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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
AFP
DOCENTE:
DR. JENRY HIDALGO LAMA
TRUJILLO, 27 DE MARZO DEL 2013
NOMBRE Y APELLIDOS
Nota T.G.
Nota E.I
Promedio
Diani Alcalde Chapa ( Coordinadora )
Avalos Hermenegildo Fabiola
Thámara Mostacero Chunga
Berenice Rojas Mosqueira
Ruby Ruiz Núñez
Es el esquema de comisión que existe
actualmente y es equivalente a un
porcentaje de tu remuneración
mensual.
Es el nuevo esquema de cobro de comisión establecido por
la ley de Reforma del SPP. A través de este esquema la
comisión será equivalente a un porcentaje sobre el nuevo
fondo generado por los aportes a partir de junio de 2013 y su
rendimiento.
Transitoriamente, , se aplicará una comisión mixta que tiene
dos componentes, a) una comisión sobre el nuevo fondo
que se genere desde el 01 de junio de 2013, denominado
comisión por saldo, y a la par b) una comisión sobre la
remuneración (flujo), que será decreciente y llegará a cero
(0) en un plazo de 10 años.
El saldo acumulado en el fondo hasta el 31 de mayo de 2013
y la rentabilidad que éste genere, no estará afecto a cobros
de ningún tipo de comisión.
Los afiliados que decidan permanecer
en este sistema de comisión deberán
ponerse en contacto con su AFP a fin de
solicitar dicha opción.
A partir de los aportes del mes de junio de 2013 se les
aplicará el esquema de comisión por saldo, salvo que
manifiesten su voluntad de permanecer en el sistema de
cobro actual sobre la remuneración (flujo).
Los afiliados que decidieran
permanecer en el esquema de cobro
sobre la remuneración (flujo), tendrán la
opción de revocar tal decisión, por
única vez desde el 1 de junio hasta el 30
de noviembre de 2013.
Los afiliados que no manifiesten su decisión de continuar
pagando una comisión sobre la remuneración (flujo)
pasarán automáticamente a la comisión por saldo,
transcurriendo por la comisión mixta, y no podrán regresar a
la comisión por remuneración (flujo).
La remuneración disponible (neta)
disminuye por el pago de la comisión.
La remuneración disponible (neta) aumenta debido a que la
comisión mixta afecta en forma decreciente la
remuneración mensual. En ese sentido, luego de 10 años del
inicio del cobro de este tipo de comisión, no se afectará en
ninguna medida su remuneración mensual.
El fondo acumulado no disminuye por el
pago de la comisión.
Al fondo generado por los aportes que realice desde junio
de 2013 se le aplicará el porcentaje correspondiente a la
comisión por saldo, afectando su futura pensión. El mejor
desempeño esperado en la rentabilidad, debería compensar
la comisión que se cobre del saldo.
Esta comisión se cobra cada vez que se
realizan aportes mensuales.
En el caso que dejes de realizar aportes, solo se te cobrará el
componente de la comisión sobre su fondo acumulado
desde junio de 2013.
DIFERENCIAS ENTRE COMISIÓN POR SALDO Y COMISIÓN
POR FLUJO
Lo que debe saber Comisión sobre
remuneración
(flujo) - Esquema actual
Comisión sobre nuevos
aportes al
fondo (saldo) – Nuevo
esquema
¿Sabes qué cobran? Un porcentaje sobre la
remuneración del
afiliado
Un porcentaje del NUEVO
fondo que genere el
afiliado.
¿A quiénes se aplica? Afiliados antes del 01.02.2013
que decidan permanecer
en esta opción.
A todos los nuevos afiliados
a partir de
01.02.2013, y a los antiguos
en la medida que no
hayan optado por la
comisión sobre
remuneración
¿La ganancia de las AFP
depende del crecimiento de
mi fondo?
No, dado que la comisión la
descuentan de mi
remuneración.
Sí, de modo que para
obtener mejores ingresos
deberá generar mejor
rentabilidad a mi fondo.
¿Afecta mi bolsillo? Sí, dado que a la
remuneración que recibe el
afiliado se le descuenta la
comisión.
No, dado que la comisión
no afecta la
remuneración mensual, por
lo que el paso a este
esquema de comisión
incrementa mi ingreso