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Medicina Integral Comunitaria. Universidad Bolivariana de Venezuela.

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TEXTO BASICO

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INDICE Pag

Introducción…………………………………………………………………… 5

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículos 83,84 ,85…. 9

Modelo de Gestión y Estructura del Sistema Público Nacional de Salud…….. 11

1- Sistema Público Nacional de Salud……………………………………… 11

1.1 Ámbitos de Gestión……………………………………………………….. 11

2- Funciones y Atribuciones…………………………………………………. 11

2.1.- Ministerio de Salud y Desarrollo Social…………………………………. 11

2.2.- Dirección Regional del Sistema Público Nacional de Salud…………….. 12

2.3.- Dirección Municipal del Sistema Público Nacional de Salud…………… 12

2.4.- Comité de Salud………………………………………………………….. 14

3.- Organización y Financiamiento de los Establecimientos de la Red de Atención de Salud del Sistema Público Nacional de Salud…………………

15

4.- Niveles de Atención del Sistema Público Nacional de Salud…………… 15

4.1.- Primer Nivel……………………………………………………………… 16

4.2.- Segundo Nivel……………………………………………………………. 18

4.3.- Tercer Nivel………………………………………………………………. 21

5.- Disposiciones Finales Sobre Niveles de Atención del Sistema Público Nacional de Salud……………………………………………………………

24

6.- Redes de Establecimientos del Sistema Público Nacional de Salud…… 24

6.1.- Acceso al Sistema Público Nacional del Salud……………………… 25

6.2.- Del Gerente de Red y Equipo de Trabajo……………………………… 26

6.3.- Red Social……………………………………………………………….. 27

7.- Planificación Participativa……………………………………………….. 28

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8.- Medicamentos e Insumos Médicos……………………………………….. 29

9.- Recursos Humanos……………………………………………………….. 29

10.- Financiamiento del Sistema………………………………………………

30

11.- Sistema Único Nacional de Información en Salud……………………..

30

CAPITULO II. BARRIO ADENTRO EXPRESIÓN DE LA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD………………………………………………………

32

Presentación……………………………………………………………………. 33

1.- Barrio Adentro……………………………………………………………. 34

1.1.-Antecedentes……………………………………………………………… 34

1.2.- Definición………………………………………………………………… 36

1.3.- Misión y Visión………………………………………………………….. 37

1.4.- Objetivos………………………………………………………………… 37

1.5.- Población Beneficiaria…………………………………………………… 37

16.- Población Meta……………………………………………………………. 38

1.7.- Metas Programadas……………………………………………………… 38

1.8.- Dimensión Conceptual…………………………………………………… 38 1.9.- Barrio Adentro Como Prioridad de la Política de Salud del MSDS…… 42 1.10.- Aspectos que Distinguen a la Misión Barrio Adentro en el Sector Salud 42

1.11.- Barrio Adentro Como Eje Articulador de las Políticas Sociales……… 44 2.- Atención Primaria de Salud…………………………………………… 47

2.1. Definición……………………………………………………………… 47

2.2.- Características………………………………………………………… 48

2.3.- Red de Atención Primaria……………………………………………… 48

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Capitulo III Situación de Salud en Venezuela……………………………… 52

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INTRODUCCION

A partir de la aprobación del marco constitucional en el año 1.999,

Venezuela empieza a experimentar una serie de cambios y

transformaciones en diferentes sectores, entre ellos el sector salud, lo

que plantea una reorientación de la política sanitaria a nivel nacional, a

raíz de la nueva definición de salud como “derecho social

fundamental” y como parte del “Derecho a la vida”, lo que impone

una garantía del Derecho que debe ser asumida por el Estado

venezolano, a través de la construcción y consolidación de un Sistema

Público Nacional de Salud, que se caracteriza por un modelo de

gestión y de atención de carácter participativo, descentralizado e

intersectorial, teniendo como plataforma la Atención Primaria de

Salud.

Es en este contexto, que el Gobierno Nacional de la República

Bolivariana de Venezuela enfoca su atención a dar respuestas

oportunas y equitativas a los problemas sociales, acortando las

brechas y/o distancias ocasionadas por la acumulación de años de

exclusión e injusticia social, que relegó a un grueso sector de la

población del acceso a los servicios básicos de salud, vivienda,

educación, alimentación, entre otros; consagrados como derechos

fundamentales en nuestra carta magna.

El Estado, al convertirse en garante de la Salud Pública desarrolla

conjuntamente con la Sociedad una serie de acciones colectivas para

proteger y mejorar la salud de los individuos, trascendiendo las

intervenciones comunitarias o de base poblacional, que incluye “la

responsabilidad de asegurar el acceso a cuidados de salud de

calidad”, abarcando otras acciones que van más allá de las propias

tareas del Estado. Sin embargo, éste cumple una función indelegable

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en la entrega directa de elevar el nivel de salud y calidad de vida de la

gente en sus territorios específicos, respondiendo a sus necesidades

sociales fundamentales, lo que constituye su rol esencial en materia

de Salud, y que crea un nuevo orden del papel del Estado en el campo

de la Salud Pública.

Los aspectos mencionados, configuran la visión de un nuevo Sistema

Público Nacional de Salud en un contexto de gestión que precise las

funciones, atribuciones y responsabilidades de los diferentes niveles,

estableciendo para los mismos las competencias orgánicas y

funcionales y propiciando el establecimiento de mecanismos de

relación entre los diferentes gestores, De igual manera, se requiere

profundizar la descentralización de la gestión, incorporando a todos

los actores relevantes responsables de la gestión en Salud,

canalizando de está manera el potencial de participación interna y del

personal de salud, de la comunidad organizada, en los procesos

decisorios y comprometiéndolos directamente con el cumplimiento de

la política y planes sectoriales y territoriales; asegurando de esta

manera la gestión compartida con las organizaciones sociales y las

comunidades organizadas, en sus diferentes niveles.

Para ello, se hace necesario la redefinición de la estructura de las

redes de establecimientos, tomando en consideración criterios

territoriales y funcionales, epidemiológicos, que fortalezcan la

racionalidad en el uso de los recursos, la interacción clara y efectiva

de sus entidades gestoras en las Direcciones Regionales del SPNS

(DRSPNS) y las Direcciones Municipales del SPNS (DMSPNS),

generando un modelo de atención que utilice la capacidad resolutiva

diferenciada de los establecimientos de salud.

Lo que implica, priorizar la salud como un derecho, profundizar la

participación protagónica, vinculante y corresponsable de los

ciudadanos y de la comunidad organizada, el control social en la

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administración de los bienes públicos en salud, en los procesos de

toma de decisiones, propiciando un contacto más estrecho y fluido

en las actividades de promoción y prevención en salud y de apoyo

a la ejecución de los planes nacionales, regionales, municipales y

locales de salud.

CAPÍTULO I

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UNA APROXIMACIÓN AL SISTEMA

PÚBLICO NACIONAL DE SALUD

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Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela.

Artículo 83. La Salud es un derecho social fundamental,

obligación del Estado, que lo garantizará como parte del

derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará

políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el

bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las

personas tienen derecho a la protección de la salud, así

como el deber de participar activamente en su promoción

y defensa,, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de

saneamiento que establezca la ley, de conformidad con

los tratados y convenios internacionales suscritos y

ratificados por la República.

Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado

creará, ejercerá la rectoría y gestionará un Sistema Público

Nacional de Salud, de carácter intersectorial,

descentralizado y participativo, integrado al Sistema de

Seguridad Social, regido por los principios de gratuidad,

universalidad, integralidad, equidad, integración social y

solidaridad. El Sistema Público Nacional de Salud dará

prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las

enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y

rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de

salud son propiedad del Estado y no podrán ser

privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el

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deber de participar en la toma de decisiones sobre la

planificación, ejecución y control de la política específica en

las instituciones públicas de salud.

Artículo 85. El financiamiento del Sistema Público Nacional

de Salud es obligación del Estado, que integrará los

recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la

seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento

que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto

para la salud que permita cumplir con los objetivos de la

política sanitaria. En coordinación con las universidades y

los centros de investigación, se promoverá y desarrollará

una política nacional de formación de profesionales,

técnicos y técnicas y una industria nacional de producción

de insumos para la salud. El Estado regulará las

instituciones públicas y privadas de salud

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MODELO DE GESTIÓN Y ESTRUCTURA DEL

SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD

1.- SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD

El Sistema Público Nacional de Salud es el conjunto de entidades, instituciones

y organizaciones públicas que prestan servicios de salud, reguladas todas

incluyendo las del sector privado, por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.

1.1.- Ámbitos de gestión:

a   Nacional, correspondiente al Ministerio de Salud y Desarrollo Social – MSDS.

Regional: correspondiente a la Dirección Regional del SPNS - DRSPNS,

dependiente de la respectiva Gobernación en los estados descentralizados y del

MSDS en los estados aún centralizados.

Municipal: correspondiente a la Dirección Municipal del SPNS - DMSPNS.

Local: correspondiente al establecimiento de salud en su área de influencia y

unidades operativas de apoyo al primer nivel de atención.

2.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

2.1.- Ministerio De Salud Y Desarrollo Social

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social - MSDS es el órgano rector –

normativo de la gestión de salud a nivel nacional, responsable de formular la

estrategia, políticas, planes y programas nacionales, así como de dictar las

normas que rigen el Sistema Público Nacional de Salud.

2.2.- DIRECCIÓN REGIONAL DEL SPNS

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La Dirección Regional del SPNS es el máximo nivel de gestión técnica en salud

de cada entidad federal. Articula las políticas nacionales y la gestión municipal,

coordina y supervisa la gestión de los servicios de salud en el estado, en directa

y permanente coordinación con los gobiernos municipales, promoviendo y

abriendo los espacios para la participación comunitaria y del sector privado.

Es el encargado de cumplir y hacer cumplir la política de salud y normas de

orden público en su jurisdicción territorial en el sector público, el Seguro Social,

Privados con y sin fines de lucro, Iglesias y la Medicina Tradicional.

La persona que la dirige es nombrada por el Gobernador de la entidad federal

en concordancia con la máxima autoridad del SPNS, depende técnicamente del

Ministerio de Salud y Desarrollo Social y administrativamente de la Gobernación

del estado. Tiene las funciones asignadas por normativa nacional y regional.

Vincula a la gestión regional las decisiones tomadas en asambleas de

ciudadanos y ciudadanas canalizadas a través de los Consejos Locales de

Planificación Pública y desde éstos a través del Consejo de Planificación y

Coordinación de Políticas Públicas.

2.3.- DIRECCIÓN MUNICIPAL DEL SISTEMA PUBLICO NACIONAL DE SALUD.

La Dirección Municipal del SPNS (DMSPNS) es responsable de la gestión

municipal de salud en el ámbito de sus competencias y obligaciones

establecidas en el marco legal vigente. Se encarga de cumplir y hacer cumplir

la política de salud y normas de orden público en su jurisdicción territorial en el

sector público, el Seguro Social, Privados con y sin fines de lucro, Iglesias y la

Medicina Tradicional.

La persona que dirige la Dirección Municipal del Sistema Público Nacional de

Salud, es nombrada por la Dirección Regional del Sistema Público Nacional de

Salud, en concordancia con la máxima autoridad del municipio, depende

técnicamente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social a través de la

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Dirección Regional del Sistema Público Nacional de Salud y

administrativamente de la municipalidad correspondiente. Tiene las funciones

asignadas por normativa nacional y regional.

La Dirección Municipal del Sistema Público Nacional de Salud, es responsable

de la gestión compartida con la comunidad organizada a través del

establecimiento de los Comités de Salud y. es responsable de la administración

de las Cuentas Municipales de Salud. Se encarga de vincular a la gestión

municipal de salud, las decisiones sobre salud tomadas en asambleas de

ciudadanos y ciudadanas y a través de los Consejos Locales de Planificación

Pública.

2.3.1.- Conformación del Directorio Municipal de Salud.

El DMS está conformado por el Alcalde Municipal o su representante quien lo

preside, el Director Técnico de la DMSPNS o su representante y el representante

de los Comité de Salud (Juntas Vecinales o pueblos campesinos, indígenas u

originarios, organizados según sus usos costumbres o disposiciones estatutarias).

Funcionará en ambiente cedido por el Gobierno Municipal y tiene bajo su

dependencia al (la) Director(a) Municipal del SPNS.

Funciones y atribuciones

El Directorio Municipal de Salud - DMS, en cada uno de los municipios,

constituye la máxima autoridad en la gestión compartida con participación

social en salud, para el cumplimiento de las Políticas Nacionales de Salud

y la implantación y aplicación de los programas priorizados por el

municipio.

Ejecutar la gestión compartida con participación social en salud de su

ámbito municipal, armonizando la planificación participativa municipal con

la regional y nacional para garantizar la prestación de todos los servicios de

salud, el desarrollo de programas de atención integral, en el marco del

ejercicio del derecho a la salud, basado en los principios constitucionales

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de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y

solidaridad, bajo la visión de un SPNS con carácter intersectorial,

descentralizado, participativo e integrado al sistema de seguridad social.

Promover y cogestionar con las comunidades organizadas programas y

proyectos de cooperación técnica y financiera para la provisión de servicios

de salud en el marco de regulaciones y convenios en vigencia.

Elaborar, suscribir y evaluar compromisos de gestión con la DMSPNS.

Evaluar con las comunidades organizadas la situación de salud, la red de

servicios, la ejecución de programas y la calidad de atención.

Instruir la realización de auditorias financiero-contables, administrativas,

médicas y de medicamentos en la red de servicios.

Apoyar, controlar y atender los procesos de fiscalización en el uso de las

Cuentas Municipales de Salud, promoviendo la generación de informes

periódicos dirigidos a los Concejales y la comunidad.

Cogestionar los recursos físicos, financieros y humanos de la red de

servicios de salud, promoviendo en los establecimientos por niveles de

atención y Unidades Operativas de salud, la aplicación de modelos de

gestión con la participación social para mejorar la calidad y eficiencia en la

producción de servicios.

2.4.- COMITÉS DE SALUD

Constituye la estructura social de base comunitaria, encargada de asumir la

gestión compartida de participación ciudadana en salud en el marco de sus

competencias y de acuerdo al marco legal en vigencia.

Dentro de sus funciones están las de apoyar la organización y desarrollo de redes

sociales, basadas en la cultura organizativa de las comunidades con énfasis en las

poblaciones campesinas, indígenas y originarias, para lograr una activa

participación en la planificación de salud, así como el control social de la gestión

de los programas de salud, del suministro y administración de los medicamentos e

insumos, los equipamientos y todo lo que compete a la gestión pública en salud en

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los niveles local, municipal, regional y nacional.

Informa periódicamente a las organizaciones de base de su municipio sobre los

avances en salud, así como canalizar sus iniciativas y demandas en procura de

una mejor calidad de vida. 

3.- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE

LA RED DE ATENCIÓN DE SALUD DEL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE

SALUD

En la organización y funcionamiento de la Red de Atención de Salud del Sistema

Público Nacional de Salud, se ratifica la estrategia Atención Primaria de Salud en

todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, incorporándose a la red

de atención de salud nacional las denominaciones: Consultorios Populares,

Clínicas Populares y Hospitales del Pueblo.

Los Consultorios Populares, Clínicas Populares y Hospitales del Pueblo

destinados a la prestación de servicios de atención del Sistema Público Nacional

de Salud, deberán ajustarse a las características que le correspondan en su

respectivo nivel de complejidad.

El personal del equipo de salud regirá su actuación laboral mediante normas y

protocolos establecidos por el ente rector de la salud y mejorará las competencias

a través de un proceso de educación profesional y técnica permanente de acuerdo

a las necesidades de los servicios.

4.- NIVELES DE ATENCIÓN DEL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD.

En la organización de los niveles de atención del Sistema Público Nacional de

Salud, se contempla que la prestación de servicios de salud debe realizarse en

todos los establecimientos de salud, organizados en tres niveles de atención.

4 4.1.- PRIMER NIVEL :

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C Corresponde a las modalidades de atención cuya oferta de servicios se enmarca en

la promoción de calidad de vida y salud y prevención de la enfermedad, la

consulta ambulatoria y de referencia a niveles de atención en salud de mayor

complejidad. Este nivel de atención está conformado por los Consultorios

Populares y brigadas móviles de salud, constituyéndose en la puerta de entrada al

SPNS.

4.1.1.- Consultorios Populares

DEFINICIÓN

Los Consultorios Populares son establecimientos de salud del nivel primario de

atención, responsables fundamentales de la ejecución de la estrategia de Atención

Primaria de Salud del individuo, familia y comunidad en el marco de la

participación social.

ADSCRIPCIÓN

Los Consultorios Populares dependen técnicamente de la máxima representación

del Ministerio de Salud y Desarrollo Social a nivel municipal o regional.

ORGANIZACIÓN

El equipo de salud estará conformado por: un(a) médico (a) General Integral y

un(a) agente comunitario de salud (Enfermera) y un Promotor (a) Comunitario,

por cada 1.250 personas o menos en áreas dispersas.

CARACTERÍSTICAS

Los Consultorios Populares tienen las siguientes características:

Son la puerta de entrada principal al Sistema Público Nacional de Salud.

Realizan el análisis de la situación de salud local según condiciones de

vida, perfil epidemiológico y de salud ambiental y adecuarán su poder

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resolutivo en conjunto con la comunidad y otras redes sociales.

Están vinculados técnicamente a las Clínicas Populares a fin de responder

oportunamente a las necesidades socio-sanitarias del territorio – población

de su responsabilidad.

La cobertura poblacional es de hasta mil doscientos cincuenta habitantes

(1.250) o doscientos cincuenta familias (250). En poblaciones rurales

dispersas, podrá justificarse su existencia para garantizar a la población el

derecho a la salud, la equidad y la accesibilidad, aún cuando no exista el

número mínimo de habitantes requerido.

Garantizan a la población prestación de servicios veinticuatro (24) horas al día.

Ajustan la capacidad instalada y resolutiva de acuerdo a las características socio-demográficas, epidemiológicas y a la distancia del establecimiento más próximo de referencia, para atender las urgencias y los casos que requieran atención en un nivel de mayor de complejidad.

El suministro de insumos, materiales, equipos y medicamentos esenciales, se adecua a las necesidades socio-sanitarias de la población.

. Realizan acciones de rehabilitación de base comunitaria.

Están integrados a la Red de Servicios de Salud a través del sistema de referencia y contrarreferencia según las pautas del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.

Toda referencia médica de un usuario a otro establecimiento de salud especifica el motivo de la misma, el diagnóstico, tratamiento y los procedimientos realizados.

Responden a las necesidades de los usuarios de acuerdo a los protocolos de atención establecidos.

La medicina tradicional y no tradicional. la medicina folklórica y las terapias complementarias forman parte de la Atención Primaria de Salud bajo la observación del equipo de salud responsable.

Respetan las prácticas y culturas de los pueblos indígenas y las asumirán como parte de la Atención Primaria de Salud. XIV.

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Son escenarios para los programas de educación de pre y postgrado para la formación general integral de profesionales y técnicos de la salud y para el desarrollo profesional permanente.

Los espacios institucionales son utilizados para la formación de agentes sociales y líderes comunitarios, así como por la comunidad.

Cumplen las políticas, planes, proyectos, normas y procedimientos emanados del ente rector en salud.

Suministran información socio-sanitaria al sistema parroquial y municipal de salud según establezca la norma del ente rector para sustentar el sistema de información de salud .XVIII.

Son espacios de la institucionalidad pública sanitaria para la participación protagónica, vinculante y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas en el control y evaluación de la gestión pública en salud.

Cuentan con un Comité de Salud ad-honorem conformado por representantes de la comunidad del territorio-población de su responsabilidad, elegidos en asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

Como unidades de apoyo a este nivel, se ubican los Centros de diagnóstico integral

y los Centros de rehabilitación integral.

     4.2.- SEGUNDO NIVEL:

Corresponde a las modalidades que requieren atención ambulatoria de mayor

complejidad y a la hospitalización de observación en las especialidades básicas de

medicina interna, cirugía, pediatría y gineco-obstetricia; anestesiología, sus

servicios complementarios de diagnóstico y tratamiento, y opcionalmente

traumatología. Las unidades operativas de este nivel son las Clínicas Populares.

C Como unidades de apoyo en este nivel se encuentran los Centros de diagnóstico de

alta tecnología.

CLÍNICAS POPULARES

DEFINICIÓN

Las Clínicas Populares son establecimientos de salud del nivel secundario

destinados a garantizar atención integral especializada oportuna y de calidad a la

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población.

ADSCRIPCIÓN

Las Clínicas Populares dependen técnicamente de la máxima representación

regional del MSDS.

ORGANIZACIÓN

El equipo de salud estará conformado por médicos especialistas, enfermeras,

nutricionistas, odontólogos, sociólogos, trabajadores sociales, bioanalistas y otros

profesionales de acuerdo a las necesidades de salud de la población.

CARACTERÍSTICAS

Las Clínicas Populares tendrán las siguientes características:

Conducirán la gestión transectorial de salud de su territorio – población, con

responsabilidad por la atención integral a las personas, las familias, la

comunidad, en el marco de la participación social protagónica, vinculante y

corresponsable.

Estarán vinculadas técnicamente a los Consultorios Populares y a los

Hospitales del Pueblo a fin de responder a las necesidades socio-sanitarias

del territorio – población de su responsabilidad.

Definirán sus servicios en base al perfil epidemiológico del territorio social de

responsabilidad, y se complementarán en red con los Consultorios

Populares y los Hospitales del Pueblo.

Adecuarán las respuestas institucionales a las necesidades sociales y de

salud y del perfil epidemiológico del territorio – población correspondiente.

Serán escenarios para la formación de profesionales, técnicos y agentes

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comunitarios de salud.

La cobertura poblacional será hasta setenta y cinco mil habitantes (75.000

habitantes). En poblaciones rurales dispersas, podrá justificarse su

existencia para garantizar a la población el derecho a la salud, la equidad y

la accesibilidad, aún cuando no exista el número mínimo de habitantes

requerido. Además, instituirá Grupos Básicos de Trabajo itinerantes para

complementar la atención especializada a los usuarios de los Consultorios

Populares.

Garantizarán a la población la prestación de servicios de emergencia las 24

horas al día y las consultas especializadas se atenderán en dos turnos

diurnos de 6 horas cada uno.

En poblaciones de difícil acceso, urbanas y rurales, rurales dispersas y áreas

fronterizas, se crearán las condiciones para que los Clínicas Populares

funcionen las 24 horas del día y atiendan las urgencias médicas y

quirúrgicas de acuerdo al perfil socio-demográfico y epidemiológico de su

área de responsabilidad.

Serán coordinadas por profesionales de la salud que reúnan los requisitos

exigidos en el respectivo reglamento y designados y nombrados por la

autoridad competente en salud.

Suministrarán información socio-sanitaria al nivel local, municipal y regional,

según establezca la norma del ente rector para sustentar el sistema de

información de salud.

El suministro de insumos, materiales, equipos y medicamentos esenciales

deberá adecuarse según las necesidades socio-sanitarias,

epidemiológicas, de la población.

Realizarán acciones de rehabilitación de base comunitaria de acuerdo a las

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necesidades de la población territorio bajo su responsabilidad.

Estarán integradas a la Red de Servicios de Salud a través del sistema de

referencia y contrarreferencia según las pautas del Ministerio de Salud y

Desarrollo Social.

Serán los establecimientos de referencia y contra-referencia de los

Consultorios Populares,

Toda referencia médica de un usuario a otro establecimiento de salud deberá

especificar el motivo de la misma, el diagnóstico, tratamiento y los

procedimientos realizados. La contrarreferencia deberá contener el

diagnóstico definitivo, el tratamiento y los procedimientos realizados, así

como la aceptación de la prescripción médica por parte del usuario y

cualquier otra condición que se considere necesaria realizar según el caso.

Responderán a las necesidades de los usuarios de acuerdo a los protocolos

de atención establecidos.

Contarán con las especialidades médicas básicas de: Medicina Interna,

Gineco-Obstetricia, Pediatría y Cirugía, así como con los servicios de apoyo

diagnóstico y terapéutico.

De acuerdo al perfil epidemiológico de la población territorio bajo su

responsabilidad y avalado por la autoridad de salud nacional, podrán

ampliar servicios de especialidades, apoyo diagnóstico y terapéutico.

Respetarán las prácticas y culturas de los pueblos indígenas.

Sus espacios institucionales serán utilizados para la formación de agentes

sociales, líderes comunitarios, así como por la comunidad.

Cumplirán las políticas, planes, proyectos, normas y procedimientos

emanados del ente rector en salud.

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Serán espacios de la institucionalidad pública sanitaria para la participación

protagónica, vinculante y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas

en el control y evaluación de la gestión pública en salud.

Contarán con un Comité de Salud ad-honorem conformado por

representantes de la comunidad del territorio-población de su

responsabilidad elegidos en asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

    4.3.- TERCER NIVEL.

C Corresponde a la consulta ambulatoria de especialidades y supra especialidades,

hospitalización, servicios complementarios de diagnóstico y tratamiento de alta

tecnología y complejidad. Las unidades operativas de este nivel son los Hospitales

del Pueblo.

Los Institutos Nacionales de Investigación y Normalización dependientes

del MSDS tienen la responsabilidad de contribuir al mejoramiento de la

atención en salud en todos los niveles del Sistema Público Nacional de

Salud.

Las actividades de promoción, prevención, información, comunicación y

educación para la salud se realizan en todos los niveles de atención.

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social elaborará las normas de

Acreditación y Certificación de niveles de atención y establecimientos de

salud.

HOSPITALES DEL PUEBLO

DEFINICIÓN, Y CARACTERÍSTICAS

Los Hospitales del Pueblo son organizaciones de servicios de salud, docente y de

investigación, destinadas a dar respuestas oportunas y de calidad a las

necesidades complejas de salud de la población, orientadas por los fundamentos

científicos, sociales, humanísticos y éticos de respeto a la vida y a la dignidad

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humana.

ADSCRIPCIÓN

Los Hospitales del Pueblo dependen técnica y administrativamente de la máxima

autoridad regional o del nivel nacional.

ORGANIZACIÓN

El equipo de salud estará conformado por profesionales altamente especializados:

médicos, enfermeras, nutricionistas, odontólogos, sociólogos, trabajadores

sociales, bioanalistas, ingenieros, y otros de acuerdo a las necesidades de salud

de la población.

Los Hospitales del Pueblo tendrán las siguientes características:

Serán establecimientos del tercer nivel de atención, responsables de

prestar atención de salud integral altamente especializada.

Estarán vinculados técnicamente con los Consultorios Populares y las

Clínicas Populares a fin de responder a las necesidades socio-sanitarias del

territorio – población de su responsabilidad.

La cobertura poblacional será de setenta y cinco mil habitantes y más

(75.000 habitantes). En poblaciones rurales dispersas, podrá justificarse su

existencia para garantizar a la población el derecho a la salud, la equidad y

la accesibilidad, aún cuando no exista el número mínimo de habitantes

requerido.

Garantizarán a la población prestación de servicios altamente

especializados y de emergencia las 24 horas al día.

Estarán integrados a la Red de Servicios de Salud a través del sistema de

referencia y contrarreferencia según las pautas del Ministerio de Salud y

Desarrollo Social.

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Serán los establecimientos de referencia y contra-referencia de los

Consultorios Populares y de las Clínicas Populares

Toda referencia médica de un usuario a otro establecimiento de salud

deberá especificar el motivo de la misma, el diagnóstico, tratamiento y los

procedimientos realizados. La contrarreferencia deberá contener el

diagnóstico definitivo, el tratamiento y los procedimientos realizados, así

como la aceptación de la prescripción médica por parte del usuario y

cualquier otra condición que se considere necesaria realizar según el caso.

Prestarán atención especializada y se considerará la incorporación de

supra-especialidades de acuerdo al perfil epidemiológico del territorio –

población correspondiente.

Contarán con servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico de acuerdo a su

complejidad, propios, compartidos o temporalmente contratados a

proveedores públicos o privados.

Tendrán una capacidad instalada y resolutiva adecuada a las condiciones

de salud de su territorio – población.

Serán coordinados por profesionales de la salud que reúnan los requisitos

exigidos que serán establecidos en el respectivo reglamento y designados y

nombrados por la autoridad competente.

Responderán a las necesidades de los usuarios de acuerdo a los

protocolos de atención establecidos.

Respetarán las prácticas y culturas de los pueblos indígenas.

Serán escenarios de actividades de investigación y docencia permanente

de especialistas así como para los programas de educación de pre y

postgrado, para la formación general integral de profesionales y técnicos

de la salud y para el desarrollo profesional permanente.

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Sus espacios institucionales serán utilizados para la formación de agentes

sociales y líderes comunitarios, así como por la comunidad.

Cumplirán las políticas, planes, proyectos, normas y procedimientos

emanados del ente rector en salud.

Suministrarán información socio-sanitaria al sistema parroquial, municipal,

regional y nacional de salud, según establezca la norma del ente rector

para sustentar el sistema de información de salud.

Serán espacios de la institucionalidad pública sanitaria para la participación

protagónica, vinculante y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas

en el control y evaluación de la gestión pública en salud.

Contarán con un Comité de Salud ad-honorem conformado por

representantes de la comunidad del territorio-población de su

responsabilidad elegidos en asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

5.- DISPOSICIONES FINALES SOBRE NIVELES DE ATENCIÓN DEL SPNS

Las Unidades Operativas Específicas de Atención Socio-Sanitaria, que requiera el

Sistema Público Nacional de Salud, estarán adscritas administrativamente a la

máxima autoridad sanitaria del territorio – población, regional o nacional; entre

ellas: Clínicas Odontológicas, Optometrías y Ópticas, Centros de Especialidades

Diagnósticas y Laboratorio, Unidades de Respuesta en Salud Pública.

Los requisitos de infraestructura de los establecimientos de atención de salud

según la clasificación antes descrita, se regirán por las normas establecidas por

las instancias correspondientes del ente rector en salud.

6._ REDES DE ESTABLECIMIENTOS DEL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD.

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Acerca de la conformación de redes de establecimientos del SPNS:

El Sistema Público Nacional de Salud está conformado por un conjunto de

servicios y establecimientos de salud, organizados en redes que

corresponden a diferentes niveles de atención y escalones de complejidad.

Es responsabilidad de las redes la defensa de la salud integral de la

comunidad en su ámbito territorial.

Las Redes están conformadas por el Sistema Público de Salud integrado a

la Seguridad Social.

Los establecimientos de salud de la iglesia, privados con o sin fines de

lucro y de medicina tradicional, forman parte de las Redes de

establecimientos de Salud donde corresponda y de acuerdo a su nivel de

atención.

Se reconocen dos tipos de Redes de establecimientos de Salud:

a   La Red Municipal de Salud conformada por uno o varios establecimientos de

primer nivel y por un establecimiento de referencia de mayor complejidad. Para su

conformación puede recurrirse a la mancomunidad de Municipios. El responsable

operativo de la red, es el Gerente de Red.

b   La Red Regional de Salud, conformada por redes municipales y por los

establecimientos de tercer nivel de complejidad, ubicados en las ciudades

capitales del estado. Es responsable de su organización el Director de la

DRSPNS.

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social normará la Acreditación de los

proveedores de Medicina Tradicional para su incorporación y coordinación en las

redes de salud.

En las mancomunidades municipales para organizar la red de servicios o para

ejecutar programas o proyectos de salud pública, se podrá constituir un

Directorio de Mancomunidad con representación de cada uno de las DMSPNS

Page 27: Salud Publica Texto Basico i(1)

componentes, manteniendo su estructura de conformación. La presidencia será

rotativa entre sus integrantes, de acuerdo a reglamento específico.

En el caso de mancomunidad de municipios, las DMSPNS de estos nombrarán

un solo Gerente de Red.

6.1.-ACCESO AL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD:

El acceso al Sistema Público Nacional de Salud se inicia en los

establecimientos del primer nivel de atención y brigadas móviles, quienes

otorgarán la atención de acuerdo a su capacidad de resolución y en caso

necesario referirán al segundo o tercer nivel de atención que corresponda

de acuerdo a la estructura de la red y a normas y protocolos de atención

establecidos por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.

El acceso a los hospitales de segundo y tercer nivel requiere de la

referencia de los establecimientos de menor complejidad definidos por la

red, excepto en los casos de emergencia.

El sistema de referencia constituye el conjunto de normas, procesos e

instrumentos que garantizan el acceso a los diferentes niveles de atención

en forma ordenada, sucesiva y complementaria. Este sistema será normado

por el MSPS.

  6.2.- DEL GERENTE DE RED Y EQUIPO DE TRABAJO:

La DMSPNS seleccionará, nominará y gestionará la contratación del

Gerente de Red. En caso de mancomunidad de municipios, las DMSPNS

componentes serán las responsables de seleccionar y gestionar su

contratación.

El MSDS definirá el perfil técnico y criterios de los términos de referencia

del Gerente de Red y su equipo técnico.

El Gerente de Red es la autoridad ejecutiva dependiente de la DRSPNS,

responsable técnico del funcionamiento de la red de salud a su cargo.

Page 28: Salud Publica Texto Basico i(1)

La remuneración y los gastos operativos del Gerente de Red y su equipo de

trabajo estarán a cargo de la Gobernación correspondiente, a través de la

DRSPNS.

El Gerente de Red suscribirá compromisos de gestión con los

establecimientos de la Red de salud a su cargo de acuerdo a la normativa

del MSDS.

El equipo de trabajo de la Gerencia de Red estará constituido por un

profesional en salud pública, un estadístico o un epidemiólogo y un

conductor.

6.3.- RED SOCIAL

Constitución de las Redes Sociales de Salud:

La Redes Sociales de Salud están constituidas por las correspondientes

Organizaciones Territoriales de Base y los Comités de Salud en el ámbito

urbano y rural de acuerdo a sus usos, costumbres o disposiciones

estatutarias reconociendo prioritariamente el derecho de las mujeres

campesinas, indígenas y originarias y de los niños y niñas y adolescentes.

Las redes sociales tienen como responsabilidad el desarrollo de la gestión

social en salud de su comunidad y la articulación con la red de servicios de

salud, para garantizar el ejercicio del derecho a la salud.

Funciones y atribuciones:

Ejercer el control social comunitario para que las prestaciones de todos los

programas de salud tengan calidad humana, denunciando ante la DMSPNS

al proveedor de salud en caso de maltrato, falta de respeto a la

autodeterminación y discriminación en razón de género, cultura y clase.

Identificar las barreras que dificultan el acceso de la población a los

servicios (relaciones interpersonales, gratuidad, transporte, horarios de

atención y aspectos culturales) y contribuir a la red de salud, con acciones

Page 29: Salud Publica Texto Basico i(1)

que permitan mayor accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y demanda

de los mismos por parte de la comunidad.

Participar activamente en las mesas de negociación de la DMSPNS así

como en la elaboración de planes y proyectos de salud locales basados en

la epidemiología comunitaria, potenciando las capacidades de las

organizaciones locales y participando en las Asambleas de ciudadanos y

ciudadanas, en los Consejos Locales de Planificación Pública, en los

Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y en el

Consejo Federal de Gobierno a través de sus respectivas representaciones.

Promover la movilización social en defensa de la salud e incorporar a los

ciudadanos y ciudadanas en los procesos de identificación de problemas y

generación de propuestas para mejorar la salud y la calidad de vida.

7.- PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA

Acerca de la Planificación Participativa:

La gestión institucional compartida con la participación de la comunidad

organizada en comités de salud, será instrumentada a través de la

planificación participativa como mecanismo que garantice la presencia del

Gobierno Municipal o Mancomunidad de Municipios, DMSPNS y

organizaciones de la sociedad en el diseño y gestión de su propio

desarrollo.

Los establecimientos de salud integrantes de la Red de salud deberán

realizar planes operativos anuales - POA, con participación de la

comunidad organizada y todos los actores involucrados en la defensa de la

salud en su área de influencia. Cada Programa operativo anual (POA) se

constituirá en el compromiso de gestión con la DRSPNS.

Las Dirección Municipal del Sistema Público Nacional de Salud

conformarán mesas de negociación municipal con participación de

representantes de los pueblos campesinos, indígenas y originarios, juntas

vecinales y de todas las instituciones vinculadas a la salud, asentadas en

Page 30: Salud Publica Texto Basico i(1)

su municipio, para generar procesos de planificación participativa sectorial,

cuyos resultados se constituirán en el POA de la DMSPNS, el cual es el

compromiso de gestión de la DMSPNS con la DRSPNS.

El POA de los establecimientos de salud y de la DMSPNS debe ser incorporado en

los procesos de planificación participativa municipal.

8.- MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS

La gestión de medicamentos e insumos médicos del Sistema Público Nacional de

Salud y de la Seguridad Social, se basará en lo que establezca el Sistema Público

Nacional de Salud a través de sus respectivos entes y en respuesta a las

necesidades y requerimientos producto de la planificación participativa en los

niveles municipales.

9.- RECURSOS HUMANOS

Los recursos humanos del Sistema Público Nacional de Salud y de la Seguridad

Social tienen por función cumplir con las obligaciones establecidas en el presente

Decreto. El MSDS establecerá los términos de referencia de cada una de las

funciones de los recursos humanos del sistema.

Evaluación del funcionario público de salud:

La DMSPNS a través de cada uno de sus establecimientos y entes

adscritos y de acuerdo a la normativa establecida por el MSDS, evaluará el

desempeño de los recursos humanos bajo su jurisdicción, una vez al año.

El resultado de esta evaluación servirá para que la DRSPNS realice las

acciones administrativas que correspondan en beneficio del servicio y del

funcionario evaluado.

El MSDS dispondrá la realización de auditorias de recursos humanos en el

Sistema Público Nacional de Salud y de la Seguridad Social, para la

aplicación de medidas administrativas en beneficio del sistema.

Page 31: Salud Publica Texto Basico i(1)

Financiamiento de Recursos Humanos:

Los Recursos Humanos del Sector Público mantienen su relación

trabajador - patrono y serán remunerados con fondos del Tesoro General

de la República.

Los recursos humanos de la Seguridad Social son remunerados por sus

respectivas instituciones.

Los recursos humanos administrativos y de apoyo de los establecimientos

de salud del sector público, podrán ser contratados por los Gobierno

Municipal con cargo a sus propios recursos en cuyo caso se deberá evitar

la duplicidad de funciones con personal asignado por la DMSPNS.

10.- FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA

Son fuentes de financiamiento del Sistema Público Nacional de Salud:

Recursos del Tesoro General de la Nación.

Recursos propios de la Seguridad Social.

Créditos y contribuciones de la cooperación nacional e internacional.

Recursos de la Coparticipación Tributaria.

Recursos de los Gobiernos Municipales asignados a salud.  

11.- SISTEMA ÚNICO NACIONAL DE INFORMACIÓN EN SALUD

 Organización y funcionamiento del SUNIS:

El Sistema Único Nacional de Información en Salud – SUNIS dependiente

del Ministerio de Salud y Desarrollo Social es la instancia normativa y

operativa para el registro, procesamiento, análisis, comunicación y difusión

de información de salud pública, quien coordina sus acciones con el

Instituto Nacional de Estadística – INE.

Es el único autorizado para implementar cualquier registro, formulario,

Page 32: Salud Publica Texto Basico i(1)

cuaderno u otro instrumento de procesamiento e información en salud.

Todos los establecimientos de salud que componen el Sistema Público

Nacional de Salud (Sector Público, Seguro Social, Iglesias, Organizaciones

Privadas con y sin fines de lucro y Medicina Tradicional), están en la

obligación de proporcionar información con calidad, oportunidad y

confiabilidad en base a la normativa del MSDS.

La DMSPNS se constituye en una instancia que consolidará, analizará y

generará información agregada bajo normativa del SUNIS desde el nivel

municipal. El responsable de que esta función se lleve a cabo es el Director

Municipal del SPNS.

Convocatoria de la DRSPNS y designación de los Gerentes de Red:

La DRSPNS es responsable de convocar por primera y única vez a las

DMSPNS, las cuales deberán estar constituidos hasta el 20 de enero de

2003, en cada uno de los municipios de su jurisdicción.

La DRSPNS designará, transitoriamente, a los Gerentes de Red y equipos de

apoyo, hasta que las DMSPNS convoquen a examen de competencia y concurso

de méritos a las Gerencias de Red, en un plazo no mayor a seis meses a partir de

la publicación del presente decreto, según perfil y términos de referencia

establecidos por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.

Page 33: Salud Publica Texto Basico i(1)

CAPÍTULO II

BARRIO ADENTRO:

EXPRESIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

(Un proceso de construcción permanente)

Caracas, mayo 2004

Tomado del documento original elaborado por el equipo técnico de

la Coordinación Nacional de Atención Primaria del MSDS - 2004

PRESENTACIÓN

Page 34: Salud Publica Texto Basico i(1)

Venezuela abre un espacio como pueblo al ideal democrático de

participación colectiva, dejando claro que la salud como derecho social

es un compromiso de todos, construida con estrategias que parten de

las propias comunidades en función de lograr alternativas válidas en la

resolución de sus problemas, vivienda digna, alimentación adecuada,

educación, control ambiental, recreación, cultura, deporte, empleo, entre

otros, para alcanzar mejores niveles de calidad de vida.

Bajo esta perspectiva BARRIO ADENTRO, es la estrategia política de

contenido social donde Gobierno y Pueblo se unen para promover el

ejercicio de la Democracia Participativa.

En su comienzo se caracterizó por ser una jornada médica de carácter

humanista ejercida por galenos cubanos en los sectores populares,

acercando la atención de salud a los espacios donde se desarrolla y

acontece la vida de la gente, lo que generó un nuevo modelo de gestión

sustentado en la democracia participativa desde la base del movimiento

social, constituyéndose en una poderosa fuerza de transformación de la

salud pública en el País y eje articulador de las políticas sociales que

avanza el Gobierno Nacional.

De allí, que el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, mediante la

Coordinación Nacional de Atención Primaria de Salud, elabora este

primer documento como una aproximación para direccionar la Misión

Barrio Adentro desde la perspectiva de salud, que impone un despertar

súbito a nuevas realidades.

1.- BARRIO ADENTRO.-

Page 35: Salud Publica Texto Basico i(1)

1.1.- ANTECEDENTES

BARRIO ADENTRO, se origina en la actuación del personal medico

cubano, durante la tragedia del Estado Vargas en Diciembre de 1999, a

partir de esta experiencia, la Alcaldía del Municipio Libertador suscribe

un Convenio con la República de Cuba para implementar otra similar en

los Barrios de Caracas, donde se encuentran las clases más

desposeídas.

De allí surge la idea de Barrio Adentro como alternativa valida para

satisfacer las necesidades de la población caraqueña, que mas tarde se

convierte en un Plan Integral de Desarrollo Local que conjuga un

conjunto de políticas sociales orientadas a mejorar la calidad de vida,

promoviendo la organización y participación social de los sectores

populares. Como iniciativa local, se crea el Instituto para el Desarrollo

Local (IDEL) adscrito a la Alcaldía del Municipio Libertador, con el

objetivo de: “fomentar el desarrollo local mediante el diseño, evaluación,

impulso y ejecución de políticas públicas dirigidas al mejoramiento de la

calidad de vida de los pobladores del Municipio.”

Este Plan se extiende al Municipio Sucre del Estado Miranda y al Estado

Zulia, más tarde, el resto de los Municipios de Miranda, los Estados

Barinas, Lara, Trujillo y Vargas inician la experiencia.

En septiembre de 2003, la Coordinación Nacional de Atención Primaria

del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, asume conjuntamente con la

Comisión Médica Cubana en Venezuela, la implantación de Barrio

Adentro en los Estados restantes. Quedando constituidas las

Coordinaciones Regionales de Barrio Adentro con la participación de

diferentes organismos, coordinada por el representante del MSDS.

Page 36: Salud Publica Texto Basico i(1)

En Diciembre de 2003, el Presidente de la República Bolivariana, crea la

Comisión Presidencial “Misión Barrio Adentro”, de conformidad con lo

previsto en el Artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela y en ejercicio de la atribución que le confiere el Artículo 71

de la Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en Gaceta

Oficial No. 37.865, de fecha 26 de Enero de 2004, Decreto Presidencial

No. 2.745, que establece:

La Comisión Presidencial “Misión Barrio Adentro” tendrá como objetivo

la implementación y coordinación institucional del Programa Integral de

prestación de Atención Primaria de Salud, estimulación e

implementación de expresiones de la economía social y transformación

de las condiciones sociales, económicas y ambientales de las

comunidades bajo un nuevo modelo de gestión basado en principios de

interdependencia, coordinación, corresponsabilidad, cooperación y de

participación activa y protagónica de las comunidades organizadas.

Estará conformada por los Ministros de Salud y Desarrollo Social,

Trabajo, Energía y Minas, Presidente de Petróleos de Venezuela

(PDVSA), Jefe del Estado Mayor Conjunto, Presidente de la Asociación

Civil Barrio Adentro, Presidente del Fondo Único Social /FUS), Alcaldes

de los Municipios Libertador y Sucre, y Representantes del Frente

Francisco de Miranda Luchadores Sociales.

Con este compromiso se pretende dar un viraje profundo a las políticas

sociales, brindando atención de calidad a los sectores más desposeídos

de la población en el territorio venezolano.

Es así, que la Misión Barrio Adentro a nivel nacional se ha convertido,

en el gran acontecimiento de dimensiones y consecuencias para la

construcción del nuevo modelo de atención y gestión como eje

articulador de las políticas sociales.

Page 37: Salud Publica Texto Basico i(1)

1.2.- DEFINICIÓN:

Es la concreción de la Atención Primaria como prioridad de su política

de salud, para dar respuestas a las necesidades sociales de la

población, especialmente la excluida, bajo los principios de equidad,

universalidad, accesibilidad, gratuidad, transectorialidad, pertenencia

cultural, participación, justicia y corresponsabilidad social, contribuyendo

a mejorar la calidad de salud y vida.

1.3.- MISIÓN Y VISIÓN.

MISIÓN:

Es una línea política del Ejecutivo Nacional, bajo la rectoría del

Ministerio de Salud y Desarrollo Social que articula las políticas sociales

para dar respuesta a las necesidades de la población, especialmente la

excluida, mediante un nuevo modelo de gestión pública fundamentada

en los principios de equidad, gratuidad, solidaridad, accesibilidad,

universalidad, corresponsabilidad y justicia social, respondiendo a

estrategias promocionales de salud y calidad de vida, que garanticen el

Desarrollo Humano Sustentable en el contexto nacional y local.

VISIÓN:

Modelo de gestión pública participativo, que garantice un Desarrollo

Humano Sustentable con la satisfacción de las necesidades sociales de

la población, fundamentado en los principios de Atención Primaria del

Sistema Público Nacional de Salud.

1.4.- OBJETIVOS:

Page 38: Salud Publica Texto Basico i(1)

Implantar un modelo de gestión participativo que responda a las

necesidades sociales de los grupos de población, mediante la

organización y participación de las comunidades, apoyada en la

contraloría social como expresión de poder popular.

Articular las políticas sociales que den respuestas a las

necesidades sociales de la población en sus territorios.

Adecuar la Red Ambulatoria existente a Barrio Adentro

aumentando su capacidad resolutiva mediante la implantación,

consolidación y extensión de consultorios populares, haciendo

énfasis en la Promoción de la Calidad de Salud y Vida.

Potenciar capacidades y habilidades de los recursos humanos

institucionales y comunitarios, mediante la educación y

formación permanente.

1.5.- LA POBLACIÓN BENEFICIARIA

La población beneficiaria en una primera etapa, comprende

especialmente los sectores populares urbanos (Barrios), rurales, los

pueblos fronterizos e indígenas, bajo los enfoques de: etapas de vida

que comprenden la infancia, la adolescencia y juventud, los adultos y

adultos mayores; género, etnias, cultural, resiliencia (ante un ambiente

adverso participo para lograr mejores niveles de calidad de vida), entre

otros.

1.6.- POBLACIÓN META

El programa se propuso atender en un primer momento el 60% de la

población excluida, en la actualidad la meta ha sido superada

ampliamente.

1.7.- METAS PROGRAMADAS.

Page 39: Salud Publica Texto Basico i(1)

Contribuir a la implantación del Sistema Público Nacional de

Salud.

Lograr un médico por cada 250 familias (1.200 habitantes)

Promover la salud integral de individuos, familias y comunidades.

Impulsar la construcción de las Redes Sociales bajo control

comunitario

Contribuir al logro de una alimentación adecuada.

Propiciar los espacios para el saneamiento ambiental básico.

Elevar el promedio de vida de la población

Contribuir al desarrollo, crecimiento y envejecimiento con calidad

de vida.

1.8.- DIMENSION CONCEPTUAL.

Los aspectos de tipo conceptual donde se sustenta la Misión Barrrio Adentro para darle concreción a la política de salud de Atención Primaria, se refieren a:

SALUD COMO DERECHO SOCIAL, es el resultado de las

condiciones de alimentación, vivienda, educación, medio

ambiente, trabajo, transporte, seguridad personal, empleo,

recreación, libertad y acceso a los servicios, por lo cual plantea la

necesidad de mejorar la calidad de vida de la población con

intervenciones concretas en cada uno de esos factores. Implica la

satisfacción de necesidades básicas, el desarrollo de

capacidades, habilidades, aptitudes en las diferentes áreas

intelectuales, deportivas, además el acceso a las oportunidades

culturales, políticas y laborales, al saber, a la información, a los

niveles de toma de decisión.

CALIDAD DE VIDA, se ubica automáticamente en la urgencia de

dar respuestas coherentes para la defensa del individuo y de la

vida. Tiene implicaciones en el nivel de satisfacción de

Page 40: Salud Publica Texto Basico i(1)

necesidades sociales de los conglomerados humanos, se trata de

la posibilidad que vivan en condiciones humanas aceptables, no

solo en cuanto a necesidades concretas cuya solución depende

de las decisiones políticas, sino también al respeto de sus

tradiciones, sus formas de vida, creencias, costumbres, en fin

todo aquello que forme parte de su cultura.

PROMOCION DE LA SALUD, es una poderosa herramienta de

transformación que toca las raíces políticas, económicas,

sociales y culturales de la población, contribuyendo a elevar el

nivel de conciencia ciudadana para enfrentar los retos de

alcanzar colectivamente una mejor calidad de vida. Su acción

transciende los espacios de los servicios para insertarse en la

comunidad donde acontece y se desarrolla la vida, es acercarse

a la gente, privilegiar lo humano, como centro de la salud,

construyendo espacios de participación donde es posible realizar

los propios intereses y concertar con otros las acciones que

atañen a los colectivos, lo cual implica coordinación, diálogo,

comunicación, intercambio, integración, suma de esfuerzos,

trabajo conjunto, decisiones integrales en la búsqueda

permanente de mejorar la calidad de salud y vida. Proporciona

herramientas a los individuos, familias y comunidades para

desarrollar habilidades y capacidades que hacen posible la

autonomía, empoderándose de sus propios procesos, el

reconocimiento de sus derechos sociales, los ejercicios de la

autonomía. Dando cuenta así del precepto constitucional, que

establece el deber de todas las personas de participar

activamente en la promoción y defensa de la salud.

PARTICIPACION CIUDADANA, es uno de los ejes centrales

para alcanzar el desarrollo de una autentica democracia

participativa, en cuanto a la construcción de un nuevo orden

Page 41: Salud Publica Texto Basico i(1)

social, en donde el estado considere como centro de acción al

individuo, u se oriente a la sociedad hacia un desarrollo social y

humano sustentable como ejercicio democrático, amplio y

participativo. Requiere que los ciudadanos asuman un rol

protagónico en la gestión publica esto permite indicar que

democratizar los servicios de salud, es asegurar que se

conviertan en instancias para la participación, en función de

ejercer el poder compartido con el Estado donde cada quien

resguarde su espacio y naturaleza para cumplir con los intereses

de la comunidad. Toda gestión publica que se aprecie de ser

participativa e innovadora de procesos de democratización debe

involucrar en todos los planes de desarrollo: actores políticos,

expertos, técnicos institucionales y organizaciones sociales,

siendo aquí precisamente donde la participación se constituye en

un instrumento clave para contribuir a la solución de los

problemas.

CONTRALORIA SOCIAL, es el conjunto de acciones de control,

vigilancia y evaluación que realiza las personas de manera

organizada e independiente, en un modelo de derechos y

compromisos ciudadanos con el propósito de contribuir a que la

gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se

realice en términos de transparencia, eficacia y honradez. La

contraloría social aporta los siguientes beneficios a la población:

mayor conocimiento de sus derechos y obligaciones, así como la

disponibilidad de recursos, manejo de mecanismos para negociar

con los gobiernos locales en relación a obras y acciones a

realizar, acciones para ayudar la gestión publica a prevenir

irregularidades, consolidación de procesos de autogestión. La

contraloría social es una tarea cívica delicada, para lo cual no es

suficiente la buena voluntad y compromiso, se requiere una

capacitación básica sobre diversos temas especialmente

Page 42: Salud Publica Texto Basico i(1)

normativo, tales como leyes y reglamento, además el

conocimiento y manejo del proceso de instrumento de

investigación socia.

DESARROLLO LOCAL, esta orientado a estimular e incentivar

soluciones creativas que se originen de las propias realidades

locales y resulten, por lo tanto más congruentes con las

aspiraciones reales de las personas, mediante una democracia

directa y participativa. El desarrollo debe garantizar que la

población y sus futuras generaciones incrementen su bienestar y

calidad de vida sobre cimientos sólidos y verdaderos. El

desarrollo local tiene como objetivo la potenciación del uso

participativo y multisectorial de la tecnología, las comunicaciones

y la información que le permitan a las comunidades ampliar sus

posibilidades de adquirir nuevos conocimientos y proyectarse

mejor, en función de mejorar la calidad de vida de sus habitantes,

como un esfuerzo integrado y articulado al país, la región y el

mundo.

A partir de esta dimensión conceptual, el escenario operativo de Barrio

Adentro, se enfoca hacia el fortalecimiento de la Red de Atención

Primaria y a la estructuración de un plan, que integre un conjunto de

objetivos y actividades para intervenir realidades en función de las

prioridades establecidas.

1.9.- BARRIO ADENTRO COMO PRIORIDAD DE LA POLÍTICA DE

SALUD DEL MSDS.

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social, coincide en la necesidad de

redimensionar los esfuerzos que en materia de Atención Primaria de

Page 43: Salud Publica Texto Basico i(1)

Salud se han venido realizando, lo cual se fortalece con la Misión Barrio

Adentro mediante la implantación, consolidación y extensión de

Consultorios Populares para atender en primer momento a los

ciudadanos más pobres en sus propias comunidades, que conduzcan a

mejorar su calidad de salud y vida y a otros sectores sociales de la

población

Para hacer de esta idea una acción consensuada, que haga descansar

la voluntad política en una concepción coherente, sistemática,

contextualizada y aplicable a nuestras diversidades culturales, es

necesario tener presente los aspectos de orden conceptual sobre el cual

se sustenta la Misión, y que se ha señalado anteriormente.

1.10.- ASPECTOS QUE DISTINGUEN A LA MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL SECTOR SALUD.

Da respuesta al problema de la accesibilidad a la Atención de

Salud, colocando los servicios cerca de la gente.

Desarrolla un enfoque integral de la salud, que permite atender a

todas y todos los ciudadanos y ciudadanas, las familias y

colectivos desde una perspectiva holística utilizando criterios de

aprovechamiento de oportunidades

Establece una relación más humana entre el equipo de salud y

los usuarios de los servicios.

Promueve la organización comunitaria a través de los Comités

de Salud y de otras organizaciones para la participación de la

población en la gestión de la Salud Pública y el ejercicio de la

Contraloría Social.

Utiliza la estrategia promocional de salud y calidad de vida para

generar procesos de transformación en el ámbito social,

económico, político y cultural.

Page 44: Salud Publica Texto Basico i(1)

Construye la Red de Atención Primaria a partir de los

Consultorios y Clínicas Populares e incorpora la Red Ambulatoria

como base para la conformación del Sistema Público Nacional de

Salud.

Plantea como ideal 1 médico por cada 250 familias (1200

habitantes.) en la primera fase de implantación

Promueve la creación de las redes sociales y grupos de apoyo.

Propicia la articulación de los programas sociales para responder

a las necesidades de la población con mayor grado de exclusión

social fundamentalmente.

Constituye espacios para la movilización de recursos humanos,

materiales y financieros.

Incorpora diferentes organismos y organizaciones sociales en un

trabajo conjunto de planificación, ejecución y evaluación.

Promueve la formación docente de los recursos humanos a ser

incorporados a la Misión.

1.11.- BARRIO ADENTRO COMO EJE ARTICULADOR DE LAS

POLÍTICAS SOCIALES.

Barrio Adentro considerada como Misión, trasciende la atención de las

personas enfermas en los sectores más pobres del país y se convierte

en el eje articulador de las políticas sociales que adelanta el Gobierno,

teniendo como fundamento la construcción de la Democracia

Participativa y Protagónica, desde la base del movimiento social.

Establece como prioridad el Desarrollo Local de las comunidades,

vinculando los grandes componentes sociales:

Page 45: Salud Publica Texto Basico i(1)

LA SALUD, como espacio para el fortalecimiento de la Atención

Primaria, el desarrollo de la Promoción de la Salud y Calidad de Vida,

Prevención de Riesgos y Saneamiento Ambiental Básico, para lo cual

se residenciará el médico y el equipo de salud en las localidades de

máxima exclusión, mediante la implantación y consolidación de los

Consultorios Populares, con la finalidad de brindar atención las

veinticuatro horas del día. Interviene el Ministerio de Salud y Desarrollo

Social. (MSDS)

LA EDUCACION POPULAR, donde la Escuela se constituye en un

espacio de construcción de conocimiento, saberes, vivencias y

aprendizajes de las comunidades para potenciar sus capacidades,

habilidades y recursos en función de su desarrollo local. Donde se

operativizan las Misiones Robinsón, Sucre y Ribas (Ministerio e

Educación Cultura y Deporte y el Ministerio de Educación Superior)

LA ECONOMIA SOCIAL, que apoya la creación de empresas

asociativas donde se conjugan los componentes de producción,

comercialización y servicios, mediante cooperativas, micro-empresas.

En ella intervienen: el Banco del Pueblo, Banco de la Mujer, Cultivos

Urbanos, FONDEMI, BANDES, entre otros (Ministerio de la Economía

Popular)

LA CONSOLIDACIÓN URBANA, que constituye la política de titularidad

de las tierras. (Ministerio del Hábitat y la Vivienda).

LA SEGURIDAD ALIMENTARIA, se enfoca a fortalecer la rentabilidad

económica y la responsabilidad social, desarrollándose en espacios

locales, que garanticen la posibilidad de acceso a los alimentos a la

población de menores recursos, reduciendo la intermediación y

abaratando el costo de los productos. Intervienen MERCAL, Comedores

Populares, Cocinas Comunitarias, entre otros.

Page 46: Salud Publica Texto Basico i(1)

LA RECREACION, espacio para fomentar las expresiones recreativas

con carácter creativo y formativo para atender a todos los grupos de

edad. (Ministerio de Educación Cultura y Deporte)

EL DEPORTE, tiene como objetivo la creación de redes deportivas

comunitarias, atiende los diferentes grupos de edad en las comunidades

de alto índice de exclusión. (Ministerio de Educación Cultura y Deporte)

LA CULTURA Y COMUNICACIÓN, revaloriza los espacios

referenciales, culturales y comunicacionales de las comunidades, al

permitir el desarrollo de un nuevo orden de relaciones sociales entre los

ciudadanos y su comunidad. (Ministerio de Comunicación e Información)

En esta línea la Misión Barrio Adentro para alcanzar el nivel de

desarrollo que se aspira, abre espacios para la articulación con el resto

de las Misiones, como en el caso de la Misión Robinsón, a través de su

programa de alfabetización y ampliación de la educación que al

acompañarse de una atención de salud se generan sentimientos

solidarios y energías de transformación social inimaginable

aprovechables para poder saldar la gran deuda social acumulada con

las clases sociales desposeídas o de mayor exclusión social; de tal

manera que ambas misiones representan una concepción distinta que

tiene como propósito enfrentar la injusticia social, como eje central de su

direccionalidad política

La Misión Barrio Adentro como eje articulador tiene que ver con una

concepción de salud integral en el marco de la Atención Primaria ,

donde los aspectos inherentes a la vida cotidiana, las historias de vida,

la construcción de identidades y la memoria colectiva de la comunidad

son fundamentales para que los ciudadanos y ciudadanas puedan

ejercer el control sobre su salud individual y colectiva, además que ellos

Page 47: Salud Publica Texto Basico i(1)

mismos puedan definir los criterios en cuanto a su propio desarrollo, es

decir la gestión por sí misma de su propia vida, restableciendo las

relaciones reales de la comunidad, para desde allí percibir la viabilidad

del cambio de prácticas de transformación, generadas mediante un

proceso educativo y de participación popular para alcanzar mejores

niveles de salud y calidad de vida, razón de ser de las misiones en los

espacios locales.

En este orden de ideas se inserta la Misión Ribas y la Misión Vuelvan

Caras, apuntando hacia el mismo objetivo de mejorar la calidad de vida

de la población. La Misión Ribas se sustenta en el valor del derecho a

una educación con calidad y sin exclusión, en correspondencia con el

desarrollo pleno del ciudadano en los aspectos básicos del ejercicio de

la Democracia. La Misión Vuelvan Caras se fundamenta en la

participación de los ciudadanos y ciudadanas conjuntamente con el

Gobierno Nacional en la búsqueda de la transformación económica y

social del país, a través de la educación y el trabajo para lograr una

calidad de vida digna para todos.

Planteada en estos términos, la Misión Barrio Adentro como eje

articulador de las políticas sociales tiene ante sí el gran reto político y

cultural de darle unicidad en la diversidad y constituir la Gran Misión de

País, aportando un nuevo bloque social, capaz de plantear nuevas

opciones, lo que implica el fortalecimiento de las redes sociales, la

integración de las diferentes experiencias y potenciar el protagonismo

de las comunidades para contribuir efectivamente a formas de

democracia con participación popular; es decir, Barrio Adentro desde la

base del movimiento social.

2.- ATENCION PRIMARIA DE SALUD.

Page 48: Salud Publica Texto Basico i(1)

La APS, fortalecida con la Misión Barrio Adentro, en su aplicación tendrá

consecuencias a corto plazo, no solo en el sector salud, sino también en

otros sectores sociales y económicos. En fin la APS como prioridad de

la política de salud busca ampliar la cobertura, elevar la capacidad

resolutiva y la calidad de la oferta y prestación de servicios, facilitar el

acceso y la integralidad de la atención, estimular la participación

ciudadana, integrar esfuerzos intersectoriales y transdisciplinarios y

tiene como imperativo ético y político responder a las necesidades

sociales de la población, especialmente la excluida.

2.1.- DEFINICIÓN.

Es la asistencia esencial que pone al alcance de todos los individuos,

familias y comunidades la Atención de Salud, de forma que resulte

aceptable y proporcionada a sus recursos y con su plena participación

para el alcance de una mejor salud y calidad de vida. Constituye la

función principal y núcleo central del Sistema Público Nacional de

Salud, así como del desarrollo social y económico global de la

comunidad.

2.2.- CARACTERÍSTICAS.

Abarca los factores sociales y de desarrollo endógeno local. Va

más allá de una simple extensión de los servicios.

Interviene en el mejoramiento de la calidad de vida y obtención

de beneficios de salud óptimos para el mayor número de

personas.

Proporciona mayor responsabilidad a los individuos y

comunidades, bajo el enfoque de Democracia Participativa.

Facilita los nuevos recursos y la energía social que favorece al

desarrollo de la salud.

Page 49: Salud Publica Texto Basico i(1)

Funciona en armonía con los demás sectores sociales y

económicos involucrados en el desarrollo endógeno local.

Integra los equipos de salud a la comunidad, toda vez, que

requiere vivan en las propias comunidades.

Plantea la necesidad de organización e implantación del Sistema

Público Nacional de Salud.

Para el desarrollo de la Atención Primaria, a través de la Misión Barrio

Adentro, se cuenta con una estructura funcional denominada

Coordinación Nacional de Atención Primaria.

2.3.- RED DE ATENCION PRIMARIA:

Son todos los servicios dotados de capacidad resolutiva para el logro de

calidad de vida y salud, respondiendo a las necesidades sociales y en

interacción con otras redes sociales, en interacción con las redes de las

otras políticas públicas, y actuando sobre los determinantes de la salud

de las personas y las comunidades. Es la principal puerta de entrada al

sistema, lo que exige una organización de trabajo coherente con este

compromiso utilizando la tecnología apropiada y una estrecha

coordinación con el resto de las redes de atención.

COMUNIDAD Consultorios

Populares

AUII, AUIII, HOSP I, II,

ARI, ARII, AUI

HOSPITALESTIPO III, IV

EN TODASU

TIPOLOGIA

Clínicas Populares

Centro de rehabilitación

Integrl

Centro de Diagnostico

Integral

Centro de Alta Tecnología

Hospitales del Pueblo

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24 ENTIDADESFEDERALES

COBERTURA DE LA MISION BARRIO ADENTROCOBERTURA DE LA MISION BARRIO ADENTRO

320 MUNICIPIOS

NÚMEROS DE CONSULTORIOS 5.536NÚMEROS DE ÓPTICAS 457NÚMEROS DE CLÍNICAS ODONTOLÓGICAS 1.415NÚMEROS DE SILLAS ODONTOLÓGICAS 3.014

La fuente de este documento es MSDS:

BARRIO ADENTRO:

UNA NUEVA PROPUESTA PARA LA VIDA.

Coordinación Nacional de Atención Primaria. Informe de Gestión. Año 2004

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CAPÍTULO III

SITUACIÓN DE SALUD DE VENEZUELA