ESQUEMA GENERAL DEL JUICIO ORDINARIO
NOTA: El Juicio Ordinario puede iniciarse por DEMANDA o a través de una MEDIDA PREJUDICIAL
(Demandante) D E M A N D A
Notificación de la demanda EMPLAZAMIENTO (Trámite esencial)
Transcurso del plazo para contestar la demanda
(Demandado) C O N T E S T A C I Ó N DE LA D E M A N D A D E M A N D A RECONVENCIONAL
(Es la demanda del demandado)
No decir ni hacer nada. (Debe acusarse REBELDÍA)
ALLANARSE: Aceptar la demanda. En este caso SE OMITE LA ETAPA DE LA PRUEBA, citándose a las partes para oír sentencia EXCEPTO en las causas que esté Involucrado el INTERÉS SOCIAL.
OponerEXCEPCIONES DILATORIAS. En este caso el plazo para oponerlas es FATAL Tienen por objeto corregir elprocedimiento. Una vez desechadas éstas o subsanados los errores de forma, se concede un plazo de 10 días al demandado para contestar la demanda.
OponerEXCEPCIONESPERENTORIAS.Estas tienen porobjeto ENERVAR LAACCIÓN.Generalmenteconstituyen modos deextinguirobligaciones. Ej.: yopagué.
Hacer ALEGACIONES o DEFENSAS. En este caso se niegan los hechos en que se fundamenta la acción del demandante. Ej.: No existe la deuda. Tiene importancia para los efectos de la CARGA DE LA PRUEBA
ACTITUDES QUEPUEDE ASUMIR EL
DEMANDADO
ETAPA DE DISCUSIÓN
(Demandante)
(Demandado)
(Demandante)
R E P L I C A
DUPLICA
CONTESTACIÓN A LA DEMANDA RECONVENCIONAL
REPLICA DE LA RECONVENCIÓN
DUPLICA DE LA RECONVENCIÓN
En estos escritos las partes pueden
AMPLIAR. ADICIONAR o MODIFICAR LAS
ACCIONES Y EXCEPCIONES que
hayan formulado, pero sin alterar las que son
objeto principal del pleito
LLAMADO A CONCILIACIÓN (Trámite esencial)
(Para estos efectos, se citará a una audiencia para un día no anterior al quinto ni posterior al decimoquinto contado desde la fecha de notificación de la resolución. Si se rechaza la conciliación o no se efectúa el comparendo, art 268 CPC)
Dictación de la Resolución QUE RECIBE LA CAUSA A PRUEBA Y FIJA LOS HECHOS SUBSTANCIALES PERTINENTES Y CONTROVERTIDOS
SOBRE LOS CUALES DEBERÁ RECAER (la prueba) (Esta Resolución se notifica a las partes POR CÉDULA)
TERMINO PROBATORIO : PLAZO COMÚN para las partes. Corre desde la última notificación.
Es FATAL sólo para la Prueba de Testigos.
ETAPA DE PRUEBA
PERIODO DE OBSERVACIONES A LA PRUEBA (10 días siguientes del vencimiento del término probatorio)
RESOLUCIÓN QUE CITA A LAS PARTES PARA OÍR SENTENCIA
(Trámite esencial)
Después de esta resolución no (Es inapelable) se admiten escritos ni prueba de
ningún género.
ETAPA DE FALLO
DICTACIÓN DE LA SENTENCIA (Plazo: 60 días fatales) En este lapso de tiempo puede sin embargo el Tribunal dictar alguna de las MEDIDAS PARA MEJOR, RESOLVER, de las señaladas en el art. 159 del C de P. Civil.