Upload
others
View
6
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
TEMA NACIONAL “Correcta Aplicación
de los iden2ficadores ST y SU”
ÚNICOS AFECTADOS
ÚNICOS AFECTADOS
NO AFECTADOS
Quienes introduzcan mercancías al territorio nacional bajo un programa de diferimiento o de devolución de aranceles, estarán obligados al pago de los impuestos al comercio exterior que corresponda, de acuerdo con los dispuesto en los Tratados de que México sea parte, en la forma que establezca la Secretaría mediante reglas.
Pago de Arancel en Importaciones que se Retornen al Extranjero Ar?culo 63-‐A
Tratamiento de IGI 303 TLCAN
China
Canadá
Fabricación
Exportación USA
No Originarios
México Impuesto determinado ü IGI ü “TAP” ü PROSEC o R. 8va
Paga
Sin importar “calificación” de producto fabricado
ü 60 días f. salida ü Entrada ü Salida ü Virtuales
* LA. 63-‐A, TLCAN 303, RCG 1.6
Tratamiento de IGI 14 TLCUE y 15 TLAELC
China
México
Fabricación
Exportación CE/AELC
No Originarios
México Paga
Producto Final Originario
ü Entrada ü Salida ü Virtuales 60 días a la salida: ü Automotriz ü Cer]ficada (NEEC)
Impuesto determinado ü IGI ü “TAP” ü PROSEC o R. 8va
* LA. 63-‐A, TLCUE 14, TLAELC 15, RCG 1.6, 3.8
ü No TLCAN
ü No TLCUE TLCAELC
ü Más que Simple
ü Hasta cumplir con la Regla de Origen
ü UE ü AELC Aplicando
TAP
ü TLCAN ü Entrada ü Salida ü Virtuales ü 60 días a la salida si: ü TLCAN ó ü Automotriz ó ü Cer]ficada (NEEC)
ü TIGIE ü TLC
ü PROSEC ü Regla 8va.
El 63-‐A sólo aplica para insumos
LA 108-‐I a, b, c
Funciones de los Iden?ficadores
Determinan el medio de Cumplimiento de las Obligaciones suscritas por México a través de
los TLC´S
ST DT
SU DU
G
G
P
P
TLCAN
TLCUE/ AELC
Iden?ficadores Apéndice 8
IdenJficador Complementos Fecha del Cambio
ST Numerales 2, 3, 4, 8, 9a y 18
Se modificaron 6 de Agosto de 2009
Numerales 1, 5, 6, 7, 9b, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20 y 21
Se derogaron 6 de Agosto de 2009
Numeral 22 Se adiciono 6 de Agosto de 2009
SU Numerales 2, 3, 4, 8, 10 y 16
Se modificaron 6 de Agosto de 2009
Numerales 1, 5, 6, 7, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 19.
Se derogaron 6 de Agosto de 2009
Numerales 20 y 21 Se adicionaron 6 de Agosto de 2009
Operaciones sujetas al Art. 303 TLCAN
ST Regla Aplicación Condiciones
ST 2
1.6.11 • Pago del arancel al momento de la
importación temporal de los insumos no originarios.
En el pedimento V1 o RT se declara la clave de pago ya
efectuado. Los pedimentos IN deberán tener como forma de pago 0
(pago efec]vo)
ST3
1.6.12
• Transferencia de bienes transformados, • Se determina el IGI de los bienes no
originarios en el pedimento de retorno u]lizados en la producción del bien transferido.
• Herencia de Obligación.
Presentación de escrito de
aceptación de obligación con la info. Del pedimento de retorno y el monto de IGI
determinado
ST4
1.6.16
• Transferencia de Mercancía. • Bienes transformados • Pago del IGI en el pedimento de retorno,
conforme a su clasificación arancelaria • Aplicación de proporción
Las operaciones virtuales
deberán realizarse conforme a la regla 4.3.23
ST: IDENTIFICADOR A NIVEL PEDIMENTO DT: IDENTIFICADOR A NIVEL PARTIDA DE ACUERDO A LA OPERACIÓN
Calculo del Monto de Exención o Devolución 303
I. Monto del IGI, bienes
No Originarios, u]lidades en la
producción de un bien.
II. Monto del IGI pagado por la importación defini]va a USA.
Cuando el monto de la fracción I > a la fracción II la diferencia es el monto a pagar vía complementario.
Cuando el monto de la fracción I sea igual o menor que la fracción II no existe obligación del pago en México.
* *
ST Regla Aplicación Condiciones
ST8 1.6.13
Pedimentos Complementarios a) Para pagar la exención que les corresponda RTLCAN 8.2 b) Cuando no se aplica la TAP al momento de tramitar el pedimento IN c) Cuando se modifique el IGI en USA. d) Cuando con post. se obtengan los documentos que comprueban el pago del IGI cuando se importó en USA. 4 años. e) Pagos extemporáneos a los 60 días.
ST 9ª. 1.6.13
Pago del IGI en pedimento de Retorno a) Pago del IGI sin aplicar exención. b) Pago del IGI a los 60 días. c) Cuando la mercancía No Originaria no está obligada al pago del IGI, Regla 8va / PROSEC
ST18
4.3.15 4.3.17 fracc. II.
Pedimento complementario de empresas de autopartes. CTM
ST22
No existe obligación de pago por que la mercancía esta exenta conforme a: • Regla 8va • TAP • PROSEC • TIGIE
Operaciones sujetas al Art. 303 TLCAN
Operaciones sujetas a los Art. 14 y 15 del TLCUE / AELC
ST Regla Aplicación Condiciones
SU 2 1.6.11 • Pago del arancel al momento de la
importación temporal de los insumos no originarios.
En el pedimento V1 o RT se declara la clave de pago ya efectuado.
Los pedimentos IN deberán tener como forma de pago 0 (pago efec]vo)
SU3 1.6.12
• Transferencia de bienes transformados, • Se determina el IGI de los bienes no
originarios en el pedimento de retorno u]lizados en la producción del bien transferido.
• Herencia de Obligación.
Presentación de escrito de aceptación de obligación con la info. Del
pedimento de retorno y el monto determinado en el mismo.
SU4 1.6.16
• Transferencia de Mercancía. • Bienes transformados • Pago del IGI en el pedimento de retorno,
conforme a su clasificación arancelaria • Aplicación de proporción
Las operaciones virtuales deberán realizarse conforme a la regla 4.3.23
SU: IDENTIFICADOR A NIVEL PEDIMENTO DU: IDENTIFICADOR A NIVEL PARTIDA DE ACUERDO A LA OPERACIÓN
ST Regla Aplicación Condiciones
SU8 1.6.14
fracción I • Pago del IGI de los materiales No
originarios en el pedimento de retorno.
El producto originario debe calificar como originario del
TLCUE / AELC
SU 10 1.6.14
fracción III • Cuando se expida un cer]ficado EUR1 a
posteriori.
R! al pedimento original de retorno para realizar el pago del
IGI.
SU20
3.8.9 fracc 3.8.9 fracc XV
o 4.5.31 fracc.II
• Pago del IGI mediante pedimento complementario 60 días después de realizada la exportación.
Solo NEEC.
Terminal Automotriz
SU 21 No aplica el Art. 14
• Cuando el producto final no califique como originario del TLCUE o AELC
• No existe obligación de pago por que la mercancía esta exenta conforme a: o Regla 8va o TAP o PROSEc o TIGIE
Operaciones sujetas a los Art. 14 y 15 del TLCUE / AELC
¿QUÈ TIPO DE IDENTIFICADOR USAS EN TU OPERACIÓN?
Te esperamos el 15 de Agosto
Gracias por tu parJcipación en esta sesión