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Situacion fiscal del trabajador autónomo
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Situacion fiscal del trabajador Autónomo-‐ Opcion Monotributo Quienes pueden ser monotributistas
Condiciones para permanecer en el régimen:
� Personas físicas: Comerciantes, Fabricantes, Profesionales , Oficios, Productores agropecuarios
� Sucesiones indivisas � Sociedades de hecho y sociedades irregulares con un máximo de hasta 3 socios
� Máximo de 3 unidades de negocio. ( ej: 2 taxis y 1 alquiler de inmueble)
� Para locaciones de obras y servicios: no facturar mas de $ 200 mil año (16 mil por mes)
� Venta de bienes : no facturar más de $300 mil año ( $25 mil por mes)
� No supere parámetros especificos.
� No realice operaciones de importacion
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CONCEPTOS COMPRENDIDOS AUTONOMO MONOTRIBUTO Consiste en el pago de una cuota única mensual que comprende
Componente previsional únicamente
Consiste en el pago de una cuota única mensual que comprende
a. Componente impositivo b. Componente previsional -‐ Jubilación: ( Sistema Integrado Previsional Argentino SIPA) -‐ Obra social ( Sistema Nacional de Seguro de Salud)
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Monotributo-‐ Categorías Servicios
Componente Impositivo
Categorías
Categoría Ingresos Brutos hasta
Impuesto Integrado
SIPA Obra Social
Total
B 24.000 39 157 100 296
C 36.000 75 157 100 332
D 48.000 128 157 100 385
E 72.000 210 157 100 467
F 96.000 400 157 100 657
G 120.000 550 157 100 807
H 144.000 700 157 100 957
I 200.000 1.600 157 100 1.857
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Monotributo-‐ Categorías Vta de Bienes
Componente Impositivo
Categorías
Categoría Ingresos Brutos hasta
Impuesto Integrado
SIPA Obra Social
Total
B 24.000 39 157 100 296
C 36.000 75 157 100 332
D 48.000 118 157 100 375
E 72.000 194 157 100 451
F 96.000 310 157 100 567
G 120.000 405 157 100 662
H 144.000 505 157 100 762
I 200.000 1.240 157 100 1.497
J 235.000 2.000 157 100 2.257
K 270.000 2.350 157 100 2.607
L 300.000 2.700 157 100 2.957
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Monotributo-‐ Parámetros de sup-‐kw y alquileres
Componente Impositivo
Categorías
Categoría Ingresos Brutos Anuales hasta
Superficie afectada A la actividad
Kw consumidos en el año
Alquileres devengados En el año
B 24.000 30 3300 9000
C 36.000 45 5000 9000
D 48.000 60 6700 18000
E 72.000 85 10000 18000
F 96.000 110 13000 27000
G 120.000 150 16500 27000
H 144.000 200 20000 36000
I 200.000 200 20000 45000
J ( bienes) 235.000 200 20000 45000
K ( bienes) 270.000 200 20000 45000
L ( bienes) 300.000 200 20000 45000 6
Monotributo-‐ Sipa y Obra Social-‐ Impuesto Integrado-‐Casos especiales SOLO PAGAN EL COMPONENTE IMPOSITIVO ( NO EL PREVISIONAL) � Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales , ej.: cajas
de abogados provinciales, empleados en relación de dependencia. � Los menores de 18 años � Los beneficiarios de prestaciones previsionales ( jubilados posteriores a
1994)-‐ los anteriores a 1994 tampoco pagan la obra social del monotributo)
� Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles
� Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
No ingresarán el impuesto integrado � quienes realicen actividades primarias � los asociados a cooperativas que sus IB no superen los $24000, los trabajadores
independientes promovidos o estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores.
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AUTONOMOS – Categorías vigentes � Direccion o administracion de sociedades de cualquier tipo: socios de sociedades, administradores
1. Ingresos anuales hasta $15.000 $697,39
2. Ingresos anuales dde $ 15.001 hasta $30.000 $1.115,82 3. Ingresos anuales mayores a $ 30.000
$1.534,2 � Locaciones o prestaciones de servicios:
1. Ingresos anuales hasta $20.000 $348,68 2. Ingresos anuales mayores a $ 20.000 $ 488,17
� Casos especiales: 1. Jubilados Ley 24.241 $294,20 2. Amas de casa $ 119,86 3. Afiliaciones voluntarias ( 18 a 21 años) $348,68
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DEBERES DEL MONOTRIBUTISTA � RECATEGORIZACION CUATRIMESTRAL � DECLARACION JURADA INFORMATIVA CUATRIMESTRAL a)Categoría F $ 72.000 anuales ($6.000 al mes)
b) Empleadores
� FACTURA ELECTRÓNICA Categroría H: INGRESOS ANUALES > $120.000 ANUALES ( $10.000 al mes)
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DEBERES DEL AUTONOMO • PRESENTACION DE DECLARACION MENSUAL DE IVA
• RECATEGORIZACION ANUAL EN AUTÓNOMOS
• PRESENTACION DE DECLARACION ANUAL DE GANANCIAS
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MONOTRIBUTO-‐ FACTURACION � Por las operaciones que realice deberá entregar factura C
Preimpresas : para categorías inferiores a H Electronica: para categoria superiores a la H (>$120.000 anuales -‐$10.000 al mes)
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REGIMEN GENERAL-‐ FACTURACION � Por las operaciones que realice deberá entregar facturas A-‐ A con leyenda-‐ B
Preimpresas Electronica: obligatoria para profesionales con ingresos mayores a $ 600.000 y proveedores del estado
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FACTURA ELECTRONICA-‐ Régimen obligatorio REGIMEN GENERAL MONOTRIBUTO � Servicios profesionales Superiores a $600.000
� Proveedores de organismos del Estado
� Importadores
� Ingresos superiores a $120.000
( a partir del 1-‐5-‐2011) � Proveedores de organismos del Estado
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MONOTRIBUTO-‐ Declaracion jurada cuatrimestral
VENCIMIENTO Cuatrimestre Fecha de vto Enero / Abril 20 de mayo Mayo / Agosto 20 de Septiembre Septiembre / Diciembre 20 de Enero
DATOS REQUERIDOS ( del cuatrimestre)
� Total de Facturacion por cliente e identificacion de los mismos
� Monto de compras a proveedores ( para actividades de venta de bienes)
� Alquileres pagados en el cuatrimestre ( o datos del local si es propietario)
� Energia electrica consumida 14
RECATEGORIZACION AUTONOMOS MONOTRIBUTO � ANUAL
� VTO EN EL MES DE JUNIO DE CADA AÑO
� CUATRIMESTRAL
� VTO EN MESES DE MAYO SEPTIEMBRE ENERO
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RECATEGORIZACION CUATRIMESTRAL Cuatrimestre Fecha de vto Enero / Abril 20 de mayo Mayo / Agosto 20 de Septiembre Septiembre / Diciembre 20 de Enero Se toman los ingresos , energía electrica consumida y alquileres devengados de los últimos 12 meses ej: última recategorización ( mayo-‐agosto 2012) : parámetros de ingresos , kw consumidos y alquileres devengados desde el 1-‐09-‐2011 a 30-‐09-‐2012
El pago de la nueva categoría se hará el mes siguiente al de la recategorización. Ej: Nueva categoría aplicable a partir del pago de octubre – vto día 22 de octubre
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BAJA – Autonomos -‐ Monotributo AUTONOMOS MONOTRIBUTO � PROFESIONALES : DEBERÁN DARSE LA BAJA EN LA MATRICULA
1. CESE DE ACTIVIDADES: ej.: comenzar a trabajar en relacion de dependencia-‐ se puede reingresar en cualquier momento.
2. RENUNCIA: para ingresar al régimen gral : debe esperar 3 años para reingresar
3. EXCLUSION: cuando supera los parámetros del monotributo: debe esperar 3 años para volver a ingresar
4. BAJA AUTOMATICA : por parte de la afip cuando deje de pagar 10 obligaciones mensuales
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VENTAJAS DEL MONOTRIBUTO � Simplicidad en su pago: cuota mensual – disminuye la presion fiscal sobre los pequeños contribuyentes.
� Reducir al máximo posible el costo y la carga de los trámites: � No hay presentaciones de iva mensual que dan lugar a multas automáticas si se efectúan fuera de término.
� No hay presentaciones de ganancias anual . � No es necesario llevar registraciones contables
� Sistema inclusivo: Menor costo por una misma prestacion : jubilacion y obra social � No tienen retención de ganancias
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MONOTRIBUTO -‐ desventajas En los siguientes casos: Empresas que trabajen con monotributistas: � Límite para la deduccion de compras efectuadas a monotributistas ( esto se subsana efectuando en un año 9 facturas en caso de servicios y 23 en caso de bienes .)
� No les está permitida la compra de dólares � Mayor control por parte del estado: Sus egresos deben estar acordes con la categoria de monotributo declarada ( control de tarjetas de credito, bancos, colegios, prepagas,expensas, viajes)
� A partir de $ 120.000 es menos oneroso el régimen general � Factura electrónica a partir de $120.000 año ( en autonomos sólo para profesionales a partir de $600.000)
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VENTAJAS DEL REGIMEN GRAL + AUTONOMOS vs MONOTRIBUTO � Personas físicas que trabajen con empresas : ej camionero que debe facturar a la empresa y tiene compras con crédito fiscal para deducir.
� Actividades que no pagan iva ( no hacen ddjj de iva ) rentistas de inmuebles residenciales , taxistas y ganancias por no alcanzar los mínimos no imponibles de ganancias de $30.000 al año
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VENTAJAS POR PAGO EN TERMINO CON TARJETAS DE DEBITO / CREDITO AUTONOMOS MONOTRIBUTO � SE REINTEGRA EN MARZO DE CADA AÑO
� ACREDITACION EN CUENTA BANCARIA O EN LA TARJETA
� SE REINTEGRA EL MONTO DEL APORTE MENSUAL
� SE REINTEGRA EN FEBRERO DE CADA AÑO
� ACREDITACION EN CUENTA BANCARIA O EN LA TARJETA
� SE REINTEGRA EL COMPONENTE IMPOSITIVO
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Régimen de inclusion social y promocion del trabajo independiente
� a) Mayor a 18 años de edad � b) Desarrollar una actividad independiente, ( no importador) � no poseer local o establecimiento estable. ( puede ser su casa -‐ habitaciòn � c) Que la actividad sea la única fuente de ingresos, � d) No poseer más de 1 unidad de explotación; � e) Cuando se trate de locación y/o prestación de servicios, no llevar a cabo en el año
calendario más de 6 operaciones con un mismo sujeto, ni superar en estos casos de recurrencia, cada operación la suma de $ 1000;
� f) No ser empleador; � g) No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales; � h) No haber obtenido en los 12 meses calendario inmediatos anteriores al momento de
la adhesión, ingresos brutos superiores a $ 24.000. � i) De tratarse de un sujeto graduado universitario siempre que no se hubieran
superado los 2 años contados desde la fecha de expedición del respectivo título �
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Régimen de inclusion social y promocion del trabajo independiente
� ) El pago de una "cuota de inclusión social" que reemplaza la obligación mensual de ingresar la cotización previsional : 5% de la facturacion del mes a cuenta de SIPA, puede completar los 12 meses para ser considerado aportante regular ( en enero del año sgte)
� b) La opción de acceder a las prestaciones contempladas en el inciso c) del artículo 42
� c) La exención del pago del impuesto integrado establecido en el Capítulo II del Título III del Anexo de la Ley 26.565
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Régimen de inclusion social y promocion del trabajo independiente � Beneficios a los que accede:
� Prestacion basica universal � Retiro por invalidez o pension por fallecimiento � Cobertura mèdico asistencial al adquirir la condicion de jubilado o pensionado
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MONOTRIBUTO SOCIAL � Permite la inclusiòn de personas en situacion de vulnerabilidad que quiere comenzar una actividad ( ej artesanos)
� REQUISITOS 1. Ingresos inferiores a $24.000 2. Mayores a 18 años que realicen una ùnica actividad 3. Cooperativas de trabajo de hasta 6 socios PUEDEN 1. Acceder a obra social, Ingresar al sistema previsional m ser proveedor del estado por compra directa
2. Paga sòlo el 50% de la Obra social : el resto està subsidiado 3. (paga $50 de obra social , subsidio $246)
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MONOTRIBUTO SOCIAL � CRUCES INCOMPATIBLES: 1. Profesionales en ejercicio de su profesión. 2. Personal en relación de dependencia. 3. Propietario de dos o más bienes inmuebles. 4. Propietario de dos o más bienes muebles registrables no afectados al
5. emprendimiento económico. 6. Jubilación mayor que la mínima. 7. Registrado como empleador o titular de acciones o cuotas partes de las
8. sociedades comerciales. 9. Registrado como tributante en el Impuesto a las Ganancias. 10. Ingresos brutos anuales superiores a los $ 24.000 (al 27/05/11).
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