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ChileCompraWrnovaoOrt • Acceso • SQrVKfO
DIRECCION DE COMPRAS V CONTRATACION PUBLICA
APRUEBA CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA DIRECCION DE COMPRAS V CONTRATACIONPUBLICA V MULTIAVAL S.A.G.R.
SANTIAGO, 10 AGO, 2011VISTOS:
La Ley Nürnero N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Surninistro yPrestaciOn de Servicios; el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; Ia Resolución N°1.600, de 2008, de Ia ContralorIa General de Ia Repüblica, que fija normas sobre exenciOn deltrámite de torna de razOn y, el D.S. N° 669, de 2009, del Ministerio de Hacienda, que nombraDirector de Ia Dirección de Corn pras y Contratación Püblica.
CONSIDERANDO:
a) Que, Ia DirecciOn de Compras y Contratación PibIica es un servicio püblico descentralizado,responsable del Sistema de lnforrnaciOn de Cornpras y Contrataciones de Ia Adrninistraciándel Estado, a través del cual los organismos püblicos desarrollan sus procesos de adquisicióny contratación de bienes rnuebles y servicios;
b) Que, Ia Ley N° 20.179, de 2007, creó las Instituciones de Garantla Reciproca, cuyo objeto esotorgar garantIas a los acreedores de sus beneficiarios para caucionar obligaciones que elloscontraen relacionadas con sus actividades ernpresariales, productivas, profesionales ocornerciales;
c) Que, las Instituciones de Garantla Reciproca podrán, entre otras finalidades, garantizarobligaciones por seriedad de oferta y de fiel cumplirniento de contrato, para ante elrespectivo organismo püblico del Estado que exija Ia constitución de estas garantlas.
d) Que, es necesario prornover rnedidas que faciliten el acceso de las rnicro, pequeñas ymedianas empresas de nuestro pals al Mercado Ptblico y en particular dar difusiOn a estenuevo instrurnento de garantia Ilarnado Certificado de Fianza de Ia citada Ley N° 20.179;
e) Que, en este contexto y con el objeto de entregar a los proveedores del Estado recursosnecesarios para que puedan participar en forma competitiva en los procesos de cornpra ycontratación de bienes y servicios que realizan los organismos piblicos, Ia DCCP y Multiaval
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31reco6n
ChileComiraflflovdc Ofl • •
S.A.G.R. han suscrito el siguiente Convenio de Colaboración que se aprueba mediante esteacto administrativo:
RESU ELVO
EXENTAN 06 87B
1. APRUEBASE el Convenlo de Colaboración y su Anexo N° 1, suscrito con fecha 01 deagosto de 2011, entre Ia Dirección de Compras y Contratación Pblica y MULTIAVALS.A.G.R.
2. DES1GNASE a doña Aurora Lara Mendoza, Jefa del Area de Desarrollo Empresarial, comocoordinadora general del presente convenio.
3. Se deja constancia que el convenio de colaboración suscrito no contempla gastos para aDCC P.
4. PublIquese Ia presente resolución en el Sistema de Compras Póblicas,www me rca do cub I ico ci.
AnOtese, RegIstrese y Comu niq uese,
stribución:• Divisió Corporativa JurIdica.
Desarrollo Empresarial.
V
DrecciOn
ChileComDralrirvOn •
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Y
ML) LTIAVAL S.A.G.R.
En Santiago de Chile, a 01 de agosto de 2011, entre Dirección de Compras y Contratación
PCiblica, en adelante DIRECCION CHILECOMPRA o Ia DCCP, institución de derecho pUblico
Rut N° 60.808.000-7, representada por su Director don Felipe Goya Goddard, ingeniero civil,
cédula de identidad N° 9.098.741-0, ambos domiciliados en Santiago, calle Monjitas 392,
piso 8° p150, y MULTIAVAL S.A.G.R., RUT N° 76.138.346-9 representada 01 Cristóbal Brunetti
Jequier, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 10.669.446-K, ambos domiciliados en
calle José Manuel Infante 146, oficina N° 1, comuna de Providencia, Santiago, han
convenido celebrar un Convenio de Colaboración, de acuerdo a los términos siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES.
MUTIAVAL S.A.G.R. es una institución de garantIa recIproca, constituida conforme a lo
dispuesto en Ia Ley 20.179, publicada en el Diario Oficial el 20 de junio de 2007, que tiene
por objeto otorgar garantIas a los acreedores de sus beneficiarios, con a finalidad de
caucionar obligaciones que ellos contraigan, relacionadas con sus actividades
empresariales, productivas, profesionales o comerciales. MULTIAVAL S.A.G.R. puede, entre
ofras finalidades, caucionar obligaciones de dar, hacer o no hacer, lo que le permite
garantizar obligaciones de seriedad de Ia oferta y de fiel cumplimiento de contrato, ante el
respectivo organismo del Estado que exija Ia constitución de garantIas destinadas al
cumplimiento de dichas obligaciones.
La DIRECCION CHILECOMPRA es un servicio pUblico descentralizado, somefido a Ia/
supervigilancia del Presidente de Ia RepUblica a través del Ministerio de Hacienda,
responsable del desarrollo y administración de un sistema de compras pUblicas de
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Ii
ChileComrraSitv LIU
excelencia cuya misión es crear valor en el Mercado PbUco, para que los compradores del
Estado puedan hacer su trabajo cada dIa de manera más transparente y eficiente y que los
proveedores tengan más facilidad de acceso.
SEGUNDO: OBJETO
La Dirección ChileCompra y MULTIAVAL S.A.G.R. acuerdan desarrollar sus mejores esfuerzos
para promover medidas que faciliten el acceso de las micro, pequenas y medianas
empresas existentes en el pals, en adelante, las Mipymes, aI mercado pUblico, en
especlfico, dar difusión a Ia nueva garantia liamada Certificado de Fianza, establecida en
Ia Ley 20.179 de 2007, que establece un marco legal para Ia constitución y operación de
Sociedades a Instituciones de Garantla Reciproca y promover el usa de este nuevo
instrumento en el mercado püblico regido par a Ley N° 19.886 y su Reglamento.
TERCERO: DEFINICIONES
Para los efectos del presenfe instrumento, se entenderá par:
1. IGR: sociedades anónimas y cooperativas creadas de conformidad a lo dispuesto par Ia
Ley N° 20.179, cuyo objeto principal es garantizar obligaciones contraldas par empresas
beneficiarias Palo con sus acreedores.
2. Beneficiarlo: personas naturales a jurIdicas, en especial micro, pequena a medianas
empresas que solicitan una garantla a las IGRs existentes en el mercado que hayan suscrito
Convenios de esta naturaleza.
3. Acreedor: organismo pbIico comprador de Ia Administración del Estado, sujeto a Ia Ley
19.886 y su Reglamento
4. Certificado de Fianza: instrumento de garantla atorgada par MULTIAVAL S.A.G.R. que
cauciona obligaciones financieras, de dar, de hacer o no hacer de un beneficiario con un
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3i)reccOn
ChileCompra• •
acreedor. En el certificado se consignará Ia individualizaciOn de Ia entidad, el afianzado, y
del acreedor, Ia singularidad de las obligaciones afianzadas y el monto al cual se extiende
a fianza.
CUARTO: ACTIVIDADES A REALIZAR
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, se han definido las siguientes
actividades a realizar:
1. Capacitaciones
La DIRECCION CHILECOMPRA y MULTIAVAL S.A.G.R. realizarán en conjunto, bajo Ia
condición de que exista los recursos disponibles por parte de éstas, charlas yb talleres para
Mipymes, relativas a temas de asesoramiento financiero, en particular, de acceso a Ilneas
de garantla para generar sobre ellas Certificados de Fianza, que potencien Ia participación
competitiva de dichas empresas en el mercado de las compras pUblicas.
Para estos efectos, MULTIAVAL S.A.G.R., aportará relatores especializados, además de
elaborar y entregar los contenidos para el desarrollo de las charlas, los cuales deberán ser
aprobados por Ia DIRECCION CHILECOMPRA. Asimismo, MULTIAVAL S.A.G.R. dispondrá
salones yb talleres técnicos que se requieran para estos efectos.
Por su parte, Ia DIRECCION CHILECOMPRA se compromete a aportar las salas
correspondientes a sus Centros Chilecompra para Ia realización de las charlas yb talleres
que las partes acuerden.
Las temáticas y las condiciones generales de las charlas yb talleres serán acordadas de
comin acuerdo en coda caso, siendo siempre gratuitas para los empresarios Mipymes. Las
convocatorias serán realizadas por Ia Dirección ChileCompra yb MULTIAVAL S.A.G.R.,
siempre contando una parte con Ia venia de Ia otra.
3 1Mi
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II - - - - - -
2. Difusión
.c:-Lii' ChileCo-mpra
Cada parte se compromete a entregar a Ia otra material informativo para difundir los
servicios y las actividades que realicen en beneficio de las MiPymes.
Las partes se comprometen, en el marco de sus facultades y competencias, y dentro de sus
posibilidades, a difundir el material referido en Ia cláusula anterior.
La DIRECCION CHILECOMPRA se reserva el derecho de publicar cuadros comparativos que
permitan a las Mipymes, comparar los productos o servicios ofertados por as Instituciones
de Garantla RecIproca con los entregados por otras empresas.
3. Mecanismos de acceso flexible a instrumentos financieros
La DIRECCION CHILECOMPRA y MULTIAVAL S.A.G.R., acuerdan hacer los mejores esfuerzos
para lograr poner en marcha proyectos que posibiliten a las MiPymes, contar con
mecanismos que les permitan el acceso a instrumentos flexibles en diversos servicios
financieros prestados por MULTIAVAL, adicionales a los Certificados de Fianza, tales como
servicios de asesoramiento técnico, económico, legal y financiero en materias relativas a
ahorro, de crédito y gestión administrativa, evaluación de riesgo, entre otros.
De esta manera, las empresas antes mencionadas podrán aumentar su parficipacion en el
mercado de las compras pCiblicas.
74. Emision de Certificados de Fianza.
MULTIAVAL S.AG.R., deberá emitir los Certificados de Fianza solicifados, de acuerdo a lo
establecido en Ia cláusula quinta del presente Convenio.
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1reccOn
j' ChileComDraIrirovic'Ai • Aci.o Stvuu
QUINTO: CERTIFICADO DE FIANZA
MULTIAVAL S.A.G.R., deberá extender, previo cumplimiento de los procedimientos y
condiciones previstos en a Ley N° 20.179, los Certificados de Fianza solicitados por las
personas jurIdicas o naturales para garantizar Ia seriedad de a oferta o el fiel cumplimiento
de los contratos suscritos o que se suscribirán con los organismos pUblicos de a
Administración del Estado como consecuencia de algün procedimiento de contratación
previsto en Ia Ley N° 19.886 y su Reglamento.
Dicho Certificado de Fianza deberá cumplir con los requisifos establecidos en las bases o
términos de referenda de los procesos de contrataciOn de coda Organismo Püblico
Comprador y con las caracterIsticas establecidos en Ia mencionada Ley N° 19.886 y su
Reglamento contenido en el D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, segin se trate
de certificado de fianza que garantice Ia seriedad de una oferta o el fiel cumplimiento de
un contrato.
El Certificado de Fianza que se emita para los Organismos Püblicos deberá cumplir con el
formafo establecido en el Anexo N° 1 que se adjunta, el cual podia ser modificado por
acuerdo de todas las partes del presente instrumento.
En caso de imprimirse y firmarse en forma manual, dicho formato deberá cumplir con las
siguientes condiciones:
• Tamano 11'x8.5"
• Papel: papel de seguridad Arjomarie 90 gramos, con tinta de seguridad, foliado (y /
código de barra)
El Certificado de Fianza, podia además, ser emitido en forma electrónica, conteniendo
firma digital certificada par una empresa reconocida mundialmente, manteniendo el texto;
tamaño del certificado, y el diseño general indicado en el Anexo N° 1.
En especIfico, el Certificado de Fianza que MULTIAVAL S.A.G.R. extienda para garanfizar el
fiel y oportuno cumplimiento de contrato regido por a Ley 19.886 y su Reglamento, deberá
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II - - - -- --
Diecaán
ChiIeCo-mrainricc5n co
siempre ser pagadero a Ia vista e irrevocable. En tal sentido, si se produjere un
incumplimiento del contrato garantizado suscrito, que origine el cobro del Certificado de
Fianza, éste será pagado siempre a su sola presentación, no procediendo oposición ni
recurso alguno que exima a MULTIAVAL S.A.G.R. de su pago.
SEXTO: DIFIJSION
Las partes acuerdan que será necesaria efectuar actividades de promoción del presente
convenio, as cuales serán previamente acordadas par las partes y coordinadas en su
oportunidad.
SEPTIMO: VIGENCIA
El presente convenio entrará en vigencia en Ia fecha de Ia resolución de Ia DIRECCION
CHILECOMPRA que a apruebe y tendrá una duración indefinida, salvo que alguna de las
partes manifieste par escrito su voluntad de ponerle término, lo que ocurrirá transcurridos
treinta (30) dIas corridos contados desde Ia recepción de Ia respectiva comunicación.
En caso de término del presente convenio, las partes se comprometen a trabajar en
conjunto para realizar de forma satisfactoria todas las actividades que estén en curso a
dicha fecha y las pragramadas en las cuales existan campramisas con terceros.
OCTAVO: COORDINADORES
Can el objeto de velar par el fiel cumplimiento del presente convenio, cada una de las
partes designa.ra un Coordinador. Los nombres y cargos de éstos se comunicarán par
escrito dentro de los cinco dias habiles siguientes a Ia firma del presente convenio
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ChileCornriraft ir ij''i • \L_'u •
NOVENO: EJEMPLARES
Se deja constancia que este convenio se firma en dos ejemplares de igual tenor y fecha,
quedando uno en poder de coda porte.
DECIMO: PERSONERIAS
La personerIa del señor Felipe Goya Goddard, para representar a Ia Dirección de Compras
y Contratación PUblica consta en el Decreto Supremo N°669/2009 del Ministerio de
Hacienda.
La personerIa de don Cristobal Brunetti Jequier para representar a MULTIAVAL S.A.G.R.,
consfa en Ia escritura pCbIica otorgada con fecha 29 de marzo de 2011 en Ia
Cuadragésima Primera Notarla de Santiago de Don Felix Jara Cadot.
-
,,/CRI T0BA)._&RUNETTI JEQUIER&(RENTE GENERALMultiaval S.A.G.R. Dirección
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FELIPE GOYQDIARD
*DIRECTOF
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ANEXO N° I
CERTIFICADO DE FIANZANOMNAiiVO
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ChileCompraIflracOri Acco •
DIRECCIÔN DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
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MULTIAVAL S.A.G.R.
En Santiago de Chile, a 01 de agosto de 2011, entre Dirección de Compras y Contratación
PUblica, en adelante DIRECCION CHILECOMPRA a Ia DCCP, instituciOn de derecho pUblico
Rut N° 60.808.000-7, representada par su Director don Felipe Goya Goddard, ingeniera civil,
cédula de identidad N° 9.098.741-0, ambos domiciliados en Santiago, calle Monjitas 392,
piso 8° piso, y MULTIAVAL S.A.G.R., RUT N° 76.138.346-9 representada par Cristóbal Brunetti
Jequier, ingeniera comercial, cédula de identidad N° 10.669.446-K, ambos domiciliados en
calle José Manuel Infante 146, oficina N° 1, comuna de Providencia, Santiago, han
convenido celebrar un Convenio de Colaboración, de acuerdo a los términos siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES.
MUTIAVAL S.A.G.R. es una instituciOn de garantia recIpraca, constituida conforme a lo
dispuesto en Ia Ley 20.179, publicada en el Diana Oficial el 20 de jun10 de 2007, que tiene
par objeto otorgar garantias a los acreedores de sus beneficiarios, con Ia finalidad de
caucionar obligaciones que ellos contraigan, relacionadas con sus actividades
empresariales, productivas, profesionales a comerciales. MULTIAVAL S.A.G.R. puede, entre /4
otras finalidades, caucianar abligaciones de dar, hacer a no hacer, Ia que le permite
garantizar abligaciones de seriedad de Ia oferta y de fiel cumplimiento de cont rota, ante el
respectivo organismo del Estado que exija Ia constitución de garantIas destinadas al
cumplimiento de dichas obligaciones.
La DIRECCION CHILECOMPRA es un servicia pUblico descentralizado, sometido a a
supervigilancia del Presidente de Ia RepUblica a través del Ministeria de Hacienda,
responsable del desarrollo y administración de un sistema de compras pUblicas de
JuII
Dir rcr
ChileCompra
excelencia cuya misión es crear valor en el Mercado Püblico, para que los compradores del
Estado puedan hacer su trabajo cada dIa de manera más transparente y eficienfe y que os
proveedores tengan más facilidad de acceso.
SEGUNDO: OBJETO
La DirecciOn ChileCompra y MULTIAVAL S.A.G.R. acuerdan desarrollar sus mejores esfuerzos
para promover medidas que faciliten el acceso de las micro, pequenas y medianas
empresas existentes en el país, en adelante, las Mipymes, al mercado püblico, en
especIfico, dar difusión a Ia nueva garantla Ilamada Certificado de Fianza, establecida en
Ia Ley 20.179 de 2007, que establece un marco legal para Ia constitución y operación de
Sociedades o Insfifuciones de Garantla RecIproca y promover el uso de esfe nuevo
instrumento en el mercado pibIico regido por Ia Ley N° 19.886 y su Reglamento.
TERCERO: DEFINICIONES
Para los efectos del presente instrumento, se entenderá par:
1. IGR: sociedades anónimas y cooperativas creadas de conformidad a a dispuesto par Ia
Ley N° 20.179, cuyo objeto principal es garantizar obligaciones contraidas par empresas
beneficiarias para con sus acreedores.
2. Beneficiario: personas naturales o jurIdicas, en especial micra, pequena o medianas
empresas que solicitan una garantla a las IGRs existentes en el mercado que hayan suscrito
Convenios de esfa naturaleza.
3. Acreedor: arganisma pUblico comprador de Ia Administración del Estado, sujeto a Ia Ley
19.886 y su Reglamento
4, Certificado de Fianza: instrumento de garantla otargado por MULTIAVAL S.A.G.R. que
cauciona obligaciones financieras, de dar, de hacer o no hacer de un beneficiario con un
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3DrecciOn
ChileCompraInrivcni Acco SCrVUL
acreedor. En el certificado se consignará a individualización de Ia entidad, el afianzado, y
del acreedor, Ia singularidad de las obligaciones afianzadas y el monto al cual se extiende
Ia fianza.
CUARTO: ACTIVIDADES A REALIZAR
Para el cumplimienfo del objeto del presente convenio, se han definido las siguientes
actividades a realizar:
1. Capacitaciones
La DIRECCION CHILECOMPRA y MULTIAVAL S.A.G.R. realizarán en conjunto, baja a
condición de que exista los recursos disponibles por parte de éstas, charlas yb talleres para
Mipymes, relativas a temas de asesoramienfo finandero, en parficular, de acceso a Imneas
de garantIa para generar sabre ellas Certificados de Fianza, que potencien Ia participacian
compefitiva de dichas empresas en el mercado de las compras pUblicas.
Para estos efectas, MULTIAVAL S.A.G.R., aportará relatores espedalizados, además de
elaborar y entregar los contenidos para el desarrollo de las charlas, los cuales deberán ser
aprobados por Ia DIRECCION CHILECOMPRA. Asimismo, MULTIAVAL S.A.G.R. dispondrá
salones yb talleres técnicos que se requieran para estos efectos.
Par su porte, Ia DIRECCION CHILECOMPRA se compromete a aportar las salas
correspondientes a sus Centros Chilecompra para Ia realización de las charlas yb talleres
que las parfes acuerden.
Las temáticas y las condiciones generales de las charlas yb talleres serán acordadas de
comün acuerdo en cada casa, siendo siempre gratuitas para los empresarias Mipymes. Las
convocatorias serán realizadas par Ia Direcciôn ChileCompra yb MULTIAVAL S.A.G.R.,
siempre contando una parte con a venia de Ia otra.
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2. Difusión
J\ [)recdOn
Lid' ChileComiranncvac:1n Acco
Cada porte se compromete a entregar a Ia otra material informativo para difundir los
servicios y las actividades que realicen en beneficio de las MiPymes.
Las partes se comprometen, en el marco de sus facultades y competencias, y dentro de sus
posibilidades, a difundir el material referido en Ia cláusula anterior.
La DIRECCION CHILECOMPRA se reserva el derecho de publicar cuadros comparativos que
permitan a las Mipymes, comparar los productos a servicias ofertados por las Instituciones
de Garantla RecIproca con los entregados par otras empresas.
3. Mecanismos de acceso flexible a insirumentos financieros
La DIRECCION CHILECOMPRA y MULTIAVAL S.A.G.R., acuerdan hacer los mejores esfuerzos
para lograr poner en marcha proyectos que posibiliten a las MiPymes, contar con
mecanismos que es permitan el acceso a insrumentos flexibles en diversos servicios
financieros prestados por MULTIAVAL, adicionales a los Certificados de Fianza, tales coma
servicios de asesoramiento técnico, económico, legal y financiero en materias relatives a
aharro, de crédito y gestión administrativa, evaluación de riesga, entre otros.
De esta manera, las empresas antes mencionadas padrán aumentar su participación en el
mercado de las compras püblicas.
4. Emisión de Certificados de Fianza.
MULTIAVAL S.AG.R., deberá emitir los Certificados de Fianza solicitados, de acuerdo a lo
establecido en Ia cláusula quinta del presente Convenia.
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DnecoOnChileComprariricOn • SeIvUu
QUINTO: CERTIFICADO DE FIANZA
MULTIAVAL S.A.G.R., deberá extender, previo cumplimiento de los procedimientos y
condiciones previstos en Ia Ley N° 20.179, os Certificados de Fianza solicitados pci las
personas jurIdicas o naturales para garantizar Ia seriedad de Ia oferta o el fiel cumplimiento
do los contratos suscritos o que se suscribirán con los organismos pUblicos de Ia
Administración del Estado como consecuenda de algCin procedimiento de contrataciOn
previsto en Ia Ley N° 19.886 y su Reglamento.
Dicho Certificado de Fianza deberá cumplir con los requisitos establecidos en las bases o
férminos de referenda de los procesos de contratación de cada Organismo PUblico
Comprador y con las caracterIsticas establecidos en Ia mencionada Ley N° 19.886 y su
Reglamento contenido en el D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, segUn se trate
de certificado de fianza que garantice a seriedad de una oferfa o el fbi cumplimienfo de
un confrafo.
El Certificado do Fianza quo so emita para los Organismos PUblicos deberá cumplir con el
formato establecido en el Anexo N° 1 quo se adjunta, el cual podrá ser modificado por
acuerdo do todas las partes del presente instrumento.
En caso de imprimirse y firmarse en forma manual, dicho formato deberá cumplir con las
siguientes condiciones:
• Tamano 11" x 8.5"
• Papei: papel de seguridad Arjomarie 90 gramos, con tinta do seguridad, foliado (y/
código do barra)
El Certificado de Fianza, podrá además, ser emitido en forma eiectrónica, conteniendo
firma digital certificada por una empresa reconocida mundialmente, manteniendo ei texto;
tamaño del certificado, y el disoño general indicado en el Anexo N° 1.
En especIfico, el Certificado de Fianza que MULTIAVAL S.A.G.R. extienda para garantizar el
fiel y oportuno cumplimionto do contrato regido por Ia Ley 19.886 y su Reglamento, deberá
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Li' ChileComQraA.c^a
siempre ser pagadero a Ia vista e irrevocable. En tal sentido, Si se produjere un
incumplimiento del contrato garantizado suscrifo, que origine el cobra del Certificado de
Fianza, éste será pagado siempre a su sola presentación, no procediendo oposición ni
recurso alguno que exima a MULTIAVAL S.A.G.R. de su pago.
SEXTO: DIFLJSION
Las partes acuerdan que será necesario efectuar actividades de promoción del presente
convenio, las cuales serán previamente acordadas por las partes y coordinadas en su
oportu nidad.
SPTIMO: VIGENCIA
El presente convenio entrará en vigencia en Ia fecha de Ia resolución de Ia DIRECCION
CHILECOMPRA que lo apruebe y tendrá una duración indefinida, salvo que alguna de las
partes manifieste por escrito su voluntad de ponerle término, lo que ocurrirá transcurridos
treinta (30) dIas corridos contados desde Ia recepción de Ia respectiva comunicación.
En caso de término del presente convenio, las partes se comprometen a trabajar en
conjunto para realizar de forma satisfactoria todas las actividades que estén en curso a /dicha fecha y las programadas en las cuales existan compromisos con terceros.
OCTAVO: COORDINADORES
Con el objeto de velar par el fiel cumplimiento del presente convenio, cada una de las
partes designara un Coordinador. Los nombres y cargos de éstos se comunicarán par
escrito dentro de los cinco dias habiles siguientes a Ia firma del presente convenio
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r:':ChiIeComraInn yj iii I .Lr Ii
NOVENO: EJEMPLARES
Se deja constancia que esfe convenio se firma en dos ejemplares de igual tenor y fecha,
quedando uno en poder de cada parte.
DECIMO: PERSONERIAS
La personerla del señor Felipe Goya Goddard, para representar a a DirecciOn de Compras
y Contratación Pöblica consfa en el Decreto Supremo N°669/2009 del Ministerio de
Hacienda.
La personerla de don Cristobal Brunetti Jequier para representar a MULTIAVAL S.A.G.R.,
consfa en Ia escritura pCiblica otorgada con fecha 29 de marzo de 2011 en Ia
Cuadragesima Primera Notarla de Santiago de Don Felix Jara Cadot.
CRISTQBAL BRUNETTI JEQUIERERENTE GENERAL
/ Multiaval S.A.G.R.
/FELIPEG,OMA GOD DARD
Dkccon:P bi ica
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JNEXO N° 1
CER1IFICADO DE FIANZANcr1w4AT IV(D
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0i CI ia vigu nIete ru rists,
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multiaval '
Santiago, agosto 2 de 2011
Señor,Marcelo MosqueraJefe Unidad Servicios EmpresarialesDirección ChilecompraPresente
Estimado Marcelo,
Junto con agradecer tu gestiOn en Ia suscripción del convenio entre esa Dirección de Compras yMultiaval SAGR, te hago Ilegar las 2 copias del referido convenio, firmadas por nuestro GerenteGeneral, Cristobal Brunetti Jequier, para Ia firma del Director Goya.
Quedo atenta a tu respuesta para poder iniciar operaciones cuanto antes y designar a nuestrocoordinador del convenio.
Muy cordiales saludos,
/
/ MarIa Veronica BatT.eréritéde AdmiiiistraciOn y ContralorIa
Adj: lo indicado