Revista_Iuris_173

Embed Size (px)

Citation preview

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    1/64

    http://revistaiuris.laley.es

    1. JULIO

    2 0 1 2173

    A C T U A L I D A D Y P R C T I C A D E L D E R E C H O

    EjercerUtilizacin de objetosy medios auxiliaresen la oratoria jurdica

    ProbticaReflexiones sobrela pretendidasubsidiaridad de laprueba por presunciones

    PenalAspectos sustantivos

    y procesales de laresponsabilidad penalde las personas jurdicas

    Pedro L. YferaPresidente del Consejo de Colegios de Abogados de Catalua

    Es innecesario aplicar recortes en el turnode oficio

    TRIBUNA

    Simplificacinde

    obligaciones:lalenta

    ,pero

    progresiva,adapt

    acinde

    lassociedadesdecapitala

    lasnuevastecnologa

    s,por

    XavierAltirribaiVive

    s

    yJuanCuencaMrqu

    ez

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    2/64

    @

    ES VERANO

    DESPIERTADONDEQUIERAS

    400 HOTELES EN 26 PASES

    DESDE

    Nios menores de 12 aos gratis*

    Promocin sujeta a disponibilidad. Plazas limitadas. (500.000 plazas disponibles para estapromocin). * Precios por habitacin en rgimen de alojamiento. IVA incluido. Tarifa prepago. Nocancelable. No modicable. Promocin vlida para estancias comprendidas entre el 13 de julio y el 02de septiembre de 2012. Los precios mostrados son los mejores precios disponibles en fechasconcretas. Las estancias para nios menores de 12 aos acompaados por adultos son gratuitas enrgimen de slo alojamiento. Para ms informacin contactar con la Central de Reservas. 902 091 760.

    45ESPAA+ DESTINOS EUROPEOS

    BruselasNH Atlanta Brussels

    63

    La TojaHesperia Isla de la Toja

    65

    LanzaroteHesperia Playa Dorada

    100

    MarbellaNH Alanda

    140

    BerlnNH Berlin Alexanderplatz

    67

    Lecco (Lago Como)NH Pontevecchio

    77

    MadridNH Zurbano

    45

    FuerteventuraHesperia Bristol

    35

    SevillaNH Central Convenciones

    45

    ValenciaNH Las Artes

    50

    MilnNH Concordia

    59

    CrdobaHesperia Crdoba

    45

    RESERVA YAPlazas Limitadas

    www.nh-hoteles.es/verano902 091 760Agencias de viaje

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    3/64

    ANLISIS

    ANEXOSPANORAMA RECESO

    24 EJERCERUtilizacin de objetos ymedios auxiliares en laoratoria jurdicaIsabel Albar y Mara Ruz del rbol

    27 NORMAS NO ESCRITAS

    Sumario

    3iuris1. julio 2012

    4 CRNICASCRNICA JURDICALegalizacin de Sortu

    Alfonso Prez Medina

    8 PROTAGONISTASPEDRO L. YFERAEs innecesario aplicar recortes en el turno de ocioCarolina Menndez y Judith Casals

    14 TRIBUNASimplicacin de obligaciones: la lenta, pero progresiva,adaptacin de las sociedades de capital a las nuevas tecnologasXavier Altirriba i Vives y Juan Cuenca Mrquez

    Sumario

    44 Leyes49 Sentencias

    59 Libros60 Convocatorias

    61 Herramientas63 Infoiuris

    www.revistaiuris.com

    http://revistaiuris.laley.esFotografa de portada: Albert Muoz (ICAB)

    DIRECCINSilvia Hinojal (abogado) y Ramon Ragus (catedrtico)

    Consejo asesor Ignasi Doate (abogado), Yolanda Guerra(abogado), Helen Glover (periodista), Paloma Llaneza (abogado),Macarena Llans (abogado), Judith Martnez (abogado) y SantiagoVidal (magistrado)

    RedaccinCarolina Menndez (Coord.) y Judith CasalsAv. del Carrilet, 3, Ed. D08902 LHospitalet de Llobregat (Barcelona)

    Tel. 93 295 48 05 E-mail: [email protected] Marn ([email protected]) Tel. 91 602 00 00

    Diseo Miasign ISSN: 1137-2435

    Edita LA LEY Collado Mediano, 9 28230 Las Rozas (Madrid)Tel.: 91 602 00 00 http://www.laley.esConsejero delegado: Salvador FernndezDirector general: Alberto Larrondo Directora editorial: Marta Tovar

    La publicacin de informaciones en IURIS es gratuita.Puede hacernos llegar sugerencias e informacin sobresu despacho a travs [email protected] no hace necesariamente suyas las opiniones ycriterios expresados por sus colaboradores.El criterio de IURIS es independiente.

    WOLTERS KLUWER ESPAA, S.A. Todos los derechosreservados. A los efectos del art. 32 del Real Decreto Legislativo1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba la Ley de PropiedadIntelectual, Wolters Kluwer Espaa, S.A., se opone expresamentea cualquier utilizacin del contenido de esta publicacin sin suexpresa autorizacin, lo cual incluye especialmente cualquierreproduccin, modificacin, registro, copia, explotacin,distribucin, comunicacin, transmisin, envo, reutilizacin,publicacin, tratamiento o cualquier otra utilizacin total o parcialen cualquier modo, medio o formato de esta publicacin. Cualquierforma de reproduccin, distribucin, comunicacinpblica o transformacin de esta obra solo puede ser realizada con laautorizacin de sus titulares, salvo excepcin prevista por la Ley.Dirjase a CEDRO(Centro Espaol de Derechos Reprogrficos,www.cedro.org)si necesita fotocopiar o escanear algn fragmentode esta obra. El editor y los autores no aceptarn responsabilidadespor las posibles consecuencias ocasionadas a las personasnaturales o jurdicas que acten o dejen de actuar como resultadode alguna informacin contenida en esta publicacin.

    18 GESTINRedes sociales, s, maraassociales, no!Silvia Oliden y Marisa Mndez

    23 SECTOR

    28 ProbticaReexiones sobre la pretendida subsidiaridad

    de la prueba por presuncionesLlus Muoz Sabat

    32 CivilTendencias jurisprudenciales sobre cancelacin de vuelosM. Dolores Serrano

    37 PenalResponsabilidad penal de las personas jurdicas:aspectos sustantivos y procesalesEloy Velasco Nez

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    4/64

    La legalizacin de Sortu en el Constitucionalse produjo por un solo voto de diferencia en-tre los seis magistrados de la mayora, conel presidente del Tribunal, Pascual Sala, a la

    cabeza, y los cinco que defendieron el criterio del TribunalSupremo, que en marzo de 2011 impidi la inscripcin dela formacin en el Registro de Partidos Polticos tras otraajustada votacin (nueve votos frente a siete) en la que lamayora se inclin por considerar que mantena vnculos conla ilegalizada Batasuna.

    Con los votos de Sala, el vicepresidente, Eugeni Gay,y los magistrados Luis Ortega, Pablo Prez Tremps, AdelaAsua y Elisa Prez Vera, ponente de la Sentencia, la mayo-raprogresistadel alto tribunal hizo valer el 20 de junio su

    criterio frente a la minora formada por el expresidente delSupremo Francisco Jos Hernando y Francisco Prez de losCobos, Ramn Rodrguez Arribas, Javier Delgado y ManuelAragn.

    El Constitucional sostiene en su resolucin que el Supre-mo vulner el derecho fundamental de asociacin de Sortual no permitirle participar en las elecciones municipales demarzo de 2011 y que su inscripcin debe ser aceptada si sesatisfacen los dems requisitos legales establecidos en laLey de Partidos Polticos.

    El principal argumento acogido por el alto tribunal paraavalar la entrada de Sortu en el juego democrtico es el deque en sus estatutos rechaza de forma explcita la violencia

    La izquierda abertzaleconsigui el pasado junio el espaldarazo del Tribunal Constitucional para sortear

    la ilegalizacin de su principal marca poltica, Sortu, y, adems, logr la absolucin de los dirigentes

    de dos formaciones de este mundo, Askatasuna y D3M, de los delitos de integracin y colaboracin

    con organizacin terrorista que les imputaba la Fiscala. El mes deja tambin otras imgenes para la

    historia, como la retirada de los escoltas a la prctica totalidad de los jueces y fiscales dedicados a la lucha

    antiterrorista o la dimisin por primera vez en democracia de un presidente del Tribunal Supremo.

    CRNICA JURDICA

    Legalizacin de Sortu

    Parlamento Vasco

    4 iuris1. julio 2012

    Autor: Alfonso Prez Medina.Periodista

    4

    Crnicas

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    5/64

    5iuris1. julio 2012

    de ETA, lo que se considera una contradiccin suficiente

    para entender contrarrestada o diluida la eficacia proba-toria de otros elementos de conviccin de los que pudiera

    inferirse que el nuevo partido poltico pudiera perseguir,

    continuar o suceder la actividad de los partidos polticos ju-

    dicialmente ilegalizados y disueltos.

    En todo caso, adems de las limitaciones establecidas en

    la Ley de Partidos, la Sentencia fija una serie de lneas rojas

    que Sortu no podr traspasar en el futuro si quiere mante-

    nerse del lado de la legalidad. As, sern tenidas en cuenta

    las expresiones de equiparacin de la violencia terrorista

    con la coaccin legtima que en un Estado de Derecho se

    reserva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

    cuando persiguen, detienen y ponen a disposicin judicial a

    los responsables de los delitos de terrorismo; y a los jueces

    y tribunales cuando les condenan en un proceso justo y con

    todas las garantas.

    Los magistrados que emitieron voto particular discre-

    pante Javier Delgado, Ramn Rodrguez-Arribas y Manuel

    Aragn defienden que la formacin es un fraude para

    dar continuidad a Batasuna y que el catlogo de conductas

    que, segn la mayora, podran ser constitutivas de una hi-

    pottica ilegalizacin est fuera de lugar porque llevara a

    adelgazar las medidas preventivas contenidas en la Ley de

    Partidos.

    El dictamen del TC volvi a provocar un duro encon-

    tronazo entre el Gobierno y el PSOE, que se sald con un

    intercambio de reproches en la sesin de control al Ejecu-

    tivo celebrada el pasado 27 de junio entre el ministro de

    Justicia, Alberto Ruiz-Gallardn, y el lder de la oposicin,

    Alfredo Prez Rubalcaba. Nada ms conocer el contenido

    de la Sentencia, Gallardn expres el mximo respeto

    del Gobierno por la sentencia aunque aadi que habra

    preferido que Sortu siguiese siendo ilegal. Rubalcaba,

    por su parte, se mostr convencido de que esta resolucin

    judicial favorecer el objetivo de los demcratas de que

    ETA desaparezca. Las crticas ms duras a la Sentenciafueron las de la presidenta de la Comunidad de Madrid,

    Esperanza Aguirre, quien indic que era un da muy triste

    para la democracia espaola y abog por que el Constitu-

    cional desaparezca y se constituya como una Sala ms del

    Supremo.

    Absueltos los dirigentes de D3M y Askatasuna

    Dos das antes de la Sentencia del TC, el 18 de junio, la

    Audiencia Nacional absolvi a 11 dirigentes de las forma-

    ciones abertzales D3M y Askatasuna que se enfrentaban a

    entre cinco aos y seis aos y cinco meses de crcel como

    integrantes o colaboradores de la organizacin terrorista

    ETA. La Seccin 2. de la Sala de lo Penal consider que no

    resultaba probado que los acusados tuviesen que conocer

    que estaban participando en una actuacin diseada por ETA,

    y no simplemente por la izquierda abertzale, ni que estaban

    contribuyendo a facilitar la presencia de la organizacin te-rrorista en las instituciones.

    El Tribunal recono-

    ca, no obstante, que

    tanto Askatasuna como

    D3M eran sucesoras

    de Batasuna y respon-

    dan a la bsqueda por

    parte de ETA de parti-

    cipar en las elecciones.

    Promover candidatu-

    ras ideolgicamente

    asociadas a la izquierda

    abertzale, ser su candi-

    dato, apoderado, inter-

    ventor, aunque sea de

    un partido ilegalizado

    posteriormente, por s

    mismo, no supone un

    comportamiento antiju-

    rdico, estableca la resolucin judicial, que fue avalada por

    los jueces Manuela Fernndez de Prado y Ramn Sez.

    La Fiscala de la Audiencia Nacional anunci unos das

    despus su decisin de recurrir ante el Tribunal Supremoen casacin, al considerar que, a partir de los hechos pro-

    bados en la resolucin, entre los que constaba la sentencia

    del Tribunal Supremo por la que se declaraba la ilegalidad

    de D3M y Askatasuna por su subordinacin a ETA, la Au-

    diencia Nacional debera haber impuesto a los acusados

    los delitos de integracin y colaboracin con organizacin

    terrorista.

    En el mbito antiterrorista tambin se dict en junio una

    importante sentencia por parte de la Audiencia Nacional, la

    que conden al exjefe militar de ETA Francisco Javier Garca

    Gaztelu, Txapote, a 30 aos y cuatro meses de crcel por el

    asesinato del inspector jefe de la Polica Nacional EnriqueNieto, que muri en el hospital cuatro meses despus de que

    el comando Donosti le disparara el 8 de junio de 1995 en San

    Sebastin. La relevancia de esta resolucin judicial radica en

    que se bas en la declaracin del etarra arrepentido Valentn

    Lasarte, que en 1996 reconoci ante la polica que haba par-

    ticipado en los hechos junto al acusado y el tambin etarra

    Juan Ramn Carasatorre. Aunque en el juicio Lasarte asegur

    no recordar lo sucedido, el tribunal consider que su declara-

    cin inicial goza de credibilidad y verosimilitud suficientes

    y est corroborada por otros datos objetivos, entre ellos la

    actitud de indiferencia y desprecio que Txapote mostr

    durante su enjuiciamiento.

    Adems, el Ministerio del Interior llev a efecto la re-

    tirada de la prctica totalidad de los escoltas de los jueces

    y fiscales de los Tribunales Supremo y Constitucional y la

    Los magistradosLos magistrados

    que emitieronque emitieron

    voto particularvoto particular

    discrepante a ladiscrepante a la

    legalizacin delegalizacin de

    Sortu defiendenSortu defienden

    que la formacinque la formacines un fraude paraes un fraude para

    dar continuidad adar continuidad a

    atasunaBatasuna

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    6/64

    6 iuris1. julio 2012

    Crnicas

    Audiencia Nacional, as como los de los vocales del Consejo

    General del Poder Judicial (CGPJ). Slo las mximas autori-dades de estos rganos continuarn contando con proteccinpolicial en el futuro.

    El adis de Dvar

    El 21 de junio se materializ por primera vez en la histo-ria de la democracia la dimisin de un presidente del Tribu-nal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).Carlos Dvar renunci al cargo tras perder la confianza dela mayora del rgano de gobierno de los jueces y despusde una intensa polmica a cuenta de los gastos que carg alerario pblico con motivo de 32 viajes de fin de semana, lamayora a hoteles de Marbella (Mlaga).

    Apenas una semana antes, Dvar constat ante el Plenodel CGPJ la prdida de confianza de la mayora de losvocales aunque no dimiti para presidir el acto de celebra-cin del bicentenario del Tribunal Supremo, al que acudiel prncipe Felipe. Hasta seis vocales pidieron la dimisinaunque este no la llev a cabo hasta que la mayora conser-vadora, con fuerte presencia de la Asociacin Profesionalde la Magistratura, decidi dejarle caer. La dimisin dejauna bicefalia en el Poder Judicial, con el hasta ahora vi-cepresidente, Fernando de Rosa, al frente del CGPJ y el

    presidente de la Sala Civil del Supremo, Juan Antonio Xiol,a la cabeza del alto tribunal por el ser el presidente de Salacon mayor antigedad.

    Sin embargo, el Su-premo exoner de res-ponsabilidad penal aDvar por estos viajes alinadmitir, por 11 votosfrente a cuatro, la que-rella que la asociacinde juristas Preeminen-cia del Derecho haba

    presentado contra lpor un delito de mal-versacin de fondos.La Sala 2. estima quela conducta de Dvarse ajust a la normati-va que se aplica desde

    1996 a los viajes de los miembros del CGPJ y a la que se haacogido no slo el actual presidente sino sus antecesores ytodos los vocales.

    El lder de Grtel, en libertad

    Despus de tres aos, cuatro meses y cinco das en lacrcel, el 12 de junio recobr la libertad el presunto cerebrode la trama de corrupcin Grtel, Francisco Correa, quetuvo que depositar una fianza de 200.000 euros para asegu-

    rar su sometimiento a la accin de la Justicia. El exjuez de

    la Audiencia Nacional Baltasar Garzn le encarcel el 6 defebrero de 2009 al considerarle el cerebro de un entramadode empresas que se dedicaba a sobornar a cargos pblicosde Madrid y la Comunidad Valenciana a cambio de contratospblicos.

    Los fondos de Co-rrea fueron embarga-dos en julio de 2011por orden del anteriorinstructor de la causa,el juez del TribunalSuperior de Justiciade Madrid Antonio Pe-dreira, que tom estadecisin tras imponera Correa una fianza pe-cuniaria de 85 millonesde euros. Correa estimputado por los deli-tos de cohecho, trfico

    de influencias, fraude fiscal, asociacin ilcita, blanqueode capitales y falsedad documental, y fue encarcelado paraevitar que pudiera evadir capitales al extranjero o dificultarel avance de la investigacin.

    El 11-M, de nuevo actualidad

    La Fiscala General del Estado archiv las diligencias queabri en marzo para delimitar si pudo cometerse un delito deobstruccin a la Justicia en relacin con los restos de los tre-nes del 11-M que fueron localizados en un almacn de Villa-verde (Madrid). El rgano dirigido por Eduardo Torres-Dulceadopt esta decisin al estimar que la cadena de custodiade los mismos estaba perfectamente acreditada y que, portanto, no pudo producirse ninguna ocultacin de ese posiblematerial probatorio a las autoridades.

    Adems, la Seccin 4. de la Audiencia Provincial deMadrid orden a la titular del Juzgado de Instruccin n. 39,Beln Snchez, que investigue si dos ciudadanas rumanasque declararon como testigos protegidas en el juicio del 11-M contra Jamal Zougam el nico condenado como autorde los atentados pudieron incurrir en un delito de falsotestimonio.

    Los magistrados estimaron de esta forma un recursointerpuesto por los defensores de Zougam al considerarque su querella se haca eco de nuevas revelaciones queno pudieron ser tenidas en cuenta en el momento del en-juiciamiento de los atentados del 11-M, en referencia auna supuesta confabulacin de las dos testigos con lafinalidad de alcanzar ciertos beneficios personales y fal-tando a la verdad en las manifestaciones que realizaronen el juicio.

    Se ha materializadoSe ha materializado,

    por primera vezpor primera vez

    en la historia deen la historia de

    la democracia lala democracia, la

    dimisin de undimisin de un

    presidente delpresidente delTribunal Supremo yTribunal Supremo y

    del Consejo Generaldel Consejo General

    del Poder Judicialdel Poder Judicial

    Se han archivado lasSe han archivado las

    diligencias abiertasdiligencias abiertas

    en marzo paraen marzo para

    delimitar si hubodelimitar si hubo

    obstruccin a laobstruccin a la

    Justicia en relacinJusticia en relacin

    con los restos de loscon los restos de los

    trenes del 11-Mtrenes del 11-M

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    7/64

    HOLANDA

    BLGICA

    SUECIA

    POLONIA

    FRANCIA

    ESPAA

    tel.: 902 250 500web: kleos.laley.es

    KleosEl MEJOR

    softwarelegal en EUROPA

    USO SENCILLOE INTUITIVO

    El software le guasiempre. De formafcil, sin precisarconocimientos

    informticos

    INTEGRACINCON OFFICEIntegracin total

    con las herramientasde Office:

    Word y Outlook(Exchange)

    Datos en la nube;acceda rpidamente

    desde su equipoo dispositivo mvilen cualquier lugar

    MOVILIDADY RAPIDEZ

    ITALIA

    Integrado con

    laleydigital.es

    en colaboracin con LA LEY

    KleosProporciona las funcionalidades

    necesarias para la gestin integral

    de un despacho de abogados

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    8/64

    8 iuris1. julio 2012

    ProtagonistasAutor: Carolina Menndez y Judith Casals Fotografas: Albert Muoz (ICAB)

    El decano de la abogaca barcelonesa, Pedro L. Yfera, acaba de asumir la presidencia del Consejo de

    Colegios de Abogados de Catalua (CICAC), un organismo que ha expresado su total desacuerdo con

    muchas de las reformas que se plantean en la Administracin de Justicia, como la implantacin de las

    tasas judiciales, la instauracin de la pena de prisin permanente revisable y los recortes o retrasos

    en el turno de oficio. Se hace recaer sobre los abogados un problema que es general, asegura.

    Abogado y licenciado en Ciencias Polticas ySociologa, Pedro L. Yfera compagina sutrabajo como socio del despacho GimnezTorres & Yfera Abogados con la docencia

    como profesor de Derecho Civil de la Universitat Ramon Llully el decanato de los casi 20.000 abogados de Barcelona desde2009. Pese a ello, le queda tiempo para escribir: el ao pasadopublic su primera novela,El milagro de las abejas. Y es quesi no fuera jurista, le gustara ser escritor. Desde mayo, ha

    asumido la presidencia del Consejo de Colegios de Abogadosde Catalua (CICAC), en un ao repleto de retos por las re-formas que se avecinan.

    Pregunta:Cules sern los ejes de actuacin de la

    abogaca catalana durante este ao?

    Respuesta: Desde la abogaca catalana ante todo hace-mos una defensa de la colegiacin obligatoria porque es laherramienta que garantiza la calidad del servicio de la abo-gaca hacia los ciudadanos y la sociedad. Dicho esto, comopresidente del Consejo de Colegios de Abogados de Catalua(CICAC), los objetivos son impulsar el networkingy las siner-gias entre los abogados y promover la internacionalizacinde la abogaca catalana, as como apostar por la mediacin yel arbitraje como nuevos mbitos profesionales en los que losabogados pueden desarrollar tambin su carrera profesional.Por este motivo consideramos que la formacin continuada y

    de calidad debe ser una prioridad para la profesin. Tambinvamos a trabajar para que se impulse de una vez por todasla modernizacin de la Administracin de Justicia, y msconcretamente para que se implante la nueva oficina judicial.

    P:Cmo promover el arbitraje y la mediacin?

    R: Hace aos que desde el CICAC promovemos el arbitrajey la mediacin como medios alternativos de resolucin deconflictos que pueden ayudar a descongestionar la actual si-

    tuacin de colapso de la Administracin de Justicia. Por ello,desde todos los colegios catalanes se apuesta por iniciativasde apoyo para la prctica y difusin de estos sistemas por unlado, desde el punto de vista institucional y de colaboracincon las diversas Administraciones, y por otro, de divulgacinentre nuestros colegiados para que sean considerados comouna fuente de diversificacin profesional en sus despachos,ya que la formacin jurdica nos permite ejercer nuestra pro-fesin a travs de las diferentes disciplinas: abogado, media-dor, rbitro La formacin especializada en estas disciplinasser un elemento clave para el futuro de cada profesional.

    P:Avanza el proyecto de implantar en otros colegios

    las oficinas de mediacin hipotecaria tras la exitosa ex-

    periencia de Terrasa?

    R: Efectivamente, la propuesta avanza y, en cualquiercaso, estamos todos los decanos impulsndola. Sin embargo,

    PEDRO L. YFERAPresidente del Consejo de Colegios de Abogados de Catalua

    Es innecesario aplicarrecortes en el turno

    de oficio

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    9/64

    9iurisjunio 2008

    9iurisjunio 2011

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    10/64

    no hay que olvidar que para que pueda darse de una manera

    efectiva es esencial la colaboracin e impulso de los ayunta-mientos y corporaciones locales, as como, de manera muyespecial, de las propias entidades bancarias, que han de verlos beneficios de este sistema para evitar tanto la judicializa-cin del conflicto como convertirlo en algo irresoluble.

    P:Decanos de colegios de otras Comunidades Aut-

    nomas se han mostrado interesados en esta oficina. Se

    prev extender la experiencia fuera de Catalua?

    R: Nos consta que en otras Comunidades Autnomas seest trabajando en la misma lnea y, por ejemplo, reciente-mente las noticias hablaban de la creacin de una oficinasimilar en Jan y en Castelln.

    P:Ha defendido an-

    te la Subcomisin de

    Vivienda del Congreso

    la Propuesta de Ley de

    la abogaca catalana

    referente a las ejecu-

    ciones hipotecarias,

    en qu consiste?

    R: Durante la ante-rior legislatura, desdeel CICAC compareci-

    mos ante la Comisin de Justicia del Congreso de los Dipu-tados en dos ocasiones la ltima, el 14 de septiembre de2011 para exponer ante la Subcomisin diversas propuestasen esta materia. La principal se basa en que en que a travsde la modificacin de determinados artculos de la LEC se po-dra mejorar y aliviar las ejecuciones hipotecarias sin afectarcon ello al sistema hipotecario. Concretamente, consiste en lamodificacin de varios artculos de la LEC para evitar que enla subasta nadie se pueda adjudicar la vivienda habitual pordebajo del 80% del valor de tasacin. Proponemos tambinregular a travs de un procedimiento notarial la entrega dela vivienda, de forma que mediante este trmite rpido ysencillo ante el notario de donde est ubicada la vivienda

    habitual se permitiera a la entidad financiera ofrecer nota-rialmente al deudor la entrega de la vivienda para cancelarparcialmente la deuda hipotecaria por un importe mnimodel 80% del valor de tasacin. Con ello se consigue, adems,potenciar la desjudicializacin del proceso hipotecario, conun ahorro importante de costes para la Administracin deJusticia. Finalmente, proponemos que la entidad financierano pueda ceder a un tercero la vivienda que se adjudique, sipreviamente no intent el procedimiento notarial.

    P: Tanto el Colegio de Abogados de Barcelona como el

    CICAC han denunciado que la doble imposicin de tasas

    judiciales en Catalua, estatales y autonmicas, limita el

    acceso a la Justicia. En qu consiste el pacto fiscal que

    propugnan en esta materia?

    R: Tanto desde el ICAB como el CICAC estamos totalmen-te en contra de la implantacin de las tasas judiciales porque

    limita el acceso a la Justicia por parte de los ciudadanos. Ade-

    ms, en el caso de Catalua se va a dar una doble imposicin,porque tendremos que pagar tanto las tasas estatales comolas autonmicas. Por ello pedimos que las tasas judiciales quepagan los ciudadanos reviertan en la Comunidad Autnomaque los recauda. Si en una Comunidad Autnoma se recauda50 y en Catalua 100, significa que aqu se utilizan msmedios de Justicia y se gasta ms, por tanto debera recibirel dinero equivalente a lo que se ha pagado en impuestos.

    P:El CICAC ya se pronunci contra la Ley de Agiliza-

    cin y, recientemente, contra la pena de prisin permanen-

    te revisable. Cmo valoran las reformas que se barajan?

    R: El CICAC ha manifestado su rechazo a la propuesta dereforma anunciada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardn, relativa a una posible instauracin de la pena deprisin permanente revisable, ya que consideramos que escontraria a los artculos 10, 15 y 25 de la Constitucin porqueno se tiene en cuenta que las penas privativas de libertad sedeben orientar a la reeducacin y a la reinsercin social. Ade-ms, hay que tener en cuenta que somos uno de los pasesde la UE con los ndices de presos ms alta a pesar de quetenemos los ndices ms bajos de criminalidad.

    Tambin consideramos que el poder legislativo no debemodificar o crear leyes bajo presin meditica, sino que sedebe actuar siempre bajo el respeto de los principios funda-

    mentales que emparan su ordenamiento jurdico.

    P: Otro de los caba-

    llos de batalla del CI-

    CAC ha sido la defen-

    sa del modelo actual

    del turno de oficio.

    Lo consideran capaz

    de aguantar el incre-

    mento de la demanda

    fruto de la crisis?

    R: No tenemos nin-guna duda sobre que el

    modelo actual sea sufi-ciente y vlido para afrontar esta crisis econmica y lo quelos aos venideros nos deparen. El modelo no est en duda.Todo lo contrario. Es un modelo que, justamente, permite laflexibilidad suficiente para adaptarse a los cambios que pue-dan aparecer frente a otras frmulas en las que la estructuraes ms rgida. Pero eso no significa que no defendamos laposibilidad de desarrollar mejor algunas de las opciones quela propia ley permite y que nunca han sido aplicadas, o mo-dificar algunas cuestiones de la actual normativa que, o biencon la prctica se han revelado inoportunas, o bien estabanpensadas para una sociedad de hace 15 aos. Nos referimos,por ejemplo, a la posibilidad de desarrollar el escalado pro-gresivo en la obtencin del beneficio de Justicia Gratuita, quela propia ley ya contemplaba desde 1996; a la innecesaridadde que existan dos rganos para la emisin de la resolucin(los colegios y las comisiones) cuando el 98% son confirma-

    10 iuris1. julio 2012

    Protagonistas

    La formacinLa formacin

    especializada enespecializada en

    mediacin y arbitrajemediacin y arbitraje

    ser un elementoser un elemento

    clave para el futuroclave para el futuro

    del abogadodel abogado

    Con la modificacinCon la modificacin

    de determinadosde determinados

    artculos de laartculos de la

    LEC se podranLEC se podran

    mejorar y aliviarmejorar y aliviar

    las ejecucioneslas ejecuciones

    hipotecariashipotecarias

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    11/64

    11iuris1. julio 2012

    das, o lo que consideramos un trato desigual injustificado

    cuando los trabajadores por cuenta ajena no tienen necesidadde acreditar la insuficiencia de recursos para obtener un abo-gado gratuito en la defensa de los asuntos ante la jurisdiccinlaboral, entre otros ejemplos.

    P:El CICAC present el ao pasado un recurso ante la

    Consejera de Justicia contra los recortes en el turno de

    oficio. Lo van a volver a presentar ante la nueva reduc-

    cin aprobada para este ao?

    R: Efectivamente, aunque, en estos momentos, est sien-do analizada desde el punto de vista jurdico y, adems, es-tamos intentando agotar todas las vas previas, puesto quesomos firmes defensores de evitar al mximo la judicializa-cin de los conflictos.

    El argumento es muy simple: lo que perciben los aboga-dos est muy por debajo de los honorarios habituales. Por lotanto, se parte ya de una situacin injusta en absoluto com-parable a otros colectivos sobre los que han podido realizarseajustes, pero desde unas condiciones muy diferentes.

    Adems, pese a lo que muchos creen, el nmero de actua-ciones en Justicia Gratuita est presentando una tendencia ala reduccin y no al aumento, por lo que se hace innecesarioaplicar este tipo de medidas que hace recaer sobre los aboga-dos un problema que, en todo caso, es general.

    Y, por ltimo, porque existen muchas otras medidas que

    podran ayudar a reducir el gasto o recuperar parte de logastado. Desde las modificaciones legislativas que antescomentaba hasta otra serie de medidas que no requeriran

    siquiera modificacin, sino tan solo ajustes dentro de los

    marcos legales actuales.

    P:Apoyan el con-

    tencioso-administrati-

    vo presentado por los

    abogados de turno de

    oficio?

    R: La abogaca seexpresa a travs delas instituciones queostentan la represen-tacin legtima y estas

    son los colegios de abogados y el Consejo de Colegios deAbogados. Como ya he comentado, el CICAC ha tomado elacuerdo de realizar cuantas acciones legales sean necesariaspara defender lo que consideramos un inters legtimo y ello,muy probablemente, derive en un recurso contencioso-ad-ministrativo. Pero, adems, desde un punto de vista polticoy estratgico, siempre hemos repetido que nuestra fuerzase halla justamente en la unidad y en demostrar que somostodo un colectivo.

    P:En qu situacin se encuentra Catalua en ma-

    teria de turno de oficio respecto de otras Comunidades

    Autnomas?

    R: La situacin en Catalua es de las mejores en compa-racin con otras Comunidades Autnomas. Hay que teneren cuenta que llevamos desde el mes de septiembre de 2011

    Las tasas judicialesLas tasas judiciales

    deben revertirdeben revertir

    en la Comunidaden la Comunidad

    Autnoma que lasAutnoma que las

    recaudarecauda

    Su primer reto profesionalIndependizarme del despacho de mi padre e iniciar mi aventuraprofesional en solitario.

    Su mayor logroPublicar mi novela.

    A quin admiraAl que se esfuerza cada da y al que tiene una visin optimistade la vida.

    Si no fuera juristaSera escritor.

    Cuando no trabajaLeo y escribo.

    Pecado confesableLa pasin por el trabajo.

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    12/64

    12 iuris1. julio 2012

    Protagonistas

    percibiendo mensualmente pagos correspondientes a las ac-

    tuaciones del turno de oficio. Sin embargo, es cierto que lospagos corresponden a lo justificado 60 das atrs y, a veces,esta diferencia llega a 90 das.

    En cualquier caso, no solo nos preocupa esta cuestin,sino que los abogados puedan realizar su trabajo en condi-ciones dignas. Hay que tener en cuenta que el mal funcio-namiento de la Administracin de Justicia, los retrasos o lassuspensiones los vivimos todos los abogados por igual; perocuando ests actuando de oficio, teniendo en cuenta comodecimos que se paga por debajo de unos honorarios norma-les, todas estas disfunciones se hacen mucho ms penosas.

    Pese a todo, el trabajo se realiza con altas notas de cali-dad, como se ha puesto de relieve en las encuestas que sehan realizado con motivo de la obtencin del Certificado deCalidad ISO 9001.

    P: Hay sintona

    en la defensa del mo-

    delo entre el CGAE y el

    CICAC?

    R: S. Hay una totalsintona. Defendemos lacontinuidad del actualmodelo sin perjuicio demejorar tanto las retri-

    buciones de los aboga-dos de oficio como lascondiciones en las queesta defensa se lleva acabo. La diferencia, en

    todo caso, viene por lo que he comentado anteriormente, y esque en la mayora de las Comunidades Autnomas el retrasoen los pagos es de tal calibre que esta reclamacin se con-vierte en una prioridad por encima de otras consideraciones.

    P:Qu otros puntos de conexin existen entre ambos

    organismos?

    R: Hay muchos otros puntos de conexin. Fundamental-

    mente, todos aquellos que tienen que ver con la reivindica-cin del papel de la abogaca en un Estado democrtico y deDerecho consustancial a su propia esencia. Pero tambintodo lo que tiene que ver con garantizar que la actuacin delos abogados se corresponda con lo que la sociedad demanday necesita.

    P:En el ltimo Congreso General de la Abogaca Espa-

    ola el Colegio de Abogados de Barcelona vot en contra

    de los presupuestos y usted dimiti de sus cargos en el

    CGAE. Qu lo motiv?

    R: El pasado 28 de octubre present mi dimisin comovicepresidente del CGAE despus de expresar mi voto encontra a la aprobacin de los presupuestos de dicha corpora-cin relativos al ao 2012. Las discrepancias se centran en elincremento constante de los gastos del CGAE, as como porla sobredimensin de los proyectos tecnolgicos. De hecho,

    la Junta de Gobierno del ICAB acord la impugnacin de los

    presupuestos del Consejo para el 2012.

    P:A qu se refiere cuando habla de sobredimensin

    de los proyectos tecnolgicos?

    R: El problema de los servicios tecnolgicos del CGAE noes otro que, con la excusa de nuestra especificidad, haber ini-ciado un negocio que ni nos corresponda ni conocemos. Unsimple ejemplo ayudar a entenderlo. Todo el mundo puedellegar a suponer que, por ejemplo, nuestros colegiados tienenque poder disponer de la legislacin actualizada, pero no porello estar justificado crear mi propia editorial. O es obvioque los colegios de abogados para su funcionamiento necesi-tan unos PC, pero nadie vera lgico que para ello hubiramosconstituido nuestra propia empresa de hardware. Si a eso sele aade que obligar a todo el mundo a comprar o financiarlos PC que produzca mi fbrica tanto si los necesitan como sino, estaremos inmersos en un mundo kafkiano.

    Vivimos en un sistema econmico que podr tener susdetractores o defensores, incluso podr generarnos cclicascrisis; pero es indiscutible que tiene una ventaja importante:la capacidad de encontrar en el mercado el producto quenecesitas o la empresa que puede proporcionrtelo. Y ello loconsigues en un rgimen de competitividad que te permiteobtenerlo al mejor precio.

    La solucin es, por tanto, simple. Dejar que se dediquen al

    negocio del softwarelas empresas o profesionales especiali-zados y obtener de ellos el producto que queremos, por partede quien de verdad lo queremos o necesitamos.

    P:Qu planes tiene el CICAC en el mbito del acceso y

    la formacin? Y en el Colegio de Abogados de Barcelona

    existe una propuesta al respecto?

    R: El CICAC no puede tener planes, porque la Ley de Ac-ceso y su Reglamento prevn la colaboracin entre universi-dades y colegios profesionales de abogados o de procuradoresde los tribunales, segn corresponda, pero no con consejosautonmicos o nacionales que los agrupen.

    Por su parte, el Colegio de Abogados de Barcelona, desde

    la publicacin de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, ha defen-dido el mismo argumento: el de coparticipar de forma parita-ria en la formacin inicial profesional del abogado con todaslas universidades pblicas y privadas del entorno de nuestrombito territorial que desearan compartir el mismo idearioformativo. As pues, vamos a ofrecer la formacin oficial ne-cesaria para obtener el ttulo de abogado con las facultadesde Derecho de la Universitat de Barcelona, Universitat Aut-noma de Barcelona, Universitat Pompeu Fabra, UniversitatAbat Oliba y Universitat Oberta de Catalunya.

    P:Cmo ve el futuro de las Escuelas de Prctica

    Jurdica?

    R: Desde el Colegio de Abogados de Barcelona apostamospor la formacin, como una herramienta para asegurar lacalidad de los servicios jurdicos que presta la profesin, yen todas las etapas profesionales del abogado; por ello consi-

    El retraso en losEl retraso en los

    pagos a los abogadospagos a los abogados

    de oficio es de talde oficio es de tal

    calibre en la mayoracalibre en la mayora

    de las Comunidadesde las Comunidades

    Autnomas que seAutnomas que se

    convierte en unaconvierte en una

    prioridadprioridad

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    13/64

    Profesionales en todas las disciplinas

    Peritos con todos los requisitos legales de titulacin oficialy colegiacin

    Profesionales con amplios conocimientos procesales

    Experiencia contrastada ante juzgados y tribunales

    Control deontolgico y disciplinario de todos los profesionales

    Capacidad, responsabilidad, rigor profesional, y credibilidad enlos dictmenes

    Un correcto dictamen pericialpuede decidir el pleito

    Solicite por correo o faxun ejemplar totalmente gratuito

    Asociacin de Peritos Colaboradores con la Administracin de Justicia de la Comunidad de Madrid

    c/ Padre Jess Ordez, n 1. 2 - 28002 Madrid - Tels: 91 562 59 18 - 91 411 35 46 - Fax: 91 563 85 32 - [email protected] - www.apajcm.com

    Asociacin de PeritosColaboradores con la

    Administracin de Justicia dela Comunidad de Madrid

    deramos que las Escuelas de Prctica Jurdica tienen futuro

    y continuidad. Hay que tener en cuenta que antes de queexistiera una obligacin, una ley, el ICAB entendi que eranecesario pensar en la formacin profesional especfica yprctica que requiere el inicio del ejercicio de la profesinde abogado. No es de extraar, pues, que nuestra Escuela dePrctica, con ms de 40 aos de experiencia, sea una de lasms antiguas de Espaa.

    P: Uno de sus prin-

    cipales objetivos fren-

    te al CICAC es impul-

    sar el networking y la

    internacionalizacin

    de la abogaca. Se

    inspira en el xito de

    la I Feria Europea y

    del Arco Mediterrneo

    que organiz el Cole-

    gio de Abogados de

    Barcelona?

    R: Consideramosque las sinergias entreabogados y la interna-cionalizacin puedeayudar a salir de la cri-

    sis a nuestra profesin,por ello es uno de los proyectos que quiero impulsar durantemi mandato al frente del CICAC. La Primera Feria Europea

    de la Abogaca Europea y del Arco Mediterrneo tuvo una

    participacin muy elevada de despachos, ms de 400, y porello no solo est prevista una segunda edicin, que tendrlugar durante el primer trimestre de 2013, sino que preten-demos ampliar el marco geogrfico de la misma y que sea dembito mundial.

    P:Los Colegio de Barcelona y de Valencia se han unido

    para crear un organismo unitario de la abogaca en el

    Mediterrneo. Avanza el proyecto?

    R: En la vigsima edicin de las Assises del Medite-rrneo sobre Las transformaciones sociales en el mundorabe, que se celebraron en Barcelona del 22 al 24 demarzo, se acord crear un organismo jurdico de mbitomediterrneo integrado por la Federacin de Colegios deAbogados de Europa (FBE), la Asociacin de la Liga rabe(ALU), el Foro Hispano Marroqu de Juristas, la Comisindel Mediterrneo de la FBE, y la Unin Internacional deAbogados (UIA). La sede de este organismo estar enBarcelona. Y s, la verdad es que el proyecto avanza. Yahemos realizado una nueva reunin al respecto duranteel mes de mayo y tenemos otra prevista para finales delmes junio.

    P:Se baraja que el Colegio de Abogados de Valencia

    se incorpore al CICAC, del que ya forman parte los de

    Andorra y Baleares?R: No es una frmula que se haya planteado por parte de

    ninguno de los interesados.

    El problema

    El problema

    de los serviciosde los servicios

    tecnolgicostecnolgicosdel CGAE no esdel CGAE no es

    otro que con laotro que, con la

    excusa de nuestraexcusa de nuestra

    especificidadespecificidad,

    haber iniciado unhaber iniciado un

    negocio que ni nosnegocio que ni nos

    corresponda nicorresponda ni

    conocemosconocemos

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    14/64

    Simplificacin de obligaciones: la lenta, pero

    progresiva, adaptacin de las sociedades decapital a las nuevas tecnologas

    El hecho de que la sociedad cambie de formams rpida que la legislacin por la que serige es una mxima indiscutible con la queel propio legislador ha tenido que lidiar des-

    de tiempos inmemoriales. Sin embargo, podra argumentar-se que, durante las ltimas dos dcadas, la aparicin de lasnuevas tecnologas ha supuesto un verdadero reto para ellegislador, quien debe realizar un esfuerzo extra para adaptarsus, ya de por s, anquilosados e inamovibles textos, a multi-plicidad de realidades prcticas que, para ms inri, se hallanen constante evolucin. Uno de esos ejemplos lo encontramos

    en la propia Ley de Sociedades de Capital (en adelante, LSC),cuyo texto, desde su aprobacin inicial en julio de 2010, hasufrido ya en su corta vida tres modificaciones que podranser consideradas relevantes, siendo gran parte de estasaquellas tendentes a reducir costes y cargas a las sociedades,por medio del aprovechamiento, precisamente, de las nuevastecnologas.

    En la lnea apuntada, el 21 de mayo se public en el BOCGcomo Proyecto de Ley el Real Decreto-ley 9/2012, de 16de marzo, sobre simplificacin de obligaciones de in-

    Taco Anema / Wolters Kluwer

    14 iuris1. julio 2012

    XAVIER ALTIRRIBA I VIVES JUAN CUENCA MRQUEZ

    Socio y miembro del departamento de Derecho

    Mercantil de Roca Junyent, es coautor del libro Lasociedad annima europea: crnica de un largo

    camino (CTESC, 2005) y autor de diversos artculos

    en revistas especializadas.

    Abogado del departamento de Derecho Mercantil

    de Roca Junyent, es autor de diversos artculos enrevistas especializadas.

    Tribuna

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    15/64

    formacin y documentacin de fusiones y escisiones de

    sociedades de capital(en adelante, el RDL), que incorporal Derecho espaol diversas Directivas de la UE, empeadaen simplificar el Derecho de las sociedades de capital, sobretodo, reduciendo los costes y cargas referidos en el prrafoanterior. As, el RDL naci con el fin de potenciar la pginaweb como medio de informacin electrnico, y reempla-zar de ese modo al sistema tradicional de publicacin endiarios, o a la comunicacin individual a los socios. Tras eltrmite parlamentario de rigor, el RDL culmin en la publica-cin en el BOE, el pasado 23 de junio, de la Ley 1/2012, de 22de junio, de simplificacin de las obligaciones de informaciny documentacin de fusiones y escisiones de sociedades decapital (en adelante, la Ley), en vigor desde el 24 de junio.

    Si bien convendraanalizar una por una lasreferidas modificaciones,por razones de espacionos centraremos en aque-llas que, a nuestro enten-der, puedan resultar dendole e inters prcticopara la mayora de lassociedades, dejando puespara otra ocasin el an-

    lisis del impacto que estaLey haya podido tener so-bre las sociedades cotiza-das, sobre la normativa deopa o sobre la necesidadde aportacin de informe

    de experto independiente en determinados supuestos de fu-sin y escisin.

    Dicho esto, pasemos a analizar el contenido de los cam-bios referidos sobre la LSC, que van desde las modificacionesintroducidas en los artculos 11 bis y 11 ter, la introduccindel artculo 11 quater, hasta la modificacin del artculo 173

    de la misma norma, referente a la forma de la convocatoriade las juntas.

    Como decamos, las modificaciones introducidas por Leyen la LSC obedecen a la acuciante necesidad de adaptacinprogresiva a las nuevas tecnologas por parte de las propiassociedades, en tanto que usuarias y consumidoras de aque-llas. Resulta, a estas alturas, indiscutible que las formas decomunicacin de las personas jurdicas, as como tambinla de las personas fsicas, estn en constante evolucin. Lasempresas tienden, cada vez ms, a comunicarse con sus pro-veedores, clientes y otros operadores sociales a travs desus propias pginas web, o de otros medios que proporcionala sociedad de la informacin. Un paso lgico es, pues, el deaumentar la rentabilidad de las empresas mediante la imple-mentacin legal de medidas que comporten ahorro, eficaciay rapidez por la mera tenencia de una web.

    Centrndonos en el anlisis de cada una de las modifica-

    cionesque la Ley introduce en el rgimen de la web corpora-tiva, podemos apuntar las siguientes: El rgimen jurdico de las pginas web corporativas. El nuevo rgimen de convocatoria de junta. La suspensin del derecho de separacin de socios por no

    reparto de dividendos.

    La web corporativa

    El legislador ha adoptado una postura prudente, no seha atrevido a variar un pice la naturaleza de la obligacinde tenencia de una web para las sociedades y ha mantenidodicha obligacin nicamente para las cotizadas. Recordemosque esta obligacin ya emanaba de la Ley 26/2003, de 17de julio, desarrollada por Orden ECO/3722/2003 y Circular1/2004 de la Comisin Nacional del Mercado de Valores, porlo que no supone una novedad en s misma.

    El rgano competente para acordar la creacin de unaweb es la junta general,y dicho asunto debe constar enel orden del da de la convocatoria. Dado que los nicosacuerdos que se exceptan expresamente de constar enel orden del da son la separacin de administradores y elejercicio de la accin social de responsabilidad, desconoce-mos el motivo por el cual el legislador se ha molestado en

    realizar expresa mencin a la necesidad de constar en elorden del da. Tal vez dicha mencin obedezca nicamentea un descuido, sin ms.

    Pese a las crticas demltiples autores quevieron discrepancia enel RDL al respecto de laatribucin de competen-cia para la creacin deweb, la Ley insiste enatribuirla al rgano deadministracinpara la

    modificacin, supresiny traslado de la misma,salvo que los estatutoshayan establecido otracosa. Nos planteamoscul es el propsito dellegislador al repartir deforma tan aleatoria lasfacultades con respecto alas web. O dicho de otro

    modo, por qu esta aparente contradiccin de otorgar lacapacidad de crear la web a los socios, y la de suprimirlade un plumazo al administrador? Tampoco entendemos queponga al mismo nivel la supresin y la modificacin de web,pues resulta del todo evidente que no es lo mismo echarabajo la persiana de un negocio que cambiar los mueblesque lo decoran.

    Las modificacionesLas modificaciones

    introducidas en laintroducidas en la

    LSC obedecen a laLSC obedecen a la

    acuciante necesidadacuciante necesidad

    de adaptacinde adaptacin

    progresiva a lasprogresiva a las

    nuevas tecnologasnuevas tecnologas

    por parte de laspor parte de las

    propias sociedadespropias sociedades

    El legislador ha

    El legislador ha

    adoptado unaadoptado una

    postura prudentepostura prudente

    y ha mantenidoy ha mantenido

    la obligacinla obligacin

    de tenencia dede tenencia deuna pgina webuna pgina web

    nicamente paranicamente para

    las sociedadeslas sociedades

    cotizadascotizadas

    15iuris1. julio 2012

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    16/64

    Aclarada la competencia de crear, modificar, trasladar ysuprimir pginas web, todos esos actos deben inscribirseen el Registro Mercantil y en el BORME,ampliando dichaobligacin a la web, que deber contener los mencionadosacuerdos durante los 30 das siguientes a su insercin. Nues-tro miedo es que el legislador se haya excedido en su papelde padre proteccionista y haya perdido de vista los objetivosperseguidos por la Ley, de facilitar el funcionamiento de lassociedades y posibilitar el cada vez ms urgente ahorro de cos-

    tes. Cierto es que la publicacin del anuncio en el BORMEresulta gratuita, mas los honorarios de inscripcin en el Re-gistro no. Puede que hayamos conseguido alcanzar un alto

    grado de seguridad para la proteccin de socios y terceros,que dispondrn de medios suficientes para informarse sobrelos distintos acuerdos relativos a la web, pero de lo que ya noestamos tan seguros es de que hayamos alcanzado la agilidady ahorro pretendidos al inicio. Por otra parte, no seremosnosotros los que criticaremos la preocupacin del legislador ala hora de garantizar la seguridad del trfico mercantil, pues,como abogados, lo primero que buscaremos en todo momentoante una situacin de desconocimiento de una junta ser el de-fecto en su convocatoria, en pro del inters de nuestro cliente.

    Al hilo de lo anterior, por la idiosincrasia del medio tec-nolgico, no debemos olvidar que el propsito de la Ley debeser el del ahorro de costespara las sociedades, pero si algotiene claro el legislador espaol es que ese ahorro no puede,en modo alguno, repercutir en una merma de la seguridad delos socios y terceros que operan en el trfico mercantil. A este

    respecto, como novedad destacamos la atribucin a la sociedad

    de la responsabilidad de garantizar la seguridad en la web, ascomo la autenticidad de los documentos y el acceso a la misma,con posibilidad de descargar e imprimir lo publicado. Igual denovedosa es la inversin de la carga de la prueba de insercinde documentos, y su fecha, que recae sobre la propia sociedad,cuando antes recaa sobre el administrador. No obstante, losadministradores s resultan responsables solidariamente en-tre s, y con la sociedad, de mantener lo insertado en la webdurante el plazo legal, sin interrupciones, exceptuando casosfortuitos o fuerza mayor. Nos preguntamos cules sern esoscasos: Un apagn? Una cada del sistema? Desde luego, nocreemos que est pensando en catstrofes naturales.

    Curioso, sin duda, es que la Ley exija, nicamente, paraacreditar el mantenimiento del anuncio una declaracin deladministrador, resolviendo as una duda del mbito de laprctica, pues el silencio al respecto ocasion el desasosiegoentre operadores jurdicos, que se preguntaban si debanacudir a un notario que diera fe, da tras da, de la insercindel anuncio, o bastaba con una comprobacin. A pesar de queel nuevo mtodo, admitiendo prueba en contra, no resulte deltodo garantista, al menos es una solucin.

    Se introduce el 11 qua-ter, referente a las comu-

    nicaciones entre sociosy sociedad,pretendiendoerigirse en la herramien-taque permita a las socie-dades aprovecharse de lasnuevas tecnologas, agili-zando as las comunicacio-nes entre sociedad y sociopor medios electrnicos,siempre y cuando este hu-biera aceptado dicho me-dio. En relacin con dichaaceptacin, el RDL la con-

    figuraba como expresa,si bien la Ley ha venido arebajar el grado de exigibi-lidad y ha optado por una

    simple aceptacindel socio. Se nos antoja complicada lalogstica de esa aceptacin no expresa. Acaso el hecho deadquirir acciones/participaciones de una sociedad supone laaceptacin de ese mtodo de comunicacin, an a pesar de noestar incluido en los estatutos? A buen seguro, este preceptose tornar pronto en objeto de interpretacin jurisprudencial.

    Asimismo, el RDL entenda las comunicaciones entresocios y sociedad como remisin de documentos, e informa-cin. Pese a tratarse de una introduccin a prioriinocente,el legislador aade expresamente las solicitudes. A nuestrojuicio, tal puntualizacin no resulta balad, pues, sin duda, elhecho de que los socios y la sociedad puedan, bajo el amparo

    Normativa afectada

    Tres normas mercantiles de indiscutible

    trascendencia prctica resultan parcialmente

    modificadas con la aprobacin de la Ley.

    El Real Decreto-legislativo 1/2010, de 2 de julio, de laLey de Sociedades de Capital, en lo relativo al rgimen ju-rdico de las pginas web corporativas, y a la suspensindel rgimen del derecho de separacin del socio en casode no distribucin de beneficios. La Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones es-

    tructurales, en lo tocante a la publicidad del proyecto defusin, y a la necesidad de aportacin de informe de ex-perto independiente en determinados supuestos de fusiny escisin. La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Va-

    lores, en cuanto a la limitacin de derechos de voto enlas sociedades cotizadas y a otros aspectos de las ofertaspblicas de adquisicin (opa).

    Como novedadComo novedad,

    se atribuye ase atribuye a

    la sociedad lala sociedad la

    responsabilidadresponsabilidad

    de garantizar lade garantizar la

    seguridad en laseguridad en la

    web as como laweb, as como la

    autenticidad de losautenticidad de los

    documentos y eldocumentos y el

    acceso a la mismaacceso a la misma

    16 iuris1. julio 2012

    Tribuna

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    17/64

    de la ley, requerirse informacin, documentacin y solicitu-

    desconstituye una inequvoca manifestacin de intenciones,en pro de la adaptacin a las nuevas tecnologas.

    En la lnea apuntada, destacamos la novedosa obligacinde la sociedad de habilitar a travs de la web un dispositivoque acredite la fecha de recepcin y el contenido del mensa-je de forma indubitada. Auguramos cierta dificultad en lapuesta en prctica de este mtodo, pues nos asaltan serias du-das sobre la confianza que este pueda generar, sobre todo, enlas ya aludidas situaciones de conflicto societario. Solo si elsoporte tecnolgico habilitado es capaz de erigirse en mtodode comunicacin igualmente garantista como los tradiciona-les burofaxes, o la publicacin de convocatorias en diarios yBORME, este precepto cargado de buenas intenciones podrcuajar en la realidad societaria diaria.

    Forma de convocatoria de las juntas generales

    A propsito de la forma de convocatoria de juntas, la Leymodifica el artculo 173 de la LSC, con el fin de adaptar sucontenido al nuevo rgimen jurdico de la web. Y lo hace me-diante la priorizacin de la pgina web,en casos en que lassociedades dispongan de ella, y haya sido inscrita y publicada,debiendo publicar el anuncio de convocatoria en dicha pgina.Si, en caso contrario, las sociedades no dispusieran de web

    o, de haberse creado, no se hallare an inscrita y publicada,entonces debern proceder a convocar siguiendo el mtodotradicional, mediante la publicacin en el BORME, y en uno delos diarios de mayor circulacin en la provincia. Esto suponeuna diferencia con respecto a la regulacin anterior, pues,hasta la fecha, la convocatoria en web quedaba relegada aun segundo plano, mediante la posibilidad de regulacin es-tatutaria. Con la Ley, el medio sustitutivo de convocatoria selimita a la comunicacin individual y escrita, que garanticela recepcin en el domicilio designado o que conste del socio.

    Otra novedad es la mencin especial a los socios resi-dentes en el extranjero. A este respecto, los estatutos de las

    sociedades podrn prever que solo sern individualmenteconvocados si hubieran designado un lugar del territorio na-cional para notificaciones.

    Finalmente, se dispone que los estatutos puedan incluirotros medios de publicidad adicionales para las convocato-rias, as como incorporar la obligacin de gestin telemticade un sistema de alerta a socios de anuncios de convocatoriainsertados en web.

    El derecho de separacin por no reparto de dividendos

    Finalmente, mediante una Disposicin Transitoria, se in-troduce uno de los temas que ha tenido mayor difusin de estaLey: el derecho de separacin de los socios de las sociedadesannimas no cotizadas por no reparto de dividendos (artculo348 bis). A ttulo recordatorio, indicar que este artculo fue

    aadido por la segunda modificacin que sufri la LSC, esto es,

    la Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la LSC.

    En atencin a la actualcrisis econmica y finan-ciera que azota al pas, ellegislador ha estimado con-veniente, con mucho acier-to segn la opinin de losque suscriben, suspendertemporalmente ese dere-cho de separacinde lossocios que hayan votado afavor de la distribucin delos beneficios sociales, apartir del quinto ejercicio acontar desde la inscripcinen el Registro Mercantil dela sociedad, si la junta ge-neral no acordara la distri-bucin como dividendo de,al menos, un tercio de los

    beneficios propios de la explotacin del objeto social obtenidosdurante el ejercicio anterior, y que sean legalmente repartibles.

    A pesar de no estar configurado tcnicamente como tal,

    este precepto poda entenderse como una obligacin de dis-tribucin de dividendos, pues conllevaba la obligacin de lasociedad de comprar a valor real la participacin del socioque ejercitara su derecho de separacin en caso de no dis-tribucin de dividendos, segn las condiciones comentadas.

    De no haberse aprobado la suspensin de su aplicacin, elprecepto hubiera tenido, a buen seguro, un impacto negativoconsiderable sobre los balances de muchas sociedades afec-tadas, quizs abocndolas a la liquidacin o el concurso. Ybien es sabido que, en los tiempos que corren, no se necesitanexcusas para la destruccin del tejido empresarial espaol.

    La suspensin temporal de aplicacin de este artculo fina-lizar, si ninguna otra norma lo impide, el 31 de diciembrede 2014,por lo que la primera junta general ordinaria a partirde la cual comenzar a contar ser la celebrada en el primersemestre del ao 2015, en la que se aprobarn las cuentas delejercicio 2014. Y dado que la Ley otorga al socio el plazo deun mes desde la celebracin de la junta general ordinaria paraejercer su derecho de separacin, nos plantaramos en el 30de julio 2015, de celebrarse la junta a 30 de junio.

    Nos preguntamos si la fecha escogida para el levanta-miento de la suspensin de la aplicacin del artculo de re-ferencia es arbitraria, o si por el contrario, el legislador con-sidera que el 31 de diciembre de 2014 la crisis econmica yfinanciera que asola a Espaa habr llegado a su fin, y losbrotes verdes prometidos por el Gobierno anterior se habrnconvertido ya en frondosos jardines botnicos.

    De no haberseDe no haberse

    aprobado laaprobado la

    suspensinsuspensin

    temporal deltemporal del

    derecho dederecho de

    separacin quizsseparacin, quizs

    se habra abocadose habra abocadoa la liquidacina la liquidacin

    o el concurso ao el concurso a

    muchas sociedadesmuchas sociedades

    afectadasafectadas

    17iuris1. julio 2012

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    18/64

    Las redes sociales hanllegado para que-darse. Son un medioms de informacin y

    comunicacin y su influencia no de-ja de crecer. Hasta el sector jurdicoha cedido a su poder y proliferan lasconversaciones de los abogados queparecen ahuyentar su ancestral miedoa la interaccin.

    Ahora bien, la lnea entre comu-nicacin y ruido es ms delgada delo que nos imaginamos,y la posibili-dad de que una red social se conviertaen una maraa en la que se pierdan devista los objetivos y el control de la mis-ma no es nada descabellada. Salvar esteriesgo es el objetivo principal de esteartculo, esperamos alcanzarlo.

    Los despachos y las redes sociales

    Una red social es una plataforma

    de comunicacin onlinecuyo contenidocrean los propios usuarios mediante eluso de las tecnologas de la web 2.0, quefacilitan la edicin, la publicacin y elintercambio de informacin. Los aboga-dos, en particular, y las firmas, en ge-neral, pueden tener distintas razones ymotivos para involucrarse en las redes,como: Actualizarse, vivir con los tiempos

    que corren e interiorizar que cual-quier tiempo pasado fue peor.Generar trfico hacia su web o blog. Fomentar y desarrollar colaboracio-

    nes o alianzas con otros profesionales. Mantener conversaciones con sus

    clientes. Hacerlo humaniza al abogado.

    Redes sociales, smaraassociales, no!La influencia de las redes sociales no deja de crecery cada vez son ms los despachos de abogados quelas utilizan, pero pueden convertirse en autnticasmaraas sociales si no responden a una estrategia,unas polticas y unos protocolos de actuacinpreviamente definidos.

    18 iuris1. julio 2012

    Gestin

    SILVIA OLIDENConsultora en marketing jurdico

    www.silviaoliden.com

    MARISA MNDEZConsultora de servicios

    profesionales

    www.marisamendez.com

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    19/64

    Incrementar el recuerdo de la

    marca. Facilitarnos la anticipacin de ne-

    cesidades, porque escuchando lo quedicen, piensan y les preocupa a nues-tros stakeholders detectaremos antessus carencias y podremos desarrollarservicios que las satisfagan.

    Si la nica razn de entrarSi la nica razn de entrar

    en las redes sociales esen las redes sociales escopiar a un competidorcopiar a un competidor

    o seguir la tendenciao seguir la tendencia,

    solo robar energas ysolo robar energas y

    tiempo para accionestiempo para acciones

    ms ventajosasms ventajosas

    Un abogado o despacho puede te-ner alguno de estos motivos u otros,pero cuidado si la razn es copiar a uncompetidor o seguir la tendencia sinms. Esto solo nos robar energas ytiempo para acciones ms ventajosas.Y hablando de ventajas, del recuadroadjunto se pueden extraer ideas paraconvencer a los ms indecisos, perotambin las desventajas que puedendesaconsejar el salto.

    Distintas redes, distintos objetivos

    Pero son todas las redes intere-santes para nuestro despacho? Enqu redes debemos tener presencia yen cules no? Por dnde empezamos?

    El primer paso ser disear la es-trategia, y para ello hay buenos for-matos circulando por Internet bajo ladenominacin plan de comunicacin2.0.El consultor en reputacin corpo-rativa Ivn del Pino ha colgado en sublog un plan muy visitado y referencia-do (http://ivanpino.com).

    Es muy importante analizar lasaudiencias de cada red, conocer los

    comportamientos de sus usuarios y lasfuncionalidades que permiten, estudiar

    qu est haciendo nuestra competen-cia, ser conscientes de los recursosde que dispongamos y diversificar losesfuerzos de manera acorde con esosrecursos.

    Un reciente estudio realizado porla agencia de comunicacin AxiComencolaboracin con la Asociacin Nacio-nal de Empresas de Internet, titulado Elprofesional de la comunicacin en la erade Internet y las redes sociales, arrojalos siguientes resultados en relacincon el uso de redes sociales por partede los profesionales de la comunicacin: Twitter es el canal ms utilizado

    para detectar temas candentes (70%),

    como fuente de informacin (64%), co-mo altavoz para difundir mensajes de

    la compaa (64%) y para relacionarsecon blogueros y periodistas (52%). LinkedIn es la red favorita de los

    profesionales de la comunicacin pararelacionarse con personas del entornocorporativo (62%) y para promocionar-se profesionalmente (75%). Facebook es la opcin que eligen

    a la hora de entretenerse (76%) y rela-cionarse con su crculo de amistadesy/o familiares (88%). Google+, Tuenti,Xing, Hi5 o MySpace apenas tienenpresencia en la actividad de los en-cuestados.

    A la hora de relacionarse con losprescriptores, es decir, nuestros segui-

    Ventajas y desventajas de las redes sociales

    Ventajas Desventajas

    Fuente de informacin.Los usua-rios de las redes sociales estn con-tinuamente generando y recibiendoinformacin. Un abogado puede obte-ner a travs de las redes informacinvaliosa para su profesin: Actualidad jurdica. Comportamiento de la competencia. Necesidades de los clientes, lo quete permite averiguar en qu podemosmejorar los servicios que ya presta-mos. Quejas y/o felicitaciones.

    Requieren tiempo.En el sistemaen que vivimos el tiempo es oro, ysi un abogado quiere tener presen-cia en las redes sociales, hacerlobien le va a llevar ms tiempo delque cree.

    Los resultados tardan en llegar, es-pecialmente si lo que se pretendees nica y principalmente captarnuevos clientes. Que nadie se enga-e: por abrir una cuenta en Linke-dIn no tendremos colas de clientesen la puerta del despacho.

    Posibilidad de generar colaboracio-nes o de encontrar oportunidades,ya sea con otros abogados, otros pro-fesionales o incluso con algn mediode comunicacin.

    Se est ms expuesto al pbli-co, obviamente. Por ello debemostener mucho cuidado con aquelloque publiquemos y con cmo noscomportemos en la Red.

    Ser fundamental elaborar polti-cas internas desocial mediaparaque todo el equipo sepa qu debe yqu no debe hacer.

    Publicidad. Los abogados tradicio-nalmente somos reacios a un tipo depublicidad directa. Un buen uso delas redes sociales nos permite darnosa conocer y, adems, hacerlo de formasutil y gratuita, generando contenidosinteresantes, de modo que el pblicoconozca nuestras especialidades.

    19iuris1. julio 2012

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    20/64

    dores en las redes, debemos tener encuenta los puntos fuertes de cada red: Twitter es la red social ms utiliza-

    da para interactuar con los periodistas(59%). Facebook, para llegar a los usuarios

    (55%). LinkedIn, para el entorno corpora-

    tivo (56%), y el blog, para relacionarsecon los propios blogueros (16%).

    Twitter es el canal msTwitter es el canal ms

    utilizado como altavozutilizado como altavoz

    para difundir mensajes depara difundir mensajes de

    una firmauna firma

    Aunque las acciones en mediossociales pueden llegar a tener una alt-sima repercusin, las primeras etapasde su evolucin son lentas (hasta queconseguimos construir una comunidad

    de usuarios potente), y normalmentelos resultados tardan en llegar, aunqueel primer objetivo, comunicarnos, sue-le alcanzarse rpidamente. De hecho,el sector jurdico es muy acogedor yda una calurosa bienvenida a nuevosintegrantes de esta comunidad 2.0.

    Organizando nuestra presenciaen redes

    Para gestionar bien la presencia de

    un despacho en las redes sociales, espreciso plantearse varios interrogantes:

    Quin se ha de encargar deellas? Mucho se ha escrito, twitteadoy retwitteadoen los ltimos meses so-bre la figura del community manager(gestor de una comunidad virtual).Queremos aadir algo al respecto: co-mo sucede siempre en marketing, esradicalmente distinto el que se realizapara productos o servicios masivos delque tiene xito en el mbito de los ser-vicios profesionales. As pues, nuestrarecomendacin es community manager,s siempre que cumpla todas estascaractersticas:

    Que conozca y comprenda muy

    bien qu tipo de trabajo y servicios seofertan en el despacho. Que cuente con la confianza de

    los socios y seniors con voz en la fir-ma. Que cuente en su versin de serie

    con los valores de prudencia y respon-sabilidad.

    La presencia en redes es una ex-tensin natural de las acciones de no-toriedad y reputacin que llevamosaos trabajando en los despachos,por lo que no han de disminuir loscriterios de calidad que seguimos enellas.

    Qu contenidos son los que in-teresan? Los contenidos se encuen-tran totalmente ligados a nuestrosobjetivos en social media y a la redconcreta en la que vayamos a interac-tuar. No tiene nada que ver lo que secuenta en Twitter con lo que se cuen-ta en LinkedIn, ni lo que se cuenta ni

    cmo se cuenta, pero, por norma, uti-lizaremos la regla del 80/20: el 20%es la publicidad que el internauta vaa soportar que le lancemos, y el 80%lo que necesariamente deben ser con-tenidos tiles.

    Cmo gestionamos esa presen-cia en redes?En primer lugar, nuestroplan de comunicacin 2.0 debe conte-ner un calendario de acciones. Tam-bin debemos contar siempre con unaspolticas y protocolos de utilizacin de

    redes estrictamente implantados y asu-midos por todos, que contendrn, ade-ms, una gua de estilo.

    Y si algo va mal?

    Cuando dedicamos tiempo y dineroa tener presencia en redes, es impor-tante recibir un feedbackde los usua-rios, y la monitorizacin a travs deherramientas especficas de medicinha de ser constante. Pero qu ocurresi recibimos crticas o comentarios ne-gativos?

    Las redes sociales permiten la re-lacin con diversos pblicos y facili-

    Ejemplo de protocolos de actuacin

    Comentarios

    Positivos Neutrales Negativos

    Tipos

    Menciones a lamarca. Comentarios quesirvan de recomen-

    dacin para otrosusuarios.

    Menciones de lamarca realizadospor miembros deldespacho.

    Menciones con crti-cas hacia nuestro des-pacho.

    Acciones

    Los agradecemospor el mismo canal.

    Retwitteam os, compartimos ennuestro canal. Si es demasiadocomercial, no ha-cemos ninguna ac-cin.

    Contestamos inme-diatamente, pero pedi-mos ms informacinpara contactar porotros canales. Que elusuario sepa que esta-mos buscando una so-lucin.

    20 iuris1. julio 2012

    Gestin

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    21/64

    tan la interaccin, pero tambin nos

    hace vulnerables. Al entrar en la red,nos exponemos a crticas, incluso acomentarios desafortunados que enalgunos casos pueden llegar a daarnuestra imagen de marca. Cmo de-bemos de actuar ante estas situacio-nes?

    El despacho debe contarEl despacho debe contar

    con unos protocolos decon unos protocolos de

    actuacin previamenteactuacin previamente

    definidos para solventardefinidos para solventar

    cualquier situacincualquier situacin

    incmoda en las redesincmoda en las redes

    socialessociales

    La reaccin que a priori puedeparece ms lgica es la retirada dela informacin, pero no nos precipi-temos, porque esto puede producirel efecto contrario al deseado, au-mentar la visibilidad de aquello queincomoda y potenciar su viralidad.No hay que olvidar que la red es unmedio en el que los mensajes puedenpropagarse con demasiada facilidad,y la informacin, lejos de desapare-cer, adquiere ms notoriedad y divul-

    gacin que si no hubiera intentado

    silenciarse.

    A esto se le llama efecto Strei-sand.Dicha expresin comenz a uti-lizarse en el ao 2003, cuando KennethAdelman, un fotgrafo y activista queinvestigaba la degradacin de la costaen Malib, tom y public en Internetalgunas fotos areas, entre las que semostraba la casa de Barbra Streisand.La actriz intent mediante denunciaque se retiraran las fotos, pero su de-manda no prosper y adems generun especial inters en los internautaspor saber cul era su casa, informacinque hasta el momento haba pasadodesapercibida.

    Por tanto, a la hora de gestionaruna situacin de este tipo, es impor-tante recurrir a unos protocolos deactuacin previamente definidos(ver recuadro), entre los que podrantener cabida alguna de las siguientesreglas:

    Escuchar todas las crticas, esla mejor manera de aprender ymejorar, pero siempre teniendo encuenta el tipo de usuario que lasrealiza. Responder a tiempo. No dar juego a crticas sin sentido. Actuar siempre con sinceridad y

    transparencia. No eliminar comentarios gratuita-

    mente, solo en casos muy puntuales(por ejemplo, comentarios difamato-rios o violentos, amenazas, comenta-

    rios racistas o xenfobos, que violen

    los derechos de autor). El objetivo es convertir a los de-

    tractores en simpatizantes al sentirseatendidos y comprendidos.

    Conclusin

    La Red ofrece una infinidad de po-sibilidades an por explorar para lamayora de las firmas jurdicas y ellono nos debe asustar. Al contrario, ade-lantarse tan solo nos puede traer doscosas: ganar o aprender.

    En resumen, estos seran los pun-tos clave que se deben tener en cuentaa la hora de lanzarnos a la Red en undespacho de abogados: Debe existir un compromiso de los

    socios, son ellos los primeros que tie-nen que creer en el proyecto.Tiene que existir en el despacho una

    cultura de compartir el aprendizaje. Debemos tener aprobadas polti-

    cas de utilizacin de las redes, dise-

    adas para motivar y guiar, no paracastigar. Tenemos que conocer la realidad de

    la empresa, cules son nuestros objeti-vos y a quin nos queremos dirigir, ycon todo ello elaborar nuestro plan decomunicacin 2.0, que habr que revi-sar semestralmente.Hemos de aplicar el sentido comn,

    no olvidemos que esto sigue siendo co-municacin. Y, por ltimo, no debemos olvidar

    medir los resultados.

    ms informacin en: www.eduvozformacion.com

    La voz, principal herramienta

    de trabajo del abogado

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    22/64

    PORTALDEREVISTASEL PRIMER UIOSCO JURDICO EN LA RED

    NACE EL

    Revistas

    tel.: 902 250 500

    ADEMS...

    LDERES EN OPININY ANLISIS DOCTRINALLas ms prestigiosas firmas del

    panorama jurdico, dirigen y com-

    ponen los consejos de nuestras re-

    vistas garantizando la calidad y la

    excelencia de los ms de 500 ar-

    tculos que cada mes se incorpo-

    ran al portal.

    Actualizacin permanente y sistema debsqueda.

    Revistas semanales por correo electr-nico.

    Contenidos nuevos e interrelacionados.

    Nuevos formatos compatibles con todotipo de tabletas.

    Alertas personalizables por correo elec-trnico.

    Vdeos y encuentros digitales.

    Interaccin con los contenidos con posi-bilidad de votar, opinar o sugerir.

    Reciba tambin su revista en papel.

    Revistas

    http://revistas.wke.esENTRE EN

    Y COMPRUBELO

    NUEVO

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    23/64

    Balms se expande a China

    Balms Abogados ha abierto su primera oficina en China,ubicada en Beijing, con un equipo especializado en asesorar alas empresas que deseen llevar su internacionalizacin haciael mercado asitico. Esta es la quinta apertura en el extran-jero de este despacho multidisciplinar, que cuenta con dossedes en Bulgaria, una en Rumana y otra en Marruecos, ade-ms de las que tiene en Madrid, Barcelona, Marbella y Vigo.

    La constante expansin de la firma es la expresin deltrabajo orientado a satisfacer las necesidades de nuestrosclientes en aquellos mercados relevantes para la economay en continuo crecimiento, ha explicado el presidente deBalms, Juan Luis Balmaseda de Ahumada y Dez.

    Serrano Alberca crece con cuatro nuevos socios

    Tras la incorporacin de cuatro nuevos socios, el despacho fundadopor Jose Manuel Serrano Alberca en 1978 ha pasado a llamarse Jose Ma-

    nuel Serrano Alberca & Conde Abogados. La firma, ubicada en Madrid yespecializada en Urbanismo y Expropiaciones, ha dado entrada a LuisConde de Saro, M. Jess Serrano Conde, Manuel Serrano Conde y RocoSerrano, que reforzarn esas reas y tambin las de Civil, Procesal yMercantil.

    Monforte crea un servicio

    de consultaonline

    Jo s Dom ing oMonforte Abogados &Asociados ha puestoen marcha un nuevo

    servicio que ofrece laposibilidad de realizarconsultas, solicitardictmenes jurdicos

    y pedir una segunda opinin a travs de lapgina web del despacho con la misma efi-cacia y profesionalidad que garantiza unavisita fsica, segn ha explicado el directorde la firma, Jos Domingo Monforte. Estenuevo servicio, que puede utilizar tantoun particular como profesional (autno-mos, pymes y otras empresas) enriquecenuestro mtodo de trabajo con la rapidezde la respuesta y un precio razonable y ade-cuado que constituye otro factor de com-petitividad, ha aadido el responsable deldespacho.

    Ecija Abogados se escinde

    Uno de los doshermanos fundadoresde Ecija Abogados en1997, lvaro cija, haabandonado el despa-cho y ha fundado EcixGroup junto con Car-los Siz y un equipode un centenar de profesionales dedicadosa ofrecer servicios y soluciones integra-les en aspectos legales, de seguridad de lainformacin y cumplimiento normativo.

    Tras esta escisin, Ecija Abogados sigueliderada por Hugo cija, que ha decidido im-pulsar el departamento de Information Tech-nology con la incorporacin de siete aboga-dos. La tecnologa y el Derecho son reas encontinua evolucin y la decisin de centrarnuestros esfuerzos durante los prximosaos en esta rea es estratgica, ha afirmado

    el socio director del despacho.

    Hugo cija

    Jos Domingo Monforte

    Luis Conde de Saro

    Watson, Farley & WilliamsWatson, Farley & Wi-

    lliams ha incorporado co-mo socio de Mercantil en su

    oficina de Madrid a Gonza-lo Aranzabal, que acumula25 aos de experiencia eneste campo en KPMG Abo-gados, DLA Piper y SquireSanders.

    SJ BerwinSJ Berwin ha fichado a

    Joaqun Sales, procedentede Watson, Farley & Wi-lliams, como socio y res-ponsable del Departamen-to de Derecho Bancario yFinanciero en su oficina deMadrid.

    AlemanyAlemany, Escalona &

    De Fuentes ha incorporadoa Siro Barro, proveniente de

    Baker & McKenzie, comoabogado seniordel departa-mento Fiscal.

    BrosetaBroseta Abogados ha

    incorporado como conseje-ro del rea Laboral a JosMara Goerlich, catedrti-co de Derecho del Trabajoy de la Seguridad Social

    de la Universidad de Valencia, que fuemagistrado suplente del Tribunal Su-perior de Justicia de la Comunidad Va-lenciana y letrado adscrito al TribunalConstitucional.

    23iuris1. julio 2012

    SectorAutor: Redaccin iuris

    Juan Luis Balmaseda deAhumada y Dez

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    24/64

    Hablar, aparentemen-te, es fcil. Comen-zamos desde peque-os y no paramos,

    en los mejores casos, hasta el final denuestra vida y, en los peores, hasta queuna enfermedad o trastorno nos lo im-pide. Pero hablar bien es otro cantar,requiere facilidad de palabra y de ex-presin, una buena diccin, el conoci-miento mediante la lectura, el estudio

    y la observacin, capacidad de sntesisy mucho sentido comn.

    En artculos anteriores hemos ha-blado de la correcta utilizacin de lavoz, la sincronizacin del mensaje noverbal y verbal, los objetivos y modosdel discurso y siempre hemos hechohincapi en la necesidad de la prepara-cin y el ensayo para lograr el xito denuestras intervenciones en pblico. Eneste, que trata sobre los medios auxi-liares y la utilizacin de objetos en la

    oratoria jurdica, analizaremos cadauno de ellos e intentaremos sacar lasmejores conclusiones sobre su correctautilizacin. Sin embargo, el mensajeclaveque pretendemos transmitir, enesencia, es el mismo: elaboracin mi-nuciosa, preparacin, ensayo y puntua-lidad para evitar sorpresas que puedanarruinar una presentacin.

    Respecto a la oratoria jurdica, enlos juicios espaoles no suelen utilizar-se objetos ni medios auxiliares, ya que,incluso cuando el tribunal est com-puesto por un jurado, la muestra de laspruebas se realiza con anterioridad, porlo que durante el juicio nicamente se

    Usar medios auxiliares, como la pizarra o laspresentaciones en PowerPoint, aumenta el poderde conviccin y persuasin del orador y potenciael inters y la atencin del pblico, pero todospresentan inconvenientes y hay que elegirlos en

    funcin del espacio, la audiencia y el objetivo quese persigue.

    Utilizacin deobjetos y mediosauxiliares en la

    oratoria jurdica

    24 iuris1. julio 2012

    Ejercer

    ISABEL ALBARy MARA RUIZ DEL

    RBOLLogopedas. Directoras

    de Eduvoz, centro de

    rehabilitacin y educacin

    de la voz

    www.eduvoz.com

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    25/64

    hace alusin a ellas. Sin embargo, den-

    tro de esta profesin y segn sea el mo-tivo del discurso, podemos establecerdiferentes tipos de oratoria: abogadoscon despacho-asesores, abogados quetrabajan en empresas, abogados docen-tes, polticos, opositores e incluso estu-diantes universitarios que se enfrentana exmenes orales en los que deben ex-poner, muchas veces, apoyndose enun medio auxiliar.

    Los medios auxiliares en la comuni-cacin en pblico son un recurso que sedebe utilizar para que la charla resultems clara y amenaya que, cuando seusan correctamente, aumentan el poderde conviccin y persuasin, incremen-tan la capacidad de retencin, potencianel inters, mantienen la atencin y nossirven de guin y esquema, aunquenunca deben ser un sustituto del oradorporque si no tenemos nada interesanteque decir, por muy sofisticado que sea elapoyo, el discurso resultar un fracaso.

    Los medios auxiliaresLos medios auxiliares

    nunca deben ser unnunca deben ser un

    sustituto del orador;sustituto del orador;

    si no tenemos nadasi no tenemos nada

    interesante que decirinteresante que decir,

    por muy sofisticado quepor muy sofisticado que

    sea el apoyo el discursosea el apoyo, el discursoresultar un fracasoresultar un fracaso

    Entre los medios ms comunes quese suelen utilizar estn desde la clsi-ca pizarra hasta la ms sofisticada pre-sentacin con elementos tecnolgicos,pero no debemos olvidar que todos ycada uno de ellos deben ser oportunosy estar ajustados a cada situacin, au-diencia y objetivo de la charla.

    Vamos ahora a dar unas pautaspara el correcto diseo y manejo en la

    presentacin de la pizarra, el rotafolio

    y el PowerPoint, que son los que se sue-len utilizar con ms frecuencia.

    Diseo

    A nuestro juicio, es mejor prepa-rar la charla previamente sin teneren cuenta el apoyo, porque este debeelegirse en funcin del contenido y noal revs. Adems, es conveniente estarpreparado para impartir la charla acuerpo descubierto por si el da de lapresentacin surgiese algn problematcnico o prctico que no se pudiese so-lucionar. Respecto al diseo, hay cua-tro reglas comunespara todos:

    Consistencia.Para que el medioauxiliar resulte slido, debe elegirse te-niendo en cuenta el tema, las condicio-nes de la sala, el nmero de asistentesy, sobre todo, la habilidad del oradorpara prepararlo y manejarlo.

    Sencillez. Conviene incluir pocas

    ideas pero muy claras evitando el exce-so de palabras, nmeros y grficos. Sedebe poner en cada espacio unas seislneas, con seis palabras como muchoen cada una de ellas.

    Claridad.Las letras y los nmeroshan de ser grandes y legibles desde ladistancia en que se encuentre el pblico;se deben combinar adecuadamente loscolores para que la presentacin resultesobria y elegante. Conviene utilizar laletra minscula en vez de la mayscula,

    que resulta ms agresiva, y, no sabemospor qu razn, ms difcil de leer.

    Calidad.Se debe disear con es-mero y creatividad, incluyendo solouna imagen o grfico en cada transpa-rencia que lo requiera y cuidando siem-pre que sean claros y tengan una buenadefinicin.

    Ventajas e inconvenientes

    Tanto la pizarra como el rotafolio yel PowerPoint presentan ventajas e in-convenientes para ser utilizados comomedios auxiliares en la comunicacinen pblico.

    La pizarra.La principal ventaja de

    la pizarra es, sin duda, su facilidad de usoy su gran superficie, que permite, siem-pre de forma ordenada, escribir cantidadde informacin que permanece a la vistadel pblico todo el tiempo que se necesi-te. Adems, permite improvisar.

    Entre sus inconvenientes est elhecho de que normalmente es un ele-mento fijo que obliga a orientar el con-tenido para que sea visible para toda laaudiencia. La pizarra, por muy grandeque sea, tiene una limitacin de espacioy llega un momento en el que hay queborrar para seguir escribiendo, con loque se pierde la informacin anterior.

    Adems, es imposible escribir enla pizarra y mirar al pblico a la vez,por lo que se debe ir leyendo en altomientras se escribe para no perder elcontacto con la audiencia.

    El rotafolio.Como la pizarra, el ro-tafolio es fcil de usar y, adems, tiene

    la gran ventaja de que es transportable.Al fin y al cabo, es un cuaderno grande,y ello permite preparar los materialespreviamente y que la informacin no sepierda porque es fcil separar las hojasy distribuirlas por la sala pegndolascon un simple papel de celofn.

    Entre sus inconvenientes destacanque el espacio es pequeo y que, co-mo en la pizarra, hay que escribir conuna letra grande, muy clara y distribuirbien el espacio para que resulte bien

    visible por la audiencia, por lo que suproceso puede resultar lento.

    El PowerPoint.Es el medio msusado y preferido por casi todos losponentes. Produce mayor impacto enla comunicacin, permite incluir dia-positivas ocultas y ensearlas justo enel momento necesario, evitando que eloyente deje de prestar atencin, y esel ms completo porque permite utili-zar grficos, imgenes, vdeos e inclu-so cualquier recurso de Internet parala presentacin. El mayor problema esque su logstica es ms complicada yque existen ms posibilidades de fallostcnicos, por lo que conviene ser preca-

    25iuris1. julio 2012

  • 5/20/2018 Revista_Iuris_173

    26/64

    vido en la preparacin y tener en cuen-ta que en la puesta en escena: La explicacin debe coincidir en ca-

    da momento con la imagen proyectada. El ponente debe tener ensayada la

    presentacin para poder mirar al p-blico mientras habla, explicando cadatransparencia sin recurrir a la pantallapara leer su contenido. La pantalla y el ponente deben estar

    en un mismo plano para que el pblicopueda verlos a la vez.

    Es aconsejable visitar la sala conanterioridad o acudir con tiempo su-ficiente el da de la presentacin paratener preparados todos los materialesantes de que llegue el pblico.

    Elementos complementarios

    Hay elementos muy comunes en laoratoria a los que conviene prestar aten-cin, como son el atril y el micrfono.

    El atril. Debe tener una alturaque permita al ponente apoyar los an-tebrazos de modo que pueda leer eltexto moviendo los brazos con natu-ralidad y a la vez permanecer ergui-do con las dos piernas apoyadas en elsuelo. En el mercado existen atrilesque se pueden adaptar a distintas al-turas. Si el atril no tiene esa posibili-dad, se puede adaptar con un suple-

    mento en el suelo o en el mismo atril,segn los casos.

    El micrfono.Es un amplificadordel volumen de la voz pero tambin capta

    todos los dems sonidos procedentes dela sala, por eso debe utilizarse solamenteen espacios en los que esta no llegue atodo el pblico. El micrfono ms ade-cuado para hablar en pblico es el de so-lapa, porque permite tener las manos li-bres para poderse expresar tambin conellas. En este caso, los codos deben man-tenerse pegados al tronco para mover lasmanos delante del cuerpo, en el espaciocomprendido entre la cintura y el pecho.

    En el caso de que el micrfono sea

    de sobremesa o de pie, debe mantener-se fijo y situarse entre 10 y 15 centme-tros debajo de la boca, evitando mover

    mucho la cabeza para que no haya va-

    riaciones de sonido. Si se necesita cogerel micrfono para moverse por la sala,este debe asirse por su base y situar lamano a la altura del pecho procurandoque se mueva lo menos posible.

    El micrfono msEl micrfono ms

    adecuado para hablar enadecuado para hablar en

    pblico es el de solapapblico es el de solapa,

    porque permite tener lasporque permite tener las

    manos libres para podersemanos libres para poderse

    expresar tambin con ellasexpresar tambin con ellas

    Conviene comprobar con anteriori-dad que el volumen no est muy alto yque el micrfono no se acople a otros apa-ratos de la sala para que no se produzcan

    distorsiones del sonido que hagan que,aunque se nos oigan, no se nos entienda.

    Conclusin

    En la utilizacin de objetos y me-dios auxiliares, como cualquier otratcnica relacionada con la oratoria,la improvisacin debe estar cuida-dosamente elaborada; ms all delas tcnicas descritas en este artcu-lo, al afrontar una presentacin enpblico debe tenerse muy en cuenta

    que llevarla bien preparada es lo msnecesario para ganar en seguridad yconviccin.

    Manipulacin de objetosPara atraer a la audiencia y evitar el nerviosismo al manipular objetos,

    nada mejor que seguir estos sencillos consejos.

    Las manos deben permanecer libres para que sirvan de ayuda