Trabajo de administración

Embed Size (px)

Citation preview

JABN PARA MANOS SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A

ORLANDO MANUEL CASTRO DAVID EDUARDO AVILEZ CARRASCO JOHAN SEBASTIAN CIFUENTES

UNIVERSITARIA AGUSTINIANA Administracin y Organizaciones SEGUNDO SEMESTRE Bogot, DC 20111 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

JABN PARA MANOS SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A

ORLANDO MANUEL CASTRO DAVID EDUARDO AVILEZ CARRASCO JOHAN SEBASTIAN CIFUENTES

Director de tesis Juan Carlos Olaya Molano

UNIVERSITARIA AGUSTINIANA Administracin y Organizaciones SEGUNDO SEMESTRE Bogot, DC

2 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

TABLA DE CONTENIDO Pgs. II. LA EMPRESA 1.1 Nombre de la empresa (Justificacin) 1.2 Logotipo y Slogan (Justificacin) 1.3 Ubicacin geogrfica del establecimiento comercial. 1.4 Factores de la empresa (Capital- Trabajo Personas) II. PLANEACIN

2.1 Planeacin estratgica 2.1.1 Misin de la empresa 2.1.2 visin de la empresa 2.1.3 Objetivos de la empresa ( 2 C/U Corto Mediano y largo plazo) 2.1.4 Reglamento de la empresa normas y reglas 2.1.5 Polticas institucionales 2.1.6 Diagnostico DOFA 2.1.7 Presupuesto de arranque para su proyecto de simulacin 2.2 Planeacin tctica 2.2.1 Plan tctico 2.3 Planeacin Operativa 2.3.1 Proceso 2.3.2 Diagrama de flujo 2.3.3 Diagrama de Gantt III. ORGANIZACIN 3.1 Organizacin del espacio (Distribucin de reas Ubicacin de la empresa) 3.2 Organizacin del tiempo (Asignacin de horarios de trabajo) 3.3 Organizacin del trabajo 3.4 Divisin del trabajo (Listado de tareas Listado de actividades Listado de funciones, jerarquizacin Departamentalizacin) 3.5 Tipos de organizacin 3.6 Organigrama de la empresa 3.7 Manual de funciones de la empresa

IV.

DIRECCIN Y COORDINACIN

4.1 Proceso de toma de decisiones3 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

4.2 Liderazgo (Analizar y determinar cul o cules estilos de liderazgo se emplearan al interior de la empresa teniendo en cuenta algunas situaciones planteadas por el formato) 4.3 Comunicacin (Interna Externa publicidad de la feria de carteles pequeos especficamente ubicados o uno por grupo) 4.4 Plan motivacional

4 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

5 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

1.1. NOMBRE DE LA EMPRESA SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A S.A.G.A L.T.D.A (JUSTIFICACIN) La razn social de la empresa o nombre hace referencia a la poblacin que va dirigido el producto especialmente, por eso introdujimos la palabra agustiniano ya que nos importa que el cliente vea reflejado en el gel algo que para l sea conocido y que llame la atencin. El Short name o nombre corto es muy importante para una empresa ya que este es el de mayor recordacin para el pblico en general, por eso tratamos de que fuera de esta forma, sin mayor complejidad y fcil a la vista de cualquier persona, con diferentes caractersticas ya sea gnero, edad, etc; ya que nuestro producto se puede destacar porque va dirigido a toda la poblacin sin discriminacin alguna, adems porque el gel antibacterial es muy fcil de utilizar y no requiere algn tipo de capacidad extra a la hora de usarlo. Tambin es muy importante destacar la palabra en ingls Sanitizer, esta palabra sin duda le da ms credibilidad a nuestro producto ya que quiere decir desinfectante, que mata o extermina los microbios; tambin la intencin de ponerle al nombre la palabra en ingls es la cuestin de la globalizacin, ya que no solo personas de habla espaola lo van a entender si no tambin personas que hablen el ingls ya que este es un idioma usado comnmente, y lo que buscamos nosotros como empresa es expandir nuestro producto.

1.2. LOGOTIPO DE LA EMPRESA6 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

(JUSTIFICACIN)

El logotipo para nuestra empresa es muy importante, porque a simple vista se puede reflejar el mensaje que queremos dar, y este mensaje es el de matar o exterminar los microbios de las manos. La descripcin del logotipo es muy sencilla, las bacterias que son el fondo de la imagen son cubiertas por un signo de pare, lo cual significa que nuestro propsito es que no vivan ms las bacterias en nuestro alrededor, que lo ms importante es exterminarlas por completo, esta imagen que est por encima de las bacterias esta de color rojo, lo cual hace referencia a combatir contra ellas.

1.2. SLOGAN DE LA EMPRESA Ama la vida vive la limpieza Desinfecta tus manos 7 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

(JUSTIFICACIN) El Slogan de la empresa tiene caractersticas fundamentales, las cuales son la brevedad y la concisin y por supuesto el grado de atraccin que este puede ejercer sobre el pblico que desee comprar nuestro producto, lo hemos hecho de tal forma que sea de fcil recordacin y que se invite a emitir reiteradamente, ya que nos hemos dado cuenta que la publicidad genera una atraccin importante en los consumidores, y los grandes productos ahora en el mercado tienen sus Slogan y prototipos muy marcados en la poblacin en general. Este Slogan nos dice ama la vida vive la limpieza, es importante tener en cuenta que los seres humanos utilizan las manos para casi todas las actividades diarias, por eso all se acumula una gran cantidad de grmenes, que nos pueden generar muchas enfermedades, las cuales pueden producir hasta la muerte, por eso al final rematamos el slogan con desinfecta tus manos ya que asi se puede prevenir que lo anterior suceda; y les damos a entender a los clientes que nuestro producto les puede brindar confianza y que se pueden despreocupar de cualquier infeccin.

1.3. UBICACIN GEOGRAFICA DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL (JUSTIFICACIN)

8 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

9 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

10 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

UBICACIN DE LA EMPRESA Departamento: Cundinamarca (Bogot D.C) Localidad: Kennedy Barrio: Mandalay Direccin: Carrera 72 D # 2-20 Sur Telfonos fijos donde nos puede contactar: 7500956 7500978 Telfonos celulares: 3132825265 3118776436 Correo electrnico: [email protected], [email protected], [email protected]

1.4. FACTORES DE LA EMPRESA (CAPITAL TRABAJO PERSONAS) MINUTA DE CONSTITUCIN CONSTITUCIN DE UNA SOCIEDAD LIMITADA En la ciudad de Bogot, departamento de Cundinamarca, repblica de Colombia, a 08 de Mayo del 2011, los seores Orlando Manuel Castro, Sebastin Cifuentes y David Avilz Carrasco, identificado con los documento de identidad 1020.562.421, 1030.828.493, 1030.624.372, respectivamente. Obrando en nombre propio, manifestaron que constituirn una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regir por las normas establecidas en el cdigo de comercio y en especial por los siguientes estatutos. Artculo 1: Nombre o razn social: La sociedad se denominar SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A Artculo 2: Domicilio: El domicilio principal ser en la ciudad de Bogot departamento de Cundinamarca, repblica de Colombia, sin embargo la sociedad puede establecer sucursales en otras ciudades del pas o en el exterior.11 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Artculo 3: Objeto social: La compaa tiene por objeto social, el diseo, produccin, y comercializacin de productos y servicios de publicidad grafica y compraventa de materias primas. En el desarrollo y cumplimiento de tal objeto puede hacer en su propio nombre o por cuenta de terceros o con participacin de ellos toda clase de operaciones comerciales, sobre bienes muebles o inmuebles, y construir cualquier clase de gravmenes. Artculo 4: Duracin de la sociedad: Se fijan cinco aos, contados desde la fecha desde otorgamiento de la escritura. La junta de socios podr mediante reformar, prolongar dicho termino o disolver extraordinariamente la sociedad antes de que dicho termino expire Artculo 5: El capital de la sociedad es la suma de$ 10.000.000 Artculo 6: Cuotas: El capital social se divide en diez cuotas o acciones de un valor nominal de un milln quinientos mil pesos, capital y cuotas que se encuentran pagadas en su totalidad de la siguiente forma: El socio David Avilez Carrasco, suscribe el cuarenta por ciento en ocho cuotas de valor nominal y paga en efectivo el valor de 4000.000 pesos y el socio Orlando Manuel Castro Perez suscribe el Treinta por ciento y paga en efectivo el valor de $3000.000 y el socio Sebastin Cifuentes suscribe el treinta por ciento y paga en efectivo el valor de $3000.000 as los aportes han sido pagados integradamente a la sociedad. Artculo 7: Responsabilidades: La responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus aportes. Artculo 8: Aumento del capital: El capital de los socios puede ser aumentado por nuevos aportes de los socios, por la admisin de nuevos socios o por la acumulacin que se hicieron de utilidades por determinacin de comn acuerdo de los socios. Artculo 9: Cesin de cuotas: las cuotas correspondientes al inters social de cada uno de los socios no estn representadas por ttulos, ni son negociables en el mercado, pero si pueden cederse. La cesin implicar una reforma estatutaria y la correspondiente escritura ser otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario. Artculo 10: Administracin: Este corresponde por derecho a lo socios, pero esto convienen en delegarla en un gerente, con facultades para representar la12 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

sociedad. Esta delegacin no impide que la administracin y representacin de la sociedad, as como el uso de la razn social se someta al gerente, cuando los estatutos as lo exijan, segn la voluntad de los socios. Artculo 11: Reuniones: La junta de socios se reunir ordinariamente una vez por ao, el primer da de marzo a las diez de la maana en las oficinas del domicilio de la compaa. Artculo 12: Votos: En todas las reuniones de la junta de socios, cada socio tendr tanto votos como cuotas tenga en la compaa. Las decisiones se tomaran por nmero plural de socios que re presente la mayora absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la sociedad, salvo que de acuerdo con estos estatutos se requiera unanimidad. Artculo 13: La sociedad tendr un gerente y un subgerente que lo reemplazara en sus faltas absolutas o temporales. Ambos elegidos por la junta de socios para periodos de un ao, pero podrn ser reelegidos indefinidamente y removidos a voluntad de los socios en cualquier tiempo. Artculo 14: Inventarios y balances: mensualmente se har un balance de prueba en la sociedad. Cada ao a 31 de diciembre se cortaran las cuentas, se har un inventario y se formara el balance de la junta de socios. Artculo 15: Reserva legal: aprobado el balance y de ms documento, de las utilidades liquidas que resulten, se destinara un 10 % de reserva legal. Artculo 16: La sociedad se disolver por: 1. La expedicin del plazo sealado para su duracin. 2. La prdida de un 50% del capital aportado. 3. Por acuerdo unnime de los socios. 4. Cuando el nmero de socios exceda de 25. 5. Por dems causales sealadas en la ley. Artculo 17: Liquidacin: Disuelta de la sociedad se proceder a su liquidacin por el gerente salvo que la junta de socios resuelva designar uno o ms liquidadores13 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

con sus respectivos suplentes, cuyos nombramientos debern registrarse en la Cmara de comercio del domicilio de la ciudad. De esta manera se debe detallar toda la informacin referente a la sociedad con cada uno de los aspectos mencionados en el contenido bsico.

14 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

15 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

2.1PLANEACIN ESTRATEGICA 2.1.1 MISIN

SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A produce y comercializa jabn antibacterial para manos el cual se elabora con altos estndares de calidad pensando en una mayor limpieza y suavidad en la piel de los consumidores, la mayor responsabilidad es garantizar la mejor calidad brindando a los compradores una amplia gama de productos que respondan a las necesidades de la poblacin y en especial de nuestro sector. SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A, como empresa de servicios comparte valores como la responsabilidad, dedicacin, honestidad, paciencia, justicia, los cuales permitan un mayor xito de la empresa y una mayor confianza de los clientes hacia el producto que se ofrece.

2.1.2 VISIN

SANITIZER AGUSTINIANO GEL ANTIBACTERIAL L.T.D.A pretende ser una empresa exitosa, de vanguardia obteniendo una completa aceptacin del producto en la localidad y en un lapso de tiempo mayor lograr una gran influencia en la ciudad de Bogot y poder inaugurar sucursales en distinto puntos de la ciudad. La empresa de jabn para manos SANITIZER AGUSTINIANO est encaminada por iniciativa y competitividad al progreso continuo, comercializando a escala nacional y ampliando nuestro servicio a diferentes empresas como en almacenes de cadena y otras, garantizando la calidad en el mercado y brindando un servicio eficiente.

16 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

2.1.3 OBJETIVOS DE LA EMPRESA

reas funcionales:

Administracin : manejo de los recursos / productividad

Corto Plazo: Superar en ventas a la competencia a partir del 30 de marzo del 2011 -Promocionar e incentivar el producto -Realizar y aumentar publicidad -Organizar un evento de inauguracin -Comprar por mayor para obtener ms ganancias -Desarrollar productos con buena calidad basndonos en la competencia

Mediano Plazo : Mantener el mercado y superar la competencia de la empresa -Cada mes innovar con nuevos y mejores estilos -Crear nuevas sucursales en diferentes sitios que sean estratgicos en la ciudad -Realizar campaas o prendas promocionando nuestros productos -Aumentar la oferta -Contratar patrocinio por temporada

17 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Largo Plazo :Ampliar a un mercado internacional y expandir nuestra empresa globalmente -Obtener acciones y ttulos en empresas del exterior -Dar inicio y Formar redes o pginas que nos identifiquen socialmente -Crear sociedades con empresas en el exterior -Introducir nuevos productos en nuestro mercado y generar mayor ganancias -Introducir nuestro producto en mercados muertos

Finanzas :Manejo de dinero / utilidad

Corto plazo : Llevar un balance general de la economa de la empresa -contratar un contador -llevar un libro de contabilidad -ser equitativo en cuentas a los gastos de la empresa -Hacer inventarios al trmino de la jornada diaria de trabajo -Alcanzar y superar los presupuestos propuestos en un determinado tiempo

Mediano Plazo: Mantener la economa, superar y mantener ventas -Mejorar los balances generales en la empresa18 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

-Mantenimiento en las instalaciones -Invertir en nuevas estrategias de empleo -Adquirir nuevas entradas de dinero a travs de mayor inversin de los socios -Hacer inventarios al trmino de la jornada diaria de trabajo

Largo Plazo: Crear un mbito ms comercial y superar los topes en ventas -Con nuevas ideas y estrategias se superan las ventas -Crear nuevas sociedades -Hacer que nuestro mercado sea ms atractivo y econmico -Expandir las instalaciones a travs de la mejora en ventas -Crear o hacer convenios con otras empresas

Mercadeo: Ventas

Corto Plazo: Mantener las ventas -Dar a conocer nuevos productos -Innovar con nuevos diseos de empaque -Publicidad q sea atrayente para el comprador -Empezar a generar clientes seguros -Acabar con la produccin saliente y superarla19 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Mediano Plazo: Mantener ventas e ir en alza de inversiones -Establecer los nuevos productos -Lograr con los nuevos diseos un reconocimiento -Dar incentivos a los clientes ms estables -Dar a conocer nuestros productos en pginas de internet -Con nuevas inversiones en la empresa nuevas ideas

Largo Plazo: Lograr que la marca adquiera un status -Innovar no solo con el producto que empezamos, si no entrar en otros mercados -Expandir .y contratar ms personal -Hacer ventas domiciliarias y a travs de la pgina de internet -Hacer nuevas sociedades y no solo vender en nuestra propia entidad -Generar confianza a travs de buena calidad

Sistemas de produccin: manejo de comunicaciones / velocidad

Corto Plazo : Obtener y crear una buena publicidad -Con nuevos diseos y estilos nicos crear una marca -A travs de inauguraciones incentivar el producto -Con ayuda de volantes y avisos en Internet crear reconocimiento20 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

-Con ayuda de nuevas inversiones en otros mercados -A travs de la competencia generar ideas ms atractivas y novedosas

Mediano Plazo : Generar mas empleo con ayuda de la pgina web -Ir adquiriendo personal capacitado para generar ms produccin -Obtener ingresos y apoyos con mensajes ecolgicos -A travs de la publicidad crear un producto ms llamativo -Recibir propuestas en el exterior para invertir -Conservar el contacto directo con el cliente sin dejar a un lado las ventas por encargo

Largo Plazo : Lograr reconocimiento por publicidad e innovacin -A travs de la innovacin generar nuevas ideas en el mercado -Con ayuda de la pgina web recibir opiniones e ideas para proyectarlas en el producto -Reconocer un logo y un lema ms intensamente en el mercado -Generar mayor competencia a travs de las comunicaciones -Ingresar nuevos mercados y generar sociedades a travs de la publicidad y campaas que muestren nuevos productos

Produccin : Costos21 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Corto Plazo : Generar un crecimiento en ventas -Empaques ecolgicos y reciclables -Generar ofertas o diferentes formas de pago -Invertir en materiales ms econmicos o nuevas ideas de produccin -Promocionar no solo un mismo un producto por un solo pago si no el 2x1 -Con los nuevos productos obtener mayor rentabilidad

Mediano Plazo :Mantener la produccin -A travs de los clientes estables obtener ms compradores -Internarnos en nuevos campos. Como esencias .beneficios .y variedades para el producto -Mantener promociones y ofertas por mayor cantidad en nuestros productos -Obsequiar otros productos como incentivo de compra -Mantener las ventas y produccin al borde de la legalidad

Largo Plazo: Superar a la competencia -Generar ms empleo -Con buenas pagas, buen trato a nuestros empleados y buen servicio al cliente se genera confianza -Expandir nuestra empresa y adquirir nuevas acciones en el mercado22 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

-Generar formas de pago ms cmodas y seguras -No solo Generar bienestar con nuestros productos, si no tambin comodidad, seguridad y esttica

2.1.4 REGLAMENTO NDICE

-CAPITULO I Requisitos para el ingreso de personal -CAPITULO VII Seguridad e higiene a) Normas generales. b) Obligaciones de la Empresa c) Obligaciones y responsabilidades de los jefes23 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

d) Obligaciones de los trabajadores e) Limpieza de establecimientos, vehculos y equipo. f) Sillas g) Labores insalubres o peligrosas que no deben desempear las mujeres y los menores de dieciocho aos h) Atencin mdica durante la jornada Exmenes mdicos. Primeros auxilios. -CAPITULO VIII Disciplinas y sanciones. -CAPITULO IX Generalidades.

CAPITULO I REQUISITOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL ARTICULO 1. Para ingresar al servicio de la Empresa en puestos que no sean de confianza deben cubrirse los requisitos sealados en el presente Reglamento, en la Clusula 62 del Contrato Colectivo de Trabajo, as como los expresamente marcados en los Convenios Departamentales respectivos.

24 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

La excepcin a que se refiere el inciso c) de la propia Clusula, comprende las categoras de Mozo Aseador, etc., debindose estar igualmente al Convenio respectivo en su caso. ARTICULO 2. Las pruebas terico prcticas del examen de admisin a que se refiere el Captulo de Ingresos y Reingresos del Contrato Colectivo de Trabajo, se reglamentarn de acuerdo con lo establecido en los Convenios Departamentales relativos y en los trminos que a continuacin se mencionan: a). Operadoras L. D. Internacional. Nociones de aritmtica, ortografa, escritura legible, ingls, voz y odo normales. b). Operadoras L. D. Nacional. Las mismas materias que se mencionan en el inciso a) pero sin el examen de ingls. c). Oficinistas de Trfico. Nociones de aritmtica, ortografa, escritura legible y mecanografa. d). Comercial Metropolitana y Telfonos Pblicos de Alcanca. Nociones de aritmtica, ortografa, escritura legible, mecanografa; slo para Comercial. e). Quejas Reparaciones. Nociones de aritmtica y ortografa. f). Lneas de L. D. Aritmtica, ortografa, lgebra, geometra, trigonometra, dibujo, fsica, electricidad. g). Redes Divisiones Forneas. Nociones de aritmtica, ortografa y escritura legible. h). Quejas Probadores. Ortografa, aritmtica, lgebra elemental, nociones de electricidad y examen psicotcnico. i). Taller Mecnico Automotriz. Nociones de aritmtica, ortografa, escritura legible, conocimientos elementales de mecnica y herramientas, manejo de automviles, camiones y camionetas, licencia de manejo. Donde no exista convenio aplicable, Empresa y Sindicato determinarn de comn acuerdo sobre las materias motivo de examen. Para todas las materias se requiere unas capacidades fsicas y mentales normales.25 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 3. Para ingresar al servicio de la Empresa, los trabajadores debern someterse a un examen mdico practicado por el mdico de la propia Empresa, en forma gratuita. Estarn asimismo obligados a someterse a los dems exmenes mdicos que establecen las leyes. En caso de inconformidad sobre los resultados de un examen, la Empresa har las aclaraciones necesarias informando de ello al Sindicato.

CAPITULO II SEGURIDAD E HIGIENE NORMAS GENERALES ARTICULO 4. En la primera junta del mes de enero de cada ao, la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene conocer el programa anual de recorridos mensuales de las Comisiones Mixtas Auxiliares, a fin de coordinar el funcionamiento de stas. Dentro de dicho programa la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene deber considerar lo siguiente: a). Vigilar que se dote a los trabajadores de los implementos de seguridad apropiados a los riesgos de trabajo. b). Vigilar que los equipos de proteccin personal cumplan con las normas oficiales mexicanas. c). Vigilar que el programa de distribucin de ropa de trabajo y calzado de seguridad, se cumplan y que las tallas sean las correspondientes a las solicitadas por los trabajadores.26 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

d). Vigilar que utilicen los trabajadores los implementos de proteccin personal correctamente, durante el desarrollo de su trabajo. La Comisin Mixta Central, para el cumplimiento de estas funciones se apoyar en las Comisiones Mixtas Auxiliares de Seguridad e Higiene.

ARTICULO 5. A los trabajadores sindicalizados que integren las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, la Empresa les proporcionar todas las facilidades e informaciones inherentes a sus funciones, para el mejor desempeo de su cometido. ARTICULO 6. Con la finalidad de que los trabajadores en general y el personal de nuevo ingreso en especial, reciban la instruccin necesaria para evitar riesgos de trabajo, la Empresa les proporcionara la capacitacin sobre medidas de Seguridad e Higiene y Primeros Auxilios, tanto de carcter genrico como especfico, proporcionando el material que para ello se requiera. Para los efectos anteriores, incluyendo la determinacin del personal que deba recibir esta capacitacin, la Comisin Mixta de Capacitacin y Adiestramiento, de acuerdo a los sistemas establecidos, en coordinacin con la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene elaborarn los Planes y Programas correspondientes. ARTICULO 7. La Empresa instalar en todos los Centros de Trabajo tableros de tamao suficiente para la colocacin de avisos, carteles ilustrativos y educativos sobre Seguridad e Higiene, as como la informacin y propaganda que sobre el particular considere pertinente la Comisin Mixta respectiva. En estos tableros de la Empresa, as como en otros que se instalen para uso del Sindicato, ste colocar citatorios, convocatorias, circulares, informacin y polticas sobre actividades culturales, sociales, deportivas y recreativas, que no impliquen ataques contra la Empresa o personal de la misma. La colocacin de avisos se har respetando los que estn fijados y se encuentren vigentes. ARTICULO 8. Los trabajadores estn obligados en los casos que sufran riesgos de trabajo, a cooperar plenamente con la prontitud que las circunstancias27 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

particulares lo permitan, proporcionando los datos de las causas que los originaron en los formatos en vigor en la Empresa. Los trabajadores estn obligados a someterse a todos los reconocimientos mdicos y curaciones que tengan por objeto diagnosticar y tratar su padecimiento. La Empresa est obligada a cumplir con las estipulaciones conducentes y aplicables en cada caso, de acuerdo a las modalidades contenidas en el Captulo XXIV del Contrato Colectivo de Trabajo. ARTICULO 9. La Empresa proporcionar credenciales para la debida identificacin de los trabajadores.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ARTICULO 10. Con objeto de prevenir accidentes de trabajo la Empresa deber observar y conservar en la ejecucin de sus trabajos los medios adecuados de proteccin que para los trabajadores establecen las normas legales, contractuales y las disposiciones de seguridad de la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene. ARTICULO 11. En todos los lugares peligrosos tales como: pozos cercanos a gasolineras o en los que existan lneas elctricas, postes prximos a lneas de alta o baja tensin y en general donde se ejecuten labores de tal carcter, la Empresa fijar seales claras, precisas y llamativas que sirvan a los trabajadores para prevenir accidentes. ARTICULO 12. Pozos con gases combustibles y/o txicos. En los pozos que se identifique la presencia de gases combustibles o txicos, los trabajadores tomarn las siguientes precauciones: a). Utilizarn los medios y la instruccin que la Empresa les haya proporcionado para comprobar la existencia de gases. b). Por ningn motivo se fumar, encender cerillos, lmparas para soldar o introducir cualquier fuente de calor, evitando tambin cualquier chispa por golpear o rozar metales.

28 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

c). Ventilarn el pozo abriendo las tapas de los inmediatos prximos a ste, a fin de propiciar la circulacin de aire antes de entrar. d). S se detectan gases a un nivel peligroso en el interior del pozo y la ventilacin no resulta suficiente, se reportar esta situacin a la Empresa para colocar extractor de aire en el interior de se, o se tomarn otras medidas. a). Utilizarn los medios y la instruccin que la Empresa les haya proporcionado para comprobar la existencia de lquidos inflamables. b). Por ningn motivo se fumar, encender cerillos, lmparas para soldar o introducir cualquier fuente de calor, evitando tambin cualquier chispa por golpear o rozar metales. c). Se ventilar el pozo abriendo las tapas de los prximos inmediatos a ste, a fin de propiciar la circulacin de aire antes de entrar. d). Previo al inicio de cualquier trabajo se desalojarn los lquidos combustibles empleando algn recipiente de plstico con el objeto de evitar chispas.

Elementos con cables de corriente elctrica: a). Utilizarn los medios y la instruccin que la Empresa les haya proporcionado para comprobar la existencia de cables de corriente elctrica. b). Verificarn visualmente que los cables elctricos se encuentren aislados o cubiertos y por tanto, no representen peligro. c). De no reunir las condiciones sealadas anteriormente, reportar de inmediato para que la Empresa tome las medidas necesarias y se fijen en ellos los avisos de precaucin correspondientes. d). Con respecto a la identificacin de cables elctricos y telefnicos por la apariencia, en caso de tener duda no se abrir el cable; reportndolo al jefe inmediato para que tome las medidas preventivas y correctivas necesarias. En caso de realizar labores en el interior de pozos por tiempo prolongado, bajo las condiciones descritas en los incisos anteriores, la Empresa integrar un grupo de trabajo de manera que siempre permanezca un trabajador fuera del pozo para29 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

auxiliar a los que trabajen en el interior de ste, a fin de prevenir accidentes y efectuar a la mayor brevedad el trabajo correspondiente. ARTICULO 13. Por lo que corresponde a postes que soporten lneas telefnicas cercanas a lneas elctricas antes de abordarlos los trabajadores tomarn las siguientes medidas: a). Verificarn que se cuente con el equipo de seguridad adecuado como guantes, calzado de seguridad, poniendo especial cuidado en el cinturn, bandola de seguridad, casco y ropa de trabajo; ya que para estos trabajos el uso del cinturn y bandola de seguridad evita cadas si el trabajador llega a recibir alguna descarga elctrica. Debe mencionarse que las cadas pueden ocasionar ms graves resultados que los efectos de las descargas elctricas. b). Certificarn que los cables telefnicos no se hallen en contacto con las lneas elctricas, si esto ocurriera darn aviso al Jefe Inmediato a fin de tomar las medidas correctivas necesarias. c). Si las lneas elctricas estn descubiertas debe evitarse a toda costa su contacto. El uso de guantes y ropa dielctricos (aislantes de electricidad como la carnaza y el algodn, sin partes metlicas) es esencial si es que las lneas elctricas quedan cerca del punto donde el trabajador labore. Generalmente los cables de alta tensin (de 750 voltios en adelante) se localizan a alturas muy superiores a las de los cables telefnicos, sin embargo, para prevenir accidentes es necesario observar estas normas. d). Por lo anterior, en los casos excepcionales de cables de alta tensin que se localicen cerca del punto donde labore el trabajador, deber evitarse estrictamente acercarse a distancias menores a las indicadas a continuacin: Voltaje de los cables Distancia en centmetros 750 a 2500 Voltios 30 2500 a 10000 ,, 60 10000 a 27000 ,, 9030 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

27000 a 47000 ,, 120 47000 a 70000 ,, 180 e). En los casos en que las distancias entre el trabajador y los cables sean menores a las mencionadas, no se abordar el poste y se avisar al supervisor para que se tomen las medidas indicadas para evitar accidentes. f). En los casos de postes en que la distancia de donde el trabajador deba laborar a las lneas elctricas, est cerca al mnimo de las distancias mencionadas en los incisos anteriores, los trabajadores avisarn a su jefe o supervisor, para que la Empresa tome las medidas necesarias y fijar en ellos los avisos de precaucin correspondiente.

NORMAS DE SEGURIDAD PARA OFICINAS ARTICULO 14. Todo trabajo, incluso los de ndole administrativo, puede producir accidentes. Conocer la forma de prevenirlos nos permitir contar con un medio ms seguro para desempear nuestras labores. Las siguientes normas persiguen ese objetivo. a). Mantenga ordenado su lugar de trabajo, sin objetos que le molesten o le puedan causar una lesin. b). Mantenga despejados los pasillos, circulaciones o puertas; no ponga ningn objeto que dificulte el paso. c). Evite el amontonamiento de papeles, objetos o muebles, ya que son riesgos potenciales de accidentes, golpes e incendios. d). No deje papeles sobre copiadoras y dems aparatos que tengan superficies calientes. e). Ponga en los ceniceros, los restos de cerillos y cigarros y nunca los arroje a las papeleras. f). No debern emplearse solventes o gasolina dentro de las oficinas; una pequea cantidad lquida puede convertirse en una gran cantidad de vapores txicos, inflamables y explosivos.31 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

g). Las grapas, tijeras, lpices, bolgrafos y dems objetos punzocortantes, deben guardarse de tal forma que se eviten heridas. h). No se debern tomar alimentos dentro de la oficina, por constituir un hbito antihiginico. i). No deber subirse en cajas, gabinetes de archivo, sillas giratorias, pilas de libros o en objetos no destinados para ese fin. Para alcanzar artculos muy elevados deber usarse escalera de mano. j). Las cadas de las sillas, pueden causar un accidente de consecuencias graves; sintese con la espalda recta apoyada al respaldo y los pies sobre el piso. k). Los cordones de artefactos elctricos no debern obstruir el paso de personas a fin de evitar tropiezos, cadas y cortocircuitos. Cercirese de que permanezcan en buen estado de conservacin y si presentan fallas reprtelas al servicio de mantenimiento. L). Al bajar una escalera con una carga en las manos, camine despacio y viendo con claridad dnde pone los pies. m). Los golpes contra puertas, muebles, archivos, cajones abiertos e incluso contra otras personas causan lesiones. Para prevenirlas no deje los cajones abiertos, especialmente los de los archiveros y escritorios y realice con cuidado su trabajo. n). El uso de grapas, alfileres, tijeras, guillotinas y el manipular las hojas de papel, pueden causar cortadas; por pequeas que sean, atindase para que no se infecte la herida. ). Deben llenarse primeramente los cajones inferiores de los archiveros, preferentemente con materiales pesados y de poco uso. As, en caso de abrirse un cajn superior los de abajo harn contrapeso previniendo que se volteen. De todas formas resulta riesgoso tener abiertos al mismo tiempo dos o ms cajones superiores, por lo cual esto debe evitarse. ARTICULO 15. Mantener en condiciones de completa seguridad los medios y elementos de trabajo tales como: garruchas, tensores, cinturones, bandolas de seguridad, caretas de proteccin, espuelas, elementos y tiles de trabajo en general, cambiando los que no se encuentren en tales condiciones de seguridad. Para este fin, la Empresa realizar inspecciones peridicas.32 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

El equipo de proteccin personal pasar un riguroso control de calidad. Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene vigilarn que el equipo de proteccin personal sea mantenido en ptimas condiciones y que los trabajadores lo usen correctamente. En caso contrario los trabajadores no estarn obligados a ejecutar dichas labores. ARTICULO 16. Para la conservacin y guarda de los tiles herramientas y dems artculos que se le entrega con motivo del trabajo, la Empresa se compromete a proporcionar a los trabajadores que lo ameriten casilleros, jaulas o sitios adecuados y seguros. En caso de no proporcionrseles lo antes mencionado y que por esta razn les sean robados o se les extraven dichos tiles, herramientas y dems artculos, los trabajadores no se harn responsables de pagar el importe a que se refiere la clusula 164 del Contrato Colectivo de Trabajo, ARTICULO 17. Todos los vehculos deben estar dotados de las herramientas y accesorios que exigen las disposiciones reglamentarias. Los trabajadores reportarn inmediatamente cualquier deficiencia que encuentren en los vehculos a su cargo, utilizando el formato diseado para tal fin, especialmente si revisten las siguientes condiciones peligrosas: llantas lisas, juego notable en la direccin, al oprimir el pedal del freno, ste no opone resistencia o el vehculo tiende a jalarse en forma importante a la izquierda o derecha. La Empresa verificar el reporte y de ser verdico, no ordenar que esos vehculos se manejen, retirndolos de inmediato del servicio para su reparacin. El formato deber contener una copia, la cual quedar en poder del trabajador interesado. ARTICULO 18. Deber instalar extintores apropiados a los riesgos especficos a cubrir en las instalaciones de la Empresa, siguiendo para su colocacin las normas vigentes. Asimismo dotar de extintor a los vehculos que lo ameriten, de acuerdo al grado de peligrosidad de los materiales y actividades que se realicen de conformidad a las normas legales de Seguridad aplicables y a las recomendaciones emitidas por la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene. ARTICULO 19. Deber proveer a todos los Centros de Trabajo, Oficinas, Centrales, laboratorios y dems dependencias del nmero suficiente de botiquines de acuerdo a las necesidades especficas de los lugares de trabajo conforme a un cuadro bsico adecuado, para ser manejado por el personal a fin de prestar primeros auxilios. Colocar en los botiquines la lista de materiales de curacin y33 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

de medicamentos, as como las indicaciones para que los trabajadores puedan hacer uso de stos. Dichos botiquines debern ser proporcionados de acuerdo a los siguientes cuadros bsicos: a). BOTIQUINES PARA INSTALACIONES FIJAS. 1 Frasco de agua oxigenada de 250 ml. (lim pieza heridas). 1 Frasco de alcohol de 500 ml. (antisptico). 1 Paquete de algodn de 100 grs. (material de curacin). 24 Tabletas de aspirina (fiebre, dolores musculares y de cabeza). 1 Paquete de bicarbonato de sodio (neutralizante de la acidez gstrica). 24 Grageas de buscapina (dolor tipo clico). 25 Curitas angostas (para cubrir pequeas heridas). 6 Depresores (para aplicar pomada). 1 Tubo de Furacn (quemaduras). 20 Sobres de gasa simple (compresas para limpiar y/o cubrir heridas). 1 Frasco de Merthiolate (desinfectante para heridas que no requieren sutura). 10 Tabletas de leche de magnesia o pepsamar (neutralizante de la acidez gstrica). 1 Carrete de tela adhesiva de 2.5 cms. (para sujetar la compresa o venda). 2 Vendas elsticas de 5 cms. (lesiones seas y musculares). 4 Vendas de gasa de 5 cms. (para cubrir heridas).

34 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

b). BOTIQUINES PARA SALAS DE TRAFICO 1 Frasco de agua oxigenada de 250 ml. (limpieza heridas). 1 Frasco de alcohol de 500 ml. (antisptico). 1 Paquete de algodn de 100 grs. (material de curacin ). 96 Tabletas de aspirina o winasurb (fiebre, dolores musculares y de cabeza). 1 Paquete de bicarbonato de sodio (neutralizante de acidez gstrica). 48 Grageas de buscapina o espacil (dolor tipo clico). 50 Curitas angostas (para cubrir pequeas heridas). 1 Frasco colirio Eyemo o Clinozinc Ofteno (para irritacin ocular). 6 Depresores (para aplicar pomadas). 1 Tubo de Furacn (quemaduras). 20 Sobres de gasa simple (compresas para limpiar y/o cubrir heridas). 2 Cajas de Cepacol o Graneodin (antisptico bucofarngeo). 1 Frasco Kaopectate (antidiarreico). 1 Frasco de Merthiolate (desinfectante para pequeas heridas que no requieren sutura). 10 Tabletas de leche de magnesia o pepsamar (neutralizante de la acidez gstrica). 1 Carrete de tela adhesiva de 2.5 cms. (para sujetar la compresa). 2 Vendas elsticas de 5 cms. (lesiones seas y musculares). 4 Vendas de gasa de 5 cms. (para cubrir heridas). c). BOTIQUINES PARA VEHCULOS35 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Asimismo datar de botiquines a los vehculos que lo ameriten de acuerdo al grado de peligrosidad de los materiales y actividades que se realicen, de conformidad a las normas legales de seguridad aplicable y las recomendaciones emitidas por la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene. Dichos botiquines contendrn: 1 Frasco de agua oxigenada de 250 ml. (limpieza heridas). 1 Frasco de alcohol de 250 ml. (antisptico). 1 Paquete de algodn de 50 grs. (material de curacin). 12 Tabletas de aspirina (fiebre, dolores musculares y de cabeza). 12 Grageas de buscapina (dolor tipo clico). 10 Curitas angostas (para cubrir pequeas heridas). 6 Tabletas de Dramamine (nauseas y/o mareo). Al usarlo no maneje vehculo ni maquinaria, 3 Depresores (para aplicar pomadas). 1 Tubo de Furacn (quemaduras). 10 Sobres de gasa simple (compresas para limpiar y/o cubrir heridas). 1 Carrete de tela adhesiva de 2.5 cms. (para sujetar la compresa o venda). 2 Vendas elsticas de 5 cms. (lesiones seas y musculares). 2 Vendas de gasa de 5 cms. (para cubrir heridas). En caso de escasez en el mercado de algn medicamento o cambio de presentacin, el mdico de la Empresa determinar su equivalente para ser sustituido eventualmente en los botiquines. Los cambios definitivos de medicamentos y artculos de estos cuadros bsicos sern determinados por la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene.

36 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Las medicinas y materiales de dichos botiquines debern ser repuestos inmediatamente despus de que se usen total o parcialmente. ARTICULO 20. La Empresa promover ante el Instituto Mexicano del Seguro Social la realizacin de campaas preventivas de salud, incluyendo orientacin, vacunacin, catastro torxico, deteccin de enfermedades y todas aquellas que tengan por finalidad la conservacin de la salud de los trabajadores.

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS JEFES ARTICULO 21. Los Jefes de Confianza y/o Encargados del trabajo deben conocer las partes que les competen del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y de las recomendaciones de las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, as como los procedimientos e instructivos relativos a la materia emitidos por la Empresa, siendo personalmente responsables de su aplicacin. ARTICULO 22. Difundir entre sus subordinados las medidas aconsejables para evitar riesgos de trabajo. ARTICULO 23. Sern responsables de que los tiles de trabajo tales como caretas de proteccin, escaleras, plataformas, andamios, cinturones y bandolas de seguridad, guantes, espuelas y dems medios y elementos de trabajo en general, tengan la resistencia y la firmeza necesarias para el objeto a que se le destina. Sern responsables tambin de la vigilancia pertinente para que las pruebas de dichos tiles y herramientas se hagan en la forma estipulada en las instrucciones respectivas. ARTICULO 24. En ningn caso ordenarn que se ejecuten trabajos en lugares que no renan las condiciones de Seguridad e Higiene necesarias. ARTICULO 25. Mantener constantemente equipados los botiquines de primeros auxilios, haciendo las gestiones oportunas para que cualquier faltante de su contenido sea repuesto de inmediato por la Empresa. Asimismo, deber vigilar el mantenimiento de los extintores respectivos.

37 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES ARTICULO 26. Debern conocer y observar las medidas preventivas de Seguridad e Higiene contenidas en los Reglamentos e Instructivos respectivos, las disposiciones derivadas de los mismos que seale la Empresa, as como las recomendaciones de la Comisin Mixta Central para la Seguridad e Higiene de los trabajadores. Para hacer efectiva esta obligacin, la Empresa proporcionar un ejemplar del presente Reglamento a todos los trabajadores y fijar en lugares visibles las disposiciones conducentes del mismo. Asimismo impartir cursos de capacitacin y adiestramiento para la prevencin de Riesgos del Trabajo. Debern usar para efectos de su trabajo en la Empresa, los uniformes, calzado y equipo de Seguridad, herramientas, tiles y accesorios que se les proporcione. A los trabajadores que no utilicen la ropa de trabajo y calzado que se les entrega para su proteccin personal, se les orientar sobre el deber que tienen de utilizarlos, segn lo establece el Reglamento General de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando responsabilizados de su uso. Conservarn en buen estado de limpieza las jaulas o casilleros a su cargo, dndoles el uso adecuado. No debern dejar en ellos alimentos o lquidos que pudieran originar malos olores, insectos o plagas. ARTICULO 27. Debern notificar a sus superiores, al representante sindical o directamente a los miembros de la Comisin Mixta de Seguridad e Higiene las Violaciones o la falta de aplicaciones de las Reglas de Seguridad e Higiene establecidas en los Reglamentos respectivos. ARTICULO 28. Debern informar a sus superiores inmediatamente cualquier condicin peligrosa, anormal, defectuosa o insalubre, que notaren en las centrales, conmutadores, lneas, postes, cables, pozos de Visita, talleres, vehculos y dems lugares y equipo de trabajo de la Empresa, as como desperfectos en las herramientas o tiles de trabajo que de algn modo puedan comprometer su seguridad o la del personal. Este informe deber ser hecho con copia a la Comisin Mixta de Seguridad e Higiene. ARTICULO 29. No debern operar mquinas cuyo manejo desconozcan o no correspondan a sus funciones de acuerdo a sus Convenios. Tampoco debern trabajar en lugares elevados sin afianzarse con un cinturn de seguridad o algn otro de los medios establecidos para el caso; no subirn a los postes sin cerciorarse de que renen las condiciones necesarias de seguridad para su ascenso.38 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 30. Slo los trabajadores a quienes les corresponda por la ndole de las funciones estipuladas en sus Convenios, podrn acercarse, operar o trabajar con equipo o instalaciones elctricas con o sin corriente, debiendo adoptar en todos los casos las precauciones necesarias y usar las herramientas o tiles de proteccin adecuada. ARTICULO 31. No bloquearn el acceso a los extintores y botiquines, ni harn uso indebido de este equipo a fin de que en casos de emergencia se encuentren en condiciones de usarse, informando a su Jefe Inmediato de cualquier irregularidad que observen. ARTICULO 32. Nunca debern transportar porrones con cidos o soluciones, sin hacer uso para este fin de los medios mecnicos adecuados y el equipo de proteccin personal que la Empresa proporciona. Al caerles algn cido sobre cualquier parte del cuerpo deber lavar sta inmediatamente con agua corriente. ARTICULO 33. Les est prohibido manejar sin precaucin: explosivos, gasolina, aceite, aguarrs, petrleo, pintura u otras sustancias fcilmente inflamables. Los despachadores deben despachar o enviar estos materiales en recipientes irrompibles, plenamente identificados y tapndolos hermticamente antes de mandarlos, a su destino. No deben manejar dichas sustancias en lugares cerrados o mal ventilados. Los Encargados de despachar gasolina debern usar ropa y calzado dielctricos, proporcionados por la Empresa. Los trabajadores no debern hacer fuego, producir chispas por medio de contactos o golpes con herramientas u otros objetos cerca de los tanques depsito de almacenamiento de dichas sustancias, tampoco fumarn ni encendern cerillos en los lugares en donde est prohibido. ARTICULO 34. No deben abordar o bajar de vehculos en movimiento ni viajar en ellos en nmero mayor del cupo de los mismos, ni viajar en carros cargados con materiales pesados o peligrosos. No deben manejar los trabajadores que no estn autorizados para ello los vehculos de la Empresa. No admitirn en ellos a personas extraas a la Empresa o a la funcin del trabajador responsable del vehculo, salvo autorizacin superior o casos excepcionales debidamente comprobados. No deben utilizar los vehculos para fines diferentes a los que estn destinados, ni debern utilizarse para ensear a manejar a otros trabajadores, salvo en aquellos casos en que se tenga39 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

autorizacin para ello. En caso de transportar remolques con materiales y herramientas, debern estar fijados convenientemente a los vehculos transportadores y sealizados los remolques con banderolas rojas. De la misma manera debern sealizar cualquier objeto que exceda o sobresalga a lo largo del vehculo. Por razones de seguridad el nmero de remolques que podr jalar una unidad se limita a uno y slo en casos de extrema urgencia podrn llevar hasta tres, bajo la responsabilidad del jefe inmediato y quedando por tanto exento de cualquier responsabilidad el trabajador; en dichos eventos los trabajadores a cargo de las unidades tomarn las mayores precauciones para evitar accidentes. ARTICULO 35. Les est prohibido distraer innecesariamente la atencin de personas ocupadas en sus labores especialmente si stas son peligrosas, as como facilitar la entrada de personas extraas a las instalaciones o vehculos de la Empresa sin la autorizacin respectiva. En los lugares en donde se percaten de la presencia de personas extraas a la Empresa sin la autorizacin correspondiente, avisarn al Jefe para que proceda como corresponde; de no encontrarse ste, las invitaran a salir y en caso que se nieguen, reportarn el hecho a su superior lo ms pronto posible. ARTICULO 36. No ejecutarn actos que pongan en peligro la seguridad propia o de los dems trabajadores o que puedan ocasionar daos a las instalaciones o equipo. ARTICULO 37. Debern lavar, desinfectar y proteger con gasa y tela adhesiva (Curitas), cualquier cortada o herida antes de manejar monedas, billetes, recibos, facturas, sustancias venenosas, corrosivas, etc. Se lavarn cuidadosamente las manos despus de ejecutar estos trabajos. ARTICULO 38. Debern asistir a los cursos y prcticas a que se refiere el Artculo 28 del presente Reglamento, as como tomar parte en los simulacros de emergencias que se lleven a cabo, siendo estas actividades dentro de las horas de trabajo. ARTICULO 39. No deben permanecer en los lugares de trabajo fuera de las horas reglamentarias de entrada y salida, excepto en los siguientes casos: a). Cuando trabajen tiempo extraordinario.40 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

b). Cuando tomen el tiempo necesario para su aseo personal, despus de las horas de trabajo. c). Cuando tengan permiso de la Empresa para estudios de telefona o alguna otra materia tcnica, que haga necesaria su presencia en los lugares de trabajo, siempre que este permiso sea solicitado por conducto del Sindicato. ARTICULO 40. Para la mayor seguridad de los trabajadores y con el objeto de prevenir accidentes de trabajo, debern tomarse en cuenta las siguientes reglas de seguridad: a). Ningn trabajador estar solo cuando desempee labores normalmente peligrosas. b). No reparar, limpiar, engrasar ni revisar ninguna mquina, armn, automvil o camin en movimiento. c). Los cilindros de gas se colocarn acostados y con cuas para evitar que rueden y no debern golpearse ni dejarse caer; los tambores, barriles o recipientes de aceites o soluciones de batera se colocarn siempre parados. d). Ningn trabajador que no sea autorizado para ello debe manejar alambre, cables, conexiones, switches elctricos, etc., ni se podr conectar por persona alguna, corriente elctrica sin cerciorarse previamente de que no pone en peligro a terceros ni a las instalaciones o equipo. Solamente el personal autorizado tendr acceso a zonas donde existe equipo de alta tensin. e). Nunca deber usarse un taladro ni a velocidad ni a presin excesiva. Las herramientas manuales se emplearn para el fin que fueron diseadas. f). En trabajos de torno, taladro, esmeril, soldadura o fragua ningn trabajador podr laborar sin anteojos o caretas protectoras. g). Los trabajadores que usen martillos, marros, barretas o zapapicos, trabajaran entre si a distancia suficiente para no lastimarse. h). Nunca debern lanzarse herramientas ni materiales para que se tomen en el aire; deben entregarse en las manos o amarrarlos en un cable si hay que elevarlos o descenderlos.41 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

i). Los pasillos y lugares de trnsito se conservarn libres de obstculos, con los pisos secos, impidiendo que permanezcan en ellos basura, pedazos de vidrio, metal, etc. j). Cuando sea necesario usar escaleras, andamios, largueros u otros apoyos, se cerciorarn previamente de que se encuentren en condiciones de seguridad. Verificarn que las escaleras tengan puntas antiderrapantes en los extremos para usarlos en pisos blandos, metlicos, de mosaico, concreto, etc. Al usar escalera debe apoyarse sobre una superficie firme, para determinar la inclinacin de la escalera, se procurar que se coloque con respecto a la vertical, de tal modo que la distancia horizontal sea la cuarta parte de la longitud de la escalera desde su base al punto de apoyo. K). Nunca se harn funcionar en lugar cerrado los motores de armones, automviles o camiones. Cuando sea necesario efectuar el calentamiento de los motores de estos vehculos, se limitar a un lapso de tres minutos.

LIMPIEZA DE ESTABLECIMIENTOS ARTICULO 41. En los lugares donde haya trabajadores dedicados exclusivamente al aseo normal de oficinas, centrales, almacenes, Laboratorios, patios y otros locales, tal aseo se llevar a cabo de acuerdo con los horarios respectivos fuera de las horas de trabajo de los dems trabajadores que laboren en dichos lugares y cuando los trabajos de aseo no perjudiquen o molesten a estos ltimos. En los casos de labores de carcter continuo los trabajos de aseo se harn evitando molestar o perjudicar al personal. ARTICULO 42. El aseo de vehculos se llevar a cabo en el lugar y por el personal destinado a ello, de acuerdo con las instrucciones que existan al respecto, las que debern de ajustarse a las obligaciones de los puestos de los trabajadores. ARTICULO 43. Los trabajadores que atienden maquinaria o aparatos, debern conservar aqulla debidamente aseada y stos ordenados y limpios, haciendo uso, dentro de sus jornadas, del tiempo razonable que normalmente se requiere para ello. ARTICULO 44. Los trabajadores que utilicen mquinas de oficina debern conservarlas debidamente aseadas, apagarlas si son elctricas y taparlas con sus42 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

cubiertas cuando no estn en uso, dando aviso a su Jefe Inmediato de cualquier descompostura que sufran las mismas. Los escritorios o muebles que los trabajadores usen en sus labores, debern conservarse siempre ordenados y limpios. ARTICULO 45. Los trabajadores tendrn la obligacin de no abandonar materiales sobrantes en los lugares donde se ejecute el trabajo, almacenes, patios o recintos de la Empresa; recogern y devolvern a los lugares destinados al respecto los materiales sobrantes y de desperdicio. La Empresa recoger peridicamente los desperdicios de los lugares destinados al efecto, para evitar una acumulacin excesiva. ARTICULO 46. La Empresa tendr el nmero de trabajadores necesarios para el aseo y en ningn caso sern encomendadas labores de esta naturaleza a trabajadores de distintas categoras. ARTICULO 47. A los trabajadores que por la ndole de sus labores deban realizarlas sentados, la Empresa les proporcionar asientos cmodos y anatmicos, a los que se les dar el mantenimiento necesario y proceder a cambiarlos de inmediato, cuando se encuentren deficiencias que afecten la salud de los mismos, de acuerdo a los procedimientos vigentes.

LABORES INSALUBRES O PELIGROSAS QUE NO DEBEN DESEMPEAR LAS MUJERES Y LOS MENORES DE DIECIOCHO AOS ARTICULO 48. Las trabajadoras que estn en periodos de embarazo o de lactancia, a partir de la presentacin del comprobante mdico correspondiente expedido por el Instituto colombiano del Seguro Social, por el mdico de la Empresa o en su defecto por un mdico particular, no debern realizar sus43 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

trabajos despus de las 20:00 horas. Tampoco debern realizar labores peligrosas o insalubres. ARTICULO 49. La Empresa debe emplear solamente trabajadores mayores de 18 aos, para labores peligrosas o insalubres que por la naturaleza del trabajo, por las condiciones fsicas, qumicas o biolgicas del medio en que se prestan o por la composicin de la materia prima que se utiliza, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud fsica y mental de los menores.

ATENCIN MEDICA DURANTE LA JORNADA ARTICULO 50. Los trabajadores tienen derecho a que se les d atencin mdica de acuerdo con lo estipulado en el Captulo XXIII del Contrato Colectivo de Trabajo. ARTICULO 51. Si un trabajador enferma durante las horas de trabajo de manera que a su juicio necesariamente requiere de atencin mdica, avisar a su supervisor o jefe inmediato, quien autorizar al trabajador para que se presente a los servicios mdicos del Instituto Mexicano del Seguro Social o de la Empresa y si fuera necesario, har los arreglos para que sea trasladado a ese Instituto o a su domicilio. En los lugares en los que an no se haya implantado el rgimen del Seguro Social, el trabajador, previo aviso al jefe, ser autorizado a presentarse con el mdico de la Empresa; de no estar el mdico en funciones, el trabajador podr acudir a los servicios de urgencias de clnicas oficiales o particulares. Si el caso lo requiere se estar a lo previsto en la Clusula 133 del Contrato Colectivo de Trabajo. En los casos en que el mdico del Instituto Mexicano del Seguro Social o de la Empresa no extienda incapacidad, el jefe, con los antecedentes mdicos y la(s) constancia(s) que presente el trabajador podr autorizar el tiempo que se justifique como permiso con sueldo. Cuando a un trabajador se le haya dado cita por un mdico del Seguro Social, o de la Empresa, en aquellos lugares en que no est contemplado el rgimen del44 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Seguro Social, el interesado deber de avisar oportunamente a su jefe presentando el carnet respectivo y comprobar posteriormente el haber acudido a la atencin mdica de que se trate, considerndose estos casos como permiso con sueldo. ARTICULO 52. Empresa y Sindicato realizarn las acciones necesarias para evitar casos de simulacin de enfermedad. ARTICULO 53. En caso de enfermedad de los trabajadores durante sus horas de trabajo, el Supervisor o Jefe inmediato se har responsable de que se llenen los requisitos necesarios de acuerdo con lo que establecen las rutinas de la Empresa para que el trabajador enfermo reciba la atencin mdica a la brevedad posible. En casos de urgencia se notificar inmediatamente al representante de la Empresa en las Sucursales o al Departamento de Personal en donde exista ste, segn sea el caso, se dar la atencin mdica y posteriormente, se llenar la forma respectiva, envindola por los conductos debidos al servicio mdico en el menor tiempo posible. En los lugares en donde est en vigor la Ley del Seguro Social, los trabajadores observarn las disposiciones que al respecto se establezcan.

EXMENES MDICOS ARTICULO 54. En caso de que algn trabajador contraiga alguna enfermedad contagiosa o que se sospeche que padece alguna enfermedad que aumente el riesgo ordinario de accidentes, queda obligado a someterse a un examen mdico de la Empresa o del Instituto Mexicano del Seguro Social, sujetndose a las prescripciones mdicas que se le indiquen. ARTICULO 55. En caso de brotes epidmicos, los trabajadores, sin previo aviso, tienen la obligacin de someterse a los reconocimientos que ordenen los mdicos de la Empresa o del Instituto Mexicano del Seguro Social, asimismo, se sujetarn a las prcticas de profilaxis por medio de vacunas, sueros y otros medicamentos que tengan por objeto prevenirlos contra enfermedades contagiosas o de peligro social, siempre y cuando dichas medidas estn aprobadas por el Departamento Mdico de la Empresa o por la Comisin Mixta Central de Seguridad e Higiene, salvo casos comprobables personales en que estas medidas estn contraindicadas.

45 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 56. Cuando existan sospechas fundadas de que algn trabajador se encuentra sujeto a la accin del alcohol, de drogas enervantes o de cualesquiera otras que alteren sus facultades, dentro de las horas de trabajo, se someter a un examen mdico ordenado por la Empresa, el cual se har en presencia del Delegado o de un Representante del Sindicato. En resultado de dicho examen se har constar por escrito, entregndose una copia al Sindicato y otra al interesado. ARTICULO 57. Los exmenes mdicos y medidas profilcticas que este reglamento establece para los trabajadores de la Empresa, deben llevarse a cabo dentro de las horas de trabajo, salvo los casos de epidemia o de urgencia en que podrn efectuarse dichos exmenes a cualquier hora.

PRIMEROS AUXILIOS ARTICULO 58. La Empresa proporcionar de acuerdo con las disposiciones del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, botiquines de primeros auxilios para la atencin inmediata en casos de accidentes, los que sern distribuidos y colocados conforme a las disposiciones del Reglamento indicado, y en los trminos del Artculo 43 del presente Reglamento. Los botiquines debern ser utilizados por el personal de la Empresa para los fines respectivos, despus de hecha la curacin preliminar del lesionado, se le pondr bajo la atencin del mdico de la Empresa o del Instituto Mexicano del Seguro Social en los lugares en que est implantado el rgimen de dicho Instituto. ARTICULO 59. En el caso de accidentes que requieran inmediata atencin mdica, el trabajador que presencie el accidente o si hubiera varios, el de mayor categora entre ellos, requerir los servicios del Seguro Social en donde se encuentra en vigor o si el caso lo requiere por su gravedad podr llamar al facultativo o institucin ms cercana para que practique solamente la primera curacin, inmediatamente despus, se dar el aviso respectivo al Instituto Mexicano del Seguro Social para que ste contine la atencin del trabajador. En las Sucursales en donde no exista en vigor la Ley del Seguro Social, se podr llamar al mdico de la Empresa, al facultativo o Institucin ms cercana para que se practique solamente la primera curacin y si fuera necesario se requerirn los servicios de las ambulancias que existan en la poblacin respectiva o los de algn hospital civil en la localidad.46 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 60. El trabajador a que se refiere el Artculo anterior deber dar aviso desde luego a su Supervisor o Jefe inmediato y ste a los representantes autorizados de la Empresa para que se tomen las medidas que el caso amerita, quedando desde luego el lesionado a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social. En los casos de accidentes en Sucursales en que no se encuentre en vigor la Ley del Seguro Social, se dar aviso a los representantes autorizados de la Empresa para que stos hagan las indicaciones necesarias de acuerdo con las instrucciones que al respecto reciban. Inmediatamente despus de atendido el lesionado o lesionados, deber proporcionarse la informacin relativa al accidente a los representantes autorizados de la Empresa. ARTICULO 61. Cada Jefe de Departamento, al tener conocimiento de cualquier accidente que se relacione con su departamento, deber notificarlo inmediatamente a la Gerencia de Personal o a sus representantes, asegurndose de que se ha prestado la debida atencin mdica a la persona o personas que hayan sufrido el accidente, as como de que el informe correspondiente. ha sido preparado y despachado. Se proporcionar copia de este informe o reporte al accidentado y al Sindicato. ARTICULO 62. En todo caso de accidente o enfermedad repentina, sin perjuicio de los artculos anteriores, mientras llega la ayuda especializada a fin de no causar mayor dao, el personal deber tener en cuenta los primeros auxilios bsicos que a continuacin se exponen, segn el caso que se presente. a). MEDIDAS GENERALES PARA PRESTAR PRIMEROS AUXILIOS BSICOS. Cuando el caso lo amerite por su intensidad y/o gravedad se deber mantener acostado al accidentado y no moverlo a menos que est en un lugar que implique peligro, adems se verificar que la persona respire, que no sangre y se evitar que caiga en estado de choque (shock). En caso de que presente falta de respiracin se proceder de acuerdo al inciso b, si hay hemorragia, se seguirn las instrucciones del inciso k y para prevenir el choque se aplicar el inciso h. b). AHOGAMIENTO O FALTA DE RESPIRACIN. La respiracin artificial se aplicar siempre que haya falta de respiracin sin importar la causa (ahogados, sofocacin, paro respiratorio, etc. ), para esto se debern seguir las siguientes instrucciones:47 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

1. Extraiga de la boca todo cuerpo extrao (dentadura postiza, chicles, etc. ). 2. Pngalo boca arriba e inclnele la cabeza hacia atrs quedando el mentn (barba) hacia arriba. 3. Apritele la nariz y al mismo tiempo aplique los labios con su boca abierta sobre los del paciente e insufle aire (sople), la frecuencia con que se debe dar es de 12 veces por minuto y comprobar que el pecho se est levantando, lo que nos indica que es una buena respiracin artificial; si esto no sucede, voltee de lado a la persona y golpee con su mano abierta entre los omplatos (parte media superior de la espalda), tres o cuatro veces y reinicie la respiracin.

Deber continuar la respiracin artificial por el tiempo que sea necesario, si la persona empieza a respirar sola, pngala de lado y djela en reposo. c). AMPUTACIN TRAUMTICA. (Es la prdida violenta de una parte de las extremidades). Cuando se presenta un caso de amputacin traumtica y gran hemorragia, se deber poner un torniquete (inciso k) y cubrir el mun con una compresa limpia a presin, el pedazo de miembro deber llevarse cubierto tambin con una compresa limpia a presin, y a la temperatura ms baja posible sin llegar a la congelacin. (Compresa es tela o gasa doblada varias veces y por lo comn esterilizada). d). ATAQUES CONVULSIVOS. (Es aquel padecimiento que presenta prdida del estado de conciencia y movimiento sin control). Cuidar que el paciente no se golpee, evitar que se muerda la lengua, ponindole entre los dientes un objeto blando, como un pauelo enrollado, una billetera o cualquier otro objeto similar que no dae los dientes; se le voltear la cabeza a un lado para que no se ahogue con sus secreciones, se aflojar su ropa y al pasar el ataque cbralo y djelo descansar. e). CONTUSIN. (Es la lesin provocada por un golpe sin que haya herida en la piel). Aplicar en el sitio de la lesin en forma inmediata una bolsa con hielo o compresas de agua fra para que disminuya el dolor, y evitar que aumente la hinchazn y el derrame subcutneo. f). CUERPOS EXTRAOS EN LOS OJOS. No se debe frotar, soplar o intentar sacar con otro objeto o las manos. Se le indica al afectado que cierre su ojo por48 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

unos minutos, pues es posible que la lgrima arrastre el cuerpo extrao, si esto no d resultado sujtele suavemente el prpado superior, seprelo y bjelo hasta cubrir el inferior, a fin de que se haga una limpieza interior del prpado superior. Si a pesar de estas maniobras no sale el cuerpo extrao o si ve que est incrustado en el ojo, cbralo con una compresa y lleve al lesionado al mdico. g). DESCARGA ELCTRICA. (Es cuando el cuerpo recibe en forma instantnea una corriente elctrica, que altera su funcionamiento normal). Primero deber desconectar el switch o separar al accidentado del alambre empujndolo con un palo; verificar si el accidentado respira, si no, proporcionarle la respiracin boca a boca (inciso b). Si hay paro cardiaco, lo podemos detectar por falta de pulso y/o pupilas dilatadas, se proceder colocando boca arriba al afectado sobre una superficie dura, el taln de la mano sobre el tercio inferior del esternn y la otra mano encima de la primera, se ejerce presin vertical que mueva el esternn hacia abajo aproximadamente 4 cm. Se retira toda presin para que el esternn y el corazn recobren su posicin de reposo. El ritmo debe ser de 60 o 70 veces por minuto. De presentarse paro respiratorio y cardiaco, el ritmo debe ser de dos respiraciones cada quince compresiones del pecho, si el auxilio lo presta una sola persona, pero si son dos personas se dar una respiracin cada 5 compresiones, adems se deber prevenir el choque (inciso h). Las quemaduras producidas por la descarga se atendern colocando una compresa y sujetndola sin apretar. h). DESVANECIMIENTO, SINCOPE, VAHDO, DESMAYO O CHOQUE. (Es el estado de la prdida parcial o total de la conciencia). Los signos y sntomas de este estado son palidez, piel fra, sudoracin, respiracin irregular, pulso rpido (apenas perceptible). Puede haber prdida total de la conciencia o en su defecto gran angustia. Cuando se presente este caso, se acostar a la persona boca arriba, con la cabeza ms abajo que el nivel del corazn o levantndole ligeramente los pies para favorecer la circulacin hacia la cabeza; esto se evitar si hay sangrado en cabeza o trax. Se le cubrir ligeramente, aflojar su ropa y tranquilizar; podr drsele agua a pequeos sorbos si la vctima no tiene asco y est consciente; de vomitar se le colocar la cabeza hacia un lado.

49 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

i). ENVENENAMIENTO O INTOXICACIONES 1. Cuando el txico es un alimento descompuesto, medicamento o cualquier otra sustancia que no sea cido, lcali, petrleo, gasolina o sus derivados, se proceder de la siguiente manera: Si la persona est consciente, se le dar a beber grandes cantidades de agua o leche, despus provoque el vmito ya sea aplicando una cuchara o el dedo en la garganta o dndole una solucin compuesta con agua tibia (un vaso) y una cucharada de sal o de mostaza en polvo. De estar inconsciente, no trate de neutralizar el veneno o provocar vmito, proceda como se indica en las medidas generales (inciso a). 2. Si el txico es un lcali o un cido, cbrala para que conserve el calor y siga las siguientes indicaciones: El afectado que ha ingerido alguna de estas sustancias presenta quemaduras dolorosas en la boca y lengua as como inflamacin. No se le har vomitar y se identificar la sustancia ya sea lcalina (sosa, potasa, leja, cal) o cido (ntrico, sulfrico, clorhdrico) y a continuacin se preparar un antdoto adecuado. Para los lcali ser agua (un vaso) con una cucharada de vinagre o jugo de limn (4 a 6 limones). Para los cidos se podr dar bicarbonato de sodio o potasio, pastillas de leche de magnesia, carbonato de calcio o agua de caliche. 3. Cuando el txico sea petrleo, gasolina o sus derivados se proceder de la siguiente manera: No se har vomitar y se le dar solamente agua. 4. Cuando el txico sea algn narctico se seguirn las siguientes indicaciones: Ser tratada como se mencion en el punto 1, tomndose en cuenta que se deber mantener despierta, pudindose utilizar para ello caf negro y de ser necesario compresas fras en el cuerpo. Se puede presentar paro respiratorio el cual ser atendido por medio de respiracin artificial de acuerdo al inciso b). j). FRACTURAS (Es la rotura de un hueso).50 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

En primer lugar deben tomarse en cuenta las medidas generales (inciso a); despus toda fractura debe inmovilizarse, como esto se haga, depender del sitio de la fractura. No se tratar de acomodar la parte fracturada, para inmovilizar extremidades se usarn frulas (tablillas) de material resistente como madera, peridicos, revistas, etc., se debern extender ms all de las articulaciones vecinas a la fractura, acojinar y sujetar en varios lados menos sobre la fractura. Se podr utilizar un lienzo al cuello (cabestrillo) para sostener las fracturas de brazo y antebrazo. En fracturas de crneo y columna vertebral mantener al afectado en reposo y sin moverlo. k). HEMORRAGIA. Cuando alguien est sangrando se proceder de la siguiente manera: 1. Ejercer presin directa sobre la herida con una compresa o con la mano directamente, mantener la presin sobre la compresa con vendaje o atndola con el cinturn o cualquier pedazo de tela u otro material que no dae la piel. 2. Puede ayudar al primer mtodo apretar el vaso que lleve la sangre al sitio de la hemorragia y de ser posible, elevar la regin afectada. 3. Como ltimo recurso por ser muy peligroso, si han fallado los mtodos anteriores y est en peligro la vida de la persona se usar el torniquete. Esto es aconsejable slo cuando el sangrado es con impulsos, es decir, a borbotones de acuerdo con el pulso y se d en las extremidades. El procedimiento consiste en usar una banda elstica o de tela de 2.5 a 5 cm. de ancho por 75 cm., aproximadamente, de largo, nunca usar cuerda o correa, colocar un cojincillo (pauelo, pedazo de tela, madera forrada, etc.) en el sitio que se va hacer presin, ste debe aplicarse entre el corazn y la herida, lo ms cerca de sta, pero nunca sobre una articulacin. Sujete el cojincillo con la banda, atndola con dos o tres nudos y coloque una palanca entre el 1, y 2. nudo y lentamente vaya girndola con lo que apretar el torniquete hasta que la herida deje de sangrar, no apriete ms el torniquete y fije los extremos de la palanca a la extremidad. Puesto el torniquete nos fijamos en la hora y slo debe quitarlo el mdico. L). HEMORRAGIA NASAL. Se deber sentar a la vctima con la cabeza hacia atrs y aplicar lienzos empapados con agua fra en la nariz y la cara, se pueden apretar las ventanas de la nariz para ayudar a contener la hemorragia, si con estas51 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

medidas no cede, aplique un rollo de tela o papel sobre el labio superior y la base de la nariz (bigotera) y presione con fuerza; como ltimo recurso se pueden utilizar gasas vaselinadas o impregnadas de una pomada antisptica (Furacin), introducidas en la fosa o fosas nasales que sangren, suficientemente apretadas para ejercer presin sobre las paredes y dejando un poco de gasa afuera de la fosa para sacarla cuando sea necesario. m). HERIDA (Es la lesin que daa la piel). La persona que vaya a atender la herida deber lavarse las manos con agua y jabn y/o desinfectarse con alcohol. Despus proceder a lavar la herida con agua y jabn limpios o en su defecto con agua oxigenada y cubrir con una compresa, gasa o curita segn el tamao de la herida. Cuando la herida sea en la cabeza, vientre, pecho o espalda deber cubrirse con una compresa esterilizada o limpia, sin aplicar presin. Si se presenta hemorragia acte como se indica en el inciso k. n). INSOLACIN O ACALORAMIENTO (Este caso se presenta en las personas que estn expuestas mucho tiempo al sol o en lugares calurosos sin ventilacin). Se pueden presentar vmito, mareo, piel seca, elevacin de temperatura, respiracin agitada y puede haber desmayo. Se deber colocar a la sombra, quitarle la ropa, bajar la temperatura con bolsas de hielo, lienzos de agua fra o alcohol aplicados en todo el cuerpo, especialmente en la cabeza. Nunca d bebidas alcohlicas o calientes, slo agua en pequeos sorbos si est consciente y no present vmito o asco (nuseas). ). LUXACIONES, ESGUINCES. (Luxaciones es el desplazamiento de una cabeza sea articular fuera de su localizacin natural. Esguince es la lesin en los ligamentos de una articulacin). Estas lesiones deben ser atendidas tomando en cuenta en primer lugar las medidas generales del inciso a), despus inmovilizar la articulacin daada en la posicin que haya quedado y nunca se tratar de volverla a su lugar. o). MORDEDURA DE PERRO. Se deber dar atencin en caso de herida como se indic en el inciso m). No deber daarse al perro, con la finalidad de tenerlo en observacin para establecer las medidas que se debern seguir. p). MORDEDURA DE VBORA O PICADURA DE ALACRN. Se deber acostar al afectado, hacer una ligadura que dificulte la circulacin entre la mordedura o picadura y el corazn, pero no un torniquete. A continuacin utilice una navaja previamente flameada y haga una pequea cortada en cruz en el sitio de la mordedura o picadura hacindola sangrar. Si no se tienen lesiones en labios o52 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

boca, succione y escupa. Despus quite la ligadura, lave, ponga una compresa y bolsa de hielo, mantenga inmvil la parte afectada. Se aplicar el suero especfico a la brevedad posible. q). QUEMADURA. En principio se debern tomar en cuenta las medidas generales del inciso a). 1. Quemadura de tercer grado. Es la quemadura que destruye la piel y lesiona msculos e inclusive huesos, no trate de arrancar la ropa que est pegada y slo cubra con una compresa limpia. 2. Quemaduras de segundo y primer grado. Son las quemaduras que afectan slo la piel, aplique agua corriente en grandes cantidades o lienzos hmedos con agua fra o hielo. Si hay ampollas no las rompa y cbralas con una compresa limpia. 3. Quemadura por sustancias qumicas. Utilice agua corriente para quitar la sustancia qumica y luego cubra con una compresa limpia.

CAPITULO III DISCIPLINAS Y SANCIONES ARTICULO 63. La Empresa podr separar del servicio a los trabajadores que cometan alguna de las faltas sealadas en el Artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo; asimismo, podr disciplinar a los trabajadores que cometan violaciones a la propia Ley Federal del Trabajo, al Contrato Colectivo de Trabajo, al presente Reglamento Interior de Trabajo y a los Convenios Departamentales. De acuerdo con la gravedad de la falta, la disciplina puede consistir en: a). Amonestacin por escrito y b). Suspensin en el trabajo hasta por ocho das.53 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

El derecho de la Empresa para sancionar a los trabajadores en los casos de despidos o de medidas disciplinarias, prescribe en un mes desde que se d causa para la separacin o sean conocidas las faltas. Ningn trabajador podr ser sancionado dos veces por la misma falta. ARTICULO 64. Queda convenido que la Empresa no podr separar del servicio ni aplicar disciplina de naturaleza alguna a los trabajadores amparados por el Contrato Colectivo, sin que previamente se practique una investigacin en los trminos que marca la Clusula 20 del propio Contrato Colectivo de Trabajo, salvo las sanciones automticas correspondientes a retardos y ausencias, que se aplicarn de acuerdo a lo estipulado en los Artculos 90, 91 y 92 del presente Reglamento. Las Actas de Investigacin se realizarn dentro de la jornada laboral del trabajador sujeto a investigacin, con la excepcin que adelante se menciona. Con el objeto de salvaguardar los derechos de asistencia a la prctica de Investigacin de los trabajadores con horarios nocturnos, y en el caso de que la misma no pueda efectuarse dentro de dichas horarios, se les citar en los trminos del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, dndoles a escoger las siguientes opciones, a fin de que el interesado informe al recibo del citatorio cul escoge: a). Intercambio de turno o modificacin de su jornada de trabajo por el da de la Investigacin. b). Solicitud de que se le practique fuera de su jornada de trabajo, considerando ese tiempo como tiempo extraordinario. El tiempo que dure el Acta de Investigacin del trabajador ser considerado como tiempo ordinario laboral, salvo lo estipulado en el inciso b). ARTICULO 65. Quedarn excluidos de toda responsabilidad los trabajadores cuando se demuestre que las faltas fueron cometidas por fuerza mayor, causa justificada, o bien que se hayan cometido por instrucciones o permisos de sus Jefes, o no se les compruebe debidamente la Comisin de esas faltas. Asimismo la Empresa tomar en consideracin las consecuencias de la falta, los buenos antecedentes, la categora y la antigedad del trabajador para la aplicacin de las sanciones a que se refiere este Reglamento.

54 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 66. Faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo. Los retardos en que incurran los trabajadores sern sancionados de acuerdo con las reglas siguientes: a). Retardos que no excedan de 60 minutos en un mes de calendario, no se sancionan. b). Retardos de 61 a 90 minutos en un mes de calendario, amonestacin por escrito. c). Retardos que excedan de 91 minutos en un mes de calendario, un da de suspensin por cada 90 minutos. En cualquier caso que se demuestre que un retardo estuvo justificado, no se tomarn en cuenta para la aplicacin de sanciones. ARTICULO 67. En todos los casos a que se refiere el Artculo anterior, se sumarn los retardos que el trabajador tenga en un mes de calendario, aun cuando sean de distinta duracin. Las suspensiones por retardos debern aplicarse totalmente dentro del mes siguiente. La Empresa deber hacer la notificacin de suspensin a los trabajadores con la mayor anticipacin posible, dejando cuando menos un da hbil completo para aclaraciones, antes del inicio de la suspensin, a fin de que exista el tiempo necesario para que en este caso, la Empresa proporcione la informacin correspondiente. En los casos en que por causas imputables a la Empresa, no se lleve a cabo la aclaracin y se demuestre que una suspensin se aplic por error en el cmputo de los retardos, se har el ajuste de salario correspondiente y se retirar o rectificar el registro de la falta. ARTICULO 68. Las ausencias injustificadas a que se refiere el presente Artculo, en que incurran los trabajadores dentro de un perodo de 30 das, podrn ser sancionadas de acuerdo con las siguientes reglas. Por ausencias de un da, un da de suspensin. Por ausencias de dos das no consecutivos, dos das de suspensin.55 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Por ausencias de dos das consecutivos, tres das de suspensin. Por ausencias de tres das no consecutivos, cuatro das de suspensin. Por ausencias de tres das consecutivos, cinco das de suspensin. La Empresa de optar por la aplicacin de las medidas disciplinarias expresadas en la tabla anterior, se obliga a aplicar la sancin disciplinaria correspondiente dentro de un trmino de hasta 30 das, contado a partir del da siguiente al de la fecha de la primera ausencia a sancionar. Asimismo la Empresa har la notificacin de suspensin al o los trabajadores mediante comunicacin por escrito, con copia a la representacin sindical, dejando cuando menos un da hbil para aclaraciones, antes de la fecha de inicio de la suspensin, a fin de que exista el tiempo necesario para que el trabajador o su representante sindical, justifiquen en tiempo la ausencia o ausencias objeto de la sancin disciplinaria. En todo caso que se demuestre que una falta de asistencia estuvo justificada a satisfaccin, no se tomar en cuenta para la aplicacin de sanciones. En los casos en que se demuestre que una suspensin se aplic por error, se har el ajuste de salario correspondiente y se retirar o rectificar el registro de la falta, Las ausencias no sancionadas conforme a las reglas disciplinarias antes expresadas, sern computables para los efectos de lo establecido en la Fraccin X del Artculo 47 en relacin al 46, ambos de la Ley Federal del Trabajo. Las Operadoras que laboran turnos discontinuos y que insistan a la segunda parte de su jornada, para efecto del cmputo, se acumularn las inasistencias como medios turnos, sumndose cada uno de ellos hasta configurar el da o los das sujetos a sancin conforme a lo reglamentado en el presente Artculo. ARTICULO 69. En los retardos a la hora de entrada y faltas injustificadas de asistencia, la disciplina operar de manera automtica dndose aviso de ello al sindicato, anticipadamente a la iniciacin de la suspensin respectiva, en los trminos de los Artculos 90, 91 y 92 del presente reglamento. ARTICULO 70. En caso de reincidencia en las ausencias y retardos en que incurran los trabajadores, se calificarn con una mayor sancin hasta con un mximo acumulable de tres das adicionales a los que se hayan hecho acreedores, de acuerdo a las tablas de los Artculos 90 y 92, respectivamente.56 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

La aplicacin de la sancin por reincidencia sern en la primera, un aumento de un da en la sancin, en la segunda un aumento de dos das y en la tercera y sucesivas el mximo de tres das. No se considera reincidencia cuando hayan transcurrido treinta das en que el trabajador no d lugar a sancin alguna por ausencias o retardos. ARTICULO 71. El trabajador que marque o firme en lugar de otro una tarjeta o libro de registro, se har acreedor a un da de suspensin y en caso de reincidencia podr ser sancionado hasta por ocho das, segn la gravedad del caso. ARTICULO 72. La aplicacin de sanciones disciplinarias no limita a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos contractuales, departamentales, los usos y costumbres establecidos, como la posibilidad de cambios de turno, vacaciones, etc. ARTICULO 73. La Empresa se obliga a sancionar oportunamente y de manera adecuada las faltas en que incurran los Jefes o empleados de confianza que cometan violaciones a la Ley Federal del Trabajo, Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamento Interior de Trabajo, Convenios Departamentales y dems normas y acuerdos establecidos, especialmente en lo que se refiere a Seguridad e Higiene, Moralidad y Disciplina, obligndose asimismo a que esas personas les guarden a los trabajadores la debida consideracin y respeto, abstenindose de darles mal trato de palabra o de obra.

CAPITULO IV GENERALIDADES ARTICULO 74. Para los efectos de las Clusulas 98 y 99 del Contrato Colectivo de Trabajo, el trabajador no deber abandonar sus labores sino hasta que el permiso haya sido concedido por la Empresa al ser solicitado por el Sindicato con la oportunidad debida, que no ser menor de 24 horas. El Sindicato proporcionar el trabajador necesario para substituir al que va a ausentarse, en los trminos del Contrato Colectivo de Trabajo. En los casos de fuerza mayor comprobada, el Jefe otorgar el permiso de inmediato.57 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

ARTICULO 75. Durante el tiempo en que un trabajador se encuentre en perodo de Capacitacin, Enseanza y Adiestramiento, para el puesto que va a desempear, prestar sus servicios, conforme a las condiciones que rigen en la Empresa segn lo que se estipula respecto a ello, en el Contrato Colectivo de Trabajo y Convenios Departamentales correspondientes. ARTICULO 76. La Empresa repartir entre los trabajadores y fijar en los lugares ms visibles de las instalaciones el Reglamento Interior de Trabajo. ARTICULO 77. Las situaciones no previstas en el Contrato Colectivo de Trabajo, en el presente Reglamento Interior, en los Convenios Departamentales respectivos y en la Ley Federal del Trabajo, sern resueltas por las partes, tomando en cuenta los principios que de dichos ordenamientos emanen.

2.1.5 POLITICAS INSTITUCIONALES DE LA EMPRESA INDICE

-CAPITULO I Horas de entrada y salida -CAPITULO II Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas -CAPITULO III Tiempo destinado para tomar alimentos -CAPITULO IV Periodos de descanso durante la jornada y descansos semanales -CAPITULO V58 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

Das y lugares de pago -CAPITULO VI Proyeccin del producto -CAPITULO VII Poltica de precios

CAPITULO I HORAS DE ENTRADA Y SALIDA ARTICULO 1. La hora de entrada de los trabajadores ser a las 8:00 y la salida a las 16:00 horas. Los trabajadores y departamentos con horarios de entrada a las 8:30, seguirn tenindolos, salvo que las partes convengan su modificacin. ARTICULO 2. Todos los trabajadores debern encontrarse en sus labores a la hora en punto que marcan sus respectivos horarios; para constatar lo anterior la Empresa establecer relojes marcadores y tarjetas en todos los lugares de trabajo que se consideren necesarios, para verificar la entrada y salida de los trabajadores, con esto se podr comprobar tambin, el tiempo extra autorizado, para la liquidacin correspondiente, siendo obligacin del personal marcar en dichos relojes sus respectivas tarjetas. En aquellos lugares en donde no existan relojes marcadores, los trabajadores firmarn las libretas que la Empresa designe para ese efecto, anotando sus horas de entrada y salida, salvo casos debidamente justificados. Se exceptan de esta obligacin los trabajadores que por costumbre o eventualmente, principien o terminen sus labores en lugares en donde no haya registro de tiempo.59 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

En caso de retardos se estar a lo dispuesto en el Captulo respectivo del presente Reglamento. ARTICULO 3. En los lugares en donde se siga el sistema de relojes registradores, se considera que los trabajadores inician o terminan sus labores en el momento en que marquen sus tarjetas en dichos relojes, de acuerdo con los horarios establecidos. ARTICULO 4. En el caso de trabajadores de los Departamentos que laboren en forma continua y que no puedan presentarse a sus labores, a reserva de justificar la falta, debern avisar cuando menos con una hora de anticipacin a la hora de entrada del turno que les corresponda trabajar. Los dems trabajadores deben avisar dentro de la hora siguiente a la reglamentaria de entrada, salvo los casos de emergencia o fuerza mayor debidamente comprobados, en que el aviso deber hacerse lo ms pronto posible. El aviso debe ser dado al Jefe Inmediato o en su defecto al siguiente en categora. Cuando a los trabajadores no les haya sido posible localizar a dichos jefes a pesar de haber intentado comunicarse con ellos, el aviso podr darse a travs de la Representacin Sindical, para que sta a su vez lo notifique en la primera oportunidad. La finalidad de estos avisos es permitir a la Empresa responder con oportunidad a las faltas imprevistas del personal, a fin de evitar deficiencias en el servicio pblico que presta.

CAPITULO II LUGAR Y MOMENTO EN QUE DEBEN60 SANITIZER AGUSTINIANO JABN ANTIBACTERIAL

COMENZAR Y TERMINAR LAS JORNADAS

ARTICULO 5. Los trabajadores que tengan asignado un lugar o Centro de Trabajo en donde prestar sus servicios, comenzarn y terminarn su jornada en dicho lugar o Centro de Trabajo. Se excepta a los trabajadores regidos por Convenios Departamentales que contengan procedimientos especficos en cuanto a la forma y lugar de iniciar, efectuar o concluir sus respectivas jornadas de trabajo. ARTICULO 6. Los trabajadores que por la ndole de su trabajo lo ejecuten ordinariamente en forma ambulante, se presentarn para iniciar y terminar su jornada en el lugar de distribucin del trabajo. Se contar como tiempo de trabajo efectivo el que empleen en ir y venir de este ltimo lugar a aqul en que desempeen sus labores. ARTICULO 7. Si el trabajador no termina dentro de su jornada normal el trabajo que tenga encomendado, avisar a su Jefe inmediato o a quien est designado y pedir indicaciones. Si no recibe indicaciones o autorizacin para laborar tiempo extra, dejar el trabajo en las condiciones en que se encuentre. En el caso excepcional en que el hecho de dejar el trabajo en las condiciones antes mencionadas implique peligro para otras personas, el equipo y/o planta o para el servicio y s el trabajador no puede comunicarse para recibir instrucciones, continuar el trabajo hasta dejarlo en condiciones que no causen perjuicios, teniendo derecho el trabajador a percibir el pago del tiempo extraordinario correspondiente. ARTICULO 8. Los trabajadores que efecten viaje