UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RIOS
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACION
LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN SOCIAL
POLITÍCAS DE LA COMUNICACIÓN
TRABAJO FINAL: ECUADOR
Docentes:
Lic. Alejandro Ramírez
Lic. Camila Fernández
Alumnos:
Fontana, Sebastian
Grimaldi, Pablo
Pueyo, Ignacio
Solanas, Juan
Stettler, Roy
Cursado: 1° cuatrimestre 2014
Introducción
El nuevo movimiento Alianza País, liderado por Rafael Correa propuso construir una alternativa al
modelo neoliberal vigente hasta entonces. Cuando asumió en 2007 la presidencia, eran ocho los
grupos empresariales que controlaban los principales medios de comunicación escritos,
radiofónicos y televisivos. Varios de estos medios tenían una relación directa con la banca, como
los canales de televisión cuya propiedad pertenecía a los grupos Egas e Isaías (en señal abierta y
cable). Además, a diferencia de la mayoría de los países de la región, en Ecuador, no existían
medios públicos del Estado.
Una de las primeras medidas de su gobierno, a través de un referendo, fue la convocatoria a una
Asamblea Constituyente, que produjo una nueva Constitución en 2008 buscando recuperar el
papel soberano y regulador del Estado al servicio de la ciudadanía. La nueva Carta Magna
permitió poner un freno a la inversión de los grupos financieros en medios de comunicación, tema
que fue ratificado en 2011 con una nueva consulta popular y posteriormente con la sanción de la
Ley Orgánica de Comunicación. Situación que generó fuertes tensiones hasta el día de hoy con
los grandes sectores concentrados de la economía, principales opositores al proceso de cambio
emprendido por el gobierno. Paralelamente a esta nueva relación con los medios de
comunicación, que antes eran intocables, entraron en funcionamiento los primeros medios
públicos de la historia del Ecuador.
Reforma de la Constitución de 2008
En primer lugar hay que tener en cuenta que la legislación ecuatoriana y la argentina fueron
revisadas por el mismo relator especial para la libertad de expresión de la ONU, el guatemalteco
Frank La Rue. Esta ley fue aprobada el 14 de junio de 2013 por la Asamblea Nacional.
Como antecedente, vale aclarar que en la reforma de la Constitución del año 2008 se estableció la
normativa de desinversión y que los banqueros tuvieron dos años para desprenderse de sus
acciones más allá de las irregularidades que se sucedieron más tarde. De esta forma 118
banqueros vinculados a 201 medios de comunicación debían acatar la disposición constitucional.
La misma establece y reconoce los derechos de las personas por parte del Estado. Instaura el
derecho a la comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los
ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus
propios símbolos, a su acceso, a la creacion de medios y al acceso al espectro radioelectrico para
la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitariasf (Art. 16). Fomenta
la pluralidad y la diversidad en la comunicacion, no permitiendo los oligopolios o monopolios de la
propiedad de los medios y el uso de las frecuencias (Art. 17). Se privilegia los contenidos con fines
informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y
fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente.
(Art.18). Se reconoce a las comunidades indigeneas, para que la diversidad culturas se reflejen en
la educación pública y en los medios de comunicación en sus idiomas (Art. 57).
Es el estado quien tiene competencias exclusivas sobre: El espectro radioeléctrico y el régimen
general de comunicaciones y telecomunicaciones (Art. 261). Respecto a los grupos financieros no
podrán poseer participaciones permanentes, totales o parciales, en empresas ajenas a la actividad
financiera. (Art. 312) El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechosde
la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana.
(Art. 384)
Ley Orgánica de Comunicación
El gobierno ecuatoriano, al igual que el argentino, se ha propuesto regular de una manera más
activa todo lo referido con las telecomunicaciones dentro de su territorio. A partir del 2009
comenzaron a formularse las primeras ideas de la ley organica de comunicacion que hoy rige en
el Ecuador. Hasta ese momento los principales grupos multimedios estaban conformados por
propietarios de bancos y grupos provenientes del sector financiero.
Uno de los puntos centrales de la ley es que apunta a la desmonopolización del espacio
radioléctrico (radio y TV) destinando un 34% para los medios comunitarios, 33% a los privados y
33% para los públicos (art. 106), lo que representa un hecho histórico para el país, brindando
además un marco legal a miles de medios comunitarios perseguidos por ilegales o piratas. En
cuanto a la titularidad una persona natural -fisica- o jurídica puede poseer hasta una concesión
para radio AM, una de FM y una de TV.
Otro punto importante es que se obliga a los medios a difundir contenidos que expresen las
distintas cosmovisiones, tradiciones y conocimientos de las nacionalidades indígenas,
afroecuatorianas y montubias-mestizo- por un espacio de al menos 5% de su programación diaria
(art. 36). La ley también garantiza la inclusión de personas con capacidades diferentes a través de
diversas medidas (art. 37).
Los niños y adolescentes también contarán con respectivos espacios (art. 15).
En relación a las nuevas tecnologías (art. 35) que toda persona tiene derecho a acceder y
capacitarse en las mismas, y que el Estado debe implementar políticas públicas para que ninguna
comunidad quede marginada del acceso a internet y otras tecnologías o de la posibilidad de tener
sus propios medios de comunicación.
La producción nacional es promovida garantizando al menos el 60% de la programación diaria en
el horario apto para todo público, incluyendo un 10% para producción independiente y un 50%
para la música nacional en radio.
A su vez la ley presenta algunos aspectos polémicos. Uno es el contemplado el art. 20 y que
refiere a que cada persona que realice un comentario en una página web debe ser debidamente
identificado por el medio, afectándose el anonimato y por ende uno de los principios de la libertad
de expresión en internet. Además no establece de que manera esos medios gestionarán los datos
en cuestión.
Otro punto polémico es el art. 26 que condena el “linchamiento médiatico”. La pena por incurrir en
esa práctica es publicar una disculpa pública “tantas veces como fue publicada la información
lesiva”. A su vez, la sanción es impuesta a través de la Superintendencia. Si bien es un problema
real la ley no precisa claramente que casos podrían considerarse como tales de manera que no se
coarte la investigación periodística de hechos de interés público.
Según La Rue, la figura de linchamiento mediático “pretende ser una forma irónica de limitar las
expresiones críticas de la prensa hacia las políticas públicas o funcionarios de Estado”.
En cuanto a la tarea periodística exige la titulación obligatoria (art. 42).
En relación a la digitalización de la TV, cabe agregar que el 26 de marzo de 2010, Ecuador firmó
los convenios de cooperación técnica y de capacitación con los gobiernos de Japón y Brasil,
dando el visto bueno a la introducción del sistema ISDB-Tb, permitiendo a la nación la transición
de la señal análoga a digital. El 3 de agosto de 2012 la Superintendencia de Telecomunicaciones
realizó pruebas de televisión digital terrestre en alta definición (HD) utilizando como base la
programación del canal privado Oromar TV. Dichas pruebas concluyeron en septiembre de 2013.
El 3 de mayo de 2013 se inauguró del sistema de televisión digital terrestre en Ecuador con la
primera señal al aire correspondiente al canal público TC Televisión en Guayaquil.
El 9 de mayo se puso al aire la señal digital en alta definición de la emisora privada Ecuavisa en
las ciudades de Guayaquil y Quito.
El denominado apagón analógico será llevado a cabo en tres etapas:
Programado para el 31 de diciembre de 2016 para las zonas correspondientes a los distritos
metropolitanos de Quito y Guayaquil.
Programado para el 31 de diciembre de 2017 para las ciudades con más de 200 mil habitantes.
Programado para el 31 de diciembre de 2018 para las ciudades restantes.
Retomando la Ley Orgánica vale decir que la TV digital brinda una mayor cantidad de señales.
Pero el Estado aprobó en 2012 un Plan Maestro de Transición a la TV Digital que asignó las
nuevas señales a los grandes medios privados, por lo que la polémica se suscita en si esta
medida multiplica la concentración de frecuencias digitales o bien brinda una oportunidad para
distribuirlas de forma equitativa (art. 42).
El ente regulador: Superintendencia de la Información y la Comunicación (dependiente del
Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y la Comunicación).
Regulación de contenidos: No hay censura previa. Los contenidos no pueden expresar
discriminación, ni odio, ni ser ofensivos. Toda información debe ser veraz. Exige responsabilidad
en el manejo. A esto se le suma el derecho a la rectificación y el derecho a réplica.
Los medios de comunicación no pueden tomar posición sobre cupabilidad o inocencia de
personas involucradas en procesos judiciales. Se suprime la libre circulación de información que
esté protegida por la Justicia. Debe protegerse toda comunicación personal, ya sea en forma
verbal, escrita o grabada.
Cadenas nacionales: obliga a la radio, TV y TV por cable a emitir los mensajes de la Presidencia
de la Nación.
Suspensión de la libertad de información: previa declaración de Estado de Excepción.
Publicidad:Se protege su propiedad intelectual. Se prohibe la importación de publicidad elaborada
en el exterior.
Diferencias y similitudes básicas con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de
Argentina:
Ley Orgánica de Comunicación Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual
Tipos de medio que regula Todos, pero solo audiovisuales
con respecto a la
concentración
Solo audiovisuales
Regulación de contenidos Si No
Es antimonopólica Si Si
Regulación del espacio
radioeléctrico
34% comunitarios, 33%
públicos, 33% privados
34% comunitarios, 33%
públicos, 33% privados
Protege y alienta la creación
de medios comunitarios
Si Si
Promueve y estimula las
producciones nacionales
Si Si
Por último, otro aspecto a tener en cuenta es que la ciudadanía también tendrá más protagonismo
en los medios. Se crea el Defensor de las audiencias, de modo que los medios de cobertura
nacional deben contar obligatoriamente con un defensor de sus audiencias y lectores, designado
mediante concurso público organizado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social. Además se cuenta con mecanismos de interactividad con sus audiencias y lectores, y
espacios para la publicación de errores y correcciones. En cuanto a los medios
Sin embargo, y a raíz de la nueva Ley en los últimos años los grupos financieros debieron realizar
una redistribución y el mapa de medios de Ecuador sufrió grandes cambios. A partir del
referéndum de 2011 el pueblo voto para que los propietarios de bancos no puedan poseer también
medios de comunicación. De esta manera se produjo un reajuste en el sistema y los grupos que
existían hasta el momento se vieron inmersos en una gran venta de acciones de los medios que
poseían. No obstante se identificaron gran cantidad de irregularidades en la venta de dichas
acciones.
Aquí podemos distinguir un claro paralelismo entre la situación Ecuatoriana y Argentina a la hora
de la aplicación de las respectivas Leyes de Comunicación. Recordemos el adecuamiento al que
fue sometido el grupo Clarín en manos del Afsca.
Teniendo en cuenta la bibliografia de la catedra, hacemos las siguientes observaciones:
Comunicación / información
Según el planteo del informe Mc Bride la comunicación, no solo como un mero intercambio de
información sino en un sentido más amplio, debe cumplir las siguientes funciones: difundir
noticias, transmitir conocimientos, estimular actividades individuales y colectivas de una sociedad,
promover el debate y el dialogo, aportar a la integración e incorporar todas aquellas expresiones
relacionadas con el arte, la cultura y el esparcimiento.
Esta noción integral de la comunicación y la libre circulación de la información se ven afectadas en
un contexto mundial de grandes desequilibrios entre países desarrollados y países emergentes
(que por cierto se ha acentuado en las últimas décadas). Aquí es donde aparecen las empresas
multinacionales como un actor fundamental que transfirieren capitales y tecnologías al campo de
las comunicaciones y además venden gran variedad de productos de consumo sociocultural. Con
ésto estas empresas influyen tanto en el aparato productivo de los países en donde actúan sino
también en la comercialización de productos culturales, por lo que están en condiciones de
modificar la orientación sociocultural de toda una sociedad. Otra faceta de este desequilibrio es la
concentración de la propiedad de los medios de comunicación.
Todos estos aspectos llevan a que la lucha por la democratización de la comunicación sea
desigual, inclusive cuando en muchos casos estas empresas tienen más poderío económico que
los mismos Estados.
En este sentido es donde cobran relevancia la Ley Orgánica de Comunicaciones de Ecuador y la
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina, las que buscan romper con la
monopolización de la propiedad de los medios de comunicación estableciendo una redistribución
de licencias en el espacio radioeléctrico. Esta desconcentración de la propiedad de los medios es
un paso fundamental para equilibrar y ampliar el acceso a la información considerándolo un
derecho y no una mercancía. La promoción y difusión de información y otros contenidos que
reflejen las distintas identidades nacionales es otro punto fuerte de la Ley Orgánica.
Vale señalar nuevamente los dos puntos discutibles de la Ley Orgánica que estarían
contradiciendo los principios del libre acceso a la información que la misma ley defiende: primero,
la regulación de contenidos que propone, sobretodo en lo relacionado a comentarios en internet y
al “linchamiento mediático”; y segundo, que es necesario que los medios públicos apuntalen el
espíritu de la Ley y al rol del Estado y que no caigan en la tentación de transformarse en meros
órganos de prensa de los gobiernos de turno.
Rol del estado
En cuanto al Estado podemos señalar que éste intenta establecer una regulación en todos los
medios, ya sean audiovisuales o gráficos. Al mismo tiempo se garantiza la repartición equitativa
del espectro radioeléctrico. En este sentido, el Estado se posiciona como promotor de la pluralidad
y la multiplicidad de voces. Encontramos aquí como ya señalamos un marcado corte
antimonopólico. Por último cabe destacar que todo esto se puede dar gracias a la creación de la
Superintendencia y demás organismos que facilitan la participación activa del Gobierno en el
ámbito de las comunicaciones.
Ciudadanía
Durante mucho tiempo el concepto ciudadanía estaba ligado solamente a derecho y obligaciones
de un tipo particular de individuos caracterizados por su edad, sexo nacionalidad, u otras
cuestiones.
Durante la década del 90 un conjunto de teóricos de ciencias sociales y políticas produjeron una
reconceptualización de la palabra ciudadanía. Se comenzó a pensar como una practica que
reivindica la posibilidad de ser sujeto en todos los ámbitos que se construye poder , y por
consiguiente a la practica que implica el participar efectivamente en la elaboración de las reglas
que ordenan la vida en sociedad. Es decir, una practica a través de la cual se dirimen las luchas
por establecer las concepciones dominantes de la política y las ideas acerca de la justicia y la
democracia.
Esta renovada concepción de ciudadanía nombra un modo especifico de aparición de los
individuos en el espacio publico caracterizado por su capacidad de constituirse en sujetos de
demanda y proposición respecto de diversos ámbitos vinculados con su experiencia. Es decir, por
su capacidad de intervenir en el espacio publico tratando revertir esas apropiaciones de los
instrumentos necesarios para ejercer derechos y posibilidades que se realizan con mayor o menor
violencia desde múltiples espacios de poder.
Asumir la ciudadanía como la irrupción en la esfera publica de lo excluido, negado o reprimido que
manifiesta el derecho a tener derechos por sobre el orden estatuido, implica asumir que aunque
no es lo único que la hace posible, la comunicación resulta imprescindible para colectivizar las
necesidades, las demandas y propuestas por otro, porque ella es necesaria para hacerlas
presentes en el espacio publico.
La ciudania social, segun expresa Rossanna Regillo es la mas golpeada dada las politicas
neoliberales que fortalecen la logica de mercado. Frente a estas medidas en Ecuador vemos un
fortalecimietnto del Estado-Nacion encarando un pryecto de politics publicas considera a las
personas como ciudadanos y no meros consumidores.
Participación ciudadana
Nuestros países han sido escenario, en las ultimas décadas, de numerosas y renovadas
movilizaciones y practicas articuladas en torno a la demanda por derechos. Unos derechos que no
solo se reclaman ante los estados sino ante el conjunto de poderes locales, nacionales y globales
que los coartan, los niegan o que no permiten ampliarlos.
Son esas demandas colectivas las que constituyen eso que hoy nombra para nosotros la
ciudadanía, ya no como un grupo de individuos a quienes se reconoce la titularidad legal de
ciertos derechos y obligaciones, sino como condición asociada a la reivindicación de ser y contar,
de tener arte y parte en las decisiones que afectan a la vida en sus múltiples dimensiones. Una
actitud y condición que , por eso mismo, tiene la capacidad de revelar la politicidad de esferas
antes consideradas apolíticas como las relaciones de genero, las diferencias generacionales y
culturales, el terreno de la recreación , el del consumo, entre muchas otras.
Concentración
El concepto desarrollado por Mastrini y Becerra de concentracion, concuerda con la situacion
social ecuatoriana que presenta la produccion cultura en manos de unas pocas empresas
-principalmente financieras-, estableciendo una fuerte relacion con el capital financiero. La fuerte
concentración horizontal, es decir, una firma se expande con el objetivo de producir una variedad
de productos finales dentro de la rama de la comunicación.
La importancia de la informacion esta en su valor de uso, en su contenido simbolico, en la
configuracion de las significaciones sociales. Sus productos tienen un rol significativo en la
constitucion de las identidades politicas y culturales, que estando en pocas manos, las conforman
segun sus interes. Este proceso a partir del 2008 con la modificación de la Constitución se ve
impedida gracias al acceso y participación de la ciudadania en la puesta en circulacion de
mensajes, amplando la gama de productos culturales y opiniones diversas. Establece el derecho a
la comunicación: reduce los monopolios y asegura la multiplicidad de contenidos en los medios.
Permitio que las diferentes culturas presentes en el país encuentren un canal de comunicación.
Ampliando la cantidad de operadores, asegurando el pluralismo.
La concentracion de la propiedad de medios se vio impedida por un mecanismo fundamental, la
reforma de la constitucion que limita la concentración de la propiedad. La diversidad de los
propietarios amplió el abanico de licenciatarios y dueños de los medios. Y la nueva distribución de
permitió un pluralismo en la variedad de contenidos y reflejo de las distintas tradiciones dentro del
mismo Ecuador.
FUENTES
- http://www.fedaeps.org/alternativas/gobierno-popular-y-medios-defuentes:
- http://www.utelvt.edu.ec/NuevaConstitucion.pdf "constitucion ecuatoriana 2008"
- http://www.asambleanacional.gob.ec/system/files/ley_organica_comunicacion.pdf
- http://alainet.org/active/65989
- http://www.perfil.com/internacional/Leyes-de-medios-en-Ecuador-y-en-la-Argentina-iguales-pero-
distintas-20130629-0072.html
- http://www.rebelion.org/noticia.php?id=170516
- http://es.wikipedia.org/wiki/Televisi%C3%B3n_Digital_Terrestre_en_Ecuador
- http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2010/10/101022_ecuador_banqueros_lav.shtml
- MAC BRIDE, Sean. Un solo mundo, voces múltiples: Comunicación e información en nuestro
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- MATA, María Cristina. Ciudadanizar las políticas de comunicación: los nuevos desafíos. II
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