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Religión

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REVISTA Presentado por: Michael Andrés Gómez Luis Felipe Ortiz Juan Carlos dueñas Presentado a: Ever Amaya Curso: 10-03 Jornada : Mañana

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La Psicología de la Religión es la rama de la Psicología aplicada y de la Ciencia de la Religión que trata las cuestiones psicológicas vinculadas a la práctica religiosa. Estudia las creencias, actividades y experiencias religiosas desde el punto de vista psicológico.

Los pasos iniciales en la fundación de la Psicología de la religión en tanto que rama de la psicología remontan a la iniciativa de Friedrich Schleiermacher en su obra "Psicología" del año 1862. El primer gran clásico de la especialidad fue William James con su obra "Las variedades de la experiencia religiosa" (The varietés of religious experience) del año 1902.

La escuela psicoanalítica fundada por Sigmund Freud dio un impulso decisivo a la disciplina. Dentro de la misma se mencionan generalmente a Carl Jung, Alfred Adler y más recientemente a Erich Fromm, si bien en muchos aspectos difieren del enfoque inicial de Freud.

A partir del siglo XX se desarrollaron estudios psicométricos, el enfoque evolutivo y las teorías evolucionistas

Su interés científico inicial como investigador se centró en el campo de la neurología, derivando progresivamente sus investigaciones hacia la vertiente psicológica de las afecciones mentales, de la que daría cuenta en su práctica privada. Estudió en París con el neurólogo francés Jean-Martin Charcot las aplicaciones de la hipnosis en el tratamiento de la histeria. De vuelta en Viena y en colaboración con Joseph Breuer desarrolló el método catártico. Paulatinamente, reemplazó tanto la sugestión hipnótica como el método catártico por la asociación libre y la interpretación de los sueños. De igual modo, la búsqueda inicial centrada en la rememoración de los traumas psicógenos como productores de síntomas, fue abriendo paso al desarrollo de una teoría etiológica de las neurosis más diferenciada. Todo esto se convirtió en el punto de partida del psicoanálisis, al que se dedicó ininterrumpidamente el resto de su vida.

Se acusa al movimiento científico del Diseño Inteligente (DI) de usar explicaciones extraordinarias allí donde las simples explicaciones ordinarias funcionarían. Es decir, de recurrir al "dios tapa-agujeros" o de apelar a lo sobrenatural para explicar fenómenos que las causas naturales por sí solas podrían perfectamente esclarecer.

Además, se dice que lo que pretende el DI en realidad es probar científicamente la existencia de Dios y que esto siempre ha hecho mucho daño a la fe, pues ha terminado en fracaso. Por tanto, lo mejor sería, según los opositores del DI, seguir siendo fieles al naturalismo metodológico que, al fin y al cabo, es el método que mejores resultados ha dado hasta ahora.

Esta al acecho para ver que fallos comete el hombre hacerle pagar con castigo.

Sirve para justificar lo bueno que se hace

un país grupo o clase determinado

ateísmo

El ateísmo es, en un sentido amplio, la no creencia en deidades u otros seres sobrenaturales. En un sentido más estricto, el ateísmo es la posición que sostiene la inexistencia de deidades. Algunos la definen como una doctrina o posición que rechaza el teísmo, que en su forma más general es la creencia en la existencia de, al menos, una deidad.

teísmo

se entiende generalmente como la creencia en deidades, o la creencia en un creador del universo que está comprometido con su mantenimiento y gobierno (cosmogonía). La creencia es una postura que se adquiere por diversos motivos. Sea que se piensa por consecuencia lógica, intuitiva, o hasta pasional en cierto punto, etc.

ve que la naturaleza es ordenada

y que existe en un orden natural

evidencia del ateo

no ve evidencia de que existían una entidad

de tipo que postula el teísta

Solamente se puede llegar a descubrir la oración, cuando se ha descubierto qué es la fe

Todos aprendimos una definición de la fe, cuando éramos niños, en un catecismo.

Esa definición de la fe la definía así el Concilio Vaticano I: "La fe es una virtud sobrenatural, un hábito o un acto por el cual, con la gracia de Dios, el hombre admite determinadas verdades no porque sean evidentes en sí mismas, sino porque Dios, que no puede engañarse, ni puede engañarnos, las ha dicho."

Normalmente, cuando hemos tomado esta definición desde pequeños, hemos hecho un subrayado, que quizá en nuestra conciencia continúa teniendo el máximo de importancia.

Es admitir determinadas verdades que nosotros no las percibimos, no las entendemos; es admitir lo oscuro; es admitir lo difícil; incluso tenemos una palabra clásica: es admitir el misterio.

Sin embargo, en la definición hay algo mucho más importante. Lo importante de la fe no es admitir una determinada verdad oscura, sino el admitirla porque Dios lo ha dicho. A partir de esto, la fe es una palabra que Dios dirige al hombre

Cuando la palabra divina ha sido recibida por el hombre y el hombre le dice al Señor: "Acepto tu palabra", entonces ese hombre comienza a vivir en dimensiones de fe.

El hombre dialoga con Dios y Dios dialoga con el hombre

Esto es lo que se llama fe. Después, Dios me dirá esto o aquello, está claro o será oscuro...

Lo importante, lo inédito, lo maravilloso y lo sorprendente es que Dios le ha hablado al hombre y que el hombre ha escuchado la palabra de Dios y ha aceptado esa Palabra de Dios. Eso es ser creyente.

La libertad de culto o libertad religiosa originalmente nace identificada con la libertad de conciencia, sin agotarse ésta en aquéllas. En efecto, la asociación entre moral y religión instrumentalizada en el Derecho lleva a la identificación del problema de la imposición jurídica de la religión con la afectación de la reserva de la libertad de conciencia de parte de todas las personas. Lo anterior se manifestó en la consagración por parte de las colonias angloamericanas, por ejemplo Rhode Island, de la reserva de la libertad de conciencia frente a la legislatura temporal. Sin perjuicio de lo anterior, la libertad de conciencia actualmente rebasa dichos límites, hacia cuestiones como los presos de conciencia o la desobediencia civil.

CONCORDATO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA SANTA SEDE

La República de Colombia y la Santa Sede con el propósito de asegurar una fecunda colaboración para el mayor bien de la Nación colombiana, animados por el deseo de tener en cuenta las nuevas circunstancias que han ocurrido tanto para la Iglesia Católica, Apostólica y Romana como para la República de Colombia desde 1887, fecha del Concordato suscrito entre ellas, han determinado celebrar un nuevo Concordato, que constituye la norma que regulará en lo sucesivo, sobre bases de recíproca deferencia y muto respeto, las relaciones entre la Iglesia Católica y el Estado.

El Estado, en atención al tradicional sentimiento católico de la Nación Colombiana, considera la Religión Católica, Apostólica y Romana como elemento fundamental del bien común y del desarrollo integral de la comunidad nacional.

El Estado garantiza a la Iglesia Católica y a quienes a ella pertenecen el pleno goce de sus derechos religiosos, sin perjuicio de justa libertad religiosa de las demás confesiones y de sus miembros lo mismo que de todo ciudadano.

La Iglesia Católica conservará su plena libertad e independencia de la potestad civil y por consiguiente podrá ejercer libremente toda su autoridad espiritual y su jurisdicción eclesiástica, conformándose en su gobierno y administración con sus propias leyes.

La Legislación Canónica es independiente de la civil y no forma parte de ésta, pero será respetada por las autoridades de la República.

El Estado reconoce verdadera y propia personería jurídica a la Iglesia Católica. Igualmente a las Diócesis, Comunidades religiosas y demás entidades eclesiásticas a las que la ley canónica otorga personería jurídica, representadas por su legítima autoridad.

La Iglesia, consciente de la misión que le compete de servir a la persona humana, continuará cooperando para el desarrollo de esta y de la comunidad por medio de sus instituciones y servicios pastorales, en particular mediante la educación, la enseñanza, la promoción social y otras actividades de público beneficio.