se debe identificar a algún familiar adulto protector y de confianza del/la estudiante. La directora deberá ponerse en contacto inmediato con ese adulto, siempre y cuando no sea el adulto responsable del alumno quien esté involucrado en el abuso o sea encubridor de este. Al que se le deberá relatar la situación e informar de las medidas. Denuncia: Se debe efectuar la denuncia obligatoriamente dentro de las siguientes 24 Hrs, por la dirección del establecimiento, o por el adulto que recibe el relato, ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (PDI), Ministerio Público. Dupla psicosocial del colegio, hará seguimiento del caso y de la situación del estudiante en el colegio (académica, social entre otros)
Actuación del establecimiento frente a situaciones de agresión y/o violencia
Se activará ante las siguientes situaciones:
• Producir el temor razonable en la víctima de sufrir menoscabo considerable en su
integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos
fundamentales.
• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes, u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa.
• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acusar o burlarse de un alumno
u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas, etc.)
• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, pensamiento político, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,
discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa, a través de chats, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos
o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
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• Exhibir, trasmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar.
• Realizar acoso de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.
Protocolo de actuación:
1. Una vez que se tiene conocimiento de una posible situación de maltrato escolar,
la coordinadora de convivencia deberá procesar la denuncia e informar al o los
Profesor(es) Jefe(s) respectivos para iniciar una investigación interna.
2. Al inicio del proceso, el Profesor Jefe deberá notificar a los padres sobre la situación que
está afectando a su hijo, quedando constancia de ello en el libro de clases.
3. La coordinadora de convivencia deberá recabar la información necesaria para
determinar si corresponde o no a una situación de maltrato escolar. En el caso que se
evidencie que este maltrato es sostenido en el tiempo, se deberá entrevistar a
cada uno de los involucrados, dejando registro escrito de ello.
Cada entrevista deberá efectuarse por separado en el marco de la necesaria reserva y
discreción de la investigación interna, evitando toda confrontación directa entre los
implicados.
4. En el proceso investigativo por parte de la coordinadora de convivencia, se debe velar
para que los participantes en el hecho hagan sus descargos, partiendo de la presunción de
inocencia del o los posible(s) agresor/es acusados.
5. La coordinadora de convivencia entregará por escrito toda la información al consejo de
profesores.
6. La coordinadora de convivencia, asesorada por el Consejo de profesores, resolverá
sobre las medidas a adoptar de acuerdo a la gravedad de la falta y las
características de los involucrados conforme a lo señalado en el Reglamento Interno.
Deberá quedar consignado en el libro de clases.
7. Las medidas podrán ser apeladas por escrito al Consejo de Profesores hasta cinco días
hábiles después de su notificación. De no ser así o ser rechazada la apelación, se
procederá con lo estipulado.
8. La coordinadora de convivencia y profesor jefe deberá velar y monitorear porque
las medidas de protección y reparación al o los afectados se estén llevando a cabo.
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9. Si el caso lo amerita, se podrá suspender al alumno indicado como agresor. Esto
cuando la víctima sienta, con su presencia, amenazada su integridad física o psíquica.
Dicha suspensión estará acompañada de medidas que mantengan los compromisos
escolares del agresor y su derecho a la educación, por ejemplo, favorecer al estudiante
para que tenga una atención pedagógica en otro horario y desarrolle las tareas escolares
en su hogar.
10. En casos de lesiones físicas de moderadas a graves, que no sean constitutivas
de delito, o que los involucrados estén eximidos de responsabilidad penal, se evaluará
por parte del Profesor Encargado, que el o los estudiantes agredidos o agresores estén en
condiciones de asistir al Colegio.
11. En caso de lesiones físicas graves o muy graves, que sean constitutivas de delito y que
los involucrados tengan responsabilidad penal (14 años), será necesario hacer la denuncia en la
Fiscalía correspondiente.
12. En el caso de que el agredido sea un funcionario, el profesor encargado resguardará aspectos
tendientes a garantizar su seguridad física y /o emocional. Se deberá constatar lesiones en el
centro de salud correspondiente y realizar la respectiva denuncia a los organismos pertinentes.
1.2 ¿Cómo actuar frente actos de violencia entre adultos de la Comunidad
Educativa?
“Al producirse un acto de violencia entre los adultos, es recomendable realizar
acciones como las siguientes:
• Intervenir de manera inmediata e interrumpir el episodio de violencia.
• Disponer medidas para que la situación se mantenga alejada de los espacios en los que
circulan o estén presentes las y los estudiantes.
• Preguntar y escuchar atentamente la versión de los implicados, buscando
comprender cómo se produjeron los hechos y cuáles serían las posibles alternativas de
solución.
• Por tratarse de adultos y si corresponde, cada uno debe decidir si denunciará o
no el hecho; sin embargo, si se advierte que se ha cometido una agresión y que
una de las partes se encuentra incapacitada para tomar una decisión en ese
momento, se puede llamar a un familiar o acompañarlo para realizar la denuncia.
• Independiente de las decisiones personales de los implicados, se deberá analizar la
situación en conjunto, y determinar cómo será abordado el episodio una vez superada la
crisis. Verificar si hay condiciones para que las partes conversen unos días más tarde; si se
requiere de un tercero que actúe de mediador; si es necesario adoptar medidas
administrativas para evitar que el hecho se repita, entre otras.
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• No promover la mantención de secretos: si los estudiantes preguntan acerca de
lo sucedido, se les debe responder con la verdad, pero prescindiendo de detalles
innecesarios.
No se debe descalificar ni referirse en términos inadecuados respecto de los o las
involucrados(as). Los y las estudiantes deben saber que la violencia entre adultos es una
conducta indeseable y que la Comunidad Educativa adopta medidas al respecto.”
(MINEDUC. 2011)
Los actos de violencia se manifiestan en forma verbal, física, psicológica, social y mediante
medios tecnológicos.
Como violencia verbal se entenderá por burlas, insultos, sobrenombres, amenazas,
y/o acoso.
La violencia física puede definirse como aquella lesión física de cualquier tipo
infringida por una persona a otra, ya sea mediante golpe, mordeduras, quemaduras
o cualquier otro medio que sea susceptible de causar lesión.
El concepto de violencia psicológica es un concepto social que se utiliza para
hacer referencia al fenómeno mediante el cual se busca humillar, hacer sentir mal e
insegura a una persona, deteriorando su propio valor. Este tipo de violencia es sutil
y mucho más difícil de percibirlo o detectarlo y se manifiesta a través de palabras
hirientes, descalificaciones, gritos e insultos.
La violencia social hace referencia a aquellas acciones que buscan excluir a una
persona de un grupo ignorándola sistemáticamente, impidiéndole participar y
aislándola intencionadamente de las interacciones entre iguales debido a su condición
social, étnica, religiosa, sexual, económica, entre otras.
La violencia a través de medios tecnológicos o ciberbullying implica el uso de la tecnología
para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat,
blogs, mensajes de texto, sitios web, comunidades sociales y cualquier medio
tecnológico virtual o electrónico.
1.3 Indicadores para identificar que un niño/a esta siendo víctima de
violencia escolar
- Llega regularmente a la casa con su ropa, libros y cosas rotas o éstas le han sido robadas.
- Se niega a mostrar el contenido de las páginas de internet que visita.
- Recibe llamadas o mensajes telefónicos a horas inadecuadas o en forma insistente y se
pone triste o malhumorado después de recibirlas.
-Tiene moretones, heridas, cortes y rasguños que no se pueden explicar.
- Ha perdido el interés por ir a la escuela y por hacer tareas.
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- Baja su rendimiento escolar.
- Es repetidamente, llamado por sobrenombre, ridiculizado, intimidado, degradado,
dominado, se ríen de él, de forma poco amigable.
- Sufre agresiones físicas de las que no puede defenderse adecuadamente.
- Está a menudo solo/a y excluido/a del grupo.
- Tiene dificultad para hablar en clase y se muestra inseguro/a.
- Pide dinero extra o saca dinero a escondidas (que podría estar entregando a su
agresor).
1.4 Pasos a seguir en un eventual caso de violencia escolar.
1.4.1 Formato protocolo de acción en un eventual caso de violencia escolar.
Frente al eventual caso de que algún miembro de la comunidad educativa requiere
relatar una situación de violencia, debe ser derivado con la encargada de
convivencia escolar del establecimiento educacional. El siguiente paso será aplicar el
protocolo de acción en eventual caso de violencia1, el cual consta de cinco pasos. El
primero de ellos consiste en la acogida de información en el cual la encargada de
convivencia escolar obtiene información básica de identificación de quien relata lo
sucedido, además de incorporar el relato entregado. Para finalizar será de mucha
importancia leer el relato entregado para verificar si existe la situación de violencia
acompañado de la firma de quien relata los hechos.
A continuación será necesario que la encargada de convivencia escolar realice el
paso número dos correspondiente a la identificación de los actores, con la finalidad
de reconocer si existe un caso de violencia entre pares, es decir entre compañeros
de un mismo nivel, de caso contrario se descarta la situación de violencia.
Si la violencia ejercida es entre pares, se procede al tercer paso que corresponde a la
recogida de evidencia del afectado la cual consta de la identificación del tipo de conflicto,
indagar los espacios y tiempo en los que se ejercen los hechos, la frecuencia de los hechos
y el relato de la víctima.
Como cuarto paso se debe analizar el ítem relato de los testigos el cual nos
permitirá realizar una breve entrevista a quienes sean identificados como testigos de las
situaciones de violencia, se indagará en los hechos y lugar donde se observó la situación.
Finalmente se realizará el análisis de la información y medidas de urgencia en el cual se
convocará a una reunión con el equipo de convivencia escolar para decidir las acciones,
medidas y formas de intervención.
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1.4.2 Última etapa de la intervención.
Luego de recabar la información presentada anteriormente será necesario realizar un
informe diagnostico, en el cual se determinará la existencia o no de violencia escolar, a fin
de realizar un plan de intervención para ambos casos con los actores involucrados. El
informe deberá ser presentado a la familia, dirección del establecimiento y profesor
jefe con la finalidad de mantenerlos informados sobre el proceso.
1.5 Orientaciones para la intervención directa con los afectados/as.
Ante la confirmación de un caso de violencia es necesario detener de inmediato las
agresiones, crear un contexto de colaboración por parte de todos los implicados/as y
garantizar la confidencialidad de los datos.
1.5.1.- Con la víctima:
- La intervención debe realizarse con la mayor discreción para evitar la exposición a
situaciones de riesgo.
- Proteger al afectado durante todo el proceso de intervención, aumentando la
vigilancia en las situaciones de riesgo y tomando medidas de apoyo directo al alumnado
afectado.
- Mantener entrevistas individuales para analizar las situaciones vividas, los
sentimientos que le han provocado y cómo lo ha afrontado.
- Proponerle actividades para afrontar los conflictos trabajando en situaciones que le
permitan poner en práctica las habilidades para defender sus derechos y exponer sus
puntos de vista.
1.5.2- Con el victimario:
- Actuar de inmediato facilitando la ayuda necesaria y considerando las razones que le
llevan a mantener conductas que producen daño.
- Las entrevistas individuales se realizarán tratando de evitar la comunicación entre
los implicados y analizando la situación con las repercusiones que tiene para la víctima.
Facilitaremos el compromiso de cambio sin tratar de aplicar métodos coercitivos.
- Desarrollar actividades para mejorar las habilidades sociales, trabajar la empatía
tratando de hacerle reflexionar sobre los sentimientos de la víctima.
- Ayudarle a vincularse con los demás sintiéndose parte del grupo y asumiendo las
responsabilidades que le corresponden.
- Aplicar programas de modificación de conducta.
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- Proponer técnicas cognitivas de autocontrol.
2.- PROTOCOLO DE EMERGENCIA EN SITUACIÓN DE ACCIDENTE.
Este documento pretende facilitar la intervención en casos de accidentes escolares a fin
de reaccionar de la manera más eficaz y eficiente frente a una situación emergente.
En caso de accidente escolar todos los y las estudiantes desde pre-kinder hasta
octavo básico de la Escuela, estarán afectos al seguro escolar, desde el instante en que
son matriculados por su apoderado/a.
2.1 Definición accidente escolar.
Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el
desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia
incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes
que puedan sufrir en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.
En el patio:
• El integrante de la comunidad educativa, que se encuentre en el lugar de un
accidente ocurrido a otro integrante, sea niño, joven o adulto, deberá mantenerse en el
lugar sin movilizar al accidentado. Él/ella será quien gestione el traslado a posta rural
del sector.
• Solicitar apoyo de la dirección para el traslado a la posta y mantener la calma en el resto
del alumnado.
• Ante todo mantener la calma, el accidentado se sentirá vulnerable y se deberá ayudar a
calmarlo.
En las salas y otras dependencias (Comedor, laboratorio informática)
• El Profesor Jefe o el profesor de asignatura presente atenderá la situación.
• El profesor o en última instancia dos de los alumnos deberán contactarse con el
profesor encargado para informar de la situación.
• El profesor encargado correspondiente solicitará apoyo inmediato al personal de la posta.
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¿Cuándo activar este protocolo?
En caso de:
• Dolor. Ya sea dolor en reposo, al tacto, al movimiento o a la descarga de peso
(apoyarse). Uno de los principios de la atención es siempre creer cuando hay dolor.
Nunca poner en duda lo que siente la persona, aunque parezca que está exagerando; eso
lo determinará un examen más exhaustivo que debe realizar la encargada de la posta.
• Compromiso de conciencia. El niño responde con dificultad a sus preguntas (¿Cómo
estás? ¿Cómo te llamas? ¿Qué te duele? ) Mientras concurre a la posta, solo observar el
estado general del accidentado, ya que podría estar inconsciente, semiconsciente y/o si se
observa confuso o desorientado.
Convulsiones.
• Caídas o golpes que comprometan/involucren la cabeza (incluyendo la cara), cuello y
columna.
• Mareos, inestabilidad para desplazarse.
• Heridas abiertas, sangramiento. Quien se encuentre presente deberá realizar maniobras
de compresión para evitar pérdida del volumen sanguíneo.
• Compromiso óseo, articular y/o muscular (luxaciones, esguinces, ruptura de ligamentos,
desgarros, fracturas).
• Edema (hinchazón) y hematoma (moretón).
• Cuerpos extraños en vías auditivas y/o respiratorias. En caso de ahogo/asfixia, quien se
encuentre presente deberá realizar maniobra Heimlich. (Llamada Compresión abdominal
es un procedimiento de primeros auxilios para desobstruir el conducto respiratorio,
normalmente bloqueado por un trozo de alimento o cualquier otro objeto)
Comunicación con la posta:
El personal paramédico de la posta rural deberá asistir a todos los accidentes de
acuerdo al protocolo. La asistencia al accidentado no deberá ser realizada vía telefónica.
La Escuela dispondrá de un kit de primeros auxilios listo para cualquier eventualidad, con
el que deberá asistir a cualquier situación.
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Traslado del accidentado:
El encargado de la posta determinará la modalidad de traslado del enfermo (según
la evaluación del compromiso del accidentado y las condiciones del accidente): silla
de ruedas, camilla, tabla espinal o se inmovilizará en el lugar del accidente, para ser
retirado directamente por la ambulancia.
En aquellos casos en que los padres o el apoderado no puedan llegar a tiempo a la
escuela, y sea necesario un traslado a un centro asistencial, lo acompañará un asistente de
la educación, quien se mantendrá en contacto con el Profesor Encargado desde centro
asistencial.
Permanencia en la posta rural:
Durante el tiempo que el accidentado permanezca en la posta, deberá ser
acompañado solo por un adulto, quien deberá cautelar la atención sea la informada y
la adecuada.
Información del accidente:
Una vez estabilizado el paciente y realizadas las atenciones correspondientes, el
encargado de la Posta informará al personal asignado y a su apoderado en la medida de
lo posible, si es necesario se le llevará a un servicio de urgencia vía ambulancia u otro
medio, en todo caso será acompañado por un Asistente de la Educación.
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3.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y DE RETENCIÓN DE ESTUDIANTES PADRES
Y MADRES ADOLESCENTES. (Embarazo Adolescente)
a) La escuela G-27 cómo una institución que integra a cada uno de sus alumnos y alumnas promueve que cada uno de ellos puedan desplegar todas sus potencialidades intelectuales y personales, independiente de sus situaciones particulares, en este sentido promueve el derecho a terminar de la mejor manera sus estudios especialmente a alumnos y alumnas que sean padres y madres adolescentes entregándoles todo el apoyo académico y formativo.
b) El establecimiento ayudará a cada uno de sus alumnos que sean madres y padres adolescentes entregando las condiciones necesarias para que puedan seguir en el sistema educacional formal, en este sentido frente a un embarazo o una paternidad.
c) Acogerá a la alumna (o) acompañando su proceso de embarazo o de paternidad instando la comunicación fluida y efectiva con la familia, ayudando a los alumnos (as) a perder el temor o miedo a comunicar la noticia, si es el caso, creando las instancias de diálogo necesarios.
d) Citará al apoderado en conjunto con su alumna (o) para comunicar los lineamientos institucionales frente a la situación de embarazo o paternidad entregando todo el apoyo para seguir con su proceso formativo de la manera más normal posible.
e) Se insta al apoderado de la alumna (o) a traer el certificado que acredite el embarazo para adjuntarlo en su ficha personal y tomar las medidas preventivas necesarias para el normal curso del embarazo.
f) Entregará todos los permisos necesarios en casos de controles, ecografías o atenciones médicas, previa entrega de los certificados médicos o del retiro por parte del apoderado.
g) El Departamento de Educación Municipal de Angol, tiene un programa integral de apoyo para padres y madres adolescentes para que sigan en el sistema escolar formal creando los lineamientos técnicos pedagógicos necesarios para las evaluaciones diferenciadas si es el caso, previa autorización de la Jefatura técnica, además, se apoyará integralmente a los alumnos (as) para que su proceso de maternidad y paternidad no sea un impedimento para alcanzar sus proyectos futuros o su ingreso normal al sistema educativo.
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4.- PROTOCOLO PREVENCION DE DROGAS Y ALCOHOL.
La detección precoz del consumo de drogas tiene por objetivo poder intervenir antes de
que el problema se agrave, se vuelva más complejo o se extienda a otras áreas, tales como
el rendimiento escolar, las relaciones con los pares, grupos de amigos, en el pololeo y en
la relación con la familia.
Entre las señales de alerta que se debe tomar en cuenta, se encuentran:
a) Cambios en el comportamiento:
b) Ausencias frecuentes e injustificadas al colegio; atrasos reiterados.
c) Rebeldía y descontrol de impulsos, problemas de conducta reiterados, sanciones
disciplinarias.
d) Mentiras reiteradas.
e) Necesidad y búsqueda continúa de dinero, desaparición de objetos.
f) Cambios bruscos en los hábitos y conducta: somnolencia reiterada, aspecto desaseado,
irritabilidad.
g) Agresividad al discutir el tema “drogas”.
2. Cambios en el área intelectual:
a) Problemas de concentración, atención y memoria.
b) Baja en el rendimiento escolar y desinterés general.
3. Cambios en el área afectiva:
exageradas.
b) Desmotivación generalizada.
c) Desinterés por las cosas o actividades que antes lo motivaban.
d) Desánimo, pérdida de interés vital. Actitud de indiferencia.
4. Cambios en las relaciones sociales:
a) Preferencia por nuevas amistades y, algunas veces, repudio por las antiguas.
b) Pertenencia a grupos de amigos que consumen drogas.
c) Valoración positiva de pares consumidores.
d) Alejamiento de las relaciones familiares.
e) Selección de grupos de pares de mayor edad.
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Así como existen estas señales de alerta, también existen algunas señales de
consumo que se complementan a las anteriores y que es necesario que la familia y los
miembros de la comunidad educativa puedan reconocer con prontitud, tales como:
a) Posesión de drogas.
b) Olor a drogas o a otros aromas para despistar, como incienso.
c) Robos en el establecimiento educacional.
d) Posesión de accesorios relacionados con la droga: papelillos, pipas, gotas para los ojos,
etc.
Por último, una vez pesquisadas estas señales de alerta o de consumo, el docente
debe iniciar un proceso de búsqueda de información, ya sea realizando una
observación más sistemática del estudiante, comunicando lo percibido de preferencia al
profesor jefe, orientador, profesional coordinador de prevención del establecimiento
educacional o corroborando directamente con el joven si le sucede algo.
5.1 PROTOCOLO DE ABORDAJE DEL CONSUMO Y PORTE DE DROGAS, ALCOHOL Y
TABACO
MICRO TRÁFICO
El micro tráfico es un delito, que puede darse en los establecimientos educacionales. Se
configura por el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño); portar (llevar drogas
consigo independiente de quién sea el dueño); transportar (entendido como el traslado en
algún medio de transporte) o guardar pequeñas cantidades de drogas, a menos que
justifique que están destinadas a la atención de tratamiento médico o a su uso o
consumo personal y exclusivo y próximo en el tiempo. Las penas en este caso van de 541
días a 5 años. La misma pena sufrirá el que suministre o facilite a cualquier título (done,
ceda, permute, etc.) o el que adquiera pequeñas cantidades de estas sustancias con el
objetivo que otro las consuma.
OBLIGACIONES QUE TIENE EL/LA DIRECTORA/A EN CASO DE DETECTAR LA EXISTENCIA
DE MICRO TRÁFICO AL INTERIOR DE SU ESTABLECIMIENTO.
Una vez en conocimiento del Director, éste como funcionario público, tiene la obligación
de denunciar al Ministerio Público, a las policías o directamente al juez, bajo pena
de presidio en el caso que no lo haga. Además deberá remitir un informe al
Sostenedor, donde deberá explicitar el o los acontecimientos.
Cuando se presenta una situación de estas características, es necesario que las
autoridades que conozcan de hechos de tal gravedad, cuenten con la mayor
cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia: testimonios ojala
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de más de una persona debidamente confrontados, algún tipo de registro gráfico,
audiovisual, constatación personal del hecho, etc. ya que una denuncia de este tipo
faculta a los tribunales de justicia para ordenar detenciones, investigaciones,
interrogatorios, decretar prisiones preventivas o allanamientos, etc.
Toda denuncia ante las autoridades debe ser efectuada responsablemente, ya que un
proceso por estos delitos puede afectar derechos como la libertad personal o la honra,
además de la consecuente estigmatización social que sufren los involucrados.
EN EL CASO DE QUE UN ESTUDIANTE SEA SORPRENDIDO/A CONSUMIENDO
DROGAS AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
1. Si un alumno es sorprendido consumiendo dentro del establecimiento o en sus
inmediaciones por alguna autoridad del colegio o profesor, se le debe aplicar las
sanciones señaladas en el Reglamento de Convivencia escolar, además de comunicarles a
los padres la situación.
2. Se debe seguir el plan de acción frente a la situación de consumo de alcohol y
drogas por parte de un estudiante, descrito anteriormente.
3. Es fundamental que los docentes y directivos indaguen en cada caso para determinar si
se trata de consumo personal o de micro tráfico, ya que en el caso de micro tráfico, este
debe ser denunciado a las instituciones correspondientes.
4. Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una
situación de posible tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia.
5. Pondrán en conocimiento del director o sostenedor de la unidad educativa, todos los
antecedentes posibles de manera reservada y oportuna. Es importante informar a la
familia o a un adulto significativo del o los estudiantes involucrados en la situación.
6. Frente a casos flagrantes de tráfico o microtráfico de drogas, es decir al sorprender a
una persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento,
deberá llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está
cometiendo.
7. Frente a la existencia de sospechas de tráfico o microtráfico de drogas, el director y/o
sostenedor, pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del
Fiscal del Ministerio Público o de las policías de la comuna.
8. El Fiscal y las policías, realizarán la investigación pertinente, con la reserva necesaria de
la identidad del o los denunciantes.
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9. A través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes suficientes
para procesar a los involucrados o proceder al archivo del caso.
10. El director del establecimiento educacional, podrá solicitar la participación de la
Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público, quienes podrán decretar distintas
medidas que tiendan a la protección de los denunciantes y los testigos.
11. El director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y solicitar el
apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como SENDA Previene y OPD
(SENAME), de tal manera de brindar las medidas de protección y atención de los niños,
niñas y adolescentes que posiblemente se vean involucrados.
12. SENDA Previene propiciará la coordinación de un equipo multidisciplinario de
apoyo a los niños, niñas y adolescentes que se puedan ver involucrados, articulando su
colaboración con el Fiscal y las policías respectivas.
13. En el caso de existir reiteradas denuncias de consumo y tráfico de drogas, el director
del establecimiento, deberá solicitar al Secretario Técnico Comunal de Seguridad Pública,
incorporar el caso como parte de los temas a tratar y abordar prioritariamente por el
Consejo Comunal de Seguridad Pública.
5. PROTOCOLO SALIDAS A TERRENO Y VIAJES DE ESTUDIO.
Ante situación de salida de los estudiantes fuera de las dependencias del
Establecimiento para realizar giras de estudio, visitas de interés pedagógico, salidas a
terreno, campeonatos, torneos, eventos culturales, otros, la forma de actuar es la
siguiente:
En el caso de una salida a terreno el Profesor de la Asignatura, realiza propuesta
de salida a Jefe de UTP del Establecimiento educativo. Presenta planificación
con objetivo de salida, dando énfasis a actividades que se realizarán en dicha
salida pedagógica y registra a los estudiantes en cuaderno de salida y se registra
al docente en cuaderno de salida del personal.
En caso de visita de interés pedagógico. Esta propuesta debe tener los
siguientes detalles:
- Objetivo de la salida. - Lugar de destino. - Fecha de la salida.
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- Horario de salida. - Horario de llegada al Establecimiento. - Medio de transporte. - Quienes serán las personas (adultos responsables) que
acompañarán al curso en esta salida. - Implementación necesaria para la salida. - Plan de trabajo (actividades, objetivo, forma de evaluar) - Carta de invitación (en el caso torneos, olimpiadas, visitas culturales, etc) - Programa que financia
La propuesta debe ser presentada a Dirección del Establecimiento para su respectivo análisis y aprobación.
Posterior a la aceptación de la salida, los Profesores, deben enviar una comunicación por escrito a los Padres y/o Apoderados de los estudiantes, con la finalidad de informar los detalles de la salida.
La fecha de entrega de la hoja con las firmas de autorización, debe ser con 15 días de antelación.
Posterior a lo anterior, profesor encargado, envía nómina de estudiantes autorizados al Departamento de Educación Comunal, para su tramitación ante Deprov de dicha gira de estudios.
Es importante tener presente que en caso de que ocurriese un accidente en la actividad de salida, el Seguro Escolar cubre todos los gastos que ello conlleva.
ACTIVIDADES DE CONVIVENCIA
Se entiende como Actividad de Convivencia la que permite el esparcimiento, mejora
las relaciones interpersonales entre los alumnos, profesores y apoderados, propicia
un ambiente de camaradería, se fortalecen los lazos de amistad, haciendo vida los
valores propuestos por la Escuela.
Convivencia del Profesor Jefe con su curso en los recintos el Escuela.
• Queda estrictamente prohibido el tabaco y el consumo de bebidas alcohólicas.
• Para realizar una convivencia de curso, es el Profesor Jefe quien se responsabiliza de
esta actividad.
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• El Profesor Jefe, en primer lugar, solicita por escrito o en forma verbal la autorización al
Profesor Encargado
para la realización de esta actividad, indicando los objetivos formativos, cuándo y
dónde se desarrollará la convivencia, entre otros datos pertinentes, para el buen
desarrollo de esta actividad.
• Es el Profesor Jefe quien organiza la convivencia, junto con su directiva de curso.
• El Profesor Jefe y su directiva de curso, son responsables por el buen uso de los espacios
utilizados y en caso de daño, los alumnos asumirán los costos de reparación, reposición,
etc.
• Al finalizar la convivencia, el Profesor Jefe supervisará que su curso deje limpio y
ordenado el espacio e implementos utilizados.
• Si un grupo no respeta las normas establecidas, la escuela se reserva el derecho
de restringir o prohibir eventuales convivencias para ese curso.
Convivencia de apoderados en los recintos de la Escuela.
• Queda estrictamente prohibido el consumo de tabaco y de bebidas alcohólicas.
• El (la) presidente(a) del centro de padres y apoderados debe coordinarse con el Profesor
Encargado, para los efectos de dicho evento social, acordando objetivos y
procedimientos, fecha, hora, implementación, requerimientos, entre otros recursos para
el éxito de esta actividad.
• El cuerpo docente y administrativos serán invitados a participar en dicha actividad,
quienes podrá asistir o bien excusarse, de acuerdo con sus posibilidades personales y
familiares.
• Se debe contar con la autorización de la Dirección del Establecimiento correspondiente;
esta se solicita por escrito.
• La directiva del Centro de Padres y Apoderados se responsabiliza por el buen uso
del espacio y de la implementación respectiva.
• Si un grupo no respeta las normas establecidas, el Escuela a través de la Dirección, se
reserva el derecho de restringir o prohibir eventuales convivencias.
• Al término de la convivencia, debe quedar todo limpio, ordenado, los miembros del
Directorio del Centro de Padres y Apoderados deberán comunicar con el Profesor
Encargado que la actividad ha finalizado correctamente.
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SOBRE VISITAS A CENTROS DE INTERÉS PEDAGOGICO
Disposiciones Generales.
1. En el caso de que algún alumno padezca de una enfermedad preexistente tales como:
diabetes, asma, etc., su apoderado deberá informar de esta al respectivo Profesor
encargado, y entregar un certificado que acredite la autorización médica para la
realización del viaje y señalar los procedimientos y cuidados del caso.
2. En el caso de que algún alumno se encuentre en una situación psicológica de cuidado, el
apoderado deberá autorizar expresamente la participación de su hijo en el viaje, y
entregar un certificado actualizado por profesionales que recomienden el tratamiento y
las precauciones a seguir.
3. El alumno que esté en Seguimiento Disciplinario, paso de matrícula Condicional,
coincidiendo con el momento de iniciar el viaje, no podrá participar en este.
Disposiciones del Reglamento.
Durante el viaje el alumno deberá:
• Mantener una buena conducta y comportamiento.
• Obedecer a sus profesores, siguiendo las indicaciones que ellos determinen.
• Mantener una actitud de responsabilidad como estudiante, participando en todas las
actividades del viaje, previamente programadas.
• Responsabilizarse del cuidado de su equipaje, dinero, teléfonos celulares, cámaras
de video, cámaras fotográficas y otros artículos electrónicos.
• Portar su cédula de identidad permanentemente durante el viaje.
• Respetar los tiempos asignados a las distintas actividades, siendo especialmente puntual
en el regreso al bus y lugar de colación.
• Cuidar su aseo y presentación personal.
• Responder ante cualquier daño que hubiese provocado a los bienes o dependencias
utilizadas durante la visita a centros de interés pedagógico, incluyendo el pago por
aquellos daños o deterioros.
• Ser respetuoso del patrimonio histórico, cultural y religioso.
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Paseos en horarios libres:
• Por seguridad se establece que todo desplazamiento en las localidades visitadas se haga
en grupo y previo conocimiento y autorización del Profesor a cargo del grupo.
Restricciones y prohibiciones:
• No fumar ni ingerir bebidas alcohólicas.
• No producir ruidos, desórdenes, con el objetivo de no importunar a las personas que se
encuentran en el lugar visitado.
• Restringir las visitas a familiares o amigos. El permiso para autorizar dichas visitas
debe ser acordado previamente por los padres con el Profesor Jefe y otorgado con la
debida antelación previa al viaje.
• Evitar cualquier actitud o conducta que implique algún riesgo para su salud o
integridad física o la de sus compañeros
• Abstenerse de efectuar paseos o visitas a lugares apartados y/o no aptos para menores
de edad.
• No comprar ni portar o consumir cualquier tipo de drogas.
• No relacionarse con personas que trafican o consumen drogas.
• No comprar licores para llevar a sus familiares.
• No comprar utensilios o juguetes que impliquen un riesgo físico, tanto para sí
mismo como para otras personas.
Disposiciones finales:
• Cada curso que participe en una visita a centro de interés pedagógico, deberá
ser acompañado por un profesor y un asistente de la educación, quienes –entre
otras funciones y tareas propias de sus respectivos
cargos- reportarán al Profesor Encargado cualquier eventualidad presentada, el
objetivo de compartir información y/o coordinar acciones conjuntas en caso de
problemas emergentes o imprevistos.
• Al finalizar el viaje, se entregara una informe al centro de padres y apoderados , dicho
reporte deberá relatar y evaluar: el itinerario cumplido, el servicio prestado por la
empresa encargada, el comportamiento de los alumnos y eventuales medidas
reglamentarias tomadas durante el viaje o que proponen aplicar al regreso del mismo.
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También se hará una autoevaluación del desempeño de profesores y asistentes de la
educación, se aportarán sugerencias para mejorar las visitas a centro de interés en el
futuro.
ASPECTOS LEGALES DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, HIGIENE Y
SEGURIDAD.
- Plan Integral de Seguridad Escolar D.E.Y.S.E.
- Prevención de Riesgos.
- Seguro Escolar.
- Ley N°16744/68 Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
1. En el establecimiento existirán, a lo menos, los siguientes elementos de Prevención de
Riesgos:
-Un listado que se ubicará en lugar visible y estratégico de las direcciones, números
telefónicos de los Centros Asistenciales más próximos, Carabineros y Bomberos.
- Cantidad suficiente según las normas vigentes de extintores del tipo “Polvo Seco” y
demás elementos para combatir incendios.
- Áreas de seguridad debidamente señaladas para evacuar el edificio escolar.
E) EL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR D.E.Y.S.E. (Res. Número 51 Exenta
04/01/2001)
1. Cumplir con las instrucciones relacionadas con la aplicación del Sistema de Evaluación y
Seguridad Escolar.
2. Practicar hábitos de seguridad adquiridos por los alumnos mediante el desarrollo de la
Operación y sus acciones consecuentes en la difusión en sus respectivos hogares o en
zonas de influencia.
F) PREVENCIÓN DE RIESGOS (Decreto exento N° 014/84 y N° 69/84)
1. Aplicar las normas de seguridad personal y colectiva en todos los aspectos de la vida
presente y futura.
2. Distribuir el mobiliario en forma planificada, teniendo presente el libre desplazamiento
de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior.
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3. Mantener los lugares destinados al trabajo y recreación libre de todo elemento que
altere el normal desarrollo de las actividades (cáscaras, piedras, tablas, etc.).
4. En el establecimiento no se autoriza el uso de calefactores, por el peligro que
representa su uso.
5. Los envases de los alimentos deben utilizarse exclusivamente con ese fin, por ningún
motivo guardar alimentos de otra naturaleza.
6. La señoras Manipuladoras de Alimentos deben estar al día en su carné de sanidad y
usar en forma permanente gorro y delantal.
G) Ley N° 16744/68 : REFERIDA A LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES.
1. Todo funcionario del establecimiento tiene derecho a recibir los beneficios que
considera la ley frente a cualquier accidente de tipo laboral, tanto dentro de la escuela,
como en el trayecto desde y hacia su hogar.
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FORMATOS DE PROTOCOLOS
CONVIVENCIA ESCOLAR
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FORMATO N° 1: PROTOCOLO EN CASO DE AGRESIÓN.
Nombre de quién activa el protocolo y ocupación:_______________________________
Fecha y hora aproximada en que ocurrió la agresión:____________________________.
Involucrados (marque con una X)
__Entre estudiantes __Estudiante - profesor __Estudiante - directivo
__Estudiante – prof. de apoyo __Estudiante – paradocente __Apoderado - profesor
__Apoderado – directivo __ Apoderado – profesional de apoyo
__Apoderado – paradocente __Apoderado – estudiante __Docente – estudiante
__Docente - directivo __Docente – prof. de apoyo __Docente –paradocente
__Docente – apoderado __Paradocente - estudiante __Paradocente - profesor
__Paradocente – directivo __Paradocente – profesional de apoyo
__Paradocente – apoderado __Apoderado - apoderado
__Docente - docente __Paradocente - paradocente __Directivo - profesor
__Directivo - estudiante __Directivo – profesional de apoyo
__Directivo - paradocente __Directivo - directivo
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Nombre de involucrado (curso u ocupación) (1):
_________________________________________________
Nombre de involucrado (curso u ocupación) (2):
_________________________________________________
Nombre de involucrado (curso u ocupación) (3):
_________________________________________________
Nombre de involucrado (curso u ocupación) (4):
_________________________________________________
Nombre de involucrado (curso u ocupación) (5):
_________________________________________________
Descripción de situación:
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Firma del relator.
Fecha:
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Forma de agresión
__Física __Verbal __Psicológica __Social
__ Tecnológica __Otra________________ ___________________
Entrevista con los involucrados directos
Descripción de situación visto desde el agredido:
Nombre:________________________________________________________________
Cargo o Curso:___________________________________________________________
Fecha:__________________________________________________________________
________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
________________________________________________________________________
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Firma del relator.