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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Definición de Convivencia Escolar. La convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. “La convivencia escolar se configura como un espacio relacional de cooperación y crecimiento” y se construye y reconstruye en la vida cotidiana.” La convivencia escolar es la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual en los estudiantes. Esta concepción incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva que es de responsabilidad de todos los miembros y actores educativos con sus derechos y deberes sin excepción. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Definición de Convivencia Escolar.

La convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto

que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo

implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus

miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus

deberes correlativos. “La convivencia escolar se configura como un espacio relacional de

cooperación y crecimiento” y se construye y reconstruye en la vida cotidiana.” La convivencia

escolar es la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional,

que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual en los

estudiantes. Esta concepción incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos

que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva

que es de responsabilidad de todos los miembros y actores educativos con sus derechos y

deberes sin excepción. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y

asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto

mutuo y la tolerancia. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de

situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad

educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

2. Introducción, presentación y fundamentos del Manual de Convivencia Escolar del

Liceo Carlos Haverbeck Richter.

El presente Manual de Convivencia es el producto de la reflexión y participación de todos los

estamentos de la institución, con el fin de lograr un ambiente de tolerancia, respeto, aprecio

por la vida y bienestar de las personas. Este Manual de Convivencia es parte del Proyecto

Educativo Institucional; por lo tanto, es una herramienta de trabajo en permanente proceso

de evaluación, revisión y ajuste. Es un conjunto de disposiciones adoptadas de común acuerdo

entre los integrantes de la comunidad educativa.

El/la estudiante, al matricularse en el plantel, debe comprometerse con el modelo del perfil de

estudiante que presenta la Institución. Como eje fundamental del Manual, se propone

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rechazar el autoritarismo y la arbitrariedad en las relaciones entre los diferentes integrantes

de la comunidad educativa. En virtud de la autonomía escolar, nuestro Liceo ha elaborado su

propio Manual para establecer claras políticas de convivencia escolar.

El presente Manual de Convivencia tiene como finalidad regular y promover de manera

efectiva el Proyecto Educativo Institucional, para el logro de una convivencia armónica y

democrática entre los diferentes agentes educativos, reconociendo sus derechos y deberes y

el compromiso con la misión del Establecimiento. Por lo tanto, este Manual de Convivencia

Escolar debe interpretar a toda la comunidad del Liceo, destacando el rol fundamental de la

familia en la formación valórica de sus hijos. El fin último es crear un clima organizacional

favorable al desarrollo armónico de toda la comunidad educativa; especialmente la del/de la

estudiante. Esto busca y permite cimentar las buenas relaciones entre los diferentes

estamentos de la comunidad escolar y aunar criterios, procedimientos técnicos-pedagógicos y

administrativos, que permitan a los directivos, docentes, funcionarios, estudiantes y padres y

apoderados resolver con un criterio común situaciones del quehacer educacional.

Como instrumento normativo y en virtud de los cuerpos legales que lo preceden en el acápite

anterior, este Manual de Convivencia Escolar tiene por objeto salvaguardar los valores de su

Proyecto Educativo; establecer los requerimientos de organización y funcionamiento de la

Institución y cautelar la sana convivencia de la Comunidad Educativa, basada en el respeto a

los derechos de los individuos que la componen. De esta forma se busca que estudiantes,

directivos, docentes, administrativos, padres y apoderados pertenecientes a la comunidad

liceana conozcan, se comprometan y cumplan con lo establecido en este Manual. Los padres y

apoderados deben adherirse a este reglamento de normas y convivencia, compartiendo este

contenido con sus hijos y enfatizando que el éxito que se puede lograr en la vida, se logra de

una mejor manera cuando se ha desarrollado una personalidad equilibrada y definida, si se

vive dentro de un marco de disciplina y de aprendizaje para discernir entre lo bueno y lo

malo, lo justo y lo injusto, contribuye al desarrollo pleno de nuestros educandos.

1. Definición del Manual de Convivencia Escolar.

El Manual de Convivencia es un instrumento fundamental al interior de la organización de una

institución, su práctica debe conducir a evitar interpretaciones erróneas frente a los

diferentes estamentos en cuanto a la convivencia y al clima organizacional de la comunidad

escolar.

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El presente manual, tiene como finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de

la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia

escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de

indisciplina, responsabilidad, violencia o agresión.

Establece protocolos de actuación para los casos de inconductas, incumplimientos, maltrato

escolar, entre otros; los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes

en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.

2. Reglamento Interno de Convivencia Escolar del Liceo Carlos Haverbeck Richter

ArtículoN°1. De Los Objetivos del Manual de Convivencia Escolar.

1.1. El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los

integrantes de la Comunidad Educativa los principios y elementos que construyan una sana

convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de

toda clase de violencia y agresión.

1.2. Establecer protocolos de actuación para los casos de: conflicto escolar, maltrato escolar,

abuso sexual, tráfico y consumo de substancias ilícitas los que estipulan medidas de

acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementación de acciones

reparatorias para los afectados.

1.3. Impulsar acciones de prevención tales como: talleres de habilidades socio-afectivas,

habilidades para la vida, competencias parentales, entre otras, teniendo en cuenta

especialmente el proyecto Educativo Institucional.

Artículo N°2 De los valores y principios de la institución.

En el cumplimiento de su Misión el Liceo “Carlos Haverbeck Richter” considera esencial

desenvolver su acción pedagógica en torno a los siguientes valores:

a. Pertenencia:para lograr en los alumnos un sentido de integración y mística con el

Liceo y una cultura estudiantil adecuada al clima institucional y acorde con el sentido

de nuestra misión.

b. Equidad:para satisfacer adecuada y convenientemente las necesidades individuales y

grupales de nuestros alumnos.

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a. Calidad: valoramos la búsqueda de la excelencia en el continuo mejoramiento del

proceso educativo y del desarrollo personal-social, con acciones innovadoras.

d. Participación: el logro de nuestra misión se fundamenta en el acuerdo y participación

concertada entre los distintos estamentos de la comunidad liceana.

e. Solidaridad: se trata de formar en nuestros alumnos la idea que dar es una forma de

compartir y ayudar al otro sin esperar nada a cambio.

d. Honestidad: es importante aprender y actuar como una persona honesta, ello implica

que siempre se debe ser coherente entre lo que se dice y lo que se hace.

g. Responsabilidad: actuar con responsabilidad significa saber responder frente a lo que

se hace o se deja de hacer y asumir las consecuencias que conllevan dichas acciones.

h. Afectividad: ésta se expresa en interesarse por algo o alguien, de estar y compartir

con el otro o de aceptar al otro tal como es; en este sentido el alumno es nuestra

primera preocupación, por el hecho de ser persona.

i. Inclusión y No discriminación: nuestra institución educativa desarrolla su labor en

un contexto de inclusión y no discriminación en cada uno de sus alumnos y demás

integrantes de la comunidad escolar.

j. Respeto y tolerancia: nuestra institución promueve el respeto entre todos los

integrantes de la comunidad educativa y la tolerancia frente a las opiniones y

conductas de los demás.

1.1. De la Visión.

El Liceo Politécnico Carlos Haverbeck Richter, en el ámbito de la Educación Técnico

Profesional, forma técnicos de calidad sobre la base del fortalecimiento y desarrollo de

competencias profesionales, valores, disciplina y afecto, que permita a nuestros alumnos la

inserción efectiva y exitosa al mundo del trabajo de la región, para satisfacer las demandas

laborales de un país en pleno crecimiento y desarrollo. En el ámbito Humanístico – Científico,

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forma personas en un contexto educativo de alta exigencia académica y formativa, que le

permita asegurar su acceso a la Educación Superior, en concordancia con su proyecto

personal de vida.

1.2. De la Misión.

Somos un Liceo Polivalente de excelencia, que ofrece una educación de calidad, científica

humanista, técnico profesional y laica, dirigida a hombres y mujeres desde 7° Básico a 4°

Medio; desarrollando competencias académicas, sociales, ético-morales, artísticas y

deportivas. Con un equipo Docente y no docente altamente comprometido con los

aprendizajes de sus alumnos y alumnas que desarrolla su quehacer pedagógico en un

ambiente colaborativo.

1.3. Del ideal del alumno/a. – apoderado (a)

El Liceo Carlos Haverbeck Richter, procura el desarrollo personal de toda la comunidad

educativa, de ahí que se considera muy importante que quienes cumplan los papeles

fundamentales en el proceso educativo alcancen los ideales aquí señalados.

a) Nuestro alumno ideal es el que:

1) Manifiesta compromiso y entusiasmo por sus aprendizajes.

2) Asiste regularmente a clases.

3) Trabaja sistemáticamente en su hogar, dedicándole como mínimo una hora diaria

al estudio personal.

4) Por iniciativa propia busca información complementaria.

5) Participa activamente en acciones o programas de educación complementaria.

6) Internaliza la necesidad de investigar y de ampliar su cultura personal.

7) Respeta a todos los miembros de la comunidad educativa y actúa conforme a las

normas establecidas por el Liceo.

8) Se expresa con libertad y respeto y desarrolla actitudes de crítica positiva y

constructiva para con los demás.

9) Interactúa con los profesores y compañeros en un ambiente de sana convivencia.

10) Cuida y protege los bienes de la comunidad escolar.

11) Es capaz de manifestar sus pensamientos divergentes en forma libre respetuosa y

ponderada.

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12) Adquiere competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales necesarias

para su formación posterior en la educación superior.

13) Participa democráticamente en sus actividades cívico-escolares.

b) Un buen apoderado es aquel que:

1) Apoya la labor educativa en el hogar y asistiendo a reuniones y citaciones especiales

que se le formulan para conversar acciones que beneficien a su pupilo.

2) Controla las tareas y el tiempo libre de su pupilo.

3) Adquiere compromisos de carácter económico que ayudan a mejorar la educación de

su hijo o pupilo, dotándolo de los elementos (cuadernos, textos, uniforme, etc.) que se

requieran.

4) Participa y colabora en las actividades programadas por el Liceo.

5) Está consciente de su calidad de padre o madre responsables y del papel que le

compete en la sociedad de hoy día.

6) Apoya positivamente la solicitud de recursos económicos del Liceo para satisfacer

necesidades de diverso carácter. (Pedagógicas, de infraestructura, textos de apoyo,

etc.).

7) Acepta el Reglamento Interno del Liceo y se compromete en su cumplimiento.

8) No interfiere sino que más bien colabora en el proceso de enseñanza y aprendizaje del

Liceo.

9) Acepta en forma positiva los niveles de desarrollo alcanzados por su pupilo, coherente

con los esfuerzos y dedicación realizados por éste.

C) Un Profesor de excelencia en el Liceo “Carlos Haverbeck Richter”, es aquel que

presenta las siguientes características:

1) Es puntual en todos sus compromisos profesionales.

2) Es éticamente responsable de su quehacer profesional.

3) Motiva y propone actividades creativas y participativas.

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4) Mantiene una disposición para capacitarse y enriquecerse cultural y pedagógicamente

en forma permanente.

5) Mantiene buena relación con sus pares y la comunidad educativa en general.

6) Es comprometido con su quehacer pedagógico, con sus alumnos, con sus pares y el

establecimiento.

7) Procura ser empático con el alumno, para colaborar en su desarrollo personal-social.

8) Habitualmente escucha a los alumnos; es afable y afectivo con ellos, sin dejar de ser

crítico y exigente en el proceso académico.

9) No falta a clases.

10) Planifica sus clases.

11) Cuida su presentación personal.

12) Siempre está dispuesto al cambio, la renovación y la innovación.

13) Habitualmente usa variados procedimientos de enseñanza.

14) Define criterios y procedimientos de evaluación conforme a las orientaciones que se

derivan del Proyecto Educativo y del Reglamento de Evaluación.

Art. 3. Los principios rectores de la convivencia escolar son:

1) Todos los actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derechos y deberes.

2) La Educación como pleno desarrollo de la persona.

3) Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la institución escolar

4) La convivencia escolar: un ámbito de consistencia ética.

5) Respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.

6) Igualdad de oportunidades respetando la diversidad.

5. Marco Jurídico del Manual de Convivencia Escolar

El Manual de Convivencia del Liceo Carlos Haverbeck Richter se fundamenta en la legislación

vigente contenida en los siguientes cuerpos legales:

1. Constitución Política de la República de Chile.

2. Ley nº20370 General de Educación.

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3. Estatuto Docente; Reglamento del Estatuto Docente.

4. Declaración de los Derechos del Niño.

5. Ley y Reglamento de los Consejos Escolares.

6. Declaración Universal de los Derechos Humanos.

7. Decreto Nº 24 Reglamento Consejos Escolares.

8. Decreto de Educación Nº 755, Reglamento JECD.

9. Decreto Supremo Nº 313, Reglamento sobre Seguro Escolar.

10. Normativa que regula los reglamentos internos de los establecimientos educacionales.

11. Decreto Nº 524 del 11/05/1990, Reglamento General de Organización y

Funcionamiento de Centros de Alumnos y Alumnas, reformulado el año 2006.

12. Decreto Nº 565 del 08/11/1990, Reglamento General de Organización y

Funcionamiento de Centros de Padres y Apoderados.

13. Reglamento de las Alumnas en Situación de Embarazo y Maternidad nº79 del

12/03/2004.

14. Ley nº20536 del 17/09/2011, Ley sobre Violencia Escolar.

15. Modificación de la Ley nº18962 sobre el derecho de las estudiantes embarazadas o

que sean madres lactantes de acceder a los establecimientos educacionales.

Ley nº19532 sobre JEC.

16. LEY NÚM. 20.845 de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes,

elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos

educacionales que reciben aportes del Estado.

3. Derechos y deberes de los alumnos, de los padres y apoderados y del personal

docente, asistentes de la educación y funcionarios del Liceo Carlos Haverbeck

Richter.

Art. 5. De los derechos

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano,

de respeto y tolerancia, y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso

que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a

denunciar, requerir ser oídos en sus demandas y que estas sean atendidas en resguardo de

sus derechos.

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A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o

maltrato ante cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento

de los hechos denunciados.

a. Los alumnos y alumnas del liceo tendrán los siguientes derechos:

1. Recibir una educación que asegure su formación y desarrollo integral, en un ambiente

de sana convivencia, tolerancia y respeto mutuo, sin discriminación alguna.

2. Ser informados y notificados, al momento de la matrícula, del Manual de Convivencia,

del Reglamento de Evaluación y Promoción del establecimiento y de las normas

emanadas del Ministerio de Educación.

3. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad

educativa.

4. Desarrollar y expresar libremente sus talentos y aptitudes para lograr un crecimiento

integral que le permita convertirse en un positivo aporte a la sociedad.

5. Ser escuchado y recibir respuesta, individualmente o en grupo, en cada una de las

instancias de interacción con cualquier miembro de la comunidad educativa.

6. Manifestar respetuosamente sus intereses, inquietudes, problemas, necesidades y

aspiraciones a través de las instancias regulares de expresión, tales como Consejos de

Curso, Profesor Jefe y Centro General de Alumnos.

7. Dar y recibir trato respetuoso de todos los miembros de la comunidad educativa, sin

ningún tipo de discriminación arbitraria.

8. Ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas logradas en su

desempeño escolar, los que quedarán registrados en su hoja de vida e informe de

personalidad.

9. Ser considerado como un ser perfectible y con voluntad de cambio y recibir apoyo en

sus esfuerzos evidentes para rectificar sus errores.

10. Acceder a todos los beneficios que el Ministerio de Educación, JUNAEB, Instituciones

Públicas y privadas otorguen al establecimiento, siempre que cumpla con los

requisitos.

11. Recibir oportuno apoyo y consejo del Profesor Jefe, profesores de asignatura y

funcionarios en general, en asuntos que tengan incidencia en su vida escolar.

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12. Tener acceso a entrevista, tanto alumnos como alumnas, con cualquier miembro de la

comunidad educativa.

13. Si el alumno considera que se ha procedido injustamente con él, podrán él o su

apoderado solicitar una entrevista aclaratoria, siguiendo gradualmente el conducto

regular, inicialmente el profesor jefe.

14. Derecho al debido proceso de evaluación de sus faltas, así mismo el derecho de

apelación o el de expresar ante la Dirección del establecimiento, su opinión y/o

descargo personal ante situaciones de trasgresión a los acuerdos de convivencia de

este manual.

15. Derecho a ejercer una maternidad y paternidad responsable. El Liceo lo orientará y

apoyará para que cumpla con este rol.

Art. 5. 1. Derechos académicos

1. Participar en el proceso educativo y de cualquier actividad institucional en

condiciones de seguridad e higiene.

2. Ser informado acerca de los principios, normas y reglamentos que regulan la vida

escolar.

3. Conocer los objetivos que se propone lograr el profesor en cada asignatura, unidad y

clase.

4. Recibir periódicamente los resultados de sus evaluaciones, de acuerdo al Reglamento

de Evaluación y Promoción Escolar.

5. Rendir pruebas atrasadas después de haber faltado y justificado oportunamente las

inasistencias, según Reglamento Evaluación y Promoción vigente.

6. Recibir de vuelta sus trabajos, pruebas y cuadernos en los plazos estipulados, salvo en

situaciones excepcionales debidamente comunicadas.

7. Conocer en el momento de ser registradas en el libro de clases las observaciones

relativas a su comportamiento y/o rendimiento académico.

8. El apoderado, al momento de la matrícula, podrá optar por clases de Religión para su

pupilo. Los estudiantes de 1° y 2°, 3°, 4° medio que no opten a las clases religión

deberán asistir a dos horas de reforzamiento o taller, en horario que se establecerá al

inicio del año escolar.

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9. Los alumnos del Proyecto de Integración, podrán acceder a una Evaluación

Diferenciada según los criterios establecidos en el Reglamento de Evaluación y

Promoción Escolar.

Art. 5. 2. En relación a la participación

1. Participar en el Consejo de curso, ya sea como parte de la Directiva o de la asamblea.

2. Elegir, mediante el voto, a la directiva de su curso.

3. El derecho de los estudiantes a constituir un Centro General de Alumnos, está

garantizado en la Constitución Política, la cual establece la libertad de asociación

(Art.19 Nº 15) y está regulado por el Decreto Nº 524 de 1990 (modificado el 2006).

4. Participar voluntariamente en las actividades extraescolares desarrolladas en el

establecimiento.

Art. 5. 3. En relación a otros derechos.

1. Ser asistidos oportunamente en accidentes escolares en el establecimiento y en el

trayecto directo de ida y regreso entre el liceo y su casa, también en salidas a terrenos,

actividades oficiales programadas por el establecimiento y extraescolares.

2. Tener acceso a las distintas dependencias del liceo inherentes al quehacer estudiantil,

previa autorización de la persona encargada y procurando el mejor aprovechamiento

de las mismas.

Art. 6. De los deberes. Deberes de respeto, responsabilidad y relaciones

interpersonales.

1. Portar en todo momento la Agenda del Liceo, único documento oficial e intransferible,

nexo de comunicación entre Padres, Madres y Apoderados con el establecimiento, la

cual debe contener de manera obligatoria la fotografía del alumno. El Profesor Jefe

velará por el cumplimiento de lo establecido.

2. Los alumnos matriculados en el establecimiento deben presentar un apoderado oficial

y de reemplazo con residencia y teléfono fijo en la ciudad, mayor de edad y, por lo

mismo, responsable del desarrollo intelectual y moral de su pupilo, siendo ellos los

únicos autorizados para justificar inasistencias y atrasos del alumno.

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3. Demostrar una actitud respetuosa que permita el normal desarrollo de las actividades

educativas, tanto dentro como fuera del establecimiento y acatar los reglamentos

específicos de cada unidad.

4. Abstenerse de agredir física, psicológica, verbal o por escrito, a autoridades, personal

docente, asistentes de la educación, alumnos/as, padres o apoderados del liceo, en

forma personal o utilizando medios de comunicación masivo, tales como Internet,

telefonía móvil, pancartas, murallas, mobiliario etc. e. Abstenerse de realizar, personal

y grupalmente, manifestaciones con connotación erótica, burlas, abuso o acoso sexual,

además de incitar, promover o facilitar el abuso o acoso sexual a cualquier miembro

de la comunidad escolar.

5. Contribuir al mantenimiento de aseo y ornato del establecimiento, evitando ensuciar

paredes, pisos, mobiliario y dependencias del establecimiento y del entorno.

6. Ser honesto en sus responsabilidades escolares como tareas, pruebas, interrogaciones,

trabajos, etc.

7. Respetar la propiedad ajena, dentro del liceo como fuera de él.

8. Cuidar la infraestructura del liceo, como por ejemplo: el mobiliario, los libros de

biblioteca, las murallas, puertas, ventanas, escritorios, etc., y asumir los costos por

daños, si los ocasionase.

9. Representar dignamente la imagen del establecimiento, tanto dentro como fuera de él.

10. Abstenerse de portar, consumir y comercializar cigarrillos, alcohol y drogas en

cualquiera de sus formas tanto dentro como en los alrededores del establecimiento.

11. Abstenerse de ingresar al establecimiento publicaciones, fotografías, póster, videos,

etc. que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

12. Cuidar la salud mediante las prácticas de higiene, la prevención de las enfermedades,

los sanos hábitos de alimentación, de ejercicio físico, de recreación, deportivas,

recreativas, culturales y la buena utilización del tiempo libre.

13. Asumir las consecuencias de sus acciones y aceptar las decisiones que el liceo

determine frente a una falta en la que haya incurrido, ya sea de tipo académico o

disciplinario.

14. No utilizar teléfonos celulares en el transcurso de las clases sistemáticas en las

diferentes asignaturas. En caso de que un estudiante sea sorprendido utilizando

celular en la clase, el profesor solicitará la presencia del inspector asignado al curso,

procediéndose al retiro, para ser entregado al apoderado. Una vez requisado el celular,

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se firmará con el estudiante un Acta de Entrega que certifique las condiciones en las

cuales se encuentra el artefacto. Si el estudiante vuelve a reincidir en la conducta, será

sancionado como falta grave y si vuelve a reincidir, será considerada una falta

gravísima, aplicándose la sanción establecida en este reglamento.

Art. 6. 1. Deberes académicos.

1. Estudiar las distintas asignaturas del plan de estudio, con quien determine la

Dirección del establecimiento, haciéndose responsable de sus aprendizajes.

2. Asistir puntualmente a las clases programadas, respetando los horarios establecidos y

haciéndose responsables de las posibles causas que signifique no cumplir con la

asistencia exigida por reglamento.

3. Asistir oportunamente a las evaluaciones fijadas con antelación, y si así no ocurriese

se aplicara las medidas aplicadas en el Reglamento de Promoción y Evaluación.

4. Cumplir con las obligaciones escolares derivados del trabajo escolar (trabajar en

clases, rendir pruebas u otras instancias evaluativos, traer materiales, textos, realizar

tareas, etc.)

5. Profundizar los contenidos y habilidades desarrolladas en clases consultando la

bibliografía pertinente. f. Ser responsable en el desarrollo de actividades prácticas con

sus materiales y el entorno del trabajo.

6. Traer materiales de trabajo para el desarrollo de las actividades lectivas, de acuerdo a

lo solicitado por el profesor.

7. Traer y mantener en buen estado los textos facilitados por el MINEDUC en los

diferentes subsectores, devolviéndolos a fin de año en caso que le sea solicitado.

Art. 6. 2. Deberes de asistencia y puntualidad

1. De acuerdo al horario establecido el funcionamiento de las horas de clases para toda la

jornada de lunes a viernes es el siguiente:

2. Ingresar a clases a las 8:30 en la mañana y a las 14:30 en la tarde.

3. Las puertas del establecimiento serán cerradas a las 8.35 y 14.35 horas,

respectivamente.

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4. Asistir regular y puntualmente al Liceo, a cada una de las clases y a las actividades

extra programáticas, respetando los horarios fijados.

5. Los alumnos/as que lleguen atrasados en la jornada de la mañana, ingresarán por la

puerta principal siendo sometidos a los procedimientos reglamentarios establecidos

por el liceo. Los alumnos que llegarán atrasados a la primera hora de clases, tanto de

la mañana como de la tarde, deberán esperar en el lugar indicado por el Asistente de la

Educación y/o Inspector General, e ingresarán a la segunda hora. Cabe señalar que de

ningún modo se podrá devolver al alumno a su hogar, se considera atraso hasta las

8.35 en la Mañana. En la Tarde a las 14.35 horas

6. No existen atrasos en horas intermedias, solo aquellos justificados en Inspectoría

General o por el Asistente de la Educación respectivo. Si los alumnos presentaran esta

situación se les citará apoderado e ingresarán a clases, no pudiendo ingresar al día

siguiente si no se presenta el apoderado. No se aceptarán disculpas telefónicas, ni a

través de comunicaciones.

7. Toda inasistencia a clases, a excepción de la tarde, deberá ser justificada en la agenda

por su apoderado. No se aceptarán disculpas telefónicas.

8. La inasistencia a clases durante todo el día, en forma consecutiva por tres o más días

deberán ser justificada por el apoderado.

9. Justificar oportunamente sus inasistencias a clases y si estas fueran por enfermedad,

presentando el certificado médico en un plazo de 48 horas. La presentación de

certificados fuera de plazo no tendrá validez. Los certificados médicos deberán ser

entregados en Inspectoría General por el apoderado o tutor. j. Toda inasistencia a

clases en la jornada de la tarde deberá ser justificada personalmente por el apoderado.

10. La inasistencia a clases por un lapso de quince (15) días hábiles continuados sin aviso

del apoderado, será causal de la eliminación de los registros del liceo.

11. La ausencia a toda actividad programada por el liceo deberá ser justificada por el

apoderado, personalmente o a través de la agenda del liceo.

12. Los alumnos/as del liceo que se ausentaren a clases o a toda actividad en

representación del establecimiento, el Profesor (a) responsable de la Actividad deberá

informar, oportunamente, a Inspectoría General para ser registrados en el Libro de

Clases del alumno.

13. En caso de salida o retiro antes del término de clases, éste deberá ser solicitado por el

Padre o el apoderado personalmente y deberá registrarse en el libro de salida de

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alumnos, especificando firma y Rut del apoderado. No se aceptarán solicitudes de

retiro a través de llamadas telefónicas y/o comunicaciones escritas.

Art. 6. 3. Deberes de presentación personal.

a. Del uniforme

DAMAS VARONESZapatos negros escolares Zapatos negros escolaresPolera institucional blanca o gris manga larga Polera institucional blanca o gris manga largaFalda gris blisada Pantalón gris de telaPantalón azul marino de tela Calcetines grises o azulesCalcetas grises largas Parka color oscuro sin dibujos.Parka de color oscuro sin dibujos Buzo institucional.

b. En las clases de Educación Física, deben presentarse con pantalón corto, polera,

polerón y zapatillas deportivas. El alumno/a deberá traer su equipo para cambiarse

antes y después de la clase.

c. Ingresar y permanecer en el Liceo con el uniforme y mantener la presentación

personal que contempla el presente reglamento. De no ser así deberá presentar su

apoderado el día siguiente, en caso contrario no podrá ingresar a clase.

d. Toda prenda complementaria al uniforme escolar deberá ser de color azul marino, gris

o negro. (guantes, bufanda, gorro de lana, etc.).

e. La correcta presentación personal implica higiene en cuerpo y pelo. Damas: Evitar el

uso de anillos, collares o cadenas, las cuales pueden ser causa de accidentes, robos y

pérdidas, de los cuales el establecimiento no se hará responsable. Las alumnas no

deben usar: maquillaje exagerado, piercing, extensores en orejas, pelo tinturado con

colores no convencionales, cortes y peinados de fantasía. Podrán usar aros en el lóbulo

de la oreja de tamaño que no ponga en riesgo su integridad física. Varones: Los

varones deberán tener el pelo corto, sin estilos ni cortes de fantasía ni abultado hacia

los lados ni arriba, con las orejas y el cuello a la vista y que no sobrepase el cuello de la

polera, sin colas ni tinturas, correctamente afeitados, sin patillas y sin adornos faciales

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que tapen el rostro. La presentación personal del alumno excluye expresamente todo

tipo de aros, collares, pulseras, “piercing” y cualquier otro adorno o accesorio que no

forme parte del uniforme.

Art. 6. 4. Deberes de asociación y participación

1. Participar en las actividades y en las instancias organizativas propias del

establecimiento o del curso.

2. Conocer y respetar lo establecido en el Decreto 524 de 1990 (modificado el 2006

acerca del funcionamiento de los Centros de Alumnos), en concordancia con lo

establecido en la Constitución Política.

3. Todos los alumnos tienen derecho a conocer el Reglamento del Centro General de

Alumnos del liceo.

4. Los integrantes de las Directivas de Curso, e integrantes de la Directiva del Centro

General de Alumnos del Liceo deberán cumplir con los requisitos establecidos en el

Reglamento del Centro de Alumnos.

Artículo 7. Protocolo en la aplicación de procedimientos

En la resolución de conflictos o en cualquier acontecimiento que altere el normal

desenvolvimiento de la Unidad Educativa se seguirá el siguiente protocolo de actuación.

Art. 7. 1. Conducto regular.

1. Se establece el siguiente conducto regular para resolver las situaciones que afecten a

los estudiantes en el plano académico, conductual, de relaciones interpersonales u

otra naturaleza, que incidan en su normal desenvolvimiento en el ámbito educativo.

Para atender y resolver estas situaciones se considerarán las disposiciones

establecidas en las normas de Convivencia del presente manual, así como lo

establecido en el Reglamento de Evaluación y Promoción. Finalmente también se

considerará la aplicación de medidas alternativas o pacíficas de resolución de

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conflictos, a través del encargado de convivencia escolar. Protocolo a seguir: Con el

objeto de resolver oportuna y adecuadamente un conflicto, se establecen los

siguientes pasos a seguir:

2. El alumno/a realizará su planteamiento al profesor/a o asistente de la educación que

corresponda, en forma oportuna y respetuosa. Si la respuesta no le satisface expondrá

la situación al profesor jefe.

3. El profesor jefe mediará en la solución del problema, conversando con los

involucrados, teniendo siempre presente la reglamentación existente, sea esta de

convivencia, evaluación, etc.

4. El Profesor Jefe junto con el alumno presenta la situación en la instancia

correspondiente. Sea esta Inspectoría General, problemas de tipo conductual, Unidad

Técnico Pedagógica, problema de tipo académico, o Encargado de Convivencia Escolar,

si el problema se refiere a aspecto de los alumnos, como ser violencia, agresión o

bulling. En todos los casos, la situación se deberá presentar por escrito, adjuntando los

antecedentes o documentos relacionados con la problemática planteada.

5. Analizados y contrastados los antecedentes con el Reglamento de Evaluación, con las

Normas de Convivencia, el Jefe de UTP, Inspectoría General o Encargado de

Convivencia Escolar, se reunirá, separada o simultáneamente, con las partes, con el fin

de buscar la solución al conflicto.

6. De no encontrar solución al conflicto, el Jefe de UTP, Inspectoría General o Encargado

de Convivencia Escolar, hará llegar por escrito los antecedentes al Director, quien

resolverá definitivamente la situación, velando siempre por la integridad y bienestar

del alumno. En la 7 resolución del conflicto deberá tener en consideración la

Reglamentación Vigente al momento de la toma de la decisión.

7. En ausencia del Profesor/a Jefe y ante una situación que requiera una acción

inmediata, el alumno/a podrá recurrir directamente a Inspectoría General, UTP o

Encargado de Convivencia Escolar, quienes mediarán ante la situación y comunicarán

posteriormente al Profesor/a Jefe las acciones o decisiones adoptadas.

8. En caso de no existir una solución oportuna o una excesiva tramitación, el alumno en

compañía de su apoderado podrá recurrir a la instancia inmediatamente superior,

pudiendo incluso llegar a la dirección del liceo

Art. 7. 2. Carácter formativo.

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Para todos los involucrados de la comunidad en su conjunto, toda sanción o medida será

impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados,

y procurando la mayor protección y reparación del afectado, del responsable y los remediales

pertinentes en ambos casos.

Art. 7. 3. Factores agravantes

Al momento de determinar la sanción o medida se considerara:

1. La edad, la etapa de desarrollo y la madurez.

2. La naturaleza, la intensidad y extensión del daño causado.

3. La naturaleza, la intensidad y extensión de la agresión por factores como: La pluralidad y

grado de responsabilidad de los agresores El carácter vejatorio o humillante del maltrato.

Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. Haber obrado a

solicitud de un tercero o bajo recompensa. Haber agredido a un profesor o funcionario del

establecimiento, ya sea física, psicológica o verbalmente

4. La conducta anterior del responsable. (hoja de vida).

5. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 6. La

discapacidad o indefensión del afectado.

Art. 7. 4. Aplicación de sanciones:

Las sanciones deben permitir que los alumnos/as tomen conciencia de las consecuencias de

sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de

reparación del daño. Con el objetivo de ser formativas, reparadoras y eficientes, se aplicarán

las siguientes medidas, de acuerdo a la gravedad de la conducta:

a) Diálogo personal pedagógico y correctivo.

b) Diálogo grupal reflexivo.

c) Amonestación verbal.

d) Amonestación por escrito.

e) Comunicación al apoderado.

f) Citación al apoderado.

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g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,

educación o de control de las conductas contrarias a las sana convivencia escolar).

h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las

drogas o sustancias ilícitas.

i) Servicios comunitarios: implica una actividad que beneficie a la comunidad educativa, tales

como: limpiar algún espacio del establecimiento, mantener el jardín, ayudar en los recreos o

comedor, ordenar materiales en la biblioteca etc.

j) Servicio pedagógico: implica una acción en el tiempo libre del alumno/a asesorado por un

docente, tales como: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al

suyo, ser ayudante de un profesor, clasificar textos en bibliotecas, apoyar a estudiantes en sus

tareas.

k) Suspensión temporal.

l) Condicionalidad de la matrícula del alumno, alumna.

m) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.

n) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en Casos de especial gravedad,

debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas

anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas

respectivas.

o) Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas

contempladas en normas internas, así como la legislación pertinente.

p) Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se

podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la

prohibición de ingreso al establecimiento.

Art. 7. 5. Cancelación de la matrícula y/o reubicación en otro

establecimiento.

Es la máxima sanción y se aplica cuando se han agotado todas las medidas de seguimiento

tendientes a superar comportamientos de tipo disciplinario, moral y/o de malos hábitos

sociales, que hagan aconsejables el retiro del alumno del establecimiento. La aplicación de la

medida exige los siguientes requerimientos:

1. Que la situación haya sido tratada oportunamente y/o de acuerdo a las estrategias

alternativas de resolución de conflictos por Inspectoría General, Orientador,

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Profesor/a Jefe, Jefe de UTP y/o Psicólogo; y que ninguna de estas intervenciones haya

sido efectiva para producir un cambio favorable en la conducta del alumno/a.

2. No obstante lo anterior, también podrá aplicarse esta medida cuando la falta sea

también extrema y dañe psicológica, física o moralmente a algún miembro de la

comunidad educativa en forma alevosa y/o premeditada.

3. Que el alumno/a no manifieste ninguna intención de modificar su conducta, de

manera de adecuarse a los principios y valores contenidos en el Perfil del Proyecto

Educativo y continúe transgrediéndolos.

4. La aplicación de la medida será de responsabilidad del Director del Liceo,

considerando lo indicado por los organismos y/o funcionarios previamente

consultados.

5. Se dejará constancia de la aplicación de la medida en la hoja de vida del alumno/a,

tomando conocimiento el apoderado bajo firma. En caso de que el apoderado se

niegue a firmar, quedará constancia de tal hecho.

6. La aplicación de la medida será comunicada y fundamentada en forma oportuna a la

Dirección Provincial de Educación y al D. A.E.M. de Corral.

7. Cuando la situación lo amerite y atendiendo al derecho de educación, el

establecimiento gestionará ante las autoridades mencionadas su reubicación.

8. No obstante lo anterior, el alumno tendrá derecho a apelar frente a la medida aplicada.

En este caso el procedimiento será: Ser notificado, tanto él como su apoderado del

proceso de investigación, dejando por escrito dicha notificación. Entregar por

escrito a Dirección su apelación, acompañado de pruebas que lo avalen. Si el caso lo

amerita se formará una comisión investigadora integrada por: el Director del

establecimiento, el o la orientador/a y docente representante del Consejo Escolar. La

Comisión Investigadora deberá: conocer los elementos de apelación y evidencias

emitiendo una resolución definitiva. El proceso de investigación se ajustará al

tiempo establecido al inicio de éste.

Artículo 7. 6. De la clasificación y sanciones a las faltas a la disciplina

El presente manual de convivencia establece que serán consideradas trasgresiones aquellas

conductas contrarias a las normas de convivencia.

Art. 7. 6. 1. Establecido el carácter de la falta, la aplicación de las

sanciones se hará de manera racional, justa y equitativa, enmarcándola

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en un Debido Proceso, según lo estipulado en el Manual de Convivencia

que establece:

a) Presunción de inocencia.

b) Investigación de las pruebas relevantes que demuestren la responsabilidad en los hechos.

c) La existencia de esta normativa garantizará que la investigación se ajustará a la estricta

descripción contenida en este Manual de Convivencia.

d) El derecho a defensa o apelación del alumno en el debido proceso supone:

Ser notificado, tanto él como su apoderado del proceso de investigación, dejando por

escrito dicha notificación.

Dar propia versión de los hechos, acompañado de pruebas que lo avalen.

Formar comisión investigadora integrada por: el orientador, psicólogo, un docente del

consejo escolar, Inspector General y Director del establecimiento.

Conocer del proceso: evidencias, elementos de juicio y resolución del mismo.

Apelar a la Comisión investigadora.

El proceso de investigación se ajustará al tiempo establecido al inicio de éste, sin dilatarlo

injustificadamente.

La sanción a recibir se ajustará exclusivamente a lo explicitado en este Manual de

Convivencia

Transgresión Medida Responsable de aplicar medidaLeve 1. Amonestación verbal.

2. Amonestación escrita en hoja de vida. 3. Citación apoderado con registro de entrevista en hoja de vida del alumno. 4. Requisar objetos o implementos

Asistente de la Educación. Docentes

Profesor JefeInspector General

Grave 1. Citación apoderado con registro de entrevista en hoja de vida del alumno. 2. Suspensión de uno a dos días 3. Reparación del daño por parte del alumno y del apoderado

DocentesInspectoría General

Gravísima 1. Citación apoderado con registro de entrevista en hoja de vida del alumno. 2. Matrícula condicional 3. Suspensión de clases. 6. Cancelación de matrícula 7. Reparación del daño por parte del alumno y del apoderado.

DirecciónInspectoría General

Art. 7. 6. 2. Las faltas a la disciplina de acuerdo a su gravedad se clasifican en:

A) Leves

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b) Graves.C) Gravísimas d) Se deja consignado que la reiteración de una trasgresión agrava la sanción.

a) Transgresiones leves a las normas de convivencia.

1. Son aquellas conductas que perturban mínimamente las normas de convivencia y que

alteran el normal desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje, que no involucran

daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad.

2. Son aquellas que representan omisión o incumplimiento de obligaciones o deberes

que pueden ser fácilmente enmendadas o reparadas.

Transgresiones Leves Medidas Disciplinarias Responsables de aplicar la medida1. Tres atrasos. Citación apoderado y registro hoja de vida. Asistente de la Educación2. Presentación personal no

ajustada a reglamento.Amonestación verbal. Asistente de la Educación Docente

de aulaTodo personal perteneciente al

liceo3. Atrasos en el ingreso a clases,

después del recreo y/o horas intermedias. Salir de la sala sin autorización

Pase para ingresar a clases. Citación apoderado y registro hoja de vida.

Asistente de la Educación Docente de aula

Inspectoría General

4. Actitudes que entorpezcan el normal desarrollo de la clase.

Amonestación verbal. Anotación en el registro de observaciones del libro de clases.Enviar a Inspectoría General

Docente de aula. Inspectoría General

5. Incumplimiento de los plazos en la devolución de cualquier material didáctico.

Amonestación verbal Anotación en el registro de observaciones del libro de clases.

Docente de aula. Responsable de unidad.

6. Botar basura o desechos en lugares no habilitados para tal efecto.

Amonestación verbal, solicitándole recoger los objetos tirados.

Asistente de la Educación. Docentes

Todo el personal perteneciente al liceo

7. No responder a la lista de asistencia.

Amonestación verbal Anotación en hoja de vida.

Docente de aulaInspector de pasillo

8. Ingerir alimentos sólidos o líquidos durante el desarrollo de la clase.

Amonestación verbal Anotación en hoja de vida Docente de aula

9. Presentarse sin la debida justificación de una inasistencia.

Amonestación por escrito Comunicación al apoderado Asistente de la Educación

10. Hacer caso omiso de las instrucciones estipuladas en la normativa de seguridad.

Amonestación por escrito Comunicación al apoderado

Asistente de la Educación Inspectoría General

11. Presentarse sin Agenda Escolar.

Amonestación verbal. Asistente de la educación. Inspectoría General

12. Utilizar aparatos grabadores y reproductores, teléfonos móviles, alarmas sonoras y otros objetos que perturben el curso normal desarrollo de las clases.

Amonestación verbal. Anotación en hoja de vida. Citación por escrito al apoderado.Requizar celular por Asistente de la Educación del grupo curso y posterior entrega al Apoderado.

Docente de aula

13. Desatender a la clase, realizar otra actividad o tener una actitud indiferente hacia las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.

Amonestación verbal. Anotación en hoja de vida. Comunicación al apoderado. Enviar a Inspectoría

Docente de aula

14. Vender, tranzar o comercializar cualquier bien

Amonestación verbal. Anotación en hoja de vida.

Docente de aulaAsistente de la Educación

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sin autorización de Inspectoría General.

Requisar el artículo. Citación por escrito al apoderado

Inspectoría General

15. Jugar con implementos deportivos en lugares no autorizados para ello.

Amonestación verbal. Anotación en hoja de vida. Requisar el implemento. Citación por escrito al apoderado.

Docente de aulaAsistente de la Educación

Inspectoría General

b) Transgresiones graves a las normas de convivencia.

1. Son infracciones Graves el reincidir en faltas leves y/o cometer actos que vulneren

seriamente las obligaciones y deberes del alumno/a.

2. Son aquellas conductas que perturban gravemente las normas de convivencia; actitudes y

comportamientos que atentan contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro de la

comunidad escolar y del bien común; así como acciones deshonestas que alteren el normal proceso

de aprendizaje.

Transgresiones Graves Medidas Disciplinarias Responsable de Aplicar Medida1. Faltar el respeto en todas sus

formas (verbal, escrito y/o gestual), a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Disculpas del alumno/a la persona afectada. Suspensión de 2 días.

Inspectoría General

2. Asistir a clases y no ingresar al Liceo (Cimarra externa); o no ingresar a clases, estando en el Liceo (cimarra interna).

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Suspensión de 1 días.

Inspectoría General

3. Saltar el cerco que circunda el establecimiento.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Suspensión de 1 día.

Inspectoría General

4. Fumar dentro o fuera del establecimiento vistiendo el uniforme institucional.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Suspensión de 2 día.

Inspectoría General

5. Copiar en prueba, enviar o recibir mensajes de texto a través del celular, calculadora, u otro, con alguna información acerca de una prueba.

Registro en hoja de vida. Aplicar medida descrita en el Reglamento de Evaluación. Información a Inspectoría General Citación del apoderado.

Inspectoría General

6. Tener actitudes y/o actos reñidos con las normas de convivencia en actividades organizadas bajo la responsabilidad del establecimiento u otros eventos en que el liceo participe

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Suspensión de hasta 2 días.

Inspectoría General

7. Deterioro por uso inadecuado del mobiliario, infraestructura y material didáctico.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado. Reparación del daño por parte del alumno y/o apoderado(a). 1 día de suspensión

Inspectoría General

8. Incitar, promover o facilitar el ingreso al interior del Liceo de personas ajenas a la institución, sin autorización correspondiente de la autoridad del establecimiento, de acuerdo al ámbito respectivo.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado.

Inspectoría General

9. Practicar el proselitismo político en el interior del establecimiento.

Registro en hoja de vida. Información a Inspectoría General Citación del apoderado.

Inspectoría General

10. Conducta no adecuada de las Registro en hoja de vida. Información a

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parejas, besos, abrazos apasionados en el interior del establecimiento.

Inspectoría General Citación del apoderado. Si se reitera se aplicará 2 días de suspensión

Inspectoría General

C) Trasgresiones gravísimas a las normas de convivencia.

1. Son infracciones gravísimas el reincidir en faltas graves y/o cometer actos que vulneren seriamente las obligaciones y deberes del alumno/a

2. Son aquellas actitudes y comportamientos que atentan gravemente la integridad física y psicológica a terceros u otros miembros de la comunidad educativa.

3. Son agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delitos, ejemplo: robo, abuso sexual, tráfico de drogas, acoso escolar sistemático o bullying en sus diversos medios.

4. Las infracciones gravísimas pueden llevar como medida disciplinaria a la caducidad de matrícula.Transgresiones Gravísimas Medidas Disciplinarias Responsable de aplicar la medida

1. Plagiar, hackear, adulterar, falsificar, sustraer, destruir, dañar, ocultar o sustituir documentos oficiales del liceo a través de cualquier medio, como: plataformas digitales, pruebas, certificados, actas de notas, libros de clases, toda otra documentación que acredite situaciones académicas y pertenencias de otras personas.

Registro en hoja de vida del alumno/a. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días con comunicación inmediata al apoderado Condicionalidad de matrícula. La reiteración amerita cancelación de matrícula.

DirecciónInspectoría General

2. Suplantar la identidad de otra persona con el fin de obtener algún beneficio personal o colectivo.

Registro en hoja de vida del alumno/a. Notificar y citar apoderado. Suspensión por 3 días con comunicación inmediata al apoderado. Condicionalidad de matrícula

DirecciónInspectoría General

3. Hacer un uso indebido de timbres, logos y símbolos oficiales de la institución.

Registro en hoja de vida del alumno/a. Suspensión por 3 días con comunicación inmediata al apoderado. Condicionalidad de matrícula

DirecciónInspectoría General.

4. Ofender, insultar, humillar a cualquier miembro de la comunidad por cualquier medio y en cualquier lugar que suponga un menoscabo de la persona afectada.

Disculpas públicas o privada a la persona afectada. Suspensión por 3 días con comunicación inmediata al apoderado. Condicionalidad de matrícula.

DirecciónInspectoría General

5. Ofender, insultar y/o agredir físicamente desde el interior del liceo a cualquier persona que transite por lugares situados en el entorno de él.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.

DirecciónInspectoría General

6. Portar, ingresar, ingerir y proveer o comercializar alcohol o drogas prohibidas a terceros al interior del recinto escolar, o en la vía pública

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.Aplicación de normativa de Ley de drogas y Ministerio Público.

DirecciónInspectoría General.

7. Realizar cualquier acción vandálica de manera personal o colectiva que cause daño, altere el orden público y/o la seguridad de la comunidad. Destruir infraestructura, libros,

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado. Si reitera la falta se cancelará la matrícula.

DirecciónInspectoría General

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mesas, sillas, puertas, vidrios, etc.

8. Sustraer, hurtar o robar, cualquiera sea la especie al interior de la unidad educativa.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.

Direccióninspectoría General

Se informará al Ministerio Público, según corresponda, y a las instituciones

pertinentes.9. Realizar o promover acciones o

actos que entorpezcan las actividades académicas planificadas para alcanzar los objetivos y la misión institucional

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado

DirecciónInspectoría General

10. Tenencia y uso de cualquier tipo de armas: corto punzante, de fuego, de fogueo u otras según la ley de control de armas.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matricula con toma de conocimiento del apoderado Notificar a la justicia.

DirecciónInspectoría General

Hacer denuncia a Carabineros de Chile

11. Mantener relaciones sexuales al interior del liceo.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días. Según la circunstancia se pondrá en conocimiento de la justicia. Cancelación de matrícula.

DirecciónInspectoría General

12. Acosar, intimidar o abusar sexualmente de un alumno/a del liceo.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Cancelación de matrícula en caso de abuso sexual. Condicionalidad en intimidación y acoso, con toma de conocimiento del apoderado. Denuncia a la fiscalía

DirecciónInspectoría General

13. Utilizar medios informáticos y computacionales para bajar pornografía y o denostar a cualquier integrante de la comunidad.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado. Denunciar a la fiscalía.

DirecciónInspectoría General

14. Responder con prepotencia y agresividad o amenazar a algún funcionario del establecimiento.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.

DirecciónInspectoría General

15. Participar en riñas dentro o fuera del establecimiento.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.

DirecciónInspectoría General

16. Registro por escrito de ofensas en agendas, cuadernos, mesas, pizarras, pupitres,en contra de personas.

Registro en hoja de vida del alumno. Notificar y citar apoderado Suspensión de 3 días Condicionalidad de la matrícula con toma de conocimiento del apoderado.

DirecciónInspectoría General

Artículo 8. Pérdida de la calidad de alumno regular.

Cuando el alumno/a:

a) Egrese de enseñanza Media Humanista-Científico y Técnico Profesional.

b) Le sea cancelada su matrícula.

c) Sea condenado (da) por un delito según la normativa legal vigente.

d) Cambie de residencia

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Artículo 9. De la situación jurídica de los alumno/as del Liceo Carlos

Haverbeck Richter.

Se establece lo siguiente:

1. Los miembros de la comunidad educativa del Liceo Carlos Haverbeck Richter,

entiéndase, alumnos/as, funcionarios, Padres, Madres y Apoderados(as) están afectos

a las normativas legales vigentes de la República de Chile.

2. El Liceo Carlos Haverbeck Richter, tiene por su naturaleza y principios solo facultades

educativas y disciplinarias y en ningún caso policial o jurídico.

3. Toda investigación de un hecho que al interior del establecimiento revistiese

caracteres de delito podrá iniciarse de oficio por el Ministerio Público, por denuncia o

por querella.

4. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes de los padres hacia la persona

y los bienes de sus hijos, o lo que la ley determine.

5. La obligación de los padres o la persona que el juez determine como representante

legal de los hijos, deberán presentar las acciones judiciales que correspondan

inicialmente cuando se vean envueltos sus hijos tanto al interior como exterior del

establecimiento en un ilícito.

6. Cuando los padres o su representante, o quien ostente la patria potestad de los hijos,

no se encontrase presente en el momento del desarrollo de un ilícito, estará obligado a

denunciar: el Director, Inspector General, Profesores, Asistentes de la Educación,

todos los delitos que afecten a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el

establecimiento.

7. La denuncia se podrá formular por cualquier medio, ya sea a Carabineros y/o

Investigaciones, como directamente al Ministerio Público.

8. Es deber del establecimiento adoptar todas las políticas orientadas tanto a prevenir

como a denunciar toda violencia intrafamiliar, en especial cuando ocurre a nuestros

alumnos.

9. Entenderemos como violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la

integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del

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ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por

afinidad de su cónyuge o de su actual conviviente” SE ENTIENDE EL MALTRATO QUE

AFECTE AL ALUMNO(A) NO A FORÁNEOS.

10. El establecimiento deberá tener suma precaución cuando tenga antecedentes de

situaciones evidentes de riesgos. “Cuando exista una situación de riesgo inminente

para una o más personas de sufrir un maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar,

aun cuando éste no se haya llevado a cabo, el tribunal con el solo mérito de la

denuncia deberá adoptar las medidas de protección o cautelares que correspondan”.

Artículo 10. De los estímulos y reconocimientos.

Dentro del marco regulatorio de la convivencia escolar, los alumnos y alumnas serán

reconocidos(as) por sus conductas positivas sin relación a las conductas negativas pasadas o

que presenten en el futuro. Este sistema reconoce los siguientes méritos.

Actitudes de honradez en sus deberes escolares, solidaridad y preocupación por sus

compañeros.

Participación destacada en actividades extraescolares, académicas, solidarias y

deportivas en representación del liceo. Para la implementación práctica y

reconocimiento concreto de estas acciones y actitudes positivas, se implementará un

sistema de estímulos especiales.

El alumno o alumna se hará acreedor de un RECONOCIMIENTO cuando registre

actitudes positivas previamente descritas, la cual será registrada en el Libro de Clases

en el Registro de Observaciones.

El alumno o alumna será acreedor de una FELICITACIÓN por escrito por parte del

Director(a) del establecimiento cuando participe en actividades destacadas en

representación del establecimiento.

Artículo 11. De los Padres, Madres y Apoderados(as).

Los padres tendrán el derecho y el deber de educar a sus hijos, orientándolos hacia su

pleno desarrollo en las distintas etapas de su vida. La participación ciudadana es una

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dimensión fundamental de todo sistema democrático, pues contribuye a que los derechos

y deberes institucionales establecidos sean efectivamente reconocidos y ejercidos.

Los principios orientadores de una política de la participación de las familias en el Liceo

Carlos Haverbeck Richter, son las bases que regulan su accionar. Se definen como

principios los que siguen:

a. La familia es un actor insustituible de la comunidad educativa.

b. Los niños, niñas y jóvenes “en familia”, es decir como formando parte de un grupo

familiar, son el eje de la comunidad educativa.

c. La familia es una fuente de experiencias educativas.

d. La participación de la familia en el sistema educacional es un valor y un derecho.

e. Los valores de la participación de la familia en la institución educativa es el

aprendizaje y la formación de los hijos.

f. En el Liceo Carlos Haverbeck Richter existe una gran diversidad de tipos de familia, las

que deben ser acogidas y respetadas en su diversidad.

g. La participación de la familia, que se concreta en padres, madres y apoderados(as),

debe ser esencialmente colaboradora en la convivencia escolar.

h. La participación de las familias en el sistema educacional implica tanto derechos como

deberes.

Art. 10. 1. De los derechos de los padres y apoderados

1. Recibir un trato adecuado, respetuoso y cordial de parte de todo el personal del Liceo.

2. Ser respetado en su condición de apoderado (a) recibiendo una atención deferente y

cortés por parte de quienes representen algún estamento del establecimiento.

3. Que se respete a su pupilo (a) como una persona única, con características

irrepetibles, para lograr su potencial desarrollo humano a través de la educación y la

orientación de sus profesores y profesoras.

4. Informarse del proceso de formación de sus hijos en el colegio, de manera continua o

cuando la situación lo amerite.

5. Conocer y participar en la construcción y ajustes del Proyecto Educativo Institucional

y el Manual de Convivencia Escolar.

6. Conocer por lo menos cada período los resultados de la formación integral de sus hijos

o hijas.

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7. Ser atendido por docentes directivos o profesores cuando lo hayan solicitado

mediante solicitud previa, en la fecha y hora que el profesor defina para ello.

8. Elegir y ser elegido como miembro directivo en los centros de padres

9. Presentar reclamos formales sobre la evaluación, comportamiento, sanciones o trato

recibidos por sus hijos siguiendo el conducto regular: profesor de asignatura, profesor

jefe, directivos docentes, según sea la gravedad del asunto.

10. Justificar las inasistencias de su hijo o hija cada vez que corresponda

11. Recibir apoyo remedial para su pupilo o pupila ante la eventualidad que éste lo

requiera en aspectos de aprendizaje o de conducta general. Presentar sus inquietudes

y/o reclamos es un derecho que tiene todo apoderado. En tal situación, debe hacerse

con el debido respeto, acatando estrictamente los conductos regulares que en

conformidad a su estructura organizacional ofrece el Liceo: profesor de asignatura,

profesor jefe, inspector general, director, sostenedor, dirección provincial de

educación, secretaría ministerial de educación

12. Recibir toda la información que tenga relación con su pupilo/a ya sea académico y/o

conductual.

13. Formar parte de la organización Centro General de Padres y Apoderados.

14. Consignar sus observaciones en un Libro de reclamo, sugerencias y felicitaciones

disponible en Inspectoría General.

15. Ser escuchados en sus planteamientos y a recibir respuesta en tiempo prudente por

los reclamos y sugerencias que hagan por escrito.

Art. 10. 2. De los deberes de los padres y apoderados

1. Comparte los propósitos y la orientación básica del Proyecto Educativo Institucional.

2. Conoce y cumple el presente Manual de Convivencia.

3. Asistir a reuniones, apoyar planes, programas y compromisos didácticos de refuerzo.

4. Participar según instrucciones técnicas del colegio en proyectos, seminarios, talleres y

capacitación. Esto puede efectuarse a través de encuestas o consultas directas en

reuniones pertinentes.

5. Conocer el proyecto educativo, los planes y programas y reglamento de evaluación

vigentes en el colegio.

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6. Apoyar a la institución en acciones formativas o disciplinarias, en beneficio de sus

hijos.

7. Responder por la buena presentación personal, modales y comportamiento de sus

hijos.

8. Tratar respetuosamente a todos los miembros de la comunidad educativa.

9. Colaborar en acciones programadas por la Institución, el Centro General, y el

Subcentro de Padres.

10. Mantenerse informado sobre el rendimiento escolar y el comportamiento general de

su pupilo(a) revisar su agenda y firmar las comunicaciones y documentos extendidos

por el colegio.

11. Proporcionar a su pupilo (a) el material escolar requeridos por los profesores, los

departamentos de subsectores y por los talleres extraescolares.

12. Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos dentro y fuera del

colegio.

13. Mantener informada a la Dirección o Profesor Jefe sobre las situaciones que puedan

estar afectando a sus hijos o que puedan contribuir al mejoramiento de ellos.

14. Conoce y utiliza correctamente los canales de comunicación.

15. Apoya la gestión del liceo.

16. Incentivar a su pupilo (a) a ser cuidadoso en lo que atañe a la preservación de la

infraestructura, mobiliario y en general, el entorno del colegio, asumiendo los daños

de reposición, ante eventual responsabilidad de su pupilo(a).

17. No interrumpir a los profesores cuando estos estén en horarios de clases, además no

ingresar a las dependencias del colegio (patio, sala de clases u otros) sin previa

autorización.

18. Si es nominado para un cargo representativo del centro general de padres y

apoderados o del cargo de subcentro, actuar responsablemente en el cargo asignado.

19. Asistir regularmente a las reuniones citadas por el subcentro respectivo o por el

centro general de padres y apoderados, llegando puntualmente a estas, no retirarse

antes que estas concluyan, por respeto a las personas que dirigen dichas reuniones.

Participar comprometidamente y apoyar las actividades planificadas por ellos.

20. Los apoderados de los alumnos (as) Condicionales o con Extrema Condicionalidad

deben entrevistarse a lo menos una vez al mes con el Profesor Jefe, Orientador(a),

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Encargado de Convivencia Escolar o Coordinador de Asuntos Pedagógicas y firmar

ficha de seguimiento personal.

21. Controlar y supervisar las pertenencias de su pupilo e informar cuando algún

objetoajeno o desconocido sea encontrado. El apoderado está en conocimiento que su

pupilo podría ser supervisado y revisado sus objetos con su consentimiento. De no

acceder, se citará en forma urgente al apoderado con el fin que él revise los objetos

personales del alumno o se recurrirá a los organismos legales para su efecto.

22. Durante la matrícula, acompañar certificado médico que acredite el estado de salud del

estudiante en condiciones aptas o no aptas para las clases prácticas de educación física

y actividades recreativas-deportivas que demande el Liceo

23. Asistir obligatoriamente a las reuniones de Padres, Madres y Apoderados/as

convocadas por el establecimiento.

24. Justificar en la Agenda de su pupilo su ausencia a reuniones de Padres, madres y

Apoderados/as y presentarse dentro de las 48 horas siguientes a enterarse de los

asuntos tratados y acuerdos tomados en la asamblea.

25. Asistir en forma obligatoria a toda citación regular o excepcional que emane del

establecimiento.

26. Sólo con la presencia del Padre, Madre y/o Apoderado/a se permitirá el retiro de los

alumnos/as en horas de clases. En caso de atención médica bastará un certificado del

especialista y/o consultorio donde se establezca fecha y horario de atención.

27. Las familias residentes en sectores rurales deben tener un apoderado con domicilio en

Corral.

Observación: De no cumplir con sus deberes, el liceo tiene la facultad para solicitar un

cambio de apoderado titular o suplente

Derechos de nuestros alumnos (as):

1. El respeto a su dignidad personal.

2. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad

educativa

3. Desarrollar libremente sus talentos y aptitudes para el logro del crecimiento integral

de la persona.

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4. Ser informado acerca de los principios, normas y reglamentos que regulan la vida

escolar, entre ellos lo que el P.E.I. sustenta respecto a los principios, normas

disciplinarias, planes y programas de estudios, Reglamento de Evaluación y

Promoción Escolar, normas de seguridad y prevención de riesgos etc.

5. Ser escuchado y recibir respuestas, individualmente o en grupo, en cada una de las

instancias de interacción con docentes directivos, profesores, asistentes de la

educación u otros miembros del personal del liceo.

6. Ser educado por profesionales calificados, competentes y con conocimientos

permanentes y actualizados.

7. Recibir una educación sustentada en el principio de que los valores favorecen el

desarrollo de una mejor convivencia entre los estudiantes, y por el contrario

actitudes como la violencia la opresión y el odio empequeñecen a la persona y las

llevan a conductas deshumanizantes y degradantes.

8. Derecho de matrícula y continuidad de estudios para las alumnas embarazadas.

9. Derecho de matrícula y continuidad de estudios para alumnos (as) en riesgo social.

10. Manifestar respetuosamente sus intereses, inquietudes, problemas, necesidades y

aspiraciones a través de las instancias regulares de expresión dentro del organigrama

institucional del liceo.

11. Ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas logradas en su

desempeño escolar.

12. Participar en el proceso educativo y de cualquier actividad institucional en

condiciones de seguridad e higiene.

13. Conocer el Decreto 524 del Mineduc, que regula la organización y funcionamiento del

Centro de Alumnos.

14. Disfrutar de un ambiente sano, limpio, cómodo y seguro para realizar sus trabajos

escolares, donde prevalezca el respeto mutuo entre todos los miembros de la

comunidad escolar.

15. Derecho al debido proceso de evaluación de sus faltas, como asimismo el derecho de

apelación o el de expresar ante la Dirección del establecimiento, en compañía de su

apoderado, su opinión y/o descargo personal ante situaciones de conducta personal

indebida que le afecte y cuyo caso se encuentre en estudio disciplinario.

16. El derecho a la libre expresión, en un marco de respeto y consideración al Proyecto

Educativo del Liceo Carlos Haverbeck Richter.

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17. Conocer los objetivos que se propone lograr el profesor en cada subsector y/o

determinada unidad.

18. Recibir periódicamente los informes que acrediten sus calificaciones además de

conocer el resultado de sus evaluaciones parciales.

19. Conocer y participar en las actividades académicas, pedagógicas y deportivas

programadas por el liceo.

20. Recibir de vuelta sus trabajos, cuadernos y pruebas en los plazos estipulados (15 días)

21. utilizar todos los recursos de infraestructura de que dispone el colegio , tales como

biblioteca, laboratorio de computación, laboratorio de ciencias, comedor, etc., para

contribuir a su formación.

22. Ser atendido por medio del Seguro Escolar en caso de accidente ocurrido dentro del

liceo o en el camino de ida al establecimiento, o regreso a su domicilio y en

actividades programadas por el liceo.

23. Ser informado (a) cuando se registre una observación en su hoja de vida, o en el

registro de inspectoría por quien realizó la observación, motivo y fecha de esta.

24. Ser reconocido públicamente (a través de cuadro de honor, diplomas, anotaciones

positivas, etc.) cuando se destaque en actividades educativas, deportivas, artísticas,

culturales y de ayuda social.

Para el caso de las alumnas embarazadas, madres y padres, se consideran los

siguientes derechos:

25. A ser tratadas/os con respeto por todas las personas que trabajan en el

establecimiento..

26. A estar cubiertas/os por el Seguro Escolar.

27. A participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la

graduación o en actividades extra programáticas.

28. En el caso de las estudiantes embarazadas, a adaptar el uniforme escolar a su

condición de embarazo.

29. En el caso de las estudiantes embarazadas, a asistir al baño cuantas veces lo requieran,

sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección

urinaria (primera causa de síntoma de aborto).

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30. En el caso de las estudiantes embarazadas o madres, a ser promovidas de curso con un

% de asistencia menor a lo establecido (85%), siempre que las inasistencias hayan

sido debidamente justificadas por los médicos tratantes, carné de control de salud y

tenga las notas adecuadas.

31. Conocer claramente el sistema de evaluación al que pueden acceder como alternativa ,

en tanto la situación de embarazo o maternidad/paternidad les impida asistir

regularmente a clases.

32. Poder realizar su práctica profesional, siempre que no contravenga las indicaciones

del médico tratante.

33. Permiso a la estudiante embarazada o progenitor adolescente para concurrir a las

actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas

documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o

matrona.

34. Cuando su hijo o hija nazca, tienen derecho a amamantarlo. Para esto, pueden salir del

establecimiento educacional en los horarios acordados y que correspondan como

máximo a una hora de la jornada diaria de clases.

Deberes de los alumnos

1. Respetar la integridad moral y física de cada una de las personas que conforman la

unidad educativa.

2. Respetar a las autoridades, profesores, grupos de pares, y demás miembros de la

comunidad escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento.

3. Demostrar un trato cortés y un lenguaje respetuoso en su comunicación con los

miembros de la comunidad educativa.

4. Mantener una actitud de respeto en actos cívicos.

5. Demostrar honestidad en relación con la propiedad ajena y en sus deberes y

evaluaciones escolares.

6. Respetar los horarios establecidos, la asistencia a clases y la puntualidad en sus

deberes escolares.

7. Resguardar la integridad de documentos oficiales, tales como libros de clases , actas,

certificados de estudios, informes y pruebas de asignaturas.

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8. Cuidar el mobiliario, el material didáctico, los libros de biblioteca, los materiales de

laboratorio, como asimismo, la presentación de murallas, puertas ventanas y

escritorios, incluyendo pertenencias de la comunidad escolar como diarios murales,

horarios, baños, camarines, etc.

9. representar formalmente la imagen corporativa de la institución, tanto dentro como

fuera de ella.

10. cuidar sus pertenencias de valor , como notebook, celulares, cámaras fotográficas,

joyas, dinero, ya que el establecimiento no se responsabiliza en caso de pérdida.

11. Está prohibido el consumo de cigarrillos, alcohol y drogas, en cualquiera de sus

formas, tanto dentro como en las cercanías del establecimiento.

12. Está prohibido ingresar al colegio, publicaciones, fotografías , poster y videos que

atenten contra la moral y las buenas costumbres.

13. Está prohibido el usar plataformas virtuales (facebook, fotolog u otros similares),

para subir fotografías de profesores, alumnos o de la institución sin previa

autorización de los involucrados.

14. Está prohibido el usar plataformas virtuales (facebook, fotolog u otros similares), para

insultar, amenazar, denigrar, hacer bulling a sus pares, profesores u otros miembros

de la unidad educativa.

15. No ingresar al establecimiento elementos audiovisuales y juegos electrónicos, como

así mismo C.D, pendrives con grabaciones cuyo contenido sea ajeno a las normas del

Liceo.

16. Abstenerse de usar collares, pulseras, anillos, aros, pearcing y exceso de maquillaje

en su presentación personal.

17. Abstenerse de realizar juegos de azar al interior del establecimiento.

18. Aprender a valorar la salud mediante la práctica de la higiene, la prevención de

enfermedades, los sanos hábitos de alimentación, de ejercicios físicos y recreación,

deportivas, culturales y la buena utilización del tiempo libre.

19. Asumir las consecuencias y aceptar las decisiones que el liceo determine frente a una

falta en la que haya incurrido, ya sea de tipo académico, disciplinario o de conducta.

20. Las alumnas embarazadas deberán presentar un certificado médico que certifique su

estado, el que deberá ser presentado en la secretaría del establecimiento para luego

registrar la información en la hoja de vida de la alumna en el libro de clases y una

copia al orientador o psicólogo del establecimiento.

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21. En ausencia de algún profesor (a) los alumnos (as) deberán permanecer en la sala de

clases bajo la supervisión de un Asistente de la Educación, quien aplicará una guía u

otro material entregado con anterioridad por el docente. Esta actividad debe quedar

registrada en el libro de clases.

22. En los recreos los alumnos y alumnas deben salir de su sala de clases y permanecer en

el patio o pasillos, para ventilación de la sala, evitar desórdenes y pérdidas o

sustracciones.

Para el caso del embarazo, maternidad y paternidad se consideran los siguientes

deberes:

23. Asistir a los controles de embarazo, post-parto y control sano de su hijo/a en el centro

de salud u hospital correspondiente.

24. Justificar sus controles de embarazo y control de niño sano con el carné de control de

salud o certificado del médico tratante y/o matrona.

25. justificar las inasistencias a clases por problemas de salud con certificado médico y

mantener informado al profesor (a) jefe.

26. Asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así como eximida en caso

de ser necesario. Si es madre, está eximida de Educación Física hasta que finalice un

período de seis semanas después del parto (puerperio). Asimismo, en casos calificados

por el médico tratante podrá ser eximida de este sector de aprendizaje.

27. Apelar a la Secretaría Regional Ministerial de Educación si no está de acuerdo con lo

resuelto por el Director (a) del establecimiento Educacional.

28. Informar en el liceo con certificado del médico tratante y/o matrona si está en

condiciones de salud para realizar su práctica Profesional.

29. Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a clases y

cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si está con tutorías y/o

recalendarización de pruebas y trabajos.

DERECHOS DEL PROFESOR

1. Recibir formación en todas las áreas que contribuyan al logro de la Misión de la

Institución.

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2. Recibir atención respetuosa, sincera y de diálogo por parte de todos los estamentos de

la comunidad educativa.

3. Ser atendido con respeto y atención al presentar sus quejas e inquietudes ante las

autoridades del colegio, siguiendo el conducto regular.

4. A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la

institución.

5. Recibir información oportuna sobre todas las normas administrativas, pedagógicas y

de seguridad que los rigen.

6. Derecho de contar con dependencias de uso general y privados para la atención de

alumnos y apoderados y bien implementados para realizar su tarea educativa

7. Derecho de respetar su formación e idoneidad profesional en el ejercicio de su

profesión docente

8. Ejercer el Derecho de Apelación ante los procesos internos o decisiones de carácter

administrativo, en especial, ante situaciones de conflictos con alumnos y apoderados.

9. De ser representado ante los organismos internos del Instituto y del Consejo Escolar

DEBERES DEL PROFESOR

1. Ejercer la docencia con estricto respeto a las disposiciones legales y que lo habilitan

para ejercer su función.

2. Conservar el secreto profesional en el ejercicio de su labor.

3. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia de la Institución.

4. Guiar el proceso educativo y cumplir con responsabilidad los deberes profesionales:

puntualidad, preparación de clases, orden, evaluación equilibrada y justa, devolución

de evaluaciones y trabajos corregidos en un tiempo adecuado. Fijar pautas de trabajo,

comunicarlas, cumplirlas y hacerlas cumplir.

5. Establecer una adecuada relación con los alumnos, en el marco de la formalidad, el

respeto y la ética profesional.

6. Utilizar en sus clases estrategias pedagógicas de manera creativa y constante.

7. Respeta individualidades e incentiva y apoya a quienes lo requieren

8. Asumir con plena responsabilidad cada uno de sus actos en el ejercicio de sus

funciones.

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9. Renunciar a toda recepción de honorarios u otra forma de estímulo material, que

provenga de parte de alumnos por la realización de trabajos tales como pruebas,

interrogaciones, reforzamiento, actividades extraescolares atendidas en el

establecimiento.

10. Atiende durante la semana a los padres de familia que lo solicite o llamarlos para

dialogar en cuanto al comportamiento o rendimiento de los estudiantes.

11. Corrige los comportamientos inadecuados de los estudiantes, realizando acciones

remediales en el momento y lugar apropiado.

12. Trata las faltas de los alumnos de modo objetivo.

13. Escuchar, analizar y orientar a los estudiantes que lo soliciten o remitirlos al

departamento de orientación.

14. Da un trato respetuoso a sus estudiantes.

15. Está prohibido pedir dinero a los estudiantes o vender libros, guías de trabajo,

materiales.

16. Es justo, objetivo e imparcial en las decisiones que afectan las decisiones

interpersonales.

17. En caso de ausencia programada es responsabilidad del profesor dejar organizada una

Tarea en Ausencia, la que será entregada y revisada por la Unidad de Coordinación

Pedagógica, para su posterior aplicación en el curso por un Asistente Educacional.

18. Todo funcionario del establecimiento debe evitar el consumo de drogas y alcohol

dentro del establecimiento por ser considerado un delito, igualmente debe evitar

ingresar al establecimiento bajo las influencias de cualquier tipo de sustancias ilegales

y alcohol.

19. Mantener una presentación personal acorde a su cargo, demostrando coherencia entre

los principios del manual y su forma de ser.

20. Abstenerse de participar en actividades que desprestigien a sus pares, a profesores y

su liceo.

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NORMAS REGULADORAS PARA UNA ADECUADA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SU

APLICACIÓN EN EL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA

LA PUNTUALIDAD ES UNA EXIGENCIA EDUCATIVA.

1. El horario de clases de la mañana se inicia a las 8:30 hrs., finaliza a las 13:20 hrs. Y en

la tarde a las 14:30 hrs., finaliza a las 16:55 hrs.

2. Se evaluará el atraso de los alumnos del sector rural por posibles problemas de

locomoción.

3. Al tercer atraso, el alumno (a) será suspendido de clases hasta que se presente con el

apoderado. No se aceptarán llamados telefónicos para justificar atrasos.

4. Sin pase de inspectoría los alumnos (as) no serán admitidos en clases, en caso de que

hayan tenido algún problema de inasistencia o atraso.

5. Toda inasistencia a una jornada ya sea un día o algunas horas deben ser justificadas

por el apoderado o con licencia médica.

6. El estudiante podrá tener hasta un 15% de inasistencia anual de acuerdo a las normas

vigentes.

7. Si por fuerza mayor el alumno debiera retirarse del liceo antes de terminar la jornada

(cita médica, dental viajes, Etc.) deberá asistir su apoderado a retirarlo en Inspectoría

General.

8. Los alumnos que se retiren del liceo antes del término de la jornada, deben llevar

comunicación por escrito.

SOBRE EL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL

1. Para la dama falda de paño color gris, polera blanca o gris, (escote en redondo), calceta

gris o blanca, panty gris, parka o chaqueta gris o azul marino, zapatos negros, pantalón

de paño azul marino.

2. Queda prohibido el maquillaje en exceso, joyas, piercing, etc.

3. Para el varón pantalón de paño gris, (corte recto, talla adecuada), parka o chaqueta

gris o azul marino, polera blanca o gris.

4. El corte de pelo de los varones podrá ser usado como límite máximo el cuello de la

camisa.

5. Los alumnos (as) del liceo deberán presentarse diariamente en el establecimiento

perfectamente aseados. En el caso de los varones, afeitados.

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6. Los varones no podrán usar aros de ninguna especie y las damas no podrán usar aros

colgantes por peligro de accidentes.

7. Si la dama usa pantalones, este debe ser de color azul marino, corte recto. Queda

excluido el uso de Jeans.

8. Para desarrollar las actividades de la clase de Educación Física, los alumnos deben

presentarse en forma adecuada.

9. Si por motivo de fuerza mayor el alumno no pudiese vestir uniforme completo

temporalmente, deberá concurrir el apoderado a dar la justificación a Inspectoría

General.

10. Cualquier accesorio como bufanda, cintillos u otros deben ser de color acorde al

uniforme.

DE LA DISCIPLINA DENTRO Y FUERA DEL LICEO

1. Respetar las normas, principios y deberes estipulados en el presente Manual de

Convivencia del Liceo Carlos Haverbeck Richter.

2. Tener una conducta respetuosa en la sala de clase o en cualquier lugar donde se lleve a

cabo una ceremonia.

3. Mantener una actitud de respeto, recato e integridad en el trato con todos los

miembros de la comunidad educativa

4. Mantener una actitud de respeto en todos los actos cívicos y culturales dentro y fuera

del liceo, en especial, en actos oficiales para la comunidad, representando al Liceo.

5. Mantener un trato cortés y un lenguaje respetuoso con los miembros de la comunidad

educativa.

6. Respetar a todos los directivos, docentes y funcionarios del colegio dentro y fuera de

él.

7. Aceptar la diversidad, manifestar tolerancia y no discriminar a las personas.

8. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia

escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna

del establecimiento, las conductas consideradas como indisciplina, faltas de respeto,

incumplimiento de deberes escolares, falta a la moral, maltrato escolar, entre otras; las

que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante

un sistema gradual de sanciones.

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Se entenderá por Maltrato Escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o

psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o

cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia

del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,

afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán constitutivas de Maltrato Escolar, entre otras, las siguientes

conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier

otro miembro de la comunidad educativa;

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,

situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,

nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier

otra circunstancia;

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de

la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos

electrónicos, foros, servidores que almacenan. videos o fotografías, sitios webs,

teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato

escolar;

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de

delito;

Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o

contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya

hecho uso de ellos; oPortar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas

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alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al

interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,

patrocinadas o supervisadas por éste.

9. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y

especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o

sanciones disciplinarias:

a. Diálogo personal pedagógico y correctivo;

b. Diálogo grupal reflexivo;

c. Amonestación verbal;

d. Amonestación por escrito;

e. Comunicación al apoderado;

f. Citación al apoderado;

g. Derivación psicosocial (intervención personal, familiar, grupal), talleres de reforzamiento,

educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

h. Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las

drogas o sustancias ilícitas;

i. Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar

a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras

iniciativas;

j. Suspensión temporal;

k. Condicionalidad de la matrícula del alumno;

l. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

m. Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad,

debidamente fundamentados, y luego de haber ejecutado medidas correctivas anteriores,

con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

Algunas faltas graves son:

1. No traer materiales que solicita el profesor

2. Escaparse de clases.

3. Salir del establecimiento sin autorizaci6n.

4. Fumar en el liceo.

5. Ser sorprendido por algún profesor, fumando fuera del establecimiento, usando el

uniforme del liceo,

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6. Presentar trabajos ajenos.

7. Inasistencia injustificada a evaluaciones

8. Desobedecer aI profesor estudiando otra asignatura en clases.

9. Deterioro de materiales,

10. soplar o copiar en pruebas.

11. Referirse a cualquier integrante de la comunidad educativa con sobre nombres o

apodos.

12. No concurrir el apoderado a reuni6n.

13. Hacer mal uso de los equipos de informática del liceo, dañando la honra y la imagen

de compañeros y compañeras o de cualquier miembro de la unidad educativa.

Algunas faltas gravísimas son:

1. Bajar pornografía por Internet en dependencias del liceo.

2. Falsificación de firmas, ( apoderados y profesores )

3. Adulterar libros de ciases (modificar notas u otros)

4. Responder con prepotencia o agresividad a algún funcionario del liceo.

5. Participar en riñas dentro o fuera del establecimiento.

6. Lenguaje grosero.

7. Ofensas de carácter sexual a compañeros (as).

8. Registro por escrito de ofensas en agendas, cuadernos, mesas, pizarras, pupitres,

en contra de personas.

9. Ingresar e ingerir bebidas alcohólicas dentro del liceo

10. Ingresar aI establecimiento armas de fuego, corto punzantes u otros objetos

Contundentes,

11. Ingresar al establecimiento en estado de ebriedad.

12. Hurtar objetos dentro del liceo.

13. Daños al mobiliario, equipamiento o infraestructura del liceo, intencionalmente.

14. Destruir material escolar o de Sus compañeros.

15. Amenazar con arma blanca o de fuego.

16. Agresión verbal o física a cualquier integrante de la comunidad escolar.

17. Ocultar objetos que no Sean de su propiedad.

18. Ingresar drogas aI establecimiento educacional.

19. Insultar o gritar apodos o sobre nombre, groserías a los transeúntes desde el

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Interior del establecimiento.

En caso que el alumno reitere faltas leves que pueden llegar a constituir una falta

grave, el profesor jefe podrá determinar " un período de observación conductual”, lo que

Será comunicado por escrito aI apoderado, a fin de conseguir un compromiso del alumno y la

familia en la superación del problema.

En caso de reincidir en faltas a las normas de convivencia, se establece las siguientes medidas:

a.- Seguimiento por parte del profesor jefe, psicólogo, inspector general.

b.- Condicionalidad.

El sentido de dichas medidas es esencialmente formativo, por lo que durante este período el

alumno (a) Será apoyado por el orientador, profesor jefe, psicólogo, docentes y apoderado,

aprovechando las oportunidades que se le brindan para efectuar un cambio conductual, y

dependerá del alumno superarse o agravar el problema que puede llevarlo a la cancelación de

la matrícula.

Para decidir una medida disciplinaria, como es la cancelación de la matrícula, se considerará

el contenido de las observaciones registradas en el libro de clases, donde se consignan las

actitudes positivas y negativas del alumno; además, se considerará la reiteración y gravedad

de las faltas, el informe del profesor jefe, orientador, psicólogo, inspector general y el aporte

del consejo de profesores.

Las situaciones disciplinarias que lo ameriten serán presentadas a un consejo especial de

profesores (comité de convivencia) sobre el tema, el cual podrá sugerir o recomendar una

medida.

El Director o Inspector General del establecimiento, podrá tomar medidas disciplinarias en

cualquier momento, atendiendo alguna situación emergente grave.

Las faltas leves serán sancionadas desde la anotación en el libro de clases hasta la suspensión

por dos días, con citación del apoderado y serán decididas por el Inspector General y Director.

Las faltas graves serán sancionadas con suspensión de clases, pudiendo llegar hasta tres días,

con citación del apoderado y serán decididas por el Inspector General y Director.

Las faltas gravísimas, serán sancionadas al menos con cinco días de suspensión de clases,

matrícula condicional y cancelación de la matrícula.

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Serán denunciados a los tribunales de justicia todos los alumnos que infrinjan la Ley 20.084,

que hayan cometido algún delito dentro del establecimiento, que tenga relación con la

responsabilidad penal juvenil (discernimiento a los 14 años).

DE LA LICENCIATURA

1.- El Liceo podrá reservarse el derecho de suspender la ceremonia de licenciatura de los

cuartos medios, cuando el o los cursos involucrados hayan incurrido en faltas gravísimas que

afecten a profesores, funcionarios del establecimiento, miembros de la comunidad de Corral,

autoridades o afecten el prestigio, honra e imagen del liceo.

2.- El Liceo podrá excluir de la ceremonia de licenciatura a uno o más alumnos (as) que hayan

incurrido en faltas gravísimas.

3.- Para la aplicación de estas severas medidas se deberá contar con el acuerdo de al menos

dos tercios de los integrantes del Consejo de Profesores.

4.- El acto de Licenciatura y entrega de Títulos es de responsabilidad del liceo.

DE LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

1. Una vez agotadas las instancias formativas de disciplina descritas anteriormente y

ante la reiteración de faltas graves o gravísimas, se cancelará la matrícula del alumno

(a) , siempre que exista acuerdo de al menos dos tercios de los docentes integrantes

del Consejo de profesores, significando el retiro inmediato del establecimiento, el cual

no podrá ingresar al liceo al año siguiente.

2. Excepcionalmente se podrá cancelar la matrícula de un estudiante que aunque no

teniendo anotaciones negativas en su hoja de vida, por la gravedad de los hechos, el

Consejo de Profesores decida tomar dicha medida.

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DE LOS ORGANISMOS OFICIALES DEL LICEO ENCARGADOS DE APLICAR LAS ACCIONES

REMEDIALES E IMPLEMENTACIÓN DEL DERECHO DEL DEBIDO PROCESO Y DEL

DERECHO DE APELACIÓN POR PARTE DE LOS ALUMNOS.

1. Las medidas disciplinarias serán analizadas y aprobadas por el Consejo de Profesores

dirigidos por el Director, según sea el caso, y serán comunicadas a través del Director.

2. En las Acciones Remediales contempladas en el presente Manual de Convivencia se

garantiza el Derecho al Debido Proceso, la transparencia, la información oportuna y la

participación directa de los alumnos involucrados, representados por sus Apoderados,

como asimismo, se garantiza el Derecho de Apelación ante la aplicación de las medidas

disciplinarias y/o remediales.

3. El Manual de Convivencia incorpora el Derecho de Apelación por parte de los alumnos

y de los apoderados, con el propósito de presentar por escrito a la Dirección del

Colegio, con copia a Insectoría General, el rechazo formal a las medidas disciplinarias

que no se aceptan o se solicitan su modificación o anulación parcial o total,

presentando sus argumentos con claridad y veracidad y con respaldos, si es necesario.

4. La Dirección del Colegio iniciará un Proceso de Revisión del caso, consultando al

Consejo de Profesores, con fines de ratificar, modificar o anular las medidas

disciplinarias tomadas con anterioridad;

5. Informado el Apoderado (a) de esta Resolución Interna y manteniendo aún el conflicto

de no aceptar las medidas disciplinarias tomadas por el Liceo, La Dirección del Colegio

procederá a consultar, por Oficio, a la Dirección Provincial de Educación, por parte del

MINEDUC, para recibir las orientaciones, recomendaciones o instrucciones a aplicar

en el caso presentado;

6. Habiendo recibido las instrucciones de las instancias superiores, ambas partes,

Colegio y Apoderado, representante del alumno (a), deberán asumir y aplicar las

disposiciones de estas instancias superiores.

7. Se espera resolver los conflictos con los organismos internos del liceo, dispuestos a

colaborar, facilitar y resolver, desde la perspectiva humana y legal, los problemas

disciplinarios internos.

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8. Sólo se recurrirá a instancias superiores en casos calificadamente graves y que se

necesite realmente de la participación de entidades superiores y externas al Liceo, con

el propósito de apoyar la formación integral de cada alumno (a).

9. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas

contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

10. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se

podrán disponer medidas como la obligación.

11. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser

presentado en formal escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que

deberá dar cuenta a la Dirección dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé

inicio al debido proceso.

12. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una

sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

13. En conclusión, en la elaboración del presente Manual de Convivencia se ha consultado

a la comunidad escolar y su posterior modificación anual, de acuerdo a nuevas

necesidades planteadas será discutida, analizada y aprobada por los organismos

oficiales.

14. Cualquier situación no prevista en el presente Manual de Convivencia Escolar será

resuelta por la Dirección del Establecimiento, Encargado de Convivencia escolar y el

Consejo de Profesores.

El presente Manual de Convivencia Escolar, una vez aprobado por la Dirección Provincial de

Educación, será impreso y difundido a toda la Comunidad escolar del Liceo Carlos Haverbeck

Richter, con fines de su total aplicación e implementación.