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R.O.F. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES “NAZARÍ” SALOBREÑA BORRADOR PARA SU APROBACIÓN Junio/2011

ROF-NAZARÍ.borrador Rectificado Para El Consejo Escolar

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  • R.O.F.

    REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO

    IES NAZAR

    SALOBREA

    BORRADOR PARA SU APROBACIN

    Junio/2011

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    CURSO ESCOLAR: 2010-11

    NDICE

    Pg.

    TTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES 006

    TTULO I: CAUCES DE PARTICIPACIN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

    007

    CAPTULO I: Profesorado. 007

    CAPTULO II: Familias. 008 SECCIN 1: Participacin en el Centro. 008

    SECCIN 2: Participacin en el aula. 009

    SECCIN 3: La Asociacin de padres/madres del alumnado. 009

    CAPTULO III: Alumnado. 011 SECCIN 1: Participacin en el Centro. 011

    SECCIN 2: Participacin en el aula. 014

    SECCIN 3: Asociaciones de Alumnos/as y de Antiguos Alumnos/as. 017

    SECCIN 4: Derecho de reunin, de discrepancia y de inasistencia del alumnado. 017

    CAPTULO IV: Personal de Administracin y Servicios. 018 SECCIN 1. El Personal de limpieza. 018

    CAPTULO V: Otras instituciones. 018

    TTULO II: INFORMACIN Y GESTIN. 020

    CAPTULO I: De carcter general. 020 SECCIN 1: Informacin interna. 020

    SECCIN 2: Fuentes externas. 021

    SECCIN 3: Canales y medios de informacin. 021

    SECCIN 4: El parte diario de clase. 023

    SECCIN 5: El parte de incidencias de conducta. 024

    SECCIN 6: El libro registro de incidencias de sala de guardia 02

    CAPTULO II: Relacin del centro con el entorno. 025 SECCIN 1: Relaciones con el ayuntamiento. 025

    SECCIN 2: Relaciones con otros centros. 025

    SECCIN 3: Relaciones con otras administraciones o instituciones. 025

    CAPTULO III: Consejo Escolar. 026 SECCIN 1: Convocatorias. 026

    SECCIN 2: Orden del da. 027

    SECCIN 3. Duracin de las sesiones 027

    SECCIN 4: Toma de acuerdos. 027

    CAPTULO IV: Claustro. 027 SECCIN 1: Convocatorias. 027

    SECCIN 2: Orden del da. 028

    SECCIN 3. Duracin de las sesiones 028

    SECCIN 4: Toma de acuerdos. 028

    CAPTULO V: Normas sobre Actas. 028

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    CAPTULO VI: Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica (ETCP). 030 SECCIN 1: Competencias del ETCP. 030

    CAPTULO VII: Equipo Directivo. 031 SECCIN 1: Funciones de los rganos unipersonales de gobierno. 031

    SECCIN 2: Asesoramiento del director. 033

    CAPTULO VIII: Departamentos de Coordinacin Didctica. 033

    CAPTULO IX: Otras decisiones: 033 SECCIN 1:Criterios priorizados para la asignacin de grupos al alumnado del Centro 033

    SECCIN 2: Criterios pedaggicos para la elaboracin de horarios del Centro. 034

    SECCIN 3: Criterios pedaggicos para la asignacin de tutoras. 035

    SECCIN 4: Apertura del Centro por las tardes 035

    CAPTULO X: Organizacin del trabajo del PAS: 035 SECCIN 1: Funciones de los auxiliares administrativos. 036

    SECCIN 2: Funciones de los conserjes. 036

    TTULO III: ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO.

    038

    CAPTULO I: Normas Generales de uso de las instalaciones y recursos

    materiales del Centro.

    038

    SECCIN 1: Los recursos materiales del Centro. 038

    SECCIN 2: Las Aulas. 039

    CAPTULO II: Espacios y aulas especficas: 040 SECCIN 1: La Biblioteca: 040

    SECCIN 2: Aulas de Especficas de Informtica. 042

    SECCIN 3: Aulas Ordinarias de Informtica. 045

    SECCIN 4: Aulas Ordinarias con dotacin TIC 045

    SECCIN 5: Carros con ordenadores porttiles: distribucin y uso. 046

    SECCIN 6: Otros recursos TIC de uso comn. Proyectores multimedia 047

    SECCIN 7: Uso seguro de Internet. 047

    SECCIN 8: Aula-Taller de Tecnologa. 048

    SECCIN 9: Sala de Usos Mltiples (SUM) Manuel Calderay. 049

    SECCIN 10: Laboratorio de Ciencias Experimentales. 050

    SECCIN 11: Aula de Exp. Plstica. 051

    SECCIN 12: Aula de Msica. 051

    SECCIN 13: Gimnasio cubierto. 052

    SECCIN 14: Patios de Recreo y Pistas Deportivas. 053

    SECCIN 15. Servicios y Aseos. 054

    SECCIN 16: Funcionamiento de la Secretara. 054

    SECCIN 17: Funcionamiento de la Conserjera. 055

    SECCIN 18: Otros recursos del Centro. 058

    SECCIN 19: Otros servicios del Centro. 059

    CAPTULO III. Programa de gratuidad de libros de texto. Normas de

    utilizacin y conservacin: 060

    SECCIN 1: Consideraciones generales. 060

    SECCIN 2: Entrega de los libros de texto. 061

    SECCIN 3: Recogida de los libros de texto. 061

    SECCIN 4: Normas de utilizacin y conservacin. 062

    SECCIN 5. Sanciones previstas por mal uso o prdida.

    063

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    CAPTULO IV. Regulacin del alquiler, cesin o prstamo de las

    instalaciones del Centro:

    063

    SECCIN 1: Para el personal y actividades relacionadas con el Centro. 063

    SECCIN 2: Para personas ajenas y/ o actividades no relacionadas directamente con la vida del Centro.

    064

    SECCIN 3: Regulacin del prstamo de material didctico al profesorado. 066

    SECCIN 4: Normas para la comunicacin de desperfectos y averas. 066

    TTULO IV: ORGANIZACIN DEL CENTRO. 068

    CAPTULO I: Normas Generales de entrada y salida del alumnado al

    Centro y al Aula en la jornada escolar. 068

    SECCIN 1: Entrada y salida del alumnado al Centro durante la jornada escolar. 068

    SECCIN 2: Protocolo de actuacin para el alumnado que se incorpora tarde al Centro

    al inicio de la jornada escolar.

    068

    SECCIN 3. Justificacin de las ausencias y retrasos. 069

    SECCIN 4: Prevencin, seguimiento y control del absentismo escolar. 069

    SECCIN 5: Protocolo de actuacin en los casos de enfermedad o accidente de un

    alumno o alumna en el Centro.

    069

    CAPTULO II: Organizacin y control del los tiempos de recreo y en los

    perodos entre clases. 71

    CAPTULO III: Organizacin y control de las actividades en el interior de

    las aulas. 72

    CAPTULO IV: Uso de los telfonos mviles y otros dispositivos

    electrnicos. 72

    SECCIN 1: Utilizacin de telfonos mviles y otros aparatos electrnicos. 72

    SECCIN 2: Proteccin de datos y de imgenes. 73

    SECCIN 3: Regulacin de posibles nuevos usos TIC. 73

    CAPTULO V:.Uso del Ascensor del Centro 74

    CAPTULO VI: Servicio de Guardia del Profesorado. 74 SECCIN 1: Criterios de asignacin de las Guardias. 74

    SECCIN 2: Funciones del Profesorado de Guardia lectiva. 74

    SECCIN 3: Funciones del Profesorado de Guardia de recreo. 76

    CAPTULO VII: Actividades Complementarias y Extraescolares. 76 SECCIN 1: Actividades Complementarias. 76

    SECCIN 2: Actividades Extraescolares. 77

    SECCIN 3: Objetivos de las Activ. Complementarias y Extraescolares. 77

    SECCIN 4: El Depart. de Actividades Complementarias y Extraescolares (DACE). 78

    SECCIN 5: Procedimiento general para la organizacin y desarrollo de una actividad. 79

    SECCIN 6: Competencias del Jefe del DACE. 82

    SECCIN 7: El VIAJE FIN DE ETAPA. 83

    CAPTULO VIII: Organizacin de la atencin a las familias en relacin al

    seguimiento educativo del alumnado. 83

    CAPTULO IX: Organizacin del rgimen econmico. 85 SECCIN 1: Normas para efectuar compras por parte de los Departamentos. 85

    SECCIN 2: Asignacin de dietas. 85

    SECCIN 3: Informacin sobre el estado de cuentas del Centro. 86

    SECCIN 4: Recaudacin en fotocopiadoras y telfonos del Centro. 86

    CAPTULO IX: Planes, Programas y Proyectos Educativos. 87 SECCIN 1: Plan de Ayuda a las Familias Andaluzas. 87

    SECCIN 2: Otros Planes, Programas y Proyectos Educativos. 87

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    TTULO V: DERECHOS Y DEBERES DEL LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

    89

    CAPTULO I: Del alumnado. 89 SECCIN 1: Derechos. 89 SECCIN 2: Deberes. 90

    CAPTULO II: Del profesorado. 90 SECCIN 1: Derechos. 90

    SECCIN 2: Funciones y Deberes. 92

    SECCIN 3: Sobre permisos y licencias del profesorado. 93

    SECCIN 4: Procedimiento especfico de control de asistencia en los casos de

    asistencia al derecho a huelga 95

    CAPTULO III: De las familias. 96 SECCIN 1: Derechos. 96

    SECCIN 2: Deberes. 97

    CAPTULO IV: Del PAS y atencin educativa complementaria. 98 SECCIN 1: Derechos y obligaciones. 98

    SECCIN 2: Proteccin de derechos. 98

    SECCIN 3: Deberes del PAS. 99

    CAPTULO V: Normas de convivencia. 99 SECCIN 1: La Convivencia en general. 99

    SECCIN 2: Normas especficas de Convivencia. 99

    TTULO VI: LA EVALUACIN DEL CENTRO. 102

    CAPTULO I: La Autoevaluacin. 102 CAPTULO II: El Equipo de Evaluacin. 102

    TTULO VII: PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES. 104 CAPTULO I: rganos competentes en la prevencin de riesgos laborales. 104

    CAPTULO II: Competencias de la Direccin. 104

    CAPTULO III: Competencias del Equipo Directivo. 106

    CAPTULO IV: Competencias y funciones del coordinador del 1er

    Plan

    andaluz de salud laboral y prevencin de riesgos laborales del personal

    docente.

    106

    CAPTULO V: Funciones de la comisin permanente del consejo escolar en

    materia de salud y prevencin de riesgos laborales del personal docente.

    107

    CAPTULO VI: Competencias del Consejo Escolar. 108

    CAPTULO VII: Protocolo de actuacin respecto a la Autoproteccin. 108

    CAPTULO VIII: Protocolo de actuacin respecto a la prevencin de

    riesgos laborales. 109

    TTULO VII: PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIN DEL PRESENTE REGLAMENTO.

    111

    CAPTULO I: Modificacin del ROF. 111 CAPTULO II: Entrada en vigor del ROF. 111

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    TTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES

    GENERALES

    CAPTULO 1: INTRODUCCIN

    1.- La actividad educativa en el I.E.S. Nazar de Salobrea (Granada) est orientada por

    los principios y declaraciones de la Constitucin, y tendr como referencia legal tanto la

    LEY ORGNICA DE EDUCACIN (L.O.E) como la LEY DE EDUCACIN DE

    ANDALUCA (L.E.A), as como el Proyecto Educativo y el Proyecto de Gestin

    contemplados en el Plan de Centro.

    2.- Este Reglamento se propone facilitar el logro de los contenidos del Proyecto Educativo

    y se define como la norma bsica, consensuada por todos los sectores de la comunidad

    escolar y aprobada por el Consejo Escolar del Centro, capaz de ordenar las relaciones de

    convivencia entre dichos sectores.

    3.- El Reglamento se ordena en torno a los siguientes contenidos fundamentales:

    a) Cauces de participacin de los distintos sectores de la comunidad

    educativa.

    b) Informacin y gestin.

    b) Organizacin y funcionamiento de los espacios, instalaciones y recursos

    materiales del centro.

    d) Organizacin del centro.

    e) Derechos y deberes del los miembros de la comunidad educativa.

    f) Prevencin de riesgos laborales.

    g) Procedimiento para la revisin del presente reglamento.

    4.- El presente Reglamento se basa en la normativa vigente al respecto (L.O.E y L.E.A), y

    muy especialmente en: Decreto 327/2010 de 13 de julio (por el que se aprueba el

    Reglamento Orgnico de los IES) y la Orden de 20 de agosto de 2010 (que regula el

    funcionamiento de los IES). Para todo lo no contemplado en este Reglamento se atender a

    lo dispuesto en la mencionada legislacin.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    TITULO I: CAUCES DE PARTICIPACIN DE LOS

    DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD

    EDUCATIVA.

    CAPTULO I. PROFESORADO.

    El profesorado tiene regulado sus cauces de participacin a travs de los rganos

    Colegiados, Claustro y Consejo Escolar y de otras estructuras educativas ya fijadas como

    los Departamentos de Coordinacin Didctica, el ETCP y Equipos Educativos. Todos

    estos rganos y estructuras tienen fijadas claramente sus funciones y son los cauces

    normales de participacin del profesorado.

    Independientemente de estos cauces ordinarios, en el IES NAZAR se establecen los

    siguientes mecanismos de participacin:

    Reuniones de la Direccin con el profesorado de nueva incorporacin. El profesorado de nueva incorporacin puede aportar experiencias y actividades que

    hayan desarrollado en otros centros y que puedan hacerlo en este Centro y, a su

    vez, puede tener perspectiva suficiente, por su paso por otros centros, para valorar

    el funcionamiento y la organizacin del instituto. Se realizar, como mnimo, una

    reunin en el primer trimestre del curso.

    Envo de sugerencias al correo de Direccin de las Plataformas Sneca y Helvia. Las posibilidades que nos ofrecen las nuevas tecnologas hacen posible

    utilizar este medio para recoger sugerencias e ideas del profesorado.

    El profesorado, tambin podr:

    Los representantes del Profesorado en el Consejo Escolar pueden convocar asambleas de sus compaeros/as, en el perodo de recreo o en horario de tarde, para

    recabar su opinin sobre los asuntos que se van a tratar en el Consejo Escolar o

    bien para informarles de los acuerdos adoptados en este rgano colegiado.

    Cualquier Equipo de Tutores o Equipos Educativos podr hacer llegar a las reuniones de la ETCP propuestas o sugerencias a travs de los miembros del

    Equipo Directivo o del/a Orientador/a.

    Cualquier profesor/a puede presentar sugerencias verbalmente o por escrito al Equipo directivo, para que se tengan en cuenta, si ello es posible, o se trasladen a

    donde proceda.

    Cualquier profesor/a puede comunicar en el Apartado de Ruegos y Preguntas de las sesiones de Claustro aquello que considere de inters para el resto de los

    compaeros/as.

    Cualquier profesor/a puede aportar informaciones de tipo cultural, sindical, laboral, o profesional, al resto de los compaeros, usando para ello los tablones

    informativos dedicados a ello o la mesa de la Sala de profesores.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    Cualquier Equipo de Tutores o Equipo docente podr hacer llegar a las reuniones de la ETCP propuestas o sugerencias a travs de los miembros del Equipo

    Directivo o del/a Orientador/a.

    CAPTULO II. FAMILIAS.

    Esta participacin es fundamental puesto que las familias son las principales responsables

    de la educacin de sus hijos e hijas, teniendo el centro una funcin complementaria de esa

    funcin educativa.

    SECCIN 1. PARTICIPACIN EN EL CENTRO.

    La participacin en la vida del Centro, en el Consejo Escolar, en el proceso educativo de

    sus hijos e hijas y el apoyo al proceso de enseanza y aprendizaje de estos constituyen

    derechos de las familias, complementado con la obligacin de colaborar con el instituto y

    con el profesorado, en esta etapa de la educacin secundaria obligatoria.

    Esta colaboracin se concreta en:

    a. Estimular a sus hijos e hijas en la realizacin de las actividades escolares para la consolidacin de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.

    b. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

    c. Respetar las normas de organizacin, convivencia y disciplina del instituto.

    d. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didctico cedido por los institutos de educacin secundaria.

    e. Cumplir con las obligaciones contradas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el instituto.

    El Centro procurar favorecer la participacin de las familias en el CENTRO con las

    siguientes estrategias:

    Reuniones informativas para hacerles comprender la importancia de su participacin en el Centro para la mejor educacin de sus hijos/as.

    Reuniones informativas para asuntos acadmicos (oferta educativa y matriculacin) o de organizacin del Centro.

    Fomentar la participacin en el Consejo Escolar

    Informacin detallada sobre normativa, calendario y funciones.

    Facilitacin de las sesiones del Consejo Escolar, en horario y tiempo de preparacin.

    Los padres y las madres del alumnado participan en el gobierno del Centro con cinco

    representantes en el Consejo Escolar, cuatro de ellos democrticamente elegidos, y uno por

    designacin directa de la AMPA. Sus funciones vienen delimitadas por las competencias de

    este rgano colegiado.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    Los representantes de padres-madres en el Consejo Escolar podrn informar al colectivo de

    padres-madres de los acuerdos relevantes alcanzados en este rgano. Tambin podrn

    informar a la Asociacin de Padres y Madres que exista en el Centro.

    Otras vas de participacin son a travs de la Asociacin de Padres y Madres; la funcin

    tutorial y los Padres y Madres Delegados, si los hubiere.

    SECCIN 2. PARTICIPACIN EN EL AULA.

    Coincidiendo con la reunin de padres y madres de principio de cada curso escolar, el tutor

    o tutora podr promover el nombramiento del delegado o delegada de padres y madres, que

    ser elegido por ellos mismos, de forma voluntaria, de entre los all presentes.

    Este nombramiento tendr carcter anual para cada curso acadmico.

    Las tareas o funciones de los delegados de padres y madres son:

    - Representar a los padres y madres de alumnos del grupo.

    - Tener estrecha relacin con el tutor/a y tener la informacin de la situacin del grupo, problemas, carencias, falta de profesorado etc que tenga el grupo.

    - Ser intermediario entre el tutor/a y los padres/madres en los asuntos generales sobre cualquier informacin general, quejas, propuestas, proyectos etc..

    - Colaborar con el tutor en la resolucin de posibles conflictos en el grupo en los que estn involucradas alumnos/as y familias (faltas colectivas del alumnado, etc), en la

    organizacin de de visitas culturales y, en su caso, en la gestin de contactos con

    organismos, instituciones, entidades, asociaciones o empresas de inters para

    desarrollar dichas actividades y salidas, conseguir ayudas o subvenciones, etc.

    - Participar en el desarrollo de actividades curriculares, a peticin del profesorado, que necesiten de la demostracin de habilidades y/o aportaciones de experiencias

    personales o profesionales.

    - Elaborar y dar informacin a los padres sobre temas educativos y aspectos relacionados con la vida y organizacin del Instituto (Actividades extraescolares, salidas, programas

    que se imparten, servicios, disciplina etc.).

    - Animar a los padres y madres a participar en la Escuela de Padres como recurso que sirve para mejorar la atencin a sus hijos en todos los aspectos.

    SECCIN 3. LA ASOCIACIN DE PADRES/MADRES DEL ALUMNADO (AMPA).

    Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en el centro podrn

    asociarse, de acuerdo con la normativa vigente.

    Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirn en el Censo de Entidades

    Colaboradoras de la Enseanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo.

    El Equipo Directivo facilitar la colaboracin con las asociaciones de madres y padres del

    alumnado y la realizacin de acciones formativas en las que participen las familias y el

    profesorado.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    Las citadas asociaciones podrn utilizar los locales del centro para la realizacin de las

    actividades que les son propias, a cuyo efecto, se facilitar la integracin de dichas

    actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.

    Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrn las finalidades que establezcan

    en sus propios estatutos, entre las que se considerarn, al menos, las siguientes:

    a) Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo aquello que concierna a la educacin de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela.

    b) Colaborar en las actividades educativas del instituto.

    c) Promover la participacin de los padres y madres del alumnado en la gestin del instituto.

    La AMPA MELAZA y su Junta Directiva, como nica asociacin reconocida, es el interlocutor oficial de las familias y, por ello, se tendr, al menos, una reunin trimestral en

    la que participe la Junta Directiva y la Direccin del Centro, representada especialmente

    por la Direccin y la Jefatura de Estudios. Por medio de ella, se podrn desarrollar

    proyectos de inters para el Centro y se regular la participacin de las familias en las

    actividades complementarias y extraescolares del Centro.

    Artculo 1. Atribuciones.

    Se reconoce a las asociaciones de padres y madres que se constituyan en el centro las

    siguientes atribuciones:

    a) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportuno.

    b) Elevar al Consejo Escolar propuestas, en el mbito de sus competencias, para la elaboracin y/o modificacin del Plan de Centro.

    c) Informar a todos los sectores de la comunidad educativa de su actividad.

    d) Recibir informacin del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, as como recibir el Orden del Da de dicho Consejo antes de su realizacin, con el objeto

    de poder elaborar propuestas.

    e) Elaborar informes para el Consejo escolar a iniciativa propia o a peticin de ste.

    f) Formular propuestas para la realizacin de actividades complementarias y extraescolares as como colaborar en el desarrollo de las mismas.

    g) Conocer los resultados acadmicos globales y la valoracin que de los mismos realice el Consejo Escolar.

    h) Recibir informacin de las actividades y rgimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, as como del Plan de Centro

    establecido por el mismo.

    i) Recibir informacin sobre los libros de texto y los materiales didcticos adoptados por el centro.

    j) Fomentar la colaboracin entre todos los miembros de la comunidad educativa.

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    CAPTULO III. ALUMNADO.

    SECCIN 1. PARTICIPACIN EN EL CENTRO.

    Uno de los principios del sistema educativo andaluz, recogidos en la Ley de Educacin de

    Andaluca, es La formacin integral del alumnado en sus dimensiones individual y social

    que posibilite el ejercicio de la ciudadana, la comprensin del mundo y de la cultura y la

    participacin en el desarrollo de la sociedad del conocimiento.

    La citada Ley recoge como objetivos de esa participacin:

    Favorecer la democracia, sus valores y procedimientos, de manera que orienten e inspiren las prcticas educativas y el funcionamiento de los centros docentes, as como

    las relaciones interpersonales y el clima de convivencia entre todos los miembros de la

    comunidad educativa.

    Promover la adquisicin por el alumnado de los valores en los que se sustentan la convivencia democrtica, la participacin, la no violencia y la igualdad entre hombres y

    mujeres.

    Estimular en el alumnado la capacidad crtica ante la realidad que le rodea, promoviendo la adopcin de actitudes que favorezcan la superacin de desigualdades.

    La participacin del alumnado es fundamental, ya que son los perceptores de todo el

    proceso de enseanza y aprendizaje que se lleva a cabo.

    Concebimos la participacin del alumnado como una metodologa de aprendizaje

    democrtico, escolar y social.

    El aula, y el centro en general, son el marco idneo para el desarrollo del aprendizaje

    democrtico. Es amplio el conjunto de actividades que el centro brinda para ello: desde la

    gestin compartida de los recursos del aula, hasta el anlisis de los problemas y bsqueda

    de alternativas en las reuniones de clase.

    La participacin del alumnado no est al servicio exclusivo del aprendizaje de la

    democracia y los valores ticos y morales que sustenta nuestro modelo de sociedad. Es

    tambin una metodologa de aprendizaje social y escolar que facilita el conocimiento e

    interpretacin de las relaciones sociales y del medio en que se vive, para la adaptacin e

    integracin del mismo.

    Artculo 1. En el Consejo Escolar.

    Existirn cinco representantes del alumnado en el Consejo Escolar, elegidos por los

    alumnos y alumnas inscritos o matriculados en el centro.

    Esta representacin se renovar totalmente cada dos aos.

    Sern elegibles aquellos alumnos y alumnas que hayan presentado su candidatura y haya

    sido admitida por la Junta electoral.

    Las asociaciones del alumnado legalmente constituidas podrn presentar candidaturas

    diferenciadas, que quedarn identificadas en la correspondiente papeleta de voto.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

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    Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar recibirn las convocatorias de

    reuniones por escrito, donde se haga constar el orden del da y con tiempo suficiente para

    poder preparar las sesiones con antelacin.

    Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar debern informar a la Junta de

    delegados y delegadas sobre los acuerdos adoptados en el seno de este rgano colegiado.

    El centro intentar favorecer la participacin de los alumnos/as con las siguientes

    estrategias:

    Les transmitir informacin a travs de reuniones informativas con los delegados de grupo.

    Informar detalladamente sobre normativa, objetivos y calendario de actuaciones.

    Se animar a los representantes en el Consejo Escolar a que informen y transmitan a sus compaeros/as las decisiones y acuerdos adoptados.

    Sus funciones vienen establecidas por las propias competencias del Consejo Escolar al que

    pertenecen. A saber:

    a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias especficas del

    Claustro de Profesorado en relacin con la planificacin y la organizacin docente.

    b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificacin de la cuenta de

    gestin.

    c) Conocer las candidaturas a la direccin y los proyectos de direccin presentados por

    las personas candidatas.

    d) Participar en la seleccin del director o directora del centro y, en su caso, previo

    acuerdo de sus miembros, adoptado por mayora de dos tercios, proponer la revocacin

    del nombramiento del director o directora. (A excepcin de los representantes del

    alumnado de los dos primeros cursos de la educacin secundaria obligatoria).

    e) Ser informados del nombramiento y cese de los dems miembros del equipo

    directivo.

    f) Decidir sobre la admisin del alumnado con sujecin a las disposiciones que la

    desarrollen.

    g) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en

    el instituto, para garantizar su efectividad y proponer la adopcin de medidas e

    iniciativas en caso de incumplimiento.

    h) Conocer la resolucin de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al

    presente Reglamento y dems normativa de aplicacin. Cuando las medidas

    disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del

    alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del instituto, el Consejo

    Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podr

    revisar la decisin adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

    i) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el instituto, la

    igualdad entre hombres y mujeres y la resolucin pacfica de conflictos en todos los

    mbitos de la vida personal, familiar y social.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    13

    j) Reprobar a las personas que causen daos, injurias u ofensas al profesorado. En todo

    caso, la resolucin de reprobacin se emitir tras la instruccin de un expediente, previa

    audiencia al interesado.

    k) Promover la conservacin y renovacin de las instalaciones y equipo escolar y

    aprobar la obtencin de recursos complementarios.

    l) Fijar las directrices para la colaboracin, con fines educativos y culturales, con las

    Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

    m) Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto, la evolucin del

    rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que

    participe el centro.

    n) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a peticin de la Administracin

    competente, sobre el funcionamiento del instituto y la mejora de la calidad de la

    gestin, as como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

    Artculo 2. Junta de Delegados.

    Existir en el centro una Junta de Delegados formada por los representantes del alumnado

    en el Consejo Escolar y los delegados de cada grupo.

    1. El Delegado/a de Centro.

    Se elegir un/a Delegado/a de Centro, como representante e interlocutor de esta Junta. El

    delegado/a de Centro se elegir en el seno de la Junta de Delegados, entre los delegados/as

    electos/as de cada grupo, en la primera reunin de este rgano, al principio de cada curso.

    Las funciones del delegado/a de Centro sern:

    - Coordinar la actuacin de la Junta de Delegados.

    - Actuar de portavoces de los alumnos/as en las cuestiones de su inters.

    - Colaborar en las tareas que se les hayan asignado por los rganos competentes.

    2. Normas de funcionamiento de la Junta de Delegados/as.

    Las reuniones de la Junta de Delegados sern convocadas y presididas por el Director/a, el Jefe/a de Estudios, por decisin propia o a peticin de un tercio de sus miembros.

    Igualmente, en el marco de lo previsto en la Carta de Derechos y Deberes del

    alumnado, Decreto 85/99 de 6 de abril, la Junta de Delegados podr celebrar reuniones

    consultivas sin la asistencia de los miembros del equipo directivo antes mencionados y

    previa solicitud, indicando en ella el orden del da con objeto de proporcionarles el

    espacio adecuado y la informacin de la que se disponga.

    Las reuniones ordinarias se convocarn por escrito, con 48 horas de antelacin, constando en la convocatoria el orden del da, la hora, el lugar y la fecha.

    Las reuniones extraordinarias se convocarn con 24 horas de antelacin, de forma oral, o en el momento en que un asunto urgente lo haga preciso.

    El directivo, que convoca y preside la reunin, actuar como moderador de la misma.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    14

    A las reuniones se invitar, cuando el caso lo requiera, al/a orientador/a del centro.

    El delegado/a de Centro tomar nota de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados, en el cuaderno de reuniones que existir al efecto y que se custodiar en la Jefatura de

    Estudios del Centro.

    En caso de ausencias justificadas del delegado de grupo, podr asistir a las reuniones de Junta de delegados el subdelegado/a de ese grupo.

    Habr siempre una reunin al inicio de la segunda y de la tercera evaluacin para las aportaciones que el alumnado quiera hacer en relacin al funcionamiento y

    mantenimiento del Centro.

    La Direccin del Centro se reunir, al menos, una vez al trimestre con los representantes del Consejo Escolar y el/la delegado/a de Centro.

    Los miembros de la Junta de Delegados, en los trminos que marca la normativa vigente, no podrn ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como portavoces

    de los alumnos.

    3. Funciones de la Junta de Delegados/as.

    a) Informar a los consejeros estudiantiles de la problemtica de cada grupo o curso.

    b) Ser informados por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar sobre los

    temas tratados en el mismo.

    c) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a peticin de este

    rgano.

    d) Elaborar propuestas de modificacin en el Reglamento de Rgimen Interior.

    e) Informar al alumnado de las actividades que programe la Junta.

    f) Elaborar propuestas de criterios para la confeccin de los horarios de actividades

    docentes y extraescolares.

    g) Participar en las Juntas de Evaluacin a travs de los delegados, previa reunin con

    el tutor y el grupo correspondiente, y ello con el fin de informar al equipo de evaluacin

    de la problemtica del grupo.

    SECCIN 2: PARTICIPACIN EN EL AULA.

    Artculo 3. Los Delegados/as de grupo.

    Durante el primer mes de cada curso escolar, el alumnado de cada grupo elegirn, en

    presencia del tutor/a, de forma directa y secreta, por mayora simple, a los delegados/as y

    subdelegados/as de cada grupo.

    El subdelegado/a sustituir al delegado/a en caso de vacante, ausencia o enfermedad y le

    apoyar en sus funciones.

    El delegado o delegada de grupo ser el portavoz del grupo de alumnos/as ante el tutor/a,

    ser tambin el nexo de unin entre el resto de sus compaeros/as y el profesorado del

    centro.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    15

    Artculo 4 .Funciones de los Delegados/as de grupo.

    Las funciones del delegado o delegada de grupo sern las siguientes:

    Colaborar con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase.

    Trasladar al tutor o tutora las sugerencias o reclamaciones del grupo al que representan, incluido el calendario de exmenes o pruebas de evaluacin a determinar.

    Previo conocimiento del tutor o tutora, exponer a los rganos de gobierno y de coordinacin docente las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representa.

    Participar en las sesiones de evaluacin. Para ello se le dar audiencia en el momento que le indique el tutor o tutora del grupo. En ese perodo de tiempo el delegado/a

    expresar sus opiniones, quejas y sugerencias como portavoz del grupo, salvaguardando

    el respeto y consideracin debido a todo el profesorado presente.

    Responsabilizarse de la custodia y conservacin del parte diario de clase, el cual entregar cada hora al profesor/a correspondiente para su firma y depositarlo en la

    Conserjera al finalizar la jornada escolar.

    Asistir a las reuniones de la Junta de delegados/as y participar en sus deliberaciones.

    Fomentar la convivencia entre los alumnos y alumnas de su grupo.

    Fomentar la adecuada utilizacin del material y de las instalaciones del Instituto.

    Otras funciones son:

    Al inicio de la jornada escolar recoger en Conserjera el Parte Semanal de Faltas del alumnado. El Parte lo custodiar durante toda la jornada y, al final de la misma, lo

    entregar en Conserjera.

    Ser el responsable de informar al/a tutor/a de los desperfectos ocurridos en el aula, para que se lleve el control de los mismos y se proceda a su reparacin. Para ello,

    firmarn ambos el parte de desperfectos que rellenern junto con el grupo. una vez

    efectuada sta, velar porque no vuelvan a deteriorarse las instalaciones. asimismo, si

    observa que no se ha efectuado correctamente la reparacin, lo comunicar en

    conserjera.

    Para todo lo relacionado con el orden, limpieza, mantenimiento y conservacin de las aulas, debern estar coordinados los delegados/as de los grupos que ocupan la misma

    aula. Si hay algn problema, deben reunirse los delegados/as en el recreo, y, si esto no

    resolviera la situacin, se implicarn los tutores/as. Para lograr este objetivo es

    conveniente una reunin a principios de curso. Si necesitan ms asesoramiento sobre

    este asunto, contarn con el apoyo del secretario o miembro del Equipo Directivo que

    se decida para ello.

    Ser el responsable de que no falten en el aula los materiales necesarios para que el profesor/a pueda impartir su clase (tizas, borradores,...).

    En caso de ausencia o retraso de un profesor/a ser el responsable de que el grupo se mantenga en el aula, en silencio y en orden, a la espera de que acuda el profesor de

    guardia. Pasados diez minutos, podr avisar de la situacin al profesorado de guardia si

    ste no hubiera acudido.

    Se responsabilizar de que las mesas y las sillas estn en orden.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    16

    Cuando la urgencia del asunto lo requiera, el delegado/a podr informar, sin entrar en debate, a su grupo, previa autorizacin del profesor/a. Si no se obtiene sta, se podr

    hacer en los recreos.

    El resto del grupo debe colaborar con las funciones de los/as delegados/as y hacerse corresponsables con ellos/as de lo ocurrido en el grupo.

    Los delegados o delegadas no podrn ser sancionados por el ejercicio de la funcin

    representativa del grupo al que pertenecen.

    Artculo 5. Asistencia a las sesiones de evaluacin y de equipos docentes

    Los delegados/as y subdelegados/as de grupo podrn asistir a las sesiones de evaluacin y a

    las sesiones de equipos docentes, en la forma en que se determina:

    Cada grupo tendr dos sesiones de tutora de grupo anteriores a las sesiones de la primera y la segunda evaluacin donde se trabajar en el anlisis de la evaluacin a

    partir de los documentos elaborados por la Jefatura de Estudios y Orientacin.

    No podrn participar en las sesiones de la evaluacin inicial, ordinaria ni extraordinaria

    El tutor/a trasladar esta informacin al resto de los miembros del Equipo Educativo, antes de la sesin de evaluacin, en lo que afecte a cada uno de ellos.

    La participacin del delegado/a y subdelegado/a de grupo en dichas sesiones se har al principio de la misma, en la parte dedicada al anlisis general del grupo. Una vez

    finalizada esta parte, continuar la sesin de evaluacin sin la presencia de los

    representantes de los alumnos/as.

    Los delegados/as y subdelegados/as de grupo actuarn en las sesiones de evaluacin como representantes del grupo y en ningn caso a nivel particular.

    La participacin de los delegados/as y subdelegados/as de grupo en las sesiones de evaluacin vendr regida por lo acordado con el grupo en las correspondientes sesiones

    de tutora y todo ello ser recogido en documento al efecto.

    El tutor/a encauzar la recogida de opiniones del grupo de alumnos/as para que stas se expresen de forma sinttica, respetuosa y constructiva.

    Los delegados/as y subdelegados/as de grupo no podrn ser sustituidos en su asistencia a las sesiones de evaluacin por otros alumnos/as del grupo.

    Artculo 6. Cese de los/as delegados/as de grupo

    El delegado o delegada de grupo podr cesar por alguna de las siguientes causas:

    Al finalizar el curso.

    Dimisin motivada y aceptada por Jefatura de Estudios.

    Incumplimiento reiterado de sus obligaciones.

    Apertura de expediente disciplinario o acumulacin de tres faltas consideradas como gravemente perjudiciales para la convivencia.

    Peticin por mayora absoluta del grupo, previo informe razonado dirigido al/la tutor/a.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    17

    Salvo en la primera de las causas, se proceder a la convocatoria de nuevas elecciones a la

    mayor brevedad posible.

    Artculo 7. Funciones de los/as subdelegados/as de grupo.

    Sustituir al delegado/a de grupo en caso de ausencia.

    Colaborar con el delegado/a de grupo en las tareas que se le asignen..

    SECCIN 3: ASOCIACIONES DE ALUMNOS/AS Y DE ANTIGUOS ALUMNOS/AS.

    Los alumnos/as del centro podrn organizarse en Asociacin, bien de Alumnos/as y/o de

    antiguos Alumnos/as. Para ello debern seguir los pasos legales inherentes a cualquier

    Asociacin tal como aparece en la normativa administrativa vigente.

    Las Asociaciones de Alumnos/as y/o de Antiguos Alumnos/as legalmente constituidas

    establecer en sus estatutos las finalidades que le son propias, entre las que se

    considerarn, al menos, las siguientes:

    a. Expresar la opinin del alumnado en todo aquello que afecte a su situacin en el instituto.

    b. Colaborar en la labor educativa del centro y en el desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares del mismo.

    c. Promover la participacin del alumnado en los rganos colegiados del centro.

    d. Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la accin cooperativa y del trabajo en equipo.

    La asociacin del alumnado tendr derecho a ser informada de las actividades y rgimen de

    funcionamiento del instituto, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto el

    centro, as como del Plan de Centro establecido por el mismo.

    La asociacin del alumnado se inscribir en el Censo de Entidades Colaboradoras de la

    Enseanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el

    Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseanza.

    SECCIN 4: DERECHO DE REUNIN, DE DISCREPANCIA Y DE INASISTENCIA DEL ALUMNADO.

    El procedimiento, que permitira el ejercicio de estos derechos, ser el siguiente:

    La Junta de Delegados entregar, por escrito, una propuesta razonada (siempre en relacin a decisiones de carcter educativo relacionadas con el Centro) ante la

    Direccin del Centro.

    La propuesta debe ser entregada, al menos, 72 horas antes de la fecha fijada en la convocatoria de huelga.

    La propuesta debe indicar la fecha, la hora y las actividades previstas.

    La propuesta debe ir avalada por el 5% del alumnado con derecho a huelga desde 3 de ESO) o por la mayora absoluta de los/as delegados/as del Centro.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    18

    Si se cumplen estos requisitos, los/as delegados/as informarn a sus grupos y la propuesta deber ser aprobada en votacin secreta por todo el alumnado con derecho a

    ejercerlos.

    Hay que aclarar estos derechos en el alumnado de 3 y 4 de ESO, puesto que en este caso est claro que estn enfrentados con el derecho a la educacin. Como este

    alumnado es menor de edad, slo podr ejercer estos derechos si son autorizados por

    sus familias individualmente, en un documento que debe constar en Direccin al menos

    con dos das de antelacin a la fecha de convocatoria.

    En caso de que, a pesar de no cumplir los requisitos, se ejercieran estos derechos de manera ilegal, la responsabilidad recaer sobre la Junta de Delegados que es la que

    inicia y conduce todo el proceso. Las responsabilidades individuales se determinarn

    posteriormente en un proceso informativo y podr acarrear correcciones disciplinarias.

    La ausencia del alumnado en estas condiciones slo puede ser justificada con

    certificacin mdica.

    CAPTULO IV. EL PERSONAL DE ADMINISTRACIN Y

    SERVICIOS.

    El PAS est formado por el personal administrativo y el personal de conserjera y estar

    bajo la supervisin del Secretario del Centro. Tendr un representante en el Consejo

    Escolar de Centro.

    El horario individual de trabajo se establecer al inicio de cada curso, respetando la

    normativa que a cada empleado le es de aplicacin, segn el Convenio Laboral vigente, y

    se controlar diariamente mediante la cumplimentacin del parte que para tal fin existe en

    la Secretara del Centro.

    Podr participar y aportar sus sugerencias y opiniones tanto en reuniones conjuntas de todo

    el personal junto con la Direccin del Centro, as como a nivel individual.

    SECCIN 1: EL PERSONAL DE LIMPIEZA.

    El Personal de Limpieza de este Centro pertenece a una compaa privada que mantiene un

    contrato de prestacin de servicios de limpieza de Centros Pblicos con la Consejera de

    Educacin y Ciencia de la Junta de Andaluca, y sus funciones y obligaciones estn

    contempladas en los contratos que la Administracin Educativa mantiene con la

    mencionada compaa de limpieza.

    CAPTULO V. OTRAS INSTITUCIONES.

    La complejidad de la cotidianidad de un Centro Educativo y la multitud de funciones que se

    van asumiendo permite la participacin de instituciones, organismos, empresas y personas

    ajenas, en un principio, a la Comunidad Educativa. De esta forma, ONGs, ayuntamientos,

    asociaciones de vecinos o culturales, monitores/as, etc., se convierten en actores, cada vez

    con ms frecuencia, del Centro y se hace necesario establecer sus mecanismos de

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    19

    participacin. En todos estos casos, ser la Vicedirecccin del Centro, en su defecto el Jefe

    del DACE, quien se encargue de establecer los mecanismos ms adecuados de

    participacin en cada tema concreto.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    20

    TTULO II: INFORMACIN Y GESTIN.

    En cualquier organizacin educativa se reciben, se producen y se extienden diversas

    informaciones y de muy variada ndole. Sin una gestin de la informacin bien delimitada,

    los procesos comunicativos no tendran lugar. La informacin se gestiona para mejorar el

    funcionamiento de toda la comunidad, transformando la informacin en accin. Del grado

    de informacin que se tenga, de su relevancia y de cmo se convierta en elemento

    dinamizador entre los implicados en el proceso educativo, se conseguirn ms fcilmente

    los objetivos propuestos.

    Una informacin gestionada eficazmente aumenta en el individuo el sentimiento de

    pertenencia a la comunidad, incrementa la posibilidad de desarrollo de la misma y hace

    posible la participacin.

    Es por ello que corresponde a la Direccin del centro garantizar la informacin sobre la

    vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar y a sus organizaciones ms

    representativas.

    CAPTULO 1: DE CARCTER GENERAL

    SECCIN 1: INFORMACIN INTERNA.

    Se considera como tal aquella que afecta directamente a la organizacin, planificacin y

    gestin de la actividad docente en el Instituto.

    La informacin de carcter general es suministrada por los distintos rganos de Gobierno

    Unipersonales y Colegiados del centro.

    La informacin de carcter ms especfica es suministrada por los responsables directos del

    estamento u rgano que la genera: tutores, jefes de departamento, coordinadores de

    proyectos, etc.

    Son fuentes de informacin interna, entre otras:

    El Proyecto Educativo del centro.

    El Proyecto de Gestin.

    El Reglamento de Organizacin y Funcionamiento (R.O.F).

    La Memoria de Autoevaluacin.

    Los planes especficos (experiencias didcticas, programas de insercin laboral,

    programas especiales...).

    Las disposiciones legales y administrativas de carcter docente (Leyes, Decretos,

    rdenes, Resoluciones, Comunicaciones...)

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    21

    Las actas de reuniones de los distintos rganos de gestin del centro:

    o Actas del Consejo Escolar.

    o Actas de las sesiones del Claustro de Profesorado.

    o Actas de las reuniones de los departamentos didcticos.

    o Actas de las sesiones de evaluacin.

    o Actas de reuniones de accin tutorial.

    Las disposiciones del Equipo Directivo sobre el funcionamiento diario de la

    actividad docente: concesin de permisos; correcciones de conductas; circulares;

    etc.

    Las convocatorias relacionadas con el perfeccionamiento del Profesorado:

    convocatorias de los CEP, becas, programas...

    La informacin tutorial: boletines de calificaciones, comunicaciones a los padres...

    El parte diario de clase.

    El parte de guardia del profesorado.

    Relacin de libros de texto y materiales curriculares.

    SECCIN 2: FUENTES EXTERNAS.

    Son aquellas que no afectan directamente a la organizacin, planificacin o gestin del

    centro.

    Son fuentes de informacin externa, entre otras:

    Informacin sindical.

    Informacin procedente de rganos e instituciones no educativas de carcter

    local, provincial o estatal: Ayuntamiento, Diputacin, organizaciones culturales,

    organizaciones deportivas, empresas.

    Informacin procedente de otros centros educativos: Colegios, Institutos,

    Universidad.

    Informaciones de Prensa.

    Informacin bibliogrfica y editorial.

    SECCIN 3: CANALES Y MEDIOS DE INFORMACIN.

    Resulta imposible sistematizar la forma de informacin y/o comunicacin a utilizar, pues

    depender de su tipologa, de la urgencia exigida, de sus destinatarios, etc.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    22

    Existen los siguientes:

    Interna

    hacia

    el profesorado

    Casilleros unipersonales

    Tabln de anuncios

    Correo electrnico

    Entrega directa de comunicaciones

    Claustro de Profesores

    Consejo Escolar

    E.T.C.P.

    el alumnado

    Asambleas

    Entrega directa al delegado de grupo

    Consejo Escolar

    Pgina web

    el P.A.S.

    Entrega directa

    Consejo Escolar

    Externa

    hacia

    los padres y madres

    Circulares informativas

    Consejo Escolar

    Reuniones de carcter grupal

    Tutoras

    Pgina web

    la sociedad en

    general

    Pgina web

    Notas de prensa

    No obstante, es necesario establecer algunas pautas de actuacin. A saber:

    1. Todo el profesorado dispondr de una direccin de correo electrnico, proporcionada por el propio centro, para facilitar la comunicacin interna.

    2. Cada profesor tendr asignado un casillero en la Sala de Profesorado como medio alternativo de comunicacin interna, adems de los tablones de anuncios

    establecidos en esta dependencia.

    3. Sin embargo, el correo electrnico ser el canal prioritario y vlido de comunicacin al profesorado para:

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    23

    Las circulares informativas emitidas por el equipo directivo.

    Las convocatorias de Claustro de Profesorado, Consejo Escolar y ETCP.

    La normativa de inters general.

    La documentacin enviada por correo electrnico desde la Administracin

    Educativa.

    Lo relacionado internamente con la informacin tutorial.

    4. Las convocatorias de Claustro de Profesorado, Consejo Escolar y ETCP sern colocadas tambin en los tablones de anuncios de la Sala del Profesorado.

    5. A la entrada del Instituto, y en un lugar de paso obligado del profesorado, se ha habilitado un tabln de anuncios para asuntos urgentes.

    6. Los tablones de anuncios de la Sala del Profesorado estn organizados en funcin de su contenido de la siguiente forma:

    Tabln 1: Comunicaciones del Equipo Directivo

    Tabln 2: Actividades formativas

    Tabln 3: B.O.J.A

    Tabln 4: Actas de Claustro del Profesorado y Consejo Escolar

    Tabln 5: Informacin sindical

    Tabln 6: Actividades Complementarias y Extraescolares

    Tabln 7: Bilingismo

    7. Los tablones de anuncios de los pasillos del centro estn organizados en funcin de su contenido, a fin de facilitar la recepcin de la informacin que contienen.

    8. Existir un responsable de todos los tablones del centro, encargado de velar porque estos contengan la informacin para la que estn destinados, de retirar anuncios,

    notas o carteles inconvenientes o no autorizados y de mantenerlos actualizados por

    su vigencia y contenido.

    9. Por delegacin de la Direccin, ser el Secretario del centro el encargado de autorizar o no los carteles que provengan del exterior, mediante un sello creado al

    efecto para aquellos que estn autorizados.

    SECCIN 4: EL PARTE DIARIO DE CLASE.

    Es el instrumento de control de la asistencia a clase de los alumnos y alumnas.

    El delegado/a de curso es el responsable de la custodia y conservacin del parte de clase,

    as como de su correcta y completa cumplimentacin en todos sus casilleros, procurando

    mantenerlo en buen estado, entregndolo al profesor/a correspondiente para su firma y

    depositndolo en la Conserjera al finalizar la jornada escolar.

    En ausencia del delegado/a y subdelegado/a, esa responsabilidad recaer, durante la

    jornada, en el alumno/a elegido por el profesor/a que imparta la primera sesin, cuyo

    nombre se consignar en el parte para conocimiento de los restantes profesores.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    24

    Nadie debe escribir en el parte si no es el profesor/a, el delegado/a de curso o persona

    responsabilizada.

    En caso de ausencia del profesor/a de clase, ser el profesor/a de guardia, el que registre la

    incidencia de que la clase no ha sido impartida por el profesor/a titular.

    La firma del profesor o profesora de clase supone la imparticin de docencia en la hora

    reflejada.

    El control de ausencias y retrasos a clase del alumnado es obligatorio, por lo que el

    profesorado deber dejar constancia de ello en el parte diario.

    SECCIN 5 PARTE DE INCIDENCIAS DE CONDUCTA (Apercibimiento por escrito)

    Es el documento establecido para reflejar las conductas del alumnado que sean contrarias a

    las normas de convivencia o gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro,

    contempladas en este ROF y/o en el Plan de Convivencia del Centro.

    Este Parte consta de tres hojas autocopiativas: una para el profesor/a que cumplimente el

    Parte, otra para el tutor/a y otra para Jefatura de Estudios.

    Dependiendo de la importancia del hecho acaecido y a tenor de lo establecido en los

    documentos mencionados anteriormente, el profesor/a de clase, podr:

    1. Corregir l mismo la accin.

    2. Ponerlo en conocimiento del tutor/a para su posterior correccin.

    3. Enviar al alumno/a, acompaado del delegado/a de grupo, a la Sala de Guardia. En el supuesto de que en la Sala de Guardia no hubiese profesorado disponible, el

    delegado de grupo deber volver con el alumno/a a la clase correspondiente.

    4. Conducirlo, acompaado del profesorado de guardia, a la Sala de Guardia. (Slo en los casos de conductas consideradas como gravemente perjudiciales para la

    convivencia).

    5. Conducirlo de manera inmediata a Jefatura de Estudios, o en su ausencia al miembro del Equipo Directivo que permanezca en el Centro, acompaado del

    delegado/a de curso o del profesorado de guardia.

    En este ltimo caso ser la Jefatura de Estudios o la Direccin del centro los que asuman

    las actuaciones posteriores.

    SECCIN 6: EL LIBRO REGISTRO DE INCIDENCIAS DE SALA DE GUARDIA.

    En la Sala de Guardia existir un Libro Registro de Incidencias en el que el profesorado de

    guardia, en cada sesin, anotar el nombre completo del alumnado que es derivado a esta

    Sala, el curso y grupo al que pertenece, el profesor/a que lo ha derivado y las acciones que

    han motivado la derivacin.

    Cuando un alumno/a sea suspendido del derecho de asistencia a una clase, se dirigir a la

    Sala de Guardia, acompaado por el delegado/a de grupo o persona designada, y

    permanecer en esa Sala bajo la responsabilidad del profesorado de guardia. El profesor/a

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    25

    que haya impuesto la suspensin deber haber cumplimentado el correspondiente impreso

    de Parte de Incidencias de Conducta, en el que tambin anotar la tarea acadmica que debe

    realizar el alumno/a en la Sala de Guardia. El profesorado de guardia reflejar en el Libro

    de Registro los datos de identidad del alumno sancionado, el cual, una vez acabada esa

    sesin lectiva, se reintegrar nuevamente al aula.

    En cualquiera de estas situaciones, el Parte de Incidencias de clase ha de ser entregado a

    Jefatura de Estudios por el profesor/a que efecta la sancin, de manera que no se produzca

    ninguna correccin de conducta que no tenga el respaldo documental del Parte de

    Incidencias.

    La responsabilidad de comunicacin a los padres o representantes legales sobre la

    incidencia habida, y la correccin correspondiente, correr a cargo del tutor del alumno, y

    en su defecto, de la Jefatura de Estudios o Direccin.

    CAPITULO II: RELACIN DEL CENTRO CON EL ENTORNO

    SECCIN 1: RELACIONES CON EL AYUNTAMIENTO.

    El Centro debe relacionarse con el Ayuntamiento del municipio donde est radicado. Para

    ello se mantendrn contactos con las reas de Educacin y Cultura y se participar en

    aquellos Programas y actividades que contribuyan a desarrollar nuestros diseos

    curriculares.

    SECCIN 2: RELACIONES CON OTROS CENTROS.

    El Instituto debe relacionarse tambin con otros Centros, principalmente con Centros de

    nuestro municipio. La relacin se har a nivel de Directores, si bien, en ciertas ocasiones es

    posible una relacin a otros niveles.

    Tambin se fomentar una relacin-coordinacin a nivel de Jefatura de Estudios que tenga

    como finalidad facilitar la transicin del alumnado de Primaria a Secundaria

    Es de destacar la relacin con aquellos colegios que estn adscritos a nuestro Centro ya que

    nuestros alumnos y alumnas provendrn de ellos.

    SECCIN 3: RELACIONES CON OTRAS ADMINISTRACIONES O INSTITUCIONES.

    Artculo 1. Relaciones con las entidades culturales

    El Centro debe relacionarse tambin con las Entidades Culturales de nuestro entorno ms

    prximo recabando ayuda para conferencias y charlas. La relacin ser entablada por el

    Director/a, Vicedirector/a o por el Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares.

    Dentro de estas Entidades Culturales es necesario destacar las relaciones con el rea de

    Juventud, ya que ser con la que mantengamos ms contacto. Se le pedir que organice

    conferencias sobre drogas, alcoholismo, control de la natalidad, derechos humanos, y todos

    los temas que sean de inters para nuestro alumnado, bien por iniciativa del profesorado, o

    por iniciativa de los alumnos.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    26

    Artculo 2. Relaciones con la Polica Local, Guardia Civil y Cuerpo de Bomberos

    El Directivo que se encuentre a cargo del Centro llamar a la Polica Local o a la Guardia

    Civil cuando surja algn problema importante. Tanto la Polica Local como la Guardia

    Civil y el Cuerpo de Bomberos contarn con una copia de la llave del Centro para casos de

    urgencia y con la que puedan acceder al mismo cuando sea necesario y con una copia del Plan de Autoproteccin del Centro. Cuando algn miembro de los cuerpos de seguridad

    acuda al centro para consultar algn tema o buscar alguna informacin sobre el alumnado,

    slo podr ser atendido por la direccin del centro o, en su defecto, algn miembro del

    Equipo Directivo, aunque sean los ordenanzas o el personal administrativo quin los

    reciba.

    Artculo 3. Relaciones con la Administracin Educativa.

    La persona del Centro que debe relacionarse con la Administracin Educativa es el

    Director/a quien puede delegar algunas gestiones en otro miembro del Equipo Directivo.

    No obstante, el Directivo que en cada momento est como mximo responsable en el

    Centro, debe atender las llamadas telefnicas de cualquier persona de la Administracin

    Educativa para la Direccin y recibir a quienes se personan en el Centro para asuntos

    oficiales. Si este Directivo no posee toda la informacin o no es competente para decidir,

    informar del horario en que el Director o el cargo que se ocupa del asunto est en el

    Centro, recoger el aviso y le dejar al interesado una nota en su mesa de trabajo. Todo

    documento que llega al Centro procedente de la Administracin educativa debe ser

    registrado, as como las respuestas o demandas que el Centro le remite.

    En determinadas cuestiones de trmite o consulta son aconsejables las relaciones

    telefnicas o va E-mail con la Administracin Educativa, por la rapidez, e incluso el

    tratamiento directo de los asuntos personndose en las oficinas correspondientes, aunque

    los temas importantes deben quedar reflejados por escrito.

    Artculo 4. Relaciones con el Centro del Profesorado

    El Centro de Profesorado es la institucin encargada de la formacin permanente del

    profesorado en activo. Nuestro Centro est adscrito al CEP de Motril. Las actuaciones del

    Centro en materia formativa se reflejarn en el Plan de Formacin que se incluye en el

    Proyecto Educativo de Centro. Este Plan de Formacin contemplar todo lo referente a este

    tema, tanto en forma de Grupos de Trabajo de Autoformacin, como en forma de Cursos,

    Jornadas, Encuentros, etc.

    CAPITULO III: CONSEJO ESCOLAR.

    Para la vlida constitucin del rgano, a efectos de la celebracin de sesiones,

    deliberaciones y toma de acuerdos, se requerir, en primera convocatoria, la presencia del

    Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de

    sus miembros. En segunda convocatoria no ser preciso el requisito anterior.

    SECCIN 1. CONVOCATORIAS.

    Consejo Escolar ordinario: Se convocar con una semana de antelacin y junto a

    la convocatoria o, al menos, 48 horas antes, deber facilitarse siempre la

    informacin necesaria para los temas que vayan a tratarse.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    27

    Consejo Escolar extraordinario. Se convocar con 48 horas de antelacin, como

    mnimo.

    Cuando el Consejo Escolar sea convocado a peticin, al menos, de un tercio de sus

    miembros, dicha convocatoria no se demorar ms de 15 das tras la peticin o, si

    mediase un periodo vacacional, inmediatamente posterior a ste.

    SECCIN 2: ORDEN DEL DA.

    En el orden del da debern figurar los puntos a tratar en cada sesin con el mximo detalle

    posible y ser comunicado o entregado junto con la convocatoria de cada sesin.

    SECCIN 3: DURACIN DE LAS SESIONES

    Las sesiones del Consejo Escolar no podrn tener una duracin mayor a las dos horas. En

    caso de no poder terminar en este tiempo, se pasar directamente al punto de ruegos y

    preguntas y se suspender hasta la semana siguiente.

    SECCIN 4: TOMA DE ACUERDOS.

    La aprobacin de acuerdos se realizar por mayora simple (ms votos a favor que en

    contra), excepto aquellos acuerdos que necesiten una mayora diferente y que queden

    especificados en la normativa.

    Las reformas de los documentos del Plan de Centro necesitarn la mayora absoluta

    de los miembros del Consejo Escolar.

    No podr existir voto en blanco o abstencin en aquellos asuntos relacionados con

    la organizacin del Centro.

    No se permite la delegacin de voto.

    En la segunda convocatoria, la mayora se establecer sobre los miembros

    presentes.

    CAPITULO IV: CLAUSTRO

    Para la vlida constitucin del rgano, a efectos de la celebracin de sesiones,

    deliberaciones y toma de acuerdos, se requerir, en primera convocatoria, la presencia del

    Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de

    sus miembros. En segunda convocatoria no ser preciso el requisito anterior.

    SECCIN 1: CONVOCATORIAS.

    Claustro ordinario: Se convocar con cuatro das de antelacin y junto a la

    convocatoria o, al menos, 48 horas antes, deber facilitarse siempre la informacin

    necesaria para los temas que vayan a tratarse.

    Claustro extraordinario. Se convocar con 48 horas de antelacin, como mnimo.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    28

    Cuando el Claustro sea convocado a peticin, al menos, de un tercio de sus

    miembros, dicha convocatoria no se demorar ms de 15 das tras la peticin o, si

    mediase un periodo vacacional, inmediatamente posterior a ste.

    SECCIN 2: ORDEN DEL DA.

    En el orden del da debern figurar los puntos a tratar en cada sesin con el mximo detalle

    posible y ser comunicado o entregado junto con la convocatoria de cada sesin.

    SECCIN 3: DURACIN DE LAS SESIONES.

    Las sesiones del Claustro no podrn tener una duracin mayor a las tres horas. En caso de

    no poder terminar en este tiempo, se pasar directamente al punto de ruegos y preguntas y

    se suspender hasta la semana siguiente.

    SECCIN 4: TOMA DE ACUERDOS.

    La aprobacin de acuerdos se realizar por mayora simple (ms votos a favor que

    en contra), excepto aquellos acuerdos que necesiten una mayora diferente y que

    queden especificados en la normativa.

    Las reformas de los documentos del Plan de Centro necesitarn la mayora absoluta

    de los miembros del Claustro.

    No podr existir voto en blanco o abstencin en aquellos asuntos relacionados con

    la organizacin del Centro.

    No se permite la delegacin de voto.

    CAPITULO V: NORMAS SOBRE ACTAS

    El Secretario o en su ausencia el miembro que designe el Director, odos los asistentes,

    levantar acta de las reuniones.

    En el acta podrn figurar el voto contrario a un acuerdo adoptado, la abstencin o

    voto en blanco y los motivos que las justifiquen. Asimismo, cualquier miembro

    tiene derecho a solicitar la trascripcin ntegra de su intervencin o propuesta,

    siempre que aporte en el acto, o en el plazo de 48 horas, el texto que se corresponda

    fielmente con su intervencin, hacindose as constar en el acta o unindose copia a

    la misma.

    Los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario podrn formular voto

    particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se incorporar al

    texto aprobado. En este caso, los miembros del rgano que voten en contra o se

    abstengan, quedarn exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse

    de los acuerdos. En ningn caso debe entenderse que esta accin exime del

    cumplimiento de lo acordado.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    29

    Aprobacin de las actas:

    o Las actas del Claustro de Profesores se harn pblicas en los tablones de

    anuncios de la Sala de Profesores. A partir de dicha publicacin, se abrir un

    plazo de 72 horas para presentar, por parte de cualquier miembro del

    Claustro, alegaciones por escrito en el Registro del Centro y dirigidas al

    Secretario, el cual deber resolver su inclusin en una nueva redaccin del o

    los apartados correspondientes del acta o incluirlas como anexo. Para ello, y

    en un periodo mximo de 72 horas, tras la finalizacin del primer plazo,

    deber publicarlo en el mismo tabln de anuncios.

    o A los miembros del Consejo Escolar pertenecientes al sector padres/madres,

    alumnos, Personal de Administracin y Servicios y representante del

    Ayuntamiento se les enviar copia de dicha acta. Para los representantes de

    los profesores, se pondr en el tabln de anuncios de la Sala de Profesores.

    Para presentar alegaciones y su posterior aprobacin, se actuar como con

    las actas del Claustro.

    Supondr su aprobacin:

    o Una vez transcurrido el plazo sin que se haya presentado ninguna alegacin.

    o Su publicacin, junto con la resolucin del Secretario, a la alegacin

    presentada.

    o Ratificacin en la siguiente sesin, apareciendo como primer punto del

    orden del da, en las que se leern las alegaciones que no se hubieran

    publicado en el tabln con anterioridad.

    El Secretario podr realizar certificacin sobre los acuerdos especficos que se

    hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobacin del acta. En dichas

    certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la aprobacin del

    acta se har constar expresamente tal circunstancia.

    Libros de actas:

    o Existir un libro de actas para el Consejo Escolar y otro para el Claustro.

    Cada libro contendr las copias impresas de todas las actas de un curso

    escolar, ordenadas cronolgicamente y enumeradas para su encuadernacin,

    que incluir una diligencia del Secretario, con el visto bueno del Director, en

    la que se indicar el nmero total de pginas.

    Aquellas cuestiones de funcionamiento que no estn recogidas en el presente

    Reglamento, se regirn por lo dispuesto en el Captulo II, del Ttulo II, de la Ley

    30/92 de 26/11 de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y

    Procedimiento Administrativo Comn, y dems normativa aplicable.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    30

    CAPITULO VI: EQUIPO TCNICO DE COORDINACIN

    PEDAGGICA (ETCP)

    El Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica es el mecanismo fundamental para la

    coordinacin pedaggica del profesorado, pues sirve tanto de elemento de transmisin

    vertical como horizontal, facilitando la toma de decisiones y los acuerdos pedaggicos

    relacionados con el Proyecto Educativo del Centro.

    El equipo tcnico de coordinacin pedaggica estar integrado por la persona titular

    de la direccin, que ostentar la presidencia, la persona titular de la jefatura de

    estudios, las personas titulares de las jefaturas de los departamentos encargados de

    la coordinacin de las reas de competencias establecidas en el artculo 84 del ROC,

    las personas titulares de las jefaturas de los departamentos de orientacin y de

    formacin, evaluacin e innovacin educativa y, en su caso, la persona titular de la

    vicedireccin. Ejercer las funciones de secretara la jefatura de departamento que

    designe la presidencia de entre los miembros del equipo.

    Hay una hora semanal fijada para dicha reunin y en casos excepcionales se podr

    ampliar ese espacio de tiempo.

    La convocatoria de la reunin se realizar por la Direccin o Jefatura de Estudios de

    manera oficial colocando la citacin en el Tabln de la Sala de Profesores y citando

    mediante un aviso al correo electrnico con un plazo mnimo de 48 horas.

    Los acuerdos y temas tratados en dicha reunin quedarn reflejados en unas Actas

    que sern elaboradas y custodiadas por el Jefe de Departamento voluntario o el ms

    joven de los de menor antigedad, como Secretario de ETCP. Los acuerdos se

    tomarn por mayora absoluta y no se permite el voto en blanco o la abstencin, en

    aquellos asuntos relacionados con la organizacin del Centro, ni la delegacin de

    voto.

    Adems de las funciones que le otorga el ROC, el ETCP funcionar tambin como

    rgano de comunicacin sobre asuntos generales del funcionamiento y de

    organizacin del centro: principalmente de las actividades complementarias y

    extraescolares, de las adquisiciones de material inventariable y de la valoracin de

    la situacin econmica.

    Ser responsabilidad de los Jefaturas de las reas de Competencia y de las Jefaturas

    de los Departamentos, trasladar estas informaciones a los miembros de su

    Departamento en la siguiente reunin.

    SECCIN 1: COMPETENCIAS DEL ETCP.

    El equipo tcnico de coordinacin pedaggica tendr las siguientes competencias:

    a) Establecer las directrices generales para la elaboracin de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.

    b) Fijar las lneas generales de actuacin pedaggica del proyecto educativo.

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-d327-2010.t5.html#a84#a84

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    31

    c) Asesorar al equipo directivo en la elaboracin del Plan de Centro.

    d) Establecer las directrices generales para la elaboracin y revisin de las programaciones didcticas de las enseanzas encomendadas a los departamentos de

    coordinacin didctica.

    e) Asesorar a los departamentos de coordinacin didctica y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluacin en competencias y velar porque las

    programaciones de los departamentos de coordinacin didctica, en las materias que

    les estn asignadas, contribuyan al desarrollo de las competencias bsicas, a cuyos

    efectos se establecern estrategias de coordinacin.

    f) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atencin a la diversidad del alumnado, incluidos los

    programas de diversificacin curricular y los programas cualificacin profesional

    inicial.

    g) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.

    h) Velar por el cumplimiento y posterior evaluacin de los aspectos educativos del Plan de Centro.

    i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejera competente en materia de educacin.

    CAPITULO VII: EQUIPO DIRECTIVO.

    El Equipo Directivo est integrado por todos los rganos unipersonales de gobierno

    (Director/a, Jefes/as de Estudios, Vicedirector/a y Secretario/a). Se reunir una vez por

    semana de forma ordinaria y, cuando algunos asuntos lo requieran, de forma extraordinaria.

    Las reuniones extraordinarias las convocar el Director a iniciativa propia o a peticin, al

    menos, de dos miembros. Los asuntos que se tratarn en estas reuniones sern la

    organizacin del trabajo cotidiano de la direccin, la coordinacin entre los distintos

    rganos unipersonales de gobierno y el consenso en la toma de decisiones que le competen

    a la Direccin y a los otros rganos colegiados. No se levantar acta de estas reuniones y

    los asistentes estn obligados a guardar sigilo acerca de las deliberaciones, especialmente

    en lo que concierne a las manifestaciones efectuadas por terceros.

    El Equipo Directivo actuar de forma colegiada. Siempre habr un miembro como

    responsable del Centro, quien comunicar los temas que le queden pendientes al finalizar su

    jornada y sean urgentes a los directivos del turno siguiente, verbalmente o mediante notas

    que se dejarn sobre la mesa de trabajo del destinatario. Cuando se produzca algn

    incidente, el directivo que se encuentre en el Centro escolar debe comprobar que queda

    anotado en las observaciones del parte de guardia del profesorado.

    SECCIN 1: FUNCIONES DE LOS RGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO

    Cada uno de los rganos unipersonales de gobierno se ocupar de las funciones que el

    Reglamento Orgnico de los Institutos de Educacin Secundaria establece, con las

    matizaciones siguientes:

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    32

    La DIRECCIN del Centro desarrollar fundamentalmente las siguientes

    funciones:

    - Ejercer el liderazgo pedaggico del Centro.

    - Planificar y organizar el trabajo y las actividades del Centro.

    - Coordinar al Equipo Directivo, el trabajo planificado y las actividades del centro.

    - Apoyar y asesorar a las Jefaturas de Estudios en cuestiones acadmicas y de

    convivencia.

    - Apoyar y asesorar a la Vicedireccin en las relaciones externas.

    - Apoyar y asesorar a la Secretara en las cuestiones presupuestarias, de inversiones

    y de mantenimiento.

    La JEFATURA DE ESTUDIOS tendr bajo su responsabilidad la Jefatura del

    Personal Docente, la coordinacin de las actividades acadmicas y las actividades

    de tutora, la disciplina y la convivencia del Centro y la coordinacin de los

    programas y proyectos educativos.

    La SECRETARA se encargar del rgimen administrativo del centro, del

    presupuesto, de las inversiones, del inventario, de la Jefatura del Personal de

    Administracin y Servicios, del mantenimiento del centro, de realizar aquellas

    compras que no hagan los departamentos y de la matriculacin del alumnado en

    coordinacin con la Jefatura de Estudios y la Direccin del Centro.

    Asimismo, se tendrn en cuenta los siguientes detalles de carcter administrativo:

    El Director/a abrir el correo destinado al Centro, ordenar su distribucin o

    tramitacin, seleccionar las disposiciones de inters publicadas en los Boletines

    Oficiales y ordenar su divulgacin.

    La Jefatura de Estudios recibir las actas de evaluacin de los tutores una vez

    firmadas por todos los profesores del Equipo Educativo, antes de que finalice el

    periodo de revisin de calificaciones, plazo en el que deben hacerse las diligencias

    necesarias. Estas diligencias las firmarn el profesor que modifica la calificacin, el

    tutor/a y el Secretario del Centro. A la finalizacin del plazo de revisin de las

    calificaciones, las actas sern firmes, la Jefatura de Estudios se las entregar al

    director, quien tras firmarlas las depositar en la Secretaria pudiendo los alumnos, a

    partir de ese momento, solicitar certificaciones acadmicas o el ttulo, si procede.

    Cualquier directivo est obligado a depositar en el Centro para su registro y archivo

    los documentos que reciba por va extraordinaria.

    La Direccin o el miembro del Equipo Directivo que sta designe, asistir a las

    sesiones de evaluacin y de equipos educativos con el objetivo de coordinar las

    actuaciones y decisiones de los mismos y de cuidar de la validez y legalidad de las

    medidas adoptadas.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    33

    SECCIN 2: ASESORAMIENTO DEL DIRECTOR.

    El Director contar con el asesoramiento de diferentes rganos dependiendo de la ndole de

    las decisiones que deba adoptar:

    En cuestiones pedaggicas puede consultar a los restantes rganos unipersonales de

    gobierno, al Equipo Tcnico de Coordinacin Pedaggica y al Claustro.

    En cuestiones organizativas puede consultar a los restantes rganos unipersonales

    de gobierno, al Claustro y al Consejo Escolar.

    En cualquier caso puede efectuar consultas a la Inspeccin u otros servicios de la

    Administracin Educativa.

    CAPITULO VIII: DEPARTAMENTOS DE COORDINACIN

    DIDCTICA

    En los departamentos de coordinacin didctica se integrar el profesorado que imparte las

    enseanzas que se encomienden a los mismos. Contarn con un jefe o jefa, que ser

    nombrado a propuesta del director o directora del centro.

    Los departamentos de coordinacin didctica podrn agruparse en las reas de

    conocimiento cientfico-tecnolgica, social-lingstica y artstica, de acuerdo con lo que a

    tales efectos establezca el proyecto educativo del centro docente. La coordinacin del rea

    corresponder a uno de los jefes de los departamentos implicados.

    En los departamentos de orientacin se integrarn, al menos, los orientadores y aquellos

    profesores y profesoras del centro y otros profesionales no docentes con la debida

    cualificacin que se determinen.

    Las jefaturas de los departamentos de coordinacin didctica y de orientacin sern

    ejercidas, con carcter preferente, por profesorado funcionario de los cuerpos de

    catedrticos.

    Corresponde a los departamentos de coordinacin didctica y de orientacin la propuesta de

    distribucin entre el profesorado de las reas, materias, mdulos o mbitos que tengan

    encomendados, de acuerdo con el horario establecido por el equipo directivo.

    CAPITULO IX: OTRAS DECISIONES SECCIN 1: CRITERIOS PRIORIZADOS PARA LA ASIGNACIN DE GRUPOS AL ALUMNADO DEL CENTRO

    1 ESO: o Alumnado de optativas o refuerzos.

    o Informacin recibida de los colegios de procedencia.

    o Reparto equitativo de alumnado repetidor.

    o Reparto del alumnado con NEE.

    o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    34

    2 ESO

    o Alumnado de optativas o refuerzos.

    o Informacin recibida del curso anterior o de los colegios de procedencia.

    o Reparto equitativo de alumnado repetidor y de promocin obligada.

    o Mantener, en lo posible, los grupos de origen de 1 ESO

    o Reparto del alumnado con necesidades educativas especficas.

    o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.

    3 ESO

    o Agrupacin del alumnado del PDC en un grupo de adaptacin curricular

    grupal.

    o Alumnado de optativas o refuerzos.

    o Reparto equitativo de alumnado repetidor y de promocin obligada.

    o Mantener, en lo posible, lo grupos de origen de 2 ESO.

    o Reparto del alumnado con necesidades educativas especficas.

    o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.

    4 ESO

    o Eleccin de itinerario por el alumnado.

    o Agrupacin del alumnado del PDC en un grupo de la opcin de Ciclo

    Formativo.

    o Eleccin de enseanzas de religin o atencin educativa.

    SECCIN 2: CRITERIOS PEDAGGICOS PARA LA ELABORACIN DE HORARIOS DEL CENTRO

    El horario general del Centro se elaborar siguiendo los siguientes pasos:

    Fijacin del nmero de grupos y del cupo de profesorado por la administracin

    educativa.

    Asignacin de enseanzas y tutoras a los Departamentos Didcticos por parte del

    Equipo Directivo en funcin de lo anterior.

    Reparto de las enseanzas y tutoras entre los miembros de cada departamento

    Didctico.

    Elaboracin por Jefatura de Estudios del horario general con los datos recogidos de

    los Departamentos Didcticos.

    Consulta a aquellos Departamentos Didcticos que deban modificar su eleccin

    como resultado de la fase previa de elaboracin del horario general.

    Prioridad de las cuestiones pedaggicas y de organizacin sobre las preferencias del

    profesorado.

    Escalonamiento de las materias, es decir, intentar que no figuren siempre en la

    misma franja horaria.

    Alternancia de las materias, es decir, intentar repartir las horas de la materia a lo

    largo de la semana, sin concentrarlas en slo dos das.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    35

    Fijacin del nmero mnimo del profesorado necesario para los servicios de guardia.

    Establecer horario de reuniones de departamentos que deban coordinarse por su

    afinidad o por algn proyecto concreto en la misma hora (Bilingismo)

    Adjudicar espacios segn las peticiones del profesorado para maximizar los

    recursos disponibles.

    SECCIN 3: CRITERIOS PEDAGGICOS PARA LA ASIGNACIN DE TUTORAS.

    Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendr un tutor o tutora que ser nombrado por la direccin del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre

    el profesorado que imparta docencia en el mismo. Este nombramiento se efectuar

    para un ao acadmico.

    Se designar preferentemente al profesor o profesora que tenga mayor horario semanal con el grupo. Se procurar que aquellos profesores y profesoras que,

    durante un curso escolar, hayan tenido asignada la tutora de un grupo del primer

    curso de la Educacin Secundaria Obligatoria continuar ejerciendo esta funcin en

    el segundo curso hasta su finalizacin por parte del grupo de alumnos y alumnas

    con que lo inici, siempre que continen prestando servicio en el centro.

    En el caso del alumnado que presente caractersticas que hagan previsible el fracaso escolar y social (dificultades de aprendizaje, disrupciones frecuentes en clase,

    absentismo escolar...) se podr establecer la figura del segundo tutor tutora.

    SECCIN 4: APERTURA DEL CENTRO POR LAS TARDES

    El Centro debe permanecer abierto una tarde a la semana para las actividades de tutora,

    reuniones de coordinacin, sesiones de formacin y otras actividades que desarrollan los

    programas del Centro. La tarde que oficialmente estar abierto el centro ser los lunes, de

    16 a 19 horas.

    Independientemente de este horario, el centro est adscrito al Plan de Escuelas Deportivas,

    al Programa de Acompaamiento Escolar y al Plan de Actividades Extraescolares, por lo

    que permanecer abierto todas las tardes para la realizacin de las actividades relacionadas

    con dichos planes, programas y proyectos.

    CAPITULO X: ORGANIZACIN DEL TRABAJO DEL PAS

    El Centro cuenta con el siguiente personal de administracin y servicios: ordenanzas y

    auxiliares administrativos/as.

    El personal de administracin y servicios tiene los derechos y obligaciones establecidos en

    la normativa vigente y reguladas sus funciones por el Convenio Laboral correspondiente.

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    36

    SECCIN 1: FUNCIONES DE LOS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS

    Como norma general, el/la auxiliar administrativo deber conocer y llevar a cabo todas las

    actividades propias de su puesto.

    Las tareas de las que se ocupar el/la auxiliar administrativo son:

    - Tramitar todo tipo de documentos que lleguen al Centro o partan del mismo,

    encargndose de llevar puntualmente los registros de entrada, salida y otros especficos.

    - Atender al pblico en horario de 10 a 13 horas, .

    - Contestar consultas por telfono durante su jornada de trabajo.

    - Mecanografiar cuanto escritos se les entreguen por parte del Equipo Directivo.

    - Rellenar la documentacin administrativa de los alumnos que no corresponda a los

    tutores.

    - Archivar ordenadamente todos los documentos, siguiendo las directrices organizativas del

    Director y Secretario.

    - Realizar todas las tareas administrativas en el proceso de matriculacin.

    - Colaborar en todas las tareas administrativas que se realicen en el Centro cuando les

    hayan sido encomendadas formalmente.

    - Colaborar con los/as ordenanzas del centro cuando las necesidades del servicio lo

    requieran, principalmente acudiendo por el correo y atendiendo llamadas telefnicas.

    SECCIN 2: FUNCIONES DE LOS CONSERJES

    Aunque son los responsables ltimos de abrir y cerrar todas las persianas del Centro, es un

    objetivo de nuestro Plan de Gestin el involucra a toda la comunidad educativa en dicho

    quehacer de forma que el profesorado lo haga en departamentos y el alumnado, bajo su

    supervisin, en las aulas. De esta forma los conserjes debern al menos, y siempre que lo

    anterior funcione:

    Todas las maanas y antes del comienzo de las clases, debern levantar las

    persianas de la sala de profesores. Al final de la jornada, el conserje proceder a la

    bajada de estas persianas.

    Verificar que se ha actuado de la misma manera en el resto de dependencias del

    Centro, y lo comunicar al Sr. Secretario/a para ponerlo en conocimiento de los

    implicados.

    Velar por el buen uso y conservacin que los alumnos hagan de los aseos.

    Recoger y entregar diariamente el correo en la oficina de la localidad, obligndose a

    dejar cuantas misivas lleguen al centro inmediatamente en el despacho del

    Director/a.

    Custodiar la entrada al Centro, atendiendo el portero electrnico o a pie de la misma

    puerta general de acceso. Recaer bajo su responsabilidad la entrada indebida de

  • I.E.S. Nazar de Salobrea

    37

    cualquier persona ajena al centro o la salida, sin la preceptiva autorizacin por

    escrito, de alumnos,