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Propiedad de la Escuela de Formación de Carabineros Material de Apoyo Docente Subdirección Académica Diciembre - 2017 2018 SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA ESFOCAR TECNICAS Y TACTICAS OPERATIVAS PREVENTIVAS II

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Propiedad de la Escuela de Formación de Carabineros

Material de Apoyo Docente

Subdirección Académica

Diciembre - 2017

2018

SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

ESFOCAR

TECNICAS Y TACTICAS OPERATIVAS PREVENTIVAS II

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DESARROLLO DE CONTENIDOS DISCIPLINA NUCLEO TECNICAS Y

TACTICAS OPERATIVAS PREVENTIVAS II

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UNIDAD Nº I: CONTROL VEHICULAR, DIRECCION Y REGULACION DEL TRANSITO. CONTENIDO Nº 1: ENTREVISTA TIPO CARABINERO-CONDUCTOR, REGLAMENTADA POR LA DIRECTIVA DE SERVICIOS DE TRÁNSITO.

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Procedimiento de verificación del Permiso de Circulación u otro documento electrónico:

En tal caso, el personal fiscalizador deberá validar mediante lector de Código QR o a

través de la página web de la Subsecretaría de Desarrollo Regional;

En este último caso, indicar radial o telefónicamente al personal de Guardia (o Cenco) el respectivo código de verificación del citado documento.

Por su parte, el personal de Servicio de Guardia (o Cenco) deberá utilizar un PC donde deberá; a) Ingresar en el sitios.carabineros.cl – Secretaría Desarrollo Regional acceso para

verificar Permiso de Circulación (https://www.sem.gob.cl/pago/validacion); b) Ingresar a la opción: Verificar la validez de un documento. c) Ingresar con letra minúscula el Código de Verificación (validación), indicado en el

documento electrónico.

En casos donde no es factible verificar la autenticidad del Permiso de Circulación, por los medios descritos o se detecte la comisión del delito por adulteración o falsificación de dicho documento y otro, al conductor se le trasladará a la Unidad/Destacamento para proseguir el procedimiento respectivo.

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CONTENIDO Nº 2: ELEMENTOS DE SEGURIDAD NECESARIOS PARA EL CONTROL VEHICULAR

El vestuario para desarrollar los servicios de tránsito será aquel que reúna las condiciones de funcionalidad y seguridad para el personal, y esté debidamente aprobado por el mando correspondiente. En relación con el equipo para apoyar la acción fiscalizadora en los servicios policiales de tránsito, se usarán los siguientes elementos:

Conos de tránsito, con y sin material reflectante

Bastones reflectantes o luminosos para fiscalizar tránsito

Linternas y focos de iluminación de campo

Pito de tránsito, será metálico o de otro

material que asegure condiciones de sonido. Poseerá cordón trenzado de seda verde para sostenerlo.

Equipo para medir la velocidad

Equipo para detectar la presencia de alcohol en el organismo

Elementos de rescate y primeros auxilios

Cualquier otro que estime necesario

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CONTENIDO Nº 3 y 4: UBICACIÓN TÁCTICA DE LOS CARABINEROS QUE EFECTÚAN CONTROL VEHICULAR Y FORMA DE REALIZAR LA DETENCIÓN Y EL CONTROL VEHICULAR.

LA POSICION DEL CARABINERO A PIE: La posición será al costado derecho de la vía en relación con el sentido del tránsito, sobre la acera o berma, salvo que por razones de visibilidad o visual con respecto de los conductores, deba ubicarse transitoriamente en la calzada. Además deberá obedecer las siguientes reglas:

1. Efectuar la señal de detención con el brazo derecho en alto, considerando la distancia mínima de detención, en razón a la velocidad de operación del vehículo, que se desea controlar, características de la vía y el entorno, con el objeto de advertir oportunamente al conductor del móvil de la maniobra de detención Cuando las condiciones de visibilidad sean deficientes, adicionalmente se emplearan elementos luminosos o de material reflectante, caso en el cual, la señal de detención se realizará moviendo el dispositivo en sentido vertical. En las vías públicas concesionadas, se autoriza la coordinación para el uso de señalización variable y cualquier equipamiento de seguridad que proporcionen las respectivas Sociedades Concesionarias, que permita aumentar los niveles de seguridad de tales controles;

2. Una vez que el Carabinero ha comprobado que el conductor ha acatado la orden de detención, con su mano izquierda le indicará el lugar donde ubicar el vehículo con la finalidad de no obstaculizar el tránsito, considerando para ello las normas que regulan los estacionamientos.

3. En el sector rural, la fiscalización se hará de preferencia, en aquellos lugares donde existan bermas o sobre anchos adecuados, evitando entorpecer el desplazamiento de los otros vehículos.

4. Una vez detenido el móvil, el Carabinero se acercará al conductor desde la parte posterior, de forma tal que pueda observar a sus ocupantes, ubicándose para requerirle sus documentos, a la altura del pilar del vehículo, continuando el procedimiento sobre la acera o berma, manteniendo una vigilancia discreta de los pasajeros y de los flujos vehiculares.

5. Al ser dos los fiscalizadores, sólo el Jefe de la pareja será el que actúe, registre, interrogue, solicite documentos, etc. El acompañante aportará cobertura de seguridad al fiscalizador, ubicándose en un lugar que aporte ventajas operacionales, respecto de la ocurrencia de accidentes, delitos o agresión.

PERSONAL MOTORIZADO:

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Se ubicará detrás del móvil y llamará la atención de su conductor con toques cortos de sirena, trasladándose a continuación al costado izquierdo a la altura de éste, indicándole con el brazo, la orden y el lugar de detención. Se podrá ayudar con toques cortos de pito. Si esta maniobra no puede realizarse por el lado izquierdo del vehículo, se hará por el costado derecho, considerando los siguientes pasos:

1. Una vez detenido el móvil, una motocicleta se ubicará detrás del vehículo y la otra a uno de los costados, dirigiéndose el Jefe de Patrulla a controlar al conductor, adoptando el máximo de precauciones, permaneciendo su acompañante en la parte posterior, atento para actuar ante cualquier emergencia.

2. Debe evitarse el permanecer juntos o ubicarse en lugares opuestos, ante el evento de tener que repeler una agresión con armas de fuego.

PERSONAL DE SERVICIO EN AUTOMÓVIL, FURGÓN U OTRO VEHÍCULO POLICIAL QUE DEBE CONTROL A UN VEHÍCULO EN MOVIMIENTO: Se ubicará detrás de éste, llamando la atención de su conductor, por medio de toques cortos de sirena y ante la posibilidad que no se logre el objetivo, es decir, no exprese la intención de detenerse, el vehículo policial se trasladará al costado izquierdo o derecho, donde pueda ejecutar las indicaciones de detención con la mano, posteriormente el Carabinero deberá:

1. Una vez que el vehículo se ha detenido al costado señalado, el vehículo policial se estacionará detrás de éste, procediendo en forma similar que para el caso de los motoristas.

2. Al efectuar el control en motocicletas o vehículos policiales, los toques de sirena, serán acompañados por señales visuales de baliza, especialmente durante la noche.

CONTENIDO Nº 5: FORMA DE NOTIFICAR INFRACCIÓN AL TRÁNSITO. Deben considerarse siempre los siguientes aspectos:

a) Siempre respetar la dignidad de las personas, usando términos adecuados, evitando actitudes inapropiadas.

b) Uso de un lápiz y calco apropiado permitiendo que la copia de la boleta sea legible.

c) No apoyarse en el vehículo para escribir la boleta:

d) Es recomendable usar en el talonario, una lámina de material sólido, de la misma dimensión que la boleta, facilitando la escritura al servirle de apoyo.

e) Escribir con letra legible, redacción clara y correcta ortografía.

f) La boleta de citación se confeccionará en triplicado - conductor, Tribunal y talonario, debiendo consignar por lo menos los siguientes antecedentes:

CARABINERO DETRAS

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• Individualización del denunciado y el número de su Cédula Nacional de Identidad. • El Juzgado de Policía Local, día y hora de la concurrencia. • La infracción cometida, indicando el lugar, día y hora. . • La patente y clase de vehículo.

g) Todos los ejemplares deben contener los mismos datos, por tanto, al ser necesario

agregar alguna observación o anotación al reverso de la boleta, ésta debe constar en las tres hojas.

CONTENIDO Nº 6: REGULAR EL TRÁNSITO. Es aquel servicio de optimización de los flujos viales, en cruces no regulados por semáforos, ausencia de señales de prioridad de paso o por condiciones especiales del tránsito, en el cual el personal autoriza el paso alternado de los vehículos de las vías confluyentes, ubicándose en una zona segura, preferentemente en la prolongación de la línea de la cuneta, para permitir la libre circulación de éstos, trasladándose desde el frente de una vía a otra. En cruces con intensos volumen vehicular y/o peatonal, deberá destinarse personal que regule el tránsito, considerando entre otras variables, el factor de hora de máximo volumen (hora-punta) o cuando las circunstancias lo justifiquen. Lo anterior, se realizará con los siguientes objetivos:

a) Otorgar el derecho preferente de paso a los conductores y/o peatones, de acuerdo a las condiciones del tránsito;

b) Procurar el desplazamiento ordenado de los flujos de tránsito. c) Mantener una velocidad media constante facilitando un flujo continuo de vehículos. d) Prevenir los riesgos de accidentes entre los vehículos y usuarios e) Evitar que vehículos bloqueen el cruce.

El significado de las posiciones y señales básicas que realiza el Carabinero para el cumplimiento de su misión y que equivalen a las luces del semáforo, corresponden a las siguientes:

a) Carabinero visto de frente o de espalda, equivale a la luz roja, es decir, indica detención para conductores y peatones.

b) Carabinero con el brazo en alto, equivale a la luz amarilla, indicando prevención. Para los vehículos en tránsito, indica que debe detenerse o ingresar con precaución al cruce, al encontrarse muy cerca.

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Para los vehículos que se encuentren detenidos, les indica que se preparen para avanzar, al momento que ello se autorice, al ponerse de costado el Carabinero.

c) Carabinero visto de costado, equivale a luz verde, autoriza para avanzar a peatones y conductores.

CONTENIDO Nº 7: DIRIGIR EL TRÁNSITO.

Es aquella acción que realiza el personal de servicio en cruces viales no regulados por semáforos, ausencia de señales de prioridad de paso o por condiciones especiales de tránsito, con similares objetivos a los mencionados en la acción de regulación, descrita precedentemente, pero ubicado en una posición fija, de modo que su presencia sea visible por conductores y peatones. Para ello, será necesario el apoyo de conos canalizadores de tránsito. La posición y significado de las señales que realiza el personal que “dirige el tránsito” al igual que para aquel que “regula el tránsito”, equivalen a las luces del semáforo. El personal que dirige el tránsito en una vía de doble sentido de circulación y se encuentra en la posición equivalente a la luz verde de semáforo, podrá facilitar el viraje a la izquierda, de los vehículos que transiten por ella, para lo cual, con la mano izquierda o derecha procederá a detener momentáneamente el flujo vehicular que circula por la misma, pero en sentido contrario y con la mano libre, hará una indicación en semicírculo, en sentido de la trayectoria que debería seguir el vehículo que desea virar. EN AMBAS FUNCIONES, DIRIGIR Y REGULAR EL TRÁNSITO, EL CARABINERO DEBE CONSIDERAR ADEMÁS LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

1. Su presencia y función deben ser claramente visibles para conductores y peatones.

2. Los cambios de posición deben ser claramente visibles para conductores y peatones.

3. Las señales o indicaciones deben hacerse con movimientos claros, bien definidos, armónicos pero sin exageraciones, evitando interpretaciones erradas.

4. Propender a que el flujo de tránsito se desplace en forma constante, evitando detenciones en cada intersección, para lo cual debe orientar y coordinar su trabajo con el semáforo o Carabinero ubicado en el cruce anterior y posterior.

5. Evitar la acumulación excesiva de vehículos detenidos en una vía o que se bloquee la intersección.

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6. Antes de cambiar de posición, debe esperar algunos instantes en la señal de advertencia, con el fin de obtener que el cruce se encuentre libre y expedito, dando oportunidad de atravesar y virar a los vehículos que estén muy próximos a la intersección evitando detenciones bruscas o que los vehículos queden bloqueando el paso de peatones.

CONTENIDO Nº 8: CARABINERO AUXILIAR DEL QUE REGULA O DIRIGE TRÁNSITO.

En los cruces en que se "dirige o regula tránsito", cuando la intensidad vehicular, las condiciones o características del lugar lo requieran deberá designarse además del titular, un Carabinero auxiliar, que tendrá la misión de apoyar y completar la función de aquel, para hacerla más eficaz. Las actividades principales del Carabinero auxiliar serán las de hacer respetar las indicaciones de aquel que dirige o regula tránsito, acelerar flujos, impedir virajes, hacer respetar la línea de detención de vehículos, el paso de peatones, controlar que no se bloquee la intersección y notificar las infracciones que sorprenda. Deberá alternarse con este último, en las funciones antes mencionadas.

CONTENIDO Nº 9: FORMA PARA ACELAR FLUJOS VEHICULARES

Se designará personal en la función de agilizar los flujos de tránsito, preferentemente en aquellas vías o lugares donde se presente alguna de las siguientes condiciones:

a) Congestionamiento de tránsito.

b) Desplazamiento lento de vehículos.

c) Detención injustificada de vehículos.

d) Cuando sea necesario despejar rápidamente una vía.

Para cumplir con su función, en los primeros dos casos, el Carabinero se ubicará en el cruce, y en los otros, se desplazará a lo largo de la cuadra.

CONTENIDO Nº 10: MEDIDAS ESPECIALES DE TRÁNSITO. Para el registro de un vehículo debemos en primera instancia considerar dos aspectos: si el vehículo se encuentra detenido o si está en desplazamiento.

En el primer caso, es decir si el vehículo se encuentra detenido, debe ser de importancia para quienes efectuar dicho control aspectos tales como si existen ocupantes en su interior, y cuantos son, si son hombres o mujeres, que actitud mantienen ante la presencia policial, iluminación del lugar, si está abandonado, características fiscas del lugar donde se encuentra, perfil del cuadrante donde se encuentra, antecedentes delictuales del lugar, cuánto tiempo se ha mantenido en el lugar, etc.

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En tanto si el vehículo se encuentra en desplazamiento se debe tener presente la cantidad de ocupantes, información sobre la Placa Patente, actitud de los ocupantes ante la aproximación del dispositivo policial etc.

Una de las medidas de seguridad que se debe tener presente al momento de efectuar un control vehicular, es el hecho que dicho control sea realizado por más de un Carabinero, uno de los cuales se situará a un costado del acompañante y el otro al costado del conductor.

El uso de elementos de seguridad es un aspecto fundamental, tales como chaleco antibalas, chalecos reflectantes, bastones luminosos y conos de demarcación.

TECNICAS PARA EL CONTROL DE VEHICULOS

Sin lugar a dudas los diversos servicios policiales de transito que ejecuta Carabineros de Chile, constituyen una actividad de orden y seguridad, preventiva, cuyo objetivo es permitir la circulación expedita y segura de los usuarios en las vías, vitando las situaciones de peligro u obstáculos en su libre desplazamiento, ya sea como peatón, conductor o pasajero. No olvidando que las funciones de transito no desligan al personal de las obligaciones que por mandato constitucional le son obligatorias, debiendo adoptar cualquier procedimiento policial que en las inmediaciones al lugar donde se encuentran requieran su intervención. El Control Vehicular es una de las acciones más arriesgadas que ejecuta el personal de Carabineros de Chile, ya que las acciones de quienes se desplazan en un vehículo por las condiciones estructurales de este no le permiten al personal policial poder observar

Vehículo particular

que se encuentra

detenido ante la señal

de un Carabinero, en

espera de ser

fiscalizado.

Vehículo particular que

se desplaza por la vía

dándose a la fuga del

personal policial,

quienes mantienen un

seguimiento a distancia

en espera de la

oportunidad de

controlarlo y fiscalizarlo.

Posición correcta que debe

adoptar el personal policial

que ejecuta acciones de

fiscalización y control de un

móvil.

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correctamente los movimientos que se están ejecutan en su interior, lo que requiere una mayor concentración sobre las acciones que se deberán ejecutar ante un posible ataque o fuga del vehículo a controlar. En este sentido, de sebe realizar una separación de dos condiciones que determinaran el actuar policial. La primera dice relación con el control de un vehículo en base a condiciones normales, el cual se hace en forma aleatoria siguiendo las indicaciones de una carta de situación, información obtenida en el servicio relativa a infracciones recurrentes cometidas por conductores, planes ante movimientos vehiculares masivos, entre otros acontecimientos. Situación que permitirá realizar un procedimiento de prevención para los conductores que se desplazan por el lugar destinado a la fiscalización. En tal contexto se debe tener presente que la revisión de un vehículo es un aspecto fundamental en el procedimiento policial en el que se ve involucrado un automotor y se debe realizar conforme a una determinada metodología de trabajo de tal forma que no quede ningún lugar sin revisar. No importa el tipo de vehículo a registrar ya que un automóvil permite no solamente el transporte de personas, además, se puede encontrar en su interior evidencias tales como especies provenientes de un delito, armas o instrumentos que se utilizaron para cometerlo, sustancias ilícitas sometidas al control policial tales como, drogas u otro tipo de elementos que se utilizan habitualmente para cometer delitos. a) DESCENSO DEL VEHÍCULO POLICIAL.

1.- TÉCNICAS DE APROXIMACIÓN A UN VEHÍCULO En la aproximación del personal policial que efectúa el control de un vehículo siempre se debe tener presente que un vehículo puede ser un potencial peligro aunque haya permanecido abandonado por mucho tiempo, se cuente con testigos, o exista una buena iluminación del lugar en que se encuentra el coche. En primera instancia se debe consultar la placa patente a la Central de Comunicaciones con el fin de verificar si registra algún tipo de encargo, posteriormente el personal se debe acercar a un vehículo siempre en forma separada, atentos a poder repeler en cualquier momento una agresión y usar su armamento de servicio sin que esto pueda ocasionar un riesgo para los otros Carabineros que proceden en el lugar, teniendo en consideración que no se debe permanecer en la línea de disparo del funcionario que presta cobertura, ya que lo más probable ante la utilización de las armas de fuego pueda ser herido, a su vez, los funcionarios que ejecutan dicha acción deben salir de la visión de los ocupantes si se acercan por la parte posterior del móvil, es decir salir del ángulo de visión que los ocupantes mantienen por medio de los espejos retrovisores. 1.1 MODALIDADES DE CONTROL VEHICULAR La institución en base a estudios referentes a los comportamientos que evidencian los flujos vehiculares, los movimientos delictuales, y sistemas estadísticos, ha establecido diversas formas para controlar y fiscalizar vehículos, situación que conlleva efectuar una serie de acciones para dar cumplimiento a estos sistemas, métodos o estructuras de acción. En este contexto se describirán a continuación dos de los métodos establecidos por la Institución, relacionados con las formas básicas de patrullaje y control vehicular más utilizadas por el personal de servicio en la población. 1.1. a Control vehicular con patrulla simple

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Es el control que el personal de Carabineros realiza con una patrulla compuesta por dos funcionarios, ya sea a pie o en cualquier dispositivo policial, siendo el de mayor graduación o antigüedad quien interactúa con el conductor, pasajero o peatón, debiendo el otro brindar las condiciones de protección y resguardo, manteniéndose atento a los acontecimientos que ocurren en el entorno.

1.2 TÉCNICAS DE REGISTRO DE VEHÍCULOS En este caso desarrollaremos el presente punto, en base a que se está efectuando un registro a un vehículo que por factores policiales debió ser desocupado por sus ocupantes, ante la eventualidad que el móvil hubiese participado en un hecho delictivo o sea producto de un robo. De esta forma, Se debe tener presente que la revisión de un vehículo es un aspecto fundamental en el procedimiento policial en el que se ve involucrado ya sea un automóvil, camioneta, furgón, u otro tipo de automotor, ya que por su naturaleza permite no solamente el transporte de personas sino que también cosas entre las que se pueden encontrar armas, drogas u otro tipo de elementos que le sirven al delincuente para ejecutar nuevos delitos. La revisión, se debe efectuar a lo menos por dos Carabineros, desde afuera hacia dentro, uno de los cuales fijará la totalidad de las evidencias encontradas y el otro consignará en su bitácora los indicios o evidencias hallados. En primer lugar se comienza con la inspección ocular externa del vehículo, verificando ambas placas patentes única con el fin de dejar en claro si son originales o no, para ello se debe observar el tipo de material, los sellos del emisor como del fabricante y la confección propiamente tal, si la combinación de letras y números coincide con el sello o distintivo de la revisión técnica, el que se encuentra fijada en el ángulo inferior del costado izquierdo del parabrisas, teniendo en cuenta que este es un documento fabricado por la Casa Moneda de Chile y por lo tanto tiene las respectivas medidas de seguridad. Seguidamente, se revisará el sello de vehículo catalítico pudiendo ser este verde, rojo o amarillo según corresponda, el que debe coincidir con la combinación de letras y números de las placas patentes del vehículo revisado, al igual que la documentación. También en esta revisión externa, se deben verificar los vidrios del vehículo ya que algunos mantienen impresos de fábrica el número de chasis como en el caso de Chevrolet argentino y el brasileño. Verificar también en los señalados elementos y logos de la marca las placas patentes que en algunos casos los propietarios estampan y estas deben coincidir con los ejemplares que el vehículo porta. B) CONTROL VEHICULAR CON PERSONAS EN EL INTERIOR 1.- TÉCNICAS DE REGISTRO DE PERSONAS Aunque no necesariamente se debe efectuar el registro de toda persona que se encontraba en el vehículo al momento de iniciado el procedimiento, siempre es necesario considerar lo siguiente: Los ocupantes del vehículo ante la presencia de indicios que permitan tener la suficiente claridad que dicho móvil participo de un hecho ilícito, deben ser descendidos en

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forma ordenada, siempre observando sus manos y extremidades, como también los lugares hacia donde tienden a acercarse, ya que en estos pudieren guardar algún elemento como un arma de fuego u otro de importancia para el procedimiento. A su vez, deben ser trasladados hasta un lugar que brinde una iluminación adecuada, y que no permita la huida de los sujetos, de esta forma podremos registrar sus vestimentas y equipajes. Para estos efectos debemos tener presente que en las acciones inadecuadas como por ejemplo la revisión efectuada por solo un funcionario, que constituyen las malas prácticas, debemos considerar por ejemplo que la revisión o el control de un vehículo lo realice un solo Carabinero, el que dicho sea de paso no efectúe además, una fijación de los elementos encontrados en esta ni consigne los datos reunidos en la revisión, además, que no cuente con los elementos de seguridad suficientes. Manipular sin ninguna técnica ni metodología de trabajo el vehículo por lo que sin lugar a dudas quedarán después de ella muchas más interrogantes que antes de la inspección, lo que se traduce en una entrega de información falsa al organismo involucrado el que puede ser fiscalía o tribunal perdiendo con ello credibilidad y veracidad puesto que el procedimiento no se efectuó de una manera adecuada. Realizar la revisión del vehículo sin considerar el lugar donde se efectúa ni la cantidad de personal suficiente que asegure la integridad física de los Carabineros que proceden en el lugar.

C) REALIZACION DEL REGISTRO DE VEHICULOS, COMO PROCEDIMIENTOS PRACTICOS Y EN TERRENO (CIUDADELA O PATIO DE INSTRUCCIÓN).

El desarrollo de este contenido será realizado en terreno en base a los aspectos teóricos vistos en el transcurso de las clases. CONTENIDO Nº4: UBICACIÓN DE LOS CARABINEROS QUE REALIZARAN EL CONTROL Y REGISTRO DE UN AUTOMOVIL.

Observar si los cilindros, tanto de las chapas de puertas como de contacto, mantienen

indicios de fuerza, procediendo conforme a una metodología de trabajo de tal forma que no quede ninguna sin revisar, en este caso empezaremos por la puerta del costado izquierdo, tapa de combustible, compartimiento del equipaje, puerta delantera derecha y finalmente dispositivo de contacto del vehículo, verificando en cada uno de ellos si se encuentran o no forzados sus cilindros interiores. Revisión de la documentación que sea ubicada al interior del coche, tal como permiso de circulación, revisión técnica (cuando corresponda), certificado de homologación, certificado de seguros contra accidentes y certificado de inscripción de vehículos motorizado si se cuenta con él. Los certificados de revisión técnica, homologación y el certificado de inscripción de vehículos motorizado mantienen sistemas de seguridad dispuestas por el fabricante que es la Casa de Moneda de Chile, denominadas fibrillas y filigranas conocidas estas últimas como marcas de agua. (Se recomienda verificar estos documentos a contraluz y luz ultravioleta). En la verificación del certificado de revisión técnica, efectuar la comparación con el sello de revisión instalado como se dijo en el parabrisas, que debe mantener impresa la misma placa patente y que además, coincida con el número del distintivo. Terminada la operación antes indicada, se procederá a efectuar una revisión física técnica de los números identificatorios del vehículo tales como chasis o chasis VIN (cuando corresponda) y número de motor cotejando con la documentación tenida a la vista. (Tener presente que sólo hay numeraciones inscritas en chasis y motor). Hay que tener claro que el número identificatorio de chasis o chasis VIN., se puede ubicar en cualquier parte del vehículo, en una zona que no sea frecuente de choque.

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El número motor en su caso, siempre se encontrará estampado a golpe en bajo relieve en el block, en algunos casos se puede encontrar en una placa fijada al motor mediante remaches del tipo pop.

Como regla general los números de motor y chasis o chasis VIN deben ir impresos en forma similares, manteniendo una uniformidad en su estampado, además, tener una distancia equidistante entre un carácter y otro, conservando siempre una línea de impresión, encontrándose estampado a golpe en bajo relieve o mediante el sistema punteado eléctrico.

Recordar siempre que el principal componente de un vehículo es el número identificatorio de chasis o chasis VIN. El motor es considerado como una pieza de recambio, por lo que puede ser reemplazado. Es decir, que mientras no se establezca el número identificatorio de chasis o chasis VIN original del fabricante, no se puede obtener la identidad cierta de un vehículo. CONTENIDO N º5: COBERTURA PARA EL CONTROL Y ALLANAMIENTO DE VEHIUCULOS.

Técnicas de Triangulación al momento de efectuar un acercamiento al vehículo a controlar. En este aspecto siempre se debe considerar primero que todo no encontrarse en la línea de fuego del otro u otros Carabineros que efectúan la fiscalización. Una vez detenido el vehículo:

Mantener una actitud de vigilancia atento a reaccionar ante cualquier tipo de agresión, mantener una distancia suficiente que lo deje fuera del alcance de la apertura de cualquier puerta del vehículo.

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Hablar con voz clara y fuerte de tal forma que las instrucciones que imparta al conductor o acompañantes que se encuentren en el vehículo (el más antiguo del dispositivo) puedan ser escuchadas sin lugar a dudas.

Si la fiscalización es realizada por dos Carabineros, cada uno cubre un lado del vehículo, el más antiguo lo hará por el costado del conductor, disponiendo detener el motor del vehículo y dejar las llaves sobre el techo.

Si en la fiscalización hay más de dos los restantes cubrirán las otras áreas del vehículo tal como puertas traseras, y parte posterior del vehículo.

CONTENIDO N º6: ORDEN TÁCTICO PARA EL REGISTRO DE UN AUTOMÓVIL Selección de zonas de registro. Antes de iniciar cualquier revisión del vehículo destinada a la búsqueda de indicios y evidencias que puedan relacionar el procedimiento que se está gestando con otros, se debe dejar en claro la identidad del vehículo considerando los siguientes aspectos:

Placa patente delantera, igual a la trasera;

Sello de revisión técnica si corresponde cotejándolo con el certificado de revisión técnica y placa patente única que el vehículo porta.

Sello de vehículo catalítico, (verde, rojo o amarillo) que corresponda a las placas patentes que el vehículo porta.

Vidrios, luneta y parabrisas en búsqueda de marcaciones de chasis y placas patentes que deben coincidir con las del vehículo.

Terminada esta inspección, se procederá a revisar la parte exterior, considerando cuatro zonas: parte delantera, trasera, costado y baja. En la parte interior, se considera el habitáculo de los pasajeros, donde se verificarán la guantera, cenicero, consola, pisos de goma, tapiz y /o moldura de puertas, bajo los asientos, etc. El compartimiento del equipaje, donde se verificarán todas las cavidades que se encuentren, considerando el lugar donde se guarda el neumático de repuesto. El compartimiento del motor, además de considerar en él la revisión técnica tendiente a ubicar el número de motor y chasis, también será motivo de verificación de sus cavidades.

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CONTENIDO N º7: ASEGURAMIENTO DE LAS PERSONAS CONTROLADAS 1).- Solicitud del documento de identificación.

El carabinero debe otorgar a las personas las facilidades para encontrar y

exhibir estos documentos de identificación. Incluso cuando sea factible, dependiendo de la

celeridad del procedimiento u otra circunstancia debidamente evaluada por el carabinero de

servicio, podrá acompañársele al lugar donde manifieste tenerlo (En el vehículo, en la oficina,

en el negocio o lugar de trabajo, etc.)

2).- Registro de las vestimentas, equipaje o vehículo.

Durante el procedimiento de control de identidad se podrá sin necesidad

de nuevos indicios, proceder al registro de las vestimentas, equipaje o vehículo de la persona

cuya identidad se controle, verificando el porte de armas, drogas u otros objetos o

instrumentos destinados conocidamente para efectuar un delito que hagan presumir su

participación y, además, cotejar la existencia de órdenes de detención que puedan afectarle.

Registro de Equipajes.

Registro de vehículos. Registro de vestimentas de personas.

La policía procederá a la detención, sin necesidad de orden judicial y en

conformidad a lo dispuesto en el artículo 129, de quienes se sorprenda, a propósito del

registro, en alguna de las hipótesis del artículo 130, así como de quienes al momento del

cotejo registren orden de detención pendiente.

3).- Verificar autenticidad de los documentos:

Una vez que la persona fiscalizada exhiba alguno de los documentos de

identificación señalados precedentemente el personal verificara en la medida de lo posible, y

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de acuerdo a los medios que se disponga al momento de adoptar el procedimiento, la

autenticidad del documento.

4).- Realizar las averiguaciones pertinentes:

Luego con la identidad proporcionada, se utilizara para los fines

requeridos. En ese sentido, se practicaran averiguaciones inmediatas tendientes a establecer

o desvirtuar que se disponía a cometer un crimen, simple delito falta, o que tuviera

participación en ello, o de su calidad de testigo de estos. Como así mismo, se consultara a fin

de establecer si exciten órdenes de detención pendientes en su contra con los elementos

tecnológicos disponibles.

Si desvirtúa su participación en el crimen, simple delito o falta, o su

calidad de testigo de estos, concluye el procedimiento de control de identidad y debe emitirse

a la persona que continúe con su actividad, debiendo en todo caso registrarse en el libro de

población: la identificación de la persona controlada, la hora, lugar, y circunstancias en que se

realizó este control, por la utilidad que dichos datos pueden prestar en una eventual

investigación policial posterior.

Al establecer su participación en el crimen, simple delito o falta, y este

fuere flagrante, la persona deberá ser detenida y, por consiguiente desde ese momento se

termina el procedimiento de control de identidad y comienza el procedimiento de detención

flagrante. Si el ilícito no se encuentra flagrante, concluye el procedimiento de control de

identidad y debe adoptarse el procedimiento para la denuncia del delito.

Además, si se instituye la calidad de testigo de un crimen, simple delito o

falta la persona debe ser individualizada y citada a la fiscalizada del ministerio público.

CONTENIDO Nº8: APLICAR TECNICAS DE DEFENSA PERSONAL, ANTE RESISTENCIA A LA DETENCION DE CONTRAVENTORES (CONDUCTOR O ACOMPAÑANTE).

UNIDAD II: GENERALIDADES PARA EL CONTROL DE ORDEN PÚBLICO. CONTENIDO Nº 1: ORDEN PÚBLICO CONCEPTO GENERAL Se entenderá como las acciones y cursos de acción, tendientes a controlar todo acto ilícito o infracciones que por causa y efecto, identifique una o varias conductas sociales en masa, en las cuales se evidencie la organización, aplicación de métodos y el empleo de medios que restrinjan o perturben los derechos de las personas y pongan en peligro los bienes privados y de uso público.

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CONTENIDO Nº 2: MUCHEDUMBRE CONCEPTO

Agrupación más o menos numerosa de personas, que persiguen un fin concreto y determinado, estando sujetas a idénticas sensaciones.

CONTENIDO Nº 3: GENERACIÓN DE LAS MUCHEDUMBRES

CLASIFICACION:

• Casual o Accidental: Carece de unidad psicológica, puesto que no tiene: Líder Organización Identidad de propósito.

• Convencional: Se ha reunido con un fin específico.

CAUSAS:

• Social. • Religiosa. • Política. • Racial. • Económica. • Deportiva.

CONTENIDO Nº 4: COMPONENTES DE UNA MUCHEDUMBRE

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CONTENIDO Nº 5: CLASES DE UNA MUCHEDUMBRE (SEGÚN SU ORIGEN Y ACTITUD).

SEGÚN SU ACTITUD:

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CONTENIDO Nº 6: INFLUENCIAS PSICOLOGICAS DE LAS MUCHEDUMBRES (DEL NÚMERO, DE LA SUGESTIÓN Y DE CONTAGIO).

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QUE RIGEN SU COMPORTAMIENTO:

• DEL NÚMERO. (Sentido de poder) • DE LA SUGESTIÓN. (Ideas del Líder) • DE CONTAGIO. (El grupo crece)

CONTENIDO Nº 7: INFLUENCIAS PSICOLOGICAS A FAVOR DEL CARABINERO ANTE UNA MUCHEDUMBRE

• Conducta Correcta. • Espíritu de Cuerpo. • Llegar siempre primero. • Evitar la formación de Grupos. • Usar la sorpresa. • No discutir. • Actuar en forma decidida. • Información.

El desarrollo de los contenidos nº 8 al 15 serán trabajados y reforzados en terreno en base a los aspectos teóricos tratados en el transcurso de las clases, debidos a que corresponde a acciones concretas a realizar en equipo.

CONTENIDO Nº 8: CONDUCTA CORRECTA, ESPÍRITU DE CUERPO. CONTENIDO Nº 9: ANTICIPARSE A LOS HECHOS, USAR LA SORPRESA

CONTENIDO Nº 10: NO DISCUTIR CONTENIDO Nº 11: ACTUAR EN FORMA DECIDIDA CONTENIDO Nº 12: MANTENER LA INFORMACIÓN DE LA MUCHEDUMBRE CONTENIDO Nº 13: TECNICAS DE CONTROL DE MUCHEDUMBRE CONTENIDO Nº 14: PROTOCOLO DE ADVERTANCIA CONTENIDO Nº 15: GRADUALIDAD DE INTERVENCIÓN

UNIDAD IV: CONTROL DE ORDEN PÚBLICO. CONTENIDO Nº 1: INSTRUCCIONES BÀSICAS PARA LA PROTECCIÓN DEL CARABINERO.

NIVELES DE ALERTA: Las circunstancias que enfrenta diariamente el personal de Carabineros en la población tienen diferentes niveles de riesgo que dependen sustancialmente de la actitud de la persona controlada y que se pueden clasificar en situaciones de normalidad, de riesgo y de alto riesgo. 1. Situación de normalidad Una situación es normal cuando su ocurrencia plantea mínimos riesgos y no existen indicios de un peligro inmediato. El contexto de un mismo tipo de procedimiento puede plantear distintos niveles de riesgo, como cuando se efectúa el control de una persona en el centro de la ciudad al mediodía o se

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practica en el mismo lugar de madrugada. Con todo, el carabinero debe mantenerse siempre atento a la evolución de los escenarios que enfrenta. 2. Situación de riesgo Una situación es riesgosa cuando existen indicios, hechos o expresiones de amenaza para la integridad física del carabinero. Por ejemplo, en las oportunidades en que se enfrenta a personas que observan con atención o eluden el encuentro del carabinero, que levantan la voz de forma intimidatoria, que reaccionan de manera hostil a sus preguntas o que se encuentran en el interior de un vehículo que va a ser controlado, entre otras. 3. Situación de alto riesgo Una situación es de alto riesgo cuando presenta un peligro de agresión inmediata. Dado que los efectos de este ataque son impredecibles, los carabineros deben extremar las medidas de seguridad. Por ejemplo, en las oportunidades en que se enfrentan personas que, además de gritar intentan empujar al carabinero, personas de quienes se presume que portan armas u ocultan intencionalmente sus manos, o personas de quienes se sabe que han cometido un ilícito.

ESTADO DE VIGILANCIA: Al adoptar un procedimiento policial, el carabinero debe anticiparse al riesgo operando en el nivel adecuado de vigilancia para tener la capacidad de cambiar de nivel superior de resguardo de acuerdo a la evolución de la situación. Los diferentes estados de vigilancia pueden ser clasificados de la siguiente manera: 1. Estado de desatención Un estado de desatención es aquél en que el carabinero se encuentra distraído y no advierte lo que está sucediendo a su alrededor. Esto puede ser ocasionado por el cansancio o la creencia equivocada de que los procedimientos policiales son rutinarios y no presentan posibilidades de inconvenientes. Bajo este estado el carabinero no está preparado para afrontar riesgos de ninguna naturaleza. 2. Estado de atención

El estado de atención es aquél en que existe un nivel básico de anticipación. Es el nivel mínimo esperable en un carabinero que se encuentra de servicio, pues su función consiste en brindar seguridad a las personas vistiendo de uniforme y ejerciendo vigilancia sobre el público, los lugares, los objetos y principalmente sobre los movimientos que ocurren a su alrededor. 3. Estado de alerta El estado de alerta es aquél que permite enfrentar una situación en la cual ya existe un problema de resistencia que debe abordarse mediante la verbalización. 4. Estado de alarma El estado de alarma es aquél que permite enfrentar un riesgo de agresión inmediata que requiere una reacción instantánea. Se permite usar medios diferenciados y progresivos de fuerza. 5. Estado de pánico Estado de sobrecarga que ocurre frente a eventos peligrosos prolongados. Los efectivos policiales no están preparados para enfrentar solos situaciones dilatadas y deben solicitar colaboración anticipadamente, porque en este estado se producen fallas en la percepción y no se pueden adoptar decisiones adecuadas.

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CONTROL DE LA SITUACIÓN: 1. Organización del espacio Todos los procedimientos policiales requieren que el carabinero adopte un estado de vigilancia adecuado para enfrentar correctamente los riesgos. La posición y distancia que se tome frente a la persona controlada favorecen la posibilidad de adoptar medidas defensivas frente a reacciones agresivas repentinas.

a. Zona de seguridad Zona de seguridad es el lugar en el que el funcionario policial tiene dominio de la situación y no corre riesgos para su integridad. Es una zona adaptable a los diversos requerimientos, sea para entrevistar o controlar a una persona, estacionar un vehículo o proporcionar información al público. b. Zona de riesgo Zona de riesgo es aquella en la que el funcionario de Carabineros no tiene dominio de la situación y puede existir un riesgo a su integridad proveniente de personas, objetos o escenarios desde los que pueda surgir una amenaza que no sea evidente.

2. Focalización del interés

a. Punto de atención El punto de atención se encuentra dentro del área de riesgo y corresponde a la zona desde donde es esperable que puedan surgir amenazas. Puntos de atención son las personas, los inmuebles y los vehículos. b. Punto caliente El punto caliente corresponde a los lugares más sensibles del punto de atención. En las personas corresponde a las manos, los pies y la cabeza; y en los inmuebles y vehículos, a las ventanas, puertas y porta equipaje.

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3. Postura física y manejo de las distancias Mantener una postura física y una distancia adecuada favorece el diálogo con la persona controlada y garantiza un mejor tiempo de respuesta frente a amenazas. Nunca el carabinero debe efectuar un control con sus brazos cruzados o en jarra, ya que con esta postura queda expuesto a posibles agresiones sin poder reaccionar a tiempo, al mismo tiempo que demuestra una falta de respeto que puede promover resistencia o agresión. Una distancia corta puede interpretarse por las personas como conducta hostil, pues se cruza el umbral del espacio personal. Lo que se genera es una tendencia a apartarse, huir o defenderse de la invasión a lo que se considera el espacio propio. Las palabras de un carabinero a corta distancia pueden ser percibidas como agresiones. Solamente cuando sea necesario detener a una persona, esposarla y registrarla, es recomendable acortar la distancia. a. Distancia corta La distancia ideal que debe existir entre un carabinero y la persona controlada es de aproximadamente tres metros. Esta distancia favorece la interacción cooperativa con desconocidos y permite contar con un buen espacio de protección, lejos de los puntos calientes (manos, pies y cabeza). A esta distancia se puede observar el cuerpo completo de la persona controlada, lo que favorece la lectura de las expresiones del lenguaje corporal. Tome en cuenta que el tiempo que usted necesita para reaccionar, siempre debe ser mayor al tiempo que requiere el controlado o infractor, para agredirlo. b. Distancia larga La distancia mínima que debe existir entre un carabinero y una persona que porta un cuchillo es de seis metros. En el caso que la persona controlada o un infractor de la ley porte un arma de fuego o mantenga sus manos ocultas, el carabinero debe cubrirse hasta que pueda ver claramente las manos de la persona o esta deje el arma de fuego.

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CONTENIDO Nº 2: ELEMENTOS DE PROTECCIÓN BÁSICOS

CINTURON DE SERVICIO

1. Elementos El cinturón de servicio o cinturón operativo es una correa que va ceñida a la cintura y en la que se sujetan los diversos elementos de protección del carabinero. Está compuesto de los siguientes elementos: a) Cinturón de servicio modelo 2002 b) Cuatro pasadores con broche c) Una hebilla d) Bastón de servicio e) Tahalí porta bastón de servicio f) Armamento (revólver o pistola) g) Funda para armamento (revólver o pistola) h) Cordón de seguridad para armamento i) Esposas de seguridad j) Llaves para esposas de seguridad k) Funda porta esposas l) Cargador (rápido para revólver o de pistola) m) Funda para cargador (rápido para revólver o funda porta cargador para pistola) n) Accesorios eventuales: linterna, equipo radial portátil y guantes 2. Montaje y postura del cinturón El cinturón de servicio o cinturón operativo debe armarse siguiendo una secuencia de acciones que parten por extenderlo sobre una mesa sacando la hebilla. En los cinturones para diestros, el orden en que se deben agregar los accesorios es el siguiente: un pasador, funda para cargador rápido, tahalí porta bastón retráctil, dos pasadores, cordón de seguridad para armamento, funda de armamento, funda porta esposas, un pasador.

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En los cinturones para diestros, el orden en que se deben agregar los accesorios es el siguiente: un pasador funda porta esposas, funda de armamento, dos pasadores, cordón de seguridad para armamento, tahalí porta bastón retráctil, funda para cargador rápido, un pasador. Finalmente, se debe colocar nuevamente la hebilla. Se espera que los accesorios del cinturón queden puestos en el orden descrito para cumplir los objetivos de mantener la uniformidad y permitir su uso eficiente. No son aceptables las innovaciones en el orden de los accesorios. En caso que alguno de los accesorios no calce perfectamente, se mueva o quede mal ubicado, deberá ser sustituido por otro. Los accesorios sucios o en malas condiciones deberán ser limpiados o reparados antes de ser puestos en el cinturón. El cinturón de servicio, o cinturón operativo, solo debe colocarse una vez que se ha verificado que los accesorios del cinturón se encuentran en el orden correcto y que los elementos de protección individual se encuentran en buenas condiciones. Se debe tomar el cinturón con las dos manos y colocarlo en la cintura, afianzándolo al cuerpo y calzando el pasador con el soporte de seguridad y la hebilla. Enseguida, deben instalarse dos pasadores por delante y dos por atrás para, a continuación, enfundar el armamento y poner el cordón de seguridad cuando procediere. Luego corresponde guardar esposas de seguridad, cargador, bastón de servicio y otros elementos que hayan sido autorizados (linterna, equipo radial portátil, guantes, etc.). Los accesorios deben quedar puestos de manera correcta, equilibrados y cómodos. Durante el servicio se debe verificar que los accesorios permanezcan en su lugar y los pasadores se mantengan cerrados. El movimiento puede alterar la ubicación, en cuyo caso deben ajustarse. Si la ubicación de los accesorios no le resulta familiar al carabinero, deberá ejercitarse para optimizar su empleo desde la posición estandarizada.

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ESPOSAS DE SEGURIDAD

1. Elementos Las esposas de seguridad son instrumentos metálicos compuestos de dos argollas y cuyo objetivo es reducir la libertad o inmovilizar parcialmente a las personas privadas de libertad para resguardar la integridad del carabinero y de la persona infractora de la ley. El equipamiento de las esposas de seguridad es el siguiente: a) Cinturón de servicio con funda porta esposas b) Esposas de seguridad propiamente tales c) Llaves de esposas de seguridad 2. Guardado de esposas de seguridad Antes de guardar las esposas de seguridad se debe efectuar una inspección visual y táctil de ellas para determinar que no tenga deformaciones, se encuentren oxidadas o tengan cuerpos extraños o cortes. Se debe constatar que los eslabones y seguros de anclaje no presentan defectos, comprobar que la pieza gira y traba correctamente, y probar el funcionamiento del cerrojo con sus respectivas llaves. Finalmente se debe comprobar el funcionamiento del seguro de bloqueo o traba. Si las esposas presentan desperfectos deben cambiarse por otras. La secuencia de acciones para el guardado de esposas es la siguiente. Se ponen las argollas sobre ambas manos con las cerraduras visibles y hacia abajo, luego se juntan las argollas y se introducen con su cuerpo y cadenas hacia abajo dentro de la funda. A continuación, se cierra la funda y se colocan las llaves en el gancho del cordón de seguridad para armamento. Las esposas deben quedar guardadas con los aros hacia arriba, permitiendo su extracción rápida.

EQUIPAMIENTO DEL CARABINERO a) Protecciones anti trauma b) Chaleco antibalas

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El chaleco antibalas es un accesorio que permite ceñir al cuerpo dos paneles antibalísticos para proteger al carabinero de los impactos balísticos de proyectiles lanzados con armas de puño, así como de los efectos de agresiones con elementos cortantes. El chaleco antibalas debe armarse siguiendo una secuencia de acciones. Se deben reunir las dos fundas exteriores que conforman un chaleco antibalas y observar si los paneles balísticos puedan tener imperfecciones (protuberancias o cortes). Luego, se debe tomar la funda exterior trasera (que lleva la inscripción “Carabineros de Chile”) para “cara de impacto” (normalmente con la frase “strike face”) direccionada hacia el exterior del cuerpo. A continuación se deben cerrar los velcros de la funda. El mismo procedimiento se debe efectuar con la funda exterior delantera (que lleva los cierres de contacto, cremalleras en la parte superior que corresponde al cuello). La “cara de impacto” (normalmente con la frase “strike face”) debe quedar direccionada hacia el exterior del cuerpo. Finalmente se deben unir las dos partes ya armadas con los cierres de contacto superiores. El chaleco antibalas se pone tomándolo con ambas manos entremedio de las placas y luego abriendo los cierres de contacto laterales. Antes de ceñírselo, se deben sacar los objetos voluminosos que estén pegados al cuerpo (lápices, celulares, cigarrillos). Luego se debe introducir la cabeza entre ambas placas y ajustar con las manos los cierres de contactos laterales y del cuello, evitando que cualquier parte quede mal cerrada. El chaleco antibalas debe quedar puesto bajo la chaqueta operativa.

El chaleco antibalas se usa en su talla adecuada, pegado al cuerpo y simétrico. Nunca debe emplearse para sentarse, ni como respaldo. Un chaleco mal afianzado queda asimétrico y deja descubierta algunas superficies del cuerpo. Si se recibe un chaleco antibalas con perforaciones, cortes o daños de otro tipo, se debe desechar de inmediato y sustituir por otro. Si se ensucia la funda exterior no se debe lavar “en seco”, sino a mano a máquina en agua tibia y con un poco de detergente común. Se debe secar al aire libre a la sombra. Si se ensucia por dentro, la funda protectora del panel antibalístico puede limpiarse con un paño húmedo. El panel no puede sacarse de su funda protectora ni menos sumergirse en agua. c) Casco

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2. Uso del casco. Debe afianzarse correctamente a la superficie de la cabeza en el siguiente orden: a) Ajustar el sistema de corona que da la profundidad del casco a la cabeza por medio de sus dos correas regulables que se encuentran ubicadas en la parte interior posterior del casco.

b) Debe ajustar el arnés a la medida perimetral de la cabeza por medio del su sistema de ajuste, que se encuentra al costado izquierdo de este.

c) Tomar el casco con ambas manos y posesionarlo en la cabeza. d) Posteriormente se debe ajustar el barboquejo de tres puntas, por medio de sus correas ajustables, que poseen argollas y sistema velcro para lo cual debe cerciorarse que este no quede presionando las orejas del usuario, esto permite la utilización correcta y sin molestias de algún sistema de comunicación y/o visión de manos libres.

e) Ajustabilidad correcta del periquejo sobre el mentón por medio de su correa ajustable con sistema velcro incorporado a esta.

f) Finalmente deberá abrochar el sistema tip-top macho (hebilla plástica) al costado izquierdo donde se encuentra la fijación hembra.

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g) Una vez realizados los pasos anteriormente descritos el usuario deberá cerciorarse que el casco quedó adecuadamente y cómodamente puesto en la cabeza del usuario, comprobándolo por medio de los siguientes ejercicios:

g.1) Movimientos de cuello hacia ambos costados de la cabeza. g.2) Movimientos de cuello hacia delante y atrás. g.3) Movimientos de rebote en el suelo con la finalidad de verificar que éste se desplace hacia algún costado y acostumbramiento del usuario, especialmente en tiempos prolongados de los servicios policiales.

USO DEL VISOR: (AJUSTABILIDAD DEL TAMAÑO) a) El casco debe ser ingresado al visor.

b) Debe afianzarse correctamente a la superficie perimetral del casco, por medio de los ganchos de fijación de alta resistencia tipo “L”, enganchándolos sobre el borde de ambas configuraciones sobresalientes a la altura de ambos oídos.

c) Posteriormente deberá ajustarse al casco, por medio del sistema de ajuste regulable gradual dentado, de material plástico que posee en la parte posterior de este.

d) Una vez ajustado deberá fijarlo, para lo cual procederá a presionar la aleta del seguro de este, cerciorándose que esta quede totalmente adherida a su parte plana.(cerrado), la cual se encuentra ubicada en su parte derecha. e) Una vez realizado los pasos anteriormente descritos, deberá tomarlo por los bordes, tratar de girarlo y de esa forma comprobar que este haya quedado con algún grado de soltura tanto circular como perpendicular.

f) Una vez puesto y ajustada la carcasa del visor, procederá a colocarse el casco, teniendo en cuenta que ya se ha ajustado el arnés y barboquejo a la cabeza del usuario.

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g) Acto seguido procederá a efectuar los siguientes movimientos:

Deberá verificar que el visor transparente se encuentre totalmente limpio permitiéndole una visibilidad frontal y periférica. d) Escudo

e) Bastón Isomer

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f) Buzo y guantes anti flama

g) Máscara antigases

1. MEDIOS DE MANDO PARA LAS FORMACIONES DE CARABINEROS: Estos no pueden ser rígidos, ya que deben emplearse de acuerdo a las condiciones del momento. Doctrinalmente, los medios de mando de una formación de encuentro son: a) Voz de Mando: Se emplea para que la ejecución del movimiento sea simultánea e inmediata. Para ello es requisito indispensable que la Unidad se encuentre formada y las condiciones del terreno permitan ser escuchada por todo el personal. b) El Pitazo: Se empleará para llamar la atención del personal de la Unidad, cuando se vaya a ejecutar un movimiento o bien como complemento de la Voz de Mando y las señales.

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1 TOQUE CORTO: LLAMADO DE ATENCION

1 TOQUE LARGO: INICIAR O EJECUTAR LA ACCION.

1 TOQUE LARGO SOSTENIDO: AVANZAR O INTERVENIR.

2 TOQUES CORTOS: SUSPENDER O DETENER LA ACCION.

1 TOQUE CORTO Y OTRO LARGO: RETROCEDER.

TOQUES LARGOS Y PERMANENTES: SOLICITA AYUDA O COOPERACION. c) Las Señales: Se emplean para la conducción del personal o para ejecutar un movimiento determinado, cuando quien los dirige, no puede hacerlo a viva voz. También se emplean señales, cuando es necesario obtener el factor sorpresa ante la muchedumbre, ya que la masa ignora el movimiento que la Unidad ejecutará en terreno. SEÑALES CONVENCIONALES:

AVANZAR: SEÑAL INDICADA PARA

INDICAR EL AVANCE DE UNA

FORMACION.

ACCION: AMBOS BRAZOS EXTENDIDOS

EN DIAGONAL Y BAJO LA CINTURA

MOVIENDO SIMULTANEAMENTE HACIA

ADELANTE Y ATRÁS.

RETROCEDER: SEÑAL INDICADA PARA

INDICAR EL RETROCESO DE UNA

FORMACION.

ACCION: BRAZO DERECHO SOBRE EL

HOMBRO CON PALMA EMPUÑADA Y

PULGAR EXTENDIDO MOVIENDO LA

MANO HACIA ADELANTE Y ATRÁS.

EMBARCAR: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR AUN GRUPO DE CARABINEROS

EL EMBARQUE A UN VEHICULO

ACCION: BRAZO DERECHO SOBRE EL

HOMBRO CON PALMA EMPUÑADA Y

DEDO INDICE EXTENDIDO, MOVIENDO

EN FORMA CIRCULAR Y CONSTANTE.

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REUNIRSE/AGRUPARSE: SEÑAL

UTILIZADA PARA INDICAR LA REUNION O

AGRUPAMIENTO DE UN GRUPO DE

CARABINEROS.

ACCION: AMBOS BRAZOS SOBRE EL

HOMBRO CON LOS DEDOS INDICE

EXTENDIDOS Y MOVIMIENTO CIRCULAR

Y CONSTANTE.

CADENA DE BRAZOS: SEÑAL UTILIZADA

PARA INDICAR LA FORMACION DE UNA

CADENA DE BRAZOS POR PARTE DE UN

GRUPO DE CARABINEROS.

ACCION: MANO IZQUIERDA TOMA

ANTEBRAZO DERECHO CON BRAZOS

EXTENDIDOS FRENTE AL PECHO.

COLUMNA: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR LA FORMACION EN COLUMNA A

UN GRUPO DE CARABINEROS

ACCION: AMBOS BRAZOS EXTENDIDOS

HACIA EL FRENTE CON LAS PALMAS DE

AMBAS MANOS EXTENDIDAS.

LA LINEA: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR LA FORMACION EN LINEA A UN

GRUPO DE CARABINEROS

ACCION: AMBOS BRAZOS EXTENDIDOS

HACIA LOS COSTADOS A LA ALTURA DE

LOS HOMBROS.

DIAGONAL IZQUIERDA Y DERECHA:

SEÑAL UTILIZADA PARA INDICAR EN

LINEA DIAGINAL HACIA LA DER. O IZQ. A

UN GRUPO DE CARABINEROS.

ACCION: BRAZOS DER. O IZQ.

EXTENDIDOS EN DIAGONAL POR SOBRE

EL HOMBRO.

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CUÑA: SEÑAL UTILIZADA PARA INDICAR

LA FORMACION EN CUÑO A UN GRUPO

DE CARABINEROS.

ACCION: AMBOS BRAZOS LEVANTADOS

POR SOBRE EL HOMBRO Y UNIDOS POR

LAS PALMAS EXTENDIDAS FRENTE A LA

CABEZA.

DETENCION: SEÑAL UTILIZADA PARA

ADVERTIR E INDICAR LA DETENCION DE

SUJETOS.

ACCION: PALMA EXTENDIDA DE LA

MANO IZQUIERDA TOMA Y ENVUELVE LA

MUÑECA DEL BRAZO DERECHO,

LEVANTADO SOBRE LOS HOMBROS.

CADENA DE MUÑECAS: SEÑAL

UTILIZADA PARA INDICAR LA

FORMACION DE UNA CADENA DE

MUÑECAS POR UN GRUPO DE

CARABINEROS.

ACCION: AMBAS MANOS TOMADAS CON

LOS DEDOS Y BRAZOS SEMI-EXTENDIDOS

FRENTE AL PECHO.

CONTENCION: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR LA CONTENCION DE UN GRUPO.

ACCION: AMBAS PALMAS JUNTAS UNA

SOBRE OTRA CON BRAZO SEMI

EXTENDIDO FRENTE AL PECHO.

DESPEJAR: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR EL DESPEJE, DESPLAZAMIENTO

Y HABILITACION DE UN SECTOR.

ACCION: PALMA DERECHA AL CINTURON

Y MOVIMIENTO DE ESTA HACIA AFUERA

HASTA LA ALTURA DE LOS HOMBROS.

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ATENCION: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR UNA INSTRUCCIÓN POSTERIOR

ACCION: BRAZO DERECHO EXTENDIDO

SOBRE EL HOMBRO Y EN POSICION

VERTICAL CON LA PALMA EXTENDIDA.

EJECUTAR ACCION: SEÑAL DE AVISO DE

UNA INSTRUCCIÓN DADA

ACCION: BRAZO DERECHO A LA ALTURA

DEL HOMBRO FLEXTADO EN 90º Y

DESPLAZAR HACIA ABAJO.

LA CALLE: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR LA FORMACION LA CALLE A UN

GRUPO DE CARABINEROS.

ACCION: AMBOS BRAZOS FLEXTADOS EN

90º A LA ALTURA DE LA CINTURA Y

ORIENTADOS HACIA EL FRENTE.

CUBRIRSE O PROTEGERSE: SEÑAL

UTILIZADA PARA INDICAR LA

PROTECCION DEL PERSONAL O

DISPOSITIVO

ACCION: BRAZO DERECHO EN FRENTE

SIMULANDO EL USO DE UN ESCUDO.

PARAR O DETENER LA ACCION: SEÑAL

UTILIZADA PARA INDICAR Y ORDENAR

DETENER UNA ACCION O MOVIMIENTO.

ACCION: BRAZO DERECHO LEVANTADO

SOBRE EL HOMBRO CON LA MANO

EMPUÑADA SIN MOVER.

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d) Radiales: Son aquellos que se imparten radialmente por el jefe de Sección o dispositivo, cuando por razones de distancia o características del terreno esté imposibilitado de hacerlo por otro medio. e) Combinados: Sólo cuando las circunstancias lo indiquen necesario y previa instrucción del personal que ejecutará el servicio, por parte de quien terreno comandará la Unidad. Se utilizarán indistintamente como prevención o ejecución del movimiento, cualquiera de los medios de mando anteriormente citados. 2.- UNIDADES DE FORMACIÓN a) SECCIÓN: Es la Unidad de formación básica y fundamental del control de Muchedumbre y ante disturbios. b) ORGANIZACIÓN DE LA SECCIÓN: La compone un contingente de 15 a 20 funcionarios

de Carabineros, comandados por un Oficial o un P.N.I. de categoría de Suboficial, éste último

designado como tal por el Mando atendidas sus competencias personales y profesionales. Su

misión principal es efectuar la formación de encuentro ante cualquier tipo de manifestación y

controlar el accionar de los Carabineros durante el procedimiento.

VISOR: SEÑAL UTILIZADA PARA INDICAR

Y ORDENAR EL USO DEL PROTECTOR

FACIAL.

ACCION: PALMA DE MANO EXTENDIDA

SOBRE EL ROSTRO DESPLAZANDO DE

SDEARRIBA HACIA ABAJO.

ACERCARSE: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR Y ORDENAR A UN GRUPO DE

CARABINEROS ACERCARSE A QUIEN

LLAMA.

ACCION: BRAZO EXTENDIDO AL FRENTE

Y FLEXIONAR HACIA EL HOMBRO.

SEPARACION: SEÑAL UTILIZADA PARA

INDICAR LA SEPARACION DE UN

DISPOSITIVO, DESDE SECCION EN

BLOQUE A ESCUADRAS, A PATRULLAS

SEGÚN CORRESPONDA.

ACCION: AMBOS BRAZOS A LA ALTURA

DEL PECHO ABRIENDO Y CERRANDO

HACIA LOS COSTADOS.

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Cada integrante de la Sección para sus operaciones tácticas cuenta entre otros con

elementos de protección balística, anti-trauma y anti-flama.

Normalmente se desplazan en un Bus y en operaciones especiales, pueden utilizar vehículos

menores como furgones o Jeep Blindado Táctico de Reacción Policial. Generalmente sus

actuaciones son integrando un “Ariete”.

3.- FORMACIONES PARA EL CONTROL DE MUCHEDUMBRES PACÍFICAS.

a) La línea: en una formación defensiva se utiliza para cerrar el paso a una columna de manifestantes o para impedir el acceso a una determinada calle y ofensiva cuando aplicamos esa formación para despejar una masa de público, empujando directamente hacia atrás.

De este ejercicio, en que la Sección se despliega formando la línea, nacen los siguientes

ejercicios:

Cadena de muñecas:

Como su nombre lo dice, el personal que realiza este ejercicio se tomará de las muñecas, con

la finalidad de obtener una formación con mayor longitud sin perder el contacto entre sus

integrantes, debiendo la mano izquierda tomar por arriba a la mano derecha.

JS JE JE

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Cadena de Brazos:

Como su nombre lo dice, el personal que realiza este ejercicio procederá a formar

literalmente, una cadena entre ellos, para lo cual se entrelazarán los brazos, debiendo el

brazo izquierdo tomar por debajo el brazo derecho de su acompañante y así sucesivamente,

uniendo sus manos a la altura del pecho, por medio de los nudillos recogidos.

Cadena de Cinturones:

Este ejercicio se realiza con ambos brazos extendidos a los costados, tomando por el cinturón

(terciado o N.A.), a quienes están ubicados a cada lado; la mano izquierda pasa por debajo

del brazo derecho del hombre que se ubica a su izquierda, sujetándole el cinturón por delante

de la funda del armamento con el fin de protegerlo. La mano derecha irá directamente a tomar

el cinturón a la altura del tahalí del bastón de servicio.

JS

JE JE

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b) La calle: es utilizada para resguardar alguna autoridad para que esta pase entre la multitud caminando, se genera con dos escuadras, una a cada lado.

4.- FORMACIONES DE ENCUENTRO PARA EL CONTROL DE MUCHEDUMBRES VIOLENTAS, AGRESIVAS: A. COLUMNA

Formación de encuentro básica para el control de muchedumbre y disturbios.

Permite un mejor control, disciplina y desplazamiento de las Secciones, en este caso se

realizará con la Sección de Infantería.

JS

JS

JE JE

JS JE

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B. LINEA

Formación simple que se utiliza para contener o detener el avance de un

grupo de personas; su aplicación fija, contiene, se deriva en avance para despeje hacia atrás

y hacer retroceder la masa, en este caso específico se utiliza la Sección por el centro.

C. LA CUÑA

Formación en “V” que permite penetrar un grupo de personas ya sea para

pasar dentro de ella, abrirla para formar la calle y hacer pasar a una autoridad de importancia

o detenido, impidiendo que la muchedumbre tenga contacto físico con la persona, delimitando

un área de seguridad; en este caso se realizará una cuña simple, en base a dos escuadras

de infantería, una a cada costado.

D. DIAGONALES

Formación de despeje en desplazamiento y contención a pie firme; se utiliza

para desviar una columna de personas hacia otras vías, y de despeje cuando se desea

trasladar la muchedumbre desde un lugar a otro; para esta evolución se utilizará la Sección de

infantería.

JS

JE JE

JS

JE JE

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En estos desplazamientos se debe considerar el ejercicio, tanto a la izquierda

como a la derecha del eje imaginario que conforma la diagonal, reforzando las evoluciones y

manejos de cadenas de contención en caso necesario.

E. LA CALLE

Formación simple de una Sección de columna, que permite abrir una brecha o

área de seguridad entre un grupo de personas; se utiliza generalmente cuando se desea

sacar a una persona de un recinto cerrado o en su defecto, trasladarla de un lugar a otro

dentro de cortos espacios recorridos.

JS JE

JE

JS JE

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UNIDAD Nº V: USO DE LAS ARMAS.

CONTENIDO Nº 1: CONCEPTOS GENERALES. Conforme al Reglamento de Armamento y Municiones para Carabineros de Chile, Nº 14, se deben considerar los siguientes conceptos: Armamento. Todas las armas de fuego y armas blancas que tenga de cargo Carabineros de Chile. Munición. Toda clase de cartuchos destinados a las armas de fuego, elementos disuasivos químicos y de señales luminosas pirotécnicas. Elementos de protección. Aquellas especies destinadas a proteger la integridad física del personal, tales como escudos, cascos, esposas de seguridad, chalecos antibalas, y equipos de protección y desactivadores de bombas y explosivos. Accesorios de armamento. Además de los implementos de que se puede dotar a cada arma para su mejor rendimiento, los elementos destinados al porte de éstas, como fundas, cinturones, porta cargadores y elementos de mantención en general.

CONTENIDO Nº2: LEGISLACIÓN ASOCIADA A LA UTILIZACIÓN DE LAS ARMAS POR PARTE DE CARABINEROS DE CHILE.

Reglamento de Armamento y Munición para Carabineros de Chile Nro. 14.

Directiva complementaria del reglamento de Armamento y Munición para Carabineros de Chile, Nro. 14, publicada en el B/I Nro. 553 de Marzo del 2006.

Código de Justicia Militar

CONTENIDO Nº 3: MEDIDAS Y TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EL SERVICIO.

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MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PORTE: Según el Art. 74. De la Directiva Complementaria del Reglamento Nro. 14 de Armamento y Municiones para Carabineros de Chile; Todos los funcionarios que tengan revólveres o pistolas de cargo fiscal para uso en el servicio, además de tener la obligación de portarla permanentemente, velaran por su aseo, principalmente el cañón, para evitar que en este se depositen elementos extraños, que al disparar pueden producir dilataciones, asimismo serán responsable de su conservación y seguridad. MEDIDAS DE SEGURIDA EN LA FUNDA: Al portar armas cortas, deben hacerlo en fundas premunidas de una correa firme con el respectivo broche, que permita que el arco guardamonte y el disparador queden bien enfundados, asegurando el arma al ser abrochado, lo que previene su extravió. Los broches no deben estas vencidos o debocados, para evitar que permanezca desabrochado o se desabroche con facilidad, y el arma caiga en movimientos bruscos, inclinaciones de tronco, etc. Con consecuencias lamentables. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EVITAR LA SUSTRACCION O EXTRAVIO Según el Art. 75. de la Directiva Complementaria del Reglamento Nro. 14 de Armamento y Municiones para Carabineros de Chile, se debe considerar lo siguiente:

Deberá evitar portar el arma en las guanteras o demás compartimiento de los vehículos, sean estos fiscales o particulares.

Evitar llevar el arma en porta documentos.

Evitar guardar el armamento en muebles que no ofrezcan seguridad, tanto en los domicilios particulares como en las oficinas o cuarteles.

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL USO DEL ARMAMENTO El Art. 76. de la Directiva Complementaria del Reglamento Nro. 14 de Armamento y Municiones para Carabineros de Chile, señala que: Se prohíbe usar el arma como martillo para golpear objetos, como destapador de botellas o emplearse con la finalidad distinta a la propia, lo que produce el deterioro del arma e incluso su inutilización por quebradura de piezas vitales.

UNIDAD Nº V: ACTIVIDADES PREPARATORIAS PARA REVISTA SEMESTRAL (módulos cartillas). CONTENIDO Nº1: DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS; SE INTEGRAN LA TOTALIDAD DE UNIDADES, UTILIZANDO ESCENARIOS Y RECURSOS DIDACTICOS ESTABLECIDOS PARA ELLO.