La Regulación Energética ante la Integración de Mercados
Energéticos.
Pedro María Meroño VélezPresidente de la CNE
Presidente de la ARIAE
Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), 15 de noviembre de 2004
1. Introducción.
2. La Internacionalización de los Reguladores.
3. La Internacionalización del Derecho.
4. La Integración Energética en la UE
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
6. Conclusiones.
1. Introducción.
BORRADOR 4
1. Introducción. Papel de la Regulación.
• La integración regional requiere:
Compromiso de los Estados, para que dentro de sus políticas se fomente la integración económica en el campo energético.
Reorganización de los mercados, según las características regionales.
Aplicación de criterios económicos generales para beneficio general y no individual.
Armonización regulatoria entre los países.
BORRADOR 5
• Armonización regulatoria entre los países. Principios generales:
Principios de Mercado. Principio de Competencia. Principio de Reciprocidad.
• Armonización regulatoria entre los países. Factores a considerar:
Capacidad de interconexión. Coordinación técnica de sistemas. Coordinación económica de sistemas. Seguridad jurídica (nacional / supranacional)
1. Introducción. Papel de la Regulación.
BORRADOR 6
No discriminación y libre acceso a las redes
Tratamiento simétrico (Demanda y Oferta) en mercados nacionales y externos.
Asegurar condiciones competitivas en el mercado, con precios y tarifas que reflejen
costos económicos eficientes
1. Introducción. Papel de la Regulación.
BORRADOR 7
1. Introducción. Papel de la Regulación.
• Ventajas de la integración energética:
Dinamizar la demanda
Promover la comercialización
Generar mayor competencia
Incentivar la inversión (señales de eficiencia)
Sistemas regionales interconectados robustos.
Precios eficientes reflejo de costes menores.
Seguridad en el abastecimiento energético a través de la diversificación del uso de los recursos.
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• La integración regional de los mercados energéticos más
directamente concernidos. Europa y el Mercado interior de la Energía
La introducción de la competencia en el sector de la
energía. La institucionalización del Proceso. Las directivas europeas de electricidad y gas. Armonización de las regulaciones nacionales. El desarrollo de las infraestructuras de transporte e
interconexión. La creación mercados regionales.
1. Introducción. Papel de la Regulación.
BORRADOR 9
• La integración regional de los mercados energéticos más
directamente concernidos. América: El Mercosur / La Integración Energética Centroamericana/ Pacto Andino.
La reestructuración de la industria energética. La privatización y la liberalización del sector. Los intercambios entre sistemas energéticos
nacionales. La institucionalización del proceso. La creación de mercados regionales.
1. Introducción. Papel de la Regulación.
2. La Internacionalización de los Reguladores.
11BORRADOR
Es una asociación de reguladores energéticos con oficina en Bruselas.
Sus Estatutos fueron firmados en junio de 2003
www.ceer-eu.org
Establecido en mayo de 2000
Creada en marzo de 2000 para el sector eléctrico.
Posteriormente (mayo de 2001) su objeto se extendió a la regulación de todos los sectores energéticos
www.ariae.org
2. La Internacionalización de los Reguladores.
BORRADOR 12
• Organos de gobierno:
Asamblea General: Formada por los máximos representantes de los organismos miembros.
Consejo de Directores: Formada por el Presidente y dos Vicepresidentes (elegidos por un periodo de dos años prorrogables un año mas), se encarga entre otras funciones de supervisar la secretaría. En la actualidad:
Presidente: D. Jorge Vasconcelos (Presidente regulador portugués)
Vicepresidentes: D. Jean Syrota (Pte regulador francés)
D. John Mogg (Pte regulador británico)
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.1. CEER
BORRADOR 13
Austria Energie-Control GmbH
Belgium CREG - Commission de Régulation de l'electricité et du Gaz
Denmark Energitilsynet
Finland Energy Market Authority
France Commission De Régulation De L'electricité
GB, UK OFGEM - Office of Gas and Electricity Markets
Greece RAE - Regulatory Authority For Energy
Iceland Orkustofnun
Ireland CER - Commission for Energy Regulation
Italy AEEG - Italian Regulatory Authority for Electricity and Gas
Netherlands DTe - Office for Energy Regulation
Norway NVE - Norwegian Water Resources and Energy Directorate
Portugal ERSE - Entidade Reguladora Dos Servicios Energéticos
Spain CNE - National Energy Commission
Sweden Swedish Energy Agency
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.1. CEER
BORRADOR 14
Promover el desarrollo de mercados interiores del gas y la electricidad eficientes y competitivos en Europa mediante el establecimiento de mecanismos adecuados.
Poner en marcha mecanismos de cooperación cuyo fin sea la realización de mercados interiores del gas y la electricidad competitivos en los que queden garantizados los principios de transparencia y no discriminación.
Promover la cooperación, el intercambio de información y la asistencia entre los Miembros y los Miembros especiales a fin de consensuar opiniones cualificadas que puedan debatirse con las instituciones de la Unión Europea y, en concreto, con la Comisión Europea, así como con organizaciones internacionales representativas u otros sectores implicados.
Contribuir al avance de la investigación en cuestiones relacionadas con la regulación.
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.1. CEER
• Objetivos
BORRADOR 15
Establecer un sistema coherente de análisis y conocimiento experto que permita que las instituciones con las que los Miembros deseen mantener un debate puedan llevar a cabo consultas con dichos Miembros de forma fluida en la fase de elaboración durante el desarrollo de políticas;
Proporcionar un marco para el debate de las cuestiones relacionadas con la regulación y el intercambio de experiencias;
Facilitar los instrumentos necesarios para el desarrollo de la regulación en los ámbitos del gas y la electricidad;
Desarrollar enfoques consensuados con las empresas energéticas transnacionales y las compañías que operan o pueden ejercer influencia en mercados de servicio público separados sujetos a regulación;
Promover la formación del personal;
Trabajar juntos, en la medida de lo posible, para establecer políticas comunes entre los Miembros en el ámbito de los acuerdos alcanzados.
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.1. CEER
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Los trabajos de CEER son realizados por sus grupos de trabajo integrado por personal de los organismos miembros. Tras la firma de los Estatutos y la aprobación de un presupuesto se han definido 7 grupos de trabajo. El plan de trabajo detallado será aprobado en las próximas semanas. Los grupos de trabajo son:
Electricidad Gas Mercado interior único Países candidatos (concluirá en Mayo 2004) Europa del Sudeste europeo ERGEG Electricidad ERGEG Gas
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.1. CEER
• Actividades
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Creación: El Grupo de organismos reguladores europeos de la electricidad y el gas (ERGEG) es creado por Decisión de la Comisión Europea el 11 de noviembre de 2004.
Objetivo: Asesorar y asistir a la CE en la consolidación del mercado interior de la energía, en especial en lo relacionado con la preparación de proyectos de disposiciones de aplicación en el ámbito de la electricidad y el gas y en cualquier asunto relacionado con el mercado interior del gas y de la electricidad.
Composición: Este Grupo está formado por los jefes de las autoridades nacionales de reglamentación o sus representantes entendiendo por “autoridad nacional de reglamentación” la autoridad pública establecida en cada Estado miembro de conformidad con las Directivas 2003/54/CE y 2003/55/CE.
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.2. ERGEG
BORRADOR 18
Presidencia: Jorge Vasconcelos, quien es también Presidente de CEER
Secretariado: La Secretaría descansa en la Comisión Europea
Estado de los Trabajos: Hasta la fecha se han celebrado dos reuniones en las que se han definido las normas internas de funcionamiento y el programa de trabajo para 2004.
Más información: www.ergeg.org
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.2. ERGEG
BORRADOR 19
En 1995 surge la idea. La CNSE y el ENRE impulsan la celebración de Reuniones anuales de Reguladores Iberoamericanos, que tienen lugar en:
Santiago de Compostela (España), organizada por la CSEN en 1997
Cartagena (Colombia), organizada por la GREG en 1998
Ciudad de Panamá (Panamá), organizada por el ERSP en 1999
Reunión celebrada en: Buenos Aires (Argentina), organizada por el ENRE el 17 de marzo de 2000
Se crea la "Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras del Sector Eléctrico“ ARIAE.
Antecedentes
Creación.
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 20
Argentina Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE)
Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS)
Bolivia Superintendencia de Electricidad (SIE)
Superintendencia de Hidrocarburos (SIH)
Brasil Agencia Nacional de Energía Eléctrica (ANEEL)
Chile Comisión Nacional de Energía (CNE)
Colombia Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)
Costa Rica Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP)
Ecuador Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC)
El Salvador Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET)
España Comisión Nacional de Energía (CNE)
Composición I
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 21
Guatemala Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE)
Honduras Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE)
México Comisión Reguladora de Energía (CRE)
Nicaragua Instituto Nicaragüense de Energía (INE)
Panamá Ente Regulador de Servicios Públicos (ERSP)
Perú Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE)
Portugal Entidade Reguladora dos Servicios Energeticos (ERSE)
República. Dominicana Superintendencia de Electricidad (SIE-RED)
Uruguay Unidad de Regulación de Energía Eléctrica (UREE)
Venezuela Fundación para el Desarrollo del Servicio Eléctrico (FUNDELEC)
Composición II
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 22
Promover y auspiciar el avance y el intercambio de experiencias regulatorias.
Compartir el conocimiento regulatorio.
Propiciar la comunicación entre los especialistas.
Posibilitar la cooperación técnica.
Impulsar y cooperar en programas de formación y de capacitación de los cuadros técnicos y administrativos de los Reguladores mediante visitas técnicas, seminarios conjuntos , etc.
Transferencia de conocimiento , información, así como experiencias, aplicando avanzadas tecnologías de la información. WEBSITE ARIAE.
Objetivos
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 23
Órgano de decisión: es la Asamblea General integrada por los delegados, representantes de los Reguladores Iberoamericanos
Representada por una Presidencia y Administrada por una Secretaria General. Periodos de mandato: de 2 años, renovables.
Presidente: D. Pedro Mª. Meroño Vélez Presidente de la CNE
Secretario General: D. Rafael Durbán Romero
Director de Relaciones Externas, CNE
Al menos una Junta Ordinaria anualmente. El quórum mínimo de constitución será de dos tercios de los miembros.
Estatutos
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 24
En la V reunión de Reguladores, organizada por la ERSE de Portugal y celebrada en Mayo de 2001 en Lisboa, la Asamblea General de Ariae adoptó el acuerdo de extender su objeto al contexto mas amplio de los sectores de la energía.
Del sector eléctrico al sector energético
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
BORRADOR 25
Del ámbito Eléctrico a los Sectores de la Energía
Incorporación de Reguladores de Gas y Petróleo
FEBRERO 2005, IX Reunión de Reguladores Iberoamericanos de la Energía en Uruguay.
Colaboración entre Reguladores: En la formación técnica de su personal: Intercambios, Seminarios monográficos sobre asuntos relevantes de la regulación energética
En la actualidad
2. La Internacionalización de los Reguladores.2.3. ARIAE.
3. La Internacionalización del Derecho.
BORRADOR 27
La internacionalizacion del Derecho regulatorio extiende principios inspiradores del modelo originario a mercados nacionales específicos y diferenciados:
Por proceso histórico Por recursos disponibles Por necesidades de desarrollo Otros
Con carácter general, se distinguen dos modelos distintos de Derechos Administrativos:
El Derecho Administrativo Europeo Continental. (Implantado en el ámbito LATINO) El Derecho Administrativo Anglosajón.
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 28
Derecho Administrativo Europeo Continental.
Separación de poderes como modelo de convivencia. Estado de Derecho con prerrogativas al Poder Publico por encarnar el
interés general. Fiscalización específica para el control de la Administración. Origen en el nuevo Estado, surgido de la Revolución Francesa. El Estado define unilateralmente los intereses públicos que la
Administración ejecuta en virtud del principio de legalidad. Basado en la teoría del interés público. La Administración no es un poder
extraño al Estado, sino el medio que éste utiliza para la consecución del “Bien Común”.
El interés público sobre el interés individual.
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 29
Derecho Administrativo Anglosajón (I).
La separación de poderes se instaura para garantizar las libertades individuales.
La Administración queda sometida a la jurisdicción ordinaria.
En el sistema norteamericano, la soberanía reside en el pueblo, y no se transmite nunca, lo que implica que el Gobierno está sometido a enmienda y control.
El “Due Process of Law” establece la imparcialidad administrativa, la audiencia al particular interesado y el control de adecuación (cost-benefit-analyse)
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 30
Derecho Administrativo Anglosajón (y II).
Basado en la teoría de los grupos de interés. La determinación del interés general consiste en arbitrar claramente entre los diferentes intereses particulares que se oponen, así como en resolver estos conflictos.
Así las Agencias (Administrative Procedure Act, 1946) se ajustan a un proceso de participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de actos y disposiciones administrativas, que ha supuesto un medio de control preventivo y no jurisdiccional de la actuación administrativa de extraordinaria importancia.
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 31
Hacia un Derecho Administrativo Europeo (I).
El Derecho Administrativo Europeo contempla aspectos de ambos modelos de Derecho Administrativo.
Por una parte, se basa en el modelo de control anglosajón, ya que la Comisión Europea es concebida de forma especialmente restringida y sólo existe un órgano judicial, el Tribunal de Justicia, encargado de aplicar e interpretar el sistema legal comunitario, incluyendo su Derecho Administrativo.
Por otra parte, el Derecho Comunitario retiene la idea de interés general y atribuye poderes regulatorios autónomos a la Comisión, características propias del Derecho Administrativo Europeo Continental.
Escaso desarrollo de los principios y normas que, con carácter general, configuren un procedimiento administrativo comunitario.
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 32
Hacia un Derecho Administrativo Europeo (y II).
Las instituciones comunitarias son conscientes de incrementar la competencia y la participación de los ciudadanos en los procedimientos de elaboración de normativa y en las actuaciones administrativas comunitarias.
El informe Sutherland subrayó la necesidad de que los ciudadanos pudieran conocer la preparación de cualquier regulación en una fase temprana del procedimiento en la línea del Administrative Procedure Act norteamericano.
Según se avance en la integración, puede primar la filosofía anglosajona de sistemas y mecanismos para “garantizar la individualidad”, dado que los Estado nacionales serían los “individuos” respecto a la Comisión (ej: Organos regulatorios con competencias en la fijación de las tarifas, para no distorsionar la competencia en el mercado único con políticas nacionales)
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 33
Los Derechos nacionales sufren una fuerte internacionalización: Los Derechos de los Estados Miembros recorren un camino de
convergencia hacia un Derecho Comunitario. El Derecho Administrativo también recorre este camino.
El Derecho Europeo Continental y el Derecho Anglosajón convergen en el ámbito europeo, bajo el principio de subsidiariedad.
Fuerte influencia del Derecho Público Norteamericano, centrado en la teoría de los grupos de interés, frente a la teoría del interés público que domina la mayor parte de los países europeos. El concepto de bien o servicio público no es definido de antemano, sino que se garantiza como resultado de los mecanismo de control. (vigilancia vs. Intervención)
También el Derecho Latinoamericano, se asiste a un proceso de internacionalización de su Derecho que en mayor o menor medida recoge las singularidades del Derecho Norteamericano y Europeo Continental.
3. La internacionalización del Derecho.
BORRADOR 34
Derecho Administrativo o Derecho Público
Continental Europeo (1).
Ha ordenado jurídicamente los sectores económicos,
tradicionalmente intervenidos por el Estado en Europa y
Latinoamérica. No aparece explícitamente el término
“Regulación”
Derecho Público Económico (2)
o
Regulación Económica
Se enriquece la base jurídica e institucional, con un nuevo enfoque / análisis técnico-económico y social de una
realidad (mercados) dinámica.
• Desde el modelo eminentemente jurídico impuesto por el Derecho Administrativo tradicional, se evoluciona durante la década de los noventa hacia un Derecho Público Económico que ajusta el Derecho a una realidad económica, social y técnicamente dinámica.
• Cuanto mayor integración de mercados, mayor internacionalización e integración de modelos y reguladores.
(1) Alemania es una excepción, donde predomina el Derecho Privado. (2 )Algunos Autores han introducido el término de Derecho Administrativo Privado.
¿Privado?
¿Público?
3. La internacionalización del Derecho.
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 36
• El Mercado Interior Europeo.
Directiva 90/377/CEE Transparencia precios consumidores industriales de gas y electricidad
Directiva 90/547/CEE Tránsito de electricidad Directiva 91/296/CEE Tránsito gas natural Directiva 96/92/CE Normas comunes mercado interior electricidad Directiva 98/30/CE Normas comunes mercado interior gas natural
Directiva 2003/54 /CE Normas comunes mercado interior electricidad derogando Directiva 96/92/CE
Directiva 2003/55/CE Normas comunes mercado interior gas natural derogando Directiva 98/30/CE
Reglamento CE/1228/2003 sobre condiciones de acceso a la red para intercambios transfronterizos de electricidad
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 37
• El Mercado Interior Europeo.
Imposible mercado electricidad y gas sin soporte físico
TEN, Tratado UE, ralentizado, algunos “cuellos de botella”, problemas técnicos, económicos, políticos (e.g. Francia-España, Pirineos)
Nueva propuesta de la Comisión Europea (octubre 2001) sobre interconexiones: selección de proyectos cruciales; intensificación del apoyo financiero y político
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 38
1 de enero de 1958: Entrada en vigor de los Tratados de Roma. Seis países: Francia, Italia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo, Países Bajos.
1 de enero de 1973: Ingreso de Dinamarca, Irlanda y Reino Unido (9 países).
1 de enero de 1981: Ingreso de Grecia (10 países)
1 de enero de 1986: Ingreso de España y Portugal (12 países)
1 de enero de 1995: Ingreso de Austria, Finlandia y Suecia (15 países)
Enero 2004: Chipre, R. Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, R. Eslovaca, Eslovenia (25 países)
2007: Bulgaria y Rumanía (27 países)
¿Turquía?
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 39
• TEMAS CLAVE
La seguridad de los aprovisionamientos. Dependencia y vulnerabilidad. Medioambiente, cambio climático, desarrollo duradero. Kyoto. Mercado interior. Ampliación hacia el Este.
• Efectos de la ampliación de la UE: 13 países: población 45%, consumo energético 24%, PIB 6% Mayor participación carbón; reestructuración de nuclear y carbón Mayor intensidad energética (cuatro veces) Mayor dependencia exterior (Rusia) Refuerzo de las infraestructuras energéticas Programas tecnología, reestructuración industrial, eficiencia energética,
reforma fiscalidad Emisiones de CO2 por unidad de PIB, 5 veces las de la UE
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 40
Puesta en práctica de las Directivas: ELECTRICIDAD Obstáculos clave a la competencia:
Diferente velocidad apertura: distorsiones competencia, subsidios cruzados; expansión europea
Disparidades tarifas acceso, falta transparencia: barrera
Persistencia poder de mercado: barrera de entrada
Insuficientes interconexiones y métodos gestión congestiones
4. La Integración Energética en la UE
BORRADOR 41
Puesta en práctica de las Directivas: GAS NATURAL Obstáculos clave a la competencia:
Desarrollo desigual apertura mercado Tarifas basadas en la distancia; inadecuación y disparidades: barrera Falta transparencia capacidades disponibles, internas y
transfronterizas Poder de mercado Sistemas de balance no basados en mercado Separación insuficiente de actividades
4. La Integración Energética en la UE
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
BORRADOR 43
• Reservas probadas de hidrocarburos a enero de 2003:
Petróleo: 114.6 mil millones de barriles, con una relación Reserva/Producción de 33 años y Reserva/Consumo de 53 años
Gas Natural: 7716 billones de metros cúbicos, con una relación Reserva/Producción de 43 años
Existe una extensa zona con potencial hidrocarburífero. Exceptuando a Venezuela, solamente se ha explorado entre el 10 y el 30% del área de cada país.
• Las reservas de Carbón tienen un alcance estimado de 253 años.
• Del potencial hidroeléctrico, se utiliza solamente el 23% del económicamente aprovechable.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
BORRADOR 44
• El 87% de las exportaciones de Petróleo son hacia fuera de
Sudamérica.
• El 54% del total de importaciones de crudo en Sudamérica proviene de países de la misma Región.
• El 100% de las exportaciones de Gas Natural se efectúa dentro de la Región, incrementándose su comercio en 224% en los últimos cinco años.
• El 93% del Carbón producido se exporta fuera de la Región.
• El comercio de Electricidad se efectúa entre casi todos los países, intercambiándose el 7.5% de lo generado.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
9%
16%
22%
25%
35%
38%
48%
102%
128%
5%
3%
2%
3%
12%
Bolivia
Perú
Venezuela
United Kingdom
Colombia
Spain
Italy
Ecuador
France
Portugal
Germany
Greece
Belgium
Netherlands
Austria
Switzerland
Capacidad de Interconexión / Demanda Máxima
CAPACIDAD DE INTERCONEXIÓN DE LOS PAÍSES DE EUROPA VS REGIÓN ANDINA
En Europa, la capacidad de las interconexiones es elevada en relación con la demanda máxima de cada país.
En Europa, la capacidad de las interconexiones es elevada en relación con la demanda máxima de cada país.
BORRADOR 46
• Los Mercados Regionales en Iberoamérica.
MERCOSUR. Necesidad de reforzar interconexiones (gaseoductos Bolivia-Brasil y Argentina-Uruguay e interconexiones eléctricas Argentina-Chile y Uruguay-Paraguay) y de unificar criterios de gestión de infraestructuras transfronterizas.
PACTO ANDINO. Presenta un gran potencial gracias a sus reservas de GN.
CENTROAMÉRICA. Destaca el proyecto SIEPAC (Sistema de Interconexión Eléctrica de los países de América Central
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
Tratado Marco del Mercado CentroamericanoRegula el Mercado Eléctrico Regional -MER, el
cual entró en funcionamiento en Octubre/02 con Reglamentos de Operación y Comercialización transitorios.
Crea el operador (EOR) y el regulador regional (CRIE). Actualmente sus funciones son realizados por el OMCA (EL Salvador) y la CRIE (Guatemala), con carácter transitorio mientras se define la normativa final
Se avanza la construcción de la línea SIEPAC (2006)
Tratado Marco del Mercado CentroamericanoRegula el Mercado Eléctrico Regional -MER, el
cual entró en funcionamiento en Octubre/02 con Reglamentos de Operación y Comercialización transitorios.
Crea el operador (EOR) y el regulador regional (CRIE). Actualmente sus funciones son realizados por el OMCA (EL Salvador) y la CRIE (Guatemala), con carácter transitorio mientras se define la normativa final
Se avanza la construcción de la línea SIEPAC (2006)
Acuerdos establecidos para el desarrollo de los mercadosSIEPACSIEPAC
Decisión CAN 536 de 2002Establece el marco legal para los intercambios de
energíaEn Marzo/03 se inicia el esquema de
transacciones internacionales de electricidad -TIE´s entre Colombia y Ecuador sobre la base de un acuerdo operativo y comercial
Se avanza la construcción de la interconexión Perú - Ecuador
Decisión CAN 536 de 2002Establece el marco legal para los intercambios de
energíaEn Marzo/03 se inicia el esquema de
transacciones internacionales de electricidad -TIE´s entre Colombia y Ecuador sobre la base de un acuerdo operativo y comercial
Se avanza la construcción de la interconexión Perú - Ecuador
R. AndinaR. Andina MERCOSURMERCOSURMERCOSURMERCOSUR
Decisión CMC 10 de 1998Memorándum de entendimiento relativo a
los intercambios eléctricos e integración eléctrica en el Mercosur
Establece los principios de simetrías mínimas para garantizar el libre comercio de energía eléctrica en la región de acuerdo con legislación vigente en cada Estado Parte
Decisión CMC 10 de 1998Memorándum de entendimiento relativo a
los intercambios eléctricos e integración eléctrica en el Mercosur
Establece los principios de simetrías mínimas para garantizar el libre comercio de energía eléctrica en la región de acuerdo con legislación vigente en cada Estado Parte
BORRADOR 48
MERCOSUR
Creación: La República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay suscribieron el 26 de marzo de 1991 el Tratado de Asunción, creando el Mercado Común del Sur, MERCOSUR.
Objetivos: El objetivo primordial del Tratado de Asunción es la integración de los cuatro Estados Partes, a través de la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos, el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y la harmonización de legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.
En la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, de diciembre de 1994, se aprobó un Protocolo Adicional al Tratado de Asunción ‑ el Protocolo de Ouro Preto ‑ por el que se establece la estructura institucional del MERCOSUR y se lo dota de personalidad jurídica internacional.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.
BORRADOR 49
En el año 2000, los Estados Partes del MERCOSUR decidieron encarar una nueva etapa en el proceso de integración regional, la cual se denomina "RELANZAMIENTO del MERCOSUR” y tiene como objetivo fundamental el reforzamiento de la Unión Aduanera tanto a nivel intracomunitario como en las relaciones externas.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.MERCOSUR
BORRADOR 50
Estructura:
Comisión Parlamentaria Conjunta
Foro Consultivo Económico - Social
Secretaría del Mercosur
Comisión de Comercio del Mercosur
Grupo Mercado Común
Consejo del Mercado Común
5. La Integración Energética en Iberoamérica.MERCOSUR
BORRADOR 51
5. La Integración Energética en Iberoamérica.MERCOSUR
Normatividad orientada a la optimización regional de recursos
Armonización de marcos regulatorios nacionales
Acuerdos operativos y comerciales Establecer operador, administrador y
regulador regional
MercosurMercosur
Inversión anual en Inversión anual en infraestructurainfraestructura 1,100 MUSD
BORRADOR 52
Creación: El 26 de mayo de 1969 nace el Grupo Andino con la firma del Acuerdo de Cartagena,
Objetivo: Propósito de promover el desarrollo equilibrado y armónico de los países andinos en condiciones de equidad y facilitar su integración.
Países integrantes: Bolivia, Colombia, Venezuela,Ecuador y Perú
Estructura: Los órganos principales del grupo andino son: la Comisión, la Junta, el Tribunal y el Parlamento Andino. Sus instancias políticas son el Consejo Presidencial Andino y el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Existen también órganos auxiliares (Consejos Consultivos Empresarial y Laboral) y organismos especializados (la Corporación Andina de Fomento y el Fondo Latinoamericano de Reservas).
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PACTO ANDINO
BORRADOR 53
Últimos avances: El 5 de setiembre de 1995, los Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, reunidos en Quito, con ocasión del VII Consejo Presidencial Andino, examinaron la marcha del proceso de integración y acordaron fortalecer el Sistema Andino.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PACTO ANDINO
BORRADOR 54
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PACTO ANDINO
Incorporación de Bolivia y Venezuela a la Decisión CAN 536
Interconexión Perú - Bolivia Refuerzo de los enlaces de
interconexión Establecer operador, administrador y
regulador regional
R. AndinaR. Andina
Inversión anualInversión anual 216 MUSD
BORRADOR 55
El MER o Mercado Eléctrico Regional es un séptimo mercado, superpuesto con los seis mercados nacionales existentes, con regulación regional y en el cual los agentes habilitados realizan transacciones internacionales de energía eléctrica en la región centroamericana.
SIEPAC: Sistema de Interconexión Eléctrica de los países de América Central
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PROYECTO SIEPAC
BORRADOR 56
Para lograr los propósitos de crear e integrar el mercado eléctrico regional (MER), el Proyecto tiene los siguientes objetivos específicos:
a) establecer reglas del mercado comunes para las transacciones regionales entre los agentes ubicados en los seis países;
b) crear y poner en funcionamiento dos instituciones regionales: la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE), como entidad regulatoria, y el Ente Operador Regional (EOR), como operador del sistema eléctrico y administrador del mercado en lo que compete a transacciones regionales; y
c) construir la línea de 1830 Km., 230 kv (la Línea SIEPAC) que irá de Guatemala a Panamá. La Línea, cuyo costo se ha estimado recientemente en US$320,3 millones, es un sistema troncal indivisible de transmisión, que conecta dieciséis subestaciones, desde la subestación Veladero en Panamá hasta la subestación de El Cajón en Honduras, pasando por Costa Rica, Honduras, Nicaragua, El Salvador y Guatemala, teniendo además un ramal entre las subestaciones de Pavana y Suyapa en Honduras.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PROYECTO SIEPAC
BORRADOR 57
Costes del proyecto:El coste aproximado es de 320,0 Millones US$
Países integrantes: Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.
Origen: Para constituir el mercado, denominado Mercado Eléctrico Regional (MER), los Estados de los seis países centroamericanos aprobaron y ratificaron un Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, que entró en vigencia en enero 1999, y que provee el esqueleto jurídico regional necesario.
El Tratado Marco establece las condiciones para que los países de la región implanten la apertura de los mercados nacionales al intercambio regional, tanto en el acceso a la transmisión eléctrica como a las oportunidades de comprar y vender electricidad entre participantes de los diferentes países.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PROYECTO SIEPAC
BORRADOR 58
CRIE, EOR y EPR: Asimismo, el Tratado Marco crea la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE), como ente regulador del MER, que tendrá la responsabilidad de asegurar que los principios del Tratado Marco y los reglamentos subsiguientes sean respetados por los participantes, y el Ente Operador Regional (EOR) que será responsable de la operación técnica y de la administración de los aspectos comerciales del mercado regional. Ambos entes regionales ya han sido constituidos, la CRIE en abril de 2000 y el EOR en febrero 2001.
El Tratado Marco obliga a cada país otorgar una concesión para que una empresa de capital público o con participación privada, denominada Empresa Propietaria de la Red (EPR), formalmente EPL, construya y opere el primer sistema de transmisión regional, que se ha denominado Línea SIEPAC, y faculta a cada gobierno a asignar en dicha empresa un socio público del sector eléctrico.
5. La Integración Energética en Iberoamérica.PROYECTO SIEPAC
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CRIE (I):
Organización: Ente Regulador del MER
Características: Personalidad jurídica propia y capacidad de derecho público internacional. Tendrá capacidad jurídica suficiente para actuar judicial y extrajudicialmente y realizar todos los actos, contratos y operaciones necesarias.
Composición: Un comisionado por cada país miembro, designado por el correspondiente gobierno con mandato por cinco años prorrogables. Estructura técnica y administrativa.
Recursos: Provendrán principalmente de cargos pagados por los agentes, transferencias de los gobiernos y sanciones económicas.
Objetivos: •Hacer cumplir el presente Tratado y sus protocolos, reglamentos, y demás instrumentos complementarios.•Procurar el desarrollo y consolidación del mercado, así como velar•por su transparencia y buen funcionamiento.•Promover la competencia entre los agentes del mercado
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CRIE (II):
Funciones:
•Regular el funcionamiento del MER•Garantizar condiciones de competencia y no discriminación•Propiciar el desarrollo del mercado tanto su funcionamiento inicial•como su evolución•Resolver sobre las autorizaciones para integrarse al mercado y para•compra y venta de energía•Adoptar medidas para evitar el abuso de posición dominante•Imponer las sanciones establecidas en los protocolos relacionadas•con incumplimientos al Tratado o la regulación.•Aprobar las tarifas por el uso del Sistema de Transmisión.•Resolver conflictos entre agentes•Habilitar las empresas como agentes del mercado.•Aprobar los cargos por servicios del EOR•Evaluar la evolución del mercado•Solicitar información contable auditada a las unidades de negocio•Coordinar con organismos regulatorios nacionales las medidasnecesarias para el buen funcionamiento del mercado.
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CRIE (III). Estructura.
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5. La Integración Energética en Iberoamérica.PROYECTO SIEPAC
SIEPACSIEPAC
Definir la normatividad final para el Mercado (MER)
Puesta en operación de la línea de interconexión SIEPAC
6. Conclusiones.
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6. Conclusiones (I)
La armonización de la regulación entre países como nueva necesidad de una realidad energética globalizada.
Atendiendo a los principios del mercado, de la libre competencia y de reciprocidad entre naciones, la regulación energética debe hacer converger los aspectos técnicos, económicos y jurídicos de los Estados integrantes, hacia un bien común.
La internacionalización de los Reguladores cataliza la integración energética.
El ejemplo en la UE es claro: CEER + ERGEG.
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6. Conclusiones (II)
Internacionalización del derecho. La regulación energética en la UE aglutina aspectos del tradicional Derecho Administrativo Continental y del Derecho Anglosajón.
Las nuevas Directivas en la UE dan un nuevo impulso al Mercado Interior de la Energía, que presenta barreras a la competencia efectiva en los mercados de electricidad y gas natural.
Una nueva UE de 25 miembros.
La integración energética en Iberoamérica se ve favorecido por unos recursos energéticos autóctonos privilegiados.
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6. Conclusiones (y III)
Tres grandes iniciativas de integración regional. MERCOSUR, PACTO ANDINO y SIEPAC.
Cinco retos en el ámbito Latinoamericano. (1) Consolidación de las reformas estructurales y reguladoras emprendidas durante la década de los noventa. (2) Extensión de los servicios energéticos a todos los habitantes (sostenibilidad social). (3) Desarrollar patrones de producción y usos de la energía eficientes, compatibles con el medio ambiente (sostenibilidad mediambiental). (4) Atracción de capitales nacionales y extranjeros. (sostenibilidad financiera). (5) La integración de los mercados energéticos como elemento de integración económica.
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Alcalá, 47
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Pedro María Meroño Vélez
Presidente
Gracias por su atención