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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
TESIS PRESENTADA COMO REQUISITO PARA OPTAR POR EL TÍTULO DE CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
TEMA: “EFECTOS TRIBUTARIOS DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS DEL SECTOR INDUSTRIAL TEXTIL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”
AUTORES:
BYRON LOVATO ZÁRATE
ENMA GÓMEZ ALARCÓN
ALEJANDRO BAYONA BUENO
TUTOR DE TESIS:
ING. ANIBAL QUINTANILLA
GUAYAQUIL, FEBRERO 2013
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIAS Y TECNOLOGÍAFICHA DE REGISTRO DE TESIS
TÍTULO “EFECTOS TRIBUTARIOS DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA ADQUISICION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS DEL SECTOR INDUSTRIAL TEXTIL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”
REVISORES:
INSTITUCIÓN: Universidad de Guayaquil FACULTAD: CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA: CONTADURIA PUBLICA AUTORIZADA
FECHA DE PUBLICACIÓN: N° DE PÁGS.: 119
ÁREA TEMÁTICA: TRIBUTACION ECONOMICA FINANCIERA
PALABRAS CLAVES: Anticipos-Adquisición de Maquinarias – Sector Textil
RESUMEN: La presente tesis está enfocada en las empresas del sector textil de la ciudad de Guayaquil, como afecta en el pago del anticipo del impuesto a la renta por la adquisición de maquinarias y equipos.
N° DE REGISTRO(en base de datos): N° DE CLASIFICACIÓN: Nº
DIRECCIÓN URL (tesis en la web):
ADJUNTO PDFSI NO
CONTACTO CON AUTORES:BYRON LOVATO ZARATE
Teléfono: 2646511 0998078564
E-mail: [email protected]
CONTACTO DE LA INSTITUCIÓN Nombre:
Teléfono:
ü
ÍNDICE GENERAL
CARÁTULA ………………………………………………………………………………………………………………..I
ÍNDICE GENERAL ……………………………………………………………………………………………………….II
CERTIFICADO DEL TUTOR……………………………………………………………………………………………III
CERTIFICADO DE LA GRAMATÓLOGA ………………………………………………………………………….IV
RENUNCIA A DERECHO DE AUTORÍA…………………………………………………………………………….V
AGRADECIMIENTO ……………………………………………………………………………………………………VI
DEDICATORIA …………………………………………………………………………………………………………..VII
RESUMEN ………………………………………………………………………………………………………………VIII
ABSTRACT …………………………………………………………………………………………………………………IX
INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………………………………………………..X
SUMARIO ANALÍTICO…………………………………………………………………………………………….XI-XV
ÍNDICE DE CUADROS………………………………………………………………………………………………..XVI
ÍNDICE DE GRÁFICOS …………………………………………………………………………………………….XVII
ÍNDICE DE ANEXOS…………………………………………………………………………………………………..XVII
II
CERTIFICACIÓN
HABIENDO SIDO NOMBRADO, COMO TUTOR DE TESIS DE GRADO EL ING. ANIBAL QUINTNILLA, COMO REQUISITO PARA OPTAR POR TITULO DE CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO PRESENTADO PORLOS EGRESADOS:
BYRON LOVATO ZÁRATE
ENMA GÓMEZ ALARCÓN
ALEJANDRO BAYONA BUENO
TEMA: “EFECTOS TRIBUTARIOS DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS DEL SECTOR INDUSTRIAL TEXTIL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”
CERTIFICO QUE HE REVISADO Y APROBADO EN TODAS SUS PARTES ENCONTRÁNDOSE APTO PARA SU SUSTENTACION.
ING .ANIBAL QUINTANILLA
TUTOR DE TESIS
III
CERTIFICACIÓN DE LA GRAMATÓLOGA
QUIEN SUSCRIBE EL PRESENTE CERTIFICADO, SE PERMITE INFORMAR QUE
DESPUÉS DE HABER LEÍDO Y REVISADO GRAMATICALMENTE EL CONTENIDO DE
LA TESIS DE GRADO DE:
BYRON LOVATO ZÁRATE
ENMA GÓMEZ ALARCÓN
ALEJANDRO BAYONA BUENO
CUYO TEMA ES: “EFECTOS TRIBUTARIOS DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A
LA RENTA EN LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS DEL
SECTOR INDUSTRIAL TEXTIL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”
CERTIFICO QUE ES UN TRABAJO DE ACUERDO A LAS NORMAS MORFOLÓGICAS,
SINTÁCTICAS, SEMÁNTICAS Y ORTOGRÁFICAS VIGENTES
ATENTAMENTE
_________________________________
LCDA. ANA CALDERÓN V.
C.I. No. 0906648803
REG. SENESCYT 1006-09-901848
IV
DECLARACIÓN
Los autores de este trabajo declaramos bajo juramento que el presente escrito es de nuestra autoría, que el presente trabajo no ha sido presentado para ningún grado, para lo cual se ha consultado las referentes bibliografías citadas al final de este documento.
A través de la presente declaración cedemos todos nuestros derechos de propiedad intelectual correspondiente a este trabajo, a la Universidad de Guayaquil, según lo establecido por las leyes de propiedad intelectual.
BYRON LOVATO ZARATE
ENMA GÓMEZ ALARCÓN
ALEJANDRO BAYONA BUENO
V
AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios por darme la oportunidad de presentar este trabajo; a mi familia por la fe y la confianza que han tenido en mí; y a nuestro tutor por la orientación y la guía dada para poder realizar esta tesis.
BYRON LOVATO ZARATE
A Dios por la fuerza que me da para seguir progresando, a mis hijas por ser mi fortaleza y mi inspiración.
ALEJANDRO BAYONA BUENO
Agradezco a Dios por darme fuerza en todo momento; a mi esposo y a mis hijos por la paciencia que me han tenido en todo este tiempo.
ENMA GÓMEZ ALARCÓN
VI
DEDICATORIA
Esta tesis está dedicada a nuestros hijos, cónyuges y familiares que son nuestra inspiración para poder superarnos.
BYRON LOVATO ZARATE
ENMA GOMEZ ALARCON
ALEJANDRO BAYONA BUENO
VII
RESUMEN
El anticipo del Impuesto a la renta, es un mecanismo de recaudación que de
acuerdo a la ley de Régimen Tributario Interno (LORTI) y su reglamento para su
aplicación, lo determinaran las Personas Naturales, las Sucesiones Indivisas, las
Sociedades, las misma que procederán a determinar en su declaración
correspondiente al ejercicio económico anterior, el anticipo a pagarse con cargo al
ejercicio fiscal corriente de conformidad a lo que establece la Ley, esto es un valor
equivalente a la suma matemática de los siguientes rubros: del total de Activos
(0,4%), del Patrimonio total(0.2%), del total de los Ingresos Gravables(0.4%), del
Total de Costos y Gastos Deducibles(0,2%).
Para el presente trabajo de investigación, nos referiremos específicamente a los
efectos tributarios del anticipo del impuesto a la renta, en la adquisición de
maquinarias y equipos del sector industrial textil en la ciudad de Guayaquil, se lo
ha estructurado de la siguiente manera: en el capítulo Uno.- La Empresa,
hacemos referencia a la definición de las empresas de forma general
estableciendo los conceptos básicos de empresas, generalidades, clasificación, la
importancia de la industria y su clasificación por sectores, provincias con
desarrollo industrial, los requisitos que tiene que reunir una industria; en el
capítulo Dos.- El Estado Ecuatoriano, los elementos constitutivos, hacemos
referencia a la Ley de Régimen Tributario Interno según la Constitución de la
República del Ecuador; nos referiremos también como el Estado tiene su
organización en cuanto a la Producción y su Gestión de distribuir la riqueza de
forma equitativa; en el Capítulo Tres.- Gestión Tributaria Nacional, hacemos
énfasis en los tributos y los impuestos; resaltamos hechos históricos y la
clasificación de los impuestos, antecedentes de la administración tributaria,
clasificación de los tributos y impuestos, principios constitucionales de los tributos,
características del sistema tributario, cultura tributaria, fines del sistema tributario,
autonomía de gestión financiera y política, tributos que administra el SRI, nos
referimos al Código de la Producción, en el Capítulo Cuatro.- Impuesto a la Renta
en el Ecuador, generalidades, elementos del Impuesto a la Renta, ingresos,
costos y gastos, deducciones, utilidad contable, conciliación tributaria, base
imponible, declaraciones, impuesto a la renta y el anticipo, sustento legal y
evolución del anticipo, el anticipo y efecto en lo financiero, contable, tributario, los
bienes de capital y el anticipo para ejercicios futuros, estadística recaudatoria del
anticipo de los tres últimos años, reformas fiscales del anticipo, efectos tributarios
del anticipo del impuesto a la renta en la adquisición de maquinarias y equipos del
sector industrial textil en la ciudad de Guayaquil, con el planteamiento valores en
las cuentas que intervienen para efectos del cálculo del anticipo del impuesto a la
renta; en el Capítulo Cinco.- Conclusiones y recomendaciones, índice de cuadros,
índice de gráficos, índice de anexos.
VIII
ABSTRACT
The payment of income tax is a mechanism recaudación que according to the
Internal Tax Regime Law (LORTI) and its regulations for implementation,
determine what natural persons, the undivided, the Companies, the same que
procederán to determine its return for the previous fiscal year, the advance to be
paid under the current fiscal year pursuant to the provisions of the Act, this is a
value equivalent to the mathematical sum of the following items: total assets (0.4%
), the total assets (0.2%) of total taxable income (0.4%), the total deductible costs
and expenses (0.2%).
For the present research we refer specifically to the tax effects of the advance
income tax on the purchase of machinery and equipment of the textile industry in
the city of Guayaquil, it has been structured as follows: Chapter One .-The
Company, we refer to the definition of companies generally establish the basics of
business, general, classification, the importance of industry and sector
classification, provinces with industrial development, the requirements that you
must meet one industry, Chapter Dos.-The Ecuadorian State, the constituent
elements, we refer to the Internal Tax Regime Law under the Constitution of the
Republic of Ecuador, we will refer as the state also has its organization in terms of
production and Management of distributing wealth equitably. For Chapter Three. -
National Tax Management, we emphasize the tributes and taxes highlight
historical facts and calcification of taxes, tax administration background,
classification of taxes and fees, taxes constitutional principles, system
characteristics tax, tax culture, purposes of taxation, financial and managerial
autonomy policy, taxes administered by the IRS, we refer to the Production Code,
Chapter Cuatro.-Income Tax in Ecuador, general elements Tax Income, Revenue,
costs and expenses, deductions, accounting profit, tax reconciliation, tax base,
statements, income tax and advance legal support and evolution of the advance
payment and the effect on the financial, accounting, tax, the capital goods and the
advance for future periods, statistical tax collection rate for the last three years, the
advance tax reforms, the tax effects of the advance income tax on the purchase of
machinery and equipment for the textile industry in the city of Guayaquil , with
values in the accounts approach involved the calculation of the payment of income
tax, in Chapter five.-conclusions and recommendations, frame rate, index figures,
index of attachments.
IX
Introducción
Problema de la investigación
¿Qué efectos causaría el pago del Anticipo del Impuesto a la renta, en el sector
Industrial textil en la ciudad de Guayaquil, a las empresas con esta actividad,
cuando adquieren nueva Maquinaria y Equipos para mejorar su producción y
poder competir en mercados, que cuentan con tecnologías de primer nivel para
mejorar y diversificar su producción a bajos costos, permitiéndoles ser
competitivos a precios mucho más bajos?
Las reformas que se establecen para el cálculo del anticipo del impuesto a la
renta parar las personas naturales y sucesiones indivisas, están obligadas a
llevar contabilidad y las sociedades establecen los siguientes rubros.
0.2% del patrimonio total.
0.2% total de costos y gastos a efectos del impuesto a la renta.
0.4% del activo total.
0.4% del total de ingresos gravados a efectos del impuesto a la renta.
Este tendrá efectos en las empresas industriales por el nivel de maquinarias,
equipos e instalaciones que posee, por lo que incrementara el pago del anticipo
del impuesto a la renta.
El estudio está direccionado a la industria textil de la ciudad de Guayaquil, que
demuestren su afectación económica a nivel de empresa; si es conveniente la
adquisición de nuevas maquinaria para ser más eficientes y poder competir con
empresas que tienen un lugar ganado en la industria global.
Objetivo de la Investigación
Objetivo general
Analizar los efectos tributarios del anticipo del impuesto a la renta en la
adquisición de maquinaria y equipos del sector industrial textil en la ciudad de
Guayaquil, de qué forma se verá afectada la industria textil al adquirir nueva
tecnología para ejercicios futuros.
Objetivos específicos
Analizar la afectación de la industria textil en la ciudad de Guayaquil,
referente al anticipo del impuesto a la renta.
Identificar la ventaja y desventajas de la industria textil al adquirir nueva
tecnología para establecer el pago del anticipo del impuesto a la renta.
Analizar el mercado local textil mediante estadísticas de recaudaciones del
anticipo del impuesto a la renta.
Identificar posibles exoneraciones mediante reformas a leyes tributaria y
del código de la producción.
Determinar si es rentable para el sector industrial textil la instalación de
nuevas maquinarias para mejorar la producción.
Justificación y Delimitación de la investigación
Justificación
En el mundo globalizado, donde las tecnologías avanzan de forma acelerada, es
indispensable analizar cuál sería el efecto tributario, financiero, contable de las
empresas industriales textiles, en la adquisición de nuevas maquinarias, para ser
competitivas a nivel local, y poder pensar en un mercado externo, que cuenta con
productos elaborados con tecnología de punta, con personal calificado que le
permita tener visión de nuevos diseños para poder satisfacer necesidades de la
colectividad, que cada día es más exigente y demanda productos de buena
calidad.
Este trabajo, pretende dar a conocer mediante el análisis, que la empresa textil
que requieren de nuevas máquinas, pueden tener mejoras en la producción, sin
que el anticipo del impuesto a la renta pueda afectarles en su afán de ser
competitivos en el mercado de la industria textil.
Delimitación
El presente análisis esta direccionado a las empresas textiles en la ciudad de
Guayaquil, para ejercicios impositivos de un período del 2009 al 2011, que está
dentro del período de transición.
Hipótesis de la Investigación
Por lo antes mencionado en el problema y los objetivos de la investigación
planteadas para el estudio del presente trabajo se formula la hipótesis.
El efecto en la adquisición de nueva maquinaria en el sector industrial textil en la
ciudad de Guayaquil para mejorar la producción y ser más eficientes y
competitivos, como se ve afectado financiera y tributariamente este sector.
X
CAPÍTULO I: EMPRESA
1.1 Generalidades………………………………………………………….1-21.2 Estructura Básica…………………………………………………...2-3-41.3 Clasificación…………………………………………………….4-5-6-7-81.4 Importancia de la industria…………………………………9-10-11-121.5 Clasificación de la industria por sectores………….12-13-14-15-161.6 Principales provincias con desarrollo Industrial .…………….....161.7 Requisitos que reúne una Industria ………………………………..17
CAPÍTULO II: EL ESTADO ECUATORIANO
2.1 Que es el Estado……………………………………………………….18
2.2 Elementos Constitutivos………………………18-19-20-21-22-23-24
2.3 Régimen Tributario Interno Constitucional……………………24-25
2.4 Formas de Organización de la Producción y su Gestión en el Ecuador…………………………………………………………..25-26-27
CAPÍTULO III: GESTIÓN TRIBUTARIA NACIONAL
3.1 Reseña Histórica de los Tributos……………………………………28
3.2 Antecedentes de la Administración Tributaria………………..29-30
3.3 Clasificación General de los Tributos…………………………..30-31
3.4 Clasificación General de los Impuestos……………………….31-32
3.5 Principios Constitucionales de los Tributos………………32-33-34
3.6 Características del sistema Tributario……………………………..34
3.7 Cultura Tributaria………………………………………………………34
3.8 Los Fines del Sistema Tributario………………………………..35-36
XI
3.9 Autonomía de Gestión Financiera y Política…...……………..36-37
3.10 Tributos que Administra el SRI………………38-39-40-41-42-43-44
3.11 Código de la producción…………………………………………44-45
CAPÍTULO IV: IMPUESTO A LA RENTA EN EL ECUADOR
4.1 Generalidades…………………………………………………………..46
4.2 Elementos del Impuesto a la Renta…………………………………47
4.3 Ingresos………………………………………………………………47-48
4.4 Costos y Gastos………………………………………………………..49
4.5 Deducciones…………………………………………………………….50
4.6 Utilidad Contable………………………………………………………50
4.7 Conciliación Tributaria………………………………………...50-51-52
4.8 Base Imponible Tributaria……………………………………………52
4.9 Declaraciones………………………………………………………….53
4.10 El Anticipo y el Impuesto a la Renta………………………...53-54-55
4.11 Sustento Legal y Evolución del Anticipo……….55-56-57-58-59-60
4.12 El Anticipo y su Efecto en la Situación Financiera, Contable, Tributaria……………………………………………………………..60-61
4.13 Los Bienes de Capital y el Anticipo del Impuesto a la Renta para Ejercicios Futuros…………………………………………………….62
4.14 Estadística Recaudatoria del Anticipo en los Últimos Tres Años……………………………………………………….63-64-65-66-67
4.15 Reformas Fiscales en los dos Últimos Años del Anticipo del Impuesto a la renta en Ecuador…………………………....68-69-70
XII
4.16 Planteamiento del Ejercicio……….. ………………………………..71
4.17 Estado de Situación Financiera………………………………….71-72
4.18 Estado de Resultado Integrales…………………..73-74-75-76-77-78
CAPÍTULO V: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Conclusiones………………………………….………………..94-95-96
5.2 Recomendaciones..……………………………………………….97-98
5.3 Bibliografía………………………………………………………...99-100
INDICE DE CUADROS
Cuadro N°1 Tributos que administra el SRI en porcentajes…………………...38
Cuadro N°2 Recaudación de impuestos, en el período del 2007-2011 Industria Manufacturera ……………………………………………………….61
Cuadro N°3 Recaudación de Impuesto a la Renta por actividad Económica Principal período 2007-2011…………………………………………………………64
Cuadro N°4 Retención del Impuesto a la Renta en el período 2007-2011 por Actividad Económico………………………………………………………………….65
Cuadro N°5 Anticipo del Impuesto a la Renta en el período 2007-2011 por Actividad Económico………………………………………………………………….66
Cuadro N°6 Recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta consolidado por Provincias 2010-2011……………………………………………………………85
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta consolidado por Provincias 2010-2011………………………………………………………86-87-88-89
XIII
Anticipo del Impuesto a la Renta en el período 2007-2011 por Actividad Económico principal…………………………………………………………………..90
Retención del Impuesto a la Renta en el período 2007-2011 por Actividad Económico………………………………………………………………………………91
Saldo Anual.- Sociedades año 2007-2011 por Actividad Económica………...92
Anticipo del Impuesto a la Renta en el período 2007-2011 por Actividad Económica………………………………………………………………………………93
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo 1.- Cálculo de retención en la fuente año 2012…………………..........79
Anexo 2.- Cálculo de retención en la fuente año 2013…………………..........80
Anexo 3.- Cálculo de retención en la fuente año 2014…………………..........81
Anexo 4.- Cálculo de retención en la fuente año 2015…………………..........82
Anexo 5.- Cálculo de retención en la fuente año 2016…………………..........83
XIV
CAPÍTULO 1.
EMPRESA
1.1 GENERALIDADES
Para la Real Academia de la Lengua, una empresa es una unidad de
organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación
de servicios con fines lucrativos.
Tomando la definición de la Real Academia de la Lengua, decimos que la
empresa es un organismo o entidad, formada por un grupo de personas que
se encargan de la toma de decisiones, para la buena utilización de los
diferentes factores de producción (materias primas, maquinaria y equipo,
mano de obra, capital, etc.) Para así proporcionar los bienes y servicios que
demanda la sociedad, lo cual involucra un conjunto de trabajo diario, labor
común, esfuerzo tanto individual como colectivo para lograr un fin
determinado, y la satisfacción del cliente.
Toda empresa abarca una amplia variedad de personas e intereses conexos
entre sí, mediante relaciones que han sido estipuladas y las cuales reflejan
una promesa de colaboración.
También existen empresas u organizaciones sin fines de lucro, cuya labor es
social con el único propósito de servir a la sociedad; de igual manera a las
empresas que buscan un lucro a través de la prestación de servicios o venta
de productos terminados para la satisfacción de las necesidades de la
sociedad, tienen que cumplir con reglamentos que regulan su actividad como
tal ante los organismos de control para poder dar servicios colectivos sin fines
de lucro, ya sea para el desarrollo de un sector económico, a través de centros
de capacitación integrando a la sociedad para que pueda tener un nivel
cultural, que le permita integrarse en una sociedad que cada día tiene
necesidades de adquirir algo nuevo.
Gran parte de aquellas organizaciones es idéntica a la de cualquier empresa,
con la gran diferencia de que ellas buscan una ganancia por los servicios o
productos a comercializar en la sociedad, mientras que las empresas sin fines
1
de lucro sólo buscan la satisfacción de colaborar con la sociedad; éstas se
hacen llamar fundaciones o corporaciones sin fines de lucro, pero de igual
manera tienen una estructura organizacional que les permite un desarrollo
como tal dentro de la sociedad para continuar brindando servicios
comunitarios, ya sea sin costo o a bajos costos, estas organizaciones
dependen de un capital inicial que son donaciones por los propios fundadores
de las mismas, o también obtiene sus ingresos externos, que son de empresas
que con el afán de colaborar con la sociedad lo hacen por medio de las
organizaciones sin fines de lucro.
Cuando la colectividad demanda un bien o producto para satisfacer una
necesidad, en esos momentos ya hay la creación de una organización, para
crear y producir el bien o servicio que demanda la colectividad, para la
satisfacción de sus necesidades con un fin de determinado que es la de un
lucro.
Pero se toma en cuenta que al nacer una necesidad, también se está
generando fuentes de empleo para el desarrollo económico de la sociedad a
través de la creación de las organizaciones, ya sean éstas con fines de lucro o
sin de fines de lucro.
1.2 ESTRUCTURA BÁSICA
Para poder tener un mejor entendimiento sobre la estructura de la empresa
establecemos los elementos estructurales de una organización que nos
permitirá enfocar desde diferentes puntos, como las organizaciones con
actividades distintas buscan el desarrollo institucional, sin dejar de pensar en
el desarrollo de la colectividad en común, es decir, que las organizaciones a
más de buscar un lucro, buscan el bienestar para la personas que colaboran
con las organizaciones , para lo cual buscan la manera como innovar nuevas
tecnologías, para poder optimizar los costos, tener un crecimiento económico
y poder satisfacer las nuevas necesidades que la colectividad que demanda
de las organizaciones bienes y servicios, si hacemos referencia de una
estructura organizacional, tenemos que toda persona es una estructura desde
cualquier punto de vista; una empresa tiene su estructura en sus
2
departamentos, para lo cual ha determinado poder funcionar correctamente y
llegar a lograr su propósito para lo cual se ha creado la organización.
A continuación, se mencionará algunos de los elementos que una
organización tendrá que tomar en cuenta para poder realizar una actividad, y
lograr el propósito de satisfacer necesidades que surgen con el paso del
tiempo, sin dejar a un lado el propósito de la organización de servicio a la
colectividad. 1
Entidad: la empresa es colectividad considerada como una unidad o como una entidad individual formado por una sola persona.
Elemento humano o talento humano: se refiere al grupo de personas las cuales trabajan, así como de aquellas personas que realizan inversiones para el buen desarrollo y mejora de la empresa.
Aspiraciones: trata de la ambición, el compromiso y esfuerzo del personal para el cumplimiento de los objetivos tanto personales como de la empresa.
Realizaciones: la satisfacción por parte del personal al haber logrado el cumplimiento de los objetivos fijados.
Bienes materiales: es el contar con la infraestructura y equipos (bienes tangibles) con la que debe contar la empresa para así poder brindar a la sociedad buenos sus productos (bienes físicos o servicios).
Capacidad técnica: el personal debe estar capacitado, tener habilidades y ser competitivo en el trabajo que realiza.
Capacidad financiera: tener solvencia económica, como las inversiones a corto
mediano y largo; para el buen desarrollo y crecimiento de la empresa.
Producción, transformación y/o prestación de un servicio: va a depender de la
actividad que tenga la empresa; ésta puede ser:
Fabricar, elaborar o crear cosas o servicios con un valor económico.
Transformación de materias primas en productos terminados.
Prestar servicios.
Satisfacción de necesidades y deseos:
1es.wikipedia.org/wiki/Industria
3
La sociedad cada día demanda bienes y servicios para la satisfacción de las
necesidades que nacen con el pasar del tiempo, las organizaciones se crean con
un fin y un propósito, que nacen de las nuevas demandas de bienes y servicios
que las personas las requieren de forma personal o colectiva; para lograr la
satisfacción de las nuevas necesidades de una colectividad se tendrá que realizar
estudios que permitan enfocar el requerimiento de la sociedad; para adquirir
bienes o servicios que cumplan con las demandas de los bienes o servicios que
las nuevas organizaciones ofrecen a los consumidores finales, y lograr que la
sociedad tenga un beneficio social y mejorar el estándar de vida a través de las
organizaciones.
1.3 CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
Las empresas se crean con el propósito de servicio para la población, que
demanda bienes y servicios en busca de satisfacer necesidades personales o
empresariales; en el mundo de la globalización las empresas están siempre
buscando mejorar sus rendimientos, a medida que los cambios en la tecnología
lo requieran, sin caer en el aprovecharse de estos cambios para minimizar costos
y entregar a la población un producto de baja calidad; sino tiene que ser todo lo
contrario, utilizar las nuevas tecnologías para ser más eficientes, poder lograr las
metas y objetivos de las empresas y llegar a la población con bienes y servicios
de óptima calidad.
En este caso nos referiremos a como por sectores se puede clasificar las
empresas.
Sectores económicos
El origen de su capital.
Su tamaño.
Conformación de su capital.
El pago de impuestos.
El número de propietarios.
La función social.
4
1.3.1 CLASIFICACIÓN POR SECTORES ECONÓMICOS
Servicios: sé dedican a la prestación de servicios a la comunidad para de esta
forma obtener un beneficio económico o sin fines lucrativos. Para lo cual
mencionaremos su clasificación:
Servicios públicos (agua, luz, teléfono).
Servicios privados (asesorías, jurídicos, contables).
Transporte.
Turismo.
Educación.
Salud.
Comercial: estas empresas se crean con el único fin de comercializar bienes y
servicios finales, que son ofertados en mercados internos o externos para la
satisfacción de las necesidades de una colectividad; estas se clasifican en:
Mayoristas: son aquellas que efectúan ventas en gran escala
Minoristas o detallistas: son los que venden productos en pequeñas
cantidades al consumidor final.
Comisionistas: se dedican a vender mercadería que los productores dan en
remesas, percibiendo por esta función una ganancia o comisión.
Agropecuaria: explotación del campo y sus recursos.
Industrial: su actividad principal de producción de bienes a través de
transformación de la materia prima. Éstas se clasifican en:
Extractivas: empresas cuya actividad es la de extracción de recursos
naturales; estos pueden ser renovables o no renovables.
Manufactureras: aquellas que transforman materias prima en productos
terminados estos pueden ser de consumo final o de producción.
Agropecuarias: están dedicadas a la explotación de la agricultura,
ganadería.
5
Financieras: se dedican a la captación de dinero de los ciudadanos para
luego negociarlo a valor futuro.
1.3.2 POR SU TAMAÑO
Grande: son empresas que por su capacidad de producción, necesitan tener un mayor número de empleados, para poder cumplir el volumen de producción. Mediana: empresa que se caracteriza por tener un menor número de empleados su producción es mediana no necesita grandes capitales. Pequeñas: Pequeña: sus ingresos son menores no necesitan de tanto personal Micro: ingresos muy reducidos y en el personal.
1.3.3 POR EL ORIGEN DEL CAPITAL
Público: su finalidad es la de servicio a la colectividad
Centralizadas: las encabeza directamente el Presidente de la República,
con el fin de unificar las decisiones, el mando y la ejecución. Ejemplo: Las
Secretarías de Estado, Nacional Financiera.
Desconcentradas: son aquellas que tienen determinadas facultades de
decisión limitada, que manejan su autonomía y presupuesto, pero sin que
deje de existir un vínculo de jerarquía.
Descentralizadas: son aquellas en las que se desarrollan actividades que
competen al estado y que son de interés general, pero que están dotadas
de personalidad, patrimonio y régimen jurídico propio.
Estatales: pertenecen íntegramente al estado, no adoptan una forma
externa de sociedad privada, tiene personalidad jurídica propia.
Mixtas y paraestatales: en éstas existe la coparticipación del estado y los
particulares para producir bienes y servicios. Su objetivo es que el Estado
tienda a ser el único propietario tanto del capital como de los servicios de la
empresa.
Privado: aquellas en que su capital proviene inversionistas privados y su
finalidad es 100% lucrativa. Con objetivos y metas que permitirán el
crecimiento como empresa y el crecimiento de los inversionistas como
6
personas que cada día demandan más servicios y bienes para la
satisfacción personal.
Nacionales: cuando los inversionistas son 100% del país, se emplea mano
de obra nacional, permitiendo que los niveles económicos de una población
sean mejorados y permitiendo el desarrollo periféricos de dichos sectores.
Extranjeros: cuando los inversionistas son nacionales y extranjeros, con el
propósito de realizar una actividad económica, las personas se asocian
para crear organizaciones que les permita tener un lucro a través de
inversiones en el territorio nacional, y de esta forma están ayudando al
desarrollo del país, a través de los tributos que como organizaciones tienen
que pagar al fisco.
Trasnacionales: cuando el capital es preponderantemente es de origen
extranjero y las utilidades se reinvierten en los países de origen,
1.3.4 POR EL PAGO DE IMPUESTOS
Personas naturales: son la persona que están realizando alguna actividad
económica y que por esta actividad tienen que pagar sus impuestos.
Sucesiones indivisas: en este grupo corresponden las herencias o legados
que se encuentran en proceso de liquidación.
Régimen simplificado: están los comerciantes que por no estar obligados a
llevar contabilidad pagan una cuota mínima al final de cada período
contable.
Régimen común: como su nombre lo indica, está determinado para las
empresas legalmente constituidas, tienen que llevar contabilidad para tener
un mejor control de los tributos, permitiendo así un control más minucioso
por parte de la administración tributaria.
Contribuyente especial: agrupa el mayor número de empresas con capitales
e ingresos, compuestos en cuantías superiores de miles de dólares. Son
las empresas más grandes e importantes del país, no sólo por su tamaño
sino también por su movimiento económico.
1.3.5 POR EL NÚMERO DE PROPIETARIOS
7
Individuales: Su dueño es la empresa, por lo general el que maneja toda la
actividad, teniendo en cuenta que de él dependerá que el negocio tenga
ganancias, de tal forma que tendrá que determinar el camino hacia el
éxito.
Unipersonales: Se conforma con la presencia de una sola Persona Natural
o Jurídica, que destina parte de sus activos para la realización de una o
varias actividades mercantiles.
Sociedades: Todas para su constitución exigen la participación como dueño
de más de una persona lo que indica, que mínimo son dos (2); por lo
general corresponden al régimen común, y son regentadas por la
superintendencia de compañías.
1.3.6 POR LA FUNCIÓN SOCIAL
Con fines de lucro: se constituye la empresa con el propósito de explotar y
ganar más dinero; para estas organizaciones las ganancias es su prioridad
pero sin dejar a un lado que con sus beneficios económicos están también
generando más impuestos a pagar y eso es bueno para una sociedad en
vía del desarrollo.
Trabajo asociado: grupo organizado como empresa para beneficio de los
integrantes, al unirse dos o más individuos para realizar una actividad
económica, con objetivos metas para el beneficio de los integrantes de la
organización; están también generando ingresos para el beneficio de la
sociedad en la que están realizando la actividad económica.
Sin fines de lucro: aparentemente son empresas que lo más importante
para ellas es el factor social de ayuda y apoyo a la comunidad; estas
instituciones están bajo la supervisión de organismos de control, que les
permite realizar actividades sin fines de lucro, cuyo propósito es de ayudar,
pero se pueden dar casos que las donaciones sean con fines de lucro.
Economía solidaria: a este grupo pertenecen todas las cooperativas, sin
importar a que actividad se dedican, lo más importante es el bienestar de
los asociados y su familia.
LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
8
Es el ente regulador de las empresas, que se crean en el territorio nacional; con el
fin de realizar una actividad económica que le permita satisfacer las necesidades
de la sociedad; siendo estas individuales o colectivas.
1.4 IMPORTANCIA DE LA INDUSTRIA
El concepto de industria, hace referencia al grupo de operaciones que se
desarrollan para obtener, transformar o transportar productos naturales; l término
también se aprovecha para nombrar la instalación que se reserva a esta clase de
operaciones y al conjunto de la fábrica de un mismo género o de una misma
región, “la industria textil”.2
Para poder tener un concepto desde otro punto de vista de las industrias,
mencionamos algunas teorías de autores; como ellos creen que las
organizaciones a nivel de las fuerzas del mercado, las industrias tienen su
importancia.
Stigler (1968): “La organización industrial es la aplicación de la teoría
microeconómica al análisis del funcionamiento de las empresas, los mercados y
las industrias”.
Tirole (1988): “La economía industrial estudia la forma en la que actúan las
fuerzas del mercado, el comportamiento de sus agentes y los resultados
concretos que estos obtienen”.
Scherer y Ross (1998): “La economía industrial analiza cómo las fuerzas del
mercado permiten que los planes de los productores se ajusten a las demandas
de los consumidores, de qué manera la intervención externa puede afectar a este
ajuste y cómo los resultados obtenidos se comparan con los resultados ideales”.
La transformación de la materia prima en un producto con una particularidad
específica se conoce como manufactura. Por lo tanto, los productos que solemos
utilizar son manufacturados por alguna empresa industrial.
2www.hoy.com.ec/...ecuador/desafios-de-la-industria-textil-521651.ht...
9
La industria es el conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad
transformar las materias primas en productos elaborados. Existen diferentes tipos
de industrias, según sean los productos que fabrican. Por ejemplo, la industria
alimentaria se dedica a la elaboración de productos destinados a la alimentación,
como el queso, los embutidos, las conservas, las bebida, etc. Para su
funcionamiento, la industria necesita materias primas y fuentes de energía para
transformarlas. Al mismo tiempo es necesaria la creación de una red de
transporte, que facilite el traslado de los recursos naturales a las fábricas y la
distribución de los productos ya elaborados.
También pueden clasificarse las industrias en pesadas o livianas; las primeras
son las que procesan grandes cantidades de productos pesados y los transforman
en productos semi elaborados o bienes intermedios, que se usan a su vez en
otras industrias. Son ejemplos de industrias pesadas la petroquímica, la química y
la metalúrgica. Las industrias livianas tienen en general como destino el mercado
minorista, fabricando bienes de uso y consumo.
La economía ha otorgado a la industria un papel clave en el desarrollo de las
naciones, hoy en día se emplea el término “país industrializado” como sinónimo
de “desarrollado”. Este desarrollo ha sido impulsado por factores como la
invención tecnológica, cada vez existen máquinas e instrumentos con mayor
perfección; la producción de energía, los países industrializados son los que
consumen mayor cantidad de ésta; y el crecimiento agrícola, ningún país se ha
industrializado sin el desarrollo previo o paralelo del sector agrícola.
En el Ecuador, a esta forma de trabajo se las denomina de diferente
manera: artesanía, pequeño comercio, pequeña industria, comerciantes
minoristas o comercio informal; todas esas unidades económicas se encuentran
dentro de la categoría de microempresa.
Los inicios de la industria textil ecuatoriana se remontan a la época de la colonia,
cuando la lana de oveja era utilizada en los obrajes donde se fabricaban los
tejidos.
Posteriormente, las primeras industrias que aparecieron se dedicaron al
procesamiento de la lana, hasta que a inicios del siglo XX en que se introduce el
10
algodón, siendo la década de 1950 cuando se consolida la utilización de esta
fibra. Hoy por hoy, la industria textil ecuatoriana fabrica productos provenientes de
todo tipo de fibras, siendo las más utilizadas el ya mencionado algodón, el
poliéster, el nylon, los acrílicos, la lana y la seda.
A lo largo del tiempo, las diversas empresas dedicadas a la actividad textil
ubicaron sus instalaciones en diferentes ciudades del país; sin embargo, se pude
afirmar que las provincias con mayor número de industrias dedicadas a esta
actividad son: Pichincha, Imbabura, Tungurahua, Azuay y Guayas.
La diversificación en el sector, ha permitido que se fabrique un sinnúmero de
productos textiles en el Ecuador, siendo los hilados y los tejidos los principales en
volumen de producción; no obstante, cada vez es mayor la producción de
confecciones textiles, tanto las de prendas de vestir como de manufacturas para
el hogar.
El sector textil genera varias plazas de empleo directo en el país, llegando a ser el
segundo sector manufacturero que más mano de obra emplea, después del
sector de alimentos, bebidas y tabacos. Según estimaciones hechas por la
Asociación de Industriales Textiles del Ecuador (AITE), alrededor de 50.000
personas laboran directamente en empresas textiles, y más de 200.000 lo hacen
indirectamente.
1.4.1 LA EMPRESA EN ECONOMÍA INDUSTRIALSe establecen tres enfoques para caracterizar su comportamiento como agente
económico productores de bienes y servicios.
Enfoque tecnológico
Enfoque transaccional
Enfoque contractual
1.4.1.1 ENFOQUE TECNOLÓGICO DE LA EMPRESA
Las industrias tienen un gran desafío al querer alcanzar un nivel que les permita
ser competitivos con los bienes o servicios que ofrecen a los mercados ya sean
estos internos o externos; para ser una empresa competitiva en el área industrial,
las empresas tendrán que ir a la par con los cambios tecnológicos que sufren las
industrias cada día para poder ser más competitivos, y dar a conocer bienes y
11
servicios de alta calidad, con la optimización de recursos a través de las nuevas
maquinarias con tecnología renovada, que les permita el ahorro de materia prima,
ser más eficaces y eficientes y poder alcanzar la satisfacción de las necesidades
de una sociedad.
1.4.1.2 ENFOQUE TRANSACCIONAL DE LA EMPRESA
El deseo de minimizar los costos de transacción que se realiza dentro o fuera de
la empresa, permitirá que las transacciones tengan un análisis, que permita saber
si son las adecuadas, para poder establecer los costos reales de las
transacciones a realizar y poder tener un producto de buena calidad, se menciona
el argumento de COASE (1957): “Toda empresa adopta la forma que le permita
minimizar el costo de las transacciones que realiza, integrando en su organización
aquellas actividades cuyos costos de transacción sean menores que realizándolas
a través del mercado”.
1.4.1.3 ENFOQUE CONTRACTUAL DE LA EMPRESALa empresa nace para resolver un problema de reparto de excedentes,
permitiendo que se desarrollen actividades que no tendrían lugar si no existiesen
empresas; permitiendo de esta forma que las actividades se desarrollen
enmarcados dentro de las organizaciones, para poder satisfacer necesidades ya
sean estas colectivas o particulares.
1.5 CLASIFICACIÓN DE LA INDUSTRIA POR SECTORES
De acuerdo a la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), los sectores
manufactureros de la Empresa se encuentran distribuidos en los siguientes
sectores:3
La (AITE), Asociación de Industriales Textiles del Ecuador en su afán de
mantener información actual del sector industrial (El sector textil y confección en
el Ecuador), que provee interesante información sobre dicha actividad. Da a
conocer por medio de publicaciones como este sector está siendo atendido por
parte de los gobiernos de turno, es de resaltar el esfuerzo para entregar
información sectorial, ya que en el Ecuador es aún bastante difícil conseguir
estadísticas detalladas de diferentes sectores, en este caso, se incluye
3es.wikipedia.org/wiki/Industria
12
información de fuentes oficiales y también resultados de una encuesta interna del
gremio, que brinda luces sobre la evolución y desafíos de un sector de larga
historia industrial. Este sector produce algo más del 1% del PIB (producto interno
bruto) anual, pero emplea el 2.5% de la población económicamente activa (PEA).
De acuerdo a fuentes del INEC, dos tercios de quienes laboran en el sector
industrial están subempleados, son informales sin ningún tipo de protección social
y muchas veces con ingresos inferiores a un salario mínimo.
Cerca de un tercio de trabajadores que son ocupados con beneficios sociales de
ley, algo más del 80% tenían en 2010 sueldos en el rango de $240-$500,
ubicándose alrededor de la media de ingresos individuales del Ecuador, de
acuerdo a las encuestas realizadas por el INEC. Así es un sector que emplea a
personas más bien humildes, en gran proporción (68%) mujeres, y concentrado
sobre todo en cinco áreas geográficas: Quito, Ambato, Atuntaqui, Guayaquil y
Cuenca.
Más de la mitad de los establecimientos agremiados en la Asociación de
Industriales Textiles del Ecuador (AITE), son integrados verticalmente entre las
distintas fases del proceso productivo (tejeduría, hilatura, tintorería y acabado).
Los datos de la Superintendencia de Compañías sugieren que los indicadores
financieros del sector (activos, ingresos operacionales, utilidades, liquidez,
endeudamiento), han evolucionado de forma sostenible en la última década, pese
a cierta reducción de actividades en el 2009, cuando el país tuvo un entorno
económico débil antes de recuperarse en el 2010; sin embargo, el número de
empresas registradas han ido reduciéndose, lo que probablemente refleja la
importancia de la tecnología y la necesidad de una cierta escala para enfrentar
adecuadamente la mayor competencia mundial, con maquinaria que tiene en
promedio 12-14 años de uso (seis años, en el caso de la confección) y 80% de los
establecimientos que indican tener programas de capacitación a sus empleados,
la industria necesita actualizarse para no perder mercados, ya que de la
competencia regional viene quizás el mayor desafío para el sector; con una
balanza comercial estructuralmente deficitaria y una fuerte dependencia de
insumos importados, el sector enfrenta a economías de la región muy dinámicas
como es el caso de Brasil, Colombia, recientemente Perú, así como
competencias desleales de bienes de contrabando de Panamá o China; con una
Comunidad Andina cuyas ventajas comerciales se diluyen, con Perú y Colombia
13
en el proceso final de implementar tratados de libre comercio con Europa y
Estados Unidos, esta industria podría tener crecientes dificultades para atraer
inversiones y generar empleo si el Ecuador persiste en una política comercial de
creciente aislamiento.
La industria manufacturera, después del comercio, es el sector que más aporta a
la economía del país; su contribución al producto interno bruto nacional es
alrededor del 14%. La rama que más aporta a la producción de este sector es la
de alimentos y bebidas.
Los productos de la industria que más se exportan son: productos del mar,
vehículos y sus partes, extractos, aceites de vegetales, manufacturas de metales,
jugos y conservas.
Las importaciones del sector industrial representan alrededor del 43% de las
importaciones totales.
En el 2008 el sector industrial contribuyó con el 13,91% del producto interno bruto
total del país, durante los últimos cuatro años ha crecido un 4.0% en promedio.
Las exportaciones del sector industrial, representan el 23% de las exportaciones
totales del país, y el 46% de las exportaciones totales no petroleras.
Las importaciones de materias primas para la industria crecieron en valor 42%,
pero en volumen únicamente un 4%. Las principales materias primas no
petroleras importadas para la industria son:
De las importaciones de maquinaria industrial, el 54% (aproximadamente 678
millones de dólares) fue para la industria manufacturera; el resto corresponde a
maquinaria para la generación eléctrica y otras actividades; y de las importaciones
de otro equipo fijo para la industria, aproximadamente el 50% son por concepto de
importaciones de teléfonos celulares.
La inversión extranjera directa que proviene de España, Panamá e Inglaterra, se
dirigió a la industria manufacturera del Ecuador.
En el período del 2006-2011, la inversión extranjera directa que se canalizó hacia
las diferentes ramas de actividad económica del Ecuador, fueron para los
sectores de la industria manufactura con una inversión directa de $ 747.22
millones de dólares, para el sector comercial fue de $ 450.47 millones de dólares,
en el sector servicios a empresas con valor de $ 394.30 millones de dólares, para
14
la agricultura, silvicultura, caza y pesca con valor de $ 152.45 millones de
dólares , en el campo de la construcción fue de $ 141.28 millones de dólares, en
el sector de servicios comunales, sociales y personales hacienden a $ 131.59
millones de dólares.
Podemos decir entonces, que el sector que se benefició de alguna forma de la
inversión extranjera directa fue el sector de manufactura, permitiendo un leve
creciente en este sector de la economía nacional.
El sector manufacturero está determinado por las siguientes actividades que se
detallan a continuación.
Sector fabril primario: que está dividido en subsectores que se detallan a
continuación.
Harina y conserva de pescado y otros
Productos de refinación de petróleo
Metales preciosos y no ferrosos, primarios
Carne y productos cárnicos
Refinerías de azúcar
Sector Fabril no Primario, que a su vez se divide en sectores y estos en
subsectores.
Bienes de Consumo Tejidos y artículos de punto y ganchillo
Artículos de papel y cartón
Jabones, detergente, productos de limpieza y tocador
Muebles.
Productos farmacéuticos botánicos
Otros productos alimenticios n.e.p.
Bebidas no alcohólicas, aguas minerales
Bienes Intermedios Productos médicos para usos estructurales
Otros productos elaborados de metal
Cemento, cal y yeso.
Actividades de impresión.
Plaguicidas y otros químicos de uso agropecuario.
Industrias básicas de hierro y acero.
Productos de plásticos.
15
Bienes de capital Aparatos de distribución y control de energía eléctrica.
Maquinaria para minas, canteras y construcción.
Bombas, compresoras, grifos y válvulas.
El sector manufacturero experimento un crecimiento a principio del 2012 de
1,70% debido al resultado favorable de la actividad fabril no primaria que creció
en 0,06% y la actividad fabril primaria que se incrementó en 11,11%; el resultado
de la fabril no primaria se explica por el incremento en la producción de bienes
intermedios 1,13% y bienes de capital con 20,16% y fue atenuado por la
reducción de bienes de consumo de 1,14%.
1.6 PRINCIPALES PROVINCIAS QUE TIENEN MAYOR
DESARROLLO INDUSTRIAL TEXTIL
Según el ámbito geográfico de las empresas industriales, se concentra en las
provincias de Pichincha y Guayas donde se asienta el 64,4% de los
establecimientos.
En Azuay, Manabí y Tungurahua el 20%; y el 15,6% corresponde a las 19
provincias restantes.
16
1.7 REQUISITOS PARA CALIFICARSE COMO INDUSTRIA EN LA
CAMARA DE INDUSTRIAS.
Solicitud dirigida al Señor Director de Pequeña y Mediana Industria, adjuntando
los siguientes documentos:4
1. Formulario 01/DICOPYMES que distribuye la Dirección de Pequeña Mediana
Industria del MIPRO.
2. Copia de la Escritura de Constitución y/o reforma de estatutos de la Compañía,
debidamente inscritos en el Registro Mercantil.
(Para empresas con personería jurídica).
3. Copia de los siguientes documentos:
Balance General de los dos últimos años.
Declaración del Impuesto a la Renta de los dos últimos años.
Facturas de compra de la maquinaria y equipo o cualquier otro.
Documento que fehacientemente demuestre su valor en activos Fijos.
4. Copia del último Certificado de Votación, Registro Único de Contribuyentes y
Cédula de Ciudadanía (del propietario o del Representante legal).
5. Presentar todos los documentos en una carpeta o fólder.
6. Pagar en la Tesorería del MIPRO USD $ 25 por concepto de Derechos de
Actuaciones.
7. En el caso de las compañías, presentar el certificado actualizado del
cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Compañías.
8. En el caso de las empresas nuevas, presentar sólo facturas o contratos de
compra de la Maquinaria y equipos, debidamente registrados en el Ministerio de
Finanzas.
4Asociación de industriales textiles Ecuador
17
CAPÍTULO 2.
EL ESTADO ECUATORIANO
2.1 ¿QUÉ ES EL ESTADO?
Es el conjunto de organizaciones que en su totalidad, poseen la facultad de
establecer las normas que guía una determinada sociedad y garantiza la justicia y
el orden en las relaciones con sus miembros.
Es una institución, que integra al sector privado mediante reglamentos con un fin
social; está encargado de suministrar bienes y servicios para un buen vivir entre
sus miembros.
Otra forma, define al Estado como la vida social de hombres asentados en un
territorio, con una organización montada sobre un núcleo de poder unificada por
una suprema unidad de decisión, e informada por una idea del derecho que se
realiza en un sistema jurídico
2.2 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
Un estado funciona cuando una población se une en un determinado territorio y
determina dar el poder de gestión a un grupo de personas, para que mediante
leyes la población pueda coexistir armónicamente.
Los Elementos Constitutivos del Estado son:
1.- La Población
2.- El Territorio
3.- El Gobierno
4.- La Soberanía
El principio de la igualdad soberana
El principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados
Las Inmunidades del Estado
18
5.- Reconocimientos de los Estados
2.2.1 La población
Es un grupo de personas que se unen en un territorio determinado, pueden ser
estos nativos o foráneos, que crece y aumentan sus necesidades y necesitan
organizarse para poder coexistir entre ellos.
La población es uno de los elementos físicos de la nación de Estado. Se trata del
conjunto de individuos que se hallan unidos al estado por un vínculo jurídico
fuerte, la nacionalidad, que se caracteriza por su permanencia- en el territorio- y
su continuidad-en el tiempo- desde una visión humanística del ejercicio de los
poderes públicos, el gobierno debería servir a su bienestar. La función principal
del estado, sería satisfacer las necesidades de las personas que se encuentran
bajo su jurisdicción.
Para el Derecho Internacional, el número de habitantes o la densidad de la
población es indiferente a la hora de determinar la existencia de este elemento
constitutivo del estado. Lo que exige es cierta permanencia en el territorio estatal;
por lo demás, la población puede ser homogénea o heterogénea en función de los
múltiples rasgos (étnicos, raciales, religiosos, lingüístico…) que caracterizan a sus
miembros. Surgen así grupos culturales minoristas (las minorías) cuya identidad
debe ser protegida por el estado según las normas aplicables del Derecho
Internacional.
La nacionalidad constituye el vínculo jurídico más fuerte entre el individuo y un
estado.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1984) afirma “que toda
persona tiene derecho a una nacionalidad y que a nadie se le privara
arbitrariamente de su nacionalidad, ni el derecho de cambiarse de nacionalidad.
Del vínculo de la nacionalidad deberes y derechos recíprocos.
La estrecha relación que existe entre la población y el estado hace posible que el
estado mantenga vínculos jurídicos con los nacionales que se encuentran fuera
del territorio nacional.
19
2.2.2 El territorio
El territorio es una unidad geográfica en donde se asienta la población, contiene
valores ecológicos, culturales, un territorio bien administrado constituye un activo
económico de primer orden.
El planteamiento territorial y urbanístico es esencial para la actuación de los
poderes públicos
Es el segundo elemento físico del estado es el territorio. En Derecho Internacional
el territorio de un estado comprende la superficie y el subsuelo terrestre, las
aguas interiores, el mar territorial y el espacio aéreo que se eleva por encima de
ellos. Como es evidente si se observa un mapa político del mundo, el Derecho
Internacional no exige un tamaño determinado para aceptar la existencia de un
estado.
El rasgo más importante a destacar sobre la naturaleza jurídica del territorio, es
que éste se configura como el espacio físico sobre que el estado ejerce las
competencias, que el Derecho Internacional le reconoce en cuanto al poder
soberano.
Los límites del territorio están determinados por tratados internacionales que
deben ser respetados. En el Art. 4 de la Constitución de la República del Ecuador
determina como comprende el territorio.
2.2.3 Gobierno
La organización del poder político engloba el conjunto de órganos y autoridades
que expresan el poder soberano en el orden político y jurídico. Ejercen funciones
legislativas, ejecutivas o jurisdiccionales. El gobierno así entendido debe ser
efectivo tanto en el plano interno (capaz de establecer y mantener el orden
interno), como externo (capaz de relacionarse con los demás sujetos de Derecho
Internacional).
Las características del gobierno u organización política son una cuestión interna
del estado “todo estado tiene el derecho inalienable a elegir su sistema político,
20
económico, social, cultural sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún
otro estado, conforme a la resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de la
ONU.
Así, la consideración de la situación de los derechos humanos y libertades
fundamentales, o la legitimidad democrática de un gobierno, no es cuestión que
impida la afirmación de la existencia de un gobierno válido ante el Derecho
Internacional general. Atendiendo a su organización administrativa interna se
suele distinguir entre Estados Unitarios o centralistas y aquellos que cuentan con
una estructura descentralizada del ejercicio de los poderes públicos (federales,
autónomos, regionales….) En este último caso, aunque los entes que lo
componen (Estados Federales, Comunidades Autónomas, Regiones…..) tengan
atribuidas el derecho interno funciones en el ámbito exterior, para el Derecho
Internacional sólo el estado soberano es sujeto a este ordenamiento y el será el
responsable del cumplimiento de sus obligaciones internacionales asumidas por
sus entidades autónomas .
El gobierno de un estado es un elemento más fluctuante que el territorio o la
población. Cuando el cambio en el sistema de gobierno se origina de modo
ordinario, en una democracia por ejemplo, mediante elecciones periódicas. El
resto de estados y el Derecho Internacional no muestran interés jurídico por la
nueva situación.
No sucede lo mismo si los cambios de gobierno acontecen de modo abrupto, es
decir, de una forma no prevista por el ordenamiento jurídico interno, bien sea
mediante una revolución popular, bien mediante el golpe de estado. La situación
política subsiguiente suele ser más compleja, dando origen en Derecho
Internacional a la figura del reconocimiento de gobiernos.
El reconocimiento de gobiernos es el acto unilateral y voluntario guiado por la
máxima discrecionalidad política, porque el estado y grupo de estados manifiestan
y expresan implícitamente, si aceptan al nuevo gobierno como representante del
Estado. Si lo hace, el nuevo gobierno podría litigar en nombre del estado ante los
tribunales del estado que lo ha reconocido; reclamar o utilizar la propiedad de los
bienes de estado que se encuentran en el territorio de otro estado.
21
2.2.4 Soberanía
Las nuevas formas de organización política territorial que estaban emergiendo.
En el ámbito interno, la soberanía del estado significa la autoridad suprema y
completa es decir sin límite material, a ejercer por el territorio por el monarca, por
relación a otros poderes políticos territoriales existentes de raíz feudal.
En el ámbito externo la soberanía suponía una negación de cualquier poder
exterior superior al del propio estado y equivalía, al tránsito de la edad media a la
modernidad en que se forma esta nación “soberana”, el no sometimiento del
estado a los poderes superiores, propios de la edad media que habían venido
ejerciendo el papado y el imperio.
En el Derecho Internacional contemporáneo, la soberanía se identifica como un
atributo jurídico, que caracteriza el conjunto de competencias que ejerce el
estado en su territorio o en sus relaciones exteriores; las competencias que el
Derecho Internacional reconoce, a los estados que ejercen sin sometimiento a
otra voluntad exterior, y por lo tanto a la soberanía, la coloca en un plano de
independencia e igualdad formal a todos los estados. El Derecho Internacional
actual, por lo tanto, no acoge una concepción política absoluta de la soberanía
estatal, entendiendo al estado como un poder no sometido a normas. En el plano
jurídico, la soberanía jurídica se encuentra limitada por el Derecho Internacional,
acordado por los propios Estados, que delimita sus alcances y efectos.
2.2.4.1 El principio de la igualdad soberana
Todos los estados gozan de igualdad soberana. Tienen iguales derechos e
iguales deberes y son por igual miembros de la comunidad internacional, pese a
sus diferencias de orden económico, social político o de otra índole.
En particular la igualdad soberana comprende los elementos siguientes:
a) Los estados son iguales jurídicamente.
b) Cada estado goza de los derechos inherentes a la plena soberanía.
22
c) Cada estado tiene el deber de respetar la personalidad de los demás
estados.
d) La integridad territorial y la independencia política del Estado son
inviolables.
e) Cada estado tiene el derecho a elegir y a llevar adelante libremente si un
sistema político social, económico y cultural;
f) Cada estado tiene el deber de cumplir plenamente y de buena fe sus
obligaciones internacionales y de vivir en paz con los demás Estados.
En suma, la igualdad soberana de los estados implica la ausencia en Derecho
Internacional de diferencias en las capacidades jurídicas de todos y cada uno de
los estados, grandes o pequeños, dotados de un sistema político u otro.
El principio de no intervención en los asuntos interno de los estados.
Ésta es parte del Derecho Internacional general, comporta la obligación para
terceros Estados, de abstenerse de realizar actos coercitivos prohibidos por el
Derecho Internacional, que priven a un estado de la libertad que le otorga la
soberanía para el manejo de los asuntos que suceden en su territorio o para la
orientación de su política exterior.
Las inmunidades del estado.
El Derecho Internacional prohíbe con carácter general, que un estado pueda
quedar sometido a jurisdicción interna de otro Estado.
Reconocimiento de los estados.
Una vez definido los elementos que conforman un estado el Derecho
Internacional da el reconocimiento de Estado.
Es una realidad social que tiene o no un momento histórico determinado, territorio,
población, gobierno e independencia en la orientación de sus asuntos políticos
internos y externos
El reconocimiento de estado es, como el reconocimiento de gobiernos, un acto
unilateral y discrecional, manifestado individual o colectivamente, en que se
declara que, a juicios del Estado o Estados que lo realizan, concurren todos los
23
elementos necesarios para el nacimiento de un nuevo estado (territorio,
población, gobierno y soberanía). El Derecho Internacional no exige una forma
determinada para declarar el reconocimiento.
Basta una manifestación externa suficiente de la voluntad de reconocer aun
Estado. Así el reconocimiento puede ser expreso (nota diplomática, telegrama o
declaración…) o implícito (establecimiento de relaciones diplomáticas, voto a
favor del ingreso de un nuevo Estado en una organización internacional); o
unilateral o reciproco (reconocimiento mutuo por vía de acuerdo).
2.3 RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO CONSTITUCIONALNuestro país se rige por un sistema económico social solidario, donde exista una
armonía entre el sector público, privado y productivo del país, y garantiza la
producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que
posibiliten el buen vivir.
El sistema económico Ecuatoriano se integra por las formas de organización
económica pública, privada y solidaria, y las demás que la constitución determine.
La Economía popular y solidaria se regulara de acuerdo con la ley e incluirá a los
sectores cooperativas asociados y comunitarios.
En lo referente a la política fiscal esta tiene objetivos específicos como:
El financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos.
La redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y
subsidios adecuados.
Según la constitución Ecuatoriana en lo relacionado al régimen Tributario interno
la asamblea nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes en el cual
tenemos el de crear, modificar o suprimir tributos mediante ley, sin menoscabo de
las atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados. Y la vez
aprobara leyes las normas generales de interés común.
Solo por iniciativa exclusiva del Presidente de la República podrán presentar
proyectos de ley que crean, modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto
público o modifiquen la división política administrativa del país.
24
El Estado Central tendrá competencia exclusiva en las políticas económicas,
tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y
endeudamiento.
2.3.1 Legislación interna Para nuestro estudio la Legislación Interna se basa en las siguientes Leyes y
Reglamentos:
Ley de Régimen Tributario Interno
Ley de Equidad Tributaria
Ley de Fomento Ambiental
Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria
Reglamento de la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno
2.4 FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y SU
GESTIÓN EN EL ECUADOREsta se ampara en la constitución de la república en lo referente al régimen de
desarrollo, el cual se define como el conjunto organizado, sostenible y dinámico
de los sistemas económicos políticos, socio-culturales y ambientales que
garantizan el buen vivir.
El estado planifica el desarrollo del país, para garantizar el ejercicio de los
derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los
principios consagrados en la constitución.
El estado promoverá y estimular todas las formas de producción que aseguren el
buen vivir de la población, y desincentiva aquellas que atentan contra sus
derechos, a los de la naturaleza, alentará la producción que satisfaga la demanda
interna y garantice una activa participación del Ecuador en el contexto
internacional.
El estado reconoce diferentes formas de organización entre las cuales tenemos:
2.4.1 Organizaciones comunitarias
Tienen por finalidad solucionar problemas comunes; como objetivo general, ser
capaces de dinamizar y crear nuevas formas estratégicas de participación, que
25
permitan a la comunidad organizada ser un actor protagonista en el mejoramiento
de la calidad de vida interior de cada sector de la comuna, de acuerdo a sus
propios intereses y necesidades.
2.4.2 Cooperativas
Son sociedades formadas por personas o entidades jurídicas, que se asocian
libremente para la realización de actividades económicas, con el fin de satisfacer
necesidades y aspiraciones económicas culturales y sociales comunes.
2.4.3 Empresas públicas
Existen muchos conceptos y diferentes apreciaciones. Entre ella tenemos, a toda
manifestación industrial y comercial y no a una realidad orgánica determinada, en
el cual el estado orienta su acción interventora con criterios diferenciados, a los
utilizados para la prestación de servicios a nivel de la administración centralizada,
en otras palabras dependientes del estado.
2.4.4 Empresa privada
Sociedades comerciales o industriales en que todas o la mayoría de las acciones
u otras formas de participación en el capital pertenecen a particulares y son
controladas por estos, siendo su principal objetivo la obtención de utilidades al
competir en el mercado.
2.4.5 Empresa familiar
Se define como aquella en la que el control de la propiedad reside en un individuo
o en los miembros de una familia.
2.4.6 Empresa asociada
Una asociada es una entidad sobre la que el inversor posee influencia
significativa, y no es una dependiente ni constituye una participación en un
negocio conjunto. La asociada puede adoptar diversas modalidades, entre las que
26
se incluyen las entidades sin forma jurídica definida, tales como las fórmulas
asociativas con fines empresariales.
2.4.7 Empresa mixta
Es aquella que cuenta con la participación del Estado, Municipios, Consejos
Provinciales y las personas de derecho público conjuntamente con capital privado,
quienes participan en la constitución de capital social y la gestión societaria.
27
CAPÍTULO 3.
GESTIÓN TRIBUTARIA NACIONAL3.1 LOS TRIBUTOS RESEÑA HISTÓRICA5Los tributos son medios para recaudar ingresos que permitirán cubrir los gastos
público, los cuales van a cubrir necesidades de la colectividad; para poder tener
una un mejor entendimiento de los tributos, citaremos francamente cómo se han
ido haciendo mucho más necesarios para los estados.
Se hace hincapié de cómo nacen los tributos, sería muy extenso, por lo que en
nuestro trabajo mencionaremos lo más relevante de la historia de los tributos.
Las regiones, han sido víctimas de la visión en cuanto a la recaudación de
tributos, los gobernantes del siglo XIX, mantuvieron la política tributaria de
España hasta fines del siglo XIX, siendo estas mal administradas por los
gobernantes del siglo XX.
Si bien es cierto, el nivel de vida de las naciones empezó con economías en auge,
se dice que esto empezó desde 1820; el resto del siglo las naciones, disfrutaron
de prosperidad como nunca antes se había logrado; esto permitió que el Ecuador
a través de sus exportaciones de productos agrícolas desconociera el impuesto a
la renta. Durante la segunda mitad del siglo XIX, no hubo mayores cargas
tributarias en el mundo, lo que permitió que países pobres se hicieran ricos y se
forme lo que hoy se conoce como Primer Mundo.
El impuesto a la renta, llega en las primeras décadas del siglo XX, para obligar a
que los empresarios que tuvieran una mayor actividad económica paguen
impuestos sobre sus ingresos. Los gobiernos de esos países establecieron
primero la riqueza; luego crearon los impuestos; lo hicieron tomando en cuenta
de qué si estos grandes empresarios si hubieran pagado tributos desde el inicio,
no se hubiese podido dar trabajo a millones de personas, y no se invertiría en
investigación y desarrollo, para crear bienes y servicios que han beneficiado a la
humanidad o hubieran hecho donaciones para construir universidades dedicadas
a la investigación.
Para Ecuador, la concepción del Estado no fue claramente definida por nuestros
Padres de la Patria; esta comenzó con una estructura orgánica muy débil. Esto
5www.ideinvestiga.com/ide/portal/user/news.do;jsessionid...
28
explica que desde el primer presupuesto, se administraron mal los tributos. No
sirvió de nada haber separado la función económica del Ministerio del Interior y
crear en 1831 el Ministerio de Finanzas, para poder manejar con eficiencia las
rentas públicas. En la primera Constitución, no se hace referencia a la inversión
social, ni al desarrollo socio-económico sostenido; sólo se hace referencia a la
protección del territorio nacional.
La falta de programas de desarrollo económico, llevó a los gobiernos a que los
tributos sean mal utilizados, dando prioridad a un solo sector público, que este
caso eran las Fuerzas Armadas.
Si revisamos los presupuestos del Estado ecuatoriano desde el año 1830, nos
daremos cuenta de que fue administrado de forma ineficiente; en algunos años
del siglo XIX se gastó la mayor parte del presupuesto en el militarismo, dinero que
fue a parar en el pago de sueldos de los soldados y en la compra de armamento;
dejando de lado el área social, que no fue una prioridad para los gobernantes de
turno; sólo se le prestaba atención a este sector cuando se lo requería, esto es:
educación, salud, vivienda; a pesar que se crearon ministerios para la atención de
los mismos, pero no fue así.
3.2 ANTECEDENTES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA6La Dirección General de Rentas, inició sus actividades administrativas en 1958,
mediante Decreto Ejecutivo 015 del 7 de febrero y publicado en el Registro Oficial
No. 485 del 11 de abril del mismo año; entidad que funcionaba adscrita al Ex
Ministerio de Finanzas y Crédito Público; su principal función era planificar, dirigir,
controlar y coordinar la administración tributaria interna del país.
La Administración del sistema tributario es una de las áreas del sector público que
debe ser objeto de atención prioritaria y fortalecimiento, puesto que una buena
percepción de la administración tributaria y un alto porcentaje de cumplimiento
voluntario de las obligaciones, es un indicador de la madurez democrática de las
sociedades contemporáneas.
En el ámbito de la administración tributaria se ha generado en los últimos años
una nueva cultura administrativa, centrando la gestión en valores como la eficacia,
la equidad, la eficiencia y la responsabilidad.
6cef.sri.gob.ec/virtualcef/file.php/1/.../contenidoSRI2010-06-11
29
De igual manera, se hace necesario que las administraciones tributarias sean
flexibles y se innoven constantemente, para hacer frente a los cambios en el
entorno, como la globalización económica, la incorporación de nuevas tecnologías
de la información y comunicaciones, mayor atención a los servicios de los
contribuyentes.
En resumen, la administración tributaria está viviendo una transformación
fundamental, en función del entorno cambiante; si bien su objetivo fundamental es
recaudar recursos para el fisco, ya no puede enfocar su estrategia únicamente al
control del cumplimiento sino que debe haber un equilibrio entre el control y la
promoción del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los
contribuyentes.
3.3 CLASIFICACIÓN GENERAL DE LOS TRIBUTOS7Recordemos que atendiendo el principio de legalidad y de reserva de la ley, le
corresponde por iniciativa al Presidente de la República proponer proyectos para
crear, reformar o extinguir tributos, y la Asamblea Nacional aprueba mediante ley
dichos proyectos. En cambio, cuando se trata de organismos autónomos
descentralizados (Eje: Municipios o Consejos Provinciales), los cuales cuentan
con atribuciones otorgadas constitucionalmente, en el que ellos por sí mismos
dentro de su organización política (consejos y concejalías) crean, reforman o
extinguen tasas y/o contribuciones especiales de mejoras, con la expedición de
ordenanzas.
Cabe indicar que esto comparte el ejercicio de su facultad legislativa; es decir, no
interviene la Asamblea Nacional.
Los tributos se clasifican en: impuestos, tasas y contribuciones; ahora veremos de
qué se trata cada uno de ellos:
3.3.1. Impuesto: es aquella prestación pecuniaria, impuesta unilateralmente a
favor del Estado y el cumplimiento de sus fines, mediante una ley, que se debe
cumplir una vez que se ha verificado el hecho generador establecido en la norma
y por lo tanto es definitiva, obligatoria y coercitiva; no implica una
contraprestación a favor del contribuyente, sino que es un ejercicio de su
solidaridad para con el estado y un cumplimiento de sus responsabilidades en
atención a su capacidad contributiva.7cef.sri.gob.ec/virtualcef/file.php?file...Estudio_IST12122011
30
3.3.2. Tasa: implica el pago de un valor por un servicio de naturaleza divisible
cuando recibe un servicio por parte del ente recaudador. Es importante anotar que
el impuesto difiere de la tasa, por cuanto en el primero dicho pago es obligatorio
para todos, sin que ello implique necesariamente recibir algo por ello; la tasa en
cambio, lo pagan sólo las personas que hagan uso de ese servicio.
3.3.3. Contribuciones: son aquellas sumas de dinero que el ente público exige para
la realización de obras públicas, cuya realización o construcción proporciona
beneficio económico reflejado en el patrimonio del contribuyente. (Ej.: mejora de
vías y aceras que incrementan la plusvalía de una casa).
3.4 CLASIFICACION GENERAL DE LOS IMPUESTOS8De acuerdo a la doctrina, los impuestos de manera general se clasifican: por su
objeto, por su ámbito de aplicación y su forma de recaudación:
3.4.1. Impuestos reales: Se aplican directamente sobre los bienes y derechos. Ej.:
Impuesto a la Salida de Divisas.
Impuestos personales: se aplican directamente sobre las personas y sus ingresos
teniendo en cuenta sus circunstancias especiales. Ej.: Impuesto a la herencia,
legados y donaciones.
3.4.2. Impuestos directos: es el establecido de forma inmediata sobre las
personas, atendiendo a su capacidad contributiva y que lo paga directamente el
contribuyente. Ej.: Impuesto a la Renta.
3.4.3. Impuestos indirectos: es el que afecta a objetos de consumo o determinados
servicios y que se encuentra incluido en el precio final de acuerdo a un
porcentaje. Ej.: IVA
3.4.4. Impuestos internos: son aquellos que se recaudan dentro del territorio
ecuatoriano a través de la Administración Central o Seccional.
3.4.5. Impuestos externos: son aquellos recaudados por el ingreso (importación) al
país de bienes y servicios, con el fin de colocarlos en situación comparable a los
bienes y servicios locales o para estimular el consumo interno. Ej.: Aranceles
3.4.6. Impuestos ordinarios: sirven para cumplir con un fin específico del Estado,
por lo tanto forman parte de un ingreso permanente para el cumplimiento de sus
fines. Ej.: I. Renta
8cef.sri.gob.ec/virtualcef/file.
31
3.4.7 Impuestos extraordinarios: suelen imponerse excepcionalmente, ya sea para
realizar obras extraordinarias o por razones de orden público, una vez superada la
necesidad que lo creo se deja de recaudar. Ej.: Impuesto a la Guerra.
3.4.8 Impuesto proporcional: es aquel cuyo porcentaje se mantiene
independientemente del valor del bien. Ej.: IVA
3.4.9 Impuesto progresivo: es aquel cuyo porcentaje aumenta acorde a los
ingresos o riqueza gravable del contribuyente, ejemplo es la tarifa del impuesto a
la renta para personas naturales.
3.5 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LOS TRIBUTOSPara poder entender lo a que se establece como principios constitucionales
tendremos que citar los principios de generalidad, progresividad, eficiencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia, eficiencia
recaudatoria:
3.5.1 Principio de generalidad.- Este principio se refiere a que la ley tributaria es
para toda una sociedad de carácter general, no está específicamente dirigido a un
grupo o persona; esta ley considerara los beneficios, a la sociedad mediante
recaudación de los tributos para ser repartidos de forma equitativa.
3.5.2 Principio de progresividad.- Este principio hace referencia a que las los
tributos que establece la ley tributaria serán progresivos, a medida que aumenta
o mejora la capacidad económica de una persona, se tomará en cuenta esta
mejora, para grabar gradualmente el pago de los tributos establecidos en las
leyes que rigen el territorio nacional.
3.5.3 Principios de simplicidad administrativa.- Para este principio, la
administración tributaria tendrá que dar toda la facilidad a los contribuyentes, para
que puedan cumplir con su obligación de cancelar los impuestos, que generó por
la actividad económica que realiza; para esto, la administración tributaria toma
todos los requerimientos de los contribuyentes para facilitar el pago de los
impuesto es a través de campañas, para dar a conocer las nuevas formas de
recaudación tributaria, siempre pensando en el bienestar de los contribuyentes.
3.5.4 Principio de eficiencia.- La administración tributaria se verá directamente
relacionada con este principio, que establece que para poder alcanzar las metas
32
de recaudación tributaria, tendrá que emplear con eficiencia y eficacia el talento
humano y la tecnología, para lograr que los contribuyentes se sientan atraídos a
cancelar los impuestos, dentro de los plazos establecidos por las leyes tributarias;
la administración tributaria; utilizará todo su contingente, tanto físico como
tecnológico al servicio de los contribuyentes, con el propósito de cumplir con el
objetivo, de llegar a la todas las personas que realizan alguna actividad
económica y poder tener una mejor recaudación al termino del año fiscal.
3.5.5 Principio de equidad.- Este principio tiene como finalidad que la recaudación
de los tributos de forma equitativa, para todos los contribuyentes que realizan
actividades económicas en el territorio nacional; no habrá preferencia alguna
entre la administración tributaria y los contribuyentes; para cualquier reclamo por
parte de los contribuyentes, se lo hará de acuerdo a lo que establece la ley
tributaria; de igual manera la administración se apegará a las leyes y
reglamentos, para ejercer la falta de cobros a los contribuyentes.
3.5.6 Principio de transparencia.- Los contribuyentes, tienen el pleno derecho de
saber como están administrando los tributos que ellos pagan por la actividad
económica que ejercen en el territorio nacional; para esto, la obligación que tiene
la administración es la de dar a conocer los montos recaudados en el período
fiscal, los cuales fueron destinados para mejorar el bienestar del país, con
proyectos que en principio están elaborados según el presupuesto general del
estado, que mediante las recaudaciones tributarias brindará servicios de mejor
calidad a los contribuyentes.
Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social.
3.5.7 Principio de suficiencia recaudatoria.- Estará siempre en relación, a que los
tributos que se recauden serán los suficientes para poder financiar el gasto
público, mediante la elaboración de presupuestos, que estarán siempre
enmarcados para el bienestar de una colectividad en salud, educación, vialidad,
vivienda, etc.
33
Pero para que esto se logre, la administración tributaria crea una cultura de pago
por parte de los contribuyentes, dándoles a conocer los beneficios sociales y
colectivos que se lograrían si todos pagaran sus impuestos a tiempo.
3.6 CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA TRIBUTARIO Eficiencia económica: no debe interferir en la asignación eficiente de los
recursos.
Sencillez administrativa: debe ser fácil y relativamente barato de
administrar.
Flexibilidad: debe ser capaz de responder fácilmente a los cambios de las
circunstancias económicas.
Responsabilidad política: debe diseñarse de tal forma que cada individuo
pueda averiguar qué está pagando para que el sistema político pueda
reflejar con mayor precisión sus preferencias.
Justicia: debe ser justo en su manera de tratar a los diferentes individuos.
3.7 CULTURA TRIBUTARIANuestro país se ha caracterizado por tener una baja cultura tributaria, para
mejorar las recaudaciones, se han aplicado programas de asesoramiento a los
contribuyentes, destinando recursos humanos y materiales como: oficinas de
información, visitas de campo y en la actualidad se han incorporado la tecnología
para brindar un mejor servicio.9
Uno de los mayores objetivos que está persiguiendo la administración tributaria es
culturizar a la ciudadanía en cumplir las obligaciones tributarias, a través de
asistencia, capacitación y difusión; para el efecto el Departamento de
Comunicación, ha implantado algunas estrategias, por ejemplo la creación de un
eslogan corporativo acorde al estilo de la institución “SRI le hace bien al país”.
Bajo este contexto, se implantó el sistema “Lotería Tributaria” como uno de los
recursos para fomentar la Cultura Tributaria entre la ciudadanía, motivándola a
requerir la emisión y entrega de comprobantes de venta por los bienes adquiridos
o los servicios prestados.
9Repositorio.uasb.edu.ec/./T683-MT-Torres.
34
3.8 LOS FINES DEL SISTEMA TRIBUTARIOLa administración tributaria a través de la recaudación de los impuestos, pasa a
ser la principal fuente de ingresos para financiar el gasto social. El sistema
tributario es un conjunto de impuestos estructurados y coordinados a criterios
políticos, para lo cual, buscan una distribución equitativa de los ingresos en la
sociedad, permitiendo de esta forma, la reactivación del aparato productivo y un
mejor control del consumo privado.
3.8.1 Facultad reglamentaria.-10Establece que “Sólo al Presidente de la
República, corresponde dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes
tributarias; en ejercicio de las atribuciones que la constitución del Ecuador
establece.
3.8.2 Facultad determinadora.- La determinación de la obligación tributaria, es
el acto o conjunto de actos reglados realizados por la Administración, tendientes a
establecer en cada caso particular: La existencia del hecho generador, el sujeto
obligado, la base imponible y la cuantía del tributo.
3.8.3 Facultad resolutiva.- “La administración debe expedir resolución
motivada en el tiempo que corresponda en las peticiones, reclamos, o recursos
que presenten los sujetos pasivos de tributos o quienes se encuentren afectados
por un acto de la administración”.
3.8.4 Facultad sancionadora.- Menciona, en las resoluciones que expida la
autoridad administrativa competente, se impondrá las sanciones pertinentes, en
los casos y en la medida prevista en la Ley.
3.8.5 Facultad recaudadora.- Expresa, la recaudación de los tributos se
efectuará por las autoridades y en la forma o por los sistemas que la Ley o el
reglamento establezcan para cada tributo. Podrá también efectuarse por agentes
de retención o percepción que la Ley establezca.
El sistema tributario constituye una herramienta para generar justicia tributaria, lo
que se revela desde sus propios cimientos; se toma como punto de partida la
distribución de bienes y servicios que, básicamente, ha sido generado por la
intervención del mercado; el impuesto es la herramienta más versátil para la
financiación presupuestaria, así como concebir los principios de justicia que
demanda un reparto equitativo de la riqueza.
10Constitución del Ecuador Art.171 inciso 5, Reg. Oficial No. 337-15-05-2008
35
Los lineamientos de la política fiscal, están dirigidos a fines fiscales y extra
fiscales, dentro de los últimos, encontramos la composición de los tributos y su
recaudación dirigida a objetivos de redistribución del ingreso.
3.9 AUTONOMÍA DE GESTIÓN, FINANCIERA Y POLÍTICAAutonomía de gestiónMediante publicación en el Registro Oficial No 206 del 2 de Diciembre de1997, se
expide la Ley de creación del Servicio de Rentas Internas (SRI) como una entidad
técnica, autónoma, con personería jurídica, de derecho público, patrimonio y
fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la ciudad de Quito. Su
gestión está relacionada a las disposiciones de la Ley de Creación del Código
Tributario, la Ley de Régimen Tributario Interno, demás leyes y reglamentos que
fueren aplicables; su autonomía concierne a las órdenes administrativas
financiero y operativo.
Proceso mediante el cual las empresas públicas deciden responsablemente la
adquisición o enajenación de productos, el ejercicio de los recursos propios, su
estructura administrativa y los niveles de remuneración del personal, cuya fijación
no sea competencia de otras instancias, para cumplir más eficaz y eficientemente
con los objetivos estratégicos que le asigna el Estado.
Supone el desarrollo de un sistema de evaluación, que pone énfasis en los
resultados, para lo cual es necesario establecer indicadores de gestión. De esta
forma, la evaluación se convierte en apoyo sustancial de las funciones de
dirección.11
Autonomía Financiera. La Ley de Creación del SRI, establece que el patrimonio de la institución está
integrado por los bienes que pertenecen a la Dirección General Rentas y los que
adquiera o se les asigne a cualquier título. Con respecto al financiamiento, el
equivalente de hasta el 2% en el año 1998; hasta el 1.5%en el año 1999; y, hasta
el 1% del año 2000; en adelanto de las recaudaciones de los tributos que debe
administrar, cuyo producto se acreditará en la cuenta especial al “Servicios de
Rentas Internas”.
Se refiere a la capacidad que tiene toda institución de contar con los recursos
propios necesarios para cumplir con las funciones que la ley le impone. También
se puede entender como la obtención o asignación de un fondo de financiamiento 11ttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/a/autonomia_de_gestion.htm
36
operacional que una entidad puede manejar libremente a través de su autoridad
correspondiente.
Autonomía Política. El Servicio de Rentas Internas, es una entidad autónomo e independiente; en el
ámbito político, se mantiene al margen de cualquier tipo de injerencia
gubernamental y sobretodo partidista.12 Está reflejado en las normas de
reclutamiento de personal, conforme lo establece el artículo 11 de la ley de
Creación, deberá ser técnico y calificado, estará sujeto a un estatuto especial. El
personal está sujeto a capacitación y evaluaciones periódicas sobre su
rendimiento para ser nombrado funcionario, se debe cumplir con los requisitos
establecidos para cada puesto, aprobar el curso de capacitación pertinente y
participar en el concurso de oposición y merecimientos.
El término se refiere, a la capacidad que posee cualquier entidad del Estado de
obtener democráticamente sus propias autoridades y la capacidad de éstos de
tomar decisiones dentro del marco de las leyes, sin interferencia de parte de otras
instituciones u otros Estados.
3.10 TRIBUTOS QUE ADMINISTRA EL S.R.I.El SRI administra los siguientes impuestos:
El Impuesto sobre la Renta
El Impuesto al Valor Agregado12webdms.ciat.org/action.php?kt_path_info=ktcore.actions...
37
El Impuesto a los Consumos Especiales
El Impuesto a la Propiedad Vehicular
El Impuesto a la Salida de Divisa
El Impuesto a Ingresos Extraordinarios
El Impuesto a las Tierras Rurales
Impuesto a los Activos Financieros en el Exterior
El Régimen Simplificado (IVA y Renta)
Impuesto a la contaminación vehicular
Impuesto a las botellas plásticas
TRIBUTOS QUE ADMINISTRA EL SRI
Participación de la Recaudación 2007-2011
En porcentajes2007 2008 2009 2010 2011
DIRECTOS
Impuesto a la Renta Recaudado 32,47% 36,40% 37,25% 29,05% 32,55%Impuesto Ingresos Extraordinarios 6,71% 0,30%
Impuesto a los Vehículos Motorizados 1,39% 1,46% 1,72% 1,86% 1,82%Salida de Divisas 0,48% 2,75% 4,44% 5,14%Activos en el Exterior 0,01% 0,44% 0,42% 0,35%
RISE 0,05% 0,07% 0,10%Regalías, patentes y utilidades de conservación
minera 0,15% 0,16%
Tierras Rurales 0,03% 0,09%Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no
retornables
INDIRECTOS
SUBTOTAL IMPUESTOS DIRECTOS 33,86% 38,36% 42,22% 42,74% 40,51%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 56,04% 53,32% 50,09% 49,96% 51,86%IVA de Operaciones Internas 28,32% 27,08% 30,75% 29,99% 32,14%
IVA Importaciones 27,72% 26,24% 19,34% 19,96% 19,71%IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES 8,52% 7,28% 6,54% 6,34% 6,46%
ICE de Operaciones Internas 7,10% 5,13% 5,12% 4,69% 4,76%ICE de Importaciones 1,42% 2,15% 1,42% 1,65% 1,70%
SUBTOTAL IMPUESTOS INDIRECTOS 64,55% 60,60% 56,63% 56,30% 58,32%
OTROS 1.59% 1.04% 1.15% 0.96% 1.17%
TOTAL 100% 100% 100% 100% 100%
FUENTE: PLAN ESTRATEGICO 2012-2015REPORTE ANUALES DE RECAUDACIONES SRI
El Impuesto sobre la Renta.El Impuesto a la Renta, se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las
personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, sean nacionales o
extranjeras. El ejercicio impositivo comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre.
38
Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad de
los ingresos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos, gastos y
deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo llamamos base
imponible.13
La base imponible de los ingresos del trabajo en relación de dependencia está
constituida por el ingreso gravado menos el valor de los aportes personales al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad social (IESS), excepto cuando éstos sean
pagados por el empleador.
La declaración del Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas
naturales, sucesiones indivisas y sociedades, aun cuando la totalidad de sus
rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:
1. Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan
representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a
retención en la fuente.
2. Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no
excedieren de la fracción básica no gravada.
El Impuesto al Valor Agregado.Este impuesto grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación de
bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización,
así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y de derechos conexos,
también gravan este impuesto el valor de los servicios prestados.
Para el cálculo y pago de este impuesto se establece una base imponible, que es
el valor de los bienes muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los
servicios que se prestan.
Para los bienes importados es el valor de aranceles, tasas, derechos, recargas, y
todo lo demás que se declare en la importación.
Para la declaración y pago de este impuesto, los sujetos pasivos del IVA,
declararán el impuesto de las operaciones que realicen mensualmente dentro del
siguiente mes de haber realizado las operaciones comerciales.
Los sujetos pasivos, pagan este impuesto que resulta de la diferencia las de
compras realizada dentro del mes a declarar más las retenciones de IVA que le
fueron realizadas, a esta sumatoria se le resta las ventas realizadas dentro del
mes y el resultado si es mayor en compras no paga, y se convierte en crédito para 13Teoría básica de los impuestos: un enfoque económico Poveda Blanco; Francisco
39
el siguiente mes; pero si las ventas resultan ser mayores, tendrá que pagar la
diferencia a la administración tributaria en el formulario que corresponda.
El Impuesto a los Consumos EspecialesEste impuesto se aplica a los bienes y servicios de procedencia nacional o
extranjera, la base imponible para el cálculo de este impuesto establece el precio
de venta al público, la base imponible obtenida mediante el cálculo de precio de
venta sugerido por el fabricante, o los importadores, no será inferior al resultado
según corresponda un 25% de margen mínimo, la liquidación y pago de este
impuesto aplicará un margen presuntivo; con márgenes mayores se considerará
un acto de fraude.
Retenciones en este impuestoNo existen retenciones de este impuesto. El ICE no forma parte de la base de
cálculo de las retenciones del Impuesto a la Renta.
Exención para el ICE Están exentos del Impuesto a los Consumos Especiales: El alcohol que se destine
a la producción farmacéutica; el alcohol que se destine a la producción de
perfumes y aguas de tocador; el alcohol, los mostos, jarabes, esencias o
concentrados que se destinen a la producción de bebidas alcohólicas; el alcohol,
los residuos y subproductos resultantes del proceso industrial o artesanal de la
rectificación o destilación del aguardiente o del alcohol, desnaturalizados no aptos
para el consumo humano, que como insumos o materia prima, se destinen a la
producción; los productos destinados a la exportación; los vehículos híbridos; y,
los vehículos ortopédicos y no ortopédicos destinados al traslado de personas con
discapacidades, conforme a las disposiciones de la Ley sobre Discapacidades.
Cupos de utilización de alcohol
Infracciones y Sanciones.Los sujetos pasivos del ICE que se encuentren en mora de declaración y pago del
impuesto por más de tres meses, serán sancionados con la clausura del
establecimiento o establecimientos de su propiedad, previa notificación legal,
conforme a lo establecido en el Código Tributario, requiriéndoles el pago de lo
adeudado dentro de treinta días, bajo prevención de clausura, la que se
mantendrá hasta que los valores adeudados sean pagados; para su efectividad el
40
Director General del Servicio de Rentas Internas dispondrá que las autoridades
policiales ejecuten la clausura.
Adicionalmente, la Administración Tributaria ejercerá su facultad determinadora
sobre el ICE cuando corresponda, de conformidad con el Código Tributario y
demás normas pertinentes.
El Impuesto a la Propiedad de VehicularEste impuesto lo pagarán, las personas naturales o la empresas que tenga a su
nombre vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de personas o de
carga; estos pueden ser de uso particular como de servicio público. La base para
el cálculo será el avalúo que coste en la base del SRI para esto se tomara los
precios de venta al público de las casa comerciales.
Para efectos del avaluó de vehículos que no se comercialicen de forma continua
en el país y no consten en la base del SRI; se tomará la información histórica de
los documentos del vehículo; para este impuesto se tomará como referencia la
tabla porcentual establecida por la administración tributaria.
El Impuesto a la Salida de DivisasPara este impuesto se tomarán en cuenta todas las transacciones de salidas de
divisas, con o sin la intervención de las instituciones que integran el sistema
financiero. Estará constituido por los traslados de divisas al exterior a través de
giros, cheques, transferencias, envíos, retiros, o pagos e cualquier naturaleza
realizados con o sin la intervención del sistema financiero. Se establecen
exoneraciones a los pagos realizados al exterior por concepto de amortización de
capital e intereses generados sobre créditos otorgados por instituciones
financieras internacionales con plazo mayor a un año, destinados al
financiamiento de inversiones previstas en el código de la producción. Se
establecen también exoneraciones sobre pagos por parte de administradores y
operadores de las zonas de desarrollo económico, la tasa de interés de dichas
operaciones deberá ser inferior a la tasa de interés activa referencial.
El Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables.La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado,
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 583, de 24 de noviembre de
2011, creó el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables, con la
finalidad de disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de
41
reciclaje; estableciendo adicionalmente que las operaciones gravadas con dicho
impuesto, serán objeto de declaración dentro del mes subsiguiente al que se las
efectuó.
De conformidad con la referida norma, el hecho generador de este impuesto es
envasar bebidas en botellas plásticas no retornables, utilizadas para contener
bebidas alcohólicas, no alcohólicas, gaseosas, no gaseosas y agua, o su
desaduanización para el caso de productos importados, pudiendo el consumidor
recuperar el valor pagado por concepto de este impuesto.
Normas Generales. El procedimiento de devolución del Impuesto Redimible a las Botellas
Plásticas no Retornables es aplicable únicamente para CENTRO DE
ACOPIO / RECICLADOR / IMPORTADOR de conformidad con lo
establecido en el Reglamento.
La solicitud de devolución del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas
no Retornables, únicamente se receptará en las ventanillas de Secretaria a
nivel nacional.
En el caso de los IMPORTADORES, se procederá con la devolución
siempre y cuando cuente con un local que le permita receptar botellas
plásticas de los consumidores y recolectores, sustentado en una
declaración juramentada.
El valor a ser devuelto por concepto del Impuesto Redimible a las Botellas
Plásticas no Retornables, corresponderá únicamente a lo respaldado en los
comprobantes de venta válidos, en la transferencia que realice el centro de
acopio / reciclado / importador.
El Impuesto a las Tierras Rurales.Para este impuesto, se tomará en cuenta las tierras que tengan una superficie
mayor a 25 hectáreas en el sector rural, según la delimitación efectuada por cada
municipalidad, correspondiente a cuarenta kilómetros de las cuencas
hidrográficas, canales de conducción o fuentes de agua definidas por el Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Para el pago de éste se
establece que las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades pagarán
42
por cada hectárea que sobrepase las hectáreas antes mencionadas; este
impuesto será deducible para el pago de impuesto a la renta. El valor pagado
multiplicado por cuatro.
Para la liquidación y pago se determinará el impuesto en base al catastro que
elaboren los municipios con el Ministerio de Agricultura. Los sujetos pasivos lo
pagarán en forma y fecha determinadas por la administración tributaria.
Impuesto a los Activos Financieros en el Exterior.Se crea el impuesto mensual sobre los fondos disponibles e inversiones que
mantengan en el exterior, las entidades privadas reguladas por la
Superintendencia de Bancos y Seguros y las Intendencias del Mercado de
Valores de la Superintendencia de Compañías.
Para el cálculo del impuesto, se considerará como base imponible el saldo
promedio mensual de los fondos disponibles en entidades extranjeras
domiciliadas o no en el Ecuador y de inversiones emitidas por emisores
domiciliados fuera del territorio nacional que mantengan los sujetos pasivos.
La tarifa de este impuesto es del 0.25% mensual sobre la base imponible.
Cuando la tenencia de activos se efectúe por intermedio de subsidiarias, afiliadas
u oficinas ubicadas en paraísos fiscales o territorios de menor imposición, se
deberá aplicar a la base imponible correspondiente la tarifa del 0.35% mensual.
El Régimen Simplificado.Éste es un sistema que permite a los contribuyentes que realicen una actividad
económica, sin tener que llevar contabilidad, pagar sus impuestos de una forma
más sencilla, reduciendo costos de trámites y de terceras personas.
Este sistema permite incorporar a la base de datos del SRI más contribuyentes
haciendo que estos se sientan motivados a pagar a tiempo sus impuestos; los
beneficios que este sistema da, es que no necesitan hacer declaraciones, no se
les harán retenciones de impuestos; se entregarán comprobantes sólo con los
datos de fecha y monto; no está obligado a llevar contabilidad.
Impuesto a los Ingresos Extraordinarios.Está establecido para los ingresos extraordinarios obtenidos por empresas que
tengan contratos con el estado, para la exploración y explotación de recursos no
renovables.
43
La delación y pago de este impuesto será mensualmente dentro del mes siguiente
en que el impuesto se haya generado en los plazos establecidos por el SRI; en la
base imponible se incluirán los ajustes de transferencia, ajustes de calidad; la
tarifa es este impuesto es del 70%, se crea crédito cundo los valores pagados al
estado por ingresos extraordinarios por otras normas establecidas; éste pago será
considerado como gasto deducible para el cálculo del impuesto a la renta.
Impuesto a los Activos Financieros en el exterior.Se establecerá para este impuesto, los fondos disponibles e inversiones que
mantengan las empresas reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros
y las de mercado de valores controladas por la Superintendencia de Compañías.
Las sociedades que gocen de exoneraciones tributarias, se encuentran sometidas
al control de la Contraloría General del Estado.
Como base para el cálculo, será el saldo promedio mensual de los fondos
disponibles en entidades extranjeras domiciliadas o no en Ecuador, y las
inversiones emitidas por emisores domiciliadas fuera del territorio nacional. La
base será el 0.08% mensual sobre la base imponible.
3.11 ASPECTOS GENERALES DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA
PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES.El ámbito de esta normativa, abarcará en su aplicación el proceso productivo en
su conjunto, desde el aprovechamiento de los factores de producción, la
transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo,
el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas, que desincentiven
las externalidades negativas; así también, impulsará toda la actividad productiva
a nivel nacional, en todos sus niveles de desarrollo y a los actores de la economía
popular y solidaria; la producción de bienes y servicios realizada por las diversas
formas de organización de la producción en la economía, reconocidas en la
Constitución de la República; de igual manera, se regirá por los principios que
permitan una articulación internacional estratégica, a través de la política
comercial, incluyendo sus instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan el
comercio exterior, a través de un régimen aduanero moderno transparente y
eficiente.
La presente normativa pretende enmarcar dentro de sí a toda persona, sean
naturales o jurídicas, y demás formas de organización, que se encuentren
44
inmersas en el campo productivo, entendiéndose como tal todas las actividades
de producción, transformación, distribución, intercambio comercial, consumo, etc.,
dentro del territorio ecuatoriano sin distinción de región, provincia, ciudad, etc.,
cumpliendo de esta manera con el principio constitucional de generalidad.
En el segundo artículo del Código de la Producción, se presenta una definición de
a qué se considera actividad productiva, definición sobre la cual gira el contenido
de este cuerpo legal.
Considerando como Actividad Productiva el proceso a través del cual el hombre
emplea su ingenio, talento, destrezas y habilidades con el fin de transformar las
materias primas, recursos naturales y otros insumos, con el objeto de producir
bienes y servicios que se requieren para satisfacer las necesidades, involucrando
todas las actividades como actividades comerciales, de servicios, financieras, y
otras.
CAPÍTULO IV
IMPUESTO A LA RENTA EN EL ECUADOR
4.1 GENERALIDADES
Este tipo de impuesto debe ser cancelado sobre los ingresos o rentas, producto
de cualquier actividad económica que se realice dentro del territorio nacional,
45
sean estas personales, comerciales, servicios industriales, etc., durante un
período fiscal, luego de descontar los costos y gastos incurridos para obtener o
conservar dichas rentas.
En nuestro país este impuesto recae sobre la renta que obtenga las personas
naturales, las sucesivas indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras.
Según la ley de régimen tributario interno para efectos de este impuesto se
considera renta:
Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título
oneroso provenientes del trabajo del capital o de ambas fuentes
consistentes en dinero, especies o servicios.
Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas
en el país o por sociedades nacionales.
El cálculo del impuesto, depende del tipo de persona natural o sociedad y difiere
de acuerdo al nivel de renta gravable; ésta es recaudada durante un período
lectivo y se encuentra compuesto por los siguientes rubros:
1.- Retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta
2.- Anticipos del Impuesto a la Renta
3.- Saldo anual o declaraciones de personas naturales y sociedades
4.- Impuesto a las Herencias, Legados y Donaciones
4.2 ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA Hecho imponible: es la generación de ingresos que son cuantificados en
dólares, o es la relación de actividades económicas de carácter lícito que
generen ingresos.
Sujeto pasivo: es la persona natural, las sucesiones indivisas y las
sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o no en el país que
obtengan ingresos gravados y están obligados por ley al cumplimiento de
las prestaciones tributarias.
46
Sujeto activo: es el Estado y lo administra a través del servicio de rentas
internas y es el encargado de recaudar los tributos.
Base imponible: son todos los ingresos gravados, menos todos los
valores que deben ser desembolsados para el desenvolvimiento de la
compañía.
Tipo de gravamen: para personas naturales se aplica de acuerdo a la
tabla progresiva y a las sociedades en porcentajes
4.3 INGRESOSSon incrementos del patrimonio neto, distintos de las aportaciones de fondos a la
entidad, por parte de los propietarios, como consecuencia de las actividades
económicas de venta de bienes o prestación de servicios, o como consecuencias
de las variaciones en el valor de activos y pasivos que deben reconocerse
contablemente.
En todo caso, los ingresos se materializan en incrementos en el valor de los
activos o disminución de valor de sus pasivos.
Ingreso de fuente ecuatoriana
Para la deducción del impuesto a la renta se consideran ingresos de fuente
ecuatoriana:
Los que perciban los ecuatorianos y extranjeros por actividades realizadas
dentro del territorio nacional sean estos.
Industriales: fabricación, elaboración
Agropecuarios: ganaderos, pesqueros, agricultura, etc.
Profesionales: médicos, ingenieros, abogados, etc.
Mineros, extracción de minerales
Servicios: laborales, personas con relación de dependencia
Comerciales: compra y venta
Salvo personas naturales o jurídicas extranjeras, que sus pagos lo realizan
sociedades extranjeras.
Las que perciban los ecuatorianos y extranjeros por actividades
desarrolladas en el exterior, provenientes de personas naturales, de
47
sociedades nacionales o extranjeras, con domicilio en el Ecuador o de
entidades y organismos del sector público ecuatoriano
Las utilidades provenientes de la enajenación de bienes e inmuebles
ubicados en el país.
Los beneficios o regalías provenientes de patentes, marcas, modelos
industriales nombres comerciales y la transferencia de tecnología.
Los provenientes de exportaciones realizadas por personas naturales o
sociedades nacionales o extranjeras, con domicilio o establecimiento
permanente en el Ecuador.
Las utilidades y dividendos distribuidos por sociedades constituidas o
establecida en el país
Los provenientes de loterías, rifas, apuestas, y similares, promovidas en el
Ecuador.
Los interés y demás rendimientos financieros pagados o acreditados por
personas naturales nacionales o extranjeras, residentes en el Ecuador, o
por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador o por
entidades u organismos del sector público.
Los provenientes de herencias, legados, donaciones y hallazgos de bienes
situado en el Ecuador.
Cualquier otro ingreso que provengan de sociedades y personas naturales
nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador.
4.4 COSTOS Y GASTOS
El costo y el gasto son el decremento de los activos, o el incremento de los
pasivos experimentado por una entidad, durante un período contable, con la
intención de generar ingresos y con un impacto desfavorable en la utilidad o
pérdida neta; en su caso, en el cambio neto, en el patrimonio contable y
consecuentemente en su capital ganado.
48
Los gastos son todos lo que es desembolsos de dinero, que realiza la empresa
para su normal desenvolvimiento.
Costos son todos los valores que se necesitan para la producción de un bien o
servicio.
Tipos de costos y gastos
Estas pueden clasificarse en:
1) Ordinarios: se identifican con la realización de las actividades propias del
giro de la identidad
2) No ordinarios: se derivan transacciones incidentales, inusuales no
directamente relacionado al giro del negocio
El reconocimiento de un costo y un gasto, debe ser sólo cuando el movimiento
de activos y pasivos impacte desfavorablemente al capital ganado o patrimonio
contable de una entidad, a través de la utilidad o pérdida neta o, en su caso, del
cambio neto en el patrimonio contable, respectivamente.
Un costo, es un egreso que representa el valor de los recursos que se erogan en
la realización de actividades que generen ingresos, el costo se identifica por ser
un generador directo del ingreso y por lo tanto es recuperable, está directamente
relacionado con el producto y/o servicio que brinda la empresa en cuestión por lo
tanto; es inherente con el giro de la empresa.
Un gasto es un egreso que no se identifica directamente con un ingreso, aunque
contribuye a la generación del mismo, no se espera que pueda generar ingresos
directamente en el futuro, no es recuperable.
4.5 DEDUCIONES
Son los costos y gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden descontar
para fijar la utilidad gravable de una empresa. En el Estado de Pérdidas y
Ganancias, se agrupan bajo este rubro los gastos que no representan costos de
manufactura o de operación, ni compras de materias primas, de mercancías o
abastecimientos, sino que tienen un carácter de gastos financieros, como los
49
intereses pagados sobre bonos u obligaciones, hipotecas, documentos por pagar,
etc., o que tienen un carácter de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
4.6 UTILIDAD CONTABLE
Está determinada por las deducciones de los costos y gastos que representan
giro del negocio, estableciendo un período fiscal que es de enero a diciembre; se
determinarán los costos que incurrieron para poder realizar la actividad
económica; de igual manera los gastos que están enmarcados dentro de las
disposiciones legales que son establecidas por el SRI, teniendo en cuenta que
sólo se podrá determinar la utilidad contable, deduciendo los gastos que
incidieron directamente con la actividad de la empresa para poder generar
ingresos, para un mejor control de estos gastos y costos el SRI estableció
reglamentos en la que establece de forma específica cuales serán los gasto que
serán deducibles para determinar la base para el cálculos de la utilidad contable.
4.7 CONCILIACIÓN TRIBUTARIA
Para establecer la utilidad sobre la que se aplicará la tarifa del impuesto a la
renta, las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad,
realizarán la conciliación de costos y gastos en el período fiscal a calcular la base
imponible; para de esta forma proceder a realizar los ajustes pertinentes dentro
de la conciliación tributaria, que consistirá en que la utilidad o pérdida líquida del
ejercicio será modificada de acuerdo a los siguiente procedimientos:
a.- Se restará el15% laboral de la utilidad contable de las empresas, que
corresponda a los trabajadores establecido en el la ley.
b.- No se tomarán los valores de ingresos exentos o no gravados.
c.- Se establecerán los gastos no deducibles de conformidad con la Ley de
Régimen Tributario Interno y su Reglamento, los efectuados en el país como los
del exterior.
d.- Se sumará el ajuste a los gastos incurridos para la generación de ingresos
exentos, en la proporción prevista en este Reglamento.
e.- Los costos y gastos imputables al ingreso
50
f.- La amortización de las pérdidas que se efectúen de conformidad con lo previsto
en la ley.
g.- Los pagos por concepto de importaciones
h.- Los intereses, impuestos, tasas, contribuciones, contraídos por giro del
negocio.
i.- En cuanto a incremento neto de empleos, se considerarán los siguientes
aspectos:
nuevos empleados: empleados contratados directamente que no hayan trabajado
en relación de dependencia con el mismo empleador, parientes dentro del cuarto
grado de consanguinidad y segundo de afinidad con tres años anteriores y que
hayan estado en relación de dependencia por seis meses consecutivos o más,
dentro del respectivo ejercicio.
Incremento de empleos: diferencia entre el número de empleados nuevos y el
número de empleados que han salido de la empresa.
Se refiere al período comprendido entre el uno de enero al 31 de diciembre del
ejercicio fiscal anterior.
Remuneraciones y beneficios de ley.- Es igual a la sumatoria de las
remuneraciones y beneficios de ley sobre los que se aporte al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social pagados a los empleados nuevos, dividido para
el número de empleados nuevos.
De la nómina.- Beneficios de ley y remuneraciones percibidos por los trabajadores
en un período dado.
J.- Las deducciones establecidas por ley a la que tenga derecho el contribuyente.
k.- La aplicación del principio de plena competencia conforme a la metodología de
precios de transferencia.
l.- Se restará el pago a trabajadores discapacitados o que tengan cónyuge o hijos
con discapacidad.
4.8 BASE IMPONIBLE TRIBUTARIA
51
Es el resultado de la conciliación tributaria, es decir la totalidad de los ingresos
ordinarios y extraordinarios gravados al impuesto a la renta, se les resta costos y
gastos imputables a dichos ingresos.
El contribuyente si no ha podido diferenciar en su contabilidad los costos y gastos
directamente atribuibles a la generación de ingresos exentos, éste considerará
como tales, un porcentaje del total de costos y gastos igual a la proporción
correspondiente entre los ingresos exentos y el total de ingresos.
Es deducible la participación laboral en las utilidades de la empresa reconocida a
sus trabajadores, de acuerdo con lo previsto en el Código del Trabajo.
Para el cálculo de la base imponible, los ajustes que se produzcan por efecto de
la aplicación de los principios del sistema de precios de transferencia establecido
en la ley.
4.9 DECLARACIONES
Las empresas y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, tendrán
que realizar el cálculo del anticipo a la renta según lo establecido por la ley.
Plazos para el pago del anticipo.- Los contribuyentes deberán pagar por concepto
de anticipo de impuesto a la renta será igual a:
Un porcentaje del patrimonio, y de igual manera para los gastos y costos
deducibles del impuesto a la renta, así como un porcentaje del total de activos, de
los ingresos gravables.
Para el registro en los formularios de declaración de impuesto a la renta, de
sociedades, de personas naturales y sucesiones indivisa obligadas a llevar
contabilidad, estos son 101 y 102, los contribuyentes reportarán los valores
correspondientes al valor anticipo de conformidad con lo que establece la ley de
régimen tributario interno, la falta de determinación del valor del anticipo por parte
del contribuyente, caerá en sanciones que lo establecerá la administración
tributaria en marcados lo que establece la ley.
52
Se establecen dos cuotas iguales, las cuales se satisfarán en julio y septiembre,
según el noveno dígito del número del Registro Único de Contribuyentes RUC,
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o
feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
4.10 EL ANTICIPO Y EL IMPUESTO A LA RENTAEl anticipo del impuesto a la renta, desde mucho antes de la Ley de Régimen
Tributario Interno, ha sido considerado un mecanismo de recaudación de tributos
que, por anticiparse al término del ejercicio, otorga a favor del contribuyente el
derecho a aplicar lo pagado por este concepto como crédito tributario del
impuesto a la renta causado cuando este deba liquidarse.
Siendo que la ley, en forma general, rige para lo venidero; y, que en materia
tributaria se encuentra negada constitucionalmente su efecto retroactivo,
debemos concluir que las modificaciones al cálculo y pago del anticipo del
impuesto a la renta, contenidos en la reforma tributaria de diciembre 23 de 2009,
rigen para el ejercicio 2010 y subsiguientes, salvo modificaciones que se
establezcan a futuro.
Esta situación, desde nuestro punto de vista incuestionable, hace evidente que el
crédito tributario originado en anticipos pagados hasta el ejercicio 2009 cuenta
con un tratamiento diferente que pasamos a explicar:
a) El pago en exceso originado en anticipos pagados hasta el ejercicio 2007 es
materia de devolución y se somete a la norma tributaria de la época, que indicaba:
b) El pago en exceso originado en el anticipo pagado en el ejercicio 2008, es
materia de devolución en la parte que exceda del anticipo mínimo, como lo
establecía la norma tributaria bajo la cual se constituyó: “Si no existiese impuesto
a la renta causado o si el impuesto causado en el ejercicio corriente fuere inferior
al anticipo pagado más las retenciones, el contribuyente tendrá derecho a
presentar reclamo de pago indebido o la correspondiente solicitud de pago en
exceso, de la parte que exceda al anticipo mínimo.14
El anticipo mínimo pagado y no acreditado al pago del impuesto a la renta podrá
ser utilizado sólo por el mismo contribuyente que lo pagó, como crédito tributario
14FIDES BURo SOLUCIONES TRIBUTARIA
www.puenteasociados.com/.../circ122-anticipo-impuesto-ala-renta-ec.
53
para el pago del impuesto a la renta causado en los cinco ejercicios fiscales
posteriores a aquel en que se realizó el pago”;
c) El pago en exceso originado en el anticipo pagado en el ejercicio 2009 es
materia de devolución en la parte que exceda del anticipo mínimo, en base a la
siguiente disposición: “Si no existiese impuesto a la renta causado o si el
impuesto causado en el ejercicio corriente fuese inferior al anticipo pagado más
las retenciones.
El contribuyente tendrá derecho a presentar el correspondiente reclamo de pago
indebido o la solicitud de pago en exceso. El Servicio de Rentas Internas
dispondrá la devolución de lo indebida o excesivamente pagado, ordenando la
emisión de la nota de crédito, cheque o acreditación respectiva, disgregando en
otra nota de crédito lo que corresponda al anticipo mínimo pagado y no acreditado
al pago del impuesto a la renta, la cual será libremente negociable en cualquier
tiempo; sin embargo, sólo será redimible por terceros en el plazo de cinco años
contados desde la fecha de presentación de la declaración de la que se
establezca que el pago fue excesivo; esta nota de crédito podrá ser utilizada por
el primer beneficiario, antes del plazo de cinco años, solo para el pago del
impuesto a la renta. Para establecer los valores a devolverse, en caso de pago en
exceso o indebido, al impuesto causado, de haberlo, se imputará primero el
anticipo mínimo pagado”.
El Anticipo de Impuesto a la Renta (IR) es una proporción del Impuesto a la Renta
anual que deberá ser pagado en julio y septiembre de cada año en dos cuotas
iguales. El cálculo del valor depende del tipo de contribuyente que se trate, así las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y las empresas que tienen
contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, deben cancelar el 50%
del impuesto a la renta causado en el ejercicio anterior, menos las retenciones en
la fuente de dicho impuesto en el mismo período.15
Por otro lado, se encuentran las personas naturales y jurídicas obligadas a llevar
contabilidad, para quienes será un valor equivalente al anticipo determinado por
los sujetos pasivos en su declaración del impuesto a la renta menos las
retenciones de impuesto a la renta realizadas al contribuyente durante el año
anterior al pago del anticipo. El valor a pagar por el anticipo del impuesto a la
renta será un monto equivalente a la suma de los siguientes rubros:
15www.puenteasociados.com/.../circ122-anticipo-impuesto-ala-renta-ec.
54
El cero punto dos por ciento (0.2%) del patrimonio total.
El cero punto dos por ciento (0.2%) del total de costos y gastos deducibles
a efecto del impuesto a la renta.
El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del activo total.
El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del total de ingresos gravables a
efecto del impuesto a la renta.
4.11 SUSTENTO LEGAL Y EVOLUCION DEL ANTICIPO
En materia tributaria el “pago” es uno de los modos de extinguir las obligaciones
tributarias sustantivas, esto es obligaciones impositivas (dinerarias) que sean
exigibles por parte de la administración tributaria, por haberse configurado los
presupuestos establecidos en la norma para crear el tributo y la obligación de ser
satisfecho por parte del contribuyente. Si bien el Código Tributario no establece
qué debe entenderse por “pago”, en auxilio el Código Civil, norma supletoria en
materia tributaria, lo define como la prestación de lo que se debe; y, siendo lo que
se debe un tributo líquido y exigible, este tributo se extingue naturalmente con su
pago efectivo.
El pago entonces tiene el carácter de libertario, definitivo e irrevocable mediante el
cual se extingue una obligación impositiva exigible.
A diferencia del “pago”, el llamado “anticipo” no extingue obligación de declarar y
pagar el tributo al que eventualmente se deba aplicar, en este caso, el impuesto a
la renta, puesto que por su naturaleza jurídica el “anticipo” es más bien una
obligación tributaria adjetiva consistente en la prestación formal (aunque
dineraria)exigida por la Ley (LRTI), por la cual ciertos contribuyentes se
encuentran obligados a entregar a la autoridad tributaria dinero a cuenta de una
obligación impositiva por determinar en un futuro, por lo cual le confiere un
carácter temporal.
EVOLUCIÓN DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN EL ECUADOR
Debido a la pérdida de dinamismo de la economía debido a la crisis de la deuda
externa, se crea en el año 1989 el anticipo del impuesto a la renta, cuyo cálculo
consistía en el 50% del impuesto a la renta del año anterior.
Al inicio de la década de los años noventa, a pesar de las buenas intenciones de
los gobiernos para reducir la inflación y aumentar la inversión extranjera mediante
55
programas de estabilización monetaria, varios shocks adversos al funcionamiento
del aparato económico complicaron su desarrollo; este deterioro obligó a expandir
gradualmente la gestión fiscal a través de nuevas alternativas, que reactiven el
aparato productivo no petrolero, ampliando el número de contribuyentes y las
fiscalizaciones de las obligaciones tributarias.
A pesar de que en un principio las reformas fiscales fueron ideadas para reducir la
evasión, a finales de la década de los noventa estas reformas complicaron y
degeneraron la concepción de los impuestos directos. En el año 1993, el cálculo
del anticipo del Impuesto a la Renta fue establecido a una tasa del 1% sobre el
valor total de los activos declarados en el período anterior; esto con la finalidad de
tener un mayor control sobre los montos declarados por los contribuyentes.
Por otra parte, la historia del Impuesto a la Renta no se encuentra exenta de
capítulos heterodoxos. En el año 1999 el Impuesto a la Renta se reemplazó
temporalmente por el Impuesto a la Circulación de Capitales (ICC), dejando sin
efecto el anticipo establecido en 1993. El ICC gravó con una tasa del 1% todo
movimiento nacional de dinero y de capital hasta el año 2000, y posteriormente
con una tasa del 0.8%, hasta el mes de noviembre del mismo año; fecha en la
cual fue eliminado.
En el 2007, el impuesto a la renta es reformado con la Ley de Equidad Tributaria,
emitida el 29 de Diciembre. En este capítulo del impuesto se introducen algunos
mecanismos heterodoxos como es el cálculo del nuevo anticipo, un impuesto a
los Ingresos Extraordinarios Petroleros y un Régimen Simplificado en el Ecuador
que reemplaza al IVA y al Impuesto a la Renta para contribuyentes con ingresos
menores a USD $ 60.000.
Y el 23 de diciembre del 2009 con registro oficial N° 94 se modifica Ley Orgánica
de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria
por la Asamblea Nacional, el cual se detallan a continuación:
El cálculo del anticipo de impuesto a la renta para sociedades y personas
naturales en general, no consideraba en su primer debate para efecto del mismo,
a las retenciones en la fuente, además de no considerarse su exceso como
objeto de devolución, en caso de que el mismo no sea compensado en el
ejercicio corriente, sino cada tres años, manifestándose que esto podría afectar
en el flujo de caja de las medianas y pequeñas compañías.
56
El argumento contrario mostraba que esta forma de cálculo permitiría obtener
para el fisco, por lo menos, un impuesto mínimo por parte de las sociedades que
en su mayoría no generan impuesto a la renta , sea porque obtienen pérdidas o
que al generarlo y compensarlo con el anticipo y las retenciones en la fuente
generan un saldo a favor.16
En efecto, ambas posturas fueron analizadas por la Asamblea llegando a
mantenerse la fórmula ponderada vigente que involucra a los activos, ingresos,
gastos y patrimonio, descontada las retenciones en la fuente, que le fueron
efectuadas al contribuyente, constituyéndose este valor en el anticipo mínimo a
pagar.
Sobre la devolución de este anticipo, en este caso, el SRI “podrá disponer la
devolución, por un ejercicio económico cada trienio, cuando por caso fortuito o
fuerza mayor se haya visto afectada gravemente la actividad económica del
sujeto pasivo en el ejercicio económico respectivo; para el efecto el
contribuyente presentará su petición debidamente justificada sobre la que el SRI
realizará las verificaciones que corresponda. Este anticipo, en caso de no ser
acreditado al pago del impuesto a la renta causado o de no ser autorizada su
devolución se constituirá en pago definitivo de impuesto a la renta, sin derecho a
crédito tributario posterior “.
Así mismo, se manifiesta que “en casos excepcionales debidamente justificados
en que sectores o subsectores de la economía hayan sufrido una drástica
disminución de sus ingresos por causas no previsibles, a petición fundamentada
del ministerio del ramo y con informe sobre impacto fiscal del Director General del
SRI, el Presidente de la República, mediante decreto, podrá reducir o exonerar el
valor del anticipo establecido al correspondiente sector o subsector. La reducción
o exoneración del pago del anticipo podrá ser autorizado solo por un ejercicio
fiscal a la vez”.
Casos en los cuales puede solicitarse exoneración o reducción del anticipo.- Hasta el mes de junio de cada año, los contribuyentes podrán solicitar a la
16El impuesto a la renta para el Ecuador: Un sistema distributivo
Mauro Andino Alarcón
57
correspondiente Dirección Regional del Servicio de Rentas Internas, la
exoneración o la reducción del pago del anticipo del impuesto a la renta hasta los
porcentajes establecidos, mediante resolución dictada por el Director General,
cuando demuestren que la actividad generadora de ingresos de los
contribuyentes generarán pérdidas en ese año; que las rentas gravables serán
significativamente inferiores a las obtenidas en el año anterior, o que las
retenciones en la fuente del impuesto a la renta cubrirán el monto del impuesto a
la renta a pagar en el ejercicio.
Los contribuyentes podrán solicitar que el Servicio de Rentas Internas, previa
verificación, disponga la devolución del anticipo, de conformidad con la ley, por un
solo ejercicio económico correspondiente a cada trienio, para lo cual se
considerará como el primer año del primer trienio al período fiscal 2010. Este
derecho podrá ejercerse únicamente en caso de que se haya visto afectada
gravemente la actividad económica del sujeto pasivo en el ejercicio económico
respectivo, en condiciones de caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo define el
Código Civil. 17
Reclamación por pagos indebidos o en exceso.- Si no existiese impuesto a la
renta causado o si el impuesto causado en el ejercicio corriente fuere inferior al
anticipo pagado más las retenciones, el contribuyente tendrá derecho a presentar
un reclamo de pago indebido, o una solicitud de pago en exceso, o a utilizar
directamente como crédito tributario sin intereses para el pago del impuesto a la
renta que cause en los ejercicios impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años
contados desde la fecha de la declaración. Tendrán derecho a presentar un
reclamo de pago indebido, o una solicitud de pago en exceso, o a utilizar
directamente como crédito tributario sin intereses para el pago del impuesto a la
renta que cause en los ejercicios impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años
contados desde la fecha de la declaración, así:
i) Por el total de las retenciones que superen el saldo pendiente del anticipo
pagado, si no causare impuesto a la renta en el ejercicio corriente o si el impuesto
causado fuere inferior a ese anticipo. En caso de que las retenciones no superen
el saldo pendiente del anticipo pagado, previo al pago de este saldo, se imputará
el valor de las retenciones.
17Tax Ecuador 2011
58
ii) Por las retenciones que le hubieren sido efectuadas, en la parte en la que no
hayan sido aplicadas al pago del impuesto a la renta, considerando el saldo
pendiente del anticipo pagado, en el caso de que el impuesto a la renta causado
fuere mayor al anticipo pagado.
La reciente Reforma Tributaria ha redefinido el anticipo del impuesto a la renta de
las sociedades (y de las personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a
llevar contabilidad), haciéndolo funcionar como un pago mínimo. En efecto, antes
de la Reforma el anticipo a pagar por estos contribuyentes en el año se fijaba
como el 50% del impuesto causado en el ejercicio, menos las retenciones que se
le practicaron al contribuyente durante dicho ejercicio. La Reforma prevé que el
anticipo sea ahora el máximo entre el anticipo calculado como se acaba de
detallar o la suma de 0.2% del patrimonio total más 0.2% del total de costos y
gastos deducibles más 0.4% del activo total más 0.4% del total de ingresos
gravables menos las retenciones del ejercicio anterior. La fórmula puede
considerarse “heterodoxa”, pues la mayoría de los países que establecen pagos
mínimos lo hacen sobre el valor de los activos o, más recientemente, sobre
ventas o ingresos brutos.
4.12 EL ANTICIPO Y SU EFECTO EN LA SITUACIÓN CONTABLE,
FINANCIERA Y TRIBUTARIA.La reciente reforma tributaria ha redefinido el anticipo del impuesto a la renta de
las sociedades y de las personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a
llevar contabilidad, haciéndolo funcionar como un pago mínimo. Antes de la
reforma los contribuyentes pagaban el 50% del impuesto generado del ejercicio
anterior, descontando las retenciones efectuadas del mismo período y lo que se
pagaba como anticipo era lo apropiado para los contribuyentes; de esta forma, no
se veía tan afectado el flujo de caja para realizar los pagos a los proveedores, que
si bien es cierto las empresas adquieren obligaciones mayores, para el último
59
mes del año en que se hacen negociaciones con los proveedores, de esta forma
los empresarios contaban con algo de liquidez permitiéndoles hacer negocios en
el primer trimestre del año, que no es tan bueno para las empresas que realizan
al actividad económica.
El pago del anticipo que exceda el impuesto a la renta del ejercicio, no será ya
crédito tributario, se convierte en una pérdida para la empresa, es decir, que si
con la nueva fórmula para el cálculo del pago mínimo, una empresa calcula más
de lo que le toca pagar al termino del año fiscal, no tendrá derecha a la
devolución de dichos valores declarados en exceso, pero si la empresa le fue bien
en el primer semestre y el segundo no tuvo las proyecciones de ventas esperadas
y termina con sus estados financieros en pérdida, ya ha pagado el anticipo sobre
los ingresos de un período que fue bueno financieramente; al empresario le
queda la duda de si seguir pagando el anticipo sobre ventas inciertas, con
proyecciones que pueden cambiar en el tiempo, tomando en cuenta que un país
con políticas económicas en constantes cambios, nada es cierto en proyecciones
de ventas; pero esto no cambia la política tributaria en su reglamento, que se
tiene que pagar el anticipo en Julio y Septiembre del año siguiente tomando en
cuenta el noveno digito del RUC, tenga utilidad o no las empresas de igual se
tendrá que cumplir con lo que establece la ley en el Ecuador.
En cuanto a lo tributario, el análisis se hace referencia a que la recaudación por
parte del organismo de control, tendrá un efecto de desaliento para el pago del
anticipo llamado ahora pago mínimo; esto contradice lo que establece la equidad
tributaria que establece como alentar a los contribuyentes a pagar sus impuestos
a tiempo, como se puede cumplir con esto si le cobran al empresario hasta por la
pérdida que tuvo en un período fiscal; en este caso como se alienta al empresario
para que cumpla con la ley, si no tiene dinero en caja disponible para cubrir este
impuesto.
RECAUDACION DE IMPUESTOS 2007-2011 INDUSTRIA MANOFACTURERA(MILES USD DÓLARES)
CONCEPTO 2007 2008 2009 2010 2011IMP. RENTA 252.185,60 311.918,50 336.632,70 401.980,30 479.166,20RETENCION 166.882,82 218.368,50 202.785,00 242.946,84 313.376,75
ANTICIPO 19.360,53 27.327,28 38.748,99 34.256,12 35.875,16
60
RECAUDACIONES INDUSTRIA MANOFACTURERA2007-2011(MILES USD)
FUENTE:SRIPLAN ESTRATEGICO 2012-2015
4.13 LOS BIENES DE CAPITAL Y EL ANTICIPO DEL IMPUESTO A
LA RENTA PARA EJERCICIOS FUTUROS.Para los empresarios que desean incrementar su producción y mejorar como
empresa en el transcurso del tiempo, para lo cual creó una empresa con la
finalidad de crecer en el tiempo y mejorar su producción, proyectada para un
tiempo determinado; para esto se tendrá que hacer inversiones en maquinarias
que le permita al empresario crecer como lo establece la misión y visión del
empresa, de tener un mayor volumen de productos que pueda satisfacer las
necesidades de una colectividad; al querer crecer como empresa, se tendrá que
61
2007 2008 2009 2010 2011
252,185.60
311,918.50336,632.70
401,980.30
479,166.20
166,882.82
218,368.50 202,785.00242,946.84
313,376.75
19,360.53 27,327.28 38,748.99 34,256.12 35,875.16
IMP. RENTARETENCIONANTICIPO
tomar en cuenta las inversiones para poder tener una mejor y eficiente
producción; esto se lo hará con maquinaria que cumpla los estándares
requeridos por las empresas, al tomar decisiones de invertir en nuevas
maquinarias para una mejor producción, se tendrá que poner en la mesa de
discusiones el anticipo que la maquinaria requerida tendrá que pagar al siguiente
año, sin aun esta maquinaria no está operativa en un 100%.
Al adquirir nueva maquinaria para mejorar la producción de una empresa, con la
nueva forma de cálculo del pago mínimo para el ejercicio posterior, esta nueva
compra incrementara en el rubro de maquinaria y equipo, pagará más impuestos
mínimos por la nueva maquinaria que la empresa adquirió para mejorar su
producción.
4.14 ESTADÍSTICA RECAUDATORIAS DEL ANTICIPO EN LOS
ULTIMOS TRES AÑOS Y SU INCIDENCIA EN EL IMPUESTO A LA
RENTA.El Anticipos del Impuesto a la Renta Corresponde a un pago previo del Impuesto
a la Renta del ejercicio fiscal corriente y se calcula en función a la declaración
presentada del período anterior. Estos valores se recaudan en los meses de julio
y septiembre del ejercicio corriente. A partir de la expedición de la Ley de Equidad
Tributaria, se cambia la fórmula de cálculo del anticipo del impuesto a la renta,
buscando reducir el número de empresas que permanentemente declaran
62
pérdidas en sus estados contables, así como asegurar un pago mínimo del
impuesto a la renta, que podrá ser utilizado como crédito durante cinco años. Este
mecanismo fue normado tomando en consideración las características propias de
varios sectores de la economía como el financiero, agrícola, petrolero, etc.
En el año 2009 se incluye una norma que permite gravar los espectáculos
públicos; los empresarios que los organizan deben pagar un anticipo del
Impuesto a la Renta (IR) del 3% a los ingresos totales por cada evento, y que
deben declarar y pagar ese tributo en el mes siguiente al desarrollo del mismo. El
resultado de estos cambios respecto al anticipo del Impuesto a la Renta se refleja
en el gráfico a continuación.18
18Fuente: Base de datos SRI – Reportes anuales de recaudación
Elaboración: Dirección Nacional de Planificación y Coordinación
63
Recaudación del Impuesto a la RentaPor actividad económica principal - 2007-2011
(Valores en miles de USD dólares)ACTIVIDAD 2007 2008 Crecen
08/072009 Crecen
09/082010 Crecen
10/092011 Crecen
11/10COMERCIO 404.027,70 534.307,20 32,20% 547.541,10 2,50% 639.741,10 16,80% 730.697,70 14,20%
INDUSTRIA MANUFACTURERA 252.185,60 311.918,50 23,70% 336.632,70 7,90% 401.980,30 19,40% 479.166,20 19,20%
PETRÓLEOS, MINAS Y CANTERAS
383.153,40 414.279,40 8,10% 483.880,30 16,80% 244.770,50 -49,40% 493.780,40 101,70%
INTERMEDIACION FINANCIERA
175.960,20 225.475,90 28,10% 234.713,60 4,10% 208.217,00 -11,30% 303.468,90 45,70%
TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
110.305,90 228.011,90 106,70% 259.994,30 14,00% 202.053,60 -22,30% 270.015,80 33,60%
ACT. INMOBILIARIA 112.160,10 158.323,90 41,20% 173.650,90 9,70% 214.964,80 23,80% 247.862,80 15,30%ADM. PUBLICA 99.064,10 142.723,60 44,10% 146.569,30 2,70% 137.017,00 -6,50% 169.241,30 23,50%
CONSTRUCCION 25.978,20 46.644,50 79,60% 51.654,00 10,70% 62.944,80 21,90% 90.130,80 43,20%AGRI. GANADERIA Y OTROS 36.256,40 63.760,20 75,90% 59.737,20 -6,30% 66.697,50 11,70% 66.277,50 -0,60%
SERVICIO SOCIALES Y DE SALUD 25.730,70 36.059,30 40,10% 42.544,70 18,00% 52.949,00 24,50% 61.836,70 16,80%ACTIV. TIPO SERVICIOS 22.065,80 33.480,70 51,70% 36.387,90 8,70% 44.144,20 21,30% 53.772,30 21,80%
SS. BASICOS 43.996,50 90.411,20 105,50% 95.095,60 5,20% 62.757,10 -34,00% 53.076,40 -15,40%ENSEÑANZA 23.452,30 40.251,00 71,60% 38.214,10 -5,10% 42.704,10 11,70% 46.616,40 9,20%
PESCA 9.927,80 20.558,80 107,10% 22.323,30 8,60% 21.018,50 -5,80% 25.237,00 20,10%HOTELES Y RESTAURANTES 12.595,10 18.221,50 44,70% 16.395,90 -10,00% 20.249,90 23,50% 23.151,90 14,30%
OTROS 3.989,00 4.819,40 20,80% 6.410,20 33,00% 5.837,80 -8,90% 6.220,70 6,60%TOTALES 1.740.848
,802.369.247
,008,81% 2.551.745
,101,21% 2.428.047
,200,36% 3.120.552
,803,69%
FUENTE: SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
PLANESTRATEGICO2012-2015
64
Retenciones del Impuesto a la Renta 2007-2011Por actividad económica
(Valores en miles de USD dólares)ACTIVIDAD ECONOMICA 2007 2008 %Crecen. 2009 %Crecen. 2010 %Crecen. 2011 %Crecen.
COMERCIO 316.918,46 394.102,40 24,40% 352.255,47 -10,60% 420.571,26 19,40% 487.476,89 15,90%
INDUSTRIA MANUFACTURERA 166.882,82 218.368,50 30,90% 202.785,00 -7,10% 242.946,84 19,80% 313.376,75 29,00%PETRÓLEOS, MINAS Y
CANTERAS85.319,73 132.292,16 55,10% 173.204,69 30,90% 119.761,27 -30,90% 268.870,09 124,50%
INTERMEDIACION FINANCIERA
98.962,98 132.093,87 33,50% 129.393,32 -2,00% 148.175,63 14,50% 196.763,51 32,80%
ADM. PUBLICA 95.959,14 137.307,69 43,10% 141.659,05 3,20% 130.943,44 -7,60% 162.311,45 24,00%
ACT. INMOBILIARIA 66.259,61 88.339,38 33,30% 84.119,20 -4,80% 120.530,07 43,30% 138.712,30 15,10%
TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
68.480,52 96.597,46 41,10% 109.118,91 13,00% 114.748,16 5,20% 125.076,80 9,00%
CONSTRUCCION 19.852,05 35.473,99 78,70% 34.998,74 -1,30% 40.412,39 15,50% 62.595,66 54,90%
SERVICIO SOCIALES Y DE SALUD
21.247,82 29.571,06 39,20% 34.147,06 15,50% 41.957,70 22,90% 50.127,96 19,50%
SS. BASICOS 26.892,79 31.000,95 15,30% 30.786,66 -0,70% 55.389,67 79,90% 44.387,16 -19,90%
AGRI. GANADERIA Y OTROS 24.438,72 34.923,05 42,90% 32.205,74 -7,80% 39.227,33 21,80% 43.686,09 11,40%
ENSEÑANZA 21.320,06 36.515,50 71,30% 33.911,88 -7,10% 38.003,94 12,10% 41.268,85 8,60%
ACTIV. TIPO SERVICIOS 17.918,07 25.034,95 39,70% 27.008,48 7,90% 33.177,63 22,80% 38.148,57 15,00%
HOTELES Y RESTAURANTES 9.642,67 - 12.515,53 29,80% 11.756,41 6,10% 14.078,57 19,80% 16.237,27 15,30%
PESCA 6.768,22 9.169,00 35,50% 8.631,06 -5,90% 11.212,28 29,90% 15.057,03 34,30%
OTROS 171,26 277,58 62,10% 341,43 23,00% 328,19 -3,90% 391,78 19,40%
TOTALES 1.037.392,25
1.413.583,07
6,76% 1.406.323,10
0,52% 1.571.464,37
2,85% 2.004.488,16
4,09%
PLAN ESTRATEGICO 2012-2015
FUENTE: SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
65
Anticipo de impuesto a la Renta
Saldo Anual - Sociedades 2007-2011Por actividad económica
(Valores en miles de USD dólares)ACTIVIDAD ECONOMICA 2007 2008 %Crecen. 2009 %Crecim. 2010 %Crecim. 2011 %Crecim.
PETRÓLEOS, MINAS Y CANTERAS
176.579,53 146.350,72 -17,10% 222.768,44 52,20% 64.586,96 -71,00% 147.610,80 128,50%
COMERCIO 60.174,72 72.820,26 21,00% 108.320,69 48,80% 121.677,97
12,30% 146.868,33 20,70%
TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
24.191,39 83.989,91 247,20% 90.919,31 8,30% 72.292,11 -20,50% 131.258,62 81,60%
INDUSTRIA MANUFACTURERA
64.239,67 63.819,90 -0,70% 90.666,39 42,1%_ 121.267,61
33,80% 125.958,57 3,90%
INTERMEDIACION FINANCIERA 49.869,77 54.580,22 9,40% 54.516,04 -0,10% 23.247,32 -57,40% 66.046,51 184,10%
ACT. INMOBILIARIA 16.953,95 22.531,46 32,90% 26.381,11 17,10% 29.869,36 13,20% 34.562,70 15,70%
CONSTRUCCION 4.768,01 6.528,61 36,90% 8.630,97 32,20% 13.313,92 54,30% 19.909,92 49,50%
SS. BASICOS 11.110,58 42.514,40 282,60% 56.537,71 33,00% 5.854,14 -89,60% 8.170,84 39,60%
ACTIV. TIPO SERVICIOS 1.879,88 3.566,18 89,70% 3.437,22 -3,60% 4.573,72 33,10% 7.486,40 63,70%
PESCA 1.865,99 3.891,03 108,50% 6.922,89 77,90% 3.491,08 -49,60% 5.532,22 58,50%
AGRI. GANADERIA Y OTROS 6.525,19 10.753,88 64,80% 8.367,44 -22,20% 3.786,08 -54,80% 5.437,43 43,60%
ADM. PUBLICA 2.000,71 3.004,68 50,20% 2.579,51 -14,20% 3.458,51 34,10% 4.170,34 20,60%
SERVICIOS SOC. Y DE SALUD 1.864,18 2.056,28 10,10% 1.964,63 -4,50% 3.324,35 69,20% 3.339,29 0,40%
67
HOTELES Y RESTAURANTES 1592,75 2.413,96 51,60% 1.548,75 -35,80% 2.487,72 54,20% 2.938,36 23,10%
ENSEÑANZA 751,60 1.034,18 37,60% 1.233,73 19,30% 1.047,50 -15,11% 1.340,73 28,00%
TOTALES 424.367,92 519.855,67 10,25% 684.794,83 2,08% 474.278,35 -0,54% 710.631,06 7,62%
PLAN ESTRATEGICO 2012-2015
Anticipo del impuesto a la Renta 2007-2011
Por actividad económica
(Valores en miles de USD dólares)
ACTIVIDAD ECONOMICA 2007 2008 %Crecim. 2009 %Crecim. 2010 %Crecim. 2011 %Crecim. COMERCIO 21.132,52 59.154,35 179,90% 74.270,19 25,60% 84.603,93 13,90% 82.921,19 -2,00%
INTERMEDIACION FINANCIERA 26.873,25 38.484,58 43,20% 50.337,11 30,80% 35.577,46 -29,30% 39.631,84 11,40%INDUSTRIA MANOFACTURERA 19.360,53 27.327,28 41,10% 34.784,99 45,50% 34.256,12 -13,80% 35.876,12 4,70%PETROLEO MINAS Y CANTERAS 119.582,00 112.410,12 -6,00% 85.773,51 -23,70% 58.697,18 -31,60% 31.696,40 -46,00%
ACTIVIDADES INMOVILIARIAS 8.475,57 18.659,73 120,20% 21.837,62 17,00% 24.643,67 12,80% 28.821,82 17,00%
AGRI. GANADERIA Y OTROS 3.645,57 14.465,40 296,80% 15.845,14 9,50% 21.251,19 34,10% 13.813,45 -35,00%
TRANSPORTE Y COMUNICACIONES 15.647,73 44.442,44 184,00% 56.780,24 27,80% 11.360,15 -80,00% 10.059,32 -11,50%
CONSTRUCCION 1.013,77 4.044,09 298,90% 7.142,46 76,60% 8.334,04 16,70% 6.630,66 -20,40%
68
PESCA 889,96 6.688,17 651,50% 5.760,94 -13,90% 5.798,37 0,60% 3.997,74 -31,10%
ACTIVIDADES TIPO SERVICIO 792,93 2.484,70 213,40% 3.099,92 24,80% 2.341,61 -24,50% 3.636,86 55,30%
HOTELES Y RESTAURANTES 826,84 2.608,65 215,50% 2.191,43 -16,00% 2.868,36 30,90% 3.018,39 5,20%
SERVICIOS SOCIALES Y SALUD 864,41 1.293,68 49,70% 1.921,32 48,50% 2.407,94 25,30% 2.242,92 -6,90%
ADMINISTRACION PUBLICA 833,68 1.667,68 100,00% 1.605,35 -3,70% 2.098,65 30,70% 2.130,13 1,50%
ENSEÑANZA 536,56 1.417,38 164,20% 1.640,80 15,80% 1.681,65 2,50% 1.878,64 11,70%
OTROS 272,80 282,41 3,50% 470,36 66,60% 333,42 -29,10% 889,92 199,90%
SS BASICOS 5990,7 16894,77 182,00% 7767,05 -54,00% 1512,93 -80,50% 517,71 -65,80%
TOTALES 226.738,82 352.325,43 2737,90% 371.228,43 277,20% 297.766,67 -121,30% 267.763,11 88,00%FUENTE: SERVICIO DE RENTAS
69
4.16 REFORMAS FISCALES EN LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS DEL
ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN ECUADOR.Nos permitimos informarles que en el Registro Oficial No. 250, del 4 de agosto de
2010, se publicó la Circular del SRI No. NAC-DGECCGC10-00015, dirigida a las
personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y a las
sociedades, a través de la cual la Administración Tributaria procedió a informar los
montos a ser considerados para efectos del cálculo del anticipo de Impuesto a la
Renta:
La reforma tributaria de diciembre 23 del 2009 trajo consigo cambios importantes
en materia del cálculo del anticipo del impuesto a la renta para las sociedades.
Recordemos que antes de la reforma, para determinar su anticipo del impuesto a
la renta para el siguiente ejercicio, las sociedades debían aplicar una de las dos
fórmulas que se indican a continuación, la que resultaba mayor:
Fórmula 1.- El 50% del impuesto a la renta causado del ejercicio anterior, menos
las retenciones que le hayan sido practicadas en el mismo ejercicio; y,
Fórmula 2.- La suma matemática de los siguientes rubros del balance general y
del estado de resultados del ejercicio anterior:
0,2% del patrimonio total,
0,2% del total de costos y gastos deducibles para efecto del impuesto a la renta,
0,4% del activo total,
0,4% del total de ingresos gravables del impuesto a la renta.
Al resultado se debían restar las retenciones practicadas en el mismo ejercicio.
Con la reforma, el cálculo del anticipo del impuesto a la renta se somete a las
siguientes modificaciones:
1.- Se elimina la fórmula 1 descrita anteriormente, quedando la fórmula 2 como la
única que deben observar las sociedades para el cálculo de su anticipo del
impuesto a la renta.
2.- La fórmula 2 descrita anteriormente se mantiene en cuanto a los mismos
rubros del balance general y del estado de resultados, así como los porcentajes
que aplican sobre ellos.
3.- Al resultado obtenido de la suma matemática establecida en la fórmula 2, se
elimina la posibilidad de disminuir las retenciones en la fuente que le hayan sido
practicadas al contribuyente.
70
Análisis y ComentariosLa última reforma tributaria modifica el cálculo del anticipo del impuesto a la renta,
materia que es objeto del presente análisis.19
Ejercicio imponible a partir del cual aplica la nueva forma de calcular el anticipo.
Es incuestionable que la nueva fórmula para el cálculo del anticipo del impuesto a
la renta, entra en aplicación efectiva a partir del ejercicio 2010, en base al Art.11,
2do. Inciso del Código Tributario, que expresa: “…las normas que se refieran a
tributos cuya determinación o liquidación deban realizarse por períodos anuales,
como acto meramente declarativo, se aplicarán desde el primer día del siguiente
año calendario, y, desde el primer día del mes siguiente, cuando se trate de
períodos menores”. A esta conclusión se llega considerando:
a) Que la reforma tributaria que incluye la nueva forma de calcular el anticipo del
impuesto a la renta fue publicada en el Registro Oficial No.94, de diciembre 23 de
2009; y,
b) Que si bien el cálculo del anticipo se basa en rubros del balance general y del
estado de resultados del ejercicio anterior (2009), el crédito tributario que genera
su pago a favor del contribuyente, aplica al impuesto causado del siguiente
ejercicio (2010).
Forma de calcular el anticipo. Hasta antes de la reforma tributaria de diciembre 23
de 2009, las sociedades (igual las personas naturales y sucesiones indivisas,
ambas obligadas a llevar contabilidad) se encontraban obligadas a determinar el
anticipo del impuesto a la renta para el siguiente ejercicio en base a dos (2)
fórmulas, la que resulte mayor. En este ambiente, lo que hace la reforma tributaria
es eliminar la fórmula consistente en el 50% del impuesto a la renta causado en el
ejercicio anterior, menos las retenciones que le hayan sido practicadas en el
mismo ejercicio, fórmula que a partir del ejercicio 2010 quedó reservada sólo a los
contribuyentes, personas naturales y sucesiones indivisas, que no se encuentren
obligadas a llevar contabilidad.
Eliminada una de las fórmulas, la segunda de ellas quedó como la única aplicable
para determinar el anticipo de impuesto a la renta para sociedades (también para
las personas naturales y sucesiones indivisas, ambas obligadas a llevar
contabilidad), fórmula que no fue modificada en cuanto a su base de cálculo y los 19Pablo Guevara RodríguezSocio de Consultoría en FIDESBURó
71
porcentajes a aplicar, pero sí en cuanto a no restar del resultado las retenciones
que le hayan sido practicadas al contribuyente en el ejercicio inmediato anterior,
como originalmente se encontraba establecida.
Respecto de la obligación de declarar el anticipo del impuesto a la renta para el
siguiente ejercicio, el Código Tributario establece que “Son deberes formales de
los contribuyentes o responsables: 1.- Cuando lo exijan las leyes, ordenanzas,
reglamentos o las disposiciones de la respectiva autoridad de la administración
tributaria: d) Presentar las declaraciones que correspondan; y, e) Cumplir con los
deberes específicos que la respectiva ley tributaria establezca. Por tanto, los
contribuyentes se encuentran obligados a calcular y declarar el anticipo del
impuesto a la renta para el ejercicio 2010 e incluirlo en su declaración del
impuesto a la renta por el ejercicio 2009.
Constituyendo una infracción la no declaración del anticipo del impuesto a la renta
para el siguiente ejercicio, “…el Servicio de Rentas Internas procederá a
determinarlo y a emitir el correspondiente auto de pago para su cobro, el cual
incluirá los intereses y multas, que de conformidad con las normas aplicables,
cause por el incumplimiento y un recargo del 20% del valor del anticipo”,
sumándose a esta sanción pecuniaria otras sanciones de carácter económico
como son: el excluir al contribuyente infractor de la lista blanca de cumplimiento
de deberes formales ante la administración tributaria, con lo cual se cerraría el
despacho aduanero; y, la negativa al contribuyente a que solicite la impresión de
comprobantes de venta.20
Si bien la norma tributaria citada no establece de manera expresa el efecto de
determinar el anticipo en un valor inferior al que correspondería por la correcta
aplicación de la norma que lo gobierna, consideramos que la administración
tributaria se vería tentada a aplicar las disposiciones del Código Tributario por las
cuales le faculta a ella determinarlo y cobrarlo con el recargo del 20%, además de
los intereses de mora tributaria que correspondan.
Ejercicio práctico
20Pablo Guevara Rodríguez Socio de Consultoría en FIDESBURó
72
PARA PODER REALIZAR NUESTRO ANÁLISIS DE LOS “EFECTOS
TRIBUTARIOS DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA
ADQUSICIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPOS DEL SECTOR INDUSTRIAL
TEXTIL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”.
Plantearemos un ejercicio en el que sólo tomaremos las cuentas que están
inmersas en el análisis como son los Activos, Patrimonio, Ingresos, Costos y
Gastos, en valores Absolutos.
Para ilustración hemos tomado como ejemplo una empresa con más de
cinco años de funcionamiento la cual la denominaremos BLG; esta
empresa para el período 2012 cierra su balance con un impuesto a la renta
a pagar de $7.126,54 y con Maquinarias y Equipos de $99.753, 00.
Para el período 2013 desea aumentar su actividad productiva, para ello
compra localmente nuevas maquinarias y equipos por un valor de
$300.000,00; para realizar nuestro análisis de cómo afecta el Anticipo del
Impuesto a la renta en el Sector Industrial Textil, se proyectarán para
ejercicios económicos futuros del 2013 al 2016
Tenemos que tomar en cuenta que para poner en marcha una maquinaria
nueva, ésta incurrirá en costos y gastos, hasta que se ponga en marcha la
maquinaria y pueda generar la producción deseada.
73
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA PARA EJERCICIOS FUTUROS
ACTIVOS Año 2012 Año 2013 Año 2014 Año 2015 Año 2016ACTIVOS CORRIENTECaja Banco 7.645,00 17.414,00 5.702,00 8.695,00 9.129,75Cuentas por cobrar 65.345,00 45.397,00 65.301,00 82.312,00 98.427,60Inventarios 51.756,00 71.688,00 67.996,00 69.644,00 88.447,88retenciones fuente y anticipo IR 3.245,65 2.578,04 2.592,73 3.192,57 3.283,55
Total de activos corrientes 127.991,65 137.077,04 141.591,73 163.843,57 199.288,78
ACTIVOS NO CORRIENTEPropiedad, planta y equipo 99.753,00 399.753,00 399.753,00 399.753,00 399.753,00Depreciación Acumulada -49.876,50 -89.851,80 129.827,10 -169.802,40 -209.777,70Total activos no corrientes 49.876,50 309.901,20 269.925,90 229.950,60 189.975,30
TOTAL DEL ACTIVO 177.868,15 446.978,24 411.517,63 393.794,17 389.264,08
PASIVO Y PATRIMONIO DE LOS ACCIONISTAS
PASIVO CORRIENTEPrestamos 43.984,00 43.984,00 43.984,00 42.984,00 40.984,00Cuentas por pagar 48.216,00 45.805,20 43.514,94 42.209,49 40.904,04Impuestos 10.357,54 2.653,19 2.798,00 2.978,58 6.458,70Total del Pasivo Corriente 102.557,54 92.442,39 90.296,94 88.172,07 88.346,74
PASIVO NO CORRIENTEPrestamos 22.801,00 322.801,00 297.240,80 271.680,60 246.120,40Total pasivo no corriente 22.801,00 322.801,00 297.240,80 271.680,60 246.120,40
TOTAL DEL PASIVO 125.358,54 415.243,39 387.537,74 359.852,67 334.467,14PATRIMONIO
Capital Social 8.674,86 10.841,79 8.732,17 11.368,34 12.319,39Reserva 21.267,39 21.267,39 21.267,39 21.386,09 23.303,50Utilidad del ejercicio 22.567,36 -374,33 -6.019,67 1.187,07 19.174,05TOTAL PATRIMONIO 52.509,61 31.734,85 23.979,89 33.941,50 54.796,94
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 177.868,15 446.978,24 411.517,63 393.794,17 389.264,08
74
Para nuestro análisis del pago del Anticipo del Impuesto a la Renta en la Adquisición de Maquinarias y Equipos del Sector Industrial Textil en la Ciudad de Guayaquil, planteamos los Estados de Situación Financiera para ejercicios futuros para una Industrial Textil, nos enfocaremos en las cuentas que son objeto de análisis para nuestro estudio como son los Activos, Patrimonio, Ingresos, Costos y Gastos, realizando los cuadros correspondientes del cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta, para cada ejercicio futuro planteado en nuestro trabajo de investigación. Como se estableció que para el año 2013 se compra maquinarias y equipos por un valor de $ 300.000,00 dólares, lo que aumenta el Activo y aumenta el Pasivo a largo plazo, en este año la empresa tiene pérdida por un valor de $ -374,33; esto hace que el patrimonio se vea afectado por la pérdida en el primer año, no se paga impuesto a la renta, pero sí se pagó el anticipo que fue de $ 2.578,04.
ESTADO DE RESULTADOS INTEGRALES PARA EJERCICIOS FUTUROS
AÑO 2012 Año 2013 Año 2014 Año 2015 Año 2016
VENTAS118.765,0
0 122.327,95 134.560,75 161.472,89 209.914,76
TOTAL DE VENTAS118.765,0
0 122.327,95 134.560,75 161.472,89 209.914,76
COSTO DE VENTAS (OPARACIONAL) 35.467,29 60.294,39 72.353,27 86.823,93 112.871,10
MARGEN GRUTO 83.297,71 62.033,56 62.207,47 74.648,97 97.043,66
GASTOS GENERALES (ADM.VTAS.) 38.421,90 51.869,57 57.056,52 61.621,04 65.318,31
GASTOS FINANCIEROS 9.941,81 10.538,32 11.170,62 11.840,85 12.551,31
RESULTADOS ANTES DE IMPUESTO Y PARTICIPACION 34.934,00 -374,33 -6.019,67 1.187,07 19.174,05
PARTICIPACION DE TRABAJADORES 15% 5.240,10 178,06 2.876,11
IMPUESTO A LA RENTA 7.126,54 221,98 3.585,55
RESULTADO INTEGRAL 22.567,36 787,03 12.712,39
75
En el Estado de Resultado Integral para ejercicios futuros, vemos como en los primeros años que se implantó la Maquinaria y Equipos nos da un resultado negativo, pero ya hemos pagado anticipadamente el Impuesto a la Renta en estos dos años sin haber tenido utilidad, la ley determina que se pagará Impuesto a la Renta sobre las utilidades al termino del año fiscal, como lo establece la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento para su aplicación; como lo mencionamos, se pagó anticipadamente un valor por Impuesto a la Renta que sólo se debe pagar cuando hay utilidad, pero las reforma tributaria nos indican que hay que cumplir con lo dispuesto por las leyes que rigen en nuestro Territorio Nacional; esto hace, que las inversiones en diferentes sectores económicos se vean afectadas, desalentando nuevas inversiones; si hablamos del sector Industrial textil, vemos como ésta se queda sin poder invertir para mejorar su producción y dar productos de calidad.
CUENTAS PARA EL CÁLCULO DEL ANTICIPO AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016
ACTIVO TOTAL 177.868,15 446.978,24 411.517,63 393.794,17 389.264,08
TOTAL PATRIMONIO 52.509,61 31.734,85 23.979,89 33.941,50 54.796,94
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 118.765,00 122.327,95 134.560,75 161.472,89 209.914,76
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 838.310,00 122.702,28 140.580,41 160.285,01 190.740,72
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2012
VALORES PORCENTAJEANTICIP
O
ACTIVO TOTAL 177.868,15 0,40% 711,47
TOTAL PATRIMONIO 52.509,61 0,20% 105,02
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 118.765,00 0,40% 475,06
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 838.310,00 0,20% 1.676,62
MONTO DE ANTICIPO A PAGAR PARA EL EJERCICIO 2012 2.968,17
MONTO DEL ANTICIPO A PAGAR EN 2012 2.968,17
MENOS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR AÑO 2011 867,52
SALDO A PARA EN DOS CUOTAS 2.100,65
1ra. CUOTA MES DE JULIO DEL 2012 1.050,33
2da. CUOTA MES D ESEPTIEMBRE DEL 2012 1.050,33
76
IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR AÑO 2012 7.126,54
MENOS SUMA MATEMÁTICA SEGÚN ART. 41 LORTI 2.100,65
MENOS RETENCIONES EFECTUDAS EN EL AÑO FISCAL 1.187,65
SALDO A PAGAR DEL IMPUESTO A LA RENTA 3.838,23
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA
AÑO 2013
VALORES PORCENTAJEANTICIPO
ACTIVO TOTAL 446.978,24 0,40% 1.787,91
TOTAL PATRIMONIO 31.734,85 0,20% 63,47
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 122.327,95 0,40% 489,31
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 122.702,28 0,20% 245,40
MONTO DE ANTICIPO A PAGAR PARA EL EJERCICIO 2013 2.586,10
MONTO DEL ANTICIPO A PAGAR EN 2013 2.586,10
MENOS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR AÑO 2012 1.187,65
ALDO A PARA EN DOS CUOTAS 1.398,45
1ra. CUOTA MES DE JULIO DEL 2013 699,22
2da. CUOTA MES DE SEPTIEMBREDEL 2013 699,22
77
IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR AÑO 2013 0,00
MENOS SUMA MATEMÁTICA SEGÚN ART. 41 LORTI 1.398,45
MENOS RETENCIONES EFECTUDAS EN EL AÑO FISCAL 1.223,28
SEUN NUVAS REFORMAS SE CONVIERTE EN -2.621,73
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2014
VALORES PORCENTAJEANTICIP
O
ACTIVO TOTAL 411.517,63 0,40% 1.646,07
TOTAL PATRIMONIO 23.979,89 0,20% 47,96
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 134.560,75 0,40% 538,24
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 140.580,41 0,20% 281,16
MONTO DE ANTICIPO A PAGAR PARA EL EJERCICIO 2014 2.513,43
MONTO DEL ANTICIPO A PAGAR EN 2014 2.513,43
MENOS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR AÑO 2013 1.223,28
SALDO A PARA EN DOS CUOTAS 1.290,15
78
1ra. CUOTA MES DE JULIO DEL 2014 645,08
2da. CUOTA MES DE SEPTIEMBRE DEL 2014 645,08
IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR AÑO 2014 0,00
MENOS SUMA MATEMÁTICA SEGÚN ART. 41 LORTI 1.290,15
MENOS RETENCIONES EFECTUDAS EN EL AÑO FISCAL 1.345,61
SEGÚN NUEVAS REFORMAS SE CONVIERTE EN -2.635,76
PAGO MÍNIMO Y NO TIENE CREDITO TRIBUTARIO A SU FAVOR
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2015
VALORES PORCENTAJEANTICIP
O
ACTIVO TOTAL 389.264,08 0,40% 1.557,06
TOTAL PATRIMONIO 54.796,94 0,20% 109,59
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 209.914,76 0,40% 839,66
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 190.740,72 0,20% 381,48
79
MONTO DE ANTICIPO A PAGAR PARA EL EJERCICIO 2015 2.887,79
MONTO DEL ANTICIPO A PAGAR EN 2015 2.887,79
MENOS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR AÑO 2014 1.345,61
SALDO A PARA EN DOS CUOTAS 1.542,18
1ra. CUOTA MES DE JULIO DEL 2014 771,09
2da. CUOTA MES DE SEPTIEMBRE DEL 2014 771,09
IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR AÑO 2015 3.585,55
MENOS SUMA MATEMÁTICA SEGÚN ART. 41 LORTI 1.542,18
MENOS RETENCIONES EFECTUADAS EN EL AÑO FISCAL 1.695,47
SALDO A PAGAR DEL IMPUESTO A LA RENTA 347,90
80
CÁLCULO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2016
VALORES PORCENTAJEANTICIP
O
ACTIVO TOTAL 389.264,08 0,40% 1.557,06
TOTAL PATRIMONIO 54.796,94 0,20% 109,59
INGRESOS GRAVADOS DEL EJERCICIO 209.914,76 0,40% 839,66
GASTOS DEDUCIBLES DEL EJERCICIO 190.740,72 0,20% 381,48
MONTO DE ANTICIPO A PAGAR PARA EL EJERCICIO 2016 2.887,79
MONTO DEL ANTICIPO A PAGAR EN 2016 2.887,79
MENOS RETENCIONES EN LA FUENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR AÑO 2015 1.695,47
SALDO A PARA EN DOS CUOTAS 1.192,32
1ra. CUOTA MES DE JULIO DEL 2016 596,16
2da. CUOTA MES DE SEPTIEMBREDEL 2016 596,16
IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR AÑO 2016 3.585,55
MENOS SUMA MATEMÁTICA SEGÚN ART. 41 LORTI 1.192,32
MENOS RETENCIONES EFECTUADAS EN EL AÑO FISCAL 2.099,15
SALDO A PAGAR DEL IMPUESTO A LA RENTA 294,08
81
Anexo 1
AÑO 2012
ANTICIPO TOTAL
RETENCIONES EN LA FUENTE 1% A LA RENTA PAGADO
ENERO 85,58
FEBRERO 96,58
MARZO 98,75
ABRIL 90,48
MAYO 85,78
JUNIO 96,87
JULIO 98,47 1.029,00
AGOSTO 93,48
SEPTIEMBRE 65,98 1.029,00
OCTUBRE 128,21
NOVIEMBRE 120,89
DICIEMBRE 126,58
TOTALES 1.187,65 2.058,00 3.245,65
82
Anexo 2
AÑO 2013
ANTICIPO TOTAL
RETENCIONES EN LA FUENTE 1% A LA RENTA PAGADO
ENERO 100,45
FEBRERO 82,21
MARZO 105,74
ABRIL 98,62
MAYO 97,53
JUNIO 95,12
JULIO 104,85 677,38
AGOSTO 97,1
SEPTIEMBRE 104,25 677,38
OCTUBRE 89,94
NOVIEMBRE 97,25
DICIEMBRE 150,22
83
TOTALES 1.223,28 1.354,76 2.578,04
Anexo 3
AÑO 2014
ANTICIPO TOTAL
RETENCIONES EN LA FUENTE 1% A LA RENTA PAGADO
ENERO 110,86
FEBRERO 115,45
MARZO 98,26
ABRIL 10,56
MAYO 260,00
JUNIO 135,42
JULIO 69,92 623,56
AGOSTO 103,23
SEPTIEMBRE 66,23 623,56
OCTUBRE 111,87
NOVIEMBRE 137,23
84
DICIEMBRE 126,58
TOTALES 1345,61 1.247,12 2.592,73
Anexo 4
AÑO 2015
ANTICIPO TOTAL
RETENCIONES EN LA FUENTE 1% A LA RENTA PAGADO
ENERO 105,48
FEBRERO 126,78
MARZO 111,45
ABRIL 110,68
MAYO 169,23
JUNIO 150,35
JULIO 108,56 748,55
85
AGOSTO 125,47
SEPTIEMBRE 135,48 748,55
OCTUBRE 165,69
NOVIEMBRE 148,97
DICIEMBRE 237,33
TOTALES 1695,47 1.497,10 3.192,57
Anexo 5
AÑO 2016
ANTICIPO TOTAL
86
RETENCIONES EN LA FUENTE 1% A LA RENTA PAGADO
ENERO 181,43
FEBRERO 110,36
MARZO 104,69
ABRIL 142,62
MAYO 106,98
JUNIO 167,4
JULIO 189,25 592,20
AGOSTO 147,65
SEPTIEMBRE 234,7 592,20
OCTUBRE 198,26
NOVIEMBRE 257,58
DICIEMBRE 258,23
TOTALES 2.099,15 1.184,40 3.283,55
Anexo 6
MAQUINARIA Y EQUIPOS
AÑO DE % DE DEPRECIACIONDEPRECIACIO
N
HILADORA COSTOS VIDA UTILDEPRECIACION MENSUAL ACUMULADA
PICKER 4.500,00 10 10% 450,00 2.250,00
87
CARDAS 3.400,00 10 10% 340,00 1.700,00 PABILERA 5.700,00 10 10% 570,00 2.850,00 HILAS DE ANILLOS 17.800,00 10 10% 1.780,00 8.900,00
TEJEDURIA URDIDORA 7.587,00 10 10% 758,70 3.793,50 ENGOMADORA 15.569,00 10 10% 1.556,90 7.784,50 TELARES 6.945,00 10 10% 694,50 3.472,50
TINTORERÍA JIGGERS 10.947,00 10 10% 1.094,70 5.473,50 CARCES 6.574,00 10 10% 657,40 3.287,00 JET 2.571,00 10 10% 257,10 1.285,50
RAMA SECADORA
CALANDRA 3.578,00 10 10% 357,80 1.789,00
MAQ. DE ESTAMPADORA 14.582,00 10 10% 1.458,20 7.291,00
99.753,00 9.975,30 49.876,50
LISTA DE MAQUINARIA A ADQUIRIR EN EL AÑO 2013
AÑO DE % DE DEPRECIACIO
N
MAQUINARIAS COSTOS VIDA UTIL
DEPRECIACION MENSUAL
Maq. De corte ultra sonido 35.000,00 10 10% 3.500,00 Maq. Enrolladora 45.000,00 10 10% 4.500,00 Calandra de laboratorio 65.000,00 10 10% 6.500,00 Maq. De gravado por colores 82.000,00 10 10% 8.200,00 Maq. Automática De corte para tejidos 55.500,00 10 10% 5.550,00EQUIPOS 10 Tijera eléctrica para tejidos 3.250,00 10 10% 325,00 Tijera para tejidos por baterías 2.897,00 10 10% 289,70 Desenrolladora para tejidos 11.353,00 10 10% 1.135,30 300.000,00 30.000,00
88
CUADRO DE RECAUDACIÓN DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA
CONSOLIDADO POR PROVINCIAS(Cifras en U$D de dólares) PERÍODO 2010-2011
2010 2011 TOTALAZUAY 15.214.396,22 13.923.320,47 29.137.716,69
BOLÍVAR 306.835,63 288.159,67 594.995,30
CAÑAR 1.065.444,81 927.324,58 1.992.769,39
CARCHI 874.265,35 1.010.046,91 1.884.312,26
CHIMBORAZO 2.520.732,16 2.312.024,32 4.832.756,48
COTOPAXI 2.260.511,72 2.218.045,64 4.478.557,36
EL ORO 7.389.661,24 6.609.114,84 13.998.776,08
ESMERALDAS 2.160.029,67 1.537.212,11 3.697.241,78
GALÁPAGOS 400.973,04 657.944,67 1.058.917,71
GUAYAS 82.514.890,59 81.402.426,33 163.917.316,92
IMBABURA 2.732.922,17 3.032.982,26 5.765.904,43
LOJA 2.927.474,50 2.953.484,87 5.880.959,37
LOS RIOS 2.934.328,65 2.709.076,66 5.643.405,31
MANABI 8.368.379,68 9.516.614,11 17.884.993,79MORONA SANTIAGO 433.755,05 413.190,33 846.945,38
NAPO 340.526,34 417.619,53 758.145,87
ORELLANA 402.346,38 367.388,13 769.734,51
PASTAZA 283.520,70 317.118,23 600.638,93
PICHINCHA 152.430.032,06 122.197.904,86 274.627.936,92
SANTA ELENA 1.022.347,17 1.210.569,81 2.232.916,98
SUCUMBÍOS 710.900,03 658.063,03 1.368.963,06
TUNGURAHUA 7.626.835,52 8.801.174,80 16.428.010,32ZAMORA CHINCHIPE 375.416,30 596.628,04 972.044,34SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS 2.100.296,29 2.492.460,46 4.592.756,75
Total general 297.396.821,27 266.569.894,66 563.966.715,93Elaborado por los AutoresFuente: Estadística recaudatoria del SRI
Gráfico 1.- Recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta por Provincias Período 2010-2011
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Totales en Miles de Dólares
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación
Departamento de Planificación y CoordinaciónÁrea de Previsiones y Estadísticas
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Para la provincia del Guayas, su aportación en cuanto al impuesto a la renta entre el año 2010 y 2011 fue de $ 163.917.316,92 es superior a las demás provincias; pero si analizamos por año nos damos cuenta que para el año 2010 aporto con $ 82.514.890,59 y para el año 2011 $ 81.402.426,33 teniendo un diferencia de $ 1.112.464,26 menos; es decir, que para el año 2011 la provincia del Guayas aportó menos al Impuesto a la renta, pero a pesar de esto, sigue siendo la provincia que más aporta en tributos por estar concentrada la mayor parte de las empresas.
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación
Departamento de Planificación y CoordinaciónÁrea de Previsiones y Estadísticas
Gráfico 1.1
La recaudación del Impuesto a la Renta por provincias como lo destacamos en el cuadro superior, demuestra que las provincias que más han aportado en cuanto al pago del anticipo del Impuesto a la renta son: Azuay con un valor absoluto de $ 29.137.716,69 en el período 2010-2011, teniendo un decremento para el año 2011, seguida de El Oro con valor de $ 13.998.776,08, Cotopaxi, Chimborazo aportaron alrededor de $9.311.313,84 y para las provincias de Bolívar, Cañar, Carchi, fue de alrededor de $ 4.472.076.95; esto nos permite establecer un crecimiento económico.
Gráfico 1.2
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación
Departamento de Planificación y Coordinación
Área de Previsiones y Estadísticas
RECAUDACIÓN DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA
CONSOLIDADO POR PROVINCIAS(Cifras en U$D de dólares) PERÍODO 2010-2011
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En este gráfico destacamos a la provincia del Pichincha, que aportó en cuanto a la recaudación del Impuesto a la Renta en $ 274.627.936,92, pero si hacemos análisis por año, vemos que en 2010 aportó con $152.430.032,06 y para el 2011 fue de $ 122.197.904,86 teniendo un decremento de $ 30.232.127,20 es decir que aportó mucho menos que el 2010.
Recaudación del Impuesto a la RentaPor actividad económica principal - 2007-2011(Valores en miles de USD dólares)
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El análisis por año desatacamos que las provincias que tienen la mayor concentración de la actividad económica son Guayas y Pichincha, pero en cuanto a su aportación del anticipo del Impuesto a la Rente disminuyó para el año 2011, pero las provincias de Carchi, Galápagos, Imbabura, Manabí, Napo, Pastaza, Santa Elena, Tungurahua, Zamora Chinchipe y Santo domingo de los Tsachilas, han experimentado un incremento en sus aportaciones en cuanto al Anticipo del Impuesto a la Renta para el año 2011.
En este gráfico destacamos las recaudaciones del Impuesto a la Renta por Actividad Económica en el período del 2007 al 2011, representado en la gráfica que el comercio es la principal actividad que generadora de impuestos, seguido de la Industria manufacturera, que para este período se destaca un significativo incremento con respecto a las demás actividades; siendo alentador para los Industriales que con medidas que frenan el contrabando, y aranceles a las importaciones de productos terminados, se sienten respaldados para poder invertir y mejorar su producción; se toma la iniciativa del Código de la
Retenciones del Impuesto a la Renta 2007-2011Por actividad económica (Valores en miles de USD dólares)
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En este gráfico destacamos las recaudaciones del Impuesto a la Renta por Actividad Económica en el período del 2007 al 2011, representado en la gráfica que el comercio es la principal actividad que generadora de impuestos, seguido de la Industria manufacturera, que para este período se destaca un significativo incremento con respecto a las demás actividades; siendo alentador para los Industriales que con medidas que frenan el contrabando, y aranceles a las importaciones de productos terminados, se sienten respaldados para poder invertir y mejorar su producción; se toma la iniciativa del Código de la
Para esta gráfica nos referiremos a la recaudación de la Retención en la Fuente en el período del 2007 al 2011, por principales Actividades Económica que tiene un incremento de recaudaciones de Retenciones en la Fuente, que para las Empresas de convierte en Anticipo del Impuesto a la Renta al término del período fiscal, la Industria Manufacturera destaca una recaudación creciente, permitiendo establecer que sus ventas de productos terminados se han incrementado.
Saldo Anual - Sociedades 2007-2011Por actividad económica (Valores en miles de USD dólares)
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Para esta gráfica nos referiremos a la recaudación de la Retención en la Fuente en el período del 2007 al 2011, por principales Actividades Económica que tiene un incremento de recaudaciones de Retenciones en la Fuente, que para las Empresas de convierte en Anticipo del Impuesto a la Renta al término del período fiscal, la Industria Manufacturera destaca una recaudación creciente, permitiendo establecer que sus ventas de productos terminados se han incrementado.
En la gráfica para el saldo Anual de recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta por Actividad Económica, no damos cuenta que la actividad de Petróleos, Minas y Canteras aporta con recaudaciones en promedio de $ 176.000 dólares, siendo el comercio en segundo lugar con $ 60.000 dólares, para el transporte y comunicaciones es de $ 24.000 dólares, y la Industria Manufacturera es de $64.000, superando al sector de transporte y comercio, sin desmerecer a las demás actividades que también generan ingresos tributarios.
Anticipo del impuesto a la Renta 2007-2011Por actividad económica (Valores en miles de USD dólares)
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En la gráfica para el saldo Anual de recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta por Actividad Económica, no damos cuenta que la actividad de Petróleos, Minas y Canteras aporta con recaudaciones en promedio de $ 176.000 dólares, siendo el comercio en segundo lugar con $ 60.000 dólares, para el transporte y comunicaciones es de $ 24.000 dólares, y la Industria Manufacturera es de $64.000, superando al sector de transporte y comercio, sin desmerecer a las demás actividades que también generan ingresos tributarios.
Para el período 2007 al 2011 en cuanto a la recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta según estadística publicada por el SRI, en el Gráfico se dan a notar por Actividad Económica, cuanto recaudó el sector de la Industria Manufacturera del Ecuador, estableciendo un incremento en el año 2011, es decir que las medidas de incentivar a la Industria Ecuatoriana por parte del Gobierno tienen sus frutos, que en parte este sector que estaba estancado en el período del 2008 al 2010, con la medidas de reactivación del sector Industrial, los empresarios se siente con confianza en apuntar a mejorar su producción.
CAPÍTULO 5
5.1 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1.1 CONCLUSIONES
El sector Industrial Textil al querer mejorar su producción mediante la
adquisición de maquinarias y equipos con la finalidad de obtener un
producto terminado de primera calidad, se verá obligado a tomar
decisiones que conlleven a la reducción de costos y gastos a nivel
administrativo; esto es reducir mano de obra.
La adquisición de nuevas tecnologías, permitirá al sector industrial textil
ser competitivo en un mercado que demanda productos elaborados con
tecnología de punta, permitiéndose de esta forma ocupar de forma óptima
y eficiente los recursos para desarrollar la calidad del producto terminado.
Mediante la investigación del Efecto Tributario del pago del Anticipo del
Impuesto a la Renta en la Adquisición de Maquinarias y Equipos del Sector
Industrial Textil en la Ciudad de Guayaquil, se ha analizado mediante
cuadros estadísticos que las recaudaciones del Anticipo a la renta en este
sector han disminuido para el Año 2011.
Las recaudaciones que publica el SRI en cuadros informativos por
sectores económicos refleja que en el año 2008-2009, el sector de la
manufactura estuvo estancado, pero para el año 2010 se reactivó, siendo
el sector que más recaudaciones representó en Impuesto a la Renta, en
Retenciones a la Fuente y en el Anticipo de Impuesto a la Renta.
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Para el período 2007 al 2011 en cuanto a la recaudación del Anticipo del Impuesto a la Renta según estadística publicada por el SRI, en el Gráfico se dan a notar por Actividad Económica, cuanto recaudó el sector de la Industria Manufacturera del Ecuador, estableciendo un incremento en el año 2011, es decir que las medidas de incentivar a la Industria Ecuatoriana por parte del Gobierno tienen sus frutos, que en parte este sector que estaba estancado en el período del 2008 al 2010, con la medidas de reactivación del sector Industrial, los empresarios se siente con confianza en apuntar a mejorar su producción.
El pago del Anticipo del Impuesto a la Renta para ejercicios que aun no
han terminado son vistos como desalentadores a nuevas inversiones, para
ser mejores competidores en mercados que apuntan a economías con
tecnología innovadora, y de esta forma cubrir necesidades cada día más
exigentes.
Para un mejor entendimiento de lo que queremos analizar cuando las
empresas Industriales desean invertir en nuevas maquinarias y equipos
para mejorar su producción, se ven en la necesidad de considerar cuanto
le costará pagar por Anticipo del Impuesto a la Renta para los primeros
años en que la maquinaria solo generara costos y gastos, antes que esta
esté operativa y pueda cumplir su objetivo, se han realizado cuadros de
cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta, tomando los resultados de
los Estados de Resultado Integrales para ejercicios futuros dan pérdida,
pero a pesar de ello se cumple con el pago del Anticipo del Impuesto a la
Renta, que para el año 2010 se convirtió en un pago mínimo es decir que
no hay crédito tributario por pago indebido.
Establecemos gráficos que dan a conocer como se ha comportado el
sector Industrial a través de los años al pagar el Anticipo del Impuesto a la
Renta sin mejorar su maquinaria y equipos, los datos demuestran
disminución de estos pagos.
Que el sector textil no existe renovación de maquinarias estas tienen
más de 12 a 14 años de uso según datos del INEN y no existen
programas de capacitación para este tipo de sector.
De que este sector enfrenta a economías de la región muy dinámicas
como el caso de Brasil, Colombia y recientemente Perú, así como
competencia desleal con bienes de contrabando provenientes de Panamá
y China.
La industria manufacturera después del comercio es el sector que más
aporta con la economía del país, su contribución al producto bruto es
alrededor del 14%.
Que la industria textil se concentra en la provincias de Pichincha y Guayas
con el 64,4%, y Azuay, Manabí, Tungurahua el 20% y el 15,6%
corresponden a las 19 provincias restantes.
97
Que uno de los principales deberes del estado es el planificar el desarrollo
nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la
redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen
vivir, basados en ello el estado mediante creación o modificación de leyes
busca cumplir lo que manda la constitución.
La Ley de Equidad Tributaria entre los objetivos principales contempla
mejorar la progresividad del sistema tributario e incrementar la
recaudación, con énfasis en la reducción de la evasión y el principio de
equidad.
El código de la Producción considere una normativa que permita realizar
en el futuro actividades productivas factibles y provocar beneficios a
mediano y largo plazo para el país.
El Código Orgánico de la Producción no considera el incremento de las
maquinarias para la producción como inversión nueva, por lo tanto no está
libre del anticipo del impuesto a la Renta.
El anticipo del impuesto a la renta en períodos anteriores, podría ser
considerado como crédito tributario para años posteriores o devolución del
mismo, cuando el impuesto a la renta era menor al anticipo o la empresa
generaba pérdidas.
Que el anticipo del impuesto a la renta para 2008 fue de USD 352
millones, para el año 2009 USD 376 millones, para el 2010 a USD 298
millones, esto es una disminución del 21%.
Que se ha reducido las importaciones en un 50% de productos textiles
importado mediante la protección en aranceles y salvaguardas.
El contribuyente podrá pedir la devolución del anticipo del impuesto a la
renta por caso fortuito o fuerza mayor o cuando su actividad económica se
vea afectada gravemente, para el efecto deberá presentar al SRI su
petición de debidamente justificada y en caso de no ser autorizada su
devolución se considera como pago definitivo del impuesto a la renta.
Que el ejercicio práctico proyectado los dos primeros años afectaba su
utilidad y un pago de anticipo de impuesto a la renta indebido.
Que al cuarto y quinto año la inversión es factible, se obtiene utilidad y no
afecta el anticipo del impuesto a la renta.
98
5.1.2 RECOMENDACIONES
El sector Industrial Textil para mejorar su maquinaria y equipos para poder
implementar la nueva tecnología sin tener que pagar el Anticipo del
Impuesto a la Renta en ejercicios futuros, se puede acoger al código de la
producción en la parte donde se estable la inversión en nuevas
maquinarias para el proceso productivo y su mejoramiento.
Se puede destinar las utilidades a la reinversión para el mejoramiento de la
producción; de esta forma, pagará en ese período fiscal menos Impuesto a
la Renta, y se puede acoger al Código de la Producción que establece
beneficios para las empresas que destinan sus utilidades a la investigación,
y a la mejora en su producción e incentivan el incremento de plazas de
trabajo en el territorio nacional.
Que el Estado mediante Cancillería busque mecanismos para que
ingresen tecnologías que mejoren la producción textil del país y ser
competitivos.
Mediante capacitaciones el sector textil se actualice de las nuevas formas
de producción, fomentar diseños innovadores y tendencias
contemporáneas.
Que el Estado realice estudios para investigar los costos de producción de
los países más competitivos de Latinoamérica.
Que el estado en el Código de la Producción incluya como inversión nueva
la adquisición de maquinarias y equipos para incrementar la producción.
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Que el sector industrial textil tenga incentivos tributarios que busquen
impulsar su actividad productiva.
Que los impuestos que este sector paga sean reinvertidos en
capacitaciones que busquen dar un valor diferenciado a estos productos.
Dar una mayor información del Código de la Producción al sector industrial
del país y que beneficios pueden obtener.
Que para cálculo del Anticipo a la Renta no sea considerado en el total de
activos las maquinarias para la producción.
Que sea devuelto el Anticipo del Impuesto a la Renta cuando al final del
período no exista utilidad por la adquisición de maquinarias para la
producción.
Que toda inversión que realice el sector industrial textil para mejorar o
innovar los productos estén libres de impuestos.
Que el sector textil realice inversiones para aumentar su producción,
debido a que existen aranceles y salvaguardias en productos textiles
terminados importados, esto hace que exista una ventaja competitividad
interna.
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BIBLIOGRAFÍA
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ALA-RENTA-EC.
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