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1 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Presupuesto SINAC 2017

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1

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Presupuesto SINAC

2017

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2

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Tabla de Contenido

Acuerdos de aprobación por parte de CONAC _______________________________________ 5

PRESUPUESTO ORDINARIO 2017 __________________________________________________ 6

Antecedentes ____________________________________________________________________ 6

Estructura Presupuestaria __________________________________________________________ 7

Sección de Ingresos ____________________________________________________________ 8

PRESUPUESTO ORDINARIO 2017 _______________________________________________ 9

Antecedentes ____________________________________________________________________ 9

Estructura Presupuestaria _______________________________________________________ 10

Sección de Ingresos _____________________________________________________________ 11

Presupuesto de Ingresos, año 2017 _______________________________________________________ 12

Justificación de Ingresos 2017 __________________________________________________________ 15

MODIFICACION REQUERIDA EN EL CONTRATO DE PRESTAMO 1824/OC-CR, JUSTIFICACION E

IMPLICACIONES ______________________________________________________________ 27

Detalle de Proyecciones e historial de ingresos 2010 al 2015, proyección 2016 y 2017 ______ 32

Sección de Gastos _____________________________________________________________ 48

Resumen Presupuesto de Egresos 2017 _________________________________________________ 49

Presupuesto de Egresos por programa 2017 _____________________________________________ 53

Justificación de Justificación de Egresos Presupuesto SINAC 2017__________________________ 63

Justificación Presupuesto de Egresos Programa Turismo Sostenible. _______________________ 88

Justificación Presupuesto de Egresos Auditoría Interna. __________________________________ 95

Sección Información Complementaria ____________________________________________ 97

1- Estado de Origen y Aplicación de Recursos _______________________________________ 98

2- Análisis horizontal de egresos _________________________________________________ 105

3- Comparativos de Ingresos ____________________________________________________ 115

4- Evolución del Gasto _________________________________________________________ 121

5- Comparativo Presupuesto de ingresos año 2016-2017 (justificación en variaciones relevantes)

130

6- Comparativo Presupuesto de egresos año 2016-2017 (justificación en variaciones relevantes)

134

7- Detalle de Transferencias ____________________________________________________ 148

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3

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

8- Justificación Presupuesto “Remuneraciones, póliza de riesgos del trabajo, cargas sociales,

prestaciones legales y otras prestaciones ___________________________________________ 150

Punto 10) STAP-1801-2016 Detalle de las subpartidas de jornales _______________________________ 192

Punto 11) STAP-CIRCULAR-1801-2016 Detalle de la Subpartida de servicios especiales_______________ 193

Punto 15) STAP-1801-2016 Desglose de Pluses Salariales por Subpartida __________________________ 195

Punto 16) STAP-1801-2016 Relación de Puestos, desglose por número de puesto, clasificación, salario base

y pluses salariales ______________________________________________________________________ 195

Punto 17) STAP-1801-2016 Resumen de la Relación de Puestos 2017 ____________________________ 196

Punto 17) STAP-1801-2016 Comparativo relación puesto 2016-2017 _____________________________ 197

Punto 18) STAP-1801-2016 Relación de Puestos 2017 por Grupo Ocupacional _____________________ 199

9- Detalle de Contratos Marco 2017 ______________________________________________ 200

10- Monto asignado para información y publicidad. ________________________________ 203

11- Plan Presupuesto Institucional 2017__________________________________________ 204

12- Monto para trasladar a la Comisión Nacional de Emergencias. ____________________ 213

13- Monto incluido para cumplir con la Ley 7600. __________________________________ 213

14- Detalle del límite de gasto autorizado ________________________________________ 213

15- Certificación de superávit libre y específico ____________________________________ 214

16- Certificación CCSS ________________________________________________________ 215

17- Información sobre los presupuestos para la adquisición de bienes y servicios no personales

2017 216

18- CERTIFICACIÓN DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DEL BLOQUE DE LEGALIDAD QUE DEBE

CUMPLIR EL PRESUPUESTO INICIAL Y SUS VARIACIONES DE LOS ENTES Y ÓRGANOS SUJETOS A LA

APROBACIÓN PRESUPUESTARIA POR PARTE DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 217

ANEXOS “Normativa” ________________________________________________________ 218

Anexo 1. Decreto N° 35395-MINAET “Licencias y permisos” _________________________ 219

Anexo 2. Decreto N° 22550-MIRENEM “Canon Salinas” _____________________________ 221

Anexo No. 5 Resolución R-SINAC-DG-003-2007 “Venta de Guías y Placas” _____________ 223

Anexo 6. Decreto N°. 38295-MINAE “Entradas a las ASP” ___________________________ 225

Anexo 7. Reglamento para la Regulación de las Concesiones de Servicios no Esenciales No.

32357 ________________________________________________________________________ 249

Anexo 8. Decreto N° 27345-MINAE “Canon Pastoreo” _______________________________ 258

Anexo 9. Decreto N° 26187-MINAE “Canon Torres” ________________________________ 261

Anexo 10. Decreto N° 32868 “Canon aprovechamiento de Aguas” ______________________ 273

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo 11. Convenio IDA-MINAET _______________________________________________ 283

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Acuerdos de aprobación por parte de CONAC

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6

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

PRESUPUESTO ORDINARIO 2017

Antecedentes

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica 3-007-317912 es un Órgano

con Desconcentración Máxima y Personalidad Jurídica Instrumental, adscrito al Ministerio del

Ambiente y Energía.

Fue creado mediante Ley No.7788 “Ley de Biodiversidad” publicada en La Gaceta No.101 del

miércoles 27 de mayo de 1998, integrando en una misma estructura administrativa las

antiguas Dirección General de Vida Silvestre, la Administración Forestal del Estado y el

Servicio de Parques Nacionales.

Para llevar a cabo las funciones que la normativa le encomienda, el SINAC contará con los

recursos a que hace referencia el artículo 35 de la Ley de Biodiversidad, que indica:

“Artículo 35.- Financiamiento. El Sistema Nacional de Áreas de

Conservación deberá diseñar mecanismos de financiamiento que le

permitan ejercer sus mandatos con agilidad y eficiencia. Dichos

mecanismos incluirán transferencias de los presupuestos de la

República o de cualquier persona física o jurídica, así como los fondos

propios que generen las áreas protegidas, incluyendo las tarifas de

ingreso, el pago de servicios ambientales, los canje de deuda, los

cánones establecidos por ley, el pago por las actividades realizadas

dentro de las áreas protegidas y las donaciones”

El SINAC para el cumplimiento de sus actividades cuenta con cuatro fuentes de

financiamiento que administra directa e independientemente, dada la potestad que le otorga

ser un órgano desconcentrado con personería jurídica instrumental, según lo establece la

Ley de Biodiversidad. Estos son: “Fondo SINAC, Fondo de Parques Nacionales, Fondo

Forestal y Fondo de Vida Silvestre

“ARTÌCULO 22.- Sistema Nacional de Áreas de Conservación Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante denominado Sistema, que tendrá personería jurídica propia; será un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integrará las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas y el Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica. Conforme a lo anterior, la Dirección General de Vida Silvestre, la Administración Forestal del Estado y el Servicio de Parques Nacionales ejercerán sus funciones y competencias como una sola instancia, mediante la estructura administrativa del Sistema, sin perjuicio de los objetivos para los que fueron establecidos. Queda incluida como competencia del Sistema la protección y conservación del uso de cuencas hidrográficas y sistemas hídricos.” (subrayado y negrita no son del original)

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Estructura Presupuestaria

Para la formulación del presupuesto de egresos, se trabajará con dos programas

presupuestarios:

Programa No. 1- Conservación y Uso de la Biodiversidad

Este programa incorpora todos los gastos que tienen relación con las actividades

sustantivas de la institución (conservación y uso sostenible, información y regularización

territorial, prevención, control, uso sostenible y participación ciudadana.

Programa No. 2- Planificación y Administración

Este programa incorpora todos los gastos que tiene relación con las actividades de apoyo

a las acciones sustantivas de la Institución. (Asesores Legales, Planificación,

Administración, Financiero Contable, Mercadeo, Proyectos y cooperación, Servicios

generales, Proveeduría, Auditoría, Control interno, Tecnología de la información, Recursos

Humanos, entre otros).

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sección de Ingresos

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

PRESUPUESTO ORDINARIO 2017

Antecedentes

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cédula jurídica 3-007-317912 es un Órgano

con Desconcentración Máxima y Personalidad Jurídica Instrumental, adscrito al Ministerio del

Ambiente y Energía.

Fue creado mediante Ley No.7788 “Ley de Biodiversidad” publicada en La Gaceta No.101 del

miércoles 27 de mayo de 1998, integrando en una misma estructura administrativa las

antiguas Dirección General de Vida Silvestre, la Administración Forestal del Estado y el

Servicio de Parques Nacionales.

Para llevar a cabo las funciones que la normativa le encomienda, el SINAC contará con los

recursos a que hace referencia el artículo 35 de la Ley de Biodiversidad, que indica:

“Artículo 35.- Financiamiento. El Sistema Nacional de Áreas de

Conservación deberá diseñar mecanismos de financiamiento que le

permitan ejercer sus mandatos con agilidad y eficiencia. Dichos

mecanismos incluirán transferencias de los presupuestos de la

República o de cualquier persona física o jurídica, así como los fondos

propios que generen las áreas protegidas, incluyendo las tarifas de

ingreso, el pago de servicios ambientales, los canje de deuda, los

cánones establecidos por ley, el pago por las actividades realizadas

dentro de las áreas protegidas y las donaciones”

El SINAC para el cumplimiento de sus actividades cuenta con cuatro fuentes de

financiamiento que administra directa e independientemente, dada la potestad que le otorga

ser un órgano desconcentrado con personería jurídica instrumental, según lo establece la

Ley de Biodiversidad. Estos son: “Fondo SINAC, Fondo de Parques Nacionales, Fondo

Forestal y Fondo de Vida Silvestre

“ARTÌCULO 22.- Sistema Nacional de Áreas de Conservación Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante denominado Sistema, que tendrá personería jurídica propia; será un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integrará las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas y el Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica. Conforme a lo anterior, la Dirección General de Vida Silvestre, la Administración Forestal del Estado y el Servicio de Parques Nacionales ejercerán sus funciones y competencias como una sola instancia, mediante la estructura administrativa del Sistema, sin perjuicio de los objetivos para los que fueron establecidos. Queda incluida como competencia del Sistema la protección y conservación del uso de cuencas hidrográficas y sistemas hídricos.” (Subrayado y negrita no son del original)

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Estructura Presupuestaria

Para la formulación del presupuesto de egresos, se trabajará con dos programas

presupuestarios:

Programa No. 1- Conservación y Uso de la Biodiversidad

Este programa incorpora todos los gastos que tienen relación con las actividades

sustantivas de la institución (conservación y uso sostenible, información y regularización

territorial, prevención, control, uso sostenible y participación ciudadana.

Programa No. 2- Planificación y Administración

Este programa incorpora todos los gastos que tiene relación con las actividades de apoyo

a las acciones sustantivas de la Institución. (Asesores Legales, Planificación,

Administración, Financiero Contable, Mercadeo, Proyectos y cooperación, Servicios

generales, Proveeduría, Auditoría, Control interno, Tecnología de la información, Recursos

Humanos, entre otros).

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sección de Ingresos

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Presupuesto de Ingresos, año 2017

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

1.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS CORRIENTES 31 670 702 613 81,92%

1.1.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS TRIBUTARIOS 1 869 311 213 4,84%

1.1.3.0.00.00,0,0000 Impuesto sobre bienes y servicios 5 425 000 0,01%

1.1.3.2.00.00.0.0.000 Impuesto específico sobre la producción y consumo de bienes y servicios

5 425 000 0,01%

1.1.3.2.01.00.0.0.000 Impuestos específicos sobre la producción y consumo de Bienes

5 425 000 0,01%

1.1.3.2.01.01.0.0.000 Impuestos Específicos sobre productos agropecuarios y Forestales

0,00%

1.1.3.2.01.020.0.000 Impuesto específico sobre la explotación de recursos naturales y mineros

5 425 000 0,01%

Licencias de caza y pesca 500 000 0,00%

Licencia de aves canoras 0 0,00%

Extracción de palmito y lana 0,00%

Extracción de palmito 200 000 0,00%

Extracción de lana 100 000 0,00%

Permisos de Salinas 2 000 000 0,01%

Impuesto Forestal 225 000 0,00%

Recolección científica 2 400 000 0,01%

Canon Forestal 0,00%

Permisos de Uso 0,00%

Permiso de investigación 0,00%

1.1.4.0.00.00.0.0.000 Impuesto sobre comercio exterior y transacciones instalaciones

1 000 000 0,00%

1.1.4.2.00.00.0.0.000 Impuesto a las exportaciones 1 000 000 0,00%

1.1.4.2.09.00.0.0.000 Otros impuestos a las exportaciones 1 000 000 0,00%

Extracción y recolección de flora silvestre 1 000 000 0,00%

1.1.9.0.00.00.0.0.000 Otros ingresos Tributarios 1 862 886 213 4,82%

1.1.9.1.00.00.0.0.000 Impuesto de timbres 1 862 886 213 4,82%

Timbre Pro-Parques Nacionales 1 856 242 897 4,80%

Timbre de Vida Silvestre 6 643 316 0,02%

1.3.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9 380 856 902 24,26%

1.3.1.0.00.00.0.0.000 Venta de Bienes y Servicios 9 356 096 582 24,20%

1.3.1.1.00.00.0.0.000 Venta de Bienes 19 018 780 0,05%

1.3.1.1.09.00.0.0.000 Venta de otros bienes 19 018 780 0,05%

Venta de guías forestales 2 178 385 0,01%

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Venta de placas para marcar madera 16 840 395 0,04%

Venta de Formularios 0,00%

1.3.1.2.00.00.0.0.000 Venta de Servicios 9 191 882 713 23,78%

1.3.1.2.09.00.0.0.000 Otros Servicios 9 191 882 713 23,78%

1.3.1.2.09.04.0.0.000 Servicios Culturales y Recreativos 9 000 000 000 23,28%

Entradas a las Áreas Silvestres Protegidas 9 000 000 000 23,28%

1.3.1.2.09.09.0.0.000 Venta de otros servicios 191 882 713 0,50%

Uso de instalaciones en las Áreas Silvestres Protegidas

191 882 713 0,50%

1.3.1.3.00.00.0.0.000 Derechos Administrativos 145 195 089 0,38%

1.3.1.3.02.00.0.0.000 Derechos Administrativos a otros Servicios públicos 145 195 089 0,38% 1,3,1,3,02,03.0.0.000 Derechos Administrativos a actividades comerciales 132 200 000

Servicios no esenciales 132 200 000

1.3.1.3.02.09.0.0.000 Otros derechos administrativos a otros servicios públicos

12 995 089 0,03%

Derecho de Filmación 12 995 089 0,03%

1.3.2.0.00.00.0.0.000 Ingresos de la propiedad 24 760 320 0,06%

1.3.2.2.00.00.0.0.000 Renta de la Propiedad 24 760 320 0,06%

1.3.2.2.02.00.0.0.000 Alquiler de terrenos 12 000 000 0,03%

Canon Pastoreo ( ACA-T) 12 000 000 0,03%

1.3.2.2.09.00.0.0.000 Otros Ingresos de la Renta de la Propiedad 12 760 320 0,03%

Instalación de Torres 11 660 000 0,03%

Permisos de investigación 1 100 320 0,00%

1.3.2.3.00.00.0.0.000 Renta de Activos Financieros 0 0,00% 1.3.2.3.03.00.0.0.000 Otras rentas de Activos Financieros 0 0,00% 1.3.2.3.03.04.0.0.000 Diferencias por tipo de cambio 0 0,00%

1.3.3.0.00.00.0.0.000 MULTAS, SANCIONES, REMATES Y CONFISCACIONES 0 0,00% 1.3.3.1.00.00.0.0.000 MULTAS Y SANCIONES 0 0,00%

1.3.3.1.09.00.0.0.000 Otras Multas 0,00%

1.3.9.0.00.00.0.0.000 Otros Ingresos no tributarios 0 0,00%

1.3.9.9.00.00.0.0.000 Ingresos Varios no especificados 0 0,00%

Otros (Depósitos sin detalle, sobrantes) 0 0,00% Sobrantes del periodo, depósitos sin detalle 0 0,00%

1.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 20 420 534 498 52,82%

1.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes del Sector Público 20 420 534 498 52,82% 1.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes del Gobierno Central 19 035 644 113 49,24% 1.4.1.2.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes Órganos Desconcentrados 1 264.890.385 3,27% FONAFIFO Pago de servicios ambientales 188 190 385 0.49%

Dirección de Aguas -Canon aprovechamiento del agua

1 076 700 000 2.78%

1.4.1.3.00.00.0.0.000 Transferencia corriente a instituciones descentralizadas no empresariales

120.000.000 0,31%

INDER Convenio ACA T 120.000.000 0,31%

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

2.0.0.0.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital 3 200 853 778 8,28%

2.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital del sector Público 3 200 853 778 8,28% 2.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital del Gobierno Central 3 200 853 778 8,28%

Pago tierras 1 000 000 000 2,59%

Programa Turismo Sostenible 2 200 853 778 5,69%

3.0.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO 3 790 074 051 9,80%

3.3.0.0.00.00.0.0.000 Recursos de Vigencias Anteriores 3 790 074 051 9,80%

3.3.2.0.00.00.0.0.000 Superávit Libre 3 211 626 158 8,31%

3.3.2.0.00.00.0.0.000 Superávit específico 578 447 893 1,50%

TOTAL 38 661 630 442 100,00%

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Justificación de Ingresos 2017

Para la elaboración de las proyecciones de ingreso se utiliza una metodología y una base

Estadística, en esta se aplican modelos de estimación basados en datos históricos, criterio de

experto y aplicando tres tendencias o ecuaciones de curvas.

Regresión lineal

Curva de ajuste logarítmica

Curva de ajuste exponencial

Se determina el nivel de tendencia que se acerque más a uno, este se define por el dato

mayor del coeficiente de determinación R2 (R al Cuadrado).

A continuación se detalla el fundamento legal de cada uno de los conceptos de ingreso y de

seguido la proyección para el año 2017 con base en la información indicada.

LICENCIAS DE PESCA ¢500.000.oo

PERMISOS DE INVESTIGACIÓN ¢1.100.320.oo

EXTRACCIÓN DE LANA ¢ 100.000.oo

EXTRACCIÓN DE PALMITO ¢200.000.oo

LICENCIAS DE RECOLECCIÓN CIENTÍFICA Y CULTURAL ¢2.400.000.oo

LICENCIAS DE EXTRACCIÓN Y RECOLECCIÓN DE FLORA SILVESTRE ¢1.000.000.oo

El fundamento legal para estos conceptos de ingreso se encuentra en los artículos No. 31,

38, 53, 64, de la Ley de Vida Silvestre No. 7317, del 30 de octubre de 1992, la actualización

de los montos a cobrar, se fundamenta en el art. No. 127 de esta misma Ley.

El establecimiento de los montos a cobrar se dicta en el decreto No. 35395-MINAET, del 31

de agosto del 2009, Gaceta No.169. Ver en anexo No.1 decreto No. 35395-MINAET

PERMISOS DE SALINAS ¢2.000.000.oo

Se fundamenta en el decreto No. 22550-MIRENEM, artículo No. 5, Gaceta 193 del mes de

octubre 1993, en el cual se establece un cobro de ¢5.000.oo, por canon.

Ver en anexo No.2 decreto No. 22550-MIRENEM

Ver anexo No 3 , decreto No. N° 35868-MINAET

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

IMPUESTO FORESTAL ¢225.000.oo

Impuesto establecido en la Ley Forestal No. 7575, artículo No. 42.

ARTÍCULO 42.- Impuesto forestal Se establece un impuesto general forestal del tres por ciento (3%) sobre el valor de transferencia en el mercado de la madera en trozas, el cual será determinado por la Administración Forestal del Estado. El pago del impuesto se efectuará de conformidad con lo estipulado en la Ley No. 6826, del 8 de noviembre de 1982, y sus reformas. Se entenderá por madera en troza, la sección del árbol libre de ramas, con un diámetro mayor o igual a 29 centímetros en el extremo más delgado. Se considerará el hecho generador del impuesto que se crea, en el momento de la industrialización primaria de la madera o, en el caso de madera importada, el impuesto deberá ser pagado en aduanas de acuerdo con el valor real. La madera pagará un impuesto de ventas igual al impuesto general de ventas, establecido en la Ley No. 6826, del 8 de noviembre de 1982, menos tres puntos porcentuales. Las personas físicas o jurídicas, propietarias de centros de industrialización primaria de maderas, están obligadas a cumplir con el pago de este tributo.

TIMBRE DE VIDA SILVESTRE ¢6.643.314.oo

El timbre de Vida Silvestre se crea mediante la Ley No. 7317, artículo No. 124, del 7 de

diciembre de 1992, en tres denominaciones (¢20.oo, ¢50.oo y ¢100.oo colones)

Este timbre se cancela en los siguientes casos:

En todo permiso de circulación anual de cualquier clase de vehículo automotor ¢20.oo

En las inscripciones de vehículos automotores, efectuadas por primera vez en el Registro

Público de la Propiedad de Vehículos ¢50.00

En todo permiso de exportación de animales o plantas silvestres ¢100.oo, excepto en

permisos con fines investigativos, destinados a museos o a propósitos educativos.

TIMBRE PRO PARQUES NACIONALES ¢ 1.856.242.897.oo

El timbre de parques nacionales, se crea mediante Ley N° 6084, artículo No. 7, del 7 de

setiembre de 1977, en sus diferentes denominaciones. En la Ley de Biodiversidad No.7788

del 27 de mayo de 1998, artículo No.43 se establecen los nuevos montos a cobrar por este

timbre.

Los procedimientos de cobro a las Municipalidades, se emite en el año 2001 (decreto

No.29341-MINAE-H, del jueves 8 de marzo del 2001), correspondiente a los inciso 1 y 5 del

art.43 de la Ley 7788.

En decreto No.29474-MINAE, del jueves 17 de mayo del 2001, se instruye a la Dirección

General de Migración y Extranjería sobre el procedimiento, (inciso 2, art. 34 de la Ley 7788),

timbre que debe llevar todo pasaporte o salvoconducto que se extienda para salir del país.

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17

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Respecto al inciso 3 (timbre de ¢500 que se capta en el Registro Nacional, por medio de

documentos de traspaso e inscripción de vehículos automotores) su cobro es a través del

Banco de Costa Rica, que es la sucursal que existe autorizada dentro de las instalaciones del

Registro Nacional, no se utiliza la estampa, el timbre es incorporado dentro de los renglones

de los conceptos de cobro.

Referente al inciso No.4 (timbre de ¢500.00 que debe llevar toda la autenticación de firmas

que realice el Ministerio de Relaciones exteriores) se utiliza la estampilla correspondiente,

ésta es vendida a los usuarios a través de la Asociación de Empleados de esa institución.

VENTA DE GUÍAS FORESTALES PARA EL TRANSPORTE DE LA MADERA ¢ 2.178.385.oo

VENTA DE PLACAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MADERA ¢16.840.395.oo

El SINAC, está facultado para ejercer la Administración Forestal del Estado y por ende es

responsable de establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para el transporte y

control de los productos forestales.

Por lo anterior como parte de los requisitos de control, para el transporte de la madera por las

carreteras nacionales, se establece el uso de la guía y las placas para marcar la madera en

troza.

En la Resolución No. R-SINAC-DG-003-2007, del martes 3 de abril del 2007, se actualizan los

valores a cobrar a los usuarios, estableciendo su nuevo valor en:

Guías ¢300.oo

Placas ¢200.oo

Ver en anexo No.5 Resolución R-SINAC-DG-003-2007.

ENTRADAS A LOS PARQUES NACIONALES Y ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS

¢9.000.000.000.oo

Este monto se genera por la tarifa de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas, establecido

en la Ley de Parques Nacionales No. 6084, administrado por el Sistema Nacional de Áreas

de Conservación.

El cobro de las tarifas de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas y el incremento a estas y

otros servicios en las áreas silvestres protegidas, se fundamenta en la aplicación de estudios

técnicos, tales como: “Indexación de tarifas a las áreas silvestres protegidas de acuerdo con

el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la aplicación de la “Metodología para la

actualización de tarifas” aprobada por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación, en

Sesión Extraordinaria Nº 12-2009 del 14 de diciembre del 2009. La aplicación de esta

metodología de actualización de tarifas, se sustenta en el artículo 59 de la Ley de

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18

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Biodiversidad. Además de la metodología se aplican criterios vinculados a las mejoras en

infraestructura que se realizan en algunos Parques Nacionales, con recursos generados por

este concepto de ingreso en su mayor parte, éste ingreso es uno de los más relevante dentro

de los autorizados por la Ley de Parques Nacionales y Ley de Biodiversidad

El decreto vigente que regula el cobro a las ASP es el No. 38295 MINAE, firmado el 15 de

enero de 2014, implementándose a partir del mes de noviembre del mismo año.

Para la proyección de ingreso se utiliza como variable (datos de visitación) al cierre del año

2015, por cada una de las Áreas Silvestres Protegidas que recibe visitación.

Ver decreto No.38295 MINAE y su modificación decreto No. 38546-MINAE en anexo No. 6

USO DE INSTALACIONES EN ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS ¢191.882.713.oo

(Acampar, hospedaje, buceo y anclaje, filmación)

En el decreto No. 38295 MINAE de fecha 15 de enero 2014, se autoriza al Sistema Nacional

de Áreas de Conservación a cobrar diferentes tarifas en las Áreas Silvestres Protegidas bajo

su administración, se utilizan datos históricos de ingreso para elaborar la proyección.

SERVICIOS NO ESENCIALES ¢132.200.000.oo

El decreto No. 32357 establece el Reglamento para la Regulación de Servicios no Esenciales

en las Áreas Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas de

Conservación.

Para el año 2017 se proyectan las siguientes concesiones de servicios:

Parque Nacional Chirripo: Servicios de alimentación, alojamiento, acarreo, tienda de la

naturaleza y alquiler de equipo. Suma proyectada ¢75 millones

La proyección se realiza con base en el monto recibido en el año 2015, el ingreso se recibe

según el siguiente detalle:

CANON

Transporte de equipaje 5% del monto total facturado por mes

Page 19: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

19

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Alimentación -, Alquiler de equipo y tienda de la naturaleza 5% del monto total

facturado mes

Hospedaje $10,00 por noche por persona por mes

Ingresos recibidos:

2014 de julio a diciembre TOTAL FACTURADO = ¢39.002.108,14

2015 de enero a diciembre TOTAL FACTURADO = ¢74.517.000,01

2016 de enero a agosto TOTAL FACTURADO = ¢59.083.591,46

Parque Nacional Tortuguero:

Servicio de rastreo de tortuga marina, $1.5 por 36.000 turistas en temporada de desove, de

julio a octubre, total $54.000.

Uso instalaciones sendero Cerro Tortuguero, $1 por 50.000 turistas, total $50.000.

Considerando un tipo de cambio de ¢550 por $1, se proyecta un ingreso de ¢57.2 millones.

Ver decreto No.32357 en anexo No. 7.

DERECHOS DE FILMACIÓN ¢12.995.089.oo

En el decreto No. 38295 MINAE de fecha 15 de enero 2014, se autoriza al Sistema Nacional

de Áreas de Conservación a cobrar diferentes tarifas en las Áreas Silvestres Protegidas bajo

su administración, se utilizan datos históricos de ingreso para elaborar la proyección.

Ver decreto No. 38295 MINAE en anexo 6

ALQUILER DE TERRENOS (CANON DE PASTOREO) ¢12.000.000.oo

En decreto ejecutivo No. 27345 del 18 de agosto de 1988, se autoriza al SINAC, el cobro por

canon de pastoreo.

Artículo 1°—Se establece para el Parque Nacional Palo Verde, el manejo activo en sus humedales y

áreas de pasto jaragua (Hyparrhenia rufa) mezcladas con remanentes de bosque secundario. Las

intervenciones estarán basadas en el Plan de Manejo del Parque Nacional Palo Verde, la zonificación

propuesta en dicho plan, los compromisos con la Convención RAMSAR y el asesoramiento y monitoreo

del Comité Asesor del Parque.

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20

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Según el informe No. 39 de Sitios RAMSAR, recomienda que los recursos generados por pastoreo

sean utilizados para beneficio de la misma Área Silvestre Protegida que los generó. Dichos recursos se

invertirán en servicios de franjeo para la eliminación de tifa y minosa tigra.

Los recursos se ejecutarán de conformidad con lo establecido en el reglamento de operación aprobado

para tal fin.

Ver decreto No. 27345, en anexo No. 8

INSTALACIÓN DE TORRES ¢11.660.000.oo

El Decreto Ejecutivo Nº 26187-MINAE regula la instalación de puestos de telecomunicación

dentro de las Áreas Silvestres Protegidas, y establece cuatro categorías: Puestos para

televisión, puestos para radiodifusión, puestos de radiocomunicación privada y puestos de

comunicación del Estado y otras instituciones públicas. En el artículo 6 del mismo se

establece un monto fijo de ¢ 100,000 por la instalación de puestos de telecomunicación

privada.

Con base en el historial de ingreso, se proyecta para el año 2017 un monto de

¢11.660.000.oo. Ver decreto No. 26187-MINAE

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Transferencia Gobierno Central ¢ 19.035.644.113

Transferencia de Gobierno Central en Proyecto de Presupuesto Ordinario de la República

para el ejercicio económico 2017

Detalle en Proyecto de Ley: PP-219-016

6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 19.840.887.827 601 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 19.237.986.402 60102 TRANSFERENCIAS CORRIENTES A ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 19.215.644.113 60102 001 1310 2260 210 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN 19.035.644.113 (SINAC).

(PARA PAGO DE REMUNERACIONES Y OTROS GASTOS OPERATIVOS DEL SINAC. INCLUYE ADEMÁS ¢482.800.000,00 PARA EL FONDO FORESTAL SEGÚN LEY

No. 7575, LEY FORESTAL DEL 13 DE FEBRERO DE 1996, ARTÍCULOS Nos. 42 Y 43 INCISOS A, B, C, E, F, G, H, I, Y ¢166.400.000,00 PARA EL FONDO DE VIDA SILVESTRE EN

CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 7317, LEY DE CONSERVACIÓN DE LA VIDA SILVESTRE DEL 30 DE OCTUBRE DE 1992. INCLUYE ¢3.013.278.704,00 PARA PAGO DE SALARIOS DE PERSONAL QUE REALIZA LABORES DE CONTROL, PROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE MANERA QUE ESTE RUBRO SEA LIBERADO DEL FONDO

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21

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DE PARQUES NACIONALES).

Céd. Jur 3-007-317912

Transferencias corrientes órganos Desconcentrados

Dirección de Aguas “canon aprovechamiento del agua” ¢1.076.700.000

El artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nº 32868-MINAE se crea el canon de aprovechamiento de

agua, que se cobra de acuerdo con los distintos usos, tales como: agropecuario, industrial,

comercial entre otros. En el art. 14 se establece que el SINAC será el beneficiario del 25% de

lo recaudado, para financiar actividades relacionadas con la conservación, restauración,

protección y uso sostenible de los recursos hídricos en las cuencas hidrográficas, Parques

Nacionales y Reservas Biológicas de conformidad con los planes y programas nacionales de

gestión del recurso hídrico. Operación y mantenimiento de las Áreas Silvestres Protegidas, en

razón del servicio ambiental protección del recurso hídrico. Y, pago de tierras privadas en

áreas silvestres protegidas estatales tales como los Parques Nacionales y Reservas

Biológicas.

Detalle en Proyecto de Ley: PP-219-025

6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.315.280.062 601 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 1.299.854.473 60102 TRANSFERENCIAS CORRIENTES A ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 1.292.000.000 60102 001 1310 2111 210 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN 1.076.700.000 (SINAC). (TRASLADO DEL 25,0% DE LOS INGRESOS POR CONCEPTO DE CANON DE APROVECHAMIENTO DE AGUA PARA LA PROTECCIÓN DE RECURSO HÍDRICO, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO No. 14 DEL DECRETO 32868-MINAE, CANON POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DEL 24 DE AGOSTO DE 2005). Céd. Jur 3-007-317912

Transferencia por Pago de Servicios Ambientales (FONAFIFO)

¢188.190.385

Del total de recursos presupuestados para el Programa de Pago de Servicios Ambientales

que realiza FONAFIFO, corresponde transferir a SINAC un 1.33%.

Lo anterior con base en art No. 64 de decreto que reforma el Reglamento a la Ley Forestal

No. 25721-MINAE.

Artículo 64.- Se autoriza al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal a destinar hasta un veintiuno

por ciento (21%) del total de los ingresos presupuestados para el pago de Servicios Ambientales del

FONAFIFO y del fideicomiso 544 Banco Nacional de Costa Rica, para financiar los gastos

administrativos y técnicos que requiere el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal y para el

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Fideicomiso 544 BNCR, según dispone la Ley número 8640. Este porcentaje en su totalidad será

deducido y aplicado del ingreso de recursos derivados del impuesto único a los combustibles,

generados en virtud de la Ley número 8114.

Adicionalmente, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal trasladará del total de los ingresos

presupuestados para el pago de Servicios Ambientales del FONAFIFO y el Fideicomiso 544, un uno

punto treinta y tres por ciento (1.33%) al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del

Ministerio del Ambiente y Energía para la ejecución y operación de la Estrategia de Seguimiento y

Fomento al Programa de Pago de Servicios Ambientales, elaborada por SINAC y trasladará un cero

punto sesenta y siete por ciento (0.67%) a la Oficina Nacional Forestal, para ejecutar acciones

contenidas en el plan de trabajo elaborado por ésta, con el fin de coadyuvar al fomento del programa

de servicios ambientales.

Se faculta al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, para negociar en los convenios o contratos

de compra y venta de servicios ambientales, un porcentaje de gastos administrativos y técnicos de

acuerdo a la naturaleza de las obligaciones adquiridas en ellos.

Transferencias del Instituto de Desarrollo Agrario. ¢120.000.000.oo Se incorporan dentro del presupuesto ¢120 millones producto del convenio entre el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) “INDER” y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), para la ejecución del programa de restauración de humedales en el Parque Nacional Palo Verde, a la luz del acuerdo conciliatorio según el expediente N° 172-00-TAA Tribunal Ambiental Administrativo del 16 de junio del año 2011.

Anexo No. 11 - Convenio y memorándum

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Transferencia de Capital del Gobierno Central Pago de tierras ¢1.000.000.000.oo Transferencia de Gobierno Central en Proyecto de Presupuesto Ordinario de la República para el ejercicio económico 2017.

Detalle según Proyecto de Ley PP-219-019:

70102 280 2310 2240 220 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN 1.000.000.000 (SINAC). (PARA EL PAGO DE TIERRAS EN ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS, LEY No. 7788, LEY DE BIODIVERSIDAD DEL 30 DE ABRIL DE 1998). Céd. Jur 3-007-317912

Programa Turismo Sostenible ¢2.200.853.778.oo

Transferencia Contrato de Préstamo No. 1824/OC-CR

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23

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Se incorpora recursos provenientes del contrato de Préstamo No 1824/OC-CR para financiar

las acciones del Programa Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas.

Contrato de Préstamo No. 1824/OC-CR aprobado en Presupuesto Extraordinario de la

República de Costa Rica año 2012, de conformidad con el siguiente detalle:

70102 506 2310 2240 245 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC) (CRÉDITO DEL BID 1824/OC-CR, PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE TURISMO EN ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS Y SU CONTRATO MODIFICATORIO No.LEG/SGO/CID/IDBDOC#35218709). SEGÚN LEY No.8967 PUBLICADA EN LA GACETA No.191, DEL 05 DE OCTUBRE DEL 2011. 9.637.750.000,00

70102 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 9.637.750.000,00 701 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL SECTOR PÚBLICO 9.637.750.000,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Registro Contable: 219-879-00 Total Programa: 879 9.637.750.000,00 ACTIVIDADES CENTRALES Programa: 879-00

Total Título: 219 9.637.750.000,00

1- DATOS BÁSICOS 1.1 Número de financiamiento: 1824/OC-CR y Contrato Modificatorio N°LEG/SGO/CID/IDBDOC # 35218709 1.2 Beneficiario Directo: Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC); 1.3 Organismo Ejecutor: Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) 1.4 Tipo de operación: Financiamiento rembolsable 1.5 Sector: Biodiversidad 1.6 Estado: Aprobado 1.7 Financiamiento: BID: US$ 19,0 millones Contrapartida Local: US$ 6,0 millones Total: US$ 25,0 millones 1.8 Plazos de ejecución: Período de ejecución: 5 años Período de desembolso: 5 años 1.9 Beneficiarios previstos: 1. Sistema Nacional de Áreas de Conservación 2. Gobiernos Locales 3. Cámaras locales de turismo, comités de desarrollo, microempresas, organizaciones

comunales incluyendo organizaciones indígenas y Organizaciones No Gubernamentales

(ONGs)

Las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) en Costa Rica, fueron creadas con el objetivo de

proteger y conservar los recursos naturales y la biodiversidad. Constituyen un grupo de

atractivos de alta importancia para el país; su gestión de vanguardia en materia de

conservación a nivel mundial complementa la marca país que se posiciona en la mente de los

mercados. Así los mejores prospectos de viajeros son motivados a desplazarse hacia nuestro

país debido a la afinidad natural por temas ambientales y de sostenibilidad turística.

Page 24: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

La existencia de Parques Nacionales, Refugios de Vida Silvestre, Áreas Marinas de Manejo

junto a otras categorías de manejo representan en magnitud 166 áreas protegidas y la

cobertura en superficie territorial tanto terrestre como marina, superior a 2.800.000 hectáreas

bajo protección.

Esto equivale a 26% de la extensión terrestre y 49% de la superficie marina del país.

La gestión efectiva del turismo en las ASP, constituye un reto importante para el SINAC, en

sus esfuerzos por promover un Turismo Sostenible. Implica buscar mecanismos que permitan

atender la demanda, planificar la oferta y ofrecer servicios básicos. Dentro de los principales

retos se encuentran:

1. Distribuir la demanda: de las 39 ASP que se considera tienen potencial turístico, sólo seis

(Manuel Antonio, Poás, Irazú, Tortuguero, Marino Ballena y Cahuita) reciben el 65% de las

visitas. La conservación de los recursos, requiere por lo tanto encontrar un mejor balance en

la distribución de las visitas entre las áreas, para ello se debe mejorar la infraestructura de

acceso y la provisión de nuevas facilidades, infraestructura y servicios en las áreas, sin

descuidar la calidad de los mismos en las áreas que ya tienen demanda turística.

Indirectamente, este esfuerzo en el mejoramiento de la distribución de la oferta que presentan

las ASP, propicia el desarrollo de nuevos emprendimientos empresariales a nivel local, lo cual

fomenta y articula una mejor calidad de vida de las comunidades aledañas a las ASP del

SINAC.

2. Planificación Turística: De las 39 ASP, con potencial turístico únicamente diez cuentan con

planes de turismo sostenible para el ASP, como mecanismo de planificación que enfoca las

políticas y estrategias a seguir en ese campo. Además, es necesario implementar una serie

de herramientas de planificación turística, que permita organizar la actividad y generar una

experiencia de calidad en los visitantes.

3. Recursos Humanos y Equipo: Las ASP del SINAC, tienen un déficit de funcionarios para

atender las diferentes actividades que tienen que desarrollar. El turismo no es la excepción y

el SINAC requiere contratar personas especializadas en la atención y desarrollo del producto

turístico de las ASP y su entorno. De igual manera, es fundamental que las ASP cuenten con

el equipo (medios de trasporte equipo de comunicación, equipo de oficina), que permita la

adecuada gestión del turismo y esto se vea reflejado en el grado de satisfacción de los

visitantes, así como en el menor impacto en el medio ambiente.

4. Integración de los actores: Existe una escasa integración de los actores que deberían estar

trabajando en forma conjunta en el desarrollo del turismo (Instituto Costarricense de Turismo

(ICT), SINAC sector privado, comunidades y municipalidades), lo que ha implicado escasa

integración entre la gestión de la actividad turística dentro y fuera de las áreas, y en la

mitigación de impactos adversos, desaprovechado muchas oportunidades que el turismo

representa para la conservación y el desarrollo.

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25

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

5. Recaudación de ingresos económicos. El turismo es la principal fuente de ingresos de las

ASP, no obstante si se quiere mantener y mejorar este aspecto es necesario mejorar el

acceso a las ASP, los servicios ofrecidos y la metodología de fijación de precios de dichos

servicios, así como mejorar la administración de éstas.

Ante esta realidad, el Gobierno de Costa Rica solicitó al Banco Interamericano de Desarrollo

(BID) un empréstito por un monto total de diecinueve millones de dólares (UD$19.000.000)

para financiar el Programa de Turismo en las Áreas Silvestres Protegidas.

Es así como en diciembre de 2003 el Ministerio de Hacienda presentó formalmente la solicitud

de préstamo al BID ante gestiones realizadas por el SINAC-MINAE, para la formulación del

proyecto.

Para su formulación se estableció un “equipo de país” integrado por personal de SINAC e ICT

y un “equipo de proyecto” integrado por el equipo de país y personeros del BID.

El Contrato de Préstamo entre el BID y el Ministerio de Hacienda para el financiamiento del

proyecto de turismo en Áreas Protegidas, se firmó el 30 de enero de 2008. El proyecto de ley

N°17128 se presentó a la Asamblea Legislativa por parte del ejecutivo el 8 de agosto de 2008,

fue dictaminado por la Comisión Permanente Especial de Turismo, con dictamen afirmativo de

mayoría en la Sesión Ordinaria Nº 28, realizada el 21 de abril de 2009.

No obstante, se negoció con el BID, una modificación al contrato de préstamo, para que el

SINAC asumiera las funciones administrativas del proyecto, la cual fue aprobada por el BID, y

presentada de nuevo a la Asamblea Legislativa. Dicha modificación significó una reducción

del empréstito por un monto de US$1.000.000 (un millón de dólares) al suprimirse la

contratación de un organismo externo encargado de la administración del proyecto, por lo que

el monto del préstamo se estableció en US$19.000.000,00 (diecinueve millones de dólares).

El Proyecto de Ley N° 17128 Aprobación del Contrato de Préstamo Nº1824/OC/-CR y su

Contrato Modificatorio, fue dictaminado nuevamente con dictamen afirmativo de

mayoría por parte de la Comisión Permanente Especial de Turismo en noviembre de

2010 y convocado por el Poder Ejecutivo al período de sesiones extraordinarias. Fue

aprobado por el plenario de la A.L el 30 de junio de 2011 y promulgado como ley de la

República N° 8967, publicada en La Gaceta N° 191 del 05 de octubre del 2011.

El objetivo general de este Contrato de Préstamo es consolidar el turismo en las Áreas

Silvestres Protegidas (ASP) estatales de Costa Rica, como una herramienta para fortalecer su

gestión sostenible, contribuyendo directamente al desarrollo socioeconómico local y la

conservación de los recursos naturales.

Además, los objetivos específicos son:

- Lograr un mayor ingreso y sostenibilidad financiera para el SINAC y en particular para las

Áreas Silvestres Protegidas (ASP), por medio de inversiones para el desarrollo sostenible del

turismo en estas áreas y sus alrededores

Page 26: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

- Lograr un mayor beneficio socioeconómico y ambiental en los municipios y comunidades

aledañas a las ASP

- Lograr el fortalecimiento institucional del SINAC

Cumplimiento de Condiciones Previas

Una vez que el Contrato de Préstamo fue publicado en La Gaceta N°191 del 05 de Octubre

de 2011, el SINAC como Organismo Ejecutor inició con todos los procesos de cumplimiento

de las condiciones previas para el primer desembolso, establecidas en el Capítulo IV de las

Normas Generales: Artículo 4.01 Condiciones Previas al Primer Desembolso, mismas que se

citan a continuación:

(a) Que el Banco haya recibido uno o más informes jurídicos fundados que establezcan, con

señalamiento de las pertinentes disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, que

las obligaciones contraídas por el Prestatario en este Contrato y las del Garante en el

Contrato de Garantía si lo hubiere, son válidas y exigibles. Dichos informes deberán referirse,

además, a cualquier consulta jurídica que el Banco razonablemente estime pertinente

formular.

(b) Que el Prestatario, por sí o por medio del Organismo Ejecutor en su caso, haya designado

uno o más funcionarios que puedan representarlo en todos los actos relacionados con la

ejecución de este Contrato y haya hecho llegar al Banco ejemplares auténticos de las firmas

de dichos representantes. Si se designaren dos o más funcionarios, corresponderá señalar si

los designados pueden actuar separadamente o si tienen que hacerlo de manera conjunta.

(c) Que el Prestatario, por sí o por medio del Organismo Ejecutor en su caso, haya

demostrado al Banco que se han asignado los recursos suficientes para atender, por lo

menos durante el primer año calendario, la ejecución del Proyecto, de acuerdo con el

cronograma de inversiones mencionado en el inciso siguiente. Cuando este Financiamiento

constituya la continuación de una misma operación, cuya etapa o etapas anteriores esté

financiando el Banco, la obligación establecida en este inciso no será aplicable.

(d) Que el Prestatario, por sí o por medio del Organismo Ejecutor en su caso, haya

presentado al Banco un informe inicial preparado de acuerdo con los lineamientos que señale

el Banco y que sirva de base para la elaboración y evaluación de los informes de progreso a

que se refiere el inciso (a)(i) del Artículo 7.03 de estas Normas Generales. En adición a otras

informaciones que el Banco pueda razonablemente solicitar de acuerdo con este Contrato, el

informe inicial deberá comprender: (i) un plan de realización del Proyecto, que incluya, cuando

no se tratare de un programa de concesión de créditos, los planos y especificaciones que, a

juicio del Banco, sean necesarias; (ii) un calendario o cronograma de trabajo o de concesión

de créditos, según corresponda; y (iii) un cuadro de origen y aplicación de fondos en el que

consten el calendario de inversiones detallado, de acuerdo con las categorías de inversión

indicadas en el Anexo A de este Contrato y el señalamiento de los aportes anuales

necesarios de las distintas fuentes de fondos, con los cuales se financiará el Proyecto.

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27

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Cuando en este Contrato se prevea el reconocimiento de gastos anteriores a su firma o a la

de la Resolución aprobatoria del Financiamiento, el informe inicial deberá incluir un estado de

las inversiones y, de acuerdo con los objetivos del Financiamiento, una descripción de las

obras realizadas en el Proyecto o una relación de los créditos formalizados, según sea del

caso, hasta una fecha inmediata anterior al informe.

(e) Que el Prestatario o el Organismo Ejecutor haya presentado al Banco el plan, catálogo o

código de cuentas a que hace referencia el Artículo 7.01 de estas Normas Generales.

(f) Que el Organismo Oficial de Fiscalización al que se refiere las Estipulaciones Especiales,

haya convenido en realizar las funciones de auditoría previstas en el inciso (b) del Artículo

7.03 de estas Normas Generales y en las Estipulaciones Especiales, o que el Prestatario o el

Organismo Ejecutor, hayan convenido con el Banco respecto de una firma de contadores

públicos independiente que realice las mencionadas funciones.

(g) El Banco deberá haber recibido una carta debidamente firmada por el Prestatario, con el

consentimiento escrito del Garante, en su caso, ya sea confirmando su decisión de mantener

la alternativa de tasa de interés originalmente escogida para el Financiamiento conforme con

lo estipulado en las Cláusulas 1.02(b) y 2.02(a) de las Estipulaciones Especiales; o bien

comunicando su decisión de cambiar la alternativa de tasa de interés del Financiamiento,

conforme con lo estipulado en la Cláusula 2.03 de las Estipulaciones Especiales de este

Contrato de Préstamo. En caso que el Prestatario, con el consentimiento escrito del Garante,

en su caso, decida cambiar la alternativa de tasa de interés aplicable al Financiamiento, el

Prestatario deberá notificar por escrito al Banco respecto de su decisión, con una anticipación

mínima de treinta (30) días calendario a la fecha de presentación al Banco de su solicitud

para el primer desembolso del Financiamiento. Para los efectos de esta notificación, el

Prestatario deberá usar el modelo de carta requerido por el Banco. Bajo ninguna

circunstancia, el cambio de la alternativa de tasa de interés del Financiamiento deberá

realizarse en un lapso de tiempo menor al período de treinta (30) días calendario de

anticipación a la fecha de presentación al Banco de su solicitud para el primer desembolso del

Financiamiento.

Ante esta situación, el 03 de setiembre del 2012, el BID mediante oficio CID/CCR/1497/2012

notificó al SINAC que todas las condiciones previas fueron cumplidas satisfactoriamente, y

que a partir de ese momento, el proyecto fue declarado elegible para girar el primer

desembolso.

MODIFICACION REQUERIDA EN EL CONTRATO DE PRESTAMO 1824/OC-CR,

JUSTIFICACION E IMPLICACIONES

El contrato de préstamo 1824/OC-CR, para el Fortalecimiento del Programa de Turismo en

Áreas Silvestres Protegidas, se encuentra en su año final de ejecución, encontrando dos

limitantes que le impiden finalizar en tiempo su programación y que son las razones por las

cuales se requiere solicitar una prórroga en el plazo de vigencia del contrato:

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28

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

a) No cuenta con la autorización presupuestaria por parte de la CGR para poder ejecutar

₡757.600.000,00 (setecientos cincuenta y siete millones seiscientos mil colones), que

equivale a un monto aproximado de $1.515.200 (un millón quinientos quince mil doscientos

dólares), de los aportes del BID al Proyecto. Con ello, el Proyecto, a pesar de tener los

recursos económicos, no puede realizar las contrataciones requeridas.

b) Retraso en el avance constructivo de las obras que actualmente se están construyendo

en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro, el Parque Nacional Cahuita, y el Parque

Nacional Volcán Poás (segundas obras) así como las construcciones en coordinación con las

Municipalidades de los Chiles y Talamanca

Lo anteriormente expuesto, requiere modificar la cláusula 3.04 del Contrato de Préstamo,

denominada: Plazo para desembolsar los recursos del Financiamiento, la cual establece: “El

plazo para finalizar los desembolsos de los recursos del Financiamiento será de cinco (5)

años, contado a partir de la vigencia del presente Contrato.” A su vez, la vigencia del contrato

fue definido en la CLÁUSULA 6.01, que cita: “(a) Las partes dejan constancia de que la

vigencia de este Contrato se inicia en la fecha en que, de acuerdo con las normas de la

República de Costa Rica adquiera plena validez jurídica. El Prestatario se obliga a notificar

por escrito al Banco dicha fecha de entrada en vigencia, acompañando la documentación que

así lo acredite.” De acuerdo con las normas de la República de Costa Rica, el contrato de

préstamo adquirió validez jurídica, el 05 de octubre del 2011, fecha en que fue publicado en el

Diario Oficial La Gaceta.

El Banco Interamericano de Desarrollo BID (BID), en nota CID/CCR/1227/2016 de fecha 06

de setiembre del 2016 aprobó la ampliación del contrato hasta el 05 de junio del 2017:

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29

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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30

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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31

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUPERAVIT LIBRE ¢ 3.211.626.158.oo

Se incorpora dentro del presupuesto, recursos de superávit libre y superávit libre proyectado, dado que la

Institución cuenta con procesos de contrataciones administrativas que se encuentran en trámite, por las

cuales se establecen compromisos de pago, que no será posible cancelar en el año 2016, por lo que se

reservan recursos, como previsiones presupuestaria, para cumplir estas obligaciones de pago en el año

2017.

Ver certificaciones de Superávit Libre y específico en apartado de información complementaria,

punto No. 2.

SUPERÁVIT ESPECÍFICO ¢578.447.893.oo

Se incorporan recursos de superávit específico, dentro de los cuales se encuentra la suma de

¢180 millones correspondientes al Proyecto Turismo Sostenible, más ¢128 millones

aportados por la Municipalidades, como contraparte para el mismo proyecto.

Ver certificaciones de Superávit Libre y específico en apartado de información complementaria,

punto No. 2.

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32

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Detalle de Proyecciones e historial de ingresos 2010 al

2015, proyección 2016 y 2017

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33

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Extracción de palmito Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2010 1 33,00 2011 2 417,00 2012 3 268,48 2013 4 443,60 2014 5 428,50 2015 6 198,00 2016 7 451,82 2017 8 473,62

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección 2016 (X) Proyección 2017 (X)

Lineal 0,3019 44,587x + 154,56 466,67 511,26

Exponencial 0,3447 89,8590,2633x 567,56 738,51

Logarítmico 0,407 163,32ln(x) +134,01 451,82 473,62

y = 140,03ln(x) + 149,51 R² = 0,3589

-

100,00

200,00

300,00

400,00

500,00

1 2 3 4 5 6 7

2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Logarítmico

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34

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Permisos Salineras

Línea Base

Miles de ¢ Año Serie (X) Ingreso (Y)

2008 1 2 216 2009 2 3 750 2010 3 3 581 2011 4 1 094 2012 5 4 425 2013 6 1 977 2014 7 5 242 2015 8 2 097 2016 9 3 420 2017 10 3 288,11

Tendencia R2 Fórmula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,0358 "=93,121*X+2665,9 3 504 3 597

Exponencial 0,0263 "=2448,1*(2,718281^(0,0295*X)) 3 193 3 288

Logarítmico 0,0393 "=371,82*(LN(X))+(2602,6) 3 420 3 459

y = 2506,4e0,0224x R² = 0,0156

-

1 000

2 000

3 000

4 000

5 000

6 000

1 2 3 4 5 6 7 8 9

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Exponencial

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35

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Recolección científica Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2010 1 2 127 2011 2 1 287 2012 3 1 601 2013 4 2 089 2014 5 2 323 2015 6 2 541 2016 7 2 470 2017 8 2 748

Tendencia R2 Fórmula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,4597 y = 140,69 x + 1484,7 2 470 2 610

Exponencial 0,4545 y = 1473,4e0,0779x 2 542 2 748

Logarítmico 0,3119 y = 376,99ln(x) + 1603,4 2 337 2 387

y = 1473,4e0,0779x R² = 0,4545

-

500

1 000

1 500

2 000

2 500

3 000

1 2 3 4 5 6 7

2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Exponencial

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36

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Exportación de flora y fauna

Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2007 1 26 185 2008 2 37 039 2009 3 25 881 2010 4 34 868 2011 5 20 143 2012 6 15 994 2013 7 12 282 2014 8 10 762 2015 9 1 693 2016 10 5 088 2017 11 1 012

Tendencia R2 Formula de Proyección

Proyección 2016 (X)

Proyección 2017 (X)

Lineal 0,7702 "-3358,8x + 37807 4 219 1 012

Exponencial 0,6333 "55525e-0,239x 5 088 4 006

Logarítmico 0,6081 "= -12749ln(x) + 38249 8 893 7 678

Timbre Parques

y = -3544,2x + 38487 R² = 0,8017

-

5 000

10 000

15 000

20 000

25 000

30 000

35 000

40 000

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lineal

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37

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nacionales Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2001 1 89 783 2002 2 165 321 2003 3 289 909 2004 4 553 754 2005 5 369 549 2006 6 655 066 2007 7 616 169 2008 8 608 544 2009 9 678 718 2010 10 826 165 2011 11 1 034 989 2012 12 883 563 2013 13 1 070 953 2014 14 1 252 952 2015 15 1 614 124 2016 16 1 400 750 2017 17 2 464 452

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,9204 "=86480x + 17070" 1 400 750 1 487 230

Exponencial 0,8104 "=159067*(2,718281^(0,1612*x))" 2 097 549 2 464 452

Logarítmico 0,7926 "=492174*(LN(x))+(-186599)" 1 207 835 1 207 835

Timbre de Vida Silvestre

y = 159067e0,1612x R² = 0,8104

0

500000

1000000

1500000

2000000

1 3 5 7 9 11 13 15

Exponencial Series1

Series2

Series3

Exponencial(Series3)

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38

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Línea Base Miles de ¢

Año Serie (X)

Ingreso (Y)

2008 1 5 302 2009 2 3 290 2010 3 3 381 2011 4 4 097 2012 5 4 436

2013 6 4 374 2014 7 4 918 2015 8 5 777 2016 9 5 036 2017 10 6 758

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,2165 139,29x + 3777,3 5 031 5 170

Exponencial 0,2372 3725,1e0,0335x 5 036 6 758

Logarítmico 0,1007 370,32ln(x) + 3985,6 4 799 4 838

Venta de guías forestales

y = 3725,1e0,0335x …

-

5 000

10 000

1 2 3 4 5 6 7 8 9

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Exponencial

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39

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2005 1 2 186 2006 2 2 536 2007 3 3 831 2008 4 4 169 2009 5 3 460 2010 6 1 339 2011 7 4 490 2012 8 3 054 2013 9 2 643 2014 10 2 124 2015 11 1 980 2016 12 2 625 2017 13 2 596

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,0079 "=-29,396*x+3145 2 792 2 763

Exponencial 0,0083 "=2995,2*(2,718281^(-0,011*x)) 2 625 2 596

Logarítmico 0,0044 "=91,098*(LN(x))+(2845,7) 3 072 3 079

Venta de placas

Línea Base

y = 2995,2e-0,011x R² = 0,0083

0

2000

4000

6000

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Exponencial Series1

Series2

Series3

Exponencial(Series3)

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40

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Miles de ¢ Año Serie (X) Ingreso (Y) 2010 1 13 374 2011 2 15 131 2012 3 13 195 2013 4 11 787 2014 5 11 264 2015 6 15 309 2016 7 12 463 2017 8 15 353

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,1181 "=-268,56*x+14139 12 259 11 991

Exponencial 0,1378 "=14166*(2,718281^(-0,022*x)) 12 144 11 880

Logarítmico 0,1125 "=-826,7*(LN(x))+(14072) 12 463 15 353

y = -549,6ln(x) + 13887 R² = 0,0586

0

5000

10000

15000

20000

1 2 3 4 5 6 7

Logarítmico Series1

Series2

Series3

Logarítmica(Series3)Logarítmica(Series3)

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Entradas a las ASP

Costo tiquete

Residentes

Ingreso

ResidentesCosto tiquete no

residentes

Ingreso no

Residentes

Proyección

Ingreso 2017más 14% más 14%

ACCVC

Parque Nacional Volcán Poás, Costa Rica 221 330 195 075 ₡1 000 ₡221 329 860 $15 $2 926 118 ₡1 830 694 650

Parque Nacional Volcán Irazú, Costa Rica 180 325 38 241 ₡1 000 ₡180 325 200 $15 $573 620 ₡495 815 925

Monumento Nacional Guayabo, Costa Rica 24 601 5 374 ₡1 000 ₡24 601 200 $5 $26 870 ₡39 379 590

Parque Nacional Braulio Carrillo, Costa Rica 20 513 3 905 ₡1 000 ₡20 513 160 $12 $46 854 ₡46 282 860

Reserva Grecia, Costa Rica 9 171 21 ₡600 ₡5 502 780 $5 $103 ₡5 559 210

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACOPAC 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Manuel Antonio, Costa Rica 96 053 247 168 ₡1 600 ₡153 684 768 $16 $3 954 687 ₡2 328 762 816

Parque Nacional Carara, Costa Rica 13 127 21 525 ₡1 000 ₡13 127 100 $10 $215 255 ₡131 517 240

Isla San Lucas, Costa Rica 3 631 16 ₡1 000 ₡3 630 900 $12 $192 ₡3 736 236

Parque Nacional La Cangreja, Costa Rica 1 057 30 ₡1 000 ₡1 056 780 $10 $296 ₡1 219 800

Los Quetzales_P28 513 0 ₡0 $0 ₡0

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACOSA 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Marino Ballena, Costa Rica 118 387 48 660 ₡1 000 ₡118 386 720 $12 $583 917 ₡439 541 136

Parque Nacional Corcovado, Costa Rica 14 512 47 432 ₡1 600 ₡23 219 520 $15 $711 480 ₡414 533 355

Parque Nacional Isla del Caño, Costa Rica 5 410 23 986 ₡1 600 ₡8 656 704 $15 $359 784 ₡206 537 904

Refugio Mixto Golfito, Costa Rica 36 127 ₡800 ₡29 184 $10 $1 265 ₡725 154

Piedras Blancas_P13 124 181 ₡0 $0 ₡0

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACG 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Santa Rosa, Costa Rica 32 953 10 654 ₡1 100 ₡36 248 124 $15 $159 817 ₡124 147 254

Parque Nacional Rincón de la Vieja, Costa Rica 16 015 61 395 ₡1 000 ₡16 014 720 $15 $920 921 ₡522 520 995

Parque Nacional Bahía Junquillal, Costa Rica 8 715 2 093 ND ND ₡0

Parque Nacional Guanacaste, Costa Rica 29 104 ₡1 100 ₡31 350 $15 $1 556 ₡887 205

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACLA C 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Cahuita, Costa Rica 19 631 39 349 ₡1 000 ₡19 630 800 $5 $196 747 ₡127 841 595

Hitoy Cerere, Costa Rica 26 59 ₡1 000 ₡26 220 $5 $296 ₡189 240

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACLA P 0 0 ₡0 $0 ₡0

Cerro de la Muerte, Costa Rica 21 233 3 037 ₡800 ₡16 986 000 $10 $30 370 ₡33 689 280

Parque Nacional Chirripó, Costa Rica 6 285 2 249 ₡4 000 ₡75 417 840 $18 $121 458 ₡275 823 342

Parque Internacional La Amistad, Costa Rica 356 122 ₡800 ₡284 544 $10 $1 220 ₡955 434

Río Macho, Costa Rica 74 0 ₡800 ₡59 280 $5 $0 ₡59 280

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACA T 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Volcán Tenorio, Costa Rica 43 087 24 926 ₡800 ₡34 469 952 $12 $299 113 ₡198 982 212

Parque Nacional Palo Verde, Costa Rica 3 784 4 424 ₡1 000 ₡3 783 660 $12 $53 092 ₡32 984 304

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACA HN 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Arenal, Costa Rica 24 705 91 371 ₡1 000 ₡24 704 940 $15 $1 370 565 ₡778 515 690

Refugio de Vida Silvestre Caño Negro, Costa Rica 355 412 ₡800 ₡283 632 $5 $2 058 ₡1 415 367

0 0 ₡0 $0 ₡0

0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Tortuguero, Costa Rica 28 647 91 023 ₡1 000 ₡28 647 060 $15 $1 365 350 ₡779 589 285

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACT 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Barra Honda, Costa Rica 3 818 1 902 ₡1 000 ₡3 817 860 $12 $22 818 ₡16 367 892

Cabo Blanco, Costa Rica 2 831 10 589 ₡1 600 ₡4 528 992 $12 $127 074 ₡74 419 428

Parque Nacional Marino Las Baulas Guanacaste, Costa Rica 285 547 ₡1 600 ₡456 000 $12 $6 566 ₡4 067 520

0 0 ₡0 $0 ₡0

ACMIC 0 0 ₡0 $0 ₡0

Parque Nacional Isla del Coco, Costa Rica 254 12 203 $25 ₡3 495 525 $50 $610 128 ₡339 065 925

TOTAL ₡1 042 950 375 $14 689 587 ₡9 255 827 124

INGRESO

Proyección de Ingresos por visitación a ASP año 2017

Datos de Referencia ( visitantes residentes y no residentes año 2015)

AC- ASP

más 14% ( 7%

incremento 2016

más 7%

No

Residentes

2017

Residentes

2017

más 14% ( 7%

incremento 2016

más 7%

Page 42: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

42

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Uso de instalaciones

Línea Base

Miles de ¢

Año Serie (X) Ingreso (Y)

2001 1 25 226

2002 2 48 666

2003 3 57 130

2004 4 109 820

2005 5 111 265

2006 6 82 808

2007 7 151 083

2008 8 196 113

2009 9 139 607

2010 10 151 083

2011 11 94 908

2012 12 112 797

2013 13 127 430

2014 14 147 123

2015 15 168 075

2016 16 210 010

2017 17 191 176

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,5627 "=8225,2*x+51348" 182 951 191 176

Exponencial 0,5743 "=50479*(2,718281^(0,0891*x))" 210 010 229 581

Logarítmico 0,6421 "=52155*(LN(x))+(20842)" 165 446 168 608

Derechos de filmación

y = 8069,4x + 52231 R² = 0,5595

0

50000

100000

150000

200000

250000

1 3 5 7 9 11 13 15

Lineal

Series1

Series2

Page 43: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

43

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Línea Base

Miles de ¢

Año Serie

(X) Ingreso (Y)

2004 1 39 2005 2 40 2006 1 2 504 2007 2 6 547 2008 3 9 427 2009 4 10 550 2010 5 10 956 2011 6 16 319 2012 7 610 2013 8 2 613 2014 9 6 981 2015 10 9 996 2016 11 8 497 2017 12 10 528

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,0001 "=16,249*x+7476,8" 7 656 7 672

Exponencial 0,0005 "=5579,3*(2,718281^(0,0064*x))" 5 986 6 025

Logarítmico 0,0296 "=1048,3*(LN(x))+(5982,9)" 8 497 10 528

y = 1170,6ln(x) + 5864,8 R² = 0,0368

0

5000

10000

15000

20000

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

Logarítmico

Series1

Series2

Series3

Logarítmica(Series3)

Page 44: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

44

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instalación de torres

Línea Base

Miles de ¢

Año Serie (X) Ingreso (Y)

2006 1 3 670

2007 2 1 800

2008 3 2 200

2009 4 4 520

2010 5 8 860

2011 6 10 000

2012 7 5 991

2013 8 8 049

2014 9 7 719

2015 10 10 600

2016 11 10 668

2017 12 11 468

Tendencia R2 Formula de Proyección Proyección

2016 (X) Proyección

2017 (X)

Lineal 0,6958 "=826,71*x+1774,1 10 668 11 468

Exponencial 0,6564 "=2296*(2,718281^(0,1541*x)) 12 507 14 590

Logarítmico 0,6395 "=3528N(x))+(1120,9) 9 581 9 888

y = 826,71x + 1774,1 R² = 0,6958

0

5000

10000

15000

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

Lineal

Series1

Series2

Page 45: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

45

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Serie histórica de ingresos, años 2010-2015 Proyección 2016 – 2017

Código Detalle de ingreso Proyección

2017

% de incremento 2016-2015

Proyección 2016

% de incremento 2015-2014

2 015 % de

incremento 2014-2013

2014 % de

incremento 2013-2012

2 013 % de

incremento 2012-2011

2 012 % de

incremento 2011-2010

2 011 2 010

1.0.0.0.00.00 INGRESOS CORRIENTES 31 670 702

611 5,39%

29 686 872 557

11,31% 28 168 376

851 25,19%

25 305 392 377

-8,96% 20 213 920

904 11,82%

22 202 879 854

9,34% 19 856 443

788 18 160 978 651

1.3.2.0.00.00 Ingresos de la propiedad

24 760 320 -85,34% 23 726 000 30,02% 161 878 346 90,46% 124 504 782 23,17% 65 369 206 54,86% 53 071 588 -112,95% 34 271 583 -264 669 516

1.3.2.2.00.00 Renta de la Propiedad 24 760 320 -70,95% 23 726 000 42,63% 81 667 269 194,78% 57 256 497 48,79% 19 423 441 36,61% 13 053 828 7,85% 9 555 494 8 860 000

1.3.2.2.02.00 Alquiler de terrenos 12 000 000 38,90% 12 000 000 -22,21% 8 639 199 37,98% 11 106 315 13,97% 8 049 000 #¡DIV/0! 7 062 478 #¡DIV/0! 0 0

Canon Pastoreo ( ACA-T)

12 000 000 38,90% 12 000 000 -22,21% 8 639 199

37,98% 11 106 315 13,97% 8 049 000 #¡DIV/0! 7 062 478 #¡DIV/0! 0

1.3.2.2.09.00 Otros Ingresos de la Renta de la Propiedad

12 760 320 -83,94% 11 726 000 58,24% 73 028 070 305,74% 46 150 182 89,85% 11 374 441 -37,30% 5 991 350 7,85% 9 555 494 8 860 000

Instalación de Torres 11 660 000 0,64% 10 668 000 37,33% 10 600 000 -32,14% 7 718 634 89,85% 11 374 441 -37,28% 5 991 350 7,82% 9 552 934 8 860 000

servicios no esenciales -100,00% 62,44% 62 428 070 #¡DIV/0! 38 431 548 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

Derechos de investigación

1 100 320 #¡DIV/0! 1 058 000 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! ####### #¡DIV/0! 2 560

1.3.2.3.00.00 Renta de Activos Financieros

0 -100,00% 0 19,28% 80 211 077 46,36% 67 248 285 14,81% 45 945 765 61,91% 40 017 760 -109,04% 24 716 089 -273 529 516

1.3.2.3.03.00 Otras rentas de Activos Financieros

0 -100,00% 0 19,28% 80 211 077 46,36% 67 248 285 14,81% 45 945 765 61,91% 40 017 760 -109,04% 24 716 089 -273 529 516

1.3.2.3.03.04 Diferencias por tipo de cambio

-100,00% 19,28% 80 211 077

46,36% 67 248 285 14,81% 45 945 765 61,91% 40 017 760 -109,04% 24 716 089 -273 529 516

1.3.3.0.00.00 Multas, sanciones, remates y confiscaciones

0 -100,00% 0 226,49% 2 439 000 -90,80% 747 029 -37,20% 8 121 455 326,42% 12 933 065 42,18% 3 032 976 2 133 136

1.3.3.1.00.00 Multas y sanciones 0 -100,00% 0 226,49% 2 439 000 -90,80% 747 029 -37,20% 8 121 455 326,42% 12 933 065 42,18% 3 032 976 2 133 136

1.3.3.1.09.00 Otras Multas -100,00% 226,49% 2 439 000 -90,80% 747 029 -37,20% 8 121 455 326,42% 12 933 065 42,18% 3 032 976 2 133 136

1.3.9.0.00.00 Otros Ingresos no tributarios

0 -100,00% 0 -84,24% 124 869 428 -20,40% 792 164 152 -4,14% 995 130 322 29,92% 1 038 131

983 961,77%

799 036 665

75 254 891

Page 46: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

46

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Código Detalle de ingreso Proyección

2017

% de incremento 2016-2015

Proyección 2016

% de incremento 2015-2014

2 015 % de

incremento 2014-2013

2014 % de

incremento 2013-2012

2 013 % de

incremento 2012-2011

2 012 % de

incremento 2011-2010

2 011 2 010

1.3.9.9.00.00 Ingresos Varios no especificados

0 -100,00% 0 -84,24% 124 869 428 -20,40% 792 164 152 -4,14% 995 130 322 29,92% 1 038 131

983 961,77%

799 036 665

75 254 891

( Otros ) depósito sin detalle y sobrantes del péríodo

-100,00% -84,24%

124 869 428

-20,40% 792 164 152 -31908,52% 995 130 322 ####### -3 128 502 83695,85% 798 007

138 952 323

1.4.0.0.00.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

20 420 534 498

11,12% 19 575 421

557 1,79%

17 616 253 527

26,24% 17 306 953

797 -13,26%

13 710 084 689

14,08% 15 805 690

410 3,10%

13 854 833 804

13 438 129 551

1.4.1.0.00.00 Transferencias Corrientes del Sector Público

20 420 534 498

11,12% 19 575 421

557 1,79%

17 616 253 527

26,24% 17 306 953

797 -13,26%

13 710 084 689

14,08% 15 805 690

410 3,10%

13 854 833 804

13438129551

1.4.1.1.00.00 Transferencias Corrientes del Gobierno Central

19 035 644 113

9,45% 17 979 784

182 3,27% 16 426 971

172

24,96% 15 907 190

796 -9,57%

12 729 871 587

3,19% 14 076 900

000 4,94%

13 642 282 069

13 000 363 930

1.4.1.2.00.00 Transferencias Corrientes Órganos Desconcentrados

1 264 890 385

38,00% 1 475 637

375 -21,39% 1 069 282 355 38,77%

1 360 236 200

-39,82% 980 213 102 666,30% 1 628 790

410 -51,45%

212 551 735

437 765 621

Canon de Aguas y Pago por Servicios Ambientales

-100,00%

-21,39% 1 069 282 355

38,77% 1 360 236

200 -39,82% 980 213 102 666,30%

1 628 790 410

#¡DIV/0! 212 551

735

Dirección de Aguas 1 076 700

000 #¡DIV/0!

1 287 446 990

#¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

FONAFIFO 188 190 385 #¡DIV/0! 188 190 385 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

1,4,1,3,00

Transferencia corriente a instituciones descentralizadas no empresariales

120 000 000 0,00% 120 000 000 #¡DIV/0! 120 000 000 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

INDER Convenio ACA-T 120 000 000 0,00% 120 000 000 #¡DIV/0! 120 000 000 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

1.4.1.4.00 Transferencias corrientes a gobiernos locales

0 #¡DIV/0! 0 -100,00% 0 #¡DIV/0! 39 526 801 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

Municipalidades #¡DIV/0! -100,00% #¡DIV/0! 39 526 801 #¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0!

1.4.2.2.00.00 Transferencias corrientes del sector privado

0 #¡DIV/0! 0 #¡DIV/0! 0 #¡DIV/0! 0 -100,00% 0 #¡DIV/0! 100 000

000 #¡DIV/0! 0 0

Transferencia Fundación de Parques

#¡DIV/0! #¡DIV/0! #¡DIV/0! -100,00% #¡DIV/0! 100 000

000 #¡DIV/0!

2.0.0.0.00.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

3 200 853 778

52,96% 6 465 612

296 18,62% 4 227 004 488 72,45%

3 563 576 108

106,65% 2 066 465

000 0,00%

1 000 000 000

#¡DIV/0! 1 000 000

000

2.4.1.0.00.00 Transferencia de Capital del sector Público

3 200 853 778

52,96% 6 465 612

296 18,62% 4 227 004 488 72,45%

3 563 576 108

106,65% 2 066 465

000 0,00%

1 000 000 000

#¡DIV/0! 1 000 000

000

Page 47: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

47

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Código Detalle de ingreso Proyección

2017

% de incremento 2016-2015

Proyección 2016

% de incremento 2015-2014

2 015 % de

incremento 2014-2013

2014 % de

incremento 2013-2012

2 013 % de

incremento 2012-2011

2 012 % de

incremento 2011-2010

2 011 2 010

2.4.1.1.00.00 Transferencia de Capital del Gobierno Central

3 200 853 778

52,96% 6 465 612

296 18,62% 4 227 004 488 72,45%

3 563 576 108

106,65% 2 066 465

000 0,00%

1 000 000 000

#¡DIV/0! 1 000 000

000

Pago tierras 1 000 000

000 0,00%

1 000 000 000

0,00% 1 000 000 000 0,00% 1 000 000

000 0,00%

1 000 000 000

0,00% 1 000 000

000 #¡DIV/0!

1 000 000 000

Programa Turismo Sostenible

2 200 853 778

69,37% 5 465 612

296 25,88%

3 227 004 488

140,38% 2 563 576

108 #¡DIV/0!

1 066 465 000

#¡DIV/0! #¡DIV/0!

3.0.0.0.00.00 FINANCIAMIENTO 3 790 074

051 -62,23% 602 098 026 -31,77% 1 593 959 896 -19,92%

2 336 132 181

-25,74% 2 917 088

990 -15,10%

3 928 322 179

-32,19% 4 627 066

245 6 823 487 198

3.3.0.0.00.00 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES

3 790 074 051

-62,23% 602 098 026 -31,77% 1 593 959 896 -19,92% 2 336 132

181 -25,74%

2 917 088 990

-15,10% 3 928 322

179 -32,19%

4 627 066 245

6 823 487 198

3.3.1.0.00.00 Superávit Libre 3 211 626

158 30,93% 588 354 532 -34,30% 449 375 029 -63,75% 684 004 293 -24,24%

1 886 860 497

-24,00% 2 490 463

017 -43,34%

3 276 828 506

5 782 893 122

3.3.2.0.00.00 Superávit específico 578 447 893 -98,80% 13 743 494 -30,72% 1 144 584 866 60,37% 1 652 127

889 -28,35%

1 030 228 493

6,49% 1 437 859

162 29,76%

1 350 237 740

1 040 594 077

Total 38 661 630

440 8,14%

36 754 582 879

8,92% 33 989 341

235 23,84%

31 205 100 666

-7,13% 25 197 474

894 6,47%

27 131 202 032

2,00% 25 483 510

034 24 984 465 849

Page 48: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

48

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sección de Gastos

Page 49: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

49

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resumen Presupuesto de Egresos 2017

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

0 Remuneraciones 19.822.085.315 51,27% 14.140.722.091 48,73% 5.681.363.224 58,91%

0.01 Remuneraciones básicas 7.014.009.082 18,14% 4.851.830.867 16,72% 2.162.178.215 22,42%

0.01.01 Sueldos para cargos fijos 7.013.585.983 18,14% 4.851.407.768 16,72% 2.162.178.215 22,42%

0.01.03 Servicios especiales 423.099 0,00% 423.099 0,00% 0 0,00%

0.02 Remuneraciones eventuales 9.024.219 0,02% 0 0,00% 9.024.219 0,09%

0.02.01 Tiempo extraordinario 9.024.219 0,02% 0 0,00% 9.024.219 0,09%

0.03 Incentivos salariales 9.557.476.049 24,72% 6.979.584.756 24,05% 2.577.891.293 26,73%

0.03.01 Retribución por años servidos 2.621.800.739 6,78% 1.909.494.607 6,58% 712.306.132 7,39%

0.03.02

Restricción al ejercicio liberal de la profesión

1.870.194.238 4,84%

1.066.945.381 3,68%

803.248.857 8,33%

0.03.03 Decimotercer mes 1.275.145.559 3,30% 909.557.453 3,13% 365.588.106 3,79%

0.03.04 Salario escolar 1.164.037.425 3,01% 830.304.367 2,86% 333.733.058 3,46%

0.03.99 Otros incentivos salariales 2.626.298.088 6,79% 2.263.282.948 7,80% 363.015.140 3,76%

0.04

Contribuciones patronales al desarrollo y la seguridad social

1.492.517.325 3,86% 1.064.608.087 3,67% 427.909.238 4,44%

0.04.01 Contribución patronal al CCSS 1.415.977.968 3,66% 1.010.012.790 3,48% 405.965.178 4,21%

Page 50: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

50

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

0.04.05 Contribución Patronal al BPDC 76.539.357 0,20% 54.595.297 0,19% 21.944.060 0,23%

0.05

Contribuciones patronales a fondos de pensiones y otros fondos de capitalización

1.749.058.640 4,52% 1.244.698.381 4,29% 504.360.259 5,23%

0.05.01

Contribución patronal Pensiones CCSS

777.639.801 2,01%

554.688.106 1,91%

222.951.695 2,31%

0.05.02

Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

229.618.058

0,59%

163.785.871

0,56%

65.832.187

0,68%

0.05.03

Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral

459.234.426 1,19%

327.570.042 1,13%

131.664.384 1,37%

0.05.04

Contribución Patronal a fondos administrados por entes públicos

0 0,00%

0 0,00%

0 0,00%

0.05.05

Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados

282.566.355 0,73%

198.654.362 0,68%

83.911.993 0,87%

1 Servicios 7.385.731.117 19,10% 5.012.832.058 17,28% 2.372.899.059 24,60%

1.06.01 Seguro de Riesgos del trabajo 132.837.579 0,34% 100.947.799 0,35% 31.889.780 0,33%

2 Materiales y Suministros 1.164.323.307 3,01% 726.336.047 2,50% 437.987.260 4,54%

5 Bienes Duraderos 6.157.247.461 15,93% 5.251.619.179 18,10% 905.628.282 9,39%

6 Transferencias Corrientes 1.061.623.812 2,75% 815.142.765 2,81% 246.481.047 2,56%

6.01 Transferencias corrientes al sector público

517.411.817 1,34% 416.566.829 1,44% 100.844.988 1,05%

Page 51: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

51

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

6.01.01

Transferencias corrientes al Gobierno Central

72.420.000 0,19%

72.420.000 0,25%

0 0,00%

6.01.02

Transferencias corrientes a Órganos Descentralizados

338.775.817 0,88%

237.930.829 0,82%

100.844.988 1,05%

6.01.03

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no empresariales

57.936.000

0,15%

57.936.000

0,20%

0

0,00%

6.01.04

Transferencias corrientes a Gobiernos Locales

48.280.000 0,12%

48.280.000 0,17%

0 0,00%

6.02 Transferencias Corrientes a Personas

15.000.000 0,04% 0 0,00% 15.000.000 0,16%

6.02.01 Becas a funcionarios 15.000.000 0,04% 0 0,00% 15.000.000 0,16%

6.03 Prestaciones 519.211.995 1,34% 393.575.936 1,36% 125.636.059 1,30%

6.03.01 Prestaciones legales 413.930.162 1,07% 313.443.603 1,08% 100.486.559 1,04%

6.03.99 Otras prestaciones 105.281.833 0,27% 80.132.333 0,28% 25.149.500 0,26%

6.06 Otras transferencias corrientes al sector privado

10.000.000 0,03% 5.000.000 0,02% 5.000.000 0,05%

6.06.01 Indemnizaciones 10.000.000 0,03% 5.000.000 0,02% 5.000.000 0,05%

7 Transferencias de Capital 1.245.850.000 3,22% 1.245.850.000 4,29% 0 0,00%

7.01 Transferencias de capital al sector público

1.245.850.000 3,22% 1.245.850.000 4,29% 0 0,00%

7.01.07

Fondo en fideicomiso para gasto de capital

1.245.850.000 3,22%

1.245.850.000 4,29%

0 0,00%

Page 52: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

52

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

9 Cuentas especiales 1.824.769.430 4,72% 1.824.769.430 6,29% 0 0,00%

9.02 Sumas sin asignación presupuestaria

1.824.769.430 4,72% 1.824.769.430 6,29% 0 0,00%

9.02.01

Sumas libres sin asignación presupuestaria

1.824.769.430 4,72%

1.824.769.430 6,29%

0 0,00%

TOTAL ₵ 38.661.630.442 100,00% 29.017.271.570 100,00% 9.644.358.872 100,00%

Page 53: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

53

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Presupuesto de Egresos por programa 2017

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

0 Remuneraciones 19.822.085.315 51,27% 14.140.722.091 48,73% 5.681.363.224 58,91%

0.01 Remuneraciones básicas 7.014.009.082 18,14% 4.851.830.867 16,72% 2.162.178.215 22,42%

0.01.01 Sueldos para cargos fijos 7.013.585.983 18,14% 4.851.407.768 16,72% 2.162.178.215 22,42%

0.01.03 Servicios especiales 423.099 0,00% 423.099 0,00% 0 0,00%

0.02 Remuneraciones eventuales 9.024.219 0,02% 0 0,00% 9.024.219 0,09%

0.02.01 Tiempo extraordinario 9.024.219 0,02% 0 0,00% 9.024.219 0,09%

0.03 Incentivos salariales 9.557.476.049 24,72% 6.979.584.756 24,05% 2.577.891.293 26,73%

0.03.01 Retribución por años servidos 2.621.800.739 6,78% 1.909.494.607 6,58% 712.306.132 7,39%

0.03.02 Restricción al ejercicio liberal de la profesión

1.870.194.238 4,84%

1.066.945.381 3,68%

803.248.857 8,33%

0.03.03 Decimotercer mes 1.275.145.559 3,30% 909.557.453 3,13% 365.588.106 3,79%

0.03.04 Salario escolar 1.164.037.425 3,01% 830.304.367 2,86% 333.733.058 3,46%

0.03.99 Otros incentivos salariales 2.626.298.088 6,79% 2.263.282.948 7,80% 363.015.140 3,76%

0.04 Contribuciones patronales al desarrollo y la seguridad social

1.492.517.325 3,86% 1.064.608.087 3,67% 427.909.238 4,44%

0.04.01 Contribución patronal al CCSS 1.415.977.968 3,66% 1.010.012.790 3,48% 405.965.178 4,21%

0.04.05 Contribución Patronal al BPDC 76.539.357 0,20% 54.595.297 0,19% 21.944.060 0,23%

Page 54: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

54

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

0.05

Contribuciones patronales a fondos de pensiones y otros fondos de capitalización

1.749.058.640 4,52% 1.244.698.381 4,29% 504.360.259 5,23%

0.05.01 Contribución patronal Pensiones CCSS

777.639.801 2,01%

554.688.106 1,91%

222.951.695 2,31%

0.05.02

Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

229.618.058 0,59%

163.785.871 0,56%

65.832.187 0,68%

0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral

459.234.426 1,19%

327.570.042 1,13%

131.664.384 1,37%

0.05.04

Contribución Patronal a fondos administrados por entes públicos

0 0,00%

0 0,00%

0 0,00%

0.05.05

Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados

282.566.355 0,73%

198.654.362 0,68%

83.911.993 0,87%

1 Servicios 7.385.731.117 19,10% 5.012.832.058 17,28% 2.372.899.059 24,60%

1.01 Alquileres 962.005.840 2,49% 519.612.367 1,34% 442.393.473 4,59%

1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos

906.905.840 2,35%

464.512.367 1,60%

442.393.473 4,59%

1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario

54.500.000 0,14%

54.500.000 0,19%

0 0,00%

1.01.04 Alquiler y derechos para telecomunicaciones

600.000 0,00%

600.000 0,00%

0 0,00%

1.02 Servicios básicos 569.936.237 1,47% 362.799.532 1,25% 207.136.705 2,15%

1.02.01 Servicio de agua y alcantarillado 59.246.765 0,15% 44.015.158 0,15% 15.231.607 0,16%

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55

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

1.02.02 Servicio de energía eléctrica 282.768.393 0,73% 177.788.639 0,61% 104.979.754 1,09%

1.02.03 Servicio de correo 1.672.000 0,00% 5.000 0,00% 1.667.000 0,02%

1.02.04 Servicio de telecomunicaciones 222.434.079 0,58% 137.640.735 0,47% 84.793.344 0,88%

1.02.99 Otros Servicios Básicos 3.815.000 0,01% 3.350.000 0,01% 465.000 0,00%

1.03 Servicios comerciales y financieros

310.010.000 0,80% 70.205.000 0,24% 239.805.000 2,49%

1.03.01 Información (publicación de información oficial)

15.750.000 0,04%

500.000 0,00%

15.250.000 0,16%

1.03.02 Publicidad y Propaganda (avisos y patrocinios)

6.000.000 0,02%

6.000.000 0,02%

0 0,00%

1.03.03 Impresión, encuadernación y otros

59.495.000 0,15%

38.685.000 0,13%

20.810.000 0,22%

1.03.04 Transporte de bienes (traslado, remolque, flete)

5.030.000 0,01%

5.015.000 0,02%

15.000 0,00%

1.03.05 Servicios aduaneros (desalmacenaje, bodegaje)

200.000 0,00%

0 0,00%

200.000 0,00%

1.03.06

Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales

223.335.000 0,58%

20.005.000 0,07%

203.330.000 2,11%

1.03.07 Servicios de transferencia electrónica de información

200.000 0,00%

0 0,00%

200.000 0,00%

1.04 Servicios de gestión y apoyo 3.010.452.248 7,79% 2.335.950.982 8,05% 674.501.266 6,99%

1.04.01 Servicios médicos y de laboratorio

7.000.000 0,02%

7.000.000 0,02%

0 0,00%

1.04.02 Servicios jurídicos 18.000.000 0,05% 18.000.000 0,06% 0 0,00%

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56

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

1.04.03

Servicios de ingeniería (elaboración de planos, inspección)

933.884.500 2,42%

743.854.500 2,56%

190.030.000 1,97%

1.04.04

Servicios en ciencias económicas y sociales (estudios de factibilidad)

229.200.000 0,59%

226.200.000 0,78%

3.000.000 0,03%

1.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos

199.000.000 0,51%

199.000.000 0,69%

0 0,00%

1.04.06 Servicios generales (limpieza, vigilancia, lavado)

1.164.005.948 3,01%

689.001.749 2,37%

475.004.199 4,93%

1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo

459.361.800 1,19%

452.894.733 1,56%

6.467.067 0,07%

1.05 Gastos de viaje y de transporte 412.263.693 1,07% 279.362.794 0,96% 132.900.899 1,38%

1.05.01 Transporte dentro del país 18.795.177 0,05% 4.575.578 0,02% 14.219.599 0,15%

1.05.02 Viáticos dentro del país 392.668.516 1,02% 273.987.216 0,94% 118.681.300 1,23%

1.05.03 Transporte en el exterior 100.000 0,00% 100.000 0,00% 0 0,00%

1.05.04 Viáticos en el exterior 700.000 0,00% 700.000 0,00% 0 0,00%

1.06 Seguros, reaseguros y otras obligaciones

525.046.396 1,36% 399.126.243 1,38% 125.920.153 1,31%

1.06.01 Seguros 392.208.817 1,01% 298.178.444 1,03% 94.030.373 0,97%

1.06.01 Seguro de Riesgos del trabajo 132.837.579 0,34% 100.947.799 0,35% 31.889.780 0,33%

1.07 Capacitación y protocolo 102.538.778 0,27% 74.080.000 0,26% 28.458.778 0,30%

1.07.01 Actividades de capacitación 89.878.778 0,23% 66.000.000 0,23% 23.878.778 0,25%

1.07.02 Actividades protocolarias y sociales

12.660.000 0,03%

8.080.000 0,03%

4.580.000 0,05%

1.08 Mantenimiento y reparación 1.464.802.380 3,79% 951.058.790 3,28% 513.743.590 5,33%

Page 57: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

57

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales

515.773.979 1,33%

450.593.979 1,55%

65.180.000 0,68%

1.08.02 Mantenimiento de Vías de Comunicación

87.742.731 0,23%

76.356.162 0,26%

11.386.569 0,12%

1.08.04

Mantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción

17.500.000 0,05%

17.500.000 0,06%

0 0,00%

1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

441.339.160 1,14%

328.681.779 1,13%

112.657.381 1,17%

1.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

14.495.000 0,04%

9.495.000 0,03%

5.000.000 0,05%

1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

38.507.040 0,10%

24.120.000 0,08%

14.387.040 0,15%

1.08.08

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de inf.

327.744.470 0,85%

43.261.870 0,15%

284.482.600 2,95%

1.08.99 Mantenimiento y reparación de otros equipos

21.700.000 0,06%

1.050.000 0,00%

20.650.000 0,21%

1.09 Impuestos 16.044.542 0,04% 11.212.014 0,07% 4.832.528 0,08%

1.09.02 Impuestos sobre bienes inmuebles

150.000 0,00%

150.000 0,00%

0 0,00%

1.09.99 Otros impuestos 15.894.542 0,04% 11.062.014 0,04% 4.832.528 0,05%

¨1,99 Servicios Diversos 12.631.003 0,03% 9.424.336 3.206.667

1.99.05 Deducibles 11.000.000 0,03% 7.818.333 0,03% 3.181.667 0,03%

1.99.99 Otros servicios no especificados 1.631.003 0,00% 1.606.003 0,01% 25.000 0,00%

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58

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

2 Materiales y Suministros 1.164.323.307 3,01% 726.336.047 2,50% 437.987.260 4,54%

2.01 Productos químicos y conexos 663.106.377 1,72% 490.254.188 1,69% 172.852.189 1,79%

2.01.01 Combustibles y lubricantes 564.698.001 1,46% 450.371.106 1,55% 114.326.895 1,19%

2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales

5.056.340 0,01% 1.534.300 0,01% 3.522.040 0,04%

2.01.03 Productos Veterinarios 4.500.500 0,01% 600.000 0,00% 3.900.500 0,04%

2.01.04 Tintas Pinturas y Diluyentes 83.025.956 0,21% 37.398.782 0,13% 45.627.174 0,47%

2.01.99 Otros Productos Químicos 5.825.580 0,02% 350.000 0,00% 5.475.580 0,06%

2.02 Alimentos y productos agropecuarios

68.990.225 0,18% 61.915.225 0,21% 7.075.000 0,07%

2.02.02 Productos agroforestales 700.000 0,00% 100.000 0,00% 600.000 0,01%

2.02.03 Alimentos y bebidas 63.740.225 0,16% 61.415.225 0,21% 2.325.000 0,02%

2.02.04 Alimentos para animales 4.550.000 0,01% 400.000 0,00% 4.150.000 0,04%

2.03 Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

60.734.424 0,16% 31.644.773 0,11% 29.089.651 0,30%

2.03.01 Materiales y productos metálicos

20.903.250 0,05% 10.998.250 0,04% 9.905.000 0,10%

2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos

370.000 0,00% 185.000 0,00% 185.000 0,00%

2.03.03 Madera y sus derivados 1.250.000 0,00% 125.000 0,00% 1.125.000 0,01%

2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

10.189.571 0,03% 4.319.571 0,01% 5.870.000 0,06%

2.03.05 Materiales y productos de vidrio 460.000 0,00% 180.000 0,00% 280.000 0,00%

Page 59: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

59

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

2.03.06 Materiales y productos de plástico

19.351.603 0,05% 15.426.952 0,05% 3.924.651 0,04%

2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción

8.210.000 0,02% 410.000 0,00% 7.800.000 0,08%

2.04 Herramientas, repuestos y accesorios

73.794.577 0,19% 37.204.555 0,13% 36.590.022 0,38%

2.04.01 Herramientas e instrumentos 3.825.900 0,01% 2.430.900 0,01% 1.395.000 0,01%

2.04.02 Repuestos y accesorios 69.968.677 0,18% 34.773.655 0,12% 35.195.022 0,36%

2.99 Útiles, materiales y suministros diversos

297.697.704 0,77% 105.317.306 0,36% 192.380.398 1,99%

2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo

29.947.501 0,08% 12.342.816 0,04% 17.604.685 0,18%

2.99.02 Útiles y Materiales médicos, hospitalarios y de investigación.

2.180.000 0,01% 165.000 0,00% 2.015.000 0,02%

2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos

68.843.450 0,18% 24.519.898 0,08% 44.323.552 0,46%

2.99.04 Textiles y vestuario 117.471.435 0,30% 16.356.435 0,06% 101.115.000 1,05%

2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 37.028.492 0,10% 23.081.668 0,08% 13.946.824 0,14%

2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad

21.480.070 0,06% 16.399.733 0,06% 5.080.337 0,05%

2.99.07 Útiles y materiales de cocina y comedor

2.440.900 0,01% 390.900 0,00% 2.050.000 0,02%

2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros

18.305.856 0,05% 12.060.856 0,04% 6.245.000 0,06%

5 Bienes Duraderos 6.157.247.461 15,93% 5.251.619.179 18,10% 905.628.282 9,39%

Page 60: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

60

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

5.01 MAQUINARIA,EQUIPO Y MOBILIARIO

1.223.474.881 3,16% 906.114.493 3,12% 317.360.388 3,29%

5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción

24.356.607 0,06% 22.220.107 0,08% 2.136.500 0,02%

5.01.02 Equipo de transporte 111.618.775 0,29% 111.618.775 0,38% 0 0,00%

5.01.03 Equipo de comunicación 27.727.139 0,07% 16.687.139 0,06% 11.040.000 0,11%

5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 203.710.157 0,53% 180.023.592 0,62% 23.686.565 0,25%

5.01.05 Equipo y programas de computo 458.196.689 1,19% 381.787.366 1,32% 76.409.323 0,79%

5.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación

30.974.000 0,08% 30.824.000 0,11% 150.000 0,00%

5.01.07 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo

257.811 0,00% 257.811 0,00% 0 0,00%

5.01.99 Maquinaria y Equipo diverso 366.633.703 0,95% 162.695.703 0,56% 203.938.000 2,11%

5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS

3.376.752.272 8,73% 3.342.177.186 11,52% 34.575.086 0,36%

5.02.01 Edificios 2.092.771.676 5,41% 2.074.479.991 7,15% 18.291.685 0,19%

5.02.02 Vías de Comunicación terrestre 676.697.183 1,75% 666.697.183 2,30% 10.000.000 0,10%

5.02.04 Obras marítimas y fluviales 300.000.012 0,78% 300.000.012 1,03% 0 0,00%

5.02.07 Instalaciones 11.000.000 0,03% 11.000.000 0,04% 0 0,00%

5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras

296.283.401 0,77% 290.000.000 1,00% 6.283.401 0,07%

5.03 BIENES PREEXISTENTES 1.557.020.308 4,03% 1.003.327.500 3,46% 553.692.808 5,74%

5.03.01 Terrenos 1.000.000.000 2,59% 1.000.000.000 3,45% 0 0,00%

5.03.02 Edificios preexistentes 553.692.808 1,43% 0 0,00% 553.692.808 5,74%

5.03.99 Otras obras preexistentes 3.327.500 0,01% 3.327.500 0,01% 0 0,00%

6 Transferencias Corrientes 1.061.623.812 2,75% 815.142.765 2,81% 246.481.047 2,56%

Page 61: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

61

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

6.01 Transferencias corrientes al sector público

517.411.817 1,34% 416.566.829 1,44% 100.844.988 1,05%

6.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central

72.420.000 0,19%

72.420.000 0,25%

0 0,00%

6.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Descentralizados

338.775.817 0,88%

237.930.829 0,82%

100.844.988 1,05%

6.01.03

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no empresariales

57.936.000 0,15%

57.936.000 0,20%

0 0,00%

6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales

48.280.000 0,12%

48.280.000 0,17%

0 0,00%

6.02 Transferencias Corrientes a Personas

15.000.000 0,04% 0 0,00% 15.000.000 0,16%

6.02.01 Becas a funcionarios 15.000.000 0,04% 0 0,00% 15.000.000 0,16%

6.03 Prestaciones 519.211.995 1,34% 393.575.936 1,36% 125.636.059 1,30%

6.03.01 Prestaciones legales 413.930.162 1,07% 313.443.603 1,08% 100.486.559 1,04%

6.03.99 Otras prestaciones 105.281.833 0,27% 80.132.333 0,28% 25.149.500 0,26%

6.06 Otras transferencias corrientes al sector privado

10.000.000 0,03% 5.000.000 0,02% 5.000.000 0,05%

6.06.01 Indemnizaciones 10.000.000 0,03% 5.000.000 0,02% 5.000.000 0,05%

7 Transferencias de Capital 1.245.850.000 3,22% 1.245.850.000 4,29% 0 0,00%

7.01 Transferencias de capital al sector público

1.245.850.000 3,22% 1.245.850.000 4,29% 0 0,00%

7.01.07 Fondo en fideicomiso para gasto de capital

1.245.850.000 3,22%

1.245.850.000 4,29%

0 0,00%

9 Cuentas especiales 1.824.769.430 4,72% 1.824.769.430 6,29% 0 0,00%

Page 62: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

62

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL %

Programa No. 1 Conservación y

uso de la biodiversidad

%

Programa No. 2

Planificación y Administración

%

9.02 Sumas sin asignación presupuestaria

1.824.769.430 4,72% 1.824.769.430 6,29% 0 0,00%

9.02.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria

1.824.769.430 4,72%

1.824.769.430 6,29%

0 0,00%

TOTAL ₵ 38.661.630.442 100,00% 29.017.271.570 100,00% 9.644.358.872 100,00%

Page 63: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

63

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Justificación de

Justificación de Egresos Presupuesto SINAC 2017 Nota: Se excluye del monto indicado en la columna No. 3 “TOTAL EN ¢” de este cuadro, los rubros de la Auditoría y del Proyecto Turismo Sostenible, dado que

sus justificaciones se presentan por separado.

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

0 Remuneraciones 19.691.185.969 Costo salarial de los puestos que ejecutan las acciones establecidas en los Planes Operativos

Institucionales, para el cumplimiento de la normativa, competencia de la Institución.

Se incluye presupuesto para la cancelación de 1.060 puestos financiados con recursos provenientes

de la Transferencia de Gobierno Central. Dentro de este rubro se considera la creación de dos

puestos para operadores de radar en el Área de Conservación Marina Isla del Coco, más dos

puestos de auditoría. Además se incluye 112 puestos financiados con recursos del Fondo de

Parques Nacionales, más el financiamiento por 5 días del mes de enero 2017 para 4 puestos del

“Proyecto Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas.

No de Puestos Fuente de Financiamiento Millones ¢

1.060 Fondo SINAC 17.940

2 Fondo SINAC (Operadores de Radar ACMIC)

27

2 Fondo SINAC (Auditoría) 42

112 Fondo de Parques 2.464

4 Fondo de Parques PTS ( 5 días) 1

0.01.01

Sueldos para cargos fijos

7.013.585.983

0.02.01

Tiempo extraordinario

9.024.219

0.03.01

Retribución por años servidos

2.621.800.739

0.03.02

Restricción al ejercicio liberal de la profesión

1.870.194.238

0.03.03

Decimotercer mes 1.275.145.559

0.03.04

Salario escolar 1.164.037.425

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64

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

0.03.99

Otros incentivos salariales

2.626.298.088

20

Fondo de Parques (Puestos a crear para el Programa de Turismo en ASP, queda en sumas sin asignación presupuestaria. Se está solicitando su aprobación)

423

Total 20.897

Las justificaciones correspondientes y el detalle específico de gasto en salarios solicitado mediante el

STAP –CIRCULAR 1801-2016, se incluye en el apartado de información complementaria, punto No.

08

Nota: En el apartado de justificaciones de Proyecto Turismo Sostenible y de la Auditoría Interna se

incluye de nuevo los rubros de esta partida.

0.04.01

Contribución patronal al CCSS

1.415.977.968

0.04.05

Contribución Patronal al BPDC

76.539.357

0.05.01

Contribución patronal Pensiones CCSS

777.639.801

0.05.02

Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

229.618.058

0.05.03

Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral

459.234.426

0.05.05

Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados

282.566.355 Aporte patronal a la Asociación Solidaristas del MINAE (ASOMINAE), según la cantidad de

funcionarios afiliados. Esto de conformidad los artículos 64 y 74 de la Ley de Asociaciones

Solidaristas No. 6970, el convenio MINAE-ASOMINAE

1 Servicios En esta partida se reserva el presupuesto para servicios requeridos en el cumplimiento de las

actividades establecidas en el Plan Operativo Institucional.

1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos

906.905.840

Recursos para el pago de alquiler de las oficinas de la Secretaría Ejecutiva, Direcciones Regionales y sub regionales de las Áreas de Conservación. Además alquiler de casetas para las repetidoras del sistema de radio de comunicación en Santa Elena, Irazú y Cerro Villa vista, a nivel central, y otras repetidoras de comunicación de las Áreas de Conservación.

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65

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

Lo anterior con la finalidad de brindar la continuidad de los servicios ofrecidos al usuario y el apoyo para la realización de las actividades del quehacer institucional. A continuación detalle de alquileres de edificios por Área de Conservación:

Número de Cédula (Física o Jurídica) del

adjudicatario

Nombre completo del adjudicatario

AC-SE Proyección

costo de alquileres 2017

6-0148-0207 Lilliam Obando Obando ACOSA 5.259.203

María Luisa Carli Grassi ACMIC 11.988.000

3-101-512301 Viewport Investments Inc. S.A. SE 462.909.171

3-101-89922 Importadora SANU S.A. ACCVC

67.159.216,40

1-0278-0569 Francisco Obando Fonseca ACCVC

23.055.141,13

3-101-057801 INVERSIONES WEPA S.A. ACCVC

45.592.008,18

3-101-565966 La Herencia Ramírez Brenes S.A. ACCVC

15.691.722,60

3-101-081333 Inversiones Piedra y Ortiz S.A. ACCVC

42.064.490,52

4-134-216 Pedro González Chaverri ACCVC

10.164.000,00

Para: PN Volcán Turrialba ACCVC 6.000.000

Inversiones Estadrijuca S.A. ACCVC

16.632.000,00

3-101-243669 GAVIRA S.A. ACAHN 12.435.152

3-101-208200 Importadora Barrientos S.A. ACAHN 49.479.387

3-101-167392 Agropecuaria Lilo S.A. ACAHN 12.428.943

7-195-959 / 7-065-258 Tanisha Ramirez p/ Donald Alberto Edwards Mc Mury

ACLAC 11.106.190

3-101-530899 ZZA ZAST S.A. ACLAC 50.360.870

3-101-626173 GANADERA CUVA S.A ACT 7.935.000

1-1507-955 EDGAR MORA MONTES ACT 27.268.925

TOTAL 877.529.419

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66

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario

54.500.000

¢50 millones para alquiler de equipo aéreo para efectuar sobrevuelos de control y prevención de daños ambientales e incendios forestales. ¢4.5 millones ACA T Alquiler de maquinaria (tipo tractor de oruga) para ser utilizados en construcción de rondas cortafuego durante las acciones de atención de emergencias por incendios forestales.

1.01.04 Alquiler y derechos para telecomunicaciones

600.000

Se reservan recursos para el pago de alquiler de señal VHF que brinda comunicación entre las Áreas Silvestres Marinas del Área de Conservación Osa, como Reserva Biológica Isla del Caño, Parque Nacional Marino Ballena y Centros Operativos del Parque Nacional Corcovado.

1.02.01 Servicio de agua y alcantarillado

59.246.765 Pagos por servicio de agua potable suministrado por Acueductos y Alcantarillados y ASADAS por el consumo en oficina de la Secretaría Ejecutiva y Áreas de Conservación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

1.02.02 Servicio de energía eléctrica

282.768.393

Recursos para servicio de energía eléctrica, suministrado por el Instituto Costarricense de Electricidad, Compañía Nacional de Fuerza y Luz y Cooperativas en oficina de la Secretaría Ejecutiva, Áreas de Conservación, oficinas sub Regionales e instalaciones en las Áreas Silvestres Protegidas.

1.02.03 Servicio de correo 1.662.000

Pago del apartado postal y traslado de correspondencia.

1.02.04 Servicio de telecomunicaciones

222.434.079

Pago de servicio telefónico (fijo y celular), internet, datacards y servicio de radios troncalizados en la Secretaría Ejecutiva, Áreas de Conservación, oficinas sub Regionales e instalaciones en las Áreas Silvestres Protegidas, para la coordinación de labores, la atención de consultas y trámites .

1.02.99 Otros Servicios Básicos

3.815.000

Para cubrir el pago de servicios municipales, tales como recolección de basura, limpieza de vías y agua.

1.03.01 Información (publicación de información oficial)

15.750.000

Cancelación de publicaciones de decretos ejecutivos en el Diario Oficial La Gaceta, licitaciones o trámites de contrataciones para la adquisición de bienes y servicios. Esto con el fin de cumplir con lo establecido por la normativa y proseguir con trámites y acciones respaldadas por estos.

1.03.03 Impresión, encuadernación y otros

59.495.000

Para cubrir la cancelación de impresión de tiquetes de admisión a las Áreas Silvestres Protegidas, servicio de fotocopiado como ( expedientes judiciales, los cuales se custodian en los tribunales de justicia) y encuadernación de documentos varios, requeridos en las diferentes oficinas, impresión de folletos, afiches, panfletos, libros en materia de Vida Silvestre, Áreas Protegidas Marinas, materiales educativos, impresos y audiovisuales para diferentes actividades de educación ambiental y la contratación del servicio de confección de carnés para funcionarios.

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67

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

También para la campaña de divulgación del abordaje situacional del tema cocodrilos y caimanes.

1.03.04 Transporte de bienes(traslado, remolque, flete)

5.030.000

Recursos para el servicio de transporte para traslado de bienes, decomisos de madera y otros derivados del bosque.

1.03.05

Servicios aduaneros (des almacenaje, bodegaje)

200.000

Para cubrir gastos de almacenaje y bodegaje de equipo, paquetes, cajas, enviados a las oficinas de la Secretaría Ejecutiva desde el exterior.

1.03.06

Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales

223.335.000

Comisiones por concepto de mantenimiento del servicio de Quick Pass (estaciones de peaje), cancelación de comisiones por transferencias financieras, comisiones por la recaudación o ventas de tiquetes de admisión en el Parque Nacional Manuel Antonio con Coopealianza y el servicio electrónico de ventas de tiquetes de admisión en varias Áreas Silvestres Protegidas y pago automático con Credomatic de Costa Rica S.A., previsión de recursos para el pago de comisiones en los trámites de pago. Comisiones bancarias, producto de los depósitos de moneda, buzón nocturno y cambio de moneda extranjera..

1.03.07

Servicios de transferencia electrónica

200.000

Costo del servicio por firma digital, para agilizar los trámites y pagos.

1.04.01

Servicios médicos y de laboratorio

7.000.000

Dadas las necesidades de atención veterinaria a animales decomisados, se requiere la contratación de servicios veterinarios y que de esta forma los animales heridos sean atendidos en forma oportuna.

1.04.03

Servicios de ingeniería (elaboración de planos, inspección)

888.332.500

ACA HN - Elaboración de planos e inspección, sistema eléctrico de la Sede Regional y

oficina del Corredor Fronterizo.

ACMIC - Contratación de Diseño e inspección de: a) un surtidor de combustibles y lubricantes, para evitar continuar manipulando a mano el combustible que se utiliza en las embarcaciones pequeñas; se requiere un edificio en mampostería de concreto a media altura y malla para ventilación, para las áreas de bodega de aceites, bodega para pinturas, zona de carga y descarga pueden ser con paredes en concreto hasta el techo. Debe de incluir todo lo requerido para contar con un tanque de almacenamiento y surtidos de por lo menos 1.000 litros de combustible gasolina con todos los requerimientos técnicos en cuanto a seguridad y protección. // b) Remodelación y acondicionamiento de la Villa Beatriz para corregir problemas de ventilación cocina, comedor y habitaciones, cambiar todo el mueble de

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

cocina por acero inoxidable, reubicación y construcción de bóveda para cilindros de gas, rediseñar y cambiar todo el sistema eléctrico, cambiar todo el techo, lijar pisos y paredes para barnizar nuevamente, restaurar servicios sanitarios y baños, etc.

ACOPAC- Planos y diseños de entrada que se va a reconstruir y modificar, del Parque Nacional Manuel Antonio. 225 m2. Estudios geológicos en la zona protectora de Tivives para nueva infraestructura. Y diseños para la nueva construcción de la Sede Regional y Dirección del ACOPAC.

ACTO - inspección de obras proyectos constructivos en el Parque Nacional Tortuguero

ACCVC- Servicio demolición de la antigua Oficina de Sarapiquí por un monto de ¢5 millones,

Segunda etapa de la contratación de los estudios de la Calidad del Agua Río Siquiares, ¢3,5 millones, así como el pago del reajuste de precios de años anteriores a la empresa IDG Consultores Integrados S.A. de la Contratación No. 2011CD-000183-00500, correspondiente a los planos constructivos de la Oficina de Alajuela, por un monto de ¢18 millones.

ACTo. ¢24.6 Diseño Albergue de Funcionarios, bodegas y atracadero, salón multiusos y

Kiosco informativo. Sector Cuatro Esquinas, Parque Nacional Tortuguero. Bodega y atracadero: 643m2/Albergue 735m2/Centro de visitantes y salón multiusos .388,5m . Albergue Funcionarios Puesto Operativo Jalova, PN Tortuguero. Muelle 21,25m2/ Albergue: 54,5m2 de ampliación, 103,2m2 de acondicionamiento

ACOSA . ¢63 millones. Planos para construcción de Centro Operativo El Tigre del

Programa de Control y Protección ¢15 millones / . Construcción del cableado estructurado para PN Corcovado-RFGolfo Dulce , trabajo consiste en: diseño físico de reestructuración total del cableado horizontal, reubicación de cuarto de telecomunicaciones, cableado horizontal sobre canasta metálica, ingresos a oficinas utilizando canaleta, 42 puertos dobles propuestos, 2 routers, 2 switches empresariales tecnología PoE, Vlan, 1 servidor de dominio / Costo de Obra y Consultoría idénticos pues es una contratación por Diseño-Construcción, por lo tanto el monto global para ambas fases de la contratación es 30millones. Oficinas Administrativas del Refugio Nacional de Fauna Silvestre Golfito/. Planos, Sub Región Coto -construcción habitaciones y sala de reuniones Humedal Terraba Sierpe : construir habitaciones dos oficinas y sala de reuniones baños y comedor Albergue en mampostería de block de concreto con habitaciones, cocina, cuarto de pilas, sistema eléctrico, sistema

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

mecánico, cielo fibrocemento, cubierta HG N°26 esmaltada ambas caras, ventanas, estructura de techo tubo industrial. Sala de reuniones mismas características con cableado estructurado

ACG . Planos para la construcción de una casa de habitación en el sector Poco Sol del

Parque Nacional Guanacaste, 120 m2, cuatro habitaciones, dos servicios sanitarios sala, comedor , cocina . Objetivo: mejor la calidad de vida de los funcionarios de campo.

SE . Diseño de nueva sede de la Secretaría Ejecutiva en el Parque Ecológico de Santo Domingo de Heredia. 1.300 m2 . Edificio de varias plantas en mampostería de block de concreto y muros de corte de concreto armado, entrepiso de concreto con vigas y viguetas, piso cerámico, sistema eléctrico, sistema de voz y datos, sistema de agua para consumo humano, sistema de aguas negras con planta de tratamiento, sistema contra incendio, núcleos de elevadores, acometidas eléctricas, cubierta de HG N°26 /// Servicio de catastro para terrenos que se deben trasladar al Patrimonio Natural del Estado, los cuales habían sido adquiridos por medio de la Fundación de Parques Nacionales y corresponden a ASP.

Además de lo anterior, se reservan recursos para una serie de acciones establecidas en cumplimiento con el “Plan Estratégico Institucional”, cuya implementación requiere la contratación de servicios especializados DENTRO DEL GRUPO DE PARTIDAS 1.04, viáticos y compra de equipo. Para la definición de las prioridades a invertir, se hacen reuniones técnicas y directivas en las cuales se analizan las iniciativas estratégicas y la dinámica de actualidad, se determina por orden de prioridad, cuales se financian para el año 2017. Como resultado de la priorización se elabora una tabla que incorpora : instancia de la Secretaría Ejecutiva responsable de la ejecución y seguimiento, objetivo del Plan estratégico 2016-2017 vinculante, tipo de inversión , iniciativa del Plan Estratégico 2016-2026, descripción del servicio o bien a contratar y monto en colones. Ésta tabla se incorpora en el apartado de información complementaria punto No. 11, con el fin de facilitar la justificación respectiva.

1.04.05

Servicios de

desarrollo de

sistemas

informáticos

25.000.000

También en esta sub partida se reservan recursos para una serie de acciones establecidas en cumplimiento con el “Plan Estratégico Institucional”, cuya implementación requiere la contratación de servicios especializados DENTRO DEL GRUPO DE PARTIDAS 1.04, viáticos y compra de equipo. Para la definición de las prioridades a invertir, se hacen reuniones técnicas y directivas en las cuales se analizan las iniciativas estratégicas y la dinámica de actualidad, se determina por orden

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

de prioridad, cuales se financian para el año 2017. Como resultado de la priorización se elabora una tabla que incorpora : instancia de la Secretaría Ejecutiva responsable de la ejecución y seguimiento , objetivo del Plan estratégico 2016-2017 vinculante, tipo de inversión , iniciativa del Plan Estratégico 2016-2026, descripción del servicio o bien a contratar y monto en colones. Ésta tabla se incorpora en el apartado de información complementaria, con el fin de facilitar la justificación respectiva.

1.04.06 Servicios generales (limpieza, vigilancia, lavado)

1.164.005.948

Pagos a contratos por servicios de: Seguridad y Vigilancia, limpieza diaria de instalaciones en las oficinas Centrales, oficinas subregionales y Regionales del SINAC. También los contratos de mantenimiento de zonas verdes, servicio limpieza de tanques sépticos (ACLAC), servicio lavado de vehículos oficiales. Contratos para el mantenimiento de rondas cortafuego dentro y en colindancia de las Áreas Silvestres Protegidas, como medida de mitigación ante la ocurrencia de incendios forestales. Contrato por servicio de recarga de extintores contra incendios (Secretaría Ejecutiva) y la previsión de recursos para la atención de reclamos de reajuste de precios en los contratos en ejecución. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo

402.161.800

Mediante el Programa Nacional Manejo del Fuego SINAC, se ejecutarán labores, como medida primaria para el establecimiento de rondas corta fuego, esto para mitigar la ocurrencia de incendios forestales. Tambén dentro de este mismo programa se realizará la contratación de servicios de atención temprana de incendios, como media preventiva a la ocurrencia. Contrato marco para el fangueo en el Parque Nacional Palo Verde, financiado con recursos aportados por el INDER dentro del marco del convenio entre el IDA Y EL SINAC. Además para ejecutar contrato para el servicio de fumigación en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva del SINAC, pago de las revisiones técnicas (RTV) de los vehículos oficiales, contrato por el servicio de monitoreo y alarma en oficinas Subregionales de varias Áreas de Conservación. Además se requiere recursos para cumplir con el pago de los certificados de navegabilidad de las embarcaciones del Parque Nacional Isla del Coco. ACLA P - Para la realización de un estudio hidrogeológico de los manantiales en las cuencas Potrero y Caimital del Cantón de Nicoya. También en esta sub partida se reservan recursos para una serie de acciones establecidas en

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

cumplimiento con el “Plan Estratégico Institucional”, cuya implementación requiere la contratación de servicios especializados DENTRO DEL GRUPO DE PARTIDAS 1.04, viáticos y compra de equipo. Para la definición de las prioridades a invertir, se hacen reuniones técnicas y directivas en las cuales se analizan las iniciativas estratégicas y la dinámica de actualidad, se determina por orden de prioridad, cuales se financian para el año 2017. Como resultado de la priorización se elabora una tabla que incorpora : instancia de la Secretaría Ejecutiva responsable de la ejecución y seguimiento , objetivo del Plan estratégico 2016-2017 vinculante, tipo de inversión , iniciativa del Plan Estratégico 2016-2026, descripción del servicio o bien a contratar y monto en colones. Ésta tabla se incorpora en el apartado de información complementaria, con el fin de facilitar la justificación respectiva.

1.05.01 Transporte dentro

del país

18.453.593

Para cubrir gastos por concepto de: pago del Ferri, pago del transporte aéreo en casos de urgencias y pasajes en autobús, para el desplazamiento de los funcionarios. Se hace necesaria la cancelación de los pasajes algunos funcionarios para que puedan desplazarse a atender reuniones, visitas de campo, coordinación de actividades relacionadas con los procesos y proyectos de Educación Ambiental y actividades con las comunidades vecinas, todo en cumplimiento a sus labores.. Cancelación de peajes en estaciones definidas en las principales rutas del país.

1.05.02 Viáticos dentro del país

388.488.506

Este presupuesto se requiere para cancelar viáticos (alimentación y hospedaje) a los funcionarios, en labores de inspección , control , visitas de supervisión , asistencia a comparecencias en juicios y denuncias, etc., además del desplazamiento a diferentes partes del país a reuniones, talleres y charlas de divulgación, importantes para la coordinación de actividades a nivel nacional, como por ejemplo: reuniones de Coordinadores Administrativos, de Directores de Áreas de Conservación (AC), reuniones de encargados de Recursos Humanos, Educación Ambiental, Gerentes de Áreas Técnicas , Comité Técnico de las AC, Gerentes de Planificación, etc.

1.05.03 Transporte en el exterior

100.000

Costa Rica tiene un convenio para el desarrollo fronterizo “Costa Rica – Panamá” En el marco del convenio está operando la Unidad Técnica Ejecutora Binacional del Parque Internacional La Amistad, en la cual participan oficialmente designados por la Dirección Regional del ACLAP, los funcionarios Roger González (Administrador del PILA) y Luis Sánchez Arguedas (Gerente de ASP). Esa es una instancia avalada por MIDEPLAN, ya que ese Ministerio lleva la Secretaría Técnica del Convenio y dentro de las obligaciones se deben realizarse al menos dos reuniones al año para el seguimiento de los planes de trabajo; por lo cual una reunión se hace en C.R. y la otra en Panamá. Se presupuesta recursos para cubrir los costos de transporte de los compañeros.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

1.05.04 Viáticos al exterior 700.000

Costa Rica tiene un convenio para el desarrollo fronterizo “Costa Rica – Panamá” En el marco del convenio está operando la Unidad Técnica Ejecutora Binacional del Parque Internacional La Amistad, en la cual participan oficialmente designados por la Dirección Regional del ACLAP, los funcionarios Roger González (Administrador del PILA) y Luis Sánchez Arguedas (Gerente de ASP). Esa es una instancia avalada por MIDEPLAN, ya que ese Ministerio lleva la Secretaría Técnica del Convenio y dentro de las obligaciones se deben realizarse al menos dos reuniones al año para el seguimiento de los planes de trabajo; por lo cual una reunión se hace en C.R. y la otra en Panamá. Se presupuesta recursos para cubrir los costos de viáticos de los compañeros.

1.06.01 Seguros 392.208.817

Recursos destinados para el pago de las pólizas de los vehículos oficiales (flotilla vehicular), póliza de valores en tránsito, equipo acuático (embarcaciones, motos acuáticas, entre otros), correspondientes a la Secretaria Ejecutiva y las Áreas de Conservación.

1.06.01 Seguro de Riesgos del trabajo

132.261.714 Para la cancelación de la póliza de riesgos del trabajo de los funcionarios que laboran para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

1.07.01 Actividades de capacitación

69.878.778

Para el fortalecimiento de las capacidades de los funcionarios de las Áreas de Conservación y la Secretaría Ejecutiva del SINAC, en diferentes temas técnicos y administrativos, enfocados a mejorar su conocimiento en temas específicos y mantenerlos actualizados para mejorar el desarrollo de sus funciones.

1.07.02 Actividades protocolarias y sociales

12.660.000

Cubrir el servicio de alimentación mediante catering servicie en atención a las reuniones de los miembros del Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) y Consejos Regionales de Áreas de Conservación ( CORAC)) Actividades conmemorativas al día de Parques Nacionales y otras relacionadas con el medio ambiente

1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales

515.773.979

Para reparaciones a la infraestructura en las Áreas Silvestres Protegidas ( infraestructura que se utiliza en la atención de visitantes e infraestructura donde viven los guarda parques )

ACLA C - Reserva Biológica Hitoy Cerere, C ¢174.5 millones ésta Reserva es la de

mayor restricción en cuanto a usos, solo se permite la investigación, requiere urgentemente

reparar y acondicionar las instalaciones en su totalidad, por su ubicación en el bosque

tropical muy húmedo, (alta humedad), parte de los pisos y piezas estructurales de madera de

las instalaciones, han sido atacados por termitas Isópteras, polillas y el comején, además de

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

la gran cantidad de murciélagos que existen en el sitio. ´Área total 400 m2 Se requiere

reparación de pisos de madera, cielo raso, precintas, canoas, marcos de puertas y ventanas,

puertas, cedazo de ventanas, de muebles fijos de cocina y servicios sanitarios, herrajes y

cerrajería, recubrimiento de acero de basas, sustitución de láminas dañadas de techo,

pintura de techos y paredes, sustitución y reparación de piezas sanitarias, menaje,

cerramiento contra entrada de murciélagos. Reparación de techo de edificio en Refugio de

Vida Silvestre Gandoca Manzanillo sector Gandoca y Reparaciones eléctricas menores del

Área de Conservación.

ACLA P ¢50 millones. Casa de Funcionarios y Edificio Administrativo, Parque Nacional

Tapanti. 347 m2. Diseño de nueva distribución de iluminación e interruptores, tomacorrientes

y potencia, tableros eléctricos, sistema de Voz y Datos, sistema de puesta a tierra, acometida

aérea y medidor eléctrico.

ACA T - ¢45 millones. Oficinas Parque Nacional Palo Verde, Sector Palo Verde. Pintura de

500m2 cubierta, cambio de 100 láminas de cubierta por láminas HG N°26, cambio de

cumbreras, suministro e instalación de 800m2 de piso cerámico, cambio de 18 ventanas,

cambio de 40 precintas de 0,3m x 2,44m, cambio de cielo raso (300 piezas fibrocemento

0,61x1,22m, cambio de 5 inodoros, suministro e instalación de 1 mingitorio, construcción de

pared de mampostería de block de concreto de 13m x 2,50m, pintura total de paredes por

ambas caras; revisión y reparación de todo el sistema eléctrico

También se debe dar mantenimiento para obras menores en ASP e instalaciones de oficinas regionales y Sub-regionales de las Área de Conservación. Se reservan también recursos como previsión para atender situaciones de emergencia emergencias causadas por desastres naturales, y así cumplir con lo establecido en la Ley de Emergencias No.8488, art. 45.

1.08.02

Mantenimiento de Vías de Comunicación

87.742.731

Para el servicio de mantenimiento de caminos rurales en colindancia y dentro de Áreas Silvestres Protegidas, como medida de mitigación ante la ocurrencia de incendios forestales

1.08.04

Mantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción

17.500.000

Para el mantenimiento de los tractores del Parque Nacional Palo Verde, equipos de moto guadañas, motobombas, motosierras, bombas de agua, bombas de espalda de las diferentes ASP y del Programa de Manejo del Fuego. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

1.08.05

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

441.339.159

Para la reparación y mantenimiento preventivo de la flotilla de vehículos del SINAC, embarcaciones, motores fuera de borda, motos acuáticas, entre otros; donde existen contratos a nivel de las Áreas de Conservación, con talleres regionales que brindan el servicio. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

1.08.06

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

14.495.000

Para el mantenimiento de la central y equipo telefónico. También para la contratación del servicio de mantenimiento de las antenas repetidoras de radiocomunicación y servicio de mantenimiento para fax. Financiamiento para el contrato marco de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de radio comunicación en el Área de Conservación Osa. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

1.08.07

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

38.507.040

Para la reparación y mantenimiento del mobiliario de oficina, archivos, aires acondicionados y contratos para el mantenimiento de las fotocopiadoras impresoras en las distintas Áreas de Conservación y Secretaría Ejecutiva del SINAC. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

1.08.08

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de inf.

327.744.470

Para cubrir los contratos de mantenimiento y reparación de los equipos de cómputo , el soporte y mantenimiento del sistema integrado de salarios, mantenimiento de servidores, sistema de información de los recursos forestales de Costa Rica, esto en cumplimiento de los establecido en la resolución de R-CO-26-2007. También se incluye la previsión de recursos por concepto de reajuste de precios a los contratos. Ver detalle de contratos marco por Área de Conservación en apartado de información complementaria, punto No. 09

1.08.99 Mantenimiento y reparación de otros equipos

21.700.000

Se requiere equipo especializado para el cumplimiento de las funciones en el campo, por lo que se reservan recursos para la reparación y mantenimiento preventivo de equipo diverso como: armas, cámaras fotográficas, moto guadañas y otros.

1.09.02

Impuestos sobre

bienes inmuebles 150.000

Para efectuar el pago de impuestos a la Municipalidad de Osa por la propiedad donde se ubican las

Oficinas del Humedal Nacional Térraba Sierpe en Palmar de Osa.

1.09.99 Otros impuestos 15.894.541 Recursos para la cancelación de derechos de circulación para vehículos oficiales

1.99.05 Deducibles 11.000.000 Previsión para el pago de deducibles en caso de accidentes

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75

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

1.99.99 Otros servicios no especificados

1.631.003 Previsión de recursos para cubrir el eventual pago de deducibles al INS en accidentes de tránsito de vehículos oficiales del SINAC

2 Materiales y Suministros

En esta partida se reserva el presupuesto para la adquisición de materiales y suministros para la operación del Sistema en cumplimiento con las actividades establecidas en el Plan Operativo Institucional.

2.01.01 Combustibles y lubricantes

563.138.001

Se requiere la compra de combustible, aceites y lubricantes para la flotilla de vehículos del SINAC, tanto terrestre como marino, en la ejecución de las giras programadas para la atención de denuncias, visitas de supervisión e inspecciones, recorridos y patrullajes, así como las actividades de tipo administrativo. También se incluye presupuesto para servicio de recarga de gas propano, cuyo uso es para la cocción de alimentos en Centros operativos de las Áreas de Conservación.

2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales

5.056.340

Se requiere la compra de medicamentos para uso del personal y usuarios de las Áreas Silvestres Protegidas, oficinas Subregionales y Regionales del SINAC, para atender situaciones de emergencia en salud. Así como para mantener los botiquines con los implementos necesarios para la atención de emergencias.

2.01.03 Productos Veterinarios

4.500.500 Productos veterinarios para animales silvestres decomisados. En situaciones en donde se realiza rescate de animales, algunos vienen enfermos y para lograrlos trasladarlos a un sitio de rescate, es necesario aplicar algún tipo de medicamento o sedante.

2.01.04 Tintas Pinturas y Diluyentes

82.695.956

Productos para uso en las reparaciones de las instalaciones de algunas Áreas Protegidas, también para la compra de consumibles en los equipos de impresión, para producción de documentos , en cumplimiento de tareas laborales, atención y servicio a los usuarios en la emisión de documentos impresos.

2.01.99

Otros Productos Químicos

5.825.580 Se requiere la compra materiales para la higiene en oficinas y Áreas Silvestres Protegidas, además de productos para la eliminación de plagas en Áreas Silvestres Protegidas.

2.02.02 Productos Agroforestales

700.000 Fertilizantes y abonos orgánicos para utilizar en proyectos del SINAC.

2.02.03 Alimentos y bebidas 63.740.225

Para la compra de productos alimenticios que se utilizan en los operativos especiales de vigilancia y control en los cuales participan funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública. También incluye las temporadas de desove de las tortugas, durante la estación seca, los combates contra incendios forestales, operativos de protección y control en semana santa y fin de año, etc. La compra de alimentos es llevada a cabo con la coordinación del Programa de Abastecimiento Institucional del Consejo Nacional de Producción (CNP).

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76

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

2.02.04 Alimentos para animales

4.550.000

Se requiere la compra de alimentos para semovientes que se encuentran en las áreas silvestres y para aquellos animales que brindan seguridad y vigilancia en algunos edificios, así como los alimentos para animales silvestres que se cuidan o trasladan a los centros de manejo de Vida Silvestre.

2.03.01

Materiales y productos metálicos

20.903.250

Compra de productos metálicos para reparaciones y mantenimiento de centros operativos, casas de guarda parques, senderos, baños e instalaciones varias en las áreas silvestres protegidas y oficinas, con el fin de mejorar las condiciones donde viven los funcionarios guarda parques y las áreas en que se recibe visitación en las ASP.

2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos

370.000

Para las mejoras que se realizan en algunos senderos de las ASP y reparaciones menores de la infraestructura existente, en las subregiones por lo general se deben tener recursos para algún tipo de emergencia de acuerdo a los cambios severos de clima.

2.03.03 Madera y sus derivados

1.250.000

Compra de madera para reparación y mantenimiento de centros operativos, casas de guarda parques, senderos, baños e instalaciones varias en las áreas silvestres protegidas y oficinas, con el fin de mejorar las condiciones donde viven los funcionarios guarda parques y las áreas en que se recibe visitación.

2.03.04

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

10.189.571

Compra de materiales eléctricos para reparaciones menores de los sistemas eléctricos, telefónicos y de cómputo en las oficinas y áreas silvestres protegidas, necesario para desarrollar las labores propias encomendadas y para una buena atención al usuario.

2.03.05

Materiales y

productos de vidrio 460.000

Compra de materiales para las reparaciones de las instalaciones de las ASP con el fin de mejorar las condiciones donde viven los funcionarios guarda parques y las áreas en que se recibe visitación.

2.03.06 Materiales y productos de plástico

19.351.603

Compra de materiales y productos de plástico necesarios para las reparaciones menores centros operativos, casas de Guarda parques, senderos, baños y centros de atención a los visitantes de las Áreas Silvestres Protegidas. También para la adquisición de placas plásticas para el transporte de madera en troza y aserrada, cuyo servicio es proporcionado en las oficinas Subregionales de las Áreas de Conservación.

2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción

8.210.000

Compra de materiales para reparación y mantenimiento de centros operativos, casas de guarda parques, senderos, baños e instalaciones varias en las áreas silvestres protegidas, con el fin de mejorar las condiciones donde viven los funcionarios guarda parques y las áreas en que se recibe

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

visitación.

2.04.01 Herramientas e instrumentos

3.825.900

Compra de herramientas para dar un debido mantenimiento a la infraestructura de las Áreas Silvestres y Oficinas, así como instrumentos para el desarrollo de labores de campo.

2.04.02 Repuestos y accesorios

69.968.677

Compra de repuestos para vehículos oficiales, repuestos en general y accesorios para equipo marino, adquisición de materiales para equipos de impresión, entre otros. Lo anterior con el fin dar un servicio óptimo y cumplir con las acciones establecidas en los Planes de trabajo.

2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo

29.947.501

Compra de útiles y materiales de oficina para las labores administrativas en las Oficinas y ASP, para dar un servicio óptimo y cumplir con las acciones establecidas en los Planes de trabajo.

2.99.02

Útiles y Materiales

médicos,

hospitalarios y de

investigación.

2.180.000

Productos médicos para la atención de emergencias en caso de accidentes tanto en las oficinas como en las áreas silvestres protegidas.

2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos

68.843.450

Para la producción de documentos de oficina, suscripciones a periódicos de circulación nacional, productos de higiene necesarios para las oficinas y los centros operativos de las Áreas Silvestres Protegidas. Se incluye la compra de guías forestales para el transporte de madera en troza y aserrada. Para dar un servicio óptimo y cumplir con las acciones establecidas en los Planes de trabajo.

2.99.04 Textiles y vestuario 117.471.435

Uniformes para Guarda parques y funcionarios que trabajan en los operativos de control y protección.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

2.99.05 Útiles y materiales de limpieza

37.028.493

Compra de productos de limpieza, para el aseo de las oficinas, casa de Guarda parques, baños y centros de atención de visitantes a las Áreas Silvestres Protegidas.

2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad

9.480.070

Compra materiales para salvaguardar la integridad de los funcionarios durante las labores de protección y control de los recursos naturales.

2.99.07 Útiles y materiales de cocina y comedor

2.440.900

Para la adquisición de útiles de cocina (menaje de casa) que permita mejorar las condiciones de habitación de los guarda parques y por ende de sus laborales.

2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros

18.305.856

Se requiere la compra de materiales para el transporte de animales, entre otros necesarios para la ejecución de labores de campo.

5 Bienes

Duraderos 6.157.247.461

Se incluye en esta partida los recursos para la adquisición de equipo necesario para cumplir con las actividades cotidianas, además de las inversiones en infraestructura y pago de tierras en ASP.

5.01

MAQUINARIA EQUIPO Y

MOBILIARIO

1.223.474.880

5.01.01

Maquinaria y equipo

para la producción

24.356.607

Una de las actividades relevantes del SINAC es la atención a los visitantes de las ASP, por lo que se requiere la adquisición de equipo de producción para la elaboración de rotulación rustica, informativa y preventiva que se ubica en las entradas, senderos, centros de visitantes, baños etc. Con el fin de dar un buen servicio y minimizar accidentes. También es necesaria la adquisición de otros equipos como Motosierra para trabajos de campo, como limpieza de senderos. Además se requiere la adquisición de hidrolavadoras para trabajos de limpieza y gatas hidráulicas para algunos vehículos. Lo anterior para contar con el equipo necesario y cumplir con las acciones definidas en los Planes de Trabajo. Es necesaria la compra de Planta Eléctrica para el Parque Nacional Manuel Antonio, cuyo objetivo principal es el poder mantener el servicio en momentos que el sistema eléctrico tradicional deje de funcionar, por diversas e inesperadas razones. Esta es una medida para minimizar el riesgo, dado

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

que el control de ingreso al Parque, se lleva por medio de lectores de información de tiquetes

5.01.02

Equipo de transporte

111.618.775

Para la adquisición de vehículos y cuadra ciclos, equipo requerido en las actividades de control y protección de los recursos naturales dentro y fuera de las Áreas Silvestres Protegidas. Actualmente hay gran necesidad de equipo nuevo ya que una parte de la flotilla de vehículos cumplió su tiempo de vida útil, y las constantes reparaciones de ese equipo son costosas.

5.01.03

Equipo de comunicación

27.727.139

Compra de equipos necesarios para cumplir debidamente las tareas por parte de los funcionarios y dar una atención oportuna a los usuarios de las Oficinas Subregionales y el debido servicio a los visitantes en las Áreas Silvestres, así como una comunicación efectiva en el momento oportuno para atención de denuncias o emergencias. .

5.01.04 Equipo y mobiliario

de oficina 71.710.157

Se requiere equipo de oficina para los centros operativos, oficinas Regionales y sub Regionales, para resguardar la información y como apoyo para la realización de labores sustantivas de la Institución, para cumplir con las acciones a desarrollas por medio de las labores cotidianas, esto en cumplimiento de los Planes de Trabajo. También para la sustitución de equipo deteriorado por antigüedad.

5.01.05 Equipo y programas de computo

185.196.690

Compra de computadoras de escritorio y portátiles con sus respectivas licencias de Windows XP y Office Profesional, licencias antivirus y licencias de Windows (para las estaciones de trabajo) necesarios para cumplir debidamente las tareas por parte de los funcionarios y dar una atención oportuna a los usuarios del Sistema ..

5.01.06 Equipo sanitario, de

laboratorio e investigación

30.974.000

Por las condiciones climáticas adversas en diferentes zonas del país, en donde se encuentran los centros operativos y oficinas, se requiere la compra de equipo (deshumedeced ores e higrotermografos) para uso en los espacios destinados a archivos y de esta forma proteger y resguardar la documentación que así lo requiera de conformidad con la Ley de Archivos. Se requiere además la adquisición de sillas de ruedas para ser utilizadas en Áreas silvestres Protegidas en la atención del servicio a los visitantes en casos especiales y de urgencia.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

5.01.07

Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo

257.811

Con el fin de mejorar en el manejo y coordinación de actividades se requiere la adquisición de pizarras acrílicas para ser utilizadas en las diferentes instancias, para uso en las reuniones en la transmisión de la información.

5.01.99

Maquinaria y Equipo diverso

288.140.995

Recursos que se asignan para la obtención de diferentes equipo de campo que son utilizados en el accionar diario, en la elaboración de diferentes tramites que tienen que ver en el desarrollo de las .Como lo son trámites de permisos forestales, la interposición de denuncias por delitos ambientales, la rendición de informes a entidades como Ministerio Público, Tribunal Ambiental Administrativo y otros procesos automatizados que sin excepción deben realizarse con equipo de campo. Se presupuesta la adquisición de equipo de resguardo y seguridad (armas de fuego) para las labores de control y protección de los recursos naturales. Adquisición de equipo de medición y localización como lo GPS, clinómetros entre otros para las diferentes ASP. Equipo de buceo para el Programa de Turismo en la Isla del Coco. Compra de equipo (cámaras trampa para monitoreo de vida silvestre) y compra de extintores para equipar a las oficinas del Área de Conservación. También compra de menaje de casa para sustituir lo que se encuentra en mal estado en los puestos y casa de funcionarios en las ASP y mejorar las condiciones en que viven los guarda parques.

5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS

5.02.01

Edificios

1.171.600.000

ACLA –C ¢6 millones Instalación eléctrica en el edificio de Casa de funcionarios del Refugio de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

ACOPAC - ¢101.5 millones Construcción, ampliación y mejora de la entrada principal PN

Mal. Antonio, con las condiciones requeridas para personas con discapacidad. Remodelación de caseta en mampostería de block de concreto, cielo fibrocemento, láminas de techo HG N°26. Áreas de espera en concreto escobillado y plydeck; portón en hierro industrial galvanizado con herrajes galvanizados; servicios sanitarios en mampostería de block, piso concreto lujado, piezas sanitarias, instalación eléctrica, instalación mecánica, sistema de tratamiento de aguas residuales, para la cual deben realizarse cambios estructurales en la entrada del Parque Manuel Antonio, Además mejoras en el Parque Nacional Carara, dado que requiere del mantenimiento respectivo.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

ACTO ¢822 millones Albergue de Funcionarios, bodegas y atracadero, salón multiusos y

Kiosco informativo. Sector Cuatro Esquinas, Parque Nacional Tortuguero (se cuenta con planos constructivos y Viabilidad Ambiental). Bodega y atracadero: 643m2/Albergue 735m2/Centro de visitantes y salón multiusos:388,5m2 muelle de concreto con cubierta HG N°26 esmaltada ambas caras y estructura tubo industrial 3" x 2", albergue en mampostería de block de concreto con habitaciones, cocina, cuarto de pilas, sistema eléctrico, sistema mecánico, cielo fibrocemento, cubierta HG N°26 esmaltada ambas caras, ventanearía de cedazo, estructura de techo tubo industrial

ACA T ¢242.1 millones casa de Funcionarios Parque Nacional Volcán Tenorio 160m2 , 8

habitaciones individuales con closet, espacio de lavado y tendido, sala de estar y televisión, cocina, comedor, baterías de servicios sanitarios, corredor de ingreso, bodega de equipo, área de lavado de equipo

5.02.02 Vías de

comunicación terrestre

430.000.000

ACLA P ¢10 millones : para la construcción de un muro de contención en la Oficina Regional , debido a que detrás del edificio pasa una quebrada y un camino público, y el terreno se está lavando, y la tapia trasera del edificio (regional y subregional), está falseada. Lo que provocaría inseguridad a las instalaciones, máxime que la misma da al parqueo de vehículos, y decomisos de madera. Y la zona aledaña es conflictiva.

ACOPAC – ¢420 millones. Es necesario mejorar las condiciones de acceso al Parque

Nacional Manuel Antonio dado que éste parque recibe una gran cantidad de visitación, por su alto valor en biodiversidad, además por su exuberante belleza escénica. Existe una red de senderos dentro del PN entre ellos está el sendero el Manglar (es una trocha que se ha utilizado para mantenimiento de las antiguas tuberías de acceso de agua potable al parque, además es importante para control y vigilancia). Éste se va a reconstruir completamente, se va a articular con el sendero Cascada y con el Perezoso. Además se harán obras de control de aguas en el acceso y sobre la quebrada Camaronera. La longitud aproximada es de 784 ml, por 2. 4m de ancho, en estructura de metal y superficie de concreto. Serán losas de concreto de 0,40 cm de ancho x 2,40 de largo con 0,07 cm de espesor con refuerzo interno en varilla No. 4 y tornillos. Las láminas para las placas de apoyo serán de acero ASTM-A36 con límite de fluencia (fy) de 2530 kg/cm².

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

5.02.07 Instalaciones 11.000.000

ACOPAC ¢11 millones: El Parque Nacional Manuel Antonio, por ser uno de los sitio de atractivo turismo más importantes del país, con una visitación alta en comparación con los demás, ha generado que la Administración determine la necesidad de invertir mayormente en infraestructura que permita que el turista puede disfrutar de la belleza del Parque, sin que los recursos naturales se vean afectados. Se reservan estos recursos para el mejoramiento del sistema de distribución y almacenamiento de agua potable, se instalaran equipos automáticos con sus respectivos tableros de control, que permitan un mejor manejo del suministro de agua en el parque.

5.02.99 Otras

construcciones adiciones y mejoras

296.283.401

ACLA P ¢206.3 millones: Parque Nacional Chirripó, construcción de nuevos módulos en el albergue de base crestones, habitaciones, bodegas, uso administrativo. 253 m2. Albergue para Investigadores y Voluntarios, bodega, bodegas para equipo contra incendios, área de cocina y comedor, sala de reuniones, área de enfermería, área de servicios y baños.

ACA HN ¢10 millones : Reparaciones menores de emergencia en centro operativo Corredor

Fronterizo

ACCVC ¢80 millones: Estacionamiento uso público, y caseta de cobro ACCVC Monumento Nacional Guayabo Área de Uso Público intensivo1800 m2 y 8 m2. Estacionamiento: asfalto, base estabilizada, muros de contención, sistema de disposición de aguas recolectadas / Caseta: mampostería de block de concreto, cubierta de hierro galvanizado, piso cerámico, puertas madera sólida, grifería, piezas sanitarias /// Parqueo y acueducto Parque Nacional Braulio Carrillo , Sector Barva Estacionamiento: 2500m2/Caseta: 7,5m2 Estacionamiento: asfalto, base estabilizada, muros de contención, sistema de disposición de aguas recolectadas / Caseta: mampostería de block de concreto, cubierta de hierro galvanizado, piso cerámico, puertas madera sólida, grifería, piezas sanitarias

5.03 BIENES

PREEXISTENTES

5.03.01

Terrenos

1.000.000.000

Cancelación de terrenos en Áreas Silvestres Protegidas adeudados por el estado y declarados Áreas de Protección. El financiamiento de esta sub partida es por medio de la transferencia de Gobierno Central , que en el Proyecto de Ley de Presupuesto incorpora recursos para este fin.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

5.03.02

Edificios preexistentes

553.692.808

De conformidad con compromisos adquiridos por el SINAC, en la compra de inmueble en Santo Domingo de Heredia, efectuado en 2014, bajo autorización de la Contraloría General de la República, Oficio No. 14328 del 19 de diciembre de 2013, se presupuesta el tercer aporte anual por la suma de ¢553.692.808.oo El costo total de las propiedades en cuestión, alcanza un monto de ₡4.983.357.550 millones. Los avalúos de estas propiedades fueron efectuados por el Departamento de Avalúos de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda. En el siguiente cuadro se presenta la información concerniente a cada uno de los avalúos citados:

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

Mediante oficio No. 14328 del 19 de diciembre de 2013 DCA-3291 se recibe autorización de compra directa de los inmueble (más construcciones) por parte de la Contraloría General de la República

6 Transferencias Corrientes

1.061.623.812

6.01.01

Transferencias corrientes al

Gobierno Central

72.420.000

En artículo 43 de la Ley Forestal No. 7575, se establece la distribución del impuesto forestal, destinando un 5% para la Oficina del Contralor Ambiental y un 10% Consejos Regionales Ambientales. Ver detalle de transferencias en apartado de Información complementaria, punto No. 07

6.01.02

Transferencias corrientes a

Órganos Descentralizados

(FONAFIFO, CONAGEBIO y

Comisión Nacional de Emergencias)

338.775.817

FONAFIFO : En el artículo 43 de la Ley Forestal No. 7575, se establece la distribución del impuesto forestal, un 40% corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, este se calcula sobre la totalidad de los transferencias asignados al Fondo Forestal, en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2016 / Ver detalle de transferencias en apartado de información complementaria punto No. 07 CONAGEBIO: La Ley No. 9022, reforma Ley de Conservación de Vida Silvestre No.7317 "Art. 11, sobre distribución de recursos, se indica que un 75% de los ingresos corresponde a SINAC y 25% a CONAGEBIO para atender obligaciones derivadas del ejercicio de las competencia legales a esta Comisión.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

Además se incorpora recursos de conformidad con la proyección de superávit libre, para ser transferidos a la Comisión Nacional de Emergencia, según lo dispuesto en el artículo No.46 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo No. 8488 "traslado del 3% de los superávit libres"

6.01.03

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no empresariales (Col. Ing. Agrónomos y ONF)

57.936.000

En el artículo 43 de la Ley Forestal No. 7575, se establece la distribución del impuesto forestal, destinando un 2% para el Colegio de Ingenieros Agrónomos. , un 10% para la Oficina Nacional Forestal y De conformidad con la transferencia autorizada en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2017 se incorpora el rubro indicado. Ver detalle de transferencias en apartado de Información complementaria, punto No. 07

6.01.04

Transferencias corrientes a Gobiernos Locales 48.280.000

En el artículo 43 de la Ley Forestal No. 7575, se establece la distribución del impuesto forestal, un 10% corresponde a las Municipalidades, el monto se calcula sobre la totalidad de los transferencias asignados al Fondo Ver detalle de Ver detalle de transferencias en apartado de Información complementaria, punto No. 07

6.02.01 Becas a Funcionarios

15.000.000

Con el fin de capacitar a funcionarios guarda parques se establece convenio marco entre la Universidad Nacional y el Ministerio de Ambiente y Energía, para impartir el Diplomado en conservación y manejo de áreas protegidas. En oficio No. SINACDE-758 del 18 de mayo de 2016, el señor Director Ejecutivo, Sr. Julio Jurado Fernández, señala que el diplomado en cuestión es prioritario en la política del SINAC. Para el año 2017 se estarán realizando tres módulos con la participación de 25 funcionarios

6.03.01 Prestaciones legales

413.930.162 Previsión para el pago de prestaciones legales. Este monto se determina por parte del Departamento de Recursos Humanos, basado en las solicitudes presentadas por los funcionarios que muestran su interés en retirarse, acogiéndose a la pensión, que por Ley les corresponde.

6.03.99 Otras prestaciones 104.894.000

Monto para cubrir el pago de subsidios por incapacidades otorgadas por la Caja Costarricense de Seguro Social a los funcionarios, proyección efectuada según comportamiento de licencias registradas durante el año 2013-2014-2015 y lo que va del 2016.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

6.06.01

Indemnizaciones 10.000.000

Previsión para el pago de Indemnizaciones, para cubrir reclamos administrativos sujetos a esta condición; procesos judiciales laborales en tránsito. Y previsión presupuestaria en acatamiento a Ley No.8508 “Código Procesal Contencioso Administrativo”

7 Transferencias de Capital 1.245.850.000

7.01.07

Fondo en fideicomiso para gasto de capital

1.245.850.000

Transferencia al Fideicomiso entre el MINAE y el Banco de Costa Rica / Según Ley No. 8133, 19 de set 2001. (50% del ingreso al Parque Nacional Manuel Antonio, se traslada al fideicomiso para pago de tierras).

9

Cuentas

especiales 1.401.544.023

9.02.01

Sumas libres sin

asignación

presupuestaria

1.401.544.023

Recursos que se asignarán a las Áreas Silvestres Protegidas. No fue posible realizar su distribución y asignación a las necesidades en tiempo, dada la fecha en que se comunica a la Institución que cuenta con recursos adicionales incorporados en el Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario de la República período 2017. Recursos que financiarán 124 puestos que se trasladan financieramente del Fondo de Parques Nacionales al Fondo SINAC, liberando de esta forma recursos del Fondo de Parques para mejorar la operación del Sistema. Como se explica en el apartado de información complementaria “tema de Remuneraciones” se hace efectivo el traslado del financiamiento de 124 del Fondo de Parques al Fondo SINAC, liberando así, como se mencionó antes, recursos del Fondo de Parques, los cuales se incorporan en esta sub partida, para facilitar en tiempo los procesos de contratación administrativa, asignando la distribución que se defina, por medio de modificación presupuestaria y de esta forma poder ejecutar los recursos en 2017. Por lo anterior es importante contar con la aprobación en esta sub partida, para realizar la asignación y distribución por medio de modificación presupuestaria, como se mencionó antes. Importante indicar que desde la segunda quincena de setiembre 2017, se hace el comunicado oficial a las Áreas de Conservación, sobre la distribución de éstos recursos y se les solicita su asignación a las necesidades, vinculadas con los Planes de Trabajo, priorizando la inversión en las Áreas Silvestres Protegidas. Esto con el fin de ir adelantando la información necesaria para la presentación de la Solicitud de aumento en el límite de gasto a la STAP.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida/ Sub

partida Descripción TOTAL EN ¢ Justificación

TOTAL 35.718.489.859

Nota:

La sumatoria de éstas justificaciones incluye lo que corresponde a la totalidad del gasto en salarios más los puestos del Programa

Turismo Sostenible y Auditoría, esto por cuento en el detalle de justificaciones de salarios, incorporado en el apartado de

información complementaria, se incluye la total de los puestos. Y se desagrega lo que corresponde al Proyecto Turismo Sostenible

BID y Auditoría Interna, como también se incorpora en las justificaciones que de seguido se presentan por cada una de estas

Instancias. Lo anterior cono nota aclaratoria para que no se preste a confusión la sumatoria de los totales en justificaciones.

Importante indicar que la suma total incorporada en la sub partida “sumas sin asignación presupuestaria” se compone de

¢4.401.5 millones, justificados en el cuadro anterior, más ¢423 millones correspondientes a 20 puestos a crear para el Programa de

Turismo Sostenible en ASP, que es parte de los compromisos adquiridos con el crédito del Banco Interamericano de Desarrollo BID

para la ejecución del Proyecto. Se está gestionando la solicitud a la STAP para su creación. Justificación de las clases de puestos

solicitados se encuentra en el detalle de salarios en apartado de información complementaria, punto No. 08

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Justificación Presupuesto de Egresos Programa Turismo Sostenible. Sub

partidas Descripción Total Descripción

0.01.03 Servicios especiales 423 099,00

Pago de salarios y cargas sociales de plazas especiales del personal de la Unidad Ejecutora del Proyecto. Corresponde a 3 Profesionales de servicio civil 1-B, 3 Profesionales de servicio civil 2, 1 Profesional de servicio civil 3 y 3 Técnicos de servicio civil 3, del período del 01 de enero al 05 de enero del 2017, de funcionarios del SINAC que participan en actividades del Proyecto en la UCP.

0.03.01 Retribución por años servidos 55 400,00

0.03.02 Restricción al ejercicio liberal de la profesión 232 704,00

0.03.03 Decimotercer mes 68 794,00

0.03.04 Salario escolar 62 799,00

0.03.99 Otros incentivos salariales 51 852,00

0.04.01 Contribución patronal al CCSS 76 391,00

0.04.05 Contribución Patronal al BPDC 4 128,00

0.05.01 Contribución patronal Pensiones CCSS 41 953,00

0.05.02

Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 12 387,00

0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 24 775,00

0.05.05

Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados 44 018,00

1.03.02 Publicidad y Propaganda 6 000 000,00

Compra de material promocional para el desarrollo de los Encadenamientos Productivos en Turismo, como lo son material educativo para las Áreas de Conservación como los banner, libros para colorear, campañas educativas en las redes sociales.

1.04.02 Servicios Jurídicos 18 000 000,00

Pago de un Consultor que brinda Asesoría Legal al Proyecto BID-Turismo, esta contratación tiene la finalidad de apoyar a la Unidad Ejecutora del Proyecto en todos los aspectos relacionados con procesos y procedimientos legales del Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo en Áreas Silvestres Protegidas. También en esta partida se incluye un Asesor Legal para que brinde la capacitación a los actores locales que forman parte de los encadenamientos turísticos productivos, en temas legales y normativos, relacionados con la materia de encadenamientos turísticos, emprendedurismo, y temas conexos y la elaboración de Convenios y borradores de Contratos, que se firmarán entre los pequeños

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

emprendimientos, la Cámara de Turismo y/o Asociaciones respectivas, y cualquier otra Organización externa, según corresponda.

1.04.03 Servicios de Ingeniería 45 552 000,00

Pago de servicios de consultoría para la vigilancia o atención que el profesional o grupo de profesionales suministrará durante el proceso de ejecución de una obra, con el fin de que se realice de conformidad con las mejores normas de trabajo, los planos de construcción, las especificaciones técnicas y demás documentos que forman parte del Contrato, que se realizarán en las inversiones que se realizarán en las obras de infraestructura turística del RNVSM Caño Negro, PN Volcán Poás, PN Cahuita; elaboración de los diseños del PN Volcán Tenorio.

1.04.04 Servicios en Ciencias Económicas y Sociales 226 200 000,00

Pagos a los consultores individuales de Seguimiento y Monitoreo encargados de realizar la planificación, programación, seguimiento, control, monitoreo y evaluación física y financiera del desarrollo de las distintas actividades del Proyecto y Asistente Administrativo con la finalidad de apoyar a la Unidad Ejecutora del Proyecto en la gestión administrativa y organizativa del Proyecto; pagos para la realización de la Cuarta y Quinta Auditoría de los Estados Financieros del proyecto para permitir al auditor expresar una opinión profesional sobre los Estados de Flujos de Efectivo y Estado de Inversiones Acumuladas del Proyecto, evaluar el sistema de control interno aplicable al proyecto y los sistemas establecidos para generar el información financiera del proyecto y el cumplimiento de las leyes, regulaciones y términos de contrato de préstamo y del ROP y pagos para una consultoría para la Aplicación de la Evaluación Final del Proyecto; contratación de un firma consultora para la evaluación final de ejecución del Proyecto; desarrollo e implementación de la estrategia de turismo en el SINAC.

1.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 174 000 000,00

Desarrollo de un sub-sitio web para la generación de Encadenamientos Productivos en Turismo en las comunidades aledañas al Proyecto BID Turismo; también se incluye la compra y montaje de rótulos para las Áreas Silvestres Protegidas.

1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 54 000 000,00

Construcción, montaje e instalación de cada una de las exhibiciones diseñadas para ambas salas en los espacios identificados, tanto en el PN Volcán Arenal como en el RNVSM Caño Negro para la atención de visitantes. Las dimensiones de los espacios disponibles para ubicar las exhibiciones son los siguientes: en el PN Volcán Arenal la Sala de exhibiciones tendrá la dimensión de 7.35m x 9.85m con un área de 72.40m2 aproximadamente y en el RNVSM Caño Negro: Sala de exhibiciones de 3.95m x 6.90m con un área de 27.25m2 aproximadamente.

1.05.01 Transporte dentro del país 321 584,00 Giras realizadas por la Unidad Ejecutora del Proyecto a las Áreas Silvestres Protegidas, con la finalidad de apoyar las actividades de turismo. 1.05.02 Viáticos dentro del país 3 480 010,00

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

1.06.01 Seguros 57 980,67

Pago de cargas sociales de servicios especiales del personal de la Unidad Ejecutora del Proyecto. Corresponde a 3 Profesionales de servicio civil 1-B, 3 Profesionales de servicio civil 2, 1 Profesional de servicio civil 3 y 3 Técnicos de servicio civil 3, del período del 01 de enero al 05 de enero del 2017, de funcionarios del SINAC que participan en actividades del Proyecto en la UCP.

1.07.01 Actividades de Capacitación 18 000 000,00

Capacitación para las comunidades donde se van a implementar los Encadenamientos Productivos en Turismo y reuniones de presentación final del Proyecto.

2.01.01 Combustibles y lubricantes 1 000 000,00 Giras realizadas por la Unidad Ejecutora del Proyecto a las ASP, con la finalidad de apoyar las actividades de turismo.

2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 12 000 000,00

Compra de equipo de primeros auxilios para las ASP. Esta contratación tiene el principal objetivo, contratar la compra de equipo de primeros auxilios para algunas ASP en las cuales se está desarrollando la construcción de distintos tipos de obras, las cuales son: PN Tortuguero, Rincón de la Vieja, Corvocado, Volcán Arenal, Volcán Irazú, Volcán Poás y RNVSM Caño Negro.

5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 132 000 000,00

Compra e instalación del mobiliario de oficina para algunas ASP en las cuales se está desarrollando la construcción de distintos tipos de obras, las cuales son: PN Tortuguero, Rincón de la Vieja, Corvocado, Volcán Arenal, Volcán Irazú, Volcán Poás y RNVSM Caño Negro.

5.01.05 Equipo y programas de computo 273 000 000,00

Compra de equipo, configuración e instalación para sistema de cobro electrónico del SINAC (10 Equipos punto de venta, 14 Dispositivos lectores de códigos de barra tipo manos libres, 9 Equipos móviles para el cobro, 10 Discos duros para ampliación de unidad de Almacenamiento Enterprise Virtual Array existente para el servicio de cobro electrónico en el Datacenter, 1 Soporte de Mantenimiento Preventivo en sitio para los equipos de Datacenter listados en el Ítem 6, 1 Contrato de Extensión de Garantía del fabricante para equipos HP, 1 Renovación de Contrato de garantía de Aire Acondicionado y UPS existentes de Datacenter, 1 Compra e instalación de UPS, 1 Certificado de Seguridad, 2 Renovación de dos Certificados de Seguridad propiedad del SINAC.), suministrar e instalar un cableado estructurado y eléctrico así como equipos de respaldo de energía tales como UPS y baterías según se indique en este documento para cada una de las casetas de ingreso de estos sitios que permitan al SINAC instalar apropiadamente equipos de cómputo y un sistema de software para la venta de tiquetes de ingreso a los visitantes. Esta compra de equipo va a apoyar el Sistema de recaudación electrónica en las ASP del SINAC. Estos equipos se instalaran en las siguientes ASP: PN Rincón de la Vieja, Tortuguero, Corcovado, Volcán Poás, Volcán Irazú y Volcán Arenal; compra de equipo de cobro electrónico para el desarrollo de los

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91

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

encadenamientos productivos.

5.01.99 Maquinaria y equipo diverso 78 492 708,00

Compra de equipo de mantenimiento de senderos para algunas ASP en las cuales se está desarrollando la construcción de distintos tipos de obras, las cuales son: PN Tortuguero, Rincón de la Vieja, Corvocado, Volcán Arenal, Volcán Irazú, Volcán Poás y RNVSM Caño Negro.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

5.02.01 Edificios 921 171 676,00

Construcción de obras de infraestructura turística en las siguientes ASP: a) RVSM Caño Negro: Se convertirá el Centro de Investigación a un Centro de Visitantes, contará con i) Una boletería, recepción y control el cual será un espacio para un funcionario que atenderá en un recinto a través de una entabilla de seguridad, ii) Recepción y atención al visitante, que tendrá un altura de 1,10 m para atención al público, iii) Se acondicionará una sala de capacitación para el recibimiento de grupos organizados, iv) Se acondicionará una sala de exhibiciones, v) Se remodelarán los servicios sanitarios existentes, vi) Cuarto de comunicaciones, vii) Tienda de recuerdos y artesanías para la venta de artesanías de las comunidades vecinas al refugio, viii) Acopio de basura y cuarto de aseo, ix) Área para comedor, x) Área para casilleros. En la segunda planta del edificio se acondicionará el Área Administrativa de los funcionarios, con un espacio para una mesa de reuniones y espacios para almacenar documentos. Se construirá en el exterior una batería de servicios sanitarios para visitantes y funcionarios en la zona aledaña al centro de visitantes, todos los espacios contarán con las medidas y especificaciones para acceso universal. Se construirá una torre de observación de 18m de altura, que se ubicará cerca de la margen del Río Frío, en la Laguna Caño Negro. al Oeste de la Laguna Capilla. La estructura deberá contar con plataformas mirador a cada 6 metros de altura, una escalera que permita el ascenso y el descenso seguro de los visitantes. b) PN Cahuita: en el Sector Puerto Vargas se construirá: En el área aledaña al estacionamiento se diseñará y construirá un módulo de servicios sanitarios para hombres y mujeres y área de vestidores de uso mixto, será elevado sobre bases y piso de concreto. En la comunidad de Cahuita se construirá un centro operativo que tendrá un módulo para oficinas, en el mismo edificio un área para servicios sanitarios, un área de cobro y una bodega. c) Segundas Obras PN Volcán Poás: Se mejorará la zona de cobro, se buscará mejorar las facilidades de ingreso de visitantes. La caseta 2 se mantendrá y la caseta 3 se diseñará y construirá para vehículos livianos, la cual tendrá dos ventanas de cobro una para el ingreso de vehículos y la otra para efectuar el cobro de parqueos a la salida.

5.02.02 Vías de Comunicación terrestre 246 697 183,44

Construcción de obras de infraestructura turística en el a) RVSM Caño Negro: Construcción de sendero terrestre elevado a una altura de 0,60m sobre el nivel del suelo natural, con una longitud de 1,2 km y un ancho de 1,6 m, deberá cumplir con la adaptación de la Ley 7600 y la Guía del CFIA.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

b) PN Cahuita: Construcción de un sendero elevado de dos kilómetros. c) Segundas obras del PN Volcán Poás: se rediseñará y construirá el parqueo actual que se encuentra en el centro de visitantes, el cual deberá tener cuneta para drenaje pluvial, desfogues pluviales, bacheos y tratamiento asfáltico tipo 1, señalamiento vertical y horizontal, también tendrá una acera de concreto entre el parqueo 1 y la caseta de cobro por 400 m aproximadamente.

5.02.04 Obras marítimas y fluviales 300 000 012,00

Construcción de obras de infraestructura turística en a) RNVSM Caño Negro: En la comunidad de Los Chiles se diseñará y construirá un muelle o atracadero con capacidad para que simultáneamente se encuentren 2 botes o lanchas con espacio para 16 personas cada uno. Contará con una plataforma flotante que estará ligada a la estructura principal por medio de rampas, tendrá un mecanismo para transportar una de las plataformas a un punto cercano sobre el margen del Río Frío. Deberá cumplir con la adaptación de la Ley 7600 y la Guía Integrada para la Verificación de la Accesibilidad al Entorno Físico publicada por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) permitiendo un acceso y recorrido seguro y sin obstáculos. b) PN Cahuita: en el sector de la comunidad Cahuita se diseñará y construirá un Malecón de 50 m de longitud, el que contemplará un muro de retención de altura variable a lo largo de los 50 m solicitados, la altura de este muro varía entre 1 m y 1,5 m. El malecón deberá tener un ancho de 3m, el acabado de piso será adquín, contará con barandas de protección que serán en postes de madera rolliza de tres pulgadas de diámetro, curada. Se diseñará y construirá el acondicionamiento del área de aparcamiento de lanchas en los cuales deberán realizarse trabajos de conformación, perfilado y compactación de la arena. Contará con 10 tecles de operación con relación de 10 a 1, fijados al suelo mediante losas o pedestales, contará con un sistema de arrastre de mecates de nylon trenzado, con sistemas de engranajes y rodillos.

6.03.99 Otras prestaciones 29 833,33

Pago de cargas sociales de servicios especiales del personal de la Unidad Ejecutora del Proyecto. Corresponde a 3 Profesionales de servicio civil 1-B, 3 Profesionales de servicio civil 2, 1 Profesional de servicio civil 3 y 3 Técnicos de servicio civil 3, del período del 01 de enero al 05 de enero del 2017, de funcionarios del SINAC que participan en actividades del Proyecto en la UCP.

9.02.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria 423 225 407,00

Salarios y cargas sociales de 20 puestos que se están solicitando para dar continuidad a las acciones del Programa Turismo Sostenible en las Áreas Silvestres Protegidas. Esto forma parte de los compromisos adquiridos con el contrato de

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sub partidas Descripción Total Descripción

préstamo con el BID. Ver detalles de la relación de puestos y salarios respectivos en el apartado de información complementaria punto No. 08.

₡ 2 934 326 694,44

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Justificación Presupuesto de Egresos Auditoría Interna.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sección Información Complementaria

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

1- Estado de Origen y Aplicación de Recursos

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

0 Remuneraciones 19 822 085 315 19 822 085 315 0

0.01.01 Sueldos para cargos fijos 7 013 585 983 7 013 585 983 0

0.02.01 Tiempo extraordinario 9 024 219 9 024 219 0

0.03.01 Retribución por años servidos 2 621 800 739 2 621 800 739 0

0.03.02 Restricción al ejercicio liberal de la profesión

1 870 194 238 1 870 194 238 0

0.03.03 Decimotercer mes 1 275 145 559 1 275 145 559 0

0.03.04 Salario escolar 1 164 037 425 1 164 037 425 0

0.03.99 Otros incentivos salariales 2 626 298 088 2 626 298 088 0

0.04.01 Contribución patronal al CCSS 1 415 977 968 1 415 977 968 0

0.04.05 Contribución Patronal al BPDC 76 539 357 76 539 357 0

0.05.01 Contribución patronal Pensiones CCSS 777 639 801 777 639 801 0

0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

229 618 058 229 618 058 0

0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral

459 234 426 459 234 426 0

0.05.05 Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados

282 566 355 282 566 355 0

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

1 Servicios 7 385 731 114 5 944 261 661 1 441 469 454

1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos 906 905 840 773 034 079 133 871 761

1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario

54 500 000 54 500 000 0

1.01.04 Alquiler y derechos para telecomunicaciones

600 000 600 000 0

1.02.01 Servicio de agua y alcantarillado 59 246 765 5 220 000 54 026 765

1.02.02 Servicio de energía eléctrica 282 768 393 11 210 000 271 558 393

1.02.03 Servicio de correo 1 672 000 1 672 000 0

1.02.04 Servicio de telecomunicaciones 222 434 079 15 559 379 206 874 700

1.02.99 Otros Servicios Básicos 3 815 000 3 415 000 400 000

1.03.01 Información (publicación de información oficial)

15 750 000 15 750 000 0

1.03.03 Impresión, encuadernación y otros 59 495 000 27 995 000 31 500 000

1.03.04 Transporte de bienes (traslado, remolque, flete)

5 030 000 5 030 000 0

1.03.05 Servicios aduaneros (desalmacenaje, bodegaje)

200 000 200 000 0

1.03.06 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales

223 335 000 223 335 000 0

1.03.07 Servicios de transferencia electrónica de información

200 000 200 000 0

1.04.01 Servicios médicos y de laboratorio 7 000 000 7 000 000 0

1.04.03 Servicios de ingeniería (elaboración de planos, inspección)

933 884 500 933 884 500 0

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

1.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos

199 000 000 199 000 000 0

1.04.06 Servicios generales (limpieza, vigilancia, lavado)

1 164 005 948 1 164 005 948 0

1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 459 361 800 459 361 800 0

1.05.01 Transporte dentro del país 18 795 177 2 716 000 16 079 177

1.05.02 Viáticos dentro del país 392 668 516 18 291 887 374 376 629

1.05.03 Transporte en el exterior 100 000 100 000 0

1.05.04 Viáticos en el exterior 700 000 700 000 0

1.06.01 Seguros 392 208 817 344 923 407 47 285 410

1.06.01 Seguro de Riesgos del trabajo 132 837 579 132 837 579 0

1.07.01 Actividades de capacitación 89 878 778 63 958 778 25 920 000

1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 12 660 000 12 660 000 0

1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales 515 773 979 395 340 000 120 433 979

1.08.02 Mantenimiento de Vías de Comunicación

87 742 731 87 742 731 0

1.08.04 Mantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción

17 500 000 17 500 000 0

1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

441 339 159 407 604 159 33 735 000

1.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

14 495 000 6 827 500 7 667 500

1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

38 507 040 36 989 726 1 517 314

1.08.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de inf.

327 744 470 212 388 733 115 355 737

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

1.08.99 Mantenimiento y reparación de otros equipos

21 700 000 21 700 000 0

1.09.02 Impuestos sobre bienes inmuebles 150 000 150 000 0

1.09.99 Otros impuestos 15 894 541 15 027 451 867 090

1.99.05 Deducibles 11 000 000 11 000 000 0

1.99.99 Otros servicios no especificados 1 631 003 1 631 003 0

2 Materiales y Suministros 1 164 323 307 993 441 977 170 881 331

2.01.01 Combustibles y lubricantes 564 698 001 564 698 001 0

2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 5 056 340 3 004 300 2 052 040

2.01.03 Productos Veterinarios 4 500 500 2 500 000 2 000 500

2.01.04 Tintas Pinturas y Diluyentes 83 025 956 43 148 745 39 877 211

2.01.99 Otros Productos Químicos 5 825 580 3 920 000 1 905 580

2.02.02 Productos agroforestales 700 000 700 000 0

2.02.03 Alimentos y bebidas 63 740 225 63 740 225 0

2.02.04 Alimentos para animales 4 550 000 2 550 000 2 000 000

2.03.01 Materiales y productos metálicos 20 903 250 7 403 250 13 500 000

2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos

370 000 370 000 0

2.03.03 Madera y sus derivados 1 250 000 1 250 000 0

2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

10 189 571 6 504 005 3 685 566

2.03.05 Materiales y productos de vidrio 460 000 460 000 0

2.03.06 Materiales y productos de plástico 19 351 603 15 911 860 3 439 743

2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción

8 210 000 3 630 000 4 580 000

Page 102: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

102

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

2.04.01 Herramientas e instrumentos 3 825 900 1 543 300 2 282 600

2.04.02 Repuestos y accesorios 69 968 677 51 678 798 18 289 880

2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo

29 947 501 21 371 253 8 576 248

2.99.02 Útiles y Materiales médicos, hospitalarios y de investigación.

2 180 000 1 180 000 1 000 000

2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 68 843 450 36 501 588 32 341 862

2.99.04 Textiles y vestuario 117 471 435 106 496 435 10 975 000

2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 37 028 493 21 363 390 15 665 103

2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad

21 480 070 18 024 111 3 455 959

2.99.07 Útiles y materiales de cocina y comedor

2 440 900 1 100 000 1 340 900

2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 18 305 856 14 392 716 3 913 140

5 Bienes Duraderos 6 157 247 461 4 085 369 183 2 071 878 278

5.01 MAQUINARIA,EQUIPO Y MOBILIARIO 1 223 474 880 950 139 805 273 335 076

5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción

24 356 607 7 156 466 17 200 141

5.01.02 Equipo de transporte 111 618 775 65 086 742 46 532 033

5.01.03 Equipo de comunicación 27 727 139 10 785 338 16 941 801

5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 203 710 157 165 848 000 37 862 157

5.01.05 Equipo y programas de computo 458 196 690 376 394 946 81 801 744

5.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación

30 974 000 15 265 000 15 709 000

5.01.07 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo

257 811 182 466 75 344

Page 103: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

103

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

5.01.99 Maquinaria y Equipo diverso 366 633 703 309 420 847 57 212 855

5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS

3 376 752 272 1 578 209 070 1 798 543 202

5.02.01 Edificios 2 092 771 676 1 052 011 176 1 040 760 500

5.02.02 Vías de Comunicación terrestre 676 697 183 181 197 882 495 499 301

5.02.07 Instalaciones 11 000 000 0 11 000 000

5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras

296 283 401 45 000 000 251 283 401

5.03 BIENES PREEXISTENTES 1 557 020 308 1 557 020 308 0

5.03.01 Terrenos 1 000 000 000 1 000 000 000 0

5.03.02 Edificios preexistentes 553 692 808 553 692 808 0

5.03.99 Otras obras preexistentes 3 327 500 3 327 500 0

6 Transferencias Corrientes 1 061 623 812 955 778 824 105 844 988

6.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Descentralizados

338 775 817 237 930 829 100 844 988

6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales

48 280 000 48 280 000 0

6.01.05 Transferencias corrientes a empresas públicas no financieras

120 700 000 120 700 000 0

6.02.01 Becas a funcionarios 15 000 000 15 000 000 0

6.03.01 Prestaciones legales 413 930 162 413 930 162 0

6.03.99 Otras prestaciones 105 281 833 105 281 833 0

6.04.04 Transferencias corrientes a otras entidades privadas sin fines de lucro

9 656 000 9 656 000 0

6.06.01 Indemnizaciones 10 000 000 5 000 000 5 000 000

Page 104: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

104

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

APLICACIÓN ORIGEN

Partida Descripción TOTAL ¢ Ingreso Corriente Superávit

7 Transferencias de Capital 1 245 850 000 1 245 850 000 0

7.01.07 Fondo en fideicomiso para gasto de capital

1 245 850 000 1 245 850 000 0

9 Cuentas especiales 1 824 769 430 1 824 769 430 0

9.02.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria

1 824 769 430 1 824 769 430 0

TOTAL 38 661 630 440 34 871 556 389 3 790 074 051

Page 105: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

105

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

2- Análisis horizontal de egresos

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

0 Remuneraciones 19 822 085 315 100,00% 14 140 722 091 71,34% 5 681 363 224 28,66%

0.01 Remuneraciones básicas 7 014 009 082 100,00% 4 851 830 867 69,17% 2 162 178 215 30,83%

0.01.01 Sueldos para cargos fijos 7 013 585 983 100,00% 4 851 407 768 69,17% 2 162 178 215 30,83%

0.01.03 Servicios especiales 423 099 100,00% 423 099 100,00% 0 0,00%

0.02 Remuneraciones eventuales 9 024 219 100,00% 0 0,00% 9 024 219 100,00%

0.02.01 Tiempo extraordinario 9 024 219 100,00% 0 0,00% 9 024 219 100,00%

0.03 Incentivos salariales 9 557 476 049 100,00% 6 979 584 756 73,03% 2 577 891 293 26,97%

0.03.01

Retribución por años servidos 2 621 800 739 100,00%

1 909 494 607 72,83%

712 306 132 27,17%

0.03.02

Restricción al ejercicio liberal de la profesión

1 870 194 238 100,00%

1 066 945 381 57,05%

803 248 857 42,95%

0.03.03 Decimotercer mes 1 275 145 559 100,00% 909 557 453 71,33% 365 588 106 28,67%

0.03.04 Salario escolar 1 164 037 425 100,00% 830 304 367 71,33% 333 733 058 28,67%

0.03.99 Otros incentivos salariales 2 626 298 088 100,00% 2 263 282 948 86,18% 363 015 140 13,82%

0.04

Contribuciones patronales al desarrollo y la seguridad social

1 492 517 325 100,00% 1 064 608 087 71,33% 427 909 238 28,67%

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106

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

0.04.01

Contribución patronal al CCSS 1 415 977 968 100,00%

1 010 012 790 71,33%

405 965 178 28,67%

0.04.05

Contribución Patronal al BPDC

76 539 357 100,00%

54 595 297 71,33%

21 944 060 28,67%

0.05

Contribuciones patronales a fondos de pensiones y otros fondos de capitalización

1 749 058 640 100,00% 1 244 698 381 71,16% 504 360 259 28,84%

0.05.01

Contribución patronal Pensiones CCSS

777 639 801 100,00%

554 688 106 71,33%

222 951 695 28,67%

0.05.02

Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

229 618 058

100,00%

163 785 871

71,33%

65 832 187

28,67%

0.05.03

Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral

459 234 426 100,00%

327 570 042 71,33%

131 664 384 28,67%

0.05.05

Contribución Patronal a fondos administrados por entes privados

282 566 355

100,00%

198 654 362

70,30%

83 911 993

29,70%

1 Servicios 7 385 731 115 100,00% 5 012 832 058 67,87% 2 372 899 057 32,13%

1.01 Alquileres 962 005 840 100,00% 519 612 367 54,01% 442 393 473 45,99%

1.01.01

Alquiler de edificios, locales y terrenos

906 905 840 100,00%

464 512 367 51,22%

442 393 473 48,78%

1.01.02

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario

54 500 000 100,00%

54 500 000 100,00%

0 0,00%

1.01.04

Alquiler y derechos para telecomunicaciones

600 000 100,00%

600 000 100,00%

0 0,00%

1.02 Servicios básicos 569 936 236 100,00% 362 799 531 63,66% 207 136 705 36,34%

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107

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

1.02.01

Servicio de agua y alcantarillado

59 246 765 100,00%

44 015 158 74,29%

15 231 607 25,71%

1.02.02 Servicio de energía eléctrica 282 768 393 100,00% 177 788 639 62,87% 104 979 754 37,13%

1.02.03 Servicio de correo 1 672 000 100,00% 5 000 0,30% 1 667 000 99,70%

1.02.04

Servicio de telecomunicaciones

222 434 079 100,00%

137 640 735 61,88%

84 793 344 38,12%

1.02.99 Otros Servicios Básicos 3 815 000 100,00% 3 350 000 87,81% 465 000 12,19%

1.03 Servicios comerciales y financieros

310 010 000 100,00% 70 205 000 22,65% 239 805 000 77,35%

1.03.01

Información (publicación de información oficial)

15 750 000 100,00%

500 000 3,17%

15 250 000 96,83%

1.03.02

Publicidad y Propaganda (avisos y patrocinios)

6 000 000 100,00%

6 000 000 100,00%

0 0,00%

1.03.03

Impresión, encuadernación y otros

59 495 000 100,00%

38 685 000 65,02%

20 810 000 34,98%

1.03.04

Transporte de bienes (traslado, remolque, flete)

5 030 000 100,00%

5 015 000 99,70%

15 000 0,30%

1.03.05

Servicios aduaneros (desalmacenaje, bodegaje)

200 000 100,00%

0 0,00%

200 000 100,00%

1.03.06

Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales

223 335 000

100,00%

20 005 000

8,96%

203 330 000

91,04%

1.03.07

Servicios de transferencia electrónica de información

200 000 100,00%

0 0,00%

200 000 100,00%

1.04 Servicios de gestión y apoyo 3 010 452 248 100,00% 2 335 950 982 77,59% 674 501 266 22,41%

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108

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

1.04.01

Servicios médicos y de laboratorio

7 000 000 100,00%

7 000 000 100,00%

0 0,00%

1.04.02 Servicios jurídicos 18 000 000 100,00% 18 000 000 100,00% 0 0,00%

1.04.03

Servicios de ingeniería (elaboración de planos, inspección)

933 884 500

100,00%

743 854 500

79,65%

190 030 000

20,35%

1.04.04

Servicios en ciencias económicas y sociales (estudios de factibilidad)

229 200 000

100,00%

226 200 000

98,69%

3 000 000

1,31%

1.04.05

Servicios de desarrollo de sistemas informáticos

199 000 000 100,00%

199 000 000 100,00%

0 0,00%

1.04.06

Servicios generales (limpieza, vigilancia, lavado)

1 164 005 948 100,00%

689 001 749 59,19%

475 004 199 40,81%

1.04.99

Otros servicios de gestión y apoyo

459 361 800 100,00%

452 894 733 98,59%

6 467 067 1,41%

1.05 Gastos de viaje y de transporte

412 263 693 100,00% 279 362 794 67,76% 132 900 899 32,24%

1.05.01 Transporte dentro del país 18 795 177 100,00% 4 575 578 24,34% 14 219 599 75,66%

1.05.02 Viáticos dentro del país 392 668 516 100,00% 273 987 216 69,78% 118 681 300 30,22%

1.05.03 Transporte en el exterior 100 000 100,00% 100 000 100,00% 0 0,00%

1.05.04 Viáticos en el exterior 700 000 100,00% 700 000 100,00% 0 0,00%

1.06 Seguros, reaseguros y otras obligaciones

525 046 396 100,00% 399 126 243 76,02% 125 920 153 23,98%

1.06.01 Seguros 392 208 817 100,00% 298 178 444 76,03% 94 030 373 23,97%

1.06.01

Seguro de Riesgos del trabajo 132 837 579 100,00%

100 947 799 75,99%

31 889 780 24,01%

1.07 Capacitación y protocolo 102 538 778 100,00% 74 080 000 72,25% 28 458 778 27,75%

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109

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

1.07.01 Actividades de capacitación 89 878 778 100,00% 66 000 000 73,43% 23 878 778 26,57%

1.07.02

Actividades protocolarias y sociales

12 660 000 100,00%

8 080 000 63,82%

4 580 000 36,18%

1.08 Mantenimiento y reparación 1 464 802 380 100,00% 951 058 790 64,93% 513 743 590 35,07%

1.08.01

Mantenimiento de edificios y locales

515 773 979 100,00%

450 593 979 87,36%

65 180 000 12,64%

1.08.02

Mantenimiento de Vías de Comunicación

87 742 731 100,00%

76 356 162 87,02%

11 386 569 12,98%

1.08.04

Mantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción

17 500 000

100,00%

17 500 000

100,00%

0

0,00%

1.08.05

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

441 339 160

100,00%

328 681 779

74,47%

112 657 381

25,53%

1.08.06

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

14 495 000

100,00%

9 495 000

65,51%

5 000 000

34,49%

1.08.07

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

38 507 040

100,00%

24 120 000

62,64%

14 387 040

37,36%

1.08.08

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de inf.

327 744 470

100,00%

43 261 870

13,20%

284 482 600

86,80%

1.08.99

Mantenimiento y reparación de otros equipos

21 700 000

100,00%

1 050 000

4,84%

20 650 000

95,16%

Page 110: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

110

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

1.09 Impuestos 28 675 544 100,00% 20 636 350 71,96% 8 039 194 28,04%

1.09.02

Impuestos sobre bienes inmuebles

150 000 100,00%

150 000 100,00%

0 0,00%

1.09.99 Otros impuestos 15 894 541 100,00% 11 062 014 69,60% 4 832 528 30,40%

1.99.05 Deducibles 11 000 000 100,00% 7 818 333 71,08% 3 181 667 28,92%

1.99.99

Otros servicios no especificados

1 631 003 100,00%

1 606 003 98,47%

25 000 1,53%

2 Materiales y Suministros 1 164 323 307 100,00% 726 336 046 62,38% 437 987 261 37,62%

2.01 Productos químicos y conexos

663 106 377 100,00% 490 254 188 73,93% 172 852 189 26,07%

2.01.01 Combustibles y lubricantes 564 698 001 100,00% 450 371 106 79,75% 114 326 895 20,25%

2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales

5 056 340 100,00% 1 534 300 30,34% 3 522 040 69,66%

2.01.03 Productos Veterinarios 4 500 500 100,00% 600 000 13,33% 3 900 500 86,67%

2.01.04 Tintas Pinturas y Diluyentes 83 025 956 100,00% 37 398 782 45,04% 45 627 174 54,96%

2.01.99 Otros Productos Químicos 5 825 580 100,00% 350 000 6,01% 5 475 580 93,99%

2.02 Alimentos y productos agropecuarios

68 990 225 100,00% 61 915 225 89,74% 7 075 000 10,26%

2.02.02 Productos agroforestales 700 000 100,00% 100 000 14,29% 600 000 85,71%

2.02.03 Alimentos y bebidas 63 740 225 100,00% 61 415 225 96,35% 2 325 000 3,65%

2.02.04 Alimentos para animales 4 550 000 100,00% 400 000 8,79% 4 150 000 91,21%

2.03 Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

60 734 424 100,00% 31 644 773 52,10% 29 089 651 47,90%

2.03.01 Materiales y productos metálicos

20 903 250 100,00% 10 998 250 52,62% 9 905 000 47,38%

Page 111: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

111

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos

370 000 100,00% 185 000 50,00% 185 000 50,00%

2.03.03 Madera y sus derivados 1 250 000 100,00% 125 000 10,00% 1 125 000 90,00%

2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

10 189 571 100,00% 4 319 571 42,39% 5 870 000 57,61%

2.03.05 Materiales y productos de vidrio

460 000 100,00% 180 000 39,13% 280 000 60,87%

2.03.06 Materiales y productos de plástico

19 351 603 100,00% 15 426 952 79,72% 3 924 651 20,28%

2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción

8 210 000 100,00% 410 000 4,99% 7 800 000 95,01%

2.04 Herramientas, repuestos y accesorios

73 794 577 100,00% 37 204 555 50,42% 36 590 022 49,58%

2.04.01 Herramientas e instrumentos 3 825 900 100,00% 2 430 900 63,54% 1 395 000 36,46%

2.04.02 Repuestos y accesorios 69 968 677 100,00% 34 773 655 49,70% 35 195 022 50,30%

2.99.01 Útiles, materiales y suministros diversos

297 697 704 100,00% 105 317 306 35,38% 192 380 399 64,62%

2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo

29 947 501 100,00% 12 342 816 41,21% 17 604 685 58,79%

2.99.02 Útiles y Materiales médicos, hospitalarios y de investigación.

2 180 000 100,00% 165 000 7,57% 2 015 000 92,43%

2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos

68 843 450 100,00% 24 519 898 35,62% 44 323 552 64,38%

Page 112: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

112

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

2.99.04 Textiles y vestuario 117 471 435 100,00% 16 356 435 13,92% 101 115 000 86,08%

2.99.05 Útiles y materiales de limpieza

37 028 493 100,00% 23 081 668 62,33% 13 946 824 37,67%

2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad

21 480 070 100,00% 16 399 733 76,35% 5 080 337 23,65%

2.99.07 Útiles y materiales de cocina y comedor

2 440 900 100,00% 390 900 16,01% 2 050 000 83,99%

2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros

18 305 856 100,00% 12 060 856 65,89% 6 245 000 34,11%

5 Bienes Duraderos 6 157 247 461 100,00% 5 251 619 178 85,29% 905 628 283 14,71%

5.01 MAQUINARIA,EQUIPO Y MOBILIARIO

1 223 474 880 100,00% 906 114 492 74,06% 317 360 389 25,94%

5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción

24 356 607 100,00% 22 220 107 91,23% 2 136 500 8,77%

5.01.02 Equipo de transporte 111 618 775 100,00% 111 618 775 100,00% 0 0,00%

5.01.03 Equipo de comunicación 27 727 139 100,00% 16 687 139 60,18% 11 040 000 39,82%

5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 203 710 157 100,00% 180 023 592 88,37% 23 686 565 11,63%

5.01.05 Equipo y programas de computo

458 196 690 100,00% 381 787 366 83,32% 76 409 323 16,68%

5.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación

30 974 000 100,00% 30 824 000 99,52% 150 000 0,48%

5.01.07 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo

257 811 100,00% 257 811 100,00% 0 0,00%

5.01.99 Maquinaria y Equipo diverso 366 633 703 100,00% 162 695 703 44,38% 203 938 000 55,62%

Page 113: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

113

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS

3 376 752 272 100,00% 3 342 177 186 98,98% 34 575 086 1,02%

5.02.01 Edificios 2 092 771 676 100,00% 2 074 479 991 99,13% 18 291 685 0,87%

5.02.02 Vías de Comunicación terrestre

676 697 183 100,00% 666 697 183 98,52% 10 000 000 1,48%

5.02.04 Obras marítimas y fluviales 300 000 012 100,00% 300 000 012 100,00% 0 0,00%

5.02.07 Instalaciones 11 000 000 100,00% 11 000 000 100,00% 0 0,00%

5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras

296 283 401 100,00% 290 000 000 97,88% 6 283 401 2,12%

5.03 BIENES PREEXISTENTES 1 557 020 308 100,00% 1 003 327 500 64,44% 553 692 808 35,56%

5.03.01 Terrenos 1 000 000 000 100,00% 1 000 000 000 100,00% 0 0,00%

5.03.02 Edificios preexistentes 553 692 808 100,00% 0 0,00% 553 692 808 100,00%

5.03.99 Otras obras preexistentes 3 327 500 100,00% 3 327 500 100,00% 0 0,00%

6 Transferencias Corrientes 1 061 623 812 100,00% 815 142 765 76,78% 246 481 047 23,22%

6.01 Transferencias corrientes al sector público

517 411 817 100,00% 416 566 829 80,51% 100 844 988 19,49%

6.01.01

Transferencias corrientes al Gobierno Central

72 420 000 100,00%

72 420 000 100,00%

0 0,00%

6.01.02

Transferencias corrientes a Órganos Descentralizados

338 775 817 100,00%

237 930 829 70,23%

100 844 988 29,77%

6.01.03

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no empresariales

57 936 000

100,00%

57 936 000

100,00%

0

0,00%

6.01.04

Transferencias corrientes a Gobiernos Locales

48 280 000 100,00%

48 280 000 100,00%

0 0,00%

Page 114: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

114

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida Descripción TOTAL GENERAL % Programa No. 1

Conservación y uso de la biodiversidad

% Programa No. 2 Planificación y Administración

%

6.02 Transferencias Corrientes a Personas

15 000 000 100,00% 0 0,00% 15 000 000 100,00%

6.02.01 Becas a funcionarios 15 000 000 100,00% 0 0,00% 15 000 000 100,00%

6.03 Prestaciones 519 211 995 100,00% 393 575 936 75,80% 125 636 059 24,20%

6.03.01 Prestaciones legales 413 930 162 100,00% 313 443 603 75,72% 100 486 559 24,28%

6.03.99 Otras prestaciones 105 281 833 100,00% 80 132 333 76,11% 25 149 500 23,89%

6.06 Otras transferencias corrientes al sector privado

10 000 000 100,00% 5 000 000 50,00% 5 000 000 50,00%

6.06.01 Indemnizaciones 10 000 000 100,00% 5 000 000 50,00% 5 000 000 50,00%

7 Transferencias de Capital 1 245 850 000 100,00% 1 245 850 000 100,00% 0 0,00%

7.01 Transferencias de capital al sector público

1 245 850 000 100,00% 1 245 850 000 100,00% 0 0,00%

7.01.07

Fondo en fideicomiso para gasto de capital

1 245 850 000 100,00%

1 245 850 000 100,00%

0 0,00%

9 Cuentas especiales 1 824 769 430 100,00% 1 824 769 430 100,00% 0 0,00%

9.02 Sumas sin asignación presupuestaria

1 824 769 430 100,00% 1 824 769 430 100,00% 0 0,00%

9.02.01

Sumas libres sin asignación presupuestaria

1 824 769 430 100,00%

1 824 769 430 100,00%

0 0,00%

TOTAL ₵ 38 661 630 440 100,00% 29 017 271 569 75,05% 9 644 358 871 24,95%

Page 115: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

115

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

3- Comparativos de Ingresos

SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION

CUADRO COMPARATIVO DE INGRESOS

PRESUPUESTO 2017

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

1.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS CORRIENTES

31 670 702 611 81,92%

29 186 772 557 78,61% 3,31%

28 208 116 906 82,89% -4,28%

1.1.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS TRIBUTARIOS

1 869 311 211 4,84%

1 346 069 000 3,63% 1,21%

1 629 150 096 4,79% -1,16%

1.1.3.0.00.00,0,0000 Impuesto sobre bienes y servicios

5 425 000 0,01% 8 055 000 0,02% -0,01% 7 555 586 0,02% 0,00%

1.1.3.2.00.00.0.0.000

Impuesto específico sobre la producción y consumo de bienes y servicios

5 425 000 0,01% 8 055 000 0,02% -0,01% 7 555 586 0,02% 0,00%

1.1.3.2.01.00.0.0.000

Impuestos específicos sobre la producción y consumo de Bienes

5 425 000 0,01% 8 055 000 0,02% -0,01% 7 555 586 0,02% 0,00%

1.1.3.2.01.01.0.0.000

Impuestos Específicos sobre productos agropecuarios y Forestales

0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

1.1.3.2.01.020.0.000

Impuesto específico sobre la explotación de recursos naturales y mineros

5 425 000 0,01% 8 055 000 0,02% -0,01% 7 555 586 0,02% 0,00%

Licencias de caza y pesca 500 000 0,00% 430 000 0,00% 0,00% 535 354 0,00% 0,00%

Licencia de aves canoras 0 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Extracción de palmito y lana 0,00% 640 000 0,00% 0,00% 198 000 0,00% 0,00%

Extracción de palmito 200 000 0,00% 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

Extracción de lana 100 000 0,00% 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

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116

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

Permisos de Salinas 2 000 000 0,01% 4 322 000 0,01% -0,01% 2 096 988 0,01% 0,01%

Impuesto Forestal 225 000 0,00% 200 000 0,00% 0,00% 213 253 0,00% 0,00%

Recolección científica 2 400 000 0,01% 2 363 000 0,01% 0,00% 2 540 899 0,01% 0,00%

Canon Forestal 0,00% 0,00% 0,00% 213 253 0,00% 0,00%

Permisos de Uso 0,00% 100 000 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

Permiso de investigación 0,00% 0,00% 0,00% 1 757 839 0,01% -0,01%

1.1.4.0.00.00.0.0.000

Impuesto sobre comercio exterior y transacciones inst.

1 000 000 0,00% 8 487 000 0,02% -0,02% 1 693 457 0,00% 0,02%

1.1.4.2.00.00.0.0.000

Impuesto a las exportaciones 1 000 000 0,00% 8 487 000 0,02% -0,02% 1 693 457 0,00% 0,02%

1.1.4.2.09.00.0.0.000

Otros impuestos a las exportaciones 1 000 000 0,00% 8 487 000 0,02% -0,02% 1 693 457 0,00% 0,02%

Extracción y recolección de flora silvestre 1 000 000 0,00% 8 487 000 0,02% -0,02% 1 693 457 0,00% 0,02%

1.1.9.0.00.00.0.0.000

Otros ingresos Tributarios 1 862 886

211 4,82%

1 329 527 000

3,58% 1,24% 1 619 901

053 4,76% -1,18%

1.1.9.1.00.00.0.0.000

Impuesto de timbres 1 862 886

211 4,82%

1 329 527 000

3,58% 1,24% 1 619 901

053 4,76% -1,18%

Timbre Pro-Parques Nacionales 1 856 242

897 4,80%

1 324 838 000

3,57% 1,23% 1 614 124

258 4,74% -1,18%

Timbre de Vida Silvestre 6 643 314 0,02% 4 689 000 0,01% 0,00% 5 776 795 0,02% 0,00%

1.3.0.0.00.00.0.0.000

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9 380 856

902 24,26%

8 385 282 000

22,59% 1,68% 8 923 186

482 26,22% -3,64%

1.3.1.0.00.00.0.0.000

Venta de Bienes y Servicios 9 356 096

582 24,20%

8 241 556 000

22,20% 2,00% 8 696 427

777 25,56% -3,36%

1.3.1.1.00.00.0.0.000

Venta de Bienes 19 018 780 0,05% 12 895 000 0,03% 0,01% 17 289 800 0,05% -0,02%

1.3.1.1.09.00.0.0.000

Venta de otros bienes 19 018 780 0,05% 12 895 000 0,03% 0,01% 17 289 800 0,05% -0,02%

Venta de guías forestales 2 178 385 0,01% 2 704 000 0,01% 0,00% 1 980 350 0,01% 0,00%

Venta de placas para marcar madera 16 840 395 0,04% 10 191 000 0,03% 0,02% 15 309 450 0,04% -0,02%

Page 117: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

117

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

Venta de Formularios 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

1.3.1.2.00.00.0.0.000

Venta de Servicios 9 191 882

713 23,78%

8 167 736 000

22,00% 1,78% 8 606 713

685 25,29% -3,29%

1.3.1.2.09.00.0.0.000

Otros Servicios 9 191 882

713 23,78%

8 167 736 000

22,00% 1,78% 8 606 713

685 25,29% -3,29%

1.3.1.2.09.04.0.0.000

Servicios Culturales y Recreativos 9 000 000

000 23,28%

8 000 000 000

21,55% 1,73% 8 438 638

492 24,80% -3,25%

Entradas a las Áreas Silvestres Protegidas 9 000 000

000 23,28%

8 000 000 000

21,55% 1,73% 8 438 638

492 24,80% -3,25%

1.3.1.2.09.09.0.0.000

Venta de otros servicios 191 882

713 0,50% 167 736 000 0,45% 0,04% 168 075 193 0,49% -0,04%

Uso de instal. en las Áreas Silvestres Protegidas

191 882 713

0,50% 167 736 000 0,45% 0,04% 168 075 193 0,49% -0,04%

1.3.1.3.00.00.0.0.000

Derechos Administrativos 145 195

089 0,38% 60 925 000 0,16% 0,21% 72 424 292 0,21% -0,05%

1.3.1.3.02.00.0.0.000

Derechos Adm a otros Serv. Públicos 145 195

089 0,38% 60 925 000 0,16% 0,21% 72 424 292 0,21% -0,05%

1,3,1,3,02,03.0.0.000

Derechos Administrativos a actividades comerciales

132 200 000

52 500 000 62 428 070

Servicios no esenciales 132 200

000 52 500 000 0,14% -0,14% 62 428 070 0,18% -0,04%

1.3.1.3.02.09.0.0.000

Otros derechos administrativos a otros servicios públicos

12 995 089 0,03% 8 425 000 0,02% 0,01% 9 996 223 0,03% -0,01%

Derecho de Filmación 12 995 089 0,03% 8 425 000 0,02% 0,01% 9 996 223 0,03% -0,01%

1.3.2.0.00.00.0.0.000

Ingresos de la propiedad 24 760 320 0,06% 143 726 000 0,39% -0,32% 99 450 276 0,29% 0,09%

1.3.2.2.00.00.0.0.000

Renta de la Propiedad 24 760 320 0,06% 143 726 000 0,39% -0,32% 19 239 199 0,06% 0,33%

1.3.2.2.02.00.0.0.000

Alquiler de terrenos 12 000 000 0,03% 132 000 000 0,36% -0,32% 8 639 199 0,03% 0,33%

Canon Pastoreo ( ACA-T) 12 000 000 0,03% 132 000 000 0,36% -0,32% 8 639 199 0,03% 0,33%

1.3.2.2.09.00.0.0.00 Otros Ingresos de la Renta de la Propiedad 12 760 320 0,03% 11 726 000 0,03% 0,00% 10 600 000 0,03% 0,00%

Page 118: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

118

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

0

Instalación de Torres 11 660 000 0,03% 10 668 000 0,03% 0,00% 10 600 000 0,03% 0,00%

Permisos de investigación 1 100 320 0,00% 1 058 000 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

1.3.2.3.00.00.0.0.000

Renta de Activos Financieros 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 80 211 077 0,24% -0,24%

1.3.2.3.03.00.0.0.000

Otras rentas de Activos Financieros 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 80 211 077 0,24% -0,24%

1.3.2.3.03.04.0.0.000

Diferencias por tipo de cambio 0 0,00% 0,00% 0,00% 80 211 077 0,24% -0,24%

1.3.3.0.00.00.0.0.000

MULTAS, SANCIONES, REMATES Y CONFISCACIONES

0 0,00% 0 0,00% 0,00% 2 439 000 0,01% -0,01%

1.3.3.1.00.00.0.0.000

MULTAS Y SANCIONES 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 2 439 000 0,01% -0,01%

1.3.3.1.09.00.0.0.000

Otras Multas 0,00% 0,00% 0,00% 2 439 000 0,01% -0,01%

1.3.9.0.00.00.0.0.000

Otros Ingresos no tributarios 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 124 869 428 0,37% -0,37%

1.3.9.9.00.00.0.0.000

Ingresos Varios no especificados 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 124 869 428 0,37% -0,37%

Otros (Dep. sin detalle, sobrantes) 0 0,00% 0,00% 0,00% 123 749 577 0,36% -0,36% Sobrantes del periodo, depósitos sin detalle 0 0,00% 0,00% 0,00% 1 119 851 0,00% 0,00%

1.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

20 420 534 498 52,82%

19 455 421 557 52,40% 0,42%

17 655 780 328 51,88% 0,52%

1.4.1.0.00.00.0.0.000

Transferencias Corrientes del Sector Público

20 420 534 498

52,82% 19 455 421

557 52,40% 0,42%

17 655 780 328

51,88% 0,52%

1.4.1.1.00.00.0.0.000

Transferencias Corrientes del Gobierno Central

19 035 644 113

49,24% 17 979 784

182 48,43% 0,81%

16 426 971 172

48,27% 0,15%

1.4.1.2.00.00.0.0.000

Transferencias Corrientes Órganos Desconcentrados

1 384 890 385

3,58% 1 475 637

375 3,97% -0,39%

1 189 282 355

3,49% 0,48%

FONAFIFO Pago de servicios ambientales 188 190

385 188 190 385

Dirección de Aguas -Canon 1 076 700 1 287 446

Page 119: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

119

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

aprovechamiento del agua 000 990

Canon de Aguas y Pago por Servicios Ambientales

0,00% 0,00% 0,00% 1 069 282

355 3,14% -3,14%

Convenio IDA ( ACA-T) 120 000

000 120 000 000

1.4.1.3.00.00.0.0.000

Transferencia corriente a instituciones descentralizadas no empresariales

0 0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

1.4.1.4.00.00.0.0.000

Transferencia corrientes de Gobiernos Locales

0 0 0,00% 0,00% 39 526 801 0,12% -0,12%

Municipalidades 0 0,00% 0,00% 39 526 801 0,12% -0,12%

1.4.2.2.00.00.0.0.000

Transferencias corrientes del sector privado

0 0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

Transferencia Fundación de Parques 0 0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

2.0.0.0.00.00.0.0.000

Transferencia de Capital 3 200 853

778 8,28%

7 043 718 307

18,97% -10,69% 4 227 004

488 12,42% 6,55%

2.4.1.0.00.00.0.0.000

Transferencia de Capital del sector Público 3 200 853

778 8,28%

7 043 718 307

18,97% -10,69% 4 227 004

488 12,42% 6,55%

2.4.1.1.00.00.0.0.000

Transferencia de Capital del Gobierno Central

3 200 853 778

8,28% 7 043 718

307 18,97% -10,69%

4 227 004 487,74

12,42% 0

Pago tierras 1 000 000

000 2,59% 0 2,59%

0,00% 0,00

Programa Turismo Sostenible

2 200 853 778

5,69% 0,00% 5,69% 0,00% 0,00

3.0.0.0.00.00.0.0.000

FINANCIAMIENTO 3 790 074

051 9,80% 897 046 854 2,42% 7,39%

1 593 959 896

4,68% -2,27%

3.3.0.0.00.00.0.0.000

Recursos de Vigencias Anteriores 3 790 074

051 9,80% 897 046 854 2,42% 7,39%

1 593 959 896

4,68% -2,27%

3.3.2.0.00.00.0.0.000

Superávit Libre 3 211 626

158 8,31% 588 354 532 1,58% 6,72% 449 375 029 1,32% 0,26%

Ajuste al Superávit libre por ingresos de años anteriores

0 0,00% 0 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Page 120: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

120

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto año 2017

(a) %

Ingresos proyectados a Dic 2016

(b)

%

% Variació

n (a-b)

Ingresos reales año

2015 (c)

%

% Variació

n (b-c)

3.3.2.0.00.00.0.0.000

Superávit específico 578 447

893 1,50% 308 692 322 0,83% 0,66%

1 144 584 866

3,36% -2,53%

TOTAL 38 661 630

440 100,00

% 37 127 537

718 100,00

% 0,00% 34 029 081

289 100,00

% 0,00%

Page 121: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

121

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

4- Evolución del Gasto

Sistema Nacional de Áreas de Conservación

Evolución del Gasto 2015-2017

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

0 REMUNERACIONES 19 822 085 315 51,27% 19 916 453 572 57,19% -5,92% 17 919 703 584 52,63% 4,56%

0.01.01 SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 7 013 585 983 18,14% 6 421 251 410 18,44% -0,30% 6 078 943 691 17,85% 0,58%

0.01.03 SERVICIOS ESPECIALES 423 099 0,00% 108 592 765 0,31% -0,31% 117 058 000 0,34% -0,03%

0.02.01 TIEMPO EXTRAORDINARIO 9 024 219 0,02% 9 437 958 0,03% 0,00% 3 729 195 0,01% 0,02%

0.02.03 DISPONIBILIDAD LABORAL 0,00% 116 128 359 0,33% -0,33% 135 391 890 0,40% -0,06%

0.03.01 RESTRICCIÓN POR AÑOS SERVIDOS 2 621 800 739 6,78% 2 606 961 621 7,49% -0,70% 2 341 129 837 6,88% 0,61%

0.03.02

RESTRICCIÓN AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESIÓN 1 870 194 238 4,84% 1 944 435 325 5,58% -0,75% 1 795 595 133 5,27% 0,31%

0.03.03 DECIMOTERCER MES 1 275 145 559 3,30% 1 286 173 977 3,69% -0,39% 1 127 912 354 3,31% 0,38%

0.03.04 SALARIO ESCOLAR 1 164 037 425 3,01% 1 168 856 670 3,36% -0,35% 898 931 542 2,64% 0,72%

0.03.99 OTROS INCENTIVOS SALARIALES 2 626 298 088 6,79% 2 914 824 868 8,37% -1,58% 2 496 606 969 7,33% 1,04%

0.04.01

CONTRIBUCIÓN PATRONAL CCSS ENFERMEDAD Y MATERNIDAD 1 415 977 968 3,66% 1 461 778 158 4,20% -0,53% 1 284 221 816 3,77% 0,43%

0.04.05

CONTRIBUCIÓN PATRONAL BANCO POPULAR Y 76 539 357 0,20% 79 015 006 0,23% -0,03% 72 948 050 0,21% 0,01%

Page 122: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

122

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

DESARROLLO C.

0.05.01

CONTRIBUCIÓN PATRONAL AL SEGURO DE PENSIONES CCSS 777 639 801 2,01% 798 771 471 2,29% -0,28% 691 667 813 2,03% 0,26%

0.05.02

APORTE PATRONAL AL RÉGIMEN OBLIGATORIO de Pensiones Complementarias 229 618 058 0,59% 237 045 009 0,68% -0,09% 211 682 337 0,62% 0,06%

0.05.03

APORTE PATRONAL FONDO DE CAPITALIZACIÓN LABORAL 459 234 426 1,19% 474 090 000 1,36% -0,17% 422 599 722 1,24% 0,12%

0.05.05

CONTRIBUCIÓN PATRONAL A FONDOS DE PENSIONES (Bco. Popular 0,25 % ) 282 566 355 0,73% 289 090 974 0,83% -0,10% 241 285 235 0,71% 0,12%

1 SERVICIOS NO PERSONALES 7 385 731 115 19,10% 5 583 634 303 16,03% 3,07% 4 993 660 283 14,67% 1,37%

1.01.01 ALQUILER EDIFICIOS, LOCALES Y TERRENOS 906 905 840 2,35% 770 731 329 2,21% 0,13% 664 386 874 1,95% 0,26%

1.01.02

ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 54 500 000 0,14% 33 580 339 0,10% 0,04% 10 890 000 0,03% 0,06%

1.01.04

ALQUILERES Y DERECHOS PARA TELECOMUNICACIONES 600 000 0,00% 600 000 0,00% 0,00% 408 000 0,00% 0,00%

1.02.01 SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 59 246 765 0,15% 53 919 883 0,15% 0,00% 55 639 736 0,16% -0,01%

1.02.02 SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 282 768 393 0,73% 287 611 460 0,83% -0,09% 294 472 180 0,86% -0,04%

1.02.03 SERVICIO DE CORREO 1 672 000 0,00% 135 000 0,00% 0,00% 95 000 0,00% 0,00%

1.02.04 SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES 222 434 079 0,58% 179 156 580 0,51% 0,06% 222 999 969 0,65% -0,14%

1.02.99 OTROS SERVICIOS BÁSICOS 3 815 000 0,01% 3 366 220 0,01% 0,00% 4 110 847 0,01% 0,00%

Page 123: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

123

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

1.03.01 INFORMACIÓN 15 750 000 0,04% 20 645 490 0,06% -0,02% 28 697 076 0,08% -0,03%

1.03.02 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 6 000 000 0,02% 22 593 301 0,06% -0,05% 41 325 000 0,12% -0,06%

1.03.03

IMPRESIÓN , ENCUADERNACIÓN Y OTROS 59 495 000 0,15% 15 599 500 0,04% 0,11% 11 998 170 0,04% 0,01%

1.03.04 TRANSPORTE DE BIENES 5 030 000 0,01% 6 046 160 0,02% 0,00% 3 008 140 0,01% 0,01%

1.03.05 SERVICIOS ADUANEROS 200 000 0,00% 0,00% 0,00% 11 005 0,00% 0,00%

1.03.06

COMISIONES Y GASTOS POR SERVICIOS FINANCIEROS Y COMERCIALES 223 335 000 0,58% 198 152 560 0,57% 0,01% 306 575 609 0,90% -0,33%

1.03.07

SERVICIOS DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE INFORMACIÓN 200 000 0,00% 316 304 0,00% 0,00% 232 056 0,00% 0,00%

1.04.01 SERVICIOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO 7 000 000 0,02% 0 0,00% 0,02% 0 0,00% 0,00%

1.04.02 SERVICIOS JURÍDICOS 18 000 000 0,05% 25 102 500 0,07% -0,03% 17 800 000 0,05% 0,02%

1.04.03 SERVICIOS DE INGENIERÍA 933 884 500 2,42% 549 823 634 1,58% 0,84% 319 962 322 0,94% 0,64%

1.04.04

SERVICIOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES 229 200 000 0,59% 276 759 805 0,79% -0,20% 273 380 000 0,80% -0,01%

1.04.05

SERVICIOS DE DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS 199 000 000 0,51% 46 012 500 0,13% 0,38% 34 850 000 0,10% 0,03%

1.04.06

SERVICIOS GENERALES ( limpieza, vigilancia, lavado ) 1 164 005 948 3,01% 908 571 930 2,61% 0,40% 814 900 935 2,39% 0,22%

1.04.99 OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 459 361 800 1,19% 251 727 236 0,72% 0,47% 153 557 180 0,45% 0,27%

Page 124: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

124

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

1.05.01 TRANSPORTE DENTRO DEL PAÍS 18 795 177 0,05% 25 591 509 0,07% -0,02% 23 742 380 0,07% 0,00%

1.05.02 VIÁTICOS DENTRO DEL PAÍS 392 668 516 1,02% 348 624 737 1,00% 0,01% 384 535 410 1,13% -0,13%

1.05.03 TRANSPORTE EN EL EXTERIOR 100 000 0,00% 560 000 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

1.05.04 VIÁTICOS AL EXTERIOR 700 000 0,00% 0 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

1.06.01 SEGUROS 392 208 817 1,01% 467 450 847 1,34% -0,33% 461 212 543 1,35% -0,01%

1.06.01 SEGUROS DE RIESGOS DEL TRABAJO 132 837 579 0,34% 0,00% 0,34% 0 0,00% 0,00%

1.07.01 ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN 89 878 778 0,23% 199 645 820 0,57% -0,34% 143 746 218 0,42% 0,15%

1.07.02

ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS Y SOCIALES 12 660 000 0,03% 17 510 000 0,05% -0,02% 24 941 726 0,07% -0,02%

1.08.01 MANT. DE EDIFICIOS Y LOCALES 515 773 979 1,33% 27 293 540 0,08% 1,26% 88 651 706 0,26% -0,18%

1.08.02 MANT. DE VÍAS DE COMUNICACIÓN 87 742 731 0,23% 76 968 504 0,22% 0,01% 75 808 319 0,22% 0,00%

1.08.03 MANT. DE INSTALACIONES Y OTRAS OBRAS 0,00% 16 030 000 0,05% -0,05% 6 000 000 0,02% 0,03%

1.08.04

MANT. Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCIÓN 17 500 000 0,05% 19 430 000 0,06% -0,01% 16 251 960 0,05% 0,01%

1.08.05

MANT. Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE 441 339 159 1,14% 409 407 839 1,18% -0,03% 357 325 999 1,05% 0,13%

1.08.06

MANT. Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN 14 495 000 0,04% 7 830 000 0,02% 0,02% 6 652 175 0,02% 0,00%

1.08.07

MANT. Y REP. EQUIPO MOBILIARIO DE OFICINA 38 507 040 0,10% 38 211 831 0,11% -0,01% 24 818 345 0,07% 0,04%

1.08.08

MANT. Y REP. EQUIPO MOB. COMPUTO Y SISTEMAS DE 327 744 470 0,85% 233 985 465 0,67% 0,18% 91 932 516 0,27% 0,40%

Page 125: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

125

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

INFORMACIÓN

1.08.99

MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE OTROS EQUIPOS 21 700 000 0,06% 16 980 000 0,05% 0,01% 287 350 0,00% 0,05%

1.09.02 IMPUESTOS SOBRE BIENES INMUEBLES 150 000 0,00% 161 000 0,00% 0,00% 112 694 0,00% 0,00%

1.09.99 OTROS IMPUESTOS 15 894 541 0,04% 14 883 016 0,04% 0,00% 15 207 484 0,04% 0,00%

1.99.02 INTERESES MORATORIOS Y MULTAS 0,00% 786 465 0,00% 0,00% 4 025 705 0,01% -0,01%

1.99.05 DEDUCIBLES 11 000 000 0,03% 10 500 000 0,03% 0,00% 7 994 221 0,02% 0,01%

1.99.99 OTROS SERVICIOS NO ESPECIFICADOS 1 631 003 0,00% 1 332 001 0,00% 0,00% 1 113 433 0,00% 0,00%

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1 164 323 307 3,01% 902 221 740 2,59% 0,42% 776 224 794 2,28% 0,31%

2.01.01 COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES 564 698 001 1,46% 533 542 248 1,53% -0,07% 459 284 587 1,35% 0,18%

2.01.02

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES 5 056 340 0,01% 2 119 040 0,01% 0,01% 317 450 0,00% 0,01%

2.01.03 PRODUCTOS VETERINARIOS 4 500 500 0,01% 360 000 0,00% 0,01% 135 000 0,00% 0,00%

2.01.04 TINTAS, PINTURAS DILUYENTES 83 025 956 0,21% 35 842 999 0,10% 0,11% 56 451 733 0,17% -0,06%

2.01.99 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS 5 825 580 0,02% 2 661 989 0,01% 0,01% 496 693 0,00% 0,01%

2.02.01 PRODUCTOS PECUARIOS Y OTRAS ESPECIES 0,00% 500 000 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

2.02.02 PRODUCTOS AGROFORESTALES 700 000 0,00% 450 000 0,00% 0,00% 0 0,00% 0,00%

2.02.03 ALIMENTOS Y DEBIDAS 63 740 225 0,16% 71 371 153 0,20% -0,04% 49 190 616 0,14% 0,06%

Page 126: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

126

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

2.02.04 ALIMENTOS PARA ANIMALES 4 550 000 0,01% 2 695 370 0,01% 0,00% 885 022 0,00% 0,01%

2.03.01 MATERIALES Y PRODUCTOS METÁLICOS 20 903 250 0,05% 1 895 972 0,01% 0,05% 17 995 747 0,05% -0,05%

2.03.02

MATERIALES Y PRODUCTOS MINERALES Y ASFÁLTICOS 370 000 0,00% 338 975 0,00% 0,00% 8 932 232 0,03% -0,03%

2.03.03 MADERA Y SUS DERIVADOS 1 250 000 0,00% 25 000 0,00% 0,00% 3 466 359 0,01% -0,01%

2.03.04

MATERIALES Y PROD ELÉCTRICOS, TELEFÓNICOS Y COMPUTO 10 189 571 0,03% 2 730 017 0,01% 0,02% 7 052 043 0,02% -0,01%

2.03.05 MATERIALES PRODUCTOS DE VIDRIO 460 000 0,00% 100 000 0,00% 0,00% 8 306 0,00% 0,00%

2.03.06 MATERIALES Y PRODUCTOS PLÁSTICOS 19 351 603 0,05% 10 645 196 0,03% 0,02% 12 868 647 0,04% -0,01%

2.03.99

OTROS MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN 8 210 000 0,02% 655 000 0,00% 0,02% 1 500 480 0,00% 0,00%

2.04.01 HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS 3 825 900 0,01% 1 622 579 0,00% 0,01% 6 597 010 0,02% -0,01%

2.04.02 REPUESTOS Y ACCESORIOS 69 968 677 0,18% 33 927 027 0,10% 0,08% 64 274 325 0,19% -0,09%

2.99.01 ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA Y COMPUTO 29 947 501 0,08% 6 794 343 0,02% 0,06% 3 142 171 0,01% 0,01%

2.99.02

ÚTILES Y MAT. MEDICOS,HOSP. Y DE INVESTIGACIÓN 2 180 000 0,01% 1 719 700 0,00% 0,00% 3 000 0,00% 0,00%

2.99.03 PRODUCTOS DE PAPEL, CARBÓN E IMPRESOS 68 843 450 0,18% 28 088 095 0,08% 0,10% 30 990 748 0,09% -0,01%

2.99.04 TEXTILES Y VESTUARIOS 117 471 435 0,30% 109 166 764 0,31% -0,01% 26 183 368 0,08% 0,24%

2.99.05 ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA 37 028 493 0,10% 25 857 923 0,07% 0,02% 16 095 463 0,05% 0,03%

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127

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

2.99.06 ÚTILES Y MATERIALES DE RESGUARDO Y SEGURIDAD 21 480 070 0,06% 5 234 900 0,02% 0,04% 5 153 722 0,02% 0,00%

2.99.07 ÚTILES Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR 2 440 900 0,01% 3 826 900 0,01% 0,00% 2 309 134 0,01% 0,00%

2.99.99

OTROS ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS 18 305 856 0,05% 20 050 550 0,06% -0,01% 2 890 938 0,01% 0,05%

3 INTERESES Y COMISIONES - 0,00% 0 0,00% 0,00% 40 825 0,00% 0,00%

3.03.99 INTERESES SOBRE OTRAS OBLIGACIONES 0,00% 0 0,00% 0,00% 40 825 0,00% 0,00%

5 BIENES DURADEROS 6 157 247 461 15,93% 4 981 683 624 14,30% 1,62% 7 155 047 897 21,01% -6,71%

5.01.01 MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA PRODUCCIÓN 24 356 607 0,06% 15 894 008 0,05% 0,02% 830 629 0,00% 0,04%

5.01.02 EQUIPO DE TRANSPORTE 111 618 775 0,29% 48 250 000 0,14% 0,15% 24 492 520 0,07% 0,07%

5.01.03 EQUIPO DE COMUNICACIÓN 27 727 139 0,07% 10 413 600 0,03% 0,04% 20 397 746 0,06% -0,03%

5.01.04 EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA 203 710 157 0,53% 0 0,00% 0,53% 25 583 077 0,08% -0,08%

5.01.05 EQUIPO Y PROGRAMAS DE COMPUTO 458 196 690 1,19% 23 140 400 0,07% 1,12% 169 737 660 0,50% -0,43%

5.01.06

EQUIPO SANITARIO, DE LABORATORIO E INVESTIGACIÓN 30 974 000 0,08% 0 0,00% 0,08% 230 130 0,00% 0,00%

5.01.07

EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO 257 811 0,00% 0,00% 0,00% 20 622 574 0,06% -0,06%

5.01.99 MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO 366 633 703 0,95% 26 782 992 0,08% 0,87% 42 559 199 0,12% -0,05%

5.02.01 EDIFICIOS 2 092 771 676 5,41% 25 700 000 0,07% 5,34% 258 630 064 0,76% -0,69%

5.02.02 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE 676 697 183 1,75% 0,00% 1,75% 154 574 301 0,45% -0,45%

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128

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

5.02.04 OBRAS MARÍTIMAS Y FLUVIALES 300 000 012 0,78% 0 0,00% 0,78% 0 0,00% 0,00%

5.02.07 INSTALACIONES 11 000 000 0,03% 31 816 450 0,09% -0,06% 0,00% 0,09%

5.02.99

OTRAS CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS 296 283 401 0,77% 3 318 214 167 9,53% -8,76% 2 976 578 334 8,74% 0,79%

5.03.01 TERRENOS 1 000 000 000 2,59% 1 000 000 000 2,87% -0,28% 3 042 140 353 8,93% -6,06%

5.03.02 EDIFICIOS PREEXISTENTES 553 692 808 1,43% 481 472 007 1,38% 0,05% 418 671 310 1,23% 0,15%

5.03.99 OTRAS OBRAS PREEXISTENTES 3 327 500 0,01% 0 0,00% 0,01% 0 0,00% 0,00%

6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1 061 623 812 2,75% 1 236 332 647 3,55% -0,80% 1 835 669 038 5,39% -1,84%

6.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 72 420 000 0,19% - 0,00% 0,19% 0 0,00% 0,00%

6.01.02

Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 338 775 817 0,88% 251 096 244 0,72% 0,16% 234 523 025 0,69% 0,03%

6.01.03

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no Empresariales 57 936 000 0,15% 0 0,00% 0,15% 0 0,00% 0,00%

6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales. 48 280 000 0,12% 48 280 000 0,14% -0,01% 46 415 200 0,14% 0,00%

6.01.05

Transferencias corrientes a Empresas Públicas no Financieras 0,00% 120 700 000 0,35% -0,35% 116 038 000 0,34% 0,01%

6.02.01 BECAS A FUNCIONARIOS 15 000 000 0,04% 17 550 000 0,05% -0,01% 0 0,00% 0,05%

6.03.01 PRESTACIONES LEGALES 413 930 162 1,07% 561 361 665 1,61% -0,54% 248 370 547 0,73% 0,88%

6.03.99

OTRAS PRESTACIONES A TERCERAS PERSONAS 105 281 833 0,27% 105 422 028 0,30% -0,03% 109 727 828 0,32% -0,02%

6.04.04

TRANSFERENCIAS CORRIENTES A OTRAS ENTIDADES PRIVADAS SIN 0,00% 9 656 000 0,03% -0,03% 9 283 040 0,03% 0,00%

Page 129: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

129

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 (a)

%

Egresos reales a Junio 2016

proyectados a Dic 2016 (b)

% %

Variación (a-b)

Egresos reales año 2015 (c)

% %

Variación (b-c)

FINES DE LUCRO

6.06.01 INDEMNIZACIONES 10 000 000 0,03% 122 266 710 0,35% -0,33% 1 071 311 398 3,15% -2,80%

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1 245 850 000 3,22% 1 000 000 000 2,87% 0,35% 1 368 448 924 4,02% -1,15%

7.01.07

FONDOS EN FIDEICOMISO PARA GASTOS DE CAPITAL 1 245 850 000 3,22% 1 000 000 000 2,87% 0,35% 1 368 448 924 4,02% -1,15%

9 ASIGNACIONES GLOBALES 1 824 769 430 4,72% 1 206 471 408 3,46% 1,26% - 0,00% 3,46%

9.02.01

SUMAS LIBRES SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 1 824 769 430 4,72% 1 206 471 408 3,46% 1,26% 0 0,00% 3,46%

TOTALES GENERALES: 38 661 630 440 100,00% 34 826 797 294 100,00% 0,00% 34 048 795 344 100,00% 0,00%

Page 130: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

130

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

5- Comparativo Presupuesto de ingresos año 2016-2017 (justificación en variaciones

relevantes)

COMPARATIVO DE INGRESOS AÑO 2017 - 2016

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto

año 2017

Proyección de ingresos 2016

Diferencia % Justificación variaciones relevantes

1.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS CORRIENTES 31 670 702 611 29 186 872 557 2 483 830 054 7,84%

1.1.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS TRIBUTARIOS 1 869 311 211 1 346 169 000 523 142 211 27,99%

1.1.3.0.00.00,0,0000 Impuesto sobre bienes y servicios 5 425 000 8 155 000 -2 730 000 -50,32%

1.1.3.2.00.00.0.0.000 Impuesto específico sobre la producción y consumo de bienes y servicios

5 425 000 8 155 000 -2 730 000 -50,32%

1.1.3.2.01.00.0.0.000 Impuestos específicos sobre la producción y consumo de Bienes

5 425 000 8 155 000 -2 730 000 -50,32%

1.1.3.2.01.020.0.000 Impuesto específico sobre la explotación de recursos naturales y mineros

5 425 000 8 155 000 -2 730 000 -50,32%

Licencias de caza y pesca 500 000 430 000 70 000 14,00% En términos globales y de conformidad con las proyecciones, estos ingresos serán inferiores a lo proyectado 2016

Extracción de palmito 200 000 410 000 -210 000 -105,00%

Extracción de lana 100 000 230 000 -130 000 -130,00%

Permisos de Salinas 2 000 000 4 322 000 -2 322 000 -116,10%

Impuesto Forestal 225 000 200 000 25 000 11,11%

Recolección científica 2 400 000 2 363 000 37 000 1,54%

Canon Forestal 0 100 000 -100 000 #¡DIV/0!

Permisos de Uso 0 100 000 -100 000 #¡DIV/0!

Page 131: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

131

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto

año 2017

Proyección de ingresos 2016

Diferencia % Justificación variaciones relevantes

1.1.4.0.00.00.0.0.000 Impuesto sobre comercio exterior y transacciones inst.

1 000 000 8 487 000 -7 487 000 -748,70%

1.1.4.2.00.00.0.0.000 Impuesto a las exportaciones 1 000 000 8 487 000 -7 487 000 -748,70%

1.1.4.2.09.00.0.0.000 Otros impuestos a las exportaciones

1 000 000 8 487 000 -7 487 000 -748,70%

Extracción y recolección de flora silvestre

1 000 000 8 487 000 -7 487 000 -748,70%

Se proyecta un ingreso mínimo, dado que está pendiente de publicar normativa que actualiza el sistema de cobro

1.1.9.0.00.00.0.0.000 Otros ingresos Tributarios 1 862 886 211 1 329 527 000 533 359 211 28,63%

1.1.9.1.00.00.0.0.000 Impuesto de timbres 1 862 886 211 1 329 527 000 533 359 211 28,63%

Timbre Pro-Parques Nacionales 1 856 242 897 1 324 838 000 531 404 897 28,63% Incremento razonable de conformidad con las proyecciones Timbre de Vida Silvestre 6 643 314 4 689 000 1 954 314 29,42%

1.3.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9 380 856 902 8 265 282 000 1 115 574 902 11,89%

1.3.1.0.00.00.0.0.000 Venta de Bienes y Servicios 9 356 096 582 8 241 556 000 1 114 540 582 11,91%

1.3.1.1.00.00.0.0.000 Venta de Bienes 19 018 780 12 895 000 6 123 780 32,20%

1.3.1.1.09.00.0.0.000 Venta de otros bienes 19 018 780 12 895 000 6 123 780 32,20%

Venta de guías forestales 2 178 385 2 704 000 -525 615 -24,13% Incremento razonable de conformidad con las proyecciones

Venta de placas para marcar madera

16 840 395 10 191 000 6 649 395 39,48%

1.3.1.2.00.00.0.0.000 Venta de Servicios 9 191 882 713 8 167 736 000 1 024 146 713 11,14%

1.3.1.2.09.00.0.0.000 Otros Servicios 9 191 882 713 8 167 736 000 1 024 146 713 11,14%

1.3.1.2.09.04.0.0.000 Servicios Culturales y Recreativos 9 000 000 000 8 000 000 000 1 000 000 000 11,11%

Entradas a las Áreas Silvestres Protegidas

9 000 000 000 8 000 000 000 1 000 000 000 11,11%

Incremento razonable de conformidad con las proyecciones y considerando el incremento en las tarifas

1.3.1.2.09.09.0.0.000 Venta de otros servicios 191 882 713 167 736 000 24 146 713 12,58%

Page 132: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

132

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto

año 2017

Proyección de ingresos 2016

Diferencia % Justificación variaciones relevantes

Uso de instal. en las Áreas Silvestres Protegidas

191 882 713 167 736 000 24 146 713 12,58%

Incremento razonable de conformidad con las proyecciones y considerando el incremento en las tarifas

1.3.1.3.00.00.0.0.000 Derechos Administrativos 145 195 089 60 925 000 84 270 089 58,04%

1.3.1.3.02.00.0.0.000 Derechos Adm a otros Serv. Públicos

145 195 089 60 925 000 84 270 089 58,04%

1,3,1,3,02,03.0.0.000 Derechos Administrativos a actividades comerciales

132 200 000 52 500 000 79 700 000 60,29%

Servicios no esenciales 132 200 000 52 500 000 79 700 000 60,29%

Proyección de conformidad con las concesiones otorgadas hasta el momento

1.3.1.3.02.09.0.0.000 Otros derechos administrativos a otros servicios públicos

12 995 089 8 425 000 4 570 089 35,17%

Derecho de Filmación 12 995 089 8 425 000 4 570 089 35,17%

Incremento razonable de conformidad con las proyecciones y considerando el incremento en las tarifas

1.3.2.0.00.00.0.0.000 Ingresos de la propiedad 24 760 320 23 726 000 1 034 320 4,18%

1.3.2.2.00.00.0.0.000 Renta de la Propiedad 24 760 320 23 726 000 1 034 320 4,18%

1.3.2.2.02.00.0.0.000 Alquiler de terrenos 12 000 000 12 000 000 0 0,00%

Canon Pastoreo ( ACA-T) 12 000 000 12 000 000 Monto de canon sin incremento

1.3.2.2.09.00.0.0.000 Otros Ingresos de la Renta de la Propiedad

12 760 320 11 726 000 1 034 320 8,11%

Instalación de Torres 11 660 000 10 668 000 992 000 8,51% Incremento razonable de conformidad con las proyecciones

Permisos de investigación 1 100 320 1 058 000 42 320 3,85%

1.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 20 420 534 498 19 575 421 557 845 112 941 4,14%

1.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes del Sector Público

20 420 534 498 19 575 421 557 845 112 941 4,14%

Page 133: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

133

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CODIGO GRUPOS Y RENGLONES Presupuesto

año 2017

Proyección de ingresos 2016

Diferencia % Justificación variaciones relevantes

1.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes del Gobierno Central

19 035 644 113 17 979 784 182 1 055 859 931 5,55%

El proyecto de Ley de presupuesto 2017, incorpora una suma adicional para trasladar el financiamiento de plazas pagadas por Fondo de Parques Nacionales a Fondo SINAC.

1.4.1.2.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes Órganos Desconcentrados

1 384 890 385 1 595 637 375 -210 746 990 -15,22%

FONAFIFO Pago de servicios ambientales

188 190 385 188 190 385 0 0,00%

Transferencia basada en un porcentaje del monto presupuestado en Ley de Presupuesto

Dirección de Aguas -Canon aprovechamiento del agua

1 076 700 000 1 287 446 990 -210 746 990 -19,57% Transferencia establecida en la Ley de Presupuesto

Convenio IDA ( ACA-T) 120 000 000 120 000 000 0 0,00% Convenio monto fijo

2.0.0.0.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital 3 200 853 778 7 043 718 307 -3 842 864 529 -120,06%

2.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital del sector Público

3 200 853 778 7 043 718 307 -3 842 864 529 -120,06%

2.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencia de Capital del Gobierno Central

3 200 853 778 7 043 718 307 -3 842 864 529 -120,06%

Pago tierras 1 000 000 000 1 000 000 000 100,00% Transferencia establecida en la Ley de Presupuesto

Programa Turismo Sostenible 2 200 853 778 2 200 853 778 100,00% Transferencia establecida con base en Contrato de Préstamo con el BID

3.0.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO 3 790 074 051 897 046 854 2 893 027 197 76,33%

3.3.0.0.00.00.0.0.000 Recursos de Vigencias Anteriores 3 790 074 051 897 046 854 2 893 027 197 76,33%

3.3.2.0.00.00.0.0.000 Superávit Libre 3 211 626 158 588 354 532 2 623 271 626 81,68% El superávit que se incorpora, se hace con base en la disponibilidad y viabilidad legal de ejecutar para el año siguiente

3.3.2.0.00.00.0.0.000 Superávit específico 578 447 893 308 692 322 269 755 571 46,63%

TOTAL 38 661 630 440 37 127 637 718 1 533 992 722 3,97%

Page 134: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

134

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

6- Comparativo Presupuesto de egresos año 2016-2017 (justificación en variaciones

relevantes)

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

0 REMUNERACIONES 19 822 085 315 19 916 453 572 -94 368 257 -0,47%

0.01.01 SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 7 013 585 983 6 421 251 410 592 334 573 9,22%

0.01.03 SERVICIOS ESPECIALES 423 099 108 592 765 -108 169 666 -99,61%

0.02.01 TIEMPO EXTRAORDINARIO 9 024 219 9 437 958 -413 739 -4,38%

0.02.03 DISPONIBILIDAD LABORAL 116 128 359 -116 128 359 -100,00%

0.03.01 RESTRICCIÓN POR AÑOS SERVIDOS 2 621 800 739 2 606 961 621 14 839 118 0,57%

0.03.02 RESTRICCIÓN AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESIÓN

1 870 194 238 1 944 435 325 -74 241 087 -3,82%

0.03.03 DECIMOTERCER MES 1 275 145 559 1 286 173 977 -11 028 418 -0,86%

0.03.04 SALARIO ESCOLAR 1 164 037 425 1 168 856 670 -4 819 245 -0,41%

0.03.99 OTROS INCENTIVOS SALARIALES 2 626 298 088 2 914 824 868 -288 526 780 -9,90%

0.04.01 CONTRIBUCIÓN PATRONAL CCSS ENFERMEDAD Y MATERNIDAD

1 415 977 968 1 461 778 158 -45 800 190 -3,13%

0.04.05 CONTRIBUCIÓN PATRONAL BANCO POPULAR Y DESARROLLO C.

76 539 357 79 015 006 -2 475 649 -3,13%

Page 135: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

135

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

0.05.01 CONTRIBUCIÓN PATRONAL AL SEGURO DE PENSIONES CCSS

777 639 801 798 771 471 -21 131 670 -2,65%

0.05.02 APORTE PATRONAL AL RÉGIMEN OBLIGATORIO de Pensiones Complementarias

229 618 058 237 045 009 -7 426 951 -3,13%

0.05.03 APORTE PATRONAL FONDO DE CAPITALIZACIÓN LABORAL

459 234 426 474 090 000 -14 855 574 -3,13%

0.05.05 CONTRIBUCIÓN PATRONAL A FONDOS DE PENSIONES (Bco. Popular 0,25 % )

282 566 355 289 090 974 -6 524 619 -2,26%

1 SERVICIOS NO PERSONALES 7 385 731 115 5 583 634 303 1 802 096 812 32,27%

1.01.01 ALQUILER EDIFICIOS, LOCALES Y TERRENOS

906 905 840 770 731 329 136 174 511 17,67%

1.01.02 ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO

54 500 000 33 580 339 20 919 661 62,30%

Dado las emergencias que se presentan con los incendios forestales, el Programa de Manejo de Fuego, requiere el alquiler de repetidoras para radiocomunicación, para hacer más efectiva la coordinación de acciones en los momentos de combate de incendios.

1.01.04 ALQUILERES Y DERECHOS PARA TELECOMUNICACIONES

600 000 600 000 0 0,00%

1.02.01 SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 59 246 765 53 919 883 5 326 882 9,88%

1.02.02 SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 282 768 393 287 611 460 -4 843 068 -1,68%

1.02.03 SERVICIO DE CORREO 1 672 000 135 000 1 537 000 1138,52%

El incremento en esta sub partida se debe a que al Área de Conservación Amistad Caribe hace contratación del servicio de correo para las oficinas de esa Área

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136

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.02.04 SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES 222 434 079 179 156 580 43 277 499 24,16%

1.02.99 OTROS SERVICIOS BÁSICOS 3 815 000 3 366 220 448 780 13,33%

1.03.01 INFORMACIÓN 15 750 000 20 645 490 -4 895 490 -23,71%

1.03.02 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 6 000 000 22 593 301 -16 593 301 -73,44%

1.03.03 IMPRESIÓN , ENCUADERNACIÓN Y OTROS 59 495 000 15 599 500 43 895 500 281,39%

En esta sub partida se reservan recursos para la campaña de divulgación del abordaje situacional del tema cocodrilos y caimanes

1.03.04 TRANSPORTE DE BIENES 5 030 000 6 046 160 -1 016 160 -16,81%

1.03.05 SERVICIOS ADUANEROS 200 000 0 200 000 100,00%

Para cubrir gastos de almacenaje y bodegaje de equipo, paquetes, cajas, enviados a las oficinas de la Secretaría Ejecutiva desde el exterior.

1.03.06 COMISIONES Y GASTOS POR SERVICIOS FINANCIEROS Y COMERCIALES

223 335 000 198 152 560 25 182 440 12,71%

1.03.07 SERVICIOS DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE INFORMACIÓN

200 000 316 304 -116 304 -36,77%

Page 137: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

137

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.04.01 SERVICIOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO 7 000 000 0 7 000 000 100,00%

Se hace necesaria la contratación de servicios veterinarios para la atención de animales decomisados que viene en mal estado de salud, se destina una suma mínima dado que en el pasado se ha contado con la colaboración voluntaria de profesionales privados y de universidades. Pero la Institución no puede estar dependiendo de esta buena voluntad que en algunas emergencias es difícil atender.

1.04.02 SERVICIOS JURÍDICOS 18 000 000 25 102 500 -7 102 500 -28,29%

1.04.03 SERVICIOS DE INGENIERÍA 933 884 500 549 823 634 384 060 866 69,85%

Esta sub partida se incrementa debido a la contratación de planos y diseños para obras de infraestructura justificadas en la sección de gastos, además de la contratación de servicios especializados para la realización de consultorías en cumplimiento con acciones establecidas en el Plan Estratégico Institucional, presentadas en detalle en tabla que se incorpora en el apartado de información complementaria .

1.04.04 SERVICIOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

229 200 000 276 759 805 -47 559 805 -17,18%

Page 138: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

138

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.04.05 SERVICIOS DE DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

199 000 000 46 012 500 152 987 500 332,49%

Continuando con lo indicado en la nota al pie del cuadro, para el año 2017 se contratará la elaboración de sistemas informáticos tales como: Modulo de trámites, sistema que asegure la continuidad del servicio tecnológico, y así minimizar el riesgo Sistema de información de seguimiento de proyectos Forestales dentro de la categoría de Pago de Servicios Ambientales y registro de proyectos (incentivos fiscales) y registro de régimen forestal voluntario. Sistema de información integrado para la evaluación y monitoreo del programa de pago por servicios ambientales Desarrollar el registro nacional de investigación científica e incorporarlo a la plataforma tecnológica. Sistema automatizado para el registro, control y seguimiento de las acciones realizadas por el SINAC en temas relacionados con el recurso hídrico. (Incluye el registro y control de todas las acciones de los PP) sistema informático institucional que solvente las necesidades de registro y seguimiento de quejas y denuncias ciudadanas y a la vez cumpla con los requerimientos de información para SITADA Automatizar el Registro Nacional de Vida Silvestre

Page 139: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

139

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.04.06 SERVICIOS GENERALES ( limpieza, vigilancia, lavado )

1 164 005 948 908 571 930 255 434 018 28,11%

1.04.99 OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 459 361 800 251 727 236 207 634 564 82,48%

Dentro del Programa de Manejo del fuego se programa la contratación de servicios de atención temprana de incendios, como media preventiva a la ocurrencia.

1.05.01 TRANSPORTE DENTRO DEL PAÍS 18 795 177 25 591 509 -6 796 332 -26,56%

1.05.02 VIÁTICOS DENTRO DEL PAÍS 392 668 516 348 624 737 44 043 779 12,63%

1.05.03 TRANSPORTE EN EL EXTERIOR 100 000 560 000 -460 000 -82,14%

1.05.04 VIÁTICOS AL EXTERIOR 700 000 0 700 000 100,00%

Costa Rica tiene un convenio para el desarrollo fronterizo “Costa Rica – Panamá” En el marco del convenio está operando la Unidad Técnica Ejecutora Binacional del Parque Internacional La Amistad, en la cual participan oficialmente designados por la Dirección Regional del ACLAP, los funcionarios Roger González (Administrador del PILA) y Luis Sánchez Arguedas (Gerente de ASP).

1.06.01 SEGUROS 525 046 396 467 450 847 57 595 549 12,32%

1.07.01 ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN 89 878 778 199 645 820 -109 767 042 -54,98%

1.07.02 ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS Y SOCIALES 12 660 000 17 510 000 -4 850 000 -27,70%

Page 140: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

140

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.08.01 MANT. DE EDIFICIOS Y LOCALES 515 773 979 27 293 540 488 480 439 1789,73%

Para el año 2017 se logra asignar recursos para mantenimiento de infraestructura, que desde hace años era una necesidad latente, por las condiciones en que se encuentran las edificaciones, más que todo por su ubicación en zonas climáticas adversas. Parte de la solvencia para invertir en esta necesidad, se debe al incremento en las tarifas de ingreso, siendo una de las justificaciones para la aprobación de este incremento , precisamente el " Mejorar las condiciones de infraestructura en las áreas Silvestres Protegidas" tanto para beneficio de los visitantes como para los funcionarios guarda parques

1.08.02 MANT. DE VÍAS DE COMUNICACIÓN 87 742 731 76 968 504 10 774 227 14,00%

1.08.03 MANT. DE INSTALACIONES Y OTRAS OBRAS 16 030 000 -16 030 000 -100,00%

1.08.04 MANT. Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCIÓN

17 500 000 19 430 000 -1 930 000 -9,93%

1.08.05 MANT. Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE

441 339 159 409 407 839 31 931 320 7,80%

Page 141: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

141

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

1.08.06 MANT. Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN

14 495 000 7 830 000 6 665 000 85,12%

Aumento en la necesidad dadas las condiciones del equipo y la importancia de mantener una buena comunicación para el cumplimiento de las acciones y la atención de denuncias

1.08.07 MANT. Y REP. EQUIPO MOBILIARIO DE OFICINA

38 507 040 38 211 831 295 209 0,77%

1.08.08 MANT. Y REP. EQUIPO MOB. COMPUTO Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

327 744 470 233 985 465 93 759 006 40,07%

1.08.99 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE OTROS EQUIPOS

21 700 000 16 980 000 4 720 000 27,80%

1.09.02 IMPUESTOS SOBRE BIENES INMUEBLES 150 000 161 000 -11 000 -6,83%

1.09.99 OTROS IMPUESTOS 15 894 541 14 883 016 1 011 525 6,80%

1.99.02 INTERESES MORATORIOS Y MULTAS 786 465 -786 465 -100,00%

1.99.05 DEDUCIBLES 11 000 000 10 500 000 500 000 4,76%

1.99.99 OTROS SERVICIOS NO ESPECIFICADOS 1 631 003 1 332 001 299 002 22,45%

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1 164 323 307 902 221 740 262 101 567 29,05%

2.01.01 COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES 564 698 001 533 542 248 31 155 754 5,84%

2.01.02 PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES

5 056 340 2 119 040 2 937 300 138,61%

2.01.03 PRODUCTOS VETERINARIOS 4 500 500 360 000 4 140 500 1150,14%

2.01.04 TINTAS, PINTURAS DILUYENTES 83 025 956 35 842 999 47 182 957 131,64%

Page 142: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

142

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

2.01.99 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS 5 825 580 2 661 989 3 163 591 118,84%

2.02.01 PRODUCTOS PECUARIOS Y OTRAS ESPECIES

500 000 -500 000 -100,00%

2.02.02 PRODUCTOS AGROFORESTALES 700 000 450 000 250 000 55,56%

2.02.03 ALIMENTOS Y DEBIDAS 63 740 225 71 371 153 -7 630 928 -10,69%

2.02.04 ALIMENTOS PARA ANIMALES 4 550 000 2 695 370 1 854 630 68,81%

El crecimiento en esta sub partida se da por la compra de alimentos para los animales que se encuentran ene el Parque Ecológico de Santo Domingo.

2.03.01 MATERIALES Y PRODUCTOS METÁLICOS 20 903 250 1 895 972 19 007 278 1002,51%

El incremento en esta sub partidas se da por la solvencia de recursos distribuidos a las Áreas de Conservación para cubrir necesidades que en años anteriores no se había podido realizar por las limitaciones en el presupuesto, como se indica en la nota al pie del cuadro.

2.03.02 MATERIALES Y PRODUCTOS MINERALES Y ASFÁLTICOS

370 000 338 975 31 025 9,15%

2.03.03 MADERA Y SUS DERIVADOS 1 250 000 25 000 1 225 000 4900,00% El incremento en estas sub partidas se da porque en la formulación del presupuesto para el año 2017 fue posible distribuir recursos a las Áreas de Conservación para sus planes de compras , lo que en años anteriores había estado

2.03.04 MATERIALES Y PROD ELÉCTRICOS, TELEFÓNICOS Y COMPUTO

10 189 571 2 730 017 7 459 554 273,24%

2.03.05 MATERIALES PRODUCTOS DE VIDRIO 460 000 100 000 360 000 360,00%

2.03.06 MATERIALES Y PRODUCTOS PLÁSTICOS 19 351 603 10 645 196 8 706 407 81,79%

Page 143: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

143

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

2.03.99 OTROS MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN

8 210 000 655 000 7 555 000 1153,44% muy limitado, por falta de recursos como se indica en la nota al pie del cuadro..

2.04.01 HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS 3 825 900 1 622 579 2 203 321 135,79%

2.04.02 REPUESTOS Y ACCESORIOS 69 968 677 33 927 027 36 041 651 106,23%

2.99.01 ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA Y COMPUTO

29 947 501 6 794 343 23 153 157 340,77%

2.99.02 ÚTILES Y MAT. MEDICOS, HOSP. Y DE INVESTIGACIÓN

2 180 000 1 719 700 460 300 26,77%

2.99.03 PRODUCTOS DE PAPEL, CARBÓN E IMPRESOS

68 843 450 28 088 095 40 755 355 145,10%

El incremento en estas sub partidas se da por la solvencia de recursos distribuidos a las Áreas de Conservación para cubrir necesidades que en años anteriores no se había podido realizar por las limitaciones en el presupuesto, como se indica en la nota al pie del cuadro.

2.99.04 TEXTILES Y VESTUARIOS 117 471 435 109 166 764 8 304 671 7,61%

2.99.05 ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA 37 028 493 25 857 923 11 170 570 43,20%

2.99.06 ÚTILES Y MATERIALES DE RESGUARDO Y SEGURIDAD

21 480 070 5 234 900 16 245 170 310,32%

El incremento en esta sub partida es razonable y obedece a la justificación indicada en la nota al pie del cuadro, , importante para la Institución contar con este tipo de equipamiento para la realización de las labores de campo, dado que se espera adquirir con este presupuesto : Binoculares, focos o linterna, chaleco reflectivo y balas para

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144

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro" revolver, etc.

2.99.07 ÚTILES Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR

2 440 900 3 826 900 -1 386 000 -36,22%

2.99.99 OTROS ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS

18 305 856 20 050 550 -1 744 693 -8,70%

5 BIENES DURADEROS 6 157 247 461 7 282 524 047 -1 125 276 586 -15,45%

5.01.01 MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA PRODUCCIÓN

24 356 607 15 894 008 8 462 599 53,24% Dadas las condiciones expresadas en la nota al pie del cuadro, se logra otorgar presupuesto para necesidades en equipo, como se indica en la sección de gastos. Se presupuesta la adquisición de equipo de resguardo y seguridad (armas de fuego) para las labores de control y protección de los recursos naturales. Equipo requerido con urgencia dado que la Institución no cuenta con las armas necesarias para el desarrollo de las actividades en las que los funcionarios ejercen como autoridad de policía.

5.01.02 EQUIPO DE TRANSPORTE 111 618 775 48 250 000 63 368 775 131,33%

5.01.03 EQUIPO DE COMUNICACIÓN 27 727 139 10 413 600 17 313 539 166,26%

5.01.04 EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA 203 710 157 22 857 535 180 852 622 791,22%

5.01.05 EQUIPO Y PROGRAMAS DE COMPUTO 458 196 690 296 140 400 162 056 290 54,72%

5.01.06 EQUIPO SANITARIO, DE LABORATORIO E INVESTIGACIÓN

30 974 000 0 30 974 000 100,00%

5.01.07 EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO

257 811 257 811 100,00%

5.01.99 MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO 366 633 703 105 275 700 261 358 003 248,26%

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145

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

5.02.01 EDIFICIOS 2 092 771 676 25 700 000 2 067 071 676 8043,08%

Se elaboró un plan de inversión en infraestructura, el cual cuenta con la aprobación del CONAC. Se remitió a la Contraloría General de la República para informar sobre las acciones que la Institución realiza para buscar el mejoramiento de las condiciones en las ASP. Dado que con la liquidación presupuestaria 2015, el Fondo de Parques Nacionales cierra con un superávit consecuencia del aumento de las tarifas, se toma la decisión de usar estos recursos para el financiamiento de las prioridades determinadas en el Plan indicado.

5.02.02 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE 676 697 183 626 490 180 50 207 003 8,01%

5.02.04 OBRAS MARÍTIMAS Y FLUVIALES 300 000 012

0

300 000 012 100,00%

Construcciones Proyecto Turismo Sostenible , financiado con recursos del BID

5.02.07 INSTALACIONES 11 000 000 31 816 450 -20 816 450 -65,43%

5.02.99 OTRAS CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS

296 283 401 4 618 214 167 -4 321 930 766 -93,58%

5.03.01 TERRENOS 1 000 000 000 1 000 000 000 0 0,00%

5.03.02 EDIFICIOS PREEXISTENTES 553 692 808 481 472 007 72 220 801 15,00%

5.03.99 OTRAS OBRAS PREEXISTENTES 3 327 500 0 3 327 500 100,00%

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146

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1 061 623 812 1 236 332 647 -174 708 834 -14,13%

6,01,01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 72 420 000

72 420 000 100,00% Transferencias que se ejecutan de conformidad con lo establecido en la Ley Forestal, Parques Nacionales y Ley de creación del fideicomiso Playas de Manuel Antonio, como se indica en las justificaciones.

6.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados

338 775 817 251 096 244 87 679 573 34,92%

6,01,03 Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no empresariales

57 936 000 57 936 000 100,00%

6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales. 48 280 000 48 280 000 0 0,00%

6.01.05 Transferencias corrientes a Empresas Públicas no Financieras

120 700 000 -120 700 000 -100,00%

6.02.01 BECAS A FUNCIONARIOS 15 000 000 17 550 000 -2 550 000 -14,53%

6.03.01 PRESTACIONES LEGALES 413 930 162 561 361 665 -147 431 503 -26,26%

6.03.99 OTRAS PRESTACIONES A TERCERAS PERSONAS

105 281 833 105 422 028 -140 194 -0,13%

6.04.04 TRANSFERENCIAS CORRIENTES A OTRAS ENTIDADES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO

9 656 000 -9 656 000 -100,00%

6.06.01 INDEMNIZACIONES 10 000 000 122 266 710 -112 266 710 -91,82%

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1 245 850 000 1 000 000 000 245 850 000 24,59%

7.01.07 FONDOS EN FIDEICOMISO PARA GASTOS DE CAPITAL

1 245 850 000 1 000 000 000 245 850 000 24,59%

9 ASIGNACIONES GLOBALES 1 824 769 430 1 206 471 408 618 298 022 51,25%

9.02.01 SUMAS LIBRES SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

1 824 769 430 1 206 471 408 618 298 022 51,25%

TOTALES GENERALES: 38 661 630 440 37 127 637 716 1 533 992 724 4,13%

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147

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

SUB PARTIDA

NOMBRE DE SUBPARTIDA PRESUPUESTO

AÑO 2017 PRESUPUESTO

AÑO 2016 DIFERENCIA %

JUSTIFICACION DE LAS SUB PARTIDAS QUE SUPERAN EL 50% DE

AUMENTO PARA EL AÑO 2017 *Ver nota al pie del

cuadro"

Nota: El Presupuesto 2017 del SINAC, se formula bajo una condición muy diferente a años anteriores, en que con los ingresos generados por la Institución, se tenía que cubrir la planilla del Fondo de Parques Nacionales más los gastos operativos de la Institución, siendo que solo esta planilla se llevaba 53% del ingreso generado. Para el año 2016 se autorizó por medio de la transferencia de Gobierno Central el aporte de ¢1,510 millones para trasladar el financiamiento de 130 puestos del Fondo de Parques al Fondo SINAC, rubro que se libera del Fondo de Parques Nacionales para ser utilizado las múltiples necesidades que se estaban desatendiendo en las ASP, dadas las limitaciones presupuestarias. Por eso muchas de las sub partidas, más que todo en mantenimiento de infraestructura y materiales para reparaciones de ésta, se ven incrementadas. Y en general se cuenta con una solvencia para distribuir recursos a las Áreas de Conservación para adquisición de bienes, servicios, y solventar las necesidades básicas de las ASP y oficinas para dar un servicio apropiado, aspectos que en años anteriores estuvieron muy limitados.

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148

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

7- Detalle de Transferencias

Fuente de Financiamiento

Sub partida

Nombre a quien se hace la

Transferencia Millones ¢ Fundamento Legal Aplicación Finalidad

Fondo de Vida Silvestre

6,01,02 CONAGEBIO 44,81 Ley No. 9022, reforma Ley 7317 Ley de Conservación de Vida Silvestre "Art. 11

Distribución de recursos (75% SINAC y 25% CONAGEBIO)

Para atender obligaciones derivadas del ejercicio de las competencia legales de la CONAGEBIO

Fondo Forestal 6.01.02 FONAFIFO 193,12 Ley Forestal No. 7575, art 43

40% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Para el cumplimiento de las funciones establecidas en el art. 46 de la Ley Forestal No. 7575

Fondos que tengan superávit

6.01.02 Comisión Nacional de Emergencia

100,84

Artículo No.46 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo No. 8488.

3% del superávit libre

Para cumplir con lo estipulado en la Ley de emergencias y Prevención del Riesgo.

Fondo Forestal 6.01.04 Municipalidades 48,28 Ley Forestal No. 7575, art 43 / Ley 7174

10% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Financiamiento de proyectos forestales

Fondo Forestal 6.01.05 Contraloría Ambiental

24,14 Ley Forestal No. 7575, art 43

5% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Velar por la aplicación de la Ley 7575

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149

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Fuente de Financiamiento

Sub partida

Nombre a quien se hace la

Transferencia Millones ¢ Fundamento Legal Aplicación Finalidad

Fondo Forestal 6.01.05 Oficina Nacional Forestal

48,28 Ley Forestal No. 7575, art 43

10% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Para el cumplimiento de las funciones establecidas en el art. 10 de la Ley Forestal No. 7575

Fondo Forestal 6.01.05 Consejos Regionales Ambientales

48,28 Ley Forestal No. 7575, art 43 / Ley 7176

10% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Para cumplir con lo establecido en el art. 12 de la Ley Forestal 7575

Fondo Forestal 6.04.04 Colegio de Ingenieros Agrónomos

9,66 Ley Forestal No. 7575, art 43

2% del ingreso por concepto de Impuesto Forestal

Fiscalización de los regentes forestales

Fondo de Parques Nacionales

7.01.07

Fideicomiso para pago de tierras Parque Nacional Mal. Antonio

1.245,85 Ley No. 8133, 19 de set 2001.

50% de los ingresos que recibe el Parque Nal Manuel Antonio se transfiere al Fideicomiso entre el MINAE y el Banco de Costa Rica

Pago de Tierras en el Parque Nacional Manuel Antonio

TOTAL 1.763,26

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150

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

8- Justificación

Presupuesto “Remuneraciones, póliza de riesgos del trabajo, cargas sociales,

prestaciones legales y otras prestaciones

Partida / Sub

partida Detalle

PROYECCION FONDO SINAC

2017 1,060 puestos

PROYECCION FONDO

PARQUES 2017

112 puestos

FONDO DE PARQUES

PROYECTO BID TURISMO (4 PUESTOS 5

DIAS DE ENERO 2017)

FONDO SINAC

Puestos Isla Coco

(2 Operadores

Radar)

FONDO SINAC

2 PLAZAS AUDITORIA

TOTAL FONDO SINAC

¢

TOTAL FONDO DE PARQUES

¢

TOTALGENERAL ¢

0 REMUNERACIONES 17.341.068.286 2.411.825.231 1.098.300

26.310.266

41.783.232

17.409.161.784 2.412.923.531

19.822.085.315

0.01.01 SUELDOS PARA CARGOS FIJOS

6.102.330.492 884.706.307 10.219.460

16.329.724

6.128.879.676 884.706.307

7.013.585.983

0.01.03 SERVICIOS ESPECIALES

423.099

- 423.099

423.099

0.02.01 TIEMPO EXTRAORDINARIO

9.024.219 9.024.219 - 9.024.219

0.02.03 DISPONIBILIDAD LABORAL

- - -

0.03.01 RESTRICCIÓN POR AÑOS SERVIDOS

2.389.241.861 229.947.044 55.400

972.394

1.584.040

2.391.798.295 230.002.444

2.621.800.739

0.03.02 RESTRICCIÓN AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESIÓN

1.496.821.990 362.525.222 232.704

- 10.614.322

1.507.436.312 362.757.926

1.870.194.238

0.03.03 DECIMOTERCER MES

1.114.783.532 155.686.499 68.794

1.880.318

2.726.416

1.119.390.266 155.755.293

1.275.145.559

0.03.04 SALARIO ESCOLAR 1.017.648.336 142.120.956 62.799

1.716.480

2.488.854

1.021.853.670 142.183.755

1.164.037.425

0.03.99 OTROS INCENTIVOS SALARIALES

2.367.688.783 249.686.019 51.852

7.158.284

1.713.150

2.376.560.217 249.737.871

2.626.298.088

0.04.01

CONTRIBUCIÓN PATRONAL CCSS ENFERMEDAD Y MATERNIDAD

1.237.904.896 172.881.159 76.391

2.087.988

3.027.534

1.243.020.418 172.957.550

1.415.977.968

0.04.05 CONTRIBUCIÓN PATRONAL BANCO POPULAR Y

66.913.785 9.344.930 4.128

112.864

163.650 67.190.299 9.349.058

76.539.357

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151

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida / Sub

partida Detalle

PROYECCION FONDO SINAC

2017 1,060 puestos

PROYECCION FONDO

PARQUES 2017

112 puestos

FONDO DE PARQUES

PROYECTO BID TURISMO (4 PUESTOS 5

DIAS DE ENERO 2017)

FONDO SINAC

Puestos Isla Coco

(2 Operadores

Radar)

FONDO SINAC

2 PLAZAS AUDITORIA

TOTAL FONDO SINAC

¢

TOTAL FONDO DE PARQUES

¢

TOTALGENERAL ¢

DESARROLLO C.

0.05.01

CONTRIBUCIÓN PATRONAL AL SEGURO DE PENSIONES CCSS

679.843.997 94.944.463 41.953

1.146.700

1.662.688

682.653.385 94.986.416

777.639.801

0.05.02

APORTE PATRONAL AL RÉGIMEN OBLIGATORIO de Pensiones Complementarias

200.741.342 28.034.785 12.387

338.592

490.952 201.570.886 28.047.172

229.618.058

0.05.03

APORTE PATRONAL FONDO DE CAPITALIZACIÓN LABORAL

401.480.996 56.069.567 24.775

677.186

981.902 403.140.084 56.094.342

459.234.426

0.05.05 Contribución Patronal a fondos administrados por entes

256.644.057 25.878.280 44.018

- 256.644.057 25.922.298

282.566.355

1.06

SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES

112.602.326 19.481.504 57.981

347.884

347.884 113.298.094 19.539.485

132.837.579

1.06.01 SEGUROS 112.602.326 19.481.504 57.981

347.884

347.884 113.298.094 19.539.485

132.837.579

6.03 PRESTACIONES 485.843.948 32.980.214 29.833

179.000

179.000 486.201.948 33.010.047

519.211.995

6.03.01 PRESTACIONES LEGALES

390.973.948 22.956.214 - - 390.973.948 22.956.214

413.930.162

6.03.99

OTRAS PRESTACIONES A TERCERAS PERSONAS

94.870.000 10.024.000 29.833

179.000

179.000 95.228.000 10.053.833

105.281.833

TOTALES 17.939.514.560 2.464.286.949 1.186.114 26.837.150 42.310.116 18.008.661.826 2.465.473.063 20.474.134.889

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

FUNDAMENTO LEGAL DE PAGO DE COMPONENTES SALARIALES

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Y CARGAS SOCIALES AÑO 2017

0.03.01 Aumentos Anuales

Se contempla ¢2.619.188.905,00, por concepto de aumentos anuales, de conformidad con la

Ley de Salarios de la Administración Pública No. 6835 del 22-12-82 y según lo dispuesto en la

Resolución No. 2008-015460 de las 15 horas y seis minutos del 15 de octubre del 2008 de la

Sala constitucional (Expediente 07-008650-0007-CO) que establece el rompimiento en el tope

de anualidades.

0.03.02 Restricción al ejercicio de la profesión (Dedicación Exclusiva y

Prohibición)

Un monto total de ¢1.859.347.212,00, distribuido entre las siguientes componentes:

Dedicación Exclusiva

De conformidad con Resolución de la Dirección General de Servicio Civil DG-254-2009.

Prohibición

Con fundamento en Ley 5867 y sus modificaciones.

Decreto Ejecutivo 22614-H del 2-11-1993, Ley Orgánica del Poder Judicial artículo. 244

(profesionales en Derecho).

Prohibición en Informática

Con fundamento en Ley 5867 y sus modificaciones.

0.03.99 Otros incentivos salariales (Desarraigo, Zonaje, Regionalización, Ciencias

Médicas Y Carrera Profesional)

Se contempla para cubrir estos incentivos un monto total de ¢2.617.374.802,00

Desarraigo

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189

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

De conformidad con Decreto Ejecutivo No 34885-MINAET del 21 de noviembre del 2008 Y

Decreto Ejecutivo Nº 35623-MINAET (La Gaceta Nº 241 del 11 de diciembre 2009)

Zonaje

Decreto Ejecutivo No 90-SC del 13 de 12-65 del 2009

Decreto Ejecutivo No. Nº 35622-MINAET (La Gaceta Nº 241 del 11 de diciembre 2009)

Adhesión al Voto de Sala Constitucional No. 14658-2008

Regionalización

Decreto Ejecutivo No 21894-MIRENEM del 12-03-93

Decreto Ejecutivo No. Nº 35622-MINAET (La Gaceta Nº 241 del 11 de diciembre 2009)

Carrera Profesional

En aplicación de la Ley No 6010 del 09-12-76, el Decreto Ejecutivo No 4949-P del 26-06-75

y la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil DG-064-2008

Ciencias Médicas

Ley Nº 6836, Ley de Incentivos para los Profesionales en Ciencias Médicas

Decreto N° 26944-MTSS-S. Resolución DG-106-2008, con fecha 08 de abril del 2008; de la

Dirección General de Servicio Civil

0.03.04 Salario Escolar

Se contemplan ¢1.159.769.292,00 para el pago de este componente de conformidad con el

Decreto Ejecutivo 23907-H (21/12/1994).

0.03.03 Décimo Tercer mes

Se proyecta el monto de ¢1.270.470.031,00, para cubrir los costos de este componente para

el 2014, fundamentados en la Ley No.1835 y Ley 1981 (9/11/1955)

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190

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

0.04.01 Contribución patronal al Seguro de Salud de la CCSS enfermedad y

maternidad (9.25%), Monto previsto ¢1.410.786.055,00

0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal (0,5%)

Monto ¢76.258.715,00

0.05.01 Contribución Patronal al seguro de pensiones de la CCSS ( IVM ) (5.08%)

Monto de ¢774.788.460,00.

0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias

(1,5%), Monto Total ¢228.776.127,00

0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral (3%), Monto Total

¢457.550.563,00

0.05.05 Contribución Patronal a fondos administrados por entes 0.05.03, un monto de

¢282.522.337,00

0.01.01 Salario Base y otros asociados

Se prevé un costo anual de ¢6.987.036.799,00, monto que contempla los siguientes rubros:

Costo de Vida

Según la Directrices Técnicas y Metodológicas del Ministerio de Hacienda, para la formulación

del presupuesto 2017, el cálculo de la previsión para incrementos por costo de vida se obtiene

atendiendo el punto B-1 de la Directriz mencionada y que indica un costo de vida de Para el

cálculo de la previsión para incrementos por costo de vida se aplicará el factor 1,941% que

incluye una previsión por el aumento por costo de vida del II semestre del 2016 y del año

2017.

Reasignaciones

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191

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Mediante Oficio DM-072-16 del 23/02/2016 la Licda. Olga Marta Sanchez Oviedo, Ministra del

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica avala la propuesta de

reorganización administrativa parcial del SINAC, específicamente para la Dirección Ejecutiva.

Con fecha 30 de mayo del 2016 y mediante la Minuta No. 06-2016 de reunión extraordinaria

de los Directores de Áreas de Conservación, se ratifica la estructura organizacional avalada

por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación en la sesión ordinaria No. 3 del

16/06/2008 la cual fue revisada y ratificada en la sesión extraordinaria No. 7 del 22/09/2008 y

ajustada en sesión ordinaria No. 05 del 20/10/2008, estructura que fue aprobada mediante

estudio de Reorganización y transformación, Decreto Ejecutivo No- 33713-MP-PLAN-MTSS .

Se prevén costos por concepto de reasignación de puestos producto del quehacer diario

institucional y el establecimiento de la estructura señalada anteriormente, que implicaría

ajustes en las clasificaciones de los puestos actuales, el monto asciende a ¢610.686.976,00.

Subsidio por Maternidad

Se establece un monto de ¢26.627.040,00 para atender las licencias por maternidad para las

funcionarias del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, que corresponda cancelar este

tipo de licencias.

0.02.01 Tiempo Extraordinario.

Dada la naturaleza de las actividades de la Institución, la distribución territorial de sus Oficinas

y las necesidades de desplazamiento para atender labores que en algunos casos se

presentan en tiempo extraordinario, se contempla este rubro para reconocimiento de jornadas

adicionales a los choferes responsables del traslado de funcionarios, especialmente de los

Directores de Áreas de Conservación, así como labores de vigilancias temporales en el

edificio de la Secretaría Ejecutiva y cualquier otra eventualidad (atención de emergencias en

las que la institución deba involucrarse) y otras situaciones en las que no pueda prestarse el

servicio en horario oficial establecido y que deben someterse al pago de tiempo

extraordinario, previamente justificado por la instancia respectiva, se contemplan un monto de

¢9.024.219,00 .

6.03.01 Prestaciones Legales

Según las solicitudes escritas recibidas por los funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de

Conservación; que prevén acogerse a los regímenes de pensión existentes, se contempla un

monto de ¢413.930.162,00

6.03.99 Otras Prestaciones a terceros

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192

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Se asigna un monto de ¢106.594.500,00 para cubrir el pago de subsidios por incapacidades

otorgadas por la Caja Costarricense de Seguro Social a los funcionarios en el 2017,

proyección efectuada según comportamiento de incapacidades registradas durante lo que va

del año 2015-2016.

6.06.01 Indemnizaciones

Se asigna un monto de ¢70.000.000,00 para cubrir el pago de indemnizaciones producto de

reclamos administrativos sujetos a esta condición; procesos judiciales laborales en tránsito,

así como el proceso de implementación de la estructura institucional.-

INGRESO DE PUESTOS Y TRASLADOS HACIA OTRAS DEPENDENCIAS

Los siguientes, son los traslados presupuestarios que serán efectuados en el ejercicio

económico del año 2017:

Puestos trasladados de SINAC al MINAE

Nombre Titular Puesto No. Clase Resolución

Vacante 110015505840. PROFESIONAL BACHILLER

JEFE 3

R-SINAC-SE-GIDRH-001 del

07/01/2016

Vacante 45998505433 TECNICO DE SERVICIO

CIVIL 1

R-SINAC-DE-017-2016 del

01/03/2016

García Solano Ericka F 502426 PROFESIONAL SERVICIO

CIVIL 3

R-SINAC-DE-017-2016 del

01/03/2016

Puestos trasladados al SINAC

Nombre Titular Puesto No. Clase Resolución Proviene

Jaclin J. Rivera Wong 357529 PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3

R-SINAC-SE-

GIDRH001 del

07/01/2016 MINAE

Frank Ramón Cedeño

Obregón 14365 PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-B

DM-029-2016 del

26/02/2016 M. Cultura

Punto 10) STAP-1801-2016 Detalle de las subpartidas de jornales

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193

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El SINAC no presenta egresos en la subpartida de jornales para el año 2017.

Punto 11) STAP-CIRCULAR-1801-2016 Detalle de la Subpartida de servicios

especiales

Área Cantidad Puestos

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-B 11

AREA CONSERVACION AMISTAD CARIBE 1

AREA CONSERVACION ARENAL HUETAR NORTE 2

AREA CONSERVACION ARENAL TEMPISQUE 1

AREA CONSERVACION GUANACASTE 1

AREA CONSERVACION TORTUGUERO 1

AREA DE CONSERVACIÓN PACIFICO CENTRAL 1

AREA DE CONSERVACIÓN CORDILLERA VOLCÁNICA CENTRAL 2

AREA DE CONSERVACIÓN OSA 2

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 5

AREA CONSERVACION ARENAL HUETAR NORTE 1

AREA CONSERVACION TORTUGUERO 1

AREA DE CONSERVACIÓN PACIFICO CENTRAL 1

AREA DE CONSERVACIÓN OSA 1

SECRETARIA EJECUTIVA 1

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 1

SECRETARIA EJECUTIVA 1

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 3

AREA CONSERVACION GUANACASTE 1

AREA CONSERVACION PACIFICO CENTRAL 1

AREA CONSERVACION TORTUGUERO 1

Total general 20

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194

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Partida / Sub partida

FONDO DE PARQUES PROYECTO BID TURISMO

(4 PUESTOS 5 DIAS DE ENERO 2017)

0 1 098 300

0.01.01

0.01.03 423 099

0.02.01

0.02.03

0.03.01 55 400

0.03.02 232 704

0.03.03 68 794

0.03.04 62 799

0.03.99 51 852

0.04.01 76 391

0.04.05 4 128

0.05.01 41 953

0.05.02 12 387

0.05.03 24 775

0.05.05 44 018

1.06 57 981

1.06.01 57 981

6.03 29 833

6.03.01

6.03.99 29 833

TOTALES 1 186 114

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195

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Punto 15) STAP-1801-2016 Desglose de Pluses Salariales por Subpartida

Se adjunta en formato Excel.

Punto 16) STAP-1801-2016 Relación de Puestos, desglose por número de puesto,

clasificación, salario base y pluses salariales

Se adjunta en formato Excel.

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196

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Punto 17) STAP-1801-2016 Resumen de la Relación de Puestos 2017

Clase

CANTIDAD DE

PUESTOS Salario Base Mensual

Salario Base

Propuesto

Numero

Meses Total Anual

ADMINISTRADOR 3 1 317 900,00 317 961,70 12 4 339 055,42

AUDITOR 1 1 150 600,00 1 150 823,33 12 15 705 418,61

COCINERO 1 286 150,00 286 205,54 12 3 905 880,01

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 1 8 276 550,00 276 603,68 12 30 198 738,16

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 2 9 285 200,00 285 255,36 12 35 036 214,57

DIRECT.SIST.NAC.DE AREAS DE CO 1 1 569 400,00 1 569 704,62 12 21 421 939,82

MEDICO VETERINARIO 1 V-1 2 867 319,00 867 487,35 12 23 677 399,55

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 1 38 255 700,00 255 749,63 12 132 629 298,14

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 2 63 270 800,00 270 852,56 12 232 870 435,95

OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 1 121 276 550,00 276 603,68 12 456 755 914,65

OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 2 44 297 850,00 297 907,81 12 178 885 618,82

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 1 17 282 050,00 282 104,75 12 65 448 571,53

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 2 39 307 500,00 307 559,69 12 163 694 796,32

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 1 23 531 050,00 531 153,08 12 166 720 266,54

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 2 1 555 350,00 555 457,79 12 7 580 396,51

PROFESIONAL INFORMATICA 1-A 1 499 250,00 499 346,90 12 6 814 644,74

PROFESIONAL INFORMATICA 1-B 4 555 350,00 555 457,79 12 30 321 586,04

PROFESIONAL INFORMATICA 1-C 3 558 050,00 558 158,32 12 22 851 752,62

PROFESIONAL JEFE INFORMATICA 1-B 1 799 350,00 799 505,15 12 10 910 938,96

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 1 31 799 350,00 799 505,15 12 338 239 107,65

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 2 4 850 200,00 850 365,02 12 46 420 117,85

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 3 13 928 800,00 928 980,28 12 164 812 712,00

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-A 151 499 250,00 499 346,90 12 1 029 011 355,95

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-B 60 555 350,00 555 457,79 12 454 823 790,54

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 122 667 450,00 667 579,55 12 1 111 485 278,28

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 41 726 100,00 726 240,94 12 406 354 843,10

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 1 38 320 350,00 320 412,18 12 166 162 673,67

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 2 2 332 650,00 332 714,57 12 9 081 188,07

SUBAUDITOR 1 1 150 600,00 1 150 823,33 12 15 705 418,61

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 153 320 350,00 320 412,18 12 669 023 396,62

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 21 350 350,00 350 418,00 12 100 426 092,11

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 148 409 750,00 409 829,53 12 827 762 646,07

TECNICO EN INFORMATICA 2 2 339 800,00 339 865,96 12 9 276 379,70

TECNICO EN INFORMATICA MINAE 2 307 500,00 307 559,69 12 8 394 604,94

TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 1 2 273 750,00 273 803,13 12 7 473 245,86

TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 2 3 312 950,00 313 010,74 12 12 815 081,05

1172 19 086 519,00 19 090 223,69 432,00 6 987 036 799,00

Total Salario Base 6 987 036 799,00

Otros Incentivos Salariales 8 287 320 601,00

Retribucion por años de servicio 2 619 188 905,00

Restriccion al ejercicio laboral de la profesion 1 859 347 212,00

Total Partida O AÑO 2017 19 752 893 517,00

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197

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Punto 17) STAP-1801-2016 Comparativo relación puesto 2016-2017

Clases de Puesto 2017 Cantidad puestos

2017

Clases de Puesto 2016 Cantidad

puestos 2016

ADMINISTRADOR 3 1

ADMINISTRADOR 3 1

AUDITOR 1

AUDITOR 1

COCINERO 1

COCINERO 1

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 1 8

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 1 8

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 2 9

CONDUCTOR DE SERVICIO CIVIL 2 8

DIRECT.SIST.NAC.DE AREAS DE CO 1

DIRECT.SIST.NAC.DE AREAS DE CO 1

MEDICO VETERINARIO 1 V-1 2

MEDICO VETERINARIO 1 V-1 1

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 1 38

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 1 39

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 2 63

MISCELANEO DE SERVICIO CIVIL 2 63 OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 1 121

OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 1 124

OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 2 44

OFICIAL DE SEGURIDAD DE SERVICIO CIVIL 2 44

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 1 17

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 1 17

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 2 39

OFICINISTA DEL SERVICIO CIVIL 2 41

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 1 23

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 1 24

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 2 1

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 2 1

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 3 0

PROFESIONAL BACHILLER JEFE 3 1

PROFESIONAL INFORMATICA 1-A 1

PROFESIONAL INFORMATICA 1-A 2

PROFESIONAL INFORMATICA 1-B 4

PROFESIONAL INFORMATICA 1-B 3

PROFESIONAL INFORMATICA 1-C 3

PROFESIONAL INFORMATICA 1-C 3

PROFESIONAL JEFE INFORMATICA 1-B 1

PROFESIONAL JEFE INFORMATICA 1-B 1

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 1 31

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 1 31

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 2 4

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 2 4

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 3 13

PROFESIONAL JEFE SERVICIO CIVIL 3 13

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-A 151

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-A 147

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-B 60

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1-B 58

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 122

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 126

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 41

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 43

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 1 38

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 1 40

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 2 2

SECRETARIO DE SERVICIO CIVIL 2 2

SUBAUDITOR 1

SUBAUDITOR

1

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 153

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 163

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 21

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 21

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 148

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3

150

TECNICO EN INFORMATICA 2 2

TECNICO EN INFORMATICA 2 2

TECNICO EN INFORMATICA MINAE 2

TECNICO EN INFORMATICA MINAE 2 TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 1 2

TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 1 2

TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 2 3

TRABAJADOR CALIFICADO DE SERVICIO CIVIL 2 3

1172

1192

Page 198: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

198

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Debe indicarse además, las siguientes variaciones dentro de la relación de puestos del 2017: 1. Según lo establece el oficio STAP-1380-2016 del 28/06/2016, se excluyeron de la relación de puestos del 2017, 15 puestos financiados por el Proyecto BID Turismo. Únicamente se presupuestan 4 puestos del periodo 01/01/2017 al 05/01/2017, pero no se visualizan en el cuadro anterior (3 Profesionales de Servicio Civil 1-B y 1 Profesional Servicio Civil 3). 2. La institución realiza gestiones ante la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda para la creación de 20 puestos para cargos fijos para el año 2017, que realizarían funciones de Turismo en Áreas Silvestres Protegidas (no están en el cuadro anterior). 3. Se realizan gestiones para la creación de dos puestos de Profesional de Servicio Civil 2 para la Auditoría Interna y dos puestos de Técnico de Servicio Civil 1 para el Parque Marino Isla del Coco, que tampoco se incluyen en cuadro anterior. No están en cuadro anterior tres puestos trasladados del Sistema Nacional de Áreas de Conservación al MINAE (información adjunta). Se encuentran en el cuadro anterior dos puestos provenientes del Ministerio de Ambiente y Energía y uno del Ministerio de Cultura y Juventud (información adjunta). Las modificaciones en las clases de puestos para el 2017 corresponden a procesos de reasignaciones efectuados por el Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos y que fueron o serán informados a la Secretaria Técnica de Autoridad Presupuestaria, dentro de los informes de Nivel de Empleo Semestrales, procesos que son parte de las reasignaciones programadas y presupuestadas para el año 2016 que se encuentra en ejecución.

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199

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Punto 18) STAP-1801-2016 Relación de Puestos 2017 por Grupo Ocupacional

Clase ADMINISTRATIVO EJECUTIVO PROFESIONAL SUPERIOR TECNICO SERVICIOS Total

general

AREA CONSERV. AMISTAD CARIBE 3 6 20

18 10 57

AREA CONSERV. AMISTAD PACIFICO 6 2 24

26 13 71

AREA CONSERV. ARENAL HUETAR NORTE 5 7 20

28 9 69

AREA CONSERV. ARENAL TEMPISQUE 3 3 20

26 24 76

AREA CONSERV. CORD. VOLC. CENTRAL 18 16 56

74 26 190

AREA CONSERV. GUANACASTE 7 1 31

10 47 96

AREA CONSERV. MARINA ISLA DEL COCO 3 1 6

5 17 32

AREA CONSERV. OSA 11 4 32

28 83 158

AREA CONSERV. PACIFICO CENTRAL 15 7 35

48 13 118

AREA CONSERV. TEMPISQUE 7 9 35

26 22 99

AREA CONSERV. TORTUGUERO 4 2 21

20 17 64

AUDITORIA INTERNA

2

2

SECRETARIA EJECUTIVA 17 15 84 1 15 8 140

Total general 99 73 384 3 324 289 1172

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200

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

9- Detalle de Contratos Marco 2017

1.01.01 1.01.02 1.01.04 1.02.04 1.03.03 1.03.04 1.04.06

ACAHN ₡61 023 759,39 ACAT ₡3 000 000,00 ₡89 754 160,72

ACCVC ₡6 500 000,00 ₡194 100 000,00 ACG

ACLAC ₡54 082 239,00 ACLAP ₡95 900 000,00 ACMIC ₡500 000,00 ₡4 200 000,00

ACOPAC ₡59 550 000,00 ACOSA ₡600 000,00 ₡600 000,00 ₡77 200 000,00

ACT ₡61 104 960,00 ACTO ₡59 000 000,00

Reservas ₡4 650 000,00 ₡50 000 000,00 ₡24 200 000,00 SE ₡210 196 211,49

Sistema

Total general ₡5 250 000,00 ₡50 000 000,00 ₡600 000,00 ₡6 500 000,00 ₡24 700 000,00 ₡3 000 000,00 ₡966 111 330,60

Page 201: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

201

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

1.04.99 1.08.01 1.08.04 1.08.05 1.08.06 1.08.07 1.08.08

ACAHN ₡28 457 380,00 ₡2 000 000,00 ₡40 500 000,00 ₡6 000 000,00

ACAT ₡10 852 799,94 ₡14 480 000,00

ACCVC ₡54 800 000,00 ₡1 000 000,00 ₡1 500 000,00 ₡8 000 000,00

ACG ₡49 000 000,00

ACLAC ₡2 009 700,00 ₡16 170 000,00 ₡5 629 470,00

ACLAP ₡31 500 000,00 ₡5 000 000,00

ACMIC ₡25 000 000,00 ₡300 000,00 ₡1 000 000,00 ₡3 000 000,00

ACOPAC ₡26 000 000,00 ₡4 470 000,00 ₡6 000 000,00

ACOSA ₡41 150 000,00 ₡6 335 000,00 ₡6 000 000,00

ACT ₡31 500 000,00 ₡4 000 000,00

ACTO ₡6 800 000,00 ₡47 640 000,00 ₡2 400 000,00 ₡2 650 000,00

Reservas

SE ₡250 000,00 ₡21 969 120,00 ₡5 213 040,00 ₡20 000 000,00

Sistema ₡59 000 000,00

Total general ₡30 717 080,00 ₡6 800 000,00 ₡2 000 000,00 ₡385 229 120,00 ₡7 635 000,00 ₡29 435 839,94 ₡135 759 470,00

Page 202: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

202

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

2.01.01 2.01.03 2.02.03 2.99.03 2.99.04 Total Suma de 2017

Asignado

ACAHN ₡450 000,00 ₡2 300 000,00 ₡140 731 139,39

ACAT ₡2 500 000,00 ₡2 975 110,00 ₡123 562 070,66

ACCVC ₡900 000,00 ₡266 800 000,00

ACG ₡2 000 000,00 ₡1 175 000,00 ₡52 175 000,00

ACLAC ₡1 500 000,00 ₡2 625 000,00 ₡82 016 409,00

ACLAP ₡1 300 000,00 ₡133 700 000,00

ACMIC ₡1 400 000,00 ₡23 625 000,00 ₡59 025 000,00

ACOPAC ₡1 500 000,00 ₡97 520 000,00

ACOSA ₡4 000 000,00 ₡8 400 000,00 ₡144 285 000,00

ACT ₡96 604 960,00

ACTO ₡800 000,00 ₡2 500 000,00 ₡121 790 000,00

Reservas ₡100 000 000,00 ₡178 850 000,00

SE ₡320 000,00 ₡257 948 371,49

Sistema ₡59 000 000,00

Total general ₡16 350 000,00 ₡23 625 000,00 ₡19 975 110,00 ₡320 000,00 ₡100 000 000,00 ₡1 814 007 950,54

Page 203: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

203

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

C

10- Monto asignado para información y publicidad.

El SINAC presupuesta recursos solamente para medios escritos, que en su mayor parte es para publicación de decretos, por lo que no es posible pautar con el SINART.

1.03.01

Información (publicación

de información oficial)

¢15.750.000.oo

Cancelación de publicaciones de decretos ejecutivos, licitaciones o trámites de contratación, en el Diario Oficial La Gaceta.

1.03.02

Publicidad y Propaganda

(avisos y patrocinios)

¢

6.000.000

Material Informativo de las Áreas Silvestres Protegidas

Page 204: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

204

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

11- Plan Presupuesto Institucional 2017

Plan Presupuesto Institucional 2017

Iniciativas prioritarias a ejecutar en el año 2017

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

DPCG PPI-10

Ejes estratégicos 3 (Estratégico 3: Se acompaña y promueve la participación de la sociedad civil) y 4 (Se han promovido y facilitado técnicas apropiadas a través de la producción de medios) de la Estrategia de Fomento y Seguimiento, referente a acciones al PSA al Plan Nacional de Desarrollo Forestal. El fin sería desarrollar la estrategia de educación ambiental para promover el desarrollo de acciones dirigidas a la sensibilización de las comunidades y el contenido de proyectos destinados a la conservación de recursos forestales, hídricos y de vida silvestre. Asimismo, vinculado a las competencias de la AFE, establecidas en la Ley Forestal N° 7575, artículo 6, inciso j) Promover la sistematización de la información forestal y la divulgación, educación y capacitación forestales) y el l) (Desarrollar y ejecutar programas de divulgación que contribuyan al desarrollo sostenible de los recursos forestales, en coordinación con los organismos competentes)

Elaborar la estrategia de

educación ambiental para la conservación del

bosque y la biodiversidad y su

mecanismo de evaluación.

Facilitador, Talleres,

Entrevistas

₡10 000 000

Page 205: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

205

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

DPCG PPI-14

Eje estratégico 2 y 5 de la Estrategia de Fomento y Seguimiento al PSA al Plan Nacional de Desarrollo Forestal. El objetivo es la sistematización de las experiencias de gestión de los recursos forestales, hídricos y vida silvestre en las AC para potenciar las lecciones aprendidas y desarrollar nuevas herramientas y mecanismos para incentivar la gestión participativa. Asimismo, vinculado a las competencias de la AFE, establecida en la Ley Forestal N° 7575, artículo 6, inciso l) (Desarrollar y ejecutar programas de divulgación que contribuyan al desarrollo sostenible de los recursos forestales, en coordinación con los organismos competentes)

Sistematizar los procesos de

concertación y validación por sitio

priorizado

Viáticos, Reunión de enlaces,

combustible

₡5 000 000

DPCG PPI-11

Eje estratégico 3 de la Estrategia de Fomento y Seguimiento al PSA al Plan Nacional de Desarrollo Forestal. Fomentar el desarrollo de mecanismos de asociación que propicien una efectiva gestión de los recursos forestales como medio alternativo de generación de beneficios para las comunidades.

Desarrollar programa de

generación de capacidades

comunales para incentivar acciones que propicien una efectiva gestión de

los recursos forestales y

recurso hídrico.

Facilitador, Talleres,

Entrevistas, Capacitación

₡8 500 000

CUSBSE PPI-16-E14

A partir de los datos del INF se debe diseñar el modelo de monitoreo continuo, para generar información detallada del estado de los ecosistemas y tierras forestales para la toma de decisiones en temas de adaptación y mitigación ante el cambio climático, REDD entre otros permitiendo, entre otras cosas, mantener actualizado los estándares de manejo de bosque.

Generar información detallada del estado de los ecosistemas y

tierras forestales para la toma de

decisiones

El IFN es herramienta para

el monitoreo forestal continuo de los bosques, para la toma de decisiones en el

ordenamiento de

₡15 000 000

Page 206: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

206

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

las tierras forestales del país

CUSBSE PPI-17-E6

Incorporado dentro de la Estrategia de Fomento y Seguimiento al Programa de PSA. De acuerdo a lo establecido en el eje temático 1, referente a diseñar e implementar el Sistema de Información de Seguimiento de Proyectos de PSA. Además la Ley Forestal N° 7575, establece en el artículo 23 y 29, así como en los artículos 49 y 100 de llevar los Registros de Proyectos Forestales (incentivos fiscales) y el Registro de Régimen Forestal Voluntario. Para garantizar la seguridad y custodia de estos registros se requieren que estos sean automatizados. En la resolución 613-SINAC publicada en La Gaceta N° 154 del 12 de agosto de 1997, establecía que estos registros se lleven computarizados.

Desarrollar el registro de proyectos

forestales en línea (Artículos 23 , 29,

36 y 70 Ley Forestal, artículo

49 de Reglamento LF)

Contratación para el desarrollo de un

sistema informático

₡15 000 000

CUSBSE PPI-17-E5

Equipo de cómputo requerido para el Seguimiento a las acciones relacionadas a la Estrategia de Fomento y Seguimiento al Programa de PSA, y en especial para el manejo de los diferentes sistemas de información que lleva CUSBSE. Mejoramiento de capacidades institucionales, establecido en el eje estratégico 6 de la Estrategia de Fomento y Seguimiento al PSA.

Equipo de cómputo de apoyo al sistema de proyectos

forestales y otros asociados a la Estrategia de

Fomento y Seguimiento al

Programa de Pago por Servicios Ambientales

Equipo de cómputo

₡1 500 000

Page 207: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

207

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

CUSBSE PPI-17-E7

Diseñar, validar e implementar el sistema de información integrado para la evaluación y monitoreo del programa de pago por servicios ambientales

Diseñar, validar e implementar el

sistema de información

integrado para la evaluación y

monitoreo del programa de pago

por servicios ambientales

Desarrollo del módulo SINAC

asociado al sistema

informático SIAP del FONAFIFO

₡10 000 000

CUSBSE PPI-17-E14

Diseño del Manual de Extensión Forestal y la formación de extensionistas forestales

Diseñar e implementar una

estrategia de extensión, uso de

productos no maderables y

producción forestal

Desarrollo del protocolo de coordinación

conjunta SINAC - FONAFIFO

₡20 000 000

CUSBSE PPI-18-E4 Desarrollar el registro nacional de investigación científica e incorporarlo a la plataforma tecnológica.

Desarrollo de sistemas

₡15 000 000

DPCG PGI-06

Definir una estrategia de gestión y comunicación de las alianzas estratégicas para organizaciones gestoras del recurso hídrico (ASADAS, comisiones de cuencas, acueductos municipales, entre otros que fortalezcan la gestión integrada del recurso hídrico en zonas aledañas a ASP prioritarias en la captación hídrica (implica desarrollar capacidades en los actores para promover alianzas estratégicas

Definir una estrategia de

gestión y comunicación de

las alianzas estratégicas como

instrumento de inversión para el

desarrollo de proyectos (cartera de proyectos) socio

Facilitador, Talleres,

Entrevistas, Capacitación

₡16 000 000

Page 208: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

208

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

ambientales para la gestión integral y

participativa del recurso hídrico

DPCG y DPPC

PGI-04

El propósito es crear en SINAC un Programa de Capacitación principalmente para los COVIRENAS en el país destinadas a la conservación, restauración, protección y uso sustentable de los recursos hídricos en Cuencas Hidrográficas, ASP (especialmente aquellas que fueron creadas con el objetivo de proteger el recurso hídrico) , Humedales y Corredores Biológicos

Crear un programa de capacitación de COVIRENA para la

protección del recurso hídrico.

Facilitador, Talleres,

Capacitación

₡10 000 000

CUSBSE PPI-18E5

Desarrollar, coordinar y ejecutar un programa de formación continua para los funcionarios del SINAC sobre cuencas hidrográficas y recursos hídricos dentro y fuera de ASP, sobre temas como biodiversidad, monitoreo ecológico, amenazas y vulnerabilidad de acuíferos y manantiales, metodologías participativas en investigación, aforos de manantiales, estadística, servicio al cliente, trabajo en equipo, sensibilización de las autoridades ante la investigación, recarga acuífera entre otros.

Actividades de capacitación

₡23 000 000

CUSBSE PPI-18-E8

Queremos que los funcionarios de ASP tengan los recursos y el equipo para realizar monitoreo de nacientes, caudales, zonas de captación, calidad de agua dentro de ASP, ubicación de nacientes y tener los conocimientos para generar programas de investigación en temas de recurso hídrico dentro de las ASP.

Ejecutar la Estrategia de

Investigación en las ASP que fueron creadas con el

objeto de proteger recursos hídricos y

en ecosistemas hídricos de

Plan de Compra de equipo

₡29 000 000

Page 209: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

209

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

importancia nacional o

internacional

CUSBSE

Campaña de atención, gestión y divulgación del abordaje situacional del tema cocodrilos y caimanes, y su relación con el ser humano especialmente en zonas costeras.

Talleres y giras de campo

₡30 000 000

IRT PPI-20-E6

Realizar giras para continuar con el proceso de levantamiento del Patrimonio Natural del Estado en la finca de JAPDEVA

Realizar traspaso de Terrenos de

PNE pertenecientes a

JAPDEVA

6 semanas de giras ₡3 220 000

IRT PPI-21-E7

Realizar giras para continuar con el Inventario Nacional de Humedales

Realizar el diagnóstico del status legal de

terrenos dentro de ASP

40 Giras en apoyo a la realización del

Inventario Nacional de

Humedales y al Programa Nacional

de Humedales

₡3 200 000

IRT PPI-04-E7

Desarrollo de un sistema automatizado para el registro, control y seguimiento de las acciones realizadas por el SINAC en temas relacionados con el recurso hídrico. (Incluye el registro y control de todas las acciones de los PP)

Creación de un sistema para la

digitalización de los procesos

relacionados a la delimitación e

incorporación de terrenos al PNE.

Desarrollo de sistema

informático

₡25 000 000

Page 210: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

210

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

IRT PPI-20-E6

Adquisición de una estación total de medición topográfica (o GPS de Precisión Topográfica)

Realizar los procesos de

incorporación al PNE de los

terrenos según corresponda (ASP,

PNE)

Adquisición de equipo

₡12 000 000

Compra de equipo de medición hidrológica Adquisición de

equipo de medición

₡17 500 000

IRT

Cuantificación del aporte de las ASP a la disponibilidad de fuentes de agua potable en regiones aledañas. / Determinar las áreas de recarga en ASP creadas para protección del recurso hídrico

Contratación de una investigación

₡20 000 000

DPPC PPI-09-E1

Acompañamiento en la implementación de los planes de control de las Áreas de Conservación/ASP que contemple los distintos instrumentos de planificación existentes a la fecha.

Diseñar y validar una estrategia de

control y protección para la biodiversidad de

los recursos naturales

Contrato de servicios

profesionales para la facilitación y desarrollo de

talleres para la elaboración de los planes de control

de las ASP no contempladas en

la consultoría FUNDECOR

₡33 000 000

Page 211: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

211

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

DPPC PPI-05- E5

Desarrollo de un sistema informático institucional que solvente las necesidades de registro y seguimiento de quejas y denuncias ciudadanas y a la vez cumpla con los requerimientos de información para SITADA

Diagnosticar las deficiencias

internas en la atención de las

quejas

Contratación de un sistema informático

₡25 000 000

IRT

Plan de manejo de la cuenca del río grande de Tárcoles (Esta contratación se presupuestó en el año 2016, dado que no se logró su ejecución se pasa para el año 2017) Este trabajo se ejecutará como parte de la coordinación de acciones para recuperar las cuencas más degradadas del país y sobre todo aquellas en donde haya una mayor vulnerabilidad de los ecosistemas acuáticos y los recursos hídricos, esta Cuenca sobresale como una de las mayormente degradadas, afectando significativamente los ecosistemas acuáticos y las áreas de recarga acuífera.

₡138 000 000

CUSBSE PPI-16-E9

Elaboración e implementación de un sistema de monitoreo para conocer el estado de las poblaciones vulnerables que incluya las especies CITES; lo anterior para atender disposición de Contraloría General de la República No. DEFOE-AE-IF-09-2014.

Diseñar, validar y oficializar los

protocolos para indicadores de

monitoreo ecológico y biológicos

nacionales y locales (forestal, vida silvestre, AS, marino costeros)

Otros servicios de gestión y apoyo

₡10 000 000

Page 212: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

212

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Instancia Objetivo

del PE 2016-2026

Tipo de Inversión Iniciativa del PE

2016-2026

Descripción del servicio, material

o equipo Monto 2017

CUSBSE PPI-19-E5

El artículo 19 de la ley de Vida Silvestre crea el Registro Nacional de Vida Silvestre, el cual debe ser público y de fácil acceso y deberá compartirse con las instituciones públicas y con cualquier persona que así lo solicite. La función primordial de este Registro será la inscripción y el control de la VS que permanezca en sitios de manejo, además de la que se encuentra en mano de particulares, inclusive los organismos disecados y colecciones particulares o privadas

Automatizar el Registro Nacional de Vida Silvestre

Contratar el desarrollo del sistema para

automatizar el Registro Nacional de Vida Silvestre.

₡10 000 000

TOTAL ₡504 920 000

Page 213: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

213

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

12- Monto para trasladar a la Comisión Nacional de

Emergencias.

En el presupuesto 2017 se incluye recursos proyectados para transferencia a la Comisión

Nacional de Emergencia, por la suma de ¢100.8 millones

Del superávit libre proyectado (excepto lo que corresponde a superávit del Proyecto BID

Turismo) se reserva 3% correspondiente a la Comisión Nacional de Emergencias, según lo

dispuesto en el artículo No.46 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo

No. 8488.

13- Monto incluido para cumplir con la Ley 7600.

En las obras de infraestructura que se incluyen dentro del presupuesto se tomaron las

previsiones para cumplir con las condiciones de accesibilidad para personas con

discapacidad.

14- Detalle del límite de gasto autorizado

Límite de gasto autorizado en STAP -0616-2016 del 27 abril 2016

¢31.431.040.983

Millones de ¢

Total de Presupuesto 2017 ¢38.661.630.440

Límite autorizado

¢31.431.040.983

Solicitud de aumento en límite ¢7.230.589.457

Page 214: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

214

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

15- Certificación de superávit libre y específico

Page 215: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

215

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

16- Certificación CCSS

Page 216: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

216

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

17- Información sobre los presupuestos para la

adquisición de bienes y servicios no personales 2017

Art. 3 Reglamento s/ refrendos de las contrataciones de la administración pública)

Presupuesto 2017

Código Partida Presupuestaria Monto millones

¢ 1 Servicios 7.385.7 2 Materiales y Suministros 1.164.3 5 Bienes Duraderos 6.157.2

Total 14.707.2

Page 217: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

217

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

18- CERTIFICACIÓN DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DEL BLOQUE DE

LEGALIDAD QUE DEBE CUMPLIR EL PRESUPUESTO INICIAL Y SUS

VARIACIONES DE LOS ENTES Y ÓRGANOS SUJETOS A LA APROBACIÓN

PRESUPUESTARIA POR PARTE DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA

REPÚBLICA.

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218

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

ANEXOS “Normativa”

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219

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo 1. Decreto N° 35395-MINAET “Licencias y permisos”

DECRETOS

Nº 35395-MINAET

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

Con fundamento en las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) de los artículos 140 y el 146 de

la Constitución Política, artículos 31, 38, 53, 64 y 127 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Nº

7317 del 30 de octubre de 1992, los artículos 6 y 41 del Reglamento a la Ley de Conservación de la

Vida Silvestre, Decreto Ejecutivo Nº 32633 del 10 de marzo del 2005 y los artículos, 1, 2, 3 de la Ley de

Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de 1998.

Considerando:

1º—Que es facultad del Poder Ejecutivo sancionar las leyes, reglamentarias, ejecutarlas y velar por su

exacto cumplimiento.

2º—Que es competencia del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones promover,

desarrollar y actualizar los instrumentos financieros para lograr la sostenibilidad de los recursos

naturales.

3º—Que para los efectos indicados en el punto anterior, resulta una necesidad y un deber de actualizar

las tarifas de cánones para el otorgamiento de licencias de caza mayor y menor, en todo el país y por

región; licencias de recolecta científica y cultural para nacionales y extranjeros residentes; licencias de

extracción y recolecta de flora silvestre con fines científicos y comerciales; y las licencias de pesca

deportiva continental e insular para nacionales o extranjeros residentes.

4º—Que desde el año 2005 no se actualizan los montos del cobro de cánones por concepto de

licencias y permisos establecidos en los artículos 31, 38, 53 y 64 de la Ley de Conservación de la Vida

Silvestre.

5º—Que los montos contemplados en el Decreto Ejecutivo Nº 32715-MINAE del 7 de marzo del 2005,

se encuentran desactualizados, de conformidad con los montos de inflación para el periodo

comprendido del año 2000 al 2008 suministrados por el Banco Central de Costa Rica, tomando como

referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el Instituto Nacional de Estadísticas y

Censos (INEC).

6º—Que se cuenta con la respectiva certificación del Banco Central, con respecto al índice de inflación

indicado en el considerando anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley de

Conservación de la Vida Silvestre. Por tanto,

Decretan:

“Derogatoria del Decreto Ejecutivo Nº 32715-MINAE del 7 de marzo del 2005 y Actualización del

Cobro de Cánones por Concepto de Licencias y Permisos contemplados en la Ley de

Conservación de la Vida Silvestre Nº 7317”

Artículo 1º—Actualizar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento a la Ley de

Conservación de la Vida Silvestre, los cánones establecidos en los artículos 31, 38, 53 y 64 de la Ley

de Conservación de la Vida Silvestre Nº 7317, para que se lean de la siguiente manera:

Page 220: SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Financiero 2014...10 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Estructura Presupuestaria Para la formulación del

220

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CAPÍTULO V

Del ejercicio de la caza

Artículo 31.—Las licencias de caza para nacionales y extranjeros residentes tendrán validez por un

año. La validez de la licencia para extranjeros no residentes se establecerá en el Reglamento. En

ambos casos, la licencia podrá renovarse por períodos iguales, previo pago del canon correspondiente.

Para obtener la primera licencia y por una única vez, se deberá demostrar ante la Dirección General de

Vida Silvestre del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el conocimiento de la

presente Ley y de su Reglamento, así como del cuadro de vedas vigente en ese momento.

El canon para las licencias de caza mayor y menor que cubre todo el territorio nacional será de sesenta

y cinco mil novecientos cincuenta colones netos (¢65.950,00).

Los cánones para las licencias de caza mayor y menor que sean específicos y que cubran una única

región de caza, serán de trece mil doscientos colones netos (¢13.200,00) y de seis mil seiscientos

colones netos (¢6.600,00), respectivamente.

La licencia de caza de subsistencia queda exenta del pago de cualquier tipo de canon, previo estudio

socioeconómico del interesado, que realizará la Dirección General de Vida Silvestre del Ministerio de

Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, del Área de Conservación respectiva.

CAPÍTULO VI

Del ejercicio de la recolecta científica o cultural y de las investigaciones en la fauna o en flora

silvestres

Artículo 38.—La licencia de recolecta científica o cultural será expedida o denegada por el Sistema

Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones previa

solicitud por escrito.

El canon para la licencia de recolecta científica o cultural será de dos mil trescientos colones netos

(¢2.300,00) para nacionales y extranjeros residentes. En el caso de extranjeros no residentes, el canon

será el equivalente en colones a treinta dólares ($30), moneda de los Estados Unidos de América.

CAPÍTULO VII

Del ejercicio de la extracción y recolecta de la flora silvestre

Artículo 53.—Las licencias de extracción y recolecta de la flora que pagarán canon son:

a) Licencia con fines científicos: dos mil trescientos colones netos (¢2.300,00).

b) Licencia con fines comerciales: dieciséis mil quinientos colones netos (¢16.500,00).

Estas licencias tendrán vigencia por un año.

CAPÍTULO VIII

Del ejercicio del derecho de pesca dentro de áreas silvestres protegidas

Artículo 64.—El canon que debe pagarse por la licencia de pesca dentro de áreas silvestres protegidas

es el siguiente:

• Nacionales y residentes: tres mil colones netos (¢3.000,00).

• Extranjeros sin cédula de residencia: el equivalente a treinta dólares estadounidenses (US

$30).

Artículo 2º—Cualquiera de las tarifas anteriormente establecidas en el presente decreto, deberán

cancelarse en moneda de circulación nacional o su equivalente en dólares, moneda de los Estados

Unidos de América, al tipo de cambio oficial, en la cuenta Nº 112156-5 del Fondo de Vida Silvestre del

Banco Nacional de Costa Rica.

Artículo 3º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 32715-MINAE del 7 de marzo del 2005.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de julio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Jorge Rodríguez

Quirós.—1 vez.—(O. P. 90045).—(Solicitud Nº 37673).—C-75545.—(D35395-73939).

Anexo 2. Decreto N° 22550-MIRENEM “Canon Salinas”

Declara humedales áreas de manglares adyacentes a los litorales

continentales e insulares del país

N° 22550-MIRENEM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RECURSOS NATURALES, ENERGÍA Y MINAS

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución

Política y los artículos 7 inciso h) y 17 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 7 de

diciembre de 1992.

Considerando:

1°—Que el bosque de mangle es sólo un componente dentro de los ecosistemas de los humedales

estuarinos, de los cuales dependen gran cantidad de especies de fauna terrestre y marina.

2°—Que todos los manglares adyacentes a los litorales continentales e insulares y esteros del país

sea cual fuere su extensión, constituyen zona pública.

3°—Que esta zona pública constituye parte del Patrimonio Forestal del Estado y es inalienable e

imprescriptible por lo que no puede ser objeto de ocupación bajo ningún título, salvo excepciones

establecidas por ley.

4°—Que el bosque de mangle de los humedales estuarinos está constituido por un número reducido

de especies vegetales, por lo que se constituye en un sistema de gran fragilidad, en los cuales las

alteraciones ecológicas tienen consecuencias que van más allá de las regiones mediatas e

inmediatas.

5°—Que debido a su alta productividad, en los humedales estuarinos se concentran etapas pos

larvales de un elevado número de especies comerciales en las que está basada la pesca artesanal y

semi-industrial del litoral, actividades que constituyen el sustento económico de muchas familias

costarricenses.

6°—Que la estructura-trófica de los humedales estuarios no solamente garantiza la supervivencia de

las especies propias de aguas estuarinas, sino que también tiene implicaciones mediatas sobre la

estructura trófica de especies comerciales de aguas más distantes.

7°—Que los humedales estuarinos físicamente constituyen el hábitat de especies de fauna y flora

silvestre, algunas de las cuales se encuentra en vías de extinción o con poblaciones reducidas.

8°—Que de conformidad con la definición de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia

Internacional (Ramsar), son Humedales las extensiones de marismas, pantanos y turberas o

superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales,

estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya

profundidad en marea baja no exceda de seis metros; por lo que las áreas de manglar se constituyen

en áreas de Humedales que es necesario conservar. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°—Declárese Humedales a las áreas de manglares adyacentes a los litorales continentales e

insulares del país, cualquiera que sea su extensión.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 2°—La administración de los Humedales estará a cargo de la Dirección General de Vida

Silvestre; como un componente del Sistema Nacional de Humedales; excepto los humedales

comprendidos dentro de las áreas que se encuentran bajo la categoría de manejo de Parques

Nacionales y Reservas Biológicas, los cuales seguirán bajo administración del Servicio de Parques

Nacionales. El Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas otorgará los respectivos permisos

y/o concesiones para el aprovechamiento de los recursos, debiendo velar por la Conservación de la

vida silvestre terrestre y marina.

Artículo 3°—El Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas no otorgará permisos o

concesiones en áreas de humedales estuarinos ocupados por manglar cuando la actividad a

desarrollar implique un cambio de uso de la tierra, salvo en los casos de instalación de salinas en las

cuales se autorizará la eliminación de manglar de acuerdo a criterios técnicos que afecten el área

mínima necesaria para construir canales artificiales. Para los proyectos de acuacultura solamente se

permitirá la alteración de áreas de manglar para la construcción de los canales de toma de agua,

cuyas dimensiones deberán ser técnicamente justificadas.

Artículo 4°—El Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas solo podrá otorgar permisos y

concesiones para la extracción de leña, corteza, carbón, puntales y poetes alumbrado eléctrico, bajo

planes de manejo, enmarcados dentro del concepto de desarrollo sostenible. Los permisos y

concesiones serán otorgados por la Dirección General Forestal previo el visto bueno de la Dirección

General de Vida Silvestre.

Artículo 5°—Todas aquellas personas físicas o jurídicas que sean propietarias, arrendatarias o

administradores de salinas y proyectos de acuacultura, establecidos en terrenos del Estado, dentro

de las áreas de Humedales, bajo las regulaciones aquí establecidas, deberán pagar un canon anual

de cinco mil colones por cada hectárea dada en concesión. Cuando los proyectos que se van a

desarrollar en las áreas de humedales, tienen como objetivo el estudio y la investigación, la Dirección

General de Vida Silvestre podrá variar el canon establecido anteriormente fijando un monto menor. En

los permisos para utilizar áreas de humedal en otras actividades, el canon a cobrar se establecerá

previo avalúo del área realizado por la Dirección General de la Tributación Directa.

Artículo 6°—Los permisos y concesiones para la instalación de salinas y actividades de acuacultura

otorgados por la Dirección General Forestal con anterioridad al presente decreto ejecutivo, se

mantendrán vigentes hasta su vencimiento, bajo las mismas condiciones en que fueron otorgados.

Artículo 7°—Queda totalmente prohibida cualquier actividad que vaya orientada a interrumpir el

crecimiento normal del manglar como la construcción de diques que eviten el flujo de las mareas, el

desecamiento, relleno o cualquier otra alteración que provoque eventualmente la eliminación del

mismo.

Artículo 8°-Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 7210-A del 19 de julio de 1977, modificado por los

Decretos Ejecutivos N° 10005-A del 8 de mayo de 1979; 15402-MAG del 23 de marzo de 1984 y

16852-MAG del 14 de febrero de 1986, y del decreto ejecutivo N° 19886 del 13 de setiembre de 1990,

en el artículo 71 lo referente a la instalación de salinas y actividades de acuacultura.

Artículo 9°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de setiembre de mil

novecientos noventa y tres.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo No. 5 Resolución R-SINAC-DG-003-2007 “Venta de

Guías y Placas”

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA

SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION

DIRECCIÓN GENERAL

R-SINAC-DG-003-2007.

DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN, dado en San José a las catorce horas

del quince de enero del año dos mil siete.

RESULTANDO

PRIMERO. Que el señor Ronald Vargas Brenes portador de la cédula de identidad 3-185-689,

Ingeniero Agrónomo de profesión, casado y vecino de Curridabat, funge como Director General del

Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Ministerio de Ambiente y Energía

(MINAE), de conformidad con el oficio DM 174-2006 del 30 de mayo del año 2006.

SEGUNDO. Que la Administración Forestal del Estado (AFE) por intermedio del SINAC, es

responsable de suplir la demanda de guías y placas de seguridad para el transporte de madera por

las vías nacionales y controlar su acopio en los patios de la industria primaria, de acuerdo a lo que

establece el Decreto Ejecutivo No. 27240-MINAE.

TERCERO. Que en virtud de los altos incrementos en los costos de producción de las guías y

placas de seguridad, utilizadas para transportar la madera por las vías públicas de nuestro país, se

hace necesario que el SINAC actualice los montos fijados por última vez mediante la Resolución

049 publicada en la Gaceta No 234 del 2 de diciembre del 1999.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de conformidad con la Ley de Biodiversidad N° 7788, artículo 22, el Sistema

Nacional de Áreas de Conservación es un órgano del Ministerio de Ambiente y Energía

desconcentrado y participativo, con personería jurídica propia instrumental; que integra las

competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas del Ministerio de Ambiente y

Energía.

SEGUNDO. Que el SINAC está facultado para ejercer la Administración Forestal del Estado y por

ende es responsable de establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para el transporte

y control de los productos forestales.

TERCERO. Que de conformidad con lo que establece el Decreto Ejecutivo No. 27240-MINAE,

publicado en la Gaceta No. 168 del 28 de agosto de 1998, las trozas de madera que se transporten

por las vías públicas deben portar en el corte visible; placas plásticas numeradas y también deben

portar la respectiva guía de transporte emitida por el SINAC.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CUARTO. Que la Ley Forestal No 7575, artículo 39 inciso h, establece como parte de la

constitución del Fondo Forestal, los ingresos provenientes por concepto de la venta de

publicaciones y otros documentos necesarios para cumplir con los fines de esta ley.

QUINTO. Que el Fondo Forestal, cuenta con su respectiva reglamentación aprobada por la

Contraloría General de la República.

SEXTO. De conformidad con los registros disponibles en el SINAC en relación con el constante

aumento en los costos de producción de las guías y placas de seguridad, es necesario actualizar

los montos que fueron establecidos por última vez en la Resolución 049 del 2 de diciembre del

1999.

POR TANTO,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN.

RONALD VARGAS BRENES

RESUELVE:

PRIMERO. Esta resolución deja sin efecto la Resolución R-SINAC-DG 025-2006 de las once

horas del veintiséis de junio del año dos mil seis, así como la Resolución No 049 publicada en

la Gaceta No 234 del jueves dos de diciembre de 1999.

SEGUNDO. Establecer los siguientes montos para la venta de las guías y placas de transporte

de madera correspondientes a los permisos forestales emitidos al amparo de la Ley Forestal No

7575

a) Guías oficiales emitidas en papel químico de seguridad e impreso a dos partes y dos tintas, se fija el valor en ¢300.00 (trescientos colones) cada guía.

b) Placas plásticas de seguridad emitidas en colores amarillo y anaranjado con termo impresión en color dorado y consecutivo numérico, se fija el valor en ¢200.00 (doscientos colones) la unidad. TERCERO. Se autoriza a las Oficinas Subregionales del SINAC, para que como entes

representantes de la AFE, realicen la venta de las guías y placas de transporte de madera, de

manera que las personas interesadas en adquirir las mismas, puedan realizar el pago

correspondiente directamente en la respectiva Oficina Subregional de la localidad o bien en

cualquier sucursal del Banco Nacional, para lo cual deberá aportar ante la AFE el respectivo

comprobante original de pago, donde se indique que el depósito se ha hecho en la cuenta del

Fondo Forestal No 31-844-4.

CUARTO. Rige a partir de su publicación en el diario oficial la Gaceta.

_________________________

RONALD VARGAS BRENES

Director General

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Sistema Nacional de Áreas de Conservación

Anexo 6. Decreto N°. 38295-MINAE “Entradas a las ASP”

Nº 38295-MINAE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política; el artículo 6 inciso 2) de la Ley del Servicio Parques Nacionales, Nº 6084 del 24 de agosto de 1977; los artículos 9, 11 y 42 de la Ley de Biodiversidad, Nº 7788 del 23 de abril de 1998; los artículos 59 y 70 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE del 11 de marzo del 2008; artículos 1,10 y 15 bis de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas, Nº 6826 del 08 de noviembre de 1982 y los artículos 6 inciso d), 16 y 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que la Ley de Biodiversidad tiene como objeto la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y la distribución justa de los beneficios y costos derivados de la misma, autorizando para ello al Ministerio del Ambiente y Energía por medio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para el cobro de tarifas diferenciadas para el ingreso y la prestación de servicios en todas las áreas silvestres protegidas estatales. 2º—Que uno de los fines que se ha propuesto la Administración del Estado costarricense, es el impulso a los programas para la conservación de la biodiversidad y el logro de un desarrollo sostenible, así como promover y fomentar el acceso equitativo a los recursos naturales que son propiedad de todos los costarricenses, de manera tal que ningún ciudadano se le imposibilite conocer y disfrutar de los beneficios de las riquezas naturales en razón de su condición económica, social, incluyendo la población con discapacidad, en iguales condiciones de calidad, oportunidad, derechos y deberes que el resto de los habitantes. 3º—Que el mantenimiento de las zonas de uso público para la atención de los visitantes dentro de las áreas silvestres protegidas, representa una erogación económica en constante aumento para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación llegando al punto de que dichos ingresos resultan insuficientes para el efectivo mantenimiento dependiendo por ende del subsidio estatal; por lo que es necesario hacer más eficiente la administración del cobro efectivo por concepto de entradas. Por lo cual, resulta necesario actualizar las tarifas de ingreso y otros servicios en las Áreas Silvestres Protegidas. 4º—El incremento en las tarifas de ingreso y otros servicios en las Áreas Silvestres Protegidas, se fundamenta en la aplicación de la “Metodología para la actualización de tarifas” aprobada por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación, en Sesión Extraordinaria Nº 12-2009 del 14 de diciembre del 2009. 5º—Que de acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, resulta necesario modificar las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo Nº 34164-MINAE del 05 de diciembre del 2007, denominado “Tarifas por Derechos de Ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas bajo la Administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.” Lo anterior, por cuanto hace más de 5 años dichas tarifas no han sido ajustadas a lo indicado en el

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

numeral 42 de la Ley de Biodiversidad, representando una menor cantidad de ingresos para el mantenimiento efectivo e inversión en las áreas silvestres protegidas. 6º—Que la modificación de las tarifas contenidas en el presente Decreto Ejecutivo, son una de las medidas aplicadas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) para enfrentar la crisis financiera producto del alto déficit fiscal que en estos momentos está enfrentado el Estado costarricense, a efectos de aspirar a la auto sostenibilidad financiera de la institución; según instrucción recibida por parte del Ministerio de Hacienda. 7º—Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación aplica para la distribución de los ingresos por concepto de ingreso a las áreas silvestres protegidas (ASP), un sistema solidario que permite que las áreas con mayor recaudación subsidien a aquellas con menor grado de visitación, a fin de que la mayor cantidad de áreas silvestres protegidas cubran sus costos administrativos. 8º—Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación ha identificado que de las 169 áreas silvestres protegidas que administra, únicamente 46 reciben visitación y por lo tanto es en éstas en las que se pueden cobrar los derechos de ingreso. 9º—Para la definición de las tarifas se recopiló la información de tarifas por derecho de entrada a áreas protegidas de los países de Centro y Latino América y las propuestas en el presente decreto se encuentran acorde con la información obtenida de esta investigación, resultado que consta en el expediente administrativo correspondiente, mecanismo que también es considerado dentro de la metodología para el cálculo de tarifas indicada en el considerando 4º del presente Decreto Ejecutivo. Asimismo, se realizó un análisis de la inversión realizada en las distintas áreas silvestres protegidas, costos administrativos de mantenimiento y el valor que a nivel mercado significaban dichas mejoras para el sector turismo. 10.—Que el Desarrollo Turístico Sostenible es el medio por excelencia que Costa Rica tiene para utilizar eficientemente su acervo natural y cultural, con el objetivo de generar riqueza que se traduzca en beneficios reales para toda la sociedad costarricense. 11.—Que la Estrategia Nacional para el Desarrollo del Turismo Sostenible en ASP y su Área de Influencia del SINAC, tiene como misión posicionar a la Institución dentro del mercado de turismo sostenible mediante la oferta de productos turísticos de calidad en las áreas silvestres protegidas, el disfrute y valorización del producto turístico natural y cultural de las ASP acorde con sus objetivos de conservación e involucrando a los distintos sectores de la sociedad. 12.—Que la visitación a las áreas silvestres protegidas, si bien ha experimentado un crecimiento, no ha tenido un aumento tan rápido como el turismo al nivel nacional, debido entre otros factores al poco desarrollo de la infraestructura y servicios en ellas según datos del Plan Nacional de Desarrollo Turístico 2002-2012 del Instituto Costarricense de Turismo; aspecto por el cual se hace necesaria la inversión en infraestructura y mejora de los servicios dentro de las áreas silvestres protegidas. 13.—Que el Gobierno de Costa Rica tiene programada la inversión de 10 mil millones de colones en los próximos dos años, producto tanto de sus recursos propios como producto de la aprobación por parte de la Asamblea Legislativa del Contrato de Préstamo Nº 1824/OC-CR y su Anexo único, suscrito entre Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, para Financiar el Programa de Turismo en Áreas Silvestres Protegidas, Ley Nº 8967. 14.—Que el artículo 42 de la Ley de Biodiversidad establece literalmente que: “Autorízase al Sistema para cobrar precios diferentes a residentes y no residentes en el país, por concepto de tarifas de ingreso a todas las áreas protegidas estatales, así como por la prestación de servicios en las áreas. Asimismo, se le autoriza para cobrar tarifas diferenciadas, según el área protegida y los servicios que brinde. El Sistema fijará las tarifas conforme a los costos de operación de cada zona protegida y los

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

costos de los servicios prestados. Igualmente, las revisará cada año, a fin de ajustarlas de acuerdo con el índice de precios al consumidor.” 15.—Que en cumplimiento de las facultades dispuestas en el artículo 42 de la Ley de Biodiversidad y el artículo 59 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, en el sentido de que autorizan al Sistema Nacional de Áreas de Conservación a cobrar tarifas diferenciadas por tarifas de ingreso a todas las Áreas Silvestres Protegidas Estatales según los servicios que se brindan y para fijar las tarifas conforme los costos de operación de cada zona protegida y los costos de los servicios prestados, el Poder Ejecutivo procede a ajustar las tarifas de aquellos Parques Nacionales y Reservas Biológicas que han efectuado inversión tanto en infraestructura como en servicios a favor de los usuarios. 16.—Que las áreas silvestres protegidas estatales, son áreas de dominio público, reguladas por un régimen jurídico especial y han sido afectados por ley a un fin público. Al respecto, en la sentencia número 3667 de las 14:54 horas del 07 de mayo del 2003, la Sala Constitucional señalo: “(…) Por dominio público se entiende el conjunto de bienes sujeto a un régimen jurídico especial y distinto al que rige el dominio privado, que además de pertenecer o estar bajo la administración de personas jurídicas públicas, están afectados o destinados a fines de utilidad pública y que se manifiesta en el uso directo o indirecto que toda persona pueda hacer de ellos.” 17.—Que según el artículo 70 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Ejecutivo Nº 34433, se desprende que los objetivos de las áreas silvestres protegidas radican en la protección, preservación, promoción y mantenimiento de los recursos y las bellezas naturales, comprensible en hábitat y especies; la investigación científica; el incremento y manejo de la flora y fauna silvestres; así como garantizar su uso sostenible. 18.—Que el numeral 9 inciso 4) de la Ley de Biodiversidad señala entre los principios generales para la aplicación de dicha norma el Principio de Equidad intra e intergeneracional, el cual señala que “el Estado y los particulares velarán porque la utilización de los elementos de la biodiversidad se utilicen en forma sostenible, de modo que las posibilidades y oportunidades de su uso y sus beneficios se garanticen de manera justa para todos los sectores de la sociedad y para satisfacer las necesidades de las generaciones futuras.” De ahí que el SINAC haya identificado la necesidad de generar una mayor visitación de los costarricenses a las áreas silvestres protegidas, mediante la utilización de mecanismos de distinta índole como los detallados en el presente decreto ejecutivo. 19.—Que el numeral 1 de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas detalla la lista taxativa de los servicios que se encuentran gravados con el impuesto de ventas; siendo relevante para los efectos del SINAC el inciso c) de dicha norma que refiere al impuesto al valor agregado en la prestación de servicios de los centros nocturnos, sociales, de recreo y similares. 20.—Que el artículo 15 bis de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas, establece la obligatoriedad que tienen las entidades públicas o privadas que procesen pagos con tarjetas de débito o crédito, de efectuar una retención a sus afiliados, cuando paguen, acrediten o en cualquier forma pongan a su disposición las sumas correspondientes a los ingresos provenientes de las ventas de bienes y servicios gravados. Por tanto,

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DECRETAN:

“TARIFAS POR DERECHOS DE INGRESO Y OTROS SERVICIOS OFRECIDOS EN LAS ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS BAJO LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE

CONSERVACIÓN Y DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 34164-MINAE”

CAPÍTULO I

Generalidades

Artículo 1º—Se autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación a cobrar en las áreas silvestres protegidas bajo su administración, tarifas diferenciadas por concepto de ingreso en cada una de ellas, según la inversión en infraestructura como por los servicios que el Estado brinde al usuario, según lo establecido en el presente decreto ejecutivo. Artículo 2º—El ingreso de visitantes a las áreas silvestres protegidas, se permitirá únicamente por los puestos oficiales establecidos por las mismas. Artículo 3º—Las tarifas fijadas en este decreto ejecutivo serán fijadas en colones, moneda de curso legal de Costa Rica, y en dólares de Estados Unidos de América o su equivalente en colones, al tipo de cambio de venta fijado por el Banco Central de Costa Rica, que se encuentre vigente para el día de la compra de la entrada respectiva, en caso de pago en ventanilla o de depósito a la entidad financiera el tipo de cambio de venta será el fijado por dicha entidad. Artículo 4º—Con el fin de promover la difusión de los atractivos inmersos dentro de las áreas silvestres protegidas, mayor disfrute de la población y el acceso equitativo a los recursos naturales que son de todos los residentes, se autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación para que todos los segundos miércoles de cada mes se permita el acceso gratuito a los residentes, a las Áreas Silvestres Protegidas bajo su administración.

CAPÍTULO II

Derechos de ingreso a las áreas silvestres protegidas Artículo 5º—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas (ASP), bajo la administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, los residentes en el país que cursen la educación primaria y secundaria, que visitan las ASP en giras educativas organizadas por los centros educativos y coordinadas previamente con la Administración del Área Silvestre Protegida, pagarán la suma de quinientos colones (¢500,00) por entrada, por persona. Adicionalmente los niños y niñas no residentes, con edades comprendidas entre los 6 años y los 12 años, pagarán por entrada, la suma de cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, y los niños y niñas, residentes, comprendidos en este mismo grupo de edad, pagarán la suma de quinientos colones (¢500,00) por ingreso, por persona. Artículo 6º—Por derecho de ingreso al Parque Nacional Isla del Coco, los no residentes pagarán la suma de cincuenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($50,00) por día o su equivalente en colones. Para residentes la tarifa será de veinticinco dólares -moneda del curso legal en los Unidos de América- ($25,00) por día o su equivalente en colones. Artículo 7º—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Volcán Poás, quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, por una entrada por persona, para no residentes, y mil colones (¢1.000,00) los residentes, por ingreso por persona.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

- Parque Nacional Volcán Irazú, quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para no residentes, y mil colones (¢1.000,00) los residentes, por ingreso por persona.

- Monumento Nacional Guayabo, cinco dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($ 5,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para no residentes, y mil colones (¢1.000,00) los residentes por ingreso por persona.

- Reserva Forestal Grecia, Bosque del Niño, cinco dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para no residentes, y seiscientos colones (¢600,00) los residentes, por ingreso por persona.

- Parque Nacional Turrialba, doce dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América - ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para no residentes, y mil colones (¢1.000,00), para residentes, por ingreso por persona.

- Parque Nacional Braulio Carrillo, Sector Quebrada González y Sector Volcán Barva, doce dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para no residentes, y mil colones (¢1.000,00) para residentes, por ingreso por persona. (Ver Cuadro Nº 1).

CUADRO Nº 1

Área de conservación cordillera volcánica central (ACCVC)

Tarifa por entrada, por persona

Áreas Silvestres Protegidas N° residentes Residentes

Parque Nacional Volcán Poás $ 15,00* ¢1.000,00

Parque Nacional Volcán Irazú $ 15,00* ¢1.000,00

Parque Nacional Volcán Turrialba $ 12,00* ¢1.000,00

Monumento Nacional Guayabo $ 5,00* ¢1.000,00

Reserva Forestal Grecia, Bosque del Niño $ 5,00* ₡600,00

Parque Nacional Braulio Carrillo: Sectores Quebrada González y Volcán Barva

$ 12,00* ₡1.000,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente decreto.

Artículo 8º—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Tortuguero, Parque Nacional Tortuguero y Refugio de Vida Silvestre Barra del Colorado, la tarifa por día será de quince dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América - ($15,00) o su equivalente en colones por entrada por persona, para no residentes. Para residentes, la tarifa por día será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona. En el sector del Cerro Tortuguero, dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Barra de Colorado, se define la tarifa de dos dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) para no residentes, por entrada por persona y de quinientos colones (¢500,00) para residentes, por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 2).

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CUADRO Nº 2 Área de conservación Tortuguero (ACTo)

Tarifa por entrada, por persona

Áreas Silvestres Protegidas N° residentes Residentes

Parque Nacional Tortuguero-Refugio de Vida Silvestre Barra de Colorado

$ 15,00* 1.000,00

Cerro Tortuguero (Refugio de Vida Silvestre Barra de Colorado)

$ 2,00 * 500,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 9º—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Osa, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Corcovado por estadía de un día, los no residentes pagarán quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, con la posibilidad de visitar las dos áreas silvestres protegidas, sean el Parque Nacional Corcovado y Reserva Biológica Isla del Caño, el mismo día y los residentes pagarán por una estadía de un día, con la opción de visitar las dos áreas, la suma de mil seiscientos colones (¢1.600,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Marino Ballena, por entrada de un día por persona, los no residentes pagarán doce dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones y los residentes, por entrada de un día por persona, pagarán mil colones (¢1.000,00).

- Reserva Biológica Isla del Caño, por entrada de un día por persona, los no residentes pagarán quince dólares - moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones y los residentes, por entrada de un día por persona, pagarán mil seiscientos colones (¢1.600,00).

- Parque Nacional Piedras Blancas, por entrada de un día por persona, los no residentes pagarán diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones y los residentes, por una estadía de un día por persona, pagarán ochocientos colones (¢800,00).

- Refugio de Vida Silvestre de Golfito, por entrada de un día por persona, los no residentes pagarán diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones y los residentes, por una estadía de un día por persona, pagarán ochocientos colones (¢800,00). (Véase Cuadro Nº 3).

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231

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CUADRO Nº 3 Área de conservación Osa (ACOSA)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas N° residentes Residentes

Parque Nacional Corcovado** $ 15,00* 1.600,00

Parque Nacional Piedras Blancas $ 10,00 800,00

Reserva Biológica Isla del Caño** $ 15,00 1.600,00

P. N. Marino Ballena $ 12,00* 1.000,00

Refugio de Vida Silvestre Golfito $ 10,00 800,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. ** En el Parque Nacional Corcovado y en la Reserva Biológica Isla del Caño, la visitación será previa

reservación y previo pago por depósito bancario. Artículo 10.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación La Amistad Pacífico, los visitantes pagarán las siguientes sumas por día:

- Parque Nacional Chirripó, la admisión para los no residentes es de dieciocho dólares – moneda

del curso legal en los Estados Unidos de América- ($18,00) por día por persona, por concepto de estadía o su equivalente en colones. La admisión para los residentes tendrá un costo de cuatro mil colones, por día, por persona (¢4.000,00).

- Parque Internacional La Amistad (PILA), la admisión para los no residentes es de diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) diarios por persona, para los residentes la tarifa de admisión es de ochocientos colones (¢800,00) por día por persona.

- Reserva Forestal Río Macho- Villa Mills, la admisión para los no residentes es de cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) por entrada por persona, para los residentes la tarifa de admisión es de ochocientos colones (¢800,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Tapantí Macizo de La Muerte (Sector Tapantí), la admisión para los no residentes es de diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones por entrada por persona y para los residentes es de ochocientos colones (¢800,00) por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 4).

CUADRO Nº 4

Área de conservación La Amistad-Pacífico (ACLA-P)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas N° residentes

Residentes

Parque Nacional Chirripó ** $ 18,00* 4.000,00

Parque Nacional Tapantí-Macizo de la Muerte (Sector Tapantí) $ 10,00* 800,00

Parque Internacional La Amistad $ 10,00* 800,00

Reserva Forestal Río Macho-Villa Mills $ 5,00* 800,00

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente decreto.

** En el Parque Nacional Chirripó, la visitación será previa reservación y previo pago mediante depósito bancario.

Artículo 11.— Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Guanacaste, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Santa Rosa, para el Sector Terrestre quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil cien colones (¢1.100,00) por día por persona. Para el Sector Marino quince dólares ($15,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil cien colones (¢1.100,00) por día, por persona.

- Parque Nacional Rincón de la Vieja, quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones por día por persona (¢1.000,00).

- Parque Nacional Guanacaste, quince dólares-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-($15,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil cien colones por día por persona (¢1.100,00). (Véase Cuadro Nº 5).

CUADRO Nº 5 Área de Conservación Guanacaste (ACG)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas No residentes Residentes

Parque Nacional Santa Rosa

• Sector Terrestre $15,00* 1.100,00

• Sector Marino $15,00 1.100,00

Parque Nacional Volcán Rincón de la Vieja $15,00* 1.000,00

Parque Nacional Guanacaste $15,00* 1.100,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 12.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Tempisque, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Barra Honda, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Marino Las Baulas, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para residentes, la tarifa será de mil seiscientos colones por ingreso por persona (¢1.600,00).

- Reserva Natural Absoluta Cabo Blanco, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil seiscientos colones (¢1.600,00) por ingreso por persona.

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para visitantes nacionales y residentes, la tarifa será de mil seiscientos colones (¢ 1.600,00) por ingreso por persona.

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Camaronal, diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para residentes, la tarifa será de mil seiscientos colones (¢ 1.600,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Diriá, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Iguanita, cinco dólares-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-($5,00) o su equivalente en colones, por entrada por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢ 1.000,00) por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 6).

CUADRO Nº 6

Área de Conservación Tempisque (ACT)

Tarifa por entrada, por persona

Áreas Silvestres Protegidas No residentes Residentes

Parque Nacional Barra Honda $ 12,00* 1.000,00

Parque Nacional Marino Las Baulas $ 12,00* 1.600,00

Reserva Natural Absoluta Cabo Blanco $ 12,00* 1.600,00

Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional $ 12,00* 1.600,00

Refugio Nacional de Vida Silvestre Camaronal $ 10,00* 1.600,00

Parque Nacional Diriá $ 5,00* 1.000,00

Refugio de Vida Silvestre Iguanita $ 5,00* 1.000,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente decreto. Artículo 13.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Arenal Huetar Norte, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Volcán Arenal quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, por ingreso, por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso, por persona.

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Las Camelias cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Maquenque cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

- Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de ochocientos colones (¢ 800,00) por ingreso, por persona.

- Parque Nacional Juan Castro Blanco diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de ochocientos colones (¢ 800,00) por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 7).

CUADRO Nº 7 Área de Conservación Arenal Huetar Norte (ACAHN)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas No residentes Residentes

Parque Nacional Volcán Arenal $15,00* 1.000,00

Refugio Nacional de Vida Silvestre Las Camelias $5,00* 1.000,00

Refugio de Vida Silvestre Maquenque $5,00* 1.000,00

Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro $5,00* 800,00

Parque Nacional Agua Juan Castro Blanco $10,00* 800,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 14.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Arenal Tempisque los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Volcán Tenorio, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de ochocientos colones (¢800,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Palo Verde, doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Refugio de Vida Silvestre Cipanci, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de ochocientos colones (¢800,00) por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 8).

CUADRO Nº 8

Área de Conservación Arenal-Tempisque (ACA-T)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas No residentes Residentes

Parque Nacional Palo Verde $12,00* 1.000,00

Parque Nacional Volcán Tenorio $12,00* 800,00

Refugio de Vida Silvestre Cipanci $5,00* 800,00

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

* O su equivalente en colones utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente decreto.

Artículo 15.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Pacífico Central, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Manuel Antonio, diez y seis dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($16,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil seiscientos colones (¢1.600,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional Carara, diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Refugio de Vida Silvestre Playa Hermosa diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa de será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Refugio de Vida Silvestre Isla San Lucas doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa de será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona

- Parque Nacional Los Quetzales, diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Parque Nacional La Cangreja, diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-($10,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona.

- Zona Protectora Tivives, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por ingreso por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por ingreso por persona. (Véase Cuadro Nº 9)

CUADRO Nº 9 Área de Conservación Pacífico Central (ACOPAC)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas No residentes Residentes

Parque Nacional Manuel Antonio $ 16,00* 1.600,00

Parque Nacional Carara $ 10,00* 1.000,00

Refugio de Vida Silvestre Playa Hermosa $ 10,00* 1.000,00

Refugio de Vida Silvestre Isla San Lucas $ 12,00* 1.000,00

Parque Nacional Los Quetzales $ 10,00* 1.000,00

Parque Nacional La Cangreja $ 10,00* 1.000,00

Zona Protectora Tivives $ 5,00* 1.000,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto.

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236

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 16.—Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Amistad Caribe, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

- Parque Nacional Cahuita, sectores Puerto Vargas y Playa Blanca cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢ 1.000,00) por día por persona.

- Reserva Biológica Hitoy Cerere, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona.

- Parque Nacional Barbilla, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

CUADRO Nº 10

Área de Conservación La Amistad-Caribe (ACLA-C)

Tarifa diaria por persona

Áreas Silvestres Protegidas N° residentes Residentes

Reserva Biológica Hitoy Cerere $5,00* 1.000,00

Parque Nacional Cahuita: Sectores Puerto Vargas y Playa Blanca $5,00* 1.000,00

Parque Nacional Barbilla $5,00* 1.000,00

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 17.—Para aquellas Áreas Silvestres Protegidas (ASP) o sectores de las mismas, que reciben visitación y no cuentan con una tarifa específica de cobro listada en los artículos anteriores, se establece una tarifa de ingreso de cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes y para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona. Artículo 18.—Quedan exentos del pago de las tarifas de ingreso a las áreas silvestres protegidas, los siguientes tipos de personas y organizaciones:

a) Las personas menores de dos años de edad. b) Las personas que visitan el Área Silvestre Protegida en misión oficial, siempre que la misión

guarde relación con los fines del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). c) Las personas u organizaciones que demuestren a la Administración, que su ingreso al ASP es en

apoyo a la conservación y manejo de los recursos naturales. Previo al ingreso, los miembros de las agrupaciones exoneradas deberán portar carné de identidad que los identifique como tales.

d) Los visitantes residentes mayores de 65 años, con carné de Ciudadano de Oro expedido por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

e) Los estudiantes de centros educativos (nivel de primaria y secundaria) ubicados en distritos con menor desarrollo social relativo, según el índice de desarrollo social establecido por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN); así como aquellos ubicados en las comunidades más cercanas a las áreas silvestres protegidas. f) Funcionarios y funcionarias del SINAC, los que en todo caso deberán acreditar esta condición, aportando el carné institucional vigente.

Artículo 19.—Será la Dirección del Área de Conservación competente del ASP, la encargada de autorizar o no las exoneraciones indicadas en los incisos b, c y e del artículo anterior, previa justificación en resolución debidamente motivada. Para tales efectos, el Área de Conservación (AC) deberá levantar un expediente administrativo donde conste la solicitud del administrado u organización, la condición con base en la cual solicita la exoneración de conformidad a los supuestos indicados en el artículo anterior. Una vez que se cuente con dicha documentación, la Dirección del Área de Conservación deberá emitir una resolución administrativa debidamente fundamentada en la que conste el monto exonerado y las razones que justifiquen el otorgamiento o denegatoria de la exoneración solicitada, misma que deberá ser comunicada, tanto al ASP correspondiente, como al solicitante. Le será aplicable lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública Nº 6227. Será responsabilidad de cada Área de Conservación (AC) llevar un registro de todas las exoneraciones otorgadas, a fin de que las mismas se reflejen en los controles de visitación e ingreso de cada ASP.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 20.—El número máximo de personas en la zona de uso público se establecerá mediante estudios técnicos que elaborará el Área de Conservación responsable del ASP, los cuales respaldarán esta determinación. Los Estudios Técnicos serán custodiados por las Áreas de Conservación a efectos de poder ser consultados por particulares interesados.

CAPÍTULO III

Tarifas de ingreso para ejecutar investigaciones autorizadas por el SINAC, dentro de áreas silvestres protegidas

Artículo 21.—Por derecho de ingreso y permanencia para realizar investigaciones de carácter científico debidamente autorizadas por el SINAC, dentro de las Áreas Silvestres Protegidas bajo su administración y durante el período que estipule la autorización respectiva, los investigadores residentes y no residentes, así como sus asistentes debidamente acreditados y autorizados, pagarán las siguientes sumas por persona:

● Por una estadía de hasta de 3 meses, cinco dólares diarios- moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, al tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica publicado vigente para el día de la compra de la entrada respectiva.

● Por una estadía de hasta 6 meses, diez dólares diarios- moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, al tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica publicado vigente para el día de la compra de la entrada respectiva.

● Por una estadía de hasta 12 meses, quince dólares diarios- moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, al tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica publicado vigente para el día de la compra de la entrada respectiva.

Toda autorización para realizar investigaciones dentro de las Áreas Silvestres Protegidas administradas por el SINAC, se otorgará conforme a los procedimientos y requisitos que para su ejecución establece el ordenamiento jurídico vigente. Artículo 22.—Las autorizaciones para desarrollar investigaciones dentro de las Áreas Silvestres Protegidas administradas por el SINAC, con una duración de hasta doce meses, serán aplicables únicamente a investigadores residentes, según la legislación vigente. En el caso de los investigadores no residentes, las autorizaciones para el desarrollo de investigaciones dentro de las Áreas Silvestres Protegidas administradas por el SINAC se otorgarán por un período de seis meses como máximo, mismo que podrá ser renovado por una única vez, según se requiera por parte de las instancias correspondientes. La presentación de requisitos y el cumplimiento de trámites ante el SINAC, no autorizará a los investigadores a ingresar en áreas de propiedad privada o en territorios indígenas, sin el respectivo permiso de quienes estén legalmente facultados para emitirlo. Artículo 23.—El pago de la tarifa de ingreso para ejecutar investigaciones autorizadas por el SINAC, dentro de Áreas Silvestres Protegidas, da derecho al investigador para ingresar a realizar la investigación únicamente en aquellas zonas así establecidas en el proyecto de investigación presentado ante el SINAC y en la autorización respectiva. Los permisos de acceso a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad se rigen por lo dispuesto en la Ley de Biodiversidad Nº 7788 y en sus reglamentos; para tal efecto, todo investigador deberá llevar a cabo los trámites correspondientes que dispone el ordenamiento jurídico para este tipo de investigación. Artículo 24.—Quedarán exentos del pago de la tarifa del artículo 21 del presente decreto ejecutivo, los investigadores y sus asistentes que desarrollen proyectos de investigación promovidos por el SINAC y definidos como prioritarios para el manejo de la biodiversidad o para la administración de las Áreas Silvestres Protegidas, por parte de las respectivas Áreas de Conservación. Para lo anterior, deberá seguirse el procedimiento dispuesto en el numeral 19 del presente decreto ejecutivo.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 25.—Previo a efectuar cualquier labor de investigación en un Área Silvestre Protegida, el investigador deberá cumplir con todos los requisitos y trámites establecidos en la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la Ley de Biodiversidad y la reglamentación existente en el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para estos casos.

CAPÍTULO IV

Tarifa por filmación

Artículo 26.—Por derecho a realizar filmaciones científicas, educativas y turísticas, dentro de los límites de las Áreas Silvestres Protegidas bajo la administración del SINAC, se establece la tarifa diaria de trescientos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($300,00), o su equivalente en colones por área silvestre protegida; salvo las excepciones indicadas en los numerales 27 y 28 del presente decreto ejecutivo. En el caso de proyectos cinematográficos de venta comercial, así determinados por la Dirección del Área de Conservación respectiva, se define una tarifa diaria de mil dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($1.000,00). Artículo 27.—Para el Parque Nacional Isla del Coco, la tarifa por derecho de filmación diaria será de quinientos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($500,00) o su equivalente en colones. Artículo 28.—Para el Parque Nacional Cahuita, sector marino, la tarifa por derecho de filmación diaria será de quinientos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($500,00) o su equivalente en colones. Artículo 29.—Quedan exentas del pago de esta tarifa las filmaciones de aficionados que pretendan únicamente la preservación de un recuerdo de la visita al Área Silvestre Protegida y que por ello no persigue fines comerciales o de lucro. Artículo 30.—Se prohíbe la utilización de las Áreas Silvestres Protegidas para las filmaciones que promocionen cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas o productos de carácter sexual. Artículo 31.—En toda filmación que se realice dentro de las Áreas Silvestres Protegidas, independientemente de su carácter, deberán respetarse las disposiciones legales y administrativas vigentes para estas áreas; los principios morales y religiosos y las buenas costumbres, lo mismo que la imagen de las Áreas Silvestres Protegidas y del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, por lo que es necesario que el solicitante entregue el guión correspondiente de la filmación, para su respectivo análisis y aprobación por el Área de Conservación correspondiente, previo al otorgamiento del permiso de filmación.

CAPÍTULO V

Tarifa por anclaje y amarizaje

Artículo 32.—Por anclaje dentro de la extensión marina de las Áreas Silvestres Protegidas y en las cuales así se defina en el Reglamento de uso público, se establecen las siguientes tarifas diarias de anclaje (periodo de 24 horas), excepto para el Parque Nacional Isla del Coco: Embarcaciones con matrícula extranjera:

a) Cuatro dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($4,00), o su equivalente en colones, para las embarcaciones con capacidad para nueve personas o menos.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

b) Ocho dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($8,00), o su equivalente en colones, para las embarcaciones con capacidad para diez o más personas.

Embarcaciones con matrícula nacional:

a) Dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones, para las embarcaciones con capacidad para nueve personas o menos.

b) Cuatro dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($4,00), o su equivalente en colones, para las embarcaciones con capacidad para diez o más personas.

Artículo 33.—En el Parque Nacional Isla del Coco, las tarifas diarias (24 horas) por concepto de anclaje serán las siguientes (ver cuadro Nº 11):

a) Cuarenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($40,00) o su equivalente en colones, para embarcaciones menores de 15 metros de eslora.

b) Cincuenta dólares-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($50,00) o su equivalente en colones, para embarcaciones de 15 hasta 29 metros de eslora.

c) Sesenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($60,00) o su equivalente en colones, para embarcaciones de 30 hasta 44 metros de eslora.

d) Noventa dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($90,00) o su equivalente en colones, para embarcaciones de 45 hasta 59 metros de eslora.

e) Doscientos cincuenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($ 250,00) o su equivalente en colones para embarcaciones de 60 a 100 metros de eslora, y más de cien metros de eslora Cuatrocientos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($ 400,00) o su equivalente en colones. (Véase Cuadro Nº 11)

CUADRO Nº 11

Área de Conservación Marina Isla del Coco (ACMIC)

Tarifas diarias por concepto de anclaje

Tamaño de la embarcación Tarifa diaria

Menores de 15 metros de eslora $ 40.00*

De 15 hasta 29 metros de eslora

$ 50.00*

De 30 hasta 44 metros de eslora

$ 60.00*

De 45 hasta 59 metros de eslora

$ 90.00*

De 60 hasta 100 metros de eslora

$ 250.00*

Mayores de 100 metros de eslora

$ 400.00*

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 34.—Se establecen las siguientes tarifas diarias, por concepto de amarizaje, en las Áreas Silvestres Protegidas bajo administración del SINAC. (Ver cuadro Nº 12):

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241

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

a) Veinticinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($25,00) o su equivalente en colones, para hidroaviones con capacidad para menos de cinco personas.

b) Cincuenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($50,00) o su equivalente en colones, para hidroaviones con capacidad para cinco y menos de diez personas.

c) Cien dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($100,00) o su equivalente en colones, para hidroaviones con capacidad para diez o más personas.

d) En el Parque Nacional Isla del Coco, la tarifa según la capacidad de los hidroaviones es la siguiente: menores de cinco personas, cincuenta dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($50,00); para cinco y menor de diez personas, cien dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($100,00); para 10 o más personas, doscientos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($200,00) o su equivalente en colones. (Ver cuadro Nº 12).

CUADRO Nº 12

Tarifas diarias por concepto de amarizaje

Hidroaviones con capacidad para: Parque Nacional Isla del Coco Otras áreas silvestres protegidas

Menos de 5 personas $ 50,00* $ 25,00*

De 5 y menos de 10 personas $ 100,00* $ 50,00*

De 10 o más personas $ 200,00* $ 100,00*

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Artículo 35.—Quedan exentos del pago de las tarifas de anclaje y amarizaje:

a) Las embarcaciones e hidroaviones de investigación científica debidamente autorizados por la Dirección del Área de Conservación o la Dirección Ejecutiva del SINAC, que realicen estudios de interés para el Estado costarricense.

b) Las embarcaciones e hidroaviones que por fuerza mayor, se vean obligados a anclar dentro de las extensiones marinas de las Áreas Silvestres Protegidas.

c) Las embarcaciones e hidroaviones del Estado, que visiten las Áreas Silvestres Protegidas en razón de sus funciones oficiales, las cuales cuenten con autorización de la Dirección del Área de Conservación o de la Dirección Ejecutiva del SINAC.

CAPÍTULO VI

Tarifas por otros servicios

Artículo 36.—En aquellas Áreas Silvestres Protegidas en las que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, esté en posibilidad de brindar los servicios que se describen a continuación, cobrará la tarifa que se detalla en los siguientes incisos. Esta tarifa no aplica cuando el servicio sea brindado por particulares, en razón de contratos o permisos de uso de servicios no esenciales establecidos con el Estado, estas son:

a) Hospedaje: Seis dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su equivalente en colones, diarios por derecho a hospedarse en las instalaciones de las Áreas Silvestres Protegidas. Esta tarifa será de dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones por día, para estudiantes de instituciones nacionales debidamente identificados, que visiten el área en razón de sus estudios, a excepción de las siguientes Áreas de Conservación, cuya tarifa será:

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242

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

a.i) Área de Conservación Guanacaste: Quince dólares -moneda del curso legal en los Estados

Unidos de América- ($15,00) o su equivalente en colones, diarios para particulares; de diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones diarios para investigadores, y de seis dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su equivalente en colones diarios, para asistentes de investigación y estudiantes. En los sectores de Murciélago, Centeno y Santa Elena la tarifa de alquiler de instalaciones para investigación será de diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) por día o de cien dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($100,00) por mes.

a.ii) Área de Conservación Tempisque: Doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($12,00) o su equivalente en colones, diarios para particulares; nueve dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($9,00) o su equivalente en colones diarios para investigadores, y de seis dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su equivalente en colones diarios, para estudiantes y asistentes de investigación.

a.iii) Área de Conservación Osa: Ocho dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($8,00) por persona diarios en las instalaciones del Parque Nacional Corcovado.

a.iv) Área de Conservación La Amistad Pacífico: En el Parque Nacional Chirripó la tarifa de alojamiento es de diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por noche ($ 10,00) o su equivalente en colones.

a.v) En la Reserva Forestal Villa Mills, la tarifa de alojamiento es ocho dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por noche ($8,00), tanto para residentes como para no residentes.

a.vi) Área de Conservación La Amistad Caribe: En el Parque Nacional Cahuita (para residentes y no residentes), la tarifa de alojamiento es de diez dólares ($10,00) o su equivalente en colones, diarios para particulares; seis dólares ($6,00) o su equivalente en colones diarios para investigadores, y de cuatro dólares ($4,00) o su equivalente en colones diarios, para asistentes de investigación y estudiantes. (Véase Cuadro Nº 13)

CUADRO Nº 13

Tarifas diarias por concepto de hospedaje

en las áreas de conservación

Área de Conservación Particulares Estudiantes de instituciones nacionales

Investigadores Asistentes de investigación y

estudiantes

Áreas silvestres protegidas en general

$ 6,00* $ 2,00*

Área de Conservación Guanacaste

$ 15,00* $ 10,00* $ 6,00*

Área de Conservación Tempisque

$ 12,00* $ 6,00* $ 9,00* $ 6,00*

Área de Conservación La Amistad Pacífico Parque Nacional Chirripó

$ 10,00*

Área de Conservación Osa Parque Nacional Corcovado

$ 8,00*

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243

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Reserva Forestal Villa Mills

$ 8,00*

Área de Conservación La Amistad Caribe Parque Nacional Cahuita

$ 10,00* $ 6,00* $ 4,00*

*O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del presente

decreto. Tarifa aplicable residentes y no residentes.

b) Derecho de acampar: Dos dólares-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones, diarios por persona: b.i) En los Parques Nacionales Corcovado, Santa Rosa y Rincón de la Vieja la tarifa es de

cuatro dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($4,00) diarios. b.ii) En el Parque Internacional La Amistad (PILA) la tarifa es de seis dólares -moneda del curso

legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) diarios para no residentes y su equivalente en colones para residentes.

b. iii) En el Parque Nacional Chirripó la tarifa para acampar es de seis dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00), tanto para residentes como para no residentes.

c) Salas de conferencias: Trece dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-

diarios ($13,00) o su equivalente en colones. d) Microcomputadoras: Un dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por

hora ($1,00) o su equivalente en colones, por el uso de cada microcomputador y de dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) por hora, o su equivalente en colones cuando sea para accesar Internet.

e) Instalaciones de laboratorios: Dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones, por persona, por el uso diario.

f) Bodegas: Dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones, por el uso diario de instalaciones para bodegas.

g) Buceo: Veinte dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($20,00) o su equivalente en colones, diarios por persona, por el derecho a bucear dentro de la zona marítima del Parque Nacional Isla del Coco. Cuatro dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($4,00) o su equivalente en colones, diarios por persona, por el derecho a bucear dentro de la zona marítima de la Reserva Biológica Isla del Caño.

h) Snorkel: Diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00) o su equivalente en colones, diarios por persona, por el derecho a realizar actividad de snorkel dentro de la zona marítima del Parque Nacional Isla del Coco.

i) Operación de submarino: La tarifa diaria por concepto de operación de Submarino para fines de investigación será de ciento veinte dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($120,00) o su equivalente en colones.

j) Estacionamiento: Cincuenta centavos de dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por hora ($0,50) o su equivalente en colones, por cada vehículo liviano, sesenta centavos de dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por hora ($0,60) o su equivalente en colones, por cada microbús y un dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por hora ($1,00) o su equivalente en colones, por cada bus u otro vehículo pesado. (Véase cuadro Nº 14).

CUADRO Nº 14

Tarifa por estacionamiento en las áreas silvestres protegidas

Tipo de vehículo Tarifa por hora

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244

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Vehículos livianos $ 0,50*

Microbús $ 0,60*

Bus o vehículo pesado $ 1,00*

k) Charlas: Veintisiete dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($

27,00) o su equivalente en colones, por impartir cada charla a grupos que lo solicitan. l) Alquiler de tiendas de acampar: Siete dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de

América- diarios ($7,00) o su equivalente en colones, por cada tienda. m) Alquiler de botas y capas: Dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de

América- diarios ($2,00) o su equivalente en colones por cada juego de botas y capa. n) Alquiler de tablas de surf: Veinte dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de

América- diarios ($20,00) o su equivalente en colones por cada tabla. ñ) Alquiler de casilleros para guardar equipaje: un dólar -moneda del curso legal en los Estados

Unidos de América- diario ($1,00) por cada casillero.

CAPÍTULO VII

Disposiciones finales

Artículo 37.—Las devoluciones de dinero por alguno de los servicios establecidos en el presente decreto ejecutivo se realizarán únicamente si el interesado indica a la Administración que no utilizará el tiquete respectivo, con quince días naturales de anticipación, de lo contrario no se realizará ninguna devolución. En los casos en que se realice devoluciones a no residentes, se les rebajará la comisión que implique realizar el debido trámite para la administración, mismo que será fijado por la entidad bancaria encargada de realizar la devolución correspondiente. Los interesados deberán indicar el número de tiquete devuelto para efectos de control interno de la Administración. Artículo 38.—La Administración podrá establecer tarifas adicionales para aquellas ASP que hayan sido declaradas con condición de emergencia y se requiera para la visita tratamiento especial con equipamiento, implementos o acompañamiento de guías especializados que garanticen la seguridad durante la visita al ASP correspondiente, mismas que serán debidamente publicadas mediante resolución motivada en el Diario Oficial La Gaceta. Artículo 39.—En casos excepcionales en los que se autoricen las visitas fuera de horario ordinario por parte de los Directores Regionales de Áreas de Conservación, se aplicará un 50% adicional sobre las tarifas de ingreso a las áreas silvestres protegidas indicadas en el presente decreto ejecutivo. Artículo 40.—En situaciones de emergencia, la Administración podrá decretar cierres temporales, incluidas las ASP que tienen sistema de reservaciones para la visitación. En virtud de lo anterior, las ASP en las que se haya dado el cierre podrán reprogramar la visita conforme a la disponibilidad de espacio de dicha área o realizar la devolución de dinero, previa solicitud del visitante afectado en su reservación ante el Área de Conservación respectiva. Artículo 41.—Los recursos económicos obtenidos con la aplicación del presente decreto ejecutivo, serán depositados en el Fondo de Parques Nacionales, creado por la Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales Nº 6084 del 24 de agosto de 1977. Artículo 42.—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 34164-MINAE del 05 de diciembre del 2007, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto ejecutivo, de conformidad a lo indicado en el

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Transitorio I y artículo 43. Transitorio I.—Las tarifas contenidas en el presente Decreto Ejecutivo, empezarán a regir tres meses a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por lo que todas aquellas compras de entradas adquiridas con anterioridad a esta publicación, mantendrán la tarifa anterior y su vigencia hasta hacerlas efectivas ante la administración de las ASP. Transitorio II.—A partir de la entrada en vigencia del presente decreto a las tarifas indicadas en los numerales anteriores, se les debe aplicar la tarifa del impuesto indicado en el numeral 10 de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas, Nº 6826 del 08 de noviembre de 1982. Artículo 43.—Rige tres meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de enero del dos mil catorce. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ambiente y Energía, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. N° DFC-018.—Solicitud N° 2260.—C-679020.—(D38295-IN2014024935).

Decreto No. 38546 Modificación al Decreto N°. 38295-MINAE “Entradas a

las ASP”

Reforma decreto ejecutivo N° 38295 "Tarifas por derechos de ingreso y otros servicios

ofrecidos en las Áreas Silvestres Protegidas bajo la administración del Sistema Nacional de

Áreas de Conservación"

Nº 38546-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política; el artículo 6 inciso 2) de la Ley del Servicio Parques Nacionales, Nº 6084 del 24 de agosto de 1977; los artículos 9, 11 y 42 de la Ley de Biodiversidad, Nº 7788 del 23 de abril de 1998; los artículos 59 y 70 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE del 11 de marzo del 2008 y los artículos 6 inciso d), 16 y 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º-Que el artículo 50 de la Constitución Política consagra a favor de todos los habitantes de la Nación el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, siendo que este derecho incluye la conservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad y la equitativa distribución de beneficios derivados de esta, asegurando la mayor participación de la comunidad.

2º-Que de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) es un órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Ambiente y Energía, el cual tiene personería jurídica instrumental y es un sistema de gestión y coordinación institucional desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.

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246

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

3º-Que la Ley de Biodiversidad tiene como objeto la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y la distribución justa de los beneficios y costos derivados de la misma, autorizando para ello al Ministerio de Ambiente y Energía por medio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para el cobro de tarifas para el ingreso y la prestación de servicios en todas las áreas silvestres protegidas estatales.

4º-Que el ingreso a las áreas silvestres protegidas es una actividad que va más allá de lo recreativo, de diversión, alegría o deleite. Se trata de una actividad de educación integral del ser humano que entra en comunión con la Naturaleza, aprendiendo sobre el entorno y los seres vivos, que lo enriquece de una forma holística con valores espirituales, escénicos y educativos. Por tanto,

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247

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Decretan:

"Reforma al Decreto Ejecutivo Nº 38295-MINAE, denominado "Tarifas por derechos de ingreso y otros servicios ofrecidos en las Áreas Silvestres Protegidas bajo la administración

del Sistema Nacional de Áreas de Conservación"

Artículo 1º-Se reforman los artículos 5 y 16 del Decreto Ejecutivo N° 38295-MINAE denominado "Tarifas por derechos de ingreso y otros servicios ofrecidos en las áreas silvestres protegidas bajo la administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación", publicado el 30 de abril del 2014 en La Gaceta Nº 82 para que se lean de la siguiente manera:

"Artículo 5º-Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas (ASP), bajo la administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, los residentes en el país que cursen la educación primaria y secundaria, que visitan las ASP en giras educativas organizadas por los centros educativos y coordinadas previamente con la Administración del Área Silvestre Protegida, pagarán la suma de quinientos colones (¢500,00) por entrada, por persona. Adicionalmente los niños y niñas no residentes, con edades comprendidas entre los 2 años a los 12 años, pagarán por entrada, la suma de cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-($5,00) o su equivalente en colones, y los niños y niñas, residentes, comprendidos en este mismo grupo de edad, pagarán la suma de quinientos colones (¢500,00) por ingreso, por persona.

Artículo 16º-Por derecho de ingreso a las Áreas Silvestres Protegidas del Área de Conservación Amistad Caribe, los visitantes pagarán las siguientes sumas:

-Parque Nacional Cahuita, sector Puerto Vargas, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona.

-Reserva Biológica Hitoy Cerere, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona.

-Parque Nacional Barbilla, cinco dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($5,00) o su equivalente en colones, por día por persona, para los no residentes. Para los residentes, la tarifa será de mil colones (¢1.000,00) por día por persona.

* O su equivalente en colones, utilizando el parámetro establecido en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 38295-MINAE.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 2º-Se reforma el transitorio I del Decreto Ejecutivo N° 38295-MINAE, denominado "Tarifas por derechos de ingreso y otros servicios ofrecidos en las áreas silvestres protegidas bajo la administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación" publicado el 30 de abril del 2014 en La Gaceta Nº 82, para que se lea de la siguiente manera:

"Transitorio I.-Las tarifas contenidas en el presente Decreto Ejecutivo, empezarán a regir a partir del 1º de noviembre del 2014; por lo que todas aquellas entradas adquiridas con anterioridad a esa fecha, podrán hacerse efectivas ante la administración de las ASP."

Artículo 3º-Deróguese el transitorio II del Decreto Ejecutivo N° 38295-MINAE denominado "Tarifas por derechos de ingreso y otros servicios ofrecidos en las áreas silvestres protegidas bajo la administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación", publicado el 30 de abril del 2014 en La Gaceta Nº 82.

Artículo 4º-Rige a partir del 1º de agosto del 2014.

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil catorce.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo 7. Reglamento para la Regulación de las Concesiones

de Servicios no Esenciales No. 32357

Reglamento para la Regulación de las Concesiones de Servicios no Esenciales

en las Áreas Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de

Áreas de Conservación.

Nº 32357

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

De conformidad con el artículo 140, inciso 3) de la Constitución Política, los artículos 3º, 8º y 10 de la

Ley del Servicio de Parques Nacionales Nº 6084 del 24 de agosto de 1977, artículo 39 de la Ley de

Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de 1998, artículos 1º, 18, 19 y 45 de la Ley Forestal Nº 7575 de

13 de febrero de 1996 y sus reformas publicadas en La Gaceta Nº 27 del 9 de febrero de 1998, artículo

17 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Nº 7317 del 30 de octubre de 1992, los artículos 72 y

74, de la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 del 2 de junio de 1995.

Considerando:

1º-Que de conformidad con la Ley del Servicio de Parques Nacionales Nº 6084 del 7 de setiembre de

1977, el Estado es el encargado de velar por la protección de los recursos naturales existentes en el

Patrimonio Natural del Estado.

2º-Que según lo establecido en la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Nº 7317 del 7 de

diciembre de 1992, el Estado podrá suscribir contratos, otorgar permisos de uso, licencias, concesiones

o cualquier otra figura legalmente establecida para la conservación y el uso sustentable de la vida

silvestre.

3º-Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Forestal Nº 7575 de 16 de abril de 1996, en su artículo

18, la Administración Forestal del Estado podrá realizar o autorizar en el patrimonio natural labores de

investigación, capacitación y ecoturismo, una vez aprobadas por el Estado, así como la construcción de

obras de infraestructura destinadas a la recreación y ecoturismo y propiciar proyectos de infraestructura

estatales o privados de conveniencia nacional, en las categorías de manejo que técnica y legalmente

se permita.

4º-Que de conformidad con lo establecido en la Ley de Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de 1998,

en su artículo 39, el Consejo Nacional de Áreas de Conservación aprobarán las solicitudes de las

concesiones de servicios no esenciales dentro de las Áreas Silvestres Protegidas Estatales, siempre

que se encuentren dentro del marco regulatorio descrito en dicho artículo. Correspondiéndole al

Ministro del Ambiente y Energía la suscripción de los contratos respectivos.

5º-Que según lo que dispone la Ley de Biodiversidad en su capítulo VIII sobre incentivos, y más

específicamente en el artículo 101º, el MINAE deberá incentivar la participación de las comunidades en

la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

6º-Que estas concesiones de servicios no esenciales, según lo que establece el artículo 39 de la Ley

de Biodiversidad, podrán otorgarse a personas jurídicas vigentes, que sean organizaciones sin fines de

lucro y tengan como objetivo apoyar la conservación de los recursos naturales, dándosele prioridad a

las organizaciones regionales y reservándose el Estado la supervisión y control de los servicios

concesionados.

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250

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

7º-Que la Ley de Contratación Administrativa, en su artículo 72º faculta a la Administración, mediante la

figura de concesión, de instalaciones públicas, para que personas físicas o jurídicas presten servicios

complementarios.

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251

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Por tanto,

DECRETAN:

El siguiente:

Reglamento para la Regulación de las Concesiones de Servicios No Esenciales en las Áreas

Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º-Este Reglamento regulará lo referente al funcionamiento de todas las contrataciones

de servicios no esenciales en las áreas silvestres protegidas (ASP) administradas por el Sistema

Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). El acatamiento de estas disposiciones será obligatorio

tanto para los funcionarios del Sistema, como para los adjudicatarios o sus representantes.

Artículo 2º-Todas las actividades que regule este Reglamento, estarán sujetas en su conjunto,

a los principios fundamentales del servicio público, de manera tal que aseguren su continuidad,

eficiencia, calidad total del servicio, precio razonable, adaptabilidad a las necesidades de los usuarios,

siempre que no contravengan la protección de los recursos naturales.

Artículo 3º-Se definen como sujetos de concesión los siguientes servicios no esenciales y

actividades complementarias:

1. Servicios turísticos.

1.1 Administración de áreas de acampar.

1.2 Venta de alimentos.

1.3 Administración de estacionamiento.

1.4 Alojamiento.

1.5 Lavandería.

1.6 Alquiler de equipos recreativo (bicicletas, toldos, lanchas, tiendas de acampar,

sacos de dormir, cocinas, tablas de surf, botas, capas, caballos, entre otros).

1.7 Construcción y administración de senderos guiados.

1.8 Transporte recreativo.

1.9 Administración de tiendas de la naturaleza (venta de artículos relacionados con

la naturaleza).

2. Servicios de información.

2.1 Administración de centros de visitantes, salas de exhibición o aulas educativas.

2.2 Presentación de charlas especializadas y suministro de otra información

(escrita y por medios audiovisuales).

3. Administración de servicios sanitarios, guardarropas, vestidores y duchas.

Artículo 4º-Se prohíbe contratar u otorgar en concesión de servicio público las siguientes

actividades esenciales, que quedarán reservadas para los órganos competentes del Estado:

1. Administración general de las áreas silvestres protegidas.

2. Control y protección de los recursos naturales y culturales presentes en las Áreas

Silvestres Protegidas. No se incluye la seguridad y vigilancia propias de la administración

de facilidades o servicios para los visitantes o usuarios.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

3. Definición de políticas y directrices competentes a la administración de las ASP,

cualquiera que sea la categoría de manejo de éstas.

Artículo 5º-Con los ingresos percibidos por las concesiones, se fortalecerán los fondos de los

programas que desarrolle cada área silvestre protegida donde se generaron los recursos.

CAPÍTULO II

De los procedimientos y requisitos

Artículo 6º-Todas las contrataciones que se realicen deberán regirse por los procedimientos y

requisitos que define en la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 del 8 de junio de 1995 y su

Reglamento (Decreto Ejecutivo Nº 25038-H, del 6 de marzo de 1996).

Artículo 7º-Previo a la aprobación de las concesiones, el área silvestre protegida deberá contar

con un instrumento técnico de planificación debidamente oficializado por el Área de Conservación

respectiva, como por ejemplo el plan general de manejo, planes operativos o plan de desarrollo

ecoturístico, entre otros.

Artículo 8º-El Sistema Nacional de Áreas de Conservación será el ente encargado de iniciar, a

través del Comité Técnico del Área de Conservación respectiva, el proceso de concesiones de los

servicios no esenciales.

Artículo 9º-Los servicios sujetos a concesión deberán aprobarse en primera instancia por los

Consejos Regionales de las Áreas de Conservación, y en forma definitiva por el Consejo Nacional de

Áreas de Conservación y correspondiéndole al Ministro del Ambiente y Energía la suscripción de los

contratos respectivos.

Artículo 10.-Para cada servicio no esencial a concesionar se aplicará un sistema donde cada

oferente propondrá la tarifa a pagar por visitante o usuario del servicio, basados en el modelo de oferta

y demanda. Además se tomará en cuenta el principio que establece la Ley de Biodiversidad en su

artículo 42, donde se autoriza a cobrar tarifas diferenciadas entre residentes y no residentes y por área

silvestre protegida.

Artículo 11.-El adjudicatario deberá presentar un informe bimensual a la Dirección del Área de

Conservación respectiva, con copia a la Dirección Superior, del SINAC, sobre los ingresos que

deposite en la cuenta correspondiente al Fondo de Parques Nacionales o en su defecto en el

Fideicomiso de Áreas Protegidas Estatales. Además deberán presentar informes de auditorías

financieras externas anuales, a satisfacción del Consejo Regional correspondiente.

Artículo 12.-El contrato de adjudicación deberá contemplar además de la debida identificación

de las partes contratantes y la delimitación del objeto su vigencia, las tarifas de los servicios, las

exoneraciones al Estado, las obligaciones patronales y el número y características del personal ser

contratado por el adjudicatario, responsabilidades ambientales, y demás rubros que previamente

determine la Administración concedente.

Artículo 13.-Por razones de interés público el MINAE por medio del SINAC podrá modificar las

características de los servicios concesionados, con fundamento en el artículo 12 de la Ley de

Contratación Administrativa Nº 7494.

Artículo 14.-Será responsabilidad del SINAC, por medio de las Áreas de Conservación, velar

por el cumplimiento del contrato, recurriendo principalmente a los procedimientos establecidos en el

capítulo VI de este Reglamento. El adjudicatario deberá hacer posible el ejercicio de este mandato,

permitiendo la revisión de las instalaciones y la supervisión del personal contratado por él y rindiendo

los informes que solicite el SINAC. El adjudicatario no tendrá derecho a ser resarcido por la lesión

patrimonial acontecida, como consecuencia inmediata y directa de aquellas situaciones donde la forma

de desempeñar una actividad cause evidente perjuicio a los recursos naturales del sitio, en cuyo caso

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

se podrá suspender ésta sin responsabilidad ni indemnización alguna y sin perjuicio de otras acciones

administrativas civiles o penales que puedan tener cabida.

Artículo 15.-Los plazos de las concesiones no podrán exceder los tres años, salvo que exista

una justificación que amerite ampliar el plazo. Dicho plazo podrá prorrogarse automáticamente un

período de igual duración.

Artículo 16.-Previo a que el adjudicatario de inicio a la prestación del servicio concesionado, se

deberá elaborar una memoria técnica sobre el estado en el cual se entrega el espacio físico o la

infraestructura, especificando los sistemas de ejecución de los contratos y los términos y condiciones

generales para el desempeño de la actividad concedida.

Artículo 17.-El SINAC podrá realizar auditorías de calidad cuando lo considere oportuno. Sin

embargo, se efectuarán una vez al año como mínimo. Además se llevarán a cabo, inspecciones

directas, encuestas o cualquier otro mecanismo que permita evaluar la calidad del servicio

concesionado, todo esto con base en lo establecido por el capítulo VI de este Reglamento.

CAPÍTULO III

De las obligaciones del Adjudicatario

Artículo 18.-Previo a la concesión de aquellos servicios no esenciales que impliquen la

construcción de nuevas obras y con el propósito de disminuir, prevenir y mitigar los posibles impactos

negativos sobre el medio, se deberá contar con la viabilidad ambiental extendida por la Secretaría

Técnica Nacional Ambiental (SETENA), para lo cual el adjudicatario tendrá que costear la evaluación

del impacto ambiental o cualquier otro estudio técnico requerido.

Artículo 19.-El adjudicatario deberá entregar al visitante o usuario la respectiva factura timbrada

o tiquete de caja en caso de estar adscrito al régimen de tributación simplificado, como comprobantes

de su pago. Se exceptúan casos debidamente exonerados del timbraje por la ley.

Artículo 20.-Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:

a. Brindar un servicio de óptima calidad y en forma continua, respetando el calendario y

horario establecidos, durante todo el período de vigencia del contrato respectivo.

b. El servicio deberá cumplir con los fines establecidos en este Reglamento y con todas

las disposiciones estipuladas en el contrato suscrito por el adjudicatario y el Ministerio.

c. El personal contratado por el adjudicatario deberá ser preferentemente local, con

equidad de género y con igualdad de oportunidades para la población con algún tipo

de discapacidad, todo, desde luego, sin menoscabo de la calidad de los servicios

ofrecidos.

d. Conocer y cumplir sus obligaciones, de conformidad con lo establecido en el presente

Reglamento y en el resto de la normativa vigente sobre la materia.

e. Velar porque su personal acate lo referente a la materia de seguridad, salubridad y

salud ocupacional, dotándolo de los instrumentos, el equipo y todos los medios y

condiciones necesarios para ello.

f. Obligar a su personal a portar el uniforme y su respectiva identificación personal, de

acuerdo con lo que determine el contrato y el SINAC a través del Área de

Conservación respectiva.

g. Dotar a su personal del uniforme correspondiente, así como de los instrumentos y otros

medios y condiciones necesarios para el cumplimiento de su trabajo.

h. Implementar lo establecido en el Código de Servicio al Cliente del Sistema de Calidad

del SINAC y velar por el cumplimiento estricto de dicho Código.

i. Capacitar a su personal sobre las regulaciones existentes en materia de protección,

conservación y manejo de los recursos naturales; sobre los planes generales de

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

manejo de las áreas silvestres protegidas donde éste labore; los Reglamentos de Uso

Público de dichas Áreas Silvestres Protegidas; el Código de Servicio al Cliente, el

presente Reglamento y demás normativa aplicable.

j. Dar a conocer a los visitantes o usuarios, las disposiciones, regulaciones y restricciones

establecidas en la reglamentación de las áreas silvestres protegidas donde se esté

prestando el servicio.

k. Cumplir con su responsabilidad patronal y mantener asegurado a su personal de

conformidad con la normativa costarricense sobre seguridad social y laboral.

l. Respetar el pago de salarios mínimos establecidos por Ley, para todo el personal que

contrate.

m. Tener información escrita y accesible para todos los usuarios sobre los servicios que

ofrece.

n. Regular el uso de publicidad comercial, señalización, tratamiento de desechos sólidos y

aguas servidas.

o. Otras consideraciones que el SINAC considere necesarias, de conformidad con la

normativa vigente y/o el respectivo contrato.

Artículo 21.-En cuanto a las instalaciones, infraestructura y equipo que sean propiedad del

Sistema Nacional de Áreas de Conservación y que se faciliten al adjudicatario, éste deberá cumplir con

lo siguiente:

a. Adquirir una póliza de seguros, en aquellos casos que por la naturaleza del servicio o

del inmueble se requiera.

b. Garantizar, en forma permanente, el adecuado mantenimiento de las instalaciones,

infraestructura y el equipo, debiendo mantenerlos en perfecto estado de orden,

conservación, utilidad y limpieza y reparándolos en aquellos casos que lo ameriten,

debido al normal deterioro por su uso.

c. Utilizarlos únicamente para el estricto cumplimiento del servicio concesionado.

CAPÍTULO IV

De las normas mínimas de calidad

Obligaciones del personal contratado por el adjudicatario

Artículo 22.-El personal que contrate el adjudicatario deberá cumplir los siguientes requisitos mínimos:

a) Según los diferentes casos, con las disposiciones establecidas en el Código de

Trabajo, Ley Nº 2 del 26 de agosto de 1943 y sus reformas. Tratándose de menores

de edad se aplicará las disposiciones de los artículos 75, 86, 88, 92, 94, 95, 98, del

Código de la Niñez y Adolescencia Ley Nº 7739 del 2 de diciembre de 1997.

b) Ser costarricense o residente con el respectivo permiso de trabajo.

En caso de contratar extranjeros deben tener su situación migratoria legalizada y

legitimada.

c) Tener bachillerato de enseñanza media como mínimo o un grado superior cuando, el

servicio así lo requiera.

d) Para los servicios información y educación, se contratará preferiblemente personal

bilingüe.

En este caso y en el anterior, el Consejo Regional del Área de Conservación, podrá

exonerar el cumplimiento de estos requisitos, a solicitud del adjudicatario y con la

debida justificación.

e) Estar capacitado sobre el funcionamiento y manejo del Área Silvestre Protegida en la

que ha de laborar.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 23.-En la prestación del servicio, el personal contratado por el adjudicatario deberá cumplir con

los siguientes requisitos en cuanto a su presentación personal:

a) Buena presentación, aseo e higiene personal impecables.

b) No presentarse a laborar luego de haber consumido bebidas alcohólicas, ni bajo los

efectos de sustancias sicotrópicas o de cualquier otra naturaleza enervante.

Artículo 24.-El personal contratado por el adjudicatario deberá cumplir con lo siguiente en su relación

con los funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de Conservación:

a) No intervenir en los asuntos internos del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

b) Guardar estricta confidencialidad sobre todos aquellos asuntos del Sistema Nacional de

Áreas de Conservación de los cuales, por la función que desempeña dentro de la

institución haya tenido conocimiento.

c) Respetar y proteger los bienes del Estado y los de sus funcionarios.

CAPÍTULO V

De las normas mínimas de calidad para cada servicio

Artículo 25.-Las normas de calidad se establecerán para cada servicio en particular, de

conformidad con lo establecido en las normas y reglamentos técnicos vigentes, como parte de la oferta

de servicios a concesionar, sin embargo, siempre considerarán como mínimo lo siguiente:

a) Elaborar y ejecutar un plan de mantenimiento de infraestructura, y limpieza de las áreas

públicas bajo su responsabilidad.

b) Informar a los funcionarios del Área Silvestre Protegida, de forma inmediata, de

cualquier accidente, anomalía o daño relacionado con los usuarios del servicio.

c) Utilizar detergentes y desinfectantes biodegradables y amigables con el ambiente.

d) Brindar un adecuado manejo y tratamiento a las aguas residuales de acuerdo con las

regulaciones establecidas a este efecto.

e) Elaborar y ejecutar un Plan de Manejo de Desechos.

f) Identificar los centros más cercanos para el acopio de desechos y poner en práctica un

sistema de clasificación, manejo, tratamiento y transporte de ellos, a estos centros

(plan de manejo de desechos).

Artículo 26.-Los precios que se definan para los servicios estipulados en este Reglamento

deberán apegarse al principio de racionalidad, evitando cualquier posible especulación y basados en la

oferta y demanda de cada zona, además de encuestas de disponibilidad de pago de los visitantes.

CAPÍTULO VI

De los mecanismos de control de la calidad de los servicios

Artículo 27.-Se establecen como mecanismos de control de la calidad de los servicios, las

siguientes instancias administrativas:

a) Inspector General, para el seguimiento y evaluación permanente de las concesiones

otorgadas. Dicho cargo recaerá sobre el Administrador del Área Silvestre Protegida

respectiva o quién esté a cargo durante sus ausencias.

b) Contralor de Servicios, cada Comité Técnico de las Áreas de Conservación nombrará a

alguno de sus miembros como Contralor de Servicios de todas las concesiones

otorgadas por dicha Área de Conservación.

c) Libro de Sugerencias y Buzón de Quejas de los Visitantes y Usuarios, además de las

encuestas de percepción aplicadas a los visitantes y usuarios para la validación del

servicio.

d) Auditorías de Calidad.

Artículo 28.-Los mecanismos de control indicados en el punto inmediato anterior están

diseñados para informar al Administrador del Área Silvestre Protegida, al Comité Técnico y al Consejo

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Regional del Área de Conservación. Tendrán como función primordial controlar la calidad de los

servicios, brindar asesoramiento eficiente y oportuno para mejorarlos e informar sobre cualquier

anomalía que los afecte, para aplicar las medidas preventivas y correctivas que procedan.

Artículo 29.-El Inspector General y el Contralor de Servicios, visitarán de manera conjunta y

como mínimo una vez al mes, cada uno de los servicios adjudicados, verificando el estricto

cumplimiento de este Reglamento y el Contrato de Adjudicación, en lo que respecta a la calidad en los

servicios otorgados en concesión.

Artículo 30.-Cada tres meses el Inspector General deberá presentar ante el Consejo Regional y

el Comité Técnico del Área de Conservación respectiva, un informe completo sobre cada uno de los

servicios concesionados, donde se contemple:

a) Visitas de control de la calidad efectuadas.

b) Calidad de los servicios prestados.

c) Recomendaciones efectuadas a raíz de las visitas.

d) Resultado de las recomendaciones.

e) Recomendaciones y quejas de los visitantes y usuarios de los servicios, registradas por

medio del Libro de Sugerencias, encuestas de percepción y el Buzón de Quejas antes

indicados.

f) Medidas adoptadas ante las recomendaciones de los visitantes y usuarios.

Artículo 31.-A partir de las visitas de control que efectúe el Inspector General y de los informes

que presente ante el Comité Técnico del Área de Conservación, podrá este último emitir

recomendaciones con carácter obligatorio, tanto para el Inspector General como para el adjudicatario,

siempre y cuando se ajusten a lo establecido en este Reglamento y en el contrato suscrito para operar

la concesión.

Las resoluciones emitidas por el Inspector General y el comité Técnico del Área de Conservación,

tendrán respectivamente, los recursos que en tiempo y forma señale la Ley General de la

Administración Pública. Lo resuelto por el Inspector General podrá ser conocido en segunda instancia

por el Comité Técnico del Área de Conservación y en definitiva por el Consejo Regional del Área de

Conservación respectiva.

Artículo 32.-En cada una de las Áreas Silvestres Protegidas donde se haya concesionado

servicios no esenciales, se pondrán a disposición de los visitantes y usuarios, en un sitio visible,

claramente señalado e iluminado, el Libro de Sugerencias y el Buzón de Quejas mencionado en este

Reglamento.

Artículo 33.-Corresponderá al Inspector General revisar frecuentemente el Libro de

Sugerencias y el Buzón de Quejas, analizando lo que indiquen los visitantes y usuarios y emitiendo

cuando proceda, las recomendaciones del caso para el adjudicatario. Lo que se indique en el Libro de

Sugerencias y en el Buzón de Quejas de los Visitantes y Usuarios, no será vinculante para el Inspector

General, el Comité Técnico del Área de Conservación ni el Consejo Regional del Área de Conservación

respectiva. Las recomendaciones serán vinculantes, únicamente cuando previo estudio y resolución del

Inspector General se compruebe la necesidad de implementarlas para mejorar los servicios.

Artículo 34.-Los funcionarios de las Áreas Silvestres Protegidas deberán revisar el Libro de

Sugerencias y el Buzón de Quejas al menos tres veces a la semana. Si existiere una queja sobre

alguno de los servicios, deberán notificarla dentro de las 24 horas siguientes al Inspector General, el

cual tendrá un plazo de 48 horas para verificar la información recibida y, si es necesario, remitirla al

Contralor de Servicios para establecer las recomendaciones del caso.

Artículo 35.-El Inspector General y el Contralor de Servicios deberán realizar una vez al año,

una encuesta de percepción sobre los servicios concesionados, dirigida tanto a los funcionarios como a

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

los visitantes y usuarios. Sus resultados deberán ser analizados por el Comité Técnico del Área de

Conservación quién emitirá recomendaciones sobre los mismos.

Artículo 36.-El Comité de Técnico del Área de Conservación tendrá las siguientes funciones:

a. Priorizar y recomendar, de conformidad con lo que establece este Reglamento, los

servicios no esenciales a concesionar en cada Área Silvestre Protegida, con el fin de

mejorar la prestación de los servicios, evitar el deterioro de los recursos naturales y

culturales y mejorar la recaudación de los ingresos.

b. Proponer los nuevos servicios no esenciales y actividades complementarias sujetos de

concesión, no contemplados en este Reglamento.

c. Realizar intervenciones o gestionar auditorías financieras externas, cuando así se

requiera, así como inspecciones directas, auditorías de calidad, encuestas de percepción

o cualquier otra medida que asegurare la óptima calidad del servicio concesionado, de

acuerdo con lo contemplado en este Reglamento.

d. Todas las demás funciones mencionadas en este Reglamento.

Artículo 37.-La Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se considerarán como

fuentes supletorias de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y serán utilizadas para

resolver los casos y las situaciones no previstas.

Artículo 38.-Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veinticinco días del mes de agosto del

dos mil cuatro.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo 8. Decreto N° 27345-MINAE “Canon Pastoreo”

No 27345-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de facultades que les confieren los artículos 140 de la Constitución Política, Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Habitat de Aves Acuáticas, ley 7224, Ley General de la Administración Pública, Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales N

o 6084

del 23 de noviembre de 1973 y la Ley Orgánica del Ambiente No 7554.

Considerando:

I.—Que el Estado costarricense, a través del Ministerio del Ambiente y Energía ha definido claramente, políticas de conservación y desarrollo sostenible, fundamentado tanto en la Estrategia de Conservación para el Desarrollo sostenible de Costa Rica, como en la Declaración para el "Nuevo Orden Ecológico Internacional" de la presente Administración.

II.—Que la Ley Orgánica del Ambiente, manifiesta que entre los objetivos de creación, conservación, administración, desarrollo y vigilancia de las Áreas Silvestres Protegidas, están el de conservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y de los ecosistemas más frágiles, para asegurar el equilibrio y los procesos evolutivos y ecológicos, así como el de promover la investigación científica, el estudio de los ecosistemas y su equilibrio, así como el conocimiento y las tecnologías que permiten el uso sostenible de los recursos naturales del país y su conservación.

III.—Que entre los objetivos fundamentales del Parque Nacional Palo Verde está el proteger, manejar, conservar y restaurar, tanto ecosistemas de humedales como de bosque tropical seco, para mantener la diversidad y poblaciones de vida silvestre.

IV.—Que la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, conocida como Convención Ramsar, fue ratificada por Costa Rica mediante ley 7224 del 2 de abril de 1991 y que como instrumento jurídico internacional, tiene valor superior a la Ley. Que Costa Rica, como parte contratante, debe fomentar la conservación de las zonas húmedas y de las aves acuáticas, creando reservas naturales de humedales y atendiendo de manera adecuada su manejo y cuidado. Asimismo, se compromete a fomentar la investigación y el intercambio de datos relativos a humedales a fin de favorecer las condiciones para aumentar las poblaciones de aves acuáticas.

V.—Que en las últimas dos décadas, los ecosistemas del Parque Nacional Palo Verde, han presentado dramáticos cambios en su estructura como en sus funciones, debido a factores biológicos, como el avance de la sucesión natural y factores antropógenos como el efecto de fuegos.

VI.—Que debido a procesos de sucesión natural, diferentes sectores del humedal Palo Verde han sido invadidos por vegetación natural, de diferentes especies de plantas, tales como tifa (Typha dominguensis). Palo Verde (Parkinsonia aculeata), sapo (Ipomoea carnea), zarza (Mimosa pigra) y los zacates Paspalum notatum y Paspalidium germinatum, reduciendo la diversidad de habitáis de los humedales.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

VII.—Que el objetivo del presente decreto es conservar las poblaciones de aves acuáticas, mediante el manejo activo de los humedales del Parque Nacional Palo Verde y de áreas de pasto jaragua (Hyparrehenia rufa) mezcladas con vegetación secundaria, para mantener la diversidad.

VIII.—Que las investigaciones sobre ecología aplicada y acciones de manejo han permitido entender aspectos básicos sobre el funcionamiento de esos humedales, las consecuencias de su transformación como habitáis y los métodos científicos para su gestión oportuna.

IX.—Que el pastoreo controlado en áreas de pantanos ha producido control parcial de la sucesión natural, así como mayor apertura de espejos de agua, favoreciendo el incremento de poblaciones y de la diversidad de las aves acuáticas.

X.—Que áreas remanentes de bosque seco tropical primario y secundario se ven amenazadas por la presencia de jaragua (Hyparrehenia rufa), un pasto exótico, en algunos sectores del Parque, ya que en la época seca estos pastizales se convierten en el mayor peligro para el ecosistema, dada la inminente aparición de fuegos provocados en los alrededores del área.

XI.—Que las áreas de pasto jaragua (Hyparrehenia rufa) mezcladas con remanentes de bosque secundario dentro del Parque Nacional Palo Verde, durante la época seca de cada año se ven amenazadas por los incendios forestales. En esos sitios los incendios dañan la vegetación leñosa y van abriendo y facilitando la extensión de pastizales, como jaragua y otros, los cuales a su vez facilitan incendios aún más extensos.

XII.—Que investigaciones sobre ecología aplicada y pastoreo en áreas de jaragua (Hyparrehenia rufa) mezcladas con vegetación secundaria, han demostrado que el pastoreo controlado es una herramienta útil para ayudar a controlar el problema de los incendios y para la restauración ecológica de esos sitios.

XIII.—Que el manejo activo entendido como una combinación de forma y métodos de intervención sobre los ecosistemas, de manera planificada y dirigida hacia la restauración ecológica, es una herramienta útil y necesaria para el adecuado manejo y desarrollo del Parque Nacional Palo Verde.

XIV.—Que la rehabilitación de hábitats por medio del manejo activo es cada vez más necesaria, dado que en las tierras bajas y húmedas de Guanacaste han disminuido las áreas con características ecológicas similares a las del Parque Nacional Palo Verde, debido al avance de la frontera agrícola.

XV.—Que el manejo activo puede incluir alguna o una combinación de las siguiente acciones: pastoreo, fangueo, chapea y corta de vegetación, rehabilitación de esteros, introducción y manejo de agua, fuego controlado, movimientos de tierra, y otros medios que se requieran para rehabilitar sectores del Parque Nacional Palo Verde.

Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°—Se establece para el Parque Nacional Palo Verde, el manejo activo en sus humedales y áreas de pasto jaragua (Hyparrhenia rufa) mezcladas con remanentes de bosque secundario. Las intervenciones estarán basadas en el Plan de Manejo del Parque Nacional Palo Verde, la zonificación propuesta en dicho plan, los compromisos con la Convención RAMSAR y el asesoramiento y monitoreo del Comité Asesor del Parque.

Artículo 2°—Se establecen, para las áreas pantanosas, todas las acciones necesarias, para cumplir con los objetivos de mantener la biodiversidad de los diferentes habitáis del Parque.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 3°—Para áreas de regeneración de pasto jaragua a bosques, se autoriza el pastoreo y otras acciones necesarias para cumplir objetivos de conservación del bosque tropical seco.

Artículo 4°—Se crea un Comité Asesor para el Parque Nacional Palo Verde para que apoye las actividades de manejo activo dentro del Parque Nacional Palo Verde y dé asesoramiento y seguimiento a las acciones de manejo por medio de un plan de intervención y monitoreo.

Artículo 5°—El citado Comité Asesor estará integrado por:

El Director del Área de Conservación Tempisque

Un representante del Distrito de Riego Arenal Tempisque

Un representante de los permisionarios ganaderos

Un representante de la Organización para Estudios Tropicales

Un representante de la Universidad de Costa Rica

Un representante de la Universidad Nacional

El administrador del Parque Nacional Palo Verde

Artículo 6°—El administrador del Parque Nacional Palo Verde ejercerá la Secretaría Ejecutiva del citado Comité con voz pero sin voto. Las funciones del Comité Asesor se definirán en su Reglamento de Funcionamiento. Todos los miembros del Comité Asesor tendrán un miembro suplente. La composición del Comité Asesor se revisará periódicamente pudiendo incluirse otras instituciones interesadas en velar por los lineamientos del manejo activo propuesto.

Artículo 7°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Anexo 9. Decreto N° 26187-MINAE “Canon Torres”

DECRETO Nº MINAET-MH

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y

LOS MINISTROS DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES Y DE

HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140 inciso 3 y 146 de la

Constitución Política, y en razón de lo dispuesto en el Anexo 13 sobre “Compromisos específicos de

Costa Rica en materia de Servicios de Telecomunicaciones”, del Capítulo 13 de Telecomunicaciones,

del Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (TLC),

Ley N° 8622 del 21 de noviembre de 2007; “Convenio Provisional de Aviación Civil Internacional, la

Convención de Aviación Civil Internacional, el Convenio Relativo al Tránsito de los Servicios Aéreos

Internacionales y el Convenio sobre Transporte Aéreo Internacional”, Ley N° 877 del 4 de julio de 1947;

en los artículos 28 inciso b), 154, 256 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas,

Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; en los artículos 1, 3 inciso k), 4, 6 incisos 8), 11), 12), 16), 18),

19), 20), 21) y 29), 15 y 59 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642 del 4 de junio de

2008; en el artículo 39 incisos b), c), e), e i) y en los artículos 40 y 41 de la Ley de Fortalecimiento y

Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley N° 8660 del 8 de agosto

de 2008; artículos 6 inciso b), 73 incisos p) y m), 74, 77 y 79 de la Ley de la Autoridad Reguladora de

los Servicios Públicos y sus reformas, Ley N° 7593 del 9 de agosto de 1996; en el artículo 2 inciso c), y

artículos 5, 30, 32, 38, 43, 45, 59, 60, 69, 71, 72, 83 y 99 inciso f), todos de la Ley Orgánica del

Ambiente, Ley N° 7554 del 04 de octubre de 1995; en los artículos 22, 28, 31, 35, 52, 58 y 61 de la Ley

de Biodiversidad, Ley N° 7788 del 30 de abril de 1998; en los artículos 3 inciso i), y artículos 13, 14, 18,

34, 38 y 39 de la Ley Forestal, Ley N° 7575 del 13 de febrero de 1996; el artículo 1 de Ley de Creación

del Servicio de Parques Nacionales, Ley Nº 6084 del 24 de agosto de 1977, los artículos 3, 4, 17 de la

Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317 del 30 de octubre de 1992 y sus reformas;

Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº 34765-MINAET del 22 de

setiembre de 2008; los artículos 3 incisos a) y p), artículos 7, 20, 21, 23 y 25 del Reglamento a la Ley

de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo N° 34433 del 11 de marzo de 2008; en el artículo 23 inciso b), del

Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos,

Decreto Ejecutivo N° 32565-MEIC del 28 de abril de 2005; el Reglamento para el Trámite de Revisión

de los Planos para la Construcción, Decreto Ejecutivo Nº 36550-MP-MIVAH-S-MEIC del 28 de abril del

2011; el Reglamento para la Prevención de la Contaminación Visual, Decreto Ejecutivo N° 35860-

MINAET del 26 de febrero de 2010; en el Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT del 10

de mayo de 2010, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la

aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de

telecomunicaciones”; en el Reglamento General sobre los procedimientos de Evaluación de Impacto

Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 24 de mayo de 2004; en el

Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones emitido por la Autoridad

Reguladora de los Servicios Públicos del 6 de octubre de 2008; Decreto Ejecutivo N° 36324-S,

Reglamento para regular la exposición a campos Electromagnéticos de radiaciones no ionizantes,

emitidos por sistemas inalámbricos con frecuencias de hasta 300 GHz, publicado en el Diario Oficial La

Gaceta N° 25 del 04 de febrero de 2011; Resolución N° 023-2010-SETENA del 20 de enero de 2010,

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

denominada “Modificación de la Resolución N° 2031-2009-SETENA (Instalación de Torres de

Telecomunicaciones para el Sistema Móvil Avanzado 3G (SMA-SG)”; en la Resolución N° 12 del 03 de

febrero de 2009 denominada “Directrices para realizar donaciones de bienes en desuso o en mal

estado de la Contraloría General de la República”; en el Plan Nacional de Desarrollo de las

Telecomunicaciones 2009-2014 del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones del 15 de

mayo de 2009; Circular Aeronáutica Nº AIC 22/10 del 13 de setiembre de 2010, de la Dirección General

de Aviación Civil denominada “Trámites y requisitos para el estudio aeronáutico de restricción de

alturas (edificios, vallas publicitarias e infraestructura de telecomunicaciones)”.

CONSIDERANDO:

I. Que el Anexo 13 sobre “Compromisos específicos de Costa Rica en materia de Servicios de Telecomunicaciones”, del Capítulo 13 de Telecomunicaciones, del Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (TLC), establece la obligación de Costa Rica de promulgar un marco regulatorio para los servicios de telecomunicaciones, de conformidad con los principios rectores que sirven de guía para la regulación del sector, a efectos de no afectar de ninguna manera los compromisos de acceso al mercado que el país asumió, siendo ellos los que inspiran la presente normativa: universalidad, solidaridad, beneficio del usuario, transparencia, competencia efectiva, no discriminación, neutralidad tecnológica, optimización de los recursos escasos, privacidad de la información y sostenibilidad ambiental.

II. Que, dando continuidad a los compromisos adquiridos en el Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (TLC) ya indicados, la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642 del 4 de junio de 2008, y su reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 34765- MINAET del 22 de setiembre de 2008, promueven la competencia efectiva en telecomunicaciones como medio que permitirá, no solamente incrementar la disponibilidad de servicios, mejorar su calidad y asegurar precios asequibles, en respeto a la sostenibilidad ambiental, sino también la realización de acciones que tengan como fin la reducción de la brecha digital, logrando que la mayor parte de la población tenga acceso a los servicios de telecomunicaciones.

III. Que la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones, Ley N° 8660 del 8 de agosto de 2008, creó al Sector Telecomunicaciones, estableció la modernización y fortalecimiento del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y sus empresas, y modificó la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, para crear la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), disponiendo en su artículo primero que quedan sometidos al ámbito de aplicación de esta Ley, toda la Administración Pública, tanto la centralizada como la descentralizada, incluyendo a aquellas que pertenezcan al régimen municipal, las instituciones autónomas, las semiautónomas y las empresas públicas y privadas que desarrollen funciones o actividades relacionadas con las telecomunicaciones, infocomunicaciones, productos y servicios de información, interconexión y demás servicios en convergencia del Sector.

IV. Que de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, N° 7152, la Rectoría del Sector Recursos Naturales le corresponde al Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones; el cual debe velar por garantizar a las personas y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Así mismo, de conformidad con la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley N° 8660, artículo 39 inciso i), el Rector del Sector Telecomunicaciones es, igualmente, el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, a quien corresponde, entre sus funciones, velar por el cumplimiento de la

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

normativa ambiental aplicable y el desarrollo sostenible de las telecomunicaciones en armonía con la naturaleza.

V. Que el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788 crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, con personalidad jurídica instrumental, como un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.

VI. Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia Nº 08945 del 06 de julio del 2005, analizó la constitucionalidad y procedencia de la instalación de torres en Áreas Silvestres Protegidas, a través de la figura del permiso de uso, en contraprestación de un canon, con el fin de que el mismo sirva para autofinanciar por medio de los servicios que prestan, los gastos que produce para dichas áreas, su administración, manejo y protección.

VII. Que de acuerdo con el artículo 79 de la Ley N° 7593, le corresponde a la Dirección General de Tributación fijar el monto de arrendamiento por la instalación de redes públicas de telecomunicaciones en los bienes de uso público y que para tales efectos, es necesario formular una metodología de estimación de este valor, así como un mecanismo para su rápida y oportuna evaluación.

VIII. Que el monto por canon definido en el artículo 7 del Decreto Nº 26187-MINAE, que Regula Puestos de Telecomunicación en Áreas Silvestres Protegidas, del 22 del mayo de 1997, estableció un monto de 100.000,00 colones anuales para puestos de radiocomunicación privada, por lo que el Viceministerio de Telecomunicaciones, a través de una serie de estudios económicos y ambientales plasmados en los informes IT-GST-2010-002, IT-GST-2010-006 y NT-GST-2011-002 con respecto al monto por canon establecido en el decreto 26187-MINAE, concluyó que el monto señalado implica una pérdida de su valor real de un 74% con respecto a 1997, por lo que se hace necesaria su actualización.

IX. Que la mencionada Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley N° 8660, en su artículo 39 incisos b) y c) y su artículo 40 establece, como parte de las atribuciones del Ministro Rector del Sector Telecomunicaciones, coordinar y dictar el “Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones”, el cual es un instrumento de planificación y orientación general del Sector de Telecomunicaciones, que define metas, objetivos y prioridades del Sector. Puntualmente, el PNDT, como parte de estas metas, en su Eje Ambiental dispuso como responsabilidad de la Rectoría de Telecomunicaciones, la creación de una propuesta para la actualización del Decreto Ejecutivo Nº 26187-MINAE, denominado “Regula Puestos de Telecomunicaciones en Áreas Silvestres Protegidas”; el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 142 del 24 de julio de 1997. De acuerdo a este Decreto, el Estado, hasta la fecha, ha autorizado la instalación y mantenimiento de infraestructura de telecomunicaciones en áreas silvestres protegidas mediante la figura de permisos de uso. Dicho Decreto, como norma, fue emitido dentro de un contexto histórico muy diferente al actual. Lo anterior motiva al Poder Ejecutivo a emitir una nueva normativa, acorde a las necesidades actuales del país, imperantes en el mercado de telecomunicaciones, abierto y en competencia, con respeto a los principios de protección al ambiente y a los preceptos que rigen el Sector por disposición de ley, por medio del presente Decreto.

X. Que la instalación de torres en Áreas Silvestres Protegidas ha sido considerada, por la Sala Constitucional, de carácter excepcional, temporal y encaminada hacia el menor impacto en el ambiente, al señalar en el considerando VII de la sentencia 08945 del 06 de julio del 2005, lo siguiente:“Lo anterior significa que la administración deba ir previendo tal situación, y asegurando a mediano plazo medios tecnológicos más avanzados, que permitan una adecuada difusión de

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

las comunicaciones, reduciendo la instalación de las torres de telecomunicación a futuro e incluso las existentes y a su vez buscar una coexistencia armónica con la naturaleza. De igual modo, debe realizar un control efectivo de los accesos que se efectúen en las zonas protegidas, a efecto de minimizar su impacto en el ambiente.”

Por tanto,

DECRETAN:

“DISPOSICIONES SOBRE EL PERMISO DE USO PARA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES, EN ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS UBICADAS EN

PROPIEDAD ESTATAL Y PATRIMONIO NATURAL DEL ESTADO Y DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N° 26187-MINAE”

Artículo 1°: Objeto El presente Decreto Ejecutivo tiene por objeto regular los permisos de uso para instalación de infraestructura de telecomunicaciones en las Áreas Silvestres Protegidas y el Patrimonio Natural del Estado, bajo administración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones. Artículo 2°: Alcance Están sometidas al presente Decreto Ejecutivo todas las personas físicas, jurídicas, privadas, públicas, nacionales o extranjeras que sean operadores de redes públicas de telecomunicaciones y que instalen u operen infraestructura para telecomunicaciones en las Áreas Silvestres Protegidas únicamente en propiedad estatal y en el Patrimonio Natural del Estado. Artículo 3°: Definiciones

a. Antena de Telecomunicaciones: corresponde a la parte del sistema de transmisión o recepción de radio diseñado para proveer el emparejamiento entre el transmisor o el receptor. Puede ubicarse en una torre de telecomunicaciones, de conformidad con el artículo 3 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones”.

b. Áreas de Conservación: unidad territorial del país, delimitada administrativamente, regida por una misma estrategia de desarrollo y administración, debidamente coordinada con el resto del sector público. En cada una se interrelacionan actividades, tanto privadas como estatales en materia de conservación, sin menoscabo de las áreas protegidas, de conformidad con el artículo 28 de la Ley N° 7788, Ley de Biodiversidad.

c. Áreas Silvestres Protegidas: zonas geográficas delimitadas, constituidas por terrenos, humedales y porciones de mar. Han sido declaradas como tales por representar significado especial por sus ecosistemas, la existencia de especies amenazadas, la repercusión en la reproducción y otras necesidades y por su significado histórico y cultural. Estas áreas estarán dedicadas a conservar y proteger la biodiversidad, el suelo, el recurso hídrico, los recursos naturales y los servicios de los ecosistemas en general, de conformidad con el artículo 58 de la Ley N° 7788, Ley de Biodiversidad.

d. Camuflaje: ocultación o disimulo de la infraestructura o equipos de telecomunicaciones, dándole una apariencia que logre confundirse con el entorno y permanecer indistinguible, de conformidad con la Circular Aeronáutica Nº AIC 22/10 del 13 de setiembre de 2010 de la Dirección General de Aviación Civil, denominada “Trámites y requisitos para el estudio aeronáutico de restricción de alturas (edificios, vallas publicitarias e infraestructura de telecomunicaciones)”.

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DIRECCIÓN EJECUTIVA

e. Director de Área de Conservación: encargado de aplicar las leyes que rigen la materia, implementar políticas nacionales y ejecutar directrices, de conformidad con el artículo 31 de la Ley N° 7788, Ley de Biodiversidad.

f. Ductos de Telecomunicaciones: conjunto de tuberías de diversos materiales destinadas a transportar cableado para servicios de telecomunicaciones a nivel subterráneo, de conformidad con el artículo 3 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones”.

g. Infraestructura de Telecomunicaciones: toda estructura que estará destinada a la instalación y soporte de una red de telecomunicaciones. Puede estar constituida por canalizaciones, ductos, postes, torres, estaciones de control y demás estructuras requeridas para la instalación y operación de las redes públicas o privadas. Este tipo de infraestructura no representa un fin como unidad habitacional, lo anterior de conformidad con el artículo 3 inciso c) del Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones”.

h. Patrimonio Natural del Estado: estará constituido por los bosques y terrenos forestales de las reservas nacionales, de las áreas declaradas inalienables, de las fincas inscritas a su nombre y de las pertenecientes a municipalidades, instituciones autónomas y demás organismos de la Administración Pública, excepto inmuebles que garanticen operaciones crediticias con el Sistema Bancario Nacional e ingresen a formar parte de su patrimonio.

i. Permisionario: persona física o jurídica, pública o privada, que esté habilitada para operar redes públicas de telecomunicaciones y que obtengan un permiso de uso para instalar infraestructura de telecomunicaciones en un Área Silvestre Protegida o en el Patrimonio Natural del Estado.

j. Permiso de Uso: autorización administrativa para el uso de bienes de dominio público o parte de estos en Áreas Silvestres Protegidas y Patrimonio Natural del Estado, para fines que no conlleven el aprovechamiento forestal, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE. Dichos permisos se regirán por lo dispuesto en el presente Decreto y en la legislación vigente aplicable.

k. Plan General de Manejo: instrumento de planificación que permite orientar la gestión de un Área Silvestre Protegida hacia el cumplimiento de sus objetivos de conservación a largo plazo, de acuerdo con el artículo 3 inciso p) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo N° 34433.

l. Poste de Telecomunicaciones: soporte único vertical de madera, concreto, acero u otro material, con un extremo dispuesto en el suelo, ya sea directamente o a través de cimientos. Estas estructuras generalmente se utilizan para el soporte de tendidos eléctricos y cableado de telecomunicaciones como cable coaxial, par de cobre y fibra óptica, entre otros, lo anterior de acuerdo con el artículo 3 inciso d) del Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones”.

m. Red de telecomunicaciones: sistemas de transmisión y demás recursos que permiten la transmisión de señales entre puntos de terminación definidos mediante cables, ondas hertzianas, medios ópticos u otros medios radioeléctricos, con inclusión de las redes satelitales, redes terrestres fijas (de conmutación de circuitos o de paquetes, incluida Internet) y móviles, sistemas de tendido eléctrico, utilizadas para la transmisión de señales, redes utilizadas para la radiodifusión sonora y televisiva y redes de televisión por cable, con independencia del tipo de información transportada, de conformidad con el artículo 6 inciso 19 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642.

n. Red pública de telecomunicaciones: red de telecomunicaciones que se utiliza, en su totalidad o principalmente, para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

público, de conformidad con el artículo 6 inciso 21 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642.

o. Red privada de telecomunicaciones: red de telecomunicaciones destinada a satisfacer necesidades propias de su titular, lo que excluye la prestación y explotación de estos servicios a terceros, de conformidad con el artículo 6 inciso 20 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642.

p. Telecomunicaciones: toda transmisión, emisión y/o recepción de signos, señales, escritos, datos, imágenes, sonidos o información de cualquier naturaleza por hilo, conductores, ondas radioeléctricas, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos, de conformidad con el artículo 6 inciso 29 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642.

q. Torre de telecomunicaciones: soporte que puede estar construido en materiales como acero y concreto. Puede soportar varios elementos, como antenas de transmisión y equipos adicionales para el funcionamiento de las redes de radiotelecomunicación, de conformidad con el artículo 3 inciso g del Decreto Ejecutivo N° 36159–MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado “Normas, Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones”.

r. Uso Compartido: uso conjunto por parte de varios operadores de telecomunicaciones, de las canalizaciones, los ductos, los postes, las torres, las estaciones y las demás instalaciones requeridas para la instalación y operación de las redes públicas de telecomunicaciones.

Artículo 4°: Nomenclaturas Para los efectos del presente Decreto se aplica la siguiente nomenclatura: ASP: Área Silvestre Protegida AC: Área de Conservación SINAC: Sistema Nacional de Áreas de Conservación SUTEL: Superintendencia de Telecomunicaciones MINAET: Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones PNE: Patrimonio Natural del Estado Artículo 5°: Otorgamiento del Permiso de uso en Áreas Silvestres Protegidas y Patrimonio Natural del Estado En las Áreas Silvestres Protegidas y el Patrimonio Natural del Estado, el Director de cada Área de Conservación, podrá otorgar permisos de uso para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones. Dichos permisos no serán transferibles y se entenderán otorgados a título precario. Los permisos para ubicar la infraestructura de telecomunicaciones en un Área Silvestre Protegida y en el Patrimonio Natural del Estado, se otorgarán por un plazo máximo de cinco años y podrán ser prorrogables por períodos iguales, previa solicitud del interesado, con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, salvo que el SINAC considere que no debe proceder el otorgamiento de la prórroga solicitada con base en criterios técnicos fundamentados. Artículo 6º: Revocatoria de permisos de uso El permiso de uso de instalación de infraestructura en ASP y el PNE, puede revocarse por razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad para la Administración. La revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de revocación, de conformidad a lo establecido en los artículos 154, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública N° 6227. Asimismo, en caso de violación a las disposiciones del presente decreto y demás normativa relacionada con la protección del medio ambiente y la salud, la Administración Pública podrá revocar los permisos de uso de instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP y PNE, de conformidad al artículo 99 inciso f) de la Ley Orgánica del Ambiente.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Revocado el permiso de uso, el SINAC concederá un plazo de treinta días hábiles al administrado para que retire del lugar la infraestructura de telecomunicaciones que haya instalado en las ASP o PNE, siendo obligación de éste cubrir la totalidad de gastos por dicho retiro. Vencido el plazo indicado sin que la infraestructura de telecomunicaciones haya sido debidamente retirada por el administrado, el Estado procederá con el retiro de la misma, quedando facultado para cobrar los gastos en que incurra por dicha acción. Artículo 7º: Ubicación de infraestructura de telecomunicaciones, en Áreas Silvestres Protegidas y Patrimonio Natural del Estado La ubicación de infraestructura de telecomunicaciones en áreas silvestres protegidas en terrenos propiedad del Estado, procederá en casos de excepción, en los lugares donde la zonificación del plan de manejo respectivo así lo determine. Artículo 8°: Ubicación de infraestructura de telecomunicaciones, en Áreas Silvestres Protegidas que no cuentan con plan de manejo, plan de manejo vigente o donde no se contemple una zona de uso especial para la instalación de torres, y en terrenos de Patrimonio Natural del Estado fuera de ASP La ubicación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP en terrenos de propiedad estatal y en el PNE, también procederá en los casos en que el ASP no tenga plan de manejo, el mismo no se encuentre vigente, o estando vigente, no defina un área de uso especial para instalar torres de telecomunicaciones y en Patrimonio Natural del Estado, siempre que el SINAC determine que no habrá daño ambiental dentro del ASP con la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones y previo cumplimiento de lo señalado en el artículo 9 del presente Reglamento. Artículo 9°: De los requisitos de la solicitud de permiso de uso A.- Presolicitud:

i. Solicitud de instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP o PNE, ante la Dirección Regional del Área de Conservación, la cual deberá contener: Nombre del solicitante o razón social; cédula física o jurídica según sea el caso, y lugar señalado para notificaciones, así como las coordenadas geográficas deseadas (latitud y longitud WGS84 y CRTM05), donde se instalaría la infraestructura de telecomunicaciones.

ii. Diseño preliminar de la infraestructura de telecomunicaciones que se quiere instalar en el ASP o PNE, cumpliendo las características requeridas en el artículo 10 del presente Decreto.

Para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP que no tengan plan de manejo, el mismo no se encuentre vigente, o estando vigente, no defina un área de uso especial para instalar torres de telecomunicaciones y en Patrimonio Natural del Estado, según lo establecido en el artículo 8 del presente decreto, una vez presentada la presolicitud el funcionario encargado de tramitar la misma, solicitará lo siguiente:

Informe Técnico emitido por el AC competente, que determine las posibles afectaciones desde el punto de vista de la protección, contaminación visual, conservación de los recursos naturales y de la biodiversidad en el sitio donde se instalaría la infraestructura de telecomunicaciones. Dicho informe técnico, deberá ser emitido en un plazo no mayor a 10 días, de conformidad al artículo 262 de la Ley General de la Administración Pública.

Criterio Técnico de la SUTEL, con el fin de valorar que no existan otras alternativas técnicas o económicamente viables para la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones de conformidad al numeral 77 de la Ley Nº 7593; en atención al carácter excepcional, temporal y encaminado hacia el menor impacto en el ambiente, que rige la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP o PNE.

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Dicha presolicitud y la presentación de los requisitos señalados, no implicará en ningún momento, una aprobación previa del permiso de instalación de infraestructura, sino hasta que el SINAC verifique el cumplimiento de la totalidad de los requisitos generales solicitados. En caso de informe técnico positivo para la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones, emitido por parte del AC competente, se notificara del mismo al solicitante, quien deberá en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación, aportar los requisitos generales establecidos a continuación:

B.- Requisitos Generales:

i. Autorización de altura, otorgada por la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con la Circular Aeronáutica Nº AIC 22/10 de la Dirección General de Aviación Civil denominada “Trámites y Requisitos para el Estudio Aeronáutico de Restricción de Alturas (Edificios, Vallas Publicitarias, e Infraestructura de Telecomunicaciones)”.

ii. Viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, de conformidad con la Resolución Nº 0123-2010-SETENA y el Reglamento General sobre los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC.

iii. Visto bueno del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica de la estructura que se va a instalar en el ASP y el PNE, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 36550 del 28 de abril del 2011.

iv. Plan que adoptará el solicitante, que contemple: el manejo de los residuos sólidos, combustibles y mantenimiento que se le dará a la estructura y los caminos de acceso, y la disposición de excavaciones y construcciones, de conformidad con los artículos 60 y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente, Ley Nº 7554. Lo anterior con el fin de preservar la riqueza natural que está dentro del ASP y el PNE, y minimizar el impacto ambiental producido dentro de sus límites con la instalación de infraestructura de telecomunicaciones.

Una vez que el administrado presente la totalidad de los requisitos solicitados, el AC tendrá quince días naturales para emitir la resolución final. Artículo 10°: Características requeridas para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en el Área Silvestre Protegida y Patrimonio Natural del Estado

a) La infraestructura de telecomunicaciones en su conjunto, en ningún caso, podrá ser mayor a 80 metros cuadrados.

b) Las cometidas eléctricas hacia las instalaciones de telecomunicaciones deberán ser subterráneas, cuando el AC lo estime conveniente de conformidad con criterios de tutela del medio ambiente.

c) En caso que se pretenda instalar un sistema de iluminación exterior, el haz de luz deberá proyectarse hacia el suelo, a excepción de la iluminación regulada conforme las normas de Aviación Civil.

d) La instalación de infraestructura de telecomunicaciones en el ASP o PNE debe reunir las condiciones técnicas para soportar y brindar uso compartido de al menos tres operadores de radiocomunicación, así como cualquier recomendación que al respecto emita la SUTEL.

Artículo 11º: Modificaciones a la Infraestructura de Telecomunicaciones Toda modificación estructural o de apariencia que se pretenda hacer a la infraestructura de telecomunicaciones existente, requerirá la autorización del Director del Área de Conservación respectiva, previa presentación de los requisitos indicados según el artículo 9 de este Decreto Ejecutivo, según corresponda. Artículo 12°: Uso compartido

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El SINAC, con el fin de minimizar el impacto en las ASP y el PNE y atención a sus competencias de ley, fomentará el uso compartido de infraestructura por parte de los permisionarios. Los interesados de común acuerdo, establecerán las condiciones de uso compartido de instalaciones y la colocalización, de conformidad con el artículo 77 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos N° 7593, los reglamentos, planes técnicos y demás disposiciones emitidas por SUTEL. Artículo 13°: Solicitud de intervención de SUTEL De conformidad con el párrafo cuarto del artículo 77 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley Nº 7593, SUTEL podrá intervenir de oficio o a petición de parte, para resolver las diferencias o controversias que se presenten en lo atinente al uso compartido o derechos de paso de las infraestructuras físicas de telecomunicaciones en las ASP y el PNE. El uso compartido de estas instalaciones y la colocalización, tendrán en cuenta condiciones de factibilidad económica, técnica y ambiental.

Artículo 14°: Camuflaje de infraestructura de telecomunicaciones

En tutela del principio de protección al medio ambiente y con el objeto de evitar la contaminación visual, las infraestructuras de telecomunicaciones en las ASP y PNE deberán estar camufladas en los casos en que la Dirección del Área de Conservación así lo disponga, en concordancia con las disposiciones de la Dirección General de Aviación Civil, la Ley Orgánica del Ambiente y el Reglamento para la prevención de la contaminación visual, publicado mediante Decreto Ejecutivo Nº 35860-MINAET.

Para tales efectos, el diseño de la infraestructura de telecomunicaciones deberá permitir confundirse con el entorno y el paisaje, utilizando las técnicas y formas idóneas que garanticen un bajo impacto visual y una armonización física con el entorno que rodea la infraestructura.

Artículo 15: Del mantenimiento de la infraestructura de telecomunicaciones

El SINAC, en coordinación con SUTEL, determinará las pautas mediante las cuales el permisionario deberá mantener en buen estado la infraestructura de telecomunicaciones instaladas en el ASP y PNE, con el objeto de garantizar la integridad y calidad de las redes y los servicios de telecomunicaciones así como la conservación y protección de los recursos naturales, de conformidad con el Artículo 76 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad.

Artículo 16°: Mal estado de la infraestructura de telecomunicaciones El SINAC coordinará con SUTEL la realización de inspecciones a las infraestructuras de telecomunicaciones instaladas en ASP y en el PNE cuando lo considere oportuno, con el fin de verificar las condiciones de uso y explotación de redes, equipos, aparatos e instalaciones en general, de conformidad con el artículo 76 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N° 7593 y el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad. En caso de corroborar que la infraestructura de telecomunicaciones se encuentra en mal estado, se seguirán los procedimientos administrativos establecidos al efecto, a fin de imponer la correspondiente sanción, de considerarse oportuno. Además, SINAC notificará por escrito el resultado de la inspección al permisionario, para que en un plazo de noventa días hábiles, contados a partir de la notificación señalada, proceda a la reparación. Vencido el plazo sin que se haya realizado la reparación efectiva de la infraestructura de telecomunicaciones, el Estado procederá a revocar el permiso de uso otorgado, cumpliendo con lo establecido en el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública. Artículo 17°: Contraprestación por el de uso de bienes de dominio público Por concepto del uso del bien de dominio público para la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones en las ASP o PNE, todos los permisionarios deberán pagar un monto anual en virtud de los gastos en que debe incurrir la Administración para velar por el buen uso de ese bien, cuyo

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SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

valor será fijado por la Dirección General de Tributación, de conformidad al artículo 79 de la Ley Nº 7593. Los fondos que se generen por la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones en las ASP o PNE, se destinarán al Área de Conservación que los generó mediante los mecanismos y disposiciones que establezca la normativa vigente. Anualmente en la fecha de cumplimiento de emisión del permiso, el permisionario deberá depositar el monto establecido en la Cuenta Especial del Fondo de Parques Nacionales número 41220-5 del Banco Nacional de Costa Rica, conforme con lo propuesto en los artículos 35 y 41 de la Ley de Biodiversidad. Artículo 18º: Suscripción de convenios Cuando el AC lo estime conveniente para apoyar los objetivos del SINAC y en virtud de los principios que rigen la responsabilidad socio-ambiental, podrá suscribir convenios con los permisionarios, previo cumplimiento de lo dispuesto en la “Metodología para la aprobación de convenios de cooperación a suscribir por el SINAC y entidades u organizaciones publicas o privadas, nacionales o internacionales”, aprobada por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación mediante acuerdo número 8 de la Sesión Extraordinaria Nº 8 del 09 de diciembre del 2008.

Artículo 19°: Póliza de Seguro Para garantizar la responsabilidad civil por daños y perjuicios a terceros, incluyendo al propio SINAC, será necesario que el permisionario, suscriba y exhiba póliza de seguro como garantía expedida por una compañía autorizada para la emisión de las mismas, por un monto mínimo equivalente a trescientas (300) veces el salario mínimo mensual de un trabajador no calificado genérico establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica. Esta garantía cubrirá la totalidad de las obras que se desarrollen en las ASP o PNE, deberá mantenerse vigente mientras existan obras constructivas en dichos bienes de dominio público en administración del SINAC y responderá por daños parciales o totales causados al SINAC y a terceros en sus bienes o en personas, requisito sin el cual no se otorgará el permiso de uso.

Artículo 20°: Obligaciones de los permisionarios Son obligaciones para los permisionarios para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP o PNE, las siguientes:

1. Mantener en buen estado físico y en condiciones de seguridad la infraestructura de telecomunicaciones.

2. Cumplir con las disposiciones de torres de La Dirección General de Aviación Civil.

3. Restringir el ingreso de terceros no autorizados a los predios donde se instale la infraestructura de telecomunicaciones.

4. Pagar y mantener al día la póliza de seguro por responsabilidad civil a terceros.

5. Notificar y solicitar cualquier cambio constructivo que varíe la infraestructura de telecomunicaciones y obtener la autorización correspondiente.

6. Presentar en un plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la conclusión de la infraestructura de telecomunicaciones, el informe del profesional responsable, en el que se acredite la ejecución conforme al proyecto, así como el cumplimiento estricto de las condiciones técnicas de Ley y condiciones establecidas e impuestas en el permiso de uso otorgado.

7. Acatar las normas nacionales constructivas aplicables, las reglamentaciones y demás lineamientos emitidos tanto por la SUTEL, autoridades nacionales competentes en la materia, así como las emitidas por el SINAC.

8. Acreditar ante el AC, las personas autorizadas para ingresar a la infraestructura de telecomunicaciones.

Artículo 21°: Responsabilidad por daños

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DIRECCIÓN EJECUTIVA

El permisionario para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP o PNE, será responsable de cualquier daño directo o indirecto que ésta o éstas puedan causar a los bienes públicos, privados o a terceros, relevando de cualquier responsabilidad al SINAC. Artículo 22°: Derogatoria El presente Decreto Ejecutivo deroga en su totalidad el Decreto Ejecutivo N° 26187-MINAE publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 142 del 24 de julio de 1997.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIO I: El SINAC en coordinación con SUTEL, dispondrá de noventa días naturales a partir de la publicación del presente decreto, para emitir y publicar en el Diario Oficial La Gaceta, una resolución administrativa que establezca las condiciones bajo las cuales una infraestructura de telecomunicaciones se considerará en mal estado.

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DIRECCIÓN EJECUTIVA

TRANSITORIO II: El SINAC dispondrá de cuarenta y cinco días naturales, a partir de la publicación del presente decreto, para emitir y publicar en el Diario Oficial La Gaceta, una resolución administrativa que establezca el contenido de los planes sobre manejo de los residuos sólidos, combustibles y mantenimiento que se le dará a la estructura y los caminos de acceso indicados en el inciso B sub inciso iv del artículo 9 de este decreto ejecutivo. TRANSITORIO III: Todos los permisionarios que actualmente utilicen la figura del canje en espacios televisivos o de radiodifusión, como contraprestación del permiso de uso, deberán gestionar lo correspondiente ante el AC para conocer el monto a pagar por concepto de dicho permiso, en el plazo no mayor a 3 meses a partir de la publicación del presente decreto. TRANSITORIO IV: De manera temporal, se fija en 375.000 colones anuales, la contraprestación pecuniaria a cancelar por concepto de permisos de uso para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ASP o PNE, al amparo del presente decreto ejecutivo. Este valor estará vigente hasta tanto la Dirección General de Tributación no emita una nueva resolución donde determine la metodología y monto aplicable de forma permanente. Esta resolución deberá emitirse y publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, durante los 12 meses posteriores a la fecha de publicación del presente decreto. TRANSITORIO V: Los permisionarios que hayan realizado su pago al amparo del Decreto Ejecutivo Nº 26187-MINAE, durante los 12 meses anteriores a la fecha de publicación del presente decreto, no deberán cancelar el monto aquí dispuesto sino hasta la fecha en que les corresponda realizar nuevamente el pago. Artículo 23°: Vigencia Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil doce. Laura Chinchilla Miranda

Rene Castro Salazar Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones

Edgar Ayales Ministro de Hacienda

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Anexo 10. Decreto N° 32868 “Canon aprovechamiento de

Aguas”

Nº 32868-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA En ejercicio de las facultades contenidas en el artículo 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, La Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 del 4 de octubre de 1995, Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996, Decreto Ejecutivo N° 26635-MINAE del 18 de diciembre de 1997. Considerando: I.—Que el artículo 50 Constitucional establece que el Estado debe procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país, garantizando el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, en respeto del derecho a la protección de la salud humana que se deriva del derecho a la vida; siendo entonces que el objetivo primordial del uso y protección del ambiente es obtener un desarrollo y evolución favorable al ser humano en armonía con este, en el que la calidad ambiental, y los medios económicos resultan ser de los parámetros fundamentales para las personas. II. —Que de conformidad con la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1996, el agua es un bien de dominio público y el Estado debe procurar los instrumentos necesarios para tener un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Asimismo, en armonía con dicha legislación la Ley 7152 del 5 de junio de 1990, el Ministerio del Ambiente y Energía es el rector del Sector Ambiente y Energía, y tiene competencias para la gestión de los recursos hídricos del país bajo el desarrollo y aplicación de los principios generales de la citada ley en armonía con las leyes de otras instituciones del Estado y los objetivos nacionales, para el beneficio de la sociedad costarricense. III.—Que de conformidad con la Ley N° 276 del 26 de agosto de 1942, y sus reformas el Ministerio del Ambiente y Energía es el ente rector del recurso hídrico correspondiéndole disponer y resolver sobre su dominio, aprovechamiento, utilización, gobierno y vigilancia; y autoriza al Ministerio del Ambiente y Energía a establecer un canon por concepto de aprovechamiento de agua y que en la actualidad debe reflejar los costos procedentes del reconocimiento del agua como un bien con valor económico, ambiental y social. IV. —Que el inciso 4) del artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nº 30480-MINAE publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de junio del 2002, establece que la política nacional en materia del recurso hídrico debe reconocer el principio del valor económico del agua que procede del costo de administrarla, protegerla y recuperarla para el bienestar de todos, y que deberá incorporarse en los planes de trabajo de las instituciones públicas relevantes. V.—Que tanto en la Cumbre del Milenio del 2000 como en la Cumbre de Desarrollo Sostenible de Johannesburgo en el 2002, desarrolladas dentro del marco del Sistema de Naciones Unidas, Costa Rica se ha sumado a los esfuerzos internacionales que buscan resolver los problemas de orden global y con miras a ello se han planteado una serie de objetivos a ser cumplidos por los países, en particular en relación con la necesidad de que se tomen medidas concretas con la finalidad de avanzar hacia la gestión integrada del recurso hídrico y a mejorar la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento. VI.—Que el Plan Nacional de Desarrollo “Monseñor Víctor Manuel Sanabria 2002- 2006”, como marco político superior del Gobierno de la República, dispone la necesidad de formular políticas de protección al ambiente que permitan el desarrollo amigable logrando la preservación y equilibrio con el medio y de potenciar la riqueza natural costarricense como legado para las futuras generaciones y el mundo; siendo que en materia de gestión de recursos hídricos los retos se orientan a procurar que las diferentes instituciones ordenen sus competencias en forma clara y definida, para facilitar el uso racional del recurso hídrico, la fiscalización y tutela del proceso; y se establezca una adecuada

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valoración del recurso en su explotación e internalización de los servicios y daños ambientales asociados con su conservación, reconociendo el valor económico del agua que procede del costo de administrarla, protegerla y recuperarla con responsabilidad generacional. VII.—Que el artículo 31 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, Nº 7593, establece la necesidad de incorporar el criterio de sostenibilidad ambiental a la hora de fijar tarifas, precios y tasas de los servicios públicos. VIII.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 26635-MINAE publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 2 de febrero de 1998, se emitió la última normativa referente al canon por concepto de aprovechamiento de agua, el cual refleja una estructura desactualizada que solo contempla los costos administrativos básicos de atención del trámite de concesiones y no incluye otros componentes importantes como son la investigación, el control, monitoreo, conservación integral del recurso hídrico; que permitan avanzar hacia esquemas más consolidados para la administración óptima del agua y donde se reconozca el valor agregado del agua subterránea proveniente de los acuíferos como sistema hidrogeológico mucho más complejo que el superficial. IX.—Que conforme la Ley Forestal Nº 7575, el bosque y las plantaciones forestales inciden directamente en la protección y mejoramiento del medio ambiente brindando un servicio ambiental de protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico; donde las áreas silvestres protegidas del Estado y las áreas protegidas privadas, son ecosistemas que coadyuvan a la sostenibilidad del régimen hídrico y consecuente administración de la oferta de agua en cada una de las microcuencas o cuencas, a fin de garantizar su aprovechamiento multiuso, con prioridad al abastecimiento de agua para el consumo humano, por tanto se debe reconocer el servicio de protección del recurso hídrico que prestan estas áreas. X.—Que conforme la Directriz 035-MINAE publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 217 del 5 de noviembre del 2004, mediante la cual se dispone que el ajuste del canon de aprovechamiento de recurso hídrico se constituyen en parte de las acciones gubernamentales encaminadas hacia el cumplimiento de una política de tarifas ambientales en función del costo económico y social de la prestación del servicio hídrico y que todos los ciudadanos de la República, personas física o jurídicas, públicas y privadas incluyendo a las instituciones de gobierno que aprovechan el agua bajo la figura legal de una concesión administrativa o autorización dada por ley, cualquiera que sea el título en que amparen sus derechos, para el aprovechamiento de aguas en cualquiera de sus modalidades de uso, deberán cancelar los respectivos montos por concepto de canon de aprovechamiento o acceso al agua que disfrutan, de conformidad las fijaciones que disponga el Poder Ejecutivo; para lo cual deberán tomar las previsiones presupuestarias o económicas pertinentes. Por tanto, DECRETAN: CAPÍTULO I Canon por concepto de aprovechamiento de aguas Artículo 1º—El canon por aprovechamiento del agua debe utilizarse como instrumento económico para la regulación del aprovechamiento y administración del agua, que permita la disponibilidad hídrica para el abastecimiento confiable en el consumo humano y el desarrollo socio económico del país y además la generación de recursos económicos para financiar a largo plazo una gestión sostenible del recurso hídrico en Costa Rica. CAPÍTULO II De los aprovechamientos del agua Artículo 2º—Conforme lo dispuesto en la Ley de Aguas Nº 276 del 26 de agosto de 1942 y la Directriz 035-MINAE publicada en La Gaceta Nº 217 del 5 de noviembre del 2004, todos los ciudadanos de la República, personas físicas o jurídicas, públicas y privadas incluyendo a las instituciones de gobierno que aprovechan el agua bajo la figura legal de una concesión administrativa o autorización, cualquiera que sea el título en que amparen sus derechos, para el aprovechamiento de aguas en cualquiera de sus modalidades de uso, deberán cancelar los respectivos montos por concepto de canon. Para

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efectos de la gestión de cobro se agruparán los usos en las siguientes grandes categorías principales, a saber: a) Consumo Humano: Agua en concesión o inscrita, destinada a satisfacer las necesidades básicas de consumo, limpieza y saneamiento, sean estas suministradas por medio de un servicio público o autoabastecidas por un acueducto propio. Contempla al uso doméstico que conforme lo estipula el artículo 37 de la Ley de Aguas es el suministro de agua para satisfacer las necesidades de los habitantes, el riego de cultivos de terrenos que no excedan de media hectárea; el lavado de atarjeas y el suministro de aguas para surtir bocas contra incendios o hidrantes. b) Industrial: Agua utilizada en los procesos de producción de actividades industriales tales como metalúrgica; química; farmacéutica; pinturas; alimentaria; textilera, minería; entre otras. c) Comercial: Agua de insumo de un producto final tales como bebidas alcohólicas o no; embotellado de agua; o bien en actividades de lavandería, lavado de autos; entre otras. d) Agroindustrial: Agua utilizada por las empresas agrícolas en procesos de arrastre, limpieza de productos, enfriamiento o generación de vacíos en actividades tales como ingenio; beneficiado; concentrado, lavado y empaque de frutas y/o verduras frescas o preparadas; entre otros. e) Turístico: Aprovechamiento del agua por empresas que ofrecen un servicio de hotelería; recreación; restaurante; bar; piscinas; entre otros. f) Agropecuario: Aprovechamiento del agua en la reproducción, crianza y aprovechamiento de fauna y en la agricultura en actividades de riego y fumigación. g) Acuicultura: Aprovechamiento del agua en la reproducción, crianza y aprovechamiento de fauna de agua dulce y marina. h) Fuerza Hidráulica: Aprovechamiento del agua en la generación de electricidad o desarrollo fuerza mecánica. Para efectos del cobro de canon en el uso agroindustrial se entenderá por no consuntivo del agua, en aquellos procesos de enfriamiento, producción de vacíos entre otros, en los cuales el recurso una vez aprovechado se reintegra al cauce de la fuente original en cantidad y calidad igual o mejor sin necesidad de que exista de por medio un sistema de tratamiento y este se realice en forma casi inmediata a su derivación, sin que exista trasvase a otra cuenca o microcuenca, ni competencia por su uso con otras demandas de agua. En el caso de los proyectos que desarrollen las fuerzas hidráulicas de las aguas en la generación de electricidad o fuerza mecánica son aprovechamientos catalogados como uso no consuntivo del recurso hídrico. CAPÍTULO III Del canon e implementación Artículo 3º—El canon por concepto de aprovechamiento de aguas contempla el valor de uso y el servicio ambiental de protección al recurso hídrico. Artículo 4º—El canon de aprovechamiento se calcula diferenciando para los diversos usos, considerando el valor agregado de las aguas subterráneas y contempla los costos: administrativos de gestión, monitoreo hidrológico y meteorológico, planificación, control, investigación, así como los costos de conservación, mantener, recuperar los ecosistemas y las cuencas hidrográficas en las zonas de importancia de régimen hídrico, como las áreas silvestres protegidas del Estado. Artículo 5º—Toda persona física o jurídica, pública o privada, deberá reconocer, el pago del canon de aprovechamiento de agua al Ministerio del Ambiente y Energía a través de su Departamento de Aguas, el cual se cobrará con base al volumen, en unidades de metros cúbicos anual, asignado en concesión o inscrito conforme el Registro Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Cauces. El canon anual será el resultado del producto del volumen de agua asignado en concesión o inscrito, por el valor del canon para cada uso y diferenciado según se trate de agua superficial o subterránea, mediante la fórmula, Canon anual = (Volumen de Agua en metros cúbicos por año) X (colones por metro cúbico para agua superficial o subterránea), donde los valores de colones por metro cúbico están dados en el siguiente pliego: (1) (2)

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Uso Canon (Colones / m³) Agua Agua superficial subterránea Consumo Humano 1,46 1,63 Industrial 2,64 3,25 Comercial 2,64 3,25 Agroindustrial 1,90 2,47 Turismo 2,64 3,25 Agropecuario 1,29 1,40 Acuicultura 0,12 0,16 Fuerza Hidráulica 0,12 - Artículo 6º—Para promover e incentivar la producción de energía limpia a partir del uso de recursos renovables, los proyectos de fuerza hidráulica menores a 2000 kw de potencia instalada reconocerán un monto de 0.06 colones por metro cúbico anual en concesión y los menores de 500 kw de potencia instalada cuya energía se destine al consumo propio reconocerán un monto de 0.03 colones por metro cúbico anual en concesión. Artículo 7º—El caso del uso de agua para el riego de los cultivos de arroz, caña de azúcar, pastos y café por tratarse de cultivos extensivos tradicionales, expuestos a condiciones especiales de mercado, deberán reconocer un monto de 0.12 colones por metro cúbico anual de agua para agua superficial en concesión y 0,16 colones por metro cúbico de agua subterránea en concesión. Artículo 8º—El uso de agua en la agroindustria e industria que mediante la incorporación de buenas prácticas estipuladas en el reglamento que se promulgue de conformidad con el artículo 26 del presente decreto y cumplan con las características y procesos estipulados en la definición de uso no consuntivo normada en el artículo 2, pagarán un monto de 0.15 colones por metro cúbico anual por la proporción del volumen de agua en concesión equivalente al uso no consuntivo; debiendo reconocer 1,90 colones por metro cúbico anual por la proporción del volumen de agua con características de uso consuntivo. Artículo 9º—Dada la particularidad del distrito de Riego Arenal Tempisque (DRAT) dentro del cual se presta un servicio público de riego por parte del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) bajo un esquema de suministro de agua condicionado a la prioridad hidroeléctrica, el SENARA cancelará un valor total de canon de 0,12 colones por metro cúbico por año, que se cobrará gradualmente conforme lo estipula el artículo 10 siguiente. Artículo 10. —El canon se implementará gradualmente en un período de siete años. En el caso de los usos de consumo humano, industrial, comercial, agroindustrial, turismo, agropecuario y acuicultura el primer año se cobrará el 10% del valor total; incrementándose en forma acumulada cada año un 15% del valor en los restantes seis años, hasta alcanzar en el año siete el 100% del canon. En el caso del uso del agua para aprovechar su fuerza hidráulica se cobrará el 20% del valor total el primer año; incrementándose en un 30% en forma acumulada en el año tres y en el año cinco otro 30%, finalmente se incrementa el restante 20% para alcanzar en el año siete el 100% del canon. El canon por aprovechamiento de agua se podrá implementar en un período de tiempo menor a lo estipulado en el párrafo anterior, en el caso de que así se convenga con un sector o usuario del agua, mediando un acuerdo voluntario con el MINAE. Para lo cual el interesado debe formalizar por escrito la solicitud ante el Departamento de Aguas y se tendrá 10 días para resolverla. Artículo 11.—A partir del octavo año el Ministerio del Ambiente y Energía aplicará un incremento a los valores del canon total en cada uno de los usos, calculado con base en la inflación acumulada del año anterior, conforme los datos del Banco Central y regirá a partir del mes de enero de cada año siguiente.

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DIRECCIÓN EJECUTIVA

CAPÍTULO IV Del control y política de inversión Artículo 12. —Al Ministro del Ambiente y Energía le corresponde velar por el buen uso de los recursos, asegurando el cumplimiento de los fines del presente Decreto. Le corresponderá al Órgano Asesor creado mediante el Decreto 26635-MINAE, proponer las políticas y someterlas a la aprobación por parte del Ministro Rector, con relación a las prioridades de los gastos de los recursos provenientes del canon, velando por que la inversión se realice con fines de una gestión integrada del recurso hídrico y en consonancia con los artículos 13,14 y 15 siguientes. Todos los acuerdos de este Órgano, serán consignados en un libro de actas abierto para tal efecto. Artículo 13. —El 50% de los ingresos totales serán destinados a facilitar una gestión integral de aguas a nivel nacional realizada por el Departamento de Aguas. Se podrán financiar los siguientes rubros: a) Gestión de control y seguimiento, referido a las labores administrativas y de campo para la verificación y monitoreo a fin de garantizar el cumplimiento de los términos del aprovechamiento de agua conforme lo dispuesto por la administración, lo que implica acciones y actividades en todo el territorio nacional. b) Gestión de desarrollo, referido a la evolución científica y operativa con la constante implementación de acciones que permita a la administración ejercer en todo el territorio nacional y en forma eficiente la gestión del recurso hídrico, para conseguir el uso sostenible del recurso. c) Incorporación en la gestión del agua, del equipo tecnológico idóneo y actualizado. d) Mantener acción constante de investigación para desarrollar el conocimiento científico sobre el régimen del recurso hídrico y su gestión. e) Monitoreo meteorológico e hidrológico en todo el territorio nacional, para garantizar la sostenibilidad en la generación de los datos meteorológicos e hidrológicos básicos para conocer la oferta regional y su comportamiento en el tiempo, por medio de la inversión, operación y mantenimiento de estaciones hidrológicas y meteorológicas del Instituto Meteorológico Nacional y otras instituciones de Estado, en estas últimas conforme lo establecido en el artículo 16 del presente decreto. f) Dotar de recursos humanos, tecnológicos y logísticos para garantizar la gestión hídrica en todo el territorio nacional. g) Desarrollo de Infraestructura de aprovechamiento y protección para el manejo eficiente de la oferta y demanda del recurso hídrico, que propongan las instituciones del Estado, entes privados, organismos de cuenca conformados legalmente o impulsados por el seno del Órgano Asesor, siempre de conformidad con los planes y programas nacionales de gestión del recurso hídrico. h) Promover y financiar proyectos y acciones destinadas a la conservación, restauración, protección y uso sostenible de las cuencas hidrográficas y de los recursos hídricos que propongan las instituciones del Estado, entes privados organismos de cuenca conformados legalmente o sean propuestas por el Órgano Asesor, de conformidad con los planes y programas nacionales de gestión del recurso hídrico. Artículo 14.—El restante 50% de los ingresos totales por concepto del canon, deberán invertirse en la cuenca que los genera a través del servicio de protección del recurso hídrico, en conservación, mantenimiento y recuperación de ecosistemas, tanto en áreas privadas como en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado, tales como los Parques Nacionales y Reservas Biológicas. En ambas casos, se aplicarán en zonas de importancia para sostenibilidad del régimen hídrico y consecuente con la oferta de agua en cada una de las microcuencas o cuencas, a fin de garantizar su aprovechamiento multiuso. Para el cumplimiento de lo anterior, se destinará del monto anterior, el 50% al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) dineros que se ejecutarán mediante transferencia presupuestaria para financiar las siguientes acciones: a) Promover y financiar proyectos y acciones destinadas a la conservación, restauración, protección y uso sostenible de los recursos hídricos en las cuencas hidrográficas, Parques Nacionales y Reservas Biológicas de conformidad con los planes y programas nacionales de gestión del recurso hídrico. b) Operación y mantenimiento de las Áreas Silvestres Protegidas, en razón del servicio ambiental protección del recurso hídrico.

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c) Pago de tierras privadas en áreas silvestres protegidas estatales tales como los Parques Nacionales y Reservas Biológicas, en razón de consolidar el servicio ambiental de protección del recurso hídrico que prestan. El restante de este componente, se deberá trasladar mediante transferencia presupuestaria al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) para financiar el Programa de Pago por Servicios Ambientales (PSA) a terrenos privados dentro de la cuenca donde se genere el servicio ambiental de protección del agua y se ubiquen en zonas de importancia para la sostenibilidad comprobada del régimen hídrico, de acuerdo con los criterios que se definan en los Planes y Programas Nacionales en esta materia. De esta última partida se podrá transferir recursos económicos a las Municipalidades para que financien programas propuestos dirigidos a la consolidación de compra de tierras con fines de protección de áreas de recarga acuífera y protección de nacimientos de importancia cantonal. Artículo 15.—Al emitirse los criterios de asignación de los recursos económicos provenientes del canon por aprovechamiento de agua en el Programa de Pago por Servicios Ambientales, debe priorizarse la protección de fuentes destinadas al abastecimiento de agua para consumo de la población, tanto de los entes públicos como privados; en especial de las Asociaciones Administradoras de Acueductos y Alcantarillados. CAPÍTULO V Del reconocimiento Artículo 16. —El Ministerio del Ambiente y Energía mediante resolución razonada y justificada con base en informe de recomendación del Órgano Asesor de Agua, podrá reconocer como parte del pago del canon por aprovechamiento de agua a aquellas instituciones del Estado, el costo de operación y mantenimiento de sus redes o estaciones hidrometeoro lógicas que presten servicios de monitoreo hidrológico y meteorológico del recurso hídrico. La Institución objeto del reconocimiento quedará obligada a invertir el monto reconocido en operar, mantener y ampliar la cobertura de red de monitoreo y colocará a disposición del público la información correspondiente; condición que el Departamento de Aguas deberá velar por su cumplimiento. No se permite con estos recursos cubrir gastos administrativos de las instituciones que prestan el servicio de monitoreo. Para el efectivo cumplimiento, deberá cada institución mediante solicitud formal gestionar ante el Departamento de Aguas el reconocimiento correspondiente durante el mes de junio de cada año, aplicable para el siguiente período; adjuntando certificación de contador público autorizado, de los gastos correspondientes, desglosando en los rubros de operación y mantenimiento de la red existente y de la inversión propuesta en ampliación de la red, los cuales deben estar debidamente autorizados en el presupuesto institucional. Toda propuesta de inversión para ampliar la cobertura en materia de la red hidrológica y meteorológica debe corresponder con lo estipulado en el artículo 18 del presente decreto. Artículo 17.—Se faculta al Ministerio del Ambiente y Energía para que mediando resolución razonada y justificada con base en informe de recomendación del Órgano Asesor de Agua y por medio de transferencia presupuestaria, financiar proyectos de investigación en materia de aguas subterráneas que se encuentren en los planes y programas del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento. De igual forma estará facultado a financiar el desarrollo de proyectos de manejo, conservación y protección del recurso hídrico planteados por la Comisión para el Manejo de la Cuenca Alta del Río Reventazón (COMCURE) creada mediante la Ley 8023. Ambos casos deberán estar contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo. No se permite con estos recursos cubrir gastos administrativos y operativos. Artículo 18.—El Departamento de Aguas en coordinación con el Órgano Asesor de Aguas, deberá establecer las prioridades de nuevas estaciones hidrológicas y meteorológicas, así como áreas de investigación en materia de agua subterráneas y superficiales, que se requieran para garantizar los datos para una gestión eficiente del recurso hídrico.

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Artículo 19. —A las instituciones públicas o empresas privadas que en la actualidad o en el futuro tengan firmados o firmen convenios o contratos con el Fondo Nacional para el Financiamiento Forestal (FONAFIFO) de reconocimiento de Pago por Servicios Ambientales, el MINAE les reconocerá durante la vigencia del contrato o convenio, el monto anual pagado a FONAFIFO, como parte del monto correspondiente a lo estipulado en el capítulo II y lo dispuesto en el artículo 14 del presente Decreto. Una vez rescindido o finalizado el contrato, la empresa deberá realizar el pago total del canon al Departamento de Aguas. Para el efectivo cumplimiento, deberá la institución pública o empresa privada interesada solicitar ante el Departamento de Aguas el reconocimiento correspondiente durante el mes de junio de cada año, aplicable para el siguiente período; adjuntando certificación de FONAFIFO en donde se indique el monto anual que ha convenido con esta y el plazo de inversión. Debiéndose cumplir para su reconocimiento, con lo estipulado en el artículo 14 del presente Decreto.

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CAPÍTULO VI De la gestión de cobro Artículo 20. —El canon será cobrado por el Departamento de Aguas en forma trimestral adelantado y le aplicará lo correspondiente al recargo y caducidades conforme lo contemplado en la Ley de Aguas. Para su administración los dineros recaudados serán depositados en la cuenta del Banco Nacional Nº 197633-1 a nombre del Departamento de Aguas-Instituto Meteorológico Nacional. Artículo 21.—Toda institución del Estado o ente privado prestatario de un servicio público de suministro de agua poblacional, electricidad, riego o acuicultura, con el fin de reconocer al MINAE el pago del canon correspondiente, deberá incorporarlo en la estructura tarifaría como el costo por la sostenibilidad ambiental del recurso hídrico para que sea reconocido por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos o cualquier otra instancia que proceda y así pueda ser cobrado al usuario final por parte de la empresa prestataria del servicio, esto, con base en el consumo de agua prestado a cada cliente. Artículo 22º—El cobro de este canon se implementará a partir del sexto mes de la entrada en vigencia del presente Decreto. CAPÍTULO VII De los incentivos Artículo 23.—A los quince días de la entrada en vigencia del presente Decreto, el MINAE conformará una comisión con el fin de que en el plazo máximo de tres meses proponga un Decreto Ejecutivo mediante el cual se desarrolle un reglamento de buenas prácticas en la utilización y manejo del agua como insumo de las diferentes actividades productivas, también deberá desarrollar el protocolo para las empresas que en forma voluntaria deseen acogerse a un Plan de Uso Eficiente de Recurso Hídrico (PUERH), así como el detalle de un régimen de incentivos. La comisión estará conformada por el Jefe del Departamento de Agua quien coordinará, tres funcionarios representantes de instituciones del sector hídrico y tres representantes del sector productivo elegidos en el seno de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP). De los cuales uno provendrá del sector agropecuario propuesto por la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria y otro provendrá del sector industrial. La comisión será precedida por el Jefe del Departamento de Aguas y tendrá como sitio de sesiones las instalaciones de dicho Departamento. Artículo 24.—Se entenderá por Plan de Uso Eficiente del Recurso Hídrico (PUERH), aquel instrumento por medio del cual, las diferentes empresas con actividades productivas que utilicen el agua como insumo, a través de buenas prácticas, puedan proponer y justificar, en un plazo definido y autorizado, la disminución de su dotación normal de gasto de agua por unidad de producción. El PUERH será elaborado en forma voluntaria por las empresas que desean acogerse a los incentivos propuestos. El mismo será aprobado, de previo a su implementación, por el Departamento de Aguas del MINAE y fiscalizado por medio de auditorías externas especializadas, cuyo costo será reconocido por la empresa sometida al Plan. Artículo 25. —Sólo aquellas empresas que voluntariamente hayan presentado ante el Departamento de Aguas del MINAE la solicitud formal con el PUERH haya sido aprobado, podrán acogerse al régimen de incentivos. Este régimen de incentivos podrá contener, entre otras compensaciones, la exención temporal conforme el Plan propuesto del pago del canon, el reconocimiento parcial de la inversión en tecnología para el uso eficiente del agua, de acuerdo con el listado de buenas prácticas establecido. En cualquiera de los casos se podrá reconocer hasta un máximo del 50% del monto total del canon, lo cual será reglamentado.

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Artículo 26.—El reglamento con el detalle de buenas prácticas para el uso eficiente del agua, del régimen de incentivos, el registro y los requisitos de las auditorías, deberán publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, en un plazo máximo de seis meses después de la entrada en vigencia de este Decreto. Artículo 27. —Las empresas que a la entrada en vigencia del decreto de incentivos tengan incorporado en su proceso productivo el desarrollo de buenas prácticas en la utilización del agua, podrán voluntariamente someterse al plan de incentivos solicitando por medio de la presentación del PUERH su incorporación. Deberán cumplir con los requisitos de las buenas prácticas definidas en el reglamento y el protocolo que se establezca. CAPÍTULO VIII Disposiciones generales Artículo 28. —En el caso de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A. (ESPH S. A.) para lo referente al uso poblacional en concesión y en vista que actualmente ha incorporado el servicio ambiental de protección del recurso hídrico en la tarifa de servicio, cancelará al Departamento de Aguas solo lo correspondiente al valor por el derecho de uso del agua equivalente a 0,73 colones por metro cúbico anual en aguas superficiales y 0,81 colones por metro cúbico anual de agua subterránea. La ESPH S. A. deberá ajustarse a lo que el MINAE disponga en cuanto a la normalización por el Pago del Servicio Ambiental por concepto del servicio de protección del recurso hídrico. Artículo 29. —Conforme el artículo 6 de la Ley de Aguas, los pozos artesanales correspondientes a los excavados manualmente con pico y pala, con características de diámetro mínimo de un metro y profundidad máxima de 30 metros, con fin de extraer agua para destinar el uso doméstico, no requieren de concesión para su aprovechamiento, por tanto no les cubre el pago por concepto de canon de aprovechamiento de agua. Artículo 30.—El Instituto Costarricense de Electricidad y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados deberán informar en forma periódica por escrito al Departamento de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía sobre todos los aprovechamientos de agua que realizan para el cumplimiento de sus fines; detallando en cada una como mínimo lo referente al nombre de la fuente, ubicación cartográfica de punto de toma y desfogue (cuando proceda), caudal derivado, registro de aforos de la fuente aprovechada y cualquier otro elemento o característica que consideren procedente reportar para el efectivo registro de su aprovechamiento. Artículo 31. —El MINAE deberá realizar todos los ajustes necesarios para garantizar la implementación efectiva y transparente del canon. Artículo 32.—El MINAE deberá mantener constante monitoreo acerca de la implementación del canon con el fin de que se pueda identificar y realizar los ajustes que se consideren procedentes que permita la sostenibilidad del canon, para lo cual en el plazo de tres años de la vigencia del presente derecho deberá realizar su evaluación. Artículo 33. —Se adiciona un inciso i) al artículo 5 del Decreto 26635-MINAE publicado en La Gaceta

Nº 22 del lunes 2 de febrero de 1998, para que se lea de la siguiente manera “ i) un representante de la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria”. CAPÍTULO IX Disposiciones transitorias En el plazo de seis meses a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial La Gaceta, se deberá disponer de los recursos humanos y logísticos al Departamento de Aguas, necesarios para hacer los ajustes correspondientes en el sistema informático de cobro y de registro nacional de

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aprovechamiento de aguas y cauces, así como para realizar las comunicaciones, publicidad y procesos necesarios para la efectiva implementación de las disposiciones aquí contenidas. Los concesionarios que así lo ameriten deberán solicitar formal ajuste de los caudales aprovechados en concesión, para lo cual el Departamento de Aguas deberá facilitar el proceso de revisión y resolución. Así mismo, el MINAE promoverá por la vía de Decreto Ejecutivo la realización de un período de amnistía para permitir la legalización de aprovechamiento de agua actualmente al margen de la Ley, lo cual debe ser reglamentado en ese decreto. El Ministro de Ambiente y Energía deberá gestionar ante quien corresponda los ajustes presupuestarios y modificación de los topes de gasto correspondientes a las gestiones del Departamento de Aguas, Instituto Meteorológico Nacional y del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en relación con los ingresos esperados por concepto del canon y conforme al período de siete años de ajuste. Mediando informe razonado y justificado, el Ministro del Ambiente y Energía gestionará la autorización para la creación de nuevas plazas al Departamento de Aguas tendientes a garantizar una gestión integral nacional del recurso hídrico y que serán financiadas con los recursos económicos provenientes de este canon. En el plazo de los seis meses de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, se deberán realizar los ajustes necesarios para la normalización de los parámetros para fijar los montos de reconocimiento del servicio de protección del recurso hídrico a través del Pago de Servicios Ambientales conforme lo disponga así el FONAFIFO. Hasta tanto no se implemente el nuevo canon conforme lo dispuesto en el artículo 22 del presente Decreto, continuará aplicándose durante los seis meses siguientes a la publicación de esta norma, lo estipulado en el Decreto Nº 26625-MINAE publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 18 del 27 de enero de 1998; el cual cumplidos esos seis meses se deroga y continuará vigente el presente Decreto. Artículo 34. —Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. —San José, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil cinco. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. —El Ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez Echandi. —1 vez. — (Solicitud Nº 35448). —C-295920. — (D32868-6440).

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Anexo 11. Convenio IDA-MINAET

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