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RESOLUCIÓN 333/2017 DISPONIBLE EN: http://www.ada.gba.gov.ar/normativa/RESOLUCIONES/RESOL333-2017.pdf

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RESOLUCIÓN333/2017

DISPONIBLE EN: http://www.ada.gba.gov.ar/normativa/RESOLUCIONES/RESOL333-2017.pdf

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RESOLUCIÓN / NORMATIVA

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ARTÍCULO 1º PROCESOS AUTOMATIZADOS CON FIRMA DIGITAL:

Aprobar como Anexo Único del presente el “Reglamento de los procesos para obtención de prefactibilidad, autorizaciones y permisos¨ bajo la modalidad de una ejecución automatizada con firma digital, el cual comprende los Procesos de: Registro y Alta de Usuarios; Registro y Alta de Inmueble; Prefactibilidad; Obtención de Autorizaciones y Permisos sobre Aptitud Hidráulica, Explotación Hídrica y Vuelco de Efluentes.

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Ley Nº 12.257 “Código de Aguas” de la Provincia de Buenos Aires.

Decreto 3511/07, sobre la “Reglamentación del Código de Aguas”.

Decreto 266/02, sobre la “Estructura organizativa de la Autoridad del Agua y funciones”.

Resolución 336/2003 ¨Parámetros de descarga admisibles”.

Ley N° 14.828 “Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires”.

Decreto N° 39/15 B, y su modificatorio N° 341/16 sobre las competencias de la Subsecretaría para la Modernización del Estado.

Ley Nacional Nº 25.506 “Firma digital”.

Ley Nº 13.666 reglamentada por Decreto N° 305/12, de adhesión a la ley nacional de firma digital.

LA RESOLUCIÓN ESTA SUSTENTADA EN LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES SEGÚN SE DETALLA :

ARTÍCULO 1º PROCESOS AUTOMATIZADOS CON FIRMA DIGITAL:

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ARTÍCULO 2°IMPLEMENTACIÓN DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN LA ADA

Disponer la implementación del expediente electrónico -regulado por el Decreto N° 1018/16 y normas reglamentarias- para las actuaciones vinculadas con las Autorizaciones y Permisos regulados por la presente resolución. Ello en la oportunidad descripta en el Anexo Único.

El software seleccionado como plataforma tecnológica sobre el cual se desarrollaron todos los procesos, denominado BIZAGI, ha sido reconocido por las más importantes firmas de analistas de Tecnología y BPM (business process management) en el mundo (Gartner – Forrester – mdw Advisors – Fraunhofer, entre otros), como una solución capaz de automatizar procesos complejos gracias a su enfoque ágil de los problemas de automatización, empleando las reglas de BPM y utilizando Business Process Model and Notation.

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RESOLUCIÓN / DEROGACIÓN

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RESOLUCIÓN333/2017

ARTÍCULO 8°DEROGACIÓN

Derogar las Resoluciones ADA N° 04/04, 209/04, 289/08, 1012/09, 165/10, 183/10, 234/10, 660/11, 338/12, 371/12, 517/12, 519/12, 465/13, 636/14, 734/14, 355/15, 135/16 y toda otra norma que se oponga o contradiga la presente, con excepción del régimen de ultra actividad establecido en el artículo 6° de la presente.

Se derogan Resoluciones que establecieron REQUISITOS para trámites de disponibilidad, certificaciones y permisos en la temática de Aptitud Hidráulica, Explotación de Aguas Subterráneas y Superficiales,

Vuelco de Efluentes Líquidos

Se derogan Resoluciones de creación e instrumentación del BUDURH – Banco Único de Datos de Usuarios del Recurso Hídrico

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Resolución 04/2004

Resolución 209/2004

Resolución 289/2008

Resolución 1012/2009

Resolución 165/2010

Resolución 183/2010

Requisitos para la certificación de Aptitud Hidráulica y aprobación de Proyectos Hidráulicos de Saneamiento.

Establécense los requisitos mínimos a cumplimentar para solicitar la autorización de explotación de agua para riego y uso agropecuario.

Requisitos necesarios para la presentación de solicitudes de permisos de perforación, permisos de explotación, de obras de evacuación de excretas, etc.

Requesitos certificado de explotación del recurso hídrico así como para la aprobación de las obras de recolección, tratamiento y emisión de efluentes líquidos gestionados por los microemprendimientos.

Establecer los requisitos mínimos a cumplimentar, para solicitar la Disponibilidad de Agua Potable, los Permisos de Perforación para Abastecimiento de Agua Potable proveniente de Perforaciones individuales y la aptitud del suelo para recibir Vuelco de Excretas (pozos absorbentes, drenes de infiltración u otro sistema individual), para abastecer viviendas unifamiliares o multifamiliares en zonas sin servicio público de agua y cloacas, como así también en zonas comprendidas dentro de áreas concesionadas.

Establecer el estricto cumplimiento de lo normado en la Resolución ADA N° 165/10, para aquellos trámites cuya fecha de inicio sea posterior a la entrada en vigencia de la misma.

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Resolución 234/2011

Resolución 660/2011

Resolución 338/2012

Resolución 371/2012

Resolución 517/2012

Resolución 519/2012

Resolución 465/2013

Resolución 636/2014

REQUISITOS para todo espejo de agua a construir, dentro de un emprendimiento urbanístico, se deberá presentar, ante la Autoridad del Agua, para su aprobación, un proyecto de lo que se ha previsto ejecutar.

Creación BUDURH Banco Único de Datos de Usuarios de los Recursos Hídricos.

Tasa de Efluentes.

Nomenclador de Actividad y Valor Guía de Riesgo y Mayor Control.

Regular los establecimientos que realizan vuelcos discontinuos de sus efluentes líquidos. Formulario para descargar.

Establece criterio de aplicación para el cobro de las tasas establecidas.

Ordena los requerimientos y procedimientos de ingreso al BUDURH, como así también las penalizaciones a aplicarse.

Derogar resolución ADA 698/2010 y establecer como requisito para los trámites de Permisos de Explotación y Vuelco establecidos en la Ley 12.257 y concordantes que el interesado solicite a las prestatarias del Servicio Público de abastecimiento de agua la Factibilidad de Satisfacción de las demandas de agua y servicio de colección y transporte de aguas residuales tratadas, relacionadas con la actividad que desarrolla.

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Resolución 734/2014

Resolución 355/2015

Resolución 135/2016

Procedimiento para la obtención de Permisos de los proyectos a desarrollar como así también la regularización de los establecimientos en funcionamiento. Deroga Resolución ADA 82/2012.

Establece que para solicitar el Permiso Conjunto previsto en la Resolución ADA 734/14 en concepto de recupero por los gastos de inspección se deberá abonar una suma equivalente a 83 litros de gasoil grado 3, al valor promedio relevado por la Secretaría de Energía de la Nación.

Restablecer el procedimiento administrativo para las actuaciones que promuevan la obtención de Permisos ante este Organismo.

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PROCESOS

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PROCESOSTRÁMITES

REGISTRO:

REGISTRO:

PREFACTIBILIDAD:

Registro y Alta de Usuarios

Registro y Alta del Inmueble (UGE)

Prefactibilidad Datos que se solicitan en las anteriores DDJJ. Si es necesario la ADA solicitará información adicional. La ADA Valida, Categoriza y luego EVALÚA (en la evaluación se puede pedir el trámite priorizado).

Entraría en funcionamiento a partir del10 de Julio de 2017

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PROCESOSTRÁMITES

DURACIÓN: LOS PERMISOS: Disponer que los permisos que otorga la Autoridad del Agua son de naturaleza precaria y por lo tanto esencialmente revocables, sin derecho a indemnización. Sin perjuicio de ello, déjase establecido que para revocar los permisos, deberán expresarse las causas que así lo determinen de acuerdo con lo descripto en el Anexo Único I.H.Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, los permisos tendrán una vigencia de 4 años, tal como se establece en el Anexo Único apartado I.F.Los permisos podrán renovarse presentando la información y documentación establecidas en el Anexo Único apartado I.G., siempre que se encuentren aprobadas las condiciones técnicas y administrativas allí establecidas para el permiso cuya renovación se pretenda.

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PROCESOSTRÁMITES

AUTORIZACIONES: PERMISOS:

•Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO).

•Autorización de Perforación (A-P).

•Autorización de ejecución de Obra

para Explotación Superficial (AEO Sup).

•Aptitud Tecnológica para Vertidos

(ATPV).

•Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH).

•Permiso de Explotación Subterránea.

•Permiso de Explotación Superficial.

•Permiso de Vuelco.

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PROCESOS ADA / RESPONSABLES

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PROCESOS ADA / RESPONSABLESTRÁMITES

•Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO)

Documento: -Informe de Inspección (a requerimiento).-Estudio Técnico AHPO.-Aval Técnico .-Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Límites y Restricciones al Dominio ADA.-Jefe Departamento de Proyecto de terceros DPOH. -Jefe Dpto. Límites y Restricciones al Dominio ADA. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

Documento: -Informe de Inspección (a requerimiento).-Disposición Técnica de CAH.-Inspección de oficio.-Aval Técnico.-Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Límites y Restricciones al Dominio ADA.-Jefe Departamento de Proyecto de terceros DPOH. -Jefe Dpto. Límites y Restricciones al ADA. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

•Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH)

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PROCESOS ADA / RESPONSABLESTRÁMITES

•Autorización de Perforación (A-P)

Documento: -Estudio Técnico A-P.-Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Aval Técnico.-Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Evaluación de Proyectos.-Jefe Dpto. Preservación. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

•Permiso de Explotación Subterránea

Documento: -Estudio Técnico Permiso Expl. Subt.-Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Aval Técnico.-Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Evaluación de Proyectos.-Jefe Dpto. Preservación. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

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PROCESOS ADA / RESPONSABLESTRÁMITES

•Autorización de Ejecución de Obra para Explotación Superficial (AEO Sup)

Documento: -Estudio Técnico AEO-Sup.-Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Aval Técnico. -Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Evaluación de Proyectos.-Jefe Dpto. Preservación. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

Documento: -Estudio Técnico Permiso Expl. Sup.-Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Aval Técnico. -Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Evaluación de Proyectos.-Jefe Dpto. Preservación. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

•Permiso de Explotación Superficial

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PROCESOS ADA / RESPONSABLESTRÁMITES

•Aptitud Tecnológica para Vertidos (ATPV) •Permiso de Vuelco

Documento: -Estudio Técnico ATPV.-Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Aval Técnico. -Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Evaluación de Proyectos.-Jefe Dpto. Preservación. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

Documento: -Estudio de Impacto Ambiental (a requerimiento).-Laboratorio.-Informe Técnico de Permiso.-Aval Técnico. -Resolución.

Área responsable:-Jefe Dpto. Preservación.-Jefe Div. Laboratorio.-Jefe Dpto. Evaluación de Proyecto. Gerente de Procesos.Directorio ADA.

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TASAS

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TASAS RESOLUCIÓN333/2017

REGISTRO:

PREFACTIBILIDAD:

•Registro y Alta de Usuarios > Sin Costo.

•Registro y Alta del Inmueble (UGE) > Sin Costo.

•Trámite normal > 100 lts gasoil grado 3

•Trámite priorizado > +100 lts gasoil grado 3

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TASAS RESOLUCIÓN333/2017

AUTORIZACIONES:

•Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO) > Inicio de Trámite: 100 lts gas oil grado 3. Tasa: Categoría 1 > Sin Costo. Categoría 2 y 3 > 1,8% Presupuesto Aprobado de Obra (PAO).

•Autorización de Perforación (A-P) > Inicio de Trámite: 100 lts gas oil grado 3. Tasa: Categoría 1 > Sin Costo. Categoría 2 y 3 > 1,5% Presupuesto Aprobado de Obra (PAO). 0,5% para Empresas de AyS.

•Autorización de Ejecución de Obra para Explotación Superficial (AEO Sup) > Inicio de Trámite: 100 lts gasoil grado 3. Tasa: 1,5% Presupuesto Aprobado de Obra (PAO). 0,5% para Empresas de AyS.

•Aptitud Tecnológica para Vertidos (ATPV) > Inicio de Trámite: 100 lts gasoil grado 3. Tasa: 1,5% Presupuesto Aprobado de Obra (PAO). 0,5% para Empresas de AyS.

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TASAS RESOLUCIÓN333/2017

PERMISOS:

•Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH). Tasa: Categoría 1 > Sin Costo. Categoría 2 y 3 > Sin AHPO 3,3% PAO. Con AHPO 1,5% PAO.

•Permiso de Explotación Subterránea. Tasa: Categoría 1 > Sin Costo. Categoría 2 y 3 > 1,5% PAO. 0,5% para Empresas de AyS.

•Permiso de Explotación Superficial. Tasa: Sin AEO 3% PAO - 1% para Empresas de AyS. Con AEO 1,5% PAO - 0,5% para Empresas de AyS.

•Permiso de Vuelco. Tasa: Sin ATPV 3% PAO - 1% para Empresas AyS. Con ATPV 1,5% PAO - 0,5% para Empresas de AyS.

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RIESGO

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RIESGO RESOLUCIÓN333/2017

Aptitud Hidráulica

Categoría 1 (Riesgo Bajo).Condiciones hidráulicas suficientes (es una de las tres condiciones expresadas): Se encuentra dentro del ejido urbano (Si se cumple este criterio, se dan por cumplidos los otros tres criterios de este tipo: b; c; d). Se encuentra dentro de un parque industrial (Si se cumple este criterio, se dan por cumplidos los otros tres criterios de este tipo: b; c; d).Se encuentra en zona de uso de suelo rural exclusiva.Posee una superficie cubierta inferior a los 2000 m2;La cota de fundación es superior a la cota de inundación en 2 metros; No tiene capacidad potencial de afectar a terceros ni al medioambiente con anegamientos o escorrentía superficial.

El proyecto posee una superficie cubierta superior a 2000 m2 e inferior a los 5000 m2.La cota de fundación es superior a la cota de inundación en 1 metro e inferior a 2 metros. Tiene una capacidad potencial baja de afectar a terceros y al medio ambiente con anegamientos y con escorrentía superficial.

El proyecto / obra posee una superficie cubierta superior a los 5000 m2.La cota de fundación es igual o menor a la cota de inundación.Tiene capacidad real de afectar a terceros y al medio ambiente con anegamientos y con escorrentía superficial.

Criterios para clasificar los niveles de riesgo

Categoría 2 (Riesgo Medio).

Categoría 3 (Riesgo Alto)

Nivel de Riesgo ¨NO ACEPTABLE¨.Emprendimiento ubicado en la zona de restricción al dominio.Zona Inundable sin posibilidades de solución por obra civil.Cota de fundación no aceptable.Afectación a linderos sin posibilidades de solución por obra civil.Externalidades negativas que no tienen una solución potencial.

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RIESGO RESOLUCIÓN333/2017

Explotación Hídrica

Categoría 1 (Riesgo Bajo)Para todos los usos, excepto el riego productivo complementario, el caudal de explotación del recurso hídrico  subterráneo y/o superficial  debe ser igual o inferior a 10 m3/día.   Para riego productivo complementario con una capacidad instalada por pozo de explotación del recurso hídrico subterráneo y / o superficial debe ser igual o inferior a 150 m3/h.

Para todos los usos, excepto el riego productivo complementario, el caudal de explotación del recurso hídrico  subterráneo y/o superficial  es superior a 10 m3/día e inferior o igual a 100 m3/día. Para riego productivo complementario, con una capacidad instalada por pozo de explotación del recurso hídrico subterráneo y / o superficial debe ser superior a 150 m3/h e inferior a 200 m3/h.

Para todos los usos, excepto el riego productivo complementario, el caudal de explotación del recurso hídrico  subterráneo y/o superficial superior a 100 m3/d. Para riego productivo complementario con una capacidad instalada por pozo de explotación del recurso hídrico subterráneo y / o superficial debe ser superior a 200 m3/h.

Criterios para clasificar los niveles de riesgo

Categoría 2 (Riesgo Medio)

Categoría 3 (Riesgo Alto)

Nivel de Riesgo ¨NO ACEPTABLE¨.La fuente del recurso hídrico no posee la disponibilidad suficiente para ser explotada en los niveles exigidos (Cantidad y/o calidad).

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RIESGO RESOLUCIÓN333/2017

Pre-factibilidad de Vuelco

Categoría 1 (Riesgo Bajo)Cuando no es exigible una planta de tratamiento o ésta es de muy baja complejidad, ya que los efluentes son compatibles a efluentes cloacales  y dentro de rangos establecidos en los estándares de calidades propuestos en la normativa vigente  para los cuerpos  receptores adoptados  (con o sin tratamiento).

Cuando el vuelco real o exige instalar una planta de tratamiento, dado que los efluentes no son compatibles a efluentes cloacales  y no satisfacen los estándares de calidad establecidos en la normativa vigente de acuerdo a los cuerpos receptores adoptados. Ante un accidente en la planta de tratamiento no se genera riesgo inminente o mediato en la salud de la población y/ o el recurso hídrico. El esfuerzo de remediación es bajo.

Cuando el vuelco real o potencial exige instalar una planta de tratamiento de media o alta complejidad, dado que los efluentes no son compatibles a efluentes cloacales, están fueras de los rangos establecidos en los estándares de calidad de la normativa vigente y poseen algunas de las siguientes características o componentes: potencialidad explosiva y/o toxicidad y/o capacidad corrosiva. Ante un accidente en la planta de tratamiento, se genera riesgo inminente o en el mediano/ largo plazo a la salud de la población y/ o el recurso hídrico. Impone ejecutar un fuerte esfuerzo de remediación.

Criterios para clasificar los niveles de riesgo

Categoría 2 (Riesgo Medio)

Categoría 3 (Riesgo Alto)

Nivel de Riesgo ¨NO ACEPTABLE¨.Cuando a pesar de operar una planta de tratamiento, en caso de vuelco por accidente, se podría generar un daño irreversible en el cuerpo receptor.

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APTITUD HIDRÁULICA PARA OBRA (AHPO)

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Este proceso tiene por finalidad, ejecutar todas las actividades necesarias para evaluar la aptitud hidráulica de un proyecto u obra potencial, para emitir una autorización que habilita al desarrollo de ésta, en caso que se la considere apta desde el punto de vista hidráulico.

La ejecución del proceso es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Proyecto”, u “Obra en ejecución” (No lo es si la condición de proyecto es “Obra ejecutada”).

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la prefactibilidad hidráulica (Categoría 2 – Categoría 3).

•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar una autorización - AHPO.

•Tener aprobado el certificado de prefactibilidad.

•Pago de la gestión del trámite (100 litros de Gasoil grado 3).

AUTORIZACIÓN Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO)

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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•Planos de ubicación y planos de cuenca.

•Planimetría existente y planimetría de proyecto (Para próximos a cursos de agua, indicar línea de ribera y restricción).

•Perfiles transversales existentes y proyectados.

•Perfiles longitudinales y transversales fuera de los límites del predio hasta el colector natural de la zona.

•Perfil longitudinal de conducciones y canalizaciones, si la hubiere.

•Ubicación y detalle de las obras de arte si las hubiere.

AUTORIZACIÓN Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO)

RESOLUCIÓN333/2017

Información básica requerida

•Memoria descriptiva.

•Memoria técnica.

•Cómputos y presupuestos.

•En caso de proponerse un cambio de restricción al dominio, cálculo y modelación.

•Contratos profesionales, planilla anexa.Ordenanzas municipales para uso de suelo (cuando corresponda).

•Estudio de Impacto ambiental.Condiciones de técnicas/ administrativas de aprobación y rechazo.

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AUTORIZACIÓN Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO)

RESOLUCIÓN333/2017

Condiciones Técnicas/Administrativas de Aprobación•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.•Conducción de excedentes hacia el colector natural de la zona.•Se respeten los límites y restricciones hidráulicas al dominio.•El proyecto no afecta su conexión con el entorno.•El estudio de impacto ambiental está aprobado.De Rechazo•No conduce excedentes hacia el colector natural de la zona.•No se respetan los límites y restricciones hidráulicas al dominio.•El proyecto afecta su conexión con el entorno.•El estudio de impacto ambiental está desaprobado.

Condiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

CONSTANCIA DE APTITUDHIDRÁULICA (CAH)

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Este proceso tiene por finalidad, evaluar si un proyecto al cual se le otorgó la AHPO, o bien una obra que ya se encuentra ejecutada, está adecuada desde el punto de vista hidráulico (sin consecuencias hidráulicas negativas para el propio proyecto; terceros o el medioambiente), y como tal se le emite una resolución de constancia de aptitud hidráulica.

La ejecución del proceso de CAH es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Obra ejecutada”.

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la prefactibilidad hidráulica (Categoría 2 – Categoría 3).

•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar una autorización - CAH.

•Tener aprobado el certificado de prefactibilidad.

•Puede o no tener la AHPO otorgada. En caso que no la posea corresponderá aplicar una multa, e igualmente se deberá abonar el trámite de AHPO.

PERMISO Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH)

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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PERMISO Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH)

RESOLUCIÓN333/2017

Documentación e información básica que será requerida si declara la obra sin AHPO•Planos de ubicación y planos de cuenca.•Planimetría de la obra ejecutada (Para próximos a cursos de agua, indicar línea de ribera y restricción).•Perfiles transversales de la obra ejecutada.•Perfiles longitudinales y transversales fuera de los límites del predio hasta el colector natural de la zona.•Perfil longitudinal de conducciones y canalizaciones, si la hubiere.•Planos de obras accesorias.•Memoria descriptiva de la obra ejecutada.

•Memoria técnica de la obra ejecutada.•Cómputos y presupuestos de la obra ejecutada.•En caso de proponerse un cambio de restricción al dominio, cálculo y modelación..•Contratos profesionales por medición e informe técnico y planilla anexa.Ordenanzas municipales para uso de suelo (en caso de que corresponda).•Fecha de inicialización de las actividades en la Industria o Finalización de la obra proyectada.•Estudio de Impacto ambiental.

Información básica requerida

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Documentación e información básica que será requerida con AHPO

•AHPO.

•Planos conforme a obra.

•Planimetría de la obra ejecutada.

•Perfiles transversales de la obra ejecutada.

•Perfiles longitudinales y transversales fuera de los límites del predio hasta el colector natural de la zona.

•Memoria descriptiva de la obra ejecutada.

•Memoria técnica de la obra ejecutada.

•Cómputos y presupuestos de la obra ejecutada.

•Contratos profesionales, planilla anexa y fotocopia de la boleta de aportes a la Caja.

•Provisional de la obra ejecutada.

PERMISO Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH)

RESOLUCIÓN333/2017

Información básica requerida

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PERMISO Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH)

RESOLUCIÓN333/2017

De aprobación•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.•Conducción de excedentes hacia el colector natural de la zona.•Se respeten los límites y restricciones hidráulicas al dominio.•El proyecto no afecta su conexión con el entorno.•El estudio de impacto ambiental está aprobado.De rechazo•No conduce excedentes hacia el colector natural de la zona.•No se respetan los límites y restricciones hidráulicas al dominio.•El proyecto afecta su conexión con el entorno.•El estudio de impacto ambiental está desaprobado.•En caso de deuda con la ADA, que ésta no este cancelada o regularizada con un plan de pago.

Condiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

AUTORIZACIÓN DE PERFORACIÓN (A-P)

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Este proceso desarrolla todas las actividades necesarias para evaluar el proyecto (obra), de un pozo de captación de agua subterránea, con la finalidad de emitir una autorización que habilita al desarrollo de ésta, luego de considerar que es apta desde el punto de vista hidrogeologico y ambiental.

La ejecución del proceso es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Proyecto” u “Obra en ejecución” (No lo es si la condición de proyecto es “Obra ejecutada”).

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la pre factibilidad de explotación (Categoría 2 – Categoría 3).

•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar una autorización A-P.

•Certificado de Pre factibilidad.

•Pago de la gestión del trámite (100 litros de Gasoil grado 3).

AUTORIZACIÓNAutorización de perforación (A-P)

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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AUTORIZACIÓNAutorización de perforación (A-P)

RESOLUCIÓN333/2017

•Certificado de Ejercicio Profesional.

•Informe Hidrogeológico.

•Documentación gráfica (plano detalle de instalaciones, diagrama tentativo de entubamiento, Ubicación de las obras a declarar).

•Certificado de prestación de servicios.

•Cómputo y presupuesto.

Información básica requerida

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AUTORIZACIÓNAutorización de perforación (A-P)

RESOLUCIÓN333/2017

De Aprobación

•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.

•Exista disponibilidad del recurso.

•Porque es sustentable en el tiempo el proyecto.

•No exista capacidad de la prestaría para abastecer la necesidad.

•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).

•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.De Rechazo

•No exista disponibilidad del recurso.

•No es sustentable en el tiempo el proyecto.

•El estudio de impacto ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).

•No es factible la obra declarada en función de caudales.

Condiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

PERMISO DE EXPLOTACIÓNSUBTERRÁNEA

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Este proceso tiene por finalidad, evaluar si un proyecto al cual se le otorgó la autorización de perforación, o bien una obra que ya se encuentra ejecutada, está adecuada desde el punto de vista hidrológico y ambiental, y como tal, se le emite una resolución de permiso de explotación subterránea.

La ejecución del proceso del permiso de explotación es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Obra ejecutada”.

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta el permiso de explotación (Categoría 2 – Categoría 3).

PERMISOPermiso de Explotación Subterránea

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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PERMISOPermiso de Explotación Subterránea

RESOLUCIÓN333/2017

Sin haber obtenido autorización de perforación.•Certificado de Ejercicio Profesional.•Informe hidrogeológico.•Documentación gráfica (plano detalle de instalaciones, diagrama tentativo de entubamiento, Ubicación de las obras a declarar).•Fecha de cuando inició operaciones de explotación o finalización de obra del proyecto planteado.•Protocolos de análisis físico químico y bacteriológicos con cadena de custodia / ADA.•Cómputo y presupuesto.Con la autorización de perforación ya obtenida previamente•Autorización de perforación.•Certificado de Ejercicio Profesional.•Informe hidrogeológico.•Documentación gráfica definitiva (plano según obra de instalaciones, diagrama de entubamiento, Ubicación de las obras).•Certificado de prestación de servicios.•Cómputo y presupuesto.

Información básica requerida

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De aprobación

•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.

•Exista disponibilidad del recurso.

•Porque es sustentable en el tiempo el proyecto.

•No exista capacidad de la prestaría para abastecer la necesidad.

•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).

•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.De rechazo

•No exista disponibilidad del recurso.

•No es sustentable en el tiempo el proyecto.

•El estudio de impacto ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).

•No es factible la obra declarada en función de caudales.

PERMISOPermiso de Explotación Subterránea

RESOLUCIÓN333/2017

Condiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓNDE OBRA PARA EXPLOTACIÓN SUPERFICIAL (AEO Sup)

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Este proceso desarrolla todas las actividades necesarias para evaluar el proyecto (obra), que debe desarrollarse para una captación de agua superficial, con la finalidad de emitir una autorización que habilita al desarrollo de ésta, luego de considerar que es apta desde el punto de vista hidráulico y ambiental.

La ejecución del proceso es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Proyecto” u “Obra en ejecución” (No lo es si la condición de proyecto es “Obra ejecutada”).

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la pre factibilidad de explotación superficial (Categoría 2 – Categoría 3).

•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar una autorización AEO de explotación superficial.

•Certificado de Pre factibilidad.

•Pago de la gestión del trámite (100 litros de Gasoil grado 3).

AUTORIZACIÓNDe ejecución de obra para Explotación Superficial (AEO Sup)

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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•Certificación del Operador del Servicio Sanitario referente a la prestación o no de los mismos en el predio en cuestión.

•Memoria descriptiva del emprendimiento.

•Memoria técnica.

•Plano de implantación general del predio con la obra a realizar.

•Plano de detalle de la obra de captación.

•Cómputo y Presupuesto.

•Contrato de Ingeniería por proyecto y dirección técnica y planilla anexa.

•Cronograma de tareas.

AUTORIZACIÓNDe ejecución de obra para Explotación Superficial (AEO Sup)

RESOLUCIÓN333/2017

Información básica requerida

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De aprobación

•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.

•Porque es sustentable en el tiempo el proyecto.

•No exista capacidad de la prestaría para abastecer la necesidad.

•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).

•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.De rechazo

•No exista disponibilidad del recurso.

•No es sustentable en el tiempo el proyecto.

•El estudio ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).

•No es factible la obra declarada en función de caudales.

AUTORIZACIÓNDe ejecución de obra para Explotación Superficial (AEO Sup)

RESOLUCIÓN333/2017

Condiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

PERMISO DE EXPLOTACIÓNSUPERFICIAL

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Este proceso tiene por finalidad, evaluar si un proyecto al cual se le otorgó la autorización de obra superficial, o bien una obra que ya se encuentra ejecutada, está adecuada desde el punto de vista hidráulico y ambiental, y consecuentemente, se le emite una resolución de permiso de explotación superficial.

La ejecución del proceso del permiso de explotación es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Obra ejecutada”.

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la autorización de perforación (Categoría 2 – Categoría 3).

•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar una autorización de explotación superficial:-Tener aprobado el certificado de pre-factibilidad.-Puede o no tener el permiso de Autorización de Ejecución de Obra Superficial. En caso que no la posea corresponderá aplicar una multa, e igualmente se deberá abonar el trámite de permiso de perforación.

PERMISOPermiso de Explotación Superficial

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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Sin AEO de Explotación Superficial•AHPO aprobada.•Memoria descriptiva del emprendimiento.•Memoria técnica.•Plano de implantación general del predio de la obra realizada.•Plano de detalle de la obra de captación.•Cómputo y Presupuesto.•Contrato de Ingeniería por medición e informe técnico y planilla anexa.•Fecha de Inicio Operaciones de la industria o finalización de obra del proyecto planteado.Con AEO Explotación Superficial•AHPO aprobada y la AEO de explotación Superficial.•Memoria descriptiva del emprendimiento.•Memoria técnica.•Plano de implantación general del predio según obra.•Plano de detalle de la obra de captación según obra.•Cómputo y Presupuesto según obra.•Contrato de Ingeniería y planilla anexa por proyecto y dirección.

PERMISOPermiso de Explotación Superficial

RESOLUCIÓN333/2017

Información básica requerida

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Condiciones Técnicas/Administrativas de Aprobación•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.•Porque es sustentable en el tiempo el proyecto.•No exista capacidad de la prestaría para abastecer la necesidad.•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.Condiciones Técnicas/Administrativas de Rechazo (No aprobación)•No exista disponibilidad del recurso.•No es sustentable en el tiempo el proyecto.•El estudio de impacto ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).•No es factible la obra declarada en función de caudales.•Afecta las actividades generales a desarrollar por terceros en el área de la toma declara.•Poseer deuda con la ADA y que ésta no se encuentre cancelada o regularizada bajo un plan de pagos.

PERMISOPermiso de Explotación Superficial

RESOLUCIÓN333/2017

Condiciones Técnicas/Administrativas de Aprobacide aprobación y rechazoCondiciones de aprobación y rechazo

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RESOLUCIÓN333/2017

AUTORIZACIÓN APTITUD TECNOLÓGICAPARA VERTIDOS INDUSTRIALES (ATPV)

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Este proceso tiene por finalidad, ejecutar todas las actividades necesarias para evaluar la aptitud tecnológica para ejecutar vertidos industriales de un proyecto u obra potencial, a los fines de emitir una autorización que habilita al desarrollo de ésta, si se la considera apta cómo solución tecnológica de tratamiento de los vertidos, ya que éstos se encuentran dentro de los parámetros de vuelco establecidos.

La ejecución del proceso es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:

•La condición de proyecto es: “Proyecto” u “Obra en ejecución” (No lo es si la condición de proyecto es “Obra ejecutada”).

•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la prefactibilidad hidráulica (Categoría 2 – Categoría 3).

AUTORIZACIÓNAptitud Tecnológica para Vertidos Insdustriales (ATPV)

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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AUTORIZACIÓNAptitud Tecnológica para Vertidos Insdustriales (ATPV)

RESOLUCIÓN333/2017

•Planos de implantación general.•Planos de detalle de las unidades de tratamiento.•Memoria descriptiva.•Memoria técnica.•Cómputo y presupuesto.•Contrato de ingeniería celebrado por proyecto y dirección técnica de obra.•Cronograma de tareas.•Condiciones de aprobación y rechazo•Condiciones Técnicas/Administrativas de Aprobación:•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.•Los valores de parámetros de vuelco son

acordes al cuerpo receptor declarados.•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.•Es sustentable en el tiempo el proyecto.•Condiciones Técnicas/Administrativas de Rechazo (No aprobación):•No es sustentable en el tiempo el proyecto.•Los valores de parámetros de vuelco no son acordes al cuerpo receptor declarados.•El estudio de impacto ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).•No es factible la obra declarada en función de caudales.

Información básica requerida

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PERMISO DE VUELCO

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Este proceso tiene por finalidad, evaluar si un proyecto al cual se le otorgó la ATPV, o bien una obra que ya se encuentra ejecutada, está adecuada desde el punto de vista tecnológico para tratar los vertidos industriales que están proyectados volcar sin afectar el cuerpo receptor fuera de los parámetros de calidad que están establecidos, y como tal se le emite una resolución de constancia de aptitud hidráulica.

La ejecución del proceso de permiso de vuelco es obligatoria si se cumplen las siguientes dos situaciones:•La condición de proyecto es: “Obra ejecutada”.•Tiene una clasificación de riesgo medio o alta en la prefactibilidad hidráulica (Categoría 2 – Categoría 3).•Requisitos o exigencias que habilitan a solicitar un permiso de vuelco:•Tener aprobado el certificado de prefactibilidad.•Puede o no tener otorgada la Aptitud Tecnológica para Vertidos (ATPV). En caso que no la posea corresponderá aplicar una multa e igualmente se deberá abonar el trámite de (ATPV).

PERMISOPermiso de Vuelco

RESOLUCIÓN333/2017

Concepto y finalidad

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•Documentación e información básica que será requerida (Sin ATPV).•AHPO aprobado, AEO de Explotación Superficial y/o subterránea y Certificado de Prefactibilidad.•Planos de implantación general según obra.•Planos de detalle de las unidades de tratamiento según obra.•Memoria descriptiva.•Memoria técnica.•Cómputo y presupuesto.•Fecha de Cuando inició la Operación de Vuelco de Vertidos.•Contrato de ingeniería celebrado por medición e informe técnico.

PERMISOPermiso de Vuelco

RESOLUCIÓN333/2017

Información básica requerida

•Documentación e información básica que será requerida (Con ATPV):•AHPO aprobado y la AEO de explotación Superficial.•Planos de implantación general según obra.•Planos de detalle de las unidades de tratamiento según obra.•Memoria descriptiva.•Memoria técnica.•Cómputo y presupuesto según obra.•Contrato de ingeniería celebrado por proyecto y dirección técnica de obra.•Cronograma de tareas (inicio de la puesta en marcha y cuando está en régimen).

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PERMISOPermiso de Vuelco

RESOLUCIÓN333/2017

Condiciones Técnicas/Administrativas de Aprobación•Presentación de toda la información en tiempo y forma con el pago de trámite apropiado.•Los valores de parámetros de vuelco son acordes al cuerpo receptor declarados, previa obtención de muestras.•El estudio de impacto ambiental está aprobado (en caso que sea requerido).•Factibilidad técnica de la obra declarada en función de caudales.•Es sustentable en el tiempo el proyecto.Condiciones Técnicas/Administrativas de Rechazo (No aprobación)•No es sustentable en el tiempo el proyecto.•El estudio de impacto ambiental está desaprobado (en caso que sea requerido).•No es factible la obra declarada en función de caudales.•Los valores de parámetros de vuelco no son acordes al cuerpo receptor declarados, previa obtención de muestras.•No cumple con la fecha estipulada para que esté finalizada la puesta en régimen.No aprobación de la puesta en régimen.

Condiciones de aprobación y rechazo

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DOCUMENTACIÓN

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•Certificado de Ejercicio Profesional.

•Informe Hidrogeológico.

•Plano de las Instalaciones (Diagrama de entubamiento – Ubicación de obras).

•Protoco de Análisis Fqco Bacteriológico con cadena de custodia / ADA.

•Cómputo y Presupuesto.

DOCUMENTACIÓN Explotación Subterránea

RESOLUCIÓN333/2017

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•Plano General de la Planta – Plano de Detalle de las unidades de Tratamiento – Perfil Hidráulico.

•Memoria Descriptiva – Memoria Técnica.

•Cómputo y Presupuesto.

•Contrato de Ingeniería celebrado por Proyecto y Dirección Técnica.

•Contrato de Ingeniería celebrado por Medición e informe Técnico.

•Cronograma de Tareas ( Hitos ) Inicio y puesta en régimen.

DOCUMENTACIÓN Vuelco

RESOLUCIÓN333/2017

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•Certificación del prestador de Servicio de agua Potable.

•Memoria Descriptiva del Emprendimiento.

•Memoria Técnica.

•Plano general del predio con la obra a ejecutar.

•Plano de detalle de la obra de captación.

•Cómputo y Presupuesto.

•Contrato de Ingeniería celebrado por Proyecto y Dirección Técnica.

•Contrato de Ingeniería celebrado por Medición e informe Técnico.

•Cronograma de Tareas.

DOCUMENTACIÓN Explotación Superficial

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•Plano de Ubicación.

•Plano de Cuenca.

•Planialtimetría existente – Planialtimetría del predio.

•Perfiles Longuitudinales/tranversales fuera de los límites del predio hasta el colector natural de la zona.

•Perfiles Longuitudinales de conducciones y/o canalizaciones ( si las hubiere ).

•Ubicación y detalle de las obras de arte.

•Plano de obras accesorias.

•Memoria Descriptiva – Memoria Técnica.

•Cómputo y Presupuesto.

•En caso de cambio de restricciones al dominio – Presenta cálculo y modelación.

•Contrato profesional / planillas Anexas.

•Ordenanzas Municipales de uso del suelo – Si correspondiera.

•Estudio de Impacto ambiental.

DOCUMENTACIÓN Aptitud Hidráulica

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Memoria descriptiva - Memoria Técnica

1 Caracterización del afluente al Tratamiento.

2 Descripción de las Unidades de Tratamiento y/o Tipo de tratamiento a aplicar – Línea de Tratamiento.

3 Balance hídrico de masas (Captación – Uso –Rehusó – Vertido).

4 Valores previsibles de los parámetros a obtener de acuerdo a cuerpo receptor.

5 Tipo de vuelco – Continuo / Discontinuo.

6 Hidrograma de aporte.

7 Cronograma de Tareas incluye puesta en marcha y puesta en régimen de la Planta de Tratamiento.

8 Sustantibilidad del Proyecto.

RESOLUCIÓN333/2017

DOCUMENTACIÓN Vuelco