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TIPOS DE CHEQUES Además del cheque común qué es el más conocido, existen otras clases de cheques que la Ley de Títulos y Valores denomina especiales, en la medida que cada uno de ellos poseen caracteres específicos que los diferencian del ordinario, entre ellos tenemos a los siguientes: a) Cheque cruzado b) Cheque para abono en cuenta c) Cheque intransferible d) Cheque certificado e) Cheque de gerencia f) Cheque de giro g) Cheque garantizado h) Cheque de viajero i) Cheque de pago diferido A. CHEQUE CRUZADO: Es aquel cheque en el que el emitente o el tenedor legítimo lo cruza con dos líneas paralelas en el anverso a fin de que solamente pueda ser cobrado mediante abono en cuenta corriente bancaria, es decir, no puede ser cobrado en ventanilla. La utilidad de este tipo de cheque es que permite al beneficiario cobrarlo en cualquier banco (general) o en uno específico (especial), además, da la seguridad de no pagar en efectivo, sino mediante abono en cuenta. B. CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA: Es aquel cheque que lleva la cláusula “para abono en cuenta”, “para acreditar en cuenta”, “para ser depositado en cuenta de…”, o cualquier otra de naturaleza similar, que podrá ser puesta por el girador o cualquier otro tenedor legítimo en el anverso del título, ya que de hacerlo en el reverso no surtirá efecto alguno. Este cheque consiste en que el banco girado pagará al beneficiario depositándole en su cuenta el importe del referido título valor, es decir, el banco girado sólo hará efectivo el pago si el beneficiario es cliente suyo y, por lo

Tipos de Cheques

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Tipos de Cheque

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Page 1: Tipos de Cheques

TIPOS DE CHEQUESAdemás del cheque común qué es el más conocido, existen otras clases de cheques que la Ley de Títulos y Valores denomina especiales, en la medida que cada uno de ellos poseen caracteres específicos que los diferencian del ordinario, entre ellos tenemos a los siguientes:

a) Cheque cruzado

b) Cheque para abono en cuenta

c) Cheque intransferible

d) Cheque certificado

e) Cheque de gerencia

f) Cheque de giro

g) Cheque garantizadoh) Cheque de viajeroi) Cheque de pago diferido

A. CHEQUE CRUZADO:Es aquel cheque en el que el emitente o el tenedor legítimo lo cruza con dos líneas paralelas en el anverso a fin de que solamente pueda ser cobrado mediante abono en cuenta corriente bancaria, es decir, no puede ser cobrado en ventanilla.

La utilidad de este tipo de cheque es que permite al beneficiario cobrarlo en cualquier banco (general) o en uno específico (especial), además, da la seguridad de no pagar en efectivo, sino mediante abono en cuenta.

B. CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA:Es aquel cheque que lleva la cláusula “para abono en cuenta”, “para acreditar en cuenta”, “para ser depositado en cuenta de…”, o cualquier otra de naturaleza similar, que podrá ser puesta por el girador o cualquier otro tenedor legítimo en el anverso del título, ya que de hacerlo en el reverso no surtirá efecto alguno.

Este cheque consiste en que el banco girado pagará al beneficiario depositándole en su cuenta el importe del referido título valor, es decir, el banco girado sólo hará efectivo el pago si el beneficiario es cliente suyo y, por lo mismo, tiene una cuenta. Ahora bien, si el beneficiario no tiene cuenta en el banco girado, tendrá que abrirse una para que pueda hacer efectivo el cobro.

C. CHEQUE INTRANSFERIBLE:Es aquel cheque emitido con la cláusula “intransferible”, “no negociable”, “no a la orden” u otra equivalente, en virtud de lo cual sólo deberá ser pagado a la persona a cuyo favor se emitió; o si lo solicita el beneficiario, puede ser acreditado en su cuenta corriente u otra cuenta de la que sea titular.

D. CHEQUE CERTIFICADO:Es aquel cheque en el cual el banco ha certificado, a petición del girador o de cualquier tenedor, la existencia de fondos disponibles para realizar el pago del cheque.

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En efecto, la certificación del cheque viene a ser una declaración del banco girado, en la cual este hace saber que el cheque en el que ha sido puesto tiene suficiente provisión de fondos con los que se hará efectiva la obligación, esto en la medida que se presente a cobro dentro de su plazo.

E. CHEQUE DE GERENCIA:Es emitido por las empresas del sistema financiero nacional a cargo de ellas mismas, pagadera en cualquiera de sus oficinas del país.

Los cheques de gerencia son transferibles y no pueden ser girados a favor de la propia empresa, ni al portador.

La gran ventaja de este cheque es que representa seguridad en el pago, toda vez que es el banco el girador, de esta manera no habrá que preocuparse por la solvencia o los fondos disponibles.

F. CHEQUE DE GIROEs aquel cheque emitido a favor de determinada persona que lleva la cláusula “cheque de giro”. Únicamente las empresas del sistema financiero nacional están autorizadas a emitirlo, siendo su finalidad el realizar transferencias de fondos y/o emitir giros a lugares ajenos a donde se emitió el cheque.

G. CHEQUE GARANTIZADO:El cheque garantizado es aquel en el que el banco ha autorizado su giro a su cargo con provisión de fondos garantizados, en formatos especiales y papel de seguridad. Ahora bien, la información que este tipo de cheque debe contener es la siguiente:

La denominación de “cheque garantizado”. Cantidad máxima por la que el cheque garantizado puede ser emitido; o, cantidad

impresa en el mismo título. Nombre del beneficiario, no pudiendo ser girado al portador.

H. CHEQUE DE VIAJERO:Es aquel que, previo del valor que representa, el banco entrega a un viajero con el compromiso de pagarlo en cualquiera de sus oficinas.Claro está que este tipo de cheque lo usan las personas con la finalidad de evitar los riesgos que el portar dinero en efectivo conlleva.

I. CHEQUE DE PAGO DIRERIDO:Es aquel emitido a cargo de un banco, condicionando su pago al transcurso del plazo señalado en el mismo título, el que no podrá ser mayor a treinta días desde su emisión, fecha en el que el emitente debe tener fondos suficientes.