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REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCION NUMERO 1023 ( 25 MAYO 2004 ) Por la cual se expide el Reglamento Tecnico para qasodomesticos que funcionan con combustibles qaseosos. que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia. EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que Ie confiere el Decreto 210 del 3 febrero de 2003, y CONSIDERANDO: Que el articulo 78 de la Constitucion Politica de Colombia, dispone: "l ... [Beran responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producci6n y en la comercializaci6n de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios.[... l". Que mediante la ley 170 de 1994, Colombia adhirio al Acuerdo de la Organizaci6n Mundial del Comercio. el cual confiene. entre otros. el Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio. Que con la ley 172 de 1994 se aprob6 el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos Mexicanos y con la Republica de Venezuela. Que la Comisi6n del Acuerdo de Cartagena, mediante la Decision 376 de 1995, creo el Sistema Andino de Normalizacion. Acreditaci6n, Ensayos, Certificacion, Reglamentos Tecnicos y Metrologia, modificada por la Decisi6n 419 de 1997. Que la Decision 506 de 2001 expedida por la Comisi6n de la Comunidad Andina decide sobre el reconocimiento y aceptacion de certificados de productos a ser comercializados en la Comunidad Andina. Que tal como se contempla en el numeral 2.2 del articulo 2 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizaci6n Mundial del Comercio: en el articulo 14-01 del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos Mexicanos y la Republica de Venezuela; y, en el articulo 26 de la Decision Andina 376 de 1995, los Reglamentos Tecnicos se establecen para garantizar, entre otros, los siguientes objetivos legitimos: los imperativos de la seguridad nacional: la protecci6n de la saIud 0 seguridad humanas, de la vida 0 la salud animal 0 vegetal, del medio ambiente y la prevenci6n de practicas que puedan inducir a error a los consumidores. Que en desarrollo de las leyes 155 de 1959, 170 Y 172 de 1994 y de la Decisi6n 376 de la Comisi6n del Acuerdo de Cartagena, el Gobierno Nacional expidi6 el Decreto 1112 de Junio 24 de 1996, "Por el cual se crea el Sistema Nacional de Informaci6n sobre Medidas de Normalizacion y Procedimientos de Evaluaci6n de la Conformidad, se dictan normas para armonizar la expedici6n de Reglamentos Tecnicos y se cumplen algunos compromisos internacionales adquiridos por Colombia".

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REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

RESOLUCION NUMERO 1023( 25 MAYO 2004 )

Por la cual se expide el Reglamento Tecnico para qasodomesticos que funcionan concombustibles qaseosos. que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia.

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMOen ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que Ie confiere el Decreto 210

del 3 febrero de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 78 de la Constitucion Politica de Colombia, dispone: "l... [Beranresponsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producci6n y en la comercializaci6nde bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuadoaprovisionamiento a consumidores y usuarios.[...l".

Que mediante la ley 170 de 1994, Colombia adhirio al Acuerdo de la Organizaci6nMundial del Comercio. el cual confiene. entre otros. el Acuerdo sobre ObstaculosTecnicos al Comercio.

Que con la ley 172 de 1994 se aprob6 el Tratado de Libre Comercio con los EstadosUnidos Mexicanos y con la Republica de Venezuela.

Que la Comisi6n del Acuerdo de Cartagena, mediante la Decision 376 de 1995, creo elSistema Andino de Normalizacion. Acreditaci6n, Ensayos, Certificacion, ReglamentosTecnicos y Metrologia, modificada por la Decisi6n 419 de 1997.

Que la Decision 506 de 2001 expedida por la Comisi6n de la Comunidad Andina decidesobre el reconocimiento y aceptacion de certificados de productos a ser comercializadosen la Comunidad Andina.

Que tal como se contempla en el numeral 2.2 del articulo 2 del Acuerdo sobreObstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizaci6n Mundial del Comercio: en el articulo14-01 del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos Mexicanos y la Republicade Venezuela; y, en el articulo 26 de la Decision Andina 376 de 1995, los ReglamentosTecnicos se establecen para garantizar, entre otros, los siguientes objetivos legitimos:los imperativos de la seguridad nacional: la protecci6n de la saIud 0 seguridad humanas,de la vida 0 la salud animal 0 vegetal, del medio ambiente y la prevenci6n de practicasque puedan inducir a error a los consumidores.

Que en desarrollo de las leyes 155 de 1959, 170 Y 172 de 1994 y de la Decisi6n 376 dela Comisi6n del Acuerdo de Cartagena, el Gobierno Nacional expidi6 el Decreto 1112 deJunio 24 de 1996, "Por el cual se crea el Sistema Nacional de Informaci6n sobre Medidasde Normalizacion y Procedimientos de Evaluaci6n de la Conformidad, se dictan normaspara armonizar la expedici6n de Reglamentos Tecnicos y se cumplen algunoscompromisos internacionales adquiridos por Colombia".

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RESOLUCION NUMERO 1023__ OE 25 MAYO 2004

Continuaci6n de la Resoluci6n "Por la cual se expide el Reglamento Tecnico para gasodomesncos quefuncionan con combustibles gaseosos, que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia"

Que con base en 10 establecido por el Decreto 2522 de diciembre 4 de 2000, laSuperintendencia de Industria y Comercio expidi6 la Resolucion 03742 de febrero 2 de2001, senalando los criterios y condiciones que deben cumplirse para la expedici6n deReglamentos Tecnicos.

Que el Ministerio de Desarrollo Econ6mico, mediante las Resoluciones 0370 de Mayo 4de 2001 y 1194 de Diciembre 20 de 2001, derog6 respectivamente el articulo 2° de laResoluci6n 001 de abril 3 de 1995 del Consejo Nacional de Normas y Calidades, queestablecia la obligatoriedad de los numerales 3, 4, 6, Y 7.1.1 de la NTC 3531 (13

Actualizaci6n) "Gasodomesficos que emplean gases combustibles para la producci6nInstantanea de agua caliente para usos a nivel domestico. Calentadores de pasocontinuo", y el articulo 8° de la Resoluci6n 011 de Noviembre 25 de 1997 del ConsejoNacional de Normas y Calidades. que establecia la obligatoriedad de los numerales 3.2 y3.3 de la norma NTC 3527 (1a Actualizaci6n) "Definiciones y reglas comunes aplicables alensayo de artefactos para uso domesffco y comercial que emplean gases combustibles".

Que sequn el articulo 7° del Decreto 2269 de Noviembre 16 de 1993, los productos 0servicios sometidos al cumplimiento de un Reglamento Tecnico. deben cumplir conestes. independientemente que se produzcan en Colombia 0 se Importen.

Que mediante el Decreto 300 de febrero 10 de 1.995, el Gobierno Nacional estableci6 elprocedimiento para verificar el cumplimiento de las narmas tecnicas Cofombianasoficiales obligatorias y los Reglamentos Tecnicos en los prcductos importados.

Que la decision 562 de la Comisi6n de la Comunidad Andina decide sobre las directricespara la elaboracion. adopci6n y aplicaci6n de Reglamentos Tecnicos al interior de lospalses miembros y a nivel comunitario, a fin de evitar que estes se constituyan enobstaculos tecntcos innecesarios al comercio intrasubregional.

Que con el prop6sito de prevenir riesgos para proteger la vida, la salud. el medioambiente y eliminar practices que puedan inducir a error a los consumidores, esteMinisterio elabor6 el presente Reglamento Tecnico para los qasodomesticos quefuncionan con combustibles gaseosos.

Que dada la explosividad e inflamabilidad de los gases combustibles con que funcionanlos qasodomesticos y dadas las posibilidades de accidentes 0 lesiones par asflxia debidaa la inhalaci6n de Mon6xido de Carbono (CO), gas resultante de una combusti6nincompleta. este Ministerio ha considerado que es perentorio proteger la vida y la saludhumane, animal y vegetal, el medio ambfente, y prevenir practices que puedan inducir aerror a los consumidores, razon por la cual expide el presente Reglamento Tecnico.

Que es necesario reducir al maximo la mala combustion. las fugas de gas elsobrecalentamiento. la inestabilidad mecanica. la inseguridad electrica en losqasodomesticos que han tenido como efecto fuego 0 explosiones. con lascorrespondientes perdidas de vidas humanas.

Que es necesario reducir la contaminaci6n del medio ambiente provocado por laliberaci6n de gases no quemados y las emisiones de Monoxide de Carbono (CO) por losqasodomesticos.

Que es necesario garantizar que la informaci6n suministrada a los consumidores a travesdel rotulado en los qasodomesticos sea clara, concisa veraz. verificable y que esta noinduzca a error al consumidor.

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Continuaci6n de la Resoluci6n "Por la cual se expide el Reglamento Tecnico para gasodomesncos quefuncionan con combustibles gaseosos, que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia"

Que este Ministerio considera que los riesgos que se previenen con este Reglamento nopermiten demoras en su implementacion, se hace imprescindible que el mismo inicie suvigencia a partir del 29 de mayo del 2004.

Que con base en los anteriores consfderandos. este Ministerio;

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Expedir el siguiente Reglamento Tecnico para los qaeodomesticoscontemplados en el campo de aplicaci6n y que van a ser utilizados en Colombia:

1. OBJETO: Prevenir los riesgos que puedan afectar la seguridad, la salud, elmedio ambiente y prevenir las practicas que puedan inducir a error a consumidor. comoproducto del funcionamiento y operaci6n de los pasodomesticos.

2. CAMPO DE APLICACION: Este Reglamento cobija los siguientesqasodomesticos que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia:c:> Cccinas.c:> Homos.c:> Calentadores de agua de paso continuo.c:> Calentadores de agua tipo acumulador.

3. DEFINICIONES Y SIGLAS:

3.1. Definiciones: Para los efectos del presente Reglamento son aplicables edemas delas definiciones de los terminos indicados a continuacion. las prescritas en las normaslegales correspondientes, en las normas tecnicas Colombianas NTC particulares que sereferencian en el presente documento. y en las normas internacionales citadas en esteReglamento:

Calentador de agua de paso continuo. Gascdomestico en el que el calentamiento delagua depende directamente de la cantidad de agua que circula a traves del mismo.

Calentador de agua tipo acumulador. Gasodomestico destinado a calentar yalmacenar el agua contenida en un recipiente hasta alcanzar una temperaturadeterminada. estando el elemento de calentamiento incorporado en el artefacto.

Camara estanca, Sistema de combustion sellado que poseen algunos pasodomesticos,que requieren estar conectados directamente con la atmosfera exterior para admitir elaire y evacuar los productos de la combustion, asegurando la hermeticidad hacia el localdonde se encuentran Instalados.

Coclna. Gasodomestico para cocci6n que puede comprender, entre otros: una mesa detrabejo. uno 0 mas hornos, posiblemente con gratinador.

Combustible gaseoso. Cualquier combustible que a la temperatura de 15 0 C Y unapresi6n de 1013,25 milibares. se encuentra en estado paseoso.

Componente. Elemento que forma parte del conjunto del qasodomestico.

Condiciones estandar de referencia. Son las que corresponden a una temperatura de15° C Y una presi6n de 101325 milibares.

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Condiciones normales de funcionamiento. Cuando en las condiciones locales, losqasodomesticos cumplan simultaneamente que:

• Esten correctamente Instalados. incluyendo entre otros. requisites de recinto yventilaci6n, y sean sometidos a mantenimiento periodico. de conformidad con lasinsfrucciones del fabricante.

• Se utilicen con el combustible gaseoso y a la presion de suministro indicados.• Se utilicen de acuerdo con los fines y requisites previstos por el fabricante.

Deflector. Parte de un artefacto del tipo A destinada a desviar los productos de lacombusti6n de las paredes pr6ximas allugar donde esta instalado.

Gaeodcmeetlco. Artefacto para uso domestico unicamente, que funciona concombustible gaseoso.

Gratinador. Gasodomestico 0 parte de el que permite cocinar por el calor que irradiauna superficie que se eleva a una temperatura alta.

Horne. Compartimiento cerrado para preparar asados. reposterta, etc.

jnapecclon Directa. Metodo de evaluacion de la conformidad de un producto con losrequisites de una norma tecnica 0 de un Reglamento Tecnico, mediante observacion ydictamen acompariado cuando sea apropiado por medicion 0 comparaci6n con patrones.

Numero de Wobbe. Relacion entre el poder calorifico (inferior 0 superior) de un gas porunidad de volumen y la ratz cuadrada de su densidad relativa con respecto al aire. bajolas mismas condiciones de referencia.

Productos de la Combustion. Son los desechos 0 residues, simples 0 compuestosproducidos durante la combustion. En el caso de combustibles gaseosos al reaccionarcon el oxigeno se produce llama y humos, entre los que se encuentra bi6xido de carbono(C02) , vapor de agua y nitr6geno. Cuando la combustion es Incomplete se produceadicionalmente monoxide de carbono (CO), carbono e hidr6geno sobrantes.

3.2. Siglas: Las siglas que aparecen en el texto del presente Reglamento, tienen elsiguiente significado y est deben ser interpretadas:EN Norma Europea.ISO International Organization for Standardization.NTC Norma Tecnica Colombiana.OMC Organizaci6n Mundial del Comercio.RT Reglamento Tecnico.

4. CLASIFICACION DE LOS GASODOMESTICOS: Se clasifican en

Categorias. Sequn la naturaleza de los combustibles gaseosos utilizados.

Tipos. Sequn la Instalaci6n y metodos para la evacuacion de los productos de lacombustion.

Naturaleza de los combustibles gaseosos: En Colombia se comercializancombustibles gaseosos de dos familias, que se dividen en grupos de acuerdo con elvalor del numero wobbe (tabla 1).

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Tabla 1. Clasificaci6n de los aases cue se comercialicen en Colombia

Familias y grupos de gases Numero Wobbe en el poder calorificosuperior (a 15°C Y 1013,25 mbar) MJ/m3

Minimo MaximoSegunda familia 39,1 54,7

Grupo H 45,7 54,7

Tercera familia (Grupo SIP) 72,9 87,3

4.1 Clasificaci6n de los gasodomesticos por categorias:

4.1.1 Categoria I: Los qascdomesticos de la categoria I se diserian exclusivamentepara uso con combustibles gaseosos de una sola familia 0 de un solo grupo.

4.1.1.1 Disenados para uso con combustibles gaseosos de la segunda familiaunicamente:

Categoria bH: Gasodomesticos que s610 utilizan combustibles gaseosos del grupoH de la segunda familia.

4.1.1.2 Diseriados para uso con combustibles gaseosos de la tercera familia unicamente:

Categoria 13B1P: Gasodomesticos que pueden emplear combustibles gaseosos dela tercera familia (propano y butanol.

4.1.2 Categoria II: Diseriados para uso con combustibles gaseosos de dos families:Segunda 0 tercera familia:

Categoria IIzH3BIP: Gasodomesticos que pueden utilizar combustibles gaseosos delgrupo H de la segunda familia 0 combustibles gaseosos del grupo SIP de latercera familia. Los combustibles gaseosos de la segunda familia se usan bajo lasmismas condiciones que rigen para la categoria 12H . Los combustibles gaseososde la tercera familia se usan bajo las mismas condiciones que rigen para lacategoria 13BlP .

4.2 Clasificaci6n de los gasodomesticos por tipos:

Tipo A: Gasodomestico que no esta diseriado y construido para ser conectado a unconducto 0 dispositive para la evacuaci6n de productos de la combustion hacia el exteriordel local en donde esta instalado el qasodomestico. Adicionalmente. para loscalentadores de agua de paso continuo, su potencia nominal debe ser inferior 0 igual a11,7 kW referido al poder calorlfico inferior y estar dotados de un dispositive de control decontaminaci6n de la atm6sfera y de engrasamiento del cuerpo de calentamiento. Para loscalentadores de agua tipo acumulador, su potencia nominal debe ser inferior 0 igual a 4,2kW

Tipo 81: Calentador de aqua. diseriado y construido para ser conectado a un conductopor tiro natural para la evacuaci6n de los productos de la combustion hacia el exterior dellocal donde esta instalado.

Tipo 82: Calentador de agua, diseriado y construido para ser conectado a un conductopor tiro mecanico para la evacuaci6n de los productos de la combustion hacia el exteriordel local donde esta instalado.

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Tipo C: Calentador de agua con sistema de combustion sellado 0 de camera estanca.

4.3 Clasificaci6n de las cocinas y hornos por clases:

Clase 1. Gasodomesticos autosoportables.

Clase 2. Gasodomesticos para ublcar en medic de dos unidades de muebles.

Clase 2. Subclase 1. Gasodomesticos de clase 2 que se construyen para instalar en unaunidad completa, pero que tambien se pueden instalar de forma que las paredeslaterales sean accesibles.

Clase 2. Subclase 2. Gaeodomesticos de c1ase 2 que constan de uno 0 mas hornos uhornos/gratinadores, colocados bajo el modulo de cocina y. posiblemente. de una mesade trabejo empotrada dentro de dicho modulo.

Clase 3. Gasodomesticos para empotrar dentro de un mueble de cocina 0 mes6n.

5. REQUISITOS ESENCIALES:

5.1 Condiciones Generales:

5.1.1 Los qasodomesticos utilizados en Colombia, deben corresponder a laclasificacion senalada en este Reglamento.

5.1.2 EI diserio y la fabricacion de los qasodomesticos debe ser tal que estes funcionencon seguridad y no generen peligro para las personas. ni para los animales.siempre que se utilicen en condiciones normales de funcionamiento. tal y comose define en el presente Reglamento Tecnico.

5.1.3 Todos los pasodomesticos deben ir acompariados de un manual deinstrucciones para uso y mantenimiento. destinado al usuario. Tambien deben iracompanados de informacion tecnica destinada al instalador. Adicionalmente losqasodomesticos y su embalaje, deben incorporar advertencias para su correctousc, instalaci6n y mantenimiento. Toda la informaci6n debe estar redactada enidioma castellano, en termnos comprensibles y legibles, sin perjuicio queedemas se expresen en otros Idiomas. Para el caso debera darse aplicaci6n a 10previsto en la resolucion 14471 del 14 de mayo de 2002 de la Superintendenciade Industria y Comercio y a las normas que la adicionen. modifiquen 0sustituyan.

5.1.3.1 Las instrucciones de uso y mantenimiento destinadas al usuario deben incluirtoda la informacion necesaria para el uso en condiciones de seguridad y enparticular, deben lIamar la atencion del usuario sobre las posibles restriccionesreferidas a su uso.

5.1.3.2 La informacion tecnica destinada al instalador debe contener todas lasinstrucciones de instalacion. de regulaci6n y mantenimiento para la correctaejecucion de dichas funciones y la utilizaci6n segura del qasodomestico. Sequnel caso, dicha Informacion es la indicada en los numerales 35 del 6.1, 37 del 6.2y 26 del 6.3 del presente Reglamento Tecnico.

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5.1.3.3 Las advertencies que figuren en el qasodomestico y en su embalaje debenindicar de forma clara las posibles restricciones referidas a su uso: en particularla advertencia de no instalar el qasodomestico en locales que no dispongan de laventilaci6n suficiente.

5.1.3.4 EI contenido de los rotulados que figuren en el qasodomestico y en su embaleje,deben indicar de forma clara la informaci6n contemplada en los numerales 33 y34 deI6.1, 34 y 35 del 6.2 y 23 Y24 del 6.3 del presente Reglamento.

5.1.4 EI disefio y la fabricaci6n de los componentes destinados a ser montados por elusuario 0 por el instalador en un qasodomestico deben ser tal que, montados deacuerdo con las instrucciones del fabricante de dichos componentes, funcionencorrectamente para los fines previstos. Estos componentes se debensuministrar acornpanados de las instrucciones para su instalaci6n, regulaci6n,uso y mantenimiento.

5.1.5 Atendiendo 10 dispuesto en el articulo 2 de la resoluci6n 26308 del 22 de agostode 2002 de la Superintendencia de Industria y Comercio "SIC ", que modifica elliteral b) del numeral 1.2.6.6 del Capitulo Primero del Titulo II de la Circular Unicade la SIC, todo constructor de instalaci6n para el suministro de gas enedificaciones residenciales y comerciales. el interventor en la oportunidad de larevisi6n peri6dica quinquenal de la instalacion. el instalador cuando se instalenartefactos adicionales y las empresas distribuidoras, que utilicen los productos aque se refiere el presente reglamento tecnico, deberan mantener por escritoprueba del suministro de la informaci6n sobre el dispositivo detector de mon6xidode carbono (CO).

5.2 Materiales:

5.2.1 Los materiales con que se fabrican los qasodomesticos deben ser los adecuadospara el uso al que vayan a ser destinados y deben ser resistentes a lascondiciones mecanicas. quimicas y termicas a las que tengan que ser sometidos.

5.2.2 Las propiedades de los materiales que sean esenciales para la seguridad delqasodomestico, deben ser garantizadas por el fabricante 0 por el proveedor delmismo.

5.3 Disei'io y Ccnstrucclcn:

5.3.1 Generalidades:

5.3.1.1 Los qasodomesticos se deben fabricar de manera que, cuando se utilicen encondiciones normales de funcionamiento, no se produzca ninqun desajuste,deformaci6n, rotura 0 desgaste que pueda representar una disminuci6n de laseguridad.

5.3.1.2 La condensaci6n que pueda producirse al poner en marcha el pasodomestico 0

durante su funcionamiento. no debe disminuir su seguridad.

5.3.1.3 EI disefio y la fabrtcacion de los pasodomesticos deben ser tales que los riesgosde explosi6n en caso de incendio de origen externo, sean mlnimos.

5.3.1.4 Los pasodomesticos se deben fabricar de manera que impidan la entradainadecuada de agua y de aire en el circuito del combustible paseoso.

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5.3.1.5 En caso de ffuctuacion normal de la energia auxiliar, el qasodornestico debecontinuar funcionando de forma sequra.

5.3.1.6 Una ftuctuacion anormal 0 una interrupcion de la alimentacion de la energiaauxiliar 0 la reanudacion de dicha alimentacion no debe constituir fuente depeligro.

5.3.1.7 EI diserio y la fabricacion de los qasodomesticos deben ser tales que seprevengan los riesgos de origen electrtco. Este requisite se considerarasatisfecho cuando se cumpla. en su aplicacion, 10 dispuesto en los requisites deseguridad contemplados en el numeral 6. respecto a los peligros electrtcosprevistos en el presente Reglamento.

5.3.1.8 Todas las partes del qasodomestico sometidas a presion deben resistir lascondiciones mecanicas y termicas a que esten sometidas sin deformarse hasta elpunto de comprometer la seguridad.

5.3.1.9 EI qasodomestico debe disenarse y ser construido de manera que la falla de unode sus dispositivos de seguridad, de control 0 de regulaci6n, no constituya unpeligro.

5.3.1.10 Si un qasodomestico esta equipado con dispositivos de seguridad y deregulaci6n, los dispositivos de regulaci6n deben operar sin obstaculizar elfuncionamiento de los dispositivos de seguridad.

5.3.1.11 Todos los componentes de un qasodomestico que hayan side instalados 0ajustados en el mismo. durante el proceso de fabricacion y que no deban sermanipulados por el usuenc, ni por el instalador. deben ir adecuadamenteprotegidos.

5.3.1.12 Las perillas u 6rganos de control 0 de regulaci6n, deben identificarse demanera clara y precisa e incluir todas las indicaciones utiles para evitar cualquieroperacion erronea. Deben estar disenados y construidos de forma que se impidala manipulaci6n Involuntaria.

5.3.2 Liberaci6n de gas sin quemar.

5.3.2.1 Los qasodomesticos deben fabricarse de manera que en condiciones normalesde funcionamiento no presenten fugas con nivel de riesgo.

5.3.2.2 Todo qasodomestico debe fabrtcarse de manera que la liberacion de combustiblegaseoso durante el encendido 0 reencendido y tras la extinci6n de la llama, sea10 suficientemente limitada para evitar la acumulaci6n peligrosa de combustiblegaseoso sin quemar en el qasodomestico.

5.3.3 Encendido: Todo qasodomestico debe estar fabricado de manera que, encondiciones normales de funcionamiento. el encendido y reencendido se realicencon suavidad. y se asegure el encendido cruzado.

5.3.4 Combustion:

5.3.4.1 Todo pasodomestico debe fabricarse de manera que. en condiciones normalesde funcionamiento. se parantice la estabilidad de la llama y. los productos de

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combustion no contengan concentraciones inaceptables de sustancias nocivaspara la salud.

5.3.4.2 Todos los qasodomesticos que vayan unidos a un conducto de evacuacion de losproductos de la combustion, deben estar construidos de modo que en caso detiro defectuoso, no se prcduzca ninqun escape de los productos de lacombustion. en cantidades peligrosas en ellocal donde se encuentren ubicados.

5.3.4.3 Los pasodomesticos que no esten conectados a un conducto de evacuacion delos productos de la combustion. no deben generar una concentraci6n demon6xido de carbona (CO) en el local donde se encuentren instalados, quepueda generar riesgos para la salud de las personas.

5.3.5 Temperaturas:

5.3.5.1 Las partes de un qasodomestico que vayan a estar pr6ximas al piso 0 a otrassuperficies, no deben alcanzar temperaturas que entrarien peligro para suentomo.

5.3.5.2 La temperatura de las peri lias y controles de regulaci6n destinados a sermanipulados, no debe alcanzar valores que entrarien peligro para el usuario.

5.3.5.3 La temperatura superficial de las partes externas de un pasodomestico. exceptolas superficies 0 partes que formen parte de la transmisi6n de calor, no debealcanzar. en condiciones normales de funcionamiento. valores que entranenpeligro para las personas.

5.3.6 Alimentos y agua para usos sanitarios: Los materiales y componentes utilizadosen la construcci6n de los qaeodomesticos que puedan entrar en contacto conalimentos 0 con agua para uso sanitario, no deben afectar la calidad de losmismos.

6. REQUISITOS PARTICULARES: En aplicaci6n de los requisitos esencialesprescritos en el numeral 5 del presente Reglamento, los qascdomesticos deben cumplircomo minimo con los siguientes requisitos, sequn sea aplicable:

6.1 Cocinas y Homos para uso dcmeetlco:

Requisito Numeral deNTC 2832-1 3'actualizaci6n:

2001-08-291. Conversi6n a diferentes aases 5.1.12. Materiales 5.1.23. Facilidad de limoieza v mantenimiento 5.1.34. Resistencia 5.1.45. Hermeticidad del ensamble del circuito de aas 5.1.56. Conexiones 5167. Ffiacion 0 estabilidad de los asodomesticos 5188. Comoonentes adicionales 5199. Seguridad de operaci6n en el evento de una fluctuaci6n,

interruoci6n v restauraci6n de la enerofa auxiliar 5.1.1010. Seauridad electrica de los oasodomesticos 5.1.1111. valvulae 5.2.112. Perillas de control 5.2.2

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13.lnvectores V aiustadores 5.2.314. Termostatos de los homos 5.2.415. Sistemas de iqnici6n 5.2.516. Dis ositivos de supervision de llama 5.2.617. Reauladores 5.2.718. Parrillas v taoa de vidrio 5.2.819. Homos V Gratinadores 5.2.920.Acumulaci6n de as no uemado en el asodomestico 521121. Hermeticidad - durabilidad del metodo para sellar el circuito de 6.1.1

caszz.obtencton de las tasas de consumo (entrada) 6.1.223. Disoositivos de suoervision de llama 6.1.324. Sequridad de funcionamiento 6.1.425. Calentamiento 6.1.526. Entrada total de combustible al oasodomestlco 6.1.627. Funcionamiento del reaulador 6.1.728. Sequridad en el evento de una falla en el termostato del homo 6.1.9zs.tqntcon, encendido cruzado y estabilidad de la llama para mesas 6.2.1

de trabaio30. Combusti6n para mesas de trabaio 6.2.2St.tqnicion, encendido cruzado y estabilidad de la llama para 6.3.1

homos v aratinadores32. Combusti6n cera homos v aratinadores 6.3.2

33. Rotulado de Cocinas y Hornos: EI qasodomestico, debe lIevar adherida 0 impresa.de manera visible, tacnmente legible e indeleble una placa de identificaci6n, comominima con la siguiente informaci6n:

a) Nombre del fabncante.b) Denominaci6n comercial del qasodomesfico.c) Pais de fabrtcacion.d) Numero de serie de fabricaci6n,e) Cateqorfa y tipo en que se c1asifica el qasodomestico.f) Tipo de gas y presi6n de suministro para los que esta reglado el qasodomestico.g) Potencia nominal, expresada en megajulios por hora (MJ/h) en las condiciones

estandar de referencia.h) En su caso, tipo de tensi6n y frecuencia de suministro elecfrico que se deba utilizar.

34. Rotulado del embalaje: EI embalaje debe lIevar adherida 0 impresa. facilmentelegible, al menos la siguiente informaci6n:

a) La categoria y tipo en que se c1asifica el qasodomestico.b) EI tipo de gas y presi6n de suministro para los que esta reglado el qasodomesfico.

Adicionalmente, cada artefacto y su correspondiente embalaje deben lIevar adheridas 0Impresas. de manera permanente. facilmente legible, indeleble. visible para elconsumidor y el instalador y en correcto idioma castellano, una 0 varias placas coninformaci6n en la que se indique 10 siguiente:

" Este artefacto no debe instalarse en banos ni dormitorios" Este artefacto esta ajustado para ser Instatado de a metros sobre elnivel del mar".

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35. Manual de instrucciones: En concordancia con los requisitos esencialesestablecidos en los numerales 5.1.3, 5.1.3.1, 5.1.3.2, 5.1.3.3 Y 5.1.3.4, elqasodomestico debe comercializarse acompariado de un manual que contenga, encapltulos independientes. sin generar confusi6n:

o La informaci6n contenida en el rotulado (numeral 33 anterior), acompafiada de lasadvertencies preliminares,

o Instrucciones tecnicas para la instalacion, ejuste y mantenimiento, destinadas alinstalador.

o Instrucciones de uso y mantenimiento, destinadas al usuario,o Instrucciones para conversi6n a diferentes gases.

35.1 Advertencias preliminares: EI manual debe lIevar las siguientes advertenciaspreliminares:

oEste qasodomestico debe ser instalado por personal calificado.o Leer las instrucciones tecnicas antes de instalar este qasodomesffco.o Leer las instrucciones de uso antes de encender este pascdomestico.

Resaltar que se requiere de personal calificado para instalar y ajustar la cocina y/u horne.La adaptaci6n para utilizar otro tipo de gas, debe ser realizada tambien por un instalador. lacompanfa de gas 0 un representante del fabricante.

35.2 Instrucciones tecnlcae para la instalaci6n, ajuste y mantenimiento,destinadas al instalador: Como prearnbulo, deben incluir las siguientes advertencias:

a) Para orientar al instalador, las instrucciones tecnicas deben contener una descripci6ngeneral del pasodomestico, con esquemas de las partes principales (subconjuntos) quesea necesario desmontar para la reparaci6n y el mantenimiento.

b) Antes de la Instalacion. asequrese que las condiciones de distribuci6n locales(naturaleza y presi6n del gas) y el reglaje del qasodomestico sean compatibles,

c) Las condiciones de reglaje para este qasodomestico se encuentran en la etiqueta (0placa de datos),

d) Este qasodomestico no este disenado para ser conectado a un dispositivo deevacuaci6n de los productos de la combustion. Debe instalarse y conectarse deacuerdo con los requisitos de instalaci6n vigentes. Se debe dar especial atenci6n a losrequisitos pertinentes sobre ventilaci6n,

e) Si el qasodomestico requiere ser ejustado, la siguiente advertencia: "Para su correctofuncionamiento, este pasodomesffco requiere ser ajustado de acuerdo con lascondiciones locales de presion atmosferfca y de temperatura ambiente",

1) EI recinto donde se va a instalar, debe contemplar las condiciones de ventilacion,contenidas sequn corresponds, en la norma NTC 3631 1a Actualizaci6n: 2003-08-26.

Las instrucciones tecnicas para la correcta instalaci6n, reglaje y mantenimiento delqasodomestico, deben contener, al menos, la siguiente informaci6n:

o Referencia a normas tecnicas y/o Reglamentos Tecnicos que deben cumplirse para lainstalaci6n y el adecuado funcionamiento del qasodomestico,

o Potencia nominal de cada uno los quemadores, expresadas en MJ/h con base en elpoder calortfico superior y en condiciones estandar de referencia.

o Dispositivos de reqlaje.

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o Metodo para verificar el funcionamiento correcto de los quemadores.

Para cada inyector intercambiable y orificio calibrado. las indicaciones sobre los gases ypresiones que se pueden emplear.

Para qasodomesticos destinados para funcionar exclusivamente con el inyector que traende fabrica, las instrucciones deben dar informaci6n sobre el uso de productos para hacerjuntas hermeticas a presi6n sobre la rosca en el evento de que se desmonten losInyectores.

Estas instrucciones tambien deben dar indicaciones precisas para conectar elqasodomestico al gas y una referencia a los requisites de instalaci6n viqentes. En especial,deben especificar el tipo, longitud y posici6n de los tubos flexibles que se puedan usar parasuministrar el gas y detalles sobre el uso de los adaptadores para la conexi6n del gas.

Si el aumento de la temperatura mas alia de la del ambiente en una parte delqasodomestico que pueda entrar en contacto con el tubo flexible, es mayor que 70 K, sedebe declarar la temperatura maxima y fijar una etiqueta junto a la conexi6n de la entradadel gas, en la que diga que se debe usar un tuba conector apropiado de acuerdo con loscorrespondientes requisitos nacionales de instalaci6n vigentes.

Si el qasodomesfico se conecta a la red de distribuci6n electrica, las instruccionestecnicas deben incluir un diagrama de la instalaci6n (para prop6sitos de conexi6n) amenos que el qasodomesfico traiga un cable de conexi6n con enchufe.

35.2.1 Especificaciones adicionales para qasodomesticos de clase 1 y de clase 2subclase 1. Las instrucciones tecnicas deben indicar:

a) La distancia vertical minima que deben separar el qasodomestico de las paredeshorizontales adyacentes ubicadas encima de €II,

b) Las distancias horizontales mtnimas que deben separar el qasodomestico de lasparedes verticales adyacentes que esten por debajo de la distancia minima definidaen elliteral a). Todas las distancias horizontales se miden desde el plano vertical quecoincida con el dellado del qasodomestico.

Para qasodomesticos c1ase 1, con excepci6n de los gratinadores de nivel alto, lasdistancias mlnimas declaradas no deben ser superiores a 20 mm para paredesadyacentes a los lados que esten:

o Por debajo de la mesa de trabejo. excluyendo el plano de los soportes pararecipientes,

o Por debajo de la tapa de cierre en su posici6n cerrada, para qascdomesticos quetengan dicha tapa y esten disenados de forma que esta se encuentre al mismo nivelque la superficie de trabajo de las unidades adyacentes,

o Por debajo de la altura del qasodomestico en el caso de los hornos autosoportables.

Las instrucciones tecnicas tambien deben informar sobre la fijaci6n del qascdomestico,cuando el fabricante la especifique 0 los requisitos de instalaci6n vigentes.

35.2.2 Especificaciones adicionales para qasodomestlcos clase 2, subclase 2 yclase 3. Las instrucciones tecnicas deben dar la informaci6n necesaria sobre c6moempotrar y fijar el qasodomestico y, en particular:

a) Para todos los qasodomesticos a los que concierna esta informaci6n, lasdimensiones crtticas del espacio para instalarlos,

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b) Instrucciones precisas que se deban observar para evacuacion de los productos dela combustion y para ventilacion cuando el qasodomestico no trae componentes deventilacion. ni conductos para la salida de los productos de la combustion. 0 cuandolos trae pero no Instalados en el.

c) En el caso de los pasodomesticos que incorporan una mesa de trabejo, informaci6nsobre las distancias minimas desde cada pared adyacente que haya por encima delnivel de la mesa de trabajo:

o La distancia vertical minima encima de la mesa de trabajo se mide desde el planode los soportes para los recipientes,

o Las distancias horizontales minimas se miden desde los pianos verticales quepasan por los bordes de la mesa de trabejo.

d) En el caso de las mesas de trabajo empotradas. cuando el fabricante especifique quese debe incluir una separaci6n horizontal debajo de la base de la mesa de traba]o. lasdimensiones crtticas de esta separaci6n. Ademas, se debe declarar la distanciaminima entre esta separaci6n y la parte debajo de la superficie de trabajo, la cual nodebe ser menor que 150 mm,

e) En caso de los qascdomesticos con horne, la declaraci6n de que la unidad que alojael qasodomestico se debe fijar apropiadamente.

Tambien, cuando se especifica el usa de un tuba flexible, la indicacion de que este sedebe acondicionar de tal forma que no pueda hacer contacto con partes m6viles de launidad de alojamiento (par ejemplo un cajon) y que no pasa por ninqun espaciosusceptible de congestionarse.

35.3 Instrucciones de uso y mantenimiento, destinadas al usuario: Laslnstrucciones de usa y mantenimiento del qasodomestico, destinadas al usuario, debencontener, al menos. la siquiente informacion:

o Instrucciones sobre el encendido y reencendido (vease el numeral 5.2.11 de NTC2832-1, 3aactualizaci6n: 2001-08-29),

IJ Instrucciones para el uso del horne: uso del terrnostatc, posicion de los accesortos. s!es necesarto. la carga maxima especificada para la bandeja de reposterfa. etc.; debenedemas incluir los pasos necesarios para el uso de los hornos programables,teniendo en cuenta la higiene de los alimentos (por ejemplo. su deterioro en ciimascanoes).

o Cuando sea pertinente (vease el numeral 6.1.9.1 de NTC 2832-1, 3a actualizaci6n:2001-08-29), las instrucciones para Iniciar el termostato s! lIega a causar incrementosanormales en la temperatura de coccion del homo,

o S! el qasodornestico tiene un dispositive indicador de fallas del termostato (vease elnumeral 6.1.9.2.3 de NTC 2832-1, 3a Actualizaci6n: 2001-08-29), las instruccionesdeben Incluir toda la informaci6n necesaria sobre su usa y las acciones que debetomar el usuarto ante una indicaci6n de falla,

o Instrucciones para uso del gratinador (en especialla posicion de los accesorios): si losgratinadores s610 se pueden usar con su consumo calorffico nominal,

o Las dimensiones minimas de los recipientes que se pueden usar en los diferentesquemadores de la mesa de trabajo y, cuando sea pertinente. especificaciones sabreel uso de recipientes con bases convexas 0 c6ncavas.

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Las instrucciones para uso y mantenimiento deben advertir al usuario contra el usoincorrecto del qasodomestico. Con este fin, se deben Iistar las restricciones aplicables enel uso que se deriven de los requisites de este Reqlamento.

Cuando los qasodomesticos tengan ventilador. las instrucciones deben incluir los pasosque debe seguir el usuario s! el ventilador falla. Si el pasodomestico contiene undispositive indicador de falla del ventilador, tambien se debe especificar la informacionnecesaria sobre este indicador.

Si el fabricante da instrucciones de limpieza al usuario que indiquen fijar el dispositivo decontrol en una posicion mas alta que la normal para operaciones de coccion. lasinstrucciones deben declarar que, bajo estas condiciones, las superficies se puedencalentar mas que en el uso normal y que se debe mantener a los nines alejados.

Las instrucciones para uso y mantenimiento deben contener las siguientes advertencias:

~ "Asequrese que la cocina este bien ventilada; mantenga abiertos los espaciosnaturales para ventilacion".

IJ Si el fabricante instruye al usuario sobre el uso del gratinador con la puerta abiertalas instrucciones de uso y mantenimiento deben destacar (mediante subrayado 0coloracion) la siguiente advertencia: "PRECAUCION: las partes accesibles se puedencalentar al usar el gratinador. Mantenga alejados a los nines".

IJ Si el qasodomestico requiere ser ajustado, debe lIevar la siguiente advertencia: "Parasu correcto funcionamiento, este qasodomestico requiere ser ajustado de acuerdo conlas condiciones locales de presion atmostertca y de temperatura ambiente".

IJ En caso de ser necesario para el cumplimiento del requisito del numeral 5.2.9.1.2 dela norma NTC 2832-1 (3a actualizacion). se deben incluir las indicaciones yprocedimiento de ffjacion del qasodomestico.

35.4 Instrucciones para conversion a diferentes gases: Cuando se requieraconvertir 0 adaptar el qasodomestico a otra familia, otro grupo u otro subgrupo de gas y/oa otra presi6n de alimentacion. se deben tener en cuenta las siguientes instrucciones:

Resaltar que en todo caso, la adaptaci6n para utilizar otro tipo de gas u otra presion dealimentaci6n y el correspondiente reglaje, debe ser realizada por un instalador calificado. lacompartla de gas 0 un representante del fabricante.

Indicar que por razones tecnicae y de seguridad, las piezas destinadas a la adaptaci6n deotra familia, otro grupe, u otro subgrupo de gas, vto a otra presion de alimentaci6n, seranespecificadas por el fabricante. acornpariadas de las instrucciones claras y necesariaspara cambiar las partes y para la flmpieza. ejuste. control del qasodomestico y renovaci6nde los sellos despues de una intervencion. Estas instrucciones deben indicar:

IJ Las piezas necesarias para efectuar la adaptacion y su forma de identificaci6n,IJ Las operaciones necesarias para realizar la sustitucion de las piezas y lIegado el caso,

el reglaje correcto.IJ Indicar que cualquier sello de seguridad destruido debe reconstruirse previa verificaci6n

de los dispositivos.

Con las piezas y las instrucciones de adaptaci6n se debe suministrar una etiquetaautoadhesiva destinada a colocarse sobre el qasodomesfico. En esta etiqueta se debenindicar las nuevas condiciones de reglaje para las que el qasodomestico ha sideadaptado.

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6.2 Calentador de aaua de naso continuo:Requlslto Numeral de

NTC 3531 2a

Actuahzaclon:2004-03-24

1. Conversi6n a diferentes oases 6.1.12. Materiales 6.1.23. Diseno, embalaie v robustez 6.1.34. Accesibilidad, facilidad de mantenimiento. montaie v desmontaie 6.1.45. Conexiones de oas 6.1.56. Medias de estanquidad 6.1.67. Entrada de aire comburente y evacuaci6n de los productos de

combustion 6178. Verificaci6n del estado de funcionamiento 6189. Drenaie 6.1.910. Eouioo electrico alimentado desde la red 6.1.1 011. Se uridad de funcionamiento en caso de falta de ener ia auxiliar 6.1.1112. Disoositivos de re laie . de combusti6n v de se uridad 6.213 Quemador nrtncioal 6314. Estanauidad del circuito de aas 7.2.115 Estanquidad del circuito de combustion y evacuaci6n correcta de

los productos de combustion 7.2.216. Estan uidad del circuito de a ua 7.2.317. Consumos calorificos 7.318. Temoeratura de los mandos de accionamiento 7.419. Temperatura de los dispositivos de reglaje, de regulaci6n y de

seauridad 7.520. Temperatura de la carcasa del artefacto, de la pared sabre la

que esta Instalado. de las paredes adyacentes y temperatura 7.6exterior de los conductos

21. Encendido. interencendido v estabilidad de las llamas 7.722. Mecanismos de cierre y valvula automatics de gas accionada par 7.8.3

aqua23 Disoositivos de encendido 7.8.424. Tiempos de sequrtdad 7.8.525. Re ulador de presion de as 7.8.626. Reglaje del caudal de agua. Temperatura maxima de agua (

todos los artefactos ) 7.8.727. Sobrecalentamiento del aqua 7.8.828. Dispositivos de control de contaminaci6n de la atm6sfera de los

artefactos del nco A AS 7.8.1029. Resistencia 783430 Combusti6n 7.931. Consumo calorifico minima 9.2.132. Potencias utiles nominal v minima 9.2.233. Valvula automatica de aas accionada can aoua 9.2.5

34. MARCADO E INSTRUCCIONES: EI calentador de agua de paso continuo, debelIevar adherida a impresa. de manera visible, facilmente legible e indeleble una placade ldentificacion. como minima can la siguiente informaci6n:

a) Nombre del fabncante.b) Denominaci6n comercial del qasodomesfico.

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c) Pais de fabrtcacion.d) No. de serie de fabricacion.e) Categoria y tipo en que se clasifica el pasodomestico,1) Tipo de gas y presion de suministro para los que esta reglado el qasodomestico.g) Potencia nominal, y la potencia uti! nominal expresadas en megajulios por hora (MJ/h)

en las condiciones estandar de referencia.h) Capacidad nominal en Iitros/minuto,f) La maxima y minima presion de suministro de agua a la cual puede emplearse el

qasodomestico,j) En su caso. tipo de tension y frecuencia de suministro electrtco que se deba utilizar.

35. Rotulado del embalaje del calentador de agua de paso continuo: EI embalajedebe lIevar adherida 0 impresa. facilmente legible, al menos la siguiente informacion:

a) La categoria y tipo en que se c1asifica el qasodomestico.b) EI tipo de gas y presion de suministro para los que esta reglado el qasodomestico.

36. Advertencias legibles sobre el calentador de agua de paso continuo tipo A y ensu embalaje: Sobre los calentadores de agua de paso continuo tipo A y en suembalaje. se debe incorporar en forma visible y legible, una 0 vartas etiquetas quecontengan, como minimo, las siguientes advertencias:

o Calentador provisto de dispositive de control de la contaminacion de la atmosfera.oEste artefacto no debe utilizarse por periodos superiores a 20 minutes.o Importante: Este artefacto no debe conectarse a un conducto de evacuacion de

los productos de la combustion.oEste artefacto solo puede instalarse en un local que disponga de las condiciones

de ventilacion establecidas en la NTC-3631 1a Actualizacion: 2003-08-26.

Adicionalmente. cada artefacto y su correspondiente embalaje deben lIevar adheridas 0Impresas. de manera permanents, facilmente legible, indefeble. visible para elconsumidor y el instalador y en correcto idioma castellano, una 0 varies placas coninformacion en la que se indique 10 siquiente:

" Este artefacto no debe instalarse en banos ni dormitorios" Este artefacto esta ajustado para ser instalado de a metros sobre elnivel del mar".

37. Instrucciones: En concordancia con los requisites esenciales establecidos en losnumerales 5.1.3, 5.1.3.1, 5.1.3.2, 5.1.3.3 Y 5.1.3.4, el calentador de agua de pasocontinuo debe comercializarse acornpanado de un manual que contenqa. encapltulos independientes, sin generar confusion:

o La informaci6n contenida en el rotulado acompanada de las advertenciespreliminares.

o Instrucciones tecnicas para la instalacion. ajuste y mantenimiento. destinadas alinstalador,

o Instrucciones de usa y mantenimiento, destinadas al usuario.o Instrucciones para conversion a diferentes gases.

37.1 Advertencias preliminares: EI manual debe lIevar las siguientes advertenciespreliminares:

oEste calentador debe ser instalado por personal calificado.oEste calentador no debe instalarse en banos 0 dormitories.o Leer las instrucciones tecnicas antes de instalar este calentador.

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o Leer las instrucciones de usa antes de encender este calentador.o Se tiene una reducci6n en la potencta util cuando aumenta la altitud del sitio deinstalacion del artefacto con respecto al nivel del mar

Resaltar que se requiere de personal califfcado y autorizado para Instalar y ejustar elcalentador. La adaptacion para utilizar otro tipo de gas, debe ser realizada tambien por unInstalador. la comparifa de gas 0 un representante del fabricante.

37.2 Instrucciones tecnlcae para la instalaci6n, ajuste y mantenimiento,destinadas al instalador: Como preambulo. deben Incluir las siguientes advertencias:

a) Para orientar al Instalador. las instrucciones tecntcas deben contener una descripci6ngeneral del calentador, con esquemas de las partes principales (subconjuntos) que seanecesario desmontar para la reparaci6n y el mantenimiento.

b) Antes de la Instalacion. asequrese que las condiciones de distribuci6n locales(naturaleza y presion del gas) y el ajuste del calentador sean compatibles,

c) Las condiciones de reglaje para este qascdomestico se encuentran en la etiqueta (0placa de datos),

d) Si el calentador requiere ser ajustado. la siguiente advertencia: "Para su correctofuncionamiento, este calentador requiere ser ajustado de acuerdo con las condicioneslocales de presion atmosferica y de temperatura ambiente",

e) EI recinto donde se Instalen estos artefactos, debe contemplar las condiciones deventilacion, contenidas sequn corresponda en la norma NTC 3631 1a Actualizaci6n:2003-08-26

Las instrucciones tecnicas para la correcta instalacion, reglaje y mantenimiento delcalentador de agua de paso continuo, deben contener. al menos, la siguienteinformaci6n:

o Referencia a normas tecnicas y/o Reglamentos Tecnicos que deben cumplirse para lainstalacion y el adecuado funcionamiento del calentador,

o EI reglaje de la tasa de f1ujo de gas (cuando y donde sea necesario),o Las instrucciones de operacion,o Metodo para la extracci6n de los productos de combustion,o Mantenimiento necesarfo.o EI tipo de productos que recomienda el fabricante para su limpieza y aseo,o La medida minima del conducto de evacuaci6n para calentadores Tipo C2.o Si el recinto donde se va a instalar el calentador se define como confinado, sequn 10

establecido en la NTC-3631 1a Actualizaci6n: 2003-08-26, el recinto debe contemplarlas condiciones de ventilaci6n especificadas en dicha norma.

Las instrucciones deben senalar las precauciones que se deben seguir, de acuerdo conreglamentaciones viqentes. cuando el calentador deba ser instalado en paredes 0superficies que puedan atectarse adversamente por causa del calor (por ejemplo: paredeso divisiones de madera). Ademas, las instrucciones deben incluir una tabla que Indique,para las diferentes categorias y valores calorlficos. las tasas de flujo de gas en I/min 0

m3/h a las condiciones estandar de referencia.

37.3 Instrucciones de uso y mantenimiento, destinadas al usuario: Lasinstrucciones para usa y mantenimiento del calentador de agua de paso continuo.destinadas al usuarfo, deben contener, al menos, la siguiente informaci6n:

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a) Explicar los pasos de operaci6n normal, limpieza y mantenimiento basico delcalentador, resaltando que debe cumplir el programa de mantenimiento y las revisionesperiodicas establecidas par el fabrfcante.

b) Prevenir sobre usos y aplicaciones incorrectas.

c) Para los calentadores de baja capacidad sin conductos de evacuacion de productosde la combustion, indicar las condiciones normales de usa (en particular, que estadiseriado para usarse intermitentemente durante pertodos cortes).

d) Si el calentador requiere ser ejustado, las instrucciones deben lIevar la siguienteadvertencia: "Para su correcto funcionamiento, este calentador requiere ser ajustadode acuerdo can las condiciones locales de presion atmosterfca y de temperaturaambiente".

37.3.1. lnstrucclones adlclonales para uso y mantenimiento del calentador de aguade paso continuo, Tipo A: Los calentadores de agua de paso continuo, Tlpo A, debenIncluir adicionalmente las siguientes Indicaciones:

Indicar las informaciones necesartas referentes al mantenimiento del dispositive decontrol de la contaminacion de la atmosfera. precisando los medias de fdentificacion quefiquraran sabre las piezas susceptibles de ser sustituidas y la periodicidad de lasustitucion.

Indicar las intervenciones necesarias para la puesta en funcionamiento delqasodomestico despues que ha actuado el dispositive de seguridad.

Indicar que para las sustituciones, se deben utilizer unicamente piezas originales delfabrtcante.

Resaltar que no puede anularse la funci6n del dispositive de seguridad.

L1amar particularmente la atencion sobre la gravedad de Intervenciones incontroladassobre el dispositive de seguridad.

Indicar la obligaci6n de conectar a tierra los calentadores que incorporan un equipoelectrtco que se alimenta desde la red.

Recordar la funci6n del dispositive de control de la contaminaci6n de la atm6sfera 0 delos que adicionalmente pueda incorporar el calentador como dispositivos de seguridad.

Especfficar que en caso de puestas fuera de servicio repetidas. 0 de dificultades dereinicio, es necesario verificar la ventilacion y lIamar a un tecnico especializado.

37.4 lnstrucclones para conversion a diferentes gases: Cuando se requiera convertira adapter el calentadar de agua de paso continuo a otra familia, otro grupo u otrosubgrupo de gas y/o a otra presion de alimentacion. se deben tener en cuenta lassiguientes Instrucciones:

Resaltar que en todo caso, la adaptacion para utilizar otro tipo de gas u otra presion dealimentacion y el correspondiente reglaje, debe ser realizada par un instalador calificado,la companfa de gas 0 un representante del fabricante.

lndicar que par razones tecnicas y de seguridad, las piezas destinadas a la adaptaci6n aotra familia, otro grupo, u otro subgrupo de gas, y/o a otra presion de alimentaci6n, seran

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especificadas por el fabricante. acompanadas de las instrucciones claras y necesariaspara cambiar las partes y para la limpieza, ejuste, control del calentador de agua de pasocontinuo y renovacion de los sellas despues de una Intervencion.

Estas Instrucciones deben indicar:

D Las piezas necesarias para efectuar la adaptacion y su forma de identiffcacion.D Las operaciones necesarias para realizar la sustitucion de las piezas y lIegado el caso,

el reglaje correcto.D Indiear que cualquier sella de seguridad destruido debe reconstruirse previa verifieaci6n

de los dispositivos.

Can las piezas y las instrucciones de adaptaci6n se debe suministrar una etiquetaautoadhesiva destinada a colocarse sabre el calentador. En esta etiqueta se debenindicar las nuevas condiciones de reglaje para las que el calentador de agua de pasocontinuo ha side adaptado.

6.3 Calentador de aaua tree acumulador:Requisito* Numeral

de EN89:2000

1. Adantaci6n a diferentes oases 6.1.12. Materiales 6.1.23. Diseno v construcci6n 6.1.34. Facilidad de limoieza v mantenimiento 6.1.45. Conexiones de aas v aaua 6.1.56. Hermeticidad 6.1.67. Alimentaci6n de aire comburente y evacuaci6n de los productos de

617combustion

8. Verificaci6n del funcionamiento 6.1.89. Drenaie 6.1.910. Seauridad electrica 6.1.1011. Seguridad de operacion en el evento de una ftucfuacion. interrupci6n

6.1.11v restauracion de enerqla auxiliar

12. Dis ositivos de reqlaie, de control, de re ulaci6n v de seouridad 6.2 v 7.913. Quemador orincioal 6.314. Evacuaci6n de condensados 6.415. Temperatura de los mandos de accionamiento 7.416. Temperatura de los dispositivos de reqleje, de regulaci6n y de

7.5seouridad

17. Temperatura de la envolvente del qasodomestico y de los paneles de7.6

ensavo18. Encendido, interencendido v estabilidad de la llama 7.719. Temperatura de los productos de la combustion en los

7.8oascdomestlcos de condensaci6n

20. Extracciones repetitivas del aqua 7.1021.Combusti6n 7.1222. Dis ositivos de control de aire 716

Para los calentadores de acumulaci6n Tlpo A, se aplican la totalidad de los requisites,excepto los de aquellos numerales de la norma EN 89:2000 especlficos para loscalentadores de acumulaci6n Tlpos B a C. Para efectos de este Reglamento Tecnico sedebe tener en cuenta que los preceptos de la EN 89:2000 se encuentran recogidos en laNTC 5042: 2002-04-30, documento este que debe ser base para el entendimiento delos requisites citados en este numeral.

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23. Rotulado del calentador de agua tipo acumulador: EI calentador de agua tipoacumulador. debe lIevar adherida 0 impresa, de manera visible, facilmente legible eindeleble una placa de identiffcacion, como minima con la siguiente informacion:

a) Nombre del fabrfcante.b) Denominaci6n comercial del qasodomestico.c) Pais de fabrtcacion.d) No de serie de fabricaci6n.e) Categoria y tipo en que se clasiftca el qasodomestico,f) Tipo de gas y presion de suministro para los que esta reglado el qasodomestico.g) Potencia nominal, expresada en megajulios por hora (MJ/h) en las condiciones

estandar de referencia.h) Capacidad nominal en Htros.i) La maxima y minima presion de suministro de agua a la cual puede emplearse el

qasodomestico,j) L1egado el caso, la indicacion de "artefacto de condensacion''.k) En su caso, tipo de tension y frecuencia de suministro electrico que se deba utilizar.

24. Rotulado del embalaje del calentador de agua tipo acumulador: EI embalaje debelIevar adherida 0 impresa, facilmente legible, a! menos la siguiente informacion:

a) La categoria y tipo en que se clasiffca el qasodomestico,b) EI tipo de gas y presion de suministro para los que esta reglado el qasodomestico.

Adicionalmente. cada artefacto y su correspondiente embaleje deben lIevar adheridas 0

Impresas. de manera permanents, facilmente legible, indefeble. visible para elconsumidor y el instalador y en correcto idioma castellano, una 0 varies placas coninformaci6n en la que se indique 10 siguiente:

" Este artefacto no debe instalarse en banos ni dormitorios" Este artefacto esta ajustado para ser instalado de a metros sobre elnivel del mar".

25. Advertencias legibles sobre el calentador de agua tipo acumulador y en suembalaje: Sobre los calentadores de agua tipo acumulador y su embalaje, se debeincorporar en forma visible y legible, una 0 varias etiquetas que contengan, comomlnimo. las siguientes advertencias:

IJ Este calentador debe ser instalado por personal calificado.IJ Este calentador no debe instalarse en banos 0 dormitorios.o Leer las instrucciones tecnicas antes de Instalar este calentador.o Leer las instrucciones de uso antes de encender este calentador.

Adicionalmente. para los calentadores Tlpo B, debe incluirse la siguiente advertencia:"Este calentador solo puede Instalarse en un local que disponga de las condiciones deventilacion apropiadas"

26. Manual de instrucciones: En concordancia con los requisites esencialesestablecidos en los numerales 5.1.3, 5.1.3.1, 5.1.3.2, 5.1.3.3 Y5.1.3.4, el calentadorde agua tipo acumulador debe comercializarse acompanado de un manual quecontenga, en capltulos independientes. sin generar confusion.

o La informaci6n contenida en el rotulado (numeral 23 anterior), acompafiada de lasadvertencias preliminares.

IJ Instrucciones tecnicas para la instalaci6n, ajuste y mantenimiento, destinadas alinstalador.

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o Instrucciones de uso y mantenimiento, destinadas al usuario.o Instrucciones para conversi6n a diferentes gases.

26.1 Advertencias preliminares: EI manual debe lIevar las siguientes advertenciespreliminares:

o Leer las instrucciones tecnicas antes de instalar este calentador.o Leer las instrucciones de uso antes de encender este calentador.

Resaltar que se requiere de personal calificado y autorizado para instalar y ajustar elcalentador. La adaptaci6n para utilizar otro tipo de gas, debe ser realizada tambien por unInstalador. la comparifa de gas 0 un representante del fabricante.

26.2 Instrucciones tecnlcae para la instalaci6n, ajuste y mantenimiento,destinadas al instalador: Para orientar al instalador. las instrucciones tecnicas debencontener una descripci6n general del calentador con esquemas de las partes principales(subconjuntos) que sea necesario desmontar para la reparaci6n y el mantenimiento.

Si el calentador requiere ser ejustado, las instrucciones deben lIevar la siguienteadvertencia: "Para su correcto funcionamiento, este calentadar requiere ser ajustado deacuerdo con las condiciones locales de presion atmosferica y de temperatura ambiente".

Las instrucciones tecnicas para la correcta instalacion, reglaje y mantenimiento delcalentador. deben contener, al menos. la siguiente informacion:

26.2.1 Generalidades:

a) Referencia a normas tecnicas y/o Reglamentos Tecnicos que deben cumplirse para lainstalaci6n y el adecuado funcionamiento del calentador,

b) L1egado el caso, las distancias mlnimas que es necesario respetar para los materialesfacilmente inffamables.

c) Si es necesario. la indicaci6n de que las paredes sensibles al calor, par ejemplo lamadera, deben estar protegidas con un aislamiento adecuado. as! como lasdistancias mlnimas necesarias entre la pared sobre la que esta Instalado elCalentador de agua tipo acumulador y las partes exteriores del mismo que alcancentemperaturas elevadas.

d) Una descripci6n general del calentador de agua tipo acumulador con esquemas de laspartes principales (subconjuntos) que sea necesario desmontar para la reparaci6n y elmantenimiento,

e) EI procedimiento recomendado para la limpieza del calentador.

1) La indicaci6n del mantenimiento necesario.

g) Para la instalaci6n electrfca:

o La obligaci6n de conectar a tierra los calentadores de agua tipo acumulador queincorporan un equipo electrtco alimentado desde la red,

o Un esquema electrico con los bornes de conexi6n (incluidos los de la regulaci6nexterior).

26.2.2 Para la instalaci6n y el reglaje de la linea de gas:

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o La Informacion de que las Indicaciones. referentes al estado de reglaje mencionado enla etiqueta 0 placa de caractertsticas, deben ser compatibles con las condicioneslocales de alimentaci6n,

o Las Instrucciones de reglaje para los calentadores regulables por el instalador.incluyendo una tabla en la que se indiquen los consumos volumetricos 0 masicos enmetros cubicos por hora (m3/h) 0 en kilogramos por hera (kg/h), 0 la presion en elquemador, en funci6n de las necesidades de los posibles reglajes sequn la, 0 lascateqortas. Las condiciones estandar de referenca para los consumos volumetncos son15 "C, 1013,25 mbar, gas seco,

o Uegado el caso, que el calentador esta destinado a instalarse unicamente en unainstalaci6n de gas con regulador en el centro de medici6n.

26.2.3 Para la instalaci6n hidraulica:

o La cofccacion de una valvula antirretorno en la entrada de agua ftta, de acuerdo conel numeral 0 numerales pertinentes de la norma NTC 888:1997-04-16,

o La adaptaci6n de un grupo de seguridad hidraufico y/o una valvula de seguridadcombinada de temperatura y presion, de acuerdo con el numeral 0 numeralespertinentes de la norma NTC 888:1997-04-16,

o La presion maxima de agua para la que el calentador ha side diseriado, indicando queincluso con el efecto de la dilatacion del aqua, la presion de esta en el calentador nodebe sobrepasar este valor.

26.2.4 Para la instalaci6n del circuito de evacuaci6n de los productos decombusti6n:

a) Para los calentadores del tipo 8 1:

o EI 0 los diametros de los conductos de evacuaci6n que pueden utilizarse de acuerdocon el numeral 0 numerales pertinentes de la norma NTC 3833 1a Actualizaci6n:2002-03-11,

o Para el calculo de las chimeneas. el caudal masico de los productos de lacombustion en gramos por segundo (g/s) y su temperatura media medida en lascondiciones del numeral 8.2.2 de la norma EN 89:2000, 0 su equivalente en laNTC-5042: 2002-04-30.

b) Para los calentadores del tipo 811 Indicar c1aramente que los calentadores del tipo 8 11,

5610 pueden instalarse al aire fibre, 0 en un local independiente de las habitaciones devivienda. y provisto de una ventilaci6n adecuada directamente hacia el exterior.

c) Para los calentadores del tipo 8 1168:

o Incluir la descripcion tecnica del dispositive de control de la evacuacion de losproductos de combustion,

o Resaltar que en ninqun caso puede anularse la funcion del dispositive de control dela evacuacion de los productos de la combustion,

o L1amar la atencion sobre la gravedad de intervenciones incontroladas sobre eldispositive de control de la evacuacion de los productos de la combustion,

o Incluir las Instrucciones referentes al montaje del dispositive de control deevacuacion de los productos de la combustion y la sustitucion de las piezasdefectuosas. Especificar que unicamente pueden utilizarse piezas originalesidenticas. y describir el ensayo que es necesario realizar despues de la intervencionpara verificar el correcto funcionamiento.

o Advertir que en caso de puesta fuera de servicio repetitive del calentador. esnecesarto corregir el defecto de evacuacion tomando las medidas apropiadas.

o Indicar el tiempo real de espera en caso de rearme automatico del calentador.

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d) Para los calentadores del tipo C:o Indicar el tipo de sistema de entrada de aire y de evacuaci6n de los productos de

combustion al que los calentadores pueden conectarse.o Indicar las caracteristicas especiales del dispositivo de proteccion del terminal y las

indicaciones en cuanto a la fijaci6n y la posici6n relativa respecto al terminal,o Indicar el numero maximo de codos que es posible utilizar y la longitud maxima del

conducto de entrada de aire y de evacuacion de los productos de combustion.o Para los calentadores del tipo C21 la dimensi6n minima del conducto comun sobre el

que pueden instalarse.

26.2.5 Para los calentadores de condensaci6n:

a) Deben indicar detalladamente los sistemas adoptados para la evacuaci6n de losproductos de combusti6n y de los condensados: se debe advertir expresamente sobrela necesidad de evitar recorridos horizontales,

b) Cuando el calentador no cumple las exigencias de temperatura de los productos decombustion del numeral 7.8 de la norma EN-89:2000 0 su equivalente en la NTC-5042:2002-04-30, se debe indicar que el calentador no esta diseriado para conectarse aconductos de evacuaci6n susceptibles de ser alterados por el calor (por ejemplo,conductos plasticos 0 revestidos interiormente de plastico).

c) Cuando el calentador cumple las exigencias de temperatura de los productos decombustion del numeral 7.8 de la norma EN-89:2000 0 su equivalente en la NTC-5042:2002-04-30, se debe indicar:

o Que para estos calentadores s610 pueden utilizarse los materiales suministrados porel fabricante,

o En el resto de los casos, la lista de los materiales susceptibles de ser utilizados.

26.3 Instrucciones de uso y mantenimiento, destinadas al usuario: Lasinstrucciones para usa y mantenimiento del calentador, destinadas al usuario, debencontener, al menos. la siguiente informaci6n:

26.3.1 Generalidades:o EI recinto donde se va a instalar el calentador debe contemplar las condiciones de

ventilacion. contenidas sequn corresponda, en la norma NTC 3631 1a

Actualizaci6n: 2003-08-26,o Precisar las maniobras para la puesta en marcha y la puesta fuera de servicio del

calentador,o Indicar que es necesario respetar las advertencies.o Explicar las maniobras que aseguran el funcionamiento normal del calentador de

agua tipo acumulador. su limpieza, y su mantenimiento habitual,o Advertir contra maniobras indebidas,o Prohibir cualquier intervenci6n sobre un dispositivo precintado,o Recordar que es aconsejable realizar peri6dicamente un mantenimiento del

calentador de agua tipo acumulador por un representante del fabricante.o Indicar la capacidad nominal,o Tiempo de calentamiento (vease el numeral 9.1 de la norma EN-89:2000 0 su

equivalente en la NTC-5042: 2002-04-30),o Caudal especifico (vease el numeral 9.5 de la norma EN-89:2000 0 su equivalente

en la NTC-5042: 2002-04-30),o Si el calentador requiere ser ajustado, las instrucciones deben lIevar la siguiente

advertencia: "Para su correcto funcionamiento, este calentador requiere serajustado de acuerdo con las condiciones locales de presion atmosferica y detemperatura ambiente".

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26.3.2 Para los calentadores del tipo 8 11B5:

D Indicar que en caso de mal funcionamiento del sistema de evacuacion de losproductos de combustion, el dispositive debe interrumpir la entrada de gas alquemadar,

D Describir el procedimiento de rearme durante el funcionamiento.D Recomendar la necesidad de lIamar a una persona cualificada si se repiten las

interrupciones.

26.3.3 Para los calentadores del tipo C: Para los calentadores del tipo C con encendidomanual, mencionar las precauciones a tener en cuenta antes de realizar nuevos intentosde encendido.

26.3.4 Para los calentadores de condensaci6n:

D Indicar que las salidas de los condensados no deben modificarse. ni obturarse.D Describir las instrucciones relatives a la limpieza y el mantenimiento del dispositive

de neutralizacion de condensados. s! existe.

26.4 Instrucciones para conversi6n a diferentes gases: Cuando se requieraconvertir 0 adapter el calentador de agua tipo acumuladar a otra familia, otro grupo u otrosubgrupo de gas y/o a otra presion de alimentacion. se deben tener en cuenta lassiquientes Instrucciones:

Resaltar que en todo caso, la adaptacion para utilizar otro tipo de gas u otra presion dealimentacion y el carrespondiente reglaje, debe ser realizada por un instalador calificado. lacompanfa de gas 0 un representante del fabricante.

lndicar que par razones tecnicas y de seguridad, las piezas destinadas a la adaptacion aotra familia, otro grupo, u otro subgrupo de gas, y/o a otra presion de alimentacion. seransuministradas par el fabrtcante. acompariadas de las instrucciones claras y necesariaspara cambiar las partes y para la limpieza. ajuste. control del calentador de agua tipoacumuladar y renovacion de los sellos despues de una intervencion.

Estas Instrucciones deben indicar:

D Las piezas necesarias para efectuar la adaptaci6n y su forma de idenffficacion.D Las operaciones necesarias para realizar la sustituci6n de las piezas y lIegado el caso,

el reglaje correcto.D Indicar que cualquier sello de seguridad destruido debe reconstruirse previa verfffcacion

de los dispositivos.

Con las piezas y las instrucciones de adaptacion se debe suministrar una etiquetaautoadhesiva destinada a colocarse sobre el calentador. En esta etiqueta se debenIndicar las nuevas condiciones de reglaje para las que el calentador de agua tipoacumulador ha side adaptado.

7. PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA CONFORMIDAD: EI cumplimiento delos requisftos particulates aqui senalados. se veriflca realizando las pruebas 0 ensayoscorrespondientes referenciados en los requisites de las normas de producto NTC-2832-13a Actualizaci6n: 2001-08-29; NTC-3531 2a Actualizacion: 2004-03-24 y NTC-5042:2002-04-30, u otros validados por el organismo certificador, siguiendo losprccedimientos establecidos para tal fin por la Superintendencia de Industria y Comercioen concordancia con los postulados descrttos en la norma 180-17025.

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7.1. Metodos de evaluaci6n en Cocinas y Hornos para uso dcmeetlco:

Como referencia se aplicaran los metodos 0 pruebas de ensayos relacionados en laNTC-2832-1 3a Actualizaci6n: 2001-08-29.

7.2 Metodos de evaluaci6n para Calentador de agua de paso continuo:

Como referencia se aplicaran los metodos 0 pruebas de ensayos relacionados en laNTC-3531 2a Actualizaci6n: 2004-03-24.

7.3 Metodos de Evaluaci6n para Calentador de agua tipo acumulador:

Como referencia se apuceran los rnetcdos 0 pruebas de ensayos relacionados en laNTC-5042 Versi6n: 2002-04-30.

8. DEMOSTRACION DE LA CONFORMIDAD: Previamente a su comercializacion,los fabricantes. importadores 0 comercializadores de los productos sometidos a esteReglamento Tecnico. deberan demostrar su cumplimiento a traves de un Certificado deConformidad expedido por un organismo acreditado 0 reconocido por laSuperintendencia de Industria y Comercio, conforme a 10 establecido por el articulo 8° delDecreto 2269 de Noviembre 16 de 1993, y demas normas legales viqentes.

No se podra prohibir, Hmitar. ni obstaculizar la comercializacion, ni la puesta enfuncionamiento de los qasodomesticos que cumplan con las disposiciones del presenteReglamento Tecnico.

9. SUBPARTIDAS ARANCELARIAS: Los qasodomesticos objeto del presenteReglamento Tecnico se c1asifican en las siguientes subpartidas arancelarias:

732111101073211110207321111090732111900084191100008419191000120 Litros.84.19.19.90.00a 120 Lttros.

Cocinas empotrables.Cocinas de sobreponerLas demasHomos.Calentadores de agua de paso.Calentadores de agua tipo acumulador de capacidad inferior a

Calentadores de agua tipo acumulador de capacidad superior

10. NORMAS REFERENCIADAS 0 CONSULTADAS:

o EN 89:2000. Aparatos de producci6n de agua caliente por acumulacion para usossanitarios que utilizan combustibles gaseosos.

o NTC-332 1a Actualizaci6n: 1994-07-27. Tuberia metalica. Roscas para tuberfadestinada a proposftos generales. Dimensiones en pulgadas.

o NTC-8882a Actualizaci6n: 1997-04-16. Electrodomesticos. Calentador de aguatipo almacenamiento. lnstalacion y dispositivos de seguridad requerfdos.

o NTC-2104 1a Actualizaci6n: 1996-10-23. Tuberfa metalica. Rosca para tubos endonde la presion hermetica de la junta se hace en los ffletes.

o NTC-2143 1a Actualizaci6n: 1996-08-21. Tuberfa metalica. Rosca para tubos endonde el sellado de la uni6n no se hace en los filetes. Parte 1: Dimensiones.tolerancias y desiqnacion.

o NTC-2183 4a Actualizaci6n: 2000-10-25. Seguridad de aparatoselectrodomesticos y aparatos electricos similares. Parte1: Requisitos Generales.

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D NTC-2386 2a Actualizaci6n: 2001-01-31. Seguridad de aparatoselectrodomesticos y aparatos electricos similares. Parte 2: Requisitos particularespara cocinas, hornos y aparatos similares.

D NTC-2832-1 3a Actualizaci6n: 2001-08-29. Artefactos para la cocci6n de alimentos.Parte 1: Requisitos de seguridad.

D NTC-3293: 1995-07-26. Aparatos mecanicos. Reguladores internos de presi6npara aparatos domesticos que funcionan con gas.

D NTC-3384 1a Actualizaci6n: 2002-04-30. Termostatos mecanicos para artefactosque utilizan gas como combustible.

D NT-3531 2a Actualizaci6n: 2004-03-24. Artefactos dornestlcos que emplean gasescombustibles para la producci6n Instantanea de agua caliente para usos a niveldomestico. Calentadores de paso continuo.

D NTC-3631 1a Actualizaci6n: 2003-08-26. Artefactos de gas. Ventilaci6n de recintosinteriores donde se instalan artefactos que emplean gases combustibles para usodomestico, comercial e industrial.

D NTC-3833 1a Actualizaci6n: 2002-03-11. Dimensionamiento, construcci6n,montaje y evaluaci6n de los sistemas para la evacuaci6n de los productos de lacombustion generados por los artefactos que funcionan con gas.

D NTC-5042.: 2002-04-30. Gasodomesticos. Calentadores tipo acumulador queemplean gas para la producci6n de agua caliente. Caracteristicas constructivasfuncionales y de seguridad.

D NTC-5241: 2004-02-25. Dispositivos termoelectricos de vigilancia de llama paraartefactos que utilizan gas como combustible.

ARTICULO 2°. ENTIDAD DE VIGILANCIA Y CONTROL: Compete a laSuperintendencia de Industria y Comercio ejercer las tareas de vigilancia y control delpresente Reglamento Tecnico. de acuerdo con 10 establecido en los Decretos 3466 de1982,2153 de 1992 y 2269 de 1993.

ARTICULO 3°. REGIMEN SANCIONATORIO: EI incumplimiento de 10 establecidoen el presente Reglamento Tecnico, dara lugar a las sanciones previstas en los Decretos3466 de 1982, 2153 de 1992, 2269 de 1993 y en las demas disposiciones legalesaplicables.

PARAGRAFO. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad civil, penal y/o fiscaloriginada en la inobservancia de las disposiciones contenidas en el presenteReglamento, sera la que determinen las disposiciones legales vigentes y recaera enforma individual en los fabricantes, Importadores. comercializadores 0 en el organismo decertificaci6n que dio la conformidad a los productos objeto del presente ReglamentoTecnico sin cumplir con los requisites aquf prevlstos.

ARTICULO 4°. REVISION Y ACTUALIZACION: Con el fin de mantener actualizadaslas disposiciones de este Reglamento Tecnico, el Ministerio de Comercio, Industria yTurismo a traves de la Direcci6n de Regulaci6n 10 revisara en un termino no mayor a 5aries contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia, a antes, si se detecta quelas causas que motivaron su expedici6n fueron modificadas a desaparecieron. Noobstante 10 anterior, una vez se expida el Reglamento Tecnico para instalacionesinternas por el ente competente, se debera proceder de inmediato a su revisi6n yactualizacion.

ARTICULO 5°. VIGENCIA: De acuerdo can el numeral 5° del articulo 9° de laDecisi6n Andina 562 de 2003 de Quirama Antioquia Colombia, el presente ReglamentoTecnico empezara a regir el 29 de mayo del 2004, en consideraci6n a la necesidad delcumplimiento de los objetivos legitimos perseguidos.

Page 27: REPUBLICA DE COLOMBIA - faolex.fao.orgfaolex.fao.org/docs/pdf/col79818.pdf · Que con base en 10 establecido por el Decreto 2522 de diciembre 4 de 2000, la ... 3.3 de la norma NTC

RESOLUCION NUMERO 1023__ DE 25 MAYO 2004

Continuaci6n de la Resoluci6n "Por la cual se expide el Reglamento Tecnico para gasodomesncos quefuncionan con combustibles gaseosos, que se fabriquen 0 importen para ser utilizados en Colombia"

ARTICULO 6°. Derogatorias: La presente Resoluci6n deroga las disposiciones que Iesean contrarias y en especial la 0941 de Mayo 15 de 2003 expedida par el Ministerio deComercio Industria y Turismo.

Publiquese y cumptese.

Dada en Bogota, D.C., a los

EI Ministro de Comercio. Industria y Turismo,

JORGE H. BOTERO