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7/27/2019 [t4] El Poder Judicial
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EL PODER JUDICIAL
1. El Poder Judicial: Rgimen jurdico.
Ttulo VI de la Constitucin de 1978.
Ley Orgnica del Poder Judicial (6/1985, de 1 de julio).
EstructuraJurisdiccional
Tribunal SupremoAudiencia NacionalJuzgados CentralesTribunal Superior de Justicia CA.Audiencia ProvincialJuzgadosJuzgados de 1 Instancia
Juzgados de pazPresidente elegido por el pleno delayuntamiento por mayora absoluta
Principios que
rigen el poderjudicial
De Origen popular de la justicia.De independencia.De responsabilidad.De exclusividad.De sometimiento a la ley.De imperatividad (Obligatorio cumplimiento).De gratitud, oralidad, publicidad y motivacin de las sentencias judiciales.De autogobierno. (Consejo General del Poder Judicial).
De participacin popular en la administracin de justiciaMediante el Jurado, regulado por la LO 5/1995, de 22 de mayo.El Tribunal del Jurado se constituye en el mbito de la AudienciaProvincial yestar integrado por
9 jurados (ciudadanos).1 Magistrado Presidente.2 jurados suplentes.
De unidad jurisdiccional:Es la base de la organizacin y funcionamiento de los tribunales.Es nica y se ejerce por los Juzgados y Tribunales previstos en la LOPJ.
2. El Consejo General del Poder Judicial
El rgano de gobierno del poder judicialejerce las funciones de
las salas de Gobierno del TSla Audiencia Nacionallos Tribunales Superiores de Justicia.
Es cometido principal del CGPJ velar por la garanta de la independencia de los Jueces yMagistrados en el ejercicio de las funciones.
RgimenJurdico
Reglamento de Organizacin y Funcionamiento aprobadoel 22 de abril de 1986.
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2.1. Composicin personal
Integrado Presidente TS
20 miembros
DuranteMediante Real
Decreto
Refrendado porel Presidente del
GobiernoCGPJ 5 aos
Nombrados por el Rey
Propuestos 10 Congreso Mayora de3/510 Senado
12 carrera judicial8 abogados y juristas (+15 aos experiencia)
Forma de
designacinde los vocalesde origen judicial
- Jueces y magistrados en servicio activo.- A propuesta de las Cmaras, 6 cada una por mayora de 3/5.- Los candidatos sern presentados (hasta el triple, 36) para las
asociaciones profesionales de jueces y magistrados o por el 2 por 100en servicio activo.
- Entre los 36 candidatos elegidos, se elegirn primero 6 vocales por elCongreso y luego 6 por el Senado de los candidatos restantes.
Designacindel resto de
vocales
- Los 8 restantes sern elegidos por el Congreso y el Senado entreabogados y otros juristas de reconocida competencia con ms de 15aos de ejercicio profesional.
- El Pleno de cada Cmara elegir 4 vocales por mayora de 3/5.
Mandato yrenovacin
- Se renovar en su totalidad cada 5 aos.- Con 6 meses de antelacin a la expiracin del mandato del Consejo, su
Presidente se dirigir a los de las Cmaras para que se proceda a laeleccin de los nuevos vocales.
Sesinconstitutiva(1 reunin)
- Presidida por el Vocal de mayor edad y se celebrar una veznombrados los 20 vocales tomarn posesin de su cargo prestandojuramento ante el Rey.
- El Consejo saliente continuar en funciones hasta la toma de posesindel nuevo Consejo.
- El cese anticipado de un Vocal del CGPJ dar lugar a su sustitucin.
Personal alservicio del CGPJ
- Los miembros de la Carrera Judicial o Fiscal.- Miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
- Miembros del Cuerpo de
- Gestin Procesal y Administrativa- Tramitacin Procesal y
Administrativa- Auxilio al servicio de la
Administracin de Justicia- Funcionarios de las Administraciones Pblicas.
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2.2. Organizacin funcional
PresidenteVicepresidentePlenoComisin PermanenteComisin DisciplinariaComisin de CalificacinComisin de Igualdad
- de Estudios e Informes- de Presupuestos.- de Relaciones Internacionales.- de Organizacin y Modernizacin Judicial.- Mixta de Relaciones con el Ministerio de Justicia.- de Relaciones con las Comunidades Autnomas.
Otras comisiones
Elpresidente
Nombramiento
y origen
- Es nombrado por el Rey, a propuesta del CGPJ entre miembros dela carrera judicial o juristas con ms de 15 aos de antigedad.
- El Presidente NO es uno de los 20 vocales.- Su mandato durar 5 aos y podr ser reelegido y nombrado por
una sola vez para un nuevo mandato.
- La propuesta ser por mayora de 3/5.- Se nombrar por Real Decreto refrendado por el Presidente delGobierno.
- Prestar juramento ante el Rey y tomar posesin de su cargo antelos plenos del CGPJ y del TS en sesin conjunta.
Funciones
- Ostentar la representacin del Consejo.- Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisin
Permanente, decidiendo los empates de voto de calidad.- Fijar en el orden del da de las sesiones del Pleno y de la Comisin
Permanente.
- Ejercer la superior direccin de la actividad de los rganostcnicos del Consejo.
Causas de Cese
- Haber expirado su mandato.- Renuncia.- Incapacidad o incumplimiento grave de los deberes del cargo
apreciada por 3/5 del pleno del Consejo.
El
Vicepresidente
Nombramientoy origen
Es nombrado por el Rey, a propuesta del Pleno del Consejopor mayora de 3/5 de entre sus miembros.
Funciones- Sustituir al Presidente.- Los dems que le atribuyan las leyes.
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ElPleno
Composicin Est integrado por el presidente y 20 vocales
Funciones
- Propuesta de nombramiento.- Evacuar la audiencia.- Aprobar la memoria anual.
- Elaborar el Presupuesto del CGPJ.- Dirigir la ejecucin del presupuesto del Consejo y controlar su
cumplimiento.- Otras que correspondan al CGPJ.
Constitucin(Cuando se forma)
- El pleno quedar vlidamente constituido cuando se hallen presentesal menos 14 de sus miembros, con asistencia de su Presidente o dequien legalmente le sustituya.
Reuniones
- Sus reuniones sern convocadas por el Presidente o en su caso por elvicepresidente, en sesiones: Ordinarias Extraordinarias, cuando lo soliciten cinco de sus miembros
incluyendo en el orden del da los asuntos a tratar. (Fuera delcalendario laboral)
LaComisinPerm
anente
Composicin
- Est compuesta por el Presidente y 4 vocales designados por el plenode CGPJ por mayora de 3/5, para un periodo de 1 ao.
-Vocales sedesignan
2 del grupo perteneciente a la Carrera Judicial2 del grupo de Abogados y juristas
Funciones
- Preparar las sesiones del pleno.- Velar por la exacta ejecucin de los acuerdos del Pleno del Consejo.- Decidir nombramientos de Jueces y Magistrados que no sean de
competencia del Pleno.- Autorizar el escalafn (jerarqua) de la Carrera Judicial.
Reuniones Slo sern vlidas con asistencia de 3 al menos.
LaComisinDisciplinaria
Composicin
- Integrada por 5 miembros designados por el Pleno, de entre susvocales por mayora de 3/5 para un perodo de un ao.
-El presidente se elige por mayora de entre sus miembros.- Vocales se
designan3 entre el grupo de la Carrera judicial.2 del grupo de abogados y juristas.
Competencias- Su competencia se limita a la instruccin de expedientes eimposicin de determinadas sanciones a jueces y magistrados.
ReunionesPara que sus reuniones sean vlidas deben actuar con asistencia detodos sus miembros.
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La
Comisinde
C
alificacin
Composiciny reuniones
= que la anterior
Competencias - Informar los nombramientos de la competencia del pleno.
LaComisin
deIgualdad
Composicin- Estar integrada por 5 miembros designados por el Pleno, de entressus vocales por mayora de 3/5 para un perodo de un ao.
Competencias- Actuar con la asistencia de todos sus componentes y bajo lapresidencia del miembro de la misma que sea elegido por mayora.- En caso de ausencia, sustitucin por otro Vocal del Consejo.
LaComisindeE
studioseInformes
Composicin
- 5 miembros, elegidos por el Pleno del CGPJ de entre sus vocales,por mayora de los miembros presentes.- Se renovar anualmente, y elegir, de entre sus miembros pormayora, a su Presidente.
Reuniones
- Slo sern vlidas cuando se hallen presentes, al menos, 3 de susmiembros.
- La adopcin de acuerdos tendr lugar por mayora y quien presidatendr voto de calidad (doble).
- Sern convocadas por su presidente cuando lo soliciten al menos 2de sus miembros.
Competencias
- Redactar las iniciativas o propuestas que el Consejo acuerdeejercitar en materia normativa.
- Preparar los informes que deba emitir el Consejo.- Elaborar el proyecto de los reglamentos que daba aprobar elConsejo.
LaComisin
Presupuestaria
Composicin- Se compondr de 5 miembros elegidos por el Pleno del Consejo deentre sus vocales por mayora de los miembros presentes.
- La comisin se renovar anualmente.
Reuniones
- Slo sern vlidas cuando se hallen presentes, al menos, 3 de susmiembros.
- La adopcin de acuerdos tendr lugar por mayora y quien presidatendr voto de calidad.
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2.3. Rgimen de actos del Consejo
- Sern adoptados por mayora de los miembros presentes, salvo que la ley disponga otra cosa.- Quin presida el rgano tendr voto de calidad en caso de empate.- Dichos acuerdos sern documentados por el Secretario General.
Acuerdos
-Los referentes a nombramientos dePresidentes y Magistrados
Real Decreto,firmado por el Rey y refrendado
por el Ministro de Justicia
-Los relativos a nombramiento deJueces
Orden del Consejo
2.4. rganos tcnicos
El Secretario
General
- Ser nombrado y removido por el Pleno.
Funciones
-Asistir a las reuniones de sus rganos, con voy y sin voto.
- Ejercer las funciones de gestin, tramitacin ydocumentacin de los actos del Consejo.- Direccin y coordinacin de los restantes rganos tcnicos
El GabineteTcnico
- Es el rgano al que corresponde el asesoramiento y asistencia tcnico-jurdica a los rganos del Consejo General
El Servicio deInspeccin
- Ejerce la comprobacin y control del funcionamiento de los servicios de laAdministracin de Justicia.
El Centro deDocumentacin
Judicial- Creado por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial.
2.5. Competencias del Consejo General del Poder Judicial.
Decisorias:
- Propuesta por mayora de3/5 para el nombramiento
del Presidente del TS y del CGPJ.de miembros del Tribunal Constitucional.
- Inspeccin de Juzgados y Tribunales- Formacin y perfeccionamiento, provisin de destinos, ascensos, situacionesadministrativas y rgimen disciplinario de jueces y magistrados.
- Nombramiento mediante Orden de los jueces y presentacin a Real Decreto, refrendadopor el Ministerio de Justicia, de los nombramientos de Magistrados del TribunalSupremo, Presidentes y Magistrados.
- Nombramiento de Secretario General y miembros de los Gabinetes.- Ejercicio de las competencias relativas a la Escuela Judicial que la ley le atribuye.- Elaborar, dirigir la ejecucin y controlar el cumplimiento del presupuesto del Consejo.- Potestad reglamentaria sobre la funcin pblica.- Publicacin oficial de sentencias y otras resoluciones judiciales.- Aquellas otras que le atribuyen las leyes.
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Consultivas:- Determinacin y modificacin de demarcaciones judiciales.- Fijacin y modificacin de la plantilla orgnica de la Administracin de Justicia.
- Estatuto orgnicode Jueces y Magistradosde los Secretarios y del resto del personal al servicio de la
Administracin de Juscia.- Normas procesales.- Rgimen penitenciario.- Aquellas otras que le atribuyen las leyes.
3. El Tribunal Supremo
Con sede en la Villa de Madrid, es el rgano jurisdiccional superior en todos los rdenes.
Organizacin
Composicinpersonal
- Se compone de su Presidente, los Presidentes de Sala y losMagistrados que determine la ley para cada una de sus Salas.
- Prestarn servicios: Fiscales, Secretarios Judiciales, y dems personal
al servicio de la Administracin de Justicia que se determine.
LosPresidentes
de Sala(5, uno por cada
Sala de Justici a)
- Los nombra el Rey, mediante Real Decreto, refrendado por elMinistro de Justicia.
- A propuesta del Pleno del CGPJ entre Magistrados del TS que cuentencon 3 aos de servicio en la categora de Magistrados en dichoTribunal.
- Por un perodo de 5 aos.
LosMagistrados
- Son nombrados de la misma forma que los Presidentes de Sala pero
teniendo en cuenta que: 4 de cada 5 plazas de Magistrados de una sala se proveern entre
miembros de la Carrera Judicial. El 5 se provee entre Abogados y Juristas de reconocida
competencia con ms de 15 aos en su actividad profesional.
3.1. De las Salas de Justicia
Sala de loCivil
- Recursos de casacin y revisin en materia civil.
-Demandas deresponsabilidadcivil contra:
-Presidente del Gobierno-Diputados-Senadores-Ministros-Presidente del CGPJ-Vocales del CGPJ-Defensor del pueblo-Miembros del T. de Cuentas
-Fiscal General del Estado-Miembros del TribunalConstitucional
-MagistradosTrib. SupremoAud. NacionalTSJ
-Etc
Sala de loPenal
- Recursos de casacin y revisin en materia penal.-Instruccin y enjuiciamiento de las causas contra las autoridades arriba mencionadas.
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Sala de loCont.-Admvo
- Recursos de casacin y revisin contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Cuentas.- Recursos de casacin, en los trminos establecidos, y de queja.- Recursos de revisin contra sentenciasfirmes dictadas por:
- Salas de lo Cont.-Advo. de los TSJ.- Sala de lo Cont.-Advo. de la AN.
- Recursos contencioso-administrativoscontra actos o disposiciones de:
- Consejo de Ministros.
- Comisiones Delegadas del Gobierno.- CGPJ.-Etc.
* Se estudia a en el tema 9, Jurisdiccin Contencioso-administrativa
Sala de loSocial
- Recursos de casacin y revisin en materia laboral.
Sala de loMilitar
- Recursos de casacin y revisin contra resoluciones de Tribunales Militares
- Procedimientos penales contra:- Capitanes Generales- Tenientes Generales- Almirantes, etc.
4. La organizacin judicial espaola
mbitoterritorial
Nacional
- Tribunal Supremo- Audiencia Nacional- Juzgados Centrales de lo Penal.- Juzgados Centrales de Instruccin.- Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo.
- Juzgados Centrales de Menores.- Juzgados Centrales de Vigilancia Penitenciaria.
ComunidadAutnoma
-Tribunales Superiores de Justicia.
Provincia
- Audiencias Provinciales.- Juzgados de lo Penal.- Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.- Juzgados de lo Social.- Juzgados de Menores.- Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
- Juzgados de lo Mercantil.
Partidojudicial
- Juzgados de Primera Instancia e Instruccin.- Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
*(Territorio donde un juzgado tiene sus competencias)
Municipio -Juzgados de Paz.
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4.1. La Audiencia Nacional
- Con sede en la Villa de Madrid, tiene jurisdiccin en toda Espaa.- Se compondr de su Presidente, los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la
Ley para cada una de sus Salas y Secciones.
- Estar integrada por las siguientes salas:
- De Apelacin- De lo Penal.- De lo Contencioso-Administrativo.-De lo Social.
4.2. Tribunales Superiores de Justicia
Sala delo Civily Penal
Como Sala de lo Civil:- Recursos de casacin y revisin contra resoluciones fundadas en el DerechoForal de la CCAA.
- Cuestiones de competencia entre rganos civiles sin superior comn.- Demanda de responsabilidadcivil contra:
- Presidente del Gobierno autonmico.- Miembros de tal Gobierno.- Parlamentarios autonmicos.
Como sala de lo Penal:- Causas penales que indique el Estatuto de Autonoma.
- Causas penales contra:- Jueces- Magistrados- Fiscales
de la CCAA, salvo los del TSJ.
-Recursos de apelacin contra resoluciones dictadas en 1 Instancia por lasAudiencias Provinciales, as como aquellos previstos por las leyes.
- Cuestiones de competencia entre rganos penales sin superior comn.- Decisin de cuestiones de competencia entre Juzgados de Menores de distintasprovincias de la Comunidad Autnoma.
Sala de loContencioso
* Se estudia a en el tema 9, Jurisdiccin Contencioso-administrativa
Sala de lo
Social
- Recursos contra resoluciones de Juzgados de lo Social.- Cuestiones de competencia entre tales Juzgados.- Procesos de mbito superior al de un Juzgado de lo Social.- Recursos contra resoluciones de los juzgados de lo mercantil en materia laboral, y
las que resuelvan los incidentes concursales que versen sobre la misma materia.
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4.3. Audiencias Provinciales
Orden
Penal
- Causas por delitos castigados con penas graves, salvo que se atribuyan a otrosrganos
- Recursos contra resolucionesde Juzgados
- de Instruccin.- de lo Penal.- de Vigilancia Penitenciaria.- de Menores.-de Violencia sobre la Mujer.
OrdenCivil
- Recursos contra resoluciones de Juzgados de 1 Instancia, Juzgados de loMercantil y Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
- Cuestiones de competencia entre Juzgados de la provincia sin superior comn.- Recusacin de sus Magistrados en su caso.
4.4. Juzgados de Primera Instancia e Instruccin
- Juicios no atribuidos a otros- Ordinario- Verbal- Monitorio, etc
- Actos de jurisdiccin voluntaria.- Recursos contra resoluciones de Juzgados de Paz.- Cuestiones de competencia entre Juzgados de Paz.- Solicitudes de reconocimiento y ejecucin de sentencias y dems
resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras.- Encargados del Registro Civil.
- Instruccin de causas por delito cuyo enjuiciamiento se atribuya aAudiencia Nacional o Juzgado de lo Penal excepto, en las causascompetencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
- Dictar sentencias de conformidad con la acusacin.- Juicios de faltas, en su caso.- Recursos contra resoluciones de Juzgados de Paz.- Cuestiones de competencia entre Juzgados de Paz.
- Habeas Corpus.- De la adopcin de la orden de proteccin a las vctimas de la violencia
sobre la mujer cuando est desarrollando funciones de guardia siempreque no pueda ser adoptada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
Orden
Civil
Juzgados de
1 Instancia
e Instruccin
Orden
Penal
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5. El Ministerio Fiscal
Principiosde actuacin
Responder a los criterios de unidad de actuacin y dependenciajerrquica.
Estatutopersonal
- Los nombramientos del Ministerio Fiscal son autoridad a todos los efectos yactuarn siempre en representacin de la Institucin.- Los Fiscales, a diferencia de los Jueces y Magistrados, no gozan deinamovilidad, ya que tampoco gozan de independencia en el ejercicio de susfunciones.- Tampoco puede ejercitarse contra ellos el derecho de recusacin, pero seabstendrn de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de lascausas de abstencin.
rganos delMinisterio
Fiscal
- El Fiscal General del Estado.- El Consejo Fiscal.- La Junta de Fiscales de Sala.- La Junta de Fiscales Superiores de las CCAA.- La Fiscala del Tribunal Supremo.- La Fiscala ante el Tribunal Constitucional.- La Fiscala de la Audiencia Nacional.- Las Fiscalas Especiales.- La Fiscala del Tribunal de Cuentas.- La Fiscala Jurdico Militar.- Las Fiscalas de las CCAA.- Las Fiscalas Provinciales.
- Las Fiscalas de rea.
5.1. El Fiscal General del Estado
Nombramiento
- Ser nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno odo previamenteel CGPJ, eligindolo entre juristas espaoles de reconocido prestigiocon ms de 15 aos de ejercicio en su profesin.
- Recibido el informe del CGPJ, el Gobierno comunicar su propuesta alCongreso de los Diputados.
- Una vez nombrado, el Fiscal General del Estado prestar ante el Rey el
juramento o promesa que previene la Ley y tomar posesin del cargoante el Pleno del Tribunal Supremo.
Duracin delmandato y cese
- El mandato del Fiscal General dura 4 aos.
- Cese
- A peticin propia.- Incompatibilidades.- Incapacidad o enfermedad que lo inhabilite para el cargo.- Por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones.- Cuando cese el Gobierno que lo hubiera propuesto.
- El mandato no podr ser renovado, excepto en los supuestos en que el
titular hubiera ostentando el cargo durante un perodo inferior a 2 aos.
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Funciones
- Ostentar la Jefatura Superior del Ministerio Fiscal.- Impartir las rdenes e instrucciones para el servicio y orden interno de la
institucin.- Proponer al Gobierno los nombramientos para los distintos cargos.- Presidir el Consejo Fiscal.- Capacidad para designar a cualquiera de los miembros del Ministerio
Fiscal para que acte en un asunto determinado.
5.2. Funciones del Ministerio Fiscal
1. Velar por que la funcin jurisdiccional se ejerza eficazmente conforme a las leyes.2. Ejercer cuantas funciones le atribuya la ley en defensa de la independencia de los jueces y
tribunales.3. Velar por el respeto de las instituciones constitucionales y de los derechos fundamentales
y libertades pblicas con cuantas actuaciones exija su defensa.4. Ejercitar las acciones penales y civiles procedentes de delitos y faltas.5. Intervenir en el proceso penal o instruyendo directamente el procedimiento en el mbito
de lo dispuesto en la Ley Orgnica de la Responsabilidad Penal de los Menores.6. Tomar parte en los procesos relativos al estado civil y en los dems que establezca la ley.7. Intervenir en los procesos civiles que determine la ley.8. Mantener la integridad de la jurisdiccin y competencia de los jueces y tribunales.9. Velar por el cumplimiento de las resoluciones judiciales que afecten al inters pblico y
social.10.Velar por la proteccin procesal de las vctimas, y por la proteccin de testigos y peritos.11.Intervenir en los procesos judiciales de amparo.12.Interponer el recurso de amparo constitucional.13.Ejercer en materia de responsabilidad penal de menores las funciones que encomiende lalegislacin especfica.14.Intervenir en los supuestos y en la forma prevista en las leyes en los procedimientos ante
el Tribunal de Cuentas.15.Promover o prestar auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y
convenios internacionales.16.Ejercer las dems funciones que el ordenamiento jurdico estatal le atribuya.
5.3. Categoras de la Carrea Fiscal
EquiparadosFiscales de Sala del Tribunal Supremo Magistrados del Alto Tribunal
Fiscales MagistradosAbogados-Fiscales Jueces