ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA
LA CONSTRUCCION Y OPERACIÓN DE LA
CAMARONERA LIMBOMAR S. A
ELABORADO POR:
PARA:
OCTUBRE 2013
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 1 -
NOTA IMPORTANTE:
Como contribución a la Conservación de los Recursos Naturales
del Planeta, CONSULAT imprime sus informes en papel
certificado libre de ácido, obtenido del bagazo de caña de azúcar,
y utilizando ambas carillas del papel.
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FICHA TÉCNICA ...........................................................................................................- 9 -
1 RESUMEN EJECUTIVO ....................................................................................... - 10 -
2 PRESENTACION DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL ........................................ - 14 -
2.1 ANTECEDENTES ......................................................................................... - 14 -
2.2 Objetivos ................................................................................................... - 15 -
2.2.1 Objetivo general ................................................................................ - 15 -
2.2.2 Objetivos específicos .......................................................................... - 15 -
2.3 Alcance ...................................................................................................... - 16 -
2.4 Metodología .............................................................................................. - 16 -
2.5 Marco legal Ambiental ............................................................................... - 17 -
2.5.1 La Constitución Política de la República del Ecuador (Registro Oficial No.
449 del 20 de octubre de 2008) ........................................................................ - 17 -
2.5.2 Ley Reformatoria al Código Penal (Registro Oficial No.2 del 25 de enero
del 2000). ......................................................................................................... - 18 -
2.5.3 Ley Orgánica de Salud. ....................................................................... - 18 -
2.5.4 Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental (Codificación
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 418 del 10 de septiembre de
2004). - 19 -
2.5.5 Ley de Gestión Ambiental (publicada en el Registro Oficial No. 245, 30 de
julio de 1999 y codificada mediante Suplemento del Registro Oficial No. 418 del 10
de septiembre de 2004). ................................................................................... - 21 -
2.5.6 Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero (Registro Oficial No. 497 del 19 de
febrero de 1997, codificada en Registro Oficial No. 15 del 11 mayo del 2005) ... - 24 -
2.5.7 Reglamento General a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero y Texto
Unificado de Legislación Pesquera. (Decreto Ejecutivo No. 3198, publicado en
Registro Oficial 690 del 24 de octubre del 2002). .............................................. - 24 -
2.5.8 Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación social
establecida en la Ley de Gestión Ambiental (Decreto Ejecutivo No. 1040 publicado
en Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008, y su Acuerdo Ministerial No.
112). - 26 -
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2.5.9 Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente,
(Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de Marzo del 2003). ............... - 28 -
2.5.10 El Sistema Único de Manejo Ambiental, SUMA, Título I del Libro VI de
Calidad Ambiental. ........................................................................................... - 32 -
2.5.11 El Reglamento para la prevención y control de contaminación ambiental
por desechos peligrosos, Título V del Libro VI de Calidad Ambiental. ................ - 33 -
2.5.12 El Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la prevención y control
de la contaminación ambiental, Título IV del Libro VI de Calidad Ambiental. ..... - 36 -
2.5.13 Norma INEN 2266:2000 sobre Manejo y Almacenamiento de Productos
Químicos Peligrosos. ......................................................................................... - 37 -
2.5.14 Norma INEN 2288:2000 sobre etiquetado de precaución de productos
químicos peligrosos. ......................................................................................... - 37 -
2.5.15 Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para Operaciones
Hidrocarburíferas, Decreto Ejecutivo 1215 (Registro Oficial No. 265, 13 de febrero
del 2001). ......................................................................................................... - 37 -
2.5.16 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del
Medio Ambiente de Trabajo. Decreto Ejecutivo 2393 publicado en el Registro
Oficial No. 565 del 17 de Noviembre de 1986. .................................................. - 40 -
3 METODOLOGIA DEL ESTUDIO ........................................................................... - 41 -
3.1 LEVANTAMIENTO DE LA INFORMACIÓN ..................................................... - 41 -
3.1.1 COMPONENTE FÍSICO......................................................................... - 41 -
3.1.2 COMPONENTE BIÓTICO ...................................................................... - 41 -
3.2 DIAGNÓSTICO DE FLORA ............................................................................ - 41 -
3.3 DIAGNÓSTICO DE LA FAUNA ...................................................................... - 42 -
3.4 COMPONENTE SOCIO-ECONÓMICO Y CULTURAL ....................................... - 42 -
3.5 GENERACIÓN DE EMISIONES Y DESECHOS (DESCARGAS Y EMISIONES) ....... - 43 -
3.6 RESIDUOS INDUSTRIALES LÍQUIDOS RILS .................................................... - 43 -
3.7 GESTIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS ..................................... - 44 -
3.8 GESTIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS ........................................... - 44 -
3.8.1 SUELOS Y SEDIMENTOS ...................................................................... - 44 -
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4 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS ........................................... - 45 -
4.1 Localización Geográfica .............................................................................. - 45 -
4.2 Descripción de las Instalaciones ................................................................. - 46 -
5 DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA ..................................................... - 51 -
5.1 Delimitación del área de influencia ............................................................ - 51 -
5.1.1 Área de influencia directa .................................................................. - 51 -
5.1.2 Área de influencia indirecta ................................................................ - 52 -
6 LINEA BASE AMBIENTAL .................................................................................... - 53 -
6.1.1 Línea de Base Ambiental .................................................................... - 53 -
6.1.2 Medio Físico ....................................................................................... - 54 -
6.1.3 Clima .................................................................................................. - 54 -
6.1.3.1 Precipitación .................................................................................. - 55 -
6.2 Temperatura.............................................................................................. - 55 -
6.3 Velocidad y Dirección del Viento ................................................................ - 57 -
6.4 Humedad Relativa ..................................................................................... - 57 -
6.5 Irradiación Solar......................................................................................... - 58 -
6.5.1 Hidrogeología..................................................................................... - 59 -
6.5.2 Evapotranspiración potencial ............................................................. - 59 -
6.5.3 Tipo de Suelo ..................................................................................... - 59 -
6.5.4 Calidad del Aire .................................................................................. - 60 -
6.5.5 Ruido ................................................................................................. - 61 -
6.6 Actuaciones Humanas ................................................................................ - 61 -
6.7 Identificación y riesgos de desastres naturales ........................................... - 61 -
6.7.1 Riesgo sísmico .................................................................................... - 61 -
6.7.2 Riesgo a inundaciones y deslaves ....................................................... - 62 -
6.8 Medio Socio-económico ............................................................................ - 62 -
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6.8.1 Informe del marco general socioeconómico ....................................... - 63 -
6.8.1.1 Aspectos demográficos .................................................................. - 63 -
6.8.2 Servicios Públicos ............................................................................... - 64 -
6.9 Infraestructura vial .................................................................................... - 64 -
6.9.1 Actividades económicas ..................................................................... - 64 -
6.10 Población inserta en el mercado laboral .................................................... - 64 -
6.11 Actividades económicas ............................................................................. - 65 -
6.12 Medio Biótico ............................................................................................ - 65 -
6.13 Inventario Faunístico ................................................................................. - 65 -
6.14 Inventario Florístico ................................................................................... - 66 -
6.15 Resultados ................................................................................................. - 66 -
6.16 Inventario Faunístico ................................................................................. - 66 -
6.17 Inventario Florístico ................................................................................... - 67 -
6.18 Calidad del Agua ........................................................................................ - 68 -
6.19 Calidad del Suelo ....................................................................................... - 69 -
7 Evaluación de Impactos Ambientales para la Fase de Operaciones de la
Camaronera Limbomar ............................................................................................. - 87 -
7.1 Evaluación y Predicción de los Impactos generados en la Plantación .......... - 87 -
7.2 Metodología de evaluación de impactos .................................................... - 87 -
7.3 Factores Ambientales ................................................................................ - 90 -
7.4 Identificación de las Actividades ................................................................ - 92 -
7.5 Identificación y descripción de impactos ambientales ................................ - 92 -
7.6 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS ................................................................... - 94 -
8 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ........................................................................ - 103 -
8.1 INTRODUCCION ....................................................................................... - 103 -
8.2 Objetivos del Plan de Manejo Ambiental ................................................. - 104 -
8.2.1 Objetivo general .............................................................................. - 104 -
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8.2.2 Objetivos específicos ........................................................................ - 104 -
8.3 Resultados esperados .............................................................................. - 105 -
8.4 Diseño del Plan de Manejo Ambiental ...................................................... - 105 -
Plan de contingencia ........................................................................................... - 106 -
Objetivos ............................................................................................................ - 106 -
Medidas .............................................................................................................. - 107 -
Medidas enfocadas a enfrentar contingencias .................................................... - 108 -
Plan de Prevención y Control de la contaminación. ............................................. - 109 -
Control de contaminación por Gases de combustión ........................................... - 109 -
Objetivo .............................................................................................................. - 109 -
Medidas .............................................................................................................. - 109 -
Medidas enfocadas a Controlar la contaminación por gases de combustión ........ - 109 -
Control de contaminación por ruido ................................................................... - 110 -
Objetivo .............................................................................................................. - 110 -
Medida ............................................................................................................... - 110 -
Medida enfocada al control de contaminación por ruido .................................... - 110 -
Manejo de productos químicos peligrosos .......................................................... - 111 -
Objetivo .............................................................................................................. - 111 -
Medidas .............................................................................................................. - 111 -
Medidas enfocadas al manejo de los productos químicos peligrosos. .................. - 112 -
Plan de manejo de residuos sólidos y líquidos ..................................................... - 114 -
Objetivos ............................................................................................................ - 114 -
Manejo de residuos sólidos no peligrosos ........................................................... - 115 -
Objetivos ............................................................................................................ - 115 -
Medidas .............................................................................................................. - 115 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de los desechos sólidos no peligrosos .... - 116 -
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Manejo de los desechos sólidos peligrosos ......................................................... - 117 -
Objetivo .............................................................................................................. - 117 -
Medidas .............................................................................................................. - 117 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de desechos sólidos peligroso ................ - 119 -
Manejo de efluentes industriales ........................................................................ - 121 -
Objetivo .............................................................................................................. - 121 -
Medida ............................................................................................................... - 121 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de efluentes industriales ........................ - 121 -
Manejo de efluentes domésticos ........................................................................ - 122 -
Objetivo .............................................................................................................. - 123 -
Medidas .............................................................................................................. - 123 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de efluentes domésticos. ....................... - 123 -
Plan de capacitación ........................................................................................... - 124 -
Objetivo .............................................................................................................. - 124 -
Medidas enfocadas a la capación de los trabajadores ......................................... - 124 -
Plan de Salud Ocupacional, Seguridad e Higiene Industrial .................................. - 126 -
Objetivos ............................................................................................................ - 126 -
Medidas .............................................................................................................. - 126 -
Medidas enfocadas a establecer un programa general de salud ocupacional,
seguridad e higiene industrial ............................................................................. - 127 -
Plan de monitoreo y seguimiento........................................................................ - 129 -
Objetivo .............................................................................................................. - 129 -
Consideraciones: ................................................................................................. - 129 -
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ............................................................... - 132 -
Objetivos ............................................................................................................ - 132 -
MEDIDAS ............................................................................................................ - 132 -
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9 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES........................................................... - 142 -
9.1 Conclusiones............................................................................................ - 142 -
9.2 Recomendaciones .................................................................................... - 143 -
9.3 Bibliografía .............................................................................................. - 143 -
10 ANEXOS .......................................................................................................... - 145 -
CERTIFICADO DE INTERSECCION .............................................................................. - 145 -
APROBACION DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA ................................................... - 147 -
REGISTRO FOTOGRAFICO ........................................................................................ - 148 -
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FICHA TÉCNICA
Información sobre el proyecto
Nombre del Proyecto CAMARONERA LIMBOMAR
Tipo de estudio Estudio de Impacto Ambiental Ex Ante
Localización del proyecto Provincia del Guayas, Cantón Durán, Km 8 de la Vía Durán - Tambo
Coordenadas Geográficas, Zona 17 N, Proyección UTM, DATUM WGS 84
Puntos X Y
1 630328 9747956
2 630264 9747636
3 630264 9746822
4 630704 9747384
5 631264 9747389
6 632009 9746934
7 634385 9746997
8 634386 9748009
Información sobre el proponte
Razón Social Limbomar S.A.
Representante Legal Sr. José Antonio Lince Rendon
Dirección Km 8 vía Duran-Tambo
Teléfono: 6000208
e-mail [email protected]
Información sobre la Consultora Responsable
Consultora
Dirección Av. Quito y 9 de Octubre, Edificio Induauto, piso 10 oficina1003
Teléfono 046-012292
Página web www.consultoralatinoamericana.com
Equipo Técnico
Blgo. Carlos Pico – Consultor Líder Ing. Paula Chacón – Evaluación de Impactos Blgo. Charles Muñiz – Componente biótico Blgo. Alfredo Nina – Componente físico y social
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1 RESUMEN EJECUTIVO
La Camaronera LIMBOMAR S.A. se dedica a la producción de camarón para exportación (cultivo acuícola), sus operaciones y sus instalaciones están ubicadas en el kilómetro 8 vía Durán - Tambo, parroquia Eloy Alfaro Durán, Cantón Durán de la Provincia del Guayas. Los representantes de la Camaronera Limbomar, ha solicitado los
servicios de la Consultora CONSULAT C. Ltda. Para elaborar el
presente Estudio de Impacto Ambiental, para ello pone a
consideración de la Coordinación Zonal 5 Dirección Provincial del
Ambiente del Guayas del Ministerio del Ambiente, el “Estudio de
Impacto Ambiental para la Instalación y Operación de la Camaronera
Limbomar, que ha sido elaborados conforme lo dispuesto en los
Términos de Referencia aprobados para el efecto y la normativa
vigente
Previo a la elaboración del presente Estudio se obtuvo los siguientes
documentos habilitantes emitidos por la Dirección Provincial de
Ambiente del Guayas del Ministerio del Ambiente:
Certificado de Intersección: mediante oficio No. MAE-SUIA-2012-2723 emitido el 20 de agosto de 2012, se certifica que la finca camaronera LIMBOMAR S.A NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
Términos de Referencia: mediante oficio No. MAE-SUIA-CGZ5-DPAG-2013-24 emitido el 13 de agosto del 2013, certifica que cumplen con lo establecido en el Art. 16 del Libro VI del TULSMA y se emite criterio favorable.
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OBJETIVOS
Objetivo general
La elaboración del presente Estudio de Impacto Ambiental tiene por objetivo el proporcionar la información relevante sobre el manejo ambiental para la implementación y operación, determinando los impactos ambientales que se generarán por las actividades productivas que se ejecuten en la Camaronera Limbomar, para la aplicación e implementación de medidas y buenas prácticas ambientales, de acuerdo a las Normativas Ambientales existentes. Objetivos específicos
Los objetivos específicos de la Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental son:
a) Determinar el marco legal e institucional en el que se inscribirá el “Estudio de Impacto Ambiental para la Construcción y Operación de la Camaronera LIMBOMAR S.A.”;
b) Definir el área de influencia directa e indirecta en la que se manifiesta los impactos ambientales significativos:
c) Realizar la descripción de la Línea Base ambiental en los componentes físicos (suelo, clima, hidrología, paisaje), bióticos (flora y fauna) y socio-económico cultural (asentamientos poblacionales, indicadores socio ambientales), circunscrito en el área de influencia directa;
d) Realizar el levantamiento de la información primaria y secundaria;
e) Realizar los monitoreos ambientales e interpretar sus resultados;
f) Realizar la evaluación de impactos ambientales;
g) Elaborar el Plan de Manejo Ambiental (PMA), en base a los impactos identificados; y,
h) Brindar acompañamiento al Facilitador para la ejecución del Proceso de Participación Social.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 12 -
El alcance del EIA Ex ante, comprenderá la evaluación ambiental de las siguientes actividades que se desarrollarán durante las fases de Construcción, Operación y Abandono como parte del Proyecto. El Estudio pone énfasis en la descripción de las actividades a implementarse durante las tres etapas en las que se ejecutará el proyecto:
Etapa de construcción e instalación
Etapa de operación Al respecto, se identificaron los impactos ambientales que se podrían generar por la instalación y ejecución del proyecto (impactos ambientales positivos y negativos) y se proponen las correspondientes medidas ambientales para enfrentar cada impacto dependiendo su afectación al medio ambiente, mismas que se detallan en el Plan de Manejo Ambiental. La metodología que se utilizó para la elaboración del “Estudio de Impacto Ambiental para la Construcción y Operación de la Camaronera LIMBOMAR S.A.”; fue la siguiente: a) Investigación de Campo: Reconocimiento del sitio de trabajo, reuniones de coordinación con el personal técnico de la empresa, determinación de áreas sensibles, verificación de áreas de amortiguamiento, verificación de normas ambientales sectoriales, etc.;
b) Monitoreos Ambientales: obtención de datos de laboratorio originados en aquellos sectores sensibles previamente determinados.
c) Descripción de los aspectos del medio físico como clima, aire, agua, suelo y la sensibilidad de estos.
d) Descripción de los aspectos del medio biótico de los ecosistemas, flora y fauna, identificando especies importantes. e) Evaluación de Impactos Ambientales: Para la evaluación de los
impactos potenciales se utilizó una metodología basada en la matriz
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causa-efecto, para lo cual se escogieron los factores ambientales de
la camaronera y las actividades que podrían generar impactos a los
factores analizados. Esta metodología fue adaptada como parte de
una investigación universitaria en el año 2000, la cual consta en una
tesis de grado y por tanto es propiedad intelectual de la escuela
politécnica nacional y los autores.
Para la identificación de los impactos se utiliza una matriz de
interrelación factor-acción, donde se valora la importancia de los
factores versus la magnitud del impacto asociado a dicha interacción.
Adicionalmente el Estudio incluye una descripción de las medidas ambientales que se implementan por la Administración de la Camaronera LIMBOMAR S.A, previo a la elaboración del actual Estudio. El Estudio consiste en la determinación del cumplimiento de la normativa ambiental ecuatoriana por parte de la Administración en las actividades de la Camaronera LIMBOMAR S.A. Identificó los posibles impactos significativos y no significativos, para luego ser agrupados y sistematizados en una matriz final.
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2 PRESENTACION DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL
2.1 ANTECEDENTES
La Camaronera LIMBOMAR S.A. se dedica a la producción de camarón para exportación (cultivo acuícola), sus operaciones y sus instalaciones se ubican en el kilómetro 8 vía Durán - Tambo, parroquia Eloy Alfaro Durán, Cantón Durán de la Provincia del Guayas. Mediante Decreto Ejecutivo No. 1391 del 15 de octubre del 2008 y Decreto Ejecutivo No. 1442, con los cuales se expiden reformas al Reglamento General a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero y Texto Unificado de Legislación Pesquera, se inició un proceso de regularización de las actividades acuícolas en la República del Ecuador, que incluye el componente ambiental. La camaronera se dedica a realizar sus operaciones de crianza, alimentación y control de camarones de la especie “Litopenaeus vannamei” o comúnmente denominado “Camarón Blanco”; para ello, cuenta con 400 hectáreas de tierras altas y propias sin vocación agrícola. La Empresa LIMBOMAR S.A., cuenta con los siguientes pronunciamientos emitidos:
Certificado de Intersección: mediante oficio No. MAE-SUIA-2012-2723 emitido el 20 de agosto de 2012, se certifica que la finca camaronera LIMBOMAR S.A NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
Términos de Referencia: mediante oficio No. MAE-SUIA-CGZ5-DPAG-2013-24 emitido el 13 de agosto del 2013, certifica que cumplen con lo establecido en el Art. 16 del Libro VI del TULSMA y se emite criterio favorable.
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2.2 Objetivos
2.2.1 Objetivo general
Regularizar la actividad camaronera y verificar el cumplimiento de las normativas ambientales vigentes durante las fases de construcción, operación y abandono de la Camaronera de la Empresa LIMBOMAR S.A.
2.2.2 Objetivos específicos
Los objetivos específicos del Estudio de Impacto Ambiental Ex -ante son:
a) Determinar el marco legal e institucional en el que se inscribirá el “Estudio de Impacto Ambiental para la Construcción y Operación de la Camaronera LIMBOMAR S.A.”;
b) Definir el área de influencia directa e indirecta en la que se manifiesta los impactos ambientales significativos:
c) Realizar la descripción de la Línea Base ambiental en los componentes físicos (suelo, clima, hidrología, paisaje), bióticos (flora y fauna) y socio-económico cultural (asentamientos poblacionales, indicadores socio ambientales), circunscrito en el área de influencia directa;
d) Realizar el levantamiento de la información primaria y secundaria;
e) Realizar los monitoreos ambientales e interpretar sus resultados;
f) Realizar la evaluación de impactos ambientales;
g) Elaborar el Plan de Manejo Ambiental (PMA), en base a los impactos identificados; y,
h) Brindar acompañamiento al Facilitador para la ejecución del Proceso de Participación Social.
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2.3 Alcance
El alcance del EIA Ex ante, comprenderá la evaluación ambiental de las siguientes actividades que se desarrollarán durante las fases de Construcción, Operación y Abandono como parte del Proyecto. El Estudio pone énfasis en la descripción de las actividades a implementarse durante las tres etapas en las que se ejecutará el proyecto:
Etapa de construcción e instalación
Etapa de operación Al respecto se identificaron los impactos ambientales que se podrían generar por la ejecución del proyecto (impactos ambientales positivos y negativos) y se proponen las correspondientes medidas ambientales para enfrentar cada impacto dependiendo su afectación al medio ambiente, mismas que se estructuraron en el Plan de Manejo Ambiental.
2.4 Metodología
La metodología que se utilizó para la elaboración del “Estudio de Impacto Ambiental para la Construcción y Operación de la Camaronera LIMBOMAR S.A.”; fue la siguiente: a) Investigación de Campo: Reconocimiento del sitio de trabajo, reuniones de coordinación con el personal técnico de la empresa, determinación de áreas sensibles, verificación de áreas de amortiguamiento, verificación de normas ambientales sectoriales, etc.;
b) Monitoreos Ambientales: obtención de datos de laboratorio originados en aquellos sectores sensibles previamente determinados;
c) Descripción de los aspectos del medio físico como clima, aire, agua, suelo y la sensibilidad de estos.
d) Descripción de los aspectos del medio biótico de los ecosistemas, flora y fauna, identificando especies importantes.
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e) Evaluación de Impactos Ambientales Para la evaluación de los
impactos potenciales se utilizó una metodología basada en la matriz
causa-efecto, para lo cual se escogieron los factores ambientales de
la camaronera y las actividades que podrían generar impactos a los
factores analizados. Esta metodología fue adaptada como parte de
una investigación universitaria en el año 2000, la cual consta en una
tesis de grado y por tanto es propiedad intelectual de la escuela
politécnica nacional y los autores.
Para la identificación de los impactos se utiliza una matriz de
interrelación factor-acción, donde se valora la importancia de los
factores versus la magnitud del impacto asociado a dicha interacción.
Adicionalmente el Estudio incluye una descripción de las medidas ambientales que es implementar por la Administración de la Camaronera LIMBOMAR S.A, una vez aprobado el actual estudio. El Estudio consiste en la determinación del cumplimiento de la normativa ambiental ecuatoriana por parte de la Administración en las actividades de la Camaronera LIMBOMAR S.A. Se identificó los posibles impactos significativos y no significativos, para luego ser agrupados y sistematizados en una matriz final.
2.5 Marco legal Ambiental
El requerimiento de la presentación del Estudio de Impacto
Ambiental Ex ante, se fundamenta en el siguiente marco legal:
2.5.1 La Constitución Política de la República del Ecuador (Registro
Oficial No. 449 del 20 de octubre de 2008)
En su Art. 14 establece: “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la preservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados”.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 18 -
El Art. 73 menciona: “El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de los ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.” Adicionalmente, el Art. 74 indica: “las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permita el buen vivir.”
2.5.2 Ley Reformatoria al Código Penal (Registro Oficial No.2 del 25
de enero del 2000).
En ella se tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el
medio Ambiente y las contravenciones ambientales, así como sus
respectivas sanciones. Lo anterior se expone en diversos artículos
incluidos en Libro II del código Penal.
Art. 437 B. “El que infringiera las normas sobre protección ambiental,
vertiendo residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites
fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiese
causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial
genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será
reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyera
un delito más severamente reprimido.
Art. 437 K. “Además otorga potestad al sistema judicial para ordenar,
como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad
contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del
establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad
competente en materia ambiental”.
2.5.3 Ley Orgánica de Salud.
Publicada en el Registro Oficial No. 423 del 22 de Diciembre de 2006, señala:
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 19 -
Art.6.- “Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública: Numeral 16. Regular y vigilar, en coordinación con otros organismos competentes, las normas de seguridad y condiciones ambientales en las que desarrollan sus actividades los trabajadores, para la prevención y control de las enfermedades ocupacionales y reducir al mínimo los riesgos y accidentes del trabajo”; Art. 95.- “La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado
está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y
veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la
salud individual y colectiva”.
En su artículo 113 “Donde se estipula que toda actividad laboral productiva (...) ...y otras instalaciones deben cumplir con normas y reglamentos sobre prevención y control a fin de evitar contaminación por ruido que afecte a la salud humana”.
2.5.4 Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
(Codificación publicada en el Suplemento del Registro Oficial
No. 418 del 10 de septiembre de 2004).
H. Congreso Nacional, la Comisión de Legislación y Codificación Resuelve: Expedir la siguiente Codificación de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Capítulo I.- De la Prevención y Control de la Contaminación del Aire. Art 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmosfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia. Puedan
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perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del Estado o de particulares o constituir una molestia. Art 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación del aire. Art 3.- Se sujetaran al estudio y control de los organismos determinados en esta Ley y sus reglamentos, las emanaciones provenientes de fuentes articulares, móviles o fijas que produzcan contaminación atmosférica. Las actividades tendientes al control de la contaminación provocada por fenómenos naturales son atribuciones directas de todas aquellas instituciones que tienen competencia en este campo. Art 4.- Será responsabilidad de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, en coordinación con otras Instituciones, estructurar y ejecutar programas que involucren aspectos relacionados con las causa, efectos, alcances y métodos de prevención y control de la contaminación atmosférica. Art 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos industriales o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa, Estudios sobre Impacto Ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar. Capítulo II.- De la Prevención y Control de la Contaminación de Aguas. Art 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, al a flora y a las propiedades. Capítulo III.- De la Prevención y Control de la Contaminación de los Suelos. Art 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
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Art 11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o doméstica.
2.5.5 Ley de Gestión Ambiental (publicada en el Registro Oficial
No. 245, 30 de julio de 1999 y codificada mediante
Suplemento del Registro Oficial No. 418 del 10 de septiembre
de 2004).
Esta Ley establece los principios y directrices de política ambiental;
determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de
participación de los sectores público y privado en la gestión
ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en
esta materia.
Esta Ley determina:
· Los principios de la gestión ambiental.
· El régimen institucional de la gestión ambiental.
· La autoridad ambiental.
· El Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental.
· El Sistema de evaluación de impactos ambientales.
· Los mecanismos de participación social.
· Y una serie de disposiciones administrativas y regulatorias.
Art. 19: “Las obras públicas privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificadas previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio” Art. 20: “Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo”
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Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se realizará mediante la auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá:
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido,
vibraciones, olores, c) emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro
perjuicio ambiental d) derivado de su ejecución; y, e) c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los
elementos que f) componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.
Art. 24.- En obras de inversión públicas o privadas, las obligaciones que se desprendan del sistema de manejo ambiental, constituirán elementos del correspondiente contrato. La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el Ministerio del ramo.
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Art. 25.- La Contraloría General del Estado podrá, en cualquier momento, auditar los procedimientos de realización y aprobación de los estudios y evaluaciones de impacto ambiental, determinando la validez y eficacia de éstos, de acuerdo con la Ley y su Reglamento Especial. También lo hará respecto de la eficiencia, efectividad y economía de los planes de prevención, control y mitigación de impactos negativos de los proyectos, obras o actividades. Igualmente podrá contratar a personas naturales o jurídicas privadas para realizar los procesos de auditoría de estudios de impacto ambiental. Art. 26.- En las contrataciones que, conforme a esta Ley deban contar con estudios de impacto ambiental, los documentos precontractuales contendrán las especificaciones, parámetros, variables y características de esos estudios y establecerán la obligación de los contratistas de prevenir o mitigar los impactos ambientales. Cuando se trate de concesiones, el contrato incluirá la correspondiente evaluación ambiental que establezca las condiciones ambientales existentes, los mecanismos para, de ser el caso, remediarlas y las normas ambientales particulares a las que se sujetarán las actividades concesionadas. Art. 27.- La Contraloría General del Estado vigilará el cumplimiento de los sistemas de control aplicados a través de los reglamentos, métodos e instructivos impartidos por las distintas instituciones del Estado, para hacer efectiva la auditoría ambiental. De existir indicios de responsabilidad se procederá de acuerdo a la ley. Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes Art. 41.- Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales
o colectivos, concédase acción pública a las personas naturales,
jurídicas o grupo humano para denunciar la violación de las normas
de medio ambiente, sin perjuicios de la acción de amparo
constitucional previsto en la Constitución Política de la República.
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2.5.6 Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero (Registro Oficial No. 497
del 19 de febrero de 1997, codificada en Registro Oficial No.
15 del 11 mayo del 2005)
La ley de Pesca y desarrollo pesquero en sus artículos 1 y 2, señala lo siguiente con respecto a su aplicabilidad en el presente estudio. Art.1. “Los recursos bioacuáticos existentes en el mar territorial, en las aguas marítimas interiores, en los ríos, en los lagos o canales naturales y artificiales, son bienes nacionales cuya racional aprovechamiento será regulado y controlado por el estado de acuerdo con sus intereses”. Art.2. “Se entenderá por actividad pesquera la realizada para el
aprovechamiento de los recursos bioacuáticos en cualquiera de sus
fases: extracción, cultivo, procesamiento y comercialización, así como
las demás actividades conexas contempladas en esta Ley”.
2.5.7 Reglamento General a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero y
Texto Unificado de Legislación Pesquera. (Decreto Ejecutivo
No. 3198, publicado en Registro Oficial 690 del 24 de octubre
del 2002).
TITULO II
DE LA CRIA Y CULTIVO DE ESPECIES BIOACUATICAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 68.- El cultivo y cría de especies bioacuáticas comprende las fases
de desove, cría y reproducción de las mismas, las que se realizarán
cuidando de no interrumpir el proceso biológico en su estado natural
con el objeto de obtener una producción racionalizada.
Art. 69.- El cultivo y cría de especies bioacuáticas en aguas de mar,
fondos marinos, zonas intermareales, tierras altas sin vocación
agrícola, cuerpos de aguas interiores y continentales, técnicamente
permisibles, utilizando todos los sistemas artificiales y naturales que
aseguren la explotación racional del cielo vital de las especies, estará
identificado bajo la denominación de Piscicultura o Acuacultura y a
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las personas dedicadas a esta actividad como piscicultores o
acuacultores.
Art. 70.- Áreas técnicamente permisibles son aquellas que sin afectar
el sistema ecológico ni transformar la estructura orgánica del
terreno, reúnen las condiciones químicas, físicas y biológicas para la
explotación controlada de especies bioacuáticas. La actividad
acuícola no debe afectar áreas declaradas como parques nacionales,
de reserva de cualquier índole, zonas influenciadas por programas de
riego para agricultura o de desarrollo habitacional.
Art. 73.- En las construcciones de piscinas y viveros se dejarán franjas
o zonas de retiro no menores de 500 metros medidos desde el límite
de aquéllas hasta el borde de las áreas agropecuarias, con el fin de
proteger los cultivos agrícolas de las influencias salinas del agua y a la
acuacultura del peligro que representa la utilización de insumos
químicos en la agricultura. En igual forma se dejarán zonas de
separación transitables entre las piscinas y viveros de por lo menos 4
metros.
Art. 78.- Se prohíbe a los acuacultores:
a) Tapar esteros, ríos, canales u otras obras hidráulicas;
b) Destruir o afectar manglares;
d) Construir o alterar las propiedades físico-químicas y
microbiológicas de los suelos con aptitud agrícola, ganadera y/o
forestal colindantes;
e) Conducir aguas servidas y residuales sin el empleo de medios
técnicos que eviten la contaminación del medio;
CAPITULO III
De las categorías
Art. 140.- Prohíbase el uso del cloranfenicol en la actividad
acuicultora y su almacenamiento en los establecimientos de
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acuicultura, al igual que de cualquier insumo y productos de uso
veterinario que no esté expresamente autorizado para su aplicación
en esta actividad.
Art. 141.- Prohíbase la utilización de Insumos y productos de uso
veterinario cuya fecha de validez haya fenecido.
Art. 142.- Los insumos y productos de uso veterinario para uso en
acuicultura que se encuentren almacenados en los establecimientos
destinados a esta actividad deben estar correctamente estibados en
locales apropiados, debidamente etiquetados y en envases originales,
libres de humedad, corrosión y separados de aquellos insumos y
productos químicos, tóxicos, hidrocarburos y sustancias extrañas a
estos productos; adicionalmente, deben estar acompañados de los
documentos de autorización emitidos por el Instituto Nacional de
Pesca.
2.5.8 Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación
social establecida en la Ley de Gestión Ambiental (Decreto
Ejecutivo No. 1040 publicado en Registro Oficial No. 332 del
08 de mayo del 2008, y su Acuerdo Ministerial No. 112).
Este reglamento brinda más participación a la ciudadanía en general
sobre el interés de darle a conocer las actividades que alteren el
entorno ambiental en el que se desenvuelven, garantizando su
opinión al respecto, puesto que sobre esto radica la soberanía del
Estado Ecuatoriano, garantizándole una vida en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.
TITULO III. DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 9.- ALCANCE DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL: La participación
social es un elemento transversal y trascendental de la gestión
ambiental. En consecuencia, se integrarán principalmente durante las
fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las
relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental.
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La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad
considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la
ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de
una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de
los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental,
siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las
actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se
desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando
estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la
realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.
Art. 10.- MOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL: La participación
social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental
de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la
actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de
impacto ambiental.
Art. 15.- SUJETOS DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL: Sin prejuicio del
derecho colectivo que garantiza a todo habitante la intervención en
cualquier procedimiento de participación social, está se dirigirá
prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa
donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que cause impacto
ambiental, la misma que será delimitada previamente por la
autoridad competente.
Segunda disposición final: Para el caso de estudios de impacto
ambiental ex-post, el proponente difundirá los resultados del estudio
a los sujetos de participación social del área de influencia de la
actividad o proyecto y sus sugerencias podrán ser incluidas en el plan
de acción siempre y cuando sean técnica y económicamente viables.
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2.5.9 Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente, (Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de
Marzo del 2003).
Tienen como objetivo dirigir la gestión ambiental, a través de
políticas, normas e instrumentos de fomento y control, para lograr el
uso sustentable y la conservación del capital natural del Ecuador,
asegurar el derecho de sus habitantes a vivir en un ambiente sano y
apoyar la competitividad del país.
Libro VI, “DE LA CALIDAD AMBIENTAL”, Título IV, Reglamento de la
Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental, Capítulo I, “Normas generales”, Sección I
Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental. El plan de manejo ambiental
incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que
ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos
ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser
monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con
que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control.
El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán
el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas
dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De Calidad Ambiental.
Art. 60.- Auditoria Ambiental de Cumplimiento. Un año después de
entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el
regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento
con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales
vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas
técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de
manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá
la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las
hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el
caso.
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Art. 61.- Periodicidad de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.
En lo posterior, el regulado, deberá presentar los informes de las
auditorías ambientales de cumplimiento con el plan de manejo
ambiental y con las normativas ambientales vigentes al menos cada
dos años, contados a partir de la aprobación de la primera auditoría
ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos
normativos especiales, el regulado presentará la auditoría ambiental
en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuando no
excedan los dos años. Estas auditorías son requisito para la obtención
y renovación del permiso de descarga, emisiones y vertidos.
Art. 77.- Inspección de Instalaciones del Regulado. Las instalaciones
de los regulados podrán ser visitadas en cualquier momento por parte
de funcionarios de la entidad ambiental de control o quienes la
representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones, descargas o
vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención
existente. El regulado debe garantizar una coordinación interna para
atender a las demandas de la entidad ambiental de control en
cualquier horario.
Art. 81.- Reporte Anual. Es deber fundamental del regulado reportar
ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los
resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas,
emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA
aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de
control verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o
incumplimiento del presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus
normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de
manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control.
Art. 82.- Reporte de Descargas, Emisiones y Vertidos. Solamente una
vez reportadas las descargas, emisiones y vertidos, se podrá obtener
el permiso de la entidad ambiental de control, para efectuar éstas en
el siguiente año.
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Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoria Ambiental de Cumplimiento. El
regulado deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado
por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades,
auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas
ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo
establecido en el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus
normas técnicas ambientales.
Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencia. Los planes de
contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados
periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser
documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad
ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de
incumplimiento de la presente disposición.
Art. 92.- Permiso de Descargas y Emisiones. El permiso de descargas,
emisiones y vertidos es el instrumento administrativo que faculta a la
actividad del regulado a realizar sus descargas al ambiente, siempre
que éstas se encuentren dentro de los parámetros establecidos en las
normas técnicas ambientales nacionales o las que se dictaren en el
cantón y provincia en el que se encuentran esas actividades. El
permiso de descarga, emisiones y vertidos será aplicado a los cuerpos
de agua, sistemas de alcantarillado, al aire y al suelo.
Libro VI, de “LA CALIDAD AMBIENTAL”, Título V, Reglamento para la
Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos”,
del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria.
Art. 153.- Los desechos peligrosos comprenden aquellos que se
encuentran determinados y caracterizados en los Listados de
Desechos Peligrosos y Normas Técnicas aprobados por la autoridad
ambiental competente para la cabal aplicación de este reglamento.
Art. 154.- Se hallan sujetos a las disposiciones de este reglamento
toda persona, natural o jurídica, pública o privada, nacional o
extranjera, que dentro del territorio del Ecuador participe en
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cualquiera de las fases y actividades de gestión de los desechos
peligrosos, en los términos de los artículos precedentes.
Art. 160.- Todo generador de desechos peligrosos es el titular y
responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final,
siendo su responsabilidad:
1. Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de
desechos peligrosos.
2. Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras,
evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean
incompatibles.
3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el
almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los
vehículos recolectores.
4. Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo,
únicamente a las personas autorizadas para el efecto por el MA o por
las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.
5. Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la
STPQP o de las autoridades secciónales que tengan la delegación
respectiva, el cual remitirá la información necesaria al MA.
6. Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades
producidas, características y destino de los desechos peligrosos,
cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma
anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para
cada generador e independiente del número de desechos y centros de
producción. La declaración se identificará con un número exclusivo
para cada generador. Esta declaración será juramentada y se lo
realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador
se responsabiliza de la exactitud de la información declarada, la cual
estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente.
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7. Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de
acuerdo a la norma técnica correspondiente.
8. Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de
servicios, deberá demostrar ante la autoridad competente que no es
posible aprovecharlos dentro de su instalación.
En el EIA aplican las siguientes normativas ambientales:
Anexo 1. Norma de Calidad Ambiental y de descarga de efluentes:
recurso agua.
Anexo 2. Norma de Calidad Ambiental del recurso suelo y criterios de
remediación para suelos contaminados.
Anexo 3. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de
combustión.
Anexo 4. Normas de calidad del aire ambiente
Anexo 5. Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para
fuentes fijas, fuentes móviles y para vibraciones
Anexo 6. Normas de calidad ambiental para el manejo y disposición
final de desechos sólidos peligrosos.
2.5.10 El Sistema Único de Manejo Ambiental, SUMA, Título I del
Libro VI de Calidad Ambiental.
ART. 13.- OBJETIVO GENERAL DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES. El objetivo general de la evaluación de impactos ambientales dentro del SUMA es garantizar el acceso de funcionarios públicos y la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto previo a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto. Para tal efecto, en el proceso de evaluación de impactos ambientales se determinan, describen y evalúan los potenciales impactos de una actividad o proyecto propuesto con respecto a las variables ambientales relevantes de los medios
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a) físico (agua, aire, suelo y clima); b) biótico (flora, fauna y sus hábitat); c) socio-cultural (arqueología, organización socio-económica, entre otros); y, d) salud pública.
2.5.11 El Reglamento para la prevención y control de contaminación
ambiental por desechos peligrosos, Título V del Libro VI de
Calidad Ambiental.
CAPITULO III
FASES DE LA GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS
Sección
DE LA GENERACION
Art. 160.- Todo generador de desechos peligrosos es el titular y
responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final,
siendo su responsabilidad:
1. Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de
desechos peligrosos.
2. Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras,
evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean
incompatibles.
3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el
almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los
vehículos recolectores.
4. Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo,
únicamente a las personas autorizadas para el efecto por el MA o por
las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva.
5. Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la
STPQP o de las autoridades seccionales que tengan la delegación
respectiva, el cual remitirá la información necesaria al MA.
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6. Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades
producidas, características y destino de los desechos peligrosos,
cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma
anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para
cada generador e independiente del número de desechos y centros
de producción. La declaración se identificará con un número
exclusivo para cada generador. Esta declaración será juramentada y
se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el
generador se responsabiliza de la exactitud de la información
declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la
Autoridad Competente.
7. Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de
acuerdo a la norma técnica correspondiente.
8. Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de
servicios, deberá demostrar ante la autoridad competente que no es
posible aprovecharlos dentro de su instalación.
Art. 161.- Los proyectos de instalación de actividades nuevas que
vayan a producir desechos peligrosos de acuerdo con los procesos de
producción y las materias primas a utilizarse, de igual manera
deberán presentar la declaración determinada en el numeral 5. del
artículo precedente, la cual será requisito previo para la aprobación
por parte de la Autoridad Competente. Igualmente, deberán realizar
un estudio de impacto ambiental conjuntamente con los estudios de
ingeniería, el cual es requisito para su aprobación.
Art. 162.- El generador deberá informar de forma inmediata a la
STPQP del MA, de accidentes producidos durante la generación y
manejo de los desechos peligrosos. El ocultamiento de esta
información recibirá la sanción prevista en este reglamento.
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Sección II
DEL MANEJO DE LOS DESECHOS PELIGROSOS
Parágrafo 1
RECOLECCION
Art. 163.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos
deberán ser envasados, almacenados y etiquetados, en forma tal que
no afecte la salud de los trabajadores y al ambiente, siguiendo para el
efecto las normas técnicas pertinentes establecidas por el Instituto
Ecuatoriano de Normalización (INEN) o, en su defecto por el MA en
aplicación de normas internacionales validadas para el país.
Los envases empleados en el almacenamiento deberán ser utilizados
únicamente para este fin y ser construidos de un material resistente,
tomando en cuenta las características de peligrosidad y de
incompatibilidad de los desechos peligrosos con ciertos materiales.
Art. 164.- Los lugares para el almacenamiento temporal deben
cumplir con las siguientes condiciones mínimas:
1. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en
forma segura los desechos y cumplir todo lo establecido en las
normas INEN.
2. El acceso a estos locales debe ser restringido únicamente para
personal autorizado provisto de todos los implementos determinados
en las normas de seguridad industrial y contar con la identificación
correspondiente a su ingreso.
3. Poseer equipo y personal adecuado para la prevención y control de
emergencias.
4. Las instalaciones no deberán permitir el contacto con agua.
5. Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en
lugares y formas visibles.
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Art. 165.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de
desechos peligrosos deberá llevar la identificación correspondiente
de acuerdo a las normas establecidas por las naciones unidas. La
identificación será con marcas de tipo indeleble, legible y de un
material resistente a la intemperie.
Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados
en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área.
Art. 166.- El generador deberá llevar un libro de registro de los
movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su área
de almacenamiento temporal, en donde se harán constar la fecha de
los movimientos, su origen, cantidad y destino.
Art. 167.- El tiempo de almacenamiento va a estar en función de las
características y tipo de desechos de acuerdo con la norma técnica
correspondiente.
2.5.12 El Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la
prevención y control de la contaminación ambiental, Título IV
del Libro VI de Calidad Ambiental.
Incluida en el título IV del libro VI: De la Calidad Ambiental, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Medio Ambiente, del cual citamos: Art. 45.- Principios Generales “Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida”.
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Art. 46.- Principio Precautorio “En caso de existir peligro de un daño grave o irreversible al ambiente, la ausencia de certidumbre científica, no será usada por ninguna entidad reguladora nacional, regional, provincial o local, como una razón para posponer las medidas costo-efectivas que sean del caso para prevenir la degradación del ambiente”.
2.5.13 Norma INEN 2266:2000 sobre Manejo y Almacenamiento de
Productos Químicos Peligrosos.
Esta norma establece los requisitos y precauciones que se deben tener en cuenta para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos.
2.5.14 Norma INEN 2288:2000 sobre etiquetado de precaución de
productos químicos peligrosos.
Esta norma se aplica a la preparación de etiquetas de precaución de productos químicos peligrosos, como se definen en ella, usados bajo condiciones ocupacionales de la industria. Recomienda solamente el lenguaje de advertencia, más no cuando o donde deben ser adheridas a un recipiente.
2.5.15 Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para
Operaciones Hidrocarburíferas, Decreto Ejecutivo 1215
(Registro Oficial No. 265, 13 de febrero del 2001).
Emitido mediante Decreto Ejecutivo Nº 1215 publicado en el Registro Oficial 265 del 13 de Febrero de 2001, en su parte pertinente dispone lo siguiente: 1 ART.4. –Sujetos de control– Para efectos de la aplicación de este Reglamento, se entenderán como sujetos de control PETROECUADOR, sus filiales y sus contratistas o asociados para la exploración explotación ,refinación industrialización de hidrocarburos, almacenamiento y transporte de hidrocarburos y comercialización de derivados de petróleo, así como las empresas nacionales o extranjeras legalmente establecidas en el país que hayan sido debidamente autorizadas para la realización de estas actividades.
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ART.25. – Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles. – Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: a)Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial, así como sobre el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial del Sistema PETROECUADOR vigente, respecto al manejo de combustibles; b) Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus
derivados así como para combustibles se regirán para su construcción
con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o
equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse
herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante
un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del
ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el
efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor;
c) Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las especificaciones técnicas y de seguridad industrial del Sistema PETROECUADOR, para evitar evaporación excesiva, contaminación, explosión o derrame de combustible. Principalmente se cumplirá la norma NFPA‐30 o equivalente; d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra; e) Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados que contaminen el ambiente; f) Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables. La instalación de tanques de almacenamiento de combustibles se realizará en las condiciones de seguridad industrial establecidas reglamentariamente en cuanto a capacidad y
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distancias mínimas de centros poblados, escuelas, centros de salud y demás lugares comunitarios o públicos; g) Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes de un volumen mayor a 700 galones deberán tener cunetas con trampas de aceite. En plataformas off‐shore, los tanques de combustibles serán protegidos por bandejas que permitan la recolección de combustibles derramados y su adecuado tratamiento y disposición; y, h) Cuando se helitransporten combustibles, se lo hará con sujeción a las normas de seguridad OACI. Art. 71.- Tanques de almacenamiento. – Para los tanques de almacenamiento del petróleo y sus derivados, además de lo establecido en el artículo 25, se deberán observar las siguientes disposiciones: a) Tanques verticales API y tanque subterráneo UL: a.1) El área para tanques verticales API deberá estar provista de cunetas y sumideros interiores que permitan el fácil drenaje, cuyo flujo deberá controlarse con una válvula ubicada en el exterior del recinto, que permita la rápida evacuación de las aguas lluvias o hidrocarburos que se derramen en una emergencia, y deberá estar conectado a un sistema de tanques separadores. A.2) Entre cada grupo de tanques verticales API deberá existir una separación mínima igual al ¼ de la suma de sus diámetros, a fin de guardar la debida seguridad. a.3) Los tanques de almacenamiento deberán contar con un sistema de detección de fugas para prevenir la contaminación del subsuelo. Se realizarán inspecciones periódicas a los tanques de almacenamiento, construcción de diques y cubetos de contención para prevenir y controlar fugas del producto y evitar la contaminación del subsuelo, observando normas API o equivalentes. A.4) Las tuberías enterradas deberán estar debidamente protegidas para evitar la corrosión, y a por lo menos 0.50 metros de distancia de las canalizaciones de aguas servidas, sistemas de energía eléctrica y teléfonos. a.5) Cada tanque estará dotado de una tubería de ventilación que se colocará preferentemente en área abierta para evitar la concentración o acumulación de vapores y la contaminación del aire;
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2.5.16 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y
Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Decreto
Ejecutivo 2393 publicado en el Registro Oficial No. 565 del 17
de Noviembre de 1986.
Emitido mediante Decreto Ejecutivo 2393 publicado en el Registro Oficial 565 del 17 de noviembre de 1986, establece disposiciones sobre el medio ambiente laboral y la seguridad de los trabajadores: Art. 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo.
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3 METODOLOGIA DEL ESTUDIO
El Estudio se basa en procedimientos de trabajo generales, los cuales cubren los diferentes aspectos a estudiar de manera específica; y, para determinar los impactos ambientales y sociales potenciales que podrían generarse de las operaciones de la Camaronera. El Estudio de Impacto Ambiental se desarrolló cumpliendo las siguientes actividades:
3.1 LEVANTAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
3.1.1 COMPONENTE FÍSICO
Para la ejecución del Diagnóstico Ambiental o Línea Base, se recopiló información especializada, respecto a las condiciones abióticas de la zona, proveniente de estudios realizados por Instituciones Públicas y Privadas. Para actualizar y verificar la información obtenida, se realizó trabajo de campo para realizar un reconocimiento del área y, tomar muestras de suelo y agua. Posteriormente, con la información de campo se procedió a
caracterizar los componentes: climatológicos geológicos,
geomorfológicos, suelos, e hidrológicos; a la identificación y
calificación de los potenciales impactos que pueden generarse de las
operaciones de la camaronera LIMBOMAR, para entrar en la
formulación del respectivo Plan de Manejo Ambiental (PMA).
3.1.2 COMPONENTE BIÓTICO
Este componente establece las condiciones actuales en las que se
encuentran los parámetros biológicos; para ello, se realizó lo
siguiente:
3.2 DIAGNÓSTICO DE FLORA
Se empleó el Sistema de Evaluación Ecológica Rápida (EER) de
(Sobrevilla y Bath, 1992). Para ello, se realizaron dos recorridos en el
Área de Influencia, se determinó la cobertura vegetal e identificó a
las diferentes especies de flora en el área de influencia.
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3.3 DIAGNÓSTICO DE LA FAUNA
Se realizó mediante las siguientes técnicas recomendadas:
Para la identificación de la avifauna se realizaron observaciones
de los individuos con la ayuda de binoculares TASCO 10 X 50.
Una vez identificadas las especies observadas se determinó el
estado de conservación de las aves en: raro, común y poco
común; de acuerdo al rango establecido en el libro “The Birds
of Ecuador: Status, Distribution and 12 Taxonomy and Field
Guide” (2001).
Para la identificación de Mamíferos se realizó dos recorridos en sentido paralelo y perpendicular al Área de Influencia. Para el grado de vulnerabilidad de mamíferos se utilizó la publicación de la UICN – SUR, Libro Rojo de Mamíferos (2001). Como complemento a los métodos ya descritos se realizaron indagaciones a los pobladores y trabajadores locales, lo cual permitió obtener otros datos de la presencia de ciertas especies animales no identificadas en el campo, así como también el uso y significado que las especies tienen por parte los pobladores.
Para la descripción del componente biótico se tomó en cuenta las
zonas de vida del área de influencia, tanto directa como indirecta,
considerando para esto lo que establece el Mapa de Zonas de Vida
(Holdridge, 1979). Además se realizaron visitas de campo para
establecer las particularidades del área de influencia.
3.4 COMPONENTE SOCIO-ECONÓMICO Y CULTURAL
Se observó y determinó cuales son las condiciones sociales,
económicas y culturales en el área de influencia directa e indirecta a
la hacienda. La recopilación de información puntual sobre datos
institucionales (educación, salud, vivienda, transporte y otros
servicios) se realizó en las instancias seccionales y provinciales
correspondientes a la provincia del Guayas, la Dirección Provincial de
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Salud, la Dirección Provincial de Educación y, el Municipio del Cantón
Duran.
La información sobre las estadísticas, composición y densidad
poblacional, se obtuvo del Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y
Censos, basándose en los últimos datos publicados.
3.5 GENERACIÓN DE EMISIONES Y DESECHOS (DESCARGAS Y
EMISIONES)
Para la determinación de las emisiones y desechos generados por las
instalaciones y prácticas operacionales de la camaronera, se realizó
los muestreos y análisis con sus particularidades para cada factor
ambiental.
Además, durante esta etapa se analizó los registros de operación y archivos, así como los permisos, los programas de mantenimiento con lo cual se establecieron las prioridades a considerar en el estudio. El Estudio de Impacto Ambiental contrastó los resultados de los muestreos y análisis de los factores afectados por las descargas y emisiones, con el Rango Permisible en la Normativa Ambiental Vigente, indicada en el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente TULSMA. A continuación se describen las referencias, métodos, números y sitios de muestreos y análisis de los factores ambientales que puedan verse afectado por posibles emisiones y descargas de la hacienda.
3.6 RESIDUOS INDUSTRIALES LÍQUIDOS RILS
Se utilizó como referencia: Los Métodos Estándar para análisis de aguas residuales de la AWWA – APHA (2005). Los puntos de muestreo son los siguientes:
1 muestreo a la entrada de agua o donde se captará el agua,
desde la estación de bombeo; en las cuales, se tomó muestras
para análisis de los siguientes parámetros: Organofosforados
totales, Organoclorados totales, Coliformes totales y
Fecales,TABLA 3 Criterios de Calidad admisibles para la
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preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas
y en aguas marinas y de estuarios del Libro VI, Anexo1, del
Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente TULSMA.
3.7 GESTIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS
Para este apartado se usó como referencia: la Norma de Calidad
Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No
Peligrosos, Libro VI, Anexo 6. Durante la visita en campo se
inspeccionó las instalaciones temporales y se analizó la información
proporcionada por el promotor del proyecto respecto a los desechos
no peligrosos que serían generados.
3.8 GESTIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS
Se utilizó como referencia: el Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos, Libro VI, Título
IV, del TULSMA.
3.8.1 SUELOS Y SEDIMENTOS
Se utilizó la Norma de Calidad Ambiental del recurso Suelo, Libro VI,
Anexo II del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente. Se realizó un muestreo aleatorio (muestra compuesta)
en el suelo de la plantación, mismo que fue analizado para la
correspondiente interpretación según la tabla 2. Criterios de Calidad
de Suelo Libro VI, Anexo ll del Texto Unificado de Legislación
Secundaria del Ministerio del Ambiente. Los parámetros analizados
fueron conductividad, pH, e índice RAS. Los resultados del análisis de
suelo en el sitio de la plantación también fueron contrastados con los
resultados del muestreo aleatorio que se realizó en suelos de la
Camaronera que no han sido intervenidos (control). El horizonte del
suelo muestreado fue el de 0 – 30 cm, o capa arable.
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4 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
4.1 Localización Geográfica
La camaronera LIMBOMAR S.A. se dedica al cultivo y cría de camarón en cautiverio para exportación, cuyas larvas provienen de los laboratorios de larvicultura aprobados y registrados ante el Instituto Nacional de Pesca.
El área de las Operaciones de la Camaronera Limbomar se encuentra ubicada en la Parroquia Eloy Alfaro, Cantón Duran, Provincia del Guayas. Su extensión es de 400 Ha. En la primera fase contarán con 60 trabajadores todos asegurados al IESS y cuando comiencen la segunda fase aproximadamente con 200 trabajadores.
Puntos X Y
1 630328 9747956
2 630264 9747636
3 630264 9746822
4 630704 9747384
5 631264 9747389
6 632009 9746934
7 634385 9746997
8 634386 9748009
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4.2 Descripción de las Instalaciones
La camaronera cuenta con 30 piscinas en la primera fase y 56 piscinas en la segunda fase, un re-circulador, un reservorio perimetral y un drenaje central.
A continuación se exponen las dimensiones de cada una de estas piscinas y áreas.
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El resto de las instalaciones estarán conformada por: Un complejo de bombeo para alimentación de las piscinas y un reservorio ramificado. El complejo de bombeo contará con dos tanques de almacenamiento de diesel. Un campamento para alojamiento y alimentación de los trabajadores. Estará dotado de baños, cocina y dormitorios. Tendrá una capacidad para 25 personas. El agua dulce lo proveerá del cantón Durán mediante tanqueros de 9 TM de capacidad.
Descripción de proceso productivo
Los procesos que se desarrollarán en la camaronera se orientan al llenado, preparación, siembra, alimentación y cuidados, y cosecha de cada una de las piscinas con la que contará la camaronera. Preparación de piscinas Las piscinas son lavadas con el agua que ingresa por efectos de la marea. Las compuertas de entrada y salida de agua son limpiadas totalmente. Concluidas estas actividades se procede a secar la piscina por 5 – 7 días y sellar las compuertas y filtros de entrada y salida con cebo (mezcla con hidróxido de calcio utilizada para sellar compuertas). Las zonas húmedas y anóxicas son tratadas con carbonato de calcio 1 – 3 días después de la cosecha. Posteriormente, se aplica bokashi sobre el piso de la piscina. Adicionalmente se produce el secado natural por evaporación debido a la acción de los rayos solares y el viento. Llenado de piscinas Esta actividad se realizara 12 – 15 días antes de la siembra. El tiempo máximo de llenado es de 15 días, ocupando como mínimo un 75% de la capacidad de cada piscina. El llenado de la porción faltante se realiza en un período no mayor a 7 días después de la siembra. Fertilización durante el llenado Esta actividad se llevará a cabo durante 15 días y consiste en la aplicación de una serie de sustancias y nutrientes con el fin de favorecer el desarrollo de microalgas y fitobentos. Se aplica una mezcla de urea, melaza y muriato de potasio.
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Fertilización durante el ciclo
Se utilizarán distintos nutrientes y sustancias en proporciones variables según el día o semana del ciclo. Las sustancias empleadas son similares a las indicadas en la fertilización anterior: urea, melaza, meta silicato, muriato de potasio, a los que se agrega el superfosfato.
Siembra Se ingresarán en las piscinas los juveniles provenientes de laboratorios de larvicultura. La densidad de siembra es de 180.000 y 250.000 larvas/ha. Se realiza siembra directa con periodos de aclimatación de 30 a 60 minutos en forma natural y dependiendo de salinidades. Alimentación Se realizará un mes antes de la cosecha. Tratamientos Se utilizará tratamientos preventivos con Cal P-24 e Hidróxido de Calcio. Recambio de agua Los recambios de agua son mínimos. Durante los días 0 a 15 no existen recambios. A partir del día 16, el volumen de recambio es del 1% diario. En el caso de ocurrencia de eventos, los porcentajes de recambio se elevan al 5 – 10%; superado el evento el recambio se realiza en una proporción del 3% manteniéndose en esa magnitud hasta la cosecha. Control de parámetros físico-químicos del agua Recientemente se han implantado monitoreos de la calidad del agua de las piscinas, en los cuales se realiza la medición de temperatura, salinidad, turbidez, oxígeno, pH, amoniaco y sulfuro de hidrógeno, así como conteo de algas. Control de crecimiento, sanidad y población Durante el ciclo se tomarán muestras del camarón para determinar posibles patologías. El tamaño de la muestra y su frecuencia de recolección varía en función del tipo de enfermedad o afección que se está monitoreando. Este análisis se acompaña con un muestreo del pH del sedimento del fondo de la piscina.
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Tratamiento contra enfermedades (de ser necesario) Luego de la siembra se realizarán muestreos programados con el fin de encontrar animales con síntomas iniciales de cualquier enfermedad. Se previene y se aplica Cal P-24 e hidróxido de Calcio. Cuando se presenta el evento, los recambios de agua aumentan a las proporciones ya indicadas anteriormente, pero la piscina es cerrada durante la aplicación del tratamiento. Tratamiento para bajas de oxígeno Se aplicará hidróxido de calcio y, a continuación, zeolita. Durante la aplicación del tratamiento se cierra la piscina y, posteriormente, se someterá a un fuerte recambio de fondo. Al día siguiente se fertiliza con urea y fosfato triple para recuperar turbidez algal. Una vez normalizado el oxígeno se normaliza el recambio. Si se presentasen bajas muy críticas de oxígeno, se utiliza Oxy-Up. Tratamiento para olor y sabor Este tratamiento se realizará antes de la cosecha y consiste en la aplicación de melaza, zeolita o carbonato de calcio dependiendo de las necesidades. Se efectuará en un día, una semana antes de la cosecha. La piscina se cierra durante la aplicación, efectuándose un recambio fuerte de agua a partir de las 12 horas de vertido el tratamiento hasta que la piscina sea aprobada. Cosecha
Concluido el ciclo se procede a la cosecha del camarón, para lo cual previamente se ha preparado una solución de metabisulfito de sodio al 12% para la conservación del camarón pescado. Cuando la solución de metabisulfito se satura, es reemplazada por más solución recientemente preparada; la solución descartada es neutralizada con carbonato de sodio y vertida sobre los muros. La pesca en las piscinas se realiza bajo la modalidad de bolso abierto. Una vez realizada la pesca y el tratamiento con la solución de metabisulfito, el camarón es colocado en gavetas con hielo para su despacho al área de empacado.
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5 DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA
5.1 Delimitación del área de influencia
El área de influencia está considerada como el espacio donde se presentan los posibles impactos ambientales y sociales derivados de la implementación de un proyecto, para determinar el área de influencia de una determinada actividad.
Constituye el entorno o fracción del ambiente que interacciona con la base en términos de entradas es decir recursos, materias primas, mano de obra, espacio.
Los límites del área de influencia están determinadas por las escalas temporales y espaciales sobre las cuales se prevé existan impactos o efectos al entorno social o natural. Para el ambiente natural la escala es variable, esta depende de la calidad del entorno o de sus recursos; así dependiendo del caso puede existir una escala de mayor o menor duración.
El entorno social por su parte tendrá relación con el grupo social que es afectado.
5.1.1 Área de influencia directa
Se entiende por área de influencia directa como el ámbito geográfico donde se presentarán de manera evidente los impactos ambientales y socioculturales; al respecto es importante indicar que la determinación exacta de la extensión de los impactos es un proceso técnico complejo. El área de influencia del proyecto se define en dos, en área de intervención que corresponde a los sitios, instalaciones o áreas auxiliares que serán utilizadas durante las actividades de la Camaronera Limbomar es decir donde los impactos son evidentes. Y el área de influencia directa estaría dada por el alcance geográfico de los impactos o efectos a uno o varios componentes del entorno natural o social determinándose como la contaminación hídrica, contaminación atmosférica, es decir, donde el impacto es evidente para los usuarios internos y externos de las instalaciones.
Para el presente estudio se define el área de influencia directa con un desfase perimetral de 200m al exterior, respecto al predio de la Camaronera Limbomar. Esta extensión territorial fue definida, debido a que en esta zona las posibilidades de afectación a los componentes
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ambientales alcanzan mayores niveles de riesgo, respectos los predios de la camaronera tenemos a la comunidad La Unión y el rio Guayas.
5.1.2 Área de influencia indirecta
Estará determinada por los cambios o efectos que las operaciones de la Camaronera Limbomar sobre los componentes naturales y sociales del entrono debido a los impactos ambientales determinados.
Para el presente estudio se define el área de influencia directa con un desfase perimetral de 400m al exterior, respecto al predio de la Camaronera Limbomar. Entre los elementos importantes identificados en el área de influencia indirecta a la camaronera Produmar.
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6 LINEA BASE AMBIENTAL
6.1.1 Línea de Base Ambiental
El requisito fundamental de un Estudio de Impacto Ambiental es el de
proveer una descripción concisa de la situación ambiental presente y los
efectos de cada una de las actividades de la operación camaronera.
El equipo consultor realizó visitas al sitio para definir la línea base
ambiental. Se tomó información y datos indispensables en campo para
establecer un diagnóstico ambiental integral de la zona de estudio, a
través de registros de los parámetros de calidad ambiental y situación
socioeconómica y cultural de la población en la zona de influencia.
Como base de partida, se consultó fuentes de información de
instituciones como:
− INEC
− INAMHI
− INOCAR
− Otras instituciones con información relevante
Luego de esto, se sistematizó y evaluó la información recopilada para
determinar las coberturas de los temas anotados anteriormente y
determinar los vacíos de información existente.
Se efectuaron los trabajos de campo y estudios requeridos para
complementar la información recopilada en las referencias bibliográficas.
Las variables ambientales a utilizar se definieron en función de aquellos
criterios de protección ambiental que resultan afectados por cada
actividad en particular. La descripción generalmente contiene,
parámetros ambientales de tipo general: medio físico, biótico y
socioeconómico.
La Línea Base Ambiental comprende un estudio del sitio y de sus
condiciones ambientales. La información obtenida permitirá el análisis
comparativo de la situación ambiental actual y la futura, con la actuación
derivada de las actividades objeto de evaluación.
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6.1.2 Medio Físico
El estudio del entorno físico comprende los elementos de agua, aire y
suelo, es decir, los componentes abióticos del entorno, inertes, pero
imprescindibles para sostener la vida de la flora, fauna y de la humanidad
misma. Se incluyen aspectos como el clima, los rasgos geológicos,
geomorfológicos, hidrogeológicos y edafológicos, la generación de
niveles de ruido y los recursos hídricos.
Se considera el Medio Físico como fuente de recursos, respetando la
capacidad de renovación, priorizando la reutilización y jerarquizando los
aprovechamientos; como soporte de actividades, teniendo en cuenta su
capacidad de acogida para determinados usos, según la aptitud para una
actividad y el impacto de la misma sobre el medio; y como receptor de
residuos, según su capacidad de asimilación, de auto depuración, de
disolución, de dispersión, de los agentes contaminantes.
Otro elemento intrínseco a considerar en el medio físico es el paisaje
como percepción de una serie de formas, procesos y relaciones. Se debe
tener en cuenta el conjunto de degradaciones y amenazas previsibles,
que por usos inadecuados, aprovechamientos abusivos y emisión de
contaminantes, existan actualmente o puedan producirse en un futuro
inmediato.
6.1.3 Clima
Las condiciones del clima en el Ecuador están fuertemente influenciadas
por desplazamiento meridional de la Zona de Convergencia Intertropical
(ZCIT), el efecto del enfriamiento de la Corriente de Humboldt, la
influencia de la Corriente Ecuatorial de efecto contrario a la anterior, el
fenómeno de El Niño, y la presencia de la cordillera de Los Andes.
El análisis del clima para la ciudad de Durán se basa en información
proporcionada por el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología
(INAMHI, 2013) para la Cuenca del Río Guayas, específicamente, según
datos de la Estación Meteorológica del Aeropuerto de Guayaquil, por ser
esta la más cercana a Durán.
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6.1.3.1 Precipitación
Para el año 2012, la precipitación registrada fue de 1235 mm. El régimen
pluviométrico se intensifica en los meses de diciembre a mayo, con las
mayores precipitaciones encontradas en febrero y marzo. Por el
contrario, los meses de junio a noviembre son secos o de muy baja
precipitación.
En la región litoral, la precipitación anual es uno de los datos climáticos
más variables, como se puede observar en la siguiente figura:
Figura 1. Variación en la precipitación media anual en Guayaquil – Durán
2009 (intermitentes, a falta de datos para algunos períodos). Elaboración
propia a partir de datos de la estación meteorológica No. 842030
(Guayaquil/Simón Bolívar)
En promedio, en el año existen de 124 a 127 días de precipitación. Cabe
mencionar que en esta región se cuenta con una gran precipitación en un
solo día, con el record de 113 mm en 24 horas reportado en la Estación
de Guayaquil en el mes de Febrero (INAMHI, 2013)
6.2 Temperatura
El régimen termométrico presenta un patrón mensual similar al
pluviométrico, con mayores temperaturas de diciembre a mayo y
menores promedios de junio a noviembre, debido primordialmente al
efecto de la Corriente de Humboldt.
0
1000
2000
3000
4000
19
78
19
79
19
80
19
91
19
92
19
93
20
12
Precipitación media anual (mm)
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La temperatura media anual para la región de Durán es de 26.4°C, con
una temperatura media máxima anual de 33,9 y media mínima anual de
20,5°C (INAMHI, 2013).
Cabe mencionar, que para el año 2012 hubo una anomalía de 0,2°C con
respecto a los datos históricos recolectados en la estación del
Aeropuerto de Guayaquil. Esta anomalía puede atribuirse a los efectos
del calentamiento global que empiezan a sentirse en el país, o bien, al
fenómeno del Niño Oscilación Sur C (INAMHI, 2013).
Figura 2. Anomalía en temperatura media anual para el año 2012.
Fuente: INAMHI, 2013
De acuerdo a la clasificación de Porrout, basada en los valores totales
anuales de precipitación y las medias anuales de temperatura, a Durán le
corresponde el clima tropical megatérmico seco a semihúmedo. Según la
clasificación de Köppen, el clima es de tipo “Sabana Tropical” (Aw), con
una sub-clasificación de tropical monzón en el estuario del Río Guayas.
De acuerdo con clasificación bioclimática de Holdridge se encuentran dos
climas: muy seco tropical y bosque seco tropical.
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Según el INAMHI (s/f), el clima de la región Guayaquil – Durán es de sub
húmedo pero con un gran déficit hídrico en época seca y un régimen
térmico cálido (C2 s2 A')
6.3 Velocidad y Dirección del Viento
En cuanto a la velocidad de los vientos, Durán enfrenta la influencia
marítima predominantemente en el sentido Suroeste (SW), con
intensidades promedio de 1,2 m/s. Sin embargo, las magnitudes se
intensifican durante la estación seca (5,70 m/s). Durante la estación
húmeda (Diciembre a Abril), los vientos alisios del norte se intensifican
(la ZCIT se desplaza hacia el sur frente a la costa del Ecuador) mientras
que los alisios del Sureste se debilitan (INAMHI, 2013).
6.4 Humedad Relativa
La humedad relativa para el año 2012 se presenta en la Tabla 1. Los
meses de mayor humedad abarcan desde Enero a Julio, con el punto más
alto en febrero y marzo.
Tabla 1. Humedad Relativa promedio por mes para el año 2012
Mes Humedad
Relativa (%)
Enero 75
Febrero 86
Marzo 81
Abril 74
Mayo 75
Junio 81
Julio 81
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Agosto 78
Setiembre 77
Octubre 76
Noviembre 75
Diciembre 68
Fuente: INAMHI, 2013 con datos de Estación Metereológica Aeropuerto
José Joaquín Olmedo, Guayaquil. Elaboración Propia.
6.5 Irradiación Solar
La región de Durán presenta una irradiación solar de 4,0 a 4,5 Kwh/m2
(INAMHI, 2013).
Figura 3. Mapa de Irradiación solar. INAMHI, 2013.
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6.5.1 Hidrogeología
De acuerdo al Mapa Hidrogeológico del Ecuador, la región de Durán
pertenece a la unidad litológica permeable por porosidad intergranular
con litología de arenas, areniscas, arcillas y conglomerados. Una parte de
Durán presenta también unidades litológicas permeables por fisuración,
arcillas, pizarras, arcillosas, brechas y conglomerados (INAMHI, 1983).
El terreno está formado por sectores planos y sedimentarios que
pertenecen a la llanura aluvial inicial del río Guayas, estos depósitos
aluviales fueron depositados en el Cuaternario.
6.5.2 Evapotranspiración potencial
Según el Mapa de Evapotranspiración del Ecuador, en Durán la
evapotranspiración potencial varía de 1300 a 1500 mm (INAMHI, 2013)
Figura 4. Evapotranspiración potencial del Cantón Durán. INAMHI, 2013.
6.5.3 Tipo de Suelo
El suelo de Durán pertenece a la serie Daule, con arcillas negras de hierro
y manganeso en estado reducido. Las pendientes oscilan entre 0 y 2%
(OEA, 1964).
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6.5.4 Calidad del Aire
La calidad del aire en el área de estudio es afectada por varios factores,
principalmente:
Combustión por el tráfico vehicular
Combustión por motores o plantas eléctricas a diesel
A falta de información sobre calidad del aire en el Cantón Durán, se
utilizó información generada por un estudio realizado por la Fundación
Natura y M.I. Municipio de Guayaquil (2004).
La principal fuente de emisión de Dióxido de Azufre (SO2) de un total de
21,600 toneladas anuales, la constituye las empresas de generación
termoeléctrica que se asientan en la cuidad, representando un
porcentaje de 59% respecto a las emisiones totales de ese contaminante.
Por su parte, se ha identificado que existen emisiones en el orden de
27,000 toneladas anuales de NOx siendo la fuente más importante el
parque automotor. En cuanto al monóxido de carbono, se ha identificado
que existen emisiones en el orden de 59,700 toneladas anuales, siendo la
fuente más importante el parque automotor.
En cuanto al material particulado (PM10) en la ciudad es 4,500 toneladas
anuales, proceden en forma importante de todos los sectores evaluados,
aunque se destaca que el mayor porcentaje corresponde a fuentes
móviles (39%).
Tabla 2. Inventario de Emisiones por fuente de emisión. Fuente:
Fundación Natura y M.I. Municipio de Guayaquil (2004).
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6.5.5 Ruido
Debido a que este proyecto se ubica en una zona industrial, la legislación
establece un rango entre los 65 dB (de 20h00 a 6h00) y 70 dB (de 6h00 a
20h00) como límite permisible para las actividades de la camaronera.
6.6 Actuaciones Humanas
En el sitio de ubicación de la camaronera Limbomar es a la altura del Km
8 de la Vía Durán – Tambo. En el paisaje no existen cuerpos de agua
superficiales, la vegetación es escasa y se limita a plantas ornamentales y
maleza en los establecimientos cercanos.
6.7 Identificación y riesgos de desastres naturales
6.7.1 Riesgo sísmico
Nuestro país se encuentra sobre el Cinturón de Fuego del Pacifico, un
sector activo de movimientos de las placas tectónicas de Nazca y
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Sudamérica. Históricamente se han producido sismos debido a la
presencia del Sistema de fallas activas Dolores – Guayaquil Megashear.
Durante el siglo pasado, el mayor sismo registrado ocurrió el 14 de mayo
de 1942 con epicentro en el Golfo de Guayaquil y una magnitud de 7.8 en
el Escala de Richter. Se considera que la zona es altamente vulnerable ya
que se encuentra cercana a estructuras sismogénicas significativas con
cantidad de energía acumulada en las fallas activas.
Los records sísmicos para la ciudad de Guayaquil son los siguientes
(Chunga y Dumont, 2002):
09 de julio de 1653, con pocos registros existentes
04 de febrero de 1797, Terremoto de Riobamba, el más fuerte en la historia del Ecuador a 150 km de Guayaquil
12 de diciembre de 1953, magnitud 7.3, con epicentro a 155 km de Guayaquil
18 de agosto de 1980, de magnitud 6.1, con epicentro en Colonche.
27 de julio de 1971, magnitud 7.5, a 290 km de Guayaquil
6.7.2 Riesgo a inundaciones y deslaves
La zona de Durán es una de las más propensas a sufrir de inundaciones
en la Provincia. Algunos de los asentamientos están ubicados en zona de
ladera, zonas no aptas para la construcción, por lo que también existe
riesgo de deslaves (Gobierno Provincial de Guayas, 2013).
6.8 Medio Socio-económico
La ciudad de Eloy Alfaro es la cabecera cantonal de Durán, se encuentra
ubicada en la orilla opuesta del río Guayas frente a Guayaquil. Durán fue
inicialmente un poblado satélite del cantón Guayaquil, en los últimos
años, ha recibido el traslado de empresas e industrias, por lo que es
necesario que estas cumplan con la legislación ambiental a fin de
precautelar el medio ambiente del Cantón (Gobierno Provincial de
Guayas, 2013).
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 63 -
6.8.1 Informe del marco general socioeconómico
6.8.1.1 Aspectos demográficos
El área urbana del Cantón Durán es de 58.65 km2, mientras que el área
rural es de 253.08 km2.
Tabla 4. Población demográfica de Durán de acuerdo a los Censos de la
Población. Fuente: INEC, 2010
Habitantes Censo 2001 Censo 2010
Mujeres 90,522 119,638
Hombres 88,192 116,401
Total 178,714 236,039
Porcentaje aumento
2001 - 2010 33%
La población de Durán es de 236,401 habitantes, según el Censo
realizado en 2010 por el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos
(INEC, 2010). Según este censo, en Durán habitan 119,638 mujeres y
116,401 hombres. El 6,4% de la población en Durán son adultos mayores.
La densidad poblacional en la zona urbana es alta, ya que tiene 527
habitantes por km2. En la zona rural, la densidad disminuye a 20
habitantes por km2.
El 4,6% de la población de Durán no sabe leer ni escribir. Se estima que el
2.5% de las viviendas en Durán se encuentran con materiales en mal
estado
Por otra parte, el índice de jefatura femenina es del 46.7%. Durán es uno
de los cantones de la Provincia del guayas con mayor número de
discapacitados, con un total de 5,62%.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 64 -
6.8.2 Servicios Públicos
En cuanto al acceso a servicios básicos, un 64,12% de la población
(39,341 personas) se abastece de agua a través de la red pública, el
57.4% de las viviendas no cuenta con acceso a alcantarillado sanitario,
mientras que un 81,80% de la población tiene servicio de recolección de
basura. En Durán, un 52,44% de la población cuenta con calles
adoquinadas o pavimentadas. Cerca del 87% de los hogares no dispone
de internet, mientras que únicamente un 40.3% posee teléfono
convencional (INEC, 2010).
El Cantón Duran cuenta con un botadero a cielo abierto, ubicado en la vía
Durán – Boliche. Según datos del Ministerio del Ambiente (2011), se
estima que este cantón genera aproximadamente 0,68 kg de desechos
por habitante por día, lo que corresponde a 135 toneladas diarias de
desechos.
El Ministerio del Ambiente, a través del Programa de Gestión Integral de
Desechos Sólidos, contrató los estudios para el diseño del Plan Maestro
de Gestión de Desechos Sólidos, el cual incluye el Plan de Cierre Técnico
del Botadero y diseños para la construcción de un relleno sanitario.
6.9 Infraestructura vial
De acuerdo al Gobierno Provincial del Guayas (2013), el cantón Durán
cuenta con 64,34 km de vías, lo que corresponde al 1.2% del total de la
Provincia. En Durán, se construyó la terminal terrestre en el año 2011, la
inauguración coincidió con la culminación de la ampliación de la vía
Durán – Boliche.
6.9.1 Actividades económicas
6.10 Población inserta en el mercado laboral
La población de 16 a 65 años constituye la Población Económicamente
Activa (PEA), es decir la fuerza de trabajo laboral, capaz de producir
bienes y servicios, y que puede estar ocupada o desocupada; y la
Población Económicamente Inactiva (PEI), conformada por amas de casa,
estudiantes, jubilados e incapacitados para trabajar.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 65 -
6.11 Actividades económicas
Las actividades más dinámicas de la economía de la ciudad son las de
tipo terciario de comercio y servicios, seguido por las actividades
secundarias de producción de manufacturas y de construcción.
Muy por debajo se sitúan los trabajadores empleados en el ámbito
público y en la enseñanza, así como los vinculados a las actividades
primarias de agricultura, ganadería, pesca, mina y canteras.
En Durán, la población en edad de trabajar es de 188,301 habitantes, de
los cuales, 98,695 corresponden a la PEA (INEC, 2010).
6.12 Medio Biótico
Como parte de la línea base ambiental, se procedió a realizar una visita
para levantar el inventario de fauna y flora en la zona de influencia
directa e indirecta. Dicho reconocimiento in situ se efectuó el 12 de mayo
del 2013.
6.13 Inventario Faunístico
Se realizó un inventario de fauna, mediante la identificación de especies
en el campo. Se realizó una observación directa de especímenes
utilizando dos binoculares y guías de respaldo (Ridgely y Greenfield,
2001). Se utilizó también el método de identificación auditivo por cantos
o llamados (en el caso de aves), así como la búsqueda de hallazgos de
evidencias objetivas de la ocurrencia de especies de fauna (carcasas,
huellas y mudas).
Las observaciones fueron efectuadas en horas de máxima actividad
faunística:
Horario de máxima actividad faunística: 05h45 – 07h30 y 17h00 – 19h30
Horario diurno: 10h00 – 13h00
Una vez efectuada la actividad de identificación de campo, se determinó,
para cada espécimen: la familia, nombre común, nombre científico,
endemismo y estado de amenaza nacional. El estado de amenaza se
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 66 -
determinó a través de las listas de la UICN para especies en estado
crítico, en peligro o vulnerable.
6.14 Inventario Florístico
Se realizó un inventario de las especies de flora que ocurren en la zona
(leñosa y herbácea), mediante una observación directa e identificación
de campo de las especies. Las observaciones fueron efectuadas el 12 de
mayo de 2013 en el horario de 17h00 – 19h30.
Una vez efectuada la actividad de identificación de campo
correspondiente al inventario florístico, se determinó la familia, nombre
común, nombre científico, endemismo y estado de amenaza nacional.
6.15 Resultados
6.16 Inventario Faunístico
Durante el recorrido se hallaron muy pocas especies, todas ellas especies
nativas.
En la Tabla 5 se enumeran los especímenes de aves encontrados durante
los recorridos por el área de influencia.
Tabla 5. Especímenes de fauna encontrados en el área de influencia
directa e indirecta
Número de
individuos
observados
Nombre
Común
Familia Nombre
Científico
Observaciones
Aves
2 Gallinazo
Negro
Cathartidae Coragyps
atratus
Especie común,
no amenazada
3 Tortolita
Ecuatoriana
Columbidae Columbina
buckleyi
Especie común,
no amenazada
1 Golondrina
Alirrasposa
Hirundinidae Stelgidopteryx
ruficolis
Especie común,
no amenazada
No se encontraron mamíferos durante el recorrido; sin embargo, en
Durán es común encontrar ardillas (Sciurus stramineus) de la familia
Sciuridae, endémicas de la zona pero en estado no amenazado. Por otra
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 67 -
parte, no se encontraron reptiles, pero es común observar en la ciudad
iguanas (Iguana iguana, Fam. Iguanidae), cuyo estado es no amenazado.
Los mamíferos más comunes de la zona son las zarigueyas (Didelphis
marsupialis) y la rata costera (Aegialomys xantheolus).
6.17 Inventario Florístico
De acuerdo a la clasificación de Sierra (1999), el área de estudio se
encuentra en la formación vegetal de bosque deciduo de tierras bajas, en
una franja altitudinal que va entre los 50 y 200 msnm, localizada entre las
formaciones de matorrales secos de tierras bajas y los bosques
semideciduos o húmedos tropicales. La vegetación propia del bosque
deciduo de tierras bajas se encuentra restringido a las reservas de
bosques como: Bosque Protector Cerro Blanco y la Reserva Ecológica
Manglares- Churute.
Se reportan 3 especies florísticas (Tabla 6). De las especies reportadas,
una es utilizada como frutales (coco) y 2 son ornamentales. No se
reportó las especies de maleza debido a que no tienen importancia
ecológica.
Tabla 6. Especies de Flora encontradas en Camaronera Limbomar
Número de
individuos
observados
Nombre
Común
Familia Nombre
Científico
Observaciones
1 Croton Euphorbiaceae Codiaeum
variegatum
Especie común,
no amenazada
1 Ficus Moraceae Ficus
benjamina
Especie común,
no amenazada
1 Palma de
Coco
Arecaceae Cocus
nucifera
Especie común,
no amenazada
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 68 -
6.18 Calidad del Agua
Se realizó la caracterización del agua del Rio Guayas cerca a los predios
de la camaronera LIMBOMAR, siendo este río la fuente de agua que será
usada para el llenado de las piscinas, con la ayuda de una estación de
bombeo en los márgenes del río.
Cuadro comparativo de los resultados obtenidos del análisis de las
nuestras recolectadas en el río Guayas comparado con los rangos
permisibles establecidos en la Normativa Ambiental vigente en el país.
Tabla 1. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
aguas residuales y la tabla 12 del Anexo 1 del texto unificado de
legislación ambiental sobre límites de descarga a un cuerpo de agua
dulce.
Parámetro Resultado Límites Permisibles Tabla 12
Material flotante 0 mg/l Ausencia
Sólidos Suspendidos 158 mg/l 100 mg/l
Sólidos sedimentables 1,0 ml/l 1,0 ml/l
Potencial de Hidrogeno 7,65 5-9
Oxigeno disuelto 7,49 mgO2/l N/A
Amoniaco <0,036 mg/l N/A
Sulfuro de hidrogeno 0,0140 mg/l 0,5 mg/l
Aceites y Grasas <0,44 mg/l 0,3 mg/l
DBO 7 mgO2/l 100 mgO2/l
En la Tabla 1, se puede observar el resultado obtenido del análisis de
agua residual y el límite máximo permisible por la normativa ambiental
para descargas a un cuerpo de agua dulce. Es importante mencionar que
se trata de un muestreo simple, realizado durante las horas de la tarde.
El resultado del análisis de aguas residuales muestra que los parámetros
“Sólidos suspendidos” y “Aceites y grasas” se encuentran sobre el valor
permitido en la normativa, mismos que deben ser considerados con
prioridad. Mientras que el parámetro “Sólidos sedimentables” tiene el
máximo permitido, el cual debe controlarse constantemente para evitar
que el mismo sobrepase el valor permitido. Se puede verificar que no
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 69 -
existe presencia de material flotante. En cuanto a los parámetros “PH”,
“Sulfuros” y “DBO”, estos se encuentran dentro del rango permitido. Los
parámetros “Oxígeno disuelto” y “Amoniaco” no son exigidos por la
normativa, más fueron incluidos dentro del análisis con la finalidad de
tener un mejor conocimiento sobre la calidad del agua.
6.19 Calidad del Suelo
Se realizó la caracterización del recurso suelo de los predios de la
camaronera LIMBOMAR, siendo este primordial para la construcción de
las piscinas para el cultivo de camarón.
El siguiente cuadro comparativo se presenta los resultados obtenidos del
análisis de las nuestras recolectadas de suelo y comparados con los
rangos permisibles establecidos en la Normativa Ambiental vigente en el
país.
Tabla 2. Tabla de resultados de análisis de las muestras de sedimentos
Parámetro Piscina 1 Piscina 2 Piscina 3 Piscina 4 Piscina 5
Conductividad Eléctrica
5200.000 us/cm
3830.000 us/cm
3670.000 us/cm 1202.000
us/cm 21700.000
us/cm
Índice Ras 1 7,02 meq/l 6,00 meq/l 5,69 meq/l 6,72 meq/l 11,31 meq/l
Ph Suelo 7,01 7,46 7,34 7,6 6,7
Materia orgánica
0,600 % 1,300 % 1,300 % 0,600 % 0,60%
Se realizó un muestreo simple para las 5 muestras tomadas de las
diferentes piscinas que se encuentran actualmente en funcionamiento.
Los parámetros muestreados fueron conductividad eléctrica, Índice RAS,
pH suelo y Materia orgánica. En la tabla 2 se pueden observar los
resultados obtenidos.
Tabla 3. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos de muestra de la piscina 1 y la tabla 2 del Anexo II del texto
unificado de legislación ambiental sobre calidad de suelo.
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Parámetro Resultado Límites
Permisibles Tabla 2. Anexo II
Conductividad Eléctrica
5,2 mmhos/cm 2 mmhos/cm
Índice Ras 1 7,02 meq/l 4
Ph Suelo 7,01 6-8
Materia orgánica
0,600 % N/A
En la tabla 3 se pueden observar los resultados obtenidos de la muestra
de la piscina 1. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, es
neutro y se encuentra dentro del rango permitido por la normativa
ambiental. En cuanto a los parámetros “Conductividad Eléctrica”, e
índice RAS, se encuentran muy por encima del límite máximo permitido,
lo cual es un indicador de salinidad, aspecto que debe ser controlado con
la finalidad de no afectar la calidad del suelo. El parámetro Materia
Orgánica no es exigido por la normativa ambiental, este se incluye para
tener un mejor conocimiento inicial sobre la calidad de suelo.
Tabla 4. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos de muestra de la piscina 2y la tabla 2 del Anexo II del texto
unificado de legislación ambiental sobre calidad de suelo.
Parámetro Resultado Límites
Permisibles Tabla 2. Anexo II
Conductividad Eléctrica
3,83 mmhos/cm 2 mmhos/cm
Índice Ras 1 6,00 meq/l 4
pH Suelo 7,46 6-8
Materia orgánica
1,300 % N/A
En la tabla 4 se pueden observar los resultados obtenidos de la muestra
de la piscina 2. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, es
ligeramente alcalino y se encuentra dentro del rango permitido por la
normativa ambiental. En cuanto a los parámetros “Conductividad
Eléctrica” e índice RAS, se encuentra muy por encima del límite máximo
permitido, lo cual es un indicador de salinidad aspecto que debe ser
controlado con la finalidad de no afectar la calidad del suelo. El
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 71 -
parámetro Materia Orgánica no es exigido por la normativa ambiental,
este se incluye para tener un mejor conocimiento inicial sobre la calidad
de suelo.
Tabla 5. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos de muestra de la piscina 3y la tabla 2 del Anexo II del texto
unificado de legislación ambiental sobre calidad de suelo.
Parámetro Resultado Límites
Permisibles Tabla 2. Anexo II
Conductividad Eléctrica
3,67 mmhos/cm 2 mmhos/cm
Índice Ras 1 5,69 meq/l 4
pH Suelo 7,34 6-8
Materia orgánica
1,300 % N/A
En la tabla 5 se pueden observar los resultados obtenidos de la muestra
de la piscina 3. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, es
neutro y se encuentra dentro del rango permitido por la normativa
ambiental. En cuanto a los parámetros “Conductividad Eléctrica” e índice
RAS, se encuentran muy por encima del límite máximo permitido, lo cual
es un indicador de salinidad, aspecto que debe ser controlado con la
finalidad de no afectar la calidad del suelo. El parámetro Materia
Orgánica no es exigido por la normativa ambiental, este se incluye para
tener un mejor conocimiento inicial sobre la calidad de suelo.
Tabla 6. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos de muestra de la piscina 4 y la tabla 2 del Anexo II del texto
unificado de legislación ambiental sobre calidad de suelo.
Parámetro Resultado Límites
Permisibles Tabla 2. Anexo II
Conductividad Eléctrica
1,20 mmhos/cm 2 mmhos/cm
Índice Ras 1 6,72 meq/l 4
pH Suelo 7,6 6-8
Materia orgánica
0,600 % N/A
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 72 -
En la tabla 6 se pueden observar los resultados obtenidos de la muestra
de la piscina 4. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, es
ligeramente alcalino y se encuentra dentro del rango permitido por la
normativa ambiental. Mientras que el parámetro “Conductividad
Eléctrica”, este se encuentra dentro del rango permitido el índice RAS, se
encuentran muy por encima del límite máximo permitido, lo cual es un
indicador de salinidad que debe ser controlado. El parámetro Materia
Orgánica no es exigido por la normativa ambiental, este se incluye para
tener un mejor conocimiento inicial sobre la calidad de suelo.
Tabla 7. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos de muestra de la piscina 5 y la tabla 2 del Anexo II del texto
unificado de legislación ambiental sobre calidad de suelo.
Parámetro Resultado Límites
Permisibles Tabla 2. Anexo II
Conductividad Eléctrica
2,17 mmhos/cm 2 mmhos/cm
Índice Ras 1 11,31 meq/l 4
pH Suelo 6,7 6-8
Materia orgánica
0,60% N/A
En la tabla 7 se pueden observar los resultados obtenidos de la muestra
de la piscina 5. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, es
neutro y se encuentra dentro del rango permitido por la normativa
ambiental. Mientras que el parámetro “Conductividad Eléctrica”, este se
encuentra dentro del rango permitido, el Índice RAS, se encuentran muy
por encima del límite máximo permitido, lo cual es un indicador de
salinidad que debe ser controlado. El parámetro Materia Orgánica no es
exigido por la normativa ambiental, este se incluye para tener un mejor
conocimiento inicial sobre la calidad de suelo.
Tabla 8. Tabla comparativa de resultados obtenidos del análisis de
sedimentos y la tabla 2 del Anexo II del texto unificado de legislación
ambiental sobre calidad de suelo.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 73 -
En la tabla 8, se puede observar el resultado obtenido del análisis de
sedimentos y el límite máximo permisible por la normativa ambiental
sobre criterios de calidad de suelo. Es importante mencionar que se trata
de un muestreo simple.
En la tabla 8 se pueden observar los resultados obtenidos de las
diferentes muestras de las piscinas que se encuentran en
funcionamiento. Se puede observar que el parámetro “pH suelo”, se
encuentra en un rango de neutro y ligeramente alcalino en las cinco
muestras, mismo que se encuentra dentro del rango permitido por la
normativa ambiental.
En cuanto a los parámetros “Conductividad Eléctrica” e Índice RAS, este
se encuentra sobre el límite máximo permitido en cuatro de las cinco
piscinas, el cual debe ser controlado con la finalidad de no afectar la
calidad del suelo.
Resultado laboratorio Límites Permisibles
Tabla 2. Anexo II
Piscina 1
5,2 mmhos/cm 2 mmhos/cm
7,02 meq/l 4
7,01 6-8
0,600 % N/A
Piscina 2
3,83 mmhos/cm 2 mmhos/cm
6,00 meq/l 4
7,46 6-8
1,300 % N/A
Piscina 3
3,67 mmhos/cm 2 mmhos/cm
5,69 meq/l 4
7,34 6-8
1,300 % N/A
Piscina 4
1,20 mmhos/cm 2 mmhos/cm
6,72 meq/l 4
7,6 6-8
0,600 % N/A
Piscina 5
2,17 mmhos/cm 2 mmhos/cm
11,31 meq/l 4
6,7 6-8
0,60% N/A
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 87 -
7 Evaluación de Impactos Ambientales para la Fase de
Operaciones de la Camaronera Limbomar
Para la consecución de los objetivos del estudio, se ejecutó el estudio
basado en el conocimiento de las condiciones ambientales del área de
influencia directa y el reconocimiento de las interrelaciones ecosistema-
acciones del proyecto, el objetivo del estudio es el de identificar y
evaluar los probables impactos ambientales que generarán en las etapas
de operación de la camaronera para establecer no solo las afectaciones
benéficas sino además las detrimentes, con el fin de prevenirlas,
atenuarlas o eliminarlas a través de la aplicación de medidas de
mitigación o el cumplimiento de los dispuesto en el Plan de Manejo
Ambiental.
7.1 Evaluación y Predicción de los Impactos generados en la
Plantación
El proceso de la evaluación de los impactos ambientales incluyó: la
descripción de las actividades y posibles fuentes de contaminación
asociados a cada una de las actividades enmarcadas en los procesos
productivos, los mismos que fueron analizados en los capítulos
anteriores.
7.2 Metodología de evaluación de impactos
Para la evaluación de los impactos potenciales se utilizó una metodología
basada en la matriz causa-efecto, para lo cual se escogieron los factores
ambientales de la camaronera y las actividades que podrían generar
impactos a los factores analizados. Esta metodología fue adaptada como
parte de una investigación universitaria en el año 2000, la cual consta en
una tesis de grado y por tanto es propiedad intelectual de la escuela
politécnica nacional y los autores.
Para la identificación de los impactos se utiliza una matriz de
interrelación factor-acción, donde se valora la importancia de los
factores versus la magnitud del impacto asociado a dicha interacción.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 88 -
Los valores de magnitud de los impactos se presentan en un rango de 1 a
10 para lo cual, se han calificado las características de los impactos de
acuerdo a la siguiente Tabla.
Valores de las Características de los Impactos
Naturaleza Duración Reversibilidad Probabilidad Intensidad Extensión
Benéfico= +1 Temporal=1 A corto plazo=1 Poco Probable=0.1 Baja=1 Puntual=1
Detrimente=-1 Permanente=2 A largo plazo=2 Probable=0.5 Media=2 Local=2
Cierto=1 Alta=3 Regional=3
Naturaleza.- la naturaleza o carácter del impacto puede ser
positiva (+), negativa (-), neutral o indiferente lo que implica
ausencia de impactos significativos. Por tanto cuando se
determina que un impacto es adverso o negativo, se valora como
“-1” y cuando el impacto es benéfico, “+1”.
Intensidad.- la implantación del proyecto y cada una de sus
acciones, puede tener un efecto particular sobre cada componente
ambiental.
-Alto: si el efecto es obvio o notable.
-Medio: si el efecto es notable, pero difícil de medirse o
monitorear.
-Bajo: si el efecto es sutil, o casi imperceptible.
Duración.- corresponde al tiempo que va a permanecer el efecto.
-Permanente: el tiempo requerido para la fase de operación.
-Temporal: el tiempo requerido para la fase de instalación.
Extensión.- corresponde a la extensión espacio y geográfica del
impacto con relación al área de estudio. La escala adoptada para
la valoración fue la siguiente:
-Regional: si el efecto o impacto sale de los límites del área
de la camaronera
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 89 -
-Local: si el efecto se concentra en los límites de área de
influencia de camaronera
-Puntual: si el efecto está limitado a la “huella” del impacto.
Reversibilidad.- en función de su capacidad de recuperación.
-A corto plazo: cuando un impacto puede ser asimilado por
el propio entorno en el tiempo.
-A largo plazo: cuando el efecto no es asimilado por el
entorno o si es asimilado toma tiempo considerable.
Probabilidad.- se entiende como el riesgo de ocurrencia del
impacto y demuestra el grado de certidumbre en la aparición del
mismo.
-Poco probable: el impacto tiene una baja probabilidad de
ocurrencia.
-Probable: el impacto tiene una media probabilidad de
ocurrencia.
-Cierto: el impacto tiene una alta probabilidad de ocurrencia.
Los valores de magnitud se determinan de acuerdo a la siguiente
expresión:
M = Naturaleza * Probabilidad * (Duración + Reversibilidad + Intensidad +
Extensión)
De acuerdo a estos criterios y a la metodología de evaluación, los impactos positivos más altos tendrán un valor de 10 cuando se trate un impacto permanente, alto, local, reversible a largo plazo y cierto ó, –10 cuando se trate de un impacto de similares características pero de carácter perjudicial o negativo. A cada factor ambiental escogido para el análisis se le ha dado un peso ponderado frente al conjunto de factores; este valor de importancia se establece del criterio y experiencia del equipo asesor así como del autor
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 90 -
a cargo de la elaboración del estudio. Al igual que la magnitud de los impactos se presenta en un rango de uno a diez. De esta forma, el valor total de la afectación se dará en un rango de 1 a 100 ó de –1 a –100 que resulta de multiplicar el valor de importancia del factor por el valor de magnitud del impacto, permitiendo de esta forma una jerarquización de los impactos en valores porcentuales; entonces; el valor máximo de afectación al medio estará dado por la multiplicación de 100 por el número de interacciones encontradas en cada análisis. Una vez trasladados estos valores a valores porcentuales, son presentados en rangos de significancia de acuerdo a la siguiente tabla:
Significancia Característica Rango
No significativo
E 0-20
Poco significativo
D 20-40
Medianamente significativo
C 40-60
Significativo B 60-80
Muy significativo
A 80-100
7.3 Factores Ambientales
El caracterizar el área de estudio ayudó a seleccionar los factores ambientales que son o podrán ser afectados por las actividades de la plantación, estos factores ambientales que caracterizan el área de estudio fueron valorados en función de la importancia que tiene cada uno en el ecosistema analizado. El valor de la importancia fue determinada según el criterio técnico del autor y del director del estudio que realizaron la caracterización del área, obteniendo al final un valor promedio de la importancia de cada factor analizado.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 91 -
FACTORES AMBIENTALES
TOTAL
1-Atmosfericos Calidad de Aire 3
Nivel de Ruido 4 2-Recurso Agua
Calidad del Agua 9 Uso del Recurso 9
3-Recurso Suelo
Calidad del Suelo 8
Uso del Suelo 8 4-Flora
Bosques naturales primarios
1
Pastizales, Potreros 5 Diversidad Flora 1
5- Fauna
Especies menores 4 Hábitats 5
6- Socio-económicos Organización y conflictividad
5
Empleo 9
Aspectos paisajísticos 5 Población 1
Apoyo a la población 5
7-Salud y seguridad Salud y Seguridad laboral
8
Salud y Seguridad publica
8
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 92 -
7.4 Identificación de las Actividades
En función de la descripción de los procesos productivos que se llevan a cabo en la camaronera, se determinaron cinco grupos con diferentes de actividades, de acuerdo a sus características y de los efectos que pueden provocar, estos son las siguientes:
1. Preparación de piscinas y llenado de piscinas
2. Aclimatación, siembra de larvas de camarón y alimentación.
3. Mantenimiento, monitoreo y tratamiento para olor y sabor.
4. Recambio de agua, evaluación y cosecha
5. Venta a la empacadora y si se vende camarón entero se hace un tratamiento con Metabisulfito de Sodio
7.5 Identificación y descripción de impactos ambientales
Impactos sobre el medio físico Suelos El área de la camaronera es de propiedad de Limbomar S. A., se dedicará realizar sus operaciones de crianza, alimentación y control de camarones de la especie “Litopenaeus vannamei” o comúnmente denominado “Camarón Blanco”, en este caso el factor calidad de suelo es el que sufre alteraciones. Componente hídrico El recurso hídrico es fundamental para el cumplimiento de los procesos productivos de la camaronera, este recurso en la zona de estudio es permanente; En la camaronera se abastecerán de agua del rio Guayas. La administración de la camaronera proveerá de agua en botellones de 20 litros. Las aguas residuales domésticas, generadas por el uso de las baterías sanitarias, duchas, lavabos, urinarios (aguas grises y negras) serán descargadas a un pozo séptico.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 93 -
Las aguas lluvias captadas por las cubiertas de las instalaciones administrativas, de producción y de almacenamiento; serán recolectadas por medio de un sistema completo que incluye colectores, bajantes, para descargarlas a un sistema de canales para agua lluvia Impactos sobre el medio biótico El área de estudio está compuesta por extensas áreas de mangle, el componente flora ha sido alterado en su totalidad, las especies de plantas que aún existen en la zona forma parte de la ornamentación, protección para canales de drenaje y zonas pobladas. Impactos sobre el componente socioeconómico Demografía No se verifican impactos relacionados con las condiciones demográficas de la población del área de influencia. Economía Las actividades más dinámicas de la economía de la ciudad son las de
tipo terciario de comercio y servicios, seguido por las actividades
secundarias de producción de manufacturas y de construcción.
Muy por debajo se sitúan los trabajadores empleados en el ámbito
público y en la enseñanza, así como los vinculados a las actividades
primarias de agricultura, ganadería, pesca, mina y canteras.
Salud El exposición del uso de químicos puede traer consecuencias graves si no se realiza un adecuado manejo, la administración de la camaronera tomará medidas preventivas dotando a todo el su personal que labora en diferentes áreas con su respectivo equipo de protección (guantes de nitrilo, botas de caucho, mascarillas, delantal, malla para el cabello). Además la camaronera contará con un botiquín de primeros auxilios en
la oficina administrativa donde se tendrá lo siguiente: Tijeras, algodón,
gasas, vendas, esparadrapo, agua oxigenada, alcohol, guantes
esterilizados.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 94 -
7.6 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS
Luego de la identificación, caracterización y evaluación de los impactos ambientales se determinaron los siguientes resultados, obteniendo un máximo valor de afectación negativa al medio de – 3500 unidades (-100 unidades * 35 interacciones) cuando todos los impactos presenten las características más adversas; de esto, el valor resultante para el proyecto es de – 158,8 que representa un impacto porcentual negativo del – 4,53%. Al observar la Matriz de Identificación de Impactos, se puede apreciar las interacciones de cada una de las actividades de la plantación de banano con los factores analizados, de las cinco acciones analizadas, Preparación de piscinas y llenado de piscinas; además Aclimatación, siembra de larvas de camarón y alimentación las dos se encuentran dentro de un rango de 12 interacciones; en Mantenimiento, monitoreo y tratamiento para olor y sabor.: hubo 3 interacciones, Recambio de agua, evaluación y cosecha 5 interacciones, mientras Venta a la empacadora y si se vende camarón entero se hace un tratamiento con Metabisulfito de Sodio solo 3 interacciones De manera general se puede indicar que el porcentaje promedio de interacciones negativas de todas las acciones sobre los factores analizados es del orden del 74,28 %.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página 95
MATRIZ DE IDENTIFICACION DE IMPACTOS
ACCIONES
Factores Ambientales Preparación de piscinas y
llenado de piscinas
Aclimatación, siembra de larvas de camarón y
alimentación.
Mantenimiento, monitoreo y
tratamiento para olor y sabor.
Recambio de agua, evaluación y cosecha
Venta a la empacadora y si se vende camarón entero se hace
un tratamiento con Metabisulfito de Sodio
1.- Atmosféricos
Calidad de aire √ √
Nivel de ruido √ √
2.- Recurso Agua
Calidad de agua √ √ √
Uso del recurso √ √ √
3.- Recurso Suelo
Calidad del suelo √ √
Uso del suelo √ 4.- Flora Bosques naturales primarios
Pastizales, potreros √
Diversidad Flora √
5.- Fauna
Especies menores √ √ Hábitats √
6.- Socio-Económico Organización y conflictividad √ Empleo √ √ √ √ √
Aspectos paisajísticos √ √
Población Apoyo a la población √ √ √
7.-Salud y Seguridad Salud y Seguridad laboral √ √ √ √ √
Salud y Seguridad publica √
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 96 -
MATRIZ DE CARACTERIZACION DE IMPACTOS
ACCIONES
Factores Ambientales Preparación de piscinas y
llenado de piscinas
Aclimatación, siembra de larvas de camarón y
alimentación
Mantenimiento, monitoreo y tratamiento para olor y
sabor. Recambio de agua, evaluación y cosecha
Venta a la empacadora y si se vende camarón entero
se hace un tratamiento con Metabisulfito de Sodio
1.- Atmosféricos
Calidad de aire
Detrimente Temporal
A corto plazo Poco Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Alta Puntual
Nivel de ruido
Detrimente Temporal
A corto plazo Poco Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Alta Puntual
2.- Recurso Agua
Calidad de agua
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A largo plazo Probable
Alta Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Uso del recurso
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Media Puntual
Detrimente Temporal
A largo plazo Probable
Alta Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
3.- Recurso Suelo
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 97 -
Calidad del suelo
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A largo plazo Probable
Baja Puntual
Uso del suelo
Detrimente
Temporal
A corto plazo
Probable
Baja
Puntual
4.- Flora Bosques naturales primarios
Pastizales, potreros
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Diversidad Flora
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
5.- Fauna
Especies menores
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Hábitats Detrimente Temporal
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 98 -
A corto plazo Probable
Baja Puntual
6.- Socio-Económico
Organización y conflictividad
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Media Puntual
Empleo
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Aspectos paisajísticos
Detrimente Temporal
A corto plazo Probable
Baja Puntual
Detrimente Temporal
A corto plazo Poco Probable
Baja Puntual
Población
Apoyo a la población
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Puntual
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
Benéfico Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Local
7.-Salud y Seguridad
Salud y Seguridad laboral
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 99 -
Alta Puntual
Alta Puntual
Alta Puntual
Alta Puntual
Alta Puntual
Salud y Seguridad publica
Detrimente Temporal
A corto plazo Cierto
Alta Puntual
MATRIZ DE EVALUACION DE IMPACTOS
ACCIONES
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 100 -
Factores Ambientales Preparación de
piscinas y llenado de piscinas
Aclimatación, siembra de larvas
de camarón y alimentación
Mantenimiento, monitoreo y
tratamiento para olor y sabor
Recambio de agua, evaluación y cosecha
Venta a la empacadora y si se
vende camarón entero se hace un tratamiento con Metabisulfito de
Sodio
SUMATORIA TOTAL POR FACTOR
% DE AFECTACION POR FACTOR
1.- Atmosféricos
Calidad de aire -1,2 -9,0 -10,2 -5,1
Nivel de ruido -1,6 -12,0 -13,6 -6,8
2.- Recurso Agua
Calidad de agua -18,0 -31,5 -18,0 -67,5 -22,5
Uso del recurso -22,5 -31,5 -18,0 -72,0 -24
3.- Recurso Suelo
Calidad del suelo -16,0 -20,0 -36,0 -18
Uso del suelo -16,0 -16,0 -16
4.- Flora
Bosques naturales primarios
Pastizales, potreros -10,0 -10,0 -10
Diversidad Flora -2,0 -2,0 -2
5.- Fauna
Especies menores -8,0 -8,0 -16,0 -8
Hábitats -10,0 -10,0 -10
6.Socio Económico
Organización y conflictividad -12,5 -12,5 -12,5
Empleo 63,0 63,0 63,0 63,0 63,0 315,0 63
Aspectos paisajísticos -10,0 -10,0 -20,0 -10
Población
Apoyo a la población 30,0 35,0 35,0 100,0 50
7.Salud y Seguridad
Salud y Seguridad laboral -48,0 -48,0 -48,0 -48,0 -48,0 -240,0 48
Salud y Seguridad publica -48,0 -48,0 -48
Sumatoria toral por acción -58,3 -169,5 5,0 14,0 50,0 -158,8
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 101 -
Max de afectación 3500
% de afectación -4,53
MATRIZ DE EVALUACION DE IMPACTOS - SIGNIFICANCIA
ACCIONES
Factores Ambientales Preparación de piscinas y
llenado de piscinas
Aclimatación, siembra de larvas de camarón y
alimentación
Mantenimiento, monitoreo y tratamiento para olor y
sabor
Recambio de agua, evaluación y cosecha
Venta a la empacadora y si se vende camarón entero se hace
un tratamiento con Metabisulfito de Sodio
1.- Atmosféricos
Calidad de aire E E
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 102 -
Nivel de ruido E E
2.- Recurso Agua
Calidad de agua E D E
Uso del recurso D D E
3.- Recurso Suelo
Calidad del suelo E D
Uso del suelo E
4.- Flora
Bosques naturales primarios
Pastizales, potreros E
Diversidad Flora E
5.- Fauna
Especies menores E E
Hábitats E
6.- Socio-Económico
Organización y conflictividad E
Empleo B B B B B
Aspectos paisajísticos E E
Población
Apoyo a la población D D D
7.-Salud y Seguridad
Salud y Seguridad laboral C C C C C
Salud y Seguridad publica C
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 103 -
8 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
8.1 INTRODUCCION
Las actividades acuícolas de la camaronera LIMBOMAR S.A. generan
diferentes aspectos ambientales, los cuales ocasionan impactos
(positivos y negativos) en el área en el cual se haya circunscrito. Por tal
motivo LIMBOMAR responsable de las actividades llevadas a cabo dentro
de sus instalaciones adoptará las medidas ambientales necesarias
tendientes a restablecer las condiciones que coadyuven a armonizar las
actividades productivas de la empresa con la necesidad de preservar el
ambiente, para ello adoptará como herramienta principal la aplicación
del presente del Plan de Manejo Ambiental (PMA) propuesto para las
instalaciones productivas de la camaronera LIMBOMAR S.A.
En general, el PMA es un instrumento de gestión ambiental destinado a
proveer de una guía de programas, procedimientos, medidas, prácticas y
acciones, orientados a eliminar, prevenir, minimizar o controlar aquellos
impactos ambientales negativos. De igual manera busca maximizar
aquellos aspectos positivos.
El PMA propuesto para la camaronera LIMBOMAR S.A., está concebido
para que las actividades llevadas a cabo se realicen en armonía con el
ambiente que forma parte del área de influencia; es además una guía
para el manejo sustentable y la preservación de los recursos naturales e
implementación de acciones que impidan el deterioro ambiental.
También ha sido formulado en base a las normas ambientales vigentes,
estipuladas en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria
TULSMA, Normas Técnicas Ecuatorianas NTE INEN de carácter
obligatorio, Reglamentos aplicables, Acuerdos aplicables en el presente
estudio ambiental.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 104 -
8.2 Objetivos del Plan de Manejo Ambiental
Los objetivos del Plan de Manejo Ambiental son las siguientes:
8.2.1 Objetivo general
Evitar que las actividades llevadas a cabo en la camaronera LIMBOMAR S.A., deterioren la calidad del ambiente del área al que se haya circunscrito, a través de un conjunto de medidas y programas de control. Tomando como marco referencial el TULSMA, normas, reglamentos y acuerdos aplicables.
8.2.2 Objetivos específicos
Los objetivos específicos son los siguientes:
Minimizar los impactos ambientales sobre la característica de los componentes ambientales (físico, biótico, socioeconómico y cultural), derivados las diferentes actividades de la empresa.
Determinar las medidas ambientales preventivas, correctivas, de seguimiento y contingencia que minimicen/eliminen las impacto ambientales generados durante las actividades productivas de la empresa.
Implementar/mantener las medidas viables para el manejo y disposición final de los desechos sólidos, evitando el deterioro ambiental.
Establecer un programa de mediciones ambientales mediante el Plan de Monitoreo Ambiental que visualice en cifras el cumplimiento con límites máximos establecidos para determinar el grado de contaminación al que están expuestos los componentes ambientales del área de estudio.
Establecer y canalizar el cumplimiento del Plan de Contingencias el cual será aplicado en aquellos casos de emergencias para una rápida y oportuna reacción de los actores involucrados.
Estimar los costos globales de las medidas ambientales recomendadas.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 105 -
Determinar el cronograma de aplicación de las medidas ambientales en los próximos 24 meses.
8.3 Resultados esperados
Disponer de una herramienta eficiente de trabajo a fin de contrarrestar los impactos ambientales generados durante las actividades productivas de camaronera LIMBOMAR S.A., que afectaran los componentes ambientales del área en el cual se haya circunscrita. Minimizando los efectos y contribuyendo al crecimiento armónico de la empresa con el entorno.
8.4 Diseño del Plan de Manejo Ambiental
El Plan de Manejo Ambiental identifica todas las medidas (acciones y actividades) consideradas para mitigar y/o eliminar los impactos ambientales generados por la camaronera. Para una interpretación más fácil de las diferentes medidas ambientales
identificadas por la operación y funcionamiento de la camaronera
LIMBOMAR S.A., se han conformado los siguientes sub – planes:
Plan de Contingencias
Plan de Prevención y Control de la contaminación
Plan de Manejo de Residuos Sólidos y Líquidos
Plan de Capacitación
Plan de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad Industrial
Plan de Monitoreo y Seguimiento
Plan de Relaciones Comunitarias
A continuación se presenta en detalle el diseño del Plan de Manejo Ambiental de las instalaciones productivas de LIMBOMAR S.A.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 106 -
Plan de contingencia El Plan de Contingencia se aplicará cuando exista una situación de riesgo o amenaza hacia los empleados de la empresa, la comunidad o el ambiente. El momento en el que se implementará, se basará en la naturaleza del problema potencial o real suscitado en el interior de la empresa o en el entorno en el que se haya circunscrito.
Objetivos
Los objetivos que deberán cumplir los planes de contingencias son los
siguientes:
Proveer de seguridad a los empleados y público en general, evitar
afectaciones al ambiente y minimizar daños a la propiedad,
asegurando la capacidad de supervivencia de la empresa, ante
eventos que pongan en peligro su existencia.
Proteger y conservar los activos de la empresa de riesgos,
desastres naturales o actos mal intencionados.
Reducir la probabilidad de las pérdidas, a un mínimo de nivel
aceptable, a un costo razonable y asegurar la adecuada
recuperación.
Asegurar que existan controles adecuados para reducir el riesgo
por fallas o mal funcionamiento de los equipos.
Comunicar a todo el personal activo de la empresa los pasos a
seguir en caso de cualquier riesgo.
Establecer los mecanismos de alerta y puesta en marcha de la
estructura de respuesta en un eventual accidente en la
camaronera LIMBOMAR S.A., que permitan dar una respuesta
rápida minimizando las pérdidas humanas.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 107 -
Determinar las responsabilidades de los miembros del equipo
encargado de ejecutar las acciones para el control de la
contingencia.
Medidas
La empresa deberá elaborar un plan de contingencia y ponerlo a prueba
mediante simulacros anuales, los cuales deben contar con la
participación de todo el personal de la empresa, con la finalidad de
evaluar su capacidad de respuesta y acción ante las emergencias
posibles. En caso de identificarse falencias, se deberá reajustar las
medidas contenidas en el Plan de Contingencias. De ser necesario, se
contratará los servicios de un profesional experto en evaluación de
planes de contingencias, el mismo que deberá elaborar y entregar un
informe que será analizado por los Sub - Comités Paritarios de Seguridad
para implementar acciones correctivas. En el caso de que la empresa no
requiera contratar un profesional externo, deberán cumplir con lo
indicado en el punto anterior y los responsables serán asignados por el
Departamento de Seguridad y presentado al Sub - Comité Paritario de
Seguridad. Los planes de contingencias deberán ser debidamente
socializados al personal que labora en LIMBOMAR S.A.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 108 -
Medidas enfocadas a enfrentar contingencias
PLAN DE CONTINGENCIA
Mantener el plan de contingencias operativo
Objetivo: Afrontar oportunamente cualquier accidente que llegará a
producirse dentro de las instalaciones de la camaronera LIMBOMAR S. A.
Aspecto ambiental: Riesgos a la integridad del personal, bienes
materiales y medio circundante
Requisito legal: Resolución 741. Reglamento General del Seguro de
Riesgos del Trabajo del IESS. Reglamento de Seguridad de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo del
Ministerio del Trabajo. TULSMA, Libro VI, Título IV
Medida correctiva
Elaborar e implementar el Plan de Contingencia de la empresa y
difundirlo entre sus trabajadores.
Medida de seguimiento
Poner a prueba el plan de contingencia. Realizar al menos un
simulacro anual con la participación de todo el personal de la
agencia. Mantener los correspondientes registros/actas de
evaluación
Resultados esperados
Afrontar oportunamente cualquier accidente o incidente que
llegara a producirse.
Responsable: Jefes de seguridad industrial
Costo estimado de la medida: USD 2000,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 109 -
Plan de Prevención y Control de la contaminación. Control de contaminación por Gases de combustión
Objetivo
Mantener evidencias objetivas de las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los generadores de electricidad emergente.
Medidas
Registrar las actividades del mantenimiento preventivo y
correctivo en caso de utilizar generadores de electricidad.
De esta manera se busca preservar el entorno ambiental del área de influencia de la empresa, mitigando la generación de emisiones gaseosas hacia el ambiente.
Medidas enfocadas a Controlar la contaminación por gases de
combustión
PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
Control de la contaminación por gases de combustión
Objetivo: Mantener evidencias objetivas de las actividades de
mantenimiento preventivo y correctivo de los generadores de
electricidad emergente en caso de utilizarse.
Aspecto ambiental: Gases de combustión desde fuentes no significativas
Medida correctiva
Registrar las actividades del mantenimiento preventivo y
correctivo en caso de utilizar generadores de electricidad.
Resultados esperados
Control adecuado de los generadores de electricidad.
Responsable: Coordinados técnico
Costo estimado de la medida: USD 50,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 110 -
Control de contaminación por ruido
Objetivo
Mantener evidencias objetivas de las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos considerados como ruidosos o que generen vibraciones.
Medida
Elaborar Programa anual de mantenimiento preventivo y correctivo de
los equipos considerados ruidos (bombas y generadores eléctricos,
extractores de aire, etc.). Mantener los registros de cumplimiento del
mismo.
Medida enfocada al control de contaminación por ruido
PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
Medida enfocada al Control de contaminación por ruido
Objetivo: Mantener evidencias objetivas de las actividades de
mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos considerados
como ruidosos o que generen vibraciones.
Aspecto ambiental: Ruido y/o fuentes vibratorias
Requisito legal: Reglamento de Seguridad de los Trabajadores y
Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo del Ministerio del Trabajo
Medidas correctivas: Registrar las actividades del mantenimiento
preventivo y correctivo de los equipos considerados como ruidosos y/o
vibratorios.
Resultados esperados: Disponer de registros de las actividades de
mantenimiento preventivo y correctivo realizadas para la toma de
acciones oportunas.
Responsable: Coordinados técnico
Costo estimado de la medida: USD 50,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 111 -
Manejo de productos químicos peligrosos
Objetivo
Promover el correcto almacenamiento y gestión de los productos químicos peligrosos y cumplir con lo estipulado en la norma técnica Inen 2:266.
Medidas
Se identificarán los envases de productos químicos según los requisitos
detallados en la norma INEN 2-266:2000.
Se garantizará que los envases de los productos químicos mantengan las etiquetas de identificación, acorde a la norma INEN 2-288:2000.
Se dispondrá que de las MSDS de todos los productos químicos en idioma castellano, las cuales deban ser de fácil manejo y de accesibilidad inmediata al personal que maneja dichas sustancias.
Se implementará un centro de acopio temporal.
Se implementará un centro de acopio temporal para los bidones donde se transportan las larvas.
Se rotulará el área de acopio de productos químicos.
Se elaborará un procedimiento para carga y descarga de combustibles, acorde a las normas establecidas por las autoridades pertinentes.
Se construirá trampa de grasas y aceites en el cubeto contenedor de derrames donde se ubicaran los tanques de almacenamiento de gasolina y diesel. Y se implementara una válvula de cierre.
Los productos químicos y los hidrocarburos, deberán ser manejados de manera técnicamente apropiada, acorde a lo
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 112 -
estipulado en el Art. 15 del RAOH 1215 y la norma INEN 2.266:2000.
La empresa deberá dotar de kits de emergencia para recoger derrames de productos químicos en el área de almacenamiento de productos químicos y aceites lubricantes.
Medidas enfocadas al manejo de los productos químicos
peligrosos.
PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
Manejo de los productos químicos peligrosos
Objetivo: Promover el correcto almacenamiento y gestión de los
productos químicos peligrosos y cumplir con lo estipulado en la norma
técnica Inen 2:266.
Aspecto ambiental: Riesgo de derrames de productos químicos
Requisito legal: NTE INEN 2266: “Transporte, almacenamiento, manejo
de productos químicos peligrosos”.
Medida preventiva:
La empresa deberá dotar de kits de emergencia para recoger derrames
de productos químicos en el área de almacenamiento de productos
químicos y aceites lubricantes.
Medida correctiva:
Se identificará los envases de productos químicos según los
requisitos detallados en la norma INEN 2-266:2000.
Se garantizará que los envases de los productos químicos
mantengan las etiquetas de identificación, acorde a la norma INEN
2-288:2000.
Se dispondrá de las MSDS de todos los productos químicos en
idioma castellano, las cuales deberán ser de fácil manejo y de
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 113 -
accesibilidad inmediata al personal que maneja dichas sustancias.
Se implementará un centro de acopio temporal para los balones de
oxigeno.
Se implementará un centro de acopio temporal para los bidones
donde se transportan las larvas.
Se rotulará el área de acopio de productos químicos.
Se elaborará un procedimiento para carga y descarga de
combustibles, acorde a las normas establecidas por las autoridades
pertinentes.
Se elaborará procedimientos para carga y descarga de
combustibles, acorde a las normas establecidas por las autoridades
pertinentes.
Se construirá trampa de grasas y aceites en el cubeto contenedor
de derrames donde se ubicarán los tanques de almacenamiento
de gasolina y diesel. Implementar una válvula de cierre.
Los productos químicos y los hidrocarburos, deberán ser
manejados de manera técnicamente apropiada, acorde a lo
estipulado en el Art. 15 del RAOH 1215 y la norma INEN
2.266:2000.
Resultados esperados
Disponer de envases debidamente identificados de los productos
químicos manejados dentro de la empresa.
Manejo seguro de gases comprimidos.
Almacenamiento adecuado de los bidones.
Prevenir riesgos de accidentes.
Manejo seguro de productos químicos peligrosos. Evitar
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 114 -
accidentes.
Evitar la contaminación del suelo y las aguas por derrames de
gasolina y diesel.
Prevenir accidentes e incidentes.
Actuar oportunamente en caso de derrames.
Responsable: Coordinados técnico, jefe de boga.
Costo estimado de la medida: USD 2000,00
Plan de manejo de residuos sólidos y líquidos
En LIMBOMAR se podrán generar desechos sólidos no peligrosos, peligrosos y efluentes industriales (agua de salida de las piscinas camaroneras), los cuales en el caso de ser manejados inadecuadamente contribuirían al deterioro del ambiente, por lo que es indispensable aplicar un plan estructurado de manejo, a fin de evitar y/o minimizar el impacto negativo que las actividades de la empresa pudiesen tener sobre el entorno.
Objetivos
Proporcionar las medidas necesarias que le permitan a la
camaronera LIMBOMAR S.A., el cumplimiento de la normativa
relacionada con el manejo de los desechos sólidos no peligrosos y
efluentes.
Se evitará y/o minimizará el efecto negativo de los desechos
generados durante las actividades de cría y cultivo de camarones
por parte de la camaronera LIMBOMAR S.A.
Se implementará medidas viables para el correcto manejo y
disposición de los desechos sólidos no peligrosos que garanticen
recoger, almacenar, segregar, envasar, transportar, reciclar o
disponerlos sin que originen afectaciones negativas al ambiente.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 115 -
Manejo de residuos sólidos no peligrosos
Desecho sólido no peligroso, es todo aquel desecho sólido que debido a sus características físico-químicas y biológicas, no representa un peligro tanto para la salud de los seres humanos, como para el ambiente, sea éste putrescible o no.
Objetivos
Se reducirá la contaminación del recurso suelo por la generación
de desechos sólidos no peligrosos.
Se gestionará una correcta disposición final de los mismos.
Medidas
No se realizará la quema a cielo abierto de desechos sólidos en las
instalaciones de la empresa.
La empresa deberá gestionar ante las autoridades competentes, el
permiso para la disposición de los desechos sólidos no peligrosos.
Continuar con la segregación de los desechos en la fuente de
generación a través de recipientes plásticos debidamente
rotulados.
LIMBOMAR S.A. deberá implementar un registro de los desechos
sólidos no peligrosos generados, donde se detalle el volumen y el
sitio de disposición del mismo.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 116 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de los desechos sólidos no
peligrosos
PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS
Manejo de los desechos sólidos no peligrosos
Objetivo: Evitar el riesgo de contaminación del recurso suelo
Aspecto ambiental: Prevención y control de la contaminación ambiental
por desechos sólidos no peligroso
Requisito legal: Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y
Criterios de Remediación para Suelos Contaminados.
Medida Correctiva
No se realizará la quema a cielo abierto de desechos sólidos en las
instalaciones de la empresa.
La empresa deberá gestionar ante las autoridades competentes, el
permiso para la disposición de los desechos sólidos no peligrosos.
LIMBOMAR S.A. deberá implementar un registro de los desechos
sólidos no peligrosos generados, donde se detalle el volumen y el
sitio de disposición del mismo.
Medida de seguimiento
Continuar con la segregación de los desechos en la fuente de
generación a través de recipientes plásticos debidamente
rotulados.
Resultados esperados
Adecuado control de los desechos no peligrosos
Evitar la contaminación del aire.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 117 -
Prevenir la contaminación por desechos sólidos.
Ahorro de materias primas y materiales.
Responsable: Coordinador técnico
Costo estimado de la medida: USD 300,00
Manejo de los desechos sólidos peligrosos
Objetivo
Evitar la contaminación del recurso suelo por la generación de aceites usados, baterías en deterioradas, filtros de combustible, waipes impregnadas con hidrocarburos, envases vacios plásticos, vidrio y metálicos impregnados con productos químicos. Así como también se deberá gestionar una correcta disposición final, los cuales deben ser entregados, mediante el formato del "Manifiesto Único de Entrega, Transporte y Recepción de Desechos Peligrosos", a los gestores calificados por el MAE.
Medidas
Se deberá implementar un centro acopio para los aceites usados
que cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-
266:2000.
Se deberá almacenar los desechos peligrosos en condiciones
ambientalmente viables, conforme lo dispuesto en la norma NTE
INEN 2:266 2000.
Se implementará un centro de acopio para los desechos peligrosos
(filtros usados, waipes y trapos impregnados con hidrocarburos)
que cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-
266:2000.
Los desechos peligrosos deberán ser entregados a gestores
autorizados, mediante los correspondientes manifiestos únicos de
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 118 -
entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos. Deberán
mantener las actas de entrega de los desechos peligrosos.
Se realizará la identificación y caracterización de los desechos
peligrosos: Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico ambiental,
Inflamable y Biológico (CRTIB) manejados en LIMBOMAR, según lo
establece la normativa.
LIMBOMAR deberá rotular e identificar los envases donde se
almacenan temporalmente los desechos peligrosos, acorde a la
norma INEN 2:266, en un lapso no mayor a 2 meses a partir de la
aprobación del presente estudio.
Se implementará un registro de los movimientos de los desechos
peligrosos en el área de almacenamiento, en un lapso no mayor a
3 meses a partir de la aprobación del presente estudio.
Se deberá transportar, almacenar y disponer los residuos
peligrosos de acuerdo a lo establecido en las normas y
regulaciones expedidas para el efecto, acción que debe llevarse a
cabo a partir del 4to meses de la aprobación del presente
documento.
Establecer una bitácora mensual sobre la generación de sus
residuos peligrosos (características, volumen, procedencia y
disposición final), en un lapso no mayor a 2 meses a partir de la
aprobación del presente estudio.
Gestionar como desecho peligroso el material absorbente
contaminado con hidrocarburos.
Se implementará un registro de control de los desechos peligrosos,
en el que se detalle: origen, naturaleza, características, cantidades,
forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los
desechos peligrosos, acción que debe llevarse a cabo a partir del
2do mes de la aprobación del presente documento.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 119 -
Medidas enfocadas al correcto manejo de desechos sólidos
peligroso
PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS
Manejo de los desechos sólidos peligroso
Objetivo: Se deberá minimizar el riesgo de contaminación del recurso
suelo por la generación de desechos peligrosos.
Aspecto ambiental: Prevención y control de la contaminación ambiental
por desechos peligrosos.
Medida preventiva
Rotular e identificar los envases donde se almacenarán temporalmente
los desechos peligrosos, acorde a la norma INEN 2:266
Medidas Correctivas
Se deberá implementar un centro acopio para los aceites usados
que cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-
266:2000.
Se deberá almacenar los desechos peligrosos en condiciones
ambientalmente viables, conforme lo dispuesto en la norma NTE
INEN 2:266 2000.
Se implementará un centro de acopio para los desechos peligrosos
(filtros usados, waipes y trapos impregnados con hidrocarburos)
que cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-
266:2000.
Los desechos peligrosos deberán ser entregados a gestores
autorizados, mediante los correspondientes manifiestos únicos de
entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos. Deberán
mantener las actas de entrega de los desechos peligrosos.
Se realizará la identificación y caracterización de los desechos
peligrosos: Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico ambiental,
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 120 -
Inflamable y Biológico (CRTIB) manejados en LIMBOMAR, según lo
establece la normativa.
LIMBOMAR deberá rotular e identificar los envases donde se
almacenan temporalmente los desechos peligrosos, acorde a la
norma INEN 2:266, en un lapso no mayor a 2 meses a partir de la
aprobación del presente estudio.
Se implementará un registro de los movimientos de los desechos
peligrosos en el área de almacenamiento, en un lapso no mayor a
3 meses a partir de la aprobación del presente estudio.
Se deberá transportar, almacenar y disponer los residuos
peligrosos de acuerdo a lo establecido en las normas y
regulaciones expedidas para el efecto, acción que debe llevarse a
cabo a partir del 4to meses de la aprobación del presente
documento.
Establecer una bitácora mensual sobre la generación de sus
residuos peligrosos (características, volumen, procedencia y
disposición final), en un lapso no mayor a 2 meses a partir de la
aprobación del presente estudio.
Gestionar como desecho peligroso el material absorbente
contaminado con hidrocarburos.
Se implementará un registro de control de los desechos peligrosos,
en el que se detalle: origen, naturaleza, características, cantidades,
forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los
desechos peligrosos, acción que debe llevarse a cabo a partir del
2do mes de la aprobación del presente documento.
Resultados esperados
Cumplir con la normativa ambiental.
Control de los desechos peligrosos.
Almacenar los desechos peligrosos acorde a la normativa
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 121 -
Manejar adecuadamente los desechos peligrosos.
Responsable: Jefe de medio ambiente
Costo estimado de la medida: USD 2000,00
Manejo de efluentes industriales
Se denomina efluente industrial a las descargas residuales derivadas de
los procesos industriales, como así también los vertidos originados por
distintos usos del agua industrial, efluentes de piscinas camaroneras,
provenientes de las purgas de circuitos cerrados o semi-cerrados de la
refrigeración, de producción de vapor, de recirculación de aguas de
proceso, aguas de condensados, de limpieza de equipos, etc., evacuados
a cualquier destino fuera de la industria.
En la industria, la composición de los líquidos residuales varía con el tipo de industria y con el tipo de proceso que se llevaría a cabo. En la industria el agua se utiliza como materia prima, como medio de producción, para enfriamiento o para el lavado. A medida que el agua utilizada recorre el proceso de producción se va cargando de contaminantes, que pueden ser incompatibles con el destino final del líquido residual.
Objetivo
Se deberá reducir la contaminación del recurso agua por la generación de efluentes industriales, así como también gestionara una correcta disposición final de los mismos.
Medida
Se deberá mantener un registro de efluente generados durante los
procesos productivos que se realizará, en la cual indicaran el caudal del
efluente, tratamiento aplicado, análisis de laboratorio y disposición final.
Medidas enfocadas al correcto manejo de efluentes industriales
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 122 -
PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS.
Manejo de efluentes industriales
Objetivo: Mantener un control detallado de los efluentes industriales.
Aspecto ambiental: Prevención y control de la contaminación ambiental
por efluentes industriales.
Requisito legal: Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes:
Recurso Agua. TULSMA, Libro VI, Anexo 1
Medida Correctiva
Se deberá mantener un registro de efluente generados durante
los procesos productivos que se realizará, en la cual indicarán el
caudal del efluente, tratamiento aplicado, análisis de laboratorio y
disposición final.
Resultados esperados
Cumplir con la legislación.
Responsable: Jefe de medio ambiente.
Costo estimado de la medida: USD 80,00
Manejo de efluentes domésticos
Las aguas residuales domesticas se refiere a las aguas que se has visto
afectada negativamente en la calidad por las actividades antropogénicas.
Se compone de los residuos líquidos descargados por residencias
particulares, locales comerciales, la industria y / o la agricultura y pueden
abarcar una amplia gama de posibles contaminantes y concentraciones.
En el uso más común, se refiere a las aguas residuales municipales que
contiene un amplio espectro de contaminantes resultantes de la mezcla
de las aguas residuales procedentes de distintas fuentes.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 123 -
Objetivo
Reducir la contaminación del recurso agua por la generación de efluentes domésticos, así como también gestionar una correcta disposición final de los mismos.
Medidas
LIMBOMAR S.A. deberá disponer las aguas del lavado de los utensilios de
cocina en el pozo séptico.
Medidas enfocadas al correcto manejo de efluentes domésticos.
PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS.
Manejo de efluentes domésticos
Objetivo: Reducir la contaminación por la generación de efluentes
domésticos, así como también se gestionará una correcta disposición
final de los mismos.
Aspecto ambiental: Prevención y control de la contaminación ambiental
por efluentes domésticos.
Requisito legal: Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes:
Recurso Agua. TULSMA, Libro VI, Anexo 1
Medida Correctiva
LIMBOMAR S.A. deberá disponer las aguas del lavado de los utensilios de cocina en el pozo séptico.
Responsable: Coordinador técnico
Costo estimado de la medida: USD 100,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 124 -
Plan de capacitación
El cumplimiento de este plan dependerá del involucramiento y liderazgo de los directivos de la camaronera LIMBOMAR S.A., quienes deberán trabajar en la concienciación del personal involucrado, por lo que la empresa deberá elaborar un cronograma anual de capacitación, en el que se incluyan los temas relacionados a la salud ocupacional, seguridad industrial y ambiente, las mismas que deberán ser conducidas por técnicos especialistas, por lo menos una vez al año. La realización de las capacitaciones deberá ser registrada para evidenciarlas en la próxima auditoría ambiental o para reportar el avance del cumplimiento del PMA aprobado.
Objetivo
Capacitar y concienciar al personal operativo de la camaronera
LIMBOMAR S.A., en temas de manejo de productos químicos y seguridad
industrial.
Medidas enfocadas a la capación de los trabajadores
PLAN DE CAPACITACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN
Programa de capacitación
Objetivo: Capacitar y concienciar al personal operativo de la camaronera
LIMBOMAR S.A., en temas de manejo de productos químicos y seguridad
industrial.
Aspecto ambiental: Gestión ambiental y seguridad industrial.
Requisito legal: Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo del IESS.
Medidas Preventiva
Impartir una capacitación anual sobre riesgos al personal
encargado del manejo de productos químicos. Conservar registro
de asistencia y acta de evaluación.
Impartir una capacitación anual sobre toxicidad de los productos
químicos manejados en camaronera LIMBOMAR. Conservar
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 125 -
registro de asistencia y acta de evaluación.
Impartir una capacitación anual sobre “Interpretación de los
símbolos de peligrosidad”. Conservar registro de asistencia y acta
de evaluación.
Impartir capacitaciones anuales sobre “Manejo de las MSDS”.
Conservar registro de asistencia y acta de evaluación.
Impartir charlas de capacitación anual en procedimientos
apropiados de prestación de primeros auxilios ante accidentes
químicos, al personal encargado del manejo de los productos
químicos peligrosos. Conservar registro de asistencia y acta de
evaluación.
Implementar un programa de capacitación que incluya a todo el
personal en temas de prestación de primeros auxilios. Conservar
registro de asistencia y acta de evaluación.
Realizar capacitación periódica sobre métodos de primeros auxilios
y respiración artificial al personal que realizar reparaciones de
equipos e instalaciones eléctricas. Conservar registro de asistencia
y acta de evaluación.
Resultados esperados
Personal capacitado sobre riesgos asociados al manejo de
productos químicos.
Personal capacitado para enfrentar contingencias.
Personal capacitado en la Interpretación de los símbolos de
peligrosidad.
Personal capacitado en el manejo de MSDS.
Personal capacitado para ofrecer primeros auxilios ante accidentes
químicos.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 126 -
Personal capacitado en temas de primeros auxilios y de
salvamento.
Personal capacitado en temas de primeros auxilios y respiración
artificial.
Responsable: Jefe de seguridad industrial
Costo estimado de la medida: USD 1400,00
Plan de Salud Ocupacional, Seguridad e Higiene Industrial
Es preocupación constante de los empleadores el crear las condiciones
propicias para que los trabajadores puedan desarrollar sus labores sin
peligro, en buenas posturas, o existan los equipos o accesorios que
minimicen daños temporales o permanentes a la salud de quienes
laboran en la camaronera LIMBOMAR.
Objetivos
Velar por el cumplimiento de las regulaciones oficiales referentes a la
evaluación de riesgos por las exposiciones laborales.
Medidas
Deberán realizarse exámenes audiométricos a los trabajadores
que laboraran en la estación de bombeo principal y generadores,
por ser áreas consideradas ruidosa.
Implementar un programa de vigilancia epidemiológica de acuerdo
a los resultados de los análisis audiométricos.
Realizar anualmente evaluaciones médicas ocupacionales a los
trabajadores.
Contar con extintores y someterlos a comprobaciones cada 6
meses. Mantener la constancia en una etiqueta especial colocada
en los mismos equipos.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 127 -
Realizar entrega de los EPP´s necesarios al personal que entre en
contacto con los productos químicos peligrosos. Mantener
registros de entrega de EPP´s. Exigir el uso de los mismos.
Elaborar análisis de riego en los puestos de trabajo.
Realizar la actualización del "Reglamento Interno de Seguridad y
Salud en el Trabajo". Enviar dicho reglamento al Ministerio de
Relaciones Laborales para su aprobación.
Conformar un Comité de Seguridad e Higiene industrial acorde a lo
establecido en el Art. 95 del Reglamento De Seguridad E Higiene
del Trabajo del IESS. Registrarlo en el Ministerio de Relaciones
Laborales (dicho comité deberá estar integrado por tres
representantes de los trabajadores y por tres representantes de
los empleadores, vinculadas con las actividades técnicas de la
empresa).
Medidas enfocadas a establecer un programa general de salud
ocupacional, seguridad e higiene industrial
PLAN DE SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL
Establecer un programa general de salud ocupacional, seguridad e
higiene industrial
Objetivo: Velar por el cumplimiento de las regulaciones oficiales
referentes a la evaluación de riesgos por las exposiciones laborales.
Aspecto ambiental: Riesgos físicos, mecánicos y químicos.
Requisito legal: Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo del IESS.
Medida preventiva
Realizar audiometrías anuales al personal que labora en las áreas
identificadas como generadoras de ruido.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 128 -
Implementar un programa de vigilancia epidemiológica de acuerdo
a los resultados de los análisis audiométricos.
Realizar anualmente evaluaciones médicas ocupacionales a los
trabajadores
Medida de seguimiento
Contar con extintores y someterlos a comprobaciones cada 6 meses. Medida correctiva
Realizar entrega de los EPP´s necesarios al personal que entre en
contacto con los productos químicos peligrosos. Mantener
registros de entrega de EPP´s. Exigir el uso de los mismos.
Elaborar análisis de riego en los puestos de trabajo.
Realizar mantenimiento periódico a los extintores y someterlos a
comprobaciones.
Realizar la actualización del "Reglamento Interno de Seguridad y
Salud en el Trabajo". Enviar dicho reglamento al Ministerio de
Relaciones Laborales para su aprobación.
Crear el Comité de Seguridad e Higiene Industrial, según lo
establecido. Registrarlo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
Resultados esperados
Proteger la salud del personal y mantener ambientes saludables de
trabajo.
Cumplimiento de la legislación.
Responsable: Jefe de seguridad industrial y Departamento médico
Costo estimado de la medida: USD 3000
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 129 -
Plan de monitoreo y seguimiento
El cumplimiento del plan de monitoreo y seguimiento dependerá del
involucramiento y liderazgo de los directivos de la camaronera
LIMBOMAR S.A., puesto que son ellos los que deberán designar un ente
responsable de mantener organizados y actualizados los registros de las
actividades que se realicen.
Objetivo
Determinar si las actividades del proyecto son implementadas de acuerdo a lo planificado, valorando su nivel de cumplimiento, a la vez se persigue también evaluar el cumplimiento de las actividades proyectadas de acuerdo a lo previamente planificado.
Consideraciones:
Supervisar la ejecución de cada una de las medidas de prevención, mitigación y monitoreo ambiental en su momento oportuno, conforme al cronograma de ejecución del Plan de Manejo Ambiental.
Presentar los respectivos informes de monitoreo de agua residuales con laboratorios acreditados por la OAE.
En caso de generarse modificaciones sustanciales en el Plan de Manejo Ambiental, deberá reportar se a las autoridades ambientales competentes.
Una vez obtenida la licencia ambiental, la empresa deberá realizar las Auditorías Ambientales de acuerdo con el Sistema Único de Manejo ambiental que establece varios niveles de control en la aplicación del Plan de Manejo perteneciente al Estudio de Impacto Ambiental de la camaronera Limbomar, el cual se realizará en un periodo de dos años, posteriores a la obtención de la Licencia Ambiental.
El Plan de Monitoreo y Seguimiento tiene como finalidad mantener
organizados y actualizados los registros de las mediciones que se
realicen. En el contenido de los registros de control debe incluirse la
fecha de monitoreo, el recurso muestreado, el sitio de muestreo, los
parámetros determinados, resultados, observaciones, recomendaciones
de control y firma de responsabilidad. La persona responsable
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 130 -
mantendrá archivados los registros de los análisis y llevará una
estadística de las evaluaciones.
Se mantendrán actualizados los registros de:
•Análisis semestrales de las características del efluente y reportes al
MAE de los resultados.
•Registro de entrega/cambio de EPP al personal de acuerdo a los
riesgos a los que esté expuesto.
•Registro de generación y disposición de desechos sólidos.
•Manifiestos únicos de entrega, transporte y recepción de desechos
peligrosos. Se deberá solicitar una copia de las Licencias Ambientales de
los gestores calificados y transportistas con los cuales trabajará la
camaronera y mantenerla en los archivos.
•Registros de capacitaciones, simulacros, mantenimiento de los
equipos, movimiento de desechos peligrosos, supervisión del uso de EPP,
inspecciones de los lugares de trabajo, evaluación de fichas
ocupacionales, etc.
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO
Registros de Verificación de Cumplimiento de la Medidas
Ambientales
ASPECTO AMBIENTAL: Monitoreos, Registros y documentación de
respaldo
DESCRIPCION: Establecer un programa de Monitoreos y
Seguimiento de cumplimientos de los objetivos de prevención,
control y de mitigación de los impactos ambientales negativos
Medidas:
Monitoreo simples de la Calidad de los Efluentes generados por la actividad y su incidencia al ambiente.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 131 -
Se determinaron dos áreas de toma de muestra:
En el sitio de la descarga o en el cuerpo receptor, debido a que
en estos puntos se presenta las condiciones del efluente y
están dentro de la propiedad; y,
En el sitio de la descarga o en el cuerpo receptor, debido a que
la empresa ejerce su propiedad en este sector.
Realizar los siguientes parámetros: DBO, DQO, pH y SST.
Adicionalmente se analizarán: Organofosforados y Organoclorados, Carbamatos totales, aceites y grasas.
Mantener los registros de verificación de cumplimiento de los controles de cada proceso y medidas de control de las actividades de la hacienda.
PROGRAMACION: Realizar 1 vez cada año
RESPONSABLE DE SU EJECUCIÓN: Jefe de la Unidad de Seguridad
Industrial, Administradores y Supervisores de Proceso.
INDICADORES VERIFICABLES:
Resultados de Monitoreo de la Calidad del Efluente de un laboratorio acreditado.
Informe de Monitoreo de los Reglamentos de Seguridad Industrial.
VALOR APROXIMADO: $ 1000,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 132 -
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS
El objetivo de éste programa es lograr un acercamiento comunitario y propender a mantener buenas relaciones con los pobladores de la comunidad de La Unión. Por lo que propone que la Camaronera no será un proveedor de servicios básicos, que es responsabilidad de los entes seccionales y gubernamentales, pero se ayudará en cuanto a un Apoyo a Manifestaciones culturales, educativas y deportivas.
Objetivos
Desarrollar procedimientos y actividades con pobladores del Área de Influencia a la camaronera LIMBOMAR S.A.
Efectuar medidas para la difusión del Plan de Manejo Ambiental y actividades en pro de las comunidades. Así mismo, se propone las normas de comportamiento por parte de los trabajadores de la camaronera en su relación con la comunidad.
Ayuda al desarrollo de actividades culturales y deportivas que se realicen en las poblaciones, dentro del área de influencia.
MEDIDAS
Las principales estrategias de comunicación e información para la difusión del Estudio y el Plan de Manejo Ambiental serán a través del Proceso de Participación Social (Audiencia Pública o Reunión Informativa) serán:
Los empleados de la camaronera LIMBOMAR S.A. y sus contratistas deberán cumplir con las normas de comportamiento especificadas. Entre estas normas se encuentran las siguientes:
La cordialidad y el respeto son los factores principales para mantener una buena relación con la población. Por tanto, los empleados de la camaronera, deberán trabajar en función de mantener una buena relación con los pobladores del sector.
No ingrese a las casas de los pobladores a menos que lo inviten a pasar y cuente con la autorización del Jefe de Familia. Bajo
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 133 -
ninguna circunstancia ingrese a una casa donde se encuentren mujeres especialmente jóvenes solas.
La Legislación Ecuatoriana prohíbe la comercialización de objetos arqueológicos. En caso de que encuentre este tipo de artefactos, comuníquelo de inmediato a su supervisor.
En caso de prever que alguna actividad de los pobladores afecte a los intereses de la camaronera, informar a la Administración para la toma de las medidas pertinentes.
No disponer de ningún tipo de desechos de las actividades de la camaronera LIMBOMAR S.A., fuera de los límites de la camaronera o en áreas tales como manglar (así se encuentren dentro de los linderos de la camaronera), con los que de manera indirecta se afecte a las comunidades o propiedades vecinas.
Cumplir con las medidas especificadas en el Programa de Seguridad Industrial con el fin de precautelar la salud y la integridad individual y colectiva del personal de las comunidades vecinas.
Apoyo a manifestaciones culturales, educativas y deportivas mediante la participación en común.
Estas medidas deben implementarse en el primer semestre una vez obtenida la licencia ambiental, la Gerencia Administrativa, debe asegurarse de la implementación y cumplimiento del Programa de Relaciones Comunitarias y de consolidar el desarrollo del mismo.
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 134 -
CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
Plan del
PMA Actividad de Aplicación
Costo total Meses de aplicación del PMA
Costo
por Medida
Costo general
por Plan 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Pla
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tin
gen
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Elaborar e implementar el Plan de contingencia de la empresa y
difundirlo entre sus trabajadores.
$1500,00
$2000,00
Poner a prueba el plan de contingencia. Realizar al menos un simulacro
anual con la participación de todo el personal de la agencia. Mantenerlos
correspondientes registros/actas de evaluación.
$500,00
Pla
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Registrar las actividades del mantenimiento preventivo y correctivo en
caso de utilizar generadores de electricidad.
$50,00
$2000,00
Registrar las actividades del mantenimiento preventivo y correctivo de
los equipos considerados como ruidosos y/o vibratorios.
$50,00
Se identificar los envases de productos químicos según los requisitos detallados en la norma INEN 2-266:2000
$100,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 135 -
Se garantizara que los envases de los productos químicos mantengan las etiquetas de identificación, acorde a la norma INEN 2-288:2000.
$100,00
Se dispondrá de las MSDS de todos los productos químicos en idioma
castellano, las cuales deberán ser de fácil manejo y de accesibilidad
inmediata al personal que maneja dichas sustancias.
$50,00
Se implementara un centro de acopio temporal para los balones de oxigeno.
$400,00
Se implementara un centro de acopio temporal para los bidones donde
se transporta larvas
Rotular el área de acopio de productos químicos
$100,00
Se elaborara un procedimiento para carga y descarga de combustibles,
acorde a las normas establecidas por las autoridades pertinentes. $300,00
Se construirá trampa de grasas y aceites en el cubeto contenedor de
derrames donde se ubicaran los tanques de almacenamiento de
gasolina y diesel. Implementar una válvula de cierre
$200,00
Los productos químicos y los hidrocarburos, deberán ser manejados de
manera técnicamente apropiada, acorde a lo estipulado en el Art. 15 del
RAOH 1215 y la norma INEN 2.266:2000.
$150,00
La empresa deberá dotar de kits de emergencia para recoger derrames
de productos químicos en el área de almacenamiento de productos
químicos y aceites lubricantes
$100,00
Man
ejo
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s y
Re
sid
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sólid
os
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s No se realizara la quema a cielo abierto de desechos sólidos en las
instalaciones de la empresa
$ 2250,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 136 -
La empresa deberá gestionar ante las autoridades competentes, el
permiso para la disposición de los desechos sólidos no peligrosos.
$50,00
Continuar con la segregación de los desechos en la fuente de generación
a través de recipientes plásticos debidamente rotulados
LIMBOMAR S.A. deberá implementar un registro de los desechos sólidos no peligrosos generados, donde se detalle el volumen y el sitio de disposición del mismo
$100,00
LIMBOMAR S.A. deberá disponer las aguas del lavado de los utensilios de
cocina en el pozo séptico. $100,00
Se deberá mantener un registro de efluente generados durante los
procesos productivos que se realizara, en la cual indicaran el caudal del
efluente, tratamiento aplicado, análisis de laboratorio y disposición final.
$100,00
Se deberá implementar un centro acopio para los aceites usados que
cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-266:2000 $150,00
Se deberá almacenar los desechos peligrosos en condiciones
ambientalmente viables, conforme lo dispuesto en la norma NTE INEN
2:266 2000.
$100,00
Se implementara un centro de acopio para los desechos peligrosos
(filtros usados, waipes y trapos impregnados con hidrocarburos) que
cumpla con los requerimientos establecidos en la norma 2-266:2000.
$300,00
Los desechos peligrosos deberán ser entregados a gestores autorizados,
mediante los correspondientes manifiestos únicos de entrega,
transporte y recepción de desechos peligrosos. Deberán mantener las
actas de entrega de los desechos peligrosos.
$800,00
Se realizara la identificación y caracterización de los desechos peligrosos:
Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico ambiental, Inflamable y Biológico $50,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 137 -
(CRTIB) manejados en LIMBOMAR, según lo establece la normativa.
LIMBOMAR deberá rotular e identificar los envases donde se almacenan
temporalmente los desechos peligrosos, acorde a la norma INEN 2:266,
en un lapso no mayor a 2 meses a partir de la aprobación del presente
estudio.
$50,00
Se implementara un registro de los movimientos de los desechos
peligrosos en el área de almacenamiento, en un lapso no mayor a 3
meses a partir de la aprobación del presente estudio.
$50,00
Se deberá transportar, almacenar y disponer los residuos peligrosos de
acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el
efecto, acción que debe llevarse a cabo a partir del 4to meses de la
aprobación del presente documento.
$50,00
$2250,00
Gestionar como desecho peligroso el material absorbente contaminado
con hidrocarburos. $200,00
Establecer una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos
peligrosos (características, volumen, procedencia y disposición final), en
un lapso no mayor a 2 meses a partir de la aprobación del presente
estudio.
$50,00
Se implementara un registro de control de los desechos peligrosos, en el que se detalle: origen, naturaleza, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos peligrosos, acción que debe llevarse a cabo a partir del 2do mes de la aprobación del presente documento.
$50,00
Pla
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Impartir 1 capacitación anual sobre riesgos al personal encargado del
manejo de productos químicos. Conservar registro de asistencia y acta
$200,00
$ 1.400,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 138 -
de evaluación.
Impartir 1 capacitación anual sobre toxicidad de los productos químicos
manejados en camaronera LIMBOMAR. Conservar registro de asistencia
y acta de evaluación
$200,00
Impartir 1 capacitación anual sobre “Interpretación de los símbolos de
peligrosidad”. Conservar registro de asistencia y acta de evaluación. $200,00
Impartir capacitaciones anuales sobre “Manejo de las MSDS”. $200,00
Impartir charlas de capacitación anual en procedimientos apropiados de
prestación de primeros auxilios ante accidentes químicos, al personal
encargado del manejo de los productos químicos peligrosos. Conservar
registro de asistencia y acta de evaluación
$200,00
Implementar un programa de capacitación que incluya a todo el
personal en temas de prestación de primeros auxilios.
$200,00
Realizar capacitación periódica sobre métodos de primeros auxilios y
respiración artificial al personal que realizar reparaciones de equipos e
instalaciones eléctricas.
$200,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 139 -
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Realizar entrega de los EPP´s necesarios al personal que entre en
contacto con los productos químicos peligrosos.
$500,00
$1900 ,00
Elaborar análisis de riego en los puestos de trabajo.
$200,00
Realizar mantenimiento periódico a los extintores y someterlos a
comprobaciones.
$200,00
Realizar la actualización del "Reglamento Interno de Seguridad y Salud
en el Trabajo". Enviar dicho reglamento al Ministerio de Relaciones
Laborales para su aprobación.
$500,00
Crear el Comité de Seguridad e Higiene Industrial, según lo establecido.
Registrarlo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
$100,00
Realizar audiometrías anuales al personal que labora en las áreas
identificadas como generadoras de ruido. Implementar un programa de
vigilancia epidemiológica de acuerdo a los resultados de los análisis
audiométricos
$200,00
Realizar anualmente evaluaciones médicas ocupacionales a los
trabajadores
$200,00
EIA EX ANTE CAMARONERA LIMBOMAR Página - 140 -
Mo
nit
ore
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guim
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Análisis semestrales de las características del efluente o afluente por
laboratorios acreditados por la OAE y reportes al MAE de los resultados
$400,00
$ 1000,00
Registro de entrega/cambio de EPP al personal de acuerdo a los
riesgos a los que esté expuesto.
$100,00
Registro de generación y disposición de desechos sólidos peligrosos y No
peligrosos
$200,00
Realizar los Registros de Entrega, transporte y recepción de desechos
peligrosos, solicitar copia de las licencias ambientales a los Gestores
Autorizados
$200,00
Mantener los registros de Capacitaciones / Inducciones al personal,
Simulacros realizados, Mantenimiento de los equipos y herramientas,
Movimiento de desechos peligrosos, Supervisión del uso de EPP,
Inspecciones de los lugares de trabajo.
$100,00
Pla
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ela
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Se realizarán procesos de acercamiento. Utilizando las metodologías más
adecuadas para difundir las características de la camaronera, y en
general los aspectos ambientales del mismo
$200,00
$400,00
Apoyo a Manifestaciones culturales, educativas y deportivas $200,00
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9 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El Estudio de Impacto Ambiental realizado a la camaronera Limbomar
S.A., evaluó las actividades que se llevarán a cabo y el cumplimiento de
las normas ambientales vigentes en el país que rigen para a la empresa,
estipuladas en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria
del Ministerio del Ambiente, Normas NTE INEN, Reglamentos, Acuerdos.
Consideró además el cumplimiento de las normas laborales de seguridad
industrial y salud ocupacional.
9.1 Conclusiones
Las conclusiones obtenidas, luego de realizar el EIA, son las siguientes:
El personal que realizará las reparaciones de las lanchas a motor y de la bodega de químicos deberán poseer conocimientos suficientes sobre los riesgos de los productos químicos que manejan. Tampoco conocen las MSDS de estos productos.
Se deberá impartir capacitación sobre el manejo de productos químicos peligrosos.
Los aceites usados deberán ser entregados a gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente y deberán tener un registro de las entregas.
Los trapos y waipes impregnados con hidrocarburos deberán ser entregados a gestores calificados por el MAE o DMA.
La empresa debe registrarse como generador de desechos peligrosos ante la AAAr.
La empresa deberá mantener un registro de los efluentes de las piscinas de producción para conocer el recambio diario de agua.
Limbomar S.A, dispondrá de "Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo".
La empresa deberá contar de un Comité de Seguridad e Higiene Industrial.
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9.2 Recomendaciones
Cumplir con el Plan de monitoreo y seguimiento ambientales, planteado en el presente documento técnico ambiental.
Elaborar un cronograma anual de capacitación, en el que se incluyan los temas indicados en el presente estudio y otros que la empresa considere necesarios.
Anualmente presentar la declaración de la generación de los desechos peligrosos ante el MAE.
Implementar programa anual de simulacros para poner en práctica el Plan de Contingencias. Mantener los correspondientes registros.
Presentar anualmente el avance de todas las actividades cumplidas del cronograma valorado del PMA ante la Dirección Regional Nº 5 del Ministerio del Ambiente del Ecuador.
Realizar la AAC un año después de la aprobación del presente EIA. Para ello tres meses antes se contratará los servicios de una empresa ambiental calificada para dicho fin.
9.3 Bibliografía
Chunga K., Dumont J.F. 2002. Susceptibilidad tsunamigénica en las zonas costeras del Golfo de Guayaquil y correlación sedimentológica de un depósito de tsunami en el área de Villamil Playas. Mem. VIII Congreso Ecuatoriano en Ciencias de la Tierra. Guayaquil, 17 páginas.
Fundación Natura y M.I. Municipio de Guayaquil. 2004. Plan de Gestión de Calidad del Aire en la Ciudad de Guayaquil.
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Sierra, R. (ed.). 1999. Propuesta preliminar de un sistema de clasificación de vegetación para el Ecuador Continental. Proyecto INEFAN/ GEF-BIRG y Eco-Ciencia, Quito. 194 p
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REGISTRO FOTOGRAFICO
Diesel y aceites Maquinaria
Cuerpo receptor de agua (Rio Guayas) Estación de Bombeo momentánea
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Lugar donde se colocara la estación de
bombeo fija Comedor
Cuenta con energía eléctrica Maquinarias utilizadas para la
construcción de piscinas
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Mangles alrededor de la camaronera
que no van a intervenir Piscina de recirculación de agua