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SEGUIMIENTO AL CONTROL
DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad 1
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
“EL ÁGUILA INGENIEROS CONSTRUCTORES”
DR
CONTROL DE CALIDAD GLOBAL
INDIRECTOS
Central y Campo 2
“El Águila Ingenieros Constructores”
El Control de Calidad Global en las obras de construcción, se refiere a
varios aspectos como la calidad en la Planeación y en la calidad en la
ejecución de la obra
DRDivisión Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
La calidad en la etapa de Planeación se tiene cuando los elementos de un
Proyecto Ejecutivo cumplan lo establecido en su elaboración con
anteproyecto, Estudios Técnicos, Permisos, Licencias para elaborar los
Proyectos Arquitectónicos y de Ingeniería según el tipo de obra a realizar.
La Calidad Global en la etapa de ejecución se debe verificar entre otros en
las siguientes aspectos: Control de CALIDAD DE LOS MATERIALES, y el
Control de Calidad en los PROCESOS CONSTRUCTIVOS.
El control de calidad de los materiales se debe dar a través de los
laboratorios certificados, a partir de las Normas Oficiales Mexicanas y las
Normas de Calidad establecidas por las dependencias ejecutoras.
El control de calidad de los procesos constructivos se debe dar a través
del Residente de Obra y la Supervisión, a partir de lo establecido en las
Especificaciones Generales y Particulares de Construcción de la dependencia
normativa federal.
NORMAS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad 3
Ing. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación DR
III.- Normas y Especificaciones Generales
de Construcción de la dependencia
ejecutora de obra pública, y
ESPECIFICACIONES PARTICULARES DEL
PROYECTO EN REVISIÓN.
II.- Ley Federal de Metrología y
Normalización, y las Normas Oficiales
Mexicanas.
I.- Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas; y su
Reglamento.
COSTO INDIRECTO
INDIRECTOS
Central y Campo 4
“El Águila Ingenieros Constructores”
Artículo 182 RLOPSRM 2007.- Los gastos generales que podrán tomarse
en consideración para integrar el costo indirecto y que pueden APLICARSE
INDISTINTAMENTE A LA ADMINISTRACIÓN DE OFICINAS CENTRALES O A
LA ADMINISTRACIÓN DE OFICINAS DE CAMPO o ambas, según el caso,
son los siguientes:
DRDivisión Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
III.- Servicios de los siguientes conceptos:
a.- Consultores, asesores, servicios y LABORATORIOS, y
b.- Estudios e investigaciones;
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad5
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Continúa Artículo 4 LOPSRM 2009.-Para los efectos de esta
Ley, se consideran como SERVICIOS RELACIONADOS con las
obras públicas, los trabajos que tengan por objeto ……
• II.- La PLANEACIÓN y el DISEÑO, incluyendo los trabajos que
tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los
elementos que integran un proyecto urbano, arquitectónico, de
diseño gráfico o artístico y de cualquier otra especialidad del
diseño, la arquitectura y el urbanismo, que se requiera para
integrar un proyecto ejecutivo de obra pública;
• III.- Los ESTUDIOS TÉCNICOS de agrología y desarrollo
pecuario, hidrología, mecánica de suelos, sismología, topografía,
geología, geodesia, geotécnia, geofísica, geotermia,
oceanografía, meteorología, aerofotogrametría, ambientales,
ecológicos y de ingeniería de tránsito.
DR
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad6
El Águila Ingenieros ConsultoresDivisión Capacitación
Artículo 1 RLOPSRM 2007.-El presente Reglamento tiene por
objeto establecer las disposiciones que propicien el oportuno y
estricto cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas.
Para los efectos de este Reglamento se aplicarán las definiciones
establecidas en el artículo 2 de la Ley. Asimismo, se entenderá
por:...
• X.- PROYECTO ARQUITECTÓNICO: el que define la forma, estilo,
distribución y el diseño funcional de una obra. Se expresará por
medio de planos, maquetas, perspectivas, dibujos artísticos, entre
otros, y
• XI.- PROYECTO DE INGENIERÍA: el que comprende los planos
constructivos, memorias de cálculo y descriptivas,
especificaciones generales aplicables y particulares que permitan
llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra
especialidad.
DR
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad7
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 21 LOPSRM 2009. - Las dependencias y entidades según las
características, complejidad y magnitud de los trabajos FORMULARÁN SUS
PROGRAMAS ANUALES de obras públicas y de servicios relacionados con las
mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus
respectivos presupuestos, considerando:
VIII.- La CALENDARIZACIÓN FÍSICA y FINANCIERA de los recursos necesarios
para la realización de ESTUDIOS Y PROYECTOS, la ejecución de los trabajos, así
como los gastos de operación;
X.- Las investigaciones, asesorías, consultorías y estudios que se requieran,
incluyendo los proyectos arquitectónicos y de ingeniería necesarios;
Continúa Artículo 18 LOPSRM 2009.- Cualquier persona podrá promover y
presentar a consideración de las dependencias y entidades, ESTUDIOS, planes
y programas para el desarrollo de proyectos, debiendo proporcionar la
información suficiente que permita su factibilidad, sin que ello genere derechos
u obligaciones a las mismas dependencias y entidades.
DR
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad 8
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 18 LOPSRM 2009.-Las dependencias o entidades que requieran contratar
o realizar ESTUDIOS o PROYECTOS, previamente verificarán si en sus archivos o,
en su caso, en los de la coordinadora del sector correspondiente, existen estudios
o proyectos sobre la materia de que se trate.
DR
Los contratos de servicios relacionados con las obras públicas sólo se podrán
celebrar cuando las áreas responsables de su ejecución no dispongan cuantitativa o
cualitativamente de los elementos, instalaciones y personal para llevarlos a cabo, lo
cual DEBERÁ JUSTIFICARSE A TRAVÉS DEL DICTAMEN que para tal efecto emita el
titular del área responsable de los trabajos.
En el supuesto de que se advierta su existencia y se compruebe que los mismos
satisfacen los requerimientos de la entidad o dependencia, NO PROCEDERÁ LA
CONTRATACIÓN, con excepción de aquellos trabajos que sean necesarios para su
adecuación, actualización o complemento.
A fin de complementar lo anterior, las entidades DEBERÁN REMITIR a su
coordinadora de sector una descripción sucinta del objeto de los contratos que en
estas materias celebren, así como de sus productos.
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad 9
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
.
ARTÍCULO 33 LOPSRM 2009. - Las bases que emitan las dependencias y
entidades para las licitaciones públicas se pondrán a disposición de los
interesados, tanto en el domicilio señalado por la convocante como en los medios
de difusión electrónica que establezca la Contraloría, a partir del día en que se
publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de
presentación y apertura de proposiciones, siendo responsabilidad exclusiva de los
interesados adquirirlas oportunamente durante este período, y contendrán en lo
aplicable COMO MÍNIMO, lo siguiente:
DR
IX.- Proyectos arquitectónicos y de ingeniería que se requieran para preparar la
proposición; NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y ESPECIFICACIONES
GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN APLICABLES, en el caso de las
especificaciones particulares, deberán ser FIRMADAS por el responsable del
proyecto;
……….
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad10
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
.
Artículo 10 RLOPSRM 2007.- Los servidores públicos que decidan y aprueben los
proyectos para la realización de obras o servicios, SERÁN RESPONSABLES DE
VIGILAR que las acciones, planes y programas se lleven al cabo conforme a lo
previsto y autorizado, así como de TODAS LAS MODIFICACIONES que se realicen a
dichos proyectos.
Artículo 8 RLOPSRM 2007.-Para los efectos del artículo 18 de la Ley, LAS
DEPENDENCIAS COORDINADORAS DE SECTOR deberán establecer una base de
datos que les permita organizar la información que les remitan las entidades
sobre ESTUDIOS o PROYECTOS de obras.
DR
Los servidores públicos antes referidos serán responsables de que los proyectos
autorizados se encuentren TOTALMENTE TERMINADOS.
Tratándose de proyectos de Obras de gran complejidad corresponderá al servidor
público a cargo de autorizar el proyecto ejecutivo EMITIR EL DICTAMEN TÉCNICO
QUE JUSTIFIQUE el carácter de dichas Obras, así como verificar los avances de los
proyectos respectivos.
PERIODOS PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad 11
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
.
Continúa Artículo 10 RLOPSRM 2007.- …..
DR
Los programas de ejecución de los trabajos indicarán las fechas previstas
de comienzo y terminación de todas sus fases, considerando las acciones
previas a su iniciación y las condiciones climáticas, geográficas y demás
características ambientales esperadas en la zona o región donde deban
realizarse.
Las dependencias y entidades al determinar el proyecto y programa de
realización de cada contrato deberán prever el presupuesto requerido en
forma total y por ejercicios presupuestales; los PERIODOS NECESARIOS
PARA LA ELABORACIÓN de los estudios y proyectos específicos de
ingeniería, arquitectura y de instalaciones, en su caso, periodos de prueba,
normas de calidad y especificaciones de construcción; el análisis costo
beneficio que elaboren, conforme a las disposiciones que emita la
Secretaría; bases de licitación y modelos de contratos necesarios para la
realización de los trabajos.
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad 12
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 11 RLOPSRM 2007.-Para que las dependencias y entidades puedan iniciar
la ejecución de obras o servicios, ya sea por administración directa o por contrato,
será necesario que se verifique lo siguiente:
DR
Tratándose de servicios se DEBERÁ CONTAR con los TÉRMINOS DE REFERENCIA,
los programas de prestación de servicios, la plantilla y organigrama del personal y el
presupuesto de los trabajos.
I.- Dependiendo del tipo de contrato, que se CUENTE con los estudios y
proyectos de arquitectura e ingeniería; las especificaciones técnicas generales y
particulares y las normas de calidad correspondientes; el presupuesto de obra
total y de cada ejercicio, según sea el caso; el programa de ejecución, los
programas de suministro de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo y, en
su caso, de equipo de instalación permanente, ya sea que éstos sean
proporcionados por la convocante o los contratistas.
PROYECTO EJECUTIVO
Seguimiento al
Control Calidad13
El Águila Ingenieros Constructores
División Capacitación
.
Artículo 86 RLOPSR 2007.-Las funciones de la supervisión serán las que a
continuación se señalan:
I.- Previamente al inicio de los trabajos, deberá revisar detalladamente la
información que le proporcione la residencia de obra con relación al
contrato, con el objeto de ENTERARSE CON DETALLE DE LAS
CONDICIONES DEL SITIO DE LA OBRA y de las diversas partes y
características del proyecto, debiendo recabar la información necesaria que
le permita iniciar los trabajos de supervisión según lo programado y
ejecutarlos ININTERRUMPIDAMENTE hasta su conclusión;…….
Artículo 154 RLOPSR 2007.- Para los efectos de la Ley y este
Reglamento, se considerará como precio unitario, el importe de la
remuneración o pago total que debe cubrirse al contratista por unidad de
concepto terminado, ejecutado conforme al proyecto, ESPECIFICACIONES
DE CONSTRUCCIÓN y NORMAS DE CALIDAD.
DR
NORMAS TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad 14
“El Águila Ingenieros Consultores”
División Capacitación
Artículo 21 LOPSRM 2009.-Las dependencias y entidades según las
características, complejidad y magnitud de los trabajos formularán sus
programas anuales de obras públicas y de servicios relacionados con las
mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus
respectivos presupuestos, considerando:
V.- Las NORMAS APLICABLES conforme a la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización o, a falta de éstas, las normas internacionales;
Artículo 9 RLOPSRM 2007.- Las dependencias y entidades que, por las
características, complejidad y magnitud de las obras que realicen, cuenten o
requieran de NORMAS TÉCNICAS para aplicar en sus especificaciones
generales de construcción, deberán exigir su cumplimiento.
DR
NORMAS DE CONSTRUCCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad15
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 19 LOPSRM 2009.-Las dependencias y entidades que realicen
obras públicas y servicios relacionados con las mismas, sea por contrato o
por administración directa, así como los contratistas con quienes aquellas
contraten, observarán las disposiciones que en materia de asentamientos
humanos, DESARROLLO URBANO y CONSTRUCCIÓN rijan en el ámbito
federal, estatal y municipal.
DR
Las dependencias y entidades, cuando sea el caso, previamente a la
realización de los trabajos, DEBERÁN TRAMITAR Y OBTENER de las
autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, DERECHOS
DE BANCOS DE MATERIALES, así como LA PROPIEDAD o los derechos de
propiedad incluyendo DERECHOS DE VÍA y EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES
sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas.
En las bases de licitación se precisarán, en su caso, aquellos trámites que
corresponderá realizar al contratista.
ESPECIFICACIONES DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad16
El Águila Ingenieros ConsultoresDivisión Capacitación
Artículo 182 Código Urbano Estatal.-El
Gobierno del Estado y los ayuntamientos
……
Asimismo los ayuntamientos incluirán en los
REGLAMENTOS DE CONSTRUCCIONES las
ESPECIFICACIONES DE CALIDAD que
deban reunir las edificaciones con el
objeto de evitar desastres por percances
o accidentes.
DR
MATERIALES EMPLEADOS Y RESULTADOS
Seguimiento al
Control Calidad17
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 203 C.U.E.-El perito responsable de obra tendrá las siguientes
obligaciones:
V.- Llevar en la obra un libro bitácora foliado y encuadernado EN EL CUAL SE
ANOTARÁN los siguientes datos:
c).- Materiales empleados y RESULTADOS DE CONTROL DE CALIDAD de los
mismos.
DR
ESPECIFICACIONES DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad 18
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 221 C.U.E.- La ejecución de las obras deberá llevarse a cabo en la
FORMA Y TÉRMINOS consignados en la respectiva licencia y de acuerdo a
las disposiciones legales aplicables.
DR
ESPECIFICACIONES DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad 19
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 221 C.U.E.- La ejecución de las obras deberá llevarse a cabo en la
forma y términos consignados en la respectiva licencia y de acuerdo a las
disposiciones legales aplicables.
DR
Los peritos responsables de obra, o los propietarios en su caso, están
obligados a vigilar que la ejecución de la misma se realice con las TÉCNICAS
CONSTRUCTIVAS más adecuadas, se empleen los materiales con la
resistencia y calidad ESPECIFICADAS en el reglamento de construcciones
respectivo y en sus especificaciones técnicas complementarias, se tomen las
medidas de seguridad necesarias, y se evite causar molestias o perjuicios a
terceros.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Seguimiento al
Control Calidad 20
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
ARTICULO 225 C.U.E.- Cuando se trate de construcción de viviendas de
interés social, o de vivienda financiada por cualquier organismo público
federal o estatal, el constructor y el perito responsable deberán garantizar
la calidad de la vivienda de acuerdo a las especificaciones técnicas y serán
solidariamente responsables por las fallas o vicios ocultos que surjan.
DR
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad
21
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 866 Código Municipal de Ags (C.M.A.).-Obligaciones del Perito
Responsable de Obra.
El Perito Responsable de Obra será responsable de la correcta ejecución de
la construcción, junto con el constructor y el propietario de la misma y
deberá:…….
DR
III.- Llevar en la obra un libro bitácora foliado y encuadernado en el cual se
anotarán el nombre, atribuciones y firma del Perito y Director, fecha de las
visitas del Perito Responsable de la obra, LOS MATERIALES EMPLEADOS Y
RESULTADOS DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS MISMOS, …...
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad 22
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 1155 C.M.A.- Responsabilidad.
Los Peritos Responsables de obra, o los propietarios de una obra que no
requiera Perito Responsable y los constructores, ESTÁN OBLIGADOS A
VIGILAR que la ejecución de la misma se realice con las técnicas
constructivas más adecuadas, SE EMPLEEN LOS MATERIALES CON LA
RESISTENCIA Y CALIDAD ESPECIFICADAS en este Libro y en sus Normas
Técnicas complementarias, se tomen las medidas de seguridad necesarias y
se evite causar molestias o perjuicios a terceros..
DR
RESPONSABILIDADES
Seguimiento al
Control Calidad 23
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
El ingeniero calculista, al analizar una forma de solucionar un
problema, plantea en la Memoria de Cálculo Estructural (MCE)
una serie de HIPÓTESIS sobre las que condiciona su resultado;
DR
Por ejemplo bajar por un muro de carga ó una cimentación a base de
mampostería 60 Kg./cm2 de esfuerzo; es decir que tanto la piedra, el
tabique ó block como el mortero DEBEN CUMPLIR LA RESISTENCIA A LA
COMPRESIÓN, lo cual queda registrado en la MCE y en los planos del
Proyecto Ejecutivo.
RESPONSABILIDADES
Seguimiento al
Control Calidad 24
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Lo anterior implica que tanto el Propietario como el
constructor de la obra DEMUESTREN con reportes
de Estudios de calidad de los materiales (tabique,
block, arena, cemento y agua ) que los materiales
que compren; y los procesos que fabriquen como
mortero que CUMPLEN las hipótesis para ser
responsable al calculista.
Si no se demuestra lo anterior, el calculista NO
TIENE responsabilidades por el comportamiento
estructural de los elementos calculados, por
CAUSAS IMPUTABLES al propietario y
constructor.
DR
EXPEDIENTE TÉCNICO
Seguimiento al
Control Calidad25División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
Lo anterior esta pactado en el PROYECTO
EJECUTIVO y en el análisis de Indirectos de obra
del Expediente Técnico de la dependencia para
solicitar recursos económicos.
Las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas
Generales de Construcción de la contratante y las
Especificaciones particulares del proyecto; incluyen
normas de calidad internacionales de los materiales
como IMCIC, ASTM, ACI, AWS, etc., fichas técnicas
del fabricante, y establecen el tipo de pruebas,
intensidad, frecuencia y número de pruebas; y las
tolerancias para su aceptación.
NORMAS SCT
Seguimiento al
Control Calidad 26División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES
Y TRANSPORTES
NORMATIVA PARA
LA INFRAESTRUCTURA DEL
TRANSPORTE
EDICIÓN 2007
MENÚ
DR
El Instituto Mexicano del Transporte IMT organiza su temática para Carreteras, ´Ferrocarriles,
Puertos, Aeropuertos, y Edificaciones en 12 libros identificados en claves que integran Normas,
Manuales y Prácticas Recomendables.
NORMAS SCT
Seguimiento al
Control Calidad 27División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
PRESUPUESTO BASE Y LICITACIÓN
Seguimiento al
Control Calidad 28División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría NavarroDR
Debe asegurarse de incluir por personal del área de
Proyectos en los INDIRECTOS del PRESUPUESTOS
BASE del Expediente Técnico el costo de los trabajos a
desarrollar por un laboratorio de control de calidad
CERTIFICADO; estando esto pactado en el modelo de
contrato
En las Bases de Licitación se entrega Tabla de Pruebas
Mínimas a realizar CONFORME A LAS NORMAS para
conocimiento, evaluación e inclusión del contratista en el
análisis de Indirectos de obra de su propuesta de
LICITACIÓN.
La convocante debe realizar el acopio, archivo, consulta
y actualizaciones vigentes de las Normas Oficiales
Mexicanas PARA REGULAR EL MERCADO NACIONAL,
así como las fichas técnicas del fabricantes de
materiales y avances tecnológicos en la maquinaria;
debiendo REFLEJARLAS PERIÓDICAMENTE en las
Normas y Especificaciones Generales de Construcción
de la contratante
DICTÁMEN DE COMPROBACIÓN
Seguimiento al
Control Calidad 29
El Águila Ingenieros Consultores
División CapacitaciónDR
El resultado de las comprobaciones SE HARÁ CONSTAR EN UN DICTAMEN
que será firmado por quien haya hecho la comprobación, así como por el
contratista y el representante de la dependencia o entidad respectiva, si
hubieren intervenido. La falta de firma del contratista NO INVALIDARÁ
DICHO DICTAMEN.
Artículo 76 LOPSRM 2009. - La Contraloría podrá verificar la calidad de
los trabajos a través de los laboratorios, instituciones educativas y de
investigación o con las personas que determine, en los términos que
establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y que podrán
ser aquellos con los que cuente la dependencia o entidad de que se trate.
Seguimiento al
Control Calidad 30
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación DR
CONTROL DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad 31
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación
Artículo 86 RLOPSR.- Las funciones
de la supervisión serán las que a
continuación se señalan:
II. Integrar y mantener al corriente
el archivo derivado de la
realización de los trabajos, el
que contendrá, entre otros:
g. Reportes de laboratorio y
resultado de las pruebas, y
DR
VERIFICACIÓN TABLA PRUEBAS MÍNIMAS
Seguimiento al
Control Calidad 32División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
De acuerdo al art. 21 LOPSRM y 38-II
LFMyN antes de licitar, las áreas de
proyectos convocante deben elaborar la
Tabla de Pruebas Mínimas para el control
de calidad por LABORATORIOS
CERTIFICADOS según volúmenes de
Catálogo de conceptos;
Personal de Supervisión debe verificar que en
las BASES DE LICITACIÓN se incluya por
personal del área de Proyectos tanto
levantamientos topográficos, planos y
generadores del Expediente Técnico para
CONFIRMAR que los volúmenes están dentro
de la realidad; revisando la INTENSIDAD DE
MUESTREO N.O.M., para materiales
establecidos tanto por ONNCCE, como en los
procesos con la Normativa Federal (SCT, CNA,
CFE, etc.).
Seguimiento al
Control Calidad 33
El Águila Ingenieros Consultores
División Capacitación DR
INTERPRETACIÓN DE REPORTESLa autoridad facultada en el contrato para ACEPTAR o RECHAZAR tanto la calidad de los
materiales como del proceso constructivo de los trabajos es el Residente de Obra, quien al
realizar la ya sea con SUPERVISORES E INSPECTORES de gasto corriente en la dependencia
o mediante EMPRESAS DE SUPERVISIÓN EXTERNA, DEBE VIGILAR el cumplimiento del
proyecto autorizado para construcción.
El Laboratorio de Control de Calidad TOMA LAS MUESTRAS, TRANSPORTA, ENSAYA Y
REPORTA los resultados, referenciándolos a los requisitos de norma correspondiente; estos
aspectos deben ser vigilados por el Superintendente, Residente de obra y la Supervisión, a
fin de que cumplan lo establecido en las Normas y Especificaciones Generales y Particulares de
Construcción.
El Superintendente del constructor DEBE VERIFICAR LA CALIDAD DE LO QUE COMPRO a los
distribuidores al llegar los materiales a la obra a través de los reportes de laboratorio.
El Resiente de Obra debe tomar la ÚLTIMA PALABRA para REVISAR e INTERPRETAR con base
en las Normas y Especificaciones; a fin de aceptar o rechazar antes de su utilización los
materiales suministrados por el contratista constructor y en su caso mostrar evidencia de
cumplimiento en los trámites de pago de estimaciones.
Seguimiento al
Control Calidad34
División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
Normas Generales y
Especificaciones Particulares de
Construcción35
RESOLUCIÓN JUDICIAL
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
ARTÍCULO 55 LFMYN.- En las controversias de carácter civil, mercantil o
administrativo, CUANDO NO SE ESPECIFIQUEN las características de los
bienes o servicios, las autoridades judiciales o administrativas competentes
en sus resoluciones deberán tomar como referencia las normas oficiales
mexicanas y en su defecto las normas mexicanas.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la ley de la materia, los bienes o servicios
que adquieran, arrienden o contraten las dependencias y entidades de la
administración pública federal, deben cumplir con las normas oficiales
mexicanas y, en su caso, con las normas mexicanas, y a falta de éstas, con
las internacionales.
Para la evaluación de la conformidad con dichas normas se estará a lo
dispuesto en el Título Cuarto.
Cuando las dependencias y entidades establezcan requisitos a los
proveedores para comprobar su confiabilidad o sus procedimientos de
aseguramiento de calidad en la producción de bienes o servicios, dichos
requisitos se deberán basar en las normas expedidas conforme a esta Ley, y
publicarse con anticipación a fin de que los proveedores estén en
condiciones de conocerlos y cumplirlos.
VERIFICACIÓN DEL LABORATORIO
Seguimiento al
Control Calidad 36División CapacitaciónI.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
Una vez firmado el contrato, el Residente de Supervisión, debe verificar que el laboratorio que
proponga el contratista, esté CERTIFICADO en la CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS Y LOS
LABORATORISTAS por la dependencia responsable según la Ley Federal de Metrología y
Normalización en la entidad federativa PARA LAS ÁREAS POR TRABAJAR en el contrato; como
son terracerías, concreto Hidráulico, asfaltos, etc.
37Entidad Mexicana de Acreditación
La ACREDITACIÓN es el acto que da la seguridad y avala que los
LABORATORIOS (calibración, ensayo y /o clínicos) UNIDADES DE
VERIFICACIÓN (organismos de inspección) y ORGANISMOS DE
CERTIFICACIÓN ejecuten las regulaciones, normas o estándares
correspondientes con precisión para que comprueben, verifiquen o
certifiquen los productos y servicios que consume la sociedad.
Las entidades de acreditación, como Entidad Mexicana de Acreditación,
A.C., son los órganos que garantizan que los Organismos de Evaluación de
la Conformidad SON CONFIABLES Y TÉCNICAMENTE COMPETENTES.
38Entidad Mexicana de Acreditación
La Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios, ILAC (por sus siglas
en inglés), es el máximo organismo internacional de cooperación para laboratorios y
unidades de verificación (organismos de inspección) acreditados. Está integrado
por más de 70 países y organismos regionales.
En el 2005 la EMA firmó el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MRA) con ILAC para
LABORATORIOS DE ENSAYO Y LABORATORIOS DE CALIBRACIÓN. Al día de hoy,
ILAC tiene Acuerdos de Reconocimiento Mutuo con más de 60 Organismos de
Acreditación de todo el mundo.
http://www.ilac.org/
Los principales objetivos de ILAC son:
- Promover la aceptación de certificados de conformidad emitidos por organismos
acreditados por sus miembros.
- Influir en el desarrollo de procesos y prácticas de acreditación de laboratorios y
unidades de verificación (organismos de inspección)
VERIFICACIÓN
DEL
LABORATORIO
Seguimiento al
Control Calidad39División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
VERIFICACIÓN
ESTATAL DEL
LABORATORIO
Seguimiento al
Control Calidad40
División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
AUTORIZACIÓN DE DESCARGA
Seguimiento al
Control Calidad 41División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
¡Condicionar la utilización de los diferentes
materiales a usar en obra, a que acrediten que
se pueden usar presentando los estudios de
calidad de los mismos realizados por el
Laboratorio, según intensidad de muestreo y
tolerancias N.O.M., al descargarlos, antes
de utilizarlos¡.
REPORTE DE ESTUDIOS DE CALIDAD
Seguimiento al
Control Calidad 42División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
A fin de evitar riesgos, la supervisión
de la contratante deberá vigilar como
GARANTÍA DE CALIDAD a través del
laboratorio de la contratante, que el
contratista cumpla con la intensidad,
frecuencia y número de pruebas que
establecen las N.O.M. y Las Normas
Generales de Construcción de la
dependencia.
DR
El contratista que adquirió los materiales
debe verificar en los reportes del
laboratorio contratado por él, los resultado
de los ensayes de calidad de materiales
como gravas, arenas, tepetate, tabique,
piedra, cumplen parámetros físicos para que
puedan ser utilizados en el avance de la
obra a su cargo.
SUPERVISIÓN EN LA EVOLUCIÓN
Seguimiento al
Control Calidad43
División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
Por lo que se hace necesario consultar las
Normas y Especificaciones de construcción
vigentes para dar seguimiento a la EVOLUCIÓN a
diferentes edades en el caso del concreto
hidráulico; y PERMITIR al contratista constructor
el uso de los materiales en los trabajos.
Durante la etapa de ejecución de la obra,
personal de la Supervisión de la contratante,
debe vigilar recabando evidencia que el
contratista cumpla tipo de pruebas, intensidad,
frecuencia, número de pruebas, y las tolerancias
establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas y
de las Especificaciones Generales y particulares
del proyecto.
DICTAMEN TÉCNICO DE INCUMPLIMIENTO.
Seguimiento al
Control Calidad44
División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría NavarroDR
Preventivamente el Residente de
Supervisión, como consecuencia del
seguimiento al control de calidad, debe
entre otros asentar en bitácora que los
estudios de calidad del material a usar no
cumplen en propiedades físicas; por lo
tanto, se debe retirar de la obra los
materiales en estas condiciones;
Otro aspecto a considerar en el
seguimiento es que los especímenes
muestreados de un elemento EVOLUCIONA
LENTO; ó que a los 28 días de edad no
cumple la resistencia, y deberá dictaminar
lo que procede hacer; en su caso entre
SUSPENDER LOS TRABAJOS por causas
imputables al contratista ó continuar bajo
su cuenta y riesgo de que puede tener que
demoler lo que tenga dudosa en calidad.
INSPECCIÓN DE PRUEBAS EN CAMPO
Seguimiento al
Control Calidad 45División Capacitación
I.C. Felipe Echeverría Navarro
DR
Se debe asentar en bitácora de la licencia de construcción y
llevar un CONTROL Y SEGUIMIENTO, de la calidad y
propiedades físicas del material propuesto para un relleno, del
número de capas y humedades; así como en la recepción,
identificación, revisión y archivo de los reportes de ensayes
generados a materiales; y de las fechas de colado y evolución
del concreto hidráulico en edades y resistencias a la
compresión en elementos estructurales como cimentaciones,
muros de concreto, trabes y losas en entrepiso, y losas de
azotea, pavimentos, etc.
Una vez iniciado el plazo de ejecución, y teniendo estudios
de calidad aceptables de los materiales suministrados; el
Residente de Supervisión y el Perito Responsable de obra,
deben VERIFICAR del AVANCE en campo que personal del
laboratorio del contratista, realice la toma de muestras,
manejo, almacenamiento de muestras, ensayes y reportes
como lo indican las NOM recabando evidencias.
INSPECCIÓN EN TOMA DE MUESTRAS
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DR
La norma establece equipo a usar, como medirlo, como llenar en capas los cilindros,
cuanto tiempo para desmoldarlo, transporte y curado en laboratorio.
El Residente de Obra o el Superintendente de Supervisión
deberán conocer y supervisar en termino de las Normas de
Calidad, la toma de muestras en los materiales y procesos a
fabricar en la obra.
Una de las toma de muestras es el REVENIMIENTO del
concreto fresco; establecido en la normas NMX--C156-
1997-ONNCCE y de la NMX-C-157 al 163 .
INSPECCIÓN EN ENSAYES
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DR
El informe del laboratorio DEBE REPORTAR los resultados de las
mediciones y la REFERENCIA DE LA NORMA Oficial Mexicana
N.O.M. o la Norma Mexicana N.M.X. que debe cumplir.
El Residente de Obra o el Superintendente de Supervisión deberán conocer y
supervisar en termino de las Normas de Calidad, la realización de los ensayes a los
especímenes de la toma de muestras en los materiales y procesos.
Una de las toma de muestras es el CABECEO Y ENSAYE A LA
COMPRESIÓN del concreto endurecido; establecido en la normas
NMX-C-109-ONNCCE-2004 y de la NMX-C-083-ONNCCE-2002.
INTERPRETACIÓN DE ENSAYES
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DR
El Residente de Obra o el Superintendente de Supervisión deberán conocer y
supervisar en termino de las Normas de Calidad N.M.X. o SCT, la ubicación,
elemento constructivo, los parámetros y rangos de tolerancias que debe cumplir los
especímenes ensayados.
La lectura e interpretación de los datos registrados en las LECTURAS de los equipos
con basculas y prensas, los cuales debe estar calibrados según su intensidad de uso
en el año.
AUTORIZACIÓN O RECHAZO
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DR
La facultad de aceptar o rechazar el lote muestreado en termino de las NMX o las
Especificaciones Generales de Construcción, es del RESIDENTE DE OBRA y/o del
SUPERINTENDENTE DE SUPERVISIÓN contratado por la convocante.
VERIFICACIÓN DE TERRACERÍASSe deben acreditar los procesos realizados con los materiales
suministrados como TEPETATE, SUB BASE Ó BASE con la toma de
muestras y ensaye del Laboratorio acreditado para el control de calidad,
según el tipo de obra, según intensidad de muestreo y tolerancias en
Normas Generales de Construcción.
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VERIFICACIÓN DE MORTEROSSe deben acreditar con la toma de muestras y ensayes del Laboratorio
acreditado para el control de calidad, al mortero hidráulico realizado con
los materiales suministrados arena, agua y cemento para juntas de
mampostería según el tipo de obra, según intensidad de muestreo y
tolerancias en Normas Generales de Construcción.
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División Capacitación
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DR
CONCRETO HIDRÁULICOSe debe acreditar con la toma de muestras y ensaye del
Laboratorio acreditado, la mezcla de grava, arena, agua y
cemento hidráulico según el tipo de obra, con intensidad de
muestreo y tolerancia en Normas Generales de Construcción.
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Control Calidad 52División Capacitación
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DR
CONCRETO ASFÁLTICO
Se deben acreditar los procesos realizados con los materiales
suministrados (grava, finos, arena, emulsión, mezcla asfáltica,
temperatura, control de espesores, etc.) con la toma de muestras y
ensaye del Laboratorio acreditado para el control de calidad, según el
tipo de obra, según intensidad de muestreo y tolerancias en Normas
Generales de Construcción.
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DR
CUMPLIMIENTO TABLA PRUEBAS MÍNIMAS
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Control Calidad
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DR
En caso de obra adicional y
extraordinaria, se debe verificar
por personal de la Supervisión
los volúmenes reales del
Catálogo de conceptos;
ACTUALIZAR la Tabla de Pruebas
Mínimas para el control de
calidad;
Se debe revisar mediante
Reporte Mensuales de
Cumplimiento la INTENSIDAD DE
MUESTREO N.O.M- ONNCCE ó
normativo SCT, CNA, CFE, etc.
indicado en la Tabla de Pruebas
Mínimas.
PAGO DE ESTIMACIONES
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Control Calidad55
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DR
Esto es fundamental en la revisión de auditoria
para fiscalizar el ejercicio de los recursos
públicos, verificando el finiquito.
Tal como lo establece la normatividad, el Residente de Supervisión ANTES DE
APROBAR para pago una estimación, DEBE ACREDITAR CON EVIDENCIAS que
PROCEDE EL PAGO, soportando con generadores, fotografías y reportes de
control de calidad, que deben acompañar a los volúmenes registrados en la
estimación.
DOCUMENTOS DURANTE la
SUPERVISIÓN DE OBRA 56
DOCUMENTOS ESTIMACIONES
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Artículo 101 RLOPSRM 2007.-El pago de las estimaciones no se
considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que la
dependencia o entidad tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes
o MAL EJECUTADOS y, en su caso, del pago en exceso que se haya
efectuado.
Artículo 102 RLOPSRM 2007.-Los documentos que DEBERÁN
ACOMPAÑARSE a cada ESTIMACIÓN serán determinados por cada
dependencia o entidad, atendiendo a las características, complejidad y
magnitud de los trabajos, los cuales serán, ENTRE OTROS, los siguientes:
DR
I.-Números generadores;
II.-NOTAS DE BITÁCORA;
III.-Croquis;
IV.-Controles de calidad, PRUEBAS DE LABORATORIO y fotografías;
V.-Análisis, cálculo e integración de los importes correspondientes a cada
estimación, y
VI.- Avances de obra, tratándose de contratos a precio alzado.
ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE PRUEBAS
MÍNIMAS
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El Águila Ingenieros Constructores
DR
Si como consecuencia del seguimiento al control de calidad de la
Supervisión, el constructor tiene que ejecutar VOLÚMENES ADICIONALES
O EXTRAORDINARIOS a los contratados.
La Tabla de Pruebas Mínimas DESDE LA LICITACIÓN
SE DEBE ACTUALIZAR a la nueva cantidad de reportes
que debe ensayar y acreditar el laboratorio de control
de calidad aprobado en el que deben acreditarse
según las Normas Técnicas vigentes y aplicables.
Recordando a las contratantes que esto es un costo
adicional a pagar al contratista.
PRUEBAS DESTRUCTIVAS.
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NMX -C-169- ONNCCE-
obtención y prueba de corazones
y vigas extraídos de concreto
DR
Antes de la recepción de la obra, de que SE CUMPLIERON
A SATISFACCIÓN en la etapa de ejecución de los trabajos,
las hipótesis de los calculistas y la intensidad de muestreo
establecido en las Normas Generales de Construcción y
Especificaciones Particulares del Proyecto
Si como consecuencia del seguimiento al control de
calidad de la Supervisión, se puede requerir acreditar
mediante pruebas de carga, extracción de corazones u
otros aspectos, para verificar y dejar EVIDENCIA EN
TESTIMONIOS ADICIONALES.