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repam
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FORMACIN PROFESIONAL BSICA
PL AN 20 07
TOMO 2
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FPB PL AN 2 0 07
REPAM
FO R M AC I N PR O FE S I O NAL B S I C A
AU TO R A D E L A I N T R O D U CC I N
Prof. Sandra Soto *
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FPB PL AN 2 0 07
REPAMReglamento de evaluacin, promocin y acreditacin de los mdulos de Formacin Profesional Bsica - Plan 2007.
Presentacin
Las disposiciones comprendidas en el Reglamento
de Evaluacin Promocin y Acreditacin de
los Mdulos (REPAM) del Plan de Formacin
Profesional Bsica, constituyen las normas
generales de funcionamiento, reglamentando
aspectos pedaggicos y administrativos.
Proceso de elaboracin
El Reglamento de Evaluacin, Promocin y
Acreditacin de los Mdulos de Formacin
Profesional Bsica, es el resultado de las
consecutivas jornadas de trabajo, talleres y
reuniones efectuadas en distintos escenarios,
Escuelas Tcnicas de los departamentos de Florida,
Tacuaremb y Montevideo, entre otros.
*. Grupo de REPAG Revlidas Programa Planeamiento Educativo
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R E PA M - R E G L A M E N T O , P O R M O C I N Y A C R E D I TA C I N D E L O S M D U L O S
En lo que respecta a la metodologa seguida,
se inici un proceso en donde desde su inicio
se procur contar con el mayor nmero de
participantes.
Para ello se realizaron contactos con los diferentes
actores implicados: Inspectores, Directores,
Docentes y equipos de Direccin a efectos de
obtener una mayor participacin, en donde lo
que ms importaba era intercambiar las vivencias
y opiniones acordes con las exigencias de la
propuesta a desarrollar.
Esta modalidad de trabajo permiti, con el
aporte de diferentes experiencias, confeccionar y
generar una reglamentacin que responda a las
necesidades y particularidades de esta propuesta
educativa, abordando y resolviendo las diferencias
y dificultades surgidas desde las diversas realidades
propias de cada orientacin y/o contexto.
Algunas valoraciones
Durante el proceso de elaboracin se tomaron en
cuenta los siguientes aspectos fundamentados en
el Plan y considerados en el Reglamento:
La Modularidad ofrece una flexibilidad, que le
permite al estudiante la acreditacin de cada
Mdulo en forma independiente y secuencial,
facilitndole adems la reincorporacin al
Sistema Educativo.
Se contempla la Navegabilidad Horizontal a travs de la cual se le posibilita al estudiante
cambiar de orientacin sin un mayor costo
educativo, reconocindosele lo aprobado del
Componente de Formacin General.
La Insercin y Retencin del estudiante en el sistema educativo se han considerado a partir
del tratamiento diferencial que se propone
entre los primeros y ltimos mdulos. En lo
que respecta a la evaluacin e inasistencias
se propone respectivamente, mnimos de
suficiencia e inasistencias crecientes para los
diferentes mdulos.
La Integralidad Educativa se expresa en el Espacio Integrado, con una visin
profesionalizante desde la orientacin elegida
por el estudiante, incidiendo directamente en
las calificaciones de cada asignatura.
La Evaluacin es un momento ms del proceso de aprendizaje en la que se valora el recorrido y
los logros obtenidos por cada estudiante. Se distinguen dos regmenes de evaluacin, el
de Promocin para los Talleres y de Exoneracin
para el resto de las asignaturas.
La acreditacin del ltimo Mdulo del FPB le
permite al estudiante la continuidad educativa en la Enseanza Media Superior, obteniendo
adems una Certificacin de Operario Prctico
en la orientacin elegida, al acreditar los cuatro
primeros mdulos.
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En definitiva, su funcin es establecer el marco
en el que se debe actuar y al que todos quedan
vinculados, tanto en materia pedaggica como
administrativa.
Teniendo en cuenta que el REPAM fue elaborado
con la participacin directa del colectivo docente
que est llevando adelante, por primera vez, este
Plan de Estudios, considerando que el proceso de
enseanza aprendizaje es dinmico y requiere
de continuos ajustes, se entiende oportuno pensar
que esta propuesta no se acaba en s misma.
Nadie puede tener la egolatra de aspirar a que todo
siga existiendo como existe dentro de la actuacin
en que a cada uno le toca intervenir. La evolucin
de los conocimientos, la evolucin de los medios
industriales, los panoramas diversos, la absorcin
del trabajo humano, obligan en esta enseanza,
quizs ms que en ninguna otra, a la movilidad, a la
adaptacin.
Jos F. Arias
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Disposiciones Generales
Art. 1 - El presente Reglamento contiene las
normas de Evaluacin, Promocin y Acreditacin
de los Mdulos (REPAM) que conforman los Cursos
de Formacin Profesional Bsica Plan 2007 (en
adelante FPB).
Principios y particularidades del plan
Art. 2 - El presente REPAM responde a las
caractersticas de la Propuesta Educativa del FPB
cuyo currculum de proceso, se rige y sustenta en
los siguientes principios generales:
Las asignaturas, mdulos o trayectos que se
aprueban, se acreditan.
Centralidad del Estudiante.
Integralidad Educativa.
Modularidad.
Art. 3 - La integralidad se define en el Espacio
Docente Integrado, donde se planifican las
Unidades Didcticas Integradas (Ver Anexo I).
FPB PL AN 2 0 07
Reglamento de Evaluacin, Promocin y Acreditacin de los Mdulos (REPAM) de los Cursos de Formacin Profesional Bsica Plan 2007.
Creado a partir de los talleres con docentes del FPB.
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Duracin de los cursos
Art. 4 - Los cursos de FPB tendrn una duracin
acorde a la carga horaria establecida para cada
uno de los Mdulos que conforman los diferentes
Trayectos Formativos, dispuestos de la siguiente
manera:
Trayecto I
Conformado por 6 mdulos secuenciales
Mdulos 1, 2, 3 y 4 - 510 hs/ md. - 30 hs semanales.
Mdulos 5 y 6 430 hs/ md. - 25 hs. semanales.
Trayecto II
Conformado por 4 mdulos secuenciales
Mdulos 1 y 2 - 510 hs/ md. - 30 hs. semanales
Mdulos 3 y 4 - 574 hs/ md. - 34 hs. semanales
Trayecto III
Conformado por 4 mdulos secuenciales
Mdulos 1 y 2 - 382 hs/ md. - 22 hs. semanales
Mdulos 3 y 4 - 574 hs/ md. 34 hs. semanales
Art. 5 - La carga horaria correspondiente a cada
una de las asignaturas se desarrollar en clases que
tendrn una duracin de 45 minutos.
Art. 6 - Las fechas de inicio y finalizacin de cada
Mdulo, al igual que los perodos de vacaciones
de los estudiantes, sern fijados por el organismo
competente.
Perfil de ingreso
Art. 7 - Estarn habilitados a solicitar la inscripcin
para realizar los Cursos del FPB en la orientacin
elegida, los estudiantes que se encuentren en
alguna de las siguientes situaciones segn sus
antecedentes acadmicos:
1. egresados del Ciclo de Educacin Primaria o
que no hayan completado 1er. ao de Ciclo
Bsico. (Trayecto I Mdulo 1).
2. los que han aprobado 1er. ao de Ciclo Bsico,
Mdulos 1 y 2 del Trayecto I, o equivalente, con
o sin previas (Trayecto II, Mdulo I).
3. los que han aprobado 2do. ao de Ciclo Bsico,
o equivalente, con o sin previas. (Trayecto III
Mdulo 1).
En todos los casos, los estudiantes debern tener
15 aos de edad.
Inscripcin - Requisitos de ingreso
Art. 8 - La inscripcin se realizar para cada uno
de los Mdulos que conforman los Trayectos
Formativos.
Art. 9 - Podrn inscribirse a los Cursos del FPB en
el Centro Educativo a que aspira ingresar, quienes
presenten:
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1. Cdula de Identidad Uruguaya o Documento
de Identidad de los pases miembros del
MERCOSUR.
2. Credencial Cvica, si corresponde.
3. Documentacin Sanitaria: carn de salud y
vacuna antitetnica.
4. Certificado de Estudios que acredite sus
antecedentes acadmicos.
Art. 10 - Los estudiantes menores de 18 aos,
debern ser acompaados por sus representantes
legales en el acto formal de la inscripcin, debiendo
ambos firmar la solicitud.
Previaturas
Previas de Ciclo Bsico
Art. 11 - Los estudiantes que mantengan hasta tres
asignaturas previas de primer ao de Ciclo Bsico,
al momento de la inscripcin debern optar por:
1. inscribirse en el Trayecto I, en este caso no ser
obligatorio rendir examen de la/s asignatura/s
previa/s de Ciclo Bsico, o
2. inscribirse en el Trayecto II, debiendo rendir el
o los exmenes de la/s asignatura/s previa/s de
Ciclo Bsico, y aprobarla/s antes de finalizar el
Trayecto, sin lo cual no se le dar al estudiante
la acreditacin final.
Art. 12 - Los estudiantes que mantengan hasta tres
asignaturas previas de segundo ao de Ciclo Bsico,
al momento de la inscripcin debern optar por:
1. inscribirse en el Trayecto II, en este caso no ser
obligatorio rendir examen de la/s asignatura/s
previa/s de Ciclo Bsico, o
2. inscribirse en el Trayecto III, debiendo rendir
el o los exmenes de la/s asignatura/s previa/s
de Ciclo Bsico y aprobarla/s antes de finalizar
el Trayecto, sin lo cual no se le dar al estudiante
la acreditacin final.
Reinscripcin y navegabilidad horizontal
Art. 13 - El estudiante que habiendo cursado y
aprobado un Mdulo o ms de uno, decida cambiar
de orientacin, deber cursar el Componente de
Formacin Profesional (Espacios Integrados, Taller,
Tecnologa y Dibujo de los Mdulos 3 en adelante)
en la nueva orientacin, reconocindosele lo
aprobado del Componente de Formacin General
de la orientacin anteriormente aprobada.
Casos especiales
Art. 14 - Los estudiantes con capacidades diferentes,
debern solicitar al Consejo de Educacin
Tcnico Profesional, por medio de las Direcciones
Escolares, al momento de la inscripcin, estudio
de su caso acompaado de los correspondientes
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informes o certificados expedidos por los tcnicos
especializados de la A.N.E.P., quedando bajo la
rbita del Consejo de Educacin Tcnico Profesional
la toma de resolucin al respecto.
Art. 15 - Adems del procedimiento sealado por el
artculo anterior, para los casos especiales se deber
tener en cuenta las disposiciones comunicadas en
la Circular N 078/08, Resololucin CETP, Acta N
183, de fecha 12 de junio de 2008.
Inhibiciones
Art. 16 - No podrn dictar clase los docentes que
tengan con los estudiantes, o sus representantes
legales:
1. Parentesco dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad.
2. Relacin de dependencia.
3. Deudas o crditos.
4. Comunidad o sociedad (o la posean con los
parientes indicados en el inciso a) del presente
artculo).
5. Enemistad o resentimiento manifiestos.
Art. 17 - El profesor denunciar el impedimento a la Direccin y la omisin se reputar falta grave.
Art. 18 - El estudiante comprendido en una o varias causales del artculo anterior deber pasar
a otro grupo, cuyos docentes no se encuentren
comprendidos en dichas inhibiciones.
Art. 19 - Cuando lo preceptuado en el artculo anterior no pudiere cumplirse, el estudiante ser
derivado a otro Centro Educativo dependiente del
Consejo de Educacin Tcnico Profesional. Si esto
no fuere posible, la Direccin dar cuenta de esta
situacin a la autoridad competente, en un plazo
no mayor de 30 das.
En este caso, el alumno continuar asistiendo a
clase y su actuacin ser evaluada, en las instancias
definidas en los Artculos correspondientes al
Rgimen e instancias de Evaluacin, por otro
docente de la asignatura (si no lo hubiere en el
Centro, deber citarse a un docente de otra Escuela)
y dos pertenecientes a la misma rea.
Normas y procedimiento de aprobacin de los mdulos
Art. 20 - La aprobacin del FPB implicar la aprobacin del total de los Mdulos que conforman los Trayectos Formativos, debiendo el estudiante cursar cada uno de los Mdulos en forma independiente y secuencial.Reglamentacin
Art. 21 - La reglamentacin ser por curso, esto determina que el/la estudiante deber concurrir y participar de los diferentes componentes formativos, espacios y actividades que se
establecen para esta propuesta educativa.
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Rgimen de asistencias
Art. 22 - Las inasistencias fictas se computarn por
da, no pudiendo, cada estudiante, superar en los
mdulos 1 y 2 el 20%, y en los mdulos 3, 4, 5 y 6
el 15% de inasistencias fictas del total de clases que
se deberan dictar en cada Mdulo.
Art. 23 - La Asamblea de Profesores, por mayora
simple de los presentes, tendr potestad de ampliar
los lmites establecidos en aquellas situaciones que
considere pertinente.
Art. 24 - En el caso que el estudiante haya obtenido
un nivel de desempeo suficiente como resultado
del proceso evaluado, sus inasistencias no sern
obstculos para su promocin.
Art. 25 - Se entiende por inasistencias fictas la
sumatoria de las inasistencias injustificadas y
justificadas, contabilizndose a esta ltima como
la mitad de las inasistencias injustificadas.
Art. 26 - La justificacin de las inasistencias se
formalizar mediante la presentacin de certificado
mdico o el que corresponda al caso. Otras
situaciones requerirn la presentacin de una nota
explicativa o informe del responsable del grupo
(Educadores, Adscriptos, o quien corresponda),
quien en coordinacin con la Direccin Escolar,
determinarn la pertinencia de las justificaciones.
La documentacin deber presentarse en un plazo
mximo de 10 das hbiles posterior al reintegro
del estudiante.
Criterios de evaluacin
Art. 27 - La evaluacin se concebir como un
momento ms del proceso de aprendizaje del/la
estudiante, que deber definirse con claridad.
Art. 28 - Las calificaciones debern valorar
diferentes situaciones en relacin a los logros
efectivamente alcanzados por el/la estudiante.
Art. 29 - Los logros alcanzados por el/la estudiante
se calificarn utilizando la escala de 1 a 12, siendo
la correspondencia entre las calificaciones y los
logros, las detalladas a continuacin:
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VALORACIN O JUICIO CALIFICACIN MNIMO DE SUFICIENCIA
No logrado y con dificultad para conseguirlo 1 y 2 --
No logrado pero con posibilidad de alcanzar el logro 3, 4 y 5 --
Suficientemente logrado 6 y 7 6 Trayecto I
Mdulos 1, 2, 3
Trayecto II y III
Mdulos 1 y 2
7 Trayecto I
Mdulos 4, 5, 6
Trayectos II y III
Mdulos 3 y 4
Adecuadamente logrado 8, 9 y 10 --
Excelentemente logrado 11 y 12 --
R E PA M
Art. 30 - El criterio de integralidad, especificado en
el Artculo 34 del presente Reglamento, se aplicar
en todos los casos en que se califique.
Art. 31 - Se valorar el recorrido o proceso de cada
estudiante, teniendo en cuenta su punto de partida
y los logros que ha alcanzado, adems de observar
y ponderar dos grandes aspectos:
1. el logro o resultado obtenido en el perodo a
evaluar, entendido como aquel establecido
en la/s Unidades Didcticas Integradas (UDI) y
sintetizados en los Logros Comunes a Evaluar;
2. el proceso realizado por cada estudiante
durante el perodo considerado por la
evaluacin, a partir de lo evidenciado en la
prueba diagnstica o la primera evaluacin.
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Calificaciones
Art. 32 - La Evaluacin Integral, cuyos momentos
de aplicacin estn estipulados en el Art. 42,
generar un Juicio y una Calificacin del
Desempeo Integral nica por estudiante, que
a su vez oficiar de evaluacin y calificacin para
aquellas asignaturas que no cuenten con Espacios
Propios. La calificacin y juicio mencionados:
tomarn en cuenta el desempeo del estudiante
en las evaluaciones integrales y en los espacios
integrados;
valorarn el proceso de aprendizaje de
cada estudiante, por lo cual debern ser
preferentemente conceptuales.
Art. 33 - Las Calificaciones de los Espacios
Propios sintetizan el desempeo de los estudiantes
en los espacios propios y/o especficos de cada
asignatura. stas debern ser presentadas, ante
quien corresponda, con anterioridad a la definicin
de las calificaciones del desempeo integral.
Art. 34 -La Calificacin por Asignatura, inclusive
Taller, ser el resultado del promedio entre las
Calificaciones del Desempeo Integral y de la
Calificacin del Espacio Propio de la asignatura.
Dicho promedio deber realizarse en dos instancias:
a la mitad y al final de cada Mdulo.
Art. 35 - La Calificacin Global de cada estudiante
resultar del promedio del total de calificaciones
obtenidas en cada asignatura, las que sern
establecidas en la mitad y al final de cada Mdulo.
El desempao de los/las estudiante en las
Unidades de Alfabetizacin Laboral se registrarn
nicamente por medio de un juicio.
Rgimen de evaluacin
Art. 36 - El rgimen de evaluacin de todas
las asignaturas, exceptuando Taller, ser por
exoneracin. La exoneracin de la asignatura
se logra siempre que el/la estudiante acredite
calificacin de suficiencia al finalizar el Mdulo (con
posterioridad a la Segunda o Tercera Instancia de
Evaluacin, cuando corresponda), de no lograrla,
el/la estudiante deber rendir examen de la/s
asignatura/s, a excepcin de lo establecido en el
Artculo 50.
Art. 37 - El rgimen de evaluacin de Taller ser de promocin. La promocin se lograr cuando el/la estudiante acredite una calificacin de suficiencia, de
lo contrario regir lo establecido en el Artculo 63.
Instancias de evaluacin
Art. 38 - Para cada Mdulo se definen dos instancias de evaluacin y una tercera en caso de no alcanzar
los logros previstos durante el Mdulo.
1. Primera instancia de evaluacin tendr
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lugar en la mitad del Mdulo. Estar dirigida a valorar y dar cuenta del proceso realizado por el estudiante y tomar como referencia los LOGROS A EVALUAR. Esta primera evaluacin dar lugar a una calificacin, a un juicio general (fruto del espacio integrado) y un juicio particular por asignatura. Dicha instancia permitir replanificar, analizar y proponer estrategias y metodologas de trabajo.
2. Segunda instancia de evaluacin se realizar al finalizar el Mdulo. Se evaluar la concrecin de los Logros Comunes de todo el Mdulo, sintetizando la actuacin de cada estudiante con una calificacin, un juicio general (fruto del Espacio Integrado) y un juicio particular por asignatura.
3. Tercera instancia de evaluacin se realizar durante la semana siguiente a la segunda instancia de evaluacin y al finalizar el Mdulo. Estar dirigida a aquellos estudiantes cuyo promedio de las dos instancias de evaluacin resulte insuficiente, ya sea en los espacios propios y/o integrados. Dicha evaluacin versar sobre los logros y temticas abordados en la instancia de evaluacin en la que el estudiante alcanz la calificacin ms baja.
Art. 39 - Cuando el/la estudiante no alcance los niveles de suficienciencia, luego de realizada la primera instancia de evaluacin, podr implementarse un espacio de Nivelacin, entendido como un apoyo individualizado, dirigida a los estudiantes cuya calificacin sea insuficiente, a los efectos de superar aquellos obstculos
detectados durante el proceso de aprendizaje. La nivelacin se desarrollar en forma paralela al curso debiendo la direccin escolar prever un espacio y horario para la implementacin de la misma.
Art. 40 - Los/as estudiantes que no alcancen la calificacin mnima para la exoneracin en las asignaturas que corresponden a cada Mdulo debern rendir Examen, a excepcin de Taller.
Sistema de evaluacin
Art.41 - El FPB cuenta con una evaluacin que valora el proceso del estudiante por medio de dos componentes:1. La de los Espacios Integrados (EVALUACIN
INTEGRAL).2. La de los Espacios Propios de cada asignatura. Art. 42 - La EVALUACIN INTEGRAL se adaptar a la dinmica de los Espacios Docentes Integrados (EDI) cotidianos de cada grupo, se desarrollar a lo largo de una semana, y se ubicar en los espacios y horarios de cada grupo. Esta evaluacin tendr dos momentos de sntesis del proceso de enseanza-aprendizaje: a la mitad y al final de cada Mdulo. (Ver Anexo 2)
Art. 43 - La EVALUACIN DE LOS ESPACIOS PROPIOS valorar el proceso y el desempeo de los estudiantes como mnimo en dos momentos por Mdulo.
Art. 44 - La EVALUACIN DE LOS ESPACIOS PROPIOS no deber coincidir con la semana de evaluacin de los Espacios Integrados.
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De los exmenes
Art. 45 - El/la estudiante del FPB rendir los
exmenes en calidad de reglamentado, no
existiendo la calidad de libre.
Art. 46 - Los exmenes se realizarn en los perodos
de diciembre, febrero, julio y setiembre.
A los efectos administrativos:
a- El/la estudiante tendr cinco periodos
consecutivos para rendir exmenes sin
necesidad de realizar inscripcin previa.
b- A partir del sexto perodo de culminadas las
asignaturas exonerables, el/la estudiante
deber inscribirse donde corresponda para
poder rendir examen, sin detrimento de lo
establecido en el Artculo 45.
Art. 47 - El examen tendr dos instancias de
evaluacin: una escrita y una oral. Si el estudiante
logra niveles de suficiencia en la evaluacin escrita
estar exonerado de la prueba oral.
Art. 48 - La duracin de la prueba escrita ser de
1 hora reloj, en la cual el Tribunal podr considerar
una prorroga de hasta 30 minutos. La prueba oral
tendr una duracin mxima de 20 minutos.
Art. 49 - Los Tribunales de Exmenes estarn
integrados por tres miembros: el docente del
Mdulo en calidad de presidente; un secretario
perteneciente al rea; y un vocal que ser designado
por la Direccin del Centro Escolar.
Art. 50 - El/la estudiante que finalice el Mdulo 1, con calificacin de insuficiente en la/s asignatura/s
cuyo rgimen de evaluacin es de exoneracin, no rendir examen, pudiendo levantar la insuficiencia
en la asignatura correlativa del Mdulo 2. Este
criterio es aplicable nicamente para los niveles
de insuficiencia registrados en el Mdulo 1 de
cualquier Trayecto.
Art. 51 - Si al finalizar el Mdulo 2 el/la estudiante no logra calificacin de suficiencia en las asignaturas
correlativas del Mdulo 1 cuya calificacin fuere
insuficiente, debern rendir examen de dicha
asignatura, el cual comprender el conjunto de
contenidos abordados en los Mdulos 1 y 2 de las
asignaturas en cuestin.
Art. 52 - A los efectos de Taller los estudiantes que al culminar el Mdulo 1 de cualquier Trayecto
tengan:a- una calificacin de 5 en la asignatura Taller,
podrn cursar el Mdulo 2; si al finalizar dicho
Mdulo alcanza una calificacin de 6 o ms, se
le dar por aprobado Taller de los Mdulos 1 y
2, de lo contrario deber recursarlos en forma
secuencial;b- una calificacin inferior a 5 debern recursar
taller no pudiendo cursar el Mdulo 2.
Art. 53 - El estudiante que deba recursar Taller y mantenga pendiente la aprobacin de asignaturas
del Componente General, tendr la opcin de
recursarlas -perdiendo los derechos adquiridos de la
reglamentacin anterior-, o aprobarlas por examen.
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Registro de actuacin del estudiante
Art. 54 - A los efectos de realizar la historia personal de cada estudiante se confeccionar una Ficha Acumulativa la cual contendr los antecedentes educativos, los fallos que correspondan y otros registros necesarios.
Art. 55 - En el Libro del Profesor el docente deber registrar la nmina de los estudiantes inscriptos, proporcionada por la Direccin del Centro, y todos los registros de la tarea pedaggica que demanda esta propuesta educativa.
Reunin de Profesores
Art. 56 - Se realizarn dos Reuniones de Profesores por Mdulo, que coincidirn con las instancias de evaluacin establecidas en el Art. 38, y nuclear al/la Director/a, docentes de los Componentes General y Profesional, Educadores, Docentes de las Unidades de Alfabetizacin Laboral, Adscriptos y administrativos que correspondan. En toda Reunin de Profesores se labrarn las actas de actuacin correspondientes.
Art. 57 - El Boletn de Calificaciones del Estudiante se entregar con posterioridad a cada Reunin de Profesores, por medio del cual se informar a los estudiantes, padres o tutores sobre las inasistencias, calificaciones y logros alcanzados en los Espacios Propios e Integrados.La devolucin de dicha notificacin se realizar con la firma de los padres, tutores o alumnos mayores
de edad, en un plazo no mayor a tres das hbiles. Art. 58 - Al finalizar cada Mdulo (despus de la Segunda o Tercera Instancia de Evaluacin, cuando corresponda), los fallos se escriturarn de la siguiente manera:
Acredit el total del Mdulo X con calificacin de (6 o ms cuando corresponda). Acredit la/s asignaturas (...) del Mdulo 1.
Habilitado a cursar el Mdulo 2, debiendo levantar las insuficiencias en (...).
Acredit parcialmente el Mdulo X con previas, debiendo rendir examen en Ver Art. 32.
Repite por inasistencias, si corresponde y en coherencia con el Artculo 62, acreditando las asignaturas
Este juicio corresponde siempre que se registre insuficiencia en el promedio general, Ver artculos 22 y 23.
Deber recursar la asignatura X, acreditando las asignaturas
Deber recursar el Mdulo X
Art. 59 - El Acta Confirmatoria, sintetizar la actuacin del estudiante, registrando su situacin previa inscripcin al Mdulo siguiente.
Proyecto
Art. 60 - En los Mdulos 5 y 6 del Trayecto I, y los Mdulos 4 de los Trayectos II y III, se trabajar entorno a la elaboracin y ejecucin de un Proyecto de estudio, proponiendo un trabajo en equipo tendiente a la integracin del conocimiento
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y de acuerdo a los logros acordados en el Espacio Docente Integrado.
Art. 61 - En este Mdulo la Evaluacin Integral deber adaptarse a la metodologa de trabajo en Proyecto.
Acreditacin
Art. 62 - Como principio general se establece que toda asignatura que se aprueba se acredita.
Art. 63 - Sin detrimento de lo establecido en el Artculo 52 del presente reglamento: el estudiante que no logre niveles de suficiencia
en la asignatura Taller no podr cursar el modulo consecutivo;
el Taller siempre se concibe en forma integral, por lo cual la insuficiencia en Taller implicar recursar el mismo junto al espacio integrado.
Art. 64 - La acreditacin del Mdulo resultar de la aprobacin de la totalidad de las asignaturas que conforma la currcula del mismo.
Art. 65 - El/la estudiante que acredite los cuatro primeros mdulos en cualquiera de sus trayectos obtendr el Certificado de Operario Prctico en la orientacin cursada.
Art. 66 - El/la estudiante que egrese del ltimo Mdulo del FPB, en cualquiera de sus Trayectos, se le acreditar el nivel educativo correspondiente a la Educacin Media Bsica, habilitndole la continuidad educativa al nivel superior.
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FPB PL AN 2 0 07
Caractersticas, diseo y gestin de los espacios docentes integrados.
Conceptualizacin
Se percibe al Espacio Docente Integrado (EDI)
como un campo/zona de desarrollo curricular
imprescindible en este plan de estudios, pero
cuya implementacin trasciende al plan en la
medida en que puede facilitar la concrecin de
polticas educativas descentralizadoras y la
profesionalizacin docente.
El FPB se estructura fundamentalmente desde
los principios de integralidad, participacin y
flexibilidad, que slo pueden traducirse en prcticas
institucionales si el colectivo docente es capaz de trabajar sistemtica y reflexivamente diseando, desarrollando y evaluando propuestas curriculares concretas, que en este plan denominamos unidades didcticas integradas, en un espacio con asignacin horaria y visibilidad institucional.
Integracin
Todas/os las/Ios docentes de cada grupo, el/la coordinador/a pedaggico/a y el/la educador/a social (o perfil anlogo). Podrn participar tambin
del espacio el referente comunitario del MIDES.
ANExO 1
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Funcionamiento
Semanal
Carga horaria
Dos horas semanales por grupo y por docente.
Esta carga se propone a modo de experiencia con
el fin de evaluar y ajustar la extensin horaria del
espacio. Se sugiere que estas horas estn ubicadas
preferentemente los das sbados o en un da y
horario en el cual todas/os las/os docentes del FPB
tengan disponibilidad. Sugerimos que el calendario
del EDI est a disposicin de las/os profesoras/es
en el acto de eleccin de horas a fin de viabilizar la
administracin eficaz de este espacio.
Cometidos centrales:
El FPB es un plan de estudios que, siguiendo a
Lawrence Stenhouse, podramos calificar como
de proceso. En tal sentido, se limita a construir
una estructura curricular a partir de una serie de
principios, reservando a los docentes zonas de
intervencin.
Uno de sus aspectos ms significativos es que
la integralidad curricular se resuelve desde la
actividad, es decir, en prcticas institucionales que
se planifican y ejecutan de manera sistemtica
y sobre las que debe realizarse investigacin
educativa.
En consecuencia, entendemos que sus cometidos
centrales deberan ser:
Diseo de unidades didcticas integradas
(UDI), evaluacin y seguimiento.
Investigacin del desarrollo del currculo.
Sistematizacin del trabajo de cada unidad.
Desarrollo de sus actividades
Proponemos que el diseo de UDI se desarrolle
en los trminos planteados en el Sub-Anexo I,
ajustndose el procedimiento en funcin de sus
resultados y que, mientras no se presenten otros
modelos, se utilice el que se acompaa como Sub-
Anexos II y III.
Gestin del EDI
La responsabilidad corresponder al/la
coordinador/a pedaggico/a, acompaado/a
por un/a docente que rotar quincenalmente. En
ausencia de alguno de estos la sala de docentes
designar a un/a docente para esta tarea.
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Etapa previa al diseo de las UDI
1er. Momento
Lectura y anlisis de los programas de la propia
asignatura, de Taller y de las dems asignaturas
implicadas en el espacio integrado, atendiendo
especialmente a:
Perfil de egreso del Plan segn la orientacin
Logros de aprendizaje correspondientes a cada
mdulo.
Saberes o contenidos programticos.
Esta etapa es previa al momento especfico de
elaboracin de las UDI en los Espacios Docentes
Integrados. Para un buen desarrollo de los pasos
posteriores se sugiere que cada docente, adems
del programa de su propia materia, conozca al
menos el de Taller, siendo la situacin ideal la
lectura y estudio de todos los programas.
SUB- ANExO I
FPB PL AN 2 0 07
Diseo de unidades didcticas integradas.
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Etapas del Espacio Docente Integrado propiamente dicho
2do. MomentoLa sala docente evala el funcionamiento de los espacios integrados desarrollados en la semana anterior.1 Despus de este momento se distribuyen las fichas de registro por disciplina a cada docente de taller, de los componentes profesionales y de las UAL.
3er. MomentoEl maestro/docente de taller, a partir de uno de los objetos de aprendizaje planteados en el programa define un logro y propone una actividad que contribuya a alcanzar ese logro. El logro y la actividad deben ser compartidos a toda la sala docente y registrados por el coordinador o quien haga las veces de este (ver Anexo II). Es recomendable, a los efectos del aprovechamiento del tiempo, que el maestro/docente de taller haga la seleccin del objeto y del logro con anterioridad al inicio del Espacio Docente Integrado.
4to. MomentoEs una instancia de trabajo personal de cada docente, quien en funcin de lo definido y expuesto por el maestro/docente de taller, realiza el mismo proceso descrito en el tercer momento. Puntualmente deber: Seleccionar un logro, que desde su asignatura
viabilice o posibilite una comprensin ms integral del objeto de aprendizaje seleccionado por el/la maestro de taller.
Establecer una tarea o actividad desde su asignatura que apunte a su concrecin en tiempo real
Registrar ambos elementos en la ficha de registro por disciplina (Sub-Anexo 3).
5to. MomentoCada docente pone en comn el logro y la actividad que seleccion, y la sala analiza lo propuesto y la pertinencia pedaggica de lo propuesto. El/la coordinador/a sistematizar lo trabajado en la ficha de registro general (Sub- Anexo II).
6to. MomentoEn funcin de lo anterior la sala docente redacta en forma conjunta un logro comn que sintetice los aportes del colectivo.
7mo. MomentoLos registros debern quedar a cargo del coordinador debidamente archivados, en un lugar de fcil acceso a los docentes.
8vo. MomentoPeridicamente se valoran los procesos de enseanza y aprendizajes desarrollados, dialogando y registrando apreciaciones y procedimientos de manera sencilla.
1. Este paso no ser posible en el primera sala del ao por razones obvias, motivo por el cual en este se dedicar todo el tiempo a la preparacin de la primera UDI.
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CETP - UTU TRAYECTOEscuela MDULO
rea de formacin GRUPO
UNIDAD DIDCTICA INTEGRADA
A desarrollarse entre el y el de de 2008
LOGRO DE APRENDIzAJE ACTIVIDADES
TALLER
TECNOLOGA
DIBUJO
MATEMTICA
IDIOMA ESPAOL
INFORMTICA
INGLS
C. EXPERIMENTALES
U.A.L.
SPACIO CIENCIAS
SOCIALES y ART.
LOGRO COMN
SUB-ANExO II
Ficha de registro de las UDI General
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CETP - UTU
APRECIACIONES SOBRE EL PROCESO
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SUB-ANExO III
Ficha de registro por disciplina
CETP - UTU TRAYECTOEscuela MDULO
rea de formacin GRUPO
UNIDAD DIDCTICA INTEGRADA
MATERIA LOGRO DE APRENDIzAJE ACTIVIDADES
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FPB PL AN 2 0 07
Caractersticas, diseo y gestin de la evaluacin integral.
Sobre el proceso participativo que hemos realizado.
En primer lugar cabe aclarar que el presente
documento ha sido puesto a consideracin de
todos los docentes que estn participando del Plan
2007 de Formacin Profesional Bsica, durante
2008. El documento que tenemos en nuestras
manos ha sido fruto del trabajo realizado en cuatro
talleres que nuclearon a docentes de las Escuelas
Tcnicas de Tacuaremb, Paso de los Toros,
Paysand, Florida, Trinidad, Fraile Muerto, Las
Piedras, Paso Carrasco, Piedras Blancas, Paso de la
Arena, la Escuela Agraria San Carlos y la experiencia
que se est desarrollando en el Barrio Lavalleja con
el Proyecto Jvenes en Red.
Sobre las dos instancias de evaluacin
Ha surgido con claridad de los docentes la
necesidad de que la evaluacin rescate y resuelva
adecuadamente una de las principales tensiones
del Plan: la existencia de espacios integrados y
espacios propios.
ANExO 2
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Debido a lo anterior se ha propuesto, como lo ms
adecuado que la evaluacin rescate ambos aspectos
presentes en la currcula del Plan, por lo cual el FPB
contar con dos espacios de evaluacin:
Evaluacin Integral: tiene como principal
objetivo dar cuenta de los procesos y saberes
apropiados por los alumnos en los espacios
integrados.
Evaluacin propia de cada asignatura:
tiene como principal cometido dar cuenta
de los procesos y saberes apropiados por los
estudiantes en los espacios propios de cada
asignatura.
Ambas evaluaciones deben ser vistas como
complementarias y no como contradictorias.
Sobre lo que abordar el presente documento denominado CARACTERSTICAS, DISEO Y GESTIN DE LA EVALUACIN INTEGRAL
El presente documento abordar nicamente la
Evaluacin de los Unidades Didcticas Integradas
(UDI), las cuales son elaboradas y planificadas por
los Espacios Docentes Integrados.
Sobre la necesaria relacin entre la Evaluacin Integral, las Unidades Didcticas Integradas y los Espacios Docentes Integrados.
Como se podr constatar entre el procedimiento
de creacin de las Unidades Didcticas Integradas
(UDI), y el procedimiento de creacin de la
Evaluacin Integral propuesto, existe una gran
similitud, la cual ha tenido lugar naturalmente
debido a una serie de premisas:
No se concibe que la Evaluacin Integral sea
ajena a las Unidades Didcticas Integradas.
Consideramos que el mbito privilegiado para
el diseo de las Evaluaciones Integrales son los
Espacios Docentes Integrados (EDI).
A lo anterior se suma que los pasos propuestos
para el desarrollo de los Espacios Docentes
Integrados, son vlidos y coinciden con las
etapas del proceso necesario para el diseo de
la Evaluacin Integral.
Sobre la Integracin
Todas/os las/Ios docentes de cada grupo, y de las
Unidades de Alfabetizacin Laboral, el Director, el/
la coordinador/a de la EDI (o quien haga las veces
de/la mismo/a) y el/la educador/a social (o perfil
anlogo).
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Sobre la frecuencia, carga horaria y gestin
La evaluacin integral tendr lugar en dos
instancias por Mdulo: en la mitad y al final.
Cada Evaluacin Integral insumir dos Espacios
Docentes Integrados:
En el primero se crea y/o disea la Evaluacin
Integral.
En la segunda se califica a los alumnos segn su
desempeo.
La carga horaria ser la misma estipulada para los
espacios Docentes Integrados.
La responsabilidad de la gestin corresponder
al Director del Centro, a el/la coordinador/a de la
EDI, acompaado/a por un/a docente que rotar
quincenalmente. En ausencia de alguno de estos
la sala docente designar a un/a docente para esta
tarea.
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1er. Momento
Se deber tener en cuenta EL APARTADO
CORRESPONDIENTE A LA SISTEMATIZACIN DE LA
EVALUACIN INTEGRAL DEL LIBRO DEL PROFESOR.
FICHAS DE REGISTRO DE LA EVALUACIN INTEGRAL
POR DISCIPLINA. Los docentes de la UAL debern
llevar un registro propio de lo trabajado en la EDI.
2do. Momento
A partir de los registros de las Unidades Didcticas
Integradas (en adelante UDI), se transcriben en la
FICHA DE REGISTRO DE LA EVALUACIN INTEGRAL
(Anexo I) todos los LOGROS COMUNES acordados por los docentes en el tiempo que ha transcurrido del Mdulo. Para la optimizacin de los tiempos del Espacio Docente Integrado (en adelante EDI) es conveniente que el Coordinador de la EDI, o quien haga las veces del mismo, realicen la trascripcin de los Logros Comunes previamente al comienzo del Espacio Docente Integrado.
3er. Momento
En funcin de lo anterior la sala docente redacta en
forma conjunta EL LOGRO COMN A SER EVALUADO,
el cual deber sintetizar los aportes del colectivo.
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Diseo de la evaluacin integral
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4to. Momento
A partir de lo anterior y tomando en cuenta el
programa de su disciplina, el maestro/docente de
taller define la/las ACTIVIDAD/ES que contribuya/
an a dar cuenta del proceso y del lugar en que
se encuentra el estudiante con relacin al logro
comn a ser evaluado. La/las ACTIVIDAD/ES
deben ser compartidas a toda la sala docente y ser
registrada/as por el coordinador o quien haga las
veces de este (ver Anexo I).
5to. Momento
En una instancia de trabajo personal cada docente,
en funcin de lo definido y expuesto por el colectivo
docente, realiza el mismo proceso descrito en el
cuarto momento. Puntualmente deber:
Establecer una tarea o ACTIVIDAD desde su
asignatura que apunte a la concrecin en
tiempo real del LOGRO COMN A EVALUAR.
Sistematiza ambos elementos en el APARTADO
CORRESPONDIENTE A LA SISTEMATIZACIN
DE LA EVALUACIN INTEGRAL DEL LIBRO DEL
PROFESOR.
6to. MomentoCada docente pone en comn la/las ACTIVIDAD/
ES que seleccion, ante lo cual la sala analiza
y/o comenta lo propuesto. El/la coordinador/a
sistematizar lo trabajado en la FICHA DE REGISTRO
DE LA EVALUACIN INTEGRAL (Sub- Anexo I).
7mo. Momento
Los registros debern quedar a cargo del
coordinador, o de quien haga las veces del mismo,
debidamente archivados, en un lugar de fcil
acceso a los docentes.
8vo. Momento
Con posterioridad a la semana en que se aplica
la EVALUACIN INTEGRAL la sala docente se
dedicar a valorar y calificar el Desempeo
Integral de los estudiantes, el cual tomar en
cuenta fundamentalmente el desempeo de
cada estudiante en la Evaluacin Integral y en los
Espacios Integrados. El colectivo docente deber
consensuar (preferentemente con un criterio
conceptual) una calificacin por estudiante, la cual
promediada con la Calificacin del Espacio Propio
generar la Calificacin de cada Asignatura.
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SUB-ANExO I
Ficha de registro de la evaluacin integral
F P B P L A N 2 0 0 7 - F O R M A C I N P R O F E S I O N A L B S I C A
CETP - UTU TRAYECTOREA DE FORMACIN MDULO
Escuela GRUPO
Periodo a ser evaluado: Del de al de de 20
LOGROS COMUNES
LOGROS COMUNES DE LAS UNIDADES DIDCTICAS INTEGRADAS
LOGRO COMN 1
LOGRO COMN 2
LOGRO COMN 3
LOGRO COMN 4
LOGRO COMN 5
LOGRO COMN 6
COMPONENTE PROFESIONAL
ASIGNATURA ACTIVIDADES
TALLER
TECNOLOGA
DIBUJO
LOGRO COMUN A EVALUAR
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Ficha de registro de la evaluacin integral
CETP - UTU
COMPONENTE GENERAL
ASIGNATURA ACTIVIDADES
MATEMTICA
IDIOMA ESPAOL
INGLES
INFORMTICA
CIENCIASEXPERIMENTALES
ESPACIO CIENCIASSOCIALES Y ARTSTICO
U.A.L.
APRECIACIONES SOBRE EL PROCESO
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SUB-ANExO II
Ficha de registro de la evaluacin integral por disciplina
CETP - UTU TRAYECTOREA DE FORMACIN MDULO
Escuela GRUPO
A desarrollarse entre el y el de de 2008
LOGRO COMN A EVALUAR ACTIVIDADES
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ADMINISTRACIN NACIONAL DE EDUCACIN PBLICA
CONSEJO DE EDUCACIN TCNICO-PROFESIONAL
EXP. 1201/10
Res. 688/10
ACTA N 283, de fecha 16 de abril de 2010.
VISTO: La nota presentada por la Directora del Programa de Planeamiento
Educativo, Insp. Rita FERRARI, solicitando se aprueben las modificaciones en
la Estructura Curricular y Reglamento del Plan Formacin Profesional Bsica
Plan 2007 as como de los Programas de las diferentes asignaturas y espacios;
RESULTANDO: que el Esquema Curricular del Plan ya fue aprobado por el
Consejo de Educacin Tcnico-Profesional en Resolucin N 2008/07, adoptada
en sesin de fecha 20/11/07 Acta N 149 y en Resolucin N 98/08, adoptada
en sesin de fecha 14/02/08 Acta N 162;
CONSIDERANDO: que se sugiere su aprobacin;
ATENTO: a lo expuesto:
EL CONSEJO DE EDUCACIN TCNICO-PROFESIONAL POR
UNANIMIDAD (DOS EN DOS), RESUELVE:
1) Aprobar las modificaciones en la Estructura Curricular y Reglamento del
Plan Formacin Profesional Bsica Plan 2007 as como de los Programas de
las diferentes asignaturas y espacios que a continuacin se detallan:
a) Los ajustes del Diseo Curricular del Plan contenidos en: CETP-UTU, FPB.
Formacin Profesional Bsica. Plan 2007, Montevideo, Tradinco, Tomo 1,
2009, ISBN de la obra completa, 978-9974-644-92-2/ISBN Tomo 1 978-
9974-644-93-9, de las pginas 15 a la 36.
b) Los Programas del FPB contenidos en: CETP-UTU, FPB, Formacin
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jramosResaltado
Profesional Bsica. Plan 2007, Montevideo, Tradinco, Tomo 2, 2009, ISBN-
de la obra completa, 978-9974-644-92-2/ISBN Tomo 2, 978-9974-644-94-6, de
las pginas 13 a la 595.
c) El Reglamento de Evolucin, Promocin y Acreditacin de los Mdulos
(REPAM) de los Cursos de Formacin Profesional Bsica Plan 2007,
contenidos en CETP-UTU, FPB, Formacin Profesional Bsica. Plan 2007,
Montevideo, Tradinco, Tomo 2, 2009, ISBN de la obra completa, 978-9974-
644-92-2/ ISBN Tomo 2 978-9974-644-94-6, de las pginas 603 a la 631. Con
relacin al Reglamento y a partir de la propuesta de la Comisin de Diseo e
Implementacin del Espacio de Ciencias Sociales y Artstico se sugiere la
supresin del inciso dos de los Artculos 33 y 34 del REPAM pgina 609, los
cuales versan de la siguiente manera: excepcionalmente y en funcin de sus
caractersticas, la calificacin del Espacio Ciencias Sociales y Artstico tendr
una calificacin propia no promediando con la calificacin de los Espacios
Integrados.
d) Incorporar al Artculo 46 del REPAM el siguiente inciso: A los efectos
administrativos: a) El/la estudiante tendr cinco perodos consecutivos para
rendir exmenes sin necesidad de realizar inscripcin previa.
b) A partir del sexto perodo de culminadas las asignaturas exonerables, el/la
estudiante deber inscribirse donde corresponda para poder rendir examen, sin
detrimento de lo establecido en el Artculo N 45.
2) Pase a los Programas de Planeamiento Educativo, de Educacin Bsica, de
Educacin en Procesos Industriales, de Educacin en Administracin,
Comercializacin y Servicios, de Educacin para el Agro y de Gestin de
Recursos Humanos (Pgina Web). Cumplido, siga al Departamento de
Administracin Documental para dar cuenta al Consejo Directivo Central.
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jramosResaltado
Hecho archvese.
Lic. Mtro. Tc. Juan Jos DE LOS SANTOS MAISONAVE Prof. Arq. Fernando TOMEO SUREZ
Consejero Consejero
Esc. Ma. Beatriz DOS SANTOS YAMGOTCHIAN
Secretaria General
SF/gr
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