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Silvana García Beltrán - La Concesion de Las Carceles en El Perú

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  • La concesin de las crceles en el Per Un enfoque correcto?: Una propuesta que

    cuestiona el sistema penitenciario en el pas

    NDICE

    PresenTAcin deL TemAI. Introduccin.II. Experiencias internacionales.III. El contrato.IV. Conclusiones.

    REsumEN EjECutIvo

    La obsolescencia de la infraestructura carcelaria en nuestro pas ha llevado a que se origine una sobrepoblacin penitenciaria, con todas las complicaciones conse-cuentes, como son: hacinamiento, violencia, violaciones de derechos humanos, malas condiciones de trabajo para el personal penitenciario, etc.Como propuesta para solucionar este problema, se baraja la posibilidad de que las instituciones penitenciarias en nuestro pas sean concesionadas para su operacin a actores privados, como ya se hace en otras latitudes. En esa lnea, el presente artculo hace un anlisis de la experiencia comparada, mostrando los resultados alcanzados en los pases vecinos de Chile y Brasil, as como tambin del estado de California (Estados Unidos), en la concesin de sus crceles, como parte de la respuesta de estos Estados a los problemas de sus sistemas penitenciarios.Finalmente, se hace un anlisis de la propuesta peruana para la concesin de las crceles, las par-ticularidades de la concesin y los posibles beneficios para nuestro sistema penitenciario, as como tambin se hacen algunas recomendaciones para su mejora.

    i. inTrOdUccin

    En la primera parte del artculo, presenta-mos los aspectos generales de la idea de conce-sionar centros penitenciarios en el Per, definiti-vamente una alternativa interesante a los graves problemas que est enfrentando el Gobierno Saliente y que va a heredar el Gobierno Entrante en Julio de este ao.

    Con esta pieza se analiza la propuesta pre-sentada, la cual puede ser revisada desde la pgi-na de ProInversin, se espera que, este enfoque, realmente contribuya a mejorar la alarmante situacin a la que todos nos encontramos ex-puestos, como es el incremento de los ndices de inseguridad ciudadana.

    ii. eXPerienciAs inTernAciOnALes:

    2.1 La experiencia chilena:En Chile la normativa vigente radica en el Estado la facultad indelegable de restrin-gir ciertos derechos de las personas, para lo cual ste debe actuar a travs de los or-ganismos pblicos competentes en la ma-teria. En el caso del sistema penitenciario, su administracin corresponde a la Gen-darmera de Chile, organismo dependiente del Ministerio de Justicia. A partir del mar-co jurdico que la regula, la Gendarmera ha desarrollado un sistema de gestin pblica dirigido, fundamentalmente, a cumplir con sus obligaciones legales en materia peni-

    tenciaria y a ejercer las facultades que para estos efectos se le han conferido. Sin em-bargo, la Ley de Concesiones de Obras P-blicas ha permitido introducir importantes modificaciones en la gestin penitenciaria. En efecto, el Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria impulsado por el Ministerio de Justicia se materializa, en lo sustantivo, en la instalacin de crceles con-cesionadas. En estos recintos la administra-cin de los servicios concesionados se regula a travs de varios instrumentos jurdicos que configuran el marco normativo de la conce-sin(1), los cuales no afectan la legislacin penitenciaria general, pero permiten incor-porar nuevas formas de administracin ms propias del sector privado, con el objeto de dar cumplimiento a obligaciones que, hasta hace poco, eran exclusivas de Gendarmera de Chile.Las crceles concesionadas surgen, enton-ces, como parte de la respuesta del Estado a los problemas del sistema penitenciario en Chile. Un diagnstico -bastante com-partido- considera que entre 1985 y 2005 el crecimiento de la poblacin privada de libertad alcanz a 232%, segn cifras de Gendarmera de Chile(2). Esto, unido a una infraestructura carcelaria obsoleta, ha lle-vado a que uno de los problemas cen-trales sea la sobrepoblacin penitenciaria, con todas sus complicaciones consecuen-tes, entre ellas: hacinamiento, violencia,

    -----(*) Administradora egresada de la Universidad Nacional Pedro

    Ruiz Gallo, cuenta con un segundo ttulo profesional en Administracin Pblica y obtuvo el grado de Maestra en Ciencias Econmicas con mencin en Administracin de Negocios en la Universidad Nacional de Trujillo, donde actualmente estudia el Doctorado con mencin en Plani-ficacin y Gestin.Tiene especializaciones en Recursos Humanos, Marketing y Finanzas y ha participado en el curso de Gestin Pblica para el sector Justicia dictado por convenio por el Proyecto de Mejoramiento del Sector Justicia y la Universidad del Pacfico, el curso de Recursos Humanos dictado por la Universidad del Litoral (Argentina) y patrocinado por la OEA; as como el VII Programa de Gobernabilidad y Gerencia Poltica dictado por la Pontificia Universidad Catlica del Per y la Universidad George Washington.Trabaja en la administracin pblica desde hace doce aos. Asimismo, ha laborado como docente en importantes instituciones educativas de la regin.

    (**) La primera parte del presente artculo se public en la edicin de abril de 2011.

    Silvana Garca Beltrn(*)

  • violaciones de derechos humanos, malas condiciones de trabajo para el personal pe-nitenciario, etc.Ms an, la poltica criminal se ha desen-vuelto, en los ltimos aos, en la lnea del endurecimiento en la aplicacin de la res-triccin de libertad, en lugar de avanzar hacia la racionalizacin de su aplicacin. Un ejemplo de ello es el acuerdo entre la oposi-cin y el gobierno que permiti aprobar, en 2007, la ley conocida como Agenda Corta Antidelincuencia, cuyas normas restringen el acceso a la libertad provisional y la sus-pensin condicional del procedimiento a imputados por determinados delitos. Poco antes de aprobarse esta ley, un estudio de la Defensora Penal Pblica haba sealado que su vigencia incrementara an ms la poblacin de los recintos penitenciarios, ya sobrepasados en su capacidad(3).En este contexto, la construccin de nue-vos recintos aparece como una posibilidad de enfrentar problemas como la sobre-poblacin carcelaria. Para ello, el sistema de crceles concesionadas mantiene en Gendarmera de Chile la administracin general de los recintos en que se cumplen las penas privativas de libertad, pero al mismo tiempo permite la participacin de la empresa privada en algunos aspectos de la operacin de dichos establecimientos penitenciarios. De esta forma, las crceles concesionadas han pasado a constituir uno de los ejes -quizs el principal- de la polti-ca pblica del sector justicia y ocupan un lugar relevante en la Agenda de Justicia 2006-2010.Desde el punto de vista de poltica pblica, las crceles concesionadas han sido cons-truidas bajo el Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria del Ministerio de Obras Pblicas, cuyas principales caracte-rsticas se consignan en el prrafo siguiente. El plazo de la concesin es de veinte aos, periodo durante el cual el Fisco de Chile paga a la concesionaria un monto fijo por la infra-estructura, cuya propiedad pasa al Estado al trmino del plazo, y un monto variable por la prestacin de servicios de lavandera, alimen-tacin, reinsercin, etc.El Programa de Concesiones en Infraes-tructura Penitenciaria se ejecuta a travs de dos etapas: La primera, cuyo objeto es la construccin de los recintos, y la segunda, dirigida a la explotacin de la concesin, entendiendo por tal la pres-tacin de los servicios concesionados. Como contrapartida, las concesionarias cobran una subvencin estatal diaria por interno. Asimismo, los adjudicatarios realizan la explotacin de la concesin a travs de empresas concesionarias y empresas operadoras. Las primeras son las adjudicatarias propiamente tales de los contratos y, en general, se trata de consorcios empresariales integrados por empresas de diversos rubros (aseo, cons-truccin, alimentacin, etc.). Las segun-das son aquellas que, por encargo de las primeras, entregan las prestaciones con-cesionadas. Las empresas concesionarias,

    entonces, actan a travs de empresas operadoras. As por ejemplo, la Concesio-naria BAS S.A. lo hace a travs de SIGES Chile S.A.Los establecimientos penitenciarios con-cesionados han comenzado a operar por grupos. El Grupo 1-constituido por los recintos de Alto Hospicio, La Serena y Rancagua- fue adjudicado a la Concesio-naria BAS S.A. e inici su funcionamiento en el ao 2006; el Grupo 3 -formado por los establecimientos Santiago 1, Valdivia y Puerto Montt- fue adjudicado a la Sociedad Concesionaria Infraestructura Penitenciaria Grupo Tres S.A. y comenz sus operaciones durante 2007(4).La puesta en marcha de las crceles con-cesionadas ha requerido un proceso de aprendizaje que no ha estado exento de dificultades, tanto desde el punto de vista de los organismos pblicos involucrados (Ministerio de Obras Pblicas y Ministerio de Justicia, este ltimo principalmente a travs de Gendarmera de Chile), como desde las empresas concesionarias. Probablemente, los problemas ms difun-didos ante la opinin pblica tienen rela-cin con los incumplimientos, por parte de las concesionarias, respecto de los pla-zos y de la calidad de construccin de los recintos, lo que ha acarreado millonarias prdidas para el Estado, a causa de contra-tos que no cautelaban correctamente el inters fiscal.Sin embargo, existen muchos otros as-pectos que son materia de los contratos de concesin que, por no presentar pro-blemas notorios, no han sido objeto de la misma publicidad. En lo referido a esos as-pectos, relacionados todos con la segunda etapa de prestacin de los servicios con-cesionados, no se conocen evaluaciones independientes que se pronuncien sobre la calidad de los mismos. Sin perjuicio de ello, un punto de partida para abordar el tema son los informes de las propias concesionarias, a travs de los cuales dan cuenta del cumplimiento del contrato de concesin penitenciaria.

    2.1.1 La operacionalizacin de la conce-sin:En sus informes, las empresas concesiona-rias sealan que el proceso de explotacin de la concesin ha comprendido no solo el aprendizaje, sino tambin la adaptacin a una nueva realidad cultural y formas de trabajo (Sociedad Concesionaria BAS S.A, 2007:3). Especialmente, se hace nfasis en el hecho de que, en el sistema de crceles concesionadas confluyen distintas formas de gestin: las propias del mundo privado y aqullas que corresponden al sector p-blico, en una relacin en la que se busca el mutuo potenciamiento.Las empresas operadoras rinden informes peridicos de sus actividades, en los cua-les dan cuenta de sus responsabilidades contractuales, a travs de reportes sobre los programas de trabajo e indicadores de gestin de los servicios bsicos y peniten-

    ciarios (indicadores de desempeo y de cumplimiento). Estos indicadores tienen por objeto operacionalizar las obligacio-nes establecidas en los contratos, para su adecuado cumplimiento por parte de la concesionaria y la correspondiente fiscali-zacin por parte de Gendarmera de Chile y el Ministerio de Obras Pblicas (MOP), este ltimo a travs de la Inspeccin Fiscal de Explotacin (IFE).De acuerdo a este diseo, en el sistema in-tervienen tres actores: GENCHI (a travs de la Unidad de Concesiones), el MOP (a travs de la Inspeccin Fiscal de Explotacin) y la sociedad concesionaria (a travs de la em-presa operadora). Para efectos de control, la Inspeccin Fiscal cuenta con equipos de profesionales que actan en terreno y a nivel central, adems de consultores en materias tcnicas. La Inspeccin Fiscal ha promovido la formacin de Instancias Coordinadoras en los establecimientos concesionados, en las cuales estos acto-res pueden establecer procedimientos y acuerdos operacionales que aseguren la calidad en el servicio.Tomando como ejemplo las crceles del Grupo 1 y del Grupo 3, en funcionamien-to desde 2006 y 2007, respectivamente, los operadores reportan el desarrollo de las prestaciones concesionadas a travs de siete programas y ocho subprogramas temticos:

    1) mantencin de infraestructura, equi-pamiento estndar y de seguridad (programacin anual):Este servicio se realiza de acuerdo al plan de mantencin aprobado por la Inspeccin Fiscal de Explotacin e in-cluye tanto reparaciones como adapta-ciones necesarias para permitir la nor-mal operacin de los establecimientos penitenciarios. Atendiendo que los recintos son nuevos, hasta ahora los reportes sealan obras que, en buena medida, tienen carcter preventivo, es decir, apuntan a mantener la infra-estructura en buenas condiciones. En relacin al equipamiento de seguridad, los informes dan cuenta de muy buenos resultados, lo que se habra traducido en un nivel mnimo de intervencin.

    2) servicio de Alimentacin:Este servicio contempla la participa-cin de internos contratados por la Concesionaria como manipuladores de alimentos, los cuales colaboran en todas las etapas del proceso pro-ductivo. Para el buen desempeo de su labor, se les capacita en higiene y manipulacin de alimentos, formacin general para el trabajo, conceptos de calidad bsica y prevencin de riesgos, entre otras materias.

    3) servicio de Lavandera:Para efectos de su higienizacin, la ropa se divide en personal, fiscal y de cama, establecindose cuotas que pueden

  • ser requeridas semanalmente y anual-mente, tratndose de cubrecamas y frazadas. De acuerdo a los informes, se tratara de cantidades pequeas de ropa, cuando no exiguas.

    4) economato:Mediante este servicio se ofrece a los internos una amplia variedad de pro-ductos, entre los cuales destaca la venta de tabaco (40%), seguido de abarrotes (14%) y gaseosas (14%). Respecto de este servicio, no existen indicadores de medicin definidos en las Bases de Lici-tacin, por lo que su cumplimiento se evala en funcin de la disponibilidad de productos ofrecidos, frecuencia, co-bertura de atencin y cumplimiento de los procedimientos de aprobacin de precios y listado de productos. Es decir, no se cuenta con criterios establecidos para determinar cul es el estndar m-nimo de satisfaccin.

    5) servicio de Aseo y control de Plagas:Para mantener los recintos en adecua-das condiciones sanitarias, se contempla su limpieza diaria pero en forma parcial, toda vez que sta no incluye las celdas, cuyo aseo y sanitizacin se efecta men-sualmente. El servicio tambin com-prende retiro diario de residuos slidos y tratamiento de residuos sanitarios de conformidad a la normativa prescrita por el Ministerio de Salud.

    6) servicio de salud:El objetivo de este servicio es entre-gar atencin mdica integral con un nivel de resolucin primaria, as como tambin atencin de nivel secundario y terciario en coordinacin con otros establecimientos penitenciarios o del sistema pblico de salud (Sociedad Concesionaria BAS S.A, 2007:7). Para estos efectos, las prestaciones han abarcado la realizacin de exmenes para la confeccin de fichas de ingreso, constatacin de lesiones y consulta de morbilidad.

    7) servicio de reinsercin social:Este ltimo, cuenta con un Jefe de Servicio y tres jefaturas de rea (Psico-social, Capacitacin y Laboral, y Edu-cacional). El equipo de profesionales est compuesto, en su mayora, por psiclogos, asistentes sociales y pro-fesores, pero tambin est integrado por terapeutas ocupacionales, moni-tores en deportes y recreacin, entre otros. El Programa est dividido en ocho subprogramas, el primero de los cuales slo se desarrolla cuando hay poblacin penal que lo amerite.

    7.1 subprograma Atencin a Lactantes hijos de internas:Se ejecuta en los recintos que cuentan con poblacin femenina, con hijos en edad de ser usuarios del mismo.

    7.2 subprograma para la atencin de in-ternos en el rea social:Su objetivo es proporcionar al interno apoyo social a travs de instrumentos que faciliten su egreso, as como su reinsercin social y comunitaria. Para ello se efectan diagnsticos socia-les a la poblacin penal condenada, incluyendo visitas domiciliarias. En el caso de los imputados, la atencin es de menor intensidad y consiste en un diagnstico bsico, centrado en una evaluacin psicolgica y social general. Adicionalmente, se realizan informes sociales para los procesos de libertad condicional, beneficios in-trapenitenciarios y visitas especiales, segn lo requerido por Gendarmera de Chile, e informes socioeconmicos solicitados por el Poder Judicial.

    7.3 subprograma de atencin psicolgi-ca para internos:Pone nfasis en tres tipos de acciones:a) Elaboracin de diagnsticos psi-

    co-criminolgicos.b) Informes psicolgicos para el pro-

    ceso de libertad condicional y otras peticiones del rea Tcnica.

    c) Talleres de intervencin psicol-gica con la poblacin ya diagnos-ticada, conforme al Modelo de Competencias Pro-sociales, talle-res de desarrollo de habilidades pro-sociales, psicoterapia grupal y desarrollo personal.

    7.4 subprograma de atencin a internos que presentan adiccin al consumo de alcohol y drogas:Funciona de conformidad con el Mo-delo de Intervencin elaborado por Comisin Nacional de Control de Estu-pefaciente (CONACE), para los estable-cimientos penitenciarios de Chile.

    7.5 subprograma de deporte, recrea-cin, Arte y cultura:Concentra sus actividades en la realiza-cin de eventos deportivos, recreativos, artsticos y culturales, los cuales son consi-derados como prestaciones del Subpro-grama. Sin embargo, los reportes no dan cuenta de qu se entiende por evento ni de la cantidad de participantes, ni de los objetivos especficos de estos eventos en relacin al objetivo general de reinsercin social. Lo que s sealan, pero en trminos genricos, es la naturaleza del evento; no obstante, como estos eventos no estn definidos, se considera como tal: un taller de monitores deportivos, un foro artstico o una competencia deportiva, en circuns-tancias que se trata de actividades que pueden tener un impacto muy diverso desde la perspectiva de la reinsercin.

    7.6 subprograma de educacin:En el caso del Grupo 1, ste se ejecuta a travs de la Corporacin de Rehabilita-

    cin Social (CORESOL), sostenedor edu-cacional especializado con experiencia en diversos centros penitenciarios. Los cursos impartidos se orientan y funda-mentan en la reforma sobre educacin de adultos, implementada por el Ministe-rio de Educacin durante 2007.

    7.7 subprograma de capacitacin laboral:Este subprograma se orienta a desa-rrollar en los internos conocimientos y destrezas tcnicas en oficios, capaci-dades de gestin, conductas y hbitos laborales que potencien o favorezcan su insercin laboral como trabajador dependiente o independiente.

    7.8 subprograma laboral:El objetivo de este Subprograma con-siste en que los internos beneficiarios trabajen regularmente al interior del establecimiento, en puestos de traba-jo ofrecidos por el concesionario o por terceras empresas, o ya sea como mi-croempresarios, trabajadores indepen-dientes o artesanos. La concesionaria ha privilegiado la modalidad de traba-jadores dependientes, especialmente bajo su dependencia, con la creacin de puestos de trabajo en diferentes cargos: manipuladores de alimentos (sin em-bargo, entre los problemas reportados por la misma concesionaria se men-ciona la alta rotacin de los internos que han trabajado en esta rea, lo que supone nuevos problemas planteados por la necesidad de reclutar nuevos trabajadores), auxiliares de aseo, man-tencin y jardinera, etc. Es decir, para la Concesionaria existe en esta alternativa una fuente de mano de obra, respecto de la cual se consigna el cumplimiento de una serie de obligaciones laborales, entre ellas la existencia de contrato laboral (supuestamente contrato de trabajo escriturado, en los trminos que lo define el Cdigo del Trabajo), sus fondos previsionales se depositan en una Administradora de Fondos de Pen-siones (AFP), se les descuenta la suma correspondiente a seguro de salud en el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y, adems, se les abre una libreta de aho-rro en la cual se deposita mensualmente el 15% de su sueldo para la generacin de un fondo para su egreso(5).Finalmente, en funcin de los antece-dentes descritos, resulta importante precisar cules son los compromisos que se desprenden para cada una de las partes que intervienen en esta rela-cin contractual.

    a. La perspectiva de las concesiona-rias: avances y desafos:Entre los principales avances que refie-ren las concesionarias al trmino del se-gundo ao de funcionamiento (diciem-bre de 2007), destacan los siguientes: Consolidacin de los equipos profe-sionales.

  • Mejorasenlacoordinacinconlosdis-tintos actores de la red social pblica y la Direccin de Desarrollo Comunitario (DI-DECO) de las municipalidades cercanas.Avancesen lacoordinacinentre losoperadores y Gendarmera, durante el segundo semestre de 2007.Modernizacindelagestinpeniten-ciaria.Mejoramiento de las condiciones deseguridad de los recintos. Mayor integracin de Gendarmeracon la comunidad local.Mejoramientoenlacalidaddevidadelos internos. Mejoramiento en la calidad de vidadel personal de Gendarmera.Asimismo,entrelasprincipalescaren-cias o desafos, las empresas operado-ras mencionan:Necesidaddeperfeccionar la coordi-nacin entre el operador y Gendarme-ra de Chile en, al menos, dos mbitos: Para hacerms eficiente y oportunala prestacin de los servicios. Como ejemplo se sealan diversos mbitos, entre ellos el de las atenciones psicol-gicas, educacionales (necesidad de au-torizacin de horarios para desarrollar cursos vespertinos), el de supervisin y control que compete a la autoridad penitenciaria (por ejemplo, evitar inte-rrumpir la realizacin de talleres, por las consecuencias que ello ocasiona: disminucin de la concentracin de los internos, surgimiento de actitudes de-fensivas; asimismo evitar la suspensin de talleres por la superposicin con ac-tividades organizadas por Gendarme-ra, etc.), comunicacin (necesidad de contar con informacin que impacta en el Programa de Reinsercin Social, como fechas de ingresos y egresos, cambios de mdulos, traslados, etc.). Para respetar los trminos contrac-tuales, en lo que se refiere a intereses de la concesionaria. Esta situacin se ha dado en casos en que internos ocupan talleres laborales para el de-sarrollo de trabajos independientes, con autorizacin de Gendarmera y al margen del Subprograma Laboral de la concesionaria. Importancia de que Gendarmerasustituya el modelo de atencin social asistencialista por uno de competen-cias pro-sociales, que pretenda hacer responsable al sujeto de atencin.Lograrmayoresestndaresenlascon-diciones de seguridad del personal de la Concesionaria durante la prestacin de los servicios.ProfundizarlaadaptacindelaConce-sionaria al trabajo penitenciario, en un contexto de seguridad.

    Finalmente, en sus informes las conce-sionarias han referido que el sistema concesionado ha previsto, para sus primeros aos de funcionamiento, un aumento progresivo en el nivel de sa-

    tisfaccin de las prestaciones otorga-das por los concesionarios. Al respecto, mencionan que durante el segundo ao de operaciones, las exigencias contractuales aumentaron significati-vamente respecto de las establecidas para el primer ao, especialmente aquellas relacionadas con el Programa de Reinsercin Social (Sociedad Con-cesionaria BAS S.A, 2007:8). De con-formidad con la misma fuente, en los Subprogramas de Educacin, Atencin Social, Atencin Psicolgica y Control de Adicciones este aumento de exigen-cias sera de 20%, en el subprograma Laboral de 50% y en el de Capacitacin Laboral de 100%.

    b. elementos para el debateLa opcin por incorporar el sistema de crceles concesionadas a la dinmica penitenciaria nacional ha sido presen-tada en funcin de las ventajas que traera para enfrentar los graves pro-blemas de sobrepoblacin, optimizar la seguridad de los recintos y mejorar los programas de intervencin, espe-cialmente aquellos dirigidos a la reinte-gracin. Sin embargo, algunos estudios han identificado aspectos que suscitan controversia:

    El costo de la inversin diaria porrecluso:Se ha sealado que el costo diario por interno en el sistema concesionado alcanzara a US$ 35 diarios (Dammert y Daz, 2005), en tanto que otros indi-can que sera de US$ 25 diarios (Hoffer, 2008). De acuerdo al primero de estos clculos, el gasto sera muy superior al presupuesto destinado en el sistema pblico, el cual oscilara entre US$ 10 y US $11,6.(6)Al respecto, las cifras entregadas por Gendarmera de Chile sobre el costo diario por recluso en crceles concesio-nadas varan, en mayor o menor medi-da, dependiendo del establecimiento penitenciario de que se trate.Los contratos de concesin se encuen-tran pactados en Unidades de Fomen-to (UF), unidad de cuenta reajustable, cuyo valor es determinado por el Banco Central de Chile. En este caso, Gendarmera de Chile ha considerado para efectuar su clculo un valor de $ 21.000 por cada UF, correspondiente a la primera quincena de marzo de 2009. Para transformar en dlares de Estados Unidos se ha calculado a $ 600 (pesos chilenos), segn el tipo de cambio de-nominado dlar observado, vigente durante la primera quincena de marzo de 2009.Desde la perspectiva de la Unidad de Concesiones de Gendarmera, la com-paracin entre lo que se paga diaria-mente por un recluso en el sistema concesionado y en el sistema pblico, debera hacerse a la luz de, al menos,

    las siguientes consideraciones: Calidad del servicio: Sin perjuicio deque el Estado pague mayor cantidad de dinero por interno/da en el sistema concesionado, est pagando por un mejor servicio para el recluso, lo que implica no slo mejor infraestructura, sino en general mejores programas de atencin.Cantidaddepagos:Lasconcesionariasestn sujetas a una serie de pagos que no existen de la misma forma en el sis-tema pblico, entre ellos aqullos que corresponden a seguros, boletas de garanta, asesoras y planes de contin-gencia. NaturalezadelosgastosparaelEsta-do: El costo para el Estado por interno/da est constituido por gastos directos e indirectos (slo estos ltimos se pa-gan a la concesionaria), cuyo monto vara dependiendo -entre otros facto-res- del establecimiento de que se trate y de la cantidad de reclusos registrada en el perodo respectivo.

    c. disminucin del hacinamiento:Segn el Informe de Derechos Hu-manos 2008 de la Universidad Diego Portales, los recintos Santiago Uno y Alto Hospicio constituyen ejemplos de hacinamiento en las nuevas crce-les (UDP, 2008: 83), an cuando no se especifica el monto al cual ascendera dicha sobrepoblacin. El MOP, por su parte, seal que, al 31 de diciembre de 2007, el porcentaje de ocupacin de Santiago 1 alcanzaba a 109,81%, en tanto que en Valdivia era de 72,44% y en Puerto Montt llegaba a 58,63% (Ministerio de Obras Pblicas, Coor-dinacin de Concesiones, 2008:4). Sin embargo, en enero del 2009, se dio a conocer la multa que el Ministerio de Justicia debi pagar al concesionario de la crcel Santiago Uno por la so-brepoblacin que se produjo en ese penal, en el ltimo semestre del 2008. El contrato de concesiones estableci que por cada da que se sobrepase el lmite (Santiago Uno se construy para albergar un mximo de 3.081 internos y el contrato permite una sobrepobla-cin de 20%), el Estado deber pagar 100 UTM a la empresa concesionaria. En 93 oportunidades se sobrepas la capacidad durante el 2008, debiendo el fisco cancelar la suma de 353 millones de pesos.

    d. Garanta del derecho a la vida:La entrada en funcionamiento de las crceles concesionadas, estuvo vincula-da al crecimiento de la cifra de suicidios producidos en crceles. As, el nmero de suicidios del ao 2006 alcanz la cifra de 19 casos, frente a los 14, de los aos anteriores. Esta cifra se increment a 25, el ao 2007. Este aumento coincide con la entrada en funcionamiento del Establecimiento Penal Concesionado

  • (ECP) de Rancagua, el ao 2006, y del EPC Santiago 1, donde se produjeron 8 suicidios en el 2007 (Escobar, 2008: 39). Una de las hiptesis que se contempla para entender las razones del aumento de suicidios en los Establecimientos Penales Concesionados, es que en estos recintos se modifican los sis-temas de interaccin, tanto formales como informales, perdiendo su capa-cidad contenedora para los miembros de esa comunidad, donde la coercin del sistema formal y el desarme de los modos de organizacin social, como las carretas, que cumplan una fun-cin protectora de los internos, hace que pierdan sentido las estrategias de adaptacin clsicas (2008: 51).

    e. calidad de vida (habitabilidad, ali-mentacin, violencia, violaciones de derechos humanos, visitas):Parte importante de la informacin disponible tiene carcter genrico y proviene de reportajes periodsticos, segn los cuales uno de los aspectos que presentara complicaciones sera el alimenticio. En particular, el Infor-me Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2008 de la Universidad Diego Portales (UDP, 2008: 96), refiere que en algunos centros licitados se habra de-tectado una disminucin de la calidad de los alimentos.

    f. Programas de intervencin y rein-sercin:Tampoco en esta materia se conocen evaluaciones independientes que sea-len si mejora la calidad de la educacin, las posibilidades de trabajo intrapeni-tenciario, la empleabilidad, o si aumen-tan las posibilidades de reintegracin. Una opinin calificada respecto de los puntos anteriores es la del Relator so-bre los Derechos de las Personas Pri-vadas de Libertad en las Amricas, Flo-rentn Melndez, quien visit Chile en agosto de 2008. La Relatora de la CIDH observ que los centros de detencin concesionados ofrecen condiciones ms dignas para los reclusos y sus fami-lias, as como para el personal que all trabaja. Tambin dijo que, en los cen-tros concesionados que formaron par-te de la visita (Rancagua y Valdivia) no se observ hacinamiento, se registran niveles adecuados de alimentacin e higiene, seguridad interior, adecuada separacin de categoras de internos, prevencin de la violencia interna, servicios penitenciarios que incluyen atencin mdica y teraputica, activi-dades ocupacionales, deportes, talleres y capacitacin laboral, entre otros.

    g. incumplimientos contractuales:Las dificultades ms conocidas por el pblico tienen relacin con el incum-plimiento, por parte de sociedades concesionarias, de obligaciones de

    construccin de recintos penitencia-rios dentro de los plazos establecidos en los contratos y con calidad en la edificacin.

    h. Proteccin del patrimonio fiscal:Por parte del Estado, se ha sealado problemas en sus obligaciones de pro-teccin del erario pblico, a travs de contratos rigurosos y de control de la ejecucin de las obras, especialmente en la etapa de construccin de los es-tablecimientos comprometidos. Ello, como se sabe, ha redundado en el re-traso en la entrada de funciones del conjunto de crceles comprometidas.

    i. Transparencia en la informacin:Aunque han existido avances impor-tantes en este sentido, ineludible es re-conocer que tradicionalmente la infor-macin penitenciaria ha sido escasa e incompleta, por lo cual preocupa que la administracin de la informacin en el sistema de concesiones herede dichas caractersticas. De hecho, en las pgi-nas web de Gendarmera de Chile y del Ministerio de Justicia no existe informa-cin sobre la gestin y resultados obte-nidos por las crceles concesionadas que se encuentran en funcionamiento.

    j. necesidad de evaluaciones inde-pendientes:Relacionado con lo anterior, una forma de transparentar la informacin sera no solo permitir, sino estimular la reali-zacin de evaluaciones y estudios com-parados que permitan documentar las supuestas ventajas que representara el sistema concesionado. Al respecto, cabe sealar que los informes del ao 2007 muestran detalladamente las ac-ciones desarrolladas por el operador SIGES en materia de mantencin de la infraestructura carcelaria, capacitacin, estado de salud y alimentacin de los internos. De igual forma, sus conclu-siones refieren niveles de avances y de cumplimiento que, en trminos generales se ajustan a los requeri-mientos contractuales. No obstante, es necesario profundizar en la evaluacin de resultados e impacto de distintos aspectos relativos a la interaccin p-blico - privada y, principalmente, a los programas de reinsercin social intra y post carcelarios.Finalmente, corresponde agregar que la introduccin de los privados en la administracin del sistema penitencia-rio nos plantea una serie de interrogan-tes que deben ser respondidas por las autoridades responsables de llevar a cabo las polticas en este mbito. As, resulta necesario verificar si se trata de la medida ms eficiente para enfrentar los problemas del sistema penitenciario asociados a la sobrepoblacin penal y a la escasez de probabilidades de reinser-cin social a mediano y largo plazo.

    2.2. La experiencia Brasilera:

    El sistema penitenciario brasileo ocupa:

    cuadro n 01________________________________________________________ Total de establecimientos 855________________________________________________________ Crceles pblicas 459________________________________________________________ Casas de albergue 32________________________________________________________ Centros de observacin 5________________________________________________________ Colonias agrcolas e industriales 16________________________________________________________ Hospitales de custodia 24________________________________________________________ Penitenciaras 31________________________________________________________

    Fuente: Una sntesis de la conferencia del Dr. Federico Perry Vidal en el World Security Congress 2002.

    Las plazas en el sistema son:

    cuadro n 02________________________________________________________ Total de plazas 125,851________________________________________________________ Plazas para hombres 120,612________________________________________________________ Plazas para mujeres 5,239 ________________________________________________________ Poblacin carcelaria actual 153,128________________________________________________________ Hombres 147,621________________________________________________________ Mujeres 5,507________________________________________________________ Penitenciaras 31________________________________________________________

    Poblacin carcelaria en deleg. Policiales o estatales 69,898________________________________________________________ Hombres 65,239________________________________________________________ Mujeres 4.659________________________________________________________ Total general de prisioneros 223,026________________________________________________________ Hombres 212,860________________________________________________________ Mujeres 10,166________________________________________________________

    Fuente: Una sntesis de la conferencia del Dr. Federico Perry Vidal en el World Security Congress 2002.

    2.2.1 Los sistemas penitenciarios: La privacin de la libertad, temporaria o definitiva, representa probablemente el mayor castigo para un ser humano. No de-bera ser agravada por las condiciones pre-carias que el sistema de prisiones brinda para su cumplimiento.

    ObligacindetrabajarSegn la Ley de Ejecuciones Penales bra-silea todos los presos deben trabajar, lo que no es una opcin sino una obligacin. El ocio permanente en un ambiente de promiscuidad, que rene a los presos primarios con cortas condenas con crimi-nales condenados a largos aos de reclu-sin, en un ambiente limitado y frecuente deshumanizado, como sabemos genera consecuencias imprevisibles y muchas veces irreparables. La formacin escolar y profesional, la ocupacin til a travs del trabajo y de su remuneracin, la actua-lizacin cultural a travs de los medios hoy fcilmente disponibles, y la prcti-ca de deportes, general resultados que NO son atenuantes de la privacin de la libertad, pero permiten el equilibrio psi-colgico y la manutencin de la dignidad

  • inherentes a la naturaleza humana. Estas actividades son, por lo tanto, elementos indispensables en la rehabilitacin de las personas para su reintegracin social. Ya en el Siglo XVIII Jean Jacques Rousseau consideraba necesario abrir escuelas y cerrar prisiones.En cuanto a la ocupacin fsica y profe-sional de los reclusos, el Estado puede y debe aceptar trabajar junto con quie-nes pueden colaborar en la tarea, como las empresas de Seguridad Privada es-pecializadas en esto y en las industrias dispuestas a instalar oficinas y lneas de montaje de sus productos en las propias penitenciaras. Tambin se debe pensar en el servicio prestado por voluntarios de distintas confesiones religiosas, clubes de servicio, clubes deportivos, etc. Esto en Brasil ya es una realidad, aunque una realidad reciente cuyos resultados efectivos debern ser estudiados a media-no y largo plazo. Mientras tanto, ya es po-sible analizar la capacidad de recuperacin humana que se produce.

    2.2.2 el dr. Tavares: El Dr. Jos Tavares, iniciador de la participa-cin privada en la administracin de presi-dios, buscando la rehabilitacin social por el trabajo, dice: si hoy recuperamos hasta la basura, cmo no hacerlo con los seres humanos? Secretario de Justicia del Gobierno del Estado de Paran en Brasil, visit pre-sidios en otros pases para conocer de modo directo los ejemplos de unidades penitenciarias con administracin parti-cipada entre el Estado y las empresas de seguridad Privada, en las que los reclu-sos tienen responsabilidades de trabajo productivo y rentable, adems de otras ocupaciones relacionadas con la manu-tencin del propio presidio.

    LaexperienciadeGuarapuavaEstimulado por la observacin directa, el Dr. Tavares desarroll la primera experien-cia en el estado de Paran, a partir de una crcel construida con ese objetivo espec-fico en la ciudad de Guarapuava, llamada Penitenciaria Industrial de Guarapuava y que tiene un rea de 7,177m2, con capaci-dad para 240 detenidos. Celebr contrato con una industria de muebles digna de confianza, Azulbrs, que instal en esa crcel una unidad de produccin con 1,500 m2 de superficie, en la que son instruidos y trabajan 140 reclusos. Estos reclusos reciben un salario mnimo mensual, y por cada tres das de trabajo se benefician con una reduccin de un da en la pena a la que fueran condenados por la Justicia. Las empresas de seguridad Privada Pires Servios de Segurana y Metropolitana Servios de Segurana formaron la empre-sa Humanitas, especficamente dedicada a los servicios administrativos y de seguri-dad interna en presidios.

    LaorganizacinLa Secretara de Justicia nombra al Director y Subdirector del presidio. La Polica Militar del Estado de Paran es responsable por la seguridad externa del presidio. Humanitas promovi la previa formacin profesional especfica para 150 Agentes de Disciplina Penitenciaria a travs de un curso diseado especialmente en el CFAPP. Todos los candidatos seleccionados y que aprobaron el exigente curso entra-ron en funciones al ser inaugurada la Pe-nitenciara Industrial de Guarapuava, en noviembre de 1999. Humanitas es responsable por todas las actividades de la penitenciara: seguri-dad interna, asistencia social, mdica, psicolgica y jurdica. Los reclusos que no trabajan en la unidad constructora de muebles tienen ocupacin en la cocina, la panificadora, la lavandera y la limpieza de las celdas. La Penitenciara Industrial de Guarapuava es hoy un ejemplo de calidad en el trabajo conjunto entre los sectores Pblico y Privado. Y aunque losreales beneficiarios son los prisioneros, la sociedad tambin se beneficia por la real recuperacin que se logra con el trabajoy con el ejemplo.

    LosresultadospositivosOtras dos crceles, similares en estructu-ra y objetivos con la Penitenciara Indus-trial de Guarapuava, sern inauguradas prximamente. Y adems de esto, el Es-tado brasileo de Paran es un ejemplo de calidad en el respeto al condenado a penas de prisin en su sistema carcelario. En la Penitenciara Central del Estado, 10% de los internos concluyeron la en-seanza media. En los presidios estatales fueron realizados, en 1998, 58 cursos pro-fesionales, de los que se beneficiaron 784 presos de un total de 4,400. De este total el 72,1% trabaja, y son remunerados con un salario o con la venta de los productos que fabrican. Con estas iniciativas, ya pueden verse los resultados positivos: Laerradicacindelaociosidadperniciosa.Elfindelatensinpersonalenlarelacinentre prisioneros y de estos con los respon-sables del presidio. Lacreacinymanutencindehbitossa-ludables de convivencia, que predisponen para la vida en sociedad.Lareduccindepenas,pormritosreales.Lareduccindelgastopblicoenelsiste-ma penitenciario. Ladefinicindeunanuevaactividadcon-creta para las empresas de Seguridad Pri-vada en Brasil, respetuosas de la calidad de los contactos que establecen. Laaceptacinpblica,conconfianza,delos que egresan del sistema penitenciario.

    2.3 La experiencia estadounidense - el caso california:Ser necesaria algo ms que una gigan-tesca venta de enseres hogareos para equilibrar el presupuesto de California. Sin

    embargo, en cierto sentido, el Gobernador Arnold Schwarzenegger fue afortunado al haber heredado un sistema con mucho es-pacio para implementar mejoras.Al borde de ser puesto a cargo de un sndi-co federal, el costoso e ineficiente sistema carcelario de California es un ejemplo que viene al caso tratar. Texas alberga aproxi-madamente el mismo nmero de prisio-neros que California, pero el contribuyente de California paga casi el doble por recluso: cerca de $30.000 por ao, ms que el costo de una decente educacin universitaria.Si las penitenciaras de California fuesen inusitadamente efectivas, el alto costo podra ser aceptable. Pero con 300.000 prisioneros hacinados en un sistema di-seado para tan slo 170.000, es un de-safo simplemente el alojar a los prisio-neros, para no hablar de proveerlos con eficaces programas de rehabilitacin. Schwarzenegger expres que la reforma carcelaria era una prioridad. De serlo, de-bera privatizar las prisiones tanto para reducir los costos como para mejorar los esfuerzos de rehabilitacin.Ms de dos dcadas de experiencia con prisiones privadas en los Estados Unidos, Gran Bretaa, Australia y en otras partes atestiguan el hecho de que las crceles privadas pueden ser construidas y opera-das a un costo ms bajo que las prisiones pblicas.Ahorros en los costos de entre el 15 y el 25 por ciento en la construccin y de en-tre el 10 y el 15 por ciento en la adminis-tracin son algo frecuente. Estos ahorros en los costos son modestos pero signifi-cativos en un sistema estatal de $5,7 mil millones que contina volvindose ms costoso cada ao.Las prisiones privadas no solamente tienen costos ms bajos que las prisiones pbli-cas: introducir la competencia tambin alienta a las prisiones pblicas a innovar y a disminuir los costos.Los estados con una mayor proporcin de prisioneros en crceles privadas tienen costos menores respecto del alojamiento de los prisioneros pblicos. Para expresar-lo de una manera ms elocuente, desde 1999 a 2001, los estados desprovistos de prisiones privadas vieron incrementarse los costos por prisionero en un 18,9 por ciento, pero en los estados en los cuales las prisiones pblicas competan con las prisiones privadas, los aumentos en los costos fueron mucho ms bajos, solamen-te un 8,1 por ciento.La mala prensa con respecto a las prisio-nes privadas ha sido siempre la de que los ahorros en los costos seran a expensas de la calidad. En California hoy da esto difcil-mente supere la prueba de la risa en la me-dida que el juez federal Thelton Henderson considera colocar al sistema de California bajo una sindicatura debido a sus nume-rosos problemas, incluida la proteccin de funcionarios penitenciarios corruptos y la ausencia de una adecuada investigacin del abuso a los prisioneros.

  • Concienzudos estudios del Instituto Nacio-nal de la Justicia del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y de otros, indican que de ser algo, las crceles pri-vadas son de una calidad ms alta que las pblicas.De hecho, a pesar de que la privatizacin de las prisiones en los Estados Unidos ha estado motivada por los ahorros en los costos, en Gran Bretaa la motivacin gua fue una calidad ms alta y crceles ms humanas.Despus de analizar el tema, el director general de los Servicios Penitenciarios de Su Majestad concluy que las crceles privadas son las ms progresistas del pas en controlar el abuso, en el cuidado de la salud, y en la prevencin de los suicidios.Por cierto que ningn sistema est libre de defectos, pero los contratos con las prisio-nes privadas pueden ser cancelados. Cun a menudo son cerradas las prisiones guber-namentales por desbordes en los costos o por el abuso de los prisioneros? De manera similar, si la rehabilitacin puede funcio-nar, es probable que funcione mejor en un sistema en el cual las prisiones pueden ser responsabilizadas por su desempeo.Las burocracias pblicas son tpicamente menos eficientes que las firmas privadas, pero en California al problema de los pobres incentivos se le agrega el del po-der poltico de la California Correctional Peace Officers Association (CCPOA son sus siglas en ingls). La CCPOA ha sido por mucho tiempo uno de los sindicatos ms poderosos del estado y ha utilizado su poder para incrementar los salarios de los guardias penitenciarios. Con el ex Gobernador Gray Davis, por ejemplo, los salarios para los guardias de las prisio-nes se incrementaron dramticamente y se encuentran en la actualidad entre los ms elevados de la nacin.Los guardias han visto tambin elevarse sus salarios de maneras menos obvias. Una bonificacin en concepto de apti-tud fsica estaba inicialmente restringida a aquellos guardias que pudiesen pasar un examen de buena salud. Sin embargo, con el paso del tiempo, los requisitos para acceder a esa bonificacin fueron mori-gerados hasta el punto que en la actuali-dad prcticamente todo guardia recibe el beneficio, que promedia los $1.550, por simplemente concurrir una vez al ao al consultorio del mdico.Una agradecida CCPOA recicl millones de dlares de estos salarios ms altos bajo la forma de fondos para la campaa de Davis y de otros simpatizantes.Los guardias han ejercido tambin su po-der de formas ms maosas. Apoyando fuertemente a los grupos por los derechos de las vctimas - los que hicieron campaa en favor de la ley que dispone la condena a cadena perpetua a quienes cometen tres delitos menores consecutivos, de senten-cias ms largas, y de menos oportunidades para la rehabilitacin y la libertad condi-cional - el sindicato de los guardias ha as-

    tutamente incrementado la demanda por sus servicios. Uno a veces se pregunta si las prisiones no son ms a menudo construi-das para albergar a los guardias que a los prisioneros. Schwarzenegger debera alentar la cons-truccin de varias prisiones privadas as como tambin privatizar a algunas de las pblicas. Las prisiones privadas reduci-rn costos, no solamente en sus propias instalaciones, sino tambin en las de las prisiones pblicas: Presionadas por una genuina competencia, las prisiones p-blicas se vern obligadas a ser ms efi-cientes o se arriesgarn a perder el apoyo estadual. Al mismo tiempo que los costos son reducidos, la privatizacin de las pri-siones sentar las bases para un sistema poltico ms abierto en el cual un simple grupo de intereses especiales no pueda dominar las que deberan ser cuestiones de polticas pblicas.

    iii. eL cOnTrATO

    3.1 naturaleza Jurdica:La Naturaleza Jurdica materia del contrato es que se otorga en concesin para el di-seo, financiacin, Construccin, Equipa-miento, Operacin y Mantenimiento del Establecimiento Penitenciario en la Regin Lima para 1536 internos dentro del proceso de promocin de la inversin Privada den-tro del cual est inmerso el pas. Este proce-so no supone la transferencia en propiedad del terreno donde se construir el nuevo EP, es decir es un contrato tipo DBFO.Por el Contrato, el CONCEDENTE otorga en Concesin al CONCESIONARIO el derecho al aprovechamiento econmico de los Bie-nes Afectos a la Concesin durante el plazo de vigencia de la misma. Asimismo, el CON-CESIONARIO se hace responsable por el diseo, financiamiento, construccin, equi-pamiento, operacin y mantenimiento del EP para que este lo destine a la reclusin, en las condiciones que fijan las Leyes y Disposiciones Aplicables de mil quinientos treinta y seis (1536) Internos, en el terreno que le entrega el CONCEDENTE.El EP a construir formar parte del Sistema Nacional Penitenciario y se encontrar su-jeto a la legislacin vigente en materia pe-nitenciaria.En virtud a ello en la Etapa de la Operacin el CONCESIONARIO deber administrar, prestar seguridad, atender el Tratamiento Penitenciario y dems Servicios Peniten-ciarios y actividades vinculados con el Contrato, respecto a mil quinientos treinta y seis (1536) Internos y, adems, mantener el EP en perfectas condiciones de funciona-miento durante el plazo de vigencia de la Concesin.Las principales actividades o prestaciones de la Concesin, que asume el CONCE-SIONARIO y que constituyen los derechos y obligaciones materia del Contrato, son cuando menos las siguientes: a) Elaborar el Proyecto Bsico de Diseo

    y el Expediente Tcnico correspon-

    diente para la construccin del EP y someterlo a aprobacin del CONCE-DENTE y Autoridades Gubernamenta-les Competentes.

    b) Obtener el financiamiento necesario para el cumplimiento de las obligacio-nes previstas en el Contrato.

    c) Obtener los informes que se requieran para determinar la sostenibilidad am-biental, arqueolgica y en general para obtener toda autorizacin guberna-mental que sea requerida para la cons-truccin y/o operacin del EP.

    d) Construir la Obrae) Equipar el Establecimiento Penitenciario.f ) Contratar al Personal Penitenciario para

    el manejo del EP, g) Operar, administrar, brindar la seguri-

    dad y mantenimiento del EP conforme a lo previsto en el contrato y las normas aplicables.

    h) Constitucin, construccin, operacin y administracin en la Factora en la que se desarrollen los negocios que el CONCESIONARIO se obliga a instalar en el EP, as como realizar las actividades para generar la capacitacin tcnica de los Internos y la actividad laboral de los mismos en las condiciones establecidas en el Contrato.

    i) Ejecutar el Tratamiento Penitenciario de los Internos para su reinsercin so-cial, mediante la aplicacin de las Leyes y Disposiciones Aplicables y en cumpli-miento de lo dispuesto en el Contrato.

    j) Ejecutar todas las acciones de seguri-dad necesarias para mantener el orden y la disciplina dentro del EP, conside-rando que el Rgimen Penitenciario es cerrado ordinario para Internos que se encuentran en la etapa de mnima se-guridad.

    k) Dar cumplimiento a las sentencias y/o resoluciones emitidas por el Poder Ju-dicial que ordenan la reclusin de inter-nos, debiendo mantenerlos en custo-dia hasta que la autoridad competente decida lo contrario.

    l) Asegurar que los Internos sern tra-tados acorde a su dignidad humana y que se va a promover su desarrollopersonal para fomentar su correcta reinsercin social.

    m) No adoptar acciones disciplinarias que atenten contra la dignidad de los Inter-nos ni pretendan modificar los plazos de reclusin.

    n) Desarrollar programas de tratamiento penitenciario que tengan por lo menos tres (3) componentes esenciales:

    i) Tratamiento psicolgico o psiquitrico segn necesidades, que incluya tanto consultas privadas como tratamientos grupales.

    ii) Tratamiento social mediante asistentes sociales debidamente adiestrados en terapias sociales, familiares y promo-cin de valores ticos y morales.

    iii) Tratamiento mediante la capacitacin y el desarrollo laboral mediante el traba-jo dentro del EP.

  • o) Mantener el orden y la disciplina dentro del EP.

    p) Mantener un ambiente saludable, que provea de los servicios bsicos a los In-ternos.

    q) Contar con los programas, procedi-mientos y actividades programadas para cada da de los Internos, prepa-rando a los mismos para su reinsercin social.

    r) Ejecutar las acciones necesarias para determinar la salud de los Internos yque estos sean atendidos conforme a sus necesidades y ejecutar las me-didas de prevencin que se estime necesarias.

    s) Efectuar la correcta clasificacin de los Internos dentro del EP

    t) Todas las dems actividades y respon-sabilidades establecidas en las Bases, el Contrato y las normas de ejecucin penal aplicables.

    Como puede notarse, las obligaciones del Concesionario van ms all de la mera construccin y puesta en marcha del Es-tablecimiento Penitenciario, tambin se toma en cuenta el bienestar del infractor, y no solo fsico sino psicolgico, preparndo-lo para la rehabilitacin y su posterior rein-sercin a la sociedad lo cual suele dejarse de lado.

    3.2 constataciones a la Fecha de cierre:El CONCESIONARIO debe, a la Fecha de Cie-rre, haber cumplido con lo siguiente:a) Entregar el testimonio de la escritura

    pblica de constitucin social y es-tatuto del CONCESIONARIO, con la constancia de inscripcin registral, con el objeto de acreditar: (i) que es una nueva persona jurdica vlidamente constituida de acuerdo a las Leyes y Disposiciones Aplicables; y (ii) que cuenta con los mismos socios, accionis-tas, participacionistas o integrantes y en las mismas proporciones que stos mantenan como miembros del Adjudi-catario. La exigencia a que se refiere el acpite (ii) no ser de aplicacin cuan-do el CONCESIONARIO sea una sola persona jurdica, en cuyo caso, ste ni-camente deber contar, como mnimo, con la Participacin Mnima dentro del CONCESIONARIO.

    b) Acreditar un capital social mnimo de S/.1810,000.00 (Un milln ochocien-tos diez mil y 00/100 Nuevos Soles), el cual deber estar totalmente suscrito y pagado en efectivo a la Fecha de Cie-rre. Posteriormente a la Fecha de Cie-rre Financiero deber acreditar como mnimo un incremento del capital so-cial equivalente al quince por ciento (15%) del presupuesto aprobado del Expediente Tcnico, el cual deber ser suscrito y pagado, de conformidad con las previsiones de Ley General de Socie-dades, sin perjuicio al finalizar el mes 12 contado desde el inicio de obras, el CONCESIONARIO deber haber paga-

    do el ntegro del incremento del capital antes sealado.

    c) Acreditacin de la inscripcin en la ofi-cina registral correspondiente de los poderes del representante legal del CONCESIONARIO que suscribir el Con-trato en su nombre y representacin.

    d) Entregar copia legalizada notarialmen-te de los documentos donde conste que sus rganos Internos competentes han aprobado el Contrato.

    e) Entregar copia legalizada notarialmen-te de los asientos del libro de matrcula de acciones o documento equivalente, en donde conste la conformacin del accionariado o de las participaciones del CONCESIONARIO.

    f ) Presentar la propuesta de plizas de seguro, el listado de compaas que cubrirn las mismas y el cronograma de contratacin de acuerdo a lo dispuesto en el Captulo XI.

    g) El estatuto referido en el Literal a) pre-cedente debe contener como mnimo las siguientes disposiciones:i. Una restriccin a la libre transferencia, disposicin o gravamen de las accio-nes o participaciones que represen-ten el porcentaje correspondiente a la Participacin Mnima del(los) Socio(s) Estratgico(s) (veinticinco por ciento (25%)), a favor de terceros hasta que culmine el plazo mnimo de cinco (5) aos contados desde la Fecha de Cie-rre. A partir del sexto ao contado des-de la Fecha de Cierre, el(los) Socio(s) Estratgico(s) podr(n) transferir, dis-poner o gravar dichas acciones o par-ticipaciones a favor de un nuevo socio estratgico, previa aprobacin del CONCEDENTE. Este nuevo socio estra-tgico deber cumplir con los mismos requisitos tcnicos que se establecie-ron para el Socio Estratgico y con los cuales fue calificado segn lo dispuesto en las Bases. La restriccin antes indicada no inclu-ye la transferencia de la Participacin Mnima del(los) Socio(s) Estratgico(s) a una empresa del mismo Grupo Eco-nmico, en la medida que el control efectivo de ambas sea ejercido por la misma Empresa Matriz, contando con autorizacin previa y por escrito del CONCEDENTE y siempre que el nuevo socio estratgico cumpla con los mis-mos requisitos tcnicos establecidos para el Socio Estratgico inicial.ii. Cualquier modificacin al estatuto social que implique un cambio en el rgimen de mayoras, de las clases de acciones y de las proporciones que los accionistas o participacionistas deben mantener entre s, de sus rganos de administracin, as como cualquier pro-ceso de aumento de capital, reduccin de capital, fusin, escisin, transfor-macin o liquidacin del CONCESIO-NARIO, desde la Fecha de Cierre hasta que venza el quinto ao contado des-de la misma, deber ser aprobado por

    los accionistas o participacionistas del CONCESIONARIO que en conjunto re-presenten, cuando menos, dos tercios (2/3) de su capital social, tanto en pri-mera como en segunda convocatoria.El CONCESIONARIO deber presentar ante el CONCEDENTE, el proyecto de acuerdo de junta general en la cual se aprobara cualquiera de los procesos anteriormente mencionados. Dicho proyecto de acuerdo podr ser autori-zado por el CONCEDENTE en el plazo total de treinta (30) Das. Si el CONCE-DENTE no se pronunciase en el plazo establecido, dicho proyecto de acuerdo se entender denegado, sin perjuicio que se pueda reiterar el pedido.A partir del sexto ao contado desde la Fecha de Cierre y durante el plazo de vigencia de la Concesin, el CONCESIO-NARIO deber informar al CONCEDEN-TE sobre los aumentos y reducciones de capital social, cada vez que los efecte. En ningn caso las reducciones o au-mentos de capital, podrn afectar el ca-pital mnimo ni la Participacin Mnima, de acuerdo a lo indicado en esta parte.El(los) Socio(s) Estratgico(s) deber(n) oponerse a cualquier mocin que pre-sente un accionista o participacionista del CONCESIONARIO que proponga un aumento del capital social respecto del cual el(los) Socio(s) Estratgico(s) no est(n) en capacidad de ejercer su derecho de suscripcin preferente que le permita, cuando menos, seguir man-teniendo la Participacin Mnima en el CONCESIONARIO.

    3.3 Vigencia de la concesin:El plazo de vigencia de la Concesin es de veinticinco (25) aos contados a par-tir de la Fecha de Cierre, salvo los casos de prrroga o caducidad, conforme a los trminos y condiciones previstos en el presente Contrato.El plazo de vigencia de la Concesin podr ser prorrogado discrecionalmente por el CONCEDENTE, a solicitud del CONCESIO-NARIO. La solicitud deber realizarse me-diante comunicacin por escrito, con una anticipacin no menor de dos (02) aos anteriores al vencimiento del plazo de la Concesin, debiendo el CONCEDENTE definir si se concede la prrroga con una anticipacin no menor de un (01) ao al vencimiento del plazo de la Concesin.Con posterioridad a la primera prrroga, la Concesin podr ser prorrogada discrecio-nalmente por el CONCEDENTE, a solicitud del CONCESIONARIO mediante comuni-cacin por escrito con una anticipacin no menor de un (01) ao anterior al ven-cimiento de la primera prrroga, debiendo el CONCEDENTE definir si se concede la prrroga con una anticipacin no menor a seis (06) meses anteriores al vencimiento de la primera.En el caso que el plazo de la Concesin sea prorrogado, las Partes, bajo responsabili-dad, debern fijar las nuevas condiciones

  • que regirn el Contrato de Concesin, bus-cando conservar el equilibrio econmico-financiero durante la vigencia de la pr-rroga. En caso las Partes no llegaran a un acuerdo respecto de las nuevas condicio-nes que regirn el Contrato de Concesin, la prrroga no surtir efectos.En los casos en que por causas no imputa-bles al CONCESIONARIO se ocasionare una demora o atraso en el cumplimiento de las prestaciones establecidas en el Contrato y esta demora ocasionara perjuicio econ-mico y financiero al CONCESIONARIO, ste ltimo podr solicitar la prrroga necesaria del plazo de la Concesin, para que el CON-CESIONARIO pueda resarcirse de dicho perjuicio. El perjuicio en este caso deber encontrarse acreditado y determinado en un informe elaborado por una firma de consultores independientes de reconocido prestigio y experiencia pertinente, selec-cionada y contratada por el CONCESIONA-RIO, con la previa autorizacin del CONCE-DENTE. A tales efectos, el CONCESIONARIO deber remitir al CONCEDENTE la propues-ta de la empresa a ser contratada, para que este ltimo autorice su contratacin, en un plazo no mayor de quince (15) Das Hbiles de recibida la propuesta. Tomando en con-sideracin dicho informe, el CONCEDENTE determinar el plazo y condiciones de la prrroga.En ningn caso, el plazo de la Concesin sumado al plazo de cualquier prrroga o prrrogas de la Concesin podr exceder un plazo mximo de sesenta (60) aos.El plazo de la Concesin se podr suspen-der, a peticin de cualquiera de las Partes, en los siguientes casos:a. Caso Fortuito o Fuerza Mayor.b. Acuerdo por escrito entre las Partes,

    derivado de circunstancias distintas a la referida en el literal anterior.

    c. Los dems casos expresamente previs-tos en el Contrato.

    Como se habr podido apreciar, este nu-meral es bastante estndar, en lo refe-rente a los contratos de concesin que PROINVERSIN ha estado manejando. Esto quiere decir que, bsicamente se mantiene cierto modelo de contrato independien-temente del servicio, claro est que no en todo pero si en trminos de los plazos, el socio estratgico, las prrrogas, entre otros aspectos. Lo que si llama la atencin es el poco capital social que se pide sea cance-lado, para un proyecto cuyo monto de in-versin estimado referencial asciende a S/. 90,395,590.20(7) millones de nuevos soles.

    3.4 clasificacin del interno:Para el inicio de la operacin, el CON-CESIONARIO, con 90 das calendario de anticipacin, deber notificar al INPE para que ste efecte la clasificacin de los internos que deban ingresar al EP. En un plazo de 5 das calendario de su no-tificacin, el INPE dispondr las acciones necesarias para su clasificacin, en cuya ejecucin se deber tener en cuenta el

    expediente personal de los Internos, en la que debern verificar que los Internos renan los siguientes aspectos:a. Los Internos no deber ser reinciden-

    tes y no deben tener la condicin de habituales.

    b. El Interno sentenciado debe tener una sola condena

    c. Los Internos procesados no deber re-gistrar ms de dos condenas condicio-nales previas.

    d. Los Internos no deben provenir de Establecimientos penitenciarios en los que se les haya clasificado bajo elrgimen cerrado especial, ni del rgi-men cerrado ordinario si han sido cla-sificados como desadaptados o muy desadaptados.

    e. Los internos no deben haber tenido re-fundicin de condenas.

    f. Los internos no deben haber sido con-siderados en los establecimientos peni-tenciarios de donde provengan como mediana o difcilmente readaptables.

    g. Los internos deben tener entre 18 y 55 aos.

    h. Los internos no deben haber acumu-lado dos evaluaciones desfavorables consecutivas en el establecimiento penitenciario del cual provengan o haber cometido faltas graves que afecten la seguridad del Estableci-miento Penitenciario.

    i. Los internos no debern provenir de establecimientos transitorios.

    j. Los internos clasificados debern ma-nifestar su voluntad de ser reordenados al EP conforme al formato establecido en el Anexo N 05.

    k. Los internos no deben estar procesados o sentenciados por los delitos a que se refiere el segundo prrafo del artculo 46-B del Cdigo Penal.

    Este es uno de los aspectos que ms in-teresan del contrato, porque no toma en cuenta ya la infraestructura fsica sino al ser humano y las caractersticas que debe guardar el infractor para poder acceder al nuevo establecimiento penitenciario, lo cual a diferencia de otros contratos de con-cesin, toma en cuenta de manera directa el factor humano

    iV. cOncLUsiOnes

    Como se ha podido ver, resulta importan-te comparar nuestro sistema penitenciario con otros, los tres presentados son los que han te-nido un relativo xito, en especial el Chileno, el caso de California presenta deficiencias debido a la fortaleza del sindicato de los guardias en-cargados de los centros penitenciarios. Se han presentado algunos aspectos del contrato de concesin, para la siguiente parte se terminar el anlisis con los aspectos econmicos y con algunas conclusiones y recomendaciones, sin embargo, se ha considerado importante presen-tar lo concerniente a la naturaleza jurdica del contrato, las constataciones a la fecha de cierre, la vigencia de la concesin y la clasificacin del interno.

    NOTAS:

    (1) No existe un contrato nico de concesin, sino cinco instrumentos complementarios que, en el marco de la Ley de Concesiones de Obras Pblicas (Decreto 900 del Ministerio de Obras Pblicas, MOP, 1996) y el Reglamento de Concesiones (Decreto Supremo N 956 del MOP, 1997), determinan las regulaciones especficas aplicables a las empresas concesionarias: 1. Pautas mnimas de diseo y construccin; 2. Bases de licitacin; 3. Oferta; 4. Decreto de adjudicacin; y 5. Reglamento de servicio de obra. Este conjunto de instrumentos permite garantizar un adecuado equilibrio entre el sector pblico y privado en cuanto a los derechos y obligaciones de las partes, incorpo-rando mecanismos de resolucin de controversias, de mediacin, arbitraje y herramientas que facilitan el financiamiento de los proyectos (...). Los contratos de concesin son del tipo B.O.T (Build, Operate and Transfer), o bien DBOT (Design, Build, Operate and Transfer). Ambos sistemas comprometen la partici-pacin del sector privado en el diseo, la construccin y explotacin de la obra pblica, de manera que una vez finalizado el plazo de concesin, el adjudicatario entregue la obra al Estado en condiciones ptimas con el fin de volverla a licitar (Coordinacin de Concesiones de Obras Pblicas del MOP.

    (2) Gendarmera de Chile (2005). Compendio Estads-tico 2005

    (3) De acuerdo a cifras del Ministerio de Justicia, al 31 de marzo de 2009 las seis crceles concesionadas que se encuentra en operaciones albergaban a 10.556 internos (18.8% de la poblacin recluida en Chile, que a la misma fecha alcanzaba en total a 55.957 internos)

    (4) Asimismo, para el ao 2010 se proyectaba la entrada en funciones de otras cuatro crceles, actualmente en diversos grados de construccin, en las ciudades de Concepcin (El Manzano II) y Antofagasta, en tanto que en 2011 estara operativo Santiago II y, por ltimo, an sin fecha, el complejo penitenciario de Talca. De esta forma, se espera que las diez crceles concesionadas alberguen 34% de toda la poblacin privada de libertad.

    (5) Como lecciones aprendidas puede destacarse que el Subprograma Laboral y de Capacitacin es el ms requerido por los internos, por lo que se le considera un soporte fundamental de los procesos de reintegracin.

    (6) Por el lado negativo, y en trminos generales, el Relator tambin indic que en todos los centros de detencin visitados en Chile existe un uso excesivo e innecesario de la fuerza y de los castigos, una prctica sistemtica de malos tratos fsicos por parte del personal de Gendarmera, y el uso de medidas de aislamiento en condiciones infrahu-manas. Asimismo, observ con preocupacin la existencia de una prctica generalizada de registros corporales denigrantes y humillantes a las visitas, particularmente a mujeres y nias, as como la permanencia en centros carcelarios de personas con discapacidad mental, y de ancianos y ancianas de hasta 80 aos de edad. Respecto de la intervencin sobre los reclusos, el Relator seal que ms all de la iniciativa positiva que constituyen los Centros de Estudio y Trabajo (CETs), continan existiendo serias deficiencias y limitaciones en los programas de readaptacin social, incluyendo el limitado por-centaje de la poblacin carcelaria que tiene acceso a los programas de los CETs.

    (7) Este monto comprende costos directos, indirec-tos, gastos generales y utilidad, sin incluir IGV. Esta inversin se refiere tanto a la construccin como al Equipamiento Bsico y de Seguridad del EP, con excepcin del equipamiento de la Factora.