^emáfom 2AG¡¿&nalc¿e @§am*soáj/> 0egwyoóANEXOS DE LAS
NORMAS ESPECIALES PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LA CARTERACREDITICIA PARA EL SECTOR AGROPECUARIO"
Anexo No. 1
Detalle de los Destinos Considerados para el Sector Agropecuario 1/
CÓDIGO
010000
010100
010200
010300
010400
010500
010600
010700
010800
010900
011000
011100
011200
011300
011310
011320
011400
011500
011600
011700
011800
011900
012000
012100
012200
020000
020100
020200
020300
020400
020500
030000
030100
030200
030300
030400
030500
020510
020520
030600
DESCRIPCIÓN
AGRICULTURA
Cultivo de bananos
Cultivo de café
Cultivo de algodón
Cultivo de arroz
Cultivo de caña
Cultivo de frijoles
Cultivo de maíz
Cultivo de frutas
Cultivo de hortalizas
Cultivo de papas
Cultivo de tabaco
Otros cultivos
Construcción de instalaciones para cultivosCompra de vehículo de trabajo para agriculturaCompra de maquinaria para agriculturaCultivo de productos agrícolas en combinación con cría deanimales
Cultivo de maicillo
Cultivo de cacao
Cultivo de ajonjolí
Cultivo de melón
Cultivo de sandia
Cultivo de palma africanaCultivo de cultivo de flores y plantas ornamentales
Cultivo de sorgo
SILVICULTURA
Plantación reforestación conservación de bosques
Extracción de madera
Otros Silvicultura
Compra de vehículo de trabajo para silviculturaCompra de maquinaria para silvicultura
GANADERÍA
Compra ganado vacuno de críaCompra ganado vacuno de engordeCompra ganado vacuno de lecheCompra otra clase de ganadoConstrucción de instalaciones para ganaderíaCompra de vehículo de trabajo para ganaderíaCompra de maquinaria para ganaderíaProducción de pieles finas, cueros de reptiles y plumas deaves como parte de la explotación ganadera
^omiólán, SAQionaíde ^Sameáfl 0epwyo¿
030700
030800
030900
031000
040000
040100
040200
040210
040220
040300
040400
050000
050100
050200
050210
050220
060000
060100
060200
060300
060400
060500
060510
060520
090000
090101
090102
090103
090104
090107
090108
090201
090202
090203
090204
090207
090208
130000
130101
130102
130110
DESCRIPCIÓN
Crianza de ganado bovino
Crianza de ganado porcino
Crianza de ganado eguino
Crianza de otra clase de ganado
AVICULTURA
Compra de avesConstrucción de Instalaciones para aviculturaCompra de vehículo de trabajo para aviculturaCompra de maquinaria para aviculturaOtros - avicultura
Crianza de aves
APICULTURA
Cría de abejas
Construcción de instalaciones para apiculturaCompra de vehículo de trabajo para apiculturaCompra de maquinaria para apicultura
PESCA
Pesca costera
Cultivo de camarón
Cultivo de peces
Pesca de moluscos y crustáceos
Otros Pesca
Compra de vehículo de trabajo para pesca
Compra de maquinaria para pesca
FINANCIAMIENTO DE EXPORTACIÓNExportación a Centro América de bananosExportación a Centro América de caféExportación a Centro América de camarón y langostaExportación a Centro América de carne refrigeradaExportación a CentroAmérica de productos ganaderosExportación a Centro América de productos agrícolasExportación al resto del mundo de bananosExportación al resto del mundo de caféExportación al resto del mundo de camarón y langostaExportación al resto del mundo de carne refrigeradaExportación al resto del mundo de productos ganaderosExportación al resto del mundo de productos agrícolasCOMERCIO
Comercio interno de productos agrícolasComercio interno de productos ganaderos
Comercio interno de productos agrícolas Café
' Con basea laTabla No. 22del Manual de Reporte de Datos de laCIC.
—
—
^omiócóh SA/akonal(¿e W§tmeeá& @fegu#oáAnexo No. 2
Información Minima Requerida en los Expedientes de Grandes Deudores Agropecuarios pormontos superiores al seis por ciento (6%) del capital mínimo reguerido a las instituciones
bancarias
Las instituciones supervisadas deben mantener en los expedientes de crédito, la información mínimaque se describe a continuación, la cual debe presentarse en idioma español:
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona JurídicaPersona Natural
1. SECCIÓN LEGALAplicable al Deudor
1.1 Fotocopia de la Escritura deConstitución, sus modificaciones yotros documentos relevantes de laempresa.
1.2 Nómina actualizada de Accionistas,Consejo de Administración,principales funcionarios yrepresentantes legales de laempresa.
1.3 Fotocopias de los poderes oautorizaciones otorgados porquienes tengan la facultad expresa,para contraer obligaciones ennombre de la empresa.
1.4 Fotocopia deextendidos porcorrespondientesla ejecución delcorresponda.
los permisoslas autoridades
y requeridos paraproyecto, cuando
1.5 Fotocopia del RegistroNacional (RTN).
Tributario
1.6 Registro Tributario Nacional (RTN) ola impresión de la consultaelectrónica en los medios habilitadospor autoridad tributaria.1/
X
Aplicable a la Institución SupervisadaX1.7 Fotocopias de los documentos que
amparan legalmente las operacionesde crédito tales como Pagarés,Letras de Cambio, Escrituras deConstitución de Garantíasdebidamente registradas, y cualquierotro documento que confirme laexistencia de una acreencia real.
1.8 Fotocopia de los Puntos de Acta dela Junta Directiva o de otra instanciaresolutiva en el que conste laaprobación de los créditosotorgados
1.9 Fotocopia de los documentosrelacionados con los procesos derecuperación de los créditos por lavía judicial, cuando aplique.
X
X
X
X
X
X
X
^omátióh SAQúmalde @$<MW0áy 0epwoá
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona JurídicaPersona Natural
2. SECCIÓN FINANCIERA_Aplicable al Deudor
2.1 Estados financieros auditados de losúltimos tres (3) años, o los quecorresponda si son menos los quetuviera de operar el deudor. Dichosestados financieros deben serauditados por firmas independientesregistradas en la Comisión o porfirmas extranjeras cuando se tratede deudores no domiciliados en elterritorio nacional, en este últimocaso deben ser presentados enLempiras, (balance general, estadode resultados y flujo de caja).
2.3
2.2 Estados financieros auditados delúltimo año de operación (1) año.Dichos estados financieros debenser auditados por firmasindependientes registradas en laComisión o por firmas extranjerascuando se trate de deudores nodomiciliados en el territorio nacional,en este último caso deben serpresentados en Lempiras, (balancegeneral, estado de resultados y flujode caja).Fotocopias de estudios defactibilidad de los proyectosfinanciados. Aplica en el caso dedeudores que inicien nuevosproyectos.
X
Aplicable a la Institución Supervisada2.4 El análisis de riesgo del prestatario,
que sirvió de base para lasustentación de la aprobaciónoriginal del crédito (que incluye lasreferencias crediticias, obtenidas dela Central de Información Crediticiade la Comisión Nacional de Bancosy Seguros y/o de las Centrales deRiesgo Privadas) y lassubsecuentes actualizaciones(indicando si el crédito fue objeto derefinanciación o readecuación y lasrazones para modificar lascondiciones originales del crédito),elaborados por la InstituciónSupervisada con base en loslineamientos establecidos en elAnexo 1-D de las Normas vigentesemitidas por la Comisión en materiade evaluación y clasificación decartera crediticia.
X
X
Womióiim jTyaelcmalde @&cmeoáw (pfeawwó
Contenido del Expediente | Tipo de Persona
Persona Natural Persona Jurídica
2.5 Evaluación del proyecto financiadodebidamente analizado. Esta
evaluación debe ser elaborada porla Institución Supervisada.
X X
3. INFORMACIÓN ADICIONAL
Aplicable al Deudor3.1 Solicitud del crédito conteniendo
todos los datos inherentes a la
misma, debidamente firmada por laspartes que intervienen.
X X
3.2 En los casos que aplique, avalúosde las garantías actualizados deconformidad a las disposicionesestablecidas sobre la materia.
Dichos avalúos, deben serefectuados por profesionales en lamateria o empresas dedicadas adicha actividad debidamente
registrados en la Comisión.
X X
3.3 Fotocopia de pólizas de seguros,debidamente endosadas a favor dela institución, que amparen losriesgos sobre los bienes quegarantizan los préstamos.
X X
Aplicable a la Institución Supervisada3.4 Las instituciones supervisadas
deberán mantener un registroactualizado de las garantías y losantecedentes necesarios quedemuestren su existencia, así comosu debida formalización, lainscripción en los registros quecorresponda y los avalúoscorrespondientes.
X X
3.5 Correspondencia relacionada con elcrédito y su cobro.
X X
3.6 Informes de visitas de seguimiento aldeudor, de conformidad a su perfilde riesgo. No obstante, laperiodicidad de estas visitas, debenser como mínimo anuales.
X X
3.7 Informe que fundamente la categoríade riesgo del deudor.
X X
Las instituciones supervisadas podrán establecer requerimientos adicionales en función de mitigar elriesgo crediticio.
KDomtóian, Jfi/acioncdde OSemeaóU' (pfeawvoó
Anexo No. 3
Información Mínima Requerida en los Expedientes de Medianos Créditos Agropecuarios pormontos entre el seis por ciento (6%) del requerimiento mínimo de capital de las instituciones
bancarias y L2.500.000.00
Las Instituciones deben mantener en los expedientes de crédito, la información mínima que sedescribe a continuación, la cual debe presentarse en idioma español:
Contenido del Expediente [ Tipo de PersonaPersona Natural Persona Jurídica
1. SECCIÓN LEGAL
Aplicable al Deudor1.1 Fotocopia de la Escritura de
Constitución, sus modificacionesy otros documentos relevantesde la empresa.
X
1.2 Nómina actualizada de
Accionistas, Consejo deAdministración, principalesfuncionarios y representantesleqales de la empresa.
X
1.3 Fotocopias de los poderes oautorizaciones otorgados porquienes tengan la facultadexpresa, para contraerobligaciones en nombre de laempresa.
X
1.4 Fotocopia de los permisosextendidos por las autoridadescorrespondientes y requeridospara la ejecución del proyecto,cuando corresponda.
X X
1.5 Fotocopia del Registro TributarioNacional (RTN).
X
1.6 Registro Tributario Nacional(RTN) o la impresión de laconsulta electrónica en los
medios habilitados por autoridadtributaria.1/
X
Aplicable a la Institución Supervisada
1.7 Fotocopias de los documentosque amparan legalmente lasoperaciones de crédito talescomo Pagarés, Letras deCambio, Escrituras deConstitución de Garantíasdebidamente registradas, ycualquier otro documento queconfirme la existencia de una
acreencia real.
X X
1.8 Fotocopia de los Puntos de Actade la Junta Directiva o de otra
instancia resolutiva en el queconste la aprobación de loscréditos otorqados.
X
1.9 Fotocopia de los documentosrelacionados con los procesos de
X X
^Som/¿¿<m JA/acionalde ¡S&ancvów (p/egivyóá
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona Natural Persona Jurídica
recuperación de los créditos porla víajudicial. Cuando Aplique.
2. SECCIÓN FINANCIERA
Aplicab e al Deudor
2.1 Estados financieros internos de
los últimos tres (3) años, o losque corresponda si son menoslos que tuviera de operar eldeudor, certificados por uncontador colegiado (balancegeneral y estado de resultados).
X
2.2 Estados financieros internos del
último año de operación (1) año,certificados por un contadorcolegiado (balance general yestado de resultados).
X
2.3 Fotocopias de estudios defactibilidad de los proyectosfinanciados. Aplica en el caso dedeudores que inicien nuevosproyectos.
X X
Aplicable a la Institución Supervisada2.6 El análisis de riesgo del
prestatario, que sirvió de basepara la sustentación de laaprobación original del crédito(que incluye las referenciascrediticias, obtenidas de laCentral de Información Crediticia
de la Comisión Nacional de
Bancos y Seguros y/o de lasCentrales de Riesgo Privadas) ylas subsecuentes actualizaciones
(indicando si el crédito fue objetode refinanciación o readecuación
y las razones para modificar lascondiciones originales delcrédito), elaborados por laInstitución Supervisada con baseen los lineamientos establecidos
en el Anexo 1-D de las Normas
vigentes emitidas por la Comisiónen materia de evaluación yclasificación de cartera crediticia.
X X
2.4 Evaluación del proyectofinanciado debidamente
analizado. Esta evaluación debe
ser elaborada por la InstituciónSupervisada.
X X
3. INFORMACIÓN ADICIONAL
Aplicable al Deudor3.1 Solicitud del crédito conteniendo
todos los datos inherentes a la
X X
^owiÁóúm SAQionalde @§¡mooóy 0epMwá
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona Jurídica
misma, debidamente firmada porlas partes que intervienen-
3.2 En los casos que aplique,avalúos de las garantíasactualizados de conformidad alas disposiciones establecidassobre la materia. Dichos avalúos,deben ser efectuados porprofesionales en la materia oempresas dedicadas a dichaactividad debidamenteregistrados en la Comisión.
3.3 Fotocopia de pólizas de seguros,debidamente endosadas a favorde la institución, que amparen losriesgos sobre los bienes quegarantizan los préstamos.
Persona Natural
X
3.4 Las instituciones supervisadasdeberán mantener un registroactualizado de las garantías y losantecedentes necesarios quedemuestren su existencia, asícomo su debida formalización, lainscripción en los registros quecorresponda y los avalúoscorrespondientes.
Aplicable a la Institución SupervisadaX
3.5 Correspondencia relacionada conel crédito y su cobro.
3.6 Informes de visitas deseguimiento al deudor, deconformidad a su perfil de riesgo.
X
X
X
X
X
X
En aquellos casos que el deudor no cuente con el documento del RTN, corresponderá a la instituciónsupervisada, realizar la consulta electrónica por los medios habilitados por la autoridad tributaria,adjuntando al expediente la impresión de dicha consulta.
Las instituciones supervisadas podrán establecer requerimientos adicionales en función de mitigar elriesgo crediticio.
^omióiím SAQionalde &§wmúáu> 0afwwáAnexo No. 4
Información Mínima Requerida en los Expedientes de Pequeños Deudores Agropecuarios pormontos de hasta L2.500.000.00
Las instituciones supervisadas deben mantener en los expedientes de crédito, la información mínimaque se describe a continuación, la cual debe presentarse en idioma español:
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona JurídicaPersona Natural
1. SECCIÓN LEGALAplicable al Deudor
1.1 FotocopiaIdentidad.
de la Tarjeta de
1.2 Fotocopia del Registro TributarioNacional (RTN).
1.3 Registro Tributario Nacional(RTN) o la impresión de laconsulta electrónica en losmedios habilitados por autoridadtributaria.1/
1.4 Fotocopia de la Escritura deConstitución, sus modificacionesy otros documentos relevantesde la empresa.
X
X
1.5 Fotocopia de los documentos querespaldan el o los créditosotorgados y que sean prueba delos derechos de la InstituciónSupervisada para exigir el pago.
Aplicable a la Institución SupervisadaX
1.6 Fotocopia de los documentosrelacionados con los procesos derecuperación de los créditos porla vía judicial, cuando aplique.
X
2. SECCIÓN FINANCIERAAplicable al Deudor
X2.1 Cuando el crédito a otorgar seamenor o igual a L2.500,000.00, elpersonal la InstituciónSupervisada evaluará lacapacidad de pago del deudor deconformidad a la metodologíaestablecida en la política decrédito de cada InstituciónSupervisada.
Aplicable a la Institución Supervisada2.2 Fotocopia del documento de
aprobación de los créditos en elcual deberá constar la fecha deaprobación, el monto, plazo,forma de pago, tasas de interés,las garantías requeridas y elobjeto del crédito, así como, losnombres y las firmas de quienesaprueban la operación.
X
X
X
X
X
^fSomióitm SAQiomdde W&meeáp 0epwwó
Contenido del ExpedienteTipo de Persona
Persona Jurídica
2.3 Evaluación de la viabilidad de laactividad o proyecto a financiar.
Persona Natural
X
3. INFORMACIÓN ADICIONALAplicable al Deudor
X3.1 Solicitud del crédito conteniendotodos los datos inherentes a lamisma, debidamente firmada porlas partes que intervienen.
Aplicable a la Institución Supervisada3.2 Fotocopia de los documentos que
sustenten las garantías recibidas.3.3 Informes de visitas al deudor. La
periodicidad de estos informesserá la definida en las políticasinternas de la instituciónprestamista, la cual estarácorrelacionada con el perfil deriesgo del deudor.
3.4 Autorización debidamentefirmada para acceder ainformación del cliente a travésde buros de crédito privado y/ocentral de información crediticia.
3.5 Fotocopia de la correspondenciaenviada y recibida por laInstitución Supervisada referida asu gestión crediticia.
X
X
X
X
X
X
En aquellos casos que el deudor no cuente con el documento del RTN, corresponderá a la instituciónsupervisada, realizar la consulta electrónica por los medios habilitados por la autoridad tributaria,adjuntando al expediente la impresión de dicha consulta.
Las instituciones supervisadas podrán establecer requerimientos adicionales en función de mitigar elriesgo crediticio.
Anexo No. 5
Valoración de Garantías para Efectos de Clasificación de Cartera
1. Aspectos Generalesa) Para que una garantía, cualquiera sea su naturaleza, dentro de las mencionadas en el presente
Anexo, pueda ser considerada en la clasificación de riesgo crediticio, debe estar legalmenteconstituida.Después de constituida la garantía de un crédito, ésta podrá ser liberada siempre que el deudorcancele el saldo total de las obligaciones crediticias, o que la institución supervisada tengagarantizada la entrega a su favor del producto de la enajenación del o los bienes que respaldan elcrédito, ya sea que se trata de una liberación total o parcial de garantías.
b) La correcta formalización de las hipotecas y garantías mobiiiarias destinadas a garantizar uncrédito, deberá constar en un informe elaborado por profesionales del derecho internos oexternos a la institución, en el que se certifique lo descrito en el literal a) precedente, mismo quese agregará al expediente de crédito del deudor.
c) Cuando se trate de bienes muebles o inmuebles, el valor computado de la garantía debe estarrespaldado por un avalúo efectuado por profesionales en la materia o empresas dedicadas adicha actividad debidamente registrados en la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, deconformidad a las disposiciones establecidas sobre la materia.
d) Los bienes que se entreguen en garantía, deben estar situados en el territorio nacional yejecución deberá realizarse conforme a la legislación y demás disposiciones vigentes sobremateria. ,
e) No será aplicable lo citado en el punto d) anterior, a los documentos referentes a operaciones decomercio exterior ya las cartas de crédito emitidas con la finalidad de servir de garantía.
f) Los instrumentos financieros entregados en garantía, deben ser emitidos por personas diferentesal deudor directo, salvo que se trate de depósitos a plazo constituidos en la misma institución oque se trate de valores negociables emitidos por una institución financiera del país odel exterior,siempre que esta última sea calificada como de primer orden conforme a las disposicionesemitidas por el Banco Central de Honduras. ,
g) Los Títulos Representativos de Mercadería emitidos por Almacenes Generales de Depositoautorizados, deberán estar debidamente endosados a favor de la institución financiera.
2. Criterios de Valoracióna) Para efectos de la valoración de los bienes entregados en garantía, deberá tenerse presente os
precios en que se efectúan las transacciones de bienes de similares características en losmercados correspondientes, prevalecientes en el momento de la aprobación del crédito.
b) Para la valoración de los títulos valores emitidos por el Banco Central de Honduras o por elGobierno de Honduras, se considerará el precio promedio de las transacciones de talesinstrumentos, ocurridas durante el mes anterior a la fecha de la valoración en el mercadocorrespondiente. Si no hubiese transacciones en dicho mes, deberá estimarse un valor deliquidación, conforme a sus condiciones de plazo, calendario de amortización ytasa de ínteres.
c) Para los depósitos a plazo constituidos como instrumentos negociables por institucionesfinancieras, se considerará el valor final de dichos depósitos, más los intereses uotros derechosque se acumulen a su vencimiento.
d) Las garantías mobiiiarias sobre letras de cambio yotros documentos representativos de créditos,que correspondan al precio pagadero a plazo de mercaderías que se exportan, que hayan sidoemitidos o aceptados por una institución financiera nacional o extranjera yque representen parala entidad garantizada una obligación incondicional de pago, se valorizarán de acuerdo con losimportes por los que se encuentren extendidos dichos documentos.
e) Las qarantías representadas por documentos de importación, serán valederas siempre que lainstitución financiera esté autorizada para disponer libremente de la mercadería que se .mporta.Por consiguiente, se pueden considerar como garantía los documentos de embarque mientras se -£ñkc¡o¿-mantengan en poder de la institución financiera, ysolo si el respectivo conocimiento de embarque^^^xo el documento que haga sus veces y la póliza o certificado de seguro estén extendidos aborden de la institución financiera o endosados a él, sin restricción alguna. Las garant*representadas por documentos de importación se considerarán por el valor de la mercadería
su
la
^omáfom SAQionaíde @Pcmc#óy 0epwwáse consigne enellos, el que se determinará sobre la base del valor CIF o, cuando sea menor, porel que se hubiera declarado en la respectiva factura.
f) Las garantías constituidas por las cartas de crédito irrevocables y confirmadas, emitidas porbancosdel exterior que se encuentran calificadas en categoría BBB+ o superior, por una empresacalificadora internacional, se considerarán por el valor del respectivo documento.
g) Las acciones que se reciban en garantía yque estén registradas en el mercado de valores, sevalorizarán a precio de mercado. Aquellas que no estén registradas, se consideraran a su valoren libros. En este último caso, el valor en libros podrá ser castigado de acuerdo con el análisisque se practique a los estados financieros de laempresa.
h) Adicionalmente a lo previsto en el numeral 3.2 de los Anexos Nos. 2y3 para la valoración de losbienes físicos que se constituyan en garantía, ya sea con hipoteca o garantía (nobiliaria deberántenerse presente los valores predominantes de mercado; asimismo, considerando las dificultadesque podría presentar su liquidación por parte de la institución financiera. En tal sentido, deberáutilizarse un criterio conservador para estimar el valor de liquidación de los bienes de que se trate.
i) En el caso de las obras en construcción, garantizadas por el mismo bien que se estaconstruyendo, se tomará en primer término el valor del terreno y se aumentará el valor de lagarantía mediante los informes de avances de obra. Dichos informes de avance deberán estarcertificados por un especialista inscrito en el Registro de Valuadores de Activos Muebles eInmuebles, Otros Activos yGarantías de Créditos de las Instituciones Supervisadas, que para talefecto lleva la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.
j) En el caso de contratos de arrendamiento operativo o financiero, factoraje, y contratos decompra-venta a futuro que representen un flujo de ingreso para el deudor, y dichos contratosestén cedidos a favor de la institución financiera, se valorizarán de acuerdo al valor actual dedichos flujos.
3 Orden Asignado al valor de los bienes entregados en Garantías sobre HipotecasEl valor de la garantía debe establecerse sobre la base de su valor de liquidación, por lo que esnecesario considerar las demás cauciones que puedan existir sobre un mismo bien, en elsiguiente orden: .a) Cuando se trate de una hipoteca de primer grado, se tomara su avaluó menos el descuento
que corresponde conforme a la Tabla de Descuentos contenida en el numeral 4, del presenteAnexo
b) Cuando setrata de una hipoteca de segundo, tercer omás grados, siempre que las anterioresno correspondan a "única y especial hipoteca", se descontará del valor determinado en elliteral anterior el monto de los créditos garantizados con mayor prioridad, obteniéndose unvalor residual. En caso que cualquiera de los créditos anteriores tenga clausula de "única yespecial hipoteca", la garantía actual se considerará sin valor residual.
4. Descuentos al valor de los avalúos .Como criterio realista yconservador, a los avalúos que realicen los profesionales en la materia oempresas dedicadas a dicha actividad registrados en la Comisión Nacional de Bancos ySeguros,o al valor neto consignado en la escritura siguiendo criterios de mercado, se les aplicara undescuento adicional por los siguientes conceptos:a) Por riesgo de fluctuación de precios, para cubrir el deterioro olas variaciones de mercado que
puedan afectar los precios de los bienes. .Por gastos de ejecución ycostos de comercialización, lo que comprende gastos notariales,honorarios profesionales yotros gastos relacionados con la enajenación de la garantía. Estosúltimos se producen normalmente porque las instituciones financieras no cuentan con lainfraestructura física, equipos de venta, expertos en comercialización, ni con los canalesadecuados de distribución para la venta de tales bienes.Los porcentajes globales mínimos de descuento contenidos en la siguiente Tabla, seránaplicados según el tipo ycaracterísticas del bien de que se trate; dichos porcentajes vanaransegún los días de mora que tenga el crédito yserán deducidos del valor de los avalúos od^valor consignado en la escritura.
b)
^(Pmióixm SAGúmalde @8amúójf @fepwroáTabla de Descuento
(En porcentajes)
TIPO DE GARANTÍADÍAS de mora
GARANTÍA HIPOTECARIA
A. Propiedades UrbanasCasas y departamentos para viviendaTerrenos urbanos
Oficinas y Locales Comerciales.Estacionamientos, construccionesindustriales y otras
B. Propiedades RuralesPropiedades rurales con irrigaciónPropiedades rurales sin irrigaciónNaves marítimas y aeronaves
Yacimientos mineros
Otros bienes
GARANTÍA MOBILIARIA
a. Depósitos en Garantíab. Valores Gubernamentalesc. Letras del Banco Central de Hondurasd. En almacenes de depósitoe. Bienes de consumo final1f. Repuestos y partesg. Productos intermediosh. Bienes y equipos agrícolas nuevos. Bienes y equipos agrícolas usados3
Bienes industriales4k. Otros bienes considerados comogarantía mobiliaria de conformidad a la Leyde Garantías MobiiiariasI. Contratos de arrendamiento financierom. Operaciones de factorajen. Contratos de compra-venta a futuroo. Vehículos del año con póliza de segurop. Vehículos de 1 a 3 años con póliza deseguros
q. Vehículos deseguros
3 años con póliza de
Hasta 270
días
10
15
20
35
10
15
40
50
50
Hasta 120
días
0
10
30
40
50
50
20
30
50
50
40
40
40
20
40
50
DESCUENTO
Entre 271 y360
10
15
25
35
10
15
40
50
50
Entre 121 y270
0
20
50
80
80
80
20
30
80
80
70
70
70
20
40
50
Más de
360
15
15
30
45
15
20
60
70
70
Más de
270
10
20
10
70
100
100
100
40
50
100
100
100
100
100
40
50
60
5 Situaciones en que corresponde valorar una GarantíaLas instituciones supervisadas deberán valorizar sus garantías en las siguientes situaciones:_\ n,~w;,v «i ^nrnomionin Hp un r.rédito con aarantía.a) Previo al otorgamiento de un crédito con garantía.
1Bienes de Consumo Final: Aquellos que son utilizados por los consumidores finales, quedando excluidos deeste conceptoJos productos que requieren de mayor elaboración oque constituyen matena pnma para otra ,empresa, aunque correspondan al producto final de una industria intermedia.2Que no constituyan inventarios3 Que no constituyan inventarios4Que no constituyan inventarios
^tBomá&m SAQionalde @§ameájp 0eptmÁb) Cuando se refinancie una operación de crédito, amparada con garantías adicionales.c) En cualquier otra circunstancia que un sano manejo financiero lo aconseje, tomando en cuenta lo
señalado en el numeral 3.2 de los Anexos Nos. 2 y 3.
6. Registro Contable de las GarantíasLas instituciones supervisadas, deberán mantener actualizados sus datos sobre el valor de lasqarantías enatención al tipo de bien que se constituye como colateral.Se autoriza a dichas instituciones utilizar las cuentas consignadas en los Manuales Contablescorrespondientes para los fines previstos sobre esta materia.
^omáfoíh SAQionalde @§aawo6y 0epumáComisión Nacional de Bancos y Seguros
Anexo No.6
Diseño No.1CLASIFICACIÓN DE CARTERA PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS CRÉDITOS
AGROPECUARIOS
(Cifras en Lempiras)
Institución:
Información Correspondiente al:
CON GARANTÍAS HIPOTECARIAS SOBRE BIENES INMUEBLES
CATEGORÍA DÍAS DE MORANÚMERO DE
OPERACIONESSALDOS
ESTIMACIÓN PORDETERIORO
I De 0 a 60 días
II
III
IV
De 61 a 120 díasDe 121 a 270 díasDe 271 a 360 días
V
TOTAL
Más de 360 días
CRÉDITOS CON GARANTÍAS DE DEPÓSITOS PIGNORADOS EN LA MISMA INSTITUCIÓN,GARANTÍAS RECÍPROCAS Y/O CONTRA GARANTÍAS EMITIDAS POR INSTITUCIONES
FINANCIERAS DE PRIMER ORDEN
CATEGORÍA
I
IV
TOTAL
CATEGORÍA
III
IV
V
TOTAL
DÍAS DE MORA
De 0 a 60 días
De 61 a 120 días
De 121 a 270 días
De 271 a 360 días
Más de 360 días
DÍAS DE MORA
De 0 a 60 días
De 61 a 120 díasDe 121 a 210 díasDe 211 a 300 díasMás de 300 días
NUMERO DE
OPERACIONESSALDOS
CON OTRAS GARANTÍAS
NUMERO DEOPERACIONES
SALDOS
ESTIMACIÓN PORDETERIORO
ESTIMACIÓN PORDETERIORO
Elaborado por: Firma Autorizada:
Los valores contenidos en este diseño deben ser considerados en el Anexo No.3 Diseños No^l yde las normas vigentes emitidas por la Comisión en materia de evaluación yclasificación de la carteracrediticia.
Womátíoh JA/actoncdde \£&cmeoáu, (pfeMivwá
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Anexo No.6
Diseño No.2
CLASIFICACIÓN DE CARTERA PARA GRANDES CRÉDITOS AGROPECUARIOS(Cifras en Lempiras)
Institución:
Información Correspondiente al:
CON GARANTÍAS HIPOTECARIAS SOBRE BIENES INMUEBLES
CATEGORÍA DÍAS DE MORANÚMERO DE
OPERACIONESSALDOS
ESTIMACIÓN PORDETERIORO
1 De 0 a 30 días
II De 31 a 90 días
III De 91 a 180 días
IV De 181 a 360 días
V Más de 360 días
TOTAL
CRÉDITOS CON GARANTÍAS DE DEPÓSITOS PIGNORADOS EN LA MISMA INSTITUCIÓN,GARANTÍAS RECÍPROCAS Y/O CONTRA GARANTÍAS EMITIDAS POR INSTITUCIONES
FINANCIERAS DE PRIMER ORDEN
CATEGORÍA DÍAS DE MORANÚMERO DE
OPERACIONESSALDOS
ESTIMACIÓN PORDETERIORO
1 De 0 a 30 días
II De 31 a 90 días
III De 91 a 180 días
IV De 181 a 360 días
V Más de 360 días
TOTAL
CON OTRAS GARANTÍAS
CATEGORÍA DÍAS DE MORANÚMERO DE
OPERACIONESSALDOS
ESTIMACIÓN POR
DETERIORO
I De 0 a 30 días
II De 31 a 90 días
III De 91 a 120 días
IV De 121 a 180 días /&!V Más de 180 días . \.
TOTAL
sidF
Elaborado por: Firma Autorizada:
Los valores contenidos en este diseño deben ser considerados en el Anexo No.3 Diseños Node las normas vigentes emitidas por la Comisión en materia de evaluación y clasificación de lacrediticia.
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