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Para abrir una escuela de conductores profesionales, necesitaremos una AUTORIZACIÓN DE CREACIÓN. Esta autorización es entregada por el Directorio de la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (CNTTTSV). La solicitud ha de ser presentada junto a un estudio de factibilidad educativa, técnica, comercial y de servicios. Si se aceptara la solicitud, los interesados cuentan con un plazo de 180 días para hacer la inversión en: infraestructura. equipamiento. vehículos. Esta solicitud debe contener los siguientes datos: 1. Identificación de la persona jurídica solicitante. 2. Nombre del representante legal. 3. Petición de que se requiere una autorización para el establecimiento y creación de una Escuela de Conductores Profesionales. 4. Determinar en qué domicilio va a funcionar la Escuela. 5. El estudio técnico económico de factibilidad. Tendrán además que cumplir lo requerido en el artículo 188 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial . Estos requisitos son: 1. Tener como objeto social específico la educación y seguridad vial. 2. Tener una infraestructura física, vehículos y los materiales necesarios para el aprendizaje teórico/práctico. 3. Mantener un cuerpo directivo y docente idóneo. Una vez que la CNTTTSV nos haya autorizado a crear la escuela, necesitaremos una AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO. El

Requisitos Para Abrir Escuela Choferes Profesionales

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REQUISITOS ESCUELA CHOFERES

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Page 1: Requisitos Para Abrir Escuela Choferes Profesionales

Para abrir una escuela de conductores profesionales, necesitaremos una AUTORIZACIÓN DE CREACIÓN. Esta autorización es entregada por el Directorio de la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (CNTTTSV).

La solicitud ha de ser presentada junto a un estudio de factibilidad educativa, técnica, comercial y de servicios. Si se aceptara la solicitud, los interesados cuentan con un plazo de 180 días para hacer la inversión en:

infraestructura. equipamiento. vehículos.

Esta solicitud debe contener los siguientes datos:

1. Identificación de la persona jurídica solicitante.2. Nombre del representante legal.3. Petición de que se requiere una autorización para el establecimiento y creación de

una Escuela de Conductores Profesionales.4. Determinar en qué domicilio va a funcionar la Escuela.5. El estudio técnico económico de factibilidad.

 

Tendrán además que cumplir lo requerido en el artículo 188 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Estos requisitos son:

1. Tener como objeto social específico la educación y seguridad vial.2. Tener una infraestructura física, vehículos y los materiales necesarios para el

aprendizaje teórico/práctico.3. Mantener un cuerpo directivo y docente idóneo.

Una vez que la CNTTTSV nos haya autorizado a crear la escuela, necesitaremos una AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO. El órgano encargado es también la CNTTTSV, con informe favorable del Director Ejecutivo Nacional. Para obtener la autorización de funcionamiento, es necesario cumplir todos los requisitos establecidos en 012-DIR-2011-CNTTTSV   Reglamento de Escuelas de Conducción e Institutos Superiores de Capacitación para Conductores Profesionales.

 La autorización de funcionamiento incluirá los siguientes datos:

1. Identificación de la persona jurídica solicitante.2. El nombre del representante legal.3. La petición de que se requiere autorización para el funcionamiento.4. Determinación del domicilio.

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