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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 138 S u m a r i o Lunes 17 de junio de 2013 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Em- pleo de Sevilla: Instalación eléctrica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Co- mercio de Sevilla: Solicitud de regulación de su situación como ocupante de la vi- vienda de promoción pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial 3 DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR: Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR: Comisaría de Aguas: Área de Calidad de Aguas: Expediente de petición de autorización de vertido de aguas resi- duales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 1280/11, 86/11 y 161/12; número 5: autos 464/12; número 6: autos 1452/12, 1165/12 y 189/10; número 7: autos 1088/11 y 95/13; número 8: autos 1133/12 y 682/11; número 9: autos 653/11; número 10: autos 63/13 y 302/12; número 11: autos 105/13 y 814/11. . . . . . . . . . . . . . . . . 5 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Agencia Tributaria de Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . 15 Alcalá de Guadaíra: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Alcalá del Río: Estudio de detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 Camas: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · — La Puebla de Cazalla: Expediente contradictorio de declaración ... — Renuncia ante Notario de los demás herederos a

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 138

S u m a r i o

Lunes 17 de junio de 2013

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Em-

pleo de Sevilla: Instalación eléctrica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3— Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Co-

mercio de Sevilla: Solicitud de regulación de su situación como ocupante de la vi-

vienda de promoción pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial 3

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR:— Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR:— Comisaría de Aguas: Área de Calidad de Aguas: Expediente de petición de autorización de vertido de aguas resi-

duales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 1280/11, 86/11 y 161/12; número 5:

autos 464/12; número 6: autos 1452/12, 1165/12 y 189/10; número 7: autos 1088/11 y 95/13; número 8: autos 1133/12 y 682/11; número 9: autos 653/11; número 10: autos 63/13 y 302/12; número 11: autos 105/13 y 814/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Agencia Tributaria de Sevilla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . 15— Alcalá de Guadaíra: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19— Alcalá del Río: Estudio de detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20— Camas: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

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— Casariche: Creación de agrupación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 Avance de planeamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33— Estepa: Plan parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33— Isla Mayor: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33— Mairena del Alcor: Convenio con el Opaef de delegación de

gestión y recaudación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34— Mairena del Aljarafe: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . 34 Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37— Morón de la Frontera: Expedientes de modificación de créditos 39— Olivares: Cuenta general ejercicios 2010 y 2011 . . . . . . . . . . . . 40 Expediente de rectificaciones de cerrados de obligaciones reco-

nocidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40— Palomares del Río: Expedientes de modificación de créditos . . 40— La Puebla de Cazalla: Expediente contradictorio de declaración

de ruina de los osarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 Notificación expediente sancionador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43— El Real de la Jara: Ordenanzas municipales . . . . . . . . . . . . . . . . 43— Utrera: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS:— Mancomunidad de Municipios Cornisa Sierra Norte: Presu-

puesto general ejercicio 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 Presupuesto general ejercicio 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44

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Lunes 17 de junio de 2013 Número 138

JUNTA DE ANDALUCÍA————

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo————

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Sevilla

Instalación eléctrica

A los efectos prevenidos en el artículo 125.º del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización de la instalación eléctrica, cuyas características principales se señalan a continuación:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio número 2.Emplazamiento: Nuevo Parque Guadaíra.Finalidad de la instalación: Soterramiento de 4 líneas aéreas de MT a su paso por Parque Guadaíra.Línea eléctrica:Origen: Subestación Palmera/enlace con red existente procedente del CD «Guano 3» número 11680/Sub. Palmera.Final: En apoyo proyectado número 1/en apoyo proyectado número 2/en apoyo proyectado número 3.Término municipal afectado: Sevilla.Tipo: Subterránea.Longitud en km: 1,213/0,707/1,320.Tensión en servicio: 15(20) KV.Conductores: RHZ-1 18/30 kV 3x240 Al.Apoyos: Metálicos celosías.Aisladores: U40BS.Presupuesto: 193.152,89 euros.Referencia: R.A.T: 112041.Exp.: 271.213.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Territorial, sita en

Sevilla, Avenida República Argentina, 21, 2.ª planta, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00, y formularse al mismo tiempo las alegaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Sevilla a 21 de mayo de 2013.—La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto.2W-7870-P

————

Consejería de Fomento y Vivienda————

Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla

Resolución expediente NS-04/13, para la obtención de la titularidad de la vivienda SE-1010, Cta. 6.«Resuelvo: El archivo del expediente de regularización, teniendo por desistido a doña Natalia Ordóñez Morillo de la solicitud

presentada en fecha 5 de febrero de 2013, para la regularización de su situación como ocupante de la vivienda de promoción pública en la calle Maestro José Casado número 16, 1.º - 3 de Alcalá de Guadaíra, Sevilla, Cuenta 6 del Grupo SE-1010.

Primero.—Mediante escrito de fecha 21 de febrero de 2013, la persona solicitante fue requerida para que en el plazo de diez (10) días procediese a la subsanación de:

— Renuncia ante Notario de los demás herederos a los derechos que pudieran corresponderle sobre la vivienda a favor de la solicitante.

— Compromiso de pago de los recibos no abonados (se adeudan 261 recibos por importe de 9.428,64 €).— CertificadodeestaralcorrienteenelpagodelascuotasdelacomunidaddepropietariosexpedidoporelPresidenteo

último recibo.Segundo.—Habiendotranscurridoelplazolegalconcedidonohasidoatendidosuficientementeelrequerimientoefectuado.»En Sevilla a 29 de mayo de 2013.—La Delegada Territorial, Granada Santos García.

8W-8155————

Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla

«Requerimiento.Expedientenúmero0063/13,dedescalificacióndeviviendasdeprotecciónoficial,ainstanciadedonJacoboEscamilla Jiménez, se le requiere para que en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de esta publicación, presente en la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Sevilla: documentación acreditativa de que la vivienda ha constituido la residencia habitualypermanentedesutitularenloscincoañosinmediatamenteanterioresalasolicitud;certificacióndelaadministraciónorigi-nariadelsuelorelativaaquelaprocedenciadelterrenonoimpideladescalificación;certificadoemitidoporlaentidaddecréditoen

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4 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

lacualseformalizóelpréstamocualificado;asícomocertificadosdebonificacionesaplicadasalalicenciadeobrasyalImpuestodebienes inmuebles; advirtiéndole que, de no hacerlo en dicho plazo, se le tendrá por desistido de su petición».

Sevilla a 27 de mayo de 2013.—La Delegada Territorial, Granada Santos García.2W-8156

————

Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla

«Expedientenúmero0003/13,dedescalificacióndeviviendasdeprotecciónoficial,ainstanciadedoñaSofíaLópezMartínyotros, de fecha 4 de enero de 2013, se resuelve tener por desistida la solicitud presentada y declarar concluso el procedimiento inicia-do,procediendoalarchivodelexpediente.Contralapresenteresolución,quenoponefinalavíaadministrativa,sepodráinterponerRecurso de Alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación».

Sevilla a 27 de mayo de 2013.—La Delegada Territorial, Granada Santos García.2W-8157

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR————

Jefatura Provincial de Tráfico de SevillaDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificacióndeexpedienteporelqueserequiereadonRaúlFabretJulia,conDNI47610752,paraqueenelplazodeunmesprocedaa la retirada del vehículo matrícula 5217GWN del recinto de Providencia Móvil, S.L., situado en avenida de la Industria número 4, 41007 de Sevilla, con la advertencia de que en caso de no hacerlo se procederá al traslado del vehículo a un centro de destrucción y descontaminación.

EnSevillaa23demayode2013.—ElJefeProvincialdeTráfico,JoséLuisLeónGuzmán.————

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificacióndeexpedienteporelqueserequiereaAuxiliardeDerribos,S.L.,CONNIFB91223354,paraqueenelplazodeunmesproceda a la retirada del vehículo matrícula 0949DDD del recinto de Reparaciones y Mantenimientos Hermanos Domínguez, S.L., situado en carretera nacional IV, Km. 509, 41410 de Carmona, con la advertencia de que en caso de no hacerlo se procederá al traslado del vehículo a un centro de destrucción y descontaminación.

EnSevillaa23demayode2013.—ElJefeProvincialdeTráfico,JoséLuisLeónGuzmán.8W-7653

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR————

Comisaría de AguasÁrea de Calidad de Aguas

Ref. exp. VA0762/SE-29/2012.

SehaformuladoenlaConfederaciónHidrográficadelGuadalquivirlapeticióndeautorizacióndevertidodeaguasresidualesque se reseña en la siguiente:

Nota:

Peticionario: Helioenergy Electricidad 3, S.A.CIF/NIF: A91658500.Dirección: Finca El Segador, polígono 58, parcela 10.Término municipal: Écija.Actividad: Planta solar térmica con tecnología de torre y campos de helióstatos.Punto de vertido: Río Genil.(UTMX: 313630; UTMY: 4162639; Huso 30; Datum: ETRS89)Proyectos: Proyecto de Vertidos. Planta solar térmica con tecnología de torre y campo de helióstatos para producción de elec-

tricidad en Écija (Sevilla). Autor: Ladislao Navarro Olea (I.I.). Fecha: noviembre 2010.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 5

— Modificaciónproyecto de vertidos. Autor: Ladislao Navarro Olea (I.I.); fecha: noviembre 2010.La depuración/eliminación de las aguas residuales, se realizará con el siguiente tipo de instalación:E.D.A.R., balsa homogenización y balsa regulación.• Régimendefuncionamiento:Continuo.• Procedenciadelasaguas:Urbanaeindustrial.• Capacidadmáximadedepuración:17,86m3/h.• Descripción: EDAR: — Desbaste. — Reactor biológico secuencial (oxidación total). — Arqueta de toma de muestras. BALSA HOMOGENIZACIÓN: — Cámara de homogenización. — Cámara de neutralización. — Arqueta de toma de muestras. BALSA REGULACIÓN:

Los fangos en exceso serán periódicamente retirados por empresa gestora autorizada.Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 248 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, sometiéndose a información públicaporunplazodetreintadíascontadosapartirdeldíasiguientealafechadepublicacióndeesteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,afindequecualquierpersonafísicaojurídicapuedaexaminarelexpedienteypresentarlasreclamacionesqueestimepertinentesenesteplazo,siendoellugardeexhibicióndelexpedientelasoficinasdelaConfederaciónHidrográficadelGuadalquivir,sita en Avda. República Argentina número 43 ac. 1.ª planta, 41071 Sevilla.

Sevilla a 8 de mayo de 2013.—El Jefe de Área de Calidad de Aguas, Cándido Brieva Romero.2F-6957

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

Procedimiento: Social ordinario 1280/2011. Negociado: 1B.NIG: 4109144S20110015315.De: Doña M. Dolores Moreno Tenorio.Contra: «Disatron», S.L., y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1280/2011, a instancia de la parte actora, doña M. Do-

lores Moreno Tenorio, contra «Disatron», S.L., y Fondo de Garantía Salarial, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 30/11/11, del tenor literal siguiente:

Decreto.—Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla a 30 de noviembre de 2011.

Antecedentes de hechoPrimero: Doña M. Dolores Moreno Tenorio presentó demanda de reclamación de cantidad frente a «Disatron», S.L., y Fondo

de Garantía Salarial.Segundo: La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1280/2011.

Fundamentos de derechoPrimero: Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.1 de la LPL,

procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.Segundo: La parte actora ha solicitado la práctica de prueba/s interrogatorio de la demandada y documental, que, habiendo

de practicarse en el acto de juicio de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 de la LPL, requieren de diligencias de citación y requerimiento previos.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositivaDispongo:— Admitir la demanda presentada.— Señalar el próximo 15 de julio de 2013, a las 10.00 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este

Juzgado,sitoenavenidadeLaBuhaira,26,edificioNoga,1.ªplanta,SaladeVistasn.°8,paraelcasodequelaspartesnolleguena

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6 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial, a las 9.50 horas, en la Secretaría del Juzgado, sita en la planta 5.ª.

— Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

— Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio , y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubieraintervenidopersonalmenteyleresultarenentodooenparteperjudiciales,yqueencasodequeelinterrogatorionoserefieraa hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (art. 91.2 y 91.4 LPL).

— Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba documental que se relaciona en el escrito de demanda, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, si los mencionados documentosnoseaportanenesemomentosinmediarcausajustificada,podránestimarseprobadaslasalegacioneshechasporlapartecontraria en relación con la prueba acordada.

— Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.— Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado/Graduado Social.

Notifíquese la presente resolución

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábilessiguientesasunotificación,conexpresióndelainfracciónqueajuiciodelrecurrentecontienelamisma,sinquelainterposicióndel recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Yparaquesirvadenotificaciónalademandada,«Disatron»,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharánenestrados,salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 24 de mayo de 2012.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.7F-7515

————

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

Procedimiento: Social Ordinario 86/2011.Negociado: 7.N.I.G.: 4109144S20110001048.De: ONCE.Contra: Doña Azucena Salazar Borja.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 86/2011, a instancia de la parte actora Once contra doña

Azucena Salazar Borja sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:DecretoSecretaria Judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.En Sevilla a 14 de octubre de 2011.Antecedentes de hechoPrimero.—El 27/01/11, tuvo entrada en este Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla demanda presentada por Once frente a

doña Azucena Salazar Borja siendo citadas las partes para el acto de conciliación/juicio el día 09/10/12.Segundo.—Que posteriormente se presentó escrito por el demandante por el que se desistía de la demanda formulada.Fundamentos de derechoÚnico.—Que siendo un principio fundamental de Derecho Procesal Laboral, el principio dispositivo en virtud del cual, la

parte demandante es libre de mantener o no la demanda, debe admitirse el desistimiento formulado por el actor, mediante el escrito presentado por el mismo y unido a las actuaciones, sin que ello suponga una renuncia de su derecho, sino tan sólo a la acción ejercitada mediante este procedimiento.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositivaAcuerdo: Tener por desistido a ONCE de su demanda frente a doña Azucena Salazar Borja. Archivarlasactuacionesunavezqueseafirmelapresenteresolución.Notifíquese la presente resoluciónModo de impugnación: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá

expresarlainfraccióncometidaajuiciodelrecurrente,enelplazodecincodíashábilessiguientesasunotificación.(art.186y187delaLPL).ElrecurrentequenotengalacondicióndetrabajadorobeneficiarioderégimenpúblicodelaSeguridadSocialdeberáhacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 7

enlamismacuentadeberáespecificaruningresoporcadaconcepto,inclusosiobedecenaotrosrecursosdelamismaodistintaclaseindicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Secretaria JudicialYparaquesirvadenotificaciónaldemandadodoñaAzucenaSalazarBorjaactualmenteenparaderodesconocido,expidoel

presenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 10 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.253F-7076

————

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

N.I.G.: 4109144S20110012575.Procedimiento: 1056/11.Ejecución número: 161/2012.Negociado: 4J.De: Don Victoriano Sánchez Cordón y don Miguel Fernández Rodríguez.Contra: Don Juan Carlos Muñoz Bordallo.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de los de esta capital y su

provincia.Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 161/2012, sobre ejecución, de títulos judiciales, a instancia de don

Victoriano Sánchez Cordón y don Miguel Fernández Rodríguez, contra la empresa Juan Carlos Muñoz Bordallo, en la que con fecha 2 de mayo de 2013, se ha dictado Decreto cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Decreto:Sra. Secretaria Judicial: Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.En Sevilla a 2 de mayo de 2013.Parte dispositiva:Acuerdo:Declarar a la empresa ejecutada, don Juan Carlos Muñoz Bordallo, en situación de insolvencia por importe de 7.890,37 euros,

insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes.Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo

detresdíashábilescontadosdesdeelsiguientedelanotificación,conexpresióndelainfraccióncometidaajuiciodelrecurrente,sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25, euros, debiendo ingresarlo en la cuen-ta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito —Banesto— (entidadnúmero0030),sucursalAvda.delaBuhaira(Oficinanúmero4325),sitaencalleJoséRecuerdaRubionúmero4,deSevilla,Cuentanúmero4020-0000-64-0161-12,utilizandoparaelloelmodelooficial,indicandoenelcampo«Concepto»quesetratadeunrecurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicandoel«beneficiario»,JuzgadodeloSocialnúmerounodeSevilla,yen«concepto»seconsignarán,enunsolobloqueyésteseparado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos —antes expresados— de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Asíloacuerdoyfirmo.Doyfe.La Secretaria Judicial.YparaquesirvadenotificaciónenformaadonJuanCarlosMuñozBordallo,cuyoactualdomiciliooparaderosedesconoce,

libroelpresenteedictoquesepublicaráenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,conlaprevencióndequelasdemásresolu-cionesquerecaiganenlasactuacionesleseránnotificadasenlosestradosdelJuzgado,salvolasquedebanrevestirlaformadeautososentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Sevilla a 2 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.4F-6787

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 464/2012, a instancia de la parte actora don Juan Ma-

nuel Castillo García, contra don José Ángel Narbona Prini, N y B Maquinaria, S.L., Bombeos Sevilla, S.L. y Hormigones N y B, S.A., sobre despido objetivo individual se han dictado Resoluciones de fechas 14/12/12 y 8/03/13, cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

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8 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Auto.En Sevilla a 14 de diciembre de 2012.Parte dispositiva.Aclaro la Sentencia de 29 de noviembre de 2012, en el sentido de añadir al Fallo de la misma, que la demandada debe abonar

la cantidad de 6.512,74 euros al actor.Asíporesteauto,loacuerdomandoyfirmalaIlma.señoradoñaMaríaAmeliaLerdodeTejadaPagonabarraga,Magistradadel

Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Doy fe.Auto.En Sevilla a 8 de marzo de 2013.Parte dispositiva. Debo acordar y acuerdo, estimar la aclaración, y subsanando la omisión involuntaria, integro el Fallo de la Sentencia en el

sentido de declarar a las tres empresas codemandadas como responsables con carácter solidario del pronunciamiento de condena.Asíporesteauto,loacuerdomandoyfirmalaIlma.señoradoñaMaríaAmeliaLerdodeTejadaPagonabarraga,Magistradadel

Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Doy fe.YparaquesirvadenotificaciónaBombeosSevilla,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasu

publicaciónenel«BoletínOficial«delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharánenestrados,salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 16 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial, María Amparo Atarés Calavia.258-7354

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Procedimiento: Social Ordinario 1452/2012.Negociado: K.NIG: 4109144S20120015908.De: Doña Ana María Gabella Alcalde.Contra: Don Juan Díaz-Ambrona Cancho, Rodri 5 Prefabricados del Hormigón, S.L., don Juan Díaz-Ambrona Cancho. Addor

Conc: Paveco Prefababricados, Paveco Prefabricados, S.L., y Fondo de Garantía Salarial.Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1452/2012, a instancia de la parte actora doña Ana María

Gabella Alcalde contra don Juan Díaz-Ambrona Cancho, don Juan Díaz-Ambrona Cancho, Rodri 5 Prefabricados del Hormigón, S.L., Rodri 5 Prefabricados del Hormigón, S.L., don Juan Díaz-Ambrona Cancho. Addor Conc: Paveco Prefababricados, S.L., plaza Ruiz de Alda número 11, CP: 41004. Sevilla, Paveco Prefabricados, S.L., y Fondo de Garantía Salarial sobre social ordinario se ha dictado resolución de fecha 26 de abril de 2013, cuya parte dispositiva queda del tenor literal siguiente:

Fallo

Primero.—Que estimando como estimo íntegramente la demanda formulada por doña Ana María Galella Alcalde, contra la entidad «Paveco Prefabricados, S.L.,» en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a ésta a que abone a la parte actora la suma de nueve mil cuatrocientos ocho euros con ochenta y dos céntimos de euro (9.408,82 €) en concepto de principal más intereses.

Segundo.—Que debo absolver y absuelvo a la entidad «Rodri 5 Prefabricados de Hormigón, S.L.,» y a don Juan Díaz-Ambrona Cancho de todos los pedimentos que contra los mismos se venían deduciendo.

Tercero.—La presente resolución vincula al Fondo de Garantía Salarial.Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante

la Sala de Social del T.S.J. de Andalucía con sede en Sevilla, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en el plazo improrrogable de cincodías,acontardesdeelsiguientealanotificacióndeestasentencia,oenotrocaso,unavezfirmelamismaprocédasealarchivode las actuaciones dejando nota.

Asíporestamisentencialopronuncio,mandoyfirmo.Publicación.—Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la pronuncia, estando celebran-

do audiencia pública, por ante mí el Secretario. Doy fe.YparaquesirvadenotificaciónalademandadaRodri5PrefabricadosdelHormigón,S.L.,actualmenteenparaderodesconoci-

do,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 26 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.8F-6467

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Procedimiento: Social Ordinario 1165/2012.Negociado: M.NIG: 4109144S20120012395.De: Doña Irene Martínez Domínguez.Contra: Don Luis María Navarro Ordoñez, Finanmedia, S.L., Bestcredit, S.L., y Fondo de Garantía Salarial.Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1165/2012, a instancia de la parte actora doña Irene

Martínez Domínguez contra don Luis María Navarro Ordoñez, Finanmedia, S.L., Bestcredit, S.L., y Fondo de Garantía Salarial sobre social ordinario se ha dictado resolución de fecha 26 de abril de 2013, del tenor literal siguiente:

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 9

Fallo

Primero.—Que estimando como estimo íntegramente la demanda formulada por doña Irene Martínez Domínguez, contra las entidades «Finanmedia, S.L.,» y «Bestcredit, S.L.,» en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a esta a que abonen solida-riamente a la parte actora la suma de cinco mil veinte euros con cuarenta céntimos de euro (5.020,40 €).

Segundo.—Que debo absolver y absuelvo a don Luis María Navarro Ordoñez de todos los pedimentos que contra el mismo se venían deduciendo.

Tercero.—No cabe hacer por el momento pronunciamiento alguno respecto del Fondo de Garantía Salarial.Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante

la Sala de Social del T.S.J. de Andalucía con sede en Sevilla, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en el plazo improrrogable de cincodías,acontardesdeelsiguientealanotificacióndeestasentencia,oenotrocaso,unavezfirmelamismaprocédasealarchivode las actuaciones dejando nota.

Asíporestamisentencialopronuncio,mandoyfirmo.Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la pronuncia, estando celebrando

audiencia pública, por ante mí el Secretario. Doy fe.YparaquesirvadenotificaciónalademandadaFinanmedia,S.L.,yBestcredit,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,

expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 26 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.8F-6401

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 189/2010.Negociado: M.Sobre: Reclamación de cantidad.NIG: 4109144S20100003445.De: Don Francisco José Redondo Ollero.Contra: Interan Andamios Integrales, S.L.Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 189/2010, a instancia de la parte actora don Francisco

José Redondo Ollero contra Interan Andamios Integrales, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 25/04/13 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Parte disPositiva

Acuerdo:1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial.2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifíesten si desean cons-

tituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa.Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábilessiguientesasunotificaciónconexpresióndelainfracciónqueajuiciodelrecurrentecontienelamisma,sinquelainterposicióndel recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

la secretaria Judicial

YparaquesirvadenotificaciónalademandadaInteranAndamiosIntegrales,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,ex-pidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 25 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.8F-6211

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1088/2011.NIG: 4109144S20110013012.De: Don Jesús Pérez Romero, doña Sebastiana Oca Avecilla, doña Manuela González Gallardo, doña Claudia del Rocío Macías

Gallardo, don Ángel Guerra Benítez y doña Carmen Rojas Enríquez.Contra: Don Juan de Dios Jiménez Aguilera, A.D. Urgen, S.L., Servicios Urgentes Parsi, S.L., Andaluza de Entregas a Domici-

lio, S.L., Distribuciones de Valijas y Paquetería Navacar, S.L., Logística Disval, S.A., Redyser, S.L., Aprisa Mensajeros, S.L., Redyser Transporte, S.L., y Redyser Courier, S.L.

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número 1088/2011, sobre despidos/ceses en general, a instancia de

don Jesús Pérez Romero, doña Sebastiana Oca Avecilla, doña Manuela González Gallardo, doña Claudia del Rocío Macías Gallardo, don Ángel Guerra Benítez y doña Carmen Rojas Enríquez, contra don Juan de Dios Jiménez Aguilera, A.D. Urgen, S.L., Servicios Urgentes Parsi, S.L., Andaluza de Entregas a Domicilio, S.L., Distribuciones de Valijas y Paquetería Navacar, S.L., Logística Disval, S.A., Redyser, S.L., Aprisa Mensajeros, S.L., Redyser Transporte, S.L. y Redyser Courier, S.L., en la que con fecha 2 de mayo de 2013, se ha dictado Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

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10 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

«Que estimando la demanda interpuesta por don Jesús Pérez Romero, doña Sebastiana Oca Avecilla, doña Manuela González Gallardo, doña Claudia del Rocío Macías Gallardo, don Ángel Guerra Benítez y doña Carmen Rojas Enríquez; contra A.D. Urgen, S.L., su Administrador Concursal Juan de Dios Jiménez Aguilera, Servicios Urgentes Parsi, S.L., Andaluza de Entregas a Domicilio, S.L., Distribuciones de Valijas y Paquetería Navacar, S.L., Logística Disval ,S.A., Redyser, S.L., Redyser Transporte, S.L., Aprisa Mensajeros, S.L., y Fogasa, debo declarar y declaro improcedente el despido actuado por A.D. Urgen, S.L., Servicios Urgentes Parsi, S.L., y Andaluza de Entregas a Domicilio, S.L., contra los actores, y en consecuencia, condeno a dichas demandadas solidariamente a que, a su elección, les indemnicen con 22.739,99 euros al Sr. Pérez, con 17.274,60 euros al Sr. Guerra, con 18.737,86 euros a la Sra. González, con 15.254,05 euros a la Sra. Maclas, con 7.609,69 euros a la Sra. Rojas y con 30.350,28 euros a la Sra. Oca, o bien readmitan a los actores en su puesto de trabajo en iguales condiciones que antes del despido y, en ambos casos, les abonen los salarios dejadosdepercibirdesdelafechadeldespidohastalafechadenotificacióndeestasentencia,arazóndelsalariodeclaradoenelhechoprobado primero de esta sentencia, con la advertencia de que dicha opción deberá ejercitarse ante este Juzgado en el plazo de los cinco díassiguientesalanotificacióndelasentencia,entendiéndosequedenohacerloasí,optanporlareadmisión,conabsolucióndelrestode codemandados, con imposición a Distribuciones de Valijas y Paquetería Navacar, S.L., de multa de 180 euros y condena al abono de los honorarios del graduado social de Aprisa Mensajeros, S.L., y condenando al administrador concursal de A.D. Urgen, S.L., y al Fogasa a estar y pasar por ello.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por anteesteJuzgadodentrodeloscincodíashábilessiguientesaldesunotificación.

Lademandadarecurrentequenogozaredelbeneficiodejusticiagratuitaindispensablementeacreditará,alanunciarelrecursohaber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 4026000065108811, abierta por este Juzgado de lo Social nú-merosiete,enelBancoBanestolacantidadobjetodecondena,utilizandoparaelloelmodelooficialyconcretandoademáselnúmeroy año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. El resguardo de consignación o en su caso el documento de ase-guramiento, quedará bajo la custodia del Sr. Secretario, que expedirá testimonio de los mismos para su unión a los autos, facilitándose el oportuno recibo.

Asimismo, deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el recurso o al formalizarlo, el depósito de 300 euros, en la cuenta «depósitos» establecida por este Juzgado en el Banco Banesto de esta ciudad, con el número 40260000068108811, indicando a continuación el número y año del procedimiento.

AsíporestamiSentencia,definitivamentejuzgandoenestainstancia,lopronuncio,mandoyfirmo.»YparaquesirvadenotificaciónenformaaA.D.Urgen,S.L.,ServiciosUrgentesParsi,S.L.,yAndaluzadeEntregasaDomi-

cilio,S.L.,cuyoactualdomiciliooparaderosedesconocen,libroelpresenteedictoquesepublicaráenel«BoletínOficial»delapro-vinciadeSevilla,conlaprevencióndequelasdemásresolucionesquerecaiganenlasactuacionesleseránnotificadasenlosestradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 6 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial. (Firma ilegible.)8F-6736

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 95/2013.NIG: 4109144S20110000750.De: Don Francisco Ruiz Hernández.Contra: Seguridad Sansa, S.A.Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta

capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de ejecución 95/2013, a instancia de la parte actora don

Francisco Ruiz Hernández contra Seguridad Sansa, S.A., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 23 de abril de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Seguridad Sansa, S.A., a instancias de don Francisco Ruiz Hernández, por importe de 40,59 euros en concepto de principal, más la de 9 euros calculados para intereses y gastos.

Notifiqueselapresenteresoluciónalaspartes,haciéndolessaberquecontralamismacabeinterponerrecursodereposiciónenelplazodetresdías,enlaformaaqueserefiereelfundamentotercerodeestaresolución.

Asíporesteauto,loacuerdomandovfirmaelIlmo.Sr.donCarlosManchoSánchez,Magistrado-JuezdelJuzgadodeloSocialnúmero siete de Sevilla. Doy fe.»

Igualmente, y con la misma fecha, se ha dictado Decreto con la siguiente parte dispositiva:«Acuerdo: Habiendo sido declarada la ejecutada Seguridad Sansa, S.A., en insolvencia provisional por otro Juzgado, dése au-

diencia a la parte actora y al Fogasa afín de que en el plazo de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho interesen o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, con la advertencia que de no hacerlo en dicho plazoseprocederáaldictadodelainsolvenciadelaempresaejecutadaencuantíasuficienteacubrirlasumade40,59eurosenconceptode principal, más la de 9 euros presupuestados provisionalmente en concepto de intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la cabrá interponer ante S.S.ª, recurso directo de revisión,sinefectosuspensivo,enelplazodeloscinco(5)díassiguientesaldesunotificación,debiendocitarselainfracciónenquela resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos.

Asimismo, deberá acreditar el depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado en el Banesto,oficinadelaBuhairadeSevillaconelnúmero4026000064009513(sisehaceportransferenciaseharáalacuentanúmero0030-1846-42-0005001274, reseñando en el apartado de observaciones la primera que se ha dicho 4026... y reseñando el juzgado receptoreneldebeneficiario)».

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 11

YparaquesirvadenotificaciónaldemandadoSeguridadSansa,S.A.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharánenestrados,salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 23 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas.8F-6612

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Procedimiento: Ejecución de títulos no judiciales 329/2012.Negociado: 3.N.I.G.: 4109144S20120012482.De: Don Antonio Manuel López Aguilar.Contra: Incacsa, S.L.Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de los de esta capital y su

provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1133/12, ejecución 329/2012, a instancia de la parte

actora don Antonio Manuel López Aguilar, contra Incacsa, S.L., sobre ejecución, de títulos no judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Declarar a la ejecutada Incacsa, S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 21.044 euros de

principal, más 1.262,64 euros de interés y 2.104,40 euros para costas calculadas provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación, insolvencia que se entenderán a todos los efectos como provisional.

Remitiredictoal«BoletínOficial»delaprovincia,paralanotificacióndelapresenteresoluciónaldemandado,enparaderodesconocido.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial y procédase al archivo de las presentes actuacio-nes previa nota en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta laresoluciónenelplazodetresdíashábilessiguientesalanotificacióndelamismaconexpresióndelainfraccióncometidaenlamis-maajuiciodelrecurrente,art.188LRJSElrecurrentequenotengalacondicióndetrabajadorobeneficiarioderégimenpúblicodelaSeguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Re-visión».Siefectuarediversospagosenlamismacuentadeberáespecificaruningresoporcadaconcepto,inclusosiobedecenaotrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

YparaquesirvadenotificaciónaldemandadoIncacsa,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharánenestrados,salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 8 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio.4F-6815

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Procedimiento: 682/11. Ejecución de títulos judiciales 300/2011. Negociado: 2.NIG: 4109144S20110008230.De: Don José Antonio Morales Espinosa.Contra: «Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad», S.L.

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de esta capital y su provincia.Hacesaber:QueenlosautosseguidosenesteJuzgadobajoelnúmero682/11,ejecuciónn.°300/2011,ainstanciadelaparte

actora, don José Antonio Morales Espinosa, contra «Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad», S.L., sobre ejecución de títulos judi-ciales, se ha dictado Decreto de fecha 30/04/13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaAcuerdo: Declarar a la ejecutada, «Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad», S.L., en situación de insolvencia total por

importe de 21.448,35 euros de principal, más otros 1.286,90 euros en concepto de intereses y 2.144,83 euros en concepto de costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedi-miento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta laresoluciónenelplazodetresdíashábilessiguientesalanotificacióndelamisma,conexpresióndelainfraccióncometidaenlamis-maajuiciodelrecurrente,art.188L.R.J.S.ElrecurrentequenotengalacondicióndetrabajadorobeneficiarioderégimenpúblicodelaSeguridadSocialdeberáhacerundepósitopararecurrirde25euros,eneln.°decuentadeesteJuzgado,debiendoindicarenelcampo«concepto» la indicación recurso, seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso», seguida del «código 31 Social- Revisión». Siefectuarediversospagosenlamismacuenta,deberáespecificaruningresoporcadaconcepto,inclusosiobedecenaotrosrecursosde la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

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12 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Yparaquesirvadenotificaciónalademandada,«IngenieríaGeotécnicayControldeCalidad»,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresente,parasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 30 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, M.ª del Carmen Peche Rubio.7F-6441

————SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9

Procedimiento: 653/2011 Ejecución de títulos judiciales 55/2013 Negociado: 3EN.I.G.: 4109144S20110007906De: Fundación Laboral de la Construcción.Contra: Revestimientos Bolívar, S.L.Doña Rosa M.ª Adame Barbeta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 653/2011, ejecución 55/2013 a instancia de la parte

actora Fundación Laboral de la Construcción, contra Revestimientos Bolívar, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 23 de abril de 2013, del tenor literal siguiente:

Auto.—En Sevilla a 23 de abril de 2013.Parte dispositiva:

S.S.ª Ilma. Magistrado-Juez de lo Social número nueve de esta capital y su provincia don Rafael Fernández López, acuerda: Procédase a la ejecución de la resolución de fecha 28 de noviembre de 2012, dictada en las presentes actuaciones, despachándose la misma a favor de Fundación Laboral de la Construcción, contra Revestimientos Bolívar, S.L., por la cantidad de 145,04 € en concepto de principal y 23,21 €, en concepto de intereses y costas presupuestados provisionalmente, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes derechos o acciones hasta hacer pago a la ejecutante de las citadas cantidades.

Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoseles que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición en la forma expresada en el fun-damento jurídico sexto de esta resolución.

Así,poresteauto,loacuerdamandayfirmaelIlmo.Sr.donRafaelFernándezLópez,Magistrado-JuezdelJuzgadodeloSo-cial número nueve de esta capital y su provincia, ante mí la Secretaria Judicial. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria Judicial.

Decreto: En Sevilla a 23 de abril de 2013.Parte dispositiva:

S.S.ª la Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provincia doña Rosa M.ª Adame Barbeta, acuerda:DecretarelembargodebienesyderechospropiedaddelaparteejecutadaRevestimientosBolívar,S.L.,encuantíasuficiente

a cubrir el importe del principal por el que se ha ordenado la ejecución ascendente a 145,04 € más lo presupuestado provisionalmente para intereses y costas 23,21 €, a favor del ejecutante Fundación Laboral de la Construcción, y en concreto las devoluciones que por IVAocualquierotroconceptopudierancorresponderalaejecutada,encuantíasuficienteacubrirprincipal,interesesycostasloqueseefectuará a través de la aplicación informática .

Y,constandoladeclaracióndelaejecutadaeninsolvenciaprovisional,deseaudienciaalaparteactoraafindequeenelplazode quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de revisión sin que produzca efecto suspensivo, ante el Magistrado-Juez que dictó el auto de ejecución, mediante escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a su noti-ficación,conexpresióndelainfraccióncometidaajuiciodelrecurrente,sincuyosrequisitosnoseadmitiráelrecurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta deesteJuzgadoabiertaenBanestonúmero4028.0000.82.0653.11,utilizandoparaelloelmodelooficial,indicandoenelcampo«Con-cepto» que se trata de un recurso seguido del código «82» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicandoelbeneficiario,JuzgadodeloSocialnúmeronuevedeestacapitalysuprovincia,yen«Observaciones»seconsignarán4028.0000.82.0653.11, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «82» y «Social-Revisión».

AsíporesteDecreto,loacuerda,mandayfirmalaSra.SecretariadelJuzgadodeloSocialnúmeronuevedeestacapitalysuprovincia. La Secretaria Judicial.

YparaquesirvadenotificaciónaldemandadoRevestimientosBolívar,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 23 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, Rosa M.ª Adame Barbeta.2F-6356

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 63/2013.Negociado: D.N.I.G.: 4109144S20120006882.De: Doña Eva María Sánchez Polo.Contra: Autasa, S.L.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 13

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diez de los de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 63/2013, a instancia de la parte actora doña Eva María

Sánchez Polo contra Autasa, S.L., sobre ejecución, de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 6 de mayo de 2013, del tenor literal siguiente:

Auto.—En Sevilla a 6 de mayo de 2013.Parte dispositiva: Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes con obligación de la em-

presa condenada, Autasa, S.L., de indemnizar a Eva María Sánchez Polo en la suma de 3.488,28 euros.Asimismo, debo condenar y condeno a la referida mercantil a que abone a la actora los salarios dejados de percibir que ascien-

den a 11.037,24.Notifíqueselapresenteresoluciónalaspartesyunavezfirmelamisma,archívenselaspresentesactuaciones.Contra dicha resolución cabe interponer ante este Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días a contar desde su

notificación,paracuyaadmisióndeberápreviamenteconstituirsedepósitoencuantíade25euros,debiendoingresarloenlacuentadeesteórganojudicialabiertaenBanestonúm.4029/0000/65/0063/13,utilizandoparaelloelmodelooficial,debiendoindicarenelcampo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así,poresteauto,loacuerda,mandayfirmalailustrísimaSra.doñaMaríadelCarmenLucendoGonzález,Magistrada-Jueztitular del Juzgado de lo Social número diez de los de esta capital y su provincia. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—La Secretaria.YparaquesirvadenotificaciónaldemandadoAutasa,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasu

publicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia,conlaadvertenciadequelassiguientesnotificacionesseharánenestrados,salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 6 de mayo de 2013.—La Secretaria Judicial, Carmen Álvarez Tripero.4F-6819

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

NIG: 4109144S20100009067.Procedimiento: 821/10.Ejecuciónn.°: 302/2012.Negociado:J.De: Doña Nemesia Díez Domínguez, doña Ana María Fontán Melgar y doña María Dolores Benítez Alba.Contra: «Trajes de Flamenca Raquel», S.L., y FOGASA.

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diez de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 302/2012, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

doña Nemesia Díez Domínguez, doña Ana María Fontán Melgar y doña María Dolores Benítez Alba, contra «Trajes de Flamenca Ra-quel», S.L., y FOGASA, en la que con fecha se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto.—Secretaria Judicial, doña Carmen Álvarez Tripero. En Sevilla a 30 de abril de 2013.

Parte dispositivaLa Secretaria del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla, doña Carmen Álvarez Tripero, acuerda:Declarar a la ejecutada, «Trajes de Flamenca Raquel», S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe

de 4.332,33 euros de principal, más 867 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse porescritoenelplazodetresdíashábiles,contadosdesdeelsiguientedelanotificación,conexpresióndelainfraccióncometidaajuicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Sinomanifiestanalegaciónalguna,seprocederáalarchivoprovisionaldelasactuaciones.Así,poresteDecreto,loacuerda,mandayfirmaS.S.ª.LaSecretariadelJuzgadodeloSocialnúm.10deSevilla.YparaquesirvadenotificaciónenformaadoñaNemesiaDíezDomínguez,doñaAnaMaríaFontánMelgar,doñaMaríaDo-

lores Benítez Alba, «Trajes de Flamenca Raquel», S.L., y FOGASA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto,quesepublicaráenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,conlaprevencióndequelasdemásresolucionesquerecaiganenlasactuacionesleseránnotificadasenlosestradosdelJuzgado,salvolasquedebanrevestirlaformadeautososentenciasosetratede emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 30 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, Carmen Álvarez Tripero.7F-6585

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 105/2013.Negociado: 1.N.I.G.: 4109144S20120005089.De: Doña Verónica Ballesteros González.Contra: Cotraf España, S.L., y Frigocar Logistic, S.L., antes Trucks Vega Suares, S.L.

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14 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Don Jesús Ángel Orozco Torres, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número once de los de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 105/2013, a instancia de la parte actora doña Verónica

Ballesteros González contra Cotraf España, S.L., y Frigocar Logistic, S.L., antes Trucks Vega Suares, S.L., sobre ejecución, de títulos judiciales se ha dictado resoluciones de fecha 6-5-2013 del tenor literal siguiente Auto:

Parte dispositiva:Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad de la demandada Frigocar Logistic, S.L., antes Trucks

Vega Suárez, S.L., por la cuantía de 43.817,17 euros de principal y de 7010,74 euros en que provisionalmente se presupuestan los inte-reses y costas; y contra los bienes y derechos propiedad de la demandada Cotraf España, S.L., por la cuantía de 1744,2 euros de princi-pal y 279,07 euros en que provisionalmente se presupuestan los intereses y costas, de los que responde solidariamente con la primera.

Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de reposición por escrito presentado dentro los tres días hábiles siguien-tesasunotificación.

Así,poresteauto,loacuerda,mandayfirmalailustrísimaSra.doñaAdelaidaMarotoMárquez,MagistradaJuezdelJuzgadode lo Social número once de los de esta capital y su provincia. Doy fe.

La Magistrada Juez.—La Secretaria.Decreto.Parte dispositiva: Acuerdo:Primero.—El embargo de los saldos favorables de cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inver-

sión, obligaciones, valores en general, o cualesquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos de las que aparece como titular la demandada y en las entidades que están adscritas al Punto Neutro de la terminal informática del Juzgado y para suefectividadselibraránlosoportunosoficios,ysedalaoportunaordentelemáticaalaAEATparaqueprocedaalaretencióndelascantidades de las que resulte acreedora la demandada.

Segundo.—Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días inste las diligencias que a su dere-cho interesen.

Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a las partes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interponer recurso directo de Revisión, sin efecto suspensivo, ante el Magistrado Juez que dictó la orden general de ejecución.

Elrecursoseinterpondráporescritodentrodelostresdíashábilessiguientesasunotificación,citandoladisposiciónqueestaresolución hubiese infringido.

Lapartequenogozaradelbeneficiodelajusticiagratuitadeberáconstituirdepósitode25eurosenlacuentadeBanesto0030-1846-42-0005001274 Concepto 4071-0000-00-(número de expediente y año).

AsílodecretayfirmadonJesúsÁngelOrozcoTorres,SecretariodelJuzgadodeloSocialnúmerooncedelosdeestacapitaly su provincia. Doy fe.

YparaquesirvadenotificaciónalademandadaCotrafEspaña,S.L.,yFrigocarLogistic,S.L.,antesTrucksVegaSuares,S.L.,actualmenteenparaderodesconocido,expidoelpresenteparasupublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovincia.

En Sevilla a 6 de mayo de 2013.—El Secretario Judicial, Jesús Ángel Orozco Torres.4F-6860

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Procedimiento: Social ordinario 814/2011. Negociado: 6.NIG: 4109144S20110009775.De: Don Juan Antonio Olmedo Ortiz y don Francisco José Olmedo Ortiz.Contra: «Ingeyma», S.L.

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 814/2011, sobre social ordinario, a instancia de don Juan

Antonio Olmedo Ortiz y don Francisco José Olmedo Ortiz, contra «Ingeyma», S.L., en la que se ha dictado sentencia que el fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Francisco José Olmedo Ortiz y don Juan Antonio Olmedo Ortiz contra «Ingeyma», S.L. , debo condenar y condeno a ésta a que abone 2.122,46 euros a don Francisco José , y 3.328,97 euros a don Juan Antonio.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, pero sin perjuicio de su res-ponsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en los fundamentos jurídicos esta resolución.

Notifíquese a las partes con la advertencia que contra la presente resolución cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de suAbogadoorepresentanteenelmomentodehacerlelanotificaciónoulteriormenteenelplazodecincodíasalamismaporcompa-recencia o por escrito.

También se advierte a la empresa condenada que, si recurre, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de su condenaenlacuentadeDepósitosyConsignaciones4071-0000-65-0814-11,abiertaanombredeesteJuzgadoenelBanesto,oficina4325, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficientequehabrádepresentarsejuntoconelmencionadoescritodeanunciodelrecurso.

Al anunciar el recurso deberá acreditar, además, el ingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.En el caso de que el ingreso se efectúe por transferencia bancaria, deberá realizarse en la cuenta 0030-1846-42-00050012-74,

poniendo en «concepto» la cuenta del Juzgado 4071 y número de procedimiento.Así,porestamisentencia,lopronuncio,mandoyfirmo.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 15

Yparaquesirvadenotificaciónenformaa«Ingeyma»,S.L.,cuyoactualdomiciliooparaderosedesconocen,libroelpresenteedicto,quesepublicaráenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,conlaprevencióndequelasdemásresolucionesquerecaiganenlasactuacionesleseránnotificadasenlosestradosdelJuzgado,salvolasquedebanrevestirlaformadeautososentenciasosetratede emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 29 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial. (Firma ilegible.)7F-6436

AYUNTAMIENTOS————

SEVILLA

Habiéndoseintentadosinefectolanotificaciónalosinteresadosqueacontinuaciónserelacionan,yenvirtuddelodispuestoen los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimientoAdministrativoComún,pormediodelpresenteedicto,secitaalosmismos,conelfindenotificarlesporcomparecenciaelcontenido íntegro de la resolución dictada y dejar constancia en el expediente de tal conocimiento.

Núm. expte.: 28/2013.Infractor: Gheorghe AlexandroLugar de la infracción: Ctra. Su EminenciaActoquesenotifica:Decretodeincoacióndeprocedimientosancionador.Sanción: 750,01 euros.Núm. expte.: 42/2013.Infractor: Carlos Anaya RomancoLugar de la infracción: Ctra. Su EminenciaActoquesenotifica:Decretodeincoacióndeprocedimientosancionador.Sanción: 750,01 euros.Núm. expte.: 43/2013.Infractor: Angelo Spehner OrtizLugar de la infracción: Crta. Su Eminencia.Actoquesenotifica:Decretodeincoacióndeprocedimientosancionador.Sanción: 750,01 euros.A tal efecto, los interesados o sus representantes debidamente acreditados deberán personarse en el plazo máximo de diez días

hábiles,contadosdesdeeldíasiguientealdelapublicacióndeesteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,enelServiciodelaMujer sito en avda. de Málaga núm. 12, 3ª planta, en horario de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes.

Sitranscurridoelcitadoplazonohubiesecomparecido,lanotificaciónseentenderáproducidaatodoslosefectoslegalesdesdeel día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En Sevilla a 5 de junio de 2013.—La Jefa de Servicio de la Mujer, M.ª Dolores Osuna Soto.253W-8129

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SEVILLA

Agencia Tributaria de Sevilla

Anuncio por el que se publican las denuncias por infracciones a la Ordenanza municipal de medidas para el fomento y garantía de la convivencia ciudadana en los espacios públicos de Sevilla, aprobada por el excelentísimo Ayuntamiento pleno el 20 de junio de 2008ypublicadaenel«BoletínOficial»delaprovincianúmero166,de18dejuliode2008

Habiendointentadopracticarlanotificaciónindividualalaspersonasqueacontinuaciónserelacionanenlaformaprevistaenlos artículos 59.5, 60 y 61 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin resultado positivo, procede hacer público lo siguiente:

El Gerente de la Agencia Tributaria de Sevilla, en virtud de la competencia que tiene delegada por la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, ha ordenado la incoación del procedimiento sancionador por infracciones a la Ordenanza municipal de medidas para el fomento y garantía de la convivencia ciudadana en los espacios públicos de Sevilla; El nombramiento de la funcionaria Iluminada CanoRemesal,como instructoradelprocedimientoy laconfirmaciónde lasmedidasprovisionalesque,encadacasosehubieranadoptado.

De conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora (RD 1398/1993, de 4 de agosto, BOE 189, de 9 de agosto), se pone en su conocimiento lo siguiente:

a) Que podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad, lo que implicará la resolución del procedimiento con la imposi-ción correspondiente.

b) Que podrá, en el plazo de quince días hábiles, a partir de esta publicación, formular las alegaciones, que estime conve-nientes con aportación y propuesta de las pruebas oportunas. Y que podrá plantear la recusación contra la Instructora del procedimiento, de concurrir alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, anteriormente citada.

c) Quepodrápediraudienciaenelprocedimiento,cuyasactuacionesseencuentrandemanifiestoenelDepartamentodeGestióndeSancionesdelaAgenciaTributariadeSevilla,salvoquenofigurenenelprocedimientoniotrasalegacionesypruebas que las aducidas, en su caso, por el interesado.

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16 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

d) Que, de no efectuar las alegaciones en el plazo prescrito, el presente decreto, podrá ser considerado, como propuesta de resolución.

e) Que la competencia para dictar la resolución e imposición, en su caso, de la sanción correspondiente, se atribuye al Gerente de la Agencia Tributaria de Sevilla por Delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad en sesión celebrada el día 8 de juliode2011(«BoletínOficial»delaprovincia239,de15deoctubrede2011).

f) Que el plazo de resolución de este procedimiento es de un año desde su inicio. Y de no recaer resolución expresa, pasado dicho plazo, se producirá la caducidad del mismo, salvo que la Instructora del expediente acuerde la suspensión del plazo para resolver conforme al artículo 42.5 de le Ley 30/1992.

Pago de la multa: Deberá hacerse efectiva durante los quince días hábiles siguientes al de la presente publicación. El pago implicalaterminacióndelprocedimientosinnecesidaddedictarresoluciónexpresa,considerándoseenesesupuestodefinitivaslasmedidas de carácter provisional adoptadas, en cada caso, durante la incoación del procedimiento y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan.

Formaylugardepago:MediantecartadepagoqueleseráfacilitadaenlasOficinasdeAtenciónalContribuyentedelaAgenciaTributariadeSevilla,dondedeberápersonarsedebidamenteidentificado,oconautorización,enelcasodenoserelinteresado,obien,desdelaOficinaVirtual,enladirecciónhttps://www.sevilla.org/ovweb.

Pagodemultascontarjetaatravésdeinternet:Enwww.sevilla.org,yaccediendoporsedeelectrónica/tributosyrecaudación,podrá consultar sus deudas por multas y proceder a su pago mediante tarjeta de crédito o débito.

Presentación de documentos. La solicitud de vista del expediente, audiencia y demás trámites se presentará en el Registro Ge-neraldelAyuntamientodeSevilla,sitoencallePajaritos,número14,enlosdistintosRegistrosAuxiliares,enlasOficinasdelaAgenciaTributaria de Sevilla, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Sevilla a 3 de junio de 2013.—La Directora del Departamento de Gestión de Sanciones, Victoria Eugenia Guerle Lara.* (O.C.): Ordenanza de Convivencia.

Normativa Cuantía Infractor N.I.F. Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Denunciante Puntos euros

ABDALLAH, YASSIR X6957086T 201300097687 328469 04/04/2013 20:08 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ABDALLAH, YASSIR X6957086T 201300095396 328118 05/03/2013 15:50 AVDA. DOCTOR FEDRIANI FRENTE A ESCUELA DE IDIOMAS 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ABDALLAH, YASSIR X6957086T 201300097677 328473 04/04/2013 20:18 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ABDALLAH, YASSIR X6957086T 201300097681 328471 04/04/2013 20:20 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ADEKUNLE MURITALA, AILERU A00896927 201300099823 328457 18/03/2013 08:30 AVDA. SÁNCHEZ PIZJUÁN 1016 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ALCÁNTARA SANTOS, ARMANDO 28602291C 201300092556 350465 20/03/2013 16:35 C/ PIROTECNIA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ALCÁNTARA SANTOS, ARMANDO 28602291C 201300087854 288658 22/03/2013 16:50 C/ PIROTECNIA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ALCÁNTARA SANTOS, ARMANDO 28602291C 201300094901 350258 21/03/2013 13:20 C/ AVIÓN CUATRO VIENTOS 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ÁLVAREZ YUSTE, LUIS 50101749K 201300092222 198115 07/03/2013 16:00 C/ ADRIANO 555 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ANDRZEJ, JANKOWSKI Y1907197M 201300085401 260548 19/03/2013 18:00 C/ FARMACÉUTICO ENRIQUE MURILLO HERRERA 1102 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ARROYO LUCENA, RAÚL 30989776J 201300097040 266688 15/03/2013 08:35 C/ LEÓN XIII 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ASBERRE, MENDY PC247473 201300097698 326677 15/03/2013 16:33 AVDA. TORNEO 1332 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30AUREL, GHEORGHE Y1310018K 201300097715 264354 03/04/2013 17:05 AVDA. CONCEJAL ALBERTO JIMENEZ-BECERRIL 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30AUREL, MECIC Y0617310G 201300097724 329582 16/03/2013 11:06 C/ VENECIA 1106 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30AYODEJI OLUWASUYI, ISAAC X6057274V 201300087829 350442 03/04/2013 09:12 C/ GERARDO DIEGO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BAHRAQUI, NAIMA X8505362P 201300092192 325215 23/03/2013 11:00 C/ ALMANSA 526 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BAUBEC, GHEONGUR 175032713 201300086758 326599 06/03/2013 16:58 C/ DON FADRIQUE 1318 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BAZÁN CUMPLIDO, JOSÉ ANTONIO 28694469Z 201300099748 329405 15/03/2013 12:50 C/ MIRADOR (EL) 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BAZÁN CUMPLIDO, JOSÉ ANTONIO 28694469Z 201300097593 329413 18/03/2013 17:10 C/ MIRADOR (EL) 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BENIA BENIA, BOUABDELLAH X0352832N 201300095385 296800 05/03/2013 10:05 C/ DON FADRIQUE 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ 30419337C 201300087895 350365 20/03/2013 09:15 C/TORCUATO LUCA DE TENA Nº18 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ 30419337C 201300097861 350081 08/03/2013 17:15 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1055 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ 30419337C 201300098501 350418 15/03/2013 18:40 C/ TORCUATO LUCA DE TENA, 18 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ 30419337C 201300095439 350202 04/03/2013 12:36 C/ BAMI 119 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ 30419337C 201300097298 333441 18/03/2013 17:35 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BOLSICO BERNABAL, RAFAEL 28598344Y 201300086717 326878 04/03/2013 17:38 C/ BENITO MAS Y PRAT 1318 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BONA, KAMEL X2418917 201200278620 328353 22/11/2012 12:55 C/ PROCURADORA ASCENSIÓN GARCÍA ORTIZ 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BONA, KAMEL X2418917 201200278624 181494 19/11/2012 19:40 C/ PROCURADORA ASCENSIÓN GARCÍA ORTIZ 523 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30BOUA, KAMEL X2418917F 201300086800 331977 17/03/2013 11:30 C/ MAIMONIDES 492 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CALVO RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS 28645187K 201300086787 350108 21/03/2013 11:55 C/ FELIPE II 745 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CAMPOS VALLE, FRANCISCO 28583975N 201200282420 331029 27/11/2012 11:10 AVDA. BELLAVISTA DELANTE DE HOSPITAL VIRGEN DE VALME 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARRASCOSA LÓPEZ, JOSÉ MARÍA 28463693C 201300085387 181058 19/03/2013 13:30 C/ HERNANDO DEL PULGAR 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300101344 331376 12/03/2013 16:20 C/ RAFAEL SALGADO 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300096968 350357 19/03/2013 11:15 C/ BAMI DELANTE DE Nº17 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300099721 333210 15/03/2013 08:40 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 917 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300098170 350316 15/03/2013 17:00 C/ BAMI, N.º 11 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300097538 350323 18/03/2013 13:00 C/ CASTILLO DE CONSTANTINA 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CASTILLA NOGALEDO, RAFAEL 46513719Z 201300097532 350330 18/03/2013 12:00 C/ RAFAEL SALGADO DELANTE DE CLÍNICA SAGRADO CORAZÓN 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CASTILLA NOGALEDO, RAFAEL 46513719Z 201300097636 332045 08/04/2013 17:53 C/ RAFAEL SALGADO 211 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CASTILLA NOGALEDO, RAFAEL 46513719Z 201300095989 350410 14/03/2013 17:35 C/ RAFAEL SALGADO DELANTE DE CLÍNICA SAGRADO CORAZÓN 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CASTILLA NOGALEDO, RAFAEL 46513719Z 201300094892 350371 21/03/2013 12:50 C/ RAFAEL SALGADO 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERCEL, MARÍN 15283905 201300085457 328120 06/03/2013 15:45 C/ DON FADRIQUE 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300099732 79865 15/03/2013 13:00 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300087893 350440 21/03/2013 17:50 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300092562 181062 20/03/2013 16:45 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300092234 181073 21/03/2013 18:00 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300097446 262268 20/03/2013 17:40 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 136 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CERECETO MORALES, JUAN CARLOS 28891909E 201300097287 329415 18/03/2013 16:30 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CIRSTECU, NICOLCE AS512306 201300096838 332253 20/03/2013 19:05 AVDA. RONDA DE TRIANA FRENTE A PARQUE 962 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CITESCU, NICOLAE 0000000 201300096850 326730 22/03/2013 00:50 AVDA. RONDA DE TRIANA DELANTE DE PARQUE DEL TURRUÑUELO 811 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 17

CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300098148 266774 12/03/2013 16:35 C/ DOCTOR MARAÑÓN Nº13 1088 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097674 328474 04/04/2013 20:15 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097539 181458 18/03/2013 16:54 C/ DOCTOR MARAÑÓN FRENTE A URGENCIAS 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300095454 296858 27/02/2013 10:55 C/DOCTOR MARAÑÓN (URGENCIAS) 1133 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300095448 266773 01/03/2013 18:25 C/ DOCTOR MARAÑÓN DELANTE DE Nº13 1088 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300095496 251734 20/02/2013 20:20 C/ DOCTOR MARAÑÓN 551 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300087754 216491 20/03/2013 11:40 C/ DOCTOR MARAÑÓN FRENTE A URGENCIAS HOSPITAL VIRGEN MACARENA 1162 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300099817 328125 18/03/2013 12:00 C/ DOCTOR MARAÑÓN FRENTE A URGENCIAS 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097305 331614 03/04/2013 19:10 C/ DOCTOR MARAÑÓN 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097022 331737 20/03/2013 12:05 C/ DOCTOR MARAÑÓN 1011 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097976 296860 10/03/2013 16:31 C/ DOCTOR MARAÑÓN 1133 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CORONA JIMÉNEZ, DAVID 28492868P 201300097021 331739 21/03/2013 13:20 C/ DOCTOR MARAÑÓN 703 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30COTTON GRANDE, EDUARDO 28898726P 201300092134 325213 21/03/2013 14:30 C/ ARGOTE DE MOLINA 950 O.C. ART. 33 APDO. 1. 50CRAP, FLORÍN 183120537 201300097518 349551 03/04/2013 21:00 AVDA. CONCEJAL ALBERTO JIMÉNEZ BECERRIL 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30CRUCES RIVERO, JESÚS 28756279T 201300085390 348533 19/03/2013 09:40 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 1145 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30DA CONCEICAO, JOASE DANIEL RAMIRO X8776481 201300086834 266927 17/04/2013 18:30 C/ HUERTA DE LA FONTANILLA Nº1 1088 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30DEMSA, GHEORGHE KT946606 201300097728 332042 08/04/2013 17:01 C/JOSÉ MANUEL PUELLES DE LOS SANTOS 211 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30DIABY, AHMED X2370318F 201300097702 326676 15/03/2013 16:29 AVDA. TORNEO 1332 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30DINU, FLORÍN X8587235R 201300096841 332254 20/03/2013 17:15 AVDA. RONDA DE TRIANA DELANTE DE PARQUE 962 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30DOMÍNGUEZ REINA, ÁNGELA 28594084R 201300084908 254911 20/03/2013 00:00 C/MEDINA DEL CAMPO Nº7 Denunc. 28357843Q O.C. ART. 26 APDO. 2. 50EL ALOINI, RACHID 0000000 201300095520 266678 05/03/2013 12:58 C/ LEÓN XIII 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30EL RHAZANI, LAHCEN Y0987944Q 201300097025 181374 20/03/2013 13:37 C/ PERAFAN DE RIVERA 1013 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30EMEKA EZEUCHEGBU, LAWRENCE Y1145474L 201300086788 331735 19/03/2013 09:20 C/ FLORENCIO QUINTERO 1011 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30EMEKA THOMSON, ONWEREMADU A01991942 201300033241 331207 09/01/2013 10:30 APEADERO RENFE BAMI 865 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ER REYYAH, NOOREDDINE X6919967A 201300086692 251575 04/03/2013 16:25 AVDA. TORNEO 1321 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ESPÍNOLA MUÑOZ, RODRIGO 28601689Q 201300097691 266679 07/03/2013 13:00 C/ FRAY ISIDORO DE SEVILLA 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30EZE, MBA CYPRIAN X6749608M 201300044804 210500 13/02/2013 12:00 746 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, JOSÉ MARÍA 75327023E 201300101339 237278 12/03/2013 09:15 AVDA. INNOVACIÓN 1159 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30FLORÍN, DIRÁN TR324171 201300097736 334138 06/03/2013 18:09 RONDA DE TRIANA Nº37 1227 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GAJO RAMÍREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300086813 181057 19/03/2013 12:40 C/ VENTURA DE LA VEGA 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GAJO RAMÍREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300085458 326881 04/03/2013 18:45 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 1320 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GALERA MACHUCA, JOSÉ MANUEL 28591991R 201300085428 350079 06/03/2013 18:30 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1055 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GARNIER SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER 30239894T 201300025408 325924 02/01/2013 16:00 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GEORGI ANGELOV, NIKOLOV 642054247 201300085440 328289 06/03/2013 17:15 C/ PERAFÁN DE RIVERA 544 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GHEORGHE, SALI 425916 201300097536 330040 14/03/2013 12:00 C/ PUERTA DE CÓRDOBA 1050 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300085429 331356 06/03/2013 09:00 C/ CASTILLO DE CONSTANTINA DELANTE DE ESQUINA C/ CASTILLO DE UTRERA 718 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300097295 333440 18/03/2013 17:10 C/ CASTILLO DE CONSTANTINA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300034434 274400 22/01/2013 17:43 C/ CASTILLO DE UTRERA 54 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300096864 350435 21/03/2013 16:13 C/ CASTILLO DE UTRERA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300097542 295518 04/04/2013 09:10 C/ CASTILLO DE UTRERA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300087868 288659 22/03/2013 16:25 C/ CASTILLO DE UTRERA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ MUÑIZ, MANUEL 27278232W 201300097559 329417 18/03/2013 16:15 C/ HERNANDO DEL PULGAR 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ MUÑIZ, MANUEL 27278232W 201300086817 181055 19/03/2013 13:20 C/ HERNANDO DEL PULGAR 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GONZÁLEZ MUÑIZ, MANUEL 27278232W 201300097601 287530 08/04/2013 10:00 C/HERNANDO DEL PULGAR 1331 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300085383 272975 27/02/2013 13:50 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300085405 329270 06/03/2013 17:45 C/ BENITO MAS Y PRAT 1091 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300085392 181054 19/03/2013 13:00 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GUTIÉRREZ PÉREZ, FRANCISCO 28680437N 201300096967 350339 19/03/2013 11:25 C/ RAFAEL SALGADO DELANTE DE Nº31 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30GUTIÉRREZ PÉREZ, FRANCISCO 28680437N 201300097530 350425 18/03/2013 10:45 C/ RAFAEL SALGADO 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HERBELLA ALCÁNTARA, FRANCISCO JAVIER 28603941Z 201200272332 116371 29/10/2012 20:10 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 780 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HERBELLA ALCÁNTARA, FRANCISCO JAVIER 28603941Z 201300086707 326594 04/03/2013 19:25 C/ BENITO MAS Y PRAT 1318 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HERBELLA ALCÁNTARA, FRANCISCO JAVIER 28603941Z 201300097488 347851 20/03/2013 17:45 C/ LUIS ARENAS LADISLAO 136 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HERRERA MARRERO, MARÍA ROSARIO 43252694K 201300091830 350454 19/03/2013 15:45 C/ PIROTECNIA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HUSSEIN ADAM HUSSEIN, ABDALLAH X7257582R 201300097293 333438 18/03/2013 16:45 C/ CASTILLO DE CORTEGANA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HUSSEINABD, HUSSEIN ADAM X725782R 201300095974 350308 14/03/2013 17:00 C/ CASTILLO DE CORTEGANA Nº2 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30HUSSSEIN ADAN, HUSSEIN ABA X7237182R 201300092541 350464 20/03/2013 16:10 C/ BAMI 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30IDOWSKISKU, PRINCE X815544Z 201300097301 291774 20/03/2013 09:00 C/ ALMENDRALEJO 764 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ CORTES, DIEGO 28895856J 201300087876 288657 22/03/2013 16:05 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ CORTES, DIEGO 28895856J 201300092543 350467 20/03/2013 16:30 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ CORTES, DIEGO 28895856J 201300097864 329180 08/03/2013 16:00 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ ROMERO, SEBASTIÁN 28875328R 201200272172 289156 25/10/2012 17:00 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ ROMERO, SEBASTIÁN 28875328R 201300087838 331144 17/03/2013 22:15 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 502 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ ROMERO, SEBASTIÁN 28875328R 201300092204 130349 15/03/2013 18:20 PASEO DELICIAS (LAS) 533 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ ROMERO, SEBASTIÁN 28875328R 201300087939 331493 21/03/2013 17:32 AVDA. PALMERA - ESQUINA C/TORCUATO LUCA DE TENA 1195 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JIMÉNEZ SÁNCHEZ, LUIS 28581940R 201300097571 348588 04/04/2013 18:05 C/ JOSÉ LUIS DE CASSO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JOHNSON, GIFT X2269783M 201300003992 334111 04/12/2012 16:15 C/ CAMINO DE LOS DESCUBRIMIENTOS 962 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30JURADO DOMÍNGUEZ, FRANCISCO JAVIER 28913500Q 201300101371 350132 12/03/2013 18:15 AVDA. PALMERA (LA) 1184 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30K H ALBUKASEM, MOHAMMED X6879384S 201300097580 348268 15/03/2013 12:32 C/ ANTONIO BUERO VALLEJO 453 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30KANDEM KOVETCHE, JONAS Y1857555C 201300087865 350341 20/03/2013 10:55 C/FLOTA DE INDIAS Nº10 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30KURTI NICOLAE, ROBERT KX778117 201300097507 294868 08/03/2013 17:30 C/ ADMINISTRADOR GUTIÉRREZ ANAYA 1095 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LAURENTIU, CHINEA X8712520M 201300092217 198112 07/03/2013 15:30 C/ GUADALQUIVIR 555 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LÓPEZ CASTILLO, CAMILO 30250757F 201300098162 288663 03/04/2013 10:35 AVDA. HYTASA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LOZANO PÉREZ, MANUEL 28648381H 201300101368 295600 12/03/2013 21:00 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1055 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LOZANO PÉREZ, MANUEL 28648381H 201300087841 295775 16/03/2013 17:39 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 502 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LOZANO VIZÁRRAGA, JESÚS 28731178S 201300094894 331181 21/03/2013 10:30 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LOZANO VIZÁRRAGA, JESÚS 28731178S 201300101345 333205 12/03/2013 08:40 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30LOZANO VIZÁRRAGA, JESÚS 28731178S 201300087864 288656 22/03/2013 09:05 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1143 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30

Normativa Cuantía Infractor N.I.F. Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Denunciante Puntos euros

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18 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

MACOVEI, GABRIEL X9175540N 201300101244 199830 25/03/2013 17:20 AVDA. CHILE (DE) 706 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MAKARYAN, ARSEN Y0223933L 201200281426 289207 27/11/2012 07:00 C/ LUIS ROSALES FRENTE A HOSPITAL 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MANZORRO GIL, JOSÉ 28722648H 201300085432 328121 06/03/2013 15:57 C/ JOSÉ DÍAZ DELANTE DE MACARENA TRES HUERTAS 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MANZORRO GIL, JOSÉ 28722648H 201300095397 245049 05/03/2013 16:00 C/ JOSÉ DÍAZ 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MANZORRO GIL, JOSÉ 28722648H 201300097643 332041 08/04/2013 16:50 C/ JOSÉ DÍAZ 211 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MARTÍN ONETTI, ANTONIO 52245206Q 201300097701 328465 04/04/2013 17:28 C/ MANZANA 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MARTÍNEZ DE LA CRUZ, FRANCISCO 28752454Q 201300087835 288662 03/04/2013 09:20 C/ GERARDO DIEGO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MATEOS FRANCHINI, ARMANDO EMILIO 77816423V 201300097694 328067 07/03/2013 09:56 C/ PERAFÁN DE RIVERA 1133 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MOHAMMED, AZEEZ ABDULLAI SANUS A01524544 201300095458 266920 27/02/2013 12:15 AVDA. SÁNCHEZ PIZJUÁN 314 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300085418 350180 06/03/2013 17:20 AVDA. PALMERA (LA) FRENTE A C/ FRANCISCO MURILLO 726 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MORENO FERNÁNDEZ, JONATHAN 74745482J 201300098163 266682 12/03/2013 18:01 C/ FRAY ISIDORO DE SEVILLA 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MORENO GÓMEZ, JUAN 28566570H 201300097690 328468 04/04/2013 19:10 C/SÁNCHEZ PERRIER - C/MUÑOZ LEÓN 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30MORENO GRANADOS, JUAN 53737327N 201300096828 328460 21/03/2013 13:25 C/ FRAY ISIDORO DE SEVILLA 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30NEWMAN SECONDINUS, EHI 00783932 201300087825 350445 03/04/2013 08:34 C/ DOCTOR FLEMING 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30NICOLAE, ADRIÁN 0512306 201300096854 326729 22/03/2013 13:50 AVDA. RONDA DE TRIANA 1341 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30OSAZUWA, EFOSA A3490950A 201300095737 326565 08/04/2013 13:07 C/ NIVEL 1331 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30OUJAA, ALI X7490212D 201300098156 266680 12/03/2013 17:37 C/ PROCURADORA ASCENSIÓN GARCÍA ORTIZ 1031 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PALMA RODRÍGUEZ, MANUEL 28486933F 201300086701 325973 04/03/2013 16:55 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 1321 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PALMA RODRÍGUEZ, MANUEL 28486933F 201300086822 331976 17/03/2013 08:20 AVDA. DOCTOR FEDRIANI 492 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PALOMINO ALMENDROS, MANUEL 75052747K 201300096843 332252 20/03/2013 16:55 C/ PAGÉS DEL CORRO 962 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PARDO REYES, MÓNICA 75771562V 201300097727 332035 08/03/2013 09:20 C/ SANTA JUANA JUGAN 211 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PÉREZ RAMOS, DAVID 28926607J 201300092553 350468 20/03/2013 16:25 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PISA NAVARRO, LUIS 45654690N 201300087786 350494 03/04/2013 16:30 C/ CASTILLO DE CONSTANTINA DELANTE DE N.º 2 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PONCE JIMÉNEZ, DOLORES 44216621H 201300049402 350032 20/02/2013 17:58 C/ CASTILLO DE CORTEGANA 745 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30PORA, MARIUS ALIN RX292850 201200281539 137417 27/11/2012 08:50 C/ CASTILLO DE BAÑOS DE LA ENCINA 1039 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RAMIRO DA CONCEICAO, MARÍA LUISA 12255250 201300050440 266881 19/02/2013 18:00 C/ HUERTA DE LA FONTANILLA 1104 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30REYES BURGOS, ÁNGEL 28336087H 201300085380 48136 27/02/2013 13:00 C/ JOSÉ LUIS DE CASSO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30REYES GUTIÉRREZ, RAFAEL 31652233R 201300094849 329422 20/03/2013 21:00 AVDA. EDUARDO DATO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30REYES GUTIÉRREZ, RAFAEL 31652233R 201300095552 329364 27/02/2013 14:10 AVD. EDUARDO DATO 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO 28592705W 201300101366 289041 12/03/2013 19:00 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1038 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300101355 325856 02/04/2013 16:50 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 887 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300097308 333446 18/03/2013 21:12 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300097311 350325 18/03/2013 12:15 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300096875 350474 21/03/2013 16:05 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300097867 329181 08/03/2013 17:02 C/ TORCUATO LUCA DE TENA 1055 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300095937 350302 13/03/2013 18:50 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA Nº21 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300095527 350078 26/02/2013 16:50 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 1055 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300095512 331179 28/02/2013 18:40 C/ BAMI 1200 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300087888 350346 20/03/2013 13:20 C/RAFAEL SALGADO Nº23 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ GALÁN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300087774 350293 03/04/2013 19:30 C/ CASTILLO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA DELANTE DE N.º 17 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ LÓPEZ, JOSÉ MARÍA 27282863X 201200282585 79955 28/11/2012 12:00 C/ VENTURA DE LA VEGA 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ LÓPEZ, JOSÉ MARÍA 27282863X 201300086814 181053 19/03/2013 12:45 C/ VENTURA DE LA VEGA 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, JESÚS 28803251Y 201300086815 181056 19/03/2013 12:45 C/ VENTURA DE LA VEGA 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30ROMERO NÚÑEZ, FRANCISCO JAVIER 28483713F 201300085406 329271 06/03/2013 19:50 C/ BLANCO WHITE 1091 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RORINEL, MECIC 176022030 201300091980 199655 20/03/2013 11:45 C/ PUERTA DE CÓRDOBA N.º 1 65 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUBAN, ALEXEY 4613429 201300087767 329425 21/03/2013 16:30 C/ BENITO MAS Y PRAT 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUBAN, ALEXEY 4613424 201300097585 181052 18/03/2013 17:45 C/ BENITO MAS Y PRAT 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUBAN, ALEXEY Y0855261C 201300097277 326774 18/03/2013 18:28 C/ BENITO MAS Y PRAT 724 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUI PIRES, JORGE 13211896 201300094856 181064 20/03/2013 16:00 C/ JUPITER 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUIZ GUILLEN, JOSÉ 28685003R 201300013113 333403 20/11/2012 12:10 C/ CASTILLO DE CORTEGANA 10 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUIZ RUBIO, JOSÉ LUIS 77815715E 201300092517 347830 21/03/2013 18:00 C/ PERAFÁN DE RIVERA 126 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUIZ RUBIO, JOSÉ LUIS 77815715E 201300095486 251733 20/02/2013 20:35 C/PERAFÁN DE RIVERA 551 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUIZ RUBIO, JOSÉ LUIS 77815715E 201300095481 328117 04/03/2013 15:55 C/ PERAFÁN DE RIVERA 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30RUIZ RUBIO, JOSÉ LUIS 77815715E 201300095996 326598 06/03/2013 16:40 C/ PERAFÁN DE RIVERA 1318 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SÁNCHEZ MUÑOZ, JOSÉ MANUEL 28924986W 201300092533 350463 20/03/2013 16:05 C/ RAFAEL SALGADO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SÁNCHEZ MUÑOZ, JOSÉ MANUEL 28924986W 201300098331 350317 15/03/2013 17:40 C/ RAFAEL SALGADO, N.º 3 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SÁNCHEZ MUÑOZ, JOSÉ MANUEL 28924986W 201300096868 350434 21/03/2013 16:10 C/ BAMI 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SÁNCHEZ MUÑOZ, JOSÉ MANUEL 28924986W 201300091812 350459 19/03/2013 16:30 C/ RAFAEL SALGADO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SÁNCHEZ PÉREZ, JOSÉ MANUEL 30222046T 201300097693 328466 04/04/2013 17:35 C/ MANZANA 1041 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SATTI, YUMO X7113670T 201300097561 348267 15/03/2013 11:18 AVDA. RAZA (LA) 453 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SECARA, STEFAN X9169407C 201300101612 325306 11/04/2013 23:01 C/ RÁBIDA (LA) 950 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SOTO SILVA, PEDRO 28498948Q 201300101214 348536 24/03/2013 09:40 C/ PALOS DE LA FRONTERA 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SUÁREZ LUQUE, JUSTO FÉLIX 77809773Z 201300092232 198113 07/03/2013 15:19 C/ ADRIANO 555 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SULTÁN, IBN SULEIMAN X6337398R 201300094895 350256 21/03/2013 12:45 AVDA. PALMERA (LA) 1129 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SULTÁN, IBN SULEIMAN X6337398R 201300097597 326555 08/04/2013 11:30 AVDA. PALMERA (LA) 1339 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30SULTÁN, SULEIMAN X6337398R 201300087911 350437 21/03/2013 16:09 C/ RAFAEL SALGADO 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30UGBOGONOGO, ENMANUEL X5154674Y 201300087907 350343 20/03/2013 09:30 C/LUIS ROSALES Nº22 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30UGBOGONOGO, ENMANUEL X5154674Y 201300096884 350354 19/03/2013 10:30 C/ LUIS ROSALES DELANTE DE 19 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30UGBOGONOGO, ENMANUEL X5154674Y 201300094878 350374 21/03/2013 11:40 C/ LUIS ROSALES DELANTE DE N.º 22 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30UGOCHUKWU, MICHAEL MADUKA X9685319L 201300086755 291769 06/03/2013 10:40 AVDA. INNOVACIÓN 764 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30VEGA NAVARRO, RAÚL 30244556Q 201300097278 333448 18/03/2013 21:35 C/ BAMI 1020 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30VELASCO RODRÍGUEZ, FRANCISCO JAVIER 28598472L 201300097292 73944 18/03/2013 10:00 GTA MANUEL BARRIOS 252 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30VELASCO RODRÍGUEZ, FRANCISCO JAVIER 28598472L 201300094857 181066 20/03/2013 15:50 C/ MIRADOR (EL) 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30VELASCO RODRÍGUEZ, FRANCISCO JAVIER 28598472L 201300097587 348575 04/04/2013 16:20 C/ MIRADOR (EL) 25 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30VILLA SANTOS, RUBÉN 30225808J 201300087869 350362 20/03/2013 13:00 C/FLOTA DE INDIA N.º 11 826 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30YUSUF, ALI ABBI Y2216146H 201300095584 296867 05/04/2013 20:15 AVDA. CONCEJAL ALBERTO JIMENEZ-BECERRIL 1133 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30YVSVF, ALI ABDI DVP002704 201300097198 348301 18/03/2013 18:51 AVDA. CONCEJAL ALBERTO JIMENEZ-BECERRIL 1332 O.C. ART. 33 APDO. 3. 30

2W-8153

Normativa Cuantía Infractor N.I.F. Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Denunciante Puntos euros

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 19

ALCALÁ DE GUADAÍRA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del presenteanunciosepracticaadonFranciscoJavierBarrioPérezlanotificacióndelaresoluciónqueacontinuaciónsetranscribe,yaquehabiéndoseintentadolanotificación,enelúltimodomicilioconocido,nosehapodidorealizar.

Texto de la resolución que se cita:

NotificoaVd.queporlaseñoraConcejal-DelegadadelÁreadeGobernanzayEvaluaciónsehadictadolaresoluciónnúmero790/2013, de 18 de abril, sobre expediente sancionador por presunta infracción a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados(referencia:5/2013-DIMA)cuyacertificaciónseadjunta.

Loquelenotificoencumplimientodelopreceptuadoenelartículo13.2delReglamentodeProcedimientoparaelEjerciciodela Potestad Sancionadora, aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto, advirtiéndole que contra los presentes acuerdos, por ser actos de trámite, no cabe recurso, sin perjuicio de que contra la medida cautelar de reposición o restauración del terreno al ser y estado anteriores alainfraccióncometidaqueserefierelapresenteResolución,ydeconformidadconlodispuestoenelart.116delaLey30/92,de26denoviembre,deRégimenJurídicodelasAdministracionesPúblicasydelProcedimientoAdministrativoComún,modificadaporlaLey4/99,de13deenero,podrá,concarácterpotestativo-interponer,enelplazodeunmesapartirdelanotificacióndelapresente,recurso de reposición ante el Sr. Alcalde o, si lo desea, directamente recurso contencioso administrativo, en un plazo de dos meses a partirdedichanotificación,anteelJuzgadodeloContenciosoAdministrativo(ensucaso,laSaladeloContenciosoAdministrativodelTribunal Superior de Justicia) con sede en Sevilla.

De formular recurso de reposición, podrá interponer posteriormente, ante el órgano jurisdiccional citado, recurso contencioso administrativofrentealacuerdoporelqueseresuelvaaquél,enelplazodedosmesesapartirdelanotificacióndelmismo.Denoreci-bir,enunplazodeunmesapartirdelainterposicióndelrecursodereposición,dichanotificación,podráformulardesdeesemomento,y durante un plazo de seis meses recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional citado.

Resolución/disciplina/exp. número 1744/2013 sobre expediente sancionador por presunta infracción a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (Referencia: 5/2013-DIMA).

1.º Como resultado de una actuación conjunta realizada por el Servicio de Inspección Territorial de este Ayuntamiento y por Agente de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Sevilla en fecha 5 de febrero pasado, se ha formulado denuncia por la quema de neumáticos que efectuaban don Francisco Javier Barrios Pérez con D.N.I. número 30260861-Z y domicilio en calle Torrequevedo, 100 P01 de Sevilla y don José Antonio Díaz Navas con D.N.I. número 30260876-Y y domicilio en calle Álamo, 15 bj. dcha. de Sevilla, en calle Torreblanca Uno de este término municipal, arrojando los mismos desde el vehículo matrícula SE-6895-DS.

2.º Elhechodenunciadopuedeserconstitutivodeunafaltadecaráctergravetipificadaenelartículo46.3.cdelaLey22/2011,de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados que considera como tal el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas y a la que puede corresponder sanción de multa desde 901 euros hasta 45.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1.b de la misma.

3.º El artículo 54.1 de la Ley establece que sin perjuicio de la sanción que se pudiera imponer, el infractor quedará obligado a la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como a la indemnización de los daños y perjuicios cau-sados, que podrán ser determinados por el órgano competente, debiendo, en este caso, comunicarse al infractor para su satisfacción en el plazo que al efecto se determine.

4.º El artículo 55.1 de la misma dispone que si los infractores no procedieran a la restauración o indemnización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54, y una vez transcurrido el plazo señalado en el requerimiento correspondiente, la administración instructora podrá acordar la imposición de multas coercitivas o la ejecución subsidiaria. La cuantía de cada una de las multas coercitivas nosuperará,ensucaso,unterciodelamultafijadaporinfraccióncometida.

5.º De la infracción cometida resultan presuntamente responsables don Francisco Javier Barrios Pérez y don José Antonio Díaz Navas, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley.

6.º Dado el carácter grave de la presunta infracción y de conformidad con los dispuesto en el artículo 53 de la Ley, se consi-dera pertinente adoptar medidas provisionales para evitar el mantenimiento de los efectos de la misma.

En consecuencia con lo anterior y considerando lo preceptuado en los artículos 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regulado-ra de las Bases de Régimen Local, 49.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y 10 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto y en la resolución de Alcaldía 310/2011 de 27 de junio sobre delegación de competencias, por la presente he resuelto:

Primero: Iniciar procedimiento sancionador contra don Francisco Javier Barrios Pérez y don José Antonio Díaz Navas para de-terminar su responsabilidad y las sanciones que correspondan conforme a lo que resulte de la instrucción del expediente, por los hechos que constan en la parte expositiva de la presente resolución y que seguirá los trámites establecidos en los artículos 13 y siguientes del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Segundo: Nombrar Instructor y Secretario del procedimiento a don José Luis Martín López, Técnico de Administración Gene-ral de esta Corporación y a doña Concepción Bono García, funcionarios de este Ayuntamiento, quienes podrán abstenerse de intervenir en el procedimiento, o ser recusados por los interesados por las causas y en la forma que determinan los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero: Adoptar como medida provisional en orden a evitar el mantenimiento de los efectos de la presunta infracción y de con-formidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley la reposición o restauración del terreno al ser y estado anteriores a la infracción cometidadebiendorealizarselasreferidasobrasenelplazodequincedías,acontardesdelanotificacióndelapresenteresolución.

Cuarto: Indicar a don Francisco Javier Barrios Pérez y don José Antonio Díaz Navas, el derecho que les asiste a conocer, en cualquier momento del procedimiento, su estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos existentes en el mismo y a formular, con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estimen pertinentes.

Quinto: Indicar igualmente a don Francisco Javier Barrios Pérez y don José Antonio Díaz Navas, que tienen quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen conveniente y, en su caso proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse. Incluso pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.

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20 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Sexto: Comunicar esta Resolución al Instructor y Secretario, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto y se no-tificaráaldenuncianteyalosinteresados, advirtiendo a éstos que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimientosancionadorenelplazode15días,contadosapartirdelsiguienteaaquélenquetengalugarlanotificación,estainicia-ción podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Séptimo: Indicar asimismo a don Francisco Javier Barrios Pérez y don José Antonio Díaz Navas, que a tenor de lo dispuesto en el artículo 42.2 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativoComún,elplazomáximoparalaresoluciónynotificacióndeesteexpedientesancionadoresdediezmesesdesdelafechadel acuerdo de iniciación de acuerdo con el Decreto-Ley 1/2009, de 24 de febrero, produciéndose transcurrido dicho plazo, la caducidad del procedimiento con los efectos previstos en los artículos 44.2 y 92 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

LomandayfirmalaseñoraConcejal-DelegadadelÁreadeGobernanzayEvaluación,doñaMiriamBurgosRodríguez,enAlcaládeGuadaíraenlafechaindicada,deloque,comoSecretarioGeneral,certifico.Doyfe.

Alcalá de Guadaíra a 3 de junio de 2013.—El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón.2W-8020

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ALCALÁ DEL RÍO

Don Antonio Campos Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el día 15 de mayo de 2013, ha

adoptado, entre otros, el acuerdo de aprobación inicial del estudio de detalle de la parcela 1 manzana 1 del sector residencial SU-AR17, promovido por Movimientos de Tierra PEVE, S.A., redactado por el Arquitecto don Antonio Pozo García.

En cumplimiento del artículo 32.1.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se so-mete el expediente a información pública por plazo de veinte días, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncioenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevilla,duranteelcual,podráserexaminadoyformularsecuantasobservacionesyalegaciones se estimen pertinentes.

Alcalá del Río a 22 de mayo de 2013.—El Alcalde, Antonio Campos Ruiz.2W-7749-P

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CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 662/2013, de 24 de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de oc-

tubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (B.O.E., número 286, de 30 de noviembre), a doña Tania Calleja Díez.

Exaninadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 27/2013 (Ley 7/2006, de 24 de octubre) y de los antecedentes obrantes en este servicio, resulta los siguientes:

HechosI. Denuncia formulada por parte de la Policía local cuya transcripción es la siguiente:Fecha: 25/01/2013.Hora: 00.15.Agentes denunciantes: 14780 y 14784.Lugar: Calle Almería núm. 9Hecho Denunciado: La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras

actividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestable-cido como permitidas.

Observaciones: Ninguna.Precepto infringido: Art. 8.1 Ley 7/2006, de 24 de octubre.II. Que la denunciada resulta ser doña Tania Calleja Díez, con DNI: 45.813.800-P, con domicilio en Gelves, en la calle Yeguas

núm. 37.III. Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 219/2013, de 7 de febrero, practicándose la

notificacióndelactoadministrativoalinteresadoel25/02/2013,nohabiéndosepresentadoalegaciones.A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia.

Deloshechoscalificados,seidentificacomopersonaresponsabledelainfracciónalaLey7/2006,de24deoctubre,sobrePotestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (B.O.E., número 286, de 30 de noviembre), a doña Tania Calleja Diez, al ser la persona física responsable de dicho incumplimiento de la Ordenanza.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1.398/93,de4deagosto:Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienporpropia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncias.

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación”.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 21

Tercero.—Según establece el artículo 3 de la citada Ley: “Artículo 3. Limitaciones. Sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables en materia de orden público y de seguridad ciudadana, así como las relativas a prevención y asistencia en materia de drogas y espectáculos públicos y actividades recreativas, queda prohibido, en relación con las actividades de ocio desarrolladas en los espacios abiertos de los términos municipales de Andalucía:

a) La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que ponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestablecidocomo permitidas.

Cuarto.—Según establece el artículo 8 de la norma citada: Artículo 8. Infracciones leves.Constituirán infracciones leves: 1. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o

realizandootrasactividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamiento haya establecido como permitidas.

Igualmente, de conformidad con el art. 9.1.b) de la misma Ley se establecen unas sanciones: c) Apercibimiento o multa de hasta trescientos euros (300) para las infracciones leves.

Lasanciónaunquetipificadacomoleveesnecesariotipificarlaengradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasqueagravenla responsabilidad administrativa del hecho denunciado; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 100 euros.

Quinto.—De conformidad con el art. 21.1.e), n), q) y s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar la desobediencia o incumplimiento delainfraccióntipificada.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con el art. 21.1.s) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimenLocal(ensunuevaredaccióndadaporlaLey11/1.999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1.985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulaciónde vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas), art. 10 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto y demás normativa de aplicación, por el presente, vengo a dictar Decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Imponer a doña Tania Calleja Díez, con DNI núm. 45.813.800-P, una sanción por importe de 100 euros, por in-fracción a la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (B.O.E., número 286, de 30 de noviembre).

Segundo.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveinticuatrodeabrildelañodosmil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan. Plazos de pago:1.-Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.-Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas 24 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8160

————

CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 651/2013, de veinticuatro de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción a la Ordenanza de Con-

vivenciayCivismodelAyuntamientodeCamas(«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.58,de12demarzode2010),adonMiguel Carlos Álvarez Valenzuela.

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22 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 6/2013 y de los antecedentes obrantes en este Servicio, resultan los siguientes:

HechosI. Denuncia formulada por parte de la Policía local cuya transcripción es la siguiente:Hora: 18:45Fecha: 04/01/2013Agente Denunciante: 6276 (75) y 9878 (84)Lugar Infracción: Calle Blanca Paloma (Glorieta Monumento al Torero).Hecho Denunciado: La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana.Observaciones:Que losagentesabajofirmantessonrequeridosparaquesepersonenenelBar“ElOcho”de la localidad,

debido a que se encuentra un señor en estado ebrio insultando y alterando la convivencia de las personas allí presentes. Que una vez personados en el lugar los actuantes pueden comprobar como el denunciado se encuentra en la vía pública, junto a otro bar cercano delcualsegúnmanifiestanlosciudadanostambiénhabíasidoexpulsado.Queelmismopresentaunaactitudbastantechulesca,proli-ferando insultos e intentando en reiteradas ocasiones acceder al interior del establecimiento y de otros bares de la zona en los cuales había mostrado la misma actitud. Que de la misma manera se persona en el lugar otra patrulla compuesta por los Agentes 4127 y 4124. Que en presencia de ambos la persona denunciada hace caso omiso a las indicaciones realizadas por los Agentes para que depusiera su actitud debido a que podía provocar una alteración mas grave tanto entre las personas allí presente como con los propietarios de los establecimientos. Que una vez se marcha del lugar y pasados unos cincuenta (50) minutos, los Agentes vuelven a ser requeridos al encontrarse este individuo en el mismo lugar provocando nuevamente una alteración del orden, por lo que los Agentes le informan que se va a redactar la correspondiente denuncia por los hechos acontecidos.

Precepto infringido: Ordenanza de Convivencia y Civismo artículo 28.a) II. Que el denunciado resulta ser don Miguel Carlos Álvarez Valenzuela con DNI núm. 34.988.470-L y domicilio calle Fede-

rico García Lorca núm. 7 en Salteras (Sevilla)III. Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 83/2013, de 21 de enero, practicándose la noti-

ficacióndelactoadministrativoalinteresadoel11/02/2013,nohabiéndosepresentadoalegaciones.A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia.

Deloshechoscalificadosacontinuación,seidentificacomopersonaresponsabledelainfracciónalaOrdenanzadeConviven-ciayCivismodelMunicipiodeCamas(Sevilla),publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.58,de12demarzode 2010, a don Miguel Carlos Álvarez Valenzuela, al ser la persona física responsable de dicho incumplimiento de la Ordenanza.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93,de4deagosto:Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienporpropia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o denuncia.

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación”.

Tercero.—Según establece el artículo 28.a) de la Ordenanza Municipal de Convivencia y Civismo del Ayuntamiento de Ca-mas,publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.58,de12demarzode2010”Infraccionesmuygraves.Soninfracciones muy graves: Perturbar la convivencia ciudadana de forma que incida grave, inmediata y directamente en la tranquilidad y en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas, en el normal desarrollo de actividades de toda clase conforme a la normativa aplicableyenlasalubridaduornatopúblicos,siemprequesetratedeconductasnotipificadasenlalegislaciónsobreproteccióndelaseguridad ciudadana.

Cuarto.—Según establece el artículo 31: Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de: 150 a 300 euros.”Lasanciónaunquetipificadacomomuygraveesnecesariotipificarlaensugradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasque

agraven la responsabilidad administrativa; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 150 euros.Quinto.—De conformidad con el art. 21.1.e), n), q) y s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen

Local, corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar la desobediencia o incumplimiento delainfraccióntipificada.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con el art. 21.1.s) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimenLocal(ensunuevaredaccióndadaporlaLey11/1999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulaciónde vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas), art. 10 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto y demás normativa de aplicación, por el presente, vengo a dictar Decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Imponer a don Miguel Carlos Álvarez Valenzuela, con D.N.I. 34.988.470-L, una sanción por importe de 150 euros, porcometerinfraccióntipificadaenlaOrdenanzadeConvivenciayCivismodelAyuntamientodeCamas(«BoletínOficial»delapro-vincia de Sevilla núm. 58, de 12 de marzo de 2012)

Segundo.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveinticuatrodeabrildelañodosmil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.”

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursode

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 23

reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurrido unmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan.Plazos de pago:1.-Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.-Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 24 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8161

————

CAMAS

El Sr. Alcalde–Presidente, con esta fecha ha dictado resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:«Decreto 626/2013, de 22 de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción del Decreto Legislativo 2/2012,

de 20 de marzo, del comercio ambulante y Ordenanza del comercio ambulante del municipio de Camas contra don Bernabé Granado Medina.

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador número 48/2012 (Comercio Ambulante), y de los antecedentes obrantes en este Servicio, resultan los siguientes:

HecHos

I. Informe de la Policía Local, de fecha 9 de septiembre de 2012, emitido por los Agentes números 4133 y 4140 en el que se denuncia la venta ambulante no autorizada de frutas y verduras por la localidad, mediante megafonía, por parte de don Bernabé Gra-nado Medina.

II. Iniciado expediente sancionador mediante resolución de la Alcaldía número 1316/2012, de 26 de septiembre, no pudiéndose practicarlanotificacióndedichoactoadministrativoporestarausentedesudomicilioelinteresado,procediéndoseasupublicaciónelel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúmero18,de23deenerode2013,asícomoeneltablóndeedictosdelExcmo.Ayun-tamiento de Sevilla del 19 de diciembre de 2012, al 8 de enero de 2013, sin que se hayan presentado alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos Jurídicos

Primero.—De conformidad con el artículo 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común «solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia».

Deloshechoscalificadosacontinuación,seidentificacomopersonaresponsabledelavulneracióndelDecretoLegislativo2/2012, de 20 de marzo, del Comercio Ambulante de Andalucía, a don Bernabé Granado Medina con DNI número 28.328.092-G, al ser el titular de la actividad que no poseía licencia municipal para la venta ambulante.

Segundo.—De acuerdo con el artículo 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Decreto1398/93,de4deagosto:«Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.»

a) Propia iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación».

Tercero.—Según el artículo 17.5 del mismo Reglamento, expresa textualmente: «Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documentos públicos, observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados».

Por tanto y según se deduce del precepto anterior, los informes emitidos por Agentes de la Policía Local, al que se hace referen-cia en el expediente, es considerado como prueba en el expediente sancionador, debiendo incorporarse a la propuesta de resolución, de acuerdo con el artículo 17.6 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

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24 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Cuarto.—Según establece el artículo 29. C) de la Ordenanza reguladora del comercio ambulante de la ciudad de Camas (Sevi-lla),publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúmero102,deldía6demayode2011:«C)Infraccionesmuygraves:b) Carecer de la autorización municipal.»

Quinto.—De conformidad con el artículo 30 de la Ordenanza reguladora del comercio ambulante de la ciudad de Camas (Se-villa),publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúmero102,deldía6demayode2011,enloreferenteasancionesse señala que:

1. Las infracciones podrán ser sancionadas como sigue:a) Las leves con apercibimiento o multa de hasta 1.500 euros.b) Las graves con apercibimiento y multa de 1.501 euros a 3.000 euros.c) Las muy graves con multa de 3.001 a 18.000 euros.Lasanciónaunquetipificadacomomuygraveesnecesariotipificarlaensugradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasque

agraven la responsabilidad administrativa; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 3.001,00 euros.Sexto. De conformidad con el artículo 21.1.n) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en su

nuevaredaccióndadaporlaLey11/1999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulacióndevehículosamotoryseguridad vial y en materia de aguas), corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar el incumplimiento de las Ordenanzas municipales.

Por todo ello y de conformidad con la normativa anteriormente citada, así como con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 10 del Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora,

He resuelto

Primero.—Imponer a don Bernabé Granado Medina, con DNI número 28.328.092-G, una sanción por importe de 3.001 euros, porcometerinfraccióntipificadaenlaLeydeComercioAmbulantedeAndalucíayenlaOrdenanzadecomercioambulantedelmu-nicipio de Camas.

Segundo.—Dar cuenta de la presente resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, a la Sra. Delegada de Mercado, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde–PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasa22deabrilde2013,deloque,como Secretario General, doy fe.»

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de Pago

Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinasbancarias de las entidades que en el mismo se detallan.

Plazos de Pago

1.Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguienteo, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2.Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundomes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

advertencia

Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconllevael devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 22 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.8W-8159

————

CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 812/2013, de veintitrés de mayo, sobre resolución de expediente sancionador por infracción del Decreto Legislativo

2/2012, de 20 de marzo, del Comercio Ambulante en Andalucía y Ordenanza del Comercio Ambulante del Municipio de Camas, («Bo-letínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.102,de6demayode2011),contradoñaCapatanaFlorea.

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 43/2013 (Comercio Ambulante) y de los antecedentes obrantes en este Servicio, resulta los siguientes:

Page 25: Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · — La Puebla de Cazalla: Expediente contradictorio de declaración ... — Renuncia ante Notario de los demás herederos a

Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 25

HechosInforme de los Agentes de la Policía Local núm. 14783 y 14781, de fecha 28 de enero de 2013, por el que se denuncia la venta

ambulante no autorizada de patatas, cebollas y naranjas en la avda. Extremadura, por parte de doña Capatana Florea, con domicilio en La Algaba (Sevilla), siendo intervenida cautelarmente la mercancía. Tras requerimiento al Distrito Sanitario Aljarafe, al objeto de realizar inspección de los productos perecederos, éste determina que no se puede garantizar que la mercancía intervenida cumpla con las condiciones mínimas de seguridad y que por tanto sea destruida.

Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 289/2013, de 18 de febrero, no pudo practicarse la notificaciónpordesconocerseeldomiciliodelamisma,procediéndosealapublicacióndeltextointegrodelaresoluciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.63,de18/03/2013,asímismoseremitióanuncioparasupublicacióneneltablóndeedictosdelExcmo. Ayuntamiento de La Algaba estando expuesto desde el 20/03/2013 hasta el 07/05/2013, no habiéndose presentado alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia.

Deloshechoscalificadosacontinuación,seidentificacomopersonaresponsabledelavulneracióndelDecretoLegislativo2/2012,de20demarzo,delComercioAmbulantedeAndalucía,adoñaCapatanaFloreaconnúm.deidentificación154129340381,alser la titular de la actividad que no poseía licencia municipal para la venta ambulante.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93,de4deagosto:Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienporpropia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación.

Tercero.—Según el art. 17.5 del mismo Reglamento, expresa textualmente: Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documentos públicos, observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.

Por tanto y según se deduce del precepto anterior, los informes emitidos por Agentes de la Policía Local, al que se hace referen-cia en el expediente, es considerado como prueba en el expediente sancionador, debiendo incorporarse a la propuesta de resolución, de acuerdo con el art. 17.6 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Cuarto.—Según establece el art. 29. C) de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante de la Ciudad de Camas (Sevilla), publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.102,deldía6demayode2011:“C)Infraccionesmuygraves:b)Carecer de la autorización municipal.

Quinto.—De conformidad con el art. 30 de la Ordenanza de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante de la Ciudad deCamas(Sevilla),publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.102,deldía6demayode2.011,enloreferentea sanciones se señala que:

1.- Las infracciones podrán ser sancionadas como sigue:a) Las leves con apercibimiento o multa de hasta 1.500 euros.b) Las graves con apercibimiento y multa de 1.501 euros a 3.000 euros.c) Las muy graves con multa de 3.001 a 18.000 euros.Lasanciónaunquetipificadacomomuygraveesnecesariotipificarlaensugradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasque

agraven la responsabilidad administrativa; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 3.001,00 euros.Séxto.—De conformidad con el art. 21.1.n) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en su

nuevaredaccióndadaporlaLey11/1.999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulacióndevehículosamotoryseguridad vial y en materia de aguas), corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar el incumplimiento de las Ordenanzas Municipales.

Por todo ello y de conformidad con la normativa anteriormente citada, así como con la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 10 del Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, he resuelto

Primero.—ImponeradoñaCapatanaFloreaunasanciónporimportede3.001euros,porcometerinfraccióntipificadaenlaLeyde Comercio Ambulante de Andalucía y en la Ordenanza de Comercio Ambulante del Municipio de Camas.

Segundo.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, a la Sra. Delegada de Mercado, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveintitrésdemayodelañodosmil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

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26 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan.Plazos de pago:1.-Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.-Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 23 de mayo de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8162

————

CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 692/2013, de veintiséis de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción del Decreto Legislativo

2/2012, de 20 de marzo, del Comercio Ambulante en Andalucía y Ordenanza del Comercio Ambulante del Municipio de Camas, («BoletínOficial»delaprovincianúm.102de6demayode2011),contradoñaAliciaHidalgoGayango.

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 37/2013 (Comercio Ambulante) y de los antecedentes obrantes en este Servicio, resulta los siguientes:

HechosInforme de los Agentes de la Policía Local núm. 65 y 81, de fecha 6 de febrero de 2013, por el que se denuncia la venta ambu-

lante no autorizada de huevos, pan y tabaco en la calle Tierno Galván, por parte de doña doña Alicia Hidalgo Gayango, con DNI núm. 52.691.378-B y domicilio en calle Tarragona núm. 44, en Mairena del Aljarafe (Sevilla), siendo intervenida cautelarmente la mercan-cía. Tras requerimiento al Distrito Sanitario Aljarafe, al objeto de realizar inspección de los productos perecederos, éste determina que los huevos no son aptos para el consumo.

Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 223/2013, de 7 de febrero, habiéndose intentado la notificaciónnopudopracticarseporestarausentedeldomicilioactual,procediéndosealapublicacióndeltextointegrodelaresolu-ciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.65de20/03/2013,asímismoseremitióanuncioparasupublicaciónenel tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe desde el 22/03/2013 al 11/04/2013, no habiéndose presentado alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia”.

Deloshechoscalificadosacontinuación,seidentificacomopersonaresponsabledelavulneracióndelDecretoLegislativo2/2012, de 20 de marzo, del Comercio Ambulante de Andalucía, a doña Alicia Hidalgo Gayango con D.N.I. núm. 52.691.378-B, al ser la titular de la actividad que no poseía licencia municipal para la venta ambulante.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93,de4deagosto:Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienporpropia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.”

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación.

Tercero.—Según el art. 17.5 del mismo Reglamento, expresa textualmente: “Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documentos públicos, observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados”.

Por tanto y según se deduce del precepto anterior, los informes emitidos por Agentes de la Policía Local, al que se hace referen-cia en el expediente, es considerado como prueba en el expediente sancionador, debiendo incorporarse a la propuesta de resolución, de acuerdo con el art. 17.6 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Cuarto.—Según establece el art. 29. C) de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante de la Ciudad de Camas (Sevilla), publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.102,deldía6demayode2011:“C)Infraccionesmuygraves:b)Carecer de la autorización municipal.

Quinto.—De conformidad con el art. 30 de la Ordenanza de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante de la ciudad deCamas(Sevilla),publicadaenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.102,deldía6demayode2011,enloreferentea sanciones se señala que:

1.- Las infracciones podrán ser sancionadas como sigue:a) Las leves con apercibimiento o multa de hasta 1.500 euros.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 27

b) Las graves con apercibimiento y multa de 1.501 euros a 3.000 euros.c) Las muy graves con multa de 3.001 a 18.000 euros.Lasanciónaunquetipificadacomomuygraveesnecesariotipificarlaensugradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasque

agraven la responsabilidad administrativa; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 3.001,00 euros.Sexto.—En el artículo 12 de Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, del Comercio Ambulante en Andalucía, se establece:

“...lasmedidasprovisionalesdeberánserconfirmadas,modificadasolevantadasenelacuerdodeiniciacióndelprocedimiento,quedeberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda. Estas medidas se extinguiránconlaeficaciadelaresoluciónadministrativaquepongafinalprocedimientocorrespondiente.”

Séptimo.—De conformidad con el art. 21.1.n) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en su nuevaredaccióndadaporlaLey11/1.999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1.985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulacióndevehículosamotoryseguridad vial y en materia de aguas), corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar el incumplimiento de las Ordenanzas Municipales.

Por todo ello y de conformidad con la normativa anteriormente citada, así como con la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 10 del Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, he resuelto:

Primero.—ImponeradoñaAliciaHidalgoGayangounasanciónporimportede3.001euros,porcometerinfraccióntipificadaen la Ley de Comercio Ambulante de Andalucía y en la Ordenanza de Comercio Ambulante del Municipio de Camas.

Segundo.—Ordenar la destrucción del resto de mercancía incautada como medida provisional.Tercero.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, a la Sra. Delegada de Mercado, al

Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveintiséisdeabrildelañodos

mil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónante

elmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan.Plazos de pago:1.-Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.-Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 26 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8163

————

CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 690/2013, de veintiséis de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de

octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios deAndalucía(«BoletínOficial»delaprovincianúmero286,de30denoviembre),adoñaAnaMaríadelosSantosGarcía.

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 29/2013 (Ley 7/2006, de 24 de octubre) y de los antecedentes obrantes en este servicio, resulta los siguientes:

HechosI. Denuncia formulada por parte de la Policía local cuya transcripción es la siguiente:Fecha: 25/01/2013.Hora: 00.15.Agentes Denunciantes: 14780 y 14784.Lugar: Calle Almería núm. 9

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28 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Hecho Denunciado: La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que ponganenpeligrolapacíficaconvivenciafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestable-cido como permitidas.

Observaciones: Ninguna.Precepto infringido: Art. 8.1 Ley 7/2006, de 24 de octubre.II. Que la denunciada resulta ser doña Ana María de los Santos García, con DNI: 44.604.631-E, con domicilio en Mairena del

Aljarafe, en la calle Gladiolo núm. 38.III. Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 221/2013, de 7 de febrero, habiéndose intentado

lanotificaciónnopudopracticarseporestarausentedeldomiciliohabitual,procediéndosealapublicacióndeltextointegrodelareso-luciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.65de20/03/2013,asímismoseremitióanuncioparasupublicaciónenel tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe desde el 22/03/2013 al 11/04/2013, no habiéndose presentado alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia”.

Deloshechoscalificados,seidentificacomopersonaresponsabledelainfracciónalaLey7/2006,de24deoctubre,sobrePotestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía («BoletínOficial»delaprovincianúmero286,de30denoviembre),adoñaAnaMaríadelosSantosGarcía,alserlapersonafísicaresponsable de dicho incumplimiento de la Ordenanza.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1.398/93,de4deagosto:“Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienpor propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncias.

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación.

Tercero.—Según establece el artículo 3 de la citada Ley: “Artículo 3. Limitaciones. Sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables en materia de orden público y de seguridad ciudadana, así como las relativas a prevención y asistencia en materia de drogas y espectáculos públicos y actividades recreativas, queda prohibido, en relación con las actividades de ocio desarrolladas en los espacios abiertos de los términos municipales de Andalucía:

a) La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que ponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestablecidocomo permitidas.

Cuarto.—Según establece el artículo 8 de la norma citada: “Artículo 8. Infracciones leves.Constituirán infracciones leves: 1. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o

realizandootrasactividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamiento haya establecido como permitidas”.

Igualmente, de conformidad con el art. 9.1.b) de la misma Ley se establecen unas sanciones : “c) Apercibimiento o multa de hasta trescientos euros (300) para las infracciones leves”.

Lasanciónaunquetipificadacomoleveesnecesariotipificarlaengradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasqueagravenla responsabilidad administrativa del hecho denunciado; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 100 euros.

Quinto.—De conformidad con el art. 21.1.e), n), q) y s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar la desobediencia o incumplimiento delainfraccióntipificada.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con el art. 21.1.s) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimenLocal(ensunuevaredaccióndadaporlaLey11/1999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulaciónde vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas), art. 10 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto y demás normativa de aplicación, por el presente, vengo a dictar Decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Imponer a doña Ana María de los Santos García, con DNI núm. 44.604.631-E, una sanción por importe de 100 euros, por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades deocioenlosespaciosabiertosdelosMunicipiosdeAndalucía(«BoletínOficial»delaprovincianúmero286,de30denoviembre).

Segundo.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidenteDonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveintiséisdeabrildelañodosmil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.”

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 29

sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan. Plazos de pago:1.Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 26 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8164

————

CAMAS

El Sr. Alcalde-Presidente, con esta fecha ha dictado Resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:Decreto 689/2013, de veintiséis de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de

octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios deAndalucía(«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúmero286,de30denoviembre),adonÁlvaroHernándezGómez.

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador núm. 26/2013 (Ley 7/2006, de 24 de octubre) y de los antecedentes obrantes en este servicio, resulta los siguientes:

HechosI. Denuncia formulada por parte de la Policía local cuya transcripción es la siguiente:Fecha: 25/01/2013.Hora: 00.15 h.Agentes Denunciantes: 14780 y 14784.Lugar: Calle Almería núm. 9Hecho Denunciado: La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras

actividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestable-cido como permitidas.

Observaciones: Ninguna.Precepto infringido: Art. 8.1 Ley 7/2006, de 24 de octubre.II. Que el denunciado resulta ser don Álvaro Hernández Gómez, con DNI: 53.354.125-J, con domicilio en Mairena del Aljara-

fe, en la Plaza de las Estrellas núm. 1, Bajo 1.III. Iniciado expediente sancionador mediante Resolución de la Alcaldía núm. 218/2013, de 7 de febrero, habiéndose intentado

lanotificaciónnopudopracticarseporestarausentedeldomiciliohabitual,procediéndosealapublicacióndeltextointegrodelareso-luciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúm.65de20/03/2013,asímismoseremitióanuncioparasupublicaciónenel tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe desde el 22/03/2013 al 11/04/2013, no habiéndose presentado alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes:Fundamentos jurídicosPrimero.—De conformidad con el art. 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administra-

ciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común “solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción admi-nistrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia”.

Deloshechoscalificados,seidentificacomopersonaresponsabledelainfracciónalaLey7/2006,de24deoctubre,sobrePotestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía («BoletínOficial»delaprovinciadeSevillanúmero286,de30denoviembre),adonÁlvaroHernándezGómez,alserlapersonafísicaresponsable de dicho incumplimiento de la Ordenanza.

Segundo.—De acuerdo con el art. 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1.398/93,de4deagosto:“Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompetente,bienpor propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncias.

a) Propia Iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación”.

Page 30: Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · — La Puebla de Cazalla: Expediente contradictorio de declaración ... — Renuncia ante Notario de los demás herederos a

30 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Tercero.—Según establece el artículo 3 de la citada Ley: “Artículo 3. Limitaciones. Sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables en materia de orden público y de seguridad ciudadana, así como las relativas a prevención y asistencia en materia de drogas y espectáculos públicos y actividades recreativas, queda prohibido, en relación con las actividades de ocio desarrolladas en los espacios abiertos de los términos municipales de Andalucía:

a) La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que ponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestablecidocomo permitidas.

Cuarto.—Según establece el artículo 8 de la norma citada: “Artículo 8. Infracciones leves.Constituirán infracciones leves: 1. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o

realizandootrasactividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamiento haya establecido como permitidas”.

Igualmente, de conformidad con el art. 9.1.b) de la misma Ley se establecen unas sanciones : “c) Apercibimiento o multa de hasta trescientos euros (300) para las infracciones leves”.

Lasanciónaunquetipificadacomoleveesnecesariotipificarlaengradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasqueagravenla responsabilidad administrativa del hecho denunciado; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 100 euros.

Quinto.—De conformidad con el art. 21.1.e), n), q) y s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar la desobediencia o incumplimiento delainfraccióntipificada.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con el art. 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimenLocal(ensunuevaredaccióndadaporlaLey11/1999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulaciónde vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas), art. 10 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto y demás normativa de aplicación, por el presente, vengo a dictar decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Imponer a don Alvaro Hernández Gómez, con DNI núm. 53.354.125-J, una sanción por importe de 100 euros, por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (B.O.E., número 286, de 30 de noviembre).

Segundo.—Dar cuenta de la presente Resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde-PresidenteDonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasaveintiséisdeabrildelañodosmil trece, de lo que, como Secretario General, doy fe.”

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de pago:Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinas

bancarias de las entidades que en el mismo se detallan. Plazos de pago:1.-Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguiente

o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.2.-Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundo

mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Advertencia:Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconlleva

el devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 25 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.253W-8165

————

CAMAS

El Sr. Alcalde–Presidente, con esta fecha ha dictado resolución que, literalmente transcrita, es del siguiente tenor:«Decreto 659/2013, de 24 de abril, sobre resolución de expediente sancionador por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de oc-

tubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (BOE, número 286, de 30 de noviembre), a doña Miriam de los Santos García.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 31

Examinadas las diligencias y actuaciones realizadas en este Ayuntamiento, con relación al expediente sancionador número 23/2013 (Ley 7/2006, de 24 de octubre) y de los antecedentes obrantes en este servicio, resulta los siguientes:

HecHos

I. Denuncia formulada por parte de la Policía Local cuya transcripción es la siguiente:Fecha: 25 de enero de 2013.Hora: 00.15 h.Agentes denunciantes: 14780 y 14784.Lugar: Calle Almería número 9. Hecho denunciado: La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestablecido como permitidas.Observaciones: Ninguna.Precepto infringido: Artículo 8.1 Ley 7/2006, de 24 de octubre.II. Que la denunciada resulta ser doña Miriam de los Santos García, con domicilio en Mairena del Aljarafe, en la calle Gladiolo

número 38.III. Iniciado expediente sancionador mediante resolución de la Alcaldía número 204/2013, de 6 de febrero, practicándose la

notificacióndelactoadministrativoalinteresadoel18defebrerode2013,nohabiéndosepresentadoalegaciones.A estos hechos son de aplicación los siguientes:

Fundamentos Jurídicos

Primero.—De conformidad con el artículo 130.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común «solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, aún a título de simple inobservancia».

Deloshechoscalificados,seidentificacomopersonaresponsabledelainfracciónalaLey7/2006,de24deoctubre,sobrePotestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (BOE número 286, de 30 de noviembre), a doña Miriam de los Santos García, al ser la persona física responsable de dicho incumpli-miento de la Ordenanza.

Segundo.—De acuerdo con el artículo 11.1.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Decreto1.398/93,de4deagosto:«Losprocedimientossancionadoresseiniciaransiempredeoficioporacuerdodelórganocompeten-te, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncias.

a) Propia iniciativa: La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las conductas o hechos susceptibles de cons-tituir infracción por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, bien ocasionalmente por tener la condición de autoridad pública o atribuidas las funciones de inspección, averiguaciones o investigación».

Tercero.—Según establece el artículo 3 de la citada Ley: «Artículo 3. Limitaciones. Sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables en materia de orden público y de seguridad ciudadana, así como las relativas a prevención y asistencia en materia de drogas y espectáculos públicos y actividades recreativas, queda prohibido, en relación con las actividades de ocio desarrolladas en los espacios abiertos de los términos municipales de Andalucía:

a) La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que ponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamientohayaestablecidocomo permitidas.

Cuarto.—Según establece el artículo 8 de la norma citada: «Artículo 8. Infracciones leves.Constituirán infracciones leves: 1. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o

realizandootrasactividadesqueponganenpeligrolapacíficaconvivenciaciudadanafueradelaszonasdeltérminomunicipalqueelAyuntamiento haya establecido como permitidas».

Igualmente, de conformidad con el artículo 9.1.b) de la misma Ley se establecen unas sanciones: «c) Apercibimiento o multa de hasta trescientos euros (300) para las infracciones leves».

Lasanciónaunquetipificadacomoleveesnecesariotipificarlaengradomínimo,alnoencontrarsecircunstanciasqueagravenla responsabilidad administrativa del hecho denunciado; se hace necesario graduar la sanción a imponer en la cantidad de 100 euros.

Quinto.—De conformidad con el artículo 21.1.e), n), q) y s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Alcaldía la competencia para incoar expediente sancionador y sancionar la desobediencia o incumplimiento de lainfraccióntipificada.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBasesdeRégimenLocal(ensunuevaredaccióndadaporlaLey11/1999,de21deabril,demodificacióndelaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdeRégimenlocal,yotrasmedidasparaeldesarrollodelGobiernoLocal,enmateriasdetráfico,circulación de vehículos a motor y seguridad vial y en materia de aguas), artículo 10 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Dcreto 1398/93, de 4 de agosto y demás normativa de aplicación, por el presente, vengo a dictar Decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Imponer a doña Miriam de los Santos García, una sanción por importe de 100 euros, por infracción a la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de determinadas Actividades de ocio en los espacios abiertos de los Municipios de Andalucía (BOE número 286, de 30 de noviembre).

Segundo.—Dar cuenta de la presente resolución a la Sra. Delegada de Seguridad Ciudadana, al Sr. Jefe de la Policía Local y al Sr. Jefe del Servicio de Rentas y Exacciones.

Lomandayfirma,elSr.Alcalde–PresidentedonRafaelAlfonsoRecioFernández,enCamasa24deabrilde2013,deloque,como Secretario General, doy fe.»

Contraelpresenteacuerdo,queponefinalavíaadministrativa,podráinterponerpotestativamenterecursodereposiciónanteelmismoórganoquelodictóenelplazodeunmescontandoapartirdeldíasiguientealdesunotificación,ysiinterponeelrecursodereposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

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32 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Transcurridounmesdesdelainterposicióndelrecursodereposiciónsinquesenotifiquesuresolución,seentenderádesestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel enquesenotifiquelaresoluciónexpresadelrecursopotestativodereposiciónoenelplazodeseismesescontadosdesdeelsiguientea aquel en que se produzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo.Elplazoparainterponeresterecursoserádedosmesescontadosdesdeeldíasiguientealdelanotificacióndelpresenteacuerdo,sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Forma de Pago

Elpagodeberáefectuarsemediantelapresentacióndeldocumentoliquidatorioqueseadjunta,encualquieradelasoficinasbancarias de las entidades que en el mismo se detallan.

Plazos de Pago

1.Notificacionesefectuadasentrelosdías1y15decadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía20delmessiguienteo, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2.Notificacionesefectuadasentrelosdías16yúltimodecadames,desdelafechadelanotificaciónhastaeldía5delsegundomes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

advertencia

Sifinalizadoslosplazosestablecidosnosehubieresatisfechoelimporteseñalado,seiniciaráelperiodoejecutivoqueconllevael devengo de los intereses de demora y la posibilidad de iniciar el procedimiento de apremio para, en su caso, proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor.

En Camas a 24 de abril de 2013.—El Funcionario encargado, Antonio María Gutiérrez de la Rosa.8W-8158

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CASARICHE

Don Basilio Carrión Gil, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que, el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2013, con la asistencia

de doce de sus trece miembros de derecho, que representa quórum de mayoría absoluta, trató y adoptó acuerdo sobre la «Constitución de la agrupación de voluntarios de protección civil de Casariche (Sevilla) y del Reglamento por el que habrá de regirse», con el tenor literal siguiente:

«Atendiendo al expediente tramitado para la creación de la Agrupación de Protección Civil de este municipio.Considerandoquelaproteccióncivilesunserviciopúblicocuyafinalidadeslaprotecciónfísicadelaspersonasydesusbienes,

en situación de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria, en la que la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar o sucumbir masivamente.

Considerando que la protección civil es competencia municipal en virtud de lo previsto en los artículos 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;

Considerandoquesinperjuiciodelasfuncionesycompetenciasqueenmateriadeprevenciónderiesgosespecíficosotorganlas leyes a las diferentes Administraciones Públicas, también les corresponderán las actuaciones preventivas relacionadas en el artí-culo 14 de la Ley 2/1985, de 231 de enero, sobre Protección Civil; entre ellas, la promoción y apoyo de la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos a la protección civil, a través de organizaciones que se orientarán, principalmente, a la prevención de situacionesdeemergenciaquepuedanafectarlesenelhogarfamiliar,enedificiosparausoresidencialyprivado,manzanas,barriosydistritos urbanos, así como al control de dichas situaciones, con carácter previo a la actuación de los servicios de protección civil o en colaboración con los mismos.

Considerando que el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local regula el procedi-miento para la probación de los Reglamentos y Ordenanzas municipales.

Considerando que el expediente se tramita de conformidad con lo previsto en la legislación estatal y autonómica sobre régimen local, protección civil y emergencia.

Se propone al Pleno la adopción de los siguiente acuerdos:Primero: La creación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Casariche.Segundo: Aprobar inicialmente el Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Casariche, del que se

dejará testimonio autenticado con su aprobación en el expediente de su razón, por el que habrá de regirse el funcionamiento de la Agru-pación de Voluntarios de Protección Civil de Casariche.

Tercero: Proceder a la exposición pública del presente acuerdo, durante un plazo de 30 días hábiles, mediante anuncio que se insertaráenel«BoletínOficial»delaprovincia,tablóndeedictosypágina«web»deesteAyuntamiento,alobjetodequelosciudada-nos puedan formular reclamaciones y sugerencias.

De conformidad con lo que establece el artículo 49, último párrafo, de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, si transcurriereelplazoseñaladoenelpárrafoanteriorsinqueseformulenreclamacionesoalegaciones,seentenderádefinitivamenteadoptado el acuerdo de aprobación hasta entonces provisional, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo plenario que lo establezca y se procederáallevaracabolapublicaciónenel«BoletínOficial»delaprovinciadelaaprobacióndefinitivarecaídaydeltextoíntegrodel Reglamento aprobado.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.En Casariche a 7 de junio de 2013.—El Alcalde, Basilio Carrión Gil.

2W-8214

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 33

CASARICHE

Don Basilio Carrión Gil, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que, el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2013, con la asistencia

de doce de sus trece miembros de derecho, que representan quórum de mayoría absoluta, trató y adoptó acuerdo sobre la «Innecesa-riedad de tramitación del avance de planeamiento para la delimitación de asentamientos urbanísticos en suelo no urbanizable», con el tenor literal siguiente:

«Considerandoqueeldecreto2/2002,de10deenero,porelqueseregulaelRégimendelasedificacionesyasentamientosexis-tentesensuelonourbanizableenlaComunidadAutónomadeAndalucía,tienecomoobjetivoprincipalclarificarelrégimenaplicablealasdistintassituacionesenquesencuentranlasedificacionesexistentesensuelonourbanizable,estableciendolosrequisitosesencialespara su reconocimiento por el Ayuntamiento y su tratamiento por el planeamiento urbanístico.

Considerando que en este sentido se desarrolla y complementa el decreto 60/2010, de 16 de marzo, pro el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Considerandoqueactualmenteexistenteeneltérminodenuestromunicipaledificacionesendiferentessituacionesporsuori-gen,características,ubicación,uso,etc.ElDecretodiferencialassituacionesenqueseencuentranlasedificacionestantoporsuformade implantación (aisladas, asentamientos urbanísticos, hábitat rural diseminado), como por su adecuación o no a las determinaciones establecidas por la ordenación territorial y urbanística.

Considerando los informes del Técnico de Urbanismo y de Secretaria que constan en el expediente y a juicio de los mismos, el municipio de Casariche no contiene asentamientos urbanísticos existentes en suelo no urbanizable ni asentamiento que pudieran ser objetodecalificacióncomoámbitosdehábitatruraldiseminado,nosiendoportantonecesarialatramitacióndelavancedeplanea-miento,deconformidadconloestablecidoenelartículo4delDecreto2/2012;lasedificacionesquenoseubiquenenningunodelosasentamientodelimitadosporelPlanGeneraldeOrdenaciónUrbanísticao,ensudefecto,eneldocumentodeAvance,seidentificaráncomoedificacionesaisladasenvirtuddeloanteriormenteexpuesto,y,segúnlasNormasDirectorasformuladasporlaConsejeríacom-petentes en materia de urbanismo en desarrollo de los artículos 4 y 5 del decreto 2/2012, de 10 de enero, el Pleno de la Corporación adopta el siguiente acuerdo:

Primero: Acordar la innecesariedad de tramitación de Avance de planeamiento previsto en el artículo 4 del Decreto 2/2002, por no contener el municipio de Casariche asentamientos urbanísticos existentes en suelo no urbanizable ni asentamientos que pudieran ser objetodecalificacióncomoámbitosdehábitatruraldiseminado.Siendoesteacuerdorequisitonecesarioparlatramitacióndeproce-dimientos de reconocimiento de situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación.

Segundo: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, LRBRL, dicho expediente queda sometido a información pública por plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial»delaprovincia,tablóndeanunciosypágina«web»deesteAyuntamiento,deconformidadconlaNorma2.ª5delaNormativaDirectora para la Redacción del los Avances previstos en el artículo 4 del decreto 2/2002, de 10 de enero. Si transcurrido dicho plazo nosehubiesenpresentadoalegaciones,seconsiderarádichoacuerdoaprobadodefinitivamente».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.En Casariche a 7 de junio de 2013.—El Alcalde, Basilio Carrión Gil.

2W-8215————

ESTEPA

Don Miguel Fernández Baena, Alcalde–Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que por resolución de Alcaldía número 973/2013, de fecha 21 de mayo, acuerda aprobar inicialmente el Plan Par-

cial de Ordenación del Sector 1-5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Estepa, redactado por el Ingeniero Industrial don José LuísGarcíaSerrano,quetieneporobjetoelestablecimiento,endesarrollodeladecimosextamodificacióndelasNormasSubsidiariasde Planeamiento de Estepa, de la ordenación detallada precisa para la ejecución del referido sector de suelo urbanizable, de uso básico industrial.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por plazo de treinta (30) días para que todas las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular ante la administración actuante las alegaciones que sus derechos convengan.

En Estepa a 21 de mayo de 2013.—El Alcalde–Presidente, Miguel Fernández Baena.8W-7748-P

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ISLA MAYOR

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53, 141 y 142 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación para la adjudicación de la Gestión del Ser-vicio Público del Alumbrado exterior del muncipio de Isla Mayor (Sevilla), conforme a los siguientes datos:

I. Objeto del contrato.ElobjetodelcontratoalqueserefiereelpresentePliegoeslagestióndelserviciopúblicodealumbradoexterior del Ayuntamiento de Isla Mayor, mediante una actuación global e integrada .En concreto, la actuación global e integrada que esobjetodelcontratotienecomofinalidadcederlagestióndelasinstalacionesdealumbradopúblicoexteriorAyuntamientocontratantea una Empresa de Servicios Energéticos, sin ceder la propiedad de las instalaciones.

II. Duración del contrato.Elplazodeprestacióndelservicioserádequince(15)añosdesdelafirmadelcontrato.III. Tipo de licitación. El presupuesto máximo de licitación para la ejecución de las prestaciones P1, P2 y P3 asciende a

124.615,62 euros, más 26.169,28 euros de IVA, resultando un importe total de 150.784,90 euros anuales. Existe consignación presu-puestaria en las partida presupuestaria 920.221.00.

IV. Revisión de precios. Sí procede, conforme a lo estipulado en las cláusula 7 del pliego de condiciones administrativas par-ticulares.

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34 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

V. Garantías: Definitiva.Seestableceparalagarantíadefinitivaun5%delimportedeadjudicación,excluidoelIVA(cláusula19 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares).

VI. Criterios de adjudicación. Según lo establecido en la cláusula 16 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.VII. Publicidad del Pliego.Estarádemanifiestotodoslosdíashábilesenlasoficinasmunicipales,DepartamentodeSecretaría,

enhorasdeoficinade9.00a14.00y,enelPerfildelcontratantedelaExcma.DiputacióndeSevilla(www.dipusevilla.es).VIII. Requisitos del contratista.Deberánacreditarlacorrespondienteclasificación:Grupo:I,Subgrupo:1,Categoría:B,Gru-

po: I, Subgrupo: 6, Categoría: E y, Grupo: P, Subgrupo: 1, Categoría: B.IX. Presentación de proposiciones. Durante los veinte (20) días hábiles a contar desde la publicación del anuncio de licitación

enel«BoletínOficial»delaprovincia,enhorariode9.00a14.00,delunesaviernes.Sidichodíacoincidieraensábadopasaríaalsiguiente hábil.

X. Gastos de anuncios. Los gastos de publicación y de formalización, redacción y estudio de la auditoria lumínica (27.438,00 euros),iránacargodeladjudicatarioyseabonaránantesdelafirmadelcontrato.

XI. Apertura de proposiciones. Tendrá lugar el quinto día hábil siguiente a la terminación del periodo de presentación de pro-posiciones, a las 12.00 horas, en la Sala de Junta de Gobierno, siempre que no sea sábado; en este caso se entenderá que será el día hábil siguiente.

XII. Modelo de proposición económica. El recogido en la Cláusula 15 del Pliego de Condiciones Administrativas particulares.XIII. Información general. El Pliego de Cláusulas Administrativas y el de Prescripciones Técnicas podrá retirarse de la Secreta-

ría General del Excmo. Ayuntamiento de Isla Mayor. De igual modo se podrá solicitar los datos técnicos y los de la auditoría lumínica. LainformaciónestarápublicadaenelperfildelcontratantedelAyuntamientodelaExcma.DiputacióndeSevilla(páginaweb:www.islamayor.es).

En Isla Mayor a 3 de junio de 2013.—El Alcalde–Presidente, Ángel García Espuny.8W-7954-P

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MAIRENA DEL ALCOR

Don Ricardo Antonio Sánchez Antúnez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esa villa.Hace saber: Que el Pleno de la Corporación, en sesión plenaria de 12 de febrero de 2013, al amparo de los artículos 2 y 7

del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, del artículo 106,3 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de los artículos 13 y 96 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado mediante Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, adoptó el acuerdo de delegar en la Diputación de Sevilla, a través del Opaef, las facultades de gestión y recaudación de las multas por infracciones a la LTSV y las Ordenanzas municipales de circulación, así como, al amparo de lo previsto en el artículo 71.2 de la LTSV, delegar en el Opaef las competencias y funciones sancionadoras en dicha materia.

Y una vez suscrito con fecha 27 de mayo de 2013, el correspondiente convenio con la Diputación de Sevilla, se procede a publicar para general conocimiento.

En Mairena del Alcor a 29 de mayo de 2013.—El Alcalde, Ricardo A. Sánchez Antúnez.2W-7970

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MAIRENA DEL ALJARAFE

Habiéndose aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2012, la Ordenanza reguladora de la prestación del servicio público de fomento de la cultura musical a través de la formación y actos públicos de divulgación en el municipio de Mai-renadelAljarafe,yunavezsometidaainformaciónpúblicaduranteelplazodeun(1)mesenel«BoletínOficial»delaprovinciasinquesehayapresentadoalegaciónnireclamaciónalguna,seconsideraaprobadadefinitivamentedichaOrdenanzaconelsiguientetexto:«ordenanza reguladora de la Prestación del servicio Público de Fomento de la cultura musical a través de la Formación y actos

Públicos de divulgación

Exposición de motivos

El artículo 46 de la Constitución Española establece que «los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

El Decreto 233/1997 de 7, de octubre por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Autónoma de Andalucía hace mención a que en nuestra tierra «la música y la danza tiene un especial arraigo… lo que exige una oferta formativa que sea capaz de llegar a todo el entramado social que demanda este modo de acceso a la cultura». Incluso indica que se haga de un modo flexibleparallegaratodoslossectoressocialesycon«lacalidadnecesariaparaqueelmodelodeofertaeducativapuedasatisfaceradecuadamente la demanda existente.» Y por último resalta «de especial importancia la intervención de las Entidades Locales ya que su participación hace efectivo el principio de máxima proximidad de la Administración al ciudadano y de adaptación a las necesidades, demandas y al contexto socio-cultural del entorno».

De otra parte, la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, otorga competencia genérica para prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, al amparo de lo establecido en el artículo 85.3 b) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, crea el Instituto Municipal de Dinamización Ciudadana, como Organismo Autónomo Mu-nicipal con personalidad jurídica propia y plena capacidad para la gestión directa de los servicios públicos de competencia municipal en materia de Cultura.

Elartículo2apartado1,delosEstatutosdelInstitutoMunicipaldeDinamizaciónCiudadana,«BoletínOficial»delaprovincia166, de 19 de julio de 2000, indica como objeto «la prestación de servicio y realización de actividades de carácter deportivo, cultural… bien directamente o en colaboración con otras entidades públicas o privadas. En este mismo artículo, en su apartado 3 cita que «abar-

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 35

cará la gestión y ejecución de cuantos servicios y políticas públicas de competencia municipal que se le encomienden en materia de Deporte, Cultura, Juventud y Festejos que se implanten o se desarrollen en le Municipio para satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad de Mairena del Aljarafe en esta materia.»

FinalmentelaLey5/2012,de11dejunio,deAutonomíaLocaldeAndalucía,definecomoservicioslocalesdeinterésgeneral«los que prestan o regulan y garantizan las entidades locales en el ámbito de sus competencias y bajo su responsabilidad, así como las actividades y prestaciones que realizan a favor de la ciudadanía orientadas a hacer efectivos los principios rectores de las políticas pú-blicas contenidos en el Estatuto de Autonomía de Andalucía». Establece esta Ley, en su artículo 8, que «los municipios andaluces tienen competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otras niveles de gobierno». El artículo 30, rotulado «Creación de servicios públicos», determina, en su número 1, que «Las entidades locales acordarán, por medio de Ordenanza, la creación y el régimen de funcionamiento de cada servicio público local. La prestación del servicio s e iniciará a la entrada en vigor de la ordenanza correspondiente.

La Ordenanza reguladora de las prestaciones del servicio público debe determinan, al menos, lo siguiente:● Alcance, carácter, contenido y regularidad de las prestaciones que incluya.● Formadefinanciacióndelservicio,especificando,cunadoesténprevistasaportacionesdelosusuarios,siseestableceno

no diferencias económicas o merecedoras de especial protección.● Modalidades de gestión y sanciones que se puedan imponer al prestador.● Estándares de calidad del servicio.● Derechos y deberes de los usuarios.● Régimen de inspección y de valoración de calidad de cada servicio.La ciudadanía podrá exigir en la vía administrativa, o en el orden jurisdiccional correspondiente, la prestación del servicio

público en los estrictos términos regulados en la correspondiente Ordenanza.caPtítulo i

Alcance, carácter, contenido y regularidad de las prestaciones

Artículo 1.º Objeto. El objeto de la presente Ordenanza es la regulación del servicio público de la promoción de la cultura musical a través de

la formación reglada en la Escuela Municipal de Música y en clases magistrales en actuaciones con público.Artículo 2.º Espacios musicales.AefectosdeestaOrdenanza,sonEspaciosMusicaleslosbienesinmuebles,edificios,dependencias,recintosydotacionescuya

titularidad sea del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe destinados, total u ocasionalmente, a acoger cualquier manifestación musical con un objetivo de promoción de la cultura musical a través de la formación o exhibiciones de clases magistrales.

Entodocaso,seconsideraninstalacionesmunicipalesafectadaselAulariode«Lepantito»,elTeatroMunicipal,elAnfiteatro,asi como los que se incluyan expresamente por el órgano competente en el ámbito de la presente Ordenanza.

Artículo 3.º Calificación jurídica de los bienes destinados al servicio público.De conformidad con lo establecido en la normativa sobre bienes de las Entidades Locales de Andalucía, las instalaciones

municipalesafectadasostentanlacalificacióndebiendedominiopúblico,alaprestacióndelserviciopúblicodelapromocióndelacultura musical a través de la formación reglada en la Escuela Municipal de Música y en clases magistrales en actuaciones con público.

Artículo 4.º Alcance y carácter de las prestaciones.Elobjetivodelosespaciosculturalesconutilizaciónmusicalespecíficamenteesfomentarlainformación,elconocimiento,la

comunicación y la promoción de la cultura musical realizando actividades individuales o en grupo, con el carácter de servicio público municipal de interés general.

El alcance del servicio será el que se deriva de las funciones que se le atribuyen, entre otras, las siguientes:● Fomentar desde la infancia el conocimiento y apreciación de la música y atender a su amplia demanda social.● Procurar una formación teórica y práctica que permita disfrutar de la práctica individual de la música, sin limitación de

edad.● Ofrecerunaampliagamadeenseñanzasetoroalamúsica,flexibleyamplia,queintegretodoelabanicodeposibilidades

expresivas que estas enseñanzas tienen y que contemple, igualmente, la demanda del entorno sociocultural en el que se desarrolla las mismas.

● Recoger y difundir las tradiciones locales en materia de música no solo a través de la formación de los alumnos, sino tam-bién por la difusión directa mediante las clases magistrales abiertas al público en general.

● Organizar actuaciones públicas de divulgación.● Fomentar en el alumnado y su entorno el interés por la participación en agrupaciones vocales e instrumentales.● Proporcionar una enseñanza musical complementaria a la práctica instrumental.Artículo 5.º Contenido de la prestación.La prestación incluye todas aquellas tareas necesarias para el buen funcionamiento de cada espacio municipal donde se desa-

rrolle, y en particular, las siguientes:● Gestionar técnica, económica y socio-culturalmente el espacio físico municipal donde se desarrolle la prestación del ser-

vicio.● Custodiar y conservar el bien municipal y sus enseres puestos a disposición para la prestación del servicio.● Promover,planificar,organizarydifundirlaprestacióndelservicioparaconseguirlosmáximosnivelesdesatisfaccióny

afluenciadepúblico.● Correr con los gastos corrientes de administración y comunicaciones.● Gestionar el cobro de entradas de acuerdo con las tarifas que estén aprobadas para actividades musicales y/o actividades

culturales según el evento.

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36 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Artículo 6.º Regularidad y Horario de la prestación del servicio.Elcalendarioyhorariodelaprestacióndelservicioquedaráfijadoyvisiblealpúblicoalprincipiodecadacursoparalasacti-

vidades docentes ordinarias.Para las actividades puntuales, extraordinarias u ocasionales –seminarios, conciertos, encuentros musicales,…- se divulgarán

contiemposuficienteparagarantizarlamáximaasistenciadepúblico.Artículo 7.º Instrucciones de gestión del servicio.En caso de que los servicios sean prestados, parcialmente o en su totalidad, mediante gestión indirecta, el órgano de competi-

ción aprobará las oportunas Instrucciones de Gestión del Servicio, en desarrollo de los pliegos de condiciones, que deberán ajustarse, en todo caso, a la presente Ordenanza.

caPítulo ii

Forma de financiación del servicio

Artículo 8.º Financiación del servicio.El servicio público de la promoción de la cultura musical a través de la formación reglada en la Escuela Municipal de Música

yenclasesmagistralesenactuacionesconpúblico,sefinanciará,fundamentalmente:● Con el importe obtenido por el abono de matrícula y tasa publica para las actividades regulares y puntuales que así se

definan.● Con el abono anticipado de entradas a espectadores.● También serán susceptibles de obtener subvenciones de entidades públicas o privadas.● Incluso se aceptaran donaciones de particulares.

caPítulo iii

Modalidades de gestión y sanciones al prestador

Artículo 9.º Titularidad de los servicios.La titularidad de todos los bienes inmuebles de los espacios donde se preste el servicio existentes a la entrada en vigor de esta

Ordenanza es del Ayto de Mairena del Aljarafe, que podrá gestionarlos directa o indirectamente a través de los órganos y procedimien-tos contenidos tanto en la Ley de Autonomía Local de Andalucía, como e la Ley de Contratos del Sector Público. Esta gestión podrá abarcar la totalidad de los servicios que se presten o una parte de los mismos.

En todo caso, por razones de interés público, el Ayuntamiento de Mairena podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente.

Artículo 10.º Sanciones a imponer al prestador.En caso de gestión indirecta, los pliegos de cláusulas administrativas particulares establecerán un catálogo de incumplimientos

de las obligaciones del concesionario, distinguiendo entre los de carácter leve y grave. Los Pliegos de licitación para la prestación –total o parcial- del servicio deberán concretar tanto las infracciones como las sanciones que se puedan imponer al prestador del servicio, los órganos sancionadores, el procedimiento, la graduación y la cuantía económica de las mismas. Los incumplimientos graves darán lugar, además a la resolución de la concesión en los casos previstos e el correspondiente pliego.

El órgano de contratación podrá imponer penalidades de carácter económico, que se establecerán en los pliegos de forma pro-porcional al tipo de incumplimiento y a la importancia económica de cada explotación. El límite máximo de las penalidades anuales no podrá exceder del 20 por 100 de los ingresos obtenidos por la explotación durante el año anterior.

Con independencia del régimen de penalidades previsto en el pliego, el Ayuntamiento podrá también imponer al concesionario multas coercitivas cuando persista en el incumplimiento de sus obligaciones, siempre que hubiera sido requerido previamente y no las hubieracumplidoenelplazofijado.Afaltadedeterminaciónporlalegislaciónespecífica,elimportediariodelamultaseráde3.000€.

Las infracciones de las que se deriven daños en los bienes que integran los bienes municipales comprometidos en la prestación del servicio contratado llevarán aparejado, cuando sea posible, la obligación de reparación y restitución de las cosas a su estado general, y, en todo caso, la indemnización de los daños y perjuicios causados.

caPítulo iv

Estándares de calidad del servicio

Artículo 11.º Estándares de calidad.Los rangos de calidad en el servicio ofrecido a la ciudadanía vendrán derivados de los regulados por el Decreto 233/1997 de 7

de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tal y como se cita en este texto en su artículo 3 apartado 1: «Para asegurar la calidad educativa en el cumplimiento de sus objetivos, las escuelas que impartan música deberán abarcar, como oferta básica, dos de los siguientes ámbitos de actuación:

● Música y movimiento para niños y niñas en edades comprendidas entre los cuatro y los ocho años de edad.● Practica instrumental, sin límite de edad y necesariamente compaginada con la participación en materias de formación

musical o en actividades de conjunto….● Formación música, complementaria a la práctica instrumental.● Actividadesmusicalesavocalesdeconjunto.ContalfinlasEscuelasdeMúsicadeberánincluir,almenos,unaagrupación

vocal o una instrumental.»caPítulo v

Derechos y deberes de las personas usuarias

Artículo 12.º Derechos de los usuarios.● Arecibirinformaciónpreviasuficienteacercadeloscontenidosquevanarecibiralasistiroinscribirseenlasactividades

programadas para la correcta prestación del servicio.

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 37

● A recibir un trato digno y respetuoso por parte del personal responsable de la prestación del servicio.● A la atención de sus demandas y hojas de quejas y reclamaciones.● A tener a su disposición en todo momento un ejemplar de las instrucciones de gestión del servicio que se dicten (circulares,

calendario laboral, horarios de apertura y cierre, etc.)Artículo 13.º Deberes de los usuarios.● Hacer un uso correcto de las instalaciones durante su uso y disfrute, colaborando en su cuidado y mantenimiento del bien

público puesto a su disposición.● Atender las indicaciones y órdenes dadas por los responsables del servicio en cuanto al desarrollo de las visitas.● Al pago del precio de la entrada o precio publico –matricula y mensualidad- que haya sido establecido por el prestador del

servicio.● A mantener en todo momento un trato respetuoso y digno hacia los responsables del servicio, así como a todo el personal

y el resto de usuarios.● A respetar las normas establecidas en la presente Ordenanza, así como en la legislación concordante en la materia.Artículo 14.º Responsabilidad.Las personas usuarias deberán asumir la responsabilidad plena y directa por los daños y perjuicios que se produzcan que se pro-

duzcanenlasinstalacionesdurantesuestanciaenlasmismas,asícomolosocasionadosenlasdemásdependenciasdellocaloedificioy los sufridos por otras personas como consecuencia de sus actos.

Los padres, madres o tutores legales serán responsables en caso de incumplimiento de las normas de funcionamiento por los menores de edad.

caPítulo vi

Logotipo y publicidad

Artículo 15.º Logotipo.CorrespondealAyuntamientodeMairenadelAljarafeelusoyexplotacióndellogotipoydemásfigurasqueseandesutitu-

laridad. En los espacios musicales, programas de mano, rótulos, carteles,… y demás material divulgativo de las actividades que se prestenenservicioreguladoporestaOrdenanza,figuraráenlugarvisibleelAyuntamientodeMairenadelAljarafebajolasimágenescorporativasqueestedecidaencadamomento.Entodoslosedificios,enlugarvisible,figuraráellogotipodelAyuntamientodeMai-rena del Aljarafe.

Artículo 16.º Publicidad.Cualquier tipo de publicación o pieza publicitaria que se realice deberá ajustarse a la normativa que a tal efecto disponga el

Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe. Toda publicación y/o pieza publicitaria deberá contar con la supervisión y aprobación de la Delegación municipal que tenga atribuida la competencia.

caPítulo vii

Régimen de inspección y de valoración de calidad del servicio

Artículo 17. Inspección del servicio.La inspección y valoración de la calidad del servicio estará a cargo de la Delegación municipal que tenga atribuida la competen-

cia sobre promoción de cultura, favoreciendo la participación social o cuantos mecanismos considere oportunos para la incorporación deagentessocioculturalesycientíficosalaevaluaciónpública.»

En Mairena del Aljarafe a 31 de mayo de 2013.—El Alcalde–Presidente, Ricardo Tarno Blanco.8W-6846

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MAIRENA DEL ALJARAFE

La Jefa de Negociado de Recaudación.Hacesaber:QuenohasidoposiblepracticarlanotificaciónalDeudordelaAmpliacióndeResponsabilidaddefecha18de

marzo de 2013, abajo indicada; la misma se intentó el 17 de julio de 2013 siendo rehusada por la mujer y los días 29 de abril de 2013 y el 30 de abril de 2013, y se devuelven por el personal de reparto de los motivos «ausente», y «ausente», según queda acreditado en su correspondienteexpediente.Seprocedeapublicarelpresenteedictoenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillayeneltablóndeanunciosdelAyuntamientodeMairenadelAljarafe,conelfindecitaraldeudorquemásabajosedetalla,oasurepresentante,parasernotificadaporcomparecenciapormediodelpresenteanuncio,talycomoestablecenlosartículos112y170delaLey58/2003,de17de diciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicasydelProcedimientoAdministrativoComún(modificadoporlaLey4/1999,de13deenero);debecompare-cerenlaoficinadeSolgest,S.L.,GestiónTributariaMunicipaldelAyuntamientodeMairenadelAljarafe,sitaenPz.delasNaciones,Torre Norte 1.º, en horario de 8.00 a 14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desdeelsiguientealapublicacióndelpresenteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,conelfindeefectuarlanotificacióndela diligencia de embargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si transcurrido dicho plazo no comparece, la no-tificaciónseentenderápracticada,atodoslosefectoslegales,desdeeldíasiguientealvencimientodelplazoseñaladoparacomparecer.

Diligencia:Notificaciónaldeudordelaampliaciónderesponsabilidad.Del Castillo Cobo Luis.B.º Ciudad del Aljarafe, 9, 4.º 3.Mairena del Aljarafe.Sevilla.

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38 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Ayuntamiento de: Mairena del Aljarafe.Expediente número: 2009/1282.Asunto: Notificación al deudor de la ampliación del embargo.Notificación: 70291/1.Finca: 3846.En el expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la Hacienda Mu-

nicipal del Castillo Cobo Luis, NIF 27887160M domiciliado en B.º Ciudad del Aljarafe, 9, 4.º 3, conceptos anotados por ampliación de responsabilidad 2011 I.V.T.M. - 2012 BASURA-MAI - 2012 I.B.I. (Urb), se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2013 el siguiente:

Acuerdo. Habiéndose acumulado, de conformidad con el artículo 110.2 del Reglamento General de Recaudación, nuevos débitosalpresenteexpediente,yafindeasegurarlosinteresesdeesteAyuntamiento,seexpidemandamientoalSr.RegistradordelaPropiedad,paraquepractiqueanotacióndeembargosobrelafinca/syaanotadasanteriormente2007I.V.T.M.-2008I.V.T.M.-2009I.V.T.M. - 2010 I.B.I. (Urb) - 2010 BASURA-MAI - 2010 I.V.T.M. - 2011 BASURA-MAI - 2011 I.B.I. (Urb) Ciudad Aljarafe 9 4.º 3, porlosnuevosdébitosacumulados,todoellosinperjuiciodelaindicadaanotaciónyapracticada.Senotificaráaldeudor,yensucaso,a su cónyuge, terceros poseedores y acreedores hipotecarios, a los efectos oportunos.

Loquelenotificocomodeudor.Laampliaciónderesponsabilidaddelafincaofincastrabadaseslaquesigue:

Deuda anotada embargo preventivoPrincipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.229,26Recargo de apremio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 245,84Intereses de demora. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152,13Reservas para Costas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160,00Total: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.787,23

Deuda ampliación embargo preventivoPrincipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 515,59Recargo de apremio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 103,11Intereses de demora. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23,53Reservas para Costas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173,38Total: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 815,61

Contraelactonotificadocaberecurso,enelplazodeunmesacontardesdeeldíadelarecepcióndelapresentenotificaciónante el Tesorero del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Regula-dora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones señaladas en el artículo 101 del Reglamento GeneraldeRecaudación,aprobadoporRealDecreto1684/1990,de20dediciembre(«BoletínOficialdelEstado»3-1-1991).

Sinperjuiciodecuantoantecede,pongoensuconocimientoqueelpagodelosdébitospuedeefectuarseenlaOficinaMunicipalde Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo.

Mairena del Aljarafe a 17 de mayo de 2013.—La Jefa de la Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera.————

La Jefa de Negociado de Recaudación.Hacesaber:Quenohasidoposiblepracticarlanotificaciónaldeudordelaampliaciónderesponsabilidaddefecha18demarzo

de 2013, abajo indicada; la misma se intentó el 17 de julio de 2013 siendo rehusada por ella misma y los días 29 de abril de 2013 y el 30 de abril de 2013, y se devuelven por el personal de reparto de los motivos «ausente», y «ausente», según queda acreditado en su correspondienteexpediente.Seprocedeapublicarelpresenteedictoenel«BoletínOficial»delaprovinciadeSevillayeneltablóndeanunciosdelAyuntamientodeMairenadelAljarafe,conelfindecitaraldeudorquemásabajosedetalla,oasurepresentante,parasernotificadaporcomparecenciapormediodelpresenteanuncio,talycomoestablecenlosartículos112y170delaLey58/2003,de17de diciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicasydelProcedimientoAdministrativoComún(modificadoporlaLey4/1999,de13deenero);debecompa-recerenlaoficinadeSolgest,S.L.,GestiónTributariaMunicipaldelAyuntamientodeMairenadelAljarafe,sitaenPzdelasNaciones,Torre Norte 1.º, en horario de 8.00 a 14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desdeelsiguientealapublicacióndelpresenteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,conelfindeefectuarlanotificacióndela diligencia de embargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si transcurrido dicho plazo no comparece, la no-tificaciónseentenderápracticada,atodoslosefectoslegales,desdeeldíasiguientealvencimientodelplazoseñaladoparacomparecer.

Diligencia:Notificaciónaldeudordelaampliaciónderesponsabilidad.Corbalán Olmedo Encarnación.B.º Ciudad del Aljarafe, 9, 4.º 3.Mairena del Aljarafe.Sevilla.Ayuntamiento de: Mairena del Aljarafe.Expediente número: 2009/1282.Asunto: Notificación al Deudor de la Ampliación del Embargo.28341104K.Notificación: 70291/1.Finca: 3846.En el expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la Hacienda Mu-

nicipal del Castillo Cobo Luis NIF 27887160M domiciliado en B.º ciudad del Aljarafe, 9, 4.º 3, conceptos anotados por ampliación de responsabilidad 2011 I.V.T.M. - 2012 BASURA-MAI - 2012 I.B.I. (Urb), se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2013 el siguiente:

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 39

Acuerdo. Habiéndose acumulado, de conformidad con el artículo 110.2 del Reglamento General de Recaudación, nuevos dé-bitosalpresenteexpediente,yafindeasegurarlosinteresesdeesteAyuntamiento,seexpidemandamientoalSr.RegistradordelaPropiedad,paraquepractiqueanotacióndeembargosobrelafinca/syaanotadasanteriormente2007I.V.T.M.-2008I.V.T.M.-2009I.V.T.M. - 2010 I.B.I. (Urb) - 2010 BASURA-MAI - 2010 I.V.T.M. - 2011 BASURA-MAI - 2011 I.B.I. (Urb) Ciudad Aljarafe 9 4.º 3, porlosnuevosdébitosacumulados,todoellosinperjuiciodelaindicadaanotaciónyapracticada.Senotificaráaldeudor,yensucaso,a su cónyuge, terceros poseedores y acreedores hipotecarios, a los efectos oportunos.

Loquelenotificocomodeudor.Laampliaciónderesponsabilidaddelafincaofincastrabadaseslaquesigue:Deuda anotada embargo preventivo

Principal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.229,26 euros.Recargo de apremio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 245,84 euros.Intereses de demora. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152,13 euros.Reservas para Costas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160,00 euros.Total: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.787,23 euros.

Deuda ampliación embargo preventivoPrincipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 515,59 euros.Recargo de apremio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 103,11 euros.Intereses de demora. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23,53 euros.Reservas para Costas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173,38 euros.Total: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 815,61 euros.

Contraelactonotificadocaberecurso,enelplazodeunmesacontardesdeeldíadelarecepcióndelapresentenotificaciónante el Tesorero del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Regula-dora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones señaladas en el artículo 101 del Reglamento GeneraldeRecaudación,aprobadoporRealDecreto1684/1990,de20dediciembre(«BoletínOficialdelEstado»3-1-1991).

Sinperjuiciodecuantoantecede,pongoensuconocimientoqueelpagodelosdébitospuedeefectuarseenlaOficinaMunicipalde Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo.

Mairena del Aljarafe a 17 de mayo de 2013.—La Jefa de la Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera.4W-7438

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MORÓN DE LA FRONTERA

Don Juan Manuel Rodríguez Domínguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 16 de mayo de 2013, aprobó inicialmente

elexpedientedemodificacióndecréditosnúmero4delpresupuestoprorrogadode2012,porunimportetotalde1.143.707,60euros.Dicho expediente queda expuesto al público por plazo de quince días, a partir de la inserción de este edicto en el «Boletín

Oficial»delaprovincia,paraqueporlosinteresadospuedanpresentarselasalegacionesqueestimenoportunas,quedandoelevadoadefinitivoelcitadoacuerdosinosepresentarenreclamacionescontraelmismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Morón de la Frontera a 20 de mayo de 2013.—El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Rodríguez Domínguez.

253W-7392————

MORÓN DE LA FRONTERA

Don Juan Manuel Rodríguez Domínguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudadHace saber: Que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Frontera, en sesión celebrada el día 16 de mayo de 2013,

aprobóinicialmenteelexpedientedemodificacióndecréditosnúm.2-2013,delPresupuestoProrrogado2012,delPatronatoMunicipalde Deportes, por un importe total de 11.000,00 euros.

El citado expediente queda expuesto al público por plazo de quince días para que puedan presentarse las reclamaciones que los interesadosestimenoportunas,quedandoaprobadodefinitivamentesinosepresentaranreclamacionescontraelmismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Morón de la Frontera a 27 de mayo de 2013.—El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Rodríguez Domínguez.

253W-8178————

MORÓN DE LA FRONTERA

Don Juan Manuel Rodríguez Domínguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Fra., en sesión celebrada el día 16 de mayo de 2013, apro-

bóinicialmenteelexpedientedemodificacióndecréditosnúm.1-2013delPresupuestoProrrogado2012,delPatronatoMunicipaldeDeportes, por un importe total de 2.400,00 euros.

El citado expediente queda expuesto al público por plazo de quince días para que puedan presentarse las reclamaciones que los interesadosestimenoportunas,quedandoaprobadodefinitivamentesinosepresentaran reclamaciones contra el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Morón de la Frontera a 27 de mayo de 2013.—El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Rodríguez Domínguez.

253W-8177

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40 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

OLIVARES

Don Isidoro Ramos García, Acalde–Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que de conformidad con el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez formulada y rendida la Cuenta General de la empresa pública Sodeol 98, S.L., correspondiente al ejercicio económico 2010-2011, en sesión de la Asamblea General celebrada el 23 de mayo de 2013, se expone al público por plazo de quince (15) días, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar reclama-ciones, reparos y observaciones que tengan por convenientes. Por ser empresa pública de necesaria consolidación.

En Olivares a 28 de mayo de 2013.—El Alcalde–Presidente, Isidoro Ramos García.8W-8141

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OLIVARESHabiendoseinstruidoporlosservicioscompetentesdeesteAyuntamiento,expedientederectificacióndecerradosdeobliga-

cionesreconocidasenejerciciosanterioresquesedetallanenelanexoquefiguraalpiedelpresenteanuncioasícomodederechosreconocidos,seconvoca,porplazodetreinta(30)días,tramitedeinformaciónpública,afindequequienespudierantenerseporinte-resados en dicho expediente, puedan compadecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

Relacióndetitularesdecréditosquefiguranenelexpedienteyquepuedenverseafectadosporelmismo:Partida original Partida actual Tercero CIF Concepto Importe

32.322.700 232.227 AIMACICLOS B41767765 FAC.N°004/07BIS 180,0022.222.622 13.022.699 SANTABARBARA B41776436 FAC.N°10 544,0446.322.300 232.223 AUTOCARESGUASCH B41608332 FAC.N°138/06 181,9046.322.300 232.223 AUTOCARESGUASCH B41608332 FAC.N°139/06 214,0046.322.300 232.223 AUTOCARESGUASCH B41608332 FAC.N°140/06 321,0046.322.300 232.223 AUTOCARESGUASCH B41608332 FAC.N°141/06 321,0012.122.001 92.022.001 CEMCI P6800004A FAC.N°403 100,0045.221.351 340.213 LUISSILVARODRIGUEZ 28720987J RESTOFAC.N°15 1.181,8345.222.608 34.022.699 COYMA B21339478 FAC.N°G00050 1.113,6045.122.651 33.122.699 GARRIDOMUSICA B21231709 FAC.N°A/3888 92,8031.321.231 230.213 ANAISABELGONZALEZROBAYO 52221734G FAC.N°125 150,8045.122.651 33.122.699 JONDOPRODUCCIONES 641681347 FAC.N°209/07 800,0045.222.608 34.022.699 LUNAT1KAATAR/kZANA G91305946 FAC.N°1 300,0011.122.601 91.222.601 HNOS.FRAILE(MESONLABRASA) G91343954 FAC.N°006/07 96,0411.122.601 91.222.601 HNOS.FRAILE(MESONLABRASA) G91343954 FAC.N°007/07 117,0211.122.601 91.222.601 HNOS.FRAILE(MESONLABRASA) G91343954 FAC.N°008/07 66,4411.122.601 91.222.601 HNOS.FRAILE(MESONLABRASA) G91343954 FAC.N°005/07 93,3212.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-000264 14,5712.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-000265 25,0212.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-000266 448,0912.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-000255 222,2112.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-000254 217,8712.222.603 92.022.604 MANUELSANTOSLOPEZ 27824690A FAC.N°01-07-002013 25,8522.222.608 13.022.699 PUBUVEGA B91487835 FAC.N°A/392 439,6512.122.412 920.224 ZURICHESPANA A28360527 POUZAN°00089502541841 392,53Total cantidad obligaciones a prescribir 7.659,58

Elpresenteanuncioservirádenotificaciónalosinteresados,encasodequenopuedaefectuarselanotificaciónpersonaldelotorgamiento del trámite de audiencia.

En Olivares a 29 de mayo de 2013.—El Alcalde–Presidente, Isidoro Ramos García.8W-8137

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PALOMARES DEL RÍO

Aprobadodefinitivamenteelexpedientedemodificacióndecréditosnúmero4/2013,enlamodalidaddecréditosextraordina-riosfinanciadosmedianteanulacionesobajasdecréditosdeotraspartidas,delPresupuestomunicipalparaelejercicio2013,Presu-puesto prorrogado del año 2010,

Único. Por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Regu-

ladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:altas en Partidas de gastos

Partida Descripción EurosFuncional Económica Descripción Importe

920 120.00 Administración general. Retribuciones grupo A1 14.600,00 €

baJas o anulaciones en Partidas de gastos

Funcional Económica Descripción Importe

920 120.01 Administración general. Retribuciones grupo A2 14.600,00 €

Según lo establecido en el artículo 171.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales,contralaaprobacióndefinitivapodráinterponersedirectamenterecursocontencioso-administrativoenlaformayplazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Palomares del Río a 4 de junio de 2013.—La Alcaldesa-Presidenta. (Firma ilegible.)8W-8101

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 41

PALOMARES DEL RÍO

Aprobadodefinitivamenteelexpedientedemodificacióndecréditosnúmero3/2013,enlamodalidaddecréditosextraordina-riosfinanciadosmedianteanulacionesobajasdecréditosdeotraspartidas,delPresupuestomunicipalparaelejercicio2013,Presu-puesto prorrogado del año 2010,

Único. Por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Regu-

ladora de las Haciendas Locales , se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:altas en Partidas de gastos

Partida Descripción EurosFuncional Económica Descripción Importe

171 227.06 Parques y Jardines.Trabajos realizados para otras empresas. Estudios y Trabajos Técnicos. 45.000,00 €

baJas o anulaciones en Partidas de gastos

Funcional Económica Descripción Importe

334 449 Promoción cultural. Otras subvenciones a entes públicos y sociedades mercantiles. 45.000,00 €

Según lo establecido en el artículo 171.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales,contralaaprobacióndefinitivapodráinterponersedirectamenterecursocontencioso-administrativoenlaformayplazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Palomares del Río a 4 de junio de 2013.—La Alcaldesa-Presidenta. (Firma ilegible.)8W-8102

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LA PUEBLA DE CAZALLA

Don Antonio Martín Melero, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que, con fecha 31 de mayo de 2013, por esta Alcaldía se dictó un Decreto que dice como sigue:«Decreto. En La Puebla de Cazalla a 31 de mayo de 2013.Visto el informe emitido por el Arquitecto municipal de fecha de 23 de noviembre de 2013, en el que se informa del estado de

conservación en que se encuentra el bloque de osarios ubicados en al calle Santa Ana del cementerio municipal de nuestra localidad, y en el que se indica lo siguiente:

«Recibida diligencia verbal de la Alcaldía de este Ayuntamiento, de fecha 16 de noviembre de 2012, para que se informe del estado de conservación en que se encuentra el bloque de osarios ubicados en la calle Santa Ana del cementerio municipal; desplazados los Servicios Técnicos al lugar de referencia y después de efectuar el reconocimiento del misma, se emite el siguiente:

inForme

1.º El mencionado bloque de osarios corresponden a los situados en la calle Santa Ana, se encuentra ubicado en la calle Santa Ana,comprendidoentrelascallesSanJoséySantoÁngelCustodio,concretamentelososariosnúmero2,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;numero4,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número6,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número8,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;numero10,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número12,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número14,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número16,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número18,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número20,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número22,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número24,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número26,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;ynúmero28,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª.Loquehaceuntotaldesetentaosariosenelbloque.

2.ºLaedificaciónestructuralmenteseconformamediantemurosverticalesdeun(1)piedeespesordeladrillomacizo,condivisiones intermedias, para formalizar los osarios, realizadas mediante bóvedas de doble hoja de la misma tipología de ladrillos.

3.ºInspeccionadadetenidamentelaedificación,seobservaquesehaproducidounadegradacióndeestaporfaltademanteni-miento, que afecta a perdida de mortero en las llagas y tendeles, así como desprendimientos de los ladrillos que conforman las bóvedas de cubierta y suelo de los osarios; dando como resultado un estado de ruina física generalizado en toda la construcción.

4.ºElconjuntodeobrasarealizarparasuafianzamiento,esdetalnaturalezaquenosepuedehablardereparaciónpormediosnormales, como es el caso de obras que implican reconstrucción de elementos arquitectónicos sustanciales, de tal manera que sea necesariodemolerparasustituirpartesestructuralesdeledificio.Dichareparación,talycomosedescribeenelestadodemedicionesy presupuesto que se acompaña, supone un coste de trece mil trescientos veintitrés euros con veinticinco céntimos, lo que supone un cincuenta y ocho por ciento del coste de la construcción de nueva planta, con similares características de dimensiones equivalentes que alcanza la cantidad de veintidós mil novecientos sesenta y tres euros con setenta y un céntimos cuyo estado, comparativo, de medicio-nes y presupuesto se acompaña.

Cumpliéndose por tanto el punto 3 del artículo 155 de la Ley 7/202, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Anda-lucía, al superar el contenido normal del deber de conservación.

5.ºDadaelestadoenqueseencuentralaedificaciónquedaclaroqueentraenlossupuestosderuinaurbanísticaquesedescribenen el artículo 157.a de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Debiendo procederse por tanto y la realización de las medidas de protección necesarias, que en caso de desplome evite daños a personas.

6.º Por lo anteriormente descrito esta en claro peligro la estabilidad del bloque de osarios que no se estimaba recuperable, de-biendo demolerse este previo traslado de los restos existentes en los mismos.»

Considerando, lo establecido en los artículos 17 a 28 Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Regla-mento de disciplina urbanística, en que se regula el procedimiento de declaración de ruina de las construcciones.

Considerando que, conforme al artículo 155.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), el contenido normal del deber de conservación está representado por la mitad del valor de una construcción de nueva planta, consimilarescaracterísticaseigualsuperficieútilo,ensucaso,dedimensionesequivalentesquelapreexistente,realizadaconlascondiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable.

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42 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Considerando que, conforme al artículo 157 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), «1. Procederá la declaración delasituaciónlegalderuinaurbanísticadeunaconstrucciónoedificaciónenlossiguientessupuestos:

a)Cuandoelcostedelasreparacionesnecesariasparadevolveralaqueestéensituacióndemanifiestodeteriorolaestabilidad,seguridad,estanqueidadyconsolidaciónestructuralessupereellímitedeldebernormaldeconservación,alqueserefiereelartículo155.3 de esta Ley.

2. Corresponderá al municipio la declaración de la situación legal de ruina urbanística, previo procedimiento determinado re-glamentariamente, en el que, en todo caso, deberá darse audiencia al propietario y los demás titulares de derechos afectados.

3. La declaración de la situación legal de ruina urbanística:a) Deberá disponer las medidas necesarias para evitar daños a personas y bienes, y pronunciarse sobre el incumplimiento o no

deldeberdeconservacióndelaconstrucciónoedificación.Enningúncasocabrálaapreciacióndedichoincumplimientocuandolaruina sea causada por fuerza mayor, hecho fortuito o culpa de tercero, así como cuando el propietario haya sido diligente en el mante-nimiento y uso del inmueble.

Considerando que, dada la antigüedad de los títulos funerarios, conforme establece el artículo 3 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía, aprobado por Decreto 95/2001, en las construcciones funerarias afectadas sólo se encuentran restos cadavéricos y que por tanto se cumplen además los requisitos de los artículos 23 y 24 del citado Reglamento, en los que se contempla que para traslados dentro del mismo cementerio la competencia de dicha autorización es municipal.

AtendiendoaqueelTécnicoMunicipalconsideraqueelestadoenqueseencuentralaedificaciónquedaclaroqueentraenlossupuestos de Ruina Urbanística que se describen en el artículo 157 a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), debiendo procederse por tanto a la realización de las medidas de protección necesarias, que en caso de desplome evite daños a personas y debiendo demolerse y previo traslado de los restos existentes en los mismos.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 30 de mayo de 2013, y conocido su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 157 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Considerando lo previsto en el artículo 21.1 d) de la vigente 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local. y demás normativa concordante de general y pertinente aplicación, he resuelto:

Primero.—Incoar el expediente contradictorio de declaración de ruina de los osarios que a continuación se detallan, situados en el cementerio municipal de La Puebla de Cazalla ( Sevilla), y ubicados en la calle Santa Ana y que se detallan a continuación:

osarios

Número2,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;numero4,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número6,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número8,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;numero10,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número12,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número14,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número16,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número18,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número20,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número22,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número24,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;número26,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª;ynúmero28,filas1ª,2ª,3ª,4ªy5ª.

Segundo.—Ponerelexpedientedemanifiestoalostitularesdelosderechossobrelososarios,quesecontienenenlarelaciónanexa,paraqueenunplazodediez(10)díashábilesacontardesdeelsiguientealdelanotificacióndelapresenteresolución,aleguenypresentenporescrito,anteesteAyuntamiento,losdocumentosyjustificacionesqueestimenpertinentesendefensadesusrespectivosderechos.

Tercero.—Dar traslado de la presente resolución al personal a los Servicios Técnicos municipales para su conocimiento y efectos.

Cuarto.—Notificarlapresenteresoluciónalosinteresados,significándolesquecontralapresenteresoluciónporserunactodetrámite no cabe recurso alguno.

Quinto.—Publicareneltablóndeanunciosyen«BoletínOficial»delaprovinciaalosefectosprevistosenelartículo59.5delaLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

Loquesehacepúblicoparageneralconocimiento,indicandoqueelexpedientequedademanifiestoalostitularesdederechosyafectados al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles desde la publicación del presente edicto, de conformidad con los artículos157delaLOUAy84delaLRJAP-PAC,puedanpersonarseenelmismoyalegarypresentarlosdocumentosyjustificantesqueconsiderenoportunos.Estapublicaciónsirvedenotificación,alosefectosprevistosenelartículo59.5delaLRJP-PAC,paralosinteresadosdesconocidoscuandoseignoreellugardelanotificaciónobienintentadalanotificación,nosehubierapodidopracticar.

En La Puebla de Cazalla a 3 de junio de 2013.—El Alcalde–Presidente, Antonio Martín Melero.anexo

cementerio municiPal de la Puebla de cazalla

calle santa ana

Fila / Núm. Titular Restos de:2ª 4 Vicenta Álvarez González o Herederos Francisco Álvarez González4ª 4 Hermanos Moreno Correa o Herederos Concepción Correa Santiago Concepción Moreno Correa y Francisco Moreno Sánchez3ª 6 Bernardo Vargas Terrón o Herederos Ignacio Vargas Terrón Ignacio Vargas López M.ª del Carmen Terrón Núñez5ª 6 Manuel Torres Sánchez o Herederos Manuel Torres Marín3ª 8 Dolores Correa Gómez o Herederos Agustín Montiel Andrade1ª 12 Juan Núñez Díaz o Herederos Custodio Núñez Galván1ª 14 María Josefa Avalos Torres o Herederos Genaro Márquez Jiménez Juan Márquez Gómez2ª 14 Julio Camacho Fernández o Herederos Francisco Camacho Rivero3ª 16 Francisco Fuentes Povedano o Herederos Francisco Fuentes Aguilera2ª 18 Dolores Gómez Parejo o Herederos Dolores López Núñez Antonio Gómez Martos Francisca Parejo Gutiérrez

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Lunes 17 de junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 43

2ª 20 Josefa Santos Pino o Herederos Francisco Santos Pino5ª 20 Francisco Pachón Ruiz o Herederos Francisco Pachón Barraquero1ª 22 Antonia Medrano Barroso o Herederos Antonio Montesinos León4ª 22 Dolores Pérez Delgado o Herederos Dolores Delgado Baena1ª 24 José Romero Reina o Herederos Francisca Rodríguez Olmedo1ª 26 Antonio Andrade Martín o Herederos Josefa Martín Zamora2ª 26 Juan Gómez Moreno o Herederos Juan Gómez Ortega Rosario Moreno Moreno2ª 28 José González Núñez o Herederos Carmen Núñez Brunet5ª 28 José Mª Osuna Ramos o Herederos Manuel Osuna Ramos Mercedes Osuna Ramos

8W-8174————

LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificacióndelainiciacióndelosexpedientessancionadoresqueseindican,instruidosporestaAlcaldía,alapersonaoentidaddenunciadaqueacontinuaciónserelaciona,yaquehabiéndoseintentadolanotificaciónenelúltimodomicilioconocido,estanosehapodido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Secretaría General de este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentrodelplazodequince(15)díashábiles,contadosdesdeelsiguientealdelapublicacióndelpresenteenel«BoletínOficial»delaprovincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas eesoluciones.

Expediente: 196 / 2013.DNI/CIF: 10773644-F.Nombre: Don Julio Ruiz Sánchez.Precepto: 2.94.2.73.Cuantía: 100 euros .En La Puebla de Cazalla a 23 de mayo de 2013.—El Alcalde–Presidente, Antonio Martín Melero.

8W-7655————

EL REAL DE LA JARA

El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2013, adoptó acuerdo sobre aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado de los Animales de Compañía.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que durante el plazo de treinta días, a contar del siguiente aldelapublicacióndeesteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,losinteresadospodránpresentarcuantasreclamacionesysugerencias estimen pertinentes, en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en Plaza de Andalucía, 8.

En El Real de la Jara a 17 de abril de 2013.—El Alcalde-Presidente, Carmelo Cubero Cascajosa.4W-7441

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EL REAL DE LA JARA

El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2013, adoptó acuerdo sobre aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Archivo Municipal del Ayuntamiento de El Real de la Jara.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que durante el plazo de treinta días, a contar del siguiente aldelapublicacióndeesteanuncioenel«BoletínOficial»delaprovincia,losinteresadospodránpresentarcuantasreclamacionesysugerencias estimen pertinentes, en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en Plaza de Andalucía, 8.

En El Real de la Jara a 17 de abril de 2013.—El Alcalde-Presidente, Carmelo Cubero Cascajosa.4W-7440

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UTRERA

Doña María Dolores Pascual González, Alcaldesa–Presidenta Accidental del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.Hacesaber:Quenohabiéndosepodidollevaracabonotificaciónconformealodispuestoenlosartículos59.5y61delaLey

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a la persona que a continuación se relaciona, por mantenerse ausente de su domicilio en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, pormediodelpresenteedictosehacepúblicalasiguientenotificación:

Interesado: Don Francisco Borrego Fernández.DNI: 75.478.747- S.Dirección: Calle Doctor Fleming número 3, Utrera (Sevilla).De acuerdo con lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Sevilla, en resolución de fecha 27

de mayo de 2013:

Fila / Núm. Titular Restos de:

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44 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 138 Lunes 17 de junio de 2013

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria ..................... 2,10Inserción anuncio, línea urgente ....................... 3,25

Importe mínimo de inserción ........................... 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales .............. 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Por el presente le comunico que por don Andrés Cano Vázquez se ha interpuesto recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Sevilla al que le ha correspondido el número 275/2012, contra «la resolución de 10/05/2012 en la que se acuerda desestimar el recurso de reposición presentado por don Andrés Cano Vázquez, dimanante del Ex-pediente 451/2009».

Loquelecomunicoatenordelodispuestoenelartículo49delaLey29/1998,de13dejulio,afindequeenelplazomásbreveposible, se persone en autos como parte interesada si a su derecho le conveniere, así como a los efectos previstos en el punto cuarto c9 delaDisposiciónAdicionaldecimocuartadelaLeyOrgánica19/2003,de23dediciembre,demodificacióndelaLey6/1985,de1dejulio, del Poder Judicial.

En Utrera a 6 de junio de 2013.—La Alcaldesa-Presidenta Accidental, María Dolores Pascual González.8W-8144

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS————

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CORNISA SIERRA NORTE

Don Álvaro Lara Vargas, Presidente de la Mancomunidad Cornisa Sierra Norte.Hace saber: Que en la sesión de la Comisión Gestora, de fecha 4 de junio de 2013, se acordó aprobar inicialmente el Presu-

puesto General, bases de ejecución y la plantilla del personal funcionario y laboral para el ejercicio 2012 de la Mancomunidad Cornisa Sierra Norte, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por el plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

DeconformidadconelacuerdoadoptadoelPresupuestoseconsiderarádefinitivamenteaprobadosiduranteelcitadoplazonose presentan reclamaciones.

Gerena a 5 de junio de 2013.—El Presidente, Álvaro Lara Vargas.2W-8278

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MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CORNISA SIERRA NORTE

Don Álvaro Lara Vargas, Presidente de la Mancomunidad Cornisa Sierra Norte.Hace saber: Que en la sesión de la Comisión Gestora, de fecha 4 de junio de 2013, se acordó aprobar inicialmente el Presu-

puesto General, bases de ejecución y la plantilla del personal funcionario y laboral para el ejercicio 2013 de la Mancomunidad Cornisa Sierra Norte, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por el plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

DeconformidadconelacuerdoadoptadoelPresupuestoseconsiderarádefinitivamenteaprobadosiduranteelcitadoplazonose presentan reclamaciones.

Gerena a 5 de junio de 2013.—El Presidente, Álvaro Lara Vargas.2W-8276