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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “RAFAEL MARIA BARALT” PROGRAMA: ADMINISTRACION PROYECTO: GERENCIA INDUSTRIAL FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE- MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR Trabajo presentado como requisito para optar al titulo de Licenciado en Administración Mención Gerencia Industrial. REALIZADO POR: Br. Pirela, Mariela. C.I.: 7.860.905 Br. Saavedra Lucelia. C.I.: 16.831.084 Tutor Académico-Metodológico: Lic. Iraima Ruz, Mgs Ciudad Ojeda, abril 2008

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

“RAFAEL MARIA BARALT” PROGRAMA: ADMINISTRACION

PROYECTO: GERENCIA INDUSTRIAL

FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE-

MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR

Trabajo presentado como requisito para optar al titulo de Licenciado en Administración Mención Gerencia Industrial.

REALIZADO POR:

Br. Pirela, Mariela. C.I.: 7.860.905

Br. Saavedra Lucelia. C.I.: 16.831.084

Tutor Académico-Metodológico: Lic. Iraima Ruz, Mgs

Ciudad Ojeda, abril 2008

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FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE-

MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR

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FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE-

MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR

___________________________ Br. MARIELA PIRELA JIMENEZ

C.I. V- 7.860.905 AUTORA

___________________________ Br. LUCELIA SAAVEDRA

C.I. V-16.831.084 AUTORA

___________________________ Lic. IRAIMA RUZ Mgs.

C.I. V-4.017.144 TUTORA ACADÉMICA-METODOLOGICA

Ciudad Ojeda, abril 2008

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ACTA APROBATORIA

El tutor nombrado, por la Coordinación del Departamento de Seminario

y metodología de la investigación del programa administración, proyecto

gerencia industrial, de la universidad nacional experimental Rafael María Baralt

Sede Ciudad Ojeda para evaluar el Informe de Diagnostico Titulado

funcionamiento para el expendio de alcohol y especies alcohólicas en La

Parroquia General Manuel Manrique-Municipio Simón Bolívar. Que presentan

las Bachilleres Pirela Mariela y Saavedra Lucelia, portadoras de las C.I.

numero: .V-7860905 y V-16.831.084

Para optar al titulo de Licenciadas en Administración, Mención

Gerencia Industrial

Aprueba el mismo

________________________________

Lic. Iraima Ruz Mgs C.I. V 4.017.144

TUTOR ACADEMICO

CIUDAD OJEDA, ABRIL 2008

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ÍNDICE GENERAL

Pág.

ACTA APROBATORIA……..………………………………...……………………. ii

ÍNDICE GENERAL…………………………………………...……………………. iii

INDICE DE CUADROS……………………………………...……………………. v

INDICE DE TABLAS…………………………………………...………………….. vi

INDICE DE GRÁFICOS……………………………………..……………………. viii

INDICE DE GRÁFICOS……………………………………….…………….……. ix

RESUMEN………………………………………………………………….…….... x

INTRODUCCIÓN…………………………………………………...……………… 1

DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA………………………….….…….………….. 3

DESCRIPCION DE LA PROBLEMATICA………….……………………...……. 4

Justificación de la investigación…………………………………..……. 9

Objetivos de la investigación……………………………………………..……. 9

Objetivo general……………………………………………………….…… 9

Objetivos específicos……………………………………………………… 10

ALCANCE……………………….…………………………………………….……. 11

RECURSOS…………………….…………………………………………….……. 11

COSTOS .……………………….…………………………………………….……. 12

TIEMPO...……………………….…………………………………………….……. 13

Limitación…………….…………………………………….……………..… 14

Metodología………….……………………………………….…………..… 15

DESARROLLO………………………………………………………….………….. 25

ANALISIS E INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS….…………….……71

Análisis de los Instrumentos aplicados a los Expendios

de Licores de la Parroquia Gral. Manuel Manrique,

Municipio Simón Bolívar…………………….…....………………… 72

CONCLUSIONES……………………………………...…………………………… 86

RECOMENDACIONES…………………………………………………………. 88

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………………………………………….. 90

ANEXOS……………………………………………………..……………………. 92

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INDICE DE CUADROS

Pág.

1. PRESUPUESTO….…………………………………………..……..…………. 13

2. CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN ..…………………………………….….. 14

3. MAPA DE VARIABLES………………………………………………………. 16

4. POBLACIÓN OBJETO DE ESTUDIO.…….………………….…………..… 20

5. CODIFICACIÓN ESCALA LICKERT.…….……..…………………………… 22

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ÍNDICE DE TABLAS

Pág.

1.1. ¿Se encuentra en vigencia el Permiso Sanitario?.............................. 73

1.2. ¿El personal utiliza correctamente los implementos de manipulación

de alimentos?............................................................................................. 74

1.3. ¿Se encuentra actualizado el Registro Mercantil?............................. 73

1.4. ¿Se mantiene vigente la Constancia para el Expendio de Bebidas

Alcohólicas?................................................................................... 74

1.5. ¿El personal presenta sus Certificados de Salud Actualizados?...... 75

1.6. ¿Han sido citados por la Intendencia Parroquial?............................. 75

1.7. ¿Se cumplen las normativas legales estadales y municipales?........ 75

1.8. ¿Se mantiene un registro de todos los movimientos de entradas

y salidas ocurridos durante los últimos treinta (30) días?........................... 76

1.9. ¿El establecimiento posee el Permiso del Cuerpo de

Bomberos?.............................................................................................. 76

1.10. ¿Se establece un control en la parte administrativa y de

facturación?.............................................................................................. 76

1.11. ¿Existe puntualidad en el pago de Impuestos y Multas?................ 77

1.12. ¿Se han presentado quejas por parte de las Juntas

Parroquiales? ……………………………………………………………. …… 77

Resultados obtenidos de la dimensión Permisos Requeridos.. …….. …. 77

1.13. Resultados obtenidos de la dimensión Normativa vigente……… .. 78

2.1. ¿Se cumplen los horarios establecidos por los expendios

de licores?............................................................................................... 79

2.2. ¿Se encuentra publicado el permiso de funcionamiento de

Expendios de bebidas alcohólicas?................................................... 80

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2.3. ¿El personal nuevo recibe inducción, entrenamiento o

adiestramiento? …………………...……………………..……….…..…. 79

2.4. ¿Se mantiene un control adecuado con el comportamiento de

los clientes?....................................................... ...........................… 80

2.5. ¿Se encuentran extintores de incendios en las áreas de

emergencia?....................................................................................... 81

2.6. ¿Existe una Salida de emergencia?...................................................... 81

2.7. ¿Se establece un orden y limpieza dentro y fuera del depósito

de licores?........................................................................................... 81

2.8. ¿Se mantienen publicados avisos de seguridad?................................... 82

2.9. ¿El personal se sentirá capaz de corregir las fallas cometidas después

de las inspecciones, multas, citaciones por parte de la

Intendencia?......................................................................................... 82

2.10. ¿El propietario realiza inspecciones antes de las visitas

de la Intendencia? ……………………………….........…………………. 82

2.11. ¿Se utilizan estrategias para motivar a los empleados?...................... 83

2.12. ¿Se solicitan autorizaciones en caso de modificaciones del

local?...................................................................................................... 84

2.13. Resultados obtenidos de la dimensión Permisos Requeridos ...……… 84

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Pág.

1. Tendencia de la dimensión Normativa Vigente……………..…….……….. 78

2. Tendencia de la dimensión Permisos Requeridos ……..……..…………... 84

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ÍNDICE DE ANEXOS

Pág.

1. INSTRUMENTO DE VALIDACION………………………………………. 90

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FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE-

MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR.

RESUMEN

Pirela Jiménez Mariela Josefina Saavedra Quintero Lucelia Margarita

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “RAFAEL MARIA BARALT”

TRABAJO PRESENTADO COMO REQUISITO PARA OPTAR AL TITULO DE LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN MENCIÓN GERENCIA INDUSTRIAL. MODALIDAD: DIAGNOSTICO. CIUDAD OJEDA, ESTADO ZULIA. PROGRAMA GERENCIA INDUSTRIAL, PROYECTO: GERENCIA INDUSTRIAL. ABRIL 2008. La presente investigación fue realizada con el objetivo de proponer un plan de control en los expendios de licores en la Parroquia General Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar, la cual esta adscrita a la Gobernación del Estado Zulia. Fue realizada durante el lapso comprendido entre noviembre 2007 y abril 2008. El tipo de investigación realizada fue descriptiva, habida cuenta que se limito a analizar y comparar un hecho. Esta investigación detectará posibles fallas existentes en el otorgamiento de licencias para licores y las posibles mejoras al respecto.

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INTRODUCCIÓN

Desde la nueva ordenación del sistema educativo, el estudiante de pre-

grado tiene que realizar una actividad diagnóstica orientada al aprendizaje,

basada en una filosofía derivada de la misma ley que persigue los cambios

necesarios para la mejora educativa.

Los tres rasgos distintivos del nuevo concepto de Diagnóstico Pedagógico

son: El sujeto a quien se va a realizar un diagnóstico. Las Propuestas

metodológicas y el proceso de investigación formado por los componentes

metodológicos fundamentales de cualquier proceso de investigación, a saber:

a) Recopilación de información,

b) Análisis de la información,

c) Valoración de la información (como fiable/válida) para la

toma de decisiones,

e) La evaluación del proceso diagnóstico

En este particular caso el diagnóstico a seguir consiste en evaluar el

funcionamiento de expendio de alcohol y especies alcohólicas. Conocer si

están siendo cumplidas las leyes pertinentes al control del expendio de licores.

Para efectos prácticos de éste diagnóstico, su alcance, se delimita Parroquia

General Manuel Manrique-Municipio Simón Bolívar.

Con la colaboración del organismo parroquial: Intendencia y el T.S.U.

Jorge Ferrer en calidad de Intendente, quien bajo su cargo dependen una (01)

secretarias y un (1) comisario, dos (2) oficinistas. Para el alcance temporal, el

diagnóstico abarca un período de tiempo desde el mes de Junio de 2007 al

mes de Abril de 2008.

Cabe destacar que la intendencia, no es el único organismo responsable

de velar por el funcionamiento de los expendios en la parroquia. Pero por ser el

que se encuentra mas abocado a los programa de Seguridad y Profilaxis desde

el año 2007; Estimamos interesante considerarlo al momento de realizar esta

investigación.

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DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA

La Intendencia Municipal es un organismo perteneciente a la Parroquia

General Manuel Manrique., Municipio Simón Bolívar. Y depende directamente

de la Gobernación del Estado Zulia.

Las funciones de la Intendencia de la Parroquia General Manuel Manrique

del Municipio Simón Bolívar” esta caracterizada por los siguientes lineamientos:

• Evaluar las actividades realizadas por el Intendente de Seguridad

Parroquial y Director de Reten.

• Dirigir, monitorear y supervisar las acciones inherentes a las políticas

sociales que se cumplen en pro de las comunidades.

• Fortalecer las políticas sociales implementadas por la Gestión de

Gobierno.

• Planificar y ejecutar actividades tendientes a las inspecciones de los

diferentes proyectos que se llevan a cabo a través de la Coordinación.

• Adiestrar y fortalecer el recurso humano de las Intendencias de Seguridad

Ciudadana y Retenes del Estado Zulia.

• Asesorar, Orientar y canalizar los trámites pertinentes a la formulación de

denuncias por robo, riña y extravío de documentos.

• Establecer, implementar y coordinar los proyectos acordes a las funciones

desarrolladas por las Intendencias de Seguridad y Retenes.

• Encausar, monitorear e inspeccionar la dotación de bienes muebles,

construcción y/o reparación de las sedes.

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DESCRIPCION DE LA PROBLEMATICA

Se realiza la evaluación e inspección de las zonas donde se encuentran

ubicados los depósitos de licores o establecimientos de expendio de licores

para obtener un diagnóstico mas preciso y asegurar el cumplimiento de todos

los requisitos y normas de seguridad, higiene y ambiente ocupacional, para el

buen funcionamiento de los expendios de licores de la localidad, con el fin de

prevenir que los propietarios de los expendios de licores sean penados,

multados o encarcelados en caso de no cumplir con las normativas después de

las inspecciones. También es importante que los propietarios de estos

expendios eviten el cierre temporal ocasionando no sólo perdidas, sino la

quiebra de los expendios. Lo cual redundará en beneficio no solo para el

propietario; sino también para el de la comunidad. Habida cuenta que es esta

última quien se ve afectada por la protagonización de hechos violentos e

inmorales. Así como también la presencia de niños, niñas y adolescentes en

dichos expendios.

En este operativo o inspección se puede observar incumplimiento de

algunos de los lineamientos de las siguientes leyes y normas: Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (L.O.P.C.Y.M.A.T.), El

Código Penal, Ley de Defensa y Seguridad Ciudadana (L.D.S.C.) y La

Ordenanza Municipal sobre Autorizaciones para el expendio de bebidas

alcohólicas. También se puede observar que algunos empleados no tienen su

Certificado de Salud, sus empleados no han realizado Cursos de Manipulación

de Alimentos y no utilizan dispositivos de seguridad, no presentan la constancia

para el expendio de bebidas alcohólicas en el sitio, ausencia de baño de damas

y mantenimiento en estado de insalubridad (en el caso de expendios de licores

con restaurantes y club nocturno anexos), e incumplimiento en los deberes

establecidos en las leyes y en los horarios de cierre de los establecimientos de

la Parroquia, al observar que el problema persistió después de las

inspecciones, dio como resultado, citaciones a la Intendencia Parroquial.

Solamente un Depósito de Licores presentó todos los permisos en regla. La

Intendencia Parroquial notificó a la Policía Regional del Estado Zulia y otros

entes u organismos, tales manifestaciones).

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Antecedentes de la Investigación

A continuación se mencionan algunos trabajos de investigación

relacionados de manera directa con el objeto del diagnostico. Aun cuando no

fue posible encontrar investigaciones o diagnósticos pasados que reúnan

todas las variables.

Cabe destacar que este tópico, ha sido objeto de diagnóstico en otras

referencias entre éstas, están las más importantes: “El consumo de bebidas

alcohólicas y su influencia en la comunidad rural”, Manizales (Colombia),

Universidad de Caldas, Facultad de Agronomía, 1976; “Evaluación del

Cumplimiento de los Deberes Formales Aplicables a los Expendios de Licores

al por Mayor”, Universidad Católica del Táchira y Universidad Centro

Occidental Lisandro Alvarado (Convenio UCAT-UCLA) Barquisimeto, Julio

2003 y “Administración Tributaria”, Universidad Santa María, Facultad de

Derecho. Caracas, Junio 2005.

Para el primer antecedente, los autores concluyen que este trabajo se

planeó para ser realizado en la vereda "La Garrucha", perteneciente al

municipio de Manizales. Los objetivos de este estudio, estuvieron encaminados

a encontrar la influencia del consumo de bebidas alcohólicas en los aspectos

de: 1. Grado de alcoholismo de la comunidad; En la distribución de ingresos,

especialmente en: a. Alimentación, b. Nivel educacional, c. Capacidad de pago

de obligaciones crediticias; 3. En la capacidad de trabajo e iniciativa personal;

4. En el cambio de destrezas, intereses y actitudes en la comunidad

campesina; 5. En la migración. Para las encuestas se utilizaron dos

cuestionarios, uno dirigido a la comunidad, representado por jefes de familias y

el otro a maestros, autoridades, servidores públicos, dueños de fondas y

cantinas y personas ajenas a la comunidad. Los resultados se obtuvieron del

análisis de las encuestas, complementadas con la experiencia vivida por el

autor cuando trabajó como agente de extensión en esa vereda e informes del

Comité de Cafeteros e Inspección de Policía del "Alto de Lisboa". Las

características más sobresalientes de la zona son: Altura de 1600 m.s.n.m.,

temperatura media 22øC, precipitación Pluvial 2200 m.m. al año. Suelo de

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contextura franco-arenosa, ricos en materia orgánica; se considera como

óptima para el café. Cultivo predominante, Café, de las variedades Típica,

Borbón y Caturra. Hay otros cultivos en menor escala, tales como maíz,

frutales, caña de azúcar y pastos, tanto de corte como de pastoreo. En cuanto

a tamaño de las fincas, se establece, que el 65 corresponde a fincas de tamaño

mediano, con superficies comprendidas entre 10 y 25 hectáreas, 20 fincas de

menos de 10 hectáreas, consideradas como pequeñas y 15 fincas con más de

25 hectáreas que en zonas cafeteras se puede considerar como grandes en

zona de minifundio. La vereda "La Garrucha" tiene una población aproximada

de 360 personas. Las mujeres mayores de 40 años y comprendidas en este

estudio no ingiere bebidas alcohólicas. El 1 de los hombres con edades

comprendidas entre 65 y 70 años ingiere bebidas alcohólicas. Los hombres

mayores de 71 años y comprendidos en este estudio no ingieren bebidas

alcohólicas. En cuanto a educación de las familias de acuerdo a la condición de

bebedores o no de los jefes de hogar y si son o no instruidos, se encontró: las

familias cuyos jefes no tienen instrucción y no ingiere bebidas alcohólicas,

56,25 con educación son mujeres y 43.75 son hombres. Las familias de jefes

de hogar que no tienen instrucción e ingiere bebidas alcohólicas 60 son

hombres con educación y mujeres 40. Las familias con jefes de hogar con

instrucción y no ingiere bebidas alcohólicas, son 58.2 hombres con educación y

41.8 mujeres y para las familias cuyos padres tienen instrucción y ingiere

bebidas alcohólicas 61.81 son hombres con educación y 38.19 mujeres. En

cuanto a ocupación se refiere, relacionada con el consumo de bebidas

alcohólicas se tiene: el 53.9 de las personas encuestadas tienen como

ocupación la agricultura y de ellas el 57.1 son adictos a la bebida. El 23 de las

personas encuestadas tiene como ocupación ser cantinero y de ellos el 83.3

son bebedores. El 7.7 de las personas informantes son mujeres y tienen como

ocupación los oficios domésticos. En este grupo no hay bebedoras. Otro 7.7 de

las personas encuestadas tiene como ocupación chofer y de ese grupo el 100

son bebedores.

En el segundo antecedente, el autor concluye que la obligación tributaria

no sólo está constituida por el deber que tienen los administradores de realizar

pagos de carácter pecuniario ante las autoridades fiscales, sino que también

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están contenidos en ella otras obligaciones que pueden clasificarse como

obligaciones de hacer, de no hacer y de soportar y que desde el punto de vista

tributario se denominan. En este sentido, la presente investigación tuvo como

objetivo general evaluar el cumplimiento de los deberes formales a que están

obligados los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, abordando

el tema desde el punto de vista descriptivo, evaluándose específicamente el

cumplimiento de los deberes formales que están referidos a las operaciones de

transformación, transferencia traspaso, traslado, arrendamiento, renovación y

libros y documentación soporte, aplicando para ello un cuestionario de veinte

preguntas cerradas, a través del cual se obtuvo información relevante para el

estudio, y que sirvió de base para la demostración de los resultados obtenidos,

los cuales fueron presentados mediante tablas de distribución frecuencia,

expresados en valores absolutos y relativos. Por otra parte, este cuestionario

fue aplicado sobre una muestra de 73 expertos mayoristas de bebidas

alcohólicas localizadas en el Municipio Iribarren de la ciudad de Barquisimeto,

durante el primer trimestre de 2002, seleccionados aleatoriamente de un

universo de setecientos (700) establecimientos mediante la aplicación de una

técnica estadística de muestreo aleatorio simple, tomando como base de datos

del SENIAT, manejada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la

Región Centro-Occidental. Los resultados del estudio demuestran la existencia

de un amplio desconocimiento por parte de los administradores con respecto a

los deberes formales que deben cumplir en los diferentes casos estudiados y

ya mencionados, así como del régimen sancionatorio que les es aplicable en

los casos de incumplimiento. En virtud de estos resultados se recomendó

ampliar, a través de la Administración Tributaria, los medios de información y

divulgación sobre esta materia y la aplicación de planes de verificación del

cumplimiento de deberes formales por parte de los expendios de licores,

proponiéndose además, una guía de instrucciones para facilitar el conocimiento

y control de cumplimiento de los deberes formales por parte de los

expendedores de bebidas alcohólicas.

En el tercer antecedente, los autores concluyen que son tres importantes

sucesos de relevancia jurídica que se aprestan a revolucionar el mundo

aduanero y tributario, son ellos el nuevo Código Orgánico Tributario, el cual

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regula aspectos inherentes a las relaciones jurídico tributarias; el segundo, esta

referido a la Ley del SENIAT, con la cual se pretende reglar la organización,

atribuciones y funciones de este organismo encargado del control,

administración y recaudación de los tributos nacionales. promulgación del

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas que permite iniciar las

operaciones de la gestión aduana-puertos del proyecto SIDUNEA (Sistema

Aduanero Automatizado), que materializa los planes del SENIAT en cuanto a la

simplificación de trámites administrativos en la operación aduanera de

importancia.

Justificación de la Investigación

El control comprende la confrontación periódica de la planeación,

organización, ejecución y supervisión de las actividades dentro de toda

empresa. Revisa el pasado, presente y futuro. Además verifica las diferentes

áreas dentro de una organización para velar que éstas estén logrando el

máximo de sus esfuerzos.

En tal sentido, la realización de la presente investigación, se justifica

desde diversas perspectivas. Desde el punto de vista practico, es decir, en

cuanto a los beneficios que esta investigación le otorgara a la Intendencia

Parroquial. Puede resumirse en revisión de las ordenanzas municipales en lo

que respecta a su conveniencia como a su cumplimiento. Así también, la

identificación de las áreas débiles en lo que respecta al tema producto de la

investigación. Se requiere mayor apoyo de los organismos competentes como

lo son El Concejo Municipal y los organismos de Control del Orden Público. Y

que con una mejor comunicación, fluirá mejor la información que llega hasta

los vendedores y a los abastecedores de especies alcohólicas.

Desde el punto de vista teórico, puesto que se realizara un análisis exhaustivo

del control que es ejercido por los organismos competentes. Los cuales deben

trabajar de la mano, Guardia Nacional, Policía Regional, Concejo Municipal e

Intendencia Parroquial.

Por otra parte, desde el punto de vista metodológico. Se emplearan

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técnicas y procedimientos de investigación, los cuales permitirán en primera

instancia, recabar la información de tipo primaria y secundaria a fin de dar

respuestas a los objetivos planteados y poder formular conclusiones y

recomendaciones que permitan una mayor comprensión sobre el tema y dar

soluciones practicas al mismo.

Cabe destacar que esta investigación es importante, porque es producto

de esa interacción constante entre la Universidad Nacional Experimental

“Rafael María Baralt” y su entorno. Que es uno de sus objetivos prioritarios y

viene a demostrar su jerarquía científica en la sub. Región. Sirviendo de esta

manera especifica a la Intendencia Parroquial del General Manuel Manrique en

el Municipio Simón Bolívar. Contribuyendo como base fundamental para futuras

investigaciones sirviendo sus resultados como antecedentes.

Objetivos de la Investigación

Objetivo General

Analizar el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón

Bolívar.

Objetivos Específicos

Identificar la normativa vigente para el funcionamiento de los expendios

de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del

Municipio Simón Bolívar.

Describir los permisos requeridos para el legal funcionamiento de los

expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel

Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Establecer lineamientos para garantizar el adecuado funcionamiento de

los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel

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Manrique del Municipio Simón Bolívar.

ALCANCE

Para efectos prácticos de éste diagnóstico, en cuanto a espacio físico,

se delimita en la Parroquia General Manuel Manrique, Municipio Simón Bolívar.

Teniendo como principal fuente de recaudación de datos la intendencia

parroquial ubicada en la Avenida 4 de la Urbanización Venezuela.

Manuel Manrique es una de las tres parroquias que conforma el

Municipio Simón Bolívar. Siendo su Capital Tía Juana. Y cuenta con una

población de 29.834, habitantes distribuidos en una superficie de 43 kilómetros

cuadrados. El lago de Maracaibo constituye un escenario de gran valor para el

turismo y la recreación por la existencia de innumerables instalaciones

petroleras convirtiéndolo en un lugar único en el Mundo, la presencia de un

dique costanero de 9 Km. de longitud obra maestra de ingeniería hidráulica,

una red de diques y drenajes que impiden inundaciones en época de lluvia

instalaciones petroleras importantes en el estado Zulia la producción de

petróleo liviano cotizado a nivel Mundial, una imponente represa que controla

el cauce desbordado del Río Tamare, la cuidad de Tía Juana capital del

Municipio y la Parroquia, Sede del Gobierno Municipal.

Se llevara a cabo en la Intendencia de la Parroquia Manuel Manrique del

Municipio Simón Bolívar, la cual se encuentra ubicada el la Avenida 4 del

Sector Tía Juana, urbanización Venezuela, del Municipio Simón Bolívar.

Para el logro de los objetivos previstos en la investigación y la ejecución de las

deferentes fases que involucra su ejecución, se requirió de dos semestres

académicos de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt”

comprendidos entre los meses de Abril de 2007 hasta Abril de 2008.

Esta investigación estará orientada a evaluar el funcionamiento de

Expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Manuel Manrique

del Municipio Simón Bolívar.

Para la temática la integran: el ciudadano T.S.U. Jorge Ferrer en calidad

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de Intendente, quien bajo su cargo dependen una (01) secretarias y un (1)

comisario, dos (2) oficinistas.

RECURSOS

El Recurso Humano para realizar el presente diagnóstico esta

conformado por: Mariela Pirela Jiménez y Lucelia Saavedra.

El recurso material utilizado fueron las referencias bibliográficas

pertenecientes a la biblioteca de la Universidad, y material suministrado por la

Intendencia Parroquial del Municipio Simón Bolívar y un texto perteneciente a

una de las autoras del diagnóstico.

El recurso tecnológico se basó en la utilización de computadoras, los

cuales facilitaron por vía Internet los aportes de documentos que sustentaron al

tema.

COSTOS

Según el cuadro número 1, se muestra un presupuesto con todos los

recursos utilizados al momento de elaborar las actividades.

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CUADRO Nº 1

PRESUPUESTO

DESCRIPCIÓN MONTO

(Bs.)

Papel 60,00

Recarga de Cartuchos 60,00

Impresiones B/N-Color 50,00

Reproducción (Fotocopias) 20,00

Llamadas Telefónicas 100,00

CD`S Vírgenes 10,00

Calcomanías para los CD’S 2,00

Anillados 40,00

Horas de Navegación 98,00

Viáticos 70,00

Otros Gastos 40,00

TOTAL Bs. 550,00

Fuente: Pirela y Saavedra 2008

TIEMPO

El período de elaboración del diagnóstico abarca desde noviembre 2007

hasta abril 2008, lo cual lo indica en el cuadro número 2:

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CUADRO Nº 2

CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN

Fuente: Pirela y Saavedra 2008

Limitación

La limitación del problema es el motivo por el cual las actividades

universitarias fueron suspendidas por la llegada de la época de navidad en

diciembre, en donde se presentaron disturbios causados por los Centros de

Estudiantes, para que se suspendan las actividades universitarias.

ACTIVIDAD NOV

2007

DIC

2007

ENE

2008

FEB

2008

MAR

2008

ABR

2008

ASPECTOS PRELIMINARES

DESCRIPCION DE LA EMPRESA

DESCRIPCION DE LA

PROBLEMÁTICA

DESARROLLO

APLICACIÓN DEL INSTRUMENTO

ANALISIS E INTERPRETACION DE

LOS RESULTADOS

PRESUPUESTO

RECURSOS

OTROS ASPECTOS

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Metodología

En ésta investigación se utilizará el método inductivo, el cual se orienta

desde lo particular hasta lo general, analizar el problema parcial desde la

perspectiva de todo, debido que a través de la totalidad es cuando avanza el

conocimiento de las partes. Hace énfasis en la formulación de interrogantes,

que deben ser planteadas por el grupo de investigación donde se defina cuál

es la situación de la empresa en estudio, en relación con el tema de

investigación.

Para la recolección de información, se utilizará como instrumento el

cuestionario, el cual será aplicado a empleados de los diferentes expendios de

licores de la parroquia, para conocer su funcionamiento y condiciones de

trabajo, con la intención de obtener en forma precisa de cómo establecen el

cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores y como llevan el

control de registro y autorización a los organismos municipales competentes,

entre estos están la Intendencia Municipal en conjunto con el Servicio de

Administración Tributaria del Municipio Simón Bolívar (SEATSB).

Para señalar los indicadores, se debe elaborar un mapa de variables,

representado como cuadro número 3, el cual funciona como herramienta para

extraer los términos más representativos de los soportes teóricos, luego de

este proceso, se procede a elaborar el instrumento para ser aplicado para su

estudio.

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CUADRO Nº 3

MAPA DE VARIABLES

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

A efectos de esta investigación, las variables han sido clasificadas en

dos (02) dimensiones: Normativa vigente y Permisos requeridos, cuyos

factores a través de los indicadores que se destacan: Registro y Autorización y

Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores.

OBJETIVO GENERAL: Analizar el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

VARIABLE OBJETIVOS

ESPECIFICOS DIMENSIONES INDICADORES

Funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Identificar la normativa vigente para el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Normativa vigente

Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

Describir los permisos requeridos para el legal funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Permisos requeridos

Registro y Autorización

Establecer lineamientos para garantizar el adecuado funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar

Vigilancia por Parte de los entes gubernamentales

Cumplimiento de leyes

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Considerando el método en que se ejecutará ésta investigación es de

tipo descriptivo, tal como lo plantea Tamayo y Tamayo (2004), comprende la

descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual y la

composición o los procesos de los fenómenos, particularidades en las

dimensiones e indicadores, los cuales permitirá la operación de la variable. La

investigación es de tipo descriptivo, por cuanto se determinará sobre la base de

un problema los objetivos que se pretenden lograr.

En el mismo orden de ideas, Hurtado (2006), plantea que los estudios

descriptivos tienen como propósito la exposición de un evento estudiado,

haciendo una enumeración detallada de sus características, de modo tal que

los resultados puedan ser obtenidos en diversos niveles de análisis.

Por ello, de acuerdo al criterio expuesto por Rosendo (2003), según la

profundidad del estudio, la presente investigación se cataloga como descriptiva,

en virtud de que se centra en la recolección de información relacionada con el

estado real de las personas, objetos, situaciones o fenómenos, tal y como se

presentaron al momento de su observación; es decir, se describen las

características esenciales de la población objeto en estudio en relación al

Funcionamiento del los expendios de alcohol y especies alcohólicas sin

verificar hipótesis alguna.

Tal como lo plantea la referida autora, la modalidad de investigación

descriptiva va más allá de la búsqueda de aquellos aspectos que se les quiera

dar respuesta; describiendo y analizando sistemáticamente características

homogéneas de los fenómenos estudiados sobre la realidad.

Por tratarse de un estudio cuyo objetivo general fue establecido tal y

como se presenta en un momento determinado, sin influir en su proceso o

estado natural, reflejando así la realidad situacional en la Intendencia de la

Parroquia Manuel Manrique-Municipio Simón Bolívar, está investigación se

consideró “no experimental”, por cuanto no se manipuló deliberadamente la

variable objeto de estudio, más bien se hizo una descripción de los datos

obtenidos mediante la técnica del cuestionario.

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Al respecto, Hernández y otros (2006), refieren que la investigación no

experimental, se realiza sin manipular deliberadamente las variables, lo que se

hace es observar fenómenos tal y como se dan en su contexto natural, para

después analizarlos. En este caso, se observará la variable estudiada en su

contexto (legal), para luego ser analizada, sin llegar a manipularla. Asimismo, la

investigación se identifica con el tipo de diseño transversal, por tratarse de un

estudio que recolecta información en un solo tiempo, según lo indicado por

Chávez (2007 p.135), “estos estudios miden una sola vez la variable; sin

pretender evaluar evolución de las unidades”.

De igual modo, Hernández y otros (2006, p.289), afirman, es

transaccional cuando se “recolecta datos en un solo momento, en un tiempo

único, su propósito es describir variables y determinar su incidencia e

interrelación en un momento dado”. En el presente estudio, la recolección de la

información se realizó en un período comprendido desde Febrero hasta Marzo

2008. Además, exponen los mismos autores, que es transaccional-descriptiva

“cuando tienen como objetivo, indagar la incidencia de los valores en que se

manifiestan una o más variables” (p.273). Para efectos de este estudio, la

variable considerada es Funcionamiento de los expendios de alcohol y

especies alcohólicas.

En este mismo contexto y según el método de recolección de datos, esta

investigación se identifica con los estudios de campo, según la definición

expuesta por Chávez (2007), se orientó a recolectar la información relacionada

con el estado actual de las personas, objetos, situaciones o fenómenos, tal cual

se presentan al momento de recolectar la información; es decir, sin manipular o

controlar variable alguna, específicamente en la presente investigación, por

medio la técnica de encuesta (cuestionario), se utilizará para obtener la

información necesaria y evaluar el Funcionamiento de los expendios de alcohol

y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio

Simón Bolívar.- Estado Zulia.

"Según la estrategia a seguir es de campo, porque está basada en la

característica del objeto en estudio. Además es pura, según el propósito de la

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Investigación, porque aplica conocimientos teóricos y aplicada, porque su

propósito es mejorar un producto o proceso, o probar concepciones teóricas en

situaciones problemáticas reales". Fuenmayor, E. (2003: 16).

De igual manera, Balestrini (2001), reseña que los estudios de campo

permiten establecer una interacción entre los objetivos y la realidad de la

situación de campo, observarlas, y recolectar los datos directamente de la

realidad en su situación natural; con la finalidad de profundizar en la

comprensión de los hallazgos encontrados con la aplicación de los

instrumentos y proporcionarle al investigador una lectura de la realidad objeto

de estudio mas rico en cuanto al conocimiento de la misma.

En relación a lo antes expuesto, la población objeto de estudio estuvo

conformada por sesenta y cinco (65) empleados de la totalidad de los

expendios de licores de la Parroquia Manuel Manrique, especificados en el

cuadro 4.

Al respecto, el investigador debe acotar, que para efectos del estudio no

se calculó la muestra, sino se efectuará un censo poblacional, por ser una

población finita y de fácil acceso; en este sentido, Tamayo y Tamayo (2004),

definen censo poblacional como la muestra en la cual entran todos los

miembros de la población. A continuación se presenta el cuadro 4, el cual

muestra la distribución de la población por cada establecimiento.

CUADRO Nº 4

POBLACIÓN OBJETO DE ESTUDIO

EXPENDIOS DE LICORES NO. DE SUJETOS

Depósito La Estación II 1

Depósito de Licores Nell 5

Cervecería y Restaurante Nanita 5

The Grand Chicken Home 2

Depósito de Licores El Cucú 1

Tasca de Jiovanny, C.A. 1

Licorería El Tenampa, C.A. 4

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Licorumba 1

Terraza Sol y Sombra 25

Bodega y Depósito Paraíso 1

La Gran Parada, S.R.L. 5

Distribuidora Díaz Medina 14

TOTAL 65

Fuente: Pirela y Saavedra (2008)

Según Hernández, Fernández y Baptista (2006), la observación es el

proceso, mediante el cual, se perciben ciertos rasgos existentes en la realidad

por medio de un esquema y con base a cierto propósito del problema que se

quiere investigar.

Según Hurtado (2006), en la investigación holística se define la

observación como la apertura integral de la persona (sentidos internos y

sentidos externos, vivencias, percepción, intelecto), con respecto a lo que le

circunda. La selección, registro sistemático y codificación de un conjunto de

hechos, situaciones o conductas.

En este sentido, la técnica que se utilizó para la recolección de datos en

el estudio fue la observación, definida por Méndez (2001, p.96) como “el

proceso mediante el cual se perciben ciertos rasgos existentes en la realidad

por medio de un esquema previo de lo que se quiere investigar”.

Para el desarrollo de la investigación se utilizó la encuesta como técnica,

a través de la elaboración de un (01) instrumento, dirigido a los empleados de

los Expendios de Licores de la Parroquia Manuel Manrique, el cual será medido

con preguntas de opciones múltiples cerradas, con tres (03) alternativas de

respuesta. En la elaboración de este instrumento, los objetivos constituyeron la

base del diseño, por cuanto éstos representaron los parámetros dentro de los

cuales se desarrolló el estudio .Para ello, se elaboró un Mapa de Variables,

donde se presentó coherentemente los objetivos de la investigación (uno

general y tres específicos), dimensiones e indicadores.

Del mismo modo, se diseñó como versión preliminar un instrumento tipo

cuestionario con escala tipo Lickert por ser una investigación descriptiva, la

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cual es una escala actitudinal, que permite medir el grado de intensidad de

acuerdo o desacuerdo con respecto al capital intelectual; cuya regla de

medición fue de tres (03) alternativas, donde se presentó un conjunto de ítems

en forma de proposiciones y así el sujeto en estudio eligió una de ellas de

acuerdo a su criterio objetivo. A continuación se muestra el cuadro 5, donde se

visualiza la escala tipo Lickert.

CUADRO Nº 5

CODIFICACIÓN ESCALA LICKERT

Leyenda: N/A= No Aplica .Fuente: Pirela y Saavedra (2008)

La razón en cuanto a la utilización del cuestionario, obedeció a las

ventajas de este tipo de instrumento con respecto a su auto aplicación,

ahorrándole tiempo al investigador, para otras tareas inherentes al proceso

investigativo, así como las bases y forma de codificación, tabulación de los

datos que se recolectaron durante su utilización final.

Según Hernández y otros (2006), toda medición o instrumento de

recolección de datos deben reunir dos requisitos esenciales; validez y

confiabilidad.

Con la finalidad de establecer la validez del contenido del cuestionario

se elaboró un instrumento de validación de acuerdo a los criterios establecidos

por Chávez (2007, p.195), plantea: “la validez es la eficiencia con que el

instrumento mide lo que se pretende medir”; para determinar la validez del

contenido del instrumento de recolección de datos (cuestionario) se elaboró

una versión inicial, el cual fue sometido a juicio de cinco (05) expertos en el

área de contenido y metodológica, garantizando la calidad del cuestionario

aplicado. La validez de contenido, la determina según la autora mencionada,

un “juicio de expertos”, por medio de la comparación con el contenido por

ÍTEMS CON DIRECCIÓN

POSITIVA

ALTERNATIVAS DE

RESPUESTA

ÍTEMS CON DIRECCIÓN

NEGATIVA

1 SI 3

2 NO 2

3 N/A 1

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medir.

Para la confiabilidad del instrumento, se calculará con la Fórmula de Alfa

Cronbach, cuando el ítem posee varias alternativas. Se procederá a comparar

resultados y analizar e interpretar cuadros y gráficos. El instrumento es

confiable, porque los resultados son similares, ya que las preguntas tienen tres

alternativas.

S2 i= Varianza de los puntajes

S2 t= Varianza de los puntajes totales

k= Número de ítems

1= Constante

En relación a la confiabilidad como requisito a cumplir en la recolección

de datos, Hernández Sampieri y otros (2006, p.242) afirman: “la confiabilidad

se refiere al grado en que su aplicación repetida al mismo sujeto u objeto,

produce iguales resultados” en la presente investigación para calcular la

confiabilidad del cuestionario, se utilizó el Programa Estadístico de las ciencias

Sociales (SPSS), por la ruta del Análisis de Fiabilidad, el cual permitió realizar

los cálculos respectivos mediante la formula de Alfa de Cronbach; obteniendo

como resultado 0,83593%; lo cual indica que el instrumento es confiable.

Respecto al tipo de investigación empleada se ejecutó la técnica de

estadística descriptiva; para tener una visión global de las respuestas de cada

ítem que integra el instrumento de recolección de datos, señalando sus

frecuencias relativa y absoluta; todo esto con la finalidad de analizar e

interpretar los datos de la investigación mediante diagramas circulares.

Al respecto, Tamayo y Tamayo, M. (2004; p. 313), caracteriza la

estadística descriptiva por comprender el tratamiento y análisis de los datos

que tienen por objeto resumir y descubrir los hechos que han proporcionado la

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información, y que por lo general toman la forma de tablas, gráficas, cuadros e

índice.

El desarrollo sistemático de un proceso de investigación científica, exige

de la aplicación de un conjunto de pasos rigurosamente organizados, los

cuales deben garantizar la pertinencia y objetividad del estudio. Así pues, las

actividades realizadas para describir dicho procedimiento son las siguientes:

Se realizó una investigación diagnóstica documental y de campo, para

establecer evidencias que sustentan la presentación de la problemática de

estudio, así como la formulación de los objetivos.

Se desarrollaron las bases teóricas-conceptuales que sustentaron y

fundamentaron la investigación y el abordaje operacional de la variable,

dimensiones e indicadores.

Se diseñó el procedimiento metodológico, el cual permitió la

construcción del instrumento, la determinación de la validez y la confiabilidad,

así como el establecimiento del marco poblacional y de los métodos de

tratamiento estadístico de los datos.

Probada la pertinencia y coherencia del instrumento, se procedió a su

aplicación, lo cual permitió la recolección, tratamiento e interpretación de los

datos.

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DESARROLLO

Se analizaran los aspectos conceptuales que apoyan la ejecución de la

investigación, entre ellos se exponen los antecedentes de la investigación, las

bases teóricas, el sistema de variables y definición de términos básicos.

El propósito de esta parte del capitulo, es dar a diagnostico un sistema

coordinado de conceptos y proposiciones que permitan abordar el problema, el

cual ubica el tema de estudio dentro de un conjunto de conocimientos

organizados.

Expendios

Es un establecimiento o local destinado a la venta o consumo de bebidas

alcohólicas pudiendo estar estos legalizados o no.

Alcohol

Según Rafael Borrás. Vocal del Colegio Farmacéutico de Barcelona “El

alcohol es una sustancia depresora del sistema nervioso central; además de

tener efecto sobre el cerebro y variar algunas de sus funciones (coordinación,

atención, memoria), su uso continuado también afecta a otros órganos como el

riñón, el hígado o el sistema circulatorio. Inicialmente, los efectos del alcohol

son sutiles, pero pueden ser peligrosos porque una persona bajo sus efectos

no es un buen juez de su conducta.

Especies alcohólicas

Según el diccionario de Wikipedia "http://es.wikipedia.org, las bebidas

alcohólicas son bebidas que contienen alcohol etílico (conocido en términos

coloquiales como alcohol). La dependencia a las bebidas alcohólicas se

denomina

.

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Atendiendo a la elaboración se pueden distinguir entre bebidas

producidas por fermentación alcohólica (vinos, cervezas, hidromiel, sake) en

las que el contenido en alcohol no pasa de 18-20 grados, y las producidas por

destilación, generalmente a partir de un producto de fermentación (licores,

aguardientes, etc.)”

Venta

Según Philip Kotler, el concepto de venta es otra forma de acceso al

mercado para muchas empresas, cuyo objetivo, es vender lo que hacen en

lugar de hacer lo que el mercado desea.

El concepto de venta sostiene que los consumidores y los negocios, si se

les deja solos, normalmente no adquirirán una cantidad suficiente de los

productos de la organización; por ello, ésta debe emprender una labor agresiva

de ventas y promoción.

El concepto de venta supone que es preciso estimular a los consumidores

para que compren. Para ello, las empresas que ponen en práctica este

concepto, utilizan todo un arsenal de herramientas de venta y promoción para

estimular más compras

Mercado

Philip Kotler, autor del libro "Dirección de Mercadotecnia", afirma que el

concepto de intercambio conduce al concepto de mercado. En ese sentido, "un

mercado está formado por todos los clientes potenciales que comparten una

necesidad o deseo específico y que podrían estar dispuestos a participar en un

intercambio que satisfaga esa necesidad o deseo". Así, el tamaño del

mercado, a criterio de Kotler, depende de que el número de personas que

manifiesten la necesidad, tengan los recursos que interesan a otros y estén

dispuestos a ofrecerlos en intercambio por lo que ellos desean.

Por su parte, Ricardo Romero, autor del libro "Marketing", considera que

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los conceptos más comunes que se tienen de mercado, son los siguientes:

Lugar en donde se reúnen compradores y vendedores, se ofrecen bienes y

servicios en venta y se realizan transferencias de títulos de propiedad.

Demanda agregada generada por los compradores potenciales de un

producto o servicio.

Personas con necesidades por satisfacer, dinero que gastar y de gastarlo.

En síntesis, el concepto de mercado enfoca a este último como "todo lugar,

físico o virtual (como el caso del Internet), donde existe por un lado, la

presencia de compradores con necesidades o deseos específicos por

satisfacer, dinero para gastar y disposición para participar en un intercambio

que satisfaga esa necesidad o deseo. Y por otro lado, la de vendedores que

pretenden satisfacer esas necesidades o deseos mediante un producto o

servicio. Por tanto, el mercado es el lugar donde se producen transferencias de

títulos de propiedad".

Consumo

Según Wikipedia la enciclopedia libre “En términos puramente económicos

se entiende por consumo la etapa final del proceso económico, especialmente

del productivo, definida como el momento en que un bien o servicio produce

alguna utilidad al sujeto consumidor. En este sentido hay bienes y servicios que

directamente se destruyen en el acto del consumo, mientras que con otros lo

que sucede es que su consumo consiste en su transformación en otro tipo de

bienes o servicios diferentes.

El consumo, por tanto, comprende las adquisiciones de bienes y servicios

por parte de cualquier sujeto económico (tanto el sector privado como las

administraciones públicas). Significa satisfacer las necesidades presentes o

futuras y se le considera el último proceso económico. Constituye una actividad

de tipo circular en tanto en cuanto que el hombre produce para poder consumir

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y a su vez el consumo genera producción.

Entre las normas y leyes que regulan la venta de especies alcohólicas

leyes que regulan el control sobre el funcionamiento de los expendios de

licores, se especifica lo siguiente:

Ley de Defensa y Seguridad Ciudadana del Estado Zulia De la Junta

Directiva, Constitución, Funciones y Deberes

Según el Artículo 25: Los Comités de Defensa y Seguridad Ciudadana

tendrán las siguientes atribuciones:

d) Realizar acciones de orientación y educación en materia de seguridad

ciudadana en su respectiva jurisdicción.

e) Realizar el seguimiento y llevar las estadísticas de los delitos, faltas e

infracciones que se cometan en su jurisdicción.

f) A asesorar a las comunidades en las acciones de prevención y combate del

delito e infracciones.

g) Solicitar a las autoridades policiales, información estadística sobre la

incidencia delictiva en su jurisdicción a fin de orientar sus actividades.

h) Reportar al Secretario de Defensa y Seguridad Ciudadana las actuaciones

irregulares en que pudieran incurrir.

n) Velar por el mandamiento de la salubridad publica y colaborar con las

autoridades competentes para la conservación, aseo, limpieza en las áreas

urbanas y suburbanas. Así como denunciar ante las autoridades competentes

cualquier acción u omisión realizada por particulares o funcionarios en

contravención a lo establecido en la presente Ley o en las Leyes Nacionales.

CAPITULO III

De las Infracciones Contra el Orden Público

Art. 42: La persona que operando un establecimiento de espectáculos públicos,

viole el horario establecido para la apertura y cierre de sus actividades, será

sancionado con multas de dos (2) a quince (15) Unidades Tributarias o las

otras sanciones previstas en la presente Ley o en las demás leyes de la

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Republica.

Art. 44: La persona que utilice equipo de sonido a alto volumen o que produzca

ruidos o vibraciones en lugares y en condiciones que molesten la tranquilidad

de los vecinos o afecten su derecho al descanso, serán sancionados con multa

de una (1) a cinco (5) Unidades Tributarias o las otras sanciones prevista en la

presente ley o en las demás leyes de la Republica.

La misma sanción se impondrá a los conductores de los vehículos de

transporte públicos que utilicen equipos de sonidos alto volumen de manera

que molesten a los usuarios.

Art. 46: La persona que utilice la vía publica u otros lugares públicos como

sitios de captación para el ejercicio de la prostitución, será sancionado con

multa de dos (2) a quince (15) Unidades Tributarias o las otras sanciones

prevista en la presente Ley o en las demás Leyes de la República.

CAPITULO IV

1.- De las Infracciones contra la Seguridad Ciudadana

Art. 48: La persona que abra o administre un establecimiento o lugar destinado

ala presentación de espectáculos públicos o actividades recreativas, sin los

correspondientes permisos de funcionamiento, que acrediten el cumplimiento

de las medidas de Seguridad tales como dispositivos de Incendio, vías de

escapes, salidas de emergencia y otros semejantes, será sancionado con

multa de cinco (5) a Treinta (30) Unidades Tributarias o las otras sanciones

prevista en la presente Ley o en las demás Leyes de la Republica.

Igual sanción se impondrá a la persona que admita en locales o

establecimientos de espectáculos públicos, a un número mayor de

espectadores o clientes al que corresponda de acuerdo con el aforo o la

autorización de funcionamiento.

Entre los artículos de la Ley de Prevención, Condiciones y Medio

Ambiente de Trabajo, se pueden destacar los siguientes:

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Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(L.O.P.C.Y.M.A.T.)

TITULO IV

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

CAPITULO I

Derechos y Deberes de los Trabajadores y Trabajadoras

Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras

Art. 53 Derechos de los Trabajadores y las Trabajadoras: Los trabajadores y

las trabajadoras tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de

trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y

mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar

adecuadas. En el ejercicio del mismo tendrá derecho a:

4. No ser sometido a condiciones de trabajo peligrosas o insalubres que, de

acuerdo a los avances técnicos y científicos existentes, puedan ser eliminadas

o atenuadas con modificaciones al proceso productivo o las instalaciones o

puestos de trabajo o mediante protecciones colectivas. Cuando lo anterior no

sea posible, a ser provisto de los implementos y equipos de protección

personal adecuados a las condiciones de trabajo presentes en su puesto de

trabajo y a las labores desempeños de acuerdo a lo establecido en la presente

Ley, su Reglamento y las convenciones colectivas.

6. Denunciar las condiciones inseguras o insalubres de trabajo ante el

supervisor inmediato, el empleador o empleadora, el sindicato, el Comité de

Seguridad y Salud Laboral, y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y

Seguridad Laborales; y a recibir oportuna respuesta.

Deberes de los Trabajadores y Trabajadoras

Art. 54: Son deberes de los trabajadores y trabajadoras:

4. Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de saneamiento público, así como

también las instalaciones y comodidades para la recreación, utilización, el

tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades

culturales, deportivas y en general, de todas las instalaciones de servicio social.

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6. Mantener las condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo.

CAPITULO II

Derechos y Deberes de los Trabajadores y Trabajadoras

Deberes de los Trabajadores y Trabajadoras

Art. 56. Son Deberes de los Empleadores y Empleadoras, adoptar las medidas

necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de

salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de

recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e

infraestructura para su desarrollo en los términos previstos en la presente Ley y

en los tratados internacionales suscritos por la República, en las disposiciones

legales y reglamentarias que se establecieren, así como en los contratos

individuales de trabajo y en las convenciones colectivas. A tales efectos

deberán:

1. Organizar el trabajo de conformidad con los avances tecnológicos que

permitan su ejecución en condiciones adecuadas a la capacidad física y mental

de los trabajadores y trabajadoras, a sus hábitos y creencias culturales y a su

dignidad como personas humanas.

2. Consultar a los trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones, y al

Comité de Seguridad y Salud Laboral, antes de que se ejecuten, las medidas

que prevean cambios en la organización del trabajo que puedan afectar a un

grupo o la totalidad de los trabajadores y trabajadoras o decisiones importantes

de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo.

3. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras de los principios de la

prevención de las condiciones inseguras o insalubres, tanto al ingresar al

trabajo como al producirse un cambio en el proceso laboral o una modificación

del puesto de trabajo e instruirlos y capacitarlos respecto a la promoción de la

salud y la seguridad, la prevención de accidentes y enfermedades

profesionales así como también en lo que se refiere a uso de dispositivos

personales de seguridad y protección.

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4. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de

Seguridad y Salud Laboral de las condiciones inseguras a las que están

expuestos los primeros, por la acción de agentes físicos, químicos, biológicos,

meteorológicos o a condiciones disergonómicas o psicosociales que puedan

causar daño a la salud, de acuerdo a los criterios establecidos por el Instituto

Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

5. Abstenerse de realizar, por sí o por sus representantes, toda conducta

ofensiva, maliciosa, intimidatorio y de cualquier acto que perjudique psicológica

o moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de

acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo,

violencia física o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación

razonable al trabajador o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y

antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o

desproporcionadas y una sistemática e injustificada crítica contra el trabajador

o la trabajadora, o su labor.

6. Informar por escrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad

Laborales y al Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los

Trabajadores de los programas desarrollados para la recreación, utilización del

tiempo libre, descanso y turismo social, del estado de la infraestructura para la

ejecución de los mismos, del impacto en la calidad de vida, salud y

productividad, así como las dificultades en la incorporación y participación

activa de los trabajadores y trabajadoras en ellos.

7. Elaborar, con la participación de los trabajadores y trabajadoras, el Programa

de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, las políticas y compromisos

y los reglamentos internos relacionados con la materia así como planificar y

organizar la producción de acuerdo a esos programas, políticas, compromisos

y reglamentos.

8. Tomar las medidas adecuadas para evitar cualquier forma de acoso sexual y

establecer una política destinada a erradicar el mismo de los lugares de

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trabajo.

9. Abstenerse de toda discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo o

contra los trabajadores y trabajadoras y, dentro de los requerimientos de la

actividad productiva, respetar la libertad de conciencia y expresión de los

trabajadores y trabajadoras.

10. Tomar todas las medidas adecuadas para asegurar la privacidad de la

correspondencia y comunicaciones de los trabajadores y trabajadoras y el libre

acceso a todos los datos e informaciones referidos a su persona.

11. Notificar al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales,

con carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de

trabajo y cualesquiera otras condiciones patológicas que ocurrieren dentro del

ámbito laboral previsto por esta Ley y su Reglamento y llevar un registro de los

mismos.

12. Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención, seguridad

y salud laborales, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso

y turismo social de acuerdo a los criterios establecidos por los sistemas de

información del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

13. En caso de actividades que por su peligrosidad sean consideradas por el

Reglamento como susceptibles de controles especiales por los daños que

pudiera causar a los trabajadores y trabajadoras o al ambiente, informar por

escrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales las

condiciones inseguras y las medidas desarrolladas para controlarlas de

acuerdo a los criterios que éste establezca.

14. Documentar las políticas y principios adoptados en materia de seguridad y

salud en el trabajo de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en la

normativa que lo desarrolle.

15. Organizar y mantener los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

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previstos en esta Ley.

TITULO V

DE LA HIGIENE, LA SEGURIDAD Y LA ERGONOMIA

Condiciones y Ambiente en que debe Desarrollarse el Trabajo

Art. 59: A los efectos de la protección de los trabajadores y trabajadoras, el

trabajo deberá desarrollarse en un ambiente y condiciones adecuadas de

manera que:

1. Asegure a los trabajadores y trabajadoras el más alto grado posible de salud

física y mental, así como la protección adecuada a los niños, niñas y

adolescentes y a las personas con discapacidad o con necesidades especiales.

7. Garantice todos los elementos del saneamiento básico en los puestos de

trabajo, en las empresas, establecimientos, explotaciones o faenas, y en las

áreas adyacentes a los mismos.

De las Políticas de Reconocimiento, Evaluación y Control de las

Condiciones Peligrosas de Trabajo

Art. 62: El empleador o empleadora, en cumplimiento del deber general de

prevención, debe establecer políticas y ejecutar acciones que permitan:

1. La identificación y documentación de las condiciones de trabajo existentes

en el ambiente laboral que pudieran afectar la seguridad y salud en el trabajo.

2. La evaluación de los niveles de inseguridad de las condiciones de trabajo y

el mantenimiento de un registro actualizado de los mismos, de acuerdo a lo

establecido en las normas técnicas que regulan la

Materia.

3. El control de las condiciones inseguras de trabajo estableciendo como

prioridad el control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se deberán

utilizar las estrategias de control en el medio y controles administrativos,

dejando como última instancia, cuando no sea posible la utilización de las

anteriores estrategias, o como complemento de las mismas, la utilización de

equipos de protección personal.

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El empleador o empleadora, al momento del diseño del proyecto de

empresa, establecimiento o explotación, deberá considerar los aspectos de

seguridad y salud en el trabajo que permitan controlar las condiciones

inseguras de trabajo y prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales.

Los artículos de la Ordenanza Municipal sobre Autorizaciones para el

expendio de bebidas alcohólicas son los siguientes:

Ordenanza Municipal sobre Autorizaciones para el expendio de bebidas

alcohólicas:

Art. 5: La tramitación de la Licencia para el Expendio de Bebidas Alcohólicas

en las modalidades señaladas en el Artículo 4to de ésta Ordenanza, requerirá

de la Planilla correspondiente expedida por el Servicio Autónomo Simón Bolívar

(SEATSB), la cual deberá estar acompañada de los siguientes recaudos:

11. Licencia para el Ejercicio de Actividades Económicas.

12. Permiso Sanitario Vigente.

13. Permiso del Cuerpo de Bomberos Vigente.

Art.19: Se establece el siguiente régimen de horarios que se deberá cumplir en

todo el Municipio Simón Bolívar para los Expendios de Bebidas Alcohólicas y el

cual será el siguiente:

1. Al por menor: lunes a sábado de 9:00 a.m. a 9:00 p.m. Cuando estos

establecimientos se encuentren anexos a Bodegas, Abastos y Supermercados,

no podrán expender bebidas alcohólicas en envases de capacidad inferior a

litros 0,222.

2. Cantinas.

a. Anexas a Hoteles de 12 m a 12 a.m.

b. Anexas a Restaurantes de 12:00 a.m. a 1:00 a.m.

c. Anexas a Centros Sociales de 12 a.m.

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d. Anexas a Clubes Nocturnos, Cabaret, salones de Bailes u otros negocios

donde se ofrezca música para bailar, variedades o espectáculos similares de

8:00 p.m. a 3:00 a.m.

e. Cantinas independientes de cualquiera de los negocios arriba mencionados

de 6:00 p.m. a 1:00 a.m.

Art. 24: Los Fiscales de la Administración Tributaria tendrán los deberes y

atribuciones siguientes:

2. Solicitar en los diferentes Expendios la presentación de los documentos que

se requieren para desempeñar esta actividad, verificando su otorgamiento y

vigencia de los mismos.

3. Realizar Las Inspecciones para el Registro, Instalación y Renovación de la Autorización de la Licencia.

TEMA NRO. 1

LEY DE IMPUESTO SOBRE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHOLICAS

G.O. Nº 38.285 del 04OCT05

Normas que regulan el Resguardo de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y

Especies Alcohólicas.

1. Código Orgánico Tributario. 2. Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas. 3. Ley de Timbre Fiscal. 4. Reglamento general de alimentos. 5. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies

Alcohólicas. 6. Decreto Nº 555 que armoniza las funciones del Resguardo Nacional

Tributario.

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ARTICULO 3° RLISAEA

Industrias más comunes en la renta de alcohol y especies alcohólicas.

A los fines de determinar los establecimientos productores de alcohol y

especies alcohólicas. Se establecen las siguientes definiciones.

1.- Destilería.

Es el establecimiento destinado a la elaboración de alcohol de origen

vegetal.

2.- Alambique.

Es el aparato de la separación del alcohol etílico de los mostos

fermentados mediante procesos de destilación, a la destilación de alcohol y

especies alcohólicas con el propósito de obtener su purificación o a la

extracción de saborantes de sabores especiales.

3.- Fabrica de bebidas alcohólicas por preparación de productos

destilados.

Es el establecimiento destinado a la elaboración de bebidas alcohólicas

por dilución, extracción, mezcla o destilación de productos destilados, con

adición o no de saborantes y otras sustancias aprobadas por el Ministerio de

Sanidad y Asistencia Social.

4.- Fabricas de bebidas alcohólicas por productos fermentados.

Es el establecimiento destinado a la elaboración de bebidas alcohólicas

obtenidas por preparación de productos fermentados.

5.- Fabricas de bebidas alcohólicas por preparación de productos

envejecidos.

Es el establecimiento destinado a la elaboración de bebidas alcohólicas

con especies envejecidas.

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Para la obtención del producto envejecido terminado se distinguen las

siguientes fases:

a.- Procesamiento inicial: Es el conjunto de operaciones que se realizan con

las especies alcohólicas que serán sometidas al proceso de envejecimiento.

b.- Envejecimiento: Es el procedimiento mediante el cual las especies

contenidas en barricas o toneles de roble o de cualquier otro tipo de madera

depositada en locales destinados a tal fin, adquieren propiedad física, químicas

especiales que la caracterizan de acuerdo al origen vegetal que provengan.

c.- Procesamiento final: Es el conjunto de operaciones que se realizan con

las especies alcohólicas envejecidas a fin de prepararlas para su embotellado.

d.- Envasado final: Es la operación por medio de la cual se llenan los

envases con las bebidas alcohólicas para ser ofrecidas al consumo.

e.- Fábrica desnaturalizada de alcohol: Es el establecimiento destinado a la

desnaturalización del alcohol mediante la adición de sustancias especiales que

lo hagan impotable o por los procesos industriales para la obtención de otros

productos.

f.- Fábrica de cerveza: Es el establecimiento industrial destinado a la

elaboración de cerveza.

g.- Fábrica de vino: Es el establecimiento industrial donde se elaboran los

vinos.

h.- Envasadora: Es el establecimiento o dependencia de una fábrica

destinada a colocar las especies alcohólicas en sus envases finales para ser

ofrecidas al consumo.

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ARTICULO 46 RLISAEA

De las Formalidades para el Ejercicio de la Industria Expendio de Alcohol

y Especies Alcohólicas:

Las industrias relacionadas con alcohol y especies alcohólicas, fabricación

y las fábricas de aparatos de destilación, sólo podrán funcionar mediante el

previo registro en la Oficina de la Administración Tributaria Nacional de su

domicilio fiscal.

El Reglamento de esta Ley determinará los datos que hayan de contener

las solicitudes de registro respectivo y los documentos y comprobaciones que

deban acompañarla.

Las autorizaciones necesarias para el expendio de bebidas alcohólicas

serán otorgadas por las alcaldías, de conformidad con las normas que

establezcan las ordenanzas respectivas, sin perjuicio de lo establecido en las

leyes que rigen la materia municipal. Hasta tanto los organismos municipales

competentes dicten las normas relativas a las autorizaciones para el expendio

de bebidas alcohólicas, las alcaldías se encargarán de hacer cumplir las

disposiciones contenidas en la presente Ley y su Reglamento.

ARTICULO 194 RLISAEA

Definición y clasificación de los expendios de bebidas alcohólicas.

A los efectos previstos en la ley, los expendios de especies alcohólicas

se clasificarán así:

1.- Al por mayor: Los destinados al expendio de especies alcohólicas en sus

envases originales, en cantidades mayores de tres litros en volumen real por

operación.

2.- Al por menor: Los destinados al expendio de especies alcohólicas, en sus

envases originales, en cantidades que no excedan de tres litros en volumen

real por operación.

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3.- Cantinas: Los negocios que expendan toda clase de bebidas alcohólicas,

para ser consumidas dentro de su propio recinto. Podrán también efectuar

ventas al por menor en sus envases originales, hasta por tres litros de cada

operación.

4.- Expendios temporales: Los que con ocasión de ferias, verbena, festejos

públicos y otros motivos análogos, se autoricen para detallar bebidas

alcohólicas destinadas a ser consumidas en el propio negocio, así como

también para efectuar ventas en envases originales, hasta por tres litros en

volumen real en cada operación. No se concederán expendios de esta índole a

los establecimientos que se encontrasen tramitando solicitudes para

expendidos permanente de bebidas alcohólicas.

5.- Expendido de cerveza y vinos naturales nacionales: Los negocios que

expenden dichas especies para su consumo dentro de su propio recinto,

podrán también efectuar ventas al por menor en sus envases originales hasta

por tres litros en cada operación.

6.- Expendios de alcohol etílico de 90 o más grados G.L: Los autorizados

para expedir dicho producto en cantidades mayores de tres litros en volumen

real por operación.

7.- Expendios de alcohol etílico de 90 o más grados G.L: En farmacia cuya

expedición no podrá ser mayor de un litro en volumen por cada operación.

8.- Expendios de alcohol etílico desnaturalizado: Los destinados a la

expedición del mismo en cantidades mayores de tres litros en volumen real por

operación.

ARTICULO 189 RLISAEA

En relación con el expendio de especies alcohólicas se establecen las

siguientes definiciones.

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a.- Expendio de especies alcohólicas: Es el establecimiento comercial

donde se ofrecen a la venta las especies alcohólicas, una vez obtenida la

autorización pertinente.

b.- Operación de expendio: Se considera como operación de expendio de

bebidas alcohólicas toda orden de despachar especies a terceras personas por

cuenta del ordenador, quien deberá contabilizarlas como ingresos a su

establecimiento, a los fines fiscales pertinentes.

c.- Capital invertido: Se entiende por capital invertido, el monto del

inventario de los valores del activo con exclusión del inmueble.

d.- Bar: Es el sitio autorizado para la venta de las bebidas alcohólicas que se

sirven en el mostrador o barra.

e.- Cantina o taberna: Es el puesto público donde se venden toda clase de

bebidas alcohólicas para ser consumidas dentro del mismo local.

f.- Restaurantes: Es el establecimiento comercial cuyo objeto principal es la

actividad diaria de servicio de comidas, que cuenta para ello con instalaciones

adecuadas, debidamente aprobadas por el Ministerio de Sanidad y Asistencia

Social y autorizado por el organismo municipal correspondiente.

g.- Club nocturno: Es el establecimiento autorizado para presentar

espectáculos de talento vivo, variables y música para bailar.

h.- Salón de baile: Es el establecimiento autorizado para ofrecer al público

música de lucro.

i.- Club social: Es el establecimiento privado perteneciente a una asociación

civil debidamente constituida, de estricta naturaleza social y sin fines de lucro.

j.- Parque: Es el paraje con áreas destinadas o no a la recreación, que el

Estado reserva para conservar la fauna, la flora y las bellezas naturales.

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ARTICULO 37 LISAEA

Competencia de la Guardia Nacional en la renta sobre alcohol y especies

alcohólicas.

La competencia de la Guardia Nacional se ha determinado de las

diferentes modificaciones que se han sucedido a las disposiciones legales que

rigen Resguardo de la Renta del Alcohol y Especies Alcohólicas, de allí

podemos concluir que esta actuación está limitada y condicionada.

DECRETO 555

Decimos que la actuación de la Guardia Nacional está limitada, debido al

artículo 37 de la Ley de Impuesto al Alcohol y Especies Alcohólicas y su

Reglamento, le da la siguiente función “Tendrá a su cargo la persecución del

contrabando, la vigilancia de la circulación del alcohol y especies alcohólicas y

la represión de la producción clandestina” y de acuerdo al Decreto del

Resguardo Nacional Tributario Nº 555 del 8 de Febrero de 1995, sus funciones

comprenderán la intervención como órgano auxiliar del SENIAT, en las

fiscalizaciones dirigidas a constatar el cumplimiento de los deberes formales en

el área de los impuestos indirectos.

Decimos que las funciones de la Guardia Nacional están condicionadas, de

acuerdo al artículo 38 de la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y Especies

Alcohólicas que textualmente dice: “El resguardo será estructurado en la forma

que determine el Reglamento, con las atribuciones que señala la Ley Orgánica

de la Hacienda Pública Nacional. Cuando el Ejecutivo Nacional lo estime

conveniente, las funciones de resguardo podrán ser desempeñadas, en todo el

Territorio Nacional o en determinadas circunscripciones, por la respectiva

especialidad de la Fuerza Armada Nacional. Los Ministerios de la Defensa y de

Finanzas dictarán por Resoluciones conjuntas las disposiciones necesarias

para el funcionamiento del servicio.”; asimismo para la verificación del

cumplimiento de los deberes formales, actuará como órgano auxiliar conforme

a instrucciones que al efecto imparta el Superintendente Nacional Aduanero y

Tributario, de conformidad con los procedimientos establecidos en el Código

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Orgánico Tributario, en su artículo 127 numeral 13, donde expresa que para el

cumplimiento de las facultades de fiscalización y determinación, la

administración tributaria podrá requerir el auxilio del Resguardo Nacional

Tributario y el artículo 140 al 144 ejusdem, donde se especifican las

atribuciones del Resguardo Nacional Tributario:”

Formas de actuación de la Guardia Nacional.

Del análisis hecho a la normativa que rige esta materia, se puede

determinar que la Guardia Nacional puede actuar en materia de alcohol y

especies alcohólicas, atendiendo a los siguientes aspectos:

1.-Mediante autorización o providencia administrativa emanada de la

Administración Tributaria respectiva, bien sea para actuar de manera conjunta

con funcionarios de las administraciones tributarias, o para actuar de manera

individual como funcionario incorporado al Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), como Resguardo Nacional con

funciones tributarias.

ARTICULO 12 Nº 1 LOICPC

2.-Como Órgano de Policía de Investigaciones, Científicas, Penales y

Criminalísticas de acuerdo al artículo 12 numeral 1 de la Ley de los Órganos

de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en los casos que se

presuma la adulteración de bebidas alcohólicas, tipificado como delito, tanto

por el Código Orgánico Tributario en su artículo 115 y 116 (Defraudación),

como por la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas en su

artículo 65 y 66: “Las sanciones establecidas en el artículo 108 del Código

Orgánico Tributario, serán aplicables con independencia de que las especies

alcohólicas no estén gravadas o estén exentas o exoneradas del impuesto

establecido en esta Ley.” “El incumplimiento de las disposiciones previstas en

la presente Ley será sancionado de conformidad con lo establecido en el

Código Orgánico Tributario.

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ARTICULO

153 LOA y 455 RLOA

3.- Como Resguardo Aduanero, de acuerdo al artículo 153 de la Ley Orgánica

de Aduanas y 455 del Reglamento de la misma ley, con la finalidad de verificar

el cumplimiento de los aspectos relativos a la nacionalización de bebidas

alcohólicas de manufactura extranjera.

Mediante la denuncia a la que están obligados los funcionarios y los

particulares en aquellos casos en que se tengan fundados indicios de que en

materia de alcohol y especies alcohólicas ha ocurrido algún fraude a las rentas,

como lo especifican el artículo 13 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública

Nacional, la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas en el

artículo 88, el artículo 124 del Código Orgánico Tributario o que se tenga

conocimiento de hechos que impliquen infracciones a las disposiciones del

Código Orgánico Tributario o que se tenga conocimiento de hechos que

impliquen infracciones a las disposiciones del Código Orgánico Tributario o de

las leyes tributarias especiales.

Procedimientos:

Previa autorización de la Administración Tributaria.

Fundamentación legal

1. Código Orgánico Tributario artículo 140 al 144.

2. Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional, artículos 106 y 110.

3. Ley Orgánica de Aduanas artículo 153.

4. Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, artículos 37 y 38.

5. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas

artículos 30, 36, 196, 208, 214, 221, 303, 304, 305 y 306.

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ARTICULO 108 Y 145 COT

Verificación de los deberes formales.

1.- Expendios de alcohol y/o bebidas alcohólicas funcionando sin la respectiva

autorización o registro del Ministerio de Hacienda (Finanzas) SENIAT.

2.- Expendio de alcohol y/o especies alcohólicas funcionando en horario no

establecido.

3.- Modificaciones sin autorización de establecimientos o negocios capaces

de alterar las características, índole o naturaleza contenida en los respectivos

registros que lo amparen.

4.- Expendio de bebidas alcohólicas en panaderías, pastelerías, confiterías,

bombonerías y similares.

5.- Venta ambulante de cerveza de fabricación nacional o vinos producidos en

el país.

6.- Expendios temporales funcionando sin autorización.

7.- Expendio de alcohol y/o especies alcohólicas con autorizaciones falsas o

adulteradas.

8.- Existencia de especies alcohólicas con autorizaciones para la venta.

Procedimiento:

Mediante autorización providencia administrativa emanada de la Administración

Tributaria respectiva, bien sea para actuar de manera conjunta como

funcionario incorporado al Resguardo Nacional Tributario.

1.- Solicitar al representante legal del expendio de bebidas alcohólicas

constatando en el Registro Mercantil al ciudadano facultado para firmar las

actas fiscales a realizarse.

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2.- Presentación de la Providencia Administrativa ante el representante legal

del expendio, solicitando sea firmada como constancia de notificación al

contribuyente.

3.- Elaborar acta de requerimiento de documentos los cuáles entre otros se

especifican:

a.- Acta constitutiva (Registro mercantil), última modificación.

b.- NIT, C.I.

c.- Contrato de arrendamiento del local o título de propiedad.

d.- Registro y/o autorización para el expendio de bebidas alcohólicas.

e.- Renovación actual del registro y/o autorización.

f.- Copia fotostática de los dos (02) últimos folios de entrada y salida del libro

de licores.

g.- Copia fotostática de la patente de industria y comercio.

4.- Si el contribuyente presenta la documentación requerida se procederá a

dejar constancia mediante el acta de recepción de documentos y el acta fiscal,

dejando copia fotostática al contribuyente y remitiendo las actuaciones a la

gerencia de tributos internos de la región competente.

5.- En caso de presentar el contribuyente alguna anormalidad en la

presentación de los documentos se procederá a:

a.- Elaboración de acta de recepción de documentos, dejando constancia de

la irregularidad presentada.

b.- Elaborar el acta fiscal donde se deja constancia de las actuaciones

realizadas por los efectivos militares.

c.- Remitir las actuaciones mediante oficio a la gerencia regional de tributos

internos competente.

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ARTICULO 37 LISAEA Y 303 RLISAEA

Represión de la producción clandestina.

Fundamentación legal.

1.- Artículo 37 de la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas y

303 del Reglamento.

Situación.

Quienes ejerzan clandestinamente la industria o comercio de las especies

gravadas por la Ley de Impuestos sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas.

Quienes tengan o fabriquen clandestinamente aparatos de destilación.

ARTICULO 373 COPP

Procedimiento.

1.- Detención preventiva de los infractores, sorprendidos en flagrancia.

2.- Aprehensión de aparatos de destilación, recipientes, vehículos, útiles,

enseres e instrumentos de producción así como la materia prima.

3.- Recolección de muestras y análisis de laboratorio.

4.- Elaboración de acta fiscal.

5.- Se deben realizar todas las diligencias conducentes a la determinación de

los hechos punibles y a la identificación de sus autores y participes.

6.- Se debe dejar constancia de estas actuaciones en un “Acta que suscribirá

el funcionario actuante, a fin de que le sirva al Ministerio Público para fundar la

acusación.

7.- Informar al Fiscal del Ministerio Público las diligencias practicadas en un

plazo que no deberá exceder de 12 horas.

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8.- Cuando un efectivo militar en funciones de Resguardo Nacional como

Órgano de Policía de Investigaciones Penales sorprenda en flagrancia al

individuo que ha cometido el delito, podrá detenerlo y ponerlo dentro de las

doce (12) horas siguientes a disposición del Ministerio Público, quien deberá

presentarlo ante el Juez de Control dentro de las treinta y seis (36) horas

siguientes, para que éste decida sobre la libertad o la privación preventiva de la

misma, dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes.

La mercancía deberá ser trasladada al almacén que el Fiscal del Ministerio

Público indique. Mediante Denuncia.

ARTICULO 56 LISAEA y 240 al 264 RLISAEA

Vigilancia en la circulación

Fundamentación legal.

1.- Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas.

Situación.

Cuando la vigilancia y la circulación de alcohol y especies alcohólicas

excedan de tres (03) litros, se requiere la respectiva guía de circulación.

Circulación de alcohol y/o especies alcohólicas sin la guía de circulación,

siempre y cuando no se presuma la clandestinidad en la procedencia de dichas

especies.

Circulación de alcohol y especies alcohólicas con envases que carezcan

de bandas, timbres, sellos, cápsulas u otros aditamentos requeridos legalmente

mientras no se presuma la clandestinidad.

Circulación del alcohol y/o especies alcohólicas con guías de circulación

falsificas o adulteradas.

Las especies alcohólicas importadas que hubieren de ser conducidas sin

haber pagados los impuestos correspondientes, desde la aduana por donde se

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hizo la importación hasta los almacenes generales de Depósito circularán con

una copia certificada del manifiesto de importación y una autorización del

Administrador de la aduana que hará referencia al número del requerido

manifiesto.

ARTICULO 37 LISAEA

Procedimiento.

1. Embargo preventivo de las especies alcohólicas.

2. Citación al presunto infractor.

3. Elaboración del Acta Fiscal donde se deja constancia de las

actuaciones del personal militar.

4. Informar mediante acta al Fiscal del Ministerio Público.

5. La Guardia Nacional Como Órgano de Policía de Investigaciones

Penales.

Fundamentación legal.

1.- Código Orgánico Tributario, Art. 140 al 144.

2.- Código Orgánico Procesal Penal Art. 110.

3.- Ley de Impuesto sobre alcohol y Especies Alcohólicas Art. 37

4.- Ley de los órganos de investigaciones científicas, penales y criminalísticas

Art. 12 numeral 1.

5.- Código Penal Venezolano Art. 365

6.- Reglamento General de Alimentos, Arts. 3 al 6.

Cuando existan suficientes indicios de bebidas alcohólicas presuntamente

adulteradas.

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Los productores o expendedores que tengan en sus establecimientos

especies alcohólicas no autorizadas para la venta en sus respectivos

negocios adulteradas o de procedencia ilegal.

Procedimientos.

Revisión física de las bebidas alcohólicas separando aquellas

presuntamente adulteradas.

Los casos más comunes para detectar una bebida alcohólica

adulterada.

Verificar que en la boca de la botella se encuentre una pequeña

perforación utilizada para extraer el alcohol y verter un líquido adulterado

nocivo para la salud.

El ver el líquido contenido en la botella tras luz se observan partículas en

suspensión tales como basura, tierra, mosquitos, etc.

El dispensador de seguridad colocado en la boca de la botella presenta

anomalías teles como: Está flojo, las letras de la marca no concuerdan se

observa un montaje.

Elaborar el Acta de Embargo Preventivo donde se específica la cantidad

y características de las bebidas alcohólicas (marca, serial de banda de

garantía, serial de etiqueta principal, grado alcohólico, cantidad de litros).

Elaborar Acta de Visitas de Verificación fiscal donde se deja constancia

de las actuaciones realizadas, estableciendo la cantidad y características de las

muestras que serán enviadas al Laboratorio Central de la Guardia Nacional y

el Laboratorio del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social.

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Citación a testigos e indiciados.

Toma de Muestras de las bebidas alcohólicas, considerando los

procedimientos previstos por el Laboratorio Central de la Fuerza.

ARTICULO 113 COPP

Si el Laboratorio Central de la Guardia Nacional en el informe de

experticia manifiesta que están adulteradas, ya existe una infracción a la Ley

de Impuesto sobre Alcohol y Especies alcohólicas.

ARTICULO 373 COPP

Para constituirse la adulteración de bebidas alcohólicas se debe enviar

muestras al Laboratorio del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, órgano

competente para manifestar en su informe de experticia si es nocivo para la

salud y las consecuencias que generan al ser humano.

Si el laboratorio del MSAS, establece que son nocivas para la salud se

procede de la siguiente manera:

• Se debe dejar constancia de estas actuaciones en un “Acta” que

suscribirá” el funcionario actuante, a fin de que le sirva al Ministerio

Público para fundar la acusación.

• Informar al Fiscal del Ministerio Público las diligencias practicadas

en un plazo que no deberá exceder de 12 horas.

• Cuando un efectivo militar en funciones de Resguardo Nacional

como Órgano de Policía de Investigaciones Penales sorprenda in

fraganti al individuo que ha cometido el delito, podrán detenerlo y

ponerlo inmediatamente a disposición del cometido Fiscal del

Ministerio Público quien deberá pasarlo a la orden del Juez de Control

dentro de las 24 horas siguientes, para que éste decida sobre la

libertad o la privación preventiva de la misma, en un plazo de 48

horas.

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ARTICULO 104,105 LOA

Como Resguardo Aduanero en la Persecución del Contrabando.

Fundamentación legal.

1.- Ley Orgánica de Aduanas Art. Desde el 104 al 105.

2.- Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional

3.- Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.

ARTICULO 104 LOA

Bebidas Alcohólicas objeto de ilícito aduanero.

Bebidas alcohólicas importadas, sin haber cumplido los requisitos legales

relativos a las operaciones aduaneras de importación.

Incurre en contrabando cualquiera que, mediante actos u omisiones, eluda o

intente eludir las intervenciones de las autoridades aduaneras en la

introducción de mercancías al Territorio Aduanero Nacional o en la extracción

de las mismas de dicho territorio.

La conducción, tenencia o circulación de mercancías extranjeras si no se

comprueba su legal introducción o su adquisición en lícito comercio en el país.

La ocultación de mercancías en cualquier forma y el uso de adminículos,

dispositivos o sistemas que dificulten el descubrimiento de las mercancías en el

reconocimiento.

La situación del cumplimiento de un requisito esencial para realizar

operaciones aduaneras.

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ARTICULO 11 LOA

Procedimiento.

1. Retención preventiva de las especies alcohólicas según acta de

embargo preventivo, especificando las características de las bebidas

alcohólicas, tales cantidad, marca, serial de bandas de garantía, serial

de etiquetas

2. Elaborar Acta de Requerimientos de documentos donde se solicitan

entre otros documentos: Documento aduaneros que amparen la

nacionalización de la mercancía (Declaración Única de Aduanas, etc.)

3. Revisión total de los registros y actualización para expender bebidas

alcohólicas.

4. Libro de entrada y salida de licores.

5. Se deben realizar todas las diligencias conducentes a la determinación

de los hechos punibles y a la identificación de sus autores y participes.

ARTICULO 113 COPP

Cuando un efectivo militar en funciones de Resguardo Nacional como

Órgano de Policía de Investigaciones Penales sorprenda in fraganti al individuo

que ha cometido el delito, podrán detenerlo y ponerlo dentro de las doce (12)

horas siguientes a disposición del Ministerio Público, quien deberá presentarlo

ante el Juez de Control dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para

que éste decida sobre la libertad o la privación preventiva de la misma, dentro

de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes.

La mercancía deberá ser trasladada al almacén que el Fiscal del Ministerio

Público indique.

Se debe dejar constancia de estas actuaciones en un “Acta” que suscribirá

el funcionario actuante, a fin de que le sirva al Ministerio Público para fundar la

acusación.

Informar al Fiscal del Ministerio Público las diligencias practicadas en un

plazo que no deberá exceder de 12 horas.

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ARTICULO 113 y 284 COPP

Procedimiento.

1. Se toma la Denuncia.

2. Se informa al Fiscal del Ministerio Público.

3. Se cita al representante legal del establecimiento previa autorización del

Fiscal del Ministerio Público.

4. En esta misma ocasión se le elabora un acta de requerimiento, para que

acuda a la Unidad de la Guardia Nacional con los documentos

relacionados con el establecimiento y su actividad.

5. Al acusar el contribuyente la citación se reciben los documentos

solicitados mediante acta de recepción y se determina el incumplimiento

o no de los deberes formales o cualquier otra infracción a las rentas.

6. De existir infracción fiscal, se elabora acta y se le informa al Fiscal del

Ministerio Público.

Alcohol y especies alcohólicas procedentes de puerto libre.

Fundamentación legal.

ARTICULO 22 LISAEA

Situación.

Tenencia y comercialización en el Territorio Nacional de bebidas alcohólicas

procedentes del Puerto Libre de las Isla de Margarita.

ARTICULO 244 RLIAEA

Constituye el delito de contrabando de comercialización de bebidas

alcohólicas procedentes de Puerto Libre de la Isla de Margarita, ya que dichas

especies se encuentran exentas de impuesto y sólo deben ser consumidas y/o

comercializadas en lugares donde existen regímenes aduaneros especiales.

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ARTICULO 22 y 37 LIAEA

Procedimiento.

Retención de las especies alcohólicas según Acta de Embargo Preventivo,

especificando las características de las bebidas alcohólicas, tales como:

Cantidad, Marca, Serial de Bandas de Garantía, Serial de Etiquetas, etc.

ARTICULO 57 LOHPN

Elaborar Acta de Requerimiento de documentos donde se solicitan entre otros

documentos. Documentos aduaneros que amparen la nacionalización de la

mercancía

• Revisión total de los archivos de la empresa.

• Registro y actualización para expender bebidas alcohólicas.

• Libro de entrada y salida de licores.

ARTICULO 113 COPP

Se debe dejar constancia de las actuaciones realizadas en un “Acta” que

suscribirá el funcionario actuante, a fin de que le sirva al Ministerio Público para

fundar las acusaciones.

Informar al Fiscal del Ministerio Público las diligencias practicadas en un

plazo que no deberá exceder de 12 horas (Art. 110 y siguientes del COPP)

La mercancía debe ser trasladada al almacén que autorice el Fiscal del

Ministerio Público.

ART. 34 LISAEA

TEMA Nº 2

BANDAS DE GARANTIAS

Bandas de Garantía.

ART. 34 LISAEA

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El Ministerio de Finanzas, a fin de garantizar la cancelación del

impuesto interno de producción y el de importación de bebidas alcohólicas

previstos el los artículos 11, 12, 13, 14, 18 y 19 de la Ley de Impuesto sobre

Alcohol y Especies Alcohólicas ha establecido el uso de un aditamento

denominado Banda de Garantía que será vendido a productores e

importadores en la cantidad para ellos requeridas, de conformidad con lo

señalado en el Artículo 34 de la mencionada Ley. Esta Banda de Garantía

deberá ser colocada sobre la tapa de la botella, que contenga la bebida

alcohólica de manera que al destaparse el envase, la Banda de Garantía se

rompa y no pueda ser utilizada nuevamente. Esta operación se debe ejecutar

ante de que las bebidas alcohólicas sean retiradas de los almacenes de

aduanas o de producción, salvo las excepciones autorizadas por el Ministerio

de Finanzas. En todo caso no pueden ser expuestas de la venta, sin que la

Banda de Garantía esté colocada sobre la tapa de la botella.

1.- Tipos de Bandas de Garantía.

1.1. Según su mecanismo para colocarla:

a) Macanizables: Es la utilización en la empresa o industria de fabricación. Se

coloca en la botella mediante máquinas especiales para tal fin, es identificada

por la letra “M” y se puede apreciar en el cuarto digito del serial respectivo.

b) Calcomanía: Es la utilizada en la bebidas importadas y se coloca en forma

manual en las botellas. Es identificada con la letra “C” y se puede observar en

el cuarto digito del serial respectivo.

1.2. Según su color:

a) Morado: Son utilizadas en las bebidas alcohólicas importadas.

b) Anaranjado: Son utilizadas en las bebidas alcohólicas nacionales.

c) Verde: Son utilizadas en las bebidas alcohólicas destinadas a Zonas

Francas y/o Puertos Libres

2.- Métodos para determinar la clasificación de las Bandas de Garantía.

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a) FILIGRAMA: Son los dibujos, trazos, marcas o diseños de los impresos en

las bandas de garantía.

Es el caso de las bandas de garantía originales, estos trazos o dibujos son

nítidos a simple vista; al contrario de las bandas de garantía falsificadas en

donde se puede observar que el dibujo, trazos o diseños de las mismas son

irregulares y les falta nitidez.

La banda de garantía original se puede despegar como un timbre fiscal o

estampilla cualquiera, ya que el material de la cual esta hecha es difícil de

deteriorarse, cuya impresión en intaglio es sensible al tacto.

c) FLUORESCENCIA: Se debe exponer la banda de garantía a una lámpara

de rayos ultravioleta, de las que se utilizan para identificar los billetes de

banco. En este caso en la banda de garantía debe aparecer en forma nítida lo

siguiente:

En la parte central el Escudo de Venezuela.

• Una letra “M” en el lado izquierdo y la letra “F” en el lado derecho

que significa Ministerio de Finanzas.

• Es conveniente verificar la confluencia p presencia de cada uno de

los detalles descritos, a los efectos de comprobar de manera real la

legalidad o falsificación de las Bandas de Garantía.

ARTICULO 113 y 284 COPP

3.- Procedimientos a seguir en la detención de Bandas de Garantía

falsificadas:

• Detención del presunto indiciado.

• Retención de las Bandas de Garantía falsificadas, de los envases de

bebidas alcohólicas que las contengan y de los instrumentos utilizados para

su elaboración.

• Informar al Fiscal del Ministerio Público de las actuaciones realizadas.

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• Previa autorización del Fiscal del Ministerio Público interrogar

exhaustivamente a los indiciados, a fin de descubrir la tipografía o cualquier

otro lugar en donde se hayan confeccionado las Bandas de Garantía

falsificadas.

• Retener la imprenta y demás utensilios empleados para efectuar la

falsificación de ser el caso.

• Efectuar allanamientos previa orden escrita por el Juez conformes a la

normativa vigente.

• Tomar muestras de las bebidas alcohólicas contenidas en los envases

amparado con Banda de Garantía falsificada y remitir al laboratorio científico

de la Guardia Nacional o al Ministerio de Hacienda (Finanzas) para su

análisis, a sin de comprobar su adulteración.

• Someter las Bandas de Garantía retenidas a los exámenes de laboratorio

y experticias necesarias. Los mismos se pueden realizar en el Laboratorio

Científico de la Guardia Nacional o en el Laboratorio del Ministerio de

Hacienda (Finanzas).

TEMA Nº 3

TIMBRE FISCAL

ARTICULO 316 y 317 CRBV

Principios Generales.

El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas

públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo el

principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la

elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un

sistema eficiente para la recaudación de los tributos.

Marco de competencia de la Ley de Timbre Fiscal y su Reglamento.

Art. 1- La renta de timbre fiscal comprende los ramos de ingresos siguientes:

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a) El de estampillas, constituidos por las contribuciones recaudables por los

timbres móviles u otros previstos en esta Ley.

b) El de papel sellado, constituidos por las recaudables mediante timbre fijo

por los actos o escritos realizados en jurisdicción del Distrito Federal, en las

Dependencias Federales, ante Autoridades Nacionales y del Exterior y en

aquellos Estados de la república que no hubieran asumido por la Ley especial

la competencia nacional en la materia 1ro. Del Art. 11 de la Ley Orgánica de

Descentralización, delimitación y transferencia de Competencia del Poder

Público.

Parágrafo Único:

La administración tributaria podrá disponer qué productos de las

contribuciones y servicios recaudables por medio de timbres móviles se haga

efectivo, en la forma y en los casos que determine mediante pago directo en la

Oficina Receptora de Fondos Nacionales.

ARTICULO 45 LTF

Atribuciones del Resguardo Nacional en funciones de la renta de timbre

Fiscal.

1.- Las funciones del Resguardo corresponde a la Renta de Timbre Fiscal,

será ejercida por la Guardia Nacional, conforme a las disposiciones

establecidas para el servicio de Resguardo Nacional, en la Ley Orgánica de las

Hacienda Pública Nacional y demás disposiciones que regulen la materia. (Art.

45 de la Ley de Timbre Fiscal.)

2.- La Hacienda Pública Nacional comprende los bienes, rentas y deudas que

forman el activo y el pasivo de la nación, y todos los demás bienes y rentas

cuya administración corresponde al Poder Nacional.

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ARTICULO 1 LOHPN

Normativa Legal Vigente:

- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

- Ley de Timbre Fiscal.

- Demás leyes, reglamentos, decretos y resoluciones relacionadas con la Ley

de Timbres Fiscales.

TEMA Nº 4

EL RESGUARDO NACIONAL ANTE EL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL

Introducción:

El Código Orgánico Procesal Penal; implementa el “Sistema Acusatorio”

fundamentado en la publicidad del juicio penal, garantizando un proceso

transparente, mediante una discusión oral y pública, inmediata, con

participación de la ciudadanía y apego al respeto a la dignidad humana, y los

derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela, en los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por

nuestro país.

ARTICULO 11 y 108 COPP

Este nuevo sistema, le atribuye la titularidad de la acción penal al Estado y la

ejerce a través del Ministerio Público, quien tendrá a cargo la dirección de la

investigación de los hechos punibles y de la actividad de los Órganos de

Policía de Investigaciones Penales.

Atribuciones:

La Guardia Nacional de Venezuela de acuerdo a los establecido en los

Artículos 110 del COPP y 12 ordinal 2° de la Ley de los Órganos de

Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, constituye un Órgano de

Policía de Investigaciones Penales, por lo tanto deberán cumplir siempre las

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ordenes del Ministerio Público, sin perjuicio de la autoridad administrativa a la

cual estén sometidos y la misma no podrá revocar alterar o retardar una orden

emitida por el fiscal, es decir, sin menoscabo de las actividades del servicio que

realicen los efectivos militares dentro de las grandes unidades, ante la solicitud

del Ministerio Público por órgano regular.

ARTICULO 114 AL122, 153 LOA

Los efectivos militares en funciones de Resguardo Nacional podrán continuar

realizando las visitas de verificación fiscal, mediante la utilización de los

procedimientos y actas vigentes y una vez que se encuentren indicios de la

presunta comisión de infracciones aduaneras, de acuerdo a lo estipulado a

los Art. 114 al 122 de la Ley Orgánica de Aduanas.

ARTICULO 284 COPP

Procedimientos ante las actuaciones:

a) A solicitud del Ministerio Público:

Deberán realizar todas las diligencias conducentes a la determinación de los

hechos punibles y a la identificación de sus autores y participes, previo

requerimiento del representante del Ministerio Público, dejando constancia de

estas actuaciones en un “Acta “que suscribirá el funcionario actuante, a fin de

que le sirva al Ministerio Público para fundar la acusación, debiendo informarle

de las diligencias practicadas en un plazo que no deberá exceder de 12 horas.

b) De Oficio:

Cuando la noticia acerca de la perpetración de un hecho punible, sea

recibidas por los efectivos militares, deberán comunicarlo al Fiscal del

Ministerio Público, sin menos cabo de practicas las diligencias necesarias y

urgentes entendiéndose por estas:

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b.1. Retención de mercancías y/o documentos.

Cuando se trate de contrabando, debiendo levantar el “Acta” respectiva

y notificar al Ministerio Público, en un termino de 12 horas y éste deberá decidir

si continua o no la retención.

b.2. Aprehensión.

Al individuo que presuntamente ha transgredido la Ley debe

garantizársele el derecho a la libertad, los funcionarios militares en funciones

de Órgano de Policía de Investigaciones Penales, sólo podrán proceder a su

detención cuando sea sorprendido en flagrancia; que sé este cometiendo o

acaba de cometer un delito, cuando el imputado o sorprendido este siendo

perseguido por la autoridad policial, por la victima o por clamor publico o

cuando se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo

lugar o cerca de éste, con armas, instrumentos u otros objetos.

Cuando un efectivo militar en funciones de Resguardo Nacional como

Órgano de Policía de Investigaciones Penales sorprenda a un individuo que ha

cometido el delito de contrabando dentro de la jurisdicción de la aduana, con

mercancías de manufacturas y procedencia extranjera sin lograr demostrar su

legal introducción al país, o con los documentos de importación falsos, forjados,

adulterados y que existan fundados indicios de que él es el autor del delito,

podrán proceder a detenerlo ponerlo inmediatamente a disposición del Fiscal

del Ministerio Público, quien deberá pasarlo a la orden del Juez de Control

dentro de las 24 horas siguientes, para que éste decida sobre la libertad o la

privación preventiva de la misma, en un plazo de 48 horas.

ARTICULOS 283 y 284 COPP

Cuando la noticia acerca de la perpetración de un hecho punible, sea

recibidas por los efectivos militares, deberán comunicarlo al Fiscal del

Ministerio Público, sin menos cabo de practicas las diligencias necesarias y

urgentes entendiéndose por estas:

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Cuando un efectivo militar en funciones de Resguardo Nacional como

Órgano de Policía de Investigaciones Penales sorprenda a un individuo que ha

cometido el delito de contrabando dentro de la jurisdicción de la aduana, con

mercancías de manufacturas y procedencia extranjera sin lograr demostrar su

legal introducción al país, o con los documentos de importación falsos, forjados,

adulterados y que existan fundados indicios de que él es el autor del delito,

podrán proceder a detenerlo ponerlo inmediatamente a disposición del Fiscal

del Ministerio Público, quien deberá pasarlo a la orden del Juez de Control

dentro de las 24 horas siguientes, para que éste decida sobre la libertad o la

privación preventiva de la misma, en un plazo de 48 horas.

ARTICULO 117 COPP

Detención:

De los aprehendidos, los funcionarios actuantes deberán con las formalidades

establecidas en el Art. 117 del COPP, las cuales son:

1.- Hacer uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la

proporción que lo requiera la ejecución de la detención.

2.- No utilizar armas salvo que sea estrictamente necesario (que el individuo

ofrezca resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de las

personas)

3.- No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura, castigos crueles,

inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la detención como durante

la misma.

4.- No presentar al detenido ante ningún medio de comunicación social sin su

consentimiento, lo cual debe constar en las diligencias respectivas.

5.- Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad.

6.- Informar al detenido acerca de sus derechos; información acerca de los

hechos que se le imputan; derecho a comunicarse con sus familiares, abogado

de confianza o asociación de defensor que designe o por un defensor público,

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derecho a ser asistido gratuitamente por un traductor o interprete si así lo

requiere.

7.- Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado, el

establecimiento en donde se encuentra detenido.

8.- Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable

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ANALISIS E INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS

La recopilación de la información obtenida a través del instrumento de

recolección de datos diseñado para la presente investigación, permitió

estructurar un análisis de resultados que interpretan la opinión de los clientes

que visitan los expendios de licores del objeto de estudio, sobre la base de la

variable, dimensiones, e indicadores planteados en el sistema de variables.

La presentación e interpretación de los resultados constituye una etapa

fundamental dentro de un proceso de investigación, por cuanto es

precisamente dentro de esta etapa, donde los investigadores tienen la

oportunidad de demostrar la sistematización del estudio, la rigurosidad

científica del estudio así como el nivel de efectividad del mismo con relación al

alcance de cada uno de los objetivos que orientaron su desarrollo.

La recopilación de la información obtenida a través del instrumento de

recolección de datos diseñado para la presente investigación, permitió

estructurar un análisis de resultados que interpretan la opinión de empleados

de las licorerías del objeto de estudio, sobre la base de la variable,

dimensiones, e indicadores planteados en el sistema de variables.

El desarrollo sistemático de un proceso de investigación científica, exige de

la aplicación de un conjunto de pasos rigurosamente organizados, los cuales

deben garantizar la pertinencia y objetividad del estudio. Así pues, las

actividades realizadas para describir dicho procedimiento son las siguientes:

1. Se realizó una investigación diagnóstica documental y de campo, para

establecer evidencias que sustentan la presentación de la problemática de

estudio, así como la formulación de los objetivos.

2. Se desarrollaron las bases teóricas-conceptuales que sustentaron y

fundamentaron la investigación y el abordaje operacional de la variable,

dimensiones e indicadores.

3. Se diseñó el procedimiento metodológico, el cual permitió la construcción

del instrumento, la determinación de la validez y la confiabilidad, así como el

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establecimiento del marco poblacional y de los métodos de tratamiento

estadístico de los datos.

4. Probada la pertinencia y coherencia del instrumento, se procedió a su

aplicación, lo cual permitió la recolección, tratamiento e interpretación de los

datos.

5. La información generada a través del procesamiento de datos, permitió

formular las conclusiones y recomendaciones necesarias en la investigación

Análisis de los Instrumentos aplicados a los Expendios de Licores de la

Parroquia Gral. Manuel Manrique, Municipio Simón Bolívar

Los resultados obtenidos se analizan y se interpretan como producto de la

aplicación del instrumento de recolección de datos, a través del cual se evaluó

el Funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la

Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

La presentación de la información referente a los mismos, se realizó en el

orden establecido para la formulación de los objetivos específicos que guiaron

el estudio. Los resultados obtenidos de todo el proceso de investigación fueron

tabulados por cada dimensión de la variable, presentándose en tablas

contentivas mediante la aplicación del Programa Estadístico de las Ciencias

Sociales (SPSS); lo que permitió realizar un análisis cuantitativo de dichos

resultados.

Posteriormente, se construyeron tablas y diagramas circulares ilustrativos

de cada uno de los indicadores que integran las diversas dimensiones de la

variable, con sus respectivos valores. Finalmente, se analizaron e interpretaron

estos valores en función de las bases teóricas que sustentan el problema

objeto en estudio, lo cual permitió dar respuesta a los objetivos formulados al

inicio de la investigación.

A continuación se muestra una serie de tablas que contienen el número de

veces que respondieron los empleados de las licorerías a cada pregunta

cuestionada, y una tabla que especifica los resultados obtenidos en relación a

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la dimensión Normativa vigente del funcionamiento de los expendios de alcohol

y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio

Simón Bolívar.

VARIABLE: Funcionamiento de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

DIMENSIÓN: Normativa vigente del Funcionamiento de los expendios de

alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del

Municipio Simón Bolívar.

TABLA N° 1.1

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

1. ¿Se encuentra en vigencia el Permiso Sanitario?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 65 100%

NO 0 0%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.2

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

2. ¿El personal utiliza correctamente los implementos de manipulación de alimentos?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 37 56%

NO 27 42%

NO APLICA (N/A) 1 2%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 1.3

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

3. ¿Se encuentra actualizado el Registro Mercantil?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 60 95%

NO 5 5%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.4

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

4. ¿Se mantiene vigente la Constancia para el Expendio de Bebidas Alcohólicas?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 55 90%

NO 10 10%

NO APLICA (N/A) 10 10%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.5

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

5. ¿El personal presenta sus Certificados de Salud Actualizados?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 30 35%

NO 35 65%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 1.6

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

6. ¿Han sido citados por la Intendencia Parroquial?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 64 99%

NO 1 1%

NO APLICA 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.7

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

7. ¿Se cumplen las normativas legales estadales y municipales?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 49 69%

NO 10 25%

NO APLICA (N/A) 6 16%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.8

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

8. ¿Se mantiene un registro de todos los movimientos de entradas y salidas ocurridos durante

los últimos treinta (30) días?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 37 65%

NO 25 30%

NO APLICA (N/A) 3 5%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 1.9

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

9. ¿El establecimiento posee el Permiso del Cuerpo de Bomberos?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 48 80%

NO 11 15%

NO APLICA 6 5%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.10

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

10. ¿Se establece un control en la parte administrativa y de facturación?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 63 97%

NO 2 3%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 1.11

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

11. ¿Existe puntualidad en el pago de Impuestos y Multas?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 20 38%

NO 48 62%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 1.12

Indicador: Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

12. ¿Se han presentado quejas por parte de las Juntas Parroquiales?

ALTERNATIVA

SI

NO

NO APLICA (N/A)

TOTAL

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

Seguidamente se muestran los valores de las tendencias generales de

la dimensión normativa vigente del Funcionamiento de los expendios de alcohol

y especies alcohólicas en la Parroquia Gral.

Simón Bolívar.

Resultados obtenidos de la dimensión Normativa vigente

Fuente: Resultados obtenidos del instrumento.

GRÁFICA Nº 1 Tendencia de la dimensión Normativa vigente. Fuente: Pirela y

Saavedra (2008).

21%

17%

INDICADOR

Cumplimiento de leyes y normas

sobre expendios de licores

TENDENCIA DEL INDICADOR

Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

12. ¿Se han presentado quejas por parte de las Juntas Parroquiales?

FRECUENCIA PORCENTAJE

50 75%

15 25%

0 0%

65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

Seguidamente se muestran los valores de las tendencias generales de

la dimensión normativa vigente del Funcionamiento de los expendios de alcohol

y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio

TABLA N° 1.13

Resultados obtenidos de la dimensión Normativa vigente

Fuente: Resultados obtenidos del instrumento. Pirela y Saavedra (2008).

Tendencia de la dimensión Normativa vigente. Fuente: Pirela y

62%

SI

NO

NO APLICA

SI NO NO APLICA

(N/A) TOTAL

Cumplimiento de leyes y normas 57,8 18,9 16 100%

TENDENCIA DEL INDICADOR 57,8 18,9 16 100%

Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

PORCENTAJE

Seguidamente se muestran los valores de las tendencias generales de

la dimensión normativa vigente del Funcionamiento de los expendios de alcohol

Manuel Manrique del Municipio

Resultados obtenidos de la dimensión Normativa vigente

Tendencia de la dimensión Normativa vigente. Fuente: Pirela y

NO APLICA

TOTAL

100%

100%

Page 81: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA … · basada en una filosofía derivada de la misma ley que persigue los cambios ... sus empleados no han realizado Cursos de Manipulación

Los resultados obtenidos en el primer indicador, reflejan que de un total

de 100% de las personas encuestadas, sólo el 57,8% considera que cumple

con la normativa vigente, mientras que el 18,9% evidenció que no cumplen con

la normativa vigente y el 16% restante de la población no aplica la normativa

vigente para el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas.

El siguiente grupo de tablas, corresponde a la frecuencia o número de

veces que el personal que labora en los expendios de licores a cada pregunta

cuestionada, y una tabla que contiene los resultados obtenidos en relación a la

dimensión Permisos requeridos del funcionamiento de los expendios de alcohol

y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio

Simón Bolívar.

VARIABLE: Funcionamiento de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

DIMENSIÓN: Permisos requeridos del Funcionamiento de los expendios de

alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del

Municipio Simón Bolívar.

TABLA N° 2.1

Indicador: Registro y Autorización

1. ¿Se cumplen los horarios establecidos por los expendios de licores?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 15 10%

NO 30 60%

NO APLICA (N/A) 20 30%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 2.2

Indicador: Registro y Autorización

2. ¿Se encuentra publicado el permiso de funcionamiento de expendios de bebidas

alcohólicas?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 60 99%

NO 5 1%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.3

Indicador: Registro y Autorización

3. ¿El personal nuevo recibe inducción, entrenamiento o adiestramiento?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 45 88%

NO 16 10%

NO APLICA (N/A) 4 2%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.4

Indicador: Registro y Autorización

4. ¿Se mantiene un control adecuado con el comportamiento de los clientes?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 21 30%

NO 44 70%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 2.5

Indicador: Registro y Autorización

5. ¿Se encuentran extintores de incendios en las áreas de emergencia?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 10 5%

NO 51 94%

NO APLICA (N/A) 4 1%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.6

Indicador: Registro y Autorización

6. ¿Existe una Salida de Emergencia?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 50 94%

NO 4 3%

NO APLICA (N/A) 11 13%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.7

Indicador: Registro y Autorización

7. ¿Se establece un orden y limpieza dentro y fuera del depósito de licores?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 60 97%

NO 5 3%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 2.8

Indicador: Registro y Autorización

8. ¿Se mantienen publicados avisos de seguridad?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 27 89%

NO 2 1%

NO APLICA (N/A) 16 10%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.9

Indicador: Registro y Autorización

9. ¿El personal se sentirá capaz de corregir las fallas cometidas después de las inspecciones,

multas, citaciones por parte de la Intendencia?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 50 75%

NO 0 0%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.10

Indicador: Registro y Autorización

10. ¿El propietario realiza inspecciones antes de las visitas de la Intendencia?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 15 10%

NO 50 90%

NO APLICA (N/A) 0 0%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

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TABLA N° 2.11

Indicador: Registro y Autorización

11. ¿Se utilizan estrategias para motivar a los empleados?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 12 24%

NO 43 80%

NO APLICA (N/A) 10 6%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

TABLA N° 2.12

Indicador: Registro y Autorización

12. ¿Se solicitan autorizaciones en caso de modificaciones del local?

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 54 89%

NO 5 1%

NO APLICA (N/A) 6 10%

TOTAL 65 100%

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

Seguidamente se muestran los valores de las tendencias generales de

la dimensión Permisos requeridos de alcohol y especies alcohólicas en la

Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

TABLA N° 2.13

Resultados obtenidos de la dimensión Permisos Requeridos

Fuente: Resultados obtenidos del instrumento. Pirela y Saavedra (2008).

INDICADOR SI NO NO APLICA

(N/A) TOTAL

Registro y Autorización 43,4 25,5 71 100%

TENDENCIA DEL INDICADOR 57,8 18,9 16 100%

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GRÁFICA Nº 2 Tendencia de la dimensión

Saavedra (2008).

Con respecto al segundo indicador, se evidenció que el 43,4% de la

totalidad de la población encuestada, cumple con los Permisos requeridos,

mientras que el 25,5% señaló

otro lado el 71% restante reflejó no aplicar los Permisos requeridos para la

venta de licores.

En virtud de lo antes expuesto, se puede observar que actualmente el

funcionamiento de los expendios de alcohol

Parroquia Gral. Manuel Manrique

dado a que a veces, el funcionamiento de los expendios de licores se emplea

para la venta o consumo de bebidas alcohólicas, pudiendo estar estos

legalizados o no y a su vez para la solución de problemas dentro de estos

establecimientos, lo cual se evidencian no conformidades demostradas por la

Intendencia Parroquial, mediante las inspecciones y los valores arrojados en

las tendencias generales de los in

del instrumento reflejados en un 57,8%.

46%

Tendencia de la dimensión Permisos Requeridos. Fuente: Pirela y

Con respecto al segundo indicador, se evidenció que el 43,4% de la

totalidad de la población encuestada, cumple con los Permisos requeridos,

mientras que el 25,5% señaló que no cumple con los Permisos requeridos y por

otro lado el 71% restante reflejó no aplicar los Permisos requeridos para la

En virtud de lo antes expuesto, se puede observar que actualmente el

funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas de la

Parroquia Gral. Manuel Manrique-Municipio Simón Bolívar, es poco eficiente,

dado a que a veces, el funcionamiento de los expendios de licores se emplea

para la venta o consumo de bebidas alcohólicas, pudiendo estar estos

izados o no y a su vez para la solución de problemas dentro de estos

establecimientos, lo cual se evidencian no conformidades demostradas por la

Intendencia Parroquial, mediante las inspecciones y los valores arrojados en

las tendencias generales de los indicadores de la variable estudiada a través

del instrumento reflejados en un 57,8%.

37%

17%

SI

NO

NO APLICA

. Fuente: Pirela y

Con respecto al segundo indicador, se evidenció que el 43,4% de la

totalidad de la población encuestada, cumple con los Permisos requeridos,

que no cumple con los Permisos requeridos y por

otro lado el 71% restante reflejó no aplicar los Permisos requeridos para la

En virtud de lo antes expuesto, se puede observar que actualmente el

y especies alcohólicas de la

Municipio Simón Bolívar, es poco eficiente,

dado a que a veces, el funcionamiento de los expendios de licores se emplea

para la venta o consumo de bebidas alcohólicas, pudiendo estar estos

izados o no y a su vez para la solución de problemas dentro de estos

establecimientos, lo cual se evidencian no conformidades demostradas por la

Intendencia Parroquial, mediante las inspecciones y los valores arrojados en

dicadores de la variable estudiada a través

NO APLICA

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CONCLUSIONES

Una vez analizados e interpretados los datos obtenidos del instrumento

aplicado a la población objeto de estudio, se puede concluir lo siguiente:

En relación al objetivo especifico, Identificar la normativa vigente para el

funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la

Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar; se puede

determinar que se encuentra en un estado poco eficiente, dado a que a veces

se aplica el control para solucionar los problemas que se manifiestan en el

funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas de la

parroquia. De igual manera se tiene que en dichas condiciones, poco se toma

en consideración a lo referido al cumplimiento de las normativas vigentes y el

control de los registros.

Con respecto al objetivo específico, Describir los permisos requeridos para el legal funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar, se puede inferir que los empleados de dichos expendios utilizan relativamente a veces los permisos requeridos, como los registros y autorización con la finalidad de cumplir con las normativas y mantener el control de sus registros.

En cuanto al objetivo especifico, Establecer lineamientos para garantizar el

adecuado funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas

en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar; se tiene

que el funcionamiento de sus empleados se aplica en virtud de sus

conocimientos, habilidades y capacidades como medio para la generación del

valor que merecen los expendios de alcohol y especies alcohólicas.

Ya para culminar, es preciso Analizar el funcionamiento de los expendios de

alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del

Municipio Simón Bolívar, para mejorar disminuyendo las sanciones y

cumpliendo las normas y leyes que plantean los organismos estadales y

municipales, y estos establecimientos permanezcan activos para beneficio de

los clientes que consumen bebidas alcohólicas, para que las comunidades

puedan tener una vida digna como ciudadanos, y los empleados tengan

mejores condiciones de seguridad e higiene ocupacional en su puesto de

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trabajo, con todos sus registros actualizados y se encuentren bien adiestrados

tanto en sus actividades correspondientes, como el conocimiento de las

normativas legales y de sus deberes formales, referidas al funcionamiento de

expendios de licores.

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RECOMENDACIONES

En función a las conclusiones derivadas del estudio, se recomienda:

• Dar a conocer a los empleados de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas los resultados de la presente investigación, a fin de tomar

medidas de corrección ante las deficiencias detectadas en esta

investigación.

• Implementar en los expendios de alcohol y especies alcohólicas de la

Parroquia Gral. Manuel Manrique el conocimiento de las normas y leyes

que implantan el Estado Venezolano y los Municipios, para brindar

soluciones al problema causado por el desconocimiento de las normas y

leyes, como motivo de su incumplimiento, haciendo énfasis en que se debe

llevar un control de los registros y cumplir con las normas de seguridad e

higiene ocupacional, para mejorar las condiciones de trabajo.

• Diseñar estrategias que permitan la motivación al personal al momento

inculcarles sobre las normas y leyes que deben aplicarse para su

funcionamiento.

• La Intendencia Parroquial deberá programar, promover, desarrollar y

ejecutar talleres de adiestramiento y capacitación a todos los empleados; a

través de convenios con instituciones de adiestramiento o mediante la

contratación de expertos en el área legal y comercial.

• Planificar estratégicamente, en cuanto al capital humano que labora en los

expendios de alcohol y especies alcohólicas, basados éstos en un análisis

DOFA (Debilidades, Oportunidades, Fortalezas y Amenazas), para definir

la situación interna de estos establecimientos, así como también de las

situaciones presentes en el entorno donde esta se desenvuelve; para

contrarrestar los posibles efectos ocasionados en los constantes procesos

de cambios en el ambiente.

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• Planificar reuniones trimestrales entre la intendencia y los encargados de

los expendios de alcohol para discutir el alcance de objetivos propuestos y

reestructurar, de ser necesario, las estrategias utilizadas a fin de darle

viabilidad a las mismas.

• Generar condiciones que permitan el crecimiento de los conocimientos de

las normativas y el desarrollo de las capacidades, para llevar a cabo el

correcto funcionamiento.

• Promover actividades de inspecciones que permitan generar nuevos

conocimientos en el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies

alcohólicas y la implementación de los mismos.

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Balestrini, M. (2001) “Como se elabora un proyecto de investigación”. BL Consultores Asociados. Venezuela. Chávez, N.(2007) “Introducción a la Investigación Educativa”. Talleres de Gráficas González C.A. Venezuela. Coolican, H. (1999). “Métodos de Investigación y Estadística en Psicología”. Editorial Manual Moderno. Primera Edición. México. Hernández Sampieri R., Fernández Collado C. y Baptista Lucio P. (1991). “Metodología de la Investigación”. Mc Graw Hill Interamericana. Primera Edición. Colombia. Hernández, Fernández, Baptista (2003) “Metodología de la Investigación” Segunda edición. Mc Graw Hill Interamericana Colombia. Hurtado de B, J. (2004) “Metodología de la investigación holística”. Sypal. Venezuela. Javierre González, Marisa y Reoyo González, Carolina. (2002). “Diccionario Enciclopédico Nuevo Espasa Ilustrado”. Espasa Calipe. Primera Edición. España. Kotler y Amstrong (2001). “Mercadotecnia”. Sexta Edición. México: Editorial Prentice Hall Hispanoamericana S.A., México. Méndez C. (1998). “Metodología”. Mc Graw Hill Interamericana. Segunda Edición. Colombia. Méndez, C. (2001) “Metodología: Diseño y desarrollo del proceso de investigación”. Editorial Mc Graw -Hill. Colombia. Pardinas, Felipe.(1970) “Metodología y técnicas de investigación en ciencias sociales, Introducción elemental”. Siglo XXI Editores, S.A. México. Pérez, A. (2004) “Guía metodológica para anteproyectos de investigación”. FEDUPEL. Venezuela. Rosendo, M. (2003) “Metodología de la investigación”. Ediciones Astro Data. Venezuela. Tamayo y Tamayo, M. (2004) “El Proceso de la Investigación científica”. Editorial Limusa. México. Evidencias Suministradas por la Intendencia Parroquial del Municipio Simón Bolívar, Estado Zulia.

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Ordenanza sobre las Autorizaciones para el Expendio de Bebidas Alcohólicas. Código Civil de Venezuela. Código de Comercio de Venezuela. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas. Código Orgánico Tributario. Google: www.google.co.ve Wikipedia: www.wikipedia.org

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

“RAFAEL MARIA BARALT” PROGRAMA: ADMINISTRACION

PROYECTO: GERENCIA INDUSTRIAL

Instrumento de Validación

FUNCIONAMIENTO PARA EL EXPENDIO DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GENERAL MANUEL MANRIQUE-

MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR REALIZADO POR:

Br. Pirela, Mariela. C.I.: 7.860.905

Br. Saavedra Lucelia. C.I.: 16.831.084

Tutor Académico-Metodológico: Iraima Ruz

Ciudad Ojeda, febrero 2008

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Ciudad Ojeda, 13 de febrero de 2008

Ciudadano: _____________________________

Estamos realizando un Trabajo como requisito para optar al titulo de Licenciado

en

Administración Mención Gerencia Industrial, acerca del Funcionamiento para el

Expendio de Alcohol y Especies Alcohólicas en la Parroquia General Manuel

Manrique-Municipio Simón Bolívar

Su participación es importante para que contesten algunas preguntas

que no tomarán mucho tiempo. Sus respuestas serán confidenciales y

anónimas.

Las personas seleccionadas para el estudio son elegidas al azar. Se

les solicita responder con la mayor sinceridad posible. No hay respuestas

correctas ni incorrectas.

Muchas gracias por su colaboración.

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INSTRUCCIONES:

Para contestar el cuestionario, se procede a cumplir con los siguientes

pasos:

1) Leer cuidadosamente cada pregunta.

2) Seleccionar la alternativa a su conveniencia. Marcar con una equis (X), o

con una viñeta (√) a cada alternativa.

3) Las alternativas aparecen abreviadas, pero allí se indicarán los siguientes

significados a cada opción:

SI

NO

N/A= No Aplica

4) El valor por cada alternativa se represente de la siguiente manera:

SI= 2

NO= 1

N/A= 0

5) Revisar el mapa de variables si se presenta alguna duda para responder.

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MAPA DE VARIABLES

Fuente: Pirela y Saavedra. 2008.

OBJETIVO GENERAL: Analizar el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

VARIABLE OBJETIVOS

ESPECIFICOS DIMENSIONES INDICADORES ITEMS

Funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Identificar la normativa vigente para el funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Normativa vigente

Cumplimiento de leyes y normas sobre expendios de licores

1,2,3,4,

5,6,7,8,

9,10,11,12

Describir los permisos requeridos para el legal funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar.

Permisos requeridos

Registro y Autorización

1,2,3,4,

5,6,7,8

,9,10,11,12

Establecer lineamientos para garantizar el adecuado funcionamiento de los expendios de alcohol y especies alcohólicas en la Parroquia Gral. Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar

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CUESTIONARIO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE DE LOS EXPENDIOS

DE ALCOHOL Y ESPECIES ALCOHÓLICAS EN LA PARROQUIA GRAL.

MANUEL MANRIQUE DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR.

PREGUNTAS

RESPUESTAS

SI

(2)

NO

(1)

N/A

(0)

I PARTE. INDICADOR: Cumplimiento de leyes y normas sobre

expendios de licores

1. ¿Se encuentra en vigencia el Permiso Sanitario?

2. ¿El personal utiliza correctamente los implementos de

manipulación de alimentos?

3. ¿Se encuentra actualizado el Registro Mercantil?

4. ¿Se mantiene vigente la Constancia para el Expendio de Bebidas

Alcohólicas?

5. ¿El personal presenta sus Certificados de Salud Actualizados?

6. ¿Han sido citados por la Intendencia Parroquial?

7. ¿Se cumplen las normativas legales estadales y municipales?

8. ¿Se mantiene un registro de todos los movimientos de entradas y

salidas ocurridos durante los últimos treinta (30) días?

9. ¿El establecimiento posee el Permiso del Cuerpo de Bomberos?

10. ¿Se establece un control en la parte administrativa y de

facturación?

11. ¿Existe puntualidad en el pago de Impuestos y Multas?

12. ¿Se han presentado quejas por parte de las Juntas Parroquiales?

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PREGUNTAS

RESPUESTAS

SI

(2)

NO

(1)

N/A

(0)

II PARTE. INDICADOR: Registro y Autorización

1. ¿Se cumplen los horarios establecidos por los expendios de

licores?

2. ¿Se encuentra publicado el permiso de funcionamiento de

expendios de bebidas alcohólicas?

3. ¿El personal nuevo recibe inducción, entrenamiento o

adiestramiento?

4. ¿Se mantiene un control adecuado con el comportamiento de los

clientes?

5. ¿Se encuentran extintores de incendios en las áreas de

emergencia?

6. ¿Existe una Salida de Emergencia?

7. ¿Se establece un orden y limpieza dentro y fuera del depósito de

licores?

8. ¿Se mantienen publicados avisos de seguridad?

9. ¿El personal se sentirá capaz de corregir las fallas cometidas

después de las inspecciones, multas, citaciones por parte de la

Intendencia?

10. ¿El propietario realiza inspecciones antes de las visitas de la

Intendencia?

11. ¿Se utilizan estrategias para motivar a los empleados?

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12. ¿Se solicitan autorizaciones en caso de modificaciones del local?