EL ESTADO DE SINALOA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. O I 6 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax. 717-21-70)
Tomo CVIII 3ra. Epoca Culiacán, Sin., Lunes 15 de Mayo de 2017. No. 061
ÍNDICE PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Licitación Pública Nacional Estatal No. 008.- Pavimentación con Cantera Pórfido en el Municipio de Mazatlán, Sinaloa.
INSTITUTO DE VMENDA DEL ESTADO DE SINALOA Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2016. Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
SISTEMA PARA EL DESARROLW INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE SINAWA Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
2 - 12
AYUNTAMIENTOS Decreto Municipal No. 04 de Navolato.- Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Navolato.
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Municipio de Mazatlán.- Convocatoria para Licitación Pública Nacional (Presencial) No: JMA-GC-20 l 7-LPE-002.
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN Municipio de Guasave.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA, TURISMO Y ARTE DE MAZATLÁN Municipio de Mazatlán.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD Municipio de Salvador Alvarado.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE Y LA CULTURA FÍSICA Municipio de Salvador Alvarado.- Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES Municipio de Salvador Alvarado.- Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2017.
13 - 45
AVISOS GENERALES Solicitud para la Ampliación de Itinerario en la ruta «Mercado de Abastos-Centro».-Alianza de Concesionarios y Permisionarios del Transporte Urbano y Sub-Urbano de Culiacán, A.C.
46
AVISOS JUDICIALES EDICTOS
47 - 64
RESPONSABLE: Secretarla General de Gobierno. DIRECTOR: M.C. Christopher Cosslo Guerrero
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 15 de Mayo de 2017
PODER EJECUTIVO ESTATAL SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
GOBIERNO DEL ESTADO DE SIN ALOA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ESTATAL NO. 008
Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 155 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa. y demás disposiciones aplicables de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas del Estado de Sinaloa. el Gobierno del Estado de Sinaloa. a través de la Secretarla de Obras Públicas, convoca a las per,onas fisicas o morales que deseen participar en la presente licitación para la contratación de la obra pública a base de precios unitarios y tiempo determinado, que se describe a continuación, financiadas con recursos del Convenio de Colaboración para la Inversión en Obra Pública. que celebra el Gobierno del Estado de Sinaloa y el Ayuntamiento de Mazatlán, de conformidad con lo siguiente:
1
COSTO DE FECHA LIMITE VISITA AL JUNTA DE PRESENT ACION Y No, CONCURSO LAS BASES P/ADQUIRIR LUGAR DELA ACLARACIONES APERTURA DE
BASES OBRA PROPUESTAS TiCNICAS ' 25-MAYO-2017 26-MAY0-2017 19-JUNIO-2017 J \UP-l'-LP-PA V-080-2017 $ 00 00 24-MAYO-2017
10:00 HRS. 10:00 HRS. 10:00 HRS.
: DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA FECHAPROB. FECHA DE CAPITAL DE INICIO TERMINACIÓN CONTABLE
, PAVIME:,.¡TACION CON CANTERA PORflOO. EN LA CALLE SIXTO OSUNA, 12-DIC-2017
E\TR.t CALLE OLAS ALTAS Y CALLE HERIBERTU FRIAS. EN LA CIUDAD Y 12-JULIO-2017 (154 DIAS)
$2'500,000,00 PL'EKTO DE MAZATLAN. MUNICIPIO DE MAZATLAN. ESTAOO DE SINALOA
BASES l ESPECIFICACIONES:
• Las Bases de la licitación estarán disponibles para los interesados, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria hasta la fecha limite señalada en el cuadro, en las oficinas de la Secretaria de Obras Públicas del Gobierno del Estado de Sinaloa. sita en el primer piso de Palacio de Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes, SIN, Col. Centro Sinaloa, de esta Ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa. en dias hábiles de 09:00 a 15:00 horas; los interesados en participar deberán de solicitar la documentación mediante un oficio, para mayor información favor de comunicarse al teléfono (01667) 758-70-00, extensiones 2407 y 3436.
La visita al sitio de los trabajos y la junta de aclaraciones, se llevarán a cabo los días y horas anteriormente señaladas (cuadro), la visita en el mismo lugar de la obra y la junta de aclaraciones en las oficinas de la Dirección de Estudios y Proyectos de esta Secretaría.
• EL acto de presentación y apertura de propuestas técnicas, será el día y hora anteriormente señalada (cuadro), en la sala de co~cursos de la Secretaria de Obras Públicas del Gobierno del Estado de Sinaloa. sita en el primer piso de Palacio de Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes, SIN, Col. Centro Sinaloa, de esta Ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español.
• La moneda en que deberá cotizarse y/o presentarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
Por ningún motivo podrán ser negociadas ninguna de las condiciones contenidas en las bases del concurso, así como tampoco podrán ser negociadas las proposiciones presentadas por los contratistas participantes
ANTICIPOS:
Se otorgará un anticipo del 35% (treinta y cinco por ciento) a quien resulte ganador.
REQljlSITOS:
Los documentos que los interesados en participar deberán acompañar en sobre anexo a las propuestas que conforme a las Bases presenten en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, son los siguientes:
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1. Escrito en papel membreteado del licitante en el que manifieste su interés en participar en el procedimiento de adjudicación de contrato de la obra cuya ejecución se licita; sellalando, en el mismo, teléfonos de contacto, correo electrónico y domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de adjudicación de contrato. mismo domicilio que servirá para practicar las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos los efectos legales mientras no sellale otro distinto.
2. Escrito en papel membreteado del licitante en el que manifieste que otorga autorización a la convocante para que en caso de requerirlo realice indagaciones e investigaciones ante organismos públicos y/o privados para obtener inforrnación que le perrnita deterrninar la veracidad de la documentación presentada y situación que guarda la empresa.
3. La persona fisica: acta de nacimiento e identificación oficial vigente con fotografia (credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte vigente o cédula profesional).
4. La persona moral, copia fotostática: del acta constitutiva y, en su caso, del instrumento notarial donde consten las modificaciones a ésta; poder donde se faculte al representante legal para comprometer y contratar en nombre de su representada: e identificación oficial vigente con fotografia del representante legal (credencial expedida por el Instituto Federal Electoral. pasaporte vigente o cédula profesional).
5. En caso de asociaciones de dos o más personas que tengan interés de presentar conjuntamente proposiciones en la licitación. deberán presentar un convenio privado, sin necesidad de constituir una nueva sociedad. el que contendrá lo siguiente: al Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación; b) Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación; c) Definición precisa de las partes del objeto del contrato que cada persona se obligaría a cumplir; d) Deterrninación de un domicilio común para oír~ recibir notificaciones; e) Designación de un representante común otorgándole poder amplio y suficiente, para touo lo relacionado con la propuesta, y; t) Estipulación expresa que cada uno de los firrnantes quedará obligado en forrna conjunta} solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firrna.
6. Acreditar capital contable, con base en los últimos estados financieros auditados actualizados. con relaciones analíticas, estados de resultados, estado de variaciones en el capital contable, y estado de cambios en la situación financiera, todos en papelería del Auditor, firrnados por contador público independiente con registro en la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHyCP). } por el apoderado o administrador de la empresa, debiendo anexar copia de la cédula profesional del Auditor y el registro de éste en la A.G.A.F.F. de la SHyCP; o bien, con la última declaración fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior. salvo en el caso de empresas de reciente creación, las cuales deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta.
Acreditar la experiencia y la capacidad técnica requerida, en lo que sea comprobable su participación. anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terrninaciones. según el caso, además deberá presentar copias de cuando menos 2 (dos) contratos. similares a la obra que se licita por importes superiores a $2'500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
7. Escrito en papel membreteado del licitante mediante el cual, bajo protesta de decir verdad, declare no encontrarse en alguno de los supuestos seilalados en los Artículos 72 y 102 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas del Estado de Sinaloa.
8. Copia fotostática de constancia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC); de registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); y de inscripción en el padrón de contratistas de obra pública expedida por la Secretaría de Obras Públicas ( SOP).
9. Escrito en papel membreteado del licitante mediante el cual, bajo protesta de decir verdad, declare la situación actual en que se encuentra ante el IMSS.
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1 O. Escrito en papel membrctcado del licitante en el cual manifieste: Declaración de integridad, bajo protesta decir la verdad, que por si mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Secretaria de Obras Públicas (SOP) del Gobierno del Estado de Sinaloa, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación u otros aspectos que les otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
11. Escrito en papel rncrnbrctcado del licitante en el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, ser de nacionalidad mexicana y conviene que si llegase a cambiar su nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano, para todo lo relacionado con este contrato y se obliga a no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana los derechos derivados de este contrato.
12. Escrito en papel membrcteado mediante el cual expresamente manifieste obligarse a mantener absoluta confidencialidad de toda la información y documentación relativa a los trabajos convocados, durante o después del concurso, así como no hacer mal uso de esta.
13. Escrito en papel mcmbrcteado mediante el cual manifieste que de resultar ganador, previo a la firma del contrato, se compromete a mostrar a la convocante para su cotejo, el original de los documentos sei'lalados en los numerales 3, 4 y 8.
14. El licitante, de conformidad con el Artículo 32-D, del Código Fiscal de la federación, deberá presentar un documento expedido por el S.A.T. (Sistema de Administración Tributaria), en el cual se emita Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea, que para efecto le proporcione el S.A.T.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONTRA TO:
• Las propuestas presentadas · que no estén integradas con la totalidad de los requisitos y/o documentos solicitados, serán desechadas.
• Con fundamento en lo establecido en el Articulo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa, la convocante adjudicará el contrato al contratista que, de entre los licitantes participantes, reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas en las Bases del concurso de esta Convocatoria, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y la ejecución en tiempo de los trabajos que lo motivan.
• Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las Bases, registrando previamente su participación y absteniéndose de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Culiacán Rosales, Sinaloa, a 15 de mayo de 2017.
~~ C. OSBALDO LOPEZ ANGULO
Secretario de Obras Públicas de Gobierno del Estado de Sinaloa.
Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 5
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE SINALOA
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE SINALOA
ESTADO DE ACTIVIDADES
DE ENERO A DICIEMBRE DE 2016
INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
INGRESOS DE GESTIÓN
Productos de Tipo Corriente
Ingresos por Venta de Bienes y Servicios
PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
Partictpaciones y Aportaciones
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas
OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS
Otros Ingresos y Beneficios Varios
Total de Ingresos
GASTOS Y OTRAS PERDIDAS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
Servic,os Personales
Materiales y Suministros
Servicios Generales
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
Transferencias Internas y As1gnac1ones al Seetor PUblico
Ayudas Sociales
Donativos
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
Partic1paC1ones
OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS
Estimaciones. Oepreciac1ones. Deterioros, Obsofescenc1a y Amortizaciones
Otros Gastos
Total de Gastos y Otras Pérdidas
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13,292,400.00
18,333,333.38
12,026,457 71
116,516,809.20
10,214,602.65
2,827,867 62
6,127,675.62
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78,379,184.66
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8,170,358.36
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Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SIN ALOA»
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE SINALOA
ESTADO DE ACTIVIDADES
DE ENERO A MARZO DE 2017
7
D E io~ E s I ACU~~1i.:ºº 1 D E io~ E s I ACU~~1~ºº 1 INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
INGRESOS DE GESTIÓN
Productos de Tipo Comente
Ingresos por Venta de Bienes y Servicios
PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
Trarisferenc,as, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas
OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS
ot~cs t,,gresos y Be,,ef,ctos Vanos
Total de Ingresos
GASTOS Y OTRAS PERDIDAS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
Serv1c1os Personales
Materiales y Sum1n1stros
Serv1c10s Generales
OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS
Est1macrones Deorec1ac1ones Deterioros. Obsolescenc1a y Amort1zac1ories
Otros Gastos
Total de Gastos y Otras Pérdidas
Ahorro/Desahorro Neto del Ejercicio
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2,232.42
10,048,162.76
1,708,340.00
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11,758,735.94
2,159,050.93
581.907 78
687,21711
83.734 53
186,322 71
3,698,233.06
8,060,502.88
546 55
4,802,131 90
1,666,666 68
783 65
6,470,128.78
694. 123 90
229.741 45
293,390 35
29,001 85
12,088 71
1,258,346.26
5,211,782.52
1,794 80
16,144,443.39
5,000,000.04
12,961 24
21,159,199.47
2,056,377.19
644.36610
1,076,162 91
87.979 01
43,926.82
3,908,812.03
17,250,387.44
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
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Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SIN ALOA»
RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
REGIMEN ESTATAL DE PROTECCION SOCIAL EN SAL.UD
Estado da S11uac10n F1nanc1ere
Concepto
ACTNO
ffec:IIYO ., Equtvalentfl
DeNchol • Recbtr Electivo o Equ1va1en1eI
o.r.cno, • Reclbfl' 81ene1 o Serw1cios .,_ .. -ElblllKIOn por NrdMIII o Det«t0r0 de Actn,os Circulaite, OlrOJActNOSCireulllnlfl
ln.,_SIOl'lea Ftnaneterat a L•go PIRO
D9t9d'los a RIIClblr ElecllVO O Equ1vlllentel 8 La,eo Plazo
8ienn lr1nl'*IIN, lnfrNSINc:tura y Conllrucoone, en Proc.so
Bienn Muebles
Ad1vo11niang,t,1es
09prec;iacl0fl. OeleflOfO y Amort,zaciOn Acumulada de Bien•
Actwol CW-idos
EallfMCIÓn por P*didll o o.te,1oro N Activos no C1rQ.llan1e1
Olroa Adlvos no CirC\llanlas
TOTAL DEL ACTIVO
AJ31 deMarzode2017
(Pesos)
PASIVO
80,983,438 Cuentas por Pegar• Corlo PlaZo
1.908.096 0ocurMn101 por Pagar• C0t10 Ptuo
o Porctón • Cono Plazo de la 09Uda Públtc:a • Largo Plazo
0 TilulOI y y-,,. a Corto Plazo
Pu,vos Olf«ldo1 a Corto Plazo
82,891,534
Fondol., e,ene, de Tercero, en Glnnlia 'PO AdmOn. • e P PNMIIOIIN • cono Plazo
Ottos Pnavos • Corto Ptazo
O ~ por Pagw a Largo Piuo Doc:urNnlo1 por Pagar a L-OO PINO
Deuda Pública I lArgo Plazo
4.772.720 Paawos Dd9fld0a • L.-go Plazo
O FC>r'ICIMy8..,,.1deTllft:erOS..,O-_.illylOenAdm6n aL.P
-903. 763 PrOV1St0nel a L•go Plazo
3.868H7
86.760.~1
TOTAL DEL PASIVO
HACIENDA PU8LICN PATRIMONIO
_,........ llonocK>nnaoC.¡,.., Ac;.tua11.ración (le la~ Pubica f ,..ll'IIClnlO
ResuHadoS aet EJetc,c,o (Ahorro I DnahorroJ
Rnu•llldOS de E,_tool Atlt•IOl'N ... _ ...... R~deRelUltadol cteE,arctCIDIAnerlOIN
E .. c.so o,~ eni. Aclueu.a.:ótdtla Ha19n(N Put:Jka!PMntnotw:J
Resuti.ao r:,o, P01icion Monetat•
Resultado por Tenencia de Ad1v01 no Monetar,os
TO TAL DEL PASIVO Y HACIENDA Pú&ICA I PATRIMONIO
BaJO protesla CS. decir verdad declaramos qu• 101 Estados F1nanc1eroI y sus Holas son razonablemente correc1os y fflPON,llt)llidad dal emisor
1 JESÚS IGHACID LUIS BARRO REROS
DIRECTOR GENERAL DEL REGIME-N ESTATAL DE PROTECClON SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE SlNAl.OA
~o. 102.11009
OSUNA V FINANCIAMIENTO
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80.111,973
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ICl.111173
N,780 .• 11
1 O «EL ESTADO DE SIN ALOA» Lunes 15 de Mayo de 2017
REGIMEN ESTATAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD
Estado de Actividades
Del 1 de enero Al 31 de Marzo de 2017
(Pesos)
Concepto Impone
INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
Ingresos de la Gestión
Impuestos
Cuotas y Aportacaones de Segundad Soaal
Contnbuc,ones de Me¡oras
Derechos
Productos de Tipo Comente
AprovecilamIentos de Tipo Comente
ingresos por Venta de Bienes y Servicios
Ingresos no Comprendidos en las Fracaones de la Ley de Ingresos Causados en E¡erCICI0S Fiscales Antenores Pendientes de L1quIdaaon o Pago
Part1apac1ones, AportaC1ones. TransferenC1as. Ascgnaaones. Subs1d1os
Part1opac1ones y Aportaoones
Transferencias. As1gnaoones Subs1d10s y Otras ayudas
Otros ingresos y 8eneft0os
Ingresos FIOélnCleros
Incremento por VanaCIÓfl de lnventanos
D,sminucion del Exceso de Est1mac1ones por Pérd11:la o Oetenoro u OllsOlescenaa
D1sm1nucion de! Exceso de Provisiones
Otros Ingresos y Beneficios Va/los
Toral de Ingresos y Otrw Benef>cios
GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS
721,268 Gastos de Funcionamiento
Serviaos Personales
Matenales y Suministros
Serv1c10s Generales
Transferenaas. Asignaciones. Sulls1d10s y Otras Ayudas
Transferenaas Internas y Asignaciones al Sector Público
721.268 Transferenoas al Resto del Sedar Púbhco
Subs1d10s y Subvenaones
Ayudas Soaales
167.825.267 Pensiones y Jubilaciones
62,229.333 Transferencias a F1de1com1sos. Mandatos y Contratos Ana1ogos
105.595.934 Transferencias a la Segundad Sooal
Donativos
1158,546.534
Transferencias al Extenor
Participaciones y AportaCK>Oes
Part1C1paC10nes
Aportaciones
Convenios
Intereses. Comisiones y Otros Gastos de la Deuda Púbhca
Intereses óe la Deuda Pública
Comisiones de La Deuda Púllllca
Gastos de la Deuda Pub!tca
Costo por Coberturas
Apoyos Financieros
Otros Gastos y Perdidas Extraordmanas
Estimaciones. Deprec1ac1ones. Deterioros. Obsolescencia y Amortizaciones
Prov1s1ones
D1sminuc1on de lrwenlanos
Aumento por 1nsuf1c1enc1a de Estcmaaones por Pérdcaa o Detenoro y Obsolescenaa
Aumento por Insuficiencia de Provisiones
Otros Gastos
lnvers1on Publica
lnvers1on Publica no Capitalizable
Total de Ga!:tos y O.ras Pérdidas
Resultados del E1eroc10 (Ahorro/Desahorro)
BaJO protesta de deor verdad declaramos que los Estados Finanoeros y sus Notas son razonablemente correctos y responsabilidad del emisor
_... ~SCEBREROS
DIRECTOR GENERAL DEL RÉGIM~N ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE SINALOA
importe
78,684,124
75,804,541
3,956
2,875,626
237,387
237,387
78,921.512
89,625,023
Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 11
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE SINALOA
-- SISTEMA PARA EL DE8ARIIOU.0 INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE SINALOA -DIP Ul'ADO DI! AClMDADH
81NALOA Dl!_,.,AIIWIZODl!2017 - FDIIERO IIARZO TOTAL TRIM. ACUMULADO _,__, ___ MRl!IIOSDl!GUTIÓN ~ por Ventl di .... ., Servlelca
lngfaOI por Vll'III de Bleriet y S..Vlclol de 668,409.00 1,221,386.44 3,567,489.00 5,457,284.44 5,457,284.44 ~-PARTK»ACIONES, APORTACIONES, TflANIFElll!NCI, UIGNICIONl!I, IUIIIIDN)I Y .. _,_ - 19,152,747.71 38.411,869.81 57,564,617.52 57,564,617.52 T,-tar.naM, ~. Sum6dlDI yOtru~
del Sectof Público 16.814.111.03 15,914,874.96 19.146.344.43 51,875,330.42 51,875,330.42 OTAOS NlflESOfl Y lll!NIFICIOI Ol:ros lngl'eloa y ~ Varlol
Olrol 1ng,...._ y BMellelos Vattoa 367,397.71 316,586.26 31,677.79 715,661.76 715.661.76 T-lde.....,_ 17.849.917.74 36,605,595.37 61.157 .381.03 115,612,894.14 115,612.894.14 GASTOS Y OTRAS PERDIDAS GAITOI DE FUNCIONAIIIENTO -- 15.286.708.45 13.793,690.42 17 .031.106, 79 46.111.505.66 46.111.505.66
Remuneradonll II Personal de Clr6c:ter Permanente 5,598.026. 73 5,597,258.27 5.748.036.38 16,943,321.38 16,943,321.38 RemuneraclonN al Personal di Cank:ter TransltOno 11,461.95 3,592.62 3.592.62 18,647.19 18,647.19 ~ AdclONIN y &pee .... 3,520.197.22 3,511,295.61 4.009.092.53 11 .040,585.36 11,040.585.36 --- 449.962.21 449,049.01 458,827.59 1,357,838.81 1,357,838.81 Otra Pres---. SodaMI y Económicas 833,668.18 650,045.66 1,102,532.83 2,586,246.67 2,586,246.67 Pago di Estlmulol a ServldOreS Public:OI 4,873,392.16 3,582,449.25 5,709,024.84 14.164.866.25 14, 164.866.25 -·- 198.053.72 820.384.80 1.397 .633.63 2.416.072.15 2,416,072.15 Matertales de AónlnlStrllción, ErnlSlón de DoeumenlOI y -Ollc- 16.915.10 314,662.61 492,278.32 823,856.03 823,856.03
_,,...,,_ 156,755.22 289.767.94 446,523.16 446,523.16
MaterlU Prtmu y Mlllenales di Produccl()n ., COmo<dalDcicln
2,772.00 33,732.80 21,037.00 57,541.80 57,541.80
Materiales y Articuloa de Conalruccl6n 'f di R•raclón 11.379.00 11,379.00 11,379.00 Procá,ctos Oufmlcos, Farmac6utlcol ., de L.abol'aklrlo 22,666.80 114,594.92 204.058.21 341,319.93 341,319.93 Combultlt:IIN. LubrtcanlU y Aditivos 155,699.82 196,568.81 280,223.00 632,491.63 632,491.63 V.SIUarto, Blancos, Prendas de Prolecclón y Artf<:ulos 2,992.80 _ .. 10,150.16 13,142.96 13,142.96
HirramlenCU. Refacciones y Accesortos ~es 1,077.64 88,740.00 89,817.64 89,817.64 -- 1.107.522.96 1,392,403.67 2.173.069.83 4,672,996.46 4,672,996.46 Servlelos 8'sleos 647.652.27 627,808.32 831,264.05 2.106, 724.64 2.106,724.64 Servlelos di Arrendamiento 1.400.00 247,041.20 164,894.20 413,335.40 413,335.40 ServleiOs ProfllSlonales, ClanllliCOs y Técnleos y Otros ........ 250.00 117,570.02 310,662.35 428,482.37 428,482.37
S.rvlcloS Financiaros, Bal'lCllfios y Comen;iales 38,751.43 10,640.65 1,599.34 50,991.42 50,991.42 Servicios de lnstaleción, Reparación, Mantenlm11tnlo y 48.126.81 251,272.61 399.171.16 698,570.58 698,570.58
ConHrvaclón
ServlclOs di Comunleaclón Social y Publlddlld 47,560.00 47,560.00 47,560.00 S.rvk:IOI de Traslado y Viáticos 41,806.55 101,194.07 166.205.17 309,205.79 309,205.79 Servlc101 Ofk:laln 14,439.35 25,876.80 71,153.56 111,469.71 111,469.71 Otr01 Sefvk:101 G.,_111181 315,096.55 11,000.00 180,560.00 506,656.55 506,656.55
TRANIFERENCIAS, ASIGNACtONES, SUBSIDtOS Y OTAAS AYUDAS T111nslarenc111s lntamu y Asignaciones al Sector Públk:o
Transfarenc:las Internas al Seclor PúbNco 5,000.00 A,udlll Soclalfl
2,500.00 7,500.00 7.500.00
Ayudas SoclalN a Per,onas 2,513.12 128,661.99 2.363.241.22 2,494,416.33 2,494,416.33 A,wda SoclallN a lnStlluclonn 2.000.00 2,000.00 2,000.00
l'AIITICIPACIONES Y APORTACIONES INTDIESD, COllltllONES Y OTROS GASTOS DE U OIUDA PÚaUCA
OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINAAlAS &llmaclonle, Depf9c:IIIC:Jonn, Deterioros, Obsolescencll y ---DepfKlaclón di ei.n.s Muebles
0trcaGu1011 1.474.029.80 1,467,596.49 1 ,470.063.10 4,411,689.39 4,411,689.39
Otrm Galos VariOI ""'EIIIIÓNl'ÚIIUCA
2.819.649.11 185,756.59 431,167.20 3,436,572.90 3,436,572.90
T_, de Gutoo y Olru P6Nlldllo 20.888.4n.1& 17.793.493.96 24.870.781.77 63,552. 752.89 63,552. 752.89 Ahol'l'Q/Dnahom, Neto dol Ejercicio -3.038.559.42 18.812,101.41 36.286.599.26 52.060. 141.25 52,060.141.25
MARICELA MEJIA LÓ~ • ~ TAO
~1/i;i,,:J~~~.u,., CÍOA oE4~1iií r11,[email protected]
Balo la di decir vttf'áad dllclaramos que 101 Eltaaoa AnancMlros y tus Nota. son razonablemente correctos y
'ICHIVO: JEFE DE DEPTO. CONTABILIDAD RETENCIÓN: 6 AÑOS REvtSION:01
Mqo- 1s ÍLNo . 1 e 2.. 1 o 9 ,, ,,
12 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 15 de Mayo de 2017
a.TBIAPARAB.DE8ARROLLOINTBIIIALDELAP-DELIIITADODE-.OA DTADOm--
AL 11 m: IIAIIID DE IIIT ~-AC1IYO 21117 211'11 PAIIIYO 211'17 211'11
ACTIVO CIIICULAN11! PAIIIYO CIIICULAN11!
EfaclNoyEquiv•- CUenlu por Pagar• COl1o Plazo - 115,200.00 147,-.00 PROVEEDORES POR PAGAR A 3,130.-.22 1,453,8112.117 CORTO PLAZO -- 12,241.IIB7.13 23,707,315.00 -yCUnlribuciol.apor 1,701,520.611 520,259.811
-T--(Haslll3,,_) 31,453,51111.52 3,4a,802.ll2 Olrlls cuiinlaa por Pagara COl1o 51,-.01 796.04
DllpóoilDa de Fondos de T""*"" en 57,000.00 57,000.00 Talal ... PAIM> CIIICULAN11! 4,111,100M 1,1174,73UO - . . PAIIVO NO CIIICULAN11!
~--E-00 TOTAL PMIVO 4,111,1INIM 1,1174,73UO
Cuor*8 por CObnlr a COl1o Plazo 24,052,497.00 17,610,364.00 HACIENOA PU-.-A~
~ DMlt9CJo por Cobnlr a Corlo 1 ,-463,713.34 1,554,679.27
Ollw~a-E-.,o 98,525.01 45,206.112 HACENDA ~A,_., .,__. COl1o Plazo ~
Actualllac:iólldela- 54,691,764.72 10,325,m4.44 ---Almacéndelltl-laaySuminialrosde 1,276,317.69 916,056.60
T- • ACTIVO CIIICULAN11! 77,713,001M "7,537,291.71 HACIENDA PÚIILICAIPA,-.0
-deEjen:iciosAnlaricns 54.-.648.18 85,943,2117.79
ACTIVO NO CIIICULAN11! Rec-... de-de 2,790,389.20 2,837,207.27
BillrlN lnmuabtN, Infraestructura y ~delEjen:ieio(- 52,060, 141.25 22,530,3112.86
~ ... - Desahoml) T.,_ 13,374,964.10 12,274,851.90 -- 313,000.00 Tallll~P:ttt -~.-- 114,231,143.3& 101.-,752.31
Edilic:io9no- 37,983,573.29 10,937,630.41 ---yEqulpode- 35.-.055.47 35, 726,285.69
-rioy EqulpoEclucacolal y 1,316,841.04 1,360,220.86
Equipoe--yde 26,012,866.85 25,263,654.57
1/ehlc:ulos y Equipo de Transporlll 67,711,125.96 52,840,1117.43 Maqiáwria, OlnJa Equipoa y Hem.mian&ao 4,356.919.43 2,630,986.23
- Intangibles -.. 951,200.00 951,200.00
Dopn,c:,ación, Oolorion> y -ción -de-
~-de- -96,-407,308.39 -85,931,537 .34
Talal • ACllYO NO CIACULAN11! 11,3111,037.11 51,074,111.11
TOTAL DE AC1lYOII 1N,123,044.24 1D3,l11,411,211 T __ ,_
1N, 123,044.24 103,111,4111.21 DL t :PablhiOi.kt
~~~ CTORDE IONY F
AIICHIYO: Jl!FE DE Dl!PTO. CONTAIIIUDAD
Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 13
AYUNTAMIENTOS
El C. Lic. Rtgobarto Valanzuela Medina, Presdente Municipal de Navolato. Sinaioa, a sus habitantes hace saber
Que el Ayuntamiento de este Municipio, por conducto de su Secretarla, ha tenido a bien comunicarme para los electos correspondientes, lo siguiente:
Que en sesión de cabildo 15/17 celebrada con carácter de ordinaria el dla dos de mayo del al\o dos mil diecisiete, el Ayuntamiento de Navolatc, en e¡ercic10 de las facultades conferidas en los artlculos 115 fracción II de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, artlculo 125 fraccoón II de la Constrtución Polltica del Estado de Sinaloa, artlculo 27. 79. 80, 81 y 82 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, tuvo a bien aprobar el Regtamenb Interno de la Administración Pública del Municipio de Navolato, con base en siguiente:
Decreto Municipal N" 04
REGLAMENTO INTERNO DE LA AOMINISTRAClóN PÚBLICA MUNICIPAL DE NAVOLATO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
CAPITULO 1 DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Articulo 1. El presente Reglamento es de orden público y tiene por objeto fi¡ar la organización administrativa, asl como detenninar el funcionamiento y d,stribucoón de competencias de las dependencias que 01tegran la administración pública del Municipio de Navoiato
Articulo 2. Las dependencias de la administración pública municipal de Navolato tendrán su competencia, asl como materia en el ejercic:10 de las lacuttacles y el despacho de los asuntos que le confiere el presente reglamento. así como la Constrtución Política del Estado de Sinaloa. las Leyes. Reglamentos. Decretos. Acuerdos Manuales y demás d,sposiciones admin,strabvas ..
Articulo 3. Para el~os de interpretacoón del presente ordenamiento. se entenderá por
l. Ayuntamien'°: El Ayuntamiento del mun,c,p,o de Navolato. 11. Cabildo: Retinoón colegiada de los ,ntegrantes del Ayuntamiento. como órgano deliberante de representacoón popular en et municipio, et cual funciona en pleno o en com,s10nes. IH. Dependencia o unidad administrativa: Secretarias, Direcciones. Coordinaciones, Departamentos, Unidades o demés áreas de la Admm,tracoón pública municipal: IV. E•tado: El Gooemo del Estado de Sinaioa V. Gobierno Municipal: Ayuntamiento y la Adm1nislrac1ón pública municipal, VI. Ley: Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; VII. Ley de Ingresos: Ley de Ingresos del mun,cipio de Navolalll. Sinaloa, para el ejercicio fiscal correspondiente; VIII. Ley de Responsabilidades Administrativas: La Ley de Responsabílldades Admin1Strativas de los Servidores Públioos del Estado de S1naloa; IX. Muniaipio: Al municipio de Navolato; X. Organismos: Los organismos descentralizados, empresas de partic1paci6n municipal, los fondos, fdeicomisos y demás Ol{lanismos que con tal carácter sean creados por acuerdo de Cabildo: XI. Presupues-. de Egresos: el Presupuesto de Egresos del municipio de Navolatc, Slnaloa, para el e¡ercicio fiscal correspondiente: XII. Servidor Público Municipal: Toda persona fls,ca que desempefia un empleo, cargo o comisión. de cualquier naturaleza en la adminiStración pública municipal o paramunic,pal, XIII. Titular de la Presidencia Municipal. El Presidente o La Presidenta municipal según sea el caso; XIV. Titular de la Sindicatura de Procuración: La Sindica o el Síndico Procurador según sea el caso, XV. Titulares de las Sindicaturas del municipio. Los síndicos o las Srtdteas municipales según sea el caso; XVI. Código de Ética: El Código de Ética para Servidores Públicos del Municip10 de Navolato, Sinaloa; XVII. Audi1orla Superior del Estado: La Auditoria Superior del Estado de Sinaioa; XVIII Ejecutivo del Estado: El Gobernador Constrtucional del Estado de Sinaloa; XIX. Congreso del Elllado: El Congreso del Estado de Sinaioa: y XX. Araas o Unidades Adminiatratlvas: Las Direcciones. Coordnaciones, Departamentos y Organismos Paramunicipales que confonnan la Adm01,straco6n Pública del Mun,c,p,o de Navolato, Sinaloa
CAPITULO ti DEL AYUNTAMIENTO
Artlculo 4. Corresponde al Ayuntamtento e¡ercer, de manera exclusiva, las competencias constrtucionales y legales otorgadas al Gobierno Municipal.
Artlcuto 5. El Ayuntamiento, como órgano deliberante de Gobierno y de representación popular, se integra con la actuación colegiada de titulares de la Presidencia Municipal y de la Slndteatura de Procuración, as, como los regidores y las regidoras: su funcionamiento se regirá por el reglamento interior correspondiente.
Q__,..Jo. 102-1102-5
14 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 15 de Mayo de 2017
Artlculo 6. El titular de la Presidencia Municipal y de la Sindicatura de Procuracion, asi como los regidores y las regidoras no podrán ser reconvenidos por las opiniones que viertan en el ejercicio de su cargo.
Articulo 7. Además de las facultades y obligaciones establecidas en las normas legales y constltucionales, corresponden al Ayuntamiento las siguientes:
l. Cumplir y hacer cumplir la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Sinaloa. la Ley de Gobiemo Municipal del Estado de Sinaloa, las Leyes y Reglamentos derivadas de las mismas, y vigilar el estricto cumplimiento de los reglamentos y ordenamientos municipales. 11. Gobernar PoUtica y Administrativamente al Municipio. 111. Aprobar el Plan Municipal de Desarrollo, asl como los programas sectoriales, especiales e institucionales del municipio. IV. De acuerdo con las leyes en la materia, aprobar y expedir:
a) Su Reglamento Interior. b) El Bando de Policla y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia y aplicación general
dentro de la jurisdicción municipal c) Los reglamentos que organicen la administración pública municipal, los que regulen las materias, procedImIentos, funciones y
servicios públicos competencia del municipio, y los que aseguren la participación ciudadana y vecinal V. Aprobar las reformas y adiciones a los ordenamientos sellalados en la fracción anterior VI. Aprobar los manuales de organización, procedimientos y servicios al público de las unidades de la administración municipal. a propuesta del titular de la Presidencia Municipal. VII. Autorizar los convenios de colaboración que celebre e! Municipio con otros Municipios del Estado, así como con organismos de los sectores público, social o privado. VIII. Reglamentar y jerarquizar la prestación de los servicios públicos bajo el control del Municipio IX. Acordar los mecanismos de coordinación y asociación con otros Municipios del Estado. para efic1entar la prestación de servicios y de me1oras en ejercicio de las funciones que le corresponden al Municipio. X. En los términos que sel\alen las leyes aplicables:
a) AutoriZar las concesiones para la explotación y aprovechamiento de bienes y servicios municipales. requiriéndose la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes, cuando dichas concesiones se otorguen por un plazo mayor del tiempo para el que fueron electos.
b) Rescatar las concesiones otorgadas a particulares para la prestación de servicios públicos municipales XI. Con sujeción a las Leyes Federales y Estatales·
a) Aprobar la zonificación y los planes de desarrollo urbano municipal. b) AutoriZar y vigilar la utilización del suelo en la jurisdicción territorial del Municipio c) Definir los intrumentosde participación del Municipio en los programas de protección y conservación del med10 ambiente.
XII. Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros. cuando afecten el ámbito temtonal del Mun1cip10 XIII. Aprobar la propuesta de Iniciativa Anual de Ley de Ingresos del Municipio XIV. Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tabla~ aplicables de valores unitarios del suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad ,nmobiliana XV. Aprobar la propuesta de Presupuesto Anual de Egresos del Municipio, con base en los ingresos disponibles. el cual deberá incluir los tabuladores desglosados de las remuneraciones que reciban los Servidores Públicos Municipales. XVI. Revisar y autoriZar la cuenta pública mensual, dentro de los primeros quince dlas del mes siguiente al que corresponda. que deberá ore sentarse al Congreso del Estado, acompallada de los comprobantes respectivos XVII. Conocer y autoriZar las donaciones, herencias y legados que se hagan al Municipio. XVIII. Ordenar la práctica de auditorias. cuando a su juicio se considere necesario inspeccionar el mane¡o o aplicación de los bienes y recursos que integran la Hacienda Pública Municipal. XIX. Velar por la conservación material y el me¡oramiento de los bienes muebles e inmuebles del munIcIpI0 XX. Resolver, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes. sobre la celebración de actos. contratos o conven10s que afecten el patrimonio inmobiliario municipal. XXI. Autorizar al titular de la Presidencia Municipal, en los términos de la Ley en la materia, para la expropiación de bienes, cuando asi lo exIga el Interés público. XXII. AutoriZar los planes de desarrollo regional en los que participe el Municipio. XXIII. Fijar, modificar o sustrtuir los nombres de los centros poblados del Municipio. XXIV. Nombrar al cronista oficial del Municipio, a propuesta del titular de la Presidencia Municipal. XXV. Aprobar el Código de Ética al que deberán sujetarse en el ejercicio de sus funciones, todos los Servidores Públicos del Munic1p10. XXVI. Conceder licencias y admitir las renuncias de sus integrantes. XXVII. Definir y aprobar los medios de impugnación y defensa, asl como los órganos para dirimir las controversias entre la Adm1nistracIón Mun1c1pal y los particulares, con apego a los principios de audiencia, legalidad y transparencia XXVIII. Proporcionar a los Gobiemos Federal y Estatal la información que éstos le soliclten sobre el Municipio. XXIX. Las demés que le sel\alen las leyes, reglamentos u otras normas aplicables.
CAPITULOIII DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
Artlculo 8. El Presidente Municipal es el titular de la Administración Pública Municipal. quien para atender el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las dependencias y organismos sellalados en la Ley de Gobiemo Municipal del Estado de Sinaloa. en el presente Reglamento y en las demás disposiciones legales aplicables.
Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 15
Articulo 9. La Adm1n1straci6n Pública Mun1c1pal es la organización administrativa dependiente del titular de la Presidencia Municipal, a través de la cual el Ayuntamiento eierce sus funciones y presta los servicios públicos de su competencia La administración púbica municipal se divide en centralizada y paramun1cipal
La Administración Pública Municipal esta integrada por las dependencias del Ayuntamiento y entidades que dependen directamente del titular de la Presdencia Mun1c1pal
La Administración Pública paramunicipal la integran los organismos descentraUzados, empresas de participación municipal, los fondos, fideicomisos y demás orgar1Smos que con tal carácter sean creados por acuerdo de Cabildo.
Articulo 10. El Servdor Público Municipal que actúe en suplencia del titular de la dependencia, contará con todas las facultades que a aq~I le correspondan para lo cual autorizará los actos adm1n1strat1vos que emrta firmando como encargado del despacho
CAPÍTULO IV DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL
Articulo 11. El trtular de la Presoenc1a Mun1c1pal, es el órgano eiecutrvo del Ayuntamiento, a quien le corresponde, además de las facultades y obl1gac1ones que le confiere ta Ley. el ejerc1C10 de las atnbucrones siguientes
l. Proponer al Ayuntamiento la creacrón o supresión de las dependencias que requiera la Adm1nistrac1ón Pública Municipal, con las atribuciones y funciones que estime convenientes. además de la fusión o mod1f1caci6n de las ex1Stentes, lo antena, en términos de la reglamentación vigente: 11. Vigilar y procurar que las dependencias de la adm1n1strac1ón pública municipal se integren y funcionen en los términos del presente Reglamerrto y demás d1spos1c1ones legales que les resulten aplicables: 111. Informar al Ayuntamiento del estado que guardan la administración pública municipal y ICIS asuntos municipales: rv. Nombrar y remover a los titulares de las dependencias de la Adm1nistrac16n Púbica Municipal cuyo nombramiento y remoción no estén determinadas de otro modo en las drspos,ciones legales que resulten aplicables. así como concedertes hcencias y admitirtes su renuncia: V. Conducir la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo y de sus programas anuales de obras y servic1C1S públicos y v9~ar el cumplimiento de las acciones que le corresponda a cada una de las dependencias de la Adm1n1stración Pública Municipal: VI. Celebrar a nombre y en representación del Ayuntamiento, todos los actos y contratos necesarios para el despacho de ICIS negociCIS adm1ntStrat1vos y la atención de los servicios pUblicos munrc,pales: VII. Suscribir en su carácter de representante legal del Ayuntamiento, toda clase de acuerdCIS, convenios y contratos con la Federación, EstadCIS y Mun1c1p10S, así como con sus organismos desconcentrados y descentralizados, con apego a las disposic,ones legales aplicables: VIII. Someter a la aprobación del Ayuntamiento los proyectos de reglamentos y demás ordenamientCIS mun1c1pales, IX. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, d1Spos1c1ones de carácter general, asi como 1as determinaciones y acuerdos del Ayuntamiento: X. Someter al Ayuntamiento la aprobación del Plan Mun1c1pal de Desarrollo, XI. Ordenar la promulgación y 1a publicación de los reglamentos, acuerdos y demás d1spos1c1ones que apruebe el Ayuntamiento que deben regir en el Municip10 XII. Aplicar y eiecutar las sanc10nes impuestas por el titular de la S1nd1catura de Procuración en térrn1nC1S de la Ley de Responsabilidades Adm1n1strativas de los Servidores Públicos del Estado de S1naloa, XIII. Dirigir y v1g1lar el func1onam1ento de los servicios públicos municipales y la apl1cac16n de ICIS reglamentCIS correspondientes, XIV. Vigilar el cumplimiento de ICIS Planes Nacionales y Estatales de Desarrollo por parte de las autoridades mun1c1pales, XV. Vigilar la recaudación en todas las ramas de la Hacienda Pública Municipal, y que la inversión de los fondos municipales se haga con estncto apego al presupuesto de egresos para el a~o fiscal de que se trate, XVI. Proponer programas especificas que tiendan a la modernización de la Adm1nistrac16n Pública Municipal, en atención a ICIS principios de excelencia en el serv1c10 y austeridad presupuestaria, XVII. Impulsar alternativas de sano esparcimiento, fac1lrtando la utihzac16n de centrCIS comunitar10s de tipo educativo, cultural o lúdico, como pol1deport1vos, centros de barrio, bibliotecas y centros culturales: y XVIII. Las demás que establezcan la Constrtución. las leyes, reglamentCIS y demás dispC1S1c1ones legales aplicables
Articulo 12. Al despacho de la Presdencia Municipal, le estarán adscritas las áreas siguientes
a) Secretarla de la Presdencia: b) Coordinación de Atención y Participación Ciudadana: c) Coordinación de Transparencia y Acceso a la Información: d) Secretaria Particular: y e) Instituto Municipal de las Muieres de Navolato
CAPITULO V DE LAS DEPENDENCIAS DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL
SECCIÓN PRIMERA DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA
Articulo 13. Corresponde al trtular de la Secretarla de la Presidencia, además de las facultades establecidas en el articulo 67 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, el ejerc1c10 de las atribuciones siguiente!!
l. Organizar, coordinar, eiecutar y llevar el seguimiento de la agenda de activdades del titular de la Presidencia Municipal, de conformidad con las meddas protocola nas y de segurdad aplicables: 11. Orgamzar, programar y coordinar el desahogo de las audiencias púbicas que realiza el titular de la Presdencia Municipal, asl como canalizar las pebc10nes o solicrtudes ciudadanas que resulten de dichas audiencias:
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11. Coordinar y organizar la implemenlaciOn y desarrollo de IM!fltos especiales, traslados y gira• en los que intervenga el Titular de la Prestdencia Municipal; N. Establecer las bases para loa programas y contendo de las giras de trabajo del titular de la Presidencia Municipal, y su debida coordinactón con las dependencias de los Gobiemoe Federal y Estatal; V. Diae�ar, proponer, coordinar y dirigir la loglstica para el desarroHo de loa eventos de la administración pública municipal; VI. Organizar, clasificar y en BU caso tumar para la atención a las autoridades competentes, la correspondencia de la Presidencia Municipal; VII. FiJar, dirigir y controlar la polftica general de comunicaci6n aocial de la administración pública municipal; VIII. Mantener informada a la poblaciOn sobre las actiYidades que realiza la admlniSlración pública municipal; IX. Compilar, analizar, procesar y evaluar la información que sobre la administraciOn pública municipal, difundan lo6 medios de comunicación; X. Dirigir las relaciones públicas de la administración pública munocipal; y XI. Las demás que le confieran las leyes, decretos. reglamentos. convenios, acuerdos y aqueYas que expresamente le encomiende el titular de la Presidencia Municipal.
Ar1k:ulo 14. Al titular de esta dependencia, se le denominará Secretaria de Presidencia, quien contara con las áreas siguientes para el despacho de los asuntos de su competencia·
l. COOfdinación de ComunocaciOn Social y Relaciones Públicas; y
11. Giras y Eventos.
SECCIÓN SEGUNDA DE 1A COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS
Ar11culo 15. Corresponde a la Cooldinación de Comunicación Social y Relaciones Públicas las atl'ibuc:ione9 siguientes:
l. Coordinar la comunicación social del Ayuntamiento en sus d<ve=s actividades; 11. A!lisbr y cubnr informatrvamenle loa eventos de participación del Ayuntamiento; 111. Asistir en las actMdades pnmon:liales del btular de la Presidencia Municipal; IV. Dar difusión a los nuevos proyectos que se realiZan en el Ayuntamiento; V. Supervisar la información que genera el Ayuntamiento preVlo a su transmrsión en los medios; VI. Mantener oportunamente 1nlonnada a la c1udadanla sobre los acontecimientos de interés público que se em�en en las dferentes direcciones y
áreas de la administración pública municipal; VII. Realizar agendas de eventos y dilllribuírtas a los reporteros que cubren la fuente del Ayuntamiento; VIII. Programar publicaciones, anuncios y aviso& de las d11tintas dependencias en los peri6dico& de mayor circulación; IX. Atender a los representantes de los medios; X. Programar entrevistas para lunc10narios cuardo estos lo soliciten; XI. Atender las publicaciones que solicrtan las d1recc1ones para dar a conocer invitaciones, campa/las. etc . XII. Generar bolebnes de información que SU'J'l dentro del Ayuntamiento y referente a las actividades del titular de la Presidencia Municipal, regidoras y regidores, slndicos municipales y demás fllnc10narios. XIII. El Monltoreo de noticieros de televisión y condensados de prensa; y XIV. Las demás que le coofieran las leyes, reglamenlos, oonven10S. acuerdos. manuales y aquellas que expresamente le encomiende el titular de la Presidencia Municipal
SECCIÓN TERCERA DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Ar11cuto 111. Corresponde a la Coord11aci6n de Atención y Participación Ciudadana. el eiercicio de las atnbuc,ones siguientes
l. Fungir como vinculo entre la población y las unidades de la Administración Pública Municipal; 11. Sistematizar los proce90S de atención a la ciudadanla, para que sean eficaCéS y aseguren la calidad del trato a la población; IN. Recibir toda clase de queias, propuestas, sugerencias y solicl!Udes de la poblaci6n en materia de obras y servicios, y dirigir su gestión y atención. ante las unidades de la administración municipal competente; IV. Recibir toda solicitud de gestión dirigida al titular de la Presidencia Municipal, tumándolas a las unidades administrativas competentes; V. Recibir la documentación u oficio de las diversas áreas de la administración púbica municipal, estatal o federal, o de las paramunrc1pales o paraestatales, como de las diversas autoridades admin!Slratrvas o jurisdiccionales. debiendo registrar y despachar a las áreas responsables de la administración pública para su debida contestaciór; VI. Dar seguimiento a todas las demandas ciudadanas y v,g1lar que las unidades de la administración municipal brinden la respuesta que corresponda; VII. Brindar ase110rla y orientaci6n a la población sobre trámites, programas y servicios que presta el municipio; VIII. Llevar un registro y control de BUS actividades de gastorla; IX. Generar condiciones para asegurar la participación de la ciudadanla, y de los sectores social y privado, en la fonnulación, instrumentación y evaluación de laa pollticas, programas y proyectos del municipio, X. Diaet\ar e instrumentar mecanismos de participación ciudadana y vecinal en el municipio, XI. Fomentar la integraci6n de redes ciudadanas. para la SOiución de los prablenms mt.nicipales; XII. Alentar la conformación de conaejoe ciudadanos, en las diverus áreas del quehacer mt.nicipal; XIII. Promover la integración de comi1és ciudadanos para la construcción de obras o la prestaeión de servicios públicos; XN. Fomentar la aaociación vecinal; y
XV. Tener a BU cargo la promoción social del municipio.
Ar11culo 17. Al titular de esta dependencia, se le denominan! Coordinador de Alenci6n y Participación Ciudadana, quien contara con las áreas siguientes para el de9paCho de 1011 aeuntoa de"" competencia·
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l. Part1c1pac16n Ciudadana. y 11. Of1c1alia de Partes y Ventanilla Unica
SECCIÓN CUARTA DE LA COORDINACIÓN DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Articuk> 18. Corresp:::inde a la adm1n1strac1ón pública murnc1pa! a través de !a Coord1nac16n de Transparencia y Acceso a la lnformaoón Pública, garantlZar ei derecho de acceso a !a 1nformac16n públtca en los términos previstos por la leg1slac1ón federal y estatal en la materia
Articulo 19. Toda 1nformac1ón en posesión de la admm1strac1ón mun1c1pal es pública y, por lo tanto, accesible a cualqwer persona que la sol1c1te. con :as ún,cas l1m,tac1ones establecidas por la leg1slac1ón aplicable. mediante las figuras de 1nformac16n reservada y confidencial
Articuk> 20. Las unidades de la adm1n1strac16n mun1c1pal estarán sometidas al pnncIpI0 de publicidad de sus actos y obligadas a respetar el derecho de acceso a la 1nformac,ón pública
Articulo 21. La adr11nIstrac1ón municipal está oblgada a difundir. de oficio y sin que medie sol1crtud alguna, la siguiente 1nformac16n
l. La 1ntegrac1ón y conformación política del Ayuntamiento así como los días y hora de sus sesiones, 11. L.a integración de las Com1s1ones del Ayuntamiento lll. Las actas de sesiones de! Ayuntamiento IV. El marco regulatorio completo del munIcipI0 V La 1nforniac1ón anual de actividades VI. El Pian Mun1c1pai de Desarrollo los programas sectoriales, especiales e InstItucionales del municipio, con sus respectivos mdk:adores de gestOO que permitan conocer las metas. por un,jad responsable. así como los avances físicos y financieros por cada una de las metas, VIL Su estructL.ra orgánica, los servIcIos que presta. las atribuciones por undad admmIstratIva y la normativldad que las nge. VIII. El directo no de servidores públicos hasta el nivel de Jefatura de Departamento. con su nombre, número telefónico y dirección electrónica oficial. IX. La reriuneracIon total mensual por puesto X. Los manuales de organización y. en general la base normativa interna que regula su actuación. asi como las minutas de las reuniones oficiales XI. Los indicadores de gestión de los servIcIos públicos que presta XII. El ca 1efldano de tas actIvIdades culturales deportivas y recreativas que realtZa XIII. información relativa a la concesión de servicios públicos munIcIpales. así como toda aquella que verse sobre la ena1enac1ón de brenes 1nmueb~ ae dom1nI0 público del munIcIp10 XIV. Los servIcIos y programas sociales de apoyo que ofrece, así como los trámites. requisitos y formatos para acceder a los mismos, asi como el padrón de beneficiarios XV. Estadísticas e 1nd1cadores del desempeño de los cuerpos de policía. XVI. La Ley de lng~esos y el Presupuesto de Egresos para el eJerc1cI0 fiscal correspondiente, XVII. Las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos. contnbuc1ones de meJoras. incluyendo !as tablas de valores unrtarios del suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones de la propiedad 1nmobll1ar1a. XVIII. Las cantidades recibidas por concepto de multas asi como el uso o aplicac,ón que se les da, XIX. Empréstitos o deudas contraídas, XX. Las convocatorias a concurso o l1c1tac1ón de obras adqu1s1c1ones, arrendamientos, prestación de servIc10s. concesrones. perm,sos y autorizaciones así como sus resultados. XXI. Los expedientes admInIstratIvos que Justifiquen el otorgamiento de permisos. concesiones o lIcenc1as. asi como las contrataciones, lic1tac1ones y ios procesos ele adqu1sIcIón de bienes y servIcIos XXII. Los resultados de tOOo hJ:)() de auditorías concludas. hechas al e1ercIcI0 fiscal correspondiente, XXIII. La relación de tOOas !as personas físicas o morales que hayan rec1b1do recursos pl.Jblrcos, cualquiera que fuera su destrno, especificando montos número de póliza de cheque, conceptos y fechas en que se entregaron !os recursos XXIV. Los mecanismos de part1cipac1ón ciudadana. para Ia toma de decisiones en los procesos de elaboractón, 1mplementacrón y evaluación de !X)lit1cas publicas XX.V. El nombre dom1cIlI0 of1c1al y dirección electrónica. de los servidores pl.Jbticos encargados de gestionar y resolver las solicitudes de mformación pública y XXVI. Todo dato público que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de S1naloa, asi como toda la normatIv1dad correspondiente
SECCIÓN QUINTA DE LA SECRETARIA PARTICULAR
Artículo 22. Corresponde al Secretano Particular, el eJercIc10 de las atnbucrones y obligaciones siguientes
l. Prestar al trtular de la Presidencia Municipal el auxilio personal que requiera para el desempeño de sus funciones; 11. Atender y agenciar las audiencias del titular de la Presidencia Municipal, 111. Coadyuvar. con la Coord1nac1ón de Comun1cac16n Social en los informes o comunicados del tttularde la Presidencia Municipal, respecto de algún tema social IV. Presentar con oportunidad !a recepción, trámite y atención a !a correspondencia de la Presidencia, y V. Las demás que estabiezcan otros ordenamientos, le asigne el titular de la Presdencra Municipal o la Secretaría de la Presidencia
SECCIÓN SEXTA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE NAVOLATO
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Articulo 23. El Instituto Municipal de tas Muieres de Navolato, es un organismo público Desconcentrado de la Adm1nistrac1ón Pública '.�unic1pal quien además de las facultades establecidas en el articulo 67 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. se regirá conforme a lo dispuesto en el Decreto No 02 que crea et Instituto Municipal de las Mujeres de Navolato
Articulo 24. El Instituto tiene como obJeto establecer y eJecutar políticas y acciones que propicien la no d1scnm1nac1ón, la igualdad de oportunidad y trato entre géneros, el eJerc1cKJ pleno de todos los derechos de las muJeres y su part1c1pac16n equrtat1va en la Vida política económ1ca y social. y normara sus act1vtdades de acuerdo con las atnbuc1ones s1gU1entes
l. Elaborar programas de part1c,pac1ón ciudadana que prop1c1e la equidad de género, 11. Instrumentar la operación en el mun1c1p10 de programas Federales y Estatales que contengan acciones encaminadas a esta mate na 111. Promover la prestación de servicios del sector público que favorezcan ta 1ncorporac1ón de las muieres al bienestar y la actividad prciduct1va IV. Impulsar la defensa de los derechos de las muieres, por medio de convenios de colaboración con organismos públicos y pnvados, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que beneficien a las muieres, V. Integrar una base de datos y registro, para el segu1m1ento, control y evaluación de !as cond1c1ones sociales, políticas, económicas y culturales de las muieres en los distintos ámbrtos de la sociedad, VI. Participar ec reuniones de traba¡o, foros, coloquios y eventos, con organismos especializados sobre los temas de las mujeres. para el 1ntercamb10 de experiencias e información, VII. Promover !as aportactanes de recursos provenientes de dependencias e 1nst1tuc1ones públicas y de orgamzac,ones privadas y sociales interesadas en apoyar el logro de la equidad y género, VIII. Promover la part1c1paci6n actrva de las muJeres del munIc:po en el proceso de la toma de decisiones en las asoc1acIones civiles y organt2acIones de la vida económica, política, comunItar1a y social, IX. Capacitar, asesorar, onentar, y apoyar a las mu1eres del municipio para meJorar su cond1c1ón social en un marco de equidad y lograr su 1ntegrac1ón con una partic1pac1ón total y efectiva en todos los derechos, X. Promover, proteger, informar y difundir los derechos de las mu,eres consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de mas ordenamientos legales, como los son los derechos en materia de educación, salud, trabajo, part1cIpac1ón politica, medios de :nformac1ón medio ambiente, etc., así como dar onentac1ón sobre las poHtlcas y programas existentes relacionados con !a igualdad de derechos entre varones y muieres y
XI. Las demás que !e confieran las !eyes reglamentos. convenios acuerdos. manuales y aquellas que expresamente le encomiende el titular de !a Presidencia Munte1pal
CAPÍTULO VI DE LA SINDICATURA DE PROCURACIÓN
DEL TITULAR DE LA SINDICATURA DE PROCURACIÓN
Articulo 25. El titular de !a Sindicatura de Procuración tiene a su cargo la función de Contraloría Interna y Ia representación y procuración de la defensa de los intereses del Ayuntamiento. Para tales efectos además de las facultades y obligaciones que le otorga el articulo 39 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de SInaloa. tendrá las atnbuc,ones s.guIer1tes
l. Tener a su cargo la función de !d contra!oría interna y la procuración de la defensa de !os intereses del Ayuntamiento. 11. F11ar y dmgIr la polit1ca en materia de control, v1g1lancIa, f1scal1zac1ón, superv1s1ón, evaluación y aud1tona que deban observar todas las dependenoas adm1nrstrat1vas y los organismos públicos paramun1cIpales. así como vIg1lar su cump!ImIento y, en su caso_ prestarles. el a¡:)Oyo i asesoría que éstas le soliciten, 111. Vigilar la observancia en el cumplimiento de las d1spos1c,ones legales y reglamentarias establecidas para el control interno, IV. Revisar las transferencias presupuestales que den van del presupuesto de egresos V. Fiscalizar, a través de !a Contralorla Interna, los recursos asignados por el Estado o !a Federación, y que eJerzan las dependenc,as y organismos de la adm1n1stración pública municipal: VI. Ordenar revisiones. auditorias generales o especIaJes a todas las dependencias de la AdministracK>n PúblK::a Municipal y paramumcipales. con el obJeto de promover la ef1c1enc1a en sus operaciones y comprobar el cumplimiento las leyes, decretos, reglamentos, presupuestos y politlcas aphcables a !as mismas, VII. Vigilar el cumpllm,ento de las normas establecidas, recomendaciones y observaciones que realicen los organismos de coritro! Estatales o Federales, cuando exista competencia concurrente, determinadas por leyes, reglamentos. acuerdos o convenios. VIII. Vigilar. por conducto del DepartamenhJ de Contraloría Interna. que se cumplan !as dIsposIc10nes de los acuerdos convenios y contratos celebrados entre el murnc1p10 y proveedores, acreedores, contratistas, así como con entidades públicas y pnvadas, de donde se denve !a :nversIón de fondos; IX. Promover y sugerir el establec1m1ento de normas o hneam1entos para que ta actuaclán de los servidores públicos se dé en un marco de !ega!�ad. probdad y ef,c1enc1a, X. Resguardar las declaraciones de situación patrimonial de !os servidores públicos municipales, XI. Instaurar. substanciar y resolver los proced1m1entos de responsab1l1dades adm1nrstrat1vas de los servidores públicos municipales, asf como para imponer las sanciones que correspondan. XII. EJercer la representación jurfd1ca del Ayuntamiento en los l1t1g1os JUdIc1ales y en las negocIacIones relativas a la hacrenda municipal pudiendo nombrar procuradores JUdíciales en el ámbito municipal, con arreglo a las facultades especlf1eas que e! Ayuntamiento le delegue, XIII. Representar al Ayuntamiento, al titular de ta Presldencta Municipal, a las dependencias de la Administractón Publica Mun1c1pal y a los organismos paramun1c1pales, en los procedimientos en que intervengan, sean éstos de carácter extraJud1cial o ante tnbunales Judiciales admm1strat1vos o del trabaJo incluyendo el Juicio de Amparo, XIV. Nombrar asesores, delegados, procuradores Juid1c,ales, autorizados 1urid1cos, voceros 1urld1cos u otorgar facuttades de representación de las entidades públicas municipales en favor de terceros, exclusivamente con relación a los trámites junsdiccionales en que mtefVenga. XV. Convocar a los trtulares de las dependencias para solicitar informacl6n. asesorla técnica y elaboración de trabaJOS que requieran de conocimientos específicos en la atención y solución de asuntos que se le turnen para su estucho y ejecución,
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XVI. Promover ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Controversias Constitucionales que correspondan al Ayuntamiento y que sean acordadas por éste, XVII. Resolver respecto de la legalidad de las solicrtudes del pago de indemnizaciones o compensaciones por afectación de intereses particulares por el Munic1p10. XVIII. Proponer al trtular de la Pres1denc1a Municipal, para su aprobación, el nombramiento del personal al seivicio de la Sindicatura de Procuración, o bien. ratlhcar los nombramientos del personal que ya se encuentre a su cargo y que considere conveniente continúe bajo su adscripción; XIX. Asistir a Ias v1s1las de 1nspecc1ón, revisiones o auditorias que se practiquen a la Tesorerla Municipal y a sus dependencias auxiliares. Revisar los cortes de ca¡a efectuados por la Tesorería, sancionar los estados financieros, revisar penódicamente las relaciones de rezagos y procurar su lquidac:ón y cobro oportunos. XX. Vigilar que la recaudación fiscal ingrese a la Tesorería Munteipal, que los procedimientos administrativos y el ejercicio de los recursos públicos se lleven a cabo conforme al presupuesto de egresos y demás disposiciones nonnativas aplicables en la materia, dictando las medidas preventivas para evitar se causen pef)u1c10s a la hacienda municipal, XXI. Conocer de las condonaciones o reducciones de crédrtos fiscales que realicen el titular de la Presidencia Municipal o el seividor público autorizado para tal efe,cto. fonnulando en su caso las obseivac1ones pertinentes; XXII. ReVJsar y fInnar las cuentas públicas del Municipio. vtg1lando que oportunamente se remitan ante el Congreso del Estado para su revisión y aprobación. XXIII. V1g1lar la formulación de inventarios actual,zados de bienes municipales, supervisando que se legalice la propiedad de los mismos a nombre del MunicIp10. vtgilar que los trámites ae expedición de titules de propiedad a particulares en materia de regularización de la tenencia de la berra en el MunIcIpI0 se lleven a cabo conforme a la legalidad. acuerdos de Cabildo y manuales de procedimiento aprobados; XXIV. Cerc1orars~ de que el trtular de la T esoreria Mun1c1pal y demás servidores públicos que manejen fondos Municipales a su cargo, otorgu'°n caución o garantía del buen manejo de fondos, comprobando en su caso la exIstencIa y solvencia del fiador; XXV. Encabezar el proceso de entrega y recepción tanto 1ntennedI0, como al ténn1no de cada periodo de gobierno, de las dependencias, unidades y organismos que fonnan parte de la administración pública municipal, en los ténninos precisados por la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos del Estado de S1naloa; XXVI. Conocer oportunamente todas las recomendaciones u obseivac1ones que el H. Congreso del Estado dirija al Municipio, a sus dependencias y unidades admInIstratIvas y practicar auditorías o revisiones contables, financieras, admin,strativas y operativas que estime convenientes, en cualquiera de las dependencias de la administración pública centralizada o descentralizada; y XXVII. Las demás que le confieran las leyes. decretos. reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el Ayuntamiento
ArUculo 26.- Al trtular de esta dependencia, se le denominará Sindico Procurador. quien para el despacho de los asuntos de su competencia se aux111ará de las s~u1entes áreas
l. Coord1nac1ón de Contraloria; 11. Departamento de Defensa Jurídica y Laboral, 111. Departamento Responsab111dades Administrativas y Registro Patrimonial; y IV. Secretaría Técnica
CAPITULO VII DE LAS DEPENDENCIAS
DE LA SINDICATURA DE PROCURACIÓN
SECCIÓN PRIMERA DE LA COORDINACIÓN DE CONTRALORÍA
ArUculo 27 Corresponde a la Contraloría, el e1ercIcI0 de las atnbuc1ones s,guientes
l. Vigilar el cumpIImIento de las polit1cas en matena de control, fiscalizacl6n, supeivisión evaluación y audrtoria que deban obseivar todas las dependencias de la adm1nistrac,ón pública municipal y para municipal y, en su caso, presentarle el apoyo y asesoramiento que éstas le soliciten; 11. Practicar v1s1tas periódicas de Inspecc1ón a las dependencias de la administración pública municipal a efecto de constatar que el ejercicio del gasto público sea congruente con las partidas del presente presupuesto de egresos autonzado, 111. F1scalIzar los recursos asignados por el estado o la federación, y que e1erzan las dependencias y organismos de la administración pública municipal. IV. Practicar rev,s,ones, aud,tonas generales o especiales a todas las dependencias de la administración pública municipal y paramunicipal, con el 001eto de promover la ef1cac1a en ses operaciones y comprobar el cumplimiento de los objetivos contenidos en el Plan Municipal de Desarrollo; asl mismo. venficar el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamento, presupuesto, y políticas aplicables a las mismas; V. V1g1lar la obseivanc1a de las Leyes y reglamentos relativos a la selección y contratación de obras públicas, seivicios profesionaleS, arrendamientos, seguros y fianzas. adqu1s1ciones y seivIcios generales; VI. Vigilar que se cumplan las d,sposIc1ones contenidas en acuerdos, convenios y contratos celebrados entre el municipio y proveedores, acreedores, contratistas, asi como con entidades públicas y pnvadas, de donde se denve la inversión de fondos; VII. Asesorar y apoyar adm1n1strativamente a los órganos de control interno de las dependencias y órganos auxiliares de la administración municipal; VIII. Designar y coord1narBe con auditores externos contratados por la administración pública municipal y paramunicipal; IX. Organ,zar y coordinarse los sistemas de control y seguimiento de los programas de trabajo de las dependencias municipales, asl como proponer medidas admIn1stratIvas que contribuyan a meJOrar la presentación del seivicio público; X. Cocrdinarse y certificar, cuando las dependencias cambien de titular, que la entrega y recepción de las mismas, se haga a través de acta fonnal de entrega-recepción, listado y senalando los activos y el estado fls1co en que se encuentran, asl como la información administrativa diversa para la correcta operación de las mismas, XI. Practica, toda clase de visrtas. inspecciones, audrtorlas y revisiones, con objeto de supeivisar toda clase de libros, registros, instrumentos, documentos, ob¡etos u obras públicas y, en general recabar los elementos infonnativos necesarios para cumplir sus funciones. aplicando en ello las técnicas y procedImIentos de auditoria y evaluación; y XII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, asl como las que le encomiende el titular de la Sindicatura de Procuración.
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Articulo 28. Al titular de esta dependencia, se le denominará Contralor Interno, quien para el despacho de los asuntos de su competenc,a se auxiliará de las siguientes áreas:
l. Control Interno y Auditoria; y 11. Contralorfa Social.
SECCIÓN SEGUNDA DEL ÁREA DEFENSA JURiDICA Y LABORAL
Articulo 29. Corresponde al área de Defensa Jurldica y Laboral, el eJercicio de las atribuciones s1gu1entes
l. Representar, por 1nstrucc10nes del titular de la Sindicatura de Procuración, al Ayuntamiento, al titular de la Pres1denc1a Mun1c1pai a ias dependencias de éstos y a los organismos para municipales, en los JUICIOS y proced1m1entos en que intervengan, sean éstos de carácter extra1url1c,a1 o ante tribunales Judiciales, admmistrat1Vos o del trabaJo incluyendo el Juicio de Amparo: 11. Actuar como asesor, delegado, procurador, 110cero Jurídico, exctus1Vamente en relación con los trámites 1unsd1cc10nales en que intervengan las dependencias del Municipio; 111. Proponer procedimientos de contratación de los servidores públicos y asesorar en los casos de baJas de personal. cambios de adscnpc1on y deducciones a sus percepciones salariales; IV Asesorar en las negociaciones laborales anuales que se lleven a cabo con el Sindicato de TrabaJadores al Serv1c10 del Ayuntamiento de Navolato V. Colaborar con el Sindico Procurador en el estudio de las órdenes del dla de las Sesiones de Cabildo y asistirlo en ellas VI. Supervisar que los actos Jurid1cos mediante los cuales se transmita la propiedad, conservación, uso. destino afectación aesafectac,,on enajenación y baJa, de bienes muebles e inmuebles del patnmonio municipal se sujeten a las disposiciones legales y reglamenta nas VII. Atender las denuncias hechas ante el Ayuntamiento o sus dependencias sobre la ocupación irregular de los predios. fincas y espacios publ1cos de propiedad municipal o bajo su administración; VIII. Solicitar información, asesorta técnica o elaboración de trabaJos que requieran de conoc1m1entos especificas en la atención y solucKJn ,je asuntos que se le turnen para su estudio y eJecución, IX. Coadyuvar con el titular de la S1nd1catura de Procuración en las acciones de controversia Ccnst1tuc1onal que se promuevan ante !a Suprema Corte de Jusbcia de la Nación; X. Aux1l1ar, en los témunos de la Ley Agrana, coniuntamente con la Tesorería Municipal y la Dirección de Urbanismo y Gestión Ambiental. en el ejercicio del derecho de preferencia respecto de las enaJenac1ones de tierras de ongen ejidal. para dest1nar1as a la creación de reservas terntonales o para la prestación de un servicio público, XI. Intervenir en la elaboración, discusión y análisis de los actos jurídicos en donde se adquieran o salgan del patrimonio, def1nit1va o por tiempo detemunado o indeterminado, los bienes o derechos del municipio; XII. Instruir los expedientes administrat1Vos del pago de mdemn12ación o compensación por la afectación de intereses de los particulares XIII. Colaborar en los programas de regulanzación de la tenencia de la tierra que promueva el Mun1c1p10, XIV. Capacitar a los servidores públicos para que sus actuaciones cumplan con los requ1srtos de legalidad. y XV. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, así como las que le encomiende el titular de la S1nd1catura de Procuración
SECCIÓN TERCERA DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y REGISTRO PATRIMONIAL
Articulo 30. Corresponde al área de Responsabilidades Administrativas y Registro Patnmomal, el eJerc1c10 de las atnbuc1ones siguientes
l. Ser ta instancia de la Sindicatura de Procuración encargada de sustanciar las responsabilidades adm1nistrat1Vas de los servidores pL:0!1cos 'y
fomentar el eierc1cio transparente de sus funciones en la administración pública. lt. Llevar el registro de antecedentes disciplinarios de los servidores públicos y clasificarlos de acuerdo a la naturaleza de la responsab1l1da0 concentrando en un archivo dichos antecedentes; 111. Extender de manera con¡unta con el titular de la S1nd1catura de Procuración las constancias d1sc1phnanas correspondientes IV. Bnndar asesoría de ofic10 a los presuntos responsables, cuando no se acompal\en de un abogado de su confianza. durante las comparecenc,as en cada una de las etapas de las sustanc1ac1ón del procedimiento admm1strat1vo integrado con motivo de !a queJa o denuncia V. Establecer estrategias para dar a conocer al ciudadano su derecho, para presentar y tramitar queJas y denuncias que a su 1u1c10 considera por presuntas irregularidades de los servidores públicos municipales en el ejercicio de sus funciones, VI. Recibir que,tas y denuncias ciudadanas sobre actos de irregularidades en las que presuntamente haya incurrido el servidor publico en el e1erc1c10 de sus funciones o actuar de oficio en los casos que la Ley de Responsabilidades Adm1nistrat1vas, le señale, VII. Sustanciar y resolver los procedimientos administrativos de responsabilidad, derivados de presuntas 1nfracc1ones a la Ley de Responsab1l1dades Administrativas de los Servidores Públicos y a las leyes correspondientes: VIII. Solicitar, recibir y concentrar la declaración de situación patrimonial de los servidores públicos mun1c1pales: IX. Llevar el segu1m1ento de las observaciones practicadas por la Audrtoria Superior de la Federación o del Estado X. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, asl como las que le encomiende el titular de la S1nd1catura de Procuración o de la Pres1denc•,a Munic1pa1
SECCIÓN CUARTA DE LA SECRETARIA TÉCNICA
Articulo 31. A la Secretarla Técnica corresponde el eierc1c10 de las facultades y obligaciones siguientes
l. Asesorar al trtular de la Sindicatura de Procuración en los casos que este le encomiende con apoyo técnico y administrativo
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11. Auxiliar y representar al titular de la Sindicatura de Procuración en las funciones que le encomiende de acuerdo a la delegación de facultades que establecen la Ley de Gob1emo Municipal del Estado de S1naloa; 111. Asistir y asesorar al titular de la S1nd1catura de Procuración en las Sesiones de Gabildo, IV. Auxiliar al titular de la S1nd1catura de Procuracl6n en las funciones de oficinas y de gestión admin1Strallva, de acuerdo a las necesdades propias de dicha oticma. v. Asesorar y apoyar al titular de la Sindicatura de Procuración en sus funciones y a IOIS !ltulares de las dependencias de su estructura; VI. Compilar y analizar la 1nformacl6n de cada una de las dependencias de la Sindicatura de Procuración, y realizar informes periódicos sobre la situación que guarda cada una. a sol,cItud del trtular de la S1nd1catura de Procuración; VII. Ser enlace del titular de la S1nd1catura de Procuracl6n con las demás dependencias que integran la administracl6n pública municipal, a efecto del maneJo 1nformacIón pública consuttas internas. consuttas sobre el derecho de peticl6n de acuerdo al artículo 8 constitucional. visitas en matena de derechos humanos. proyectos adm1nistrat1vos y Jurídicos de otras dependencias, manuales de operación y cualquier asunto relacionado con éstas. VIII. As1st1r en representación del titular de ta Sindicatura de Procuración. cuando éste se lo instruya, a las reunkmes de comités o licitac1ones públ,cas IX. Fungir como asistente y llevar el control de la correspondencia. audIencIas y la agenda diaria del titular de la Sindicatura de Procuracl6n; X. Dar seguimiento a las petIcIones ciudadanas que le formulen al titular de la Sindicatura de Procuración y turnar las que correspondan a las dependencias de su estructura y tamb1én a otras dependencias de la administración municipal o según corresponda a otros niveles de gobtemo. XI. Coadyuvar en la formulación de programas estratégicos y coordinarlos, para un manejo eficiente de la admIrnstracl6n de las dependencias adscritas a la Sindicatura de Procuración XII. Real,zar y coordinar las actIvIdades y fuccIones admIn1stratIvas del titular de la SInd,catura de Procuración y de las dependencias de éste; XIII. Fung,r como enlace y asesor del titular de la S1ndIcatura de Procuración para dar seguImIento en matena de solicitudes de 1nformac1ón pública. de publ,cac,oc de 1nformac1ón publica minIma de of1C10 y su actual1Zac1ón. en los términos de la Ley de Acceso a la lnformacl6n Pública del Estado de s,naloa. y XIV. Las demás que establezcan las ka yes y reglamentos y las que le señale el titular de la Sindicatura de Procuración
TITULO SEGUNDO DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
CAPÍTULO 1 DE LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
Articulo 32. El Presidente Municipal en su carácter de titular de ta función ejecutiva para el cumplimiento de las funciones que constrtuc10nalmente !e están encomendadas al Ayuntamiento, contará con !as dependencias siguientes
l. SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO 11. TESORERÍA MUNICIPAL 111. SECRETARÍA DE DESARROLLO Y SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES IV. DIRECCIONES
Las cuales para el eJerc1c10 de la función adm1n1strat1va cuenta con las dependencias y estructura orgánica siguiente
SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO a) Drrecc1ón de Asuntos Juridicos b) Coord1nac1ón de Protección Civil e) Oepartamertc, de Srndicaturas y Comisarias d I Un dad de Cabildo Abierto e) Undad de Tribunal de Barandilla f) Unidad de Junta Municipal de Reclutamiento
g) Un dad de Cal1f1cac1ón de Infracciones h l Undad de Archivo Municipal
11. TESORERÍA MUNICIPAL a J Direcc1ón de Ingresos b I D1recc1ón de Contabilidad e) Coord1nac16n de Administración d) Undad de Catastro Mun1c1pal e) Central Camronera
111. SECRETARIA DE DESARROLLO Y SERVICIOS MUNICIPALES a¡ Dirección de Servicios Públicos Municipales b1 Dirección de Urbanismo y Ges116n Ambiental c) Dirección de Obras Públicas d) D,recc16n de Desarrollo Social y Humano e¡ Dirección de Desarrollo Económico f) Departamento del Taller Mun,c1pal
IV. DIRECCIONES a) Dirección de Planeacl6n Mun,c1pal b) D,recc16n de Segundad Pública y Tránsito Municipal
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CAPÍTULOII DE LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
Articulo 33. Corresponde a la Secretaria del Ayuntamiento. además de las facultades y obhgac1ones que le atribuyen los articules 50. 51 y 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de S1naloa. el e¡erc1c10 de las atribuciones s1gu1entes
l. Dar segu1m1ento al cumpl1m1ento de los proyectos y programas que por su naturaleza requieran de la part1c1pac16n de diversas dependencias de gobierne mun1c1pal e informar al titular de la Pres1denc1a Mun1c1pal respecto de los avances y de los resultados obtenidos. 11. Coordinar las acciones necesanas para que las dependencias cumplan de la meJor manera con los acuerdos que emrt:a el Pleno del Ayuntam,ento e informar al titular de la Pres1denc1a Mun1c1pal del avance de cumphm1ento. 111. Remitir al Penód100 Ofic1a1·E1 Estado de S1naloa· los reglamentos. acuerdos. decretos y cualquier otro instrumento mun1c1pal que deba publicarse. IV. Llevar un registro de f1nr,as y cargos de los servidores públicos muntc1pales. asi como cert1f1car su autenticidad cuando aparezcan en documentos cf1c1ales suscritos por estos. y que así se requieran V. Instrumentar conJuntamente con el titular de la Pres1denc1a Municipal. los asuntos políticos del Murnc1p10, VI. Llevar los hbros y registros de act1v1dades municipales que le corresponda, VII. Organizar dingu y controlar. apoyado por las dependencias de la adm1ntstrac1ón pública municipal. paramunictpal y organismos competentes el archivo muntctpal y la correspondencia oficial. VIII. Dar fe de los actos en que part1c1pe el Ayuntamiento o titular de la Pres1denc1a Municipal IX. Comp1lor y def1n1r todas las d1spos1c1ones Jurídicas que tengan vigencia en el Munic1p10 X. Supervisar el control y registro de los bienes muebles e inmuebles del patnmon10 municipal XI. Promover la regulanzactón de la propiedad en favor del Muntc1p10. de los bienes muebles o inmuebles que por determ1nac1ón de la ley o pur otras circunstancias deban ser parte del patrimonio municipal XII. Establecer conJuntamente con la Tesorería Municipal, los proced1mrentos baJO los cuales se deberan ena1enar en favor de terceros los bienes muebles o inmuebles que hubieren sido dados de baJa de su operación o se hubieren adqumdo mediante el proced1m1ento económico c-.oact1vo. XIII. E¡ercer en los términos de la Ley Agrana. conJuntamente con la Tesorería Municipal y la D1recc16n de Urbanismo y Gesttón Ambiental. el derecno de preferencia respecto de las ventas de tierras de ongen eJ1dal, para destinarlas a la creación de reservas territoriales o para la rrestac16n de un serv1c10 público. XIV. Asesorar al titular de la Presidencia Mun1c1pal en los procedimientos admm1strat1vos de exprop1ac16n de bienes suietos at régimen de propiedad privada XV. Coordinar la actuahzac1óri adecuación y exped1c16n de los reglamentos municipales XVI. Programar. convocar. coordinar y atender todo lo relativo a tas Sesiones del Cabildo XVII. Coord1l'larse con los Regidores rara la atención de los asuntos que competen a sus comisiones XVIII. Dar a conocer a todas las dependencias de la adm1nistrac16n pública municipal los acuerdos tomados por el cabildo y las decisiones del titular de la Pres1denc1a Mun1c1pat XIX. Expedir ias certificaciones de los acuerdos tomados por el cabildo. XX. Coordinar la tram1tac16n de las categorías políticas de los centros poblados del Munic1p10. en coord1nac16n con la Dirección de Urbanismo y Gestión Ambiental así como lo relativo a la f11ac1ón y preservación de los límites de los mismos, XXI. Suscribir conJuntameílte con el titular de la Pres1denc1a Mun1c1pal. tos documentos of1c1ales emitidos por este último, v1g11ando el previo curnp11m1en,o de las ex1genc1as legales del caso XXII. íramrtar y em1t1r l1cenc1as. ¡Y:'rTTitsos autonzac 1ones constancias y cert1f1Cac1ones XXIII. Extender cert1f1cac1ones de residencia y de posesión previa rev1s1on de la documentación de soporte e 1nvest1gac1ón de campo correspond1ente XXIV. Coord1n;:ir y supervisar ei desarrollo de los trabaJo~ admin1strat vos en las s1nd1caturas y comisarias. así como el debido aprovechamiento de 1os recu:-sos humanos. técnicos y financieros para el cumpl1m1ent:i de los programas 1mpl~mentados por la adm1rnst·ac16n púLJl1ca municipal XXV. Su¡::erv1sar la Junta Municipal de Reclutamiento XXVI. Superv13ar que el Tnbunal de Ba:-and1lla y la Coord1nac16n de Cal1flcac16n de Infracciones cumplan con sus func1c:1es de manera ef1c1ente eficaz y dentro del marco normativo municipal XXVII. Mantener mformado al titular dC; la Pres1denc1a Mun1c1pal en materia de asuntos electorales y representarlo en eventos de esa naturaleza. cuando asi se le requiera. XXVIII. l~tegrar coordmar y supervisar el Sistema Municipal de Protección C1v1I y, XXIX. Las demas que le confieran las leyes decretos. reglamentos. convenios. acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el Ayuntamiento
Articuk> 34.~ Para el despacho de los asuntos de su competenc,a, el titular de la Secretaria del Ayuntamiento se aux1 11ará de las a reas s19u1entes
a¡ D1recc16n de Asuntos Jurídicos b) Coordmac1ón de Protección C1v1I e) Departamento de S1nd1catura y Comisarias d) Unidad de Cabildo Abierto e) Unidad de Tribunal de Barandilla f) Unidad de Junta Municipal de Reclutamiento g) Urndad de Callf1cai:1ón de Infracciones h) Unidad de Archivo Municipal
SECCIÓN PRIMERA DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS
Articulo 35. A la Dirección de Asuntos Jurld1cos le corresponde además de las facultades y obl1gac1ones que le atnbuye la Ley, el e¡erc1c,o de las atnbuc1ones siguientes
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l. Elaborar los dictámenes y opiniones Jurldicas que le soliciten las dependencias del Gobierno Municipal, respecto de las formalidades y sentido de los actos y proced1m1entos admInistratIvos que a cada una de ellas les corresponde, 11. Asesorar. cuando lo soliciten las dependencias del Ayuntamiento, en matena de l1crtaciones públicas a efecto de que las convocatorias y proced1m1entos se expidan y desarroUen dentro del marco legal aplicable: 111. Colaborar en la elaboración de decretos e inIciatIvas de ley que presente el Ayuntamiento. IV. Revisar y/o elaborar los distintos acuerdos de voluntades que las dependencias de la Adm1nistrac1ón Pública Mun1c1pal requieran para el cumpl1m1ento de sus funciones; V. Otorgar op,nlOn al Titular de la Sindicatura de ProcuraclOn. cuando éste lo sohcrte, respecto de la estrategia legal a desarrollar para la defensa Jurid1ca de los intereses del Ayuntamiento en casos concretos, VI. Intervenir en los aspectos JUridicos que comprenda la formulación de manuales, circulares, acuerdos adm1n1Strativos, instrucbvos y demás d1spcs1c1ones de caracter general. VII. Integrar ros expedien!e de exprop,ac,ón. por 1nstruccIones del Titular de la Pres1denc1a Municipal, previa solicitud que se realice al Ayuntamiento, en los términos de la Ley Reglamentaria del Articulo 154, Reformado, de la Const~uc,ón Política del Estado, VIII. Realizar los procedImIentos para la obtenclOn de la certidumbre legal de los predlOS en posesión del mun1cIpI0. y IX. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, y las que le confiera el Titular de ia Pres1denc1a Mun1c1pal o la Secretaria del Ayuntamiento
Artfculo 36.- Para el despacho de los asuntos de su competencia. la Dirección de Asuntos Jurídicos se auxiliará de las áreas siguientes
a) Departamento de Normativ1dad y Asesoría. bJ Departamento de Dictámenes. y cJ Departamento de Regularización de la Tenencia de la Tierra
SECCIÓN SEGUNDA DE LA COORDINACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL
Articulo 37. La Coord1nac1ón de Protección Civil Municipal se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Protección C1vII, en la Ley de Protección C1v1I para el Estado de S1naloa, reglamentos y demás d1SposIcIones aplicables así como en los acuerdos que en matena de protección civil dicte Cabildo teniendo además las atribuc10nes siguientes
l. Establecer y mantener la coord1nac1ón estrecha con las dependencias del ramo de los tres órdenes de gobierno. organismos descentralizados. asoc1ac1ones c,v,les e 1nstrtuciones académicas con respecto a las acciones y estrategias que habrán de implementarse, 11. ldent~icar los nesgas a los que esté expuesto el Munic1p10 y elaborar los mapas de riesgos. 111. Coordinar las acc10nes ante. durante y despuéS de las emergencias o desastres que se presenten. IV. Alertar a la c,udadania respecto de las emergencias o desastres que se confronten, V. C~ar de 1nmed1ato a los integrantes de las diferentes unidades de aux,II0 cIvII de protección CIVIi que conforman el ConseJO Municipal, en caso necesario. VI. Distribuir las áreas de atención a cada una de las unidades de protección c1v1I, VII. Supervisar el cumplimiento de cada una de las tareas que se as,gnen a las diferentes unidades y grupos de apoyo; VIII. Mantener contacto permanente con los medios de comunicación, para proporcionar la información que oriente a la ciudadanla. de qué hacer antes durante y despuéS de la posible afectación de un desastre natural, quim,co- tecnológico, san,tano- ecológico o socI0--0rganizativo y otros: IX. Evaluar los resultados de las estrategias puestas en práctica en el mane¡o de las emergencias o desastres, X. Rendir. al Secretano de Seguridad Pública y Tránsrto Mun1c1pal, un informe pormenonzado de las áreas y niveles de desastre, XI. Difundir y promover ertre la ciudadanía la cultura de protección c1v1I, XII. Elaborar. implementar y eJecutar el programa municipal de protección civil. XIII. Elaborar y e¡ecutar el Plan Municipal de Cont1ngenc1a o Emergencias, XIII. Elaborar los directorios e inventarios de recursos humanos y matenales disponibles para casos de emergencia, y XV. Las demás que establezcan las leyes, reglamentos, y todas aquellas que le confiera el Titular de la Presidencia Municipal o la Secretarla del Ayuntamiento
SECCIÓN TERCERA DEL DEPARTAMENTO DE SINDICATURAS Y COMISARIAS
Articulo 38. El Departamento de Sindicaturas y Comisarias. se regirá por las facultades y obl,gac,ones siguientes
l. Estructurar orgánica y funcionalmente las áreas adm1n,strativas de las sindicaturas y comisarias. 11. Realizar v,srtas periódicas a las oficinas que ocupan los síndicos municipales, a fin de atender las necesidades operativas de cada una de ellas: 111. Superv,sar el desarrollo de los trabajos administrativos en las sindicaturas y comisarías. así como el debido aprovechamiento de los recursos humanos. técnicos y financieros para el cumpl1m1ento de los programas implementados por la administración pública municipal: IV. Coordinar con las autoridades de las sIndIcaturas y comisarias, las políticas y programas que establezca el Presidente Municipal, de acuerdo con di Plan Municipal de Desarrollo y supervisar su ejecución: V. Gestionar ante las diversas instancias de gobierno, las solIcItudes planteadas por las sindicaturas y comisarias: VI. Dar seguImIento a la gestoría de las demandas planteadas por las sindicaturas y comisarias: y VII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, o las que le confiera eí titular de la Pres1denc1a Municipal
SECCIÓN CUARTA DE LA UNIDAD DE CABILDO ABIERTO
Articulo 39 La unidad de Cabildo Abierto. se regirá por las siguientes disposiciones
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l. Asistir a la Secretarla del Ayuntamiento en la orgamzación de las sesiones de Cabildo Abierto, 11. ProJ:)Oner a la Secretarla del Ayuntamiento los mecanrsmos que resulten necesarios a efecto de 1ncent1var a la ciudadanía para que part1c1pe acbvamente en las sesiones de Cablldo Abierto, 111. Proveer todo lo necesano para el correcto func1onam1ento de las mesas receptoras de opiniones, propuestas, pet1c1ones o proyectos, de los temas que habrán de considerarse dentro de la sesión IV. Coordinarse con el titular de la Secretaría del Ayuntamiento y los regidores y regidoras, en la real12ac1ón de las actividades inherentes al Cabildo Abierto que permitan el correcto funcionamiento de este importante medio de part1c1pac1ón ciudadana, V. Asistir a las Sesiones de Cabildo Abierto y vigilar el adecuado desarrollo de éstas. brindando el apoyo que le schc1ten el trtular de la Presidencia Municipal o la Secretarla del Ayuntamiento. VI. Llevar un control de las opiniones, propuestas. petIcIones o proyectos, presentados en cada una de las sesiones de Cabildo Abierto, dando el seguimiento correspondiente a cada uno de éstos, y VII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos. y las que le confiera el titular de la Presidencia Municipal o la Secretaría del Ayuntamiento
SECCIÓN QUINTA DEL TRIBUNAL DE BARANDILLA
Arttculo 40. El Tnbunal de Barandilla se regirá conforme a lo dispuesto en el Bando de Policía y Gobierno para el MunicIp10 de Navolato, y demás dIsposicIones aphcables. as! como en los acuerdos que en esta mate na dicte el Cabildo, o que le instruya la Secretaria del Ayuntamiento
SECCIÓN SEXTA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO
Articulo 41. La Junta Municipal de Reclutamiento será el enlace con la Secretaria de la Defensa Nacional que permita llevar el control. registro e inscnpaón de los cIuidadanos en apt1tuides de prestar el Serv1c10 M1lrtar Nac10nal. conforme lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley del Servic\O Militar.
SECCIÓN OCTAVA DE LA UNIDAD DE CALIFICACIÓN DE INFRACCIONES
Artlcuk> 42. La Unictad de Calificación de Infracciones le corrrsponde el e1ercIcI0 de las atnbucIones siguientes
l. Coordinar Junto con ta mesa receptora de actas de hechos para su recepctón, comprobación de folio, venficac,ón de llenado, fundamentación, calificación y determinación de monto a pagar 11. Llevar el control de folio de actas de hechos emrtldas. asl como la relación de bcletas pagadas, con base a la coordInacIón que e¡erza con las cajas receptoras de contribuciones: 111. Coordinar ¡unto con la caJa receptora de los pagos por conceptos de multa der1vada de ,nfracc1ones a las disposiciones de tránsito, para el coteJO de las bcletas emmdas y pendientes de pago, con las que ya han sido pagadas, con la f1nal1dad de determinar los porcenta¡es de efIc1enc1a en recauidac1ón y la circunstancia particular de falta de pago de algunas de ellas. IV. Dar cuenta por escrito a la Secretaría del Ayuntamiento. de manera mensual de los resultados obtenidos por el cumplim,ento de las atribuc10nes arnba referidas en cuyo documento deberá em1t1r su entena al respecto. pro¡::xm,endo lineas de acción a seguir, V. Sohcrtar al per,;onal de la Comandancia de la Pohcla de Tránsrto y al perscnal de las ca¡as recaudadoras de la Dirección de Ingresos, cualquier documentación o aclaración respecto a la misma. que sean necesanas para el debido cumplImIento de sus funciones: VI. Dar cuenta al titular de la Sindicatura de Procuración de cualquier 1rregular1dad que pudtera encontrar en materia de calrticacK>n. valoración y cobro de boletas de infracción, a efecto de que se In1eIen los proced1m1entos tendientes a fincar la responsabilidad en que hubiere pcxjido incumr algún func1onano público municipal VII. Lievar cuenta del número de multas pagadas mensualmente, asl como del monto obtenido por dicho cobro, con la finalidad de contar con un sistema de control que refle¡e claramente los porcenta1es de ef1c,encIa y que permrta tomar las medidas adecuadas para perfeccionar el sistema de calificac1ón y cobro de las actas de hechos. y VIII. Las demás que establezcan las leyes. otros ordenamientos, este Reglamento, el trtular de la Presidencia Municipal o la Secretarla del Ayuntamiento
SECCIÓN NOVENA DE LA UNIDAD DE ARCHIVO MUNICIPAL
Arttculo 43. La Unidad de Archivo Municipal le corresponde el e¡ercIcI0 de las atr1buc1ones siguientes
l. Integrar y mantener permanentemente actuaiizado ei archivo municipal, 11. Custodiar y conservar los documentos. libros y expedientes del acervo que mtegran todas las seccI0:1es documentales que conforman el archivo municipal del ayuntamiento, salvaguardando la confiabilidad de la 1nformac1ón, 111. Ve@car que se integren, mediante archivo fls1co y electrónico. leidos los expedientes que les sean depositados ba¡o su reguardo, IV. Llevar en orden y al dla, los registros estadlstIcos y el archivo documental que genera las actividades cot1d1anas del Despacho, V. Establecer las polibcas, métcidos y técnicas de traba¡o que deberán aplicar,;e para d1se~ar. e implementar el s1Stema arch1vlslico del Ayuntamiento. VI. Organizar, controlar y dirigirtécrnca y admInistratIvamente el archivo municipal, VII. Brindar a los usuarios del archivo, un servIcI0 ef1c1ente de consulta e mformacrón, sin descuidar las medidas adm1mstrativas y legales de confidencialidad y protección física de los documentos; VIII. Proporc10nar la información que sea requerida al archivo municipal, de acuerdo a las dispos1c1ones legales y administrativas aphcables, IX. Elaborar el cuadro general de clasificacl6n archrvlst1ca. el catálogo de d1spos1c1ón documental as[ como el Inventano del acervo documental del archFVo municipal,
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X. Informar con oportunidad a la Secretarla del Ayuntamiento sobre las actividades realizadas, asl como los proyectos de programas y p,esu~ necesarias para el desempel\o de las funciones encomendadas al archivo municipal; XI. Establecer y desarrollar un programa de capacitación y asesorfa archivfstica para las dWerentes unidades administrativas del Ayuntamiento; y XII. Coorttinar los procedimientos de valoración y destino final de la documentación, con base en la nonnatividad VQenlle y las disposiciones establecida por el Archivo General de la Nacion.
CAPITuLOIII DE LA TESORERIA MUNICIPAL
Artlculo 44. Corresponde a la Tesorerla Municipal, ademés de las facultades y obligaciones que le atribuye el articulo 59 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
l. Recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y las conltibuC10nes especiales de con!Ormidad con la Ley de Ingresos, la Ley de Hacienda Municipal y demés normatividad fiscal municipal; asl como las participaciones en impuestos federales y estatales y los tondos de aportaciones federales que por disposición de Ley o convenio tiene derecho a percibir el Municipio; 11. Coadyuvar con el titular de asuntos jurldicos en la elaboración de los proyectos de leyes, reglamentos y demés disposiciones relativas a los asuntos tributanos del municipio; 111. Controlar y suscnbir los tltulos de crédito, contratos y convenios que obliguen económicamente al Ayuntamiento, sometiéndolos en todos los casos a la consideración del titular de la Presidencia Municipal; IV. Integrar los padrones fiscales de contribuyentes del municipio y mantenerlos permanentemente actualizadas; V. EJercer la facultad económica-coactiva para hacer efectivos los créditos fiscales exigibles confonne a las leyes fiscales vigentes; VI. Resolver y autonzar. en su caso, las solicrtudes de devolución, compensación, prórroga, condonaciones, exenciones, subsidios y cancelación de adeudos por errores administratJVos conforme a la nonnatividad aplicable; VII. Implementar los proeedimientos coactivos de ejecución, para hacer efectivos los cobros de:
a) Las fianzas otorgadas a favor del Ayuntamiento, en los casos en que proceda; b) Las sanciones pecuniarias respecto de la responsabilidad civil, en que incurran los servidores públicos que manejan fondos
municipales; c) Las garantlas constituidas por disposición de la ley o por acuerdo de las autondades administrativas, cuando sean exigibles y cuyo
cobro ordene la autoridad competente; d) Las sanciones pecuniarias, 1mpueslas por las autoridades administrativas; e) Los adeudos derivados de concesiones o contratos celebrados con el municipio, salvo pacto expreso en contraria; y f) Los tributos. recargos, intereses y multas federales o estatales, cuando el municipio por ley o convenio se haga cargo de la
recaudación y administración de los mismos; VIII. Coadyuvar con el trtular de la Sindicatura de Procuración en los JUicios de carácter fiscal que se ventilen ante los tribunales federales y estatales, cuando tenga interés la hacienda pública del municipio; IX. Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demés disposiciones fiscales aplicables; X. Planear, diseñar e instrumentar estrategias fiscales y administrativas, tendientes a meJorar la eficiencia recaudatoria; XI. Cuidar la puntualidad de los cobros de los tributos municipales, la exactrtud de las determinaciones de los créditos fiscales y las liquidaciones y la debida comprobación de las cuentas de ingresos: XII. Proyectar y calcular los ingresos anuales del erario municipal, así como formular y someter a consideración del tltular de la Presidencia Municipal el anteproyecto de la Ley de Ingresos; XIII. Ejercer el Presupuesto de Egresos, efectuando los pagos de acuerdo con los programas y partidas aprobadas; XIV. Dotar de recursos financieros a los proyectos y programas que se autoricen; proponer el presupuesto y programa anual de adquisiciones y participar en el comité correspondiente: XV. f¡ealozar pagos derivados de los convenios celebrados con la federación y el estado en materia de inversión pública, conforme a los lineamientos establecidos en los mismos: XVI. Observar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios y demés normatividad, XVII. Llevar un control de los empréstitos vigentes e incorporar los compromisos de deuda al presupuesto del ejercicio que corresponda; XVIII. Realizar estudios que permitan, en su caso, apoyar la decisión de contratar recursos financieros crediticios para la realización de una obra o la prestación de un servicio público; XIX. Intervenir en todas las operaciones en que se haga uso del crédrto público municipal, asl como en los actos y contratos de los que resutten derechos y obligaciones de carécter económico para el municipio; XX. Coadyuvar en el establecimiento de las medidas de control y vigilancia administrativa, contable y financiera de tos organismos de-ntralizados y empresas de partieipación municipal; XXI. Intervenir directamente o a través de apoderado en representación del interés del municipio, en las controversias f18cales que se susciten por actos de autoridad municipal; XXII. Establecer a través del área de recursos humanos, métodos de evaluación, capacitación y -nsos de los servidores públicos municipales, tanto sindicalizados como de confianza; XXIII. Coordinar las relaciones del gobierno municipal con el Sindicato de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento, procurando la buena relación entre ambos: XXIV. Mantener, vigilar y cuidar los recursos materiales de la administración pública municipal; XXV. Impulsar la prestación de los servicios de manera més directa a la pobiación del municipio, a efecto de fortai-r la ~ralización de la administración pública municipal; XXVI. Remrtir a la autoridad municipal competente, las actas de visitas domiciliarias levantadas por el pelWOnal a su cargo, para la instauración del procedimiento administrativo correspondiente: XXVII. Llevar la administración de la central camionera; y XXVHI. Las demás que le confieran las leyes, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expreaamente le encomiende el titular de la Presidencia Municipal.
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Articulo 45. Al trtular de esta dependencia, se le denominará Tesorero Municipal, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las siguientes áreas
a) Dirección de Ingresos, b) Dirección de Contabilidad y Cuenta Pública; c) Coord1nac16n de Adm1nistrac16n, d) Unidad de Catastro Mun1c1pal. y e) Central Camionera
CAPITULO IV DE LAS DEPENDENCIAS DE LA TESORERIA MUNICIPAL
SECCIÓN PRIMERA DE LA DIRECCIÓN DE INGRESOS
Artículo 46. Corresponde a la D1recc1ón de Ingresos, e! e1erc1c10 de las atnbuc1ones siguientes
l. Aux1l1ar y representar al trtular de la Tesorería en las funciones que le encomiende. de acuerdo a la delegación de facultades que establece este Reglamento. 11. Recaudar y vigilar que se recauden, concentren y custodien los créditos fiscales a cargo de los contnbuyentes conforme a la Ley de Ingresos Municipal; así como otros conceptos que deba percibJr el Mun1c1p10, por cuenta propia o aJena, tales como contnbuc1ones espectales, impuestos derechos. productos y aprovechamientos en los términos de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de S1naloa y del Código F1Scal Municipal del Estado de S1naloa 111. Vigilar el cumplimiento de las leyes fiscales y sus reglamentos. IV. V1g1lar y fomentar que ICIS padrones fiscales estén debidamente actual12ados y controlar el adeudo de los contribuyentes, V. Llevar un registro del cumplim1ento tnbutano de los contribuyentes y efectuar rev1s1ones y auditorías que permttan comprobar el exacto cumphm1ento de las obligaciones fiscales, VI. Concentrar, de~s,tar y registrar diariamente el monto recaudado conJuntamente con la documentación comprobatoria correspondiente, VII. Ejercer las atnbuc1ones conferidas al munic1p10, a través de los acuerdos y convenios que se celebren en materia fiscal, en los términos de las leyes de Coord1nac1ón Fiscal Federal y Estatal. VIII. Evaluar permanentemente las act1vtdades desarrolladas para la recaudación fiscal, a efecto de meJorar los niveles de ef1c1enc1a y s1mpllf1cación adm1n1strat1va IX. Coordinar. evaluar y -.119,lar el desempeño de las func,ones que corresponden al personal subordinado y de los recaudadores de rentas de las smd1caturas. X. Promover la comunicación entre contrtbuyentes y el murnc1p10, para d1fund1r las d1spos1c1ones fiscales y proporc,onar una meJOr atención al contnbuyente XI. Part1c1par en la ,itegrac1on del anteproyecto de la Ley de Ingresos del Munic1p10. a efecto de someterlo a ccns1derac16n del trtular de la T esoreria Mun1C1pal XII. Establecer mecanismos para la captación de los 1ngresC1S públicos. con el sopcrte de la dependencia ccmpetente en labores de 1nformát1ca. XIII. Controlar la existencia de créditos fiscales en favor del mun1c1p10 y determinar las bases de su l¡qudac1ón, de acuerdo con lo establectdo en los ordena:-n1entos fiscales. XIV. Analizar y evaluar f1nanc1eramente lo recaudado con respecto a lo planeado. a efecto de determinar las causas de las va naciones y proponer las medidas que procedan, XV. Atender a los contribuyentes y asesorar1os en el pago de sus obhgaciones fiscales ante e! muntc1p10, XVI. Autor12ar los convenios con IOS contnbuyentes para !os pagos parciales de los impuestos, las contnbuc1ones especiales y los derechos mun1C1pales XVII. Vigilar !a oportuna y correcta realización de los proced1m1entos admm1stratrvos de eJecuc1ón, XVIII. Verificar que los descuentos en los recargos. multas y honorarios de e,1ecuc1ón, se reallcen de acuerdo con las d1spos1c1ones JUrid1cas y adm1n1strat1vas en v,gor, XIX. Efectuar las diligencias de inspección que le encomienden pcr escrrto el trtular de la Presidencia Mun1c1pal y los htulares de las áreas de Obras Públicas. Desarrollo Urbano, Serv1c1os Públtcos y otras dependencias del Ayuntamiento con facultades reglamentarias para ordenar vtS1tas de inspección, en los térrrnnos de kJ establecido en los ordenamientos mun1c1pales respectivos. X.X. Coadyuvar en !a captación y control de los ingresos de la Central Camionera, y XXI. Las demás que le confieran las leyes decretos, reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expresamente le encomienden el titular de la Pres1denc1a Municipal
Articulo 47. Al trtular de esta dependencia. se le denominará Dlíector de Ingresos. QU1en para el despacho de los asuntos de su competencia se aux111ará de 1as siguientes áreas
l. Undad de Ingresos Diversos, 11. Departamento de Impuestos, y 111. Undad de Inspección y Vig1lanc1a
SECCIÓN SEGUNDA DE LA DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
Articulo 48. Correspcndle al trtular de la Dlfecc16n de Contab11Klad, además de las facultades genéricas a los directores, el e¡ercic10 de las atnbuc10nes siguientes
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l. Aplicar el sistema de contab1lIdad gubernamental y las pollt1cas para el registro contable y presupuesta! de las operac,ones financieras que realicen las dependencias y entdades de la adm1n1strac16n pública mun1cIpal, 11. Aplicar las políticas y lineamientos generales en materia de control contable y presupuesta!, de acuerdo con lo que establece la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público, la Ley de la Audrtoria Superior del Estado del Poder Leg1slat1vo del Estado de S1naloa, sus reglamentos, los manuales de operación y demás disposiciones aplicables, 111. Organizar y llevar opcr1unamente la contabilidad, la estadística presupuestal y los estados financieros del mun1c,pio; IV. Formular mensualmente los estados f,nanc1e,os, el origen y apllcaci6n de los recursos, asi como el control y seguimiento del eJerc1c10 del presupuesto para su presentación y aprobación, en su caso. a la Com1s16n de Hacienda; V. Integrar la documentacIon contable y presupuesta! para la presentación de la cuenta pública, VI. Elaborar la cuenta publica que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del Estado, acompanando la documentación comprobatona y 1ust1f1cac1ón de mov1m1entos por ingresos y apl1cac1ón del gasto. para su revisión y sanción correspondiente; VII. Dar respuesta técnica. legal y en tiempo y forma a las observaciones que formule la Auditoria Supenor del Estado a la cuenta pública; VIII. Supervisar la aplicación de los proced1mIentos para la glosa preventiva de los ingresos y egresos, IX. Planear e integrar el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Mun1c1p10. a fin de presentarlo a Cab1lao para su aprobaci6n, as1m1Smo, informar oportunamente al Ayuntamiento de las partidas presupuestales próximas a agotarse, para los efectos que procedan, X. Concentrar los programas operativos de las diferentes dependencias y entidades municipales; asl como proponer los procedimientos para su f1scah2ac1ón. c:introl y evaluación. con la part1c1pac1ón de las dependencias competentes. y XI. Otras que le instruyan los Titulares de la Presidencia o Tesorería Municipal
Articulo 49. Al tItuiar de esta dependencia se le denominará Director de Contab1ldad, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las sIguIentes áreas
1 Deparlamento de Egresos 11. Depaílamento de Control Presupuestal 111. Undad de Cuenta Pública
SECCIÓN TERCERA DE LA COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Articulo 50. Ccrresponde a la Coordinación de Adm1nistrac1ón, e! e1ercIc:o de las atn~cIones s1gu1E:ntes
l. Coordinar I0s trabajos de Ias diversas áreas a su cargo. llevando un control eficiente de entrada y salida de los insumos materiales a su cargo: 11. Efectuar las compras y adqurs1cIones de todos los bienes y servicios necesanos para el funcionamiento de la adm1rnstrac1ón, tramitar órdenes de compra de tOda aquella documentación que afecte el erano mun1c1pal. revisar y autonzar la programación de pagos: vigilar la formulación y pago de la nómina de los servidores públicos del munIcIpI0 111. Analizar evaluar y en su caso aplicar las solIc1tudes de aumento de salarios. entrega de bonos, ascensos, prestaciones y, en general, todo trámrte qut= jmpl1que :a afectación al presuput=sto de egresos del municIpI0, IV. Fomentar y ¡:;roponer programas en materia de seguridad e hI91ene en el trabaJO. que coadyuven al mejoramiento de las cond1C1ones laborales y de salud de los trabajadores. procurando con ello la dIsm1nucIón de los nesgas y accidentes de traba10: V. Mantener. vigilar y cuidar los recursos materiales de la adm1n1stracl0n pública municipal, VI. Suministrar :os servIc10s generales para el adecuado mantenimiento y conservación de los bienes muebles e inmuebles del murnc1p10. y VII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos o le confieran el titular de la Presdenc1a o Tesorería Municipal, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las siguientes áreas
l. Departamento de Bienes muebles e inmuebles, 11. Deparlamento de Recursos Humanos. y 111. Departamento de Adqu1s1c1ones, Sum1n1stros y Servicios Generales.
SECCIÓN CUARTA DE LA UNIDAD DE CATASTRO MUNICIPAL
Articulo 51. Corresponde al titular de la Unidad de Catastro Municipal, el e1erc1cI0 de las atribuciones siguientes
l. Elaborar los padrones relatrvos a la 1dent1f1cacrón, registros, cambios y valuación de los bienes mmuebles ubicados en el territorio del Mumc1p10: 11. Obtener. c:as1flcar. procesar y proporcionar información concerniente al suelo y a las construcciones hechas sobre éste, 111. Conformar y mantener actualizada la base de datos de los registros catastrales. así como efectuar constantemente pruebas de control de cahdad, IV. CustOdiar y actualizar los archivos cartograficos y alfanuméncos del murnc1p10, V. Promover y proponer al titular de la Presidencia Municipal. la celebración de convenios de coordinación con Gobierno del Estado en materia de catastro VI Coadyuvar con el departamento de normat1v1dad y asesoría en las propuestas de las actividades que contribuyan a la modern1zac16n Jurídica, reglamentaria y técn1cad.el Catastro Mun1c1pal, VII. Real12ar los avalúo5, y en general, los servicios requendos por los usuarios sobre materia catastral, VIII. Coadyuvar con el titular de la Sindicatura de Procuración. en la resoluc16n de las 1mpugnac10nes que en matena catastral realicen los contnbuyentes del impuesto predral, IX. Apoyar las acciones de planeac1ón municipal y desarrollo de la comunidad, en coordinación con la Direcci6n de Urbanismo y Gesti6n Ambiental; X. Gestionar ante la instancia Estatal correspondiente la 1ncorporac16n de nuevas claves catastrales al padrón del municipio con el fin de ababr el rezago y fortalecer la recaudación de ingresos, y XI. Las oemas que establezcan las leyes y reglamentos. o le asignen el titular de la Presdenc,a o Tesorerla Municipal.
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SECCIÓN QUINTA DE LA CENTRAL CAMIONERA
Artlculo 52. La Centllll Camionera es un Organiamo Público Centralizado de la AdminiStración Pública Municipal.
Artlculo 53. Corresponde al titular de la Central Camionera, además de las que establezcan las leyes y reglamentos, las lacullades y obligaciones siguientes;
l. Organizar el servicio de transporte suburbano y forAneo dentro del municipio; 11. Realizar el cobro de acueráo con la nonnalividad a permisionarios del servicio de transporte suburbano; 111. Dirigir la operación de la Central Camionera; IV. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de la Central Camionera; y V. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, o le asignen el titular de la Presidencia o Tesorería Municipal
CAPITULO V DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO Y SERVICIOS MUNICIPALES
Arllculo 54. Corresponde al Titular de la Secretarla de Desarrollo y Servicios Municipal las facultades y obligac10nes 111guoentes·
l. Organizar, planear y coordinar conjuntamente con los titulares de las dependencias a su cargo los serviclOS públocos que tienen asignados, 11. Participar en la elaboraciOn del Preeupuesto de Egresoe de la dependencia a su cargo, atendiendo a los proyectos presentados al 1nic10 de su gestión, asl como al Plan Municipal de Desarrollo; 111. Implementar las estrategias necesanas para procurar los más altos Indices de eficacia y eficencia en la prestaciOn de los servicios públicos municipales; IV. Gestionar, ante el Gobterno del Eslado de S1naloa y el Gobierno Federal, los recursos económlOOS necesarlOS para la meJOr prestación de los servicios públocos municipales. asl como para la construcciOn y mantenimiento de la infraestructura municipal; y lo relacionado con los programas federalizados; V. ElabOrar, conjuntamente con los titulares de las direcciones a su cargo, programas y proyectos relac10nados con la obra pública municipal y la me¡or prestaciOn de los seMaos públicos, con la finalidad de acceder a programas y recursos económocos estatales, de la federación y, en su caso, de organismos intemac10nales, VI. ElabOrar, conjuntamente con los titulares de las direcciones a su cargo, los manuales de operaciOn de su dependencia, que les permitan tener una metodologla de trabajo definida, VII. Informar al Titular de la Presidencia Municipal, asl como al Pleno del Ayuntamiento, cuando así se le requera, respecte de la e¡ecuaón presupuestana, avances de programas y e¡ecución de proyectos de su dependencia; VIII. Gesllonar la celebración de los contratos de obras y servicios que se requieran para mejorar la prestaciOn de los servic10s públicos mun1C1pales, asl como para la construcciOn y mantenimiento de la infraestructura municipal; IX. Ejecutar los mecanismos de medición con los indicadores necesarios para el seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y funciones desarrolladas por las dependencias a su cargo; X. Generar canales de comunicación con las organizaciones de profesionislas, sociales, académicas y empresariales, con la finalidad de recibir y evaluar las propuestas que sean de utilidad para meJC)rar la prestación de los servicios públicos, asl como la construcaón y mantenimiento de la infraestructura municipal. XI. D1senar y definir, conjuntamente con los titulares de las direcciones a su cargo, los procesos operativos y adminislrabvos debidamente documentados, que le permitan la mejOr operación de los servicios públicos municipales; XII. Establecer los s1&ternas de adminislración necesario& que le permitan racionalizar los recursos públicos que e¡erza para la operación de su dependencia; XIII. Implementar bitácoras e instrumentos de calendarizaciOn y seguimiento al mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles del municipio, que permrtan la me¡or prestación de los servicios públicos; XIV. Poner a consideraciOn del !dular de la Presidencia Municipal el proyecto de diclamen de solicitud de concesión de alguno de los servic10& públlCOS que las Constituciones Pollticas Federal y Local y la Ley de Gobierr10 Municipal del Estado de Sinaloa asl lo autoricen, asl corno el que establezca la necesidad de solicitar la colabOración del Gobierno del Estado para que, en los términos de lo establecido en el inciso d de la fracciOn 11 del articulo 115 de la Constitución Polltica Federal, 6ste se haga cargo de alguno de los servic10& públicos competencia de su dependencia, y XV. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos, o que expresamente le confiera el Hular de la Presidencia Municipal.
Ar11culo 55. Para el apoyo de los asuntos de su competencia, el Hular de la Secfetarla de Desarrollo y ServiclOS Municipal se auxiliará de las áreas 111gu1entes:
l. Direcci6n de SeNicioB Públicos; 11. Dirección de Urbanismo y Gesti6n Ambiental; IN. Dirección de Obras Públicas; IV. Dirección de Desarrolo Social y Humano; V. OirecciOn de Desarrolo Económico; y VI. Departamento de Taller Municipal.
CAPITULOVI DE LAS DEPEM>ENCIAS DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO Y SERVICIOS MUNICIPALES
SECCIÓN PRIMERA DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS POllucOS
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Articulo 56. Corresponde al trtular de la Dirección de Servicios PúbllCOS además de las facultades genéricas de los Directores. el ejercicKJ de las atribuciones s,guientes
l. Elaborar y ejecutar los planes, proyectos y programas de operación y prestación de servicios públicos a corto, mediano Y largo plazo; 11. Proyectar la prestación eficiente de los servicios públicos y el mantenimiento de vialidades, procurando generar el equilibrio territorial, equidad d1stnbut1va. desarrollo humano y la protección al medK> ambiente. 111. Elaborar y mantener actuallzado el atlas municipal de servicios públicos, en el que se identifiquen los sectores del municipio con mayores necesidades de seMCios públicos e infraestructura, implementando las medidas necesanas para satiSfacer las necesidades y deficiencias 1denbficadas. IV. Implementar ¡ornadas de conc,entización de la población en general, del cuidado de la infraestructura municipal, asl como informar a los vecinos respecto de la manera en que pueden colaborar en su mantenimiento, V. Elaborar estudios y proyectos para la apl1cac1ón de nuevas tecnologías en materia de alumbrado público, riego de ¡ardines, barrido de calles y banouetas y recolección de basura. cuya ut1l1zación atiendan al mayor cuidado del med,o ambiente y los recursos naturales, VI. Elaborar proyectos para acceder a recursos de los Gobiernos Estatal y Federal. asi como de 01ganismos internacionales, para aplicartos en los serv1c10s públlcos mun1e1pales, VII. Implementar las medidas necesanas para la me¡or prestación de los seMc1os públlcos municipales, procurando la cobertura en todo el terrilono del Mumc1p10. y asignando los responsables de los sectores en que lo drvida, en su caso, VIII. Elaborar y poner a consideración de los Titulares de la Presidencia Municipal y de Desarrollo y Servicios Públicos Municipal el proyecto de dictamen mediante el cual se determine la necesidad y viabilidad de concesionar alguno de los servicios públicos que las Constituciones Pollticas Federal y Local y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de s,naloa asi lo autoricen, asi como el que establezca la necesidad de sollcrtar la colaboración del Gobierno del Estado para que, en los términos de lo establecido en el inciso d de la fracción II del articulo 115 de la Constitución Polit,ca Federal. éste se haga cargo de alguno de los servic10s públlCOS municipales. IX. Colaborar con las áreas de Protección Civil del Municipio y del Estado de S1naloa, en caso de desastres, proporcionando la información referente al func10namiento de los servicK>s públicos. y X. Las demás que le confieran las leyes, decretos, reglamentos, convenios. acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el Titular de la Presdenc,a Municipal
Articulo 57. Al t:tular de la dependencia se le denominará. Director de Serv,c,os Públicos, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliara de las siguientes áreas
l. Departamento de Aseo y L1mp1a; 11. Departamento de Parques y Jardw,es, 111. Departamento de Rastros. Mercados y Panteones. y IV. Departamento de Alumbrado Público
SECCIÓN SEGUNDA DE LA DIRECCIÓN DE URBANISMO Y GESTIÓN AMBIENTAL
Articulo 58. Corresponde al trtular de la Dirección de Urban1Smo y Gestión Ambiental. además de las facultades genéricas de los Directores. el e.,erctcto de las atnbuc1ones siguientes
l. Recibir. tramitar y coordinar la expedición de licencias en materia de desarrollo urbano, de conformidad con las leyes, reglamentos. planes. programas lineamientos y normat1V1dad aplicable, 11. 1dentif1ear y conservar zonas, edificacmnes o elementos con valor histórico o cultural, e 1nspecc1onar los fracck>nam1entos en coordinación con otras dependencias municipales f dictar las medidas que requiera el interés público respecto al servicio de transporte urbano, 111. Elaborar el diagnóstico ambiental del mumc1p10, definiendo en detalle la problemática existente y sus causas, y aplicar las medidas de segurdad y sanciones que sean necesarias, en lo concerniente al equillbno ecológico y protección ambiental del Municip,o, IV. Coordinar y difundir planes y programas de protección y cultura ambiental, tales como reforestación, maneJO adecuado de residuos sólidos, adm"11strac,ón y v191lanc1a de áreas naturales protegidas, V. Colaborar con la part1c1pac1ón de las dependencias ce la Administración Pública Municipal, en la actualización del apartado temático del Plan Mun,c1pal de Desarrollo Urbano. así como los programas reg10nales y sectonales y aquéllos de carácter especial que f!e el Ayuntamiento; VI. Est3blecer la cooltl1naci6n y congruencia de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal, con los de la Adm1n1Stración Pública Estatal y Federal; VII. Promover la part,c1pac1ón de los sectores social y privado en la formulación de los programas de desarrollo urbano, concediendo estimulas a orgamzac1ones o partlculares que reahcen estas acciones, VIII. Determinar con base en los planes de desarrollo urbano. la adqu1s1ción de reservas territoriales por parte del gobierno municipal, para la eJecucl6n de los mismos, IX. Dar difusión y gestionar la mscnpc,ón de los planes de desarrollo urbano en el Reg1Stro Público de la Prop,edad, asl como llevar el registro de ,es planes de desarrollo urbano del municipio, X. Promover y vigilar el desarrollo de las diversas comunidades y centros de población del municipio y zonificación de los mismos; XI. Proponer las normas y entenas para la regutanzación y rehabilrtación de los asentamientos humanos irregulares; XII. V1g1lar y controlar el cumpllm1ento de los Planes de Desarrollo Urbano; XIII. Apoyar y asesorar la autogestión de la vivienda y obra pública; XIV. Coordinar, con la Dependencia Federal competente, dentro del marco de las pollticas establecidas por el AyurrtamieritO, a efecto de coadyuvar en el me¡oram,ente, del medio ambiente, procurando ev~ar la contaminación y el deterioro ecológ,co; XV. Fomentar y promover sistemas constructivos de edificaci6n y urbaniZación, que favorezcan la conservación del medio ambiente y el ahorro en el consumo de energla; · XVI. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; XVII. Coordinar y dar seguimiento al desarrollo de proyectos municipales de edificaciones, y de espacios urbanos que reporten fuerte impacto urbanlst,co y ecológico en la comunidad, y difundir sobre su conienido al público en general, asoc1ac10nes profesional'!S, instrtuciones y otras agrupaciones s1m1lares,
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XVIII. Proteger la zona costera del municipio, estatjleciendo áreas para la conservación de los humedales, estuanos, islas, islotes y penínsulas, con la finalidad de contener y revertir el detertoro ambiental, evrtar la depredación del ecoststema y de la flora y fauna autóctona. contribuyendo con ello a la paliación de los efectos nocivos del cambio climático y la heredad a las presentes y futuras generaciones, y XIX. Las demás que le confieran las leyes, decretos, reglamentos, convenios. acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el Trtular de la Presidencia Municipal.
Arllculo 59. Al titular de la dependencia se le denominará, Director de Urbanismo y Gestión Ambiental, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las siguientes áreas.
l. Departamento de Planeac1ón Urbana; y 11. Departamento de Gestión Ambiental
SECCIÓN TERCERA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
Arllculo 80. Corresponde al titular de la Dirección de Obras Públicas además de las facultades genéricas de los Directores el e1ercicI0 de las atribuc10nes siguientes
l. Part1c1par en la elaboración de Propuestas para integrar los programas de ,nvers,ón en obras públicas del Mumc1p10. 11. Controlar y evaluar los programas de 1nversIón en obras públicas en el Mun1c1p10, y darle segu,m,ento a su e¡ecución. 111. EJecutar el programa mun1cIpal de obra pública, de acuerdo con los I,neam,entos. directrices y pnoridades que le se~alen las leyes y reglamenlos aplicables y formular los estudios. proyectos y presupuestos correspondientes. IV. Realizar los procedimientos para contratar y eJecutar las obras públicas y servicios relacionados con las mismas de acuerdo a las leyes. reglamentos. normas y IIneamIentos aplicables: V. Coordinar. supervisar y controlar las obras públicas que se eJecuten a través de la Dirección VI. Realizar las obras de conservación y mantenImIento de la infraestructura pública munIc1pal atendida por la Dirección. VII. Coordinar las acciones de trabaJo para la reallzac16n de los estudios. proyectos y presupuestos de la obra pública VIII. Coordinar la elaboración de los tabuladores de precios unitarios y presupuestos de todos los proyectos autorizados IX. Establecer las normas técnicas y definir las espec1f1cac1ones que deban cumplir cada una de las obras que realice la adm1nIstrac1ón pública municipal, X. Programar y coordinar las actIvIdades para la construcción rehab1lrtac16n y mantenImIento de la red de drena¡e pluvial. XI. Proponer al titular de la Presidencia Mun1c1pal. las pollt,cas y programas relativos a la construcción rehab1lrtac16n y manten,m,ento de las obras públicas para el Munic1p10: y XII. Las demás que le confieran las leyes, decretos. reglamentos. conven10s. acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el titular de la PresdencIa Municipal
Arllculo 61. Al titular de la dependencia se le denominará. Director de Obras Públicas. quien para el despacho de ios asuntos da su competencia se auxiliará de las siguientes áreas
l. Departamento de Evaluación Técnica. 11. Departamento de Rehab1l1tación y Manten1m1ento de Infraestructura Mun1c1pal y 111. Departamento de Supervts1ón y Construcción de Infraestructura Mun1c1pal
SECCIÓN CUARTA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
Arllculo 62. Corresponde al titular de la Dirección de Desarrollo Social y Humano además de las facultades genéricas de los D,rectores el eJerc,c,o dé las atnbuc,ones siguientes
1 Gestionar ante los gobiernos federal y estatal. los recursos de inversión necesarios para dar respuesta a las demandas más aprem,ant.es de la población. 11. Formular el programa anual de inversión y autorizar a las dependencias responsables del éJmbrto mun1c1pa! y paramun1c1pal. la e1ecuc1ón de las obras y acciones proyectadas en el Plan Municipal de Desarrollo: 111. Implementar los programas de desarrollo social que el Mun1cIp,o acueroe con la Federación y el Gobierno del Estado así como con los sectores social y privado. IV. Formular programas de promoción y apoyo f1nanc1ero a proyectos productivos en colonias populares y comunidades rurales marginadas en el marco de los programas convenidos con los gob1emos Federal y Estatal: V. Establecer una estrecha comunIcacIón y coordinación con los drterentes órdenes de gobierno. con los órganos paramun,cIpaIes y con las organIzacIones ciudadanas, para la formulación de programas de desarrollo regional y la gestión de los recursos necesarios para la atención de la demanda social, estableciendo las normas de operación correspondientes: VI. Promover la 1nstalac16n del Subcomité de Desarrollo Social. como órgano de concertación. coord1nac1ón y part1c1p~c1én de la sociedad en el Comrté de Planeac1ón Municipal; VII. Apoyar la organización de la sociedad en comités de particIpacIón comunrtarios. para garantizar su 1ntervencIón y corresponsab,hdad en la definición y ejecución de acciones y obras destinadas en su beneficio: VIII. Coordinar los programas y acciones cuya realización acuerde el Titular de la Presdenc,a Mun1c1pal, mediante convenios de colaboración y coordinación, con los gob1emos Federal y Estatal en materia de desarrollo regional. IX. Coordinar y concertar programas especiales asi como emergentes. para la atención de los sectores más desprotegidos en coord1na:1ón con la Federación y el Estado:
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X. Proponer al Trtular de la Presidencia Mun1c1pal, para su autorización, los programas de inversión y obras, cuya realización esté sujeta a la coord1nac1ón y colaboración concertadas mediante la suscripción de convenios en la materia. con los gobiemos federal y estatal; asl como los apoyos financieros que deben otorgarse a las sindicaturas y colonias populares. XI. Promover y apoyar la formulación y ejecución de programas de colaboración intermunic1pal, para emprender proyectos prioritarios de carácter regional que coadyuven en la solución de problemas comunes que afecten a más de un municipio; XII. Part1c1par en los comrtés. conseios y demás órganos representativos de la sociedad, vinculados con la promoción del desarrollo regional; XIII. Promover un desarrollo soc,al y humano integral, que beneficie en forma equitativa a todas las comunidades e impulse las potencialidades de los d,stIn\os sectores de la población. atendiendo los diversos lineamientos; XIV. Coordinar los estudios y acciones que emprenda el municipio, para impulsar el desarrollo y fortalecimiento municipal, y XV. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos así como las que le confiera el Trtular de la Presidencia Municipal
Articulo 63. Al titular de esta dependencia. se le denominará Director de Desarrollo Social y Humano. qu,en para el despacho de los asuntos d!' su competencia se aux1l1ará de las sgu1entes áreas
l. Coordinación de Programas de Desarrollo e Infraestructura Social. y 11. Coord1nac1ón de Desarrollo Humano
SECCIÓN QUINTA DE LA COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA SOCIAL
Artfculo 64.- Corresponde a la Coordinación de Programas de Desarrollo e Infraestructura Social. el eiercicio de las atnbuciones sigwentes
l. Planear. integrar. conducir. ejecutar y evaluar los programas de inversión pública en matena de desarrollo social y proponer al titular de la Presdencia Municipal los programas de 1nvers1ón que deban convenirse con la federación a través del Convenio de coordinación para el desarrollo soc,al y humano. así como demás instrumentos Jurídicos en el ámbito de su competencia, 11. D1se~ar implementar y evaluar planes y programas de manera transparente que promuevan el combate a la marginación y la pobreza, concertando las modalidades y los mecanismos de participación del gobierno federal y del estado. así como de los sectores social y privado. 111. D 1se~a r e instrumentar programas para la atenclén a la población más vulnerable y para el combate a la marg1nac1ón y la pobreza; IV. Apovar técnicamente mediante opiniones y sugerencias a las dependencias que les competa el desarrollo regional: V. Coordinar los programas y acciones que el titular de la Presidencia Mun1c1pal acuerde con la federación y el estado en matena de desarrollo social y regional. VI. Formular les proyectos eiecut1vos y expedientes técnicos de las obras de desarrollo regional y urbano, cuando as! se convenga; VII. Promover la construcción y mantenimiento de los edificios escolares. y VIII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos así como las que le confiera el tite lar de la Presidencia Municipal
Articulo 65. Al titular de esta dependencia. se le denominará Coordinador de Programas de Desarrollo e Infraestructura Social, quien para el desoacho de los asuntes de su competencia se auxiliará de las sguientes áreas.
l. Departamento Atención a Grupos Vulnerables y en Riesgo, 11. Departamento Presupuesto de Obra y Avance, Físico F1nanc1ero, y 111. Unidad Corrtrol y seguimiento de inversión
SECCIÓN SEXTA DE LA COORDINACIÓN DE DESARROLLO HUMANO
Articulo 66. Corresponde al titular de la Coordinación de Desarrollo Humano el ejerc1c10 de las atribuciones siguientes
l. Planear e¡ecutar y eva,uar las políticas y programas en matena de desarrollo humano; 11. Fomentar el desarrollo humano de la población del Mun1cip10, coordinando acciones con los gob1emos federal y estatal y con los sectores público, social 'I privado. 111. Proporcionar a la población las condiciones para lograr un desarrono personal y social más humano e integral. IV. Promover el meioramiento en la calidad de vida de la población, V. Impulsar la educación, en todos sus tipos, niveles y modalidades. VI. Vigilar en el ámbito del municipio, el cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Educación y de la Ley de Educación para el Estado de S1naloa, así como de las demás disposiciones legales aplicables que tengan relación con la materia de educación; VII Contribuir en el marco del federali~mo educativo con la aplicación y preservación del articulo 3• Constitucional, as! como en la defensa de la escuela pública. VIII. Part1c1par con las autondades escolares de las escuelas públicas que operan en la jurisdicción del Municipio asegurándose que se dé cumplIm1ento al precepto de educación obligatoria; IX. l11pulsar acciones para el reconocimiento y estímulo a la función magisterial, X. Tener a su cargo la adm1n1stración de la Escuela de Música del Munic1p10; XI. Difundir los valores culturales y artlsticos del Municipio; XII. Alentar la capacitación y profes1onalización de los artistas y creadores locales, XIII. T ene, a su cargo la adm1n1Strac1ón de la escuela de Artes y Oficios del Municipio; XIV. Organizar temporadas y festivales artlsticos, en coordinación con las autoridades federales y estatales, XV. Gestionar el meioramiento de la ;nfraestructura cultural del Municipio, XVI. Promover la construcción y equipamiento de museos y galerlas de arte; XVII. Supervisar las bobliotecas púbhcas y mun1c1pales que operan en el Municipio; XVII:. Fomentar las actividades que exalten el esplritu cívico de los habrtantes del Municipio;
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XIX. Impulsar la cultura flsica y la practica del deporte, en todas sus disciplinas; XX. Tener a su cargo la administración de tos programas de atención a jóvenes, mujeres e indígenas, as! como los de salud Municipal; XXI. Dísenar Y promover programas para la promoción y desarrollo de la cultura clvica, as! como para et fomento de ta educación clvíca en el municipio; XXII. Gestionar tas acciones necesarias para obtener ta eficiencia de los servicios de salud municipal a través de una coordinación interinstílucional; XXIII. Gestionar ante tas autoridades en materia de salud de ta federación y del estado de Sinaloa, ta prestación de servicios médicos de salud para ta población vulnerable y en pobreza, que no gocen de seguridad social; XXIV. Promover la medicina preventiva y salud pública entre la población del Municipio; XXV. Impulsar y gestionar convenios entre instituciones de salud privada y el Municipio, para complementar tos servicios de salud; XXVI. Promover una nueva cultura de responsabilidad por la salud con programas dingidos a todos los sectores de ta población del Municipio, XXVII. Promover en tas sindicaturas del Municipio de Navolato, la celebración de cur.ios y pláticas que tengan como finalidad la prevención de enfermedades; XXVIII. Disenar y ejecutar, conjuntamente con tas dependencias competentes, programas de descacharrización y fumigación para evitar enfermedades, como el dengue, chikungunya, zika y otras que se propaguen por insectos; XXIX. Participar en los programas de información y prevención contra tas adicciones, y XXX. Las demás que le confieran las leyes, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende et titular de ta Presidencia Municipal.
Artículo 67. Al trtular de esta dependencia, se le denominará Coordinador de Desarrollo Humano, quien para el de,;pacho de tos asuntos de su competencia se auxiliará de las siguientes áreas:
l. Departamento del Deporte y Recreación; 11. Departamento de Educación y Cultura 111. Departamento de Atención a la Juventud; IV. Escuela Música; V. Escueta de Artes y Oficio VI. Unidad de Vinculación con Mariana Trinrtana; VII. Unidad de Servicios Municipales de Salud, y VIII. Unidad de Programa Cine en tu comunidad
SECCIÓN S~PTIMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO
Arllculo 68. Corresponde a ta Dirección de Desarrollo Económico, además de tas facultades genéricas de los Directores. el e¡erciao de las atribuciones siguientes·
l. Planear, operar, eiecutar, controlar y evaluar los programas y acciones materia de desarrollo económico; 11. Impulsar el desarrollo de tas tecnologlas de la información y comun1cac1ones, específicamente las empresas desarrolladoras de software y centros de contacto, 111. Coordinar acaones para ta generación de empleos e inversión para los ciudadanos del municipio, IV Generar proyectos de atract1vdad en el municip10; V. Impulsar et desarrollo de micro. pequenas y medianas empresas en el municipio, et desarrollo e integración de cadenas productivas, así como de centros comerciales que estimulen la creación de fuentes de emplee; VI. Fortalecer a las micro, pequenas y medianas empresas en et municipio. mediante la ejecución de programas de capacrtación empresarial; VII. Gestionar ante las instancias federales y estatales, tos fondos pertinentes al apoyo de los programas de fomento y desarrollo económ1CO del estado: VIII. Apoyar la generación de empleos para mu¡eres Jefas de familia, adultos mayores, jóvenes emprendedOres, per.ionas con d,scapacidad; IX. Impulsar actividades económicas en favor de tas mujeres, tos jóvenes y grupos vulnerables a través de proyectos productivos; X. Asesorar al trtular de la Presidencia Municipal en la elaboración de acuerdos o convenios. en materia de planeación, programación, supervisión y evaluación del desarrollo económico del Municipio; XI. Analizar medidas para la s1mptificaci6n y apoyo a tas gestiones para et establecimiento y la operación de empresas 1ndustnates, comerciales y de servicios: XII. Crear y mantener actualizada ta base de datos con información estadlstica y económica del mun1cip10; XIII. Investigar oportunidades, establecer vlncutos y coordinar las actividades necesarias para el desarrollo y aprovechamiento de los recursos turlsticos del Municipio; XIV. Analizar, conJuntamente con et trtular de ta Presidencia Municipal, tas opciones para el otorgamiento o, en su caso, revocación de concesiones para ta explotación de los recursos turlst1cos del municipio, as! como para la creación de centros, establecimientos y ta prestación de tos servicios turlsticos en et Municipio; XV. Impulsar y evaluar ta prestación de tos serv1cios turlsticos que se realizan en et Municipio; XVI. Promover la realización de ferias, exposiciones y congresos industriales, turlsticos, comerciales, de servicios, en materia de emplee y, participar, por acuerdo del trtular de la Presidencia Municipal, en eventos de can!lcter municipal, estatal, nacional e internacional; XVII. Impulsar y promover ta instalación de espacios, parques y zonas industriales, confonme a estándares de calidad; XVIII. Fomentar las cadenas productivas, con la participación de las Instituciones, financieras públicas y privadas y la colaboraci6n del gobierno federal. XIX. Establecer contacto permanente con los diver.ios organismos e instituciones retacionadias con la materia agropecuaria y pesquera a efecto de mejorar sus esquemas de organización, técnicas de producción y comerci'llización de sus productos; XX. Asesorar y capacitar, en la medida de sus posibitdades, a tos prod~ctores agropecuarios y agroindustriales; XXI. t;jercet las atribuc10nes que <f'(espond8f1 al gobierno municipal en materia de Turismo, Industria, Comercio, Agricultura, Ganaderla, Pesca y Acuacultura· ., ,. -{ , · XXII. Promover y coordinar el empleo prbductivo, a través de acc10nes de capacrtación y colocación de trabajadores y pirofes10nales; y
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XXIII. Las demis que le confieran las leyes, reglamentoe, decretoe y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el li1ular de la Presiclencia Municipal.
Ar11culo 111. Al titular de esta dependencia ee le denominará Director de Desarrollo Económico, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, ee auxiliará de las unidades adminilllrativas siguienles:
l. Departamento de ,Oricultura y Ganaderta; 11. Departamento de Pesca y Acuacultura; y 111. Departamento de Turismo y Emprendedores.
SECCIÓN OCTAVA DEL TALLER MUNICIPAL
Artlculo 70. AJ ti1Ular del Departamento del Taller Municipal, le corresponde el eiercic10 de las facultades y oblgac10nes sguientes·
l. NotWicar y solicitar información a las dependencias sobre el estado que guardan las unidades automotrices y maquinaria pesada. a efecto de realizar el mantenimiento de los mismos, 11. Valorar y opjnar el tipo de servicio que requieren las unidades, asr como asignar los trabajos de reparación al taUer municipal o en su defecto a talleres eldernos, cuando sea procedente y el presupuesto lo permita; IN. DiBellar, evaluar y aP!icar programas continuos de ahorro, higiene y productividad al intenor del Taller Municipal; rv. Realizar programas de capacitaci6n y evaluación del personal que labora en el taller municipal, para lograr una mejor calidad de trabaJO Y el cuidado de los recur,ios; V. Establecer programas preventivos para su personal con el fin de evitar riesgos de lrabaJO; VI. Implementar programas de capacitación y concientización para operadores de vehlculos, sobre el cuidado, mane¡o y serviclOS preventivos que se deben llevar a cabo a cada unklad, y VII, Las dem:118 que le senalen las leyes y reglamentos o que expresamente le confiera el titular de la Presidencia Municipal, de Secretaria de Desarrollo y Servicios Mun,:1pal o de su superior jerárquico.
CAPITULO VII DE LAS DIRECCIONES
SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GEN~RICAS DE LAS DIRECCIONES
Articulo 71. Corresponde a los titulares de cada una de las Direcciones el ejercicio de las facultades y obligac10nes genéricas siguientes
l. Planear, programar, organiZar, dirigir, controlar y evaluar el desempeno de las labores encomendadas a la Dirección a su cargo: 11. Emrtir los dtetámenes, t,piniones e informes que les sean sohc1tados por el titUlar de la Presidencia Municipal; 111. Formular, de conformidad con los lineamientos de las unidades adm1n,strativas competentes, los proyectos de programas y de presupuesto relativos a la Dirección a su cargo; IV. Coordinar sus actividades con las demás Direcc10nes, cuando así se requiera, V. Colaborar con la Coordinación de Inversiones Muntcipa~s en la elaboracón de los proyectos afines a su área: VI. Certificar las copias de k:>s documentos que obren en k>s archivos de la Dirección a su cargo, y VII. Proporcionar, de conformidad con los lineamientos de las unidades administrativas competentes, la informaóón, datos, cooperación o asesoría técnica que les sea requenda por otras dependencias y organismos
Articulo 72. Las Direcciones, Coordinaciones y Unidades admin,strativas contaran para su desempeno con las áreas adm1n,strabvas necesarias para el buen funcionamiento de la administración pública municipal
SECCIÓN SEGUNDA DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN MUNICIPAL
Artlculo 73. Corresponde a la Dirección de Planeac1ón, además de las facultades genéncas de los Directores, el e¡erc1c10 de las atnbuc1ones siguientes
l. Participar en la instalación y func10namiento del Comité de Planeación Municipal; 11. Coordinar, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Municipal en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo; 111. Coordinar con las dependencias municipales, la integración de los programas operativos anuales, asl como su validación. rv. Promover la e¡ecución de instrumentos de evaluación de la gestión pút:>lica que se implanten en la Administraci6n Pública Municipal, a fin de mantener un estándar de calidad en el desempeno de las dependencias y servidores pút:>licos; V, Administrar los sistemas de información estadlstica de la Administración Pública Municipal; VI. Promowry coordinar la implantación de modelos administrativos basados en procesos, evaluados por resultados y orientados a la calidad. VII. Generar los diagnóstJcos organizacionales de las dependencias para documentar y meJOra de los manuales de organ1Zación, de prc,cedrmentos y de eervicios al público; VIII. Validar los dictámenes que se elaboren sobre la viabllidad de creación o supresión de unidades administrativas o modificac10nes a las ya existentes, que propongan las dependencias; IX. Coordinar los trabajos para la elaboiación del informe anual de la e¡ecución del Plan Municipal de Desarrollo, X. Realizar el acoplo, procesamiento, análisis y validación de la información estadlstica oficial de la Administración Municipal;
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XI. Administrar los trabajos relacionados con la Agenda para el Desarrolto Municipal; y XII. Las demás que le confieran las leyes, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el trrular de la Presidencia Municipal.
Articulo 74. AJ titular de esta dependencia, se le denominara Director de Planeacl6n, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliara de las siguientes éreas:
l. Secretarla Técnica e Innovación; y 11. Coordinación de Inversión Municipal.
SECCIÓN TERCERA DE LA SECRETARIA T~CNICA E INNOVACIÓN
Articulo 75. Corresponde a la Secretarla Técnica e Innovación, además de las facultades genéricas de los Directores. el eJercic10 de las atnbuc1ones siguientes
l. Analizar y d,senar metodologlas, instrumentos técnicos y herramientas estratégicas para la 1mplemer.tac1ón de soluciones innovadoras en el illmbrto del desarrollo administrativo, en las d1st1ntas dependencias de la Administración Pública Mun1c1pal. 11. Prestar asesorla, apoyo técnico y realizar proyectos en materia de diseno institucional, sistemas de gesbón de la calidad e 1nnovac,on gubernamental en general; asl como evaluar y en su caso redisenar las pollticas públicas implementadas por la adm1mstrac1ón pública municipal 111. Planificar la realiZacl6n del sistema de gestión de la calidad con base en los requisitos de la norma aplicable, con el propósrto de brindar se,vIc1os de calidad a la ciudadanla y meJorar la productividad de las dependencias de la administración pública mun1c1pal con procesos cert1fIcados. 111. Promover el desarrollo y mantenimiento de ios procesos de gestión y administración incorporados al sistema de gestión de la calidad mediante los requisitos de la norma aplicable, a fin de cumplir con las especificaciones de calidad establecidas, aumentar la sansfacc1ón de la ciudadanía y me¡orar continuamente los serv1c10s proporcionados; V. Fungir como responsable de gobierno electrónico de la administración pública municipal, en términos de la Ley de Gobierno Electrónico del Estado de Smaloa, VI. Dmgir, proponer, disenar y operar un plan de meJora de los sistemas de atención ciudadana, trámrtes y servicios críticos VII. Dmgir, controlar y supervisar las act,vidades de diseno, desarrollo, implantación y operaci6n de los sistemas de información, Ia •nfraestructura tecnológica, la gestión de proyectos tecnológicos y de se,v1cios compartidos de tecnologla, VIII. Mantener actualiZada la estrategia tecnológica a través de la mejora continua y la 1ncorporac1ón de nuevas tecnologías de 1nformac16n y oomuncacK>nes. IX. D1senar y desarrollar los sistemas tecnológicos de cómputo, de infraestructura tecnológica y de comunicación. que soporten y mantengan disponible el portal de 1ntemet del Municipio, incluyendo lo relat,vo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. X. Establecer y mantener en buen func1onam1ento las redes de comun1cac1ón internas y externas del Mun1c1p10, XI. Dmg,r, mantener y administrar los sistemas de conmutación de voz y datos, rad10-€nlaces y enlaces satel1tales de cobertu,a amplia. metropolitana y local de las dependencias, procurando el máximo n,vei de eficiencia y calidad del se,vic10, XII. Mantener en resguardo actualizado. la información que contengan las cuentas de usuario y contrasenas de los equipos de cómputo y comunicaciones pertenecientes a la administración pública municipal; XIII. D1senar y operar un plan de recuperación de datos de los servidores bajo su resguardo; XIV. Analizar, dictaminar y supe,v1sar la adquisición de sistemas, bienes tecnológicos, licenciamientos y derect,os de autor, asl como la subcontratacl6n de servicios tecnológicos. XV. Coordinar el otorgamiento a las dependencias de los medios y la capacitación necesaria para establecer programas que opt1mIcen la util1zac16n del equipo informático y del sistema de comunicación electrónica en la transmisión de documentos, reduciendo los costos denvados dal envio de documentos flsicos; y XVI. Las dem~s que le confieran las leyes, decretos. reglamentos, convenios, acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el trtular de :a Presidencia Municipal
Articulo 78. Al titular de esta dependencia, se le denominará Coordinador de Innovación Gubernamental. quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliara de la siguiente área
l. Coordinación de Informática y Desarrollo Tecnológico
SECCIÓN CUARTA COORDINACIÓN DE INVERSIÓN MUNICIPAL
Articulo 77. Corresponde a la Coordinación de Inversión Municipal el ejercicio de las atnbuc1ones siguientes
l. Integrar y mantener actualizada la cartera de proyectos de inversión de la administración pública municipal a fin de gestionartos ante las ,nstanc,as competentes para su consideración dentro de los presupuestos de egresos de la federación y del estado. 11. AnaliZar la factibtlidad de los programas y proyectos de inversión presentados a su consideración por las instancias eJecutoras con base en su viabilidad técnica, económica, financiera, social, regional y de demanda ciudadana, 111. Identificar y promover, en coordinación con las dependencias, fuentes potenciales de financiamiento para el desarrollo de proyectos de 1nvers,ón IV. Registrar ante la Unidad de Inversiones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal, en coordinación con los e1ecutores de la inversión, los programas y proyectos de inversión en los cuales el Municipio requiera la part1c1pac1ón de la federación. V. Coordinarse con las dependencias competentes para la elaboración de los convenios en los que se establezcan los derechos y obligaciones que tendran IOS diversos participantes en los programas y proyectos de inversión con recursos del Mun1c1p10,
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VI. Capacitar y asesorar a las dependencias de la administración pública municipal respecto al financiamiento y evaluación de los programas y proy=s de inversi6n. \/11. Atenaer las normas y lineamientos aplicables para el financiamiento de los programas y proyectos de inversi6n en que tenga participac10n el Municipio. VIII. Dar seguimiento a las solicrtudes de registro de los proyectos y programas de inversión hast, la emisión de la respuesta de la autoridad respectiva. asi como ser el conducto del gobierno municipal para proporcionar información adicional que lo requieran; IX. Potenciar los recursos provenientes del impuesto predial rústico. del fondo de aportaciones para la infraestructura social u otros ingresos afines. para ser utilizados en programas federales que beneficien a la población en rezago social; X. Coadyuvar con los organI=os mun1c1pales y paramunicipales en la elaboración y gesti0n de proyectos de inversión; XI. Solicitar. en su caso. la colaborac10n de universidades, colegios y cámaras. entre otras instrtuciones, para el apoyo en la elaboración de los proyectos de mvers10n. XII. Impulsar la part1c1pac,0n del Mun1cip10 en programas de cooperaci0n con organismos nacionales e internacionales de carácter público, sooal y privado, a fin de fortalecer su capacidad de gesMn para aprovechar programas y fondOs anernativos en beneficio del municipio; XIII. Impulsar mecanismos de vinculación y cooperación con los munic,pios de otros estados a fin de aprovechar expenencias exrtosas, y XIV. Las demas que le confieran las leyes. decretos. reglamentos. convenios. acuerdos y aquellas que expresamente le encomiende el trtular de la Presdenc1a Municipal
CAPITULO VIII DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL
Articulo 78. Corresponde a trtular de la Direcc,ón de Seguridad Pública y Tránsrto Municipal, ademas de las facultades genéricas de los Directores. el eiercic10 de las atribuc10nes s,gu1entes·
l. D1se~ar. d1ng1r y controlar políticas en las materias de segundad pública y tránsito municipal, de conformidad con las disposiciones Jurldicas aplicables asi como en lo senalado en el Plan Municipal de Desarrollo: 11. Coordinar acciones de los cuerpos de segundad pública municipal. con las de los otros órdenes de gobierno: 111. Preservar la 1ntegndad. tranquilidad y segundad de los habitantes del municipio e instrumentar el adecuado y permanente fluJo vehicular. la seguridad vial y el respeto de los reglamen'.os que regulan la seguridad pública y el transito municipal: IV. Mantener la segundad y el orden público en el Munic1p10, V. Coordinar y formular planes y programas preventivos, terldientes a evitar la com1si0n de probables hechos delictivos: VI. Organizar y supervisar el func1onam1ento de los serv1c10s de atención a la c1udadania. en caso de emergenc,as o la com1so0n de conductas infractoras o detrct,vas, VII. Aux1har dentro del marco legal, al M1msteno Público, a las autoridades Judiciales y administrativas. cuando sea requerido para ello; VIII. Respetar y vigilar que se respeten las d1spos1c10nes legales aplicables al municipio en las materias de seguridad pública y tránsrto mun1c,pal, IX. Operar. dmgir, organizar. controlar y superv,sar el func1onam1ento de la pohcia municipal preventiva y tránsrto: X. Formular. en el ámbito de su competencia. polit1cas de participación ciudadana para el meioramiento del desarrollo de planes y acciones vinculadas a las materias de segundad pública y tránsito. XI. Elaborar y proponer los proyectos de reglamentos. decretos, convenios o acuerdos sobre los asuntos de su competencia, XII. Instrumentar programas para la 1nducc1ón de la educación vial entre la población del municipio: XIII. Vincular part,cipativamente a los elementos de seguridad pública y tránsrto municipal en tareas de orden social: XIV. Presentar a los infractores de disposiciones admin,stranvas del Bando de Policla y Gobierno ante el Tribunal de Barandilla. XV. EJercer las facultades y cumplir con las obligaciones que en materia de Protección Civil le atribuyen las leyes, reglamentos y demás d1Sp0sic1ones legales aplicables. XVI. Ajustar su actuación a lo dispuesto en los ordenamientos legales relativos a la materia de Derechos Humanos: y XVII. Las demás que le confieran las leyes. reglamentos. decretos y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el titular de la Presidencia Mun1c1pal
Articulo 79. Al trtular de esta dependencia se le denominará Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, quien para el despacho de los asuntos de su competencia. se aux1l1ará de los órganos de administración y operac10n que establezca el Reglamento de Policia Preventiva y TránMo Municipal del munic1p10 de Navolato
Articulo 80. De igual manera. a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal estarán adscritas las siguientes undades adm1mstrativas
l. Comarldanc1a de Policía Preventiva, y 11. Comandancia de Tránsrto Mun1c1pal
TITULO TERCERO
DE LOS ORGANISMOS AUXILIARES, DESCENTRALIZADOS Y DESCONCENTRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
CAPITULO 1 DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAMUNICIPAL
Articulo 81. La adm1n1strac1ón pública paramun1c1pal se integra por los organismos siguientes·
l. Sistema de Desarrouo Integral de la Familia del Municipio de Navolato: 11. Junta Municipal de ~ua Potable y Alcantarillado de Navolato: 111. Centro de Desarrollo Integral de S1naloa. y IV. Los demás que por acuerdo del Ayuntamiento. se Decrete
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Ar11culo 12. Los organosmos públicas descentralizados de la Administración Municipal son entidades con personalidad jurídica y patnmonio prop.,
Artlculo 13. La estructura y el IUncionamiento de los organismos que conforman la adm1mstraci6n pública paramunic1pal, se regirán conforme a lo que ~~a su Reglamento Interior, que en cada caso aprobará el Ayuntamiento, a propuesta del titular de la Presidencia Municipal
CAPITULO 11 DE LOS ORGANISMOS DESCONCENTRAOOS
Artlculo M. La administración pública para la consecuaón de sus fines se integra por los organ,smos desconcentrados que conforme a la potestad administrativa del municipio sean creados
Artlculo 15. Los organismos desconcentrados estarán suietos a las disposic10nes del presente Reglamento, sm demer~o de la nonnat!Vldad partiallar que para el cumplimiento de sus fines les sea aplicable.
Articulo 18. Los organismos desconcentrados que confonnan la administración pública, serán sectoriZados al Tttular de la Presidencia Municipal Tend'*' autonomía técn,ca y de gestión, para el impulsar las polllicas, estrategias y acciones dirigidas al desarrollo del Instituto que se cree, en el Municipio de Na\/Olato
Artlculo 17. Los orgamsrnos de9c:oncentrados deberan considerar en su estruclUra los soguientes órganos de gobierno·
l. Un Consejo Directivo; y 11. Una Direoclón.
Artlculo 11. Para la operación administrativa de estos organismos, se sujelarán al reglamento interno del Instituto que se cree, con suieción a la aprobación de cabildo, debiéndose publicar en el Periódico Oficial de "El Estado de Sinaloa'
CAPITuLO 111 DE LOS ORGANISMOS AUXILIARES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA CENTRALIZADA
Artlculo 19. Son organlSfflOs auxiliares de la administración públ,ca centralizada, todos aquellos que las Leyes Estatales y Federales les dan exBtencia, generalmente en materias de competencia concurrente entre la Federación. el Estado y tos Municip,os
Articulo 90. Sin perJUrc,o de que pudieran crearse otros organismos auxilrares. por drspos1C16n legal, reconoc1éndosele ese caracter a l. La Junta Municipal de Reclutam,ento; y 11. El Consejo Mumcapal para Prevenir y Atender la V101enc1a lntrafamll1ar
Estos organismos serán coordinados por la Secretaria del Ayuntamiento, quien deberé vigilar y procurar que cumplan los fines que la Ley les exige y se regll'é confonne a lo dispuesto en la norrnatMdad municipal que le sea aplicable.
Transllorios
Artlculp Primero.- El presente Reglamento entrara en vigor al dla siguiente de su publ,cac16n en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa'
Ar11culo Segundo,- Se abroga el Decreto Municipal número 01, que contiene el Reglamento Interno de la Administración Pública del Municipio de Navolato, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa' número 025, de lecha 26 de lebrero de 2014
Ar11culo r...,.,o.- Dentro de un ténn1no que no exceda de noventa dlas nalurales el Ayuntamiento -ni aprobar y expedir el manual de organizaci6n que regule las atribuciones de las demés dependencias municipales enunciadas en el presenle ordenamiento municipal
Ar11culo c...eo.- Se derogan tocias las disposiciones que se opongan o contravengan lo establecido en el presenle reglamento
E• dada en el saldn de cabildo del Palacio Municipal del Ayuntamiento de Navolato, Slnaloe a loe dos (02) dlas del mes de mayo del a/lo doe mil dlaci•--
Atentamenllt
, ..... _ .. ,< ...... - ...... Medina pal da Navolalo
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Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 37
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para su debida observancia,
Es dado en el Palacio de Ejecutivo Municipal, dos (02) dlas del mes de mayo del ano dos mil diecisiete.
tire, ~- ~Aq~ ,.
C. Guadalupa AJfonso<f,.gulo Arce Secretarlo del Ayuntamiento de Navolato
38 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 15 de Mayo de 2017
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
CONVOCATORIAS DE LICITACIONES PÚBLICAS NACIONALES (PRESENCIALES)
La Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán, Sinaloa, con fundamento en ,
establecido en los artículos 155 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 19 del
Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; y 38
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el
Estado de Sinaloa, aplicado supletoriamente, conforme al artículo 2º, párrafo segundo, del
Reglamento aludido, convoca a los interesados que satisfagan los requisitos de las bases, a
participar en las presentes licitaciones Públicas Nacionales (Presenciales). con cargo al programa
de recursos propios.
licitación
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02 de Junio del 2017 a las
12:00 horas PM
Las bases para las presentes licitaciones se podrán adquirir a partir del día 15 de mayo hasta el día
21 de mayo de 2017 en el Departamento de Normatividad ubicado en AV. Gutiérrez Nájera y
Ramón Corona, S/N, Colonia Montuosa, de esta Ciudad Mazatlán, Sinaloa.
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Mazatlán, Sinalo~ 15 de Mayo
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Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 41
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA, TURISMO Y ARTE DE MAZATLÁN
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA TURISMO Y ARTE DE MAZA TLAN IC-EA-02a
ESTADO DE ACTIVIDADES
DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2017
INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
INGRESOS DE GESTION Aprovecham .. ntos d• Tipo Corriente
Otros AprO\lechamientos
lngrHo• por Ventad• BienH y Servicios Ingresos por Venta de Bienes y Servicios de Organismos
Oescentra11zados
PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y Tr1naf1renclas, Asignaciones, Subsidios y OtrH ayudas
del Sector Publico Ayudas Sociales
OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS Otros Ingresos y Beneficios Varios
Otros Ingresos y Beneficios Vanos
Total de Ingresos
GASTOS Y OTRAS PERDIDAS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
Servicios PersonllH Remunera®nes al Personal de Canllcter Permanente Remuneraciones al Personal de Caricter Transítono Remuneraciones Ad1c1onales y Especiales Otras Prestaciones Sociales y Econ6m1cas
Materiales y Suministros Matenales de Admtnistraaón. Em1s1ón de Documentos y
Artículos Oficiales Alimentos v u1ens1hos Ma1enales y .Ar1Iculos de Construcción y de Reparación Produclos Ouim1cos Farmacéultcos y de Laboratorio Combushbles. lubncanies y Ad1ltvos Vestuano, Blancos. Prendas de Protección y Artículos
Deportivos HerramIen1as. Refacciones y Accesonos Menores
Servicios Generales Servicios Básicos Servicios de Arrendam1en10 Serv1c1os Profesionales. Científicos y Técnicos y Olros
Servicios Serviaos Financieros. Bancanos y Comerciales SeMcios de Instalación. Reparación. Mantenimienlo y
Conservación Servicios de Comun1caaón Social y Pubhcidad Servieios de Traslado y Viéticos Servicios Oficiales Otros Servicios Generales
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
Ayudas SoclalH Ayudas Sociales a Personas Becas
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
INTERESES, COMISIONES Y OTROS GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA
OTROS GASTOS Y P~RDIDAS EXTRAORDINARIAS
Otro• Gastos Gastos de Ejercicios Anteriores
INVERSION PÚBLICA
15
ENERO
27,291.15 27,29195
4,414,125.72 4,464,92572
17,2]0,242.1'
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180.000 ºº 3 00000
23,747,416.43
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46 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 15 de Mayo de 201 7
AVISOS GENERALES
C. LIC. QUIRINO ORDAZ COPPEL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL
DEL ESTADO DE SINALOA
PRESENTE:
ING. MARTÍN FÉLIX FÉLIX,
EDGARBENJAMÍN PÉREZ RIVAS y
LUIS ALFONSO ZAMUDIO
HERNÁNDEZ, el primero en su
carácter de Presidente, Secretario
General y Secretario de Rutas, de la
Alianza de Concesionarios y
Permisionarios del Transporte Urbano
y Sub-Urbano de Culiacán, A.C.,
respectivamente con personalidad
debidamente acreditada ante la
Dirección de Vialidad y Transportes en
el Estado, con domicilio para oír y
recibir toda clase de notificaciones en
la Calle Río Suchiate y Puerto Progreso
1498 del Fraccionamiento Los Pinos de
esta Ciudad, ante Usted con todo
respeto comparezco a exponer lo
siguiente:
Que por medio del presente
escrito, nos estamos dirigiendo ante el
Ejecutivo del Estado a su digno cargo,
con el objeto de solicitar su autorización
para laAMPLIACIÓN DE ITINERARIO
de la ruta denominada «MERCADO DE
ABASTOS-CENTRO» quedando de la
siguiente manera: En el Sector Sur por
Carretera Internacional, a la altura del
Centro Recreatívo Splash Club, vuelta
en «U» hacia el Norte, retomando su
ruta acostumbrada.
Por lo anteriormente expuesto a
Usted muy atentamente PEDIMOS:
ÚNICO: Se acuerda favorable
como lo solicitamos en el cuerpo del
presente escrito, me ordene la
publicación correspondiente en el
periódico de mayor circulación.
PROTESTAMOS LO NECESARIO:
Culiacán, Sin., Marzo 30 al 2017
Ing. Martín Félix Félix
PRESIDENTE
Edgar Benjamín Pérez Rivas
SECRETARIO GENERAL
Luis Alfonso Zamudio H ernández
SECRETARIO DE RUTAS MY0.5-15 R. No. 937139
Lunes 15 de Mayo de 2017 «EL ESTADO DE SINALOA» 47
AVISOS JUDICIALES
JUZGADODEPRIMERAINSTANCIADELRAMO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA, MÉXICO, LÁZARO
CÁRDENAS Y PINO SUÁREZ, UNIDAD
ADMINISTRATIVA, PLANTAALTA.
EDICTO
EXP:409/2014
C.BALTAZARCONTRERAS VALLE.
Se le notifica con fundamento en el articulo
533 Código Familiar del Estado de Sinaloa, auto de
fecha 20 de Abril del 2017 Dos Mil Diecisiete, en
acatamiento a lo estatuido por el artículo 534 del
Código Familiar del Estado de Sinaloa, se ordena
publicación de edictos en ESTADO DE SINALOA
Y EL DEBATE, por dos meses con intervalos de
quince días citando al Presunto Ausente señor
BALTAZAR CONTRERAS VALLE, cuya
representante es la señora ÁNGELES IRÁN
CONTRERAS MENCHACA, quien tiene su
domicilio en Calle Cristóbal Colón número 81 O, entre Morelos y Revolución, Guasave, Sinaloa, la
Secretaría hace constar que la fecha de la protesta
del cargo del nombramiento de representante del
Presunto Ausente BALTAZAR CONTRERAS
VALLE, fue el día 28 de Abril del 2016. Señalándose
que pasado un año desde ej día que fue nombrada
la representante, habrá acción para pedir la
Declaración de Ausencia.
ATENTAMENTE
Guasave, Sin.,Abr. 26 de 2017
LAC. SECRETARIO PRIMERO
Lic. María de Jesús Joaquina Arreguín
Moreno
MYO.15-29
JUN.12-26 R.No.10210616
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA UBICADA EN MARCIAL
ORDÓÑEZ Y ALLENDE, PLANTA ALTA CON
RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS
MOCHIS, SINALOA.
EDICTO
C.C. ELSA TRINIDAD ÁLVAREZ OCHOA, SIRIO
MARIOÁLVAREZOCHOA,FRANCISCOJAVIER ÁLVAREZ OCHOAy JOSÉ RAÚL ÁLVAREZ OCHOA.
Domicilio Ignorado.
Presente.-
En el Expediente número 422/2014-2,
relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, promovido
por MARÍA FRANCISCA GONZÁLEZ FÉLIX, el
C. Juez ordenó notificarle a Usted los puntos
resolutivos de la SENTENCIA dictada en este juicio
con fecha 9 Nueve de Marzo de 2017 Dos Mil
Diecisiete, que a la letra dice: « ... PRIMERO: Ha
procedido la vía Ordinaria Civil intentada.
SEGUNDO: La actora acreditó su acción de
Prescripción. La demandada Secretaría de
Hacienda y Crédito Público no demostró sus
excepciones. Los codemandados SIRIO MARIO, ELSA TRINIDAD, FRANCISCO JAVIER, JOSÉ RAÚL y MARÍA JACKELINE todos de apellidos
ÁLVAREZOCHOA,yelOFICIALDELREGISTRO
PÚBLICO DELA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE ESTA CIUDAD, no comparecieron a juicio.
TERCERO: Se declara que la Prescripción Positiva
Adquisitiva se ha consumado y por ende que la
Sucesión Intestamentaria a bienes de MARÍA
FRANCISCA GONZÁLEZ FÉLIX, ha adquirido la
finca urbana ubicada en Callejón Nicolás Bravo
número 132 Poniente, en esta ciudad de Los
Mochis, Sinaloa; con las medidas y colindancias
que se mencionan en el considerando III Tercero
de esta resolución, registrada bajo la inscripción
116, del libro 228, de la Sección I, en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio de esta
Municipalidad, virtud a Jo cual se ordena que en
su oportunidad se inscriba la presente ejecutoria
en la señalada Oficina Registral, a fin de que sirva
de título de propiedad a la prescribiente, debiendo
cancelarse la inscripción antes citada. Así como la
cancelación de la inscripción número 172, del libro
921, de la Sección Primera, de fecha 7 Siete de Marzo
de 2012 Dos Mil Doce, que aparece a nombre de la
codemandada SECRETARÍA DE HACIENDA Y
CRÉDITO PÚBLICO. CUARTO: No se hace
especial condenación en cuanto al pago de gastos
48 «EL ESTADO DE SINALOA»
y costas del juicio. QUINTO: Notiffquese
personalmente la presente Sentencia en términos
del artículo 118, fr.:icción VI, del Código de
Procedimientos Civiles, a las partes que tengan
señalado domicilio procesal. A los codemandados
MARÍA JACKELINE ÁLVAREZ OCHOA y al
OFICIAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA
MUNICIPALIDAD, al no haber seftalado domicilio
para tal efecto, practíquese de conformidad con
los numerales 115 y 116 del propio ordenamiento
legal. A los coaccionados ELSA TRINIDAD, SIRIO
MARIO, FRANCISCO JAVIER, JOSÉ RAÚL todos
de apellidos ÁLVAREZ OCHOA, notifiquese los
puntos resolutivos de este fallo por medio de
edictos que se publicarán en los términos de los
artículos 119, 119 Bis y 629 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado.
Así lo resolvió y firmó el Licenciado LUIS
MANUEL MEDINA MEDINA, Juez Segundo de
Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial
de Ahorne, por ante el Secretario Segundo
Licenciado ALFREDO ISABEL MORENO OSUNA,
que actúa y da fe ... »
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Mzo. 24 de 2017
ELC. SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Alfredo Isabel Moreno Osuna
MYO.15-17 R.No.604613
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOIX, SIN.
EDICTO:
EXPEDIENTENÚMERO:221/2015.
A LOS e.e. MARCO ANTONIO y JESÚS
ENGELBERTO DE APELLIDOS COTA MEZA.
Domicilio Ignorado.
Notiflquesele con fundamento en el artículo
119 del Código Procesal Civil, que en el Expediente
221/2015, derivado del Juicio Ordinario Civil
Prescripción, promovido por CARLOS COTA
ISLAS, en contra de MARCO ANTONIO COTA
MEZA y OTROS, en el cual se les emplaza para
que dentro del término de NUEVE DÍAS, contados
a partir del décimo día de hecha la última
publicación produzcan contestación a la demanda
Lunes 15 de Mayo de 2017
instaurada en su contra. Acudir a Expediente 221/
2015.
Quedando para tal efecto a su disposición
en la Secretaría de este Juzgado las copias de
traslado correspondiente.
ATENTAMENTE Choix, Sin., Mzo. 27 de 2017
ELC. SRIO. DELJUZG MIXTO DE PRIM. INST.
Lic. José Ángel Miranda Navarrete
MYO.15-17 - R.No.604598
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
C. MORELOS PÉREZFLORES.
Domicilio Ignorado.
Notiflquesele con fundamento en el artículo
en el artículo 162 fracciones VII del Código Procesal
Familiar, demanda por TRAMITACIÓN ESPECIAL
DE DIVORCIO, promovido en su contra por la C.
NANCY ARACELY AGUILERA RODRÍGUEZ, al
cual se le emplaza para que dentro del término de
09 NUEVE DÍAS, contados a partir del décimo día
de hecha la última publicación produzca
contestación a la demanda interpuesta en su contra.
Acudir a Expediente 2949/2016.
Queda a disposición de la Secretaría de este
Juzgado copias de traslado.
- ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 31 de 201 7
LASECRETARIATERCERA
Lic. Carolina González Domfnguez
MYO.15-17 R.No. 10210500
JUZGADOPRIMERODEPRIMERAINSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
C. CONCEPCIÓNVELARDEMARTÍNEZ
Domicilio Ignorado.
Con fundamento artículo 11 9 Código
Procesal Civil, en juicio ORDINARIO CIVIL
(PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD),
Expediente 413/2015, promovido por MARÍA DEL
SOCORRO OSUNA MARTÍNEZ, se le emplaza
para gue dentro del término de 09 NUEVE DÍAS,
Lunes 15 de Mayo de 2017
contados a partir del dkimo dfa de hecha la última publicación, produzca su contestación a dicha demanda, quedan a su disposición en la Secretarla de este Juzgado copias de traslado correspondientes.
ATENTAMENTE Mazaelén, Sin., Oct. 28 de 2016
LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS Lic. Myrna Chávez Pérez
MYO.15-17 R.No.10210511
JUZGADO SEGUNDO DEPRIMERAINSTANCIA DELRAMOCNILDELDISTRITOJUDICIALDE AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA UBICADA EN MARCIAL ORDÓÑEZ Y ALLENDE, PLANTA ALTA, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes se crean con derecho a oponerse a la JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE INFORMACIÓN ADPERPÉTUAM, presentada por MARÍARITARUIZ LEYVADE FERNÁNDFZ, para acreditar la posesión del bien inmueble que se encuentra ubicado en interior de manzana sin, denominada como Predio Las Cruces del Norte, perteneciente a la Sindicatura de Ahorne, la cual cuenta con una superficie 3,613.26 metros cuadrados, Clave Catastral 003/ 030/01/096/005/l, con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE: mide 37.56 metros y colinda con Ejido Águila Azteca; AL SUR: mide 37.56 metros y colinda con Callejón Privado; AL ORIENTE: mide 96.20 metros y colinda con lote 06; y AL PONIENTE: mide 96.20 metros y colinda con lote 07.
Este edicto deberá fijarse por el término_ de Veinte Días en los estrados de este Juzgado y en las tablas destinadas al efecto en la Presidencia Municipal de esta Ciudad, haciéndose saber al público que planos y fotografias del inmueble se encuentran expuestos en los estrados de este Tribunal, bajo Expediente número 122/2017-2.
ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Abr. 4 de 2017 FLC. SECRETARIO SEGUNDO
Lle. Alfredo Isabel Moreno Osuna
«EL ESTÁDO DE SINALOA» 49
MYO.15-26JUN. S R. No. 604293
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.
EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho
a oponerse a solicitud de SERGIO ARTURO GUTIÉRREZ NÁJAR, respecto de una Fracción de terreno urbano, ubicada en Calle Francisco Villa, sin número de la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad, con las siguientes medidas colindancias; AL NORTE: 5.00 metros con SaraRamírez, al SUR.-5.15 metros, con Calle Francisco Villa, al Oriente.-21 metros colinda con José Barrón. AL PONIENTE.Linea quebrada que mide de Norte a Sur 10.50; 0.60; 3.00 y 6.9S metros, con resto del mismo terreno y Guadalupe Viera González y Dámaso !barra, teniendo una superficie total de terreno de 99.98 metros cuadrádos y una construcción de 71.24 metros cuadrados; fotografias de referencia encuéntrese expuestas en los estrados de este Juzgado a su disposición en Expediente número 191/2017.
Escuinapa, Sin., Mzo. 27 de 2017 SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga MYO.15-26JUN.5 R.No.10016621
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE AHOME, SINALOA.
EDICTO: Convocase a quienes créanse con derecho
a Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes del de cujus EVERARDO VIERA CONTRERAS, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, Expediente 322/ 2017,términoimprorrogablede30TREINTADÍAS a partir de he6ha la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Mzo. 16 de 2017 ELC. SECRETARIO SEGUNDO
M.C. Rosario Manuel López Ve/arde MYO. 15-26 R. No. 604S78
50 «EL ESTADO DE SINALOA»
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR, DEL DISlRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de ALFREDO PÁNFILO AUSTIN ESQUER
y/o ALFREDO AUSTIN ESQUER, Expediente 156/
201 7, para que se presenten a deducirlos y
justificarlos ante este Juzgado, término
improrrogable de 30 TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Mzo. 06 de 2017
SECRETARIA SEGUNDA
M.C. Claudina Castro Meza
MYO. 15-26 R. No. 604579
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR, DELDISTRITOJUDICIALDE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de el de cujus RAÚL PAREDES
GASTÉLUM, deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, Expediente 595/2017, término
improrrogable de 30 TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin.,Abr. 18 de 2017
SECRETARIO PRIMERO
Lic. Casia1'o Gutiérrez Verdugo
MYO.15-26 R.No.604409
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de JUAN FRANCISCO VILLARREAL
MADRID, deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, Expediente 2367/2016, término
improrrogable de 30 TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Lunes 15 de Mayo de 2017
Los Mochis, Sin., Mzo. 22 de 2017
SECRETARIO PRIMERO
Lic. Casiano Gutiérrez Verdugo MYO.15-26 - R. No. 604415
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de MANUEL DE JESÚS CASTRO
ESPARZAyMARÍAANTONIACASTROURETA,
deducir y justificar sus derechos hereditarios en
este Juzgado dentro término de TREINTA DÍAS,
contados a partir de hecha la última publicación
del edicto Expediente. Expediente 1209/2016.
ATENTAMENTE
Guasave, Sin., Nov. 15 de 2016
C. SECRETARIO PRIMERO
Lic. Maria de Jesús Joaquina Arreguin
Moreno
MYO.15-26 R. No. 133693
JUZGADO DEPRIMERAINSTANCIADELRAMO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA, MÉXICO, LÁZARO
CÁRDENAS Y PINO SUÁREZ, UNIDAD
ADMINISTRATIVA, PLANTAALTA.
EDICTO
Convóquese quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de MIGUEL ÁNGEL ECHAVARRÍA
VALENZUELA y/o MIGUEL ÁNGEL
ECHA VARRÍA, deducir y justificar sus derechos
hereditarios en este Juzgado dentro término de
TREINTA DÍAS, contados a partir de hecha la
última publicación del edicto, Expediente 586/2017.
ATENTAMENTE
Guasave, Sin., Abr. 17 de 201 7
LAC. SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Araceli Beltrán Obeso
MYO.15-26 R.No.133818
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALVADOR
Lunes 15 de Mayo de 2017
ALVARADO, CON RESIDENCIA EN
GUAMÚCHll.., SINALOA.
EDICTO
Convócase quienes créanse con derecho
en el Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO,
promovido por SILVIAARAUJO LÓPEZ, a bienes
de JESÚS VALDEZ GARCÍA, a deducirlos y
justificarlos ante este Juzgado, en el Expediente
número 84/2017, dentro del término de TREINTA
DÍAS, contados a partir de la última Publicación
del edicto.
ATENTAMENTE
Guamúchil, Salv. Alv., Sin., F eb. 02 de 2017
LA SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Daniela Armenia Chávez
MYO. 15-26 R. No. 10210565
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIAR,DELDISTRITOJUDICIALDE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se crean·con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de FIDELIA ELIZALDE GUTIÉRREZ y/o
FIDELIA ELIZALDE DE BERNAL y/o FIDELIA
ELIZALDE DE B. y/o FIDELIA ELIZALDE DE B.,
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado,
Expediente 544/2017, término improrrogable de 30
TREINTA DÍAS a partir de hecha la última
publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Abr. 03 de 2017
SECRETARIO PRIMERO
Lic. Casiano Gutiérrez Verdugo
MYO. 15-26 R. No. 605348
JUZGADO SEGUNOO DEPRIMERAINSfANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del sei\or LUZ
MARÍA VIZCARRA MADRID, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto de Expediente número 2617 /
2016.
«EL ESTADO DE SINALOA» 51
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 29 de 2017
LA SECRETARIA TERCERA
Lic. Carolina González Domlnguez
MYO.15-26 R.No.10210561
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de ELADIO
GAXIOLA CAMA CHO, para que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término de 30
TREINTA DÍAS a partir de la última publicación
del edicto, Expediente número 593/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 09 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Alan Zazueta Zavala MYO. 15-26 R. No. 10210578
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de FRANCISCO
ZAZUETA VEGA, para que se presenten a deducir
y justificarlos dentro del término de TREINTA DÍAS
a partir de la última publicación del edicto.
E){pediente número 439/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin.,Abr. 03 de 2017
LASECRETARIATERCERA
Lic. Rosa Elma Guerrero Vargas
MYO.15-26 R.No.102l0579
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del finado JOSÉ
GABRIEL MONTOYA MORENO, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
52 «EL ESTADO DE SINALOA»
publicación del edicto de Expediente número 572/
2017.
ATENTAMENI'E
Culiacán, Sin., Mzo. 28 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Héctor Eduardo García López
MYO.15-26 R.No.10210599
nJZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INI'ESTAMENTARIO a bienes de IRMA SILVIA
BURGUEÑO BARRÓN, presentarse a deducirlos
y justificarlos dentro del término de TREINI'A DÍAS
a partir de la última publicación del edicto, Exp.
No. 727/2017.
Culiacán, Sin.,Abr. 19 de 2017
SECRETARIA TERCERA
Lic. Claudia Bórquez Zazueta
MYO. 15-26 R. No.10210564
nJZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de MARÍA
VALDEZ OJEDA y/o MARÍA VALDEZ y/o
MARÍA FRANCISCA VALDEZ OJEDAy/o MA.
VALDEZ OJEDA, presentarse a deducirlos y
justificarlos dentro del término de TREINTA DÍAS
a partir de la última publicación del edicto, Exp.
No. 3370/2016.
Culiacán, Sin., Ene. 23 de 2017
SECRETARIA TERCERA
Lic. Claudia Bórquez Zazueta
MYO.15-26 R.No.10210606
nJZGADOTERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de JOSÉ
HUMBERTO BARRAZA NÚÑEZ, quien falleció
Lunes 15 de Mayo de 2017
en la ciudad de Culiacán, Sinaloa. para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto, Expediente número 640/
2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 31 de 2017
LASECRETÁR.IASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum Garcla
MYO.15-26 R.No.10210512
JUZGADOTERCERODEPRIMERAINSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de DELFINA
GONZÁLEZ, quien falleció en la ciudad de
Culiacán, Sinaloa, para que se presenten a deducir
y justificarlos dentro del término de TREINI' A DÍAS
a partir de la última publicación del edicto,
Expediente número 850/2017.
ATENTAMENI'E
Culiacán, Sin., Abr. 07 de 2017
LA SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum Garcla
MYO. 15-26 R.No. 10210574
nJZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de ALFREDO
ARCINIEGAFLETES y/o ALFREDO ARCINIEGA
y MARÍA TERESA AGUIRRE ZÚÑIGA y/o
TERESAAGUIRRE DEARCINIEGAy/o MARÍA
TERESA AGUIRRE DE ARCINIEGA y/o M.
TERESA AGUIRRE y/o TERESAAGUIRRE y/o
MA. TERESAAGUIRRE DEARCINIEGA, para que
se presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto de Expediente número 646/
2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin.,Abr. 07 de 2017
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lunes 15 de Mayo de 2017
Lic. Ignacio Álvarez La/argo
MYO.15-26 R. No. 10210556
JUZGADO SEGUNDO DEPRIMERAINSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de MARÍA
GUADALUPE NAVARRO SAINZ, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto de Expediente número 514/
2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 1 O de 2017
ELSECRETARIOSEGUNDO
Lic. Ignacio Álvarez Laf arga
MYO.15-26 R.No.10210566
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de JUAN
ALEJANDRO ORTEGA RIVERA, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto de Expediente número 765/
2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Abr. 20 de 2017
ELSECRETARIOSEGUNDO
Lic. Ignacio Álvarez La/ arga
MYO.15-26 R.No.10210610
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO:
Convóquese a quienes se crean con
derecho al Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de ERIC HOLBEIN
CRESPO RINCONES, deducirlos y justificarlos
ante este Juzgado, en el Expediente número 304/
2017, para que en el término improrrogable de (30)
«EL ESTADO DE SINALOA» 53
TREINTA DÍAS a partir de hecha la última
publicación en este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Mzo. 30 de 2017
LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Myrna Chávez Pérez MYO. 15-26 R. No. 773109
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de los extintos CARLOS MELLADO PEÑA
y VELIA OSUNA GONZÁLEZ, presentarse a
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el
Expediente número 271/2017, en un término
improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación de este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Mzo. 29 de 2017
C. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Mónica Tirado Oval/e MYO.15-26 R. No. 774069
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDIClALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO:
Convóquese a quienes se crean con
derecho al Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de NATALIA
ENCISO IBARRA y/o NATALIA ENCISO l. y/o
NATALIAENCISO y/o NATALIAE. DE ENCISO
y/o NATALIA_ENCISO DE ENCISO, RAMÓN
ENCISO OSUNA y/o RAMÓN ENCISO O. y/o
RAMÓN ENCISO, presentarse a deducirlos y
justificarlos ante este Juzgado, en el Expediente
número 511 /20 l 7, para que en el término
Improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a partir de
.hecha la última publicación en este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Abr. 07 de 20 l 7
LAC. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Alma Bricia Astorga Ramírez MYO.15-26 R.No. 774127
54 «EL ESTADO DE SINALOA»
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA.
EDICTO
Convóqu.-se quienes créanse derecho a
SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de
CARLOS SÁNCHEZ TOPETE. Presentarse a
deducirlo y justificarlo en Expediente No. 169/2017,
dentro del ténnino de 30 TREINTA DÍAS de hecha
la última publicación del presente edicto.
ATENTAMENTE
El Rosario, Sin., Abr. 17 de 2017
LASECRETARIAPR1MERADEACUERDOS
Lic. Karla Gabriela Guzmán García
MYO.15-26 R.No. 774177
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO EN PR1MERAALMONEDA
Que en el Expediente número 38/2000-2,
formado al Juicio Sumario Civil Hipotecario,
promovido inicialmente por AGROPACIFIC, S.A.
DE C. V., quien cedió sus derechos a
MEGAFARMA, S.A. DE C.V., en contra de
AGROPECUARIA ISA, S.A. DE C.V., JOSÉ JAVIER
AÚN NAFARRATE y MARTHA ÁNGELA
CR1SANTE VALDEZ, el C. Juez Tercero del Ramo
Civil de este Distrito Judicial ordenó sacar a remate
en PRIMERA ALMONEDA el 50% los bienes
sujetos a cédula hipotecaria consistente en:
1.- FINCA URBANA ubicada en Calzada
Camarón Sábalo número 696, doceavo piso,
departamento número 1,204, del Conjunto
denominado Islas del Sol BeachResort, en la ciudad
de Mazatlán, Sinaloa; con superficie total privativa
de 85.00 metros cuadrados; área común 21.00
metros, y las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE, en 9.00 metros y colinda con
Condominio número l 205;AL SUR, en 9.00 metros
y colinda con condominio número 1203; AL
ORIENTE, en 4.72 metros y colinda con pasillo a
Calzada Camarón Sábalo (área común); AL
PONIENTE, 4.72 metros y colinda con especio
frente al Océano Pacífico; ARRIBA, colinda con
Departamento 1404; y ABAJO, colinda con
Lunes 15 de Mayo de 2017
Departamento 1204 (según avalúo Departamento 1004).
Inscrito ante el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de Mazatlán, Sinaloa, bajo la inscripción número 174, del libro 532,
Sección Primera, a nombre de JOSÉ JAVIER AUN
NAFARRATE.
2.- FINCA URBANA compuesta de Lote
Terreno y Construcción, ubicada en la Carretera a
Navolato sin número contiguo al Poniente al
número 8612, de la Colonia Aeropuerto de la Ciudad
de Culiacán, Sinaloa, formado por el lote 5 cinco
(según Escritura lote 21 veintiuno), de la manzana
71, con superficie según Catastro de 993.00 metros
cuadrados y según levantamiento físico 943.36
metros cuadrados, teniendo dicho inmueble las
siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE,
mide 56.50 y colinda con lote 22 según
levantamiento mide 53.60 y colinda con lote 4
cuatro;AL NOROESTE mide 18.80 metros y colinda
con Carretera a Navolato (según levantamiento
mide 17 .60); AL SURESTE mide 17. 77 metros y
colinda con lote 6 seis y siete (según levantamiento
mide 17.60 y colinda con lote 17 y 28); AL
SUROESTE, mide 53.15 y colinda con lote 20 veinte
(según levantaqiiento mide 53.60 y colinda con lote
6 (seis), catastrado con la Clave número CU-36-
071-005 e inscrito bajo el número l uno, libro 399,
de la Sección de Documentos Privados de la
ciudad de Culiacán, Sinaloa, a nombre de JOSÉ
JAVIERAUNNAFARRATE.
Siendo postura legal para el remate del
primer bien inmueble la cantidad de $580,666.66
(QUINIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.), y para el
segundo bien inmueble la suma de $1 '230,000.00
(UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA MIL
PESOS 00/100 M.N.), importes totales de las dos
terceras partes del avalúo pericial practicado en el
presente juicio, señalándQse las 13 :30 HORAS DEL
DÍA VEINTINUEVE DEMA YO DE 2017, DOS MIL
DIECISIETE, para que tenga verificativo en local
de este Juzgado, sito en Ángel Flores número 61-
A Sur de esta Ciudad el remate en mención.
Se ordena notificar en el cuerpo del edicto
el acreedor AGROMUNDO, S.A. DE C. V., el estado
de ejecución que guarda el presente juicio.
Lunes 15 de Mayo de 2017
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Mzo. 31 de 2017
ELC. SECRETARIO PROYECTISTA
Lic. Gilberto Lugo Espinoza
MYO. 15 R. No. 604490
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMOCMLDEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD
DE LOS MOCHIS, SINALOA, UBICADA EN
UNIDADADMINISTRATIV A, SITO POR CALLES
MARCIALORDÓÑEZ Y ALLENDE.
EDICTO DE REMATE
TERCERAALMONEDA:
SE CONVOCA POSTORES
Que en el Expediente número 176/2014,
relativo ajuicio SUMARIO CIVIL I-IlPOTECARIO,
promovido por BANCO MERCANTIL DEL
NORTE, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en
contra de VÍCTOR FRANCISCO IBARRA
AUDELOyNEREYDA GASTÉLUMVEGA, el Juez
ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble:
Finca Urbana compuesta de Terreno y
Construcción edificada sobre la misma, identificada
en Lote 02, Manzana 10, ubicada en Avenida
Noruega Número 1536, del Fraccionamiento La
Memoria, de esta Ciudad de Los Mochis, Sinaloa,
con Superficie de 104.00 metros cuadrados, con
Clave Catastral l 0-0041-002, y con las siguientes
medidas y colindancias; AL NORTE: 6.50 metros y
colinda con Lote 41; AL SUR 6.50 metros y colinda
Avenida Noruega; AL ORIENTE: 16.00 metros y
colinda con Lote O l de la misma Manzana de su
ubicación y AL PONIENTE: 16.00 metros y colinda
con Lote 03; inscrita en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio del Municipio de Ahorne,
bajo Inscripción 36, Libro 41 O, Sección Primera, a
nombre de VÍCTOR FRANCISCO IBARRA AUDELO.
Siendo postura legal para este Inmueble la
cantidad de $429,300.00 (CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS PESOS00/100
MONEDA NACIONAL), importe de las dos
terceras partes del avalúo pericial total practicado
ya hecha la rebaja del l 0% diez por ciento
correspondiente de su tasación legal.
«EL i:STADO DE SINALOA» 55
La Almoneda tendrá verificativo en el Local
de este Juzgado, a las ONCE HORAS DEL DÍA
VEINTINUEVEDELMESDEMAYODELAÑO
DOS MIL DIECISIETE.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Abr. 04 de 2017
ELC. SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Raúl Juárez Jlillegas
MYO. 15 R. No. 604496
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA,
SINALOA.
EDICTO DE REMATE
En el Expediente número 634/2005, relativo
al Juicio Sumario Civil Hipotecario, promovido por
TOMAS RUBIOANGUIANO, en contra de JOSÉ
LUIS ORTEGA VILLELA, FRANCIA ORTEGA
VILLELAy AARÓN ORTEGA VILLA, por auto
dictado con fecha 27 Veintisiete de Marzo del año
2017, se mandó sacar a remate el bien inmueble
embargado siguiente.
SE ORDENA SACAR A REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA Y EN SUBASTA
PÚBLICA, el bien inmueble dado en hipoteca en el
presente juicio, consistente en un lote de terreno
y casa habitación, ubicado en Calle Centenario
(entre las Callas La Paz y Mexicas) de esta Ciudad,
con las medidas y colindancias siguientes: AL
NORTE.- 12.62 Metros con Juan Grave y
Condueños: AL SUR.- 11.15 Metros con Calle
Centenario; AL ORIENTE.- 26. 15 Metros con
Adrián Prado Cañedo y Alma Rosa Murúa Estrada,
y AL PONIENTE.- 26.40 Metros con Jesús Enrique
Castro Camacho, con una superficie total de
terreno de 295.04 metros cuadrados y superficie
construida de 138.72 metros cuadrados e inscrita
bajo el número 46, libro 40, sección I Primera,
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio de esta Ciudad.
EL REMATE EN PRIMERALMONEDA Y
EN SUBASTA PÚBLICA tendrá verificativo i:n el
local que ocupa este Juzgado, ubicado en la
esquina que forman las Calles Sandra Caldi:rón y
Avenida María de los Ángeles Polanco, inti:rior
de la Unidad Administrativa de esta Ciudad, a las
56 «EL ESTADO DE SINALOA»
10:00 HORAS DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO
2017 DOS MIL DIECISIETE.
Solicitándose postores entendido será
postura legal para el remate suma de $406,229.46
(CUATROCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS
VEINTINUEVE PESOS 46/100 MONEDA
NACIONAL), que corresponde a las dos terceras
partes del avalúo pericial practicado.
Escuinapa, Sin., Abr. 19 de 2017
SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga
MYO. 15 R. No. 10016672
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CNIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO EN PRIMERAALMONEDA
Que en el Expediente número 1009/2007-2,
formado al juicio SUMARIO CNIL HIPOTECARIO,
promovido por INSTITUTO DEL FONDO
NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES, en contra de JUAN AMADOR
RUIZ CASTRO y MARÍA JESÚS CASTRO
FLORES, el C. Juez Tercero de Primera Instancia
del Ramo Civil de este Distrito Judicial ordenó sacar
a remate en PRIMERA ALMONEDA el bien
inmueble hipotecado en la presente causa
consistente en:
LOTE 07, manzana I O, ubicada en Calle Juan
de la Barrera número 2001, del Fraccionamiento San
Femando de esta Ciudad, con una superficie de
13 7 .3 7 metros cuadrados, con las siguientes
medidas y colindancias: AL NORESTE, mide 19.625
metros y colinda con lote 06; AL NOROESTE, mide
7 .00 metros y colinda con Calle Juan de la Barrera;
AL SURESTE, mide 7.00 metros y colinda con resto
del terreno de misma manzana; y AL SUROESTE,
mide 19.625 metros y colinda con lote 08.
Inscrita ante el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, bajo la
inscripción número 73, libro 446, Sección Primera, a
nombre de JUAN AMADOR RUIZ CASTRO,
siendo postura legal para el remate la cantidad de
$146,666.66 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100
M.N.), importe total de las dos terceras partes del
avalúo pericial practicado en la presente causa,
Lunes 1 S de Mayo de 2017
señalándose las 13:00 HORAS DEL DÍA
VEINTICUATRO DE MAYO DELAÑO2017D0S
MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo en el
local de esta Jui;gado, sito en Ángel Flores número
61-A Sur de esta Ciudad el remate en mención.
ATENfAMENIB
Los Mochis, Sin., Abr. 03 de 2017
EL C. SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Javier Va/enzuela Álvarez
MYO.15 R.No.l0211001
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOCNILDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
EXPEDIENTE 82/2016 . ACTOR: PABLO DELAC LEDESMAREYNA.
DEMANDADO: FRANCISCO LIZÁRRAGA
PERAZA YPATRICIADELPRADOPIÑA.
CLASE DE JUICIO: SUMARIO CIVIL, RESCISIÓN
DE CONTRATO.
Domicilio: Ignorado.
Emplácese por medio de edictos a los
codemandadós FRANCISCO LIZÁRRAGA
PERAZA YPATRICIADELPRADOPIÑA,quienes
tienen domicilio ignorado, que deberán publicarse
por dos veces consecutivas en los periódicos El
Estado de Sinaloa y El Noroeste que se editan en la
ciudad de Culiacán, Sinaloa y en esta Ciudad
respectivamente, y en la Secretaría del H.
Ayuntamiento de esta Ciudad, para que produzcan
su contestación dentro del término de 07 SIETE
DÍAS que contarán a partir del décimo día de hecha
su última publicación del edicto correspondiente,
previniéndosele para que en su primer escrito
señalen domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones y, que de no hacerlo las
subsecuentes, se les harán en la forma prevista por
la ley, quedando a su disposición en la Secretaría
de este Juzgado las copias para los traslados
correspondientes. Artículos 119, 119 Bis y 629, del
Código de Procedimientos Civiles vigentes.
ATENfAMENIB
MazaJlán, Sin., Mzo. 29 de 2017
ELC. SECRETARIO SEGUNDO DEACUEROOS
Lic. ]f eladio Garcla Acosta
Lunes 15 de Mayo de 2017
MYO.12-15 R. No. 773311
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISJ'RITO ruDICIALDE ESCUINAPA, SINALOA.
EDICTO
C. CARMEN DÍAZ DE FITCH.
Domicilio Ignorado.
Con fundamento en lo previsto por el
artículo 119 del Código Procesal Civil, demanda
bajo expediente número 607/2015, promovido por
FERNANDO CORONA, en contra de
GUADALUPE FAUSTO, GREGORIAMADERO
HERNÁNDEZDEFAUSTOyCARMENDÍAZDE
FITCH, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL
PRESCRIPCIÓN, notifiquese personalmente a la
expresada demandada CARMEN DÍAZ DE FITCH:
RESUELVE: PRIMERO.- Ha procedido la vía
Ordinaria Civil elegida por la parte actora.
SEGUNDO.- La parte actora FERNANDO
CORONA, probó su acción; mientras que los
demandados GUADALUPE FAUSTO, GREGORIA
MADERO HERNÁNDEZDE FAUSTO y CARMEN
DÍAZ DE FITCH, no ocurrieron ajuicio. TERCERO.
Se declara que el señor FERNANDO CORONA, ha
adquirido la propiedad por prescripción positiva,
la finca urbana consistente en terreno y
construcción ubicado en calle Estadística número
11, casi esquina con la calle 22 de Diciembre, Centro
de esta Ciudad, con las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 10.15 metros con
Avenida de la juventud. AL SUR: 9.52 metros, con
propiedad de Simón González. AL ORIENTE: 25.20
metros con propiedad de Luis García Guzmán y. AL
PONIENTE: 25.07 metros con propiedad de
Guadalupe Zavala Gómez. Con una superficie de
244. 72 metros cuadrados, y una superficie
construida de 73.32 metros cuadrados, con clave
catastral O l 4-000-004-043-002-001, inscrita en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio de
esta Municipalidad, a nombre de la codemandada,
bajo inscripción número 52, del libro 7, de la Sección
Primera, a nombre de CARMEN DÍAZ DE FITCH.
CUARTO.- Al causar ejecutoria la presente
resolución, remítase copia debidamente certificada
de la misma, al ciudadano Oficial del Registro
Público de la Propiedad y del Comercio de esta
ciudad de Escuinapa, Sinaloa, a fin de que proceda
«EL ESTADO DE SINALOA» 57
a su inscripción, corriendo las anotaciones
correspondientes, y sirva de título de Propiedad a
la parte actora FERNANDO CORONA, conforme a
lo establecido por el artículo 1155 del Código Civil
vigente en el Estado.
QUINTO.- No se hace especial condena al
pago de costas, dado que no se actualiza ninguno
de los supuestos establecidos para el efecto, en
las diversas fracciones del artículo 141, del Código
Adjetivo de la Materia.
SEXTO.- NOTIFÍQUESE
PERSONALMENTE la presente resolución en los
domicilios procesales señalados en autos a la parte
actora FERNADO CORONA, así como a los
codemandados GUADALUPE FAUSTO
GREGORIAMADEROHERNÁNDEZDEFAUSTO
y CARMEN DÍAZ DE FITCH, de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 118 fracción VI del
Código de Procedimientos Civiles en vigor y a la
última de las nombradas notifiquese los puntos
resolutivos de esta fallo, mediante edictos en los
términos previstos por los artículos 119 y 629del
propio cuerpo de Leyes ante invocado.
Así lo resolvió y firma el Licenciado Sergio
escobar Medel, Juez del Juzgado Mixto de Primera
Instancia de este Distrito Judicial de Escuinapa,
Sinaloa, por ante el Licenciado JUAN CARLOS
OSUNA LIZÁRRAGA, Secretario Segundo de
Acuerdos, que actúa y da fe.
ATENTAMENTE
Escuinapa, Sin., Abr. 07 de 2017
ELC. SECRETARIO SEGUNDA
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga
MYO.12-15 R. No. 774031
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
CC.ALMACARMINAARMENTA TRASVIÑA Y
JESÚSARMANDOORDUÑOMONDACA
Que en el Expediente número 636/2014-3,
formado al juicio ORDINARIO CIVIL, promovido
por ALMA CARMINAARMENTA TRASVIÑA Y
JESÚS ARMANDO ORDUÑO MONDACA, en
contra de BANCO UNIÓN, SOCIEDAD
ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA
58 «EL ESTADO DE SINALOA»
MÚLTIPLE, con fecha 10 diez de Marzo del aílo
2016. se ordenó notificar por edictos los puntos
resolutivos de la SENTENCIA DEFINITIVA dictada
con fecha 21 veintiuno de Febrero de 2017, lo
siguiente:
RESUELVE: PRIMERO.- Es procedente la
vía Sumaria Civil intentada. SEGUNDO.-Losactores
ALMA CARMINA ARMENTA TRASVIÑA Y
JESÚS ARMANDO ORDUÑO MONDACA
probaron la acción de prescripción negativa de la
acción hipotecaria que ejercitaron. El reo BANCO
UNIÓN. SOCIEDAD ANÓNIMA. INSTITUCIÓN
DE BANCA MPULTIPLE. el cual se encuentra en
la fase de liquidación, a través de su Síndico el
INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL
AHORRO BANCARIO. no ocurrió al sub lite y,
por lo tanto. no alegó nada en su defensa.
TERCERO.- Se declara judicialmente que se
ha extinguido por Prescripción Negativa la acción
hipotecaria que pudo haberse derivado de los actos
contractuales a los que se hizo mención en la parte
conducente de esta sentencia, y se ordena por ende
la cancelación de las hipotecas otorgadas sobre el
inmueble propiedad de la actoraALMA CARMINA
ARMENTA TRASVIÑA. según inscripciones
números: 66. libro 422. sección hipotecas; 67, libro
422. sección hipotecas; 68, libro 422, sección
hipotecas; 181, libro 425, sección hipotecas; 34,
libro 427, sección hipotecas; y, 54, libro 443, sección
hipotecas. en el cabal entendido de que el raíz
hipotecado se encuentra inscrito en el Registro
Público de la Propiedad de la Ciudad de Guasave,
Sinaloa, bajo inscripción 65, libro 72, Sección
Documentos Privados debiéndose le girar al Oficial
Registro Público de la Propiedad y del comercio
del Municipio de Guasave, Sinaloa, el o los Oficios
que procedan- con los insertos necesarios-, a fin
de que lleve a cabo la cancelación ordenada, desde
luego. una vez que este fallo cause ejecutoria.
CUARTO: No se hace condenación al pago de los
gastos y costas del Juicio. QUINTO.- Notifiquese
al pasivo BANCO UNIÓN, SOCIEDAD
ANONIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE, el cual se encuentra en la fase de
liquidación, a través de su Sindico el INSTITUTO
PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO
BANCARIO, como lo establecen los artículos 119
y 629 del Código de Procedimientos Civiles del
Lunes 15 de Mayo de 2017
Estado, en la inteligencia de que la publicación de
edictos a que se refieren los mencionados
numerales, deberá hacerse utilizando fuente de letra
legible y de tamafto no menor a ocho puntos, lo
anterior con fundamento en el acuerdo emitido por
el Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, tomado
en sesión plenaria ordinaria del 3 tres de agosto de
2005 dos mil cinco, publicado en el Diario Oficial
Número 093 «El Estado de Sinaloa», de fecha 5
cinco de Agosto del mismo ai'lo, en el entendido de
que la publicación del caso no se tendrá por hecha,
hasta en tanto se haga en esos términos; mientras
que a los accionantes ALMA CARMINA
ARMENTA TRASVIÑA Y JESÚS ARMANDO
ORDUÑO MONDACA, deberá de hacérseles de
su conocimiento en su domicilio procesal
reconocido en autos.
Así lo resolvió y firma el licenciado RUBÉN
MEDINA CASTRO. Juez Tercero de Primera
Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial,
por ante la licenciada TERESITA DE JESÚS
GONZÁLEZ. Secretaria Segunda de Acuerdos con
la que actúa y da fe.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Feb. 23 de 2017
LAC. SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Teresita de Jesús González
MYO. 12-15 R. No. 604431
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes créanse con derecho
a oponerse a solicitud de MARÍA DE JESUS
PALOMARES PRADO, respecto de una Fracción
de Terreno Urbano, ubicada en Calle Libertad sin
número al Oriente, Colonia Paredones de esta
Ciudad, con las siguientes medidas y colindancias;
AL NORTE: Línea quebrada que mide de poniente
a oriente 22.35 y 5.15, colindando con Liliana
Guadalupe Barrón Rodríguez; AL SUR: 30.30
colindando con resto del mismo terreno; AL
ORIENTE: 5.20 metros colindando con calle
Libertad; AL PONIENTE: Línea quebrada que mide
de Norte a Sur 3. 70, 3.00 y 4.00 con Viviana
Guadalupe Al varado Zambrano, metros cuadrados,
teniendo una superficie total de terreno de 230.79
Lunes 15 de Mayo de 2017
metros cuadrados; fotografías de referencia
encuéntrese expuestas en los estrados de este
juzgado a su disposición en Expediente numero 144/
2017
Escuinapa, Sin., Feb. 24 de 2017
SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga
MYO. 5-15-26 R. No. 10016640
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de CARMEN
ALICIAI-IlJARMARTÍNEZy/oCARMENALICIA
HIJAR, para que se presenten a deducir y
justificarlos dentro del término de 30 TREINTA
DÍAS a partir de la última publicación del edicto,
Expediente número 462/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Feb. 24 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Alan Zazueta Zavala
MYO.5-15 R.No.10210738
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR. DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se créanse con
derecho al Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de los de cujus
FRANCISCO ONTIVEROS MARTINEZ y/o
FRANCISCO ONTIVEROS Y RAMONA MEDINA
VILLEGAS Y RAMONA MEDINA, presentarse a
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado,
Expediente 1867/2016, término improrrogable de
TREINTA DÍAS a partir de hecha la última
publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Dic. 21 de 2016
LAC. SECRETARIA PRIMERA
M.C. Susann Sofía Meléndrez Gil
MYO.5-15 R.No.10210191
«EL ESTADO DE STNALOA» 59
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes créanse con derecho
a Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes del de cujus MYRNA MARGARITA RUIZ
MARTINEZ y/o MYRNA MARGARITA RUIZ.
presentarse a deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, Expediente 2403/2016, término
improrrogable de 30 TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Mzo. 14 de 2017
LAC. SECRETARIA PRIMERA
M.C. Susann Sofía Meléndrez Gil
MYO.5-15 R.No.10210189
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
AHOME. SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes créanse con derecho
a Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de JOSE MENDOZA MARTINEZ.
presentarse a deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, Expediente 1581/2014. término
improrrogable de TREINTA DÍAS a partir de hecha
la última publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Sep. 23 del 2014
LAC. SECRETARIA PRIMERA
M.C. Susann Sofía Meléndrez Gil
MYO.5-15 R.No.10210190
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA. MÉXICO. LÁZARO
CÁRDENAS Y PINO SUÁREZ. UNIDAD
ADMINISTRATIVA. PLANTAALTA.
EDICTO
Convóquese quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de JOSE DE LA LUZ SALAZAR CABRERA
y/o JOSE DE LUZ SALAZAR y/o .IOSE
SALAZAR CABRERA Y MARTHA ELBA
60 «EL ESTADO DE SINALOA»
BERRELLEZA LOPEZ y/o MARTHA ELBA
BERRELLEZA, deducir y justificar sus derechos
hereditarios en este Juzgado dentro ténnino de 30
TREINTA DÍAS, contados a partir de hecha la
última publicación del edicto. Expediente 409/2017.
ATENTAMENTE
Guasa ve, Sin., Mzo. 16 de 2017
C. SECRETARIA PRIMERA
Lic. María de Jesús Joaquina Arreguin Moreno
MYO. 5-15 R. No. 133747
JUZGADODEPRIMERAINSTANCIADELRAMO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA. MÉXICO, LÁZARO
CÁRDENAS Y PINO SUÁREZ, UNIDAD
ADMINISTRATIVA. PLANTAALTA.
EDICTO
Convóquese quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de RAUL ABELARDO VELAZQUEZ
VELAZQUEZ y/o RAUL VELAZQUEZ
VELAZQUEZ y/o RAÚL ABELARDO
VELÁZQUEZ y/o RAUL ABELARDO
VELAZQUEZ V., deducir y justificar sus derechos
hereditarios en este Juzgado dentro ténnino de 30
TREINTA DÍAS, contados a partir de hecha la
última publicación del edicto. Expediente 567/2017.
ATENTAMENTE
Guasa ve. Sin., Abr. 07 de 201 7
C. SECRETARIA PRIMERA
Lic. María de Jesús Joaquina Arreguín Moreno
MYO. 5-15 R. No. 10210290
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANGOSTURA,
SINALOA.
EDICTO
Auto 07 Marzo del año 2017, expediente
75/2017, juicio SUCESORIO
!NTESTAMENTARIO, promovido ELEAZAR
SANCHEZ GAXIOLA, a bienes de RAFAELA
GAXIOLAANGULO, quien falleció 02 marzo 1995,
ordeno convocar quienes créanse derechos
hereditarios presentarse deducirlos y justificarlos
y hacer nombramiento albacea, termino
Lunes 15 de Mayo de 2017
improrrogable_30 DÍAS hábiles contados partir
hecha última publicación este edicto.
ATENTAMENTE
Angostura, Sin., Mzo. 09 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO DELfüZGADO
MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
Lic. Va/demar Ur{as Cuadras
MYO.5-15 R. No. 10210255
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALVADOR
ALVARADO, CON RESIDENCIA EN
GUAMÚCI-IlL, SINALOA.
EDICTO
Convocase quienes créanse con derecho
en el Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO,
promovido por MARIELA ANGELINA
ZAMORAN LOPEZ, a bienes de BRODERICK
ALAN INZUNZA OLIVAS, a deducirlos y
justificarlos ante este Juzgado, en el Expediente
número 892/2016, dentro del ténnino de TREINTA
DÍAS, contados a partir de la última Publicación
del edicto.
ATENTAMENTE
Guamúchil, Sal v. Alv., Sin., Mzo. 30 de 2017
LA SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Daniela Armenia Chávez
MYO.5-15 R. No. 10210241
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE BADIRAGUATQ,
SINALOA.
EDICTO
Convóquense a quienes créanse con
derecho a oponerse a Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIOABIENESDELFinadoJOSE
MAURICIO ALMEIDA LARA, quien falleció el día
18 Dieciocho de julio del año 2016 Dos Mil dieciséis,
en la Ciudad de Culiacán, promovido ante este
Juzgado, interesados presentarse a deducir y
justificar los derechos a la Herencia dentro del
término de TREINTA DÍAS improrrogables
contados a partir de la última publicación del edicto.
Expediente No. 15/2017. Artículos 488 y 493 del
Código de Procedimientos Familiares.
ATENTAMENTE
Lunes 15 de Mayo de 2017
Badiraguato, Sin., Mzo. 31 de 2017
LA C. SECRETARIADEACUERDOS Lic. María Jovita Bojórquez Parra
MYO.5-15 R.No. 10210204
JUZGAOO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de ABELARDO
JIMENEZ ATIENZO, para que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término de
TREINTA DÍAS a partir de la última publicación
del edicto de Expediente número 278/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 29 de 2017
LASECRETARIATERCERA
Lic. Carolina González Domfnguez
MYO.5-15 R.No.10210212
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de MA. EMILIA
LÓPEZ ROMÁN y/o EMILIA LÓPEZ ROMÁN y/
o MA. EMILIA LÓPEZ DE LÓPEZ, presentarse a
deducirlos y justificarlos dentro del término de
TREINTA DÍAS a partir de la última publicación
del edicto, Exp. No. 397/2017.
Culiacán, Sin., Mzo. 22 de 2017
SECRETARIA TERCERA
Claudia Bórquez Zazueta
MYO.5-15 R.No.10210186
MA Y. 5- l 5JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de ROSEN!)O
ESPARZA RIVERA, presentarse a deducirlos y
justificarlos dentro del término de TREINTA DÍAS
«EL ESTADO DE SINALOA» 61
a partir de la última publicación del edicto, Exp.
No. 2879/2016.
Culiacán, Sin., Mzo. 09 de 201 7
SECRETARIA TERCERA
Lic. Claudia Bórquez Zazueta
MYO.5-15 R.No.10210142
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de los finados
BALTAZARMOYAROMANY CLAUDIAPEREZ
LOZOYA, para que se presenten a deducir y
justificarlos dentro del término de TREINTA DÍAS
a partir de la última publicación del edicto de
Expediente número 100/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 06 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Héctor Eduardo García López
MYO.5-15 R.No.10210271
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del finado VICTOR
JÚAREZ VALENZUELA, para que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término de
TREINTA DÍAS a partir de la última publicación
del edicto de Expediente número 361/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Feb. 27de2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Héctor Eduardo García López
MYO. 5-15 R. No. 10210268
JUZGADOPRIMERODEPRIMERAINSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de FILIBERTO
62 «EL ESTADO DE SINALOA»
PERAZA OSUNA Y MARIA LUISA NEVAREZ
A COSTA, presentarse a deducirlos y justificarlos
dentro del término de TREINTA DÍAS a partir de la
última publicació11 del edicto, Exp. No. 301/2017.
Culiacán, Sin., Mzo. 07 de 2017
SECRETARIA PRIMERA
Lic. Rocío del Carmen Rubio Gión
MYO.5-15 R. No. 10210286
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de ROSINA
MURGUIA SOBERANES y/o ROSINA MUR GUIA
y/o ROSINA MURGUIA DE PEIMBERT Y
HER!BERTO PEIMBERT OSUNA y/o HER!BERTO
PEIMBERT, quien falleció en la Ciudad de Culiacán
Sinaloa, para que se presenten a deducir y
justificarlos dentro del término de TREINTA DÍAS
a partir de la última publicación del edicto,
Expediente número 564/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 14 de 2017
LASECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum García
MYO.5-15 R.No.10210240
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARlO a bienes de MARIA
ALEJANDRINA HAZA RIVAS y/o
ALEJANDRINA HAZA DE TARR!BA, para que
se presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto, Expediente número 3037/
2016.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 07 de 201 7
LASECRETARIATERCERA
Lic. Rosa Elma Guerrero Vargas
MYO.5-!5 R.No.10210201
Lunes 15 de Mayo de 2017
JUZGADOTERCERODEPRIMERAINSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de VICTORIA
RODRIGUEZ GARCÍA, quien falleció en la ciudad
de Culiacán, Sinaloa, para que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término de
TREINTA DÍAS a partir de la última publicación
del edicto, Expediente número 635/2017.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo. 22 de 2017
LASECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum García
MYO. 5-15 R. No.10210149
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del señor ELOI
ARMANDO GAXIOLA CASTRO, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de TREINTA DÍAS a partir de la última
publicación del edicto, Expediente número 3141/
2016.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Abr. 03 de 2017
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Alan Zazueta Zavala
MYO.5-15 R. No. 10210148
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINAtOA.
EDICTO:
Convóquese a quienes se crean con
derecho al Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de ADELAIDA
GUERRERO SANTIESTEBAN, presentarse a
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el
Expediente número 3 77/2017, para que en el término
Lunes 15 de Mayo de 2017
improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a partir de
hecha la última publicación en este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Abr. 06 de 2017
LAC. SECRETARIAPRlMERADEACUERDOS
Lic. Alma Bricia Astorga Ramirez
MYO. 5-15 R. No. 772056
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes del extinto FIDENCIO CEBILLA RUIZ,
presentarse a deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, en el Expediente número 353/2017, en un
término improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a
partir de hecha la última publicación de este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Mzo. 30 de 201 7
C. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Mónica Tirado Ovalle
MYO.5-15 R. No. 772058
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes de ARTURO VAZQUEZ LOPEZ,
presentarse a deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, en el Expediente número 214/2017, en un
término improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a
partir de hecha la última publicación de este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Feb. 23 de 2017
C. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Maria Concepción Lizárraga Galindo
MYO. 5-15 R. No. 771735
JUZGADOSEGUNDODEPRIMERAINSTANCIA
DELRAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE MAZATLÁN, SINALOA.
«EL ESTADO DE SINALOA» 63
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTES'l'AMENTARIO a
bienes de JORGE ERNESTO LOPEZ VALLES,
presentarse a deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado, en el Expediente número 247/2017, en un
término improrrogable de (30) TREINTA DÍAS a
partir de hecha la última publicación de este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Mzo. 16 de 201 7
C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR
C. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Mónica Tirado Ovalle
MYO.5-15 R. No. 10210182
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes se crean con
derecho al Juicio SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de DELIA ROSA
ARAUZ NUÑEZ, deducirlos y justificarlos ante
este Juzgado, en el Expediente número 452/2017,
para que en el término improrrogable de (30)
TREINTA DÍAS a partir de hecha la última
publicación en este edicto.
AIENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Abr. 06 de 2017
LA C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS
Lic. Myrna Chávez Pérez
MYO.5-15 R.No.10210166
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse derecho a
SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de
GUADALUPE REYES UREÑA. Presentarse a
deducirlo y justificarlo en Expediente No. 159/2017,
dentro del término de 30 TREINTA DÍAS de hecha
la última publicación del presente Edicto.
ATENTAMENTE
El Rosario. Sin., Mzo. 28 de :.W 17
64 «EL ESTADO DE SINALOA»
EL SECRETARIO SEGUNOO EN FUNCIONES
DE SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS
Lic. Saúl Osuna Osuna
MYO.5-15 R.No.10210238
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse derecho a
SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de
EUGENIO VILLA UREÑAy/o EUGENIO UREÑA.
Presentarse a deducirlo y justificarlo en Expediente
No. 160/2017, dentro del término de 30TREINTA
DÍAS de hecha la última publicación del presente
Edicto.
ATENTAMENTE
El Rosario, Sin., Mzo. 29 de 20 l 7
EL SECRETARIO SEGUNOO EN FUNCIONES
DE SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS
Lic. Saúl Osuna Osuna
MYO.5-15 R.No. 10210239
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse derecho a
SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de
JESÚS UREÑA y/o MA. DE JESÚS UREÑA.
Presentarse a deducirlo y justificarlo en Expediente
No. 126/2017, dentro del término de 30 TREINTA
DÍAS de hecha la última publicación del presente
Edicto.
ATENTAMENTE
El Rosario, Sin., Mzo. 16 de 20 l 7
EL SECRETARIO SEGUNOO EN FUNCIONES
DE SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS
Lic. Saúl Osuna Osuna
MYO.5-15 R.No. 10210237
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
A QUIENES SE CREAN CON DERECHO:
En cumplimiento a la resolución judicial de
fecha 31 treinta y uno de enero del año en curso,
pronunciada en el Expediente número 420/2016,
Lunes 15 de Mayo de 2017
relativo a las diligencias de Jurisdicción voluntaria
de información AD-PERPÉTUAM, promovida por
MARÍA DE LOS ÁNGELES OSUNA TIRADO, para acreditar la posesión del inmueble consistente en
lote de terreno urbano marcado con el número 11,
manzana 120, con frente a la calle California número
1224 de la Colonia Leopoldo Sánchez Celis de esta
Ciudad, dicho inmueble cuenta con una superficie
de 120.00 metros cuadrados, y con una superficie
construida de 190.00 metros cuadrados, con las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 6.00
metros y colinda con calle California; AL SUR: mide
6.00 metros y colinda con Cervantes Barajas, AL
ORIENTE: 20.00 metros y colinda con RíosAudelo
Sofia y AL PONIENTE: 20.00 metros y colinda con
Curie! Cañedo Daniel. Se cita y convoca a quienes
se crean con derecho para que se presenten ante
este Juzgado a oponerse a las mismas, en la
inteligencia que el plano del predio, está expuesto
en la tabla de avisos de este Juzgado.
· ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Mzo. 22 de 2017
LA C. SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Raquel Bastidas Gárate
ABR. 24 MYO. 5-15 R. No. 769457
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA
EDICTO
Convocase quienes créanse con derecho a
bienes de los finados LUIS IBARRA LEMUS y
LEONOR LEDESMA REYES, presentarse a
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el
expediente número 178/2017, término improrrogable
de TREINTA DÍAS a partir de la fecha última
publicación de este edicto.
Escuinapa, Sin., Mzo. 14 de 2017
SECRETARIO SEGUNOO DEACUERDOS
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga
ABR. 24 MYO. 5-15 R. No. 10209878