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Informe 112/2016 sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las lslas Baleares 2008-2014 en el marco de las llamadas "inversiones estatutarias"

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Informe 112/2016 sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las lslas Baleares

2008-2014 en el marco de las llamadas "inversiones estatutarias"

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I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................ 7

1. PRESENTACIÓN ....................................................................................................................................... 7

2. MARCO NORMATIVO ............................................................................................................................... 8

3. OBJETIVOS ............................................................................................................................................... 9

4. ALCANCE Y LIMITACIONES ..................................................................................................................... 9

5. TRÁMITE DE ALEGACIONES ................................................................................................................. 10

II. CONSIDERACIONES GENERALES ....................................................................................................... 11

1. ORIGEN Y ASPECTOS GENERALES DE LOS CONVENIOS ............................................................... 11

2. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL .................... 15

A. COMISIÓN MIXTA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ESTADO - COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES ................................................................................................ 16

B. COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE INVERSIONES ESTATUTARIAS ............................ 16

C. COMISIONES DE SEGUIMIENTO DE CADA UNO DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN ..................................................................................................................................... 17

III. ANÁLISIS DE LOS CONVENIOS ............................................................................................................ 20

1. CONVENIO NÚM. 3: SERVICIOS X EIVISSA ......................................................................................... 20

2. CONVENIO NÚM. 4: MEJORA Y EMBELLECIMIENTO PLAYA DE PALMA ......................................... 22

3. CONVENIO NÚM. 5: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2009 .................................................. 25

4. CONVENIO NÚM. 6: TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES (TIC) .......................................................................................................................................................... 29

5. CONVENIO NÚM. 8: PATI DE SA LLUNA ............................................................................................... 31

6. CONVENIO NÚM. 9: REVITALIZACIÓN PLAZA EUROPA ..................................................................... 33

7. CONVENIO NÚM. 10: ADQUISICIÓN FINCA PLANÍCIA ........................................................................ 34

8. CONVENIO NÚM. 11: COMPLEJO BALEAR DE LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN ............................................................................................................ 36

9. CONVENIO NÚM. 12: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN SON ESPASES ................................................. 39

10. CONVENIO NÚM. 13: LABORATORIO DE TECNOLOGÍAS AUDIOVISUALES .................................... 40

11. CONVENIO NÚM. 14: RED DE FIBRA ÓPTICA ..................................................................................... 42

12. CONVENIO NÚM. 15: AGUAS Y TORRENTES 1A FASE AÑO 2009 .................................................... 44

13. CONVENIO NÚM. 16: AGUAS Y TORRENTES 2A FASE AÑO 2009 .................................................... 45

14. CONVENIO NÚM. 17: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010 ................................................... 46

15. CONVENIO NÚM. 18: LABORATORIO UNIVERSIDAD – EMPRESA. CENTRO BIT MENORCA ........ 49

16. CONVENIO NÚM. 19: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2010 ................................................ 51

17. CONVENIO NÚM. 20: PALACIO DE CONGRESOS DE PALMA ............................................................ 53

18. CONVENIO NÚM. 21: PLATAFORMA LOGÍSTICA DE DISTRIBUCIÓN TURÍSTICA ........................... 54

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19. CONVENIO NÚM. 22: TRABAJOS FORESTALES, PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS .... 57

20. CONVENIO NÚM. 23: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010 ................................................... 59

21. CONVENIO NÚM. 24: FERROCARRIL ................................................................................................... 61

22. CONVENIO NÚM. 25: AGUAS Y TORRENTES 2010 ............................................................................. 64

IV. CONCLUSIONES GENERALES ............................................................................................................. 66

V. RECOMENDACIONES ............................................................................................................................ 68

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TABLA SIGLAS Y ABREVIATURAS

ABAQUA Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental

ADOP Documento contable de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación

AGE Administración General del Estado

ATB Agencia de Turismo de las Islas Baleares

CAIB Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

CIEI Consejo Insular de Eivissa

CIFO Consejo Insular de Formentera

CIMA Consejo Insular de Mallorca

CIME Consejo Insular de Menorca

DGCG Dirección General de Coordinación del Gobierno

FLA Fondo de Liquidez Autonómico

IBANAT Instituto Balear de la Naturaleza

MAGRAMA Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

MIC Microsoft

OP Documento contable de reconocimiento de la obligación

REB Régimen especial balear

SAU Sociedad anónima unipersonal

SCIB Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares

SET Secretaria de Estado de Turismo

SFM Servicios Ferroviarios de Mallorca

TDT Televisión digital terrestre

TIC Tecnologías de la información y de las comunicaciones

UIB Universidad de las Islas Baleares

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I. INTRODUCCIÓN

1. PRESENTACIÓN

De conformidad con lo que establece el artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares es el órgano al que corresponde la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo que establecen los artículos 136 y 153.d de la Constitución Española y la Ley Orgánica que lo regula.

La Ley 4/2004, de 2 de abril, de Ia SCIB, regula esta Institución.

En los programas de actuaciones de Ia SCIB de los ejercicios 2014/2016 se prevé la aprobación del Informe sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de les Islas Baleares durante los ejercicios 2009 y 2010 para la financiación de determinadas actuaciones llamadas inversiones estatutarias.

El artículo 12 de la Ley 4/2004 especifica que el resultado de la fiscalización debe exponerse mediante informes o memorias, elevarse al Parlamento y publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y hace referencia a su contenido fundamental. Con este efecto, y haciendo uso de sus competencias, Ia SCIB emite este Informe.

Se trata de una fiscalización de carácter específico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3 del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, aprobado por la Comisión de Hacienda y Presupuestos, referida a los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares durante los ejercicios 2009 y 2010 para la financiación de determinadas actuaciones llamadas inversiones estatutarias, y que está enmarcada en el contenido de la función fiscalizadora de la SCIB establecida en el artículo 7 de la Ley 4/2004, y en el artículo 5.1.a del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares.

Los estados que se incluyen en el texto del Informe son, excepto que se indique lo contrario, el resultado del análisis de la fiscalización, coincidentes o no con los datos aportados.

Las unidades monetarias de las cifras que aparecen en el Informe, excepto en los casos en que se especifica lo contrario, se han expresado en miles de euros. Internamente se ha trabajado con las cifras en euros y en céntimos de euro. Las cifras que aparecen en el Informe son las originales reconvertidas a miles de euros utilizando el formato de visualización de cero decimales, aunque conservando la totalidad de las cifras. Se hace constar la cifra 0 cuando el importe es inferior a 500 euros, mientras que cuando la cuantía es 0 aparece el signo -. La coherencia interna es absoluta, aunque, si solamente se consideran las cifras que figuran en el Informe, aparecen, en algunos casos, diferencias debidas al formato de visualización de los datos.

La totalidad del trabajo ha sido realizado por un equipo integrado por un auditor, bajo la dirección de un jefe de área y con la colaboración de los servicios administrativos de Ia SCIB.

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Cabe agradecer la colaboración prestada para la realización del trabajo especialmente al personal de la Dirección General de Coordinación del Gobierno de la Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares.

2. MARCO NORMATIVO

El marco normativo que regula la firma y la posterior ejecución de los convenios de la colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas actuaciones llamadas inversiones estatutarias está constituido, básicamente, por las siguientes disposiciones:

Bloque de constitucionalidad

Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978

Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares

Normativa estatal

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010

Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

Normativa autonómica

Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CAIB

Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2009

Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2010

Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2012

Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2013

Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2014

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Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de las Islas Baleares

Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias del Estado en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Decreto 103/2011, de 7 de octubre, de Modificación del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el cual se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de las Islas Baleares

3. OBJETIVOS

Para la fiscalización de los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares durante los ejercicios 2008, 2009 y 2010 para la financiación de determinadas actuaciones llamadas inversiones estatutarias, se ha establecido que se analizarían los objetivos generales siguientes:

El nivel de administración territorial responsable de la ejecución de las inversiones.

La situación de cada proyecto de inversión y la comparación con el calendario previamente establecido para llevarlos a cabo, haciendo un análisis completo y detallado de los ingresos recibidos y de los gastos efectivamente ejecutados.

El análisis del riesgo relativo derivado de la posibilidad de reintegro al Estado de los fondos recibidos y no ejecutados, en virtud de los datos límite fijados en los convenios para la realización de las inversiones, incluidas las posibles prórrogas.

Los controles llevados a cabo desde la Comunidad Autónoma, tanto de las inversiones estatutarias ejecutadas por la misma Comunidad Autónoma como de aquellas cuya ejecución corresponde a otros niveles de administración territorial (consejos insulares, UIB o ayuntamientos).

4. ALCANCE Y LIMITACIONES

El ámbito de la fiscalización son los 22 convenios que financian las inversiones estatutarias, mediante el fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias». En concreto, se trata de analizar los convenios de inversiones derivados de la disposición adicional novena del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, y verificar su correcta ejecución por parte de la administración territorial de que depende su realización. La fiscalización no incluye las inversiones ejecutadas por la Administración General del Estado directamente, ni aquellas subscritas mediante convenios firmados entre la AGE y los consejos insulares directamente, para llevar a cabo inversiones en materia de carreteras y otras materias con competencias transferidas a los consejos insulares.

No es objeto del presente Informe valorar si la cifra global de 2.800 millones de euros en el período 2008-2014 que figura en los convenios para dar cumplimiento a la disposición

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transitoria novena de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que regula los fondos a recibir en el período transitorio del REB, es correcta o no.1

La CAIB ha llevado a cabo, directamente o mediante sus entes instrumentales, la ejecución de 14 de los 22 convenios firmados con la AGE. Para ejecutar los 8 restantes, la Comunidad Autónoma ha formalizado 13 convenios de desarrollo con los diferentes consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación y el Embellecimiento de la Playa de Palma. La financiación inherente a estas inversiones se ha ido transfiriendo a las otras administraciones territoriales a medida que justificaban la ejecución de las actuaciones de inversión, por lo que, también se incluyen en el ámbito de actuaciones de este Informe.2

No es objeto de este Informe el análisis de los expedientes de contratación en los que se concreta la ejecución de los convenios. En cualquier caso, se revisa únicamente aquella parte del expediente que afecta a los objetivos generales de la fiscalización, y en ningún caso la totalidad del expediente.

Desde el punto de vista presupuestario, el Informe refleja la situación a 31 de diciembre de 2014, último ejercicio del que se dispone de datos contables. A pesar de ello, se analiza de forma retrospectiva la vigencia de los convenios, desde el momento de su firma, en los ejercicios 2008, 2009 o 2010, según corresponda.

Por otro lado, el Informe se ha cerrado el mes de mayo 2015. Si hasta esta fecha se han producido hechos significativos que afecten a la evolución y la situación de los convenios, se ha considerado adecuado incluirlos en el Informe, de manera que la situación descrita sea un reflejo lo más real posible de la situación de las inversiones en el momento de aprobar este Informe.3

5. TRÁMITE DE ALEGACIONES

El resultado de las actuaciones practicadas se comunicó a la presidenta de la Comunidad Autónoma, y también a la persona que ejerció este cargo durante una parte del período fiscalizado, para que pudieran formular alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que consideraran adecuados, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de Régimen Interior de Ia SCIB.

Las alegaciones formuladas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares fueron recibidas día 12 de enero de 2016.

Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas i se ha suprimido o modificado el texto del Informe cuando su contenido ha sido aceptado por la Sindicatura. Cuando no se ha alterado el Informe ni emitido opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que éstas, o son explicaciones que confirman las valoraciones y los hechos expuestos, o no se han justificado de forma adecuada los criterios o las afirmaciones mantenidas en la alegación, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de enmendar la deficiencia en el futuro.

1 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

2 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

3 El 3 de diciembre de 2015 se ha firmado el Protocolo de Intenciones entre la AGE y la CAIB para el impulso financiero de las

actuaciones inversoras, que incluye una serie de acuerdos globales que posibilitan la adaptación de los calendarios de ejecución y justificación de los convenios, y la reversión de ingresos por reintegro, mediante la firma de nuevos convenios.

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II. CONSIDERACIONES GENERALES

1. ORIGEN Y ASPECTOS GENERALES DE LOS CONVENIOS

El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares establece en el artículo 3 que la insularidad, como hecho diferencial, es merecedora de especial protección y que corresponde a los poderes públicos garantizar la realización efectiva de todas las medidas necesarias para evitar que del hecho diferencial insular se puedan derivar desequilibrios económicos o de cualquier tipo que vulneren el principio de solidaridad entre las comunidades autónomas.

La disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía establece que, mientras las Cortes Generales, en aplicación de la disposición adicional sexta, no aprueben la modificación de la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Islas Baleares y, en todo caso, en un plazo no superior a siete años, la inversión del Estado en las Islas Baleares debe establecerse en función de la inversión media por cápita realizada a las comunidades autónomas de régimen común, determinada según la normativa estatal. Para llevar a cabo estas inversiones, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares debe proponer al Ministerio de Economía y Hacienda los oportunos convenios para la ejecución de los correspondientes programas y acciones estatales en las siguientes materias:

R+D+I

Transportes

Puertos

Medio ambiente

Ferrocarriles

Carreteras

Obras hidráulicas

Protección del litoral

Costas y playas

Parques naturales

Infraestructuras turísticas

En aplicación de la mencionada disposición transitoria novena, y tal como figura en la parte expositiva de la mayoría de los convenios firmados, se ha acordado que la inversión a ejecutar en las Islas Baleares durante el período 2008-2014, no debe ser inferior a 2.800 millones de euros. La materialización de las inversiones a realizar por la Administración General del Estado podrá tener una composición mixta, que incluya tanto la inversión directa efectuada por la AGE mediante sus presupuestos, como aportaciones financieras,

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tanto en la CAIB como en los consejos insulares, mediante los convenios que se puedan subscribir entre ambas administraciones.4

Para materializar esta inversión del Estado, a través de la CAIB, durante los ejercicios 2008, 2009 y 2010, se firmaron una serie de convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas actuaciones inversoras en las Islas.

Para dar cumplimiento a la disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, el Estado debería haber firmado convenios con la Comunidad Autónoma y los consejos insulares (o ejecutado directamente) por importe de 2.800 millones de euros para todo el período 2008-2014, con el objeto de invertir en las áreas determinadas a la mencionada disposición transitoria. A pesar de que esta cifra que figura en la parte expositiva de los diferentes convenios, a 31/12/14 la cantidad realmente utilizada en convenios es de 859.516 miles de euros, y se transfieren efectivamente a la CAIB fondos por valor de 359.766 miles de euros.5

Debemos señalar que la sentencia del Tribunal Constitucional de 28/06/10 determina como potestad del Estado decidir sobre los instrumentos para la financiación de las comunidades autónomas en virtud de las necesidades de cada una de ellas y, en ningún caso, podrán tener las disposiciones adicionales que figuren en los estatutos de autonomía efectos directamente vinculantes para el Estado, dada la competencia exclusiva que sobre la materia le atribuye el artículo 149.1.14 de la Constitución Española.

Vista la documentación remitida desde la Dirección General de Coordinación del Gobierno, los convenios firmados entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para dar cumplimiento a la disposición transitoria novena, son:

RELACIÓN CONVENIOS DE COLABORACIÓN FIRMADOS ENTRE AGE I CAIB (IMPORTE EN MILES DE EUROS)

Núm. (*) Título convenio Importe firmado

3 Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la CAIB para el desarrollo del proyecto Servicios X Eivissa 29.600

4 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la remodelación integral de la Playa de Palma 83.500

5 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB en materia de turismo 30.000

6 Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en el ámbito de las Islas Baleares 38.000

8 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Menorca (Patio de sa Lluna) 2.300

9 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Formentera 1.700

10 Protocolo general entre la administración general del Estado y la CAIB para la adquisición de la finca denominada Planícia (Banyalbufar) 10.000

11 Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se realiza una transferencia a la CAIB para la financiación del Complejo Balear de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación 9.500

12 Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se regula la transferencia para la financiación de la Unidad de Investigación, en el Hospital Universitario de Son Espases 3.000

13 Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se regula la transferencia para la financiación de un laboratorio de tecnologías audiovisuales 600

14 Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en una red de fibra óptica en la isla de Menorca para servicios de autoprestación 7.000

15

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Islas Baleares (primera fase) 7.866

4 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

5 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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RELACIÓN CONVENIOS DE COLABORACIÓN FIRMADOS ENTRE AGE I CAIB (IMPORTE EN MILES DE EUROS)

Núm. (*) Título convenio Importe firmado

16

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Illes Baleares (segunda fase) 1.700

17 Convenio entre el Ministerio de Fomento y la CAIB para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las IB (tren ligero Bahía de Palma) 45.000

18 Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Administración de la CAIB por el que se realiza una transferencia a la CAIB para la financiación de inversiones en materia de investigación científica y técnica 7.500

19 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la financiación de diversas infraestructuras turísticas 20.000

20 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la construcción del Palacio de Congresos de Palma 20.000

21 Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la financiación de la plataforma logística de distribución turística 4.000

22

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Admón. de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales en el ámbito de las Islas Baleares 1.000

23 Convenio entre la CAIB y el Ministerio de Fomento para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares (tren en Mallorca, puerto de Ciutadella en Menorca y autopistas en Eivissa) 87.500

24 Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB en materia de ferrocarril 443.750

25 Convenio de colaboración con la CAIB, para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes, año 2010 6.000

TOTAL 859.516

(*) numeración que figura en la documentación rendida por la DGCG

La situación de los convenios a 30/04/2015, último momento del que se tienen datos, era la siguiente:

RESUMEN CONVENIOS INVERSIONES ESTATUTARIAS (EN MILES DE EUROS)

NÚM TÍTULO CORTO AÑO

FIRMA CONVENIO

INVERSIÓN CONVENIO

PENDIENTE ADENDA

IMPORTE TRANS- FERIDO

IMPORTE EJECUTADO

(**) SITUACIÓN

3 Servicios X Eivissa 2009 29.600 0 29.600 29.600 Liquidación

4 Playa de Palma 2009 83.500 63.500 20.000 4.390 Ejecución ordinaria

5 Diversas actuaciones turísticas 2009 2009 30.000 0 30.000 17.175 Prórroga

6 TIC 2009 38.000 0 38.000 38.000 En liquidación

8 Patio de Sa Lluna 2009 2.300 0 2.300 2.300 Justificado

9 Revitalización de la plaza de Europa 2009 1.700 0 1.700 1.700 En liquidación

10 Finca Planícia 2009 10.000 0 10.000 10.000 Liquidación

11 Complejo Balear de la Investigación 2009 9.500 0 9.500 4.253 Prórroga

12 Unidad de Investigación Son Espases 2009 3.000 0 3.000 3.000 Liquidación

13 Laboratorio de Tecnologías Audiovisuales

2009 600 0 600 597 Liquidación

14 Red de fibra óptica 2009 7.000 0 7.000 230 Prórroga

15 Aguas y torrentes (primera fase) 2009 7.866 0 7.866 7.866 Liquidación

16 Aguas y torrentes (segunda fase) 2009 1.700 0 1.700 1.700 Liquidación

17 Actuaciones infraestructuras 2010 2009 45.000 0 45.000 45.000 Liquidación

18 LUE; Centro BIT Menorca 2010 7.500 0 7.500 0 Prórroga

19 Diversas actuaciones turísticas 2010 2010 20.000 0 20.000 2.935 Prórroga

20 Palacio de Congresos de Palma 2010 20.000 0 20.000 20.000 Liquidación

21 Plataforma logística de distribución turística

2010 4.000 0 4.000 332 Prórroga

22 Trabajos forestales, prevención extinción incendios

2010 1.000 0 1.000 1.000 Liquidación

23 Actuaciones infraestructuras 2010 2010 87.500 50.000 37.500 37.500 Ejecución ordinaria

24 Ferrocarril (*) 2008 443.750 386.250 57.501 57.501 Liquidación (y parte suspendida)

25 Aguas y torrentes 2010 2010 6.000 0 6.000 6.000 Liquidación

TOTAL

859.516 499.750 359.767 291.079

(*) adenda suspendida (**) datos comunicados por la DGCG. No se detallan los gastos que superen la inversión que figura en el convenio

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Para llevar a cabo las actuaciones que figuran en los convenios firmados en materia de inversiones estatutarias entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, ésta recurrió a:

Colaborar con los consejos insulares, la Universidad de las Islas Baleares y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, para ejecutar determinadas actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado, por lo que se firmaron de forma individualizada convenios de desarrollo para cada una de las inversiones a efectuar.

Encargar la ejecución de las actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado a entidades del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma.

Ejecutar directamente las actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado.

Los rasgos característicos de estos convenios de desarrollo firmados con los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma se fundamentan, además del ámbito territorial y competencial de las administraciones involucradas, en la transferencia de la financiación y en la ejecución y justificación de las actuaciones desarrolladas. En concreto:

Las aportaciones a realizar por la Administración de la CAIB se realizan con la justificación previa del gasto ejecutado por la administración correspondiente, aunque la Administración de la CAIB haya recibido previamente la financiación del Estado.

La ejecución de las actuaciones, la llevan a cabo los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, de acuerdo con su ámbito competencial.

La justificación de los gastos debe presentarse mediante certificación a la Administración de la CAIB, que es la responsable de preparar la justificación global del convenio, tal y como debe enviarse a la AGE.

Entre 2009 y 2011 se han formalizado 13 convenios de colaboración con las administraciones correspondientes con un importe máximo de inversión de 156.300 miles de euros y el siguiente desglose:

DETALLE CONVENIOS DESARROLLO (EN MILES DE EUROS)

NÚM NOMBRE CORTO ENTIDAD INVERSIÓN CONVENIO

SITUACIÓN PRORROGADO

4A Playa de Palma Consorcio Playa

de Palma 83.500 Ejecución No

5A Can Weyler; Toni Catany CIMA 7.400 Ejecución Sí

5B Sa Comandància CIEI 9.100 Liquidado Sí

5C S’Enclusa, Sant Lluís y Ferreries CIME 12.000 Ejecución Sí

5D Plaza de Europa CIFO 1.500 Liquidado Sí

9A Revitalización de la plaza de Europa CIFO 1.700 Liquidado Sí

11A Complejo Balear de la Investigación UIB 1.600 Ejecución Sí

14A Red de fibra óptica CIME 7.000 Ejecución Sí

17A Rehabilitaciones en carreteras de Mallorca CIMA 10.000 Liquidado No

18A Laboratorio Universidad - Empresa UIB 2.500 Ejecución Sí

19A Calle Roca Plana y adyacentes CIFO 3.000 Ejecución Sí

19B Tramuntana, Raixa, Santueri, Bellpuig... CIMA 8.000 Ejecución Sí

19C Escuela de Idiomas, Ses Feixes, Talamanca… CIEI 9.000 Ejecución Sí

TOTAL 156.300

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Incidencias

A 31/12/14 el importe amparado en convenios es de 859.516 miles de euros, de los cuales se han transferido efectivamente 359.766 miles de euros, y se ha suspendido un convenio por valor de 386.250 miles de euros. En consecuencia, quedan pendientes de recibir 113.500 miles de euros correspondientes a convenios ya firmados pero pendientes de tramitar su adenda para que el Estado los dote en su presupuesto.

A pesar de que la AGE ha entregado a la CAIB los fondos en el momento de firma de cada uno de los convenios, los convenios de desarrollo firmados con los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma determinan que los fondos se transferirán con la justificación previa del gasto. Esto, junto con la falta de liquidez que ha sufrido la CAIB en los últimos años, es una de las principales razones que han provocado una baja ejecución, ya que la CAIB no ha transferido los fondos de forma puntual a las administraciones ejecutoras a pesar de las justificaciones presentadas, lo cual ha comportado el retraso de las inversiones por falta de fondos para financiarlas.

Dado que en todos los convenios en que, el objeto, lo ejecuta una entidad del sector público instrumental de la CAIB, los certificados de conformidad de la inversión con las estipulaciones del convenio y de no existencia de financiación concurrente, los firma el mismo gerente de la entidad ejecutora y no la Intervención General como solicita la AGE en las diferentes comisiones de seguimiento, y no se produce la segregación entre las funciones de ejecución y control, ya que es el mismo ente que ejecuta el que certifica la adecuación tanto en la ejecución como en la financiación. En consecuencia, en ninguno de los convenios ejecutados por entidades del sector público instrumental de la CAIB se han remitido los certificados emitidos por la Intervención conforme a que la inversión se ha llevado a cabo ni los certificados conforme a que no existe sobrefinanciación.

2. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL

A nivel administrativo, los procedimientos de gestión, ejecución y control de las inversiones estatutarias no se diferencian de los procedimientos del resto de convenios de colaboración que firma la Administración de la CAIB y que son competencia de las diferentes secretarías generales.

Además de los mencionados procedimientos en el párrafo anterior, el control de la gestión y la ejecución de los convenios de colaboración en materia de inversiones estatutarias se realiza a un triple nivel:

El primer nivel es la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado - Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como órgano bilateral de relación entre las dos administraciones en materia fiscal y financiera.

El segundo nivel es la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias, como órgano de asesoramiento y de apoyo a la representación de las Islas Baleares en la Comisión Mixta de Economía y Hacienda, mencionada en el apartado anterior, en todo lo relativo a la formulación de propuestas, la coordinación y el seguimiento de las inversiones del Estado en la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria novena del mencionado texto estatutario.

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El tercer nivel incluye cada una de las comisiones de seguimiento de los convenios de colaboración. Cada convenio establece la constitución de una comisión de composición paritaria entre las administraciones firmantes de los convenios.

Con el objeto de determinar el seguimiento que estos órganos han efectuado sobre las inversiones estatutarias, se indican en el Informe las actuaciones que cada uno de estos órganos ha llevado a cabo.

A. COMISIÓN MIXTA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ESTADO - COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES

Esta Comisión se creó en aplicación del artículo 125 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero.

Desde el momento en que se firmó el primero de los convenios derivados de la disposición transitoria novena, se tiene constancia de una única convocatoria de la Comisión, el 22 de diciembre de 2009, en la que no se trató ningún asunto relacionado con las inversiones estatutarias.6

La Vicepresidencia Económica de la CAIB solicitó, como mínimo en dos ocasiones, la convocatoria de la mencionada Comisión Mixta, en diciembre 2012 y en marzo de 2013, respectivamente. No consta ningún oficio en que el secretario de Estado de Administraciones Públicas respondiera al requerimiento efectuado des de la CAIB.

B. COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE INVERSIONES ESTATUTARIAS

El origen de esta Comisión se encuentra en el Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el cual se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias del Estado en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 171, de 17 de noviembre de 2007). Los integrantes de la Comisión figuran en el artículo núm. 3 del mencionado Decreto.

Vista la documentación remitida a la SCIB, la Comisión Interdepartamental se ha reunido en 5 ocasiones. Las reuniones se han producido en las siguientes fechas:

Sesión núm. 1 08/01/2008

Sesión núm. 2 28/05/2008

Sesión núm. 3 (*) 18/12/2008

Sesión núm. 4 18/04/2013

Sesión núm. 5 10/04/2014

(*) no consta copia del acta de esta sesión

Destaca la falta de convocatorias de esta Comisión entre los ejercicios 2008 y 2013, teniendo en cuenta que son los ejercicios en que se firmaron los convenios y se debía de llevar a cabo una parte significativa de la ejecución de las actuaciones comprometidas.

Otro aspecto que se debe poner de manifiesto es la inclusión, en el acta núm. 5, de los diversos problemas detectados en la ejecución y la justificación de las actuaciones, con el objeto de tenerlos en cuenta en la tramitación de nuevas prórrogas y adendas, entre los cuales destacan:

6 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas. En fecha posterior al cierre del Informe, el 3 de diciembre de 2015, se

celebró una nueva reunión de la Comisión Mixta de Economía Estado - CAIB, en la que se firmó el Protocolo de Intenciones Estado-CAIB para el impulso financiero de actuaciones inversoras.

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Si bien las primeras prórrogas se han podido negociar en todos los convenios en que ha sido necesario, aunque a veces con dificultades, parece que será difícil que se autoricen segundas prórrogas.7

En el caso de redefinición de actuaciones, parece que solamente es posible dentro del objeto del convenio que se pretende modificar. No es necesario atraer, por tanto, actuaciones completamente ajenas a la naturaleza de las previstas en el convenio original.

Se ha constatado que cada Ministerio e, incluso, Departamento Ministerial, actúa con criterios diferentes y, a veces, incluso contradictorios, lo que implica tener que plantear y negociar cada convenio de forma individualizada.

C. COMISIONES DE SEGUIMIENTO DE CADA UNO DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN

Cada uno de los convenios establece la constitución de una Comisión paritaria integrada por representantes de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con la finalidad, entre otros, de:

Realizar tareas de programación y seguimiento de las actuaciones del convenio.

Tener conocimientos de los informes de seguimiento de los diversos proyectos.

Conocer las incidencias, tanto técnicas como administrativas, de los proyectos y las actuaciones, y proponer las decisiones oportunas.

Garantizar el intercambio de información entre las dos administraciones.

Interpretar, en caso de duda, las normas y las previsiones de los convenios.

Esta misma figura se ha utilizado para efectuar el seguimiento en el caso de los convenios de desarrollo.

Las comisiones de seguimiento han sido las principales herramientas de control y seguimiento de la ejecución y modificación de las inversiones estatutarias. Hasta el cierre de este Informe se han realizado, en total, 131 sesiones de las diferentes comisiones de seguimiento: 102 entre la AGE y la Administración General de la CAIB, y 29 derivadas de los convenios de desarrollo.8

El número de comisiones de seguimiento por convenio y ejercicio es el siguiente:

INVERSIONES ESTATUTARIAS. NÚMERO DE COMISIONES DE SEGUIMIENTO POR CONVENIO Y EJERCICIO

NÚM. TÍTULO CORTO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015* TOTAL

3 Servicios X Eivissa -

4 Playa de Palma 1 3 4 2 10

5 Diversas actuaciones turísticas 2009 1 3 4 1 9

6 Tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC)

3 1 4

8 Patio de Sa Lluna 1 3 4 1 9

9 Revitalización de la plaza de Europa 1 3 3 1 8

10 Planícia -

7 Como consecuencia del Protocolo de Intenciones AGE-CAIB para el impulso financiero de actuaciones inversoras, firmado el 3 de

diciembre de 2015, esta afirmación se puede ver modificada, dado que en éste sí está permitida la futura tramitación de nuevas prórrogas en determinados convenios.

8 En la fase de las alegaciones comunican la celebración de 22 nuevas reuniones de las comisiones de seguimiento, 11 relativas a los

convenios con el Estado y 11 más derivadas de la ejecución de los convenios de desarrollo, todas ellas fuera del ámbito temporal del Informe.

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INVERSIONES ESTATUTARIAS. NÚMERO DE COMISIONES DE SEGUIMIENTO POR CONVENIO Y EJERCICIO

NÚM. TÍTULO CORTO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015* TOTAL

11 Complejo Balear de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación

1 1 2

12 Unidad de Investigación en el Hospital Universitario de Son Espases

1 1 2

13 Laboratorio de Tecnologías Audiovisuales 1 1

14 Red de fibra óptica 1 1 2 1 5

15 Aguas y torrentes (primera fase) -

16 Aguas y torrentes (segunda fase) -

17 Tren ligero a Bahía de Palma; rehabilitaciones en carreteras de Mallorca

1 1 1 1 4

18 Laboratorio Universidad-Empresa; Centro BIT Menorca 2 2 4

19 Diversas actuaciones turísticas 2010 1 3 4 1 9

20 Palacio de Congresos de Palma 1 3 3 1 8

21 Plataforma logística de distribución turística 1 3 4 1 9

22 Trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales

1 1 1 3

23 Tren en Mallorca; puerto de Ciutadella en Menorca; drenajes en las autopistas de Eivissa **

4 2 1 2 9

24 Ferrocarril 3 1 2 6

25 Torrentes 2010 -

Total 8 5 6 11 31 31 10 102

* hasta el 11 de mayo de 2015 ** en el expediente no figura copia de las 4 primeras actas

Y, en el caso de los convenios de desarrollo, el detalle ha sido el siguiente:

INVERSIONES ESTATUTARIAS. CONVENIOS DE DESARROLLO. NÚMERO DE COMISIONES DE SEGUIMIENTO

NÚM. TÍTULO CORTO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015* TOTAL

4A Playa de Palma -

5A Can Weyler; Toni Catany 1 1 1 3

5B Sa Comandància 2 1 1 1 5

5C S’Enclusa; salas multifuncionales en Sant Lluís y Ferreries

1 2 3

5D Plaza de Europa 1 1

9A Revitalización de la plaza Europa 2 1 3

11A Complejo Balear de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación

1 1

14A Red de fibra óptica 1 1 2

17A Rehabilitaciones en carreteras de Mallorca

1 1 1 3

18A Laboratorio Universidad- Empresa 1 1

19A Roca Plana y adyacentes 1 1

19B Tramuntana; Raixa; Santueri; Bellpuig; valores paisagísticos

2 1 3

19C Idiomas y de Hostelería; Ses Feixes y Talamanca; marinas; senderismo, plaza de l’Oli

1 1 1 3

Total 0 8 3 13 3 2 0 29

* hasta el 11 de mayo de 2015

Incidencias

Las inversiones llamadas estatutarias comprenden tanto las ejecutadas directamente por el Estado como las derivadas de los convenios bilaterales Estado - consejos insulares y, por último, las que ha tramitado el Estado con la CAIB mediante la firma de convenios. No se tiene constancia de que la CAIB haya llevado a cabo ningún tipo de control ni de recuento respecto a las dos primeras, que también deben tenerse en cuenta en el cálculo de la cifra

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total de inversiones garantizadas en las Islas Baleares. La Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado - CAIB, como órgano bilateral responsable del control y seguimiento de estas inversiones, tampoco ha cumplido su función, dado que solamente se celebró una sesión, el 22 de diciembre de 2009, sin que se tratara ningún asunto relacionado con las inversiones estatutarias, aunque la Vicepresidencia Económica de la CAIB solicitó, como mínimo en dos ocasiones, la convocatoria de esta Comisión.9

Con relación a la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias, destaca la falta de convocatorias de esta comisión entre los ejercicios 2008 y 2013, siendo estos seis años los ejercicios en que se firmaron los convenios y se debía ejecutar una parte significativa de las actuaciones pactadas.

A pesar de que entre los ejercicios 2009 y 2011 se establecía la ejecución de la mayoría de las inversiones estatutarias, en estos ejercicios únicamente se celebraron 19 sesiones de las diferentes comisiones de seguimiento de las 102 reuniones producidas hasta el 11/05/15.

9 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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III. ANÁLISIS DE LOS CONVENIOS

El análisis de los convenios objeto del presente Informe se ha efectuado a partir de la documentación remitida por la Dirección General de Coordinación del Gobierno (DGCG), que es el órgano responsable, desde el año 2012, de velar por una ejecución y una justificación adecuadas y en plazo de los convenios estatutarios. De forma más concreta, es responsable de:

Efectuar el seguimiento de las actuaciones comprometidas, apoyando a las consejerías o las entidades dependientes ejecutoras, mediante la asistencia de representantes de la DGCG en todas las comisiones de seguimiento.

Impulsar la tramitación de prórrogas o adendas cuando así se acuerde en las mencionadas comisiones de seguimiento.

Coordinar la ejecución de las actuaciones entre las diferentes consejerías y entes dependientes de la CAIB.

Llevar a cabo la intermediación entre la CAIB y la AGE.

Impulsar el proceso de justificación de las inversiones.

Esta Dirección General ha sido la intermediaria con la SCIB y ha remitido la documentación requerida con agilidad y transparencia.

Con relación a la ejecución de las inversiones, la SCIB ha revisado los datos remitidos por la DGCG y los ha analizado comparativamente con la ejecución presupuestaria extraída de los mayores de ingresos y gastos incluidos en el fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias» desde 2008 a 2014.10

El resultado de este análisis comparativo figura en el epígrafe de ejecución de cada uno de los convenios.

1. CONVENIO NÚM. 3: SERVICIOS X EIVISSA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el desarrollo del proyecto Servicios X Eivissa, por importe de 29.600 miles de euros. El objeto del convenio es la financiación de la adquisición, por parte del Consejo Insular de Eivissa, de inmuebles propiedad del Ministerio de Defensa, concretamente las siguientes propiedades:

Terrenos e instalaciones del cuartel militar de sa Coma

Polvorín de Santa Gertrudis

Parcela C de terrenos de la antigua comandancia militar de Eivissa

Parcela que constituye la segregación sexta de la propiedad denominada resto de terrenos militares de El Soto, Eivissa, Illes Balears

10

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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Parcela que constituye la segregación séptima de la propiedad denominada resto de terrenos militares de El Soto, Eivissa, Illes Balears

El proyecto Servicios X Eivissa consiste en que las infraestructuras, los equipamientos y las instalaciones, titularidad del Ministerio de Defensa, pasen a acoger diversas tipologías de servicios públicos de titularidad tanto estatal o autonómica como local, destacando los que permitan dar apoyo a las siguientes actividades:

La protección civil y los servicios integrados de prevención y extinción de emergencias y salvamento, en especial, la sede de la Unidad Militar de Emergencias como base para su actuación en las islas de Eivissa y Formentera.

El saneamiento y la protección de los recursos medioambientales.

Otros posibles usos sociales, culturales y/o complementarios de los descritos anteriormente.

Para llevar a cabo esta inversión se firmó un convenio de desarrollo entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Eivissa. Este convenio no figura en ninguno de los listados ni en la documentación aportada por la DGCG, y se ha detectado como consecuencia de la fiscalización de la documentación.

Formalización

El convenio mencionado se ha firmado el 30 de julio de 2009, con un plazo de vigencia de 1 año. No consta ninguna prórroga ni adenda relativa a este convenio.

El 25/11/09 se ha firmado el convenio de desarrollo en que se establece un plazo de ejecución de tres meses desde la fecha de firma.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio ha sido la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 09/11/09 se han reconocido e ingresado 29.600 miles de euros.

Presupuesto de gastos: el 27/11/2009 figura contabilizado un documento contable ADOP por importe de 29.600 miles de euros en favor del Consejo Insular de Eivissa.

No existen discrepancias entre estos importes y la cantidad comunicada por la DGCG.

Este convenio se ejecutó inmediatamente, en el momento de su firma, y se ha considerado vigente hasta el 30/06/10.

En la documentación aportada no consta ninguna escritura ni certificado que confirme la ejecución de la inversión por el CIEI. A pesar de ello, en el Informe de la SCIB relativo a la Cuenta General del Consejo Insular de Eivissa del año 2009, página 17, figura el siguiente párrafo: «Cabe destacar el aumento del inmovilizado material respecto del ejercicio anterior, producido fundamentalmente por un incremento del 49,2 % en “Construcciones”, para la adquisición de diferentes propiedades del Ministerio de Defensa, obtenidas mediante convenio de colaboración entre la CAIB y el Consejo en materia de actuaciones para el desarrollo del proyecto Servicios X Eivissa y financiadas mediante aportaciones de la CAIB (29.600 miles de euros).»

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Justificación y vigencia

A pesar de que la CAIB considera, a todos los efectos, este convenio como un convenio liquidado, no figura en el expediente ningún certificado emitido por el Ministerio de Defensa según el cual la inversión estatutaria se ha ejecutado y justificado de manera adecuada, para proceder, así, al cierre del convenio.

La vigencia establecida en el convenio inicial firmado entre la AGE y la CAIB era de un año. Por otro lado, en el convenio de desarrollo figura un plazo de 3 meses para llevar a cabo la adquisición de los inmuebles. A pesar de la diversidad de fechas en los documentos formalizados, la actuación se ha llevado a cabo en plazo y no se incurre en riesgo de reintegro.

Incidencias

En la documentación aportada por la CAIB no figura el convenio de desarrollo relativo al convenio núm. 3. Este convenio se detectó como consecuencia del cuadro de datos con la documentación conservada en el Área de Consejos Insulares de la SCIB.

2. CONVENIO NÚM. 4: MEJORA Y EMBELLECIMIENTO PLAYA DE PALMA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la remodelación integral de la Playa de Palma, por importe de 83.500 miles de euros. De forma más detallada, el objeto del convenio corresponde a las siguientes actuaciones:

Proyectos de infraestructura urbana (28.100 miles de euros):

Soterramiento de contenedores

Mejora de la canalización de la red de pluviales Playa de Palma

Cierre del anillo agua regenerada

Mejora de las infraestructuras subterráneas

Puntos verdes

Reparación integral de deficiencias

Acceso para los peatones zona urbana - parque acuático

Proyectos de sostenibilidad y protección del territorio (54.500 miles de euros):

Adquisición de suelo en ses Fontanelles

Adquisición de suelo en la Porciúncula

Adquisición de suelo en canteras

Demolición del hotel y adecuación del solar

Redacción de proyectos (900 miles de euros):

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Proyectos de transformación en el área Can Pastilla

Proyecto de transformación en S'Arenal de Llucmajor

Proyecto de caminos naturales: conexión con el medio rural

Para ejecutar esta inversión se ha firmado un convenio de desarrollo entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares para la remodelación integral de la Playa de Palma.

Formalización

El convenio núm. 4 se ha firmado el 13/08/09, con un plazo de ejecución de 6 años y un plazo de justificación de 7 años desde la misma firma.

El presupuesto total de la inversión es de 83.500 miles de euros. Para el año 2009, e incuso en el convenio inicial, figura la formalización de la primera transferencia de fondos, por importe de 10.000 miles de euros. Mediante la primera adenda, el 23/12/2010, se recibe el segundo tramo de 10.000 miles de euros. El resto de fondos incluidos en este convenio, 63.500 miles de euros, debían ser aportados por Turespaña, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y en función de las sucesivas adendas anuales que se firmaran. No se ha recibido ningún fondo relativo a este convenio desde el año 2010.

El 23/12/10 se ha firmado la primera adenda ya mencionada, que formaliza la transferencia de 10 millones de euros a la CAIB correspondientes a la anualidad de 2010. Actualmente, se encuentra en tramitación una segunda adenda, que tiene por objeto la aprobación de una prórroga de plazos y la reprogramación de actuaciones.

El 29/10/09 se ha firmado el convenio de desarrollo con el Consorcio para la Mejora y Embellecimiento de la Playa de Palma. El 11/03/11 se ha firmado la primera Adenda al mencionado convenio de desarrollo para incluir la transposición de la Adenda firmada el 23/12/10 entre la CAIB y la AGE.11

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 16/10/09 se han reconocido e ingresado 10.000 miles de euros. Los 10.000 miles de euros restantes se han reconocido e ingresado el 28/01/11.

Presupuesto de gastos: el presupuesto de gastos refleja los siguientes movimientos en fase OP correspondientes a las 7 primeras certificaciones:

Fecha Descripción Importe (en miles de euros)

14/06/10 Certificación núm. 1 2.339

08/09/10 Certificación núm. 2 356

23/09/10 Certificación núm. 3 136

04/11/10 Certificación núm. 4 502

11/03/11 Certificación núm. 5 174

08/04/11 Certificación núm. 6 353

06/07/11 Certificación núm. 7 755

Total 4.616

11

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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24

Desde 2012 no se ha efectuado, en el presupuesto de la CAIB, ningún reconocimiento contable de gasto. Existen discrepancias entre los datos remitidos por la DGCG y los que figuran en la liquidación presupuestaria. Dado que en la documentación de la DGCG figuran como certificados y justificados en la AGE 4.946 miles de euros, se han detectado 330 miles de euros no reconocidos contablemente a pesar de que se justificaron en la AGE con la certificación núm. 8.

Con posterioridad, el 27 de marzo de 2012, el Presidente del Consorcio de la Playa de Palma ha emitido un informe para señalar la existencia de una certificación núm. 9 por importe de -557 miles de euros. La CAIB no traslada este hecho a la comisión de seguimiento hasta la sesión de 02/10/14, en la que se informa de que el Consorcio solicita un ajuste a la baja de 557 miles de euros, importe que corresponde a diversas facturas imputadas previamente a otro convenio. Este ajuste tampoco está reflejado contablemente.12

Para concluir, la situación del convenio a 31/12/14 es la siguiente:

La AGE ha transferido a la CAIB 20.000 miles de euros, de los 83.500 miles que se establecieron como máximo en el convenio inicial.

El Consorcio ha justificado inversiones a la CAIB por valor de 4.946 miles de euros. La misma cantidad ha sido justificada ante la AGE.

La CAIB ha reconocido OP por valor de 4.616 miles de euros, quedan 330 miles de euros pendientes de reconocer contablemente.

En la comisión de seguimiento de 02/10/14 se pone de manifiesto la existencia de una certificación núm. 9 por importe de -557 miles de euros correspondiente a una serie de facturas ya imputadas al convenio de 2008, antes de la existencia del Convenio de Mejora de la Playa de Palma derivado de las inversiones estatutarias. Esta ayuda tampoco está reconocida, al cierre de 2014, en contabilidad.

La diferencia entre los datos remitidos por la DGCG y los que figuran ejecutados presupuestariamente es de -227 miles de euros, cifra que corresponde exactamente a las certificaciones núm. 8 y núm. 9.13

Justificación y vigencia

El gasto ejecutado puso en conocimiento de la AGE para anticipar su justificación, sin que ésta haya dado el visto bueno. Visto que la Secretaria de Estado de Turismo no acepta justificaciones parciales de los convenios, y las actuaciones ejecutadas no se incluyen en el borrador del proyecto de adenda, puede haber problemas en el reconocimiento y la aceptación de estos gastos como integrantes del convenio.14

En el momento de redactar este Informe ha expirado el plazo de ejecución sin que se haya llevado a cabo la parte mayoritaria de la inversión y sin que se haya aprobado ninguna prórroga de los plazos.

12

A la hora de cerrar el presente Informe, la situación es la que se indica en el párrafo, a pesar de que la CAIB ha manifestado en la fase de las alegaciones que, con posterioridad, ha detectado que el ajuste correspondiente a la certificación núm.9 no era de aplicación.

13 Ídem.

14 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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No hay constancia de que en el presente convenio se haya aplicado la interpretación que figura en los informes de la Abogacía, por lo que se refiere al convenio núm. 23, tanto del Estado como de la CAIB, respecto al mantenimiento de la vigencia del convenio a pesar de que se superara la fecha límite, como consecuencia de las aportaciones del Estado que quedaban pendientes de adenda.

Incidencias

Dado que el plazo de ejecución de este convenio ha finalizado día 13/08/15 sin que estuviera firmada la segunda adenda, existe un riesgo cierto de reintegro de 15.610 miles de euros, correspondientes a los fondos recibidos y no ejecutados.

Se han detectado 330 miles de euros y -557 miles de euros, correspondientes a las certificaciones 8 y 9, respectivamente, no reconocidos contablemente en la ejecución del presupuesto de gastos de la CAIB, a pesar de que figuren como ejecutados entre los ejercicios 2010 y 2011.15

La cantidad ejecutada, 4.389 miles de euros, figura como justificada ante la AGE, sin que el Estado haya dado el visto bueno de ello. Visto que la Secretaria de Estado de Turismo no acepta justificaciones parciales de los convenios, y las actuaciones ejecutadas no se incluyen en el borrador del nuevo proyecto de adenda de modificación de plazos y reprogramación de actuaciones, puede haber problemas en el reconocimiento y la aceptación de estos gastos como integrantes del convenio.16

3. CONVENIO NÚM. 5: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2009

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de turismo, año 2009, por importe de 30.000 miles de euros. El objeto del convenio son las siguientes actuaciones desglosadas por islas:

Mallorca:

Adquisición y rehabilitación de Can Weyler, con la finalidad de recuperar parte del patrimonio histórico de Palma y convertirlo en un centro de interpretación de turismo cultural, por importe de 3.100 miles de euros.

Centro internacional de fotografía Toni Catany, en el término municipal de Llucmajor, por importe de 4.300 miles de euros.

Menorca:

Rehabilitación y acondicionamiento de las edificaciones de s'Enclusa, con el destino de poner en marcha el Centro de Interpretación de la Reserva de la Biosfera s'Enclusa, por importe de 7.000 miles de euros .

15

A la hora de cerrar el presente Informe, la situación es la que se indica en el párrafo, a pesar de que la CAIB ha manifiestado en la fase de las alegaciones que, con posterioridad, ha detectado que el ajuste correspondiente a la certificación núm.9 no es de aplicación.

16 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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Salas de usos diversos en Sant Lluís y Ferreries con la finalidad de acoger actividades en cualquier época del año, destinadas a la desestacionalización turística de los municipios, por importe de 5.000 miles de euros.

Eivissa:

Escuela Internacional de Turismo y Ocio «Sa Comandància». Rehabilitación del edificio para llevar a cabo en él un centro internacional de formación, investigación y desarrollo, especializado en turismo y ocio, por importe de 9.100 miles de euros.

Formentera:

Revitalización de la plaza de Europa para permitir el uso de este espacio público para celebrar actividades de interés turístico y revitalización comercial de la zona, por importe de 1.500 miles de euros.

Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se firmaron cuatro convenios de desarrollo, denominados 5A, 5B, 5C y 5D, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera, respectivamente, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de turismo se firmó el 13 de agosto de 2009. Con posterioridad se han aprobado diversas prórrogas, con diferentes fechas para cada una de las actuaciones prorrogadas:

Fecha original Primera prórroga Segunda prórroga

Ejecución 13/08/12 Mallorca: 31/12/16

Menorca: 13/02/14

Justificación 13/08/13 Mallorca: 31/12/17

Menorca: 13/02/15 Salas Sant Lluís y Ferreries: 02/05/2015

Vigencia 13/08/13 Mallorca: 31/12/17

Menorca: 13/02/15

Los convenios con los consejos insulares de Eivissa y de Formentera no se prorrogaron ya que se llevaron a cabo sus actuaciones en lo plazos correspondientes.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, era la siguiente:

Presupuesto de ingresos: en fecha 19/10/09 se reconocieron e ingresaron 30.000 miles de euros, mediante 6 anotaciones contables, por importes de 3.100 miles de euros, 4.300 miles de euros, 7.000 miles de euros, 5.000 miles de euros, 9.100 miles de euros y 1.500 miles de euros, respectivamente.

Presupuesto de gastos: el detalle de las obligaciones reconocidas por consejo insular y ejercicio es el siguiente:

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INVERSIONES ESTATUTARIAS. EJECUCIÓN CONTABLE CONVENIO NÚM. 5 (EN MILES EUROS)

CONVENIO DESARROLLO OPS 2010 OPS 2011 OPS 2014 TOTAL

CIMA 1.540 0 0 1.540

CIEI 2.613 3.381 3.106 9.100

CIME 0 173 2.262 2.435

CIFO 307 1.193 0 1.500

TOTAL 4.461 4.747 5.368 14.576

NOTA: en los años 2012 y 2013 la CAIB no reconoció ninguna obligación de este convenio

Entre la ejecución presupuestaria del fondo finalista 31201 para este convenio y la comunicada por la DGCG, al cierre del ejercicio 2014 se detectó una diferencia de 2.380 miles de euros en el convenio de desarrollo 5C, firmado con el CIME. La DGCG informó como ejecutados 4.815 miles de euros, en lugar de los 2.435 miles de euros ejecutados contablemente por la CAIB a 31/12/14.

A 30/04/15, la situación de la ejecución de este convenio, detallado por actuaciones, y sobre la base de la información remitida por la DGCG era la siguiente:

INVERSIONES ESTATUTARIAS. SITUACIÓN CONVENIO NÚM. 5 A 30/04/2015 (EN MILES DE EUROS)

CONVENIO

DESARROLLO IMPORTE

TRANSFERIDO

IMPORTE EJECUTADO EN

PLAZO

IMPORTE EJECUTADO FUERA DE

PLAZO NO

EJECUTADO

Adquisición y rehabilitación Can Weyler CIMA 3.100 1.540 0 1.560

Centro int. de fotografía Toni Catany CIMA 4.300 0 0 4.300

Centro de interpretación s'Enclusa CIME 7.000 71 0 6.929

Salas Sant Lluís y Ferreries CIME 5.000 4.593 371 37

Escuela Internacional Sa Comandància CIEI 9.100 9.100 0 0

Rehabilitación plaza Europa CIFO 1.500 1.500 0 0

TOTAL 30.000 16.804 371 12.826

En el momento de redactar el Informe, únicamente figuran como ejecutadas de forma íntegra las actuaciones de Eivissa y Formentera.

La situación del resto de actuaciones se detalla en el epígrafe de incidencias.

Justificación y vigencia

Todas las actuaciones no finalizadas, excepto s’Enclusa en Menorca, se encuentran en plazo. A pesar de ello, vistos los plazos que restan para la finalización de la inversión y los porcentajes de inversión ejecutados, se detecta un riesgo de reintegro que se detalla en el apartado de incidencias.

Respecto a las actuaciones finalizadas y justificadas ante la AGE, la Secretaria de Estado de Turismo comunica que la documentación justificativa remitida se ajusta a lo dispuesto en el convenio y, por lo tanto, se efectúa el archivo de éste, manteniéndose sujeta a los controles financieros posteriores desde el Estado, en las siguientes actuaciones:

El 29/01/14, con relación al proyecto «Rehabilitación de la plaza de Europa de Formentera», por un importe de 1.500 miles de euros.

El 05/05/15, con relación al proyecto «Rehabilitación del edificio para desarrollar un centro internacional de formación, investigación y desarrollo, especializado en turismo y ocio: Escuela Internacional de Turismo y Ocio “Sa Comandància” en Eivissa», por un importe de 9.100 miles de euros.

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Incidencias

Las principales incidencias detectadas en la fiscalización de este convenio (y en los convenios de desarrollo correspondientes, firmados con los diferentes consejos insulares) han sido:

En cuanto al proyecto de s’Enclusa, únicamente se han ejecutado 71 miles de euros, de un total comprometido de 7.000 miles de euros. Dado que el plazo de ejecución ya ha finalizado (prórroga incluida) y que la AGE ha emitido un informe jurídico para denegar la aprobación de nuevas prórrogas, la CAIB debería efectuar el reintegro de los 6.929 miles de euros no ejecutados.

En cuanto al proyecto salas multifuncionales de Sant Lluís y Ferreries, dado que la fecha límite que figura en la prórroga para ejecutar actuaciones era el 13/02/14, se han ejecutado extemporáneamente 151 miles de euros en fecha 10/04/14 y 219 miles de euros en el 2015. Por otro lado, 37 miles de euros deben reintegrarse de forma directa ya que el total de la inversión ha sido de 4.963 miles de euros, sin llegar a los 5.000 miles de euros transferido por el Estado. Por último, la CAIB no ha contabilizado, hasta el año 2015, 6 OP por importe de 2.426 miles de euros, a pesar de que la fecha de la factura es anterior a febrero de 2014, fecha límite prorrogada para ejecutar gastos relativos a este convenio.17

En relación a la adquisición y la rehabilitación de Can Weyler, la única actuación llevada a cabo es la adquisición del inmueble, sin que se haya iniciado, en el momento de redacción del Informe, su rehabilitación. Dado que la fecha de ejecución de las actuaciones que figura en la prórroga es el 31/12/16, y que en el caso de s’Enclusa la Abogacía del Estado no ha aceptado la tramitación de segundas prórrogas, comienza a existir el riesgo de no poder ejecutar este proyecto en el plazo y, por lo tanto, tener que reintegrar los 1.560 miles de euros restantes.18

En el caso del Centro Internacional de Fotografía Toni Catany, con la misma fecha de ejecución prorrogada que la que figura en el párrafo anterior, no se ha ejecutado cantidad alguna, por lo que el riesgo de reintegro es por los 4.300 miles de euros. Se ha elaborado el proyecto básico y de ejecución de las obras, que ha estado en exposición pública la primera quincena de abril 2015.19

En resumen, en el convenio núm. 5, figuran 6.965 miles de euros a reintegrar; 371 miles de euros que se encuentran en discusión, dado que se han ejecutado de forma extemporánea, y 5.860 miles de euros que, a pesar de estar dentro de plazo, empiezan a encontrarse en riesgo de reintegro debido a que la parte mayoritaria de las actuaciones queda pendiente.20

17

En virtud de la resolución de la Secretaria de Estado de Turismo de 23 de noviembre de 2015, aportada en la fase de las alegaciones, la cantidad a reintegrar asciende a un total de 143 miles de euros, a la que deben añadirse los intereses de demora correspondientes, por importe de 43 miles de euros.

18 En virtud del Protocolo de Intenciones entre la AGE y la CAIB, de 03/12/15, aportado en la fase de las alegaciones, se posibilita la

ampliación de los plazos de ejecución o de justificación de los convenios incluidos en el anexo I (Can Weyler y Toni Catany).

19 Ídem.

20 En virtud del Protocolo de Intenciones entre la AGE y la CAIB, de 03/12/15, aportado en la fase de las alegaciones, se posibilita la

ampliación de los plazos de ejecución o de justificación de los convenios incluidos en el anexo I y la articulación de mecanismos de compensación y coordinación financiera en los convenios incluidos en el anexo II (s'Enclusa y Salas multifuncionales).

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4. CONVENIO NÚM. 6: TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES (TIC)

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) en el ámbito de las Islas Baleares, por un importe máximo de 38.000 miles de euros. De forma más concreta, las actuaciones incluidas en el convenio y en el presupuesto para a cada una de ellas, son:

Plan de Utilización Integral de las TIC para la Mejora del Sistema Educativo (27.000 miles de euros)

Centro de Innovación MIC Turismo Islas Baleares (4.000 miles de euros)

Infraestructuras de transporte y difusión de la TDT (1.700 miles de euros)

Plan de Transición a la TDT (1.700 miles de euros)

Plan de Disminución de la Brecha Digital en Personas en Riesgo de Exclusión Tecnológica (200 miles de euros)

Proyecto Historia de Salud (3.400 miles de euros)

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, excepto la relativa al Plan de Utilización Integral de las TIC (27.000 miles de euros), se ha encargado su ejecución a las siguientes entidades, en calidad de entes del sector público instrumental de la CAIB:

ParcBit Desarollo: Centro de Innovación MIC Turismo.

Multimedia de las Islas Baleares, SAU:

Infraestructuras de transporte y difusión de la TDT

Plan de Transición a la TDT

Plan de Disminución de la Brecha Digital en Personas en Riesgo de Exclusión Tecnológica

IBSalut: Proyecto Historia de la Salud.

Formalización

El convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) en el ámbito de las Islas Baleares se firmó el 13/08/09.

El convenio tiene los plazos caducados, dado que la fecha de finalización de la ejecución era el 13/08/12, y la de justificación y vigencia el 31/12/13.21

21

En la fase de las alegaciones, se ha aportado el acta de cierre del convenio firmada el 19 de junio de 2015.

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El 24/07/13, la comisión de seguimiento ha iniciado la tramitación de la adenda de redistribución presupuestaria entre actuaciones del Convenio, sin que suponga incremento del gasto.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: en el 2009, mediante 4 operaciones, se han reconocido e ingresado 5.238 miles de euros. El 2010 se han producido un total de 15 operaciones de reconocimiento de ingresos, por importe agregado de 32.762 miles de euros.

Presupuesto de gastos: entre 2009 y 2013 figuran obligaciones reconocidas con cargo al fondo finalista 31201 por un valor global de 32.644 miles de euros.

Por otro lado, la DGCG informa como ejecutadas las siguientes inversiones:

TIC Sistema Educativo: 28.711 miles de euros (106.34 %).

MIC Turismo Islas Baleares: 3.940 miles de euros (98,50 %).

Infraestructuras TDT: 1.579 miles de euros (92,91 %).

Plan de Transición a la TDT: 1.399 miles de euros (82,29 %).

Plan de Disminución de la Brecha Digital: 202 miles de euros (100,89 %).

Proyecto Historia de Salud: 3.445 miles de euros (101,34 %).

No se ha podido efectuar un análisis exhaustivo de las diferencias entre la información aportada por la DGCG y la ejecutada contablemente, dado que la Dirección General de Presupuestos no ha rendido la ejecución presupuestaria desglosada por convenio y, en consecuencia, no se ha tenido el detalle por actuaciones. A pesar de esta limitación, sí que se ha detectado, en el nivel agregado a 31/12/14, una diferencia significativa en el ámbito total del convenio, dado que en esta fecha la cantidad ejecutada en el fondo finalista 31201 relacionada con estas actuaciones es de 32.644 miles de euros, ante los 38.000 miles de euros convenidos.

La tramitación de la adenda se ha paralizado por la Decisión de la Comisión Europea de 19 de junio de 2013 sobre las actuaciones relacionadas con la TDT y su vinculación al convenio, dado que afecta dos de sus proyectos: el Plan de Transición a la TDT y las Infraestructuras de transporte y difusión de la TDT.

En marzo de 2015, la CAIB ha informado al Estado sobre la desvinculación del retorno de la ayuda estatal, de conformidad con lo establecido por la Decisión de la Comisión Europea de 19/06/13. En mayo de 2015 el Ministerio ha informado de que la documentación presentada justificaba la desvinculación de las actuaciones del convenio de la Decisión UE de 19 de junio de 2013.

Justificación y vigencia

Los plazos del convenio han caducado, ya que la fecha de finalización de la ejecución era el 13/08/12, y la de justificación y vigencia, el 31/12/13.

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La DGCG ha informado este convenio como liquidado, a pesar de que no se haya firmado la adenda que permita la compensación entre las diferentes actuaciones:

INVERSIONES ESTATUTARIAS. IMPORTES JUSTIFICADOS CONVENIO NÚM. 6 (IMPORTE EN MILES DE EUROS)

IMPORTE COMPROMETIDO IMPORTE EJECUTADO DIFERENCIA

Plan de Utilización de las TIC para la Mejora del Sistema Educativo 27.000 28.711 -

Centro MIC Turismo Islas Baleares 4.000 3.940 60

Infraestructuras TDT 1.700 1.579 121

Pla de Transición a la TDT 1.700 1.399 301

Plan de Disminución de la Brecha Digital 200 202 -

Proyecto Historia de la Salud 3.400 3.445 -

Total convenio 38.000 39.276 482

En la sesión de la comisión de seguimiento de 03/06/15, con el informe favorable previo de la Abogacía del Estado, se ha acordado por unanimidad dar por válida la redistribución presupuestaria entre actuaciones sin firmar una adenda al convenio. Las dos partes han propuesto el cierre del convenio sin que corresponda reintegrar ninguna cantidad al Tesoro por parte de la CAIB.

Incidencias

Una parte significativa de este convenio no tiene reflejo contable, ya que la cantidad ejecutada en el fondo finalista 31201 relacionada con estas actuaciones es de 32.644 miles de euros, ante los 38.000 miles de euros que la DGCG remitió como ejecutados.

A pesar de que se han presentado todos los proyectos que integran este convenio, memorias y cuenta justificativa, en ninguno de ellos figuran los certificados emitidos por la Intervención para garantizar la adecuación de la inversión al convenio y la no existencia de sobrefinanciación.

5. CONVENIO NÚM. 8: PATI DE SA LLUNA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Menorca por un importe de 2.300 miles de euros. El objeto del convenio, incardinado en un objetivo global de mejora de la competitividad turística y la sostenibilidad económica, social y medioambiental, es la rehabilitación integral del Patio de sa Lluna, en el término municipal de Alaior (Menorca), con la finalidad de recuperar el edificio para su uso cultural y dinamizador del municipio.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a la ATB en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

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El convenio se firmó el 6 de noviembre de 2009. Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes:

- 06/11/12, ejecución;

- 06/11/13, justificación, i

- 06/05/14, vigencia.

Dado el ritmo de ejecución de las obras, el 05/11/12, la DGCG ha presentado una solicitud de prórroga al Ministerio, que ha sido aprobada el mismo mes de noviembre mediante resolución de la presidenta de Turespaña por un período adicional de dieciocho meses, hasta el 5 de mayo de 2014, y hasta el 05/05/15 con relación a la justificación y la vigencia.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 23/02/10 se han reconocido e ingresado 2.300 miles de euros.

Presupuesto de gastos: el 17/12/10 figura una OP por importe de 2.300 miles de euros a favor de la Agencia de Turismo de las Islas Baleares. Esta OP corresponde a la transferencia de los fondos recibidos hacia el ente dependiente que ejecuta la inversión, no a la ejecución de la inversión en si misma.

No existen discrepancias entre estos importes y la cantidad que la DGCG ha comunicado.

A pesar de no se haya podido efectuar una revisión del reflejo contable de este convenio a medida que se ejecutaba, en la sesión de la comisión de seguimiento de 02/10/14 las dos partes confirman que las actuaciones derivadas de la ejecución de este convenio estaban correctamente ejecutadas y han remitido a la Secretaria de Estado de Turismo su justificación en el primer semestre del ejercicio 2014.

Justificación y vigencia

A pesar de que en la comisión de seguimiento de octubre 2014 se haya declarado el cierre y la liquidación del convenio, como consecuencia de actuaciones posteriores de comprobación e inspección se han puesto de manifiesto determinadas carencias, se ha reabierto el convenio en su fase de justificación, y el Estado ha requerido documentación adicional. Las principales deficiencias a corregir señaladas por la Secretaría de Estado de Turismo, detalladas en el escrito de 19/12/14, son:

Memoria técnica del proyecto insuficiente. Se solicitó material gráfico de las actuaciones para reflejar el antes y el después de las actuaciones realizadas.

Falta de detalle en las justificaciones (certificaciones de obra) y la existencia o no de expropiaciones.

Falta de certificado del interventor para acreditar la veracidad y regularidad de la documentación presentada.

Falta de certificado del interventor para acreditar que la obra financiada no lo ha sido también con cargo a otros fondos.

La memoria justificativa y las certificaciones se han remitido de nuevo con la documentación adicional solicitada. Respecto al certificado de la Intervención, éste no

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acredita ni la veracidad ni la regularidad ni la inexistencia de sobrefinanciación, por lo que incumple la cláusula 5.7 del convenio.

Incidencias

La CAIB no ha remitido parte de la documentación solicitada para corregir las deficiencias en la justificación, dado que el certificado emitido por la Intervención General de la CAIB de 13/03/15 concluye que no puede emitir el certificado sobre la veracidad y la regularidad de los gastos de la ATB que la Secretaria de Estado de Turismo había solicitado.22

El informe justificativo para acreditar que la actuación financiada no lo ha sido con cargo a otros fondos, lo ha firmado el gerente de la ATB y no el interventor de la entidad ejecutante. Este aspecto se considera especialmente significativo en este convenio, ya que existe una financiación concurrente con fondos FEDER por un importe máximo de 1.000 miles de euros.23

6. CONVENIO NÚM. 9: REVITALIZACIÓN PLAZA EUROPA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Formentera cuyo objeto corresponde a la revitalización de la plaza de Europa para permitir el uso de este espacio público para la celebración de actividades culturales de interés turístico y la revitalización comercial de la zona, por un importe de 1.700 miles de euros, sin perjuicio del convenio núm. 5, de 13 de agosto de 2009, firmado con Turespaña, que prevé una financiación adicional para esta misma actuación.

Para llevar a cabo la actuación objeto del convenio se ha firmado uno de desarrollo, denominado 9A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Formentera, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Formentera se firmó a fecha 06/11/09. El plazo de ejecución de las actuaciones es hasta el 06/11/12 y la justificación y vigencia es por un año más, hasta al 06/11/13.

No consta firmada ninguna prórroga ni adenda en este convenio.

El convenio de desarrollo se firmó el 22 de marzo de 2010. Dado que se ejecutó en plazo, no se tramitó prórroga.

22

A pesar de que el Estado ha admitido la justificación de la inversión, se mantiene la incidencia, ya que la Intervención General ejerce las funciones de centro de control interno de los entes que conforman el sector público instrumental.

23 Ídem.

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Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 23/02/10 se han reconocido e ingresado 1.700 miles de euros.

Presupuesto de gastos: En el 2011 se han reconocido dos obligaciones de 662 miles de euros. El resto, 376 miles de euros, se ha reconocido mediante cuatro documentos OP, todos ellos de fecha 13/10/14.

En cuanto al análisis comparativo entre los datos contabilizados en la CAIB y los que comunica la DGCG, no se han detectado diferencias. A 31/12/14, la CAIB ha transferido al Consejo Insular de Formentera la totalidad del importe comprometido.

Justificación y vigencia

En la comisión de seguimiento de 13/11/12, los representantes del Consejo Insular de Formentera han manifestado que, a pesar de que el plazo de justificación finaliza en marzo de 2013, han presentado a la CAIB todas las certificaciones justificativas del gasto.

El 29/01/14 la Secretaría de Estado de Turismo ha comunicado que la documentación justificativa remitida se ajusta a lo dispuesto en el convenio y, por lo tanto, se efectúa el archivo de éste aunque el convenio se mantendrá sujeto a los controles financieros posteriores desde el Estado.

Finalmente, en la comisión de seguimiento del 02/10/14, ambas partes han confirmado que las actuaciones derivadas de este convenio han sido correctamente ejecutadas y justificadas, por lo que se da por cerrado y liquidado el convenio, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación e inspección adecuadas.

7. CONVENIO NÚM. 10: ADQUISICIÓN FINCA DE PLANÍCIA

Antecedentes

Se trata del Protocolo general entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la adquisición de la finca denominada Planícia (término municipal de Banyalbufar, Mallorca). El objeto del protocolo es el establecimiento de un marco para que la Administración de la CAIB transmita a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar parte de la finca de Planícia para su incorporación al dominio público marítimo-terrestre.

Formalización

El protocolo se ha firmado el 29 de julio de 2009. Después de la firma se han publicado en el BOIB:

La Propuesta de resolución por la que se aprueba y se autoriza la segregación de la finca de Planícia (término municipal de Banyalbufar) perteneciente al patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm.166, de 14/11/09)

El Edicto de publicación del protocolo general entre la AGE y la Administración General de la CAIB para la adquisición de la finca denominada Planícia en el término municipal de Banyalbufar, Mallorca (BOIB núm.173, de 26/11/09)

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El Acuerdo del Consejo de Gobierno, de día 27 de noviembre de 2009 por el que se declara la alienabilidad directa de cuatrocientas veintisiete hectáreas (4.270.000 m2) de la finca de Planícia (término municipal de Banyalbufar) a la Administración General del Estado para incorporarlas al dominio público marítimo-terrestre (BOIB núm.178, de 08/12/09)

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 31/10/10 figura una transferencia reconocida y ingresada procedente del Estado por el importe comprometido de 10.000 miles de euros, sin que lleve ningún fondo finalista asociado.

Presupuesto de gastos: no figura ningún gasto en el fondo finalista 31201 asociado a esta inversión. Se han detectado dos OP por importe de 11.182 miles de euros y 943 miles de euros, las dos con fecha de reconocimiento de la obligación de 12/02/09 y de pago material de 17/02/09.

No se tiene constancia de la existencia de ninguna reunión de la comisión de seguimiento, ni de ningún tipo de relación con la AGE en aplicación de este protocolo.

Justificación y vigencia

La SCIB no ha recibido ninguna documentación que certifique la adecuada ejecución de la inversión y el cierre del expediente.

Incidencias

La operación incluida en el protocolo es el ejercicio del derecho de retracto, por parte de la CAIB, de la finca de Planícia, que posteriormente vende su mayoría a la AGE para que forme parte del dominio público marítimo-terrestre. Por tanto, este protocolo corresponde a una operación de compraventa, sin que en ningún caso tenga carácter de inversión estatutaria, aunque se podría considerar una inversión directa del estado en las Islas Baleares.24

A pesar de que la CAIB haya tratado la adquisición de la finca de Planícia como una inversión estatutaria, ni el ingreso procedente del Estado ni el gasto para ejecutar la actuación se han recogido contablemente mediante el fondo finalista 31201, que es el que la CAIB utiliza para identificar y diferenciar este tipo de inversiones.

No figura en el expediente remitido ninguno de los dos certificados emitidos por la Intervención que se reclamaban, tanto el que acredita la veracidad y la regularidad de la documentación presentada como el que acredita que la actuación no ha sido financiada también con cargo a otros fondos.

24

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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8. CONVENIO NÚM. 11: COMPLEJO BALEAR DE LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN

Antecedentes

Se trata del convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el que se realiza una transferencia a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación del complejo balear de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, por un importe de 9.500 miles de euros. El objeto del convenio es la creación del complejo balear de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, mediante la construcción y el equipamiento de un edificio para el Instituto de Investigación en Biodesarrollo y vivero de empresas y un edificio de servicios comunes e instituto de desarrollo tecnológico. Las actuaciones del convenio son las siguientes:

Proyecto de creación del complejo balear de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (7.900 miles de euros)

Equipamiento científico, tecnológico, informático y de comunicaciones del complejo balear de la investigación (1.600 miles de euros)

Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, núm. 11A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y la UIB que tiene por objeto dotar de equipamiento científico, tecnológico, informático y de comunicaciones el edificio del Instituto de Investigación del Complejo Balear de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación que se ubicará en el ParcBit.

Formalización

El convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el que se realiza una transferencia a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación del complejo balear de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación se ha firmado el 7 de diciembre de 2009.

En el momento de formalizar el convenio, las fechas de referencia son las siguientes:

- 07/12/12, ejecución, i

- 31/12/13, justificación y vigencia.

Con relación al convenio de desarrollo, las fechas límite, que han caducado sin que se haya llevado a cabo el objeto, son:

- 30/11/12, ejecución;

- 21/06/13, justificación, i

- 31/12/13, vigencia.

El 26/12/13 se ha firmado una primera adenda que tiene por objeto la prórroga del convenio, en que figura el 07/12/15 como nuevo plazo de ejecución y el 31/12/16 en cuanto a la justificación y la vigencia. En consecuencia, la actuación se ha ejecutado sin cobertura desde el 08/12/12 al 25/12/13.

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El Consejo de Gobierno de 06/03/15 ha autorizado la firma de una segunda adenda, y el Consejo de Ministros de 24/04/15 ha acordado también su tramitación: «La financiación del presente convenio va destinado a la creación y puesta en marcha del complejo de R+D+I, como infraestructura distribuida, que se materializará en la construcción de un edificio en el ParcBit y en la dotación de la infraestructura distribuida del equipamiento científico, tecnológico, informático y de comunicaciones necesario, con la siguiente distribución presupuestaria:

Construcción del edificio en el ParcBit (6.632 miles de euros)

Equipamiento científico, tecnológico, informático y de comunicaciones (2.868 miles de euros).»

Esta segunda adenda, que establece una redistribución de fondos entre las actuaciones, además de una prórroga en los plazos, no figura firmada por las dos partes en el momento de redacción del Informe.25

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 08/02/10 se han reconocido e ingresado 9.500 miles de euros. Al cierre del ejercicio, el 31/12/10, se han anulado derechos por valor de 7.900 miles de euros. Esta cantidad ha sido generada y anulada en los sucesivos presupuestos, hasta el de 2014, ejercicio en que se ha generado crédito y se ha ejecutado el gasto.

Presupuesto de gastos: a 31/12/13 no consta en la contabilidad ninguna cantidad imputada al fondo finalista 31201 con relación al edificio R+D+I. La totalidad de las OP con respecto a la actuación del edificio R+D+I, que hasta el 31/12/13 eran de 4.074 miles de euros, se ha efectuado con cargo al fondo finalista 31108, asignado a las inversiones financiadas con fondos FEDER. Únicamente en el 2014 se han imputado gastos de construcción del edificio al fondo finalista 31201, por un importe de 887 miles de euros. En cuanto a la ejecución del convenio de desarrollo, en el 2011 se han reconocido dos obligaciones de 468 miles de euros, que hacen un total de 935 miles de euros, y en el 2014, una de 204 miles de euros, las 3 a favor de la UIB.

Entre los importes que la DGCG ha comunicado como ejecutados a 31/12/14 y los que figuran ejecutados contablemente en el fondo finalista asignado a las inversiones estatutarias, existe una diferencia de 2.228 miles de euros.

La obra de construcción del complejo balear de R+D+I se encuentra financiada también por los fondos FEDER. Como consecuencia de la baja oferta de la adjudicataria de las obras, se ha producido una situación de sobrefinanciación, dado que el valor de los ingresos finalistas procedentes de los fondos FEDER y de las inversiones estatutarias suman un importe superior al total de la obra. Para resolver este hecho, la CAIB ha solicitado una doble modificación del convenio en la comisión de seguimiento de 22/07/14:

en primer lugar, redistribuir fondos entre las dos actuaciones pactadas, transfiriendo 1.268 miles de euros desde la construcción al equipamiento;

25

La adenda al convenio núm. 11, que se ha firmado el 03/12/15, se ha aportado en la fase de las alegaciones.

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en segundo lugar, y dado que el volumen de fondos destinado a equipamiento aumentaría de forma significativa, solicita modificar las áreas científico-técnicas en que este equipamiento se podría instalar, incluidas todas las instalaciones UIB – Parc Bit y no solamente el edificio de nueva construcción.

Esta doble modificación está incluida en la segunda adenda, ya mencionada en el epígrafe de formalización, que en el momento de redacción del Informe aún está en proceso de tramitación, a pesar de que la modificación haya sido aceptada tanto por el Consejo de Gobierno como por el Consejo de Ministros, respectivamente.26

Justificación y vigencia

Las actuaciones objeto del convenio se encuentran en fase de ejecución en el momento de redacción de este Informe, a pesar de que no se haya firmado la segunda adenda.

Dado que en la primera adenda del convenio se determina que la justificación de la actuación debe presentarse mediante una única justificación que incluya la totalidad de la inversión, aún no se ha efectuado ninguna remisión de documentación justificativa a la AGE.

Incidencias

Dado que la segunda adenda al convenio núm.11, para aprobar la redistribución de fondos entre las dos actuaciones que la integran, así como la ampliación del ámbito de aplicación de una de ellas, no se encuentra firmada en el momento de emitir este Informe, se mantiene la sobrefinanciación del edificio entre los fondos FEDER y los fondos estatutarios recibidos, por lo que existe un riesgo de reintegro de los 1.268 miles de euros sobrantes que se propone redistribuir.27

En la documentación incluida en el expediente figura un informe de la situación económica del convenio de inversiones estatutarias núm. 11, en el que se afirma que, de un coste total de 10.106 miles de euros, 4.343 miles de euros irán a cargo de los fondos FEDER (un 42,9%), mientras que en el resto de documentos el porcentaje de financiación entre fondos FEDER y fondos estatutarios es de un 50 % cada uno de ellos.

La ejecución de la parte de esta actuación correspondiente al edificio R+D+I en el presupuesto de gastos hasta el 31/12/13 se ha incluido en su totalidad en el fondo finalista 31108, correspondiente a las inversiones a efectuar con cargo a los fondos FEDER, por un importe total de 4.074 miles de euros. Hasta el año 2014 únicamente se ha contabilizado un importe de 887 miles de euros en el fondo finalista correspondiente a las inversiones estatutarias, cantidad muy alejada de los 3.033 miles de euros que la DGCG informa como ejecutados.

El convenio de desarrollo núm. 11A ha caducado sin que se haya ejecutado íntegramente su objeto. De acuerdo con la documentación que ha rendido la DGCG se han ejecutado 1.220 miles de euros, de los que 81 miles se han justificado fuera de plazo, y quedan sin justificar 380 miles de euros. Estos 81 miles de euros justificados fuera de plazo no figuran ni siquiera contabilizados a 31/12/14.

26

La adenda al convenio núm. 11, que se firmó el 03/12/15, se ha aportado en la fase de las alegaciones.

27 Ídem.

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9. CONVENIO NÚM. 12: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN SON ESPASES

Antecedentes

Se trata del convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por el que se regula la transferencia para la financiación de la Unidad de Investigación en el Hospital Universitario de Son Espases, cuyo objeto es la adaptación de los espacios destinados a investigación en el nuevo hospital de referencia de las Islas Baleares y su dotación de equipamiento científico por un importe máximo de 3.000 miles de euros.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio se ha encargado su ejecución al IBSALUT, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por el que se regula la transferencia para la financiación de la Unidad de Investigación en el Hospital Universitario de Son Espases, se ha firmado el 7 de diciembre de 2009.

Las fechas límite de referencia de este convenio son las siguientes:

- 07/12/12, ejecución, y

- 31/12/13, justificación y vigencia.

El 20/12/13 se ha firmado una primera adenda (solicitada en la Comisión de seguimiento de 05/10/12) para prorrogar el convenio, en la que se establece el 7 de diciembre de 2013 como nuevo plazo de ejecución y el 31 de marzo de 2014 como plazo de justificación del gasto, así como la redistribución presupuestaria entre las actuaciones incluidas en el anexo del convenio (2.545 miles de euros para obras e instalaciones y 455 miles de euros para equipamiento), sin modificar la dotación total.

El 14/03/14 se ha firmado una segunda adenda, que tiene por objeto una nueva redistribución del gasto, dado que quedaba un remanente de 112 miles de euros en la partida de obras e instalaciones, y autoriza su aplicación en el epígrafe de equipamiento. Asimismo, se han acordado nuevos plazos para su justificación y vigencia.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: a fecha 08/02/10 se han reconocido e ingresado 3.000 miles de euros.

Presupuesto de gastos: el 20/09/10 figura una OP por importe de 3.000 miles de euros en favor del IBSALUT Servicios Centrales. Esta OP corresponde a la transferencia de los fondos recibidos hacia la entidad que ejecuta la inversión, no a la ejecución de la inversión en si misma.

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En cuanto al análisis comparativo entre los datos contabilizados en la CAIB y los que ha comunicado la DGCG, relativos al convenio núm. 12, no se detectan diferencias.

Justificación y vigencia

Excepto por el tiempo que el convenio ha permanecido sin cobertura (ver el apartado de incidencias), la Comunidad Autónoma ha ejecutado y justificado el 100 % de la cantidad pactada dentro del plazo.

En la documentación justificativa figura una financiación complementaria, por valor de 3.168 miles de euros, procedente del Instituto de Salud Carlos III. A pesar de ello, la cuenta justificativa de la inversión estatutaria ampara únicamente los 3.000 miles de euros reflejados en el convenio, sin justificar el papel que ejerce esta financiación complementaria en el total de la inversión.

En el expediente no figura ningún certificado procedente de la AGE en que se haga constar que la documentación justificativa es adecuada y se ha efectuado el archivo del expediente; sin embargo, sí que figuran los informes de conformidad relativos a las recepciones del material contratado y la adecuación de las instalaciones.

Incidencias

Visto que la primera adenda del convenio se ha firmado el 20/12/13, y la ejecución de las actuaciones finaliza el 07/12/12, esta inversión ha estado un año sin cobertura. A pesar de ello, en el 2013 se han ejecutado inversiones por valor de 570 miles de euros, fuera del plazo establecido en el convenio inicial y antes de firmar la adenda.

No consta el certificado del interventor según el cual no existe exceso de financiación con otras ayudas recibidas. A pesar de ello, en la documentación justificativa aportada sí que figura una financiación complementaria en concepto de préstamo procedente del Instituto Carlos III con el nombre del proyecto «Desarrollo de las condiciones para la constitución del Instituto Balear de Investigación Sanitaria» por un importe de 3.168 miles de euros, sin que en ningún documento se detalle el total del proyecto y las cantidades financiadas procedentes de cada uno de estos dos fondos finalistas.

10. CONVENIO NÚM. 13: LABORATORIO DE TECNOLOGÍAS AUDIOVISUALES

Antecedentes

Se trata del convenio entre la Administración General de Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el que se realiza una transferencia para la financiación de un laboratorio de tecnologías audiovisuales. El objeto del convenio es la creación de un laboratorio de tecnologías audiovisuales que dé continuidad a determinadas actividades de animación y potencie y posibilite su ampliación a las áreas de efectos visuales y de cinematografía digital, por un importe de 600 miles de euros.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a ParcBit Desenvolupament, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

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Formalización

El convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se ha firmado el 7 de diciembre de 2009. Las fechas límite de referencia de este convenio son las siguientes:

- 07/12/12, ejecución, y

- 31/12/13, justificación y vigencia.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 08/02/10 se han reconocido e ingresado 600 miles de euros.

Presupuesto de gastos: el 29/10/10 figura una OP por importe de 600 miles de euros a favor de Parcbit Desenvolupament, SAU Servicios centrales. Esta OP corresponde a la transferencia de los fondos recibidos hacia la entidad que ejecutaba la inversión, no a la ejecución de la inversión en si misma.

En cuanto al análisis comparativo entre los datos contabilizados en la CAIB y los que comunica la DGCG, relativos al convenio núm. 13, no se detectan diferencias.

El 25/03/13 se ha reunido, por primera y única vez, la Comisión de Seguimiento de este convenio. Los representantes de la CAIB han confirmado la ejecución del gasto y dispuesto de documentación justificativa por 597 miles de euros, de los 600 miles de euros con que está dotado el convenio. La Comisión ha acordado que los 3 miles de euros pendientes de justificar, deben reintegrarse al Estado, ya que el plazo para la ejecución de actuaciones ha finalizado el 6 de diciembre de 2012.

Justificación y vigencia

La documentación justificativa se ha remitido a la AGE el 30/04/13, sin que en el expediente figure ningún oficio de respuesta. Tampoco se ha pronunciado respecto al reintegro de los 3 miles de euros, a pesar de que el 31/12/13 ha finalizado la vigencia del convenio.

Actualmente la CAIB está pendiente de recibir la carta de reintegro del Ministerio, en concepto de las cantidades no ejecutadas. En el momento en que se proceda al reintegro, se podrá cerrar el convenio.

Incidencias

En la documentación justificativa remitida no figura certificado de la Intervención conforme la inversión se ha ejecutado en su totalidad y tampoco consta el certificado de no-concurrencia con otras ayudas.

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11. CONVENIO NÚM. 14: RED DE FIBRA ÓPTICA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en una red de fibra óptica en la isla de Menorca para servicios de autoprestación. De forma más concreta, el objeto del convenio corresponde a las siguientes actuaciones:

Construcción de una red de fibra óptica troncal (3.100 miles de euros)

Desarrollo de redes MAN, red de acceso metropolitano (1.500 miles de euros).

Subministro e instalación de fibra óptica y equipamiento activo (1.500 miles de euros)

Otras actuaciones: elaboración de proyectos, adecuación de los nodos, sistemas de información, y control y gestión de red, entre otros (900 miles de euros).

Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se firmó un convenio de desarrollo, con el núm. 14A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Menorca, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares.

Formalización

El convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en una red de fibra óptica en la isla de Menorca para servicios de auto prestación, se ha firmado el 21 de diciembre de 2009.

El convenio de desarrollo se ha firmado con posterioridad, el 22 de abril de 2010.

Inicialmente, las fechas límite de referencia de este convenio eran las siguientes: ejecución 21/12/12 y justificación y vigencia 31/12/13. El 15/02/13, se firmó un acuerdo de prórroga hasta el 31/12/14, respecto a la ejecución y la vigencia (se interpreta que la misma fecha para ejecución y la vigencia es un error material), y hasta el 30/06/15, por lo que se refiere a la justificación.

Con posterioridad, y dada la existencia de una discrepancia en la forma de llevar a cabo esta inversión entre el CIME y la AGE, se ha producido un retraso en la licitación de la inversión; hecho que ha llevado a tramitar una nueva adenda, a fecha 26/12/14, por la que se establecen como fechas definitivas las siguientes: ejecución y vigencia, hasta el 31/12/15; y hasta el 31/03/16, en cuanto a la justificación (el error material se mantiene).

Las dos prórrogas mencionadas se han trasladado a la vigencia del convenio de desarrollo, mediante dos adendas, firmadas el 12/09/13 y el 30/12/14, respectivamente.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 08/02/10 se han reconocido e ingresado 7.000 miles de euros.

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Presupuesto de gastos: el 10/12/10 figura una OP por importe de 133 miles de euros en favor del CIME, con la justificación previa del gasto por parte de esta institución. En el 2011, sin que en el libro mayor de gasto figure la fecha en que se han contabilizado, se han registrado gastos por valor de 66 miles de euros adicionales. Este es el último ejercicio en que se han contabilizado gastos correspondientes a la inversión de fibra óptica en Menorca.

Entre la documentación aportada por la DGCG y la que figura en la ejecución presupuestaria de la CAIB hasta el 31/12/14 se han detectado 31 miles de euros no ejecutados presupuestariamente, pero sí que constan como inversión ejecutada en la documentación aportada por la DGCG y corresponden a la actuación ejecutada por el CIME en el 2012.

El Consejo Insular de Menorca y la CAIB eran partidarios de tramitarlo mediante la figura IRU (Indefeasible Right of Use). Esta figura consiste en la adquisición, mediante una cesión, de un derecho de uso irrevocable de una red de fibra óptica oscura para la prestación de servicios en régimen de autoprestación, por un plazo establecido variable fijado por la CAIB entre 20 y 30 años. Por lo tanto, la creación de la red de fibra óptica es realizada por una entidad privada/contratista que cedería el uso (mediante IRU) de la red al Consejo. La alternativa a esta forma de ejecución sería la construcción de una red de fibra óptica propiedad del Consejo de Menorca, mediante la tramitación de un contrato tradicional. La Comisión de seguimiento acuerda consultar a la Abogacía del Estado la posibilidad de tramitación mediante IRU. La Abogacía, mediante informe de fecha 08/10/13 ha determinado que la fórmula descrita no tiene cabida en el convenio de colaboración subscrito, debido a que terceros pueden utilizar la red objeto del convenio y no solamente para servicios de autoprestación. Este motivo ha supuesto el retraso en la ejecución de este convenio y ha permitido la autorización de una segunda prórroga por parte del Estado, a diferencia de lo que ha sucedido en otros convenios.28

Justificación y vigencia

Las actuaciones objeto del convenio se encuentran en fase de ejecución en el momento de cerrar el Informe. La DGCG ha comunicado, como justificantes ante la AGE, los 230 miles de euros que constan como ejecutados.

Incidencias

A pesar de que en la documentación remitida por la DGCG figuran como justificados 230 miles de euros, únicamente figuran contabilizados en el presupuesto de la CAIB 199 miles de euros. En el momento de redacción del Informe, los 31 miles de euros ejecutados por el CIME en el 2012 no tienen reflejo contable en la CAIB.

28

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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12. CONVENIO NÚM. 15: AGUAS Y TORRENTES 1A FASE AÑO 2009

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Islas Baleares, cuyo objeto es la mejora de la calidad de las aguas y torrentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por un importe máximo de 7.866 miles de euros.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Islas Baleares se ha firmado el 29 de diciembre de 2009.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes:

- 29/12/12 ejecución, y

- 31/12/13, justificación y vigencia.

A pesar de que el convenio se firmó el 29 de diciembre de 2009, en él se establece que las obras y las actuaciones objeto de este convenio podían ser ejecutadas en el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y los 3 años posteriores a la fecha de su firma.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 08/02/10 se han reconocido e ingresado 7.866 miles de euros.

Presupuesto de gastos: en la ejecución del presupuesto desde el ejercicio 2009 hasta el 2014 no figura ningún gasto ejecutado en el fondo finalista 31201 que se refiera a este convenio.

No se tiene constancia documental de la ejecución de este convenio ni tampoco de que se haya efectuado ninguna convocatoria de la Comisión de seguimiento.

Justificación y vigencia

De acuerdo con la documentación rendida por la DGCG, la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental - ABAQUA ha ejecutado y justificado al 100 % las actuaciones del convenio, por importe de 7.875 miles de euros.

El MAGRAMA ha recibido, el 19/04/10, la documentación acreditativa de la ejecución de las actuaciones relacionadas y, el 06/10/10, la Directora General del Agua (MAGRAMA) ha aprobado su liquidación y ha declarado el convenio extinguido, de acuerdo con el correo electrónico remitido por un representante del Ministerio.

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inversiones estatutarias

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No consta documentación justificativa de la ejecución ni certificado que confirme la comprobación material de las inversiones efectuadas.

Incidencias

Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones amparadas por dicho convenio.

A pesar de la existencia de un correo electrónico procedente del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente que confirma el cierre del convenio, en el expediente no consta ni memoria de actuaciones ni cuenta justificativa que amparen la ejecución de las actuaciones pactadas.

13. CONVENIO NÚM. 16: AGUAS Y TORRENTES 2A FASE AÑO 2009

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Islas Baleares (segunda fase), cuyo objeto es la mejora de la calidad de las aguas y torrentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por un importe máximo de 1.700 miles de euros.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encaregado su ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Islas Baleares (segunda fase) se ha firmado en la misma fecha que el de la primera fase, el 29 de diciembre de 2009.

Las fechas de referencia de este convenio han sido las siguientes:

- 29/12/12, ejecución, y

- 31/12/13, justificación y vigencia.

A pesar de que el convenio se ha firmado el 29 de diciembre de 2009, se establece en él que las obras y las actuaciones que tiene por objeto pueden ser ejecutadas dentro del plazo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y los 3 años posteriores a la fecha de la firma.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

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Presupuesto de ingresos: el 08/02/10 se han reconocido e ingresado 1.700 miles de euros.

Presupuesto de gastos: en la ejecución del presupuesto, desde el ejercicio 2009 hasta el 2014 no figura ningún gasto ejecutado en el fondo finalista 31201 que haga referencia a este convenio.

Al igual que sucedía con el convenio núm. 15, no se tiene constancia documental de la ejecución de este convenio ni tampoco de que se haya efectuado ninguna convocatoria de la Comisión de seguimiento.

Justificación y vigencia

De acuerdo con la documentación rendida por la DGCG, la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental - ABAQUA ha ejecutado y justificado al 100 % las actuaciones del convenio, por importe de 1.701 miles de euros.

El MAGRAMA ha recibido, el 19/04/10, la documentación acreditativa de la ejecución de las actuaciones relacionadas y, el 06/10/10, la Directora General del Agua (MAGRAMA) ha aprobado su liquidación y ha declarado extinguido el convenio, de acuerdo con el correo electrónico remitido por un representante del Ministerio.

No consta documentación justificativa de la ejecución ni certificado que confirme la comprobación material de las inversiones efectuadas.

Incidencias

Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones amparadas por dicho convenio.

A pesar de la existencia de un correo electrónico procedente del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente que confirma el cierre del convenio, en el expediente no consta ni memoria de actuaciones ni cuenta justificativa que amparen la ejecución de las actuaciones pactadas.

14. CONVENIO NÚM. 17: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010

Antecedentes

Se trata del convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Islas Balears para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares, por un importe de 45.000 miles de euros. De forma más concreta, el objeto del convenio original es el siguiente:

Tren ligero en bahía de Palma para unir la ciudad con el aeropuerto (35.000 miles de euros)

Rehabilitaciones en carreteras de Mallorca (10.000 miles de euros)

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Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, núm. 17A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Mallorca, que tiene por objeto la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras (carreteras) en Mallorca.

Las actuaciones objeto de este convenio no incluidas en el convenio de desarrollo se han encargado a Trambadia, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares se firmó el 29 de diciembre de 2009.

Vista la suspensión de la inversión futura pendiente de ejecutar del tren ligero en la bahía de Palma en virtud del convenio núm. 17, la CAIB ha solicitado que el remanente de fondos de esta inversión se pueda destinar a hacer frente a los gastos derivados de las actuaciones en el tren de Mallorca, incluidas en el convenio núm. 24, ya que únicamente han recibido 57.501 miles de euros de un total de 443.750 miles de euros que figuran en el convenio original firmado con el Ministerio de Fomento, como consecuencia de la falta de firma de adendas.

En la sesión de la Comisión de seguimiento de 09/05/11, se ha aprobado una propuesta de adenda que incluye la sustitución de las actuaciones pendientes de ejecutar en materia de tren ligero por una nueva actuación en materia de inversiones de infraestructuras, así como la ampliación del plazo de justificación sin incrementar la financiación total del convenio.

El 16 de diciembre de 2013 se ha firmado la adenda al convenio, con el fin de modificar la distribución presupuestaria entre las actuaciones, mediante la redistribución de actuaciones aprobadas originariamente. El objeto del contrato se ha redistribuido de la siguiente forma:

Tren ligero en la bahía de Palma para unir la ciudad con el aeropuerto (2.413 miles de euros)

Otras actuaciones de infraestructuras (32.587 miles de euros)

Rehabilitaciones en carreteras de Mallorca (10.000 miles de euros)

En consecuencia, la ejecución de las otras actuaciones en infraestructuras, que incluyen íntegramente inversiones ferroviarias en Mallorca, ha pasado a corresponder a SFM.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 23/02/10 se han reconocido e ingresado 45.000 miles de euros.

Presupuesto de gastos: el reconocimiento de obligaciones de este convenio es:

INVERSIONES ESTATUTÁRIAS. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA GASTOS CONVENIO NÚM.17 (EN MILES DE EUROS)

2010 2011 2012 TOTAL X ENTE

Trambadia de Palma, SA 33.538 0 0 33.538

Consejo Insular de Mallorca 3.847 3.428 2.726 10.000

Servicios Ferroviarios de Mallorca 1.462 0 0 1.462

Total para ejercicio 38.847 3.428 2.726 45.000

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De los 10.000 miles de euros reconocidos a favor del Consejo Insular de Mallorca, 2.726 miles de euros se han liquidado mediante el FLA el 31/12/13.

La relación de inversiones en el tren de Mallorca ya ejecutadas e incluidas con posterioridad en este convenio son las siguientes:

Línea Manacor - Artà 12.729

Unidades móviles Manacor - Artà 7.052

Telecomunicaciones y seguridad en la línea 4.710

Supresión de pasos a nivel 1.333

Ampliación talleres Son Rullan 2.369

Electrificación Palma – Son Rullan 2.444

Electrificación Son Rullan – s’Enllaç 880

Electrificación s’Enllaç - Manacor 1.070

TOTAL 32.587

(importe en miles de euros)

Es destacable que una parte significativa de esta inversión, 19.781 miles de euros, se destine a la línea Manacor-Artà, una inversión que se ha resuelto contractualmente.

Justificación y vigencia

El 18/07/13 se ha remitido la cuenta justificativa con relación al convenio de desarrollo firmado el 12/04/10 con el Consejo Insular de Mallorca para llevar a cabo actuaciones diversas en las carreteras de Mallorca.

La justificación relativa a las actuaciones del tren de Mallorca se ha remitido el 11/12/13.

El 23/04/14, la Comisión de seguimiento, después del análisis y la justificación de las inversiones realizadas, ha acordado proponer la resolución del convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la CAIB para la ejecución de actuaciones diversas en materia de infraestructuras de 29 de diciembre de 2009, y su adenda de 16 de diciembre de 2013.

Incidencias

En la documentación justificativa de este convenio no consta el certificado emitido por la Intervención por el cual no existe concurrencia con otros fondos de financiación por encima del total de la inversión. Parte de las actuaciones que se han añadido en la adenda de 16/12/13 sí que tienen esta doble financiación, por lo que es necesaria la presentación del mencionado certificado.

El último pago efectuado al CIMA, por importe de 2.726 miles de euros, se ha liquidado mediante el FLA. Este hecho pone de manifiesto un control insuficiente de los gastos con financiación afectada, dado que la CAIB ha recibido unos fondos finalistas antes de la ejecución del gasto y ha tenido problemas de liquidez para poder hacer frente a su pago.

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15. CONVENIO NÚM. 18: LABORATORIO UNIVERSIDAD – EMPRESA. CENTRE BIT MENORCA

Antecedentes

Se trata del convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el que se realizó una transferencia a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de inversiones en materia de investigación científica y técnica, por importe de 7.500 miles de euros. De forma más concreta, el objeto del convenio incluye las siguientes actuaciones:

Puesta en marcha del Centro BIT Menorca (5.000 miles de euros)

Laboratorio Universidad - Empresa (2.500 miles de euros)

Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, con el núm. 18A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y la UIB.

Las actuaciones objeto de este convenio no incluidas en el convenio de desarrollo se han encargado a ParcBit Desenvolupament, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por el que se realiza una transferencia a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de inversiones en materia de investigación científica y técnica se ha firmado el 22 de diciembre de 2010.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes:

- 31/12/13, ejecución, y

- 30/06/14, justificación y vigencia.29

Con posterioridad, y ya vencido el plazo de ejecución que figura en el convenio inicial, el 29/10/14 se ha firmado una adenda al convenio por la cual se amplía el plazo de ejecución hasta el 31/12/15, y se ha aprobado una reprogramación entre actuaciones sin modificar el importe total del convenio:

Puesta en marcha del Centre BIT Menorca (5.000 miles de euros)

Construcción del Centro de Estudios de Postgrado de la UIB y equipamiento de los espacios destinados a R+D+I (1.374 miles de euros)

Mejora red comunicaciones UIB (1.126 miles de euros)

El convenio de desarrollo núm. 18A ha dejado de estar vigente el 22/07/14, sin que se hubiese tramitado ningún tipo de prórroga y sin que se hubiesen ejecutado sus actuaciones. La solución a este hecho ha sido que el Consejo de Gobierno de 22/05/15 apruebe una subvención directa a la UIB de 2.500 miles de euros para R+D+I (1.374 miles de euros para la construcción del Centro de Estudios de Postgrado de la UIB y el equipamiento de los espacios destinados a R+D+I; y 1.126 miles de euros destinados a la mejora de la red de comunicaciones de la Universidad). Según el Acuerdo del Consejo de

29

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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Gobierno, esta subvención tendrá un carácter plurianual con una aportación de 500 miles de euros anuales entre 2015 y 2019. El mencionado Acuerdo también regula que esta subvención deberá instrumentalizarse mediante la firma de un convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y la UIB para ejecutar las inversiones previstas en un convenio firmado con el Estado el 22 de diciembre de 2010, duplicado del convenio 18A existente y ya vencido.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 28/01/11 y el 03/02/11 se han reconocido e ingresado 5.000 miles de euros y 2.500 miles de euros, respectivamente.

Presupuesto de gastos: en la ejecución del presupuesto desde el ejercicio 2009 hasta el 2014 no figura gasto alguno ejecutado en el fondo finalista 31201 que haga referencia a este convenio. Tampoco consta como ejecutado ningún importe en la documentación aportada por la Dirección General de Coordinación del Gobierno.

La situación del convenio en el primer semestre de 2015 con relación a la construcción del centro Bit en Menorca es la siguiente: dado el corto plazo de ejecución que queda vigente, está prevista la adquisición de un edificio ya construido como sede del centro, mediante el procedimiento de concurso. A pesar de este acuerdo, en el momento de cerrar este Informe aún no consta que se haya adquirido.30

Con relación a las actuaciones que debe efectuar la UIB, mediante el convenio de desarrollo 18A, la Dirección General de Coordinación del Gobierno comunicó (y así consta en las actas de la Comisión de seguimiento) la ejecución de casi el 100 % de las actuaciones del Centro de Estudios de Postgrado de la UIB y el equipamiento de los espacios destinados a R+D+I. Sobre la mejora de la red de comunicaciones de la UIB, la previsión es que se finalice su ejecución antes de acabar el año 2015.

Justificación y vigencia

Dada la situación relativa a la falta de ejecución contable de este convenio, no se ha remitido justificación alguna. A pesar de ello, el plazo de justificación finaliza el 30/06/16, por lo tanto, el convenio está dentro del plazo en el momento de redacción del Informe.

Incidencias

Visto que la adenda del convenio se ha firmado el 29/10/14 y que la ejecución de las actuaciones aprobada en el convenio original finalizaba el 31/12/13, esta inversión ha permanecido 10 meses sin cobertura.

En el convenio núm. 18 figuran 2.500 miles de euros que se han instrumentalizado mediante un convenio de desarrollo con la UIB. El mencionado convenio de desarrollo ha caducado sin que la CAIB haya recogido presupuestariamente ni justificado la ejecución del gasto, a pesar de que en las actas de la Comisión de seguimiento los representantes de la UIB comunicaran la ejecución de la mayoría de la inversión.

30

En la fase de las alegaciones, la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo ha remitido copia simple de la escritura de compraventa del edificio destinado a la sede del Centre Bit Menorca, de 19/11/15, por importe de 3.551 miles de euros. Por otro lado, este convenio se incluye en el anexo I del Protocolo firmado entre Estado y CAIB, de 3 de diciembre de 2015.

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La CAIB, a pesar de haber recibido los fondos de forma anticipada, ha determinado el pago a la UIB contra justificación del gasto. En el momento de cerrar este Informe, dado que el convenio de desarrollo ha caducado, la CAIB utiliza la figura de la subvención directa y tramita un plurianual de 500 miles de euros anuales a pagar entre 2015 y 2019.

Dado que, a 30/06/15, en la actuación relativa a la puesta en marcha del Centre Bit Menorca no figura ningún importe como ejecutado, puede existir un riesgo de reintegro significativo por importe de 5.000 miles de euros.31

16. CONVENIO NÚM. 19: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2010

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de diversas infraestructuras turísticas por importe de 20.000 miles de euros. De forma más concreta, el objeto del convenio original incluye las siguientes actuaciones, desglosadas por isla:

MALLORCA: Rehabilitación de caminos, reparación de refugios y albergues de la sierra de Tramontana 2.600

Inversiones en la finca de Raixa 1.000

Adquisición y rehabilitación castillo de Santueri 1.000

Restauración y puesta a punto del monasterio de Bellpuig 1.100

Recuperación de valores paisajísticos de zonas turísticas (Cala Millor, Puerto de Alcúdia...) 2.300

(importes en miles de euros)

EIVISSA: Escuela Internacional de idiomas y de Hostelería de Eivissa (rehabilitación Sa Coma) 2.300

Parque de Ses Feixes y playa de Talamanca 1.900

Centro formación medioambiental Can Marines 2.000

Senderos turísticos de Ses Salines 1.800

Equipamiento plaza de l’Oli 1.000

(importes en miles de euros) FORMENTERA: Rehabilitación calle Roca Plana y adyacentes (plaza Europa) 3.000

(importes en miles de euros)

Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se han firmado tres convenios de desarrollo, denominados 19A, 19B y 19C, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y los Consejos Insulares de Formentera, Mallorca y Eivissa, respectivamente, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de turismo se ha firmado el 23 de diciembre de 2010. Con posterioridad se han aprobado diversas prórrogas, con diferentes fechas para cada una de las actuaciones prorrogadas. Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes: 31

En la fase de las alegaciones, la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo ha remitido copia simple de la escritura de compraventa del edificio destinado a la sede del Centre Bit Menorca, de 19/11/15, por importe de 3.551 miles de euros. Por otro lado, en virtud del Protocolo de Intenciones entre la AGE y la CAIB, de 03/12/15, aportado en la fase de las alegaciones, se posibilita la ampliación de los plazos de ejecución o de justificación de los convenios incluidos en el anexo I.

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ORIGINAL PRÓRROGA FORMENTERA PRÓRROGA MALLORCA ADENDA EIVISSA

Ejecución 23/12/13 30/04/16 31/03/16 02/10/17

Justificación 23/12/14 30/04/17 31/03/17 02/10/18

Vigencia 23/12/14 - - -

Las prórrogas y la adenda no incluyen nueva fecha de vigencia del convenio, a pesar de que se interpreta que será la misma fecha que la de la justificación. En el caso del Consejo Insular de Eivissa, se ha tramitado una adenda y no una prórroga porque incluye, además de la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, una modificación en la lista de actuaciones a ejecutar. Las actuaciones a llevar a cabo en la isla de Eivissa, después de la firma de la adenda, son las siguientes:

Parque de Ses Feixes y playa de Talamanca 1.680

Centro formación medioambiental Can Marines 1.667

Senderos turísticos de Ses Salines 1.800

Adquisición terrenos aparcamiento Caló de l’Oli 1.000

Remodelación instalaciones hipódromo de San Rafael 800

Remodelación cubierta edificio Ferias y Congresos de Eivissa 170

Renovación edificio Escuela Universitaria de Turismo Cas Serres 1.083

Sendero turístico de Labritja 400

Ampliación edificio Ferias y Congresos de Eivissa 400

(importes en miles de euros)

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio, a 31/12/14, es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 28/01/11 se han reconocido e ingresado 20.000 miles de euros, mediante 3 anotaciones contables, por valor de 3.000 miles de euros, 8.000 miles de euros y 9.000 miles de euros, respectivamente, correspondientes al detalle por islas.

Presupuesto de gastos: en la ejecución del presupuesto del ejercicio 2011 se han reconocido dos obligaciones por valor de 547 miles de euros y 350 miles de euros, respectivamente. La primera de ellas corresponde a actuaciones ejecutadas por el CIFO y la segunda a actuaciones incluidas en el CIEI. El 2014 se han vuelto a reconocer 887 miles de euros en favor del CIEI, mediante 3 obligaciones reconocidas todas ellas a fecha 13 de octubre, y 881 miles de euros a favor del CIFO, mediante 9 obligaciones reconocidas, y contabilizadas todas en la misma fecha, el 4 de noviembre.

Entre la ejecución presupuestaria del fondo finalista 31201 para este convenio y la comunicada por la DGCG, se han detectado las siguientes diferencias:

Con relación al convenio de desarrollo 19C, firmado con el CIEI, se ha detectado una diferencia de 1.005 miles de euros que la DGCG informó como ejecutados y no estaban recogidos en la contabilidad de la CAIB a 31/12/14.

Con relación al convenio de desarrollo 19A, firmado con el CIFO, figuran contabilizados 1.428 miles de euros y la DGCG informa que la ejecución llevada a cabo a 31/12/14 es de 1.699 miles de euros. Por lo tanto, el CIFO ha ejecutado 271 miles de euros, que la CAIB no había contabilizado al cierre de 2014.

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El convenio de desarrollo 19B, firmado con el CIMA, no ha iniciado su ejecución y, en consecuencia, no se han detectado diferencias entre la contabilidad y la documentación aportada por la DGCG.

Justificación y vigencia

Vista la tramitación de las prórrogas y la adenda del convenio, las actuaciones están dentro del plazo. En el momento de redacción del Informe no se ha remitido ningún tipo de justificación de las actuaciones a la AGE.

Incidencias

A 31/12/14, la ejecución contable de la CAIB no refleja la situación en que se encuentran las actuaciones correspondientes al CIFO y al CIEI, y se detectan gastos ejecutados y pendientes de reflejar en la contabilidad CAIB por valor de 1.152 miles de euros y 1.005 miles de euros, respectivamente.

Visto que fecha límite para ejecutar las actuaciones de Mallorca es el 31/03/16 y que no consta ningún importe ejecutado de un total de 8.000 miles de euros, se detecta un riesgo de reintegro significativo porque, en el momento de redacción del Informe, la totalidad de las actuaciones quedan pendientes.32

17. CONVENIO NÚM. 20: PALACIO DE CONGRESOS DE PALMA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la construcción del Palacio de Congresos de Palma, cuyo objeto son las acciones de fomento y desarrollo turístico mediante la contribución a la financiación de la construcción del Palacio de Congresos en Palma por un importe máximo de 20.000 miles de euros.

Las actuaciones objeto de este convenio se han encargado a Palacio de Congresos de Palma, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la construcción del Palacio de Congresos de Palma se ha firmado el 30 de abril de 2011.

Las fechas de referencia de este convenio han sido las siguientes:

- 23/12/13, ejecución;

- 23/12/14, justificación, y

- 23/12/15, vigencia.

32

En virtud del Protocolo de Intenciones entre la AGE y la CAIB de 03/12/15, aportado en la fase de las alegaciones, se posibilita la ampliación de los plazos de ejecución o de justificación de los convenios incluidos en el anexo I.

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El convenio ha sido ejecutado en plazo.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 14/02/11 se han reconocido e ingresado 20.000 miles de euros.

Presupuesto de gastos: durante el ejercicio 2011 se han efectuado 8 reconocimientos de obligaciones, cada uno de ellos por un importe de 2.500 miles de euros, que suman un total de 20.000 miles de euros.

No se han detectado diferencias con la información remitida por la Dirección General de Coordinación del Gobierno.

Justificación y vigencia

En la primera reunión de la Comisión de seguimiento de este convenio, que ha tenido lugar el 14/12/12, la CAIB ha comunicado que las actuaciones ya han sido íntegramente ejecutadas y que se efectúa la rendición de la documentación justificativa a Turespaña. A pesar de este acuerdo, en la Comisión de 04/12/13 se ha reiterado la solicitud formal al Gerente de la sociedad Palacio de Congresos, SA para que remita la documentación justificativa, dado que está pendiente desde finales de 2012.

Posteriormente, en la reunión de la Comisión de 27/01/14, aún dentro del plazo, la mencionada justificación ya figuraba como recibida por Turespaña. El 12/05/14, desde el Ministerio, y dado que la documentación aportada se ajusta a lo establecido en el convenio, se ha resuelto el archivo y la custodia de este convenio, que, no obstante, queda sujeto a los posibles controles financieros y de fiscalización que pueda establecer el Estado.

Incidencias

A pesar de que la Secretaría de Estado de Turismo ha comunicado, el 12/05/14, el cierre del convenio, no se ha remitido a la SCIB copia del certificado que confirme la comprobación material de las inversiones efectuadas.33

18. CONVENIO NÚM. 21: PLATAFORMA LOGÍSTICA DE DISTRIBUCIÓN TURÍSTICA

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de la plataforma logística de distribución turística, por importe de 4.000 miles de euros, cuyo objeto, de forma más concreta, consiste en el proyecto de definición, análisis, diseño, construcción y implementación de la plataforma logística de distribución turística, así como en la adquisición de un edificio para su explotación.

33

Documentación aportada en la fase de las alegaciones.

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Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a la ATB, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de la plataforma logística de distribución turística se ha firmado el 23 de diciembre de 2010. El presupuesto total de las actuaciones amparadas en el convenio es de 12.000 miles de euros, de los que 4.000 miles de euros serán financiados por la Administración General del Estado, mediante Turespaña.

En el convenio consta la existencia de dos versiones y, por lo tanto, dos etapas, tanto para el diseño como para la construcción de la plataforma. La estimación económica es la siguiente:

VERSIÓN 1 VERSIÓN 2 TOTAL

Fase 1: visión 75 - 75

Fase 2: definición 225 - 225

Fase 3: diseño 225 2.100 2.325

Fase 4: construcción 750 4.425 5.175

Fase 5: implementación 300 2.175 2.475

Fase 6: comunicación 131 394 525

Fase 7: gestión proyecto 356 844 1.200

Total proyecto 2.063 9.938 12.000

(en miles de euros)

En el convenio original la financiación del Estado era parcial, dado que el convenio refleja una inversión total por importe de 12.000 miles de euros, de la que Turespaña financia 4.000 miles. Durante la ejecución, se ha desistido de la adquisición del edificio y únicamente se han mantenido los 4 millones como el coste total de la plataforma. A pesar de ello, esta modificación no se ha formalizado, aunque en la práctica se ha asumido que el Estado pasa a financiar el 100 % de la actuación.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes:

- 23/12/2013, ejecución;

- 23/12/14, justificación, y

- 23/12/15, vigencia.

El 03/01/14, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo se ha aprobado su prórroga hasta el 31/12/15 respecto a la ejecución y hasta el 31/12/16, para la justificación de la inversión.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 14/02/11 se han reconocido e ingresado 4.000 miles de euros.

Presupuesto de gatos: el 2011, sin que en el libro mayor de gastos figure la fecha en la que se ha contabilizado, figura una OP por importe de 4.000 miles de euros a favor de la ATB, que es la entidad responsable última de llevar a cabo el proyecto.

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En el 2013, la Administración General de la CAIB ha transferido a la ATB 1.923 miles de euros para financiar el gasto del proyecto «Aparador turístico», que es uno de los que integra esta inversión. Por lo tanto, la CAIB ha reflejado gastos en su presupuesto por importe de 5.923 miles de euros, y la DGCG únicamente ha comunicado la ejecución de 332 miles de euros con relación a este convenio.

Justificación y vigencia

Vista la resolución de prórroga, las actuaciones están dentro del plazo en el momento de redactar este Informe.

En la primera reunión de la Comisión de seguimiento, el 14/12/12, Turespaña ha solicitado a la CAIB la tramitación de la documentación justificativa de las actuaciones ejecutadas. La inversión se considerará ejecutada de forma correcta con la remisión de los siguientes documentos, de acuerdo con los plazos del convenio:

Memoria general, con el grado de cumplimiento ejecutado con relación a los objetivos propuestos

Informe de cada actuación llevada a cabo

Facturas y certificaciones de obras

Certificado del titular de la Intervención General de la Administración ejecutante de la actuación, mediante el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa aportada, así como que la actuación no se ha beneficiado de otras ayudas, fondos FEDER incluidos

Incidencias

A pesar de que en las Comisiones de seguimiento de 14/12/12 y de 14/06/13 los representantes de la CAIB han comunicado su voluntad de solicitar una redefinición de actuaciones, y en la de 23/03/13 han informado de que esta solicitud se remitiría lo antes posible y además que en la ejecución del convenio se pone de manifiesto que esta redefinición se ha producido en la práctica (no se ha adquirido el edificio), no se ha tramitado ninguna adenda para formalizar el cambio de objeto del convenio, sino que únicamente se han prorrogado los plazos inicialmente establecidos.

Este convenio no incluye las actuaciones a realizar y en ningún documento de los que acreditan esta inversión figura este detalle. Hasta el 31/12/14 la única inversión ejecutada es de 332 miles de euros, correspondientes a una parte del proyecto de escaparate virtual, proyecto que asciende a 2.430 miles de euros, según la documentación remitida en el 2015, del total de 4.000 miles de euros pactados. Dado que no consta en ningún documento el desglose de inversiones concretas que supone la plataforma, no ha podido comprobar que las actuaciones llevadas a cabo se corresponden con el objeto del convenio original.

En el 2013 la CAIB transfiere crédito a la ATB por importe de 1.923 miles de euros, mediante los capítulos 4 y 7, con el objeto de financiar el Proyecto de escaparate virtual, pero sin incluir el fondo finalista 31201. El mencionado proyecto forma parte del convenio núm. 21 firmado con el Estado, y el crédito de este convenio ya se había transferido íntegramente a la mencionada entidad en el ejercicio 2011.

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A pesar de que se haya presentado ante la Secretaria de Estado de Turismo documentación justificativa por importe de 332 miles de euros de este convenio, falta remitir la siguiente documentación:

Memoria justificativa

Certificado del interventor mediante el cual acredita, o no, concurrencia con otras fuentes de de financiación

Certificado del interventor mediante el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa

19. CONVENIO NÚM. 22: TRABAJOS FORESTALES, PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales en el ámbito de las Islas Baleares, por importe de 1.000 miles de euros. El objeto de este convenio es la disposición de medios para posibilitar la ejecución de trabajos forestales encaminados a la protección del medio ambiente, así como la prevención de incendios forestales, la conservación de la biodiversidad y la restauración del medio natural, con actuaciones en la montaña y masas forestales; y el fomento de la conservación y diversificación de las especies, mediante tratamientos y limpiezas con la retirada de la biomasa, como medida preventiva de incendios forestales, así como el aprovechamiento y la rentabilización de esta biomasa.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución al IBANAT, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales en el ámbito de las Islas Baleares se ha firmado el 29 de diciembre de 2010.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes:

- 29/12/12, ejecución;

- 31/12/12, justificación, y

- 31/12/13, vigencia.

En este caso, el convenio permite incluir gastos para ejecutar las obras y las actuaciones entre el 15/11/10 y los dos años posteriores a la fecha de firma.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

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Presupuesto de ingresos: el 14/02/11 se reconocen e ingresan 1.000 miles de euros

Presupuesto de gastos: en el 2011, sin que en el libro mayor de gastos figure la fecha en que se ha contabilizado, figura una OP por importe de 1.000 miles de euros a favor del Instituto Balear de la Naturaleza, que es la entidad dependiente responsable de llevar a cabo el proyecto

No se han detectado diferencias entre la ejecución comunicada por la DGCG y la que figura en los estados contables de la CAIB.

Justificación y vigencia

El 05/06/13, el Director Gerente del IBANAT ha certificado el cumplimiento de los objetivos del Convenio y ha remitido la documentación justificativa, mediante un informe del área de contratación del Ibanat, y un informe del Departamento de Gestión Económica, en el que se especifica el detalle de los importes con el apoyo documental correspondiente.

La sesión de la Comisión de seguimiento de 12/06/13 es considerada por las dos partes que la conforman como el acta final del Convenio, con un único punto por el que las dos partes reconocen que se han cumplido los objetivos marcados y que se han destinado las cantidades acordadas a las finalidades del Convenio. A pesar de ello, el 22 de julio de 2014 se ha solicitado, mediante correo electrónico, al Ministerio el procedimiento formal para cerrar el convenio. No consta que se haya dado ninguna respuesta a este correo.

Incidencias

En la sesión de la Comisión de seguimiento de 18/10/12 se ha presentado el estado de ejecución del Convenio. Respecto a los plazos de justificación, en la misma sesión la Comisión ha acordado interpretar que las actuaciones se consideran ejecutadas desde el momento en qué se adjudica el contrato, a pesar de que la cláusula 5.6 del Convenio determina de forma clara que: «La justificación del gasto se realizará mediante la aportación de los contratos, las facturas, las certificaciones de obras y otros documentos justificativos de la realización de los gastos y de su vinculación a las actuaciones financiadas, dentro de los 2 años siguientes a la firma del presente convenio y, en todo caso, antes del 3 de diciembre de 2012.»

A pesar de que la ejecución y la justificación han finalizado el 31/12/12, y han sido aceptadas por la Comisión de seguimiento, se han adjudicado 358.832,94 euros en el ejercicio 2013, fuera del plazo de ejecución del convenio aplicando cualquiera de las dos interpretaciones de éste, y sin existir ninguna resolución de prórroga. El detalle es el siguiente:

Fecha adjudicación Acreedor Importe adjudicación (IVA incluido)

20/02/13 Empresa núm. 1 14.692,23

22/03/13 Empresa núm. 2 7.465,70

03/04/13 Empresa núm. 3 155.200,01

03/04/13 Empresa núm. 4 81.675,00

10/05/13 Empresa núm. 5 99.800,00

TOTAL 358.832,94

(importe en euros)

En la documentación remitida no consta el informe de la Intervención que acredita la regularidad y la veracidad de la documentación presentada y tampoco no figura el informe

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emitido por el mismo órgano para acreditar que la actuación financiada no lo ha sido con cargo a otros fondos.

20. CONVENIO NÚM. 23: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010

Antecedentes

Se trata del convenio entre la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Ministerio de Fomento para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares, cuyo objeto se corresponde con las siguientes actuaciones y financiaciones:

2010 2011 TOTAL

Tren en Mallorca 23.000 32.000 55.000

Puerto de Ciutadella en Menorca 14.000 16.000 30.000

Drenaje autopistas Eivissa 500 2.000 2.500

Total 37.500 50.000 87.500

(en miles de euros)

Para llevar a cabo las actuaciones derivadas de este convenio, se ha encargado su ejecución a SFM y Puertos de las Islas Baleares, de acuerdo con sus objetos respectivos, en calidad de entidades del sector público instrumental de la CAIB. La inversión relativa al drenaje de las autopistas de Eivissa se ha llevado a cabo directamente desde la Consejería de Administraciones Públicas.

Formalización

El Convenio entre la Comunidad Autónoma y el Ministerio de Fomento para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares se ha firmado el 30 de diciembre de 2010.

El mismo convenio garantiza la transferencia de las cantidades correspondientes a 2010. La anualidad 2011 ha sido objeto de la firma de una adenda, sin garantizar la financiación de forma directa mediante el convenio.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes: 29/12/13 para la ejecución y 29/12/14 para la justificación. Con relación a la vigencia del Convenio, visto el informe de la Abogacía del Estado de 05/10/14, se considera que el convenio no se extingue a finales de 2014, dado que la vigencia se encuentra sometida al cumplimiento por las dos partes de los compromisos asumidos en el convenio, y no consta que el Ministerio de Fomento haya cumplido con el compromiso de financiación de los 50.000 miles de euros que estaban previstos incluir mediante una adenda en el 2011.

La financiación de las actuaciones del ejercicio 2011, por importe de 50.000 miles de euros, debería ser objeto de la firma de una adenda al Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Islas Baleares. Dado que la redacción de las cláusulas sexta del convenio (la justificación del gasto se debería realizar en un plazo máximo de 4 años desde la fecha de firma) y novena (según la que el convenio mantendrá su vigencia hasta la finalización de las actuaciones), se plantean diferentes interpretaciones sobre el alcance de su vigencia. La Comisión de seguimiento del convenio ha acordado que las dos administraciones consultasen sus respectivas abogacías sobre la necesidad de prorrogar la

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vigencia mientras se negocia la adenda para la financiación de las actuaciones del ejercicio 2011.

Tanto el informe de la Abogacía de la CAIB (de 01/08/14) como el informe de la Abogacía del Estado (de 15/10/14) consideran que las obligaciones asumidas por el Ministerio no se extinguen hasta que no se subscriba la adenda para completar la financiación del convenio. A pesar de ambos informes, en el momento de redacción del Informe la adenda al convenio continúa sin aprobarse.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: el 08/02/11 se han reconocido e ingresado 37.500 miles de euros.

Presupuesto de gastos: del libro mayor de gastos de los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014 se puede desprender la ejecución de las siguientes obligaciones reconocidas:

OBLIGACIONES RECONOCIDAS POR ANUALIDAD Y ACTUACIÓN FONDO FINALISTA 31201 (EN MILES DE EUROS)

TREN DRENAJES EIVISSA PUERTO CUTADELLA TOTAL

2011 - 117 - 117

2012 - 360 - 360

2013 23.000 551 - 23.551

2014 - 1.509 - 1.509

Total 23.000 2.537 - 25.537

No consta ninguna obligación reconocida para ejecutar la inversión relativa al puerto de Ciutadella (que debería figurar en el presupuesto de la CAIB como transferencia hacia Puertos de las Islas Baleares). De la documentación que forma parte del expediente se desprende que la inversión se ha llevado a cabo, pero no mediante el código de fondo finalista que permite su identificación y seguimiento. Esta falta de reconocimiento de las obras del puerto de Ciutadella es la diferencia existente entre la información aportada por la DGCG y la que figura en la ejecución presupuestaria de la CAIB.

Justificación y vigencia

La documentación justificativa aportada se corresponde con los 37.500 miles de euros transferidos, a pesar de que la CAIB ha confirmado que se encuentra en disposición de justificar al 100 % la totalidad de las actuaciones objeto del convenio, por importe de 87.500 miles de euros.

La documentación justificativa es un informe de cumplimiento de los objetivos del convenio, para cada una de las inversiones de forma separada, a la que se adjunta como documentación anexa la relación de facturas. No consta la aceptación, o no, por parte del Ministerio, de las justificaciones remitidas, y si éste ha considerado liquidada la primera anualidad del convenio.

Con relación a la vigencia, y de acuerdo con los dos informes mencionados emitidos por la Abogacía del Estado y la Abogacía de la CAIB, el convenio se considera vigente y prorrogado de forma tácita hasta que se reciba la totalidad de la financiación procedente del Estado.

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Incidencias

Tanto el informe de la Abogacía de la CAIB como el informe de la Abogacía del Estado consideran que las obligaciones asumidas por el Ministerio y, por lo tanto, la vigencia del convenio, no se extinguen hasta que no se subscriba la adenda para completar la financiación del convenio. A pesar de ambos informes, en el momento de redactar este Informe la adenda al convenio continúa sin aprobarse.

La cuenta justificativa de la inversión correspondiente a la ampliación del puerto de Ciutadella está integrada por 17 facturas con un importe agregado de 14.859 miles de euros, todas ellas con fechas comprendidas entre el 30/05/07 y 30/09/08, anteriores a la firma del convenio, a pesar de que la cláusula 4.3 estipula que «las obras y actuaciones objeto del presente convenio se realizarán en todo caso en un plazo de 3 años desde la firma de este convenio».

La cuenta justificativa de la inversión correspondiente a los trenes en Mallorca está integrada por 43 facturas, con un importe agregado de 28.651 miles de euros, de las cuales 4, por un importe total de 3.206 miles de euros, son anteriores a la firma del convenio, a pesar de que la cláusula 4.3 estipula que «las obras y actuaciones objeto del presente convenio se realizarán en todo caso en un plazo de 3 años desde la firma de este convenio».

La cuenta justificativa de los drenajes en la carretera de acceso al aeropuerto de Eivissa únicamente incluye la relación de las 7 facturas, por un importe agregado de 671 miles de euros, y una copia de cada una de ellas, sin adjuntar ninguna memoria descriptiva de las obras.34

En ninguna de las cuentas justificativas se adjunta certificado de la Intervención por el cual se acreditan la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa con relación a la actividad objeto del convenio, ni el certificado del interventor que acredite la no existencia de financiaciones concurrentes.

Tanto en la actuación relativa al tren de Mallorca, 23.000 miles de euros, como la de los drenajes de Eivissa, por valor de 500 miles de euros, han sido liquidadas mediante los mecanismos extraordinarios de financiación aprobados en el 2012 y los ejercicios posteriores, y esto pone de manifiesto un control insuficiente de los gastos con financiación afectada, dado que la CAIB ha recibido unos fondos finalistas antes de la ejecución del gasto y ha tenido problemas de liquidez para hacer frente a su pago.

21. CONVENIO NÚM. 24: FERROCARRIL

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración entre la Administració General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de ferrocarril por un importe de 443.750 miles de euros, los que se debían transferir a la CAIB mediante la firma de adendas y en función de los créditos que se debían implementar en los presupuestos generales del Estado. El objeto del convenio corresponde a la realización de las actuaciones en materia de ferrocarril que a continuación se detallan:

34

Documentación aportada en la fase de las alegaciones.

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PROYECTO IMPORTE CONVENIO

Línea Manacor - Artà 190.000

Unidades móviles Manacor - Artà 38.000

Línea Sa Pobla - Alcúdia 92.000

Telecomunicaciones y seguridad en la línea 14.050

Supresión de pasos a nivel 22.650

Unidades móviles Palma - Inca 55.000

Ampliación talleres de Son Rullan 10.200

Adquisición de terrenos de s'Enllaç 1.050

Construcción de los talleres de s'Enllaç 20.800

Total 443.750

(importes en miles de euros)

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a SFM, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de ferrocarril se ha firmado el 16 de octubre de 2008.

La única fecha de referencia que figura en el convenio firmado inicialmente es la relativa a la vigencia, hasta el 31/12/11, dado que está sujeta a la firma de adendas para recoger la periodificación de los compromisos de financiación procedentes del Estado entre los 57.501 miles de euros recibidos y los 443.750 miles de euros que figuran en el convenio.

Las adendas firmadas son:

Adenda núm.1, de 23/11/10, para establecer la modificación de las actuaciones que figuran en el anexo del convenio original. La propuesta de modificación consiste en suspender las actuaciones programadas en la línea Sa Pobla – Alcúdia (y mantener únicamente el traslado de la estación de Sa Pobla) y añadir la electrificación de todas las líneas existentes:

PROYECTO IMPORTE CONVENIO

ORIGINAL NUEVO IMPORTE

PROPUESTO

Línea Manacor - Artà 190.000 190.000

Unidades móviles Manacor - Artà 38.000 24.420

Línea Sa Pobla - Alcúdia 92.000 7.000

Telecomunicaciones y seguridad en la línea 14.050 17.200

Supresión de pasos a nivel 22.650 20.596

Unidades móviles Palma - Inca 55.000 75.800

Ampliación talleres de Son Rullan 10.200 7.650

Adquisición de terrenos en s'Enllaç 1.050 1.750

Construcción de los talleres de s'Enllaç 20.800 20.800

Electrificación Palma - Son Rullan - 2.948

Electrificación Son Rullan - Enllaç - 23.586

Electrificación s'Enllaç - Manacor - 35.000

Electrificación s'Enllaç - Sa Pobla - 17.000

Total 443.750 443.750

(importes en miles de euros)

Adenda núm. 2, de 30/12/10, para establecer los compromisos de financiación para los ejercicios 2010 y 2011, por importe de 15.000 miles de euros y 14.501 miles de euros, respectivamente.

De forma paralela a la tramitación de la segunda adenda, los representantes de la CAIB en la comisión de seguimiento presentan una nueva propuesta de distribución

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de anualidades. Si se efectúa la comparación con las cantidades efectivamente ingresadas, la situación es:

EJERCICIO PROPUESTA CAIB INGRESADO EFECTIVAMENTE PENDIENTE DE TRANSFERIR

2008 3.000 3.000 0

2009 25.000 25.000 0

2010 186.474 15.000 171.474

2011 215.608 14.501 201.108

2012 13.667 0 13.667

Total 443.750 57.501 386.250

(importes en miles de euros)

Ejecución

Visto que este convenio no está incluido en el fondo finalista 31201, que es el que se ha utilizado para identificar las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar el seguimiento presupuestario de esta inversión. A pesar de ello, el expediente remitido desde la DGCG confirma la ejecución de las inversiones correspondientes a los 57.501 miles de euros transferidos y remite su documentación justificativa.

Este convenio establece destinar 443.750 miles de euros a actuaciones en materia de ferrocarril. A 31/12/10, y tal como se refleja en el Informe 70/2012 de la SCIB, SFM había adjudicado obras por importe de 269.854 miles de euros (de los que 258.669 son a cargo del convenio núm. 24, y 11.185 miles de euros a cargo de fondos FEDER), y ha justificado ante el Estado 57.872 miles de euros. Sin embargo, el importe transferido efectivamente por el Estado es de 57.501 miles de euros. Para cubrir este desfase de tesorería entre los pagos de las obras adjudicadas y los ingresos procedentes del Estado que deben financiarlas, se ha firmado una adenda de reprogramación de actuaciones en el convenio núm. 17, mediante la que se autoriza el uso de los 32.587 miles de euros de remanente derivados de la suspensión de la actuación del tren ligero de la bahía de Palma hacia gastos ya ejecutados correspondientes al convenio núm. 24.

En todas las actas de la Comisión de seguimiento se adjunta un informe sobre la situación de las actuaciones que refleja la ejecución de cada uno de los proyectos. La última comisión de seguimiento de la que se tiene constancia se ha celebrado el 23/11/11, y la CAIB ha puesto de manifiesto en ella que las obras del convenio están paradas, además de plantear la necesidad de prorrogar el convenio.

Justificación y vigencia

En el momento de redactar este Informe, el convenio ha caducado, ya que su vigencia finalizaba el 31/12/11 y no se ha firmado ningún documento de prórroga.

No hay constancia de que en el presente convenio se haya aplicado la interpretación que figura en los informes relativos al convenio núm. 23, emitidos por la Abogacía del Estado y la Abogacía de la CAIB, con relación al mantenimiento de la vigencia del convenio a pesar de que se haya superado la fecha límite, y referente a las aportaciones del Estado que quedan pendientes de adenda.

Incidencias

El convenio ha finalizado su vigencia el 31/12/11 sin haber recibido la mayor parte de la financiación procedente de la Administración General del Estado que está estipulada en él.

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La CAIB únicamente ha recibido 57.501 miles de euros de un total pactado de 443.750 miles de euros, es decir, un 12,96 %.

A pesar de que existe una financiación de parte de las actuaciones con fondos FEDER, no figura en el expediente el certificado de la Intervención por el cual hace constar que la concurrencia con otras ayudas no supera en ningún caso el 100 % de la inversión.

A pesar de que el convenio consta como caducado, en toda la documentación remitida por la DGCG no figura ningún oficio ni informe procedente de la AGE que certifique su situación. Además, en el convenio original, en la cláusula decimoquinta, figura que «las funciones de la Comisión Mixta de Programación, Seguimiento y Control del presente convenio se alargarán hasta la finalización de la ejecución de los proyectos», ejecución que no se ha producido debido a la falta de financiación.

22. CONVENIO NÚM. 25: AGUAS Y TORRENTES 2010

Antecedentes

Se trata del convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el año 2010, cuyo objeto es la mejora de la calidad de las aguas y los torrentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por un importe máximo de 6.000 miles de euros. En el anexo del convenio se cuantifican cada una de las actuaciones que la CAIB debe llevar a cabo con los fondos procedentes del Estado.

Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.

Formalización

El convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el año 2010 se ha firmado el 14 de diciembre de 2010.

Las fechas de referencia de este convenio son las siguientes: hasta el 14/12/13 para la ejecución, y hasta el 31/12/14 para la justificación y la vigencia.

Aunque el convenio se ha firmado el 14 de diciembre de 2010, se hace constar en él que las obras y las actuaciones incluidas podían ser ejecutadas dentro del plazo comprendido entre el 1 de enero de 2010 y los 3 años posteriores a la firma.

Ejecución

La ejecución presupuestaria de este convenio es la siguiente:

Presupuesto de ingresos: los 6.000 miles de euros, aunque tengan el carácter de inversión estatutaria, se han ingresado, el mes de abril de 2011, con el fondo finalista 15235, Convenio de inversiones en materia de aguas 2010.

Presupuesto de gastos: en la ejecución del presupuesto, desde el ejercicio 2011 hasta el 2014 no figura ningún gasto ejecutado en el fondo finalista 31201 que se refiera a este convenio. El fondo finalista 15235 del ejercicio 2011 sí que recoge las fases A y D para transferir 6.000 miles de euros hacia Abaqua, pero no se

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reconoce la obligación a lo largo del ejercicio. A pesar de ello, en los años posteriores, no figuran obligaciones reconocidas en la sección 15 en ninguno de los dos fondos finalistas mencionados.

Al igual que en los convenios núm. 15 y núm. 16, no se tiene constancia documental de la ejecución de este convenio ni del hecho de que se haya efectuado ninguna convocatoria de la comisión de seguimiento.

Justificación y vigencia

De acuerdo con la documentación rendida por la DGCG, la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA) ha ejecutado y justificado la totalidad de las actuaciones del convenio, por importe de 6.002 miles de euros.

La entidad ABAQUA ha remitido al MAGRAMA, el 01/07/14, la documentación acreditativa de la ejecución de las actuaciones detalladas, sin que en el momento de redacción de este Informe conste la aprobación de la liquidación por parte del Ministerio para poder considerar cerrado el convenio.

Incidencias

Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones que se amparan en él.

En el anexo del convenio figura un presupuesto de cada una de las obras y las actuaciones. Dado lo que figura en la cláusula cuarta del convenio, el presupuesto es indicativo, ya que se trata de gastos estimados y podrán variar más o menos sobre los gastos previstos. La única actuación ejecutada que no figura en el anexo del convenio es el acondicionamiento y la mejora de los torrentes de Andratx, s'Arracó y Sant Elm, por importe de 168 miles de euros.

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IV. CONCLUSIONES GENERALES

1. La falta de reuniones de la Comisión Mixta de Economía Estado - CAIB impide efectuar el seguimiento de las inversiones previsto en la disposición transitoria novena, de forma global, con la inclusión de las inversiones efectuadas directamente por la AGE y las pactadas directamente con los consejos insulares.35

2. A pesar de la cifra de 2.800 millones de euros que figura en la parte expositiva de los diferentes convenios, a 31/12/14, la cantidad realmente amparada en convenios es de 859.516 miles de euros, transfiriéndose efectivamente a la CAIB fondos por valor de 359.767 miles de euros.

De los 499.749 miles de euros pendientes de transferir, 386.250 miles de euros corresponden al convenio núm. 24, que está caducado por haber finalizado su vigencia el 29/12/14, sin haber suscrito ninguna adenda adicional posterior a la Adenda II de 12/01/11, que establezca los compromisos de financiación de la Administración General del Estado para la ejecución de las actuaciones previstas.

Los 113.500 miles de euros restantes corresponden a los convenios núm.4 y núm. 23 por valor de 63.500 miles de euros y 50.000 miles de euros, respectivamente, por los que se continúa reclamando la firma de las adendas correspondientes. En el caso del convenio núm. 23, la CAIB estaría en disposición de justificar el 100% de las actuaciones.

3. A causa de la crisis, y en virtud del principio de caja única, se han utilizado los fondos finalistas recibidos ex ante para hacer frente al pago de diversos gastos. La falta de liquidez que ha sufrido la CAIB en los últimos años ha dificultado la realización de las inversiones.

4. De forma agregada, se considera que existe un riesgo de reintegro significativo por valor de 45.370 miles de euros, a pesar de que esta cantidad se puede ver minorada significativamente a consecuencia de la firma del Protocolo de Intenciones AGE-CAIB para el impulso financiero de actuaciones inversoras, firmado el 3 de diciembre de 2015. La situación a 31/12/14 es la siguiente:36

INVERSIONES ESTATUTARIAS. RIESGO DE REINTEGRO (EN MILES DE EUROS)

NÚM TÍTULO CORTO IMPORTE

TRANSFERIDO IMPORTE CON RIESGO DE

REINTEGRO

4 Playa de Palma 20.000 15.610

5 Diversas actuaciones turísticas 2009 30.000 12.825

11 Complejo Balear de la Investigación 9.500 1.268

18 LUE; Centro BIT Menorca 7.500 5.000

19 Diversas actuaciones turísticas 2010 20.000 8.000

21 Plataforma logística de distribución turística 4.000 2.667

TOTAL 91.000 45.370

5. Las diferencias detectadas entre los datos remitidos por los diferentes órganos gestores mediante la DGCG y las reflejadas contablemente ponen de manifiesto una falta de

35

Después de cerrar el Informe, el 3 de diciembre de 2015, se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión Mixta de Economía Estado - CAIB, en la que se ha firmado el Protocolo de Intenciones Estado-CAIB para el impulso financiero de actuaciones inversoras.

36 Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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coordinación en el control y el seguimiento del proceso de ejecución de estos convenios.

6. La veracidad y la regularidad de las actuaciones llevadas a cabo por entes del sector instrumental de la CAIB han sido certificadas por el mismo gerente de la entidad respectiva y no por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, como ha solicitado en diversas ocasiones la AGE en las comisiones de seguimiento, a pesar de que esta exigencia no figuraba en los correspondientes convenios. Lo mismo ocurre con el certificado que acredita que la financiación de la inversión no lo ha sido también con cargo a otros fondos.

7. El seguimiento de los proyectos ejecutados en el marco de las inversiones estatutarias se dificulta por el hecho de que, si bien los ingresos se han consignado mayoritariamente a través del fondo finalista 31201, no ha sido así con los gastos de determinados convenios que o bien se han realizado a través de otros fondos finalistas, o bien se han justificado con gastos de partidas no finalistas, aunque sujetas a los mencionados convenios.37

37

Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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V. RECOMENDACIONES

Instrumentar los convenios, las adendas y las actuaciones necesarios para desarrollar el contenido de los Acuerdos previstos en el Protocolo de intenciones entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el impulso financiero de actuaciones inversoras, de 3 de diciembre de 2015.38

Centralizar el control y el seguimiento de las inversiones en un único órgano que impulse la tramitación de los convenios, la ejecución y la justificación de las inversiones dentro de los plazos establecidos.

Reclamar al Estado la existencia de un interlocutor único que permita una aplicación homogénea en cuanto a los criterios de justificación de las inversiones efectuadas, las prórrogas o las adendas de financiación.

Efectuar un seguimiento contable exhaustivo de los gastos y de los ingresos afectados por la financiación de la disposición transitoria novena, calcular las desviaciones de financiación acumuladas y del ejercicio y tenerlas en cuenta en el resultado presupuestario y en el remanente de tesorería de la CAIB.

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Párrafo modificado en virtud de las alegaciones presentadas.

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