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Luz, Ciencia y Verdad UADY UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN La UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN, de conformidad con el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como con los Lineamientos generales del citado título, emite la siguiente: CONVOCATORIA PÚBLICA Dirigida a los interesados en formar parte del CONSEJO CIUDADANO DE RADIO UNIVERSIDAD, para que presenten su candidatura de acuerdo con las siguientes: BASES: PRIMERA.- Del Consejo Ciudadano de Radio Universidad: I. El Consejo Ciudadano es un órgano plural de representación social, independiente y eficaz que contribuirá a garantizar la independencia editorial, la participación ciudadana y la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales, integrado por tres ciudadanos residentes del estado de Yucatán, destacados por tener conocimientos y experiencia en el ámbito de la comunicación, radiodifusión o en áreas afines que contribuyan al desempeño de la función. II. Será un órgano de opinión y asesoría orientada a proponer criterios que permitan asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva. III. El cargo es a título honorífico y su integración no genera relación laboral con Radio Universidad ni con la Universidad Autónoma de Yucatán, su actuación y participación es de carácter personal y, por tanto, intransferible. IV. Los Consejeros durarán en el cargo dos años y podrán ser reelectos para un periodo más. V. Para el caso de las instituciones y organizaciones de la sociedad civil u ONG interesadas, estas podrán proponer un solo candidato pero no ejercerán en ellos representación alguna. VI. Los Consejeros serán seleccionados por el Consejo Universitario. SEGUNDA.- Requisitos para ser Consejero: I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos. II. Ser residente del estado de Yucatán, por lo menos los dos años previos a la presente convocatoria. III. Contar con experiencia en materia de medios de comunicación, preferentemente radio. IV. No laborar o haber laborado en la Universidad Autónoma de Yucatán los dos años previos a su postulación. V. Ser mayor de edad al momento de su designación. VI. No desempeñar empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los poderes federal, estatal o municipal, ni en organismos constitucionales autónomos. VII. No ser dirigente, empleado o comisionado de cualquier naturaleza de algún partido político, ni candidato independiente o ministro de algún culto religioso. VIII. Tener disposición para participar en las sesiones ordinarias, extraordinarias o reuniones de trabajo que se celebren. IX. En caso de ser propuesto por una institución u organización de la sociedad civil u ONG, esta deberá estar legalmente constituida con un año mínimo de anticipación, y tener una actividad u objeto social relacionado con la radiodifusión, comunicación social o periodismo. X. Gozar de reconocido prestigio y honorabilidad. TERCERA.- Los interesados deberán presentar, en original y copia, la documentación siguiente: I. Credencial para votar con fotografía, expedida por el Instituto Nacional Electoral. II. Acta de nacimiento. III. Comprobante de domicilio de no más de dos meses de antigüedad. IV. Curriculum vitae con documentos probatorios. V. Carta de postulación que indique nombre completo, dirección, teléfono, correo electrónico y exposición de motivos para ser Consejero Ciudadano de Radio Universidad, con extensión máxima de dos cuartillas. VI. Fotografía tamaño infantil en blanco y negro. VII. Comprobante de tener mínimo dos años de residir en la entidad. VIII. Declaración en la que exprese su disponibilidad para ser considerado como Consejero y para acudir a las sesiones o reuniones de trabajo que se celebren. IX. Declaración del candidato en la que manifieste su consentimiento para que sus datos personales sean utilizados únicamente para los fines de la convocatoria. CUARTA.- Funciones de los Consejeros: I. Proponer criterios para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva de Radio Universidad. II. Elaborar proyectos que contribuyan a fortalecer los fines de la emisora. III. Proponer a Radio Universidad reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales. IV. Elaborar mecanismos de participación ciudadana a fin de atender las inquietudes y propuestas de los radioescuchas. V. Reunirse cada dos meses para celebrar sesiones ordinarias; asimismo se podrán realizar sesiones extraordinarias cuando se requieran. En ambos casos deberá convocarse a los integrantes por lo menos con tres días hábiles de anticipación. Los acuerdos podrán tomarse con el quorum de 2 Consejeros. VI. Presentar en forma colegiada un informe anual de sus actividades al Rector, por conducto del Administrador de Radio Universidad. VII. Las demás que señalen las disposiciones aplicables. QUINTA.- Los miembros podrán ser substituidos en el ejercicio del cargo antes de la conclusión de su período, cuando: I. Dejen de asistir en forma injustificada a tres sesiones consecutivas o seis aisladas en un plazo de dos años. II. Incumplan o violenten los fines para los que fueron electos. III. Renuncien expresamente. SEXTA.- La presente convocatoria estará abierta del 13 al 17 de noviembre del año en curso. Las solicitudes y documentación de las candidaturas deberán entregarse en la Secretaría General de la Universidad Autónoma de Yucatán, ubicada en el Centro Cultural Universitario, con domicilio en el predio número 491-A de la calle 60 con 57, Edificio Central, C.P. 97000, Mérida, Yucatán, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Los resultados se darán a conocer el día 18 de diciembre del presente año. SÉPTIMA.- Los aspirantes deberán acudir a las entrevistas que se realizarán los días 24 y 27 de noviembre en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Yucatán.

UADY “Luz, ciencia y verdad” · C.P. 97000, Mérida, Yucatán, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Los resultados se darán a conocer el día 18 de diciembre del presente

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Page 1: UADY “Luz, ciencia y verdad” · C.P. 97000, Mérida, Yucatán, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Los resultados se darán a conocer el día 18 de diciembre del presente

Luz, Ciencia y VerdadUADYUNIVERSIDAD

AUTÓNOMADE YUCATÁN

La UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN, de conformidad con el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como con los Lineamientos generales del citado título, emite la siguiente:

CONVOCATORIA PÚBLICA

Dirigida a los interesados en formar parte del CONSEJO CIUDADANO DE RADIO UNIVERSIDAD, para que presenten su candidatura de acuerdo con las siguientes:

BASES:

PRIMERA.- Del Consejo Ciudadano de Radio Universidad:I. El Consejo Ciudadano es un órgano plural de representación social, independiente y eficaz que contribuirá a garantizar la independencia editorial, la participación ciudadana y la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales, integrado por tres ciudadanos residentes del estado de Yucatán, destacados por tener conocimientos y experiencia en el ámbito de la comunicación, radiodifusión o en áreas afines que contribuyan al desempeño de la función. II. Será un órgano de opinión y asesoría orientada a proponer criterios que permitan asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva. III. El cargo es a título honorífico y su integración no genera relación laboral con Radio Universidad ni con la Universidad Autónoma de Yucatán, su actuación y participación es de carácter personal y, por tanto, intransferible. IV. Los Consejeros durarán en el cargo dos años y podrán ser reelectos para un periodo más. V. Para el caso de las instituciones y organizaciones de la sociedad civil u ONG interesadas, estas podrán proponer un solo candidato pero no ejercerán en ellos representación alguna. VI. Los Consejeros serán seleccionados por el Consejo Universitario.

SEGUNDA.- Requisitos para ser Consejero: I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos.II. Ser residente del estado de Yucatán, por lo menos los dos años previos a la presente convocatoria. III. Contar con experiencia en materia de medios de comunicación, preferentemente radio.IV. No laborar o haber laborado en la Universidad Autónoma de Yucatán los dos años previos a su postulación. V. Ser mayor de edad al momento de su designación. VI. No desempeñar empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los poderes federal, estatal o municipal, ni en organismos constitucionales autónomos. VII. No ser dirigente, empleado o comisionado de cualquier naturaleza de algún partido político, ni candidato independiente o ministro de algún culto religioso. VIII. Tener disposición para participar en las sesiones ordinarias, extraordinarias o reuniones de trabajo que se celebren. IX. En caso de ser propuesto por una institución u organización de la sociedad civil u ONG, esta deberá estar legalmente constituida con un año mínimo de anticipación, y tener una actividad u objeto social relacionado con la radiodifusión, comunicación social o periodismo.X. Gozar de reconocido prestigio y honorabilidad.

TERCERA.- Los interesados deberán presentar, en original y copia, la documentación siguiente: I. Credencial para votar con fotografía, expedida por el Instituto Nacional Electoral. II. Acta de nacimiento. III. Comprobante de domicilio de no más de dos meses de antigüedad. IV. Curriculum vitae con documentos probatorios. V. Carta de postulación que indique nombre completo, dirección, teléfono, correo electrónico y exposición de motivos para ser Consejero Ciudadano de Radio Universidad, con extensión máxima de dos cuartillas. VI. Fotografía tamaño infantil en blanco y negro. VII. Comprobante de tener mínimo dos años de residir en la entidad. VIII. Declaración en la que exprese su disponibilidad para ser considerado como Consejero y para acudir a las sesiones o reuniones de trabajo que se celebren.IX. Declaración del candidato en la que manifieste su consentimiento para que sus datos personales sean utilizados únicamente para los fines de la convocatoria.

CUARTA.- Funciones de los Consejeros: I. Proponer criterios para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva de Radio Universidad. II. Elaborar proyectos que contribuyan a fortalecer los fines de la emisora. III. Proponer a Radio Universidad reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales. IV. Elaborar mecanismos de participación ciudadana a fin de atender las inquietudes y propuestas de los radioescuchas. V. Reunirse cada dos meses para celebrar sesiones ordinarias; asimismo se podrán realizar sesiones extraordinarias cuando se requieran. En ambos casos deberá convocarse a los integrantes por lo menos con tres días hábiles de anticipación. Los acuerdos podrán tomarse con el quorum de 2 Consejeros. VI. Presentar en forma colegiada un informe anual de sus actividades al Rector, por conducto del Administrador de Radio Universidad. VII. Las demás que señalen las disposiciones aplicables.

QUINTA.- Los miembros podrán ser substituidos en el ejercicio del cargo antes de la conclusión de su período, cuando: I. Dejen de asistir en forma injustificada a tres sesiones consecutivas o seis aisladas en un plazo de dos años. II. Incumplan o violenten los fines para los que fueron electos.III. Renuncien expresamente.

SEXTA.- La presente convocatoria estará abierta del 13 al 17 de noviembre del año en curso. Las solicitudes y documentación de las candidaturas deberán entregarse en la Secretaría General de la Universidad Autónoma de Yucatán, ubicada en el Centro Cultural Universitario, con domicilio en el predio número 491-A de la calle 60 con 57, Edificio Central, C.P. 97000, Mérida, Yucatán, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Los resultados se darán a conocer el día 18 de diciembre del presente año.

SÉPTIMA.- Los aspirantes deberán acudir a las entrevistas que se realizarán los días 24 y 27 de noviembre en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Yucatán.

“Luz, ciencia y verdad”

Calle 60 x 57 No. 491-A, Edificio Central, C.P. 97000, Mérida, Yucatán, MéxicoTel. (999) 930 09 00 | Fax (999) 928 25 57 | www.uady.mx

COMUNICACIÓN DIGITAL,AUDIOVISUAL E IDENTIDAD

CGCIUADY

UNIVERSIDADAUTÓNOMA

DE YUCATÁN

Comunicado

En estos días hemos atestiguado diferentes expresiones de la comunidad estu-diantil de la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), que atañen a la vida inter-na y la organización de las agrupaciones en las que han decidido integrarse con total autonomía, en ejercicio pleno de sus derechos y de forma libre e indepen-diente. El artículo 32 de la Ley Orgánica de la UADY establece que: “Los alumnos podrán asociarse libremente pero la Universidad mantendrá completa independencia respecto a las agrupaciones estudiantiles, llevando con ellas solamente relacio-nes de cooperación necesarias para la realización de los fines de la Universidad misma”. Actualmente los consejeros alumnos y presidentes de las sociedades de alumnos, electos entre sus pares por mecanismos democráticos, se han organizado en la Federación Estudiantil de Yucatán, A.C.; la Nueva Federación Universitaria UADY, A.C.; y en la de reciente creación, NFU Federación Estudiantil UADY, A.C. Dichas asociaciones se han constituido con apego a la legislación mexicana vigente y, en especial, con base en las disposiciones que norman a la Universi-dad. Ante las diferencias surgidas entre los liderazgos de la Nueva Federación Univer-sitaria UADY, A.C. y la NFU Federación Estudiantil UADY, A.C., la institución -con respeto a la autonomía e independencia en la organización de la comunidad estu-diantil- hace un llamado a que ambas partes establezcan un diálogo franco para que lleguen a acuerdos en beneficio de la Universidad y, sobre todo, de los pro-pios estudiantes a quienes representan. La Universidad Autónoma de Yucatán expresa por este medio su compromiso con los más de 26 mil estudiantes que forman parte de la institución y son su razón de ser.

Mérida, Yucatán, a 10 de octubre de 2017.