Sistema Financiero Guatemalteco - Investigación Integrada - Finanzas I

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    Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Econmicas rea Profesional Escuela de Auditora Curso: Finanzas I Licenciado Titular: David Isaac Reyes Licenciado Auxiliar: Delorean Khadhaffi Randich Eguizabal

    SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECO

    Saln: 103 Edificio: S 3

    Fecha: Martes 09 de Septiembre de 2015.

    INTEGRANTES DEL GRUPO No. 10 .

    # Carn Nombre Completo 1 199814960 Wendy Elizabeth Mancilla Sosa

    2 200817837 Nusly Azucena Us Pelico (Coordinadora)

    3 201011967 Tomas Estuardo Osorio Quinilla

    4 201012566 Evelyn Elsira Garca

    5 201110641 Sara Azucena Hernndez Sanic

    6 201111089 Jenihfer Paola Jurez Prez

    7 201216007 Silvia Roxana Prez Suruy

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    PGINA

    INTRODUCCIN 3

    A. CONCEPTOS 4

    B. SISTEMA FINANCIERO 7

    i. Sistema Regulado 7

    ii. Sistema No Regulado 15

    iii. Registro de Valores y Mercancas 16

    C. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 19

    i. Conformacin de Junta Monetaria 20

    D. FISCALIZACIN Y VIGILANCIA 22

    i. Fiscalizado por la Supperintendencia de Bancos 22

    ii. Ministerio de Finanzas Pblicas 23

    E. ORGANISMOS INTERNACIONALES 27

    i. Banca Mundial 27

    ii. Fondos Internacionales 30

    iii. Cartas de Crdito 34

    iv. Transferencias Bancarias 35

    CONCLUSIONES 38

    EGRAFA 39

    INDICE

    SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECO

    TEMAS Y SUBTEMAS

  • 3

    INTRODUCCIN

    El objetivo del presente trabajo es proporcionar informacin acerca del sistema

    financiero guatemalteco regulado y no regulado, su participacin en el crecimiento

    econmico nacional, as como tambin conocer su estructura y las diferentes

    instituciones que lo conforman, al hacer una pequea referencia acerca de ellas

    para que se tenga una idea de las operaciones que realiza cada una.

    Bsicamente el Sistema Financiero es el conjunto de instituciones que,

    previamente autorizadas por el Estado, estn encargadas de captar, administrar e

    invertir el dinero tanto de personas naturales como de personas jurdicas

    (nacionales o extranjeras). Hacen parte del Sistema Financiero aquellas entidades

    que se encargan de prestar servicios y facilitar el desarrollo de mltiples

    operaciones financieras y comerciales. De igual manera, el concepto de Sistema

    Financiero abarca el conjunto de normas, instrumentos y regulaciones que recaen

    sobre personas e instituciones que actan en el mercado financiero.

    El sistema financiero guatemalteco se ha fortalecido, en los ltimos aos hemos

    visto varias fusiones de instituciones bancarias as como absorciones de estas, y

    se han especializado en la prestacin de servicios y han sectorizado el mercado

    de sus clientes, esto nos lleva a una mejor prestacin de servicios en todas las

    reas.

    Dentro de la actividad econmica de cualquier pas, la participacin del sistema

    financiero representa un papel importante para su crecimiento econmico.

    Entre los aspectos tericos generales, relacionados con el sistema financiero, se

    coincide en afirmar que su funcin principal es contribuir con el logro de los

    objetivos de estabilizacin y crecimiento econmico de un pas. Al mismo tiempo,

    se le atribuyen ciertas funciones especficas como la creacin, intercambio,

    transferencia y distribucin de activos y pasivos financieros.

    Tanto a nivel microeconmico como macroeconmico, se considera que todo

    sistema financiero debe cubrir ciertas funciones especficas, as como ofrecer

    algunos servicios que, en forma global, contribuyan a la obtencin de un mejor

    desenvolvimiento del sector financiero individual, as como a la obtencin de un

    mejor nivel de desarrollo econmico.

  • 4

    EL SISTEMA FINANCIERO

    A. CONCEPTOS

    El sistema financiero de un pas comprende al conjunto de instituciones pblicas y

    privadas que participan en el proceso de intermediacin financiera.

    La funcin bsica es la movilizacin de recursos financieros de aquellas unidades

    superavitarias (ahorrantes) a unidades deficitarias o que requieren recursos

    adicionales (usuarios de crdito), en un mbito de seguridad razonable.

    En el pasado, el desarrollo y crecimiento econmico de los pases se vinculaba al

    proceso de industrializacin, y se argumentaba que para salir del subdesarrollo

    era necesario promover la creacin de un sector industrial dinmico; pocos aos

    despus se sustent la teora de que el crecimiento del sector agropecuario era

    tambin indispensable para poder proceder a la industrializacin misma. No fue

    sino mucho ms tarde que se consider la importancia del sector financiero y se le

    incorpor sistemticamente al debate sobre la teora y prctica del desarrollo

    econmico, argumentando que dicho sistema se justifica slo en tanto promueva

    el mejoramiento general de la productividad y de esta manera propicie el

    desarrollo y crecimiento econmico ms acelerado.

    En la actualidad, como una respuesta a las nuevas ideas planteadas por el

    fenmeno de la globalizacin de los mercados, y dentro de stos, es importante

    considerar la necesidad del mejoramiento, consolidacin y sistematizacin del

    sistema financiero para alcanzar un desarrollo econmico sostenido. En tal

    sentido, la movilizacin y asignacin de recursos, constituyen dos factores

    primordiales en el proceso de desarrollo econmico.

    El sistema financiero promueve una mayor movilizacin de recursos, debido a

    varias razones:

    Desde el punto de vista del ahorrante

    Obtiene una mayor remuneracin al sacrificar el consumo presente, es decir al

    ahorrar.

    Disminuye el riesgo al ahorrar, gracias a una mayor diversidad de ttulos-

    valores para invertir su ahorro, y por tener una gama ms amplia de

    instituciones para realizar sus transacciones.

    Dispone de mayores oportunidades para ahorrar (diversidad de ttulos-valores

    y de instituciones) y,

  • 5

    Reduce el nivel requerido de sus reservas, as como el costo de su

    administracin, debido, en parte, a la incorporacin de activos financieros en la

    cartera de activos y, por otra, a la mayor liquidez de dichos activos.

    Desde el punto de vista del inversionista

    Obtiene los recursos financieros adicionales que requiere, a un costo menor

    Dispone de mayores oportunidades para obtener esos recursos financieros

    adicionales gracias a la mayor diversidad de ttulos-valores y a la amplia gama

    de instituciones y,

    Disminuye sus requerimientos de fondos para fines de precaucin y

    especulacin, porque puede recurrir con mayor facilidad y frecuencia al

    mercado financiero.

    Desde el punto de vista de la economa total

    Reduce el costo de la movilizacin gracias a una mayor especializacin de los

    intermediarios financieros, lo cual permite disminuir los costos de buscar y colocar

    los recursos y de analizar los oferentes y en especial, los demandantes de fondos.

    Esta mayor movilizacin significa que el ahorro financiero tendera a aumentar.

    Esto a la vez podra afectar positivamente el ahorro y la inversin real en la

    economa. De ser as, los coeficientes marginales Ahorro/PIB e Inversin/PIB, se

    incrementaran, incidiendo favorablemente en el crecimiento econmico.

    El sistema financiero permite tambin una mejor asignacin de los recursos de

    cualquier pas. En efecto, la intermediacin financiera desplaza recursos de

    proyectos, actividades y sectores de una rentabilidad relativamente baja o

    reducida, a otros de una rentabilidad ms elevada. De esta forma, se logra ms

    plenamente el aprovechamiento de las mejores oportunidades de inversin, lo cual

    significa que, con igual cantidad de recursos (tierra, capital y trabajo), el pas logra

    una mayor produccin, mejorando la relacin producto/capital que, a la vez,

    propiciara un crecimiento econmico ms acelerado.

    Este tambin provoca un efecto importante en la distribucin del ingreso. En este

    sentido se han mencionado tres diferentes aspectos:

    El desarrollo econmico ms acelerado gracias al fortalecimiento del sistema

    financiero generar nuevas oportunidades de empleo, que constituye la

    fuente principal de ingresos de una alta proporcin de la poblacin

    El sistema financiero ofrece a los ahorrantes, incluso a los pequeos, mayor

    rentabilidad y mayor seguridad, debido a la participacin de la intermediacin

    financiera y,

  • 6

    El sistema financiero ofrece a los productores e inversionistas, incluyendo a los

    pequeos, mayor acceso al crdito y un precio ms reducido (menor tasa de

    inters), gracias a la competencia que se desarrolla entre los intermediarios

    financieros.

    Sistema Financiero Guatemalteco

    El sistema financiero guatemalteco se refiere a un mercado financiero organizado

    y se define como el conjunto de instituciones que generan, recogen, administran y

    dirigen tanto el ahorro como la inversin, dentro de una unidad poltica-econmica,

    y cuyo establecimiento se rige por la legislacin que regula las transacciones de

    activos financieros y por los mecanismos e instrumentos que permiten la

    transferencia de esos activos entre ahorrantes, inversionistas los usuarios del

    crdito.

    El sistema financiero en general comprende la oferta y la demanda de dinero y de

    valores de toda clase, en moneda nacional y extranjera.

    La funcin del sistema financiero es la creacin, intercambio, transferencia y

    liquidacin de activos y pasivos financieros. No es ms que una rama econmica

    adicional, que en vez de producir bienes, produce servicios demandados por la

    poblacin.

    Marco jurdico

    La legislacin que ordena el sistema financiero es la siguiente:

    1. Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, artculos 132 y 133.

    2. Ley Orgnica del Banco de Guatemala, Decreto 16-2002 del Congreso de la

    Repblica.

    3. Ley Monetaria, Decreto 17-2002 del Congreso de la Repblica.

    4. Ley de Supervisin Financiera, Decreto 18-2002 del Congreso de la Repblica.

    5. Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto 19-2002 del Congreso de la

    Repblica.

    6. Decreto Nmero 26-2008 del Congreso de la Repblica (Fijacin de dibujos

    principales y color dominante de los billetes de doscientos, de quinientos y de

    un mil quetzales).

    7. Ley de Especies Monetarias Conmemorativas, Acuerdo Nmero 32-2008 del

    Congreso de la Repblica.

    8. Ley de Sociedades Financieras Privadas, Decreto Ley 208.

    9. Ley de Bancos de Ahorro y Prstamo para la Vivienda Familiar, Decreto 541

    del Congreso de la Repblica.

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    10. Ley de Almacenes Generales de Depsito, Decreto 1746 del Congreso de la

    Repblica.

    11. Ley de Libre Negociacin de Divisas, Decreto 94-2000 del Congreso de la

    Repblica.

    12. Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, Decreto 67-2001 del

    Congreso de la Repblica.

    13. Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, Decreto 58-

    2005 del Congreso de la Repblica.

    14. Ley de la Actividad Aseguradora, Decreto 25-2010 del Congreso de la

    Repblica.

    15. Ley de Garantas Mobiliarias, Decreto 51-2007 del Congreso de la Repblica.

    16. Ley Orgnica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la Repblica.

    17. Ley de Mercado de Valores y Mercancas, Decreto 34-96 del Congreso de la

    Repblica.

    18. Cdigo de Comercio, Decreto 2-70 del Congreso de la Repblica.

    19. Ley Orgnica del Instituto de Fomento Municipal, Decreto 1132 del Congreso

    de la Repblica.

    20. Ley Orgnica del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas, Decreto 1448

    del Congreso de la Repblica.

    21. Ley General de Cooperativas, Decreto 82-78 del Congreso de la Repblica.

    22. Otras leyes civiles.

    B. CLASIFICACIN

    Por su regulacin el Sistema Financiero Guatemalteco se divide en:

    i. Sector financiero formal (regulado),

    ii. Sector financiero no regulado

    iii. Registro de valores y mercancas

    i. Sistema financiero regulado:

    El sector financiero formal (regulado), que est conformado por instituciones cuya

    autorizacin es de carcter estatal, bajo el criterio de caso por caso, y que estn

    sujetas a la supervisin de la Superintendencia de Bancos, rgano facultado para

    tal fin.

    Este sector abarca un sistema bancario y uno no bancario. El primero incluye a

    los bancos comerciales y a las sociedades financieras, estas ltimas, definidas por

    ley como instituciones especializadas en operaciones de banca de inversin (no

    captan depsitos y sus operaciones activas son de largo plazo).

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    Por su parte, el sistema financiero no bancario se rige por leyes especficas y est

    conformado por los Almacenes Generales de Depsito, Compaas de Seguros,

    Compaas de Fianzas, Casas de Cambio; adems, por el Instituto de Fomento

    Municipal (INFOM) y el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA).

    Conforme al artculo 5 (Rgimen Legal) de la Ley de Bancos y Grupos

    Financieros, Decreto Nmero 19-2002 del Congreso de la Repblica de

    Guatemala, los bancos, las sociedades financieras, los bancos de ahorro y

    prstamo para la vivienda familiar, los grupos financieros, y las empresas que

    conforman a estos ltimos, y las oficinas de representacin de bancos extranjeros

    se regirn, en su orden, por sus leyes especficas, por esta ley, por las

    disposiciones emitidas por la Junta Monetaria y, en lo que le fuere aplicable, por la

    Ley Orgnica del Banco de Guatemala, la Ley Monetaria y la Ley de Supervisin

    Financiera, y dems legislacin guatemalteca controladora, estarn integrados por

    sta y por dos o ms de las empresas siguientes: bancos, sociedades financieras,

    casas de cambio, almacenes generales de depsito, compaas aseguradoras,

    compaas afianzadoras, empresas especializadas en emisin y/o administracin

    de tarjetas de crdito, empresas de arrendamiento financiero, empresas de

    factoraje, casas de bolsa, entidades fuera de plaza o entidades off shore y otras

    que califique la Junta Monetaria.

    Cuando el control comn lo tenga la empresa responsable, los grupos financieros

    estarn integrados por sta y por una o ms de las empresas mencionadas

    anteriormente. Corresponde a la Junta Monetaria autorizar la conformacin de

    grupos financieros, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos. Todas y

    cada una de las empresas integrantes de los grupos financieros estarn sujetas a

    supervisin consolidada por parte de la Superintendencia de Bancos.

    Est integrado por instituciones legalmente constituidas, autorizadas por la Junta

    Monetaria y fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos. Se integra por el

    Banco Central (Banco de Guatemala), los bancos del sistema, las sociedades

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    financieras, las casas de cambio y los auxiliares de crdito (almacenes generales

    de depsito, seguros y fianzas).

    Junta Monetaria

    Tiene a su cargo la determinacin de la poltica monetaria, cambiaria y crediticia

    del pas, as como, la direccin suprema del Banco de Guatemala. La Junta

    Monetaria se integra con las siguientes representaciones:

    Presidente y Vicepresidente nombrados por el Presidente de la Repblica.

    Los Ministros de Finanzas Pblicas, Economa y de Agricultura.

    Un representante del Congreso de la Repblica.

    Un representante de los Bancos Privados.

    Un representante de las Asociaciones y Cmaras Comerciales, Industriales,

    Agrcolas y Ganaderas (CACIF).

    Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).

    Las atribuciones de la Junta Monetaria son:

    Cumplir y hacer cumplir la poltica general y los deberes asignados al Banco de

    Guatemala.

    Acordar, interpretar y reformar los reglamentos del Banco de Guatemala.

    Acordar el presupuesto del Banco de Guatemala.

    Nombrar y remover al gerente del Banco de Guatemala.

    Fijar y modificar los encajes de los Bancos.

    Fijar y modificar las tasas de inters del Banco de Guatemala.

    Fijar las tasas mximas de inters en operaciones pasivas y activas de los

    Bancos y regular el crdito bancario de acuerdo a la ley.

    Banco de Guatemala

    Es el agente financiero del Estado que tiene por objeto principal promover la

    creacin y el mantenimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y

    crediticias ms favorables al desarrollo ordenado de la economa del pas. El

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    Banco Central es el Banco de Guatemala y funciona con carcter autnomo. Es la

    nica entidad bancaria que puede emitir billetes y monedas en el territorio

    nacional, funciona bajo la direccin general de la Junta Monetaria.

    Las Funciones del Banco de Guatemala se clasifican en dos formas que son:

    Funciones de Orden Interno

    Funciones de Orden Internacional

    Funciones de orden interno:

    Adaptar los medios de pago y la poltica de crdito a las legtimas necesidades

    del pas y el desarrollo de las actividades productivas y prevenir las tendencias

    inflacionistas, especulativas, deflacionistas, perjudiciales a los intereses

    colectivos.

    Procurar la necesaria coordinacin entre las diversas actividades econmicas y

    financieras del Estado que afecten el mercado monetario y crediticio y,

    especialmente, procurar esa coordinacin entre la poltica fiscal y la poltica

    monetaria.

    Funciones de orden internacional:

    Mantener el valor externo y convertibilidad de la moneda nacional de acuerdo

    con el rgimen establecido en la Ley Monetaria.

    Administrar las Reservas Monetarias Internacionales del pas y el rgimen de

    las transferencias internacionales con el fin de preservar al pas de presiones

    monetarias indebidas.

    Superintendencia de Bancos

    Es una entidad de carcter tcnico especializada que se rige por las disposiciones

    contenidas en las leyes bancarias, financieras y otras aplicables, que le

    encomienden la vigilancia e inspeccin de instituciones o empresas del sector

    financiero del pas. Su principal objetivo lo constituye el obtener y mantener la

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    confianza del pblico en el sistema financiero y en las entidades sujetas a su

    control, vigilando porque ests mantengan solidez econmica y liquidez apropiada

    para atender sus obligaciones, que cumplan con sus deberes legales, y que

    presten sus servicios adecuadamente a travs de una sana y eficiente

    administracin.

    La Superintendencia de Bancos se ubica como rgano de vigilancia y fiscalizacin

    del sector financiero del pas, organizado bajo el sistema de banca central el cual

    goza de autonoma con respecto al Gobierno Central. Este sistema adems del

    ente fiscalizador, est conformado por:

    La Junta Monetaria (como rgano Rector)

    El Banco de Guatemala (como Banco Central)

    Bancos del Sistema debidamente autorizados

    El Superintendente de Bancos, es nombrado por el Presidente Constitucional de la

    Repblica. No obstante la comunicacin y dependencia directa del Presidente,

    acta dentro del mbito de accin del sistema de banca central, bajo la direccin

    general de la Junta Monetaria. Adems es asesor permanente de dicha junta.

    Bancos del Sistema

    Instituciones Bancarias. nicamente las entidades debidamente autorizadas

    podrn legalmente efectuar, dentro del territorio de la Repblica, negocios que

    consistan en el prstamo de fondos obtenidos del pblico mediante el recibo de

    depsitos o la venta de bonos, ttulos u obligaciones de cualquier otra naturaleza,

    y sern consideradas para los efectos legales como instituciones bancarias.

    Los Bancos nacionales, privados o mixtos, debern constituirse en forma de

    sociedades por acciones de responsabilidad limitada, con arreglo a la legislacin

    general de la Repblica. Los Bancos nacionales del Estado se constituirn en la

    forma que establezcan las leyes que regulen su organizacin.

    Financieras

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    Las sociedades financieras son instituciones bancarias que actan como

    intermediarios financieras especializados en operaciones de banco de inversin,

    promueven la creacin de empresas productivas mediante la captacin y

    canalizacin de recursos internos y externos de mediano y largo plazo; los

    invierten en estas empresas (industriales, agrarias ganaderas), ya sea en forma

    directa adquiriendo acciones o participaciones, o en forma indirecta, otorgndole

    crditos para su organizacin, ampliacin, modificacin, transformacin o fusin,

    siempre que promuevan el desarrollo y diversificacin de la produccin.

    Aseguradoras

    El seguro es un contrato mediante el cual el asegurador se obliga a resarcir un

    dao o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista y el

    asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente.

    Clases ms importantes de seguros:

    Seguros de Personas. Cubre riesgos de posibilidad de muerte, accidente,

    enfermedad, incapacidad o prdida de miembros que puedan interrumpir la

    generacin de ingresos de un individuo.

    Seguro de Vida Individual

    Seguro de Vida Colectivo

    Seguro de Accidentes Personales

    Seguro de Hospitalizacin y Gastos Mdicos

    Seguros de Bienes o Cosas (Daos a la Propiedad). Cubren los riesgos

    (patrimonio) de una persona natural o jurdica. Cubre riesgos como incendio,

    terremoto, riesgos martimos, roo y hurto, rotura de cristales y otros.

    Seguro contra Incendio

    Seguro de Vehculos

    Seguro de Transporte

    Seguro de Responsabilidad Civil

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    Seguro contra todo Riesgo de Construccin (tcnico)

    Seguro de Computadoras y Equipos Electrnicos

    Seguro de Explosin de Calderas

    Seguro de Robo

    Entidades aseguradoras de hipotecas

    Empresas dedicadas al aseguramiento de hipotecas mediante la emisin de un

    seguro de hipoteca y/o fianza de pago.

    Inicialmente esta actividad era exclusiva para el Instituto de Fomento de Hipotecas

    Aseguradas FHA, pero con la emisin del Decreto ley 12o-96 del Congreso de la

    Repblica (ley de Vivienda y Asentamientos Humanos), especficamente el

    artculo 33, se descentraliza tal funcin que la podrn realizar las aseguradoras y

    afianzadoras autorizadas.

    Afianzadoras

    Fianza. Obligacin por escrito que compromete a una o ms partes como fiadores

    de otra u otras.

    Clases de Fianzas que pueden emitirse:

    De Fidelidad (A)

    Judiciales (B)

    Administrativas de Gobierno (C)

    Administrativas de Particulares (PA)

    Almacenes generales de depsito

    Son empresas que tienen el carcter de instituciones auxiliares de crdito, cuyo

    titular debe ser una sociedad annima guatemalteca, cuyo objeto es el depsito, la

    conservacin y custodia, el manejo y la distribucin, la compra y venta por cuenta

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    ajena de mercancas o productos de origen nacional o extranjero y la emisin de

    los Ttulos-Valor Ttulos de Crdito.

    Solo los Almacenes Generales de Depsito pueden emitir Certificados de Depsito

    y Bonos de Prenda, los cuales son transferibles por simple endoso. El Certificado

    de Depsito acredita la propiedad y depsito de la mercadera o producto. Los

    Bonos de Prenda representan el contrato de prstamo con la consiguiente

    garanta de las mercancas o productos depositados, y confieren por s mismos los

    derechos y privilegios de un crdito prendario.

    Los certificados de depsito pueden emitirse hasta por un ao de plazo y el

    vencimiento de los Bonos de Prenda no debe exceder de la fecha de expiracin de

    aquellos. Ambos ttulos son prorrogables, por acuerdo entre las partes.

    Otras instituciones

    Pueden considerarse entre otras instituciones:

    Casas de Cambio

    Son instituciones que se dedican exclusivamente a la compra-venta de moneda

    extranjera, deben constituirse como sociedades annimas, con capital mnimo de

    Q. 650,000, asignado exclusivamente a operaciones cambiarias.

    Las casas de cambio con autorizacin previa de la Junta Monetaria y con opinin

    favorable de la Superintendencia de Bancos, podr aumentar su capital asignado

    a operaciones cambiarias.

    Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas. FHA.

    Departamento de Monte de Piedad del Crdito Hipotecario Nacional.

    Banco Nacional de Desarrollo Agrcola

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    ii. Sistema financiero no regulado

    Son instituciones constituidas legalmente como Sociedades Mercantiles,

    generalmente sociedades annimas. No estn reconocidas, ni son autorizadas por

    la Junta Monetaria como instituciones financieras y como consecuencia, no son

    fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos, su autorizacin responde a una

    base de tipo general legislada bsicamente en el Cdigo de Comercio.

    En nuestro medio pueden encontrarse varias clases de instituciones no reguladas:

    1. Las financiadoras que se han constituido como sociedades mercantiles que

    actan bajo la figura de sociedades annimas, que se dedican a las

    operaciones de crdito, inversin y descuento de documentos comerciales

    2. Las financiadoras que regularmente trabajan como representantes de

    empresas del exterior, o bien se trata de empresas individuales que prestan

    dinero ms que todo a base de garantas prendaras o hipotecarias.

    Fiscalmente estas entidades estn reguladas por la Superintendencia de

    Administracin Tributaria, SAT y pueden clasificarse como Financieras

    Comerciales o Financiadoras, Empresas Emisoras de Tarjetas de Crdito,

    Empresas Off Shore, Cooperativas de Ahorro, Organizaciones no

    Gubernamentales, Empresas Exportadoras y Prestamistas Particulares.

    3. Financieras comerciales o financiadoras: Personas jurdicas constituidas

    normalmente como sociedades annimas que se dedican a captacin de

    recursos y colocacin de fondos.

    4. Emisoras de tarjetas de crdito: Instituciones jurdicas constituidas

    normalmente como Sociedades Annimas que se dedican a la captacin de

    recursos para ser destinados al financiamiento de compra de bienes y servicios

    a travs de Tarjetas de Crdito, normalmente son empresas afiliadas a los

    Bancos del Sistema.

    5. Off Shore: Instituciones constituidas en el extranjero, principalmente en pases

    que se consideran parasos tributarios, es decir, que no se pagan ningn

    impuesto por intermediacin financiera. Son entidades que son utilizadas por

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    varios bancos para captar recursos en moneda extranjera y as proporcionar

    otro tipo de servicios a sus clientes.

    6. Cooperativas de ahorro y crdito: Entidades que obtienen recursos de sus

    asociados por medio de ahorros peridicos para poder realizar diferentes

    operaciones comerciales con el objeto de obtener un rendimiento colectivo en

    beneficio de sus afiliados.

    7. Organizaciones no gubernamentales: Conocidas con nombre de ONG's.

    Son entidades dedicadas a la captacin de recursos internaciones, cuyo origen

    principalmente son donativos, que sern destinados bsicamente para un fin

    social. Los fondos son fiscalizados por los mismos entes internacionales que

    otorgan los aportes. Esas organizaciones se encuentran ubicadas

    especialmente en el rea rural y surgen por la ineficiencia del Estado en

    canalizar las donaciones para el fin propuesto.

    8. Empresas exportadoras: Son entidades que se dedican a canalizar la

    produccin de mercancas nacionales para su exportacin, adquieren la

    mercadera de los propios productores para ser vendida en el extranjero. En

    algunos casos los mismos productores son los que exportan sus productos.

    9. Prestamistas particulares: Son personas individuales que de sus propios

    fondos ofrecen crdito sin mayores trmites particulares y/o empresas, con el

    objetivo de tener una mayor rentabilidad.

    iii. Registro de valores y mercancas

    El ministerio de Economa de Guatemala es el responsable del registro de

    mercado de boles y mercancas, este ltimo tiene como objeto el registro de los

    actos que realicen y contratos que celebren, las personas que intervienen en los

    mercados burstil y extraburstil. Con el fin de encontrar informacin referente a la

    inscripcin de: Bolsas de comercio, ofertas pblicas (emisiones), agentes, fondos

    de inversin, sociedades de inversin y calificadoras de riesgo; as como el marco

    legal que nos regula.

  • 17

    El Registro del Mercado de Valores y Mercancas, debe velar por la transparencia,

    seguridad y certeza que debe imperar en el mercado de valores de Guatemala;

    por ende brindar proteccin al pblico inversionista en general. Asimismo, su

    objetivo es el control de la juridicidad y el registro de los actos y contratos

    celebrados por los actores que interactan en el mercado burstil y extraburstil

    de valores.

    Como base legal para regular el mercado de valores y mercancas, entra en

    vigencia a partir del veintitrs de diciembre de mil novecientos noventa y seis, la

    Ley del mercado de valores y mercancas, decreto 34-96 del congreso de la

    Repblica.

    Dicha Ley regula las normas que promueve el desarrollo trasparente, eficiente

    dinmico del mercado de valores.

    Creacin y formulacin de la Ley

    Esta nace de conformidad con el artculo 119 de la Constitucin poltica de la

    Repblica de Guatemala que establece como obligacin fundamental del Estado,

    Promover el desarrollo econmico de la Nacin, as como proteger la formacin

    del capital, el ahorro y la inversin y crear las condiciones adecuadas para

    promover la inversin de capitales nacionales y extranjeros.

    Valores y mercancas

    Valores

    Se entiende por valores todos aquellos documentos, ttulos o certificados,

    acciones, ttulos de crditos tpicos o atpicos, que incorporen o representen,

    segn sea el caso, derechos de propiedad, de crdito o participacin. Los valores

    podrn crearse o emitirse mediante anotaciones en cuenta.

    Mercancas

  • 18

    Son mercancas todos aquellos bienes que no estn excluidos del comercio por su

    naturaleza o por disposicin de la Ley.

    Siendo los anteriores negociados mediante la oferta pblica, la cual es la invitacin

    que el emisor hace abiertamente al pblico, por si, por intermedio de terceros

    mediante una Bolsa de Comercio o cualquier medio de comunicacin masivo o de

    difusin social, para negociacin de valores mercancas o contratos.

    El concepto de oferta pblica tal y como se entiende en la mayor parte de los

    sistemas desarrollados, supone la captacin de fondos por parte del emisor,

    mediante el empleo de medios de comunicacin que garanticen una difusin

    general de la emisin.

    La oferta pblica de conformidad con el artculo 26 del decreto 34-96 del congreso

    de la Repblica refiere: Las ofertas pblicas de valores no quedan sujetas a

    autorizacin administrativa previa, salvo su inscripcin en el registro. La inscripcin

    de las mismas no implica asuncin de responsabilidad de ninguna especie por

    parte del registro en relacin a los derechos que los valores incorporan ni sobre la

    liquidez o solvencia del emisor, sino simplemente significa la calificacin de que la

    informacin contenida en la oferta satisface los requisitos que exige esta ley..

    En este contexto y con carcter general la oferta pblica se refiere a la captacin

    de recursos financieros por parte de las entidades privadas o pblicas, mediante la

    colocacin de emisiones de instrumentos de deuda o la medida de la demanda del

    inversor final, previa su inscripcin y registro de las Bolsas de Comercio y el

    Registro de mercado de valores y mercanca.

    Ahora bien, para la negociacin de las ofertas pblicas, tanto de valores como de

    mercancas, la ley dentro de su normativa, establece dos tipos de mercados a

    saber:

  • 19

    Mercado burstil: Es aquel que se desarrolla dentro de una Bolsa de

    Comercio, cumplindose con la reglamentacin que para ese efecto haya sido

    emitida por dicha Bolsa, de conformidad con la facultad de autorregulacin de

    que gozan.

    Mercado extraburstil: Es aquel que se realiza fuera de la Bolsa de Comercio

    y que por esa razn, no estaba sujeto, hasta antes de estar en vigencia la Ley,

    a reglamentacin alguna.

    No obstante lo anterior, la Ley solo regula los requisitos de la oferta pblica

    burstil y extraburstil de valores y burstil de mercancas.

    De lo anterior, al registro no solo le corresponde una labor registral sino que

    adems, dentro del mbito de su competencia, debe cumplir y hacer que se

    cumplan las disposiciones reglamentarias de carcter general con relacin a la

    oferta pblica extraburstil de valores.

    C. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

    El sistema financiero guatemalteco se encuentra organizado bajo la estructura de Banca

    Central. Su organizacin es la siguiente:

    i. Junta Monetaria.

    ii. Banco de Guatemala.

    iii. Superintendencia de Bancos.

    iv. Bancos del Sistema.

    v. Financieras.

    vi. Aseguradoras.

    vii. Afianzadoras.

    viii. Almacenes Generales de Depsito.

    ix. Otras Instituciones.

  • 20

    i. Conformacin de la Junta Monetaria

    La Junta Monetaria (JM) es la autoridad mxima del Banco de Guatemala. Es

    decir, ejerce la direccin suprema del Banco Central de la Repblica, adems

    tiene a su cargo la determinacin de la poltica monetaria, cambiara y crediticia

    del pas y vela por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional,

    asegurando la estabilidad y el fortalecimiento del ahorro nacional.

    La Junta Monetaria es tambin un rgano constitucional establecido en el artculo

    132 y 133 por la Constitucin y regulado la Ley Orgnica del Banco de Guatemala.

    Los actos y decisiones de la Junta Monetaria, estn sujetos a los recursos

    administrativos y al de lo contencioso-administrativo y de casacin.

    La finalidad de la Junta Monetaria es garantizar la estabilidad monetaria, cambiaria

    y crediticia del pas. La Junta Monetaria no podr autorizar que el Banco de

    Guatemala otorgue financiamiento directo o indirecto; garanta o aval al Estado, a

    sus entidades descentralizadas o autnomas ni a las entidades privadas no

    bancarias.

    Con ese mismo fin, el Banco de Guatemala no podr adquirir los valores que

    emitan o negocien en el mercado primario dichas entidades. Se excepta de estas

    prohibiciones el financiamiento que pueda concederse en casos de catstrofes o

    desastres pblicos, siempre y cuando el mismo sea aprobado por las dos terceras

    partes del nmero total de diputados que integran el Congreso a solicitud

    del Presidente de la Repblica de Guatemala.

  • 21

    Segn el artculo 132 de la Constitucin y artculo 13 de la Ley Orgnica del Banco

    de Guatemala, establecen que la Junta Monetaria se integra con los siguientes

    miembros:

    El Presidente, quien tambin lo ser del Banco de Guatemala, nombrado por el

    Presidente de la Repblica y por un perodo establecido en la Ley;

    Los Ministros de Finanzas Pblicas, Economa y Agricultura, Ganadera y

    Alimentacin;

    Un Miembro electo por el Congreso de la Repblica de Guatemala;

    Un Miembro electo por las Asociaciones Empresariales de Comercio, Industria

    y Agricultura;

    Un Miembro electo por los Presidentes de los Consejos de Administracin o

    Juntas Directivas de los Bancos Privados Nacionales; y

    Un Miembro electo por el Consejo Superior de la Universidad de San Carlos de

    Guatemala.

    Estos tres ltimos miembros durarn en sus funciones un ao.

    Todos los miembros de la Junta Monetaria, tendrn suplentes, salvo el Presidente,

    a quien lo sustituye el Vicepresidente y los ministros de Estado, que sern

    sustituidos por su respectivo viceministro. El Vicepresidente de la Junta Monetaria

    y del Banco de Guatemala, quien tambin ser nombrado por el Presidente de la

    Repblica, podr concurrir a las sesiones de la Junta Monetaria, juntamente con el

    Presidente, con voz, pero sin voto, excepto cuando sustituya al Presidente en sus

    funciones, en cuyo caso, s tendr voto.

    Funciones

    Son funciones de la Junta Monetaria las siguientes:

    Determinar y evaluar la poltica monetaria, cambiaria y crediticia del pas,

    incluyendo las metas programadas, tomando en cuenta el entorno econmico;

    Velar por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional;

    Reglamentar los aspectos relativos al encaje bancario y al depsito legal, de

    conformidad con su Ley Orgnica;

    Reglamentar la cmara de compensacin bancaria o cualquier otro instrumento

    o mecanismo que persiga los mismos fines de aquella;

    Autorizar, a propuesta del Gerente General, la poltica de inversiones de las

    reservas monetarias internacionales;

  • 22

    Establecer las reservas necesarias para fortalecer el patrimonio del Banco;

    Aprobar el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Banco de Guatemala y el de

    Superintendencia de Bancos;

    Aprobar o modificar la estructura administrativa del Banco de Guatemala, a

    Nombrar y remover al Gerente General y dems autoridades y funcionarios;

    Aprobar anualmente los estados financieros del Banco;

    Aprobar anualmente, para su publicacin, la memoria de labores del Banco de

    Guatemala;

    Emitir los reglamentos que de conformidad con sta y otras leyes;

    Aprobar las disposiciones, normas o instrumentos legales que someta a su

    consideracin la Superintendencia de Bancos o, en su caso, el Banco de

    Guatemala; y

    Ejercer las dems atribuciones y facultades que le correspondan, de acuerdo

    con esta Ley, la Ley Monetaria y otras disposiciones legales aplicables.

    D. FISCALIZACION Y VIGILANCIA

    i. Fiscalizado por la Superintendencia de Bancos

    Es una entidad de carcter tcnico especializada que se rige por las disposiciones

    contenidas en las leyes bancarias, financieras y otras aplicables, que le

    encomienden la vigilancia e inspeccin de instituciones o empresas del sector

    financiero del pas. Su principal objetivo lo constituye el obtener y mantener la

    confianza del pblico en el sistema financiero y en las entidades sujetas a su

    control, vigilando porque ests mantengan solidez econmica y liquidez apropiada

    para atender sus obligaciones, que cumplan con sus deberes legales, y que

    presten sus servicios adecuadamente a travs de una sana y eficiente

    administracin.

    La Superintendencia de Bancos se ubica como rgano de vigilancia y fiscalizacin

    del sector financiero del pas, organizado bajo el sistema de banca central el cual

  • 23

    goza de autonoma con respecto al Gobierno Central. Este sistema adems del

    ente fiscalizador, est conformado por:

    La Junta Monetaria (como rgano Rector)

    El Banco de Guatemala (como Banco Central)

    Bancos del Sistema debidamente autorizados

    El Superintendente de Bancos, es nombrado por el Presidente Constitucional de la

    Repblica. No obstante la comunicacin y dependencia directa del Presidente,

    acta dentro del mbito de accin del sistema de banca central, bajo la direccin

    general de la Junta Monetaria. Adems es asesor permanente de dicha junta.

    ii. Ministerio De Finanzas Pblicas

    El Ministerio de Finanzas Pblicas (MINFIN) es el Ministerio encargado de dirigir

    las finanzas de Guatemala, por lo cual le corresponde cumplir y hacer cumplir todo

    lo relativo al rgimen jurdico hacendario del Estado, incluyendo la recaudacin y

    administracin de los ingresos fiscales, la gestin de financiamiento interno y

    externo, la ejecucin presupuestaria y el registro y control de los bienes que

    constituyen el patrimonio del Estado. En lo relativo a la recaudacin tributaria,

    control aduanero y otros, el Ministerio de Finanzas Pblicas es ayudado por

    la Superintendencia de Administracin Tributaria.

    Entre las funciones del Ministerio de Finanzas Pblicas se encuentran:

    Formular la poltica fiscal y financiera del corto, mediano y largo plazo en

    funcin de la poltica econmica y social del Gobierno.

    Proponer al Organismo Ejecutivo la Poltica Presupuestaria y las normas para

    su ejecucin.

    Dirigir, coordinar y consolidar el proyecto del Presupuesto General de Ingresos

    y Egresos del Estado.

  • 24

    Proponer a la Superintendencia de Administracin Tributaria (SAT) normas

    para desconcentrar la recaudacin de impuestos.

    Coordinar con la SAT la programacin de ingresos derivados de la recaudacin

    tributaria.

    Transferir los recursos asignados en el presupuesto a los organismos y

    entidades del Estado.

    Evaluar la ejecucin presupuestaria del Estado cada cuatrimestre, y proponer a

    la Presidencia de la Repblica medidas correctivas que en el mbito de su

    competencia sean necesarias.

    Definir la poltica para seleccionar proyectos y programas de inversin social,

    los cuales sern realizados con fondos propios, prstamos y cooperacin

    externa.

    Fijar normas y procedimientos operativos relacionados con el sistema de

    contrataciones y adquisiciones del Estado de acuerdo con la Ley.

    Estructura Orgnica

    Despacho Ministerial es la autoridad superior del MINFIN: est a cargo de un

    ministro responsable de formular y ejecutar la poltica fiscal del pas.

    Viceministerio del rea de Administracin Financiera est a cargo de un

    Viceministro que contribuye a disear la poltica fiscal y financiera del pas,

    proponer en coordinacin con el Despacho Ministerial la poltica presupuestaria

    y normas de ejecucin.

    Viceministerio de Ingresos y Evaluacin Fiscal est a cargo de un

    Viceministro responsable de evaluar la ejecucin del gasto pblico y de la

    poltica fiscal, y la capacidad del endeudamiento del Estado.

    Viceministerio de Administracin Interna y Desarrollo de Sistemas Est a

    cargo de un Viceministro responsable de Coordinar la formulacin del

    anteproyecto de presupuesto y velar por la utilizacin eficiente, eficaz y

    transparente de los recursos financieros y materiales del Ministerio; coordinar

    proyectos y programas para el efectivo funcionamiento del Ministerio.

  • 25

    Despacho Ministerial

    Secretara General es el enlace administrativo entre el Despacho Ministerial,

    entidades externas y dependencias del Ministerio; responde por la efectividad

    de los procesos de informacin pblica y de atencin al usuario.

    Direccin de Planificacin y Desarrollo Institucional coordina los procesos

    de planeacin estratgica y operativa, programacin y evaluacin del

    cumplimiento de polticas, planes y proyectos.

    Direccin de Asesora Jurdica es el rgano tcnico consultor y asesor del

    MINFIN en materia legal.

    Direccin de Comunicacin Social es responsable de generar e implementar

    estrategias y polticas de comunicacin para informar permanentemente sobre

    las actividades que realiza el Ministerio.

    Direccin de Auditora Interna verifica, evala y analiza permanentemente

    los registros y operaciones contables, y financieros que realizan las

    dependencias del Ministerio.

    Asesora Especfica apoya al Despacho Ministerial en la concepcin, diseo y

    conduccin de los programas que le sean asignados.

    Viceministerio De Administracin Financiera

    Direccin de Contabilidad del Estado realiza el registro consolidado de la

    ejecucin presupuestaria, y administra el Sistema de Contabilidad Integrada

    Gubernamental.

    Direccin Tcnica del Presupuesto es rectora del Sistema Presupuestario

    del sector pblico; norma, dirige y coordina el proceso presupuestario.

    Tesorera Nacional programa y reprograma en forma peridica la ejecucin

    financiera del presupuesto del Estado y acta como rectora del sistema de

    tesorera.

    Direccin de Crdito Pblico es rectora del sistema de crdito pblico;

    asegura la eficiente programacin, utilizacin y control de los medios de

    financiamiento internos y externos.

  • 26

    Viceministerio De Ingresos y Evaluacin Fiscal

    Direccin de Anlisis y Poltica Fiscal formula, evala y da seguimiento a la

    poltica fiscal. Concentra y provee informacin de ndole fiscal, mediante

    anlisis econmicos y fiscales.

    Direccin Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado facilita

    los procesos de contrataciones y adquisiciones del sector pblico.

    Direccin de Bienes del Estado mantiene un registro consolidado, moderno,

    seguro y eficiente del patrimonio del Estado.

    Direccin de Catastro y Avalo de Bienes Inmuebles administra el impuesto

    nico Sobre Inmuebles de las municipalidades que no han absorbido dicho

    impuesto, as como el de Herencias, Legados y Donaciones

    Direccin de Evaluacin Fiscal es responsable de contribuir al

    fortalecimiento de los procesos de evaluacin fiscal y de proyectos, a travs de

    la implementacin de acciones que promuevan la calidad, eficacia y eficiencia

    de la gestin pblica.

    Direccin de Fideicomisos designada como rgano rector en materia de

    fideicomisos, por lo que gestiona la constitucin, operacin, extincin y

    liquidacin de los fideicomisos establecidos con los recursos del Estado para la

    ejecucin de los programas del Gobierno central, regulando y registrando su

    operacin.

    Viceministerio De Administracin Interna y Desarrollo de Sistemas

    Direccin de Tecnologas de la Informacin establece normas, estndares,

    polticas y metodologas relacionadas con redes, sistemas operativos, equipos,

    bases de datos, desarrollo de sistemas y comunicaciones informticas para el

    MINFIN.

    Direccin Financiera planifica, coordina, registra y controla la ejecucin

    presupuestaria del Ministerio de Finanzas Pblicas.

  • 27

    Direccin de Recursos Humanos formula e implementa polticas y

    estrategias para el desarrollo y administracin del recurso humano que labora

    en el ministerio.

    Direccin de Asuntos Administrativos es responsable de administrar los

    procesos y servicios de mantenimiento, infraestructura, vehculos, operaciones

    y seguridad del Ministerio.

    Taller Nacional de Grabados en Acero disea e imprime material para las

    instituciones responsables de la recaudacin tributaria del Estado, y todo lo

    relativo a la industria grfica para el Ministerio y otras entidades de gobierno.

    Direccin de Asistencia a la Administracin Financiera Municipal brinda

    asistencia y asesora tcnica a las municipalidades, mancomunidades de

    municipalidades, dependencias y empresas municipales del pas en lo relativo

    al Sistema Integrado de Administracin Financiera (SIAF).

    Tesorera Nacional programa y reprograma en forma peridica la ejecucin

    financiera del presupuesto del Estado y acta como rectora del sistema de

    tesorera.

    Direccin de Crdito Pblico es rectora del sistema de crdito pblico;

    asegura la eficiente programacin, utilizacin y control de los medios de

    financiamiento internos y externos.

    audicin tributaria del Estado, y todo lo relativo a la industria grfica para el

    Ministerio y otras entidades de gobierno.

    Direccin de Asistencia a la Administracin Financiera Municipal brinda

    asistencia y asesora tcnica a las municipalidades, mancomunidades de

    municipalidades, dependencias y empresas municipales del pas en lo relativo

    al Sistema Integrado de Administracin Financiera (SIAF).

    E. ORGANISMOS INTERNACIONALES

    i. Banca Mundial

    Fundado en 1944, el Banco Mundial (BM) es uno de los principales proveedores

    de asistencia para el desarrollo en todo el mundo. Actualmente lleva a cabo

  • 28

    actividades en ms de 100 pases en desarrollo y aporta una combinacin de

    financiamiento e ideas para mejorar el nivel de vida de la poblacin. El Banco

    colabora, actuando como enlace, con organismos estatales, organizaciones no

    gubernamentales y el sector privado para elaborar estrategias de asistencia.

    Esta organizacin internacional es propiedad de 184 pases miembros y est

    formada por dos instituciones de desarrollo: el Banco Internacional de

    Reconstruccin y Fomento (BIRF) y la Asociacin Internacional de Fomento (AIF).

    Cada institucin tiene una funcin diferente pero fundamental para alcanzar la

    misin de reducir la pobreza en el mundo. El BIRF centra sus actividades en los

    pases de ingreso mediano y los pases pobres con capacidad crediticia, mientras

    que la AIF ayuda a los pases ms pobres del mundo. Juntos ofrecen prstamos

    con intereses bajos, crditos sin intereses y donaciones a los pases en desarrollo

    para proyectos de educacin, salud, infraestructura y comunicaciones, entre otros.

    Mandato

    El objetivo del Banco Mundial es reducir la pobreza en el mundo y apoyar el

    desarrollo econmico y social con nfasis en las poblaciones ms desfavorecidas.

    El BM subraya la necesidad de:

    Promover reformas orientadas a la creacin de un entorno macroeconmico

    estable, favorable a las inversiones y la planificacin a largo plazo.

    Invertir en capital humano, especialmente por medio de servicios bsicos de

    salud y educacin.

    Invertir en infraestructura para poder suministrar los servicios esenciales a las

    poblaciones.

    Prestar particular atencin al desarrollo social, la inclusin, la buena gestin de

    los asuntos pblicos y el fortalecimiento de las instituciones, elementos

    esenciales para la reduccin de la pobreza.

    Afianzar la capacidad de los gobiernos para prestar servicios de buena calidad,

    en forma eficiente y transparente.

  • 29

    Proteger el medio ambiente.

    Prestar apoyo al sector privado y alentar su desarrollo.

    Prioridades en Guatemala

    La oficina del Banco Mundial en Guatemala debe asegurar y apoyar la ejecucin

    de su programa de una manera eficiente y eficaz para contribuir con la reduccin

    de la pobreza en el pas y apoyar el proceso de paz.

    Ejes de trabajo:

    Los tres ejes de la estrategia para Guatemala son:

    Solidaridad, con nfasis en el capital humano, servicios bsicos e

    infraestructura.

    Crecimiento y competitividad, dirigido a acelerar el crecimiento a travs de la

    expansin del comercio, mejorar al clima de negocios, participacin privada en

    infraestructura, reformas al sector financiero y promocin de las pequeas y

    medianas empresas.

    Fortalecimiento de las instituciones de Gobierno.

    Los pilares se apoyan sobre una base de fundamentos que renen estabilidad

    macroeconmica, seguridad personal y legal, y mejoras en la gobernabilidad y

    descentralizacin.

    El Equipo de Pas

    Est integrado por las agencias, programas, fondos y los organismos

    especializados de Naciones Unidas que trabajan en las esferas de la asistencia

    humanitaria, el desarrollo y los derechos humanos.

    La mayora de estas organizaciones cuentan con sus propios rganos rectores,

    presupuestos y secretaras y en conjunto prestan asistencia tcnica y otras formas

    valiosas de ayuda en prcticamente todas las esferas econmicas y sociales. En

  • 30

    su conjunto, se les conoce como el Sistema de las Naciones Unidas. Existe un

    mecanismo de coordinacin el cual se integra como Equipo de Pas y est bajo la

    responsabilidad de la Coordinadora Residente.

    ii. Financiamiento Internacional

    Banco Mundial

    El Banco Mundial se centra en la reduccin de la pobreza y la mejora de los

    estndares de vida a travs del suministro de prstamos con intereses bajos,

    crditos sin intereses y subvenciones para educacin, salud, infraestructura y

    comunicacin a los pases en desarrollo, entre otros. El Banco Mundial trabaja en

    ms de 100 pases.

    Grupo del Banco Mundial

    Banco Internacional de Reconstruccin y Fomento (BIRF)

    Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones

    (ICSID)

    Asociacin Internacional de Fomento (AIF)

    Corporacin Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en ingls)

    Organismo Multilateral de Garanta de Inversiones (MIGA)

    El Grupo del Banco Mundial tiene dos ambiciosos objetivos: (i) terminar con la

    pobreza extrema en el curso de una sola generacin y promover la prosperidad

    compartida.

    Para acabar con la pobreza extrema, la meta del Banco es disminuir el

    porcentaje de las personas que viven con menos de US$1,25 al da a al 3%

    antes de fines de 2030.

    Para fomentar la prosperidad compartida, la meta es promover el

    crecimiento de los ingresos de la poblacin de todos los pases que se sita

    en el 40% inferior de la distribucin del ingreso.

  • 31

    El Banco Mundial es una fuente fundamental de asistencia financiera y tcnica

    para los pases en desarrollo de todo el mundo. No se trata de un banco en el

    sentido usual sino de una organizacin nica que persigue reducir la pobreza y

    apoyar el desarrollo. El Grupo del Banco Mundial est conformado por cinco

    instituciones, administradas por sus pases miembros.

    Servicios y productos financieros:

    La institucin otorga prstamos con bajo inters, crditos sin intereses y

    donaciones a los pases en desarrollo que apoyan una amplia gama de

    inversiones en educacin, salud, administracin pblica, infraestructura, desarrollo

    del sector privado y financiero, agricultura y gestin ambiental y de recursos

    naturales. Algunos de estos proyectos se cofinancian con Gobiernos, otras

    instituciones multilaterales, bancos comerciales, organismos de crditos para la

    exportacin e inversionistas del sector privado.

    Tambin entrega financiamiento mediante asociaciones de fondos fiduciarios con

    donantes bilaterales y multilaterales. Muchos asociados han solicitado apoyo al

    Banco para gestionar iniciativas que abordan necesidades en una amplia variedad

    de sectores y regiones en desarrollo.

    Fondo Monetario Internacional

    El Fondo Monetario Internacional promueve el crecimiento econmico y el empleo,

    para lo que facilita tanto asistencia financiera temporal a los pases, a los que

    ayuda a equilibrar su balanza de pagos, como asistencia tcnica. El FMI cuenta,

    actualmente, con 28 mil millones de dlares en prstamos pendientes en 74

    naciones.

    La idea de crear el Fondo Monetario Internacional, tambin conocido como el

    FMI o el Fondo, se plante en julio de 1944 en una conferencia de las Naciones

    Unidas celebrada en Bretton Woods, Nuevo Hampshire (Estados Unidos), cuando

    los representantes de 44 pases acordaron establecer un marco de cooperacin

  • 32

    econmica destinado a evitar que se repitieran las devaluaciones competitivas que

    contribuyeron a provocar la Gran Depresin de los aos treinta.

    Las responsabilidades del FMI:

    El principal propsito del FMI consiste en asegurar la estabilidad del sistema

    monetario internacional, es decir el sistema de pagos internacionales y tipos de

    cambio que permite a los pases (y a sus ciudadanos) efectuar transacciones entre

    s. En 2012, el FMI actualiz su cometido a fin de cubrir toda la problemtica de la

    macroeconoma y del sector financiero que incide en la estabilidad mundial.

    Supervisin: Para mantener la estabilidad y prevenir crisis en el sistema monetario

    internacional, el FMI pasa revista a las polticas econmicas aplicadas por los

    pases, as como a la situacin econmica y financiera nacional, regional y

    mundial a travs de un sistema formal de supervisin. El FMI proporciona

    asesoramiento a los 188 pases miembros y recomienda polticas que promuevan

    la estabilidad econmica, reduzcan la vulnerabilidad a crisis econmicas y

    financieras y mejoren los niveles de vida. Publica evaluaciones regulares sobre el

    panorama internacional en Perspectivas de la economa mundial, de los mercados

    financieros en Global Financial Stability Report y sobre la evolucin de las finanzas

    pblicas en Fiscal Monitor, as como una serie de informes sobre las perspectivas

    regionales. Actualmente, el Directorio Ejecutivo del FMI ha estado considerando

    una gama de opciones para perfeccionar e integrar mejor la supervisin

    multilateral, financiera y bilateral; comprender mejor los efectos de contagio y la

    evaluacin de los riesgos incipientes y potenciales; y afianzar la influencia del

    asesoramiento del FMI en materia de poltica econmica.

    Asistencia financiera:

    El FMI otorga financiamiento con el fin de dar a los pases miembros margen de

    maniobra para corregir sus problemas de balanza de pagos; las autoridades

    nacionales, en estrecha colaboracin con el FMI, formulan programas de ajuste

    respaldados con financiamiento del FMI; la continuidad del respaldo financiero

  • 33

    est condicionada a la implementacin eficaz de estos programas. Ante la crisis

    econmica internacional, el FMI fortaleci rpidamente su capacidad de prstamo

    al aprobar en abril de 2009 una reforma profunda de sus mecanismos de apoyo

    financiero, y en 2010 y 2011 se adoptaron an ms reformas. Los instrumentos del

    FMI para la concesin de prstamos fueron objeto de mejoras a los efectos de

    brindar herramientas flexibles para la prevencin de crisis a los pases miembros

    que mostraran solidez en sus parmetros econmicos fundamentales, polticas

    econmicas y marcos de poltica institucional. El FMI duplic los lmites de acceso

    al crdito y ampli los prstamos a los pases ms pobres, gracias a las utilidades

    extraordinarias de las ventas de oro, eximindolos del pago de intereses hasta

    fines de 2016.

    Recursos:

    La principal fuente de los recursos financieros del FMI son las cuotas de los pases

    miembros, que en trminos generales reflejan la posicin relativa de los pases en

    la economa mundial. Actualmente, los recursos provenientes de las cuotas

    ascienden a alrededor de DEG 238.000 millones (unos US$327.000 millones).

    Adems, el FMI puede complementar los recursos de las cuotas obteniendo

    prstamos. Los Nuevos Acuerdos para la Obtencin de Prstamos (NAP), que

    fueron ampliados en 2011 y pueden suministrar recursos adicionales de hasta

    DEG 370.000 millones (unos US$515.000 millones), son el principal complemento

    de las cuotas. A mediados de 2012, los pases miembros tambin se

    comprometieron a aumentar los recursos del FMI a travs de acuerdos bilaterales

    de crdito; actualmente, alrededor de US$370.000 millones (DEG 270.000

    millones) se encuentran vigentes. Cuando entre en vigor la Decimocuarta Revisin

    de Cuotas y todos los miembros paguen los aumentos de sus cuotas, se

    duplicarn los recursos del FMI provenientes de las cuotas. En ese momento,

    tambin se producir para cada participante en los NAP una reduccin de los

    recursos de los NAP en un monto correspondiente.

  • 34

    iii. Cartas de Crdito

    La carta de crdito es un convenio mediante el cual un banco (Banco emisor), a

    solicitud y de conformidad con las instrucciones de un cliente (Ordenante), se

    compromete por medio de un Banco Corresponsal (Confirmador) a pagar a un

    beneficiario hasta una suma determinada de dinero, contra la presentacin de los

    documentos estipulados y de conformidad con los trminos y condiciones

    establecidos.

    Este documento debe reunir algunas condiciones especficas como es que tanto el

    comprador y el vendedor se encuentren de acuerdo en las condiciones de la

    transaccin, incluyendo el transporte, el tiempo y el crdito que se ofrece.

    Debe contar con incoterm que es la aceptacin por parte de las partes para

    realizar dicho trato.

    Esta carta, representa tres voluntades, la del comprador, la del vendedor y la del

    banco o aseguradora que se compromete a realizar el financiamiento comercial y

    puede ser de carcter revocable, irrevocable transferible, confirmada, sin

    confirmar, respaldada, o de standby.

    La carta de crdito es el documento con que se avala un trato (generalmente

    internacional), entre dos personas (fsicas o morales), que requieren de dicho

    documento para concretar los tratos comerciales. Puede ser avalada por las

    secretaras correspondientes en cada pas

    Tipos de Cartas de Crdito, por su forma de pago se dividen en:

    A la Vista: Son todas aquellas cartas de crdito cuya entrega de documentos

    es contra el pago de la misma.

    A plazo: Son todas aquellas cartas de crdito cuya entrega de documentos es

    contra la firma o aceptacin de una letra de cambio por el valor de la misma y

    por el tiempo concedido por el proveedor, el plazo es de 30 a 180 das mximo.

  • 35

    Por el origen de la solicitud de la carta de crdito se dividen en:

    Cartas de Crdito de Exportacin Cartas de Crdito de Importacin

    Mximo monto a financiar: El lmite del monto a financiar, depender de la

    capacidad de pago de cada cliente o del ordenante de la carta de crdito

    iv. Transferencias Bancarias

    Conforme los artculos 1 y 6 de la ley de Bancos de Guatemala, los bancos

    nacionales, privados o mixtos, son sociedades annimas destinadas a realizar

    negocios que consisten en prstamos de fondos que se obtienen del pblico

    mediante el recibo de depsitos o la Venta de bonos, ttulos u obligaciones de

    cualquier naturaleza. Lo anterior est previsto sin perjuicio de que puedan operar

    sucursales de bancos organizados en el extranjero, siempre y cuando sean

    debidamente autorizados mediante los procedimientos estipulados en la

    legislacin bancaria

    Tipos de transferencia

    Las transferencias bancarias se pueden clasificar segn el plazo, el modo de

    ordenar su ejecucin y el rea geogrfica

    Segn el plazo de ejecucin, se distingue entre transferencias ordinarias y

    urgentes. Como su nombre indica, las urgentes tienen un plazo menor y

    consecuentemente, un coste ms elevado.

    La clasificacin ms importante es la que distingue segn el rea geogrfica, ya

    que tanto las comisiones como los plazos de ejecucin son muy diferentes en

    cada caso.

  • 36

    Transferencias nacionales

    Tanto el envo del ordenante como la recepcin de fondos por parte del

    beneficiario tienen lugar en Espaa. Para realizar una transferencia domstica,

    hay que facilitar los 20 dgitos del Cdigo Cuenta Cliente (CCC) del beneficiario. A

    partir de 2014, el CCC ser sustituido por el IBAN, aunque durante un perodo de

    transicin las entidades podrn facilitar gratuitamente servicios de conversin de

    CCC para pagos nacionales.

    Transferencias exteriores

    El ordenante y el beneficiario se encuentran en pases diferentes. Las

    transferencias exteriores son ms fciles (rpidas y econmicas) si se dispone del

    IBAN (nmero internacional de cuenta) del beneficiario y el BIC (cdigo de

    identificacin bancaria) del banco del beneficiario. En este caso se consideran

    transferencias STP (Straight Through Processing) y se realizan de forma

    totalmente automatizada. Las transferencias exteriores que no son STP tienen

    comisiones superiores.

    Operaciones bancarias cartas de crdito.

    Dentro del proceso de globalizacin y economa de mercado que experimentamos

    a nivel mundial hoy en da resulta imprescindible promover y facilitar el comercio

    internacional. La carta de crdito es un instrumento de pago, sujeto a regulaciones

    internacionales, mediante el cual un banco (Banco Emisor) obrando por solicitud y

    conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante) debe hacer un pago a

    un tercero (beneficiario) contra la entrega de los documentos exigidos, siempre y

    cuando se cumplan los trminos y condiciones de crdito.

    En otras palabras, es un compromiso escrito asumido por un banco de efectuar el

    pago al vendedor a su solicitud y de acuerdo con las instrucciones del comprador

    hasta la suma de dinero indicada, dentro de determinado tiempo y contra entrega

    de los documentos indicados. Este instrumento es uno de los documentos ms

  • 37

    sencillos en su forma y de los ms complejos en cuanto a su contenido. Llamada

    tambin Crdito Comercial, Crdito Documentario, y en algunas ocasiones

    simplemente crdito.

    Marco legal aplicable para crditos documentarios adems de encontrarse

    regulados especficamente en la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito,

    el marco jurdico de los crditos documentarios deriva de la reglamentacin

    internacional emitida por la Cmara de Comercio Internacional (ICC),

    organizacin empresarial a nivel mundial encargada de establecer las normas que

    rigen el intercambio de bienes a nivel internacional.

  • 38

    CONCLUSIONES

    A travs de la investigacin acerca del sistema financiero guatemalteco hemos

    obtenido conocimientos sumamente interesantes acerca del mismo.

    Hemos conocido la complejidad de la que se compone el sistema del cual

    dependen las principales actividades econmicas de nuestro pas. Como sabemos

    para que cualquier tipo de sistema funcione correcta y oportunamente se necesita

    que existan subsistemas para que a stos se les deleguen las tareas principales

    de acuerdo a su clasificacin y de esta manera se logren alcanzar

    satisfactoriamente los objetivos del sistema.

    En el presente trabajo expusimos las principales funciones de las distintas

    dependencias tanto pblicas como privadas que se relacionan y efectan tareas

    para que el sistema financiero, burstil, crediticio, y las aseguradoras-

    afianzadoras desempeen su cometido:

    El buen funcionamiento del Sistema Financiero es fundamental para el crecimiento

    de la economa del pas, ya que es el medio que permite la asignacin eficiente

    del capital, al poner en contacto y la inversin.

  • 39

    EGRAFA

    https://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_Financiero_Guatemalteco

    www.banguat.gob.gt/inc/ver www.aulafacil.com

    http://www.minfin.gob.gt/

    www.un.org/es/sections/about-un/funds-programmes

    http://www.onu.org.gt/ http://www.monografias.com/trabajos12/sfmdos/sfmdos.shtml#ixzz3kqmzbjh

    u http://www.ejemplode.com/59-finanzas/2526-

    ejemplo_de_carta_de_credito.html https://es.wikipedia.org/wiki/Carta_de_cr%C3%A9dito http://www.buenastareas.com/ensayos/Sistema-Financiero-Guatemalteco/5462405.html