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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial ACTIVIDAD MATERIALES NORMA Fabricación y Colocación de Plaquetas de concreto para Andenes Cemento ICONTEC 121 Agua BS 3148, NTC 3459 Agregados NTC 174 Refuerzo Desmoldante Óxidos naturales o Sintéticos Aditivos Plásticos NTC 1299 Construcción de Muros de contención en concreto Piedra, Grava, gravilla y arena de Cantera o de Río y arenilla NTC 174, ASTM C.33 Concreto NSR-98 Concreto Ciclopeo NSR – 98 Mortero de pega NTC 3329, ASTM C.270 Bloques de Concreto ICONTEC 247 , ASTM A-706 Acero de refuerzo ICONTEC 24, 46, 161, 248, y ASTM 4, 86 y 706. Tubería de NTC 1022 Calle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D. C. - PBX. 332 3400 - 332 3434 - Telefax 332 34 29 - www.minambiente.gov.co

Reglamentos Tecnicos Colombianos NTC Para VIS

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Reglamentos Técnicos Colombianos para VIS

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Fabricación y Colocación de Plaquetas de concreto para Andenes

Cemento ICONTEC 121 Agua BS 3148, NTC 3459Agregados NTC 174Refuerzo  Desmoldante  

Óxidos naturales o Sintéticos

 

Aditivos PlásticosNTC 1299

Construcción de Muros de contención en concreto

Piedra, Grava, gravilla y arena de Cantera o de Río y arenilla

NTC 174, ASTM C.33

Concreto NSR-98Concreto Ciclopeo NSR – 98Mortero de pega NTC 3329, ASTM C.270

Bloques de ConcretoICONTEC 247 , ASTM A-706

Acero de refuerzoICONTEC 24, 46, 161, 248, y ASTM 4, 86 y 706.

Tubería de Concreto, PVC(Para drenajes)

NTC 1022

Impermeabilizantes, Bandas para Juntas

 

Geotextil 

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Preparación de Morteros para pega de ladrillos y bloques en muros y enchapes

Cemento ICONTEC 121, 320Cal ASTM C.207Agua BS 3148, NTC 3459

Arena NTC 2240

Construcción de sobrecimientos

Bloques de Concreto

ICONTEC 247

Mortero de pega NTC 3329, ASTM C.270Agua BS 3148, NTC 3459

Mortero de inyección

ASTM C.404-85, ICONTEC 673

Construcción de mampostería estructural con bloque de concreto

Bloque de concreto de perforación vertical

ASTM A-706, ICONTEC 247

Mortero de pega NTC 3329, ASTM C.270Agua BS 3148, NTC 3459

Mortero de inyección

ICONTEC 673

Agregados mortero de inyección

ASTM C.404

Cal ASTM C.207Acero de refuerzo corrugado

ICONTEC 245, 248 y ASTM C.90

Acero liso ICONTEC 161

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Gaviones

Malla de 5x7 cm. NTC 5333Malla de 8x10 cm. NTC 5334Malla de 12x14 cm. NTC 5335

Alambre para atar gaviones

NTC 5336

Piedra RedondaNTC 174, ASTM C.33

Tirantes de alambre 

Estructura de Madera para cubiertas

Madera rolliza o aserrada de: Abarco, Aceite, Guayacán, Canelo, Eucalipto, Cedro, Ciprés, Mangle, Guadua, ETC.

 

Laminas de madera contrachapada, Aglomerada, ETC

 

Inmunizante  Retardadores del fuego

 

Clavos, pernos, Platinos, Arandelas y discos de agarre

 

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Aditivos ICONTEC 1299

ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Construcción de Dinteles (cuelgas)

Vigas prefabricadas de concreto o fundidas "IN SITU", vigas de madera o metal

NSR – 98

Pernos o anclajes  Concreto NSR-98Hierro de refuerzo NTC 2289, ASTM A. 706

Ladrillo, Bloque de concreto, prefabricados, calados, asbestocemento, etc.

 

Metal (perfil galvanizado, aluminio)

 

Acrílico y vidrio  

Tipo de juntas para aparejos de ladrillo

Mortero NSR-98 (Art. D.1.3.1, D.2,5,1, D.2,5,2)

Construcción de dinteles en mampostería de bloques de concreto y ladrillo de barro cocido

Bloques de Concreto

ICONTEC 247

Bloques o ladrillos comunes

 

Cemento, arena y  

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gravilla para concreto y mortero

Acero de refuerzoICONTEC 24, 46, 161, 248, y ASTM 4, 86 y 706.

Aditivos 

ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Cubierta en teja de Barro sobre estructura de Madera

Tejas de arcilla cocida NTC 2086

Mortero de Pega NTC 3329, ASTM C.270

Madera rolliza o aserrada de: Abarco, Aceite, Guayacán, Canelo, Eucalipto, Cedro, Ciprés, Mangle, Guadua, ETC.

 

Cubierta de Asbesto-cemento ondulado

Tejas onduladas y accesorios de asbesto-cemento

ICONTEC160, 275

Ganchos, pernos, tirafondos, amarres de alambre galvanizado, masillas elásticas.

 

Canales y bajantes de Asbesto-cemento

 

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Lamina Galvanizada o PVC

 

Cemento o lamina Galvanizada

 

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ACTIVIDADMATERIAL

ESNORMA

Aplicación de adherentes de revoque en superficies lisas

Cemento gris

ICONTEC 121 y 321

Emulsión acrílica

 

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Colocación para canoas y bajantes para cubiertas

Canales, bajantes y accesorios en asbesto-cemento y fibrocemento

 

PVC y lamina galvanizada  

Hierro fundidoASTM A-74-78

Asbesto-CementoICONTEC 268-384

PVC ICONTEC 1087

Elástico reforzado en fibra-vidrio

ASTM D-3262-72

Ganchos, abrazaderas, clavos, tornillos metálicos

 

Sellantes, empaques, chasos, imprimante

 

Pintura anticorrosiva, pintura de acabado

 

Mortero 

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Arena fina  Revoque plástico

 

Revoque sobre muro de ladrillo estriado o bloque (Revoque normal)

CementoICONTEC 121 Y 321

Arena de Revoque

ICONTEC 127

Arena de pegue

ICONTEC 78 Y 127

Cal Hidratada

ASTM C-207

Agua  

Súper plastificante en polvo

ASTM 494 tipo F

Retenedores de Humedad

 

Estucado de muros o cielo rasos con estuco tradicional mezclado en obra

CementoICONTEC 121 Y 321 

Yeso de alta resistencia

 

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Colocación de ventanas

Concreto, madera, lamina de hierro, perfiles de aluminio, perfiles de hierro, plástico, vidrio y acrílico.

Empaques de neopreno, tornillos de acero, mortero, madera y clavosImpermeabilizante para juntas

Inmunizantes para madera

Grasas

Barnices

Tapa poros

AnticorrosivosMasillas

Colocación de vidrios

Vidrio plano DDG-451

Masillas, pegantes y sellantes  

Empaques de caucho, neopreno y felpa

 

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Colocación de aparatos sanitarios

Aparatos sanitarios ICONTEC 920 D.0/74

Tubería y accesorios de hierro galvanizado

ASTM A-120

Tubería y accesorios de cobre

 

Tubería y accesorios de PVC

ICONTEC 369

Tubería flexible y accesorios

 

Estopa, cinta de polivinilo, vaselina o grasa, mortero de pega, pegantes, soldaduras

 

ACTIVIDAD

MATERIALES NORMA

Colocación de ruanas o vierteaguas sobre las cubiertas

Lamina galvanizada calibre 28 o 30

 

ImprimanteICONTEC 1693

Adherente, pintura anticorrosiva y pintura de acabado

 

Soldadura de estaño 

Masillas, sellantes 

Mortero  

Vierte aguas de aluminio, PVC, asbesto

 

Cemento o acrílico 

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ACTIVIDAD MATERIALES NORMA

Acabados de madera transparente, brillante o semibrillante con barnices o lacas convencionales

Barniz a base de aceite brillante o semibrillante

ICONTEC 1401

Laca nitrocelulosica brillante o mate

 

Tapa poros  Disolvente alifático (varsol)

 

Aplicación de pinturas a base de agua sobre muros estucados

Imprimante a base de agua

 

Pintura a base de agua

 

Agua  Broche, rodillo  Papel de lija, agitador.

 

Pintado de elementos galvanizados

Imprimante adherente

ICONTEC 1693

Solvente de limpieza (gasolina o varsol)

 

Solvente para el adherente ( Tiner)

ICONTEC 1102

Esmalte sintético ICONTEC 1283Pintado de elementos metálicos de hierro o acero

Pintura anticorrosiva

ICONTEC 1651, 1649

Disolvente (Varsol)  

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Disolvente (Tiner) ICONTEC 1102Esmalte alquidico ICONTEC 1283

APENDICE EXPLICATIVO Y DE COMPRENSION

NECESIDADES DE NORMATIVIDAD ESTABLECIDAS AL INTERIOR DE LA DIRECCIÓN DEL SISTEMA HABITACIONAL POR EL GRUPO DE DESARROLLO TÉCNICO DEL MAVDT A VIGENCIA 2009. Y TEMAS EN LOS CUALES SE TRABAJA.

1) Estandarización de Dimensiones y partes para la vivienda de interés social VIS.

2) Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias y Eléctricas al interior de la vivienda de interés social.

3) Normativa de coordinación modular y estandarización de la construcción en la vivienda de interés social.

Para suplir las anteriores necesidades la DSH participa con los gremios y la academia en los comités técnicos de normalización en donde se desarrollan documentos normativos para fortalecer y mejorar la competitividad y el acceso a los mercados nacionales e internacionales y la adopción de buenas prácticas que beneficien a la sociedad en general.

Por ser la VIS un producto resultante de la convergencia de muchos integrantes de los sectores productivos; depende e interactúa en los diferentes reglamentos técnicos que todos los sectores atinentes elaboran. La Dirección de Sistema Habitacional a través de los comités de normalización hace su aporte de política y regulación de la VIS y por ende en el plazo necesario para cada reglamento técnico esta prevista la actualización normativa.

A modo de guía informo que participamos en el comité técnico de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias del Icontec Estudio DE393/05 NTC 5008 ( primera actualización); estudio previo de incorporación de bloque suelo –cemento a reglamento técnico ICPC; Comité técnico de APROCOF Asociación de profesionales en Conducción de Fluidos para la elaboración y seguimiento de la NTC 1500 actuante dentro de un Comité Técnico de ICONTEC; Comité del Ladrillo Cerámico de la NTC-4205 acogida por ANFALIT

Asociación Nacional de Productores Cerámicos y ladrillos e igualmente con comité técnico bajo la responsabilidad de ICONTEC. En todos estos grupos de trabajo hay representación cualificada de la Academia y de los Gremios.

En relación con las cinco resoluciones anexas a su comunicación expedidas por El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, e identificadas como resoluciones 1272 y 2463 de 2005; 3137 de 2006; 2508 y 2963 de 2007 y “.. contentivas de reglamentos técnicos y de procedimientos de evaluación de la conformidad. Lo anterior en cumplimiento de la Decisión  Andina 562 de 2003  que establece las directrices para la elaboración, adopción y aplicación de reglamentos técnicos en los países miembros de la Comunidad Andina

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de Naciones entre otros adoptó en el acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio establece que los miembros de la OMC deberán notificar los proyectos de los reglamentos técnicos de éstos no estén en conformidad con las normas internacionales pertinentes y siempre que dichos  reglamentos o procedimientos de evaluación de la conformidad puedan tener un efecto significativo en el comercio de otros miembros. …”; es importante tener en cuenta lo prescrito por el Decreto 210 de 2003 el cual atribuye las competencias y responsabilidades de los reglamentos técnicos al MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y TURISMO.1

Hemos revisado las resoluciones mencionadas y las necesidades de factibilidad para la elaboración de proyectos de reglamentos técnicos con miras a proteger los correspondientes objetivos legítimos de País y mencionamos entre otras, a la fecha, las resoluciones 1272 del 24 de junio de 2005 y; 3137 de 2006; 2508 y 2963 de 2007 y 2463 del 28 de octubre de 2005 emitidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

1 OBJETIVO, ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES GENERALES DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO Artículo 1°. Objetivo. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene como objetivo primordial dentro del marco de su competencia formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior. Artículo 2°. Funciones Generales. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tendrá las siguientes funciones generales: 1. Participar en la formulación de la política, los planes y programas de desarrollo económico y social. 2. Formular la política en materia de desarrollo económico y social del país relacionada con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de bienes, servicios entre ellos el turismo y tecnología para la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio interno y el comercio exterior. 3. Formular la política y liderar el movimiento por el aumento de la productividad y mejora de la competitividad de las empresas colombianas. 4. Formular las políticas para la regulación del mercado, la normalización, evaluación de la conformidad, calidad, promoción de la competencia, protección del consumidor y propiedad industri al. 5. Formular la política turística encaminada a fortalecer la competitividad y sustentabilidad de los productos turísticos colombianos. 6. Colaborar con los ministerios y demás entidades competentes en la formulación de las políticas económicas que afectan la actividad empresarial y su inserción en e l mercado internacional. 7. Definir la política en materia de promoción de la competencia, propiedad industrial, protección al consumidor, estímulo al desarrollo empresarial, la iniciativa privada y la libre actividad económica, productividad y competitividad y fomento ala actividad exportadora. 8. Dirigir, coordinar, formular y evaluar la política de desarrollo empresarial y de comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, para lo cual podrá convocar al Consejo Superior de Comercio Exterior cuando lo considere pertinente. 9. Formular la política de incentivos a la inversión nacional y extranjera, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; coordinar las estrategias gubernamentales dirigidas a incrementar la competitividad del país como receptor de inversión extranjera, y adelantar las negociaciones internacionales en materia de inversión extranjera. La política general de inversión extranjera se formulará con base en las decisiones que adopte el Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONPES. 10. Formular la política de promoción de exportaciones teniendo en cuenta las recomendaciones que para el efecto señalen el Consejo Superior de Comercio Exterior, la Junta Directiva del Banco de Comercio Exterior S.A., Bancoldex y la Junta Asesora de Proexport. 11. Formular dentro del marco de su competencia las políticas relacionadas con la existencia y funcionamiento de zonas francas; las unidades de desarrollo fronterizo; los sistemas especiales de importación y exportación, las comercializadoras internacionales, zonas especiales económicas de exportación y demás instrumentos que promuevan el comercio exterior y velar por la adecuada aplicación de l as disposiciones que se expidan. 12. Dirigir, coordinar, formular y evaluar la política de desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, para lo cual podrá convocar al Consejo Superior de Micro, Pequeña y Mediana Empresa cuando lo considere pertinente. 13. Ejercer la coordinación para definir la posición del país en las diferentes negociaciones internacionales y velar por el cabal cumplimiento de los compromisos adquiridos en las mismas. 14. Determinar el alcance de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por Colombia, sin perjuicio de las funciones asignadas al Ministerio de Relaciones Exteriores. 15. Velar por la pertinencia, estabilidad y debida aplicación de los incentivos a las exportaciones, así como por la expedición de regulaciones y procedimientos dirigidos a fortalecer la competitividad de la oferta exportable colombiana en el mercado externo. 16. Representar al país en los foros y organismos internacionales sobre política, normas y demás aspectos del comercio internacional, teniendo en cuenta las recomendaciones del Consejo Superior de Comercio Exterior, y servir de órgano nacional de enlace del Gobierno Nacional con las entidades internacionales responsables de los temas de integrac ión y comercio internacional. 17. Promover las relaciones comerciales del país en el exterior y presidir las delegaciones de Colombia en las negociaciones internacionales de comercio que adelante el país. 18. Evaluar, formular y ejecutar la política del Gobierno Nacional en materia de prevención y corrección de las prácticas desleales, restrictivas y lesivas del comercio exterior, que directa o indirectamente afecten la producción nacional. 19. Formular con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales las políticas arancelaria, aduanera, de valoración, los nuevos regímenes aduaneros y los procedimientos de importaciones y exportaciones y definir conjuntamente con dicha entidad los convenios aduaneros internacionales de los que Colombia deba hacer parte. 20. Establecer los trámites, requisitos y registros ordinarios aplicables a lasimportaciones y exportaciones de bienes, servicios y tecnología, y aquellos quecon carácter excepcional y temporal se adopten para superar coyunturas adversasal interés comercial del país. Todo requisito a la importación o exportación en tanto es una regulación de comercio exterior, deberá establecerse mediante decreto suscrito por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo y el Ministro del ramo correspondiente. 21. Promover, coordinar y desarrollar con las entidades competentes, sistemas de información económica y comercial nacional e internacional, para apoyar la gestión de los empresarios y el desarrollo del comercio exterior. 22. Actuar como Secretaría Técnica del Consejo Superior de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Micro, Pequeña y Mediana Empresa , así como de los comités asesores, sectoriales y técnicos. 23. Preparar en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y someter a consideración del Consejo Superior de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, los aspectos de desarrollo empresarial y de comercio exterior que deba contener el Plan Nacional de Desarrollo. 24.

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La necesidad de normativas técnicas en la construcción de la Vis requiere la incorporación de productos o servicios y procedimientos de evaluación de conformidad que nos permitan estandarizar las dimensiones y componentes de la vivienda de interés social. (Es de anotar que la competencia del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial es expresa en cuanto a la VIS).

Un reglamento técnico de la vivienda de interés social requeriría, previamente, el contar con definiciones dentro del RAS ( Reglamento Técnico de Agua y Saneamiento) y RETIE (Reglamento técnico de Instalaciones Eléctricas ) en cuanto al interior de la Vis en materia de instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas entre otras. Y estas definiciones para tener obligatoriedad requieren ser incorporadas con los procedimientos de los reglamentos técnicos. Hoy existen, sin actualización en la mayoría de los casos, como normas técnicas de voluntario acatamiento.

Luego de considerar los estudios y recopilaciones del gremio de la construcción y la elaboración de guías nos hemos permitido presentar las actividades de construcción de Vivienda de interés Social, los materiales y las normas que existen al respecto.

Encargado de Reglamentos TecnicosIng. Civil – IHS CARLOS ALBERTO DÍAZ REYES

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Efectuar la coordinación del Sector Administrativo de Comercio, Industria y Turismo. 25. Llevar el registro de comercio exterior de importadores y exportadores, de producción nacional, de comercializadoras internacionales, usuarios de zonas francas, gremios exportadores y de la producción nacional, contratos de tecnología y demás usuarios de comercio exterior, y expedir las certificaciones pertinentes. 26. Certificar la calidad de maquinaria pesada no producida en el país con destino a la industria básica, para obtener la exclusión del Impuesto al Valor Agregado IVA. 27. Coordinar la ejecución de la política de comercio exterior con las distintas entidades de la administración pública que tienen asignadas competencias en esta materia. 28. Formular y adoptar la política, los planes, programas y reglamentos de normalización. 29. Presentar al Congreso de la República los proyectos de ley relacionados con las materias de su competencia. 30. Preparar o revisar los proyectos de decreto y expedir resoluciones, circulares y demás actos administrativos de carácter general o particular necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 31. Preparar los anteproyectos de planes y programas de inversión y otros desembolsos públicos correspondientes al Ministerio y sus entidades adscritas o vinculadas y los Planes de Desarrollo Administrativo de los mismos. 32. Coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica en lo de su competencia. 33. Orientar, coordinar y controlar en la forma contemplada por la ley, a sus entidades adscritas y vinculadas. 34. Impulsar y poner en ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y funciones en el Sector Administrativo de Comercio, Industria y Turismo.

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