Derecho
Internacional Público
Alberto Vega Hernández
Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos
Apuntes de Investigación y divulgación científica
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Derecho Internacional Público.
Apuntes de investigación y divulgación científica.
© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.
Prolongación Paseo de la Reforma No. 530, 2º piso,
Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219.
Ciudad de México, Distrito Federal.
Primera edición: mayo de 2010.
Autor: Alberto Vega Hernández.
Las opiniones vertidas de estos apuntes son responsabilidad del autor.
Manual de distribución gratuita, prohibida su venta.
Impreso en México.
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UNIDAD I
NATURALEZA Y SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1.1 Sociedad Internacional y Derecho Internacional Público ...................................................10
1.2 El Derecho Internacional Público como derecho de coordinación .................................10
1.3 Del Derecho Internacional Público del conflicto al Derecho Internación de la
cooperación ..............................................................................................................................................11
1.4 Particularidades de la sanción en el Derecho Internacional Público.............................11
1.5 Los sujetos del Derecho Internacional Público ........................................................................12
1.6 Personalidad Jurídica Internacional ..............................................................................................12
1.7 Soberanía y Derecho Internacional Público ...............................................................................12
1.8 El Estado Soberano ................................................................................................................................13
1.8.1 Concepto y elementos del Estado.......................................................................................13
1.8.2.1 Reconomiento de Estados ......................................................................................13
1.8.2.2 Reconomiento de Gobiernos.................................................................................14
1.8.2.3 Doctrinas sobre reconomiento de los Gobiernos .......................................14
1.8.3 Sucesión de Estados ..................................................................................................................15
1.8.4 Uniones de Estados ...................................................................................................................15
1.8.5 El Federalismo .............................................................................................................................16
1.8.6 Protectorados ..............................................................................................................................16
1.8.7 Estados en neutralidad perpetúa .......................................................................................16
1.8.8 La ciudad del Vaticano .............................................................................................................16
1.8.9 Mandatos y territorios en régimen de administración fiduciaria ......................17
1.8.10 Territorios internacionalizados .......................................................................................17
1.9 Las Organizaciones Internacionales ..............................................................................................17
1.9.1 Evolución histórica de la Organización Internacional .............................................17
1.9.2 La Sociedad de Naciones.........................................................................................................17
1.9.3 La Organización de Naciones Unidas ................................................................................18
1.9.4 Los Organismos Especializados de la ONU ....................................................................18
1.9.5 Organismos regionales ............................................................................................................20
1.9.5.1 Organismos regionales en Europa ......................................................................20
6
1.9.5.2 Organismos regionales en Asia y África ...........................................................20
1.9.5.3 Organismos regionales en América ....................................................................20
1.10 El individuo como sujeto de Derecho Internacional Privado .........................................20
1.11 Las Organizaciones no gubernamentales .................................................................................21
UNIDAD II
CREACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA INTERNACIONAL E INSTRUMENTOS DE LAS
RELACIONES INTERNACIONALES
2.1 Complejidad en la creación de la norma jurídica internacional.......................................22
2.2 Los Tratados Internacionales como fuente del Derecho Internación Público ..........22
2.2.1 Procedimiento de conclusion de los Tratados Internacionales ...........................22
2.2.2 Las reservas ..................................................................................................................................23
2.2.3 Registro y publicacion de los Tratados Internacionales .........................................23
2.2.4 Interpretación de los Tratados Internacionales..........................................................23
2.2.5 Los efectos de los Tratados Internacionales .................................................................24
2.2.6 Extinción de los Tratados Internacionales ....................................................................24
2.3 La Costumbre Internacional ..............................................................................................................24
2.4 Los principios generales del Derecho ...........................................................................................24
2.5 La Jurisprudencia y la doctrina ........................................................................................................25
2.6 El Derecho Internacional Resolutivo .............................................................................................25
2.7 Congresos y conferencias....................................................................................................................25
2.8 Los actos unilaterales ...........................................................................................................................25
UNIDAD III
DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR
3.1 Órganos nacionales ................................................................................................................................26
3.1.1 Jefe de Estado ...............................................................................................................................27
3.1.2 Ministro de Asuntos Exteriores...........................................................................................28
3.2 Agentes diplomáticos ............................................................................................................................28
7
3.2.1 Clasificación de agentes diplomáticos .............................................................................28
3.2.2 Inicio y terminación de la función diplomática ...........................................................29
3.2.3 Inmunidades y privilegios diplomáticos .........................................................................29
3.2.4 La paradiplomacia .....................................................................................................................30
3.2.5 Asilo diplomatico........................................................................................................................30
3.3 Agentes consultares...............................................................................................................................31
3.3.1 Función y definición .................................................................................................................31
3.3.2 Inicio y terminación de la función consultar ................................................................31
3.3.3 Inmunidades y privilegios consulares .............................................................................31
UNIDAD IV
RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL
4.1 Concepto y elementos constitutivos de la responsabilidad internacional ..................32
4.2 Evolución en le fundamneto jurídico de la responsabilidad internacional ................32
4.3 Efectos de la responsabilidad internacional ..............................................................................32
4.4 Responsabilidad por daños al ambiente......................................................................................33
4.5 Modalidades en la reparación de los daños al medio ambiente.......................................33
UNIDAD V
ÁMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ DE LAS ACTIVIDADES DEL ESTADO
5.1 Derechos territoriales...........................................................................................................................34
5.2 Delimitación del espacio terrestre .................................................................................................34
5.3 El espacio marino ...................................................................................................................................34
5.3.1 Las aguas interiores ..................................................................................................................35
5.3.2 El mar territorial ........................................................................................................................36
5.3.3 La zona contigua .........................................................................................................................36
5.3.4 La plataforma continental ......................................................................................................36
5.3.5 La zona económica exclusiva ................................................................................................37
5.3.6 El Alta mar .................................................................................................................................. 387
8
5.3.7 La zona ............................................................................................................................................38
5.3.8 Los estrechos ................................................................................................................................38
5.3.9 Las islas y los Estados archipelágicos ..............................................................................39
5.3.10 Mares cerrados o semicerrados .......................................................................................39
5.3.11 Los Estados sin litorial ..........................................................................................................39
5.3.12 La protección el medio marino y la reglamentación internacional de la
investigación científica marina .......................................................................................................40
5.3.13 Ríos internacionales y canales internacionales ........................................................40
5.4 El espacio áreo .........................................................................................................................................40
5.5 El espacio ultraterrestre ......................................................................................................................41
UNIDAD VI
MEDIOS DE SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES
6.1 Problemática de los conflictos internacionales ........................................................................42
6.2 Medios pacíficos para la solución de controversias internacionales .............................42
6.3 Las diferencias comerciales y sus alternativas de solución ...............................................44
6.4 La experiencia mexicana en la solución de controversias internacionales ................44
UNIDAD VII
DERECHO DE PREGUERRA Y GUERRA
7.1 Derecho de preguerra ...........................................................................................................................45
7.1.1 Limitación del recurso de guerra en la sociedad internacional...........................45
7.1.2 El desarme .....................................................................................................................................46
7.1.3 La seguridad colectiva .............................................................................................................46
7.1.4 La invervención...........................................................................................................................47
7.1.5 La retorsión, las represalias y el bloque pacífico ........................................................47
7.2 Derecho de guerra ..................................................................................................................................48
7.2.1 Fuentes convencionales ..........................................................................................................48
7.2.2 Legítima defensa ........................................................................................................................48
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7.2.3 Comienzo y fin de la guerra ...................................................................................................49
7.2.4 Neutralidad ...................................................................................................................................49
7.2.5 Responsabilidad penal internacional ...............................................................................49
7.2.6 Indemnización y reparación de guerra ...........................................................................50
UNIDAD VIII
EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO ANTE LOS DESAFÍOS
CONTEMPORÁNEOS
8.1 Derecho Internacional Humanitario de Ginebra a la Haya .................................................51
8.2 El derecho de guerra, frente al desafío de la tecnoloíga militar .......................................51
8.3 Terrorismo y derecho internacional público ............................................................................52
8.4 Narcotrafico y delincuencia organizada trasnacional ...........................................................52
8.5 Dignidad humana y el desarrollo científico del genoma humano ...................................52
8.6 La respuesta internacional de los delitos informáticos .......................................................53
8.7 Derecho internacional del medio ambiente. ..............................................................................53
8.8 Integración económica, soberania y derecho internacional ..............................................53
Bibliografía ............................................................................................................................ 54
10
UNIDAD I
NATURALEZA Y SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1.1 Sociedad Internacional y Derecho Internacional Público
La sociedad internacional y comunidad internacional corresponden a nociones
diferentes. Los estados y las organizaciones internacionales, los sujetos típicos del
derecho internacional forman más una sociedad que una comunidad. Algunas
características principales de sociedad internacional son:
Esta formada por Estados.
Hay un número creciente de ellos.
Los estados son jurídicamente iguales.
La ONU es considerada la autoridad internacional aunque esta actúa
imperfectamente.
Otros sujetos importantes son los organismos internacionales.
Concepto de Derecho Internacional Público.- Se encuentra dentro del Derecho
Público y se define como un conjunto de normas jurídicas que estudian y regulan las
relaciones entre los Estados y Organizaciones Internacionales.
1.2 El Derecho Internacional Público como derecho de coordinación
a) Dualismo.- Establece que en el Derecho Internacional Público y derecho
interno son dos órdenes jurídicos distintos e independientes. No puede llegar a
existir conflicto alguno entre ellos. También plantea un mecanismo de
incorporación, su problema es que no explica temas como la responsabilidad
internacional.
b) Mononismo.- Raíz mono uno, el orden jurídico es sólo uno y que hay
separación entre normas nacionales e internacionales, existe una relación de
subordinación entre ellas.
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Si prevalecen normas internas se trata de un sistema monista
nacionalista.
Si prevalece lo internacional o nacional hablamos de monistas
internacionales.
c) Tesis Coordinadoras o Conciliadoras.- Explican que existe un solo sistema
jurídico, pero la relación entre normas internas e internacionales son de
coordinación y no de subordinación en México incorpora normas de
incorporación caso de aprobación por el Senado.
1.3 Del Derecho Internacional del conflicto al Derecho Internacional de la
cooperación
La sociedad internacional oscila entre cooperación y el conflicto, entre mayor
cooperación internacional exista, menos probabilidad hay de que exista un conflicto
armado entre Estados, pero si los países no establecen lazos de cooperación entre
ellos está el riesgo de confrontación.
1.4 Particularidad de la sanción en el Derecho Internacional Público
La comunidad internacional carece de autoridad central. Por lo tanto la sanción,
únicamente puede llevarse a cabo por los mismos Estados y por algunas
organizaciones internacionales.
Los medios lícitos de sanción son:
Retorsión.- Respuesta a un acto lícito pero poco amistoso, ejemplo, la ruptura
de relaciones diplomáticas, la imposición de restricciones o la retirada a uno u
otros cónsules.
Represalias pacíficas.- Injerencias jurídicas del Estado lesionado, en bienes o
derechos del Estado culpable, a fin de que cumpla con su responsabilidad
internacional, ejemplos: confiscación de bienes del Estado, negociación de pago
de una deuda, incumplimiento de un tratado vigente.
12
Legítima defensa.- Es un derecho que asiste a todos los Estados, regulada por
el art. 51 de la carta de la ONU. Facultad para actuar inmediatamente contra
agresiones lícitas de otros Estados contra el territorio, buques, fuerza armada,
aeronaves.
Autoprotección.- Facultad de un Estado para proteger a sus nacionales en otro
país, cuando las autoridades incumplen con brindarles protección de calidad
de extranjeros; ejemplo: el rescate de los agentes diplomáticos secuestrados en
la embajada de los EEUU de Teherán.
Sanciones de las Organizaciones Internacionales.- Las O.I están facultadas
para imponer sanciones lícitas, como las impuestas por el Consejo de
Seguridad de la ONU a través de resoluciones. Puede ir desde indicaciones
hasta la intervención armada de las fuerzas de paz multinacionales.
1.5 Los sujetos del Derecho Internacional Público
Pueden ser personas jurídicas o personas físicas con derechos y obligaciones en el
ámbito jurídico internacional.
1.6 Personalidad jurídica internacional
Tener personalidad es sinónimo de ser sujeto del Derecho Internacional Privado de
tener derecho y obligaciones jurídicas internacionales.
1.7 Soberanía y Derecho Internacional Público
El concepto de soberanía se ha transformado sustancialmente a lo largo de la historia.
Su definición en derecho como el poder absoluto y supremo.
13
1.8 El Estado Soberano
Estado Soberano es una comunidad perfecta y permanente, capaz de gobernarse
plenamente a sí misma en forma independiente, debe tener capacidad para imponer
su propio ordenamiento jurídico y mantener relaciones jurídicas internacionales.
Es el poder absoluto y supremo del Estado nación.
1.8.1 Concepto y elementos del Estado
Población asentada en un territorio y con un gobierno lo suficientemente fuerte para
mantener el orden interno y el respeto exterior. Los elementos del Estado son:
población, territorio y gobierno.
1.8.2 Teoría del Reconocimiento
Es el surgimiento de un nuevo Estado, o bien, el cambio de la forma de un gobierno.
1.8.2.1 Reconocimiento de Estados
Es el acto por el cual las demás naciones de la comunidad internacional se hacen
sabedoras de que ha surgido a la vida internacional un nuevo ente; es decir, cuando
surge un nuevo país como resultado de un movimiento de independencia o de
descolonización.
Existen 2 teorías:
1. La Teoría Declarativa.- Establece que siempre y cuando existan los elementos
del Estado soberano, la opinión de los terceros Estados tienen efectos
declarativos.
14
2. La Teoría Constitutiva.- El reconocimiento de los Estados de la Comunidad
Internacional es esencial, sin ese reconocimiento no puede hablarse de un
nuevo Estado.
1.8.2.2 Reconocimiento de Gobiernos
Sucede cuando cambia la forma de gobernar de un Estado. Puede ser de 2 tipos:
Cambios habituales de gobierno.- Por medio de elecciones.
Cambios violentos por golpe de Estado o Revolución.- Implica
transformación.
1.8.3 Doctrinas sobre el reconocimiento de gobiernos
La doctrina Jefferson 1. Únicamente reconoce a los gobiernos democráticos
La doctrina Tobar 2. No reconoce gobiernos surgidos de revoluciones o
golpes de Estado.
La doctrina Wilson 3. Establece que todo Estado aceptado como miembro
de la ONU debe ser reconocido como legítimo.
La doctrina Estrada 4. También conocida como doctrina México. Se limita a
mantener o retirar relaciones diplomáticas con el nuevo
gobierno, sin otorgarle su reconocimiento de forma
expresa.
La doctrina Díaz Ordaz 5. Menciona que los movimientos de liberación nacional
no constituyen gobiernos legítimos.
6. Considera como gobierno legítimo a aquel creado por
la voluntad de la nación (voluntad popular).
7. Fundamenta el reconocimiento de gobiernos en la
regla de la legitimidad. Fue inconsistente en la práctica.
8. Retoma la doctrina Estrada, y su objetivo es la
continuidad en las relaciones diplomáticas con América
15
Latina.
1.8.3 Sucesión de Estados
Se presenta cuando un Estado, voluntariamente o por fuerza, se integra en otro, o
cuando es desmembrado y absorbido en parte o por otros. Un ejemplo es la
transformación de la URSS.
Tratados.- Unión o separación de Estados, se deben seguir cumpliendo los
tratados vigentes.
Población.- Se adquiere la nacionalidad del Estado anexante, se refiere parte
del territorio, por medio de un plebescito de anexión.
Las deudas públicas.- No son transferibles en caso de anexión total
(desaparece el Estado anexado) y se distribuirán entre los Estados anexantes si
solo se anexo territorio a un tercer Estado.
1.8.4 Uniones de Estados
Cuando dos Estado tienen un Jefe de Estado en común y es de dos tipos:
Unión Personal.- Cuando por las layes de sucesión, el mismo monarca ocupa el
trono de dos países en forma temporal. Ejemplo: Holanda y Luxemburgo,
Bélgica y el Congo, la reina de Inglaterra funge como Jefe de Estado de Canadá,
Australia y Nueva Zelanda.
Unión Real.- Unión Voluntaria de dos Estados Soberanos se unen bajo el
mismo monarca para dar nacimiento a una sola persona internacional,
cediendo prerrogativas individuales. Ejemplo: Confederaciones Modernas y la
Unión del Imperio Austro-Húngaro.
16
1.8.5 El Federalismo
Asociación de varios Estados con la finalidad de lograr los objetivos que les son
propios, existió desde la Grecia Clásica con las ligas Anfictiónicas y en época moderna
se manifiesta como Federación o Confederación.
Federación.- Las partes integrantes ceden su soberanía a la Federal.
Confederación.- Son Estados Soberanos e independientes.
1.8.6 El Protectorado
Es la institución del DIP en la que dos Estados establecen una relación por la cual uno
de ellos (Estado protegido) cede al otro (Estado protector) el ejercicio de ciertas
competencias que aparecen determinadas en un tratado que da origen al protectorado.
Por ejemplo, el principado de Mónaco, que es protectorado francés, San Marino,
protegido por Italia, o Liechtenstein representado por Suiza en lo internacional.
1.8.7 Estados en neutralidad perpetúa
Se llaman así los Estados que por medio de un estatuto se comprometen a no
participar en las guerras que tengan lugar entre terceros países, ni a comenzar una
guerra por propia iniciativa, excepto en caso de legítima defensa. En la actualidad, esta
figura tiende a desaparecer, ya que el último país en neutralidad perpetua –Suiza-,
ingresó como miembro de la ONU en 2002.
1.8.8 La ciudad del Vaticano
Se creo el 11 de febrero de 1929, establece que Italia reconoce la plena propiedad y
absoluta soberanía sobre el Vaticano a la Santa sede, compuesta por la reunión del
Pontífice romano (Papa) y organismos superiores de la curia romana.
17
1.8.9 Mandatos y territorios en régimen de administración fiduciaria
No existen actualmente fueron establecidos en el Pacto de la Sociedad de las Naciones,
con objetivo de que un país desarrollado (mandatario) tutela a un país en vías de
desarrollo (mandante). Actualmente tal figura es administración fiduciaria en la Carta
de la ONU.
1.8.10 Territorios internacionalizados
Consistía en el sometimiento a administración internacional de algunos territorios
como Tánger, o Berlín; actualmente son territorios internacionales. La Antártica,
espacio cósmico, fondos marinos y océanos no son susceptibles de apropiación por
ningún Estado.
1.9 Las Organizaciones Internacionales
Son sujetos del DIP creados mediante tratado internacional, con personalidad jurídica
diferente a la de sus miembros, con la finalidad de gestionar intereses colectivos de un
grupo de Estado o comunidad internacional. Ejemplo: es la ONU Y OEA Y Unión
Europea.
1.9.1 Evolución histórica de la Organización Internacional
Remota al siglo XL a C, tiene sus orígenes al término de la primera guerra mundial, con
la llamada Sociedad de Naciones (SN)
1.9.2 La Sociedad de Naciones
Se debe al presidente Wilson fue adoptado por la Conferencia de Paz del 28 de abril de
1919 después de incluidos los tratados de paz.
18
1.9.3 La Organización de Naciones Unidas
Se divide primer artículo en propósitos el segundo en sus principios.
1. Paz y Seguridad internacionales
Propósitos 2. Relaciones de amistad entre las naciones
de la 3. Cooperación Internacional
ONU 4. Armonización de esfuerzos para lograr propósitos
1. Igualdad soberana de Estados
2. Buena fe
3. Arreglo de controversias
Principios 4. Prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza
de la 5. Jurisdicción interna de los Estados
ONU 6. Asistencia a las Naciones Unidas
7. Autoridad de las NU sobre Estados no miembros
8. No intervención
1.9.4 Los Organismos Especializados de la ONU
Cuenta con órganos principales y organismos especializados.
1. Asamblea General (AGONU)
2. Consejo de Seguridad (CS)
Órganos 3. Consejo Económico y Social (ECOSOC)
Principales 4. Consejo de Administración Fiduciaria (CAF)
5. Corte Internacional de Justicia (CIJ)
6. Secretaría General (SG)
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Son organizaciones autónomas que trabajan con las Naciones Unidas y bajo un
mecanismo de cooperación.
1. OIT (Organización Internacional del Trabajo.
2. FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación).
3. UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación la
Ciencia y la Cultura).
4. OMS (Organización Mundial de la Salud).
5. Grupo del Banco Mundial: BIRF (Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento), AIF (Asociación Internacional de
Fomento), CFI (Corporación Financiera Internacional), OMGI
(Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones), CIAD (Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones).
Órganos 6. Consejo Económico y Social (ECOSOC).
Especiales FMI (Fondo Monetario Internacional).
7. OACI (Organización de Aviación Civil Internacional).
8. OMI (Organización Marítima Internacional).
9. UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones).
10. UPU (Unión Postal Universal).
11. OMM (Organización Meteorológica Mundial).
12. OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual).
13. FIDA (Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola).
14. ONUDI (Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Industrial).
15. Otros son UNICEF, UNIFEM, ACNUR.
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1.9.5 Organismos Regionales
Se crea para propósitos de la ONU. El Art. 52 de la Carta de la ONU, permite existencia
de acuerdos u organismos regionales el fin es entender los asuntos relativos a la paz y
seguridad internacional.
1.9.5.1 Organismos Regionales en Europa
Son: el Consejo de Europa, Unión Occidental o Unión Europea, la Organización del
tratado del Atlántico Norte, la Organización de Cooperación y desarrollo económico y
Unión Europea.
1.9.5.2 Organismos Regionales en Asia y África
En Asia, encontramos a la Liga Árabe, al ANZUS (Tratado entre Australia, Nueva
Zelanda y EUA), la ASEAN (Sureste asiático) y el APEC (Mecanismo de cooperación
económica de Asia-Pacífico).
En África, algunos mecanismos regionales, la ECOWAS (Comunidad Económica de los
Estados de África Occidental) y la CEAO (Comunidad Económica del África del Oeste).
1.9.5.3 Organismos Regionales en América
Es la OEA (Organización de los Estados Americanos) cuyos propósitos son similares a
la ONU y el TLCAN.
1.10 El individuo como sujeto de Derecho Internacional Público
El individuo es sujeto del DIP en casos de excepción:
1) Como destinatario de las normas jurídicas sobre derechos humanos en el
ámbito internacional, ejemplo, declaración universal de los derechos del
21
hombre, pacto internacional sobre derechos económicos, sociales y culturales,
el pacto internacional sobre derechos civiles y políticos.
2) Cuando la conducta del individuo configura a tipo delictivo internacional
crímenes contra la humanidad ilícitos en aeronaves y piratería marítima.
1.11 Las Organizaciones no gubernamentales
Son constituidas por la sociedad civil internacional organizada. Quiere decir que
personas físicas que no pertenecen a una institución gubernamental, deciden unir
esfuerzos en torno a un objeto común. Existen ONG´S y son importantes en la
observación del cumplimiento de las normas jurídicas internacionales actúan como
grupos de presión. Algunas son: Greenpeace, Amnistía, Human Rights, Watch.
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UNIDAD II
CREACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA INTERNACIONAL E INSTRUMENTOS DE LAS
RELACIONES INTERNACIONALES
2.1 Complejidad en la creación de la norma jurídica internacional
Los procesos de creación de normas jurídicas son más complejos en el ámbito
internacional que en el nacional sobre todo en Tratados Internacionales.
2.2 Los Tratados Internacionales como fuente del Derecho Internacional
Público
El Derecho Internacional es consuetudinario (emana de la costumbre internacional) y
la principal fuente son los Tratados Internacionales.
Art 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (ECIJ) de la ONU, este tribunal
resolverá las controversias aplicará principios y costumbres.
Tratado puede llamarse como: Acuerdo, protocolo, convenio, pacto, convención,
puede constar de un instrumento o varios y se regirá pro la Convención de Viena.
2.2.1 Procedimiento de conclusión de los Tratados Internacionales
La conclusión o elaboración de un tratado internacional sigue varios pasos:
a) Negociación
b) Adopción del texto
c) Autenticación del texto
d) Manifestación del consentimiento
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a) Negociación.- Su finalidad es fijar la postura oficial de los Estados sobre el
objeto y fin del tratado y establecer el marco general.
b) Adopción del texto.- Es el primer borrador.
c) Autenticación del texto.- Se establece el texto definitivo del tratado o
mediante la firma ad referéndum.
d) Manifestación del consentimiento.- Acto por el cual los Estados se obligan a
cumplir el tratado; en México con la ratificación del Senado de la República.
2.2.2 Las reservas
Art 2 de la CV las define como toda declaración unilateral, hecho por un Estado al
firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o adherirse a él, con el objeto de excluir
o modificar los efectos jurídicos a aprobación a ese Estado.
Solo se admiten cuando no son contrarias al objeto y fin del tratado y cuando no están
prohibidas de manera expresa.
2.2.3 Registro y publicación de los Tratados Internacionales
Art 102 de la Carta de la ONU dice que la falta de registro de un tratado internacional
conlleva la imposibilidad de invocarlo en cualquier foro de las UN no afecta su validez.
Es importante que el Estado depositario, lo registre ante la Secretaria General de
Naciones Unidas.
2.2.4. Interpretación de los Tratados Internacionales
Podrá hacerse con base en:
a) Principio del Sentido Corriente de Términos.- Consiste en interpretar
palabras del tratado en sentido lógico gramatical.
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b) Principio del Contexto.- Al interpretar clausulas deben tomarse en cuanta
preámbulo, anexos y circunstancias.
c) Principio del Objeto y Fin del Tratado.- Función, fin, objeto y propósitos de
los Estados.
d) Principio de buena Fe.- Proceder de manera recta y sin ventaja.
2.2.5 Los efectos de los Tratados Internacionales
Tiene efectos en el tiempo no aplica retroactivamente, y entrará en vigor en fecha que
las partes determinen. En el espacio, la aplicación abarca la totalidad del territorio de
los Estados salvo otra cosa.
2.2.6 Extinción de los Tratados Internacionales
Se regulan por la CV del Art. 54: la voluntad de las partes, denuncia de un Estado, la
violación grave, cambio de circunstancias, la imposibilidad y aparición de nuevas
normas.
2.3 La Costumbre Internacional
Art. 38 del ECIJ la define como: la prueba de una práctica generalmente aceptada
como derecho se desprenden los elementos de:
a) Elemento material.- Práctica constante y uniforme.
b) Elemento espiritual.- Obligatoriedad.
2.4 Los principios generales del derecho
Conjunto de ideas jurídicas generales que sirven como instrumento para la debida
aplicación e interpretación de los tratados y la costumbre o para cubrir alguna laguna
existente entre ellos se encuentran: principio de buena fe, prohibición del abuso del
25
derecho, principio de cosa juzgada, irretroactividad de la ley, la ley derogada en
general.
2.5 La jurisprudencia y la doctrina
Las decisiones judiciales o jurisprudencias también son fuentes del derecho. Pero son
fuentes auxiliares; que pueden apoyar la interpretación de tratados, costumbres o
principios generales del derecho.
2.6 El Derecho Internacional resolutivo
Constituye una fuente del Derecho Internacional Público y son de índole resolutivas,
declarativas y recomendadas. Son determinaciones que se llega alas reuniones
internacionales (congresos y conferencias).
2.7 Congresos y conferencias
Son aquellos foros en los cuales se generan normas jurídicas internacionales y reciben
diferentes nombres: reunión, conferencia, congreso internacional; asisten grupos de
expertos compuesto por diplomáticos y asesores y sus trabajos culminan con una
resolución, declaración o tratado como por ejemplo tenemos a la Cumbre de Río,
Conferencias Especializadas, Rondas de la OMC.
2.8 Los actos unilaterales
Son fuentes de Derecho internacional Público.
Dependientes.- Solo producen efectos jurídicos cuando están vinculados a
otros actos unilaterales o multilaterales (ejemplo: tratados internacionales,
adhesión, firma, ratificación o reserva).
Autónomos.- No requieren de otros para su existencia y son:
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o Notificación.- Comunicación que un sujeto del derecho internacional hace
a otro.
o Reconocimiento.- Estado admite como legítimo a un determinado Estado.
o Protesta.- Estado niega la legitimidad de una determinada situación.
o Renuncia.- Se abandona una determinada pretensión jurídica.
o Promesa.- El Estado se obliga a realizar un determinado comportamiento.
27
UNIDAD III
DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR
3.1 Órganos centrales o nacionales
A través de la creación de órganos administrativos dotados de las facultades
adecuadas a su tarea. Estos órganos se dividen en:
a) Jefe de Estado
1. Órganos centrales o
Nacionales
b) Ministro de Relaciones Exteriores
y
a) Agentes diplomáticos
2. Órganos exteriores
de las Relaciones
Internacionales b) Agentes consulares
3.1.1 Jefe de Estado
Ejerce la función representativa exterior y sus actos en materia internacional:
1. Envío y recepción de agentes diplomáticos y consulares.
2. Conclusión y ratificación de tratados internacionales.
3. Pronunciamiento de la Política Internacional.
4. Alianzas.
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3.1.2 Ministro de Asuntos Exteriores o Canciller
Es el titular del Ministerio o Secretaría de Relaciones Exteriores y su función principal
es actuar como intermediario entre el Jefe de su Estado y demás países.
Los actos de los cancilleres no son actos del Estado determina que:
1. El Canciller es el Jefe de los Embajadores, cónsules y demás agentes.
2. Debe responder las reclamaciones de su Estado.
3. Debe firmar todos los documentos importantes.
4. Puede interpretar los tratados internacionales para su aplicación.
3.2 Agentes diplomáticos
3.2.1 Clasificación de los agentes diplomáticos
La convención de Viena, que cuenta con 141 Estados miembros ha dado la siguiente
clasificación:
a) Embajadores, nuncios.- Son los agentes diplomáticos con mayor rango, se
consideran jefes de misión; los primeros representan al órgano ejecutivo del
Estado, los segundos son los representantes de la Santa Sede.
b) Enviados, ministros e internuncios.- Están por debajo de los primeros y
deben coadyuvar al cumplimiento de funciones de aquellos.
c) Encargados de negocios:
o Ad hoc.- Son los agentes que el gobierno nombra para iniciar relaciones
diplomáticas con un país en particular.
o Ad interim.- Es nombrado para cubrir la ausencia del jefe de misión o
emperador.
29
3.2.2 Inicio y terminación de la función diplomática
La función diplomática inicia con el nombramiento del país de origen. El
nombramiento es la designación de agentes diplomáticos y debe recaer en personas
de validación, cultura y capacidad.
El procedimiento de nombramiento del agente diplomático es regulado por el derecho
interno de cada país.
Término de la misión:
1. Expiración de la función del diplomático
2. Ascenso del agente (ejemplo: de ministro a embajador)
3. El llamamiento del agente para otorgarle otra misión o porque fue declarado
persona non grata.
4. La muerte del agente
5. Renuncia o cese del diplomático
6. Expiración del plazo fijado en la carta credencial
7. Los cambios no constitucionales en el país del agente (e.g. el no reconocimiento
del nuevo gobierno)
8. La guerra entre el país del diplomático y el receptor.
3.2.3 Inmunidades y privilegios diplomáticos
Busca proteger el cargo y no a la persona física tutelar.
Sus derechos no entorpecen al ejercicio de las funciones y las prerrogativas pueden
equipararse al fuero del derecho nacional.
La Convención de Viena establece los privilegios son:
1. Inviolabilidad de la misión, archivos, documentos, medios de transporte y
bienes.
2. Inmunidad de jurisdicción penal, civil y administrativa.
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3. Exención de impuesto predial.
4. Exención fiscal sobre derechos, aranceles, aduanas, impuestos.
5. Exención del pago de impuestos reales o personales.
6. Derecho de no comparecer como testigo.
7. Permitir y proteger libre comunicación con el gobierno.
8. Usar bandera y escudo del Estado.
3.2.4 La Paradiplomacia
Compuesta por los funcionarios ante las OI, los delegados en conferencia
internacionales, los agentes ad hoc, los expertos, los especialistas, los enviados.
Ejemplos de paradiplomáticos:
1. Enviados personales del Jefe del Estado.
2. Representante de México ante la Unión Europea.
3. Delegación Mexicana.
4. Expertos en Ciencia.
3.2.5. Asilo Diplomático
Asilo.- Surge ala par de las misiones diplomáticas permanentes, cuando la
inviolabilidad de la persona del embajador se extendió a su residencia, se dio refugio a
las personas perseguidas.
El Asilo Diplomático.- Es la protección que ciertos sujetos de derecho internacional
pueden otorgar a individuos en el interior de un Estado extranjero son perseguidos
por delitos políticos.
La diferencia entre Asilo y Refugio, son las causas de la persecución. El asilo se otorga
por razones políticas y el refugiado se le brinda a quienes han emigrado por motivos
raciales o religiosas. El asilo puede ser territorial o diplomático.
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3.3 Agentes Consulares
3.3.1 Función y definición
Agentes diplomáticos o Consulares, la diferencia es de carácter político ambos tienen
una función representativa.
Los Agentes Diplomáticos.- Son atribuciones de la Política Exterior.
Los Consulares.- Llevan a la práctica tomadas por los agentes diplomáticos:
o Proteger intereses del Estado.
o Relaciones comerciales, económicas, culturales y científicas.
o Obtener información sobre las condiciones del Estado.
o Expedir pasaportes, viajes, visas y autorizaciones migratorias.
o Actuar como notario y oficial del Registro Civil.
o Velar por los intereses de los menores e incapaces.
3.3.2 Inicio y terminación de la función consular
La función consular inicia cuando el jefe de la oficina consular acredita su
nombramiento por medio de una patente ante el Estado receptor que otorgará el
exequátur o aceptación para ejercer sus funciones.
3.3.3 Inmunidades y privilegios consulares
La Convención de Viena sobre las relaciones consulares, establece las siguientes:
Facilidades.- Todas las necesarias para ejercitar sus funciones.
Privilegios.- Exención fiscal para locales y residencia.
Inmunidades e inviolabilidad.- Inviolabilidad de locales, documentos,
archivos y correspondencia.
32
UNIDAD IV
RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL
4.1 Concepto y elementos constitutivos de la responsabilidad internacional
Es la violación al derecho internacional imputable a un Estado, una organización
internacional u otro sujeto ya sea por acto u omisión que causa daños morales u
materiales a otro Estado. Sus elementos son:
a) Existencia de un acto u omisión.- Viola por derecho internacional de un
Estado a otro.
b) Acto ilícito.- Puede ser imputable al Estado como persona jurídica.
4.2 Evolución en el fundamento jurídico de la responsabilidad internacional
Contiene tres grandes teorías:
1. Tesis de la Falta.- Expuesta por Grocio, también conocida como subjetiva
considera que el hecho que genera la responsabilidad internacional debe ser
además de un contrato una obligación internacional, debe realizarse de manera
culposa (omisión, dolo, negligencia).
2. Tesis del Riesgo.- Expuesta por Antilotti, o teoría objetiva; la responsabilidad
es producto de una relación de causalidad entre la actividad del Estado y hecho
contrario al derecho internacional.
3. Teoría Ecléctica.- Acepta ambos criterios a la vez, no acepta la idea de culpa
sino para actos de omisión.
4.3 Efectos de la responsabilidad internacional
Restitución.- Es empleada cuando puede restablecerse la situación que
debería existir sino hubiera sido alterada por el hecho ilícito. Ejemplo;
restitución de la propiedad, la abrogación anulación de un fallo judicial.
33
Indemnización.- Se aplica cuando la restitución no es posible, consiste en
compensar monetariamente el daño ocasionado, puede ser también por
acuerdo de partes.
Satisfacción.- Forma de reparación de los perjuicios no materiales o morales
se aplican cuando hay faltas al protocolo, o se ofende al Estado. Ejemplo;
presentación de excusas, castigo público, satisfacción pecuniaria.
4.4 Responsabilidad por daños al ambiente
El Estado es responsable internacionalmente de la contaminación ambiental de los
efectos que traspasan sus fronteras afectando a otros Estados o regiones.
La Comisión de Derecho Internacional de las UN inicio en 1949 estableciendo dos
clases de violaciones:
Crimen Internacional.- Toda violación grave de obligaciones esenciales
establecidas por el ius cogens (paz, seguridad, genocidio)
Delito Internacional.- Son aquellos hechos internacionales ilícitos de menor
gravedad, tales como incumplimiento de una cláusula de un tratado
internacional. (la contaminación es un crimen internacional).
4.5 Modalidades en la reparación de los daños al medio ambiente
Hablar de daños al medio ambiente, distinguir la copartición del Estado y de los
exportadores, que realizan actividades ilícitas (comercio, exportación o investigación)
generan daños al medio ambiente. El Estado deberá asumir responsabilidad y
reparación del daño, el exportador asumirá responsabilidad primaria y el Estado
responderá subsidiariamente.
34
UNIDAD V
ÁMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ DE LAS ACTIVIDADES DEL ESTADO
5.1 Derechos territoriales
Son las prerrogativas sobre suelo, aire, agua y espacio cósmico, consiste en poder
disponer de estos recursos para su aprovechamiento, administración, conservación y
explotación.
5.2 Delimitación del espacio terrestre
Está delimitado por fronteras sobre el cual un Estado ejerce su soberanía.
La demarcación inicia con los principios generales por adoptar y su trazo en el
mapa y concluye con la demarcación en el terreno, se toma como base
montañas y ríos.
Otro principio es que se contempla a los fenómenos naturales como zonas
desérticas.
5.3. El espacio marino
Para analizar las partes en que se divide el océano, de conformidad con la Convención
de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), firmada en Montego
Bay, Jamaica, el 10 de diciembre de 1982.
El espacio marino del Estado u océano, se divide en:
Aguas interiores.
Mar territorial
Zona Contigua
Plataforma continental
Zona económica exclusiva
Alta mar
35
La zona
Otros cuerpos acuíferos, como:
Ríos y canales internacionales
Y la reglamentación de:
Los estrechos
Las islas
Los estados archipielágicos
La protección del medio marino y
La reglamentación internacional de la investigación científica
marina.
5.3.1 Las aguas interiores
Son los cuerpos acuíferos en el interior del territorio del Estado: ríos, lagos, lagunas,
bahías, instalaciones portuarias y elevaciones en bajamar. Sobre ellas se ejerce plena
soberanía y no existe derecho de paso inocente.
Línea Base.- Método empleado por la CONVEMAR para saber a partir de donde
comenzar a medirse la anchura del mar territorial existen dos líneas bases:
o Línea de Base Normal.- Es la línea de bajamar a lo largo de la costa.
o Línea de Base Recta.- Se trazan líneas rectas que unen los puntos más
sobresalientes, siguiendo la dirección de la costa.
Paso Inocente.- Es el derecho que tienen los buques de todos los Estados, sean
ribereños o sin litoral, para atravesar el mar territorial y zona económica de
otros estados, los requisitos son:
o Que atraviese sin escalas.
o El paso debe ser rápido e ininterrumpido.
36
o Seguridad y paz.
o Portar bandera de su nacionalidad.
5.3.2 El mar territorial
El mar territorial mide 12 millas marinas a partir de la línea de base. El Estado ejerce
plena soberanía pero debe conceder el derecho de paso inocente.
El Art 2 de la CONVEMAR señala:
1. La soberanía del Estado ribereño se extiende más allá del territorio y aguas
interiores, Estado Archipielagico.
2. Esta soberanía se ejerce al espacio aéreo, mar y subsuelo.
3. Paso inocente consiste en permitir paso continuo, rápido e ininterrumpido a
todo el buque.
5.3.3 La zona contigua
Es la que sigue junto al mar territorial, por tratarse de cuerpos de agua, la CONVEMAR
otorga 12 millas marianas adicionales para que el Estado pueda ejercer sus derechos
territoriales de fiscalización en materia:
Aduanera
Migratoria
Sanitaria y
Fiscal
5.3.4 La zona económica exclusiva (ZEE)
La ZEE es el área marina situada más allá del mar territorial, con una extensión
máxima de 200 millas náuticas, contadas a partir de la línea de base (normal o recta)
37
Sobre ella el Estado ejerce derechos de soberanía sobre los recursos naturales vivos y
no vivos, y jurisdicción de acuerdo a las disposiciones de la CONVEMAR en materia de:
Construcción y utilización de islas artificiales.
Investigación científica marina.
Protección del medio marino.
5.3.5 La plataforma continental
La plataforma continental es una meseta o pedestal en el océano y es parte del
territorio nacional, hasta un límite de 200 m.m.
Es el fenómeno natural que se presenta en el subsuelo marino corresponde a la zona
económica exclusiva. Consiste en una especie de meseta o pedestal, llamado talud
continental que se extiende más allá de las aguas territoriales hasta el Alta mar,
bajando suavemente hasta una línea a partir de la cual se desciende súbitamente a las
zonas de mayor profundidad. La CONVEMAR la considera parte del territorio nacional,
con el límite de 200 millas náuticas a partir de la línea de base.
5.3.6 El Alta mar
El Alta mar es lo que se conoce como aguas internacionales y es patrimonio común de
la humanidad en virtud que no puede ser apropiado por un solo Estado o grupo de
Estados teniendo las siguientes libertades:
Sobrevuelo.
Navegación.
Tendido de cables y tuberías submarinos.
Construcción de islas artificiales y otras instalaciones.
Pesca.
Investigación científica.
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5.3.7 La zona
La zona es el subsuelo marino del Alta mar, es patrimonio común de la humanidad. La
Autoridad Internacional de los Fondos Marinos administra sus recursos minerales y
dirime controversias entre Estados.
La zona corresponde al subsuelo marino del Alta mar, y por lo tanto, el régimen
jurídico aplicable es el mismo:
a) Se considera patrimonio común de la humanidad y ningún Estado soberano
tiene titularidad exclusiva sobre ella.
b) La zona podrá utilizarse exclusivamente son fines pacíficos y para el bien
común de la humanidad.
c) La CONVEMAR da origen a la Autoridad Internacional de Fondos Marinos, con
sede en Jamaica cuya función es regular la exportación de los recursos
minerales existentes en el subsuelo del océano y dirimir controversias de
Estados.
5.3.8 Los Estrechos
Un estrecho es un paso angosto comprendido entre dos tierras y el cual se comunica
un mar con otro. La CONVEMAR establece el llamado derecho de paso en tránsito en
los estrechos, consiste en la libertad de navegación y sobrevuelo para fines de
circulación rápida e ininterrumpida por el estrecho, o entre una parte del Alta mar o
de una zona económica exclusiva y otra parte del Alta mar o del ZEE. Quedan fuera
del ámbito estrechos Daneses, Gran Belt, pequeño Belt, Soud, turcos Pardanelos, canal
de Bósforo o Mar de Mamara.
39
5.3.9 Las islas y los Estados archipelágicos
El máximo de superficie marina no puede ser más de nueve veces la superficie
terrestre y se deberá otorgar el derecho de paso inocente para no interferir con la
navegación territorial.
5.3.10 Mares cerrados o semicerrados
Son el Mar Negro, Mar Báltico o el Mar Caspio. Son aquellos golfos, cuencas o mares
rodeados por dos o más Estados y comunicados con otro mar o con el océano por una
salida estrecha o compuesta entera o de mares territoriales y las ZEE de dos o más
Estados ribereños.
La Convención señala que los Estados ribereños vecinos deberán coordinar la
administración, conservación, explotación y exploración tanto de los mares como de
sus recursos vivos.
5.3.11 Estados sin litoral
Son aquellos que no tienen litoral, costa o salida del mar, como Bolivia, Suiza o Nepal.
Son regulados por la parte X de la CONVEMAR. La finalidad es lograr la igualdad de
derecho y la libre salida al mar de estos países.
Los Estados sin litoral tienen derecho a un pabellón o bandera propia de sus barcos y
tienen derecho de acceso al mar; gozan de libertad de tránsito, no pagan cargas
fiscales, aduaneras ni de ningún tipo.
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5.3.12 Protección del medio marino y reglamentación internacional de la
investigación científica marina
Las únicas medidas verdaderamente eficaces son las que tienen en el plano
internacionalmente, el mar es un ecosistema interconectado. La investigación
científica es un derecho de todos los países, pero también es su obligación fomentarla.
5.3.13 Ríos internacionales y canales internacionales
Tratado de ríos (naturales), canales que son fronterizos (construidos por el hombre),
pueden ser fronterizos, sucesivos y no son objeto del estudio del DIP.
Régimen jurídico de los ríos internacionales:
a) Gestión.- Reglamentación particular sobre puntos concretos en materia fiscal y
con lo que se recaude se realizan obras de mantenimiento o mejora.
b) Libertad de navegación.- Se extiende a los Estados fronterizos o sucesivos o
también a los no ribereños.
Los Canales internacionales son vías de agua artificialmente construidas para la
navegación. Raramente se encuentran en el territorio de un solo Estado y tienen
reglamentación similar a la fluvial. Los tres canales más importantes son los de Suez,
Panamá y Kiel.
5.4 El espacio aéreo
El espacio aéreo es aquel en el que se encuentra por encima de las porciones de tierra
firme y agua del Estado, forman parte del territorio y sobre el se ejerce soberanía.
El instrumento que lo regula es la Convención de Chicago de 1944, considerada como
la Constitución del Aire y establece que la soberanía territorial del Estado se extiende
a la columna de aire que se encuentra sobre el territorio.
41
La Convención establece 5 libertades del aire para aeronaves:
a) Libertad de sobrevuelo sin escala sobre el territorio de otro Estado.
b) Libertad de hacer escalas técnicas que no tengan carácter comercial, para
cargar combustible.
c) Libertad de desembarcar pasajeros, correspondencia o mercancías.
5.5 El espacio ultraterrestre
El límite máximo es de 90 a 100 kilómetros de altura. Por tanto es aquel donde
termina la atmosfera desde el punto de vista científico. La soberanía total se extiende
hasta aquella altura en que es posible el vuelo de una nave. El límite entre espacio
aéreo y ultraterrestre es el límite del campo gravitatorio de la tierra.
El régimen jurídico del espacio ultraterrestre, se encuentra en: la declaración de 1962
(XVIII) de la AGONU, DE 1963 dispone el espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes
podrán ser libremente explotados y utilizados por los Estados en condiciones de
igualdad y de conformidad al DIP.
42
UNIDAD VI
MEDIOS DE SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALES
6.1 Problemática de los conflictos internacionales
La sociedad internacional se mueve entre cooperación y conflicto. Entre más
cooperación internacional menor será el conflicto.
Conflicto.- Condición en el cual un grupo identificable de seres humanos (tribal,
religioso, lingüístico, cultural, religioso, político) se compromete en una oposición
frente a uno o más grupos humanos.
Existen dos tipos de conflictos jurídicos y políticos, los primeros podrán resolverse si
se aplica el derecho vigente y de ellos conocen los órganos jurisdiccionales
internacionales. Los segundos rebasan los límites jurídicos y su solución corresponde
al consejo de seguridad de la ONU.
6.2 Medios pacíficos para la solución de controversias internacionales
Negociación
Buenos oficios
Diplomáticos Mediación
Investigación
Conciliación
Arbitraje
Jurídicos Corte Internacional de Justicia (CIJ)
Tribunales Internacionales
43
La diferencia entre los medios diplomáticos y los jurídicos, es que en los primeros son
los propios sujetos en conflicto quienes directamente o a través de la intervención de
un tercer Estado buscan arreglar sus diferencias, sin que los resultados sean
obligatorios para las partes. Mientras que, en los jurídicos, quien estudia el conflicto y
da una solución, son los árbitros, o bien, los jueces o magistrados de los Tribunales
internacionales. Sus laudos y sentencias sí son obligatorios y no admiten apelación.
Los medios diplomáticos también son llamados medios no jurisdiccionales. Y los medios
jurídicos son lo mismo que los medios jurisdiccionales o judiciales.
Medios diplomáticos:
a) La negociación.- Son controversias diplomáticas que se llevan a cabo para
solucionar un conflicto internacional. No existe procedimiento especial, dos o
más Estados se sientan a negociar.
b) Los buenos oficios y la mediación.- Ambos son medios para facilitar el
acuerdo entre las partes, consisten en la participación, la buena voluntad, la
mediación es similar pero propone soluciones utilizando a la ONU como
mediación.
c) Las comisiones de investigación.- Llamadas encuestas, su finalidad es
examinar los hechos que suscitaron una controversia para coadyuvar a las
partes a solucionarla.
d) La conciliación.- Es la intervención en el arreglo de una controversia
internacional, de órgano sin autoridad política examina todos los aspectos del
litigio y propone solución para las partes.
Medios jurídicos:
a) El arbitraje internacional.- Su objeto es arreglar los litigios entre los Estados
mediante árbitros elegidos por ellos mismos. La sentencia dictada resuelve
definitivamente la controversia y es obligatoria o vinculada para las partes.
44
El tribunal o comisión arbitral:
El compromiso arbitral es la fuente jurídica de: las atribuciones de los árbitros,
del procedimiento a seguir y de la obligatoriedad del laudo arbitral. Las partes
designan a agentes consejeros o abogados no cabe sentencia recurso de
apelación y debe de cumplirse. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el
órgano jurisdiccional de las Naciones Unidas, y es uno de sus órganos
principales.
6.3 Las diferencias comerciales y sus alternativas de solución
El comercio internacional concede ventajas comparativas a todas las partes
involucradas. Las ventajas de comercio pueden concentrarse en países ricos, haciendo
cada vez más grande la brecha en los países pobres. La OMC permite recurrir a
tribunales arbitrales internacionales se ven obstaculizados por socios comerciales.
6.4 La experiencia mexicana en la solución de controversias internacionales
Un ejemplo es el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 31 de marzo del 2004,
en el que se ordenó a los Estados Unidos revisar las penas capitales dictadas contra 51
mexicanos en ese país, constituye un triunfo de legalidad, derechos humanos y vida
así como un importante éxito para México; su diplomacia y juristas.
45
UNIDAD VII
DERECHO DE PREGUERRA Y GUERRA
7.1 Derecho de preguerra
Es la situación de tensión entre dos o más estados. Es la situación originada por una o
varias causas concurrentes que introduce un elemento de anormalidad en las
relaciones internacionales de dos o más Estados haciendo prever un desenlace hacia
la guerra y prefijando los campos del futuro conflicto.
7.1.1 Limitación del recurso de guerra en la sociedad internacional
Art 11 del Pacto de la SDN: toda guerra o amenaza de guerra interesa a la sociedad
entera.
Pacto de Briad-Kellog se prohíbe la guerra obligando a los países a resolver sus
conflictos.
La Carta de las Naciones Unidas no solo prohíbe la guerra sino establece la paz como
una obligación jurídica de los Estados.
La guerra como hecho social
Teoría de la guerra justa
(San Agustín, Santo Tomás, Vitoria, Suárez, Baltasar de Ayala, etc.)
La reglamentación de la guerra
Convención de París (1856)
Convención de Ginebra (1864)
Convención de la Paz de La Haya (1899, 1907)
46
La limitación del recurso de la guerra
Pacto de la SDN (1919)
La prohibición de la guerra
Pacto Briand-Kellog (1928)
La paz como obligación jurídica
Carta de las Naciones Unidas (1945)
7.1.2 El desarme
También conocida como limitación de los armamentos, siempre ha preocupado a los
pensadores de la humanidad.
De 1945 a la fecha se han firmado muchos acuerdos de carácter universal debe tomar
en cuenta:
a) Es necesario que no altere el equilibrio internacional de fuerzas, que sea
gradual, los países poderosos que resultarán perjudicados difícilmente
participaran.
b) Debe existir certeza que ningún país incumpliera los acuerdos alcanzados e
implementación de inspección y control eficaz.
c) Las discusiones internacionales sirven para ayudar a conocer y mejorar las
dificultades que plantea.
7.1.3 La seguridad colectiva
Debe entenderse en dos sentidos: en sentido estricto comprende el conjunto de
garantías que gozan los Estados para prevenir el peligro de una guerra contra ellos. En
sentido amplio se refiere a un sistema de organización internacional en que e trata no
47
solamente de prevenir y condenar la guerra, sino también de hacer desaparecer sus
causas, principalmente creando sistemas de solución pacífica obligatoria de los
conflictos internacionales.
7.1.4 La intervención
Es el acto por medio del cual un Estado mediante la fuerza o la presión política, obliga
o trata de obligar a otro Estado a conducirse en determinado sentido a sus actividades
internas o internacionales.
Es la intervención existe una acción de un Estado, lo suficientemente fuerte como para
obligar a otro a actuar contra su voluntad, quedan excluidas actitudes pasivas o
recomendaciones.
Se reconoce varios tipos de intervención, directa e indirecta, militar, diplomática y
política, interna y externa, individual y colectiva, humanitaria, por propaganda, por
reconocimiento o no, de gobiernos.
7.1.5 La retorsión, las represalias y el bloqueo pacífico
La Retorsión.- Consiste en que un acto lícito, pero poco amistoso, se contesta
con otro acto amistoso, pero lícito, son ejemplos: la ruptura de relaciones
diplomáticas, retirada del exequátur a uno o a todos los cónsules o las
restricciones en visados de entrada.
Las Represalias Pacíficas.- Son injerencias jurídicas hechas por un Estado
lesionado de bienes o derecho jurídicos al Estado culpable, con el fin que
cumpla con la responsabilidad internacional. Ejemplo de negociación el pago
de una deuda vecina, incumplimiento de un tratado vigente, confiscación de
bienes del Estado.
Bloque Pacífico.- Es un medio de fuerza distinto da la guerra, pero destinado a
forzar la voluntad de un país por medio de un bloque de costas.
48
7.2 Derecho de guerra
La guerra es la lucha armada entre Estados, destinada a imponer la voluntad de uno
de los bandos del conflicto cuyo desencadenamiento provoca la aplicación del estatuó
internacional que forma el conjunto de leyes o derecho de guerra.
Los elementos:
a) Que se trate de una lucha armada.
b) Entre estados.
c) Voluntad de uno de los bandos en conflicto.
d) Aplicación de estatuto internacional.
Los choques armados entre Estados no podrán calificarse como guerra a menos que
las partes manifiesten su voluntad en aplicar leyes de guerra, cuando terceros en
conflicto los fuercen a ello
7.2.1 Fuentes convencionales
Son recientes, la guerra se caracterizó durante siglos por la ausencia de normas.
Consecuencia es que la guerra implicaba una sumisión total de vencido al vencedor.
La UNESCO llegó a un acuerdo a protección de la propiedad cultural en bibliotecas o
centros de información.
7.2.2 Legítima defensa
Regulada por el Art 51 de la Carta de la ONU, es la única excepción admitida a la
prohibición del recurso de guerra, se aplica ante la imposibilidad de reacción
inmediata de mecanismos de justicia.
49
Se define como la reacción violenta e inmediata de agresiones ilícitas, actuales o
inminentes a otro Estado(s) contra territorios, buques, aeronaves o fuerzas armadas.
Elementos de validez de la legítima defensa son:
a) Que exista un daño grave, inminente o irreparable.
b) Que no escape de tal amenaza.
c) Que la reacción de defensa sea proporcional al daño.
d) Que la legítima defensa sea provisional para evitar castigo.
7.2.3 Comienzo y fin de la guerra
La guerra está prohibida por la Carta de las Naciones Unidas y todos los Estados
tienen la obligación de preservar la paz internacional.
Comenzaba con la declaración regulada por la Convención III de la Haya en 1907.
La guerra termina con los acuerdos o tratados de paz.
7.2.4 Neutralidad
Es el estatuto relativo a los Estados que participan en una guerra, y rige relaciones
entre los beligerantes y los Estados que permanecen fuera del conflicto.
La principal característica es el deber de imparcialidad de los Estados neutrales
atacado por el propio Estado.
Teoría de tipos de neutralidad.- Perfecta, imperfecta, armada y perpetua.
7.2.5 Responsabilidad penal internacional
Una corte de justicia que juzgara a los responsables de esos crímenes tan atroces.
50
Surgió el Tribunal Internacional de Núremberg definieron crímenes en su
competencia.
a) Crímenes contra la paz.- Dirección, preparación, desencadenamiento o
prosecución de una guerra de agresión, en violación de tratados
internacionales.
b) Crímenes de guerra.- Violaciones a las leyes y costumbres.
c) Crímenes contra la humanidad.- Asesinatos exterminación, esclavitud,
deportación contra la población civil.
7.2.6 Indemnización y reparación de guerra
Se impuso el pago de la cantidad pecuniaria fijada por el vencedor, llamada
indemnización de guerra. Conceptualizando es la reparación de dinero o entrega de
mercancías o equipo industrial.
51
UNIDAD VIII
EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO ANTE LOS DESAFÍOS
CONTEMPORÁNEOS
8.1 Derecho internacional humanitario, de Ginebra a la Haya
Es la aplicación de los derechos humanos a los casos de guerra. Es la rama del derecho
internacional público, cuyos principios, normas y prácticas regulan la conducta
humana en los conflictos armados, tiene por objeto proteger a las víctimas de estos,
limitar consecuencias de violencia en lucha armada.
Regula la conducción de las operaciones militares (métodos y medios de combate)
como protección de personas que no están involucradas en hostilidades (heridos,
enfermos, náufragos, prisioneros de guerra, poblaciones civiles, refugiados).
La doctrina distingue:
a) El Derecho de Ginebra.- Compuesto por convenios de Ginebra de 1864 y 1949,
protección de personas en conflictos armados.
b) El Derecho de la Haya.- Compuesta por la Convención de la Haya de 1899 y
1907, codifican el derecho de guerra no son regulados por le derecho de
Ginebra, como el uso de las armas y métodos de guerra, derechos y deberes de
los beligerantes, conducción de operaciones y limitación de armamento.
8.2 El derecho de guerra frente a la tecnología militar
Una nueva tecnología y avanzada, nuclear y biológica de las grandes potencias como
EEUU, Unión Europea, países asiáticos como China.
52
8.3 Terrorismo y derecho internacional público
El terrorismo es la amenaza o uso sistemático de la violencia que tienen la intención
de atemorizar e intimidar, creando un estado de terror en la población general obliga
al gobierno a abstenerse de realizar un determinado acto.
Es un delito de orden interno, hay alrededor de 13 tratados internacionales para
luchar contra el terrorismo, teniendo a proteger aeronaves, embarcaciones y
población civil.
8.4 Narcotráfico y delincuencia organizada trasnacional
El Narcotráfico es el conjunto de acciones ilícitas, de una amplísima gama, relacionada
con estupefacientes, las sustancias psicotrópicas y cualquier otra droga o sustancia
destacando el cultivo, la producción, fabricación, extracción preparación, oferta,
distribución, venta, entrega, envío, transporte, importación y exportación, posesión,
adquisición, consumo y utilización para actividades.
8.5 Dignidad humana y el desarrollo científico del genoma humano
El Genoma humano es el conjunto de aproximadamente 30,000 genes de 23 pares de
cromosomas que tiene el núcleo de las células de cada persona y contiene todas sus
características genéticas y su patrimonio hereditario.
Se habré un nuevo camino, en París, la Declaración Universal sobre el genoma y
derechos humanos con objeto a resguardar la dignidad humana y avances en la
ciencia.
53
8.6 La respuesta internacional de los delitos informáticos
Son conflictos ilícitos en que se tiene a las computadoras, como instrumento o fin y
están tipificados en una ley (código) penal.
Existen diversas clasificaciones de delitos informáticos:
a) Como instrumentos o medios.
b) Como fin.
c) Contra sistemas de información.
d) La que hace la ONU.
e) Doctrina jurídica.
8.7 Derecho internacional del medio ambiente
Es una rama relativamente nueva del Derecho Internacional es que habla sobre el
medio ambiente.
8.8 Integración económica, soberanía y derecho internacional
Integración económica es un fenómeno económico, político y social consiste en la
unión de varios países, para conformar una economía supranacional.
Se da en varias etapas:
Área Libre de Comercio.
Unión Aduanera.
Mercado Común.
Unión Política.
Cuentan con una moneda (el euro).
54
BIBLIOGRAFÍA
BIBLIOGRAFÍA BÁSICA
Akehurst, Michael. (1982). Introducción al Derecho Internacional. Editorial Alianza
Universidad. Madrid, España.
Arellano García, Carlos. (2001) Primer Curso de Derecho Internacional, Editorial
Porrúa, México.
Arellano García, Carlos. (2001) Segundo Curso de Derecho Internacional, Editorial
Porrúa, México.
Diez de Velasco, Manuel. (1977). Instituciones de Derecho Internacional Público.
Editorial Tecnos. Madrid, España.
Llanes B. Oscar. (1984). Derecho Internacional Público, Instrumento de Relaciones
Internacionales. Cárdenas Editores. México.
Ortíz Ahlf, Loretta. (1998). Derecho Internacional Público. Editorial Oxford University
Press.
Seara Vázquez, Modesto. (2004). Derecho Internacional Público. Editorial Porrúa.
México.
Sorensen, Max. (1990). Manual de Derecho Internacional Público. Editorial Fondo de
Cultura Económica. México.
Verdross, Alfred. (1980). Derecho Internacional Público. Aguilar Editores. Madrid,
España.
55
BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA
Cahier, Phillippe (1965). Derecho Diplomático Contemporáneo. Editorial RIALP.
Madrid, España.
Colliard, Claude-Albert (1978). Instituciones de Relaciones Internacionales. Editorial
Fondo de Cultura Económica. México.
Castañeda, Jorge (1976).- Derecho Económico Internacional. Editorial Fondo de
Cultura Económica. México Friedman, Wolfang (1977).- La Nueva Estructura del
Derecho Internacional. México, Trillas.
Guerrero Verdejo, Sergio. (2002). Tratados. Universidad Nacional Autónoma de
México. México.
Rousseau, Charles (1961). Derecho Internacional Público. Editorial Ariel. Barcelona,
España.
Truyol y Serra, Antonio (1974).- La Sociedad Internacional. Editorial Alianza. Madrid,
España.
Tunkin, Grigori (1980).- Curso de Derecho Internacional. Editorial Progreso. Moscú.
LEGISLACIÓN
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
56
Carta de Bogotá, Constitutiva de la OEA.
Ley sobre la Celebración de Tratados.
Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar 1982.
57
Derecho Internacional Público.
Apuntes de investigación y divulgación científica.
© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.
Prolongación Paseo de la Reforma No. 530, 2º piso,
Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219.
Ciudad de México, Distrito Federal.
Primera edición: mayo de 2010.
Autor: Alberto Vega Hernández.
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Impreso en México.