Rm n 0155 2008 Minedu QUIOSCOS

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    El Peruano

    GOBIERNOS REGIONALES

    Ordenanza N 006.- Aprueban Reglamento de Organizaciny Funciones del Gobierno Regional del Callao 369256

    Acuerdo N 038-2008-GRU/CR.- Autorizan viaje delGerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambientepara participar en curso a realizarse en Panam 369256

    GOBIERNOS LOCALES

    Res. N 054-2008-MML-GDU-SPHU.- Establecenconformidad de resolucin expedida por la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco que aprueba proyectos dehabilitacin urbana de terreno 369257

    R.A. N 075-2008-A/MDA.- Disponen clausura de relleno

    sanitario municipal 369258R.A. N 083-2008-A/MDA.- Modican la R.A. N 075-2008-A/MDA, sobre autorizacin otorgada a ProcuradorPblico Municipal Adjunto y a Ejecutor Coactivo 369259Res. N 037-GDU/MDA-2008.- Aprueban subdivisin deLote Matriz ubicado en el distrito 369260

    Ordenanza N 174/ML.- Autorizan celebracin del PrimerMatrimonio Civil Comunitario 2008 369261

    R.A. N 054-2008-ALC/MM.- Declaran a predio ubicadoen la Av. Del Ejrcito como predio tugurizado 369261

    Acuerdo N 003-2008.- Aprueban la iniciativa privadade Inversiones 2055 S.A.C. para desarrollar un proyectoresidencial de vivienda 369262

    D.A. N 06-2008-MSS.- Modican el D.A. N 03-2006-MSS, en lo referido a horario de ejecucin de obras civiles

    369263

    Ordenanza N 168-MVES.- Regulan Rgimen deBenecios Tributarios y Administrativos para el ejercicioscal 2008 369264

    R.A. N 067-2008-MPH/A.- Aprueban adjudicacin deProyectos de manera directa, conforme a lo dispuestomediante D.U. N 026-2007 369267

    Acuerdo N 013-2008-MDP.- Exoneran de proceso deseleccin la adquisicin de asfalto destinado a proyectode mejoramiento de calles 369269

    Acuerdo N 037-2008-CM/MDRN.- Declaran en situacinde emergencia el distrito de Ro Negro 369270

    PODER EJECUTIVO

    Aprueban la Gua para el Diseo,Administracin, Funcionamiento,Conduccin y Adjudicacin de Quioscosen Instituciones Educativas Pblicas

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0155-2008-ED

    Lima, 18 de marzo de 2008

    CONSIDERANDO

    Que, el Artculo 7 de la Constitucin Poltica del Per,

    establece que todos tienen derecho a la proteccin de susalud, la del medio familiar y la de la comunidad, as comoel deber de contribuir a su promocin y defensa;

    Que, el Artculo 79 de la Ley N 28044, Ley Generalde Educacin, establece que el Ministerio de Educacines el rgano del Gobierno Nacional que tiene por nalidaddenir, dirigir y articular la poltica de educacin, cultura,recreacin y deporte, en concordancia con la polticageneral del Estado;

    Que, mediante Ley N 28628, se regula la participacinde las asociaciones de padres de familia - APAFA - enlas instituciones educativas pblicas, establecindose ensu artculo 15, que los recursos de dichas asociacionesestn conformados, entre otros, por los ingresosprovenientes de la administracin o concesin de los

    quioscos escolares, disposicin recogida adems por

    el artculo 75 de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo N 004-2006-ED;Que, por Resolucin Ministerial N 0138-2005-ED,

    se aprob la Directiva N 040-2005/ME/VMGI-OAAEOrientaciones para la Administracin, Funcionamiento,Conduccin y adjudicacin de quioscos escolares,la misma que contiene disposiciones que requierenser complementadas y mejoradas, de acuerdo a lasnecesidades y planteamientos actuales de la organizaciny funcionamiento de las instituciones educativas;

    Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) delartculo 57 del Reglamento de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Educacin, la Unidad de Organizaciny Mtodos de la Ocina de Apoyo a la Administracinde la Educacin, tiene entre sus funciones formularpropuestas innovadoras, normas tcnicas e instrumentosde gestin para la descentralizacin y modernizacin dela organizacin y funcionamiento de las Instancias deGestin Educativa Descentralizada;

    Que la Ocina de Infraestructura Educativa, de acuerdoa lo sealado en el artculo 53 del Reglamento sealado,modicado por el Decreto Supremo N 001-2008-ED,tiene entre sus funciones formular, difundir y supervisar laaplicacin de las normas tcnicas de diseo arquitectnicopara la construccin, equipamiento y mantenimiento de lainfraestructura educativa, entre la que se encuentran losquioscos escolares;

    Que, como parte de la poltica de mejorar la calidad enla gestin de la Institucin Educativa Pblica, la Ocina deInfraestructura Educativa en coordinacin con la Unidadde Organizacin y Mtodos de la Ocina de Apoyo a la

    Administracin de la Educacin, han formulado la Gua parael Diseo, Administracin, Funcionamiento, Conduccin y

    Adjudicacin de Quioscos en las Instituciones Educativas

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    Pblicas la misma que incluye disposiciones para brindaruna adecuada atencin alimenticia complementaria a losestudiantes a travs de una eciente administracin delos quioscos escolares y, al mismo tiempo garantiza unadecuado diseo y construccin de los mismos;

    Con la opinin favorable de la Ocina de AsesoraJurdica y la visacin del Vice Ministerio de GestinInstitucional; y

    De conformidad con el Decreto Ley N 25762, LeyOrgnica del Ministerio de Educacin, modicada por LeyN 26510 y el Reglamento de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Educacin , aprobado por DecretoSupremo N 006-2006-ED, modicado por los DecretosSupremos Ns 016-2007-ED, 019-2007-ED y 001-2008-ED;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- AprobacinAprobar la Gua para el Diseo, Administracin,

    Funcionamiento, Conduccin y Adjudicacin de Quioscosen las Instituciones Educativas Pblicas, que forma parteintegrante de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- ImplementacinLas Instituciones Educativas Pblicas son responsables

    de implementar la presente Gua y de velar por su estrictocumplimiento.

    Artculo 3.- Supervisin y monitoreoLas Direcciones Regionales de Educacin y las

    Unidades de Gestin Educativa Local, segn corresponda,son responsables efectuar la difusin de la presente Guay de supervisar y monitorear su cumplimiento en el mbitode su jurisdiccin

    Artculo 4.- DerogatoriaDerogar la Resolucin Ministerial N 0138-2005-ED y

    dems disposiciones administrativas que se opongan a lapresente Resolucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOS ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educacin

    MINISTERIO DE EDUCACIONVICEMINISTERIO DE GESTION INSTITUCIONALOFICINA DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

    GUA PARA EL DISEO, ADMINISTRACIN,FUNCIONAMIENTO, CONDUCCIN Y ADJUDICACIN

    DE QUIOSCOS EN INSTITUCIONES EDUCATIVASPBLICAS

    LIMA PERU2008.

    Ministro de EducacinING. JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO

    Viceministro de Gestin InstitucionalPROF. VICTOR RAUL DIAZ CHAVEZ

    Jefe de la Ocina de Infraestructura EducativaING. LUIS ALBERTO HUAYLINOS MARAV

    Coordinador de Normatividad - OINFEARQ. JOS MIGUEL NEZ IDIQUEZ

    Ocina de Apoyo a la Administracin de la Educacin OAAE

    DR. VALENTE TORO MOTA

    ConsultoresARQ. LUIS FERNANDO ESPINOZA CASTILLOARQ. ELBA VICTORIA VARGAS BECERRA

    GUA PARA EL DISEO, ADMINISTRACIN,FUNCIONAMIENTO, CONDUCCINY ADJUDICACIN DE QUIOSCOS

    EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS

    CONTENIDO

    INTRODUCCIN

    PRIMERA PARTEGENERALIDADES

    1.1 CONCEPTO1.2 FINALIDAD1.3 OBJETIVOS1.4 ALCANCES1.5 BASE LEGAL1.6 GLOSARIO DE TRMINOS PARA EFECTOS

    DE LA PRESENTE GUIA

    SEGUNDA PARTEDEL SERVICIO DE LOS QUIOSCOS

    2.1 DESCRIPCIN GENERAL DEL SERVICIO2.2 ASPECTOS OPERATIVOS2.3 CONTENIDOS DE LOS PRODUCTOS A

    EXPENDER2.4 EQUIPOS Y MATERIALES2.5 CONDICIONES PARA LA PRESTACIN

    DE SERVICIOS EN LOS QUIOSCOSESCOLARES

    2.6 DE LA SUPERVISIN Y CONTROL DELSERVICIO

    2.7 DE LAS INFRACCIONES2.8 PELIGROS Y RIESGOS PARA LA SALUD

    POR EL CONSUMO DE ALIMENTOSCONTAMINADOS Y ALTERADOS

    2.9 BUENAS PRACTICAS DE MANIPULACINDE ALIMENTOS

    2.10 PROGRAMA DE LIMPIEZA, DESINFECCINY CONTROL DE VECTORES EN LOSQUIOSCOS

    TERCERA PARTEDE LA CONCESIN, ADJUDICACIN Y

    ADMINISTRACIN DE LOS QUIOSCOS3.1 LICITACIN DE LOS QUIOSCOS

    ESCOLARES3.2 OBLIGACIONES3.3 DE LA ADMINISTRACIN DE INGRESOS DE

    LOS QUIOSCOS

    CUARTA PARTEDISEO DE QUIOSCOS ESCOLARES

    4.1 UBICACIN4.2 MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIN DE

    QUIOSCOS ESCOLARES.4.3 ACABADOS DE QUIOSCOS4.4 EL SISTEMA DE AGUA Y DESAGE4.5 PROTECCIN FRENTE A LOS FENMENOS

    ATMOSFRICOS4.6 ORGANIZACIN INTERIOR Y SEGURIDAD

    BSICA

    4.7 DIMENSIONES Y CAPACIDAD DE ATENCIN

    QUINTA PARTEESQUEMAS PROPUESTOS

    LOCALIZACIN, ZONIFICACIN, MODULACIN YTIPOLOGAS DE QUIOSCOS ESCOLARES

    DOCUMENTOS REFERENCIALES A OBTENERSEVIA WEB

    NORMA SANITARIA PARA EL FUNCIONAMIENTODE RESTAURANTES Y SERVICIOS AFINES.RESOLUCION MINISTERIAL N 363-2005-MINSA(publicada en El Peruano el da 19 de mayo de 2005).

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    Web Site: http://www.digesa.sld.pe/normas_alimento.asp (buscar la norma sanitaria en la lista, se encuentra enformato pdf de Acrobat Reader)

    Web Site: http://www.elperuano.com.pe/ (ingresar albuscador de normas legales y por la fecha ubicarlo)

    GUA PARA LA COMERCIALIZACIN SEGURA DEALIMENTOS EN BODEGAS, elaborada por la DIGESA.

    Web Site: http://www.digesa.sld.pe/publicaciones/publicaciones.asp (buscar la gua en las imgenes, seencuentra en formato pdf de Acrobat Reader)

    MANUAL DE BUENAS PRCTICAS DEMANIPULACIN elaborado por PROMpyme y elMinisterio de Trabajo y Promocin del Empleo

    Web Site: http://www.prompyme.gob.pe/upload/publicacion_21-9-2006-77.pdf (se encuentra en formatopdf de Acrobat Reader)

    INTRODUCCIN

    Los quioscos escolares son ambientes ubicadosdentro de la Infraestructura educativa, para la atencinde necesidades alimenticias complementarias de losestudiantes de las Instituciones Educativas, como talse encuentran regulados por el Reglamento para elFuncionamiento de los Quioscos Escolares aprobado por

    Decreto Supremo N 026-87-SA.Las mltiples consultas formuladas en relacin a la

    organizacin, funcionamiento, prestacin de los serviciosy las pautas tcnicas para la adecuada construccin delos Quioscos escolares, as como sobre la administraciny destino de los recursos captados, el Ministerio deEducacin a travs de la Ocina de InfraestructuraEducativa con la participacin de la Ocina de Apoyo a la

    Administracin de la Educacin, ha considerado pertinenteelaborar la presente Gua para el Diseo, Administracin,Funcionamiento Conduccin y Adjudicacin de Quioscosen Instituciones Educativas Pblicas, con la nalidadde contribuir a la unidad de criterios, procedimientos yacciones tendientes a brindar un servicio adecuado deatencin alimenticia complementaria a los estudiantes delas Instituciones Educativas apoyando la prestacin de losservicios educativos, coadyuvando al logro de sus nes.

    PRIMERA PARTE

    GENERALIDADES

    1.1 CONCEPTO

    Los quioscos escolares son establecimientos ubicadosdentro del local escolar, dedicados al expendio dealimentos y bebidas adecuadas para su consumo dentrode la Institucin educativa. La administracin de loscomedores y cafeteras ubicados dentro del local escolarestn a cargo de la Institucin Educativa y sus recursosconstituyen ingresos propios para nes educativos.

    1.2 FINALIDAD

    Proporcionar informacin pertinente a la administraciny funcionamiento de los Quioscos escolares, as comolas orientaciones tcnicas para la construccin del localdestinado a su funcionamiento.

    1.3 OBJETIVOS

    1.3.1 Mejorar la prestacin de los servicios que brindanlos Quioscos escolares.

    1.3.2 Uniformizar criterios sobre la construccin yequipamiento del Quiosco escolar.

    1.4 ALCANCES

    1.4.1 Ministerio de Educacin1.4.2 Direcciones Regionales de Educacin1.4.3 Unidades de Gestin Educativa Local1.4.4 Instituciones Educativas Pblicas.

    1.5 BASE LEGAL

    1.5.1 Ley N 26842 Ley General de Salud, publicadael 20-07-1997.

    1.5.2 Ley N 28628 Ley que regula la participacin delas Asociaciones de Padres de Familia en las InstitucionesEducativas Pblicas, publicada el 25-11- 2005

    1.5.3 D.S. N 026-87-SA Reglamento de

    Funcionamiento Higinico Sanitario de QuioscosEscolares. publicado el da 05-06-1987 / De conformidadcon la segunda parte de la Dcimo Sexta DisposicinComplementaria, Transitoria y Final del Decreto SupremoN 007-98-SA, publicado el 25-09-98, esta norma quedarderogada una vez expedidas las normas sanitarias a quese reeren los literales c), d) e i) de su Disposicin DcimoTercera.

    1.5.4 D.S. N 007-98-SA Reglamento sobre Vigilanciay control Sanitario de alimentos y bebidas. Publicado el25-09-1998

    1.5.5 D.S. N 004-2006-ED Reglamento de la Leyque regula la participacin de las Asociaciones de Padresde Familia en las Instituciones Educativas Pblicas,publicado el da 9 de febrero de 2006.

    1.5.6 R. M. N 363-2005-MINSA Norma Sanitaria parael Funcionamiento de Restaurantes y servicios anes,publicada el da 19 de mayo de 2005.

    1.6 GLOSARIO DE TRMINOS PARA EFECTOS DE

    LA PRESENTE GUA

    1.6.1 Adjudicatario: Persona natural o jurdica aquien se le adjudica el quiosco.

    1.6.2 Alimentacin: Conjunto de nutrientes que seadquiere o proporciona como alimento.

    1.6.3 Alimento: Cada una de las sustancias que unser vivo toma o recibe para su nutricin. Conjunto decosas que el hombre y los animales comen o beben parasu desarrollo.

    1.6.4 Alimentacin equilibrada: Es aquella quecontiene los tres grupos de alimentos: energticos,constructores y reguladores, en la cantidad, variedad ycombinacin adecuadas, teniendo en cuenta la edad dela persona, el sexo, el estado siolgico y la actividad querealiza.

    1.6.5 Concesionario: Persona natural o jurdica aquien la Institucin Educativa otorga la facultad paravender o distribuir los productos que se expenden en elquiosco.

    1.6.6 Contaminacin: La presencia demicroorganismos, virus y/o parsitos, sustancias extraaso deletreas de origen mineral, orgnico o biolgico,sustancias radioactivas y/o sustancias txicas encantidades superiores a las permitidas por las normasvigentes, o que se presuman nocivas para la salud.

    1.6.7 Contaminantes: Sustancias o microorganismosque producen la contaminacin. Pueden ser: fsicos (tierra,pelos, papel, etc.); qumicos (pesticidas, algunos aditivosalimentarios, productos de limpieza y desinfeccin, txicosnaturales de algunos alimentos, etc.); y biolgicos (virus,bacterias, parsitos, hongos e insectos). La presenciade cualquier tipo de suciedad, restos o excrementos.

    Aditivos no autorizados por la reglamentacin vigente oen cantidades superiores a las permitidas.

    1.6.8 Desechos: Residuo o basura, o todo aquelloque sobra despus de su uso.

    1.6.9 Desinfeccin: Accin y efecto de quitar a algola infeccin o la propiedad de causarla, destruyendo losgrmenes nocivos o evitando su desarrollo de modo queno produzca la contaminacin nociva, mediante agentesqumicos y/o mtodos higinicamente satisfactorios.

    1.6.10Desnutricin: Degeneracin y debilitamiento delorganismo por una nutricin insuciente o inadecuada.

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    1.6.11 Expendio: En comercio, venta al por menor omenudeo.

    1.6.12 Golosinas: Dulce o manjar que se come porplacer, alimento poco nutritivo y perjudicial para la salud.

    1.6.13 Grupos de alimentos:

    Los Energticos, que son los que proporcionanenerga al organismo para que pueda realizar normalmentetodas sus funciones. Estn conformados bsicamentepor:

    Los cereales, tubrculos y menestrasLas grasas y azcares.

    Los Constructores, que son los que permiten, laformacin y renovacin de los msculos, tejidos, huesos,dientes, cerebro, piel, cabellos, etc. Estn conformadosbsicamente por:

    Las carnes, pescados, mariscos y huevosLa leche y sus derivados

    Los Reguladores, que son los que proporcionan lasvitaminas y minerales que el cuerpo necesita para prevenirlas enfermedades y ayudarlo a aprovechar mejor los otrosalimentos. Estn conformados bsicamente por:

    Las frutas, las verduras y vegetales, el agua y la salyodada.

    1.6.14 Higiene: Rama de la ciencia mdica que tienepor objeto la conservacin de la salud, prevencin deenfermedades y desarrollo de las energas orgnicas.

    1.6.15 Higiene de los alimentos: Medidas necesariaspara garantizar la inocuidad y salubridad del alimento entodas las fases, desde su cultivo, produccin, elaboracin,envasado, transporte y almacenamiento hasta el consumonal.

    1.6.16 Inocuidad: Incapacidad para hacer dao.

    1.6.17 Limpieza: Quitar la suciedad o eliminar tierra,residuos de alimentos, polvo, grasa u otra materiaobjetable.

    1.6.18 Lonchera: Refrigerio que complementa lascomidas principales del escolar y no debe ser considerado

    como reemplazo de las mismas. La Lonchera debe incluiralimentos frescos y variados, de los tres grupos pero enpoca cantidad. No debe incluirse las golosinas y bocaditosembolsados, as como las gaseosas y tortas.

    1.6.19 Manipulacin de alimentos: Proceso manuala cargo de personas que preparan alimentos en todassus etapa desde la produccin, operaciones del cultivoy recoleccin, elaboracin, envasado, almacenamiento,transporte, distribucin y venta de los alimentos.

    1.6.20 Nutricin: Es el mecanismo mediante el cual elorganismo recibe, procesa, absorbe y utiliza los alimentospara el funcionamiento normal de los tejidos y rganos, elcrecimiento y el mantenimiento en general de la vida.

    1.6.21 Plagas: Presencia de insectos, roedores,pjaros y otras especies menores capaces de contaminardirecta o indirectamente los alimentos.

    1.6.22 Salud: Estado en el organismo que ejerce connormalidad todas sus funciones.

    1.6.23 Txico: Sustancia venenosa que producenefectos nocivos sobre el organismo.

    SEGUNDA PARTE

    DEL SERVICIO DE LOS QUIOSCOS

    2.1 DESCRIPCIN GENERAL DEL SERVICIO;

    El servicio que se brinda en los quioscos escolarescomprende el proceso para la preparacin y adquisicin de

    alimentos con valor nutritivo y su expendio en condicioneshiginicas a los alumnos y personal que se encuentra enel local escolar.

    2.2 ASPECTOS OPERATIVOS

    2.2.1 El concesionario deber suministrar productosalimenticios para la venta a la comunidad escolar, cuya

    lista con los respectivos precios ser aprobada por laComisin de Adjudicacin previa opinin favorable delCONEI, en funcin a su contribucin al mejoramientocualitativo de la nutricin y salud del educando.

    La adicin de algn producto a la lista inicial, seefectuar observando el mismo procedimiento.

    2.2.2 La preparacin de alimentos dentro del quioscoest condicionada necesariamente a la existencia deconexin de instalaciones de agua potable, desage yenerga elctrica a la red pblica.

    2.2.3 Se debe cuidar escrupulosamente elalmacenamiento, preparacin, servido de alimentos, ascomo la desinfeccin de ambientes, productos y utensilios,con la nalidad de evitar la transmisin de enfermedadesa los comensales.

    2.2.4 La comisin de Adjudicacin y el CONEI sonresponsables de controlar y supervisar la calidad, higiene,horarios y atencin al usuario.

    2.3 CONTENIDO DE LOS PRODUCTOS A

    EXPENDER

    2.3.1 El concesionario slo expender alimentos deprimera calidad y en buen estado de conservacin. De estarenvasados, deben tener la autorizacin y registro sanitariocorrespondiente. En consecuencia esta terminantementeprohibido la venta de alimentos sin registro sanitario o queprocedan de fbricas clandestinas.

    2.3.2 Las comidas preparadas se expendern dentrode las primeras seis horas de su preparacin y debenmantenerse bajo refrigeracin sin exceder de las 24 horasde preparacin. (cuando se cuente con punto de aguapotable, red sanitaria de desage y punto de energa)

    2.3.3 Se prohbe el uso de residuos de alimentosservidos o productos en mal estado de conservacin en laelaboracin de los alimentos; as la exhibicin y venta decigarrillos y bebidas alcohlicas en los quioscos y dentrode las Instituciones Educativas, bajo responsabilidad.

    2.3.4 Se incluir el expendi de frutas de la estacin,

    y tratndose de productos envasados derivados de frutaso vegetales deben contar con el Registro Sanitario opreparacin adecuada si fuese el caso.

    2.3.5 Los quioscos que no dispongan de un puntode agua potable de la red pblica y desage (incluyendosistema de drenaje y conduccin de aguas turbias,equipado con rejillas, trampas) al interior del mismo,expendern solo productos envasados para lo cualdebern contar con Registro Sanitario. En el caso querequieran envases, estos debern ser descartables y porlo tanto no debern ser de segundo uso.

    Los productos alimenticios que puedan cambiarsu composicin debido al calor, debern estar encongeladoras o refrigeradoras, para lo cual debern tenerun punto de energa disponible (tomacorriente). Por ello,las conexiones elctricas debern estar empotradaso protegidas con canaletas en circuitos que cumplan lareglamentacin vigente (RNE).

    2.3.6 En caso de contar con agua, desage y energaelctrica, se ofertar en el quiosco:

    a) Jugos e infusiones (t, ans, manzanilla ysimilares).

    b) Leche debe encontrarse en buen estado deconservacin. Los productos lcteos envasados debenser pasteurizados y con Registro Sanitario.

    c) Sndwiches diversos, preparados con productos decalidad reconocida. Si fuesen elaborados con embutidos,stos tendrn olor y sabor caractersticos.

    2.4 EQUIPOS Y MATERIALES

    2.4.1 El quiosco escolar estar implementadocon equipos, utensilios y menajes necesarios para

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    brindar un ptimo servicio a los usuarios, tales como:conservadoras, refrigeradoras, cocinas, mobiliario, horno,etc que ser proporcionado por la institucin educativao el concesionario segn corresponda, de acuerdo a lascondiciones establecidas en el respectivo contrato deprestacin de servicios.

    2.4.2 La Institucin Educativa, al construir o destinarel ambiente para el Quiosco escolar debe prever los

    espacios necesarios as como los servicios de agua,desage y energa elctrica, slo para los nes del servicioalimenticio escolar.

    2.5 CONDICIONES PARA LA PRESTACION DESERVICIOS EN LOS QUIOSCOS ESCOLARES

    2.5.1. El concesionario o el responsable del quioscoesta obligado a que el personal que labore en el quioscocuente con el certicado mdico que incluya informacinespecica de buena salud en base a anlisis y pruebasque acrediten que no tiene o presenta enfermedad infectocontagiosa.

    2.5.2. El concesionario tomar las medidas necesariaspara que no este en el quiosco personal que padezca deenfermedad que pueda afectar a los usuarios del mismo,tales como: infecciones cutneas, llagas, diarreas u otrafuente de contaminacin microbiana (gripe, catarro, tos ocualquier infeccin de la garganta).

    2.5.3. El concesionario en su condicin de empleador

    asume las responsabilidades inherentes a sueldos,benecios, seguridad social, etc. de los trabajadores a sucargo.

    2.5.4. En las condiciones higinicas relacionados conla prestacin de servicios en los quiscos se observar losiguiente:

    a) Los que prestan servicios en lo quioscos debentener las uas recortadas, limpias y sin esmalte, as como,lavarse las manos con jabn o detergente y secarse contoalla limpia, antes de iniciar la manipulacin de alimentosy despus de:

    - Haber usado los servicios higinicos, manipularcajas, envases, bultos y otros artculos contaminados.

    - Toser o estornudar utilizando las manos o pauelo yrascarse la cabeza otra parte del cuerpo.

    - Manipular alimentos crudos como carnes, pescados,mariscos, etc.

    - Barrer, trapear pisos, recoger y manipular losrecipientes de residuos, limpiar mesas del comedor, tocardinero y, todas las veces que sea necesario.

    b) Los manipuladores de alimentos observarn hbitosde higiene estrictos durante la preparacin y al momentode servirlos, tales como, evitar comer, fumar o escupir.Ellos sus manos estarn libres de objetos o adornospersonales como joyas, relojes otros.

    c) Los armarios, alacenas o reas destinadaspara guardar conservas, enlatados y otros productosempaquetados, deben estar bien ventiladas e iluminadas.

    d) Los utensilios usados debern estar debidamentelavados y desinfectados.

    2.6 DE LA SUPERVISIN Y CONTROL DELSERVICIO

    2.6.1 El Consejo Educativo Institucional quedaencargado de vigilar, supervisar y controlar el adecuadofuncionamiento de los Quioscos Escolares y la correctaadministracin de los fondos provenientes de losmismos.

    2.6.2 El personal directivo, jerrquico, docente,administrativo, alumnos y padres de familia podrnformular denuncias relacionadas con el mal funcionamientoy atencin del servicio de los Quioscos Escolares, ante laDireccin de la Institucin Educativa y/o la Comisin de

    Adjudicacin.2.6.3 El CONEI y la Comisin de Adjudicacin

    coordinarn con los rganos pertinentes del Ministerio deSalud, a n de efectuar la toma de muestras inopinadas,dos veces al ao, para realizar el control microbiolgicode los alimentos y preparaciones. El costo de este servicio

    ser asumido por el concesionario, as como del productoque se analizar. Las muestras sern tomadas al azaren las instalaciones de la institucin en presencia delpersonal del concesionario.

    Los resultados microbiolgicos de las pruebas oanlisis efectuadas en las muestras sern remitidos alDirector de la Institucin Educativa y al Concesionario conlas indicaciones a seguir segn sea el caso. El Director

    de la Institucin Educativa bajo responsabilidad adoptarlas acciones necesarias para dar cumplimiento de lasrecomendaciones formuladas.

    2.6.4 El CONEI y el Director de la Institucin educativa,realizar visitas no anunciadas para vericar la calidad delservicio considerando los siguientes elementos:

    a) Que el servicio que ofrezca el Quiosco escolar renalas condiciones de calidad, cantidad e higiene propuestospor el Concesionario.

    b) Que el servicio se realice oportunamente en losplazos, horarios y lugares establecidos.

    2.6.5 El Director y/o la Comisin de Adjudicacin,de comprobar la denuncia sobre las deciencias defuncionamiento del Quiosco, proceder a aplicar alconcesionario del mismo, las sanciones correspondientessegn la gravedad de la falta:

    a) Amonestacin y recomendacin

    b) Apercibimiento de rescisinc) Rescisin de contrato.

    2.7 DE LAS INFRACCIONES

    -El incumplimiento de las condiciones de calidad, cantidade higiene en la prestacin del servicio o de lo establecido enel contrato de Concesin se considera infraccin. Asimismo,se tomarn como tales las siguientes situaciones:

    a) Respecto a la infraestructura, instalaciones yequipamiento.

    - No contar con la ambientes y estructura fsica enbuen estado de mantenimiento, conservacin e higienealimentos.

    - Incumplir con las disposiciones relativas alsaneamiento del establecimiento.

    - No contar con equipos operativos que aseguren

    la cadena de fro cuando se almacenen y expendanalimentos que requieren refrigeracin o congelacin.

    b) Respecto a la preparacin y condiciones de losalimentos

    - Preparar alimentos con productos adulterados,falsicados, de origen desconocido, deteriorados,contaminados, con envase abollado, sin rtulo y/o confecha de vencimiento expirada.

    - Exhibir, almacenar y comercializar alimentos juntocon productos txicos, como detergentes, jabones,desinfectantes y otros de alto riesgo.

    - Permitir la presencia de animales domsticos en losambientes del establecimiento.

    c) Respecto a los manipuladores de alimentos ypersonal que labora en los quioscos:

    - Incumplir con las disposiciones de higiene ypresentacin adecuada.

    - No asistir o incumplir con las disposiciones relativasa la capacitacin obligatoria, relacionada con la prestacindel servicio.

    - Estar enfermo o presentar signos visibles deenfermedad y otros riesgos.

    - Carecer o no presentar los certicados mdicos enforma trimestral.

    2.8 PELIGROS Y RIESGOS PARA LA SALUD POREL CONSUMO DE ALIMENTOS CONTAMINADOS YALTERADOS

    2.8.1 El concesionario esta obligado a conocer ycumplir la parte pertinente del primer tem de la Gua para la

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    Comercializacin Segura de Alimentos en Bodegas, situacinque ser expresamente sealada en las clusulas delrespectivo contrato de concesin del Quiosco, la cual incluye:

    a) Principales factores que favorecen lacontaminacin de los alimentos (medio ambiente, formade comercializacin, la composicin del alimento y suproceso de produccin).

    b) Modalidades de contaminacin: Inicial y Cruzada.c) Peligros para la salud por el consumo de alimentoscontaminados y alterados por agentes:

    - Biolgicos, por parsitos, bacterias y virus.- Qumicos, por metales pesados, plaguicidas,

    medicamentos veterinarios y cepas resistentes a losantibiticos.

    - Fsicos, por la dureza o consistencia de alimentos.

    2.8.2 El concesionario para determinar la calidad de lamateria prima e insumos que utilizar en el Quiosco, tomaren consideracin las tablas incluidas en las pginas 83 a 88del Manual de Buenas Prcticas de Manipulacin elaboradopor PROMPYME y el Ministerio de Trabajo y Promocin delEmpleo.

    2.9 BUENAS PRACTICAS DE MANIPULACIN DEALIMENTOS

    2.9.1 El concesionario a

    n de realizar la adecuadamanipulacin de los alimentos que se expenden en losQuioscos escolares, debe conocer sobre el particular loprevisto en:

    a) El Manual de Buenas Prcticas de Manipulacinelaborado por PROMPYME y el Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo:

    - Deniciones;- Instalaciones y facilidades;- Equipos y utensilios;- Determinacin de puestos de trabajo;- Manejo higinico, el cual especica el proceso desde

    la recepcin de la materia prima, almacenamiento deproductos secos y aquellos que necesitan refrigeracin.

    - La elaboracin de los platos calientes y fros, cuandoel quiosco ofrece estas variedades.

    b) La Gua para la Comercializacin Segura deAlimentos en Bodegas, elaborado por la DIGESA, tem

    2 Buenas Prcticas de Manipulacin, sobre: mbitosde aplicacin: adquisicin, transporte de alimentos,el establecimiento en s, instalaciones, recepcin,almacenamiento y comercializacin.

    c) La RESOLUCION MINISTERIAL N 363-2005-MINSA Norma Sanitaria para el Funcionamiento deRestaurantes y servicios anes.

    2.10 PROGRAMA DE LIMPIEZA, DESINFECCIN YCONTROL DE VECTORES EN LOS QUIOSCOS

    2.10.1 El concesionario a n de realizar la adecuadade limpieza, desinfeccin y control de vectores en losquioscos, debe conocer sobre el particular lo previsto en:

    a) El Manual de Buenas Prcticas de Manipulacinelaborado por PROMPYME y el Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo, pginas 31 al 71.

    b) La Gua para la Comercializacin Segura deAlimentos en Bodegas, elaborado por la DIGESA, tem3 sobre sistema de limpieza y desinfeccin, as como elcontrol de vectores, que incluye el control de roedores,cucarachas y moscas.

    c) La RESOLUCION MINISTERIAL N 363-2005-MINSANorma Sanitaria para el Funcionamiento de Restaurantes yservicios anes, en los artculos 38 al 41.

    TERCERA PARTE

    DE LA CONCESIN, ADJUDICACIN YADMINISTRACIN DE LOS QUIOSCOS

    3.1 LICITACIN DE LOS QUIOSCOS ESCOLARES

    3.1.1. El proceso de licitacin y adjudicacin delos Quioscos Escolares, se efectuar de acuerdo a las

    normas vigentes sobre el particular y estar a cargo de laComisin de Adjudicacin, integrada por:

    a) El Director de la Institucin Educativa, quien lopreside.

    b) Presidente del Consejo Directivo de la Asociacinde Padres de Familia.

    c) Un representante del personal docente.

    d) Un representante de los alumnos.3.1.2. La licitacin y adjudicacin de los Quioscos

    Escolares, se efectuar preferentemente durante elperodo de las vacaciones escolares y el funcionamientodel servicio ser paralelo a la asistencia de los alumnos ala Institucin Educativa.

    3.1.3. Formulacin de bases.- La Comisin deAdjudicacin elaborar sus Bases teniendo en cuentatrminos de referencia que debern ser elaboradostomando en cuenta la presente gua.

    3.1.4. Convocatoria a Licitacin y publicacinde bases.- Aprobada la respectiva base de licitaciny Adjudicacin de Quioscos Escolares, la Comisin,proceder a la convocatoria, publicndola en un lugarvisible de la Institucin Educativa.

    Se realizar la mxima difusin posible, de ser necesariose har uso de algn medio de comunicacin masiva.

    3.1.5.De los Postores a ConcesionariosLos postores para ser concesionarios de los quioscos

    escolares sern personas naturales o jurdicas ajenas ala institucin educativa, que cumplan con los requisitos ycondiciones establecidas en las bases.

    3.1.6.Evaluaciny seleccin de los postoresLa Evaluacin y seleccin de los Postores a concesionarios

    de quiosco estar a cargo de la Comisin de Adjudicacin,la misma que para la calicacin correspondiente tendr encuenta entre otros, lo siguiente:

    a) Experiencia en el manejo y conduccin de Restaurantes,quioscos y anes, acreditado mediante copias de contratos y/o comprobantes de pago, as como recomendaciones de lasinstituciones para las cuales se ha elaborado.

    b) Relacin de personal que prestar el servicio,adjuntando el certicado mdico correspondiente de

    buena salud.c) Las mejoras propuestas a la Infraestructura delquiosco: Se contar aquellas permanentes, como a lasreferidas a equipamiento.

    d) Lista de productos a expender, as como el costode los mismos.

    3.1.7. Periodo de adjudicacin.- El perodo deadjudicacin de los Quioscos Escolares, no ser mayorde 2 aos calendarios, al trmino del cual se proceder anueva licitacin; en la que podrn participar otros postoresy tambin los mismos conductores si as lo desean.

    3.1.8. En las Instituciones Educativas donde existano requieran del funcionamiento de ms de un QuioscoEscolar, stos se adjudicarn a concesionarios distintospromoviendo siempre el mejoramiento del servicio.

    3.1.9. Adjudicacin.- El proceso de adjudicacin seefectuar mediante contrato suscrito entre el Director dela Institucin Educativa-Presidente de la Comisin de

    Adjudicacin y los que resulten ganadores de la licitacinconvocada, indicando en las respectivas clusulas elcumplimiento de las condiciones sealadas en las bases,as como el cumplimiento de los trminos de referencia.

    En el proceso de Licitacin de los Quioscos Escolares,para los casos no previstos en las presentes normas setendr en cuenta en lo pertinente, las disposiciones delTexto nico Ordenado de la Ley de Contrataciones y

    Adquisiciones del Estado y su Reglamento vigente.

    3.2 OBLIGACIONES

    3.2.1 Del Concesionario del Quiosco

    a) Brindar un servicio de calidad de acuerdo a lascondiciones y clusulas del respectivo contrato, lo

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    establecido en la presente Gua y las normas legalessobre los Quioscos Escolares vigentes, complementadascon la siguiente informacin:

    - La Resolucin Ministerial N 363-2005-MINSA NormaSanitaria para el Funcionamiento de Restaurantes yservicios anes (publicada el da 19 de mayo de 2005).

    - La Gua para la Comercializacin Segura de

    Alimentos en Bodegas, elaborada por la DIGESA.- El Manual de Buenas Prcticas de Manipulacinelaborado por PROMPYME y el Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo (se adjuntan las referencias

    b) Colaborar con los Programas de AsistenciaAlimentaria del Gobierno y otros que se ejecuten enbenecio de la formacin integral de los alumnos (eventoseducativos y culturales, venta de materiales educativos,etc.), previa coordinacin con la IE.

    3.2.2 De la Institucin Educativa

    a) El personal directivo, jerrquico, docente yadministrativo de la Institucin Educativa, as como la

    Asociacin de Padres de Familia a travs del CONEI,son responsables de velar por el cumplimiento de laNormatividad vigente.

    b) Las Instituciones Educativas de ser necesario con elapoyo del Municipio y de la fuerza policial, mantendrn el

    colegio libre de ambulantes en un radio no menor de 100metros del local escolar. As mismo orientarn a los alumnossobre los peligros para su salud que se originen de consumiralimentos (comidas, golosinas) de los ambulantes. As comode la necesidad de tener buenos hbitos alimenticios.

    c) El Director de la Institucin Educativa dar la mximadifusin a los trminos de referencia aceptados por elconcesionario, as como a los documentos anexos a ste,incluyendo la normatividad vigente en materia de quioscosescolares, colocando en lugar visible su contenido paraconocimiento de educadores, educandos y padres de familia.

    d) El Director del plantel en coordinacin con el CONEIy la Junta Directiva de la Asociacin de Padres de Familiajarn el horario de funcionamiento del quiosco.

    3.3 De la Administracin de Ingresos de losQuioscos

    3.3.1. Los ingresos provenientes de la administracin oconcesin de los quioscos escolares constituyen recursos

    de la Asociacin y son destinados en coordinacin conel Director de la Institucin Educativa para nanciarel mantenimiento, reparacin y ampliacin de lainfraestructura y el equipamiento educativo.

    Excepcionalmente, y en situacin de urgencia,las utilidades provenientes de la administracin oconcesin de los quioscos escolares pueden orientarsea nes distintos a los previstos en la Ley, siempre quesu utilizacin sea de inters general para la institucineducativa, bajo responsabilidad y previa aprobacin delConsejo Directivo, dando cuenta a la Asamblea General.

    3.3.2. Los fondos provenientes de la administracin oconcesin de los quioscos escolares son depositados enuna cuenta de ahorros especca, independiente de losotros ingresos de la Asociacin, con la rma solidaria delPresidente y Tesorero del Consejo Directivo.

    3.3.3. La Administracin de los Fondos provenientespor el alquiler o la concesin de Quioscos Escolares esresponsabilidad del Consejo Directivo de la Asociacin dePadres de Familia y se realizar nica y exclusivamente paragastos de infraestructura educativa y mobiliario escolar, deconformidad con el Artculo 83 del Decreto Supremo N 004-2006-ED Aprueban el Reglamento de la Ley que regula laparticipacin de las Asociaciones de Padres de Familia en lasInstituciones Educativas Pblicas

    3.3.4. El Consejo Directivo de la APAFA, informar porescrito, como mnimo cada dos meses al Consejo de Vigilanciay al Consejo Educativo Institucional, sobre los ingresos y losgastos efectuados con cargo a los fondos provenientes delos Quioscos Escolares, el mismo que en salvaguarda de latransparencia en el manejo de los respectivos fondos, serpublicado en un lugar visible de la Institucin Educativa.

    3.3.5. Los fondos provenientes de la administracin oconcesin de los quioscos escolares son depositados en

    una cuenta de ahorros especca, independiente de losotros ingresos de la Asociacin, con la rma solidaria delPresidente y Tesorero del Consejo Directivo

    3.3.6. El Consejo Educativo Institucional esresponsable de vigilar el adecuado funcionamiento delos quioscos escolares y la correcta administracin de losfondos provenientes de los mismos

    CUARTA PARTEDISEO DE QUIOSCOS ESCOLARES

    4.1 Ubicacin

    Los quioscos escolares estarn ubicados en lugaraccesible a los estudiantes y lejos de los servicios higinicosde la institucin educativa, teniendo en cuenta lo siguiente:

    a) A 5 metros, si se trata de SSHH con arrastrehidrulico,

    b) A 15 metros, si se trata de sistemas de letrinascomposteras, de hoyo seco ventilado o similar.

    c) No deben existir focos infecciosos a menos de 50metros, como por ejemplo basurales.

    d) Permitir la circulacin de los alumnos, sininvadir zonas de seguridad u obstaculizar las vas deevacuacin.

    4.2 Materiales para la construccin de QuioscosEscolares

    4.2.1. El Quiosco escolar ser construido utilizandomateriales resistentes, con pintura lavable y acabado defcil higienizacin, que impidan el ingreso de insectos yroedores. En todos los casos se debern observar las Normascontempladas en el Reglamento Nacional de Edicaciones(RNE): E.010 Madera, E.060 Concreto Armado, E.070

    Albailera, E.080 Adobe o E.090 Estructuras metlicas.Asimismo se observar las dems normas del RNE

    en cuanto a diseo sismo resistente y de seguridad,Instalaciones elctricas y sanitarias. Es posible tambin quelos quioscos sean construidos con sistemas constructivos noconvencionales que hayan sido aprobados por el Ministerio deVivienda y Construccin, a travs de SENCICO, o del rganode lnea del ministerio de Vivienda y Construccin.

    4.2.2. En todos los casos la construccin o instalacindel quiosco escolar debe ser supervisada, por unprofesional, ingeniero o arquitecto, respetando las normas

    de construccin que se especican en el RNE.

    4.3 Acabados de los Quioscos

    4.3.1. Los pisos se construirn con materialesimpermeables, lavables y antideslizantes, no deben tenergrietas y sern fciles de limpiar y desinfectar. Segn seael caso, se les dar una pendiente suciente para que loslquidos escurran hacia los sumideros.

    4.3.2. Las paredes y supercies lmites deben ser demateriales impermeables, hasta 1.7 m, lavables y de colorclaro. Deben ser lisas, sin grietas y fciles de limpiar ydesinfectar.

    Se mantendrn en buen estado de conservacin ehigiene. Cuando corresponda, los ngulos entre las paredes ylos pisos deben ser abovedados para facilitar la limpieza.

    4.3.3. Los techos se construirn de manera que seimpida la acumulacin de suciedad y se reduzca al mnimola condensacin y la formacin de costras y mohos. Elacabado de los mismos debe ser fcil de limpiar.

    4.3.4. Las ventanas y otras aberturas deben construirsede manera que se evite la acumulacin de suciedad yestarn provistas de proteccin contra insectos u otrosanimales. Tambin deben desmontarse fcilmente parasu limpieza y buena conservacin.

    4.3.5. Las puertas sern de supercie lisa y de materialno absorbente. La distancia entre el piso y la puerta nodeber ser mayor de 0.5 cm.

    4.3.6. El nivel mnimo de iluminacin en las reas derecepcin, almacenamiento y preparacin de alimentosser de 220 lux. Las fuentes de iluminacin se ubicarnde forma tal que las personas que trabajan en dichasreas no proyecten su sombra sobre el espacio detrabajo. La iluminacin en las reas mencionadas no

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    Modulacin.

    Planta

    Criterios de Modulacin.--La presente propuesta de modulacin se basa en un modulo de 1.2m con sus respectivosmultiplos y sub- multiplos debido a que la mayor parte de los elementos constructivos en nuestro medioobservan esta medida como en sus elementos.

    --Los cerramientos pueden variar dependiendo de su ubicacion en costa sierra o selva y de los materiales a emplear

    o las facilidades constructivas disponibles. Siempre un profesional debe supervisar la ejecucin.

    Trazado.-Basicamente se traza una cuadricula de 1.20m x 1.20men cuyos ejes se encuentran los elementos estructurales-La vereda posterior es de proteccion por lo que solo seconsidera un ancho de 0.30 m de ancho.-La vereda anterior y lateral es para atencion de alumnosy se considera un ancho de 1.20 m, en el caso de la Costa.

    --Las propuestas esquemticas siguientes han sido realizadas en funcin a divisiones de ladrillo de arcilla cocida, sinembargo pueden ser usados troncos de madera, madera trabajada, fierro, concreto, etc, en la medida que se logre laestabilidad estructural en caso de sismo, segn la normatividad vigente.

    todo el largo, usando los apoyos que fuesen necesarios.En el caso de Sierra y Selva, considerar 2.40 m. lineales por

    Planta

    repisa de atencin

    repisa

    Mueble bajo

    Mueble bajo

    Escala grfica

    repisa

    frotachado pulidoPiso

    Elevacion 0-1

    Corte 1-1

    repisa posterior

    Mueble bajoMueble bajo

    Elevacion 0-2

    Corte 2-2

    C/Z. pulido

    C/Z. pulido

    C/Z. pulido

    repisaalta

    Repisa

    Mueble

    posterior

    bajo

    Corte 3-3

    repisaalta

    Repisa

    Mueblebajo

    Repisa

    Mueblebajo

    Elevacion 0-3 Elevacion 0-4

    canaleta f g. 4" canaleta f g. 4"

    canaleta f g. 4"

    repisa posterior

    300200100

    500

    0 500400 cm

    * La estructura es referencial

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    Planta

    repisa deatencin

    repisaMueblebajo

    Mueblebajo

    repisa

    frotachado pulidoPiso

    Corte 1-1

    repisa posterior

    MueblebajoMueblebajo

    Corte 2-2

    C/Z.pulidoC/Z.pulido

    repisaalta

    Repisa

    Mueble

    posterior

    bajo

    Corte 3-3

    repisaalta

    Repisa

    Mueblebajo

    Repisa

    Mueblebajo

    canaleta f g. 4" canaleta f g. 4"

    repisa posterior

    Elevacion 0-1 Elevacion 0-2 Elevacion 0-3

    Elevacion 0-4

    canaleta f g. 4"

    Escala grfica300200100

    500

    0 500400 cm

    * La estructura es referencial

    Planta

    repisa de atencin

    repisa

    Mueblebajo

    Mueblebajo

    repisa

    frotachadopulidoPiso

    Corte 1-1

    repisa posterior

    MueblebajoMueblebajo

    C/Z. pulido

    repisa posterior

    Corte 2-2

    C/Z. pulido

    repisaalta

    Repisa

    Mueble

    posterior

    bajo

    Corte 3-3

    repisaalta

    Repisa Repisa

    Mueblebajo

    canaleta f g. 4" canaleta f g. 4"

    Elevacion 0-2 Elevacion 0-3

    canaleta f g. 4"

    Elevacion 0-1

    C/Z. pulido

    Elevacion 0-4

    bajo

    Escala grfica300200100

    500

    0 500400 cm

    * Se sugiere que cuando haya ms de 500 alumnos, se cuente con dos kioskos.caso contrario, utilizar este mdulo.

    * La estructura es referencial

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