UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO
ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL
MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO
Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. C. I. N V-18.706.197 Tutor: Lcda. Valecillos Norelis
Febrero, 2011
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO
ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL
IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL
MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO
Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. C. I. N V-18.706.197 Tutor: Lcda. Valecillos Norelis
TRABAJO ESPECIAL DE GRADO PRESENTADO ANTE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES COMO REQUISITO PARCIAL PARA OPTAR AL TITULO
DE LICENCIADA EN CONTADURA PBLICA
Febrero, 2011
ii
AGRADECIMIENTO
Al ms especial de todos, a Dios Todopoderoso, porque hiciste realidad
este sueo, con tu ayuda y gua me diste la oportunidad de demostrarme que
s se pueden alcanzar las metas.
Al Ncleo Rafael Rangel por ser mi casa de estudio, por formarme
como profesional y permitirme lo que hoy a nivel acadmico soy.
A la profesora Norelis Valecillos, por su tutora, por brindarme todo su
apoyo, sus conocimientos y estar siempre dispuesta a prestarme su
colaboracin.
A las profesoras: Yohana Mendoza, Miriam Gil y Yanceth Paredes, por
su orientacin y ayuda desinteresada para que esta investigacin cumpliese
con todos los requisitos exigidos.
A la Alcalda del municipio Escuque, en especial al Departamento de
Recaudacin, por todo el apoyo brindado en el momento que lo necesit.
A mis compaeros de estudio por el aporte y ayuda prestada, a todas
las personas que de una y otra manera aportaron un granito de arena en la
construccin de este proyecto
A todos gracias.
iii
DEDICATORIA
Hoy cuando he logrado una de mis metas ms importantes, dedico este
triunfo: primeramente a Dios, por ser mi gua, mi protector, por darme la
fuerza para seguir adelante y por haberme iluminado en el transcurso de la
carrera y hacer posible la culminacin de la misma.
A mis padres, Josefa Graterol y Jess Rojas, a ellos por haberme
educado, cada uno con su forma, por cada una de sus enseanzas y por
estar en todo momento siempre con palabras de aliento y de amor.
A mi hermano Josu Rojas, por su apoyo incondicional, por su
constante estmulo y estar presente en cada momento de mi vida.
A mi esposo Oswaldo lvarez, por existir en mi vida, por siempre
brindarme todo el apoyo y confianza, por acompaarme en los momentos
importantes de mi vida.
A todos aquellos que de alguna u otra manera me animaron a continuar
y culminar este logro.
Jesymar Rojas
iv
NDICE GENERAL
Pg. APROBACIN DEL TUTOR ........................................................................... ii DEDICATORIA ............................................................................................... iii AGRADECIMIENTO ....................................................................................... iv NDICE GENERAL .......................................................................................... v NDICE DE FIGURAS .................................................................... vivvvvvviiivii NDICE DE CUADROS ................................................................................... xi NDICE DE MATRICES DE DATOS .............................................................. iix RESUMEN ................................................................................................. .xi INTRODUCCIN ........................................................................................ .1
CAPTULO I. EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema .................................................................. 4 Formulacin del Problema ...................................................................... 8 Sistematizacin del Problema ................................................................ 8 Objetivos de la Investigacin .................................................................. 9 Justificacin de la Investigacin ........................................................... 10 Delimitacin de la Investigacin ........................................................... 11
CAPTULO II. MARCO TERICO
Antecedentes de la Investigacin ......................................................... 12 Bases Tericas ..................................................................................... 15
Actividad Tributaria ...................................................................... 16 Tributos ........................................................................................ 16 El Municipio .................................................................................. 18 Ingresos Municipales ................................................................... 20 Impuestos Municipales ................................................................. 21 Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar .......................................................................... 23 Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar ................................... 26 Planeacin ................................................................................... 38 Estrategia ..................................................................................... 39 Marco General para Formular Estrategias ................................... 42 Alcalda del Municipio Escuque ................................................... 46 Direccin de Hacienda Pblica Municipal .................................... 49 Departamento de Recaudacin ................................................... 50
Bases Legales ...................................................................................... 53 Definicin de Trminos Bsicos ........................................................... 57 Operacionalizacin de la Variable ........................................................ 60
v
CAPTULO III: MARCO METODOLGICO
Tipo y Diseo de Investigacin ............................................................. 61 Unidad de Anlisis ................................................................................ 62 Tcnicas e Instrumentos de Recoleccin de Datos ............................. 63 Validez del Instrumento ....................................................................... 64 Tcnica de Anlisis de Datos ............................................................... 64
CAPTULO IV: ANLISIS E INTERPRETACIN DE LOS RESULTADOS
Resultados obtenidos en cuanto al Primer Objetivo Especfico ........... 65 Resultados obtenidos en relacin al Segundo Objetivo Especfico ..... 82 Resultados en cuanto al Tercer Objetivo Especfico ............................ 84
CAPTULO V: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones ........................................................................................ 86 Recomendaciones ................................................................................ 90
REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS ............................................................ 93 ANEXOS Anexo 1. Cartas de Solicitud de Informacin ................................................ 97 Anexo 2. Estructura Organizativa de la Alcalda del Municipio Escuque .... 100 Anexo 3. Gacetas Municipales Relacionadas 102 Anexo 4. Planilla de Recaudacin de Impuestos Municipales .................... 107 Anexo 5. Planilla de Recaudacin de la Patente de Industria y Comercio .. 109 Anexo 6. Gua de Entrevista Aplicada ........................................................ 111 Anexo 7. Constancias de Validacin ........................................................... 122
vi
NDICE DE FIGURAS
FIGURA N Pg.1 Modelo General de la Administracin Estratgica 41
vii
NDICE DE CUADROS CUADRO N Pg.
1 Documentos que debe presentar el contribuyente para su registro
29
2 Cancelacin del Impuesto por parte del contribuyente 31 3 Formulacin e Implantacin de las Estrategias 41 4 Operacionalizacin de la Variable 60
viii
NDICE DE MATRICES DE DATOS MATRIZ N Pg.
1 Instrumento utilizado para el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
65
2 Departamento encargado de administrar el ingreso real relacionado con el Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
66
3 Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
67
4 Forma en que se lleva el Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar
67
5 Actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
68
6 Frecuencia de actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
68
7 El porqu de la actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
69
8 Adecuacin del proceso actual aplicado para la recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
69
9 Manuales especficos que indiquen la forma correcta de recaudar el Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
70
10 Documentos son utilizados por el departamento de recaudacin para el pago del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
70
11 Mtodo que utiliza el departamento de recaudacin para realizar el clculo del monto a cancelar el contribuyente por concepto del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
71
12 Establecimiento de convenios para el pago del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
72
13 Establecimiento del plazo de pago 73 14 Frecuencia de ejecucin de fiscalizaciones a los
contribuyentes por parte de la alcalda 73
15 Registro de visitas realizadas a los contribuyentes. 74 16 Capacitacin de los fiscales sobre normas de fiscalizacin. 74
ix
17 Procedimiento aplicado para las fiscalizaciones. 75 18 Finalidad de la accin fiscalizador 76 19 Aplicacin de exoneraciones al Impuesto sobre la
Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar
77
20 Actividades que conceden exoneraciones del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
77
21 Bases del otorgamiento de rebajas al contribuyente 77 22 Aplicacin de sanciones a los contribuyentes 78 23 Sanciones aplicadas 78 24 Motivos por las cuales se aplica una sancin 79 25 Momento en el que se aplica la sancin 80 26 Registro de los contribuyentes morosos en relacin con el
Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar
80
27 Reflejo de la deuda de los contribuyentes en los registros contables de la alcalda
81
28 La visita de fiscalizacin determinante en la imposicin inmediata de sanciones
82
29 Aplicacin de estrategias de cobranza 82 30 Recibimiento del municipio de la reinversin de beneficio
obtenido en organizaciones sin fines de lucro 83
31 Actividades contempladas en el artculo 211 de la Ley del Poder Pblico Municipal
83
32 Sujetos pasivos de acuerdo a la Ordenanza del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque
84
33 Anlisis FODA 85
x
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO
ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y
DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO
Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. Tutor: Lcda. Valecillos Norelis Ao: 2011
RESUMEN
Los procesos de recaudacin de impuestos municipales representan mayor relevancia e indiscutiblemente una herramienta para el aumento de los recursos presupuestarios en el pas, sin embargo, es lamentable observar y detectar graves fallas en estos mismos. Esta investigacin tuvo como objetivo primordial proponer estrategias para mejorar el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar para la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo. La misma corresponde con los estudios de tipo proyectivo, con un diseo de campo; se tom como unidad de anlisis al Departamento de Hacienda Pblica Municipal de la Alcalda del Municipio Escuque; el cual cuenta con un (1) jefe del departamento de Recaudacin y un (1) asistente; a quienes se les aplic una gua de entrevista conformada por treinta y ocho (38) tems, cuya validez se determin mediante el juicio de tres (3) expertos. Los resultados permitieron concluir sin duda alguna, que existe la necesidad de contar con estrategias para el cumplimiento eficaz de los objetivos propuestos por parte de la Alcalda, para maximizar los escasos recursos asignados y presentar ante la comunidad una rendicin de cuentas necesaria para su acreditacin pblica. En este sentido, las estrategias estn destinadas a ayudar al personal adscrito al Departamento de Hacienda Pblica Municipal a coordinar las acciones, a fin de alcanzar los objetivos de registro, recaudacin, fiscalizacin y liquidacin del impuesto.
Palabras claves: Estrategias, recaudacin, impuestos municipales.
1
INTRODUCCIN
En un mundo en el que las empresas y sus beneficios tienen cada vez
ms movilidad, los impuestos sobre el consumo constituyen una fuente de
ingresos a la que pocos gobiernos pueden resistirse. Su aplicacin no
depende de beneficios empresariales, ofrecen un flujo continuo de ingresos
en lugar de grandes sumas de dinero recibidas en amplios intervalos de
tiempo, y generalmente se recaudan con mucha ms rapidez que los
impuestos sobre sociedades.
Venezuela su primordial fuente de ingresos se ha derivado
histricamente del petrleo e hidrocarburos y de la explotacin de las
riquezas provenientes de recursos no renovables, no haba concedido real
importancia al tema de la tributacin ya que la renta petrolera sustitua el
esfuerzo que los ciudadanos deban aportar en la construccin de un pas, lo
que se traduca en un escaso nivel de madurez tributaria. Hoy, y desde hace
algunos aos, esa realidad ha cambiado en forma drstica, y la constatacin
de que los recursos petroleros no son suficientes y adems voltiles, han
hecho que el estado venezolano haya ideado un sistema tributario que
permita disponer de una suma de medios capaces, para lograr la esencia del
estado, que es satisfacer las necesidades colectivas de los ciudadanos.
La administracin financiera de la Hacienda Pblica Municipal est
conformada por los sistemas de bienes, planificacin, presupuesto, tesorera,
contabilidad y tributario; de acuerdo a la Ley Orgnica del Poder Pblico
Municipal (Art. 125). En la parte tributaria municipal se encuentran los
impuestos municipales; dentro de los cuales existe el impuesto a las
actividades econmicas (anteriormente denominado impuesto a la patente de
industria y comercio), que constituye el pilar fundamental de esta
investigacin. Este impuesto es de competencia municipal; por distribucin
originaria de las competencias tributarias, grava las actividades industriales,
comerciales, de servicios o de ndole similar que habitualmente lleva a cabo
2
el contribuyente en un determinado municipio; operando sobre los ingresos
brutos obtenidos.
Para la aplicacin de este impuesto resulta muy importante la aplicacin
del principio de territorialidad y su vinculacin con la nocin de
establecimiento permanente. El primero porque constituye un lmite espacial,
garante de la distribucin competencial tipificada en la constitucin en la
aplicacin del impuesto, siendo que son gravables nicamente aquellas
actividades ocurridas de fuente territorial coincidente con la jurisdiccin del
Municipio que pretende el ingreso tributario. Para ello, cobra especial
trascendencia la nocin de establecimiento permanente, su definicin y
alcance, como elemento de eficacia y eficiencia en la debida aplicacin del
impuesto y como piedra angular en la armonizacin tributaria entre las
diferentes potestades municipales que concurren en la realidad econmica
de cada contribuyente.
En vista de factores influyentes como la falta de una cartera actualizada
de contribuyentes con el nmero clasificacin exacta, lo cual trae como
consecuencia incumplimiento puesto que se deja de sancionar a los
contribuyentes evasores, igualmente omisin de la cancelacin obligatoria de
este impuesto por parte del contribuyente, inexistencia de una relacin
recproca entre la carga tributaria y los servicios que estos generan, se hace
relevante el hecho de proponer estrategias para el mejoramiento del proceso
de recaudacin en la Alcalda del Municipio Escuque, con la finalidad de
servir de instrumento eficaz para producir y contribuir a un cambio radical en
el rea tributaria.
En la bsqueda de este objetivo se estructur el trabajo de
investigacin de la siguiente manera:
Captulo I, Planteamiento del Problema: en l se reconoce el problema,
se realiza un planteamiento y se formula la interrogante. Adems se
establece la sistematizacin del problema, el objetivo general y los
3
especficos respectivamente, evidencindose tambin la justificacin y
delimitacin de la investigacin.
Seguidamente el Capitulo II, el cual enmarca una descripcin del marco
terico, conformada por los antecedentes, bases tericas y legales,
incluyendo de esta forma la operacionalizacin de variables que orienta los
aspectos a estudiarse.
El Captulo III, integrado por el marco metodolgico, en donde se detalla
el esquema metodolgico desarrollado durante el proceso investigativo, en l
se explica el tipo, diseo de investigacin, poblacin en estudio, tcnica e
instrumentos de recoleccin de datos, validez y tratamiento para el anlisis
de los datos.
El Captulo IV, muestra el anlisis e interpretacin de los resultados
obtenidos de la investigacin, por cada uno de los objetivos especficos, as
como las estrategias formuladas.
En el Captulo V, se establecen las conclusiones y recomendaciones
fundamentadas en los resultados obtenidos con base a los objetivos
especficos.
Finalmente las referencias bibliogrficas, las cuales sirvieron de apoyo
en el desarrollo de la investigacin, adems de los anexos pertinentes.
4
CAPTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
El sector pblico como rgano representante del gobierno nacional,
tiene a su cargo la debida recaudacin tributaria, su preocupacin es lograr la
incorporacin de los avances tecnolgicos y aplicar nuevos procedimientos
administrativos que permitan lograr su eficacia, mejorando la capacidad de
gestin para lograr un incremento de la gobernabilidad.
Por esta razn, nace de manera indispensable para el Estado la
exigencia de la recaudacin de impuestos, otorgndole un carcter
obligatorio al mismo, debido a que tiene como finalidad lograr el bienestar
colectivo, generando una mejor proteccin econmica as como elevando el
nivel de vida del pas. Esto lo podemos evidenciar en la recaudacin total
prevista para el ao 2010 que fue de 82,4 mil millones de bolvares, segn
Cabello (2010) Superintendente del Servicio Nacional Integrado de
Administracin Aduanera y Tributaria (SENIAT) que agrego: La entidad
mantiene la efectividad de su gestin y una demostracin de ello es el
cumplimiento de la meta anual dos meses antes de que culmine el ejercicio
fiscal".
Lo anterior indica que el sistema tributario venezolano, de cierta
manera, est cumpliendo con sus funciones dentro de la economa nacional,
para ello ejecuta un proceso de recaudacin de impuestos, el cual como
parte integrante de la gestin del tributo, consiste en el ejercicio de la funcin
administrativa conducente a la realizacin de los crditos tributarios a favor
de cualquiera de las entidades pblicas descentralizadas, de competencia
tributaria.
5
Dentro del sistema tributario venezolano, el proceso de recaudacin de
impuestos se aplica en tres poderes: Nacional, Estadal y Municipal, teniendo
cada uno competencia en diferentes tributos. Desde el punto de vista
municipal, la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, le
transfiere al municipio las responsabilidades necesarias para su
funcionamiento financiero e institucional sobre la gestin de sus materias de
competencias y creacin, recaudacin e inversin de sus ingresos; gozando
de personalidad jurdica y autonoma en los lmites establecidos en el artculo
168.
Segn Mirabal (2006), la mayora de los municipios venezolanos
centran su atencin, particularmente en el Impuesto a la Actividad Comercial,
Econmica, Industrial y de ndole Similar, antes (Patente de Industria y
Comercio), por el impacto financiero ejercido en las empresas. Aunado a
esto Briceo (2002) expresa que es el generador de la mayor cuanta de
ingresos a las entidades locales, aparte de gravar, a veces los nicos
ingresos para los municipios, situacin sta que no ha cambiado hasta la
fecha.
De acuerdo a la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal en su artculo
207, el Impuesto a la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole
Similar, tiene un perodo impositivo que coincide con el ao natural, donde
los ingresos gravables son los percibidos en ese ao, sin perjuicio de que
puedan ser establecidos mecanismos de declaracin anticipada sobre la
base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior al gravado y sin
perjuicio de que pueda ser exigido un mnimo tributable consistente en un
impuesto fijo, en los casos en que as lo sealen las ordenanzas.
En este sentido, el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la
Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar; est
determinado esencialmente por cinco (5) aspectos: el registro de
informacin del contribuyente, el convenio, plazo de pago, la accin
fiscalizadora, las exenciones, exoneraciones, rebajas y por supuesto las
6
sanciones. La funcin de recaudacin debe tener en cuenta tanto la
recepcin de informacin por parte del contribuyente, as como de las fechas
de vencimiento del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica,
Industrial y de ndole Similar. Tambin es importante prestarle la debida
atencin a los formularios que se utilizan tanto para el pago de tributos como
para las declaraciones juradas.
Con base a la importancia que tiene el proceso de recaudacin del
Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole
Similar; se toma como contexto de investigacin a la Alcalda del Municipio
Escuque, la cual es un ente gubernamental cuya actividad principal es
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad, teniendo como
misin consolidarse como un Municipio justo y equitativo, que proporcione las
condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y deberes
constitucionales, mediante la prestacin oportuna de los bienes, obras y
servicios en procura del mejoramiento del bienestar y la calidad de vida de
los ciudadanos y ciudadanas.
Aunado a esto, los ingresos tributarios obtenidos del Impuesto sobre la
Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar; se estn
viendo afectados por algunas circunstancias que limitan su proceso de
recaudacin. De acuerdo a unas entrevistas informales a funcionarios de
esta Alcalda, se detect que existe deficiencia en el sistema de recaudacin
del Impuesto, debido a la omisin de la cancelacin obligatoria del impuesto
por parte del contribuyente, a la inexistencia de una relacin recproca entre
la carga tributaria y los servicios que stos generan a travs de los recursos
que proporcionan dicho impuesto, igualmente a que no existe mucha
preocupacin por desarrollar o potenciar esta importante rea, a travs de la
cual se atraen los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus
fines y objetivos a favor de las comunidades.
En el caso del Impuesto de Actividades Comercial, Econmica,
Industrial y de ndole Similar, a pesar de la existencia de un Departamento de
7
recaudacin y fiscalizacin, presentan algunas inconsistencias que impiden
la obtencin de los resultados, expresado de otra forma se presenta
actualmente una desorganizacin en materia de recaudacin lo cual afecta
de manera negativa al desarrollo del Municipio, ya que parte de los ingresos
con que cuenta el mismo son provenientes de los impuestos municipales.
La situacin antes descrita conduce a exponer que una de las causas
es la existencia de un sistema de recaudacin de impuestos poco efectivo,
as como tambin la falta de una cartera actualizada con el nmero, nombre
y clasificacin exacta de los contribuyentes, puesto que se est dejando de
sancionar a los contribuyentes evasores; otras de las cosas que imposibilitan
proveer informacin oportuna, actualizada y confiable es que por lo general la
informacin recabada es de forma manual para las actividades de
recaudacin y fiscalizacin de impuestos.
Esto puede traer como consecuencia la carencia de fuentes de
informacin confiable sobre el monto de la evasin por parte de los
contribuyentes, prdidas de documentacin, de datos y por ende no se llegue
a cubrir los compromisos adquiridos con el colectivo obteniendo un proceso
de recaudacin desfavorable, siendo notoria la inadecuada aplicacin de
polticas gerenciales tendientes a crear una cultura tributaria en los
contribuyentes del Municipio Escuque.
En este orden de ideas, la Alcalda del Municipio Escuque, debera
darle mayor importancia a la planificacin e implementacin de un plan
estratgico de recaudacin tributaria, como una herramienta para mejorar su
gestin y cumplir con las metas y objetivos establecidos para satisfacer las
necesidades del municipio, y as podra incentivar a sus contribuyentes para
que no evadan al pago de impuestos a las Actividades Econmicas creando
conciencia tributaria.
Por lo tanto, debe hacer uso de nuevas estrategias las cuales
representarn cursos de accin general para el mejor empleo de los recursos
y esfuerzos, a fin de lograr los objetivos de recaudacin propuestos. De esta
8
manera, fundamentadas en tres elementos esenciales las metas que deben
alcanzarse, las polticas que limitan las acciones y los lmites establecidos;
servirn a la Alcalda como un instrumento eficaz para producir y contribuir a
un cambio radical en el rea tributaria.
En efecto, las estrategias aplicadas para mejorar el proceso de
recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial
y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del Estado Trujillo;
deben seguir consecuentemente un marco de tres etapas para tomar
decisiones; la etapa 1 de los insumos: resume la informacin bsica que se
debe tener para formular estrategias, la etapa 2: llamada la etapa de la
adecuacin, se concentra en generar estrategias alternativas viables,
alineando factores internos y externos clave y la etapa 3: llamada la etapa de
la decisin, incluye una sola tcnica, la matriz cuantitativa de la planificacin
estratgica, usa la informacin obtenida en la etapa 1 para evaluar, en forma
objetiva, las estrategias alternativas viables identificadas en la etapa 2.
De acuerdo a la problemtica planteada anteriormente surge en el
investigador la siguiente inquietud.
Formulacin del problema
Cules estrategias se pueden establecer para mejorar el proceso de
recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,
Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del estado
Trujillo?
Sistematizacin del Problema
Cmo se lleva a cabo el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la
Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda
del Municipio Escuque?
9
Cules elementos de la normativa legal son adoptados para la
recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial
y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo?
Cules estrategias se podran considerar para que el proceso de
recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial
y de ndole Similar se ajuste al marco legal que lo regula, en la Alcalda del
Municipio Escuque del estado Trujillo?
Objetivo de la Investigacin
Objetivo general
Proponer estrategias para mejorar el proceso de recaudacin del
Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole
Similar para la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo.
Objetivos Especficos
Describir los elementos enmarcados en el proceso de recaudacin del
Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de
ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque.
Conocer los elementos de la normativa legal adoptados para la
recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,
Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del
estado Trujillo.
Formular estrategias para que el proceso de recaudacin del Impuesto
sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar
se ajuste al marco legal que lo regula, en la Alcalda del Municipio
Escuque del estado Trujillo.
10
Justificacin de la Investigacin
La finalidad de la investigacin fue proponer estrategias para mejorar el
proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,
econmica, Industrial y de ndole Similar para la Alcalda del Municipio
Escuque del estado Trujillo; mediante la aplicacin de los conceptos
relacionados con la estrategias y la teora tributaria, se enfoca en estudiar las
posibles fallas que puedan existir en materia de organizacin y control en el
proceso de recaudacin de los impuestos, para de esta manera establecer
cursos de accin que permita el mejoramiento de la recaudacin tributaria en
dicha rea de recaudacin.
En este sentido esta investigacin permiti recoger informacin
pertinente a lo que constituyen los Impuestos Municipales, los fundamentos
legales en que se basan y los mecanismos de recaudacin que pueden
aplicar las Alcaldas, como entes responsables de la Administracin
Municipal, requiriendo as la aplicacin de teoras y principios bsicos
relacionados con la materia tributaria, especficamente sobre el impuesto
municipal denominado Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole
Similar, para que a travs de un adecuado mtodo, estos resultados
permitirn conocer cmo es el Sistema de Recaudacin del Impuestos a la
Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.
En lo metodolgico, este trabajo se puede considerar una gua para la
orientacin de posteriores investigaciones que deban adaptarse a la
metodologa de la investigacin cientfica aplicada al campo de las ciencias
administrativas. Por tales razones, el estudio puede servir de base para
posteriores anlisis en otros tipos de empresas en diferentes mbitos a nivel
nacional o regional.
En este orden de ideas, el estudio ayuda a que el proceso de
recaudacin de impuestos de la Alcalda del Municipio Escuque, pueda
visualizar cules son las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas
del proceso de recaudacin llevado actualmente, para as poder proponer
11
estrategias que le permita mejorar la captacin tributaria a dicho ente
gubernamental.
Los resultados de esta investigacin constituyen un aporte al desarrollo,
fortalecimiento y crecimiento de la Administracin Tributaria del Municipio
Escuque, de tal manera, que cuente con elementos bsicos para analizar el
rendimiento de los impuestos que administra; es decir, que el estudio sirva
como instrumento para los funcionarios, para as lograr una eficiente
recaudacin del impuesto a la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y
de ndole Similar, y hacer de ella una institucin capaz de generar recursos
propios para satisfacer las necesidades de la comunidad.
Delimitacin de la Investigacin
La investigacin se enmarc dentro del mbito tributario y aspectos
legales utilizando conceptos de los mismos y considerando las teoras y
opiniones de diversos autores como: Arias, F. (2004), Arteaga, J. (2005),
Farias, G. (2001), Moya. (2004). Dicha investigacin se encuentra adscrita
en la lnea de investigacin de Tributos del Departamento de Ciencias
Econmicas, Administrativas y Contables del Ncleo Rafael Rangel de la
Universidad de Los Andes; donde se ubica los impuestos municipales y se
realiz en el Departamento de Recaudacin de la Alcalda del Municipio
Escuque del estado Trujillo. El tiempo de duracin comprendi el lapso de
diciembre 2009 a diciembre 2010, utilizndose como unidades de anlisis al
Departamento de Hacienda Pblica Municipal de la Alcalda del Municipio
Escuque; el cual tuvo como sujetos informantes un (1) jefe del departamento
de Recaudacin y un (1) asistente.
12
CAPTULO II
MARCO TERICO
En este captulo se presentan las referencias tericas que sustentan
esta investigacin a travs de antecedentes previamente elaborados con el
problema planteado, incluye las bases tericas concernientes a los objetivos
e indicadores a investigar. As mismo tambin se encuentran las bases
legales y trminos bsicos, adems del mapa de variables. Como lo dice
Arias (2004), el marco terico de la investigacin se sustenta a travs del
anlisis, enfoques, antecedentes de las investigaciones previas relacionadas
con el estudio planteado.
Antecedentes de la Investigacin
Los antecedentes representan los trabajos de investigacin
relacionados con el tema de estudio que se ha realizado y que permiten
ubicar un contexto en el que se desarrolla el presente trabajo, entre stos se
encuentran los siguientes:
Rondn (2009), en su tesis titulada Control de gestin en la
recaudacin del impuesto sobre actividades econmicas de la Alcalda del
Municipio Valera del estado Trujillo, donde el objetivo de la investigacin fue
el anlisis del control de gestin aplicado al proceso de recaudacin de
impuesto sobre actividades econmicas, industriales comercio, servicios o de
ndole similar en la Alcalda del Municipio Valera del estado Trujillo. Dicha
investigacin se sustenta con bases legales y tericas entre los que se
destacan, los aspectos relacionados con los tributos, hacienda municipal, al
igual desde el punto de vista contable, en cuanto al control de gestin
13
relacionado con la administracin pblica y tributaria, se utilizaron conceptos
de la ley de Hacienda Pblica y las Ordenanzas Municipales para enmarcar
los impuestos municipales. La lnea de investigacin que se sigui fue la de
tributos, donde se ubican los impuestos municipales. Se enmarca en un tipo
de estudio descriptivo, en esta investigacin la poblacin estuvo formada por
30 personas, dividas en 4 jefes de Unidades y 26 empleados. Para lograr el
objetivo se hizo necesaria la aplicacin de un cuestionario de 11 tems.
Los planteamientos formulados por el investigador de este trabajo son
de gran importancia para el desarrollo de esta investigacin, debido a que se
diagnstico el proceso de recaudacin del impuesto municipal, conteniendo
similitud con el objetivo planteado y contribuyendo al marco terico para
respaldar la actual investigacin.
Ramrez (2008), en su trabajo de grado titulado Estrategias para
aumentar la recaudacin del Impuesto a las Actividades Econmicas en la
Alcalda del Municipio Valera estado Trujillo, llevado a cabo en la
Universidad Valle del Momboy, quien plante como objetivos, proponer
estrategias para aumentar la recaudacin del Impuesto a las Actividades
Econmicas, siguiendo una metodologa con tipo de investigacin
descriptiva, con un diseo de campo, para la ejecucin de la misma se hizo
un conjunto de tcnicas tales como la observacin, documentacin y la
encuesta, la cual fue aplicada a los empleados del departamento de
fiscalizacin. Igualmente fue diseado un instrumento de recoleccin de
datos en forma de cuestionario conformado por 30 tems. Para el anlisis de
los resultados utilizaron las tcnicas descriptivas en las preguntas
alternativas, por medios de frecuencias y porcentaje que muestran los
resultados obtenidos de la aplicacin del cuestionario, concluyndose que
existe un conjunto de dificultades en el proceso de recaudacin de Impuesto
recomendndose su pronta solucin.
Esta investigacin tiene importancia porque el desarrollo de la misma
constituye elementos que permiten fundamentar la variable objeto de estudio
14
de la presente, como lo es proponer estrategias para mejorar el proceso de
recaudacin del impuesto municipal, y aportando marco terico para
sustentar el actual estudio.
Martnez (2006), en el trabajo de investigacin titulado: Recaudacin
del Impuesto de Actividad Comercial, Econmica, Industrial e ndole Similar.
Alcalda del Municipio Sucre. estado Trujillo, llevado a cabo en la
Universidad de los Andes Ncleo Universitario Rafael Rangel, tuvo como
propsito principal analizar los factores que inciden en el proceso de
recaudacin. Esta investigacin se orient desde el punto de vista
metodolgico por los lineamientos de una investigacin descriptiva, de
campo con apoyo documental. Para lograr el objetivo realizaron tres
instrumentos, a una muestra representativa de 42 empresas ubicadas en el
Municipio Sucre del Estado Trujillo: uno de catorce preguntas dirigidas a los
trabajadores de las Oficinas de Hacienda Pblica Municipal; un segundo
instrumento de nueve preguntas dirigidas a las empresas que cancelan dicho
impuesto; una entrevista de ocho preguntas dirigidas a la coordinadora de la
Hacienda Pblica Municipal, con la finalidad de recoger la informacin sobre
los factores externos que influyen y los internos que condicionan el proceso
de recaudacin de este impuesto. Del anlisis efectuado encontraron entre
los factores externos identificados que afectan el proceso de recaudacin, la
morosidad de aproximadamente el 50% de los contribuyentes, la escasa
comunicacin para recordar los deberes a los contribuyentes y el bajo uso en
el Departamento de Hacienda Pblica Municipal.
Esta investigacin se apoya y se relaciona, ya que ambas estn
basadas en un sistema de recaudacin de impuesto a las Actividades
Econmicas, Comercial, Industrial e ndole Similar, analizando los factores
que inciden en el proceso de recaudacin.
Linares (2005), en el trabajo titulado Estrategias generales para
mejorar la Recaudacin del Impuesto sobre patente de Vehculo. Propuesta
para Alcalda del Municipio Pampn, estado Trujillo, tuvo como propsito
15
primordial la propuesta de estrategias generales para mejorar la recaudacin.
Para lograr el objetivo fue necesario aplicar dos instrumentos: un cuestionario
dirigido a los contribuyentes y una entrevista aplicada a la Directora de
Hacienda Municipal, donde se realiza el proceso de recaudacin, con la
finalidad de recoger la informacin sobre los factores externos que influyen y
los internos que condicionan el proceso de recaudacin de este impuesto. La
metodologa aplicada se bas en el paradigma descriptivo, de campo con
apoyo documental. De acuerdo a los resultados se precis en una matriz de
FODA como base para generar las conclusiones y recomendaciones. Entre
las conclusiones principales se tiene que las oportunidades son la existencia
por lo menos de 6.592 propietarios de vehculos en el municipio, planes
operativos y la existencia de manuales especficos para la recaudacin de
este impuesto. Las amenazas: aproximadamente un 48% de los propietarios
no inscrito no se sienten obligados ni con operativos. Las fortalezas: la
existencia de 3.969 inscritos en el registro de contribuyentes. Debilidades: la
existencia de un 59% de propietarios no inscritos, no se exige el pago del
impuesto y no se hace publicidad para incentivar al pago del impuesto.
La presente investigacin sirve como antecedente, puesto que muestra
aspectos relacionados con el proceso de recaudacin de impuesto en
cuestin, por sealar factores vinculados en cuanto a las fortalezas y
debilidades presentes en las alcaldas y elementos claves que incidirn
directamente en el mejoramiento del proceso.
Bases Tericas
Las bases tericas comprenden un conjunto de conceptos y
proposiciones que constituyen un punto de vista o enfoque determinado,
dirigido a explicar el fenmeno o problema planteado, constituyen el corazn
del trabajo de la investigacin, pues es sobre este que se construye todo el
trabajo. Segn Mndez (2006:109) Las bases tericas son la descripcin de
los elementos tericos planteados por uno o por diferentes autores y que
16
permiten al investigador fomentar el proceso de conocimientos. Para esta
investigacin se tomaron en cuenta las principales teoras y principios
referidos al Proceso de Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad
Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar.
Actividad Tributaria De acuerdo a Arteaga (2005), la actividad tributaria es un proceso por
medio del cual se recaudan los impuestos tanto nacionales, como estadales
y municipales. Los principios administrativos de imposicin se dieron a
conocer en el (siglo XVII d.C.) por Adam Smith, y son: certeza tributaria,
comodidad impositiva, economa en la percepcin de impuesto de entidad en
la imposicin.
En cuanto al principio de certeza tributaria cabe destacar que no debe
existir incertidumbre respecto al pago de tributo, la tasa a pagar no debe ser
arbitraria y la cantidad y forma de pago debe darse a conocer de manera
clara y precisa. As mismo el principio de comunidad impositiva, indica que la
administracin debe proporcionar a la ciudadana los mecanismos necesarios
para cumplir sus obligaciones de pago del tributo de manera ms sencilla.
Igualmente el principio de economa en la percepcin de impuestos
impone que los gastos del Estado para el recaudo de estos deben ser de
forma Municipal, ya que as se evitar que no se reduzcan los ingresos
impositivos. Y el principio de equidad en la imposicin dice que los
ciudadanos deben contribuir al mantenimiento de los gastos del estado,
dependiendo de sus ingresos econmicos.
Tributos
Segn Villegas (2002:189), los tributos son las prestaciones en dinero
que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una Ley
y para cubrir gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. De
acuerdo con Ruiz (1998:115), los tributos se definen como una prestacin
17
obligatoria, comnmente en dinero, exigida por el Estado en virtud de su
poder de imperio y que da lugar a una relacin jurdica del derecho pblico.
Tambin se le ha concebido como una prestacin pecuniaria que el Estado.
O ente pblico autorizado al efecto por aquel, en virtud de su soberana
territorial, exige de sus sujetos econmicos sometidos a la misma. Los
tributos poseen caractersticas que lo identifican como:
Prestacin comnmente en dinero, caractersticas de la economa
monetaria que las prestaciones sean en dinero, no es necesario que
as suceda.
Los tributos deben ser establecidos sobre la base de la capacidad
contributiva
En virtud de una Ley: no hay tributo sin Ley previa que lo establezca,
es decir, un lmite formal a la coaccin, as como a la capacitacin
contributiva
Para cumplir los gastos que demanden el cumplimiento de sus fines: el
objetivo del tributo es fiscal, su cobro tiene razn de ser en la
necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos que le
demanden.
Tipos de Tributos
De acuerdo con Borjas (2000) el tributo se considera de la siguiente
manera:
Tasas: Tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilizacin privativa
o el aprovechamiento especial del dominio pblico, la prestacin de
servicios o la realizacin de actividades en rgimen de derecho
pblico.
Contribuciones Especiales: Tributo cuyo hecho imponible consiste en
la obtencin por el obligado tributo de un beneficio o un aumento de
18
valor de sus bienes como consecuencia de la realizacin de obras
pblicas o del establecimiento o ampliacin de servicios pblicos.
Impuestos: Tributo exigidos sin contraprestacin cuyo hecho imponible
est constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto
la capacidad econmica del contribuyente. Son los ms importantes
por el porcentaje que suponen del total de la recaudacin pblica.
El Municipio
El municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola
localidad o varias; pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea, o
a una agrupacin de los mismos. Tiene sus orgenes en la convivencia
social, familias que necesitaban reunirse para cubrir necesidades comunes
consistentes en servicios, deben reunirse y as lo hacen para alcanzar este
fin. La necesidad de congregarse ha dado nacimiento al gobierno comunal,
cuya labor se ha proyectado a travs de la historia, influyendo en forma
definitiva sobre los caracteres de los pueblos y sobre la organizacin de sus
pueblos.
Para Ruiz (1998:87), el municipio es: Una comunidad de personas
preferentemente de familias situadas en un mismo territorio, para la
satisfaccin de las necesidades originadas de las relaciones de vecindad.
Posada (1993) lo identifica del modo siguiente: comunidad de vida territorial
espacial, tiene como contenido propio, natural y distinto.
Con base a lo establecido en el artculo 168 de la Constitucin de la
Repblica Bolivariana de Venezuela (1999), los municipios constituyen la
unidad poltica primaria de la Constitucin y de la Ley, en efecto, las
municipalidades son los rganos del gobierno local, que emanan de la
voluntad popular; son personas jurdicas de derecho pblico con autonoma
econmica y administrativas en los asuntos de su competencia y para elegir
sus autoridades (Autonoma Poltica), la gestin de las materias de su
competencia (Autonoma Normativa), y la creacin, recaudacin (Autonoma
19
Tributaria), e inversin de sus ingresos (Autonoma Administrativa). Les son
aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de
conformidad con la Constitucin, regulen las actividades y funcionamiento del
Sector Pblico Nacional.
La Autonoma Poltica del Municipio, esta potestad permite a los municipios la capacidad de autogobernarse, implica la eleccin de las
autoridades a travs de mecanismos que la propia CRBV exige que el
gobierno sea siempre democrtico.
La Autonoma Normativa del Municipio es la cantidad de fijarse sus propias normas de acuerdo a determinadas normas: la potestad normativa
del Municipio est regida en primer lugar por la CRBV, en todas aquellas
normas que son aplicables al Municipio; en segundo lugar, por un conjunto
de leyes y reglamentos nacionales e incluso estadales, dictada a sujecin a
lo dispuesto en ella. Los instrumentos jurdicos compuestos por Ordenanzas,
Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Resoluciones locales, son de obligatorio
cumplimiento por parte de particulares, las autoridades nacionales, estadales
y locales.
La Autonoma Administrativa del Municipio, esta se consagra a la libre gestin de las materias de su competencia; as como tambin, a la
creacin, recaudacin e inversin de ingresos, con lo cual asegura el
ejercicio independiente de la funcin administrativa tanto del mbito interno
como frente a los ciudadanos y la colectividad
La Autonoma Tributaria del Municipio, esta autonoma le concede al Municipio la facultad de crear mediante Ordenanzas ingresos propios a
travs de su potestad tributaria, aunque los Municipios no tienen una
autonoma absoluta respecta a su actividad creadora de tributos, sino que es
relativa, ya que se encuentra limitada por prohibiciones prescritas en la
Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.
20
Ingresos Municipales
De acuerdo al enfoque de Acosta (2004), el presupuesto total de los
gobiernos locales (municipales) est compuesto por lo ingresos ordinarios y
los ingresos extraordinarios
Los Ingresos Ordinarios. Son percibidos en forma regular y se destinan a cubrir el presupuesto financiero normal, comprende seis rubros:
los impuestos municipales, las tasas por los servicios administrativos, los
ingresos por la prestacin de los servicios pblicos derivados en los bienes
patrimoniales, los aportes provenientes de otros niveles de ingreso (situado
municipal) y bajo la categora de otros ingresos ordinarios, cualquier otro
concepto que proporcione ingresos al municipio en forma regular.
Los Ingresos Extraordinarios. Son lo que se perciben en forma ocasional y son provocados por necesidades excepcionales; comprenden los
ingresos provenientes de la venta de bienes propiedad del municipio, las
contribuciones especiales previstas en la Ley, los aportes especiales
provenientes de organismos gubernamentales nacionales y estadales y bajo
la categora de otro ingresos extraordinarios, cualquier otro concepto que
proporcionen ingresos de manera eventual.
En consecuencia las Finanzas Municipales se orientan hacia la
bsqueda de un equilibrio entre los niveles de ingresos y gastos para tratar
de disminuir el dficit fiscal existente en la prestacin de servicios bsicos;
ms aun cuando se habla del proceso de descentralizacin que se gesta en
la administracin local.
Segn Boza (2004), los gobiernos locales (municipales) cuentan con
tres tipos de ingresos para financiar su presupuesto: (a) Las transferencias
del Gobierno Nacional; (b) Otras Fuentes de Financiamiento, y (c) Los
recursos Directamente Recaudados como el caso de los Impuestos
Municipales. En cuanto a las transferencias del Gobierno son aquellos
ingresos municipales que provienen del gobierno nacional (situado
constitucional); estos ingresos son captados por el Gobierno Nacional y
21
transferidos directamente a los Gobiernos Locales para financiar su
presupuesto.
Impuestos Municipales
Segn Moya (2004), son exacciones pecuniarias demandadas por el
municipio en virtud de la facultad impositiva que les otorga la Constitucin de
la Repblica Bolivariana de Venezuela a determinadas personas
(contribuyentes), con el fin de que estas coadyuven con los gastos pblicos
del ente. El municipio representa un sistema econmico porque origina los
recursos comunes de los habitantes para el suministro de viene y servicios
que estos desean.
Del mismo modo, de acuerdo a Acosta (2004), estos poseen potestades
tributarias directamente constitucionales que le permiten gravar el uso de
bienes y servicios; los impuestos, tasas y contribuciones representan su
fuente fundamental de ingreso, los cuales posibilitan cubrir partes de sus
necesidades primordiales como servicios, obras, vialidad, transporte.
En este sentido Villegas (2002:234), define al impuesto como el tributo
exigido por el estado a quienes se hallan en las situaciones consideradas por
la Ley como hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a
toda actividad estatal relativa al obligado; es decir, que es una obligacin
monetaria hacia el estado que tienen aquellos particulares que realicen
actividades que se encuentren dentro de los hechos generadores establecido
segn la Ley.
En este orden de ideas, haciendo referencia al impuesto existen
variadas clasificaciones de este, a pesar de ello se decide exponer la que
ms se ajusta al objetivo de este estudio, presentada por Moya (2004) el cual
la presenta de la siguiente manera:
a.- Impuestos Directos: cuando extraen el tributo en forma inmediata del patrimonio, tomados como expresin de capacidad contributiva
favorecida en su formacin por la contraprestacin de los servicios pblicos.
22
Es decir, que stos gravan directamente el enriquecimiento de los
contribuyentes, aplicndose la alcuota sobre el monto del mismo. Los
impuestos directos se clasifican en reales y personales. Los primeros son
aquellos aplicados sin tomar en cuenta la capacidad econmica del
contribuyente o los elementos personales del mismo, su nacionalidad, sexo,
domicilio, estado civil; por otra parte los personales son los impuestos en los
que la determinacin se da con participacin directa del contribuyente, es
decir, segn la capacidad contributiva del mismo.
b.- Impuestos Indirectos: cuando gravan el gasto, consumo o bien la transferencia de riqueza, tomados como ndole o presuncin de la existencia
de la capacidad contributiva, no est directamente relacionada con la
prestacin de los servicios pblicos. Es decir, que los impuestos indirectos
son aplicados sobre las transacciones que suponen posesin de riqueza, y
que adems no suponen para el contribuyente una contraprestacin directa,
sino la satisfaccin de las necesidades colectivas. Es en este aspecto que se
dirigir el objetivo de esta investigacin, pues el Impuesto al Valor Agregado
en Venezuela se aplica sobre el consumo de bienes y prestaciones de
servicios entre quienes intervienen en el proceso de produccin y
distribucin.
c.- Proporcionales: es el impuesto que mantiene una relacin constante entre la cuanta y el valor de la riqueza gravada. Presenta una
alcuota nica. Este tipo de impuestos suponen que a mayor riqueza, mayor
ser el monto a pagar, pues se le aplica un tipo impositivo; es decir, un
porcentaje que implica que mientras mayor sea la base imponible, mayor el
impuesto a pagar.
d.- Progresivo: es aquel en que la relacin de cuanta del impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a medida que aumenta el
valor de sta. Se refiere entonces, a que la tarifa aplicable se incrementa a
medida que aumento la riqueza.
23
Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de
ndole Similar
El Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de
ndole Similar en la Constitucin de 1999 (antes denominado impuesto a la
Patente de Industria y Comercio), se remota segn Gonzlez (2001), a la
poca medieval, cuando los seores feudales o soberanos entregaban una
carta-patente a sus sbditos, que era una autorizacin para que el sbdito
ejerciera una determinada actividad sea industrial, comercial o un oficio y era
considerada una verdadera tasa, que era la contraprestacin de una servicio
que prestaba el soberano al permitir que el vasallo realizara sus actividades.
Con la entrada en vigencia de la Constitucin de 1999, deja de llamarse
Patente de Industria y Comercio, y adquiere el nombre de Impuesto sobre la
Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar. La Ley
Orgnica del Poder Pblico Municipal, consagra este gravamen con el
nombre de impuesto sobre actividades econmicas, aunque existen
ordenanzas que mantienen la denominacin de Patente de Industria y
Comercio.
Es un tipo de impuesto progresivo que lo constituye el Impuesto sobre
la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar, el cual
segn el artculo 207 de la Ley Orgnica del Poder Publico Municipal (2006)
utiliza como hecho imponible el ejercicio habitual en la jurisdiccin del
Municipio de cualquier actividad lucrativa de carcter independiente, an
cuando dicha actividad se realice sin la previa obtencin de licencia, sin
menoscabos de las sanciones que por esa razn sean aplicables.
Explica este artculo, que el perodo impositivo del impuesto coincidir
con el ao natural y los ingresos gravables sern los percibidos en ese ao,
sin perjuicio de que puedan ser establecidos mecanismos de declaracin
anticipada sobre la base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior
al grabado y sin perjuicio de que pueden ser exigido un mnimo tributable
24
consistente en un impuesto fijo, en los casos en que as lo seale las
ordenanzas.
En cuanto, al Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,
Industrial y de ndole Similar, se considera actividad industrial toda actividad
dirigida a producir, obtener, transformar, ensamblar o perfeccionar uno o
varios productos naturales o sometidos previamente a otro proceso industrial
preparatorio. De igual modo, se considera actividad comercial a toda
actividad que tenga por objeto la circulacin y distribucin de productos y
bienes, para la obtencin de ganancias o lucro y cualesquiera otras
derivadas de actos de comercio, distintos a servicios.
As mismo, se entiende como actividad de servicio a toda aquella
actividad que comparte, principalmente prestaciones de hacer, sea que
predomine la labor fsica o la intelectual. Quedan incluidos en este rengln
los suministros de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y aseo
urbano, entre otros, as como la distribucin de billetes de lotera, los bingos,
casinos y dems juegos de azar. A los fines de gravamen sobre actividades
econmica no se considerarn servicios, los prestados bajo relacin de
dependencia.
Hecho Imponible
Moya (2004) considera el hecho imponible como el presupuesto
establecido por la Ley para tipificar el tributo cuya realizacin origina el
nacimiento de una obligacin, la de pagar el impuesto. Igualmente, cuando la
riqueza gravada u objeto material se encuentra establecida en la Ley
Tributaria y realizacin de un hecho determinado produce un efecto jurdico
que en la doctrina recibe el nombre de supuesto de hecho o hecho imponible.
El hecho imponible del impuesto a las actividades econmicas lucrativas es
le ejercicio habitual u ocasional de una actividad lucrativa de carcter
independiente, realizada en el espacio territorial de una municipio, vinculado
25
o no a un local, oficina comercial, industrial o espacio fsico donde realizar
dicho ejercicio.
El hecho imponible es el supuesto designado por la ley como generador
de la obligacin tributaria, en el caso del impuesto sobre actividades
econmicas, consiste en el ejercicio de un comercio, de una industria, de una
actividad lucrativa. El hecho imponible del impuesto sobre actividades
econmicas es el ejercicio habitual, en la jurisdiccin del Municipio, de
cualquier actividad lucrativa de carcter independiente, aun cuando dicha
actividad se realice sin previa obtencin de licencia, sin menoscabo de las
razones que por esta razn sean aplicables. Artculo 204 de la Ley Orgnica
del Poder Pblico Municipal.
Por otro lado, segn el Artculo 209 de la Ley Orgnica del Poder
Publico Municipal (2006), para que una actividad pueda ser considerada sin
fines de lucro, el beneficio econmico obtenido de la actividad deber ser
reinvertido en el objeto de asistencia social u otro similar en que consista la
actividad y en el caso de tratarse de una persona jurdica, que ese beneficio
no sea repartido entre asociados o socios.
El perodo impositivo de este impuesto coincidir con el ao natural y
los ingresos gravables sern los percibidos en ese ao, sin perjuicio de que
puedan ser establecidos mecanismos de declaracin anticipada sobre la
base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior al gravado y sin
perjuicio de que pueda ser exigido un mnimo tributable consistente en un
impuesto fijo, en los casos en que as lo sealen las ordenanzas.
Base imponible
Segn Moya (2004), para efectos del impuesto sobre actividades
econmicas es el monto de los ingresos brutos obtenidos efectivamente por
el contribuyente durante el perodo impositivo correspondiente por el ejercicio
de las actividades econmicas u operaciones realizadas en la jurisdiccin de
un determinado Municipio de acuerdo con las disposiciones implcitas en la
26
Ley orgnica del Poder Pblico Municipal o en los Acuerdos o Convenios
celebrados.
La base imponible o base de clculo, radica en los ingresos brutos o en
el monto de las ventas o de las operaciones efectuadas, como ndice para
medir la actividad lucrativa y aplicar el gravamen correspondiente. Se tendr
como deducciones de la base imponible:
Las devoluciones de bienes o anulaciones de contratos de servicios,
siempre que se haya reportado como ingreso la venta o servicio objeto de la
devolucin.
Los documentos efectuados segn las prcticas habituales de
comercio.
Alcuota
Para Moya (2004), la alcuota es conocida tambin como tarifa aplicable
a los ingresos brutos obtenidos se encuentra establecida en el clasificador de
Actividades Econmicas, el cual vara, dependiendo de la actividad o
actividades desarrolladas. La alcuota es proporcional y se fija igualmente un
mnimo tributable en Unidades tributarias (U.T). La alcuota impositiva
aplicable de manera general a todos los municipios, ser fijada en la Ley de
Presupuesto Anual, a proposicin del Ejecutivo Nacional.
Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar
Esta funcin, segn Rachadell (2006) consiste en hacer que el deudor
tributario cumpla con sus obligaciones tributarias por la va del pago,
actualizando a la vez el registro de sus cuentas corriente. Las polticas
tributarias municipales deben ser de medios coercitivos de la extincin de las
obligaciones tributarias.
27
En este sentido, la funcin de recaudacin debe tener en cuenta tanto
la recepcin de informacin por parte del contribuyente, as como de las
fechas de vencimiento del Impuesto sobre la Actividad Comercial,
econmica, Industrial y de ndole Similar. Tambin es importante prestarle la
debida atencin a los formularios que se utilizan tanto para el pago de
tributos como para las declaraciones juradas.
Al empezar a detallar la recaudacin del impuesto, es necesario
establecer que en todo el municipio Escuque, las personas naturales o
jurdicas que deseen ejercer una actividad industrial, comercial, econmica o
de ndole similar tienen la obligacin de acatar las disposiciones generales
establecidas en la Gaceta Oficial realizada en cada Municipio, tal como lo
seala el Artculo 17 del captulo III, donde indica que para el ejercicio de
cualquier actividad a las cuales se refiere el Artculo 5 de dicha Ordenanza,
se requerir la obtencin de una licencia, la cual expedir la Administracin
Municipal.
Como se puede observar, la Alcalda cuenta con unas directrices
establecidas dentro de la Ordenanza Municipal del impuesto, que es la base
o norma a cumplirse en el proceso de recaudacin y con una continua
fiscalizacin. En efecto, el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la
Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar, implica los
siguientes aspectos:
Elementos organizacionales
El proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,
econmica, Industrial y de ndole Similar, implica entre los elementos
organizacionales, el uso de instrumentos que incluyan un manual de
procedimientos administrativos y contables, adems de la respectiva
Ordenanza Municipal. En funcin de ello, la alcalda debe contar con un
departamento especfico, encargado de administrar el ingreso real
relacionado con el Impuesto.
28
Registro de Informacin del Contribuyente
El artculo 15 de la Ordenanza del Municipio expresa que la
Administracin Tributaria Municipal llevar, adems, un registro de
informacin fiscal numerado, en el cual debern inscribirse las personas
naturales o jurdicas, las entidades o agrupaciones sin personalidad jurdica,
susceptibles en razn de la actividad Comercial, Industrial o de ndole similar
que realicen de ser sujetos o responsables del impuesto de Patente de
Industria y Comercio. Cabe destacar que aqu es donde comienza el
proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,
econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio
Escuque.
Todas las personas naturales o jurdicas que deseen ejercer una
actividad industrial, comercial, econmica o de ndole similar, debern
realizar la peticin por escrito de la solicitud de inscripcin del tipo de
actividad a ejercer, con sujecin a los registros y datos contenidos en el
modelo de solicitud que suministrara a la Alcalda a travs de la dependencia
correspondiente que debe de acuerdo a informacin recabada por Rojas en
la misma Alcalda (2011): el nombre, firma personal o razn social, nombre
del representante legal, clase o clases de actividades, ubicacin y direccin
exacta de inmueble donde va a funcionar el establecimiento, nmero de
telfono e indicar si es urbano o rural.
Una vez completada la solicitud de inscripcin, el solicitante deber
presentar los siguientes documentos:
29
Cuadro 1. Documentos que debe presentar el contribuyente para su registro.
Documento 1 Copia del registro mercantil 2 Constancia de inscripcin SUNACOOP ( si es cooperativa) 3 Fotocopia legible del registro de informacin fiscal (RIF) 4 02 fotocopias de la cedula de identidad del representante legal 5 Carta de residencia 6 02 fotos tipo de carnet del representante legal 7 Carpeta marrn con gancho tamao oficio 8 Carta dirigida al departamento de recaudacin indicando la
actividad comercial a la se dedica 9 Solvencia Municipal ( o ltimo Trimestre cancelado)
10 Ultimo recibo de luz cancelado 11 Pago de la tasa administrativa que la Administracin Tributaria
haya establecido para estos fines Fuente: Rojas. Alcalda del municipio Escuque (2011).
Una vez recaudado estos documentos y presentados ante la Oficina de
Recaudacin, segn informacin recabada por la investigadora en la misma
Alcalda (2011), se le asigna un expediente, el cual contendr toda la
informacin de la actividad a realizar y una planilla de registro interna de la
empresa con datos de la misma y el nmero correspondiente.
El funcionario facultado para otorgar, suspender o cancelar la Licencia
de Patente de Industria y Comercio es el Superintendente Municipal de
Administracin Tributaria.
Luego, se especifican las caractersticas de los establecimientos
comerciales. Industriales o de servicio que operan en la jurisdiccin del
Municipio, y se fija el tributo que todo contribuyente debe pagar al Fisco
Municipal por concento de Patente, esto tributo es fijado de acuerdo al
clasificador de actividades econmicas.
De acuerdo a la Ordenanza del Municipio, el registro del contribuyente
puede hacerse de forma manual o sistematizada, dependiendo del caso que
se presente dentro de los departamentos, el contribuyente realiza
anualmente las declaraciones con fines fiscales dependiendo de la tarifa
establecida en el clasificador de actividades. Esta declaracin, debe
30
realizarla durante los tres (3) primeros meses de cada ao, por triplicado,
donde conste el movimiento econmico correspondiente a la anualidad
comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del ao anterior.
Igualmente, el contribuyente tiene la flexibilidad de hacer esta
declaracin fraccionada en trimestre para mayor comodidad. En el caso del
pago fraccionado, la porcin nica y la primera porcin del fraccionario se
pagarn dentro del plazo concedido para hacer la declaracin y previamente
a la presentacin de esta, y deber anexarse a la declaracin copia
desglosada del comprobante de este primer pago.
Las tres (03) restantes porciones del pago fraccionado se pagarn
dentro de los treinta (30) primeros das continuos contados a partir de la
fecha en que comienza cada uno de los trimestres subsiguientes al primero.
Los comprobantes de pago de cada una de las porciones debern ser
enviados a las Administracin Tributaria Municipal, as como al
Departamento de Recaudacin para su debido control.
Segn la Ordenanza del Municipio, para determinar el nmero,
ubicacin y caractersticas de los sujetos al pago del impuesto de formar un
Registro de Informacin de contribuyente del Impuesto sobre la Actividad
Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar. El registro de
informacin de contribuyente se formar con las especificaciones contenidas
en los expedientes de Licencia otorgados conforme a lo previsto en las
Ordenanzas y se organizar de modo que permita:
1. Determinar el nmero de contribuyentes, su ubicacin, el nmero
de la Patente correspondiente, datos de la empresa, una serie de requisitos q
deben recaudar los cual son suministrados por la Alcalda a travs de la
dependencia correspondiente dependiendo a la Actividad que ejerza, y otras
caractersticas de los mismos.
2. Controlar los derechos pendientes a favor del Fisco Municipal por
concepto de Patente y de multas, intereses, y recargos aplicados conforme a
la misma.
31
3. Identificar los contribuyentes que por cualquier causa hayan cesado
en ejercicio de sus actividades o las hayan modificado y la de los
contribuyentes o responsables que hayan dejado de pagar impuesto y sus
accesorios.
De acuerdo a la Ordenanza del Municipio, el registro de informacin de
contribuyentes de Patente deber mantenerse permanente actualizado y a l
deber incorporarse, inmediatamente, las modificaciones que se produzcan
en la informacin y condiciones originales dad en el otorgamiento de la
licencia.
La Administracin Tributaria Municipal realizar con periodicidad no
menor de dos aos, un censo de contribuyentes y comparar sus resultados
con el registro de informacin de contribuyente de Patente, para efectuar, en
este ltimo los ajustes que resulten necesarios. Para completar y mantener
actualizado el registro de informacin del contribuyente la Administracin
Tributaria Municipal podr realizar inspecciones fiscales permanentes y
utilizar la informacin catastral los datos censales, las suscripciones de
servicios pblicos y los registros de Organismos oficiales.
Proceso de Cobro del Impuesto
A continuacin se presenta la ltima etapa del proceso de recaudacin
el cual inicia en el momento que el contribuyente se dirige a la Alcalda para
la cancelacin del impuesto por el sistema interno de la Alcalda del
Municipio Escuque.
Cuadro 2. Cancelacin del impuesto por parte del contribuyente. Departamento Actividad
Departamento
de Recaudacin
1. El funcionario verifica el estado de cuenta del impuesto a las actividades econmicas, comerciales, industriales y de servicio en la base de datos existente. 2. Verifica su registro en el sistema. 3. Si el usuario no est registrado procede a indicar los requisitos para su inscripcin. 4. Si est registrado, el funcionario calcula y llena el recibo
32
en original y tres copias. 5. Entrega original, y una primera copia al contribuyente, quedando la otra copia en el departamento para rebajar del expediente.
Departamento de Tesorera
1. El contribuyente presenta el recibo original y una copia y cancela el monto calculado. 2. El funcionario rebaja del sistema el monto cancelado por el contribuyente por concepto de impuesto a las actividades econmicas, comerciales, industriales y de servicio. 3. Entrega el recibo original al contribuyente. 4. Enva la copia de recibo al departamento de contabilidad.
Departamento
de Contabilidad
1. Recibe del departamento de tesorera 2da copia de recibo.
2. Registra y archiva 2da copia de recibo.
Fuente: Rojas. Alcalda del municipio Escuque (2011).
Convenio y Plazo de Pago
Segn Ramrez (2008), los convenios de pagos suscritos entre la
administracin tributaria municipal y los contribuyentes deben ser
documentos soportados y firmados por asesora legal, constituyndose
documentos de ejecucin civil segn lo expresado en las Ordenanzas. Por lo
cual los contribuyentes o responsables estn obligados a presentar la
declaracin jurada anualmente correspondiente al monto de los ingresos
obtenidos en el ao anterior, dentro de los treinta (30) das continuos o el da
hbil siguiente inmediato, determinado, auto liquidado y pagando el impuesto
por ante la Hacienda Pblica Municipal, por cada una de las actividades del
ramo que se describe en al clasificador de actividades econmicas.
Existen municipios que divide el pago del tributo en trimestrales,
anuales y mensuales, no obstante, esto va a depender de la ordenanzas
respectiva, con el propsito de facilitar la cancelacin de los mismo por la va
administrativa, siempre y cuando no entre en contradiccin con alguna ley
expresa.
El monto del impuesto a la Ordenanza se determinar y pagar de la
forma siguiente:
33
Al monto de los ingresos brutos contenida en la declaracin jurada,
que corresponda al ao anterior, se le aplicara la alcuota prevista en el
clasificador de actividades econmicas, para cada actividad desarrollada por
el sujeto pasivo. Entendiendo por sujeto pasivo al contribuyente del cual se
verifica el hecho imponible de la obligacin tributaria, las personas naturales
o jurdicas, as como, las entidades o colectivas que contribuya una unidad
econmica, que directamente o a travs de un tercero, ejerzan actividades
industriales, o econmicas de ndole similar con fines de lucro, en jurisdiccin
del Municipio.
Cuando el sujeto pasivo ejerciere varias actividades clasificadas en
grupos diversos, el impuesto se determinar aplicando a los ingresos brutos
generados por cada actividad, la alcuota que corresponda a cada una de
ellas, como lo establece el clasificador de actividades econmicas; pero de
no ser posible determinar la base imponible o ingresos brutos provenientes
de cada actividad, el impuesto se determinar y liquidar aplicando a todas
las actividades que realiza, la alcuota ms alta.
Cuando el monto de impuesto calculado con base a los ingresos
brutos, sea inferior al sealado como mnimo tributable, se pagar por
concepto del impuesto previsto en la ordenanza, la cantidad que como
mnimo tributable se establece para cada caso, en el clasificador de
actividades econmicas.
El monto determinado deber ser pagado en la misma oportunidad en
que se presente la declaracin jurada de ingresos brutos, mediante
formulario especial, ante las oficinas receptoras de impuesto municipales.
Accin Fiscalizadora del Impuesto a las Actividades Econmicas Ramrez (2008; 64), seala los siguientes aspectos referentes a la
accin fiscalizadora del impuesto:
1.- La identificacin de los contribuyentes: antes de ni siquiera
pensar en cuantificar o medir el grado de evasin o gravedad de los niveles
34
de incumplimiento de las obligaciones y deberes fiscales, se imponen como
una primera tarea de toda rea de fiscalizacin la de lograr la identificacin
de todos los contribuyentes, para lo cual la administracin deber disponer
de registros confiables.
2.- Detectar el incumplimiento de obligaciones y deberes: una vez
identificada la totalidad de los contribuyentes, se impone como siguiente
tarea, la de constatar y verificar el cumplimiento de las obligaciones y
deberes por parte de los sujetos obligados.
3.- Detectar omisiones y falsedades en declaraciones: es evidente que
no con lograr que los contribuyentes obligados a declarar, declare, se
satisface la aspiracin de la administracin tributaria, pero es importante
como siguiente paso descubrir las incorrecciones y eventualmente
falsedades y errores contenidos en las declaraciones, lo anterior con el
objeto de eliminar o al menos reducir la brecha que media entre los
contribuyentes declarantes y aquellos que declaran correctamente.
De acuerdo a la Ordenanza Municipal, la Direccin de Hacienda
Municipal podr verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo previsto
en esta Ordenanza y dems disposiciones relativas a su objeto, y
especialmente el contenido de las declaraciones juradas del contribuyente, e
investigar las actividades de quienes no las hubieren presentado. En
consecuencia, la Direccin de Hacienda Municipal est facultada para:
Examinar los libros y registros de contabilidad, los comprobantes y
dems documentos que sirvan de prueba a las negociaciones u operaciones
que se presumen relacionadas con los datos que deben contener las
declaraciones juradas.
Requerir de los contribuyentes y/o terceros, las informaciones que
considere necesarias sobre actividades u operaciones de las cuales pueden
desprenderse, a juicio de la Direccin de Hacienda Municipal, la existencia
de derechos a favor del Fisco Municipal, conforme a esta Ordenanza.
35
Requerir informacin de terceros que por el ejercicio de sus actividades
o hechos que hayan conocido se relacionen con el ejercicio econmico del
contribuyente, as como estarn en la obligacin de exhibir la documentacin
que repose en su poder, que se relacionen o se vinculen con la Tributacin
Fiscalizada.
No podr exigirse informacin en los casos y de las personas previstas
en las restricciones del Artculo 112 de Cdigo Orgnico Tributario. Sin
perjuicio de las disposiciones que al efecto establece la Ordenanza de
Hacienda Pblica Municipal, los funcionarios fiscales ejercern las siguientes
funciones:
Practicar visitas a los establecimientos industriales, comerciales o de
servicios que le seale el Director de Hacienda Municipal y/o la Contralora
Municipal.
Verificar los datos suministrados en las declaraciones juradas
presentadas por los contribuyentes a la Administracin Tributaria Municipal, a
requerimiento de sta.
Verificar si las liquidaciones han sido efectuadas de acuerdo a lo
establecido en esta Ordenanza y si se encuentra observaciones,
comunicarlas a su inmediato superior a los fines consiguientes.
Practicar liquidaciones complementarias y reparos producto de las
inspecciones fiscales ordenada por el Director de Hacienda Municipal.
Exoneraciones, Exenciones y Rebajas
Segn Ramrez (2008), el acuerdo de exoneraciones, exenciones o
rebajas de impuestos o contribuciones municipales especiales, solo ser
posible en los casos y con las formalidades previstas en las Ordenanzas, la
cual facultara al Alcalde o Alcaldesa para concederlas, especificando los
tributos, los requisitos para su procedencia y condiciones a las cuales est
sometido el beneficio. El plazo mximo de duracin de este beneficio ser de
cuatro aos, pudiendo ser prorrogado por un lapso igual. En el caso de
36
exenciones al impuesto, pueden otorgarse de acuerdo a lo establecido en las
Ordenanzas a:
Los institutos Autnomos
Entidades culturales, sociales sin fines de lucro
Los vendedores ambulantes
Los minusvlidos, invidentes
Las pensiones familiares con capacidad familiar
Actividades artesanales cuando se realice en la propia residencia
domicilio.
Todas aquellas emisoras radiales y de televisin local, siempre y
cuando vayan probando mensualmente todo un trabajo educativo, cultural y
deportivo de formacin integral ciudadana.
Las exoneraciones las concede el Alcalde o Alcaldesa con aprobacin
de la 2/3 parte de los miembros integrantes del Consejo Municipal; podr
exonerar, total o parcialmente del pago del impuesto establecido en esta
Ordenanza, a las personas siguientes:
Empresas comerciales, industriales o de servicios en las cuales la
Municipalidad tenga una participacin superior al treinta por ciento (30%) e
inferior al cincuenta por ciento (50%) del capital social.
Empresas industriales cuyas actividades tengan por objeto la
construccin de viviendas de inters social.
Empresas cuyas actividades estn ligadas al desarrollo y fomento de la
cultura, el deporte, la educacin o la salud de la comunidad.
Empresas que ejerzan actividades industriales que correspondan a los
planes de desarrollo econmico nacionales, regionales y municipales. Otras
que estn previstas en la Ordenanza.
37
Sanciones
Segn el Diccionario de Contabilidad y Finanzas (2000:167), las
sanciones constituyen las penas o multas que se imponen a una persona
por el quebrantamiento de una ley, norma, obligacin o contrato. Es decir,
representan penas impuestas por los rganos competentes cuando se
comete una infraccin tributaria. En este caso dichas sanciones incluyen:
recargos, imposicin de intereses, multas, descuento y retencin de lo
adeudado, impedimento del ejercicio de la actividad sujeta la gravamen,
entre otros. En cuanto a la aplicacin de penas y la severidad de las sanciones
contra delitos de evasin fiscal el Cdigo Orgnico Tributario (2001),
establece que existen cuatro tipos de ilcitos previstos en su actual artculo
80: 1. Ilcitos formales; 2. Ilcitos relativos a las especies fiscales y gravadas;
3. Ilcitos materiales, y 4. Ilcitos sancionados con pena restrictiva de libertad. Segn el artculo 99 del COT (2001), los ilcitos formales se originan por
el incumplimiento de los siguientes deberes formales: inscribirse en los
registros exigidos, emitir o exigir comprobantes, llevar libros y registros,
presentar declaraciones y comunicaciones, permitir el control de la
Administracin Tributaria, informar y comparecer ante la Administracin,
acatar las rdenes de la Administracin o cualquier otro deber legal. Las contravenciones de la Ordenanza sern sancionadas con: multas,
suspensin de la Licencia y clausura del establecimiento. La aplicacin de
estas sanciones y su cumplimiento, en ningn caso dispensa al contribuyente
del pago de los tributos adecuados y de los intereses moratorios y recargos a
que hubiere lugar.
En el artculo 147 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal se
menciona que las multas que apliquen los rganos de la Hacienda Pblica
Municipal por causa de infracciones, sern impuestas en virtud de la
resolucin motivada que dicte el funcionario competente de acuerdo con lo
establecido en la ordenanza respectiva
38
Asimismo el artculo 165 de la Ley Orgnica del Poder Pblico
Municipal en su numeral 4, establece que: Las multas por infracciones
tributarias no podrn exceder en cuanta a aquellas que contemple el Cdigo
Orgnico Tributario
Por ello que para el caso de las multas deber aplicarse la que sea
menos gravosa entre lo dispuesto en las Ordenanzas y lo establecido en el
Cdigo Orgnico Tributario.
Para la imposicin de la multa, se tendrn en cuenta: La mayor o menor
gravedad de la infraccin; la circunstancias atenuantes o gravantes, de
conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Sobre Hacienda Pblica
Municipal o en su defecto en el Artculo 85 del Cdigo Orgnico Tributario;
los antecedentes del infractor con relacin al cumplimiento de las
disposiciones de esta Ordenanza y dems normas y regulaciones de carcter
municipal; la magnitud del impuesto que resultare evadido por la infraccin.