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8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos
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Ley Nm. 161 de 1 dediciembre de 2009
Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
Luis A. PonceClnica de Desarrollo Comunitario
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Introduccin:Introduccin:
Exposicin de motivosExposicin de motivos Propsito de la Ley de Permisos:
Mejorar nuestra posicin competitiva ante el mundo [a travs de] un
nuevo sistema que se cimiente en un enfoque moderno,transparente, confiable, gil y eficiente que fomente ese desarrollointegral, econmico, social y fsico sostenible que Puerto Riconecesita para sobrepasar la crisis actual y alcanzar y mantener lacompetitividad de una economa de primera.
Para el Gobernador, esta ley:Nos permitir balancear adecuadamente el desarrollo econmico y laPROTECCINAMBIENTAL.
S, la nueva ley de permisos ayuda a proteger el ambiente. Elsistema actual es burlado constantemente precisamente porque escomplejo, costoso e incierto.
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ExposicinExposicin dede motivosmotivos Busca tambin atacar la burocracia del gobierno ya que la
misma afecta a las pequeas y medianas empresas (PYMEs)porque son las que dependen de procesos sencillos,eficientes y giles para poder establecerse y progresar.
Porque lo que tenamos antes no serva:
Mucha reglamentacin y duplicidad de trmites
No cumplan con el tiempo establecido
Lentitud Muchos documentos
Cero fiscalizacin
Desconfianza e incertidumbre
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ExposicinExposicin dede motivosmotivos
Se acuerdan de lo que dijo el Gobernador sobre el
medioambiente?
Para muestra un botn:
La industria de la construccin es el sector ms afectado. (pg.5)
El derecho fundamental (y amplio) es el de la propiedad .(pg.9)
Dnde qued la proteccin de nuestro ambiente?
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ExposicinExposicin dede motivosmotivos
En resumen, esta pieza persigue reestructurartodo el procesode permisos para facilitarel desarrollo econmico, darleconfianza al pueblo en sus agencias de planificacin, brindarcerteza a todo el proceso y garantizar un desarrollosustentable en armona con el medio ambiente, porquesomos el pas 131 de 134 con el peor sistema de permisos en
el mundo.
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Poltica Pblica (art. 1.2)Poltica Pblica (art. 1.2)
Los procesos para la evaluacin, otorgamiento odenegacin de las determinaciones finales y permisosestn revestidos del ms alto inters pblico por serun instrumento de desarrollo econmico y como talindispensable para la creacin de empleos y la
prestacin de mejores servicios al pueblo y el disfrutede una mejor calidad de vida.
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Objetivos de la LeyObjetivos de la Ley Mejorar la calidad y eficiencia a la hora de evaluar las
solicitudes para el otorgamiento o denegacin de
determinaciones finales y permisos para desarrollos deproyectos de construccin en Puerto Rico;
Asegurar la transparencia, certeza, confiabilidad y agilizacin delproceso de evaluacin, adems de la emisin derecomendaciones;
Garantizar el fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos;
Insertarnos en el marco de la competitividad que incluya elmximo desarrollo econmico, social y fsico sostenible dePuertoRico.
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Como se lComo se lgrangran estosestos
objetivosobjetivos?? Se centralizan los procesos para poder solicitarlos en un slo
sitio.
Mandato para expedir dentro de un trmino establecido:
30 das PYMES y Permisos Verdes
90 das solicitudes de permisos de proyectos con usos de suelo(prorrogables a 120 das)
Se presume la certeza y validez de los permisos.
Se crea una entidad fiscalizadora: Oficina del Inspector General
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Impacto en la legislacinImpacto en la legislacin
actualactual Se deroga la Ley Orgnica de ARPe (Administracin de Reglamentos y
Permiso, 1975) a partir de diciembre 2010.
Se deroga la Ley Nm. 313 de 2003 que estableca las funciones de laevaluacin de consultas de ubicacin para proyectos comerciales y losestudios de viabilidad de dichos proyectos que realiza la JP.
Se enmiendan otras leyes, por ejemplo: Art. 4(b) de Ley Nm. 416 de 2004, Ley sobre Poltica Pblica Ambiental;
Ley Nm. 112 de 1988, Ley de Proteccin del Patrimonio ArqueolgicoTerrestre de Puerto Rico;
Otras leyes relacionadas a zonificacin (escuelas, areas deportivas orecreativas, zonas histricas, etc.).
La LPAU ya no aplica a los procesos de otorgamiento o impugnacin depermisos y licencias (ni a planificacin ambiental), solamente aplica alproceso de adopcin, enmienda y derogacin de los reglamentos que la Leyrequiere.
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AA ququ determinacionesdeterminaciones
aplicaaplica lala LeyLey?? El nuevo proceso gubernamental reglamenta la
expedicin de:
permisos
certificados
licencias
o documentos gubernamentales requeridos para propsitos
de construccin y usos de terrenos, y para realizar u operarnegocios en Puerto Rico (1.3)
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Tipos de determinacionesTipos de determinaciones Ministerial- no conlleva juicio subjetivo sobre la forma en que se
conduce o propone una actividad o accin.
Se aplican los requisitos especficos a los hechos presentados einvolucra nicamente el uso de estndares fijos o medidas objetivas.
El Reglamento Conjunto contendr una lista de todos los permisosque se consideran ministeriales
Discrecional- conlleva juicio subjetivo sobre la forma en que se
conduce o propone una actividad o accin. Se utilizan discrecin especial o juicio para llegar a su determinacin.
La determinacin involucra ms all del uso de estndares fijos omedidas objetivas.
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certificados, licencias ocertificados, licencias o
permisos?permisos?
El Director Ejecutivo de la Oficina de Gerencia dePermisos (OGPe), luego de que se presente solicitudante:
Profesionales autorizados
Inspectores autorizados de la Oficina del InspectorGeneral
Los municipios autnomos con jerarqua I a la V12
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Pre-consultapara saber donde presentar
Municipioautnomo
DirectorEjecutivo
OGPe
Juntaadjudicativa
Gerentes dePermisos
Inspectoresautorizados
ProfesionalesAutorizados
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La Nueva EstructuraLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
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Irisel CollazoClnica de Desarrollo Comunitario
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Pre-consulta
Pre-consulta
InspectoresAutorizados
de la OIG
JuntaRevisor
a
TSPR
ProfesionalesAutorizados
Permisos
ministeriales
ej. permiso
de uso
autorizado
Determinacin
final
Ministeriales
Discrecionales
ej. consulta de
ubicacin
Certificaciones de salud
prevencin de incendiosPYMES
OGPe
DirectorEjecutivoOGPe
Gerentes depermisos
JuntaAdjudicativa
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Estructura internaEstructura interna
de la OGPede la OGPe Director Ejecutivo
Mantener los expedientes administrativos para inspeccin del pblico
Firmara y notificar la adjudicacin de determinaciones finales y permisos Determinar el numero de oficinas regionales y las reas territoriales que abarcan
Directores Regionales: administrarn las oficinas de permisos regionales
Seis Gerentes de Permiso, funciones: evaluarn las solicitudes ydeterminarn si la accin solicitada cumple con los requisitos de la ley
Director de Evaluacin de Cumplimiento Ambiental
Junta Adjudicativa
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Junta AdjudicativaJunta Adjudicativa El Director Ejecutivo de la OGPe establecer el nmero de
juntas adjudicativas, segn considere necesario.
Responsabilidad principal: evaluar y adjudicardeterminaciones finales y permisos de carcterdiscrecional.
Se celebrarn vistas adjudicativas y se decidir por
mayora del qurum. No se emitirn votos explicativos.
La notificacin de la determinacin final contendrdeterminaciones de hechos y conclusiones de derecho.
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Junta AdjudicativaJunta Adjudicativa Evaluar y adjudicar asuntos discrecionales (art. 6.3)
solicitudes de recalificacin de terrenos
*Requiere recomendaciones de los Municipios, JP o JCA. Si no contestan, se entiendeque no tienen objecin.
consultas de ubicacin
enmiendas a consultas de ubicacin
variaciones en uso
excepciones
variaciones en construccin. asuntos en reas no zonificadas
*La JP retiene la jurisdiccin exclusiva de establecer la poltica pblica sobre laclasificacin de terrenos
otros asuntos que la JP le delegue
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Procedimiento ante laProcedimiento ante la
OGPe y la Junta AdjudicativaOGPe y la Junta Adjudicativa
Gerentes dePermiso
SolicitudanteOGPe
DirectorEjecutivo
Permiso
ministerial Expidedetermi-nacin
JuntaAdjudicativa
Permiso
discrecional
Proponente y partes
OIG yentidades
gub.concernidas
Notificacin
DirectorEjecutiv
o
Notificacin
JPcalificacin o
uso de terrenos
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Determinacin
final
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Otras figuras de la OGPeOtras figuras de la OGPeOficiales de permisos
funcionarios especializados deentidades gubernamentalesconcernidas
asistirn a los gerentes depermisos
obtener informacin odocumentacin necesaria
coordinar trabajo de campoque sea necesario
Representantes deservicio
verificar el cumplimiento con el
proceso de evaluacin,aprobacin o denegacin dedeterminaciones
notificar al Dir. Ejecutivo decualquier incumplimiento porparte de la OGPe o losprofesionales autorizados
orientar al publico en laradicacin de solicitudes y sobreel estatus de los casos
Preparar informes mensualessobre funcionamiento de laOGPe
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Profesionales autorizadosProfesionales autorizados Cualquier profesional licenciado en reas de construccin (7.1)
Agrimensores
Arquitectos Gelogos
Ingenieros
Planificadores
Requisitos para obtener autorizacin (2 aos)
5 aos de experiencia con licencia Cursos, examen y educacin continua
Cuota anual de registro y prestar fianza
Mantener copia de permisos y otros documentos relacionados
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Profesionales AutorizadosProfesionales Autorizados Los profesionales autorizados slo pueden evaluar o expedir
permisos ministeriales (7.3) Permiso de uso
Permiso de demolicin
Permiso de construccin para remodelar
Permiso general consolidado
Determinaciones de exclusiones categricas
Permiso de construccin
Permiso de lotificacin
No puede expedir una determinacin sobre un proyecto en elque haya participado, sin importar la fase en la que hayacolaborado
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Procedimiento ante losProcedimiento ante los
Profesionales autorizadosProfesionales autorizados
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ProponenteProfesionalautorizado
Pre-Consulta
JuntaRevisora
TSPR
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Municipios AutnomosMunicipios Autnomos Municipios Autnomos con convenio de delegacin de competencia y
transferencia de jerarqua de la I a la V tendrn total exclusividad para
otorgar determinaciones finales y permisos (1.3) Oficina de permisos
Junta Adjudicativa
Los Profesionales Autorizados (ordenanza municipal)
Algunos ejemplos de municipios con jerarqua de la I a la V San Juan
Guaynabo Bayamn
Carolina
Ponce
Humacao
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Municipios AutnomosMunicipios Autnomos Jerarqua I: uso en estructuras o solares existentes; rtulos y anuncios
Jerarqua II(solar con cabida menor de 1,500m2)
Autorizaciones de anteproyectos
Permisos de construccin / uso
Permiso para segregar hasta 10 solares
Jerarqua III(solares con cabida menor de 2,500m2)
Jerarqua IV (solares con cabida menor de 4,000m2)
Jerarqua V Desarrollo preliminar, anteproyecto y permisos para la construccin o usos de
proyectos privados o municipales: residencial, comercial, etc.
Variaciones de uso dentro de lo que tolera el distrito
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Oficina del InspectorOficina del Inspector
General (OIG)General (OIG) Investigar y procesar incumplimientos de la OGPe o los PA
Representar el inters pblico en procedimientos para impugnarlas determinaciones finales
Solicitar revocacin de una determinacin final o la paralizacinde una obra de construccin o uso (o paralizacin) ante el TPIcuando
La determinacin final se obtuvo en violacin a leyes o reglamentos Exista incumplimiento con la ley o el reglamento en la ejecucin u
operacin del permiso
Verificar que la OGPe y los representantes de servicio cumplancon los trminos establecidos27
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Oficina del InspectorOficina del Inspector
General (OIG)General (OIG) Expedir rdenes de cese y desista ante ausencia de permiso
Emitir rdenes de mostrar causa, de hacer o de no hacer Radicar querellas motu proprio cuando de la auditora surjan
violaciones a la Ley o los reglamentos
Investigar y procesar querellas de fiscalizacin de cumplimientoque sean referidas por las entidades gubernamentalesconcernidas o los municipios autnomos
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Inspectores autorizadosInspectores autorizados La OIG nombra a los inspectores autorizados por 2 aos,
requisitos:
Cursos y examen Cuota anual
Prestar fianza
Mantener copias de certificaciones y otros documentos relacionados
Evaluarn y expedirn ciertas certificaciones (7.11)
Certificacin para la prevencin de incendios
Certificacin de salud ambiental
Otras establecidas en el Reglamento
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Oficina del InspectorOficina del Inspector
General (OIG)General (OIG)
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Auditora dedeterminaciones
finalesQuerellas y multas
Fiscalizacin decumplimiento
Regulacin deprofesionalesautorizados
Secretara
Inspectorgeneral
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Junta RevisoraJunta Revisora Revisa las determinaciones finales de la Junta Adjudicativa, de la Oficina de
Gerencia de Permisos, del Profesional Autorizado y los MunicipiosAutnomos con Jerarqua de la I a la V.
Solicitud de revisin tiene trmino jurisdiccional de veinte (20) das naturales
Mandato a disponer del recursos dentro de 120 das, prorrogables por unperiodo adicional de 30 das
Si no se resuelve el recurso se considera rechazado de plano
Ante decisin o rechazo, la parte interesada puede ir al TSPR (certiorari)
Se suspender una determiancin final nicamente por daos irreparables(presuncin de correccin en la expedicin de permisos)
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Proceso de revisinProceso de revisin
Determinacinfinal
Notificacina las partes
Junta Revisora TSPR
OGPe
PA Mun.autn.
20
das
certiorari
120 das
para
decidir
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El impacto de la Ley en elDerecho Ambiental vigenteLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
Hctor J. Claudio HernndezAsociacin Nacional de Derecho Ambiental
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ConstituciConstitucin del ELAn del ELA
Ser poltica pblica del Estado Libre Asociado lams eficaz conservacin de sus recursos naturales,
as como el mayor desarrollo y aprovechamiento delos mismos para el beneficio general de lacomunidad.
Tribunal Supremo de Puerto Rico
mandato debe observarse rigurosamente
prevalece sobre cualquier ley, reglamento u ordenanzaque sea contraria a ste
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Ley de polLey de poltica pblicatica pblica
ambientalambiental Poltica continua del ELA
alentar y promover el bienestar general
asegurar que los sistemas naturales estn saludables
promover una cultura de sustentabilidad crear y mantener las condiciones bajo las cuales el hombre
y la naturaleza puedan existir en armona
Las agencias estn obligadas a determinar si susdecisiones afectan significativamente la calidad del
medio ambiente Cmo cumplen con esta obligacin?
preparando un documento ambiental
evalundolo para determinar cumplimiento ambiental
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Documentos ambientalesDocumentos ambientalesQu es un documento ambiental?
describe los efectos al medio ambiente de la accin propuesta
Cules son? Evaluacin Ambiental (EA)
Declaracin de Impacto Ambiental (DIA)
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SNo
DIA - N D IA
Evaluacin Ambiental
Hay impactoambiental significativo?
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DeclaraciDeclaracin de Impacton de Impacto
AmbientalAmbiental Documento detallado sobre: impacto ambiental de la accin propuesta
efectos adversos al medio ambiente
alternativas a la accin
relacin entre usos a corto plazo y conservacin a largo plazo
compromisos irrevocable de recursos
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TrmiteTrmite ambientalambientalanterioranterior
Solicitante Agencia
JCA
CumplimientoPPA
Evaluacin de solicitud
Determinacin
DocumentoAmbiental
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Nuevo trmite ambiental
SolicitanteOGPe
Determinacinfinal
Procedimientoambiental
Proponente
OGPe
Municipio
OGPe certifica cumplimientoambiental
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DivisiDivisin de Cumplimienton de Cumplimiento
AmbientalAmbiental Quin la compone?
Director
personal de la Divisin de Asesoramiento Cientfico del JCA
Qu rol juega en el proceso? garantizar el cumplimiento con la Poltica Pblica Ambiental
anterior funcin de la JCA
evaluar documentos ambientales
emitirrecomendaciones
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r m e am en a en casos
ministeriales
OGPe
Divisin de Cumplimiento Ambiental
DirectorEjecutivo
JuntaAdjudicativa
EA con DIA-N DIA
Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?
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r m e am en a en casos
discrecionales
OGPe
Divisin deCumplimiento
Ambiental
JuntaAdjudicativa
Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?
EAs y DIAs
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Divisin de
CumplimientoAmbiental
Director Ejecutivo
o
Junta Adjudicativa
Antes y despus
Junta de CalidadAmbiental
Agencias
Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?
DocumentoAmbiental
DocumentoAmbiental
Cumplimiento
PPArecomendaciones
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Participacin CiudadanaLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
Nama RodrguezClnica de Desarrollo Comunitario
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Participacin CiudadanaParticipacin Ciudadana La participacin ciudadana se da en varias etapas del proceso de
otorgamiento de licencias y permisos:
(1) Proceso de adjudicacin Comentarios de la ciudadana
Interventor
(2) Revisin de una determinacin final
Parte adversamente afectada
(3) Presentacin de querellas luego de otorgado el permiso
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Comentarios de laComentarios de la
ciudadanaciudadana Se dispondr de un procedimiento, mediante reglamento,
adecuado para someter comentarios por parte de la ciudadana.(Art. 8.1)
En los procedimientos de recalificacin y variaciones de uso, elReglamento Conjunto dispondr para la celebracin de vistaspublicas (Art. 8.6)
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Conocimiento de losConocimiento de los
procedimientosprocedimientos El publico podr acceder a la informacin contenida en el sistema digitalizado en
Internet (Art. 2.7)
A toda solicitud se le asignara un nmero nico, al cual deber referirse la persona
interesada en todo documento, correspondencia y solicitud de informacin sobre lamisma. (Art. 8.3 )
Los documentos presentados ante la Oficina de Gerencia de Permisos sernconsiderados como documentos pblicos, por un periodo no menor de 20 aos. (Art.8.12)
Notificacin a colindantes (Art. 9.8 y 9.9)
El solicitante notificar a los colindantes inmediatos a la propiedad, mediante correocertificado con acuse de recibo
El dueos de la obra deber instalar un rotulo en la entrada principal de lapropiedad.
Estn excluidas las solicitudes ministeriales que no conllevan ningn tipo devariacin.
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Solicitar intervencin bajoSolicitar intervencin bajo
la Ley de Permisosla Ley de Permisos Quien interese intervenir en el proceso de adjudicacin de
otorgamiento de un permiso, tiene que solicitar intervencin ante laOficina de Gerencia de Permisos.
No se concede por s solos derecho a intervenir: (a) el mero hecho de pertenecer a la misma industria o negocio;
(b) participar en un procedimiento sin solicitar oportunamenteintervencin a travs de los mecanismos provistos, aun si dichaparticipacin es continua, activa o repetida;
(c) la mera comparecencia a un procedimiento pblico;
(d) el declarar en un procedimiento pblico; (e) el suplir evidencia documental;
o (f) el participar en un procedimiento pblico en calidad de amicuscuriae.
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Participacin enParticipacin en
intervencinintervencin La solicitud de intervencin se conceder si se cumple con cualquiera de
los siguientes criterios:
(i) que no existan otros medios en derecho para que el peticionariopueda proteger adecuadamente su inters;
(ii) que el inters del peticionario no est representado adecuadamentepor las partes en el procedimiento;
(iii) que el inters del peticionario pueda ser sustancialmente afectadopor el procedimiento,
y (iv) de ser aplicable, si el peticionario representa o es portavoz de otrosgrupos o entidades de la comunidad que podra verse sustancialmenteafectada por la actuacin, determinacin final o resolucin.
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Acceso: parteAcceso: parte
interventorainterventora
ARPE (segn LPAU)
Inters legtimo Someter solicitud por escrito
Factores a considerar debaninterpretarse liberalmente
Favorece intervencin Decisin ms completa e
informada
NUEVA LEY DE PERMISOS
Inters propietario, claro, directo, inmediato eindisputable (estndar elevado y limitante)
Nuevos criterios en el Reglamento Conjuntorestringen el acceso
Se restringe el acceso a personas cuyo intersno parece estar afectado inicialmente
Derecho a recurrir al final del procedimientoadjudicativo ante la Junta Revisora
Importante solicitar oportunamente
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Denegatoria deDenegatoria de
intervencinintervencin Una denegatoria de intervencin requiere notificacin por escrito
que incluya los fundamentos y el remedio de revisin.
La Ley de Permisos dispone que se advertir al peticionario desu derecho a recurrir al final del procedimiento adjudicativo deintervencin ante la Junta Revisora en cumplimiento con losrequisitos establecidos.
El Director Ejecutivo de la OGPe y el Inspector General sonpartes indispensables en los recursos que impugnen cualquierdeterminacin final.
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Junta Revisora: Revisin de unaJunta Revisora: Revisin de una
determinacin finaldeterminacin final
Parte adversamente afectada - recurso de revisin administrativaante la Junta Revisora - 20 das (trmino jurisdiccional)
Se suspender una determiancin final nicamente por daosirreparables, como autorizar una demolicin o autorizar unpermiso de construccin.
Presuncin de correccin en la expedicin de permisos
Si no se resuelve el recurso dentro del trmino dispuesto seconsidera rechazado de plano y la Junta perder jurisdiccinsobre la revisin y la determinacin se entender confirmada.
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Tribunal SupremoTribunal Supremo Ante decisin o rechazo, la parte interesada puede ir al TSPR
(certiorari) 30 das para recurrir
El TSPR podr emitir una orden dejando en suspenso la resolucinrecurrida si determina que ocurriran daos irreparables. No podrparalizar aquellas acciones administrativas que no causen daosirreparables (ej: evaluacin de un anteproyecto o desarrollo preliminar)
La actuacin, determinacin final o resolucin ser sostenida por el
TSPR si se basa en evidencia sustancial que obre en el expediente.
Las conclusiones de derecho sern revisables en todos sus aspectos.
Cada parte tendr derecho a presentar una (1) mocin dereconsideracin ante el Tribnal Supremo.
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Revisin
ARPE
JACL (juicio do novo)
No da deferencia(discresin)
La suspensin delos procedimientosocurra cuando se
radicaba y notificabauna apelacin ante la
JACL.
TPI
T Apel
TSPR
Tribunal deApelaciones
Solicitud derevisin: 30 das
Deferencia
-Accinmandatoria
Tena discrecinpara ordenar la
paralizacin total oparcial de una
accin en revisin
TSPR
NUEVALEY
Junta Revisora
Solicitud de revisin: 20 das
Se sostendrn lasdeterminaciones basadas enevidencia sustancial
Deferencia al peritaje
Se suspender unadeterminacin final nicamente
cuando se determin[e] queocurrirn daos irreparables de no
concederse la suspensin.
TSPR (Certiorari)
Se suspender una determinacinfinal nicamente cuando se
determin[e] que ocurrirn daosirreparables de no concederse la
suspensin.
8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos
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Si el recurso es frvoloSi el recurso es frvolo Si el TSPR entiende que el recurso es frvolo o que se present
para dilatar los procedimiento, se le impondr a la parte
promovente o a su abogado: Costas
Gastos
Honorarios de abogado
y sancin econmica
*
debe reflejar el costo de la dilacin para el Estado y para la parterecurrida
Si la parte est representada por algn grupo de la comunidad,entidad o portavoz, sern solidariamente responsables
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QuerellasQuerellas La querella de revocacin o paralizacin, la pueden presentar:
Agencias, dependencias o instrumentalidades del Gobierno enrepresentacin del inters publico
Persona privada que tenga o no inters propietario o que seacolindante, propietaria u ocupante de una propiedad vecina a la cualsu inters personal se vea adversa o sustancialmente afectada
El pblico general puede presentar una querella deincumplimiento ante la Oficina del Inspector General de Pemisos,Entidades Gubernamentales o Municipios Autnomos con Jerarquade la I a la V, cuando:
Se incumplan las disposiciones del permiso expedido
Se incumpla cualquier disposicin de la Ley de Permisos
O cuando no haya permiso
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Fiscalizacin delFiscalizacin del
cumplimientocumplimiento Se presume la correccin y legalidad de los permisos expedidos
y otras determinaciones finales (art. 9.10)
El IG impondr multas asegurndose que bajo ningn conceptose utilicen dichas multas o querellas para realizar ataquescolaterales a determinaciones finales y de los permisos quedebieron haber sido presentados oportunamente (art. 10.8)
Esta presuncin protege el permiso, pero no es obstculo para
proceder civil, penal o administrativamente contra la persona quelo tramit (art. 10.8)
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Incumplimiento conpermiso expedido
Incumplimientocon disposiciones
de la Ley o elreglamento
Ausencia depermiso
IGPMunicipiosautnomos
Entidadesgubernamentales
Posiblesremedios:
MultasRevocacin
ParalizanCese y desista
Se pueden
radicar en
TPI
Pasado el termino sin determinacin
15 das
para decidir
querellas
Querellante inconforme con determinacin
Procedimiento de querellas
TApelTSPR
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FianzaFianza Si por alguna razn el TPI emite orden judicial concediendo
remedios sin notificacin a las partes y/o sin celebrar vista previa,
la orden no ser valida, ni tendr efecto alguno hasta tanto elpeticionario preste una fianza suficiente para cubrir todos losdaos que pudiese ocasionarse a la parte demandada si al finaldel proceso judicial resulta que la causa de accin no esprocedente. (injunction)
El calculo de los daos a ser cubiertos por la fianza ser hecho a
base de todos los factores establecidos en el Reglamento Conjunto. El TPI no podr aceptar la prestacin de una fianza que provenga de
una aseguradora que no pueda demostrar suficiente solvencia.
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En casos de peligro grave inminente eEn casos de peligro grave inminente e
inmediato a la salud o seguridad publicainmediato a la salud o seguridad publica
En aquellos casos de riesgo de peligro grave, inminente einmediato a la salud o seguridad de personas o el
medioambiente, y que no pueda evitarse de otro modo sintomar accin inmediata, las Entidades GubernamentalesConcernidas y la Oficina del Inspector podrn emitir rdenestemporeras de cese, sin intervencin o autorizacin, judicialprevia, ni del Inspector General
Perder vigor, eficacia y valor, y no ser ejecutable, luego de 10dias naturales de expedirse salvo que el TPI celebre vistaevidenciaria y determine necesario extender su vigencia por untermino maximo de veinte (20) das naturales adicionales,mediante Resolucin u Orden Judicial.
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PenalidadesPenalidades Toda persona que infrinja alguna disposicin de la Ley de Permisos,
de los reglamentos adoptados, o de las determinaciones finalesrelacionadas a los permisos, ser
Culpable de delito grave de cuarto grado
Sancionada con pena de reclusin de mximo 180 das o multa queno exceda de $10,000, o ambas penas. De ser reincidente, el delitose considerar de tercer grado.
Esta penalidad se extiende a personas que:
Paralicen Obstruyan
Invadan
O interrumpan obras o actividades de construccin sin autoridad legal
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ConclusinConclusin
La Ley de Permisos de 2009 reconoce, al igual que se habahecho anteriormente, la importancia de una fiscalizacin efectivaen el proceso de otorgamiento de permisos y licencias.
El esquema de fiscalizacin de la Ley de Permiso no incluye la
fiscalizacin ciudadana y los mecanismos de participacinciudadana que provea el sistema anterior han sidoobstaculizados, restringidos o eliminados.