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Universidad mayor, real y pontificia de san francisco Xavier de Chuquisaca Vicerrectorado Centro de estudios de posgrado e investigación La profesionalización de jueces para mejorar la calidad en la administración de justicia Tesis en opción al grado de magíster en educación superior Ramiro Ibáñez ferrufino i

UNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE … Editadas CEPI... · Web viewPositivismo, instrumentalismo, agnosticismo, tecnocracia, convergencia emancipadora, pragmatismo, neotomismo,

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Universidad mayor, real y pontificia de san francisco Xavier de Chuquisaca

Vicerrectorado

Centro de estudios de posgrado e investigación

La profesionalización de jueces para mejorar la calidad en la administración de justicia

Tesis en opción al grado de magíster en educación superior

Ramiro Ibáñez ferrufino

Sucre - Bolivia

2004

i

Universidad mayor, real y pontificia de san francisco Xavier de Chuquisaca

Vicerrectorado

Centro de estudios de posgrado e investigación

La profesionalización de jueces para mejorar la calidad en la administración de justicia

Tutora: Dra. María Elena palma moreno, ph.d

Sucre - Bolivia

2004

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Compromiso

Al presentar esta tesis como uno de los requisitos previos para la obtención del grado académico de magíster en educación superior de la universidad, mayor, real y pontificia de san francisco Xavier de Chuquisaca, autorizo al centro de estudios de postgrado e investigación o a la biblioteca de la universidad para que se haga de esta tesis un documento disponible para su lectura según las normas de la universidad.

Asimismo, manifiesto mi acuerdo en que se utilice como material productivo, dentro del reglamento de ciencia y tecnología, siempre y cuando esta utilización no suponga ganancia económica, ni personal.

También cedo a la universidad mayor, real y pontificia de san francisco xavier de chuquisaca los derechos de publicación de esta tesis, o parte de ella, manteniendo mis derechos de autor, hasta un periodo de treinta (30) meses después de haber sido aprobado.

………………………………..Ramiro Ibáñez ferrufino

Sucre, septiembre de 2004

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Dedicatoria:A mis hijos patricia, rubén y claudia, por su cariño y amor sin límites que me dan todo el tiempo, pues sin ellos, todo hubiese sido imposible.

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Pensamiento

"como podrían los hombres viles y abyectos servir a los gobernantes, si antes de haber obtenido sus cargos, ya están atormentados por el temor de no tenerlos; cuando los han obtenido, están atormentados por el temor a perderlos, y desde el momento en que están atormentados por el temor de perder sus cargos, ya no son capaces de nada."

confucio – analectas - krong-fou-tse- (552-479 a/c)

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Agradecimientos

No puedo dejar de expresar mi gratitud a todas aquellas personas que me animaron y que de una u otra forma me ayudaron a realizar el presente trabajo; aunque no puedo nombrarlas a todas, porque cualquier lista sería insuficiente, no quiero dejar de mencionar a mi esposa esther daza, por su cariño y aliento permanente, que junto con mis padres son la razón de todo cuanto hago.

Asimismo, deseo agradecer mi especial gratitud a la dra. María elena palma moreno, ph.d tutora de la tesis, por la ayuda que me brindó para la realización del presente trabajo, sus consejos y reflexiones sobre pedagogía fueron realmente valiosas.

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Contenido

compromiso............................................................................................................................iiidedicatoria:.............................................................................................................................ivpensamiento.............................................................................................................................vagradecimientos......................................................................................................................viresumen..................................................................................................................................viicontenido..............................................................................................................................viii

I. Introducción..................................................................................................................................1capítulo primero.............................................................................................................................11

marco teórico.............................................................................................................................11escuelas judiciales en latinoamérica..........................................................................................11

1.1 marco teórico...................................................................................................................111.2 escuelas judiciales en sud y centro américa.....................................................................15existencia y objetivo de las escuelas judiciales.....................................................................15vinculación entre escuela y carrera judiciales........................................................................16mandato legal.........................................................................................................................16actividades de investigación..................................................................................................16estructura orgánica.................................................................................................................17nombramiento del director.....................................................................................................17publicaciones.........................................................................................................................18extensiones.............................................................................................................................18programas internacionales de intercambio............................................................................18cursos.....................................................................................................................................18estudiantes..............................................................................................................................22profesores...............................................................................................................................23personal administrativo..........................................................................................................24biblioteca................................................................................................................................24presupuesto............................................................................................................................24la vinculación escuela-carrera judicial...................................................................................25presupuesto............................................................................................................................25capacitación...........................................................................................................................25formación inicial y continuada..............................................................................................26cursos.....................................................................................................................................261.3 normativa sobre formación y capacitación en sud américa.............................................26bolivia....................................................................................................................................26chile........................................................................................................................................27colombia.................................................................................................................................27ecuador...................................................................................................................................27perú........................................................................................................................................27venezuela...............................................................................................................................281.4 tendencias sobre los sistemas de formación y capacitación de jueces.............................28fortalecimiento institucional..................................................................................................29acceso a la justicia..................................................................................................................29reforma de la justicia penal....................................................................................................30reforma legislativa.................................................................................................................30formación de consensos.........................................................................................................301.5 instituto de la judicatura de bolivia..................................................................................311.5.1 marco legal....................................................................................................................311.5.2 principios......................................................................................................................321.5.3 proyecto institucional....................................................................................................33

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1.5.4 organización..................................................................................................................341.5.5 agenda institucional......................................................................................................341.5.6 objetivos institucionales................................................................................................341.5.7 supuestos importantes...................................................................................................351.6 teorías del aprendizaje y de la enseñanza........................................................................351.6.1 explicaciones psicológicas de la producción de conocimientos...................................351.6.2 las teorías que explican como se produce el conocimiento.........................................36conductismo...........................................................................................................................37surgimiento de nuevas teorías................................................................................................38las corrientes constructivistas................................................................................................391.6.3 aprendizaje....................................................................................................................41que es el aprendizaje..............................................................................................................41estrategias de aprendizaje......................................................................................................44las estrategias de aprendizaje son un conjunto de pasos o habilidades empleadas por una persona de manera voluntaria, que se expresa en actividades externas o mentales y le permiten adquirir nuevos conocimientos, responder a demandas académicas o de la vida cotidiana.................................................................................................................................45son formas de analizar, seleccionar, priorizar, organizar información, entre otras, que se basan necesariamente en los conocimientos de las personas, por lo que mientras más amplios sean éstos, mayores estrategias tendrá un individuo para resolver cualquier problema................................................................................................................................451.6.4 los paradigmas..............................................................................................................45definición...............................................................................................................................45roles y posiciones que se asume............................................................................................46el cambio de paradigma.........................................................................................................47ciclo de vida de los paradigmas.............................................................................................49la resistencia al cambio..........................................................................................................501.7 teoría de la educación avanzada.......................................................................................511.7.1 carácter social de la educación......................................................................................521.7.2 cómo se llega a la teoría................................................................................................521.7.3 problemas a resolver por la educación avanzada..........................................................531.7.4 las premisas que sirvieron de antecedentes para la conceptualización de la educación avanzada.................................................................................................................................541.7.5 premisas de la educación avanzada..............................................................................551.7.6 principios de la educación avanzada.............................................................................571.7.7 resultados de la educación avanzada............................................................................571.8 problemas que debe resolver el modelo...........................................................................581.9 qué entendemos por profesionalización...........................................................................59

capítulo segundo............................................................................................................................64analisis de los resultados empiricos...........................................................................................64

2.1 la experiencia de la capacitación judicial latinoamericana..............................................642.2 reformas a la carrera funcionaria.....................................................................................682.3 sistemas de selección y promoción..................................................................................692.4 sistemas de evaluación e incentivos.................................................................................702.5 áreas específicas que requieren más atención..................................................................722.6 enfoques estratégicos y objetivos de capacitación judicial más precisos........................752.7 resultados empíricos........................................................................................................772.7.1 diagnóstico sobre la capacitación de jueces..................................................................772.7.2 opinión de la ciudadanía respecto a la administración de justicia a nivel nacional......792.7.3 la necesidad de profesionalización de jueces................................................................832.7.4 consideraciones sobre la justicia...................................................................................87

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capítulo tercero..............................................................................................................................90propuestra y validacion del modelo pedagógico para la profesionalizacion de jueces.................90

3.1 la profesionalización de los jueces en la función jurisdiccional......................................903.2 modelo de formación profesional de jueces....................................................................923.2.1 metodología pedagógica en la concepción de la educación avanzada para la formación de jueces profesionales de excelencia académica..................................................................923.2.2 sistema de condición pedagógica de educación avanzada para la formación de jueces profesionales de excelencia académica..................................................................................953.3 capacitación en reforma judicial....................................................................................1043.4 propuesta de profesionalización de jueces.....................................................................109más de un lustro de experiencia con la capacitación apoyada por donantes en américa latina.............................................................................................................................................111la experiencia sugiere también que no hay una única manera de dar en el blanco..............111en el diseño e implementación de los programas de profesionalización de jueces.............111restricciones resultan especialmente decisivas....................................................................112no todas las diferencias tienen soluciones técnicas.............................................................112en la reforma judicial está inmersa la capacitación.............................................................1123.5 validación teórica de la propuesta a través del método delphy......................................113

conclusiones.............................................................................................................................114recomendaciones......................................................................................................................117

referencias bibliográficas.....................................................................................................118 bibliografia ………………………………………………………………………………..121 anexos ……………...……………………………………………………………………..124

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Resumen

La Tesis que me permito presentar a consideración del tribunal examinador, ha sido formulado como: la profesionalización de jueces para mejorar la calidad en la administración de justicia. Trabajo que se ha dividido en tres partes: Marco Teórico. Antecedentes de Escuelas Judiciales en Latinoamérica, donde se incorpora y desarrolla el marco histórico, conceptual y referencial, lo cual contribuye a otorgar el sustento teórico al presente trabajo de investigación científica.

Capítulo segundo, se desarrolla el Análisis de los Resultados Teóricos, desde la experiencia de la Capacitación Judicial Latinoamericana, pasando por la reformas a la carrera funcionaria, los sistemas de selección y promoción, los sistemas de evaluación e incentivos; las áreas que requieren mayor atención; los enfoques estratégicos y objetivos de capacitación judicial y la discusión de los resultados teóricos.Y finalmente los anexos, que aportan información complementaria que es sustancial en la presente investigación, presentan una serie de instrumentos necesarios que utiliza el modelo.

Palabras claves

Sustancial, incentivos.

The Thesis that I allow myself examiner presents to consideration of the court, has been formulated like: the judges' professionalization to improve the quality in the administration of justice. Work that has been divided in two parts: the first Chapter, Marco Teórico. Precedents of Judicial Schools in Latin America, where there joins and develops the historical, conceptual and referential frame, which helps to grant the theoretical sustenance to the present work of scientific investigation.

The second chapter, there develops the Analysis of the Theoretical Results, from the experience of the Judicial Latin-American Training, happening for her reform to the career civil servant, the systems of selection and promotion, the systems of evaluation and incentive; the areas that need major attention; the strategic and objective approaches of judicial training and the discussion of the theoretical results. And finally the annexes, which contribute complementary information that is substantial in the present investigation, present a series of necessary instruments that the model uses.

Keyword

Substantial, incentives.

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I. Introducción

Durante cientos de años los sistemas judiciales de américa latina se mantuvieron más o menos inmutables, resistentes a los procesos de cambio, más profundos y significativos experimentados por nuestras sociedades. Procesos de intensas transformaciones al sistema de gobierno y al estado, como lo fueron la revolución independentista del siglo xix, o los cambios económicos y sociales experimentados a partir de la década de los 30 en el siglo pasado, no lograron hacer mella a este sector del quehacer estatal. Sin embargo, en los últimos quince años esta situación ha comenzado rápidamente a cambiar y los sistemas judiciales de antaño, postergados o derechamente olvidados, hoy comienzan a acaparar un grado de atención cada vez mayor.

En latinoamérica se han ejecutado muchos programas de reforma judicial en el ámbito de la capacitación a jueces con un impacto relativo. Estos programas se han dado en el contexto de procesos de democratización (luego de dictaduras), pacificación (como guatemala, el salvador), modernización neo-liberal (chile, perú, bolivia), reformas del estado en su conjunto, y en otros contextos, han contado con importante apoyo externo (banco mundial, bid, usaid, entre otras agencias).

Los programas de reformas en capacitación judicial han estado vinculados a procesos simultáneos de transformación del estado y cambios en el plano constitucional, legal e institucional. Entre sus rasgos están: la informatización del proceso,  la reforma procesal penal, la introducción del modelo acusatorio y mecanismos procesales anglosajones, el principio de oportunidad y mecanismos de derivación. Igualmente, la descentralización, reformas en la estructura del gobierno del poder u órgano judicial, distinción entre jurisdicción y administración, entre otros rasgos.

Asimismo, se ha incorporado mecanismos alternativos de resolución de conflictos y algunos han estado acompañados del reconocimiento de la justicia indígena, si bien sin suficiente articulación. Por otra parte también se han producido cambios significativos en los órganos jurisdiccionales internacionales así como en la llamada justicia universal o jurisdicción universal para crímenes de lessa humanidad. No obstante estos cambios, los reclamos de la ciudadanía respecto de falta de acceso, corrupción, lentitud, costo, inadecuación de respuestas e inadecuación cultural, continúan en la mayor parte de países.  

La reforma judicial en bolivia, se generó como resultado de las inquietudes expresadas por los ministros de la corte suprema y dirigentes políticos que consiguieron una corriente de opinión favorable para establecer cambios al interior del poder judicial.

El punto de partida fue la creación en 1991 del consejo nacional de representantes del poder judicial, escuela judicial o de jueces formada por miembros del gobierno, parlamento, colegios de abogados, el poder judicial y otras instituciones. Luego, en 1993 se creó el ministerio de justicia que se encargaría de conducir los procesos de cambio normativo necesario para complementar este proceso. Finalmente, se instauró en 1994, por parte de la corte suprema un consejo de reformas judiciales que es el que dirigió el desarrollo de los procesos de capacitación.

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Bolivia vive un importante proceso de reforma judicial, sustentado con un discurso intenso y sostenido en favor del cambio que involucra a los sectores políticos y judiciales, así como en la realización e implementación de un conjunto amplio de reformas institucionales (en los ámbitos constitucional y legal) destinadas a poner en marcha nuevos órganos involucrados en la función judicial y a impulsar la modernización administrativa, organizativa y procesal de la administración de justicia.

El 1° de abril de 1993 se promulgó la ley 1473 de declaración de la necesidad de reforma constitucional, mientras que la ley n° 1585 de reforma constitucional se aprobó el 5 de agosto de 1994 y se promulgó el día 12 del mismo mes, finalmente se plasmó a través de la ley 1615 de 6 de febrero de 1995. Esta reforma constitucional, sustentada en un importante acuerdo entre los grupos políticos (mir, adn, mnr, ucs, entre otros), tuvo como uno de sus grandes ámbitos de consenso la urgencia de realizar una sustantiva reforma judicial.

En ese entonces la corte suprema de justicia contaba con amplias potestades formales para disponer de independencia, autonomía presupuestal y jurisdiccional, así como con competencias adecuadas para llevar a cabo su propia organización interna. Sin embargo, estas fortalezas habían sido deficientemente aprovechadas, tanto por debilidades institucionales internas como por amenazas provenientes del entorno externo, que permitían la influencia de otros poderes del estado en su organización, actuación y funcionamiento.

En ese contexto, su principal amenaza externa era la injerencia de los partidos políticos, los grupos de presión y los poderes ejecutivo y legislativo sobre la corte suprema, en el nombramiento de sus ministros y de los jueces, afectando su independencia orgánica y funcional.

La percepción social del poder judicial era entendido como "un botín electoral que se pagaba con puestos", por parte de los grupos con poder político(1). Se consideraron como un sistema judicial ineficiente, falto de independencia y de credibilidad; la selección y nombramiento de magistrados judiciales muy politizado y la administración de justicia extremadamente lenta en la tramitación de los procesos, marcada por la corrupción y la mala calidad del servicio. También se cuestionaba la baja calidad de los profesionales formados por las facultades de derecho, la actuación maliciosa y corrupta de los abogados que incide en la dilación de los procesos, así como la falta de control real de los colegios de abogados sobre la conducta ética de sus agremiados.

En este marco, fue inevitable el alto grado de consenso e interés que existía en la opinión pública, los grupos de presión, las fuerzas políticas, las comunidades jurídica y académica, los medios de comunicación y los gremios, en la realización de una reforma y capacitación judicial. Estos distintos sectores reclamaban una función de liderazgo importante por parte de la corte suprema en la reforma, en base a un diseño elaborado con la participación de los actores internos y externos del poder judicial, a fin de realizar una reestructuración integral del sistema judicial, de las leyes y códigos. Por ello existía un clima muy favorable y de oportunidades propicias para el desarrollo de la reforma judicial, gracias a la voluntad mayoritaria de los órganos políticos y judiciales, el respaldo de las agencias de

(1) “Diagnóstico y Prospectiva del Poder Judicial: Resumen Ejecutivo” Chemonics Internacional Inc- C.A.E.M. Consuoltores: Sección II, Problemática del Entorno del Poder Judicial; Págs. 1 y 2.

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cooperación internacional, así como de las comunidades políticas, jurídicas, académicas y los medios de comunicación social.

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En el ámbito judicial, la reforma constitucional introdujo modificaciones e innovaciones muy importantes, sirviendo –a su vez- de marco propicio para impulsar un amplio proceso de reformas institucionales y legislativas en este campo. Un cambio sustancial se produjo en la conformación del poder judicial, tradicionalmente compuesto por un solo órgano jurisdiccional bajo la conducción de la corte suprema. Con la reforma constitucional, el poder judicial quedó integrado por el fuero común u ordinario (formado por la corte suprema, las cortes de distrito y jueces), el tribunal constitucional y el consejo de la judicatura.

Un paso trascendental para el impulso al proceso de reforma judicial fue la reinstauración del ministerio de justicia (después de más de 100 años) dispuesta en el marco de la ley n° 1793 de ministerios del poder ejecutivo, del 17 de septiembre de 1993, pues fue esta instancia desde donde se elaboraron o apoyaron los principales proyectos de ley a través de los cuales se puso en marcha las reformas introducidas en la constitución, así como el ente de coordinación de la reforma judicial. Posteriormente, mediante decreto supremo n° 23660, al regularse la organización del ministerio de justicia se lo conformó con dos subsecretarías: la de justicia y la de asuntos constitucionales y derechos humanos. Luego se transformó en ministerio de justicia y derechos humanos, pasando sus dos subsecretarías a convertirse en vice-ministerios y en la actualidad, nuevamente retrocedimos al haber sido reducida sólo a un vice-ministerio de justicia.

La preocupación concreta inicial y fundamental del proceso de reforma judicial estuvo puesta en el ámbito penal, para rescatar el respeto de la libertad personal conculcada tanto por el abuso de la detención preventiva policial como por el notorio predominio de personas recluidas en establecimientos penitenciarios sin contar con sentencia ni condena judicial. Diversas leyes se han dictado en este campo durante los últimos años, pudiendo así destacarse la ley n° 1602, del 15-12-94, de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales, que buscaba subsanar los casos de personas recluidas en prisión a pesar de haber cumplido su pena, o que estaban detenidas por deudas de índole fiscal, tributario, de seguridad social, multas electorales o de pago de honorarios profesionales de abogado; manteniéndose como excepción sólo el apremio corporal frente al incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, contemplada también en el pacto de derechos humanos de san josé. Se afirma que con la vigencia de esta ley se produjo inmediatamente la liberación de 555 personas detenidas, que constituían el 10% de la totalidad de la población penitenciaria(2).

Con las normas dictadas para enfrentar las situaciones injustas violatorias de la libertad personal y de los derechos humanos, así como de las reformas procesales, hacia fines de 1997 pudo concretarse la implementación de las reformas institucionales introducidas por la reforma constitucional al sistema judicial, al aprobarse las leyes orgánicas del tribunal constitucional, el consejo de la judicatura y la defensoría del pueblo, lo que permitió la ulterior puesta en marcha de estas tres instituciones fundamentales, piezas claves en el proceso de reforma judicial.

A su vez, la posterior aprobación del nuevo código de procedimiento penal, que introduce una reforma sustancial hacia el proceso oral y acusatorio, dio pie para un proceso de preparación y entrenamiento de jueces y la asignación de un nuevo rol al ministerio público y la fiscalía.

(2) Ministerio de Justicia. Programa Reforma Judicial y Modernización Legislativa: La Paz; Noviembre de 1996; p. 5.

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En definitiva, el tema de la reforma judicial no sólo convoca y concita amplios niveles de consenso y prioridad dentro de la agenda política nacional, sino que también parece haberse arraigado en el discurso y actuación de los integrantes del sistema judicial, a pesar de las contradicciones o controversias que se presentan entre los distintos actores involucrados. Ello ha favorecido la continuidad del proceso de reforma a pesar del cambio de gobiernos, y de las particularidades políticas de cada régimen.

Una condición esencial para el buen funcionamiento de la justicia es la excelencia de sus recursos humanos; por ello, dentro de la reforma del poder judicial, debemos tomar muy en cuenta la reforma a la administración de justicia de manera específica, para plantear los temas relacionados con la educación y la formación profesional de este sector y para reafirmar la idea de que todo poder judicial necesita jueces independientes, libres, imparciales y creativos.

Los jueces mientras más seguros estén de sus conocimientos y de la forma de razonar para llegar a sus fallos, más independientes serán de las presiones externas e internas. Así podrán justificar ante sus superiores, la sociedad y su propia conciencia las razones que tienen para llegar a esa decisión. Esto también garantiza que no se transformarán en jueces rígidos sino que, por el contrario, serán jueces abiertos al cambio, adaptables a las nuevas circunstancias, y a las posibilidades de revisar sus decisiones cuando mejores argumentos lo convenzan. Tal vez reconocer la complejidad de la misión de los jueces baste para justificar la capacitación judicial buscando su profesionalización.

La magnitud de las tareas judiciales requiere de especialización creciente, procurando respuestas que den cuenta de una adaptación permanente a las necesidades cambiantes, derivadas de la naturaleza heterogénea y dinámica de la sociedad moderna.

El poder judicial debe estar conformado por jueces independientes, libres, imparciales y creativos, con el propósito de contribuir a esta situación, consideramos de vital importancia realizar la presente investigación, para llevar adelante una acción coordinada, sistemática y metodológica en la formación profesional de jueces. En este contexto se identificaron en tres ámbitos las siguientes situaciones problémicas:

- En lo institucional: inestabilidad, falta de coordinación con otros poderes del estado, resistencia al cambio, debilitadas bases institucionales, falta de independencia respecto del poder político y altos niveles de corrupción

- En lo jurisdiccional: inestabilidad funcional, deficiencias en el profesionalismo, excesiva carga procesal, carencia de información jurisprudencial, ausencia de planeación y evaluación e inadecuados mecanismos de control para magistrados y funcionarios.

- En lo procesal: excesiva duración de los procesos, falta de seguimiento permanente en los procesos, lentos procesos de reforma del sistema de justicia penal, complejidad y rigidez de los trámites judiciales. Excesivo ritualismo, falta de aplicación de métodos alternativos para la resolución de las controversias y falta de profesionalización de los funcionarios judiciales.

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Bajo las consideraciones señaladas y en función al análisis y valoración de los distintos componentes del contexto de la realidad compleja en la capacitación de jueces en el ámbito de la, se formula el problema científico en los siguientes términos: la formación insuficiente de los recursos humanos que administran justicia, así como las intromisiones internas como externas ocasionan insatisfacciones e inseguridad jurídica en la población boliviana.

A partir del análisis del problema científico, se identifica y se define el objeto de estudio, que consiste en el proceso de profesionalización de los jueces.El campo de acción de la investigación, se refiere al modelo pedagógico para la profesionalización de jueces.

El objetivo de la investigación, se expresa en la acción de diseñar un modelo pedagógico para el mejoramiento de la calidad académica de los procesos de profesionalización de jueces.

La idea a defender, se expresa en un modelo pedagógico sustentado en los principios de la educación avanzada, para la profesionalización de jueces, permite el mejoramiento del desempeño judicial contribuyendo en la calidad de los conocimientos, habilidades y destrezas de los jueces que administran justicia para la satisfacción de las necesidades de la sociedad boliviana.

Lo anterior nos lleva a la formulación a corto plazo en busca de mejorar la calidad en la formación de los jueces y la eficiencia de los procesos de gestión.

En la lógica de la investigación, se desarrollarán las siguientes tareas científicas:

- Determinación de las necesidades de la sociedad y expectativas de los usuarios sobre la profesionalidad de jueces.

- Identificación de las tendencias actuales sobre los sistemas de capacitación judicial en el entorno nacional e internacional.

- Construcción del modelo pedagógico para la formación de jueces.- Validación teórica del modelo.

La lógica de la investigación se encuentra en el esquema de la visión horizontal (anexo nº 1), forma apaisada que presenta los elementos de procedimientos, estructuración y elaboración del trabajo.

Respecto a las indagaciones teóricas, se utilizaron los siguientes métodos teóricos: Con referencia a métodos de la investigación, se utilizó en función de la naturaleza del objeto de estudio el método dialéctico, como la metodología y estrategia de carácter general para el análisis, interpretación, explicación de la problemática de la profesionalización, como instrumento para el desarrollo y cambio gradual de los procesos de formación profesional del juzgador.

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Del mismo modo se asume el método histórico para el análisis y comprensión del tránsito de las tendencias y procesos de planificación de la capacitación y su relación con la formación de los jueces, en su avance progresivo desde las reforma judiciales hasta la época actual y fundamentalmente establecer los avances logrados y explicar los factores positivos y negativos a partir de la lógica de su desarrollo. Asimismo, en base a los datos históricos establecer las leyes fundamentales de este fenómeno relacionado con la formación de jueces.El método de análisis documental, contribuyó a la identificación del material adecuado que otorga el sustento teórico pertinente.

La investigación también utilizó, el método de la modelación que permitió reproducir el fenómeno que se está estudiando a través de crear un modelo caracterizado por las cualidades, relaciones y principios de las distintas variables, dimensiones e indicadores del modelo pedagógico de profesionalización de jueces a partir de la interpretación de este método que permitirá crear el modelo pedagógico.

La sistematización, que permitió descubrir y estudiar nuevas relaciones y cualidades del objeto de estudio modelado.

El método de estudios comparados, permitió realizar un análisis comparativo de los sistemas de educativos, que nos sirvió para estudiar las diferentes tendencias de desarrollo y las generalidades de los sistemas de capacitación judicial de los diferentes países de sud américa, para así poder establecer juicios de valor analizando los condicionamientos temporal y espacial de la educación comparada. Para el trabajo se hizo la revisión de planes y programas de países andinos como modelos de referencia.

Finalmente, el análisis, la síntesis, la generalización y la abstracción son utilizadas como operaciones lógicas del pensamiento creativo y reflexivo para la selección, interpretación y explicación de la esencia de los elementos que participan del objeto de estudio, con la finalidad de elaborar y presentar los aportes teóricos y las conclusiones significativas de la investigación.

Con relación a las indagaciones empíricas de la investigación se utilizaron instrumentos que permitieron obtener los datos, analizar, interpretar y valorar, entre los que se puede indicar: la aplicación de cuestionarios para encuesta, cuya población son los servidores judiciales, habiéndose seleccionado por medio del muestreo estratificado que garantizó la mayor representatividad, se dividió la población en los estratos jurisdiccionales y por distrito, en el primero se tomó en cuenta a los señores vocales y jueces, por áreas de trabajo y materias; y en el segundo por departamentos. (Anexo nº 2)

Los datos obtenidos se procesaron mediante el software estadístico spss, que permitió sistematizar la información en la elaboración de cuadros, tablas, gráficas y posterior análisis e interpretación.

También se utilizó la técnica del criterio de expertos para la validación del modelo, que consiste en la aplicación del cuestionario a profesionales que tienen basta experiencia y conocimiento sobre los procesos de formación; su respectiva validación con el método delphy.

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Como resultado de las indagaciones empíricas, se logró la identificación y definición de las variables más significativas y de relevancia así como sus respectivas dimensiones e indicadores que utilizando el enfoque sistémico y dialéctico nos permitió el diseño de la propuesta del modelo pedagógico en la profesionalización de jueces de educación avanzada.

El aporte teórico de la investigación, se refiere a la elaboración del modelo pedagógico portador de las relaciones esenciales entre las variables e indicadores, para profesionalizar jueces, funcionamiento y calidad en las escuelas judiciales para el perfeccionamiento de la labor jurisdiccional, basado en un estudio profundo del proceso.

El aporte práctico de la investigación, se manifiesta en su relevancia académico de los programas de educación avanzada donde se benefician con los resultados que ha logrado la investigación y además, su validez radica en la utilidad metodológica para la definición de las variables y su relación entre ellas; llegando a construir un instrumento esencial para contribuir al mejoramiento de la calidad, la pertinencia de los procesos en un función de los desafíos del contexto social, la formación idónea y competente e los futuros jueces profesionales, acorde a los principios, fines, política académica de la formación de servidores judiciales y con el cumplimiento de los objetivos, metas de las políticas y estrategias fijadas en la capacitación judicial.

El modelo pedagógico diseñado en los principios de la educación avanzada, para la profesionalización de jueces permitirá mejorar los conocimientos y la práctica en el desempeño judicial independiente, libre, imparcial y creativo, y contribuirá a elevar la calidad de los conocimientos, habilidades y destrezas de los jueces que redundará en la satisfacción de las necesidades de la sociedad boliviana.

La actualidad y la novedad de la investigación, se manifiesta en que constituye una propuesta teórico – práctico con un enfoque sistémico y dialéctico con una visión holística de los procesos de formación de jueces en función de la búsqueda de los procesos del mejoramiento de la calidad apoyada con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

La pertinencia social, radica en que debemos contar con jueces profesionales, formados y capacitados con valores de independencia, ética, idoneidad, acordes a las necesidades de nuestra sociedad, con gran vocación, con conciencia social y con sólidos conocimientos, capaces de realizar labores interdisciplinarias con apoyo técnico especializado, capaces de utilizar la tecnología en pro de la celeridad, capaces de entender no sólo los complejos procesos sociales y económicas implicadas, sino también las opciones axiológicas que lleva implícita toda decisión y la administración de justicia sea eficiente, pronta y cumplida.

En definitiva, se constituye en promotor de la profesión judicial e importante apoyo a la magistratura y que los jueces con vocación inclinados a la superación y especialización, además puedan pensar sin presiones en torno a sus propias misiones y elaborar una visión de futuro, más libre y más humana.

La tesis está estructurada en: introducción, tres capítulos, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos.

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Capítulo primero, marco teórico. Antecedentes de escuelas judiciales en latinoamérica, donde se incorpora y desarrolla el marco histórico, conceptual y referencial, lo cual contribuye a otorgar el sustento teórico al presente trabajo de investigación científica.

Capítulo segundo, análisis de los resultados teóricos, desde la experiencia de la capacitación judicial latinoamericana, pasando por la reformas a la carrera funcionaria, los sistemas de selección y promoción, los sistemas de evaluación e incentivos; las áreas que requieren mayor atención; los enfoques estratégicos y objetivos de capacitación judicial y la discusión de los resultados teóricos.

Capítulo tercero, la propuesta y validación del modelo pedagógico para la profesionalización de jueces; la profesionalización de los jueces en la función jurisdiccional; el modelo de formación profesional de jueces; la capacitación en reforma judicial; la demostración de la validación teórica. Conclusiones y recomendaciones.En el anexo nº 1, se presenta la visión horizontal que muestra la lógica de la investigación del presente trabajo.

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Capítulo primeroMarco teóricoEscuelas judiciales en Latinoamérica

Este capítulo tiene como objetivo fundamental señalar el marco teórico en el propósito de dar a la presente investigación un sistema coordinado y coherente de conceptos y proposiciones que permitan abordar el problema, y demostrar cual ha sido el desarrollo histórico de la temática referida a la profesionalización de jueces en latinoamérica, así como la creciente motivación que se tiene en la actualidad sobre el particular, que son luego tratados a lo largo de la investigación.1.1 marco teórico

En los últimos años, los países de la región de américa latina y el caribe han llevado a cabo un proceso de cambios estructurales políticos, económicos y sociales, en los cuales los sistemas judiciales han tenido un creciente protagonismo.

Asimismo, el gran consenso para el fortalecimiento del estado de derecho en américa latina como espina dorsal de la consolidación democrática y de la eficiencia económica es hoy por hoy uno de los grandes puntos de convergencia en el ámbito de su agenda de desarrollo. No en los frágiles términos de su tamaño sino en la fértil área de su capacidad institucional para responder a la problemática propia de las sociedades modernas.

La reforma del estado aparece en la mayoría de los países como un pre-requisito para el desarrollo sostenible y la gobernabilidad. En ese mismo contexto y de manera coetánea, la reforma de los sistemas de justicia han venido consolidándose como parte del conjunto de actividades prioritarias para garantizar tanto la vigencia del estado de derecho como la sostenibilidad democrática. Pese a que en la práctica se haya pasado por alto su trascendencia, jamás se ha podido desconocer la prestación de la justicia como la más básica de las responsabilidades del estado.

El estado sujeto al derecho, así como a la existencia de un grado de seguridad jurídica mínima y un sistema de justicia eficiente, son requisitos sustanciales para la consolidación del sistema democrático de gobierno y para el desarrollo económico.

La consolidación de la gobernabilidad democrática y el funcionamiento de las fuerzas del mercado requieren de un sistema judicial independiente, confiable, fuerte, eficiente, equitativo y moderno que no sólo asegure un ambiente de inversión y crecimiento sino también sea una garantía de legitimidad a la hora de asegurar el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Dicha legitimidad va asociada con la capacidad del sistema judicial de hacer respetar la ley y ejercer su papel de contralor frente los otros órganos del estado.

En la reforma de los sistemas de justicia, se apunta a aquellos procesos y jurisdicciones con impacto directo sobre la seguridad jurídico-económica, es decir, en la disminución de los costos de transacción y en la creación de un adecuado sistema de incentivos.

Y aún más: el desarrollo de mecanismos que logren vincular la vigencia del estado social y democrático de derecho(3) a la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos así como su capacidad de acceso a los sistemas de justicia. Durante muchas décadas el servicio público de la justicia fue subvalorado, tanto por la vía del desconocimiento

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de la independencia judicial como por el camino de la inaccesibilidad de los ciudadanos a esa elemental responsabilidad pública.

Los regímenes autoritarios que asolaron nuestra región durante los años sesenta y

ochenta del siglo xx lograron marginalizar las acciones de los poderes judiciales. La condición de convidado de piedra de este poder del estado implicó en muchos casos no el desmonte del mismo sino su ocupación y mediatización por los otros poderes.

Por ello, buena parte del debate constitucional reciente se ha centrado en la forma como la constitución ha "refundado" el poder judicial. Un estado social y democrático de derecho que se levanta después de los restos del totalitarismo reclamando instituciones vigorosas y poderes judiciales independientes.

De ahí porque, la noción de independencia judicial implica, entre otras cosas, que el juez no ha de tener más subordinación que a la ley y ello engloba la referencia a múltiples aspectos: independencia política frente al poder ejecutivo; independencia funcional frente a otros órganos judiciales; independencia económica frente a otros poderes, etc. La relación del juez frente a la ley señala un ámbito de acción del ejercicio de la función judicial que obliga a referir el cumplimiento de su deber al objeto mismo de la función legislativa.

En la actualidad los poderes judiciales enfrentan un creciente desafío en la región. Su credibilidad, efectividad, posicionamiento frente a los otros poderes del estado, su contribución a la protección de los derechos humanos y sociales en sociedades con instituciones democráticas vulnerables, su rol en la promoción de un ambiente institucional predecible en cuanto a la esfera económica, y para la resolución justa y efectiva de las controversias, son los nombres de ese desafío.

Este reto se hace cada vez más apremiante como resultado de las reivindicaciones expresadas por varios sectores que han sentido que sus demandas de justicia no han sido adecuadamente manejadas. Sin embargo, la falta de receptividad del poder judicial parece ser el común denominador que han encontrado diferentes actores que buscan la reforma judicial.

En la esfera penal, las judicaturas regionales se han convertido en enormes contribuyentes a la violación sistemática de las libertades civiles y los derechos individuales a través de la conservación del sistema penal acusatorio que predomina en la región. Las aspiraciones represivas del sistema penal acusatorio que predomina en la región proveen canales muy limitados a los demandados y/o a las víctimas para controlar los poderes del funcionario, quien combina roles de investigador, fiscal y juez. La información y las posibilidades de defensa se le restringen al demandado durante la fase investigativa, no hay confrontación directa de la evidencia y los aspectos legales se someten a controversia sólo en las últimas etapas del proceso penal y hay un fuerte desbalance entre los derechos del acusado y los del demandante y/o víctima durante la conducción del caso. La alta vulnerabilidad de los derechos individuales en el sistema acusatorio se incrementa todavía más con la falta de involucramiento directo del juez en el manejo del proceso criminal y con la dependencia que éste desarrolla respecto de empleados judiciales y fuerzas de investigación o policía con deficientes capacidades técnicas y criminológicas.

El alto nivel de discreción en el manejo de los procesos penales, la falta de un foro público durante los procedimientos, donde se pueda llevar a cabo una discusión franca de la evidencia y los asuntos legales en contra del defendido, y el fracaso en someter la decisión final a una tercera parte imparcial, no involucrada en la fase investigativa, sino de la

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judicatura o de la sociedad civil, son todos elementos que comprometen severamente las garantías del debido proceso, predominantes en todas las sociedades democráticas modernas. Las judicaturas de la región han tomado muy pocas medidas para superar el estancamiento penal, ya sea en forma de revisión general del sistema penal o mediante el fortalecimiento de las garantías individuales del defendido. De hecho, la aparente inercia al confrontar este estado de cosas puede constituir uno de los elementos que afecta la legimitidad de la judicatura frente a la opinión pública.

En la actualizad vivimos en una época de vertiginosos cambios a nivel mundial y donde el pragmatismo ha sido llevado a su más alta expresión: la utilidad como criterio de evaluación de los actos humanos. En circunstancias como estas el juez pasa a convertirse en referente de lo justo, en la medida en que administra justicia y garantiza los derechos de todos los individuos desde la óptica de la ley.

Sin embargo, su actuación debe dejar en claro que no persigue simplemente criterios de utilidad, sino fundamentalmente respeto a los derechos y a la dignidad de todo ser humano. No obstante, sería iluso pensar que el juez puede aislarse de los cambios que se van experimentando al interior de la sociedad a la cual sirve, de hecho, esto sería un grave error. Todo magistrado tiene el deber y el derecho de mantenerse informado, puesto que en estos días, más que en ningún otro momento de la historia, la información es poder. Poder que en el caso del juez no implica capacidad de avasallar, sino posibilidad de ser más justo en la medida en que esté mejor informado.

Es deber en la medida en que necesita conocer los cambios tecnológicos e ideológicos, no sólo para entender su entorno social y la forma en que algunas personas podrían aprovecharse de los mismos para delinquir, sino también para agregarlos a su arsenal de instrumentos para la eficientización de su administración de justicia.

Es derecho en la medida de que el juez es persona y, por ende, ente social y cultural, por lo que debe tener acceso a los nuevos conocimientos y avances tecnológicos, no sólo porque le permitirán realizar mejor su función de administrador de justicia, sino también por el simple hecho de ampliar su acerbo cultural.

Es ante este panorama que la profesionalización del juez adquiere toda su relevancia. Es entendiendo que el cambio continuo y acelerado constituye la principal característica de la sociedad de hoy día, que se puede comprender que la formación y capacitación de los magistrados, y de todo profesional que se resista a caer en la obsolescencia, es un proceso continuo más que un conjunto de momentos aislados.

Por ello, es de vital importancia realizar la presente investigación, para llevar adelante una acción coordinada, sistemática y metodológica en la formación profesional de jueces.

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1.2 escuelas judiciales en sud y centro América

La red iberoamericana de escuelas judiciales, realizó el diagnóstico de las escuelas judiciales; habiendo recibido 13 contestaciones (Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Guatemala, México, Panamá, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), de las cuales se extrae la siguiente información. (Anexo nº 3)Existencia y objetivo de las escuelas judiciales

De los países analizados doce cuentan con una escuela judicial. Ecuador tiene la dirección nacional de capacitación (creada en abril de 2002) que hace las funciones de una escuela judicial, la cual forma parte de la estructura orgánica del consejo nacional de la judicatura. De acuerdo a la respuesta proporcionada muy pronto contarán con una escuela judicial.

El objetivo principal de las escuelas judiciales de la región, incluyendo a la dirección nacional de capacitación, es la formación y la capacitación de los miembros del poder judicial. Los nombres de las escuelas judiciales son los siguientes:

- Bolivia: instituto de la judicatura de Bolivia- Colombia: escuela judicial Rodrigo Lara Bonilla- Costa rica: escuela judicial- Chile: academia judicial- Ecuador: dirección nacional de capacitación- Guatemala: escuela de estudios judiciales- México: instituto de la judicatura federal. Escuela judicial.- Panamá: escuela judicial- Perú: academia de la magistratura- Portugal: centro de estudios judiciales- República dominicana: escuela nacional de la judicatura- Uruguay: centro de estudios judiciales- Venezuela: institución escuela judicial

Vinculación entre escuela y carrera judiciales

En 11 países la escuela judicial está vinculada a la carrera judicial. Las excepciones son panamá y venezuela. Panamá manifestó que la vinculación escuela-carrera judicial, en forma efectiva y total, es un proceso sobre el cual se ha estado trabajando en los últimos años. Por falta de recursos financieros y por la poca disponibilidad de plazas, actualmente la escuela no puede realizar cursos de formación inicial de jueces, de manera que el ingreso a la judicatura depende de la formación externa. Venezuela se encuentra en un proceso de reestructuración e informó que la ley de carrera judicial, hoy parcialmente derogada, vinculaba el ingreso de los jueces a los cursos de la escuela. Actualmente están en una etapa de transición y esperan promulgar una nueva ley que regule la carrera judicial y la vincule directamente la escuela judicial.Mandato legal

En 11 países la creación de la escuela judicial está establecida por mandato legal, de acuerdo a la siguiente información:

- En la constitución y en una ley orgánica (Perú)

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- En ley (Bolivia, Colombia, costa rica, chile, México, panamá, Portugal, república dominicana y Venezuela).

No establecida por mandato legal:

- Por acuerdo del pleno del consejo nacional de la judicatura (ecuador)- Por acuerdo tripartita entre la suprema corte de justicia, la facultad de derecho y el

ministerio público y fiscal (Uruguay)- Por acuerdo, aunque no se indicó su naturaleza (Guatemala).

Actividades de investigación

Sólo 9 de los 11 países analizados cuentan con actividades de investigación en su escuela judicial. En el caso de Bolivia se están programando actividades de investigación a través de la dirección de programación de información del instituto de la judicatura. En la misma situación se encuentra Perú que tiene establecida la línea de investigación pero no la ha puesto en funcionamiento (habilitación). En panamá, el reglamento interno de la escuela establece la posibilidad de que la misma pueda dedicarse a las tareas de investigación. No obstante, esto no ha sido posible por falta de recursos económicos, humanos e infraestructura. Como en Venezuela están en un período de reestructuración, en la escuela judicial por el momento no se realizan actividades de investigación. En cuanto a la existencia de una planta de investigadores solamente Portugal y México cuentan con ella.

En otros casos, como el de ecuador y república dominicana, los investigadores son los propios jueces y magistrados. En el caso de Colombia se recurre a las universidades como apoyo en la realización de investigaciones. En costa rica las investigaciones se asignan a los abogados de la escuela; y en ocasiones se recurre a jueces, fiscales y defensores, según sea la necesidad.En el caso de chile las investigaciones se licitan mediante concurso público.Estructura orgánica

La mayoría de las escuelas judiciales (con excepción de Guatemala y Perú) cuentan con un órgano interno colegiado que asume funciones académicas y en ocasiones de supervisión. Básicamente las escuelas judiciales tienen un director general, direcciones o coordinaciones, subdirecciones en algunos casos y unidades de apoyo. Hay que resaltar el hecho de que algunos países cuentan con poco personal en sus escuelas, lo cual seguramente obedece a razones presupuestarias.Nombramiento del director

En costa rica, ecuador, méxico, panamá, uruguay y venezuela el director es nombrado por el pleno del consejo (a propuesta del presidente en algunos casos) o de la corte, sin que exista previo concurso de oposición.

En bolivia, chile, guatemala y perú se requiere la previa realización de un concurso de oposición para que el pleno del consejo o de la corte nombre a una persona. En república dominicana el examen de oposición sólo será presentado por los integrantes de una terna que el consejo directivo proponga a la corte suprema. En portugal lo nombra el primer ministro conjuntamente con el ministro de justicia.Publicaciones

Sólo 9 de las escuelas cuentan con publicaciones propias (Bolivia, Colombia, costa rica, chile, México, panamá, Perú, Portugal y república dominicana) las escuelas de ecuador, Uruguay

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(por cuestiones presupuestarias) y Venezuela no cuentan con una publicación propia. Guatemala indicó que sólo publicaba sus informes.Extensiones

Solamente Colombia, México, Perú y Portugal cuentan con extensiones de la escuela judicial en diferentes partes del territorio nacional. En el caso de Bolivia, chile, Guatemala, panamá y Uruguay los cursos se imparten en otras regiones ya sea a través de otras instituciones o bien llevando directamente los cursos al interior del país.

Programas internacionales de intercambio

De los analizados 10 países tienen programas internacionales de intercambio con instituciones de otros países, por ejemplo con la universidad de Barcelona, con la escuela nacional de la magistratura de Francia y con escuelas judiciales de la región iberoamericana. En Perú no se tiene un programa constante de intercambio. Los que se han tenido han sido con la unión europea y con la agencia española de cooperación internacional. El único país que por el momento no tiene este intercambio es Venezuela, que como se ha indicado están en proceso de reestructuración.Cursos

En Bolivia se desarrollan dos programas académicos:

- Uno de ellos es el de selección y capacitación para el ingreso, desarrollado en un curso anual de cuatro meses de formación teórica-práctica y de dos meses de pasantía con jueces de instrucción.

- El otro programa es el de capacitación y actualización permanente, el cual desarrolla sus actividades durante todo el año en materias constitucional, civil, penal, familiar y social.

En Colombia están los cursos de formación y capacitación. En el área de formación se tienen dos programas, uno de ellos orientado al ingreso de aquéllos que quieren formar parte del poder judicial y otro programa de formación para jueces y magistrados en ejercicio. En el área de capacitación también hay dos programas, uno para la profundización en determinadas materias de acuerdo a la jurisdicción o especialidad y otro dirigido a la actualización.En costa rica se imparten cursos de preparación básica dirigidos a los jueces; programas de formación a distancia de auxiliares judiciales; programas de extensión organizados con organismos internacionales; programas de control y apoyo a otras unidades (cursos dirigidos a ministerio público, defensa pública y áreas administrativas del poder judicial) y cursos de informática.

En chile se imparte el programa de formación, el programa de perfeccionamiento que está formado por aproximadamente 250 cursos y el programa de habilitación.En ecuador se trabaja en dos módulos, uno civil y otro penal, que tendrán énfasis en la valoración de la prueba.

En Guatemala hay asignaturas jurídicas básicas en materias como derecho constitucional, derecho civil, derecho penal y derecho procesal, entre otros.

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Existen también asignaturas jurídicas complementarias como justicia de género, argumentación jurídica y razonamiento judicial. Igualmente existen asignaturas complementarías afines en materias como relaciones humanas y gestión del despacho judicial.

En México hay cursos de preparación y capacitación para actuarios, secretarios de juzgados, secretarios de tribunales colegiados y unitarios de circuito y secretarios de la suprema corte de justicia de la nación. Existen cursos de especialidad para secretarios de estudio y cuenta, en administración de justicia y juzgados de distrito y en administración de justicia en tribunales colegiados de circuito.

En panamá se imparten tres clases de cursos: de inducción a la institución, de formación integral y de afianzamiento, actualizaci5n y adiestramiento en servicio.En Perú se imparten cursos de formación de aspirantes, de actualización y perfeccionamiento (magistrados en ejercicio) y de capacitación para el ascenso.

En Portugal se imparten cursos de formación inicial y orientación a los magistrados judiciales y al ministerio público. También imparte cursos de formación permanente.En república dominicana se cuenta con tres programas de capacitación: formación continua, formación de aspirantes (formación inicial) y formación de los recién designados jueces.En Uruguay los cursos que se imparten están dirigidos en función de dos grandes vertientes: curso para aspirantes a la carrera judicial y actividades de actualización y perfeccionamiento de magistrados en actividad.

En Venezuela por el momento las actividades se han limitado a aspectos de capacitación para jueces y eventos de extensión dirigidos al público. En aquellos países que establecen cursos de formación inicial, los mismos son obligatorios para acceder a la carrera judicial. Las excepciones son panamá y Venezuela.

En el caso de panamá los cursos son impartidos a funcionarios que ya forman parte del poder judicial y no se establecen como requisito previo al ingreso. En el caso de Venezuela esto se debe al proceso de transformación que está teniendo lugar.

La duración de la formación inicial puede ir desde 6 meses, como en Guatemala y México, hasta dos años como en Portugal y Uruguay. La duración de los restantes cursos es muy variable, sobre todo dependiendo la materia del curso y el personal al que se dirige.

El porcentaje entre los conocimientos teóricos y los conocimientos prácticos es diverso. Así, en países como Guatemala, México, república dominicana y Uruguay prevalecen los conocimientos teóricos con porcentaje entre 60 y 75.

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Otros, en cambio, mantienen una paridad entre estos aspectos, como sucede en ecuador, Perú y Venezuela, aunque hay que indicar que en Perú cuando se trata de cursos de ascensos prevalece la teoría. Prevalecen los aspectos prácticos en Bolivia, costa rica, Colombia y chile, que van desde el 60 al 80%.

En cuanto al establecimiento de cursos de postgrado, en México se tiene previsto en un futuro próximo contar con una maestría en docencia judicial. En panamá dentro de los proyectos de la escuela está la apertura de cursos de postgrado y maestría que cuenten con el aval de la universidad oficial del estado panameño en áreas que interesen no sólo a quienes se encuentren ejerciendo funciones en el ámbito judicial, sino también a otros miembros de la comunidad jurídica en general.

En Perú se tienen convenios suscritos con universidades nacionales y privadas para el desarrollo de diplomados de especialización. En los demás países por el momento no hay planes para que dentro de los cursos impartidos por las escuelas judiciales se establezca un curso de postgrado. En 6 escuelas judiciales (Bolivia, Colombia, chile, ecuador, Portugal, y república dominicana) los cursos se imparten solamente a miembros del poder judicial o a aquéllos que desean ingresar al mismo.

En Perú se imparten a jueces y fiscales del poder judicial y del ministerio público y a los aspirantes en ambos organismos. En el caso de Uruguay se imparten a magistrados y a otros operadores del sistema de justicia como defensores públicos, fiscales, asistentes sociales, actuarios, mediadores, peritos judiciales y a quienes deseen ingresar a la carrera judicial.

En Guatemala y México están abiertos a personas que no pertenezcan al poder judicial. En costa rica está principalmente dirigido a miembros del poder judicial pero se pueden abrir cursos a funcionarios de otras instancias gubernamentales. En panamá hasta ahora la capacitación de la escuela es para atender las necesidades del sistema de impartición de justicia, pero se han realizado jornadas académicas en las cuales se ha beneficiado a funcionarios de otras instituciones del estado. Se pretende ampliar la población de beneficiados por la escuela al permitir el acceso de abogados y otros profesionales externos.En Venezuela no hay una oferta permanente de capacitación académica.

Dentro de los cursos impartidos a los miembros del poder judicial, en 8 países existen cursos para personal que aún no ha iniciado carrera judicial pero que labora dentro del poder judicial (costa rica, Colombia, chile, ecuador, México, Perú y república dominicana)En Bolivia, Guatemala, Portugal y Venezuela no se tienen cursos para personas que no pertenezcan a la carrera judicial.Estudiantes

En la mayoría de los países no se da cuenta del por ciento de estudiantes que habiendo tomado el curso de formación inicial se encuentran ejerciendo funciones jurisdiccionales. No obstante, Guatemala indicó que entre el 80 y 90%, y en algunas promociones el 100%, ya están ejerciendo funciones jurisdiccionales los alumnos. Chile informó que el 62% de los egresados del programa de formación ejercen dichas funciones. En Bolivia de los 109 abogados de la primera, segunda y tercera promoción del instituto 80 ya han sido designado jueces de instrucción.

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Por otra parte, Perú señala que del concurso que desarrolla el consejo nacional de la magistratura un 77% de los jueces y fiscales nombrados han llevado algunos de los cursos de la academia de la magistratura.

En cuanto a la matrícula, puede indicarse lo siguiente:

- Bolivia señaló una planta de estudiantes de 109 abogados egresados.- En Colombia la escuela judicial debe impartir los cursos a todos los jueces y

magistrados.- En costa rica durante el 2001 se impartieron cursos a 9,581 alumnos.- En chile se tienen 4,200 alumnos anualmente.- En México se impartieron cursos a 3,500 alumnos.- En Portugal se imparten cursos a 100 alumnos anualmente.- En Uruguay se cuenta con una planta de 30 alumnos.

Profesores

En algunos países se eligen a los profesores por concurso de oposición (guatemala, colombia y Perú). En otros casos son elegidos por el consejo directivo de la escuela judicial (república dominicana).

En algunos otros casos son los propios jueces y magistrados los que dan las clases (ecuador y portugal). En el caso de méxico son elegidos por invitación expresa o recomendación o a petición de las personas que aspiran a ser profesores. En el caso de panamá si se trata de profesores externos se les hace una entrevista y una evaluación de su currícula; si se trata de profesores que provengan de poder judicial sólo se analizará su currícula. En el caso de uruguay los profesores se seleccionan por sus antecedentes como profesores universitarios o como jueces en actividad.

Los métodos de selección son diversos y van desde concursos de oposición hasta invitación especial al profesor. En bolivia, colombia, costa rica, chile, ecuador, guatemala, méxico, panamá, perú, república dominicana y uruguay sus escuelas judiciales cuentan con cursos para capacitar a sus profesores. Portugal y venezuela no los tienen.

En 9 de las escuelas judiciales los profesores provienen principalmente del poder judicial (bolivia, colombia, costa rica, ecuador, méxico, panamá, portugal, república dominicana y uruguay). En guatemala (62% académico, 48% judicial) y chile (50% proviene de cada parte) los porcentajes entre académicos (fuera del poder judicial) y miembros del poder judicial está más o menos equilibrado. En perú la mayor parte de los profesores provienen del medio académico (70%).

La mayoría de los profesores cuentan con grado de maestría o doctorado.En cuanto a la planta de profesores varios países no dieron un número exacto de cuántos la integraban. En la mayoría de las escuelas judiciales son jueces y magistrados los que imparten los cursos además de desempeñar su actividad jurisdiccional e incluso los académicos que imparten los cursos no están de tiempo completo en las escuelas judiciales.

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Personal administrativo

La planta administrativa de las escuelas judiciales de la región es bastante variable pues hay países como ecuador en el que sólo se cuenta con 3 personas, uruguay tiene 7, portugal cuenta con 49 y otros como méxico que cuentan con 81 personas. El personal administrativo en las escuelas tiene el nivel medio de estudios terminado.

Biblioteca

Ecuador es el único país que no cuenta con biblioteca propia, utiliza la de la corte suprema.

Presupuesto

En materia presupuestaria a 10 escuelas judiciales se les asigna cada año una determinada cantidad que es variable y no está expresada en un porcentaje. Muchas veces este presupuesto se otorga de acuerdo a las necesidades de las escuelas. Incluso en algunos casos, como el de guatemala, este presupuesto ha venido recortándose.

En el caso de colombia la asignación se hace en el presupuesto nacional. En perú se cuenta con recursos del tesoro público, que constituye un pliego independiente, además de ingresos propios de menor cuantía. En el caso de uruguay se señaló que no se cuenta con un presupuesto fijo. Colombia y venezuela expresaron que la cantidad que les es asignada es muy limitada y no les da margen de acción. En el caso de chile el presupuesto debe defenderse ante el ministerio de hacienda y el congreso nacional.

De la información relacionada, se colige:

La vinculación escuela-carrera judicial

- La formación inicial de los futuros juzgadores es un aspecto en el cual ya han incursionado la casi totalidad de los poderes judiciales a través de sus escuelas judiciales, por lo que ahora resulta conveniente fortalecerlo vinculándolo a la carrera judicial.

- Resulta indispensable que la formación inicial que imparta la escuela judicial constituya un requisito insustituible para ingresar a la carrera judicial.

- Es importante que los juzgadores actualicen constantemente sus conocimientos, por lo que convendría analizar la posibilidad de que la formación continuada sea obligatoria y se considere como un requisito para el ascenso en la carrera judicial.

Presupuesto

- Una de las formas en que las escuelas judiciales pueden avanzar en su fortalecimiento es con un presupuesto suficiente y estable.

- Si no se cuenta con un presupuesto adecuado el crecimiento cualitativo de la escuela judicial podría verse frenado, lo que repercutiría negativamente en la impartición de justicia.

- Debe analizarse la posibilidad de que las escuelas judiciales obtengan un porcentaje estable del presupuesto otorgado al poder judicial.

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Capacitación

- En la mayoría de los países iberoamericanos la carrera judicial se inicia a partir del nombramiento de juzgador.

- Sin embargo, como la labor del juzgador no es la única con contenido jurisdiccional, es importante que todo el personal que realiza funciones jurisdiccionales en el poder judicial, incluidos actuarios y secretarios, obtengan una correcta capacitación.

- Analizar la posibilidad de que todo el personal que realiza funciones jurisdiccionales en el poder judicial integre la carrera judicial.

Formación inicial y continuada

- Un incentivo para fomentar la formación inicial y continuada consiste en el reconocimiento de especialización que se les pueda dar, con el correspondiente otorgamiento de grado académico.

- Analizar la posibilidad de que las escuelas judiciales puedan impartir cursos de postgrado con el correspondiente valor curricular.

Cursos

- Es conveniente no perder de vista que la formación que deben proporcionar las escuelas judiciales debe dar respuesta a los requerimientos del juzgador, que principalmente son pragmáticos.

- Analizar cuál debe ser la presencia de conocimientos teóricos y los conocimientos prácticos en los cursos de formación inicial y formación continuada que imparten las escuelas judiciales.

1.3 normativa sobre formación y capacitación en sud américa

La formación y capacitación de magistrados y funcionarios judiciales constituye un tema central de los procesos de reforma y modernización de la justicia en la región. El propósito común de estos programas es lograr la calificación óptima del recurso humano del sistema judicial, así como intervenir en el reclutamiento y selección de aspirantes a la judicatura.

Bolivia

La ley n° 1817, ley del consejo de la judicatura de diciembre de 1997, creó el instituto de la judicatura con la finalidad de brindar capacitación técnica y formación permanente del personal judicial a fin de mejorar su eficiencia e idoneidad en la administración de justicia.

Chile

Por ley de 1994 se creó la academia judicial, la que comenzó en 1996 el dictado de cursos regulares. Esta escuela judicial o de jueces es la encargada de la formación de los postulantes a cargos en el poder judicial y del perfeccionamiento de todos sus integrantes.

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Colombia

La capacitación ocupa un lugar importante en el programa de reforma y modernización judicial, por constituir un espacio donde se prepara al magistrado y funcionario judicial para afrontar los cambios que impone la modernización del servicio de justicia. La escuela judicial "rodrigo lara bonilla", se creó en 1970, pero sólo comenzó a funcionar desde 1983; fue un órgano dependiente del ministerio de justicia y del derecho, pero de acuerdo al artículo 177 de la ley estatutaria de la administración de justicia, la escuela pasó a formar parte del consejo superior de la judicatura desde el 1 de enero de 1998 integrándose definitivamente a la rama judicial colombiana. Por su parte, la sala administrativa del consejo superior de la judicatura mediante acuerdo 90 de 1994 creó como uno de sus organismos, la dirección de formación e información judicial, para brindar formación y capacitación a los funcionarios de la rama judicial, tareas que deberán complementarse con las actividades de la escuela.

Ecuador

No existe una escuela de jueces o de la judicatura. La capacitación judicial está a cargo de la unidad de capacitación de la corte suprema de justicia, en coordinación con los demás subsistemas de administración de personal, de la función jurisdiccional y los institutos de educación superior. Existen convenios con centros de formación profesional, de acuerdo a las necesidades de capacitación.

Perú

La academia de la magistratura, está encargada de la actualización y perfeccionamiento de los magistrados del poder judicial y del ministerio público, de la formación de los aspirantes a la carrera judicial y fiscal, y de la capacitación de quienes postulen al ascenso en dichas carreras. Es una persona jurídica de derecho público interno, con autonomía académica, administrativa, económica y de gobierno. Cumple sus labores mediante el desarrollo de los programas siguientes:

Programa de formación de aspirantes: destinado a profesionales que aspiran ingresar a la carrera judicial y fiscal, a efectos de su selección en los concursos públicos de méritos que convoca el consejo nacional de la magistratura. Con tal propósito, los postulantes deben aprobar un curso especial que desarrolla la academia.

Programa de actualización y perfeccionamiento: está destinado a la capacitación permanente de los magistrados del poder judicial y del ministerio público, a través del desarrollo descentralizado de cursos de especialización.

Programa de capacitación para el ascenso: se inició en 1998 debido a que la implementación de los programas de la academia se viene dando progresivamente.

Venezuela

La constitución política (art. 255) establece que la ley propenderá a la profesionalización de jueces y las universidades colaborarán en este propósito, organizando en los estudios discentes de derecho la especialización judicial correspondiente.

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En tanto esto se formalice, la capacitación y formación de los miembros del poder judicial está a cargo de la escuela de la judicatura. Este órgano se creó por disposición legislativa contenida en el art. 48 de la ley de la carrera judicial, de septiembre de 1998. Establece como funciones primordiales, capacitar a los jueces y funcionarios auxiliares para el mejor desempeño de sus funciones.

1.4 Tendencias sobre los sistemas de formación y capacitación de jueces

El poder judicial se convirtió durante muchas décadas -por duro que suene- en un orden sometido a los otros poderes. Aún hoy a escasos años del siglo xxi, el mayor desafío para américa latina consiste en continuar soportando en algunos casos intervenciones directas de los otros poderes públicos mediante la destitución de magistrados, presiones políticas y clientelares, recortes presupuestales y desconocimiento de decisiones judiciales, mientras continúa en la batalla nunca terminada de proclamar la independencia de su justicia y liberarse del yugo de la subordinación.

Por fortuna (si cabe el término), las aspiraciones de las democracias apuntan a sistemas constitucionales que pasen de la impotencia del poder judicial, la prepotencia del poder legislativo y la omnipotencia del poder ejecutivo a sistemas de gobierno mas equilibrados con poderes judiciales robustecidos, legislaturas modernizadas y ejecutivos controlados y eficientes. Un nuevo balance de poderes en américa latina es sin duda alguna uno de los más importantes rasgos de su democratización

El examen de los proyectos hasta la fecha permite identificar las áreas básicas. Estas categorías, en alguna medida se yuxtaponen pues, por ejemplo, el fortalecimiento institucional está incluido en las actividades -recientes- de la reforma de la justicia penal.

Fortalecimiento institucional

Esta categoría comprende la asistencia en esferas como la creación de capacidad para la planificación estratégica, incluido el establecimiento de mecanismos para reunir y crear bases de datos; la modernización de estructuras, procedimientos y procesos administrativos como la creación de sistemas modernos de planificación física, financiera y de personal; la instalación de sistemas de informática; la capacitación; y el apoyo de infraestructura.

También comprenden la asistencia a las dependencias que se ocupan de los registros de la propiedad y de resolver los litigios sobre la propiedad de la tierra. La capacitación abarca no sólo la formación en esferas administrativas, sino también la sustantiva de jueces, fiscales, defensores y otros funcionarios de la justicia en aspectos tales como las modalidades de aplicación del derecho internacional sobre derechos humanos en casos de alcance nacional.

Acceso a la justicia

Este campo de acción incluye actividades encaminadas a asegurar que todos los ciudadanos puedan obtener la solución de sus litigios ante una instancia facultada para adoptar decisiones jurídicamente vinculantes, a un precio costeable y en un lugar y mediante un proceso que se encuentre a su alcance. Se refiere también a la necesidad de que los ciudadanos puedan valerse de asistencia jurídica en las causas penales o civiles.

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Comprende actividades como el apoyo a los juzgados de paz y de primera instancia; la publicación de informes sobre despachos judiciales y manejo de expedientes; el establecimiento de regímenes de defensores públicos y servicios de asistencia jurídica gratuita, especialmente en beneficio de litigantes indígenas; la creación de oportunidades para dirimir conflictos mediante arbitraje o mediación -incluyendo tanto los proyectos respecto del arbitraje y la mediación comerciales, como los financiados en apoyo a la mediación en la administración de justicia, los centros comunitarios y las escuelas-; y la educación cívica respecto de las instituciones de la justicia, el proceso judicial y los derechos de los ciudadanos.

Reforma de la justicia penal

En esta categoría figuran las actividades encaminadas a mejorar las instituciones de la justicia penal. Las actividades comprenden el fortalecimiento de las fiscalías y procuradurías del ministerio público, la formulación de políticas de prevención del delito y la informatización de las estadísticas criminales y los sistemas de registro e información penitenciaria. Esta categoría también comprende las actividades de reforma de la justicia de menores, desde el establecimiento de juzgados y procedimientos de menores hasta formación técnica y profesional a adolescentes que purgan condenas penales.

Reforma legislativa

Comprende actividades destinadas a mejorar el proceso de preparación, presentación, sanción y aplicación de las leyes. Por tanto, comprende la asistencia para la reforma o formulación de leyes, la asistencia técnica a los poderes legislativos para mejorar su capacidad de formulación de leyes y la capacitación de los funcionarios de la administración de justicia en la aplicación de los nuevos instrumentos normativos. Entre las leyes que se han revisado se cuentan los códigos de procedimiento civil y penal, las leyes sobre violencia doméstica, los códigos contencioso-administrativos, la legislación sobre menores y las normas constitucionales.

Formación de consensos

Esta categoría abarca actividades encaminadas a crear los consensos necesarios entre los funcionarios del sector de la justicia, los legisladores y la opinión pública respecto de la importancia de la reforma del sector, con el propósito de definir prioridades de acción. Incluye operaciones de carácter regional -ya referidas- sobre temas concretos de la reforma, así como proyectos en cada país que financian y reuniones técnicas para definir estrategias de reforma.

En general, el contenido de los proyectos de justicia ha evolucionado desde 1994, pues se ha tratado de ajustar sus acciones a las realidades locales concretas de cada país prestatario. Las primeras operaciones se destinaron solamente al proceso de la justicia civil; en cambio, el alcance de los proyectos más recientes se ha extendido a las instituciones de los poderes ejecutivo, judicial, organismos autónomos y a los problemas de la justicia penal, procesal penal y penitenciaria.

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Los proyectos han incorporado siempre un componente participativo tanto en su diseño como en su ejecución. Se ha puesto en evidencia la importancia de incorporar las ideas de los usuarios en el diseño y la ejecución de los proyectos, lo que a su vez ha demostrado que no existe un modelo único de participación. La presencia de la sociedad civil tiene consecuencias importantes en términos de la transparencia y la rendición de cuentas ante los usuarios de la administración, que si bien puede aumentar el tiempo invertido en el diseño del proyecto, consigue definir las prioridades de "abajo hacia arriba".

En suma, los objetivos de los proyectos de reforma del sector se han concentrado en establecer la previsibilidad y certidumbre de las leyes y de su aplicación; crear una administración de justicia más eficiente y confiable; mejorar el acceso a la justicia; fortalecer la independencia judicial; acrecentar la transparencia e imparcialidad del proceso judicial; garantizar la seguridad ciudadana y la eficacia de las instituciones del sector; facilitar las operaciones comerciales mediante una resolución acelerada de los litigios; y mejorar la calidad de las decisiones judiciales.

1.5 Instituto de la judicatura de Bolivia

1.5.1 Marco legal

Los orígenes legales del instituto de la judicatura en bolivia se encuentran en la ley 1585 de reforma constitucional, promulgada el 12 de agosto de 1994. Esta norma dio el impulso decisivo al fortalecimiento y modernización del poder judicial al desconcentrar la función jurisdiccional, la de control de la constitucionalidad y la administrativa-disciplinaria, creando para el ejercicio de las dos últimas nuevos órganos: el tribunal constitucional y el consejo de la judicatura. La ley 1817 del consejo de la judicatura, en aplicación de las previsiones constitucionales referidas al desarrollo de recursos humanos, regula los sistemas de carrera judicial y la selección de personal, con sus correspondientes subsistemas de capacitación y formación, y crea el instituto de la judicatura de Bolivia cuyo fin se centra en la "capacitación técnica y formación permanente del personal judicial, para mejorar su eficiencia e idoneidad en la administración de justicia" funcionarios judiciales tienen la obligación, de acuerdo a las normas del reglamento, de concurrir a los cursos y programas de capacitación que desarrolle el instituto(4).

El pleno del consejo de la judicatura, por acuerdo n° 051/99 de fecha 26 de julio de 1999, a su vez aprueba el reglamento del instituto de la judicatura, donde se manifiesta que "el instituto de la judicatura de Bolivia es la unidad desconcentrada de capacitación de los servidores judiciales, dependiente del consejo de la judicatura, con duración indefinida y domicilio en la ciudad de sucre, pudiendo establecer oficinas regionales en los distintos departamentos del país."(5)

Es así como el instituto de la judicatura de Bolivia se constituye en un centro académico superior de capacitación de jueces en ejercicio, funcionarios de apoyo y aspirantes a la carrera judicial.

(4) Ley 1718 del Consejo de la Judicatura, Art. 33

(5) Reglamento del Instituto de la Judicatura, en su Art. 1-1

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1.5.2 Principios

Al ser el instituto de la judicatura de Bolivia, una unidad de servicio al poder judicial los cursos de capacitación que desarrolla no se justifican por sí mismos, sino en la medida en la que responden a las necesidades de formación sentidas por los miembros de la sociedad nacional en general y los jueces y funcionarios judiciales en particular. Por la trascendencia e importancia de la actividad del instituto, todo su quehacer obedece a los siguientes principios:La calidad, que es el distintivo principal del servicio que brinda; por la pertinencia, eficiencia y efectividad, pero también y fundamentalmente porque busca el mayor grado posible del desarrollo integral: cognitivo, instrumental y actitudinal en el ámbito profesional, personal y social de quienes forman parte de los procesos de capacitación.

La responsabilidad, en todo su quehacer como condición para lograr la calidad del servicio que ofrece; por ello son fiscales de sus propios actos y aceptan gustosos sugerencias que les permitan ser mejores.

La honestidad y transparencia, que les da la posibilidad de hacer públicas abiertamente y en cualquier momento las condiciones internas de su operación y de sus resultados.

El respeto al ser humano, puesto que valoran inmensamente a la persona, aquella que está detrás de todo administrador de justicia y también de todo participante en los cursos de capacitación que ofrecen.

1.5.3 Proyecto institucional

El instituto de la judicatura tiene por misión: poner a disposición de la sociedad y del sistema judicial boliviano servidores especialmente capacitados y permanentemente actualizados para mejorar la administración de la justicia en el país.

Con el cumplimiento de su misión el instituto busca: contribuir al logro de una administración de justicia oportuna, eficiente y eficaz en la protección y tutela de los derechos de las personas.

Visión: el instituto de la judicatura de bolivia es un centro de capacitación con reconocimiento y aprobación de los usuarios y de la ciudadanía, que en base a un trabajo transparente, se constituye en promotor de cambios positivos en el poder judicial, acercando a la sociedad a través de servidores más humanos y mejores capacitados para su función específica.

El cumplimiento de la misión exige del instituto:

- Identificar, a través de procesos transparentes de selección, postulantes con vocación de servicio y prepararlos para asumir con idoneidad la función jurisdiccional, facilitándoles la adquisición de conocimientos, así como el desarrollo de habilidades y valores que son propios de su ejercicio.

- Planificar, organizar y desarrollar cursos, talleres, seminarios, pasantías y encuentros a través de los cuales los servidores judiciales en ejercicio se actualicen, profundicen o amplíen su conocimiento de temas jurídico legales y sociales nuevos o mejoren competencias que son esenciales en el desempeño de su función específica.

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- Producir y distribuir oportunamente entre los servidores judiciales el material documental que los mantenga permanentemente informados sobre los avances que se producen en la doctrina, legislación y jurisprudencia.

1.5.4 Organización

El instituto de la judicatura de bolivia es el órgano académico del poder judicial, expresamente destinado a la formación inicial, la capacitación y actualización permanente de los servidores jurisdiccionales y del personal de apoyo administrativo. Para ello cuenta con el programa de formación inicial, el programa de capacitación permanente y el programa de información; los dos primeros están orientados a desarrollar en los destinatarios de los procesos de formación y capacitación, conocimientos, habilidades, destrezas, técnicas y sobre todo la superación de valores éticos que se traduzcan en actitudes de servicio a la sociedad boliviana. El tercer programa permite la información oportuna e impulsa el desarrollo de la actividad investigativa en el campo de las ciencias jurídicas en interés del fortalecimiento del pensamiento jurídico boliviano. Anexo 4.

1.5.5 Agenda institucional

En el marco del programa anual de actividades se ha definido la programación para el año 2004 considerando todas las actividades a ser realizadas en el instituto de la judicatura comprendida por las direcciones del programa de selección y capacitación inicial para el ingreso a la carrera judicial, programa de capacitación y actualización permanente, el programa de información y las unidades administrativa y financiera, pedagógica y de servicios informáticos.

1.5.6 Objetivos institucionales

Contribuir al mejoramiento de la administración de justicia mediante la capacitación de los servidores judiciales en ejercicio, jurisdiccionales y no jurisdiccionales del poder judicial, a través de procesos académicos de formación y actualización permanente.

Diseñar y administrar procesos de capacitación que emerjan de ascensos y traslados del personal jurisdiccional, orientado a la consolidación del sistema de carrera judicial.

Proporcionar personal idóneo para la función jurisdiccional a través de procesos transparentes de selección y la ejecución de un curso teórico en la sede del instituto y pasantías en juzgados del país.

Contribuir al mejoramiento de la administración de justicia mediante la provisión pertinente y oportuna de información jurídica a jueces y personal de apoyo jurisdiccional. Consolidar el fortalecimiento institucional sostenido del instituto de la judicatura.

1.5.7 Supuestos importantes

Su avance es sostenido en la implantación de las reformas dentro del poder judicial, habida cuenta de: promulgación de la nueva loj e implantación del sistema de carrera judicial.

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El instituto de la judicatura se fortalece y consolida como resultado de la voluntad de los órganos del poder judicial, mediante la otorgación de un presupuesto adecuado, la designación de los egresados del ijb, la valoración de la capacitación en el sistema de ascensos y la jerarquización de los funcionarios del ijb. El instituto de la judicatura recibe el acompañamiento decidido de la cooperación(6).

1.6 Teorías del aprendizaje y de la enseñanza

1.6.1 Explicaciones psicológicas de la producción de conocimientos

La ciencia y el espíritu científico, tanto en las sociedades, como en el desarrollo de los individuos se constituyen poco a poco, sin lograr un estado final o un producto acabado, del mismo modo que el pensamiento individual de las personas va cambiando, según se desarrollan las sociedades y en función de los nuevos requerimientos de éstas.

Es así que las diversas teorías sobre el aprendizaje han ido evolucionando, a partir de los conocimientos aportados por el desarrollo paulatino de la filosofía, la psicología, la estadística, la matemática, la neurología y otras ciencias, pero también en función a las necesidades y demandas de la sociedad en diversos momentos históricos, para satisfacerlas o responder a ellas. Por ejemplo:

- En el auge de la revolución industrial, la producción fue incrementada por medio de estímulos externos enfocados a tareas absolutamente especializadas y mecánicas. La demanda buscaba mayor producción en el menor tiempo posible.

- En ese entonces, las teorías psicológicas sobre el aprendizaje se relacionaron a la necesidad de saber cómo los individuos podían aprender un comportamiento visible, para lograr “productos concretos”. Se prescindió del estudio de la conciencia y se escogió el de la conducta. De esta manera, se intentaba descubrir los mejores factores externos, “inputs” o entradas que permitirían obtener ciertos “outputs” o salidas para lograr resultados económicos positivos en las empresas.

- En las últimas décadas, el mercado del trabajo ha tenido otras exigencias socioeconómicas que han ido marcando a los individuos, con el “complejo de prometeo” del que hablaba gastón bachelard, cuando se refería al deseo de querer saber más. Este surge porque el campo laboral y las nuevas tecnologías de la comunicación así lo exigen y es una cuestión, que no solo implica al placer de saber, sino que va más lejos y se convierte en una estrategia de supervivencia sociolaboral.

La necesidad de conocer los procesos mentales de los individuos innovadores, es decir de que se adapten a los nuevos requerimientos de la vida actual, incluidos los que se demandan en el trabajo, ha empujado al surgimiento de nuevas teorías psicológicas, de comprensión de los procesos mentales sistémicos, que implica el saber amplio, las actitudes y las destrezas en trasformación permanente. Asimismo de comprender la capacidad de adaptarse a diversas situaciones cotidianas y laborales cambiantes, por lo que surgen nuevas explicaciones teóricas.

(6) Instituto de la Judicatura de Bolivia, disponible en:

http://dataijb.ijb.gov.bo/modules.php?name=institucion&func=proyecto_institucional

visitado el 21/06/04

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La repetición de una misma conducta, ya no está por lo tanto adaptada a nuestro tiempo, pero en la revolución industrial como en el de nuestra época actual, es la psicología que se ha centrado en el estudio de las formas de conocer y de donde se recogen los conocimientos sobre el aprendizaje, en términos generales.1.6.2 Las teorías que explican cómo se produce el conocimiento

Estas teorías psicológicas han surgido históricamente de la investigación sobre animales, con seres humanos ubicados en contextos de investigación controlada, en empresas, en laboratorios o en situación de entrevista personal con métodos clínicos(7). Si bien el propósito de comprender cómo se genera el conocimiento es común en ellas, su forma de abordar la investigación y sus conclusiones pueden ser opuestas en unas u otras corrientes, poseer puntos de encuentro o diferencias conceptuales de menor alcance. Al abordar estas teorías no se tiene la pretensión de ser exhaustivos, ni “psicologizar” los espacios de capacitación, sino brindar los principios fundamentales de las más sobresalientes para brindar una visión general. De algún modo, en la actualidad, cada uno de sus paradigmas teóricos tiene vigencia, por lo que conocer su origen y enfoque puede ayudar a cada docente a descubrir posturas y prejuicios que definen sus conductas y actitudes educativas personales. A partir de ello se puede sustentar una labor docente innovadora, tal cual se sintetiza en el siguiente cuadro:

Relación entre las teorías del aprendizaje y los paradigmas educativos emergentes

Teorías del aprendizaje

Paradigmas conductas

Actitudes Educativos cotidianas y

académicas

Reflexión y/o

anomalía

Por razones prácticas se ha seleccionado tres grandes corrientes psicológicas que han incursionado en una búsqueda de comprender cómo se aprende: el conductismo, el contextualismo y el constructivismo. Los sucesivos aportes de la ciencia y las

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Nuevo aprendizaje…Posible innovación académica

transformaciones del pensamiento del ser humano, que corresponden a una secuencia evolutiva histórica también se aprecian entre una y otra de las corrientes que se mencionan:

Conductismo

Esta corriente engloba las diferentes teorías tiene un fondo materialista y mecanicista, basado en estudios de las reacciones objetivamente observables, que un organismo posee por medio de estímulos. Diferentes autores han estudiado los estímulos y su reacción según el tipo de condicionamiento existente. Su común denominador es el condicionamiento, cuyo fundamento es que cada conducta está condicionada por un estímulo, que genera un reflejo de acción.

El conductismo, rechaza el estudio de los fenómenos internos como los sentimientos y pensamientos, o en el caso del conductismo radical de skinner, los traduce a comportamientos o acciones que no tienen nada que ver con causas de acciones visibles, no hay nada que necesite explicarse. Por otro lado añade: “de esta manera una persona puede manejar a otra persona; cambiando o controlando sus ambientes respectivos”(8)

Surgimiento de nuevas teorías

La psicología ve surgir otros paradigmas más humanistas, menos mecánicos. Estas teorías se interesan y explican la construcción del conocimiento desde nuevas perspectivas de investigación. Centrándose en el funcionamiento mental, recuperan las descripciones y explicaciones del sujeto en cuanto a su vivencia y conducta de donde deducen y esclarecen los aspectos complejos del aprendizaje.

Sostienen que el aprendizaje se realiza a través de la imitación de manera psicosocial. Del mismo modo, afirman que el si el individuo se desarrolla en interacción social, cuyo rol es causa de aprendizaje, “es necesario hablar de una causalidad en espiral”(9), refiriéndose a la interacción social como la que permite elaborar nuevos instrumentos cognitivos, pero que a su vez tales instrumentos dan lugar a interacciones sociales más elaboradas y así sucesivamente. Uno de los aspectos más significativos del modelo ecológico contextual es su convencimiento de que “la negociación se produce siempre con o sin el convencimiento del profesor” (agente externo a los que están centrados en resolver un tema de su interés mutuo). Ella supone un momento de transición entre lo que la persona pensaba hacer (programación) y lo que realmente logra hacer en un espacio donde se encuentra el otro o fase interactiva de realización(10).

La investigación, sin embargo va desde lo cualitativo hasta lo experimental. Por una parte, se centra en lo que la gente hace, como se comporta y cómo interactúa, en sus contextos reales, donde utiliza los estudios de investigación etnográfica, mediante la observación participativa y detallada de sus demandas, respuestas y comportamientos.

Las corrientes constructivistas

Ante las diferentes dificultades y cuestionamientos(11) a las teorías conductistas, referidas al hecho de que ellas pasaron por alto los fenómenos internos de los participantes, en un determinado proceso de aprendizaje, las nuevas investigaciones psicológicas fueron originando el paradigma de contexto, pero de forma más o menos paralela el denominado constructivismo cognitivo.

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De manera genérica, este paradigma se denomina cognitivo, sin embargo éste no sólo considera la construcción intelectual, como fruto de un fenómeno interno de cada individuo sino reconoce los aspectos sociales de la construcción de conocimiento por lo que se puede observar cierta relación con las teorías de contexto, aunque con diferentes matices conceptuales.

El constructivismo posee diversas expresiones teóricas, para muchos complementarias, para otros explicativas de un mismo enfoque y para los más radicales opuestas. Sin embargo, ellas tienen como común denominador el aprendizaje construido significativamente, en base a la propia acción intelectual de los sujetos, en una interacción dinámica con el entorno. “la presencia de la pedagogía en los asuntos humanos no se encuentra en otros animales”(12)

por lo que el cambio educativo teórico y desde la metodología, representa la reorganización de un sistema social.

Con la zona de desarrollo próximo esta teoría da una gran importancia al factor cultural del aprendizaje, por lo tanto, resalta la indivisibilidad existente entre lo individual y lo social en el rol de las personas, como mediadoras para cualquier tipo de aprendizaje, “la distancia entre el nivel de desarrollo real en tanto determinado por la capacidad de resolver problemas de manera independiente, y el nivel de desarrollo potencial , en tanto determinado por la capacidad de resolver problemas bajo la orientación de un adulto o en colaboración con pares más capacitados”(12). Es decir, no bastan las capacidades desarrolladas por el individuo para ir más lejos en el aprendizaje, sino que es necesaria la ayuda de personas que conocen y manejan otros conocimientos, para que él adquiera nuevos conocimientos.

“El hombre no responde a un mundo que existe como algo que se puede tocar directamente. Tampoco está encerrado en la prisión de su propia subjetividad. Más bien se representa a sí mismo el mundo y actúa a favor de sus representaciones, o como una reacción a ellas”(13). Lo interesante de bruner es que no se centra tanto en la naturaleza del conocimiento o cómo sabe la gente, sino cómo aprende y cuáles son las influencias que repercuten en este proceso.

La percepción no es un proceso pasivo, no se reduce a reflejar el mundo sino que en función a las necesidades, creencias y conocimientos de cada persona, ella “construye” de manera selectiva su mundo perceptual, con la información que le dan los sentidos. Así, el mundo se representa de tres modos:

- Por acción ejercida sobre él, por lo tanto es un modo actuante. Es decir, se llega al conocimiento “por medio de acciones habituales que ejecuta para hacerle frente”(14).

- Icónicamente, por medio de imágenes que lo representan, sin que haya acción visible.

- Simbólicamente, por medio del lenguaje y otros símbolos. Este modo de expresar y organizar las experiencias y sus efectos según bruner es un método poderoso en el cual la acción y las imágenes se traducen en lenguaje.

En el adulto, estos modos funcionan integradamente, desarrollándose por factores internos y externos o ambientales. La cultura general, educativa, escolar e institucional propias a cada sociedad nutren y colaboran con este desarrollo o lo impiden generando incoherencias y presiones entre lo que vemos y lo que hacemos o decimos.

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33

Estos elementos servirían más tarde para que los neopiagetianos(15) profundicen en cada área del conocimiento y consoliden de más en más los fundamentos para el desarrollo de didácticas específicas a cada área de conocimiento, aunque piaget mismo no intentó aplicar programas ni métodos a la educación, pues la intencionalidad de su investigación no era la enseñanza, sino el conocer cómo se conoce el mundo.

Por lo tanto, se trata de procesos activos propios al individuo y que le llevan a aprender o a desarrollar su conocimiento de manera activa. Si bien existe una base biológica, una herencia legada por la humanidad y por la familia, cada persona es “constructora” de sus aprendizajes.

Proceso de adaptación

Adaptación

(15) Neopiagetianos: Psicólogos, psicopedagogos, maestros, etc. que han continuado con la investigación en psicología del aprendizaje y la aplicación de sus conocimientos en la didáctica especializada, en base a los principios y metodología utilizada por J. Piaget.

(3) Parágrafo II del Art. 1º de la Constitución Política del Estado, reformado por Ley 2631 promulga el 20 de febrero de 2004

(7) Método clínico: que se basa en la entrevista o la investigación para desentrañar los modos de pensar o elegir una respuesta de un sujeto desde su propia explicación.

(8) En pág 230, CH.Patterson: Teoría de la enseñanza y psicología de la educación” (Illinois) Ed. El manual moderno, México 1977

(9) En pág. 245 de “Psychologie sociale experimentale W.Doise, J.C.Deschamps y G.Mugny”, Armand Collin- Collection, Paris 1978

(10) En A. Álvarez “Psicología y Educación: Reforma curricular y formación del profesorado” Madrid. Visor, 1987

(11) Esta es una clásica “anomalía de la ciencia “, es decir que las explicaciones de la realidad ya no son suficientes y se busca nuevos análisis y explicaciones.

(12) En pág 33 de Vygotsky L.S. “Pensamiento y sociedad: Las funciones psicológicas superiores” Cambridge M.A.:Harvard University, 1978

(12) Ibid. Pág 86

(13) En pág. 298 de “Beyond the Information Given”. EdJ. M Anglin Nueva York 1973

(14) En pág.1 de Studies in cognitive Growth.Nueva York 1966

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ACOMODACIÓN

La adaptación se lleva a cabo gracias al “schema” o esquema de acción que es una respuesta del organismo para contactarse con el medio. Estos esquemas de acción pueden ser reflejos, capacidades (como ver y escuchar), pensamientos, imaginaciones, juicios, etc. Con características de estructuras u organizaciones, que van asimilando acciones o actos de más en más complejos.

El aprendizaje, se da entonces desde el conocimiento de sí mismo y el conocimiento de las cosas y situaciones, pero también se complejiza con el conocimiento de su interacción, es decir que “la inteligencia organiza el mundo organizándose a sí misma” (16). En este sentido se habla de espiral del conocimiento, lpara explicar la interdependencia entre lo individual y lo social.

1.6.3 aprendizaje

Que es el aprendizaje

Si se revisa los principios de diferentes corrientes psicológicas, simplificados por motivos puramente didácticos, se puede decir que el aprendizaje es:

- Respuesta, sea esta refleja, suscitada para obtener una recompensa o un efecto. (conductismo).

- Proceso interactivo continuo, que incluye pensamientos, creencias, percepciones y actitudes (psicología de contexto).

- Proceso que se desarrolla por conflicto sociocognitivo de tipo interaccionista y constructivista. Es decir por interacción con otros en experiencias progresivas y acumulativas, donde el sujeto construye sus conocimientos de manera activa. (psicólogos sociales).

- Proceso que implica actividad visible y encubierta. Las acciones visibles son útiles para las acciones mentales, pero las segundas son las que permiten la realización de operaciones y la complejización de esquemas de acción. Parte de esta actividad es la búsqueda, el descubrimiento que permite resolver preguntas o “conflictos cognitivos”.

El aprendizaje por memorización no tiene larga duración y sobre todo no permite estructurar conocimientos en base a funciones mentales cada vez más complejas, lo que es deseable para el desarrollo de la inteligencia. Al contrario, un aprendizaje logrado por medio del descubrimiento y la relación con otros es más relevante, pues genera conocimientos de mayor consistencia, tiene mayor perdurabilidad e implica un desarrollo de competencias donde la experiencia, desempeña un rol importante como lo intenta graficar el siguiente cuadro:

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ASIMILACIÓN

E l c i c l o d e l a p r e n d i z a j e . -

desarrolla a través de un ciclo que parte de la experiencia y avanza hasta llegar a ciertos grados de reflexión. De este modo, se puede conceptuar o generalizar conceptos que luego permiten una aplicación paulatina o inmediata y dan lugar a un nuevo nivel de experiencia y así sucesivamente.

La experiencia está marcada por principios, valores, costumbres y conocimientos que personales y que guían el conjunto de prácticas y actividades de cada individuo. Estas últimas también están determinadas por conductas debidas en gran medida al automatismo inconsciente. Finalmente, la experiencia es sellada por los resultados logrados como consecuencia de los paradigmas, conductas y actos de la propia persona.

Condiciones para el aprendizaje.- el aprendizaje que se logra a través del ciclo descrito y de los procesos internos en el cerebro de la persona, se hace posible en base a determinadas condiciones, donde la principal es el deseo por aprender o necesidad de aprender. Si no hay deseo por aprender o motivación personal, cualquier esfuerzo es casi inútil.

aprendizaje por memorización: aprendizaje por experiencia: sin sentido y de corta duración. Con sentido y relevancia

personal

Conocimientos..........................................conocimientos....conocimientos...conocimientos pasajeros o poco significativos más duraderos

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Deseo es la búsqueda de satisfacción de necesidades en las áreas física, mental, socio/emocional y espiritual. El deseo es un importante motivador que surge porque aparecen nuevas necesidades o porque lo que hacemos no es satisfactorio y requerimos actuar de manera diferente para alcanzar la meta buscada.

La motivación.- es la fuerza que impulsa a realizar ciertas actividades o deseos. Ella puede ser intrínseca, es decir que surge del interior de las personas y las impulsa al cambio, o externa cuando es inducida por otros. La motivación del cambio surge cuando reconocemos que existe una brecha entre lo que necesitamos o deseamos y los resultados que logramos. Al intentar cerrar esta brecha, generalmente redefinimos lo que necesitamos o buscamos nuevos caminos para lograrlo.

Si se analiza las características de esta situación se puede encontrar:

- Motivación intrínseca, empujada por una necesidad emocional, seguramente fortalecida en el tiempo desde el día que conoció a la muchacha.

- Motivación externa, generada por llamados permanentes de la enamorada.

Esta búsqueda se expresa en la elección de las mejores alternativas (leyendo, escuchando, reflexionando, observando, compartiendo, haciendo, etc.). Se trata de una fuente de motivación intrínseca es muy poderosa en la educación, de donde se puede comprender por qué es importante conocer más, pues este conocimiento será nuestro propio regulador de desarrollo. Como ejemplo se puede ver:

En la medida en que escribimos, ganamos competencias escritoras o aprendemos a escribir, pero también aprendemos cada vez más fácilmente estrategias de escritura, mientras más hemos aprendido o sabemos sobre el lenguaje escrito(17).

Estrategias de aprendizaje

La capacitación y en general la investigación educativa, se han interesado en las estrategias de aprendizaje desde la década de los setenta, luego las investigaciones sobre epistemología de cada una de las ciencias dieron un mayor empuje para intentar comprender cómo se adquieren los conceptos específicos de cada área de conocimiento, pero es a partir de las investigaciones sobre didáctica de la lengua escrita o del “letrismo”(18) que aparecen con más frecuencia y fuerza.

(17) Lenguaje escrito, no solamente nos referimos a la codificación de palabras por medio de letras, sino a las diversa funciones de los tipos de texto y al dominio de las mismas. Por esta razón “saber escribir” es una competencia que se desarrolla durante toda la vida.

(18) Letrismo: Se refiera a la competencia de comprender cualquier texto escrito, y no solamente decodificarlo letra por letra. Comprender para qué sirve o cuál es su función social, entre otras cualidades inherentes a cada tipo de texto, como por ejemplo, la naturaleza informativa del periódico, la naturaleza comercial de un afiche; a quién está dirigido, etc.

(16) Piaget J. “The construction of reality in the child” Pág. 351. New York. 1954

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Las estrategias de aprendizaje o estrategias cognitivas, son procedimientos que utilizan los individuos para aprender y se adquieren en el transcurso de la vida, tanto por aprendizaje socio-cultural de manera no formal, como formal.

Pueden ser aprendidas a través de situaciones didácticas planificadas por el docente, que busca intencionalmente el uso específico de alguna de ellas, mapa conceptual a partir de una lectura, por ejemplo, o desarrolladas de manera individual, cuando las personas las seleccionan de manera autónoma, en función de sus conocimientos anteriores.

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Las estrategias de aprendizaje poseen una flexibilidad que les permite usarlas en diversas situaciones y para enfrentar problemas de diferente índole, particularidad que no podría atribuirse a las denominadas técnicas de estudio(19). Por lo tanto no se trata de “recetas”, sino de procesos complejos de construcción de conocimientos, por parte del propio sujeto, con gran impacto en la calidad de los mismos.

Otra estrategia de aprendizaje compleja es cuando la persona expresa su conocimiento sobre el conocimiento, tratando de explicar qué pasos siguió para aprender. En este caso se trata de un conocimiento meta cognitivo(20), o una estrategia de aprendizaje de clara construcción conceptual, ya que el sujeto toma conciencia de cómo aprendió cualquier asunto o noción, lo cual le sirve para futuros aprendizajes.

Las estrategias de aprendizaje son un conjunto de pasos o habilidades empleadas por una persona de manera voluntaria, que se expresa en actividades externas o mentales y le permiten adquirir nuevos conocimientos, responder a demandas académicas o de la vida cotidiana. Son formas de analizar, seleccionar, priorizar, organizar información, entre otras, que se basan necesariamente en los conocimientos de las personas, por lo que mientras más amplios sean éstos, mayores estrategias tendrá un individuo para resolver cualquier problema.

1.6.4 Los paradigmas

Definición

Los paradigmas son campos teóricos que sirven de modelo para explicar y comprender la realidad, o un conjunto de convicciones que son compartidas por toda una comunidad, sea ésta científica(21), profesional o socio cultural.

Puede surgir de un espacio de investigación que intenta encontrar un modelo para explicar una realidad, desde el estudio sistemático, pero también se construye en cada persona, a partir de modelos de acción, que ésta ha tenido a lo largo de su vida.

La familia, la escuela principalmente, la calle o las diferentes culturas institucionales predominantes proporcionan formas de hacer, actitudes, así como discursos y explicaciones que observadas y escuchadas, replican.

(19) Las técnicas de estudio, llamadas también hábitos de estudios, consideraba que el estudiante podía aprender de manera mecánica y unidireccional y estaban compuestas por pasos, que iban desde la definición de horarios y ambiente hasta técnicas de repaso de información.

(20) Metacognitivo: Se trata del conocimiento que se adquiere por reflexión sobre lo que sabemos, lo que hicimos para saberlo y cómo lo hicimos.

(21) Tal cual lo ha caracterizado Thomas , cuando se ha referido al paradigma de la ciencia en una época dada, el cual es compartido por la comunidad científica mundial, en su libro “La estructura de las revoluciones científicas” (Paris, 1972)

39

Por ejemplo: al ver un niño gordo, nuestra experiencia nos dice que se trata de un niño sano. A la luz del conocimiento la gordura puede ser más bien un factor de riesgo en la salud.

En este sentido, los paradigmas son mapas mentales de conducta humana, donde los caminos son fáciles de seguir, puesto que los valores e ideas, que nos llevan a pensar acerca de cómo son las cosas, qué debemos hacer y cómo las debemos relacionar, provienen de acciones anteriores al conocimiento, es decir de la imitación.

Conocer según lo visto y oído

Entonces, como lo muestra el cuadro no. 4, nuestra forma de conocer, determinada por nuestros conocimientos acumulados, nos lleva a determinadas formas de hacer las cosas o comportarnos y éstas determinan los resultados que obtenemos con ellas.

Roles y posiciones que se asume

La “teoría de roles” nos da ciertas pautas para explicar la construcción de paradigmas personales cuando plantea que al interior de cada sociedad los individuos asumimos diferentes posiciones o roles. Estas posiciones son el fruto de modelos de comportamiento aceptable que nos transmite un contexto dado y que perduran gracias a su reproducción inconsciente. Los ejemplos más evidentes son: los del hijo, del amigo, del educador o del educando, que en cada sociedad y momento histórico juegan un rol específico.

Es así que un hijo en una sociedad campesina juega un rol productivo, por lo que debe aportar con trabajo a la familia, mientras que en una sociedad urbana este rol está más ligado a la dependencia económica de los padres, sin olvidar la sumisión a la autoridad paterna, entre otros.

Por otro lado, los roles son construcciones colectivas que surgen cuando un modelo determinado es prevalente(22) en una sociedad. Es decir, que cada acción personal, revela un conocimiento cultura del rol, el cual es asumido por la persona. Retomando el caso de los hijos campesinos y citadinos, podemos ver: en cada una de estas sociedades específicas, los habitantes “saben el rol del hijo”, sin decirlo explícitamente. En el campo se sabe que los hijos deben aportar a la economía del hogar con su trabajo, en la ciudad deben estudiar mientras sus padres trabajan para mantenerlos.

En el caso de bolivia, tantos años de vida escolar con formas de aprender por copia escrita, trabajos individuales y requerimientos de repeticiones textuales para los exámenes, nos han condicionado a creer en ciertas aseveraciones equivocadas como lo muestran los siguientes ejemplos:

(22) Prevalente: Que es el que más domina, el más corriente o generalizado

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Determinados Hacer en función de patrones culturalesResultados

- Aprendizaje es equivalente a memorización, por lo que no se considera procesos mentales de tipo complejo como las relaciones, inducciones entre otros.

- Educación es coligada a escuela. Sin embargo la educación no formal, extraescolar existe y muchas veces posee un efecto más duradero que el formal, como es el caso de los modelos de comportamiento.

- Estudio es asociado a lectura solitaria, descartando procesos interactivos que suscitan aprendizaje gracias a la reflexión colectiva y a la cooperación.

El cambio de paradigma

Los cambios sociales, culturales, políticos y económicos se producen en la actualidad de manera permanente y acelerada, entonces, la flexibilidad ante los mismos resulta cada vez más determinante para la supervivencia, por eso son necesarios los cambios de los paradigmas que ya no responden a las necesidades actuales.

Cuando hablamos de este cambio, ingresamos al terreno de los principios y valores, por lo tanto hay una incidencia sobre las conductas y actitudes, entonces se trata de un cambio profundo y paulatino que se manifiesta en todas las dimensiones de la vida. De este modo, tiene implicaciones en todo lo que significa cultura, entendiendo por cultura, todo lo que hacen los hombres y mujeres en términos sociales, materiales, políticos, económicos, artísticos y filosóficos.

Si bien, los cambios pueden estar influidos o presionados por factores externos a nosotros, tienen que partir de una decisión personal o lo que viene a ser “de adentro hacia afuera”, para hacerse, efectivos, duraderos y sostenibles. Condiciones que pueden adquirir connotaciones de irradiación o servir de modelos orientadores para el resto de las personas del propio entorno.

En el siguiente ejemplo vemos algunos paradigmas culturales, actitudes en los que se manifiestan y los móviles que los determinan:

Tabla nº 1Paradigmas culturales y actitudes manifiestas

Paradigma vigente

Actitud/Conducta

Nuevo paradigma

Nueva conducta

-“hora boliviana”

Justifica el retraso y oculta pasividad frente al compromiso.

Muestra irresponsabilidad encubierta por una práctica cultural.

Se asume un hábito de retraso del reloj.

Genera angustia e inercia.

Puntualidad Muestra cumplimiento de compromisos y permite un acercamiento a metas y propósitos.

Evidencia responsabilidad en las tareas, y produce resultados favorables en las relaciones y organizaciones.

Se crean nuevos hábitos de respeto.

Genera tranquilidad.

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Cambio es la modificación de un estado, condición o situación a otro; es una transformación de características importantes por eso hay que reconocer los tipos de cambio existentes:

- Por acomodamiento, donde existe una sucesión de pequeñas medidas de cambio no sistemáticas que responden más a criterios intuitivos sin un plan coherente.

- Por crisis emergentes. Surgen como efecto de una situación de ruptura y emergencia. Pueden tener características caóticas y muchas veces solo sirven para “apagar incendios”.

- Para dar respuesta a problemas incubados durante largo tiempo. Este tipo de cambios permite modificar paradigmas en el campo de las ciencias.

- Para permitir un desarrollo personal, pero que también encierra una necesidad o problema. En este caso, los cambios son planeados y guiados por el cuestionamiento de principios y valores.

Ciclo de vida de los paradigmas

Puesto que los paradigmas no solamente guían en el actuar de las personas (actitudes, conductas)(23), sino que determinan su manera mirar las cosas y conocer el mundo desde cierto enfoque y la obtención de resultados. Si queremos mejorarlos o encaminarlos, se debe reconocer que ellos son provisorios.

Sin embargo, los paradigmas más renuentes al cambio son las convicciones personales construidas desde la imitación inconsciente de modelos socioculturales, por lo que pueden llevar a forzar las explicaciones personales de la realidad, para confirmar las hipótesis propias sobre situaciones, relaciones y fenómenos que surgen de ella, como por ejemplo: cuando se explica que un niño es gordo, porque reboza de salud, llevará a mantener conductas y actitudes implantadas desde la infancia y adolescencia, lo que no ayudará a conocer la realidad más profundamente. Por lo tanto la posibilidad de cambiarla será limitada.

Thomas s. Khun(24), historiador de las ciencias ha sistematizado ésta teoría de los paradigmas científicos, mostrando que tienen un cierto “ciclo de vida”. Este autor, explica que la ciencia, en una situación normal, genera una serie de reglas, normas, criterios, etc. Los que también configuran un paradigma.

La ciencia entonces, también se basa en paradigmas para explicar los fenómenos y las cosas, de acuerdo al nivel de desarrollo que ella alcanza hasta cierto momento histórico. Sin embargo, llega un momento en que sus explicaciones ya no responden a la dinámica de la realidad. De este modo se genera una serie de cuestionamientos o se produce una crisis.

Este fenómeno es estudiado por la teoría del conocimiento o epistemología, la cual según piaget(25) “trata del estudio del paso de los estados de menor conocimiento a los estados de conocimiento más profundos”, mostrando que la “constitución de conocimientos válidos, nunca se acaba”, por lo que ninguna ciencia pretende nunca haber llegado a un conocimiento definitivo, estando dispuesta permanentemente para el cambio.

Las ciencias admiten un conocimiento como válido en un determinado campo del desenvolvimiento humano, lo asumen como un proceso, atraviesan un periodo de estabilidad y luego gracias a la “reflexión de espíritus científicos sobre las condiciones del conocimiento en sus respectivas disciplinas y a raíz de crisis de las mismas, que obligan a una revisión de

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los principios y los métodos”(25), reformulan, plantean, verifican hipótesis y principalmente observan su validez en la realidad.

Los nuevos paradigmas, surgen cuando los conocimientos vigentes dejan de servir, a partir de contradicciones entre lo teórico y lo concreto o frente a cierta realidad, impidiendo una comprensión de la misma. El hombre necesita comprender el mundo, el ser humano y su entorno, desenvolverse en él y manejarlo debidamente, por lo que el buscar nuevos paradigmas para cumplir estos propósitos se convierte en una necesidad.

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La resistencia al cambio

El cambio permanente es el paradigma de los tiempos actuales, pero su debilidad está en las resistencia que produce, federico mayor, director general de la unesco afirmaba a finales del siglo xx: “uno de los desafíos más difíciles será el modificar nuestro pensamiento de manera que enfrente la complejidad creciente, la rapidez de los cambios y lo imprevisible que caracterizan nuestro mundo”(26)

Las resistencias al cambio se dan comúnmente a nivel individual cuando la gente no cree en la necesidad de cambiar, no puede o no tiene las habilidades para hacerlo. Al rechazar el cambio, las personas desconocen los fundamentos reales de los nuevos planteamientos, por lo tanto la innovación o la transformación que ellos implican. Es decir, no valoran sus posibles beneficios.

Este tipo de resistencia mantiene la “normalización o imprenta”(27) el rechazo a la relatividad cultural, el cual hace correr el riesgo a la persona de caer en un etnocentrismo discriminador de otras culturas. La “posesión mítica”, la cual implica que las personas están influenciadas por mitos, fantasmas e imaginaciones. Esta noología(28) es una forma de domesticación de los individuos.

Para superar estas fuerzas de resistencia, las fuerzas impulsoras que propugnan el cambio pueden ser paternalistas, autoritarias y/o visionarias. Sobre estas últimas edgar morin dice que “necesitamos que se cristalice y se radique un paradigma complejo” que en resumidas cuentas tiene que ver con la racionalidad, la reflexión y la verificación permanentes. Es así que plantea

(26) Morin E. Los siete saberes necesarios para la educación del futuro, UNESCO, 1999 Paris Francia.

(27) La imprenta, se basa en el “imprinting” mencionado por Konrad Lorenz y hace referencia a la “huella” que marca a las individuos desde su nacimiento. Asimismo se habla de huella cultural, pues las personas se muestran un fuerte apego a creencias o prácticas que han marcado su vida desde temprana edad y porque siempre han hecho determinadas cosas de la misma manera.

(28) Noología: Conjunto de creencias producidas por la mente y la imaginación colectiva, con orígenes más de tipo mitológico que real, pero que se arraigan irracionalmente en los individuos.

(23) Conducta: Manifestación verbal, intelectual, volitiva y/o motriz que se realiza en las áreas: mental (saber), corporal (sentir) y externa (hacer). Es el comportamiento del individuo o del colectivo en relación a su medio social, la moral imperante y las “buenas” costumbres de la época y del ambiente.

(24) Khun T.S. “La estructura de las revoluciones científicas” (Paris, 1972)

(25) Piaget J. “Lógica y Conocimiento Científico: Naturaleza y métodos de la epistemología” Enciclopedia de La Pleiade, 1976, Dijon Francia.

(25) Piaget J., “Lógica y conocimiento científico” Pag. 10

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que “es un deber importante de la educación armar a cada uno en el combate vital de la lucidez”(26).

En resumen, este abordaje se constituye en un desafío a prácticas educativas como la capacitación, puesto que requiere de “tematizar la práctica”(29). Poder iniciar un cambio de paradigmas, desentrañando la tradición, revisando la propia experiencia y detectando aspectos de las acciones cotidianas personales, que no impliquen una mejora de la calidad de vida a nivel personal o colectivo, sino un hábito, sin argumentos lógicos; cuestionar y recibir información adicional que facilite las soluciones a los interrogantes.

1.7 Teoría de la educación avanzada

Debemos ubicar a la pedagogía como ciencia, en el contexto actual y muy especialmente, en las tendencias que se producen en latinoamericana que pasó de las insostenibles ideas de los años 60-70, aún mucho más refinado tratamiento pero que, sus objetivos esenciales no han variado mezclando inteligentemente por sus promotores, diferentes enfoques y puntos de vista para edulcorar sus propósitos(30).

En apretada síntesis debemos conocer, la preparación para una lucha científica e ideológica con diferentes posiciones, tendencias, enfoques, etc., que se resumen:

Positivismo, instrumentalismo, agnosticismo, tecnocracia, convergencia emancipadora, pragmatismo, neotomismo, progresismos; entre otras, las cuales poseen muchas de ellas acabados aparatos conceptuales, sistemas de leyes y regularidades, resultados científicos validados y sistemas de evaluación muy eficientes pero que también en forma resumida se mueven por alcanzar los objetivos de:Fortalecer posiciones políticas neoliberales, separando la filosofía de la pedagogía y despolitizándola en su desempeño, buscando alternativas para elevar el espíritu individualista, la competencia agresiva, la conciencia de la necesidad de existencia de las clases sociales, la inmovilidad de los regímenes socioeconómicos; y el descrédito a la teoría marxista-leninista y sus aportes a las ciencias pedagógicas.

Es por eso, que resulta de vital importancia el estudio de los conceptos que encierran corrientes, enfoques, tendencias que nos permitan sustentar coherentemente la exposición de nuestras ideas pero no en forma repetitiva; sino consciente y profunda.

1.7.1 Carácter social de la educación

Las diferentes teorías de la enseñanza están condicionadas a: la interpretación del papel de la educación en la formación de las nuevas generaciones, como continuadores de las ideas vigentes predominantes en plena correspondencia con las necesidades de esa sociedad en cuestión, es decir, la sociedad (el estado, el gobierno o las tendencias gobernantes) otorgan al encargo social a la educación(31).

Habitualmente, en la letra de las constituciones, decretos, leyes, en que se plasma ese "encargo social" se evidencian hermosos propósitos pero en su instrumentación jurídica y práctica esto no se aplica.

Siempre en las distintas formaciones económicas y sociales existieron estructuras o formas de enseñanza que han incluido desde la observación y la imitación hasta la adquisición

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y la producción de nuevos conocimientos, adecuándose a las exigencias sociales; por tanto la educación está sujeta a los cambios que ocurren, en primer lugar, el nivel de desarrollo de las fuerzas productivas y las relaciones de producción, de las necesidades de la sociedad de la riqueza espiritual de ésta, de sus tradiciones culturales así como del nivel educacional.

La pedagogía general establece las bases generales de la educación, la instrucción y la enseñanza. Por consiguiente la teoría de la enseñanza (didáctica) es parte de las ciencias pedagógicas y adquiere en la actualidad, rasgo de ciencia independiente con su objeto específico que son los procesos de instrucción, enseñanza y educación; de esta forma no debe estudiarse aisladamente de la teoría de la educación.

1.7.2 cómo se llega a la teoría

“américa, se desenvuelve dentro de múltiples problemas económicos y sociales, y la agresión constante contra el hombre, no garantiza los derechos básicos: educación y salud. Se agudiza esta situación en la población indígena, representada en algunos países por el 54% del total de la población en el caso de bolivia 25%, en guatemala 19%, en méxico y perú 50%, por citar algunos ejemplos, lo que produce un analfabetismo estable y por consiguiente impide el acceso de esa población a la enseñanza media y superior.

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América latina- ausencia de derechos básicos.- población indígena. 54 % bolivia 25 % ecuador 65 % guatemala 19 % méjico 50 % perú produce analfabetismo estable. disminución ingreso educación superior. disminución de entrada al mundo de la ciencia.

La fuente de ingreso de los hombres al mundo de la ciencia y la tecnología, se encuentra disminuida por estos sencillos análisis, limitándose a un reducido por ciento de los recursos humanos del país, de los cuales sólo una parte, logran la profesionalidad necesaria.Conjuntamente con esta objetiva situación, el desarrollo de la ciencia y la tecnología, en la región latinoamericana se ve lastrada por otros muchos problemas de índole material, organizacional y, sobre todo, de preparación de su posible potencial humano.

No obstante, en el plano teórico todos reconocen "...que los pueblos que no cuentan con un aparato científico-técnico productivo, propio y moderno no son realmente independiente"... Y, se reafirma que la competencia en el mundo actual se sustenta sobre los conocimientos”(31).

1.7.3 problemas a resolver por la educación avanzada

- Incomprensiones administrativas.- Enseñanza repetitiva y pobre producción de conocimientos.- Ausencia de estímulo y acreditación.- Espíritu elitista.- Comunicación con el entorno.- No modelación del profesor tutor del proceso.- Insuficientes indicadores evaluativos para el proceso.- Heterogeneidad en conceptos y términos.- Ruptura entre objetivos y resultados.- Copias de modelos dominantes ajenos y altos costos.- Sistematización de la práctica educativa.- Conceptualización.- utilización de recursos propios por sectores.- Conjugar interés personal y social.- Atención a lo cognitivo y a lo afectivo.- Atención a todos los segmentos laborales y de la comunidad.- Evidenciar que es un proceso pedagógico y de producción de conocimientos.- Desarrollo de capacidades pedagógicas.- Énfasis en métodos y procedimientos.

(31) Añorga J. Pedagogía y Estrategia didáctica y curricular de la educación avanzada.

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- Menor escolarización posible.- Saber hacer - saber crear.- Multiplicadores y expertos.- Investigaciones no grupales.- Escasez de científicos, maestros y profesores.- Normativas y regulaciones, no resultado de la investigación científica.- Enfermedades de la sociedad como: - Cobardía - deslealtad - avaricia - Crueldad - envidia - burocratismo- Rigidez – conservadurismo

1.7.4 Las premisas que sirvieron de antecedentes para la conceptualización de la educación avanzada

- El desarrollo de la revolución industrial y las nuevas demandas de la sociedad, de las fuerzas productivas y de las nuevas relaciones de producción que se establecen.

- La búsqueda de alternativas para la solución de nuevos y viejos problemas de la sociedad, el poder mejorar el comportamiento de los recursos humanos, inmersos en los procesos productivos y sociales.

- La validación de que la educación es una necesidad de cualquier sociedad, no es un lujo y aún menos en los países atrasados.

- El carácter estratégico que para el desarrollo de los países y de su potencial humano tiene, el no automatizar al hombre, sino hacerlo más humano.

- La certeza de que la educación básica no es suficiente y, además, que la inversión en los recursos humanos es la menos costosa y la que más riqueza produce.

- El mantenimiento de la cultura, la creación y producción de conocimientos de nuestros pueblos como: procesos intrínsecos de la educación avanzada que deben caracterizar el quehacer de sus instituciones, sean estas escuelas, universidades, fábricas o entidades de investigación científica.

- La certeza de lograr la consolidación de las habilidades integradoras y las nuevas competencias, en las diversas formas de la educación avanzada para dar cobertura al desarrollo impetuoso de la ciencia, la tecnología y la dinámica para su introducción.

- La identificación de la pertinencia social y personal como punto de partida para su diseño.

1.7.5 Premisas de la educación avanzada

- Ideas del vínculo de la universidad con la sociedad - Pensamiento pedagógico martiano y su concepción de mejoramiento profesional y

humano.- Aportes de los clásicos del marxismo-leninismo.- Necesidad de invertir en recursos humanos, por ser menos costosa.- Convencimiento que ni la universidad ni ningún subsistema terminal prepara para toda

la vida.- Insuficiente conceptualización, sistematización, teorización de los principios de este

subsistema: educación avanzada.- Práctica educativa cubana: exitosa y reconocida con prestigio, en este subsistema

también. - Evidencia de introducir un enfoque sistémico y abarcador de todos los recursos

humanos.

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- Necesidad de construir teorías auténticas y conformar este subsistema como parte del s e del país.

- Evidencia de los bajos niveles de participación de los países subdesarrollados: - de los 4 millones estudiantes de posgrado del mundo: 80 % en países desarrollados.- e.u cada 70 hab. - 1 est. De posgrado.- a. Latina cada 5000 hab. - 1 est. De posgrado.- asia cada 10000 hab. - 1 est. De posgrado.- africa cada 24000 hab. - 1 est. De posgrado.

Las experiencias pedagógicas permiten evidenciar que el entorno científico pedagógico en que se debe desarrollar la educación avanzada, al tanto de los nuevos conocimientos, y las nuevas tecnologías, buscando alternativas para la solución de pequeños y grandes problemas, y donde la preparación del hombre puede contribuir a resolverlos, se convierte en factor de influencia decisiva para el éxito de sus programas y proyectos educativos, por lo que se convierte en variable dependiente para su desenvolvimiento, pero ese entorno en que germina no sólo es el de los problemas de la cognición, pues esta teoría observa muy atentamente, encamina y busca alternativas para contribuir a la solución de los problemas vinculados con la formación y consolidación de valores éticos, estéticos, jurídicos, ciudadanos y, también, es lógico, profesionales.

De ahí que el clima institucional donde se genera, debe estará de acuerdo con el enfoque de la educación avanzada, para poder atender también a los problemas afectivos de los hombre. Por consiguiente, su entorno debe tender a no ser autoritario, reproductivo, centralizado y, debe dirigirse cada vez más a convertir las entidades, escuelas, centros de investigación en sistemas dinámicos, evitando los mecanismos, las repeticiones, de forma de lograr la interacción, reafirmando la condición o esencia del hombre como ser biopsicosocial y como tal un ser vivo, capaz de alcanzar su automejoramiento, corrigiendo errores, precisando nuevas acciones.

De ahí la necesidad de enseñar a todos los que aprendieron en su formación o no, a trazarse objetivos socialmente valiosos y prepararlos para alcanzarlos, a tomar decisiones para su corrección. Eso sólo se logra mediante la orientación y preparación de su conducta, de su propio control y retroalimentación. De ahí que resulte de vital importancia, no sólo conocer el contenido y, cómo alcanzarlo, sino particularmente importante como reorganizar el plan de acciones para lograrlo.

La conformación de este sistema de principios se produjo por el habitual movimiento del pensamiento, a partir de la observación y experimentación científica, tomando como referencia inicial, los principios de la enseñanza(32).

1.7.6 Principios de la educación avanzada

- Relación entre pertinencia social objetivo motivación y comunicación.- condicionalidad del enfoque de sistema para la organización ramal - territorial.- condicionalidad pregrado formación básica - formación especializada.- relación entre teoría - práctica y formación ciudadana.- racionalidad - creatividad - calidad de los resultados.- relación entre carácter científico, investigación, independencia cognoscitiva y

producción de conocimientos.- Relación entre formas, tecnologías y acreditación.

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1.7.7 resultados de la educación avanzada

- La conformación y precisión de: sus objetivos, objeto, formas, tecnologías y los resultados en su aplicación en diferentes proyectos educativos, sistemas de superación, servicios profesionales y, formación de profesionales con reconocido nivel de experiencia.

- Su aporte teórico-práctico a la evaluación formativa, académica de la institución, de la producción científica y del impacto social.

- La conformación de la didáctica de la educación de postgrado y de la educación avanzada en general.

- La utilización, con eficientes resultados, de tecnologías de la educación, como la educación a distancia, el adiestramiento laboral, la determinación de problemas organizacionales, educativos, de investigación científica y del temperamento, vinculados al desempeño laboral.

- Las regularidades para el diseño curricular del postgrado académico.- El desarrollo del pensamiento técnico creador y tecnológico y la creatividad técnica

vinculado al quehacer de los recursos humanos, independiente del nivel escolar del que es egresado.

- La identificación de sus raíces y la intensión permanente de conformación de un modelo auténtico para nuestros países.

- La comprobación de que el enfoque de la educación avanzada contribuye al desarrollo de capacidades:

- Organizativas- De auto superación.- Docentes- Investigativas.- Proyectivas

El sistema judicial debe garantizar la materialización de la equidad y la justicia en toda la sociedad. Al dictado de la exigencia de administrar la justicia con imparcialidad y aplicar la ley con rigor, para lo cual, hay que mejorar la instalación estructural de los órganos judiciales, la delimitación de sus atribuciones y su régimen administrativo, y completar en mayor medida la estructura judicial caracterizada por la definición clara de los poderes y las responsabilidades, coordinación mutua, condicionamiento recíproco y funcionamiento altamente eficiente. Hay que reforzar la supervisión sobre el trabajo judicial y sancionar la corrupción en este dominio. Es menester formar un contingente de profesionales firmes en lo político, versados en lo profesional, excelentes en estilo de trabajo y justos en aplicación de la ley.

Entonces, se debe fomentar con empeño la innovación en la educación, profundizar en su reforma, optimizar su estructura, distribuir racionalmente sus recursos, elevar la calidad y el nivel en todos los aspectos la formación cualitativa, preparando así profesionales altamente calificados, utilizando para lograr ese cometido, la tendencia de la educación avanzada, lo cual le hace ser válida para cualquier proceso.

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1.8 problemas que debe resolver el modelo

Una marcada desprofesionalización de muchos de los sistemas judiciales de la región, que acompaña al surgimiento de partidos políticos de masas y su colonización del proceso de nombramiento; un sistema de carrera respetado en teoría, pues los gobiernos que entran sustituyen a la mayor parte de los magistrados por sus propios seguidores; la tardía y por lo general incompleta adopción de programas de capacitación judicial especializados; la desaparición virtual del ministerio público en unos pocos países y su debilitamiento en casi todos los demás.

Como consecuencia de lo anterior, los sistemas judiciales latinoamericanos han tendido a ser menos pertinentes desde el punto de vista funcional y, al mismo tiempo, más penetrados políticamente que sus contrapartes europeas. Si bien en ocasiones han sido manipulados por los poderosos, ha sucedido con igual frecuencia que sean ignorados. Al carecer de una clientela política o económicamente significativa, al menos en lo que respecta a sus funciones formales, se han convertido en nidos de intereses creados secundarios, dependientes de estrategias de supervivencia que van desde la falta de incidencia intencional hasta el sometimiento abyecto a quienes detentan en ese momento el poder.

Con algunas excepciones, el patrón general está constituido por una serie de círculos viciosos: la falta de incidencia produce mayor abandono y las deficiencias de los canales formales propician que se acuda a los canales informales, bien sea dentro del sector judicial o fuera de él.

El abandono ha significado salarios y presupuestos más bajos y, por consiguiente, peores servicios, personal menos calificado y mayor vulnerabilidad frente a la corrupción. Cuando llevar un caso ante un juzgado significaba demoras interminables y decisiones arbitrarias, quienes podían hacerlo compraban las sentencias o buscaban formas alternativas para resolver sus conflictos.

Estos acuerdos satisfacían las necesidades de unas sociedades tradicionales y altamente estratificadas, pero cada vez resultaban menos convenientes, dadas las condiciones de crecimiento económico más dinámico, la diversificación social y una política más incluyente de base masiva. El gran número y variedad de los conflictos, el aumento del crimen y los nuevos tipos de actividad criminal, aunados a una menor capacidad de limitar los intercambios a personas bien conocidas, hacen menos confiables los sistemas informales e incrementan la exigencia de un desempeño judicial más eficiente y efectivo. Irónicamente, incluso la corrupción se hace menos predecible y "aplicable." quienes alguna vez dependieron de ella para sus trámites con el sistema formal pueden encontrarse ahora entre quienes exigen jueces "honestos."

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1.9 qué entendemos por profesionalización

“El diccionario -dice a este respecto gonzalo martín vivaldi- no crea palabras, es un recolector de lo que tiene vigencia en un momento histórico dado. El diccionario va detrás de la lengua…” Pero, como la sociedad es un palpitar permanente de vida dinámica, constantemente va engendrando y hace necesariamente surgir palabras y vocablos tan legítimos como los aprobados por la academia y que posteriormente, el diccionario de la academia, recoge y se remoza así con todas aquellas voces vivas y vigentes que se imponen con el legítimo derecho de ser el idioma un “organismo vivo” siempre respondiendo a los desafíos que la imperativa cambiante de un mundo de ciencia, de técnica, de política interactiva, y de crecimiento sin discusión, demanda: un idioma vivo, no una lengua muerta. Por tanto, el diccionario va detrás de la lengua y la lengua va detrás de la sociedad. Por eso, este nuevo vocablo profesionalización, que viene en su origen de la palabra profesión, que según lo planteado por la academia es “la acción de profesar, que es ejercer o enseñar una ciencia u oficio; es el género o trabajo habitual de una persona; empleo, facultad en el oficio de cada cual “

Álvarez de sayas c., amplía este término al afirmar: “la profesión es la acción y el efecto de ejercer un cierto oficio, un arte o ciencia y esta tiende más a la ejecución, a la tecnología o la solución de problemas productivos…” Si profundizamos un tanto, lo anterior hace que el vocablo tenga implicaciones de compromiso, por apuntar hacia actividad y acción en el desempeño de una tarea, labor, encargo, trabajo o diligencia; al implicar a instituciones educacionales, las cuales reconocen en su objetivo la formación de un profesional altamente calificado.

¿Cómo entonces conceptuar el término profesion-al? Al sufijarlo -al, lleva en sí el contenido de la palabra que lo ha admitido, pero con una nueva significación: hacer un agente activo, profesor o facultativo que parte de una instrucción formalizada o no; pero, que ha alcanzado dicho nivel mediante un conjunto de actividades encaminadas a la adquisición de conocimientos, prácticas y actitudes necesarias para ocupar un empleo dentro de una profesión y que debe actualizarse permanentemente en sus conocimientos, prácticas y actitudes con profesionalidad creciente en su profesión.

Al seguir de cerca la evolución del vocablo, conviene prestar atención a la necesidad y seguridad del nuevo acento a que se contrae el término profesion-al-izar. Se ha añadido el sufijo verbal -izar, que agrega la idea de “convertir o transformar”. Y de hecho, el vocablo así formado profesionalizar, según lo planteado por la academia es “convertir a un aficionado en profesional, persona que ejerce una actividad como profesión. Dar carácter de profesión a una actividad”. Así el vocablo formado da una nueva calidad, la de ejercer una profesión con implicaciones transformadoras y de conversiones radicales en quien la ejerce.

Al sustantivarlo con el sufijo -ción, se añade la significación de “poder hacer”: acción y efecto o resultado. Por lo que se ha propuesto que: “un esfuerzo encaminado a formalizar una instrucción que propicie el ejercicio del sujeto en una profesión a través de la cual solucione problemas productivos aplicando aspectos de la ciencia, la tecnología, administrativos y de relaciones sociales se le llame proceso de profesionalización”. De este modo, queda incorporado a la vida de nuestro idioma que está abierto a sufrir modificaciones cambiantes en correspondencia a que lo llevan las fuerzas actuantes, por ser el idioma un idioma de responsabilidad e inseparable de la propia vida que lo engendra.

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A manera de ampliación, confirmativo del vocablo e indicador de caminos a seguir, recogemos del inglés, como orientación precisa: “professionalization”, que deriva de “professionalize”, cuyo significado en este idioma es: “to give a professional character to…”Se hace reiterativo que hay una convergencia en todos los idiomas que se liberan de lo “puro” y adoptan vocablos aplicados por evolución o transformación; esto es un mecanismo de escala operativa en el ímpetu contemporáneo. En el caso que nos ocupa, no sucede así, en “profesionalización” no hemos recurrido a otros idiomas, la riqueza de nuestra lengua, actuando por composición, uniendo palabras de significado independiente y adoptando matices diferenciales logra nuevos vocablos de exigencia por derivación, a partir de una raíz, un radical o incrementación. Todas las nuevas estructuras así lo exigen.

Si la educación avanzada tiene como un objetivo permanente: “alcanzar un modelo de hombre que incorpore dentro de los rasgos de su personalidad la profesionalidad, y la conducta ética requerida, humana y cooperadora…” al destacar la profesionalidad y la conducta ética cooperadora está dando, de hecho, un determinado énfasis a los agentes funcionales que de manera sistémica son decisivos en el contexto social.

Basados en ese contexto, la profesionalización debe enfocarse con un sentido de evolución creciente, de tal manera, que de acuerdo con philippe perrenound cuando cita a tardiff expresa: “…los docentes se convierten en verdaderos profesionales, orientados hacia la resolución de problemas, autónomos en la transposición didáctica y en la elección de las estrategias pedagógicas…, capaces de trabajar en sinergía ya sea en el marco de los centros de enseñanza o en el de equipos pedagógicos, verdaderos conocedores del oficio que se encargan de organizar su formación permanente; es la vía de la profesionalización”(33)

Al reflexionar sobre lo planteado, se destaca con fuerza, que la profesionalización lleva implícito un proceso de cambio, con una amplia apertura a innovaciones y estrategias.

Debemos integrar los criterios para poder formular una definición contentiva de los elementos que se han planteado y que consideramos esenciales:

- La profesionalización con carácter de proceso.- La existencia, en la actualidad, una verdadera revolución de construcción y

reconstrucción que exigen aplicabilidad de manera continua y permanente.- La búsqueda constante de razones técnicas y científicas para aplicarlas a la comunidad

profesional y a los estamentos que así lo demandan.- La comprensión de que existen límites de una racionalidad científica y hacer una

adaptación permanente en el oficio humanista que desempeña.

Reflexionando sobre los distintos criterios que se han discutido, la siguiente definición:

La profesionalización es un proceso pedagógico profesional permanente que tiene su génesis en la formación inicial del individuo en una profesión, que lleva implícito un cambio continuo obligatorio a todos los niveles, con un patrón esencialmente determinado por el dominio de la base de conocimientos, propio de la disciplina específica de la profesión que ejerce, que tiene un factor

(33) Perrenoud P. La profesión docente entre la proletarización y la profesionalización: dos modelos de cambio. En La función del personal docente en un mundo de transformación. Revista Perspectiva. Vol. XXVI. No. 3. septiembre. 1996 :550

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humano que debe reaccionar de forma correcta en su enfrentamiento con la comunidad y avanzar para ser capaz de hacer un ajuste conveniente con las innovaciones de variables intercambiables que infieren en un entorno social dominante y dirigente del hombre.

La proposición para realizar un análisis de propósitos, toma como punto de partida las complejidades sociales, con su conducta de postulados y reciclajes; lo cual enfatiza la educación avanzada en sus planteamientos: “…modelar y validar un proyecto de mejoramiento profesional y humano, con la intención de propiciar: la profesionalidad, la funcionalidad, conducta ética cooperadora para beneficio de la población, consolidando el potencial humano del país”(34).

De este modo, al destacarse la profesionalidad, la funcionalidad y la conducta ética, está dando un determinado énfasis, como agentes primarios, influyentes e integrales, que de manera sistémica son decisivos en el contexto social. Partiendo de esta evidencia, podemos ya argumentar sobre los propósitos, desde nuestro punto de vista:

- Formación de docentes.- Trabajo en sinergia.- Estrategias interactivas.- Concientización social.

La educación avanzada tiene como rasgos esenciales que la distinguen de otros enfoques y tendencias en la concepción de los procesos de organización y desarrollo de la superación de los recursos humanos, la fundamentación de la necesidad de integrar en su objeto de estudio, sin ningún tipo de exclusión, a todos los recursos humanos ya sean laborales o de la comunidad y atribuye especial importancia a la preparación del hombre no solo para competir profesionalmente en sus esfera laboral, sino también para proteger la naturaleza, para amar a sus semejantes, para que disfrute los logros de la cultura universal y nacional, para que fortalezca su identidad nacional, en resumen, sea más humano.

La educación avanzada, al tener como objeto de estudio el proceso de mejoramiento profesional y humano de los recursos laborales y de la comunidad, se relaciona ofreciendo, conjuntamente a otras teorías, una respuesta científica al problema que aborda el presente trabajo.

La educación avanzada es una concepción científica en construcción, que desde el punto de vista epistemológico puede considerarse como un área del conocimiento que ha logrado concretar sus bases teóricas propias: conceptualización de sus fines, principios, regularidades y tendencias fundamentales, formas, tecnologías, métodos, y medios de su desarrollo.

Del análisis histórico-lógico de la situación problémica en que se encuentran actualmente los programas de profesionalización de jueces y la reflexión dialéctica de las condiciones de sus diferentes componentes, son los elementos que, integrados en una investigación científica, llevan a diseñar nuevas estrategias del diseño metodológico.

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Capítulo segundo

Análisis de los resultados empíricos

El objetivo de este capítulo es desarrollar fundamentalmente la experiencia de la capacitación, analizar y valorar los resultados empíricos de la presente investigación; además fundamentar la modelación teórica, identificando con el paradigma que sustenta la superación de los recursos humanos y es en ese sentido se asume la educación avanzada como paradigma educativo.

2.1 La experiencia de la capacitación judicial latinoamericana

El dilema de la capacitación judicial latinoamérica ha pasado por dos fases al menos, y es posible que entre ahora en una tercera. La primera podría llamarse el enfoque mecanicista, caracterizado por la introducción de una serie de medidas particulares, dirigidas a resolver problemas específicos de producción. La segunda, un enfoque sistémico o técnico-institucional, considera que el mal desempeño es consecuencia de conjuntos completos de prácticas interdependientes que deben ser transformadas simultáneamente. Varios años de experiencia con este enfoque y el hecho de que haya tenido resultados muy variados, promueven ahora un nuevo examen. Este puede conducir a ulteriores refinamientos, o a una tercera generación de profesionalización, basada en una apreciación diferente de la dinámica de los cambios proyectados. Estas etapas son, de alguna manera, acumulativas - la transición de una a otra no ha implicado descartar las soluciones anteriores, sino más bien redefinir sus condiciones de éxito.

Durante la mayor parte de su historia, el enfoque latinoamericano hacia la capacitación de jueces ha sido en gran medida mecanicista, por cuanto intenta rectificar las deficiencias del desempeño judicial a través de innovaciones aisladas. Estas imitan a menudo medidas introducidas anteriormente en Europa o en los estados unidos.

Las capacitaciones judiciales financiadas por donantes, que se iniciaron en los años sesentas con el movimiento de derecho y desarrollo, y en los años ochentas con los programas de administración de justicia de la usaid, introdujeron un conjunto de innovaciones más amplio, pero adolecían de la misma visión limitada y sus consiguientes restricciones sistémicas. La mayor parte de estos programas reconocían mayor dimensión del problema, pero aún depositaban una gran confianza en la adición selectiva de algunos elementos que faltaban - por lo general, programas de capacitación, nuevos sistemas administrativos, mejores herramientas de investigación y técnicas para evaluación de pruebas. En coordinación con los reformadores latinoamericanos, se trabajó también en el incremento de los presupuestos judiciales, al identificar algunos de los problemas como la tradicional pobreza de la rama, y con el objeto de reducir el control partidista de los sistemas de nombramiento. Aun cuando los reformadores locales eran menos firmes en lo referente al uso eficiente de los nuevos recursos, coincidieron con los donantes en que aumentarlos era mejor y que una menor intervención del ejecutivo, tanto en la administración financiera como en los nombramientos, incrementaría la independencia judicial, eliminando así una de las principales restricciones sobre su desempeño.

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El énfasis en la independencia judicial fue el primer elemento del giro hacia una estrategia sistemática de reforma, en la cual se reconocía que las soluciones aditivas aisladas no llevarían muy lejos. Las conductas problemáticas obedecían, por lo general, a varias causas que deberían ser enfrentadas todas a la vez. Así, la segunda ronda apoyadas por donantes (los proyectos de la usaid posteriores a 1990 y los del banco mundial y el bid), adoptaron estrategias más completas e integradas, intentando trabajar simultáneamente en varios aspectos de la organización judicial, procedimientos, leyes, vínculos externos y capacitación judicial.

En los proyectos de modernización del derecho penal de la usaid, el cambio procedimental legalmente orientado se convirtió en el tema de motivación alrededor del cual se organizaban las intervenciones que anteriormente se encontraban aisladas. Si los sistemas judiciales no podían manejar adecuadamente el crimen, propiciaban la impunidad e incurrían ellos mismos en violaciones de los derechos humanos, esto se debía en parte a que los procedimientos legalmente definidos eran inadecuados, pero existían también otras causas. Su personal profesional y administrativo estaba mal capacitado y carecía de habilidades básicas; sus sistemas de nombramiento y de personal recompensaban los contactos políticos y no el mérito; sus sistemas administrativos eran anticuados, ineficientes y vulnerables a la corrupción; el personal profesional y administrativo estaba mal remunerado, pobremente equipado y carecía de seguridad laboral; y sus clientes (los abogados privados y el mundo litigante) tenían expectativas (basadas, por lo general, en experiencias anteriores), que no propiciaban decisiones y acciones profesionales y objetivas. Por consiguiente, si los cambios ordenados por la ley habían de afianzarse, todos estos otros elementos deberían ser tenidos en cuenta también.

Los visibles cambios y mejoras parciales en la mejora de la rama judicial en latinoamérica durante la última década sugieren que el enfoque sistémico ha tenido algún éxito. Las violaciones de los derechos humanos han disminuido; los países ha reducido individualmente el atraso judicial y el tiempo para resolver al menos cierto tipo de casos; se atiende a un mayor número de clientes; los jueces parecen tener un mejor conocimiento de la ley, ser menos arbitrarios en sus decisiones, o al menos cometer abusos menos fragantes; algunos tribunales han comenzado a retirar a los jueces y administradores incompetentes; los países caracterizados por una gran impunidad han comenzado a juzgar a ciudadanos y funcionarios prominentes; y las corporaciones judiciales (las cortes supremas o los consejos judiciales) parecen tomar más en serio su labor.

No obstante, los avances han sido desiguales, tanto dentro de los países como entre ellos. Algunos de los programas de donantes más grandes y ambiciosos parecen haber producido los avances menos cuantificables -el programa de la usaid en colombia (que apoyaba una reestructuración extremadamente ambiciosa de la totalidad del sector de la justicia), o el proyecto del banco mundial en venezuela podrían aducirse como ejemplos de lo anterior, aun cuando, en ambos casos, los participantes argumentan que es demasiado pronto para hacer esta apreciación. Incluso en aquellos países en los que parece haberse conseguido más, los observadores han puesto en duda la calidad de los logros o su importancia a largo plazo.

Los nuevos programas, tal como han sido diseñados e implementados, parecen estar motivados a menudo por criterios ajenos o contraproducentes, que en ocasiones contradicen abiertamente las lecciones acumuladas de las experiencias anteriores.

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Se han reformulado más leyes, pero la atención que recibe su calidad intrínseca o las condiciones para su efectiva implementación son escasas. Se invirtió dinero en infraestructura, equipos y programas masivos de capacitación, pero los sistemas de nombramiento aún siguen regidos por contactos personales y partidistas; los sistemas disciplinarios y de evaluación no existen o son poco utilizados, el rezago judicial se acumula y los retrasos aumentan. Presupuestos más elevados y un mayor control judicial de la administración y del manejo financiero han producido en ocasiones mayores oportunidades para el uso dudoso de los recursos, mientras que la introducción de los consejos de la judicatura ha transferido a menudo las prácticas indeseables de los tribunales a las nuevas entidades. Los esfuerzos por despolitizar el nombramiento de los magistrados de la corte suprema no ha generado candidatos evidentemente mejores y, a menudo, ha significado tan sólo el paso del control de un solo partido a la colonización multipartidista. Tribunales y consejos más independientes han generado con frecuencia una escalada de conflictos con las otras ramas del poder, llevando a algunos ciudadanos y a muchos políticos a poner en duda la sabiduría de conferirles mayor autonomía.

La interpretación y análisis de estas situaciones apenas comienza, y las conclusiones inmediatas difieren mucho entre sí. Los escépticos argumentan que el nuevo enfoque no es tan diferente de lo que lo precedió, y que su aparente éxito tiene otras explicaciones. Muchas de las mejoras visibles pueden ser atribuidas a otras causas: presupuestos judiciales más elevados, el peso de los años de intentos de reforma, una mayor presión exógena en favor del cambio socio-político, o el diseño mejorado de sus elementos constitutivos basado en las lecciones acumuladas de la experiencia pasada. Puesto que los nuevos programas sistémicos en capacitación judicial son necesariamente mucho más amplios, tampoco resulta claro si se trata de una mejor estrategia, o si son las mayores y mejoradas intervenciones individuales las responsables del cambio. Los programas de mayor alcance aumentan las posibilidades de atinar a los elementos correctos, pero si estos son relativamente poco numerosos, el resto de la inversión puede ser superfluo. Más aún, este enfoque frente a la reforma corre también el riesgo de ignorar las intervenciones críticas y así, a pesar de considerables inversiones, no producir una mejora importante.

Sus defensores argumentan que la estrategia sistémica en capacitación judicial sí representa de hecho un cambio cualitativo, que explica las mejoras reales obtenidas y, que en aquellos casos en los cuales los resultados han sido menos dramáticos, lo único que se requiere es un poco de afinamiento. Por una parte, quizás requiera sencillamente más tiempo; los cambios organizacionales y técnicos tendrán un impacto sobre el comportamiento, así no sea tan rápido como se esperaba. Toma tiempo implementar nuevas leyes de manera efectiva. Los jueces dotados de mejores conocimientos, computadores y de mejores sistemas de archivo adoptarán eventualmente un nuevo enfoque hacia a su trabajo. Los tribunales o los consejos que dispongan de sistemas de manejo de la información comenzarán a utilizarlos para supervisar el desempeño y planear el desarrollo organizacional. Por otra parte, es posible que el problema resida en la falta de atención a los detalles técnicos - conjuntamente, los diferentes elementos tendrán el impacto deseado, pero sólo si se adoptan de manera correcta. De allí la búsqueda del mejor modelo para los consejos de la judiciales, el proceso de nombramiento, el programa de capacitación, los códigos de procedimiento o el sistema de información computarizada(35).

(35) (Binder, 2.000:137)

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2.2 Reformas a la carrera funcionaria

Se encuentra en este sector muy afincada la idea de que la causa de que los poderes judiciales sean ineficientes radica, fundamentalmente, en que se cuenta con jueces inadecuadamente formados. Muchas son las razones que se barajan para explicar esta situación: deficiencias en la educación legal, bajos sueldos, imperfecciones de los sistemas de designación, etc. Lo interesante es que cualquiera o todas ellas llevan necesariamente a concluir que con “buenos” jueces nuestros sistemas judiciales funcionarían bien.

Tal predicamento explica que una de las herramientas preferidas para reformar los sistemas judiciales haya sido las de reeducar a jueces e, incluso en los casos más extremos, el acometer purgas, que se hacen cada vez más frecuentes, con el fin de reemplazar “funcionarios corruptos e ineficientes” por otros idóneos(35). Los casos paradigmáticos en este último sentido han sido los de Perú, repetidos en esta década, ecuador, honduras y, más recientemente, el de Venezuela.

Siguiendo también la lógica de que los problemas del personal son determinantes en este sector es que se han intentado otras herramientas complementarias de intervención, como la introducción de diversas modificaciones a la carrera funcionaria, especialmente en cuanto a sus mecanismos de ingreso y promoción, así como al control disciplinario.

Recientemente, el extendido fenómeno de la corrupción, del que para nada están exentos los tribunales, ha dado un nuevo impulso a las estrategias de mejora del personal. Cual más cual menos, todos han perseguido terminar con la designación de familiares de los jueces superiores o con la intervención decisiva en esos procesos de las “tribus o familias” judiciales -esas organizaciones que informalmente nuclean en una red de padrinazgos y negocios a jueces y abogados o con los sistemas exacerbados de cooptación interna.

(26) Morin E.: “Los siete saberes necesarios para la educación del futuro”, UNESCO, 1999 Paris Francia.

(29) Tematizar la práctica: Según Telma Weisz, es el volcarse sobre los trabajos que se realizan cotidianamente y preguntarse al respecto, así como conocer las argumentaciones que se utilizan para explicarlos, otorga la posibilidad de poner en evidencia las contradicciones de posturas y prácticas. Así mismo permite abrir opciones para un cambio de postura, lo cual facilita una transformación paulatina y sostenible.

(30) Añorga, J. Pedagogía como ciencia en el contexto actual y la Teoría de Educación

Avanzada,1993

(31) Añorga J.Carácter social de la educación, en Pedagogía y Estrategia didáctica y curricular de la Educación Avanzada.

(32) Añorga J.Desarrollo de la conformación del sistema de regularidades, principios y leyes de la Educación Avanzada. 1996.

(34) Proyecto Principal de Educación para América Latina y el Caribe. Boletín 31.UNESCO/ORALC. C. Habana. Febrero. 1995 :26

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Sin embargo, esta estrategia tampoco ha arrojado grandes resultados. La experiencia indica que en el caso de las purgas generalizadas, sin necesidad de esperar mucho tiempo, los nuevos jueces, que reemplazaron a los “ineficientes y corruptos”, se convierten en tan corruptos e ineficientes como los anteriores,(36) por lo que deben ser nuevamente reemplazados.(37) y los jueces “capacitados” o escogidos bajo los nuevos mecanismos de selección, tampoco presentan grandes diferencias con sus antecesores, si es que deben seguir enfrentando el mismo entorno de restricciones y mantenerse sometidos, en última instancia, a la misma cultura organizacional.

Así y todo, reformas a este nivel necesariamente deben integrar cualquier programa de cambio del poder judicial. Aunque no pueda esperarse que un buen juez o un juez capacitado, pueda desatar, por sí sólo un proceso de cambios intenso y profundo de la estructura y funcionamiento del sistema judicial, se hace absolutamente indispensable acompañar cualquier diseño de cambio estructural del sistema con jueces seleccionados a partir de criterios competitivos y transparentes y debidamente capacitados para ejercer sus funciones. Veamos con más detalle cómo se ha buscado lograr esto.

2.3 Sistemas de selección y promoción

Como ya se señaló, los cambios a los sistemas de selección han seguido dos líneas. Ya sea la de cambiar la instancia que debe tomar la decisión respecto a los nombramientos, para lo cual se han creado, como decíamos, los consejos o se han trasladado estas facultades desde las autoridades políticas -gobiernos o parlamentos- al interior del propio poder judicial.(38) o bien la de, cualquiera sea la instancia que debe tomar la decisión, tecnificar los procesos previos, estableciendo estándares claros y procedimientos competitivos al efecto. Estas últimas reformas persiguen incorporar a expertos durante el proceso (como psicólogos) e instrumentos adecuados para medir lo que se requiere (exámenes de conocimientos, pruebas de habilidades, entrevistas personales, etc.). Han exigido también realizar un ejercicio que, aunque resulte extraño, jamás se había efectuado en nuestras judicaturas: definir el perfil del juez ideal.

Ciertas experiencias evidencian que se ha unido el proceso de selección de jueces con el de su formación. Los resultados del sistema de selección de los jueces de carrera se muestran, en principio, como muy positivos. Decimos en principio ya que no ha habido hasta la fecha una evaluación sistemática de la iniciativa. Sin embargo, la información que se tiene indica que ha funcionado con grados de transparencia desconocidos anteriormente, ha habido un gran interés por participar en los procesos de selección y se ha escogido a los que objetivamente se presentaban como los más idóneos. La formación que se les ha dado ha sido eminentemente práctica, en los tribunales, pero con un espacio suficiente para la reflexión. La gran mayoría de los egresados de las escuelas judiciales han ingresado a la carrera judicial. Lo más importante, es que ellos mismos señalan sentirse más independientes, puesto que entienden que su nominación se ha debido a méritos propios, dentro de un proceso competitivo, y no a amistades o padrinazgos.

Sin embargo, estos sistemas no en todas partes han funcionado bien. Hammergren sostiene que: “muchos de los así llamados sistemas de nombramiento por mérito dejan mucho que desear, puesto que sirven tanto como fachadas de la continuación de las tradicionales prácticas o porque se define el mérito de una manera bastante cuestionable”.(39)

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En diversos países se ha extendido el sistema de concursos a las promociones de los funcionarios judiciales, intentando, claro que con un éxito muy limitado, que la antigüedad no sea el factor determinante para ellas. También con la finalidad de romper nuestro esquema tradicional de carrera judicial: se ingresa joven al sistema y se va ascendiendo poco a poco hasta los tribunales más altos, es que se ha intentado abrir la entrada a las posiciones superiores a abogados ajenos a la carrera judicial. Con ello se busca “refrescar” la labor judicial, acercándola a las percepciones generales de la sociedad, las que tienden a distorsionarse dentro del ambiente cerrado de las corporaciones judiciales.

Salvo en el caso de argentina, el salvador y de república dominicana, no se ha avanzado en el continente sustantivamente en la incorporación de la participación de actores de la sociedad civil en los procesos de designación de jueces, especialmente en los tribunales superiores donde por el poder político que ejercen ello es más necesario. La existencia de comités de búsqueda y de audiencias públicas donde los candidatos deban ser entrevistados, es algo muy excepcional y generalmente desnaturalizado.

2.4 sistemas de evaluación e incentivos

Si bien ha habido diversos intentos por introducir sistemas de control de gestión y de evaluación de desempeño judicial en américa latina, se trata éste de un tema que aún está en sus fases más iniciales de desarrollo.

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A ello han contribuido diversos factores. El primero es el grado de indeterminación que existe respecto a cuáles son exactamente las funciones judiciales. Los jueces dedican en nuestros países parte importante a realizar funciones administrativas que no son aquellas para las cuales fueron contratados. Incluso, cuando conocen casos, en la mayoría de ellos no se trata siquiera de conflictos, se trata de asuntos de carácter administrativo que bien pudiera tramitar una autoridad distinta pues no requieren de una decisión judicial. En los casos donde intervienen y sí hay un conflicto, muchas veces realizan funciones diferentes a la de juzgar, como la de investigar, que todavía les corresponde en la mayoría de los países en los procesos criminales. Son estos nada más algunos ejemplos para ilustrar lo complejo que es definir indicadores para funciones mal precisadas.

Un segundo factor reside en el escaso desarrollo técnico en la materia. En los sistemas judiciales, y en el mundo del derecho en general, no existe una tradición de medir. A diferencia de otras disciplinas, antes que los antecedentes empíricos se prefieran aquí, para la adopción de decisiones, acudir a la experiencia o a la mera intuición. Ello explica la nula importancia que se les da a las estadísticas judiciales, lo que a generado un círculo vicioso difícil de revertir: como las estadísticas no son consideradas para la adopción de decisiones su confección pasa a ser un trámite que sólo desvía tiempo y recursos para lo que sí es importante en un tribunal, por ello se deja en manos de los funcionarios menos aptos -para destinar a los mejores a las funciones que sí son relevantes- y se elaboran con total descuido, razón por la cual de poco sirven y no pueden seriamente ser consideradas para la adopción de decisiones. Aún en los países más avanzados en esta materia las estadísticas son poco fiables, derechamente muchas veces ellas se inventan o manipulan.

La poca tradición de medir unida a las debilidades de la información base, lleva a que no se hayan construido indicadores de gestión realmente relevantes que puedan arrojar información adecuada para el sistema. Aquellos con que se cuenta sólo se preocupan de aspectos muy básicos sobre el funcionamiento del sistema y no logran capturar en toda su complejidad la función judicial. No se piense -como internamente suele hacerse- de que las particularidades de la función judicial tornan imposible utilizar indicadores adecuados. Existen otras funciones tanto o más complejas que la judicial, donde los factores cuantitativos pesan tanto como los cualitativos, en las cuales sí ha sido posible avanzar en la definición de indicadores. No se ve realmente por qué en esta área ello no pueda hacerse, a través del procedimiento normal de aproximaciones sucesivas.

En definitiva estos mecanismos van a generarse y perfeccionarse en la medida que exista la decisión y la voluntad de emplearlos para conducir el sistema. Cuando exista una decisión real por establecer sistemas de incentivos, por ejemplo, basados en el desempeño individual, aceptándose esquemas de remuneraciones diferenciadas entre los funcionarios de igual nivel.

Un sistema de tal naturaleza requiere, sin dudas, de la existencia de un piso mínimo de remuneraciones que resulte aceptable, a partir del cual puedan incorporarse distinciones basadas en el desempeño. El tradicional abandono de los sistemas judiciales repercutió fuertemente en el nivel de remuneraciones de sus funcionarios, algunos llegando a mínimos increíbles, lo que justificó reivindicaciones constantes por alzas salariales, que incluso han llevado a países a huelgas judiciales.

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2.5 Áreas específicas que requieren más atención

Aun cuando diez años de experiencia con la reforma judicial en bolivia han contribuido a desarrollar un cuerpo sustancial de conocimientos acerca de qué funciona y qué no a nivel de las actividades cotidianas, dos tendencias opuestas operan en contra de su uso adecuado. La primera es el deseo, de parte de muchos participantes, de inventar de nuevo la rueda -de negar que sus problemas estén relacionados con aquellos de otros países, y exigir, por consiguiente, que se desarrollen nuevas soluciones para sus circunstancias especiales.

Es importante diseñar respuestas a la realidad nacional, pero dejar de considerar en primera instancia otras experiencias ha llevado a malgastar recursos y, a menudo, ha producido soluciones que son diferentes pero no mejores que las de los modelos disponibles. Este fenómeno se presenta con especial frecuencia en el diseño de servicios complementarios (esto es, no judiciales) y de sistemas de información, como también, hasta cierto punto, en la expedición de nuevas leyes. Una tendencia opuesta, pero igualmente perjudicial, es la imitación irrestricta- la adopción de "éxitos" sin prestar mayor atención a las circunstancias especiales que permitieron que funcionaran, o sin analizar lo que significaron realmente. Este último punto es de particular importancia -quienes han vivido con los consejos de la judicatura, los procedimientos penales acusatorios o la resolución alternativa de conflictos suelen asombrarse de las virtudes que atribuyen a estos sistemas quienes promueven su adopción en otros lugares. La justicia, como toda otra disciplina, tiene sus modas, y rara vez resultan tan efectivas como lo sugiere su inmediata popularidad.

Estas dos tendencias, a menudo evidentes en los mismos programas, son compartidas por todos los participantes en las reformas, incluyendo a los donantes importantes y secundarios, y los asesores técnicos que se vinculan a ellas. En este último caso, causan especial perplejidad y perjuicio. Se presume que los donantes y los asesores externos tienen una visión más global y, por ende, un dominio mayor de las lecciones de la experiencia. No obstante, es frecuente encontrar que incluso los programas apoyados por el mismo donante, no son homogéneos con los programas del mismo donante en otros lugares, y que adoptan medidas que han mostrado resultados poco satisfactorios o hacen inversiones para inventar de nuevo mecanismos que ya han tenido éxito.

Hay una multitud de explicaciones para estos fenómenos. La sola naturaleza humana dictamina que todos deseamos ser especiales, y que los arreglos rápidos son más atrayentes que las soluciones complejas. Estudiar un problema es un trabajo arduo y a menudo ingrato; las soluciones originales por lo general confieren mayor crédito a sus autores, y es menos probable que se escuche a quienes obstaculizan sus recomendaciones con intimidaciones y condiciones que a quienes prometen un éxito rápido e incondicional.

La reforma de la justicia propone mejorar el desempeño judicial, pero también es un negocio y una causa política; ofrece, por consiguiente, oportunidades a los participantes para trascender o circundar sus objetivos. Todas estas consideraciones continuarán ejerciendo su influencia sobre la programación de la reforma, y siempre propiciarán que sea menos orientada lógica y técnicamente de lo que desearían quienes la programan. No obstante, si no podemos cambiar la naturaleza humana ni eliminar el contexto más amplio de agendas que enmarca las reformas específicas, podemos al menos introducir medidas que promuevan mejores prácticas y sacar mejor provecho de lo que hemos aprendido.

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Los cambios de fondo son actitudinales -quienes están involucrados en programas específicos de formación de jueces deben llegar a reconocer que hacen parte de una disciplina en evolución y que las experiencias de los otros sí cuentan. El cambio no puede ser impuesto. Puede facilitarse al suministrar el acceso a esa experiencia, y mediante la adopción de políticas que recompensen su uso. Los donantes son decisivos en este aspecto- primero, al hacer un esfuerzo por consolidar y divulgar las lecciones de la experiencia dentro de sus propias agencias y, a un nivel más amplio, animando a sus socios locales a visitar otros países y a observar programas alternativos en acción antes de adoptar sus propios programas. Los donantes pueden introducir asimismo los cambios necesarios en sus propios procedimientos operativos, al insistir, por ejemplo, en que los diseñadores revisen y usen estas lecciones, al ofrecer una bonificación para las propuestas que desarrollen el trabajo de otros, y aludiendo específicamente a estos problemas en sus evaluaciones. Finalmente, pueden financiar conferencias, talleres, intercambios y estudios dedicados específicamente a revisar y evaluar enfoques antagónicos a problemas comunes.

Sin embargo, no son estas las actividades que se suelen realizar, las cuales, por lo general, incluyen presentaciones poco coordinadas sobre un exceso de temas y con demasiadas agendas como para facilitar un análisis crítico. Las áreas deberían ser definidas más estrictamente, y los participantes seleccionados por su capacidad y disposición de dirigirse a desarrollar dichas áreas objetivamente (en lugar de limitarse a vender su propio programa o posición), y la agenda debiera establecer los términos del debate y el resultado previsto.

Una conferencia sobre capacitación, por ejemplo, no estaría limitada a las trilladas explicaciones descriptivas de los programas locales, sino que podría centrarse más bien en cómo hacer la evaluación de las necesidades efectivas, evaluar el impacto de los programas, o vincular la capacitación con la promoción laboral. Los presentadores podrían recibir listados de preguntas o de temas que deberían cubrir de antemano, o un artículo temático al que debieran responder. Este mismo tipo de conferencia o de taller podría ser organizado también por los consejos de la judicatura o escuelas judiciales, invitando a participantes nacionales y extranjeros.

Un producto de estos intercambios de información será la creación de aproximaciones y soluciones mejoradas a partir de la experiencia combinada de varios países. Otro puede ser la exploración y eliminación selectiva de algunos de los mitos persistentes acerca de la reforma judicial - el atractivo de las simplificaciones excesivas, o aquellos errores crasos que surgen cada vez que alguien decide experimentar con el tema. Tales errores van desde los objetivos efímeros como el de la independencia judicial o la apoliticidad, que no sólo resultan imposibles sino también indeseables de la forma exagerada como se persiguen, hasta los tradicionales puntos de referencia y soluciones - el porcentaje constitucionalmente previsto del presupuesto nacional, el gobierno de la rama por parte de un consejo externo, o las pruebas para determinar la vocación judicial - que demuestran ser mucho más difíciles de realizar y mucho menos benéficos en sus resultados de lo que imaginan sus promotores.

La mayor parte de estos objetivos y soluciones están dirigidos a asuntos importantes, y algunos de ellos contienen elementos que ameritan ulterior investigación; no obstante, podría ahorrarse mucho tiempo y recursos si sus fallas y deficiencias se reconocieran de una vez por todas. Quizás la más peligrosa de todas ellas sea la idea de que la reforma en formación misma puede ser reducida a una fórmula técnica o a un modelo que, una vez definido, puede seguirse de manera automática y casi inconsciente.

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Esta creencia puede explicar en parte algunas de las más grandes decepciones y de los peores errores; quienes se dejan seducir por ella por lo general no están dispuestos a reconocer sus propios errores hasta cuando han adquirido dimensiones relativamente importantes.

2.6 Enfoques estratégicos y objetivos de capacitación judicial más precisos

Gran parte de lo que sabemos acerca de la formación o capacitación judicial está a nivel de las actividades reformadoras - cómo organizar una escuela judicial o un currículo, cómo desarrollar un sistema mejor de administración de tribunales, o cómo reestructurar una fiscalía. Subsisten todavía enormes vacíos en este conocimiento y, como lo anotamos antes, buena parte de él se usa de manera poco apropiada. No obstante, su plena utilización aún no resolvería un problema de orden superior, aquel de como combinar estas actividades en un único programa de capacitación, y cómo estructurarlo de manera que genere una verdadera mejora en el desempeño judicial. El reto no consiste en hallar una fórmula de capacitación a prueba de errores; como lo señalamos antes, este es un objetivo poco plausible. Se trata más bien de continuar probando las relaciones para hallar medios más efectivos y eficientes de introducir mejoras particulares.

Esencialmente, es un problema de medios y fines que requiere prestar atención a ambos aspectos. A menudo se inicia con una formulación inadecuada de los fines o mejoras deseadas. Cuando el objetivo es la capacitación sin más, el blanco se convierte, con excesiva facilidad, en la realización de actividades particulares que incluyen un mayor presupuesto, un sistema de nombramientos menos politizados, o jueces mejor capacitados. Debe advertirse que estos no son, por sí mismos, objetivos - son medios. Si, en efecto, tuviéramos un modelo ideal -una capacitación judicial que funcionara perfectamente- y una definición precisa de sus componentes, entonces una declaración de medios sería suficiente -x unidades de capacitación, combinadas con y unidades de sistema de información, después de haber introducido ciertos cambios legales. Incluso en este caso, la limitación de recursos obligaría a su realización paulatina.

En ausencia tanto de un modelo semejante como de recursos ilimitados, es necesario disponer de una definición mejor y más precisa de los fines, para seleccionar a partir de ella los medios, y para determinar si en efecto ha dado resultado. Una segunda razón para centrarse en los fines es la comprensión inadecuada y a menudo incompleta de los problemas que requieren solución. Muchos de los mitos constituyen un aspecto de este fenómeno. Con frecuencia se presentan soluciones bajo la apariencia de problemas (por ejemplo, la solución es obtener presupuestos más altos para el problema de la "pobreza" judicial) y reflejan el análisis truncado de un mal mayor que desconoce los factores críticos que lo ocasionan.

Cuando se requiere capacitación, es preciso decidir qué tipo de capacitación se necesita, cuánta y cómo organizarla de manera que se saque el mejor provecho de la inversión. Sin embargo, la capacitación rara vez constituye la única solución y allí donde lo indicado es una variedad de medios, para alcanzar una variedad de objetivos, subsiste el dilema de cómo combinarlos, coordinarlos y establecer su secuencia.

Las secuencias y combinaciones dictadas por la lógica, la conveniencia, o sencillamente por la manera cómo funcionan las cosas (por ejemplo, implementar primero lo que resulta más sencillo o más atractivo) tal vez no sean las mejores respuestas.

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Pueden conducir a callejones sin salida (una vez implementado lo más sencillo, se detiene la capacitación), resultados contraproducentes (el sistema de información se diseña antes de introducir los nuevos procedimientos) o se suboptimizan los elementos complementarios y las sinergias (la capacitación temprana ayuda a reducir la resistencia frente a las leyes propuestas y suministra información para mejorar su contenido).

Hay dilemas estratégicos más amplios - determinar si es mejor modificar gradualmente la legislación o reformular los códigos en su totalidad; si las estrategias de arriba hacia abajo o de abajo hacia arriba resultan más efectivas en la reestructuración de las organizaciones; cuándo y cómo usar y cuando replicar proyectos piloto; si se debe reemplazar o capacitar de nuevo al personal mal preparado y cómo combinar y estructurar incentivos positivos y sanciones para propiciar un mejor desempeño; cómo y cuando incluir electores externos o usuarios potenciales en el diseño de la reforma y en el proceso de su implementación.

La lista es mucho más larga, y es poco probable que muchos de estos interrogantes tengan respuestas claras. El punto más general es que nuestra persistente ignorancia requiere experimentación inteligente -cuando admitimos que no sabemos, podemos tratar de extender las fronteras de nuestro propio conocimiento, probando alternativas y registrando los resultados para poder introducir correcciones a mitad de camino en los proyectos en desarrollo, y para incorporar mejores métodos en los próximos. Si ha de darse una nueva generación de capacitación judicial, no sólo deberá partir de las lecciones que dejan los esfuerzos anteriores, sino basarse en una exploración más sistemática de cómo incorporarlos de manera más productiva.

2.7 resultados empíricos

2.7.1 diagnóstico sobre la capacitación de jueces

La preocupación por la capacitación de los jueces y, en menor medida, del resto de los funcionarios judiciales, ha sido el mínimo común denominador de todos los programas de reforma judicial en latinoamérica. Todos ellos han contemplado no sólo la provisión de servicios de capacitación, sino también la institucionalización de la misma a través de las llamadas escuelas judiciales que han proliferado en casi todos los países y a nivel subregional. Sin dudas en ese proceso ha sido determinante el fuerte apoyo de la cooperación internacional que vio en este tema no sólo una necesidad, sino también una alternativa pacífica para introducirse en los sistemas judiciales del continente y ganar experiencia y legitimidad. La cooperación no sólo ha apoyado el establecimiento de las escuelas, sino también sus programas específicos y los estudios de necesidades de capacitación en que, por lo general, se basan.

Los programas de capacitación han perseguido llenar los vacíos y suplir las limitaciones de la enseñanza formal en las escuelas de derecho. El diagnóstico común es que “los jueces desconocen la ley”, por lo tanto la capacitación se ha preocupado más de llenar ese vacío elemental que de desarrollar en ellos las habilidades y destrezas propias de la función judicial. Ciertamente que esta limitación no es adjudicable a los programas de capacitación judicial, pero sí llama la atención sobre la necesidad, no siempre abordada, de extender los esfuerzos de reforma a las escuelas de derecho. Mientras el derecho siga enseñándose como se lo hace actualmente en nuestro continente, de manera formal y memorística, será excepcional contar con abogados y jueces realmente capaces.

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Las escuelas judiciales por lo general se han constituido el alero de los poderes judiciales o de los consejos de la judicatura, pero existen casos en que su adscripción institucional ha sido más compleja (como el ceju del Uruguay que cuenta con una dirección tripartita: suprema corte, ministerio público y universidad de la república) o derechamente dependido del ministerio de justicia (como sucedió durante buen tiempo en Colombia, hasta que la escuela Rodrigo Lara se fundió con la dependiente del consejo).

Los programas de capacitación por lo general han estado dirigidos más a los jueces que a los funcionarios administrativos, y más a los en servicio que a los aspirantes o recién designados. Un programa que escapa a lo anterior ha sido el de la academia judicial de chile, que contempla un curso de formación para los aspirantes a jueces y programas de capacitación continúa para todos los funcionarios judiciales: jueces y administrativos. Con esa modalidad se intenta también evitar el riesgo de que el instituto de la judicatura de

Bolivia, como ha pasado con otras escuelas judiciales, se convirtiera en una institución poco eficiente en su gestión, con una plantilla rígida de profesores y altos costos operacionales.(35) Igualmente, se persiguió evitar que los cursos, fundamentalmente en su metodología, redituaran los vicios de la enseñanza tradicional del derecho: la consabida clase magistral.

Son muy escasas las evaluaciones realizadas sobre el impacto de las actividades de capacitación judicial. Por lo general no existe ni un sistema de seguimiento ni mediciones que permitan señalar, en términos objetivos, las consecuencias que tiene para el personal judicial -y para el sistema de justicia en general- la realización de los cursos y talleres que integran la malla curricular que ofrecen las escuelas judiciales.

(35) Binder se preocupa de resaltar lo equivocada que es la idea de “…que la variable de los recursos humanos puede resolver por sí misma los graves problemas de los sistemas judiciales de la región. Al contrario, sostener esa forma de reduccionismo ha sido uno de los obstáculos importantes a vencer, porque esa visión suele ir acompañada de una actitud escéptica sobre la posibilidad de cambio de “mentalidad” de los operadores judiciales.” (Binder, 2.000:137)

(36) Klitgaard llama la atención sobre la cantidad de información que se desperdicia, sobre las causas de la corrupción en una organización, al dedicarse exclusivamente a buscar funcionarios corruptos en ella (Klitgaard, 1992, p. 16)

(37) Incluso las mismas purgas, por su previsibilidad y periodicidad, han alentado conductas corruptas, pues los que van a ser objeto de ellas poseen fuertes incentivos para acelerar y extremar tales acciones.

(38) Otros cambios han apuntado también a alargar el mandato de los miembros de los tribunales superiores, para darles mayor estabilidad en sus cargos y, sobretodo, como en el caso de El Salvador, para evitar que ellos coincidieran con los gobiernos -cada nuevo gobierno designaba una nueva Corte que el fuera afin-. En ese país también se incorporó, para la designación de los ministros de la Corte Suprema, un sistema de elección de postulantes en la cual votan todos los abogados del país (BIDAMERICA, 1.998)

(39) Hammergren, 1.998a:73

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En todo caso, todo indica que los resultados de los procesos de capacitación han sido bastante más modestos que lo originalmente pensado. La capacitación en el área judicial ha demostrado no tener la potencialidad de convertirse en sí misma en una herramienta de cambio, cual ha sido el supuesto que ha estado detrás de la constitución de las escuelas judiciales.(39) Esto, por lo demás, es lo que ocurre en cualquier otro tema. La capacitación siempre opera como un instrumento para la implementación de los cambios, no como una reforma en sí. Además, al considerar que los tribunales presentan características especiales, como ser la estricta reglamentación de sus rutinas y la fortaleza de su cultura organizacional, se puede concluir que en ellos, con mayor razón que en una organización cualquiera, los cambios deben originarse de una fuerza distinta al puro quehacer de sus integrantes, aunque éste se vea mejorado producto de la capacitación.

Lo anterior puede constituir un buen argumento para sostener que la capacitación, en el medio judicial, no puede plantearse como objetivos cambios profundos o radicales en el funcionamiento de la institución. Sin embargo, esta discusión debe circunscribirse a su correcta dimensión, pues se corre el riesgo que a partir de la conclusión anterior se desvinculen los objetivos de las actividades educativas impulsadas por las escuelas judiciales con los del cambio organizacional y que éstas pasen a operar en función exclusivamente de los intereses de los capacitados. Algo de esto ha sucedido desde el momento en que muchos planes de capacitación tratan sólo los temas de interés para los funcionarios judiciales e, incluso, se convierten nada más que en una buena oportunidad para que ellos puedan viajar o, al menos, alejarse uno días del trabajo y hacer vida social.

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La capacitación no tiene ni puede tener como objetivo el que los funcionarios simplemente se sientan mejor haciendo su trabajo, su objetivo es algo bien distinto: que los funcionarios hagan mejor su trabajo y que, por ende, el sistema también funcione mejor.El escaso impacto de la capacitación judicial emana fundamentalmente de su falta de seguimiento: los cursos constituyen hitos desligados entre sí, sin sentido ni conducción estratégica; y de su desvinculación de un proceso integral de cambios. Cuando a los funcionarios se les enseña a hacer su trabajo en forma distinta, sin que cambie el entorno ni se les proporcionen los elementos suficientes, es imposible pensar que algo realmente vaya a cambiar. En tal sentido, la vuelta a los tribunales, por mejores que sean las intenciones de poner en práctica los nuevos conocimientos, se traduce en una experiencia frustrante.

Este desencuentro entre el mundo ideal y el real ha sido fuente de otro tipo de problemas para la capacitación judicial. ¿en qué es lo que hay que capacitar? No es ésta para nada una pregunta trivial. ¿el objetivo debe ser que los funcionarios hagan mejor el trabajo que hoy deben realizar o bien que aprendan el que debieran en teoría realizar, aún cuando la realidad les imponga otra cosa? El mejor ejemplo de esta situación es el que sucede ante el muy extendido fenómeno de delegación de funciones. Ya que hay empleados administrativos de los tribunales que hoy en día dictan resoluciones ¿debemos enseñarles cómo dictarlas mejor? O debido a que ello no es aceptable ¿debemos capacitar a esos funcionarios sólo en funciones administrativas, mas no en las jurisdiccionales?

Lo anterior no significa que la capacitación haya sido inútil. Ella ha tenido efectos colaterales estimables: ha aumentado la autoestima de los jueces, ha servido para detectar e impulsar liderazgos en su interior, ha servido para introducir dentro de la corporación judicial nuevas visiones sobre su quehacer, sembrando al menos semillas útiles para las transformaciones posteriores y ha sido indispensable cuando ha estado conectada a la implementación de cambios concretos a la institución.

2.7.2 Opinión de la ciudadanía respecto a la administración de justicia a nivel nacional

Presentamos un resumen de la problemática de la justicia visualizada por la ciudadanía a nivel nacional, que es producto de entrevista escrita aleatorias, recogidas en los diferentes eventos, reuniones y en las calles de las ciudades de la paz, cochabamba, potosí, tarija y chuquisaca, estas algunas de las respuestas más relevantes. (anexo nº 5) La opinión de la ciudadanía respecto a la corrupción

Corrupción en la administración de justicia. Existe una percepción en la población sobre la significativa presencia de la corrupción en el sistema de justicia. Desde la experiencia de la población, sin dinero no se ganan los juicios. En el tema de corrupción, es una realidad, pero también existe una imagen social.

Respecto al acceso a la justicia

- Limitado acceso a la justicia de personas que se encuentran en situación de pobreza tanto en el espacio rural como urbano.

- Alto costo de acceso a la justicia. Existe preocupación de algunos representantes de organizaciones de la sociedad civil por el monto de las tasas judiciales y demás costos judiciales que se debe pagar para acceder al sistema de justicia.

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Consideran que hay maltrato en la atención al público

Maltrato a la población usuaria por parte de los funcionarios públicos encargado de impartir justicia, fundamentalmente en pueblos pequeños, contra la población quechua hablante, en zonas de extrema pobreza y poca presencia del estado.

Cuál la legitimidad, confianza e imagen social de la justicia

Existe una falta de credibilidad en las instituciones que administran justicia. Se plantea la necesidad de realizar un diagnóstico más preciso de la problemática de la justicia a nivel local y nacional para identificar las causas de esta situación.

Criterios sobre la justicia, participación ciudadana y sociedad civil

- Se debe generar un mecanismo de participación ciudadana para que participe en la vigilancia de la administración de justicia.

- Se debe establecer mecanismos sociales que permitan que la sociedad civil en general tenga un mayor y mejor conocimiento de las normas legales más importantes.

Las relaciones medios de comunicación y transparencia en la administración de justicia

La imagen del poder judicial se ve afectada por los medios de comunicación, sin que exista una adecuada respuesta respecto de las denuncias carentes de fundamento (política institucional de no responder públicamente a ellas). Pero también se ve afectada por la manera como se brinda el servicio, que lleva a que los funcionarios no actúen conforme a la importancia del rol que desempeñan.

Respecto al presupuesto e infraestructura

Este problema de falta de infraestructura alcanza también al ministerio público. Existen quejas acerca de la precariedad de los inmuebles donde trabajan, falta de medios logísticos, en algunos lugares sólo cuentan con un solo vehículo para el desarrollo de la función fiscal, además de escasos combustible para la realización de las diligencias.

Qué opinión merece el marco normativo y reformas legislativas

Muchas veces las criticas que se hacen contra los operadores jurídicos, tienen su causa en la legislación vigente.

Existe el pluralismo jurídico

Existe un desconocimiento del derecho consuetudinario por parte de los operadores de la justicia y de los actores de la justicia. Se desconoce los alcances del artículo 1º de la constitución política, del convenio 169 de la oit y demás normatividad vigente.

Lejanía cultural entre el sistema de justicia y sus operadores y la población usuaria del servicio, que va desde el problema de la diferencia idiomática hasta la falta de una perspectiva de pluralismo cultural.

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Respecto a la cultura jurídica

- La litigiosidad forma parte de la cultura nacional, por lo que se desdeña el recurso a medios alternativos de solución de conflictos y si se requiere de una solución heterónoma se recurre al poder judicial.

- Hay una cultura jurídica que privilegia el papel de la ley en la reforma, aunque luego no se cumpla, y espera que el cambio tenga un fuerte contenido normativo, cuando ello no es necesariamente así, puesto que hay un gran problema de calidades personales.

Conoce sobre capacitación, especialización y formación, de los funcionarios judiciales

- La falta de personal capacitado para atender a la gente y explicar como funciona el sistema de justicia y falta de formación en valores de algunos magistrados.

- Existe un reclamo de mayor capacitación no sólo para jueces y fiscales sino para los secretarios, para el personal auxiliar jurisdiccional y en general para los órganos de apoyo a la justicia, como por ejemplo la policía.

Respecto a las facultades de derecho

- Existen serios cuestionamientos a la calidad de la enseñanza que se brinda a los alumnos en muchas universidades.

- Falta de participación de las facultades de derecho de las universidades locales en la reforma de la administración de justicia. La reforma de la administración de justicia no comprende el papel que le corresponde a las universidades y a las facultades de derecho, en la formación de los operadores del derecho.

Existirá autonomía y coordinación entre los operadores de la justicia

- Injerencia política en la administración de justicia. Existe una percepción de la población acerca de la injerencia política en la administración de justicia. Para muchos, el sistema de justicia sigue sometido al poder político, citándose como ejemplo reciente el caso cac-fancesa.

- No hay una comunicación fluida ni coordinación orgánica entre los diferentes órganos que componen la administración de justicia, no hay articulación interinstitucional, lo cual dificulta el funcionamiento del sistema de justicia.

Existe retardación o celeridad procesal

- Existe un retardo permanente del sistema de justicia. La excesiva carga procesal que debe ser considerado como un problema judicial.

- Preocupa la dilación en la ejecución de las sentencias judiciales, hay muchos retardo y a veces estas sentencias ya no llegan a ejecutarse, con lo que se está afectando el derecho de acceso a la justicia de los justiciables.

Respecto a los abogados

- La corrupción se inicia en los estudios de abogados y no en las fiscalías ni en los juzgados. Existe un reclamo hacia los colegios de abogados para que sancionen con

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mayor severidad este tipo de conductas de corrupción. Falta de sanción interna a los malos abogados por parte de los colegios de abogados.

- Existen quejas contra malos abogados, que engañan a los litigantes, lo que ocasiona que muchas veces el ciudadano culpe directamente al poder judicial de la crisis del poder judicial. Asimismo, estos malos abogados generan falsas expectativas sobre los juicios.

2.7.3 la necesidad de profesionalización de jueces

En el trabajo de investigación sobre la profesionalización de jueces, se ha realizado a través de la encuesta, (anexo nº 2) del cual se ha podido verificar de manera objetiva, los puntos de la propuesta y las necesidades de profesionalización o capacitación que requieren los servidores judiciales, veamos:

Ítem 1 ¿es necesaria la profesionalización o capacitación, y en que medida puede mejorar su desempeño jurisdiccional?

El 1% considera que no favorece para mejorar su reempeño profesional.El 4% no respondió.El 19% opina que puede favorecer poco.El 76% responde y reconoce que puede ser favorable para mejorar su desempeño.

De los resultados obtenidos se colige que los procesos de profesionalización de jueces, influyen de manera significativa y positiva en el desempeño de sus actividades y constituyen herramienta importante para coadyuvar en la mejora de la administración de justicia.Ítem 2 ¿cuál la carga horaria y en qué horario considera el más adecuado para desarrollar los cursos de profesionalización de jueces?

El horario de preferencia para los cursos de profesionalización de jueces, es de 08:00 a 12:00 con 4 horas de carga por día y de media jornada

Ítem 3 ¿que temas considera que deben tomarse en cuenta en la profesionalización de jueces o en los futuros cursos de capacitación?

Área penal, la preferencia esta relacionado con la prueba.Área niñez y adolescencia, la preferencia es los procedimientos.Temas complementarios a la función jurídica, se solicita ética y oratoria, psicología y relaciones humanas.Área civil, los procesos ejecutivos y coactivos.Área comercial, lo relacionado con los nuevos contratos.Área familia, lo relacionado con la asistencia familiar.Área constitucional, los recursos constitucionales y procedimientos.Área administrativa, lo relacionado con le nuevo código tributario.Área laboral y social, contratos, beneficios y el “estatuto del funcionario público”.

Ítem 4 ¿qué métodos educativos considera que son los más adecuados para su profesionalización o capacitación? ¿otras técnicas u formas organizativas?

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Este ítem permitió conocer que existe mayor inclinación hacia el método de casos prácticos, posteriormente tenemos el método de exposición dialogada y elaboración conjunta, el método de simulaciones y el problémico. La preferencia demostrada nos permite concluir que las expectativas de los destinatarios están dirigidas hacia procesos de profesionalización y capacitación activos, dinámicos, contextualizados a la realidad y sobre todo que existe la disposición de participar en los mismos.

Ítem 5 ¿qué sugerencias podría hacer respecto a la organización de los cursos de profesionalización o eventos de capacitación considerando las características de su función profesional?

Gran mayoría solicitan se les envíe los materiales de estudio con la debida antelación al evento; se les brinde la información adecuada con la anticipación.

Ítem 6 ¿que sugerencias desearía hacer respecto al sistema de evaluación en los cursos de profesionalización de jueces?

La mayoría opina que las evaluaciones sean realizadas sean de los casos prácticos y no tanto de las lecturas teóricas.

Ítem 7 si los cursos de profesionalización o capacitación, pueda generarse en el sistema de educación a distancia: ¿qué medio de comunicación e información considera usted que se encuentra a su alcance, tomando en cuenta sus posibilidades personales y profesionales?

Aunque se denota la aún cultura del papel, la preferencia está en el uso del internet.

Conclusiones de las encuestas: durante el desarrollo del informe final de las encuestas se observa con satisfacción que los objetivos propuestos se han alcanzados en la medida en que se ha logrado establecer la importancia que los funcionarios judiciales le asignan a la futura profesionalización de jueces y a la capacitación como elemento para mejorar su desempeño, reflejado en el 76% de los encuestados que opinan que beneficiaría mucho en su desempeño, además del interés demostrado en las sugerencias de continuar con cursos con mayor frecuencia.

La profesionalización de jueces influirá de manera positiva en el desempeño de los destinatarios, y constituiría una herramienta importante para coadyuvar en la mejora de la administración de justicia boliviana. Por otra parte se determinó las expectativas e intereses de profesionalización de jueces y la capacitación de los servidores judiciales en áreas temáticas y de habilidades, destrezas y técnicas propias de la función que desempeñan, esto se ve respaldado a lo largo de todo el documento en el que se aprecia las sugerencias realizadas respecto a los horarios, metodología, temas, formas de organización y evaluación.

En la profesionalización y capacitación, definen la temática de interés de los servidores judiciales tanto a nivel distrital como nacional. Se logró generar información útil para el diseño de la profesionalización y capacitación, plasmadas en el documento en los ítems; sugerencias para la organización y evaluación de los procesos. El horario de preferencia es el de 8:00 a 12:00 con 4 hrs. De carga por día y media jornada de trabajo académico, que por una parte posibilita retornar a la labores jurisdiccionales por la tarde, otra produce un corte en la secuencia y continuidad del curso.

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Asimismo se eligió el horario de 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00 con 8hrs. De carga diaria y una jornada completa de trabajo académico, que permita dedicación exclusiva del destinatario a su participación en los cursos de profesionalización o capacitación. Se recomienda que el método de análisis de casos prácticos, debe ser aplicado en los futuros cursos de profesionalización de jueces y eventos de capacitación.

En futuros cursos de profesionalización y capacitación la entrega de material e información previa de los eventos, debe realizarse con mayor anticipación, mejorando los mecanismos de comunicación. En el sistema de evaluación, consideran que es necesario contar claramente con los parámetros e indicadores de evaluación de manera que los participantes asuman con responsabilidad su formación profesional o capacitación. En cuanto a temas de capacitación transversal sugieren: “derechos, deberes y garantías constitucionales” y “ética y relaciones humanas”. Temas mencionados no responden a la selección mayoritaria, han sido seleccionados de acuerdo a criterios de pertinencia en relación con las funciones que deben cumplir dichos funcionarios judiciales en mejora de la administración de justicia.

Los destinatarios exigen que la profesionalización o capacitación a efectuarse en dicho sector sea de acuerdo a la competencia de los juzgados donde cumplen actualmente sus funciones, es decir conforme a la materia de los mismos. El tema de la metodología educativa a desarrollarse en futuros cursos de profesionalización de jueces y eventos deberá observar la sugerencia mayoritaria de los encuestados, que se inclina por el desarrollo de casos prácticos a fin de facilitar la comprensión de los contenidos temáticos de los cursos, aunque se entiende, que hay temáticas que se prestan perfectamente a ello mientras que otras son esencialmente teóricas.

En educación a distancia, se observa que la mayoría de los destinatarios aún el impreso en papel, considera a la red internet como un medio óptimo y a su alcance, frente a otras modalidades, los resultados obtenidos nos permiten afirmar que la internet se constituye en la opción más votada como alternativa de capacitación frente a las otras tres sugeridas, salvo, la suma de estas tres últimas opciones frente a la primera.

Se considera que los datos obtenidos en este tema son muy valiosos, ya que el desarrollo de un proceso de educación a distancia no puede limitarse al mero envío de material impreso o digital a los destinatarios, sino que implica todo un complejo mecanismo de control, seguimiento del curso, contenidos pedagógicos adecuados y de evaluación.Se plantean varias temáticas por área, esto justifica que es necesario una planificación de manera que los procesos profesionalización de jueces o de capacitación sean sostenidos y secuenciales.

2.7.4 Consideraciones sobre la justicia

Se ha realizado siete interrogantes a los ciudadanos y de profesionales del derecho, entrevistados aleatoriamente en potosí quince, sucre veinte, cochabamba veinticinco y la paz veinte y estas las respuestas más relevantes. Anexo nº 6.

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En su opinión, sirve el aparato de justicia

- Durante muchos años el estado descuidó al sistema de justicia por ``falta de inteligencia'' o ``temor a perder privilegios''. El resultado está a la vista: reformas constitucionales ``epidérmicas'', corrupción, falta de credibilidad y la posibilidad real de que la gente opte por la autodefensa, opinaron varios entrevistados, cuya mayoría no quisieron siquiera identificarse.

Cuál es su opinión sobre el sistema de justicia en Bolivia

- Pienso que desde la creación de la república, .todo el aparato de justicia a venido sufriendo la desatención de parte de nuestros políticos. En primer lugar la cuestión económica, los recursos que se destinan a la administración de justicia son insuficientes. Pero creo que eso no es todo y ni lo más importante, creo que lo más importante es el descuido y la poca importancia que se le ha dado al tema de la justicia en nuestro país.

A qué ha llevado el descuido del estado

- A que la gente común y corriente ya no tenga confianza. Una de dos: la gente no tiene los recursos para acceder a la justicia, porque para ello hay que pagar un abogado y hacer una serie de gastos o que resuelva los problemas por su propia mano. Cuando no se hace justicia, hay quienes emplean la autodefensa.

- La corrupción...

Qué hacer ante la falta de credibilidad hacia el sistema en procuración de justicia boliviana

- Bueno, hay que meterle mano a fondo. O se hace una reforma profunda o seguiremos con reformas de maquillaje, que ya hemos visto que no funcionan.

Lo que lleva la actual administración ha sido superficial

- Debemos trabajar en la profesionalización, dignificación y moralización de los jueces, mejoramiento de la administración de justicia, lucha firme contra el narcotráfico, modernización y reforma integral del poder judicial, independencia de los jueces, acceso a la justicia para todos y mecanismos de control de los actos de los jueces.

La ley contra la corrupción

- Es muy criticable. Es perder una línea para tener autoridades con poderes extraordinarios y darles grandes márgenes de discrecionalidad y eso no es estado de derecho, sino una forma de desahogar al estado de derecho.

En un sistema político como el boliviano se puede hacer eso

- No es que se pueda, es que se debe. Pero ahí existen inercias de muchos años que hay que romper.

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De las entrevistas realizadas podemos colegir que la poca importancia que se le ha dado a la administración de justicia, ocasiona la desconfianza e inseguridad jurídica en la población. Asimismo, requiere realizar cambios a fondo y entre ellos señalan que se debe preparar los recursos humanos, la profesionalización de los mismos, para lograr la independencia.

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Capítulo tercero

Propuesta y validación del modelo pedagógico para la profesionalización de jueces

El objetivo de este capítulo es desarrollar la propuesta y por ende la validación del modelo, que se constituye en una necesidad imprescindible de la investigación, porque de lo contrario quedaría vacío de contenido y resultado.

3.1 la profesionalización de los jueces en la función jurisdiccional

La democratización de la administración de justicia es una dimensión fundamental de la democracia económica, social y política de una sociedad. La capacitación es un instrumento eficaz para contribuir con ese proceso de democratización que implica celeridad, independencia, acceso y eficacia de la justicia.

Por esta razón, es indispensable el establecimiento de un sistema de capacitación judicial que pueda ser ejecutado en forma permanente, continua y sistemática. La capacitación debe estar orientada a los funcionarios que se encuentran directamente en el sector justicia y sobre todo, con su profesionalización y vinculados con la carrera judicial, para contribuir a su permanencia e independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.

El estado contemporáneo de las condiciones académicas de las universidades latinoamericanas en general y de bolivianas en particular, se caracteriza por la presencia de diversos elementos problematizadores que inciden de manera sustancial en el logro de los objetivos que han orientado el desarrollo de las propias instituciones de educación superior. Las perspectivas educativas para dar respuesta a las necesidades de formación profesionales de alto nivel, que se integren a los sistemas nacionales de generación de nuevos conocimientos científicos y técnicos, se encuentran obstaculizadas por la vigencia de paradigmas pedagógicos dominantes, que en su mayoría son planificados y diseñados sin tomar en cuenta la realidad actual, desde una interpretación de dominación y subordinación cultural.

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Modelo Pedagógico

Principios de la Educación Avanzada

Diseño Curricular

Sistema de condición de Educación Avanzada para la

formación de jueces profesionales

Desempeño Jurisdiccional del Juez profesional Capacidad

Independiente Libre Imparcial Creativo

Satisfacción de la Necesidad de la Sociedad Administración de Justicia

1. Diseño Plan2. Ejecución3. Seguimiento4. Evaluación

ConocimientosHabilidadesDestrezas

Fundamentación de la propuesta

Filosófico Psicológico Pedagógico Sociológico

Por lo tanto los programas de profesionalización de jueces deben ser concebidos como estudios de cuarto nivel desde la perspectiva de la educación avanzada y orientados a líneas de investigación con pertinencia social, productiva y laboral, y que se encuentren articulados a sistemas de construcción y reconstrucción de nuevos paradigmas psicopedagógicos, significando una alternativa para superar la debilidad que hoy en día padecemos en los procesos de formación de científicos, técnicos y humanistas.

A partir de esta posición disciplinaria la propuesta pedagógica de educación avanzada para la formación de profesionales de excelencia académica, significa una posibilidad para que en las universidades del país se discutan las estrategias teórico-metodológicas y académicas organizativas que lleven a la formación de profesionales de alto rendimiento”(40).

3.2 Modelo de formación profesional de jueces

En el presente trabajo de investigación científica sobre la profesionalización de jueces, los conceptos de profesionista(s) y profesional(es) tienen fundamentaciones y connotaciones diferentes. Desde la perspectiva de la teoría socio crítica de la educación y la teoría del análisis curricular, el profesionista es el sujeto que tiene una formación académica para el ejercicio de la actividad en la cual fue formado -aun cuando no la practica y que su actividad se convierte en rutinariamente mecánica-. El profesional es el sujeto formado en condiciones educativas similares, que asume su práctica con una actitud crítica, responsabilidad, comprometida con el desarrollo y contradicciones del proceso de producción del conocimiento científico, tecnológico y humanístico; es decir, es un profesional actualizado y consciente de la necesidad de superar constantemente las limitaciones y deficiencias de su práctica.

3.2.1 metodología pedagógica en la concepción de la educación avanzada para la formación de jueces profesionales de excelencia académica

El modelo educativo de la educación avanzada para la formación del juez profesional de excelencia académica en los estudios de jueces parte del principio de que no se pueden educar profesionales altamente calificados en tanto esto no se sustente en un sistema de principios filosóficos, pedagógicos, sociológicos y psicológicos. Estos principios, que son la base de la modulación de la personalidad del futuro profesional, deben intervenir simultáneamente con todos sus componentes e influir de manera oportuna en la adquisición de las habilidades,

(40) Carlos Rincón Ramírez, Sistema de condición pedagógica de educación avanzada para la formación de profesionales de excelencia académica.

(35) Binder apunta que en esta materia “… se ha puesto más énfasis en la creación de estructuras que en el desarrollo de planes de capacitación.” (Binder, 2.000:130)

(39) Hammergren sostiene que: “… los programas de capacitación también han sido criticados por su limitado efecto sobre el desempeño del sistema como tal. El hecho de que los jueces tengan mayor conocimiento no siempre los hace mejores jueces.” (Hammergren, 1998a:47). Por su parte, Binder sostiene que: “Nadie niega ya que las distintas instituciones judiciales deben tener un sistema permanente y consistente de formación y capacitación. Sin embargo, el consenso que existe y la sencillez de esa idea no han rendido todavía frutos.” (Binder, 2.000:98)

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hábitos, destrezas, aptitudes y capacidades necesarias para la formación de un nuevo profesionista.

Las ciencias de la educación, en tanto disciplinas científicas responsables de definir las teorías, técnicas y metodologías específicas de la enseñanza y el aprendizaje que intervienen directamente en el proceso docente-educativo, tienen su soporte en la teoría sistémica estructural y en los planteamientos de la educación avanzada, como dos propuestas de reconceptualizaciones que superan las concepciones tradicionales y anacrónicas de la profesionalización de jueces. Este replanteamiento pedagógico es el punto de partida de la contradicción entre las concepciones hegemónicas-actualmente vigentes en las universidades bolivianas- que conciben la profesionalización aislada de las situaciones problemáticas; y la presencia de una concepción crítica y reflexiva que entiende los procesos de formación profesional desde la existencia de un estado problematizador y conflictivo.

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Los diseños curriculares de ambos planteamientos no pueden ser semejantes; al contrario, se encuentran en puntos de partida diferente y teóricamente distante. La ruptura epistemológica se pone de manifiesto y cuestiona los paradigmas vigentes. Por un lado, el diseño debe ser elaborado por "especialistas" -en el mejor de los casos, en diseño curricular- que tenga amplio dominio en un área de conocimiento especifico, pero un mínimo acercamiento a los fundamentos pedagógicos y psicológicos, puesto que las currículas, hasta hoy, forman al profesional en un solo campo de su personalidad, descuidando componentes importantes de su estructura. El profesionista se forma para ser capaz en la investigación o el dominio teórico del conocimiento, pero no para adquirir una instrucción amplia y multifacética.

Por otro, el diseño curricular tiene que ser construido por un equipo inter y multidisciplinario, que además de poseer profundos conocimientos teórico-metodológicos en el área en cuestión, haya adquirido una sólida formación pedagógica y psicológica; también, que cuente con una importante experiencia en planificación y diseño curriculares, lo que garantiza que, en el momento de definir las estrategias para el diseño, se incorpore a todos los actores sociales involucrados y se consideren todos los elementos posibles que habrán de incidir, ya sea de manera manifiesta o latente en el proceso de formación profesional. Se planifica pensando en un futuro profesionista de perfil amplio.

Por lo tanto, la metodología pedagógica para la construcción de una nueva conceptualización de la educación avanzada para la profesionalización del juez boliviano, debe ser concebida como sistémica, estructural, integradora y globalizadora. El papel central de este trabajo se encuentra en el diseño curricular, mismo que es entendido como proceso totalizador y no como medio para alcanzar los objetivos. Es a través del diseño del currículo del profesional de excelencia que se construye el "sistema de condición pedagógica de educación avanzada", sustentado en los principios que están articulados dialécticamente con cada uno de los componentes de la estructura curricular.

El sistema de principios del "sistema de condición pedagógica de educación avanzada", se instrumenta en el diseño curricular del programa de profesionalización de jueces al caracterizar el perfil profesional de excelencia e interrelacionarlo con la integración disciplinaria específica del programa y la fundamentación psicopedagógica del modelo educativo. Por lo tanto, en la medida en que el proceso de formación contribuya a desarrollar y consolidar las habilidades, capacidades y destrezas para el ejercicio en los ámbitos laborales, académicos e investigativos, se podrá demostrar la funcionalidad de los principios filosóficos, pedagógicos, psicológicos y sociológicos.

En lo filosófico, se habla acerca del hombre que queremos; por tanto, se esta aceptando que este es el tipo de hombre que espera nuestra sociedad. Posibilitará no absolutizar uno u otro aspecto que influyen e intervienen en el proceso de enseñanza – aprendizaje, estableciendo el carácter dialéctico del mismo y evitando que se caiga en posiciones idealistas, pragmáticas y positivistas. La concepción y ejecución de los diferentes componentes: objetivos, contenido, métodos, medios, formas de organización y la evaluación deben estar precedidos por el conocimiento de las condiciones reales de los estudiantes y de todo lo que influye en el proceso formativo mediante el diagnóstico integral que permita atender, en sus diferentes dimensiones, a las diferencias individuales o diversidad.

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En lo pedagógico, aporta los aspectos referidos al concepto de educación, al sistema de valores y la necesaria fundamentación ética que conlleva implicaciones sociales y políticas, de ella surge la noción clave de formación, ligado a los componentes conceptuales, procedimentales, valorativos, afectivos y actitudinales. La didáctica, como una de sus partes, destaca la dimensión racional y organizativa, conceptualiza la enseñanza y el aprendizaje y aborda sus relaciones.

En lo psicológico, podemos mencionar la crisis existencial en tres grandes luchas a través del conocimiento del ser humano: la humanización del ser, la relación de la persona y la preservación de la existencia.

Se refiere tanto al desarrollo del hombre, como a los procesos de aprendizaje. En cuanto al primer aspecto (desarrollo del hombre) se considera fundamental estimular el desenvolvimiento positivo de la psicomotricidad, inteligencia y socioafectividad del educando, teniendo presente la etapa evolutiva en que se encuentra. Respecto al aprendizaje, se tiene en cuenta los dos enfoques que se dan hoy en el campo de la psicología. Uno afirma que el aprendizaje depende fundamentalmente del momento del desarrollo, de la etapa de evolución social, intelectual, afectiva etc., en que se encuentre la persona; el otro considera que el aprendizaje resulta de la manera como se organiza el ambiente. Permitirán precisar a quién tendrán como centro de atención y la valoración adecuada de lo interpsíquico y lo intrapsíquico en el proceso para abordar de manera adecuada el aprendizaje, las relaciones afectivas y de comunicación entre los sujetos, así como los elementos metacognitivos que propicien llevar al educando a la independencia y el autocontrol de su propio desarrollo intelectual.

En lo sociológico, el ser humano desconoce su origen, su conformación esencial y su propósito de vida; ¿quién soy? ¿De dónde vengo? ¿Hacia dónde voy?: dentro de este fundamento se contemplan básicamente las relaciones entre educación y sociedad. La educación que se impartirá debe tratar, por una parte de conservar ciertos valores y por otra de servir de instrumento de cambio dentro de la sociedad.

Es de vital importancia que el profesional demuestre en su vida cotidiana un alto valor humano y una actitud de honestidad y rectitud en su relación con la sociedad a la que pertenece.

3.2.2 sistema de condición pedagógica de educación avanzada para la formación de jueces profesionales de excelencia académica

La presencia de una situación problémica en los planes de estudio de los programas de profesionalización de jueces, caracterizada por la imposibilidad teórica, metodológica y disciplinaria de la universidad para construir un diseño de educación de jueces que incorpore los aportes más significativos de la ciencia, la técnica, la tecnología y las humanidades en la formación de profesionistas de excelencia académica; que a su vez contribuyan a la solución de otras situaciones problemáticas que afectan a la sociedad, los procesos productivos y los sistemas educativos, ha implicado el análisis, la reflexión, la crítica y la reconsideración del estado actual curricular de los programas de profesionalización de jueces.

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Pensar el diseño curricular para jueces, sustentado en las lógicas dialécticas de la teoría sistémica estructural y de la educación avanzada, es definir, planificar, construir, organizar, coordinar y dirigir un proceso educativo que se oriente hacia la búsqueda constante para alcanzar la excelencia en cada una de las actividades que se realicen en los espacios educativos. El diseño curricular de la educación avanzada para los programas de profesionalización de jueces que se propone es el de un "sistema de condición pedagógica de educación avanzada", que contempla aspectos histórico-sociales-educativos en su desarrollo: la determinación de un marco referencial, la identificación de las demandas sociales, de la producción y el reconocimiento de diversas situaciones problémicas, la definición de los propósitos como las metas finales del profesional, la caracterización del perfil del profesional de excelencia, la integración de un sistema de principios que permite diseñar los planes y programas de estudios de profesionalización de jueces y la instrumentación del proceso docente-educativo.

La estructura metodológica del diseño curricular del profesional de calidad estará organizada en cuatro etapas que no se planifican aisladas sino como componentes de un todo coherentemente integrado.

- Primera etapa: diseño, planeación y organización curricular, en la que se definen las características del perfil profesional de excelencia.

- Segunda etapa: ejecución, instrumentación y administración del proceso docente-educativo que regula y modula las periodicidades y componentes psicopedagógicos.

- Tercera etapa: seguimiento y control de todo el proceso curricular, incluyendo la práctica docente y las actividades del estudiante.

- Cuarta etapa: evaluación y reforma curricular que determina el reconocimiento de los aciertos y desviaciones en el proceso curricular, lo que permite realizar correcciones y adecuaciones durante el proceso de formación.

Estas etapas no pueden concebirse si no se analizan en su interrelación y secuencias lógicas de contradicción y ruptura de la dinámica de la discontinuidad y continuidad dialécticas en el espacio y tiempo educativo. La primera etapa de diseño y planificación curriculares es determinante para lograr la formación de excelencia en el juez profesional. Es aquí donde se definen los elementos y componentes estructurales del perfil profesional, los rasgos distintivos que debe llevar su personalidad académica, científica, laboral y social. También en esta etapa se determina el tipo de formación que se desea: la organización educativa, la estructura del plan de estudios y de los programas temáticos, las exigencias y requisitos que deben reunir los aspirantes, las metodologías y técnicas de enseñanza y aprendizaje apropiadas, los contenidos educativos a impartir en cuanto a cantidad y calidad de los mismos; las modalidades de los cursos, los periodos y tiempos de duración de los estudios, la comprobación de los resultados parciales y finales de los aprendizajes, las formas de acreditación, los criterios de evaluación del diseño curricular y del modelo pedagógico, o sea, el tipo de humano que se desea formar para el futuro.

Para lograr lo planteado precedentemente, es importante diseñar el marco referencial como punto de partida para ubicar contextualmente la situación problemática que, a su vez, permite determinar el contexto social, productivo e institucional para definir los propósitos didácticos que van a determinar las características del perfil profesional de excelencia.

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En la segunda etapa de ejecución, instrumentación y administración del proceso docente-educativo, se pondrá en práctica el desarrollo pedagógico de la planeación curricular. Se enfatiza la relación docente-discente en la práctica cotidiana educativa. Es la instrumentación de los fundamentos psicopedagógicos de la educación avanzada en su modalidad de profesionalización de jueces, y de los principios del sistema de condición pedagógica de educación avanzada.

También es la determinación de los sistemas de administración educativa, ejecutados como mecanismos de coordinación y ordenación de las acciones que ejercen los recursos humanos, materiales, administrativos y financieros. Aquí el diseño curricular adquiere sus cualidades más objetivas y concretas al permitir establecer la congruencia entre el currículo formal y el currículo real.

También es donde se ponen de manifiesto las contradicciones, conflictos y rupturas entre los diferentes componentes del currículo. Pero además, es el estado de acercamiento y mediación entre los actores sociales educativos, expresado como identidades, relaciones de imposiciones, subordinaciones y consensos; es donde se ejercitan las estrategias curriculares del diseño de educación avanzada y la lógica en que se instrumentan para alcanzar las metas trazadas. La didáctica del currículo en general y las didácticas especiales de la educación de jueces determinan el carácter formativo de los diferentes contenidos educativos.

La tercera etapa de seguimiento y control del proceso educativo es la definición de estrategias pedagógicas para analizar y reflexionar la dinámica del proceso curricular. Representa la posibilidad de contemplar información relacionada con los aciertos, errores, desviaciones y limitantes expresados en el transcurso de la formación. Se controlan las regulaciones y modulaciones de las diferentes actividades que se pongan en práctica, tanto en los educandos como en las educativas.

El seguimiento curricular debe ejecutarse desde el inicio de la segunda etapa, es decir, en el momento de desarrollar el primer curso o actividad académica.Los resultados de esta etapa permitirán proporcionar datos cuantitativos y cualitativos que servirán en la siguiente etapa para la evaluación curricular.

La cuarta etapa de evaluación y reforma curriculares más no la última-, se realizará en el momento de definir el diseño curricular de la profesionalización de jueces y culminará cuando se tenga todos los elementos necesarios para determinar la pertinencia o no de la continuidad del programa de profesionalización de jueces. La evaluación curricular adquiere su mayor validez pedagógica cuando logra evaluar los resultados finales de la formación, y concluye si el perfil del profesional es congruente o no con el deseado y si en la terminación del proceso los programas de profesionalización de jueces han formado un profesional de excelencia, capaz de dominar los elementos académicos, laborales e investigativos.

La evaluación curricular es entendida como proceso; por tanto, sus componentes involucran la planificación, la ejecución y el seguimiento. Se consideran susceptibles de ser evaluadas las decisiones institucionales, las prácticas docentes, las prácticas estudiantiles, la validez de los contenidos educativos, las metodologías y técnicas de enseñanza y aprendizaje, los criterios de evaluación de los aprendizajes, la pertinencia del programa de profesionalización de jueces para formar un profesional de excelencia académica.

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Las cuatro etapas están sustentadas en la construcción de un marco referencial (contextualización), la construcción de una estructura conceptual (teoría) y la construcción de una estructura metodológica (método). La construcción de estos tres elementos conforman el modelo pedagógico para orientar el diseño curricular de los programas de profesionalización de jueces que tengan como finalidad formar un profesionista altamente capacitado, es decir, con perfil amplio. En esta perspectiva metodológico-pedagógica, toda la actividad del discente estará dinamizando la planificación curricular, la organización educativa, los propósitos y los contenidos de forma sistémica; esto es, la estructura curricular con toda su diversidad y complejidad de componentes.

La evaluación del "sistema de condición pedagógica de la educación avanzada" para la formación de profesionales jueces de excelencia académica se concibe de manera globalizadora, integradora, continua y permanente, en tanto se realiza en el momento mismo de definir el diseño curricular; esto es, cuando se elabora el marco referencial y se determinan las demandas sociales, las necesidades de la producción y los requerimientos de los discentes. La evaluación en un primer momento es de diagnóstico, porque indica en su justa dimensión los diversos componentes del contexto socioeconómico y las condiciones objetivas y concretas en las que se realizará cada una de las etapas del proceso de formación profesional. Los diferentes momentos y periodos didácticos serán evaluados constantemente para ir corroborando los logros significativos, resaltando los aciertos, detectando las limitaciones, indicando los errores y corrigiendo las desviaciones, para perfeccionar en el proceso mismo el diseño curricular.

Entonces, aun cuando la cuarta etapa es considerada como la evaluativa, ésta se encuentra dialécticamente articulada con la primera, toda vez que al concluirse la evaluación de todos los componentes se está retroalimentando la etapa de planificación, organización y diseño curriculares. Para obtener una adecuada evaluación curricular podrán emplearse diversas técnicas: desde la aplicación de cuestionarios, guiones de preguntas y entrevistas a los principales actores educandos, el análisis de documentos y textos hasta el empleo de seguimiento curricular a las diferentes actividades académicas realizadas en el aula. Es por ello que los directivos, los docentes, los estudiantes y la intervención de agentes externos desempeñarán un papel fundamental en la evaluación, porque serán quienes podrán proporcionar información que no es detectada por el personal de la escuela judicial o de jueces.

El nuevo profesionista debe ser capaz de resolver diversas situaciones problemáticas que involucren a la ciencia y a la técnica, al hombre y a la sociedad, a la naturaleza y a la humanidad, es decir, a toda la vida misma.El "sistema de condición pedagógica de educación avanzada" se presenta gráficamente de la forma de la página siguiente:

La ejecución e instrumentación de este sistema obtendrá mejores resultados si se cuenta con la intervención directa de las autoridades de la escuela judicial o de jueces y se incorpora como parte de la estructura del sistema educativo de profesionalización de jueces. Es importante que la escuela judicial o de jueces, en tanto institución rectora de la educación, adquiera el liderazgo académico no solamente en la región en la que está inserta, sino también fuera de sus fronteras geopolíticas, por lo que la implementación de este modelo en el poder judicial permitirá establecer la secuencia y articulación entre los estudios de pregrado y los de jueces, y así regular la intervención de los profesionales en los procesos productivos y laborales.

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El "sistema de condición pedagógica de educación avanzada" para los estudios de profesionalización de jueces se fundamenta en una diversidad de regularidades orientadas a la actualización, superación y profesionalización de un académico con amplio dominio disciplinario para su ejercicio en los campos laborales. En estas regularidades se involucran de manera directa el carácter científico de la enseñanza, la producción intelectual de los profesionales y su articulación con los sectores de servicios. Como bien se ha sustentado, la planificación, organización y dirección de la enseñanza de excelencia académica tiene su enfoque sistémico, al establecer la vinculación dialéctica de la teoría con la práctica. El profesionista adquiere un carácter consciente con respecto a su práctica profesional y laboral cuando genera la intervención de actividades independientes y creativas con amplio dominio del método científico.

Este sistema, como guía para la modelación del profesional altamente capacitado, pretende instrumentar estrategias psicopedagógicas en el desarrollo del proceso formativo que contribuyan al desenvolvimiento y fortalecimiento de todas las potencialidades del ser humano. Es importante destacar que con el propósito de conformar una personalidad integral y multifacética del profesionista de excelencia académica del derecho, todas las capacidades serán consideradas para la concreción del perfil del profesional: científicas, pedagógicas, académicas, didácticas, perceptivas, expresivas, organizativas, comunitarias, de autoridad, creadoras, de liderazgo y de dirección.

Las capacidades son entendidas como las regularidades del proceso profesional de formación y son desarrolladas tomando en consideración los factores que constituyen los principios del "sistema de condición pedagógica de educación avanzada". Así, los principios regulan el proceso de maduración cognitiva del profesional que habrá de expresarse en diversas capacidades, misma que integran el conjunto de elementos psicopedagógicos que contribuyen a la formación de un profesional de excelencia. Entre los elementos que conforman las diferentes capacidades del juez profesional, podemos mencionar:

Capacidades científicas. La más profunda y rigurosa sistematización del conocimiento científico, técnico y tecnológico, será utilizada en contenidos del proceso docente-educativo, de tal forma que al concluir la formación el profesional domine las teorías, técnicas y metodologías de la ciencia y la tecnología. La dialéctica y la historicidad del conocimiento sustentarán la epistemología, discutiéndola y aplicándola desde la perspectiva del devenir histórico-social, de la contradicción de lo concreto y lo abstracto, de la vinculación de la teoría con la práctica y del conflicto entre lo dinámico y lo estático.

Capacidades pedagógicas. La intervención de !as ciencias de la educación con sus diversas filosofías y enfoques analíticos inscritas en el paradigma de la educación avanzada aportaran las teorías, técnicas y metodologías específicas para fortalecer el proceso de enseñanza y aprendizaje y establecer relaciones de armonía y colaboración mutua entre los docentes y los estudiantes. Los métodos científicos serán los soportes para la implementación de las metodologías pedagógicas específicas de las disciplinas particulares. Capacidades académicas. Un profesional de excelencia tiene que ser formado fortaleciendo sus potencialidades de análisis, reflexión, síntesis y resumen. La disciplina, organización y sistematización de las actividades educativas estarán orientadas pedagógicamente por los autores académicos será una constante de la práctica profesional.

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Capacidades didácticas. La didáctica como disciplina científica es un componente de primer orden en el proceso docente-educativo. El desarrollo de estas capacidades en la formación profesional de excelencia atenderá a la vinculación teórico-practica de los cuatro principios de las leyes de la didáctica. El reconocimiento de los objetivos como categoría rectora del proceso docente educativo, las relaciones que establecen los objetivos, los contenidos y los métodos de enseñanza y aprendizaje; la derivación y la integración del proceso docente-educativo y la relación entre la instrucción y la educación, son elementos centrales para determinar las capacidades didácticas del profesional de excelencia.

Capacidades perceptivas. La capacidad de percibir y detectar en su justa dimensión las situaciones problémicas y plantear las alternativas de soluciones, es una de las cualidades que debe demostrar el profesional formado en el modelo de la educación avanzada. La intervención de la psicología en la conformación de una personalidad integral habrá de contribuir al desarrollo de estas capacidades. Capacidades expresivas: los más altos valores morales y de integridad humana deben ser formados en un profesionista de calidad. La sensibilidad ante la existencia de problemáticas concretas de la sociedad será un rasgo distintivo que se exprese en las propuestas de intervención y solución a dichas problemáticas.Capacidades organizativas: la formación profesional tenderá a desarrollar las capacidades de organización de los procesos laborales y educativos, de tal manera que el profesional no sólo sea capaz de desenvolverse en su esfera de acción; también debe dominar los fundamentos de la organización y administración para participar en la planificación de los sistemas organizacionales judiciales, de diversas áreas de las actividades humanas y de su propio despacho.

Capacidades comunicativas. El funcionamiento adecuado de los mecanismos de comunicación interpersonal e ínter social en la escuela judicial o de jueces, en lo laboral y académico, permitirá dinamizar y operacionalizar la información en los diferentes niveles de las relaciones sociales. Es por ello que el desarrollo de habilidades comunicativas, utilizando un lenguaje y códigos lingüísticos apropiados para cada momento, serán parte fundamental de la discusión temática en las aulas de la educación avanzada. La intervención de las ciencias de la comunicación hará más accesible y comprensible la actitud del profesional y los grupos sociales con los que conviva cotidianamente.

Capacidades de autoridad. No sólo se requiere formar un profesionista capacitado en el ámbito profesional, sino que también se le reconozca por sus aportes y contribuciones a la solución de problemas concretos. Esta actitud le dará prestigio profesional y reconocimiento social y académico en su medio, permitiéndole orientar, coordinar y dirigir el desempeño profesional y laboral de otros profesionistas.

Capacidades del liderazgo: ser líder no significa ser autoritario y abusar de la confianza depositada por la sociedad. El liderazgo debe ser alcanzado como resultado del esfuerzo diario del profesionista, quien pondrá su mayor disposición para participar desinteresadamente en la solución de problemas. Ser líder como consecuencia de la formación en este sistema significa ser capaz de entender los conflictos, las contradicciones y las rupturas entre los diferentes actores sociales. Pero también poseer los elementos necesarios para una adecuada orientación y conducción laboral y profesional.

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Capacidades creadoras. La educación avanzada no puede concebir el proceso de formación si no se promueven las posibilidades de producción, innovación y creatividad científicas y laborales. Es menester recurrir a este desarrollo de la aplicación rigurosa de la investigación científica, mismo que debe implementarse en cada una de las asignaturas del plan de estudios.

Capacidad de dirección: esta capacidad está estrechamente vinculada con las capacidades de organización, autoridad y liderazgo. No se puede dirigir ningún sistema educativo o laboral en tanto no se es capaz de organizar, de asumir el verdadero papel de autoridad y de liderar la coordinación de las funciones de los miembros que participan en las instituciones. Esta capacidad se pondrá en práctica mientras el futuro profesional, en su estancia como discente, se involucre con las problemáticas concretas y discuta con los responsables y ejecutores de los proyectos. También desde los inicios de los programas académicos de formación se delegaran responsabilidades y compromisos de menor a mayor envergadura.

El conjunto de capacidades que desarrollará el profesionista en su proceso de formación de juez profesional no es visto de manera desarticulada ni desorganizada. Forma parte de la estructura sistémica de la formación profesional de excelencia que se apoya en un sistema normativo, organizativo y administrativo. Lo primero presenta los elementos que definen las políticas institucionales, los criterios y normas jurídicas educativas para regular y legitimar los estudios del más alto nivel académico. Lo normativo evita la anarquía y la diversidad de instrumentos de validación de los estudios. Será un documento rector para todos los estudios de jueces en la escuela judicial o de jueces, en el que se incluyan desde los valores en créditos de los programas hasta los criterios de evaluación y comprobación de los resultados parciales y finales de los aprendizajes.

Lo organizativo define los elementos y componentes con que deben operar los procesos de formación profesional de excelencia desde la toma de decisiones institucionales para el funcionamiento adecuado de los programas hasta las reglas internas de cada uno de ellos, que deben integrarse en este sistema.

Lo administrativo incluye la instrumentación de las diversas acciones académicas y educativas para la concreción de las metas. Significa la optimización de los recursos humanos, materiales, financieros y organizacionales, entendidos éstos en toda su extensión.La interrelación de cada uno de ellos es dinámica y continua, fortaleciendo con sus acciones la adecuada orientación y conducción del "sistema de condición pedagógica de educación avanzada".

3.3 capacitación en reforma judicial

El objeto de nuestra investigación es el proceso de profesionalización de jueces, por ello se propone el curso de capacitación en las mismas experiencias que deben conocer necesariamente los juzgadores.

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Capacitación en reforma judicialCurso sobre “reforma judicial y estrategias de gobernabilidad”(41)

1 introducción

El objetivo de este programa de capacitación es examinar las experiencias de reforma judicial en diversos países de américa latina acerca de la relación entre las reformas judiciales y las estrategias de gobernabilidad.

El programa pretende resaltar diversas situaciones e hipótesis, a través de estudios de casos previamente identificados, en los cuales el buen funcionamiento de los sistemas judiciales demuestra ser crucial para lidiar con difíciles casos de corrupción a diferentes (41) Programa sobre Reforma Judicial y Estrategias de Gobernabilidad. http://www.worldbank.org/wbi/governance/jr_lac/agenda.html visitado el 15/04/04.

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4. AÑORGA, J. La Pedagogía Cubana y la superación de maestros y profesores en América. 1990..

5. AÑORGA, J. Tesis para optar por el grado científico. 1990.

6. ALMEYDO O. Los mapas mentales y su aplicación metodológica en el aula. Ed. Nuevo Milenio. Lima — Perú. 2000

7. ALVAREZ DE ZAYAS, C. Fundamentos teóricos de la dirección del proceso de formación del profesional de perfil amplio. UCLV. 1988.

8. ALVAREZ DE ZAYAS, C. La escuela en la vida. La Habana. Educación y Desarrollo. 1995.

9. ALVAREZ DE ZAYAS, C. La Pedagogía Universitaria. Una experiencia cubana. Curso Pedagogía 95. Cuba.1995.

10. BALDERRAMA DE CRESPO M. Creatividad y aprendizaje. Guía para el facilitador. Ed. CEE. La Paz — Bolivia. 1986

11. BERNAL, J. D. Historia social de la Ciencia. La Ciencia en la Historia. La Habana. Edit. Ciencias Sociales.1986.

12. BORROTO, G. Un paso hacia la creatividad técnica. Edit. Academia. 1995.

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escalas. Por ello, quienes impartirán el curso serán expertos en los temas de fondo -gobernabilidad, lucha contra la corrupción y reforma judicial- así como también se ha convocado a personas que han tomado parte en los estudios de caso.

De esta forma, al finalizar el programa, los participantes podrán:

- Identificar y promover nuevos enfoques sobre los tradicionales temas de reforma judicial y gobernabilidad.

- Conocer herramientas y estrategias de gobernabilidad y reforma judicial, a través de la promoción del intercambio de información y la relación directa entre los participantes.

13. BORROTO, G. La creatividad técnica en el proceso de las asignaturas de trabajo. Congreso Pedagogía 95. Cuba.1995.

14. BREZINK W. Conceptos básicos de la ciencia de la educación. Ed. Herder. Barcelona. 1990

15. CALERO M. Constructivismo. Un reto de innovación pedagógica. Ed. San Marcos. Lima — Perú. 1997

16. CASTRO F. La Historia me absolverá. La Habana. Imprenta Nacional. 1961.

17. DEBESSE M Y MIALARET G. Tratado de ciencias pedagógicas. No 4 de psicología y educación. Presses Universitaires de France. Paris-Francia 1974.

18. DÍAZ BARRIGA F. Y HERNÁNDEZ ROJAS O. Estrategias docentes para un aprendizaje significativo: Una interpretación constructivista. Mc Graw Hill. México 1999.

19. ESPINOZA, O.; GONZÁLEZ, LE.; POBLETE, A.; RAMÍREZ, S.; SILVA, M.; ZUNIGA, M. (1994): Manual de Autoevaluación para Instituciones de Educación Superior. Pautas y Procedimientos. CINDA. Santiago, Chile.

20. FERNÁNDEZ, J. R. Conferencia "Desarrollo de la Educación en Cuba" Pedagogía 86.Enero,1986.

21. FERNÁNDEZ, M. Martí y la Educación Avanzada. 1996.

22. GIMENO SACRISTÁN J Y PÉREZ GÓMEZ. Comprender y transformar la enseñanza. Ed Morata Madrid- España 1995.

23. GÓMEZ. L.I. Ministro de Educación. La Educación en Cuba. Pedagogía 95. Feb.95.

24. HEINRICH M K. Principios y bases pedagógicas y psicológicas para la formación de maestros, docentes e instructores de capacitación. 2 Edición. Santa Cruz de la Sierra. Bolivia. 1997

25. KAUFMAN R. (1980). Planificación de sistemas educativos. Editorial Trillas, S.A. Séptima reimpresión. México:

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- Promover e iniciar diálogos que contribuyan a crear consensos y a incrementar la capacidad institucional local.

- Estimular y compartir la formación de una visión regional del tema, con sus problemas y estrategias de solución, a fin de aumentar las posibilidades de éxito en las reformas judiciales y su relación con la lucha anticorrupción.

- Servir como capacitadores en sus propios países, así como crear redes de diálogo y discusión sobre los progresos de las reformas judiciales a lo interno de los países

Algunas de las preguntas que se plantean, e intentarán responderse, durante el desarrollo de este programa, son:

26. LÓPEZ J. V. Los principios didácticos. U.C.L.V. Mayo. 1983.

27. MACHADO A. Revista Interciencia. Vol.2. No.2. 1996.

28. MARTINIANO R., DIEZ LÓPEZ E. Currículum y aprendizaje: Un modelo de diseño curricular en el marco de la reforma. Monográfico ITAKA 1 Madrid-España 1992

29. MATURANA R . VARELA G. F. El árbol del conocimiento. Ed. Universitaria. Santiago de Chile.1984

30. MOLL L. C., VYGOTSKY y la educación: Connotaciones y aplicaciones de la psicología sociohistórica en la educación. Ed. Aique. Buenos Aires-Argentina 1990

31. MORIN E. El desafío del siglo XXI Unir los conocimientos. Plural editores. La Paz-Bolivia 2000

32. MORLES, V. La Educación de Posgrado en el mundo. Univ.Central de Venezuela. Fac.de Humanidades y Educación. 1990.

33. MORLES, V. Sobre sistemas nacionales dominantes de Posgrado. Univ. Central de Venezuela. 1989.

34. MOTOLA. D. AÑORGA.J. SERRAT D. El control de la autosuperación profesional. Un problema a resolver. XII Seminario Científico. CNIC. Habana. 1995.

35. OSORIO J., WEINSTEIN L. (Editores). El corazón del arco iris. Lecturas sobre nuevos paradigmas en educación y desarrollo. Ed. CEAAL. Santiago de Chile. 1993

36. PIAGET J. Y COLAB.: Lógica y conocimiento científico. Enciclopedia de la Pléiade. Dijo- Francia1976.

37. PIÑÓN. J. La extensión universitaria y el adiestramiento laboral. La Pedagogía comparada. Edit. Pueblo y Educación. 1989.

38. POPHAM W.J. (1980): Problemas y Técnicas de la Evaluación Educativa. Madrid: ANAYA.

39. POPHAM W.J. (1981): Modern Educational Measurement. Englewood Cliffs: Prentice-Hali.

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- ¿cuál ha sido el verdadero impacto de las reformas judiciales?- ¿es suficiente un poder judicial moderno y ágil para combatir la corrupción y mejorar

la gobernabilidad?- ¿cuáles son los giros que hay que dar en las políticas públicas judiciales para

maximizar las condiciones para el éxito?- ¿cuáles son los verdaderos determinantes de la independencia judicial y la rendición

de cuentas?- ¿ha resultado, la reforma procesal penal en un mayor respeto por los derechos

humanos? - ¿qué podemos aprender y cual puede ser su aplicabilidad para los sistemas civiles?- ¿qué tipos de profesionalización de la carrera judicial pueden prevenir la captura

judicial por las elites de poder?

40. THORNDIKE R.L., Hagen, E.P (1986): Test y Técnicas de Medición y Evaluación en Psicología y Educación. México, Trillas, 1986.

41. UCULMANA 5, C. Constructivismo. sIEd. Lima — Perú. 1998

42. VALLADARES W., Méndez C., Arias A., Duriez M,; Alarcón F. (1998).

43. VAUGHT van, FA. Evaluación de la Calidad de la Educación SuDerior: El Próximo Paso. En: Vesuri, H. (Ed.) (1993): La Evaluación Académica. París: CRE-UNESCO, 1993. Vol. N° 2.

44. WESSELER M. (1977). Visión y experiencia europea en la definición de criterios. indicadores y estándares de calidad en la Educación Superior. En: MUNOZ, L. (Ed.) (1997): Construyendo Criterios e Indicadores de Calidad para la Educación Superior en América Central. San José, C.R.: Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA).

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- ¿cómo promover un acceso a la justicia más equitativo y efectivo?- ¿cómo se puede mejorar el control de corrupción dentro y fuera del sistema judicial?

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Primera jornada

Módulo 1. Introducción y marco general. Reforma judicial y gobernabilidad

Durante este primer módulo se contará con la participación de representantes de diversos organismos internacionales, quienes harán un breve recuento sobre el estado de los programas de reforma judicial y gobernabilidad en la región y presentarán un análisis prospectivo sobre los principales desafíos que enfrenta la región en estos temas.

Teniendo en cuenta que el objetivo de este programa es el de contribuir al mejoramiento de un sector judicial mas imparcial, independiente, responsable y efectivo que pueda controlar la corrupción y contribuir con los procesos de gobernabilidad y desarrollo, algunas de las preguntas que tratarán de responderse durante este primer modulo introductoria son:

- ¿cuál es la vinculación de los procesos de reforma judicial con gobernabilidad? - ¿cuál es el rol de los distintos poderes del estado en los procesos de reforma judicial y

gobernabilidad? - ¿cuál es la evidencia empírica existente en la región sobre la efectividad de los procesos

de gobernabilidad y reforma judicial? - ¿qué podemos asimilar de las lecciones aprendidas de los proyectos de reforma judicial

implementados en la región por diversos organismos internacionales? - ¿cuál es la situación actual de los procesos de reforma judicial, en que áreas se están

trabajando y en cuáles no?

Segunda jornada

Módulo 2. Mejorando la gobernabilidad de los países de américa latina a través del sector judicial

Al inicio de los procesos de consolidación de la democracia se planteó el tema de la reforma judicial como una necesidad. Se discutieron—y aún se discuten—diferentes aproximaciones al tema. Algunas de ellas tienen como eje la relación entre reforma judicial, el rol de los sistemas de justicia en los sistemas democráticos y el control de corrupción. Asimismo, se ligó la necesidad de reformar los sistemas judiciales para incrementar el control de la corrupción, a las posibilidades de desarrollo económico de los países.

A casi veinte años de iniciadas estas reformas en algunos países, las expectativas sobre los resultados parecen haber sido, en principio, defraudadas. Ante este panorama, este módulo analizará cuáles son las causas y principales factores que han impedido mejores resultados tangibles en los procesos de reforma judicial y gobernabilidad. Entre otros, el módulo presentará una aproximación sobre cuales elementos de las reformas judiciales son claves para mejorar el éxito en la lucha contra la corrupción y el mejoramiento de la gobernabilidad.

Tercera jornada

Módulo 3. ¿Qué exigencias se requieren para contar con un poder judicial independiente y que, a la vez, cumpla con su obligación de rendir cuentas?

Si las leyes por si mismas fuesen suficientes, los problemas de independencia y de rendición de cuentas podrían ser solucionados fácilmente.

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Pero en muchos casos los leyes no han proporcionado las garantías buscadas mientras que en otros casos las judicaturas con pocas garantías legales gozan de niveles significativos de independencia mientras rinden cuentas. Esto sugiere que las condiciones sociales y políticas desempeñen un papel también. Se ha sugerido que las judicaturas gozan de independencia solamente cuando está en los intereses de políticos de producirles independencia y que se presenta el interés solamente cuando los políticos temen que cuando estén en la oposición necesitarán la protección. Otros dicen que la ayuda fuerte de la sociedad civil es esencial.

Este módulo explorará los determinantes subyacentes de la independencia y de la rendición de cuentas. Para ello pondrá particular atención a las siguientes interrogantes:

- ¿qué se requiere para hacer al poder judicial independiente y al mismo tiempo rendidor de cuentas?

- ¿es suficiente contar con un sistema de leyes que protegen a jueces contra interferencia política y que destinan un porcentaje del sistema de los presupuestos públicos para las cortes?

- ¿cuál es la utilidad de solicitarle a la judicatura preparar informes anuales y son estos per se idóneos?

Cuarta jornada

Módulo 4. ¿Qué tipos de profesionalización de la carrera judicial pueden prevenir la captura judicial por las elites de poder?

Todos los países en américa latina, de alguna u otra forma, han revisado las reglas y procedimientos de selección y promoción de jueces y magistrados. Es más, todas las cortes supremas y consejos de la judicatura han aprobado un texto articulado donde, bajo la denominación de estatuto del juez iberoamericano, se recogen el conjunto de principios, reglas, procedimientos, derechos y deberes relativos a los procesos de selección, nombramiento, promoción, formación, remoción, provisión de destinos y aspectos éticos que afectan a jueces y magistrados.

La realidad constata, sin embargo, la distancia existente entre aquellos paradigmas o modelos y los vigentes sistemas nacionales reguladores del estatuto de jueces y magistrados. En efecto, subsisten regulaciones nacionales que, lejos de garantizar la independencia, neutralidad y profesionalización de jueces y magistrados, condicionan su capacidad de soportar la presión extrajudicial y de tomar decisiones independientes y basadas en el imperio de la ley.

Entre otras, las siguientes preguntas servirán de guía de análisis durante este módulo:

- ¿qué condiciones mínimas han de rodear el estatuto jurídico de jueces y magistrados para asegurar su independencia e imparcialidad, soportando presiones de intereses ajenos a la función judicial?

- ¿qué mecanismos pueden permitir la profesionalización y adecuada preparación técnica de los jueces y magistrados?

- ¿los métodos de reclutamiento existentes seleccionan a personas con mayores probabilidades de tener estos rasgos?

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- ¿qué se puede hacer para animar a más gente para que solicite ser jueces y para aumentar la probabilidad de que sean seleccionados?

Quinta jornada

Módulo 5. ¿Cuál es el rol del sistema judicial en el control de la corrupción?

Al inicio de los procesos de consolidación de la democracia se planteó el tema de la reforma judicial como una necesidad. Se discutieron-y aún se discuten- diferentes aproximaciones al tema. Algunas de ellas tienen como eje la relación entre reforma judicial, el rol de los sistemas de justicia en los sistemas democráticos y el control de corrupción. Asimismo, se ligó la necesidad de reformar los sistemas judiciales para incrementar el control de la corrupción, a las posibilidades de desarrollo económico de los países.

A casi veinte años de iniciadas estas reformas en algunos países, las expectativas sobre los resultados parecen haber sido, en principio, defraudadas. Entre las preguntas que se analizarán durante el módulo están:

- ¿qué elementos de las reformas judiciales son claves para mejorar el éxito en la lucha contra la corrupción?

- ¿qué elementos fuera del sistema judicial pueden apoyar al control de la corrupción? - ¿qué elementos dentro del sistema judicial pueden apoyar al control de la corrupción?

Sexta jornada

Módulo 6. ¿Cómo promover un acceso a la justicia más equitativo y efectivo?

El acceso a la justicia es un aspecto complejo y diverso, cuya definición abarca una variedad de asuntos, desde aspectos vinculados a la descentralización judicial, el costo de la justicia a los litigantes, la falta de confianza en el poder judicial o la diversidad en idiomas y culturas, hasta los impactos de una discriminación que victimiza a ciertos grupos de la sociedad, a quienes se les deniega la justicia.

Durante este módulo se debatirán las posiciones y argumentos que proponen diversos grupos / instituciones representativos en la sociedad. Igualmente, se analizarán los distintos puntos de vista de los litigantes, del mundo corporativo o de negocios, de los mas desaventajados en la sociedad, de los funcionarios judiciales, incluyendo los gremios o asociaciones profesionales de jueces y funcionarios judiciales, y de la comunidad no gubernamental. Este módulo ayudará a los participantes a identificar:

- Cuáles son las reformas estructurales y sustantivas que aseguran un mayor y mejor acceso a la justicia;

- Cuáles son los procesos institucionales que promuevan y aseguren, en forma sostenible, un acceso a la justicia a todos los miembros de la sociedad; y

- Cómo lograr un acceso a la justicia equitativo, transparente y efectivo.

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Séptima jornada

Módulo 7. ¿Ha resultado, la reforma procesal penal, en un mayor respeto por los derechos humanos? ¿Qué podemos aprender y cuál puede ser su aplicabilidad para los sistemas civiles?

Las reformas al sector de la justicia se han administrado en muchos de los países de américa latina durante los últimos 20 años, han tenido por objetivo mejorar la gobernabilidad así como acompañar el proceso de la transición democrática. Como parte de estos procesos históricos, particularmente junto con reforma criminal de la justicia, los países han ratificado una variedad de tratados internacionales sobre derechos humanos (e.g. Iccpr) así como han reconocido las jurisdicciones de las cortes de derechos humanos (e.g. Iachr), tanto, dentro como fuera de la región (e.g. Icc). También, digno de observación está el papel desempeñado por la sociedad civil y la comunidad académica en ligar el movimiento para la democracia, los derechos humanos y un respecto por la regla de la ley.

Sin embargo, uno de los desafíos principales en los procesos de reforma ha sido la capacidad de convenir en un sistema de indicadores estándares y de encontrar evidencia empírica para confirmar que la inversión en el sistema de la justicia da lugar a un mejor desarrollo sostenible para la población. Los derechos humanos, basados en los tratados y otras normas aceptados por los países de la región, parecen ser un indicador comúnmente aceptado y que puede ayudar a apoyar las reformas.

Octava jornada

Módulo 8. Resumen del curso y presentación de planes de acción

Esta sesión está dedicada a los equipos de país para presentar y discutir los planes de acción y las matrices programáticas que desarrollaron a lo largo del curso. Esta sesión brinda una excelente oportunidad para discutir (y comprometerse a) esfuerzos nacionales y actividades de seguimiento. Sin embargo, la fase de implementación es responsabilidad de los participantes y su compromiso con los resultados del programa y las reformas institucionales implementadas para mejorar los procesos de reforma judicial y gobernabilidad.

Destinatarios: vocales y jueces de todo el país seleccionados por sus méritos profesionales en el ámbito judicial, no más de treinta participantes por curso.Horario: el curso se desarrollara de lunes a viernes de 18:00 a 21:30Duración: ocho días

Metodología: los métodos a utilizarse, están orientados a fortalecer los conocimientos y estimular las destrezas y habilidades de los participantes a través de la exposición dialogada y elaboración conjunta, que permitirán la actuación tanto del docente como del participante en la construcción del conocimiento; el análisis de casos simulados (método del caso) contribuirá en el trabajo de supuestos acaecidos en los tribunales de justicia; el cuestionario, que contiene preguntas breves que el participante puede responder en relación con la materia que se está tratando y que le obliguen a investigar para responder correctamente, podrá ser utilizado como otro mecanismo de estimulación.

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Técnicas: al inicio de cada uno de los módulos se medirá los conocimientos con los que llegan los destinatarios a través de la lluvia de ideas, pasándose luego a la exposición dialogada del tutor, culminando las sesiones con debates que permitan esclarecer dudas y adoptar posiciones de consenso que surjan como conclusiones del análisis de casos.

Recursos y medios didácticos: las características del curso obligan a la utilización de diversos recursos de apoyo o medios didácticos, estos materiales son: pizarra acrílica, retroproyectora, proyector multimedia, expedientes y textos legales y jurisprudenciales.

Evaluación: : la evaluación académica de los destinatarios del proceso de capacitación en su estación inicial o diagnóstica, estará cargo de los docnetes.

Evaluación frecuente, trabajos de grupo y participación individual 60 puntosEvaluación final, prueba escrita 40 puntosTotal 100 puntosDe 0 a 60 puntos reprobado. A partir de 61 puntos aprobado

3.4 propuesta de profesionalización de jueces

Los programas de profesionalización de jueces o capacitación pueden enseñar los valores incorrectos, los sistemas de información mejorados pueden ser usados para ejercer mayor presión individual sobre los jueces, y la incrementada financiación de equipos e infraestructura puede dar lugar a mayores oportunidades para pagos indebidos. Pocos de estos escenarios donde se contempla lo peor han sucedido, pero la mezcla de soluciones parece haberse enfocado con frecuencia más hacia los problemas superficiales o secundarios que hacia las quejas más fundamentales.

La pasada década de esfuerzos reformistas ha ampliado la comprensión de la naturaleza de las debilidades judiciales, de los factores institucionales que las propician y de la diversidad de intervenciones que pueden modificar las restricciones prevalecientes. No obstante, la utilidad de este conocimiento depende de su aplicación efectiva y dirigida. El propio proceso de reforma y la participación de los donantes en él introducen sus propios sistemas para desincentivarlas, especialmente en lo que se refieren a dos de las más frecuentes críticas - el desperdicio y los esfuerzos mal encaminados. Los donantes necesitan producir programas; los líderes judiciales y las élites políticas siempre aceptarán más recursos. Allí donde estos dos intereses coinciden con mayor facilidad puede no ser el lugar donde el cambio resulta más decisivo.

Los impedimentos puramente culturales a un mejor diseño de formación judicial merecen más atención; pueden ser más difíciles de superar que la simple corrupción. Un aliado bien intencionado que respalda una solución absurda es más difícil de manejar que uno motivado por el interés personal. Las autoridades locales optan a menudo por mecanismos mal diseñados debido a sus prejuicios culturales o por no estar familiarizados con mejores alternativas.

Cuando se aprueban leyes sin considerar el costo de su implementación, o los sistemas de méritos se basan en criterios que parecen poco pertinentes, se trata de falta de experiencia y no de que se actúe con miras a un beneficio personal. En una ciencia tan poco exacta como la profesionalización de jueces, hay todavía mucho espacio para diferencias de opinión informadas, pero esto hace aún más importante que saquemos provecho de lo que ya sabemos.

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Los esfuerzos mal dirigidos son probables también cuando los líderes nacionales más lógicos - la corte suprema, un consejo judicial, un ministerio, las élites políticas, o una "unidad de implementación del proyecto," especialmente creada para este efecto - son parte del problema, bien sea porque ellos mismos se beneficiaban de la situación existente, comenzaron o desarrollaron una agenda diferente para el cambio o, sencillamente, carecen de la motivación, la habilidad o el poder para poner en práctica la reformas. Las capacitaciones que de hecho progresaron, con frecuencia lo hicieron debido a circunstancias únicas - una corte o presidente de la magistratura especialmente progresista, un actor de la rama ejecutiva que la adoptó como una de sus banderas, o una comunidad donante excepcionalmente intervencionista. Tales circunstancias no sólo fueron únicas, sino bastante efímeras. La corte cambió, el ministro renunció a su cargo o el donante se marchó, y el ímpetu de la capacitación desapareció otra vez.

El cambio institucional no es solamente lento; es también impredecible y conflictivo. Quien haya pensado que puede diseñar un programa amplio de capacitación judicial para implementarlo en cinco años, no vive en el mundo real. No obstante, en algunos casos, las demoras excesivas, las inversiones masivas con resultados mínimos o adversos, y los pocos casos de éxito apreciable sugieren, en efecto, que las formaciones y capacitaciones deben ser más sistemáticas y sistémicas en su aproximación, y que quizás haya llegado el momento para un enfoque de tercera generación, más selectivo en lo que quiere lograr y en cómo obtenerlo, que dé prioridad y secuencialidad a los tipos de cambio y que examine más de cerca los sistemas de incentivos externos e internos y trate de modificarlos. Antes de abordar estos temas, ofrecemos el siguiente resumen de algunas de las lecciones que ha dejado la experiencia:

Más de un lustro de experiencia con la capacitación apoyada por donantes en américa latina

Ha generado una gran cantidad de conocimiento acerca de las restricciones institucionales al desempeño judicial y acerca del impacto de diferentes tipos de mecanismos de capacitación, especialmente en lo relativo a cómo moldean el comportamiento de los miembros individuales de las organizaciones. Si bien no siempre sabemos qué funciona mejor, podemos al menos identificar los beneficios potenciales de introducir programas de capacitación, sistemas de carrera judicial, nuevas leyes o mecanismos administrativos, y conocemos los problemas que debemos evitar.

La experiencia sugiere también que no hay una única manera de dar en el blanco

El cambio institucional efectivo opera a través de una variedad de mecanismos interrelacionados y depende de su influencia conjunta más bien que del impacto de uno sólo de ellos. Sin embargo, más no es siempre mejor, y una estrategia efectiva debe priorizar y secuencial izar sus elementos.

En el diseño e implementación de los programas de profesionalización de jueces

Es probable que las mismas restricciones institucionales que se desea eliminar impidan su progreso.

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Aparte del problema evidente de la corrupción endémica y, por ende, el peligro de que las reformas en capacitación sean mal utilizadas o encaminadas al beneficio privado, estas incluyen factores como la débil programación y capacidad administrativa, la falta de comprensión o valoración de disciplinas y tecnologías no tradicionales, la excesiva confianza en redes de relaciones por oposición al mérito o a la pericia en la selección del personal, y un enfoque formalista o de principio en lugar de un enfoque instrumentalista o basado en resultados para la fijación de objetivos.

Restricciones resultan especialmente decisivas

En lo referente al problema de quién debe dirigir las reformas en capacitación. Incluso cuando se establecen unidades especiales para este efecto, es probable que ellas y sus integrantes se vean obstaculizados por estas mismas limitaciones y, si esto no ocurre, con frecuencia desaparecen al poco tiempo. Las oficinas de implementación de proyectos son conocidas por emplear como funcionarios a amigos y parientes poco calificados de quienes los seleccionan, y por estar más preocupadas por agradar a quienes las patrocinan que por maximizar el progreso de los programas de capacitación.

No todas las diferencias tienen soluciones técnicas

Incluso aquellas que las tienen, están vinculadas por lo general a preferencias subjetivas. Una mejor comprensión acerca de cómo capacitar a los jueces, o incluso acerca de cómo relacionar la capacitación con cambios de comportamiento específicos no puede, por sí misma, resolver algunos interrogantes fundamentales relativos a cuál debería ser este comportamiento. Conocemos maneras de incrementar la autonomía judicial, pero aún nos falta llegar a definir qué tan independiente debe ser esta rama. Podemos calcular el costo de diferentes niveles de servicio judicial, pero el nivel ideal es una opción valorativa. Por estas razones, las comparaciones del porcentaje del presupuesto que se asigna a la justicia en diferentes países son ilustrativas, pero en modo alguno definitivas.

En la reforma judicial está inmersa la capacitación

La capacitación es política, no en el sentido de tener preferencias partidistas, sino porque, al igual que la política, trata de la asignación legítima de valores o acerca de quién obtiene qué, cuándo y cómo. Cualquiera que sea su impacto a largo plazo, a corto plazo habrá ganadores y perdedores - magistrados o ministros que pierden los beneficios asociados con controlar los nombramientos, personas cuya capacidad de comprar o vender juicios se ve restringida, o personas que se ven afectadas de otras maneras por el cambio de las reglas del juego.

3.5 validación teórica de la propuesta a través del método Delphi

Para la aplicación de éste método, se seleccionó a veinte expertos, como primer paso se calculó el coeficiente de conocimientos o información de los expertos (kc), seguido del coeficiente de argumentación o fundamentación de cada uno de ellos (ka), para calcular así su coeficiente de competencia (k). Esto contribuyó a seleccionar un 95% de expertos con “coeficiente alto” y un 5% de expertos con “coeficiente de competencia medio”, de ahí se colige que conocen la problemática. Anexo nº 7

Los resultados en el método delphy, aplicados a través de un cuestionario contribuyó a validar el modelo de la propuesta otorgando a la misma la categoría de “muy adecuado”

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Tabla nº 1 rangos de cada paso

Muy adecuado Adecuado Poco adecuado NoAdecuado

0,58 1,65 2,28

Pasos Rango

Fase 1 Muy adecuadoFase 2 AdecuadoFase 3 Muy adecuadoFase 4 Muy adecuadoF. Inter. AdecuadoF. Exter. Muy adecuadoPaso 1 Muy adecuadoPaso 2 Muy adecuadoPaso 3 Muy adecuadoPaso 4 Muy adecuadoPaso 5 Muy adecuadoPaso 6 Muy adecuadoPaso 7 Muy adecuadoPaso a Muy adecuadoPaso b Muy adecuadoPaso c Muy adecuadoPaso d Muy adecuadoPaso e Muy adecuado

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Conclusiones

A partir del análisis de la problemática en lo institucional, jurisdiccional y procesal y las necesidades de la formación, de conocimientos, habilidades y valores para la profesional de los jueces, en la detección y solución de los problemas de este proceso, se pueden sintetizar, a manera de conclusiones, las siguientes:

- Es importante expresar que los estudios (profesionalización de jueces) son de reciente creación en bolivia y gran parte de sus problemas estructurales afectan a los programas. Las universidades no se han involucradas en la contextualización nacional de la formación de jueces y los impactos de esta problemática son mucho más fuertes. La universidad boliviana carece de fundamentos psicológicos, pedagógicos, sociológicos y filosóficos que permitan definir un paradigma de profesionalización de jueces, concebida, como educación altamente especializada. Por ello no existe una conceptualización epistemológica que integre disciplinariamente las diferentes concepciones existentes sobre el conocimiento científico. Esta desarticulación en la estructura conceptual de los jueces no es fortuita ni privativa de una sola universidad, es consecuencia de la indefinición teórica y metodológica que existe sobre los estudios de jueces en el nivel nacional e internacional. Como consecuencia de la ausencia de fundamentos y principios, prevalece una diversidad de interpretaciones, proyectos educativos, criterios, políticas educativas y normas institucionales que son aplicados de manera indistinta en las diferentes facultades. Esta anarquía organizativa y administrativa tiene sus causas en la imposibilidad de la propia universidad para definir políticas institucionales que orienten la formación de profesionales jueces de excelencia.

- El concepto de profesional de excelencia académica aún está en proceso de iniciar su discusión y debate. Los programas de capacitación de jueces han realizado su proceso educativo desarticulados de las necesidades de los sectores de la sociedad desvinculados de los procesos de producción de bienes y servicios y en poco han contribuido a la formación de los recursos humanos calificados que la propia universidad requiere para fortalecer el pregrado. Ante esta situación problematizadora podemos sintetizar:

- Redefinir epistemológicamente la tradicional y anacrónica conceptualización de jueces y construir una nueva conceptualización sustentada en la teoría sistémica estructural y fundada en los planteamientos teórico-metodológicos de la educación avanzada.

- La redefinición conceptual conlleva a su vez definir un conjunto de principios filosóficos, psicológicos, pedagógicos y sociológicos de la educación avanzada para el soporte de la formación integral, multifacética y armónica de la personalidad del profesional. Una nueva conceptualización del perfil profesional se construye a partir de estos elementos: el profesional de perfil amplio en dos direcciones. Por un lado, la formación profesional y, por otro, la formación continúa. El primero orientado a la más rigurosa formación académica científica, técnica y humanística. Y el segundo, a la adquisición de los elementos necesarios para ser autosuficiente y autoformativo para el desempeño laboral y profesional. Pero además, el sistema de principios está orientado a la formación de un profesional creativo, innovador, inventivo, sensible, propositivo y autosuficiente.

- Como derivación lógica de los fundamentos de la educación avanzada, se propone una metodología psicopedagógica para el proceso docente-educativo, caracterizada por la presencia de cuatro etapas que definen el diseño y la planificación curricular: primera, la organización y administración del sistema educativo de la educación avanzada; segunda, el seguimiento y control de las diferentes acciones y actividades que se realicen para la formación de un profesional de excelencia académica; tercera, la evaluación curricular de todo el proceso; y cuarta, de tal forma que permita tener todos los elementos necesarios

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(positivos, negativos, obstáculos, aciertos, limitantes) para decidir la continuidad, reformulación o cancelación de la propuesta curricular de la profesionalización de jueces.

- Se contribuye a la solución de la situación problemática de los estudios de jueces en su profesionalización al construir un sistema de condición pedagógica de educación avanzada, como una propuesta metodológica para la construcción del diseño curricular en la formación profesional de excelencia académica.

- Como derivación de este sistema y para concretar las metas del perfil del juez deseado, también se propone un conjunto de regularidades en las que se demuestren las capacidades intelectuales, cognitivas, académicas, morales y sociales del profesionista de excelencia académica.

- Todo lo sustentado en la presente investigación es una primera aproximación del objeto de estudio, en tanto su problemática aún es compleja, lo que no niega la validez de los aportes aquí presentados. No obstante, el sistema pedagógico de educación avanzada para los estudios de profesionalización de jueces, no es una propuesta acabada, dogmática y única; al contrario, está en proceso de definir su estatus conceptual y se encuentra en constante reconstrucción de sus propios planteamientos.

- Finalmente, es necesario insistir en que el desarrollo de los procesos de capacitación requieren reflexión y análisis permanente para evitar la improvisación y las acciones dispersas sin conexión, que desgasten esfuerzos institucionales, frustren expectativas y hagan ineficaz la capacitación como instrumento para el fortalecimiento de la administración de justicia.

Recomendaciones

En este acápite se presentan las recomendaciones arribadas a partir del desarrollo del presente trabajo:

- Definir e instrumentar criterios de diseño y planificación curriculares sustentados en la teoría de la educación avanzada para la formación de jueces profesionales de calidad.

- Elaborar un instrumento jurídico-normativo que permita homogeneizar en los programas de profesionalización de jueces los criterios de selección, permanencia y egreso de los estudiantes, así como caracterizar los perfiles de ingreso y egreso para los estudios de educación avanzada.

- Crear estímulos para los académicos que adquieran grados de profesionalización de jueces y doctorados, con el propósito de fortalecer los procesos de formación y actualización de los jueces.

Referencias

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